UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO Derecho del Buen Vivir: El problema gene
Author:  Lucas Rivas Prado

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO

Derecho del Buen Vivir: El problema generado por el ser humano y el bien jurídico según los arts. 395, 12, 13, y 14, de la Constitución de la República del Ecuador 2008

Tesis previa a la obtención del título de: ABOGADO

AUTOR: Guapulema Cali José Antonio E-mail:[email protected]

TUTOR: Dr. Barrera Zavala Lector German

Diciembre, 2014 Quito

DEDICATORIA

Desde lo más profundo de mi corazón y de mi alma, a DIOS todo poderoso, a mi amada señora madre que cada día se convirtieron en el cimiento y pilar, gracias madre por el sinnúmero de adversidades que supiste sortear o esquivar, con mucho amor, para alimentar y educar a tus dos hijos, a mi querido hermano por ser un apoyo más, y estar juntos, y vivir una agradable vida desde la infancia hasta hoy.

ii

AGRADECIMIENTO

A mi tutor quien me ha orientado en todo momento en la realización de este proyecto que enmarca el último escalón hacia un futuro en donde sea partícipe en el mejoramiento del proceso de enseñanza y aprendizaje. A todos mis amigos profesionales de magníficos conocimientos jurídicos. A la familia Grijalva Grijalva, han hecho que vaya por un buen sendero. Un agradecimiento especial a la Gloriosa Universidad Central del Ecuador y a su excelente cuerpo docente.

iii

DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD

Quito, 04 de diciembre de 2014

Yo, José Antonio Guapulema Cali, autor de la investigación, con cédula de ciudadanía No. 171849582-1, libre y voluntariamente DECLARO, que el trabajo de Grado titulado: “Derecho del Buen Vivir: El Problema Generado por el Ser Humano y el Bien Jurídico Según los Arts. 395, 12, 13, y 14, de la Constitución de la República del Ecuador 2008”. . Es de mi plena autoría, original y no constituye plago o copia alguna, constituyéndose en documento único, como mandan los principios de la investigación científica, de ser comprobado lo contrario me someto a las disposiciones legales pertinentes.

Es todo cuanto puede decir en honor a la verdad.

Atentamente,

José Antonio Guapulema Cali C.C. 171849582-1

iv

AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL

Yo, José Antonio Guapulema Cali, en calidad de autor del trabajo de investigación de la tesis realizada sobre “Derecho del Buen Vivir: El Problema Generado por el Ser Humano y el Bien Jurídico Según los Arts. 395, 12, 13, y 14, de la Constitución de la República del Ecuador 2008”. Autorizo a la Universidad Central del Ecuador, hacer uso de todos los contenidos que pertenecen o de parte de los que contienen esta obra, con fines estrictamente académicos o de investigación.

La responsabilidad por las opiniones, críticas e ideas y doctrinas expuestas en el presente trabajo de investigación son exclusivamente del autor, y los derechos como publicista me corresponden, con excepción de la presente autorización, seguirán vigentes a mi favor, de conformidad con lo establecido en los Articulas 5, 6, 8, 19 y demás pertinentes de la ley de Propiedad Intelectual y su Reglamento”.

Es todo cuanto puedo decir en honor a la verdad.

Quito, 20 de diciembre de 2014 Atentamente,

José Antonio Guapulema Cali C.C. 171849582-1 Correo: [email protected] v

APROBACIÓN DEL TUTOR

vi

ÌNDICE DE CONTENIDOS

DEDICATORIA ............................................................................................................... ii AGRADECIMIENTO ..................................................................................................... iii AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL ............................................... iv APROBACIÓN DEL TUTOR ........................................................................................ vi ÌNDICE DE CONTENIDOS.......................................................................................... vii ÍNDICE DE GRAFICOS ................................................................................................. x ÍDICE DE TABLAS ....................................................................................................... xi RESUMEN EJECUTIVO .............................................................................................. xii ABSTRACT .................................................................................................................. xiii INTRODUCCIÓN............................................................................................................ 1 CAPÍTULO I .................................................................................................................... 3 EL PROBLEMA .............................................................................................................. 3 1.1

Planteamiento del Problema .............................................................................. 3

1. 2

Formulación del problema............................................................................. 5

1.3

Preguntas Directrices......................................................................................... 5

1.4

Objetivos ........................................................................................................... 5

1.4.1

Objetivo General ........................................................................................... 5

1.4.2

Específicos .................................................................................................... 5

1.5

Justificación del Problema ................................................................................ 6

CAPÍTULO II................................................................................................................... 8 MARCO TEÓRICO ......................................................................................................... 8 2.1

Antecedentes de la Investigación ...................................................................... 8

2.2

Fundamentación Teórica ................................................................................. 10

2.3

Marco Legal .................................................................................................... 11

2.4

Definición de Términos Básicos ..................................................................... 12

2.5 Pregunta de la Investigación ................................................................................ 14 2.6

Hipótesis .......................................................................................................... 14

2.7

Caracterización de las Variables ..................................................................... 14

2.7.1

Variables Independientes ............................................................................ 14

2.7.2

Variable Dependiente .................................................................................. 14

2.1.1

Principios Ambientales................................................................................ 16

2.1.2

Reseña Histórica De Los Principios Ambientales ....................................... 16

2.1.3

Definición de Principio Ambiental.............................................................. 30

vii

2.1.4

Clasificación de los Principios Ambientales ............................................... 31

2.2.1

Biodiversidad y Recursos Naturales............................................................ 33

2.2.2

Definición .................................................................................................... 33

2.2.6

Recursos Naturales ...................................................................................... 43

2.2.7

Suelo ............................................................................................................ 44

2.2.8

Cambios Climáticos .................................................................................... 45

2.2.9 Causas de los cambios climáticos ..................................................................... 46 2.3.1

Biosfera Ecología Urbana Y Energía Alternativas ...................................... 47

2.3.2

Ecología Urbana .......................................................................................... 47

2.3.3

Energía Alternativa...................................................................................... 51

2.3.4

Legislación Forestal .................................................................................... 52

2.3.5

Legislación Minera ...................................................................................... 56

El Ministerio de Recursos Naturales no Renovables...................................................... 61 2.3.6

Acciones Administrativas, Civiles y Penales .............................................. 67

2.4.1

Soberanía Alimentaria ................................................................................. 76

2.4.2

Buen vivir .................................................................................................... 76

2.4.3

Agua ............................................................................................................ 81

2.4.5

Ambiente Sano ............................................................................................ 92

CAPÍTULO III ............................................................................................................... 96 METODOLOGÍA .......................................................................................................... 96 3. 1.

Determinación de los métodos a utilizar ..................................................... 96

3.2

Diseño de la Investigación .............................................................................. 96

3.3

Población y Muestra ........................................................................................ 97

3.4

Técnicas e Instrumentos de la Investigación ................................................... 97

3.5

Validez y confiabilidad de los instrumentos ................................................... 98

3.6

Técnicas de procedimiento y análisis de datos ................................................ 99

3.7

Caracterización de la Propuesta ...................................................................... 99

3.8

Esquema Demostrativo ................................................................................... 99

CAPÍTULO IV ............................................................................................................. 100 INVESTIGACIÓN DE CAMPO ................................................................................. 100 4.1

Análisis de Resultados: Entrevista, encuestas, porcentajes, gráficos, tablas,

comentarios. 100 4.2

Encuestas Aplicadas en el Centro Histórico de Quito a cerca del Derecho del

Buen Vivir, principios ambientales, agua, alimentación ambiente sano............................... 102 CAPÍTULO V .............................................................................................................. 134 PROPUESTA ............................................................................................................... 134

viii

5.1

Justificación................................................................................................... 134

5.2

Objetivos ....................................................................................................... 136

5.2.1

Objetivo General ....................................................................................... 136

5.2.2

Objetivo Especifico ................................................................................... 136

5.3

Beneficiarios.................................................................................................. 137

5.4

Factibilidad .................................................................................................... 138

5.5

Descripción de la Propuesta .......................................................................... 139

5.5.1

Situación Actual ........................................................................................ 140

5.5.2

Propuesta de Reforma Jurídica .................................................................. 142

CONCLUSIONES........................................................................................................ 147 RECOMENDACIONES .............................................................................................. 150 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ......................................................................... 152 ANEXOS ...................................................................................................................... 157

ix

ÍNDICE DE GRAFICOS Gráfico 1 ........................................................................................................... 102 Gráfico 2 ........................................................................................................... 103 Gráfico 3 ........................................................................................................... 105 Gráfico 4 ........................................................................................................... 106 Gráfico 5 ........................................................................................................... 107 Gráfico 6 ........................................................................................................... 108 Gráfico 7 ........................................................................................................... 109 Gráfico 8 ........................................................................................................... 111 Gráfico 9 ........................................................................................................... 113 Gráfico 10 ......................................................................................................... 114 Gráfico 11 ......................................................................................................... 115 Gráfico 12 ......................................................................................................... 116 Gráfico 13 ......................................................................................................... 118 Gráfico 14 ......................................................................................................... 119 Gráfico 15 ......................................................................................................... 121 Gráfico 16 ......................................................................................................... 122 Gráfico 17 ......................................................................................................... 123 Gráfico 18 ......................................................................................................... 125 Gráfico 19 ......................................................................................................... 126 Gráfico 20 ......................................................................................................... 127 Gráfico 21 ......................................................................................................... 128 Gráfico 22 ......................................................................................................... 130 Gráfico 23 ......................................................................................................... 132

x

ÍNDICE DE TABLAS

Tabla 1 .............................................................................................................. 101 Tabla 2 .............................................................................................................. 102 Tabla 3 .............................................................................................................. 103 Tabla 4 .............................................................................................................. 105 Tabla 5 .............................................................................................................. 107 Tabla 6 .............................................................................................................. 108 Tabla 7 .............................................................................................................. 109 Tabla 8 .............................................................................................................. 111 Tabla 9 .............................................................................................................. 113 Tabla 10 ............................................................................................................ 114 Tabla 11 ............................................................................................................ 115 Tabla 12 ............................................................................................................ 116 Tabla 13 ............................................................................................................ 118 Tabla 14 ............................................................................................................ 119 Tabla 15 ............................................................................................................ 121 Tabla 16 ............................................................................................................ 123 Tabla 17 ............................................................................................................ 125 Tabla 18 ............................................................................................................ 127 Tabla 19 ............................................................................................................ 128 Tabla 20 ............................................................................................................ 130 Tabla 21 ............................................................................................................ 132

xi

RESUMEN EJECUTIVO

Derecho del Buen Vivir: El problema generado por el ser humano y el bien jurídico según los arts. 395, 12, 13, y 14, de la Constitución de la República del Ecuador 2008

El buen vivir, es una alternativa que se construye desde la posición, entre la naturaleza y los seres humanos, actividad que accede y se funda en la reivindicación por la igualdad, y la justicia social, productiva y distributiva, desde el reconocimiento y la valoración de los pueblos y de sus culturas, saberes y modos de vida en igual jerarquía. Los derechos como condición del buen vivir y en el ejercicio de las responsabilidades en el marco de la interculturalidad y de la convivencia armónica con la naturaleza, en su parte fundamental de los derechos, desde la perspectiva del buen vivir en la nueva Carta Magna, parte del reconocimiento del Estado como constitucional de derechos y justicia Artículos 1, 12,13,14 y 395 de la Constitución de la República, frente un Estado social de derechos, este cambio implica el establecimiento de garantías constitucionales que permiten aplicar directa e inmediatamente a los Derechos del humano como es el agua, alimento, ambiente sano, suelo y sus principios a la naturaleza y a la biodiversidad.

Palabras Clave: DERECHO BUEN VIVIR AGUA ALIMENTOS SUELO HUMANO xii

ABSTRACT

Right to Good Living: the problema generated by Human Beings and the Juridical Good in accordsnce to Arts. 395, 12, 13, and 14m of the Constitution of the Constitution of the Republic of Ecuador 2008

Good living is an alternative built the position, between the nature and human beings, an activity that occurs and is based on the vindication of equality and social, productive and distributive from acknowledgement and assessing peoples and cultures as well as ways if life in the same hierarchies, rights as a condition of good living and exercise of responsibilities in the intercultural and harmonic coexistence with the nature. In the fundamental part of rights, from the good living perspective in the new Constitution, a part of acknowledgement of the State as constitutional rights and justice Articles 1, 12, 13, 14 and 395 of the Constitution of the Republic, before constitutional warranties that allow directly and immediately Human rights, such as water, environment health environment, soil and principles of the natures and biodiversity. Keywords: RIGHTS GOOD LIVING WATER FOOD SOIL HUMAN

xiii

INTRODUCCIÓN

De conformidad con el artículo 1 de la Constitución de la República del Ecuador, se reconoce como un Estado Constitucional de derechos y justicia, denominación que se convierte en el principio constitucional esencial sobre el cual se levanta la organización política y jurídica del Estado. Producto de ello, muchas han sido y deberán ser las modificaciones y efectos que se generen en relación a la idea o concepción tradicional del derecho y de la ciencia jurídica.

La biodiversidad no solo se entiende desde el punto de vista de conservación de las especies de fauna y flora, sino también de prácticas culturales que conllevan una biodiversidad agrícola productos propios para la alimentación y se impide el ingreso y comercialización de semillas o productos transgénicos, salvo petición fundamentada del Presidente y aceptación de la Asamblea Nacional, ratificándose el deber de defensa del Estado del patrimonio natural, cultural e intangible.

El propósito de los principios generales del Derecho, o valores jurídicos, constituyen el soporte ético del ordenamiento. Esos principios deben expresarse en normas y deben servir como fuente y dirección de las leyes, como elementos inspiradores de la jurisprudencia y como mandatos para la actuación de las autoridades y los particulares, según el precepto de aplicación directa de la Constitución.

Y uno de los motivos que se ha venido dando es que desde la revolución industrial, el ser humano, sobre el ambiente ha producido una emergencia ambiental planetaria reflejada en problemas como el cambio climático, el agotamiento de la capa de ozono, la extinción de especies y pérdida de la diversidad biológica, el crecimiento urbano acelerado, la contaminación de la atmósfera, agua y suelo, la pérdida de la selva tropical amazónica, la deforestación y la erosión. La soberanía alimentaria constituye un objetivo estratégico y una obligación del Estado para garantizar que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la autosuficiencia de alimentos sanos y

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culturalmente apropiados de forma permanente. Para ello, será responsabilidad del Estado.

Para enfrentar estos problemas, el Derecho debe convertirse en un instrumento eficaz, con la finalidad de proteger la vida humana y su entorno, el Derecho, entendido en sentido objetivo, como el conjunto de normas provistas de sanciones que rigen las relaciones de los hombres en sociedad y en sentido subjetivo, como la prerrogativa perteneciente a una persona y que le permite exigir de otra prestaciones o abstenciones, derechos personales, o el respeto de una situación de la que ella aprovecha, derechos reales, y derechos individuales, enfrenta en la actualidad la indiscutible necesidad de proteger y conservar el medio ambiente.

2

CAPÍTULO I EL PROBLEMA 1.1

Planteamiento del Problema

Como es de conocimiento general, el Preámbulo de la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, señala el derecho al buen vivir; y más aún este derecho está regulado en los Arts. 12 al 34; pero los más importantes que he de analizar son los Art. 12,13 y 14 del cuerpo legal invocado, además de otras disposiciones legales contenidas en varios códigos y leyes.

Qué efecto tiene el Principio de desarrollo sustentable.- Art. 395, Nº. 1 de la Constitución de la República del Ecuador, Es obligación del Estado garantizar un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado, que asegure la producción para la satisfacción de las necesidades, pero respetando los ecosistemas y su regeneración natural. Se trata de conciliar ambiente y desarrollo como conceptos vinculados.

Como consecuencia el Principio pro ambiente.- Art. 395, Nº. 4, Constitución de la República del Ecuador, Como regla imperativa de interpretación y aplicación de las normas, se establece principio de que en caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental, se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza, lo que concuerda con el principio pro naturaleza, al que alude el art. 71, en relación con el art. 11, Nº 5 del misma cuerpo legal.

3

Las causas son inmediatas y directas para dar un buen sentido a los principios generales del Derecho, o valores jurídicos, constituyen el soporte ético del ordenamiento. Estos principios deben expresarse en normas y deben servir como fuente y dirección de las leyes, como elementos inspiradores de la jurisprudencia y como mandatos para la actuación de las autoridades y los particulares, según el precepto de aplicación directa de la Constitución de la República del Ecuador Art. 11, Nº. 3.

En nuestro país la soberanía entonces no corresponde primordial ni exclusivamente al ejecutivo, sino a una entidad más amplia y compleja, del cual éste es solo uno entre varios órganos públicos. Así en nuestra Constitución de la República del Ecuador, en el primer artículo establece que la soberanía radica en el pueblo, pero que la ejerce mediante los órganos del poder público y las formas de participación directa establecidas en la misma Carta.

Es decir que todos los órganos públicos en su conjunto son medios mediante los cuales ésta es ejercida, debe además destacarse el vínculo explícito que la Constitución desarrolla entre soberanía y participación de los ciudadanos.

Por eso la soberanía hoy en día tiene un carácter relativo, tanto en su dimensión externa respecto a otros estados, como en su dimensión interna, respecto a otros poderes al interior de un Estado, la interdependencia económica y en general la globalización, el desarrollo, y el buen vivir.

El Derecho Ambiental tiene la meta de enfrentar el problema de la destrucción de la naturaleza, concientizando a la sociedad que al mismo tiempo es la gran actora de la destrucción y la más afectada con esta serie de cambios que ha sufrido nuestro hogar llamado Tierra. El daño al Medio Ambiente es un problema que a todos los seres humanos debería preocuparnos inmensamente. La falta de información sobre este tema hace que la gente se mantenga en un desconocimiento del problema y por ende se continúa destruyendo el Medio Ambiente de una forma indiscriminada. A esto se añade

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la poca capacidad de control que tienen las instituciones encargadas de precautelar a la naturaleza, agua, alimentacitaciòn, suelo en sí de los principios de la naturaleza

1. 2

Formulación del problema ¿Cuáles son los beneficios del Estado de la República del Ecuador como

alternativa al derecho del buen vivir, y el problema generado por el ser humano dentro de los Arts. 12, 13, 14 y 395 de la Constitución de la República del Ecuador?

1.3

Preguntas Directrices 

¿Qué es el derecho del buen vivir?



¿Cuál es el rol del Estado a través del Ministerio de Inclusión Económica y Social, y el Ministerio del Medio Ambiente, sobre el buen Vivir?



¿Qué conocimientos tienen los estudiantes, ciudadanos sobre la Constitución de la República del Ecuador, y las disposiciones legales en materia ambiental del buen vivir?



¿Existen elementos internos y externos necesarios para la no explotación, contaminación, en su entorno ambiental, conforme lo establece la Carta Magna?

1.4

Objetivos

1.4.1 Objetivo General 

¿Analizar los Artículos 12, 13, 14 y 395 de la Constitución de la República del Ecuador como alternativa al derecho del buen vivir?

1.4.2 Específicos 

Definir los motivos del Derecho del buen vivir, en un ambiente sano y ver mecanismos para solucionar el problema generado por el ser humano de la contaminación del medio ambiente, para la buena aplicación de la norma.

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Situar la acción de transportar desechos tóxicos peligrosos, sustancias radioactivas, u otras similares que por sus características, constituyan un peligro para la salud humana, o degraden o contaminen del medio ambiente, naturaleza, agua, alimentos.



Explicar el derecho del buen vivir y el problema generado por el ser humano, agua, alimentos y de un ambiente sano.



Aplicar los Artículos. 12, 13, 14 y 395 de la Carta Magna, a fin de interponer a un buen desarrollo, equilibrio del agua, alimentación, ambiente sano, de la explotación a la naturaleza en su entorno ambiental.

1.5

Justificación del Problema Importancia del buen vivir, que ha dado el gobierno del Presidente Rafael Correa

al buen vivir de los ecuatorianos, es parte del proceso de participación ciudadana en la planificación nacional. Al respecto, es necesario saber que los debates y aportes ciudadanos iniciaron en el año 2012 a nivel cantonal, provincial y zonal, con los objetivos a favor del desarrollo económico, social de los ecuatorianos, en lo especial en la base fundamental de los Artículos 12,13, 14, y 395, del derecho a los alimentos, agua, ambiente sano y ecológicamente equilibrado, y garantizado la sostenibilidad. Esta es una noción que tiene sus raíces en la cultura ancestral, pero que tiene muchas coincidencias con otras propuestas, con otros idearios, con otras prácticas. Básicamente, postula la idea de vivir en el marco de unos equilibrios de viva entre los seres humanos y la naturaleza, el objetivo es generar de manera sostenible condiciones regidas por "una lógica de reproducción ampliada de la vida y no de reproducción ampliada del capital. Las novedades son los derechos de la naturaleza y la nueva agenda ambiental, surgida con la reforma de la Carta Magna. Además se dio un giro ideológico decisivo: Ecuador pasó a ser un Estado de derecho. El plural garantizaba que aspectos básicos como agua, naturaleza, la alimentación, la salud y la educación fueran centro de las políticas de planificación. El Ecuador en la actualidad rescata valores ancestrales de culturas indígenas en la relación integral del ser con su entorno, que en kichwa se denomina Sumak Kawsay. 6

Su objetivo es erradicar la pobreza, cambiar la matriz productiva, pasar a la sociedad del conocimiento justa y solidaria, orientar la inversión pública y transformar la estructura del Estado. Es un interés nacional a lo largo y ancho de la Constitución de la República existe una inclinación hacia el respeto de la naturaleza, a buscar un desarrollo alternativo que no siga presionando los ecosistemas de biodiversidad del país, y sobre todo a la posibilidad de desarrollar energías alternativas, sin embargo esta disposición Constitucional contrasta con dichas aspiraciones y coloca a la conservación de los ecosistemas protegidos bajo la responsabilidad del ejecutivo, que tendrá la posibilidad de declarar su explotación cuando a su criterio considere que existe un interés nacional.

El Ecuador ha ratificado a nivel Internacional, respecto de las áreas consideradas de Patrimonio mundial. Si el Ecuador realizara actividad extractiva de recursos del subsuelo en áreas protegidas como el Parque Nacional Yasuní, tendría primeramente que denunciar la Convención sobre Patrimonio Mundial de la Humanidad, puesto que el Parque Nacional Yasuní, fue declarado patrimonio mundial por la UNESCO. De tal manera que el segundo inciso de la Constitución, se convierte en la camisa de fuerza para que el Ecuador, decida renunciar a los Tratados que prohíben expresamente la extracción de hidrocarburos en zonas de protección ecológica mundial. Bajo esta preceptiva La Constitución de la República del Ecuador, ha trascendido y ha creado principios generales del Derecho, o valores jurídicos que constituyen el soporte ético del ordenamiento del ambiente y la naturaleza. Por eso en esta investigación se analizará los principios a la naturaleza, agua, alimentación, ambiente sano, estas normas deben servir como fuente y dirección de las leyes y guía para la actuación de las autoridades y los particulares, según nuestra Carta Magna del año 2008.

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CAPÍTULO II MARCO TEÓRICO

2.1

Antecedentes de la Investigación

(BENJAMIN Antonio Hernan, 2006). En su Artículo de revista expresa que. “El Derecho Ambiental a limpiar el Mundo”. El Derecho ambiental, “Es un derecho contestatario, es un derecho insurgente desde el punto de vista procesal; un derecho revolucionario, un derecho que implica un desafío de cambio, de modificación en la relación entre el hombre y la naturaleza, entre el hombre y los grupos”.

(GALLEGOS Robert, 2010). Su Monografía. “El Buen Vivir”.

Es vivir a plenitud,

integrando todos los actores y factores tanto internos como externos. Se trata de la construcción de un proyecto de ciudadanización en la que primen sus derechos y que estos se han negociables. La mayoría de los ecuatorianos apostó por esta «nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza, establecida en la carta magna para alcanzar el Buen Vivir, el Sumak Kawsay.

Para el Dr. Aymara Fernando Huanacuni en su tesis: “VIVIR BIEN/BUEN VIVIR” , “Se recalca que el derecho al buen vivir, está basado en principios y valores ancestrales, de tal manera que la sociedad ecuatoriana en este contexto, debe generar espacios para la expresión tanto de lo material como de lo mental, lo emocional y lo espiritual, a partir de la identidad, en un contexto no solamente individual antropocéntrico sino comunitario, que integra a todas las formas de existencia que son parte de la comunidad”.

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Para la Dr. María Alexandra Guevara Pabón. En su Tesis “ANÁLISIS DE LOS EFECTOS AMBIENTALES, PROVOCADOS POR EL MANEJO DE ACEITES PROVENIENTES DE LAS LUBRICADORAS DE LA CIUDAD DEL PUYO, CANTÓN PASTAZA”

“El medio ambiente se

entiende todo lo que afecta a un ser vivo. Condiciona especialmente las circunstancias de vida de las personas o de la sociedad en su vida, comprende el conjunto de valores naturales, sociales y culturales existentes en un lugar y en un momento determinados, que influyen en la vida del ser humano y en las generaciones venideras”.

El Derecho Romano y la naturaleza, Desde el punto de vista del derecho romano, “los recursos naturales-la tierra, el agua, los yacimientos minerales, la flora, la fauna, los recursos panorámicos y el ambiente en sí- son, en términos generales, “res communi”, es decir, cosas de la comunidad, que pueden ser empleadas por todos, salvo en cuanto hubieren determinado derechos particulares sobre pequeñas porciones individuales”.

El Derecho Ambiental es la rama del derecho de más rápido crecimiento a nivel nacional e internacional. “Este campo dinámico del derecho ha asimilado la filosofía cambiante respecto a la relación del ser humano frente a la naturaleza durante los últimos años; una relación que ha girado desde una simple perspectiva de conservación y de prevención de la salud humana hacia un enfoque holístico e integrado”.

La palabra medio procede del latín médium “género neutro”; como adjetivo, del latín medius “género masculino”. “La palabra ambiente procede del latín ambiens, ambientis, del verbo ambere, rodear, estar a ambos lados".

En nuestra

legislación Ecuatoriana, se entiende como medio ambiente al

“sistema global constituido por elementos naturales y artificiales, físicos, químicos o biológicos, socioculturales y sus interacciones, en permanente modificación por la naturaleza o la acción humana, que rige la existencia y desarrollo de la vida en sus diversas manifestaciones”.

9

La teoría de la selección natural de DARWIN, basada en el supuesto de que la variación de los organismos expresada a través de la herencia es seleccionada por el conjunto de fuerzas de la naturaleza, explica con cierta precisión la manera en que opera la economía de la naturaleza”.

Derecho Ambiental “es el conjunto de normas jurídicas que regulan las conductas humanas que pueden influir de una manera relevante en los procesos de interacción que tienen lugar entre los sistemas de los organismos vivos y sus sistemas de ambiente, mediante la generación de efectos de los que se espera modificación significativa de las condiciones de existencia de dichos organismos”. 2.2

Fundamentación Teórica (VIGO Rodolfo, 1986). En su libro “los Principios Generales del Derecho

Ambiental”.La

evolución de las normas ambientales ha seguido diversas etapas. “La

primera, comprende los preceptos orientados en función de los usos de un recurso, riego, agua potable, navegación, etc. La segunda, más evolucionada, encuadra la legislación en función de cada categoría o especie de recurso natural, coordinando los distintos usos, aguas, minerales, forestales, etc. La tercera, orienta la normativa hacia el conjunto de los recursos naturales. Finalmente, la cuarta etapa toma en consideración el entorno como conjunto global y atiende a los ecosistemas”.

(MARTIN Mateo, 1991). En su obra “El tratado de derecho internacional”.

“El Derecho

Ambiental se desarrolló como lógica respuesta a la necesidad de explotar los recursos naturales en un marco de racionalidad, aprovechamiento sostenible y protección del ambiente. Su evolución ha sido rápida y progresiva, incorporándose paulatinamente en todas las ramas jurídicas y adquiriendo, a su vez, autonomía propia como disciplina vinculada con casi todas las ciencias.

(LUCHENIO Angela, 1977). En su obra “la educación Cívica Recursos Naturales,

las

Organizaciones

Culturales,

Organizaciones

Gubernamentales,

Racionalismo”. Expresa lo siguiente y para comprensión de los que aprecian a la naturaleza es “Un recurso natural es un bien o servicio proporcionado por la naturaleza 10

sin alteraciones por parte del ser humano. Desde el punto de vista de la economía, los recursos naturales son valiosos para las sociedades humanas por contribuir a su bienestar y a su desarrollo de manera directa materias primas, minerales, alimentos o indirecta servicios ecológicos”.

(BENJAMIN, 2014). En su Artículo de revista expresa que

“El principio ambiental es una

ciencia logra autonomía a través de la fijación de objetivos, finalidades, la estructuración de principios y vías o instrumentos de defensa del objeto de la disciplina para la cual se constituye”. WIKIPEDIA, (2014).

La diversidad viene del latín diversitas es una noción

que hace referencia a la diferencia, la variedad, la abundancia de cosas distintas o la desemejanza”. Esencialmente pública el Derecho Ambiental según la Dra. Eulalia Moreno Trujillo en su tesis “LA PROTECCIÓN JURÍDICA-PRIVADA DEL MEDIO AMBIENTE Y LA RESPONSABILIDAD POR SU DETERIORO”, sostiene que “el derecho Civil contiene suficientes instituciones que se orientan hacia la conservación del medio ambiente, y es a través de la aplicación de sus normas que la sociedad civil debería actuar”. 2.3

Marco Legal La noción del buen vivir preside de la Constitución de la República del Ecuador

del año 2008. Siguiendo el orden del nuevo texto constitucional, el preámbulo señala una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza, para alcanzar el buen vivir, el sumak kawsay. Luego, en el Título II, el capítulo segundo se denomina ‘Derechos del buen vivir’, desde el Artículo 12, 13,14, de la referida norma. La Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 395 Numeral. 1 establece que “El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras”. 11

“El art. 43 de la ley de Gestión Ambiental prevé la acción por daños y perjuicios específicamente ambientales y dispone que las personas naturales, jurídicas o grupos humanos, vinculados por un interés común y afectados directamente por la acción u omisión dañosa podrán interponer ante el Juez competente acciones por daños y perjuicios y por el deterioro causado a la salud o al medio ambiente, incluyendo la biodiversidad con sus elementos constitutivos.

Las demandas por daños y perjuicios originados por una afectación al ambiente se tramitarán por la vía verbal sumaria”. 2.4

Definición de Términos Básicos

El Ambiente.- FRAUME, N. (2004). En su diccionario “Ambiental”. Dice que “Región, alrededores y circunstancias en las que se encuentra un ser u objeto. El ambiente de un individuo comprende dos tipos de constituyentes”.

El Área Rural.- CAMACHO, A. (2006). En su diccionario “Términos Jurídicos”. Expresa que es un “Espacio donde predominan las actividades productivas del sector primario, conteniendo además las trazas de sistemas de transporte, instalaciones industriales, generación eléctrica, población y servicios, todos ellos dispersos. Estos espacios rurales, componentes de la estructura territorial, guardan relaciones interactivas con las áreas urbanas a las que rodea, con una transición gradual mediante espacios intercalados de una y otra hasta la prevalencia de una de ellas”.

Área Urbana.- CAMACHO, A. (2006). En su diccionario “Términos Jurídicos”. Expresa que “Espacios que contienen la población nucleada, en los que prevalece como uso del suelo el soporte de construcciones, infraestructura y servicios, incluyendo espacios con vegetación destinados al esparcimiento. Constituyen el espacio territorial de mayor desarrollo de actividades secundarias y terciarias. Estos espacios urbanos, componentes de la estructura territorial, guardan relaciones interactivas con las áreas rurales

12

circundantes, con una transición gradual mediante espacios intercalados de una y otra hasta la prevalencia de una de ellas”.

Derecho.- CABANELLAS, G.(2010). En su diccionario “Jurídico Elemental”. Dice que viene “Del latín directus, directo de dirigiré, empezar o alinear. La complejidad de esta palabra, aplicada en todas las esferas de la vida, y la singularidad de construir la fundamental en esta obra y en todo el mundo jurídico (positivo, Histórico y doctrinal, aconsejan, más que nunca, proceder con orden y detalle”.

Deforestación.- En la “Enciclopedia Jurídica Omega. Manifiesta que “Es un factor que en gran manera afecta a la tierra porque los árboles y plantas demoran mucho en volver a crecer y son elementos importantes para el medio ambiente”.

Incendios Forestales.- WIKIPEDIA, (2014). “Se le podría denominar un tipo de deforestación con efectos adversos masivos y duraderos al terreno. La tierra que ha sido expuesta a incendio demora cientos de años para volver a ser utilizable”.

Persona.-

CABANELLAS,G.

(2010).

Obra

citada

anteriormente.

“Deriva

de

personalidad, actitud de una corporación para actuar en nivel mundial, los sujetos de derecho internacional “titulares de derecho y obligaciones” son los Estados y los organismos multilaterales”.

Educación.- FRAUME, N. (2004). En su diccionario “Ambiental”. Es una “Acción de educar. Confianza enseñanza, instrucción”.

Ley.- BARLA, Rafael. (2009). “Un Diccionario para la Educación Ambiental”. Expresa que es un “Conjunto de disposiciones de carácter general, obligatorio, abstractas e impersonales y que contienen una sanción directa o indirecta y que es creada y aplicada por el Estado”.

13

Constitución.- GONZÁLES, (2008). “Diccionario de Accion Humanitaria y Cooperación al Desarrollo”. Manifiesta que es “Norma suprema de mayor jerarquía”.

Salud.- FRAUME, N. (2004). En su “diccionario Ambiental”. Expresa “Sanidad, estado normal del organismo, que conserva o restablece la salud es saludable”.

Explotación.- GONZÁLES, (2008). Obra citada “Acción y efecto de manipular su esfuerzo a cambio de remuneración”.

Convenio.- WIKIPEDIA, (2014). “Contrato. Convención. Pacto. Tratado. Colectivo de trabajo y condiciones”.

2.5 Pregunta de la Investigación 2.6

Hipótesis El Análisis consiente de los Artículos 12, 13, 14 y 395 de la Constitución de la

República del Ecuador como una alternativa al derecho del buen vivir, servirá para evitar el problema generado por el ser humano en el contorno ambiental y bienestar de salud, agua, alimentación, ambiente sano y principios ambientales y/o naturaleza. 2.7

Caracterización de las Variables

2.7.1 Variables Independientes 

El derecho del buen vivir amparado por la Constitución de la República del Ecuador.

2.7.2 Variable Dependiente a.- La licencia ambiental emitida por la Dirección Nacional de Prevención de Contaminación a través del órgano del Ministerio Ambiental, evita el problema de contaminación. 14

b.- El Consejo Nacional de Recursos Hídricos, en colaboración con el Ministerio de Salud Pública, evita que afecte salud y a la fauna, agua. c.- El Ministerio de Inclusión Económica y Social “MIES” emite programas de Alimentación, combate la erradicación de la malnutrición infantil.

2. 8

Operalización de las Variables Cuadro 1

Variable Independiente

Dimensión

Indicador

Ítems

Constitución Ministerio 4 El derecho del de la Ambiental buen vivir República amparado por la del Ecuador. Constitución de Consejo Nacional 2 la República del Ley de de Recursos Ecuador. Aguas Hídricos

Técnicas Instrumentos

e

Encuesta Cuestionario

-

Legislación 2 forestal el Ministerio tomo I,II,III, de Salud Pública IV. 2 Ley El Ministerio de orgánica de Inclusión defensa del Económica y Consumidor Social “MIES” Variable Dependiente

Social

Medio Ambiente.

Como alternativa al Derecho del buen vivir Y

3

Respeto a la Evitar el naturaleza y problema biodiversidad, 2 generado Ambiental agua, alimentos, por el ser ambiente sano humano Elaborado por: José Guapulema Cali

15

Entrevista- guion o guía

Análisis y Criterios de Expertos

2.1.1 Principios Ambientales 2.1.2 Reseña Histórica De Los Principios Ambientales

(MARTIN Mateo, 1991). En su obra Tratado de Derecho Internacional,

“El Derecho

Ambiental se desarrolló como lógica respuesta a la necesidad de explotar los recursos naturales en un marco de racionalidad, aprovechamiento sostenible y protección del ambiente”.

Para mi entender incorporando en todas las ramas jurídicas y adquiriendo, a su vez una autonomía propia, y una vinculación con todas las ciencias.

(ZAGREBELSKI Guastavo, 1995). En su epítome el Derecho Dúctil.

Expresa que “La

evolución de las normas ambientales ha seguido diversas etapas. “La primera, comprende los preceptos orientados en función de los usos de un recurso riego, agua potable, navegación, etc. La segunda, más evolucionada, encuadra la legislación en función de cada categoría o especie de recurso natural, coordinando los distintos usos aguas, minerales, forestales, etc. La tercera, orienta la normativa hacia el conjunto de los recursos naturales. Finalmente, la cuarta etapa toma en consideración el entorno como conjunto global y atiende a los ecosistemas”.

Un poco de historia:

Aquí mostramos algunos acontecimientos que impulsan el avance del Derecho Ambiental y que van creando y modificando conceptos fundamentales.

• Primavera Silenciosa (1962, de la bióloga norteamericana Rachel Carson, fue el bestseller que fundó las bases del ecologismo moderno. La autora habla acerca de la gran cantidad de venenos en forma de insecticidas, plaguicidas y herbicidas que el

16

hombre vierte al medio poniendo en peligro su supervivencia y la de todos los organismos que en él habitan.

• La Conferencia de Estocolmo de 1972 centró la atención internacional en temas medioambientales, especialmente los relacionados con la degradación ambiental y la contaminación transfronteriza.

Este concepto es muy importante, ya que señalaba el hecho de que la contaminación no reconoce los límites políticos o geográficos y afectos a los países, regiones y pueblos más allá de su punto de origen.

Los problemas medio ambientales se pueden deducir en la contaminación, el cambio climático, la reducción de la capa de ozono, el uso y administración de los océanos y los recursos de agua dulce, la deforestación excesiva, la desertificación y la degradación de la tierra, los vertidos peligrosos y la disminución de la diversidad biológica.

• En la Cumbre para la Tierra de 1992 se reconoció internacionalmente el hecho de que la protección del medio ambiente y la administración de los recursos naturales deben integrarse en las cuestiones socioeconómicas de pobreza y subdesarrollo. Esta idea ha sido recogida en la definición del término desarrollo sostenible o sustentable hecha por la Comisión Mundial del Medio Ambiente y del Desarrollo la Comisión Brundtland en 1987 como “el desarrollo que satisface las necesidades del presente sin comprometer la habilidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades”.

En esta cumbre se observa que para satisfacer los requisitos de los partidarios del desarrollo económico, también están interesados en la conservación medio ambiental.

17

• La reunión de Río de Janeiro señaló que los diferentes factores sociales, económicos y medio ambientales son interdependientes y cambian simultáneamente. El objetivo principal de la Cumbre fue introducir un programa extenso y un plan nuevo para la acción internacional en temas de medio ambiente y de desarrollo que ayudarían a guiar la cooperación internacional y el desarrollo de programas en el próximo siglo.

Se observa que ya optan por hacer programas de desarrollo, pero aun no entienden la gran importancia que es el Medio Ambiente.

• El Protocolo de Kyoto es un instrumento internacional, consensuado en 1997 y auspiciado por la ONU, para luchar contra el cambio climático. El objetivo es que los países industrializados reduzcan en forma gradual sus emisiones de gases de efecto invernadero. Hay compensaciones financieras para facilitar el cumplimiento de la meta. Dan a conocer que los países desarrollados que las industrias sean reducido los efectos de los gases y de esta forma el gobierno de cada país los aportarían económicamente por un buen manejo de las mismas y no perjudicar al medio ambiente.

a) Evolución de los Principios Ambientales

(La Comisisión Brundtland , 1987). El Derecho Romano y la naturaleza,

desde el punto de

vista del Derecho Romano, “los recursos naturales la tierra, el agua, los yacimientos minerales, la flora, la fauna, los recursos panorámicos y el ambiente en sí son, en términos generales, res communi”.

Es decir que las cosas de la comunidad, que pueden ser empleadas por todos, salvo en cuanto hubieren determinado derechos particulares sobre pequeñas porciones individuales.

Mientras los usos particulares de los recursos no afectaron en general la naturaleza por ser relativamente inidóneos para provocar verdaderos desastres 18

ecológicos, ningún obstáculo legal o económico impidió el uso y el abuso de tales bienes.

b) Derecho al uso

(BIBILONI, 2001). En su texto los Pricipios Ambientales y la Interpretación, su Aplicación Politica y Juridica.Manifiesta “El desastre ecológico no existió, los malos usos de la naturaleza no fueron advertidos, ni por la técnica ni por la política, ni por el derecho. Y los principios de propiedad establecidos fueron eficientes para regular el uso de los bienes naturales. Pero la estructura jurídica empezó a dar síntomas de obsolescencia e inoperancia y las leyes empezaron a disponer primero normas de uso técnico, que implicaron, antes que nada, normas morales incorporadas al derecho positivo.

c) Espíritu de las normas legales

(MILARE Andres, 2000). En su tratado Derecho al Ambiente.

Dice que “El derecho de

agua trae, desde el siglo pasado, principios y recomendaciones que tienden un uso sustentable del recurso, y tal tipo de normas fue también instrumentándose en otras regulaciones”.

Este principio da a conocer sobre el abuso y disponer de algunas normas tendientes a la conservación de recursos, y adecuado parcelamiento de los inmuebles equitativamente.

d) Nuevas regulaciones

Nace entonces un verdadero ilícito de daño civil aplicable a la destrucción de la naturaleza, especie que en lo particular admite incluso un ilícito penal.

19

(MORAIS Da Rosa Alexandre, 1993). En su texto

Principios Ambientales traducido al

español, manifiesta que “Para resolver la situación Ambiental, crea y regula el Estado diversas formas de impuestos, gravámenes, y servicios económicos, cuya base moral cabe cuestionar, dado que debe pensarse primero en resolver la situación producida, en la que los actuales contribuyentes no han sido los causantes del daño”.

Cabe mencionar que se creó nuevas pautas que sean justas para garantizar la justicia a la contribución de quienes lo hubieran provocado dicho daño ambiental con su retribución.

(LOPEZ Ramos Neofito, 2003). En su texto Evolución del Derecho Ambiental en América Latina,

es posible distinguir tres periodos:

El primero “comprende el prolongado periodo de producción legislativa iniciado en el siglo XIX con la promulgación de las primeras constituciones y códigos civiles. Herederas de disposiciones dispersas sobre el uso de los recursos naturales, las piezas legislativas promulgadas en esta etapa, ajenas a consideraciones ecológicas y, especialmente, al concepto de derechos ambientales, operaron más como filtro burocrático para asegurar el control de la oferta ambiental que como mecanismo de administración pública. Buena parte de ese material legislativo sobrevive como legislación sectorial”.

Este periodo alcanzó su clímax en la posguerra, a través del modelo de desarrollo, propagado por las instrucciones Breton Woods. La Conferencia sobre el Medio Humano celebrada en Estocolmo en 1972 inauguró.

Un segundo período en la historia de la normativa ambiental latinoamericana, en menos de una década se iniciaron proyectos para recuperar y sistematizar elementos de derecho ambiental esparcidos en multitud de decretos y reglamentaciones sobre los recursos naturales renovables y no renovables, reunir piezas de legislación dispersas

20

sobre los recursos naturales, la salud pública, las aguas, los bosques, la caza, la pesca, el control sanitario y el sistema de parques nacionales.

Este proceso condujo en algunos casos, a la promulgación de códigos ambientales o marcos normativos de legislación ambiental. Entre 1974 y 1990 varios países adoptaron una ley marco en asuntos ambientales.

Si bien durante este período cada país contaba, por lo menos, con una agencia gubernamental dedicada al manejo de los recursos naturales y el control ambiental, esta época se caracterizó por la ausencia de voluntad política y por la falta de una significativa inversión pública para hacer efectiva la protección ambiental.

La dimensión ambiental no estuvo incorporada en las políticas económicas, de asentamientos humanos y ordenamiento territorial, mientras que el nivel de conciencia ambiental fue especialmente bajo entre los ejecutores de decisiones públicas.

La percepción de la crisis ambiental a escala mundial fue contemporánea del reporte, Nuestro Futuro Común, de la Comisión Mundial de Medio Ambiente y Desarrollo, con cuya publicación en 1987 se inicia el proceso global de interés ambiental a escala planetaria que concluye cinco años más tarde con la Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro 1992.

El tercer periodo en la evolución del derecho ambiental latinoamericano fue contemporáneo de este proceso de institucionalización política del ideario ambiental que, en el orden jurídico se ha distinguido, especialmente, por el reconocimiento del derecho a un ambiente sano y su consagración como derecho fundamental y/o colectivo en las constituciones de la mayoría de los países de la región.

Entre los diferentes países del continente no existe uniformidad en cuanto al grado de desarrollo de sus instrumentos legales y de política ambiental. 21

Esta diferencia se extiende a todos los estratos de la jerarquía normativa y a las múltiple es materias reguladas, y la consolidación de algunos de sus muchos aspectos, como la adopción de una ley nacional del ambiente por el Estado respectivo, o el nivel de participación ciudadana en la gestión ambiental, pueden ser indicadores para determinar la madurez o desarrollo del sistema jurídico ambiental en un país dado.

Esto ha llevado a (BRAÑES Raúl “2000) a considerar en su Manual de Derecho Ambiental Mexicano.

Dice “Que el balance del derecho ambiental en la región es alentador, en este

orden de ideas el paso más significativo ha sido la consolidación en la década de los noventa de la tendencia a elevar los principios ambientales a rango constitucional”.

En las constituciones de los países latinoamericanos se encuentran, en primer lugar, preceptos que consagran el dominio público y la propiedad del Estado sobre el ambiente y los recursos naturales del país; en segundo lugar, principios de política ambiental y, finalmente, aquellos que reconocen el derecho al ambiente como derecho fundamental, colectivo o social, así como principios de equidad intergeneracional y derechos de la naturaleza.

Otro avance significativo ha sido la consagración de instrumentos, y remedios legales de justicia constitucional, para garantizar los derechos humanos que han estimulado la democratización del acceso a la justicia como vías efectivas, y eficientes para garantizar la protección de los derechos fundamentales.

(GUILLEN Mario & HERRERA Mariana 2009). En su Pasaje Rumbo a un Proceso Penal Ambiental

“La normativa penal ecológica se viene perfilando como un campo

especializado del derecho penal, y la política criminal en medio ambiente es un tema significativo en la agenda académica”.

(FARRELL Martin, 2008). En su texto Principios Filosóficos Ambientales.

Expresa que “En

el presente y hacia el futuro inmediato, el derecho ambiental deberá reflexionar sobre sus propios fundamentos teóricos y principios filosóficos a fin de avanzar hacia la 22

formación de una cultura legal ambiental fundada en el ejercicio democrático de los derechos ambientales, dependientes de los derechos fundamentales y, especialmente, los derechos a la participación, a la información y al conocimiento, es decir, del derecho a pensar”.

Los principios ambientales Para (GIORDAN Andre, 2008). En su labor Principios de Aprendizaje y Enseñanza

“Los principios del derecho ambiental son guías de interpretación

de la legislación ambiental, son criterios o bases de integración del subordenamiento del derecho ambiental”. - Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza.

- El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras.

- Todos los Estados y todas las personas deberán cooperar en la tarea esencial de erradicar la pobreza como presupuesto indispensable para el desarrollo sostenible, a fin de reducir las disparidades en los niveles de vida y responder adecuadamente a las necesidades de la mayoría de los pueblos del mundo.

- Los Estados deberán cooperar con espíritu de solidaridad mundial para conservar, proteger y restablecer la salud y la integridad del ecosistema de la Tierra.

Previo a la revisión de los Principios del Derecho Ambiental a nivel nacional es preciso hacer un breve recorrido por los Principios del Derecho Ambiental Internacional que son básicamente los siguientes

23

(Carta de las Naciones Unidas, 2012).

a.) Principio de soberanía sobre los recursos

naturales y la responsabilidad de no causar daño al ambiente de otros Estados o en áreas fuera de la jurisdicción nacional; siendo sus más celebres concreciones el Convenio de Basilea sobre movimiento transfronterizo de desechos peligrosos y su eliminación (1985), la Convención del Derecho del Mar (1982), el Convenio de Diversidad Biológica (1992) y la Convención Marco de Cambio Climático (1992).

b.) Principio de la Acción Preventiva; que se traduce en políticas de prevención en el país parte y la suscripción de acuerdo como la Declaración de Río.

c.) Principio de la Buena Vecindad y Cooperación Internacional; se derivan de este apotema la obligación de prevenir, reducir y controlar la contaminación y el daño ambiental, y la obligación de cooperar en la amortiguamiento de riesgos ambientales y emergencias.

d.) Principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas; los Estados deberán colaborar con la conservación del ambiente teniendo en cuenta el aporte que han realizado al estado actual del ambiente. En otras palabras, los países industrializados tienen una mayor obligación de contribuir a la restitución del equilibrio de los ecosistemas.

e.) Principio de Precaución; especialmente relevante a nivel internacional en los casos de pruebas atómicas. Producto de la industrialización del mundo y la tardía conciencia del desarrollo del aprovechamiento racional y sostenible de los recursos naturales.

f.) Principio del Contaminador- Pagador o internalización de costos; g.) Principio del Desarrollo Sostenible;

24

Los principios generales del Derecho en nuestra legislación, o valores jurídicos, constituyen el soporte ético del ordenamiento, esos principios deben expresarse en normas y deben servir como fuente y dirección de las leyes, como elementos inspiradores de la jurisprudencia y como mandatos para la actuación de las autoridades y los particulares, según el precepto de aplicación directa de la Constitución de la República del Ecuador.

La Carta Magna vigente contiene principios ambientales reconocidos en instrumentos internacionales.

1.- Principios ambientales con rango constitucional cuya fuerza vinculante es incuestionable y directa para todos.

1.1.- Principio de desarrollo sustentable.- (Art. 395, Nº. 1) Es obligación del Estado garantizar un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado, que asegure la producción para la satisfacción de las necesidades, pero respetando los ecosistemas y su regeneración natural. Se trata de conciliar ambiente y desarrollo como conceptos vinculados.

1.2.- Principio pro ambiente.- (Art. 395, Nº. 4) Como regla imperativa de interpretación y aplicación de las normas, se establece principio de que en caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental, se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza.

Lo que concuerda con el principio pro naturaleza, al que alude el art. 71, en relación con el art. 11, Nº 5 de la misma Constitución. Pese al condicionamiento del precepto a la existencia de dudas sobre el alcance de una norma, ese condicionamiento, en la práctica no opera porque la misma Constitución manda que, en todo caso, aun sin que exista duda, las autoridades están obligadas a aplicar la norma más favorable a los derechos constitucionales.

25

1.3.- Principio precautorio.- (Arts. 396 y 73) La disposición constitucional ordena que en caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y oportunas. Este principio proviene de la Declaración de Río de 1992 sobre Medioambiente y Desarrollo. El principio de precaución a diferencia del principio de prevención, ordena a las autoridades que adopten medidas de protección a favor del ambiente aun en el caso de que la relación de causa a efecto entre la actividad y el daño no se haya establecido científicamente.

Nuestra legislación identifica el concepto de daño con el de impacto ambiental”. Por lo mismo, el precepto excede ampliamente del concepto del daño civil. Se trata de daño ambiental que además es de orden público.

1.4.- Principio de prevención.- (Art. 396, Nº. 1) A diferencia del principio de precaución o precautorio, el de prevención opera como mandado cuando existe certeza del daño o de la peligrosidad de una actividad.

Las medidas de prevención tienen por objeto reducir los daños que se generen. En este caso, la relación de causa efecto entre la actividad y el daño ya no es supuesta, como en el caso anterior, sino determinada y cierta.

1.5.- Principio de solidaridad y responsabilidad integral.- (Art. 396) “Cada uno de los actores en los procesos de producción, distribución, comercialización y uso de bienes o servicios asumirá la responsabilidad directa de prevenir cualquier impacto ambiental, de mitigar y reparar los daños que ha causado y de mantener un sistema de control ambiental permanente”. Si bien la norma habla de responsabilidad directa, es evidente que se trata de un caso de responsabilidad directa y además solidaria e integral.

26

Este principio inspirado en la Declaración de Río de 1992, tiene la finalidad de vincular en la responsabilidad ambiental a todos quienes intervienen en la cadena productiva, comercial y de consumo. Se lo conoce como “el principio de la cuna a la tumba.

1.6.- Principio de regulación integral.- (Art. 395, Nº. 2). Este precepto indica que las políticas de gestión ambiental deben aplicarse de modo integral, que serán de obligatorio cumplimiento por parte de las autoridades en general y de todas de las personas. Al parecer esta norma está inspirada en los Principios 11 y 12 de la Declaración de Río, que conducen a la integración y unificación de las reglas en materia ambiental.

1.7.- Tutela efectiva e inversión de la carga de la prueba.- (Art. 397, Nº. 1). Esta norma atribuye a las personas y a las colectividades y grupos la posibilidad de acudir a las autoridades y jueces para obtener tutela efectiva.

En materia ambiental, incluyendo medidas cautelares que permitan cesar la amenaza o el daño ambiental, lo que concuerda con los principios de precaución y de prevención mencionados anteriormente.

También concuerda con el art. 87 de la Constitución de la República del Ecuador establece, entre las garantías jurisdiccionales, la adopción de medidas cautelares constitucionales para proteger los derechos y evitar o hacer cesar su violación.

Por otra parte, en materia ambiental del mismo cuerpo legal invierte la carga de la prueba, haciendo una excepción al principio de presunción de inocencia establecido en el art. 76, Nº 2 de la misma Constitución. Se dispone que: La carga de la prueba sobre la inexistencia de daño potencial o real recaerá sobre el gestor de la actividad o el demandado. Hay que precisar que este tema se refiere a la inexistencia del daño potencial o real.

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1.8.- Imprescriptibilidad de acciones y sanciones por daño ambiental.- Art. 395, inciso final las acciones legales para perseguir y sancionar por daños ambientales serán imprescriptibles. Es decir, no caducan jamás ni la acción ni la pena.

2.- Consulta previa.- (Art. 398). Esta disposición establece en forma imperativa y amplia que toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente será consultada a la comunidad. La ley debe regular los detalles de la consulta. Autorizaciones o licencias obtenidas sin consulta son nulas.

En Articulo 395.- La Constitución de la República del Ecuador reconoce los siguientes principios ambientales:

1.

El

Estado

garantizará

un

modelo

sustentable

de

desarrollo,

ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras.

El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras, Este principio admite que es obligación del Gobierno que asegure la producción para la satisfacción de las necesidades, pero respetando los ecosistemas y su regeneración natural.

2. Las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las personas naturales o jurídicas en el territorio nacional.

28

Se puede apreciar que debe tener una relación entre lo público y privado, entre lo económico y social, las personas y a las colectividades, y sus diversas formas organizativas, les corresponde, participar en todas las fases y espacios de la gestión pública y de la planificación del desarrollo nacional y local, y en la ejecución y control del cumplimiento de los planes de desarrollo en todos sus niveles. Producir, intercambiar y consumir bienes y servicios con responsabilidad social y ambiental.

Este principio preferencial al medio ambiente y a su tutela jurídica, haciéndolo de manera significativamente sensible, el hombre no espera que la naturaleza le diga sus leyes sino que éste le impone, Consciente de que la protección jurídica del medio ambiente es hoy una necesidad universalmente reconocida, y si de lo que se trata es de conciliar el desarrollo con el medio ambiente, reconociendo que es esta una tarea vital de las personas sensatas que viven en esta época de la historia de la humanidad.

3. El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación, ejecución y control de toda actividad que genere impactos ambientales.

Este Principio precautorio de la Constitución de la República del Ecuador, disposición que ordena que en caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y oportunas.

Este principio proviene de la Declaración de Río de 1992 sobre Medioambiente y Desarrollo. El principio de precaución a diferencia del principio de prevención, ordena a las autoridades que adopten medidas de protección a favor del ambiente aun en el caso de que la relación de causa a efecto entre la actividad y el daño no se haya establecido científicamente.

29

La Carta Magna identifica el concepto de daño con el de impacto ambiental, por lo mismo, el precepto excede ampliamente del concepto del daño civil. Se trata de daño ambiental que además es de orden público.

4. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental, éstas se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza.

Se establece en este principio en caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental, se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza, lo que concuerda con el principio pro naturaleza, al que alude el Art. 71, en relación con el art. 11, Nº 5 de la misma carta Magna.

Pese al condicionamiento del precepto a la existencia de dudas sobre el alcance de una norma, ese condicionamiento, en la práctica no opera porque la misma norma Legal, manda que, en todo caso, aun sin que exista duda, las autoridades están obligadas a aplicar la norma más favorable a los derechos constitucionales. 2.1.3 Definición de Principio Ambiental (BENJAMIN Antonio Hernan, 2006). En la Revista Brasileña de Derecho Ambiental.

“El

principio ambiental es una ciencia logra autonomía a través de la fijación de objetivos, finalidades, la estructuración de principios y vías o instrumentos de defensa del objeto de la disciplina para la cual se constituye”.

Los principios del derecho ambiental son las guías o ideas fuerzas que recogen en forma esquemática las orientaciones fundamentales del derecho ambiental. Son las normas primarias o básicas del derecho ambiental que permite otorgar seguridad jurídica y protección legal a las estrategias de conservación y de desarrollo sostenible de un ordenamiento jurídico.

30

A mi entender, a través de los principios del derecho ambiental expresan sus convicciones, posiciones, creencias o juicios de valor sobre cómo enfrentar la problemática ambiental del mundo del siglo XXI.

(JORDANO FRAGA, 2002). El Derecho Ambiental del Siglo XXI

“Los principios del

derecho ambiental constituyen los soportes primarios estructurales de la legislación ambiental, permitiendo además que estas normas tengan dinámica y adaptabilidad a la siempre cambiante realidad ambiental”. 2.1.4 Clasificación de los Principios Ambientales (NARVAEZ Quiñonez Ivan , 2004). En su texto el Derecho Ambiental y temas de Sociología Ambiental,

“Reconocer la importancia de la clasificación de Cano, advierte que ésta fue

útil en la etapa de desarrollo del derecho Ambiental y temas de Sociología Ambiental, procede porque numerosos elementos, como el agua por ejemplo, se clasifica tanto en el ambiente humano como en el natural y además como recurso natural”.

En la actualidad corresponde analizar específicamente e integralmente los fenómenos ambientales, desde el punto de vista del desarrollo sustentable a los problemas ambientales corresponde tratarlos a la vez en el ambiente humano, natural y de recursos naturales; sea desde el enfoque de conservación del ambiente, utilización de recursos naturales, etc., en el contexto en el que estos ocurran.

(PEREZ Efrain, 2006). En su libro El Derecho Ambiental

“se centra en el desarrollo

sustentable, considerando que la producción, aprovechamiento y uso de los recursos naturales están íntimamente ligados a la conservación ambiental, y que ambos temas deben tratarse conjunta o coordinadamente”.

Es decir, crecimiento económico y conservación

son indisolubles para el

desarrollo sustentable, asumido como el mejoramiento de la calidad de vida humana dentro de la capacidad de carga de los ecosistemas.

31

Conforme la proclama las Naciones Unidas el desarrollo humano es incompleto si no se incorpora la libertad del individuo.

En el (Congreso Nacional de la Natruraleza, 1996)“El desarrollo sustentable es real si incluye: vida prolongada y saludable, educación, acceso a los recursos necesarios para un nivel de vida decente, libertad política, garantía de los derechos humanos y no violencia”.

División por segmentos o campos de actuación medio ambientales, también muy generales y complejos pero creo que no tanto como los dos anteriores. Divido en legislación sobre 

Agua, Mares, Ríos



Aire y la atmósfera



Suelo



Flora y fauna



Caza y pesca fluvial



Costa y mar



Minas



Vertidos y residuos



Montes



Ruido

De ahí que hace referencia a las actividades ambientales:

a) Actividades molestas: Son las que generan incomodidad por los ruidos o vibraciones, así como por emanaciones de humos, gases, olores, nieblas o partículas en suspensión y otras sustancias.

b) Actividades insalubres: Se generan cuando se vierten productos al ambiente que pueden resultar perjudiciales para la salud humana. 32

c) Actividades nocivas: Se generan cuando se vierten productos al ambiente que afectan y ocasionan daños a la riqueza agrícola, forestal, pecuaria o piscícola.

d) Actividades peligrosas: Son las que ocasionan riesgos graves a las personas o sus bienes debido a explosiones, combustiones o radiaciones. A fin de que la vida humana exista en condiciones ambientalmente dignas.

El Estado debe proteger a las personas contra los ataques al medio ambiente en el que se desenvuelva su existencia, para permitir que el desarrollo de la vida se realice en condiciones ambiental es aceptable. El Estado asume la obligación de abstenerse de realizar cualquier tipo de actos que afecten el medio ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida humana. 2.2.1 Biodiversidad y Recursos Naturales 2.2.2 Definición (SEJENOVICH Hèctor, 2004). En su pasaje la Biodiversidad, Valorización y Actores Sociales

“La diversidad viene del latín diversitases una noción que hace referencia a la diferencia, la variedad, la abundancia de cosas distintas o la desemejanza”.

(AGUILERA Marisol, 2005). En

su Obra Especies y Biodiversidad

manifiesta que

“La

diversidad biológica es una propiedad de las distintas entidades y sistemas vivos en ser variados. Así cada clase de entidad, gen, célula, individuo, población, comunidad o ecosistema, tiene más de una manifestación”.

Desde el punto de vista de conservación de las especies de fauna y flora, sino también de prácticas culturales que conllevan una biodiversidad agrícola productos propios para la alimentación y se impide el ingreso y comercialización de semillas o productos transgénicos.

33

2.2.3 Clasificación La clasificación de la biodiversidad tiene matices se

gún los criterios de los autores, así tenemos.

De acuerdo a niveles:

Para(HESIQUIO Benítez D, 2007). En su Texto de la Biodiversidad: Uso, Amenazas y Conservación. Manifiesta:

1.- Nivel Geográfico o Biogeográfico

a) Biodiversidad Gamma.- “Se refiere a la diversidad de un espacio regional, en algunos se expresa como el número de una región o número de especies de un país”.

1.2. - Nivel Ecológico

a) Entre Hábitats o Biodiversidad Beta.- “Comprende la heterogeneidad dentro de un ecosistema a través de la determinación del cambio en la composición de especies a través de un gradiente fisiográfico. Se expresa en tasas de cambio de la composición de las especies o índices de similitud”.

b) Dentro del Hábitat o Biodiversidad Alfa.- “Es la diversidad dentro de un área, medida por el número de especies interactuando y presentes dentro del área dentro de un determinado tamaño”.

(VERA Fernando Bahena, 2007)

En su contenido Estrategia para la

Conservación y Uso Sustentable de la Biodiversidad. Dice: 34

1.3.- Nivel Poblacional

a) Biodiversidad Intraespecífica.- “Se refiere a la variabilidad genotípica y fenotípica de los individuos que están incluidos dentro de una determinada especie”.

2. De acuerdo a categorías o clases:

(COOPER David, 2009). En su Tratado El Convenio sobre la Diversidad Biológica. Indica que la:

2.1.- Diversidad Genética

“Comprende la variabilidad que se da dentro de una especie. Se mide generalmente dentro de las poblaciones y para ello se utiliza datos moleculares. Alternativamente se hace cuantificando la variación expresada en las características morfológicas. Se considera que esta variabilidad da origen a procesos evolutivos a través de procesos de especiación”.

Comprende:

a) Variabilidad de las distintas poblaciones o variedades de la misma especie. b) Variación genética dentro de una población.

2.2.- Diversidad de Especies

Comprende la variabilidad de especies en determinado espacio y comprende dos criterios: 35

a) Riqueza de especies: referida al número de especies existentes en un área determinada. b) Heterogeneidad: involucra a la riqueza de especies y la respectiva abundancia de cada especie de un área determinada.

2.3.- Diversidad de Ecosistemas

Comprende la variabilidad de ecosistemas dentro de un área bastante amplia como son las regiones naturales, biomas, zonas de vida, etc.

2.4.- Diversidad Funcional

Comprende los diversos papeles o funciones que desempeña un organismo u organismos en un ecosistema, es decir, su nicho ecológico.

2.5.- Diversidad Cultural Humana o Antropodiversidad.-

Son las diferentes manifestaciones de los variados grupos humanos que convencionalmente

han

sido

agrupados

como

culturas

humanas

o

grupos

etnolingüísticas, los que se caracterizan por sus diferentes atributos que a su vez representan soluciones a problemas de supervivencia en ambientes específicos o diversos.

Se manifiesta en las variedades de idiomas, creencias religiosas, prácticas de manejo del suelo, arte, música, estructura social, selección de cultivos, dieta y otros atributos que caracterizan a un grupo humano.

36

2.2.4 Patrimonio Natural y Ecosistemas (TUSON VALLS Jesús, 2007). En su texto Elogio y defensa de la diversidad lingüística

“Llama patrimonio natural a espacios naturales, naturaleza medio ambiente, pero cual sea el término que usemos nos referimos a nuestro entorno natural el cual nos ofrece recursos naturales que si no cuidamos, generaciones futuras no podrán disfrutar”. El Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, establece el régimen jurídico básico de la conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad, como parte del deber de conservar y del derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona. (MONTENEGRO Gloria, 2010). En su tratado Restauración Ecológica para Ecosistemas Nativos Afectados por Incendios Forestales. Dice que “Todos los animales, plantas territorio y conjuntos de estos tres grupos que signifiquen valores universales en cuanto a la protección y conservación de especies animales y vegetales en peligro de desaparición o paisajes integrales en peligro de destrucción o transformación son en términos generales Patrimonio Natural cuya custodia conservación o en su caso multiplicación es responsabilidad de la Nación”. Dicho patrimonio ha pertenecido y es raíz biológica de nuestro pueblo y por lo tanto debe seguir perteneciéndole evitando su desaparición o merma para el disfrute de las generaciones futuras. Así en nuestra constitución de la República del Ecuador en los siguientes Artículos nos da a entender sobre el patrimonio natural y el ecosistema. El “Art. 404.El patrimonio natural del Ecuador único e invaluable comprende, entre otras, las formaciones físicas, biológicas y geológicas cuyo valor desde el punto de vista ambiental, científico, cultural o paisajístico exige su protección, conservación, recuperación y promoción. Su gestión se sujetará a los principios y garantías consagrados en la Constitución y se llevará a cabo de acuerdo al ordenamiento territorial y una zonificación ecológica, de acuerdo con la ley”. Entonces puedo decir que el patrimonio es la Diferencia entre los valores pertenecientes a una persona física o jurídica y las deudas y obligaciones de que responde. 37

En pocas palabras, el patrimonio es lo que realmente tienes a pesar de que parezca que tienes más, porque te olvidaste de las deudas. Cuando hemos pertenecido a una empresa o a una fundación, estos conceptos por más fríos que nos parezcan llegan a ser parte de la vida cotidiana. Patrimonio también es un territorio, solidaridad, evolución o biodiversidad. Son esas palabras que, pudiendo ser definidas con un léxico más o menos simple, connotan sentimientos, sensaciones y percepciones que van mucho más allá de nuestra capacidad de verbalizar o redactar. (AREVALO Leonora, 2010). En su contenido el Patrimonio Natural Del Ecuador En Relación con los Demás Patrimonios. Expresa que “ hay un sinnúmero de plantas que hay en nuestro país, que es la décima parte de lo que hay en todo el Globo; semejante a la cifra de especies de pájaros, que llega a ser un quinto del total del planeta, a pesar de que nuestro país, por obra de las guerras y del destino, es pequeño como un colibrí; y semejante a los 3 000 millones de años que se tomó la evolución en producir una pluralidad descomunal de especies, la mayoría de las cuales se adaptó a tierras tropicales como las que hoy conforman el Ecuador”. Ecosistemas que se encuentran localizadas en la costa, los Andes, la Amazonía, Galápagos y el océano, gracias a la tropicalidad de nuestras tierras, a la presencia de los Andes que son una escalera donde cada peldaño tiene su propia biodiversidad, gracias también a las corrientes marinas que convierten al Ecuador. Los derechos que tiene la naturaleza, la declaración del agua como un derecho humano irrenunciable y patrimonio nacional estratégico, la declaración de la preservación del ambiente como de interés público, la integridad del patrimonio genético, la prevención del daño ambiental y su remediación la recuperación de los espacios naturales degradados e indemnización a los perjudicados, lo que implica la integración de dos principios precaución y remediación. (TELLO RAMIREZ Jorge, 2007). En su contenido de Principio De Auto No Incriminación Durante El Juicio Oral En El Nuevo Código Procesal Penal “El Indubio pro naturaleza que quiere decir que en caso de duda, el juez debe sentenciar a favor de la naturaleza. Se especifica que la educación debe potenciar el respeto a la naturaleza 38

entre otros saberes, lo que en la anterior constitución este deber educativo no es muy claro”. Ecosistemas. (LÓPEZ Angel Ramón, 2003). En su libro La Biodiversidad de los Ecosistemas y su Conservación.

Expresa “Los ecosistemas se superponen gradualmente en una región de

transición conocida como ecotono, que comparte muchas de las especies y las características de los ecosistemas adyacentes”. Se puede considerar las áreas pantanosas que a menudo se encuentran entre las aguas de los lagos y la tierra. Así, los ecotonos pueden estudiarse como ecosistemas por su propio derecho. El influye sin duda por las pérdidas y la fragmentación de los bosques han trastornado las rutas de migración y ha causado disminuciones violentas en la población de ciertas aves, los ecosistemas similares o relacionados se agrupan en clases mayores llamadas biomas. Los bosques tropicales, los pastizales y los desiertos. 2.2.5 Sistema Nacional de Áreas Protegidas Se pretende fortalecer el Sistema de Áreas Protegidas garantizando un presupuesto para su gestión por norma constitucional.

Por otro lado, sobre la gestión de estas áreas, en la que se toma en cuenta a la gente en la conservación de las mismas, puesto que, estas áreas pueden ser administradas por parte de las comunidades, pueblos y nacionalidades que han habitado ancestralmente y autoridades del Gobierno. (VÁZQUEZ GARCÍA Aquilino, 2005). Representante del Instituto Nacional de Ecologia. Expresa que

“Las áreas naturales son competencia exclusiva del Estado, también el

manejo de los recursos naturales no renovables y las empresas que se establezcan con fines extractivos serán controlados por el mismo, pero no se menciona cuál será la autoridad que realizará dichos controles y hará cumplir la normativa ambiental”.

39

Las partes húmedas de páramos, bosques tropicales, bosques nublados, manglares y otros son considerados como ecosistemas frágiles que requieren especial atención por lo que el Estado regulará su manejo, uso, recuperación y limitaciones del dominio.

A pesar de que se prescribe la prohibición de realizar acciones extractivas en las zonas que integran el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, se deja una salida o Régimen de Excepción a aquellas actividades que representen interés nacional con un aparente candado: que la petición presidencial sea fundamentada y sea aprobada por la Asamblea Nacional, pudiendo, optativamente, según interés y coyuntura, ser puesta a consideración pública vía consulta popular.

Sistema Nacional de Áreas Protegidas, garantizará la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas, y su rectoría y regulación será ejercida por el Estado, quien asignará los recursos El establecimiento de los derechos de la naturaleza resulta innovador, pero su protección depende del interés ciudadano sea como persona, comunidad o pueblo.

Áreas Protegidas según la Constitución de la República del Ecuador, establece que la economía necesaria para la sostenibilidad financiera del sistema, y fomentará la participación de las comunidades, pueblos y nacionalidades que han habitado ancestralmente las áreas protegidas en su administración y gestión.

En el Art. 406.- de la Constitución de la República del Ecuador, el Estado regulará la conservación, manejo y uso sustentable, recuperación, y limitaciones de dominio de los ecosistemas frágiles y amenazados; entre otros, los páramos, humedales, bosques nublados, bosques tropicales secos y húmedos y manglares, ecosistemas marinos y marinos-costeros. La propuesta tiene como fundamento lo que establece la Constitución de la República del Ecuador, de manera particular lo relativo a la conservación de la biodiversidad y todos sus componentes, es importante señalar que el “Artículo 406 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que el Estado regulará la conservación, manejo y uso sustentable, recuperación, y limitaciones de dominio de los

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ecosistemas frágiles y amenazados; entre otros los páramos, humedales, bosques nublados, bosques tropicales secos y húmedos y manglares.

Así mismo el Artículo 409 del mismo cuerpo legal sobre las plantaciones forestales dispone que: “Es de interés público y prioridad nacional la conservación del suelo, en especial su capa fértil para lo cual se establecerá un marco normativo para su protección y uso sustentable que prevenga su degradación, en particular la provocada por la contaminación, la desertificación y la erosión, remarcando que en áreas afectadas por procesos de degradación y desertificación, el Estado desarrollará y estimulará proyectos de forestación, reforestación y revegetación que eviten el monocultivo y utilicen, de manera preferente, especies nativas y adaptadas a la zona.”

Áreas Protegidas. Región Costa. 

Reserva Cayapas Mataje



Reserva Mache Chindul



Parque N. Machalilla



Reserva Manglares Churete Región Sierra.



Reserva El Ángel



Reserva Cotacachi Cayapas



Reserva Cayambe Coca



Reserva Antisana



P. N. Sumaco Napo Gal



Reserva Pululahua



Refugio Pasochoa



P. N. Cotopaxi-El Boliche



Parque Nacional Ilinizas



Parque N. Llanganates



Parque Nacional Sangay 41



Res. Forestal Chimborazo



Parque Nacional Cajas



Parque N. Podocarpus



Bosque Petrificado Puyango En el Distrito Metropolitano de Quito, cuenta con aproximadamente 45 mil

hectáreas de áreas naturales protegidas en el noroccidente de la capital. Se trata de Mashpi Guaycuyacu Sanguangal, Pachijal y el bosque protector de Yunguilla. En todas, la diversidad de vida silvestre es maravillosa. Bosques húmedos que albergan mamíferos, aves, anfibios, reptiles y plantas vasculares que reflejan la biodiversidad de los ecosistemas. Mashpi Guaycuyacu Saguangal, Es la primera Área Protegida Metropolitana, creada en el 2011, se ubica al noroccidente de la capital, en la parroquia de Pacto, a 120 kilómetros, aproximadamente, de la zona urbana de Quito. Conserva 17.156 hectáreas de bosque húmedo. Dentro de este territorio se encuentran 6 comunidades y 8 sectores de fincas, alrededor de 1.200 personas viven y trabajan en el área; lo cual es una característica especial pues son pocas las áreas protegidas habitadas.

Flora

y

fauna:

• 50 especies de mamíferos, 6 de las cuales se encuentran en la lista roja de la Unión

Mundial



139



35

para

la

Conservación

de

la

especies especies

Naturaleza de

de

(UICN) aves anfibios

• 182 especies de plantas vasculares.

Sistema Hídrico y Arqueológico Pachijal, Esta área también incluye a tres parroquias rurales de Quito: Pacto, Gualea y Nanegalito. Ocho comunidades con alrededor de1.735 personas viven y trabajan en la zona. Son 15.881 hectáreas, con remanentes importantes de bosques húmedos. Además de ser un área importante para la conservación de la biodiversidad, es una gran reserva hídrica, con una extraordinaria cantidad de vestigios arqueológicos de ocupación ancestral del pueblo yumbo. 42

2.2.6 Recursos Naturales (LUCHENIO Angela, 1977).En su contenido de Educación Cívica Recursos Naturales, Organizaciones Culturales, Organizaciones Gubernamentales “Un recurso natural es un bien o servicio proporcionado por la naturaleza sin alteraciones por parte del ser humano. Desde el punto de vista de la economía, los recursos naturales son valiosos para las sociedades humanas por contribuir a su bienestar y a su desarrollo de manera directa materias primas, minerales, alimentos o indirecta servicios ecológicos”. Otras actividades productivas también pueden afectar los recursos naturales. Este es el caso de las industrias que vierten sus desechos tóxicos en los ríos cercanos, lo que provoca la muerte de los peces, dañando de esta manera un recurso que es el agua y perjudicando otra actividad productiva como la pesca.

Los recursos naturales se dividen en:

- Los Recursos Naturales Renovables. - Renovables No Renovables.

Para (CREUS SOLE Antonio, Recursos Renovables, 2004), En su contenido Recursos Renovables define lo siguiente: Los recursos naturales renovables.- Hace referencia a recursos bióticos, recursos con ciclos de regeneración por encima de su extracción, el uso excesivo de los mismos los puede convertir en recursos extintos bosques, pesquerías, o ilimitados luz solar, mareas, vientos”. Mientras que los recursos naturales no renovables.-“Son generalmente depósitos limitados o con ciclos de regeneración muy por debajo de los ritmos de extracción o explotación minería, petróleo”.

43

En ocasiones es el uso abusivo y sin control lo que los convierte en agotados, como por ejemplo en el caso de la extinción de especies. Otro fenómeno puede ser que el recurso exista, pero que no pueda utilizarse, como sucede con el agua contaminada.

2.2.7 Suelo (CERDA Artemi, 2005). En su argumento Actualización En Métodos

y

Técnicas Para el Estudio de los Suelos Afectados por los Incendios Forestales. Se denomina “suelo a la parte superficial de la corteza terrestre, biológicamente activa, que proviene de la desintegración o alteración física y química de las rocas y de los residuos de las actividades de seres vivos que se asientan sobre ella”. Los suelos son sistemas complejos donde ocurren una enorme gama de procesos físicos y biológicos que se ven reflejados en la gran variedad de suelos existentes en la tierra. Son muchos los procesos que pueden contribuir a crear un suelo particular, algunos de estos son: la deposición eólica, sedimentación en cursos de agua, meteorización, y deposición de material orgánico. De un modo simplificado puede decirse que las etapas implicadas en la formación del suelo son las siguientes: 

Disgregación mecánica de las rocas.



Meteorización química de los materiales regolíticos, liberados.

(ANDRADE Juan, 2011). En su argumentación de Biogeografía y Geografía Ambiental.

“Las

Instalación de los seres vivos microorganismos, líquenes, musgos, etc. sobre ese sustrato inorgánico. Esta es la fase más significativa, ya que con sus procesos vitales y metabólicos, continúan la meteorización de los minerales, iniciada por mecanismos inorgánicos. Además, los restos vegetales y animales a través de la fermentación y la putrefacción enriquecen ese sustrato”.

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Mezcla de todos estos elementos entre sí, y con agua y aire intersticiales. Inicialmente, se da la alteración de factores físicos y químicos de las rocas, realizada, fundamentalmente, por la acción geológica del agua y otros agentes geológicos externos, y posteriormente por la influencia de los seres vivos, que es fundamental en este proceso de formación. Se desarrolla así una estructura en niveles superpuestos. Obra anterior citada El perfil de un suelo y una composición química y biológica definida, son las características locales de los sistemas implicados litología y relieve, clima y biota y sus interacciones dan lugar a los diferentes tipos de suelo”. Los procesos de alteración mecánica y meteorización química de las rocas, determinan la formación de un manto de alteración o eluvión que, cuando por la acción de los mecanismos de transporte de laderas, es desplazado de su posición de origen, se denomina coluvión. Sobre los materiales del coluvión, puede desarrollarse lo que comúnmente se conoce como suelo; el suelo es el resultado de la dinámica física, química y biológica de los materiales alterados del coluvión, originándose en su seno una diferenciación vertical en niveles horizontales u horizontes. En estos procesos, los de carácter biológico y bioquímico llegan a adquirir una gran importancia, ya sea por la descomposición de los productos vegetales y su metabolismo, por los microorganismos y los animales zapadores. El conjunto de disciplinas que se abocan al estudio del suelo se engloban en el conjunto denominado Ciencias del Suelo, aunque entre ellas predomina la edafología e incluso se usa el adjetivo edáfico para todo lo relativo al suelo. El estudio del suelo implica el análisis de su mineralogía, su física, su química y su biología. 2.2.8 Cambios Climáticos (POSTIGO Julio C, 2013). En su Libro Cambio Climático, Movimientos Sociales y Políticas Públicas: Una Vinculación Necesaria expresa. “Se llama cambio climático a la modificación del clima con respecto al historial climático a una escala global o regional. Tales cambios se producen a muy diversas escalas de tiempo y sobre

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todos los parámetros meteorológicos: temperatura, presión atmosférica, precipitaciones, nubosidad. Para hacer referencia a los cambios climáticos que suceden en el presente, utilizándolo como sinónimo de calentamiento global, se entiende un cambio de clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana que altera la composición de la atmósfera mundial y que se suma a la variabilidad natural del clima observada durante períodos comparables.

Además del calentamiento global, el cambio climático implica cambios en otras variables como las lluvias y sus patrones, la cobertura de nubes y todos los demás elementos del sistema atmosférico. 2.2.9 Causas de los cambios climáticos (BARROS Vicente, 2005). En su Contenido El Cambio Climático Global.

Dice que “El

clima es un promedio, a una escala de tiempo, dada del tiempo atmosférico, los distintos tipos climáticos y su localización en la superficie terrestre obedecen a ciertos factores, siendo los principales, la latitud geográfica, la altitud, la distancia al mar, la orientación del relieve terrestre con respecto a la insolación vertientes de solana y umbría y a la dirección de los vientos vertientes de Sotavento y barlovento y por último, las corrientes marinas”.

Estos factores y sus variaciones en el tiempo producen cambios en los principales elementos constituyentes del clima que también son cinco: temperatura atmosférica, presión atmosférica, vientos, humedad y precipitaciones. Pero existen fluctuaciones considerables en estos elementos a lo largo del tiempo, cuanto mayor sea el período de tiempo considerado. Los cambios en la emisión de radiaciones solares, en la composición de la atmósfera, en la disposición de los continentes, en las corrientes marinas o en la órbita de la Tierra puede modificar la distribución de energía y el equilibrio térmico, alterando así profundamente el clima cuando se trata de procesos de larga duración. Estas influencias se pueden clasificar en externas e internas a la Tierra. 46

(TADEO MONAGAS José, 2002). Caracterización Ambiental.

Expresa “Las externas

también reciben el nombre de forzamientos dado que normalmente actúan de manera sistemática sobre el clima, aunque también las hay aleatorias como es el caso de los impactos de meteoritos”. La influencia humana sobre el clima en muchos casos se considera forzamiento externo ya que su influencia es más sistemática que caótica pero también es cierto que el Homo sapiens pertenece a la propia biosfera terrestre pudiéndose considerar también como forzamientos internos según el criterio que se use. Obra anteriormente citada. “En las causas internas se encuentran una mayoría de factores no sistemáticos o caóticos en este grupo donde se encuentran los factores amplificadores y moderadores que actúan en respuesta a los cambios introduciendo una variable más al problema ya que no solo hay que tener en cuenta los factores que actúan sino también las respuestas que dichas modificaciones pueden conllevar”. Por todo eso al clima se le considera un sistema complejo. Según qué tipo de factores dominen la variación del clima será sistemática o caótica. En esto depende mucho la escala de tiempo en la que se observe la variación ya que pueden quedar patrones regulares de baja frecuencia ocultos en variaciones caóticas de alta frecuencia y viceversa. Puede darse el caso de que algunas variaciones caóticas del clima no lo sean en realidad y que sean catalogadas como tales por un desconocimiento de las verdaderas razones causales de las mismas. Así en nuestra Constitución de la República el cambio climático, el Art. 414 menciona que: “El Estado adoptará medidas adecuadas y transversales, mediante la limitación de las emisiones de gases de efecto invernadero, de la deforestación y de la contaminación atmosférica; y que, tomará medidas para la conservación de los bosques y la vegetación, y protegerá a la población en riesgo.” 2.3.1 Biosfera Ecología Urbana Y Energía Alternativas 2.3.2 Ecología Urbana

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(MONTENEGRO Medina Libardo, 2001). En su contenido Biodiversidad.

Fórmula que “La

ecología urbana es una disciplina cuyo objeto de estudio son las relaciones entre los habitantes de una aglomeración urbana y sus múltiples relaciones con el ambiente”. Los flujos de materia y energía relacionan a la ciudad en su entorno el estudio de los impactos producidos por las distintas actividades humanas sobre el ambiente y la búsqueda de criterios multifacéticos para la gestión de las ciudades. En la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano. Estocolmo 1997. Manifestaron que “La Ecología Urbana, se ocupa de diversas cuestiones ambientales vinculadas con: los recursos hídricos contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, abastecimiento de agua para consumo humano y usos productivos, inundaciones, la gestión de residuos domésticos, industriales, peligrosos, el consumo energético, la dinámica del periurbano, los sistemas de transportes, la contaminación del aire, la degradación del suelo, los asentamientos, el acceso a áreas verdes, entre otras”. “Los profesionales de la ecología urbana se instala en el debate público y académico a partir de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano realizada en Estocolmo en 1972, a partir de la cual se crea el Programa de las Naciones Unidas a cargo de asuntos ambientales (PNUMA). “Se reconoce como un hito en esta temática el Informe Brundtland elaborado en 1987 por la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo donde se expuso por primera vez el concepto de Desarrollo Sostenible refiriéndose al desarrollo que satisface las necesidades de la generación actual sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades”. Los biólogos son quienes se ocuparon de los temas referentes a la Ecología Urbana y la necesidad del trabajo interdisciplinario motivó que profesionales de diversos campos geógrafos, antropólogos, abogados, economistas, sociólogos, arquitectos, agrónomos, entre otros se involucren en estas cuestiones.

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Las investigaciones ecológicas sobre los sistemas urbanos han aportado conocimiento, desde un punto de vista sistémico, respecto a la naturaleza de la ciudad que posibilita acciones sobre bases científicas. (DI PACE Maria Josefa, 1996). En su comentario El desarrollo de esta nueva disciplina la Universidad Nacional de General Sarmiento Residuos Sólidos en las Zonas Urbanas,

“En todo

ecosistema se produce una masa sólida de restos orgánicos de organismos vivos y de su actividad como restos de ramas y hojas, cadáveres de animales y excrementos, aunque también hay materia inorgánica. Gracias a los procesos de descomposición de la fauna y flora del suelo, los residuos sólidos son reciclados al medio”.

En nuestras grandes ciudades, donde la ausencia de suelos naturales es mayoritaria, también se producen residuos sólidos, los llamados residuos sólidos urbanos que representan una mezcla de los restos de las actividades domésticas, económicas, industriales y de procesos.

Componentes de la basura. 

Materia orgánica. Son los restos procedentes de la limpieza o la preparación de los alimentos, junto con la comida que sobra.



Hojas y ramas producto de la limpieza y poda de elementos verdes: Jardines, parques, camellones, etc.



Papel y cartón. Periódicos, revistas, publicidad, cajas y embalajes, etc.

Sólidos inorgánicos. 

Plásticos. Botellas, bolsas, empaques, platos, vasos y cubiertos desechables, etc.



Vidrio. Botellas, frascos diversos, vajilla rota...



Metales. Latas, botes, etc.



Otros. Pilas, baterías, materiales electrónicos en desuso, etc.



Desechos tóxicos



Aceites y grasas de origen mineral



Llantas



Ácidos y corrosivos



Materiales Biológicos, residuos de hospitales 49

(DI PACE Maria Josefa, 1996). Obra anterior citada.

Señala que. “El acopio y

tratamiento de los residuos urbanos se hace la recogida selectiva de residuos, es uno de los mayores problemas de muchas de las grandes Urbes en la actualidad, por la complejidad que representa y el volumen tan impresionante que día a día se genera y requiere eliminar”.

La recogida y el tratamiento de los residuos se realizan en varias fases:  Recogida selectiva.- Los contenedores de los distintos tipos de residuos permiten recoger separadamente el papel, el vidrio, los plásticos, el metal y las pilas.  Recogida general.- La bolsa general de basura y los residuos de los contenedores se llevan a los vertederos o las plantas de selección de residuos.  Plantas de selección.- Los residuos pasan por una zona de selección en la que, en parte manualmente y en parte con máquinas, se le retiran latas y el material voluminoso.  Reciclaje y recuperación de materiales.- La finalidad del reciclaje y la recuperación de residuos consiste en reutilizar la mayor parte de los Residuos. Aprovechamiento y reutilización.  El papel, las telas y el cartón reciclado producen celulosa para generar nueva pasta para papel, lo que evita talar nuevos árboles.  El vidrio reciclado se puede utilizar para fabricar nuevas botellas y envases sin necesidad de extraer más materias primas y, sobre todo, con mucho menor gasto de energía.  Los plásticos, se separan porque algunos se pueden usar para fabricar nueva materia prima y otros para construir objetos diversos.  Aceites vegetales, iniciaron procesos para convertir estos en combustibles orgánicos para motores de combustión interna.  Materia Orgánica, al fomentarse se forma la mezcla denominada composta que se puede usar para abonar suelos, alimentar ganado, construir carreteras y obtener combustibles.

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Todas estas actividades se realizan en una zona urbana, con otros que provienen de los comercios, oficinas, colegios y los derivados de la gestión de la limpieza de parques y jardines. El exceso de residuos que se generan, hay que añadir el problema de su acumulación y mal manejo en los procesos de recolección y reciclaje por las malas políticas de los gobiernos para la gestión medioambiental. 2.3.3 Energía Alternativa (VELASCO GÓMEZ Eloy, 2005). Resumen Del Libro Bombas De Calor Y Energías Renovables En Edificios.

Menciona “Se denomina energía alternativa, o más propiamente

fuentes de energía alternativas, a aquellas fuentes de energía planteadas como alternativa a las tradicionales clásicas”. No obstante, no existe consenso respecto a qué tecnologías están englobadas en este concepto, y la definición de energía alternativa difiere según los distintos autores: (CREUS SOLE Antonio, Energía Renovable, 2009). En su argumentación Energía Renovable.

“En la definición de energía alternativa sería equivalente al concepto de energía renovable o energía verde, mientras que las definiciones más amplias consideran energías alternativas a todas las fuentes de energía que no implican la quema de combustibles fósiles carbón, gas y petróleo; en estas definiciones, además de las renovables, están incluidas la energía nuclear o incluso la hidroeléctrica”. Los combustibles fósiles han sido la fuente de energía empleada durante la revolución, pero en la actualidad presentan fundamentalmente dos problemas: Por un lado son recursos finitos, y se prevé el agotamiento de las reservas especialmente de petróleo en plazos más o menos cercanos, en función de los distintos estudios publicados. Por otra parte, la quema de estos combustibles libera a la atmósfera grandes cantidades de CO2, que ha sido acusado de ser la causa principal del calentamiento global. Por estos motivos, se estudian distintas opciones para sustituir la quema de combustibles fósiles por otras fuentes de energía carentes de estos problemas.

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Las energías alternativas se dividen en dos grandes grupos:  Fuentes de energía renovables eólica, solar, biomasa, mareomotriz.  Energía nuclear.

No todos coinciden en clasificar la energía nuclear dentro de las energías alternativas, pues al igual que los combustibles fósiles, se trata de un recurso finito, y además presenta problemas medioambientales importantes, como la gestión de los residuos radiactivos o la posibilidad de un accidente nuclear.

Sin embargo, la reducida emisión de CO2 de esta tecnología, y la todavía insuficiente capacidad de las energías renovables para sustituir completamente a los combustibles fósiles, hacen de la energía nuclear una alternativa sujeta a fuerte polémica. (JARA Tirapegui Wilfrido , 2006).En su argumentación de “Introducción a las Energías Renovables no Convencionales.

Expresa que “Los recursos inagotables son los que el

hombre utiliza en baja proporción con respecto a la cantidad disponible en la naturaleza. Los recursos inagotables se encuentran en cantidades abundantes y se recuperan o regeneran por sí mismos, dado que cumplen los ciclos biogeoquímicos de la materia. El agua y el aire son ejemplos de recursos inagotables. Además de esto, son recursos que se pueden aprovechar de una manera fácil y sencilla”. 2.3.4 Legislación Forestal Del Patrimonio Forestal del Estado el Art. 1.- “Constituyen patrimonio forestal del Estado, las tierras forestales que de conformidad con la Ley son de su propiedad, los bosques naturales que existan en ellas, los cultivados por su cuenta y la flora y fauna silvestres; los bosques que se hubieren plantado o se plantaren en terrenos del Estado, exceptuándose los que se hubieren formado por colonos y comuneros en tierras en posesión”. Los derechos por las inversiones efectuadas en los bosques establecidos mediante contratos de consorcios forestales, de participación especial, de forestación y pago de la inversión para la utilización del Fondo Nacional de Forestación, celebrado 52

con personas naturales o jurídicas, otras inversiones similares, que por efecto de la presente Ley son transferidos al Ministerio. Las tierras del Estado, marginales para el aprovechamiento agrícola o ganadero, todas las tierras que se encuentren en estado natural y que por su valor científico y por su influencia en el medio ambiente, para efectos de conservación del ecosistema y especies de flora y fauna, deban mantenerse en estado silvestre. Formarán también dicho patrimonio, las tierras forestales y los bosques que en el futuro ingresen a su dominio, a cualquier título, incluyendo aquellas que legalmente reviertan al Estado. Los manglares, aun aquellos existentes en propiedades particulares, se consideran bienes del Estado y están fuera del comercio, no son susceptibles de posesión o cualquier otro medio de apropiación y solamente podrán ser explotados mediante concesión otorgada, de conformidad con esta Ley y su reglamento. Art. 2.- “No podrá adquirirse el dominio ni ningún otro derecho real por prescripción sobre las tierras que forman el patrimonio forestal del Estado, ni podrán ser objeto de disposición por parte del Instituto Nacional de Desarrollo Agrario”. “El Estado garantizará a los pueblos indígenas, negros o afro ecuatorianos, lo previsto en el Art. 84 de la Constitución Política de la República”. Art. 3.- El Ministerio del Ambiente previos los estudios técnicos correspondientes determinará los límites del patrimonio forestal del Estado con sujeción a lo dispuesto en la presente Ley. Los límites de este patrimonio se darán a conocer al país mediante mapas y otros medios de divulgación. “Art. 4.- La administración del patrimonio forestal del Estado estará a cargo del Ministerio del Ambiente, a cuyo efecto, en el respectivo reglamento se darán las normas para la ordenación, conservación, manejo y aprovechamiento de los recursos forestales, y los demás que se estime necesarios”. Atribuciones y Funciones del Ministerio del Ambiente Art. 5.- El Ministerio del Ambiente, tendrá los siguientes objetivos y funciones: a) Delimitar y administrar el área forestal y las áreas naturales y de vida silvestre pertenecientes al Estado;

53

b) Velar por la conservación y el aprovechamiento racional de los recursos forestales y naturales existentes; c) Promover y coordinar la investigación científica dentro del campo de su competencia; d) Fomentar y ejecutar las políticas relativas a la conservación, fomento, protección, investigación, manejo, industrialización y comercialización del recurso forestal, así como de las áreas naturales y de vida silvestre; e) Elaborar y ejecutar los planes, programas y proyectos para el desarrollo del subsector, en los campos de forestación, investigación, explotación, manejo y protección de bosques naturales y plantados, cuencas hidrográficas, áreas naturales y vida silvestre; f) Administrar, conservar y fomentar los siguientes recursos naturales renovables: bosques de protección y de producción, tierras de aptitud forestal, fauna y flora silvestre, parques nacionales y unidades equivalentes y áreas de reserva para los fines antedichos; g) Promoverá la acción coordinada con entidades, para el ordenamiento y manejo de las cuencas hidrográficas, así como, en la administración de las áreas naturales del Estado, y los bosques localizados en tierras de dominio público; h) Estudiar, investigar y dar asistencia técnica relativa al fomento, manejo y aprovechamiento de los recursos forestales, áreas naturales y de vida silvestre; i) Promover la constitución de empresas y organismos de forestación, aprovechamiento, y en general de desarrollo del recurso forestal y de vida silvestre, en las cuales podrá ser accionista; y, j) Cumplir y hacer cumplir la Ley y reglamentos con el recurso forestal, áreas naturales y de vida silvestre. De los Bosques y Vegetación Protectores “Art. 6.- Se consideran bosques y vegetación protectores aquellas formaciones vegetales, naturales o cultivadas, que cumplan con uno o más de los siguientes requisitos”: a) Tener como función principal la conservación del suelo y la vida silvestre;

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b) Estar situados en áreas que permitan controlar fenómenos pluviales torrenciales o la preservación de cuencas hidrográficas, especialmente en las zonas de escasa precipitación pluvial; c) Ocupar cejas de montaña o áreas contiguas a las fuentes, corrientes o depósitos de agua; d) Constituir cortinas rompe vientos o de protección del equilibrio del medio ambiente; e) Hallarse en áreas de investigación hidrológico-forestal; f) Estar localizados en zonas estratégicas para la defensa nacional; y, g) Constituir factor de defensa de los recursos naturales y de obras de infraestructura de interés público. “Art. 7.- Sin perjuicio de las resoluciones anteriores a esta Ley, el Ministerio del Ambiente determinará mediante acuerdo, las áreas de bosques y vegetación protectores y dictará las normas para su ordenamiento y manejo. Para hacerlo, contará con la participación del CNRH”. Tal determinación podrá comprender no sólo tierras pertenecientes al patrimonio forestal del Estado, sino también propiedades de dominio particular. Art. 8.- Los bosques y vegetación protectores serán manejados, a efecto de su conservación, en los términos y con las limitaciones que establezcan los reglamentos. Art. 12.- Los propietarios de tierras forestales, especialmente las asociaciones, cooperativas, comunas y otras entidades constituidas por

agricultores

directos,

recibirán del Estado asistencia técnica y crediticia para el establecimiento y manejo de nuevos bosques.

Art.

13.- Declárase obligatoria y de interés público la forestación y

reforestación de las tierras de aptitud forestal, tanto públicas como privadas, y prohíbase su utilización en otros fines.

Para el efecto, el Ministerio del Ambiente, formulará y se someterá a un plan

nacional

de

forestación y reforestación, cuya ejecución 55

la

realizará

en

colaboración y coordinación con otras entidades del sector público, con las privadas que tengan interés y con los propietarios que dispongan de tierras forestales.

La expresada planificación se someterá al mapa de uso actual y potencial de los suelos, cuyo avance se pondrá obligatoriamente en conocimiento público cada año. Art. 14.- La forestación y reforestación previstas en el presente capítulo deberán someterse al siguiente orden de prioridades:

a. En

cuencas

de

alimentación

de

manantiales, corrientes y fuentes que

abastezcan de agua; b. En áreas que requieran de protección o reposición de la cubierta

vegetal,

especialmente en las de escasa precipitación pluvial; y, c. En general, en las demás tierras de aptitud forestal o que por otras razones de defensa agropecuaria u obras de infraestructura deban ser consideradas como tales.

La Ley de Gestión Ambiental “Art. 33.-Establecen como instrumentos de aplicación de las normas ambientales los siguientes: parámetros de calidad ambiental, normas de efluentes y emisiones, normas técnicas de calidad de productos, régimen de permisos y licencias administrativas, 40evaluaciones de impacto ambiental, listados de productos contaminantes y nocivos para la salud humana y el medio ambiente, certificaciones de calidad ambiental de productos y servicios y otros que serán regulados en el respectivo reglamento”. Ley De Aguas “Art. 22.-Prohíbase toda contaminación de las aguas que afecte a la salud humana o al desarrollo de la flora o de la fauna”. 2.3.5 Legislación Minera Historia minera del Ecuador:

56

(CARDENAS carla , 2004). En su cita Sistematización de la Experiencia de Explotación Minera de Bella Rico y Guananche Tres de Mayo. Dice que “La minería en el Ecuador se remonta a partir de las primeras comunidades que se formaron en las distintas partes de los territorios ecuatorianos, siendo estas las propulsoras de los actuales avances mineros en el país”.

En América latina, varias fueron las empresas que, en ese tiempo, fueron las que llevaron a cabo los actos de minería en el continente. Dichos actos se las conocía como mitas; que solamente fueron minas que no cumplían con los reglamentos básicos de seguridad y que solamente cumplían una función: extraer los metales preciosos de los diferentes yacimientos y entregarlos para que los jefes supremos los usaran, y que al fundirlos, daban varias joyas como: aretes, collares. Manillas, etc. Sin embargo estas pequeñas ideas que tenían los antiguos pueblos, pronto se convirtieron en las armas más poderosas para satisfacer cierto grado de ambición de los conquistadores.

(ACOSTA Alberto, 2009). En su manual La maldición de la abundancia. Enuncia que en la era incásica y post-incásica. “En la era incásica, el Ecuador formaba parte de lo que antiguamente se denominaba Tahuantinsuyo, siendo este país uno de los principales exportadores de obsidiana, un mineral muy valioso y que solamente se encuentra en la lava ardiente de los volcanes. Esto da un valor lógico de que los yacimientos mineros en la era incásica, eran solamente de seleccionados metales y minerales, tal es el caso de: oro, cobre, plata, obsidiana, diamantes”.

La minería en la época colonial se convierte en uno de los trabajos más difíciles y duros de realizar. Estos campos se ven agraviados con la llegada de los españoles en 1594 trayendo consigo a esclavos negros para que trabajen en las llamadas mitas.

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Las mitas no eran más que trabajos en minas para la extracción de minerales preciosos. Conjuntamente con los obrajes y las encomiendas eran las principales fuentes explotadoras de minerales, textiles y esclavos. Tal es el caso de que en la actual minería se emplea lo que es el agua, logrando así una contaminación exhaustiva de este recurso natural. Solamente para obtener lo que es tonelada de cobre se requiere de por lo menos de 10.000 a 30.000 litros de agua.

Con el paso del tiempo se logró establecer ciertos mandatos mineros que eran muy importantes para regular y controlar la minería a gran escala y a mediana escala. Aunque estos mandatos han tenido mucha discusión y critica, eran muy necesarios para controlar las situaciones mineras a cargo del estado.

Pero el mandato minero lastimosamente no ha tenido los efectos deseados ya que el ministerio de minas y petróleos tiene muy poco contra en los que es el campo minero ya que en el Ecuador también se practican la minería ilegal o artesanal. Definición de Minería.

Para (MARTÍNEZ Estrada Alejandro, 2003).En su obra “Breve Historia del Ecuador de límites.

“La minería es la acción económica, comercial e industrial con base en la explotación y extracción de la riqueza mineral que se encuentra en el suelo y subsuelo, para cuyo efecto existen las minas y las explotaciones mineras."

(En el Diccionario de la Lengua Castellana)."Minería

es la acción por la cual se cava en

la tierra con el fin de extraer los metales o minerales que en ella existen siendo ayudados por maquinaria pesada y por mano de obra humana".

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Se puede manifestar que la minería es un conjunto de operaciones cuyo objeto

es

buscar,

extraer

y

procesar

las

sustancias

minerales

que

ofrecen interés económico.

La minera son acciones y operaciones que se basan en las extracciones de metales o minerales del suelo y subsuelo ayudados por maquinaria pesada y mano de obra humana, dando como resultado un benéfico económico y tiene como efecto la aparición de la explotación minera.

Características de la minería Para (OSSA Bulnes Juan, 1999). En su texto de Derecho Minero expresa. “Que no presentan muchas características la minería en sí, solamente las más notables que se refieren a los campos de la contaminación ambiental y las manos de obra humanas”.

Algunas de las características más notables con respecto a los dos temas en los que se refiere a la minería:

1. No son muy intensivas en la mano de obra. 2. Contaminan el medio ambiente en los lugares en que se realizan estas explotaciones

mineras,

y

donde

no

existan programas ambientales

o

de control ambiental minería ilegal. 3. Requieren de mucho dinero fijo para cubrir los diferentes gastos que produce la mina en sí. 4. Los precios de

los

metales

y

de

los

minerales

los

determina

el mercado internacional siendo así un mala asesoramiento a los países más pobres y subdesarrollados.

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Estas características tienen como fin es la contaminación del ambiente y la destrucción de nuestro ecosistema en el Ecuador, pero por otro lado una minería legal y sustentable trae beneficios y el enriquecimiento de un pueblo pobre o subdesarrollado.

(VEGA Motos Raul, 2010). En libro La Sustentabilidad de la Industria Minera.

Divulga que

“Las minas siempre se construyen cerca de ríos por su fácil acceso para la limpieza de los metales”.

Lo que lleva a deducir que los ríos son también seriamente afectados y contaminados por causa de la minera ilegal y por las pocas leyes que rigen a la minería legal, la humanidad necesita a la minería para poder satisfacer algunas de las muchas necesidades básicas que tenemos o no, pero también no hay que olvidar que del otro lado de la minería esta la destrucción del ecosistema tal y como lo conocemos y que afecta a ciertas partes del de nuestras ciudades donde nosotros somos sus residentes.

Los efectos de la minería pueden

(LILLI Javier, 2007). En su texto Impactos de la Minería en el Medio Natural.

Que se debe

“Ser positivos como negativos, se recalca en un cierto punto de vista el lado negativo de la minería. Pero a su vez, también se podría decir que ha resultado una fuente de desarrollo para cada país”.

A continuación se detallara en una parte de los efectos negativos que produce la minería frente a los siguientes campos:

a. Medio ambiente. 60

b. Cielo abierto. c. Salud. d. Sociales.

Efectos de la minería en el medio ambiente son causados por la minería son muy visibles en algunos lugares y son casi invisibles en otros, pero en si la minería además de

ser

una

fuente

de desarrollo

económico,

también

es

una

fuente

de

mucha contaminación que se realiza en el ambiente en general”.

Entes reguladores de las minas en el Ecuador

El Ministerio de Recursos Naturales no Renovables.

A partir de la nueva ley minera se

han creado instituciones que son las encargadas de controlar la minería. De la ley aprobada de Motecristi se deriva el Ministerio de Recursos Naturales No Renovables. Este ente fue creado por la Presidencia de la República para que sea un eje central en el control de los productores mineros. Este es un ministerio sectorial que se encarga de las políticas públicas, extender los acuerdos y resoluciones entre otras funciones está la de regular las minas en un amplio control.

Además de este ente de control en general, se tiende a la ayuda de varios sectores estratégicos como los siguientes:

Agencia de Regulación y Control Minero “ARCOM"

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El art. 8 de Ley de la Minería dice:" la Agencia de Regulación y Control Minero, es el organismo técnico-administrativo, encargado del ejercicio de la potestad estatal de vigilancia, auditoria, intervención y control de las fases de la actividad minera que realice la empresa nacional mineral, las empresas mixtas mineras, la iniciativa privada, la pequeña minería, la minería artesanal y de sustento, de conformidad con las regulaciones de esta ley y sus reglamentos."

Instituto Nacional de Investigación Geológico Minero Metalúrgico INIGEMMEl

Art.10 de

Ley Actual de Minería afirma: "crease el instituto nacional de investigación geológico minero, metalúrgico de acuerdo con las normas del artículo 386 de la Constitución de la República del Ecuador como institución pública encargada de realizar actividades de investigación desarrollo tecnológico e innovación en materia geológica, minera y metalúrgica".

Es decir este organismo tiene competencia para generar, sistematizar, focalizar y administrar la información geológica de todo el territorio nacional.

Empresa Nacional Minera ENAMI EP El Art. 12 de la Ley Minera: "es una sociedad de derechopúblico con personalidad jurídica, patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria, financiera, económica y administrativa, destinada a la gestión de la actividad minera para el aprovechamiento sustentable de los recursos, materia de la presente ley en observancia a las disposiciones de la misma y sus reglamentos. La Empresa Pública Minera, sujeta a la regulación y el control específicos establecidos en la Ley de Empresas Publicas, deberá actuar con altos parámetros de calidad y criterios empresariales, económicos, sociales y ambientales".

De los preceptos generales en el Art. 1.- Del objeto de la Ley.- La presente Ley de Minería norma el ejercicio de los derechos soberanos del Estado Ecuatoriano, para administrar, regular, controlar y gestionar el sector estratégico minero, de conformidad 62

con los principios de sostenibilidad, precaución, prevención y eficiencia. Se exceptúan de esta Ley, el petróleo y demás hidrocarburos.

“Art. 5.- Estructura Institucional.- El sector minero estará estructurado de la siguiente manera”:

a) El Ministerio Sectorial; b) La Agencia de Regulación y Control Minero; c) El Instituto Nacional de Investigación Geológico, Minero, Metalúrgico: d) La Empresa Nacional Minera; y, e) Las municipalidades en las competencias que les Correspondan.

“En el Capítulo II. Nos habla sobre Preservación del Medio Ambiente el Art. 78.-“ Estudios de impacto ambiental y Auditorías Ambientales.- Los titulares de concesiones mineras y plantas de beneficio, fundición y refinación, previamente a la iniciación de las actividades mineras en todas sus fases, de conformidad a lo determinado en el inciso siguiente, deberán efectuar y presentar estudios de impacto ambiental en la fase de exploración inicial, estudios de impacto ambiental definitivos y planes de manejo ambiental en la fase de exploración avanzada y subsiguientes, para prevenir, mitigar, controlar y reparar los impactos ambientales y sociales derivados de sus actividades, estudios que deberán ser aprobados por el Ministerio del Ambiente, con el otorgamiento de la respectiva Licencia Ambiental.

No podrán ejecutarse actividades mineras de exploración inicial, avanzada, explotación, beneficio, fundición, refinación y cierre de minas que no cuenten con la respectiva Licencia Ambiental otorgada por el Ministerio del ramo.

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Para el procedimiento de presentación y calificación de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental y otorgamiento de licencias ambientales, los límites permisibles y parámetros técnicos exigibles serán aquellos establecidos en la normativa ambiental vigente.

Todas las fases de la actividad minera y sus informes ambientales aprobatorios requieren de la presentación de garantías económicas determinadas en la normativa ambiental legal y reglamentaria vigente.

Los términos de referencia y los concursos para la elaboración de estudios de impacto ambiental, planes de manejo ambiental y auditorías ambientales deberán ser elaborados, obligatoriamente por el Ministerio del Ambiente y otras instituciones públicas competentes, estas atribuciones son indelegables a instituciones privadas.

Los gastos en los que el ministerio del ambiente incurra por estos términos de referencia y concursos serán asumidos por el concesionario.

Los titulares de derechos mineros están obligados a presentar una auditoría ambiental anual que permita a la entidad de control monitorear, vigilar y verificar el cumplimiento de los planes de manejo ambiental.

“Art. 79.- Tratamiento de aguas.- Los titulares de derechos mineros y mineros artesanales que, previa autorización de la autoridad única del agua, utilicen aguas para sus trabajos y procesos, deben devolverlas al cauce original del río o a la cuenca del lago o laguna de donde fueron tomadas, libres de contaminación o cumpliendo los límites permisibles establecidos en la normativa ambiental y del agua vigentes, con el fin que no se afecte a los derechos de las personas y de la naturaleza reconocidos constitucionalmente”.

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El tratamiento a darse a las aguas para garantizar su calidad y la observancia de los parámetros de calidad ambiental correspondientes, deberá preverse en el respectivo sistema de manejo ambiental, con observancia de lo previsto en las Leyes pertinentes y sus reglamentos.

La reutilización del agua, a través de sistemas de recirculación es una obligación permanente de los concesionarios El incumplimiento de esta disposición ocasionará sanciones que pueden llegar a la caducidad de la concesión o permiso.

“Art. 80.- Revegetación y Reforestación.- Si la actividad minera requiere de trabajos a que obliguen al retiro de la capa vegetal y la tala de árboles, será obligación del titular del derecho minero proceder a la revegetación y reforestación de dicha zona preferentemente con especies nativas, conforme lo establecido en la normativa ambiental y al plan de manejo ambiental”.

Art. 81.- Acumulación de residuos y prohibición de descargas de desechos.- Los titulares de derechos mineros y mineros artesanales, para acumular residuos minero metalúrgicos deben tomar estrictas precauciones que eviten la contaminación del suelo, agua, aire y/o biota de los lugares donde estos se depositen, en todas sus fases incluyendo la etapa de cierre, construyendo instalaciones como escombreras, rellenos de desechos, depósitos de relaves o represas u otras infraestructuras técnicamente diseñadas y construidas que garanticen un manejo seguro y a largo plazo.

Se prohíbe la descarga de desechos de escombros, relaves u otros desechos no tratados, provenientes de cualquier actividad minera, hacia los ríos, quebradas, lagunas u otros sitios donde se presenten riesgos de contaminación. El incumplimiento de esta disposición ocasionará sanciones que pueden llegar a la caducidad de la concesión o permiso.

Art. 82.- Conservación de la flora y fauna.- Los estudios de impacto ambiental y los planes de manejo ambiental, deberán contener información acerca de las especies de 65

flora y fauna existentes en la zona, así como realizar los estudios de monitoreo y las respectivas medidas de mitigación de impactos en ellas.

Art. 83.- Manejo de desechos.- El manejo de desechos y residuos sólidos, líquidos y emisiones gaseosas que la actividad minera produzca dentro de los límites del territorio nacional, deberá cumplir con lo establecido en la Constitución y en la normativa ambiental vigente.

“Art. 84.- Protección del ecosistema.- Las actividades mineras en todas sus fases, contarán con medidas de protección del ecosistema, sujetándose a lo previsto en la Constitución de la República del Ecuador y la normativa ambiental vigente”.

Art. 85.- Cierre de Operaciones Mineras.- Los titulares de concesiones mineras deberán incluir en sus programas anuales de actividades referentes al p1án de manejo ambiental, información de las inversiones y actividades para el cierre o abandono parcial o total de operaciones y para la rehabilitación del área afectada por las actividades mineras de explotación, beneficio, fundición o refinación.

Asimismo, en un plazo no inferior a dos" años previo al cierre o abandono total de operaciones para las actividades mineras de explotación, beneficio, fundición o refinación, el concesionario minero deberá presentar ante el Ministerio del Ambiente, para su aprobación, un Plan de Cierre de Operaciones que incluya la recuperación del sector o área, un plan de verificación de su cumplimiento, los impactos sociales y su plan de compensación y las garantías indicadas en la normativa ambiental vigente; así corno, un plan de incorporación a nuevas formas de desarrollo económico.

Art. 86.- Daños ambientales.- Para todos los efectos legales derivados de la aplicación de las disposiciones del presente artículo y de la normativa ambiental vigente, la autoridad legal es el Ministerio del Ambiente.

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Para los delitos ambientales, contra el patrimonio cultural y daños a terceros se estará a lo establecido en la Constitución de la República del Ecuador y en la normativa civil y penal vigente.

El incumplimiento de las obligaciones contenidas en este Capítulo, dará lugar a las sanciones administrativas al titular de derechos mineros y poseedor de permisos respectivos por parte del Ministerio Sectorial, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que diere lugar. Las sanciones administrativas podrán incluir la suspensión de las actividades mineras que forman parte de dicha operación o la caducidad.

El procedimiento y los requisitos para la aplicación de dichas sanciones estarán contenidos en el reglamento general de la ley. 2.3.6 Acciones Administrativas, Civiles y Penales Las Acciones Administrativas

(HORACIO Jorge, 2008). En la Revista Iberoamericana de derecho Procesal Garantista.

Dice

que el debido proceso también se la considera “como la rama del Derecho que estudia el conjunto de normas y principios que regulan la función jurisdiccional del Estado en todos sus aspectos y por tanto fijan en los casos concretos, y que determinan las personas que deben someterse a la jurisdicción del Estado y los funcionarios encargados de ejercerla”

En el Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador “En todo proceso en el que se determine derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurara el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas” Numeral 1. “Corresponde a toda autoridad administrativa o judicial, garantizar el cumplimiento de la normas y los derechos de las partes”.

En este inciso obliga a todas las autoridades administrativas y las juezas y jueces a aplicar y garantizar en los procedimientos los derechos reconocidos en la Constitución, Tratados internacionales y la Ley y su efectiva aplicación a los casos concretos. Es obligación de los

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operadores de justicia y autoridades administrativas velar por la validez del proceso y dirigir el mismo conforme a la normativa preestablecida.

Entonces cuando surja una controversia debe existir una normativa jurídica anterior que regule, limitando los poderes del Estado y estableciendo el respeto de los derechos y obligaciones de los sujetos procesales, de manera que ninguna actuación de las autoridades dependa de su propio arbitrio, si no deben sujetarse a los procedimientos señalados en la Constitución, tratados Internacionales, la ley y los reglamentos.

Jefes del Ministerio del Ambiente. Estas infracciones son sancionadas con medidas pecuniarias, es decir medidas que afectan al patrimonio no a la persona. Éstas incluyen: multas, decomisos, suspensiones de licencias o permisos, clausuras, etc. Cabe anotar que aunque el Ministerio del Ambiente es la autoridad máxima ambiental en el país, hay otras instituciones públicas con competencia en temas ambientales.

Un ejemplo de infracción administrativa ambiental y de la autoridad sancionadora lo encontramos en la Ley Forestal: Art. 85: “La captura o recolección de especímenes zoológicos y muestras botánicas en el patrimonio de áreas naturales del Estado, sin la correspondiente autorización, será sancionada administrativamente con multa equivalente de uno a tres salarios mínimos vitales generales, sin perjuicio del decomiso de los especímenes, muestras o instrumentos.”

Art. 94.- de la Ley Forestal. La imposición de las sanciones administrativas establecidas en esta Ley, será de competencia de los Jefes de Distrito Regional y Jefes de Área Natural, dentro de su respectivo ámbito, de conformidad con el trámite previsto en esta Ley. Las infracciones administrativas cometidas dentro de las unidades respectivas serán sancionadas por los jefes correspondientes. Habrá lugar al recurso de apelación para ante el Ministro del Ambiente, cuya resolución causa ejecutoria en la vía administrativa.

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Como se indicó, no solo el Ministerio del Ambiente tiene atribuciones jurisdiccionales en temas ambientales. La Ley Orgánica de Salud nos remite a otras autoridades con capacidad de juzgar infracciones de contenido ambiental. El ejemplo es además ilustrativo de cómo funcionan las distintas instancias administrativas.

a) La conducta debida

“Art. 105.- La Ley Orgánica de Salud. Las personas naturales o jurídicas propietarias de instalaciones o edificaciones, públicas o privadas, ubicadas en las zonas costeras e insulares, utilizarán las redes de alcantarillado para eliminar las aguas servidas y residuales producto de las actividades que desarrollen; y, en los casos que inevitablemente requieran eliminarlos en el mar, deberán tratarlos previamente, debiendo contar para el efecto con estudios de impacto ambiental; así como utilizar emisarios submarinos que cumplan con las normas sanitarias y ambientales correspondientes.

Las Acciones Civiles

En general, quien infiere un daño a otro está obligado a indemnizarlo, independientemente de cumplir con las sanciones administrativas o penales que también correspondan26. Esa indemnización se persigue por la vía civil.

“El art. 43 de la ley de Gestión Ambiental prevé la acción por daños y perjuicios específicamente ambientales y dispone que las personas naturales, jurídicas o grupos humanos, vinculados por un interés común y afectados directamente por la acción u omisión dañosa podrán interponer ante el Juez competente acciones por daños y perjuicios y por el deterioro causado a la salud o al medio ambiente, incluyendo la biodiversidad con sus elementos constitutivos. Las demandas por daños y perjuicios originados por una afectación al ambiente se tramitarán por la vía verbal sumaria”.

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Las Acciones Penales

Las infracciones penales suelen ser infracciones que causan mayor conmoción social y como tal son sancionadas con penas más severas. Las penas por infracciones penales suelen incluir la privación de la libertad.

“Las infracciones penales se clasifican a su vez en delitos y contravenciones. Estas últimas conllevan sanciones más leves que los primeros. El régimen de juzgamiento varía también. Los delitos mueven al aparato judicial penal en su conjunto: fiscales, jueces, tribunales penales y Corte en caso de impugnaciones. Las contravenciones las juzgan autoridades de policía competentes”.

La acción penal es aquella que se origina a partir de un delito y que supone la imposición de un castigo al responsable de acuerdo a lo establecido por la ley. De esta manera, la acción penal es el punto de partida del proceso judicial.

Existen dos tipos de acción penal, la pública y la privada. La primera hace referencia a lo que concierne al ministerio público, sin perjuicio de la participación de la víctima y la segunda le corresponde a la víctima específicamente.

2.3.7 Sanciones Código Orgánico Integral Penal

En el nuevo Código Orgánico Integral Penal, publicado en el Registro Oficial Nº.- 180 del lunes 10 de febrero de 2014, se incorporan algunas disposiciones que responden a principios fundamentales del derecho penal, uno de ellos, la reparación integral, que radica en la solución que objetiva y simbólicamente restituya, en la medida 70

de lo posible, al estado anterior de la comisión del hecho y satisfaga a la víctima, cesando los efectos de las infracciones perpetradas. Su naturaleza y monto dependen de las características del delito, bien jurídico afectado y el daño ocasionado.

En el Capítulo Cuarto, delitos contra el ambiente y la naturaleza o pacha mama, Sección Primera. Delitos contra la biodiversidad del COIP expresa:

Artículo 245.- Invasión de áreas de importancia ecológica.- La persona que invada las áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o ecosistemas frágiles, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Se aplicará el máximo de la pena prevista cuando:

1. Como consecuencia de la invasión, se causen daños graves a la biodiversidad y recursos naturales. 2. Se promueva, financie o dirija la invasión aprovechándose de la gente con engaño o falsas promesas. Artículo 246.- Incendios forestales y de vegetación.- La persona que provoque directa o indirectamente incendios o instigue la comisión de tales actos, en bosques nativos o plantados o páramos, será sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Se exceptúan las quemas agrícolas o domésticas realizadas por las comunidades o pequeños agricultores dentro de su territorio. Si estas quemas se vuelven incontrolables y causan incendios forestales, la persona será sancionada por delito culposo con pena privativa de libertad de tres a seis meses.

Si como consecuencia de este delito se produce la muerte de una o más personas, se sancionará con pena privativa de libertad de trece a dieciséis años.

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Artículo 247.- Delitos contra la flora y fauna silvestres.-La persona que cace, pesque, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias, listadas a nivel nacional por la Autoridad Ambiental Nacional así como instrumentos o tratados internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Se aplicará el máximo de la pena prevista si concurre alguna de las siguientes circunstancias:

1. El hecho se cometa en período o zona de producción de semilla o de reproducción o de incubación, anidación, parto, crianza o crecimiento de las especies. 2. El hecho se realice dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

Se exceptúan de la presente disposición, únicamente la cacería, la pesca o captura por subsistencia, las prácticas de medicina tradicional, así como el uso y consumo doméstico de la madera realizada por las comunidades en sus territorios, cuyos fines no sean comerciales ni de lucro, los cuales deberán ser coordinados con la Autoridad Ambiental Nacional. Artículo 248.- Delitos contra los recursos del patrimonio genético nacional.- El atentado contra el patrimonio genético ecuatoriano constituye delito en los siguientes casos:

1. Acceso no autorizado: la persona que incumpliendo la normativa nacional acceda a recursos genéticos del patrimonio nacional que incluya o no componente intangible asociado, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años de prisión. La pena será agravada en un tercio si se demuestra que el acceso ha tenido finalidad comercial.

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2. Erosión genética: la persona que con sus acciones u omisiones ingrese, reproduzca, trafique o comercialice organismos o material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional, que incluyan o no componente intangible asociado, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años, tomando en consideración el valor de los perjuicios causados.

3. Pérdida genética: la persona que con sus acciones u omisiones provoque pérdida del patrimonio genético nacional, que incluya o no componente intangible asociado será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años, tomando en consideración el valor de los perjuicios causados.

Sección segunda delitos contra los recursos naturales

Artículo 251.- Delitos contra el agua.- La persona que contraviniendo la normativa vigente, contamine, deseque o altere los cuerpos de agua, vertientes, fuentes, caudales ecológicos, aguas naturales afloradas o subterráneas de las cuencas hidrográficas y en general los recursos hidro biológicos o realice descargas en el mar provocando daños graves, será sancionada con una pena privativa de libertad de tres a cinco años.

Se impondrá el máximo de la pena si la infracción es perpetrada en un espacio del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o si la infracción es perpetrada con ánimo de lucro o con métodos, instrumentos o medios que resulten en daños extensos y permanentes. Artículo 252.- Delitos contra suelo.- La persona que contraviniendo la normativa vigente, en relación con los planes de ordenamiento territorial y ambiental, cambie el uso del suelo forestal o el suelo destinado al mantenimiento y conservación de ecosistemas nativos y sus funciones ecológicas, afecte o dañe su capa fértil, cause

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erosión o desertificación, provocando daños graves, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

Se impondrá el máximo de la pena si la infracción es perpetrada en un espacio del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o si la infracción es perpetrada con ánimo de lucro o con métodos, instrumentos o medios que resulten en daños extensos y permanentes.

Artículo 253.- Contaminación del aire.- La persona que, contraviniendo la normativa vigente o por no adoptar las medidas exigidas en las normas, contamine el aire, la atmósfera o demás componentes del espacio aéreo en niveles tales que resulten daños graves a los recursos naturales, biodiversidad y salud humana, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Sección tercera, Delitos contra la gestión ambiental

Artículo 254.- Gestión prohibida o no autorizada de productos, residuos, desechos o sustancias peligrosas.-La persona que, contraviniendo lo establecido en la normativa vigente, desarrolle, produzca, tenga, disponga, queme, comercialice, introduzca, importe, transporte, almacene, deposite o use, productos, residuos, desechos y sustancias químicas o peligrosas, y con esto produzca daños graves a la biodiversidad y recursos naturales, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años cuando se trate de:

1. Armas químicas, biológicas o nucleares. 2. Químicos y Agroquímicos prohibidos, contaminantes orgánicos persistentes altamente tóxicos y sustancias radioactivas. 3. Diseminación de enfermedades o plagas. 74

4. Tecnologías, agentes biológicos experimentales u organismos genéticamente modificados nocivos y perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la biodiversidad y recursos naturales.

Si como consecuencia de estos delitos se produce la muerte, se sancionará con pena privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años.

Artículo 255.- Falsedad u ocultamiento de información ambiental.- La persona que emita o proporcione información falsa u oculte información que sea de sustento para la emisión y otorgamiento de permisos ambientales, estudios de impactos ambientales, auditorías y diagnósticos ambientales, permisos o licencias de aprovechamiento forestal, que provoquen el cometimiento de un error por parte de la autoridad ambiental, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Se impondrá el máximo de la pena si la o el servidor público, con motivo de sus funciones o aprovechándose de su calidad de servidor o sus responsabilidades de realizar el control, tramite, emita o apruebe con información falsa permisos ambientales y los demás establecidos en el presente artículo.

Sección cuarta, Disposiciones comunes

Artículo 256.- Definiciones y normas de la Autoridad Ambiental Nacional.- La Autoridad Ambiental Nacional determinarán para cada delito contra el ambiente y la naturaleza las definiciones técnicas y alcances de daño grave. Así también establecerá las normas relacionadas con el derecho de restauración, la identificación, ecosistemas frágiles y las listas de las especies de flora y fauna silvestres de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias.

Artículo 257.- Obligación de restauración y reparación.- Las sanciones previstas en este capítulo, se aplicarán concomitantemente con la obligación de restaurar 75

integralmente los ecosistemas y la obligación de compensar, reparar e indemnizar a las personas y comunidades afectadas por los daños. Si el Estado asume dicha responsabilidad, a través de la Autoridad Ambiental Nacional, la repetirá contra la persona natural o jurídica que cause directa o indirectamente el daño. La autoridad competente dictará las normas relacionadas con el derecho de restauración de la naturaleza, que serán de cumplimiento obligatorio.

Artículo 258.- Pena para las personas jurídicas.- En los delitos previstos en este Capítulo, si se determina responsabilidad penal para la persona jurídica se sancionará con las siguientes penas: 1. Multa de cien a trescientos salarios básicos unificados del trabajador en general, clausura temporal, comiso y la remediación de los daños ambientales, si el delito tiene prevista una pena de privación de libertad de uno a tres años. 2. Multa de doscientos a quinientos salarios básicos unificados del trabajador en general, clausura temporal, comiso y la remediación de los daños ambientales, si el delito tiene prevista una pena de privación de libertad de tres a cinco años. 3. Multa de quinientos a mil salarios básicos unificados del trabajador en general, clausura definitiva, comiso y la remediación de los daños ambientales, si el delito tiene prevista una pena de privación de libertad superior a cinco años.

Artículo 259.- Atenuantes.- Se podrá reducir hasta un cuarto de las penas contenidas en este Capítulo, cuando la persona que ha cometido la infracción, adopte las medidas y acciones que compensen los daños ambientales. La calificación y seguimiento de las medidas y acciones se hará bajo la responsabilidad de la Autoridad Ambiental Nacional. 2.4.1 Soberanía Alimentaria 2.4.2 Buen vivir (EDUARDO Gudynas, 2009). En su texto El Buen Vivir o la Disolución de la Idea del Progreso,

“El Buen Vivir como principio rector de la transversalidad en el currículo el Buen Vivir

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es un principio constitucional basado en el Sumak Kawsay, una concepción ancestral de los pueblos originarios de los Andes. Como tal, el Buen Vivir está presente en la educación ecuatoriana como principio rector del sistema educativo, y también como hilo conductor de los ejes transversales que forman parte de la formación en valores".

Sumak Kawsay es buen vivir o vida armónica aquello que conciben como el sentido ideal de la vida. Sumak significa lo bueno, lo bello, lo armónico, lo perfecto, lo ideal y Kawsay que significa vida, existencia.

En mi análisis no construye el Sumak Kawsay Buen Vivir; tampoco lo describe, ni lo representa de forma de vida; es decir, que por medio de un proceso de percepción lo hace emerger o manifestarse ante nosotros como fenómeno social objeto de conocimiento científico.

En nuestra Constitución Ecuatoriana consagrada en Montecristi, en la que se denominó Constitución de la República del Ecuador del 2008, publicado en el Registro Oficial Nº.- 395 del lunes 4 de agosto del 2008, cuando dicho concepto comienza a ser enriquecido más no inventado por diferentes intelectuales indigenistas para tratar de convertirlo no sólo en el ideal de vida, sino en el ideal de vida y en la práctica cotidiana del resto de la sociedad Ecuatoriana y de otros países andinos, en muchos de los cuales aunque persiste el nombre del Sumak Kawsay primitivo, sólo el nombre desnudo tenemos.

Por otra parte a lo contrario del buen vivir seria mal vivir y para (SARANGO, 2000).

En su texto expresa de la Experiencia de la Universidad Intercultural de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas que. “El Llakina se entiende como un concepto asociado al sufrimiento, a la crisis, a los problemas y dificultades supremas, que puede ser por el fallecimiento de alguien, por abandono u orfandad, por discapacidad o por una vida en crisis marcada por la precariedad económica. Para referirse a condiciones de este tipo, las cuales pueden afectar de algún modo y en algún momento a las personas, se usa la expresión Llaki Kawsay”. 77

El Llaki Kawsay o Mal Vivir puede estar relacionado con el ámbito personal y doméstico, el ámbito comunitario o el ámbito territorial.

En el primer caso, en el ámbito personal y doméstico, llamado mal vivir, puede ser originado por la ausencia o deficiencias en las cualidades del humano, falta de fortaleza por enfermedad o discapacidad; falta de conducta equilibrada por enfermedad, duelo o adicción; falta de sabiduría por escasa educación; falta de comprensión por escasa experiencia; falta de visión de futuro por escasa educación o experiencia; falta de tenacidad por falta de fortaleza o de sabiduría, pero también por la ausencia del hombre o la mujer en la unidad familiar defunción; migración, abandono; estas razones pueden hacer que no exista o que se pierda la armonía doméstica, en cuyo caso, la comunidad trata de ayudar a corregir dicha situación por medio de la solidaridad, del consejo y/o de la educación.

En el segundo caso, en el ámbito comunitario, el Llaki Kawsay o mal vivir, puede ser originado por la incorporación de valores occidentales, introducidos en la comunidad por misioneros, profesores, inmigrantes, emigrantes retornados, empresas externas al territorio, medios de comunicación, urbanización del territorio, emigración a otros territorios o ciudades.

Dichos valores modernos desplazan a un segundo plano los valores de la cultura, generando una colonización de los saberes y las prácticas cotidianas y desestimando y marginando los conocimientos ancestrales.

Sumak Kawsay o buen vivir, pasa a ser sustituida por la aspiración de satisfacer las ansiedades personales del individuo egocéntrico o falsas necesidades creadas por la sociedad, la misma obligado a sobreexplotar su territorio y a emigrar, para obtener dinero con el que adquirir los bienes materiales y servicios necesarios para satisfacer dichas ansiedades; y aparece en ellos el ánimo de lucro.

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Cuando esto ocurre esto se pierde parte de las cualidades necesarias para alcanzar y mantener el Sumak Kawsay buen vivir, tales como su fortaleza, su conducta equilibrada, su sabiduría, su comprensión, su visión de futuro y su tenacidad y de los valores sociales que contribuyen a ello tales como de la solidaridad, la reciprocidad, la ayuda, la generosidad, la obligación de recibir, el consejo.

En ese caso toda de la comunidad cae en el Llaki Kawsay o mal vivir. Y en el tercer caso, en el ámbito territorial, el Llaki Kawsay o mal vivir puede ser originado por un mal manejo de los suelos, del bosque o de las aguas, alimentos, mal ambiente dentro de una determinada sociedad o comunidad, lo que se provoca malas cosechas, sobreexplotación, contaminación aire por parte de las empresas, por falta de conocimiento o de comprensión.

A su vez por no seguir los consejos de los ancianos, bien por aumento excesivo de la población, y ello genera que la disponibilidad de recursos en el territorio no sea suficiente para satisfacer las necesidades de la comunidad. En estos casos, la comunidad puede optar por tratar de mejorar la gestión de su territorio, por desplazarse hacia otro territorio, o por dividirse y ocupar territorios diferenciados, lo cual no siempre es posible.

El Llaki Kawsay o mal vivir en un territorio también puede ser originado por la urbanización del mismo o por la emigración de los indígenas “runa” a entornos urbanos, lo cual impide o dificulta el cultivo de la huerta, la caza en la selva o la pesca, en las aguas terrestres, rompiendo así el vínculo del indígena con la tierra que le aporta la subsistencia y forzándolo a buscar otros medios para obtener los recursos necesarios para ello.

Habitualmente esto lleva al indígena a acudir al trabajo remunerado, bien por cuenta ajena, bien por cuenta propia, insertándose así en la lógica del mercado capitalista, que no siempre permite satisfacer ni siquiera las necesidades de los individuos, y mucho menos sus ansiedades. 79

La destrucción de la biodiversidad repercute en la destrucción del ser humano, de su cultura, de sus conocimientos, de sus formas de organización y de supervivencia el cambio climático, como consecuencia entre otras causas, de una racionalidad que se sustenta en el “control de la naturaleza”, está desatando nuevos desastres naturales que amenazan a la humanidad entera y, al mismo tiempo, nos está dando señales sobre la necesidad de valorar otras noción.

(VITERI, 2003). En su contenido Alternativa al Desarrollo en su Tesis Licenciatura Inédita.

Expresa que “El opuesto al Sumak Kawsay buen vivir, sería LLanki Kawsay, es decir el mal vivir, o como una vida desgraciada frente a una vida plena.

Sumak Kawsay en la Constitución de la República del Ecuador Artículo 14, se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, Sumak kawsay. Art. 250.- El territorio de las provincias amazónicas forma parte de un ecosistema necesario para el equilibrio ambiental del planeta. Este territorio constituirá una circunscripción territorial especial para la que existirá una planificación integral recogida en una ley que incluirá aspectos sociales, económicos, ambientales y culturales, con un ordenamiento territorial que garantice la conservación y protección de sus ecosistemas y el principio del Sumak kawsay. Art. 275.- El régimen de desarrollo es el conjunto organizado, sostenible y dinámico de los sistemas económicos, políticos, socioculturales y ambientales, que garantizan la realización del buen vivir, del Sumak kawsay. Art. 387.- Será responsabilidad del Estado numeral 2. Promover la generación y producción de conocimiento, fomentar la investigación científica y tecnológica, y potenciar los saberes ancestrales, para así contribuir a la realización del buen vivir, al Sumak kawsay.

Se puede decir que el Sumak kawsay es un sistema de vida que permite la armonía de la naturaleza. La naturaleza es todo lo que nos rodea y todo lo que nos rodea tiene vida. En ese

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sentido, Dios, el ser humano, el agua, los recursos naturales, bosques y todas las cosas forman parte de la naturaleza.

Pese a que la Constitución de la República del Ecuador del 2008, pretende en un momento reducir el Sumak kawsay a los derechos del buen vivir, tanto en el preámbulo como en el “régimen de desarrollo”, deja establecido como un principio que caracteriza al Estado Ecuatoriano y como fin u objetivo del régimen de desarrollo, lo cual implica que es un principio transversal que debe ser desarrollado en las normas interpretación constitucional y legal.

2.4.3 Agua (GALVÍN Rafael Marín, 2012). En su Argumentación de Procesos Fisicoquímicos de Depuración de Aguas: Teoría, Práctica y Problemas Resueltos. “El agua viene del latín aqua es una sustancia cuya molécula está formada por dos átomos de hidrógeno y uno de oxígeno (H2O). Es esencial para la supervivencia de todas las formas conocidas de vida”. Las comunidades, pueblos y nacionalidades conscientes de la herencia de nuestros padres y abuelos en donde el Sumak Kawsay, es parte importante de nuestra manera de ser, sabiendo que nuestra Pachamama es fundamental para la vida de todos nosotros y por lo tanto es necesario respetar a la madre naturaleza.

Conscientes de que el agua es la sangre de la tierra, de que el agua es vida, participamos en la defensa de la naturaleza y la vida, reafirmando nuestra decisión de seguir siendo pueblos nacionalidades y de vivir en nuestro medio pero con dignidad.

El término agua generalmente se refiere a la sustancia en su estado líquido, pero la misma puede hallarse en su forma sólida llamada hielo, y en forma gaseosa denominada vapor y es un elemento común del sistema solar, hecho confirmado en descubrimientos recientes. Puede ser encontrada, principalmente, en forma de hielo; de hecho, es el material base de los cometas y el vapor que compone sus colas. (RUSSELL David, 2012) En su texto “Tratamiento de Aguas Residuales un Enfoque Práctico. Denomina

“El agua es esencial para la mayoría de las formas de vida conocidas por el 81

hombre, incluida la humana. El acceso al agua potable se ha incrementado durante las últimas décadas en la superficie terrestre”. “Art. 12.- de la Constitución de La República del Ecuador”. El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida. “En el Art. 13.- De la Ley de Aguas”. Expresa que para el aprovechamiento de los recursos hidrológicos, corresponde al Consejo Nacional de Recursos Hídricos: a) Planificar su mejor utilización y desarrollo; b) Realizar evaluaciones e inventarios; c) Delimitar las zonas de protección; d) Declarar estados de emergencia y arbitrar medidas necesarias para proteger las aguas; y, e) Propender a la protección y desarrollo de las cuencas hidrográficas. En el capítulo II de la contaminación “Art. 22.- De la Ley de Aguas”. Prohíbase toda contaminación de las aguas que afecte a la salud humana o al desarrollo de la flora o de la fauna.

El Consejo Nacional de Recursos Hídricos, en colaboración con el Ministerio de Salud Pública y las demás entidades estatales, aplicará la política que permita el cumplimiento de esta disposición. Se concede acción popular para denunciar los hechos que se relacionan con contaminación de agua. La denuncia se presentará en la Defensoría del Pueblo. El recurso del agua y la situación actual de los Recursos Hídricos a nivel mundial y por consiguiente a nivel local, amerita tomar en consideración su conservación futura, ya que es un recurso que se va volviendo cada vez más escaso Esta situación se ve complicada aún más con los procesos de contaminación, por la falta de

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políticas para una gestión integral de los recursos hídricos, tanto superficiales como subterráneos. Los usuarios del recurso no consideran un uso racional de dicho elemento y por el contrario permanentemente lo desperdician.

El hombre puede subsistir sin alimentos pero no lo logra sin agua, es por tanto que todas sus actividades productivas están relacionadas con este recurso.

Para producir alimentos necesita contar con los recursos naturales o con sistemas de reserva y regadío, lo que le permitirá garantizar al menos la seguridad alimentaria.

Para el desarrollo urbano requiere igualmente contar con los recursos hídricos que le permitan entregar a los habitantes el recurso necesario para cubrir sus necesidades diarias, requiriendo cantidades significativas de este elemento de acuerdo al número de pobladores que tengan. Este recurso deberá ser por tanto garantizado en su cantidad y calidad.

Con el paso de los años y el crecimiento de los cetros poblados han generado un problema adicional, ya que las fuentes de agua que pueden ser utilizadas están cada vez más lejanas, lo que significa que se deban construir sistemas de transporte del recurso con altos costos.

No existe una planificación adecuada para la Gestión de los Recursos Hídricos, lo que impide la protección de los recursos, la coordinación de las instituciones públicas entre sí y con los sectores de usuarios y agentes sociales.

El modelo de planificación integrada para el aprovechamiento y protección de los recursos hídricos deberá contemplar:

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La planificación ha de ser vinculante para todas las instituciones públicas, centrales, seccionales y sectoriales.



Para el sector privado, la planificación ha de ser vinculante en los aspectos normativos, reguladores y de asignación de recursos hídricos, e indicativo en lo relativo a los proyectos de inversión.



El otorgamiento de concesiones de agua, de autorizaciones de vertido y la resolución de conflictos intersectoriales e intraregionales han de efectuarse de acuerdo con la planificación.



La planificación hídrica ha de elaborarse en coordinación con los otros planes de desarrollo y pensando siempre en la sustentabilidad.

Esta planificación integrada ha de incluir:



La planificación de recursos hídricos y demandas sectoriales – agua potable, riego estatal y particular, incluido riego comunitario y campesino -, energía eléctrica, industrias y otros. Como soporte de esta planificación deberá contarse con un Sistema de Información de Ofertas y Demandas.



La prevención de la contaminación y protección de los recursos hídricos en general.



La prevención de inundaciones, procesos de desertificación, el cambio climático, fenómenos adversos como El Niño, Sequías, etc.



La restauración de la cubierta vegetal, tanto a efectos de protección de los recursos como de prevención de riesgos y amenazas naturales y antrópicas.

Saneamiento

Los servicios de saneamiento básico son esenciales para el bienestar físico de la población y tienen fuerte impacto sobre el medio ambiente. Definimos saneamiento básico como un conjunto de actividades de abastecimiento de agua, colecta y disposición de aguas servidas, manejo de desechos sólidos y desechos peligrosos. 84

En relación a los servicios de saneamiento básico a nivel global, millones de personas carecen de acceso a agua segura y no cuentan con servicio de alcantarillado adecuado. Los problemas del sector de agua potable y saneamiento se pueden sintetizar en la falta de cobertura y la falta de eficiencia. La primera es la manifestación de un problema de equidad social, y tiene efectos graves en la salud y calidad de vida de la población, en la contaminación de los recursos hídricos y en la degradación ambiental.

La segunda tiene su origen en la escasa capacidad gerencial, económica y técnica de los operadores y es causa de la mala calidad de los servicios. Baja continuidad, pérdidas elevadas de agua, mala calidad del agua, mal estado del alcantarillado y de la insuficiencia financiera del sector, en la que convergen la falta de hábito de pago, la inexistencia de controles y la ausencia de una concepción empresarial de los servicios. Si hablamos del manejo de los desechos sólidos y desechos peligrosos, el panorama es aún más desalentador, ya que no existe un manejo técnicamente diseñado y la práctica más comunes la de los rellenos sanitarios, que normalmente se los coloca para rellenar cauces menores de agua e inclusive en cauces de ríos principales. No existe un manejo de los desechos y se toman todos sin ninguna clasificación lo que genera que se deban manejar volúmenes de desperdicios significativos. Por tanto, es necesario que a mediano plazo la cobertura de los servicios de agua potable y saneamiento sea prácticamente total, por lo que los programas que se ejecuten deben enmarcarse dentro de un conjunto de medidas destinadas a:



Facilitar el acceso de las clases pobres a los servicios.



Establecer operadores autónomos, eficientes y con capacidad gerencial, económica y técnica.



Crear operadores de suficiente dimensión territorial en el ámbito rural, que favorezcan la eficiencia y permitan la aplicación de subsidios cruzados. De no

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ser factible esto crear y fortalecer juntas administradoras de agua potable y alcantarillado con la participación de la comunidad. 

Definir el marco legal e institucional adecuado para las funciones de protección, control y monitoreo de la calidad de agua potable, en forma coordinada con el modelo de Gestión Integral de los Recursos Hídricos propuesto.



Incluir dentro del programa de prevención de la contaminación de la planificación hídrica las actuaciones concretas de tratamiento de las aguas servidas. Quito Los páramos y bosques han sufrido los efectos del crecimiento

demográfico acelerado. Tal crecimiento y la actividad industrial son factores altamente contaminantes. De hecho, el 95% del Río Machángara está biológicamente muerto. Pichincha cuenta con una superficie destinada a la producción agropecuaria de 740.471,58 ha.(aprox.). Esto representa el 55,8% de la superficie total de la superficie provincial (1’327.010 ha). De éstas, el 6,90%, es decir, 51.155 ha. Está bajo riego. El 66% de ese riego es aplicado por gravedad. Por goteo el 5,8%. Por aspersión 22%. Por bombeo 4.7%. Por otras formas de aplicación 1.5%.Foro de los Recursos Hídricos en general, las dificultades de los sistemas de riego en esta Provincia, son similares a los que afrontan las demás provincias del País: • En cuanto a la infraestructura existen sistemas inconclusos o mal diseñados. La mayoría se diseñaron sin la participación de los usuarios y casi todos aquejan problemas de pérdidas de agua. • Las acequias reflejan la falta de apoyo tanto del Estado como de los Gobiernos Locales. • Existen problemas de tecnología en la aplicación del riego, así como en la producción agropecuaria. En cuanto a los sistemas de agua de consumo en el sector urbano, En algunas ciudades, más que invertir en traer agua de nuevas fuentes, se debe invertir en optimizar los sistemas de distribución para evitar las fugas. Invertir en la conservación de los ecosistemas que proveen a sus sistemas de agua. 86

Establecer mecanismos de participación de los usuarios en los directorios de las empresas de agua o en las unidades municipales correspondientes, evitar la utilización de materiales nocivos para la salud en los sistemas de agua, tales como el asbesto cemento. 2.4.4 Derecho a la Alimentación En el Segundo Foro Internacional. Definió “La soberanía alimentaria, en esencia, proclama el derecho a alimentos seguros, nutritivos y culturalmente apropiados para toda la población, es el derecho de los individuos, comunidades y países para formular sus propias políticas de producción agrícola, trabajo, pesca, alimentos y tierra, de acuerdo a sus particulares circunstancias de recursos de producción alimentaria y capacidad sustentables de sus sociedades”. Movimiento Ecuador libre. En su Análisis de la Nueva Constitución. Expresa “El derecho a la alimentación es un derecho humano universal que permite que las personas tengan acceso a una alimentación adecuada y a los recursos necesarios para tener en forma sostenible seguridad alimentaria”. El Derecho a alimentos se encuentra reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, como parte del derecho a un nivel de vida adecuado y está consagrado con un mayor desarrollo en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966, como el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado y como el derecho de toda persona a estar protegida contra el hambre, Asimismo, lo amparan tratados regionales como el Protocolo de San Salvador de 1988. El Estado es el garante y responsable de realizar y velar por el derecho a la alimentación de toda la población de manera inmediata y de forma gradual, según la urgencia de la población afectada y el máximo disponible de recursos. De acuerdo con el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Existen cuatro niveles de obligaciones de los Estados con respecto al derecho a la alimentación: 

Respetar el acceso existente a una alimentación adecuada requiere que los Estados no adopten medidas de ningún tipo que tengan por resultado impedir este acceso.

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Proteger requiere que el Estado adopte medidas para velar que ningún actor social prive a las personas del acceso a una alimentación adecuada.



Facilitar implica que el Estado debe procurar iniciar actividades con el fin de fortalecer el acceso y la utilización por parte de la población de los recursos y medios que aseguren sus medios de vida, incluida la seguridad alimentaria.



Cumplir el derecho a la alimentación de forma directa cuando existan individuos o grupos incapaces, por razones que escapen a su control, de disfrutar el derecho a la alimentación adecuada por los medios a su alcance. Esta obligación se aplica también a las personas que son víctimas de catástrofes naturales o de otra índole. “Art. 281.- La soberanía alimentaria constituye un objetivo estratégico y una

obligación del Estado para garantizar que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la autosuficiencia de alimentos sanos y culturalmente apropiado de forma permanente. Para ello, será responsabilidad del Estado”: 1. Impulsar la producción, transformación agroalimentaria y pesquera de las pequeñas y medianas unidades de producción, comunitarias y de la economía social y solidaria. 2. Adoptar políticas fiscales, tributarias y arancelarias que protejan al sector agroalimentario y pesquero nacional, para evitar la dependencia de importaciones de alimentos. 3. Fortalecer la diversificación y la introducción de tecnologías ecológicas y orgánicas en la producción agropecuaria. 4. Promover políticas redistributivas que permitan el acceso del campesinado a la tierra, al agua y otros recursos productivos. 5. Establecer mecanismos preferenciales de financiamiento para los pequeños y medianos productores y productoras, facilitándoles la adquisición de medios de producción. 6. Promover la preservación y recuperación de la agro biodiversidad y de los saberes ancestrales vinculados a ella; así como el uso, la conservación e intercambio libre de semillas. 88

7. Precautelar que los animales destinados a la alimentación humana estén sanos y sean criados en un entorno saludable. 8. Asegurar el desarrollo de la investigación científica y de las innovaciones tecnológicas apropiadas para garantizar la soberanía alimentaria. 9. Regular bajo normas de bioseguridad el uso y desarrollo de biotecnología, así como su experimentación, uso y comercialización. 10. Fortalecer el desarrollo de organizaciones y redes de productores y de consumidores, así como las de comercializaciones y distribución de alimentos que promueva la equidad entre espacios rurales y urbanos. 11. Generar sistemas justos y solidarios de distribución y comercialización de alimentos. Impedir prácticas monopólicas y cualquier tipo de especulación con productos alimenticios. 139 12. Dotar de alimentos a las poblaciones víctimas de desastres naturales o antrópicos que pongan en riesgo el acceso a la alimentación. Los alimentos recibidos de ayuda internacional no deberán afectar la salud ni el futuro de la producción de alimentos producidos localmente. 13. Prevenir y proteger a la población del consumo de alimentos contaminados o que pongan en riesgo su salud o que la ciencia tenga incertidumbre sobre sus efectos. 14. Adquirir alimentos y materias primas para programas sociales y alimenticios, prioritariamente a redes asociativas de pequeños productores y productoras. “Art. 282.- El Estado normará el uso y acceso a la tierra que deberá cumplir la función social y ambiental. Un fondo nacional de tierra, establecido por ley, regulará el acceso equitativo de campesinos y campesinas a la tierra. Se prohíbe el latifundio y la concentración de la tierra, así como el acaparamiento o privatización del agua y sus fuentes. El Estado regulará el uso y manejo del agua de riego para la producción de alimentos, bajo los principios de equidad, eficiencia y sostenibilidad ambiental”.

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Art. 13. El derecho a la alimentación incluye el acceso libre y permanente a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para una alimentación sana, de calidad, de acuerdo con la cultura, tradiciones y costumbres de los pueblos. El Estado ecuatoriano reconocerá y garantizará el derecho a la soberanía alimentaria. Los alimentos son necesarios e indispensables para todos, pero al ser colocados como un derecho que puede ser justiciable exigible al Estado su reparación financiera, el gobierno echará mano de dineros de los bolsillos ciudadanos para subsidiar la alimentación de las personas que demanden al Estado por alimentos. De esta manera se elimina el incentivo para producir alimentos, ya que algunos campesinos verán más ventajoso demandar al Estado por alimentos que darse el trabajo de producirlos ya sucede esto en menor escala con el bono de la pobreza que el gobierno entrega. Las consecuencias podrían ser nefastas en el mediano plazo, sin incentivos para producir alimentos, éstos se convertirán en bienes escasos y su costo seguirá elevándose como ya está sucediendo en el Ecuador luego de haber destruido los incentivos para producir bienes con nuevos impuestos, regulaciones financieras y controles de precios.

Como llegamos a la crisis

En las últimas décadas hemos visto el avance del capital financiero y de las empresas transnacionales, sobre todos los aspectos de la agricultura y del sistema alimentario de los países y del mundo.

Desde la privatización de las semillas y la venta de agro tóxicos, hasta la compra de la cosecha, el procesamiento de los alimentos, y su transporte, distribución y venta al consumidor, todo está ya en manos de un número reducido de empresas.

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Los alimentos han pasado de ser un derecho de todos y todas, a ser una mercancía más. Se están homogenizando nuestras dietas en todo el mundo, con alimentos que son malos para la salud, tienen precios fuera del alcance de la gente, y estamos perdiendo las tradiciones culinarias de nuestros pueblos.

A la vez estamos viendo una ofensiva del capital sobre los recursos naturales, como no se había visto desde tiempos coloniales. La crisis de la tasa de ganancia del capital los lanza a una guerra privatizadora de despojo contra nosotros y nosotras, campesinos e indígenas, un robo privatizador de la tierra, el territorio, los bosques, la biodiversidad, al agua y la minería.

Los pueblos rurales y el medio ambiente están siendo agredidos. La siembra de agro combustibles en grandes monocultivos industriales es parte de este despojo, justificado falsamente con argumentos sobre las crisis energéticas y climáticas. La realidad detrás de estas últimas facetas de la crisis tiene mucho mas que ver con la matriz actual de transporte a larga distancia de bienes, e individualizado en automóviles, que con otra cosa.

Ahora el surgimiento de la crisis de alimentos y la crisis financiera hace que todo se agudiza. La misma crisis financiera y las crisis de alimentos están vinculados por la especulación que hace el capital financiero con los alimentos y la tierra, en detrimento de la gente.

Ahora el capital financiero se vuelve más desesperado, asaltando los erarios públicos para sus rescates, los cuales van a obligar a todavía mayores recortes presupuestarios en los países, y mayor pobreza y sufrimiento.

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El hambre en el mundo sigue su ritmo de crecimiento. La explotación y toda la forma de violencia, en especial contra las mujeres, aumentan. Con la contracción económica en los países ricos, crece la xenofobia en contra de los trabajadores y trabajadoras migrantes, con creciente racismo y represión, y el modelo dominante ofrece cada vez menos oportunidades para la juventud en el campo.

En síntesis, todo va de mal en peor, sin embargo, como toda crisis, genera oportunidades. Oportunidades para el capitalismo, que usa la crisis para reinventarse y encontrar nuevas fuentes de ganancias, pero también oportunidades para los movimientos sociales.

Está quedando claro que las corporaciones transnacionales son los verdaderos enemigos, y los gobiernos neoliberales no sirven los intereses de sus pueblos.

También está quedando claro que el régimen mundial de alimentos controlados por las empresas transnacionales, no es capaz de alimentar a la gran masa de personas en esta planeta, mientras que la soberanía alimentara basada en la agricultura campesina local es más necesario que nunca. 2.4.5 Ambiente Sano (FEDEROVISKY Sergio, 1992). En su Libro El Desarrollo Sostenible es el Mayor Mito del Medio Ambiente. ”Por medio ambiente se entiende todo lo que afecta a un ser vivo. Condiciona especialmente las circunstancias de vida de las personas o de la sociedad en su vida, comprende el conjunto de valores naturales, sociales y culturales existentes en un lugar y en un momento determinados, que influyen en la vida del ser humano y en las generaciones venideras”.

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Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados.

El vivir en un ambiente sano En principio creó Dios los cielos y la tierra Génesis 1.1 y luego permitió que las leyes naturales, que también fueron establecidas por Dios, operen para el desarrollo de miles de especies distintas, como hecho evidente que la naturaleza es producto de un Dios sublime y soberano que dio origen a toda vida.

La norma constitucional en el artículo 71, dice que la naturaleza donde se produce y se realiza la vida, tiene derecho a que se respete íntegramente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, funciones y procesos evolutivos. El Artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador. Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, Sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados. Por ello, en mérito de lo expuesto y a la luz de las normas constitucionales de los artículos 14 y 66, todos tenemos derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación, razón por la cual la Constitución y la Ley contiene disposiciones que protegen la naturaleza y el ambiente cuando son objeto de daño”.

En este contexto, una persona tiene derecho a construir una piscina camaronera, pero no tiene derecho a destruir el manglar. Igual ocurre con el que tiene derecho a construir una fábrica, pero no tiene derecho a contaminar el aire o el agua. En la misma forma, el que tiene derecho a poner una empresa de disco móvil, pero no tiene derecho para provocar ruido que enferme a los demás.

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Es indiscutible que todos deseamos vivir en un ambiente sano y gozar de buena salud y bienestar, y para hacer realidad este ideal tenemos la ineludible obligación de cuidar la naturaleza, es decir, los árboles, el agua y los animales que viven en los bosques.

Pero a pesar de toda esta protección jurídica, el hombre, a pretexto de impulsar el desarrollo tecnológico y científico, destruye la naturaleza, contamina el agua y el ambiente; tala en forma indiscriminada o quema los árboles, con lo cual, en un futuro no muy lejano, estaremos en presencia del principio bíblico que señala: habrá hambre, epidemias y terremotos en diferentes lugares. Que tiene derecho a poner una empresa de disco móvil, pero no tiene derecho para provocar ruido que enferme a los demás.

La Constitución de la República, Art. 12 al Art. 34, que involucran aspectos sustanciales necesarios para una vida con condiciones adecuadas para la creación y el progreso de la humanidad.

Sumak Kawsay en la Constitución:

Art. 14.- Se reconoce el derecho de la

población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, Sumak kawsay. Art. 250 de la Carta Magna. El territorio de las provincias amazónicas forma parte de un ecosistema necesario para el equilibrio ambiental del planeta. Este territorio 94

constituirá una circunscripción territorial especial para la que existirá una planificación integral recogida en una ley que incluirá aspectos sociales, económicos, ambientales y culturales, con un ordenamiento territorial que garantice la conservación y protección de sus ecosistemas y el principio del Sumak kawsay. Art. 275 del mismo Cuerpo Legal. El régimen de desarrollo es el conjunto organizado, sostenible y dinámico de los sistemas económicos, políticos, socioculturales y ambientales, que garantizan la realización del buen vivir, del Sumak kawsay. Art. 387 de la Constitución de la República. Será responsabilidad del Estado: numeral 2. Promover la generación y producción de conocimiento, fomentar la investigación científica y tecnológica, y potenciar los saberes ancestrales, para así contribuir a la realización del buen vivir, al Sumak kawsay.

95

CAPÍTULO III METODOLOGÍA 3. 1.

Determinación de los métodos a utilizar

Método Exegético.- En el presente análisis utilizare como procedimiento de exposición, enseñanza del estudio de los textos, positivos, cuya interpretación y sistematización para llegar a un buen entendimiento.

Método Científico.- Analizare las leyes, categorías, etapas, procesos, y técnicas que llevadas a la práctica nos permite generar el conocimiento científico sobre un objeto de estudio.

Método Lógico.- En cuanto este método se aplicara la formación como se refleja el objeto en nuestra conciencia, partiendo de la realidad, reflejada en forma teórica, al mismo tiempo, tanta la esencia del objeto, la necesidad y la regularidad, como la historia de su desarrollo.

Método Inductivo.- Este tipo de Investigación se observara aspectos, situaciones, ideas, hechos particulares, para llegar al principió o Ley general que los determina; es decir se toman los casos particulares para llegar a conclusiones generales. 3.2

Diseño de la Investigación El modelo de investigación que se utilizara es la cuantitativa, porque ayudara a

reunir información sobre datos que pueda evaluar el mecanismo empleado para la misma a través de cuestionarios, y encuestas.

96

A demás se manejará la investigación cualitativa, en la que ayudara ha recopilar información por medio del comportamiento humano y las razones que determinan esa conducta. Entre otros métodos de investigación que se requiera para realizar el presente trabajo de investigación. Métodos Particulares:

Método Analítico.- Este método de investigación es que permitirá separar de algunas de las partes de un todo, y poder someter a un estudio independiente.

Método Sintético.- Se operara este metodo por cuanto se estudiara de lo más simple en este caso el derecho del ambiente, para después referir a la norma de la Constitución de la República del Ecuador.

Método Descriptivo.-

A través de este métodos describirá el fenómeno

recogiendo e interpretando información de datos.

Para el desarrollo de mí trabajo investigativo, requeriré de las siguientes técnicas de la Investigación: 3.3

Población y Muestra La población para la presente investigación se contará con la participación del

ministerio del ambiente, departamento jurídico, entre otras más, pero para precisar y determinar las entrevistas se contará con expertos en materia ambiental, que ayudarían mucho con sus opiniones para aclarar aspectos ambientales. 3.4

Técnicas e Instrumentos de la Investigación Son diversas las técnicas que se pueden aplicar en la investigación, pero se

determina con mayor facilidad para este tema tres, la entrevista, la observación y el análisis de los contenidos. 97

TÉCNICA DE CAMPO.- La que me permite verificar los hechos o fenómenos que se producen, dentro del medio ambiente. Y las Técnicas de Campo, más importantes son: LA OBSERVACIÓN.- Es una técnica dedicada a ver y oír los hechos o fenómenos que se desean estudiar. En mi trabajo emplearé esta técnica, al observar de manera científica de la sociedad sobre la explotación al medio ambiente, diversidad, agua, alimento. LA ENTREVISTA.- Es una técnica de la investigación científica que sirve para investigar, conocer, informarse de la fuente misma la temática requerida y planteada en proyecto de investigación, y;

LA ENCUESTA.- Consiste en formular una serie limitada de preguntas, referentes a un tema importante. Es una forma de sondeo de opinión inmediata, se hará uso de esta técnica, al momento de consultar al Ministerio del Ambiente, y expertos del tema ambiental.

EL ANÁLISIS DEL CONTENIDO.- es una técnica que permite reducir y sintetizar cualquier tipo de información acumulado “documentos escritos, films, grabaciones, etc.”. En datos, respuestas o valores correspondientes a variables que investigan en función de un problema. 3.5

Validez y confiabilidad de los instrumentos Tomando en cuenta que el instrumento sugerido entrevista al Ministerio del

Ambiente y a expertos en la materia ambiental, pero vale esclarecer que el documento será elaborado en conjunto con el director de la tesis por cuanto la experticia del tutor permitirá diseñar una entrevista clara, precisa, concreta y valide todos los argumentos posibles con respecto al tema propuesto.

98

3.6

Técnicas de procedimiento y análisis de datos Una vez realizado la recolección de datos, se iniciará la clasificación y posterior

agrupación de los datos referentes a cada variable, que ha sido objeto de estudio. Para lo cual se dará inicio con el siguiente procedimiento:

VALIDACIÓN Y EDICIÓN: En esta fase se clasificará la información obtenida en la institución anterior citada. INTRODUCCIÓN DE DATOS: En esta etapa se ingresarán los datos a un paquete informático estadístico, el cual puede ser MS Excel.

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE DATOS: Con la información se procederá a la generación de tablas y gráficos que sirvan de sustento para el posterior análisis. 3.7

Caracterización de la Propuesta Esta Investigación es informática, la misma que el ser humano debe respetar la

naturaleza, con la Finalidad de que sean sancionados las personas que hacen daño a la Naturaleza. Conforme a lo que estipula los Arts. 12, 13, 14 y 395. De la Carta Magna, en la cual se propondrá aumentar un inciso en cada uno de estos artículos. 3.8

Esquema Demostrativo Corresponde en este aspecto indicar el esquema de contenido que se va a

desarrollar en el trabajo de Investigación está indicado en el Índice.

99

CAPÍTULO IV INVESTIGACIÓN DE CAMPO

4.1

Análisis de Resultados: Entrevista, encuestas, porcentajes, gráficos, tablas,

comentarios.

Esta investigación de campo constan de encuestas realizadas a 103 personas en el centro de la ciudad de Quito, entre ellas a 3 expertos en materia del medio ambiente, y por consideraciones Personales y en apego al derecho de la reserva, han solicitado que no se declare sus nombres o cargos a fin de evitar cualquier tipo de sanción o inconveniente administrativo.

100

Para tales fines se efectuó una Encuesta de Opinión Ciudadana en agosto del 2014, con las siguientes características: Tabla 1

Universo

Población Metropolitano de

del

Distrito

Quito de 18 años y

mas Unidad de selección Personas en hogares, mayores de 18 años, jefes de hogar Método de entrevista Entrevista directa Método de muestreo Probabilístico aleatorio Nivel de confianza 9 5% Error absoluto

4%

Tamaño de la muestra

103 personas

Validez estadística Distrito de Quito

101

Metropolitano

4.2

Encuestas Aplicadas en el Centro Histórico de Quito a cerca del Derecho

del Buen Vivir, principios ambientales, agua, alimentación ambiente sano. Primera Pregunta: ¿Conoce usted el término “Buen vivir”?

Gráfico 1

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. Tabla 2

Si

96

93%

No

7

7%

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. El 93 % de los encuestados determinan conocer sobre el Termino del Buen Vivir o Sumak Kawsay mientras el 7 % restante determina que no saben. A partir de la presencia del buen vivir en la Constitución del Ecuador 2008, el Gobierno del presidente Rafael Correa ha puesto en marcha hacer conocer este término a través de propagandas, publicidad y en los enlaces que ofrece a la ciudadanía cada sábado, es por eso que encontramos que la gran mayoría de las personas han escuchado esta expresión. Por otra parte un mínimo de personas no conocían el término del Buen Vivir. 102

Segunda Pregunta ¿Qué significa para usted el Buen Vivir?

Gráfico 2

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. Tabla 3

Es un principio Constitucional basado en el Sumak Kawsay, es el fundamento para guiar la construcción de una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza

5 6

4%

Garantiza la igualdad de oportunidades para todas las personas

2 9

2

8%

Una sociedad Democrática

1 1

5

1

1%

No sabe

7

7

% Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

Aunque en la Carta Magna se reconoce estos tres conceptos, el objetivo es averiguar con cual la ciudadanía está más allegada, o cual percibe que es más cercana a la realidad ecuatoriana. Se reconoce que el 54 % saben y tienen conocimiento sobre el principio Constitucional basado en el Sumak Kawsay dándonos a entender que es un 103

principio en una igualdad de forma de vida en armonía con la naturaleza, tal como lo dice la Constitución.

El 31 % de personas dan su opinión que es una Garantía de igualdad de oportunidades. El 11 % manifiestan que es una sociedad en democracia, equitativa, inclusiva, pacífica y promotora de la interculturalidad, mientras que el 7% de la población encuestada, no sabe que significa, lo que coincide con la primera pregunta, ya que aún no han escuchado de este término.

104

Tercera Pregunta ¿Usted siente que está viviendo dentro de esta visión del Buen vivir? Gráfico 3

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

Tabla 4

Si

45

44%

No

58

56%

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. e le hace conocer a las personas lo que significa el buen vivir o sumak kawsay según la Constitución del 2008, a lo que el 56% indica que no perciben vivir dentro de esta cosmovisión.

Mientras que casi a la par el 44% sienten que habido un cambio de paradigma en el Ecuador, un desarrollo consolidado y pleno, en armonía con la naturaleza.

105

Cuarta Pregunta ¿Usted conoce si en la Constitución de la República del Ecuador hace referencia a los principios ambientales? Gráfico 4

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

Si

75

73%

No

27

26%

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

Los principios de derecho ambiental han jugado un rol importante en el desarrollo de las normas de derecho internacional ambiental y ha dado lugar a normas jurídicas más específicas. El 73% de las personas encuestadas conocen que la Constitución contiene principios ambientales, claramente vemos que los ciudadanos están al tanto de que el Estado garantizará un modelo sustentable que satisfaga las necesidades de los ciudadanos sin comprometer los ecosistemas existentes.

106

Quinta Pregunta ¿Qué significa para usted los principios ambientales? Gráfico 5

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. Tabla 5

Reserva del medio ambiente 6

0

No sabe

4

39

5

55

2

2%

%

Protección del medio Ambiente 7

16

%

Son principios quien le dan vida y sentido a las normas ambientales

1

%

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. Esta es la percepción de las personas acerca del significado de los principios ambientales, se ha dado 3 opciones válidas. El 55% reconoce que el concepto más cercano o conocido es que los principios ambientales, son principios quien le dan vida y sentido a las normas ambientales. Cabe resaltar que esta definición es la que más se ciñe a la constitución, es satisfactoria los resultados de esta pregunta, el porcentaje de no sabe es muy bajo, lo que indica que la ciudadanía tiene una noción de los derechos de la naturaleza y de las comunidades que lo habitan. 107

Sexta Pregunta ¿Qué significa para usted el medio Ambiente? Gráfico 6

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. Tabla 6

Todo lo que afecta a un ser vivo

1 7

7%

Preservación de la naturaleza

1 9

6 6

1 %

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. El 64% de las personas tienen un concepto más claro de lo que es el medio ambiente, un concepto que también abarca seres vivos, objetos, agua, suelo, aire y las relaciones entre ellos, así como elementos tan intangibles como la cultura, el medio ambiente no es solo la naturaleza, es un soporte de vida. Por lo tanto en la constitución reconoce la importancia del ambiente protegiéndolo y preservándolo, así como también garantiza el derecho a que la población acceda a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado que permita

108

6

4%

No sabe

un desarrollo sustentable en la comunidad.

1

8%

Conjunto de valores naturales, sociales y culturales existentes en un lugar

1

1

Séptima Pregunta ¿Qué tan preocupado por el medio ambiente piensa que está el Gobierno? Gráfico 7

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

Tabla 7

Nada preocupado

1 5

Muy poco preocupado

5% 2

4 Algo preocupado

Muy preocupado

No sabe

4

9% 1

2

2

3% 5

0

1

1

2% 2

2

% Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

109

La ciudadanía reconoce el empuje fuerte e innegable de los derechos hacia el medio ambiente por la Constitución del 2008, pero al mismo tiempo la gente siente cierta debilidad en el cumplimiento de estos derechos por parte del Gobierno.

Pesé a que el ministerio del Ambiente realiza campañas de reforestación para concienciar a la población sobre la protección y conservación de los recursos naturales la población espera más gestión del ministerio, como observaremos más adelante, cuales realmente le parece a las personas que son los problemas ambientales más relevantes.

110

Octava Pregunta ¿Usted diría que en este periodo de gobierno, las leyes y políticas emitidas en materia ambiental dieron como resultado un mayor cuidado de la naturaleza (pacha mama)? Gráfico 8

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

Tabla 8

Nada

13

13%

Mucho

18

17%

Algo

60

58%

No sabe

12

12%

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

111

Una de las políticas ambientales reconoce que el desarrollo sustentable sólo puede alcanzarse cuando sus tres elementos lo social, lo económico y lo ambiental son tratados armónica y equilibradamente en cada instante y para cada acción. Consecuentemente un 58% de las personas encuestadas perciben que en algo las políticas ambientales han sido de ayuda para el cuidado de la Pachamama. Lo que indica hay alguna debilidad en cualquiera de estos elementos, o no sienten que estas leyes no involucra totalmente la participación de la naturaleza y su participación directa con el diario vivir de las personas.

112

Novena Pregunta ¿Sabe Usted si la asamblea aprobó o desaprobó la ley de recursos hídricos del Ecuador?

Gráfico 9

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. Tabla 9

Aprobó

5

50%

1 Desaprobó

1

No Sabe

5

50%

1

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. El 24 de julio, la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Aguas, con 103 votos a favor, 21 en contra y 6 abstenciones, el 06 de agosto de 2014, entró en vigencia la Ley de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua. Como es una Reforma a la ley nueva las personas en un 50% desconoce que existe la misma, la cual garantiza que los ciudadanos tengan derecho a disponer de agua limpia y saludable, a la par con el 50% de los ciudadanos sabe que se aprobó esta ley. 113

Décima Pregunta ¿Qué tan importante es la ley de Aguas para el Ecuador? Gráfico 10

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. Tabla 10

Nada conveniente

1 0

Algo conveniente

10 %

2 4

Muy conveniente

23 %

5 3

No sabe

51 %

1 6

16 %

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. Independiente de saber si se aprobó o no la Ley de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, evaluaremos que tan importante le parece esta ley para el Ecuador, más de la mitad coincide que es muy conveniente ya que se consideran aspectos como la no privatización del agua, está será pública o comunitaria e innegable a las personas.

114

Onceava Pregunta ¿Ha escuchado de la ley forestal del Ecuador? Gráfico 11

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. Tabla 11

Si

50

49%

No

53

51%

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. La ciudadanía desconoce en un 51% que exista una la ley forestal vigente en el Ecuador, por lo tanto desconoce su concepto y la importancia que tiene la misma. Y no muy bajo está el 49% que reconocer que a través de la ley forestal se puede llegar a la sostenibilidad ambiental y prevenir todo tipo de inconvenientes, como en la actualidad es la quema de bosque, o contaminación por las industrias. Por es muy importante que haya control de las entidades correspondiente para el mejoramiento de la misma.

115

Doceava Pregunta ¿Qué frase define más a la ley forestal del Ecuador?

Gráfico 12

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

Tabla 12

Los recursos naturales, son la base fundamental para el desarrollo económico y social de los ecuatorianos

2 3

2

2 %

Es indispensable el buen manejo de los recursos naturales, para sustentar el buen vivir

3 2

3

1 %

Será responsabilidad del Ministerio de Salud, en coordinación con

2

otras Instituciones, estructurar y ejecutar programas que involucren 2

1

aspectos relacionados con las causas, efectos, alcances y métodos de

%

2

prevención y control de la contaminación atmosférica. No sabe

2 3

2 %

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. 116

2

La ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida silvestre, tiene como fin controlar los sistemas ecológicos del país, que fue promulgada mediante Decreto Legislativo del 14 de agosto de 1981. Este instrumento legal regula y dirige la explotación forestal y, paralelamente de conservación de la naturaleza. Todas las alternativas son válidas, pero la que más sienten los ciudadanos que se ciñe a la realidad es que es indispensable el buen manejo de los recursos naturales, para sustentar el buen vivir con el 31%.

117

Treceava Pregunta ¿Ha escuchado sobre la ley orgánica de defensa del consumidor? Gráfico 13

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. Tabla 13

S i

6 7

N o

65 %

3 6

35 %

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. Del total de las personas encuestadas el 65% respondió que conoce sobre la existencia de la ley orgánica de defensa del consumidor. Mientras que el 35% no la conoce. La globalización contribuye a que las relaciones comerciales sean más complejas, se produce un intercambio creciente y cada vez más rápido, y el consumidor muchas veces no está debidamente informado, y por lo tanto no está preparado para enfrentar esta situación.

118

Catorceava Pregunta: En una escala de 1 a 10 evalúe su conocimiento sobre el contenido de la Ley Orgánica de Defensa al Consumidor (siendo 1 poco y 10 máximo). Gráfico 14

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. Tabla 14

1

17

17%

2

9

9%

3

9

9%

4

10

10%

5

16

16%

6

11

11%

7

8

8%

8

12

12%

9

4

4%

10

7

7%

119

Los porcentajes más significativos se encuentran en 1 con el 17% y 5 con el 16%, la ciudadanía está poco informada acerca de esta ley, se deberían difundir su contenido a todos los ámbitos sociales a través de charlas o seminarios y educar al consumidor para que sepa cuáles son sus derechos y obligaciones.

Los derechos fundamentales de los consumidores, entre los que destacan es la protección a la vida, salud y seguridad en el consumo, al acceso a servicios básicos; a la libertad de elegir; a recibir servicios básicos de óptima calidad; las condiciones de adquisición, precio y calidad; a la protección de la publicidad engañosa o abusiva; a seguir las acciones legales y judiciales que correspondan.

120

Quinceava Pregunta ¿Ha sido víctima de alguna situación en la que usted se haya sentido perjudicado como consumidor? Gráfico 15

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

Tabla 15

S i

63%

3

37%

5 N

o

6

8

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

El 63% de los encuestados ha sido víctima de alguna situación en la que fue afectado como consumidor, pero existe muy poca gente que hace uso de esta ley por lo que la mayoría resuelve el conflicto directamente con el proveedor del bien o servicio, o simplemente deja pasar. La Defensoría del Pueblo, ha asumido de manera eficiente la defensa de los intereses del consumidor y el usuario se expide laLey Orgánica de Defensa del Consumidor.

121

Dieciseisava Pregunta ¿Cuáles son los principales problemas ambientales del Ecuador? Gráfico 16

Contaminación en el aire, suelo y agua Deforestación No sabe Incendios en los bosques

100% La basura

7,8%

8,7%

19,4%

21,4%

25%

34,95%

50%

7,8%

Explotacion de recursos naturales

75%

0% Total

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

El uso de productos químicos en algunas industrias como las florícolas en la sierra cuyos gases se expanden a la atmosfera provocando lluvia ácida a sus alrededores, esto a causa de las nebulizaciones, como también las camaroneras en la costa que afecta gravemente a la calidad del suelo y del agua, o el caso de las bananeras, la minería, la explotación petrolera.

La contaminación que causa el parque automotor en el aire, son algunos de las causas que dañan el medio ambiente, es por eso que del total de los encuestados el 34% coinciden que el principal problema ambiental del Ecuador es la contaminación, en un porcentaje menor tenemos que es la explotación de recursos naturales con un 7,8%.

122

Diecisieteava Pregunta ¿Puede decir si el siguiente argumento le parece verídico o falso? El Ministerio del Ambiente En la Constitución Política de la República del Ecuador de 2008, velará por un ambiente sano, el respeto de los derechos de la naturaleza o pacha mama. Garantizará un modelo sustentable de desarrollo ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras.

Gráfico 17

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

Tabla 16

Verdadero

3

38%

3

31%

3

31%

9 Falso 2 No sabe 2 Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

123

Son funciones y Obligaciones del Ministerio del Ambiente, el argumento que se lo expuso en la misma, el 38% de los ciudadanos acertaron con la respuesta, la cual es verdadera. Mientras que el 31 % no saben y admiten que el Ministerio no ha hecho nada para la protección o garantizar el desarrollo equilibrado del Medio Ambiente.

124

Dieciochoava Pregunta ¿Cree usted que el ministerio del ambiente está haciendo algo para preservar el medio ambiente? Gráfico 18

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. Tabla 17

Si

60

58%

No

43

42%

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

Es muy importante salvaguardar el medio ambiente y a su vez es un compromiso para lograr el desarrollo sustentable y sostenible del país. Hoyen el día el 58 % de la humanidad y a través del Ministerio del Ambiente, cree que está haciendo algo para que no haya mucha contaminación en lo especial en el agua, alimentación, ambiente sano. Por otro parte el 42 % no cree que está haciendo algo para el medio ambiente, lo que se puede apreciar que no aprecian al medio ambiente en general.

125

Diecinueveava Pregunta ¿Qué cree usted que está haciendo? Gráfico 19

Concientizar y educar a la sociedad para protejer el medio ambiente Políticas ambientales Proyectos No sabe Reforestación Cuidar el medio ambiente

100%

Controles Explotación responsable

75%

0% Total

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

Las personas en un 25% considera que el MAE hace campañas de concientización para cuidar el medio ambiente, como la campaña “Tradición y conservación van de la mano”, que tiene como principal objetivo sensibilizar a la comunidad católica y a la sociedad.

En general, sobre la importancia de conservar la palma, los bosques y las campañas para la protección del medio ambiente, evitando la quema de bosques que en el verano suele suceder muy frecuentemente, y no menos importante las 3 R, estas son algunas de las campañas de concientización que realiza el Ministerio.

126

1,7%

3,3%

5,0%

6,7%

8,3%

13,3%

18,3%

25%

18,3%

50%

25,0%

Reformar el Código penal para protejer al medio ambiente

Veinteava Pregunta: ¿Por favor decir si el siguiente argumento le parece verídico o falso? El Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) Es un modelo que considera la estructura distributiva como parte del patrón de desarrollo económico, propone la equidad como eje de la economía y al sistema económico en función de la equidad. En el modelo neoliberal la política social compensatoria había servido para amortiguar las consecuencias de la política económica y el ámbito de “lo social” se había asociado a la pobreza. Verdad o falso. Gráfico 20

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. Tabla 18

Verdadero

5

53%

2

27%

2

19%

5 Falso 8 No Sabe 0

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

127

En el argumento expuesto, el 55% de los ciudadanos acertaron con la respuesta, la cual es verdadera. El restante por ciento de 27 % y 19 en términos genérales no saben cuál es la función del Mies. Veintiunava Pregunta: ¿Qué significa para usted la biodiversidad? Gráfico 21

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

Tabla 19

La diversidad biológica es una propiedad de las distintas entidades y sistemas vivos en ser variados

2 7%

Es la variedad de la vida.

1 8%

Incluye los procesos ecológicos y evolutivos que se dan a nivel de genes, especies, ecosistemas y paisajes.

3 1%

No Sabe

6 %

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

128

La biodiversidad es valiosa por sí misma y porque nos proporciona todo lo que necesitamos los seres vivos para existir. Aunque los tres conceptos son válidos, se desea medir con cual la ciudadanía se siente más identificada es con el 31 %.

Existe la preocupación por la conservación de la biodiversidad, porque no hacemos conciencia de lo importante que es la biodiversidad, por las actividades del ser humano, y entre ellas podemos mencionar: la modificación de los hábitats por la fragmentación o desaparición de los bosques, la introducción y propagación de especies exóticas invasoras fuera de su área de distribución habitual, la sobreexplotación de los recursos naturales, la contaminación especialmente la provocada por el abuso de los fertilizantes, que se traduce en un exceso de nutrientes en los suelos y el agua, y el cambio climático.

129

Veintidosava Pregunta: ¿Qué es la Biosfera?

Gráfico 22

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

Tabla 20

Es la capa del planeta Tierra en donde se desarrolla la vida.

5 5%

Es una creación colectiva de una variedad de organismos y especies que interactuando entre sí

9 %

Abarca a todos los seres vivientes de nuestro planeta y a su hábitat; e

1 6%

No Sabe

4 %

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. El 55% coinciden que la biosfera es la capa de la Tierra donde se desarrolla la vida, el porcentaje de no sabe es muy bajo 4%. La biósfera es el sistema que abarca a todos los seres vivientes de nuestro planeta y a su hábitat; es decir, el lugar donde se desarrolla su ciclo vital: el aire, el agua 130

y el suelo donde desde los organismos más diminutos hasta las imponentes especies de plantas y animales, han encontrado el sustento para sobrevivir. Podemos decir que todos los seres vivos de la tierra están relacionados unos con otros y se agrupan en niveles de organización; el nivel máximo, que comprende el conjunto de todos los organismos vivos y los ambientes en que habitan, se denomina biósfera.

131

Veintitresava Pregunta: ¿Qué entiende por soberanía alimentaria?

Gráfico 23

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más.

Tabla 21

Obligación del Estado para garantizar que las personas,

4

comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la autosuficiencia de 4% alimentos sanos y culturalmente apropiados de forma permanente. El Estado regulará el uso y manejo del agua de riego para la

1

producción de alimentos, bajo los principios de equidad, eficiencia y 6% sostenibilidad ambiental. Es el derecho que tienen los pueblos para controlar el sistema

1

agroalimentario y sus factores de producción, de tal forma que la 5% agricultura familiar, campesina, indígena, No Sabe

1 0%

Elaborado por: José Antonio Guapulema Cali Fuente: Población del Distrito Metropolitano de Quito de 18 años y más. 132

La indiscutible problemática es a nivel ambiental, ya que en la actualidad se está produciendo una contaminación genética y un gravísimo ataque a la biodiversidad, consecuencia de ello se están produciendo alteraciones genéticas en otras plantas y resistencias a multitud de insectos.

El 44% de la población concuerda que es obligación del Estado como manda en la carta magna, que accedamos a alimentos sanos.

133

CAPÍTULO V PROPUESTA 5.1

Justificación. Una de las innovaciones que presenta el proyecto de nueva Constitución de la

República del Ecuador es la clasificación de los derechos, que se aparta de la clasificación clásica que conocemos de derechos económicos, sociales y culturales DESC que se reemplaza por los derechos del Buen Vivir; los derechos civiles son ahora los derechos de libertad, los derechos colectivos por los derechos de los pueblos, los derechos políticos por los derechos de participación, los derechos del debido proceso por los derechos de protección; y los derechos de los grupos vulnerables por los derechos de las personas y los grupos de atención prioritaria. Esta nueva forma de clasificación que no solo es innovadora sino audaz, aporta a una comprensión más cotidiana y directa que permitirá a las personas identificar claramente el sentido esencial de cada derecho. En los Derechos del Buen Vivir, identificados y descritos en estricto orden alfabético, encontramos en primer lugar a los nuevos derechos al agua y a la alimentación; y luego el derecho al ambiente sano que también lo podemos encontrar también entre los derechos de libertad, reforzando su sobre dimensión de derecho individual y colectivo; el derecho a la comunicación e información; el derecho a la cultura y la ciencia; el derecho a la educación; al hábitat y vivienda; el derecho a la Salud; y finalmente el derecho al trabajo y seguridad social. Al asesinar a Eloy Alfaro a manos de los intereses coaligados de la oligarquía liberal y los de los viejos terratenientes truncaron su proyecto de construir el Estado o nación que había sido también el sueño de Bolívar. Un siglo más tarde después de la muerte de Alfaro, más o menos 95 años, el presidente Rafael Correa retoma el proyecto Alfarista y dice estar dispuesto a hacerlo realidad.

Por eso es importancia el buen vivir, que ha dado el gobierno del Presidente Rafael Correa a los ecuatorianos, es parte del proceso de participación ciudadana en la 134

planificación nacional. Al respecto, es necesario saber que los debates y aportes ciudadanos iniciaron en el año 2012 a nivel cantonal, provincial y zonal, con los objetivos a favor del desarrollo económico, social de los ecuatorianos, en lo especial en la base fundamental de los Artículos 12,13, 14, y 395, del derecho a los alimentos, agua, ambiente sano y ecológicamente equilibrado, y garantizado la sostenibilidad.

El Sumak Kawsay es el aporte del régimen y del pensamiento latinoamericano y mundial el buen vivir el cual maneja el sistema, habiendo inclusive creado una Secretaria Adjunta a la Presidencia de la República para difundir sus concepciones.

El Sumak Kawsay Revolucionario se integra con el marxismo en el punto nodal de la propiedad colectiva sobre los medios de producción los pueblos originarios de América no conocieron la propiedad privada, habiéndose organizado en torno a la propiedad colectiva de la tierra.

El buen vivir ancestral tiene como condición la implantación de la propiedad colectiva sobre los medios de producción, todos, pero particularmente la tierra. Sólo entonces, la noción del buen vivir significará lo mismo que Sumak Kawsay y adquirirá sentido lógico e histórico.

De ahí la necesidad de organizar a la sociedad, con la finalidad de dar a conocer las reformas ambientales y otras materias, haciendo conocer por medio de la educación a los niños, a través de las redes de telecomunicación, y que pueda dar una opinión a los ciudadanos sobre estas propuestas de reformas y enmiendas en todo ámbito y pueda vivir bien la humanidad, hechas por la Asamblea nacional a nivel nacional.

135

5.2

Objetivos

5.2.1 Objetivo General

Reformar los Artículos 12, 13, 14 de la Constitución de la República del Ecuador como una alternativa al derecho del buen vivir.

5.2.2 Objetivo Especifico



Definir los motivos del Derecho del buen vivir, en un ambiente sano y ver mecanismos para solucionar el problema generado por el ser humano de la contaminación del agua, alimentos y en de un ambiente sano para la buena aplicación de la norma.



Situar la acción y o situación del agua, alimentos y en un ambiente sano para la buena aplicación de la norma, y contaminación de los mismos que constituyan un peligro para la salud humana, o degraden o contaminen el medio ambiente.



Explicar el derecho del buen vivir y el problema generado por el ser humano.



Aplicar los Artículos. 12, 13, 14 y 395 de la Carta Magna, a fin de interponer a un buen desarrollo, equilibrio del agua, alimentación, ambiente sano, de la explotación a la naturaleza en su entorno ambiental.

136

5.3

Beneficiarios

Esta propuesta tiene como fundamento ético la producción de conocimiento abierto y libre a través de la cooperación de redes distribuidas. Se

pretende

orientar

producción

de

conocimiento

como

un buen

saber, compartido, abierto y libre, que permitirá transitar hacia un nuevo modelo social. La reforma o mejora se podrá a dar a conocer la apertura ayuda a la gente a reunirse, compartir, competir, debatir, votar, deliberar y crear para toda una variedad de necesidades y motivaciones humanas ricas y complejas, lo que nos lleva mucho más allá de la forma en que un mundo industrial concibe los mercados, la motivación y el intercambio comercial. El Buen Vivir busca satisfacer las necesidades elementales de los ciudadanos ecuatorianos y reducir la pobreza a niveles bajos, en lo especial a lo que concierne al agua, alimentos y un ambiente sano. Para complementar el esquema garantista que presenta la propuesta de Constitución de la República del Ecuador, en la parte orgánica se establece un sistema de inclusión y equidad social, como el mecanismo institucional para efectivizar los derechos; y entre las garantías de los principales derechos del buen vivir. Se incluyen al acceso universal y gratuito a la salud y la educación; la universalización de la seguridad social, la garantía de la soberanía alimentaria como el mecanismo para efectivizar los derechos a la alimentación, agua y ambiente sano, entre otras muchas garantías especificar que obligarán constitucionalmente a la sociedad al cumplimiento de los derechos. La vigencia de un Estado Constitucional de derechos y justicia, tiene como proyecto de investigación los Art. 12, 13, 14 de la Carta Magna, que son la garantía del goce efectivo de los derechos de todos los habitantes del Ecuador.

137

5.4

Factibilidad

El Ecuador está desarrollando de una manera sostenida cultivos de carácter orgánico, generando una gran oportunidad de mercado que debe ser aprovechada rápidamente por los pequeños, medianos agricultores, asociaciones campesinas locales, que de hacerlo en este momento, estarán en mejores condiciones de adaptabilidad al mercado, que los que lo hagan a futuro.

Por eso se puede Diseñar y formular un seguimiento sobre la valoración de proyectos; de asesoría legal, transferencia de tecnologías; nivelación de tierras; investigaciones y análisis de suelos, agua; alimentación, y ambiente sano, a fin de que la humanidad pueda hacer factible la evolución y tener un método para el desarrollo del buen vivir.

El agua es importante para la vida y para todas las actividades humanas, es por eso que desde temprano en la historia los manantiales de agua eran recursos sujetos a apropiación primaria, esto quiere decir que pronto los seres humanos privatizaron los manantiales o utilizaron libremente el agua de los ríos allí donde este recurso era abundante.

Para producir alimentos, ya que algunos campesinos verán más ventajoso demandar al Estado por alimentos que darse el trabajo de producirlos ya sucede esto en menor escala con el bono de la pobreza que el gobierno entrega.

Al declarar de interés público la conservación de ecosistemas, se permitiría a un funcionario público interpretar la norma y expropiar las reservas privadas que existen con cada vez más frecuencia en el país, ayudado también con los artículos: 319 que forza a la propiedad a cumplir una función social y ambiental, y 321 que permite al gobierno expropiar propiedad privada.

138

5.5

Descripción de la Propuesta

La Constitución supera la visión reduccionista del desarrollo como crecimiento económico y coloca en el centro del desarrollo al ser humano y como objetivo final, alcanzar el sumak Kawsay o Buen Vivir.

Para la nueva Constitución, el sumak Kawsay implica además mejorar la calidad de vida de la población desarrollar sus capacidades y potenciales contar con un sistema que promueva la igualdad a través de la distribución social y territorial de los beneficios del desarrollo y garantizar la soberanía nacional.

Esta categoría empieza a aparecer en las constituciones del siglo XXI en la región, es sin duda una de las más ricas, de las más contemporáneas en esta fase mundial y generalizada de búsqueda de alternativas.

Sintetiza visiones y prácticas ancestrales, debates y propuestas actuales, el acumulado de pensamiento crítico y luchas sociales de décadas recientes; junta dinámicas nacionales e internacionales de respuesta al ‘modelo de desarrollo’ y al ‘modelo de civilización’ que han conducido a una situación ya reconocida como insostenible.

Como toda visión innovadora, su aplicación en el caso ecuatoriano refleja las variadas lecturas o interpretaciones que admite y requiere, pero no es ajena a aspectos de la realidad, de un aquí y ahora que habla de las posibilidades para su concreción.

El buen vivir en la nueva Constitución, en cuanto a sus alcances para superar el neoliberalismo y para delinear un modelo económico alternativo, en este caso inseparable de otro modelo de sociedad en base a los Artículos. 12, 13, 14 y 395 de la Carta Magna, a fin de interponer a un buen desarrollo, equilibrio del agua, alimentación, ambiente sano, de la explotación a la naturaleza en su entorno ambiental. 139

5.5.1 Situación Actual

La Constitución de la República del Ecuador del año 2008, para la humanidad es una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza, para alcanzar el buen vivir, el Sumak Kawsay; Una sociedad que respeta, al agua al suelo, a su buena alimentación y en vivir en un ambiente sano, en todas sus dimensiones, la dignidad de las personas y las colectividades.

La Constitución de la República del Ecuador, desde que nació y hasta la actualidad ha tenido veinte Constituciones a lo largo de su historia, y se podría decir que la misma, es la más larga de las Cartas Magnas que sea adoptado, posee 444 artículos, agrupados en los diferentes capítulos que componen los 9 títulos de la Constitución.

La Carta Magna está por encima de todas las demás normas jurídicas, internas y externas, que puedan llegar, a regir sobre este país. Esto incluiría a los tratados internacionales ratificados por el país y cuyo ámbito de aplicación pueda ser también sobre las relaciones jurídicas internas.

La Constitución de la República tendrá el carácter de Norma Suprema, de manera que prevalecerá sobre cualquier otra que fuese posterior y contraria a ella, jerarquía constitucional. El Art. 424 y 425 de la Constitución de la República, que consagra expresamente el "Principio de Supremacía”, establece la superioridad jerárquica de la Constitución sobre todo el ordenamiento jurídico interno.

La sociedad del buen vivir y la construcción de otra forma de sociedad, de todas y todos los ciudadanos, no hay un modelo único, ni esquemas predefinidos, hay procesos sociales que deben ser autónomos y soberanos, pero profundamente comprometidos con la transformación de la justicia social, equidad y desarrollo que pone al centro el ser humano sobre todas las cosas.

140

Cada sociedad define sus prioridades y también las formas bajo las cuales se construye los procesos de cambio.

Sin embargo, hay algunos pilares que es preciso construir para que se defina el modelo de desarrollo progresista.

Una democracia real participativa en la que se logre un empoderamiento a través de la participación de la ciudadanía en todos los ámbitos políticos y públicos, rendición de cuentas y control social.

Un modelo económico solidario, no en un modelo de economía de mercado en lo que prevalece es la oferta y la demanda, en la cual no existe ningún tipo de regulación, la propuesta nace que lo primordial es el trabajo y no el capital.

Una forma de sociedad incluyente, no discriminatoria, no racista, que se respete la individualidad del cada ciudadano con la posibilidad de generar y entender todas las cosmovisiones con el propósito de interactuar y convivir entre toda esta maravillosa diversidad.

Un proceso de relacionamiento equilibrado entre el entorno y la naturaleza, el buen vivir es entonces vivir a plenitud, integrando todos los actores y factores tanto internos como externos.

Lo más importante es que toda transformación debe establecer un grado de participación incluyente, de una democracia real, de una ciudadanización del poder, no más imposiciones, no más cartas de intención, no más sometimiento a sistema capitalista.

141

5.5.2 Propuesta de Reforma Jurídica

Enmienda.

La palabra enmienda tiene su origen en el participio latino emenditus, emendita, emenditum del verbo emendo que significa enmendar, corregir, retocar, mejorar, curar de esta manera, el concepto de este vocablo siempre está referido al hecho de agregar o modificar algo a lo original para mejorarlo.

La primera definición que da la Real Academia, está referida a la acción y efecto de enmendar entendiendo por esto arreglar, quitar defectos, resarcir, subsanar los daños. Las otras significaciones son: propuesta de variante, adición o reemplazo de un proyecto, dictamen, informe o documento análogo.

En el Capítulo III

de la Reforma de la Constitución de la República del

Ecuador, el Art. 441 que contiene que “La enmienda de uno o varios artículos de la Constitución que no altere su estructura fundamental, o el carácter y elementos constitutivos del Estado, que no establezca restricciones a los derechos y garantías, o que no modifique el procedimiento de reforma de la Constitución, se realizará”:

Lo que se podrá apreciar y estipular que la enmienda se puede realizar a uno o a varios artículos siempre y cuando no altere la estructura fundamental del escrito o establezca restricciones a los derechos y garantías consagradas actualmente.

1.- Esta propuesta de reforma se puede hacer a través de un referendo convocado por el Presidente de la República o por una petición ciudadana que esté acompaña de al menos 8% de los inscritos en el padrón electoral.

142

2.- Otro método para hacer cambios no estructurales es por iniciativa de la tercera parte de los miembros de la Asamblea Nacional. Ese trámite debe efectuarse en dos debates, que deben estar separados por al menos un año. Con la actual conformación del Legislativo de 137 integrantes, y las dos terceras partes del organismo representan 91 curules.



A la primera, esta reforma se aplica cuando la reforma restringe derechos, garantías constitucionales o modifica el proceso mismo de reforma a la Constitución. Allí la única vía es la convocatoria a una nueva Asamblea Constituyente. Para ello primero hay que solicitar, en referendo, la autorización de los electores.



A La Segunda, esta reforma se da cuando se quiere dictar una nueva constitución, para lo que también se requiere una Asamblea Constituyente, pero además un referendo aprobatorio de la nueva Carta Magna.

El buen vivir en su formulación básica pone el acento en la relación armónica e integral entre los seres humanos y la naturaleza. Dice Alberto Acosta El buen vivir nace de la experiencia de vida colectiva de los pueblos y nacionalidades indígenas.

Busca la relación armoniosa entre los seres humanos y de estos con la Naturaleza es un elemento fundamental para pensar una sociedad diferente, una sociedad que rescate los saberes y las tecnologías populares, la forma solidaria de organizarse, de dar respuesta propia.

Por eso mi propuesta es de emendar y/o mejorar, siempre y cuando no altere la estructura fundamental del escrito o establezca restricciones a los derechos y garantías consagradas actualmente en la Carta Magna.

143

Considerando Capítulo

segundo.

Derechos

del

buen

vivir

Sección

primera

Agua y alimentación. Art. 12.- El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida. Art. 13.- Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales. El Estado ecuatoriano promoverá la soberanía alimentaria. Sección segunda Ambiente sano Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados. Reformar a los Art. 12, 13, 14, y agréguese a continuación lo siguiente: Art. 12.- Que dirá.- El Estado garantizara el derecho humano del agua, es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida de todos los habitantes de la Nación. Todas las aguas de ríos, manantiales, cuencas, dulces y salobres, cualquiera sea el estado en que se encuentren, reconocer o conceder su uso y aprovechamiento. En base a la equidad, sustentabilidad y proporcionalidad, la comunidad y sociedad, procederá al aprovechamiento del uso de las aguas, regulada por la identidad correspondiente del Estado. El Estado Garantizara y facilitar el acceso de las clases pobres a los servicios de agua, Crear operadores de suficiente dimensión territorial en el ámbito rural, urbano con suficiente tecnología en lugares que no tengan uso de agua que favorezcan la eficiencia

144

y permitan la aplicación de subsidios cruzados y fortalecer juntas administradoras de agua potable y alcantarillado con la participación de la comunidad.

Art. 13.-Que dirá.- El Estado garantizara a través de proyectos incentivara a las personas a fin de que produzcan en mediano plazo alimentos dado por la pachamama. Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales. El Estado ecuatoriano promoverá la soberanía alimentaria.

El Estado regulará los derechos para usuarios, entre ellos el suministro de alimentos en condiciones de calidad y cantidad disponible adecuada y suficiente. Los productos que consuman y servicios que utilicen, podrá dar manejo a los suelos para la producción del suelo, comercialización y empleo de técnicas, métodos, insumos y sustancias siempre que no afecten a la salud y al medio ambiente”. Art. 14.- Que dirá.- El Estado garantizara y reconocerá de interés público la conservación de ecosistemas, la integridad del patrimonio genético del país, y se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay y no al LLanki Kawsay, es decir el mal vivir. A la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados. Hay que destacar que en el Ecuador ha desarrollado la protección al Derecho Ambiental y del acceso a la justicia en materia ambiental que va más allá de la protección de los espacios naturales y se sitúa como una de las pioneras constitución latinoamericanas en garantizar derechos a la naturaleza rompiendo con el esquema de visión antropocentrista del ambiente para pasar a una visión biocentrista del desarrollo. Así tenemos que el Art. 71 de la Constitución ecuatoriana señala la naturaleza o Pachamama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.

145

Esta disposición implica una nueva visión en la relación que debe existir entre la naturaleza y el desarrollo económico. Hay que considerar que un tema principal en la dinámica de relación economía, ambiente y sociedad de la actual Constitución es la del principio rector del Sumak kawsay o buen vivir. La consecuencia de mayor importancia de esta perspectiva es que las cuestiones ambientales deben ser entendidas como políticas públicas. Esto las hace más similares, por ejemplo, a las políticas en salud o en educación, que deben ser aseguradas por el propio Estado, independientemente de si son rentables o financiables en sí mismas.

El Estado debe proveer esos servicios y asegurar esos derechos, y no puede esperar que se financien a sí mismos. Apelando a una analogía extrema, suponer que las áreas protegidas deben autofinanciarse por medio de la venta de servicios ambientales, sería como plantear que los enfermos en un hospital trabajaran durante su internación para poder pagar su curación. La nueva Constitución de Ecuador es motivo de mucha atención internacional en tanto presenta dos innovaciones impactantes. Por un lado, se reconocen los derechos de la Naturaleza y, por el otro, se defiende la idea de una alternativa al desarrollo como Buen Vivir Sumak Kawsay. Esta perspectiva permite encontrar muchas vinculaciones con el desarrollo sostenible. La Corte Constitucional debe respetar y hacer respetar la constitución, así como las garantías constitucionales y no permitir violaciones, pues para seguir con la propuesta de la Asamblea Nacional, sería necesario convocar a una Asamblea Nacional Constituyente.

146

CONCLUSIONES

 En las constituciones latinoamericanos se encuentran, en primer lugar, preceptos que consagran el dominio público y la propiedad del Estado sobre el ambiente y los recursos naturales del país; en segundo lugar, principios de política ambiental y, finalmente, aquellos que reconocen el derecho al ambiente como derecho fundamental, colectivo o social, así como principios de equidad intergeneracional y derechos de la naturaleza.

 El concepto de Sustentabilidad va mucho más allá de los sistemas políticos, porque reivindica los valores humanos y la ética, atropellados por los principios absurdos e injustos de la economía convencional.

 La Biodiversidad de nuestro país ocupa el primer lugar en el mundo por poseer una amplia gama de especies de vertebrados, considerando que el Ecuador es un país con menor extensión, sin embargo se encuentra entre los más diversos del mundo, por el número de especies anfibias, aves y

mariposas. Ante esta

estrecha relación de la biodiversidad con las necesidades

humanas, su

conservación deberá considerarse un elemento estratégico de la nacional en el contexto de Latinoamérica, la biodiversidad

seguridad

ecuatoriana se

considera como un elemento representativo para el equilibrio ambiental de la región por poseer ecosistemas únicos vírgenes, elevados recursos forestales, yacimientos minerales, grandes volúmenes de agua aún no contaminada.

 La biodiversidad en nuestro marco jurídico cuya misión es planificar y promover el desarrollo

hacia lo sustentable que reúne los elementos básicos de la

sociedad, la

economía y el medioambiente, los mismos que en conjunto

cumplen las

regulaciones el sistema político imperante. Esta condición le

permite a la

biodiversidad servir como un factor de desarrollo que reúne

instrumentos como la seguridad alimentaria, el grado de equidad entre hombre y naturaleza, el escenario físico para la distribución del empleo y la preservación 147

de los ecosistemas como una garantía de riqueza biogenética que mantiene la flora y fauna del país.

 Los indicadores de pobreza, educación, salud, empleo, servicios

básicos

determinan un marco social estrechamente vinculado con la biodiversidad ya que su impacto en la población demuestra la riqueza del país, así mismo si estos se encuentran con índices bajos como en el Ecuador actual reflejan que los habitantes carecen de un bajo estándar de vida repercutiendo

en la

biodiversidad, ya que el Estado no dispone de recursos para su protección, configurándose una política de depredación y descuido de la biodiversidad en general.

 Las leyes existentes en el país relacionadas con la protección del ambiente, la conservación y uso sustentable de la biodiversidad son numerosas y con un amplio contenido, sin embargo, no han sido cristalizadas en su mayoría por varias razones, entre las cuales se puede mencionar: desconocimiento, indiferencia social, limitado compromiso, escasa voluntad política, reducidos recursos económicos, prevalencia de lo económico antes que lo ambiental, entre otros.

 El medio ambiente constituye un valioso capital natural, ya sea como fuente de recursos para desarrollar la producción humana, a través del trabajo, o como simple “reductor” de los residuos resultantes de las actividades humanas. Los efectos de la acumulación de basura no degradable son evidentes en la contaminación de los ríos; de las playas; del aire que respiramos; en la pérdida de la calidad de vida de los centros urbanos, en la intoxicación de los alimentos; en la degradación de los suelos. Mientras que los impactos ambientales, económicos y sociales prueban con evidencia la capacidad limitada que la tierra tiene para soportar tantas acciones dañinas.

148

 Precisamente en la sierra ecuatoriana hay un avance importante en la lucha de los derechos de los pueblos indígenas frente al medio ambiente y la utilización de las áreas productivas para determinar de esa manera la

producción de

alimentos, combatir la pobreza y asegurar la alimentación y el desarrollo de las generaciones.

 La biodiversidad en la alimentación se relaciona con el hombre ya que los alimentos provienen de componentes silvestres y cultivados. El habitante del Ecuador desde la antigüedad organiza la producción, conservación y consumo de sus recursos alimenticios para garantizar la vida y el éxito de sus actividades. Estos nutrientes provienen de la agricultura, la pesca, la recolección de frutos permitiendo un acceso equilibrado entre las comunidades

y los bienes

alimenticios producidos por la tierra, sin embargo no es suficiente

ya que

existen grandes sectores poblacionales con acceso limitado a los alimentos convirtiéndose en una gran masa vulnerable que se encuentra con los efectos negativos de la desnutrición. El problema radica en los costos de producción, el monocultivo de algunas regiones, la falta de redistribución de los alimentos y los costos en el mercado para la gente desempleada o indigente.

 No basta que exista producción alimenticia sino que esta llegue a los hogares y estos últimos puedan adquirirlos.

149

RECOMENDACIONES

 Es fundamental que el Estado ecuatoriano fortalezca y apoye a sus instituciones relacionadas con la protección del ambiente para que disposiciones, leyes y reglamentos favorables a la

hagan cumplir las

conservación y manejo

adecuado de los recursos naturales.

 Las políticas y estrategias derivadas del Ministerio del Ambiente deben proporcionar escenarios para difundir una cultura para la preservación y el cuidado de la biodiversidad en el Ecuador a través de campañas educativas desde la infancia, asegurando que en los planes de estudio de la población se promueva el amor y la necesidad de cuidar a la naturaleza como un recurso patrimonial que asegura la supervivencia de las especies tanto biológicas, animales y vegetales a corto, mediano y largo plazo ejerciendo una actividad de trabajo interministerial con el sector de la educación, el turismo, bienestar social, ciencia y tecnología.

 Se recomienda al Ministerio del Ambiente, mejorar la distribución administrativa en las oficinas regionales en el manejo y administración de las áreas protegidas, en coordinación con los municipios y consejos provinciales utilizando la descentralización para asegurar el cuidado directo de las áreas mencionadas.

 A pesar de que la sociedad ecuatoriana está experimentando los

cambios

climáticos y una alteración sustancial de los diferentes ecosistemas existentes en el país, sin embargo, hasta la presente no es muy significativo lo que está haciendo la sociedad por reparar

estos daños que muchos de ellos son

irreversibles, por lo tanto se hace necesario e incluso indispensable que el Ministerio del Ambiente en coordinación con todos los Centros Educativos particulares y estatales e incluido el Instituto de Altos Estudios Nacionales establezcan un proceso de concienciación, con lo cual garantice en el corto y 150

mediano plazo una nueva sociedad que posea una conciencia

y cultura

ambiental como una forma de solidaridad para con la naturaleza que es el nicho que el hombre necesita para su desarrollo y progreso.

 El Ministerio del Ambiente debe coordinar con las entidades públicas que tienen vinculación con la conservación, protección y uso sustentable de la biodiversidad acciones cuya finalidad será la armonización de las diferentes leyes existentes con respecto al tema ambiental y de esta manera evitar la contradicción entre ellas para disminuir el deterioro agresivo de que son sujetos los recursos naturales. Lograda la harmonización será responsabilidad de la Asamblea Nacional aprobar y de la sociedad civil respetarlas y ponerlas en práctica.

 La eliminación de la pobreza, paulatinamente deben ser política de estado ya que es un indicador importante del desarrollo humano.

 Las provincias y localidades mantienes una identidad alimentaria, es importante que esta se promueva hacia otros grupos y exista una transferencia de tecnologías y culturas alimentarias.

 Las universidades y organismos no gubernamentales deben continuar sus investigaciones sobre sus alimentos en el Ecuador. Se debe profundizar la investigación sobre los productos tradicionales y precolombinos que por razones de prejuicio la sociedad está dejando de consumir.

151

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Vera, Fernando Bahena. (2007). Estrategia Para La Conservación Y Uso Sustentable De La Biodiversidad. Mexico: Carlos Mecías.



Vigo, Rodolfo. (1986). Los Principios Generales Del Derecho Ambiental. Italia: Saux.



Viteri. (2003). Alternativa Al Desarrollo En Su Tesis Licenciatura Inerita. Bolivia: Antonio.



Zagrebelski, Guastavo. (1995). El Derecho Dúctil. España - Madrid: Trotta.

LEYES Y DOCUMENTOS



Constitución de la República del ecuador 2008.



Ley de Defensa Contra Incendios.



Ley de Aguas.



Ley Orgánica Defensa al Consumidor.



Legislación Forestal Tomo 1, 2,3.

TESIS



Dr. Aymara Fernando Huanacuni en su tesis: VIVIR BIEN/BUEN VIVIR



Dra. Eulalia Moreno Trujillo en su tesis “La Protección Jurídica-Privada del Medio Ambiente y la Responsabilidad por su Deterioro”

155

LINKOGRAFÍA



GALLEGOS, R. (jueves de Diciembre de 2010). Monografias.com. Recuperado el

miercoles

de

Febrero

de

2014,

de

Monografias.com:

http://www.monografias.com/trabajos88/ecuador-y-buen-vivir/ecuador-y-buenvivir.shtml#ixzz30P8jskBb.



WIKIPEDIA. (7 de Abril de 2014). Diversidad. Quito, Pichicnha, Ecuador.

156

:

ANEXOS

157

¿Conoce usted el término “Buen vivir”? * o

Si

o

No

¿Qué significa para usted el Buen Vivir? o

Garantiza la igualdad de oportunidades para todas las personas

o

Es un principio Constitucional basado en el Sumak Kawsay, es el fundamento para guiar la construcción de una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza

o

Una sociedad Democrática

o

No sabe

¿Usted siente que está viviendo dentro de esta visión del Buen vivir? * o

Si

o

No

¿Usted conoce si en la Constitución de la República del Ecuador hace referencia a los principios ambientales? o

Si

o

No

¿Qué significa para usted los principios ambientales? o

Reserva del medio ambiente

o

Son principios quien le dan vida y sentido a las normas ambientales

o

Protección del medio Ambiente

o

No sabe

¿Qué significa para usted el medio Ambiente? * o

Todo lo que afecta a un ser vivo

o

Preservación del medio Ambiente

o

Conjunto de valores naturales, sociales y culturales existentes en un lugar

158

o

No sabe

¿Qué tan preocupado por el medio ambiente piensa que esta el Gobierno? * o

Nada preocupado

o

Muy poco preocupado

o

Algo preocupado

o

Muy preocupado

o

No sabe

¿Usted diría que en este periodo de gobierno, las leyes y políticas emitidas en materia ambiental dieron como resultado un mayor cuidado de la naturaleza (pacha mama)? * o

Nada

o

Mucho

o

Algo

o

No sabe

¿Sabe Usted si la asamblea aprobó o desaprobó la ley de recursos hídricos del Ecuador? * o

Aprobó

o

Desaprobó

o

No Sabe

¿Qué tan importante es la ley de Aguas para el Ecuador? o

Nada conveniente

o

Algo conveniente

o

Muy conveniente

o

No sabe

¿Ha escuchado de la ley forestal del Ecuador? * o

Si

159

o

No

¿Qué frase define más a la ley forestal del Ecuador? o

Los recursos naturales, son la base fundamental para el desarrollo económico y social de los ecuatorianos

o

Es indispensable el buen manejo de los recursos naturales, para sustentar el buen vivir

o

Será responsabilidad del Ministerio de Salud, en coordinación con otras Instituciones, estructurar y ejecutar programas que involucren aspectos relacionados con las causas, efectos, alcances y métodos de prevención y control de la contaminación atmosférica.

o

No sabe

¿Ha escuchado sobre la ley orgánica de defensa del consumidor? * o

Si

o

No

En una escala de 1 a 10 evalúe su conocimiento sobre el contenido de la Ley Orgánica de Defensa al Consumidor (siendo 1 poco y 10 máximo * 1

2

3

4

5

6

7

8

0

9

1

¿Ha sido víctima de alguna situación en la que usted se haya sentido perjudicado como consumidor? o

Si

o

No

¿Cuáles son los principales problemas ambientales del Ecuador? *

160

por favor sea puntual

Decir si el siguiente argumento le parece verídico o falso * El Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES)? Es un modelo que considera la estructura distributiva como parte del patrón de desarrollo económico, propone la equidad como eje de la economía y al sistema económico en función de la equidad. En el modelo neoliberal la política social compensatoria había servido para amortiguar las consecuencias de la política económica y el ámbito de “lo social” se había asociado a la pobreza. o

Verdadero

o

Falso

o

No sabe

¿Cree usted que el ministerio del ambiente está haciendo algo para preservar el medio ambiente? * o

Si

o

No

¿Qué cree usted que está haciendo? *

Por favor decir si el siguiente argumento le parece verídico o falso * El Ministerio del Ambiente? En la Constitución Política de la República del Ecuador de 2008, velará por un ambiente sano, el respeto de los derechos de la 161

naturaleza o pacha mama. Garantizará un modelo sustentable de desarrollo ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras. o

Verdadero

o

Falso

o

No Sabe

¿Què significa para usted la biodiversidad? o

La diversidad biológica es una propiedad de las distintas entidades y sistemas vivos en ser variados

o

Es la variedad de la vida.

o

incluye los procesos ecológicos y evolutivos que se dan a nivel de genes, especies, ecosistemas y paisajes.

o

No Sabe

¿Qué es la Biosfera? * o

Es la capa del planeta Tierra en donde se desarrolla la vida.

o

Es una creación colectiva de una variedad de organismos y especies que interactuando entre sí

o

Abarca a todos los seres vivientes de nuestro planeta y a su hábitat; e

o

No Sabe

¿Qué entiende por soberanía alimentaria? * o

Obligación del Estado para garantizar que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la autosuficiencia de alimento sano y culturalmente apropiado de forma permanente.

o

El Estado regulará el uso y manejo del agua de riego para la producción de alimentos, bajo los principios de equidad, eficiencia y sostenibilidad ambiental.

162

o

Es el derecho que tienen los pueblos para controlar el sistema agroalimentario y sus factores de producción, de tal forma que la agricultura familiar, campesina, indígena,

o

No Sabe

La sociedad del Buen Vivir La construcción de otra forma de sociedad, la del Buen Vivir de todas y todos los ciudadanos, está en el centro del debate en Ecuador, América Latina. No hay un modelo único, ni esquemas predefinidos, hay procesos sociales que deben ser autónomos y soberanos, pero profundamente comprometidos con la transformación de la justicia social, equidad y desarrollo que pone al centro el ser humano sobre todas las cosas. Cada sociedad define sus prioridades y también las formas bajo las cuales se construye los procesos de cambio. Sin embargo, hay algunos pilares que es preciso construir para que se defina el modelo de desarrollo progresista. Una democracia real participativa en la que se logre un empoderamiento a través de la participación de la ciudadanía en todos los ámbitos políticos - públicos, rendición de cuentas y control social. Un modelo económico solidario, no en un modelo de economía de mercado en lo que prevalece es la oferta y la demanda, en la cual no existe ningún tipo de regulación, la propuesta nace que lo primordial es el trabajo y no el capital. Una forma de sociedad incluyente, no discriminatoria, no racista, que se respete la individualidad del cada ciudadano con la posibilidad de generar y entender todas las cosmovisiones con el propósito de interactuar y convivir entre toda esta maravillosa diversidad. Un proceso de relacionamiento equilibrado entre el entorno y la naturaleza. El Buen Vivir es entonces vivir a plenitud, integrando todos los actores y factores tanto internos como externos. Se trata de la construcción de un proyecto de ciudadanización en la que primen sus derechos y que estos se han negociables. La mayoría de los ecuatorianos apostó por esta «nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza», establecida en la Constitución de 2008 para alcanzar el Buen Vivir, el sumak kawsay. El Gobierno Nacional de la Revolución Ciudadana, bajo el liderazgo del Presidente Rafael Correa, realiza un trabajo por los más necesitados, por los olvidados, consiguiendo un equilibrio a través de la implementación de las políticas públicas, para construir un desarrollo social sostenido, sustentable, eficiente y efectivo, para lograr la gran transformación histórica que le fue encargado por el pueblo ecuatoriano. Pero lo más importante es que toda transformación debe establecer un grado de participación incluyente, de una democracia real, de una ciudadanización del poder, no más imposiciones, no más cartas de intención, no más sometimiento a sistema capitalista, el renacimiento de Latinoamérica se la debe a la necesidad de su pueblo de ser libre, libre para decidir su suerte, su camino, su proyecto de vida, en la Patria Grande es grande no por su extensión de tierra o por cuanto producen, lo es por su gente, por un pueblo digno, un pueblo pacífico, un pueblo que ama la paz, por un pueblo solidario, el renacimiento de una Nueva América inicia ahora y la hace con acuerdos como un bloque, como un solo País, se está construyendo el sueño de Bolívar, de Sucre, Monseñor Leónidas Proaño, Dolores Cacuango, de San Martín, de Verón, del Che Guevara. LA LIBERTAD NO SE IMPLORA DE RODILLAS, SE LA LUCHA DE PIE.

Ing. Robert Gallegos Facebook: Robert Gallegos Slideshare: http://www.slideshare.net/boblen Bibliografía Constitución del Ecuador 2008 Los nuevos retos de América Latina

163

© SENPLADES, 2010

Autor: Ing. Robert Gallegos

Principio del formulario INFORMACIÓN GENERAL Caso Chevron: CC admite a trámite acción extraordinaria de protección 21 MAR 2014 La Sala de Admisión de la Corte Constitucional (CC) aceptó a trámite el caso Chevron. Por unanimidad, los magistrados Patricio Pazmiño, Manuel Viteri y Wendy Molina admitieron a trámite la acción extraordinaria de protección presentada en diciembre pasado por la transnacional, para evitar pagar los $ 9.500 millones por el daño... Ecuador solicita a La Haya suspender el proceso Chevron III

12:44 · 15 NOV 2013 El procurador general del Estado, Diego García, solicitó hoy a la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya suspender el proceso iniciado por la petrolera Chevron en contra de Ecuador por una supuesta violación del Tratado Bilateral de Protección de Inversiones (TBI) suscrito con Estados Unidos. García recordó que el martes... Afectados por Chevron miran a la sentencia de CNJ como una “victoria incompleta" 13:05 · 13 NOV 2013 Los afectados por la contaminación de la operadora Texaco- Chevron en la Amazonía no está totalmente conformes con la sentencia que emitió el jueves la Sala Civil y Mercantil de la Corte Nacional de Justicia (CNJ). Juan Pablo Sáenz, abogado de los afectados, dijo que no hubo una sola disculpa de... Chevron podría “quebrar” al Estado a través de los juicios

24 OCT 2013 En su objetivo de no pagar la indemnización de $ 19.000 millones por el daño ambiental, la transnacional petrolera Chevron Corporation ha entablado varios juicios que no solo buscarían dañar la imagen del país, de la justicia y amedrentar a los indígenas y colonos de la Amazonía, sino acorralar y... Cinco comunidades siguen siendo víctimas de Texaco 09 SEP 2013 Dirigentes y abogados de las 30.000 víctimas de la contaminación causada por la explotación petrolera ejecutada al norte de la Amazonía ecuatoriana durante un cuarto de siglo por Texaco (Chevron), así como una auditoría de la Contraloría General y varios estudios, reflejan que la falta de una remediación técnica aún... Activistas denuncian persecución de Chevron 08 AGO 2013

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Una campaña de desprestigio por parte de la petrolera estadounidense Chevron ha sido denunciada por el Gobierno ecuatoriano. Según las autoridades, la compañía está tratando de endosar su responsabilidad en la remediación ambiental en los lugares del Oriente ecuatoriano donde laboraba Texaco. El procurador general del Estado, Diego García, explicó... Rafael Correa: “Sabremos defender al país (de la ofensiva de Chevron)” 06 AGO 2013 El presidente de Ecuador, Rafael Correa, afirmó ayer que el Gobierno se defenderá de la “campaña de desprestigio” con la que la petrolera estadounidense Chevron intenta, según él, desconocer un millonario fallo por daños ambientales. “Chevron gasta centenas de millones de dólares en campaña de desprestigio contra Ecuador. Quiere demostrar... Activistas denuncian en NY la contaminación petrolera 26 JUL 2013 Un grupo de ambientalistas ecuatorianos afectados por la contaminación petrolera montaron un stand informativo en la Expoferia Ecuador, que se realizó en Nueva York. Esta Exporferia se lleva a cabo cada año, en el parque de Flushing de Nueva York. Allí se exhibieron fotos y videos que evidenciaban el desastre...

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Noticias La ratificación del fallo en el caso Chevron genera descontento

La ratificación del fallo contra la petrolera estadounidense Chevron causó cierto descontento entre los afectados de la Amazonía y el rechazo de la compañía. Pablo Fajardo, abogado de los demandantes, y los representantes de las comunidades Kichwa y Cofán anunciaron ayer, en una rueda de prensa, que consideraban este resultado como un éxito a medias y una victoria agridulce. Esta actitud responde a que la Corte Provincial de Sucumbíos no tomó en cuenta los pedidos de los demandantes luego de que se emitió la sentencia el 14 de febrero del 2011. Caso Chevron: los indígenas buscan ejecutar la sentencia

Los indígenas de la Amazonía que demandaron a la petrolera Chevron-Texaco están decididos a iniciar las acciones para cobrar a la empresa 9.510 millones de dólares. Ese fue el monto que la Corte de Sucumbíos estableció como indemnización por los daños ambientales que se atribuyen a la petrolera. Por eso, después de que la Corte Provincial ratificara la sentencia contra la empresa, los demandantes decidieron no llevar el caso a casación ante la Corte Nacional de Justicia. "Aceptamos el fallo -dijo el abogado Pablo Fajardo- y vamos a buscar que se ejecutoríe la sentencia". Los indígenas dicen que no quieren perder más tiempo para iniciar la remediación en las zonas donde operó el consorcio TexacoPetroecuador. Chevron debe pedir disculpas públicas a pueblo ecuatoriano por daño ambiental cometido, afirma Pablo Fajardo

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El abogado Pablo Fajardo y los miles de documentos de la demanda contra Chevrob-Texaco Si no lo hacen deberán pagar $ 18000 millones asegura el abogado de las comunidades amazónicas afectadas por la petrolera “Es un fallo importante en el ámbito jurídico ya que se está condenando a una de las empresas más poderosas del mundo por un daño ambiental cometido en la Amazonia ecuatoriana”, así se manifestó el abogado de las comunidades amazónicas, Pablo Fajardo, sobre la ratificación del fallo que ordena a Chevron pagar 8 646 millones de dólares para remediar los daños ambientales. Condena a Chevron crea importante precedente ambiental

La multimillonaria condena contra la estadounidense Chevron, confirmada ayer por una corte de Ecuador, crea un importante precedente sobre las garantías que debe ofrecer la actividad petrolera para el cuidado del ambiente, aseguró hoy el abogado ecuatoriano Pablo Fajardo. Este es "un precedente importantísimo que estamos sembrando en el mundo entero, ya que podría cambiar las reglas del juego entre las empresas, las sociedades y los Estados", subrayó Fajardo, abogado de los indígenas y colonos de la Amazonía ecuatoriana que demandaron a la petrolera por daños ambientales. Corte de Ecuador confirmó fallo contra Chevron por contaminación

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Una corte de apelación de Ecuador ratificó el martes un millonario fallo en contra de la petrolera estadounidense Chevron por contaminación ambiental, reveló el martes la sentencia, en un nuevo capítulo de la saga legal que lleva unos 18 años. En febrero, la Corte Provincial de Sucumbíos ordenó a la petrolera a pagar unos 8.646 millones de dólares para remediar zonas contaminadas durante su operación en el país andino. Además, dispuso que Chevron entregue directamente a las comunidades afectadas por la operación unos 860 millones de dólares y que se disculpe públicamente, o en caso contrario se duplicaría la sentencia.

168

Lunes 13 de febrero del 2006Sucesos

Caso Jéssica prescribirá sin que se haya castigado el delito cometido El presidente de la Corte Superior de Justicia de Guayaquil, Armando Cervantes Cañarte, se excusó de dictar el auto de prescripción del juicio por contaminación ambiental que ocasionó el buque tanque Jéssica, luego del varamiento con derrame de combustible en las islas Galápagos. Ante el pedido de prescripción solicitado por el capitán Carlos Rhor Romano, representante de la compañía Martipa (encargada de transportar el combustible que llevaba el Jéssica), así como de Julio Guerrero Ríos, jefe de Petrocomercial en Galápagos, el magistrado Cervantes indicó mediante providencia despachada el pasado 7 de febrero, que no puede pronunciarse “por haber fallado dentro del proceso en otra instancia”. El juicio por la contaminación ambiental fue iniciado el 26 de enero del 2001 contra Tarquino Rolando Arévalo Escandón, capitán del buque Jéssica, y otros. Según la ley esta causa prescribe a los cinco años. En tal sentido Guerrero Ríos y Rhor Romano coincidieron en afirmar que como han pasado más de cinco años, al amparo de lo que establece el artículo 98 del Código Penal, solicitaron se dicte el auto de prescripción respectivo. Los sindicados como supuestos responsables del delito cometido no han recibido sentencia ni castigo. En enero 3 de este año, los magistrados de la 1ª Sala de lo Penal de la Corte Superior de Guayaquil confirmaron el auto de llamamiento a juicio plenario que dictó la Presidencia de la Corte en contra de los involucrados. El fallo confirmaba el llamado a juzgamiento para el contralmirante Gonzalo Vega Valdivieso, Julio Guerrero Ríos (jefe de Petrocomercial en Galápagos), Carlos Rhor Romano (representante de la compañía Martipa) y Luis González Medina, como presuntos autores del delito de contaminación ambiental en las islas Galápagos. La sala revocó el llamamiento a juicio contra Tarquino Rolando Arévalo Escandón (capitán del Jéssica), Laura Maldonado Tello (presidenta de Acotramar y propietaria del buque Jéssica) y del contralmirante Víctor Emilio Garcés Rodríguez (jefe de la terminal petrolera de La Libertad). Para estos, la sala expidió el sobreseimiento provisional. Según el juicio penal, el 16 de enero del 2001 el buque Jéssica encalló en el arrecife Schianovi, en la Bahía Naufragio (isla San Cristóbal), con 79 mil galones de IFO 120 y 160 mil galones de diésel oil 2. DAÑO ECOLÓGICOINDEMNIZACIÓN En la sentencia por el juicio civil, en octubre del 2002, el presidente de la Corte Superior, Miguel Félix López, condenó a la aseguradora Terranova Insurance Company Ltda., de Londres, a pagar diez millones de dólares de indemnización por daños y perjuicios. El Estado ecuatoriano aún no ha cobrado.

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Lunes, 22 de septiembre de 2014

La negligencia fue la causa del desastre ambiental en Galápagos Jueves, 25 de enero de 2001 inShare Share on email La historia se repite demasiada veces y nadie parece dispuesto a ponerle el cascabel al gato. El carguero Jessica tenía 47 años, viajaba sin carta de navegación, carecía de seguros y estaba en pésimo estado de mantenimiento. Es la última pesadilla provocada por el transporte marítimo de hidrocarburos. Según WWF/Adena, la negligencia fue la causa del desastre en las islas Galápagos (Ecuador). Y también en esta ocasión consideran que podría haberse evitado. Para satisfacer la demanda de un consumo energético incontrolado, la industria petrolera produce, transporta, refina y comercializa más de 3.000 millones de toneladas de crudo al año. Su transporte, principalmente por vía marítima, constituye una de las principales causas de contaminación marina. Más de 6.000 buques petroleros surcan los océanos del planeta, muchos de ellos, como en el caso del Jessica, en pésimas condiciones de navegación, y más de la tercera parte de la contaminación petrolífera que soportan los mares proviene del transporte de crudo, debido al lavado deliberado de tanques en el mar para eliminar los residuos de carga o a consecuencia de accidentes. Se estima que de los más de tres millones de toneladas de crudo vertidas anualmente al mar, poco más del 10% corresponde a accidentes. Impunidad "La alarma que ha causado el hundimiento del buque Jessica en Ecuador, vertiendo más de 900.000 litros de diesel y búnker al mar, evidencia la impunidad con que esta clase de buques, en deplorable estado de navegación y careciendo de seguros o medidas de control específicas, surcan los mares todos los días", asegura Ezequiel Navío, portavoz de WWF/Adena. La catástrofe de las Islas Galápagos atenta contra un patrimonio natural único en el planeta; por ahora, las islas más afectadas son San Cristóbal y Santa Fe, aunque las corrientes están alejando de la costa la mayor parte del combustible. Ya se han encontrado lobos y aves marinas impregnadas de fuel y el área afectada supera los 1.200 km2, en manchas discontinuas y largas lenguas. Al tratarse de un derivado pesado no liviano de hidrocarburo con alta densidad de azufre (crudo amargo), el fuel-oil tiene un grado de evaporación volátil bajo, y tiende a dispersarse más por precipitación al fondo marino que hacia la atmósfera. Este hecho implica que su afección en áreas de litoral es más persistente que si se tratara de gasolina, menos densa y más volátil. En algunas ocasiones, el gasoil afecta a zonas costeras con más poder destructivo que el propio crudo sin refinar. La deposición del gasoil en la franja intermareal afectará a la fauna intermareal, fundamentalmente invertebrados, hecho muy peligroso por tratarse de una de las partes más destacadas de la cadena ecológica y trófica del litoral. Con respecto a fauna vertebrada, aves, mamíferos y reptiles (iguanas, lobos y tortugas), se producirán cegueras en los animales contaminados, intoxicaciones en los sistemas nervioso, digestivo, respiratorio, endocrino, y reproductor, provocando la muerte de muchos de ellos. Respecto a las iguanas, la contaminación de las algas puede provocar un envenenamiento masivo, ya que el gasoil impregna ya fondos marinos poblados de algas. Los efectos de esta contaminación en la fauna y flora de la zona pueden, sin embargo, extenderse durante varios años. La contaminación se extiende Por otro lado, y a pesar de que la evaporación de esta sustancia es lenta, la volatilidad del gasoil alcanza en la atmósfera capas altas, desplazando la contaminación hacia zonas más distantes del lugar del vertido. Esta es la causa de que, por precipitación, otras áreas de Galápagos puedan resultar contaminadas a través de precipitaciones en forma de lluvia. WWF/Adena insta a la Organización Marítima Internacional, y a sus países miembros, a adoptar medidas inmediatas mucho más rígidas que las existentes para regular de forma segura el transporte marítimo de sustancias peligrosas. Operativo ERGOS

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El Operativo ERGOS (Environmental Response GroupforOilSpills), un programa de prevención e intervención ante mareas negras desarrollado desde 1990 por WWF/Adena, celebró recientemente un congreso en las Islas Canarias para evaluar precisamente este tipo de riesgos. Algunas de sus conclusiones fueron: 1. WWF/Adena insta a la Organización Marítima Internacional (OMI) para la inclusión en el Convenio MARPOL de las aguas canarias como "Zona Especial". Se pretende iniciar en este sentido un esfuerzo administrativo para evitar que la OMI permita la navegación de buques calificados "de riesgo", y para evitar la autorización de este organismo para que los buques puedan verter porcentajes de sustancias contaminantes al mar sin ningún mecanismo de control. 2. Es imprescindible promover la revisión del procedimiento sancionador a buques infractores por contaminación marina. 3. Es fundamental incentivar una revisión inmediata del Convenio MARPOL, incluyendo los buques petroleros de menos de 150 toneladas en inspecciones, sanciones y control de vertidos. 4. Debe revisarse la Propuesta de Directiva de la UE sobre descarga de residuos en instalaciones portuarias (18 meses para transponerse). 5. Es necesario proceder a una revisión de los medios materiales disponibles para hacer frente a una hipotética marea negra en Canarias y en el resto de las costas españolas, y adecuarlos a los planes de intervención de cada una de las Comunidades Autónomas. 6. WWF/Adena impulsará acciones diplomáticas y legislativas ante la Organización Marítima Internacional (OMI) para crear un Comité de Seguimiento que estudie el grado de cumplimiento de la legislación existente en los países miembros. 7. WWF/Adena solicitará a la UE enmiendas en las Directivas existentes para abordar la carencia de medidas de intervención en países de la UE hacia buques con bandera de conveniencia que atracan en puertos comunitarios. 8. WWF/Adena justificará ante la UE la necesidad de implantar una Directiva rigurosa sobre el control de la independencia e incompatibilidades de las sociedades privadas dedicadas a la clasificación de buques y emisión de certificados. 9. WWF/Adena promoverá un acuerdo de cooperación entre la Organización Marítima Internacional (OMI) y WWF/Adena para el intercambio de información sobre buques y compañías (Comité de Protección del Medio Marino). 10. Todas aquellas compañías propietarias de buques responsables de contaminación marina, ya sea accidental, como en el caso del Jessica, o deliberada, deberán retener en puertos la totalidad de su flota para realizar una inspección de todos y cada uno de ellos hasta garantizar que cumplen con todas las medidas de navegación segura. Las inspecciones serán costeadas costeadas por la propia compañía. 11. Todas las compañías propietarias de buques responsables de provocar contaminaciones deliberadas al medio marino serán sancionadas con la paralización de toda su flota por un periodo mínimo de un año.

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