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U.T. 5 LA CARTA-PROPUESTA O EL CONTRATO DE AUDITORÍA
Estructura de Contenidos 5.1. Contacto inicial y estimaciones previas 5.1.1. Personal necesario. 5.1.2. Tiempo a incurrir. 5.1.3. Coste del trabajo. 5.1.4. Honorarios. 5.2. Contenido de la carta-propuesta o contrato de auditoría 5.3. Nombramiento de auditores y ratificación del contrato por la Junta General de Accionistas. 5.4. Relaciones con los anteriores auditores
5.1. CONTRATO INICIAL Y ESTIMACIONES PREVIAS Una vez producido el contacto entre el auditor y el posible cliente
EL AUDITOR DEBE PROCEDER A:
LA INVESTIGACIÓN DE ALGUNOS PUNTOS SOBRE LA EMPRESA:
¿PARA QUÉ?
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Reputación o integridad de la Gerencia. Continuidad futura del negocio. Litigios en curso. Resultados de Auditorias anteriores.
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PARA EVITAR TRABAJOS QUE ENTRAÑEN RIESGOS DE IMPORTANCIA.
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O QUE PUEDAN PRODUCIR PUBLICIDAD NEGATIVA AL AUDITOR.
Si el auditor no encuentra impedimento alguno para la realización de su trabajo deberá proceder a confeccionar la carta-propuesta, para lo que realizará estimacines sobre el personal necesario, el tiempo a incurrir, el coste del trabajo y los honorarios.
5.1.1. Personal Necesario -
Deberá precisar las personas que van a intervenir en la realización del trabajo y el grado de participación en el mismo (nivel de ayudantes, supervisión, responsables de redacción del informe, contactos con el cliente) para coordinar el trabajo, garantizar su eficacia y minimizar costes.
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5.1.2. Tiempo a incurrir -
Se realizará una estimación de fechas de comienzo y conclusión de auditoría.
5.1.3. Coste del trabajo -
Cálculo del coste de auditoría aproximado, el coste real se estima cuando se conozca el tiempo real de trabajo realizado.
5.1.4. Honorarios -
Se determinan en función de las horas de trabajo de los distintos profesionales que intervienen según categoría. Las organizaciones de la profesión estiman tarifas mínimas y máximas, a las que se recomienda que se sujeten los profesionales.
5.2. CONTENIDO DE LA CARTA-PROPUESTA O CONTRATO DE AUDITORÍA
El objetivo de la auditoría. La responsabilidad de la empresa de preparar la información financiera. El alcance de la auditoría (incluye legislación aplicable y normas de organismos profesionales). Forma de los informes o cualquier otro tipo de comunicación. El hecho de que pueda permanecer sin descubrir algún error importante, debido al carácter de las pruebas y otras limitaciones, unido a las limitaciones del control interno. El acceso a cualquier registro, documentación y otra información requerida para realizar el trabajo de auditoría. Forma de efectuar la planificación. Forma de Cálculo de honorarios. Indicación de relación con otros auditores. … etc.
5.3. NOMBRAMIENTO DE AUDITORES Y RATIFICACIÓN DEL CONTRATO POR LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS Existen diferentes motivos por los cuales una empresa decide nombrar auditores de cuentas: a) Por estar la sociedad obligada a auditarse, según lo dispone la ley de Sociedades Anónimas. b) Porque se considera necesaria. c) Porque así lo solicita al menos un 5% del capital social.
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Cualquiera que sea el motivo por el cual se soliciten los servicios de un auditor, éste deberá redactar una carta-propuesta y ponerla a disposición del cliente potencial, de forma que pueda ser analizada e incluso, comparada con las propuestas de otros auditores. Exclusivamente en el caso de que la Sociedad esté obligada a auditarse porque lo disponga la ley de S.A., el auditor deberá ser nombrado y su propuesta aceptada por la Junta General de Accionistas antes de que finalice el ejercicio por auditar, por un período de tiempo determinado, que no podrá ser inferior a tres años ni superior a nueve, a contar desde la fecha en que se inicie el primer ejercicio a auditar. Tampoco podrán ser reelegidos hasta que hayan transcurridos tres ejercicios desde la terminación del período anterior. La Junta General de accionistas no podrá revocar a los auditores antes de que finalice el período para el que fueron nombrados, a no ser que medie causa justa. Cuando la Junta General de Accionistas no hubiera nombrado a los auditores antes de que finalice el ejercicio a auditar, debiendo hacerlo, o las personas nombradas no acepten el encargo o no puedan cumplir sus funciones, los administradores o cualquier accionista podrá solicitar al Registro Mercantil la designación de la persona o personas que deban realizar la auditoría, de acuerdo con lo dispuesto por el Registro Mercantil.
5.4. RELACIONES CON ANTERIORES AUDITORES Cuando un auditor efectúa un examen de cuentas anuales o de revisión y verificación de documentos contables, se puede encontrar con que se haya producido relevo de auditores, y que por tanto, el examen de las cuentas anuales anteriores haya sido efectuado por otros auditores independientes. La forma de actuar del nuevo auditor tendrá en cuenta una serie de normas: -
El sucesor deberá ponerse en contacto con el anterior para conocer las circunstancias del relevo y averiguar si existen razones éticas o técnicas que aconsejen la no aceptación del encargo.
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El sucesor deberá explicar a su cliente la necesidad de entrevistarse con el auditor anterior y deberá obtener permiso para hacerlo.
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Si el cliente no lo permite o limita las respuestas del anterior, el sucesor deberá preguntar las causas y considerar las graves implicaciones que este rechazo pueda tener en la aceptación del encargo.
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El anterior auditor deberá responder a las preguntas del sucesor.
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La extensión de los procedimientos del nuevo auditor podrá reducirse mediante consultas con el anterior y la revisión de sus papeles de trabajo.
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Si el anterior por circunstancias especiales no accediera a una revisión de sus papeles de trabajo, si ello no fuera posible por otras razones o si el sucesor decidiera no asumir la responsabilidad del trabajo efectuado por el anterior auditor deberá proceder como en una auditoría efectuada por primera ve.
ACTIVIDADES DE APOYO 1.- ¿Por qué es importante determinar las personas que van a intervenir en la realización del trabajo de auditoría? 2.- ¿Se puede conocer desde el principio el coste exacto de un trabajo de auditoría? 3.- ¿En función de qué se determinan los honorarios de una auditoria? 4.- ¿En qué caso es necesario que el auditor sea nombrado por la Junta General de Accionistas? 5.- ¿Qué pueden hacer los administradores o cualquier accionista de una entidad obligada a auditarse cuando el auditor no ha sido nombrado por la Junta General de Accionistas o no ha aceptado el encargo? 6.- Cuando existe una sucesión de auditores, ¿quién debe iniciar el contacto? ¿El auditor anterior o el sucesor? 7.- Cuando una sociedad está obligada a auditarse, según la ley de S.A. , su Junta General de accionistas debe nombrar un auditor. ¿Qué plazo tiene la Junta para nombrarlo? 8.- Una entidad obligada a auditarse ¿cuánto tiempo, como mínimo, está obligada a mantener a los mismos auditores? 9.- ¿Puede la Junta General de Accionistas revocar los auditores nombrados antes de que finalice el período para el que fueron nombrados? 10.- Cuando un auditor sucede a otro en la auditoría de una empresa, ¿puede basar una parte de su trabajo en el trabajo del auditor anterior?
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CUESTIONARIO 1.- Después de la toma de contacto entre el auditor y cliente, es conveniente que la aceptación o no del trabajo vaya precedida de una pequeña investigación sobre algunos extremos referidos al mismo, como su reputación e integridad, tanto del cliente como de la dirección de la empresa, posibilidad de interrupción en el negocio, litigios en curso, resultado de auditorías anteriores, etc. a) Verdadero b) Falso. 2.- ¿Qué estimaciones debe realizar el auditor y posteriormente plasmar en su cartapropuesta antes de iniciar la planificación de auditoría? a) b) c) d) e)
Coste del trabajo. La media de los IPC de los cinco últimos ejercicios. El número de trabajadores contratados en la empresa a auditar. Tiempo de duración de la auditoría. Los honorarios que cobraría la firma auditora de la competencia.
3.- Indica si la siguiente afirmación es verdadera o falsa: “El formato de la cartapropuesta es único, independientemente del tipo de empresa que se pretenda auditar”. 4.- Si, al menos un 5% de los accionistas de una empresa solicita que se realice una auditoría de las cuentas de una empresa, la sociedad estará obligada a someterse a dicha auditoría. a) Verdadero. b) Falso. 5.- Indica si las siguientes afirmaciones son verdaderas o falsas: a) El auditor sucesor no necesita permiso de su cliente para ponerse en contacto con el auditor anterior. b) Independientemente del tipo de información que facilite el auditor anterior al sucesor, éste deberá proceder como en una auditoría efectuada por primera vez. c) Cualquier auditor que acepte un encargo de auditoría estará aceptando la responsabilidad de las conclusiones de los auditores anteriores.
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SUPUESTO 5.1. El Presidente del Consejo de Administración de RAPABO, S.A., visita nuestra firma de auditores VÁZQUEZ, PÉREZ Y GÓMEZ, Auditores, para encomendarnos la auditoría de los estados financieros de la empresa correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 1996. Después de las conversaciones mantenidas con los responsables de la sociedad y de unas investigaciones realizadas por nosotros, aceptamos el trabajo. En relación con él, disponemos de esta información: a) El trabajo de auditoría será el primero que realicemos para esa sociedad. El acuerdo comprende la auditoría anual del ejercicio 1996 y de los cinco siguientes. b) Los estados financieros objeto del trabajo serán las cuentas anuales, que formula de acuerdo con lo dispuesto con el Plan General de Contabilidad.. c) Acordamos, dado que la sociedad tiene establecido un sistema completo de control interno, proporcionarle, junto con el informe de auditoría, que será corto, un informe o carta de recomendaciones sobre el control interno. d) El trabajo de auditoría de este ejercicio se desarrollará en un plazo máximo de tres meses, siendo el presupuesto en horas y su coste el que se adjuntará. e) Queda clara la responsabilidad de la empresa respecto a los estados financieros y la necesidad de su total colaboración para que realicemos sin dificultad el trabajo. f) Nos comprometemos a ejecutar el trabajo con el cumplimiento de la normativa legal, así como con las normas de auditoría generalmente aceptadas, que se concretan en las emitidas por la organización profesional en la que los auditores de nuestra firma estamos integrados. SE PIDE: A la vista de las informaciones anteriores y teniendo en consideración la normativa de auditoría al respecto, redactar la carta-propuesta que enviaríamos al presidente de la empresa y cuya devolución, debidamente firmada por él, constituiría el encargo del trabajo.
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Modelo Carta-Propuesta
Madrid, ……de……..de 19..
Sr. D. ………………. Presidente o Director General de la Empresa ……………… MADRID
Muy señor nuestro: De acuerdo con la conversación mantenida con ustedes, nos es muy grato someter a su consideración la propuesta de realización de auditoría de los estados financieros de esa sociedad, cerrados a 31 de diciembre de 19.. (Procedimientos a utilizar) El desarrollo de los trabajos de investigación, revisión e interpretación, se harán de acuerdo con los principios de contabilidad y auditoría generalmente aceptados, y comprenderán las comprobaciones necesarias (numéricas; documentales y justificantes de operaciones; confirmación por correspondencia con deudores, acreedores, bancos, etc.; muestreos; cumplimiento de normas legales y estatutarias, y otras pruebas que se consideren necesarias). (Equipo) Para la realización del trabajo contaremos con un equipo de profesionales, formado por los señores siguientes: …………………………. …………………………. …………………………. Que, bajo la supervisión de D. ………………….efectuarán las verificaciones procedentes. (Colaboración necesaria) Con objeto de obtener el mayor rendimiento y eficacia posibles durante nuestra intervención, les rogamos hagan lo necesario para que exista una buena y estrecha colaboración de sus distintos servicios y departamentos con nuestro equipo y especialmente de la auditoría interna; pues, en la medida en que esto sea así, se agilizarán todos los trámites y trabajos y se simplificará considerablemente el tiempo a utilizar, en beneficio de todos. …/…
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…/… (Informe y sugerencias) Como resultado de la auditoría realizada, se procederá a la emisión del correspondiente informe, en el que se hará constar nuestra opinión sobre los estados financieros a que se refiera nuestra intervención, según el encargo recibido. Por otra parte, se incluirá una relación de sugerencias y observaciones, en relación con el perfeccionamiento de los procedimientos administrativos y de contabilidad; control interno; auditoría interna; organización etc. (Honorarios Profesionales) Serán calculados teniendo en cuenta la tarifa aprobada por ……… De acuerdo con dicha tarifa, el importe previsto a devengar será del orden de ………..ptas. A este importe habrá que agregar los gastos de viaje que se produzcan por nuestros desplazamientos, derivados de esta intervención profesional, así como los impuestos correspondientes. Estos honorarios se han calculado después del estudio sobre el tiempo posible de actuación, considerando la organización existente en la empresa, y el volumen y la naturaleza de las operaciones realizadas, y contando con la colaboración que solicitamos de personal de la sociedad, para efectuar determinadas operaciones, como: facilitar documentación de archivo; preparación de datos necesarios; confección de cartas de confirmación de saldos y otros datos, etc. Al termino de nuestro trabajo, procederemos a ajustar definitivamente la cifra de honorarios, teniendo en cuenta el trabajo realizado y considerando que: -
Si nos hubiéramos excedido en nuestra estimación inicial, se cobrará la cifra menor. Si se apreciase a través del trabajo realizado que los honorarios deberían ser mayores que los propuestos, someteremos a su consideración las razones concurrentes, de forma que ustedes pueden decidir con su criterio lo que sea razonable y justo.
En espera de sus noticias, les saludamos con la mayor consideración,
Firma.
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