VALUE ARRENDADORA, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, E.N.R., VALUE GRUPO FINANCIERO

AVISO CON FINES INFORMATIVOS RESPECTO DE LA ACTUALIZACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE VALORES DE LOS CERTIFICADOS BURSÁTILES CON CLAV

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AVISO CON FINES INFORMATIVOS RESPECTO DE LA ACTUALIZACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE VALORES DE LOS CERTIFICADOS BURSÁTILES CON CLAVE DE PIZARRA “VALARRE 12” VALUE ARRENDADORA, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, E.N.R., VALUE GRUPO FINANCIERO

CON BASE EN EL PROGRAMA DE CERTIFICADOS BURSATILES CONSTITUIDO POR Value Arrendadora, S.A de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, E.N.R., Value Grupo Financiero DESCRITO EN EL PROSPECTO DE DICHO PROGRAMA POR UN MONTO DE HASTA: $300’000,000.00 (TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), O SU EQUIVALENTE EN UNIDADES DE INVERSION (UDIS) SE LLEVÓ A CABO LA OFERTA PÚBLICA DE 1’000,000 (UN MILLÓN) DE CERTIFICADOS BURSÁTILES CON VALOR NOMINAL DE $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M.N.) CADA TÍTULO. MONTO TOTAL DE LA OFERTA: $100’000,000.00 (Cien Millones de Pesos 00/100M.N.)

CARACTERÍSTICAS ORIGINALES DE LA EMISIÓN: DENOMINACIÓN DE LA EMISORA: Value Arrendadora, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, E.N.R., Value Grupo Financiero. MONTO TOTAL AUTORIZADO PARA CIRCULAR CON CARÁCTER REVOLVENTE: $300’000,000.00 (Trescientos millones de pesos 00/100 M.N.), o su equivalente en Unidades de Inversión (UDIS). TIPO DE VALOR: Certificados Bursátiles. TIPO DE OFERTA: Primaria. PRECIO DE COLOCACION: $100.00 (Cien pesos 00/100 M.N.), cada uno de los Certificados Bursátiles. VIGENCIA DEL PROGRAMA: 2.0 Años. PLAZO DE LA EMISION: 1,820 días, aproximadamente 5 años. CLAVE DE PIZARRA: VALARRE 12. MONTO TOTAL DE LA EMISION: $100’000,000.00 (Cien millones de pesos 00/100 M.N). VALOR NOMINAL DE LOS CERTIFICADOS BURSÁTILES: $100.00 (Cien Pesos 00/100 M.N.) Cada uno. NUMERO DE EMISION: Segunda emisión al amparo del Programa. FECHA DE OFERTA: 04 de abril de 2012. FECHA DE EMISIÓN: 09 de abril de 2012. FECHA DE REGISTRO EN BOLSA: 09 de abril de 2012. FECHA DE LIQUIDACIÓN: 09 de abril de 2012. FECHA DE CIERRE DE LIBRO: 09 de abril de 2012. FECHA DE VENCIMIENTO: 03 de abril de 2017. GARANTIA: Quirografaria. CALIFICACIÓN OTORGADA POR HR RATINGS DE MÉXICO, S.A. DE C.V.: L a

calificación otorgada es la opinión de la Calificadora acerca del nivel de riesgo crediticio (capacidad e intención de pago oportuno) asociado con el Programa. La calificación es una valoración sobre la probabilidad de que los Tenedores reciban los pagos que les corresponden en las fechas determinadas para la realización de dichos pagos. HR Ratings de México, S.A. de C.V., asignó la calificación crediticia de largo plazo “HR A”. El análisis realizado por HR Ratings, incluye la evaluación de factores cualitativos y cuantitativos, así como la proyección de estados financieros bajo un escenario económico base y uno de estrés. La perspectiva de la calificación es estable. La calificación de largo plazo “HR A” ofrece seguridad aceptable para el pago oportuno de obligaciones de deuda y mantiene un bajo riesgo crediticio ante escenarios económicamente adversos. “TASA DE INTERÉS; FORMA DE CÁLCULO DE INTERESES”. A partir de su fecha de colocación y en tanto no sean amortizados, los Certificados Bursátiles generarán un interés bruto anual sobre su valor nominal, que el Representante Común calculará cada período de 196 (ciento noventa y seis) días, 2 (dos) días hábiles inmediatos anteriores al inicio de cada periodo de 196 (ciento noventa y seis) días ("Fecha de Determinación de la Tasa de Interés Bruto Anual"), de los Certificados Bursátiles dicha Tasa será aplicable para los siguientes 7 (siete) períodos de 28 (veintiocho) días cada uno y computado a partir de la fecha de colocación, y que regirá durante ese período, conforme a: Adicionar 2.00 (Dos punto cero) puntos a la Tasa de Interés Bruto Anual (Promedio Ponderada o la que la sustituya), en colocación primaria de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES), a plazo de hasta 182 (ciento ochenta y dos) días capitalizada a 196 (ciento noventa y seis) días, dada a conocer por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de Banco de México, el mismo día de la subasta, por el medio masivo de comunicación que éste determine o a través de cualquier otro medio electrónico de cómputo o telecomunicación, incluso internet, autorizado al efecto por el Banco de México, o a falta de ello lo que se de a conocer a través de dichos medios, en la Fecha de Determinación de la Tasa de Interés Bruto Anual o, en su defecto, dentro de los 15 (quince) días hábiles anteriores, en cuyo caso deberá tomarse la tasa comunicada en el día hábil más próximo a dicha fecha. En caso de que desaparezcan los CETES arriba citados o deje de publicarse la tasa correspondiente a los mismos, el Representante Común utilizará como tasa sustituta para determinar la Tasa de Interés Bruto Anual de los Certificados Bursátiles, aquella que de a conocer la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como tasa sustituta de los CETES. Para determinar la Tasa de Interés de Referencia capitalizada o, en su caso, equivalente al número de días efectivamente transcurridos del período de que se trate de los CETES al plazo antes mencionado, el Representante Común utilizará la fórmula que aparece en el Título único y en el Suplemento Informativo. El interés que devengarán los Certificados Bursátiles se computará a partir de su fecha de colocación y los cálculos para determinar las tasas y los intereses a pagar, deberán comprender los días naturales de que efectivamente consten los períodos respectivos. Los cálculos se efectuarán cerrándose a centésimas. Para determinar el monto de interés a pagar en cada período, el Representante Común utilizará la fórmula que aparece en el Suplemento Informativo y en el título que documenta la presente emisión. A la tasa que resulte de lo previsto anteriormente (Tasa de Interés de Referencia), se le sumará una sobretasa equivalente a la tasa por intereses que fije la Ley del Impuesto Sobre la Renta para personas físicas, vigente en la fecha de efectuarse dicho cálculo y el resultado será la Tasa de Interés Bruto Anual de los Certificados Bursátiles. El interés que devengarán los Certificados Bursátiles se computará a partir de su fecha de emisión y los cálculos para determinar la tasa y los intereses a pagar, deberán comprender los días naturales de que efectivamente consten los periodos respectivos. Los cálculos se efectuarán cerrándose a centésimas. Los Certificados Bursátiles dejarán de causar intereses a partir de la fecha señalada para su pago, siempre que la emisora hubiere constituido el depósito del importe de la amortización y, en su caso, de los intereses correspondientes, en las oficinas de la S.D. Indeval, Institución para el depósito de Valores, S.A. de C.V., a más tardar a las 11.00 horas de ese día.

TASA DE INTERÉS BRUTO ANUAL PARA EL PRIMER PERIODO: La tasa de Interés bruto anual aplicable para el primer período será del 7.09% (Siete punto cero nueve) por ciento. INTERESES MORATORIOS: En caso de incumplimiento en el pago de principal de los Certificados Bursátiles, se causarán intereses moratorios sobre el principal insoluto de los Certificados Bursátiles a una tasa igual a la Tasa de Interés Bruto Anual aplicable durante cada período en que ocurra y continúe el incumplimiento más 2 (dos) puntos porcentuales. Los intereses moratorios serán pagaderos a la vista desde la fecha en que tenga lugar el incumplimiento y hasta que la suma principal haya quedado íntegramente cubierta. La suma que se adeude por concepto de intereses moratorios deberá ser cubierta en las oficinas del Emisor ubicadas en Avenida San Pedro Sur No. 202 Colonia del Valle, Código Postal No. 66220, Garza García Nuevo León y en la misma moneda que la suma principal. AMORTIZACIÓN: En un solo pago en la fecha de vencimiento de la emisión contra la entrega del título correspondiente. AMORTIZACIÓN ANTICIPADA: La Emisora tendrá derecho de pagar anticipadamente la totalidad de la emisión, en cuyo caso no existirá pago alguno a los tenedores por concepto de indemnización o prima sobre el valor nominal de LOS CERTIFICADOS que se encuentren en circulación. Para tales efectos, el emisor publicará, con cuando menos 5 (cinco) días hábiles de anticipación a la fecha en que pretenda amortizar anticipadamente los Certificados Bursátiles, el aviso respectivo en la sección “empresas emisoras” en el apartado “eventos relevantes” a través de EMISNET. Dicho aviso contendrá la fecha en que se hará el pago, y los demás necesarios para el cobro de los Certificados Bursátiles, informando, además, por escrito con la misma anticipación a la CNBV a INDEVAL y a la BMV, a través de los medios que esta última determine, incluido EMISNET. DESTINO DE LOS FONDOS: Serán aplicados en su totalidad para la amortización de la emisión VALARRE 07. CASOS DE VENCIMIENTO ANTICIPADO Cada uno un evento: “En el supuesto de que se presentará alguno de los casos de vencimiento anticipado, no habrá pago de una pena o prima a los tenedores de la emisión, según se describe en el Título que ampara los Certificados Bursátiles y en el Suplemento. RÉGIMEN FISCAL APLICABLE: La tasa de retención aplicable respecto a los intereses pagados conforme a los Certificados Bursátiles, se encuentra sujeta (i) para las personas físicas y morales residentes en México para efectos fiscales, a lo previsto en los artículos 58, 160 y demás aplicables de la Ley del Impuesto Sobre La Renta vigente, y (ii) para las personas físicas y morales residentes en el extranjero para efectos fiscales, a lo previsto en los artículos 179, 195 y demás aplicables de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente. El régimen fiscal vigente podrá modificarse a lo largo de la vigencia de cada una de las Emisiones. En caso de reformas o adiciones a la Ley del Impuesto sobre La Renta que afecten el régimen fiscal del tenedor de los Certificados Bursátiles, el Tenedor deberá ajustarse a dichas reformas o adiciones. Se recomienda a todos los inversionistas consultar en forma independiente a sus asesores fiscales respecto a los efectos de las disposiciones vigentes que pudieran ser aplicables a la adquisición, mantenimiento o venta de instrumentos de deuda como los Certificados Bursátiles, antes de realizar cualquier inversión en los mismos. PERIODICIDAD DE PAGO DE INTERESES: Los intereses serán pagaderos cada 28 (veintiocho) días, contra la entrega de la constancia correspondiente, comenzando precisamente el 07 de mayo de 2012, de conformidad con el calendario de pagos que aparecen en el Título único y en el Suplemento, o si fuera inhábil, el siguiente día hábil durante la vigencia de la emisión. LUGAR Y FORMA DE PAGO DE PRINCIPAL E INTERESES El principal y los intereses ordinarios generados, respecto de la presente emisión de Certificados Bursátiles, se

pagarán el día de su vencimiento y en cada fecha de pago respectivamente, o el siguiente día hábil, contra la entrega de las constancias emitidas por Indeval o en su caso contra el título, mediante transferencia de fondos a los Intermediarios correspondientes, en el domicilio de Indeval, ubicado en Paseo de la Reforma No. 255, Piso 3, Col. Cuauhtémoc, 06500, México, D.F. LOS POSIBLES ADQUIRENTES: Personas físicas o morales cuando su régimen de inversión lo prevea expresamente. FACTORES DE RIESGO: Value, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, forma parte del mismo grupo financiero que el Emisor. Por esta y otras razones Value Casa de Bolsa mantiene relaciones de negocios con Value Arrendadora y le presta diversos servicios financieros periódicamente, a cambio de contraprestaciones en términos de mercado (incluyendo los que recibirá por los servicios prestados como intermediario colocador, por la colocación de los Certificados Bursátiles). Value Casa de Bolsa considera que no tiene conflicto de interés alguno con Value Arrendadora respecto de los servicios que ha convenido prestar, para la colocación de los Certificados Bursátiles. Por lo que se recomienda a los inversionistas de tomar nota de esta situación. DEPOSITARIO: La S.D. Indeval, Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V. REPRESENTANTE COMUN: Casa de Bolsa Multiva, S.A. de C.V., Grupo Financiero Multiva. INTERMEDIARIO COLOCADOR

VALUE, S.A. DE C.V., CASA DE BOLSA, VALUE GRUPO FINANCIERO

MOTIVOS QUE DAN ORIGEN A LA ACTUALIZACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN EN EL RNV Con el antecedente de que el Programa autorizado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (“CNBV”) con el número de oficio 153/1504370/2007 de fecha 12 de noviembre de 2007 contaba con una calificación otorgada por Fitch México, S.A. de C.V. la cual establecía la restricción de No decretar dividendos para que se mantuviera el nivel de calificación asignado; en el Título que ampara la Emisión de Certificados Bursátiles identificados con clave de pizarra VALARRE 12, cuya inscripción preventiva en el RNV fue otorgada por la CNBV mediante oficio 153/31144/2011 de fecha 8 de agosto de 2011, se incluyó la misma obligación de No decretar dividendos, sin que ésta hubiese sido requerida por alguna autoridad ni por HR Ratings de México, S.A. de C.V., agencia calificadora de la emisión. En virtud de lo anterior, con fecha 17 de diciembre de 2013, mediante Asamblea General Totalitaria de Tenedores de los Certificados Bursátiles, se acordó, entre otros, eliminar el inciso 2) referente a “No decretar dividendos” del apartado “Obligaciones de No Hacer” del Título que ampara la Emisión, así como de cualquier otro documento en el que se haga referencia a dicha obligación del Emisor sin que esto implique ninguna modificación a las condiciones de los Certificados Bursátiles ni a la situación económica y financiera del Emisor.

EXCEPTO POR LAS CARACTERÍSTICAS DE LA EMISIÓN QUE FUERON MODIFICADAS DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO ARRIBA, NO SE REALIZARON OTROS CAMBIOS O MODIFICACIONES A LAS DEMÁS CARACTERÍSTICAS DE LA EMISIÓN.

HR Ratings de México no modificó la calificación crediticia de largo plazo “HR A”. La perspectiva de la calificación es estable. La calificación de largo plazo “HR A” ofrece seguridad aceptable para el pago oportuno de obligaciones de deuda y mantiene un bajo riesgo crediticio ante escenarios económicamente adversos.

Los Certificados Bursátiles forman parte de un programa autorizado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y se encuentran inscritos bajo el número 2076-4.15-2011007-02, en el Registro Nacional de Valores y son aptos para ser listados en el listado correspondiente de la Bolsa Mexicana de Valores, S.A. B. de C.V. La inscripción en el Registro Nacional de Valores no implica certificación sobre la bondad de los valores, solvencia de la emisora o sobre la exactitud o veracidad de la información contenida en el Prospecto y en el Suplemento, ni convalida los actos que en su caso, hubieren sido realizados en contravención de las leyes. El Prospecto de Colocación y el Suplemento, los cuales son complementarios, también podrán consultarse en internet en las páginas de la BMV: www.bmv.com.mx, de la CNBV: www.cnbv.gob.mx, y en la del emisor: www.value.com.mx/arrenda/ México, D.F., a 04 de abril de 2012.

Autorización C.N.B.V. 153/8238/2012, de fecha 04 de Abril de 2012.

Prospecto y Suplemento a Disposición con el Intermediario Colocador

Con fecha 19 de febrero de 2014, se llevará a cabo el canje del nuevo título correspondiente en el S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V. Dicha actualización de inscripción fue debidamente autorizada por la Comisión mediante oficio No. 153/106331/2014 de fecha 14 de febrero de 2014.

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