V Congreso Internacional de Derecho Tributario

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CRONICAS - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - , V Congreso Nacional de Derecho Constitucional ' - - - - - - - - - - - - - CÉSAR LANDA ARROYO _

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V Congreso Internacional de Derecho Tributario © 2016 KPMG, una sociedad civil panameña y firma de la red de firmas miembro independientes de KPMG, afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. KPMG International Cooperative (“KPMG International”) es una entidad suiza. Las firmas miembro de la red de firmas independientes de KPMG están afiliadas a KPMG International. KPMG International no provee servicios a clientes.

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Las Normas Internacional es de Contabilidad (NIC) y sus Luis Laguerre efectos

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CONTENIDO I.

II.

Normas Internacionales de Contabilidad (NIC)



¿Por qué?



Impacto en los Negocios



Cronología – 50 años



¿NIC o NIIF?



Adopción NIIF en Panamá

Uso de la NIIF en la determinación del Impuesto sobre la Renta •

Diferencias concepturales



Utilidad Financiera vs Renta Gravable



NIC 12 – Impuesto a las Ganancias

II.

Principales diferencias entre NIIF y Normas Tributarias (Código Fiscal de Panamá) •

NIC 2 – Inventarios



NIC 11 – Contratos de Construcción



NIC 16 – Propiedad, Planta y Equipos



NIC 17 – Arrendamientos



NIC 18 – Ingresos de Actividades Ordinarias



NIC 37 – Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes



NIC 38 – Activos Intangibles

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¿Por qué? •

GLOBALIZACION

La globalización e integración de los mercados hace necesaria la armonización de la información financiera que las entidades de los diferentes países proporcionan a sus inversores, analistas y a cualquier tercero interesado mediante un “lenguaje y estándares comunes” que faciliten el intercambio de información, la comprensión y la toma de decisiones



VALORES ACTUALIZADOS

Aparte de la “partida doble” que es el pilar fundamental de la teoría de la contabilidad, otro de sus pilares es el “costo histórico” o costo de adquisición. El costo histórico no necesariamente reflejará el valor razonable o actualizado de bienes y compromisos adquiridos por la empresa a la fecha de un reporte. Valor razonable es el precio que sería percibido por vender un activo o pagado por transferir un pasivo en una transacción no forzada entre participantes del mercado en la fecha de medición

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Impactos de NIC en los Negocios Sistemas de Información y de Reporte Gerencial

Impuestos Contabilidad Financiera

NIC

Relaciones con Inversionistas

& Productos Financieros

Negocios

Compensaciones a Ejecutivos y a Empleados

Planes de Beneficios a de Desempeño Empleados Indicadores

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Cronología – 50 años 1966

1973

1995

1996

1999

2001

AISG

IASC

EUROPA

US SEC

G7 & FMI

IASB

Canadá, Reino Unido y Estados Unidos

Se formaliza la creación

Respaldo a las NIC

Respaldo a IASC

Transacciones transfronterizas

Apoyo a las NIC

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IASC  IASB

Metas de Convergencia para adopción Mundial sobre Normas Internacionales

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Cronología – 50 años 2002

2003

2004

2006

2007

2008

EUROPA & USA

NIIF 1

JAPÓN

CHINA

100 PAISES

PYMES

- USA: Programa conjunto para posibilitar convergencia

Australia, Hong Kong, Nueva Zelanda y Sudáfrica

- EUROPA: Adopción NIIF 2005

Adopta normas consonas con NIIF  convergencia total

Y Brasil, Canadá, Chile, Israel, Corea establecen cronograma de adopción

Se suman Malasia y México

Adopción NIIF 2005

Plan de convergencia entre los PCGA Japón y las NIIF

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Cronología – 50 años •

Desde 2001 casi 120 países han requerido o permitido el uso de la NIIF

Australia

• Requeridas para todas las entidades del sector privado y del sector público

Canadá

• Requeridas desde 2011 para empresas cotizadas y permitidas para entidades del sector privado

Estados Unidos

• Permitidas para emisores extranjeros desde 2007

Rusia Unión Europea

• Requeridas desde 2012

• Se requiere que los miembros de la UE utilicen NIIF tal como se adoptó para empresas cotizadas desde 2005

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¿NIC o NIIF? Los estándares internacionales de contabilidad e información financiera, traducidos como "normas", son un conjunto de guías para preparar y reportar información contable y financiera, compuestos por:



Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), en inglés, IAS (International Accounting Standards).



Interpretaciones de las NIC, denominadas SIC (Standards Interpretations Commite).



Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), en inglés IFRS (International Financial Reporting Standars).



Interpretaciones de las NIIF, denominadas IFRIC (Internacional Financial Reporting Interpretation Commite).

La variación entre las siglas NIC y NIIF se debe a la fecha de su aprobación. El IASC (1973-1999) emitió 41 normas NIC y luego de su reestructuración pasando a ser llamado IASB a partir del año 2001, ha emitido 13 normas NIIF. No se emitirán más NIC ni interpretaciones SIC, sino que en adelante lo que puede suceder por parte de IASB es lo siguiente: a)modificar una parte de una NIC o b) eliminar una NIC y crear una nueva NIIF © 2016 KPMG, una sociedad civil panameña y firma de la red de firmas miembro independientes de KPMG, afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. KPMG International Cooperative (“KPMG International”) es una entidad suiza. Las firmas miembro de la red de firmas independientes de KPMG están afiliadas a KPMG International. KPMG International no provee servicios a clientes.

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Adopción de NIIF en Panamá (1) 1978

1998

1998

2000

2001

2005

NOCOFIN

JTC

CSJ

JTC

CSJ

Ley 6

Junta Técnica Contabilidad (JTC) (Ley 57/1978)

Resolución N°4 de 10 de febrero de 1998

COMISION DE NORMAS DE CONTABILIDAD FINANCIERA

ADOPCION DE LAS NIC

Ordena la suspensión de la Resolución de la JTC

Adopta las NIIF como “propias y de aplicación en Panamá”

Ordena la suspensión de la Resolución de la JTC

Resolución N°3 de 30 de agosto de 2000 ADOPCION DE LAS NIC

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Adopción de NIIF en Panamá (2) Artículo 699 - PARAGRAFO 3 (Código Fiscal)

ARTICULO 20 PARÁGRAFO 2 (D.E. 170/1993)

“La Dirección General de Ingresos solo aceptará

(..) entidades bancarias reguladas por el Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998, (…)facultadas para adoptar como normas técnicas de contabilidad (…):

declaraciones de renta preparadas con base en registro de contabilidad que utilicen el sistema de devengado sobre la base de las Normas Internacionales de Información Financiera o NIIFs. (…)”



Las Normas Internacionales de Contabilidad de la Comisión de Normas Internacionales de Contabilidad; o

• Los Principios Contables Generalmente Aceptados

en los Estados Unidos de América (“US-GAAP”).

Artículo 699 - PARAGRAFO 2 (Código Fiscal)

“La no congruencia de la declaración de renta con los estados financieros auditados, con base en las Normas Internacionales de Información Financiera o NIIFs, podrá, de probarse, ser considerada como defraudación fiscal.”

Artículo 171-A – Deberes y obligaciones (D.E. 170/1993)

”llevar la contabilidad de acuerdo a las normas y principios de contabilidad generalmente aceptados, basados en las Normas Internacionales de Información Financiera o NIIF´s y las Normas Internacionales de Contabilidad o USGAAP, bajo los métodos del devengado, de caja o efectivo, señalados en el artículo 20 de este Decreto;

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Uso de la NIIF en la determinación del Impuesto sobre la Renta

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Diferencias Conceptuales Normas Internacionales de Contabilidad

• Presentación de información financiera consistente para todos los agentes económicos • Prelación de la sustancia sobre la forma

Normas Fiscales • Determinar la ganancia sujeta al impuesto por los contribuyentes • En muchos casos la forma determina las consecuencias fiscales de las transacciones

• Los usuarios de la información financiera son de distinta naturaleza

• Las normas fiscales pueden establecer excepciones a la base contable de acumulación y gravar ciertas rentas sólo cuando ha sido efectivamente recibidas

• Los directores son los responsables de la información financiera

• Los usuarios son entes recaudadores o relacionados con las cuentas nacionales

• Base contable de acumulación (devengado)

• El contribuyente, bajo la persona del represente legal, es el responsable de la información fiscal © 2016 KPMG, una sociedad civil panameña y firma de la red de firmas miembro independientes de KPMG, afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. KPMG International Cooperative (“KPMG International”) es una entidad suiza. Las firmas miembro de la red de firmas independientes de KPMG están afiliadas a KPMG International. KPMG International no provee servicios a clientes.

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Utilidad Financiera vs Renta Gravable (1) UTILIDAD FINANCIERA

En el ámbito económico, la utilidad está asociada a la ganancia o beneficio que se obtiene a partir de un bien o una inversión. Contablemente y según NIIF, la utilidad se determina mediante el estado de ganancias y pérdidas o estado de resultados el cual es un estado financiero que muestra el resultado del período de los ingresos totales menos costos y gastos totales

RENTA GRAVABLE

Es la diferencia o resultado de restar a los ingresos gravables todos aquellos costos y gastos deducibles, de conformidad con lo establecido en las normas tributarias. La renta neta gravable es aquella sobre la que se determina el impuesto aplicando la tarifa que corresponda. La renta neta gravable se obtiene al restar de la renta gravable las deducciones, rebajas, pérdidas (fiscales) de arrastre e incentivos de fomento establecidos por ley.

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Utilidad Financiera vs. Renta Gravable (2) •

CONCILIACION FISCAL

Las utilidad registrada contablemente según NIIF generalmente NO es igual a la renta gravable. Para determinar la renta gravable: •

El ingreso se registra por su gravabilidad (gravado o no gravado)



Los costos y gastos se registran por su deducibilidad (deducible o no deducible)

La conciliación entre lo contable y los fiscal considera: Partidas que aumentan la renta gravable  Costos y gastos no deducibles Partidas que disminuyen la renta gravable  Ingresos no gravables  restan

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Renta Gravable y Renta Neta Gravable (3) RENTA GRAVABLE

RENTA NETA GRAVABLE

Código Fiscal

Código Fiscal

Artículo 695. “Renta gravable del

Artículo 699 – “Las personas jurídicas,

contribuyente es la diferencia o saldo que resulta al deducir de su renta bruta o ingresos generales los ingresos de fuente extranjera, los ingresos exentos y/o no gravables, así como los costos, gastos y erogaciones deducibles”.

(…) pagarán sobre la renta neta gravable calculada según el método establecido en este Título, el Impuesto sobre la Renta (…). Decreto 170/1993 Artículo 67 - Concepto. “La renta neta

gravable resulta de deducir de la renta gravable del contribuyente las rebajas concedidas mediante regímenes de fomento o promoción y los arrastres de pérdidas, legalmente autorizados. Las personas naturales podrán rebajar, además, las deducciones a que se refiere el artículo 709 del Código Fiscal”. © 2016 KPMG, una sociedad civil panameña y firma de la red de firmas miembro independientes de KPMG, afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. KPMG International Cooperative (“KPMG International”) es una entidad suiza. Las firmas miembro de la red de firmas independientes de KPMG están afiliadas a KPMG International. KPMG International no provee servicios a clientes.

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NIC 12 - Impuesto a las Ganancias (1) •

IMPUESTO DIFERIDO

El impuesto diferido busca eliminar la asimetría generada por las diferencias entre: • Reconocimiento contable y fiscal de ingresos y gastos

• Cifras atribuidas a efectos contables y fiscales de activos y pasivos reconocidos De manera que se reconozca un gasto por impuesto de renta adecuado para cada período

NIC 12 P.20“En otras jurisdicciones(…) , la revaluación o reexpresión de un activo no afecta a la ganancia fiscal del periodo en que una u otra se llevan a efecto, y por tanto no ha de procederse al ajuste de la base fiscal. No obstante, la recuperación futura del importe en libros producirá un flujo de beneficios económicos imponibles para la entidad, puesto que los importes deducibles a efectos fiscales serán diferentes de las cuantías de esos beneficios económicos.”

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NIC 12 - Impuesto a las Ganancias (2) •

DIFERENCIAS TEMPORALES

Son las diferencias que existen entre el valor en libros de un activo o un pasivo y el valor que constituye la base fiscal de los mismos. Las diferencias temporales dan lugar al IMPUESTO DIFERIDO

Las diferencias temporales pueden ser: • •

Diferencias temporales imponibles o gravables Diferencias temporales deducibles

Pasivos por impuestos diferidos: •

Son las cantidades de impuestos sobre las ganancias a pagar en periodos futuros, relacionadas con las diferencias temporarias imponibles

más pago de impuesto sobre la renta futuro Activos por impuestos diferidos: •

Son las cantidades de impuestos sobre las ganancias a recuperar en periodos futuros

menos pago de impuesto sobre la renta futuro © 2016 KPMG, una sociedad civil panameña y firma de la red de firmas miembro independientes de KPMG, afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. KPMG International Cooperative (“KPMG International”) es una entidad suiza. Las firmas miembro de la red de firmas independientes de KPMG están afiliadas a KPMG International. KPMG International no provee servicios a clientes.

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NIC 12 - Impuesto a las Ganancias (3)

Activo Depreciable Depreciación acumulada Importe en Libros/Base fiscal

Contable

Fiscal

1.000

1.000

(250)

(200)

750

800

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NIC 12 - Impuesto a las Ganancias (4) Algunas diferencias temporarias imponibles:



Mayor valor contable sobre el valor fiscal de un activo amortizable debido a su método de depreciación y/o su vida útil.



Mayor valor contable de ingresos por cobrar que serán gravables en el período de cobro.



Mayor valor contable sobre el fiscal de un activo debido a una revaluación.



Menor valor contable sobre el valor fiscal de un activo amortizable debido a su método de depreciación y/o su vida útil.



Menor valor contable de un activo adquirido en una combinación de negocios sobre su valor fiscal.



Pasivos por gastos acumulados que son deducibles en periodos futuros.

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Principales diferencias entre NIIF y Normas Tributarias (Código Fiscal de Panamá)

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Inventarios - NIC 2 NIC

 Las pérdidas no realizadas o cualquier rebaja del valor, hasta alcanzar el valor neto realizable, así como todas las demás pérdidas, serán reconocidas en el período en que ocurra la rebaja o la pérdida

CÓDIGO FISCAL PANAMÁ

 El efecto de pérdidas y obsolescencia se reconoce cuando se realizan

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Contratos de Construcción – NIC 11 NIC

Los ingresos de actividades ordinarias y los costos asociados con el mismo deben ser reconocidos como ingreso y gasto, con referencia al estado de realización de la actividad productiva por el contrato al final del período sobre el que se informa.

CÓDIGO FISCAL PANAMÁ

 Se permiten varios sistemas para el tratamiento de las construcciones:  Porcentaje de ganancia neta calculada para toda la obra  Valor de la obra ejecutada en cada año fiscal, en base al porcentaje ejecutado en ese año  Asignar al año fiscal en que termine la obra la totalidad de las rentas brutas y los gastos y costos respectivos

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Propiedad, Planta y Equipo - NIC 16 NIC

 Modelo de revaluación: Si puede medirse con fiabilidad se contabilizará por su valor revaluado, que es su valor razonable en el momento de su revaluación  Depreciación: El importe depreciable de una activo se distribuirá de forma sistemática a lo largo de su vida útil

CÓDIGO FISCAL PANAMÁ

 No se admite como gasto deducible la depreciación de activos revaluados  La vida útil de un bien mueble no puede ser inferior a tres años  La vida útil de un bien inmueble no podría ser menor a 30 años

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Arrendamientos – NIC 17 NIC

 El arrendador reconoce como activo el valor presente del contrato de arrendamiento  El arrendatario reconoce como pasivo el valor presente del contrato de arrendamiento  El arrendatario deprecia el activo bajo arrendamiento

CÓDIGO FISCAL PANAMÁ

 El arrendador deprecia el activo en el período de arrendamiento  El arrendatario no registra activos ni pasivos  La ley fiscal permite, sin embargo, un tratamiento similar a la NIC No. 17

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Arrendamientos Ley No. 7 El artículo 31 de Ley No. 7 “Regula el Contrato de Arrendamiento Financiero de Bienes Muebles” establece lo siguiente:  “Las partes podrán contabilizar las operaciones de arrendamiento con

arreglo al método operativo o al método financiero, sin que el sistema escogido afecte el régimen fiscal previsto en los artículos anteriores”.

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Ingresos de Actividades Ordinarias NIC 18 NIC

 En la prestación de servicios los ingresos de actividades ordinarios se reconocen considerando el grado de terminación de la prestación al final del periodo sobre el que se informa y el importe de los ingresos pueda ser medido de forma fiable

CÓDIGO FISCAL PANAMÁ

 El contribuyente computara sus ingresos en el año fiscal en base a registros de contabilidad bajo el sistema de devengado (NIIF) (Artículo 20 DE 170)

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Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes – NIC 37 NIC

Se reconoce una provisión de pasivo cuando se den las siguientes condiciones:

CÓDIGO FISCAL PANAMÁ

 Las provisiones sólo son admitidas dentro de los límites establecidos en la ley

 Una entidad tiene la obligación presente (legal o implícita) como resultado de un evento pasado  Es probable que la entidad tenga que desprenderse de recursos  Puede hacerse una estimación fiable del importe de la obligación

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Activos Intangibles - NIC 38 NIC

 Activos intangibles con vidas útiles finitas se amortizan a lo largo de su vida útil.  Activos intangibles con vidas útiles indefinidas no se amortizarán, se comprobará si el activo intangible con una vida útil indefinida ha experimentado una pérdida por deterioro del valor y se reconocerá cualquier importe como una pérdida por deterioro del valor en los libros

CÓDIGO FISCAL PANAMÁ

 Serán deducibles de acuerdo a las condiciones contractuales en cada caso, las amortizaciones por derechos de llave, concesiones, marcas de fábrica o de comercio, procedimientos de fabricación, patentes industriales, formulas y otros activos intangibles similares, cuando los mismos hayan constituido renta gravable para los cedentes de los mismos  Opción de amortizar gastos de organización y de preoperación en un plazo máximo de cinco (5) años

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Conclusiones y recomendaciones •

Las normas fiscales pueden exigir la utilización de las Normas Internacionales de Contabilidad o Normas Internacionales de Información Financiera



En los casos en que el ente regulador correspondiente lo exija, las NIIF constituyen el conjunto de principios contables para la preparación de la declaración de rentas, en aquellas áreas no reglamentadas de manera específica.



Un cambio en la determinación de la utilidad producto de la adopción de las NIC, debiera trasladarse a la determinación de la renta gravable.



Es necesario que las autoridades fiscales ofrezcan una guía de las diferencias entre las NIIF y las normas tributarias, a fin de aumentar la transparencia en la información contenida en las declaraciones de renta.

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Luis Laguerre Socio de Impuestos

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