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UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL Página PROCEDIMIENTO
Dependencia:
X
01
SERVICIO
FACULTADES Decanato TÍTULO DEL PROCEDIMIENTO
CÓDIGO
REVALIDACIÓN DE GRADOS Y TÍTULOS
INTERESADO / ALCANCE NÚMERO DE PASOS
GRADUADOS O TITULADOS PROVENIENTES DEL EXTRANJERO / PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO DE LA FAC.
Catorce (14)
FECHA TIEMPO ESTIMADO
02 m. 27d. 9 hrs.
DESCRIPCIÓN
La revalidación es el acto administrativo mediante el cual se da validez en el Perú al Grado o Título conferido por una Institución Educativa extranjera, el que debe ser equivalente al que regularmente otorga la UNFV; de forma tal que se considera como si ésta hubiera otorgado el Grado o Título, lo que permitirá el ejercicio profesional en el País. BASE LEGAL: - Ley Universitaria Nº 23733 - Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General - Estatuto de la UNFV, aprobado mediante R.R. Nº 1258-2001-UNFV de 23-11-01, Artículo Nº 63º - Reglamento General de la Universidad-Resolución R. Nº 3577-2002-UNFV - Reglamento de Organización y Funciones de la UNFV-Resolución R. Nº 8463-2004-UNFV - Cuadro para Asignación de Personal – CAP, aprobado con R. R. Nº 1968-2006-UNFV de 28-02-06 - R. R. Nº 1537-2005-UNFV, Codificación de Tasas y Tarifas de la UNFV para recaudación en Bancos 2005. - R. R. Nº 3679-2002-UNFV, Reglamento para la Revalidación de Grados Académicos y Títulos Profesionales, otorgados por Universidades Extranjeras.
- Compendio de Normas Académicas R. R. Nº 3518-2006-UNFV. REQUISITOS
COSTO
S/. -
Solicitud dirigida al Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Facultad. Diploma original y fotocopia del Título Profesional o Grado Académico Certificados de Estudios Universitarios, Originales Syllabus de los asignaturas cursadas Copia legalizada del documento de identidad o Carné de Extranjería Partida de Nacimiento Recibos de pago cancelados, según sea el caso: Revalidación con convenio para Bachiller Revalidación sin convenio para Bachiller Revalidación con convenio para Título Profesional Revalidación sin convenio para Título Profesional - Recibo de pago por derecho para acogerse a la Revalidación de Grado de Bachiller o Título Profesional, equivalente a 01 UIT vigente; y en caso de Maestría y Doctorado equivalente a 1.5 UIT vigente. - Fotografías. COSTO TOTAL
400.00 600.00 600.00 800.00
Página Código ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: PASOS
REVALIDACIÓN DE GRADOS Y TÍTULOS ACCIONES A SEGUIR
T.E.
Inicio
El Oficinista de la Oficina de Trámite Documentario de la UNFV recibe el expediente completo, el cual una vez generado el Número de Trámite (N.T.), previo registro es derivado mediante el Reporte Diario de Documentos al Rectorado.
4 hrs.
2
El Oficinista del Rectorado recepciona el expediente y lo deriva a la Secretaria del Rectorado para Despacho; posteriormente a través de la Oficina de Trámite Documentario, es derivado mediante Proveído a la Facultad correspondiente.
01 día
3
El Oficinista o el Personal Administrativo asignado a Trámite Documentario recibe la solicitud y el expediente; el cual previo registro y mediante Hoja de Trámite lo deriva a la Secretaría Académica. (La Hoja de Trámite es el formato en el cual se consigna la secuencia que sigue el respectivo expediente)
1 hr.
4
Previo Despacho con el Secretario Académico, el Señor Decano, dispone se derive a la Comisión de Reválida.
3 hrs.
5
La Comisión de Reválida, previa revisión, análisis y proceso de convalidación de asignaturas del Plan de Estudios de la Facultad afín, emite el dictamen correspondiente, el cual es enviado al Decanato de la Facultad; asimismo, de acuerdo al dictamen el solicitante debe matricularse en el respectivo Ciclo de Regularización Académica.
07 días
6
Una vez concluido el Ciclo de Regularización Académica, previa recepción del expediente por la Secretaria del Decanato, el Señor Decano lo somete a consideración y aprobación del Consejo de Facultad; el cual posteriormente es derivado a la Secretaría Académica.
30 días
7
Previo Despacho, la Secretaria de la Secretaría Académica deriva el expediente al Asistente en Servicio Jurídico, para elaborar la respectiva Resolución Decanal, la cual es derivada a la Secretaría Académica para la firma y sello del Decano y del Secretario Académico
03 días
8
La Resolución Decanal, firmada y sellada por el Decano y Secretario Académico es enviada mediante Oficio al Rectorado, para su ratificación mediante Resolución Rectoral.
02 días
9
El Oficinista del Rectorado recibe el expediente y lo deriva a la Secretaria del Rectorado para Despacho, el cual posteriormente es enviado mediante Proveído a la Secretaría General para consideración y aprobación del Consejo Universitario.
30 días
10
Posteriormente, el Abogado de la Secretaría General emite el Acto Resolutivo correspondiente; el cual es firmado por el Secretario General y el Señor Rector de la UNFV.
07 días
11
Posteriormente el Oficinista de la Secretaría General UNFV, transfiere la Resolución Rectoral y el respectivo expediente a la Oficina de Grados y Títulos de la Universidad para revisión y revalidar el respectivo Diploma.
02 días
12
Recibido el expediente por la Secretaria de la Oficina de Grados y Títulos de la UNFV, el Jefe dispone se proceda a efectuar la revalida en el original del respectivo Diploma, así como consignar los datos correspondiente en el Libro de Registro respectivo.
03 días
13
Una vez firmada y sellada la respectiva Revalida por el Secretario General de la UNFV, la Jefatura de la Oficina de Grados y Títulos de la UNFV, dispone a la Secretaria devolver mediante oficio el expediente y el diploma revalidado a la Facultad.
02 días
Término
El Oficinista de la Oficina de Grados y Títulos de la Facultad, previa firma en el Libro de Registro correspondiente de la Oficina de Grados y Títulos de la UNFV, entrega al solicitante el Diploma revalidado. T.E. = Tiempo Estimado Fecha de Elaboración
Fecha de Actualización
Resolución de Aprobación
01 hr.
REVALIDA DE GRADO ACADÉMICO O TÍTULO PROFESIONAL INICIO
Mediante Prov. Del Sr. Rector se envía a Facultad
Recepción y registro por T.D. de Fac. y se envía a Sec. Acad. Para despacho con Sr. Decano; quien dispone se remita el Expd. A la Comisión de Reválida..
Comisión de Revalida previa revisión, análisis y proceso de convalidación, emite dictamen y envía al Decanato.
Concluido Ciclo Reg. Académica, Decano somete a Consejo de Fac. luego a Sec. Acad.
Asist. en Serv. Jurídico elabora Res. Dec. y la deriva a firma y sello de Sec. Acad. y Decano.
Firmada la R. D. se envía con Oficio al Rectorado para ratificar mediante Res. Rect2.
El Rector previo despacho, envía con Prov. a la Sec. Gral. Para Consejo Universitario.
Abog. De Sec. Gral. emite Acto Resolutivo, el cual es firmado por Sec. Gral. y Rector. Y derivado a Ofic.. Grados y Títulos .
Previa revisión Jefe Ofic.. Grad. Y Tít. dispone la reválida en el original del Diploma y consignar datos en el Libro de Registro..
Firmada la reválida por el Sec. Gral. Jefe de G. y T. Deriva con Oficio el Diploma y exped. a la Fac.
Firmado el Libro de Reg. G.T. UNFV, Grad. y Tít. de Fac. entrega el Diploma al Interesado
Si
Matríc. Ciclo de Regulrz.
No
UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL Página
PROCEDIMIENTO
Dependencia:
X
01
SERVICIO
FACULTADES Decanato TÍTULO DEL PROCEDIMIENTO
CÓDIGO
CARTA DE PRESENTACIÓN INTERESADO / ALCANCE NÚMERO DE PASOS
ESTUDIANTES / EGRESADOS Y GRADUADOS / PERS. DOC. Y ADMIN. DE LA FAC. Cuatro (04)
FECHA
02 d. 01 hr. 03’
TIEMPO ESTIMADO
DESCRIPCIÓN
Otorgar al alumno una carta de presentación para que efectúe sus prácticas pre profesional y profesional, o a solicitud del interesado, en entidades públicas o privadas
BASE LEGAL: -
Ley Universitaria Nº 23733 Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General Estatuto de la UNFV, aprobado mediante R.R. Nº 1258-2001-UNFV de 23-11-01, Artículo Nº 63º Reglamento General de la Universidad-Resolución R. Nº 3577-2002-UNFV Reglamento de Organización y Funciones de la UNFV-Resolución R. Nº 8463-2004-UNFV Cuadro para Asignación de Personal – CAP, aprobado con R. R. Nº 1968-2006-UNFV de 28-02-06 R. R. Nº 1537-2005-UNFV, que aprueba la Codificación de Tasas y Tarifas de la UNFV, para recaudación en Bancos 2005. R. R.Nº 5775-2007-UNFV de 31-12-07 que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA.
REQUISITOS
COSTO
S/. - Solicitud dirigida al Decano de la Facultad. - Fotocopia de Ficha de Matrícula o de Récord de Notas - Recibo de pago En el caso de Egresados o Bachilleres : - Fotocopia de la Constancia de Egresado, o - Fotocopia del Grado Académico de Bachiller
COSTO TOTAL
5.00
Página Código ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO:
CARTA DE PRESENTACIÓN
PASOS
ACCIONES A SEGUIR
T.E.
Inicio
El Oficinista o el Personal Administrativo asignado a Trámite Documentario recibe la solicitud y el expediente; el cual previo registro, mediante Hoja de Trámite lo deriva a la Secretaría Académica.
01 hr.
2
Previo Despacho con el Secretario Académico, el Señor Decano, dispone se derive a la Oficina de Servicios Académicos para informar la condición del alumno. Informe que posteriormente es enviado a la Secretaria del Decanato.
01 día
3
La Secretaria del Decano, recepciona el expediente, revisa y procede a elaborar la Carta de Presentación de acuerdo a lo solicitado por el recurrente, para posterior firma y sello del Señor Decano.
01 día
Término La Secretaría del Decanato, entrega la respectiva Carta de Presentación, al solicitante.
3 mín.
T.E. = Tiempo Estimado
Fecha de Elaboración
Fecha de Actualización
Resolución de Aprobación
CARTA DE PRESENTACIÓN
INICIO
Decano deriva al Ofic.. Serv. Acad. p. inf. condición del alumno. Cumplido se devuelve al Decanato.
Previa revisión Sec. Del Decano elabora Carta de Presentación. Luego pasa a firma del Señor Decano.
Sec. Decanato entrega Carta de Presentación al Solicitante
UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL Página
PROCEDIMIENTO
Dependencia:
X
01
SERVICIO
FACULTAD Decanato TÍTULO DEL PROCEDIMIENTO
CÓDIGO
CONSTANCIA DE ESTUDIOS INTERESADO/ALCANCE NÚMERO DE PASOS
EGRESADOS Y GRADUADOS / PERS. DOC. Y ADMIN. DE LA FAC. Seis (06)
FECHA
02 d. 2 hr. 30’
TIEMPO ESTIMADO
DESCRIPCIÓN
Otorgar al solicitante una Constancia que acredite su situación académica.
BASE LEGAL: - Ley Universitaria Nº 23733 - Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General - Estatuto de la Universidad-Resolución R. Nº 1258-2001-UNFV - Reglamento General de la Universidad-Resolución R. Nº 3577-2002-UNFV - Reglamento de Organización y Funciones de la UNFV-Resolución R. Nº 8463-2004-UNFV - Cuadro de Asignación para Personal, aprobado mediante R.R. Nº 1968-2006-UNFV - R. R. Nº 1537-2005-UNFV, Codificación de Tasas y Tarifas de la UNFV para recaudación en Bancos 2005. REQUISITOS
COSTO
S/. -
Solicitud dirigida al Decano de la Facultad. Copia de la última ficha de matrícula o Historial de Notas emitido por la OSA Recibos de pago
COSTO TOTAL
5.00
Página Código ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: CONSTANCIA DE ESTUDIOS PASOS
ACCIONES A SEGUIR
T.E.
Inicio
El Oficinista o el Personal Administrativo asignado a Trámite Documentario recibe la solicitud y el expediente; el cual previo registro, mediante Hoja de Trámite lo deriva a la Secretaría Académica.
01 hr.
(La Hoja de Trámite es el formato en el cual se consigna la secuencia que sigue el respectivo expediente)
2
Previo Despacho con el Secretario Académico, el Señor Decano dispone se derive a la Oficina de Servicios Académicos.
01 día
3
La secretaria de la Oficina de Servicios Académicos recepciona la solicitud y lo deriva al Operador del Sistema Unificado de Matricula, quien constata la Boleta de Matrícula del alumno y emite el informe correspondiente.
01 día
4
Firmado y sellado el informe por el Jefe de la OSA, la Secretaria deriva el 15 mín. expediente al Decanato.
5
Previa recepción la Secretaria del Decanato elabora la Constancia, la cual es Firmada por el Decano.
01 hr.
Término
La Secretaria del Decanato sella la constancia y entrega al Solicitante la Constancia.
5 mín.
T.E. = Tiempo Estimado Fecha de Elaboración
Fecha de Actualización
Resolución de Aprobación
CONSTANCIA DE ESTUDIOS
INICIO
Sr. Decano dispone se envíe a Ofic.. Serv. Acad. p. informe
Operador del Sistema Unificado de Matrícula, constata la Boleta de Matrícula y emite informe.
Jefe OSA firma el Inf. y se deriva al Decanato.
Secretaria del Decano elabora Constancia, la cual es firmada por el Decano
Previo sello, Sec. Decanato entrega Constancia al Solicitante.
SON BORRADORES
Página Código ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO:
REVALIDACIÓN DE GRADOS Y TÍTULOS
PASOS
ACCIONES A SEGUIR
T.E.
Inicio
El Oficinista de la Oficina de Trámite Documentario de la UNFV recibe el expediente completo, el cual una vez generado el Número de Trámite (N.T.), previo registro es derivado mediante el Reporte Diario de Documentos al Rectorado.
4 hrs.
1
El Oficinista del Rectorado recepciona el expediente, lo registra y lo deriva a la Secretaria del Rectorado para Despacho; el cual posteriormente es derivado mediante Proveído a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, a través de la Oficina de Trámite Documentario.
01 día
2
La Secretaria de la Oficina de Grados y Títulos recibe el expediente, previo registro y Despacho con la Jefatura, se elabora Oficio al Señor Rector, informando que de acuerdo al Reglamento de Revalidación, el expediente debe enviarse a la Facultad correspondiente.
01 día
3
El Oficinista del Rectorado recepciona el expediente y lo deriva a la Secretaria del Rectorado para Despacho; posteriormente a través de la Oficina de Trámite Documentario, es derivado mediante Proveído a la Facultad correspondiente.
01 día
4
El Oficinista o el Personal Administrativo asignado a Trámite Documentario recibe la solicitud y el expediente; el cual previo registro y mediante Hoja de Trámite lo deriva a la Secretaría Académica. (La Hoja de Trámite es el formato en el cual se consigna la secuencia que sigue el respectivo expediente)
1 hr.
5
Previo Despacho con el Secretario Académico, el Señor Decano, dispone se derive a la Comisión de Reválida.
3 hrs.
6
La Comisión de Reválida, previa revisión y análisis, emite el dictamen correspondiente, el cual es enviado al Decanato de la Facultad; asimismo, organiza el respectivo Curso de Actualización.
07 días
7
Previa recepción del expediente por la Secretaria del Decanato, el Señor Decano lo somete a consideración y aprobación del Consejo de Facultad; el cual posteriormente es derivado a la Secretaría Académica.
30 días
8
Previo Despacho, la Secretaria de la Secretaría Académica deriva el expediente al Asistente en Servicio Jurídico, para elaborar la respectiva Resolución Decanal, la cual es derivada a la Secretaría Académica para la firma y sello del Decano y del Secretario Académico
03 días
9
La Resolución Decanal, firmada y sellada por el Decano y Secretario Académico es enviada mediante Oficio al Rectorado, para su ratificación mediante Resolución Rectoral.
02 días
10
El Oficinista del Rectorado recibe el expediente y lo deriva a la Secretaria del Rectorado para Despacho, el cual posteriormente es enviado mediante Proveído a la Secretaría General para consideración y aprobación del Consejo Universitario.
30 días
11
Posteriormente, el Abogado de la Secretaría General emite el Acto Resolutivo correspondiente, derivando una copia al Rectorado y a la respectiva Facultad.
07 días
12
Conocedor del Acto Resolutivo, el Señor Decano de la Facultad, mediante Oficio solicita los antecedentes respectivos a la Secretaría General de la UNFV.
03 días
13
Recepcionados los respectivos antecedentes, el Señor Decano deriva el Acto Resolutivo y el expediente a la Oficina de Grados y Títulos de la Facultad, el cual previa revisión, mediante Oficio lo deriva a la Oficina de Grados y Títulos de la Universidad para revisión y revalidar el respectivo Diploma.
02 días
14
Recibido el expediente por la Secretaria de la Oficina de Grados y Títulos de la UNFV, el Jefe dispone se proceda a revalidar el respectivo Diploma, así como consignar los datos correspondiente en el Libro de Registro respectivo.
03 días
15
Una vez firmada y sellada la respectiva Revalida por el Señor Rector y la Secretaria General de la UNFV, la Oficina de Grados y Títulos de la UNFV, Mediante Oficio devuelve el expediente y el diploma revalidado a la Facultad.
02 días
El Oficinista de la Oficina de Grados y Títulos de la Facultad, previa firma en el Libro de Registro correspondiente, entrega al solicitante el Diploma revalidado. T.E. = Tiempo Estimado Término
01 hr.
Fecha de Elaboración
Fecha de Actualización
Resolución de Aprobación
Página Código ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO:
REVALIDACIÓN DE GRADOS Y TÍTULOS
PASOS
ACCIONES A SEGUIR
T.E.
Inicio
El Oficinista de la Oficina de Trámite Documentario de la UNFV recibe el expediente completo, el cual una vez generado el Número de Trámite (N.T.), previo registro es derivado mediante el Reporte Diario de Documentos al Rectorado.
4 hrs.
1
El Oficinista del Rectorado recepciona el expediente, lo registra y lo deriva a la Secretaria del Rectorado para Despacho; el cual posteriormente es derivado mediante Proveído a la Facultad, a través de la Oficina de Trámite Documentario.
1 día
2
El Oficinista o el Personal Administrativo asignado a Trámite Documentario recibe la solicitud y el expediente; el cual previo registro mediante Hoja de Trámite lo deriva a la Secretaría Académica. (La Hoja de Trámite es el formato en el cual se consigna la secuencia que sigue el respectivo expediente)
1 hr.
3
Previo Despacho con el Secretario Académico, el Señor Decano, dispone se derive a la Comisión de Reválida.
3 hrs.
4
La Comisión de Reválida, previa revisión y análisis, emite el dictamen correspondiente, el cual es enviado al Decanato de la Facultad. Asimismo, organiza el respectivo Curso de Actualización.
07 días
5
Previa recepción del expediente por la Secretaria del Decanato, el Señor Decano lo somete a consideración y aprobación del Consejo de Facultad; el cual posteriormente es derivado a la Secretaría Académica.
30 días
6
Previo Despacho, la Secretaria de la Secretaría Académica deriva el expediente al Asistente en Servicio Jurídico, para elaborar la respectiva Resolución Decanal, la cual es derivada a la Secretaría Académica para la firma y sello del Decano y del Secretario Académico
03 días
7
La Resolución Decanal, firmada y sellada por el Decano y Secretario Académico es enviada mediante Oficio al Vice Rectorado Académico, para su ratificación mediante Resolución Rectoral.
02 días
8
El Oficinista de VRAC, recibe el expediente y lo deriva a la Secretaria del VRAC para Despacho, el cual posteriormente es enviado a informe Técnico de la Oficina Central de Asuntos Académicos.
01 día
9
El Oficinista de la OCAA, recibe el expediente y lo deriva a la Secretaria de la OCAA, el cual previo Despacho es remitido al Especialista para informe técnico. Una vez concluido, se deriva mediante Oficio al Vice Rector Académico.
03 días
10
El Vice Rector Académico mediante Proveído deriva el expediente a la Secretaría General, para consideración y aprobación del Consejo Universitario..
30 días
11
Posteriormente, el Abogado de la Secretaría General emite el Acto Resolutivo correspondiente, derivando una copia al VRAC y a la respectiva Facultad.
07 días
12
Conocedor del Acto Resolutivo, el Señor Decano de la Facultad, mediante Oficio solicita los antecedentes respectivos a la Secretaría General de la UNFV.
03 días
13
Recepcionados los respectivos antecedentes, el Señor Decano deriva el Acto Resolutivo y el expediente a la Oficina de Grados y Títulos de la Facultad, el cual previa revisión, mediante Oficio lo deriva a la Oficina de Grados y Títulos de la Universidad para revisión y revalidar el respectivo Diploma.
02 días
14
Recibido el expediente por la Secretaria de la Oficina de Grados y Títulos de la UNFV, el Jefe dispone se proceda a revalidar el respectivo Diploma, así como consignar los datos correspondiente en el Libro de Registro respectivo.
03 días
15
Una vez firmada y sellada la respectiva Revalida por el Señor Rector y la Secretaria General de la UNFV, la Oficina de Grados y Títulos de la UNFV, Mediante Oficio devuelve el expediente y el diploma revalidado a la Facultad.
02 días
El Oficinista de la Oficina de Grados y Títulos de la Facultad, previa firma en el Libro de Registro correspondiente, entrega al solicitante el Diploma revalidado. T.E. = Tiempo Estimado Término
Fecha de Elaboración
Fecha de Actualización
Resolución de Aprobación
01 hr.
2
El Oficinista del Rectorado recepciona el expediente, lo registra y lo deriva a la Secretaria del Rectorado para Despacho; el cual posteriormente es derivado mediante Proveído a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, a través de la Oficina de Trámite Documentario.
01 día
3
La Secretaria de la Oficina de Grados y Títulos recibe el expediente, previo registro y Despacho con la Jefatura, se elabora Oficio al Señor Rector, informando que de acuerdo al Reglamento de Revalidación, el expediente debe enviarse a la Facultad correspondiente.
01 día