UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA (UCASAL) CUADERNOS UNIVERSITARIOS N

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA (UCASAL) CUADERNOS UNIVERSITARIOS N° 8 | 2015 CONSEJO EDITORIAL DIRECTORA: Dra. Ing. Lía Orosco Segura | Vicerrectora de

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UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA (UCASAL) CUADERNOS UNIVERSITARIOS N° 8 | 2015 CONSEJO EDITORIAL DIRECTORA: Dra. Ing. Lía Orosco Segura | Vicerrectora de Investigación y Desarrollo UCASAL SECRETARIA: Lic. en Letras Rosanna Caramella | Directora EUCASA (Ediciones UCASAL) Dr. en Filosofía Carlos Daniel Lasa | CONICET, Universidad Nacional de Villa María, Córdoba Arq. Ian Dutari | Decano Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Diseño, Universidad Nacional de Córdoba Dr. Arq. Pablo A. Prone | Decano Facultad de Arquitectura y Urbanismo UCASAL Méd. Psiq. Mario Alberto Manuel Vázquez | Director Instituto Universitario de Neurociencias UCASAL COMITÉ EVALUADOR Dr. Joaquín Roberto Bárcena | INCIHUSA (Instituto de Ciencias Humanas, Sociales y Ambientales) CONICET, Universidad Nacional de Cuyo - Universidad Nacional de La Rioja Lic. Valeria Caballero | Universidad Nacional de Tucumán Lic. María Eugenia Chagra | Especialista en Psicología Clínica Dra. Evangelina Norma Contini | CONICET, Universidad Nacional de Tucumán Abog. José Luis Finelli | Especialista en Derecho de Familia Arq. Guillermo Rubén García | Universidad Católica de La Plata Arq. Roque Manuel Gómez | Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos Dra. Ana Betina Lacunza | CONICET, Universidad Nacional de Tucumán Lic. Héctor Ariel Lugo | Universidad Nacional del Nordeste Mg. Andrea Mara Martínez Filomeno | Asociación Escuela Argentina de Psicoterapia para Graduados (AEAPG), Universidad Nacional de La Matanza, Universidad de Buenos Aires Dr. Pablo Mignone | CONICET Abog. María José Otamendi | Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología Provincia de Salta Abog. María Elisa Rosa | Ministerio Público de Salta Mg. Emiliano Venier | Universidad Nacional de Salta

Cuadernos Universitarios es la revista científica de la Universidad Católica de Salta. Es una publicación multidisciplinar, de periodicidad anual, que contiene artículos, ensayos, notas y reseñas de libros, todos de carácter original. Los trabajos que se recogen pasan por un proceso de arbitraje con evaluadores externos a la entidad editora. «Cuadernos Universitarios» is the scientific magazine published by «Universidad Católica de Salta». It is a multidisciplinary, annual publication with authentic papers, essays, interviews and book reviews. The material collected goes through a judging process performed by evaluators who are external to the publishing entity. Año 8 | número VIII | diciembre 2015 ISSN 2250-7132 (on line) ISSN 2250-7124 (papel) Domicilio editorial: Campus Universitario Castañares, 4400 Salta - Argentina Tel./fax: (54-387) 426 8607 e-mail: [email protected] web: www.ucasal.edu.ar/eucasa

CU ADERNOS UNIVERSIT ARIOS CUADERNOS UNIVERSITARIOS Publicaciones Académicas

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EDICIONES UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA SALTA - ARGENTINA

Cuadernos Universitarios. Publicaciones Académicas de la Universidad Católica de Salta, vol. 8, 2015

SUMARIO

Editorial ................................................................................................................................... 5

ARQUITECTURA Y URBANISMO Relevamiento e inventario de bienes muebles eclesiales en la ciudad de Salta ............ 7 Claudia C. Willemoës y Nora Antoniella El neocolonial en Salta. O la construcción del imaginario, de Roque Manuel Gómez Reseña descriptivo-crítica ................................................................................................... 31 Rosanna Caramella

CIENCIAS JURÍDICAS La emancipación por matrimonio en el Código Civil y Comercial de la Nación ........... 35 Beatriz Escudero de Quintana

CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES «El papel de los actores locales e internacionales en el diseño de las políticas públicas destinadas a paliar la situación de los niños y niñas en situación de calle en la ciudad de Salta (Argentina)» ..................................................................................... 49 Proyecto de investigación dirigido por Víctor F. Toledo • ¿Niños, niñas y adolescentes «de la calle», «en la calle», o «en situación de calle»? Una aproximación conceptual ................................................................................. 51 Federico Alejandro de Singlau • Hacia una conceptualización de las políticas públicas .................................................. 63

Víctor F. Toledo • La situación de los derechos del niño en la Argentina y en Salta ............................... 73

Federico Alejandro de Singlau

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Sumario • Trabajo infantil: una realidad avasallante....................................................................... 87

Silvina V. Abud

PSICOLOGÍA Inevitable malestar. Pensando la clínica .......................................................................... 101 Ariel Damián Goisin

Perfil académico-profesional de los autores .................................................................... 115 Convocatoria 2016 | Normas para presentación de trabajos.......................................... 117

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Cuadernos Universitarios. Publicaciones Académicas de la Universidad Católica de Salta, vol. 8, 2015

Editorial

Siempre es una gran satisfacción presentar una nueva edición de los Cuadernos Universitarios, pues esto habla de un trabajo continuo y sostenido en cuanto a su calidad y proceso de mejora. Justamente, con ese objetivo iluminando cada paso de este emprendimiento editorial universitario, presentamos el octavo número, que tiene además un tinte especial ya que con enorme regocijo anunciamos que los Cuadernos han sido incluidos en el catálogo LATINDEX. Aun falta cumplir algunos pocos estándares, pero no dudamos de que con la dedicación y capacidad de quienes hacen posible cada número, ellos serán alcanzados con creces. Los actores de esta realidad son varios, pero el principal papel lo representan los autores, estudiosos que invierten tiempo y energías en extender los límites de su propio conocimiento y también del conocimiento científico, produciendo artículos, notas de divulgación, ensayos, etc. Estos Cuadernos se ofrecen ante la comunidad académica como el vehículo para difundir los resultados de sus actividades de investigación y desarrollo y así ponerlos a disposición de la sociedad. Allí realmente se cierra el proceso generador de conocimiento, se valida el acto de investigar y se le da significado. Cinco artículos de este número de los Cuadernos Universitarios reflejan avances y conocimiento logrados en el desarrollo de dos proyectos de investigación acreditados por el Consejo de Investigaciones de la UCASAL. Cuatro de ellos se inscriben en el marco del proyecto «El papel de los actores locales e internacionales en el diseño de las políticas públicas destinadas a paliar la situación de los niños y niñas en situación de calle en la ciudad de Salta (Argentina)». En cuanto a su contenido, la recensión escrita por el Director del proyecto, el Lic. Víctor Toledo, es bastante clara al respecto y sitúa perfectamente al lector. En otro campo disciplinar, en el marco del proyecto «Relevamiento, inventario y catalogación del patrimonio cultural de la Iglesia en la Arquidiócesis de Salta», se inventariaron y catalogaron tanto los bienes inmuebles como muebles de las iglesias del Decanato Norte de la Diócesis de Salta. El trabajo de Claudia Willemoës y Nora Antoniella se enfocó sobre todo en el relevamiento y análisis de los bienes muebles. En este artículo, además de exponer la metodología aplicada para la realización de la tarea, las autoras hacen una descripción sucinta de la información lograda en cuatro iglesias de la ciudad de Salta que, a su juicio, ostentan rasgos distintivos en cuanto a su diseño y los tesoros artísticos que guardan sus muros. El artículo es un homenaje a artesanos, artistas y restauradores que han contribuido con su arte a que la imaginería religiosa, además de su gran valor simbólico para la piedad popular, sea un homenaje de belleza y riqueza expresiva al Padre Celestial. En el campo jurídico y en la línea de la problemática de menores de 18 años, Beatriz Escu-

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dero trata en su artículo «La emancipación por matrimonio en el Código Civil y Comercial de la Nación» el tema de la emancipación de menores por casamiento, realizando un análisis comparativo entre el nuevo Código Civil y Comercial (CCYC) y el código de Vélez y sus sucesivas reformas en cuanto a este punto. Con minuciosidad, en una secuencia que permite ir engarzando las ideas lógicamente, explica fundamentos, requisitos e impactos en la capacidad de los menores, señalando los aspectos en los que no concuerda con las nuevas disposiciones que surgen del nuevo CCyC. Concluye que, en general, ambos códigos no difieren en lo sustancial en cuanto a este tema, cosa que la autora considera positivo, señalando que se ha simplificado el texto legal y aportado mayor claridad. Ariel Goisin, en su artículo «Inevitable malestar: pensando la clínica», siguiendo los lineamientos de Freud esgrimidos sobre todo en su obra «El malestar de la cultura», intenta comprender y explicar el origen de las crisis que la vida en sociedad provoca en los individuos, pues en el postulado de que la cultura creada tiene como funciones primordiales «La protección del ser humano frente a la naturaleza y la regulación de los vínculos recíprocos entre los hombres», se llega a regular la pulsión natural que no entiende de moral ni contemplaciones con el prójimo, sino solo sed de autosatisfacerse. El autor concluye que es perentorio asumir sin eufemismos nuestra natural inclinación a agredir, solo así podremos influir sobre ella y responder a lo que nos demanda la cultura con menos malestar y, por supuesto, tenerlo siempre presente en la práctica de la clínica sicológica. Para los lectores no sicólogos, el artículo permite un acercamiento al pensamiento freudiano en este tema, dando herramientas para la propia reflexión sobre cuestiones trascendentales que nos atañen como individuos y como miembros de la sociedad. En la sección de Reseña de libros, la Licenciada Rosanna Caramella hace lo propio con la obra del arquitecto Roque Manuel Gómez, «El neocolonial en Salta, o la construcción del imaginario». Con estilo ameno y claro, permite el acercamiento a esta obra que indudablemente tiene un impacto de destacar en cuanto a la valoración del patrimonio arquitectónico de nuestra ciudad y en la comprensión y análisis de lo que implica «Salta ciudad colonial» como concepto esgrimido desde distintas actividades (sobre todo la turística) y del que de un modo u otro, los salteños nos apropiamos. Como siempre el Comité Editorial desea que estos artículos sean del interés, gusto y utilidad de los lectores y agradece a los autores su invalorable aporte a la ciencia y cultura. Dra. Ing. Lía Orosco Segura Directora Consejo Editorial

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Relevamiento e inventario de bienes muebles eclesiales en la ciudad de Salta Valoración y características

Claudia C. Willemoës1 y Nora Antoniella2

Resumen El presente trabajo da cuenta de un estudio especial realizado en las iglesias de La Medalla Milagrosa, Señor y Virgen del Milagro, Santa Rita de Cassia y Nuestra Señora del Rosario, las cuales integran el Decanato Norte «Señor del Milagro» del Arzobispado de la ciudad de Salta. El estudio forma parte del proyecto de investigación «Relevamiento, inventario y catalogación del patrimonio cultural de la Iglesia en la Arquidiócesis de Salta». El mencionado proyecto propone realizar el relevamiento físico, inventario y catalogación de los bienes patrimoniales de la Iglesia Católica en la Arquidiócesis de Salta, como así también dar cuenta del estado de conservación en que se encuentran las piezas. En este avance de investigación se identifican nuevos materiales y técnicas de trabajo aplicadas a imaginería, retablos y otros bienes muebles eclesiales, y se pretende destacar el trabajo de artistas salteños y artesanos locales emergentes. Palabras clave: iglesia - patrimonio eclesial - artistas - descripción - conservación

Abstract This paper presents a special study performed in the parishes: «Medalla Milagrosa», «Señor y Virgen del Milagro», «Santa Rita de Cassia» and «Nuestra Señora del Rosario». They belong to the Northern Deanery «Señor del Milagro», Archdiocese of Salta. The study is part of the research project «Survey, Inventory and Cataloguing of the Cultural Heritage of the Church in the Archdiocese of Salta.» The abovementioned project proposes to perform the physical survey, inventory and cataloguing of the assets of the Catholic Church in the Archdiocese of Salta as well as to give an account of the state of preservation of these pieces. In this paper, new material and working techniques applied to imagery, altarpieces and other church movable properties are identified. In addition, a further aim is to highlight the work of emerging artists in Salta and local artisans. Keywords: church - church heritage - artists - description - conservation 1 2

Facultad de Arquitectura y Urbanismo, Universidad Católica de Salta. Facultades de Artes y Ciencias y de Arquitectura y Urbanismo, Universidad Católica de Salta. Arquitectura y Urbanismo | artículo científico |

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Introducción La provincia de Salta cuenta con un importante patrimonio cultural, especialmente en el plano religioso, que no solo impacta al ciudadano local sino también a aquellos que la visitan: iglesias que reflejan distintos estilos arquitectónicos y una rica imaginería que requiere, además de su estudio, un cuidado especial para su preservación y valoración. El presente trabajo da cuenta de una parte de la investigación del proyecto «Relevamiento, Inventario y Catalogación del Patrimonio Cultural de la Iglesia, en la Arquidiócesis de Salta», cuyo objetivo principal es realizar un relevamiento físico, conformar un inventario y catalogar los bienes patrimoniales culturales de las iglesias de Salta, a fin de documentar testimonialmente esta importante riqueza históricocultural de manera sistemática, y archivar metódicamente registros de significativa trascendencia y valor religioso para nuestra sociedad. Respecto de la conservación de los bienes muebles de la Arquidiócesis de Salta —cuyo relevamiento parcial se dará a conocer en este avance de investigación—, la tarea es permanente y producto de años de intensa y constante labor, basada en la colección, resguardo y restauración, hecho que tiene lugar dentro de las mismas iglesias. Los bienes muebles eclesiales incluyen imaginería, púlpitos, retablos, confesionarios, mobiliario en general, textiles, obras en cerámica, metalistería, herrería, vitrales y otros. Algunos de estos bienes fueron parte del presente relevamiento, con el objeto de analizarlos y evaluarlos en su estado de conservación y valoración, a fin de configurar un estudio patrimonial eclesial. Se tomó en cuenta como punto de partida la obra realizada por sacerdotes encargados de las parroquias, quienes se ocuparon de preservar las piezas devocionales; tarea cuyo inicio tuvo lugar durante la evangelización espa8

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ñola en nuestro territorio. El valor devocional que conllevan las piezas, constituye un importantísimo testimonio de nuestro patrimonio intangible provincial. El inventario constituye el registro de todos los bienes del patrimonio eclesial arquidiocesano. A esta fase preliminar le sucede la catalogación, que considera el bien en su conjunto y en su finalidad intrínseca. Los objetivos del primero responden al conocimiento, a la salvaguarda, a la preservación y a la valoración del patrimonio. Respecto de los bienes muebles de la Iglesia en la Arquidiócesis de Salta, la información disponible no es tan extensa como la que se cuenta para los bienes inmuebles, siendo imprescindibles el relevamiento in situ, las entrevistas y el registro fotográfico. El relevamiento de campo tuvo en cuenta no solo el aspecto visual, métrico y fotográfico de los bienes, sino también el registro de su estado de conservación, a efectos de sugerir futuras restauraciones, de ser necesarias. En las fichas de inventario se encuentran los datos específicos referidos a cada uno de los bienes, que surgen de la observación directa, de las fuentes bibliográficas y de las entrevistas realizadas a los párrocos, artistas y artesanos. Dichas entrevistas deberán continuarse y ampliarse, ya que constituyen una fuente de información esencial para este estudio. Como su título indica, el estudio se centró en la realización del relevamiento e inventario, asiento ordenado de datos, concernientes en este caso a los bienes patrimoniales muebles de la Iglesia. En el trabajo mencionaremos una selección de casos significativos de iglesias del Decanato Norte, de relevancia desde el punto de vista de su acertado criterio de proyecto de diseño interior y exterior, y con algunas originales propuestas artísticas en lo referente a los bienes eclesiales muebles que constituyen su patrimonio.

Relevamiento e inventario de bienes muebles eclesiales en la ciudad de Salta

El trabajo abordado permitirá, al completarse, comprobar la evolución de tendencias y estilos e identificar elementos comunes para cada período, considerando la organización cronológica de los datos obtenidos.

Metodología y fuentes Para ofrecer mayor claridad expositiva se da cuenta del proceso metodológico que permitió elaborar el proyecto de investigación en el cual se enmarca este trabajo. Se optó por un método cuali-cuantitativo que permite la triangulación de fuentes para la búsqueda de información: identificación de variables, registro de datos, relevamiento y estudio bibliográfico referente a cada iglesia y documentación cualitativa resultante de la investigación (testimonios, entrevistas, etc.). Los procedimientos metodológicos del proyecto de investigación comprendieron: relevamiento y registro de datos de archivos eclesiásticos, recopilación de información a partir de diversas fuentes documentales, bibliografía específica, entrevistas estructuradas y no estructuradas con diversos actores sociales, tanto en el ámbito de la cultura y la Iglesia Católica como en la historia provincial y el arte regional. Para la recopilación y organización de información en las fichas de inventario, se siguieron los lineamientos planteados en la obra de la Academia Nacional de Bellas Artes, Patrimonio Artístico Nacional, Inventario de Bienes Muebles, Provincia de Salta, cuyo registro incluye descripción objetiva de cada pieza, medidas, datación, materiales, autor/es. Respecto del análisis artístico-técnico se consideraron tanto los aspectos estilísticos (manejo de las formas, materiales empleados en la fabricación de los objetos, diseños, técnicas y procedimientos utilizados en las diferentes épocas), como el contexto histórico y cultural del cual las piezas de patrimonio son

expresión y a partir del que surgen y se desarrollan. El análisis bibliográfico específico constituyó el primer paso del estudio. La bibliografía consultada procedió tanto del ámbito eclesiástico como universitario, artístico e histórico. Paralelamente se han realizado visitas a distintos lugares de interés: iglesias, archivos, bibliotecas, y entrevistas a personalidades representativas: párrocos, secretarios, personal a cargo de restauración de patrimonio provincial, artistas, artesanos, etc. Se destaca que los miembros de este equipo fueron muy bien recibidos y asesorados en todos los casos. Muchas veces se encontró un vacío de información respecto de las piezas. En tales casos se procedió a realizar una descripción objetiva, junto con el registro fotográfico de ellas desde distintos ángulos, de detalle y de contexto, consignando el estado actual de conservación tal como se apreció en la observación directa. Los sacerdotes a cargo de las distintas parroquias rotan periódicamente; debido a esto en algunos casos no poseen información precedente respecto de algunas obras. A veces se trata de piezas provenientes de donaciones de familias y se desconoce su procedencia, autor o datación. Algunas parroquias llevan sus propios inventarios, pero existen casos en los que por diversas razones se ha perdido lamentablemente toda la información archivada. Los datos obtenidos a partir de las distintas fuentes y en las sucesivas visitas fueron volcados en Fichas de Inventario de los bienes, y archivados en soportes documentales físico (papel impreso) y digital (CDs, DVDs, junto con filmaciones). La información impresa fue periódicamente elevada al Director del Proyecto. Al completar el Decanato Norte se cuenta con un total de ocho biblioratos con información impresa y digital, compilados por las autoras, respecto de los bienes muebles. Esta documentación se encuentra guardada actualCuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 7-29

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mente en archivos del Arzobispado de la provincia de Salta.

Categorías de bienes muebles Los bienes muebles de interés patrimonial y artístico presentes en nuestras iglesias se organizaron en las categorías siguientes: • Imaginería. Se registra: procedencia, datación, materiales empleados en su fabricación (madera, yeso, metales, telas, pinturas). Medidas, técnicas de elaboración y terminaciones (talla, vaciado, moldeado, estofado, encarnado, etc.). Ubicación dentro del templo. Autor/ es y restauraciones realizadas o sugeridas. • Retablos. Procedencia, datación, propuesta compositiva, estructura. Número de cuerpos y calles. Sotabanco, banco, hornacinas, entablamento. Ornamentación, materiales, estilo, autores, restauraciones realizadas y sugeridas. • Púlpitos. Procedencia, datación, partes, temática iconográfica. Materiales, forma, elementos ornamentales, terminaciones (talla, dorado, lustrado, etc.). Estilo, autores, restauraciones. • Pinturas. Procedencia, datación, autor. Título, estilo. Medidas, soporte, temática, técnica. Análisis de contenido. • Mobiliario. Procedencia, datación, estilo. Tipología. Materiales, técnicas de fabricación y terminaciones. • Artes menores. Textiles. Cerámica. Metalistería y herrería. Vitrales. Otros. Procedencia, datación. Materiales, técnicas de elaboración empleadas en su fabricación.

Los originales bienes eclesiales de Salta Las técnicas coloniales americanas para la fabricación de imaginería, abarcaban, a grandes rasgos, las siguientes variantes: 1. Imagen de bulto: una sola pieza tallada en 10

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madera, generalmente de cedro, a veces vaciada por dentro para alivianarla. 2. Imagen de candelero o bastidor: se talla la cabeza, manos y pies, y el cuerpo se simula con un fastuoso traje (imágenes de vestir). 3. Imagen de tela encolada: la tela, rigidizada con sustancias especiales, representa una imagen corporal que de hecho no existe. 4. Imagen con articulación: talla completa con complicados sistemas que dan movimiento a la cabeza, brazos y piernas. Estas técnicas tradicionales e históricas para la construcción de las imágenes religiosas, son bien conocidas por los párrocos de la Provincia, y nos fueron explicadas cuando la situación lo ameritaba. Continúan aplicándose con algunas modificaciones en la fabricación local de imaginería actual; se emplea aún hoy frecuentemente la tela encolada, se realiza encarnado en las piezas, se arman bastidores de madera u otros materiales para algunas imágenes, sobre los cuales se las viste con telas verdaderas. El encarnado se empleó y se continúa aplicando en las piezas para dar un aspecto de carne humana a las figuras, y se realizaba antiguamente aplicando una capa de yeso sobre la madera, además de color y aceites brillantes. La técnica de estofado consistía en cubrir la madera con color, pan de oro, y esgrafiado posterior para simular vestiduras. Ambas técnicas continúan realizándose hoy en día, aunque con variantes respecto de los materiales. En la selección de obras de este estudio se presentan algunos casos de materiales y técnicas originales y novedosos, los que han sido identificados a partir del relevamiento. Tal es el caso de vitrales con diseños pintados a mano, piezas de imaginería realizadas en soportes inesperados, como la talla en telgopor (lo cual permite realizar obras de mayor tamaño e impacto visual dada la liviandad del material), rostros y manos de imaginería realizadas en

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horno cerámico, pátinas de imaginería en cemento, etc. También se han relevado trabajos de restauración originales, realizados por artistas y artesanos locales que, adaptándose a las posibilidades brindadas por los nuevos materiales, nos presentan igualmente obras de gran calidad artística. Lo mismo sucede con el diseño interior de los nuevos templos. Muchas veces se cuenta con la colaboración de albañiles y técnicos miembros de la feligresía de la parroquia, quienes, inspirados por la devoción, colaboran desinteresadamente con los párrocos, y la fe

que profesan se concreta en diseños originales. Es la intención de este estudio dar a conocer y poner en valor estos nuevos aportes a nuestro patrimonio cultural.

Relevamiento in situ A continuación se describen algunos casos de proyectos de diseño y composición interesantes, también algunas piezas artísticas de elaboración muy original cuyos autores se desea dar a conocer a la vez que destacar su labor creativa3.

1. Iglesia de la Medalla Milagrosa TÍTULO: MEDALLA MILAGROSA NRO. CÓDIGO: 1.6 LOCALIZACIÓN (Provincia, Dto., Localidad, Barrio, Dirección): Av. Reyes Católicos 1600. (4400) Bº Tres Cerritos. Salta Capital. Pcia. Salta. CRONOLOGÍA: 1985 (Templo Actual) FECHA DE CONSTRUCCIÓN y/o Inauguración: Erección Canónica: 17/02/1960. Dto. Nº2. Folio 191. Firma: Mons. Tavella y Pbro. Casado. REMODELACIONES: El crecimiento del barrio exigió la construcción de un nuevo templo parroquial. Este fue bendecido en la Fiesta Patronal de 1983 y consagrado el 27 de nov. de 1985, año de Bodas de Plata parroquiales. Proyecto: Arq. Mariano Sepúlveda

Tomamos en primer lugar la Iglesia de la Medalla Milagrosa, Decanato Norte. Lo primero a señalar es el acertado proyecto arquitectónico del Arq. Mariano Sepúlveda. Se trata de un diseño integral que coordina el exterior con el interior del edificio, además de

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trabajos plenamente artesanales, como los originales vitrales (Fig. 1), en vidrio catedral (material de bajo costo) color amarillo, combinados con dibujos a mano realizados en pintura esmalte negra, con un resultado final de relevante valor artístico.

Colaboración en fotografías: V. Alberstein, Lic. N. Antoniella y Lic. C. C. Willemoës. Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 7-29

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Fig. 1 . Iglesia de la Medalla Milagrosa. Vitrales en paredes interiores de la nave.

El exterior de la iglesia se desarrolla en líneas rectas (el mismo criterio que rige el diseño interior). Una serie de arcos apuntados definen las galerías exteriores. La entrada al patio delantero se encuentra resguardada por rejas de hierro. Una espadaña con campana preside el acceso principal al templo (Fig. 2). 12

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El interior se desarrolla en una sola nave, dividida en tres sectores por medio de las líneas indicadas en el piso y la distribución de los bancos. Lámparas colgantes de hierro acompañan esta disposición del salón. Todo el interior se resuelve también en líneas rectas, continuando la «M» del monograma de María,

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Fig. 2. Iglesia de la Medalla Milagrosa. Vista del acceso sobre el lado izquierdo.

presente en la parte posterior de la imagen de la Virgen de la Medalla Milagrosa (Fig. 3). Este diseño, con arcos apuntados, rige toda la composición. Las líneas curvas solo aparecen en la representación de la Virgen que preside la nave,

detrás del retablo, conformada por un paño vidriado fijo, por delante del cual se encuentra la escultura. La composición es simétrica a ambos lados de este sector central.

Fig.3. Iglesia de la Medalla Milagrosa. Interior. Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 7-29

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En la cabecera de la nave se encuentra el altar, dos púlpitos (uno a cada lado) y por detrás el retablo, de un solo cuerpo, todos realizados en mampostería. A ambos lados del retablo se han ubicado en forma lineal y también simétricamente, los muebles de asiento (Fig. 4). Sobre el muro posterior se encuentran — dispuestos a ambos lados de la imagen de la Medalla Milagrosa y compartiendo el mismo diseño— el Sagrario, a la izquierda, y la Pila Bautismal, a la derecha. Dos faroles de hierro acompañan a cada lado la imagen de la Medalla Milagrosa. La cubierta en la cabecera se resuelve con

arcos apuntados. Por delante y presidiendo todo el espacio se encuentra un Crucifijo suspendido del cielorraso. Sobre la pared derecha de la nave se abre una puerta vidriada de dos hojas y sobre la pared izquierda se encuentra su correspondiente simétrica. Sobre este mismo muro se abre la puerta de acceso al Presbiterio. El criterio de diseño interior es acertado y presenta unidad en toda la composición. Las series identificadas en el interior del templo corresponden a los Vitrales, los cuadros que señalan las Estaciones del Vía Crucis, las Cruces pintadas sobre placas circulares de granito, los faroles y las lámparas.

Fig. 4. Iglesia de la Medalla Milagrosa. Retablo.

Encontramos en particular sumamente interesante la composición que representa la imagen de la Medalla Milagrosa: una escultura junto al vitral conforma la imagen (Fig. 5). La escultura representa a la Virgen María mirando hacia abajo, con los brazos abiertos, según aparece en la medalla original. El vitral, 14

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por detrás, en color ámbar y transparente, completa la composición. Este recurso, frecuente en el estilo barroco, permite la iluminación solar natural desde la parte posterior de la escultura. La imagen aparece de pie sobre la representación de una nube.

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Fig. 5. Composición integrada por escultura y vitral representando la imagen de la Medalla Milagrosa.

La imagen de María, escultura de bulto entero, presenta vestiduras doradas, sugiriendo toda la composición que se trataría de una medalla de oro. La cara y manos de la imagen muestran encarnado en color natural. La representación de María es completamente figurativa (naturalista y no abstracta), con corona fitomorfa culminando en un medallón frontal con gema transparente (de vidrio o cuarzo). Completa la imagen la aureola con pequeñas lámparas de instalación eléctrica y las 12 es-

trellas que representan las doce tribus de Israel, también doradas. La almendra mística (vitral) queda rodeada por la inscripción de la Medalla: «Oh María, sin pecado concebida, rogad por nosotros que recurrimos a vos», escrita en letras mayúsculas. Completa el texto la indicación del año, «1830». Toda la composición se encuentra enmarcada por un panel pintado en color salmón decorado con flores de lis doradas.

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2. Iglesia Santa Rita de Cassia TÍTULO: SANTA RITA DE CASSIA NRO. CÓDIGO: 1.5 CRONOLOGÍA: Siglo XX LOCALIZACIÓN: Juramento 2796. Salta capital.

Otro caso interesante, desde el punto de vista del diseño y el arte contemporáneos, representa la Iglesia Santa Rita de Cassia. La fachada de la iglesia, de líneas rectas, combina aventanamientos de formato cuadrangular, otros en arco rectilíneo apuntado, y ventanas

de formato circular, llamadas «ojo de buey» (Fig. 6). Una torre de tres cuerpos aparece anexada al edificio de la casa parroquial. A un costado del acceso principal se ubica una planta conocida como «Santa Rita» completando la referencia al nombre de la parroquia.

Fig. 6. Iglesia Santa Rita de Cassia. Fachada.

El diseño interior de la única nave presenta el volumen integrado por planos superpuestos en distintos niveles. Se destaca el original formato de su cielorraso, de líneas rectas, realizado en placa de yeso. Este se integra al diseño lumínico, el cual consiste en líneas de ilu16

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minación que, provenientes del techo, descienden por la pared de la cabecera de la nave formando una cruz de luz (Fig. 7). Las ventanas rectangulares presentan diseño en forma de cruz, con una lámpara central en cada una y paños de vidrio que completan su composi-

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ción. Este original diseño, según el relato del párroco, Pbro. Sergio A. Sévola, se realizó en conjunto con un maestro mayor de obra, miembro de la comunidad parroquial. El cielorraso culmina y se integra con la gran cruz de luz sobre la que aparece suspendida la imagen de Cristo Crucificado (imagen de tres clavos). Según lo expresado en la entrevista con el Padre Sévola, se trata de una talla realizada en telgopor por el artista boliviano Marcelino Mamaní. De importantes dimen-

Fig. 7. Iglesia Santa Rita de Cassia. Diseño lumínico en el interior de la nave.

Este Cristo presenta algunas distorsiones anatómicas, las cuales se corresponden con el expresionismo que caracteriza la composición.

siones (el Cristo alcanza los 2 m de alto y 1,40 m de ancho), y encarnada en pasta, sumamente expresiva, la conmovedora imagen de Cristo Crucificado preside la nave con gran presencia (Fig. 8). La expresión se subraya con la sangre que mana de las heridas de la Pasión, la representación de los golpes y latigazos, los clavos de hierro y la corona de espinas, de gran realismo. El paño de pureza, sostenido por cordón, se pliega en el frente y a los lados.

Fig. 8. Iglesia Santa Rita de Cassia. Cristo crucificado, en cabecera de la nave.

Es de destacar en este caso, además de la calidad artística, la originalidad del material empleado en su ejecución. Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 7-29

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En esta iglesia también encontramos una interesante imagen de Santa Rita de Cassia (Fig. 9), de pie, sosteniendo la cruz, proveniente de Italia, traída especialmente por Mons. Blanchoud y el Padre Lira, según lo expresado en la entrevista al P. Sévola. De la observación

directa de esta imagen para su relevamiento, se desprende que se trata de una escultura hueca por dentro, posiblemente realizada en molde con bizcocho cerámico fino o cartapesta, con terminación en pasta. Presenta acertada policromía y encarnado expresivo.

Fig. 9. Imagen de Santa Rita de Cassia ubicada en el interior de la nave.

3. Iglesia del Señor y la Virgen del Milagro TÍTULO: SEÑOR Y VIRGEN DEL MILAGRO NRO. CÓDIGO: 1.2 CRONOLOGÍA: Siglo XX LOCALIZACIÓN: Batalla de Salta s/n. Barrio Ciudad del Milagro. Salta FECHA DE CONSTRUCCIÓN: 1996 Erección canónica 10/05/1996, Dto. Nro. 13 y firma de Mons. Moisés Julio Blanchoud.

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Fig. 10. Iglesia del Señor y de la Virgen del Milagro. Fachada mostrando el acceso y la torre.

En esta iglesia se encuentran nuevos ejemplos de originalidad en materiales y técnicas aplicados a la imaginería, a la vez que gran calidad artística en algunas de sus obras. La construcción del edificio data del año 1996, o sea que tiene una antigüedad de 30 años; fue realizada en tiempos del P. Ítalo Paternoster. Las ampliaciones efectuadas por el párroco actual, P. Fleckestein, incluyen: el campanario, la secretaría parroquial, el atrio, un amplio salón parroquial donde se realizan encuentros y reuniones de trabajo, con el propósito de volverla más funcional. Asimismo, se remodeló la casa parroquial. Actualmente se encuentran en construcción aulas de usos múltiples para las

distintas actividades de los grupos de la parroquia (Acción Católica, Misioneros, Catequesis). También se agregaron, para el equipamiento del interior, imágenes donadas y otras encargadas al taller del Prof. Leandro Mendoza y al señor Vicente Juárez, artista local. La entrada al templo está compuesta por un atrio techado con tejas coloniales, que se encuentra en un desnivel al que se accede por cuatro escalones. El techo apoya sobre dos pilares frontales y dos pilastras posteriores adosadas al muro. La construcción presenta un frontispicio de líneas mixtas detrás del atrio. La puerta de acceso, de madera lustrada, de gran tamaño (compuesta por cuatro hojas y Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 7-29

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dos cuerpos), aparece flanqueada por dos nichos enmarcados con molduras de mampostería, que contienen las imágenes del Señor y de la Virgen del Milagro. La torre campanario, de diseño austero, presenta en la parte superior una ventana enmarcada con molduras. En la parte media

se encuentra una cruz de cerámica policromada. La cubierta de la torre posee el mismo diseño del atrio, integrando toda la composición (Fig. 10). El templo tiene también una capilla lateral de diseño contemporáneo (Fig. 11) para adoración del Santísimo.

Fig. 11. Iglesia del Señor y de la Virgen del Milagro. Interior.

En el interior del templo (Fig. 12) encontramos un sencillo retablo de mampostería, conformado por un cuerpo cuadrangular apoyado sobre sotabanco de un escalón. El Sagrario apoya sobre un desnivel de una grada. Sotabanco y banco están revestidos en granito gris y mármol blanco. Remata en la parte superior con un arco de medio punto en relieve, debajo del cual aparece, también en relieve, la representación figurativa del Cordero Místico (relieve en yeso policromado), realizado por Vicente Juárez en 1996. Completan el interior los siguientes elementos: 20

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• el altar, de mampostería, revestido con placas de granito gris. Presenta columnas realizadas con recortes de mármol blanco superpuestos. En la parte frontal exhibe un relieve figurativo sobre mármol blanco, que representa la Última Cena, con terminación de patinado en betún. Los apóstoles aparecen agrupados de a tres, composición que recrea la pintura de Leonardo da Vinci, obra de Vicente Juárez (1985); • la pila bautismal, de diseño contemporáneo, en forma poligonal y de líneas rectas, revestida con placas de mármol blanco y granito gris, y • el atril, también de estilo contemporáneo,

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Fig. 12. Iglesia del Señor y de la Virgen del Milagro. Interior.

pie poligonal, revestido con placas de mármol blanco y granito gris. En la cabecera de la nave encontramos las imágenes del Señor y la Virgen del Milagro (Figs. 13 y 14). La Virgen, representada en imagen figurativa, polícroma, vestida, sin cuerpo. Construida sobre armazón de yeso. Por detrás presenta resplandor y corona en alpaca. Vestido de raso blanco y manto celeste bordado. Debajo del vestido tiene una media luna en yeso policromado. El Cristo Crucificado (Señor del Milagro) representa a Cristo muerto, imagen de tres clavos, con la cabeza inclinada sobre el hombro derecho. Paño de pureza en tela blanca bordada. Encarnado sobre yeso. Por detrás presenta también resplandor realizado en alpaca, sobre cruz de madera con cantoneras también en metal, y ángeles con terminación en pátina dorada. Ambas imágenes fueron realizadas por Vicente Juárez. Estas imágenes representan un gran valor

devocional para los feligreses de la parroquia, del mismo modo que el Cristo Crucificado que se encuentra en la capilla (Fig. 15), cuya adquisición posee una interesante historia. Según lo expresado por el P. Fleckenstein, este Cristo fue encontrado abandonado en el baldío de una empresa funeraria y llevado a la parroquia, donde se encargó la restauración de sus manos y pies, a Vicente Juárez. Se trata de una expresiva imagen de Cristo muerto, con la cabeza inclinada hacia adelante, realizada en yeso encarnado; el paño de pureza es de raso blanco, terminado en flecos, con cordón dorado. La escultura apoya sobre una cruz de madera lustrada.

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Figs. 13 y 14. Imágenes de la Virgen y del Señor del Milagro, ubicadas en el interior de la nave de la iglesia.

Fig. 15. Cristo Crucificado ubicado en el interior de la iglesia.

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Las piezas de mayor valor artístico son sin duda las imágenes de la Madre Teresa de Calcuta y la de San José, recientemente adquiridas. Ambas fueron realizadas en el taller del profesor Leandro Mendoza, docente y artista salteño de amplia trayectoria en el medio. La ejecución de las obras se debe sin embargo a la artista Rosana Juri, quien se ha especializado en realización y restauración de imágenes religiosas. La expresiva imagen de la Madre Teresa de Calcuta (Fig. 16), con las manos juntas en actitud orante, portando el Santo Rosario, viste el hábito de la Orden en tela encolada. Escultura de bulto entero, con su cara y manos en cerámica, con acertada policromía. La imagen está armada sobre estructura de madera. La imagen de San José (Figs. 17 y 18) representa al santo con el Niño Jesús en brazos y la vara de azucenas blancas en su mano derecha. Ambos portan aureolas de chapa dorada. El santo viste hábito de tela encolada. Se trata de una escultura de bulto entero, con cara y manos realizadas también en cerámica, con acertada policromía, del mismo modo que la imagen de la Madre Teresa.

Fig. 16. Escultura de la Madre Teresa de Calcuta ubicada en el interior de la iglesia.

Figs. 17 y 18. Escultura de San José con el Niño, ubicada en el interior de la nave de la iglesia. Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 7-29

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4. Iglesia Nuestra Señora del Rosario TÍTULO: NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO NRO. CÓDIGO: 1.7 CRONOLOGÍA: Siglo XX LOCALIZACIÓN: Antártida Argentina 1373. Salta. REMODELACIONES: La iglesia se encuentra en proceso de restauración de fachada e interiores.

Fig. 19. Iglesia de Nuestra Señora del Rosario. Fachada.

El edificio se encuentra en proceso de restauración. La fachada, de estilo neocolonial, presenta un diseño de líneas puras y equilibradas. El frente avanza en dos planos, manteniendo la simetría bilateral (Fig. 19). La puerta de acceso, central, se continúa en la parte superior con una ventana rematada en arco de 24

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medio punto y este mismo diseño se mantiene en las dos pequeñas ventanas que flanquean la puerta. Sobre ellas se han ubicado dos faroles de diseño colonial. El frontispicio, de líneas curvas quebradas, remata en una cruz de hierro forjado. El diseño exterior se continúa en el interior, integrando los arcos de medio punto.

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Fig. 20. Iglesia de Nuestra Señora del Rosario. Interior de la nave.

La única torre se encuentra anexada a la iglesia. Está planteada en dos cuerpos; el superior corresponde al campanario, con un balcón corrido en voladizo sostenido por ménsulas, recorriendo todo su perímetro. Culmina en cubierta de tejas, con terminación de molduras lineales. El cuerpo inferior de la torre posee ventanas también en arco de medio punto: de menor tamaño y en pares en la parte superior, y más grandes y aisladas en la parte inferior. El interior de la única nave presenta un diseño sencillo y austero (Fig. 20). En la cabecera, una arcada central define una profundidad en el muro, enmarcando la gran cruz ubicada detrás del altar. Las ventanas terminadas en arco de medio punto se suceden a lo largo de los muros laterales, disposición que continúa la simetría bilateral que rige todo el diseño interior. Aparecen rodeadas también por arcadas en desnivel. Cada módulo en que aparecen

divididos los muros laterales se encuentra definido por la continuación de las cabreadas en arco apuntado, correspondientes a la cubierta a dos aguas, que descienden desde el cielorraso. A cada lado del altar se encuentran ubicadas dos vitrinas que contienen las imágenes de la Virgen del Rosario, a la derecha, y del Sagrado Corazón de Jesús, a la izquierda. Los bancos se encuentran dispuestos longitudinalmente en dos sectores, dejando libre un único corredor central. Un púlpito de mampostería se ubica en el lado izquierdo de la cabecera de la nave, en oposición al reclinatorio y la pila bautismal, en el lado derecho, completando la simetría del conjunto. La pieza más destacada del patrimonio de esta iglesia es posiblemente la imagen patronal de la Virgen del Rosario, ubicada en la vitrina derecha, en la cabecera de la nave. La figura de la Virgen aparece de pie, con el Santo Rosario en su mano derecha y sosteniendo al Niño Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 7-29

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en su brazo izquierdo (Figs. 21). Ambos portan corona de alpaca cincelada. Si bien se trata de una imagen de vestir, de acuerdo con lo informado por el P. Carrale, la escultura presenta talla de cuerpo entero, apenas esbozado (no se trata de estructura de candelero). Lleva peluca y está vestida con túnica roja y manto negro, ambos de terciopelo. El Niño está vestido con túnica blanca, acordonada en la cintura. Se desconocen el autor y la data. Según consta en Guía Eclesiástica s/f, de la Biblioteca de la Iglesia San Francisco: «La imagen fue donada por la Sra. Urbana Saravia Galmetti en mayo de 1997, se recibió en carácter de donación proveniente de la Basílica Nacional de Luján, Pcia. de Buenos Aires, el manto que actualmente viste la imagen, que cubrió a la histórica por un año». La imaginería de esta iglesia es de procedencia diversa. Se trata de figuras que, habiendo sido donadas por los fieles en distintos momentos de la historia parroquial (sin haber quedado ningún registro escrito), han pasado a integrar el patrimonio mueble de la iglesia y son exhibidas actualmente en la nave o en la secretaría parroquial para su veneración. Podemos destacar entre ellas una imagen de tres clavos de Cristo en agonía (Fig. 22), con la cabeza inclinada hacia la derecha, de tratamiento naturalista. Es una figura de policromía convencional pero expresiva; el encarnado subraya las llagas del costado, los clavos y las rodillas. El paño de pureza, sujeto por un cordón, envuelve el cuerpo y cae con pliegues en la parte delantera. La nave de la iglesia es presidida por una gran imagen de Cristo de cuatro clavos (Fig. 23), si bien estos no aparecen representados en la escultura. Sujeta sobre una cruz de madera, la imagen presenta factura moderna, con rasgos faciales geometrizados, del mismo modo que el resto del cuerpo. Según entrevista realizada a personal de secretaría parroquial, se 26

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Fig. 21. Imagen de la Virgen del Rosario ubicada en la vitrina derecha, en el interior de la nave de la iglesia.

trataría de una talla en piedra, aunque puede apreciarse en la obra la terminación con pátina uniforme de cemento. No presenta encarnado. La altura máxima de esta cruz es de 5,50 m y la del Cristo, de 3 m.

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Fig. 22. Cristo en agonía.

Conclusiones Del análisis de los datos registrados en las fichas de inventario de los bienes patrimoniales muebles pertenecientes a las iglesias salteñas descriptas, se desprenden algunas consideraciones generales, como ser el buen estado de conservación en que se encuentran las piezas en casi todos los casos estudiados hasta el momento. Esto nos lleva a centrar nuestra atención en el proceso de cuidado y restauración permanentes que dichos bienes han recibido. Este valioso trabajo viene siendo realizado hasta el momento por los sacerdotes. En los casos en que se evidencia la necesidad de restauración de imágenes o del edificio, ya se encuentra iniciado el trabajo de restauración por

Fig. 23. Cristo de cuatro clavos.

iniciativa de los párrocos, que lo han encargado a artistas y artesanos locales. Es importante destacar la necesidad de participación de profesionales de la restauración, tanto de bienes muebles como inmuebles, porque se observó en algunas iglesias que, si bien las piezas se encuentran en aparente buen estado de conservación, se pierden algunos rasgos del estilo original en el proceso, en especial de la pintura, por haber sido encargada a personas no especializadas en esta tarea. Los materiales usados en la época colonial fueron la madera, el barro cocido, la cera, la pasta y a veces también el marfil. Se empleó la policromía brillante, con tintes provenientes del contexto local. Las técnicas de color estuvieron en manos de artesanos especializados. Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 7-29

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Siguiendo la tradición medieval, el color empleado durante la Colonia es esencialmente simbólico, en relación directa con el carácter de las imágenes. Actualmente se reproducen aquellas técnicas antiguas. De manera artesanal, se elaboran armazones para preparar piezas vestidas, se realizan rostros y manos de santos en cerámica, se aplican vestiduras de tela encolada, se realizan imágenes de molde en yeso (ya no es tan frecuente la talla completa en madera), y también aparecen nuevos materiales, como la resina y la cerámica artística para la fabricación de las piezas. Incluso, como se comentó anteriormente, alguna pieza de gran tamaño ha llegado a realizarse empleando como soporte el telgopor. Los colores, hoy acrílicos en muchos casos, siguen conservando la misma simbología de antaño. Los retablos y púlpitos son construidos actualmente en mampostería o madera, elaborados en talleres de artesanos locales o construidos directamente en el interior de las iglesias por albañiles, bajo la dirección de los párrocos. Respecto de la imaginería relevada, en general se trata de composiciones tridimensionales, en su mayoría plenamente figurativas, que representan personajes bíblicos, crucifijos, advocaciones de la Virgen María o Santos de la Iglesia Católica que acompañan al fiel en la devoción y la fe. En algunos casos se encuentran también imágenes procesionales y Nacimientos, las que llegaron muchas veces a las parroquias a través de donaciones particulares y poseen sin duda un valor testimonial histórico. Estas imágenes son testigos de espiritualidad y objeto de veneración a través de los tiempos hasta el día de hoy, en que podemos apreciarlas en el interior de los templos. Los párrocos, en los casos en que se cuenta con la información respecto de los bienes, conocen plenamente su valor. Cuáles son las imágenes más antiguas, su valor artístico, cuá28

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les son coloniales o recientes; sus características, procedencia, data, autores y restauraciones realizadas. Se ocupan de esto con mucha dedicación y conocimiento, también encargan nuevas obras a artistas y artesanos del medio, y nos asesoraron con generosidad y orgullo acerca de los bienes que resguardan, habiéndose constituido algunos de ellos en verdaderos estudiosos del arte religioso. Los talleres de artesanos han producido gran variedad de imágenes, en muchos casos se trata de autores anónimos, provenientes tanto del territorio provincial como nacional, o extranjero. Algunas piezas de molde fueron encargadas y compradas en otras ciudades y portan hoy un valor especialmente devocional. Otras han llegado a las parroquias por donación de familias, de modo que se han perdido datos importantes respecto de su origen, datación e historia. También algunos artistas reconocidos en el medio salteño han participado en la ejecución de obras de imaginería o restauraciones, muchas veces aplicando técnicas nuevas y materiales no tradicionales, como el profesor Leandro Mendoza, la artista Rosana Juri y el señor Vicente Juárez. El rico y variado patrimonio artístico eclesial de nuestra provincia, su interés cultural, artístico y devocional, hacen necesario un estudio detallado a fin de alcanzar su conocimiento integral. Producto de años de intensa y constante labor evangélica, el estudio y análisis de este patrimonio nos permitirá conocer nuevos aspectos de la historia eclesial, así como alcanzar una comprensión más completa de nuestra identidad cultural.

Referencias bibliográficas Academia Nacional de Bellas Artes. Patrimonio Artístico Nacional. Inventario de Bienes Muebles. Provincia de Salta. Buenos Aires, 1988.

Relevamiento e inventario de bienes muebles eclesiales en la ciudad de Salta

Arias Figueroa, Sergio. Desarrollo urbanístico de la ciudad de Salta. Cuatro siglos de Salta. 1582-1982. Jujuy: Ed. Paola, 1982. Jáuregui, A. y M. Penhos. «Las imágenes en la Argentina colonial. Entre la devoción y el arte»; en Burucúa, José E. Nueva Historia Argentina. Vol. I. Arte, sociedad y política. Buenos Aires: Ed. Sudamericana, 1999. Gobierno de la Provincia de Salta. Patrimonio

arquitectónico. Salta: Ministerio de Educación, 2007. Martorell, Carmen. Tesoros de la ciudad. Salta a los cuatro rumbos. Salta: Secretaría de Cultura de la Provincia de Salta, 2008. Viñuales, Graciela Ma. Evolución de la arquitectura de la provincia de Salta. Resistencia, Argentina: Universidad Nacional del Nordeste, 1969. Recibido: noviembre de 2014 Aceptado: abril de 2015

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El neocolonial en Salta. O la construcción del imaginario, de Roque Manuel Gómez1 Reseña descriptivo-crítica, por Rosanna Caramella2

El arquitecto Roque Gómez es docente de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad Católica de Salta, de la cual fue también Decano. Fue Director del Museo Histórico del Norte. Actualmente se desempeña, además, como Asesor Honorario de la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos. Es autor de importantes títulos en torno al patrimonio arquitectónico de la región y del país, entre los cuales se destaca Arquitectura popular de los Valles Calchaquíes (Salta: EUCASA, 1998; 2a. edición, 2010). El libro que reseñamos es un trabajo técnico especializado de interés para arquitectos y profesionales del turismo. No obstante ha sido planteado, redactado y desarrollado de tal manera que pueda captar un espectro más amplio de lectores; un lector que pueda acceder al contenido de manera sencilla, comprendiendo no solo el tema en sí, sino las causas que generaron este tipo de arquitectura y los contextos en que se desarrolla. En la apertura del libro, el autor plantea su postura frente a la problemática que presenta el neocolonial, como un tipo de arquitectura muy cuestionada, fuertemente denostada por

algunos y defendida por otros, por lo que no ha sido tratada con un enfoque objetivo como cualquier movimiento arquitectónico. Esta arquitectura es criticada por «carecer de autenticidad», o porque se la define como una «mera copia del pasado», como actitud regresiva; por lo tanto, es considerada desechable, criticable, incluso al punto de ni siquiera dedicar tiempo a su estudio. Frente a ello, Gómez se propone el objetivo de …analizar las obras (…) [y] relacionarlas con una serie de factores o circunstancias regionales, sociales, políticas, económicas o culturales en general, urdimbres sobre las que se asienta la producción arquitectónica y que son necesarias para su comprensión» (p. 13).

Buscará profundizar en el tema en la forma más amplia posible; tomar las obras paradigmáticas y también la producción popular, no solo de la capital, sino también del interior de la provincia. Todo ello a partir de la observación, el análisis directo, la recopilación de testimonios e investigación bibliográfica. Al res-

1 Gómez, Roque Manuel (2014). El neocolonial en Salta. O la construcción del imaginario. Salta: Fondo Editorial Secretaría de Cultura de la Provincia de Salta. ISBN: 978-987-1929-21-4 2 EUCASA, Ediciones Universidad Católica de Salta.

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pecto señala, de paso, la falta de documentación en archivos, lo que determina un importante anonimato de las obras, a pesar de la evidente mano de un profesional. Qué es la arquitectura neocolonial. La define como un …conjunto de teorías, proyectos y realizaciones que se concretaron en las primeras décadas del siglo XX [en Latinoamérica], tomando como modelos, en principio, las obras producidas durante la dominación española en América y en la propia España (p. 15).

Ello significa tomar como fuente un período demasiado extenso, de más de 300 años, esparcido por todo el continente, y que subordina la existencia de una forma arquitectónica a una contingencia política y no a una «voluntad de forma» o «impulso estético». En función de esto, indica que más que como un estilo es necesario definirlo como un movimiento historicista, con un sustento ideológico, producto de la visión de un determinado momento (el período de afianzamiento de las tendencias nacionalistas), combinación de persistencias de una forma de vida, pero también de elementos dictados por la moda. El concepto de estilo implica un orden de composición y un principio de recurrencia, con determinados códigos compartidos. Frente a ello, se afirma el carácter necesariamente ecléctico de este movimiento que parte de la intencionalidad manifiesta y consciente de recuperación del hispanismo y que generará realizaciones regionales muy claramente diferenciadas a lo largo de Latinoamérica, así como diferenciadas son también las fuentes en las que abreva. Y si bien en general se descalifica esta propuesta por su supuesta falta de estilo y por ser 32

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una copia de tendencias pasadas, reproducción más o menos fidedigna de las formas arquitectónicas concretadas durante la colonia, Gómez marca con todo detalle la inmensa riqueza del movimiento dada, entre otros factores, por: • presencia de elementos del plateresco, del Barroco español, el Barroco potosino, arequipeño y cusqueño; expresiones sencillas del virreinal rioplatense en sus manifestaciones urbanas y rurales; manierismo italiano; el espacio y las soluciones estructurales del mudéjar en los interiores, como parte del hispanismo; • rasgos neoclásicos; • detalles indianos o entendidos como tales; • influjo del californiano, y otros agregados. Todos estos son componentes que el imaginario social reconocía o aceptaba como colonial. Estos modelos y sus realizaciones en obras dieron resultados diferentes según los lugares, los intereses, las necesidades y las posibilidades, tanto económicas como de acceso a los materiales y técnicas. Y así como se le negó entidad y se rehusó dedicar tiempo y esfuerzo a su estudio, el autor, con la convicción de que no es procedente descalificar esta arquitectura por su supuesta falta de estilo, se detiene en su observación, descripción, explicación y fundamentación, apuntando, como él mismo lo señala, a rescatar y documentar este movimiento como memoria identitaria de nuestra región, sin que ello implique incurrir en apología superficial. Luego de esta toma de posición, el estudio avanza hacia identificar los antecedentes del movimiento, tanto en América en general como en Argentina en particular. Para ello, define detalladamente la situación cultural de cada país en particular, con las tendencias y factores que se conjugan y entrelazan para dar determinadas respuestas a los cuestionamientos que surgen a lo largo y ancho del territorio.

El neocolonial en Salta, de Roque Manuel Gómez

Señala los movimientos que se registran en el interior de cada país y las tendencias que se enlazan en toda Latinoamérica, con la identificación de las particularidades propias de cada región y sus historias individuales. Hecha esta revisión, se centra en Argentina y profundiza en los procesos que se verifican en cuanto tendencias culturales y repasa los siguientes fenómenos que se producen en la época: • exagerada europeización de la segunda mitad del siglo XIX; fenómeno de la inmigración; inicio del avance de Estados Unidos sobre Latinoamérica; • exacerbación de sentimientos patrióticos y una fuerte apuesta por lo nacional, producto del clima generado por el festejo de los centenarios (1910/1916); • reconocimiento de la falta de una identidad nacional que provoca una romántica nostalgia hacia los tiempos de la colonia —España pasa de ser «los godos» a la «Madre Patria»—; • negación del indigenismo que no se siente parte de la historia propia; • presencia de un alto contenido nacionalista y conservador —el movimiento surge de los intelectuales vinculados a la oligarquía. Y revisa también las distintas manifestaciones de la intelectualidad y la cultura (la literatura, las artes plásticas, la música, la danza, las revistas, el cine, las ideologías, los debates culturales, la investigación histórica, la fundación de institutos, academias, centros de estudios). Se detiene entonces en la producción intelectual específica en torno a la arquitectura, lo que es fundamental para una toma de decisión consciente como la que se produjo en este ámbito. Menciona y analiza las obras de: • Juan Kronfuss (Arquitectura colonial en la Argentina, 1920); en este título destaca el relevamiento gráfico realizado por el autor en dibujos y acuarelas de una arquitectura que

comenzaba a desaparecer; • Augspurg, Lanziuto, Nadal Mora, Furlong; • Mario José Buschiazzo, en quien remarca el concepto de la arquitectura colonial americana con visión continental. Señala Gómez que estos arquitectos estudiosos intervinieron no solamente con la realización de obras de arquitectura, sino con fundacionales relevamientos de obras y definición de tendencias, a través de lo cual rescataron y difundieron la arquitectura colonial. Esto fue fundamental fuente de inspiración para obras que se realizarían posteriormente y fuerte impulso a la formación de arquitectos en las universidades. Se aboca entonces al desarrollo del movimiento neocolonial en Argentina, desde 1920 hasta los años 50-60, en que la tendencia comenzó a ser reemplazada por las nuevas corrientes racionalistas. El siguiente paso es definir «el movimiento en Salta» y analizar las condiciones que favorecieron su instalación, reproducción y conservación. Afirma entonces que la adhesión a este movimiento de renacimiento colonial es un fenómeno particular en Salta y presenta características propias muy marcadas, signadas por la idiosincrasia salteña —de exaltación de lo propio, de la tradición y de lo regional—, para la cual el enlace con este movimiento se da de forma connatural. El solo hecho de haber nacido en Salta se presentaba como suficiente mérito para ostentar orgullo. Ello permitió hacer de este movimiento un estado permanente y cotidiano que legitimaba a una sociedad, afirmando sus orígenes, reforzando las diferencias a partir de la propia evocación y fomentando la mística de una opulenta, edulcorada y arrogante Salta del siglo XVIII, gaucha y heroica, noble y patricia, de la cual todos (…) se sintieron descendienCuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 31-34

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tes, orgullosos de una identidad colectiva (p. 75-76).

En claro paralelismo con lo que vino planteando hasta ahora, realiza un repaso minucioso de las letras, la pintura, la música, la investigación. Y señala que en Salta no hay un momento final para esta tendencia, la que «…continúa presente, inmanente, (…) aunque carente de la fuerza y calidad del movimiento original» (p. 87). Se aboca entonces al objetivo central del libro: las obras arquitectónicas producidas en Salta que pueden definirse como pertenecientes al neocolonial, y sus autores. El análisis descriptivo, detallado y cabal, se acompaña y dialoga permanentemente con el preciosismo de dibujos (a lápiz y tinta) de fachadas, plantas de edificios, detalles constructivos grandes y pequeños, por lo que el estudio alcanza muchos de los méritos que el propio autor reconoce en los pioneros de estas investigaciones (Kronfuss, Auguspurg, Lanziuto o Buschiazzo). Por otra parte, señala que optó por el dibujo y el croquis antes que la fotografía, pues estos le permiten limpiar y retrotraer a sus aspectos originales las fachadas, liberándolas de cables, carteles, etc. En las conclusiones («Palabras finales») repasa haber reseñado, en búsqueda de la definición de este movimiento, desde grandes edificios hasta sencillas viviendas; edificios públicos en un amplio rango —bancos, escue-

las, iglesias, hospitales, mercados— o viviendas particulares; construidas por profesionales formados o por los propios usuarios; con técnicas elementales o sofisticadas; en una diversidad espacial y contextual demasiado amplia; obras que atraviesan todas las clases sociales y tanto el espacio urbano como rural, a lo largo y ancho de la Provincia. Si el criterio de conservación fuera su antigüedad, esta arquitectura no tiene los años suficientes como para recibir protección. Sus apelativos de «copia» o «falta de autenticidad» la descalifican para gozar del cuidado que ya tienen ciertas obras contemporáneas. (...) Si la premisa fuera su valor histórico, en sus interiores —que sepamos— no vivieron héroes ni sucedieron acontecimientos que cambiaron o incidieron en la historia consagrada. Desaparecidos los que la sustentaban y construían, huérfana y estigmatizada, esta arquitectura está quedando sin protección. (...) las apetencias inmobiliarias, la falta de una real y desprejuiciada valoración y la escasa sensibilidad que se tiene cuando se intervienen estas obras están poniendo en peligro su conservación y comienzan a desaparecer, generando un hueco en la historia de la arquitectura de la ciudad» (p. 263-4).

He aquí la clave para entender la importancia de este estudio. Recibido: agosto de 2015 Aceptado: noviembre de 2015

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Cuadernos Universitarios. Publicaciones Académicas de la Universidad Católica de Salta, vol. 8, 2015: 35-48

La emancipación por matrimonio en el Código Civil y Comercial de la Nación Beatriz Escudero de Quintana1

Resumen En el presente trabajo se analiza la regulación legal de la institución de la emancipación por matrimonio. Se señalan las exigencias que establece el Código Civil y Comercial —aprobado por Ley 26.994— para que se produzca, como así también el impacto que la emancipación produce en el régimen de capacidad de los menores. El análisis se efectúa en forma comparativa con las disposiciones contenidas en el Código de Vélez, reformado, en este punto, por leyes 17.711, 23.515 y 26.579. Palabras clave: menores - emancipación - matrimonio - capacidad

Abstract This article analyzes the legal regulation concerning minors’ emancipation through marriage. It points out the requirements set forth in the new Argentinian Civil and Commercial Code, passed by Act 26994, as regards emancipation through marriage and the consequences on the emancipated youngster´s legal capacity. A comparison with the provisions of the Civil Code written by Vélez Sarsfield, as modified by Acts 17711; 23515 and 26579 is made as well. Keywords: young people - emancipation - marriage - capacity

Introducción La emancipación significa el fin, dimisión o abdicación de la patria potestad o de la tutela sobre una persona menor de edad a fin de que esta pueda regir su persona y sus bienes como si fuera mayor de edad; se trata de una anticipación de la plena capacidad civil que se adquiere con la mayoría de edad. 1

Hasta la sanción de la Ley 26.579, existían dos tipos de emancipación en nuestro país: la emancipación por matrimonio y la emancipación dativa o por habilitación de edad, que fuera incorporada al artículo 131 por la reforma del Decreto Ley 17.711. Mediante la ley mencionada en primer tér-

Facultad de Ciencias Jurídicas, Universidad Católica de Salta. Ciencias Jurídicas | nota de divulgación |

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mino se han introducido importantes reformas a la legislación civil debido a que reduce a dieciocho años la edad a partir de la cual se alcanza la mayoría de edad y se derogan los párrafos tercero y cuarto del artículo 131 CC. Con ello deja de tener vigencia en nuestro ordenamiento jurídico la emancipación por habilitación de edad, subsistiendo, solamente, la emancipación por matrimonio. El Código Civil y Comercial Unificado mantiene esta situación, disponiendo en el artículo 27: «La celebración del matrimonio antes de los dieciocho años emancipa a la persona menor de edad. La persona emancipada goza de plena capacidad de ejercicio con las limitaciones previstas en este Código». La fórmula es, pues, similar a la contenida en el artículo 131 del Código de Vélez: «Los menores que contrajeran matrimonio se emancipan y adquieren capacidad civil, con las limitaciones previstas en el artículo 134».

Fundamento El matrimonio genera el emplazamiento en un nuevo estado de familia, lo que exige un ámbito de capacidad más holgado que permita a los contrayentes asumir los derechos y deberes inherentes; ello es absolutamente incompatible con la sujeción de uno o ambos cónyuges al régimen de patria potestad. Se trata de permitir que quien asumió las responsabilidades inherentes a la constitución de una familia pueda desenvolverse en la esfera patrimonial sin las trabas que importa la existencia de un régimen básico de incapacidad. No todos los autores coinciden en la conveniencia de la emancipación automática de los menores por el hecho de contraer matri2 3 4 5

monio. Marisol Burgués se pregunta: «¿Acaso el hecho de contraer matrimonio es sinónimo de haber alcanzado la madurez necesaria para que una persona menor de edad adquiera la capacidad civil?»2. Tal crítica no sería hoy admisible en atención a la instauración del régimen de capacidad progresiva de los menores y la necesidad, establecida en los artículos 404 y 645 CCyC, de que el menor cuente con autorización judicial o paterna para contraer matrimonio: no se otorgaría la autorización si el menor no contara con la madurez suficiente como para asumir los derechos y obligaciones derivados de la celebración del matrimonio. En tal sentido se ha expresado que, si los progenitores o el juez consideran al menor suficientemente maduro para afrontar responsabilidades de la más alta valoración, tal cual son las emanadas de las normas que rigen el derecho matrimonial, es lógico que también se lo considere apto para afrontar por sí aquellas que pueden ser consideradas en un rango inferior de valoración3.

Requisitos Para que opere la emancipación es preciso el cumplimiento de las condiciones establecidas en los artículos 27, 404 y 645 inciso a) del Código Civil y Comercial Unificado4. 1. Tener menos de 18 años: la institución está limitada al supuesto de quienes no alcanzan dicha edad, ya que cumplidos los 18 años se adquiere la mayoría de edad; no se impone, en cambio, una edad mínima para la celebración del matrimonio5.

Rujelman; Burgués. Bueres, 649. Arts. 131, 166, inc. 5, 167, 168 y 169 del Código Civil. El nuevo Código no modifica la normativa vigente al momento de su entrada en vigencia en cuanto

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Cabe recordar, sin embargo, lo establecido en el artículo 2 de la Ley 18.448: Los Estados parte en la presente Convención [se alude a la de Nueva York] adoptarán las medidas legislativas necesarias para determinar la edad mínima para contraer matrimonio. No podrán contraer legalmente matrimonio las personas que no hayan cumplido esa edad, salvo que la autoridad competente, por causas justificadas y en interés de los contrayentes, dispense el requisito de la edad.

Comentando este artículo, en el Tratado de Derecho de Familia de las Dras. Kemelmajer, Herrera y Lloveras, se recuerda que en los fundamentos de la Convención de Nueva York se expresa: …ciertas costumbres, antiguas leyes y prácticas referentes al matrimonio y a la familia son incompatibles con los principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (…) los Estados (…) deben adoptar todas las disposiciones adecuadas con el objeto de abolir dichas costumbres, antiguas leyes y prácticas, entre otras cosas, asegurando la libertad completa en la elección del cónyuge, aboliendo totalmente el matrimonio de los niños y la práctica de los esponsales de las jóvenes antes de la edad núbil…6.

2. Celebración de matrimonio válido: No se

efectúa distinción alguna según que el matrimonio se celebre con persona de igual o de distinto sexo, siendo de aplicación lo dispuesto por el artículo 402 CCyC: Ninguna norma puede ser interpretada ni aplicada en el sentido de limitar, restringir, excluir o suprimir la igualdad de derechos y obligaciones de los integrantes del matrimonio, y los efectos que este produce, sea constituido por dos personas de distinto o igual sexo.

Para que se cumpla este requisito es necesario que: a) los menores presten libremente su consentimiento matrimonial; b) lo hagan en presencia de un Oficial Público competente y cumpliendo las formalidades de ley. La incompetencia de quien recibe el consentimiento no determina la inexistencia del matrimonio si ejercía públicamente la función y al menos uno de los cónyuges es de buena fe (art. 407); c) cuenten con dispensa judicial o autorización de sus padres: la dispensa judicial es la autorización que da un juez para contraer matrimonio pese a la existencia del impedimento legal consagrado en el artículo 403 inc. f) CCyC. Se otorga con carácter excepcional y solo cuando ello consulta el interés del menor. La dispensa se exige si los menores no han cumplido 16 años; si se trata de adolescentes entre 16 y 18 años, deben contar con la autorización de sus padres (arts. 404 y 645 inc. a). Con esta disposición se cierra una discu-

a la edad requerida para contraer matrimonio sin necesidad de dispensa judicial. Cabe recordar que la Ley 23.515 establecía, en el artículo 166 inciso 5º, como uno de los requisitos para contraer matrimonio, tener dieciséis (16) años la mujer y dieciocho (18) el varón; posteriormente la Ley 26.449 modificó el citado inciso y estableció la edad de dieciocho (18) años tanto para la mujer como para el varón. La Ley 26.579, que dice modificar nuevamente el art. 166, inc. 5, solo ha sostenido el criterio de la edad para contraer matrimonio a los 18 años. 6 Kemelmajer y otros, 154. Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 35-48

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sión doctrinaria relativa a la interpretación de los artículos 168, 169 y 170 del Código velezano a partir de la vigencia de la Ley 26.5797. Esta norma no derogó los artículos mencionados pero sí la aptitud nupcial antes de la mayoría de edad (en la anterior regulación, entre los 18 y 21 años los menores podían contraer matrimonio sin dispensa judicial pero con la autorización paterna); de allí que se discutían los efectos de las prescripciones de estos artículos en relación con lo estatuido en el artículo 167 CC8. Las posturas existentes sobre el tema pueden sintetizarse de la siguiente manera: • Al trámite de dispensa (donde se escuchaba a los representantes legales del menor) se debía sumar el requisito de la autorización de los padres o tutores; esto es, debían coexistir la venia o dispensa judicial y la autorización paterna posterior: removido el impedimento de falta de edad legal, y habiendo negado los representantes legales el asentimiento, podía habilitarse la vía judicial del disenso (esto es, el menor recurrir nuevamente al juez para que lo autorice a casarse pese a la oposición de sus

padres), o aventurarse los contrayentes a unas nupcias que, si bien válidas, serían irregulares y pasibles de la sanción prevista en el artículo 131, último párrafo, para el supuesto de carencia de autorización: los menores no tendrían la administración de los bienes recibidos a título gratuito, antes o después del matrimonio, hasta alcanzar la mayoría de edad. • Constituía un requisito en el juicio de dispensa la citación de los padres como parte en el proceso, pero en todo caso, la falta de asentimiento no sería vinculante para el juez. En esta postura, el consentimiento paterno no era requisito para la celebración del matrimonio sino que, simplemente, en el proceso judicial en que se tramitara la solicitud de dispensa debía escucharse a los padres, que solo podían oponerse por las causales del artículo 169 CC y cuya opinión no era vinculante. Era el juez quien decidía, en definitiva, si otorgaba o no su asentimiento al matrimonio. Con esta posición, la sanción prevista en el artículo 131 CC estaría referida a la falta de autorización judicial para casarse (venia o dispensa).

7 Con las modificaciones introducidas por esta norma, el texto de los artículos citados era el siguiente: «Art. 168: Los menores de edad no podrán casarse entre sí ni con otra persona mayor sin el asentimiento de sus padres, o de aquel que ejerza la patria potestad, o sin el de su tutor cuando ninguno de ellos la ejerce o, en su defecto, sin el del juez. Art. 169: En caso de haber negado los padres o tutores su asentimiento al matrimonio de los menores, y estos pidiesen autorización al juez, los representantes legales deberán expresar los motivos de su negativa, que podrán fundar en: 1° La existencia de alguno de los impedimentos legales; 2° La inmadurez psíquica del menor que solicita autorización para casarse; 3° La enfermedad contagiosa o grave deficiencia psíquica o física de la persona que pretende casarse con el menor; 4° La conducta desordenada o inmoral o la falta de medios de subsistencia de la persona que pretende casarse con el menor. Art. 170: El juez decidirá las causas del disenso en juicio sumarísimo, o por la vía procesal más breve que prevea la ley local». 8 La disposición expresaba «Podrá contraerse matrimonio válido en el supuesto del artículo 166, inciso 5° previa dispensa judicial. La dispensa se otorgará con carácter excepcional y solo si el interés de los menores lo exigiese previa audiencia personal del juez con quienes pretendan casarse y los padres o representantes legales del que fuera menor».

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Nulidad e inexistencia del matrimonio La falta de la autorización requerida o la existencia de vicios, en la voluntad o en el acto de celebración del matrimonio, determina la nulidad de este; sin embargo, a tenor de lo que dispone el artículo 27 CCyC: «La nulidad del matrimonio no deja sin efecto la emancipación, excepto respecto del cónyuge de mala fe para quien cesa a partir del día en que la sentencia pasa en autoridad de cosa juzgada». La mala fe, en este caso, no solo se refiere a que el menor sabe que no cuenta con la autorización de sus padres o la dispensa judicial y que ello es requisito para que el matrimonio que celebre sea válido, sino también a la existencia de cualquier otro impedimento. Esto es, el legislador no ha querido privar de efectos en forma absoluta al matrimonio nulo con la finalidad de salvaguardar los derechos que ya ejercía el cónyuge de buena fe y de resguardar la situación de los terceros, reconociendo efectos a los actos jurídicos celebrados por los cónyuges antes de que la sentencia de nulidad del matrimonio adquiera firmeza. Si el matrimonio fuera inexistente, por falta de consentimiento de alguno de los contrayentes o por no haberse expresado este ante autoridad competente (salvo el supuesto del artículo 407 - buena fe y creencia común sobre la competencia del funcionario), no se produciría la emancipación, atento que el artículo 406 —que regula el supuesto de inexistencia— expresamente dispone: «El acto que carece de este requisito no produce efectos civiles». Dada la consagración legal de un régimen propio para las uniones convivenciales de una duración superior a los dos años (arts. 509 a 528 CCyC) resulta importante señalar que los menores de edad no pueden constituir una unión de las reguladas, por lo que no existe la posibilidad de emancipación a partir de una

relación de convivencia.

Caracteres La emancipación por matrimonio es: 1. Automática: celebrado el matrimonio acaece la emancipación, sin necesidad de trámite alguno. 2. De orden público: de allí que los padres, al autorizar el matrimonio, están asimismo dando su consentimiento para la emancipación pues no pueden establecer limitación alguna a la anticipación de la capacidad de ejercicio legalmente prevista. 3. Irrevocable: según lo prescribe el artículo 27 CCyC; la emancipación se mantiene incluso si el matrimonio se disuelve en la menor edad por muerte de alguno de los contrayentes o divorcio. La existencia de hijos de la pareja no es requisito para la subsistencia de la emancipación. Sus efectos persisten aún con posterioridad a la declaración de nulidad del matrimonio. Respecto del cónyuge que contrajo matrimonio nulo de mala fe, cesan los efectos de la emancipación a partir del día en que la sentencia de nulidad del matrimonio pasa en autoridad de cosa juzgada. También en este caso, el efecto se produce, tengan o no hijos los contrayentes del matrimonio nulo.

Capacidad del menor emancipado En el Código de Vélez, una vez celebrado el acto jurídico matrimonial por un menor de edad, se producía de manera automática, esto es, por imperio de la ley, su emancipación. Como consecuencia del imperio de este instituto, cesaban de ahí en más la patria potestad o la tutela y el emancipado quedaba habilitado para todos los actos de la vida civil con las limitaciones que surgían de los artículos 134 y 135. Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 35-48

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El fin de la responsabilidad parental y de la tutela sobre una persona menor de edad, como consecuencia de la celebración del matrimonio, se mantiene en el Código Civil y Comercial, disponiendo el artículo 27:

cicio que estos hagan de la responsabilidad parental respecto de sus propios hijos10.

La celebración del matrimonio antes de los dieciocho años emancipa a la persona menor de edad. La persona emancipada goza de plena capacidad de ejercicio con las limitaciones previstas en este código. La emancipación es irrevocable. La nulidad del matrimonio no deja sin efecto la emancipación, excepto respecto del cónyuge de mala fe para quien cesa a partir del día en que la sentencia pasa en autoridad de cosa juzgada…

La condición de capacidad de los menores emancipados no es idéntica a la de las personas adultas; por el contrario, si bien el principio es la plena capacidad de ejercicio, la normativa vigente impone diversas restricciones que no alcanzan a quienes han cumplido los 18 años. Los actos celebrados por los menores emancipados en violación a las restricciones legales son nulos, siendo la nulidad de carácter relativo, pues las prohibiciones tienden a proteger el interés particular del menor.

Debe recordarse que estar habilitado no significa ser mayor de edad. Por ello, en su última parte el artículo, en fórmula similar, aunque mejorada, al 137 CC, dispone: «Si algo es debido a la persona menor de edad con cláusula de no poder percibirlo hasta la mayoría de edad, la emancipación no altera la obligación ni el tiempo de su exigibilidad»9. Los artículos 135 y 699 CCyC prevén como causas de terminación de la tutela y de extinción de la titularidad de la responsabilidad parental, la emancipación del menor tutelado; el artículo 699 consagra como excepción a la extinción prevista «lo dispuesto en el artículo 644» referido al derecho deber de los progenitores de adolescentes emancipados de controlar el ejer-

Limitaciones a la capacidad de los emancipados

1. Restricciones en materia de disposición y administración de bienes En general, el régimen de capacidad de los emancipados no presenta diferencias importantes con el vigente hasta la sanción del nuevo Código, manteniéndose en el artículo 28 CCyC las prohibiciones absolutas contenidas en el artículo 134 del Código de Vélez11; esto es, aprobación y finiquito de las cuentas de los tutores, donación de bienes recibidos a título gratuito y afianzamiento de obligaciones12. Ninguna de estas acciones puede ser ejecutada por los emancipados, ni siquiera con autorización judicial. La última limitación mencionada ha sido

El artículo 137 CC disponía: «Si alguna cosa fuese debida al menor con cláusula de solo poder haberla cuando tenga la edad completa, la emancipación no alterará la obligación, ni el tiempo de su exigibilidad». 10 El tema se analizará más adelante. 11 Concordante con lo dispuesto en el artículo 134, el 841 CC establecía: «No pueden hacer transacciones; ... 5) Los tutores con los pupilos que se emanciparen, en cuanto a las cuentas de la tutela, aunque fuesen autorizados por el juez (…)». 12 La limitación referida al afianzamiento de obligaciones se encontraba, asimismo, contenida en el art. 2.011 CC: «Todos los que tienen capacidad para contratar empréstitos, la tienen para obligarse 9

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interpretada en sentido amplio por los doctrinarios y jueces; si bien el Código les prohíbe afianzar obligaciones, se entienden prohibidas situaciones análogas como la constitución de hipotecas, prendas o anticresis sobre sus bienes para garantizar obligaciones de terceros; se señala, además, que la prohibición no distingue respecto de su origen, esto es, comprende los adquiridos a título gratuito u oneroso13. El mantenimiento de esta restricción absoluta resulta, al menos, sorpresivo en el marco de un régimen de capacidad inspirado en el respeto de la autonomía de los menores y de su capacidad progresiva, basado en la madurez y el progresivo discernimiento. El artículo 29 CCyC introduce modificaciones en la forma de disposición onerosa de bienes recibidos a título gratuito por el emancipado ya que exige autorización judicial para ello. En el régimen de Vélez era suficiente el acuerdo de los cónyuges y el asentimiento del cónyuge mayor para la validez de dichos actos de disposición (art. 135 CC). Se prevé, como en la normativa vigente, que la autorización judicial de disposición14 solo puede ser dada cuando el acto sea de toda necesidad o de ventaja evidente. El cambio de régimen refleja el sentir de muchos doctrinarios que habían señalado la inconveniencia de sustituir la autorización judicial por el asentimiento del cónyuge mayor de edad15. El artículo 1.360 CC disponía: «Los meno-

res emancipados no pueden vender sin licencia judicial los bienes raíces suyos, ni los de sus mujeres o hijos». La disposición del artículo 29 CCyC contiene, pues, la misma solución en cuanto a los requisitos para la validez de la venta celebrada por emancipado, habiéndose superado la controversia suscitada por la falta de total coincidencia con lo dispuesto en el artículo 135 CC16. La disposición relativa a la venta de los bienes del cónyuge y los hijos no se encuentra contenida en el Código Civil y Comercial. No puede objetarse la supresión relativa a la disposición de los bienes del cónyuge en atención al principio de igualdad entre varones y mujeres en cuanto a capacidad civil y al régimen patrimonial que se estableció para el matrimonio. En cuanto a la venta de los bienes de los hijos de menores emancipados, se aplican los principios generales, esto es, solo pueden ser objeto de actos de disposición con autorización judicial, intervención del Ministerio de Menores y solo cuando ello sea necesario o importe una ventaja evidente para el menor (art. 692 CCyC). En el caso de que los hijos cuenten con edad y grado de madurez suficiente, será necesario escucharlos y/o contar con su consentimiento para disponer de los bienes (art. 646 y cc CCyC). Otra limitación a la capacidad de los emancipados surge del artículo 2.467 CCyC que requiere la mayoría de edad para testar. Dado

como fiadores, sin diferencia de casos, con excepción de los siguientes: 1° Los menores emancipados, aunque obtengan licencia judicial y aunque la fianza no exceda de $ 500». 13 Alterini, Tomo I, 235. 14 Al referirse el Código a actos de disposición comprende, entre otros, la compraventa, el usufructo, la constitución de hipotecas, prendas o anticresis sobre los bienes recibidos; comprende, también, la renuncia a derechos, y en especial al derecho de recibir una herencia. 15 Moisset, 22; Portas, 102. 16 La norma disponía: «Los emancipados adquieren capacidad de administración y disposición de sus bienes, pero respecto de los adquiridos por título gratuito antes o después de la emancipación, solo tendrán la administración; para disponer de ellos deberán solicitar autorización judicial, salvo que mediare acuerdo de ambos cónyuges y uno de estos fuera mayor de edad» MJ-DOC-7198-AR|MJD7198. Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 35-48

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que los emancipados no son mayores de edad y el artículo 27 dispone que «la persona emancipada goza de plena capacidad de ejercicio con la limitaciones previstas en este Código», no podrían otorgar testamento. No todos los autores comparten esta opinión. El Dr. Carlos Muñiz sostiene: Al no presentar el texto cambios significativos en la materia y teniendo en cuenta el principio general de capacidad previsto en el artículo 27, principios generales en la materia y la opinión de la doctrina clásica sobre el tema, los emancipados se encuentran habilitados para testar, aún frente a lo dispuesto por el artículo 2.46417.

En cuanto a la partición privada de bienes que componen una herencia, también se encontraría prohibida cuando están interesados menores emancipados. Ello porque en la partición están comprometidos bienes recibidos a título gratuito por el menor y porque el artículo 2.369 CCyC prevé: «Si todos los copartícipes están presentes y son plenamente capaces, la partición puede hacerse en la forma y por el acto que por unanimidad juzguen convenientes…». Por su parte, el artículo 2.371 CCyC prevé, entre los supuestos en los que debe hacerse la partición judicial la existencia de copartícipes con capacidad restringida, que es el caso de los menores emancipados: si bien a su respecto la restricción no proviene de una sentencia judicial, existe igualmente, como consecuencia de lo dispuesto por la ley18.

2. Constitución de sociedades La constitución de sociedades por menores emancipados presenta diversas particularidades. En primer lugar debe destacarse que, como consecuencia de la prohibición de afianzar obligaciones, contenida en el inciso c) del artículo 28 CCyC, los emancipados no pueden formar parte de sociedades que impongan a sus socios responsabilidades de carácter solidario e ilimitadas vinculadas con el cumplimiento de las obligaciones sociales. Refiriéndose a las disposiciones del Código Civil, el Dr. Rivera expresaba «… la prohibición del artículo 134 inc. 3° impide al menor constituir sociedad colectiva, ser socio solidario en sociedad en comandita o de capital e industria… le está vedado transmitir acciones no integradas totalmente…»19. Ello es así pues, independientemente de la discusión sobre si la garantía es a título de fianza o de otro carácter, el hecho es que, en definitiva, los socios que tienen responsabilidad solidaria e ilimitada responden por una deuda ajena, la de la sociedad. Como consecuencia de lo expuesto, puede afirmarse que los emancipados solo podrían ser socios industriales en una sociedad de capital e industria, socios comanditarios de una sociedad en comandita simple y también ser accionistas en sociedades en comandita por acciones y anónimas; respecto de las sociedades de responsabilidad limitada, solo podrían integrarlas cuando los aportes estuvieran totalmente efectivizados y pasados los cinco años del artículo 51 LS, en atención a la responsabi-

Muñiz, 146. En igual sentido, con el fundamento de que se trata de un acto de última voluntad y por tanto no comprendido en los artículos 28 y 29, Código Civil y Comercial comentado dirigido por Carlos A. Calvo, 32. 18 En igual sentido, Kemelmajer y otros. «El principio de autonomía progresiva en el Código Civil y Comercial. Algunas reglas para su aplicación». 19 Habilitación de edad. En el Código Civil y Comercial de la Nación comentado que dirige el Dr. Rivera se ratifica este criterio. 17

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lidad ilimitada y solidaria que impone el artículo 150 LS; exceptúase de esta regla el supuesto de valuación judicial de los bienes aportados, que es la regla en el caso de que el emancipado aporte bienes recibidos a título gratuito. En cuanto al acto constitutivo de sociedades anónimas, los emancipados solo podrían ser parte si se trata de la constitución por el procedimiento de suscripción pública; no podrían, empero, actuar como promotores por la responsabilidad que les asigna el artículo 182 LS. Les estaría vedado participar en el acto de constitución por acto único en atención a la responsabilidad ilimitada y solidaria que los artículos 183 y 184 LS imponen a los fundadores mientras el Contrato Constitutivo no estuviere inscripto, y la calificación como «fundadores» de todos los que suscriben tal acto constitutivo (art. 166 LS). Otro aspecto a considerar es el destacado por la Dra. Palomo al expresar:

ciedades de cualquier tipo»20. Una limitación adicional a la capacidad para constituir sociedades deriva del artículo 29 CCyC, en tanto que, para aportar bienes adquiridos a título gratuito a una sociedad, el emancipado debe contar con autorización judicial. No existe limitación a la capacidad de los emancipados para formar parte de asociaciones civiles en atención a que los asociados no responden en forma directa ni subsidiaria por las obligaciones de la persona jurídica (art. 181 CCyC). Sin embargo, para aportar bienes recibidos a título gratuito deberán contar con la pertinente autorización judicial.

3. Responsabilidad parental

Si entendemos que la obligación del artículo 150 LS de garantizar la integración de los aportes es una fianza, no podrían constituir ni siquiera sociedades de responsabilidad limitada, ni tampoco ser promotores o fundadores de una S.A. en función de lo determinado por el artículo 183 de la misma ley.

No existiendo restricción al respecto, los emancipados, cualquiera sea su edad, pueden reconocer hijos, sin necesidad de autorización. Como consecuencia de ello, el artículo 644 CCyC consagra el derecho de los progenitores adolescentes, estén o no emancipados, a ejercer la responsabilidad parental de sus hijos pudiendo decidir y realizar por sí mismos las tareas necesarias para su cuidado, educación y salud. Sin embargo, se aplican a su respecto las limitaciones establecidas por dicho artículo, que dispone:

Sin embargo, señala que no todos los comercialistas comparten la limitación de la capacidad de los emancipados para constituir sociedades y cita a Halperín indicando que «sostiene que tal responsabilidad no se puede considerar jurídica ni comercialmente una fianza, por lo que pueden formar parte de so-

Progenitores adolescentes. Los progenitores adolescentes, estén o no casados, ejercen la responsabilidad parental de sus hijos pudiendo decidir y realizar por sí mismos las tareas necesarias para su cuidado, educación y salud. Las personas que ejercen la responsabilidad parental de un

Palomo, Micaela. «La mayoría de edad y la capacidad para la constitución de sociedades comerciales». Trabajo final del premaster semipresencial cudes-universidad austral. Edición 2012. http://www.todavia somospocos.com/aportes/la-mayoria-de-edad-y-la-capacidad-para-la-constitucion-de-sociedadescomerciales/ (consulta: 3 de octubre de 2015). 20

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progenitor adolescente que tenga un hijo bajo su cuidado pueden oponerse a la realización de actos que resulten perjudiciales para el niño; también pueden intervenir cuando el progenitor omite realizar las acciones necesarias para preservar su adecuado desarrollo. El consentimiento del progenitor adolescente debe integrarse con el asentimiento de cualquiera de sus propios progenitores si se trata de actos trascendentes para la vida del niño, como la decisión libre e informada de su adopción, intervenciones quirúrgicas que ponen en peligro su vida, u otros actos que pueden lesionar gravemente sus derechos. En caso de conflicto, el juez debe decidir a través del procedimiento más breve previsto por la ley local. La plena capacidad de uno de los progenitores no modifica este régimen.

Es preciso efectuar una primera salvedad: el derecho se consagra a favor de los progenitores adolescentes, esto es, de padres que han cumplido los 13 años. No existe disposición expresa alguna sobre el tema cuando el emancipado cuenta con menos de 13 años. Siendo sus actos lícitos involuntarios por falta de discernimiento (salvo prueba en contrario) los hijos que tuviere deberían, en principio, estar sometidos a la responsabilidad parental de sus abuelos. El disponer que los menores adolescentes, estén o no casados, ejercen la responsabilidad parental de sus hijos, implica —según lo establecen el artículo 646 y cc CCyC— que pueden y deben: 1. realizar por sí mismos las tareas necesarias para el cuidado, la educación y la salud de los hijos que tuvieren;

2. elegir el nombre y apellido de sus hijos; 3. fijar el domicilio de los hijos, que es el que corresponde a los progenitores adolescentes; 4. respetar y facilitar el derecho de sus hijos a mantener contacto fluido con sus abuelos; 5. representarlos y administrar el patrimonio de sus hijos; 6. responsabilizarse por los daños que causen en los términos del artículo 1.754 y cc CCyC. Sin embargo, atento el texto del artículo que expresamente se refiere a los progenitores adolescentes «estén o no casados» y la prescripción del artículo 699, inciso d) CCyC21, cuando el accionar del emancipado implique algún riesgo, peligro o perjuicio para sus hijos menores, los progenitores del adolescente están obligados a intervenir. El artículo prevé, incluso, la participación de los progenitores del adolescente en todos los actos trascendentes para la vida del niño; esto es, los emancipados, en relación a actos de relevancia para la vida o salud de sus hijos deben actuar con la asistencia o el apoyo (en la terminología del nuevo Código) de sus padres. En caso de desacuerdo entre el emancipado y sus progenitores, debe recurrirse a la decisión judicial, que deberá adoptarse en el procedimiento más breve que prevea la legislación procesal local. Se ha destacado, con acierto, que …los abuelos solo prestan el asentimiento, lo cual no les hace parte del acto ni les genera responsabilidad contractual alguna. Ello así, el hecho de prestar el asentimiento para una operación quirúrgica no obliga a los abuelos al pago de los honorarios médicos ya que no son titulares de la

Dicha disposición prevé la extinción de la responsabilidad parental en caso de emancipación, «excepto lo dispuesto en el artículo 644».

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responsabilidad parental22.

Resulta adecuada la previsión legal precedentemente referenciada, sobre todo si tenemos en cuenta que el Ministerio Público ya no está obligado a intervenir en los actos de índole extrajudicial que comprometan o puedan comprometer intereses de menores (art. 103 CCyC). En caso de disenso entre el emancipado y sus progenitores, está prevista la intervención del Ministerio Público bajo pena de nulidad del acto emitido sin su intervención; esto es, la sentencia judicial sería nula sin la previa intervención del integrante del Ministerio Público que resulte competente.

4. Directivas anticipadas en materia de salud Existen dudas respecto de la aptitud de los emancipados para otorgar las directivas anticipadas y el mandato previstos en los artículos 60 y 61 CCyC. Estos preceptos prevén: • el derecho de expresar la voluntad en cuanto a la administración o no de determinados tratamientos médicos para el supuesto de que el disponente no pueda manifestar su voluntad, esto es, prestar el consentimiento informado al momento de tener que adoptarse decisiones en materia de salud; • el derecho a adoptar disposiciones respecto del destino a otorgar al cadáver del disponente; • el derecho a designar a una persona para que adopte decisiones en materia de salud o de disposición del cadáver, cuando ello sea requerido y ante la imposibilidad de obrar del mandante; • el derecho a designar a una persona para actuar como curador del disponente en caso de que este pierda su plena capacidad de ejercicio. 22

Las dudas se presentan por la inclusión de la expresión «plenamente capaz» en ambos artículos y por la circunstancia de que los emancipados no están plenamente equiparados a las personas mayores de edad sino que, como se expresara precedentemente, el artículo 27 CCyC les reconoce capacidad de ejercicio «con las limitaciones previstas en este Código».

5. Restricciones eliminadas No se incluyó en el nuevo Código la norma contenida en la parte final del artículo 131 del Código velezano, mantenida por la Ley 26.579; este precepto privaba a los menores casados sin la debida autorización de la facultad de administrar y de disponer de los bienes recibidos o que recibieren a título gratuito hasta alcanzar la mayoría de edad, continuando respecto a ellos el régimen legal vigente de los menores. La aplicación del artículo 131 era muy limitada ya que era una posibilidad demasiado remota que el oficial público pasara por alto la falta de la dispensa judicial y de autorización paterna al momento de celebrar el matrimonio: se aplicaba solamente en casos extremos en que, por ejemplo, el contrayente hubiera conseguido engañar al funcionario del Registro Civil con documentación adulterada. Se ha eliminado la incapacidad para casarse que consagraba el artículo 133 CC para aquellos menores cuyo matrimonio se hubiera anulado durante la minoridad. El artículo prescribía: «…la nueva aptitud nupcial se adquirirá una vez alcanzada la mayoría de edad». El Código de Vélez establecía, entre las restricciones a la capacidad de los menores emancipados la imposibilidad de efectuar transacciones (art. 841 inc. 7). Esta limitación de carácter general ha desaparecido en el Código

Rivera. Código Civil y Comercial de la Nación Comentado, Tomo II, 501. Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 35-48

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Civil y Comercial que la limita a las que versen sobre derechos de los que el emancipado no pueda disponer y, como se indicara precedentemente, a las referidas a las cuentas de la tutela. Estas restricciones surgen de los artículos 28 y 1.646 CCyC. El fundamento de la prohibición de transar sobre las cuentas de la tutela puede encontrarse en la necesidad de proteger los intereses del menor emancipado que, aunque haya terminado la tutela, puede todavía sufrir la influencia de la autoridad del tutor.

Responsabilidad de los emancipados Al haber adquirido capacidad civil y contar con discernimiento para actos ilícitos, el menor emancipado es responsable de los daños que ocasione, debiendo —como los mayores de edad— afrontar las indemnizaciones con su propio patrimonio. Al concluir la responsabilidad parental y la tutela, cesa la responsabilidad de los progenitores y tutores por los actos ilícitos que haya cometido el menor. Sin embargo, a tenor de lo dispuesto en los artículos 28 y 29, los emancipados cuentan con un patrimonio especial, formado por los bienes adquiridos a título gratuito, que —en principio— no integra la garantía de sus acreedores en atención a que el emancipado carece de facultades de disposición de esos bienes, salvo autorización judicial, que solo se otorga cuando ello consulta el interés del menor y siempre para la celebración de actos que no importen una liberalidad. Avalando esta postura se ha sostenido: «Si se permitiera a los acreedores del emancipado ejecutar los bienes, resultaría una verdadera

burla al régimen del patrimonio especial, que la ley pretende conservar ajeno al riesgo del tráfico jurídico comercial»; y citando al Dr. Rivera: «por otro lado de ese modo se evita todo riesgo de que el menor se haga ejecutar fraudulentamente esos bienes para poder disponer de ellos23. La limitación de responsabilidad al patrimonio adquirido en forma onerosa o por el trabajo personal del emancipado no es compartida por todos los autores y funcionarios judiciales. Hay quienes afirman que efectuar esta discriminación patrimonial, que afecta el derecho de los acreedores del emancipado, no es legítima y que, ante la ausencia de una norma legal expresa de inembargabilidad, no puede limitarse su derecho a la percepción de sus créditos24. Similar postura sentó en alguna oportunidad la Cámara Nacional Civil: Tratándose del cumplimiento de una obligación (sentencia judicial) a cuyo efecto se impetra la actuación del organismo jurisdiccional y no de un acto de disposición propiamente en tela de juicio, aunque la consecuencia de la mentada finalidad provoque la subasta de bienes recibidos a título gratuito, no puede argüirse defensa alguna en función del artículo 135 del Código Civil…25

Conclusiones El régimen de la emancipación por celebración de matrimonio se mantiene sustancialmente idéntico al regulado por el Código derogado. La mayoría de las modificaciones introducidas importaron solamente una me-

Malicki, Anahí S. M. «Comentario al Título IX en el Código Civil Comentado», dirigido por J. C. Rivera. 24 Puede consultarse Bueres y Highton, 58. 25 CNC, Sala D, 7-6-83, publicado en LL 1983-C-505. 23

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La emancipación por matrimonio en el Código Civil y Comercial de la Nación

jora en la redacción del articulado. En relación a los pocos cambios sustanciales introducidos, entiendo se encuentra plenamente justificado, a la luz de los modernos criterios sobre la minoridad, el reconocer a los emancipados el ejercicio de la responsabilidad parental sobre los hijos que tuvieren, con las limitaciones precedentemente señaladas, que se inspiran en el principio constitucional del interés superior del niño. No comparto, en cambio, las limitaciones absolutas a su capacidad en materia de aprobación de cuentas de tutores, de finiquito a estas y de efectuar donación o cesión gratuita de bienes recibidos a título gratuito. Estimo que, en aplicación del principio de capacidad progresiva que se consagra, si el menor emancipado demostrara conocimiento del acto que se propone realizar, adecuada comprensión de él y de sus efectos jurídicos, debería poder realizarlos con autorización judicial y previa intervención del Ministerio Público, siempre que ello no se oponga al interés superior del niño (todos los emancipados son niños a la luz de la Convención de los Derechos del Niño, no obstante la distinción entre adolescentes y niños contenida en la nueva normativa)26. Entiendo que similar solución debería darse a los supuestos de otorgamiento de testamento vital y designación de representante para que exprese su voluntad en materia de salud en caso de imposibilidad del otorgante, y respecto de la posibilidad de testar: si puede adoptar cualquier decisión en materia de salud para efectivizarse en el momento o en un muy corto plazo, ¿por qué no permitirle adoptar decisiones en esta materia para cuando, con toda probabilidad, sea mayor de edad y haya tenido la posibilidad de modificar su voluntad? Si pue-

de disponer libremente en vida de los bienes adquiridos con su trabajo, ¿por qué no permitirle disponer de ellos por causa de muerte? En general, estimo que la reforma introducida por la Ley 26.994 al régimen de la emancipación de los menores como consecuencia de la celebración de matrimonio debe aplaudirse por haber conservado la esencia de normas cuya aplicación práctica había resultado satisfactoria y adecuada a las necesidades de la sociedad argentina al tiempo que simplifica los textos legales.

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Artículo 1 de la Convención de los derechos del niño, aprobada por ley: «Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad».

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«El papel de los actores locales e internacionales en el diseño de las políticas públicas destinadas a paliar la situación de los niños y niñas en situación de calle en la ciudad de Salta (Argentina)» Proyecto de investigación dirigido por: Víctor F. Toledo (Proyecto N° 112 - Res. Rect. 102/13)

La investigación sobre niños y niñas en situación de calle surgió en el marco del programa de investigación denominado «La calle como espacio urbano: escenario de experiencia de vida. Niños y adolescentes en riesgo». Su principal objetivo es el de evaluar las capacidades del Municipio de la Ciudad de Salta para atender dicha problemática, analizando las políticas públicas implementadas por el gobierno municipal y el rol que cumplen las organizaciones locales e internacionales en su diseño e implementación. La investigación, de carácter exploratoriodescriptiva, parte del supuesto teórico que afirma que la cooperación del Municipio de la Ciudad de Salta con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, tanto en el plano local como internacional, contribuirá a mejorar la calidad de su gobernabilidad y gobernanza para atender la problemática de los niños y niñas en situación de calle. Para el estudio se previeron variables endógenas (internas) y exógenas (de contexto) ineludibles para el abordaje metodológico. Los trabajos que aquí se presentan tienen la finalidad de dar encuadre a una problemática que, como se verá, es compleja y multidimensional. El artículo escrito por Federico de Singlau «¿Niños, niñas y adolescentes «de la

calle», o «en la calle», o «en situación de calle»? Una aproximación conceptual», brinda un recorrido panorámico por las distintas denominaciones posibles para los sectores aquejados por esta problemática y define las implicancias que tiene, para nuestra investigación, la opción de «niños y niñas en situación de calle». El trabajo de Víctor Toledo, «Hacia una conceptualización de las políticas públicas», propone indagar sobre los diferentes modelos de elaboración, implementación y evaluación de las políticas públicas, fijando un parámetro desde el cual se realizará el abordaje de las iniciativas locales e internacionales destinadas a paliar la problemática de la situación de calle en la Ciudad de Salta. «La situación de los derechos de los niños en Argentina y en Salta», de Federico de Singlau, permitirá tomar una visión genérica sobre los indicadores —y la ausencia de ellos— referidos a la niñez en la Provincia, destacando fundamentalmente las situaciones de vulnerabilidad que contrarían los derechos de los niños que, incorporados a nuestra Constitución Nacional, forman parte de la ley suprema de la Nación. Finalmente, Silvina Abud, en «Trabajo Infantil, una realidad avasallante», enfatiza sobre la estrecha vinculación entre la vulnerabi-

Ciencias Jurídicas y Sociales | nota de divulgación |

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Toledo et al.

lidad, la situación de calle y el trabajo de los niños y niñas como un ejercicio que aún se encuentra solapado bajo diferentes prácticas, tanto a nivel nacional como provincial. El conjunto de estos artículos resume un punto de

partida imprescindible para construir un marco referencial que pondrá al lector en contacto con realidades muchas veces naturalizadas y, por lo tanto, desatendidas. Víctor F. Toledo Director

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Cuadernos Universitarios. Publicaciones Académicas de la Universidad Católica de Salta, vol. 8, 2015: 51-62

¿Niños, niñas y adolescentes «de la calle», «en la calle», o «en situación de calle»? Una aproximación conceptual Federico Alejandro de Singlau1

Resumen El presente artículo se enmarca en el proyecto de investigación «El papel de los actores locales e internacionales en el diseño de las políticas públicas destinadas a paliar la situación de los niños y niñas en situación de calle en la Ciudad de Salta». La finalidad del trabajo es llevar a cabo una revisión de las distintas denominaciones que reciben los sujetos de esta problemática social en la bibliografía especializada, por parte de las personas e instituciones dedicadas a su estudio y por quienes diseñan e implementan políticas públicas en relación a la cuestión señalada. Con ello se busca aportar a la investigación un marco conceptual preciso, claro y adecuado, ante el problema que implica la existencia de una multiplicidad de denominaciones. El análisis se centrará en América Latina, en el mundo anglosajón y en la terminología utilizada por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). Palabras clave: calle - niñez - adolescencia

Abstract This article is part of the research project «The role of local and international actors in the design of public policies to mitigate the situation of children living on the streets in the city of Salta». The aim of the paper is to analyze the different labels given to the subjects of this social problem in the specialized literature by the people and institutions devoted to this study as well as by those who design and implement public policies regarding this problem. In so doing, this paper seeks to contribute to the research with a precise, clear and adequate conceptual framework to the problem that arises from the existence of a multiplicity of labels. The analysis will focus on Latin America, the Anglo-Saxon world and the terminology used by the United Nations Children’s Fund (UNICEF). Keywords: street - childhood - adolescence

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de Singlau

Introducción La intensificación de la preocupación que genera desde la década de 1990 en instituciones tanto públicas como privadas (medios de comunicación social, universidades, organizaciones no gubernamentales, Estado) la problemática de la vinculación de los niños, niñas y adolescentes con las calles llevó a que este fenómeno fuera ganando espacio desde entonces en la agenda de los temas preocupantes para las sociedades latinoamericanas, si bien su reconocimiento se remonta a la década de 1950 (Llorens, 2005: 19, 29). La visibilidad que adquirió la situación se tradujo al mismo tiempo en el surgimiento de diferentes modelos de abordaje y en la proliferación de expresiones utilizadas para definir a los sujetos involucrados (los niños, niñas y adolescentes), lo que provocó una lógica dispersión conceptual. No hay que perder de vista tampoco la complejidad de la problemática, en relación a la cual existe una multiplicidad de variables a considerar respecto de estos sujetos: edad, género, relación o contacto con sus familias, edad de inicio de la vida en la calle, permanencia en la calle, escolaridad, estrategias de supervivencia, etc. A partir de lo planteado se presenta una situación problemática para todo aquel que decida hacer un tratamiento de la cuestión. Esto se debe a que la elección de la terminología a emplear conlleva a su vez la adopción de una postura sobre los sujetos involucrados, que podría estar cargada de prejuicios, temores, simplismos y proyecciones. Como se observará a través del desarrollo del artículo, la opción entre los conceptos de niñez y adolescencia «en la calle», «de la calle» o «en situación de calle» (por citar la terminología más utilizada) puede parecer superficial e irrelevante, pero trae aparejadas profundas implicancias, pudiendo influir en los resultados de una investigación. 52

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El proyecto planteado responde al objetivo de realizar una «reflexión continua sobre los graves problemas actuales, para proponer soluciones», una de las misiones de la Universidad Católica de Salta. Se enmarca a su vez en las líneas de investigación de dicha institución, que apuntan al desarrollo y transformación hacia una sociedad más justa, a la preservación y respeto por la dignidad de la vida humana y a la búsqueda de una mejora sustantiva en la vida personal y familiar de los hombres. El trabajo de investigación busca evaluar las capacidades políticas, económicas y administrativas del Municipio de la Ciudad de Salta para atender la problemática de la niñez y adolescencia en situación de calle, analizando las políticas públicas implementadas por el gobierno municipal y el rol que cumplen las organizaciones locales e internacionales en su diseño e implementación. El supuesto teórico de partida afirma que la cooperación del Municipio con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, tanto en el plano local como internacional, contribuirá a mejorar la calidad de su gobernabilidad y gobernanza para atender la problemática. En el proyecto de investigación se considera a la calle como todo aquel espacio urbano escogido por los niños, niñas y adolescentes para el despliegue constante o frecuente de sus estrategias de sobrevivencia, que combinan actividad lúdica y económica. El hecho de abarcar tanto la permanencia constante como la presencia frecuente otorga una mayor amplitud conceptual que si se identificara únicamente a la situación de calle con la idea de estar permanentemente en este espacio. Resulta de vital importancia para el proyecto la claridad en la identificación de los sujetos involucrados, en tanto uno de los resultados esperados es el de contribuir con la elaboración e implementación de políticas públicas que puedan ser aplicadas por el gobierno del

¿Niños, niñas y adolescentes «de la calle», «en la calle», o «en situación de calle»?

Municipio de la Ciudad de Salta para atender esta problemática. Ante la posibilidad de que el Municipio no cuente con programas específicos para atender esta problemática, resulta imprescindible establecer previamente una definición conceptual del grupo social sobre el que se quiere enfocar el trabajo, de tal manera que puedan evaluarse otras políticas públicas orientadas a la atención de problemas sociales vinculados a la niñez que puedan tener un impacto indirecto sobre la situación de la niñez y adolescencia en situación de calle. Por lo planteado en los párrafos precedentes resultó necesario, pese al marco teórico contenido en el proyecto, realizar esta revisión conceptual que abarca las expresiones generalmente utilizadas en el tratamiento de la cuestión. En el caso de la investigación a la que se vincula la presente publicación, se optó desde la confección del proyecto por la utilización de la denominación «niños y niñas en situación de calle». Por sus implicancias para el desarrollo del trabajo esta elección merece ser justificada desde el punto de vista teórico, debido a que ello dará sustento al tipo de información a la que se buscará tener acceso, y será relevante al momento del análisis.

Los distintos conceptos utilizados en América Latina • Niños de la calle o niños callejeros En la producción académica latinoamericana predominó el uso de la expresión «niños de la calle», adoptada por ser la escogida por UNICEF. Este concepto se refiere a aquellos niños y adolescentes habitantes de los grandes centros urbanos cuyos vínculos familiares son muy débiles o nulos, que se desenvuelven en el espacio calle para desarrollar estrategias con el objeto de obtener ingresos, encontrando tam-

bién en ella un ámbito de socialización. Provienen de hogares centrífugos, se los considera chicos expulsados (Pasamonik, 2009: 257-266). Según el investigador suizo Benno Glauser, la expresión «niños de la calle» no es demasiado clara en sus acepciones, aunque se convirtió en una especie de lugar común para denominar a los niños que viven o trabajan en las calles, y adquirió categoría significativa en el discurso cotidiano, lo que supone el riesgo de ignorar la situación de esta porción ya institucionalizada de la niñez, debido a que «ya los conocemos y los ubicamos en nuestro universo referencial» (1999: 19-27). Hablando sobre la vivencia de la problemática en Venezuela, el psicólogo Manuel Llorens observa que la expresión «niños de la calle» suele servir además como referente simbólico de crisis económica, política y social, y como representación del subdesarrollo. Se trata de una etiqueta que condensa una multiplicidad de contenidos asociados a la infancia en situación de pobreza (2005: 32, 43). Autores como Roy Gigengack, citado por Llorens, identifican en conceptos como este el primer obstáculo para el diseño de estrategias comunitarias para el trabajo con niños carentes de recursos, ya que implican «un agregado complejo de asunciones acerca de cómo y dónde deben criarse los niños» (2005: 47). Además, el hecho de etiquetar a personas con la expresión «niño o niña de la calle», desde el punto de vista psicológico, conlleva el riesgo de desencadenar un proceso de estigmatización, el cual puede tener serias implicancias en tanto lleva implícita la creencia de que quien posee un estigma (de cualquier tipo, no solo el de la vida callejera) no es plenamente humano (Llorens, 2005: 49). Esto se traduce en la práctica de diversos tipos de discriminación derivados de preconceptos que conducen a dotar a la persona estigmatizada de ciertos rasgos de inferioridad y de peligrosidad social. Prueba Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 51-62

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de ello es la creencia popular según la cual la mayoría de los niños y adolescentes que deambulan por las calles casi seguramente se encuentran ligados a conductas delictivas (tales como hurto, vandalismo, etc.) y al consumo de estupefacientes. Otra prueba de lo dañino del uso de esta expresión es el rechazo que produce en los propios niños y niñas etiquetados de esta manera, ya que es experimentada por muchos de ellos como violenta, despectiva (Llorens, 2005: 50). Por último, el sociólogo Ricardo Lucchini criticó el uso de este concepto debido a su característica de estático, ya que ancla al niño en una situación de calle que generalmente no es constante ni prolongada en el tiempo, sino que suele producirse paulatinamente y experimenta vaivenes (Llorens, 2005: 52). Para expresar esta variabilidad este autor propone el uso de la expresión «carrera de niño de la calle», y adopta un continuo definido por dos dimen-

siones: la social, que alude a la frecuencia y calidad de los lazos que los niños y adolescentes mantienen con adultos responsables de referencia para ellos, y la dimensión física, que se refiere al tiempo de permanencia del sujeto en la calle (Llorens, 2005: 52-53). En el Gráfico 1, los niños y adolescentes que se acercan al punto A mantienen lazos de calidad con adultos responsables, y por tanto su permanencia en la calle es menor. Los niños cercanos al punto B prácticamente no mantienen contacto con adultos responsables y permanecen mayor tiempo en la calle. • Niños en la calle Esta expresión (introducida por UNICEF, como se verá más adelante) suele asimilarse a la de «niños trabajadores». Se trata de chicos que tienen un contacto frecuente con adultos cuidadores, y cuya estancia en la calle se pro-

Gráfico 1

  A 

Dimensión Social (contacto con adultos responsables)

B  Dimensión Física (permanencia en la calle)

Fuente: Llorens (2005: 53).

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¿Niños, niñas y adolescentes «de la calle», «en la calle», o «en situación de calle»?

duce generalmente con motivo de llevar a cabo distintas actividades para recaudar dinero, ya sea venta ambulante, prestación de servicios (lustrado de zapatos, limpieza de parabrisas, etc.) o mendicidad, aunque también se presenta un grupo minoritario que únicamente desarrolla actividades de ocio. Estos niños permanecen buena parte del día en la calle, entre 6 y 8 horas, desarrollando las actividades mencionadas, solos o con sus familias. Sin embargo, generalmente regresan a sus casas una vez finalizada la jornada, ya que mantienen los vínculos familiares (Pasamonik, 2009: 257-260). El concepto de «niños en la calle» está fuertemente vinculado a un tipo de actividad desarrollada por los sujetos involucrados, y por este motivo no resulta adecuado para el proyecto de investigación en tanto se busca desde este tener una visión más abarcativa de las vivencias de los niños y adolescentes en relación a la calle. La adopción de un concepto que se asemeje al de «niño trabajador» implicaría la necesidad de utilizar conceptos adicionales para caracterizar otras situaciones, pero este tipo de intenciones no hace a la finalidad del proyecto. • Niños con experiencia de vida

en la calle

Esta forma fue sugerida por la psicóloga social Natalia Hernández en un intento de ofrecer un marco amplio que incluyera distintas aproximaciones a la vida en la calle y que brindara mayor exactitud, caracterizando a los niños y jóvenes que han tenido importantes experiencias de vida en la calle pero que no pertenecen a ella (no son «de» la calle) (Llorens, 2005: 53). La expresión alude a que la realidad de los chicos que transitan por la calle es cambiante: algunos permanecen en ella por períodos prolongados mientras para otros es solo una expe-

riencia transitoria. Sin embargo, puede utilizarse para hacer referencia a una situación (la experiencia de vivir en la calle) que puede no ser la actual del sujeto en cuestión. A los fines del presente proyecto de investigación resulta imposible determinar fehacientemente la cantidad de niños que tuvieron alguna experiencia en la calle, ya que se trata de una variable que no puede ser mensurada. La evaluación de las capacidades del Municipio de la Ciudad de Salta para hacer frente a la problemática requiere que los esfuerzos del equipo de investigación se concentren en identificar las políticas públicas dirigidas a la niñez y adolescencia que en la actualidad se encuentran vinculadas fuertemente al espacio calle, o en aquellas que tengan un carácter preventivo de esas situaciones. Si se adoptara la expresión «niños con experiencia de vida en calle» se estaría incluyendo como sujetos a todas aquellas personas que en algún momento tuvieron experiencias de vida en la calle, independientemente de la persistencia de tal situación hasta la actualidad. • Niños, niñas y adolescentes en

situación de calle

El significado de la expresión es amplio y hace referencia a niños, niñas y adolescentes que viven, deambulan y/o trabajan en la calle. El psicólogo uruguayo Ariel Gustavo Forselledo, ex coordinador del Programa de Protección Integral de los Derechos del Niño, del Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes, sostiene que los niños, niñas y adolescentes en situación de calle son «aquellos menores de 18 años que tienen vínculos familiares débiles o inexistentes, que hacen de la calle su hábitat principal y desarrollan en ella estrategias de supervivencia, hecho que los expone a distintos tipos de riesgos» (2001: 49-79). Generalmente estos niños poseen familia Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 51-62

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y la frecuentan habitualmente, siendo pocos los que hacen de la calle su hábitat sin ningún tipo de contacto con sus grupos familiares. Se trata de un fenómeno urbano, acentuado en las grandes ciudades. En su mayoría provienen de familias en situación de pobreza o indigencia, con lazos afectivos frágiles. Presentan altos niveles de violencia y baja o nula atención afectiva, y en general han interrumpido la escolaridad. Se encuentran expuestos a malos tratos, abusos y a una baja expectativa de vida a causa de los riesgos a los que se encuentran expuestos a diario (Méndez, 2005: 82-83). Si bien la situación de calle en la niñez es un fenómeno de raíz multicausal, se produce principalmente como una respuesta al entrecruzamiento de conflictos predominantemente de tipo vincular, muchos de los cuales tienen origen a su vez en la situación material de existencia de las familias. Generalmente los niños que habitan o trabajan en la calle provienen de familias marginales, de bajos ingresos, con situaciones habitacionales de hacinamiento, entre otras características (Bulgach, Flores: 2011). Respecto a la situación de salud de los niños, esta es peor en los casos de mayor permanencia en la calle, presentándose cuadros de déficit alimentario, condiciones precarias de higiene, demanda tardía de asistencia médica, intoxicaciones, accidentes, heridas cortantes, traumatismos, afecciones derivadas de enfermedades de transmisión sexual, etc. (Pasamonik, 2009: 257-266). Todo lo planteado configura una situación en la cual el rasgo distintivo es la vulnerabilidad. Dentro del concepto de niños, niñas y adolescentes en situación de calle se puede identificar a su vez a algunos que pertenecen a la categoría de niños, niñas y adolescentes sin cuidado parental, familiar o alternativo (Luna, 2010: 23). Estos niños, que dentro de la situación de calle son los que habitan de modo más o menos permanente en ella, se caracterizan 56

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por no tener garantizada la condición básica del desarrollo infantil, que es la pertenencia a un grupo capaz de «reconocerlos en su singularidad, a la vez que les brinde afecto y respete y satisfaga todos sus derechos» (Luna, 2010: 8). Si bien cuando se utiliza la expresión «niños, niñas y adolescentes en situación de calle» se incorpora una perspectiva de género y también de diferenciación por edades, las instituciones dedicadas a la problemática suelen simplificarla reduciéndola a la de «niños o chicos en situación de calle», utilizando el genérico masculino a fin de favorecer una lectura más fluida de los documentos e informes. Esta es la forma utilizada actualmente en nuestro país de manera generalizada por parte de las instituciones que abordan la problemática así como en las investigaciones sobre el tema. Existen numerosas publicaciones académicas referidas a la situación de la niñez y adolescencia en las grandes ciudades de la Argentina, que optan por el uso de este concepto. Vale citar como ejemplos el informe Situación de niños, niñas y adolescentes en las calles de la Ciudad de Buenos Aires, publicado en agosto de 2006 por la Dirección General de Niñez y Adolescencia del Gobierno de dicha ciudad, y el artículo «Contexto socio-laboral de los niños/as en situación de calle en la ciudad de Rosario», publicado por Marcos Urcola (becario del CONICET) en la revista Cátedra Paralela de la Universidad Nacional de Rosario (núm. 6, año 2009). La provincia de Salta no escapa a lo mencionado en el párrafo anterior. La Guía para un tratamiento periodístico adecuado de las temáticas de Niñez y Adolescencia, publicación del Ministerio de Derechos Humanos del Gobierno de la Provincia, que contó con la colaboración del Ministerio de Desarrollo Social de la República Argentina y UNICEF, indica que la expresión «niños de la calle» forma parte del lenguaje no recomendado, mientras que

¿Niños, niñas y adolescentes «de la calle», «en la calle», o «en situación de calle»?

«niños en situación de calle» forma parte del lenguaje sugerido, así como se recomienda la utilización de «niños, niñas y adolescentes» en reemplazo de «menores», ya que este último término tiene una connotación policial o judicial, y por tanto es discriminatorio (2013: 36). La lectura de bibliografía específica, informes y artículos periodísticos da cuenta de una generalización en América Latina del uso de la locución «niños en situación de calle», así como también por parte del Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes (IIN), que es el Organismo Especializado de la OEA en materia de niñez y adolescencia.

Los conceptos utilizados en el mundo anglosajón Las investigaciones de la problemática en los Estados Unidos hacen referencia a un fenómeno general que es el de los homeless (es decir, los sin hogar), término que se utiliza para hacer referencia a personas de cualquier edad, abarcando a niños y adolescentes (Llorens, 2005: 29). Dentro de esta categoría se incluye a los menores de edad que por una multiplicidad de razones se encuentran en las calles, recibiendo cada tipo de caso una terminología particular. De esta manera, los especialistas en la temática distinguen en primer lugar a los niños que se encuentran en la calle en compañía de sus familias debido a la pérdida del hogar por diversos motivos. Existen a su vez los denominados runaways, niños y adolescentes que huyeron de su hogar; los throwaways, que identifica a aquellos que han sido abandonados; los system kids, los menores que estuvieron alojados en las instituciones estatales dedicadas a atender a niños y jóvenes en riesgo pero luego se alejaron de ellas; y los street kids, niños y adolescentes que carecen de un hogar. Todos estos términos fueron desarrollados por Rotheram-Borus, Koopman y Ehrhardt en su

artículo «Homeless youths and HIV infection», publicado en 1991 en la revista American Psychologist, citado por Llorens (2005: 30). Otra forma que se suele utilizar es la de abandoned children, dentro de la cual suele englobarse a los niños, niñas o adolescentes que no tienen familia y que viven en la calle o en instituciones estatales dedicadas a su cuidado (Asensio Pérez, 2007: 11). La terminología empleada en el mundo anglosajón no resulta aplicable a los fines de la investigación a desarrollar, en tanto se trata de conceptos que parten de una primera distinción entre niños que no cuentan con cuidados parentales y no tienen hogar por diferentes motivos, y los que mantienen los lazos familiares, enfocándose en el primer grupo y descartando al segundo. Esta diferenciación no es relevante para el proyecto, ya que se busca conocer la capacidad del Municipio de la Ciudad de Salta para atender a la problemática de la niñez y adolescencia en situación de calle de manera global, es decir, sin distinción entre los sujetos que mantienen un vínculo con sus familias y los que cortaron todo tipo de comunicación con ellas. A su vez, una de las mayores instituciones privadas dedicadas al tratamiento de las cuestiones relacionadas con los niños en situación de calle es el Consortium for Street Children (CSC), una red compuesta por 60 organizaciones no gubernamentales nacida en el Reino Unido y que trabaja en aproximadamente 130 países. Como el mismo nombre lo indica, esta organización adoptó el concepto de «chicos de la calle» para denominar a los sujetos de este fenómeno. En su informe State of the World’s Street Children: Report, publicado en 2011, el CSC realiza una exhaustiva revisión de la literatura publicada en inglés sobre la temática durante la década de 2000 a 2010. El supuesto de partida del informe, en su sección referida a las Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 51-62

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diferentes denominaciones utilizadas en artículos académicos y libros, es que la dificultad principal para la estimación de la niñez en la calle es que la expresión street children es actualmente criticada, al tiempo que no existe tampoco una definición generalmente aceptada (Thomas de Benítez, 2011: 7). Podemos deducir, a partir de esta observación, que se toma este concepto como el más difundido y utilizado en la literatura anglosajona sobre la temática, aunque también se enumeran otros términos que se presentan como alternativos. Entre ellos, el informe menciona tres diferentes tendencias que pueden identificarse en la actualidad: 1. la utilización de la distinción de UNICEF entre children on the street y children of the street («niños en la calle» y «de la calle»), y señala que buena parte de la actual producción académica en la materia acepta o desarrolla esta distinción (Thomas de Benítez, 2011: 8); 2. el uso de definiciones o términos alternativos que buscan reconocer a los niños como actores sociales capaces, redefiniendo el concepto de street children o utilizando otros nuevos que reflejan situaciones más específicas, como independent child migrants («niños migrantes independientes»), children in street situations («niños en situaciones de calle»), street youth («juventud de la calle»), homeless youth («juventud sin hogar»), delinked o detached children («niños desvinculados o independientes») (Thomas de Benítez, 2011: 9); y 3. el rechazo de algunas corrientes de investigación a definir y clasificar a los jóvenes que habitan la calle o la utilizan para trabajar o como espacio de esparcimiento como un problema social, concentrándose por el contrario en la manera en que la mirada de la sociedad a través de dichas clasificaciones y sus implicancias de diferenciación estigmatiza a este grupo y sirve de esa manera a los intereses de ciertos sectores de la sociedad (Thomas de 58

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Benítez, 2011: 9. Traducción propia). Algunos de los conceptos enumerados hacen referencia a situaciones muy particulares que no se dan en la realidad del Municipio de la Ciudad de Salta, como es el caso de los «niños migrantes independientes». Además, se identifica en la visión anglosajona una tendencia a desarrollar una terminología específica que resulte adecuada para cada situación particular, atendiendo a distinciones que hacen referencia a la edad de los sujetos involucrados (como marca el uso de los conceptos de street children y street youth, es decir «niños de la calle» y «juventud de la calle»), a la situación respecto a sus familias (diferenciando por ejemplo a los delinked children, «niños desvinculados») o identificando de una manera particular a los que experimentaron un paso por instituciones de menores (system kids). Estos conceptos no resultan aplicables a los fines de nuestro proyecto de investigación, ya que de sus objetivos se desprende la necesidad de identificar un término o expresión que resulten lo más abarcativos posible, contemplando la situación de todos los niños, niñas y adolescentes que mantienen un vínculo importante con el espacio «calle». Por último, en su página web, el Consortium for Street Children recoge el concepto de streetconnected children («niños conectados a la calle»), señalando que es utilizado para describir el amplio rango de experiencias que los niños y adolescentes tienen en relación con la calle, incluyendo a los que viven y los que trabajan en ella, los que mantienen contacto con sus familias y aquellos que rompieron todo vínculo, los que se encuentran en la calle actualmente y los que se encuentran fuera de las calles pero pueden volver a ellas fácilmente. Por sus implicancias, podemos asimilar esta expresión de la lengua inglesa a la de «niños, niñas y adolescentes en situación de calle». De lo dicho en el párrafo precedente se

¿Niños, niñas y adolescentes «de la calle», «en la calle», o «en situación de calle»?

deduce que el término anglosajón que resultaría más adecuado a la necesidad del equipo de investigación de contar con un concepto abarcativo de la situación de calle en general, sin distinción de las diferentes particularidades que puede adoptar esta, es el de streetconnected children.

La conceptualización en UNICEF Resulta imprescindible, a los fines del desarrollo de nuestra investigación, conocer la terminología empleada por UNICEF, en tanto se trata del principal organismo especializado que ha creado la comunidad internacional para la promoción y defensa de los derechos de los niños en todo el mundo. De esta manera, se erige como el principal actor al cual el equipo de investigación tomará como referencia al momento de evaluar la cooperación que lleva adelante el Municipio de la Ciudad de Salta en el plano internacional para atender a la problemática. UNICEF fue modificando a lo largo del tiempo la manera de referirse a los niños y adolescentes involucrados conforme evolucionaba la visión sobre ellos. De esta manera, a fines de la década de 1980 utilizó la expresión «niños de la calle» (street children), caracterizándolos como aquellos que: 1. viven en la ciudad; 2. en caso de tener relaciones familiares, estas son débiles; 3. desarrollan estrategias de supervivencia; 4. se desenvuelven en la calle como su hábitat principal, sitio que reemplaza a la familia como instancia de sociabilización; y 5. están expuestos a riesgos específicos importantes. En sus publicaciones en inglés, UNICEF utilizó tradicionalmente la mencionada locución, definiendo a los street children como cualquier

niña o niño que no ha alcanzado la edad adulta, para quien la calle en el más amplio sentido de la palabra, incluyendo viviendas desocupadas, baldíos, etc., se ha convertido en su residencia y/o medio de sustento habitual, y que está inadecuadamente protegido, dirigido y supervisado por adultos responsables (Asensio Pérez, 2007: 10; Thomas de Benítez, 2011: 7).

UNICEF procedió posteriormente a la revisión del uso de esta expresión ante las críticas recibidas desde ámbitos académicos por su ambigüedad (debido a que varias de las características enumeradas son compartidas por los niños que viven en la calle y por aquellos que trabajan en ella pero regresan diariamente a su hogar a pernoctar) (Llorens, 2005: 52). De esta manera, se impuso la utilización de nuevas categorías para permitir la diferenciación entre la variedad de situaciones que se presentan. En 1997 UNICEF sugirió la necesidad de diferenciar entre tres grupos: los niños en peligro (aquellos que viven en su casa pero son capaces de huir de ella), los niños de la calle (viven en la calle de forma más o menos permanente) y los niños en la calle (permanecen parte del día en la calle, generalmente trabajando para sus padres) (Rodríguez-Mora, 2009: 68-88). En el documento Rapid Assessment of Street Children in Lusaka, publicado en 2002, el organismo utilizó la clasificación que atribuye a Opoku: «niños en la calle» (aquellos que desarrollan algún tipo de actividad económica en la calle para contribuir a la supervivencia de su grupo familiar; generalmente pernoctan en sus casas y mantienen un sentido de pertenencia al hogar; pueden estar escolarizados; la fragilidad económica de sus familias puede llevar a que estos niños opten por una vida permanente en las calles); «niños de la calle» (realmente viven en la calle; pueden existir lazos Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 51-62

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familiares pero son tenues y mantenidos solo de manera casual u ocasional; muchos no tienen residencia permanente y se mueven de un lugar a otro e incluso de una ciudad a otra), y «niños abandonados» (carecen de todo hogar y de contacto con sus familias; muchos fueron abandonados a una edad muy temprana, por lo que tienen poco a ningún conocimiento acerca de sus familias) (2002: 4. Traducción propia). En su informe Estado Mundial de la Infancia correspondiente al año 2006, UNICEF sigue utilizando la categoría de «niños de la calle», aunque reconoce que este concepto es problemático debido a que puede utilizarse como una etiqueta para estigmatizarlos, ya que la sociedad en general los considera un peligro y una fuente de conducta criminal. El organismo también reconoce, sin embargo, que muchos de los niños y adolescentes que viven o trabajan en las calles han adoptado dicha expresión debido a que les ofrece un sentimiento de identidad y pertenencia» (2006a: 40). Se reconoce, además, que estos niños y adolescentes están en las calles de muchas formas diferentes y por una serie de razones distintas. El organismo utiliza para su análisis un marco general que es el de los niños y niñas excluidos (por sus familias, la comunidad, el gobierno, la sociedad civil, los medios de comunicación, el sector privado y otros niños y niñas), es decir, aquellos que se cree corren el riesgo de no beneficiarse de un entorno que les brinde protección contra la violencia, el maltrato y la explotación, o no tengan acceso a servicios y bienes esenciales y ello amenace su capacidad para participar plenamente en la sociedad (UNICEF, 2006a: 7). Dentro de este contexto de exclusión social, UNICEF considera a los niños de la calle como el grupo que se encuentra en una situación de mayor invisibilidad, siendo los más difíciles de apoyar con servicios fundamentales (salud, educación) y los más difíciles de proteger (UNICEF, 2006a: 40). 60

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En su Glosario para el correcto tratamiento de la información sobre infancia y adolescencia, un material cuyos destinatarios son los medios de comunicación, UNICEF Argentina recoge la definición de chicos en situación de calle aportada por la Agencia Nacional por los Derechos de la Infancia (ANDI) del gobierno de Brasil: Expresión que se utiliza para llamar a los niños, niñas y jóvenes que pasan sus días en las calles. (…) La mayoría de ellos tienen un hogar, una dirección y una referencia, es decir, no «pertenecen» a la calle sino a una sociedad que los excluye o les niega sus derechos. Muchas veces se utiliza la expresión «chicos de la calle» pero se recomienda no usarla porque profundiza la discriminación que ya existe sobre estos chicos e induce a pensar que «ser de la calle» es una condición «natural inmodificable», casi como ser alto o bajo, en lugar de ser advertida como una condición que puede y debe ser modificada (2006b: 1).

Lo que vemos es que, en distintos documentos oficiales del organismo, tanto provenientes de sus oficinas centrales como los publicados por distintas oficinas nacionales, se adoptan diferentes formas de mención.

Conclusiones Hecha la revisión de la terminología utilizada en el mundo académico y por parte de las instituciones dedicadas al abordaje de la problemática, se puede concluir que lo más adecuado es el uso de la categoría de «niños en situación de calle», ya que engloba a todos los menores de 18 años, sean niños, niñas o adolescentes, sin recurrir a un lenguaje que puede ser estigmatizante por un uso inadecuado y descalificador.

¿Niños, niñas y adolescentes «de la calle», «en la calle», o «en situación de calle»?

A su vez, esta terminología se presenta como unificadora, ya que presenta la amplitud necesaria para incluir dentro de la misma categoría una multiplicidad de circunstancias, debido a que se refiere de manera general a los niños que trabajan, deambulan o viven en las calles. Otra ventaja de su uso es el hecho de que no introduce un elemento de pertenencia como el concepto de «niños de la calle», sino que genera la idea de una condición que puede ser modificada, por lo tanto no es permanente. Además, el uso de la expresión «niños en situación de calle» se presenta como una instancia superadora que permite dejar de lado la clásica distinción propuesta por UNICEF entre «niños en la calle» y «de la calle», ya que esta se basa en la presencia o ausencia de lazos familiares, lo cual muchas veces no se configura como factor determinante de la realidad de dichos sujetos, teniendo preponderancia en este sentido las costumbres, normas y valores que constituyen la vivencia callejera. El hablar de una situación implica, además, una singularidad, un sistema de relaciones sociales que rodea a cada niño, lo que otorga una idea acerca de la complejidad de la problemática debido a las particularidades de cada caso.

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Hacia una conceptualización de las políticas públicas Víctor F. Toledo1

Resumen En este artículo se pretende dar una mirada panorámica sobre qué son las políticas públicas a los efectos del análisis de su puesta en marcha como un proceso que debe ser integral. Desarrollaremos las tres fases fundamentales de toda política pública: definición, ejecución y evaluación, y se expondrán los modelos o concepciones divergentes en torno a ellas. El objetivo es brindar claridad conceptual en torno a un tema muy tratado en el campo académico pero tergiversado en el político, para el cual cualquier acción que parte de las esferas gubernamentales es una «política pública». A lo largo de este trabajo pretendemos fijar una postura clara acerca de ellas como una práctica colaborativa y participativa, y no exclusivamente gubernamental. Palabras clave: análisis político - política - política gubernamental - política pública - proceso

Abstract This article attempts to give a panoramic view of the meaning of public policies with the purpose of analyzing its implementation as a process that must be integral. We will develop the three fundamental stages of any public policy: definition, implementation and evaluation along with models or divergent conceptions about them. The aim is to provide conceptual clarity on a subject that has been intensively discussed in the academic field, but distorted in the political field. In the latter, any action from government spheres is considered as «public policy». Throughout this paper, we assume a clear stance regarding them as a collaborative and participatory practice, and not just as a government issue. Keywords: political analysis - politics - government policy - public policy - process

Introducción El presente artículo corresponde a un primer avance del proyecto de investigación «El papel de los actores locales e internacionales 1

en el diseño de políticas públicas destinadas a paliar la situación de los niños y niñas en situación de calle en la Ciudad de Salta» (en ade-

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lante «niños y niñas en situación de calle»). Dicho proyecto, aprobado por Res. Rectoral Nº 333/13 de la Universidad Católica de Salta (UCASAL), tiene como foco central a las políticas públicas, de modo que en él no se hará un abordaje de la niñez desde una perspectiva sociológica, económica o antropológica, sino a partir de cómo las instituciones locales tratan esta problemática y si dicho tratamiento implica la construcción de políticas públicas. Dado que nuestro proyecto de investigación consiste en analizar y evaluar las políticas públicas del municipio de Salta referidas a los niños y niñas en situación de calle, es necesario, en primer lugar, desarrollar conceptualmente qué se entiende por una política pública, pues su respuesta será un abordaje fundamental por el que atravesará la investigación. La lectura de este texto debe complementarse con la del artículo de Federico de Singlau titulado «Niños y niñas en situación de calle: una aproximación conceptual», en el que se exponen las distintas opciones sobre la denominación de niños y niñas que están en situación de calle y que fija la postura del equipo de investigación acerca del problema: se abordará la problemática de los menores de 18 años que viven, deambulan y/o trabajan en la calle. No necesariamente pernoctan en ella, no necesariamente carecen de cuidados parentales o se ausentan de las escuelas; sin embargo sus vínculos familiares son débiles o inexistentes, y por lo tanto «hacen de la calle su hábitat principal y desarrollan en ella estrategias de supervivencia, hecho que los expone a distintos tipos de riesgos» (Forselledo, 2001: 49-79). Ahora bien, la conceptualización de la política pública no se abocará exclusivamente a su definición, sino que indagará diversas concepciones que existen al respecto. La referencia a ellas es de suma importancia como guía a lo largo de nuestra investigación, para poder discriminar si las políticas que se llevan a cabo 64

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son iniciativas gubernamentales que se agotan en una gestión o si hay una persistencia en el tiempo —y por lo tanto serían una auténtica política pública— o, en todo caso, si se presentan cambios parciales o modificaciones lo que nos permite analizar los factores incidentales o intervinientes. En definitiva, permitirá que observemos, desde una perspectiva analítica, las eventuales discordancias entre el diseño de la política y su puesta en práctica. Como dice Vargas, «Todos hablan de políticas públicas, pero pocos saben a ciencia cierta qué son y para qué sirven, cómo se diseñan y qué consideraciones intervienen en su elaboración, implementación, administración, control y ajuste…» (Vargas, 2004: 51). A lo largo de este artículo, entonces, trataremos de dar el paso inicial para despejar los interrogantes en torno a ellas y fijar una posición para el desarrollo de nuestro proyecto de investigación.

¿Qué son las políticas públicas? El punto de partida de esta investigación no puede ser otro que la conceptualización de las políticas públicas, pues en torno a ella hay un trasfondo de un debate aún no cerrado entre los especialistas y del que debemos dar cuenta para precisar nuestra concepción acerca de qué entendemos por políticas públicas, base sobre la cual desarrollaremos esta investigación. Una primera aproximación relaciona a las políticas públicas con las acciones que los gobiernos encaran para dar respuestas a las demandas de la sociedad (Ruiz López, Cárdenas Ayala, 2005). Desde esta lógica, el punto focal está en el proceso de toma de decisiones para llevar adelante una política que está destinada a satisfacer necesidades concretas de la sociedad. Por lo tanto, como indica Oszlack, se trata de un posicionamiento del Estado «…frente a cuestiones socialmente problema-

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tizadoras» (González Tachiquín, 2005: 109). Es cierto que las políticas públicas, como señala Aguilar Villanueva, parten de la articulación de la administración pública con las técnicas gubernamentales (González Tachiquín, 2005: 109). Ahora, el problema es que no siempre se produce esa articulación y puede ocurrir que la gestión o la puesta en marcha no coincidan con el diseño político. Esto puede suceder cuando en vez de una política pública se está implementando una política gubernamental y, por lo tanto, se centraliza la gestión en la toma de decisiones y los réditos electorales que ella acarrearía y no tanto en la política como un servicio para todos los destinatarios. Esta lógica electoralista olvida que los gobiernos no son sino «instrumentos para la realización de las políticas públicas» (Lahera Parada, 2004: 8). Resulta necesario, por lo tanto, no identificar a las políticas públicas con las acciones gubernamentales. Una base para esa distinción está en la incorporación de otros actores, y no solo el gobierno, en la conceptualización y entramado de lo que es una política pública. Un primer punto de referencia para esos otros actores está en la comunidad o ciudadanía, que en un sistema democrático interviene indirectamente a través de la participación política partidaria y de las elecciones (Lahera Parada, 2004: 17). Ahora bien, en una sociedad democrática, la participación no se agota en las elecciones, sino que también toma parte de las decisiones y el control de las acciones públicas. El sector privado, como fuente de demandas y como complementador de la tarea del Estado (co-gestión), también forma parte de las políticas públicas. Sin dudas que el Estado es el actor principal, pero no puede omitirse en el esquema de análisis a la sociedad civil y a la empresa (Ruiz López, Cárdenas Ayala, 2005), e inclusive a ciertos actores u organizaciones internacionales,

toda vez que la globalización puso en evidencia la necesidad de complementariedad más allá de las fronteras nacionales para afrontar problemas comunes pero desde realidades locales. De allí que la eficiencia y eficacia de los impactos de las políticas públicas no pueden sustraerse de una descentralización que propenda a la máxima participación ciudadana.

Análisis político Las políticas públicas empiezan a tomar protagonismo en la agenda institucional —política y académica— gracias al desarrollo de la ciencia de la administración pública, desde la cual se la considera una actividad orientada hacia los campos de la producción de soluciones y redistribución de recursos, reconociendo «su dimensión gerencial y su naturaleza política» (Castro, 1995: 319). Las políticas públicas no pueden disociarse de la faceta analítica que de ellas se realiza, pues es el analista quien «…otorga un sentido a la multitud de decisiones y comportamientos de los administradores y demás actores sociales involucrados en el proceso» (Bañón; Carrillo, 1997: 21). El análisis de las políticas públicas, en definitiva, propone una nueva aproximación que se centre en la actuación de los poderes públicos: en los productos de esta actuación y en los procesos a través de los cuales se genera, se desarrolla y se transforma en resultado y en impactos sobre la sociedad (Castro, 1995: 321).

Lo que pretendemos hacer en la investigación sobre «niños y niñas en situación de calle» es, justamente, analizar las políticas impartidas para afrontar el problema, que es una de las tantas formas de vulnerabilidad que atraviesan determinados segmentos de la sociedad. Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 63-71

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Debe quedar en claro, no obstante, que en esta investigación no buscamos implementar una modalidad de investigación-acción en el sentido de dar respuestas en forma de soluciones prácticas y «…compartiendo la responsabilidad en la toma de decisiones y en la realización de tareas de investigación» (Pérez Serrano, 2008. I: 155), sino más bien trataremos de desentrañar y analizar cómo es el proceso o secuencia de políticas públicas que se inicia con la identificación/construcción del problema y concluye con la elaboración de acciones para resolverlo, así como su seguimiento y evaluación. En definitiva, citando a Joan Subirats, el proyecto de «niños y niñas en situación de calle» está orientado a …reconstruir procesos de actuación de los poderes públicos. Se trata de examinar relaciones, alianzas y conflictos entre los actores presentes en el proceso político objeto del análisis y las vías y las formas de representación establecidas. Se trata de ver quién interviene en cada política concreta y con qué resultados (Castro, 1995: 321-322).

Las políticas públicas como proceso Hay cierto consenso entre los analistas, a la hora de identificar las etapas por las que atraviesa —o debe atravesar— una política, para que sea considerada como pública. En esencia, hay una formulación, una implementación o ejecución y una evaluación. No obstante, hay diferencias en torno a lo que debe contener cada fase o etapa, diferencias que pasan por lo ideológico, por la formación profesional de los analistas y por el modelo de política pública adoptado. Por ejemplo, para Ruiz López y Cárdenas Ayala, la formulación parte de una agenda polí66

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tica que ya está dada y en base a la cual hay que definir el problema a resolver (Ruiz López, Cárdenas Ayala, 2005). En Bañón y Carrillo el punto de partida está en la identificación y definición del problema, pero con la particularidad de incluir la evaluación en cada una de las etapas (1997:19). Vargas, por su parte, prefiere hablar de un diagnóstico previo, decisión, dirección y difusión (2004: 55). En nuestra investigación, a los efectos analíticos, adoptaremos una combinación de perspectivas para analizar las políticas públicas en cuestión. De este modo, las etapas quedarán identificadas como: 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Diagnóstico político (problemática) Planteo de objetivos Formulación de alternativas de solución Adopción de una alternativa Implementación de la solución Evaluación permanente.

Es necesario destacar, no obstante, que todo el proceso está atravesado por una serie de condicionantes que no pueden ser obviados ni por los actores intervinientes ni por los analistas: el sistema político, los recursos disponibles, la oportunidad, la transparencia y la aprobación social (Ruiz López, Cárdenas Ayala, 2005). Pero también hay que tener en cuenta los lobbies, la competencia y el consenso social al respecto (Subirats, 1994: 5). Todos estos factores influyen no solo en la implementación de una política pública sino a lo largo de todo el ciclo desde su inicio, a veces de manera determinante, especialmente a la hora de evaluar los impactos que se producen en la sociedad.

El problema No desarrollaremos, en este primer avance de investigación, cada una de las etapas del

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proceso mencionadas en el apartado anterior, pero sí expondremos, desde una perspectiva genérica, las tres instancias básicas en las políticas públicas: el problema, la implementación y la evaluación. En cuanto al problema, y siguiendo de algún modo las discusiones en torno a los paradigmas de la investigación, hay dos corrientes bien definidas. Para algunos autores el problema está allí presente y solo hay que abordarlo. Otra corriente, completamente antagónica, entiende que el problema es una opción política, que no es evidente sino que se construye. En el fondo, la discusión gira en torno a si son las instituciones las que forman los procesos sociales o si son los procesos sociales los que crean su institucionalidad (Acuña, 2014a: 13). Evidentemente, en políticas públicas hay un posicionamiento del Estado frente a cuestiones socialmente problematizadoras. También es cierto que hay una agenda política, o, si se pretende ser más abarcativo, un entorno micro y macro que las impone. Pero de todas formas es necesaria una definición concreta u operativa que indique los cursos de acción a tomar (Subirats, 2001: 261). Ahora bien, pretender en esa definición que los problemas están dados objetivamente implica desconocer el proceso político de toma de decisiones. La problematización no es ni objetiva ni externa, sino que se relaciona con opciones concretas de las que participan los decisores políticos, pero también los otros actores interesados. En ese proceso, el analista reviste gran trascendencia, pues es él quien «…a partir de las situaciones problemáticas ‘construye’ el problema, lo define, clarifica, explica y evalúa» (Subirats, 1994: 3). Es el analista el que transforma un tema de agenda política en un problema; es el que le da sentido como tal. Pero también aquello que no es problematizado sino que queda excluido da la

pauta del enfoque de una política pública o de su integralidad o falta de ella. Sostener que los problemas se construyen, por lo tanto, no quiere decir que aquellos que no son indicados como tales no existen, sino que hay una intencionalidad o una decisión para que determinadas situaciones no sean definidas ante la comunidad como un problema. Como dice Dye, las políticas públicas también son lo que no se hace (Vargas, 2004: 49). Así, al encarar nuestro proyecto de investigación, nos surge un gran interrogante respecto a las políticas públicas. En la actualidad no hay programas específicos, ni en la provincia de Salta ni en el municipio de Capital, para la atención de niños y niñas en situación de calle. Hasta el año 2010 la provincia tuvo un programa específico para ello, pero desde esa fecha hasta la actualidad hay que indagar en muchos otros programas o proyectos referidos a la niñez y vulnerabilidad para identificar si esos niños y niñas en vulnerabilidad están —o pueden estar— en situación de calle. ¿Qué ha sucedido? ¿Ha dejado de ser un problema? Y si es así, ¿por qué? ¿Se ha resuelto como tal? ¿O el número de niños y niñas en situación de calle es irrelevante para ser tratado como tal? ¿Será que es difícil identificar a quiénes están en esa situación? ¿O no es redituable en términos políticos reconocer que hay niños y niñas que se encuentran en esa situación? A lo largo de nuestra investigación trataremos de dar respuestas a estos interrogantes. Al realizar el análisis de la información podremos desentrañar, a su vez, frente a qué modelo u opciones de políticas públicas nos encontramos. Si es uno analítico, centrado en los recursos de las elites y la estructura del sistema político; si es uno incremental, basado en las acciones previas para evaluar si las acciones nuevas o sus consecuencias difieren de la situación actual; o si es uno utilitario, basado en un análisis de costos-beneficios Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 63-71

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(González Tachiquín, 2005: 110-11)2.

Implementación Toda implementación de una política pública busca eficiencia y eficacia: lograr con los recursos disponibles, y en el menor tiempo posible, los resultados esperados. En esta instancia también pueden identificarse dos modelos claramente diferenciados de cómo ejecutar las políticas: uno que parte desde los objetivos para analizar si se alcanzaron o no (Top Down) y otro que parte de acciones individuales y los factores externos para evaluar los impactos (Bottom Up).

Modelo Top-Down La premisa básica de este modelo consiste en separar el ámbito político de la administración pública, entendida esta última como un entramado burocrático. El éxito de las políticas públicas, en este modelo, depende de las capacidades de acción (Bañón, Carrillo, 1997: 14). Es decir que se trata de un modelo que separa nítidamente y de manera lineal la definición de la ejecución y de los impactos. De este modo, un problema de implementación queda identificado con la coordinación y control de la organización (Castro, 1995: 340). O es una implementación que no se hizo o se hizo deficientemente. De manera tal que este modelo hace de la implementación un problema más bien técnico.

Modelo Bottom Up Contra la lógica causa-efecto del modelo anterior, este modelo la invierte e incluye una perspectiva panorámica. No se concentra en

las decisiones que emanan jerárquicamente de los niveles más encumbrados, sino en las acciones individuales que se ven condicionadas por factores externos que las hacen más o menos viables (Castro, 1995: 342). Es decir que las políticas públicas, desde esta perspectiva, se acercarían más a una concepción incremental de toma de decisiones. Como bien expresa Joan Subirats: Se trataría de reconstruir los efectos de la política a estudiar, en términos de impacto, intentando determinar cuántos de esos impactos pueden explicarse por la actuación de las agencias administrativas implementadoras, y cuántos, en cambio, responden a causas externas a la política pública examinada (Castro, 1995: 342).

Desde nuestro proyecto buscamos visualizar qué concepción tienen los decisores políticos sobre la implementación de las políticas públicas. El análisis de los modelos permitirá, a su vez, averiguar si los proyectos o programas que se ejecutan responden a un modelo jerárquico o lineal o si son más bien modelos centrados en las acciones, y también comparar las formulación formal de estos con la concepción que tienen los responsables finales acerca de la ejecución de las políticas públicas y sus impactos.

Evaluación La última esfera de análisis será la de la evaluación, entendida como una instancia permanente en todo el proceso y que no mide únicamente los resultados finales, sino también la puesta en marcha de una política pública desde la definición del problema.

Hay diferentes denominaciones para estos modelos. Castro (1995: 330-338), por ejemplo, habla de Modelo Racional Puro, Modelo Racional Limitado y Modelo Incremental.

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Hacia una conceptualización de las políticas públicas

Es cierto que implícita o explícitamente toda política pública está sujeta a evaluación en el sentido de una opinión valorativa. Opinan de ella los destinatarios, la sociedad en general, la oposición, los sectores involucrados, los expertos, etc. En rigor, muchas veces esa opinión no se refiere tanto a la política pública en concreto como a la gestión del gobierno que la sostiene o la implementa. La evaluación de la política pública, desde una perspectiva analítica —que es la que adoptamos en este proyecto de investigación—, es una evaluación no solo técnico-burocrática, sino también política en un sentido amplio (Bañón, Carrillo, 1997: 18), es decir que, como expresan Meny y Tohening, hay una «…apreciación sistemática, sobre la base de métodos científicos, de la eficiencia y de los efectos rea-

les, previstos o no, buscados o no, de las políticas públicas». En nuestro proyecto, concretamente, se trabajará con dos tipos de variables: endógenas y exógenas. Dentro de las primeras se considerarán la gestión institucional y la difusión de los planes de acción, y dentro de las segundas se tendrán en cuenta variables estructurales macro políticas y económicas y variables político-institucionales. La evaluación de las políticas públicas se realizará, entonces, a partir de estos dos grandes grupos de variables que hacen referencia tanto a aspectos estáticos como dinámicos. Para ello, siguiendo a Bañón y Carrillo, tomaremos diferentes tipos de evaluación de acuerdo a las etapas de políticas públicas según el planteo de estos autores3.

Cuadro 1. Proceso de las políticas públicas y tipos de evaluación Fases del proceso de la política pública 1. Identificación y definición del problema

Tipos de evaluación Evaluación anticipativa Evaluación de evaluabilidad Evaluación de necesidades 2 Formulación y adopción de una alternativa Evaluación de teoría y diseño Evaluación de viabilidad política/contexto 3 Implementación de la alternativa adoptada Evaluación de implementación Evaluación de seguimiento del programa 4 Evaluación de los resultados Evaluación de impacto Evaluación de calidad Fuente: Bañón, Rafael; Carrillo, Ernesto (Comp.). La nueva Administración Pública. Madrid: Alianza, 1997, p. 19.

No evaluaremos, entonces, únicamente el producto, sino todo el proceso de funcionamiento de una política pública en particular.

A lo largo de nuestro proyecto y al realizar el análisis de las políticas públicas, adaptaremos la tipología de evaluación a las fases mencionadas anteriormente en este trabajo.

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Conclusiones El presente trabajo tuvo la finalidad de precisar, desde el punto de vista terminológico, la concepción que tiene el equipo de investigación acerca de qué implica una política pública. La necesidad de desarrollar este tema, más allá del marco teórico presente en el proyecto de investigación, radica en la relevancia que tiene, a los efectos conceptuales y metodológicos, señalar diferentes enfoques sobre las políticas públicas y su puesta en marcha e indicar cómo dichas opciones contribuirán a la ejecución del proyecto de investigación sobre los «niños y niñas en situación de calle» en la ciudad de Salta. En principio queda en claro que se diferencia nítidamente de una política gubernamental, pues se incorporan otros actores —en nuestro caso locales e internacionales. Las políticas públicas auténticas, por lo tanto, tienen que ser colectivas para que el problema definido genere un impacto real en la sociedad, satisfaciendo las demandas de los sectores afectados y tienen que mantenerse en el tiempo más allá de los cambios de gestión. Muchas veces sucede que hay problemas que no llegan a constituirse en acciones de políticas públicas debido a la intervención de múltiples factores que inciden en la competencia entre diferentes demandas sociales, situación que se hace más notoria cuando los actores no tienen acceso directo a la estructura representativa de los decisores políticos (Subirats, 2001: 264). De allí que es necesario partir de políticas públicas consensuadas o construidas de manera participativa. Las políticas públicas no son un producto o acciones aisladas, sino que conforman un proceso complejo que, simplificado, implica la problematización, la ejecución y la evaluación. Una política pública participativa como punto inicial parte de la concepción del pro70

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blema como una construcción social y no como una identificación exclusivamente gubernamental. En esa fase hay diferentes modelos, y lo que trataremos de hacer en nuestra investigación es identificar aquel que mejor se adapta a las políticas públicas destinadas a paliar la situación de calle de niños y niñas en la ciudad de Salta. El mismo camino se seguirá con la ejecución, analizando allí no solo el modelo prescripto en los programas, sino el sostenido por los decisores y ejecutores de las acciones, tratando de averiguar si hay discordancias entre la concepción de las políticas públicas y su puesta en marcha. Finalmente, pondremos el acento en una evaluación permanente a lo largo de todos los procesos, pues ella es fundamental para el análisis de las políticas públicas. Esta evaluación se realizará de una manera sistemática en cada etapa del proceso, para las cuales se fijaron diferentes tipos de evaluación; parámetros necesarios pues «…el conjunto de los actores de relevancia en la formación de políticas públicas normalmente difiere del conjunto relevante en la evaluación» (Acuña, 2014b: 32). En definitiva, y a riesgo de ser reiterativos, las políticas públicas están íntimamente vinculadas con su análisis y es justamente eso, el análisis de las políticas públicas, lo que se hará en la investigación sobre «niños y niñas en situación de calle».

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Hacia una conceptualización de las políticas públicas

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La situación de los derechos del niño en la Argentina y en Salta Federico Alejandro de Singlau1

Resumen El presente artículo se enmarca en el proyecto de investigación «El papel de los actores locales e internacionales en el diseño de las políticas públicas destinadas a paliar la situación los niños y niñas en situación de calle en la Ciudad de Salta», y tiene por finalidad describir las acciones emprendidas por el Estado argentino para la protección de los derechos de la infancia y la adolescencia en cumplimiento de lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada en 1989. Asimismo, se describirá la situación de la niñez y la adolescencia en Salta, y se analizará el nivel de adecuación de la Provincia a la normativa nacional en la materia. Palabras clave: protección - niñez - adolescencia

Abstract This article is part of the research Project «The role of local and international actors in the design of public policies to mitigate the situation of children living on the streets in the city of Salta». This paper aims to describe the actions taken by the Argentine government in order to protect the rights of children and adolescents in compliance with the provisions of the Convention on the Rights of the Child, adopted in 1989. In addition, the situation of childhood and adolescence in Salta will be described and the level of adequacy of the Province of Salta as regards the National legislation on the subject will be discussed as well. Keywords: protection - childhood - adolescence

Introducción En 2014 se celebró el 25° aniversario de la adopción de la Convención sobre los Derechos del Niño por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas, hecho que tuvo lugar el 20 de noviembre de 1989. Se trata de un acon1

tecimiento digno de destacar, ya que nos referimos al instrumento internacional de derechos humanos «más ratificado a nivel mundial» (solo los Estados Unidos y Somalia no lo ratificaron) y en el más corto plazo, y al «hito

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más importante para la vida de todos los niños, niñas y adolescentes», tal como caracteriza a la Convención el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en su página web oficial2. En el cuarto considerando de su Preámbulo, la Convención recuerda que en la Declaración Universal de Derechos Humanos se había proclamado que los niños y niñas poseen el derecho a gozar de cuidados y asistencia especiales, incluida la debida protección legal, por su falta de madurez física y mental. Esta necesidad había sido recogida anteriormente por la Declaración de los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General el 20 de noviembre de 1959, aunque el primer antecedente en tal sentido data de 1924, año en que se firmó la Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño. Asimismo, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los Estados firmantes hicieron un reconocimiento explícito de dicho derecho3. La Convención establece un abanico de derechos que deben ser garantizados por los Estados parte a todas las personas menores de dieciocho años de edad4, sin distinción de «raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional, étnico o social, posición económica, impedimentos fí-

sicos, nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales» (artículo 2°). Los derechos contenidos en la Convención, que representan umbrales mínimos a ser garantizados por los Estados signatarios, y …más que un catálogo de derechos de los niños (…) constituye una lista completa de las obligaciones que los Estados están dispuestos a asumir para con los niños. Dichas obligaciones pueden ser directas (…) o indirectas, en vistas de permitir a los padres, familiares o tutores desempeñar el papel que les corresponde y asumir su responsabilidad de cuidar y proteger al niño5.

Los derechos enumerados en el instrumento internacional pueden agruparse según la siguiente clasificación6: • Derechos generales (entre otros: a que se aplique la Convención a todo menor de 18 años; a que se respete el superior interés del niño en toda medida que le concierna; a que el Estado tome todas las medidas para hacer efectivos los derechos de la Convención y respete los deberes y derechos de padres, familiares, comunidad, tutores y personas encargadas legalmente del niño, ayudándolos a cumplir con

«25° Aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño», UNICEF, página web oficial. En: http://www.unicef.org/lac/about_28021.htm (21/11/14). 3 Preámbulo de la Declaración sobre los Derechos del Niño, octavo considerando. 4 En la Ley 23.849 se establece que la Argentina debe hacer la siguiente declaración al momento de ratificar la Convención: «Con relación al artículo 1° de la Convención sobre los Derechos del Niño, la República Argentina declara que el mismo debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad». 5 Nigel Cantwell. «Comentarios a la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño», Instituto Interamericano del Niño, p. 2. En: http://www.iin.oea.org/cad_Convenci%C3%B3n.pdf (12/11/14). 6 Basado en la clasificación de los Derechos del Niño establecida por UNICEF Argentina. En: http:/ /www.unicef.org/argentina/spanish/children_youth_15187.htm (12/11/14). 2

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ellos; a un nivel de vida adecuado; a las disposiciones nacionales e internacionales más favorables para los derechos del niño). • Derecho a la salud (a la vida y el desarrollo; a disfrutar de vida plena y en condiciones que aseguren su dignidad, en caso de presentar desventajas físicas o mentales; al más alto nivel de salud; a tener seguridad social; al descanso y al juego; a ser protegido contra el uso ilícito de drogas; entre otros). • Derecho a la familia (a no ser separado de sus padres, excepto en cumplimiento del interés superior del niño; a mantener relaciones personales con ambos padres, aún cuando estos residan en diferentes Estados; a que ambos padres asuman su responsabilidad primordial en cuanto a la crianza y el desarrollo del niño; etc.). • Derecho a la educación (a una educación que desarrolle su personalidad, aptitudes y capacidad física y mental hasta su máximo potencial; a que su educación desarrolle su respeto por los derechos humanos y el amor a su propia identidad cultural y al medio ambiente natural; a la educación primaria gratuita, debiendo ser promovida la educación secundaria hasta que accedan a ella todos los niños y buscándose una educación superior más accesible a todos; a que la disciplina escolar sea compatible con la dignidad humana del niño; a acceder a la información y material que promueva su bienestar social, espiritual y moral y su salud física y mental). • Derecho a la protección especial (a que se dicten medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño de toda forma de violencia física o mental, descuido o trato negligente, maltrato o explotación, perjuicio o abuso sexual; a recibir

protección y asistencia del Estado en caso de estar privado de su medio familiar; a ser protegido contra la explotación económica, sexual o de cualquier otra índole; a ser protegido contra toda forma de abuso, contra el secuestro, la venta o la trata; a no ser sometido a tortura, pena capital ni prisión perpetua, y a no ser privado de su libertad en forma arbitraria; a protección en caso de conflictos armados). • Derecho a la participación (a formar un juicio propio, a expresarse libremente y a ser tenido en cuenta; a buscar, recibir y difundir información e ideas de todo tipo y por cualquier medio; a la libertad de pensamiento, conciencia y religión; a la libre asociación). • Derecho a la identidad (a no sufrir ningún tipo de discriminación; a tener nombre y nacionalidad, y a conocer a sus padres; a preservar su identidad, nacionalidad, nombre y relaciones familiares; a que se respeten su vida privada, su honra y su reputación; a tener su propia vida cultural, religión e idioma; etc.).

La Argentina ante la Convención sobre los Derechos del Niño: el Sistema de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes En la Argentina, la Convención fue aprobada por Ley 23.849, sancionada el 27 de setiembre de 1990 y promulgada de hecho el 16 de octubre de ese mismo año7. La ratificación tuvo lugar en diciembre de 1990, y entró en vigor en enero de 1991. Al ser un tratado cuya materia son los derechos humanos, goza de jerarquía constitucional, encontrándose en la enumeración contenida en el inciso 22 del artículo 75 de la Constitución Nacional tras la reforma de 1994.

Una vez sancionada la norma por el Congreso se cumplió el plazo estipulado de diez días hábiles durante los cuales el Poder Ejecutivo está facultado para promulgar o vetar total o parcialmente la ley. Es por ello que se la considera promulgada de hecho.

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Pese a la temprana incorporación de este instrumento jurídico internacional al derecho interno, tuvieron que pasar 11 años para que se produjese la adecuación normativa en materia de protección de los derechos de la infancia (Danieli, 2012: 5). Esto ocurrió en setiembre de 2005 con la sanción de la Ley 26.061, a través de la cual se creó el Sistema de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, fruto del trabajo mancomunado de académicos, expertos, técnicos y organizaciones de la sociedad civil. Esto significó una ruptura con un paradigma que estuvo vigente en el país durante casi un siglo, encarnado en la Ley 10.903 de Patronato del Estado, sancionada en 1919. Esta ley se basaba en una visión del menor como un ser incapaz, objeto de protección tutelar por parte del Estado para su readaptación social en caso de encontrarse en situación de abandono moral o material. En la práctica, la aplicación de esta filosofía se tradujo en la disposición judicial de la vida de los niños y niñas considerados en peligro, separándolos de sus familias, privándolos de sus derechos y alojándolos en institutos de menores (De Miguel-Salviolo, 2008: 2). En el interregno entre la ratificación de la Convención en 1991 y la sanción de la Ley 2.061 en 2005 se siguió aplicando en el país la práctica de retiro e institucionalización de los niños y niñas en situación de peligro, derivándoselos a guarda con fines de adopción y separándoselos de sus hermanos (Bisig, 2012: 57). La sanción de la Ley 26.061 significó, entonces, un cambio de paradigma: los niños, niñas y adolescentes pasaron de ser considerados «objetos de tutela» a su consideración como «sujetos de derechos» que deben ser

garantizados de manera integral por el Estado, en todos los ámbitos de su vida y desarrollo, a través de políticas públicas (De Miguel-Salviolo, 2008: 3-4). La especialista Irene Konterllnik define al Sistema de Protección como «un conjunto de interacciones que se estructuran y fluyen en torno a corresponsabilidades que tienen todos los actores» (es decir, el Estado, las familias y la sociedad en general)8. El principio básico del Sistema, establecido en el artículo 3° de la Ley 26.061, es el interés superior de la niña, niño y adolescente, definido como la máxima satisfacción, integral y simultánea de los derechos y garantías reconocidos en la ley, debiéndose respetar su condición de sujeto de derecho; el pleno desarrollo personal de sus derechos en su medio familiar, social y cultural; su edad, grado de madurez, capacidad de discernimiento y demás condiciones personales; y su centro de vida. En su Título II, la Ley 26.061 enumera los siguientes derechos: a la vida, a la dignidad e integridad personal, a la vida privada e intimidad familiar, a la identidad, a la documentación, a la salud, a la educación pública gratuita, a la libertad, al deporte y juego recreativo, al medio ambiente, a la libre asociación, a opinar y ser oído, al trabajo de los adolescentes con las restricciones correspondientes, a la seguridad social. A su vez, contiene garantías mínimas en los procedimientos judiciales o administrativos (como el derecho a ser oído ante la autoridad competente cada vez que el niño, niña o adolescente lo solicite), el principio de igualdad y no discriminación, el principio de efectividad, entre otros. De esta manera, se cubre todo el espectro de derechos y garantías esta-

Irene Konterlnik. «El rol de los organismos administrativos en la implementación del sistema de protección integral de derechos de niñas, niños y adolescentes», exposición en el Seminario La Nueva Ley Nacional de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes: Responsabilidad de los diferentes actores en su aplicación, diciembre de 2005. Citada por De Miguel (2008: 6).

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blecido en la Convención sobre los Derechos del Niño. Sobre la composición del Sistema de Protección Integral, el artículo 32° establece que este …está conformado por todos aquellos organismos, entidades y servicios que diseñan, planifican, coordinan, orientan, ejecutan y supervisan las políticas públicas, de gestión estatal o privadas, en el ámbito nacional, provincial y municipal, destinados a la promoción, prevención, asistencia, protección, resguardo y restablecimiento de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, y establece los medios a través de los cuales se asegura el efectivo goce de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño, demás tratados de derechos humanos ratificados por el Estado argentino y el ordenamiento jurídico nacional.

A su vez, el mismo artículo determina una serie de medios para el logro de los objetivos del Sistema: a) Políticas, planes y programas de protección de derechos; b) Organismos administrativos y judiciales de protección de derechos; c) Recursos económicos; d) Procedimientos; e) Medidas de protección de derechos; f) Medidas de protección excepcional de derechos. El Sistema de Protección Integral está conformado, de esta manera, por tres niveles cuyo funcionamiento debe darse de manera dinámica e interrelacionada: políticas públicas, medidas de protección integral y medidas de protección excepcional.

En cuanto a las políticas públicas, el artículo 4° de la Ley establece que estas deberán elaborarse según las siguientes pautas: a) Fortalecimiento del rol de la familia en la «efectivización» (sic) de los derechos de las niñas, niños y adolescentes; b) Descentralización de los organismos de aplicación y de los planes y programas específicos (…), a fin de garantizar mayor autonomía, agilidad y eficacia; c) Gestión asociada de los organismos de gobierno en sus distintos niveles en coordinación con la sociedad civil, con capacitación y fiscalización permanente; d) Promoción de redes intersectoriales locales; e) Propiciar la constitución de organizaciones y organismos para la defensa y protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. A su vez, el artículo 5° determina la responsabilidad gubernamental indelegable de establecer, controlar y garantizar, con absoluta prioridad, el cumplimiento de las políticas públicas con carácter federal, manteniendo siempre presente el interés superior de los niños, niñas y adolescentes y la asignación privilegiada de los recursos públicos que las garanticen. Las medidas de protección integral de derechos son, según el artículo 33°, …aquellas emanadas del órgano administrativo competente local ante la amenaza o violación de los derechos o garantías de uno o varias niñas, niños o adolescentes individualmente considerados, con el objeto de preservarlos, restituirlos o reparar sus consecuencias. La amenaza o violación a que se refiere este artículo puede provenir de la acción u omisión del Estado, la sociedad, los particulares, los padres, la familia, representantes legales, o responsables, o de la propia conducta de la niña, niño o adolescente. Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 73-85

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A su vez, dicho artículo determina que la falta de recursos materiales de los padres, de la familia o de otros responsables de las niñas, niños y adolescentes, no autoriza la separación de su familia nuclear, ampliada o con quienes mantenga lazos afectivos, ni su institucionalización, tal como ocurría con la aplicación del paradigma tutelar. En cuanto a las medidas de protección excepcional, el artículo 39° las define como «aquellas que se adoptan cuando las niñas, niños y adolescentes estuvieran temporal o permanentemente privados de su medio familiar o cuyo superior interés exija que no permanezcan en ese medio», con el objeto de que el sujeto de derecho conserve o recupere el ejercicio y goce de sus derechos vulnerados, y sean reparadas las consecuencias de tal vulneración. En relación a los órganos administrativos de protección de derechos, la Ley estableció la creación de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (organismo especializado en materia de derechos de la infancia y de la adolescencia, dentro de la órbita del Poder Ejecutivo Nacional, que funciona con representación interministerial y de distintas organizaciones de la sociedad civil), y del Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia (órgano deliberativo, consultivo y planificador de políticas públicas dirigidas a la infancia y la adolescencia en todo el país). A su vez, se esta-

blece la institución de la figura del Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, persona a cargo de velar por la protección y promoción de sus derechos consagrados en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño y las leyes nacionales. La ley determina, a su vez, que cada jurisdicción podrá designar un Defensor, además del establecido a nivel nacional. Además, la Ley dispone que el Sistema de Protección Integral deba estar constituido también por un nivel provincial, conformado por órganos de planificación y ejecución de las políticas de la niñez, cuya forma y jerarquía deben ser determinadas por cada provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Estado de la infancia en Argentina El país registra algunos avances significativos en cuanto al estado de su población infantil si analizamos el trayecto desde la adopción de la Convención, y en especial desde la sanción de la Ley 26.061. En la tabla a continuación podemos visualizar algunas cifras que respaldan esta afirmación, referidas a indicadores básicos, extraídas de los informes Estado Mundial de la Infancia publicados por UNICEF correspondientes a los años 1992 y 2014 (con datos de 1990 y 2012, respectivamente):

Tabla 1: Argentina, indicadores básicos 1990

2012

Tasa de mortalidad de menores de 5 años

28

11

Tasa de mortalidad infantil (< de 1 año)

24

13

Muertes anuales (< de 5 años) (miles)

24

10

Bajo peso al nacer (%)

8

7

Fuente: Elaboración propia en base a datos de UNICEF (1992: 73; 1993: 73; 2014: 30).

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Sin embargo, algunas instituciones no gubernamentales difunden una visión más crítica de la situación de la infancia argentina. Una de ellas es la ONG internacional Humanium, dedicada al apadrinamiento de niños y comprometida en la lucha contra las violaciones a los derechos infantiles en todo el mundo. Esta institución elabora anualmente el Mapa del Respeto de los Derechos del Niño en el Mundo, así como el Índice de Cumplimiento

de los Derechos del Niño (IMDN). En la edición del Mapa correspondiente a 2014 la Argentina puede visualizarse en el nivel naranja, caracterizada como un país con problemas sensibles en relación a la situación de la infancia, y fuera de los dos grupos de países en mejor situación (los pertenecientes al nivel amarillo, que corresponde a una situación satisfactoria, y los del nivel verde, que corresponde a una buena situación de la niñez).

Mapa I: Situación global de los Derechos del Niño, año 2014.

Fuente: Humanium (http://www.humanium.org/es/humanium-publica-elmapa-de-los-derechos-del-nino-en-el-mundo-2014/) (05/11/14)

A su vez, la Argentina presenta un IMDN de 7,72 puntos sobre 10 posibles. Al referirse a los principales problemas que afectan a los

niños argentinos, el informe de Humanium9 se refiere a los siguientes:

Información extraída de la página web de la ONG Humanium. En: http://www.humanium.org/es/ argentina/ (26/11/14).

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de Singlau • Pobreza: afecta a cerca del 30% de los argentinos10, e incide en forma de ciertas dificultades para las familias de bajos ingresos en la crianza de sus hijos, los cuales a menudo sufren abusos. La problemática de la pobreza es especialmente dura en el caso de las familias rurales. • Educación: pese al aumento de las tasas de escolarización en primaria y secundaria (en buena medida a causa de la implementación de la Asignación Universal por Hijo), se incrementaron notoriamente en los últimos años la repitencia y la deserción escolar. • Salud: en los últimos años el país logró una disminución de la tasa de mortalidad infantil, a pesar de lo cual los índices aún son elevados, principalmente entre los niños que viven en poblaciones rurales y los niños de escasos recursos en el norte del país. • Niños indígenas: muchos niños indígenas viven en situación de pobreza crítica y con una alimentación muy deficiente, como es el caso de ciertas comunidades indígenas cuyos derechos no se reconocen o son vulnerados, sufriendo muchas veces el hostigamiento de las autoridades que tratan de desalojarlas (el informe cita el caso de algunas comunidades indígenas de Tucumán). Muchas personas, pertenecientes a los distintos pueblos originarios y sus hijos, no tienen garantizado el cumplimien-

10

to de sus derechos fundamentales, incluyendo seguridad, salud, alimentación y educación. • Violencia en las aulas: pese a que, según el informe, el 99% de los niños argentinos tienen acceso a la educación, la violencia escolar es una problemática que irrumpió fuertemente en los últimos tiempos, no solo entre pares sino también por parte de adultos. • Trabajo infantil: se da principalmente en las zonas rurales, ya que muchos niños pertenecientes a familias de escasos recursos materiales se ven obligados a abandonar la educación y a trabajar. Aproximadamente el 7% de los niños entre 5 y 14 años trabajan (por ejemplo, en tareas domésticas en casas de familias de mayores ingresos, o en la venta ambulante) para colaborar con sus familias en la satisfacción de sus necesidades alimentarias y de salud. En concordancia con lo dicho en los párrafos precedentes, las investigadoras Ianina Tuñón y María Sol González, del Observatorio de la Deuda Social Argentina de la UCA (ODSA -UCA), determinaron que, pese a los importantes progresos sociales y económicos registrados en la última década, son importantes los niveles de privación registrados en la infancia y adolescencia argentinas (TuñónGonzález, 2013b: 11)11. Las privaciones se calculan teniendo en cuenta los derechos a la ali-

Esta cifra no se corresponde con los datos oficiales difundidos por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (INDEC), pero se acerca a mediciones alternativas como la tasa de pobreza urbana calculada para 2013 por los investigadores del Observatorio de la Deuda Social Argentina de la Universidad Católica Argentina (ODSA-UCA), fuente ampliamente citada ante la ausencia de datos oficiales o su bajo nivel de credibilidad. Tal Observatorio estima que el 27,5% de la población argentina se encontraba en 2013 bajo la línea de la pobreza, con una tasa de indigencia superior al 5%. ODSA-UCA. «Estimaciones de Tasas de Indigencia y Pobreza (2010-2013). Totales urbanos», abril de 2014, p. 3. En: http://www.uca.edu.ar/uca/common/grupo68/files/INDIGENCIA_Y_POBREZA_INFORME _PRENSA_abril_2014.pdf (27/11/14). 11 Las privaciones severas son definidas como «aquellas carencias de necesidades humanas básicas que tienen una alta probabilidad de generar consecuencias adversas para la salud, el bienestar y el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes, siendo esta situación reversible en el mediano-largo plazo, mientras

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mentación, al saneamiento, a la vivienda digna, a la salud, a la estimulación, a la educación y a la información (los porcentajes representan el total acumulado de la población que presenta al menos una carencia social). Según los datos del Barómetro de la Deuda Social de la Infancia, en el período comprendido entre los años 2010 y 2013 aproximadamente el 58,7% los chicos y chicas entre 0 y 17 años residentes en zonas urbanas de la Argentina experimentaron algún tipo de privación moderada o severa, con una leve mejora solo en relación a este último indicador (Tuñón, 2014: 26).

Situación de la niñez y de la adolescencia en Salta La ya mencionada socióloga Ianina Tuñón, quien se desempeña como responsable del Barómetro de la Deuda Social de la Infancia, el cual forma parte del ODSA-UCA, brindó el 20 de noviembre de 2014 una conferencia en Salta, en el marco de la conmemoración del 25° aniversario de la adopción de la Convención sobre los Derechos del Niño. A lo largo de su presentación, titulada «Las (in)equidades en las infancias salteñas», presentó una serie de datos sobre la realidad de los niños, niñas y adolescentes de la ciudad de Salta12 que configuran una situación altamente preocupante.

De la Encuesta de la Deuda Social Argentina (EDSA, a partir de la cual se construyen los Barómetros de la Deuda Social y de la Deuda Social de la Infancia) realizada por el equipo de investigadores de la UCA, se desprende que el 28% de los niños, niñas y adolescentes de entre 0 y 17 años en la capital salteña residen en hogares con Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI). A su vez, el 48% de la niñez y la adolescencia se encuentra cubierta por la Asignación Universal por Hijo (AUH) u otros planes sociales, mientras que un 40% recibe algún tipo de alimentación gratuita (principalmente en comedores escolares o comunitarios)13. Estos altos niveles de cobertura reflejan situaciones familiares inestables en el plano laboral y preocupantes en cuanto a ingresos, ya que los planes sociales como la AUH se otorgan a aquellos padres o adultos con menores a cargo que se encuentran desempleados, se desempeñan en el mercado laboral informal o perciben un salario inferior al mínimo, vital y móvil. En cuanto a las condiciones de vida, los datos arrojados por la EDSA indican que el 20% de los niños, niñas y adolescentes salteños habitan en viviendas precarias en términos de su construcción y/o en condiciones de hacinamiento14. En relación a la dimensión de la salud, la

que las privaciones moderadas son las carencias que implican «la violación de derechos establecidos en la Convención de los Derechos del Niños, pero cuyo efecto es reversible en el corto-mediano plazo» (Tuñón-González, 2013b: 13). 12 Recordamos que las encuestas que aportan los datos para la construcción del Barómetro de la Deuda Social de la Infancia se llevan a cabo en aquellos aglomerados urbanos de más de 200 mil habitantes, por lo que esta publicación solo presenta datos correspondientes a la región urbana del Gran Salta (la ciudad capital más las localidades vecinas de Vaqueros, Villa Los Álamos, La Ciénaga y Barrio San Rafael, con una población de poco más de 554 mil habitantes). 13 Ianina Tuñón. «Las (in)equidades en las infancias salteñas», conferencia brindada en la sede de la Fundación para el Análisis y la Reflexión de la Argentina (FUNDARA), Salta Capital, el 20 de noviembre de 2014. En: http://fundara.org.ar/?p=2180 (26/11/14). 14 Ibíd. Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 73-85

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mitad de los niños, niñas y adolescentes de la ciudad de Salta no tiene cobertura de salud, ya sea a través de obra social, mutual o empresa de medicina prepaga15. En el plano educativo, el estudio reveló que el 84% de los niños y adolescentes salteños capitalinos asisten a escuelas de gestión pública, y un 93% lo hace bajo el régimen de jornada simple. Se presentan importantes desigualdades respecto a aquellos que pueden asistir a un establecimiento educativo de gestión privada, ya que al 55% de los niños y adolescentes que asisten a las escuelas de gestión pública no se le imparte clases de computación, el 46% no recibe enseñanza de idioma extranjero y cerca del 23% no accede a clases de educación física o educación artística. En palabras de Tuñón, «en tal sentido, el compromiso del Estado con la calidad y equidad de la oferta educativa es un desafío relevante»16. Los datos que se desprenden del Barómetro configuran una situación que muestra un panorama de vulnerabilidad de la niñez y la adolescencia en Salta. Cabe recordar al respecto la responsabilidad gubernamental establecida en el artículo 5° de la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños y Adolescentes, el cual expresa, como se dijo anteriormente, que los organismos del Estado tienen la responsabilidad indelegable de establecer, controlar y garantizar el cumplimiento de las políticas públicas dirigidas a estos grupos, con prioridad absoluta. En el mismo artículo se determina que «toda acción u omisión que se oponga a este principio constituye un

acto contrario a los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes», y que las políticas públicas deben garantizar con prioridad absoluta el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. La referida prioridad absoluta implica, a su vez: la protección y auxilio en cualquier circunstancia; la preferencia en la atención, formulación y ejecución de las políticas públicas; la asignación privilegiada e intangibilidad de los recursos públicos que las garantice; y la preferencia de atención en los servicios esenciales. Cabe preguntarse si el Estado provincial garantiza a todos los niños, niñas y adolescentes salteños el goce de los derechos establecidos en la Convención. Numerosas han sido las denuncias en los últimos años en reclamo de la plena aplicación de la Ley 26.061 en la provincia de Salta, ante la falta de adecuación a dicha normativa sancionada en concordancia con la Convención sobre los Derechos del Niño. Un informe presentado por el Colegio de Profesionales del Servicio Social y Trabajo Social de Salta destaca que «resulta imprescindible adecuar la protección de la Infancia y Adolescencia en Salta a los estándares internacionales y a la normativa nacional impuesta por la Ley 26.061», ya que esta adecuación es un mandato legal «tanto por los tratados internacionales de derechos humanos cuanto por la normativa nacional interna vigente». Dicho informe resalta la urgencia y necesidad de una política de protección integral garantista de los derechos de la infancia y de la adolescencia17, especialmente en cuanto a la continuidad en la provin-

Ibíd. Ibíd. 17 Extraído del informe del Colegio de Profesionales del Servicio Social y Trabajo Social de Salta, firmado por su presidenta, la Licenciada María Luisa Jarruz, titulado «La realidad social actual desde la perspectiva del Trabajo Social», de enero de 2011. Si bien el autor no pudo acceder en forma directa al informe, el contenido de este es recogido en la denuncia elevada por la Dra. Natalia Buira, Defensora Oficial Civil Nº 4 del Ministerio Público de Salta, a la Ministra de Desarrollo Social de la Nación, 15 16

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cia del sistema de institucionalización basado en la cultura del Patronato del Estado, que como se dijo anteriormente responde a una lógica ampliamente superada tras la adopción de la Convención sobre los Derechos del Niño. En este sentido, y según consta en numerosas noticias periodísticas18 y partes de prensa del Ministerio Público Pupilar19, han sido insistentes los reclamos del Ministerio Público Pupilar, a través de la figura de la Asesora General de Incapaces, la Dra. Mirta Lapad, quien en sendas reuniones con funcionarios provinciales pertenecientes al Ministerio de Derechos Humanos y a la Secretaría de Igualdad de Oportunidades que depende de él, solicitó la impostergable implementación del Sistema de Protección, apelando a la corresponsabilidad que cabe a la Provincia y a los Municipios en esta temática. Vale recordar, en este sentido, que la propia Constitución de Salta establece, en su artículo 33, que «el Estado asegura la protección de la infancia, cubriendo sus necesidades afectivas, ambientales, de educación, salud, alimentación y recreación». Recientemente el Gobierno de la Provincia tomó la determinación de crear el Ministerio de la Primera Infancia, decisión que fue destacada por UNICEF Argentina20. Sin embargo, es necesario esperar que la nueva cartera

se encuentre en funcionamiento para poder juzgar si su constitución implicará un avance real hacia la plena protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Conclusiones: pobreza, vulnerabilidad y situación de calle Los preocupantes niveles de pobreza que se registran entre la infancia y la adolescencia salteñas, como se desprende de informes como los del Barómetro de la Deuda Social de la Infancia, configuran una situación de vulnerabilidad para un alto porcentaje de los integrantes de dichos grupos etarios. Esta situación se torna especialmente preocupante si se tiene en cuenta que la niñez y la adolescencia se constituyen como poblaciones especialmente vulnerables a la experiencia de la pobreza, debido a la exposición a diferentes riesgos que esta trae aparejada. En este sentido, no son pocos los estudios que determinan que los déficits alimentarios, la insalubridad del medio ambiente o la carencia de estímulos en la primera infancia tienen una fuerte incidencia negativa para el desarrollo cognitivo de niños y niñas, condicionando a futuro el ejercicio de los derechos básicos para el desarrollo de su máximo potencial, y determinando situaciones de

Dra. Alicia Kirchner. La denuncia fue presentada en marzo de 2011, y su texto completo puede consultarse en la página web oficial de la Fundación Sur Argentina, organización no gubernamental dedicada a la promoción y defensa de los derechos humanos de la infancia y la juventud: http:// surargentina.org.ar/noticias/denuncia-por-falta-de-aplicacion-de-la-ley-26-061-en-salta/ (09/12/14). 18 «Piden crear un Sistema de Protección para niños», Informate Salta, 11 de febrero de 2014. En: http://www.informatesalta.com.ar/noticia.asp?q=58179 (08/12/14). 19 «Reunión de Asesores de Incapaces con Ministro de Primera Infancia», Ministerio Público Pupilar de la Provincia de Salta, parte de prensa del 12 de marzo de 2015. En: http://mpasesoriasalta.gov.ar/ reunion-de-asesores-de-incapaces-con-ministro-de-la-primera-infancia/ (16/09/15). 20 «UNICEF destaca la creación del Ministerio de la Primera Infancia en Salta», Secretaría de Comunicación del Gobierno de la Provincia de Salta, 26 de noviembre de 2014. En: http://www.salta.gov.ar/ prensa/noticias/unicef-destaca-la-creacion-del-ministerio-de-la-primera-infancia-en-salta/35450 (08/ 12/14). Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015: 73-85

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deserción escolar, propensión a enfermedades y otros riesgos sociales (Tuñón-González, 2013a: 31). En el marco de este panorama alarmante, la situación de calle de niños, niñas y adolescentes se configura como una problemática social que atraviesa de manera transversal otras problemáticas, como puede ser la existencia de privaciones (sean graves o moderadas) en algunos de los siguientes aspectos: alimentación, saneamiento, vivienda digna, salud, estimulación, educación e información. En el caso particular de la provincia de Salta, se evidencia la ausencia de políticas públicas dirigidas específicamente a paliar la situación de calle. La inexistencia de datos oficiales al respecto, o su falta de publicación por los motivos que fueren, nos llevan a preguntarnos si ello se debe a que se trata de una problemática que ya fue superada por la sociedad salteña, o si la situación de los niños, niñas y adolescentes que la padecen es ignorada, deliberadamente o no, por quienes debieran atenderla. Sean cuales fueran las respuestas a estos interrogantes, podemos afirmar que esta realidad se presenta como una muestra más de la falta de adecuación de Salta a los compromisos internacionales asumidos por la Argentina en materia de derechos de la niñez y adolescencia. Se puede inferir que la aplicación del Sistema de Protección Integral establecido en la Ley nacional 26.061 implicaría la adopción de medidas y de respuestas concretas a la problemática de la situación de calle, en orden al resguardo de un sector particular de la población infantil y adolescente en la cual se combinan en ocasiones la ausencia de cuidados parentales, la ruptura de vínculos con la familia nuclear, la pobreza, la exclusión del sistema educativo, la falta de acceso al sistema de salud pública, la exposición al abuso, a la trata de personas, a la explotación y el trabajo infantil, así como condiciones de vida insalubres, falta 84

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de vivienda digna, hacinamiento, entre otras situaciones de riesgo. La creación del Ministerio de la Primera Infancia por parte del Gobierno provincial puede significar un avance en la implementación del Sistema de Protección Integral, en tanto dicho organismo sea instrumentado según lo establecido en el artículo 42 de la Ley 26.061. Sin embargo, tal institución estará orientada, como su nombre lo indica, a la población entre 0 y 5 años, con lo cual sigue quedando desprotegida (al menos a la luz de lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño) una parte importante de la niñez y adolescencia salteñas.

Referencias bibliográficas Bisig, Nidia Elinor (2012). «Antecedentes de las políticas de infancia, historia y efectos de la tutela sobre los niños»; en: Danieli, María Eugenia; Mariela del Valle Messi (Comp.). Sistemas de protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes: recorridos y perspectivas desde el Estado y la sociedad civil. Córdoba: Universidad Nacional de Córdoba: 43-58. Collado, Juan Manuel (2014). Estado del desarrollo humano y social en el Gran Salta: región del noroeste argentino, Centro de Estudios para el Desarrollo Humano y la Prosperidad. Observatorio de la Deuda Social Argentina. Buenos Aires: el autor. Danieli, María Eugenia; Mariela del Valle Messi (Comp.) (2012). Sistemas de protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes: recorridos y perspectivas desde el Estado y la sociedad civil. Córdoba: Universidad Nacional de Córdoba. De Miguel, Eduardo; Cielo Salviolo (2008). ¿Qué es un Sistema de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes? Buenos Aires: Comité Argentino de Seguimiento y Aplicación de la Conven-

La situación de los derechos del niño en la Argentina y en Salta

ción Internacional sobre los Derechos del Niño (CASACIDN). Tuñón, Ianina; María Sol González (2013a). «Aproximación a la medición de la pobreza infantil desde un enfoque multidimensional y de derechos». Revista Sociedad & Equidad, n° 5, enero de 2013; pp. 30-60. En: http://www.uca.edu.ar/uca/ common/grupo68/files/Aproximaci-n_a _la_medici-n_de_la_pobreza_ infantil_ desde_un_enfoque_multidimensional _y_de_derechos.pdf ———. (2013b). «Grado de cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en la Argentina urbana», ponencia presentada en el IV Congreso Argentino Latinoamericano de Derechos Humanos: «Diálogos Pluriculturales para la Equidad», Rosario, mayo de 2013. En: http://www.uca.edu.ar/uca/common/

grupo68/files/CONGRESO_IV_DDHH _-Ianina.pdf Tuñón, Ianina (2014). Evolución del desarrollo humano y social de la infancia desde un enfoque de derechos: avances y metas pendientes en los primeros cuatro años del Bicentenario 2010-2011-2012-2013. Buenos Aires: Educa. UNICEF (1992). Estado mundial de la infancia 1992. Barcelona: J & J Asociados. ———. (1993). Estado mundial de la infancia 1993. Barcelona: J & J Asociados. ———. (2014). El estado mundial de la infancia 2014. Todos los niños y niñas cuentan. Revelando las disparidades para impulsar los derechos de la niñez. Enero de 2014. En: http://www.unicef.org/ spanish/sowc2014/numbers/documents/ s p a n i s h / S P- F I N A L % 2 0 F U L L % 2 0 REPORT.pdf Recibido: febrero de 2015 Aceptado: setiembre de 2015

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Trabajo infantil: una realidad avasallante Silvina V. Abud1

Resumen El trabajo infantil es una realidad que se ha venido gestando a lo largo de la historia, en especial desde la revolución industrial. Existe en todos los países del mundo, sin importar sus niveles de desarrollo, sus modelos económicos o las ideologías de sus gobernantes. Es de vital importancia conocer cuáles son los desafíos que asume el Estado como principal proveedor de respuestas a las necesidades de los niños y niñas que se encuentran en situación de vulnerabilidad. La presente nota de divulgación hace referencia a los avances en la supresión de las diversas formas del trabajo infantil y algunas reflexiones sobre cómo se articula esta realidad entre sociedad y Estado. Palabras clave: infancia - trabajo infantil - legislación - políticas públicas

Abstract Child labor is a reality that has been growing throughout history, especially since the Industrial Revolution. It is present in every country, regardless of its level of development, economic model or ruler’s ideology. It is vital to know which are the challenges addressed by the State as the main responsible for providing answers to the needs of children in vulnerable situations. This publication not only makes reference to the progress in the elimination of various forms of child labor but also provides some consideration on how this reality is confronted by society and the State. Keywords: children - child labor - Legislation - Public Policy

Introducción El primer interrogante a plantearse, a partir de nuestro problema, es sobre el significado de «infancia». Si bien se encuentran mu-

chas definiciones, en el libro Niñez, familia y derechos humanos (Fazzio, 2010: 61), se plantea lo siguiente:

Facultad de Ciencias Jurídicas, Universidad Católica de Salta. Instituto de Relaciones Internacionales y Ciencias Políticas.

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La noción de infancia, si bien resulta superadora respecto de la histórica segmentación del universo infantil entre niños y menores, conlleva cierto riesgo conceptual pues, en su afán homogeneizante, tiende a atribuir rasgos comunes a todos los niños independientemente de su género, clase social, oportunidades, formas de interactuar, percibir, vivir e internalizar la realidad; es así que la infancia como categoría socialmente construida es discriminatoria con los niños/niñas en riesgo, quienes a pesar de vivir circunstancias diferentes son enfocados bajo perspectivas estandarizadas.

Esto nos hace pensar en la situación de vulnerabilidad de aquellos niños/niñas que se encuentran desarrollando alguna actividad que afecta su pleno desarrollo, así como su presente y su vida futura. Esta realidad suele ser explicada con varios argumentos, entre ellos, la falta de igualdad de oportunidades o situaciones de extrema pobreza, con el agravante de que muchos se encuentran inmersos en familias desestructuradas, siendo impulsados a salir a la calle a buscar estrategias de supervivencia. Los derechos del niño se ubican dentro de los derechos sociales referidos a la infancia. Estos son considerados derechos humanos de segunda generación y fueron incorporados en la legislación desde finales del siglo XIX, fundamentalmente a partir de la segunda mitad del siglo XX. Su razón de ser es la de fomentar la igualdad real entre las personas, buscando brindar las mejores oportunidades para que puedan llevar una vida digna. En este sentido, el rol del Estado es vital para garantizar el acceso de todos a condiciones de vida adecuadas a partir de los siguientes derechos: el derecho a la educación, el derecho a la salud, el derecho al trabajo, el derecho a una vivienda digna, etc. 88

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Todos ellos se encuentran plasmados principalmente en la Convención de los Derechos del Niño (CDN), que se basa en cuatro principios fundamentales: la no discriminación; el interés superior de la infancia; el derecho a la vida; la supervivencia y el desarrollo; y el respeto por los puntos de vista de la infancia. Argentina, por medio de la Ley 23.849, ratificó la CDN, que instituye a los niños, niñas y adolescentes como titulares de derechos y, en el año 1994, la incorporó a la Constitución Nacional como un tratado con jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22). Sin embargo, no basta con la consagración jurídica positiva, sino que a partir de la norma es necesario preguntarnos si se cumple con estas disposiciones. Concretamente la pregunta es: ¿hay políticas públicas que luchen en contra de la explotación infantil? En el marco de la investigación «El papel de los actores nacionales e internacionales en el diseño de las políticas públicas destinadas a paliar la situación de niños y niñas en situación de calle», se ha venido trabajando para evaluar cuáles son las capacidades políticas, económicas y administrativas del Municipio de la ciudad de Salta para responder a la problemática de los niños y niñas en situación de calle, analizando los objetivos y estrategias programáticas de las políticas públicas destinadas a eliminar esta situación. El proyecto de investigación aludido es de carácter exploratorio-descriptivo por lo que no hay hipótesis de trabajo a priori, lo cual no descarta la posibilidad de que se puedan generar a lo largo del proyecto. Es relevante para el desarrollo de nuestro proyecto conocer cuáles son los recursos físicos y humanos con que cuenta el Estado provincial y/o municipal destinados al problema de niños y niñas en situación de calle. Así también, determinar si existen transferencias de gobernabilidad local hacia agentes no estatales (ONGs), ya sean internacionales o no, que

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se aboquen a la atención de esta problemática, para así poder conocer cuáles son las acciones que se están llevando a cabo por el gobierno y demás entidades con la finalidad de lograr una sociedad más justa y equitativa para todos. La presente nota de divulgación surge de la necesidad de conocer la realidad en la que se encuentran los niños y niñas en situación de calle, donde la vulnerabilidad se vuelve extrema, y en donde el trabajo infantil muchas veces se hace invisible. De allí, resulta de interés y base para la investigación en marcha responder a las siguientes preguntas: ¿Qué se entiende por trabajo infantil? ¿Cuáles son los tratados y leyes que protegen y amparan los derechos de los niños? ¿Son los gobernantes los responsables exclusivos? ¿Existen políticas públicas destinadas a paliar esta situación? ¿Existen organismos que controlen que estos mandamientos se cumplan? Además del Estado como actor principal, ¿hay otras organizaciones u organismos privados que se enfocan en acabar con el trabajo infantil? ¿Qué hacemos como sociedad para ayudar a que esta realidad desaparezca?

¿Qué es el trabajo infantil? Primeramente es necesario establecer qué se entiende por niño/niña. Para la Convención de los Derechos del Niño, se entiende por tal a «todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad» (art. 1). La Comisión Provincial para la Prevención

del Trabajo Infantil (COPRETI)2 denomina trabajo infantil a: …las estrategias de supervivencia o actividades productivas de comercialización o prestación de servicios, remuneradas o no, realizadas por niñas y/o niños, por debajo de la edad mínima de admisión al empleo o trabajo establecida en nuestro país, que atenten contra su integridad física, mental, espiritual, moral o social y que interrumpan o disminuyan sus posibilidades de desarrollo y ejercicio integral de sus derechos3.

Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT); la expresión «trabajo infantil» suele definirse como todo trabajo que priva a los niños de su niñez, su potencial y su dignidad y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico4. Se alude, en ambos casos, al trabajo que es peligroso y perjudicial para el bienestar físico, mental o moral del niño e interfiere con su escolaridad, puesto que lo priva de la posibilidad de asistir a clases, lo obliga a abandonar la escuela en forma prematura, o le exige combinar el estudio con un trabajo pesado y que insume mucho tiempo. En definitiva, podemos decir que en el caso de ambas definiciones se entiende que el trabajo infantil siempre implica una vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. …la investigación realizada por el Progra-

Funciona desde el año 2004 en el ámbito del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires. «Construyendo Territorios sin Trabajo Infantil. Herramientas para la Gestión Compartida de Estrategias Integrantes frente al trabajo infantil con enfoque de Desarrollo Local». Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, COPRETI, UNICEF Argentina. Buenos Aires, s/d. En http://www. unicef.org/argentina/spanish/construyendo.pdf (12-2-14). 4 Organización Internacional del Trabajo. En http://www.ilo.org/ipec/facts/lang-es/index.htm (2-2-14). 2 3

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ma Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), dependiente de la OIT, concluye lo siguiente: la pobreza en la que vive la gran mayoría de las familias en América Latina y el Caribe aparece como una de las principales causas que originan el trabajo infantil (…) El contexto de pobreza y desempleo que se ahondó con la crisis económica de los años ’80 y el fracaso de las políticas de ajuste de la década de los ’90, es sin duda una de las causas más profundas del trabajo infantil (Fazzio, 2010: 80).

Se hace presente la idea de que el factor económico es uno de los principales motivadores para que los niños ingresen al mundo laboral. Lo que también se plantea es que, en determinados sectores sociales, las condiciones de atraso pueden ir acompañadas con la idea de que la educación no es importante, por lo tanto en vez de permitir que sus hijos vayan a la escuela, son impulsados a que aprendan el oficio que el padre, madre o algún otro familiar lleva a cabo, pues es la manera que consideran correcta para su sustento en la vida futura. Hay una concepción de la transmisión de valores, de continuidad de lo familiar. Por eso es importante romper con estos paradigmas, estableciendo políticas sociales que permitan un desarrollo normal de la niñez sin romper con algunas tradiciones familiares. A través de las entrevistas realizadas en nuestro trabajo de campo, los funcionarios provinciales trataron de dejar en claro que en la provincia de Salta se llevan a cabo acciones para romper con este paradigma de la naturalización del trabajo infantil. Para ello se implementan programas de concientización sobre sus consecuencias y se desarrollan actividades 5

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mancomunadas entre las escuelas y los padres. El ministro de Trabajo de la provincia de Salta, en una entrevista, hizo la distinción entre trabajos en relación de dependencia y las estrategias de supervivencia, categoría donde entran los niños en situación de calle. En este último caso, el Estado provincial no cuenta con muchas herramientas para su abordaje específico, dado que las causas o razones que llevan a los niños a esta situación son múltiples. Por otra parte, al ser un trabajo oculto, es imposible tener datos estadísticos certeros, lo que dificulta aún más la tarea.

Tipos de trabajo infantil La calificación de una actividad como «trabajo infantil» depende de la edad del niño o la niña, del tipo de trabajo en cuestión y de la cantidad de horas que le dedica, de las condiciones en que lo realiza y de los objetivos que persigue cada país. La respuesta varía de un país a otro y entre uno y otro sector5. Hay que diferenciar, en primer lugar, lo que se consideraría trabajo adolescente, dado que en algunos casos la ley laboral lo permite. El trabajo adolescente se encuentra regulado en el Capítulo VIII de la Ley de Contrato de Trabajo y en virtud de él rige la prohibición absoluta de realizarlo en ambientes o condiciones peligrosas, penosas o insalubres. Además, la jornada no debe exceder las 6 horas diarias y se prohíbe la realización de horas extras y el horario nocturno. El artículo 32 hace referencia a la edad permitida, estableciendo que a partir de los 16 años de edad los menores de 18 pueden celebrar contrato de trabajo con previa autorización de los padres, responsables o tutores. Según el Informe sobre Trabajo Infantil, del Programa de Capacitación Multimedial que

Organización Internacional del Trabajo. En http://www.ilo.org/ipec/facts/lang-es/index.htm (5-3-14).

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Trabajo infantil: una realidad avasallante

depende del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, en Argentina, los sectores geográficos y económicos definen las distintas modalidades de trabajo infantil. Estas son: el trabajo rural, el trabajo doméstico y el trabajo en la vía pública6. Es en este último aspecto donde nuestro trabajo hace hincapié, en aquellos niños que realizan distintas labores y encuentran en la calle un modo de subsistencia. En el ámbito rural, los niños trabajan en la preparación de la tierra, la siembra, la cosecha, cuidado de animales, cultivos y otros. Usualmente este tipo de trabajo es llevado a cabo junto con el resto de los miembros de su familia, ya sea ocupándose de su propia y pequeña producción, o como empleados en campos ajenos. En lo que se refiere al trabajo doméstico, principalmente son las niñas las que se dedican a estas labores, empleándose en casas de terceros o colaborando con sus padres en sus propios hogares (en el cuidado de sus hermanos menores, cocinando, lavando ropa, etc.) En cuanto al trabajo en la vía pública, muy habitual en estos tiempos, sobre todo en las grandes ciudades, los niños y niñas se dedican principalmente a la venta ambulante, pedir propinas o limpiar parabrisas. En otros casos trabajan en la recolección de materiales descartables. En ciudades con un gran impulso turístico, como Salta, se pueden observar manifesta-

ciones del trabajo infantil en las calles, especialmente en determinadas temporadas del año. Es por ello que, desde el municipio capitalino se pusieron en marcha controles para detectar el trabajo infantil durante las festividades del Señor y la Virgen del Milagro y se proponen expandir paulatinamente estos controles a otras festividades7. En relación con este aspecto, el Ministerio de Trabajo y de Derechos Humanos de la Provincia, lleva a cabo fiscalizaciones de las actividades que se realizan durante estos períodos, para controlar la presencia de niños que estén realizando algún tipo de trabajo, con la finalidad de contenerlos y conocer la situación en la que se encuentran y buscar una solución a esta problemática. Este tipo de actividades, sobre todo las que se realizan en la vía pública, exponen a los niños y niñas a graves peligros, como accidentes, agresiones, enfermedades, intoxicaciones y diferentes formas de abuso. Lo más dramático es que favorecen la posibilidad de explotación sexual, siendo, sobre todo las niñas, víctimas de la trata de personas. Según el informe «Trabajo infantil y adolescente en cifras», para la región NOA —que incluye las provincias de Tucumán, Salta y Jujuy—, en el año 2006, la proporción de niños y niñas que trabajan es del 5,4%; y se presentan leves diferencias por género en la proporción de niños y niñas que trabajan8. Antes de avanzar con el análisis de los datos, considera-

«Trabajo infantil: construir futuro con trabajo decente». Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la República Argentina – Organización Internacional del Trabajo. Buenos Aires, 2012. En http://www.trabajo.gov.ar/downloads/domestico/Serie_Explora_2012_LIBRO.pdf. 7 Municipalidad de la Ciudad de Salta. En http://www.prensa-salta.gov.ar/2013/09/06/municipio-yprovincia-trabajaran-conjuntamente-para-erradicar-el-trabajo-infantil/ (5-3-14) 8 «Trabajo Infantil y adolescente en cifras: síntesis de la primera encuesta y resultados de la subregión NOA Tucumán, Salta y Jujuy». Oficina Internacional del Trabajo - Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Buenos Aires, 2006. En http://www.trabajo.gov.ar/left/estadisticas/Documentos SUBWEB/area1/documentos/libro%20noa.pdf (6-3-14). 6

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mos necesario destacar que las estadísticas fueron abundantes hasta el año 2006, pero a partir de ese año es muy difícil recabar información no solo sobre este tema, sino también sobre otros que conforman la problemática que envuelve a los niños y niñas en situación de calle. La proporción de niños y niñas que trabajan en las provincias de esta sub-región, es menor a la registrada para el conjunto de regiones relevadas por la Encuesta de Actividad de Niños, Niñas y Adolescentes (EANNA), donde se observa que el 6,5% de los niños de 5 a 13 años trabaja. Las diferencias por género también son más débiles que las correspondientes al conjunto. Así, en la sub-región NOA la participación de los niños y de las niñas en tareas laborales asimilables al trabajo adulto presenta una leve diferencia de un punto porcentual (5,9% y 4,8% respectivamente)9. Ahora bien, la proporción de adolescentes que declararon trabajar en el NOA (22,4%) ocupa el segundo lugar en orden de importancia con relación a las regiones relevadas (tres provincias del noroeste: Tucumán, Salta y Jujuy; dos del noreste: Chaco y Formosa; la provincia de Mendoza y el Área Metropolitana de Buenos Aires) y segmentado por edades, los varones que trabajan casi duplican la proporción de mujeres10. La región NOA se distingue por tener la mayor proporción de niños y niñas que realizan tareas domésticas intensas de manera exclusiva. La incidencia de esta ocupación entre las niñas es casi tres veces mayor que entre los niños (12,7% de las niñas y 4,8% de los niños).

Las actividades productivas para el autoconsumo no están tan difundidas entre los niños y presentan leves diferencias por género11. A pesar de dedicar varias horas a algún tipo de trabajo, el 95,3% de los niños y niñas que trabajan asisten a la escuela. Sin embargo, la inserción laboral afecta los logros escolares, lo que se expresa en: llegadas tardes reiteradas (19,0%); inasistencias reiteradas (20,2%); repetición de año o grado (31,3%)12. Lo que no debemos dejar de tener en cuenta es que todo tipo de trabajo al que un niño sea sometido genera un desgaste físico y psíquico, lo que afecta normalmente su rendimiento escolar y se traduce en repitencia, sobre-edad para el cursado y abandono de los estudios en la mayoría de los casos. El ciclo de la pobreza13 se convierte en un círculo vicioso del que es muy difícil salir. Ahora bien, hablar de condiciones sociales deficitarias no es solo hablar de pobreza, sino también de vulnerabilidad social y de exclusión. Por lo tanto se requiere de políticas que operen sobre la dinámica social general y sobre la distribución de la riqueza y remuevan las raíces estructurales del problema de la injusticia social. El proceso de exclusión social está asociado, especialmente, al deterioro de las condiciones laborales, tanto por el fenómeno de la desocupación como por la informalidad y la precariedad laboral. La vulnerabilidad y la exclusión son productos de disfuncionamientos de la sociedad en su conjunto. Esto nos obliga a superar la mirada que culpabiliza y responsabiliza al excluido por su condición y explica

Ibidem. Ibidem. 11 Ibidem. 12 Ibidem. 13 Nos habla de las dificultades de satisfacer las necesidades básicas, que la sociedad define como esenciales. Refiere a la imposibilidad de lograr un nivel de vida mínimo. 9

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sus dificultades para una inserción social plena a partir de conductas individuales14. UNICEF Argentina ha realizado un trabajo sobre «El impacto redistributivo del gasto público social dirigido a la niñez en la provincia de Salta»15, el cual hace mayor énfasis en lo que a gasto en educación, salud y desarrollo social se refiere, dejando de lado el tema de trabajo infantil. El tema sí fue abordado desde este organismo en la provincia de Jujuy, donde se desarrolló un estudio sobre el trabajo infantil en los basurales16 y su impacto social. Esto nos lleva a pensar que en Salta la problemática del trabajo infantil pasa netamente por una cuestión cultural, y son contados los casos en que se considera que hay verdadero trabajo infantil, y se detecta preferentemente en las áreas rurales. Se plantea entonces el desafío de entender al trabajo infantil como un problema y que hace falta delinear propuestas concretas y efectivas para su solución o atenuamiento. El predominio de lo cultural por sobre el «deber ser», hace que sea más complicado eliminar la idea de que los niños en condiciones de vulnerabilidad crean, mediante la cultura del trabajo, la idea de valor y responsabilidad, evitando por consiguiente caer en la droga o en la delincuencia. La visión de que tendrán así un mejor futuro refleja la idiosincrasia de la naturalidad del trabajo infantil. El dilema de la naturalización de este flagelo en nuestra provincia hace más complicada la labor de aquellos que desarrollan activi-

dades dirigidas a impactar en los sectores más vulnerables, que es donde se hace presente esta problemática, dado que el sistema de denuncias previsto funciona pero a medias. Al naturalizarse el problema, no se realizan las denuncias correspondientes, que permitirían actuar y tomar las medidas necesarias, para conocer por qué hay niños/niñas realizando diversas labores y continuar con el proceso previsto de intervención y contención social para estos casos. Es por ello que, desde las instituciones públicas y privadas, debe comenzar a trabajarse en la supresión de la idea de lo natural del trabajo infantil, pues se debe enfatizar en la necesidad de que el niño, como sujeto de derechos, tiene derecho a un desarrollo pleno de sus capacidades. Así también es importante resaltar la necesidad de la asistencia a la escuela, la importancia de la educación y de los provechos que derivan de ella. Finalmente, se debe actuar para hacer que se deje de lado la idea de que el niño es un activo para la familia, permitiéndole ejercer su derecho a educarse y lograr con ello forjarse un futuro mejor.

Derechos del niño y del adolescente Ya desde principios de siglo XX se detectan diversas formas de trabajo infantil en nuestro país, haciéndose necesario regularlo a pesar de que se lo consideraba, en esa época, una actividad normal.

«Construyendo territorios sin trabajo infantil. Herramientas para la gestión compartida de estrategias integrantes frente al trabajo infantil con enfoque de desarrollo local», cit. 15 Paz, Jorge Augusto (Coord.). «El impacto redistributivo del gasto público social dirigido a la niñez en la Provincia de Salta». UNICEF, UNSA, Salta, Noviembre de 2011. En http://www.unicef.org/argentina/spanish/Publicacion_Gasto_PublicoSalta.pdf (03-10-15) 16 «Trabajo infantil en basurales de Jujuy». Observatorio de trabajo infantil y adolescente. UNICEF, OIT, COPRETI, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. San Salvador de Jujuy. En http:// www.unicef.org/argentina/spanish/PUBLI_Trabajo_infantil_basurales_jujuy_WEB.pdf (3-10-15) 14

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Diversas leyes17 regulaban el tipo de actividades y las edades en las que se encontraba prohibido trabajar. A partir del año 1930, luego de la crisis mundial desencadenada en 1929, se observa un aumento sostenido del trabajo de los niños, niñas y adolescentes, principalmente en la vía pública y en el servicio doméstico, ya que el alto índice de desempleo entre los adultos obligaba a buscar otras fuentes de ingresos para los hogares. A esto se suma el proceso de industrialización que comienza a gestarse durante el primer gobierno peronista, lo que generó un fenómeno de migración interna campo-ciudad, y el nacimiento de una nueva clase asalariada dedicada a la industria, en donde el trabajo infantil se hizo evidente como consecuencia del empobrecimiento de este amplio sector de la sociedad que se dedicaba exclusivamente al trabajo rural. No obstante, la promoción de la inclusión social de los trabajadores por parte de la doctrina peronista hizo de los niños un eje central en el proceso de construcción de un «Estado de bienestar», puesto que se buscó reducir el número de niños que trabajaban al máximo posible, impulsando fuertemente la escolaridad primaria, especialmente en las ciudades. De este modo, el trabajo infantil quedó limitado en su mayor parte al área rural. Si bien luego de la Segunda Guerra Mundial las Naciones Unidas proclamaron la Declaración Universal de los Derechos del Hombre (1948), esta no regulaba específicamente lo relacionado con la infancia, a pesar de que por su grado de vulnerabilidad necesita de una protección especial. Recién en el año 1989 la Asamblea de Naciones Unidas aprobó la CDN. Argentina forma parte de los Estados que

ratificaron la Convención, la que es incorporada en el texto de la Constitución Nacional, en su artículo 75 inciso 22, como un tratado con jerarquía constitucional. La provincia de Salta también reconoce el derecho de la infancia por medio de la Ley 7.039 de Protección de la niñez y adolescencia, del año 1999; el Título I declara que el Estado asume el rol de cuidar de los niños y adolescentes, velando porque tengan acceso a sus derechos, asegurando su protección. Los Estados parte se comprometen a brindar a los niños servicios generales de salud, beneficios de un seguro social, un nivel de vida adecuado, derecho a la educación, al descanso y al esparcimiento, y a protegerlos contra toda forma de explotación económica, por consiguiente, contra toda forma de trabajo que entorpezca su normal desarrollo, como así también impedirles el consumo de sustancias nocivas y preservarlos de cualquier forma de explotación y abusos sexuales (art. 23 al 34). En la actualidad, la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 dice en su artículo 189: «Queda prohibido a los empleadores ocupar personas menores de dieciséis (16) años en cualquier tipo de actividad, persiga o no fines de lucro»18; y en el artículo 32: «Las personas desde los dieciséis (16) años y menores de dieciocho (18) años pueden celebrar contrato de trabajo, con autorización de sus padres, responsables o tutores. Se presume tal autorización cuando el adolescente viva independientemente de ellos»19. En apoyo a los esfuerzos realizados en pos de evitar el trabajo infantil, se dicta la Ley Nº 26.390 de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente, que fue promulgada en el año 2008. En ella se contempla qué se entiende por trabajo infantil y se

Se tomará solo algunas de ellas, ya que la legislación prevista para esta materia es muy extensa y supera los límites de este artículo. 18 Artículo sustituido por art. 7° de la Ley Nº 26.390 B.O. 25/6/2008. 19 Artículo sustituido por art. 3° de la Ley Nº 26.390 B.O. 25/6/2008. 17

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lleva la edad mínima de admisión al empleo a los 16 años, a partir del año 2010. Asimismo especifica las condiciones particulares bajo las cuales los adolescentes podrán trabajar. Nuestro país participa desde 1996 del Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) de la OIT. A partir de mayo de 1997 se decide tomar un rol más activo en la materia creando la Comisión de Trabajo Infantil, que fue formalizada por el Decreto Nº 719 como la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (CONAETI), en agosto de 2000. Puede observarse, entonces, que desde los años noventa, comienza a ejercerse presión sobre el trabajo infantil, buscando combatir sus consecuencias; es el momento en que el Estado decide adoptar todos los convenios redactados a tal fin, en pos de impulsar la protección regulada de los derechos del niño. Adriana Fazzio (2010: 32) se refiere a lo que se entiende por sistema integral de protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes de la siguiente manera: «Es aquel de naturaleza política y social que bien puede entenderse como un conjunto de interacciones que se estructuran y fluyen en torno a corresponsabilidades que tiene todos los actores». En nuestro país, este sistema …está formado por todos aquellos organismos, entidades y servicios que diseñan, planifican, coordinan, orientan, ejecutan, y supervisan intersectorialmente las políticas públicas de gestión estatal o privada (en todas las instancias: nacional, provincial y municipal) destinadas a la promoción, prevención, asistencia, protec-

ción, resguardo y restablecimiento de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Políticas públicas Cuando hablamos de políticas públicas buscamos conocer cuáles son las actividades que lleva a cabo el Estado, en algunas ocasiones junto con diversas ONG’s y empresas privadas, para paliar la situación de niños y niñas que realizan tareas no aptas para su edad. Dentro de este tema es crucial conocer cuál es el presupuesto público con que cuenta la Provincia para hacer frente a la complejidad de necesidades que debe cubrir. La forma en la que se redistribuyen los ingresos importa a los ciudadanos ya que gran parte de los recursos del Estado provienen de la contribución de la sociedad (por ejemplo, mediante el pago de impuestos). El presupuesto que se elabora permite determinar el orden de prioridades, es decir, cuáles son las áreas que necesitan mayor atención. La ejecución y puesta en práctica dependerá de las áreas correspondientes a cada Ministerio involucrado. El informe del Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), titulado «Gasto público social en infancia y adolescencia. Un análisis presupuestario para la provincia de Salta», desarrollado por CIPPEC20, estudia la distribución del gasto en infancia en la provincia de Salta (GPSPdN21), en el marco de los siguientes ejes temáticos (p. 36): • Ayuda directa, implica la asignación de transferencias o subsidios a familias con hijos menores de edad. • Condiciones de vida, involucra los progra-

Ver Maceira et al. «Gasto público social en infancia y adolescencia: Un análisis presupuestario para la provincia de Salta». CIPEC-UNICEF Argentina, 2010. En http://www.unicef.org/argentina/spanish/ Gasto_publico_y_social_en_infancia_y_adolescencia-Salta.pdf 21 Gasto público social provincial dirigido a la niñez. 20

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mas relacionados con el desarrollo de infraestructura básica (redes de agua y gas natural, entre otros). • Deportes, recreación y cultura, incluye programas de fomento del deporte y acciones culturales. • Desarrollo e integración, apunta al desarrollo de iniciativas para grupos vulnerables. • Educación, incluye educación básica y acciones compensatorias, así como iniciativas relacionadas con la capacitación docente y la calidad educativa. • Nutrición y alimentación, incorpora comedores escolares y comunitarios y otras acciones relacionadas con esta problemática. • Protección del niño, apunta a la protección de los derechos del niño. • Salud, con programas materno-infantiles, de prevención de enfermedades y vacunación, entre otros. • Obras sociales, comprende el gasto de estas entidades (pese a que las obras sociales no puedan ser consideradas entes estatales que ejecutan, por tanto, partidas del presupuesto público). • Ciencia y técnica, gestiona programas de investigación y desarrollo. • Servicios urbanos, contempla actividades relacionadas con servicios como limpieza y alumbrado. El presupuesto 2014 de la Provincia destinó $8.487.783.648 a servicios sociales, entre ellos: salud, promoción y asistencia social, seguridad social, educación y cultura, trabajo, vivienda y urbanismo, agua potable y alcantarillado. A la luz de esto puede decirse que hay preocupación por incrementar el gasto destinado a mejorar la situación social de precariedad

frente a variadas dificultades. Según el estudio «Construyendo territorios sin trabajo infantil», la intervención del Estado se puede ver orientada por lo menos por dos principios de justicia, uno de tipo conmutativo, es decir dar a cada uno lo que contribuye a crear, o sea que es un derecho ligado a la condición de trabajador; y otro de justicia redistributiva, asegurar que cada uno participe de la riqueza general, sea cual fuere su condición, esto es: el bienestar es un derecho ligado a la condición de ciudadano22. Dado el rol que debe cumplir el Estado, este debe direccionar su accionar según ambos tipos de justicia para lograr una mayor equidad. El Gobierno argentino ha adherido a la postura de «prevención y erradicación del trabajo infantil». En el nivel nacional se creó en el año 2000, en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo infantil, CONAETI. Tiene por objeto coordinar, evaluar y dar seguimiento a los esfuerzos a favor de la prevención y erradicación del problema. Está integrada por representantes de distintos ministerios, organizaciones sindicales y de empleadores. Por la estructura federal del país y para actuar en el nivel local se crearon las comisiones provinciales con la misma organización multisectorial que la CONAETI y con los mismos objetivos institucionales23. Es de destacar que el Municipio de la ciudad de Salta aprobó, para el año 2014, un presupuesto de 1.250 millones de pesos, lo que significó un incremento del 27% en relación al presupuesto del año 2013 (980 millones de pesos). Del total, un 42% se destinó a sueldos, un 20% a servicios públicos, un 15% a obras, un 5% a fondos sociales y el resto se reservó para

«Construyendo Territorios sin Trabajo Infantil. Herramientas para la Gestión Compartida de Estrategias Integrantes frente al trabajo infantil con enfoque de Desarrollo Local», cit., pág. 37. 23 Ibidem, pág. 41. 22

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cubrir gastos municipales24. Lo expuesto demuestra que a nivel municipal se tiene conciencia de la existencia del trabajo infantil, pero es poco lo que se hace en concreto para combatirlo. El primer paso a cumplir es detectar el problema y luego establecer las medidas a tomar en cada caso, cumpliendo lo que establecen la Ley 26.390 de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente y las ordenanzas municipales25. Se articulan entonces tres aristas: educación, pobreza, cultura. Esta última tiene arraigada con fuerza la naturalización del trabajo infantil. Es desde este núcleo desde donde debería comenzar a trabajarse; articular desde allí las políticas públicas necesarias para buscar una efectiva solución al problema, promoviendo la inserción escolar y brindando mayores posibilidades a las familias en contextos sociales desfavorables, para que puedan vivir en condiciones más dignas, brindándoles a su vez herramientas para una mayor capacitación. Por lo tanto, un programa progresivo que busque suprimir el trabajo infantil deberá incluir: la difusión de información que posibilite a la población tomar conciencia de la gravedad del tema, la implementación de políticas públicas que fortalezcan a la escuela y a los grupos familiares, y la determinación de las acciones que posibiliten su resolución.

Conclusiones En la actualidad nadie desconoce que los niños y niñas son sujetos de derechos merecedores de una protección especial en vistas a un desarrollo pleno, y en este punto la intervención del Estado es central, ya que es el agente

promotor de esos derechos y por lo tanto debe garantizarlos. La condición de pobreza del hogar incide en la probabilidad de una mayor participación en actividades económicas o extra-domésticas de todos sus miembros, incluidos los niños, niñas y adolescentes. La necesidad de supervivencia lleva a estos hogares a utilizar la mayor cantidad de fuerza de trabajo de su hogar. Esto provoca, por un lado, la inclusión de la mujer en el mercado laboral, pero también la ocupación de niños y niñas, ya sea en actividades económicas fuera del hogar como en la realización de tareas dentro del hogar. Según Adriana Fazzio, …el Estado tiene una concepción de trabajo en red para multiplicar esfuerzos desde distintos ámbitos en torno a esta problemática compleja, pero más allá de los esfuerzos, el trabajo infantil podrá ser erradicado solo a través de un modelo de desarrollo que ofrezca a las familias condiciones propicias para su reproducción material evitando la participación de niños en el mercado laboral (2010: 87).

Es por ello que las políticas destinadas a la infancia deben pensarse dentro de un marco de políticas sociales, en función del bienestar de sus destinatarios y de la sociedad en general, no solamente como una forma de solucionar un problema momentáneamente. Esto hace evidente que el marco normativo es necesario, pero no es suficiente para una verdadera transformación, la que involucra todo un proceso social y cultural que debe tener como meta responder a las nuevas demandas, cui-

Diario El Tribuno. Salta, 27 de Noviembre de 2013. En http://www.eltribuno.info/salta/348608-Seaprobo-el-Presupuesto-municipal-para-2014.note.aspx (12-12-2013). 25 Parte de prensa de la Municipalidad de Salta. Informante.com. En http://www.informatesalta.com.ar/ noticia.asp?q=52135 (5-3-14) 24

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dando así de este sector tan vulnerable por su misma condición de niño. En tanto el trabajo infantil es un problema multidimensional, para lograr un abordaje eficaz en las acciones de prevención y supresión resulta ventajoso el aprovechamiento de las perspectivas de diversos actores e instituciones. Además de las agencias públicas, en sus distintos niveles de gobierno, diversas organizaciones de la sociedad civil (organismos de base, instituciones políticas, religiosas, etc.) tienen el potencial de aportar, asociándose para este esfuerzo26. Así fue como, en un principio, la mirada respecto de la niñez pobre se construyó desde un discurso caritativo, de protección, de tutela de seres inferiores y de alarma asociada a la peligrosidad. De este modo, las intervenciones se encontraron sesgadas por una intencionalidad centrada más en evitar efectos peligrosos que en la protección de los niños y niñas. El Estado se constituyó en el agente de control social por naturaleza. Toda práctica, toda intervención social, todo programa social tendiente a la eliminación del trabajo infantil se encuentra condicionado por distintos posicionamientos, referidos a la relación entre el rol del Estado, el del mercado y el de las organizaciones en tanto fuentes de bienestar de la población, así como por los posicionamientos políticos e ideológicos respecto de las visiones vigentes sobre la infancia. La definición de acciones a desplegar frente a esta problemática dependerá de las relaciones causales que se consideren centrales y de la postura desde la cual se analice la cuestión. Las concepciones frente al trabajo infantil van desde entenderlo como una vulneración

de derechos, hasta considerar al trabajo como uno de los derechos humanos fundamentales, haciéndolo extensivo a niños, niñas y adolescentes. Ahora bien, el grado de universalidad o focalización nos indica si una política está dirigida a toda la población, con independencia de su condición de pobreza, o está orientada solo a los pobres. Focalizar es identificar con la mayor precisión posible a los beneficiarios potenciales. Las políticas universales basan su condición de acceso en la ciudadanía, en tanto las focalizadas lo son de discriminación positiva, destinadas a los sectores más desfavorecidos. La infancia y su reconocimiento como una etapa vital, diferenciada de la adultez, es una construcción social que tiene un devenir histórico, difiere de sociedad en sociedad y se distingue según estratos sociales y según género. Es necesario por ello contar con una mirada local, adecuada a lo dispuesto por las normativas internacionales, donde la intervención del Estado es esencial para la atención y restitución de los derechos del niño y la responsabilidad desde sus respectivas competencias. Lo que hoy se necesita son acciones a largo plazo, más allá de que puedan y deban desarrollarse medidas de asistencia inmediata, tratándose de compensar las consecuencias en materias de inclusión social, educativa, en materia de salud y la compensación económica, ya que el cese laboral de estos niños y niñas implicará un impacto en la economía familiar. A lo largo de la historia de la humanidad, en las formas más extremas, los niños han sido y son sometidos a situaciones de esclavitud, separados de sus familias, expuestos a graves peligros y enfermedades y/o abandonados en las calles de las grandes ciudades con frecuen-

«Despertando Conciencia junto a la Sociedad Civil para la prevención y erradicación del trabajo infantil». Ministerio de Trabajo y Seguridad Social - UNICEF. Buenos Aires, s/d. En http:// www.unicef.org/argentina/spanish/despertando_conciencia.pdf (12-04-14).

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cia a una edad muy temprana. Por ello hoy se debe trabajar para construir un futuro en el que la edad de la inocencia sea respetada y protegida, en el que cada niño o niña pueda desarrollarse como tal, sin importar su condición social y económica, generando esto un punto de partida para lograr un mayor equilibro e igualdad de oportunidades para todos aquellos que formamos parte de esta sociedad.

Referencias bibliográficas «Construyendo territorios sin trabajo infantil. Herramientas para la gestión compartida de estrategias integrantes frente al trabajo infantil con enfoque de desarrollo local». Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, COPRETI, UNICEF Argentina. Buenos Aires, s/d. En http://www.unicef.org/argentina/spa nish/construyendo.pdf. «Despertando conciencia junto a la sociedad civil para la prevención y erradicación del trabajo infantil». Ministerio de Trabajo y Seguridad Social - UNICEF. Buenos Aires, s/d. En http://www.unicef.org/argentina/spanish/despertando_conciencia.pdf Fazzio, Adriana (Comp.). Niñez, familia y derechos humanos: logros y desafíos pendientes en la primera década del siglo XXI. Buenos Aires: Espacio Editorial, 2010. Paz, Jorge Augusto (Coord.). «El impacto redistributivo del gasto público social dirigido a la niñez en la Provincia de Salta». UNICEF, UNSA, Salta, noviembre de 2011. En http://www.unicef.org/argentina/spanish/Publicacion_Gasto_Publico Salta.pdf «Trabajo infantil en basurales de Jujuy». Ob-

servatorio de trabajo infantil y adolescente. UNICEF, OIT, COPRETI, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. San Salvador de Jujuy. En http://www.unicef. org/argentina/spanish/PUBLI_Trabajo _infantil_basurales_jujuy_WEB.pdf «Trabajo infantil: Construir futuro con trabajo decente». Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la República Argentina - Organización Internacional del Trabajo. Buenos Aires, 2012. En http:// www.trabajo.gov.ar/downloads/domestico/Serie_Explora_2012_LIBRO.pdf. «Trabajo infantil y adolescente en cifras: síntesis de la primera encuesta y resultados de la subregión NOA Tucumán, Salta y Jujuy». Oficina Internacional del Trabajo - Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Buenos Aires, 2006. En http://www.trabajo.gov.ar/left/estadis ticas/DocumentosSUBWEB/area1/documentos/libro%20noa.pdf.

Páginas Web Centro de Implementación para las Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPEC). En http://www.cippec.org/ Diario El Tribuno, Salta (online). En: http:// www.eltribuno.info/salta Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la República Argentina. En: http://www.trabajo.gov.ar Municipalidad de la Ciudad de Salta. Parte de Prensa. En: http://www.prensa-salta. gov.ar Organización Internacional del Trabajo (OIT). En: http://www.ilo.org/ipec/facts/lang— es/index.htm Recibido: febrero de 2015 Aceptado: octubre de 2015

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Inevitable malestar Pensando la clínica

Ariel Damián Goisin1

Resumen Entre la vasta producción teórico-clínica de Sigmund Freud encontramos textos de la más diversa índole. Sus desarrollos han impactado en el campo de las Ciencias Naturales y las Ciencias Sociales aportando novedosos elementos que han enriquecido estos campos como también disparado nuevas investigaciones. En el terreno de estas últimas se encuadra el texto de «El malestar en la cultura» donde realiza un exhaustivo análisis de los determinantes de los padecimientos humanos y los «analgésicos» que aliviarán nuestras miserias. El presente trabajo tiene por objetivo establecer un diálogo con este texto y otros del mismo autor que contribuyen a comprender el sufrimiento cotidiano generado por la cultura. Como líneas principales se abordarán las causales que provocan padecimiento, las restricciones impuestas a la satisfacción por el seno social, la agresividad del ser humano para con sus semejantes y los psicodinamismos que se juegan en relación al sentimiento de culpa. Palabras clave: malestar - culpa - agresividad - clínica - cultura

Abstract Among the vast theoretical and clinical production of Sigmund Freud, we can find texts of the most diverse nature. The developments of these texts have impacted the field of Natural and Social Sciences bringing new elements which have not only enriched these fields but also triggered further investigations. It is in the field of these investigations where we could insert the text «The malaise of civilization» in which Freud performs a comprehensive analysis of the determinants of human suffering and «pain killers» that will alleviate our miseries. This paper aims to establish a dialogue with the said text and with others by the same author that may help to understand the daily suffering generated by culture. The main factors addressed will be: those that cause human daily suffering, restrictions on social satisfaction imposed by the social environment, the aggressiveness of human beings towards his fellow men and the psychodynamics played in relation to guilt. Keywords: discomfort - fault - aggressiveness - clinical - culture

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Facultad de Medicina, Universidad de Buenos Aires. Psicología | ensayo científico |

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Ariel Damián Goisin

Introducción Cuando promediaba mis 22 años concurrí a unos encuentros de fotografía, dada mi fuerte afición por ese tiempo al arte de la gelatina de haluros de plata (faltaba mucho todavía para el pixelado y el photoshop). Un fotógrafo francés muy reconocido compartió una reflexión que al día de hoy conservo. Refirió cuán importante era a su juicio que el fotógrafo viviera y estudiara campos que nada tenían que ver con el tópico que nos convocaba. Lejos de mí el deseo de traicionar sus palabras pero me animo a decir que enunció una sentencia de esta índole: Vivan, viajen, huelan, degusten todos los manjares que puedan. Nútranse de buena música, abrazos, risas ajenas y propias, y los mejores vinos que puedan. Compartan charlas sustanciosas con amigos, jueguen a lo que arranque lo mejor de ustedes. Les aseguro que todas estas experiencias los volverán mejores personas y verán que cada una de ellas encontrará su expresión en el fotograma. Nadie puede hacer buena práctica de su actividad si no transita este camino.

Cuando empecé a templar mis dedos para tipear las primeras palabras de este artículo recordé las enseñanzas de este maestro de la luz. Los contenidos de este seminario me interesan tanto desde el punto de vista del análisis de los fenómenos sociales como por los innegables aportes a la clínica. Mi gusto por la historia se mantiene vivo desde hace tiempo y por tal razón encuentro fascinación por los textos de Freud que intentan comprenderla. Como siempre refiero, a riesgo una vez más de volverme políticamente incorrecto, quiero trabajar sobre este «malestar» por el mero placer de compartir un diálogo reflexivo imaginario con 102

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quien pudo pensar por qué cada día alguna molestia propia del seno social cultural nos invade y condiciona nuestras pequeñas, pero no por ello menos importantes, vidas.

Sueños de placer Freud decide recorrer el carril evolutivo que hace posible la construcción de un sujeto para colocar los primeros ladrillos que nos permitirán entender las molestias que el seno social genera en quienes lo hacen posible. La indiferenciación yo-no yo inicial encuentra su fin cuando discierne que la fuente de excitación más preciada, el pecho materno, solo puede recuperarse mediante el llanto que reclama. Es desde este momento en que no es posible otra instancia que la de admitir que existe un afuera. Este afuera se volverá reservorio de todo lo que pudiera generar displacer y esta acción de eliminación es la que hará posible convertir al yo en una instancia de máxima pureza en cuanto fuente de placer. La realidad hace su trabajo y obliga al yo a aceptar que no todo lo que le pertenece es sinónimo de placer, como aquello que le es ajeno cultivo de displacer. Tal situación favorece que los sentidos y la actividad de la musculatura peleen por capturar ese exterior que ya no se desdeña con tanta facilidad. Estas marcas iniciales no desaparecen y tal situación no deberá perderse de vista si se desean comprender los determinantes de las molestias que la construcción de «cultura» involucra.

Analgésicos Al mismo modo que al enfant se le presenta la necesidad de que el aparato se acomode cuando la realidad no respeta su anhelo de puro placer, el individuo adulto, conservando esos vestigios del origen, reza a un «Padre» para que aplaque sus dolores del alma. Como cita-

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Inevitable malestar. Pensando la clínica

mos, la vida nos expone al sufrimiento desde el primer minuto y «calmantes» son buscados con devoción por quienes como el bebé estarán dispuestos a todo para mitigar el dolor. Tomando la descripción de Fontane Theodor en su novela Effi Briest (1895), Freud hace referencia a los bálsamos de los que haremos uso para mitigar el dolor que el transcurrir vital nos depara. …poderosas distracciones que nos hagan valuar en poco nuestra miseria; satisfacciones sustitutivas que la reduzcan y sustancias embriagadoras que nos vuelvan insensibles a ellas (Freud, 1930: 75).

En consideración a la primera opción cualquier actividad que tenga el poder de capturar nuestro foco de atención y desviarlo de los padecimientos o miserias será una alternativa válida (la ciencia por ejemplo). Sobre la segunda propongo pensar que aparte del desvío atencional ya citado podríamos considerar que la práctica de una actividad como el arte agregaría como valor adicional el disfrute agregado de que, cuanto mayor sea su intensidad mayor será su poder de fuerza neutralizante. Las sustancias embriagadoras encuentran un mecanismo diferente de acción si se las compara con las anteriores en tanto actúan sobre el psiquismo (podemos bien pensar en el sistema nervioso) para anestesiar su percepción del dolor o generar un estado de euforia neutralizante. Una vez más el genio de Viena se anticipaba a la historia. En la línea de las sustancias embriagadoras que modifican el quimismo del aparato podríamos pensar en el amplio abanico de sustancias psicoactivas que incluyen a las drogas legales o ilegales y los psicofármacos. Freud abre el juego en este texto a una pregunta filosófica sobre el fin de la vida. No puedo evitar pensar que algunas cuestiones etarias han jugado un rol determinante en estos cues-

tionamientos. Un Freud ya crecido bien lejano al del 1895 del Proyecto se plantea ciertas cuestiones existenciales al mismo modo en que en «Análisis terminable e Interminable» (1937) la pregunta sobre la finitud no remitía a mi entender solo a la cuestión del tratamiento analítico. Un sujeto busca en la vida dos cuestiones, evitar el displacer y experimentar placer. Esta segunda meta citada es imposible de ser alcanzada de manera continua y debe aprenderse que determinados momentos de éxtasis se encontrarán exclusivamente de manera episódica. Interesante lectura propone cuando explica que la experiencia emocional se alcanza desde el contraste; por ende debemos pensar en la oposición de emociones (nuevamente el dualismo) más que en la utopía de transitar una meseta en que el quantum se reduzca a mínimas cantidades.

Sobre el padecer Tres fuentes de sufrimiento causan al sujeto dolor: 1. el cuerpo propio cuyo dolor funciona como alarma ante la pérdida de equilibrio; 2. el mundo exterior que descarga sus fuerzas destructoras; 3. los vínculos con nuestros semejantes, lo que señala como el factor principal de los tres citados. No es inocente el autor cuando desarrolla estos conceptos y no lo mueve el mero afán científico o descriptivo. Si necesita abordar exhaustivamente cada uno de los causales de sufrimiento es justamente porque su comprensión acabada mostrará la clave para atemperarlos o controlarlos y hacer lugar a una vida más plena. Perseguir la satisfacción plena de cada una de nuestras necesidades podría perfilarse como la primera opción garante de la felicidad. No debemos entusiasmarnos tan rápido dado que

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su cumplimiento no es sin exponer a riesgo al individuo. Ya a esta altura el Principio de Realidad nos ha enseñado que lamentablemente debemos postergar ciertas satisfacciones inmediatas si todavía deseamos continuar experimentando placer. Si había citado que las relaciones humanas constituían la mayor causa de sufrimiento, no es difícil deducir que el vivenciar aislado o «sosiego» represente una vía de atemperar el dolor. Sin embargo, podemos conjeturar que no siempre es tan sencillo el tránsito de esta alternativa en tanto algunas actividades nos impiden retraernos y cortar vínculo con el seno social. La unión de los individuos bajo la bandera de la ciencia hará posible arremeter contra la naturaleza y desde el desarrollo del conocimiento intentar dominarla. Puede pecarse de excesiva soberbia y entender que podemos convertir la naturaleza a imagen de lo que nuestros caprichos desean, pero recibiremos las consecuencias que indican que no todo orden establecido es modificable. Solo nos resta entonces la vía que apunta a modificar nuestro organismo, sentencia Freud en este artículo. Hace referencia a sustancias tóxicas que alteran nuestro quimismo en pos de generar sensaciones placenteras aunque invita a prestar especial atención a la distorsión de realidad que ellas generan. Señala que nuestros organismos producen sustancias equivalentes a las mencionadas con similares efectos. Nada descabellado sería considerar volver equivalente esta descripción a las endorfinas, opioides endógenos que la actividad física estimula en secreción y que provocan en el individuo un estímulo permanente a continuar la actividad para facilitar la producción permanente de este atractivo neurotransmisor. Lo que se consigue mediante las sustancias embriagadoras en la lucha por la felicidad y por el alejamiento de la miseria

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es apreciado como un bien tan grande que individuos y aun pueblos enteros les han asignado una posición fija en su economía libidinal. No solo se les debe la ganancia inmediata de placer, sino una cuota de independencia, ardientemente anhelada, respecto del mundo exterior (Freud, 1930: 78).

Resulta interesante destacar la fuerte vigencia actual de este texto de 1930 en una época en que el placer inmediato comanda cada uno de nuestros comportamientos. Si en este trabajo postula al seno social como muralla que acota la pura satisfacción y hace lugar a su postergación y a la necesidad de desarrollo de otros cauces para el torrente pulsional, en nuestros días presenciamos un escenario bien distinto. Todo vale cuando se trata del seguimiento de la única normativa posible. El tejido social pierde sus lazos y la estructura se pierde cuando estos movimientos tienen lugar. Freud, en el análisis de una realidad epocal diferente, afirmaría que en esta desesperada búsqueda por conquistar la religión de Epicuro de Samos ante las limitaciones del mundo externo, no queda otra opción que la de trasladar la lucha del terreno externo al interno como habría señalado en muchos de sus artículos. La realidad nos ofrece imposibles que ni en sueños podríamos alcanzar. Sin embargo, el terreno de lo psíquico se vuelve un campo propicio para volver muchos de estos sueños realidades en el terreno de la fantasía o hacerlos posibles en tanto distorsionamos el juicio. Aplacar la furia pulsional es citada como otra opción posible a partir de técnicas de meditación y relajación; sin embargo, alto será el costo si elegimos retraernos en el sosiego mencionado. Más allá de sus intentos de velar por el principio de neutralidad en cuanto al libre albedrío de un sujeto, recomienda poner especial atención en lo que determinaría una significativa «reducción de las posibilidades de

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goce» (Freud, 1930: 79). ¿Qué ocurre con la sublimación como alternativa para domeñar las pulsiones? Vuelve a citarlo como un mecanismo efectivo desde el punto de vista de la economía libidinal. Cierto desliz de crítica puede leerse en los párrafos de este trabajo cuando plantea que, si todo nuestro abanico defensivo se restringe a ella, perderemos terreno vital en nuestro desarrollo. En cierta medida podríamos formular una analogía con sus planteos sobre el sosiego cuando postula que, si la sublimación es dominante como defensa, se perderá ese plus gozoso en la corporeidad que la liberación pulsional permitiría. Debemos sumar al análisis el hecho de que la sublimación no es un mecanismo que todos podamos practicar. Para su puesta en función quien haga uso de ella deberá contar con la especial destreza de desarrollar una habilidad socialmente valorada y controlar la dirección pulsional para redireccionarla en favor de ella. El último recurso es radical y solo encuentra la posibilidad de desembarazarse del sufrimiento a partir de la ruptura del vínculo con la realidad. Cuando Freud hace alusión a los conflictos que se le presentan al yo con diferentes instancias en su texto «Neurosis y Psicosis» (1923), señala que cuando la batalla tiene lugar con la realidad la consecuencia es una desgarradura yoica. En esta desgarradura el yo se arranca una parte de sí a la realidad adherida y en un segundo tiempo construye el delirio en su intento de recolocar la libido. Es interesante cómo la aparición de la patología en sus diferentes vertientes se relaciona con todos los movimientos del aparato por atenuar el padecer, el «malestar». La religión permite, en un delirio colectivo, que la distorsión construida evite a quienes la practican el diagnóstico de psicopatología. Siempre deberíamos preferir la neurosis individual a la colectiva, en tanto la segunda nos restringe a un pensar infantil que

no es sino una inhibición severa de nuestro desarrollo. No existen manuales o protocolos que dicten si existe la vía adecuada para alcanzar la felicidad. Dicha sentencia se alinea con el principio de neutralidad desarrollado décadas atrás por el autor, en el que, aparte de invitarnos a respetar la singularidad del paciente, propone que no existe fórmula universal para alcanzar un estado de bienestar. Cada analista deberá trabajar con su paciente y sus particulares constelaciones psíquicas con un saber que este último le ofrece para permitir su mejor economía libidinal. Al igual que en «Análisis terminable e interminable» (1937) destacaría la importancia del polimorfismo defensivo, aquí aplica el polimorfismo a la obtención de la satisfacción y recomienda encontrar vías diferentes para alcanzar el placer. Dicho horizonte facilitará la disposición de vías alternativas de satisfacción cuando algunas se encuentren obturadas.

La infelicidad cultural La constitución del seno social nos hace infelices. Es el precio que debemos pagar por ingresar en la cultura. El valor clásico del pensador vienés cobra relevancia una vez más cuando nos enseña que los avances tecnológicos nada tienen que ver con el alcance de dicha. A diferencia de las versiones de los sistemas operativos, este texto del 30 envejece como los mejores vinos y para confirmarlo solo basta escuchar los padecimientos de nuestros pacientes. Existen pilares determinantes que orientan la búsqueda de todos desde nuestro primer contacto con el mundo. La falta de mirada del objeto daña a un niño de tres años como a un profesional exitoso de 50 y no hay procesador informático de cuantos núcleos imaginemos capaz de volverse un antídoto eficaz para atenuar lo que su falta provoca.

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Si un tratamiento terapéutico trata en alguna medida de facilitar la búsqueda de la dicha por parte de un sujeto y la cultura se para como obstáculo para nuestro objetivo, entendemos con claridad el porqué de las ansias de Freud en descomponer el concepto a su mínima expresión. Su análisis (no solo en términos de reflexión y comprensión sino en el de descomposición para lograr los primeros) será piedra base para luego trabajar en los resortes que permitan minimizar la intensidad del obstáculo y despejar entonces el camino hacia momentos de dicha. El concepto de cultura representa un pivot que marca un salto cualitativo en nuestra herencia filogénetica. Si dedicamos especial hincapié en nuestra actividad a diferenciar el concepto de instinto del de pulsión, es porque entendemos que una lógica distinta nos domina sobre aquella de nuestros antepasados animales. Dos funciones atribuye Freud a la cultura: «La protección del ser humano frente a la naturaleza y la regulación de los vínculos recíprocos entre los hombres» (Freud, 1930: 88). Diseñamos instrumentos para dominar el mundo de objetos tangibles pero nada más maravilloso que la herramienta que nos ha permitido representar la realidad en nuestra psiquis y operar como queramos desde esta construcción. Creamos una realidad interna a la que deseamos bella, ideal, de bordes perfectos y acabada síntesis. Por tal razón exigimos «limpieza y orden» (Freud, 1930: 91). Ese mundo perfecto que recreamos intentamos copiarlo a imagen y semejanza sobre aquel perfectible que interiorizamos previamente y que hicimos ideal. Quienes logren volverse menos descuidados e impuntuales y trabajen sobre las naturales o instintivas tendencias que ofrecemos se volverán mejores exponentes en términos culturales. Los ecos de «Totem y Tabú» (191314) continúan resonando cuando pregona que los hermanos renunciarán a la violencia con la 106

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desdicha concomitante pero con la garantía de que la fuerza bruta no caerá sobre ninguno. La ley regula y hace posible el contrato social que se cumple no sin temor permanente de la amenaza normativa que se asegura de limitar la concreción de un impulso siempre presente, una pulsión que nada entiende de moral y buenas costumbres o de respetar al prójimo, sino que solo busca agotarse en la satisfacción.

Buenos vecinos. O no tanto ¿Qué hizo posible la convivencia?, se pregunta el autor. Una doble fuerza actúa para mantenerla cuando otros factores atentan contra ella. La compulsión al trabajo y el poder del amor son citados como las variables que ejercen palanca para permitir la producción y la constitución de la familia. Reflexiono sobre los poderes imperantes desde épocas históricas antiguas que desde motivaciones egoístas, pero no por ello carentes de habilidad, gozaron del ingenio suficiente para que más de infinitos sujetos canalizaran buena parte de su libido en la maquinaria económica. Seguramente se percataron de que, si conseguían otorgar a las tareas exigidas cierto barniz erótico, lograrían que el asalariado encontrara cierto monto de «pseudo excitación» que lo distrajera de la excitación genuina que realmente determina su movimiento. Si analizamos la dinámica que presenta cualquier junta de ventas de nuestros días, no se vuelve complicado evocar la pasión que intentan transmitir las líneas de gerencia al cuerpo de ventas. El amor de meta inhibida hace posible los vínculos paterno-filiales y fraternos y equivalentes de ambos en la vida de un sujeto. Es quien hace posible la síntesis que se impone para la conservación del conjunto. Una vez más la ecuación en la cual el Principio de Autoconservación impone el protagonismo del Princi-

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pio de Realidad por sobre el del Placer teniendo perfectamente en claro que sin sujeto no hay placer posible; a veces debemos postergar y contentarnos con montos de placer sin tanta intensidad. Si necesitábamos más descripciones acerca del quehacer de la cultura como esqueleto del seno social solo basta rescatar su consideración acerca de la prohibición del placer cuando se encuentra divorciado de la genitalidad reproductiva, cultura de la década del 30 que no de manera inocente había casado en feliz matrimonio la genitalidad con la procreación y que no casualmente contaba con la unidad «familia» como célula del tejido social. Poco menos de un siglo después sustanciales modificaciones avanzaron sobre este terreno. No en vano transitamos una época de hedonismo puro donde el Principio de Placer ha ganado fuerte terreno frente a sus competidores. Desde estas reflexiones y fundamentos es posible analizar el cambio que la configuración de la familia ha tenido, lo mismo que su mayor apertura, con cuestiones valorables y criticables. La sexualidad ha dejado de ser solo procreación (por lo menos en unos cuantos casos) para abrir un terreno de degustación de placer con mayor libertad. Ciertos modelos socioeconómicos también han acentuado el individualismo fragmentando el tejido colectivo y tal situación ha cobrado impacto en la estructura del conjunto. Los vínculos se convirtieron en instancias de placer individual y la idea de supervivencia (nuevamente los términos hacen lo suyo) asociada a un campo de batalla salvaje se postula como un ideal obtenible desde la soledad.

Ganarás la cultura con el sudor de tu frente La pertenencia al seno social no solo exige al ciudadano la renuncia a la satisfacción sino también a otros terrenos. En una muestra más

de valentía, cuando de rigurosidad científica se trata, se aleja de posiciones complacientes en cuanto al análisis del género humano, para mostrar la sensatez que siglos de revisión histórica eligieron dejar de lado. Cierto es que la necesidad de construir lazos sociales exigiría amar a nuestro prójimo. Puede entenderse como condición que necesitamos pero molesta la posición hipócrita de que tal situación debe presentarse cual orden natural. Estoy convencido de que toda construcción que se logre debe partir de un honesto análisis de situación y Freud siempre se le anima. ¿Por qué debería amar al otro?, se pregunta. ¿Algún mérito ha realizado para recibir mi amor? Seres queridos con quienes puedo experimentar empatía serían amados en tanto pediría bienestar y ausencia de sufrimiento para ellos. Pero un extraño, ¿por qué? ¿Qué razón puede esgrimirse para que dedique montos libidinales reservados para mi persona a alguien a quien apenas conozco? ¿Qué racionalidad avala tal movimiento? ¿Y si mi prójimo no me ama en su justa medida, por qué debería recompensarlo con algo de lo que no es merecedor? Si pretendemos cientificidad vamos a intentar analizar la realidad tal cual se presenta y no como desearíamos que se presentara. Si el ser humano fuera naturalmente generoso y cuidadoso, sería innecesario el arduo trabajo de impartir cultura y los marcos normativos no existirían porque una regulación natural haría posible una fratría de absoluta armonía. Tal cual sentenciara Hobbes: «El hombre es un lobo para el hombre», Pero ninguno de nosotros acusa por ello a la naturaleza del hombre. Los deseos, y otras pasiones del hombre, no son en sí mismos pecado. No lo son tampoco las acciones que proceden de estas pasiones, hasta que conocen una ley que las prohíbe. Lo que no pueden saber hasta que haya

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leyes. Ni puede hacerse ley alguna hasta que hayan acordado la persona que lo hará (Hobbes, 1651).

Considero que tanto Hobbes como Freud conciben al hombre en una frecuencia similar. Percibir como diabólica esta descripción es solo producto de la imposición de un paradigma en que el hombre es la fuente de la virtud y que cualquier elemento que contamine su benevolencia resulta una aberración que debemos esconder. El mal a erradicar es un enunciado solo factible desde la concepción de un ser humano sin complejidades, opuestos, contradicciones o dualismos. Si el hombre fuera tan bueno en su constitución no habríamos necesitado de complejos dispositivos para encauzarlo. Dicha concepción solo obedece a nuestro anhelo de seguir los mandatos de un ideal y en este movimiento intentaremos construir nuestra representación más amable. Todo aquel movimiento que no parta de fuerza intrínseca deberá recibir impulso externo y para tal fin encontramos en nuestra sociedad las instituciones de disciplinamiento que preparan al hombre para vivir en comunidad. Como sentencia, no es la lógica racional la que nos comanda sino las pasiones que desatan los movimientos menos controlados.

Otra vez el clásico ¿Hambre o Amor? Schiller es excusa para retomar el dualismo pulsiones de autoconservación vs. pulsiones sexuales; las primeras en defensa del individuo, las segundas en defensa de la especie. En pos de la autoconservación el yo logró su cometido pero no sin resignar en demasía, y en esa lucha la neurosis encontró su lugar. El dualismo pulsional citado me invita a la reflexión en la búsqueda de qué ocurre con estas pulsiones cuando se piensa en la formación del seno social. Si Freud cita en sus 108

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trabajos que la función de síntesis yoica podemos pensarla en la línea de una fuerza que aglutina —sentencia que mantiene coherencia lógica con el hecho de que el yo enarbola la bandera de la autoconservación indisociada del sofrenamiento pulsional—, el tope a las pulsiones sexuales permite que el individuo se reuna en conjunto, que la síntesis sea lograda, actividad que exige una fuerza que se oponga a la tendencia agresiva propia de las pulsiones sexuales. Si avanzamos en la consideración de las pulsiones sexuales, debemos hacernos a la idea de agresividad propia de la competencia por el objeto. Nos exponemos a riesgos en la lucha sin la protección de la fatría para avanzar en la conquista del objeto. Asimismo exponemos al semejante al riesgo de recibir nuestra violencia, cualquiera puede terminar dañado en la contienda. Cobra protagonismo entonces una pregunta nodal en este artículo: ¿de qué medios se vale la cultura para inhibir, para volver inofensiva, acaso para erradicar la agresión contrariante? (Freud, 1930: 119). Volvemos a los desarrollos que Freud plantea en su texto «El problema económico del masoquismo» (1924). Se trata de atenuar los efectos de la pulsión de destrucción, inherente a la condición humana. Una posibilidad es que dicha fuerza se vuelva contra el propio individuo y bajo la forma de superyó ejerza la agresividad que de buena gana habríamos volcado en el entorno. Aparece entonces en escena la «conciencia de culpa» como expresión resultante de la tensión entre el yo y el syo. El incremento del nivel de tensión entre estas dos instancias es directamente proporcional a la magnitud del castigo que el primero recibe del segundo. Una particularidad que deberíamos evitar dejar de lado por la relevancia que ostenta en la clínica es que la agresión no desaparece sino que solo cambia su dirección para no afectar al entorno. Sujetos de elevada conciencia moral que se

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flagelan sistemáticamente sin piedad mueven a quienes los rodean al hartazgo o a la compasión pero distraen sobre la jerarquía que muestra el alto monto de agresividad que poseen. Encuentro cotidianamente pacientes con expresiones que permiten deducir con sencillez cuánta virtud se le otorga al autocastigo. Siglos de tradición cultural proponen casi la transmisión transgeneracional del vínculo entre el castigo y la calidad humana. Un tránsito más sufrido y lastimoso en muchos círculos es sinónimo de mayor entrega y virtud y la díada que se plantean quienes adhieren a tal posición se resume en la siguiente frase: «O daño al otro o me daño a mí». Cuando se le plantea al paciente la tercera posición, «ni al otro ni a vos», se sorprenden como si esa vía nunca hubiera existido como posibilidad. Nadar por las aguas de la culpa es siempre garantía de no liberar esa bestia interna en tanto la vigilancia debe siempre estar activada si un criminal siempre puede repetir su crimen o pecado. La «cultura» determina sus pecados y en tanto, la incorporamos como conciencia moral. Freud desarrolla planteos teóricos de avanzada en este texto, cuando de culpa, pecado y castigo se trata. Explica con minuciosidad la estructura lógica que sostiene las tres variables que acabo de mencionar. Sobre sus planteos comparto de qué manera me ha facilitado el diseño de un esquema que ordena de manera muy funcional mi clínica. Mi experiencia me indica también que dichos conceptos favorecen el cuestionamiento crítico de muchos sistemas dominantes de pensamiento que reinaron cual monarcas tiranos por décadas.

La dimensión de la culpa Abordemos entonces una pregunta sencilla pero cuya respuesta exige la consideración

de terrenos complejos que no admiten reduccionismos maniqueos. ¿Cuándo un sujeto siente culpa? Cuando en mi tarea diaria formulo la pregunta a un paciente la respuesta que surge de manera automática es cuando alguien hizo algo malo. Uno podría indagar sobre qué determina que una acción reciba tal calificación. Una acción es considerada como condenable cuando el seno social no la aprueba. Sin embargo, tal situación no vuelve sinónimo de dañino a ese comportamiento. En reiteradas ocasiones se condena una acción cuando implica daño a otro, pero también es cierto que lo mismo ocurre en la situación contraria. Pensemos si no en gran parte de la población alemana o austríaca avalando los ataques a las víctimas del Reichstag. La relativización del concepto de «malo» planteada en los fundamentos del párrafo anterior continúa profundizándose desde el postulado del autor en este artículo donde convierte la frase: «hizo algo malo» en «hizo algo que discierne como malo». Lo pecaminoso de la acción deja de ser absoluto para estar determinado por el carácter que el sujeto le otorga. Este estaría determinado por la escala de valores que el individuo ostenta y que bien sabemos adquiere una configuración particular en cada caso. No nos referimos entonces a leyes parejas y objetivas sino a codex singulares en modo alguno homologables. Un punto adicional que complejiza y enriquece el análisis es el hecho de que si la culpa aparece por axioma, en la necesidad de encontrar una acción que la justifique seremos capaces de construir el más intrincado laberinto que transforme la acción más inocente en el más aberrante de los pecados. Las dos líneas de razonamiento anteriores nos aportan el concepto de lo relativo del carácter de la acción en cuanto a su valoración, observación aplicable a lo que se planteará a continuación.

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La tercera frase que aparece sería: «cuando uno piensa algo malo». El terreno de la acción hace lugar al psíquico. Los planteos foucaultianos sobre los mecanismos de control son perfectamente aplicables en este caso. No contamos siquiera con la posibilidad de pecar en nuestras cabezas sin ejercer daño alguno. Nuestro espacio privado pierde carácter de tal y la lógica de las instituciones totales prima. A nivel clínico el permanente esfuerzo de desalojo marca cada vez más esa ruta y según el modelo de Freud del 1895, logramos la mejor facilitación de vía. Basta solo pensar en el film «El nombre de la rosa» sobre el texto de Umberto Eco. Monjes flagelándose como vía expiatoria para erradicar aquello que logran instalar cada vez más. Mayor nivel de fuerza represiva es sinónimo de incremento de la intensidad de la representación y la concomitante manifestación sintomática. Por último, este multiple choice cerrará con: «cuando uno piensa algo que discierne como malo». Nos han quitado todas las posibilidades. No solo no podemos pecar en el terreno psíquico sino que donde existe culpa axiomática no cesaremos hasta que la alquimia logre vestir de acción pecaminosa las representaciones más nimias. Tales planteos elucidan la complejidad del pensamiento religioso que, como bien explicara el autor en «Acciones Obsesivas y Prácticas» (1907), no se trata necesariamente de los cultos tradicionales sino de una singular manera de organizar la lógica de nuestros pensamientos. Para el complemento de los planteos previos y abandonar el terreno abstracto del bien y el mal, el texto decide analizar con minuciosidad qué es lo malo: «Evidentemente, malo no es lo dañino o perjudicial para el yo; al contrario puede serlo también lo que anhela o le depara contento» (Freud, 1930: 120). La llave para resolver este enigma radica 110

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en el desvalimiento frente a los otros. Si aquello que satisface hace peligrar el amor, el yo se aleja de este comportamiento para evitar la angustia resultante. Entonces el paisaje se vuelve más claro ahora que podemos afirmar que el carácter de malo excede al comportamiento propiamente dicho para estar determinado por la posibilidad de que su puesta en acto enoje a ese Otro del que dependemos y que por castigo deje de brindarnos esa mirada. Durante su despótica monarquía, his majesty the baby no temía perder ningún ducado pues sus prerrogativas eran absolutas. «L’État, c’est moi» frase que caerá para Luis XIV y ese niño en la creencia de que su ilusión es eterna. La autoridad parental se interioza y el syo, la conciencia moral y el «sentimiento de culpa» se configuran como una tríada que guiará de manera determinante nuestra conducta más de lo que creemos. Si pensamos en que primero la angustia frente a la autoridad determina la renuncia pulsional y que luego se dirige al syo, el movimiento direcciona del mundo externo al interno. En un primer tiempo entonces debíamos cuidar nuestros actos para en un segundo aparte cuidar nuestros pensamientos. El syo funciona cual instancia omnisciente de la que no podemos escapar y entonces la punición es constante. Martirizante se vuelve el momento en que nuestros oscuros deseos son encontrados por este vigilador cruel. El yo se somete a un ello amoral y un syo hipermoral. El primero dicta sus ganas y nada examina, el segundo dicta ley y exige sin piedad. Un ítem no tradicionalmente señalado que debería destacarse se vincula a que la hipermoralidad superyoica no es aplicada a quien la demanda. Sencillo es exigir cuando quien lo hace no es quien lo cumple. La amoralidad del ello anoticia al syo en vías directas que no cruzan al yo consciente, y por tal razón la culpa sin representación asociada muchas veces en nuestros pacientes. Podemos renun-

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ciar al objeto pero no al deseo. O dicho de otro modo, los deseos no se manejan a voluntad. Reflexiono sobre qué ocurre en la dinámica de un yo que renuncia cada vez más y un syo que somete con más ferocidad ante el abandono progresivo del primero. El abordaje metapsicológico ayuda a arribar a la siguiente conclusión: 1. si el yo abandona más entonces mayor la falta; 2. falta es deseo entonces mayor deseo; 3. más deseo entonces severidad del syo incrementada cuando de él se anoticia; 4. el syo descarga su castigo frente a un yo más pobre y sumiso ahogado en conciencia de culpa. Freud agrega otra nota que cuestiona el sentido común cuando explica que la severidad superyoica no espeja necesariamente la del trato recibido. La violencia que dicha instancia encarna es reflejo de la carga de agresividad originaria propio de la pulsión de muerte que se vuelve hacia el propio sujeto. El interjuego de estas instancias contribuye al esclarecimiento de la renuncia. Si esta es condición necesaria para la «cultura», se entenderá a la perfección por qué la «conciencia de culpa» es base para el desarrollo de la humanidad.

El sentimiento de culpa La complejidad del tópico que nos concierne radica en que el «sentimiento de culpa» hace posible la cultura pero no deja de perturbar. La misma lógica aparece cuando un paciente se queja de su síntoma como si fuera absolutamente ajeno a su producción, pero como analistas sabemos perfectamente que su presencia cumple una función de regulación económica. De igual modo el «Malestar en la Cultura» cumple la suya en la instalación del seno colectivo. Explica el autor que siempre debemos pagar algún precio en la vida. No es sin precio aun el supuesto no precio. Premisa

que más allá de aplicarse a lo colectivo encuentra equivalente en el modelo individual. Cuando razono estos conceptos vienen a mi cabeza infinidad de recortes de situaciones clínicas. Todas ellas mantienen un denominador común, el paciente desea eliminar su síntoma o padecimiento sin hacer renuncia alguna. Manifiesta enfáticamente su voluntad de cambiar pero percibimos una sólida resistencia a modificar su posición subjetiva. Cuántas veces nos devuelven la pelota en hábil juego y nos ruegan que tomemos esa decisión sobre la que no aceptan asumir la responsabilidad. Cabalgan sobre una rumiación perfecta entre dos alternativas naturalmente con sus respectivas imperfecciones. Podríamos jugar y optar por cualquiera de ambas y la respuesta segura sería «pero me pierdo esto», a lo que contestaríamos «exacto, toda elección implica pérdida». Este ruego desresponsabilizante apunta a que asumamos nosotros la responsabilidad de aquella pérdida inherente a toda elección y que el enojo sea volcado en nuestra figura en lugar de sobre quien debería haberla tomado. La «conciencia de culpa» puede admitirse en un momento previo a la existencia del syo a diferencia de la Conciencia Moral que exige la formación de dicha instancia. A ella se le suman como parte de esta instancia la actividad censora y la capacidad de vigilar y enjuiciar acciones. Vale la pena rescatar la diferencia establecida en párrafos anteriores entre el pecar en acto y pensamiento a la hora de abordar el concepto de arrepentimiento. Este aplica a la puesta en acto de la agresión y la reacción frente a la situación con una intencionalidad reparatoria. El sentimiento de culpa del arrepentimiento debe ser consciente a diferencia, sin embargo, al del producido por percepción del impulso malo que podría permanecer inconsciente.

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Altruismo vs. egoísmo

Conclusiones

La necesidad del sujeto de integrarse a la sociedad estorbaría el cumplimiento del Principio del Placer en tanto para alcanzar tal fin debe someterse a limitaciones. Freud señala que ambas fuerzas coinciden en el individuo y se disputan terreno en todo su ciclo de vida. En el paralelismo que viene planteando a lo largo de todo el trabajo hace referencia a la presencia de un syo cultural producto de la impronta de los pensadores referentes de una época. Podríamos pensar en estos personajes significativos en lo social como equivalentes de aquellos modelos que en el individuo (objetos parentales) han marcado los lineamientos normativos y permitido en su desarrollo la incorporación de una estructura abstracta de ley. Este syo cultural indica que construye un lugar ideal con el que, si incorporamos el código compartido, buscaríamos acortar distancias. Freud propone llamar a este «ideal cultural» Ética y considero podríamos encontrarlo en el registro cultural como una suerte de «ideal del yo». Naturalmente, para que rija su funcionamiento, este acervo de conductas debería ser incoporado como referente a seguir. Estructuras psíquicas que no lo han incorporado no serían movilizadas a buscar orientarse a tal horizonte y la funcionalidad de esta proa del comportamiento perdería valor como tal. No es sencillo imponer la ética como rectora de nuestras acciones sino es mediante la recompensa sobre el buen obrar pues, como bien sentencia Freud, acaso como una de sus afirmaciones que más resuena y que nos regala en una de las últimas páginas de su trabajo: «El problema es aquí cómo desarraigar el máximo obstáculo que se opone a la cultura: la inclinación constitucional de los seres humanos a agredir» (Freud, 1930: 138).

En su maravilloso artículo el autor nos deleita en cada uno de sus párrafos con una invitación a la reflexión sobre cuestiones individuales y sociales. Se trata de un texto que bien podría ser reclamado por clínicos, filósofos, sociólogos, antropólogos o juristas. Nadie debería perderse —aun sin actividades propias de estos campos— un análisis que contribuye a comprender cada una de nuestras conductas y los malestares que involucran. La búsqueda del placer y la eliminación del padecer pueden citarse como la palanca que determina el movimiento de cada una de nuestras acciones. Estos comportamientos no encuentran expresión en un paraje aislado sino en el seno de una comunidad que los limita y que en tal tope nos vuelve sufrientes y complejos. Buscamos satisfacer nuestras pulsiones y a la vez responder a los mandatos que el syo nos impone. Buscamos colmar nuestras aspiraciones y simultáneamente permanecer próximos al Ideal del Yo, así nuestra propia representación puede conciliar la satisfacción con una buena imagen de nosotros y así alcanzar mayores momentos de dicha y de más intensidad. Sin embargo, existe constitucionalmente una piedra en nuestros zapatos, cosa que no deseamos admitir pero que deberíamos hacerlo para que la ecuación resultante de este juego de variables alcance el mejor balance posible. Nuestra inclinación a agredir no nos hace ni buenos ni malos, solo humanos. Todo dependerá de lo que logremos hacer con ella y nuestras mejores chances de poder influir sobre ella solo partirán de haberla podido asumir sin eufemismos.

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Referencias bibliográficas Aubert, Nicole y Vincent de Gaujelac. El coste de la excelencia. Barcelona: Paidós, 1993.

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Inevitable malestar. Pensando la clínica

Aguinis, Marcos. El elogio de la culpa. Buenos Aires: Planeta, 1993. Dejours, Christophe. Trabajo y desgaste mental. Buenos Aires: Editorial Humanitas, 1992. Foucault, Michel. Vigilar y castigar. Buenos Aires: Siglo XXI, 2008. Freud, Sigmund. «Totem y Tabu» (1913-1914); en Obras Completas. Tomo XIII. Buenos Aires: Amorrortu, 2002. ———. «Psicología de las masas y análisis del yo» (1920-1922); en Obras Completas. Tomo XVIII. Buenos Aires: Amorrortu, 2002. ———. «Neurosis y Psicosis» (1923); en Obras Completas. Tomo XIX. Buenos Aires: Amorrortu, 2002. ———. «La pérdida de realidad en la neurosis y psicosis» (1924); en Obras Completas. Tomo XIX, Buenos Aires: Amorrortu, 2002.

———. «El problema económico del masoquismo» (1924); en Obras Completas. Tomo XIX. Buenos Aires: Amorrortu, 2002. ———. «El malestar en la cultura» (1930 [1929]); en Obras Completas. Tomo XI. Buenos Aires: Amorrortu, 2002. ———. «Análisis terminable e interminable» (1937); en Obras Completas. Tomo XXIII. Buenos Aires: Amorrortu, 2002. Hobbes, Thomas. Leviatan (1651). Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica, 2003. Hobswaum, Eric. Historia del siglo XX. Buenos Aires, Crítica, 2007. Kaës, René. «Realidad psíquica y sufrimiento en las instituciones»; en La institución y las instituciones. Buenos Aires: Paidós, 1989. Laplanche, Jean y Bertrand Pontalis. Diccionario de Psicoanálisis. Buenos Aires: Paidós, 1997. Recibido: octubre de 2014 Aceptado: diciembre de 2014

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Perfil académico-profesional de los autores

ABUD, SILVINA V. Licenciada en Relaciones Internacionales. Ayudante Adscripta en Metodología de la Investigación, Auxiliar Docente en Integración y Cooperación Regional, Escuela de Negocios (UCASAL). Investigadora del Consejo de Investigaciones de la UCASAL. Especialista en Dirección de Recursos Humanos. [email protected] ANTONIELLA, NORA Licenciada en Diseño de Interiores. Profesora de Geografía y Biología. Docente universitaria en Facultades de Artes y Ciencias y Arquitectura y Urbanismo, UCASAL. Docente en la cátedra Historia del Arte y el Mobiliario I, de la carrera Diseño de Interiores, UCASAL. [email protected] CARAMELLA, ROSANNA Profesora y Licenciada en Letras. Miembro fundador del equipo de investigación y edición Biblioteca de Textos Universitarios (BTU, 1989). Especialista en Literatura Italiana y Literatura Hispanoamericana Colonial. Autora y co-autora de numerosas publicaciones en el campo de la Literatura. Fue Rectora del Profesorado Superior de Lenguas Vivas N° 6007 de Salta. Actualmente es Directora de EUCASA (Ediciones Universidad Católica de Salta) y editora del Fondo Editorial de la Provincia de Salta. [email protected] DE SINGLAU, FEDERICO ALEJANDRO

Licenciado en Relaciones Internacionales, UCASAL. Diplomado Superior en Desarrollo Humano, FLACSO. Docente en la Licenciatura en Relaciones Internacionales, Facultad de Ciencias Jurídicas, UCASAL. Investigador. Miembro del Instituto de Derecho Internacional, UCASAL. [email protected] GOISIN, ARIEL DAMIÁN Diploma de Honor de la Facultad de Psicología de la UBA. Posgrado en la Universidad Favaloro. Cursada concluida y tesis en curso Maestría en Psicoanálisis de la Escuela de Psicoterapia para Graduados. JTP Universidad de Buenos Aires. Facultad de Medicina. |

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Dpto. de Psiquiatría y Salud Mental. Dictó clases en Clínica de Adultos de la Facultad de Psicología Cátedra II de la carrera de Psicología UBA. Psicólogo de Guardia del Hospital General Agudos Juan A. Fernández. [email protected] TOLEDO, VÍCTOR F. Licenciado y Profesor Universitario en Relaciones Internacionales, UCASAL. Profesor en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la UCASAL. Miembro del Instituto de Relaciones Internacionales y Ciencia Política y del Instituto de Derecho Internacional de la UCASAL. Miembro Asociado de la AADI. Autor del libro Introducción al Estudio de las Relaciones Internacionales. EUCASA, 2006. [email protected] WILLEMOËS, CLAUDIA C. Licenciada en Diseño de Interiores. Profesora de Artes Visuales. Jefa de Carrera Diseño de Interiores y Licenciatura en Diseño de Interiores, Facultad de Arquitectura y Urbanismo, UCASAL. Docente universitaria en las cátedras Historia del Arte y el Mobiliario II y Materiales y Técnicas II, de la carrera Diseño de Interiores, UCASAL. [email protected]

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Convocatoria 2016 | Normas para presentación de trabajos

EUCASA informa a docentes e investigadores que se reciben colaboraciones para el próximo número de los Cuadernos Universitarios (N° 9 | 2016). Asimismo, comunica que los Cuadernos han sido incorporados al Catálogo Latindex (Sistema Regional de Información para las Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal). La convocatoria permanece abierta de forma permanente. En la medida en que van ingresando los trabajos, se inicia el proceso de evaluación de manera que, una vez completado el volumen de textos necesarios, se cierra el número y todo lo que ingresa a partir de allí se programa para el número siguiente.

Se aceptarán trabajos originales relacionados con las distintas disciplinas científicas, según los siguientes tipos textuales: • Artículos científicos. Extensión: 7.000 a 10.000 palabras, incluidos resumen, notas y bibliografía. • Notas de divulgación. Extensión: 3.000 a 7.000 palabras, incluidos resumen, notas y bibliografía. • Reseñas bibliográficas. Extensión: hasta 1.000 palabras. Nota: se aclara que la especificación de extensión de los diferentes tipos de textos es solo a modo ilustrativo y para aportar al autor un parámetro de base. Por lo tanto, el no cumplimiento de este requisito no será excluyente en la decisión del evaluador.

La responsabilidad sobre las opiniones vertidas en los textos y sobre el respeto a la propiedad intelectual corresponde a los autores. La lengua de la revista es el español, si

bien se pueden recibir colaboraciones en otros idiomas. Cada trabajo incluye título, resumen y palabras clave en español e inglés. Cuadernos Universitarios se publica en soporte papel y digital. Este último puede descargarse gratuitamente de: http://www.ucasal. edu.ar/eucasa/index.php El autor recibe separatas del número en que se publica su contribución.

Arbitraje Todos los trabajos recibidos son sometidos a un proceso de evaluación por pares —dos evaluadores externos al ámbito de la UCASAL. De obtenerse un resultado dispar, se recurre a un tercero. En todos los casos, la decisión de publicación es asumida por el Comité Editor sobre la base de las opiniones vertidas por los árbitros. Los árbitros son elegidos a partir del banco de evaluadores del Consejo de InvestigacioNormas para presentación de trabajos |

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nes de la UCASAL y de la Red de Editoriales de Universidades Privadas (REUP). También pueden ser contactados por recomendación de otros árbitros o de académicos de la propia Universidad. Se mantiene el anonimato de los árbitros (arbitraje ciego), salvo que ellos soliciten expresamente contactarse con el autor, en cuyo caso se favorece desde el Comité Editor la intercomunicación. La autoría de los trabajos, en cambio, sí es conocida por los árbitros. Con el fin de garantizar, en la medida de lo posible, la aplicación de criterios semejantes a la hora de evaluar, se proporciona a los especialistas una ficha de evaluación en donde se especifican los estándares exigibles para las colaboraciones en general y para cada tipo de escrito en particular. El resultado (publicable sin modificaciones - con ligeras modificaciones - con modificaciones sustanciales - no publicable) es comunicado a los autores, quienes tienen la oportunidad de ajustar su texto según las recomendaciones de los árbitros.

Circuito para la publicación El texto a publicarse puede ser presentado en la sede de EUCASA (Campus Universitario Castañares) en copia digital e impresa, o por correo electrónico a: [email protected]. Debe completarse la correspondiente Solicitud de Publicación. Los trabajos deberán ajustarse a las «Normas Editoriales» establecidas por EUCASA y las pautas específicas que se detallan a continuación.

Pautas específicas de publicación en los Cuadernos Universitarios 1. Toda colaboración deberá reunir los siguientes requisitos: a) constituir un escrito original científicamen118

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te fundado y gozar de unidad interna; b) suponer un aporte para la profundización en las diversas dimensiones y ámbitos de la disciplina que aborda. 2. Estructura del texto: • Título del trabajo, en español e inglés. A renglón siguiente, entre paréntesis, aclarar si se trata de: artículo/ensayo/nota/reseña. • Autor/es y lugar de desempeño (nombre y apellido, institución, lugar) • Resumen (hasta 150 palabras) • Palabras clave (máximo 5 descriptores) • Abstract (hasta 150 palabras) • Keywords (máximo 5 descriptores) • Texto del artículo • Referencias bibliográficas (según normas establecidas por la Editorial) • Perfil académico y profesional del autor (hasta 75 palabras). Dirección electrónica. 3. Las notas aclaratorias deberán ser colocadas a pie de página con el sistema automático de Word. 4. En el caso de que se incluyan gráficos, fotografías o figuras, estos figurarán incluidos en la página correspondiente del artículo, pero se deberán adjuntar los archivos aparte, claramente identificados, en formato JPG o TIF, en una resolución de 300 ppi o más. No se aceptarán otros formatos digitales. 5. Las reseñas bibliográficas deberán consignar: cita bibliográfica del libro a que se hace referencia, autor de la reseña y su filiación institucional.

Normas editoriales Con el fin de unificar los criterios a tener en cuenta para la presentación de trabajos destinados a edición, se establecen las siguientes

Convocatoria 2016 - Normas para presentación de trabajos NORMAS EDITORIALES.

• Los trabajos deben ser presentados en copia papel y soporte magnético (preferentemente CD o DVD). • Todo trabajo que se proponga para publicación no debe presentar problemas gramaticales. La Editorial no realiza corrección de texto. En caso de necesitarlo, el autor será asesorado sobre un registro de correctores a los que podrá recurrir. Esta tarea corre por cuenta del autor. • Evitar el empleo de diferentes tipos de letras o fuentes. Se sugiere «Times New Roman», cuerpo 12 para el texto en general, y cuerpo 11 o 10 para las citas o notas al pie de página. • Se pueden diferenciar distintos niveles de títulos con el tamaño de la letra, utilizando siempre la misma empleada en el texto. Se aconseja no pasar los tres niveles de subtítulos. • Evitar el uso de MAYÚSCULAS en palabras completas. • No utilizar subrayado o negrita en el cuerpo del texto. • Señalar los énfasis con «comillas». • Usar cursiva únicamente para palabras en otro idioma. • No superponer «comillas» y cursiva. Las citas textuales se colocan «entre comillas», sin cursivas. Existen varios sistemas para el registro de referencias bibliográficas. El más económico y frecuentemente empleado a nivel internacional para monografías, tesis y publicaciones especializadas es el sistema elaborado por la Modern Languages Association of America (MLA). También de importante difusión y utilización es el de la American Pshycological Association (APA). 1

Una guía fundamental a la hora de elaborar las referencias bibliográficas puede encontrarse en: http://www.hipertexto.info/documentos/modelo_citas.htm#estilo Un sitio de gran utilidad para estudiantes e investigadores es el mantenido por la Universidad Nacional Autónoma de México —«Normas técnicas y de estilo para el trabajo académico»—, en el que, además de las normas para citas, se da una orientación general sobre la estructura y redacción del texto (incluidas reglas ortográficas y sintácticas). La dirección del sitio es: http://biblioweb.dgsca.unam.mx/ libros/normas

Normas para referencias bibliográficas1 • Tener en cuenta: todas las obras citadas o aludidas en el texto deben constar en el apartado de Bibliografía; consecuentemente, en esta solo se deben incluir los títulos mencionados en el cuerpo del trabajo. • Ordenamiento de la bibliografía: alfabético. • Uso de mayúsculas en los títulos de libros: solo se escribe en mayúscula la primera letra del título y los nombres propios. El resto de las palabras, en minúscula. • Los títulos de libros se escriben en el idioma y con la ortografía del original. La ciudad en que se edita el libro debe escribirse siempre en español.

Formato y secuencia de cita: Autor (Apellido, Nombre). Título del libro (en cursiva, mayúscula inicial). Lugar de publicación (Ciudad): Editorial, año de publicación. Ejemplo: Bussu, Salvatore . Mártires sin altar. Salta: Biblioteca de Textos Universitarios, 2003.

Adaptadas de Normas Editoriales. FLACSO Sede Ecuador, 2011. Cuadernos Universitarios. UCASAL, 8, 2015

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Cuadernos Universitarios 8 / 2015 Atención: respetar esta secuencia y su puntuación.

Aclaración importante Este formato es sugerido por la Editorial. De todas maneras, en atención a que en el seno de las distintas disciplinas científicas pueden imponerse secuenciaciones o formatos diferentes, el autor puede adaptarse a ello, teniendo siempre presente ajustarse a una única norma y no mezclar criterios. • Varias publicaciones de un mismo autor: orden cronológico por año de publicación, desde el más antiguo. • Varias obras de un mismo autor en el mismo año, identificarlas como a, b, c: 2010a, 2010b… • Autor: Bussu, Salvatore; no: BUSSU, Salvatore. • Más de un autor: el primer autor se cita primero el apellido y luego el nombre separado con coma; el segundo, va primero el nombre y después el apellido, sin coma: Rossi de Fiori, Íride, Rosanna Caramella de Gamarra, Helena Fiori Rossi. Carmelitas Descalzas de Córdoba. Poemas (1804). Salta: Biblioteca de Textos Universitarios, 1990. A continuación se presentan diferentes ejemplos ilustrativos de cómo debe aparecer la referencia bibliográfica en una cita dentro del texto y en la bibliografía final del artículo o libro. Un autor En el Texto: (Zampetti, 2003: 65) En la Bibliografía: Zampetti, Pier Luigi. La sociedad participativa. Salta: EUCASA, 2003. Dos autores T: (Baigorri, Bravo, 2006: 33-34) B: Baigorri, Julia y Sergio Bravo. Des-Habi120

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tándonos. Salta: BTU, 2006. Tres o más autores T: (Mejía et al., 2002: 127-129) B: Mejía, Cielo; Raquel Quintanar, Aurelio Valles, Eugenia Cotero Ochoa. De tanto contar II. Antología. Salta: BTU, 2002. Coordinador, traductor o compilador en lugar de autor T: (Galindo Cáceres, 2009: 95-98) B: Galindo Cáceres, Jesús (Coord.). Sociología y Comunicología. Historias y posibilidades. Salta: EUCASA, 2009. Otros ejemplos: T: (Sor Leonor de Ovando, 1993) B: Rossi de Fiori, Íride María (Ed.). Sor Leonor de Ovando. Poesías. Salta: B.T.U., 1993. T: (Darío, 2006) B: Darío, Rubén. Cantos de vida y esperanza. Ed. Íride M. Rossi de Fiori et al. Salta: BTUEUCASA, 2006. Capítulo o parte de un libro T: (Gómez Vargas, 2009: 91-130) B: Gómez Vargas, Héctor. «El estudio de las sociedades complejas. La Sociología Cultural y la Comunicología Posible»; en: Galindo Cáceres, Jesús (Coord.). Sociología y Comunicología. Historias y posibilidades. Salta: EUCASA, 2009: 91-130. Prefacio, prólogo, introducción o partes similares de un libro T: (Galindo Cáceres, 2009: 19-45) B: Galindo Cáceres, Jesús. «Introducción. La Sociología y la Comunicología. Varias historias y un espacio de posibilidades»; en: Galindo Cáceres, Jesús (Coord.). Sociología y Comunicología. Historias y posibilidades. Salta: EUCASA, 2009: 19-45.

Convocatoria 2016 - Normas para presentación de trabajos

Artículo en una revista impresa T: (Paz, 1976: 3-15) B: Paz, Octavio. «Manierismo, barroquismo, criollismo». Revista Canadiense de Estudios Hispánicos[Toronto] Núm. 1, 1976: 3-15. Artículo en una revista digital T: (Leontaridi et al., 2009: 12-31) B: Leontaridi, Eleni; Natividad Peramos Soler, Marina Ruiz Morales. «Errores en la interlengua escrita de estudiantes grecófonos de español como lengua extranjera». Zona Próxima, Núm. 11, diciembre, 2009: 12-31. Consulta: 26 de abril de 2011 en http://redalyc. uaemex.mx/src/inicio/ArtPdfRed.jsp?iCve= 85313003002&iCveNum=13003# Ponencia presentada en un seminario o congreso T: (Rossi de Fiori et al., 2005)

B: Rossi de Fiori, Íride; Rosanna Caramella, Helena Fiori y Soledad Martínez. «Caminos seguidos para el abordaje de un manuscrito del siglo XVIII. Preparación de su edición crítica». Ponencia presentada en el Primer Simposio Internacional «La investigación en la Universidad: experiencias innovadoras contemporáneas», en Jujuy, Argentina, 2005. Referencias electrónicas T: Michel, 2009: 27-37 B: Michel, María Marta. «Traducción e ideología»; en Cuadernos Universitarios [en línea]. 2009, núm. 2: 27-37. Disponible en: http:// www.ucasal.net/eucasa/documentos/cuaderno-2-2009.pdf En caso de que el sitio de Internet especifique cómo debe ser citado el artículo o la publicación electrónica deben seguirse las indicaciones.

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Convocatoria 2016 nuestro sitio en Internet http://www.ucasal.edu.ar/eucasa/ consultas a: [email protected]

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SALTA AUTORIDADES Rector Vicerrectora Académica Vicerrectora de Investigación y Desarrollo Vicerrectora Administrativa Vicerrector de Fomación Secretario General

Pbro. Lic. Jorge Manzaráz Mg. Dra. Isabel Virgili Dra. Ing. Lía Elizabet Orosco Segura Mg. Lic. Graciela María Pinal de Cid Pbro. Prof. Francisco Núñez Dr. Gustavo Adolfo Figueroa Jerez

CONSEJO DE INVESTIGACIONES Directora

Dra. Ing. Lía Elizabet Orosco Segura

CONSEJEROS Facultad de Arquitectura y Urbanismo Facultad de Artes y Ciencias Facultad de Ciencias Agrarias y Veterinarias Facultad de Ciencias Jurídicas Facultad de Economía y Administración Facultad de Ingeniería e Informática Escuela Universitaria de Negocios

Arq. Gustavo Puerari Lic. Carolina Rojo Dra. Olga Sánchez Negrette Dr. Jorge Luis Villada Dr. Julio Moreno Ovalle Dr. Javier Moya Dr. Federico Colombo Speroni

EUCASA Ediciones Universidad Católica de Salta Directora Edición Comercialización

Lic. Rosanna Caramella Prof. Soledad Martínez Lic. Mariana Remaggi

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