Venta de Vivienda Protegida

Venta de Vivienda Protegida Actualizado en julio de 2015 Venta de Vivienda Protegida Esta guía contiene la información necesaria acerca del proced

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#poblacion 5114 5975 5051 4778 6710 7277 5135 6458 7424 5072 6374 7235 6542 5387 6731 5954 6185 4862 7508 5009 5093 6290 6311 7340 7403 5240 5828 6146

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Venta de Vivienda Protegida

Actualizado en julio de 2015

Venta de Vivienda Protegida

Esta guía contiene la información necesaria acerca del procedimiento a seguir para la Venta de Viviendas Protegidas, tanto para las Viviendas de Protección Oficial (VPO) de Promoción Privada y las Viviendas de Protección Oficial (VPO) de Promoción Pública, como para las Viviendas con Protección Pública (VPP).

Guía Informativa – Venta de Vivienda Protegida

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Venta de Vivienda Protegida

Índice 1.

Información previa ............................................................................................ 4

2.

¿Cuándo se ha de solicitar la Autorización de transmisión ............................. 6

3.

Procedimiento para solicitar la Autorización de transmisión............................. 7

7.

Anexo ............................................................................................................. 13 Formulario de Autorización de transmisión de Vivienda de Protección Oficial o Viviendas con Protección Pública ...............................................................................13

Lugares y formas de presentación ............................................................................... 8 Formulario de Solicitud de autorización de venta de Vivienda Existente/Usada, o de Consulta de Expedientes ............................................................................................. 8

vivienda adquirida con obtención del Cheque-Vivienda del Decreto 12/2001, de 25 de enero ..........................................................................................................................14

4.

Documentación necesaria ................................................................................ 9 8.

Glosario .......................................................................................................... 15

Junto con la Solicitud de Autorización de transmisión de Vivienda de Protección Oficial o Viviendas con Protección Pública .............................................................................. 9 Junto con la Solicitud de Autorización de transmisión de Vivienda Existente/Usada y Cheque-Vivienda del Decreto 12/2001, de 25 de enero ............................................. 10

5.

Plazos de resolución ...................................................................................... 11 Para la Autorización de transmisión ........................................................................... 11

6.

Obligaciones................................................................................................... 12 ¿Cuál es el precio por el que se ha de vender la vivienda? ........................................ 12

Guía Informativa – Venta de Vivienda Protegida

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Venta de Vivienda Protegida

1. Información previa Las viviendas protegidas están sometidas a un Régimen Legal de Protección durante un número determinado de años que variará en función de la tipología de vivienda que se trate y del Plan de Vivienda al que se acoja. Durante este período los propietarios no pueden transmitir la vivienda a un precio libre, sin embargo, sí tienen la posibilidad de venderla a unPrecio Máximo Legal de Venta establecido para cada uno de los municipios de la Comunidad de Madrid, mediante Orden de la Consejeríacompetente en materia de vivienda. Por otra parte, existen determinados supuestos en los que se necesita solicitar previamente la Autorización de transmisióna la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación. En cualquier caso, no es necesario solicitar Autorización de transmisión en los siguientes casos: 

Si hay disolución de la sociedad de gananciales matrimonial, siempre y cuando

la vivienda sea adjudicada a uno de los cónyuges. 

1

Si hay extinción de condominio , siempre y cuando la vivienda sea adjudicada

a uno de los comuneros.

1

Hay “condominio” cuando dos o más personas comparten el dominio de una misma vivienda, por lo que la extinción de condominio implica que dejen de compartir dicho condominio.

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Venta de Vivienda Protegida

Empresas Municipales de Vivienda

El propietario deberá presentar el Certificado ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, adjuntándolo al impreso

Si ha sido adjudicatario de vivienda protegida a través de la Empresa Municipal de

desolicitud creado a tal efecto. Dispone de una información detallada sobre este

Vivienda (u organismo equivalente) de su Ayuntamiento, con independencia del

trámite en el siguiente enlace al Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid:

régimen y trámites aquí indicados respecto de la Comunidad de Madrid, ha de dirigirse al Ayuntamiento en cuestión a fin de que le indiquen las condiciones

Tramitación, renovación o actualización de certificados de eficiencia energética de

propias en caso de la venta de su vivienda, si es que las hubiere.

edificios existentes o de partes de edificios existentes>

Certificado y Etiqueta de Eficiencia Energética La presentación se realizará de forma telemática. Únicamente se podrá hacer la 2

Desde el 1 de junio de 2013 , el propietario ha de mostrar la Etiqueta de Eficiencia Energética del inmueble en cualquier oferta y publicidad que haga para vender la vivienda. Además, cuando se firme el contrato de compraventa, ha de entregar al adquirente el Certificado de Eficiencia Energética.

presentación de forma presencial en aquellos casos en que se justifique debidamente ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas la imposibilidad de su presentación telemática. Finalmente obtendrá la Etiqueta de Eficiencia Energética.

El Certificado contiene información sobre la calificación energética del inmueble, lo

No obstante, el Certificado de Eficiencia Energética ya era exigible para los

que permitirá conocer su consumo energético, y poder compararlo con el de otras

edificios nuevos desde la aplicación del Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por

viviendas. Tiene una validez de 10 años, transcurrido dicho plazo tendrá que

el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia

renovarlo.

energética de edificios de nueva construcción.

Para solicitarlo ha de dirigirse a un profesional competente para la emisión de

Por tanto, si cree que dicha normativa pudo aplicarse al edificio en el que se ubica

Certificados de Eficiencia Energética: arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero e

la vivienda, consulte el Libro del Edificio, que contendrá el Certificado de Eficiencia

ingeniero técnico.

Energética. Para la obtención de la Etiqueta de Eficiencia Energética bastará con presentar dicho Certificado.

2

Por aplicación de lo dispuesto en la Disposición transitoria primera del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios (BOE nº 89, de 13 de abril de 2013).

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Venta de Vivienda Protegida

2. ¿Cuándo se ha de solicitar la Autorización de transmisión La autorización de transmisión habrá que solicitarla en cualquiera de los siguientes casos: A) Cuando se trate Viviendas de Protección Oficial de Promoción Pública: Cuando se pretenda vender estas viviendas en segundas o posteriores transmisiones es necesario solicitar la Autorización de transmisión mientras dure su Régimen Legal de Protección.

Hay que tener en cuenta que cuando se adquiere una Vivienda de Protección Oficial de Promoción Pública, no se podrá vender en los 5 años desde su compra, salvo causa justa.

B) Para el resto de viviendas:

Habrá que solicitar la Autorización de transmisión cuando se hayan recibido ayudas para la adquisición de la vivienda y se pretenda realizar la venta dentro del plazo de limitación a la transmisión intervivos establecido en el Plan de Vivienda que regule dichas ayudas. En este supuesto, es necesario el reintegro, en su caso, de las ayudas recibidas más los intereses legales producidos desde el momento de su percepción, así como la cancelación del préstamo cualificado/convenido.

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Venta de Vivienda Protegida

3. Procedimiento para solicitar laAutorización de transmisión Es

necesario

cumplimentar

el

impreso

de

Autorización

de

transmisión

correspondiente:  Solicitud de Autorización de transmisión de Vivienda de Protección Oficial(VPO) o Viviendas con Protección Pública(VPP) (ver apartado 8. Anexos).  Solicitud de Autorización de Venta Vivienda Existente/Usada y ChequeVivienda (Decreto 12/2001): En el caso de haber obtenido ayudas para la adquisición de viviendas existentes y usadas al amparo de Planes Estatales de Vivienda; o si se ha obtenido la subvención denominada Cheque-Vivienda, al amparo del Decreto 12/2001, y la venta se realiza en los plazos de limitación para las transmisiones establecidos en la normativa que las regule (ver apartado 7. Anexos). Estos formularios se pueden obtener en cualquiera de los puntos que integran la Red de Oficinas de Vivienda de la Comunidad de Madrid, así como en la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, sita en la C/ Maudes nº 17, de Madrid, (de lunes a viernes, de 9 a 14 horas), o a través del Portal Vivienda de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/vivienda).

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Venta de Vivienda Protegida

Para iniciar la tramitación es imprescindible acompañar el formulario con la

Consulta de Expedientes

documentación necesaria, junto con el Ejemplar para la Administración del modelo 030 de la Tasa 7803, una vez que ésta haya sido abonada.

De forma presencial: 

En la Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid, sita en Avenida Asturias 28 y 30, de Madrid. De lunes a viernes de 9 a17 horas.

Lugares y formas de presentación



En la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, sita en la Calle Maudes, nº 17, los miércoles de 9 h. a 14 h.

De forma presencial:

Por teléfono:  Consejería de Transportes, ViviendaeInfraestructuras.



 Cualquier Oficina de Registro de la Comunidad de Madrid, de la

En el número 012 Opción 1 y después Opción 3. De lunes a viernes, de 9 a 14:30 horas

Administración General del Estado o Ayuntamiento que haya firmado convenio a tal efecto.  Las oficinas de correos.

A través de Internet: 

Desde la página Web de la Comunidad de Madrid www.madrid.org, a través de la pestaña Servicios y Trámites, y una vez allí seleccionando

 Las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el

“Situación de expedientes”.

Extranjero. A través de Registro Telemático: Para utilizar el Servicio de Registro Telemático es necesario disponer de alguno de los Certificados Electrónicos reconocidos en la Comunidad de Madrid. Este procedimiento permite al ciudadano obtener de forma inmediata y electrónica su número o números de registro de entrada.

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4. Documentación necesaria Junto con la Solicitud de Autorización de transmisión de Vivienda de Protección Oficial o Viviendas con Protección Pública  Ejemplar para la Administración delModelo 030 de la tasa 7803, una vez que ésta se haya abonado.  Fotocopia del DNI del titular o titulares de la vivienda (salvo que autorice su consulta a la Comunidad de Madrid, en cuyo caso no será necesaria la aportación).  Nota Simple informativa actualizada del Registro de la Propiedad correspondiente a la vivienda.  En caso de existir representante, escrito firmado por los titulares autorizando dicha representación. Además, dependiendo de la tipología de la vivienda aportará la siguiente documentación:

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Venta de Vivienda Protegida

Viviendas de Protección Oficial (VPO) de Promoción Privada o

Junto con la Solicitud de Autorización de transmisión de

Viviendas con Protección Pública (VPP)

Vivienda Existente/Usada y Cheque-Vivienda del Decreto

 Número de expediente de calificación definitiva de VPO/VPP o fotocopia

12/2001, de 25 de enero

de la cédula de calificación definitiva en caso de tenerla.  En caso de haber percibido ayuda económica para la adquisición de la

 Ejemplar para la Administración delModelo 030 de la tasa 7803, una vez que ésta se haya abonado.

vivienda:  Fotocopia del DNI del titular o titulares de la vivienda (salvo que autorice



Justificante de la fecha de ingreso a su favor de las ayudas recibidas.



Fotocopia de la Resolución de concesión de las ayudas recibidas (si

su consulta a la Comunidad de Madrid, en cuyo caso no será necesaria la aportación).

dispone de ella).  En caso de denegación de todas las ayudas económicas solicitadas, fotocopia de la Resolución correspondiente (si dispone de ella).  En caso de que la vivienda esté gravada con préstamo hipotecario,

Viviendas

que

hayan

obtenido

préstamo

cualificado o convenido  Copia simple de la escritura pública de cancelación de préstamo cualificado o préstamo convenido, o certificado bancario de que éste se

certificado bancario que acredite si el préstamo es o no cualificado,

haya cancelado o amortizado totalmente.

indicando, en su caso, el convenio de financiación al que se acoge.  En su caso, renuncia firmada por todos los titulares de la vivienda a la

existentes/usadas

 Escrito de la Subdirección General de Ayudas a la Vivienda del Ministerio de Fomento (Pº de la Castellana, nº 67, de Madrid) por el que se indica

ayuda que les pudiera corresponder por la adquisición de la misma.

la cantidad a devolver en concepto de subsidiación de intereses del préstamo cualificado/convenido y ayudas directas a la entrada, así

Viviendas de Protección Oficial (VPO) de Promoción Pública

como los justificantes de liquidación.

 Certificado definitivo acreditativo de haber amortizado la totalidad de las cantidades adeudadas al Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) en

En el caso de haber obtenido la subvención/Cheque-Vivienda

concepto de precio de la vivienda.

de la Comunidad de Madrid 

Liquidación del Modelo 039 (ingreso de la subvención y de los

intereses), que se le enviará al interesado, una vez presentada la solicitud.

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Venta de Vivienda Protegida

5. Plazos de resolución Para la Autorización de transmisión El plazo de resolución es de 6 meses desde la fecha en que la Solicitud de Autorización de transmisión haya tenido entrada en el Registro del órgano competente para su tramitación. Si transcurre el plazo sin haber recibido notificación con la resolución, la Solicitud de Autorización de transmisión se entenderá desestimada.

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6. Obligaciones ¿Cuál es el precio por el que se ha de vender la vivienda? El precio por el que el propietario pretende transmitir la vivienda no podrá superar el Precio Máximo Legal de Venta vigente en el momento de transmitir la vivienda. Si el promotor o el adquirente hubiesen obtenido ayudas al amparo del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, el precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil en segundas o posteriores transmisiones se calculará aplicando al precio de venta inicial actualizado según la variación del Índice de Precios de Consumo registrado desde la fecha de la primera transmisión hasta la de la segunda o ulterior transmisión de que se trate, un coeficiente que será igual a 1,5.

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7. Anexo Formulario de Autorización de transmisión de Vivienda de Protección Oficial o Viviendas con Protección Pública Para iniciar la tramitación de la Autorización de transmisión de vivienda protegida, es imprescindible acompañar el formulario con la documentación necesaria junto con el Ejemplar para la Administración del modelo 030 de la Tasa 7803, una vez que ésta haya sido abonada. Puede acceder a la descarga del modelo 030 y el formulario Autorización de transmisióna través del siguiente enlace:  Solicitud de Autorización de transmisión de Vivienda de Protección Oficial o Vivienda con Protección Pública Si dispone de Certificado Electrónico reconocido en la Comunidad de Madrid puede realizar el trámite a través del Servicio de Registro Telemático:  Registro Telemático de solicitud de Autorización de transmisión de Vivienda de Protección Oficial o Vivienda con Protección Pública

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Venta de Vivienda Protegida

Formulario de Solicitud de autorización de venta de Vivienda Existente/Usada, o de vivienda adquirida con obtención del Cheque-Vivienda del Decreto 12/2001, de 25 de enero Para iniciar la tramitación de la Solicitud de autorización de venta de Vivienda Existente/Usada, o de vivienda adquirida con obtención del Cheque-Vivienda del Decreto 12/2001, de 25 de enero, es imprescindible acompañar el formulario con la documentación necesaria junto con el Ejemplar para la Administración del modelo 030 de la Tasa 7803, una vez que ésta haya sido abonada. Puede acceder a la descarga del modelo 030 y el formulario Autorización de Venta a través del siguiente enlace:  Solicitud

de

Solicitud

de

autorización

de

venta

de

Vivienda

Existente/Usada, o de vivienda adquirida con obtención del ChequeVivienda (Decreto 12/2001) Si dispone de Certificado Electrónico reconocido en la Comunidad de Madridpuede realizar el trámite a través del Servicio de Registro Telemático:  Registro Telemático de solicitud de Solicitud de autorización de venta de Vivienda Existente/Usada, o de vivienda adquirida con obtención del Cheque-Vivienda

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Venta de Vivienda Protegida

8. Glosario

letraA 

Autorización de transmisión: Resolución de la Consejería competente en materia de vivienda que no caduca, y en virtud de la cual la Administración permite al propietario de una vivienda protegida proceder a su transmisión.

letra C 

Calificación Definitiva: Calificación otorgada por la Consejeríacompetente en materia de vivienda a una promoción de viviendas, por la que se declara su Protección Pública y se establece su régimen legal.



Calificación Provisional: Calificación otorgada por la Consejeríacompetente en materia de vivienda a un proyecto de ejecución de viviendas, con carácter provisional, previo a la terminación de las mismas, momento en que podrá solicitar y, en su caso, obtener, la Calificación Definitiva.



Certificado de Eficiencia energética: Documento que contiene información sobre las características energéticas y la calificación de eficiencia energética de un edificio o de parte del mismo con el fin de que potenciales puedan compradores y arrendatarios puedan comparar y evaluar su eficiencia energética. Tiene una validez de 10 años.

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Venta de Vivienda Protegida

coeficiente que será igual a 1,5

letra E 

Etiqueta de Eficiencia energética: Tarjeta expedida en un modelo



hayan suscrito el convenio correspondiente con el Ministerio competente en

normalizado al obtener el Certificado de Eficiencia Energética y que contiene

materia de viviendaen función a lo dispuesto en el Plan Estatal de Vivienda.

entre otra información la calificación energética obtenida en el certificado,

Se trata de préstamos con características ventajosas a favor de los

incluida en una escala comprendida desde la A (más eficiente) a G (menos

prestatarios, que se conceden a aquellas personas que reúnan los requisitos

eficiente). El propietario deberá mostrar la Etiqueta de Eficiencia Energética

legalmente establecidos.

en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio.

Préstamo Cualificado:Préstamo concedido por Entidades de crédito que



Préstamo Convenido:Préstamo concedido por Entidades de crédito que hayan suscrito el convenio correspondiente con el Ministerio competente en materia de vivienda para la aplicación del Plan Estatal de Vivienda 2005/2008,

letra P

aprobado mediante Real Decreto 801/2005, de 1 de julio. También se refieren 

Precio Máximo Legal de Venta (PMLV):Precio máximo que se establece por

a los préstamos concedidos al amparo del Plan Estatal de Vivienda

metro cuadrado de superficie útil de vivienda para cada uno de los municipios

2009/2012, aprobado mediante Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre.

de la Comunidad de Madrid, mediante Orden de la Consejería competente en materia de vivienda. Fija el valor límite máximo del precio de venta, que nunca podrá ser superado, de viviendas sujetas a regímenes de protección pública. Esta limitación se hará constar, expresamente, en la escritura de compraventa

letra R

o adjudicación. Se establece de manera separada para la vivienda y para el garaje y el trastero. 



Régimen Legal de Protección Pública:Situación especial de protección conferida por la Administración, bajo el que se rige una Vivienda con

No obstante, si el promotor o el adquirente hubiesen obtenido ayudas al amparo del Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, el precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil en segundas o posteriores transmisiones se calculará aplicando al precio de venta inicial actualizado según la variación del Índice de Precios de Consumo registrado desde la fecha de la primera

Protección Pública en lo relativo a sus condiciones de uso, conservación, aprovechamiento y precio máximo. En contraprestación se conceden las ayudas y subvenciones que se determinen para cada caso, siempre que el comprador reúna las características exigidas. Este régimen legal podrá extinguirse por Descalificación.

transmisión hasta la de la segunda o ulterior transmisión de que se trate, un

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