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Material Eléctrico
URUGUAY
ESTUDIO DE MERCADO MATERIAL ELÉCTRICO
Ana Isabel Míguez Morais Becaria ICEX- Junio 2002 Oficina Comercial de España en Montevideo
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ÍNDICE 1.- INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................4 2.- RESUMEN Y CONCLUSIONES ........................................................................................................6 3.- PANORÁMICA DEL PAÍS .................................................................................................................8 3.1.- CARACTERÍSTICAS GENERALES .................................................................................................8 A) Geográficas: ....................................................................................................................................8 B) Demográficas: .................................................................................................................................8 C) Políticas: .........................................................................................................................................9 3.2.- CARACTERÍSTICAS ECONÓMICAS ..............................................................................................9 3.2.1.- CARACTERÍSTICAS DE LOS PRINCIPALES SECTORES PRODUCTIVOS..........................9 3.2.2.- INDICADORES ECONÓMICOS ............................................................................................10 4.- ANÁLISIS DE LA OFERTA .............................................................................................................15 4.1.- PRODUCCIÓN NACIONAL ............................................................................................................15 4.2.- IMPORTACIONES ...........................................................................................................................15 4.2.1.- LOS IMPORTADORES ...........................................................................................................20 4.2.2.- IMPORTACIÓN DE MATERIAL ELÉCTRICO ESPAÑOL ....................................................20 4.3.- MEDIOS DE PAGO ..........................................................................................................................22 4.4.- COSTES DE IMPORTACIÓN..........................................................................................................23 4.5.- EXPORTACIONES...........................................................................................................................24 5.- ANÁLISIS DE LA DEMANDA .........................................................................................................25 5.1.- TAMAÑO DEL MERCADO.............................................................................................................25 5.2.- PRODUCTOS....................................................................................................................................25 5.3.- SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN................................................................................................25 6.- FACTORES DE COMERCIALIZACIÓN.......................................................................................27 6.1.- CANALES DE DISTRIBUCIÓN......................................................................................................27 6.2.- FERIAS..............................................................................................................................................27 6.3.- TRANSPORTE..................................................................................................................................28 6.4.- PRECIOS ...........................................................................................................................................29 7.- ACCESO AL MERCADO. ................................................................................................................30 7.1.- RÉGIMEN DE COMERCIO .............................................................................................................30 7.2.- ESTRUCTURA ARANCELARIA. ...................................................................................................30 7.3.- REGULACIONES TÉCNICAS.........................................................................................................31 8.- DATOS DE INTERÉS........................................................................................................................34 8.1.- ZONAS FRANCAS ...........................................................................................................................34 8.2.- SISTEMA BANCARIO Y CONTROL DE CAMBIOS....................................................................35 8.2.1.- SISTEMA BANCARIO.............................................................................................................35 8.2.2.- CONTROL DE CAMBIOS ......................................................................................................35 8.3.- INFORMACIÓN PRÁCTICA...........................................................................................................35 8.3.1.- FORMALIDADES DE ENTRADA Y SALIDA .........................................................................35 8.3.2.- CLIMATOLOGÍA....................................................................................................................36 8.3.3.- MONEDA ................................................................................................................................36 8.3.4.- HORARIO LOCAL Y DÍAS FESTIVOS...................................................................................36 8.3.5.- PRINCIPALES HOTELES ......................................................................................................37 8.3.6.- TAXIS Y OTROS MEDIOS DE TRANSPORTE INTERIOR. ...................................................37 8.4.- RECOMENDACIONES ÚTILES .....................................................................................................38 8.5.- DIRECCIONES DE UTILIDAD .......................................................................................................40 9.- ENTREVISTAS ..................................................................................................................................43 10.- ANEXOS ...............................................................................................................................................59
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ANEXO Nº 1.- ...........................................................................................................................................60 DESCRIPCIÓN DE LAS PARTIDAS ARANCELARIAS Y GRAVÁMENES APLICABLES. ..........................................60 ANEXO Nº 2.- ...........................................................................................................................................65 SEÑAS DE LOS PRINCIPALES IMPORTADORES DE MATERIAL ELÉCTRICO EN URUGUAY. ...............................65 ANEXO Nº 3.- ...........................................................................................................................................66 TOTALES DE IMPORTACIÓN DE LAS PARTIDAS ARANCELARIAS ESTUDIADAS. ..............................................66 ANEXO Nº 4.- ...........................................................................................................................................69 EVOLUCIÓN DE LAS IMPORTACIONES EN US$ CIF DE BRASIL, ARGENTINA, FRANCIA ESPAÑA Y EEUU. ..69 ANEXO Nº 5.- ...........................................................................................................................................74 EVOLUCIÓN DE LAS IMPORTACIONES DE LAS PRINCIPALES SUBPARTIDAS ARANCELARIAS. .........................74 ANEXO Nº 6.- ...........................................................................................................................................79 CIFRAS DE EXPORTACIÓN DE MATERIAL ELÉCTRICO URUGUAYO. ...............................................................79 ANEXO Nº 7.- ...........................................................................................................................................81 RANKING DE EXPORTADORES URUGUAYOS. ................................................................................................81 ANEXO Nº 8.- ...........................................................................................................................................82 NORMATIVA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE PUERTOS Y ADUANAS. .............................................82 ANEXO Nº 9.- .........................................................................................................................................106 NORMATIVA DE LICITACIONES PÚBLICAS. ................................................................................................106
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1.- INTRODUCCIÓN Este estudio tiene como objeto el análisis del sector del material eléctrico en Uruguay. La finalidad del mismo es doble: por un lado dar a conocer el mercado uruguayo a aquellas empresas que tomen la decisión de comenzar a exportar sus productos a este país beneficiándose así de las posibles oportunidades de negocios; y por otro lado mostrar a las empresas que ya exportan a Uruguay los cambios que se han producido a nivel socioeconómico en los últimos tiempos, y que han llevado a una crisis que se ve agravada por las de sus vecinos Argentina y Brasil. España es uno de los principales proveedores de la partida 85 ("Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos") a Uruguay, si bien en las partidas objeto de estudio en este trabajo la representatividad de España se puede mejorar mucho, tal y como se verá en los próximos capítulos. Por otro lado la calidad del material exportable en este sector es lo suficientemente alta como para que pueda conquistar una cuota de mercado más importante. Respecto a la denominación arancelaria, Uruguay aplica la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) que, al igual que la europea, se basa en el Sistema Armonizado, por lo que ambos sistemas generalmente coinciden por lo menos en los seis primeros dígitos de las partidas arancelarias. Las partidas arancelarias objeto del estudio son las siguientes: Partida Arancelaria 85.35
85.36
85.44
Descripción Aparatos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos (por ejemplo: interruptores, conmutadores, cortacircuitos, pararrayos, limitadores de tensión, supresores de sobretensión transitoria, tomas de corriente, cajas de empalme), para una tensión superior a 1.000 voltios. Aparatos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos (por ejemplo: interruptores, conmutadores, cortacircuitos, supresores de sobretensión transitoria, clavijas, y tomas de corriente (enchufes) portalámparas, cajas de empalme), para una tensión inferior o igual a 1.000 voltios. Hilos, cables (incluidos los coaxiales) y demás conductores aislados para electricidad aunque estén laqueados, anodizados o provistos de piezas de conexión; cables de fibras ópticas construidos por fibras enfundadas individualmente, incluso con conductores eléctricos incorporados o provistos de piezas de conexión.
Para un mayor desglose de las partidas estudiadas ver anexo nº 1.- Descripción de las partidas arancelarias. Respecto al período temporal que abarca este estudio incluimos los años 1998, 1999, 2000 y 2001. Este espectro lo elegimos para que el exportador español se pueda hacer 4
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mejor una idea de la tendencia del sector en años en los que la crisis todavía no era tan aguda (1998 y 1999) y poder ponerlos en relación con los últimos años, si bien cabe decir que este ha sido uno de los pocos sectores de la economía que puede afirmar haber esquivado la crisis. Las causas de esta crisis, a grandes rasgos, se pueden resumir en: crisis argentina, brote de aftosa y recesión mundial y regional. El primer gran golpe fue la aparición de la fiebre aftosa en abril de 2001, lo que cerró mercados vitales para las exportaciones de carne, sector más representativo del país. La recesión en Argentina y la devaluación del real brasileño afectaron las exportaciones a la región. Todo esto sumado a tres años anteriores de crisis provocó que el consumo interno se contrajese, aumentase el desempleo, cayese el salario real, se incrementase la presión fiscal, todo lo cual frena en gran medida la reactivación de la economía. En relación con esto cabe resaltar que Uruguay, país tranquilo por antonomasia, se enfrenta actualmente a problemas, relativamente inéditos en su historia reciente, derivados de la concentración de pobreza urbana y aumento de la marginalización. Finalmente señalar que este estudio se ha apoyado en las opiniones y valoraciones que los diferentes agentes del sector (importadores, distribuidores, fabricantes, etc) han hecho durante las entrevistas mantenidas. Así mismo se ha empleado la información estadística de las bases de datos locales Transaction y Cenci (ambas basadas en cifras oficiales).
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2.- RESUMEN Y CONCLUSIONES Uruguay, según el último censo realizado el 22/05/96, tenía una población de 3.163.763 habitantes, si bien estimaciones actuales del Instituto Nacional de Estadística (INE)contabilizan un total de 3.360.868 personas. Además hay que añadir que dicha población se encuentra mayormente en áreas urbanas, principalmente en Montevideo, capital del país, donde habitan 1.344.839 personas, que sumadas a las que habitan en el área metropolitana representan un 57% del total. ¿Qué significa esto?. Significa que la mayor parte de la actividad económica se concentra en la capital. El número relativamente reducido de población también determina que en el mercado operen un número limitado de grandes importadores, que en muchos casos actúan al mismo tiempo como distribuidores a través de pequeñas tiendas de material eléctrico y ferreterías y como minoristas a través de sus propios puntos de venta al público. Cuadro nº 1 - Evolución de las importaciones Cifras en US$ CIF
Partida 8535 8536 8544 Total
1998
1999
2000
2001
US$
US$
US$
US$
Totales
8.136.960 17.929.049 21.404.166
4.135.282 15.979.537 20.460.640
3.101.651 15.037.326 24.637.717
5.536.459 13.042.738 26.310.087
20.910.352 61.988.650 92.812.610
47.470.175
40.575.459
42.776.694
44.889.284
175.711.612
Fuente: Base de Datos Transaction Observando el cuadro evolutivo de las importaciones de las partidas 8535, 8536 y 8544 se deduce una relativa estabilidad, excepto en los años 98/99 que se produce un punto de inflexión. Esta estabilidad, e incluso incremento en algunos casos, véase la tendencia alcista de la partida 8544 en la cual España mantiene una posición destacada respecto a países competidores, es más importante si la enmarcamos en la situación de crisis económica que vive el país desde hace tres años y que ha provocado el empeoramiento de todos los indicadores económico (véase apartado 3.2.2 Panorámica del País Indicadores Económicos). Los principales países proveedores del mercado son Estados Unidos, España, Francia, Argentina y Brasil. De estos países proviene el mayor monto de las importaciones de material eléctrico. Así concretamente, y para las diferentes partidas, tenemos que de este conjunto de países para la partida arancelaria 8535 se importa el 77% del total; para la partida 8536 representa el 65,2% y finalmente para la partida 8544 hablamos de un 84,9% del total. Respecto a la producción nacional destaca exclusivamente la empresa Conatel, fundada en 1936 y en la cual Siemens tiene una participación del 19,5%. Se estima que en Uruguay posee un market share de más del 60% del mercado total. También es el mayor exportador del país, siendo sus clientes principalmente países de Latinoamérica, si bien este año comenzarán a exportar a Europa, fundamentalmente a Italia donde se firmó un
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acuerdo de complementación productiva con Siemens Italia para proveer a este mercado de interruptores y tomacorrientes. El mercado uruguayo correspondiente a estos productos se puede clasificar en dos segmentos; por un lado está el pequeño consumidor que va a comprar el material al punto de venta minorista y se fija en el precio principalmente, y por otro lado están los grandes consumidores en los cuales prima más la calidad que el precio. Si bien hay que destacar que desde el comienzo de la crisis ambos sectores se rigen más por criterios de precios que de calidad. Igualmente todos los entrevistados destacaron favorablemente la relación calidad/precio de los productos españoles, así como sus mejoras en diseño, factor al cual se le empieza a dar importancia y en el cual España ha mejorado sustancialmente en los últimos tiempos. Por lo que se refiere a los requisitos exigidos en materia de seguridad decir que existen unos requisitos esenciales establecidos que por lo demás se corresponden con los aplicados por la Unión Europea. Finalmente decir que por su ubicación geográfica Uruguay es un enlace permanente de comunicaciones entre los países del Mercosur, especialmente Argentina y Brasil, situación que responde a su inserción estratégica entre las áreas más desarrolladas de sus países vecinos. Y añadido a esto, es el centro geográfico de un mercado de más de 225 millones de habitantes, por lo que se le puede considerar una buena "puerta de entrada".
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3.- PANORÁMICA DEL PAÍS 3.1.- CARACTERÍSTICAS GENERALES A) Geográficas: Superficie: 176.215 km2 de superficie terrestre y 142.077 km2 de mar. Situación: la República Oriental del Uruguay está situada en la zona subtropical austral del cono sudamericano. Limita al sur y al oeste con Argentina, al norte y nordeste con Brasil y al este con el Océano Atlántico. Principales ciudades: la ciudad de Montevideo, capital del país, concentra aproximadamente al 42% de la población total del país, con 1.344.839 habitantes. La ciudad de Canelones, situada en el departamento del mismo nombre, que rodea la capital, con sus casi 450.000 habs, es, además, una mera continuación de Montevideo, lo que refuerza la macrocefalia del país: el área metropolitana de la capital reúne al 57% de la población total. Otras ciudades de importancia son Salto (80.800 habitantes) y Paysandú (76.200 habs.) a orillas del río Uruguay; la ciudad de Las Piedras (53.800 habs.) en los alrededores de Montevideo y Punta del Este. Clima: puede considerarse moderado -templado y húmedo-, con estaciones relativamente bien diferenciadas; las temperaturas en verano, que comienza el 21 de diciembre, pueden alcanzar excepcionalmente los 40ºC, y en invierno, que empieza el 21 de junio, descienden hasta los -2º ó -3ºC. B) Demográficas: Uruguay, como ya se mencionó, tiene una población de 3.360.868 habitantes según datos del Instituto Nacional de Estadística. Además de tener una baja densidad de población (18 hab/km2) ésta se encuentra concentrada en zonas urbanas (88,7%). La población es mayoritariamente de origen europeo, predominando claramente la de ascendencia española o italiana, y su tasa de crecimiento es la más baja del continente (0,64%), pero con una alta tasa de esperanza de vida (73 años). Es de subrayar asimismo un elevado nivel de alfabetización (95,75%), el más alto de Iberoamérica. La distribución de la renta es relativamente igualitaria en el contexto latinoamericano. Sin embargo existe una diferencia importante y creciente en el nivel de renta medio de Montevideo y el interior de la república: en 1985, el PIB per cápita en el interior era equivalente al 57% del alcanzado en Montevideo; en 1996 esa relación cayó al 50%. De hecho, Uruguay se enfrenta a problemas, relativamente inéditos en su historia reciente, derivados de la concentración de pobreza urbana, marginalización y violencia en la periferia de Montevideo.
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C) Políticas: Uruguay constituye una República Presidencialista. El Parlamento está formado por la Cámara de Representantes (99 diputados) y la Cámara de Senadores (31 senadores), elegidos por sufragio universal directo cada cinco años. Las última elecciones tuvieron lugar en noviembre de 1999 y salió vencedor el actual presidente Dr. Jorge Batlle Ibáñez (partido Colorado), que gobierna desde el 1º de marzo del 2000. El Presidente y Vicepresidente se eligen por sufragio universal directo y no pueden ser reelegidos para un mandato consecutivo. No existe el Primer Ministro como tal, por lo que el Poder Ejecutivo lo ejercen el Presidente de la República y el Consejo de Ministros. El Presidente puede disolver el Parlamento y convocar elecciones anticipadas. 3.2.- CARACTERÍSTICAS ECONÓMICAS 3.2.1.- CARACTERÍSTICAS DE LOS PRINCIPALES SECTORES PRODUCTIVOS Con carácter general puede decirse que Uruguay, un país sin recursos mineros destacados ni industria pesada, sigue dependiendo en buena medida del sector primario y de su ganadería vacuna y lanar, de las que derivan directamente las industrias cárnicas, lanera y del cuero y sus manufacturas. La contribución del sector primario al PIB se mantiene en torno al 10%, aunque su importancia para la economía puede valorarse mejor si se considera que sus productos constituyen directa o indirectamente el 80% de la exportación uruguaya. Por lo que se refiere al sector secundario, existe una amplia gama de industrias que se desarrollaron en la década de los sesenta al amparo de una política de sustitución de importaciones. La política industrial actual ha tratado de promover las actividades de exportación basadas fundamentalmente en el procesamiento de la producción agrícola y las intensivas en el empleo de mano de obra; se ha ampliado la capacidad industrial exportadora que antes estaba referida casi exclusivamente a la carne y la lana. Los principales sectores desarrollados abarcan los productos lácteos, la cerámica, los plásticos, los productos de caucho, los artículos eléctricos, la vestimenta, la fabricación de calzado y otros artículos de cuero, la industrialización de la pesca, los productos químicos y equipos de transporte. El sector manufacturero uruguayo, con un tejido industrial débil y sin apenas materias primas, es muy sensible a la competencia. En la actualidad se está viendo forzado a adaptarse rápidamente a la creciente competencia regional (Brasil y Argentina) como resultado de la integración del país en el Mercosur y a buscar mercados alternativos a los tradicionales (Méjico, USA, Rusia, China, etc…). El sector servicios ha tenido un importante desarrollo en los últimos años y dada su posición estratégica, Uruguay aspira a mantenerse como una plaza financiera así como en centro turístico del Mercosur.
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3.2.2.- INDICADORES ECONÓMICOS Producto Interior Bruto Concepto 1998 1999 2000 2001 PIB (millones de US$) 22.350 21.060 20.042 18.661 PIB per cápita 7.077 6.591 6.006 5.585 Crecimiento del PIB (%) 4,6% -3,0% -1,1% -3,1% IPC (%) 8,6% 4,2% 5,1% 3,59% Desempleo (%) 10,1% 11,3% 13,6% 15,50% Fuente: Ficha País - OFCOMES Montevideo (mayo 2002); Instituto Nacional de Estadística
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Participación de los diferentes sectores en el PIB
AGROPECUARIA PESCA CANTERAS Y MINAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS ELECTRICIDAD, AGUA Y GAS CONSTRUCCIÓN COMERCIO, RESTAURANTES Y HOTELES TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y COMUNICACIONES ESTABLECIMIENTOS FINANCIEROS Y SEGUROS BIENES INMUEBLES Y SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS SERVICIOS DEL GOBIERNO CENTRAL OTROS SERVICIOS COMUNALES, SOCIALES Y PERSONALES TOTAL
1998* % 6,8 0,2 0,3 18,4 4,0 5,9 14,1 8,1
1999* % 5,5 0,1 0,3 16,7 4,0 6,4 14,0 8,8
2000* % 5,9 0,2 0,3 16,9 4,2 5,9 13,4 9,1
8,3 16,4
9,7 17,5
10,3 17,6
11,8 17,6
9,3 10,6
9,6 11,5
9,9 11,6
9,9 11,5
100,0
100,0
100,0
100,0
Fuente: Banco Central del Uruguay (BCU)
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2001 % 6,2 0,2 0,3 16,5 4,2 5,4 12,9 9,3
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Balanza de Pagos - Millones de US$ A.- Balanza por Cuenta Corriente 1.- Balanza Comercial Exportaciones FOB Importaciones FOB 2.- Servicios y Renta Neta 3.- Transferencias B.- Saldo Balanza Capital y Financiera C.- Errores y Omisiones D.- Saldo Balanza de Pagos Saldo por Cuenta Corriente en relación al PIB Fuente: Banco Central del Uruguay
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1998 -462 -772 2.829 -3.601 274 37 883 -59 -362
1999 -523 -895 2.291 -3.186 322 50 439 97 -13
2000 -526 -932 2.380 -3.312 363 43 957 -261 -170
2001 -475 -767 2.144 -2.911 249 43 852 -80 -297
-2,1%
-2,5%
-2,6%
-2,4%
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Deuda Externa Total - Millones de US$ Concepto 1998 Deuda Externa Bruta 13.583 Deuda Externa Neta 2.948 Reservas y Activos BCU-BROU 3.575 Déficit S. Público (% PIB) 0,90% Fuente: Ficha País OFCOMES Montevideo, BCU
1999 13.308 2.964 3.456 4,00%
2000 14.584 3.234 3.533 3,90%
2001 16.032 3.312 3.568 4,20%
Indicadores Monetarios Concepto 1998 1999 2000 2001 Devaluación anual (Peso/dólar %) 8,25% 7,38% 7,78% 17,96% Tipo de Cambio Pesos/US$ Dic. 10,8 11,6 12,5 14,7 Inflación (promedio). 8,63% 4,17% 5,05% 3,59% Fuente: Ficha País - OFCOMES Montevideo (mayo 2002); Banco Central del Uruguay
Intercambio Comercial con España Conceptos 1998 Exportaciones Españolas (mill. US$) 165,840 Importaciones Españolas (mill. US$) 75,711 Saldo Balanza Comercial (mill. US$) 90,129 Fuente: Datos de la Ofcomes (junio 2002)
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1999 147,687 84,823 62,864
2000 139,293 82,736 56,557
2001 128,553 93,126 35,427
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Indicadores económicos de Uruguay En millones de dólares PIB Tasa de Variación Real INFLACIÓN (IPC) Media Anual Fin de período TIPOS DE INTERVENCIÓN DEL BANCO CENTRAL Fin de período EMPLEO Y TASA DE PARO Población (x 1.000 habitantes) Población Activa % Desempleo sobre población activa DEFICIT PÚBLICO % de PIB DEUDA PÚBLICA en millones de dólares en % de PIB EXPORTACIONES DE BIENES en millones de dólares tasa de variación respecto a igual período anterior IMPORTACIONES DE BIENES en millones de dólares tasa de variación respecto a igual período anterior SALDO DE LA BALANZA COMERCIAL en millones de dólares en % de PIB SALDO DE LA BALANZA POR CUENTA CORRIENTE en millones de dólares en % de PIB DEUDA EXTERNA BRUTA TOTAL en millones de dólares en % de PIB SERVICIO DE LA DEUDA en millones dólares en % de exportaciones de bienes y servicios RESERVAS INTERNACIONALES en millones de dólares en meses de importación de bienes y servicios INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA en millones de dólares TIPO DE CAMBIO FRENTE AL DÓLAR (pesos/dólares) media anual Fin de período PIB a precios de mercado, en millones de Dólares (*) Fuente: BCU, FMI
14
2000
2001
-1,3%
-3,1%
0,41% 5,1%
0,30% 3,6%
9,5
9,5
3.337,0 1.235,3 13,9
1.270,0 15,0
4,1
4,2
8.919 44,5%
9.097 46,40%
2.299,5 2,79%
2.060,4 -10,40%
3.466,0 3,26%
3.060,8 -11,69%
-1.166,5 -5,6%
-1.000,5 -5,4%
-526,4 -2,6%
-475,0 -2,55%
14.316 71,4%
16.037 85,94%
767 21%
937 28,6%
3.196,0 11,0
3.099,0 11,0
287
s/d
12,106 12,520 20.042
13,323 14,769 18.661
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4.- ANÁLISIS DE LA OFERTA Dado el reducido tamaño del mercado uruguayo y las características del mismo se puede afirmar que la producción nacional está concentrada básicamente en la empresa Conatel SA; la distribución del material eléctrico está en manos de un reducido número de importadores.
4.1.- PRODUCCIÓN NACIONAL La principal productora nacional de material eléctrico de las partidas 8535, 8536 y 8544 en Uruguay es Conatel, empresa fundada en 1936 como representante de Siemens para la fabricación de teléfonos. En 1945 comienza a fabricar materiales eléctricos de instalación civil, a la cual se dedicará en exclusiva a partir de 1985. Desde 1990 Siemens mantiene una participación de aproximadamente un 20%. La División Material Eléctricos recibe el reconocimiento de los institutos de calidad industrial UNIT (Uruguay), IRAM (Argentina) y UCIEE (Brasil). Estos institutos certificaron simultáneamente por primera vez en el Mercosur la calidad de los productos Conatel. Se estima que posee un market share de más del 60% del mercado de materiales eléctricos en Uruguay. Igualmente es el mayor exportador de Sudamérica; los productos Conatel llegan a casi todos los países americanos, y este año comenzarán a exportar a Europa, a Italia, gracias a un acuerdo firmado con Siemens Italia para abordar el mercado de interruptores y tomacorrientes. Según cifras oficiales (base de datos Transaction) en el período estudiado exportó material por un valor de 10.350.340 US$ (CIF) sobre un total de 12.086.098.US$, lo que representa el 85,6%. Los principales clientes corporativos de Conatel son Siemens, líder europeo y mundial de electrotecnia y Leviton, líder en materiales eléctricos en Norteamérica.
4.2.- IMPORTACIONES Empezar diciendo que a nivel estadístico se pretende recoger aquellos países con los que Uruguay mantiene un flujo relativamente estable de negocio a nivel temporal. Igualmente, cuando lo que se refleja son empresas se integra en el concepto "otros" al conjunto de empresas que si bien a nivel individual tienen representatividad a nivel global su monto de importaciones es casi residual, o empresas que si bien en un momento dado han hecho una importación importante ha sido eventual. Es decir, tanto a nivel de empresa como de país se pretende reflejar en este estudio un grado de continuidad mercantil con el exterior.
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En términos absolutos se puede concluir que las importaciones de las partidas 8535, 8536 y 8544 durante los cuatros años estudiados disminuyeron un 5,44%, pero en términos relativos hay que destacar que sólo en el año 1999 se produjo una caída de las importaciones de un 14,5% aproximadamente, los demás años se recuperaron poco a poco pero de forma constante. Así tenemos que para el año 1998 se importaron 47.470.170 US$ (CIF); en el 99 las importaciones de material eléctrico cayeron a 40.575.459 US$, en el 2000 sumaron 42.776.694 US$ y en el 2001 ascendieron a 44.889.284 US$. Hay que señalar igualmente que durante el año 1999 se produjo un brusco descenso de las importaciones en todos los rubros de la economía. Analizando el origen de las importaciones tenemos que los principales proveedores de material eléctrico son Francia, Brasil, Argentina, Estados Unidos y España, si bien dependiendo de la partida arancelaria que veamos el peso relativo de cada país varía notablemente. Otros países destacables, aunque ya de lejos respecto a los señalados, son Italia y Alemania (ver cuadro 2, 3 y 4). (Ver anexo nº 4.- Evolución de las importaciones en US$ CIF de Brasil, Argentina, Francia, España y EEUU para las cifras de estos países desglosadas por subpartidas). Así para el año 2001 tenemos que el principal suministrador a Uruguay fue España con un total de 11.513.249 US$ (CIF), lo que representa un 25,6% del total que se sitúa en 44.889.284 US$, en segundo lugar se encuentra Francia con un monto total de 7.485.358 US$, lo que equivale a una cuota de mercado de 16,6%, seguido por Argentina con 7.100.553 US$ (15,8%), y ya un poco más alejados tenemos a Brasil con 4.846.454 US$ (10,7%) y Estados Unidos con 3.883.789 US$ (8,7%). Del conjunto de países catalogados como principales proveedores se importó una cifra global de 34.829.399 US$ lo que representa el 77,5% del total. Relacionando esto con lo dicho en el párrafo anterior sobre la importancia relativa de cada país dependiendo de la partida objeto de estudio tenemos que: si bien España es el principal suministrador de material eléctrico su importancia varía sustancialmente de una partida a otro pues en la partida 8544 ("hilos, cables y demás conductores aislados para electricidad") es el primer suministrador con un 42% de cuota de mercado, mientras que en la partida 8535 ("aparatos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos para una tensión superior a 1.000 voltios) su importancia es casi residual con un sólo 3,7% sobre el total. Si lo que tenemos en cuenta es el período global de estudio y no sólo el último año se puede concluir que el primer puesto sigue correspondiendo a España (con la salvedad señalada) con un monto total de 47.851.850 US$ lo que representa una participación en el mercado de 27,23%; y ya muy igualados tenemos detrás a Argentina con un importe de 26.749.149 US$ (15,2%), Estados Unidos con 23.483.444 US$ (13,3%), Francia con un monto de 20.146.130 (11,4%) y finalmente Brasil con 17.380.016 US$ (9,8%). De acuerdo a las opiniones ofrecidas por los importadores entrevistados, hay que puntualizar respecto a Argentina que existen bastantes reservas sobre las posibilidades de cumplimiento de contratos debido a la inestabilidad que en estos momentos sufren. A continuación incluimos las evoluciones de las importaciones para las partidas arancelarias desglosadas por países.
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Cuadro n º2.- Evolución de las importaciones de la partida arancelaria 8535. "Aparatos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos (por ejemplo: interruptores, conmutadores, cortacircuitos, pararrayos, limitadores de tensión, supresores de sobretensión transitoria, tomas de corriente, cajas de empalme) para una tensión superior a 1.000 voltios". Cifras en US$ CIF
PAÍS Francia Brasil Argentina Italia EEUU Alemania España Suecia India Otros Total
1998 US$ 3.167.246 1.685.191 554.232 668.597 706.465 360.414 167.999 257.023 569.793 8.136.960
1999 US$ 1.322.497 676.493 794.993 115.267 378.016 120.212 363.458 226.657 105.714 31.975 4.135.282
2000 US$ 908.746 603.769 699.599 93.289 401.489 148.392 64.456 139.060 42.851 3.101.651
Fuente: Base de Datos Transaction
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2001 US$ 1.662.415 860.255 866.865 1.423.498 46.957 436.749 179.613 49.174 10.933 5.536.459
TOTAL % PARTC. 7.060.904 33,8% 3.825.708 18,3% 2.915.689 13,9% 2.300.651 11,0% 1.532.927 7,3% 1.065.767 5,1% 775.526 3,7% 532.854 2,5% 244.774 1,2% 655.552 3,1% 20.910.352 100,0%
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Cuadro n º3.- Evolución de las importaciones de la partida arancelaria 8536. "Aparatos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos (por ejemplo: interruptores, conmutadores, cortacircuitos, supresores de sobretensión transitoria, clavijas y tomas de corriente (enchufes), portalámparas, cajas de empalme) para una tensión inferior o igual a 1.000 voltios". Cifras en US$ CIF
PAÍS Argentina EEUU Francia España Brasil Italia Alemania China Japón Taiwan Corea del Sur
1998 US$
1999 US$
2000 US$
1.952.793 2.590.927 2.640.931 2.413.092 1.915.322 1.683.809 1.215.929 710.117 683.003 395.330 362.508
2.450.913 2.235.900 2.450.547 1.984.622 1.376.654 1.222.384 1.044.214 690.730 464.070 467.359 91.048
2.819.407 2.355.040 1.946.006 1.750.010 1.067.104 945.597 1.222.597 644.622 419.039 338.393 94.302 521.772
Canadá Suecia 107.157 511.346 Chile 180.321 163.618 Hong Kong 138.478 97.048 Austria 367.034 Otros 572.298 729.084 Total 17.929.049 15.979.537 Fuente: Base de Datos Transaction
114.505 76.499 722.433 15.037.326
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2001 US$
TOTAL % PARTC. 2.476.183 9.699.296 15,6% 1.647.075 8.828.942 14,2% 1.563.899 8.601.383 13,9% 1.925.734 8.073.458 13,0% 931.032 5.290.112 8,5% 884.842 4.736.632 7,6% 1.239.401 4.722.141 7,6% 817.345 2.862.814 4,6% 307.733 1.873.845 3,0% 359.763 1.560.845 2,5% 117.360 665.218 1,1% 103.814 625.586 1,0% 618.503 1,0% 92.876 551.320 0,9% 65.348 377.373 0,6% 367.034 0,6% 510.333 2.534.148 4,1% 13.042.738 61.988.650 100,0%
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Cuadro n º4.- Evolución de las importaciones de la partida arancelaria 8544. "Hilos, cables (incluidos los coaxiales) y demás conductores aislados para electricidad aunque estén laqueados, anodizados o provistos de piezas de conexión; cables de fibras ópticas construidos por fibras enfundadas individualmente, incluso con conductores eléctricos incorporados o provistos de piezas de conexión". Cifras en US$ CIF
PAÍS España Argentina EEUU Brasil Francia Italia Indonesia Alemania Suecia Corea del Sur
Canadá Bulgaria Colombia China Hong Kong Taiwan Otros Total
1998 US$ 7.838.212 2.929.119 4.682.760 768.511 29.507 1.964.073 939.664 300.562 369.216 86.895 549.026 94.814 178.002 135.476 538.329 21.404.166
1999 US$ 7.276.573 4.409.995 3.841.142 1.406.433 76.853 450.327
2000 US$ 14.480.179 3.037.545 2.407.920 3.034.085 118.439 161.504
325.394 367.874
248.939 115.771
407.551 453.800 124.063 142.936 168.071 108.155 901.473 20.460.640
302.268 149.727 117.240 119.229 344.871 24.637.717
2001 US$ 9.407.902 3.757.505 2.189.753 3.055.167 4.259.044 121.149 1.276.566 93.549 101.487 856.621 176.875 281.869 167.312 81.682 112.693 370.913 26.310.087
TOTAL % PARTC. 39.002.866 42,0% 14.134.164 15,2% 13.121.575 14,1% 8.264.196 8,9% 4.483.843 4,8% 2.697.053 2,9% 2.216.230 2,4% 968.444 1,0% 954.348 1,0% 943.516 1,0% 886.694 1,0% 735.669 0,8% 673.089 0,7% 554.789 0,6% 544.995 0,6% 475.553 0,5% 2.155.586 2,3% 92.812.610 100,0%
Fuente: Base de Datos Transaction En el anexo nº 5.- Evolución de las importaciones de las principales subpartidas arancelarias.
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4.2.1.- LOS IMPORTADORES Según las cifras proporcionadas por la base de datos Transaction (base de datos actualizada en función de cifras oficiales) los principales importadores uruguayos de las partidas estudiadas han sido: ANTEL: Administración Nacional de Telecomunicaciones. BERON SA: empresa dedicada a obras de ingeniería eléctrica e iluminación. Es uno de los principales importadores de las partidas 8535 (263.710 US$ en estos años) y 8536 (5.088.476 US$). BICC-GENERAL CABLE: proveedor principal de la empresa nacional UTE (Usinas y Transmisiones Eléctricas), especializada en la importación de cablería. Representante de la empresa española Bicc-General Cable. CONATEL SA: principal fabricante exportador del país de materiales eléctricos. DREGHAL SA: empresa dedicada fundamentalmente a la venta e instalación de autómatas programables así como de determinados materiales para instalaciones eléctricas de baja tensión (2.536.178 US$). FIERRO VIGNOLI SA (FIVISA): abarca toda la gama de artículos eléctricos de baja, media y alta tensión para todo tipo de instalaciones. Importó en este período un total de 790.300 US$ de las partidas 8535 y 8544. G. M. INSTALACIONES SL: empresa dedicada fundamentalmente a obras de ingeniería y arquitectura; participante habitual de grandes licitaciones importó fundamentalmente artículos de la partida 8535 (321.663 US$ en todo el período de estudio). SELTIR SA: especializada en la importación de material eléctrico para todo tipo de instalaciones en baja tensión (1.168.142 US$). UTE: Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas. Para más información sobre los montos de importación de estas empresas ver anexo nº 3.- Totales de importación.
4.2.2.- IMPORTACIÓN DE MATERIAL ELÉCTRICO ESPAÑOL El material eléctrico para instalaciones domésticas de fabricación española que más se ha vendido en Uruguay en los últimos años ha sido el perteneciente a la partida 8544.4 ("Los demás conductores eléctricos para tensión inferior o igual a 80 v."): así desde el año 1998 se importaron productos de este tipo desde España por valor de 18.821.558 dólares valor CIF frente a unas importaciones por valor de 4.989.146 US$ del conjunto de países más representativos en este mercado (Brasil, Argentina, Francia y Estados
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Unidos). En términos globales, de esta partida se importó mercadería por valor de 27.208.649 US$, por lo que vemos que la proveniente de España representa el 69,17% del total. A esta subpartida le siguen en importancia, siempre dentro de la partida 8544 ("hilos, cables y demás conductores"), donde España tiene una cuota de mercado consolidada, por un lado la 8544.5 ("Los demás conductores eléctricos para tensión superior a 80 v. pero inferior o igual a 1.000 v.") de la cual se importó mercancía de España por un monto de 8.197.872 US$ en el período 98/01 frente a un total de 13.834.562 US$, lo que le proporciona a España el 59,25% del mercado (del grupo de países principales proveedores de Uruguay se importó 3.335.649 US$); y la 8544.60 ("Los demás conductores eléctricos para tensión superior a 1.000 v.") de la cual se importó material español por un monto de 8.996.052 US$ frente a un total de 17.543.392 US$ lo que significa que el producto español está presente en el 51,27% del mercado. Ya con una participación menor cabe destacar la subpartida 8536.20 (" Disyuntores") de la cual se importó desde España 3.644.504 US$ de un total de 12.819.505, lo cual representa para España un 28,5% del mercado. Dentro de la partida 8535 España tiene una relevancia casi insignificante, pues entre los años 98/01 se importó 775.526 US$ de un total de 20.910.352 US$, lo que quiere decir que España posee sólo un 3,7% de la cuota de mercado frente a un 18,2% de Brasil, un 13,9% de Argentina o un 33,7% de Francia. A continuación, en el cuadro nº 5, representamos las importaciones totales de España por subpartidas.
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Cuadro nº 5.- Evolución de las importaciones de España en US$ CIF PARTIDA 1998 1999 8535 167.999 363.458 8535.10 223 17.447 8535.2 8535.30 141.344 130.921 8535.40 13.534 925 8535.90 12.897 214.162 8536 2.413.092 1.984.778 8536.10 146.506 169.596 8536.20 1.063.404 795.738 8536.30 263.300 129.067 8536.4 11.344 162.093 8536.50 362.796 205.808 8536.6 66.451 70.068 8536.90 499.287 452.248 8544 7.838.212 7.276.573 8544.1 8544.20 34.569 61.157 8544.30 8.976 13.566 8544.4 2.426.340 3.032.159 8544.5 2.322.504 1.236.598 8544.60 2.203.849 2.768.240 8544.70 841.972 164.850 10.419.303 9.624.809 TOTALES Fuente: Base de Datos Transaction
2000 64.456 3.152 59.345 1.889 69 1.750.010 15.180 1.056.494 57.039 179.576 77.392 67.912 296.413 14.480.179 10.174 3.629 9.075.279 2.804.389 1.342.787 1.243.917 16.294.645
2001 179.613 25.141 30.267 3.701 120.502 1.925.734 12.349 728.868 2.054 643.741 102.607 66.860 369.252 9.407.902 592.709 6.013 4.287.780 1.834.381 2.681.176 5.840 11.513.249
TOTALES 775.526
8.073.614
39.002.866
Respecto al conocimiento en Uruguay de la oferta española cabe destacar que todos los empresarios entrevistados, y teniendo en cuenta las cifras que arrojan las importaciones, señalaron que la oferta española es ampliamente conocida y valorada, y los importadores creen que la relación calidad/precio es muy aceptable y similar a la de otros países europeos; además señalan que hay un buen servicio y sobre todo cumplimiento de contrato y flexibilidad en las negociaciones. Igualmente señalan que también ha mejorado el diseño de los artículos, al cual se le empieza a valorar como valor añadido. 4.3.- MEDIOS DE PAGO El medio de pago más extendido es la carta de crédito, si bien esta forma de pago es utilizada más en los primeros contactos comerciales. A medida que la relación entre importador y exportador se hace más habitual y se establece una mayor confianza se adoptan otros medios de pago menos costosos financieramente, como por ejemplo la cuenta abierta.
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4.4.- COSTES DE IMPORTACIÓN Supuesto de Importación: Container de 40 pies conteniendo productos por valor FOB España de US$ 50.000. Arancel del 17,5% sobre CIF CONCEPTO Valor CIF
T.G.A.
Costes Diversos Tasa BROU TSA Extraordinario Tarifa A.N.P. Ley de Estiba Tasa Consular Varios. COFIS IVA* Despachante Subtotal TOTAL
DESCRIPCIÓN % VALOR Valor FOB + Seguro + Flete 53.638,90 Valor FOB España (US$) 50.000,00 Flete - Container Grande US$ 3.200 - Chico US$ 1.700 3.200,00 Seguro - 0,75% sobre (FOB+flete) + 10% 438.90 Tasa Global Arancelaria=Recargo de Importación+ 17,5 9.386,80 IMANUDI Recargo de Importación 9,5 5.095,60 IMANUDI - Impuesto Aduanero Único 8 4.291,20 5.883,03 Comisión del Banco de la República 3 1.609,16 50,00 Tasa Servicios Aduaneros (0,2% sobre CIF con tope de US$ 0,2 240,00 50) Impuesto Extraordinario de Aduanas (Valores móviles) 140,00 Tarifa de Admón. Nacional de Puertos 0.25 134,10 Cuota fija del 0.25% sobre CIF 2 1.072,77 Tasa destinada a Rentas Generales del 2% sobre CIF 110,00 Agencia marítima cobra: bajada del container 75,00 Transferencia documentos 150,00 3 2.302,00 Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social Impuesto sobre el Valor Agregado (23% sobre CIF y 28,0 17.647,19 TGA) Comisión de Despachante de Aduanas (2% sobre CIF) 2 1.072,78 Costos de Importación (TGA +Costos Diversos 33.989,80 +Despachante + IVA) 87.628,7
(*) Generalmente el IVA en la importación viene incrementado en un 5% en concepto de adelanto en futuras declaraciones del impuesto.
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4.5.- EXPORTACIONES. Se puede afirmar que las exportaciones uruguayas de material eléctrico son prácticamente residuales, así tenemos un total para este período de 14.654.878 US$ frente a 175.711.612 US$ de importaciones. Por otra parte en el cuadro nº 6 podemos observar la evolución de las exportaciones, así tenemos que de la partida 85.35 se exportó mercancía por un valor mínimo, destacando únicamente la partida 85.36, y de estos la casi totalidad corresponden a exportaciones de la empresa Conatel (10.350.340 US$ FOB). Respecto a los países destino de las exportaciones la mayoría son de la región, destacando así Brasil, Argentina y Méjico. Para un mayor desglose de las exportaciones de Uruguay ver anexo nº 6.- Cifras de exportación de material eléctrico uruguayo. Cuadro nº 6.- Evolución de las exportaciones. Cifras en US$ FOB
Partida 8535 8536 8544 Total
1998
1999
2000
2001
US$-FOB
US$-FOB
US$-FOB
US$-FOB
Total
33.649 2.867.633 1.530.038
701 3.192.428 530.443
1.542 3.150.991 318.070
2.254 2.875.046 152.083
38.146 12.086.098 2.530.634
4.431.320
3.723.572
3.470.603
3.029.383
14.654.878
Fuente: Base de Datos Transaction
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5.- ANÁLISIS DE LA DEMANDA 5.1.- TAMAÑO DEL MERCADO Uruguay, de acuerdo con cifras del INE contabiliza un total de 3.360.868 personas. Además hay que añadir que dicha población se encuentra mayormente en áreas urbanas, principalmente en Montevideo, capital del país, donde habitan 1.344.839 personas, que sumadas a las que habitan en el área metropolitana representan un 57% del total. ¿Qué significa esto?. Significa que la mayor parte de la actividad económica se concentra en la capital. Es de destacar que la práctica totalidad de viviendas del país están hoy día electrificadas, y el consumo de energía eléctrica de los residenciales representa un 42% del total. 5.2.- PRODUCTOS El mercado uruguayo correspondiente a estos productos se puede clasificar en dos segmentos; por un lado está el pequeño consumidor que va a comprar el material al punto de venta minorista y se fija en el precio principalmente, y por otro lado están los grandes consumidores en los cuales prima más la calidad que el precio. Si bien hay que destacar que desde el comienzo de la crisis ambos sectores se rigen más por criterios de precios que de calidad. El pequeño vendedor es un factor importante a la hora de concienciar y aconsejar al comprador en materia de calidad/precio de un artículo por la importancia a nivel de seguridad que tienen estos materiales. Respecto al conocimiento en Uruguay de la oferta española cabe destacar que es conocida y valorada, y los importadores creen que la relación calidad/precio es muy aceptable y similar a la de otros países europeos; además señalan que hay un buen servicio y sobre todo cumplimiento de contrato y flexibilidad en las negociaciones. Igualmente señalan que también ha mejorado el diseño de los artículos, al cual se le empieza a considerar como valor añadido. 5.3.- SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN El sector de la construcción es uno de los principales demandantes de material eléctrico. Este sector viene representando cerca del 5% del PIB uruguayo en los últimos años. Este sector fue el de mayor caída durante el año 2001, un 11,7%, resultado de una fuerte disminución tanto de la inversión pública como de la privada, tras tres años continuos de recesión económica.
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La construcción sufrirá también en 2002 las consecuencias de las medidas de reducción del gasto público tomadas a principios de año y de parte del sector privado tampoco se prevén cambios respecto al año anterior. El sector está compuesto por empresas de tamaño muy reducido. Las más grandes facturan en torno a los US$ 40 millones y están a menudo vinculadas a empresas extranjeras. La obtención de un contrato de importancia o la participación en un consorcio para realizar obra civil de desarrollo de infraestructura puede suponer para cualquier empresa un ascenso importante en el ranking del sector. En todo caso, la participación de grandes constructoras regionales o internacionales es normalmente necesaria para acometer los principales proyectos del país (carreteras, puentes, gaseoductos, grandes edificaciones de uso público o privado, etc…). En el siguiente cuadro podemos comprobar cómo la construcción ha disminuido notablemente en los últimos años. Cuadro nº 7.- Permisos de Construcción del Departamento de Montevideo (En m2) Año M2 concedidos 1998 422.630 1999 348.378 2000 200.390 2001 138.197 Fuente: Instituto Nacional de Estadística (INE)
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6.- FACTORES DE COMERCIALIZACIÓN 6.1.- CANALES DE DISTRIBUCIÓN El número relativamente reducido de población determina que en el mercado operen un número limitado de grandes importadores, que en muchos casos actúan al mismo tiempo como distribuidores a través de pequeñas tiendas de material eléctrico y ferreterías y como minoristas a través de sus propios puntos de venta al público. Por otra parte están los importadores que trabajan exclusivamente con grandes instaladores y a través de licitaciones para los grandes consumidores (UTE, ANTEL, Intendencias, Gobierno…). 6.2.- FERIAS Al igual que ocurre con otras muchas actividades en Uruguay el tamaño del mercado condiciona que la actividad ferial no sea de relevancia. En el sector del material eléctrico no tiene lugar ningún tipo de feria de carácter sectorial en forma periódica. La actividad ferial más importante que se realiza en Uruguay es la llamada Feria Rural del Prado. Se trata de una feria de carácter agroindustrial y comercial que se celebra anualmente, durante el mes de septiembre normalmente. Constituye una buena promoción de todo tipo de productos porque la afluencia de público es masiva. Numerosos países, entre los que se cuenta: Italia, Francia, Estados Unidos, Japón, Gran Bretaña, Alemania, etc., presentan pabellones en los que participan empresas del exterior directamente o a través de sus representantes locales. En particular, España posee un pabellón propio que administra la Cámara Oficial Española de Comercio, Industria y Navegación de Montevideo (ver epígrafe 8.5 Datos de Interés - Direcciones de utilidad). Por otra parte, desde 1994 existe un nuevo recinto ferial: LATU, en el que se realizan salones de carácter sectorial (ver epígrafe 8.5 Datos de Interés .- Direcciones de utilidad), y si bien no hay ninguno que tenga como temática el material eléctrico si cabría destacar la Feria de la Construcción ("Constructa") promovida por la Asociación de Promotores Privados de la Construcción, y a la cual asisten expositores de todos los ítems relacionados con la construcción y afines, lo cual incluye el material eléctrico de carácter doméstico. Este año se realizó en el mes de mayo 10/05 al 13/05), y tiene un carácter bienal. El recinto ferial del LATU brinda la posibilidad de realizar exposiciones con productos de última tecnología que pueden introducirse al país y al recinto en carácter de "tránsito", sin pago de ningún tipo de recargo. Respecto a las ferias que conocen y frecuentan los importadores del país es ampliamente conocida y valorada la feria española Matelec, si bien algunos no han ido nunca por problemas de coste y agenda; a las que sí asisten la mayoría son a las que se
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celebran en el Mercosur, principalmente en Buenos Aires (Argentina) y San Pablo (Brasil).
6.3.- TRANSPORTE El sistema de transporte en Uruguay cuenta con infraestructuras existentes e importantes inversiones para continuar mejorándolas que lo habilitan para atender la demanda de transporte de los países del Mercosur entre éstos y con el exterior, de hecho por su ubicación geográfica Uruguay es un enlace permanente de comunicaciones terrestres y marítimas entre los países del Mercosur, especialmente Argentina y Brasil, situación que responde a su inserción estratégica entre las áreas más ricas y desarrolladas de sus países vecinos. Transporte por vía marítima y fluvial. La principal terminal marítima es la situada en Montevideo, la cual recibe líneas navieras de todo el mundo y concentra el comercio de exportación, importación o tránsito. Es la primera y única terminal de la costa atlántica de Sudamérica que opera bajo un régimen de puerto libre. A lo largo del río Uruguay se sitúan otros puertos, como por ejemplo Nueva Palmira, Fray Bentos, Colonia…todos ellos gestionados por la Administración Nacional de Puertos (ANP). La práctica totalidad del material eléctrico que entra en el país lo hace vía marítima, excepto lo que viene de Argentina que lo hace por carretera y si proviene del norte de Brasil muchas veces también viene por barco. Por vía aérea vienen pedidos puntuales que por su carácter de urgente o delicadeza exigen el uso de este medio. Transporte por carretera. Uruguay, con una longitud de 11.300 km. trazados conforma una red de carreteras cuyos radios parten, en su gran mayoría, de la capital. El transporte internacional de carga se efectúa sin restricciones a través de diversos pasos de frontera entre Uruguay, Argentina, Brasil, Chile y Paraguay. Con Argentina existen tres puentes sobre el río Uruguay en las ciudades de Salto, Paysandú y Fray Bentos, mientras que con Brasil las carreteras se unen en las ciudades de Artigas, Rivera, río Branco y Chuy. Las distancias desde Montevideo a las principales ciudades de la región son, en km.: A Buenos Aires: 640 (se reducirán a 250 con el puente Colonia-Buenos Aires). A San Pablo: 1.970 km. A Río de Janeiro: 2.400 km. A Santiago de Chile: 1.900 km.
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Transporte por ferrocarril. La extensión de su red ferroviaria alcanza los 3.002 km. y se utiliza fundamentalmente para el transporte de carga. El sistema es operado por la Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE), una empresa estatal autónoma que está abierta a la participación de operadores privados. La tarifa del transporte ferroviario es competitiva respecto del camión en los segmentos de demanda masiva atendida por el ferrocarril. Transporte por vía aérea. Las principales instalaciones aeroportuarias están en las zonas de mayor concentración de población e infraestructuras turísticas: Montevideo y Punta del Este. El aeropuerto internacional de Carrasco está ubicado a 18 km. del centro de Montevideo y es la principal terminal aérea del país. La cobertura intercontinental en él se realiza a través de 10 aerolíneas que cumplen servicios regulares de pasajeros y carga aérea de forma diaria. Las comunicaciones por vía aérea pueden considerarse buenas con Argentina, Brasil, Paraguay y Santiago de Chile principalmente; con otros países de la región pasa a ser deficiente, con frecuencias irregulares y caras. Con España Iberia opera a través de Buenos Aires, pudiendo conectar durante todo el día con Montevideo; la compañía uruguaya PLUNA, asociada con Varig desde 1996, tiene frecuencias casi diarias con Madrid a través de Brasil y llega también a Argentina, Brasil, Paraguay, Chile y EEUU. 6.4.- PRECIOS Los márgenes de beneficios que se manejan en el sector oscilan entre en 30% y un 50%, si bien ahora mismo debido a la crisis estos márgenes se han reducido considerablemente, por lo que ahora depende mucho del producto del que se trate y de la competencia.
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7.- ACCESO AL MERCADO. 7.1.- RÉGIMEN DE COMERCIO En Uruguay rige una política general de libertad de importaciones, con las excepciones del petróleo y ciertos combustibles, cuya compra está monopolizada por el ente estatal Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP). El sector automotriz dispone de un régimen especial que, entre otras cosas, prohibe la importación de vehículos usados. La política en materia de importaciones se caracteriza por la no discriminación y ausencia de restricciones cuantitativas. No se aplican cuotas ni restricciones no arancelarias, con la excepción de los mecanismos de protección a la producción nacional frente a prácticas de comercio consideradas desleales. Así mismo, existe total libertad cambiaria y los importadores pueden adquirir libremente en plaza las divisas que necesiten: existe una política de libre movimiento de divisas. Uruguay no acepta el mecanismo del "Cuaderno ATA" para importar muestras que salen del país después de un breve período de exhibición sin experimentar transformación alguna; no obstante, las aduanas son razonablemente flexibles si se les informa con anticipación de la utilización que se hará en Uruguay de esos productos y se depositan ciertas garantías. En Uruguay no existen licencias de importación. En 1998 se implantó un Documento Unico Aduanero (DUA); las operaciones de introducción de mercancías en el país se gestionan mediante ese único documento de despacho, que debe ser presentado ante la Dirección Nacional de Aduanas. En dicho documento se incluye la liquidación de todos los tributos que componen la Tasa Global Arancelaria, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y todo tributo recaudado con motivo de la importación, de manera que todos ellos son abonados conjuntamente en un solo acto. Los organismos encargados de la normalización y certificación de productos en Uruguay son el Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU) y el Instituto Uruguayo de Normas Técnicas (UNIT). 7.2.- ESTRUCTURA ARANCELARIA. Desde 1991 Uruguay forma parte junto con Argentina, Brasil y Paraguay del Mercosur. Este acuerdo que inicialmente se produjo para el establecimiento de un Mercado Común en la región, funciona actualmente como una unión aduanera imperfecta para los países miembros. Por este motivo, la estructura arancelaria de Uruguay es la contemplada en el Mercosur, que incluye un régimen para terceros países y otro para los países miembros. En este sentido, el 1/1/1995 se eliminaron con carácter general los aranceles aplicables en el comercio entre los países miembros. Sin embargo, los cuatro países acordaron que la circulación entre países del Mercosur de determinados productos estuviese sujeta a aranceles -régimen de adecuación-, y que tales aranceles se irían reduciendo progresivamente. 30
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Se puede, entonces, distinguir tres tipos de gravámenes, siendo el país de origen de la mercancía el criterio de elección: así tenemos una Tasa Global Arancelaria (TGA) para importaciones procedentes de países no signatarios del Mercosur, entre los que se encuentra España; una Tasa Global Arancelaria para importaciones de países signatarios del Mercosur y un Arancel Externo Común (AEC) aplicable a los productos originarios de terceros países una vez finalice el proceso de adecuación interna que se está llevando a cabo. Por otra parte hay que señalar que Uruguay tiene firmados acuerdos con Chile y México al amparo de los cuales se practican preferencias porcentuales. Concretamente con Chile se firmó el Acuerdo de Complementación Económica nº 35 y con México el Acuerdo de Complementación Económica nº 5. La importación de la mayor parte del material eléctrico está gravada con un 17,5% para países terceros, un 0% para países del Mercosur; una preferencia porcentual para Chile del 85% y para México del 100%. Para mayor detalle de los aranceles aplicables a las partidas 8535, 8536 y 8544 ver anexo nº 1.- Descripción de las partidas arancelarias y gravámenes aplicables. Respecto a la inexistencia de gravamen para mercancias intramercosur hay que señalar que si bien esto en principio supone un factor determinante a favor de dichos productos casi todos los importadores señalan que es más ventajoso traer los materiales eléctricos del exterior, aún pagando los aranceles y demás gravámenes; y esto es así tanto por cuestiones de calidad como de cumplimiento de contratos y de precios. 7.3.- REGULACIONES TÉCNICAS Las regulaciones técnicas que afectan a estos productos vienen definidas por Unit (Instituto Uruguayo de Normas Técnicas). Estas normas están basadas principalmente en normas internacionales IEC. Las normas que actualmente están en vigor en Uruguay sobre material eléctrico son las siguientes: Normas Unit 119: 1957.- Determinación de la conductividad de conductores eléctricos. 763: 1987.- Ensayos de cables eléctricos sometidos al fuego. Ensayo sobre cables agrupados en haces. 821: 1990.- Fichas y tomacorrientes para usos domésticos y análogos. Formatos normalizados. 852: 1993.- Cajas de material aislante para montaje empotrado para instalaciones eléctricas. 24: 1948.- Señalamiento de instalaciones eléctricas en planos. 146: 1963.- Caños de acero y sus accesorios para instalaciones eléctricas. 955: 1994.- Tubos de policloruro de vinilo para construcción de canalizaciones telefónicas. 965: 1998.- Identificación de conductores mediante colores o números.
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Unit - IEC 227-1: 1996.- Cables para aislación de PVC para tensión nominal hasta 450/750. V Parte 1: Requisitos generales. 227-3: 1996.- Cables con aislación de PVC para tensión nominal hasta 450/750. V. Parte 3: Cables sin cubierta para instalaciones fijas. 227-4: 1999.- Cables con aislación de PVC para tensión nominal hasta 450/750. V. parte 4: Cables con cubierta para instalaciones fijas. 227-5: 1996.- Cables con aislación de PVC para tensión nominal hasta 450/750. V. parte 5: Cables flexibles (cordones). 228:1996.- Conductores para cables eléctricos aislados. 238: 1992.- Portalámparas con rosca edison. 269-1: 1993.- Fusibles para baja tensión. Parte 1: Requisitos generales. 269-2: 1993.- Fusibles para baja tensión. Requisitos suplementarios para fusibles destinados a ser utilizados por personas autorizadas. 269-2-1: 1994.- Fusibles para baja tensión. Parte 2: Requisitos suplementarios para fusibles destinados a ser utilizados por personas autorizadas (fusibles para uso esencialmente industrial). Secciones I a III. 269-3: 1993.- Fusibles para baja tensión. Parte 3: Requisitos suplementarios para fusibles destinados a ser utilizados por personas no cualificadas (fusibles para utilizar principalmente en instalaciones domésticas y análogas). 269-3 A: 1994.- Fusibles para baja tensión. Parte 3: Requisitos suplementarios para fusibles destinados a instalaciones domésticas y análogas. Anexo A. Ejemplos de fusibles normalizados destinados a instalaciones domésticas y análogas. 423: 1991.- Conductos para instalaciones eléctricas. Diámetros exteriores de conductos. Roscas para conductos y accesorios. 614-1: 1992.- Conductos para instalaciones eléctricas. Parte 1: Requisitos generales. 614-2-1: 1992.- Conductos para instalaciones eléctricas. Parte 2. Requisitos particulares para conductos. Sección 1. Conductos metálicos. 614-2-2: 1992.- Conductos para instalaciones eléctricas. Parte 2. Requisitos particulares para conductos. Sección 2. Conductos aislantes, rígidos y lisos. 614-2-3: 1992.- Conductos para instalaciones eléctricas. Parte 2. Requisitos particulares para conductos. Sección 3. Conductos aislantes plegables. 614-2-4: 1992.- Conductos para instalaciones eléctricas. Parte 2. Requisitos particulares para conductos. Sección 4. Conductos aislantes, transversalmente elásticos. 669-1: 1998.- Interruptores para instalaciones eléctricas fijas, domesticas y análogas. Parte 1. Prescripciones generales. 670: 1992.- Requisitos generales para las envolventes de dispositivos para instalaciones eléctricas fijas, domésticas y análogas. 884-1: 1991.- Fichas y tomacorrientes para usos domésticos y análogos. Requisitos generales. 898: 1992.- Interruptores automáticos para instalaciones domésticas y análogas para la protección contra sobrecorrientes. 920: 1996.- Balastros para lámparas tubulares fluorescentes. Requisitos generales y de seguridad. 60400: 1999.- Portalámparas para lámparas fluorescentes tubulares y portacebadores. 335-1: 1992.- Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Requisitos generales.
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335-2-21: 1993.- Seguridad en aparatos electrodomésticos y similares. Parte 2: Requisitos particulares para calentadores de agua de acumulación. 695-2-1: 1992.- Ensayo relativo a los riesgos de incendio parte 2: Método de ensayo, sección 1: Ensayo por hilo incandescente. 695-2-2: 1992.- Ensayos relativos a los riesgos de incendio. Parte 2: Métodos de ensayo. Sección 2: Ensayo de la llama de aguja. Por otra parte la Unidad Reguladora de la Energía Eléctrica (UREE) está elaborando un reglamento que establecerá las normas a cumplir por los materiales eléctricos que se importen, y que se corresponden con las internacionales que tienen vigencia en los países desarrollados. Entre otros aparatos que regulará el Reglamento de Seguridad de los Equipamientos Eléctricos de Baja Tensión cabe hablar de cables, fichas, tomacorrientes, interruptores, fusibles, portalámparas o calentadores de aguas instantáneos.
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8.- DATOS DE INTERÉS 8.1.- ZONAS FRANCAS La promoción y el desarrollo de Zonas Francas han sido declarados de interés nacional, con el fin de impulsar la inversión, las exportaciones, el empleo y la integración económica internacional. Las Zonas Francas pueden ser públicas o privadas, siendo en ambos casos autorizadas y controladas por la Dirección General de Comercio, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda. Las principales Zonas Francas en funcionamiento se encuentran en las ciudades de Colonia, Nueva Palmira, Montevideo, Florida, Rivera, Río Negro y Nueva Helvecia. Las Zonas Francas están concebidas básicamente para que en ellas se desarrollen las siguientes actividades: • Instalación y funcionamiento de establecimientos fabriles. • Servicios profesionales, financieros, de informática y de reparaciones y mantenimiento. • Servicios logísticos, de almacenamiento y distribución. Las sociedades anónimas que operan como usuarias de las Zonas Francas gozan de los siguientes beneficios: • Exoneración de todo impuesto nacional, incluido el impuesto de sociedades. La exoneración no alcanza a las contribuciones de seguridad social, salvo para el personal extranjero que puede optar por no aportar. • Exención de todo tributo a la entrada y salida de bienes. • No aplicación de los monopolios de servicios del dominio industrial y comercial del Estado (telefonía fija, seguros de trabajo, combustibles, etc) El 75% del personal debe ser de nacionalidad uruguaya. Los bienes que se introducen a las Zonas Francas desde el territorio nacional no franco se consideran exportaciones. Por su parte, los bienes introducidos al territorio nacional no franco se consideran importaciones y deben, por tanto, pagar los aranceles correspondientes, incluso en el caso de que se incorpore valor añadido regional en la proporción suficiente para adquirir origen Mercosur (Decisión 8/94 del Consejo del Mercado Común). De la misma forma, las mercancías procedentes de las Zonas Francas que ingresan a terceros países tributarán los aranceles correspondientes. En el caso particular del Mercosur están sujetas al arancel externo común que rige para las mercancías que ingresan desde fuera del área del Mercosur. Este tratamiento arancelario ha reducido las ventajas de los productos industrializados en las Zonas Francas en comparación con los productos industrializados en el territorio nacional no franco a efectos de su introducción a los países del Mercosur. 34
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No obstante la amplia exoneración de que gozan las compañías que operan en las Zonas Francas continúa representando una ventaja significativa para el inversor que deberá evaluar en cada caso. 8.2.- SISTEMA BANCARIO Y CONTROL DE CAMBIOS 8.2.1.- SISTEMA BANCARIO El sistema bancario uruguayo está compuesto por la Banca propiamente dicha, pública y privada, las Casas Financieras, las Cooperativas de Intermediación Financiera y las Instituciones Financieras Externas (IFEs). Las principales entidades en el año 2001 han sido el Comercial y el BankBoston; de la banca española están presentes el Santander y el BBVA que, en su conjunto ocuparían el cuarto puesto del ranking. El Banco Central del Uruguay, establecido en 1967, realiza las funciones típicas de este tipo de instituciones, incluidas la regulación, control y supervisión del sistema bancario. La banca privada está integrada por 21 bancos, de los cuales 19 son sucursales de bancos extranjeros o nacionales cuyos principales accionistas son bancos del exterior, y por dos bancos que son propiedad estatal. Las señas se adjuntan en el epígrafe 8.5 Datos de Interés - Direcciones de utilidad. 8.2.2.- CONTROL DE CAMBIOS El Banco Central del Uruguay es la Institución encargada de regular la variación del tipo de cambio, el cumplimiento de las normas y disposiciones vigentes en materia cambiaria y de comercio exterior. En el Uruguay funciona un mercado único de cambios donde operan bancos, casas de cambio y casas cambiarias, con cotizaciones que surgen del libre juego de la oferta y la demanda. Las transacciones no tienen restricciones por monto ni destino, ni requerimientos de identificación del comprador o vendedor. Existe total libertad cambiaria y los importadores pueden adquirir libremente en plaza las divisas que necesiten. 8.3.- INFORMACIÓN PRÁCTICA 8.3.1.- FORMALIDADES DE ENTRADA Y SALIDA Para ingresar a Uruguay se requiere según el país de procedencia, documento de identidad, pasaporte válido con o sin visa y tarjeta de embarque/desembarque (vía aérea). La visa se exige sólo para los viajeros procedentes de zona este de Europa, 35
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África y Asia, con excepción de Japón, Hungría, Islandia, Israel y Polonia. Los españoles precisan pasaporte en vigor sin visa.
8.3.2.- CLIMATOLOGÍA El clima puede considerarse moderado (templado y húmedo), con estaciones relativamente bien diferenciadas, pudiendo las temperaturas extremas alcanzar en el verano los 40ºC y en invierno hasta 2 y 3ºC por debajo de cero. Durante todo el año se cuenta con días soleados, pese a que en un mismo día pueden producirse bruscos cambios en el estado del tiempo.
8.3.3.- MONEDA La unidad monetaria es el Peso Uruguayo ($ ó U$), dividido en billetes de 5, 10, 20, 50, 100, 200, 500 y 1000 pesos, y en monedas de 1 y 2 pesos y de 50 centésimos. Existen numerosas casas de cambio repartidas por la ciudad y a diferencia de otros países sudamericanos la cotización es similar entre ellas por lo que no es necesario ni recomendable cambiar dinero en la calle. 8.3.4.- HORARIO LOCAL Y DÍAS FESTIVOS A excepción de los servicios esenciales, tanto públicos como privados, los horarios habituales de actividad comercial son de 9 a 19 horas y de 8.30 a 12.30 horas los sábados. Oficinas Públicas: Bancos Oficiales: Bancos Privados: Industria, Oficinas:
12.30 a 19.00 hs. (invierno). 7.00 a 14.30 hs. (verano). 12.00 a 17.00 hs. 13.00 a 17.00 hs. 9.00 a 17.00 hs.
Se destaca que aún la mayoría de los bancos abren solamente por la tarde. Las oficinas públicas, bancos e industria no trabajan los sábados ni domingos. El retraso horario de Uruguay con respecto a España es de 4 horas en otoño - invierno y de 5 horas en primavera - verano españoles. Período anual de vacaciones: La ley establece unas vacaciones pagadas de entre veinte y treinta días al año, según antigüedad y el convenio laboral que corresponda. Por lo general suele disfrutarse en los meses de enero y febrero (verano austral). Días festivos:
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Los días festivos fijos son el 1 de enero (Año Nuevo), 6 de enero (Reyes Magos), 1 de mayo (Fiesta del Trabajo), 18 de mayo (Fiesta Patria), 19 de junio (Fiesta Patria), 18 de julio (Jura de la Constitución), 25 de agosto (Día de la Independencia), 12 de octubre (Día de la Raza o de las Américas), 2 de noviembre (Día de Difuntos) y 25 de diciembre (Navidad). Los días festivos variables son dos en Carnaval (febrero o marzo) y cinco en Semana Santa (Semana de Turismo). 8.3.5.- PRINCIPALES HOTELES El nivel general de los hoteles es de tres y cuatro estrellas. Los dos primeros hoteles cinco estrellas en Montevideo son el Radisson Victoria Plaza y el Sheraton, y otros dos, también de cinco estrellas, en Punta del Este, uno de los cuales pertenece a la cadena Hilton. Los precios oscilan entre setenta y ciento ochenta dólares. A continuación se detallan los hoteles en Montevideo, que a nuestro criterio son recomendables debido a su ubicación y categoría: NOMBRE BALMORAL PLAZA BELMONT HOUSE BEST WESTERN PALLADIUM COLUMBIA NH
DIRECCION Pza. de Cagancha, 1126 Av. Gral. Rivera, 6512 Tomás de Tezanos 1146
[email protected] Reconquista 470
[email protected] EMBAJADOR San José, 1212 HOLIDAY INN Montevideo Colonia, 823
[email protected] MELIA CONFORT Héctor Miranda 2361 PLAZA FUERTE HOTEL Bartolomé Mitre 1361
[email protected] RADISSON VICTORIA Pza. Independencia, 759 PLAZA
[email protected] ***** SHERATON Víctor Soliño 349 MONTEVIDEO http://www.sheraton.com *****
TEL. 29022386 26000430 26288484
FAX 29022288 26008609 26288485
29160001
29160192
29020193 29020001
29020009 29021242
27103800 29159563
27101571 29159569
29020111
29021628
27102121
27121262
8.3.6.- TAXIS Y OTROS MEDIOS DE TRANSPORTE INTERIOR. En general las distancias dentro de la ciudad son cortas, y se recomienda para viajar dentro de la misma utilizar los servicios de taxi o, si se realizan muchos trayectos en el día, contratar un remise.
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El servicio de taxis en Montevideo y el interior es regulado por los gobiernos departamentales. Los taxis, remises y alquiler de autos sin chofer son abundantes, con unidades modernas y con niveles de precios razonables. El costo de un taxi desde el aeropuerto al centro de la ciudad (17 km. aproximadamente) oscila en los US$ 35, aunque debe considerarse que se trata de una tarifa especial. Empresas de Taxis (Montevideo). Taxi Radio Celeritas - Tel.1919 Radio Taxi Patronal - Tel. 141. Teletaxi - Tel. 4812525 Radio Taxi Carrasco - Tel. 6000416 Radio Taxi La Española - Tel. 4099744 Alquiler de coches (Montevideo). Avis - Tel. 1700. Budget . Tel. 2343. Hertz - Tel. 9039338. Multicar - Tel. 9022555 Las tarifas para el alquiler pueden situarse en un valor promedio de 40 dólares diarios, todo incluido. 8.4.- RECOMENDACIONES ÚTILES La principal atracción turística del Uruguay es la extensa franja costera de 670 km. de playas arenosas, donde se sitúan numerosas zonas turísticas entre las que destaca Punta del Este (130 km. de la capital), considerada una de las principales de América del Sur, con playas excelentes y moderan urbanización. La ciudad de Colonia, muy próxima a Buenos Aires, cuenta con edificaciones muy bien conservadas del período colonial. Aparte de los señalado anteriormente, Uruguay no tiene lugares históricos o atractivos paisajísticos significativos debido a su escaso relieve. Puntos de interés turístico en Montevideo ¾ Cabildo de Montevideo. Dirección: Juan C. Gómez 1362. ¾ Museo del Gaucho y de la Moneda. Dirección: Av. 18 de Julio 998. ¾ Intendencia Municipal de Montevideo. Dirección: Av. 18 de Julio 1360. ¾ Palacio Legislativo. ¾ Parque Batlle y Ordóñez (Estadio Centenario, Monumento a la Carreta). Compras Existen cuatro importantes centros comerciales (shoppings) en Montevideo: 1. Portones Shopping Av. Italia 5775 - 11500 Montevideo - Tel: (5982)6017733 - Fax: (5982)6017735
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2. Punta Carretas Shopping Center Ellauri 350 - 11300 Montevideo - Tel: (5982)7110668 3. Montevideo Shopping Center Av. Luis A. de Herrera 1290 - 11300 Montevideo - Tel: (5982)6221005 - Fax: (5982)6221418 4. Shopping Tres Cruces Bvar. Gral. Artigas 1825 - 11800 Montevideo - Tel: (5982)4018998 Como compras típicas se destacan: los artículos de cuero y piedras (ágatas, amatistas) que se pueden adquirir en comercios de la calle San José (centro) o calle Sarandí (peatonal, en Ciudad Vieja). Los domingos por la mañana tiene lugar un mercado al aire libre en torno a la calle Tristán Narvaja. Distracciones y excursiones En general las ciudades uruguayas tienen una vida nocturna limitada. Hay una amplia oferta de cines comerciales y culturales así como buenos espectáculos teatrales que están en consonancia con la rica tradición que tiene el país en este aspecto. El fútbol es el deporte nacional por excelencia, formando parte de la vida del uruguayo sin distinciones. Existen numerosos clubs diseminados por la ciudad y con buenas instalaciones para la práctica de los más diversos deportes (tenis, golf, vela, equitación, …). La comunidad española es muy numerosa por lo que existen clubes regionales con instalaciones y actividades sociales regulares. En Montevideo hay tres casinos, uno en el Parque Hotel, otro en el Hotel Carrasco y otro en el Hotel Radisson Victoria Plaza. El vestido y el calzado son los habituales en España. La oferta de fabricación local no es variada en cuanto a diseño y calidad, pero existe una completa oferta de vestimenta importada. La etiqueta oficial exige traje oscuro. Restaurantes. Existe un buen número de restaurantes que sirven buena comida, pero son pocos los que además se destacan por su buena presentación. Entre los recomendables pueden citarse en Montevideo: Restaurante Mesón del Club Español Doña Flor Restaurante Viejo Pentella
Dirección Av. 18 de Julio 1332 Bvar. Artigas 1034 (Pta. Carretas) Santa Fé 1090 (Centro)
LA SPAGHETTERIA 23 Panini's Hacienda Las Palomas Bungalow Suizo El Palenque (Mercado del Puerto)
Scosería, 2584 (Pocitos) Bacacay 1339 (Ciudad Vieja) Murillo 6566 (Carrasco) Calle Sol 150 (Paso Carrasco) Pérez Castellano 1594 (Ciudad Vieja) 39
Teléfono Tipo de Cocina 9015145 Cocina Española 7085751 Cocina Francesa 2009929 Cocina Internacional 7114986 Cocina Italiana 9168760 Cocina Italiana 6001979 Cocina Mexicana 6011073 Cocina Suiza 9170190 Parrilla
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EL VIEJO SANCHO La Casa Violeta
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San José, 1229 (Centro) Rbla. Armenia 3667 (Buceo)
8.5.- DIRECCIONES DE UTILIDAD ¾ Embajada de España. Av. Brasil 2770 - 11300 Montevideo (Pocitos). Telf.: 5982 7086010 - Fax: 5982 7083291 ¾ Consulado General de España. Libertad 2750 - 11300 Montevideo (Pocitos). Telf.: 5982 7086763 - Fax: 5982 7086960. ¾ Oficina Comercial de la Embajada de España. Pza. Cagancha 1335 Of. 1001 - 11100 Montevideo (Centro). Telf.: 5982 9000337 - Fax: 5982 9021600. www.mcx.es/montevideo ¾ Cámara Oficial Española de Comercio, Industria y Navegación. Treinta y Tres, 1317 - 11000 Montevideo. Telf.: 5982 9154404 - Fax: 5982 9161314 www.camacoes.org.uy ¾ Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI). Tomás Giribaldi 2290 - 11300 Montevideo. Telf.: 5982 7116174 - Fax: 5982 7116171. www.aeci.es ¾ Delegación de la Unión Europea. Bvar. Artigas 1257 - 11300 Montevideo. Telf.: 5982 4007580 - Fax: 5982 4012008. www.europa.eu.int ¾ BBVA. 25 de mayo 401 - 11000 Montevideo Telf.: 5982 9161444 - Fax: 5982 9161675. ¾ Banco de Santander. Cerrito 449 - 11000 Montevideo. Telf.: 5982 9153031 - Fax: 5982 9163685. www.santander.com.uy ¾ Iberia. Colonia 975 - 11100 Montevideo Telf.: 5982 9081032 - Fax: 5982 9023284 www.iberia.es
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9004063 Parrilla 6287626 Parrilla
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¾ Aerolíneas Argentinas. Convención 1343 Piso 4º. Telf.: 5982 9023691 - Fax: 5982 9020291. www.aerolineas.com.ar ¾ Pluna/Varig. Puntas de Santiago 1604. Telf.: 5982 6042244 - Fax: 5982 6042247. www.pluna.com.uy ¾ Banco Central del Uruguay. Florida esq. Paysandú - 11000 Montevideo Telf.: 5982 9021782- Fax: 5982 9021206. www.bcu.gub.uy ¾ Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU). Cerrito 351 - 11000 Montevideo. Telf.: 5982 9150157 - Fax: 5982 9162064. ¾ Instituto de Promoción de la Inversión y Exportaciones "Uruguay XXI". Pza. Independencia 831 - 11000 Montevideo Telf.: 5982 9002912 - Fax: 5982 9008298 www.uruguayxxi.gub.uy ¾ Dirección de la Propiedad Industrial. Rincón 719 - 11000 Montevideo Telf.: 5982 9000658 - Fax: 5982 9002972. ¾ Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General de Comercio Exterior. Cuareim 1384 - 11100 Montevideo Telf.: 5982 9020319 - Fax: 5982 9021726 ¾ Dirección Nacional de Aduanas. Rbla. 25 de Agosto s/n - 11000 Montevideo. Telf.: 5982 9160500 - Fax: 5982 9164691 www.aduanas.gub.uy ¾ Dirección Nacional de Zonas Francas. Pza. Independencia 836 Piso 6º - 11100 Montevideo. Telf.: 5982 9022074 - Fax: 5982 9022073. ¾ Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU). Av Italia 6201 - 11500 Montevideo Telf.: 5982 6013730 - Fax: 5982 6004753. www.latu.org.uy ¾ Intendencia Municipal de Montevideo (Ayuntamiento). Av. 18 de Julio 1374 Palacio Municipal. Telf.: 5982 1950 - Fax: 5982 9020201. www.montevideo.gub.uy
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¾ Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). Cebollatí 1461 - Montevideo Telf.: 5982 4001121 - Fax: 5982 4090649. www.aladi.org.uy ¾ Centro de Navegación Transatlántica. Circunvalación Durango 1445 - 11000 Montevideo. Telf.: 5982 9162619 - Fax: 5982 9161286. ¾ Liga de Defensa Comercial. J. Herrera y Obes 1413 - 11100 Montevideo. Telf.: 5982 9022874 - Fax: 5982 9022857. www.lideco.com ¾ Cámara de Industrias del Uruguay. Av. Rondeau 1665 - 11200 Montevideo. Telf.: 5982 9023405 - Fax: 5982 9020995 www.ciu.com.uy ¾ Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay. Misiones 1400 - 11000 Montevideo Telf.: 5982 9161277 - Fax: 5982 9170721 www.davanet.com.uy/canadeco ¾ Consorcio de Representantes de Firmas Extranjeras. José Enrique Rodó 2323 - 102 - 11200 Montevideo Telefax: 5982 4032915. ¾ Instituto Uruguayo de Normas Técnicas (UNIT). Pza. Independencia 812 - 11100 Montevideo. Telf.: 5982 9021680 - Fax: 5982 9021681. www.unit.com.uy
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9.- ENTREVISTAS EMPRESA: SELTIR SA NOMBRE: Sr. Carlos Von Metzen CARGO: Director Ejecutivo ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾
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Año de constitución de la empresa:1986 Nº de empleados: 17 Actividad principal: Importación y en menor medida fabricación. Principales productos que importa: Productos de baja tensión (interruptores, cajas…) Principales usuarios de estos productos: Principalmente minoristas y en menor medida grandes consumidores (UTE, Antel, Intendencias…) Principales marcas que importa o comercializa: De España Hager, Famatel, Polylux. Frecuencia de las importaciones y número de contenedores importados: Desde que empezó la crisis se reduce a un contenedor cada dos meses. Principal medio de transporte utilizado: Barco Países principales de procedencia de las importaciones: Francia y España, y algo de Brasil. ¿Hay algún factor predominante que determine la elección de los países proveedores?: Aparte de la calidad, el precio y el cumplimiento de contrato la flexibilidad y facilidades que concedan (por esto último se descarta a Italia como proveedor). Formas de pago más usadas: Después de los primeros contactos (carta de crédito) se pasa a la cuenta abierta o al giro bancario. Canales de distribución utilizados en el mercado local: Minoristas con puntos de venta. ¿Cuáles son los factores que más influyen en la decisión de compra del consumidor?: Principalmente el pequeño usuario se guía por la calidad y el diseño, en el cual España ha mejorado notablemente. Conocimiento de la oferta exportable española: imagen del producto, relación calidad precio, principales obstáculos si los hay para la comercialización en el mercado interno, productos o marcas más interesantes…: La relación calidad/precio es muy ventajosa con respecto a otros países, de hecho compensa más traer la mercancía de Europa que comprarla a países del Mercosur en los cuales el arancel es 0% por cuestiones de calidad, seriedad de las empresas, seguridad en el abastecimiento, flexibilidad, etc. En los últimos años ha mejorado mucho también la estética de sus productos. Márgenes habituales que se manejan en el mercado: Entre el 30% y el 50%. ¿Cómo ha afectado, si lo hizo, la contracción del sector de la construcción a las ventas del material eléctrico de uso doméstico?: Esta empresa se dedica básicamente al material eléctrico de uso doméstico por lo que la crisis en el sector de la construcción ha determinado que sus ventas se reduzcan considerablemente. Comentarios generales sobre las perspectivas del sector a corto y medio plazo tomando como referencia la situación socioeconómica del país?: Las perspectivas no son nada positivas, y todavía se empeorará un poco más, ante esta
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situación la población no opta por construir viviendas nuevas y se reducen principalmente a reformar las actuales. Asociaciones y Cámaras de las que es miembro: Pertenece a la Cámara de Industrias Uruguaya (CIU), UNIT, Cámara de Pando… Fuentes utilizadas fundamentalmente para conseguir información sobre la oferta de material eléctrico en el exterior: Oficinas Comerciales, ferias e internet. Ferias a las que acude y qué destacaría de cada una: Hannover, Milán, Brasil y España. Considera que la de Hannover es la mejor si bien la española Matelec ha mejorado sustancialmente. Ferias españolas que conoce especializadas en el sector: Matelec. Revistas especializadas que recibe: Ninguna pero a través de Internet se mantiene al día.
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EMPRESA: G. M. INSTALACIONES SL NOMBRE: Ing. Abraham Milstein CARGO: Director ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾
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Año de constitución de la empresa: 1978 Nº de empleados: Depende de la obra en curso. Actividad principal: Obras de ingeniería a través de licitaciones. Principales productos que importa: Transformadores, equipos eléctricos de media y baja tensión fundamentalmente. Principales usuarios de estos productos: Grandes consumidores como UTE, Antel, Intendencias, etc. Principales marcas que importa o comercializa: Bacolsa, Hadasa, KLK (estas tres son españolas), Trastor Suiza),… Frecuencia de las importaciones y número de contenedores importados: Depende de la obra en curso pero habitualmente se realizan tres o cuatro importaciones por mes. Principal medio de transporte utilizado: Barco. Países principales de procedencia de las importaciones: España, Francia, Suiza, Brasil y Argentina. ¿Hay algún factor predominante que determine la elección de los países proveedores?: Fundamentalmente se estudia la relación calidad/precio y también el servicio a tiempo. Formas de pago más usadas: Carta de crédito siempre debido a que no se trabaja con un proveedor habitual. Canales de distribución utilizados en el mercado local: Licitaciones. Conocimiento de la oferta exportable española: imagen del producto, relación calidad precio, principales obstáculos si los hay para la comercialización en el mercado interno, productos o marcas más interesantes…: Considera que hay una buena relación calidad/precio, aparte de un buen cumplimiento de contrato y servicio. ¿Cómo ha afectado, si lo hizo, la contracción del sector de la construcción a las ventas del material eléctrico de uso doméstico?: Ha afectado en gran medida ya que todos los grandes proyectos de concesiones se han estancado. Comentarios generales sobre las perspectivas del sector a corto y medio plazo tomando como referencia la situación socioeconómica del país?: Las perspectivas no son nada buenas pues los problemas de Argentina continuarán y Uruguay se ve afectado por ello, si bien en Brasil se ponen algunas esperanzas. Asociaciones y Cámaras de las que es miembro: Ninguna, pues no considera que le reporte beneficios. Ferias a las que acude y qué destacaría de cada una: Fiee (Brasil), Biel (Argentina), Penwell (USA) e Intel (Milán). La de Milán es importante pero está mal organizada. Ferias españolas que conoce especializadas en el sector: Matelec, la cual le parece una feria importante, accesible y bien organizada.
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EMPRESA: SUDEL / MONTELUX NOMBRE: Carlos Anastasiadis Puig CARGO:Director ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾
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Año de constitución de la empresa: Sudel en 1959 y Montelux en 1991. Nº de empleados: Aproximadamente 70. Actividad principal: Sudel es distribuidora y Montelux importadora. Principales productos que importa: Iluminación, termomagnéticos, ductos, cajas de registro y productos de baja tensión en general. Principales usuarios de estos productos: Principalmente minoristas aunque también se trabaja con mayoristas, industrias y licitadores. Principales marcas que importa o comercializa: Conatel, Phillips, Unex (España), IEP (España), Simón (España), Uniblock (España), Silma (España), Cemar (Brasil), Calop (Brasil), Sica (Argentina),… Frecuencia de las importaciones y número de contenedores importados: Desde el comienzo de la crisis se redujeron a importaciones puntuales para cubrir stocks o pedidos grandes. Principal medio de transporte utilizado: Los pedidos de Europa se traen por barco, los de Brasil por carretera y si son urgentes o delicados por avión. Países principales de procedencia de las importaciones: España, Brasil y Argentina, si bien hoy en día Argentina como proveedor tiene un alto grado de incertidumbre por la situación que vive el país y que genera retrasos, falta de material, etc. ¿Hay algún factor predominante que determine la elección de los países proveedores?: Aparte del precio y la calidad se prima las facilidades en las relaciones comerciales, en las cuales España tiene ventajas sobre otros países de Europa por sus afinidades culturales e idiomáticas. Formas de pago más usadas: En un primer momento carta de crédito y después cuenta abierta. Canales de distribución utilizados en el mercado local: Puntos de venta propios y representantes por todo el país para vender a puntos minoristas. ¿Cuáles son los factores que más influyen en la decisión de compra del consumidor?: Debido a la crisis el pequeño consumidor se fija principalmente en el precio, mientras que los grandes consumidores siguen buscando la calidad; también se le da importancia al diseño. Conocimiento de la oferta exportable española: imagen del producto, relación calidad precio, principales obstáculos si los hay para la comercialización en el mercado interno, productos o marcas más interesantes…: Si bien la calidad/precio era antes mejor en España con respecto a otros países, ahora se ha vuelto pareja. No se encuentra ninguna traba tanto administrativa como técnica para introducir los productos españoles en el país, los cuales tienen una buena aceptación. Márgenes habituales que se manejan en el mercado: Se han reducido mucho debido a la crisis y la competencia, y ahora depende mucho del producto, no pudiéndose hablar de un margen en general. ¿Cómo ha afectado, si lo hizo, la contracción del sector de la construcción a las ventas del material eléctrico de uso doméstico?: Teniendo en cuenta que gran
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parte del material de la empresa es de productos de electricidad doméstica ha afectado mucho. Comentarios generales sobre las perspectivas del sector a corto y medio plazo tomando como referencia la situación socioeconómica del país?: Hoy en día no se puede hacer ningún proyecto de futuro, ni siquiera se puede planificar el mes pues la incertidumbre es enorme, si bien se habla de proyectos del Banco Hipotecario para la construcción de viviendas que reactivaría un poco el sector. Asociaciones y Cámaras de las que es miembro: Liga de Defensa Comercial y Cámara de Comercio. Fuentes utilizadas fundamentalmente para conseguir información sobre la oferta de material eléctrico en el exterior: Internet, catálogos, visitas de proveedores, ferias,… Ferias a las que acude y qué destacaría de cada una: San Pablo y Buenos Aires. Al principio no estaban demasiado desarrolladas pero han ido creciendo y ahora tienen un nivel similar al de Matelec en España. Ferias españolas que conoce especializadas en el sector: Matelec. Revistas especializadas que recibe: Recibe revistas de Argentina y de las ferias.
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EMPRESA: BICC - GENERAL CABLE SA NOMBRE: Sra. Mª del Carmen Gueçaimburú CARGO: Directora ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾
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Año de constitución de la empresa: 1994 Nº de empleados: 2 Actividad principal: Importadora. Principales productos que importa: Cablería. Principales usuarios de estos productos: Licitaciones para UTE principalmente. Principales marcas que importa o comercializa: Es representante de la empresa de cables española General Cable, y trabaja también las marcas Mecelek (Francia), MTI (Italia), Emico (Argentina),… Frecuencia de las importaciones y número de contenedores importados: Hasta 2001 era un flujo constante pero ahora se han espaciado. Principal medio de transporte utilizado: La mercancía de Europa se trae en barco, la de Brasil como viene del norte también se trae vía marítima, y la de Argentina se trae por carretera. Países principales de procedencia de las importaciones: España, Brasil y Argentina principalmente. Otros países como Inglaterra o Italia siempre que han presentado ofertas a las licitaciones lo hicieron con precios sumamente elevados. ¿Hay algún factor predominante que determine la elección de los países proveedores?: Su cliente principal UTE se guía casi exclusivamente por el precio de la oferta, siempre y cuando cumpla sus normas técnicas. Formas de pago más usadas: Carta de crédito. Canales de distribución utilizados en el mercado local: Licitación. Conocimiento de la oferta exportable española: imagen del producto, relación calidad precio, principales obstáculos si los hay para la comercialización en el mercado interno, productos o marcas más interesantes…: La oferta española es una oferta de gran calidad, si bien la mercancía puesta a precios CIF no puede competir en precios con la de plaza o Mercosur, si bien a precio FOB todavía compensa. Comentarios generales sobre las perspectivas del sector a corto y medio plazo tomando como referencia la situación socioeconómica del país?: No son muy buenas sobre todo porque las grandes obras están estancadas, si bien el cable es una materia prima indispensable e insustituible para los trabajos que está llevando a cabo UTE, que al ser una empresa estatal se guía más por criterios de beneficio social que por criterios de coste-beneficio. Asociaciones y Cámaras de las que es miembro: Ninguna. Fuentes utilizadas fundamentalmente para conseguir información sobre la oferta de material eléctrico en el exterior: Principalmente ferias. Ferias a las que acude y qué destacaría de cada una: San Pablo y Buenos Aires. Hoy en día todas tienen prácticamente las mismas características. Ferias españolas que conoce especializadas en el sector: Matelec.
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EMPRESA: CONATEL SA NOMBRE: Sr. Adrián Meneses CARGO: Responsable de Marketing ¾ Nº de empleados: 320 ¾ Actividad principal: Fabricación y exportación. ¾ Principales productos que fabrica: Líneas de embutir, material eléctrico en general y de instalaciones. ¾ Principales usuarios de estos productos: Grandes distribuidores. ¾ Principales marcas que comercializa: La propia Conatel, Siemens y la iluminaria Osram. ¾ Principales productos que importa: Importa casi exclusivamente módulos AB de Italia y sensores de Argentina. ¾ Países principales de procedencia de las importaciones: Italia. ¾ Formas de pago más usadas en las importaciones: Carta de crédito. ¾ Canales de distribución utilizados en el mercado local: Grandes distribuidores: Fivisa, Sudel,…y en casos muy excepcionales minoristas. ¾ ¿Cuáles son los factores que más influyen en la decisión de compra del consumidor?: El precio y la calidad, la cual es uno de los principales valores que se le intenta dar al producto. Respecto al precio se mantienen algunas líneas de productos dirigidas a consumidores de mayor poder adquisitivo. ¾ Principales países a los que exporta: Está presente en todo Latino América, como marca propia o como Siemens; ahora se empieza a exportar también a Italia y puntualmente a Pakistán. ¾ Forma de cobro principal utilizado por la empresa: Contado, 8 días, 30 y 60, si bien lo normal es a 30 días. ¾ Conocimiento de la oferta exportable española: imagen del producto, relación calidad precio, principales obstáculos si los hay para la comercialización en el mercado interno, productos o marcas más interesantes…: La conocen si bien no se han planteado cambiar los proveedores italianos por españoles, por sus estrechas relaciones con Siemens. ¾ ¿Cómo ha afectado, si lo hizo, la contracción del sector de la construcción a las ventas del material eléctrico de uso doméstico?: Ha afectado en gran medida pues el material comercializado por la empresa es principalmente de uso doméstico y ahora mismo la práctica totalidad del sector construcción está paralizado. ¾ Cuota de mercado estimada: Se estima que el mercado está copado en un 55% por la producción Conatel. Igualmente un 55% de la producción se dedica a exportación. ¾ Asociaciones y Cámaras de las que es miembro: Cámara de Industria de Uruguay (CIU), Cámara de Comercio, Cámara de Software,… ¾ Fuentes utilizadas fundamentalmente para conseguir información sobre la oferta de material eléctrico en el exterior: Ferias, revistas,… ¾ Ferias a las que acude y qué destacaría de cada una: Paraguay, Méjico y una vez la de Hannover.
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EMPRESA: DREGHAL SA NOMBRE: Sr. Rodrigo Acosta y Lara CARGO: Director ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾ ¾
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Año de constitución de la empresa: 1950. Nº de empleados: 40. Actividad principal: Importación distribución. Principales productos que importa: Artículos eléctricos de baja tensión, principalmente de la partida arancelaria 8536.20 (disyuntores). Principales usuarios de estos productos: Principalmente industria y construcción. Tiene punto de venta propio. Principales marcas que importa o comercializa: La principal marca que importa, que representa casi el 80%, el Scheneider. Frecuencia de las importaciones y número de contenedores importados: Normalmente son mensuales. Principal medio de transporte utilizado: Barco. Países principales de procedencia de las importaciones: Francia. ¿Hay algún factor predominante que determine la elección de los países proveedores?: La relación precio/calidad, si bien no se han planteado buscar nuevos proveedores. Formas de pago más usadas: Al principio carta de crédito, y luego que se establece una relación de confianza se pasa a la cuenta abierta. Canales de distribución utilizados en el mercado local: Prácticamente se distribuye todo a través de los puntos de venta propios. ¿Cuáles son los factores que más influyen en la decisión de compra del consumidor?: El precio. Conocimiento de la oferta exportable española: imagen del producto, relación calidad precio, principales obstáculos si los hay para la comercialización en el mercado interno, productos o marcas más interesantes…: Creen que es buena calidad y mantiene una buena relación con el precio. Comentarios generales sobre las perspectivas del sector a corto y medio plazo tomando como referencia la situación socioeconómica del país?: De momento no ven buenas perspectivas para el sector, y se espera que empeoren un poco más. Asociaciones y Cámaras de las que es miembro: Liga de Defensa Comercial y Cámara de Comercio Francesa. Fuentes utilizadas fundamentalmente para conseguir información sobre la oferta de material eléctrico en el exterior: Ferias y revistas. Ferias a las que acude y qué destacaría de cada una: San Pablo y Buenos Aires. Ferias españolas que conoce especializadas en el sector: Matelec, pero no asiste a ella ni a ninguna otra europea.
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EMPRESA: ANTEL (Administración Nacional de Telefonía) NOMBRE: Sra. Uranga CARGO: Gerente de Recursos y Materiales Lo más destacable de la entrevista con la contadora Uranga fue confirmar que debido a la crisis que se vive en el país las macroobras están ralentizadas, por lo que Antel no tiene previsto licitar nuevas obras, se limitará a mantener los contratos vigentes. La tecnología y materiales que usa Antel ya casi no los fabrica ninguna empresas, y casi ningún país las usa ya por lo que los proveedores son pocos, fundamentalmente Pirelli de Italia y Alcatel y General Cable de España, siendo este último el proveedor fundamental a través de su representante en el país. Según la entrevistada el motivo de que Uruguay siga usando este tipo de cablería (cable multipar de cuadrete) es que los técnicos insisten en que es mejor que otro tipo de cables. Requisito imprescindible para que la oferta a licitación sea aceptada es que cumpla los requisitos normativos a nivel Iso, y también que su proceso de fabricación esté certificado. Una vez que las obras se adjudican normalmente se convierte en un mercado cautivo por cuatro o cinco años. Respecto a la producción en plaza o en países Mercosur resaltó que normalmente las ofertas de Argentina y Brasil (que son ofertas de multinacionales a través de sus fábricas en esos países) no califican por especificaciones económicas, aparte de que a nivel de cumplimiento de contrato son más informales que empresas europeas.
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EMPRESA: UNIT (Instituto Uruguayo de Normas Técnicas). NOMBRE: Ing. Fernando Gómez CARGO: Jefe de Normalización Las funciones más destacadas del Instituto son: ♦ Elaboración, emisión, difusión y mantenimiento del registro de las normas técnicas del sistema. ♦ Celebración de acuerdos con entidades de normalización internacionales y regionales;y ♦ Representación del país en los organismos de normalización internacionales y regionales. En el apartado de normalización se trata de integrar los procesos de normalización de otros países reconociéndolos para que se puedan aplicar en Uruguay. Las normas generalmente se basan en normas internacionales, IEC sobre todo. Respecto a la certificación se hace un seguimiento del proceso. Normalmente los artículos europeos ya están certificados por alguna entidad nacional cuando entran aquí (Aenor, IMQ,…), entonces el proceso que se sigue es solicitar los informes a esta entidad y completarlo con las especificaciones propias de UNIT. Hasta el momento los casos de rechazo por parte de UNIT que se han producido han afectado a productos de la región, pero nunca se ha dado ningún caso de rechazo de productos europeos. A nivel Mercosur se está implementando una norma de certificación obligatoria que armonice los sistemas de ahora hay en cada país miembro. Está en proyecto ya avanzado y se espera que para el 2003 entre en vigor. Estas normas estarán basadas en las internacionales y UNIT, por lo que no representarán en principio ninguna traba adicional, sólo se trata de armonizar las existentes a nivel de grupo. Adicionalmente en Uruguay las exigencias de certificación las establece UTE (Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas) como empresa instaladora, si bien no tiene potestad para establecer normas propias interviniendo en la comercialización. Las normas se extractan de las internacionales haciendo más hincapié en unas o en otras dependiendo del caso concreto. Para dar un marco legislativo se creó la UREE (Unidad Reguladora de la Energía Eléctrica), la cual sí tiene competencia para emitir reglamentos de seguridad del tipo Mercosur en el comercio de los productos, y que actualmente está a punto de publicar una de sus primeras normativas en la cual establecerá las normas a cumplir por los materiales eléctricos que se importen, y que se corresponden con las internacionales que tienen vigencia en los países desarrollados. Entre otros aparatos que regulará el Reglamento de Seguridad de los Equipamientos Eléctricos de Baja Tensión cabe hablar de cables, fichas, tomacorrientes, interruptores, fusibles, portalámparas o calentadores de aguas instantáneos. La UREE lo que intenta básicamente es establecer normas de juego común ante la posibilidad de liberalizar el mercado energético.
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Por otra parte hay que recalcar que el hecho de que un producto tenga certificación Aenor no implica automáticamente la concesión de certificación UNIT, si no que como ya se señaló el proceso es solicitar los informes de esta entidad y complementarlo con normas propias. Los únicos productos que a priori no se pueden importar son aquellos que exclusivamente tienen marca CE, pues esto sólo garantiza una declaración del fabricante de unos requisitos mínimos pero no se circunscribe a un marco técnico.
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EMPRESA: UTE (Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas). NOMBRE: Susana Ramos y Ernesto Arias CARGO: Gerente y Subgerente de Licitaciones. Al igual que había señalado la Sra. Uranga (Gerente de Recursos y Materiales de Antel) los proyectos ahora mismo se encuentras estancados, debido al período de crisis que se atraviesa y sumado a un proceso de reorganización interno que se vive en los organismos autónomos del estado. Los únicos trabajos que se mantienen son las licitaciones ya adjudicadas o las que están por adjudicarse. Respecto a las empresas participantes de las licitaciones hay que destacar que las de la región son poco competitivas frente a empresas francesas, españolas e incluso de Europa Oriental, las cuales últimamente han ganado bastantes licitaciones debido a que entraron con ofertas de precios muy bajos, lo que provocó que las demás licitantes tuvieran que adaptar sus precios. La resolución de la licitación se basa exclusivamente en el factor económico, siempre y cuando cumpla las especificaciones técnicas establecidas en las bases. En el anexo nº 9.- Normativa de Licitaciones Públicas se incluye la normativa a seguir en las licitaciones de los organismos estatales.
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10.- ANEXOS
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ANEXO Nº 1.Descripción de las partidas arancelarias y gravámenes aplicables.
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ANEXO Nº 2.Señas de los principales importadores de material eléctrico en Uruguay.
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ANEXO Nº 3.Totales de importación de las partidas arancelarias estudiadas. Cifras en US$ CIF P.A. 85.35.- Aparatos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos (por ejemplo: interruptores, conmutadores, cortacircuitos, pararrayos, limitadores de tensión, supresores de sobretensión transitoria, tomas de corriente, cajas de empalme), para una tensión superio a 1.000 voltios.
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P.A. 85.36.- Aparatos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos (por ejemplo: interruptores, conmutadores, cortocircuitos, supresores de sobretensión transitoria, clavijas y tomas de corriente (enchufes) portalámparas, cajas de empalme), para una tensión inferior o igual a 1.000 voltios.
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P.A. 85.44.- Hilos, cables (incluidos los coaxiales) y demás conductores aislados para electricidad aunque estén laqueados, anodizados o provistos de piezas de conexión; cables de fibras ópticas construidos por fibras enfundadas individualmente, incluso con conductores eléctricos incorporados o provistos de piezas de conexión.
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ANEXO Nº 4.Evolución de las importaciones en US$ CIF de Brasil, Argentina, Francia España y EEUU.
BRASIL.PARTIDA
1998
1999
2000
2001
TOTALES
8535
1.685.191 145.817 1.011.765 335.802 67.125 124.682
676.493 48.156 361.112 92.068 128.243 46.912
603.769 200.623 21.122 186.079 132.338 63.605
860.255 81.257 71.811 438.582 101.878 166.725
3.825.708
8536
1.915.322 27.010 45.204 3.512 463.045 739.941 155.146 481.461
1.376.737 61.969 18.351 1.727 327.373 542.670 167.543 257.019
1.067.104 22.003 3.124 4.283 224.718 493.746 73.664 245.563
931.032 5.552 37.684 541 214.336 430.923 51.096 190.897
5.290.195
8544
768.511 231.237 37.130 87.034 47.581 109.178 256.348 -
1.406.433 140.749 162.478 93.809 120.861 102.965 492.333 293.234
3.034.085 32.444 578.799 92.650 315.596 274.992 308.310 1.431.292
3.055.167 76.169 157.554 69.810 86.808 273.702 3.696 2.387.425
8.264.196
4.369.024
3.459.663
4.704.958
4.846.454
8535.10 8535.20 8535.30 8535.40 8535.90 8536.10 8536.20 8536.30 8536.40 8536.50 8536.60 8536.90 8544.10 8544.20 8544.30 8544.40 8544.50 8544.60 8544.70 TOTALES
Fuente: Base de Datos Transaction
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ARGENTINA.PARTIDA
1998
1999
2000
2001
TOTALES
8535
554.232 67.140 212.515 608 273.968
794.993 265.145 312.568 264 217.015
699.599 8.343 455.706 5.155 230.394
866.865 66 343.909 207.219 4.452 311.216
2.915.689
8536
1.952.793 5.661 300.510 125.305 228.913 324.337 227.069 740.996
2.450.913 1.086 340.251 35.196 303.603 686.194 215.369 869.212
2.819.407 2.228 421.554 47.197 232.565 1.005.318 174.492 936.050
2.476.183 6.623 600.646 14.805 187.817 331.034 157.563 1.177.692
9.699.296
8544
2.929.119 369.374 251.852 1.220.357 513.629 429.218 143.927 759
4.409.995 141.479 305.536 2.395.784 629.337 507.098 427.851 2.907
3.037.545 162.858 427.119 1.919.675 248.755 186.853 48.326 43.957
3.757.505 155.187 305.438 2.023.840 225.047 406.666 425.904 215.420
14.134.164
5.436.144
7.655.901
6.556.551
7.100.553
8535.10 8535.20 8535.30 8535.40 8535.90 8536.10 8536.20 8536.30 8536.40 8536.50 8536.60 8536.90 8544.10 8544.20 8544.30 8544.40 8544.50 8544.60 8544.70 TOTALES
Fuente: Base de Datos Transaction
70
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
FRANCIA.PARTIDA
1998
1999
2000
2001
TOTALES
8535
3.167.246 29.828 1.221.569 1.147.988 403.937 363.922
1.322.497 110.105 717.060 22.247 155.408 317.674
908.746 35.546 319.326 69.878 49.511 434.483
1.662.415 18.538 340.869 961.359 68.127 273.519
7.060.904
8536
2.640.931 10.859 1.620.978 156.606 320.534 227.719 33.491 270.742
2.450.547 17.129 1.582.087 25.688 279.236 197.593 34.024 314.788
1.946.006 13.422 1.088.492 54.515 263.753 176.461 21.203 328.157
1.563.899 6.681 664.127 35.401 269.593 161.495 28.576 398.023
8.601.383
8544
29.507 1.884 11.583 8.921 5.856 1.261 -
76.853 658 9.238 13.726 52.972 258 -
118.439 40 10.318 13.069 8.948 85.723 253 50
4.259.044 2.164 12.867 12.055 8.845 15.587 4.207.523 -
4.483.843
5.837.684
3.849.897
2.973.191
7.485.358
8535.10 8535.20 8535.30 8535.40 8535.90 8536.10 8536.20 8536.30 8536.40 8536.50 8536.60 8536.90 8544.10 8544.20 8544.30 8544.40 8544.50 8544.60 8544.70 TOTALES
Fuente: Base de Datos Transaction
71
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
ESPAÑA.PARTIDA
1998
1999
2000
2001
TOTALES
8535
167.999 223 141.344 13.534 12.897
363.458 17.447 130.921 925 214.162
64.456 3.152 59.345 1.889 69
179.613 25.141 30.267 3.701 120.502
775.526
8536
2.413.092 146.506 1.063.404 263.300 11.344 362.796 66.451 499.287
1.984.778 169.596 795.738 129.067 162.093 205.808 70.068 452.248
1.750.010 15.180 1.056.494 57.039 179.576 77.392 67.912 296.413
1.925.734 12.349 728.868 2.054 643.741 102.607 66.860 369.252
8.073.614
8544
7.838.212 34.569 8.976 2.426.340 2.322.504 2.203.849 841.972
7.276.573 61.157 13.566 3.032.159 1.236.598 2.768.240 164.850
14.480.179 10.174 3.629 9.075.279 2.804.389 1.342.787 1.243.917
9.407.902 592.709 6.013 4.287.780 1.834.381 2.681.176 5.840
39.002.866
10.419.303
9.624.809
16.294.645
11.513.249
8535.10 8535.20 8535.30 8535.40 8535.90 8536.10 8536.20 8536.30 8536.40 8536.50 8536.60 8536.90 8544.10 8544.20 8544.30 8544.40 8544.50 8544.60 8544.70 TOTALES
Fuente: Base de Datos Transaction
72
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
E.E.U.U..PARTIDA
1998
1999
2000
2001
TOTALES
8535
706.465 299.274 17 48.688 341.603 16.880
378.016 46.991 12.544 304.722 13.758
401.489 281 8.305 376.587 16.314
46.957 2.198 2.337 38.775 3.645
1.532.927
8536
2.590.927 99.380 13.544 52.926 220.024 551.282 93.019 1.560.749
2.235.938 24.927 1.562 36.286 158.883 611.769 114.029 1.288.441
2.355.040 26.569 415 45.405 326.961 465.316 291.919 1.198.452
1.647.075 34.844 479 21.513 142.690 435.069 122.713 889.765
8.828.980
8544
4.682.760 28 3.551.972 14.591 673.623 200.864 90.304 151.374
3.841.142 14.440 2.700.081 10.934 696.010 296.812 133 122.729
2.407.920 1.420.799 7.665 750.731 201.160 6.682 20.881
2.189.753 955 1.288.080 14.981 640.728 186.003 839 58.165
13.121.575
7.980.152
6.455.096
5.164.449
3.883.785
8535.10 8535.20 8535.30 8535.40 8535.90 8536.10 8536.20 8536.30 8536.40 8536.50 8536.60 8536.90 8544.10 8544.20 8544.30 8544.40 8544.50 8544.60 8544.70 TOTALES
Fuente: Base de Datos Transaction
73
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
ANEXO Nº 5.Evolución de las importaciones de las principales subpartidas arancelarias. Cifras en US$ CIF.
Seccionadores e Interruptores (P.A. 8535.30)
PAÍS
1998
1999
2000
2001
US$
US$
US$
US$
TOTAL
% PARTC.
Francia Argentina Brasil España Otros
1.147.988 212.515 335.802 141.344 128.039
22.247 312.568 92.068 130.921 36.819
69.878 455.706 186.079 59.345 21.388
961.359 207.219 438.582 30.267 15.520
2.201.472 1.188.008 1.052.531 361.877 201.766
44,0% 23,7% 21,0% 7,2% 4,0%
Total
1.965.688
594.623
792.396
1.652.947
5.005.654
100,0%
Fuente: Base de Datos Transaction
Los Demás (P.A. 8535.90)
PAÍS
1998
1999
2000
2001
US$
US$
US$
US$
TOTAL
28.406
273.519 311.216 427.232 460.068 166.725 120.502 48.918 6.711
1.389.598 1.032.593 643.672 515.453 401.924 347.630 297.084 104.527
29,4% 21,8% 13,6% 10,9% 8,5% 7,3% 6,3% 2,2%
908.822
1.814.891
4.732.481
100,0%
Francia Argentina Alemania Italia Brasil España Suecia Otros
363.922 273.968 21.032
317.674 217.015 98.928
124.682 12.897 97.984 37.263
46.912 214.162 150.182 32.147
Total
931.748
1.077.020
434.483 230.394 96.480 55.385 63.605 69
Fuente: Base de Datos Transaction
74
% PARTC.
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
Disyuntores (P.A. 8536.20)
PAÍS
1998
1999
2000
2001
US$
US$
US$
US$
TOTAL
38,7% 28,4% 13,0% 6,5% 3,8% 2,8% 2,0% 4,9% 100,0%
Francia España Argentina Japón Italia China Corea del Sur Otros
1.620.978 1.063.404 300.510 397.141 100.751 50.470 258.410 169.220
1.582.087 795.738 340.251 114.907 143.523 114.989
1.088.492 1.056.494 421.554 220.999 132.828 81.392
664.127 728.868 600.646 102.241 108.054 108.343
216.201
80.745
156.142
4.955.684 3.644.504 1.662.961 835.288 485.156 355.194 258.410 622.308
Total
3.960.884
3.307.696
3.082.504
2.468.421
12.819.505
% PARTC.
Fuente: Base de Datos Transaction
Los demás interruptores, seccionadores y conmutadores (P.A. 8536.50)
PAÍS Argentina Brasil EEUU China Italia Francia España Alemania Taiwan Japón Reino Unido Otros Total
1998
1999
2000
2001
US$
US$
US$
US$
TOTAL
331.034 430.923 435.069 405.395 251.010 161.495 102.607 146.400 93.430 40.940 26.696 189.443
2.346.883 2.207.280 2.063.436 1.494.251 1.041.469 763.268 748.603 647.023 528.142 270.199 68.136 1.240.066
17,5% 16,4% 15,4% 11,1% 7,8% 5,7% 5,6% 4,8% 3,9% 2,0% 0,5% 9,2%
2.614.442
13.418.756
100,0%
324.337 739.941 551.282 426.868 356.830 227.719 362.796 186.123 168.005 57.796
686.194 542.670 611.769 345.536 208.762 197.593 205.808 137.736 160.287 131.301
466.455
372.945
1.005.318 493.746 465.316 316.452 224.867 176.461 77.392 176.764 106.420 40.162 41.440 211.223
3.868.152
3.600.601
3.335.561
Fuente: Base de Datos Transaction
75
% PARTC.
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
Los demás aparatos (P.A. 8536.90)
PAÍS
1998
1999
2000
2001
US$
US$
US$
US$
EEUU Argentina Alemania España Francia Brasil Italia Taiwan Canadá China Suecia Bélgica Otros
1.560.749 740.996 499.862 499.287 270.742 481.461 307.839 152.513
289.880
Total
4.964.075
90.157 70.589
1.288.441 869.212 459.840 452.248 314.788 257.019 195.679 212.433 88.082 111.763 96.676
1.198.452 936.050 580.614 296.413 328.157 245.563 142.057 157.122 513.750 95.200
889.765 1.177.692 570.670 369.252 398.023 190.897 142.347 193.505 86.883 165.792
201.465
48.847 239.539
4.547.646
4.781.764
TOTAL
% PARTC.
65.205 187.870
4.937.407 3.723.950 2.110.986 1.617.200 1.311.710 1.174.940 787.922 715.573 688.715 462.912 167.265 114.052 918.754
26,4% 19,9% 11,3% 8,6% 7,0% 6,3% 4,2% 3,8% 3,7% 2,5% 0,9% 0,6% 4,9%
4.437.901
18.731.386
100,0%
Fuente: Base de Datos Transaction
Los demás conductores eléctricos para tensión inferior o igual a 80 v. (P.A. 8544.4)
PAÍS
1998
1999
2000
2001
US$
US$
US$
US$
España EEUU Argentina Canadá Alemania Brasil Suecia Italia Taiwan China Hong Kong Corea del Sur Otros
2.426.340 673.623 513.629 44.857 37.818 47.581 101.310 335.546 39.633
3.032.159 696.010 629.337 337.831 280.686 120.861 131.584
9.075.279 750.731 248.755 258.924 215.958 315.596 55.771
70.637 68.102
61.433
52.550 81.138 151.658
244.410
199.289
Total
4.505.683
5.611.617
11.257.504
4.287.780 640.728 225.047 140.058 63.310 86.808 62.125
258.772
69,2% 10,1% 5,9% 2,9% 2,2% 2,1% 1,3% 1,2% 0,6% 0,5% 0,5% 0,3% 3,1%
5.833.845
27.208.649
100,0%
75.768
76
% PARTC.
18.821.558 2.761.092 1.616.768 781.670 597.772 570.846 350.790 335.546 171.703 137.319 128.318 81.138 854.129
69.217
Fuente: Base de Datos Transaction
TOTAL
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
Los demás conductores eléctricos para tensión superior a 80 v. pero inferior o igual a 1.000 v (P.A. 8544.5)
PAÍS
1998
1999
2000
2001
US$
US$
US$
US$
España Argentina EEUU Brasil Colombia Suiza Hong Kong Francia Suecia China Italia Otros
2.322.504 429.218 200.864 109.178 549.026
1.236.598 507.098 296.812 102.965 86.397 433.147 139.454 52.972
2.804.389 186.853 201.160 274.992
42.560 162.908
279.759
125.898
Total
3.994.664
3.135.202
3.775.809
93.042 5.856 79.508
85.723 30.219 66.575
1.834.381 406.666 186.003 273.702
TOTAL
% PARTC.
178.993
8.197.872 1.529.835 884.839 760.837 635.423 433.147 266.051 160.138 109.727 66.575 42.560 747.558
59,3% 11,1% 6,4% 5,5% 4,6% 3,1% 1,9% 1,2% 0,8% 0,5% 0,3% 5,4%
2.928.887
13.834.562
100,0%
33.555 15.587
Fuente: Base de Datos Transaction
Los demás conductores eléctricos para tensión superior a 1.000 v. (P.A. 8544.60)
PAÍS
1998
1999
2000
2001
US$
US$
US$
US$
España Francia Indonesia Brasil Argentina Bulgaria Otros
2.203.849
2.768.240
1.342.787
256.348 143.927
308.310 48.326
105.959
492.333 427.851 453.800 64.775
Total
2.710.083
4.206.999
TOTAL
% PARTC.
28.321
2.681.176 4.207.523 1.276.318 3.696 425.904 281.869 22.080
8.996.052 4.207.523 1.276.318 1.060.687 1.046.008 735.669 221.135
51,3% 24,0% 7,3% 6,0% 6,0% 4,2% 1,3%
1.727.744
8.898.566
17.543.392
100,0%
Fuente: Base de Datos Transaction
77
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
Cables de fibras ópticas (P.A. 8544.70)
PAÍS Brasil España Italia Indonesia Corea del Norte EEUU Argentina Taiwan Otros Total
1998
1999
2000
2001
US$
US$
US$
US$
841.972 1.542.138 939.664 151.374
293.234 164.850 300.980
1.431.292 1.243.917
122.729
2.387.425 5.840
856.518
36,6% 20,1% 16,4% 8,4% 7,6%
332.268 259.377 49.812 594.065
3,0% 2,3% 0,4% 5,3%
11.243.352
100,0%
281.051
92.828
123.505
3.756.199
974.621
2.842.671
3.669.861
Fuente: Base de Datos Transaction
78
% PARTC.
4.111.951 2.256.579 1.843.118 939.664 856.518
58.165 215.420 49.812 96.681
43.957
TOTAL
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
ANEXO Nº 6.Cifras de exportación de material eléctrico uruguayo. Cifras en US$ FOB
Exportaciones P. A. 8535.- Aparatos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos (por ejemplo: interruptores, conmutadores, cortocircuitos, pararrayos, limitadores de tensión, supresores de sobretensión transitoria, tomas de corriente, cajas de empalme) para una tensión superior a 1.000 voltios.
País
1998
1999
2000
2001
US$-FOB
US$-FOB
US$-FOB
US$-FOB
Brasil Paraguay Francia Bolivia
32.806 843
Total
33.649
2.227 701
1.542
% Partic.
27
35.033 1.719 1.367 27
91,8% 4,5% 3,6% 0,1%
2.254
38.146
100,0%
175 1.367
701
Totales
Fuente: Base de Datos Transaction
Exportaciones P.A. 8536.- Aparatos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos (por ejemplo: interruptores, conmutadores, cortacircuitos, supresores de sobretensión transitoria, clavijas y tomas de corriente (enchufes) portalámparas, cajas de empalme), para una tensión inferior o igual a 1.000 voltios.
País
1998
1999
2000
2001
US$-FOB
US$-FOB
US$-FOB
US$-FOB
Totales
% Partic.
Brasil México Paraguay Argentina Bolivia Otros
1.918.362 153.287 263.701 250.937 116.970 164.376
2.231.877 133.329 406.158 294.870 47.887 126.194
1.500.501 713.340 363.785 350.447 43.893 222.918
1.197.384 594.034 329.914 382.079 42.493 371.635
6.848.124 1.593.990 1.363.558 1.278.333 251.243 885.123
56,7% 13,2% 11,3% 10,6% 2,1% 7,3%
Total
2.867.633
3.192.428
3.150.991
2.875.046
12.086.098
100,0%
Fuente: Base de Datos Transaction
79
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
Exportaciones P.A. 8544.- Hilos, cables (incluidos los coaxiales) y demás conductores aislados para electricidad aunque estén laqueados, anodizados o provistos de piezas de conexión; cables de fibras ópticas construidos por fibras enfundadas individualmente, incluso con conductores eléctricos incorporados o provistos de piezas de conexión.
País
1998
1999
2000
2001
US$-FOB
US$-FOB
US$-FOB
US$-FOB
Argentina Z. Franca Chile Brasil Colombia Otros
1.298.415 128.374
294.144 139.144 84.203
256.606 22.966 22.339
15.302
12.952
Total
1.530.038
530.443
Totales
% Partic.
16.159
94.413 1.141 37.104 15.998 1.930 1.497
1.943.578 291.625 143.646 103.945 1.930 45.910
76,8% 11,5% 5,7% 4,1% 0,1% 1,8%
318.070
152.083
2.530.634
100,0%
87.947
Fuente: Base de Datos Transaction
80
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
ANEXO Nº 7.Ranking de exportadores uruguayos. Cifras en US$ FOB Exportadores P.A. 8536.- Aparatos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos (por ejemplo: interruptores, conmutadores, cortacircuitos, supresores de sobretensión transitoria, clavijas y tomas de corriente (enchufes) portalámparas, cajas de empalme), para una tensión inferior o igual a 1.000 voltios.
Empresa
1998
1999
2000
2001
US$-FOB
US$-FOB
US$-FOB
US$-FOB
Total
% Partic.
Conatel Ind. Elder Tavares SA Otras
2.436.085 215.872 215.676
2.829.884 290.507 72.037
2.682.208 394.407 74.376
2.402.163 373.877 99.006
10.350.340 1.274.663 461.095
85,6% 10,5% 3,8%
Total
2.867.633
3.192.428
3.150.991
2.875.046
12.086.098
100,0%
Fuente: Base de Datos Transaction
Exportadores P.A. 8544.- Hilos, cables (incluidos los coaxiales) y demás conductores aislados para electricidad aunque estén laqueados, anodizados o provistos de piezas de conexión; cables de fibras ópticas construidos por fibras enfundadas individualmente, incluso con conductores eléctricos incorporados o provistos de piezas de conexión.
Empresa
1998
1999
2000
2001
US$-FOB
US$-FOB
US$-FOB
US$-FOB
Alur SA Ahinco Ltda. Ferrelec Uruguay SA Lemu SA Otros
1.245.889 134.890
149.259
Total
1.530.038
275.272 137.560
147.040
73.000
117.611
70.040 59.148 41.842
530.443
318.070
Fuente: Base de Datos Transaction
81
Total
% Partic.
51.200 27.883
1.741.201 272.450 70.040 110.348 336.595
68,8% 10,8% 2,8% 4,4% 13,3%
152.083
2.530.634
100,0%
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
ANEXO Nº 8.Normativa de la Administración Nacional de Puertos y Aduanas. Tarifas Puerto de Montevideo ITEM 1.1.
USO DE PUERTO U$S por TRB
Portacontenedores, Ro-Ro, Reefers, Carga General Petroleros, Graneleros, Cabotaje, Cruceros, Otras Categorías Pesqueros, Guerra U$S 50,00/entrada o U$S Buques con TRB < 500 350/mes Remolcadores con base y tráfico interior o de bahía Buques de pasajeros de tráfico fluvial
ITEM 1.2.
0,14 0,12 0,10
No aplicable
USO DE MUELLE
Muelles de Pesca, Muelle N° 10 y Muelle Florida Muelles Maciel y Fluvial Atraques Nº 1 y Nº 2 Atraques Nº 10 y Nº 11 Atraques Nº 3 - Nº 4 - Nº 5 - Nº 6 - Nº 7 y Cabecera Muelle B Atraques Nº 8 y Nº 9
U$S/mts. eslora/hora 0,05 0,15 0,15 0,20 0,30 0,40
Nota: los buques abarloados o atracados a la mediterránea, abonarán el 65% de la tarifa general. U$S/nave/día
Tráfico Interior o de Bahía Con Base en Puerto Pesqueros bandera nacional - Atraque precario muelles comerciales Pesqueros bandera extranjera - Atraque precario muelles comerciales
ITEM 1.3.
5,00 10,00 55,00 180,00
USO DE ZONAS DE FONDEO U$S/mts. eslora/día
Fondeo en Boyas
0,60
82
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
Fondeo por anclaje
ITEM 1.4.
0,50
DESPACHOS DE IMPORTACION U$S por tonelada U$S/TON < 50 0,50 50 < U$S/TON < 100 1,50 U$S/TON > 100 2,50 Carga general 6,00 U$S/TON < 500 Contenerizada 10,00 Carga general 10,00 500 < U$S/TON < 1.000 Contenerizada 15,00 1.000 < U$S/TON < 1.500 30,00 1.500 < U$S/TON < 2.000 60,00 2.000 < U$S/TON < 2.500 85,00 U$S/TON > 2.500 90,00
TARIFAS ESPECIALES
U$S por tonelada Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de NCM 51 8,00 crin NCM todos Retorno mercadería de exportación 10,00 Carga general 10,00 Efectos personales no acompañados (sin valor declarado) Contenerizada 15,00 NCM 72 Fundición, hierro y acero Bonificación 50% tarifa 1.4.1. Vehículos origen NCM 87.03 Bonificación 40% tarifa 1.4.1. Mercosur Vehículos origen NCM 87.04 Bonificación 40% tarifa 1.4.1. Mercosur
ITEM 1.4.1.
ADMISION TEMPORARIA Carga General Contenedores
U$S/TON < 500 U$S/TON > 500 Todas las mercaderías
U$S por tonelada 6,00 8,00 8,00
Nota: para graneles se aplican las tarifas de despachos de importación
83
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
DESPACHOS DE EXPORTACION
ITEM 1.4.2. NCM Graneles 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15
U$S 2,00 9,00 6,30 2,30 4,00 2,30 4,00 4,00 3,00 4,00 2,30 3,00 4,00 11,00 11,00 20,00
16
9,00
17
3,00
18 19 20 21 22 23 24 25
4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 20,00 0,90
NCM 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 41.04.19.9 0.90 41.04.19.4 0.11 42 43 44 45 46 47 48 49
U$S 0,90 0,90 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 20,00 4,00 4,00 4,00 4,00 20,00
NCM 49.11 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64
U$S 6,30 4,00 18,00 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00 4,00
U$S por tonelada NCM U$S 74 4,00 75 22,00 76 4,00 77 22,00 78 4,00 79 4,00 80 22,00 81 4,00 82 4,00 83 4,00 84 6,30 85 4,00 86 4,00 87 9,00 88 11,00 89 4,00
65
4,00
90
4,00
66
22,00
91
4,00
67 68 69 70 71 71.03 72 73
22,00 4,00 4,00 6,30 22,00 11,00 4,00 4,00
92 93 94 95 96 97
4,00 20,00 20,00 4,00 4,00 4,00
11,00 4,00 4,00 1,20 20,00 20,00 4,00 9,00 20,00
Nota: Billetes, valores y efectos personales no acompañados abonarán U$S 20 por tonelada.
84
Ofcomes Montevideo
ITEM 1.4.3.
Material Eléctrico
TRANSITO Y TRANSBORDO Carga General y Contenerizada Secos Graneles Líquidos Transbordo buque - buque Vehículos - por unidad U$S 10,00
U$S por tonelada 2,00 2,00 1,00 2,00
Notas: 1.- La tarifa de tránsito se devenga por cada ingreso o egreso a un recinto portuario vía terrestre. 2.- La tarifa de transbordo buque tierra buque se devenga una sola vez, excepto la mercadería contenerizada, que paga sólo el item 1.7.
ITEM 1.5.
TRAFICO FLUVIAL Pasajeros (1) 3,00 ---
U$S por cada uno Vehículos (2) 8,00 8,00
Embarque Desembarque Notas: (1) Tarifa sustitutiva de Uso de Puerto y 2 horas de muellaje en buques fluviales de frecuencia regular. (2) Corresponden a vehículos que se trasladan por este medio, pero que no se encuentran comprendidos en ninguna operación de comercio exterior.
ITEM 1.7.
CONTENEDORES U$S / unidad / movimiento
Embarque o Desembarque 16,00 Notas: 1. El removido buque-muelle-buque paga una sola vez la tarifa. 2. El removido a bordo no tendrá cargo tarifario, incluso si emplean grúas de ANP.
85
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
SERVICIO DE DEPOSITO DE CONTENEDORES DESEMBARCADO A EMBARCAR TRANSBORDO VACIOS Plazo en U$S por Plazo en U$S por Plazo en U$S por Plazo en U$S por días TEU día días TEU día días TEU día días TEU día LIBRE 1-4 LIBRE 1 - 5 LIBRE 1 - 10 LIBRE 1 - 10 (1) 1-9 1 - 10 1 - 17 1 - 24 1,50 1,25 1,25 1,75 10 - 14 11 - 15 2,25 18 - 24 25 - 38 2,50 2,25 3,50 15 - 19 16 - 20 3,25 25 - 31 39 - 52 3,50 3,25 5,25 20 - 24 21 - 25 4,25 32 - 38 53 - 66 4,50 4,25 7,00 25 - 29 26 - 30 5,25 39 - 45 67 - 80 5,50 5,25 8,75 30 - 90 31 - 90 6,25 46 - 90 81 - 90 6,50 6,25 10,50 Nota(1): El período libre se aplica sólo cuando arriben al puerto vía marítima o fluvial. ITEM 2.2.4.
ITEM 2.4.
MOVILIZACION DE CONTENEDORES U$S por cada uno
Recepción o entrega de contenedores
ITEM 2.5.1.
10,00
SERVICIO DE GRUA FLOTANTE 200 Tns. U$S por hora
Movilización de bultos en general
750,00
Buques portacontenedores s/elementos, Muelle de Escala
ITEM 2.5.2.
U$S por contenedor 35,00
SUMINISTRO DE AGUA U$S por tonelada
Desde muelle Desde lancha
2,00 4,50
86
Ofcomes Montevideo
ITEM 2.5.3.
Material Eléctrico
SUMINISTRO DE ELECTRICIDAD U$S por kwh
Directa Con generador
0,175 0,30 U$S/contenedor/día 17,50
Contenedores refrigerados (2.4.4.)
ITEM 2.5.5.
SUMINISTROS PARA LIMPIEZA U$S viaje de camión
Lunes a sábado 70,00 Retiro residuos del buque Domingo o feriado 105,00 Nota: Por rechazo del servicio se liquidará el 50% de la tarifa correspondiente. U$S por 100 m2 13,00 Limpieza de muro o piso Lunes a sábado con retiro Domingo o feriado 20,00 Nota: Para áreas bajo régimen de concesión o permiso existe un servicio opcional a un costo mensual de U$S 200, servicio mínimo, que contempla un retiro diario de residuos que se contenga en tanques o recipientes hasta un volumen equivalente a 400 lts.
ITEM 2.5.6.
SERVICIO DE INFORMACIÓN DE BUQUES U$S por escala
Buques de ultramar, cabotaje, pesqueros bandera 30,00 extranjera Notas: 1.- Para buques fluviales de pasajeros se liquidará por mes o fracción. 2.- No es de aplicación para pesqueros de bandera nacional, buques de guerra, científicos, remolcadores, grúas flotantes y buques de tráfico de bahía.
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Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
Decreto Nº 116/977. Decreto Reglamentario del Decreto Ley del IMADUNI Montevideo, 23 de febrero de 1977 VISTO: la necesidad de reglamentar la ley 14.629 de 5 de enero de 1977 que creó el Impuesto Aduanero Unico a la Importación. CONSIDERANDO: que la citada norma legal ha establecido en su artículo 6º una nueva base de liquidación del tributo referido, implantando el "Valor en Aduana". ATENTO: a que el artículo 7º impone al Poder Ejecutivo incorporar en esta reglamentación la definición de "Valor en Aduana" adoptada por el Consejo de Cooperación Aduanera de Bruselas y las Notas Interpretativas correspondientes. Con: lo informado por la Dirección Nacional de Aduanas y las Asesorías EconómicoFinanciera y Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas, El Presidente de la República DECRETA: Artículo 1.- Hecho gravado.- El "Impuesto Aduanero Unico a la Importación" (IMADUNI), grava la introducción al país, en forma definitiva, para consumo, o uso propio, o de terceros de toda mercadería procedentes del exterior. Artículo 2.- Oficina Recaudadora.- El Impuesto Aduanero Unico a la Importación (IMADUNI) será recaudado por la Dirección Nacional de Aduanas. Artículo 3.- Materia Imponible.- Será materia imponible del IMADUNI el "Valor en Aduana" de las mercaderías a que se refiere el artículo 1º de este decreto. Artículo 4.- Definición de Valor en Aduana.- Valor en Aduana, conforme a la definición del mismo por el Consejo de Cooperación Aduanera de Bruselas es el precio normal, es decir el precio que se estima pudiera fijarse para las mercaderías que se importen a la fecha de numeración y registro del permiso de despacho aduanero, como consecuencia de una venta efectuada en condiciones de libre competencia entre un comprador y un vendedor independientes uno de otro. El momento de tener en consideración es la fecha de numeración y registro del despacho aduanero, el que se efectuará en la fecha de recepción del mismo por parte de la Dirección Nacional de Aduanas. Artículo 5.- Precio normal.- El precio normal de las mercaderías importadas se determinará con arreglo a los siguientes supuestos: A) Que las mercaderías sean entregadas al comprador en el puerto o lugar de su introducción al territorio nacional; B) Que el vendedor soporta todos los costos, cargas y gastos inherentes a la venta y entrega de las mercaderías en el puerto o lugar de introducción, por lo que estos gastos se incluyen en el precio normal;
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Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
C) Que el comprador soporta y se hace cargo de los derechos, recargos, tasas y demás gravámenes exigibles en el país, los que en consecuencia están excluidos del precio normal. Artículo 6.- Costos, cargas y gastos.- Los costos, cargas y gastos a que se refiere el inciso B) del artículo anterior, comprende especialmente: A) Fletes y gastos de transporte; B) Seguros; C) Comisiones; D) Corretajes; E) Cargas y gastos para obtener fuera del país, la documentación necesaria para la introducción posterior de las mercaderías en el territorio nacional, incluidos los derechos consulares a que se refiere el numeral 21 del ordinal C) del artículo 15 de la ley 11.924 de 22 de marzo de 1953. F) Los derechos y gravámenes exigibles fuera del país con exclusión de aquellos de los que las mercaderías hubieran sido desgravadas o cuyo importe hubiera sido o debiera ser reembolsado; G) Costo de los embalajes, excepto los que tengan un tratamiento arancelario propio, así como los gastos de embalaje (mano de obra, materiales u otros); H) Gastos de carga. Artículo 7.- Cantidad.- El precio normal se determinará suponiendo que la venta se limita a al cantidad de mercadería a valorar. (*) Artículo 8.- Moneda Extranjera - Conversión. Cuando la determinación del valor o del precio pagado o a pagar dependa de factores expresados en una moneda que no sea la nacional de curso legal, el tipo de cambio aplicable para la conversión será el vendedor que establezca el Banco Central del Uruguay al cierre de las operaciones del día anterior a la fecha de la numeración y registro del permiso correspondiente ante la Dirección Nacional de Aduanas. Artículo 9.- Lugar y nivel.- El concepto de valor en aduana tienen por objeto permitir en todos los casos, el cálculo del gravamen a pagar sobre la base del precio al que cualquier comprador podría procurarse la mercadería importada como consecuencia de una venta efectuada en condiciones de libre competencia en el puerto o lugar de introducción al territorio nacional. Este concepto es de alcance y utilización general y aplicable a todas las mercaderías a importar lo sean o no en virtud de un contrato de compraventa y cualesquiera fueren las condiciones de dicho contrato. Su aplicación implica la investigación de los precios vigentes al momento de la valoración. En consecuencia, en la práctica, cuando las mercaderías importadas sean objeto de una venta de buena fe, el precio pagado o a pagar en virtud de ella podrá considerarse en general como una indicación aceptable para determinar el precio normal
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a que se refiere este decreto. Y en tal caso, utilizarse como base de la valoración y aceptarse como valor de la mercadería de que se trate sin perjuicio de: A) Las medidas adecuadas que se adopten para evitar el fraude fiscal por medio de precios o contratos ficticios o falsos; B) Los posibles ajustes del precio contractual que se considere necesario introducir para tener en cuenta los elementos que en la venta considerada difieren de los que contiene el concepto de valor en aduana de este decreto. C) Los ajustes a que alude el precedente inciso B), se refieren principalmente a los gastos de transporte y a los demás gastos mencionados en los artículos 11º y 12º, así como a los descuentos u otras reducciones de precios concedidos a los concesionarios únicos o representantes exclusivos, a los descuentos anormales o a cualquier otra reducción del precio usual de competencia. Artículo 10.- Precio.- Una venta efectuada en condiciones de libre competencia entre un comprador y un vendedor independientes uno de otro es una venta en la que, especialmente, se cumplen las siguientes condiciones: A) El pago del precio de las mercaderías constituye la única prestación efectiva del comprador; B) El precio convenido no está influido por relaciones comerciales, financieras o de otro género, contractuales o no, que pudieran existir, aparte de las creadas por la propia venta entre el vendedor o cualquier persona física o jurídica asociada en negocios con el vendedor y el comprador o cualquier persona física o jurídica asociada en negocios con el comprador; C) Ninguna parte del producto que proceda de las reventas o de otros actos de disposición e incluso de la utilización de que sean objeto posteriormente las mercaderías, revierta directa o indirectamente al vendedor o a cualquier persona física o jurídica asociada en negocios con el vendedor. Artículo 11.- Vinculación.- Se considerará que dos personas están asociadas en negocios cuando una de ellas tenga algún interés en cualquiera de los negocios o en los bienes de la otra, o si ambas tienen intereses comunes en negocios o bienes cualesquiera o, aún si una tercera persona posee un interés en los negocios o en los bienes de cada una de ellas, sean estos intereses directos o indirectos. Artículo 12.- Patentes.- Modelos, etc.- El precio normal de las mercaderías, se determinará considerando que este precio comprende el derecho de usar la patente, el dibujo o el modelo o la marca de fábrica o de comercio cuando: A) Hayan sido fabricadas con arreglo a una patente de invención o conforme a un dibujo o a un modelo protegidos; B) Se importen con una marca extranjera de fábrica o de comercio; C) Se importen para ser objeto bien de una venta o de otro acto de disposición con una marca extranjera de fábrica o de comercio, bien de una utilización con tal marca.
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Lo dispuesto en los incisos precedentes se aplicará también a las mercaderías importadas para ser objeto, después de sufrir un trabajo complementario, bien de una venta o de cualquier otro acto de disposición con una marca extranjera de fábrica o de comercio, bien de una utilización con tal marca. La aplicación del presente artículo, en ningún caso implicará restricción a lo establecido en los artículos 4º, 5º, 10º y 11º. Artículo 13.- Marcas.- Una marca de fábrica o de comercio, se considerará como extranjera si la marca es: A) Ya de una persona cualquiera que fuera del país hubiere cultivado, producido, fabricado, o puesto en venta, las mercaderías a valorar, o haya actuado de cualquier otra forma respecto a las mismas; B) Ya de una persona cualquiera asociada en negocios con cualquiera de las designadas en el apartado A); C) Ya de una persona cualquiera cuyos derechos sobre la marca estén limitados por un acuerdo con cualquiera de las designadas en los apartados A) y B) precedentes. Artículo 14.- Notas Explicativas.- Adóptanse las Notas Explicativas de la "Definición de Valor de Bruselas" vigentes para determinar el alcance de los artículos precedentes. La Dirección Nacional de Aduanas, oficializará una versión en idioma español de dichas notas explicativas, aplicándose a estos efectos, el plazo fijado en el artículo 20º de la ley que se reglamenta. Artículo 15.- Modificaciones de la Definición y las Notas.- La Dirección Nacional de Aduanas, informará al Poder Ejecutivo sobre las modificaciones y agregados a la "Definición de Valor" y "Notas Interpretativas" o "Explicativas", emanados del Consejo de Cooperación Aduanera de Bruselas, para determinar su posible adopción y correspondiente publicación. Artículo 16.- Mercaderías usadas.- A los efectos de determinar el precio normal de las mercaderías usadas o reacondicionadas, el Poder Ejecutivo podrá establecer que sean consideradas como nuevas, o sujetas a las depreciaciones que fije por la antigüedad o el estado de uso con relación a su valor de nuevas. Artículo 17.- Métodos Complementarios.- Cuando por la índole de la operación no existiera precio de factura de venta o ésta no se estimase aceptable, o por cualquier otra circunstancia no pudiera determinarse el precio normal como base para la obtención del valor en aduana aquél podrá fijarse por alguno de los siguientes métodos: A) A partir del precio de venta en el mercado interno, obtenido o estimado de la mercadería importada, previa deducción de los costos, gastos y demás gravámenes ocasionados o exigibles en el país con posterioridad o en ocasión de su introducción, y tomando en consideración las modalidades inherentes a la importación y las diferencias que hubiera con las comerciales o su ulterior comercialización; B) Mediante la aplicación de los índices de precios prestablecidos y dados a publicidad con carácter general por períodos ciertos y determinados, obtenidos de procesar y promediar precios de facturas de análoga mercadería aceptados como normales y
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con los ajustes que se les hubiera efectuado, del mismo, o en su defecto de otro origen, o de similares competitivas a falta de dicho antecedentes; C) Por estimación comparativa con mercaderías idénticas o similares competitivas en su defecto, que hayan sido objeto de despacho con aceptación de las facturas para determinar el "Valor en Aduana" y con los ajustes que se les hubiera efectuado debiéndose tomar en cuenta, tanto en este caso como en el anterior B), las modalidades inherentes a la operación (nivel de transacción, calidad, cantidad, forma de pago, etc.); o D) Por tasación pericial; o bien E) Cuando se trate de mercaderías importadas en locación u operación similar sobre la base del importe total presunto del alquiler o su equivalente durante la vida de las mercaderías, sin perjuicio de los ajustes a tener del concepto de precio normal. Artículo 18.-Indices de precios.- Los índices de precio a que se refiere el artículo anterior no constituyen precios oficiales mínimos a aplicarse eventualmente como base imponible en virtud de lo dispuesto en el artículo 7º de la ley sino simples orientaciones sobre la base de la valoración, indicativa de niveles alrededor de los cuales oscilan, con determinación de máximo o mínimo, o sin él, precios de facturas aceptables destinados a los funcionarios que deban efectuarla y a los importadores interesados. Cuando se adviertan modificaciones o tendencias de variación en los precios, deberán interrumpirse la acumulación de datos procesados para el promedio e incluso dejarse sin efecto los índices de precio antes de la fecha de vencimiento prefijada, a efectos de iniciar nuevos promedios que no se vean afectados o incluidos por antecedentes que han perdido vigencia. Artículo 19.- Mercaderías comprendidas.- El precio normal, de conformidad con lo previsto en el presente decreto, se determinará para todas las mercaderías que deban ser declaradas en las aduanas, incluso de las que pudieran importarse en franquicia y aún de aquéllas para las que en virtud de lo establecido en el artículo 7º de la ley, el gravamen deba liquidarse sobre precios oficiales. Artículo 20.- Despacho con garantía.- Las mercaderías cuyo valor dé lugar a una investigación podrán despacharse a plaza previo pago del gravamen liquidado sobre el valor declarado y garantía suficiente mediante depósito o fianza bancarios, que cubran la diferencia de gravamen que pudiera corresponder en concepto de aquél con el valor mínimo que la Dirección Nacional de Aduanas estime a ese efecto pudiera eventualmente y razonablemente determinarse. "El mismo sistema de garantía, previo pago, operará en los casos de ajuste de valor recurridos por el interesado." Artículo 21.- Opciones del importador.- Cuando por aplicación de la presente ley correspondiere elevar el valor declarado por ajuste, el interesado podrá optar entre: A) Abonar el gravamen sobre el valor determinado; o B) Reembarcar la mercadería a su costa, siempre que no existiera infracción por lo cual debiera instruirse sumario; o bien
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C) Allanarse a la venta de la mercadería en las condiciones previstas para el caso de abandono, a cuyo efecto se acordarán los plazos establecidos con el beneficio de limitar su responsabilidad al precio obtenido en la venta y percibir el remanente si lo hubiera. La liquidación del gravamen se efectuará sobre el precio normal determinado. Artículo 22.- Definición de mercaderías.- A los efectos de la ley se entenderá que con el vocablo "Mercaderías" se designe también a las mercaderías, bienes, artículos, productos, materias primas, frutos, animales, o efectos similares de cualquier género, especie, materia o calidad. Artículo 23.- Momento de la liquidación.- A los efectos de la liquidación del IMADUNI serán aplicables las normas vigentes a las siguientes fechas: A) La de numeración y registro del despacho aduanero, o del expediente en su caso, para la importación normal de mercaderías; B) La de detención o denuncia en los casos de contrabando; y C) La de numeración y registro de despacho de nacionalización en los casos de mercaderías introducidas al país al amparo del régimen de admisión temporaria. Artículo 24.- Momento de pago.- Este tributo deberá ser abonado previamente al desaduanamiento de las mercaderías. Artículo 25.- GATT y ALALC.- Las delegaciones del Uruguay ante GATT y ALALC, con el asesoramiento de la Dirección Nacional de Aduanas, elevarán al Poder Ejecutivo un proyecto ajustando al nuevo impuesto las tasas de imposición para la importación de las mercaderías comprendidas en los respectivos acuerdos, conglobándolas con excepción de los derechos específicos respetando los niveles pactados. El mismo deberá ser elevado antes del 30 de abril de 1977. Artículo 26.- Negociaciones de concesiones.- Facúltase a las delegaciones del Uruguay ante GATT y ALALC para iniciar ante dichos organismos las gestiones que corresponda, a los fines de adecuar las concesiones al IMADUNI. Mientras no culminen dichas gestiones, continuarán aplicándose los niveles pactados en las Partes Contratantes de los indicados instrumentos internacionales. A medida que se vayan acordando los niveles de acuerdo a lo establecido en la ley, las delegaciones de Uruguay lo notificarán a la Dirección Nacional de Aduanas para que ésta ponga en práctica las derogaciones que establece el artículo 2º de la ley. Artículo 27.- Vigencia.- La Dirección Nacional de Aduanas comenzará a aplicar las disposiciones de la ley , el día 1º de julio de 1977. Artículo 28.- Representaciones de Uruguay.- La Dirección Nacional de Aduanas podrá requerir directamente de las representaciones que el país tenga en el extranjero, la información que considere necesaria sobre los precios de mercaderías y servicios. Dicha información será suministrada en la misma forma directa a la mencionada repartición, lo que será hecho en todos los casos por vía telegráfica o de telex.
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Artículo 29.- Permisos de despacho.- A partir de la fecha de vigencia de la referida ley los permisos de despacho serán presentados directamente a la Dirección Nacional de Aduanas. Los mismos deberán ser acompañados de copia de la denuncia de importación correspondiente, autorizada por el Banco de la República Oriental del Uruguay. Cuando en la denuncia de importación el Banco de la República hubiere establecido que está sujeta a inspección de dicha Institución, la Dirección Nacional de Aduanas comunicará al Banco la fecha de verificación de las mercaderías para que éste efectúe la inspección del caso. Cumplida la tramitación aduanera, la Dirección Nacional enviará al Banco de la República Oriental del Uruguay el cumplido aduanero, en función del cual éste ajustará las liquidaciones de recargos autorizados por el artículo 2º de la ley 12.670 de 17 de diciembre de 1959. Artículo 30.- Permisos presentados al Banco República.- A partir de la fecha 1º de julio de 1977, el Banco de la República Oriental del Uruguay no admitirá la presentación de solicitudes para el despacho de mercaderías conforme a lo dispuesto por el artículo 22º de la ley que se reglamenta. Las solicitudes de despacho que estuvieren en trámite ante el Banco de la República Oriental del Uruguay a la ya referida fecha de 1º de julio de 1977, la citada institución gozará de un plazo de treinta días para darles curso y enviarlas a la Aduana. Aquellas solicitudes que en el plazo antedicho no fueren enviadas a la Dirección Nacional de Aduanas, quedarán automáticamente canceladas. Los interesados, podrán en tal caso presentar el correspondiente permiso de despacho ante la referida Dirección Nacional de Aduanas. Artículo 31.- Arancel General de Importación.- Antes del 31 de marzo de 1977, la Dirección Nacional de Aduanas deberá ajustar el Arancel General de Importación, abriendo las partidas o estableciendo las notas necesarias, cuando ya existiera partida, para incorporar los productos que integraban la "Sección Materias Primas" eliminada por la ley que se reglamenta elevándolo al Ministerio de Economía y Finanzas para su homologación y publicación en el "Diario Oficial" en el mes siguiente. Artículo 32.- Arancel Régimen Transitorio.- Mientras no se publique el nuevo arancel general de importación la totalidad de los despachos se realizarán por el antiguo, indicándose en los casos de materias primas, en forma complementaria a la partida de éste, una anotación que indique su antigua ubicación a la Sección Materias Primas, la que se elimina a partir de la fecha de entrada en vigencia de la ley. Cada Item del despacho, deberá indicar su valor en moneda extranjera y nacional a los efectos estadísticos. El nuevo arancel se ajustará y mantendrá actualizado, conforme a las normas del Consejo de Cooperación Aduanera de Bruselas. Artículo 33.- Declaraciones de Valor Incorrectas.- Cuando la declaración de valor en la importación, sea incorrecta, y no se traduzca en perjuicio fiscal, se impondrá una sanción por la Dirección Nacional de Aduanas, de acuerdo con el artículo 95º de la ley 14.306, de 29 de noviembre de 1974.
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Artículo 34.- Referencia a Aforos.- Toda referencia a "aforos" en la legislación aduanera vigente, deberá entenderse sustituida por la expresión "Valor en Aduana". Artículo 35.- Suspensión de Fijación de Aforos.- A partir de la fecha de este decreto, la Junta de Aranceles de la Dirección Nacional de Aduanas, no procederá a la fijación de nuevos aforos. Asimismo, se decretará el archivo de los expedientes en que se tramiten solicitudes de aforo no resueltas definitivamente a la fecha antes indicada. Artículo 36.- Tasas Múltiplos.- Fíjase un plazo de 60 días a partir de la fecha del presente decreto para que la Dirección Nacional de Aduanas eleve el proyecto de decreto por el que se fijen las tasas múltiplos del IMADUNI conforme a lo dispuesto por el apartado a) del artículo 4º de la ley. A tales efectos, la Dirección Nacional de Aduanas, tendrá en cuenta la resultante de la conglobación de la tributación aduanera derogada por dicha ley, redondeando en la tasa múltiplo más cercana a la misma. Artículo 37.-Derogado por el artículo 5 del Decreto Nº 252/977 de 11 de mayo de 1977. Artículo 38.- Derogado por el artículo 1 del Decreto Nº 195/981 de 6 de mayo de 1981. Artículo 39.- Solicitudes de Exoneración.- Quienes soliciten ser exonerados delIMADUNI, conforme a lo establecido en el artículo 4º, inciso b) de la ley, deberán presentar la gestión ante la Dirección Nacional de Aduanas. A tales fines deberán proporcionar a la misma: a) Denominación comercial del artículo y su nomenclatura aduanera; b) Tasa de tributación en la legislación derogada con relación al valor CIF del producto; c) Elementos de juicio probatorios de tales extremos. La Dirección Nacional de Aduanas, con el asesoramiento de la Junta de Aranceles, elevará su dictamen, a resolución del Poder Ejecutivo. Artículo 40,- Hecho gravado.- La Tasa de Movilización de Bultos, grava la movilización de mercaderías en las operaciones aduaneras. Artículo 41.- Oficina Recaudadora.- La Tasa de Movilización de Bultos, continuará siendo recaudada por la Dirección Nacional de Aduanas. Artículo 42.- Materia Imponible.- Será materia imponible de la Tasa de Movilización de Bultos el "Valor en Aduana" de las mercaderías a que se refiere el artículo 40º de este decreto. Artículo 43.- 0 Tasa y Solicitudes de Exoneración.- Queda fijada la Tasa de Movilización de Bultos en el 5% del valor en Aduana. Regirán para las solicitudes de exoneración de esta tasa, las disposiciones del artículo 39º de este decreto. El Poder Ejecutivo decidirá en función de la información de la Tasa de Movilización de Bultos, se aplicarán, en exoneración, de acuerdo con el inciso segundo del artículo 85º 95
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de al ley 13.420, de 2 de diciembre de 1965, con la redacción dada por el artículo 27º de la ley que se reglamenta. Artículo 44.- Derogado por el artículo 5 del Decreto Nº 252/977 de 11 de mayo de 1977. Artículo 45.- Plazo para solicitar Exonerciones.- Otórgase un plazo de 30 días a partir de la fecha de publicación de este decreto, a los efectos de iniciar las gestiones a que se refiere el artículo 39º del mismo, para que ellas puedan ser tendidas en cuenta antes de la vigencia plena de al ley que se reglamenta. Artículo 46.- Comuníquese, publíquese en el "Diario Oficial" y dos diarios de la capital, etc. MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - ALEJANDRO ROVIRA
Decreto Nº 282/001 Fija la alícuota del anticipo del IVA en la importación Montevideo, 24 de julio de 2001 VISTO: lo dispuesto por el artículo 115º del Decreto Nº 220/998, de 12 de agosto de 1998.RESULTANDO: que dicha norma fija las alícuotas del anticipo del Impuesto al Valor Agregado en la importación correspondiente a los hechos generadores definidos en los literales A) y B) del artículo 2º, Título 10 del Texto Ordenado 1996.CONSIDERANDO: I) conveniente adecuar la alícuota aplicable a las importaciones de bienes gravados a la tasa básica.II) que corresponde rectificar la remisión errónea que hace el apartado c) del artículo 116º del Decreto Nº 220/998, de 12 de agosto de 1998, al artículo 133º del mismo, debiendo serlo al artículo 132º.ATENTO: a lo establecido por el artículo 84º del Título y Texto Ordenado citados.EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DECRETA: Artículo 1 Fíjase la alícuota del anticipo del Impuesto al Valor Agregado en la importación establecida en el apartado a) del inciso 2º del artículo 115º del Decreto Nº 220/998, de 12 de agosto de 1998, para los períodos siguientes: -A partir del día siguiente al de la publicación de este Decreto en el Diario Oficial hasta el 31 de diciembre del mismo año: 10%.-Del primero de enero de 2002 al 31 de marzo del mismo año: 7,5%.-Desde el primero de abril del 2002 en adelante: 5%.-
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Artículo 2 Declárase que la remisión que hace el apartado c) del artículo 116º del Decreto citado al artículo 133º del mismo, debe entenderse hecha a su artículo 132º.Artículo 3 Comuníquese, publíquese, etc..BATLLE - ALBERTO BENSION
Decreto Nº 33/002 Comisión sobre importaciones que recauda el Banco de la República Oriental del Uruguay Fíjase en 3% la alicuota porcental de la comisión sobre importaciones que recauda el Banco de la República Oriental del Uruguay y se deroga el Decreto 281/001 MINISTERIO DE ECONOMIA FINANZAS MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES MINISTERIO DE INDUSTRIA, GANADERIA Y MINERIA MINISTERTIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA Montevideo, 30 de enero de 2002 VISTO: el Decreto No. 281/001, de 24 de julio de 2001.RESULTANDO: que dicho Decreto fijó la alicuota o porcentaje que recauda el Banco de la República Oriental del Uruguay por concepto de comisión sobre importaciones.CONSIDERANDO: necesario dejar sin efecto el programa de reducción de dicha comisión dispuesto en el Decreto a que se alude en el Visto, teniendo en cuenta la actual situación regional.ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo 1º de la Ley No. 16.492, de 2 de junio de 1994.EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DECRETA: ARTICULO 1º .- Fíjase el 3% (tres por ciento) la alícuota o porcentaje de la comisión sobre importaciones que recauda el Banco de la República Oriental del Uruguay.ARTICULO 2º .- Derógase el Decreto No.281/001, de 24 de julio de 2001.ARTICULO 3º .- Comuníquese, publíquese, etc.BATLLE, ALBERTO BENSION, DIDIER OPERTTI, SERGIO ABREU, GONZALO GONZALEZ
Ley 16.226, de 29 de octubre de 1992, Artículo 154 Tasa de Servicios Extraordinarios
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Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, se aprueba la correspondiente al Ejercicio 1990. Art. 154.- Increméntase en un 20%,(veinte por ciento), el valor de todas las tarifas correspondientes a las diferentes franjas de valor de los permisos de importación establecidas en el artículo 63 de la Ley 15.851, de 24 de diciembre de 1986. En aplicación del referido incremento, la Dirección Nacional de Aduanas percibirá de los usuarios, por cada permiso de importación, la tarifa que corresponda a la siguiente escala: U$S De De De De De De
500 1.001 2.001 8.001 30.001 100.001
hasta hasta hasta hasta hasta en adelante
U$S
U$S
1.000 2.000 8.000 30.000 100.000
12 30 48 108 240 600
Decreto 667/992 Tasa por Servicios Preferenciales Permisos de Importación, se dispone que los de trámite preferencial, que se presenten a la Dirección Nacional de Aduanas, abonarán la tasa prevista en el artículo 170 de la ley 16.320. Ministerio de Economía y Finanzas. Montevideo, 30 de diciembre de 1992. Visto: el artículo 170 de la ley 16.320 de 1º de noviembre de 1992. Resultando: que la citada norma dispone la percepción de una tasa por la tramitación de cada permiso de importación de trámite preferencial que ingrese al Centro de Cómputos de la Dirección Nacional de Aduanas, cuyo producido está destinado a adecuar las remuneraciones de los funcionarios de dicha Dirección. Considerando: que debe tenerse en cuenta la naturaleza jurídica de la tasa así como su incidencia en las operaciones de importación. Atento: a lo dispuestos en el inciso 2º del artículo 170 de la citada ley 16.320, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA: Artículo 1º.- Los permisos de importación de trámite preferencial que se presenten a la Dirección Nacional de Aduanas abonarán en todos los casos la tasa prevista en el artículo 170 de la ley 16.320 de 1º de noviembre de 1992 en el momento del ingreso al 98
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Centro de Cómputos estén o no exentos tributariamente los bienes comprendidos en aquellos permisos. Artículo 2º.- El monto de la tasa será el 0,2% del valor CIF del respectivo Permiso de Importación, al tipo de cambio vendedor de la fecha al cierre del día anterior en la que aquel fuere presentado con el límite máximo legal de U$S 50,00 (cincuenta dólares de los Estados Unidos de América)". Redacción del Artículo 2º dado por el artículo 1º del Decreto 540/994. Versión anterior del Artículo 2.: "El monto de la tasa será el 0,2% del valor CIF del respectivo Permiso de importación al tipo de cambio comprador de la fecha en la que aquél fuere presentado, con el límite máximo legal de U$S 50 (cincuenta dólares de los Estados Unidos de América)." Art. 3º.- Créase un fondo con lo recaudado por la aplicación de lo previsto en los artículos anteriores. A tales efectos, la Dirección Nacional de Aduanas abrirá una cuenta en el Banco de la República Oriental del Uruguay, en la que se depositará la recaudación diaria. Únicamente podrá girarse contra dicha cuenta, a los fines previstos en la presente disposición. Art. 4º.- Los haberes generados para los funcionarios del Organismo tendrán el carácter de complementarios y se distribuirán en proporción a los haberes presupuestales nominales que perciba cada funcionario, excluyendo tanto a aquéllos de carácter social (Hogar Constituido, Asignación Familiar, Prima por Nacimiento, Prima por Matrimonio, Prima por Sociedad Médica, etc.) como los servicios extraordinarios. Los cargos vacantes no serán tenidos en cuenta a tales efectos. Art. 5º.- Únicamente tendrán derecho a percibir la presente retribución quienes se desempeñan efectivamente en la Dirección Nacional de Aduanas y sean funcionarios de la Unidad Ejecutora 007. Art. 6º.- La presente retribución se hará efectiva mensual o trimestralmente, según lo disponga la Dirección Nacional de Aduanas, independiente de otras a las que los funcionarios hubieren generado derecho e incluirá en el importe que se abone, el pago de la cuota parte correspondiente del sueldo anual complementario (aguinaldo). Art. 7º.- Con cargo a lo previsto en el artículo 3º del presente Decreto se abonarán los respectivos aportes obreros y patronales a la Seguridad Social. Art. 8º.- Este Decreto entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 1993. Art. 9º.- Comuníquese, publíquese, etc. LACALLE HERRERA.- IGNACIO de POSADAS MONTERO. (Pub. D.O. 21.1.93)
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Decreto Reglamentario de la Ley N° 17.453 Modificación del Régimen Tributario Tasa Consular ARTÍCULO 23°.- Fíjase en el 2% {dos por ciento} del valor CIF de los bienes importados, la alícuota de la tasa consular aplicable al hecho generador a que refiere el artículo 37° de la Ley N° 17.453, de 28 de febrero de 2002.ARTÍCULO 24°.- Exceptúase de la tasa prevista en el artículo anterior a la introducción de bienes al territorio nacional en régimen de admisión temporaria, a la importación de bienes de capital de uso exclusivo en los sectores industrial, agropecuario y pesquero ya las importaciones de petróleo crudo.ARTÍCULO 25°.- Cométese a la Dirección Nacional de Aduanas la recaudación de la tasa consular en el caso del hecho generador a que alude el presente decreto.Montevideo, 28 de febrero de 2002
Ley Nº 17.345 COFIS
Montevideo, 31 de mayo de 2001 PODER LEGISLATIVO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN Contribución para el financiamiento de la Seguridad Social Artículo 1 Estructura.- Créase el Impuesto de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social (COFIS) que gravará las importaciones de bienes industrializados y las enajenaciones a cualquier título de dichos bienes, sean nacionales o importados, realizadas a organismos estatales, a las empresas y a quienes se encuentren incluidos en el hecho generador del Impuesto al Valor Agregado o del Impuesto Específico Interno. Artículo 2 Hecho generador.- Se considerará enajenación la entrega de bienes con transferencia del derecho de propiedad, así como toda operación que otorgue al receptor de los referidos bienes la facultad de disponer conómicamente de ellos como si fuera su propietario. Por importación se entenderá la introducción definitiva del bien al mercado interno.
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Artículo 3 Acaecimiento del hecho generador.- El hecho generador acaecerá cuando el contrato o acto equivalente tenga ejecución mediante la entrega o la introducción del bien. Artículo 4 Territorialidad.- Estarán alcanzadas las entregas de bienes efectuadas en territorio nacional y su introducción efectiva al citado ámbito espacial, independientemente del lugar en que se haya celebrado el contrato y del domicilio, residencia o nacionalidad de quienes intervengan en las operaciones y no lo estarán las exportaciones. Artículo 5 Bienes gravados.- Estarán gravadas las importaciones y las enajenaciones de los bienes materiales que sean producto de la actividad industrial y que cumplan alguna de las siguiente condiciones: A) Su circulación interna esté gravada por el Impuesto al Valor Agregado con una tasa distinta de cero. B) Estén incluidos en el artículo 1º del Título 11 del Texto Ordenado 1996. No estarán gravadas las importaciones y las enajenaciones de los bienes mencionados en el numeral 14) del artículo 1º del Título 11 del Texto Ordenado 1996. Artículo 6 Contribuyentes.- Serán contribuyentes: A) Los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto Específico Interno que enajenen bienes gravados por el COFIS. B) Los que introduzcan al país los referidos bienes y no se encuentren comprendidos en el literal anterior. Artículo 7 Tasa.- La tasa será de hasta el 3% (tres por ciento). El Poder Ejecutivo fijará la tasa aplicable quedando facultado para modificarla dentro de dicho límite. Artículo 8 Materia imponible.- La materia imponible estará constituida por la contraprestación correspondiente a la entrega de la cosa o por el valor del bien importado. En el caso de entrega de bienes, la alícuota se aplicará sobre el importe total neto contratado o facturado, excluido el Impuesto al Valor Agregado. En las importaciones la alícuota se aplicará sobre la suma del valor en aduana más el arancel, incrementada en hasta un 21,75% (veintiuno con setenta y cinco por ciento). Artículo 9 Liquidación.- El tributo a pagar se liquidará partiendo del total de los impuestos facturados según lo establecido en el inciso segundo del artículo anterior. De la cifra así 101
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obtenida se deducirá el impuesto incluido en las adquisiciones e importaciones de bienes destinados a integrar directa o indirectamente el costo de las operaciones gravadas. Cuando se realicen a la vez operaciones gravadas y no gravadas, la deducción del impuesto no destinado exclusivamente a unas y otras se efectuará en forma proporcional al monto de las operaciones que den derecho a crédito. En el caso de exportaciones podrá deducirse el impuesto correspondiente a los bienes que integran directa o indirectamente el costo del producto exportado; si por este concepto resultare un crédito a favor del exportador, éste será devuelto o imputado al pago de otros impuestos o aportes previsionales en la forma que determine el Poder Ejecutivo. Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar el tratamiento establecido en el inciso anterior a las enajenaciones de bienes incluidos en el numeral 14) del artículo 1º del Título 11 del Texto Ordenado 1996. Esta facultad podrá ejercerse para los distintos tipos de bienes mencionados en dicho numeral. El Poder Ejecutivo podrá establecer procedimientos simplificados de liquidación del impuesto en atención al volumen de las operaciones y a la naturaleza de la explotación. Artículo 10 Exoneraciones.- Estarán exoneradas de este impuesto las enajenaciones realizadas por quienes se encuentren comprendidos en el literal E) del artículo 33 del Título 4 del Texto Ordenado 1996. Asimismo estarán exentas las enajenaciones efectuadas por los contribuyentes del tributo creado por los artículos 590 y siguientes de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001. Serán aplicables para este impuesto los beneficios dispuesto en el literal B) del artículo 8º de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998. El Poder Ejecutivo podrá ampliar para este impuesto la nómina de bienes comprendidos, así como la de actividades alcanzadas por el referido beneficio. Sin perjuicio de lo dispuesto por el inciso anterior, facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar las importaciones y enajenaciones de bienes de capital. La reglamentación establecerá la nómina de bienes comprendidos en la exención. Artículo 11 Documentación.- El Poder Ejecutivo establecerá los requisitos formales que deberá observar la documentación de las operaciones gravadas, quedando facultado a no exigir la discriminación del impuesto en la factura o documento equivalente. Artículo 12 Recaudación.- El Poder Ejecutivo reglamentará la forma y fecha de recaudación del impuesto, pudiendo requerir en el curso del año fiscal, pagos a cuenta del mismo 102
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calculados en función de los ingresos gravados del Ejercicio, sin la limitación establecida en el artículo 21 del Título 1 del Texto Ordenado 1996. Autorízase al Poder Ejecutivo a fijar períodos de liquidación mensual para aquellos contribuyentes que designe en función de características tales como el nivel de ingresos, la naturaleza del giro, forma jurídica o por la categorización de contribuyentes que realice la administración. Cuando se realicen a la vez operaciones gravadas y no gravadas, la deducción del impuesto incluido en los bienes no destinados exclusivamente a unas o a otras, se efectuará en la proporción correspondiente al monto de las operaciones gravadas del Ejercicio, sin perjuicio de su liquidación mensual. Facúltase al Poder Ejecutivo a designar agentes de retención y percepción, así como a exigir a los contribuyentes en ocasión de la importación de bienes gravados, pagos a cuenta del impuesto sin la limitación referida en el inciso primero. Artículo 13 Derogaciones.- Deróganse a efectos de este impuesto las exoneraciones genéricas de impuestos establecidas a favor de determinadas entidades o actividades. (*) Artículo 14 Inmunidad.- Extiéndese a este impuesto lo dispuesto por el artículo 581 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001. Artículo 15 Afectación.- Aféctase al Banco de Previsión Social la recaudación del impuesto creado por el artículo 1º de la presente ley, con excepción de los montos establecidos en el artículo 22 de la misma. Artículo 16 Exoneración.- Exonérase del Impuesto al Patrimonio el patrimonio afectado a las explotaciones agropecuarias. Esta exoneración regirá para ejercicios cerrados a partir del 1º de enero de 2001. El crédito fiscal emergente de los anticipos y de los pagos del saldo del Impuesto al Patrimonio del ejercicio cerrado en el año 2001 realizados hasta la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, será exigible a partir del 1º de enero de 2002. Artículo 17 Aporte patronal en el agro.- Redúcese a cero la alícuota de los componentes patronales jubilatorios de la contribución patronal rural global establecida en el artículo 3º de la Ley Nº 15.852, de 24 de diciembre de 1986, y sus modificativas. Disminúyese en un 50% (cincuenta por ciento) el aporte patronal al Banco de Previsión Social del sector rural correspondiente a los Seguros Sociales por Enfermedad de la referida ley. 103
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Facúltase al Poder Ejecutivo a disminuir el aporte mínimo a que se refiere la norma mencionada en el inciso primero del presente artículo, en la proporción que fuere necesaria para aplicar la reducción de aportes establecida. Artículo 18 Aporte patronal en la industria manufacturera.- Redúcese a cero el aporte jubilatorio patronal al Banco de Previsión Social de la Industria Manufacturera Privada comprendida en la Gran División 3 de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU) Revisión 2 (Industria Manufacturera). Facúltase al Poder Ejecutivo a extender esta reducción a las empresas estatales por las mismas actividades en cuanto estuvieren en libre competencia. Disminúyese en 2,5 (dos y medio) puntos porcentuales el aporte patronal al Banco de Previsión Social de los contribuyentes referidos en el inciso precedente correspondiente a los Seguros Sociales por Enfermedad. A efectos del cálculo del complemento establecido en el artículo 338 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, se considerará como efectivamente aportada la reducción dispuesta en este inciso. La disminución dispuesta por el inciso precedente no será de aplicación en los casos de seguros convencionales realizados al amparo del Decreto-Ley Nº 14.407, de 22 de julio de 1975. En el caso en que coexistan otras actividades con las mencionadas en los incisos precedentes, el Poder Ejecutivo establecerá la forma y condiciones en que se determinará el beneficio. Artículo 19 Aporte patronal en el transporte.- Facúltase a reducir a cero la alícuota de los aportes jubilatorios patronales al Banco de Previsión Social de las empresas de transporte terrestre. Artículo 20 Derogación.- Derógase el artículo 279 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001. Artículo 21 Aporte patronal en los servicios.- Sin perjuicio de lo previsto por el artículo 2º de la Ley Nº 17.243, de 29 de junio de 2000, facúltase al Poder Ejecutivo a disminuir hasta un punto porcentual el aporte jubilatorio patronal al Banco de Previsión Social de los sectores de actividad privada no comprendidos en los artículos 18 y 19 de la presente ley ni en la Ley Nº 15.852, de 24 de diciembre de 1986 (rurales), con cargo a los recursos provenientes del COFIS. Artículo 22 Transferencias.- Facúltase al Poder Ejecutivo a transferir al Banco de la República Oriental del Uruguay hasta la suma de U$S 20.000.000 (dólares estadounidenses veinte millones) durante el primer año de vigencia de la presente ley.
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Artículo 23 Vigencia.- Esta ley entrará en vigencia el primer día del mes siguiente al de su promulgación. BATLLE - ALBERTO BENSION - ALVARO ALONSO
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ANEXO Nº 9.Normativa de Licitaciones Públicas.
CONDICIONES GENERALES PARA ADQUISICIONES DE SUMINISTROS Y SERVICIOS 1. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. MARCO NORMATIVO. Además de las condiciones contenidas en este Pliego (Parte II), Pliego Unico (Parte III) y las normas nacionales en vigencia, rigen las indicadas en: a) El Pliego Particular de la Licitación (Parte I). b) Las comunicaciones y circulares que la Administración curse informando sobre aclaraciones y modificaciones al Pliego. NOTA: En el caso que el Pliego Particular de la Licitación estipule forma de cotización en plaza, no regirán las cláusulas relativas a condiciones para suministros del exterior. 1.2. INTERPRETACIONES Y DEFINICIONES. Los términos "Administración" y "U.T.E." designan a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas. El término "Oferente" designa a la persona, empresa o consorcio que presente ó someta formalmente una oferta para ejecutar el suministro, actuando por sí o por medio de sus representantes debidamente autorizados. El término "Adjudicatario" se refiere al oferente cuya oferta haya sido adjudicada por acto administrativo firme dictado por la Administración. El término "Contratista" o "Proveedor" se refiere a la persona, empresa o consorcio que, mediante contrato celebrado con U.T.E. tenga a su cargo la ejecución del suministro, ya sea que actúe por sí o por medio de sus representantes legales. El término "Representante" se refiere a la persona designada por el contratista, con poderes suficientes para tratar y resolver todas las cuestiones relativas a la oferta y/o al contrato. El término "representante de firmas extranjeras", se refiere a las personas físicas o jurídicas domiciliadas en el país que, en forma habitual y autónoma, presten servicios consistentes en preparar, promover, facilitar o perfeccionar la transferencia de bienes o servicios que ofrezcan las firmas extranjeras percibiendo una comisión o porcentaje a cargo del comitente. Deberán estar inscriptos en el Registro Nacional de Representantes de Firmas Extranjeras del Ministerio de Economía y Finanzas (Ley 16.497 del 15/06/94, Decreto 369/94 del 22/08/94). El término "Suministro" significa el abastecimiento de materiales, equipos y otros servicios no personales objeto del contrato, que serán llevados a cabo por el contratista de acuerdo a las especificaciones detalladas en el Pliego de Condiciones. El término "Pliego de Condiciones" se refiere al: a) Pliego de Condiciones de la Licitación (Parte I) en adelante "Pliego Particular", b) Pliego de Condiciones Generales del Organismo (Parte II), en adelante "Pliego General", en el que constan las condiciones que rigen el objeto del contrato.
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c) Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de suministros y servicios no personales en los Organismos Públicos (Parte III), en adelante "Pliego Unico" d) Aclaraciones y modificaciones al Pliego de Condiciones que U.T.E. estime del caso realizar con anterioridad al acto de apertura. El término "Inspector" se refiere al instituto contratado por U.T.E., o a las personas determinadas por la Administración, que tendrán a su cargo el contralor de los ensayos previstos en el Pliego Particular. Los términos de comercio internacional utilizados responden a las definiciones establecidas en los INCOTERMS 2000 de la Cámara de Comercio Internacional. Uruguay aprobó su adhesión a la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías ( vigencia a partir del 01.01.2000). Las palabras o designaciones en singular deben extenderse igualmente al plural y viceversa, cuando la interpretación de los textos escritos lo requiera. Se entenderá por días hábiles aquellos considerados como tales en la República Oriental del Uruguay. 1.3. COMUNICACIONES. Todas las comunicaciones referidas al presente llamado deberán dirigirse a la Gerencia de Sector Compras y Contratos, de acuerdo a las direcciones establecidas en el Pliego Particular. Quienes remitan comunicaciones o documentos a UTE, en cualquiera de las etapas de la negociación deberán retener el comprobante de acuse de recibo por parte de ésta, el que podrá ser requerido siempre que la Administración lo considere pertinente. De no presentarse el mismo se entenderá por no presentada. 2. ACLARACIONES DEL PLIEGO Los adquirentes de pliego podrán solicitar por escrito a la Gerencia de Sector Compras y Contratos (Departamento de Atención Personalizada a Proveedores, teléfono (598 2) 208 4608)), aclaraciones del pliego de condiciones hasta 10 (diez) días hábiles (Licitaciones Públicas) y 3 (tres) días hábiles (Licitaciones Abreviadas), antes de la respectiva fecha establecida para el acto de apertura de las ofertas, salvo especificación en contrario establecida en el Pliego Particular. Toda otra información ampliatoria que la Administración estime del caso realizar con anterioridad al llamado, serán comunicadas por alguno de los medios hábiles establecidos en el punto 1.4 del Pliego Unico, a todos los que hayan adquirido el Pliego de Condiciones. Las comunicaciones deberán ser dirigidas a: ¡Error! Marcador no definido. U.T.E. Gerencia de Sector Compras y Contratos Departamento Atención Personalizada a Proveedores Nro. de Compra: por los siguientes medios, Personalmente: 09:30 a 15:30 hrs., o por correspondencia: Palacio de la Luz Calle Paraguay 2431, Planta Baja 11800 Montevideo URUGUAY
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Por Casilla de Correo : UTE Casilla de Correo 60 Fax: (0598 2) 208 34 28 E-mail:
[email protected] 3. SOLICITUD DE PRORROGA DE APERTURA DE OFERTAS 3.1. Los adquirentes de pliego podrán solicitar por escrito a la Gerencia de Sector Compras y Contratos (Departamento de Atención Personalizada a Proveedores, teléfono (598 2) 208 4608)), la prórroga de la apertura de las ofertas con una anterioridad no inferior a 10 (diez) días hábiles (Licitaciones Públicas) y 3 (tres) días hábiles (Licitaciones Abreviadas) de la respectiva fecha de apertura de ofertas. Las comunicaciones deberán ser dirigidas a: por los siguientes medios, Personalmente (09:30 a 15:30 hrs.), o por correspondencia: Palacio de la Luz Calle Paraguay 2431, Planta Baja 11800 Montevideo URUGUAY Por Casilla de Correo: UTE Casilla de Correo 60 Fax: (0598 2) 208 34 28 E-MAIL:
[email protected] 3.2. En caso de concederse la prórroga solicitada o la Administración disponerla por su sola voluntad, será comunicada por alguno de los medios establecidos en el Pliego Unico (1.4 Comunicaciones) a todos los que hayan adquirido el Pliego de Condiciones. 4. REQUISITOS FORMALES DE LAS OFERTAS 4.1. Las ofertas se presentarán por escrito, en original y dos copias, si las propuestas están integradas con folletos ilustrativos y normas técnicas, éstos deberán presentarse por triplicado. Las tres vías deberán estar firmadas por persona debidamente habilitada por el Oferente y contener idéntica información (tanto técnica como comercial); sus hojas serán numeradas correlativamente (Pliego Unico, Art. 44 del T.O.C.A.F.) y la oferta deberá presentarse engrapada o encuadernada. En el exterior del sobre que contenga la oferta o encabezado del fax se indicará: U.T.E. Depto. Atención Personalizada a Proveedores Palacio de la Luz (calle Paraguay 2431 Planta Baja) Montevideo Uruguay NOMBRE DEL OFERENTE: Oferta para : LICITACION NRO. COMPRA: FECHA Y HORA DE APERTURA: 4.2. RECEPCION DE OFERTAS. Previo a la apertura y hasta una hora antes de la misma, podrán entregarse las ofertas, personalmente o por correo, en la Gerencia de Sector Compras y Contratos, Departamento Atención Personalizada a Proveedores (teléfono(598 2) 208 4608), Palacio de la Luz, calle Paraguay 2431, Montevideo, Planta Baja (en el horario de 09:30 a 15:30 hrs.).-
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A partir de ese momento y hasta la hora de apertura, podrán entregarse personalmente en la: Sala de Apertura de Ofertas UTE Palacio de la Luz Calle Paraguay Nro. 2431 Planta Baja Montevideo - Uruguay También se recepcionarán, en dicha sala, ofertas por: Fax ((0598-2) 200 75 40) Las ofertas presentadas vía Fax, deberán recibirse en su totalidad, antes de la hora señalada para la apertura, en caso contrario se tendrán por no presentadas. No serán válidas las ofertas que no llegaren a la hora dispuesta para el acto de apertura de ofertas. APERTURA : En la hora, día y lugar indicados en el correspondiente llamado o comunicaciones posteriores, serán abiertas las ofertas en presencia de los oferentes y/o sus representantes que concurrieren al acto.4.3. Las firmas extranjeras que no se encuentren instaladas dentro del territorio de la República Oriental del Uruguay, y que coticen suministros del exterior, cuya importación sea de cargo de UTE, podrán presentar por si mismas su oferta o actuar por medio de un representante de empresas extranjeras, debiendo en el caso de ser adjudicatarios, constituir domicilio en nuestro país a los efectos de la licitación y actos posteriores a la misma, por sí o por medio de sus representantes. 4.4. UTE procederá a importar suministros cuando las ofertas hayan sido presentadas por empresas extranjeras o sus representantes; reservándose el derecho de admitir, a su exclusivo juicio, otra forma de presentación. 4.5. Cuando la oferta sea presentada por un representante de firmas extranjeras, se establecerá el nombre del representante de que se trate y su número de registro (Ley 16.497 del 15/06/94, Decreto 369/994 del 22/08/94). 4.6. Las ofertas deberán ser presentadas por: a) el "oferente" (ofertas de empresas nacionales por sí mismas o extranjeras por sí mismas) b) un "representante de firmas extranjeras en representación del oferente" (en el caso de empresas extranjeras cuya oferta se presente por medio de un representante de firmas extranjeras) c) Consorcios y empresas que manifiesten la intención de consorciarse: En caso de que se presente un consorcio (o empresas que manifiesten la intención de consorciarse), no se requiere en oportunidad de la presentación de la oferta, que el mismo esté inscrito ni publicado (Ley 16060 del 4/set/89), dichos requerimientos serán exigidos en caso de resultar adjudicatario, antes de la firma del contrato. Las empresas consorciadas o que manifiesten tal voluntad, deberán cumplir con los siguientes requisitos: c1) Presentación de Acta de intención de consorciarse (o contrato de consorcio en su caso), con certificación notarial de firmas, y en su contenido un detalle de los suministros, servicios y/o parte de las obras que tomará a su cargo cada integrante del consorcio.
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c2) La oferta deberá incluir toda la información requerida en este pliego para cada uno de los miembros integrantes del consorcio. c3) Se designará en la oferta uno de los miembros, como responsable autorizado para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en representación de todos y cada uno de los miembros del consorcio. c4) Deberá resultar del Acta de Intención y posteriormente del Contrato de Consorcio, que sus integrantes serán solidariamente responsables de las obligaciones contraidas en el marco de la Licitación de que se trate. c5) El acta de intención o contrato constitutivo, deberán contener la indivisibilidad de las obligaciones contraídas ante U.T.E. y la no modificación del acta o contrato, sin la previa aprobación de UTE. 4.7. Se podrán presentar ofertas por parte de empresas con número de inscripción provisorio en el registro de proveedores de U.T.E., debiendo obtener el número de inscripción definitivo (en caso de ser adjudicatarios), previo a la presentación de facturas. 5. PRECIO Y COTIZACION 5.1. CONDICIONES GENERALES PARA PLAZA Y EXTERIOR 5.1.1. Los precios cotizados deben incluir todos los gastos que cubran la entrega de la mercadería hasta el lugar que se establece en el Pliego Particular. 5.1.2. Para cada mercadería cotizada se presentará en la oferta su precio unitario con el correspondiente precio total, declarando si los mismos incluyen o no los tributos que se refieren en el punto 9.4 del Pliego Unico. 5.1.3. No se considerarán ofertas que contengan cláusulas de reajuste de precios, salvo que expresamente así lo dispongan las condiciones particulares (Parte I); en ese caso el oferente deberá dejarlo expresamente establecido en su oferta. 5.1.4. Los oferentes podrán cotizar en moneda nacional o extranjera. 5.1.5. Fletes: Por este concepto, se podrá pagar hasta el monto autorizado en la Resolución de adjudicación. 5.2. CONDICIONES ESPECIALES PARA SUMINISTROS DEL EXTERIOR 5.2.1. Los precios cotizados deben incluir obligatoriamente todos los gastos que cubran la entrega de la mercadería hasta completar el valor CFR o CPT/lugar de ingreso al país. Se deberá cotizar el flete correspondiente hasta el lugar de destino final especificado en el Pliego Particular. El Oferente deberá declarar en su oferta si el suministro a importar tendrá transbordos, especificando cuales se realizarán (ésta información será necesaria para el estudio económico de la oferta y en caso de resultar adjudicatario, las condiciones del crédito documentario). En los casos de cotización zona franca la cotización debe ser CIP zona franca más el flete hasta lugar de destino. Debiéndose adjuntar en el momento del despacho de importación, Póliza de seguro cubriendo del Depósito de Zona Franca al Depósito de U.T.E. y en caso de que el ingreso a Zona Franca hubiese sido desde algún puerto, deberá adjuntar fotocopia del comprobante de pago de la Tarifa de Importación de A.N.P. (Administración Nacional de Puertos). En el caso que los suministros ofertados en zona franca requieran un proceso de fabricación de cualquier índole a realizarse en territorio nacional, éste deberá ser efectuado necesariamente en la zona franca cotizada.
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5.2.2. Se discriminarán los componentes siguientes: Pb - Precio libre a bordo sobre el medio de transporte especificando puerto o punto de embarque. fm - Fletes marítimos, fluviales, aéreos y terrestres, desde el punto de embarque hasta su ingreso a territorio nacional. fu - Fletes en Uruguay, desde el ingreso a territorio nacional, hasta el lugar de destino. 5.2.3. En lo que tiene que ver con Pb se tendrá en cuenta que: Cuando corresponda se desglosará el costo de los ensayos en origen. Los honorarios de la firma inspectora no deberán incluirse en el precio, ya que corren por cuenta de la Administración. 5.2.4. SEGUROS La Administración posee póliza flotante con el Banco de Seguros del Estado, que cubre contra todo riesgo de pérdida o daño, desde la salida de fábrica del suministro hasta su entrega en depósito de UTE o en el primer lugar en que se deposite la mercadería luego de su salida del lugar de entrada al país. Los oferentes deberán tener en cuenta que el seguro corre totalmente a cargo de la Administración, por lo cual no deberá incluirse en la oferta, salvo que en el pliego particular se indique tal opción. Las características de dicho seguro se detallan en el punto 15.10 - SEGUROS de este Pliego. 6. MANTENIMIENTO / GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 6.1. MANTENIMIENTO DE OFERTA Para el estudio de las ofertas y adjudicación definitiva por parte del ordenador competente se dispondrá de un plazo mínimo de 120 (ciento veinte) días calendario, contabilizados a partir de la fecha de apertura de las ofertas, durante los cuales el oferente deberá mantener válida su oferta. El plazo de vigencia del mantenimiento de oferta será prorrogado automáticamente por períodos de 60 (sesenta) días calendario, siempre que el oferente no desista en forma expresa de su propuesta, por escrito, ante la Gerencia de Sector Compras y Contratos, con una antelación mínima de 30 (treinta) días calendario a la fecha de expiración del plazo original o de las prórrogas concedidas. No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la oferta en forma alguna o que indiquen otros plazos; caso contrario esta Administración, a su exclusivo juicio, podrá desestimar la oferta presentada. 6.2. GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA El oferente, cuando el monto de su oferta supere el monto de la Licitación Abreviada (sin ampliar), constituirá una garantía de mantenimiento de oferta por un monto no menor al equivalente al 1% (uno por ciento) del valor total de la misma, considerándose, en el caso de ofertas alternativas o variantes, la opción de mayor importe, salvo que el Pliego Particular aumente dicho porcentaje o establezca un criterio diverso para la determinación del monto o determine otras formas de garantías equivalentes.
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Los proponentes que no coticen por la totalidad del objeto licitado (cuando el pliego particular lo permita), depositarán en garantía como mínimo el 1% del importe de lo cotizado, en los casos que corresponda. En el caso de arrendamientos, servicios, etc. el monto de la oferta será el resultante de multiplicar el precio mensual ofrecido por dicho arrendamiento o servicio, por el período de la contratación. En caso de cotizarse parte del precio en moneda extranjera, a los efectos del depósito de la garantía, su equivalente en moneda nacional será calculado considerando el tipo de cambio vendedor vigente en la Mesa de Cambios del Banco Central del Uruguay el último día hábil anterior a la fecha de caución o a la de emitido el aval o fianza. 6.3. DEPOSITO: La garantía deberá ser depositada por: a) el "oferente" (ofertas de empresas nacionales o extranjeras por sí mismas) b) un "representante de firmas extranjeras en representación del oferente", indicándolo expresamente en el documento (en el caso de empresas extranjeras cuya oferta se presente por medio de un representante de firmas extranjeras). c) "empresas consorciadas". Las empresas consorciadas legalmente ( de acuerdo a lo establecido en la Ley 16.060 del 4/set/89) o aquellas que manifiesten la intención de consorciarse (mediante acta notarial), pero no estén constituidas legalmente a la fecha de apertura de ofertas, deberán depositar mediante alguna de las siguientes opciones : a) por separado cada empresa integrante indicando su denominación y la del consorcio que se propone constituir, debiendo la suma de garantías cubrir el mínimo, o b) una sola garantía, donde se indique la denominación de las empresas integrantes y el nombre del consorcio constituido o a constituir. 6.4 PLAZO PARA DEPOSITAR: Los oferentes deberán presentar el depósito de garantía, con la antelación que deseen y hasta una hora antes del momento fijado para el acto de apertura de las ofertas, en el Departamento de Atención y Recepción de Acreedores (División Económico Financiera, teléfonos (598 2) 208 6882, fax 209 3997, e-mail :
[email protected]), Palacio de la Luz, Planta Baja, calle Paraguay 2431, Montevideo; en el horario de 9:30 a 15:30 hrs., estando facultada la Gerencia de Sector Compras y Contratos para autorizar la extensión de dicho plazo. 6.5 MODALIDADES PARA CONSTITUIR: El oferente podrá constituir la garantía mediante alguna de las siguientes modalidades: a) Valores Públicos computados por su valor nominal. Las Obligaciones Hipotecarias Reajustables se computarán por su cotización en la Bolsa de Valores al último día hábil anterior al de la fecha de caución. Los valores en títulos tendrán que ser caucionados en el Banco de la República Oriental del Uruguay a la orden de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas. b) Fianza o aval bancario de un Banco de Plaza o de un Banco extranjero avalado por un Banco del país, el cual será responsable directo de posibles incumplimientos de cualquier naturaleza. La garantía deberá contener cláusulas que establezcan que no será necesario trámite alguno o discusión para hacer efectivo su cobro.
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c) Seguro de fianza del Banco de Seguros del Estado. La garantía deberá contener cláusulas que establezcan que no será necesario trámite alguno o discusión para hacer efectivo su cobro. d) En efectivo (Cheques: Esta Administración sólo aceptará cheques de Bancos de plaza. En caso de constituirse la garantía mediante cheque, y en todos los casos el monto a percibir, será neto a favor de U.T.E., quedando de cuenta de los depositantes todo tipo de comisiones o gastos). Cuando, por cualquier causa, un cheque fuera rechazado por el Banco contra el cual se libró el mismo, U.T.E. tendrá por no constituida la garantía. e) Otras formas de garantías equivalentes que el Pliego Particular establezca o acepte. NOTA: Las empresas del exterior interesadas en presentar garantías de mantenimiento de oferta por medio de depósito en cuenta de UTE, mediante giro bancario, deberán comunicarse con el Depto. de Atención y Recepción de Acreedores ((0598-2) 2086882, fax 2093997, e-mail:
[email protected]). 6.6. VENCIMIENTOS: Las garantías de mantenimiento de oferta deberán constituirse de manera que contemplen lo establecido en este capítulo. No se aceptarán garantías con vencimientos menores a 180 (ciento ochenta) días calendario contados a partir de la fecha de apertura de ofertas, y se deberá prorrogar la validez de las mismas con una antelación de 30 (treinta) días calendario, por períodos no inferiores a 60 (sesenta) días calendario al vencimiento de la original a excepción de quienes desistan del mantenimiento de oferta según lo establecido en este capítulo. 7. APERTURA DE OFERTAS 7.1. Abiertas las ofertas se pondrá a disposición de los oferentes una de las vías para que tomen conocimiento de los precios y demás condiciones de todas las ofertas presentadas. 7.2. Vencido el plazo para la presentación de las ofertas, no se tomará en cuenta ninguna interpretación, aclaración o ampliación de propuestas, salvo aquellas que fueran directa y expresamente solicitadas por escrito por la Gcia. de Sector Compras y Contratos o por la Comisión Asesora de Adjudicaciones actuante. En tal caso, el oferente dispondrá de un plazo para hacer llegar su respuesta que se indicará en la correspondiente solicitud. De no recibirse aquélla en el lapso señalado, la oferta podrá ser desestimada. 8. ESTUDIO DE LAS OFERTAS 8.1. La Administración se reserva el derecho de determinar a su exclusivo juicio y en forma definitiva si el proponente posee la capacidad técnica y financiera para realizar el suministro y/o prestación de servicio. 8.2. La Administración se reserva el derecho de considerar, a su exclusivo criterio, ofertas que contengan apartamientos menores con respecto a lo indicado en este Pliego. 8.3. La falta de información suficiente para hacer un juicio fundado de una oferta, podrá significar el rechazo de la misma pudiendo la Administración a su juicio, solicitar información complementaria de acuerdo al criterio expuesto en el punto 7.2 de este pliego.
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8.4. Para la comparación de las ofertas que coticen en moneda extranjera según el punto 5 de este Pliego, se utilizarán los arbitrajes y tipos de cambio billete vendedor que rijan al cierre del último día hábil anterior a la fecha de apertura de las ofertas, publicados por la Mesa de Cambios del Banco Central del Uruguay. Para los casos en que además de la cotización, el pago deba ser efectuado en moneda extranjera, el tipo de cambio a utilizar será incrementado por el ICOME. (Impuesto compra moneda extranjera) La Administración se reserva el derecho de adoptar criterios de comparación que permitan tener en consideración: a) Diferencias en los plazos de entrega b) Mayor economía por rendimiento, vida útil y/o mantenimiento. 8.5. A los efectos comparativos, en caso que una oferta no indique los datos necesarios de acuerdo con lo especificado en el Pliego, la Administración podrá incluirlos en la oferta según la evaluación económica que considere apropiada para ponerla en condiciones equivalentes a las otras propuestas. 8.6. En la comparación incidirán las condiciones de pago establecidas por el oferente, considerándose además los costos asociados que para la Administración tienen las formas de pago ofrecidas. Para evaluar dicha incidencia se actualizarán los pagos y los mencionados costos asociados, a una tasa anual que a juicio de la Administración, sea representativa del costo de obtención de recursos. 8.7. Tratándose de suministros provenientes del exterior, en la comparación de las ofertas se respetarán las preferencias que se establezcan para países incorporados a organizaciones de comercio, comunidades o convenios aduaneros o de integración o producción a los que esté adherida la República Oriental del Uruguay, sin perjuicio de lo establecido en el punto 9.5 del Pliego Unico. A tales efectos, se exigirán los certificados de origen debidamente avalados por las autoridades competentes en los casos que correspondan. 8.8. Para la comparación de las ofertas no se tendrá en cuenta el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). 9. ADJUDICACION 9.1. La Administración podrá dividir por razones fundadas la adjudicación de la licitación entre varios proponentes, así como aumentar o disminuir razonablemente las cantidades licitadas. 9.2. La Administración no se obliga a aceptar la más baja y ninguna otra de las propuestas que le sean presentadas y se reserva el derecho de rechazarlas todas, si a su exclusivo juicio lo estimara conveniente. 9.3. Asimismo, la Administración no se obliga a optar con respecto a determinado renglón que resuelva adjudicar, por el ofrecido a menor precio, sino que podrá optar teniendo en cuenta la calidad o cualidades que a su exclusivo juicio contemple mejor su conveniencia. 9.4. La Administración se reserva el derecho a aceptar o rechazar los componentes propuestos y los valores asignados a los coeficientes de incidencia en las fórmulas de reajuste, si esta posibilidad estuviera contemplada en la Parte I. 9.5. Administración podrá considerar como factor preponderante para el rechazo de la oferta, los antecedentes de los oferentes en cuanto a la conducta comercial asumida en el cumplimiento de contrataciones con la misma, y con las demás instituciones estatales. 9.6. Asimismo, la Administración podrá consultar a cualquiera de las empresas de servicio público de electricidad, en particular de los países integrantes de la Comisión de Integración Eléctrica Regional (CIER), sobre análogos antecedentes con dichas
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empresas, como así también sobre los resultados de los materiales, equipos o servicios ofertados. 9.7. Cuando las compras o contrataciones de servicios en el exterior sean cursadas por medio de representantes de firmas extranjeras, sólo podrán hacerse a través de los debidamente matriculados en el Registro Nacional de Representantes de Firmas Extranjeras (Ministerio de Economía y Finanzas)(Ley 16.497 del 15/06/94, Decreto 369/94 del 22/08/94). 10. NOTIFICACION 10.1. Dictada la resolución de adjudicación y una vez producida la intervención de legalidad del Tribunal de Cuentas de la República, la Gerencia de Sector Compras y Contratos notificará dicho acto por alguno de los medios establecidos en el Pliego Unico (1.4. Comunicaciones), al(a los) adjudicatario(s), en el domicilio constituido ante esta Administración. 10.2. La Gerencia de Sector Compras y Contratos comunicará oportunamente a los restantes oferentes (no adjudicatarios), quién ha sido él o los adjudicatarios; momento a partir del cual podrán retirar la garantía de mantenimiento de oferta. 10.3. Dentro del término de 10 (diez) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la notificación mencionada en el punto 10.1 -, el adjudicatario, o su representante deberá : A. cuando corresponde efectuar depósito de Garantía. Depositar la Garantía de fiel cumplimiento de contrato según lo establecido en el capitulo "Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato". B. cuando no corresponde efectuar depósito de Garantía. Deberá entregar personalmente el formulario firmado que se agrega al presente pliego y dice "Aceptación de Adjudicación" en el Depto. de Atención Personalizada a Proveedores ubicado en Planta Baja del Palacio de la Luz o remitir dicho formulario por fax al nro. Telefónico de la Gcia. de Sector Compras y Contratos que le notificó la adjudicación. NO ENTREGA DEL FORMULARIO "ACEPTACION DE LA ADJUDICACION": Si transcurrido el plazo para la entrega del formulario citado, el adjudicatario o su representante no lo presentare, en tiempo y forma, excepto que se haya autorizado una prórroga, hará caducar los derechos del adjudicatario, pudiendo la Administración reconsiderar el estudio de la Licitación con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia. Asimismo; la Administración podrá dejar sin efecto la adjudicación, ejecutar la garantía de mantenimiento de oferta e iniciar acción por incumplimiento por daños y perjuicios, tomando este antecedente como negativo en futuras licitaciones; independientemente de lo establecido en el punto 12.1.2.. C. CONSORCIOS Las empresas que manifestaron la voluntad de consorciarse en la oferta deberán, en un plazo no mayor a 20 (veinte) días hábiles contados a partir de la comunicación de UTE, presentar en la Sub Gcia. Asuntos Contractuales (horario 09:30 a 15:30 hrs., Teléfono (598 2) 203 2958, Fax 203 0861, Palacio de la Luz, 7mo. Piso, calle Paraguay 2431, Montevideo), para la firma de la notificación contrato: garantía de fiel cumplimiento (cuando corresponda), la documentación que acredite estar constituidos legalmente (de acuerdo a lo establecido en la Ley 16.060 del 4/set/89), y en el contrato se deberá expresar a) que serán solidariamente responsables de las obligaciones contraídas, las cuales serán indivisibles, y b) la no modificación del contrato sin el previo consentimiento de U.T.E..
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Si transcurrido el plazo para la firma de la notificación contrato, el adjudicatario o su representante legal no concurrieren a tales efectos, excepto que se haya autorizado una prórroga, tal circunstancia hará caducar los derechos del adjudicatario, pudiendo la Administración reconsiderar el estudio de la Licitación con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia. Asimismo; la Administración podrá dejar sin efecto la adjudicación, ejecutar la garantía de mantenimiento de oferta e iniciar acción por incumplimiento por daños y perjuicios, tomando este antecedente como negativo en futuras licitaciones, independientemente de lo establecido en el punto 12.1.2.. 10.4. DOMICILIO: Las firmas extranjeras o sus representantes designados deberán, en esta instancia, constituir domicilio en nuestro país, a los efectos de la licitación y actos posteriores a la misma. 11. GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 11.1. Esta garantía deberá ser constituida por un monto no inferior al 5% del monto de la contratación; en la moneda de cotización o su equivalente en dólares americanos y de acuerdo a lo establecido en el Pliego Unico (18.1 Constitución), en el Dpto. de Atención y Recepción de Acreedores, (División Económica Financiera, Teléfonos (598 2) 208 6882, Fax 209 3997, e-mail :
[email protected], Palacio de la Luz, Planta Baja, calle Paraguay 2431, Montevideo, en el horario de 9:30 a 15:30 horas. La garantía deberá ser emitida con cláusulas que contemplen su vigencia hasta el cumplimiento total de las obligaciones contractuales del suministro o servicio que ampara. La Administración se reserva el derecho de resolver, a su exclusivo juicio, la aceptación de dicha documentación. 11.2. Para cualquiera de las formas establecidas en el Punto 6 de este Pliego, las garantías estarán a disposición de la Administración y los contratos originados por éstas, deberán contener cláusulas que establezcan que no será necesario trámite alguno o discusión para hacer efectivo su cobro.11.3. Si transcurrido el plazo otorgado para constituir la garantía de fiel cumplimiento de contrato, el contratista no ha dado cumplimiento a lo dispuesto precedentemente, la Administración podrá dejar sin efecto la adjudicación efectuada, ejecutar la garantía de mantenimiento de oferta e iniciar las acciones que pudieran corresponder contra el contratista, por los perjuicios que cause su incumplimiento, y tomar este antecedente como negativo en futuras licitaciones, sin perjuicio de aplicar lo establecido en la Parte III numeral 18.2. 11.4. Al depositar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, el adjudicatario podrá solicitar el reintegro (previa presentación del recibo correspondiente), de la Garantía de Mantenimiento de Oferta. 12. CONDICIONES DE ENTREGA Se entiende por entrega la efectiva obligación de dar el objeto del contrato por parte de quien la ha asumido contractualmente.
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12.1. CONDICIONES GENERALES 12.1.1. La entrega de la totalidad del suministro deberá efectuarse en el lugar determinado en el Pliego Particular, ajustándose estrictamente a las condiciones contractuales. En caso de materiales que se entreguen en contenedor, los mismos deberán estar dispuestos de forma tal que permita vaciar el contenedor mediante maquinaria de movimiento de carga standard (autoelevadores, etc.). En caso contrario los gastos que se generen por este concepto, así como el alquiler diario por él o los contenedores serán de cargo del proveedor. 12.1.2. Los plazos de entrega serán computados en días calendario. Toda demora, por encima del plazo establecido en 10.3, en la entrega del formulario de "Aceptación de la Adjudicación", firma de notificación-contrato o depósito de Garantías, será descontada del plazo de entrega. Deberá tomarse en cuenta que la recepción de cargas por la Gcia. de Sector Almacenes y Gestión de Stocks, se cumple de lunes a viernes (días hábiles) de 08:30 a 13:30 horas, a efectos de evitar inconvenientes para la descarga de las mismas. El depósito OO1 Central, esta ubicado en Montevideo, calle Gral. Aguilar Nro. 1079 (Tel. 05982 209 7037 y 209 0073); el depósito 002 Predio Peñarol esta ubicado en Montevideo, Avda. de las Instrucciones 1710 esquina Casavalle (Tel. 05982 305 5313 y 309 1099) 12.1.3. Cuando se trata de un suministro que permite su fraccionamiento en entregas parciales, la oferta deberá incluir el cronograma de entregas mensuales o periódicas con el que se cumplirá la entrega del suministro dentro del plazo total que se establezca en la misma. 12.1.4. El cronograma de entregas parciales, deberá estar claramente definido en la oferta, el que una vez aceptado por la Administración será el único válido para el cumplimiento de todas las condiciones de la negociación. 12.1.5. La Administración podrá aceptar en las entregas una diferencia en más o en menos de hasta un 5% (cinco por ciento) sobre las cantidades adjudicadas cuando se trata de suministros de difícil fraccionamiento, ajustándose los pagos en forma proporcional. 12.1.6. La Administración rechazará todas aquellas partidas que no se ajusten a las condiciones establecidas en los presentes Pliegos de Condiciones, siendo de cuenta del Proveedor todos los gastos que se originen como consecuencia del rechazo. En entregas “plaza”, en aquellos casos que la entrega esté prevista en los almacenes Central P001 ( tel. 2097037) o Predio P002 (tel. 3055313) el proveedor deberá contactarse telefónicamente, con una antelación mínima de 3 (tres) días hábiles a los efectos de coordinarse la entrega, reservándose UTE el derecho de no recibir el material si no fue previamente coordinado. 12.1.7. En caso de materiales (aún si se les hubiera realizado inspección en fábrica) en que la unidad técnica determinara su rechazo, cuando se recibe el material en el Almacén, el proveedor deberá retirar el mismo, a fin de realizar las modificaciones que correspondan o su reposición, para cumplir con las especificaciones técnicas incluidas en el Pliego de Condiciones. Esta Administración estima un plazo de 12 (doce) días hábiles (contados a partir de la recepción del material en el Almacén), como mínimo, para la aceptación del suministro (con excepción de suministros a los que se prevé la realización de ensayos una vez recibidos provisoriamente en Almacenes).
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Si no fuera posible realizar el control total del material y por consiguiente notificar del rechazo dentro de los 12 (doce) días previstos, el período comprendido entre el vencimiento del plazo y la fecha de notificación del rechazo, no será considerado a efectos del cobro del almacenaje. Se considerará atraso en la entrega y por lo tanto pasible de las penalidades previstas en el punto 16.1 cuando el material sea rechazado luego de la recepción en el destino previsto. A los efectos del cálculo del citado período se computará desde la fecha de ingreso del material en el Almacén hasta la recepción definitiva del mismo de acuerdo a lo establecido en el apartado segundo del punto 12.1.7, es decir: • notificación de rechazo se realiza dentro de los 12 (doce) días, este correrá a partir de la fecha de ingreso del material al Almacén destino, hasta la recepción definitiva. • notificación de rechazo se realiza después de los 12 (doce) días se le sumará el período comprendido entre la fecha de notificación de rechazo y la recepción definitiva. UTE cobrará, además al proveedor por concepto de gastos: • una tarifa de despacho, por tonelada bruta, en función del peso del material rechazado que se devuelve al proveedor. • una tarifa de almacenaje, diaria, por metro cúbico que se computará desde el día en que se recibió el material en el almacén, hasta el día en que es retirado, inclusive. • una tarifa de recepción, por tonelada bruta, en función del peso del material que fuera rechazado y que se recibe nuevamente. • una tasa de gastos administrativos. Si el proveedor solicita efectuar las reparaciones que correspondan dentro de las instalaciones de UTE, y la Administración lo acepta, se le cobrarán los siguientes gastos: • una tarifa de almacenaje, diaria, por metro cúbico que se computará desde el día en que se recibió el material en el almacén, hasta su aceptación técnica por parte de UTE. • una tarifa de almacenaje, diaria, por metro cúbico por el espacio adicional que se requiera para efectuar las reparaciones o modificaciones al material durante el período de su efectiva utilización. • tasa de gastos administrativos. Asimismo, serán de cuenta del proveedor el personal y las maquinarias necesarias para efectuar los movimientos del material y su reparación dentro del almacén. El embalaje del material, luego de las modificaciones realizadas deberá cumplir con lo establecido en el Pliego de Condiciones, los trabajos mencionados deberán realizarse en el horario habitual de atención de Almacenes (días hábiles de 08:30 a 13:30 hrs.). Los precios a cobrarse serán los usuales para este tipo de servicios que prestan los distintos Operadores Portuarios y Depósitos Aduaneros Particulares. Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, la Administración no será responsable, en forma alguna, por el estado de conservación, deterioro, o daños del material no retirado en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días hábiles, contados a partir de la notificación del rechazo. Adeudándose 5 (cinco) meses de gastos de almacenamiento o depósito por parte del contratista omiso, se entenderá que éste ha renunciado a la propiedad de la mercadería, (en el caso que la misma no haya sido abonada totalmente por U.T.E) de que se trata en 118
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beneficio de UTE la que podrá disponer de la misma en la forma que estime más conveniente. En este caso la Administración podrá hacer uso, a su arbitrio, de los derechos que le acuerda lo establecido en los distintos puntos de este Pliego. 12.1.8. Si el contratista no pudiera realizar la o las entregas dentro de los plazos a que se obliga, podrá solicitar prórroga en el plazo de entrega, ante la Gerencia de Sector Compras y Contratos con la debida antelación. Dicha solicitud deberá estar acompañada de la documentación que la justifique. La Administración podrá, si considera válida la justificación, acordar una prórroga relacionada con los atrasos que efectivamente pudieran ocasionar en la entrega las causas mencionadas. De acordarse la prórroga, ésta será comunicada al proveedor por escrito, por la Gcia. de Sector Compras y Contratos, donde se expresará la concesión de la prórroga y las nuevas fechas contractuales de entrega o embarque. 12.1.9. La Administración, luego de dictado el acto administrativo que disponga la adjudicación y/o durante la ejecución del contrato, se reserva el derecho de modificar, con el consentimiento del adjudicatario, el cronograma de entregas establecido para suministros y servicios, así como también el lugar, condiciones, horarios, etc. de prestación de los servicios; en consideración de sus necesidades. 12.1.10. La empresa que incumpla con las cláusulas de embalaje será pasible de la multa correspondiente, la cual evaluará la Administración de acuerdo a los perjuicios que su no cumplimiento pueda ocasionar a la misma, la que tendrá como límite un 15 % (quince por ciento) del valor del embarque que la generó, más los gastos reales incurridos por U.T.E. (sin perjuicio de las penalidades que pudieran corresponder como consecuencia del incumplimiento de la entrega de las listas de empaque y/o la falta de información requerida en ella)12.2. CONDICIONES DE ENTREGA PARA SUMINISTROS DE PLAZA 12.2.1. Los plazos de entrega indefectiblemente empezarán a correr desde el día siguiente al vencimiento del plazo establecido en el punto 10.3 - de este pliego salvo cuando se establezca la exigencia de pagos adelantados, en cuyo caso correrán desde el día siguiente a que se efectúen dichos pagos, sujetos además a lo prescripto en el punto 14.1.4 - de este Pliego. 12.2.2. No obstante, la Administración podrá contemplar otro plazo para la iniciación de las entregas como ser en caso de fabricación especial que requiera la realización previa de proyectos o prototipos, la necesidad de disposición inmediata del material u otra circunstancia justificada por el adjudicatario y aceptada por la Administración o previstas en el Pliego Particular. 12.2.3. ENTREGA INMEDIATA Cuando el oferente indique que la mercadería será entregada de inmediato, la Administración entenderá por tal un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de lo dispuesto en 12.2.1 -. 12.2.4. En caso de entregas en Almacenes (Central P001 y Predio P002) de la Administración, la firma adjudicataria deberá coordinar, con una antelación mayor a 3 (tres) días hábiles, con el jefe del almacén correspondiente, la fecha de entrega efectiva del material, la que será comunicada mediante fax, donde constará día y horario.12.2.5. Si el material se entrega en contenedor, los gastos por concepto de descarga y alquiler de contenedores, serán de cargo del oferente.
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12.3. CONDICIONES DE ENTREGA PARA SUMINISTROS DEL EXTERIOR 12.3.1. El oferente establecerá en su propuesta él o los plazos de entrega, expresados en días calendario, mediante un cronograma de embarques. El momento a partir del que comenzarán a contabilizarse dichos plazos, será el día siguiente de efectuada la apertura del Crédito Documentario. Si el medio de pago ofrecido fuera diferente, los plazos se contabilizarán de acuerdo a lo establecido en el punto 12.2.1 - de este pliego. La finalización de dichos plazos acaecerá en la fecha contractual a que se compromete el oferente, determinada por la ocurrencia del embarque marítimo o aéreo, considerándose la fecha documentada en el correspondiente conocimiento de embarque. Para embarques terrestres se considerará las condiciones CPT/lugar de ingreso al país, tomándose la fecha de ingreso al país a través de la frontera correspondiente. El lugar de destino final será especificado en el pliego de Condiciones Particulares. En el caso de cotización zona franca la entrega debe realizarse en el lugar especificado en el Pliego Particular en plazo no mayor a las 24 (veinticuatro) horas corridas de efectuado el despacho aduanero. 12.3.2. En el Pliego Particular se determinará sí la Administración acepta la entrega del suministro en embarques parciales y las condiciones de los mismos. En caso de aceptarse, el oferente deberá especificar obligatoriamente para cada embarque: a) plazo de entrega, teniendo en cuenta, lo dispuesto en el punto 12.3.1 - de este Pliego. b) b) detalle del material que lo integra; c) c) valor, expresado de acuerdo a lo establecido en el punto 5 de este Pliego. d) d) forma de pago. La Administración se reserva la facultad de considerar cada embarque como un negocio independiente a los efectos de los trámites de importación y pago. 12.3.3. Las listas de empaque que conforman la documentación de embarque deberán establecer claramente (por lo menos): • Licitación: • Nº de Compra • Nº de cajón • Descripción del Material por bulto • Código UTE del ítem • Cantidad por ítem • Cantidad de bultos (que deberán estar numerados y correlativos) • Kilos brutos y netos por cajón 12.4. GARANTIA DE CONTRAVALOR U.T.E. podrá exigir, en cada oportunidad que se retire material rechazado y abonado por U.T.E., que el contratista deposite previamente una Garantía de Contravalor por el mismo importe, a favor de U.T.E.. Esta garantía podrá constituírse por las modalidades a), b), d) ó e) indicadas en "Garantía de Mantenimiento de Oferta" y deberá estar vigente por un plazo mayor al previsto para el reintegro del suministro. 13. ENSAYOS
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13.1. En el Pliego Particular se indicarán los ensayos en origen que se requieren y quien realizará la supervisión de los mismos. 13.2. El contratista tomará todas las medidas necesarias para la preparación de los ensayos y comunicará a la Gerencia de Compras y Contratos vía Fax ( 598 2 209 04 29 ó el indicado en el Pliego Particular) la fecha de su realización, indicando número de negociación, tipo de material y cantidad a ensayar con la antelación establecida en el Pliego Particular. Si el contratista no diese cumplimiento al aviso de ensayo en la fecha prevista en el pliego particular, la Administración no se hará responsable por el atraso en el envío de los Técnicos para la supervisión de dichos ensayos, no dándose trámite a ninguna solicitud de reconsideración por aplicación de multas por atraso en la o las entregas, vinculadas con atrasos en los ensayos. 13.3. El contratista proveerá todas las facilidades a fin de permitir al inspector realizar su tarea, siendo de su cargo todos los costos que requiera la ejecución de los ensayos, salvo lo dispuesto en el 5.2.3 - de este Pliego, respecto a los honorarios de la eventual firma inspectora. El contratista se hará cargo de los costos de pasajes, traslados, tasas de embarque, hospedaje y alimentación, relacionados con la presencia de los técnicos de UTE en la supervisión de los ensayos (Resolución 98.-2465). 13.4. De no concurrir el inspector en la fecha prevista, el contratista deberá comunicar la situación a la Gerencia de Sector Compras y Contratos, ese mismo día, vía fax ( (0598 2) 209 0429 ó el indicado en el pliego particular). 13.5. Si transcurrido la fecha estipulada por el oferente para la realización de los ensayos no hubiese concurrido el inspector, el contratista lo comunicará inmediatamente a la Administración en la forma expresada anteriormente. Si UTE no contestara en un plazo de 5 (cinco) días hábiles, el contratista continuará los trabajos y deberá embarcar dentro del plazo acordado. 13.6. Todos los gastos y perjuicios que provoque a UTE el incumplimiento por el contratista de cualquiera de las obligaciones detalladas en este capítulo, serán de cuenta de este último. 13.7. En ningún caso la supervisión realizada por la Administración eximirá al contratista de sus responsabilidades definidas en el contrato. 14. CONDICIONES DE PAGO Se recuerda que al Sistema Autoasistido de Proveedores (información de facturas y pagos) se accede por medio de la línea telefónica ((5982) 9248948). Se destaca que a efectos de poder efectivizar el pago de la presente negociación, previo a la facturación, la empresa adjudicataria necesariamente deberá registrarse como proveedora de U.T.E., obteniendo el número definitivo de inscripción en el registro correspondiente (Departamento de Atención y Recepción de Acreedores, teléfonos (598 2) 208 6882, fax 209 3997, e-mail :
[email protected], Palacio de la Luz, Planta Baja, calle Paraguay 2431, Montevideo; en el horario de 9:30 a 15:30 hrs.). DESCUENTO PRONTO PAGO: U.T.E. cuenta con un mecanismo de adelanto de pago de facturas de proveedores mediante descuento en el precio (Mecanismo de Descuento Pronto Pago). Los Proveedores interesados podrán consultar el alcance y procedimiento en el Depto. de Atención y Recepción de Acreedores ( Planta Baja del Palacio de la Luz, tel. 208 6882, e-mail :
[email protected]). El oferente establecerá en su oferta la forma de pago. Para ello, tendrá en cuenta lo dispuesto en este punto y los siguientes.
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14.1. CONDICIONES DE PAGO EN PLAZA 14.1.1. El importe de cada entrega y/o prestación de servicio se abonará mediante una o más de las siguientes modalidades: a) Transferencia bancaria al Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) (donde el proveedor deberá tener cuenta corriente o caja de ahorros en pesos o dólares). b) Crédito doméstico, en el caso de concurrencia de oferentes nacionales y extranjeros, quedando esta modalidad de pago a criterio de la Administración. La fecha de emisión de las facturas deberá corresponderse en todos los casos con la fecha de entrega del material o de la prestación del servicio. 14.1.2. En caso que el pago sea realizado mediante transferencia bancaria, el valor integro de cada remesa de material y/o servicio prestado se abonará al adjudicatario en la moneda de cotización, en la última semana del mes siguiente al de su entrega o su efectiva prestación, y siempre que se haya comprobado que los materiales han sido entregados o el servicio cumplido en perfectas condiciones y responden a las prescripciones del contrato correspondiente, de todo lo cual se cerciorará esta Administración durante el tiempo que medie entre la fecha de entrega de los materiales y/o prestación del servicio y el día fijado para su pago, siempre que en el caso de materiales las condiciones de ensayo lo permitan. Las facturas correspondientes; se abonarán al mes siguiente de la factura, en concordancia con lo establecido en el presente artículo y el calendario de pago a proveedores establecido por la Gerencia de División Económico Financiera. En el momento de procederse a los pagos a la firma adjudicataria se exigirá la documentación a que se refiere la Ley No.14.372 de 29 de abril de l975. 14.1.3. En caso que el pago sea realizado mediante carta de crédito doméstica el valor íntegro de cada remesa se abonará al adjudicatario en la moneda de cotización una vez que se haya comprobado que los materiales han sido entregados en perfectas condiciones y responden a las prescripciones del contrato correspondiente. 14.1.4. Los oferentes deberán obligatoriamente cotizar y ceñir sus propuestas según las condiciones de pago indicadas anteriormente. En caso de que presenten ofertas con otras alternativas, la Administración decidirá la modalidad de pago que juzgue más conveniente a sus intereses. 14.1.5. Los anticipos sólo podrán concederse en forma proporcional a la incidencia de los insumos. En caso de autorizarse este pago, se calculará sobre el precio adjudicado con exclusión del Impuesto al Valor Agregado. 14.1.6. PAGO ANTICIPADO Cuando se establezcan condiciones de pago anticipado, el adjudicatario deberá depositar, en el plazo de 5 (cinco) días hábiles a partir de la notificación de adjudicación prevista en el punto 10.3 -, una garantía por el valor total del adelanto, la cual podrá establecerse en alguna de las siguientes modalidades: • Valores públicos • Aval Bancario Asimismo dentro de dicho plazo deberá presentar en el Dpto. de Atención y Recepción de Acreedores (División Económico Financiera), Palacio de la Luz, Planta Baja (Teléfonos (598 2) 208 6882, Fax 209 3997, e-mail :
[email protected]; la nota de solicitud correspondiente al anticipo. Dicha nota deberá contener por lo menos los siguientes datos: 1) Nombre de la empresa adjudicataria. 2) Denominación de la sociedad.
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3) Dirección. 4) Número de Registro Unico de Contribuyentes (R.U.C.) 5) Número de pedido por el que se tramita la negociación y número de Resolución de adjudicación. 6) Insumos sobre los que se solicita el anticipo. 7) Monto a percibir y moneda de pago. 8) Fecha. 9) Firma autorizada. 10) En caso de solicitar pago por transferencia bancaria deberá indicar el número de cuenta del adjudicatario. Eventualmente, la Administración se reserva el derecho de ampliar el presente listado de datos. 14.1.7. Si el adjudicatario efectúa el depósito de garantía fuera de los plazos indicados en el punto anterior por causas ajenas a esta Administración, la demora, se computará en días hábiles, reduciéndose estos, del plazo y/o cronograma de entregas en la misma cantidad de días. 14.1.8. Lo dispuesto en el punto anterior rige para los contratos cuyas condiciones de entrega están supeditadas a las fechas de pagos anticipados. 14.1.9. FORMA DE PAGO FINANCIADO El plan a financiar deberá ser realizado ajustando su información a lo siguiente: El plan de financiación mínimo que se prefiere es de 2 (dos) años, contados a partir de la entrega de los suministros adjudicados, determinándose: 1) Monto a pagar anticipadamente contra pedido, con el correspondiente depósito previo de una garantía a satisfacción de la Administración que será liberada una vez que se haya entregado material por valor equivalente; y/o 2) Monto a pagar contra entrega del material en depósito de la Gerencia de Sector Almacenes y Gestión de Stock o donde se indique en el Pliego Particular o contra la efectiva prestación del servicio. 3) Monto financiado a pagar en cuotas vencidas, expresado en períodos semestrales. 4) Período de gracia concedido por el oferente. 5) Tasa de interés anual a aplicar. 6) Comisiones y gastos de financiación. 14.1.10. De acuerdo con lo preceptuado por el Art. 20 de la Ley 15031 de fecha 4 de julio de l980 (Ley Orgánica de UTE) todas las rentas y bienes de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, garantizan con sujeción a las leyes, el pago de las obligaciones que contraiga. En defecto de ello, responde subsidiariamente el Estado. 14.1.11. Si además de estos respaldos se exigiera un aval o garantía como el establecido en el Art.3 de la Ley 15.437 de 27 de julio de l983, el costo de dicho aval o garantía se tendrá en cuenta a los efectos comparativos. 14.2. CONDICIONES DE PAGO EN EL EXTERIOR 14.2.1. (*) El importe (Pb + fm + fu) de cada embarque, se abonará en la moneda cotizada, mediante una o más de las siguientes modalidades: a) plan de financiación teniendo en cuenta el punto 14.2.5 - de este Pliego. b) crédito documentario. El oferente deberá tomar en cuenta que UTE se hará cargo solo de los gastos de apertura de Carta Crédito y comunicación al exterior siendo de cargo del beneficiario los demás gastos que se devenguen.
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Asimismo la documentación original deberá ser cursada vía courier o similar a la Sub Gcia. de Importaciones (Gcia. Sector Compras y Contratos, Palacio de la Luz, calle Paraguay 2431, Piso 7mo., tel. (0598 2) 203 3679, Montevideo - Uruguay). El beneficiario estará habilitado a cobrar el crédito contra simple presentación de la copia de la documentación y certificado de la firma indicando haber enviado a la Sub Gcia. de Importaciones la totalidad de los documentos originales establecidos en el acreditivo. Los conocimientos de embarque deberán establecerse en todos los casos consignados y a la orden de UTE. c) giro o transferencia (efectivizándose en un plazo de 10 (diez) días). d) letras vista o plazo. En caso de letra o similares, deberá cursarse la misma acompañada de la documentación de embarque, a través del Banco seleccionado por UTE para realizar la operación. 14.2.2. El importe fu se facturará por separado del importe Pb + fm. El IVA correspondiente al valor fu no deberá ser facturado por el adjudicatario, actuando la Administración como agente de retención. El importe fu, podrá ser pagado directamente al fletero mediante carta autorización del adjudicatario a la Administración indicando a quien se le hará efectivo el pago, debiendo especificarse en la propia oferta, aún cuando no se pueda incluir la empresa que efectivamente realizará el flete; en cuyo caso se abonará mediante giro o transferencia bancaria. 14.2.3. El pago por concepto de ensayos en origen cuando corresponda, se pagará independientemente del suministro mediante giro directo, una vez recibidos y aprobados los correspondientes certificados de inspección, previa presentación de facturas y embarque del material. 14.2.4. Cuando se establezcan en la oferta pagos adelantados, el contratista, deberá depositar previamente una garantía por el valor total del adelanto, en las mismas modalidades establecidas en el punto 14.1.6. PAGO ANTICIPADO de este Pliego. Se abonará el adelanto por giro directo, salvo que el oferente proponga otra modalidad. 14.2.5. En el caso que el oferente establezca una forma de pago financiada, la misma se realizará sobre el precio (Pb + fm) y podrá comprender los ajustes de precios. Se dará la información sobre los siguientes elementos: a) Monto o porcentaje del suministro que será financiado. b) Momento y forma de los pagos adelantados. c) Período de gracia. d) Tasa de interés anual. e) Monto, número y momento de vencimiento de los pagos de capital e intereses. f) Comisiones y gastos. De acuerdo con lo preceptuado por el Art.20 de la Ley 15031, será de aplicación lo establecido en los puntos 14.1.10 - y 14.1.11 - de este Pliego. Sólo se admitirá la cláusula de "sujeto a aprobación de las autoridades del país de origen", cuando el oferente acredite haber planteado la negociación al instituto correspondiente y agregue carta de éste, certificando que la financiación propuesta está dentro de las condiciones normales de financiación de dicho instituto. 14.2.6. En caso de que se presenten ofertas con otras alternativas de pago, la Administración decidirá a su exclusivo arbitrio la modalidad de pago que juzgue más conveniente a sus intereses. 15. IMPORTACIONES
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Las importaciones de suministros que realice la Administración deberán contemplar los siguientes aspectos: 15.1. Documentación acorde a las disposiciones vigentes, indicado en cada caso por UTE, que serán reflejados en la modalidad de pago contractualmente acordada. La referida documentación, deberá coincidir con la documentación negociada al embarcar el suministro. La no presentación de la documentación en el plazo establecido, así como errores y/u omisiones de consideración en la misma, dará derecho a exigir por la Administración al contratista, el reintegro de todos los gastos incurridos y perjuicios ocasionados. 15.2. AVISO DE EMBARQUE Por lo menos 15 (quince) días hábiles antes de la fecha prevista de embarque, el proveedor enviará a la Gerencia de Sector Compras y Contratos (fax (598 2) 209 0429 o el indicado en el pliego particular), fax indicando: a) número de pedido b) Suministro a embarcar c) importe (Pb + Fm) d) fecha prevista de embarque Asimismo, en caso que el embarque se efectúe en contenedores, tal hecho deberá establecerse claramente en el mencionado aviso. 15.3. La Administración se hará cargo de los gastos que se originen en caso de suministros consolidados en contenedores (FCL/FCL) luego de llegados a destino, únicamente cuando el proveedor haya dado estricto cumplimiento a lo establecido en los puntos 15.1 -, 15.2 - AVISO DE EMBARQUE y 13.3 -. En este caso, U.T.E. lo aceptará solo cuando se contemple un mínimo de 15 (quince) días libres corridos de demora o estadía de los contenedores en Puerto. En caso contrario, los gastos que se generen serán de cuenta del proveedor. 15.4. Serán de cargo del contratista los cargos y perjuicios que pudieran ocasionar a la Administración el incumplimiento de lo referido en los Puntos 15.1 y 15.2. de este Pliego. 15.5. DOCUMENTACION DE EMBARQUE Todos los embarques deberán estar respaldados por la documentación acorde a las normas y costumbres internacionales vigentes. En caso de que el pago se efectúe por dos instrumentos bancarios diferentes, ambos deberán ser tramitados por el mismo Banco. Toda la documentación deberá extenderse en idioma castellano. La documentación original deberá ser cursada vía courier o similar a la Sub Gcia. de Importaciones (Gcia. Sector Compras y Contratos, Palacio de la Luz, Piso 7mo., calle Paraguay 2431, tel. (0598 2) 203 3679, Montevideo - Uruguay). El beneficiario estará habilitado a cobrar el crédito contra simple presentación de la copia de la documentación y certificado de la firma indicando haber enviado a la Sub Gcia. de Importaciones la totalidad de los documentos originales establecidos en el acreditivo. Los conocimientos de embarque deberán establecerse en todos los casos consignados y a la orden de UTE. 15.6. BUQUES DE BANDERA NACIONAL En caso de embarques en puertos que toquen buques de bandera nacional, el exportador deberá dar cumplimiento a las prioridades establecidas por la Dirección de Transporte Marítimo y Fluvial, las que serán reflejadas en las condiciones de la Carta de Crédito. En oportunidad del embarque debe darse estricto cumplimiento a dichas prioridades.
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En caso contrario, será responsabilidad del proveedor los daños y perjuicios que ello implique, así como las multas y sanciones que se establecen por no dar cumplimiento a la ley 14.650 del 12 de mayo de 1977 y Decreto 383/78 del Poder Ejecutivo del 3 de julio de 1978. 15.7. EMBARQUE DE SUMINISTROS QUE INGRESEN AL PAIS POR VIA TERRESTRE 15.7.1. Se indicará expresamente en la oferta la receptoría aduanera por donde ingresarán los suministros. Sólo se aceptará el ingreso de mercaderías al país por las Receptorías Aduaneras de Colonia, Fray Bentos, Rivera y Chuy, a excepción que se habiliten otras específicamente, en el Pliego Particular. 15.7.2. La Administración deberá obtener de la Dirección Nacional de Aduanas la autorización correspondiente para efectuar el despacho ante la receptoría respectiva. A tal efecto el proveedor deberá haber dado cumplimiento estricto a lo indicado en los puntos 15.1 - y 15.2 - AVISO DE EMBARQUE de este Pliego. 15.7.3. Obtenida por la Administración la autorización de la Dirección Nacional de Aduanas para el despacho de la mercadería, el Dpto. de Aduanas lo comunicará al proveedor o a su representante mediante algunos de los medios hábiles establecidos en el Pliego Unico (1.4 comunicaciones). 15.7.4. Pronto el suministro para el embarque, el proveedor comunicará al Dpto. de Aduanas ( Palacio de la Luz, Piso 7mo., calle Paraguay 2431, Montevideo, horario 09:30 a 15:30 hrs., Fax (598 2) 203 3679; por escrito la fecha de la llegada a la frontera del embarque a efectuarse, indicando el número de pedido de la adjudicación respectiva. Dicha comunicación se efectuará con 3 (tres) días hábiles de antelación al arribo de la carga a la frontera. 15.7.5. En caso de incumplimiento por el proveedor de cualquiera de los requisitos exigidos, la Administración no se obliga a concretar el despacho de los suministros en virtud de la imposibilidad que se le crea. El proveedor será el único responsable de los atrasos y gastos que se generen. 15.7.6. Deberá tomarse en cuenta que la recepción de cargas por la Gcia. de Sector Almacenes y Gestión de Stocks, se cumple de lunes a viernes (días hábiles) de 08:30 a 13:30 horas, a efectos de evitar inconvenientes para la descarga de las mismas. El depósito OO1 Central, esta ubicado en Montevideo, calle Gral. Aguilar Nro. 1079 (Tel. 05982 209 7037 y 209 0073); el depósito 002 Predio Peñarol esta ubicado en Montevideo, Avda. de las Instrucciones 1710 esquina Casavalle (Tel. 05982 305 5313 y 309 1099) 15.7.7. El proveedor deberá obligarse a que los transportes por vía terrestre, se realicen cumpliendo la empresa transportista las siguientes disposiciones: a) No podrá realizar el "paso de frontera" de la carga, sin estar previamente autorizado por el despachante de aduanas de la Administración en la receptoría aduanera. b) No está permitido el transbordo de los suministros en frontera, salvo autorización expresa extendida por la Administración. c) En lo que respecta al seguro del suministro, se deberá tener especialmente en cuenta lo indicado en el último párrafo del punto 15.10 - SEGUROS de este Pliego, relacionado con los daños a terceros que pudiera ocasionar la carga. d) Tomará bajo su responsabilidad el eslingado de la carga, así como el cumplimiento de las disposiciones vigentes sobre transporte carretero en territorio nacional, en especial lo relativo a las limitaciones de altura de las cargas, así como su peso.
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15.7.8. A efectos del control respectivo por el despachante de UTE, se deberá entregar a éste por el transportista, a la llegada de la carga a la receptoría aduanera, una copia de factura, manifiesto de carga y conocimiento de embarque. El proveedor, por medio del transportista deberá suministrar copia de factura y lista de empaque en el lugar de carga y descarga dispuesto por UTE, a los efectos de cumplir con un efectivo control. 15.7.9. Se hace notar que la Administración no se hace responsable por la permanencia de los vehículos cargados en frontera o dentro del territorio nacional, como consecuencia de no haberse seguido las instrucciones indicadas, no reconociéndose ningún gasto por tal motivo. 15.8. EMBALAJE Los suministros deberán ser adecuadamente preparados para el transporte según las siguientes precauciones: a) Todos los bultos deberán venir marcados: UTESTADO, país de origen, nombre del fabricante, marca- contramarca, No. de identificación, peso bruto, peso neto, medidas, No. de pedido, además de otras características especiales que en su caso pueda exigir el Pliego Particular. b) Fijación (con tornillos o flejes de acero) de todas las partes susceptibles de desplazamiento o desprendimiento durante el transporte. c) Relleno de partes con material capaz de absorber golpes o vibraciones. d) En caso de suministros susceptibles de ser afectados por la humedad, sellado mediante envoltorios herméticos de plástico, colocando en su interior sustancias deshidratantes del tipo silicagel. e) Acondicionamiento en cajas o bolsas resistentes, de todo elemento pequeño que podría escapar de un cajón en caso de rotura de una de las tablas; en caso que dentro de un cajón sean ubicadas varias cajas o bolsas, cada una deberá traer indicación clara de su contenido. f) Protección contra la oxidación de partes ferrosas, por cincado, pintura (por lo menos una capa base, otra de recubrimiento y otra de terminación) u otro método que se indique en el Pliego Particular, excepcionalmente en el caso de ejes o cojinetes podrá admitirse la protección mediante una capa de grasa apropiada. g) El contratista advertirá a la Administración, con suficiente antelación, en relación a cuidados o controles especiales del que deberán ser objeto determinados suministros (ejemplo, verificación de la presión de un gas inerte, de niveles de aceite, instrucciones particulares para el eslingado, etc.). h) en caso de suministros del exterior y cuando el pliego de condiciones indique el embalaje en cajas, cajones o palets; las mismas deberán ser consolidadas en contenedores contratados FCL/FCL (del depósito del exportador al depósito del importador). Salvo que el oferente establezca lo contrario en la oferta, todos los embalajes quedarán en poder de UTE. El contratista será responsable del acondicionamiento de los bultos correspondientes a sus suministros. Se controlarán particularmente las operaciones de eslingado, procurando evitar choques, caídas o apilamientos peligrosos. En el caso de transporte marítimo no se permitirá que los bultos permanezcan en cubierta, se depositen en proximidad de la sala de máquinas (exceso de calor y
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vibraciones) o deban compartir una bodega con sustancias químicas susceptibles de provocar daños. 15.9. DESPACHO El despacho aduanero de los suministros adquiridos por la Administración, será realizado por ésta. 15.10. SEGUROS Los seguros de los suministros serán tomados por la Administración de acuerdo a lo establecido en el punto 5.2.4. SEGUROS de este Pliego, salvo que expresamente el Pliego Particular establezca otra opción. En lo que se refiere a las sumas aseguradas, el valor de los suministros en cada embarque y medio de transporte, no podrá superar, de acuerdo con las condiciones establecidas por el Banco de Seguros del Estado, los U$S 5:000.000 (cinco millones de dólares estadounidenses), o su equivalente. En los casos que en un embarque fuera necesario superar el valor tope anteriormente expresado, el contratista deberá dar aviso por escrito a la Administración (Depto. de Seguros, Palacio de la Luz, Piso 7mo., calle Paraguay 2431, Montevideo, Tele/Fax (598 2) 208 2817) con 10 (diez) días hábiles de antelación al embarque en fábrica, a efectos que ésta gestione la autorización del Instituto Asegurador, lo que le será comunicado al contratista para que pueda proceder al embarque. Asimismo, debe tenerse presente que, el seguro contratado por la Administración no incluye el vehículo de transporte así como tampoco los daños a terceros que pudiera ocasionar la carga, por lo que deberán tomarse las providencias necesarias por el proveedor, único responsable de las reclamaciones que pudieran ocasionarse para el caso que no cumpliera con su deber de asegurar. 15.11. INTRODUCCION A TERMINO DE MAQUINARIA Y EQUIPOS Todos los gastos y tramites de importación y reexportación en régimen de "Introducción a Término" de equipos, máquinas, motores, herramientas, instrumental, materiales de construcción, vehículos y todo otro elemento que sea destinado a la ejecución de obras o trabajos adjudicados por la Administración, serán pagados y realizados directamente por el adjudicatario, en un todo de acuerdo con las disposiciones legales en vigencia, siendo de su cargo los gastos correspondientes. A tales efectos, la Administración extenderá cuando corresponda los certificados que se requieren a través de las oficinas técnicas respectivas, quienes ejercerán el contralor debido. 15.12. SALIDAS TEMPORARIAS Las salidas temporarias que deban efectuarse por desperfectos o errores en materiales que se encuentren dentro del período de cualquiera de las garantías, establecidas en el contrato, deberán ser tramitadas por el contratista siendo de su cargo todos los gastos que se devenguen. 15.13. ENVIOS GRATUITOS Los envíos sin cargo que tengan que ver con material faltante de embarques anteriores, (envíos sin cargo, muestras comerciales, etc.) deberán ser gestionados por el contratista,
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quien deberá hacerse cargo de todos los gastos y de los trámites de importación hasta los almacenes de U.T.E.. 16. PENALIDADES POR ATRASO EN LA ENTREGA 16.1. La Administración aplicará por atraso en la entrega de los materiales un recargo equivalente al 3% (tres por ciento) por cada 30 (treinta) días calendario de atraso, o proporcional a ese plazo, calculada sobre el valor actualizado del suministro en la fecha que debía ser entregado o el servicio prestado, limitando el mismo a un máximo del l5% (quince por ciento) del importe total de la adquisición actualizado a la misma fecha. 16.2. El contratista será responsable de todos los gastos que como consecuencia directa del atraso deba cubrir la Administración por concepto de comisiones bancarias, multas, recargos, intereses, diferencias de recargos de importación y de cambio y otros gastos los que serán actualizados a la fecha de comunicación de los mismos, aplicándole la tasa de costo de capital vigente en ese momento. 16.3. Serán de cuenta del contratista los mayores costos que como consecuencia de vicios, errores u omisiones en la documentación relacionada con la importación del suministro le sean impuestos a UTE en aplicación de las disposiciones vigentes. Sin perjuicio de lo expuesto, en caso de no cumplir con lo estipulado en el punto 15 IMPORTACIONES, de este Pliego, el contratista será pasible de una multa de hasta 2% (dos por ciento) del valor actualizado del embarque a la fecha contractual de entrega. 16.4. El recargo de 3% (tres por ciento) y la multa del 2% (dos por ciento) citada en el punto 16.3 - se harán efectivos en primer término sobre las facturas en que corresponda aplicarlas, y luego si hubiere lugar sobre el depósito de garantía de 5% (cinco por ciento) a que se hace referencia en el punto 11 - GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO del presente pliego de condiciones. En caso de no existir el depósito de garantía o no alcanzar para cubrir la penalidad impuesta ésta se hará efectiva sobre el precio a pagar del contrato correspondiente u otros que el contratista tenga con la Administración, sin perjuicio de las garantías generales de derecho que ésta podrá hacer efectivas si lo creyera conveniente. 17. MORA RESCISION 17.1. El sólo vencimiento de los términos establecidos sin que el contratista hubiere cumplido con sus obligaciones contractuales configurará la mora de éste, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial o intimación de protesta por daños y perjuicios. 17.2. La Administración podrá rescindir unilateralmente y de pleno derecho el contrato por el incumplimiento total o parcial del adjudicatario debiendo notificar a éste en el domicilio por él constituido. La Administración podrá rectificar su decisión acordando nuevos plazos contractuales, solo en el caso que en los 2 (dos) días hábiles posteriores a la notificación de la rescisión, el adjudicatario justifique que el atraso se debió a causas de fuerza mayor de pública notoriedad o debidamente justificadas y aceptadas como tal por la Administración. 17.3. Si el contratista incurre en incumplimiento, la Administración liquidará el monto de los gastos penalidades y perjuicios sufridos e intimará su pago, con plazo de 10 (diez) días calendario, por escrito y bajo recibo. Vencido el plazo, la Administración imputará el pago de los gastos, penalidades y perjuicios, de cualquier suma a percibir por el contratista, iniciando las acciones judiciales pertinentes y ejecutará la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
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18. LIBERACION DE GARANTIAS 18.1. La garantía de mantenimiento de oferta será devuelta a los no adjudicatarios de acuerdo a lo dispuesto en el punto 10.2. Los adjudicatarios podrán retirarla tomando en cuenta lo dispuesto en el punto 11.4. 18.2. La garantía por pagos adelantados a que se refieren los puntos 14.1.6. PAGO ANTICIPADO y 14.2.4. de este Pliego será liberada a solicitud del proveedor, proporcionalmente a cada entrega definitivamente recepcionada o embarque efectuado, una vez que la Administración cuente con la documentación negociada. 18.3. La garantía de fiel cumplimiento de contrato será liberada de oficio o a solicitud del proveedor, una vez efectuada la recepción de la totalidad del suministro y éste cumpla con todas las condiciones técnicas y contractuales establecidas, salvo que en el Pliego Particular se establezca algo diferente. 18.4. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, luego de pasados 10 (diez) días calendario desde que las correspondientes garantías fueran liberadas y se encontraran a disposición de los interesados, sin que éstos las hubieren efectivamente retirado, quedará habilitada la Administración para devolverlas de oficio a la institución emisora. 19. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por los oferentes o adjudicatarios, derivadas de su oferta, adjudicación o contrato, podrá dar mérito a la aplicación de las siguientes medidas, no siendo las mismas excluyentes y pudiendo darse en forma conjunta (dos o más de ellas): - apercibimiento - - registro de la constancia del incumplimiento en el Registro de Proveedores de U.T.E. - - suspensión del Registro de Proveedores de U.T.E. - - eliminación del Registro de Proveedores de U.T.E. - - rescisión del contrato - - ejecución de la garantía de Mantenimiento de Oferta - - ejecución de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato - - demanda por daños y perjuicios - - comunicación a Registro de Proveedores de otros Organismos - - comunicación a Registro de Proveedores del Estado - - publicaciones en prensa indicando el incumplimiento.
PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LOS CONTRATOS DE SUMINISTROS Y SERVICIOS NO PERSONALES EN LOS ORGANISMOS PUBLICOS (ART. 44 DEL T.O.C.A.F.) - DECRETO 53/993 1. DISPOSICIONES GENERALES 1.1 AMBITO DE APLICACIÓN Las normas contenidas en el presente reglamento constituyen el Pliego Unico de Bases
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y Condiciones Generales (en adelante, Pliego Unico) para los Contratos de Suministros y Servicios No personales de los que se deriven gastos de funcionamiento o de inversión o salidas para el Estado, en los casos de licitación pública y de licitación abreviada cuyos montos superen el tope establecido en el art. 44 del T.O.C.A.F. No se encuentran comprendidos por el presente reglamento los contratos de cuyo objeto principal se deriven entradas o recursos para el Estado, sin perjuicio de que el Pliego Particular recoja o se remita a las soluciones generales contenidas en el mismo. 1.2. JERARQUIA DE LAS NORMAS El Pliego de Bases y Condiciones Particulares (en adelante Pliego Particular) para cada licitación sólo podrá modificar las disposiciones del presente pliego que éste expresamente autorice. En caso de existir contradicciones en aspectos en que el Pliego Unico no autorice soluciones diferentes, prevalecerá lo establecido en este Pliego. 1.3. COMPUTO DE PLAZOS Los plazos indicados en este pliego se computarán en días hábiles, salvo indicación en contrario. 1.4. COMUNICACIONES Toda notificación que realice la Administración se llevará a cabo personalmente, por télex, fax, carta certificada con aviso de retorno, al domicilio, télex o fax indicado por el proveedor en el Formulario de Identificación del Oferente (Anexo I). Constituye plena prueba de la notificación realizada y de su fecha, el documento que la registre: el aviso de retorno, el reporte emitido por el equipo utilizado o la copia certificada por el funcionario encargado de la notificación. En las notificaciones, cualquiera sea el medio empleado, deberá reproducirse el contenido del acto que se notifica de forma tal que el interesado pueda tener cabal conocimiento del mismo, así como la expresa mención al acto de la notificación. La mención del télex, fax o domicilio de la Administración efectuada en el Pliego Particular a los efectos de la licitación, determina que únicamente será válida la comunicación de los interesados relativa a dicho procedimiento que se efectúe en ellos. 2. ACLARACIONES DE LOS PLIEGOS En las licitaciones públicas cualquier adquirente de pliegos podrá solicitar aclaraciones mediante comunicación escrita dirigida a la oficina indicada en el Pliego Particular dentro del plazo que fije el mismo. Vencido dicho término no será obligatorio proporcionar más datos aclaratorios. Las consultas deberán ser especificas y serán evacuadas por la Administración dentro del plazo que establezca el Pliego Particular, notificando de las mismas a los demás adquirentes. 3. MODIFICACION DEL PLIEGO PARTICULAR La Administración podrá, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar el pliego ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta u observación formulada por un adquirente de pliegos.
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Todos los adquirentes de pliegos serán notificados de las modificaciones introducidas no menos de 48 horas antes de la apertura de ofertas. Cuando la modificación sea de carácter sustancial y pueda ampliar el número de interesados, deberá ser difundida a través de los mismos medios utilizados en el llamado original. La Administración tendrá la facultad discrecional de prorrogar la fecha de apertura de la licitación, a fin de dar a los posibles oferentes tiempo adicional para la preparación de sus ofertas. 4. SOLICITUD DE PRORROGA DE APERTURA DE OFERTAS En las licitaciones públicas cualquier adquirente de pliegos podrá solicitar prórroga de la apertura de ofertas. La misma se presentará en la oficina indicada en el Pliego Particular y dentro del plazo que fije el mismo. La prórroga será resuelta por la Administración según su exclusivo criterio. Si el Pliego Particular requiriese la constitución de una garantía para solicitar la prórroga de apertura de ofertas, ésta deberá establecerse en las condiciones que el mismo indique y en la forma prevista por el num. 10 del presente pliego. Si la prórroga hubiere sido concedida en los términos solicitados, la garantía será devuelta sólo si el peticionante presenta una oferta responsable. En caso que no la presente dicha garantía podrá ser ejecutada. Cuando la solicitud de prórroga fuera rechazada o no fuera concedida en los términos solicitados, la garantía será devuelta de oficio con la notificación respectiva. La solicitud se considerará denegada si la notificación no se produjera veinticuatro horas antes de la apertura prevista, pudiéndose, en su caso, retirar la garantía depositada. El Pliego Particular podrá disponer otro plazo. 5. ANULACIÓN O PRÓRROGA DEL LLAMADO La Administración podrá, en cualquier momento, antes de la apertura de ofertas, anular o prorrogar el llamado. En los casos de anulación, la misma será difundida o comunicada a través de los mismos medios utilizados para el llamado y la Administración procederá a devolver de oficio el importe de los pliegos y las garantías depositadas. En los casos de prórroga la Administración utilizará los medios que estime convenientes para su difusión; asimismo deberá devolver las garantías de mantenimiento de ofertas y el importe de los Pliegos a solicitud de los interesados que, ante dicha prórroga, desistan de presentar propuestas. 6. NORMALIZACION DE ARTICULOS Cuando un bien o servicio se encuentre normalizado, la referencia a la norma U.N.I.T. u otra norma, incluída en el Pliego Particular, hará obligatorio el cumplimiento de la misma por parte de los oferentes y su control de calidad se efectuará en la forma prevista en ella y en dicho pliego. 7. REQUISITOS FORMALES DE LAS OFERTAS 7.1. REDACCION
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Las ofertas se presentarán por escrito, redactadas en forma clara y precisa, en idioma castellano y firmadas por el oferente o su representante, salvo que sea remitida por telex o medio similar. Sus hojas serán numeradas correlativamente. Sus textos deberán ser impresos a través de cualquier medio idóneo, admitiéndose excepcionalmente, en casos debidamente justificados, la presentación en forma manuscrita. En todo caso deberán ser fácilmente legibles y las enmiendas, interlineados y testaduras salvadas en forma. El Pliego Particular podrá autorizar la presentación de ofertas en otros idiomas. Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura, a criterio de la Administración, se interpretará en el sentido más favorable para ésta. Si la oferta fuera acompañada de folletos, catálogos, etc., en idioma extranjero, la Administración se reserva el derecho de exigir en cualquier momento su traducción al castellano. 7.2. DOMICILIO Las firmas proponentes deberán constituir domicilio a los efectos de la licitación y actos posteriores a la misma. Cuando el Pliego Particular así lo disponga, las firmas extranjeras que no se encuentren instaladas en el País deberán actuar por medio de un representante, que deberá ser una firma instalada en el País y, en caso de ser adjudicatarias, deberán constituir domicilio en el mismo. 7.3. IDENTIFICACION Las firmas proponentes deberán indicar los nombres de los titulares que la componen en caso de ser sociedades personales o de sus representantes autorizados, en caso de ser sociedades anónimas. En las licitaciones públicas, las sociedades anónimas deberán agregar la nómina de los integrantes de los directorios. Ambos registros se acreditarán mediante declaración contenida en la oferta. 7.4. OMISION EN EL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES La evaluación del cumplimiento de requisitos formales se efectuará aplicando los criterios establecidos en el art. 131 del T.O.C.A.F. y, en especial, los de igualdad de los oferentes y de materialidad frente al formalismo, a efectos de obtener la mayor concurrencia de oferentes y de propuestas válidas. 8. DOCUMENTOS A PRESENTAR POR LOS OFERENTES EN EL ACTO DE APERTURA 8.1 DOCUMENTOS INTEGRANTES DE LA OFERTA La oferta constará de los siguientes documentos: a) El Formulario de Identificación del Oferente conforme al texto del Anexo I, excepto que la misma surja de un formulario de invitación y presentación emitido por el organismo.
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b) Antecedentes del oferente, de acuerdo con lo que establezca el Pliego Particular respecto a la empresa o al objeto licitado. c) La propuesta en todo lo que corresponda al objeto de la licitación, incluyendo la declaración exigida en el punto 9.5. 8.2. DOCUMENTACION A PRESENTAR CON LA OFERTA, CUANDO CORRESPONDA a) Comprobante de depósito de la garantía de mantenimiento de oferta cuando ésta supere el monto a que refiere el numeral 10 de este pliego. b) Para licitaciones públicas, fotocopia de la documentación que acredite tener contratado el seguro de accidentes de trabajos y enfermedades profesionales con el Banco de Seguros del Estado. c) Cuando el Pliego Particular así lo requiera, fotocopia de la documentación que acredite la inscripción en el Registro de Proveedores que el mismo determine. d) Comprobante de adquisición del Pliego. 8.3. REQUISITOS ADICIONALES El Pliego Particular no podrá imponer al oferente ningún requisito adicional que no esté directamente vinculado a la consideración del objeto de la contratación y a la evaluación de la oferta, reservándose sólo al oferente que resulte adjudicatario la carga administrativa de la demostración de estar en condiciones formales de contratar, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que pudieran corresponder. 9. REQUISITOS DE VALIDEZ DE LAS OFERTAS 9.1. ADECUACION AL PLIEGO Los oferentes deberán presentar sus propuestas de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento y en las condiciones y forma que se establezcan en el Pliego Particular, pudiendo agregar cualquier otra información complementaria, pero sin omitir ninguna de las exigencias esenciales requeridas. A estos efectos se consideran esenciales sólo aquellos aspectos cuya omisión pueda alterar o impedir la debida igualdad de los oferentes o la consideración de las propuestas y su adjudicación, de acuerdo con los principios establecidos en el art. 131 del T.O.C.A.F. La admisión inicial de una propuesta no será obstáculo para su invalidación posterior si se constataren luego defectos que violen los requisitos legales o aquellos esenciales contenidos en el Pliego respectivo. Las ofertas que contengan apartamientos sustanciales a dichas exigencias no podrán ser consideradas.
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Salvo indicación en contrario formulada en la oferta, se entiende que ésta se ajusta a las condiciones contenidas en los pliegos de condiciones y que el proponente queda comprometido al total cumplimiento de éstos. 9.2. OBJETO Las ofertas deberán ajustarse razonablemente a la descripción del objeto requerido, teniendo en cuenta la complejidad técnica del mismo. Se considerará que las condiciones técnicas establecidas en los pliegos tienen un carácter esencialmente indicativo para la consecución del objeto del llamado. Si el Pliego Particular lo autoriza, podrán presentarse soluciones alternativas así como variantes o modificaciones, inclusive sin presentarse la propuesta básica. Se considerará que una oferta es: a) Una solución alternativa cuando, difiriendo en la identidad del objeto licitado, permite igualmente satisfacer los requerimientos que originaron el llamado. b) Una variante o modificación cuando la misma presente apartamientos sustanciales a las características requeridas pero manteniendo la identidad del objeto licitado. 9.3. PRECIO Y COTIZACION El Pliego Particular establecerá las condiciones de compra en plaza, en el exterior o indistintamente, rigiendo las cláusulas INCOTERMS (FOB, CIF, etc.) en lo que corresponda. El oferente indicará los precios de los bienes y servicios que propone suministrar en condiciones de pago a treinta días del mes de compra. Dichos precios no podrán estar sujetos a confirmación ni condicionados en forma alguna. Cuando concurran oferentes nacionales y extranjeros, los oferentes de bienes y servicios nacionales obtendrán las mismas condiciones que el Pliego autorice a los restantes oferentes, y en especial: a) ofertar en moneda extranjera. b) utilizar los mismos instrumentos de pago. 9.3.1 DISCREPANCIAS Si en la oferta hubiera discrepancia entre los precios unitarios y los totales se tendrá en cuenta el más conveniente para la Administración salvo que, a juicio de ésta, se trate de un error evidente, en cuyo caso se efectuará la corrección que corresponda, dejando constancia de ello. Cuando exista diferencia entre la cantidad escrita en números y letras, valdrá la escrita en letras. 9.3.2 ACTUALIZACION DE PRECIOS La obligación de cotizar precio firme sin ajustes, o de formular paramétricas de actualización de precios, será incluida en las cláusulas del Pliego Particular. A falta de especificación en el Pliego Particular los oferentes que coticen precios reajustables, deberán establecer una fórmula paramétrica que refleje la estructura de costos del producto o del servicio ofrecido, del tipo siguiente:
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P1 = P0 (aA1/A0 + bB1/B0 + ... + mM1/M0 + n) donde: P0 = monto de la propuesta P1 = monto actualizado de la propuesta a, b, ...., m, n = coeficientes de incidencia de los parámetros. La suma de dichos coeficientes deberá ser igual a uno n = coeficiente que representa el componente de la oferta cuyo precio no esta sujeto a ajuste.A, B, .....M = Parámetros o índices de los principales componentes de los costos del oferente. Los parámetros con subíndice 0 toman el valor vigente al último día hábil o mes anterior a la fecha de apertura de la oferta, y los parámetros con subíndice 1 toman, para suministros, el valor vigente al día o mes anterior a la fecha de la entrega total o parcial de los bienes y, para la prestación de servicios, el promedio ponderado del valor del parámetro en el período de facturación. Cuando la entrega se realice dentro del plazo contractual, el ajuste del precio se calculará a entrega real. Si la referida entrega se realizara fuera de dicho plazo por razones imputables al proveedor o a sus subcontratistas, el ajuste de precio se calculará tomando como fecha de entrega la contractualmente convenida. Sin embargo, si esto implica una erogación mayor para la Administración, se ajustará a entrega real. Podrá aplicarse la misma fórmula paramétrica para el caso de demora en el pago. Los valores de todos los parámetros contenidos en la fórmula de ajuste deberán estar documentados por publicaciones oficiales o que merezcan la confianza de la Administración. Dichas publicaciones deberán estar claramente definidas en la oferta y, en caso de ser extranjeras, se incluirá una copia de las mismas. En el caso de suministros tarifados oficialmente en el País, la Administración no pagará precios o aumentos mayores a los decretados por la autoridad competente, aún cuando la fórmula paramétrica eleve éstos a un valor superior. Asimismo, cuando existan disposiciones conteniendo cláusulas que limiten el traslado de los aumentos a los precios, las mismas serán tenidas en cuenta. 9.4. TRIBUTOS Todos los tributos que legalmente corresponden al contratista por el cumplimiento del contrato se considerarán incluidos en los precios cotizados. El oferente, cuando corresponda, desglosará el importe del Impuesto al Valor Agregado del precio global de la oferta. Cuando el oferente no deje constancia expresa al respecto, se considerará dicho impuesto incluido en el monto de la oferta. Las creaciones, supresiones o modificaciones de los tributos que graven la última etapa de la comercialización de los bienes o prestación de servicios serán reconocidos en todos los casos a favor del adjudicatario o de la Administración según corresponda. 9.5. PREFERENCIA A LOS PRODUCTOS NACIONALES La preferencia a los productos nacionales frente a los extranjeros establecida en el art. 52 del T.O.C.A.F. y en el art. 374 de la ley 13.032 del 7/12/61, modificativas y concordantes y en su reglamentación, tendrá el alcance, naturaleza y procedimientos de cálculo siguientes: a) será aplicable en los casos de licitaciones públicas y licitaciones abreviadas así como en los casos de compras por causales de excepción en las que dicha
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preferencia resulte procedente, cuando el monto supere el establecido para la obligatoriedad del presente Pliego Unico. b) el margen de preferencia será aplicable siempre que no se opongan razones de orden técnico debidamente fundadas, se asegure un abastecimiento normal cuando ello corresponda de acuerdo con las necesidades de la Administración, se asegure el cumplimiento de las exigencias de calidad y exista paridad de calidad o de aptitud. c) el margen de preferencia a los productos nacionales, o a sus partes, será del 10% respecto al producto extranjero, de acuerdo con los criterios y fórmulas de evaluación que se determinan en este pliego. d) el margen de preferencia se aplicará sobre el porcentaje de integración nacional que el oferente de productos nacionales que desee acogerse al mismo, declare en su oferta, con el detalle del caso. El Pliego Particular podrá señalar formas de presentación de dicho detalle. e) no se considerarán de integración nacional, a estos efectos, los productos extranjeros o las partes extranjeras que se adquieran en plaza ni aquellos que provengan de la importación de sus partes y posterior fraccionamiento, armado o preparación para la venta. La Administración podrá efectuar las verificaciones o peritajes del caso, reservándose el derecho de aplicar dicha preferencia sobre el porcentaje de integración verificado o rechazar la oferta, en forma fundada. f) la comparación de precios entre productos nacionales y extranjeros, sean éstos cotizados en plaza o a importar, se efectuará considerando, sea en forma real o ficta, todos los gastos requeridos para colocar los productos en almacenes del comprador y en igualdad de condiciones. Se considerarán almacenes del comprador a todos los recintos habituales de recepción de mercaderías de acuerdo con las características de éstas, inclusive los obradores. g) en esta comparación se deberán incluir todos los tributos que correspondan (aranceles generales, CAUCE, PEC, aranceles de acuerdos de integración, etc.), aún aquellos de los cuales la Administración se encuentre exonerada. No se incluirán en los precios comparativos los importes correspondientes a los impuestos a las transacciones comerciales ni el impuesto al valor agregado. h) los precios comparativos de los productos nacionales y extranjeros se evaluarán de acuerdo con la fórmula siguiente, sin perjuicio de la consideración de los demás criterios de evaluación de ofertas: PCN 1,10
=
PN
x
(
CN%
+
CE%)
PCE = PE PCN: precio comparativo del producto nacional a los efectos de la aplicación de la preferencia a la industria nacional.
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PCE: precio comparativo del producto extranjero a los efectos de la aplicación de la preferencia a la industria nacional. PN: precio del producto nacional puesto en almacenes del comprador. PE: precio del producto extranjero puesto en almacenes del comprador. CE%: porcentaje del componente extranjero del producto nacional. CN%: porcentaje del componente nacional del producto nacional. A los efectos del cálculo es CE% + CN% = 100% i) cuando los demás criterios de evaluación de ofertas tengan establecida una cuantificación monetaria, la misma se sumará al precio comparativo. 10. GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA El oferente constituirá una garantía de mantenimiento de oferta por un monto mínimo equivalente al 1% (uno por ciento) del valor total de la misma, considerándose la opción de mayor importe, salvo que el Pliego Particular aumente dicho porcentaje o establezca un criterio diverso para la determinación del monto o determine otras formas de garantía equivalentes. En ningún caso podrán exigirse garantías por ofertas cuyos montos sean inferiores al tope de la licitación abreviada establecida en el art. 33 del T.O.C.A.F., cualquiera sea el procedimiento de contratación utilizado por la Administración. El oferente podrá constituir la garantía mediante depósito en efectivo, valores públicos, fianza o aval bancario, o póliza de seguro de fianza, sin perjuicio de que el Pliego Particular establezca o acepte otras formas de garantías equivalentes. 10.1 EJECUCION La garantía podrá ser ejecutada: a) Cuando el oferente desista de su oferta durante su período de mantenimiento. b) Cuando el adjudicatario no constituya en tiempo y forma la garantía de fiel cumplimiento de contrato. c) Cuando el adjudicatario se niegue o no concurra a firmar el contrato, habiendo sido notificado para ello. 11. APERTURA DE LAS OFERTAS La apertura de las ofertas se hará en el lugar, día y hora fijados en el Pliego respectivo en presencia de los funcionarios, que designe al efecto la Administración y de los oferentes o sus representantes que deseen asistir. Abierto el acto no podrá introducirse modificación alguna en las propuestas, pudiendo los presentes formular las manifestaciones, aclaraciones o salvedades que deseen. En dicho acto se controlará si las propuestas contienen defectos o carencias formales, si se ha adjuntado la documentación exigida en los pliegos de condiciones, así como la garantía constituída, cuando ello correspondiera. En caso que la complejidad de las ofertas impida dicho control se dejará constancia de ello en ese acto, completándose el mismo en una instancia posterior de la cual se labrará acta.
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En dicho acto no se podrá rechazar la presentación de ninguna propuesta sin perjuicio de su invalidación posterior. Finalizado el acto se labrará acta circunstanciada del mismo, que será firmada por los funcionarios actuantes y los oferentes que lo deseen hacer, quienes podrán efectuar las constancias que deseen. 12. ESTUDIO DE LAS OFERTAS La Administración en el mismo acto, o posteriormente una vez analizada las ofertas y el Acta de Apertura, podrá otorgar a los proponentes un plazo de dos días para salvar los defectos, carencias formales o errores evidentes o de escasa importancia, así como completar la garantía de mantenimiento de la oferta cuando estime que hubo error en su cuantificación y que no se trate de una diferencia significativa. Ello podrá hacerse cuando no se altere materialmente la igualdad de los oferentes. La Administración podrá negarse a otorgar dicho plazo adicional para complementar carencias o salvar defectos o errores cuando los mismos sean habituales en un oferente determinado o e presuma la existencia de alguna maniobra destinada a obtener una ventaja indebida. Se podrán admitir un la propuesta errores evidentes o de escasa importancia, defectos o carencias formales, cuya corrección posterior no altere el tratamiento igualitario de las propuestas de los demás oferentes, otorgando ventajas que puedan incidir en la decisión de adjudicación o desnivelen a los oferentes. Solo serán consideradas aquellas ofertas básicas, alternativas o variantes garantizadas de acuerdo al numeral 10 del presente Pliego. 12.1. COMISION ASESORA DE ADJUDICACIONES Las ofertas pasarán a estudio de una Comisión Asesora de Adjudicaciones a la que le compete dictaminar respecto de cuál es la oferta más conveniente a los intereses de la Administración. El pronunciamiento deberá recaer sobre cada item, salvo que en el Pliego Particular se establezca un criterio diferente. El dictamen de la Comisión no genera ningún derecho a favor de los oferentes. 12.2. EVALUACION El Pliego Particular detallará los factores de evaluación de las ofertas y la información a presentar al respecto por los oferentes. La adjudicación se hará a la oferta que se considere más conveniente, sin que sea preciso hacerla a favor de la de menor precio, salvo en identidad de circunstancias y calidad, sin perjuicio de la eventual aplicación de los institutos de mejora o de negociación. 12.3. MEJORA DE OFERTAS Si en la comparación efectuada se encuentran ofertas similares en los términos definidos por el art. 57 del T.O.C.A.F., la Administración podrá invitar a los oferentes respectivos a mejorarlas, otorgando un plazo no menor de un día. Si luego hubiera igualdad en las ofertas ubicadas en primer lugar, se dividirá la adjudicación por partes proporcionales entre los oferentes que estuvieran en esa situación, si esa facultad se hubiera establecido
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en el Pliego Particular o, en su defecto, si fuera aceptada por los oferentes. De no ser posible el fraccionamiento o no aceptarse la división, la adjudicación se hará por sorteo. 12.4. NEGOCIACIONES En caso de existir ofertas similares en los términos definidos por el art. 57 del T.O.C.A.F., la Administración podrá entablar negociaciones reservadas y paralelas con aquellos oferentes que se precalifiquen a tal efecto, a fin de obtener mejores condiciones técnicas, de calidad o de precio. De lo actuado en relación a cada proponente, se labrará acta suscinta. Además se podrán establecer negociaciones tendientes a mejorar las ofertas en los casos de precios manifiestamente inconvenientes. 12.5. VISTA DE LAS ACTUACIONES Cuando el valor de la contratación iguale o supere el cuádruple del monto de la licitación abreviada correspondiente al organismo, se conferirá vista de las actuaciones a los oferentes con posterioridad al dictamen de la Comisión Asesora y antes de la adjudicación o rechazo de las ofertas. A esos efectos, las mismas se pondrán de manifiesto por el término de cinco días, con notificación a los interesados. Dentro de los cinco días siguientes al vencimiento del plazo anterior, los oferentes podrán formular por escrito las consideraciones que les merezca el procedimiento cumplido y el dictamen de la Comisión Asesora. Los escritos formulados en esta instancia por los oferentes serán considerados como una petición a tener en cuenta al momento de dictar la resolución de adjudicación y respecto de la cual debe existir informe fundado. No será necesario esperar el transcurso de este último plazo si los interesados expresaran que no tienen consideraciones que formular. 13. AUMENTO O DISMINUCION DEL CONTRATO La Administración se reserva el derecho de aumentar o disminuir unilateralmente las prestaciones objeto de los contratos hasta un máximo del 20% y un 10%, respectivamente, respetando sus condiciones y modalidades y con adecuación de los plazos respectivos. También podrá efectuar aumentos o disminuciones superiores a dichos porcentajes con la conformidad del oferentes y en las mismas condiciones preestablecidas. En ningún caso el aumento podrá exceder el 100% del objeto del contrato. Los porcentajes referidos precedentemente se aplican sobre cada una de las prestaciones objeto del contrato. 14. RECHAZO DE LAS OFERTAS La Administración se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas recibidas. 15. NOTIFICACION El acto administrativo que disponga la adjudicación o el rechazo de ofertas será notificado a todos los oferentes.
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16. DEVOLUCION DE LAS GARANTIAS DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Adjudicada una propuesta o cuando se hayan rechazado todas las presentadas, se procederá de oficio a la devolución de las garantías de mantenimiento de oferta. Al adjudicatario se le devolverá su garantía de mantenimiento una vez que se le haya notificado la resolución de adjudicación y éste haya constituido la garantía de fiel cumplimiento de contrato en tiempo y forma. También se devolverá de oficio la garantía de mantenimiento al oferente una vez vencido el plazo de vigencia de la oferta. 17. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO El contrato se considerará perfeccionado con la notificación al adjudicatario del acto de adjudicación, salvo que se trate de contratos solemnes o existan otras condiciones suspensivas que obsten a dicho perfeccionamiento. En todos los casos deberá haberse cumplido con lo establecido en el Art. 211, literal B, de la Constitución de la República. 18. GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 18.1. CONSTITUCION Dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la adjudicación de la contratación o de su ampliación, y cuando el monto total adjudicado supere el 40% del tope de la licitación abreviada establecida en el art. 33 del T.O.C.A.F., el adjudicatario constituirá una garantía equivalente al 5% del monto de la contratación. El Pliego Particular podrá establecer un porcentaje mayor y otro plazo (u otras garantías). Asimismo la Administración podrá prorrogar dicho plazo a su exclusivo juicio. Si el Pliego Particular no estableciere o aceptare otras formas de garantía equivalente, el adjudicatario la constituirá mediante depósito en efectivo, valores públicos, fianza, aval bancario o póliza de seguro de fianza. A efectos de determinar el monto de la garantía los valores públicos serán considerados por su valor nominal, excepto que la Administración considere que éste es sustancialmente superior a su valor de mercado. Cuando la garantía se constituya en moneda extranjera, se tomará el tipo de cambio interbancario vendedor y arbitraje, vigente al cierre de la Mesa de Cambios del Banco Central del Uruguay el día anterior al de la constitución de la garantía. 18.2. FALTA DE CONSTITUCION DE LA GARANTIA La falta de constitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en tiempo y forma, excepto que se haya autorizado una prórroga, hará caducar los derechos del adjudicatario, pudiendo la Administración reconsiderar el estudio de la Licitación con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia. 18.3. EJECUCION DE LA GARANTIA La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser ejecutada en caso de que el adjudicatario no de cumplimiento a las obligaciones contractuales. 19. CONTROL DE CALIDAD
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La Administración podrá efectuar, directamente o a través de entidades especializadas tales como el Laboratorio Tecnológico del Uruguay, la Universidad de la República, o el Instituto Uruguayo de Normas Técnicas, los controles de calidad de los productos ofertados o contratados. El Pliego Particular podrá exigir la certificación de calidad de los productos ofertados a través de los laboratorios certificadores de calidad determinados por la reglamentación vigente. 20. CUMPLIMIENTO PERSONAL DE LAS OBLIGACIONES El contratista deberá cumplir por sí las obligaciones asumidas. Sólo podrá verificarse la cesión del contrato a solicitud fundada del contratista y con el consentimiento del organismo contratante, previa demostración de que el cesionario brinde las mismas seguridades de cumplimiento. También se requerirá la autorización del organismo contratante para subcontratar total o parcialmente. 21. MORA La mora se configura por la no extinción de las obligaciones contractuales y se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los términos establecidos. 22. PENALIDADES Las penalidades por mora serán de dos tipos: a) un porcentaje del monto total del contrato, o de la cuota parte correspondiente, por el incumplimiento del mismo. b) un porcentaje de dicho monto o cuota parte, proporcional al período de incumplimiento. El Pliego Particular determinará dichos porcentajes o podrá establecer una suma fija equivalente con independencia de la indemnización que por daños y perjuicios pudiera corresponder. 23. IMPORTACION Cuando los bienes adjudicados deban ser importados por la Administración, el Pliego Particular establecerá los requisitos a cumplir por el adjudicatario. 24. RECEPCION El adjudicatario deberá efectuar la entrega de los bienes o la prestación de los servicios observando todas las condiciones contractuales. El Pliego Particular, cuando corresponda, establecerá la forma y el plazo con que cuenta la Administración para controlar el material entregado y eventualmente los ensayos de recepción a que serán sometidos. Si se verificara que la totalidad o parte de los materiales entregados presentan cualquier tipo de desperfecto o no coinciden totalmente con los adjudicados, la Administración comunicará el hecho al contratista quien deberá regularizar la situación.
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25. RESCISION La Administración podrá rescindir unilateralmente el contrato por incumplimiento total o parcial del adjudicatario, debiendo notificar al mismo la rescisión. No obstante la misma se producirá de pleno derecho por la inhabilitación superviniente por cualquiera de las causales previstas en el artículo 43 del T.O.C.A.F.. La rescisión por incumplimiento del contratista aparejará su responsabilidad por daños y perjuicios ocacionados a la Administración y la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato sin perjuicio del pago de la multa correspondiente. 26. DEVOLUCION DE LA GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO La garantía de fiel cumplimiento de contrato será devuelta de oficio por la Administración, una vez verificado el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales. 27. PAGOS En caso de ser factible el pago contado, se establecerá en el Pliego de Condiciones Particulares, la exigencia de establecer en las cotizaciones, una tasa de descuento pronto pago. Para el caso de que el tiempo insumido para el pago sobrepase el plazo de 30 días mes de factura establecido, el Pliego de Condiciones Particulares podrá prever un recargo que no podrá superar el interés vigente para los recargos por financiación que cobra la Dirección General Impositiva. En todos los pagos la Administración podrá deducir del monto a pagar, la suma correspondiente a cualquier deuda que el contratista mantenga con el organismo contratante, relativa al contrato. 28. JURISDICCION COMPETENTE Por el sólo hecho de presentarse a licitación, se entenderá que el oferente hace expreso reconocimiento y manifiesta su voluntad de someterse a las Leyes y Tribunales de la República Oriental del Uruguay, con exclusión de todo otro recurso. ANEXO I Procedimiento de Compra Nro.: ............................................... Razón Social de la Empresa Nombre Comercial de la Empresa R.U.C. Sólo para empresas que deben inscribirse DOMICILIO A LOS EFECTOS DE LA PRESENTE LICITACION Calle: ................................................................................................ N° ................ Localidad/Ciudad: ...................................................................................................... Depto./Estado/Provincia :............................................................................................ País :....................................................................................................................... Código Postal: ..........................................................................................................
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Teléfono (*): ........................................................................................................... Fax (*) : ................................................................................................................. Télex: ..................................................................................................................... E-mail: .................................................................................................................... Declaro estar en condiciones legales de contratar con el Estado FIRMA/S: ................................................................................................................ Aclaración de firmas: ................................................................................................. (*) Si no está ubicado en la ciudad de Montevideo, indicar característica.
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Empresa Abacom Electri Ltda. Abiatar SA Acesur SA Angres Motor SA ANTEL Asea Brown Boveri SA
Dirección W. Ferreira 1215 Dr. F. De Soca 1444 Yaguarón 1607 Cerro Largo 1230 Av F. Crespo 1534 Av L. P. Ponce 1485
CP 11100 11600 11100 11100 11200 11600
Teléfono 9029386 7089545 9005680 9020681 148000 7077300
Automotriz Franco-Uruguaya SA Berón SA Beta Ltda. Bielectric Ltda. Cite SA Conatel SA Cymaco Dreghal SA Elemar Ltda. Ferrelec Uruguay SA Fierro Vignoli SA (FIVISA) G M Instalaciones SRL García M. y Asi de Carranza Sr Indunor SA Instelec SRL James SA Jumat Ltda Monte Cablevideo SA
Rbla. Rep. Del Perú 741 Av Gral San Martín 2761 José Mª Roo 1121 Av Gral San Martín 2467 Rbla. Rep. Del Perú 1379 Ejido 1690 Galicia 1224 Paraguay 1616 Pres. Batlle 2495 Paysandú 1833 Av. Uruguay 1274 Pozos del Rey 1325 Charrúa 1814 Constituyente 1467 Arenal Grande 1891 Fraternidad 3948 Trinidad Guevara 4528 Paraguay 2297
11300 11800 11800 11800 11300 11200 11100 11100 11600 11200 11100 11800 11200 11200 11800 11900 12500 11800
7118152 2002862 9081113 2042044 7089512 9020314 9020330 9031616 4876665 4093647 9020808 9241561 4091764 4000140 9243783 3050630 2271204 9248888
Neorol SA Oferol SA Rex Import SA Seltir SA
Labarden 4264 Cno. Carrasco 7201 Galicia 1060 Av Dr L A de Herrera km 33,5 (Pando) Colonia 922 Gral. Caraballo 1137 Colonia 968
12000 12100 11100 91000
5087755 6011121 9085385 2922233
Fax E_Mail 9021320 7098801 9015699 9020151
[email protected] 4006640 www.antel.com.uy 7077466
[email protected] m 7118153
[email protected] 2095382
[email protected] 9023425
[email protected] 2034618
[email protected] 7089512
[email protected] 9023419
[email protected] 9021304
[email protected] 9021281
[email protected] 4876665
[email protected] 4002896 9021230
[email protected] 9241576
[email protected] 4091764
[email protected] 4098651
[email protected] 9245963
[email protected] 3050630
[email protected] 2226966
[email protected] 9248888
[email protected] om 5075153
[email protected] 6014280
[email protected] 9021126
[email protected] 2922285
[email protected]
11100 11800 11100
9022997 2002617 9020082
9022997 2090412 9021581
Siemens Telecomunicaciones SA Sudel Ltda. Telefax SA
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[email protected]
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Tomacon SA U.T.E.
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Pernas 2262 Paraguay 2431
11400 11800
Todas estas empresas están ubicadas en Montevideo, cuyo prefijo telefónico es el 598 2.
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5064539 2033444
5087198 2003424
[email protected] [email protected]
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IMPORTADORES DISTRIBUIDORES DE LA PARTIDA ARANCELARIA 8535 Empresa
Dirección A.N.C.A.P. Paysandú s/n Abacom Electri Ltda. W. Ferreira 1215 Abiatar SA Asea Brown Boveri SA Av L. P. Ponce 1485 Berón SA Av Gral San Martín 2761 Bielectric Ltda. Av Gral San Martín 2467 Cite SA Rbla. Rep. Del Perú 1379 Confer Ltda. Granaderos 3879 Consorcio Roggio Stiler Misiones 1466 Electroingeniería SA Electrosistemas SL La Paz 1966 Ferrelec Uruguay SA Paysandú 1833 Fierro Vignoli SA (FIVISA) Av uruguay 1274 G M Instalaciones SRL Pozos del Rey 1325 García M. y Asi de Carranza Sr Indunor SA Constituyente 1467 Instelec SRL Arenal Grande 1891 Jumat Ltda Trinidad Guevara 4528 Jun Fil Ltda. Paysandú 1267 Mak SA Av. Burgues 3207 Principio SRL Rex Import SA Galicia 1060 Saceem Treinta y Tres 1471 Tomacon SA Pernas 2262 U.T.E. Paraguay 2431
CP 11100
Teléfono 9084945 9029386
Fax 9081463 9021320
11600 11800 11800 11300 12300 11000
7077300 2002862 2042044 7089512 2167051 916 2616
7077466 2095382 2034618 7089512 2168107 916 3874
11200 11100 11800
4026249 4093647 9020808 9241561
4080273 4002896 9022367 9241576
4000140 9243783 2271204 9080426 2002039
4098651 9245963 2226966
[email protected]
2097789
[email protected]
9085385 9160208 5086022 2033444
9021126 9163939 5087198 2003424
[email protected] [email protected] www.ute.com.uy
11200 11800 11700 11100 11000 11400
Todas estas empresas están ubicadas en Montevideo, cuyo prefijo telefónico es el 598 2.
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E_Mail
[email protected]
[email protected] [email protected] [email protected]
[email protected]
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IMPORTACIONES DE LA P.A. 8535 EN 1998 EMPRESA U.T.E. Berón SA Fierro Vignoli SA (FIVISA) Ferrelec Uruguay SA Abiatar SA Instelec SRL Tomacon SA Mak SA Indunor SA A.N.C.A.P. Bielectric Ltda. Rex Import SA García M. y Asi de Carranza Sr Cite SA Principio SRL Saceem Jun Fil Ltda. Otros
US$ CIF 7.141.78 0 136.114 135.905 81.085 61.773 58.301 57.920 48.203 42.137 39.942 33.073 32.418 29.769 28.324 27.670 20.422 17.018 145.106 Total 8.136.96 0
Particip. % 87,77% 1,67% 1,67% 1,00% 0,76% 0,72% 0,71% 0,59% 0,52% 0,49% 0,41% 0,40% 0,37% 0,35% 0,34% 0,25% 0,21% 1,78% 100,00%
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PAÍS DE ORIGEN FRANCIA BRASIL ESTADOS UNIDOS ITALIA ARGENTINA SUIZA ALEMANIA SUECIA ESPAÑA Otros
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US$ CIF 3.167.24 6 1.685.19 1 706.465 668.597 554.232 511.052 360.414 257.023 167.999 58.741 Total 8.136.96 0
Particip. % 38,9% 20,7% 8,7% 8,2% 6,8% 6,3% 4,4% 3,2% 2,1% 0,7% 100,0%
IMPORTACIONES DE LA P.A. 8535 EN 1999 EMPRESA U.T.E. G M Instalaciones SRL Electroingeniería SA Berón SA Instelec SRL Fierro Vignoli SA (FIVISA) Principio SRL Abiatar SA García M. y Asi de Carranza Sr Indunor SA
US$ CIF 2.884.48 8 293.120 98.407 87.223 81.411 80.686 75.923 48.696 45.220 44.792
Particip. % 69,75% 7,09% 2,38% 2,11% 1,97% 1,95% 1,84% 1,18% 1,09% 1,08%
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Tomacon SA Bielectric Ltda. Ferrelec Uruguay SA Cite SA Jumat Ltda Asea Brown Boveri SA Mak SA Otros
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42.343 40.655 35.592 27.270 21.523 17.910 15.499 194.524 Total 4.135.28 2
PAÍS DE ORIGEN FRANCIA ARGENTINA BRASIL ESTADOS UNIDOS ESPAÑA SUECIA ALEMANIA ITALIA INDIA Otros
US$ CIF 1.322.49 7 794.993 676.493 378.016 363.458 226.657 120.212 115.267 105.714 31.975 Total 4.135.28 2
1,02% 0,98% 0,86% 0,66% 0,52% 0,43% 0,37% 4,70% 100,00%
Particip. % 32,0% 19,2% 16,4% 9,1% 8,8% 5,5% 2,9% 2,8% 2,6% 0,8% 100,0%
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IMPORTACIONES DE LA P.A. 8535 EN 2000 EMPRESA U.T.E. Fierro Vignoli SA (FIVISA) Jumat Ltda Abiatar SA A.N.C.A.P. Consorcio Roggio Stiler Principio SRL Berón SA Bielectric Ltda. García M. y Asi de Carranza Sr Tomacon SA Electrosistemas SL Indunor SA Confer Ltda. Siemens Telecomunicaciones SA G M Instalaciones SRL Saceem Otros
US$ CIF 2.356.82 9 94.041 57.574 48.298 45.133 40.076 39.770 37.137 34.541 34.137 32.485 30.825 26.379 21.755 21.335 16.432 15.837 149.067 Total 3.101.65 1
PAÍS DE ORIGEN FRANCIA ARGENTINA BRASIL ESTADOS UNIDOS ALEMANIA
US$ CIF 908.746 699.599 603.769 401.489 148.392
Particip. % 75,99% 3,03% 1,86% 1,56% 1,46% 1,29% 1,28% 1,20% 1,11% 1,10% 1,05% 0,99% 0,85% 0,70% 0,69% 0,53% 0,51% 4,81% 100,00%
Particip. % 29,3% 22,6% 19,5% 12,9% 4,8%
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INDIA ITALIA ESPAÑA Otros
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139.060 93.289 64.456 42.851 Total 3.101.65 1
4,5% 3,0% 2,1% 1,4% 100,0%
IMPORTACIONES DE LA P.A. 8535 EN 2001 EMPRESA U.T.E. Jumat Ltda Tomacon SA Fierro Vignoli SA (FIVISA) García M. y Asi de Carranza Sr Abiatar SA Abacom Electri Ltda. Rex Import SA Principio SRL Bielectric Ltda. Confer Ltda. G M Instalaciones SRL Otros Total
US$ CIF 5.124.92 5 97.947 50.505 40.192 29.166 26.521 18.103 17.700 15.237 14.173 8.848 6.908 86.234 5.536.45 9
Particip. % 92,57% 1,77% 0,91% 0,73% 0,53% 0,48% 0,33% 0,32% 0,28% 0,26% 0,16% 0,12% 1,56% 100,00%
152
Ofcomes Montevideo
PAÍS DE ORIGEN FRANCIA ITALIA ARGENTINA BRASIL ALEMANIA ESPAÑA SUECIA ESTADOS UNIDOS Otros Total
Material Eléctrico
US$ CIF 1.662.41 5 1.423.49 8 866.865 860.255 436.749 179.613 49.174 46.957 10.933
Particip. % 30,0%
5.536.45 9
100,0%
25,7% 15,7% 15,5% 7,9% 3,2% 0,9% 0,8% 0,2%
IMPORTACIONES TOTALES P.A 8535
Empresa U.T.E. Fierro Vignoli SA (FIVISA) G M Instalaciones SRL Berón SA Abiatar SA Tomacon SA Jumat Ltda Principio SRL Instelec SRL García M. y Asi de Carranza Bielectric Ltda. Ferrelec Uruguay SA
1998 US$ 7.141.780 135.905 5.203 136.114 61.773 57.920 10.355 27.670 58.301 29.769
1999 US$ 2.884.488 80.686 293.120 87.223 48.696 42.343 21.523 75.923 81.411 45.220
2000 US$ 2.356.829 94.041 16.432 37.137 48.298 32.485 57.574 39.770 2.935 34.137
2001 US$ 5.124.925 40.192 6.908 3.236 26.521 50.505 97.947 15.237
33.073 81.085
40.655 35.592
34.541
14.173
153
29.166
Total % Partic. 17.508.022 83,7% 350.824 1,7% 321.663 1,5% 263.710 1,3% 185.288 0,9% 183.253 0,9% 187.399 0,9% 158.600 0,8% 142.647 0,7% 138.292 0,7% 122.442 116.677
0,6% 0,6%
Ofcomes Montevideo
Indunor SA Otros Total
Material Eléctrico
42.137 315.875 8.136.960
44.792 353.610 4.135.282
26.379 321.093 3.101.651
127.649 5.536.459
Fuente: Base de Datos Transaction IMPORTADORES DE ESPAÑA P.A. 8535
Empresa UTE Berón SA Otros Total
1998 US$ 131.652 20.517 15.830 167.999
1999 US$ 345.309 6.925 11.224 363.458
2000 US$ 57.425 6.849 182 64.456
2001 US$ 175.733 3.880 179.613
Total % Partic. 710.119 91,6% 34.291 4,4% 31.116 4,0% 775.526 100,0%
154
113.308 1.118.227 20.910.352
0,5% 5,3% 100,0%
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
IMPORTADORES DISTRIBUIDORES DE LA PARTIDA ARANCELARIA 8536 Empresa Abacom Electri Ltda. Abiatar SA Acem SL Acesur SA Angres Motor SA ANTEL Asea Brown Boveri SA Berón SA Bersabel SA Beta Ltda. Cite SA Conatel SA Cymaco Dreghal SA Fierro Vignoli SA (FIVISA) Incala SA Indunor SA Rex Import SA Seltir SA Siemens Telecomunicaciones SA Sudel Ltda. Tractoral SA U.T.E.
Dirección W. Ferreira 1215
CP 11100
Teléfono 9029386
Fax 9021320
Sir E. Millington Drake 2023 Yaguarón 1607 Cerro Largo 1230 Av F. Crespo 1534 Av L. P. Ponce 1485 Av Gral San Martín 2761
11500 11100 11100 11600 11800
6017497 9005680 9020681 148000 7077300 2002862
6000788 9004916 9020151 4006640 7077466 2095382
José Mª Roo 1121 Rbla. Rep. Del Perú 1379 Ejido 1690 Galicia 1224 Paraguay 1616 Av. Uruguay 1274
11800 11300 11200 11100 11100 11100
9081113 7089512 9020314 9020330 9031616 9020808
9023425 7089512 9020660 9021304 9021281 9021230
[email protected]
Constituyente 1467 Galicia 1060 Av Dr L A de Herrera km 33,5 (Pando)
11200 11100 91000
4000140 9085385 2922233
4098651 9021126 2922285
[email protected]
Gral. Caraballo 1137
11800
2002617
2090412
2033444
2003424
Paraguay 2431
Todas estas empresas están ubicadas en Montevideo, cuyo prefijo telefónico es el 598 2.
155
E_Mail
www.antel.com.uy
[email protected]
[email protected] [email protected]
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
IMPORTACIONES DE LA P.A. 8536 EN 1998 EMPRESA Fierro Vignoli SA (FIVISA) U.T.E. Berón SA Dreghal SA Asea Brown Boveri SA Acesur SA Incala SA Seltir SA Bersabel SA Conatel SA Indunor SA Abacom Electri Ltda. ANTEL Rex Import SA Cymaco Tractoral SA Sudel Ltda. Angres Motor SA Beta Ltda. Siemens Telecomunicaciones SA Abiatar SA Saceem Otros
US$ CIF 2.654.44 5 2.021.20 1 1.810.04 7 790.124 577.927 533.419 372.589 324.547 320.381 315.669 271.896 259.227 253.782 205.403 187.551 166.461 150.377 142.198 137.061 110.419 110.292 51.306 6.162.72 7 Total 17.929.0 49
Particip. % 14,81% 11,27% 10,10% 4,41% 3,22% 2,98% 2,08% 1,81% 1,79% 1,76% 1,52% 1,45% 1,42% 1,15% 1,05% 0,93% 0,84% 0,79% 0,76% 0,62% 0,62% 0,29% 34,37% 100,00%
156
Ofcomes Montevideo
PAÍS DE ORIGEN FRANCIA ESTADOS UNIDOS ESPAÑA ARGENTINA BRASIL ITALIA ALEMANIA CHINA JAPÓN TAIWAN AUSTRIA COREA DEL SUR CHILE HONG KONK SUECIA Otros
Material Eléctrico
US$ CIF 2.640.93 1 2.590.92 7 2.413.09 2 1.952.79 3 1.915.32 2 1.683.80 9 1.215.92 9 710.117 683.003 395.330 367.034 362.508 180.321 138.478 107.157 572.298
Particip. % 14,7%
Total 17.929.0 49
100,0%
14,5% 13,5% 10,9% 10,7% 9,4% 6,8% 4,0% 3,8% 2,2% 2,0% 2,0% 1,0% 0,8% 0,6% 3,2%
157
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
IMPORTACIONES DE LA P.A. 8536 EN 1999 EMPRESA Fierro Vignoli SA (FIVISA) U.T.E. Berón SA Asea Brown Boveri SA Dreghal SA Acesur SA Seltir SA Incala SA Conatel SA Sudel Ltda. Cite SA Indunor SA Abacom Electri Ltda. Acem SL Angres Motor SA Cymaco Abiatar SA Beta Ltda. Tractoral SA Bersabel SA Otros
US$ CIF 2.339.49 8 1.697.41 4 1.395.75 7 587.271 526.939 405.430 355.465 326.009 266.197 247.517 216.652 208.550 196.960 184.461 142.259 131.286 129.465 117.270 90.963 56.477 6.357.69 7 Total 15.979.5 37
Particip. % 14,64% 10,62% 8,73% 3,68% 3,30% 2,54% 2,22% 2,04% 1,67% 1,55% 1,36% 1,31% 1,23% 1,15% 0,89% 0,82% 0,81% 0,73% 0,57% 0,35% 39,79% 100,00%
158
Ofcomes Montevideo
PAÍS DE ORIGEN ARGENTINA FRANCIA ESTADOS UNIDOS ESPAÑA BRASIL ITALIA ALEMANIA CHINA SUECIA TAIWAN JAPÓN CHILE HONG KONK COREA DEL SUR Otros Total
Material Eléctrico
US$ CIF 2.450.91 3 2.450.54 7 2.235.90 0 1.984.62 2 1.376.65 4 1.222.38 4 1.044.21 4 690.730 511.346 467.359 464.070 163.618 97.048 91.048 729.084 15.979.5 37
Particip. % 15,3% 15,3% 14,0% 12,4% 8,6% 7,6% 6,5% 4,3% 3,2% 2,9% 2,9% 1,0% 0,6% 0,6% 4,6% 100,0%
159
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
IMPORTACIONES DE LA P.A. 8536 EN 2000 EMPRESA U.T.E. Fierro Vignoli SA (FIVISA) Berón SA Dreghal SA Incala SA Asea Brown Boveri SA Acesur SA Conatel SA Seltir SA Bersabel SA Indunor SA Siemens Telecomunicaciones SA Abacom Electri Ltda. Abiatar SA Sudel Ltda. Angres Motor SA Beta Ltda. Cymaco Otros
US$ CIF 2.090.33 4 1.675.46 9 1.155.63 8 596.402 555.081 539.528 479.797 286.203 256.909 228.454 222.217 191.029 187.180 181.279 170.372 162.085 139.459 131.536 5.788.35 4 Total 15.037.3 26
Particip. % 13,90% 11,14% 7,69% 3,97% 3,69% 3,59% 3,19% 1,90% 1,71% 1,52% 1,48% 1,27% 1,24% 1,21% 1,13% 1,08% 0,93% 0,87% 38,49% 100,00%
160
Ofcomes Montevideo
PAÍS DE ORIGEN ARGENTINA ESTADOS UNIDOS FRANCIA ESPAÑA ALEMANIA BRASIL ITALIA CHINA CANADÁ JAPÓN TAIWAN SUIZA CHILE REINO UNIDO COREA DEL SUR HONG KONK Otros
Material Eléctrico
US$ CIF 2.819.40 7 2.355.04 0 1.946.00 6 1.750.01 0 1.222.55 7 1.067.10 4 945.597 644.622 521.772 419.039 338.393 178.917 114.505 100.220 94.302 76.499 443.336 Total 15.037.3 26
Particip. % 18,7% 15,7% 12,9% 11,6% 8,1% 7,1% 6,3% 4,3% 3,5% 2,8% 2,3% 1,2% 0,8% 0,7% 0,6% 0,5% 2,9% 100,0%
161
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
IMPORTACIONES DE LA P.A. 8536 EN 2001 EMPRESA U.T.E. Fierro Vignoli SA (FIVISA) Berón SA Dreghal SA Incala SA Asea Brown Boveri SA Abacom Electri Ltda. Acesur SA Siemens Telecomunicaciones SA Seltir SA Conatel SA Bersabel SA Indunor SA Angres Motor SA Cymaco Beta Ltda. Sudel Ltda. Otros
US$ CIF 1.904.02 3 1.567.57 9 727.034 622.713 548.168 542.813 307.308 305.953 277.279 231.221 228.331 227.401 157.382 153.079 120.032 119.578 116.515 4.886.32 9 Total 13.042.7 38
Particip. % 14,60% 12,02% 5,57% 4,77% 4,20% 4,16% 2,36% 2,35% 2,13% 1,77% 1,75% 1,74% 1,21% 1,17% 0,92% 0,92% 0,89% 37,46% 100,00%
162
Ofcomes Montevideo
PAÍS DE ORIGEN ARGENTINA ESPAÑA ESTADOS UNIDOS FRANCIA ALEMANIA BRASIL ITALIA CHINA TAIWAN JAPÓN COREA DEL SUR CANADÁ CHILE REINO UNIDO HONG KONK SUIZA Otros
Material Eléctrico
US$ CIF 2.476.18 3 1.925.73 4 1.647.07 5 1.563.89 9 1.239.40 1 931.032 884.842 817.345 359.763 307.733 117.360 103.814 92.876 81.485 65.348 54.005 374.843 Total 13.042.7 38
Particip. % 19,0% 14,8% 12,6% 12,0% 9,5% 7,1% 6,8% 6,3% 2,8% 2,4% 0,9% 0,8% 0,7% 0,6% 0,5% 0,4% 2,9% 100,0%
163
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
IMPORTACIONES TOTALES P.A. 8536
Empresa Fierro Vignoli SA U.T.E. Berón SA Dreghal SA Asea Brown Boveri SA Incala SA Acesur SA Seltir SA Conatel SA Abacom Electri Ltda. Siemens SA Indunor SA Bersabel SA Sudel Ltda. Angres Motor SA Cymaco Beta Ltda. Abiatar SA Tractoral SA Montelux Otros Totales
1998 US$ 2.654.445 2.021.201 1.810.047 790.124 577.927 372.589 533.419 324.547 315.669 259.227 110.419 271.896 320.381 150.377 142.198 187.551 137.061 110.292 166.461 110.429 6.562.789 17.929.049
1999 US$ 2.339.498 1.697.414 1.395.757 526.939 587.271 326.009 405.430 355.465 266.197 196.960 332.448 208.550 56.477 247.517 142.259 131.286 117.270 129.465 90.963 29.903 6.396.459 15.979.537
2000 US$ 1.675.469 2.090.334 1.155.638 596.402 539.528 555.081 479.797 256.909 286.203 187.180 191.029 222.217 228.454 170.372 162.085 131.536 139.459 181.279 24.121 5.764.233 15.037.326
Fuente: Base de Datos Transaction
164
2001 US$ 1.567.579 1.904.023 727.034 622.713 542.813 548.168 305.953 231.221 228.331 307.308 277.279 157.382 227.401 116.515 153.079 120.032 119.578 40.159 16.159 4.830.011 13.042.738
Totales 8.236.991 7.712.972 5.088.476 2.536.178 2.247.539 1.801.847 1.724.599 1.168.142 1.096.400 950.675 911.175 860.045 832.713 684.781 599.621 570.405 513.368 421.036 297.583 180.612 23.553.492 61.988.650
% Partic. 13,3% 12,4% 8,2% 4,1% 3,6% 2,9% 2,8% 1,9% 1,8% 1,5% 1,5% 1,4% 1,3% 1,1% 1,0% 0,9% 0,8% 0,7% 0,5% 0,3% 38,0% 100,0%
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
IMPORTADORES DE ESPAÑA P.A. 8536
Empresa Berón SA UTE Indunor SA Montelux Ltda. Fierro Vignoli Otros Total
1998 US$ 980.472 765.141 251.623 89.817 24.309 301.730 2.413.092
1999 US$ 761.336 434.405 190.615 28.962 43.495 525.965 1.984.778
2000 US$ 677.460 593.383 217.489 24.121 42.645 194.912 1.750.010
2001 US$ 467.017 1.023.015 103.154 16.159 46.164 270.225 1.925.734
165
Totales % Partic. 2.886.285 35,7% 2.815.944 34,9% 762.881 9,4% 159.059 2,0% 156.613 1,9% 1.292.832 16,0% 8.073.614 100,0%
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
IMPORTADORES DISTRIBUIDORES DE LA PARTIDA ARANCELARIA 8544 Empresa A.N.C.A.P. Abacom Electri Ltda. Abiatar SA Acem SL Acesur SA Alur SA Angres Motor SA ANTEL Asea Brown Boveri SA Automotriz Franco-Uruguaya SA Berón SA Bersabel SA Beta Ltda. Bielectric Ltda. Cable Plus SA Cite SA Conatel SA Confer Ltda. Consorcio Roggio Stiler Cymaco Daferán SA Domitel SA Dreghal SA Electroingeniería SA Electrosistemas SL Elemar Ltda. Equital SA Ferrelec Uruguay SA Fierro Vignoli SA (FIVISA) G M Instalaciones SRL García M. y Asi de Carranza Sr
Dirección Paysandú s/n W. Ferreira 1215
CP 11100
Teléfono 9084945 9029386
Fax 9081463 9021320 6000788 9004916 9021613 9020151 4006640 7077466
E_Mail
[email protected]
Sir E. Millington Drake 2023 Yaguarón 1607 Andes 1409 P1 Cerro Largo 1230 Av F. Crespo 1534 Av L. P. Ponce 1485
11500 11100 11100 11100 11600
6017497 9005680 9022623 9020681 148000 7077300
Av Gral San Martín 2761
11800
2002862
2095382
[email protected]
José Mª Roo 1121 Av Gral San Martín 2467
11800 11800
9081113 2042044
9023425 2034618
[email protected]
Rbla. Rep. Del Perú 1379 Ejido 1690 Granaderos 3879
11300 11200 12300
7089512 9020314 2167051
7089512 9020660 2168107
Galicia 1224
11100
9020330
9021304
Paraguay 1616
11100
9031616
9021281
Pres. Batlle 2495
11600
4876665
4876665
Paysandú 1833 Av. Uruguay 1274 Pozos del Rey 1325
11200 11100 11800
4093647 9020808 9241561
4002896 9021230 9241576
166
[email protected] www.antel.com.uy
[email protected] [email protected]
[email protected]
Ofcomes Montevideo
IBM Uruguay SA Incala SA Indunor SA Instelec SRL James SA Jumat Ltda Jun Fil Ltda. Mak SA Monte Cablevideo SA Neorol SA Oferol SA Patzal SA Principio SRL Rex Import SA Riselco SA Saceem Seltir SA Siemens Telecomunicaciones SA Sudel Ltda. Tecnocom SA Telefax SA Tomacon SA Tractoral SA U.T.E.
Material Eléctrico
Constituyente 1467 Arenal Grande 1891
11200 11800
4000140 9243783
4098651 9245963
[email protected]
Av. Burgues 3207
11700
2002039
2097789
[email protected]
Labarden 4264 Cno. Carrasco 7201
12000 12100
5087755 6011121
5075153 6014280
[email protected]
Galicia 1060
11100
9085385
9021126
Treinta y Tres 1471 Av Dr L A de Herrera km 33,5 (Pando)
11000 91000
9160208 2922233
9163939 2922285
Gral. Caraballo 1137
11800
2002617
2090412
Colonia 968 Pernas 2262
11100 11400
9020082 5086022
9021581 5087198
2033444
2003424
Paraguay 2431
Todas estas empresas están ubicadas en Montevideo, cuyo prefijo telefónico es el 598 2.
167
[email protected]
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Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
IMPORTACIONES DE LA P.A. 8544 EN 1998
PAÍS DE ORIGEN ESPAÑA ESTADOS UNIDOS ARGENTINA ITALIA INDONESIA BRASIL COLOMBIA SUECIA ALEMANIA HONG KONG TAIWAN CHINA COREA DEL SUR Otros Total
US$ CIF 7.838.212 4.682.760 2.929.119 1.964.073 939.664 768.511 549.026 369.216 300.562 178.002 135.476 94.814 86.895 567.836
Particip. % 36,6% 21,9% 13,7% 9,2% 4,4% 3,6% 2,6% 1,7% 1,4% 0,8% 0,6% 0,4% 0,4% 2,7%
21.404.166
100,0%
168
Ofcomes Montevideo
EMPRESA UTE Cite SA Antel Oferol SA Tractoral SA Riselco SA Monte Cablevideo SA Siemens Telecomunicaciones SA Abiatar SA Incala SA Patzal SA Bersabel SA Neorol SA Mak SA Telefax SA Domitel SA Daferan SA Equital SA Elemar Ltda. James SA Fivisa Tecnocom SA Alur SA Rex Import SA Otros Total
Material Eléctrico
US$ CIF 6.700.921 2.495.464 2.436.493 1.213.731 585.221 576.205 506.048 411.948 366.803 307.773 255.480 241.137 224.616 172.741 164.195 163.453 149.599 124.070 122.582 112.005 80.407 98.795 145.678 138.442 3.610.359 21.404.166
Particip. % 31,3% 11,7% 11,4% 5,7% 2,7% 2,7% 2,4% 1,9% 1,7% 1,4% 1,2% 1,1% 1,0% 0,8% 0,8% 0,8% 0,7% 0,6% 0,6% 0,5% 0,4% 0,5% 0,7% 0,6% 16,9% 100,0%
169
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
IMPORTACIONES DE LA P.A. 8544 EN 1999
PAÍS DE ORIGEN
US$ CIF
ESPAÑA ARGENTINA ESTADOS UNIDOS BRASIL BULGARIA ITALIA SUIZA CANADA SUECIA ALEMANIA HONG KONG CHINA REINO UNIDO COLOMBIA TAIWAN Otros Total
7.276.573 4.409.995 3.841.142 1.406.433 453.800 450.327 447.379 407.551 367.874 325.394 168.071 142.936 141.589 124.063 108.155 389.358
Particip. % 35,6% 21,6% 18,8% 6,9% 2,2% 2,2% 2,2% 2,0% 1,8% 1,6% 0,8% 0,7% 0,7% 0,6% 0,5% 1,9%
20.460.640
100,0%
170
Ofcomes Montevideo
EMPRESA UTE Antel Oferol SA Siemens Telecomunicaciones SA Automotriz Franco - Uruguaya SA Cite SA Tractoral SA Riselco SA Monte Cablevideo SA Patzal SA Daferan SA Abiatar SA G M Instalaciones SRL Tecnocom SA Fivisa Telefax SA James SA Equital SA Elemar SA Neorol SA Saceem Domitel SA Bersabel SA Electroingeniería SA Berón SA Rex Import SA Mak SA Otros Total
Material Eléctrico
US$ CIF 5.764.185 3.048.589 1.656.597 756.794 712.572 579.807 531.143 513.440 497.767 403.071 202.690 202.058 176.174 160.217 149.048 145.095 143.871 134.870 132.909 128.119 120.166 111.082 106.400 83.657 44.443 63.916 60.795 3.831.165 20.460.640
Particip. % 28,2% 14,9% 8,1% 3,7% 3,5% 2,8% 2,6% 2,5% 2,4% 2,0% 1,0% 1,0% 0,9% 0,8% 0,7% 0,7% 0,7% 0,7% 0,6% 0,6% 0,6% 0,5% 0,5% 0,4% 0,2% 0,3% 0,3% 18,7% 100,0%
171
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
IMPORTACIONES DE LA P.A. 8544 EN 2000
PAÍS DE ORIGEN
US$ CIF
ESPAÑA ARGENTINA BRASIL ESTADOS UNIDOS CANADA ALEMANIA ITALIA CHINA TAIWAN FRANCIA HONG KONG SUECIA REINO UNIDO Otros Total
14.480.179 3.037.545 3.034.085 2.407.920 302.268 248.939 161.504 149.727 119.229 118.439 117.240 115.771 68.808 276.063
Particip. % 58,8% 12,3% 12,3% 9,8% 1,2% 1,0% 0,7% 0,6% 0,5% 0,5% 0,5% 0,5% 0,3% 1,1%
24.637.717
100,0%
172
Ofcomes Montevideo
EMPRESA Antel UTE Oferal SA Incala SA Cite SA Abiatar SA Automotriz Franco-Uruguaya SA Siemens Telecomunicaciones SA Tecnocom SA Riselco SA Patzal SA Elemar Ltda. Bersabel SA Monte Cablevideo SA Telefax SA Tractoral SA Fivisa Equital SA Daferán SA Otros Total
Material Eléctrico
US$ CIF 7.925.084 6.027.843 1.395.647 1.363.397 711.975 533.985 514.006 430.162 350.798 292.457 223.446 186.643 161.563 150.576 119.789 112.321 89.213 73.241 66.073 3.909.498 24.637.717
Particip. % 32,2% 24,5% 5,7% 5,5% 2,9% 2,2% 2,1% 1,7% 1,4% 1,2% 0,9% 0,8% 0,7% 0,6% 0,5% 0,5% 0,4% 0,3% 0,3% 15,9% 100,0%
173
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
IMPORTACIONES DE LA P.A. 8544 EN 2001
PAÍS DE ORIGEN
US$ CIF
ESPAÑA FRANCIA ARGENTINA BRASIL ESTADOS UNIDOS INDONESIA COREA DEL SUR BULGARIA CANADA CHINA ITALIA TAIWAN SUECIA ALEMANIA HONG KONG Otros Total
9.407.902 4.259.044 3.757.505 3.055.167 2.189.753 1.276.566 856.621 281.869 176.875 167.312 121.149 112.693 101.487 93.549 81.682 370.913
Particip. % 35,8% 16,2% 14,3% 11,6% 8,3% 4,9% 3,3% 1,1% 0,7% 0,6% 0,5% 0,4% 0,4% 0,4% 0,3% 1,4%
26.310.087
100,0%
174
Ofcomes Montevideo
EMPRESA UTE Antel Oferol SA Ferrelec Uruguay SA Cite SA Bersabel SA Siemens Telecomunicaciones SA Monte Cablevideo SA Tecnocom SA Tractoral SA Patzal SA Elemar Ltda. Fivisa Telefax SA Berón SA Riselco SA Automotriz Franco-Uruguaya SA Equital SA Rex Import SA Abiatar SA James SA G M Instalaciones SL Otros Total
Material Eléctrico
US$ CIF 11.282.467 6.575.870 1.242.705 856.518 401.407 275.933 257.113 191.553 184.444 164.868 161.978 131.514 120.808 118.300 93.549 90.113 68.389 67.196 63.603 63.244 60.649 38.688 3.799.178 26.310.087
Particip. % 42,9% 25,0% 4,7% 3,3% 1,5% 1,0% 1,0% 0,7% 0,7% 0,6% 0,6% 0,5% 0,5% 0,4% 0,4% 0,3% 0,3% 0,3% 0,2% 0,2% 0,2% 0,1% 14,4% 100,0%
175
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
IMPORTACIONES TOTALES P.A. 8544
Empresa UTE ANTEL Oferol SA Cite SA Siemens SA Incala Riselco SA Tractoral SA Monte Cablevideo SA Automotriz Franco-Uruguaya Abiatar SA Patzal SA Tecnocom SA Bersabel SA Elemar Ltda. Telefax SA Fierro Vignoli SA Daferan SA Equital SA IBM Uruguay SA Neorol SA James SA Diverol SA Domitel SA Rex Import SA G. M Instalaciones Otros Total
1998 US$ 6.700.921 2.436.493 1.213.731 2.495.464 411.948 307.773 576.205 585.221 506.048 366.803 255.480 98.795 241.137 122.582 164.195 80.407 149.599 124.070 68.098 224.616 112.005 76.699 163.453 138.442 3.783.981 21.404.166
1999 US$ 5.764.185 3.048.589 1.656.597 579.807 756.794 4.336 513.440 531.143 497.767 712.572 202.058 403.071 160.217 106.400 132.909 145.095 149.048 202.690 134.870 201.993 128.119 143.871 178.907 111.082 63.916 176.174 3.754.990 20.460.640
2000 US$ 6.027.843 7.925.084 1.395.647 711.975 430.162 1.363.397 292.457 112.321 150.576 514.006 533.985 223.446 350.798 161.563 186.643 119.789 89.213 66.073 73.241 51.609
2001 US$ 11.282.467 6.575.870 1.242.705 401.407 257.113 90.113 164.868 191.553 68.389 63.244 161.978 184.444 275.933 131.514 118.300 120.808 67.196 47.526 60.649 36.211
3.857.889 24.637.717
176
63.603 38.688 4.665.508 26.310.087
Totales % Partic. 29.775.416 32,1% 19.986.036 21,5% 5.508.680 5,9% 4.188.653 4,5% 1.856.017 2,0% 1.675.506 1,8% 1.472.215 1,6% 1.393.553 1,5% 1.345.944 1,5% 1.294.967 1,4% 1.166.090 1,3% 1.043.975 1,1% 794.254 0,9% 785.033 0,8% 573.648 0,6% 547.379 0,6% 439.476 0,5% 418.362 0,5% 399.377 0,4% 369.226 0,4% 352.735 0,4% 316.525 0,3% 291.817 0,3% 274.535 0,3% 265.961 0,3% 214.862 0,2% 16.062.368 17,3% 92.812.610 100,0%
Ofcomes Montevideo
Material Eléctrico
Fuente: Base de Datos Transaction IMPORTADORES DE ESPAÑA P.A. 8544
Empresa UTE ANTEL Incala SA G M Instalaciones SL Otros Total
1998 US$ 5.343.999 2.417.989
1999 US$ 3.965.655 3.030.662
76.224 7.838.212
136.127 144.129 7.276.573
2000 US$ 5.362.116 7.222.159 1.363.397
2001 US$ 4.421.049 4.852.605 21.597 112.651 9.407.902
532.507 14.480.179
177
Total 19.092.819 17.523.415 1.363.397 157.724 865.511 39.002.866
% Partic. 49,0% 44,9% 3,5% 0,4% 2,2% 100,0%