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UNIVERSIDAD DE ALCALÁ
CURSO DE PROTOCOLO
MODULO I.- IDEAS BASICAS DE PROTOCOLO PROTOCOLO Y CEREMONIAL Historia: Examinando aunque sólo sea superficialmente la historia, podemos observar como ya la mayoría de los pueblos usaban el Protocolo y el Ceremonial, pongamos como ejemplo al pueblo persa; en la época del Rey Darío I, regía en la corte una severa y bien organizada etiqueta y ceremonial. El Rey solamente era accesible mediante una serie de ceremonias protocolarias; incluso el derecho de los Príncipes para presentarse directamente ante el Rey fue abolido, teniendo que pasar por las citadas ceremonias. Los llamados "bienhechores" del Rey eran los únicos que tenían sitio reservado cercano a Su Majestad en los actos y ceremonias, siendo estos fundamentalmente altos cargos de la administración y del ejército. Parecidas facetas protocolarias existían también en Grecia, Roma y otros pueblos que con el transcurso del tiempo se han ido adaptando a las disposiciones, normas y características que regulan los actos oficiales, ceremonias y ordenamiento de las autoridades, de acuerdo con lo establecido en ese momento. La dinastía damascena de la que procedían los omeyas andalusíes se trasmitió a través de Abderraman I Este consiguió escapar de la masacre en la que el resto de su familia pereció a manos de los abasíes y llegar en 750 al más remoto territorio musulmán, Al-Andalus. Asì pues, cuando en 929 Abderraman III se autoproclama califa, lo hace con la legitimidad histórica que le proporciona pertenecer a la primera dinastía califal, la omeya. Por otra parte, para que su figura como gobernante resplandeciera sin límites dentro de sus propias fronteras, el título de califa (que implica la unión sin fisuras de los poderes terrenal y espiritual) le confería una majestad real que ninguno de sus antepasados omeyas andalusíes (que se habían limitado a autodenominarse emires, es decir, príncipes), había osado reivindicar. De hecho, a partir del momento de su proclamación como califa, sus apariciones ante el pueblo fueron cada vez más escasas , y cuando esto ocurría era siempre rodeado de una fastuosa pompa, lo que marcaba una clara diferencia con los emires anteriores, mas cercanos a las preocupaciones de la gente de la calle. Paralelamente, en la corte de Adberraman III el protocolo y la etiqueta se hacen más estrictos, y las audiencias reales, a las que sólo acceden los más privilegiados del reino y los familiares más queridos, son deslumbrantes por el lujo que despliegan. Y es que al califa le gusta impresionar a las personalidades que lo visitan sean embajadores, reyes o sabios de otros países.(Isabel Hervas-Historia y vida nª 421) En la Edad Media aparece una figura trascendental en la normativa del Protocolo "El Heraldo". Hacía el siglo XII, se conoce esta figura en un ambiente juglaresco, con un papel más ceremonioso que práctico, dedicándose a llevar mensajes de guerra y sobre todo a elaborar las relaciones de los caballeros presentes en las huestes (especie de ejército que se reclutaba para la guerra) para establecer la precedencia entre los nobles. Su papel más importante se debe al que juegan en la escenografía y ceremonial de los torneos. Los heraldos reconocían a los contendientes por sus armas, los anunciaba al entrar en las lizas y proclamaban a los más valientes, además de actuar como jueces. _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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En sus orígenes no servían a ningún señor de una manera estable sino que trabajaban buscando quien les pagase, pero en el siglo XIII y XIV, pasan a formar parte de las cortes de los Reyes y grandes señores. Llevaban unos tabardos o cotas con las armas del señor al que servían y su misión era la de organizar todo lo referente a los torneos, controlando el derecho de los asistentes a participar en las justas y vicisitudes del combate; seguían siendo mensajeros en tiempos de guerra, embajadores en tiempos de paz, traductores, etc; llegando a convertirse en grandes genealogistas porque eran los encargados de registrar las armas de los caballeros de su reino o señorío además de conocer las costumbres heráldicas de Europa. Como nota aclaratorio no se debe confundir la figura del heraldo con la del rey de armas, ya que éste es el jefe de los primeros y ejerce jurisdicción entre ellos. Para concluir este pequeño historial sobre el Protocolo, veremos a continuación el Ceremonial Tradicional que se utilizaba en los diferentes Reinos de España. Monarquía visigótica y asturiana: los Reyes eran ungidos y coronados. Monarquía Navarra: los Monarcas eran alzados sobre un escudo. Monarquía leonesa: La ceremonia va precedida de una procesión desde el Castillo a la Catedral. Se prestaba juramento de rodillas, ante el prelado. Los prelados oficiantes investían al Soberano con la espada, el anillo, el cetro, el báculo y el manto. Finalmente se le ceñía sobre la frente la Corona; y se completaba el acto con una Misa, bendición litúrgica y procesión de regreso al Castillo. Monarquía castellana: Los Monarcas eran proclamados ante el pueblo. El Embajador Martìnez-Correcher, al hablarnos del origen del protocolo oficial en España, nos adentra en la manera de borgoña,(Valladolid, 15 de agosto de 1548) de donde se dice que procede gran parte de nuestro protocolo. Este protocolo se resume en torno a cuatro funciones: 1. fastuosidad al máximo 2. creación de una atmósfera casi divina en torno al soberano 3. orden extremadamente riguroso 4. fomento de la cohesión entre los distintos estados de borgoña El profesor Domínguez Álvarez, en su obra “Arte y etiqueta de los Reyes Católicos, desarrolla estos cuatro conceptos con gran profundidad y acierto. Federico Suárez, en su libro "El proceso de la Convocatoria a Cortes (18081810), habla de la Junta de Ceremonial y dice los siguiente: "La Junta de Ceremonial nació para arreglar los puntos relativos a la forma en que deberán congregarse las cortes, ceremonial que debe observar en ellos y todo lo demás perteneciente a la dignidad tanto del congreso como de las personas que lo compondrían.
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Durante el siglo XX tres disposiciones se han dictado sobre el protocolo y ceremonial, la primera fue en 1908 el 15 de enero con una “Orden del Rey” en el gobierno de Antonio Maura; la segunda fue el “Reglamento de precedencias y ordenación de Autoridades y Corporaciones” en 1968 el 27 de junio, con el gobierno del General Franco y la tercera el “Ordenamiento General de Precedencias”, en 1983 el 4 de agosto por Real Decreto, con el gobierno de Felipe González. CONCEPTOS ¿QUE ES EL PROTOCOLO? Según el Diccionario de la Lengua Española, Protocolo quiere decir: 1. Las escrituras matrices y otros documentos que un notario autoriza y custodia. 2.
El acta o cuaderno relativa a un acuerdo, conferencia o congreso.
3. La regla ceremonial diplomática o palatina establecida por decreto o costumbre. Aunque cualesquiera que estas tres definiciones las hace la Real Academia de la Lengua, podríamos definir nosotros la terminología del Protocolo de esta forma:
Es el arte de hacer bien las cosas Personajes de cierta importancia en nuestro día a día han hecho las siguientes definiciones sobre el Protocolo:
El Embajador Don José Antonio de Urbina, lo define de la siguiente manera: "Protocolo es aquella disciplina que con realismo, técnica y arte (pues tiene de las tres cosas), determina las estructuras o formas bajo las cuales se realiza una actividad humana importante". El Presidente de la Generalidad Catalana, Josep Tarradellas, dijo: “Para hacer las cosas bien, hay que hacerlas de una cierta manera”. William Shakespeare, Más batallas se han ganado con la sonrisa que con la espada. Confucio, Cuando un gobernante procede bien, ejercerá influencia sobre la gente sin dar órdenes. Talleyrand, Sólo los tontos se burlan del Protocolo, simplifica la vida.
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Ramon Villot, La Elegancia social de la diferencia. Una vez determinada la importancia del Protocolo, así como su definición , hay que tener en cuenta otras definiciones, de términos como Ceremonial, Precedencia y Etiqueta, vocablos estos que estarán siempre unidos al de Protocolo. CEREMONIAL: Se llama así al conjunto de formalidades determinadas por el Protocolo para cualquier acto público o solemne. PRECEDENCIA: Significa prioridad o antelación en el orden a determinar por la situación posicional o el lugar por categoría, cargo o rango, que le está reservado a una personalidad o autoridad que concurre a un acto. ETIQUETA: Es la parte del ceremonial que se observa en los casos reales y en los actos públicos solemnes y de la vida privada, según usos y costumbre. Como nota, se puede decir que el "Protocolo", el "Ceremonial", la "Precedencia" y la "Etiqueta", son facetas importantes para todos aquellos que de una manera u otra están implicados en la organización de actos y situación de las autoridades o invitados en general. Son cuatro facetas dignas de ser cuidadas en todo acto, ya que "Protocolo", determina las reglas a seguir; "Ceremonial", especifica las formalidades; "Precedencia", fija la posición; y "Etiqueta", distingue el acto. REAL DECRETO 2099/1983, DE 4 DE AGOSTO, ORDENAMIENTO GENERAL DE PRECEDENCIAS DEL ESTADO (B.O.E. Nº 188, DE 8 DEL MISMO MES) INTRODUCCIÓN El advenimiento de un Estado social y democrático de Derecho, instituido y sancionado por la vigente Constitución de 1978 bajo la forma política de Monarquía Parlamentaria, ha determinado necesariamente la implantación de una nueva estructura de poderes e instituciones, unipersonales o colegiados cuya presencia y vigencia articula la imagen política y administrativa de la Nación. Singular relieve entraña, además, la constitucional organización territorial del Estado, en cuyo seno, y sin mengua de su unidad, nacieron y se integran, en proceso normativo ya concluso, las diecisiete Comunidades Autónomas radicadas en el respectivo marco de su territorio, de tal modo que todo el mapa nacional traduce la configuración del nuevo Estado de las Autonomías. La proyección del símbolo democrático y social en el Estado supone, por otro lado, una distinta graduación en la presencia de la Autoridad o Cargo Público, por corresponder mejor valencia en las investiduras electivas y de representación que a las definidas por designación, _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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resultando así mismo indeclinable un mayor reconocimiento a las instituciones del mundo de la cultura. Todo ello plantea la necesidad inmediata de proveer dentro del régimen del Protocolo del Estado, a la regulación de la ordenación de Precedencias que, en la asistencia a los actos oficiales, cumplan atribuir y reconocer a la Corona, Autoridades, Instituciones, Corporaciones y personalidades del Estado que, singular o colegiadamente, ostenta la titularidad, investidura o representación respectiva de aquellas, toda vez que las normas pretéritas de precedencia, a parte de ser precarias y obsoletas, han quedado en gran medida derogadas por la nueva estructura constitucional. Con el presente Ordenamiento de Precedencias se dan respuesta al planteamiento expuesto, resolviendo de modo preciso y casuístico la prelación correspondiente en los títulos II y III en lo restante, título preliminar y título I, se recoge los principios generales definitorios y aplicativos de las precedencias, significando su estricto alcance al ámbito de la materia, su no extensión a cualquier otra atribución del grado, jerarquía o funciones fuera de Protocolo, la clasificación y tratamiento de los actos oficiales, el régimen de la presidencia de los mismos y de los rangos de ordenación según se contemple la personal o singular, la departamental, y la colegiada representativa de Instituciones o Corporaciones. En su virtud, de acuerdo con el artículo 97 de la Constitución, al amparo del artículo 24 de la Ley de Régimen Jurídico y de la Administración del Estado, a propuesta del Presidente del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de agosto de 1983. RANGOS DE ORDENACIÓN. INSTITUCIONES PUBLICAS De acuerdo con lo establecido en el artículo 8º del Real Decreto de Precedencias, se establece que el régimen general se distribuya en tres rangos: INDIVIDUAL, regula el orden singular de autoridades, de cargos públicos o personalidades. DEPARTAMENTAL, regula el orden entre los diferentes departamentos Ministeriales. COLEGIADO, regula la prelación entre las instituciones y corporaciones, cuando asistan a los actos oficiales con dicha presencia reconocida institucional o corporativa, teniendo carácter colectivo y sin extenderse a sus respectivos miembros en particular. JEFATURA DEL ESTADO. REPRESENTACIONES Su Majestad el Rey Juan Carlos I, prestó juramento en las Cortes Españolas el 22 de noviembre de 1975, según el Decreto Ley 16/1975 de 28 de noviembre del mismo año y publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 279. Entre las normas de precedencias, cabe destacar lo que sobre éste aspecto se señala en el artículo 9º del Real Decreto, que al hacer referencia a la persona que represente en su cargo a la autoridad superior a la de su propio rango, no gozará de aquella precedencia, sino que ocupará el lugar que le corresponda por su cargo personal, salvo que ostente _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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expresamente la representación de Su Majestad el Rey, o la del Presidente del Gobierno, porque la delegación o representación confiere solamente el acto de presencia toda vez que carece de la autoridad que esos momentos sigue ostentando el titular del cargo, y sólo su presencia es signo indicativo de atención y diferencia hacia el acto que se celebra y la autoridad que los organiza. Esto ocurre exactamente igual con los honores militares, cuyo reglamento, aprobado por Real Decreto 834/1984, de 11 de abril, en su artículo 9º en el que se dice: "A las autoridades que asistan a actos oficiales en representación de otros de mayor rango, se les tributarán los honores debidos a la suya y no los correspondientes a la autoridad a quién representa". Se exceptúa de esta norma la autoridad que ostente expresamente la representación de Su Majestad el Rey o del Presidente del Gobierno. En tales casos en la disposición que otorgue la representación se hará constar los honores que deban tributarse.
LOS PODERES Como se puede ver en el organigrama posterior, los Poderes del Estado se dividen en tres: LEGISLATIVO, corresponde a las Cámaras Baja y Alta, o dicho de otra manera, el Congreso de los Diputados y el Senado de la Nación, siendo su función la de hacer las leyes. EJECUTIVO, corresponde al Gobierno de la Nación, que es el encargado de ejecutar las leyes que se han creado en las Cámaras. JUDICIAL, corresponde a este poder, ser el encargado de custodiar que esas leyes que han sido creadas por las Cámaras y ejecutadas por el Gobierno, se hagan cumplir, siendo los Tribunales de Justicia los organismos encargados de que así se haga. El Presidente del Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo, son nombrados por el Poder Legislativo. Sin embargo el Presidente del Consejo de Estado así como el Fiscal General del Estado, son nombrados por el Poder Ejecutivo.
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REAL DECRETO DE PRECEDENCIAS Artículo 1º.- Se aprueba el Reglamento adjunto del "Ordenamiento General de Precedencias en el Estado". Artículo 2º.- El presente Real Decreto y el texto reglamentario que por el mismo se aprueba, entrarán en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. TITULO PRELIMINAR Artículo 1º 1.- El Presente ordenamiento general establece el régimen de precedencias de los cargos y entes públicos en los actos oficiales. 2.- El alcance de sus normas queda limitado a dicho ámbito sin que su determinación confiera por sí honor o jerarquía, ni implique, fuera de él, modificación del propio rango, competencia o funciones reconocidas o atribuidas por Ley. Artículo 2º 1.- La Jefatura de Protocolo del Estado (El Departamento de Protocolo de la Presidencia del Gobierno) se encargará de aplicar las normas del presente ordenamiento general de precedencias. 2.- El Servicio de Protocolo del Ministerio de Asuntos Exteriores se coordinará con la Jefatura de Protocolo del Estado (El Departamento de Protocolo de la Presidencia del Gobierno) cuando haya que determinar: La precedencia entre los representantes diplomáticos, autoridades, personalidades, corporaciones o colegios de instituciones españolas o extranjeras, que asistan a actos públicos de carácter internacional, a celebrar en España o en el extranjero organizados por el Estado. La precedencia entre la precitada concurrencia cuando asista a cualquier acto público que, no estando directamente organizado por el Estado, tenga relevancia y significación para las relaciones exteriores de España. En estos actos, el Ministerio de Asuntos Exteriores actuará en coordinación con la entidad organizadora. TITULO PRIMERO CAPITULO PRIMERO.- Clasificación y Presidencia de los actos. Artículo 3º.- A los efectos del presente ordenamiento, los actos oficiales, se clasifican en: Actos de carácter general, que son todos aquellos que se organicen por la Corona, el Gobierno de la Nación o la Administración del Estado, Comunidades Autónomas o
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Corporaciones Locales, con ocasión de conmemoraciones o acontecimientos nacionales, de las autonomías, provinciales o locales. Actos de carácter especial, que son los organizados por determinadas instituciones, organismos o autoridades, con ocasión de conmemoraciones o acontecimientos propios del ámbito específico de sus respectivos servicios, funciones y actividades. Artículo 4º 1.- Los actos serán presididos por la autoridad que los organice. En caso de que dicha autoridad no ostentase la presidencia, ocupará lugar inmediato a la misma. La distribución de los puestos de las demás autoridades se harán según las precedencias que regula el presente Ordenamiento, alterándose a derecha e izquierda del ocupado por la presidencia. 2.- Si concurrieran varias personas del mismo rango y orden de precedencia, prevalecerá siempre la de la propia residencia. CAPITULO SEGUNDO.- Normas de Precedencias Artículo 5º. 1.-La precedencia en los actos oficiales de carácter general organizados por la Corona, el Gobierno o la Administración del Estado, se ajustará a las prescripciones del presente ordenamiento. 2.- En los actos oficiales de carácter general organizados por las Comunidades Autónomas o por la Administración local, la precedencia se determinará prelativamente, de acuerdo con lo dispuesto en el presente ordenamiento por su normativa propia y, en su caso, por la tradición o costumbre inveterada del lugar. En ningún supuesto podrá alterarse el orden establecido para las Instituciones, Autoridades o Corporaciones del Estado señaladas en el presente Ordenamiento. No obstante, se respetará la tradición inveterada del lugar cuando, en relación con determinados actos oficiales, hubiere asignación o reserva en favor de determinados entes o personalidades. Artículo 6º.- La precedencia en los actos oficiales de carácter especial, se determinará por quién los organice, de acuerdo con su normativa específica, sus costumbres y tradiciones y, en su caso, con los criterios establecidos en el presente Ordenamiento. Artículo 7º 1.- Los actos militares serán organizados por la Autoridad de las Fuerzas Armadas que corresponda, y en ellos estará a lo dispuesto en el Reglamento de Actos y Honores Militares y demás disposiciones aplicables. 2.- Para la presidencia de dichos actos se estará a lo dispuesto en este Ordenamiento.
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3.- Las Autoridades de la Armada con insignia a flote, cuando concurran a actos oficiales de carácter general que se celebren en la ciudad donde se encuentren los buques de guerra, serán debidamente clasificados, según su rango, por la Autoridad que organice el acto. Artículo 8º.- El régimen general de precedencias se distribuye en tres rangos de ordenación: el individual o personal, el departamental y el colegiado. ¾
El individual regula el orden singular de autoridades, titulares de cargos públicos o personalidades.
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El departamental regula la ordenación de los ministerios.
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El colegiado regula la prelación entre las Instituciones y Corporaciones cuando asistan a los actos oficiales con dicha presidencia institucional o corporativa, teniendo así carácter colectivo y sin extenderse a sus respectivos miembros en o particular.
Artículo 9º.- La persona que represente en su cargo a una autoridad superior a la de su propio rango no gozará de la precedencia reconocida a la autoridad que representa y ocupará el lugar que le corresponda por su propio rango, salvo que ostente expresamente la representación de Su Majestad el Rey o del Presidente del Gobierno. TITULO SEGUNDO PRECEDENCIA DE AUTORIDADES EN LOS ACTOS OFICIALES DE CARÁCTER GENERAL ORGANIZADOS POR LA CORONA, EL GOBIERNO O LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Artículo 10º.- En los actos en la villa de Madrid, en su condición de Capital del Estado y sede de las Instituciones Generales, regirá la siguiente precedencia: 1. Rey o Reina 2. Reina consorte o Consorte de la Reina 3. Príncipe o Princesa de Asturias 4. Infantes de España 5. Presidente del Gobierno 6. Presidente del Congreso de los Diputados 7. Presidente del Senado 8. Presidente del Tribunal Constitucional 9. Presidente del Consejo General del Poder Judicial 10. Vicepresidentes del Gobierno, según su orden 11. Ministros del Gobierno, según su orden 12. Decano del Cuerpo Diplomático y Embajadores extranjeros acreditados en España 13. Presidentes de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, según su orden(1) 14. Ex-Presidentes del Gobierno (1) 15. Jefe de la Oposición 16. Alcalde de Madrid _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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17. Jefe de la Casa de Su Majestad el Rey 18. Presidente del Consejo de Estado 19. Presidente del Tribunal de Cuentas 20. Fiscal General del Estado 21. Defensor del Pueblo 22. Secretarios de Estado, según su orden, y Jefes de los Estados Mayores de la Defensa, Ejército, Armada y Aire 23. Vicepresidentes de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, según su orden 24. Presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar 25. Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Madrid 26. General Jefe de la Región Militar, Región Militar Centro; Almirante Jefe de la Jurisdicción Central de Marina y General Jefe de la Primera Región Aérea 27. Secretario General y Jefe del Cuarto Militar de la Casa de Su Majestad el Rey 28. Subsecretario y asimilados, según su orden 29. Secretarios de las Mesas del Congreso y del Senado, según su orden 30. Presidente de la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma de Madrid 31. Encargados de Negocios extranjeros acreditados en España 32. Presidente del Instituto de España 33. Jefe de Protocolo del Estado 34. Directores Generales y asimilados, según su orden 35. Consejeros de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Madrid 36. Miembros de la Mesa de la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma de Madrid 37. Presidente y Fiscal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Madrid 38. Diputados y Senadores 39. Rectores de las Universidades con sede en Madrid, según orden de antigüedad de la Universidad 40. Gobernador Militar de Madrid 41. Tenientes de Alcalde del Ayuntamiento de Madrid (1) Por sentencia del Tribunal Supremo de fecha 20/11/1986. Artículo 11º 1.- La precedencia interna de los altos cargos de la Presidencia del Gobierno se determinará por dicha Presidencia. 2.- La ordenación de los Ministros, Secretarios de Estado, Subsecretarios y Directores Generales, así como asimilados, se hará atendiendo al orden de Ministerios. 3.- La ordenación de autoridades dependientes de un mismo Ministerio, se hará por el Ministerio respectivo. Artículo 12º.- En los actos en el territorio propio de una Comunidad Autónoma, regirá la precedencia siguiente: 1. 2. 3. 4. 5.
Rey o Reina Reina consorte o Consorte de la Reina Príncipe o Princesa de Asturias Infantes de España Presidente del Gobierno
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6. Presidente del Congreso de los Diputados 7. Presidente del Senado 8. Presidente del Tribunal Constitucional 9. Presidente del Consejo General del Poder Judicial 10. Presidente del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma (1) 11. Vicepresidentes del Gobierno, según su orden (1) 12. Ministros del Gobierno, según su orden 13. Decano del Cuerpo Diplomático y Embajadores Extranjeros acreditados en España 14. Ex-Presidentes del Gobierno 15. Presidentes de los Consejos de Gobierno de otras Comunidades Autónomas 16. Jefe de la Oposición 17. Presidente de la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma 18. Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma 19. Alcalde del Municipio del lugar 20. Jefe de la Casa de Su Majestad el Rey 21. Presidente del Consejo de Estado 22. Presidente del Tribunal de Cuentas 23. Fiscal General del Estado 24. Defensor del Pueblo 25. Secretarios de Estado, según su orden, y Jefes de los Estados Mayores de la Defensa, Ejército, Armada y Aire 26. Vicepresidentes de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, según su orden 27. Presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar 28. General Jefe de la Región Militar, Almirante Jefe de la Zona Marítima, General Jefe de la Región Aérea y Comandante General de la Flota, según su orden 29. Secretario General y Jefe del Cuarto Militar de la Casa de Su Majestad el Rey 30. Consejeros de Gobierno de la Comunidad Autónoma, según su orden 31. Miembros de la Mesa de la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma 32. Presidente y Fiscal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma 33. Subsecretarios y asimilados, según su orden 34. Secretarios de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, según su orden 35. Encargado de Negocios extranjeros acreditados en España 36. Presidente del Instituto de España 37. Jefe de Protocolo del Estado 38. Presidente de la Diputación Provincial, Mancomunidad o Cabildo Insular 39. Directores Generales y asimilados, según su orden 40. Diputados y Senadores por la provincia donde se celebre el acto 41. Subdelegado del Gobierno en la Provincia, donde se celebre el acto 42. Rectores de Universidad en cuyo distrito tenga lugar el acto, según la antigüedad de la Universidad 43. Presidente de la Audiencia Provincial 44. Gobernador Militar y Jefes de los Sectores Naval y Aéreo 45. Director Insular del Gobierno en su territorio 46. Tenientes de Alcalde del Ayuntamiento del lugar 47. Comandante Militar de la Plaza, Comandante o Ayudante Militar de Marina y Autoridad Aérea local 48. Representantes consulares extranjeros
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(1) Por sentencia del Tribunal Supremo de fecha 20/11/1986 Artículo 13º 1.- Los Presidentes de Consejo de Gobierno de las Comunidades Autónomas se ordenarán de acuerdo con la antigüedad de la publicación oficial del correspondiente Estatuto de Autonomía: PRESIDENTE DEL GOBIERNO VASCO: Ley Orgánica 3/1979, de 14 de diciembre, B.O.E. nº 306 de 22 de diciembre. PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA: Ley Orgánica 4/1979, de 14 de diciembre, B.O.E. nº 306 de 22 de diciembre. PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GALICIA: Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, B.O.E. nº 101 de 28 de abril. PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA: Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, B.O.E. nº 9 de 11 de enero de 1982. PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS: Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, B.O.E. nº 9 de 11 de enero de 1982. PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN REGIONAL DE CANTABRIA: Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, B.O.E. nº 9 de 11 de enero de 1982. PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA: Ley Orgánica 3/1982, de 9 de Junio, B.O.E. nº 146 de 19 de Junio. PRESIDENTE DE LA REGIÓN DE MURCIA: Ley Orgánica 4/1982, de 9 de Junio, B.O.E. nº 146 de 19 de junio. PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD VALENCIANA: Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, B.O.E. nº 164, de 10 de julio. PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN: Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto, B.O.E. nº 195 de 16 de agosto. PRESIDENTE DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA: Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, B.O.E. nº 195 de 16 de agosto. PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE CANARIAS: Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, B.O.E. nº 195 de 16 de agosto. PRESIDENTE DEL GOBIERNO FORAL DE NAVARRA: Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, B.O.E. nº 195 y 204, de 16 y 26 de agosto. PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA: Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, B.O.E. nº 46 de 26 de febrero.
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PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA Y GOBIERNO DE LAS ISLAS BALEARES: Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero, B.O.E. nº 51 de 1 de marzo. PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID: Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, B.O.E. nº 51 de 1 de marzo. PRESIDENTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN: Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, B.O.E. nº 52 de 2 de marzo. PRESIDENTE DE LA CIUDAD DE CEUTA: Ley Orgánica 1/1995, de 13 de Marzo, B.O.E. nº 62 de 14 de marzo. PRESIDENTE DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA: Ley Orgánica 2/1995, de 13 de Marzo, B.O.E. nº 62 de 14 de marzo. 2.- En el caso de coincidencia en la antigüedad de la fecha oficial de dos o más Estatutos de Autonomía, los Presidentes de dichos Consejos de Gobierno se ordenarán de acuerdo a la antigüedad de la fecha oficial de su nombramiento. 3.- La precedencia interna entre los miembros del Consejo de Gobierno de las Comunidades Autónomas se determinará por la propia Comunidad. DECRETOS SOBRE PROTOCOLO PUBLICADOS POR COMUNIDADES AUTÓNOMAS Cataluña: Navarra: Murcia: Canarias: Valencia: La Rioja Andalucía:
Decreto 189/1981 de 2 de julio Decreto Foral 81/1986 de 14 de marzo Decreto 37/1992 de 23 de abril Decreto 202/1997 de 7 de agosto Decreto 235/1999, de 23 de diciembre Ley 1/2001, de 16 de marzo Decreto 77/2002, de 26 febrero
TÍTULO TERCERO ORDENACIÓN DE INSTITUCIONES Y CORPORACIONES EN LOS ACTOS DE CARÁCTER GENERAL ORGANIZADOS POR LA CORONA, EL GOBIERNO O LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Artículo 14º.- En los actos en la villa de Madrid, en su condición de capital del estado y sede de las instituciones generales, regirá la siguiente precedencia: 1. Gobierno de la Nación 2. Cuerpo Diplomático acreditado en España 3. Mesa del Congreso de los Diputados 4. Mesa del Senado de la Nación 5. Tribunal Constitucional _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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6. Consejo General del Poder Judicial 7. Tribunal Supremo 8. Consejo de Estado 9. Tribunal de Cuentas 10. Presidencia del Gobierno 11. Ministerios, según su orden 12. Instituto de España y Reales Academias 13. Consejo de Gobierno de la C.A. de Madrid 14. Asamblea Legislativa de la C.A. de Madrid 15. Tribunal Superior de Justicia de Madrid 16. Ayuntamiento de Madrid 17. Claustro Universitario Artículo 15º 1.- La Presidencia del Gobierno tendrá precedencia sobre los departamentos ministeriales en la administración central del Estado. 2.- La precedencia de los departamentos ministeriales es la siguiente: Presidencia del Gobierno Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación Ministerio de Justicia Ministerio de Defensa Ministerio de Economía y Hacienda Ministerio del Interior Ministerio de Fomento Ministerio de Educación y Ciencia Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales Ministerio de Industria, Turismo y Comercio Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación Ministerio de la Presidencia Ministerio de Administraciones Públicas Ministerio de Cultura Ministerio de Sanidad y Consumo Ministerio de Medio Ambiente Ministerio de Vivienda 3.- Las Instituciones y corporaciones mencionadas en el artículo 14º, establecerán su orden interno de precedencia de acuerdo con sus normas. Artículo 16º.- En los actos en el territorio de una Comunidad Autónoma regirá la precedencia siguiente: 1. Gobierno de la Nación 2. Cuerpo Diplomático acreditado en España 3. Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma 4. Mesa del Congreso de los Diputados 5. Mesa del Senado de la Nación 6. Tribunal Constitucional _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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7. Consejo General del Poder Judicial 8. Tribunal Supremo de Justicia 9. Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma 10. Consejo de Estado 11. Tribunal de Cuentas 12. Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma 13. Ayuntamiento de la localidad 14. Presidencia del Gobierno 15. Ministerios, según su orden 16. Consejerías de Gobierno de la Comunidad Autónoma, según su orden 17. Instituto de España y Reales Academias 18. Diputación Provincial, Mancomunidad o Cabildo Insular 19. Subdelegación del Gobierno de la Provincia 20. Audiencia Provincial 21. Claustro Universitario 22. Representantes Consulares extranjeros Artículo 17º.- Cuando sean convocadas conjuntamente Autoridades y Colegios de Instituciones o Corporaciones a los actos de carácter general cada uno de estos últimos se situará a continuación de la autoridad de que dependa, y según el orden establecido en los artículos 10 a 14 y 12 a 16, según tenga lugar el acto en Madrid o en el territorio de una Comunidad Autónoma, salvo que la autoridad organizadora, de acuerdo con la Jefatura de Protocolo del Estado, determinase la precedencia solamente por el orden de las autoridades, en cuyo caso las Instituciones y Corporaciones se situarán a continuación de aquellas y por lo establecido en los artículos 10 y 12, respectivamente, según el lugar del acto. TÍTULO CUARTO NORMAS ADICIONALES Artículo 18º.- La Casa Real, por Orden de Su Majestad el Rey, comunicará oportunamente a la Jefatura de Protocolo del Estado, los miembros de la Familia Real que asistan en cada caso al acto oficial de que se trate, a efectos de su colocación, de acuerdo con el Orden General de Precedencias. Artículo 19º.- El Alto Personal de la Casa de Su Majestad el Rey, cuando acompañe a Sus Majestades los Reyes en actos oficiales, se situará en un lugar especial y adecuado, de acuerdo con las características y circunstancias de cada caso, sin interferir el orden general de precedencias, con la proximidad necesaria a las Reales Personas, para que pueda cumplir, cerca de Ellas, la misión que le corresponde. Artículo 20º.- Los Embajadores de España en ejercicio que asistan, en función de su cargo, a los actos en que se encuentren presentes los Jefes de Estado extranjeros ante quienes estés acreditados, o los miembros de sus Gobiernos, se colocarán inmediatamente a continuación del lugar señalado en este Ordenamiento para los Ex-Presidentes del Gobierno. Artículo 21º1.- El Presidente de la Diputación Foral de Navarra tendrá la misma precedencia que los Presidentes de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas. _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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2.- El Presidente del Parlamento Foral de Navarra, tendrá la precedencia correspondiente a los Presidentes de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, y los Parlamentarios Forales, la propia de los miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas. DISPOSICIÓN FINAL DEROGATORIA Quedan derogados el Decreto 1483/1968, de 27 de junio (R.1220 y N. Dicc 15531), y el Decreto 2622/1970, de 12 de septiembre (R.1550 y N. 15531, nota), así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en este Ordenamiento.
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MODULO II.- EL PROTOCOLO PROFESIONAL ETIQUETA PARA LOS ACTOS La forma de ir vestido a un acto, es la fórmula que señala el grado de relevancia y solemnidad de dicho acto, hacemos mención en este apartado a algunas consideraciones sobre la etiqueta. Esta debe guardarse cuando sea necesaria y sin exageraciones, para la asistencia a ciertos actos en que, dada su naturaleza, el Protocolo así lo exige, y debe cuidarse con esmero para una mayor brillantez y realce del acto. Quizás sea este motivo, necesario, para hacer mención a las clases de etiqueta, tanto de carácter general como de carácter especial, no sin antes insinuar que moda y etiqueta son dos conceptos diferentes. Mientras la una es tremendamente variable, la etiqueta en el vestir mantiene una cierta constancia en el tiempo. ETIQUETA PARA LOS CABALLEROS FRAC.- Es derivado de la antigua casaca francesa o "Habit de Cour", que era una prenda de ceremonia que iba acompañada de calzón corto y espada y se llevaba por las noches a los sitios de etiqueta. El frac en sus comienzos, constaba de cuello alto, anchos hombros y faldón estrecho. Los colores favoritos eran el marrón tabaco y el verde. Sobre 1820 llevaba faldón largo y cuello de terciopelo y en el reinado de Luis Felipe (1839-1848), se señala una nueva evolución, el talle se estrecha y la pechera se ensancha, empezándose a usar ya en colores negro, azul y marengo. En la actualidad, es la prenda de máxima etiqueta masculina y que debe usarse en ocasiones de gran gala y solemnidad. El frac es una prenda para ser llevada exclusivamente de noche y en lugares cerrados, su destino es para fiestas, cenas íntimas, representaciones teatrales, de ópera principalmente, bailes, recepciones, etc. El frac se confeccionará principalmente en género de primera calidad, del llamado "granito" o "grano de pólvora", en colores negro o azul noche. Las vistas serán de seda, aconsejablemente mate; el pantalón del mismo género, llevará encima de las costuras de los costados, una trencilla de seda de unos dos centímetros y medio aproximadamente. El chaleco, será siempre blanco, en género de piqué, aunque puede ser también de moire de seda, puede ser cruzado y sin cruzar. Los complementos de que deben acompaña al frac: son sombrero, chistera en seda mate; la camisa, blanca y con pechera planchada, dobles ojales con gemelos de oro, perlas, _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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etc. El cuerpo de la camisa será un hilo o lino fino y el cuello para de pajarita; la corbata, siempre blanca y de lazo, normalmente de piqué; los guantes, blancos de cabritilla o gamuza; el pañuelo, blanco de hilo o lino filo; los calcetines, de seda negros; los zapatos, de charol sin ninguna pieza sobresaliente. La prenda de abrigo a utilizar con el frac es el abrigo recto y sin cruzar de lana negra o azul noche, pudiendo llegar a utilizarse la capa española. Admite el uso de condecoraciones. A su tamaño natural las correspondientes a las grandes cruces y encomiendas, el número máximo de placas será de cuatro y una las encomiendas. La banda de la Gran Cruz, una sola, se colocará terciada al pecho desde el hombro o axila derecha, al costado izquierdo, por encima del chaleco cuando está presente el Jefe del Estado y por debajo de este cuando no esté presente. Los collares, en su caso, se usará tan solo uno y a su tamaño natural. SPENCER.- Es el llamado frac colonia y consiste en un frac pero sin faldones y acabado en una ligera punta en el centro del talle de atrás. Puede ser de cualquier genero, incluso de hilo y sin vistas de seda. La camisa será blanca y el cuello de pajarita y con lazo negro. En la cintura faja de seda negra o blanca. Los pantalones de los spencer serán los del smoking. los zapatos, de charol negro completamente lisos. Esta prenda al igual que el frac, si admite condecoraciones pero restringidas a una encomienda a su tamaño natural y las restantes a tamaño miniatura. CHAQUÉ.- El chaqué actual es derivación de la "jaquette" francesa implantada a mediados del siglo pasado, en que también se implantó la americana. El chaqué es una prenda de etiqueta de día, apropiada exclusivamente, salvo pequeñas excepciones para ceremonias de tipo social: bodas, primeras comuniones, recepciones, entierros, etc. Son siempre que se quiera dar una categoría elevada al acto o ceremonia, los momentos para usar esta prenda. El género en que se confecciona esta prenda es el llamado "vigoña", combinado con el clásico pantalón de "corte". El color del chaqué es negro o gris marengo. El chaleco puede llevarse del mismo género. Los colores van desde la amplia gama de grises a los beige, así como negro en actos fúnebres o muy solemnes. Actualmente es moda llevar el chaleco blanco de piqué, seda, etc. para las bodas. El pantalón es el llamado de corte, es decir, en género rayado con listas más o menos acentuadas a base de los colores negro y gris. El artículo puede ser de estambre y también de cheviot. Las prendas que completan y hay que tener en cuenta son: el sombrero, llamado chistera, en seda o pelo, brillante; la camisa, blanca, en género de popelín o hilo, el cuello en pajarita; la corbata, si el cuello es de pajarita, la corbata más indicada es la de plastrón, aunque puede llevarse también la de nudo corriente, siendo esta última la de uso más frecuente. En todo caso los colores de las corbatas serán siempre de tonalidades grises; los guantes, del mismo tono que la corbata y de vestir en ante o cabritilla; los zapatos, de vestir, _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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en color negro aunque puede usarse el zapato de media caña; los calcetines, negros; el pañuelo, de hilo blanco; la flor, caso de utilizarse debe de ser blanca. También suele usarse el chaqué de colores gris perla y castaño claro para asistir a elegantes reuniones deportivas. Se hacen entonces con trencilla en el borde y chaleco cruzado del mismo tono o más claro. Es prenda aceptable en gala y media gala, su uso abarca todos aquellos actos que tengan lugar en el espacio de tiempo comprendido entre las nueve de la mañana y la caída de la tarde. Esta prenda no admite condecoraciones ni pasadores, aunque sí suele acostumbrarse a decorarlo con un botón o “roseta”, cinta o miniatura, en el ojal. SMOKING.- Americana de paño negro con solapas de seda que se usa por la noche, en ciertas comidas y fiestas en que el frac no es de rigor. El uso del smoking esta destinado para toda clase de fiestas de noche en las que no impera una etiqueta severa; bailes, espectáculos, fiestas, etc., tanto en lugares cerrados como al aire libre; verbenas, etc... El smoking es una prenda esencialmente de noche, aunque se utilice erróneamente durante el día. El género para confeccionar el smoking, suele ser idéntico que para el frac así como el color a emplear en el mismo. En su forma la americana puede ser de diseño cruzado o sin cruzar, abrochándose siempre con un sólo botón. Las prendas que le deben servir de complemento son: el sombrero, de fieltro negro con trencilla de seda en el borde; la camisa, blanca en seda o hilo con dobles ojales para botones gemelos, cuello bajo; la corbata, siempre de lazo en seda mate negra o rojo burdeos; los guantes, en gamuza o piel blancos; el pañuelo, de hilo o lino blanco; los calcetines, de hilo o seda de color negro; los zapatos, de charol negro completamente lisos. El chaleco, de llevarse, debe ser del mismo género que el smoking aunque puede ser también de seda o moire negro. Hoy en día suele suprimirse esta prenda en favor de la faja, que habrá de ser de seda negra o burdeos, según sea el color de la corbata de lazo o ”pajarita”. El pantalón igual que el utilizados para el frac aunque con trencilla de las costuras será de una anchura algo inferior. En verano está permitida la americana de smoking de color blanco, combinándolo con el pantalón clásico. Habitualmente no es costumbre española el uso de condecoraciones, ni siquiera en miniatura, aunque es costumbre para actos relevantes y solemnes su uso en otros países. TRAJE OSCURO.- En el marco de la etiqueta menos es la vestimenta menos solemne aunque sin duda la de más frecuente uso. Se debe emplear en todo acto con cierto grado de _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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solemnidad y relevancia así como en actos o contextos de cierta relevancia de carácter económico o empresarial de forma que permita la proyección de una imagen sobria, correcta y adecuada al acto al que se asiste. Debe predominar la corrección y el buen gusto. La americana y pantalón serán siempre del mismo tejido y color (preferentemente liso o con sencillo dibujo). La gama de colores pueden ir desde los grises intermedios a los tonos marengos, así como los de color azul, que también evolucionarán desde el azul medio al azul oscuro o azul tina. No son descartables, aunque son más comprometidos, algunos tonos de marrón y del verde. Como norma se suele decir de forma coloquial que el color del traje debe variar con la intensidad de la luz, siendo los tonos más oscuros los más generalmente apropiados para los actos de la tarde y noche. La camisa será a tono, combinando, con el color del traja, de manga larga, con puños con gemelos. La corbata debe combinar con la camisa y el traje y, en su caso, con el pañuelo del bolsillo superior izquierdo de la americana. Suele ser el único adorno masculino por lo que deberemos cuidar el equilibrio entre moda y elegancia, buscando, en lo posible, tonos clásicos y dibujos sencillos. Lo calcetines siempre serán largos y de los llamados “de ejecutivos”, lisos y oscuros. Los calcetines deben ser del tono de los zapatos y, por defecto, siempre negros, excepto si el fuesen marrones. Los zapatos más a tono con esta vestimenta son los clásicos negros, marrones o granates, siendo más clásicos los de cordones y horma ancha, aunque no está fuera de lugar usar los de estilo llamado “castellanos” o “mocasines”, ambos de un diseño poco complicado. Las complementos u objetos-joya, en su caso, admitidos sin problema en un hombre en el entorno social son la alianza, los gemelos, el reloj y el pasador de corbata. Terminar con una sencilla expresión en el sentido que el vestuario llamado “informal” no tiene cabida en el mundo de Protocolo, aunque sí en otros muchos momentos de la vida social. UNIFORMES DE GALA.- Es una prenda de vestir que comúnmente es usada por miembros de diversas entidades y cuerpos castrenses para asistir a ceremonias de etiqueta o fiestas de gala. Admite, en principio, todo tipo y modalidades de condecoraciones, teniendo en cuenta que cada una de ellas está reglamentada según el acto. ETIQUETA PARA LAS SEÑORAS Con respecto al vestuario femenino las reglas suelen ser menos estrictas, aunque sí vamos a dar unas pequeñas normas que sirvan de guía para aquellas señoras que llegado el momento duden entre un tipo de ropa u otro. En un banquete real o de estado, las mujeres han de llevar vestido largo. Para las recepciones diplomáticas, aunque no tan serias como las de estado, también se debe ir de etiqueta, aunque normalmente se indicará en la invitación como se debe asistir a estos acontecimientos ("de corto", "de largo", etc...), generalmente siempre es mejor no llegar que
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pasarse, es decir, si no se está segura si una fiesta es de gran gala o no lo es, mejor se asiste con un traje sencillo (p.e. de chaqueta) que con lentejuelas. Para cada momento del día hay una forma diferente de vestir, todo está lógicamente unido a la actividad que se desarrolle. Nunca puede vestir igual una profesora de educación física, que una ejecutiva o una ama de casa. No obstante centrémonos en la vestimenta de una mujer que trabaje y tenga una apretada "vida social" MAÑANA: Sobre todo en verano se admite casi cualquier cosa, desde un camisero, hasta unas bermudas, pasando por el socorrido traje de chaqueta y hasta unos téjanos (nunca con zapatillas deportivas o playeras) puestos con clase y estilo. Si se tiene cualquier evento por la mañana, como una recepción, se puede asistir vestida exactamente igual que se haya ido a trabajar. A una boda que se celebre por la mañana, jamás se irá de largo (a no ser que la invitación lo exija), basta con arreglarse un poco más pero sin excesos. TARDE: La tarde admite "un poco más" de todo; más color en el carmín de los labios, un poco más de colorete en el maquillaje, la bisutería un poco más atrevida, etc... La indumentaria tiene que ser un poco más elegante "de vestir". Se puede ir hasta con un traje de mañana, con accesorios diferentes, es decir, en vez de zapato bajo, algo más de tacón, un cinturón vistoso, una pañoleta, etc... Es muy importante la calidad del tejido para que una prenda destaque, es mejor, un sencillo traje de lino, sin complicaciones, que un emperifollado traje de viscosilla. Para cócteles se suelen celebrar a última hora de la tarde y por lo tanto tienen su indumentaria especifica (entre la tarde y la noche) a la que hay que atenerse. A un cóctel se debe ir vestido casi de fiesta, evitando a toda costa los trajes largos, aunque se pueden utilizar también los llamados “tobilleros”. Recalquemos la importancia de las telas ya que un sencillo traje de chaqueta realizado en moire, satén o cualquier otra tela de fiesta resulta un perfecto traje de cóctel, mientras que realizado en lino, algodón u otro género similar es un perfecto traje de tarde. En los cócteles se admiten mangas cortas, volantes, etc... Siempre que no se caiga en lo ordinario. Sin embargo están prohibidas las "boas", plumas, lentejuelas, etc., reservados únicamente para la noche. NOCHE: Aquí se admite todo lo que la imaginación de las señoras quiera trabajar y el buen gusto desee distinguirse. Como hemos dicho anteriormente, es mejor quedarse cortos, aunque a una fiesta por la noche se lleve un vestido a lo "Rita Hayworth" con guantes, etc., o un vestido pantalón confeccionado en satén, nunca en algodón.
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CUADRO - RESUMEN DE EQUIVALENCIAS CIVILES
MILITARES
SEÑORAS
Frac o Uniforme de gala
Uniforme de Gran Etiqueta Uniforme de Gran Etiqueta Uniforme de Etiqueta Uniforme de Etiqueta Uniforme de Gala
Vestido largo
Spencer o Uniforme de gala Chaqué Esmoquin-Smoking Traje oscuro
Vestido largo Vestido corto Vestido largo o de cóctel Vestido corto
TRATAMIENTOS SOCIALES El propio Diccionario de la Lengua define tratamiento, como título de cortesía, de respeto o honorífico que se da a aquel con quién se habla de viva voz o por escrito, por razón de su dignidad, categoría o cargo. Dicho de otra manera, el tratamiento es un honor inherente a determinadas distinciones sociales. Por lo tanto, reconocidos los tratamientos honoríficos que socialmente corresponden a ciertas dignidades, podremos hacer una clasificación básica, la que comprende a: Majestad, Alteza, Excelencia o Excelentísimo Señor, Ilustrísimo Señor o Señoría Ilustrísima, Señoría, Don y Usted, y teniendo en cuenta que el cónyuge disfruta del mismo tratamiento que la persona principal que tiene derecho a la distinción. En España, es curioso ver como aquellas personas que por ocupar algún determinado cargo, se creen con derecho a ser "tratados" de una manera o de otra, sin darse cuenta de que el tratamiento no es una distinción social de prelación, sino que es inherente a ella, y que por tener tal o cual tratamiento no van a ir por delante que otros cargos. En cuanto a los tratamientos comentados anteriormente y más usados en nuestro país, podemos relacionarlos de la siguiente manera: Majestad: Es el tratamiento con el que distinguimos a los Reyes, pero tenemos que tener en cuenta que el Real Decreto 1368/1987 de 6 de noviembre, atribuye el tratamiento de Majestad al Rey y a la Consorte del Rey, aunque no es así cuando la Reina es la Cabeza Coronada, ya que su esposo es titulado de Príncipe Consorte y distinguido con el tratamiento de Alteza Real. En algunos casos podemos sustituir la palabra Majestad por la de Señor o Señora. En forma escrita se suele abreviar la palabra usando V.M. o S.M. si lo hacemos en singular y VV.MM. o SS.MM. lo hacemos en plural. Cuando nos dirigimos a un Emperador, además de Majestad, debemos añadir la palabra Imperial; el Emperador del Japón es Majestad Imperial. En algunas ocasiones se añaden además, títulos o tratamientos que han sido otorgados por otras naciones. Así los Reyes de España suelen hacer uso del Majestad Católica _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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concedido a Recciario, primero de los reyes suevos de la península ibérica en abrazar la fe cristiana en el año 451. Como última referencia histórica, la Constitución de Cádiz, fechada el 19 de marzo de 1812, en su artículo 169, y el posterior Decreto de 19 de abril de 1814, declaran el uso de Majestad, exclusivo para los Reyes, como lo corrobora la Constitución de 1876. Alteza: Es el tratamiento que se da a las personas de sangre real, regulado por el Real Decreto anteriormente citado de 6 de noviembre, y aunque antiguamente era el tratamiento con el que se denominaba a los reyes de Castilla, también era el que se daba a los herederos a la Corona. Con el Real Decreto antes mencionado, vemos que el cónyuge del Príncipe usa del mismo título y tratamiento de Alteza Real, así como sus hijos. Los cónyuges de los Infantes no usan del mismo título que estos y el tratamiento que se les concede es el de Excelentísimo, al igual que a los hijos de estos Infantes. Excelencia o Excelentísimo Señor: Tratamiento usado por los antiguos Soberanos de la Corona de Aragón, hoy en día está reservado para aquellas dignidades de los Poderes del Estado, Títulos Nobiliarios con Grandeza de España y Caballeros Grandes Cruces de las Ordenes Civiles, entre otros que vamos a relacionar: ¾ ¾ ¾ ¾ ¾
¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾
Jefes de Estado que no sean Reyes. Presidente y Expresidentes del Gobierno. Ministros y Exministros del Gobierno.(Real Orden de 28 de diciembre de 1.880) Presidentes de los Gobiernos Autonómicos. (excepto los de Cataluña, Valencia y Baleares, que reciben el tratamiento de Muy Honorable Señor "sin Don", sus consortes si son Excelentísimos Sres. o Sras.) Consejeros de las Comunidades Autónomas. (excepto los de Cataluña, Valencia y Baleares, que reciben el tratamiento de Honorable Señor "sin Don", pero lo reciben los titulares ya que sus cónyuges si reciben el tratamiento de Excelentísimas Señoras o Excelentísimos Señores) Miembros del Tribunal Constitucional. Miembros de las Cámaras Legislativas. Presidente y Vicepresidentes de las Cámaras Legislativas de las Comunidades Autónomas. Miembros del Consejo de Estado. (incluido el Secretario General) Miembros del Tribunal de Cuentas. Defensor del Pueblo. Secretarios de Estado. Delegados del Gobierno. Miembros del Instituto de España así como los Académicos que pertenezcan a las ocho Reales Academias Los Alcaldes de Madrid y Barcelona y Alcaldes que usen de este tratamiento por alguna disposición legal. (Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales) Todas las Diputaciones Provinciales como organismo, y los Presidentes de las de Madrid y Barcelona. (Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales)
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¾ Los Rectores y Vicerrectores de las Universidades. (además los Rectores, gozarán del tratamiento de Magnífico. La forma de dirigirnos correctamente sería: Excmo. Sr. D. ..., Rector Magnífico de la Universidad de ...) ¾ Embajadores acreditados en Madrid y miembros de la Carrera Diplomática con categoría de Embajador, Ministro Plenipotenciario de Primera, Segunda Tercera clase. (independientemente del cargo que ocupen en el Ministerio de Asuntos Exteriores o representaciones) ¾ Miembros del Consejo General del Poder Judicial. ¾ Miembros del Tribunal Supremo. ¾ Presidente del Tribunal Central de Trabajo. ¾ Fiscal General del Estado. ¾ Fiscales del Tribunal Supremo ¾ Presidentes y Fiscales Jefes de los Tribunales Superior de Justicia de las Comunidades Autónomas Decanos de los Colegios de Abogados cuya sede sea en capital de Audiencia Territorial.(Real Decreto 2090/1982 de 24 de julio, artículo 6º) ¾ Gobernador del Banco de España. ¾ Cónyuges e hijos de los Infantes de España que Su Majestad el Rey no haya determinado que tengan otro tratamiento. (Real Decreto 1368 de 6 de noviembre de 1987) ¾ Títulos del Reino con Grandeza de España o Grandes de España que no posean título nobiliario y sus primogénitos. (Real Decreto de 16 de mayo de 1788) ¾ Jefe de la Casa de Su Majestad el Rey y Secretario General de la misma. ¾ Caballeros de la Muy Insigne Orden del Toisón de Oro. ¾ Caballeros del Collar y Grandes Cruces de las Ordenes Civiles y Militares. ¾ Poseedores de la Medalla de Oro del Trabajo. (en el caso de las medallas oficiales, habría que buscar en cada uno de los Reglamentos el tratamiento que corresponde a cada categoría, ya que no dispensa idéntico tratamiento el mismo grado de una u otra medalla) ¾ Oficiales Generales y Almirantes de las Fuerzas Armadas. (Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas, Ley 85 de 28 de diciembre de 1978) ¾ Oficiales militares que siendo de rango inmediato inferior al de General, hayan sido condecorados con alguna recompensa que les de tratamiento inmediato superior al de su empleo. (estas recompensas son: la Real y Militar Orden de la Laureada de San Fernando y la Medalla Militar o alguna Gran Cruz) ¾ Cardenales y Arzobispos de la Iglesia Católica (además se les añade el de Reverendísima detrás de Eminencia y Excelencia, respectivamente) ¾ Arzobispo Castrense. (tiene categoría de General de División) ¾ Primados, Patriarcas, Decano del Tribunal de la Rota, Nuncios e Internuncios Apostólicos. Ilustrísimo Señor o Señoría Ilustrísima: Tratamiento que viene usándose de antiguo, podríamos equipararle al de Ilustrísimo o al de ilustre que se utilizaban en la Edad Media. Y que hoy consignamos como Ilustrísimo Señor para las primeras categorías de la administración funcionarial, para las segundas de la carrera diplomática y para los comendadores de número o con placa entre otras personas que a continuación relacionamos. ¾ Subsecretarios, Secretarios Generales, Directores Generales y Secretarios Generales Técnicos de los Departamentos Ministeriales _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾
Subdirectores Generales y Asimilados Secretarios Generales y Jefes de Gabinete Técnico de las Delegaciones del Gobierno. Secretarios Generales de las Delegaciones del Gobierno. Delegados de Hacienda. Presidentes de las Diputaciones Provinciales, excepto Madrid y Barcelona. Alcaldes de Capitales de Provincia que no tengan otro tratamiento superior por disposición legal. Secretarios de las Diputaciones de Madrid y Barcelona. (los demás tendrán el mismo tratamiento que el del Ayuntamiento de la capital) Secretarios de Ayuntamiento de Madrid y Barcelona Decanos y Vicedecanos de las Facultades Universitarias. Directores de Institutos de Segunda Enseñanza. Magistrados de Trabajo. Presidentes de Sala y Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas y Audiencias Provinciales. Tenientes Fiscales de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas y Fiscales de Audiencias Provinciales. Secretario de Gobierno del Tribunal Supremo. Decanos de los Colegios de Abogados. Miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas. Comendadores de Número o con Placa de las Ordenes Civiles. La Abadesa del Monasterio de las Huelgas. (Real Decreto de 11 de julio de 1887) Los Abades Mitrados y Superiores Generales de Ordenes Religiosas. Auditores, defensor del vínculo y asesor del Nuncio (poniendo detrás de ilustrísimo, el tratamiento de reverendísimo)
Señoría: Tratamiento caído casi en desuso en nuestros días, pero que no por ello no se debe otorgar, si bien es cierto que a las personas que les corresponde se les está aplicando el inmediato superior de Señoría Ilustrísima. Correspondería el tratamiento de Señoría entre otros a: ¾ Coroneles y Capitanes de Navío de las Fuerzas Armadas. (Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas, Ley 85 de 28 de diciembre de 1.978) ¾ Títulos del Reino sin Grandeza de España e hijos no primogénitos de los Grandes de España. (Reales Ordenanzas de Carlos III, artículo 3, título VI, libro III) ¾ Jueces de Primera Instancia e Instrucción y Jueces de Distrito. ¾ Fiscales equiparados a Jueces de Primera Instancia e Instrucción. ¾ Vicesecretario de Gobierno y Secretarios de Sala del Tribunal Supremo. ¾ Secretarios de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas, Audiencias Provinciales y Secretarios de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción servidos por Magistrados. ¾ Alcaldes de los Ayuntamientos que no sean capital de provincia y no les corresponda otro tratamiento superior por disposición legal. (Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aunque las Comunidades Autónomas, a través de sus Consejerías Territoriales, pueden otorgar tratamiento de Señoría Ilustrísima a los Alcaldes cuyas poblaciones superen los 100.000 habitantes) ¾ Secretarios de Ayuntamiento de las Capitales de Provincia ¾ Comendadores sencillos de algunas Ordenes Civiles _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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¾ Canónigos de los Cabildos (poniendo por escrito el tratamiento de Muy Ilustre Señor) Don: Tratamiento de uso castellano-portugués que se ha generalizado de tal manera que en muchos países de influencia hispana, todavía sigue utilizándose. Pero tenemos que tener en cuenta que en la zona de influencia catalano-aragonesa no se utiliza. (refiriéndonos al Presidente de la Generalidad de Cataluña, diremos, Muy Honorable Señor ...., mientras que para el Presidente de la Junta de Extremadura sería, Excelentísimo Señor Don ...) Correspondería este tratamiento, principalmente, a personas que estén en posesión de algún título académico. Este tratamiento debe expresarse siempre, inmediatamente antes del nombre. Usted: Forma apocopada de Vuestra Merced, es un tratamiento que debemos aplicar en el transcurso de las conversaciones o en los textos escritos, a toda persona que no posea un tratamiento superior. Existen además otros tratamientos que bien por ser poco utilizados en España, bien por ser de otras nacionalidades, bien por haber caído en desuso o bien por que no se corresponden con los tiempos modernos que vivimos, han dejado de utilizarse. Aun así enumeremos alguno. Serenísimo Señor. Se daba a los Príncipes de Casa Real, todavía suele usarse en algunos casos. Monseñor. Titulo meramente eclesiástico, usan de él, los miembros de la Curia Pontificia.
TRATAMIENTOS VERBALES QUE SE EMPLEAN EN ACTOS PROTOCOLARIOS
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Español Inglés Francés
Tratamientos verbales en español Dirigiéndose a la Personalidad: A Hablándo de la Personalidad: B
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Familia Real El Rey A: “Majestad” o bien, “Señor” B:”Su Majestad me comenta……” La Reina A: “Majestad” o bien, “Señora” B: “Su Majestad la Reina me comenta ………” Si la Reina está sin el Rey: “Su Majestad me comenta……..” El Príncipe de Asturias A: “Vuestra Alteza”, o bien “Señor” B:” Su Alteza Real el Príncipe de Asturias me comenta……..” “Su Alteza Real el Príncipe me comenta ……….” Princesa de Asturias A: “Vuestra Alteza”, o bien “Señora” B:” Su Alteza Real la Princesa de Asturias me comenta……..” “Su Alteza Real la Princesa me comenta ……….” Infantas de España Hijas del Rey: Infantas Dña. Elena y Dña. Cristina Hermanas del Rey: Infantas Dña. Pilar, Duquesa de Badajoz y Dña. Margarita, Duquesa de Soria A: “Vuestra Alteza”, o bien “Alteza” B: “Su Alteza la Infanta Dña. Elena me comenta ……………” Consortes de las Infantas de España (No tienen Tratamiento de Alteza Real) D. Jaime de Marichalar, Duque de Lugo, esposo de la Infanta Dña. Elena, Duquesa de Lugo. D. Iñaki Urdangarín, Duque de Palma, esposo de la Infanta Dña. Cristina, Duquesa de Palma D. Carlos Zurita, Duque de Soria, esposo de la Infanta Dña. Margarita, Duquesa de Soria. A: “Señor Duque”, o bien “Duque” _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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B: “El Duque de Lugo me comenta ……….” Familia del Rey S.A.R. D. Carlos de Borbón- Dos Sicilias, Duque de Calabria. S.A.R. Dña. Ana de Orleáns, Duquesa de Calabria, esposa del Duque de Calabria, e hija del Conde de París. A: “Vuestra Alteza”, o bien “Alteza” B: “Su alteza Real el Duque de Calabria me comenta…..” Reyes y Familias Reales Extranjeras El Rey de….. A: “Majestad” B: “Su Majestad el Rey de …………. me comenta………..” La Reina de …….. A: “Majestad” B: “Su Majestad la Reina de …………. me comenta ………” Consortes de Reinas Tienen tratamiento de Alteza Real y además el título que les corresponda. Su Alteza Real el Duque de Edimburgo A: “Vuestra Alteza” , o bien “ Alteza”. B: “Su Alteza Real el Príncipe de Edimburgo, me comenta………” Príncipes herederos y príncipes en general A: “Vuestra Alteza”, o bien “Alteza” B: “Su Alteza Real el Príncipe de……. me comenta……….” “El Príncipe de ……….. me comenta…………..”. Príncipe Heredero del Japón A: “Vuestra Alteza Imperial”, o bien “Vuestra Alteza” B: “Su Alteza Imperial y Real el Príncipe Heredero del Japón me comenta….” NOTA: El tratamiento de “Señor” o “Señora”, aparte de corresponderle a los Reyes, es extensible a todas aquellas personas que sean Altezas Reales.
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ALTAS MAGISTRATURAS DEL ESTADO EXTRANJERAS Y ESPAÑOLAS
Presidente de la República (Varón) A: “Señor Presidente” B: “El Presidente de la República de ……..me comenta ……” “El Señor Presidente me dice ……………..” “El Presidente Chirac me dice ……………..” Esposa del Presidente de la República A: “Señora” B: “La Señora de Chirac dice …………..” Presidente de la República (Mujer) A: “Señora Presidente” B: “La Señora Presidente me dice ………..” “la Señora Presidente de …..me dice ………..” Primer Ministro (Varón) A: “Señor Primer Ministro” B: “El Primer Ministro me dice ………” “El Primer Ministro de ………… me dice………..” Primer Ministro (Mujer) Igual que para Presidente de República (Mujer) Presidente del Gobierno A: “Señor Presidente” B: “El Presidente del Gobierno me dice ……” “El Presidente del Gobierno de ……..me dice……….” Vicepresidentes del Gobierno Igual que para el Presidente del Gobierno Presidentes del Congreso, del Senado, del Consejo General del Poder Judicial, del Consejo de Estado, Etc. A: “Señor Presidente” B: “El Presidente del Congreso me dice ………”
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Presidentes de Cámaras, Parlamentos, Altas Instituciones del Estado, etc… Extranjeros A: “Señor Presidente” B: “El Presidente de la Cámara de Representantes de ….. me dice ……” Vicepresidente del Gobierno (Extranjero) A: “Señor Vicepresidente” B: “El Vicepresidente del Gobierno de ………. me dice …….” Ministros de Gobierno A: “Señor Ministro”, o bien “Ministro” B: “El Ministro de …….. me dice ………..” Secretarios de Estado A: “Señor Secretario de Estado”, o bien “Secretario de Estado”· B: “El Secretario de Estado de ……….me dice ……” Directores Generales A: “Señor Director”, o bien “Director” B: “El Director General de ………….. me dice ………….” Diputados y Senadores A: “Señor Diputado”, o bien “Diputado” B: “El Diputado (apellido) me dice …..” Embajador A: “Señor Embajador”, o bien “Embajador” B: “El Embajador de ……… me dice ……” (Si es extranjero) “El Embajador (apellido) me dice……..” (Si es español) Presidente del Consejo de Gobierno de una Autonomía A: “Señor Presidente” o bien “Presidente” B: “El Presidente de la ……… me dice ……..” FUERZAS ARMADAS Generales de Brigada, División o Teniente General A: “Mi General” o bien “General” B: “El General (apellido) me dice ……..”
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Almirantes (Contralmirante, Vicealmirante, Almirante) A: “Almirante” B: “El Almirante (apellido) me dice ……….” “El Almirante me dice ……..” “El Almirante (mando que ostenta) me dice ……..” PERSONALIDADES RELIGIOSAS El Nuncio Apostólico El Nuncio Apostólico es el Embajador de Su Santidad el Papa, acreditado ante S.M. El Rey. Es asimismo, el Decano del Cuerpo Diplomático acreditado ante Su Majestad. Generalmente es un Arzobispo, aunque excepcionalmente puede ser un Cardenal. A: “Señor Nuncio” “Excelencia” B: “Su Excelencia el Nuncio Apostólico me dice ……..” “El Nuncio Apostólico me dice …………” “El Nuncio me dice……” Si es el Nuncio Apostólico de otro país, se utiliza la misma fórmula pero indicando el país de donde está acreditado y el apellido. Cardenales A: “Eminencia” B: “Su Eminencia el Cardenal (apellido) me dice ………” “Su Eminencia el Cardenal Arzobispo de Barcelona me dice ……” “El Cardenal Arzobispo de Barcelona me dice …….” “Su Eminencia el Cardenal (cargo que detenta) me dice …” Arzobispos A: “Excelencia”, o bien “Señor Arzobispo” B: “El Señor Arzobispo me dice………” “El Arzobispo de ……. me dice ………..” Obispos A: “Ilustrísima”, o bien “Señor Obispo” B: “El Señor Obispo me dice ………” “El Obispo de ……… me dice …….” Autoridad Eclesiástica de cierto nivel (española o extranjera) general: A: “Monseñor” B: “Monseñor (apellido) me dice ………”
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Prelado Romano Misma fórmula que punto anterior Iglesia Cristiana Ortodoxa Patriarca Ecuménico de Constantinopla A: “Santo Padre” B: “Su Santidad el Patriarca de …………. me dice ……….” “Su Santidad me dice ………” Patriarcas A: “Vuestra Beatitud”, o bien “Beatitud” B: “Su Beatitud el Patriarca (apellido) me dice……….” “El Patriarca me dice……..” “El Patriarca de ………..me dice……….” “Monseñor (apellido) me dice ………” Obispos Misma fórmula que en la Iglesia Católica Confesiones Protestantes Obispos Misma fórmula Presidentes Iglesias Reformadas A: “Señor Presidente” B: “El Señor Presidente de la Iglesia Reformada de ……… me comenta …….” “El Presidente ……. me dice……..” Religión Judía Gran Rabión y Rabino A: “Señor Gran Rabino”, “Señor Rabino” B: “El Gran Rabino de …… me dice ……….” “El Gran Rabino (apellido) me dice ……..” Para Rabinos, igual fórmula.
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Religión Musulmana Imán A: “Señor Imán” B: “El Imán de …….. me dice …….” “El Imán (apellido) me dice ….. “ CRITERIOS GENERALES 1. En el primer encuentro, es recomendable usar el término “Señor” delante del cargo. Ejemplo: “Señor Ministro, Señor Delegado, Señor Diputado” 2. Cuando existe ya un cierto grado de conocimiento y confianza, puede suprimirse el término “Señor”. Ejemplos: “Delegado, qué le parece…..” “Encantado de verle, Senador”
TRATAMIENTOS VERBALES EN INGLÉS Dirigiéndose a la Personalidad: A Hablando de la Personalidad: B King/Queen A: B:
“Your Majesty” “The King (The Queen) said to me ………..” “The King of Norway said .........”
Prince of Wales A: B:
“Your Highness” “The Prince (o “The Prince of Wales”) told me ......”
Royal Prince/Princess A: B:
“Your Highness” “Prince Andrew said to me .......”
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President A: B:
“Mister President” “Madame President) “The President says ........” “President Chirac told me ...........”
Senator A: B:
“Sir” “Senator Smith told me ...........” (hombre o mujer)
Prime Minister A: B: Minister A: B:
“Mister Prime Minister” “Madame Prime Minister” (si es una mujer) “The Prime Minister Tells me …….” (hombre o mujer) “Mister Minister” “Madame Minister” (si es mujer) “The Minister of External Affair tells me ……….” (hombre o mujer)
Ambassador A: B:
“Mister Ambassador” o bien “Excellency” “Madame Ambassador” (Cuando es mujer) “The Ambassador Tells me ………” (hombre o mujer) “The Ambassador of (país) tells me ………..”
Governor (Gobernador de Estado) A: B:
Cardinal A: B:
“Mister Governor” “Madame Governor” “The Governor tells me ......” “The Governor of California tells me......” “Gobernor Smith tells me .........” “Eminence” “The Cardinal” o “Cardinal Spellman said to me .........”
TRATAMIENTOS VERBALES EN FRANCÉS Dirigiéndose a la Personalidad: A Hablando de la Personalidad: B
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Un Roi A: B:
“Votre Majesté” “Sire” “Sa Majesté le Roi de Suède me dit ………..”
Une Reine A: B:
“Votre Majesté” “Madame” “Sa Majesté la Reine de Suède me dit ……….”
Un Prince (Inclie un Prince Heriter) A: B:
“Votre Altesse” “Son Altesse Royale le Prince de Galles me dit ………” “Son Altesse Royale le Prince André me dit ………”
Une Princesse (Inclue une Princesse Heritiere) A: B:
“Votre Altesse” “Son Altesse Royale la Princesse de .........me dit ........” “Son Altesse Royale la Princesse Héritière me dit ……” “Son Altesse Royale la Princesse Jeanne me dit ……..”
Nota: Si el Príncipe o Princesa Herederos tienen como tal un título específico (Ejemplo: Príncipe de Gales) se usa el título, si no, se usa el término “Príncipe o Princesa heredero o heredera de ……..” Le Prince Heriter du Japón, Un Prince (Princesse) Japonais A: B:
“Votre Altesse” “Son Altesse Impériale le Prince Héritier du Japon me dit ……….” “Son Altesse Impériale le Prince (La Princesse) ……… me dit …”
FORMAS DE COMPORTAMIENTO Las buenas formas son pautas de conducta y comportamiento que nos permiten la convivencia entre los seres humanos. Las hay de obligado cumplimiento, normalmente reglamentadas por las autoridades, y las hay de cumplimiento voluntario. Estas pautas son las que van a marcar la convivencia entre los humanos, nos van a hacer distintos unos de otros aunque siempre relacionados al usar las mismas normas de conducta, variando solamente por costumbres locales.
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EL SALUDO El saludo es uno de los usos a tener en cuenta en una sociedad cada vez más pragmática, un saludo mal realizado puede dar al traste con una relación o un negocio, así pues deberemos intentar efectuar el saludo lo más correctamente posible, por muy ridículo que nos pueda parecer ya que estamos vendiendo la imagen de la institución y nuestra propia educación. Existen formas de saludar, que si bien es habitual entre la juventud, se debe tener presente que no es la mejor manera de hacerlo cuando saludamos a un cliente o a un invitado comercial. El beso es una de estas formas de saludo con la que cometemos un grave peligro, ya que siendo una de las maneras de saludo más cordiales en España, realizándose ante un extranjero puede ser harto arriesgado, aunque en algunos países también sea costumbre la utilización de este tipo de saludo, como ocurre en algunos países de la Europa oriental o en algunas naciones árabes. De todas las maneras, mejor saludar dando la mano, nos arriesgaremos menos a crear una atmósfera de confusión entre los saludados. Recordemos unas reglas básicas en el saludo, y hagámoslo correctamente: No debemos saludar a una señora si esta no inicia la acción del saludo, ellas son las que nos saludan a nosotros e indican la manera de hacerlo. Nada más hermoso que dar un beso a una mujer que levante las envidias de los que nos observan, pero pensemos que para ella puede ser incomodo el roce de nuestra barba o la alteración de su maquillaje facial, dejemos que sea ella la que indique la manera de saludar. Cuando damos la mano, vamos a percibir la educación, el don de gentes y el afecto de la persona saludada. Una mano que no da un apretón firme nos resulta ciertamente incomoda, esa mano fofa, blanda, que no nos aprieta la nuestra, estamos deseando soltarla, pero también ocurre lo mismo con la mano que nos está quebrando los huesos de los dedos por la fuerza del apretón. Seamos correctos a la hora de saludar con la mano y demos la firmemente, sonriendo y mirando a los ojos de la persona que saludamos. Recordemos también que el apretón de manos debe ser corto y que no debemos coger con la mano izquierda el brazo de la persona que saludamos. Al asistir a recepciones, debemos intentar sujetar el vaso de la bebida con una servilleta de papel por la parte baja del vaso, así evitaremos que las gotitas que rezuma el cristal nos humedezcan la mano, para ello procuraremos sujetarlo con la izquierda, y saludar con la derecha que no estará húmeda, ya que no hay sensación mas enojosa que sentir el saludo de una mano mojada. Para el tabaco, en el saludo, también hay reglas. No se saluda con el cigarro entre los labios, y principalmente, si vamos a ser saludados por una autoridad, deberemos deshacernos inmediatamente del cigarro que estemos fumando. En caso de tener que saludar a una señora haciendo el besamanos, procuraremos realizarlo naturalmente, teniendo presente que la mano de la señora no se llega a besar, sino _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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que se bosqueja el beso, que la acción la realizaremos si la señora no lleva la mano enguantada y nosotros no vamos cubiertos con sombrero o cualquier otra prenda de cabeza (aunque hoy en día no es habitual portar sombrero a excepción de los militares o diplomáticos con uniforme de gala), al realizar el movimiento deberemos tener los pies y las piernas juntas, la espalda recta y al elevar la mano de la señora, nos inclinaremos levemente. Como norma de saludo a señoras, también tendremos presente, que el besamanos se hace a las señoras casadas, a aquellas de las que desconocemos el estado civil y a las solteras de cierta edad, aunque el problema estriba en establecer la "cierta edad" en las señoras. En las recepciones donde haya varias señoras, omitiremos el besamanos, ni siquiera a la anfitriona, para evitar que la repetición del acto resulte ridícula, pero sustituiremos el saludo por la inclinación de cabeza como muestra de respeto. Si las señoras son las encargadas de iniciar el saludo, esa regla queda alterada cuando hay una autoridad presente, ya que es esa autoridad la encargada de iniciar la acción de saludar al serle presentados, independientemente del sexo de la autoridad o del presentado. Para las señoras hay un saludo muy especial, "la reverencia", que se debe realizar al ser saludados por Sus Majestades los Reyes o por cualquier miembro de la Familia Real, igualmente se realizará ante los Soberanos extranjeros. Al hacer la reverencia o genuflexión a Sus Majestades los Reyes, se debe retrasar la pierna izquierda e intentar doblarla ligeramente, estrechando la mano de los Soberanos y mirarlos fijamente a los ojos, sin inclinar la cabeza. Si se hace con tranquilidad, saldrá natural y no se correrá el riesgo de caer al suelo o de realizar una genuflexión demasiado exagerada. También se puede hacer la reverencia al Príncipe de Asturias y a las Infantas, por deferencia y respeto. Cuenta la tradición popular que la inclinación de la pierna izquierda se hace ante los Reyes porque la derecha sólo se debe doblar ante Dios. Los caballeros, al ser saludados por los Monarcas, inclinarán la cabeza ligeramente un momento antes de estrechar la mano de los Soberanos, para cuando estos les den frente, estar con la cabeza levantada. A S.M. la Reina y SS.AA.RR. las Infantas se hará el besamanos como hemos indicado anteriormente. Recordemos que las señoras pueden saludar con la mano enguantada, incluso pueden sentarse en la mesa cubiertas con el sombrero. Para finalizar este punto indicaremos que, al saludar a una señora que se encuentre sentada, estas deben tener presente que, en la actualidad, es costumbre que saluden igual que los caballeros, es decir levantándose para saludar pero sólo si ellas lo desean, ya que la práctica protocolaria sigue permitiendo que las señoras continúen sentadas cuando son saludadas por los caballeros o por otras damas. Además los caballeros también evitaremos levantarnos en lugares públicos en los que podamos, con los movimientos de sillas, molestar a las demás personas que se encuentren en el local.
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PRESENTACIONES SOCIALES Y COMERCIALES Uno de los mayores inconvenientes con los que nos solemos encontrar en nuestra vida social, suele ser esa situación en la que no sabemos si debemos presentar nuestro jefe al invitado o el invitado a nuestro jefe, suelen ser momentos que se resuelven de las maneras más divertidas, pero hay reglas que se deben tener en cuenta, sobre todo si la presentación tiene que ser muy oficial. Para evitar situaciones análogas recordemos ciertas reglas básicas: En las relaciones laborales, se da primero el nombre del miembro de nuestra empresa y después el nombre del cliente. Si la persona que vamos a presentar ocupa un cargo, lo lógico es decir primero el cargo y luego añadir el nombre, incluso podemos omitir el nombre, pero nunca el cargo; "El Presidente del Banco Crak, Sr. Faustino Ruiz", o " El Presidente del Banco Crak". Si tenemos que presentar a matrimonios, lo formal es decir, "los Señores de Fernández", y la manera informal es dar el nombre de pila de cada uno de ellos junto al apellido del caballero, "María Rosa y Jesús Fernández". También podemos encontrarnos en la situación de presentar al marido y este presentar a su esposa. En caso de que los presentados tengan algún título nobiliario podemos seguir el mismo sistema que con los cargos, teniendo presente que los títulos pueden ser utilizados como apellidos, aunque no sean el apellido propio del titular, por ejemplo: "los Marqueses de la Roca, Doña María y Don José Pérez", o bien "los Marqueses de la Roca" y si los presentamos de manera más informal, "María y José de la Roca". Si presentamos una pareja que no son matrimonio, primero daremos el nombre del caballero y luego el de la señora, a no ser que el señor sea de cierta edad y la dama sea una jovencita, en cuyo caso daremos primero el nombre de la fémina y posteriormente el del varón. La última de las reglas a tener en cuenta, es que se debe presentar diciendo primero el cargo y nombre de la persona de menor rango y cerrar las presentaciones con la persona de mayor categoría. A excepción de la delegaciones o representaciones, en las que basta con presentar al personaje principal. IMPRESOS SOCIALES Y COMERCIALES, CORRESPONDENCIA EN GENERAL Una costumbre que vuelve a resurgir de la historia, es la utilización de documentación impresa de forma tradicional para uso social y comercial, los membretes en cartas y tarjetones, en sobres y documentación personal o comercial vuelve con la fuerza que nos da el uso multinacional de todo este tipo de impresos. La utilización de papel con anagramas, logotipos o escudos, es práctica que renace después de un tiempo en que todo parecía obsoleto y pasado de moda.
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Hoy suele utilizarse como documentación de tipo administrativo, bien comercialmente, bien privadamente. Pero siempre sea el tipo de documentación que sea, el encargado de Protocolo o de Relaciones Públicas debe confeccionar el boceto de la documentación que se vaya a utilizar y no dejarlo nunca al libre albedrío de la imprenta, que no dudando de la profesionalidad de sus componentes, podrían no ajustarse a nuestras necesidades al confeccionar los documentos a aquellos parámetros que nosotros nos habíamos fijado. La carta y el saluda son dos tipos de impresos que se suelen utilizar para poner en conocimiento de una persona, institución o empresa, el acto al que se le invita, si bien es más considerada la carta que el saluda. La redacción de estos documentos debe ser sobria y concisa, clara, con los datos suficientes y el lenguaje respetuoso y actual, sin florituras de épocas pasadas. Los tarjetones y tarjetas también forman parte de la documentación habitual en el mundo del protocolo, comercialmente o de forma privada. Los tarjetones suelen utilizarse como anuncio e invitación de un acto o solamente como invitación. En ellos haremos constatar los nombres de los anfitriones, el nombre del invitado y lugar, fecha. hora del acto, y si se celebra en honor de alguna persona determinada o hecho importante. Si es una continuación de actos podemos usar varios tipos de tarjetón para cada uno de ellos o bien un sólo tarjetón donde indicar la sucesión de eventos. Podemos utilizarlos para anunciar enlaces matrimoniales, congresos o invitaciones a recepciones o almuerzos. Se suelen confeccionar en cartulina dura y tinta en negro, dependiendo del acto, ya que si queremos darle más sobriedad realizaremos las tradicionales invitaciones en blanco, mientras que si pretendemos realizar un tarjetón más moderno, para un acto más informal, podemos utilizar incluso papel de otros colores o tipos. La tarjeta es un documento más personal, pueden ser de tipo social o de tipo privado o familiar. Lo que si está claro es que no deben ir recargadas de texto ya que su tamaño es pequeño. En ella figurará el nombre y los apellidos añadiendo el cargo de la empresa donde trabaja, o los nombres y apellidos de los cónyuges y la dirección del matrimonio. PUNTUALIDAD Sobre este punto creo que no caben comentarios, cuantas veces nos ha tocado esperar a alguien, en esa situación nada nos parece de peor educación. Pero pensemos en los demás, procuremos no hacer esperar a nadie, ese sería el punto exacto que a todos nos gustaría cumplir, no esperar y no hacer esperar. Pero de tan mal gusto es llegar tarde como hacerlo antes de la hora que nos han señalado, incluso, si hemos de esperar en el coche, lo haremos, podríamos pillar a la anfitriona dando los últimos retoques al acto, o incluso terminando de vestirse para recibir a los invitados. _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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Llegar puntualmente es colaborar con nuestros anfitriones al éxito de la recepción que han organizado, es síntoma de respeto y consideración, también, hacia los demás invitados. En cualquier caso si vamos a llegar unos minutos tarde, lo correcto es avisar de nuestra tardanza a los anfitriones, para lo cual, la anfitriona hará esperar a los demás invitados y entraremos todos juntos en el comedor. En caso de no poder avisar y llegar tarde, la anfitriona nunca debe mandar quitar el servicio de mesa de los invitados ausentes hasta finalizado el primer plato, ya que puede que lleguen en el último minuto. INVITACIONES Y REDACCION DE LAS MISMAS Nada más impactante y elegante como antesala de un acto social, que una bonita y bien redactada invitación, independientemente del evento que estemos organizando, enlace matrimonial, entrega de premios, conferencias, comidas particulares, etc. Lo normal es confeccionarlas con un mes de antelación, siempre que el tiempo real de organización, y teniendo en cuenta que las decisiones de última hora, que todos sabemos no dependen de nosotros sino de los jefes, nos permitan realizarlo tan anticipadamente. Todo ello para poder mandarlas con quince días de margen anterior al acto y que no nos encontremos con que ya se han comprometido nuestros invitados para otro evento. Para la confección de las invitaciones es primordial seguir una serie de reglas generales: ¾ Deben realizarse en cartulina gruesa, con canto blanco y si disponemos de fondos y buscamos lo más protocolario, con canto dorado. ¾ Letra del texto impreso en relieve ¾ Escudo en relieve dorado o sellado en seco. ¾ En el texto debe figurar: o Nombre de la Institución o empresa. o Organismo o persona que invita, con la frase, "invita", "tiene el honor de invitar", “tiene el gusto de invitar" o "se complace en invitar a", indistintamente porque cualquiera de ellas esta permitida en el mundo del protocolo. o Una línea de puntos para rellenar con el nombre de la persona o personas que invitamos. Los nombres los escribiremos a mano con pluma estilográfica, o a máquina, en función del tipo de acto que organicemos) o A que tipo de evento se le invita (recepción, almuerzo, cena, buffet,etc.) o Lugar o sede donde se va a realizar el acto. o Dirección del lugar o sede donde se va a celebrar. o Con motivo de que se celebra el evento. o Fecha del acto. o Hora del mismo. o Etiqueta para el acto o Siglas para contestación o recordatorio. o Teléfono, Fax o e-mail de contacto (en algunos casos también se puede incluir dirección para confirmaciones) Pero como lo normal es no disponer de suficientes fondos para realizar invitaciones para cada acto, existe un modelo de tarjetón que sirve para cualquier tipo de evento y que nos puede _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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Servir, por supuesto no dará todo el empaque y categoría que conseguiríamos con una invitación diseñada sólo para ese acto. En ese modelo de tarjetón figura impreso únicamente: quien invita, con su escudo si dispone de él, la consabida frase de "tiene el gusto de invitar" o cualquiera de las otras que hemos visto anteriormente, una línea para poner a mano o máquina el nombre de los invitados, otra línea donde aparece una "a" impresa para poner, también a mano o máquina, que tipo de acto es al que se invita y una tercera donde aparece "en" impreso para designar el lugar, "el" impreso para comunicarnos el día y un "a las" para comunicarnos la hora. Si se quiere etiqueta, también se pondrá a mano y lo que si figurará impreso serán las siglas de confirmación y el teléfono o fax de contacto. De cualquier forma, si recibimos una invitación, esta debe ser contestada inmediatamente, pongámonos en lugar de quién organiza el acto, y pensemos que si tardamos en contestar nuestro lugar puede ser cubierto por otro invitado, sobre todo si es una invitación a algún de acto sentado. En términos generales, las contestaciones a las invitaciones se pueden contestar en tarjetones, en los que deben figurar los nombres de los remitentes, la frase de agradecimiento para el acto (que debe consignarse) y la fecha, debiendo notificar su asistencia o no asistencia al acto, pero siempre debemos evitar frases como, "espero que mis obligaciones me permitan asistir" o cualquiera de esas frases que dejan a los anfitriones con la duda de la confirmación. En caso de asistir uno de los miembros del matrimonio, se contestará delegando la asistencia, pero si los anfitriones insisten, confirmaremos la presencia sólo de la persona que asista para que los anfitriones completen la mesa, si es en caso de almuerzo. SIGLAS EN LAS INVITACIONES Recordemos que el francés es, por tradición, el idioma de la diplomacia y el protocolo, así que no nos extrañemos si encontramos siglas que signifiquen palabras francesas: o S.R.C. Se Ruega Contestación. Iniciales utilizadas principalmente en invitaciones de cualquier tipo, sobre todo en España. o R.S.V.P. Réponse s'il vous plaît. (en francés).Se Ruega Contestación. Es indispensable, sobre todo, para comidas, y no lo es tanto para cócteles o recepciones, pero no está de más señalarlo y que nos confirmen la asistencia. o P.M.Pour Mémoire. Como recordatorio de una invitación que ya se ha realizado, bien personalmente, bien por teléfono. o P.R. Pour Remercier. Para agradecer, se suele poner más que en las invitaciones, en los tarjetones con los que debemos agradecer la invitación que nos han hecho. o P.F. Pour Féliciter. Para felicitar con cualquier motivo, cumpleaños, onomásticas, etc., y si nos encontramos P.F.N.A., es Para Felicitar el Nuevo Año. o P.P.C. Pour Prendre Congé. Se utilizan estas siglas para despedirse. Cuando alguien ha desempeñado una misión, al despedirse puede enviar sus tarjetas sociales o tarjetones de despedida en los que figuren estas siglas.
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o P.C. Pour Condoléances Suelen figurar en los tarjetones de pésame que enviamos a los familiares que han perdido un ser querido. o P.F.C. o P.P. Pour Faire Connaissance o Pour Présenter Si hemos utilizado las siglas o P.P.C. para despedirnos, porque no utilizar las P.F.C. o P.P. para presentarnos. Pondremos estas siglas en las tarjetas que enviemos para darnos a conocer socialmente. En países de lengua inglesa, se suele poner REGRETS ONLY, en lugar del R.S.V.P., para que comuniquen la no asistencia aquellos invitados que por algún motivo no vayan a acudir al acto. COMPORTAMIENTO EN DIVERSAS ACTIVIDADES El hombre no se relaciona con los demás de cualquier manera, lo hace porque forma parte de grupos de convivencia humana, los integrantes de estos grupos serán los que vayan enseñando a comportarse a los nuevos individuos que integran la sociedad. Podemos dividir los distintos grupos de convivencia humana en primarios y secundarios. Los primarios son aquellos naturales, los que el hombre forma como pilares de su propia convivencia, serían básicamente, la familia, el colegio y los grupos de amigos de los que nos rodeamos habitualmente. El comportamiento que nos enseñen en estos grupos primarios es el que va a marcar nuestra forma de ser en los grupos secundarios. Estos grupos secundarios serían aquellos donde nos encuadramos de manera interesada y voluntaria, como asociaciones laborales, religiosas o deportivas, sindicatos, agrupaciones políticas, instituciones culturales, etc. Así pues, la educación cívica es la que no enseña a comportarnos entre los grupos de convivencia humana siguiendo unas pautas de respeto a los demás seres y cumpliendo con nuestros deberes. Si en otros puntos de este capítulo hemos hecho mención a saludos, presentaciones, tratamientos y puntualidad, nos queda comentar el comportamiento en otras actividades, sobre todo, y ya que nos dirigimos al mundo oficial o empresarial, el comportamiento humano en actividades laborales. El trabajo ocupa una parte importante de nuestro tiempo, por lo tanto, deberemos procurar que ese tiempo sea lo más agradable posible para nosotros y los que nos rodean. No trabajemos en un ambiente tenso, la crispación es poco propicia para la efectividad de la misión que tengamos encomendada y siempre irá en perjuicio de la imagen de nuestro organismo o empresa e incluso de nosotros personalmente. Procuremos no ser tiranos con nuestros subordinados ni contestatarios y destemplados si somos empleados. En caso de recibir un trato inadecuado, lo mejor es exponerlo a quien corresponda. No por ser correcto y educado debemos dejarnos comer el terreno por alguien agresivo laboralmente. Si somos colaboradores personales, miembros del equipo más personal de la dirección, el mejor trato es el que nos evite una familiaridad intima, pero recordando que las secretarias o los jefes de gabinete, son personas que conciertan citas, desvían llamadas o reciben a _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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invitados de los que componen los equipos de dirección o gestión. Eso quiere decir que el trato con estas personas debe ser lo más favorable posible y que se debe pensar en ellos como lo que son, no como máquinas sin vida privada y no pensar en que sean servilistas sino profesionales. Si es una mujer la que ocupa el cargo directivo o la persona de confianza de la dirección, debemos olvidar que se trata de una fémina y corresponder con ella como con cualquier otro miembro más de la empresa o institución, aunque podemos seguir siendo corteses no debemos atosigarla con los alagos y parabienes que podamos realizar a cualquier dama en otro tipo de situación social. También es lógico que entre los miembros de una empresa u organismo se creen amistades que vayan más allá de la propia relación laboral. Pero no sólo tenemos una vida de trabajo en el ámbito de la oficina, también participamos de actos relacionados con el mundo laboral, pero que se desempeñan en lugares particulares, por ejemplo, cuando asistimos a recepciones privadas o a domicilios particulares, en estos casos hay que tener muy presente las pautas de comportamiento social, poniendo de manifiesto las normas aprendidas. Cuando seamos invitados a una fiesta privada o a un domicilio particular, lo primero que tenemos que tener en cuenta son una serie de premisas a cumplir con nuestros anfitriones. Si no conocemos a los anfitriones de la fiesta a la que hemos sido invitados, nuestra obligación es presentarnos inmediatamente a la señora y después al señor, ellos nos darán a conocer al resto de presentes. En caso de tener que sentarnos, lo haremos a la distancia suficiente como para que la anfitriona reclame nuestra presencia más cerca a la presidencia, si así lo estimase necesario. Sería bochornoso que nos sentásemos tan cerca de los anfitriones que tuvieran que decirnos que nos retrasásemos a otros lugares para permitir que otra persona, más principal, cubriese el puesto que nosotros habíamos ocupado. Si llevamos algún tipo de obsequio para la anfitriona, lo entregaremos al llegar, de tal manera que los otros invitados no se sientan ofendidos, también podemos hacerlo llegar antes de asistir al acto o después, en este caso remitiremos el regalo con una tarjeta expresando nuestra satisfacción y agradecimiento por la invitación. PROTOCOLO EN EL COCHE, AVION Y BARCO Quien no ha ido a abrir la puerta de un vehículo por la que se supone debía salir una personalidad y nos hemos encontrado que salía por otra distinta. Estos puede tener dos lecturas, bien que la autoridad no conoce el protocolo, bien que su seguridad le ha aconsejado que se sitúe en otro asiento del automóvil. Centrémonos en la parte concerniente al protocolo y recordemos esas normas tan útiles a la hora de situarnos en un automóvil.
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Cuando un grupo de personalidades deba trasladarse en vehículos, la persona de mayor rango o autoridad, ocupará, de los asientos traseros, el de la derecha, la segunda en rango, ocupará el asiento de la izquierda, el tercero el sitio al lado del conductor y el último será el ocupado por el propio conductor. Si el vehículo es tipo limousine, el sistema es el mismo, la persona de mayor categoría ocupará el sitio trasero derecho, la segunda el izquierdo, pero nos encontramos con que estos automóviles poseen los asientos llamados "traspontines", estos asientos están situados entre los delanteros y los traseros, así que la tercera autoridad ocupará el sitio frente al de mayor rango y la cuarta el que este frente al segundo en categoría, siendo el quinto lugar el de al lado del conductor y este el último en prelación. Es indiferente que los traspontines vayan mirando en el sentido de la marcha o de espaldas a ella, el orden de prelación es el ordenado anteriormente. Importante es el saber que en los países que se circula por el lado izquierdo, el sistema de prelación es el inverso en orden, es decir, el sitio de mayor rango será el situado en los asientos traseros, pero el de la izquierda será el más importante, el de la derecha el segundo en orden, y así sucesivamente. Se nos pueden dar casos particulares en los que no dispongamos de vehículo oficial para ir a buscar a un invitado de nuestra institución, quizás tengamos que mandar un colaborador o ir nosotros mismos, en estos casos, es menester recordar unas normas básicas. Si hemos de ir a buscar a un invitado, lo primero que debemos hacer es darnos a conocer y una vez en el automóvil ese invitado debe ocupar el sitio de al lado del conductor. En caso de que sean dos los invitados, el de mayor categoría será el que se siente el lado del conductor. Si vamos en un vehículo de servicio público, entraremos por la puerta que esté más cerca de la acera, subiremos nosotros primero, para ceder en ese caso el lugar derecho trasero al invitado o a la dama que nos acompañe, y poder pagar después el servicio realizado mientras desciende nuestro acompañante. Si va un matrimonio a buscar a otro, los anfitriones descenderán para saludar a sus invitados, y a la hora de subir, las señoras ocuparán los asientos traseros y los caballeros los delanteros. En cualquier caso la persona de mayor autoridad o rango será la primera en subir al vehículo y la última en descender. En aviones, helicópteros, barcos y trenes, ocurre todo lo contrario, la personalidad es la última en subir y la primera en bajar, claro está que los motivos son propios de la seguridad.
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CEDER LA DERECHA. En la práctica protocolaria, la derecha siempre ha sido el lugar de mayor honor y prelación, por lo tanto no debemos extrañarnos cuando alguien nos cede la derecha, pero también debemos tener en cuenta, que la derecha la debemos reservar para aquella personalidad que disponga de un rango de mayor categoría. Así, cuando debamos acompañar a alguna personalidad, y debido a la variada gama de facetas que el ceremonial público nos ofrece, tendremos presente una serie de normas sobre la cesión de la derecha, el acompañamiento y los recibimientos y despedidas. Dicen las normas de protocolo que el anfitrión es el que preside, y el presidente es el que ocupa el lugar de mayor honor, la derecha. Pero ese lugar se puede ceder y como veremos son varias las circunstancias en las que esto puede ocurrir. En primer lugar, porque el organismo que presida el anfitrión dependa de otro de mayor categoría, o bien porque el propio anfitrión quiera ceder la derecha a su invitado, de cualquier modo, no deberá ceder más de dos veces esa presidencia. Si acompañamos a varias autoridades, el lugar de colocación estará en función del sentido de la marcha o de los observadores, para lo cual tendremos muy presente la Ley 39/81 de 28 de octubre en la que se regula el uso de la Bandera ya que la colocación de autoridades tiene mucho que ver con lo que la citada Ley. También podemos encontrarnos en el caso de tener que acompañar a una personalidad y no necesariamente tener que cederle la derecha, esto ocurre cuando caminemos por aceras o recorridos que encierren cierto riesgo, entonces, nuestra obligación será ceder la parte interior o menos peligrosa a nuestro invitado o a la personalidad que acompañemos. Lo mismo ocurre en caso de ascender o descender por escaleras, debemos ceder la parte interior de la misma o bien la parte donde se encuentre la barandilla. RECIBIR, ACOMPAÑAR, DESPEDIR Por tratarse de reuniones o visitas sociales, bien de carácter oficial, bien de carácter privado, las normas que rigen suelen ser idénticas. Los anfitriones no deben permanecer al lado de la puerta todo el tiempo, una vez llegado el invitado de honor, pueden retirarse con los demás invitados y dar un periodo para que los más rezagados puedan incorporarse a la reunión. En caso de haber cóctel antes del almuerzo, se comenzará a servir transcurrido un tiempo prudencial ya que no podemos descuidar a los invitados que han sido puntuales. En visitas a centros de trabajo, dependiendo de quién sea el invitado o la personalidad que nos visita, se recibirá a pie de vehículo por un representante oficial, por el Consejero Delegado o por el propio Presidente de la Entidad. Si la persona que nos visita acude para resolver asuntos de trabajo, la forma de actuación es diferente, probablemente acudirá con colaboradores y en este caso serán reuniones en salas de juntas. Aún así, deberemos agasajarle en el grado y medida que nuestra cortesía responda a la calidad de la visita. _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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Cuando la visita está prevista, con un orden de trabajo, deberemos cumplir una serie de normas laborales hacia nuestros invitados, sobre todo si vienen de otros puntos que no son nuestra ciudad. La primera es preparar detalladamente y con la antelación suficiente los puntos de trabajo a tratar durante la visita. Preparando para el acompañante de nuestro visitante un programa paralelo que deberá ser seguido por un representante de nuestro departamento. Lo recibiremos en el aeropuerto, estación, o lugar de llegada desde donde lo acompañaremos hasta su lugar de residencia para que pueda ponerse cómodo y comenzar a desarrollar el programa establecido con anterioridad y entregándole el definitivo. En algunos casos, sobre todo si conoce nuestra ciudad, pondremos un vehículo a su disposición. En caso de ofrecer una recepción en su honor, deberemos invitar a quién pueda tener interés para nuestro visitante y la forma de colocación al recibir a los invitados generales sería; anfitrión, invitado de honor, esposa del invitado de honor y anfitriona, aunque para que no quede la anfitriona la última de la línea de saludo podemos colocar a un alto cargo de la empresa después de la citada anfitriona. Si somos invitados a una recepción, procuremos llegar puntualmente y retirarnos también puntualmente. No permanezcamos durante mucho tiempo con las mismas personas, circulemos entre los demás invitados, eso permitirá que ninguno se sienta a disgusto por que nadie se acerca a hablar con él. No sólo es misión de los anfitriones el que una fiesta salga bien, es problema de todos los invitados, incluso si no estamos de humor para asistir, es mejor que declinemos la invitación, una mala cara no es agradable. Cuando empiece a circular el servicio con las bebidas o los canapés, no abalanzarnos sobre ellos como si estuviéramos hambrientos o sedientos. Al despedirnos dar las gracias a los anfitriones y si tenemos ocasión, al día siguiente o a los dos días, enviar una nota reiterando las gracias y adjuntando un ramos de flores para la señora de la casa. Obsequiaremos a nuestro o nuestros visitantes con bonitos regalos, típicos de nuestra ciudad y de nuestro organismo, y al finalizar la visita realizaremos la misma acción que al comenzar, acompañándolos hasta el aeropuerto o lugar de residencia donde los despediremos. Por último, suele ser un detalle que se agradece, le remitiremos un dossier completo de su visita. En cuanto a las visitas de carácter social recordemos una serie de puntos de obligado cumplimiento. No se deben hacer visitas sociales de forma particular antes del medio día ni inmediatamente después de la hora de la comida, sobre todo si no hay mucha confianza, deberemos anunciar la visita concretando cual es la mejor hora para ser recibidos por nuestros visitados. Procuremos no llevar niños pequeños, ni animales que puedan molestar, en caso de no tener con quién dejar estos últimos, es preferible no realizar la visita. Muy importante es que la visita sea breve, que los anfitriones deben tratar a los visitantes de forma agradable, tratando de agasajarles en la medida de lo posible, ofreciendo _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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refrescos, pastas, galletas, café, según la zona o la época. Y que el televisor, en caso de estar encendido, se apague en cuanto entren en la sala los invitados. REGALOS, COMO AGRADECERLOS.
HACERLOS,
PARTICULAR
Y
EMPRESARIAL.
FORMA
DE
Hoy en día, el regalo, no sólo es una expresión de gratitud o de amor, es una verdadera obligación social con la que se debe cumplir en determinados momentos. Pero cuidado el regalo también es un arma de doble filo, un obsequio inadecuado puede ser insultante para la persona que lo recibe. No es de extrañar, que los musulmanes se ofendan al recibir una caja de botellas del mejor y más costoso vino de la Ribera del Duero, su religión les prohíbe beber alcohol, los argentinos y coreanos también se ofenderán si les regalamos un cuchillo, significa cortar las relaciones comerciales, o los hindúes si les regalamos objetos de cuero, la vaca es un animal sagrado para ellos. Como tampoco se deben regalar cosas de carácter personal, perfumes, ropa o animales, a no ser que conozcamos la intención de poseer un animal determinado por parte de la persona a la que se lo vamos a regalar. Importante es decir que el valor del regalo no se mide por su precio, no es necesario decir que tanto o más se agradece un detalle de menor valor económico que dado con el mejor de los deseos puede convertir un día malhumorado en maravilloso y agradable. La intención es, principalmente, lo que cuenta a la hora de realizar un regalo con el que queremos agradar a la persona, institución o empresa a la que queremos obsequiar. El mensaje subyacente del que hace el regalo es el reflejo de la imagen con la que le gustaría que le vieran. Desde los obsequios más íntimos, regalos realizados a mano y de forma personal, hasta cosas tan originales o exóticas, que nos permitan incluso, iniciar una colección, definen y reflejan la personalidad de los que los realizan y de los que los reciben. En cualquier caso, sea lo que sea el regalo, nos lo hayan entregado personalmente, por correo o mensajero, el agradecimiento siempre debe estar presente, telefónicamente o por carta, lo incorrecto sería no notificar a la persona que nos ha obsequiado, que el detalle ha sido de un gusto exquisito. Pero lo que realmente nos interesa, no es ya la filosofía del regalo, sino lo estereotipado como tradicional, y que sin llegar a definir la personalidad de aquel que obsequia, puede salvarnos de situaciones apuradas. Valgan unos pequeños ejemplos: FLORES: Si llevamos flores personalmente, lo tradicional es que sean centros o ramos realizados en floristería aunque eso si, que las flores sean frescas. Debe ser el señor el que entregue el ramo a la anfitriona de la fiesta y si nos abre alguien del servicio se lo entregaremos e indicaremos que informe a la señora, el entregarlo delante de los demás podría comprometer a algún invitado. _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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En cualquier caso, las flores entregadas personalmente no deben portar tarjeta alguna. Si no son llevadas en persona, y se mandan al día siguiente o se han mandado el día anterior a la fiesta, lo correcto es que lleven consigo una tarjeta de visita, de igual manera que si lo utilizamos para disculparnos por no poder asistir a la recepción. Referente a las flores, muchas personas, ahora que hay tanta vivienda de tipo adosado, prefieren ser obsequiadas con plantas en lugar de flores, quizás por que duran más tiempo y pueden ser trasplantadas a los terrenitos o jardines, en todo obsequio de este tipo la maceta nunca debe estar envuelta en papel de tipo plata sino en bases de cerámica o sobre cestas de mimbre. BOTELLAS DE LICORES: Las botellas de vino, principalmente, son muy empleadas por los invitados a almuerzos particulares, pero corren un gran riesgo, que el señor de la casa disponga de una bodega, lo que le obligará a descorchar el vino regalado cuando él tenía preparado otro, quizás de mejor calidad y categoría. Por lo tanto, si no tenemos confianza con los anfitriones, es mejor evitar el llevar botellas y pensar en un buen obsequio para la señora de la casa. Lo que si podemos hacer, es llevar bebidas típicas de nuestros lugares de origen cuando nos desplazamos a lugares donde estos productos sean desconocidos. BOMBONES: Se suelen obsequiar a las anfitrionas con las que hay cierta familiaridad, teniendo presente que es mejor la calidad de los bombones que la cantidad, y que los primeros en probarlos probablemente seamos nosotros ya que la anfitriona los abrirá y ofrecerá a los invitados, empezando por el que los ha obsequiado, bien al recibirlos, bien al finalizar el almuerzo. PERFUMES, PASTELERÍA, VESTIDOS, ANIMALES O ENSERES PERSONALES: Totalmente prohibido regalar cosas de este tipo, si no es entre miembros de una familia o entre personas entre las que exista una gran intimidad. REGALOS DE EMPRESA: Es importante para la empresa hacer ver en el regalo el logotipo, anagrama o escudo que la distingue, pero en muchos casos es tan ostentoso que evita ver la belleza del propio obsequio, es pues, mucho más original colocar el escudo o logotipo de una forma desapercibida o en la caja del regalo, nuestra intención debe ser agasajar al cliente o a la persona a la que obsequiamos, no solamente hacer publicidad empresarial. Por último recordar que en España, la costumbre es que los regalos se deben abrir en el momento de recibirlos y romper el papel del envoltorio con bríos, no ir despegando el papel de celofán como si el papel del regalo lo fuéramos a utilizar para otro obsequio, pero que eso no podemos hacerlo cuando el obsequio proviene de un japonés, se ofendería. REGALOS PARA EL PERSONAL DE LA EMPRESA: Este Capítulo está decididamente abierto para la recompensa por años de servicio, obsequios que el personal de la empresa debe valorar lo suficiente como para saberse merecedor del detalle en función de la labor desarrollada, y regalos por parte de la empresa que no deben ser extravagantes sino simples pero de valor.
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El regalo debe ser apreciado por el personal de la empresa, quizás premiar los cinco años con un billetero de piel, los diez con un alfiler de oro, los quince con un juego de gemelos y los veinte con un viaje, son ideas que pueden ayudar. APUNTES SOBRE EL COMER Se come con sobriedad, no se debe hablar con la boca llena, no mover los labios masticando, ni aspirar las sopas ni bebidas. ENTREMESES: Cuchillo y tenedor trincheros, también pueden ser de postre. SOPA O CREMA: Cuchara sopera a la derecha del plato. LEGUMBRES Y CEREALES: Si se presentan con caldo, se comen con cuchara y si se presentan sin él, como en el arroz, con tenedor trinchero. Para los espárragos se utilizan pinzas especiales, aunque pueden sustituirse con cuchillo y tenedor trincheros, también está permitido utilizar los dedos. MARISCOS: Para el cóctel de mariscos se utiliza la cucharilla de café y el tenedor de pescado que se colocarán a la derecha del plato. Las angulas requieren un tenedor de madera. Para las ostras, tenedor específico de ostras a la derecha del plato. El resto de mariscos precisan cubiertos de pescado en general; pero para la langosta, cigalas, centollo, etc., se ponen tenacillas o pinzas a la derecha y tenedor de pescado a la izquierda. Otros mariscos como los percebes, camarones, nécoras, etc., no necesitan cubiertos pero sí un lavadedos, en general para todo el marisco se coloca este. PESCADOS: Cubiertos de pescado, aunque determinados guisos como: Zarzuelas, merluza en salsa, etc. requieren una cuchara de consomé a la derecha de la pala. VERDURAS: Tenedor trinchero a la derecha. PASTAS ITALIANAS: Tenedor trinchero a la derecha y en el caso de los "spaghettis" o similares, se pone una cuchara sopera de la izquierda. HUEVOS: Cuando son fritos, revueltos o en tortilla, tenedor trinchero a la derecha. Pasados por agua, cucharilla de café a la derecha; también puede ponerse un cuchillo de postre a la derecha. Al plato, cuchara y tenedor de postre, aunque también puede colocarse una cuchara de consomé a la derecha y tenedor trinchero a la izquierda. A la flamenca o con jamón, cuchillo trinchero y cuchara de consomé a la derecha y tenedor trinchero a la izquierda. CARNES: Tenedor y cuchillo trincheros. QUESOS: Tenedor y cuchillo trincheros. DULCE: Cuchillo y tenedor de postre y para los dulces líquidos, cucharilla también especial para postre.
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FRUTAS: No se toca con la mano; las manzanas y peras se dividen en cuartos y cada cuarto se monda apoyado sobre el plato; los plátanos, se mondan y comen con el tenedor y cuchillo de postre, nunca tocándolos con la mano ni a mordiscos; la naranja se monda enteramente sobre el plato, cortándola después en dos partes y posteriormente en octavos; la mandarina se permite sostenerla con los dedos de la mano izquierda y utilizar el cuchillo con la derecha para mondarla, pudiéndose llevar los gajos a la boca con los dedos. Nunca se debe mondar la fruta en espiral. PAN: Se parte con las manos no con el cuchillo, y en pedazos pequeños no a mordiscos; no se utilizará para mojarlo en las salsas. APUNTES SOBRE LOS VINOS El servicio de vino, se inicia por las damas y se continúa por los caballeros, dando preferencia al de más edad. Si hay personalidades se tendrá en cuenta el protocolo. Vinos blancos: fríos, no helados, copa blanca de espiga alta, transparente y fina. se debe servir las 3/4 partes de la copa. Cavas: muy fríos, copa alta tipo flauta, si se tiene conocimiento de alguien al que le perjudique el gas carbónico le serviremos en copa abierta de molinillo. Vinos tintos: ligeros.- en copas blancas tipo "Burdeos", hasta un poco más de la mitad. robustos.- de mucho cuerpo y grandes reservas, se emplean copas grandes y anchas tipo "Borgoña", sólo se sirve un tercio de la copa. Relacionar los vinos con una buena comida es más cuestión de sentido común que de buen gusto. Los entendidos en el tema dictan una serie de normas para aquellos que, aún así, quieren tener unos conocimientos más amplios sobre el tema: ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾
Los vinos ligeros antes que los fuertes. Empezar por el vino seco y terminar por el dulce Comenzar por los blancos y terminar por los tintos Los vinos jóvenes antes que los viejos Sí sólo bebemos un vino en la comida lo elegiremos respecto al plato principal Para los platos grasos y abundantes especias, utilizaremos vinos con cuerpo Si en la confección de un plato hemos empleado un vino, será el que acompañe en la mesa
Los vinos generosos (los de Málaga, Cádiz o Córdoba), Manzanillas, Finos, Moriles o Montillas son perfectos compañeros de aperitivos como; aceitunas, jamón, pinchitos morunos, taquitos de tortilla, tacos de queso, gambas rebozadas, marisco, etc. A excepción del amontillado, también pueden acompañar a: consomés, cremas de marisco, olla podrida, huevos escalfados, cangrejos de río, etc.
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Los amontillados, al tener más cuerpo y grados, pueden acompañar a: caracoles, paella, setas asadas, champiñones con jamón, bacalao a la vizcaína, pescados fritos y parrillas, cordero a la caldereta, etc. Los olorosos de poca edad, acompañaran a estofados, menestras, etc. Los olorosos de gran solera lo harán con los asados de liebre, cordero, conejo, parrillas de solomillos, etc... Los olorosos dulces o moscateles serán perfectos para postres, media mañana o merienda. Los vinos blancos semísecos o semidulces, van bien con: melón, cremas, pastas italianas, espárragos muselina, pescados fritos, embutidos, ternera o cordero, pollos fritos, quesos de pasta blanda (Burgos, Villalón, etc.) Los vinos blancos secos, con entremeses, melón con jamón, paella, angulas, mariscos, zarzuelas de pescado, huevos fritos, revueltos, ancas de rana, ostras, vieiras, centollos, mariscos en general, besugo al horno, merluza, rodaballo, lubina, etc. pizza napolitana, pato a la naranja, caldereta de cordero, etc. Los vinos rosados, se sirven con fiambres, bacalao a la vizcaína, pastas italianas, pescados en salsa verde, aves, carnes, etc. Los vinos tintos ligeros, se utilizan con: guisantes, con jamón, alcachofas rellenas con jamón, pimientos rellenos, pastas italianas, huevos escalfados, caracoles, angulas, bacalao a la vizcaína, ajo arriero, ostras, mariscos en general, embutidos , manitas de cordero, brochetas de riñones o hígado, chuletas de cordero, salteados o estofados de conejo, cordero, etc. Los vinos de cuerpo y grandes reservas, deben servirse con: galantina de pavo, pato, perdiz, etc., judías con lomo, fabada asturiana, pote gallego, cocido madrileño, pollo en pepitoria, pochas a la riojana, goulasch a la húngara, ossobuco a la milanesa, callos a la madrileña, estofados, asados, braseados, aves de pantano, carnes a l parrilla, quesos curados, añejos o de pasta dura o semidura, etc. Los Foie-gras, según se tomen, al principio de la comida se servirá un vino blanco seco, si es al final de ella le acompañará un vino de mucho cuerpo o incluso un cava brut. Los cava brut, extrasecos o secos se utilizan indistintamente para iniciar la comida o para finalizarla.
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MODULO III.- LA VIDA PROFESIONAL Muchos son los actos y ceremonias que por este o aquel acontecimiento se pueden organizar, ellos suelen ser de diversas características, a las que pueden asistir, según su importancia, altas personalidades civiles y militares. Proyecto y Sucesión de Actos La planificación es una de las actividades indispensable para el correcto desarrollo y buen término de cualquier acto, debiendo ser detallado al máximo, para prevenir cualquier incidencia y actuación alternativa. Una buena planificación podría contar con los siguientes apartados: • • • • • •
QUE acto es CUAL es su naturaleza CUANDO quiere hacerse QUIENES son los invitados QUIEN va a presidir DESARROLLO del acto
Una vez vistos todos estos apartados, podemos pasar a los que serían las fases necesarias de la planificación: 1. FASE DE PREPARACIÓN: Son las acciones que han de realizarse, como preparación de documentación, con quién hay que contactar y la publicidad del acto. 2. FASE DE REALIZACIÓN: Son las acciones que hemos hecho en la fase de preparación y que constituyen el desarrollo del acto, como quién recibe, a que hora, con que personal se cuenta, etc. 3. FASE DE EVALUACIÓN. Son las acciones que realizamos al d[ia siguiente de la realización del evento. Medios para el Desarrollo y Preparación del mismo Comprenden estos medios los asuntos: 1. ECONÓMICOS (Presupuestos) 2. MATERIALES (Instalaciones, locales, vehículos, engalanamientos, etc...) 3. PERSONALES (Responsables, Auxiliares, Recepcionistas, Azafatas, etc...) Esquema-Directivo para la elaboración de actos La complejidad de toda elaboración de actos, su programación, ejecución exige una total atención y una planificación al milímetro. Para facilitar a los profesionales esta tarea se propone este "Esquema-Directivo". 1. ACTO: Idea del Acto: Necesidad de transmitirlo en algo tangible. Filosofía _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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Imagen Plástica 2. ANFITRIÓN: Presidencia. Única Compartida 3. PRECEDENCIAS: Ley de la derecha, por antigüedad, por residencia, por tradición. 4. INVITADOS: Selección Listado Invitación-Textos Hospedaje y sus desplazamientos 5. ORDENACIÓN: General-Real Decreto 2099/83 Especial Privado Comunidades Autónomas-Decretos Autonómicos o art.12 Real Decreto 2099\83 6. LOCAL O LUGAR EL ACTO: Climatología Capacidad Habilitación Servicio (Incendios, WC) 7. SEGURIDAD: Exterior Interior Listados Credenciales 8. TRANSPORTES: Viajes (Organización y reservas) Caravanas Parking Policía Municipal Guardia Civil 9. MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL (Publicidad) Ruedas de Prensa Televisión Radio Megafonía 10. MEDIOS ESCRITOS (Tratamientos y Modelos de textos e impresión tipográfica) Comité de Honor Peticiones- Comité Ejecutivo-Permisos Cartas _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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Invitaciones Saludas Tarjetones 11. MEDIOS MATERIALES. Tiempo (cronometrado) Espacio (medición de los recorridos) Ornamentación Utillaje. Vallas Banderas (Nacionales. Autonómicas, Internacionales, de empresa, etc.) 12. LOGÍSTICAS. Planos Itinerarios Capacidad Tiempo-espacio 13. PERSONAL. Auxiliares Servicios Azafatas 14. PRESUPUESTOS. 15. PLANIFICACIÓN. Como resultado del estudio y documentación de los diversos epígrafes del Esquema-Directivo, objeto de este capítulo, se procede a la planificación de los datos obtenidos y en su consecuencia a la redacción del PROGRAMA. Forma de la Mesa En términos geométricos y por orden de antigüedad en su uso general, las mesas pueden ser, en rectángulo, parábola, círculo o cuadrada. a) Mesa rectangular: la más antigua, es también la más utilizada, pues nos permite una clara definición de las presidencias. b) Mesa en parábola u ovalada: es una modificación de la anterior, con terminación semicircular u oval, de los extremos o puntas. c) Mesa redonda: utilizada en pequeñas comidas y banquetes, pues por su propia forma no permite grandes dimensiones. d) Mesa cuadrada: la menos utilizada, excepto, naturalmente, en restaurantes, su uso queda restringido a comidas muy intimas de cuatro u ocho personas.
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COLOCACIÓN DE CABECERAS O PRESIDENCIAS EN MESAS RECTANGULARES E IMPERIALES Las presidencias, que por lógica, han de estar situadas una enfrente de la otra, constituyen el lugar donde se sienta los anfitriones. Existe, por tanto, una primera presidencia, la del anfitrión o señor de la casa, y una segunda presidencia, la de la anfitriona o señora de la casa. La primera presidencia debe estar situada frente a los ventanales del salón y la segunda presidencia frente a la entrada del servicio. Esta disposición, válida para cualquier forma de mesa, es aplicable solamente para la colocación de las presidencias en el denominado, sistema francés, de aplicación general de las comidas oficiales y que describiremos a continuación. Existen dos maneras de colocación de las presidencias Sistema francés, con las presidencias en el centro de la mesa. VENTAJAS: Favorece la conversación importante, al estar las dos presidencias situadas enfrente, la una de la otra, en suma proximidad, permiten una agrupación de los invitados de mayor categoría, ubicados sucesivamente a derecha e izquierda de las presidencias, formando así un polo concentrado de conversación importante. De este modo, las personas relevantes están juntas y pueden hablar entre sí, en conjunción con los anfitriones; por esta razón, el sistema francés es el mayoritariamente usado, sobre todo en comidas oficiales. INCONVENIENTES: Perjudica la conversación en los extremos, al estar polarizada la más importante en la parte central de la mesa, los invitados de menor categoría situados en los extremos, constituyen una mera "comparsa" del centro y su conversación, de carácter pasivo y entreverada de silencios, en el fondo, se limita a "escuchar", la conversación activa y relevante que tiene lugar en el centro de la mesa; resalta las categorías Sistema inglés, con las presidencias en las puntas de la mesa. En esta disposición, ¿donde se colocan las presidencias?. La ubicación de las presidencias no es válido en función ventanas-entrada del servicio, como en el sistema francés. En este sistema la primera presidencia-anfitrión, ha de mirar la entrada de los invitados y la segunda presidencia-anfitriona, la de entrada del servicio. Normalmente, por ello depende de la situación de estas puertas, pero la definición, viene dada por el lugar de entrada de los invitados, pues el anfitrión, ha de darle siempre el frente. nunca la espalda, lo que sucede, es que usualmente la puerta de ingreso del servicio esta aproximadamente en el lado opuesto por lo que la anfitriona, a su vez le da la cara. _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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VENTAJAS: La conversación es más uniforme y general, al estar las presidencias en las puntas y a su alrededor los invitados principales, se producen dos polos de conversación importante en los extremos. En consecuencia, a los invitados de menor categoría, situados en el centro de la mesa, les es más fácil incorporarse a la conversación importante, pues la tienen a la derecha e izquierda en cada banda. El resultado es una conversación más uniforme, fluida y general, disimula las categorías, ya que los invitados de menor categoría al estar inmersos en el centro de la mesa, rodeados por su derecha e izquierda de los de mayor importancia, ven disimulada su situación secundaria. INCONVENIENTES: Esta disposición tiene un grave inconveniente, al quedar alejadas las presidencias con el largo de la mesa, los invitados relevantes quedan partidos en dos grupos opuestos, separados entre sí por el grupo de invitados de menor categoría, por lo cual la conversación unitaria y secundaria no es posible, incluso el anfitrión no puede hablar con su principal invitado, pues sí la comida es con señoras, como si lo es sólo con caballeros, este invitado de honor, estará usualmente situado enfrente y demasiado lejos. COLOCACIÓN DE LOS COMENSALES Para la colocación en la mesa de comensales existen dos sistemas: a) Agujas del Reloj b) Cartesiano o equis El primero es válido tanto para las comidas con señoras, como para las de caballeros o señoras solos. El segundo sin embargo es valido única y xclusivamente cuando todos los comensales son señoras o caballeros en su totalidad. SISTEMA DE LAS AGUJAS DEL RELOJ En este sistema, como indica su nombre, la colocación sigue el movimiento de las agujas del reloj; es decir, en una especie de espiral o de círculos concéntricos, alrededor de los anfitriones, o de las presidencias, los comensales son situados del siguiente modo: Derecha de la primera presidencia, izquierda de la primera presidencia, derecha de la segunda presidencia, izquierda de la segunda presidencia, y así sucesivamente. Mesa presidencial redonda Menos frecuente que la rectangular, es usada en comidas de gala o banquetes de mesas múltiples con esta forma. Situada siempre en el centro, con las restantes mesas a su alrededor, como radios que convergen en la misma, su forma circular y su ubicación central limitan su tamaño y por tanto su capacidad de sentar comensales de alto rango, junto con la presidencia propia, goza, sin embargo, de las ventajas de una mesa circular para facilitar la conversación general de sus comensales. _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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BIBLIOGRAFIA BANDERAS DE ESPAÑA José Luis Calvo Pérez Luis Gravalos González Editorial Silex BANDERAS Y ESCUDOS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Ministerio para las Administraciones Públicas BANDERAS Y ESCUDOS DE LAS PROVINCIAS DE ESPAÑA Ministerio para las Administraciones Públicas BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Ministerio de la Presidencia CARGOS EN EL PODER Edición Mensual CASAMIENTOS REGIOS DE LA CASA DE BORBÓN EN ESPAÑA (1701-1879) Editorial E. de la Riva CEREMONIAL PÚBLICO Adolfo J. de Urquiza Año. 1932 CEREMONIAL Y PROTOCOLO José Pumar Vázquez Editado por Caixa Galicia COMO HACER PRESENTACIONES EFICACES Ediciones Gestión, 2.000, S.A. COMO ORGANIZAR CONGRESOS Y DIRIGIR SEMINARIOS Y CONFERENCIAS Marión Bieber Ibérico Europea de Ediciones COMPENDIO DEL MANUAL DE URBANIDAD Y BUENAS MANERAS Manuel A. Carreño Editorial Panamericana CONDECORACIONES CIVILES ESPAÑOLAS Cesar Lorente Aznar Edita: Inresa CONDECORACIONES DE ESPAÑA 1807 – 1987 Juan Luis Calvo Pascual Barcelona-1979.
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CONDECORACIONES MILITARES ESPAÑOLAS Luis Grávalos González y José Luis Calvo Pérez. Madrid-1988. CONDECORACIONES ESPAÑOLAS F. Fernández de la Puente Patrimonio Nacional CONDECORACIONES Y ORDENES Boletín del Ministerio de Justicia Año LII-1 de octubre de 1998-nº 1830 José Carlos Sanjuán Monforte DEL PROTOCOLO Y CEREMONIAL UNIVERSITARIO Y COMMPLUTENSE Francisco Galino Editorial Complutense DICCIONARIO DE VEXILOLOGIA. Mª José Sastre y Arribas.1988. Edit. Prensa y Ediciones Iberoamericanas, S.A.. DINASTÍAS EUROPEAS Andrés Von Wernitz Bitacora, 1990 EL ARTE DE INVITAR, SU PROTOCOLO José Antonio de Urbina EL LIBRO DEL SABER ESTAR I Y II PARTE Camilo López Ediciones Nobel EL PROTOCOLO EN LA SOCIEDAD Y EN LA EMPRESA Fernando Rueda Cuenca y José Carlos Sanjuán Monforte Unión Eléctrica Fenosa EL PROTOCOLO EN LOS ACTOS DE LA ADMINISTRACIÓN, DE LAS CORPORACIONES Y DE LAS EMPRESAS Felio A. Vilarrubias Servicio de Publicaciones Universidad de Oviedo EL PROTOCOLO EN LOS NEGOCIOS José Antonio de Urbina Editorial Temas de Hoy EL PROTOCOLO HOY María Rosa Marchesi Editorial El País-Aguilar _________________________ MONFORTE&ASOCIADOS
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FICHERO DE ALTOS CARGOS Edición Mensual FORUM-REVISTA DEL FORUM INTERNACIONAL DE COMUNICACION Y RELACIONES PUBLICAS Facultad Ciencias de la Información de la Universidad Complutense de Madrid GUÍA DE CEREMONIAL Y PROTOCOLO José Pumar Vazquez GUIDE DES BONNES MANIERES ET DU PROTOCOLE EN EUROPE Jacques Gandouin Editorial Fixot GUIDE PRATIQUE DES QUESTIONS DE PROTOCOLE, DE CÉRÉMONIAL ET DE L'ETIQUETTE Maurice Delmée HERÁLDICA DE LAS CC.AA. Y DE LAS CAPITALES DE PROVINCIA Ampelio Alonso de Cádenas Vicente de Cadenas HERÁLDICA ESPAÑOLA Luis Messia de la Cerda y Pita Aldaba, 1990 HONORES, DISTINCIONES Y HERÁLDICA DE LAS CORPORACIONES LOCALES Felio A. Vilarrubias HONORES Y PROTOCOLO Francisco López-Nieto y Mallo Editado por el Consultor de los Ayuntamientos y los Juzgados INICIACION A LA VEXILOLOGIA. Ricardo Serrador y Añino.1992. Edit. Prensa y Ediciones Iberoamericanas, S.A. INTRODUCCIÓN AL PROTOCOLO Y CEREMONIAL EN LAS CORP. LOCALES Felio A. Vilarrubias Editados por el Inst. de Estudios de la Admón. Local INTRODUCCION AL PROTOCOLO OFICIAL DEL REINO DE ESPAÑA Y DE LA UNION EUROPEA José Carlos Sanjuán Monforte LA ETIQUETA HOY Nathalie Devalls
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LA MUERTE DEL REY. EL CEREMONIAL FUNERARIO DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA (1500-1885) Javier Varela Ediciones Turner LAS BUENAS MANERAS, USOS Y COSTUMBRE SOCIALES-EL PROTOCOLO Carmen Soto Diez Editorial Palabra LEGISLACION ECLESIASTICA ESTATAL Y AUTONOMICA Silverio Nieto Nuñez Editorial Colex LOS SÍMBOLOS DE DISTINCIÓN Y EL PROTOCOLO EN LAS INSTITUCIONES DE LA COMUNIDAD EUROPEA, EN EL CONSEJO DE EUROPA Y EN LA OTAN Ignasi Vendrell i Ventayol Ministerio de Asuntos Exteriores MANUAL de VEXILOLOGIA. Vicente de Cadenas y Vicent.1978. Edit. Hidalguía. MANUAL DE ESTILO DE TVE Salvador Mendieta Editorial Labor, S.A. MANUAL DE RELACIONES PUBLICAS EMPRESARIALES Dirigido y Coordinado por José Daniel Barquero Cabrero Ediciones Gestión 2000, S.A. NORMAS BASICAS SOBRE PROTOCOLO Y CONDECORACIONES Ministerio de Asuntos Exteriores.1999 Secretaría General Técnica PRONTUARIO SOBRE TRATAMIENTOS DE AUTORIDAD Y HONORIFICOS EN LA LEGISLACION VIGENTE Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Canarias Revista BANDERAS. Boletín de la Sociedad Española de Vexilología. Contiene en sus diversos números amplias y variadas referencias a temas contenidos en esta conferencia. Edit. S.E.V., c/ Mayor, 6 28013 - Madrid. QUIEN ES QUIEN EN ESPAÑA Editorial José Luis Campillo Alonso, S.A. SABER SER, SABER ESTAR Montsé Solé Editorial Planeta
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SU IMAGEN, EL PRIMER PASO HACIA EL ÉXITO Gustavo Marinaro Ediciones Labrys 54 TRATADO DE PROTOCOLO DEL ESTADO E INTERNACIONAL Felio A. Vilarrubias
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