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V. DESCRIPCION DE FINCAS INICIALES. 1. Descripción de las fincas iniciales y/o matrices, se gún títulos aportados con las correcciones procedentes. (art. 8 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, y 177.3. de la LUV ). Superficie total: 171.093 m2 El Sector R/V, con una superficie total de 171.093 m2, está integrado por las siguientes fincas, que se ordenan por titularidades, identificando entre paréntesis su correspondencia con el plano de fincas iniciales: A) "MEYLAN BEACH, SOCIEDAD LIMITADA", domiciliada en Madrid, calle Santa Cruz de Marcenado, nº 31, 2º 14 (28.015); constituida por tiempo indefinido mediante escritura otorgada en San Javier, ante el Notario Don Alfredo Gómez Hita, el día diecinueve de junio del año dos mil ocho, al número 2.084 de su Protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de la Provincia de Murcia al tomo 2620, folio 136, hoja MU-68938, inscripción 1ª. Tiene C.I.F. número B-73588287. FINCA NUMERO 1 (finca inicial K). DESCRIPCION.- URBANA: DOS).- Parcela número M-2, en término de Pilar de la Horadada, Polígono Mil Palmeras II, sitio denominado Cañada Hermosa; tiene una superficie de OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (8.775,00 m²), que linda: al Norte, parcela número M-3, vial del polígono en medio; al Sur, parcelas 1063, 1061, 1059, 1057, 1055 y 1053, vial del polígono en medio; al Este, parcela A-1, vial del polígono en medio; y al Oeste, parcela M-1, vial del polígono en medio. TITULO.- Pertenece a la compañía MEYLAN BEACH, S.L. en virtud de escritura de compraventa a la compañía ADMINISTRACIONES Y ARRENDAMIENTOS, S.L., autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.105 de orden de su protocolo. CUOTA.-Tiene asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 7,305 por 100.
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INSCRIPCIÓN.- T o m o 1 447, libro 32, folio 60, finca número 3121, inscripción 3ª del Registro de la Propiedad de Pilar de la Horadada. CARGAS.- Libre de toda carga, gravamen y limitación así como de arrendatarios, ocupantes y precaristas, salvo afecciones fiscales. REFERENCIA CATASTRAL. Polígono 75.589, parcela 11, referencia 7558911XG9975N0001UK. FINCA NUMERO 2 (finca inicial I). DESCRIPCION.- URBANA: TRES).- Parcela número M-3, en término de Pilar de la Horadada, Polígono Mil Palmeras II, sitio denominado Cañada Hermosa; tiene una superficie de CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS (5.930,00 m²), que linda: al Norte, parcela número seis, vial del polígono en medio; al Sur, parcela número M-2, vial del Polígono en medio; al Este, parcela número A-2, vial en medio; y al Oeste, parcela número C-1, vial en medio. TITULO.- Pertenece a la compañía MEYLAN BEACH, S.L. en virtud de escritura de compraventa a la compañía ADMINISTRACIONES Y ARRENDAMIENTOS, S.L., autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.105 de orden de su protocolo. CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 4,935 por 100. INSCRIPCIÓN.- Tomo 1447, libro 32, folio 62, finca número 3122, inscripción 3ª del Registro de la Propiedad de Pilar de la Horadada. CARGAS.- Libre de toda carga, gravamen y limitación así como de arrendatarios, ocupantes y precaristas, salvo afecciones fiscales. REFERENCIA CATASTRAL. Polígono 75.589, parcela 8, referencia 7558908XG9975N0001UK. FINCA NUMERO 3 (finca inicial G). DESCRIPCION.- URBANA: CUATRO).- Parcela de la manzana 1, Polígono Mil Palmeras II, en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa; tiene una superficie de SIETE MIL CIENTO VEINTISÉIS METROS CUADRADOS (7.126,00 m²), que linda:
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al Norte, parcela número C-1; al Oeste, parcela manzana 3, vial del polígono en medio; al Norte, parcela manzana 5, vial del polígono en medio; y al Sur, parcela número M-1, vial del polígono en medio. TITULO.- Pertenece a la compañía MEYLAN BEACH, S.L. en virtud de escritura de compraventa a la compañía ADMINISTRACIONES Y ARRENDAMIENTOS, S.L., autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.105 de orden de su protocolo. CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 5,935 por 100. INSCRIPCIÓN.- Tomo 1447, libro 32, folio 64, finca número 3123, inscripción 3ª del Registro de la Propiedad de Pilar de la Horadada. CARGAS.- Libre de toda carga, gravamen y limitación así como de arrendatarios, ocupantes y precaristas, salvo afecciones fiscales. REFERENCIA CATASTRAL. Polígono 75.589, parcela 6, referencia 7558906XG9975N0001SK. FINCA NUMERO 4 (finca inicial F). DESCRIPCION.- URBANA: SEIS).- Parcela de la manzana 3, Polígono Mil Palmeras II, en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa; tiene una superficie de DOCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (12.359,00 m²), y linda: al Oeste, resto parcela finca matriz, vial del polígono en medio; al Norte, parcela manzana 4, vial del polígono en medio; al Sur, parcela manzana 2, vial del polígono en medio; y al Este, parcela manzana 1, vial del polígono en medio. TITULO.- Pertenece a la compañía MEYLAN BEACH, S.L. en virtud de escritura de compraventa a la compañía ADMINISTRACIONES Y ARRENDAMIENTOS, S.L., autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.105 de orden de su protocolo. CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 10,290 por 100. INSCRIPCIÓN.- Tomo 1447, libro 32, folio 68, finca número 3125, inscripción 3ª del Registro de la Propiedad de Pilar de la Horadada.
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CARGAS.- Libre de toda carga, gravamen y limitación así como de arrendatarios, ocupantes y precaristas, salvo afecciones fiscales. REFERENCIA CATASTRAL. Polígono 75.589, parcela 5, referencia 7558905XG9975N0001EK. FINCA NUMERO 5 (finca inicial C) DESCRIPCION.- U R B A N A : OCHO).- P a r c e l a d e l a m a n z a n a 5 , Polígono Mil Palmeras II, en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa; tiene una superficie de SIETE MIL DOSCIENTOS METROS CUADRADOS (7.200,00 m²), y linda: al Oeste, parcela manzana 4, vial del polígono en medio; al Este, parcela manzana 6, vial del polígono en medio; al Norte, parcela zona verde número dos, vial del polígono en medio; y al Sur, parcela manzana 1 y parcela C-1, vial del polígono en medio. TITULO.- Pertenece a la compañía MEYLAN BEACH, S.L. en virtud de escritura de compraventa a la compañía ADMINISTRACIONES Y ARRENDAMIENTOS, S.L., autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.105 de orden de su protocolo. CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 5,995 por 100. INSCRIPCIÓN.- Tomo 1447, libro 32, folio 72, finca número 3127, inscripción 3ª del Registro de la Propiedad de Pilar de la Horadada. CARGAS.- Libre de toda carga, gravamen y limitación así como de arrendatarios, ocupantes y precaristas, salvo afecciones fiscales. REFERENCIA CATASTRAL. Polígono 75.589, parcela 2, referencia 7558902XG9975N0001XK.
De la indicada finca se segrega para su aportación al presente Proyecto de Reparcelación la finca que a continuación se describe, que tendrá asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 2,419 por 100: DESCRIPCIÓN DE LA PORCIÓN SEGREGADA APORTADA AL PROYECTO.- URBANA: Parcela de terreno sita en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa, Sector R/V de Suelo
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Urbanizable del Plan General de Pilar de la Horadada, con una cabida de 2.905,00 m 2, que linda: al Norte, resto de finca matriz de la que se segrega; al Sur, Este y Oeste, terrenos integrados en el Sector R/V de Suelo Urbanizable del Plan General de Pilar de la Horadada pertenecientes a MEYLAN BEACH, S.L.”. Tras la segregación practicada queda un resto de la finca m atriz, totalmente excluido del ámbito del presente Proyecto de Reparcelación, con una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 3,576 por 100, con la siguiente descripción: DESCRIPCION DEL RESTO DE LA FINCA MATRIZ EXCLUIDO DEL PROYECTO DE REPARCELACION: URBANA: Parcela de terreno sita en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa con una cabida de 4.295,00 m 2, que linda: al Norte, Este y Oeste, terrenos pertenecientes a MEYLAN BEACH, S.L.; y Sur, parcela segregada para su aportación al Proyecto de Reparcelación del Sector R/V de Suelo Urbanizable del Plan General de Pilar de la Horadada. FINCA NUMERO 6 (finca inicial D) DESCRIPCION.- URBANA: NUEVE).- Parcela de la manzana número 6, Polígono Mil Palmeras II, en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa; tiene una superficie de TRES MIL SETECIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (3.720,00 m²), y linda: al Norte, con parcela zona verde número dos, vial del polígono en medio; al Sur, parcela M-3, vial del polígono en medio; al Este, parcela A-2 vial del polígono en medio; y al Oeste, con parcela de la manzana 5, vial del polígono en medio. TITULO.- Pertenece a la compañía MEYLAN BEACH, S.L. en virtud de escritura de compraventa a la compañía ADMINISTRACIONES Y ARRENDAMIENTOS, S.L., autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.105 de orden de su protocolo. CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 3,098 por 100. INSCRIPCIÓN.- Tomo 1447, libro 32, folio 74, finca número 3128, inscripción 3ª del Registro de la Propiedad de Pilar de la Horadada.
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CARGAS.- Libre de toda carga, gravamen y limitación así como de arrendatarios, ocupantes y precaristas, salvo afecciones fiscales. REFERENCIA CATASTRAL. Polígono 75.589, parcela 3, referencia 7558903XG9975N0001IK. De la indicada finca se segrega para su aportación al presente Proyecto de Reparcelación la finca que a continuación se describe, que tendrá asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 1,319 por 100: DESCRIPCIÓN DE LA PORCIÓN SEGREGADA APORTADA AL PROYECTO.- URBANA: Parcela de terreno sita en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa, Sector R/V de Suelo Urbanizable del Plan General de Pilar de la Horadada, con una cabida de 1.583,86 m 2, que linda: al Norte, resto de finca matriz de la que se segrega; al Sur, Este y Oeste, terrenos integrados en el Sector R/V de Suelo Urbani z a b l e d e l P l a n G e n e r a l d e P i l a r d e l a H o r a d a d a pertenecientes a MEYLAN BEACH, S.L.”. Tras la segregación practicada queda un resto de la finca matriz, totalmente excluido del ámbito del presente Proyecto de Reparcelación, con una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 1,779 por 100, con la siguiente descripción: DESCRIPCION DEL RESTO DE LA FINCA MATRIZ EXCLUIDO DEL PROYECTO DE REPARCELACION: URBANA: Parcela de terreno sita en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa con una cabida de 2.136,14 m 2, que linda: al Norte, Este y Oeste, terrenos pertenecientes a MEYLAN BEACH, S.L.; y Sur, parcela segregada para su aportación al Proyecto de Reparcelación del Sector R/V de Suelo Urbanizable del Plan General de Pilar de la Horadada FINCA NUMERO 7 (finca inicial H) DESCRIPCION.- URBANA: DIEZ).- Parcela número C-1, Polígono Mil Palmeras II, en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa; tiene una superficie de TRES MIL METROS CUADRADOS (3.000,00 m²), y linda: al Norte, parcela manzana 5, vial
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del polígono en medio; al Sur, parcela M-1, vial del polígono en medio; al Este, parcela M-3, vial del polígono en medio; y al Oeste, parcela manzana 1. TITULO.- Pertenece a la compañía MEYLAN BEACH, S.L. en virtud de escritura de extinción de propiedad horizontal y compraventa a la compañía MASA GRUPO INMOBILIARIO, S.L., autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.109 de orden de su protocolo. CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 2,497 por 100. INSCRIPCIÓN.- Tomo 1447, libro 32, folio 77, vto, finca número 3129, inscripción 3ª del Registro de la Propiedad de Pilar de la Horadada. CARGAS.- Libre de toda carga, gravamen y limitación así como de arrendatarios, ocupantes y precaristas, salvo afecciones fiscales. REFERENCIA CATASTRAL. Polígono 75.589, parcela 7, referencia 7558907XG9975N0001ZK. FINCA NUMERO 8 (finca inicial A) DESCRIPCION.- URBANA: POLIGONO MIL PALMERAS II, que mide CIENTO VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (128.278 m²), e n t é r m i n o d e P i l a r d e l a Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa, que linda: al Norte, parcela segregada de la misma matriz; al Sur, con terrenos de Mil Palmeras, S.A.; Este, línea de deslinde de la zona Marítimo-Terrestre debidamente amojonada; y Oeste, carretera Nacional 332 y terrenos de Mil Palmeras I. Dentro de la cabida expresada de ésta finca (resto) se comprenden las siguientes porciones de terreno: - una porción de terreno de 42.051,00 m 2 clasificados como suelo no urbanizable, que linda: Norte, carretera general 332; Sur, resto de finca en la que se enclava esta porción; Este, Cañada Hermosa, linde de término municipal de Pilar de la Horadada; y Oeste, finca segregada de 24 000 m’. - una porción da terreno de 2.165,00 m 2 destinada a cesión de viales comprendidos en la UE/E del P G O U de Pilar de la Horadada - y una porción de terreno de 6.438,68 m 2 destinada a cesión de viales comprendidos en su día en el polígono Mil Palmeras II, que hoy en día
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forma parte del suelo urbano consolidado colindante con el expresado polígono, tras la entrada en vigor del vigente P G O U de Pilar de la Horadada TITULO.- Pertenece a la compañía MEYLAN BEACH, S.L. en virtud de escritura de compraventa a la compañía MIL PALMERAS, S.A., autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.112 de orden de su protocolo. INSCRIPCIÓN.- Tomo 1447, libro 32, folio 38, finca número 3111, inscripción 2ª del Registro de la Propiedad Pilar de la Horadada. CARGAS.- Al margen de las afecciones fiscales, gravada con condición resolutoria a favor de la vendedora, MIL PALMERAS, S.A., en garantía del pago del precio aplazado, pactada en la misma escritura de compraventa autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.112 de orden de su protocolo. REFERENCIA CATASTRAL. Polígono 71.613, parcela 1, referencia 7161301XG9976S0001ZB; Polígono 71.613, parcela 2, referencia 7161302XG9976S0001UB; Polígono 70.604, parcela 1, referencia 7060401XG9976S0001TB; y Polígono 71.609, parcela 1, referencia 7160901XG9976S0001JB. De la indicada finca se segrega para su aportación al presente Proyecto de Reparcelación la finca que a continuación se describe: DESCRIPCIÓN DE LA PORCIÓN SEGREGADA APORTADA AL PROYECTO.- URBANA: Parcela de terreno sita en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa, Sector R/V de Suelo Urbanizable del Plan General de Pilar de la Horadada, con una cabida de 70.208,45 m 2, que linda: al Norte, resto de finca matriz de la que se segrega y otras fincas de MEYLAN BEACH,S.L.; al Sur, terrenos de la Urbanización Mil Palmeras; Este, terrenos integrados en el Sector R/V de Suelo Urbanizable del Plan General de Pilar de la Horadada pertenecientes a MEYLAN BEACH, S.L.; y Oeste, terrenos de l a Urbanización Mil Palmeras. Tras la segregación practicada queda un resto de la finca matriz, totalmente excluido del ámbito del presente Proyecto de Reparcelación, con la siguiente descripción
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DESCRIPCION DEL RESTO DE LA FINCA MATRIZ EXCLUIDO DEL PROYECTO DE REPARCELACION: URBANA: Parcela de terreno sita en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa con una cabida de 58.069,55 m 2, que linda: al Norte, límite con el término municipal de Orihuela y terrenos comprendidos en la UE/E del P.G.O.U. de Pilar de la Horadada y en el antiguo polígono Mil Palmeras II; al Sur, terrenos del Sector R/V de Suelo Urbanizable del Plan General de Pilar de la Horadada pertenecientes a MEYLAN BEACH, S.L., y terrenos comprendidos en la UE/E del P G.O.U. de Pilar de la Horadada y en el antiguo polígono Mil Palmeras II.; Este, línea de deslinde de la zona Marítimo-Terrestre debidamente amojonada; y Oeste, carretera Nacional 332 y terrenos de Mil Palmeras I. Dentro de la cabida expresada de ésta finca (resto) se comprenden las siguientes porciones de terreno: - una porción de terreno de 42.051,00 m 2 clasificados como suelo no urbanizable, que linda: Norte, carretera general 332; Sur, resto de finca en la que se enclava esta porción; Este, Cañada Hermosa, linde de término municipal de Pilar de la Horadada; y Oeste, finca segregada de 24 000 m’. - una porción da terreno de 2.165,00 m 2 destinada a cesión de viales comprendidos en la UE/E del P G O U de Pilar de la Horadada - y una porción de terreno de 6.438,68 m 2 destinada a cesión de viales comprendidos en su día en el polígono Mil Palmeras II, que hoy en día forma parte del suelo urbano consolidado colindante con el expresado polígono, tras la entrada en vigor del vigente P G O U de Pilar de la Horadada FINCA NUMERO 9 (finca inicial L) DESCRIPCION.- URBANA: Superficie sin número destinada a viales y aparcamientos del POLIGONO MIL PALMERAS II, en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa; mide V E IN T IC U A T R O MIL CIENTO SETENTA Y CINCO M ETROS, SESENTA Y NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (24.175,69 m²), y linda: Este, línea deslinde de la zona marítima; Norte, parcela ya segregada del Polígono Mil Palmeras II; Sur, zona verde; y Oeste, parcela A-2. TITULO.- Pertenece a la compañía MEYLAN BEACH, S.L. en virtud de escritura de compraventa a la compañía MIL PALMERAS, S.A., autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con
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fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.112 de orden de su protocolo. INSCRIPCIÓN.- Tomo 1447, libro 32, folio 52, finca número 3117, inscripción 2ª del Registro de la Propiedad de Pilar de la Horadada. CARGAS.- Libre de toda carga, gravamen y limitación así como de arrendatarios, ocupantes y precaristas, salvo afecciones fiscales. REFERENCIA CATASTRAL.- No consta. FINCA NUMERO 10 (finca inicial N) DESCRIPCION.- URBANA: Superficie número UNO destinada a zona verde del POLIGONO MIL PALMERAS II, en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa; mide TRECE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (13.650,00 m²), y linda: Norte, parcela A-2 y zona de aparcamientos; Sur, terrenos de Mil Palmeras I; Este, línea deslinde de la zona marítimo terrestre; y al Oeste, parcela edificable número A-1. Estando afectada esta finca por el deslinde del dominio público marítimo terrestre, con cuya línea linda por el viento Este, la cabida de esta finca queda reducida a una cabida real de 7.887,00 m² TITULO.- Pertenece a la compañía MEYLAN BEACH, S.L. en virtud de escritura de compraventa a la compañía MIL PALMERAS, S.A., autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.112 de orden de su protocolo. INSCRIPCIÓN.- Tomo 1447, libro 32, folio 54, finca número 3118, inscripción 2ª del Registro de la Propiedad de Pilar de la Horadada. CARGAS.- Libre de toda carga, gravamen y limitación así como de arrendatarios, ocupantes y precaristas, salvo afecciones fiscales. REFERENCIA CATASTRAL. No consta. FINCA NUMERO 11 (finca inicial O) DESCRIPCION.- URBANA: Superficie número DOS destinada a zona verde del POLIGONO MIL PALMERAS II, en término de Pilar de la
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Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa; mide TRECE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS (13.672,00 m²), y linda: Norte, parcela ya segregada del Polígono Mil Palmeras II; Este, con Mil Palmeras I; Oeste, parcela descrita como resto de ésta matriz; y al Sur, parcelas edificables 4, 5 y 6. TITULO.- Pertenece a la compañía MEYLAN BEACH, S.L. en virtud de escritura de compraventa a la compañía MIL PALMERAS, S.A., autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.112 de orden de su protocolo. INSCRIPCIÓN.- Tomo 1447, libro 32, folio 56, finca número 3119, inscripción 2ª del Registro de la Propiedad de Pilar de la Horadada. CARGAS.- Libre de toda carga, gravamen y limitación así como de arrendatarios, ocupantes y precaristas, salvo afecciones fiscales. REFERENCIA CATASTRAL. No consta. De la indicada finca se segrega para su aportación al presente Proyecto de Reparcelación la finca que a continuación se describe: DESCRIPCIÓN DE LA PORCIÓN SEGREGADA APORTADA AL PROYECTO.- URBANA: Parcela de terreno sita en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa, actual Sector R/V de Suelo Urbanizable del Plan General de Pilar de la Horadada, con una cabida de 596,00 m 2, que linda: al Norte, resto de finca matriz de la que se segrega; al Sur, Este y Oeste, terrenos integrados en el Sector R/V de Suelo Urbanizable del Plan General de Pilar de la Horadada pertenecientes a MEYLAN BEACH, S.L.”. Tras la segregación practicada queda un resto de la finca matriz, totalmente excluido del ámbito del presente Proyecto de Reparcelación, con la siguiente descripción DESCRIPCION DEL RESTO DE LA FINCA MATRIZ EXCLUIDO DEL PROYECTO DE REPARCELACION: URBANA: Parcela de terreno sita en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa , destinada antes de la aprobación del Plan General de Ordenación de Pilar de la Horadada a zona verde del Polígono MIL PALMERAS II, con una cabida de 13.076,00 m 2, que linda: al Norte, Este y Oeste, terrenos
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pertenecientes a MEYLAN BEACH, S.L.; y Sur, parcela segregada para su aportación al Proyecto de Reparcelación del Sector R/V de Suelo Urbanizable del Plan General de Pilar de la Horadada FINCA NUMERO 12 (finca inicial B) DESCRIPCION.- URBANA: SIETE).- P a r c e l a d e l a m a n z a n a 4 , Polígono Mil Palmeras II, en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa; tiene una superficie de CINCO MIL QUINIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS (5.510,00 m²), y linda: al Norte, parcela zona verde número dos, vial del polígono en medio; al Oeste, resto parcela finca matriz, vial del polígono en medio; al Sur, parcela manzana 3, vial del polígono en medio; y al Este, parcela manzana 5, vial del polígono en medio. TITULO.- Pertenece a la compañía MEYLAN BEACH, S.L. en virtud de escritura de compraventa a la compañía MIL PALMERAS, S.A., autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.112 de orden de su protocolo. CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 4,590 por 100. INSCRIPCIÓN.- Tomo 1447, libro 32, folio 70, finca número 3126, inscripción 3ª del Registro de la Propiedad de Pilar de la Horadada. CARGAS.- Libre de toda carga, gravamen y limitación así como de arrendatarios, ocupantes y precaristas, salvo afecciones fiscales, pues la hipoteca que grava la finca registral 3126 antes descrita ha sido cancelada mediante escritura otorgada en Alicante, ante el Notario Don Mario Navarro Castello, el día diecinueve de Mayo del año dos mil cinco, al número 2.160 de su Protocolo, y está en trámite de su cancelación registral. REFERENCIA CATASTRAL. Polígono 75.589, parcela 1, referencia 7558901XG9975N0001DK. De la indicada finca se segrega para su aportación al presente Proyecto de Reparcelación la finca que a continuación se describe, que tendrá asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 0,446 por 100:
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DESCRIPCIÓN DE LA PORCIÓN SEGREGADA APORTADA AL PROYECTO.- URBANA: Parcela de terreno sita en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa, actual Sector R/V de Suelo Urbanizable del Plan General de Pilar de la Horadada, con una cabida de 535,00 m 2, que linda: al Norte, resto de finca matriz de la que se segrega; al Sur, Este y Oeste, terrenos integrados en el Sector R/V de Suelo Urbanizable del Plan General de Pilar de la Horadada pertenecientes a MEYLAN BEACH, S.L.”. Tras la segregación practicada queda un resto de la finca matriz, totalmente excluido del ámbito del presente Proyecto de Reparcelación, con una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 4,144 por 100, con la siguiente descripción: DESCRIPCION DEL RESTO DE LA FINCA MATRIZ EXCLUIDO DEL PROYECTO DE REPARCELACION: URBANA: Parcela de terreno sita en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa , con una cabida de 4.975,00 m 2, que linda: al Norte, Este y Oeste, terrenos pertenecientes a MEYLAN BEACH, S.L.; y Sur, parcela segregada para su aportación al Proyecto de Reparcelación del Sector R/V de Suelo Urbanizable del Plan General de Pilar de la Horadada FINCA NUMERO 13 (finca inicial E) DESCRIPCION.- URBANA: TRECE).- Parcela número A-2, Polígono Mil Palmeras II, en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa; tiene una superficie de CINCO MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS (5.500,00 m²), y linda: al Norte, vial del polígono; al Este, zona de aparcamientos; Sur, parcela A-1, vial del polígono en medio; y al Oeste, parcela M-3 y parcela manzana 6, vial del polígono en medio. Sobre esta parcela hay declaradas las siguientes edificaciones, de las que se ejecutó su estructura y que e n l a a c t u a l i d a d han sido demolidas por resultar incompatibles con el Plan Parcial de Ordenación del Sector R/V de Pilar de la Horadada, resultando imposible, en consecuencia, su reedificación, por lo q ue s e solicita del señor Registrador de la Propiedad la extinción de la declaración de obra nueva que a continuación se transcribe:
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“BLOQUE IV en construcción, en la parcela A-2 del polígono Mil Palmeras II, sitio denominado Cañada Hermosa, Urbanización Playa de las Mil Palmeras, término de Pilar de la Horadada; el solar de dicho bloque ocupa una superficie de 1.094,63 m² y consta de planta baja con un local comercial subdivisible que tiene una superficie construída de 1.094,63 m² y de tres plantas altas con dieciséis apartamentos modelo "ALONDRAS" por planta, en total cuarenta y ocho apartamentos, a saber: seis de tipo A, con una superficie construída de 23,70 m² y una terraza de 3,90 m²; doce de tipo B, con una superficie construída de 35,55 m² y una terraza de 10,23 m²; seis de tipo C, con una superficie construída de 35,55 m² y una terraza de 6,33 m²; dieciocho de tipo D, con una superficie construída de 47,40 m² y una terraza de 11,45 m², y seis de tipo FM, con una superficie construída de 52,50 m² y una terraza de 20,30 m²; la total superficie construída en el bloque es de 3.546,20 m² y la distribución de los apartamentos es la siguiente: los de tipo A, constan de hall, cocina-comedor-estar, baño y terraza; las de los tipos B y C, constan de hall, baño, comedor-estar-cocina, un dormitorio y terraza; los de tipo D, constan de hall, baño, cocina, comedor-estar, dos dormitorios y terraza, y los de tipo FM constan de hall, vestidor, baño, cocina, comedor-estar, dos dormitorios y terraza. Todos los apartamentos tienen su acceso en común por medio de los terrenos comunes de la manzana a través del zaguán, escalera y pasillo del edificio. Linda el conjunto por los cuatro puntos con terrenos comunes de la manzana. CUOTAS: Tiene asignada una cuota de participación en relación al total solar de un 50 por 100, y una cuota de participación en relación al valor del polígono de un 2,290 por 100. BLOQUE V en construcción, en la parcela A-2 del polígono Mil Palmeras II, sitio denominado Cañada Hermosa, Urbanización Playa de las Mil Palmeras, término de Pilar de la Horadada; el solar de dicho bloque ocupa una superficie de 1.094,63 m² y consta de planta baja con un local comercial subdivisible que tiene una superficie construída de 1.094,63 m ² y d e t r e s p l a n t a s a l t a s c o n dieciséis apartamentos modelo "ALONDRAS" por planta, en total cuarenta y ocho apartamentos, a saber: seis de tipo A, con una superficie construída de 23,70 m² y una terraza de 3,90 m²; doce de tipo B, con una superficie construída de 35,55 m² y una terraza de 10,23 m²; seis de tipo C, con una superficie construída de 35,55 m² y una terraza de 6,33 m²; dieciocho de tipo D, con una superficie construída de 47,40 m² y una terraza de 11,45 m², y seis de tipo FM, con una superficie construída de 52,50 m² y una terraza de 20,30 m²; la total superficie construída en el bloque es de 3.546,20 m² y la distribución de los apartamentos es la siguiente: los de tipo A, constan de hall, cocina-comedor-estar, baño y terraza; las de los tipos B y C, constan de hall, baño, comedor-estar-cocina, un dormitorio y terraza; los de tipo D, constan de hall, baño, cocina, comedor-estar, dos dormitorios y terraza, y los de tipo FM constan de hall, vestidor, baño,
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cocina, comedor-e s t a r , d o s d o r m i t o r i o s y t e r r a z a . T o d o s l o s apartamentos tienen su acceso en común por medio de los terrenos comunes de la manzana a través del zaguán, escalera y pasillo del edificio. Linda el conjunto por los cuatro puntos con terrenos comunes de la manzana. CUOTAS: Tiene asignada una cuota de participación en relación al total solar de un 50 por 100, y una cuota de participación en relación al valor del polígono de un 2,290 por 100. La superficie total ocupada por los dos bloques era de 2.189,26 m², estando el resto de superficie destinada a zonas comunes, accesos y aparcamiento de vehículos”. TITULO.- Pertenece a la compañía MEYLAN BEACH, S.L. en virtud de escritura de compraventa a la compañía MIL PALMERAS, S.A., autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.112 de orden de su protocolo. CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la división hor izontal del Polígono Mil Palmeras II del 4,580 por 100. INSCRIPCIÓN.- Tomo 1447, libro 32, folio 83, finca número 3132, inscripción 3ª del Registro de la Propiedad de Pilar de la Horadada. CARGAS.- Libre de toda carga, gravamen y limitación así como de arrendatarios, ocupantes y precaristas, salvo afecciones fiscales. REFERENCIA CATASTRAL. Polígono 75.589, parcela 4, referencia 7558904XG9975N0001JK. De la indicada finca se segrega para su aportación al presente Proyecto de Reparcelación la finca que a continuación se describe, que tendrá asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 4,309 por 100: DESCRIPCIÓN DE LA PORCIÓN SEGREGADA APORTADA AL PROYECTO.- URBANA: Parcela de terreno sita en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa, actual Sector R/V de Suelo Urbanizable del Plan General de Pilar de la Horadada, con una cabida de 5.174,00 m 2, que linda: al Norte, resto de finca matriz de la que se segrega; al Sur, Este y Oeste, terrenos integrados en el Sector R/V de Suelo Urbanizable del Plan General de Pilar de la Horadada pertenecientes a MEYLAN BEACH, S.L.”.
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Tras la segregación practicada queda un resto de la finca matriz, totalmente excluido del ámbito del presente Proyecto de Reparcelación, con una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 0,271 por 100, con la siguiente descripción: DESCRIPCION DEL RESTO DE LA FINCA MATRIZ EXCLUIDO DEL PROYECTO DE REPARCELACION: URBANA: Parcela de terreno sita en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa , con una cabida de 326,00 m 2, que linda: al Norte, Este y Oeste, terrenos pertenecientes a MEYLAN BEACH, S.L.; y Sur, parcela segregada para su aportación al Proyecto de Reparcelación del Sector R/V de Suelo Urbanizable del Plan General de Pilar de la Horadada B) "MEYLAN BEACH, SOCIEDAD LIMITADA", domiciliada en Madrid, calle Santa Cruz de Marcenado, nº 31, 2º 14 (28.015); constituida por tiempo indefinido mediante escritura otorgada en San Javier, ante el Notario Don Alfredo Gómez Hita, el día diecinueve de junio del año dos mil ocho, al número 2.084 de su Protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de la Provincia de Murcia al tomo 2620, folio 136, hoja MU-68938, inscripción 1ª. Tiene C.I.F. número B-73588287, y PROPIETARIOS DE LOS APARTAMENTOS QUE INTEGRAN LOS BLOQUES I Y II (EDIFICIOS VISTAMAR I Y VISTAMAR II) FINCA NUMERO 14 (finca inicial M) DESCRIPCION.- URBANA: DOCE).- Parcela número A-1, Polígono Mil Palmeras II, en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa; tiene una superficie de NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS (9.230,00 m²), y linda: al Este, con parcela zona verde número 1; al Norte, parcela A-2, vial del polígono en medio; al Oeste, parcelas M-2, C-2, 1063 y 1064, vial del polígono en medio; y al Sur, con aparcamientos. Sobre esta parcela existen construidas las siguientes edificaciones: BLOQUE I en construcción, en la parcela A-1 del Polígono Mil Palmeras II, sitio denominado Cañada Hermosa, Urbanización Playa de las Mil Palmeras, término de Pilar de la Horadada; el solar de dicho bloque ocupa una superficie de MIL NOVENTA Y SIETE METROS ONCE DECÍMETROS CUADRADOS (1.097,11 M²), y consta de tres plantas con veintidós apartamentos modelo "ALONDRAS" por planta, en total sesenta y seis apartamentos, a saber: dieciocho de tipo A, con una superficie construída de 23,70 m², y una terraza de 3,90 m²; dieciocho de tipo C, con una superficie construída de 35,55 m² y una terraza de
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6,33 m²; dieciocho de tipo B, con una superficie construída de 35,55 m² y una terraza de 10,23 m²; seis de tipo D, con una superficie construída de 47,40 m² y una terraza de 11,45 m²; y seis de tipo E, con una superficie construída de 40,90 m² y una terraza de 20,30 m²; la total superficie construída en el bloque es de 2.795,49 m² y la distribución de los apartamentos es la siguiente: los de tipo A, constan de hall, cocinacomedor-estar, baño y terraza; las de los tipos B y C, constan de hall, baño, comedor-estar-cocina, un dormitorio y terraza; los de tipo D, constan de hall, baño, cocina, comedor-estar, dos dormitorios y terraza, y los de tipo E, constan de hall, baño, cocina, comedor-estar, un dormitorio y terraza. Todos los apartamentos tienen su acceso en común por medio de las zonas comunes de la manzana a través del zaguán, escalera y pasillo del edificio. Linda el conjunto por los cuatro puntos con terrenos comunes de la manzana. CUOTA.- Se le asignó una cuota de participación en relación al total solar de 34,031 por 100. Y una cuota de participación en relación al valor del polígono de 2,615 por 100. BLOQUE II en construcción, en la parcela A-1 del Polígono Mil Palmeras II, sitio denominado Cañada Hermosa, Urbanización Playa de las Mil Palmeras, término de Pilar de la Horadada; el solar de dicho bloque ocupa una superficie de MIL NOVENTA Y SIETE METROS ONCE DECÍMETROS CUADRADOS (1.097,11 M²), y consta de tres plantas con diecinueve apartamentos modelo "ALONDRAS" por planta, en total cincuenta y siete apartamentos, a saber: doce de tipo A, con una superficie construída de 23,70 m², y una terraza de 3,90 m²; doce de tipo B, con una superficie construída de 35,55 m² y una terraza de 10,23 m²; seis de tipo C, con una superficie construída de 35,55 m² y una terraza de 6,33 m²; veintiuno de tipo D, con una superficie construída de 47,40 m² y una terraza de 11,45 m²; y seis de tipo FM, con una superficie construída de 52,20 m² y una terraza de 20,30 m²; la total superficie construída en el bloque es de 2.795,49 m² y la distribución de los apartamentos es la siguiente: los de tipo A, constan de hall, cocinacomedor-estar, baño y terraza; las de los tipos B y C, constan de hall, baño, comedor-estar-cocina, un dormitorio y terraza; los de tipo D, constan de hall, baño, cocina, comedor-estar, dos dormitorios y terraza, y los de tipo FM, constan de hall, vestidor, baño, cocina, comedor-estar, dos dormitorios y terraza. Todos los apartamentos tienen su acceso en común por medio de los terrenos comunes de la manzana a través del zaguán, escalera y pasillo del edificio. Linda el conjunto por los cuatro puntos con terrenos comunes de la manzana. CUOTA.- Se le asignó una cuota de participación en relación al total solar de 34,031 por 100. Y una cuota de participación en relación al valor del polígono de 2,615 por 100.
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La superficie total ocupada por los dos bloques es de 2.194,22 m², y las zonas comunes del conjunto, accesos y aparcamientos de vehículos ocupan una parcela de 6.005,91 m2, estando el resto de la superficie de la parcela, esto es, 1.029,87 m2, destinada a futuras construcciones. A lo construido con la superficie de parcela que ocupa, le corresponde una cuota de participación en relación al total solar de 68,062%, y una cuota de participación en relación al valor del polígono de 5,23%. La superficie ocupada de parcela linda: al Este, con resto de parcela destinada a futuras construcciones; al Norte, parcela A-2, vial del polígono en medio; al Oeste, parcelas M-2, C-2, 1063 y 1064, vial del polígono en medio; y al Sur, con aparcamientos. El resto de la total parcela, o sea 1.029,87 m ² , con una cuota de participación en relación al total solar de 31,938%, y una cuota de participación en relación al valor del polígono de 2,455%, se destina a la futura construcción de las sucesivas fases de la urbanización, y sobre el mismo se reserva el derecho la Promotora para construir sucesivas edificaciones hasta completar la superficie total edificable y el volumen permitido por las Ordenanzas Municipales sobre el total de la parcela. Dicho resto de parcela tiene los siguientes linderos: al Este, con parcela zona verde número 1; al Norte, parcela A-2, vial del polígono en medio; al Oeste, parcela donde se ubican los bloques I y II; y al Sur, con aparcamientos. TITULO.- En cuanto al solar, escritura de compraventa otorgada por la compañía MIL PALMERAS, S.A., a favor de la mercantil MEYLAN BEACH, S.L., autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.112 de orden de su protocolo. Y en cuanto a los bloques construidos, escritura de declaración de obra nueva en construcción otorgada en Elche, ante el Notario don Luís Olagüe Ruix, el día 22 de Febrero de 1980, al número 677 de su Protocolo, complementada y modificada en virtud de escritura autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008. CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la división horizon tal del Polígono Mil Palmeras II del 7,685 por 100. INSCRIPCIÓN.- Tomo 1447, libro 32, folio 80, finca número 3131, inscripción 4ª del Registro de la Propiedad de Pilar de la Horadada, habiéndose transmitido a terceros los sesenta y seis apartamentos que integran el Bloque I, que han pasado a formar las Fincas registrales 6.839 a 6.904, y los cincuenta y siete apartamentos que integran el Bloque II, que han pasado a formar las fincas registrales 7.250 a 7.306.
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CARGAS.- Libre de toda carga, gravamen y limitación así como de arrendatarios, ocupantes y precaristas, salvo afecciones fiscales. REFERENCIA CATASTRAL. Polígono 75.589, parcelas 12, 61 y 62. Como se desprende de la descripción transcrita sobre la indicada parcela número A-1 del Polígono Mil Palmeras II se han ejecutado los Bloques I y II anteriormente descritos, conocidos como edificios Vistamar I y Vistamar II , respecto de los que el planeamiento urbanístico vigente ha previsto expresamente su mantenimiento y que, en consecuencia, no serán objeto de una nueva adjudicación en el presente Proyecto de Reparcelación sino de una mera regularización de linderos junto con la parte que corresponde a los indicados edificios en los 6.005,91 m 2 destinados a
zonas comunes del
conjunto, accesos y aparcamientos de vehículos en función de su cuota de participación en el solar (art. 174.9 y 10 de la LUV). A la vista de lo expuesto de la indicada parcela número A-1 del Polígono Mil Palmeras II se segrega la finca que a continuación se describe, integrada por la parte, con una cabida de 1.029,87 m², sobre la que la Promotora se reservó el derecho para construir sucesivas edificaciones hasta completar la superficie total edificable, y por la porción que corresponde a la anterior en los 6.005,91 m 2 d e s t i n a d o s a
zonas comunes del conjunto, accesos y
aparcamientos de vehículos en función de su cuota de participación (31,938%) en el solar, equivalente a 1.918,17 m 2 (31,938% de 6.005,91 m2 = 1.918,17 m2), lo que hace un total de 2.948,04 m 2 ( 1.029,87 m² + 1.918,17 m2 = 2.948,04 m2); porción segregada que va a ser objeto de equidistribución en virtud del presente Proyecto de Reparcelación y que mantendrá obviamente inalterada su cuota de participación en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II. DESCRIPCION DE LA PORCION SEGREGADA.- URBANA: Parte de la parcela número A-1, Polígono Mil Palmeras II, en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa; tiene una superficie de
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2948,04 m2, y linda: al Norte, parcela A-2, vial del polígono en medio, que en la actualidad esta destinada a Zona Verde del Plan Parcial de Sector R/V; al Sur, resto de la finca de la que se segrega; Este, terrenos destinados a Zona Verde; y al Oeste, con viales. CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 2,455 por 100. Tras la segregación practicada queda un resto de la finca matriz con la descripción que a continuación se transcribe, integrado por la superficie total ocupada por los dos bloques construidos, de 2.194,22 m 2, y por la porción que corresponde a los indicados bloques en los 6.005,91 m2 destinados a zonas comunes del conjunto, accesos y aparcamientos de vehículos en función de su cuota de participación en el solar inicial (34,031 % del Bloque I + 34,031 % del Bloque II = 68,062 %), equivalente a 4.087,74 m 2 (68,062% de 6.005,91 m2 =4.087,74 m2), lo que hace un total de 6.281,96 m 2 ( 2.194,22 m² + 4.087,74 m2 = 6.281,96 m2); resto de finca matriz que, como se ha adelantado, no será objeto de una nueva adjudicación en el presente Proyecto de Reparcelación sino de una mera regularización de linderos. Precisar que en dicho resto se mantiene inalterada la cuota de participación que corresponde a cada uno de los bloques en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras, reajustándose la cuota que corresponde a los mismos en el resto del solar, tras la segregación anteriormente practicada, que ahora será del 50 % para cada uno de los bloques. DESCRIPCION DEL RESTO DE LA FINCA MATRIZ. URBANA: Resto de la Parcela número A-1, Polígono Mil Palmeras II, en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa; tiene una superficie de 6.281,96 m 2 y linda: al Norte, porción segregada de esta finca anteriormente descrita; Sur, límites del vigente Sector R/V de Pilar de la Horadada; Este, límites del vigente Sector R/V de Pilar de la Horadada; y al Oeste, con viales. Sobre esta parcela existen construidas las siguientes edificaciones: BLOQUE I en construcción, en la parcela A-1 del Polígono Mil Palmeras II, sitio denominado Cañada Hermosa, Urbanización Playa de las Mil Palmeras, término de Pilar de la Horadada; el solar de dicho bloque ocupa una superficie de MIL NOVENTA Y SIETE METROS ONCE
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DECÍMETROS CUADRADOS (1.097,11 M²), y consta de tres plantas con veintidós apartamentos modelo "ALONDRAS" por planta, en total sesenta y seis apartamentos, a saber: dieciocho de tipo A, con una superficie construída de 23,70 m², y una terraza de 3,90 m²; dieciocho de tipo C, con una superficie construída de 35,55 m² y una terraza de 6,33 m²; dieciocho de tipo B, con una superficie construída de 35,55 m² y una terraza de 10,23 m²; seis de tipo D, con una superficie construída de 47,40 m² y una terraza de 11,45 m²; y seis de tipo E, con una superficie construída de 40,90 m² y una terraza de 20,30 m²; la total superficie construída en el bloque es de 2.795,49 m² y la distribución de los apartamentos es la siguiente: los de tipo A, constan de hall, cocinacomedor-estar, baño y terraza; las de los tipos B y C, constan de hall, baño, comedor-estar-cocina, un dormitorio y terraza; los de tipo D, constan de hall, baño, cocina, comedor-estar, dos dormitorios y terraza, y los de tipo E, constan de hall, baño, cocina, comedor-estar, un dormitorio y terraza. Todos los apartamentos tienen su acceso en común por medio de las zonas comunes de la manzana a través del zaguán, escalera y pasillo del edificio. Linda el conjunto por los cuatro puntos con terrenos comunes de la manzana. CUOTA.- Tiene asignada una cuota de participación en relación al total solar de 50 por 100. Y una cuota de participación en relación al valor del polígono de 2,615 por 100. BLOQUE II en construcción, en la parcela A-1 del Polígono Mil Palmeras II, sitio denominado Cañada Hermosa, Urbanización Playa de las Mil Palmeras, término de Pilar de la Horadada; el solar de dicho bloque ocupa una superficie de MIL NOVENTA Y SIETE METROS ONCE DECÍMETROS CUADRADOS (1.097,11 M²), y consta de tres plantas con diecinueve apartamentos modelo "ALONDRAS" por planta, en total cincuenta y siete apartamentos, a saber: doce de tipo A, con una superficie construída de 23,70 m², y una terraza de 3,90 m²; doce de tipo B, con una superficie construída de 35,55 m² y una terraza de 10,23 m²; seis de tipo C, con una superficie construída de 35,55 m² y una terraza de 6,33 m²; veintiuno de tipo D, con una superficie construída de 47,40 m² y una terraza de 11,45 m²; y seis de tipo FM, con una superficie construída de 52,20 m² y una terraza de 20,30 m²; la total superficie construída en el bloque es de 2.795,49 m² y la distribución de los apartamentos es la siguiente: los de tipo A, constan de hall, cocinacomedor-estar, baño y terraza; las de los tipos B y C, constan de hall, baño, comedor-estar-cocina, un dormitorio y terraza; los de tipo D, constan de hall, baño, cocina, comedor-estar, dos dormitorios y terraza, y los de tipo FM, constan de hall, vestidor, baño, cocina, comedor-estar, dos dormitorios y terraza. Todos los apartamentos tienen su acceso en común por medio de los terrenos comunes de la manzana a través del zaguán, escalera y pasillo del edificio. Linda el conjunto por los cuatro puntos con terrenos comunes de la manzana.
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CUOTA.- Tiene asignada una cuota de participación en relación al total solar de 50 por 100. Y una cuota de participación en relación al valor del polígono de 2,615 por 100. La superficie total ocupada por los dos bloques es de 2.194,22 m², estando destinado el resto de 4.087,74 m 2 a las zonas comunes del conjunto, accesos y aparcamientos de vehículos CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 5,23%. C) "MIL PALMERAS, S.A.", con domicilio social en Madrid, calle Princesa, número 2, 1º, puerta 4 y 5; constituida por tiempo indefinido mediante escritura otorgada en Torrevieja, ante el Notario Don Carlos Sánchez Marcos, el día seis de Julio de mil novecientos ochenta y dos, al número 1.264 de su Protocolo, subsanada por otra autorizada por el mismo Notario el día once de Agosto de mil novecientos ochenta y tres, al número 2.083 de Protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 63, libro 57 de la sección 3ª, folio 68, hoja número 609101, inscripción 1ª.; con C.I.F. numero A-28806156; adaptados sus estatutos sociales a la vigente ley de sociedades anónimas mediante escritura otorgada en Alicante, ante el Notario Don Salvador Perepérez Solís, el día seis de Agosto de mil novecientos noventa y dos, al número 3.159 de su Protocolo, que se inscribió en el Registro Mercantil de M a d r i d a l t o m o 6 1 9 8 , f o l i o 1 3 6 , h o j a M -101048, inscripción 8ª; y PROPIETARIOS DE LOS VEINTINUEVE DEPARTAMENTOS QUE INTEGRAN EL CONJUNTO DECLARADO EN LA FINCA FINCA NUMERO 15 (finca inicial J) DESCRIPCION.- UNO).- Parcela número M-1, en término de Pilar de la Horadada, Polígono Mil Palmeras II, sitio denominado Cañada Hermosa; tiene una superficie de ONCE MIL SEISCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS (11.608,00 m²), que linda: al Norte, con parcela número 1 y C-1, vial del polígono en medio; al Sur, parcelas 61, 63, 65, 667 y 69, vial del polígono en medio; al Este, parcela M-2, vial del polígono en medio; y al Oeste, parcela número 2, vial del polígono en medio. CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 9,665 por 100. Sobre la expresada finca, de 11.608 m2, se declaró la obra nueva de un conjunto inmobiliario integrado por ocho bloques, ocupando los mismos una superficie de 6.123,75 m 2, quedando el resto, de 5.484,25 m 2, destinado a zonas comunes, aparcamiento de vehículos y jardines.
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Dichos bloques se dividieron horizontalmente, dando lugar a noventa departamentos, de los que los veintiocho primeros (fincas registrales 6741 a 6.768), integrantes de los bloques I, II, y III han sido construidos y transmitidos a terceros, mientras que los departamentos veintinueve a noventa (fincas registrales 6769 a 6.830), integrantes de los bloques IV, V, VI, VII y VIII, fueron declarados en construcción, si bien dicha construcción no se inició, habiéndose procedido en virtud de escritura autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.110 de orden de su protocolo, a la extinción parcial de la propiedad horizontal constituida donde se integraban las noventa fincas registrales reseñadas. Como consecuencia de dicha extinción parcial, dicha propiedad horizontal se mantiene invariable respecto a los veintiocho primeros elementos independientes (fincas registrales 6741 a 6.768), que integran el bloque I, que ocupa una superficie de solar 470,70 m 2 y tiene asignada una cuota de participación en la manzana de 7,6864 por 100; el bloque II, que ocupa una superficie de solar 807,30 m2 y tiene asignada una cuota de participación en la manzana de 13,1831 por 100; y el bloque III, que ocupa una superficie de solar 695,10 m2 y tiene asignada una cuota de participación en la manzana de 11,3508 por 100; cerrándose el historial jurídico de los departamentos veintinueve a noventa (fincas registrales 6769 a 6.830), al crearse en su lugar un nuevo departamento número veintinueve (finca registral 30.411), que corresponde al resto de parcela ocupada por los bloques IV a VIII no construidos, que ocupa una superficie de solar 4.150,65 m2, y asume la cuota de participación en la manzana del 67,7797 por 100 que en la escritura de Declaración de Obra Nueva se atribuyó a los bloques IV a VII no edificados y la cuota de participación en el polígono atribuida a las viviendas no construidas que integraban dichos bloques. Departamento número veintinueve (finca registral 30.411) que en la misma escritura autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.110 de orden de su protocolo, fue vendido por la compañía MIL PALMERAS, S.A., a la compañía MEYLAN BEACH,S.L. TITULO.- El de Declaración de Obra Nueva y División Horizontal en virtud de escritura otorgada en Elche, ante el Notario Don Luis Olagüe Ruix, el día siete de Junio de mil novecientos noventa, al número 2.198 de su Protocolo, subsanada por otra otorgada en Elche, ante el Notario Don José María Molina Mora, el día once de Agosto de mil novecientos noventa y cuatro, al número 2.605 de su Protocolo, complementada por otra de extinción parcial de propiedad horizontal autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.110 de orden de su protocolo. Y en cuanto al solar el de segregación, resto y división horizontal en escritura otorgada en Elche, ante el Notario Don Luis Olagüe Ruix, el día
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veintiséis de Enero de mil novecientos ochenta y nueve, al número 255 de su Protocolo. INSCRIPCIÓN.- Tomo 1447, libro 32, folio 58, finca núm ero 3120, inscripción 4ª, del Registro de la Propiedad de Pilar de la Horadada. CARGAS.- Libre de toda carga, gravamen y limitación así como de arrendatarios, ocupantes y precaristas, salvo afecciones fiscales. REFERENCIA CATASTRAL. Polígono 75.589, parcela 10.
Resultando compatibles con el planeamiento los Bloques I, II y III construidos en la indicada parcela, no serán objeto de una nueva adjudicación en el presente Proyecto de Reparcelación sino de una mera regularización de linderos junto con la parte que corresponde a los indicados bloques en los 5.484,25 m 2 destinados a zonas comunes, aparcamiento de vehículos y jardines en función de su cuota de participación en la manzana (art. 174.9 de la LUV). A la vista de lo expuesto, de la finca registral 3.120 indicada se segrega la finca que a continuación se describe, integrada por la parte de la indicada finca de 4.150,65 m2 destinada inicialmente a ser ocupada por los bloques IV a VIII, no construidos, que dio lugar al nuevo departamento número veintinueve (finca registral 30.411), perteneciente a la mercantil MEYLAN BEACH, S.L., y por la porción que corresponde al indicado departamento en los 5.484,25 m2 destinados a zonas comunes, aparcamiento de vehículos y jardines en función de su cuota de participación (67,7797 %) en el solar, equivalente a 3.717,21 m 2 (67,7797% de 5.484,25 m2 = 3.717,21 m2), lo que hace un total de 7.867,86 m 2 ( 4.150,65 m ² + 3.717,21
m2 =
7.867,86 m2); porción segregada,
adjudicada a la compañía MEYLAN BEACH, S.L., que va a ser objeto de equidistribución en virtud del presente Proyecto de Reparcelación y que mantendrá obviamente inalterada su cuota de participación en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II, quedando extinguida parcialmente la
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propiedad horizontal constituida sobre la finca registral 3.120, al suprimirse el departamento 29 que la integraba.
DESCRIPCION DE LA PORCION SEGREGADA.- Parte de la Parcela número M-1 del Polígono Mil Palmeras II, integrada en la actualidad en el Sector R/V de Pilar de la Horadada, en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa, con una cabida de 7.867,86 m 2. Linda: al Norte y al Este, con viales del Plan Parcial y resto de la finca matriz de la que se segrega; y al Sur y al Oeste, con viales de Plan Parcial. CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 6,5879 por 100. Tras la segregación practicada queda un resto de la finca matriz con la descripción que a continuación se transcribe, integrado por la superficie total ocupada por los tres bloques construidos, de 1.973,10 m 2 (470,70 m2 +807,30 m2 + 695,10 m2), y por la porción que corresponde a los indicados bloques en los 5.484,25 m2 destinados a zonas comunes, aparcamiento de vehículos y jardines en función de su cuota de participación en la manzana (7,6864 % del Bloque I + 13,1831% del Bloque II + 11,3508 % del Bloque III = 32,2203 %), equivalente a 1.767,04 m 2 (32,2203 % de 5.484,25m2 = 1.767,04 m2), lo que hace un total de 3.740,14 m 2 (1.973,10 m² + 1.767,04 m2 = 3.740,14 m2); resto de finca matriz que, como se ha adelantado, no será objeto de una nueva adjudicación en el presente Proyecto de Reparcelación sino de una mera regularización de linderos. Precisar que en dicho resto se mantiene inalterada la cuota de participación en el polígono atribuida a las viviendas construidas en los bloques I, II y III, por un total de 3,0771 %, reajustándose la cuota de participación en la manzana que corresponde a cada uno de los indicados bloques como consecuencia de la extinción parcial de la propiedad horizontal constituida sobre la finca registral 3.120, en los términos que a continuación se consignan: Cuota de participación en la manzana del Bloque I: 23,8558 %; Cuota de participación en la manzana del Bloque II: 40,9455 %; y Cuota de participación en la manzana del Bloque III: 35,2287 %.
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DEL RESTO DE LA FINCA MATRIZ. Resto de la Parcela número M-1 del Polígono Mil Palmeras II, integrada en la actualidad en el Sector R/V de Pilar de la Horadada, en término de Pilar de la Horadada, sitio denominado Cañada Hermosa, con una cabida de 3.740,14 m 2, que linda: al Norte y al Este, con viales de Plan Parcial; Sur y Oeste, parcela segregada anteriormente descrita. CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la di visión horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 3,0771 por 100.
2.- Agrupación de fincas iniciales: Artículo 7.5 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio. Las parcelas iniciales no consolidadas por la edificación descritas en el anterior apartado, pertenecientes todas ellas a la compañía MEYLAN BEACH,S.L., esto es, las fincas identificadas con los números 1 (finca registral 3.121), 2 (finca registral 3.122), 3 (finca registral 3.123), 4 (finca registral 3.125), porción segregada de 2.905 m 2 de la 5 (finca registral 3.127), porción segregada de 1.583,86 m 2 de la 6 (finca registral 3.128), 7 (finca registral 3.129), porción segregada de 70.208,45 m 2 de la 8 (finca registral 3.111), 9 (finca registral 3.117), 10 (finca registral 3.118), porción segregada de 596 m2 de la 11 (finca registral 3.119), porción segregada de 535 m 2 de la 12 (finca registral 3.126), porción segregada de 5.174 m2 de la 13 (finca registral 3.132), porción segregada de 2.948,04 m 2 de la 14 (finca registral 3.131) y porción segregada de 7.867,86 m 2 de la 15 (finca registral 3.120), se agrupan instrumentalmente, conforme a lo dispuesto en el 7.5 del Reglamento sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, aprobado por Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, en la finca que a continuación se describe, con una cabida de 161.070,90 m2, que comprende la totalidad del Sector R/V del Plan General de Pilar de la Horadada a excepción de las parcelas en que se asientan los edificios Vistamar I y Vistamar II –resto
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de la finca inicial 14- y los apartamentos “Los Boleros” –resto de la finca inicial 15- : DESCRIPCIÓN DE LA FINCA RESULTANTE DELA AGRUPACIÓN: Finca integrada en el Sector R/V del Plan General de Pilar de la Horadada, sita en el indicado términ o municipal, sitio denominado Cañada Hermosa, con una cabida de 161.070,90 m2, que linda: al Norte, linde con el término municipal de Orihuela, terrenos de MEYLAN BEACH, S.L. por medio; Sur, Suelo Urbano de la Urbanización Mil Palmeras y terrenos de MEYLAN BEACH, S.L.; Este, línea de dominio público marítimo terrestre y parcela en que se asientan los edificios Vistamar II y Vistamar II; y Oeste, Suelo Urbano de la Urbanización Mil Palmeras y terrenos de MEYLAN BEACH, S.L. Linda, además, por sus cuatro vientos con la parcela en que están construidos los apartamentos “Los Boleros“ que encuentran enclavados en su interior” CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 48,4979 por 100.
CARGAS: Además de por las afecciones fiscales que pesan sobre las fincas agrupadas, la finca resultante de la agrupación, propiedad en su totalidad de MEYLAN BEACH, S.L., queda gravada, por razón de su procedencia, con la condición resolutoria que recae sobre la finca registral 3.111 a favor de MIL PALMERAS, S.A., en garantía del pago del precio aplazado, pactada en la escritura de compraventa autorizada por el Notario de San Javier don Alfredo Gómez Hita, con fecha 20 de junio de 2.008, con el número 2.112 de orden de su protocolo. Representando la porción segregada de 70.208,45 m2 de la finca inicial 8 (finca registral 3.111) que ha sido objeto de agrupación, el 43,589 % de la cabida de la finca resultante de la agrupación, de 161.070,90 m2, la expresada condición resolutoria pasará a recaer, con el consentimiento expreso de de MIL PALMERAS, S.A., sobre las parcelas resultantes identificadas en el apartado VI de este Proyecto, que representan el 43,589 % de la edificabilidad adjudicada a MEYLAN BEACH, S.L., como propietario inicial. En cualquier caso, a efectos aclaratorios en el cuadro que a continuación se reproduce se especifica la superficie catastral, registral y real de las fincas incluidas en el ámbito d e l S e c t o r R / V , precisando las porciones no consolidadas por la edificación, propiedad de MEYLAN BEACH, S.L, que han
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sido objeto de agrupación para su posterior equidistribución, y las porciones consolidadas por la edificación que únicamente van a ser objeto de regularización de linderos.
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3.- Regularización de linderos (art. 174.9 de la LUV). Como se ha venido adelantando, los terrenos consolidados por edificaciones incluidos en el ámbito del Sector R/V (edificios conocidos como Vistamar I y Vistamar II, y los tres bloques de apartamentos conocidos como “Los Boleros”), respecto de los que el planeamiento ha previsto expresamente su mantenimiento, no serán objeto de una nueva adjudicación sino de una mera regularización de linderos (art. 174.9 y 10 de la LUV), estando además exonerados de contribuir a los gastos de urbanización, en aplicación de la propia ficha de planeamiento y gestión del Sector R/V del Plan General de Pilar de la Horadada (“Los dos bloques de viviendas habitados existentes en la primera línea de costa y los apartamentos Los Boleros se mantienen en las mismas condiciones actuales y no se les atribuye ningún gasto de urbanización”). De este modo, en la medida en que el resto de la finca registral 3.131 en que se asientan los dos bloques de apartamentos Vistamar I y Vistamar II, que cuenta con una cabida de 6.281,96 m2, se superpone básicamente sobre la parcela resultante M-14 prevista específicamente en el Plan Parcial del Sector R/V para dichas construcciones, con una superficie de 6.625,60 m2, se procede a regularizar los linderos del resto de la indicada finca registral 3.131, haciendo constar el incremento de superficie que experimenta, cifrado en 343,64 m2, a costa de la finca resultante de la agrupación de las fincas iniciales aportadas no edificadas, identificada en el anterior apartado. Puntualizar que, lógicamente, se mantiene inalterada la cuota de participación de un 50 por 100 en relación al total solar asignada a cada uno de los bloques en virtud del presente Proyecto, así como la cuota de participación en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II que cada uno de los indicados bloques tenía atribuida (2,615 por 100).
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Tras la regularización de linderos indicada, la descripción del resto de la finca registral 3.131 es la siguiente: REGULARIZACIÓN DE LINDEROS DEL RESTO D E L A F I N C A REGISTRAL 3.131. URBANA: Parcela M-14 del Plan Parcial del Sector R/V, de suelo urbanizable residencial, del Plan General de Ordenación de Pilar de la Horadada, sita en el término de Pilar de la Horadada; tiene una superficie de 6.625,60 m 2 y linda: al Norte, parcela M 13, destinada a zona verde; Sur, límites del Sector R/V de Pilar de la Horadada; Este, límites del Sector R/V de Pilar de la Horadada, que la separan del dominio público marítimo terrestre; y al Oeste, suelo urbano de la Urbanización Mil Palmeras y parcela M10 A del Sector R/V, viales por medio. Sobre esta parcela existen construidas las siguientes edificaciones: BLOQUE I en construcción, en la parcela A-1 del Polígono Mil Palmeras II, sitio denominado Cañada Hermosa, Urbanización Playa de las Mil Palmeras, término de Pilar de la Horadada; el solar de dicho bloque ocupa una superficie de MIL NOVENTA Y SIETE METROS ONCE DECÍMETROS CUADRADOS (1.097,11 M²), y consta de tres plantas con veintidós apartamentos modelo "ALONDRAS" por planta, en total sesenta y seis apartamentos, a saber: dieciocho de tipo A, con una superficie construída de 23,70 m², y una terraza de 3,90 m²; dieciocho de tipo C, con una superficie construída de 35,55 m² y una terraza de 6,33 m²; dieciocho de tipo B, con una superficie construída de 35,55 m² y una terraza de 10,23 m²; seis de tipo D, con una superficie construída de 47,40 m² y una terraza de 11,45 m²; y seis de tipo E, con una superficie construída de 40,90 m² y una terraza de 20,30 m²; la total superficie construída en el bloque es de 2.795,49 m² y la distribución de los apartamentos es la siguiente: los de tipo A, constan de hall, cocinacomedor-estar, baño y terraza; las de los tipos B y C, constan de hall, baño, comedor-estar-cocina, un dormitorio y terraza; los de tipo D, constan de hall, baño, cocina, comedor-estar, dos dormitorios y terraza, y los de tipo E, constan de hall, baño, cocina, comedor-estar, un dormitorio y terraza. Todos los apartamentos tienen su acceso en común por medio de las zonas comunes de la manzana a través del zaguán, escalera y pasillo del edificio. Linda el conjunto por los cuatro puntos con terrenos comunes de la manzana. CUOTA.- Tiene asignada una cuota de participación en relación al total solar de 50 por 100. Y una cuota de participación en relación al valor del polígono de 2,615 por 100. BLOQUE II en construcción, en la parcela A-1 del Polígono Mil Palmeras II, sitio denominado Cañada Hermosa, Urbanización Playa de las Mil Palmeras, término de Pilar de la Horadada; el solar de dicho bloque
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ocupa una superficie de MIL NOVENTA Y SIETE METROS ONCE DECÍMETROS CUADRADOS (1.097,11 M²), y consta de tres plantas con diecinueve apartamentos modelo "ALONDRAS" por planta, en total cincuenta y siete apartamentos, a saber: doce de tipo A, con una superficie construída de 23,70 m², y una terraza de 3,90 m²; doce de tipo B, con una superficie construída de 35,55 m² y una terraza de 10,23 m²; seis de tipo C, con una superficie construída de 35,55 m² y una terraza de 6,33 m²; veintiuno de tipo D, con una superficie construída de 47,40 m² y una terraza de 11,45 m²; y seis de tipo FM, con una superficie construída de 52,20 m² y una terraza de 20,30 m²; la total superficie construída en el bloque es de 2.795,49 m² y la distribución de los apartamentos es la siguiente: los de tipo A, constan de hall, cocinacomedor-estar, baño y terraza; las de los tipos B y C, constan de hall, baño, comedor-estar-cocina, un dormitorio y terraza; los de tipo D, constan de hall, baño, cocina, comedor-estar, dos dormitorios y terraza, y los de tipo FM, constan de hall, vestidor, baño, cocina, comedor-estar, dos dormitorios y terraza. Todos los apartamentos tienen su acceso en común por medio de los terrenos comunes de la manzana a través del zaguán, escalera y pasillo del edificio. Linda el conjunto por los cuatro puntos con terrenos comunes de la manzana. CUOTA.- Tiene asignada una cuota de participación en relación al total solar de 50 por 100. Y una cuota de participación en relación al valor del polígono de 2,615 por 100. La superficie total ocupada por los dos bloques es de 2.194,22 m², estando destinado el resto de 4.431,38 m 2 a las zonas comunes del conjunto, accesos y aparcamientos de vehículos. CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 5,23%.
De igual forma, en la medida en que el resto de la finca registral 3.120 en que se asientan los tres bloques de apartamentos conocidos como “Los Boleros”, q u e c uenta con una cabida de 3.740,14 m2, se superpone básicamente sobre la parcela resultante M-9B prevista específicamente en el Plan Parcial del Sector R/V para dichas construcciones, con una superficie de 4.602,20 m2, se procede a regularizar los linderos del resto de la indicada finca registral 3.120, haciendo constar el incremento de superficie que experimenta, cifrado en 862,06 m 2, a costa de la finca resultante de la agrupación de las
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fincas iniciales aportadas no edificadas, identificada en el anterior apartado. Puntualizar que, lógicamente, se mantiene inalterada la cuota de participación en la manzana asignada en virtud del presente Proyecto a cada uno de los tres bloques construidos (Bloque I: 23,8558 %; Bloque II: 40,9455 %; y Bloque III: 35,2287 %), así como la cuota de participación en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II atribuida a las viviendas construidas en los referidos bloques I, II y III, por un total de 3,0771 %.
Tras la regularización de linderos indicada, la descripción del resto de la finca registral 3.120 es la siguiente: REGULARIZACIÓN DE LINDEROS DEL RESTO DE LA FINCA REGISTRAL 3.120. URBANA: Parcela M-9B del Plan Parcial del Sector R/V, de suelo urbanizable residencial, del Plan General de Ordenación de Pilar de la Horadada, sita en el término de Pilar de la Horadada; tiene una superficie de 4.602,20 m2 y linda: al Norte, Avenida de Holanda; Sur y Oeste, parcela M 9A, de uso residencial; y Este, calle Lepanto. CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 3,0771 por 100.
Como consecuencia de la regularización de linderos de las dos fincas consolidadas por la edificación, anteriormente expuestas, se regularizan igualmente los linderos y cabida de la finca resultante de la agrupación de las fincas iniciales aportadas, no edificadas, que queda ahora con una cabida de 159.865,20 m2, al haberse incrementando a su costa la cabida del resto de las fincas registrales 3131 y 3.120 en 343,64 m 2 y 862,06 m2, respectivamente, permaneciendo inalterada la cuota que tiene asignada en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II: REGULARIZACIÓN DE LINDEROS DE LA FINCA RESULTANTE DE LA AGRUPACIÓN DE LAS INCIALES NO CONSOLIDADAS POR LA
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EDIFICACION: Finca integrada en el Sector R/V del Plan General de Pilar de la Horadada, sita en el indicado término municipal, sitio denominado Cañada Hermosa, con una cabida de 159.865,20 m2, que linda: al Norte, linde con el término municipal de Orihuela, terrenos de MEYLAN BEACH, S.L. por medio; Sur, Suelo Urbano de la Urbanización Mil Palmeras, terrenos de MEYLAN BEACH, S.L., y parcela M 14 del Plan Parcial del Sector R/V en que se asientan los edificios Vistamar II y Vistamar II; Este, línea de dominio público marítimo terrestre y la indicada parcela M 14 del Plan Parcial del Sector R/V; y Oeste, Suelo Urbano de la Urbanización Mil Palmeras, terrenos de MEYLAN BEACH, S.L.. y la expresada parcela M 14 del Plan Parcial del Sector R/V. Linda, además, por sus cuatro vientos con la parcela M 9 B de citado Plan Parcial en que están construidos los apartamentos “Los Boleros“. CUOTA.- Tiene asignada una cuota en la división horizontal del Polígono Mil Palmeras II del 48,4979 por 100.
Finalmente, hacer constar que en la medida en que la edificabilidad consolidada por las edificaciones ya había sido patrimonializada por sus titulares, éstos no tiene el deber de efectuar cesiones de suelo, ni sufragar en metálico el excedente de aprovechamiento que tengan materializado sobre el tipo, ni sufragar en metálico al Ayuntamiento el 10% de aprovechamiento, ni compensar a los restantes propietarios por el excedente sobre el tipo. Por su parte, la mercantil MEYLAN BECH, S.L., como propietaria única de los terrenos no edificados incluidos en el ámbito del Sector R/V, tampoco tiene el deber de indemnizar a los propietarios de apartamentos preexistentes, desde el momento en que éstos últimos, como consecuencia de la regularización de linderos practicada, no sólo no sufren ningún perjuicio, sino que obtienen la ventaja de ver incrementada la superficie de manzana que correspondería a los bloques en que se integran dichos apartamentos, atendida su cuota originaria en la indicada manzana.
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