VIERNES 23 DE DICIEMBRE DE 2005 B.O.P. núm. 153 DE LA PROVINCIA DE ZAMORA SE PUBLICA LOS LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES

VIERNES 23 DE DICIEMBRE DE 2005 B.O.P. núm. 153 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA SE PUBLICA LOS LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES ADMINISTRACION:

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VIERNES 23 DE DICIEMBRE DE 2005

B.O.P. núm. 153

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA SE PUBLICA LOS LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES ADMINISTRACION:

Excma. Diputación Provincial de Zamora. Plaza de Viriato, s/n. Teléfono 980 559 300. D.L.: ZA. 1-1958 Imprenta Provincial. Ramos Carrión, 15. Teléfono 980 531 499. http://www.zamoradipu.es/diputacion/diputacion.htm

ADVERTENCIAS.–Los anuncios se enviarán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, a través de su Registro General, correspondiendo la orden de inserción de los mismos al órgano competente de la correspondiente Administración anunciante. Serán de pago anticipado todas las inserciones obligatorias y voluntarias que no estén exceptuadas por disposición legal. La correspondencia administrativa se dirigirá al Administrador del BOLETIN OFICIAL de la provincia. No serán admitidos los documentos escritos por las dos caras y todos aquellos cuya redacción o apariencia dificulten su comprensión.

TARIFA DE SUSCRIPCION (PERIODOS NATURALES)

UN AÑO ………………… 60 euros UN SEMESTRE ………… 35 euros UN TRIMESTRE ………… 20 euros AUTORIZACION FRANQUEO CONCERTADO 49/3

I. Administración del Estado

DIPUTACION PROVINCIAL DE ZAMORA

AVISO A LOS SUSCRIPTORES Se comunica a los suscriptores del BOLETIN OFICIAL de la provincia que no tengan domiciliado el abono en alguna entidad bancaria que la cuota anual correspondiente al año 2006 es la que figura en el recuadro de tarifas de esta misma página, debiendo ser abonado antes del día 15 de enero próximo. El pago del importe de dicha cuota deberán hacerlo por ingreso o transferencia bancaria, a la cuenta de la Diputación en Caja España. Nº de cuenta: 2096/0400/24/3000144604. (Detallando los datos del suscriptor.) Aquellos suscriptores que deseen darse de baja deberán comunicarlo a esta Administración antes del 31 de corriente mes.

Zamora, diciembre de 2005

JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE ZAMORA SANCIONES

Edicto De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente según la disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Contra estas resoluciones que no son firmes en vía administrativa podrá interponerse recurso de alzada dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el BOLETIN OFICIAL o Diario Oficial correspondiente, ante el Director General de Tráfico, excepto cuando se trate de sanciones de cuantía inferior a 60,10 euros recaídas en el ámbito de Comunidades Autónomas que comprendan más de una provincia, en cuyo caso la interposición será ante el Delegado del Gobierno en la Comunidad. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en periodo voluntario dentro de los 15 días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20% de su importe por apremio. Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico. Zamora, 25 de noviembre de 2005.–El Jefe Provincial de Tráfico, Miguel Moreno Sánchez.

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ARTº=Artículo. RDL=Real Decreto Legislativo. RD=Real Decreto. SUSP=Meses de suspensión

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JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE ZAMORA SANCIONES

Edicto De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE número 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indica, instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el BOLETIN OFICIAL de la provincia. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se dictará las oportunas Resoluciones. Zamora, 25 de noviembre de 2005.–El Jefe Provincial de Tráfico, Miguel Moreno Sánchez.

ARTº=Artículo. RDL=Real Decreto Legislativo. RD=Real Decreto. SUSP=Meses de suspensión

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MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION PROVINCIAL DE ZAMORA

Edicto de notificación de la providencia de apremio a deuores no localizados El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto de los sujetos responsables que figuran en la relación adjunta, por deudas a la Seguridad Social cuya cuantía total asciende a la cantidad que asimismo se indica en la citada relación, ha dictado la siguiente providencia de apremio: En uso de la facultad que me confiere el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. 29-6-94) y el artículo 84 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. 25-06-04), ordeno la ejecución contra el patrimonio del deudor. Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor, procede practicar la notificación de la providencia de apremio, conforme prevé el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, mediante la publicación del presente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor y en el Boletín Oficial correspondiente. La presente notificación se publica con el fin de requerir al

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deudor para que efectúe el pago de la deuda en el plazo de quince días naturales siguientes a la presente publicación ante la correspondiente Unidad de Recaudación Ejecutiva, con la advertencia de que en caso contrario se procederá al embargo de los bienes del deudor en cantidad bastante para el pago de la deuda por principal, recargo, intereses en su caso, y costas del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 84 del citado Reglamento General de Recaudación. Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Administración correspondiente dentro del plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, por alguna de las causas señaladas en el artículo 34.3 de la Ley General de la Seguridad Social citada anteriormente, debidamente justificadas, suspendiéndose el procedimiento de apremio hasta la resolución del recurso. Dichas causas son: Pago; prescripción; error material o aritmético en la determinación de la deuda; condonación, aplazamiento de la deuda o suspensión del procedimiento; falta de notificación de la reclamación de la deuda, cuando esta proceda del acta de liquidación o de las resoluciones que las mismas o las autoliquidaciones de cuotas originen. Transcurridos tres meses desde la interposición de recurso de alzada sin que se haya resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/92). Zamora, 20 de diciembre de 2005.–El Jefe de la Unidad de Impugnaciones, José A. Martín Martín.

DIRECCION PROVINCIAL : 49 ZAMORA DIRECCION: AV DE REQUEJO 23 49012 ZAMORA TELEFONO: 980 0559500 FAX: 980 0559555 JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC. JOSE ANTOLIN MARTIN MARTIN RELACION PARA SOLICITAR LA PUBLICACION EN B.O.P. / B.O.C.A. VIA EJECUTIVA REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO REGIMEN 0111 10 0111 10 0111 10 0111 10 0111 10 0111 10 0111 10 0111 10 0111 10 0111 10 0111 10 0111 10 0111 10 0111 10 0111 10 0111 10 0111 10 0111 10

01 REGIMEN GENERAL 49002517921 MEZA, S.L. 49003003123 GONZALEZ BLANCO 49003003123 GONZALEZ BLANCO 49003003123 GONZALEZ BLANCO 49003003123 GONZALEZ BLANCO 49003003123 GONZALEZ BLANCO 49003003123 GONZALEZ BLANCO 49003003123 GONZALEZ BLANCO 49003003123 GONZALEZ BLANCO 49003003123 GONZALEZ BLANCO 49003003123 GONZALEZ BLANCO 49003003123 GONZALEZ BLANCO 49003003123 GONZALEZ BLANCO 49003003123 GONZALEZ BLANCO 49003003123 GONZALEZ BLANCO 49003003123 GONZALEZ BLANCO 49003003123 GONZALEZ BLANCO 49003003123 GONZALEZ BLANCO

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ALDEHUELA-BARRIAD CANDELARIA RUIZ D CANDELARIA RUIZ D CANDELARIA RUIZ D CANDELARIA RUIZ D CANDELARIA RUIZ D CANDELARIA RUIZ D CANDELARIA RUIZ D CANDELARIA RUIZ D CANDELARIA RUIZ D CANDELARIA RUIZ D CANDELARIA RUIZ D CANDELARIA RUIZ D CANDELARIA RUIZ D CANDELARIA RUIZ D CANDELARIA RUIZ D CANDELARIA RUIZ D CANDELARIA RUIZ D

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03 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10

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PERIODO

0405 0303 0503 0403 0703 1103 1003 1103 1203 0803 0104 0603 0903 0204 0304 0504 0404 0304

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IMPORTE

16.311,43 2.697,25 2.697,25 1.240,39 1.267,42 1.740,16 1.267,42 152,89 1.798,17 1.267,42 1.849,07 3.141,92 1.261,52 1.046,40 964,98 924,53 1.670,14 46,20

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REGIMEN 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07

49003525610 49100277527 49100315620 49100643093 49100801125 49100887920 49101042716 49101201855 49101212767 49101363119 49101501949 49101525490 49101573788 49101573788 49101573788 49101573788 49101604003 49101627241 49101712319

GONZALEZ RIO JOSE ANTONI PARDAL LOPEZ JOSE LUIS BUDROLL S.L. EMBUTIDOS CASTA#OS, S.L. CONSTRUCCIONES Y REFORMA JOSE ANTONIO DE LA CALLE CLINICA ALBA Y ALISTE, S NAVA COMUNICACIONES S.L. CALVO ZURRO TOMAS MARCO ARTE DE ZAMORA, S. HIDALGO CASADO M TERESA CONSERVACION Y MANTENIMI CARBAJOSA DELGADO MARIA CARBAJOSA DELGADO MARIA CARBAJOSA DELGADO MARIA CARBAJOSA DELGADO MARIA VILLAR CARRERA JOSE ANTO RESTAURACIxN MERINO FELI AUTOS ZAMOVILES, S.L.

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CL CL PZ CL CL CL CL CL CL AV AV CL CL CL CL CL CL CL CL

24,11 19,39 2.174,45 933,96 14.051,95 178,43 1.708,81 425,18 3.992,60 476,08 1.174,31 273,60 468,99 468,99 468,99 125,06 211,94 388,73 849,96

EL SOL 14 RIO MANZANAS 4 MERCADO 1 REAL CARTAGENA 1 SAN JUAN 30 CONDES DE ALBA Y SAN TORCUATO 25 RONDA RANCHA 12 VICTOR GALLEGO 5 PRINCIPE DE ASTUR MANUEL FERNANDEZ SANTA TERESA 6 SANTA TERESA 6 SANTA TERESA 6 SANTA TERESA 6 CORTES LEONESAS 1 NUEVA DE LA MOTA EL PINAR 8

49717 49002 49003 49627 49600 49800 49007 49014 49600 49009 49012 49025 49013 49013 49013 49013 49600 49600 49023

SAN MIGUEL D 03 49 2001 010895116 0501 0501 ZAMORA 03 49 2002 010435454 0202 0202 ZAMORA 03 49 2005 011177843 0405 0405 CABA AS DE T 02 49 2005 011130252 0305 0305 BENAVENTE 02 49 2005 011183095 0405 0405 TORO 02 49 2005 011184513 0405 0405 ZAMORA 03 49 2005 011187139 0405 0405 ZAMORA 03 49 2005 011190270 0405 0405 BENAVENTE 03 49 2005 011190674 0405 0405 ZAMORA 03 49 2005 011194920 0405 0405 ZAMORA 03 49 2005 011199970 0405 0405 ZAMORA 02 49 2005 010995058 0205 0205 ZAMORA 02 49 2005 011491172 1204 1204 ZAMORA 02 49 2005 011491273 0105 0105 ZAMORA 02 49 2005 011491374 0205 0205 ZAMORA 02 49 2005 011491475 0305 0305 BENAVENTE 03 49 2005 011204014 0405 0405 BENAVENTE 03 49 2005 011204721 0405 0405 ZAMORA 03 49 2005 011207650 0405 0405

05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS 061012763358 ELGHALMI --- HICHAM CL PAPATOS 18 061013192380 GHALMI --- CHERKI CL PAPATOS 18 090036574459 ENCABO GARCIA ORENCIO CL SANTA CLARA 1 090038160209 CASADO CASADO ANDRES PZ DIPUTACIxN 1 090040865495 MU#OZ ELIAS FERMIN CL AVEDILLO 9 151005391513 TAIRI --- MOHAMMED CL CAMPO SAN JUAN 5 251006793502 MAZARIEGOS HERNANDEZ MAR CL SAN ANDRES 32 280210221020 MORENO GUTIERREZ ALFONSO CL TAJADA 8 280292521173 GUTIERREZ GALINDO JESUS CL PRINCIPE DE ASTUR 280351082093 RODRIGUEZ OLEGO FELIPE CL CARRETERA DE BARR 280380616270 ALMEIDA RODRIGUEZ MARIA CL CORTINAS DE SAN M 331002997939 EL MOUSSAOUI --- KASSEM CL DERECHA DE SALAMA 331004327647 EL MOUSSAQUI --- RAHAL CL TRAVESIA 10 360079415637 DALAQUI --- ABDELKADER CL DERECHA DE SALAMA 361001318474 HLIOVA --- AHMED CT VILLALPANDO, KM. 370020887634 BARRUECO PENA JOSE RD SAN TORCUATO 20 371008718346 RAMOS DA SILVA ROSA CL MISERICORDIA 6 380054490029 PEREZ MARTIN OSCAR CL SAN BLAS 9 410155880325 BERNIER SENA ANTONIO JOS CL COSTANILLA 3 411061132129 LORA GORDILLO YASMINA CL CIEGA 431013657162 TAIRI --- MOHAMED CL FUENTECILLA 2 431013657162 TAIRI --- MOHAMED CL FUENTECILLA 2 470033581682 MARTIN CABALLERO ANGEL CL ARRABAL DE SAN PE 471003470882 SAN JOSE MELGAR MONICA CL NUEVA 5 490016331000 ESCUDERO PORTO DOMINGO CL LA ERMITA 6 490016779422 MARTIN HERNANDEZ RICARDO CL PABLO MORILLO 35 490018320308 SANCHEZ MAHIA VIRGILIO AV TRES CRUCES 17 490018321823 PORTOS MERINO MANUEL ANG CL SAN ANDRES 22 490018347081 MISOL SALGADO FRANCISCO PL OLMOS 1 490018347081 MISOL SALGADO FRANCISCO PL OLMOS 1 490018733566 CALVO ZURRO BENJAMIN CL PERU 25 490018893012 VILLAR CARRERA JOSE ANTO CL CORTES LEONESAS 1 490019040835 OLIVEIRA BOYA ANTONIO AV PRINCIPE DE ASTUR 490019210179 GONZALEZ VEGA ANA CL CTRA PALENCIA 7 490019242212 PRIETO ALONSO FERNANDO CL ALBERCA DE CAPUCH 490019342545 ISIDRO GONZALO JOSE CT VILLACASTIN-VIGO 490020119757 PE#A ARTEAGA MACARIO SAN ZZ NO CONSTA 490020276169 FERNANDEZ PEREZ MARIANO PJ SALAMANCA (BAR) 3 490020736315 CARBAJO VILLAR ANDRES CL SANTA CLARA 88

49400 49400 49600 49590 49191 49400 49016 49153 49012 49350 49006 49400 49400 49400 49023 49002 49007 49023 49300 49783 49009 49009 49400 49143 49513 49011 49008 49003 49023 49023 49600 49600 49011 49660 49800 49310 49216 49028 49600

FUENTESAUCO FUENTESAUCO BENAVENTE FRESNO DE LA PELEAS DE AB FUENTESAUCO ZAMORA VENIALBO ZAMORA PUENTE EL ZAMORA FUENTESAUCO FUENTESAUCO FUENTESAUCO ZAMORA ZAMORA ZAMORA ZAMORA PUEBLA DE SA MAIRE DE CAS ZAMORA ZAMORA FUENTESAUCO PIEDRAHITA D CEADEA ZAMORA ZAMORA ZAMORA ZAMORA ZAMORA BENAVENTE BENAVENTE ZAMORA CASTROGONZAL TORO MOMBUEY TORREFRADES ZAMORA BENAVENTE

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49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49

2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005

011250288 011250389 011295051 011250692 011250793 011250995 011251908 011252312 011252413 011296465 011253120 011254433 011254534 011254837 011254938 011255241 011256857 011257261 011297374 011297475 011257665 011257766 011258069 011258372 011261406 011262113 011264234 011264335 011264436 011264537 011300004 011300206 011265345 011300408 011265850 011300610 011266658 011266860 011301721

0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0405 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0405 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505

0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0405 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0405 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505

275,50 275,50 279,61 275,50 279,61 275,50 275,50 275,50 290,75 275,50 275,50 244,99 279,61 248,64 275,50 279,61 279,61 275,50 275,50 214,02 275,50 275,50 275,50 275,50 405,11 279,61 279,61 279,61 279,61 279,61 275,50 279,61 275,50 279,61 275,50 279,61 275,50 275,50 244,99

PAGINA 6

VIERNES 23 DE DICIEMBRE DE 2005

0521 07 REGIMEN 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07

490022107550 ZARZA GONZALEZ VICTOR CL CASTILLA Y LEON 3 05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS 490022247087 GONZALEZ MARTIN JOSE ANG CL CUARTEL VIEJO 4 490022445636 GOMEZ BALLESTEROS JOSE CL CONDE DE FUENTES 490022689752 MU#OZ ALONSO JESUS VENTU AV VICTOR GALLEGO (B 490022728552 AUGUSTO PEREZ MARIA JESU AV OBISPO ACU#A 14 490022739363 DIEZ MARBAN LIBERTO CL FRAY TORIBIO 5 490022982974 GARCIA MARTINEZ UBALDO CL PALENCIA 7 490023021572 PRIETO PASTOR VICENTE CL BUENOS AIRES 3 490023150807 GOMEZ MU#OZ ELISEO CL CHURRUCA 11 490023335814 RODRIGUEZ TEJEDA SALVADO CL ALONSO DE TEJEDA 490023576391 MEZQUITA MEZQUITA BENEDI AV PRINCIPE DE ASTUR 490023584677 ZAMORANO MARTIN JOSE CL CARRETERA ZAMORA 490023594074 BALLESTEROS PEREZ LUIS M CL CARDENAL CISNEROS 490024641270 GONZALEZ CANSECO FELIPE CL CTRA ALCUBILLA 36 490024970868 LOBO GONZALEZ ADRIAN CL LOS MOLINOS 22 490025006436 DOMINGUEZ TAMAME FRANCIS CL CA|IZAL 2 490025023210 TURIEL CARBAJO FRANCISCO CL MIGUEL DE UNAMUNO 490025128694 ROMAN MIRANDA VICTOR M CL BALBORRAZ 58 490025775665 CRESPO LUENGO ANTONIO CL POLIGONO CAMPO AV 491000347046 GARCIA FIGAL RICARDO CL CRUZ REY DON SANC 491001103444 GONZALEZ SALVADOR MARIA CL CTRA ALCUBILLAS 3 491001347560 GUZMAN LOPEZ JOSE ALBERT CR VILLANUEVA 1 491002324836 CABALLERO BANDERA MARIA CL CAPUCHINOS 21 491003065268 SANCHEZ ARAUJO ELENA LAU PS EL MERCADILLO_PZ491003177022 MAZARIEGOS HERNANDEZ FER CL SAN ANDRES 32 491003629181 PEREIRA GARCIA CESAR GUA CT ZAMORA 10 491003841369 VEGA GARCIA MARTA MARIA RD SAN BERNARDO 1 491003997781 NASCIMENTO FAIOES ANTONI CL LA PLATA, 9 491004113575 MEIRINHO MENDES EDUARDO ZZ NO CONSTA 491004159752 CIFUENTES ALONSO RAQUEL CL POZO DE LA NIEVE 491004403363 GONZALEZ DE MENA RAMON AV VICTOR GALLEGO 53 491005087215 DA SILVA LOPES HELDER TI CL CANDELARIA RUIZ A 491005861696 GONCALVES FOLHENTO ALBER CL SAN TORCUATO 8 491006294055 GONCALVES GORGUEIRA ANA CL SANTA CLARA 2 510002747924 DELGADO GARCIA JERONIMO CR CIRCUMBALACION 6

REGIMEN 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07

06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 080260232030 CORTES MAYA RAFAEL 080260232030 CORTES MAYA RAFAEL 080260232030 CORTES MAYA RAFAEL 121011251674 BERNARDO DOS SANTOS PILA 121011251674 BERNARDO DOS SANTOS PILA 121011251674 BERNARDO DOS SANTOS PILA 121011251674 BERNARDO DOS SANTOS PILA 121014160361 AUGUSTO AGUEDA ESTHER 121014160361 AUGUSTO AGUEDA ESTHER 121014160361 AUGUSTO AGUEDA ESTHER 121014160361 AUGUSTO AGUEDA ESTHER 241000419608 COSTA --- ALBINO ANTONIO 281076937483 GONZALEZ GONZALEZ PEDRO 281076937483 GONZALEZ GONZALEZ PEDRO 281137024842 HERRAN MURILLAS LINA MAR 281137024842 HERRAN MURILLAS LINA MAR 281141252123 PARDAL --- NORBERTO AUGU 281155188191 ANTOVA SERAFIMOVA BOCHKA 281155188191 ANTOVA SERAFIMOVA BOCHKA 311012910765 CEPEDA CHEIO MANUEL AFON 311012910765 CEPEDA CHEIO MANUEL AFON 311016006075 DA SILVA TEIXEIRA PAULO

CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL ZZ

GUARDIA CIVIL 4 GUARDIA CIVIL 4 GUARDIA CIVIL 4 LA FRAGURA 11 LA FRAGURA 11 LA FRAGURA 11 LA FRAGURA 11 LA GUAGUA S/N LA GUAGUA S/N LA GUAGUA S/N LA GUAGUA S/N GLORIETA 4 LA PLATA 6 LA PLATA 6 MAGISTRAL DELGADO MAGISTRAL DELGADO LA VEGA 7 RATONES 16 RATONES 16 NO CONSTA NO CONSTA NO CONSTA

B.O.P. núm. 153

49159 VILLARALBO

03 49 2005 011271106 0505 0505

275,50

49004 49002 49004 49017 49600 49600 49690 49030 49018 49012 49800 49004 49600 49400 49028 49022 49001 49530 49004 49600 49600 49800 49003 49001 49123 49600 49002 49500 49001 49009 49016 49003 49001 49150

ZAMORA ZAMORA ZAMORA ZAMORA BENAVENTE BENAVENTE SAN CRISTOBA ZAMORA ZAMORA ZAMORA TORO ZAMORA BENAVENTE FUENTESAUCO ZAMORA ZAMORA ZAMORA CORESES ZAMORA BENAVENTE BENAVENTE TORO ZAMORA ZAMORA BENEGILES BENAVENTE ZAMORA ALCA ICES ZAMORA ZAMORA ZAMORA ZAMORA ZAMORA MORALEJA DEL

03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03

49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49

2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005

011271308 011272015 011272722 011273227 011303943 011304145 011304347 011275146 011275651 011276459 011276560 011276762 011306064 011280095 011280196 011280200 011280806 011283230 011284240 011308791 011309296 011287977 011289795 011290001 011290607 011310512 011290809 011291011 011291112 011291819 011292425 011293738 011294344 011294546

0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505

0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505 0505

275,50 275,50 279,61 275,50 279,61 275,50 275,50 275,50 244,99 275,50 275,50 244,99 275,50 275,50 275,50 275,50 275,50 275,50 275,50 275,50 275,50 275,50 214,02 275,50 275,50 275,50 275,50 275,50 275,50 275,50 275,50 279,61 275,50 279,61

49007 49007 49007 49693 49693 49693 49693 49693 49693 49693 49693 49190 49002 49002 49031 49031 49026 49800 49800 49880 49880 49600

ZAMORA ZAMORA ZAMORA VECILLA DE L VECILLA DE L VECILLA DE L VECILLA DE L VECILLA DE L VECILLA DE L VECILLA DE L VECILLA DE L MORALES DEL ZAMORA ZAMORA ZAMORA ZAMORA ZAMORA TORO TORO PELEAGONZALO PELEAGONZALO BENAVENTE

03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03

49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49

2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005

011494206 011494408 011494509 010512684 010597964 010868251 011026582 010513088 010598368 010868655 011026986 010488537 011004253 011212094 010489547 010573615 010489648 010489749 010573716 010490254 010574221 010514708

0105 1204 0205 1204 0105 0205 0305 1204 0105 0205 0305 1204 0305 0405 1204 0105 1204 1204 0105 1204 0105 1204

0105 1204 0205 1204 0105 0205 0305 1204 0105 0205 0305 1204 0305 0405 1204 0105 1204 1204 0105 1204 0105 1204

82,60 79,03 82,60 79,03 82,60 82,60 82,60 79,03 82,60 82,60 82,60 79,03 82,60 82,60 79,03 82,60 79,03 79,03 82,60 79,03 82,60 79,03

B.O.P. núm. 153 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611

07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07

REGIMEN 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07 0611 07

311016006075 311016006075 311016006075 311016006075 311018611739 311018611739 311018611739 311018611739 311018611739 320034951026 320034951026 320034951026 320034951026 320034951026 330082953776 330082953776 330082953776 330082953776 361021442439 361021442439 371007813418 371007813418 371007813418 371007813418 371010583473 371010583473 371010583473

VIERNES 23 DE DICIEMBRE DE 2005 DA SILVA TEIXEIRA PAULO DA SILVA TEIXEIRA PAULO DA SILVA TEIXEIRA PAULO DA SILVA TEIXEIRA PAULO BARROS FERREIRA CANDIDO BARROS FERREIRA CANDIDO BARROS FERREIRA CANDIDO BARROS FERREIRA CANDIDO BARROS FERREIRA CANDIDO FERREIRA CALVO JOSE FELI FERREIRA CALVO JOSE FELI FERREIRA CALVO JOSE FELI FERREIRA CALVO JOSE FELI FERREIRA CALVO JOSE FELI BLANCO SANCHEZ GIL BLANCO SANCHEZ GIL BLANCO SANCHEZ GIL BLANCO SANCHEZ GIL RAMOS REYES JUAN RAMON RAMOS REYES JUAN RAMON AUGUSTO AGUEDA JOAQUIN AUGUSTO AGUEDA JOAQUIN AUGUSTO AGUEDA JOAQUIN AUGUSTO AGUEDA JOAQUIN ROZALINOVN NIKOLOV BORIS ROZALINOVN NIKOLOV BORIS ROZALINOVN NIKOLOV BORIS

ZZ ZZ ZZ ZZ CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL PZ PZ PZ PZ CL CL CL CL CL CL CL CL CL

NO CONSTA NO CONSTA NO CONSTA NO CONSTA SIN SE#AS SIN SE#AS SIN SE#AS SIN SE#AS SIN SE#AS HUERTAS HUERTAS HUERTAS HUERTAS HUERTAS LA LUNA 2 LA LUNA 2 LA LUNA 2 LA LUNA 2 DEHESA DE DEHESA DE LA FRAGUA LA FRAGUA LA FRAGUA LA FRAGUA MAYALDE 1 MAYALDE 1 MAYALDE 1

49600 49600 49600 49600 49590 49590 49590 49590 49590 49334 49334 49334 49334 49334 49023 49023 49023 49023 RUBIALE 49670 RUBIALE 49670 11 49693 11 49693 11 49693 11 49693 49710 49710 49710

06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 441002865793 ALEMAN QUIZHPE MARCO VIN 441002865793 ALEMAN QUIZHPE MARCO VIN 470028132003 AUGUSTO AGUEDA ANTONIO 470028132003 AUGUSTO AGUEDA ANTONIO 470028132003 AUGUSTO AGUEDA ANTONIO 470028132003 AUGUSTO AGUEDA ANTONIO 470035326672 RODRIGUEZ RODRIGUEZ FELI 471012653449 NAYDENOVA --- ASYA SIMEO 471012653449 NAYDENOVA --- ASYA SIMEO 471012653449 NAYDENOVA --- ASYA SIMEO 471012653449 NAYDENOVA --- ASYA SIMEO 471012653449 NAYDENOVA --- ASYA SIMEO 471016705524 CRESPO CHILLON ALVARO 490018701032 JIMENEZ JIMENEZ ANTONIO 490018701032 JIMENEZ JIMENEZ ANTONIO 490018701032 JIMENEZ JIMENEZ ANTONIO 490018701032 JIMENEZ JIMENEZ ANTONIO 490018701032 JIMENEZ JIMENEZ ANTONIO 490019736710 GOMEZ ROMERO JOSE JULIAN 490019736710 GOMEZ ROMERO JOSE JULIAN 490024263475 RODRIGUEZ RODRIGUEZ LUIS 490024511938 AUGUSTO AGUEDA TEODORO 490024511938 AUGUSTO AGUEDA TEODORO 490024511938 AUGUSTO AGUEDA TEODORO 490024526688 AUGUSTO AGUEDA GASPAR 490024526688 AUGUSTO AGUEDA GASPAR 490024526688 AUGUSTO AGUEDA GASPAR 490024526688 AUGUSTO AGUEDA GASPAR 491000081611 GUILHERME CAVALEIRO URBI 491000081611 GUILHERME CAVALEIRO URBI 491000309155 JOSE PIRES ANTONIO

PZ PZ CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL ZZ ZZ CL

LA COLEGIATA 11 LA COLEGIATA 11 CERVANTES 25 CERVANTES 25 CERVANTES 25 CERVANTES 25 LA REINA 16 NUEVA 2 NUEVA 2 NUEVA 2 NUEVA 2 NUEVA 2 RIOSECO 8 SANTA CRISTINA 3 SANTA CRISTINA 3 SANTA CRISTINA 3 SANTA CRISTINA 3 SANTA CRISTINA 3 LAS ANIMAS LAS ANIMAS GUARDIA CIVIL 2 CERVANTES 25 CERVANTES 25 CERVANTES 25 LAS ERAS 19 LAS ERAS 19 LAS ERAS 19 LAS ERAS 19 FINCA DE ESCORRIE FINCA DE ESCORRIE SAN ISIDRO 39

49800 49800 49600 49600 49600 49600 49004 49698 49698 49698 49698 49698 49800 49600 49600 49600 49600 49600 49540 49540 49007 49600 49600 49600 49693 49693 49693 49693 49670 49670 49159

PAGINA 7

BENAVENTE BENAVENTE BENAVENTE BENAVENTE FRESNO DE LA FRESNO DE LA FRESNO DE LA FRESNO DE LA FRESNO DE LA LITOS LITOS LITOS LITOS LITOS ZAMORA ZAMORA ZAMORA ZAMORA FUENTES DE R FUENTES DE R MORALES DE R MORALES DE R MORALES DE R MORALES DE R CUBO DE TIER CUBO DE TIER CUBO DE TIER

03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03

49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49

2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005

010600186 010870574 011028909 011236851 010490355 010574322 010846629 011004960 011212704 010870675 011029111 011237053 011518454 011518656 010490658 010846831 011005263 011213007 011029414 011237356 010514910 010600388 010870978 011029515 010491567 010847235 011005768

0105 0205 0305 0405 1204 0105 0205 0305 0405 0205 0305 0405 1204 0105 1204 0205 0305 0405 0305 0405 1204 0105 0205 0305 1204 0205 0305

0105 0205 0305 0405 1204 0105 0205 0305 0405 0205 0305 0405 1204 0105 1204 0205 0305 0405 0305 0405 1204 0105 0205 0305 1204 0205 0305

82,60 82,60 82,60 82,60 79,03 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 28,98 82,60 60,59 68,83 82,60 41,29 82,60 82,60 79,03 82,60 82,60 82,60 47,42 82,60 35,80

TORO TORO BENAVENTE BENAVENTE BENAVENTE BENAVENTE ZAMORA BURGANES DE BURGANES DE BURGANES DE BURGANES DE BURGANES DE TORO BENAVENTE BENAVENTE BENAVENTE BENAVENTE BENAVENTE LOSACIO LOSACIO ZAMORA BENAVENTE BENAVENTE BENAVENTE VECILLA DE L VECILLA DE L VECILLA DE L VECILLA DE L FUENTES DE R FUENTES DE R VILLARALBO

03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03

49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49

2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005

010575635 010847740 010515415 010600792 010871281 011029919 011007081 010515617 010600994 010871483 011030121 011238063 011215532 010518748 010603422 010874012 011032646 011240992 010854006 011221087 010501368 010521879 010606957 010876941 010521980 010607058 010877042 011035777 011036989 011244733 010502883

0105 0205 1204 0105 0205 0305 0305 1204 0105 0205 0305 0405 0405 1204 0105 0205 0305 0405 0205 0405 1204 1204 0105 0205 1204 0105 0205 0305 0305 0405 1204

0105 0205 1204 0105 0205 0305 0305 1204 0105 0205 0305 0405 0405 1204 0105 0205 0305 0405 0205 0405 1204 1204 0105 0205 1204 0105 0205 0305 0305 0405 1204

82,60 66,07 79,03 82,60 82,60 82,60 82,60 79,03 82,60 82,60 82,60 82,60 55,07 79,03 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 79,03 47,42 82,60 52,31 79,03 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 79,03

PAGINA 8 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611 0611

07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07 07

REGIMEN 0721 07 0721 07 0721 07 0721 07 0721 07 0721 07

491000309155 491000309155 491000309155 491000309155 491000969967 491000969967 491000969967 491002551067 491002551067 491002551067 491002551067 491004146719 491004146719 491004892104 491005209877 491005209877 491005209877 491005242718 491005242718 491005892618 491005892618 491005991739 491005991739 491006016900 491006016900 491006016900 491006016900 491006016900 491006037209 491006081463 491006122182 491006122182 491006122182 491006122283 491006122283 491006122283 491006122283 491006145222 491006145222 491006145222 491006229488 491006304664 491006304664 491006304664

VIERNES 23 DE DICIEMBRE DE 2005 JOSE PIRES ANTONIO JOSE PIRES ANTONIO JOSE PIRES ANTONIO JOSE PIRES ANTONIO FERNANDEZ ALVAREZ DAVID FERNANDEZ ALVAREZ DAVID FERNANDEZ ALVAREZ DAVID ANGELES RODRIGUEZ JULIA ANGELES RODRIGUEZ JULIA ANGELES RODRIGUEZ JULIA ANGELES RODRIGUEZ JULIA BLANCO ALVAREZ SANTIAGO BLANCO ALVAREZ SANTIAGO BERMUDEZ OSPINA JHON JEN COZMA --- MARIOARA VIORI COZMA --- MARIOARA VIORI COZMA --- MARIOARA VIORI YACINI --- ABDELRHINI YACINI --- ABDELRHINI STOYANOV YORDANOV MITKO STOYANOV YORDANOV MITKO POBORSKYY --- SERGIY POBORSKYY --- SERGIY ALEKSIEV ARSOV MILCHO ALEKSIEV ARSOV MILCHO ALEKSIEV ARSOV MILCHO ALEKSIEV ARSOV MILCHO ALEKSIEV ARSOV MILCHO ROSCA --- GRIGORE EL HALOUI --- TARIK MARINOV GENCHEV EMIL MARINOV GENCHEV EMIL MARINOV GENCHEV EMIL IVAYLO PETROV IVANOV IVAYLO PETROV IVANOV IVAYLO PETROV IVANOV IVAYLO PETROV IVANOV NANKOV --- ILCHO BORISLA NANKOV --- ILCHO BORISLA NANKOV --- ILCHO BORISLA BLAGOEV LEVITKOV LACHEZA KIRILOV ANGELOV KRASIMIR KIRILOV ANGELOV KRASIMIR KIRILOV ANGELOV KRASIMIR

CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL PZ PZ AV CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL CL AV CL CL CL CL CL CL CL CL CT CT CT AV CL CL CL

SAN ISIDRO 39 SAN ISIDRO 39 SAN ISIDRO 39 SAN ISIDRO 39 CLAVEL 2 CLAVEL 2 CLAVEL 2 LA FRAGUA S/N LA FRAGUA S/N LA FRAGUA S/N LA FRAGUA S/N LA LUNA 2 LA LUNA 2 ALLENDE 3 CARDENAL CISNEROS CARDENAL CISNEROS CARDENAL CISNEROS FINCA LOS CANTOS FINCA LOS CANTOS COLON 15 COLON 15 GARRIDO 1 GARRIDO 1 ERAS 4 ERAS 4 ERAS 4 ERAS 4 ERAS 4 SOR ASUNCION ROMO LARGA BAMBA 11 BAMBA 11 BAMBA 11 SAN ISIDRO 11 SAN ISIDRO 11 SAN ISIDRO 11 SAN ISIDRO 11 COLINAS COLINAS COLINAS LUIS RODRIGUEZ DE DEHESA DE FADONC DEHESA DE FADONC DEHESA DE FADONC

49159 49159 49159 49159 49010 49010 49010 49693 49693 49693 49693 49031 49031 49800 49010 49010 49010 49720 49720 49030 49030 49156 49156 49640 49640 49640 49640 49640 49600 49121 49151 49151 49151 49630 49630 49630 49630 49618 49618 49618 49800 49260 49260 49260

VILLARALBO VILLARALBO VILLARALBO VILLARALBO ZAMORA ZAMORA ZAMORA VECILLA DE L VECILLA DE L VECILLA DE L VECILLA DE L ZAMORA ZAMORA TORO ZAMORA ZAMORA ZAMORA PERDIGON EL PERDIGON EL ZAMORA ZAMORA GUARRATE GUARRATE CERECINOS DE CERECINOS DE CERECINOS DE CERECINOS DE CERECINOS DE BENAVENTE MONFARRACINO CASASECA DE CASASECA DE CASASECA DE VILLALPANDO VILLALPANDO VILLALPANDO VILLALPANDO TARDEMEZAR TARDEMEZAR TARDEMEZAR TORO FADON FADON FADON

010587658 010859258 011017690 011225939 010859662 011017993 011226141 010523903 010609179 010879365 011038104 010506018 011228767 011021128 010592207 010863201 011021532 010592510 010863504 010509654 010594429 011024259 011232407 010526024 010611102 010881688 011040427 011247561 011041033 010866635 010866938 011025168 011233518 010611708 010882496 011041336 011248268 010882803 011041639 011248571 010511775 010867746 011025976 011234326

0105 0205 0305 0405 0205 0305 0405 1204 0105 0205 0305 1204 0405 0305 0105 0205 0305 0105 0205 1204 0105 0305 0405 1204 0105 0205 0305 0405 0305 0205 0205 0305 0405 0105 0205 0305 0405 0205 0305 0405 1204 0205 0305 0405

0105 0205 0305 0405 0205 0305 0405 1204 0105 0205 0305 1204 0405 0305 0105 0205 0305 0105 0205 1204 0105 0305 0405 1204 0105 0205 0305 0405 0305 0205 0205 0305 0405 0105 0205 0305 0405 0205 0305 0405 1204 0205 0305 0405

82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 79,03 82,60 82,60 82,60 60,59 82,60 82,60 79,84 82,60 44,05 57,82 71,58 79,03 41,29 82,60 82,60 79,03 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 82,60 79,03 82,60 82,60 82,60

07 REGIMEN ESPECIAL AGRARIO CUENTA PROPIA 490017823988 APARICIO OSORIO ANDRES CL LEOPOLDO ALAS CLA 490017903006 PEREZ FUENTE LAZARO ZZ NO CONSTA 490021161091 CARRETERO PELAYO ATILANO CL PUENTICA 8 490022103510 FERNANDEZ CHAMORRO MARIA CL ESCULTOR BECERRA 490025758689 DOMINGUES MARTINS JOSE ZZ BARRIO BAJO 3 491000510027 DEL RIO PRIETO JUAN JOSE ZZ SIN DIRECCION

49003 49126 49026 49019 49396 49512

ZAMORA 03 49 2005 011219471 VILLALBA DE 03 49 2005 011240891 ZAMORA 03 49 2005 011221794 ZAMORA 03 49 2005 011222909 COBREROS 03 49 2005 011244531 CEADEA 03 49 2005 011226040

0405 0405 0405 0405 0405 0405

0405 0405 0405 0405 0405 0405

176,04 144,26 176,04 144,26 144,26 144,26

03 49 2005 011208559 0405 0405 03 49 2005 011208761 0405 0405

84,26 158,00

08 49 2005 010527741 0503 1203

1.265,53

REGIMEN 12 REGIMEN ESPECIAL EMPLEADOS DEL HOGAR 1211 10 49100989667 MARTIN ALVAREZ PASCUA AN CL SAN ANDRES 43 1211 10 49101333514 TOME ALONSO VICTOR MANUE CL SALAMANCA 45 REGIMEN 23 RECURSOS DIVERSOS 2300 01 071023505B RODRIGO GUERA ASENSIO

49003 ZAMORA 49004 ZAMORA

PLAZA DE SAN AGUST-N 49800 TORO

03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03

B.O.P. núm. 153 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49 49

2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005 2005

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DIRECCION PROVINCIAL : 02 ALBACETE DIRECCION: AV ESPA#A 27 02002 ALBACETE TELEFONO: 967 0598700 FAX: 967 0598794 JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC. FRANCISCO MARTIN LUQUE RELACION PARA SOLICITAR LA PUBLICACION EN B.O.P. / B.O.C.A. VIA EJECUTIVA RELACION REEXPEDIDA DESDE LA TESORERIA: 02 ALBACETE REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO REGIMEN 05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS 0521 07 231001228461 NIETO CANO JUAN MANUEL CL RIO TERA 45

49600 BENAVENTE

CL HOSTAL OVIEDO

49750 SANTOVENIA

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49695 VILLAFERRUE 03 09 2005 011958184 0505 0505

DIRECCION PROVINCIAL : 37 SALAMANCA DIRECCION: PZ DE LOS BANDOS 3 37002 SALAMANCA TELEFONO: 923 0127500 FAX: 923 0127522 JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC. ANTONIO DOMINGUEZ DOMINGUEZ RELACION PARA SOLICITAR LA PUBLICACION EN B.O.P. / B.O.C.A. VIA EJECUTIVA RELACION REEXPEDIDA DESDE LA TESORERIA: 37 SALAMANCA REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL 0111 10 37102165651 ZASA FRANQUICIADOS, S.L. PZ CUARTEL VIEJO 7

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03 47 2005 011083906 1204 1204

DIRECCION PROVINCIAL : 09 BURGOS DIRECCION: CL ANDRES MARTINEZ ZATORRE 15 09002 BURGOS TELEFONO: 947 0259200 FAX: 947 0259214 JEFA SERVICIO TECNICO NOT./IMPG FLORA GALINDO DEL VAL RELACION PARA SOLICITAR LA PUBLICACION EN B.O.P. / B.O.C.A. VIA EJECUTIVA RELACION REEXPEDIDA DESDE LA TESORERIA: 09 BURGOS REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO REGIMEN 05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS 0521 07 490022337522 FERNANDEZ POSADA LUCAS CL IGLESIA 7

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03 02 2005 013964929 0505 0505

DIRECCION PROVINCIAL : 47 VALLADOLID DIRECCION: CL GAMAZO 5 47004 VALLADOLID TELEFONO: 983 0215600 FAX: 983 0215633 SUBDIRECTOR PROVINCIAL RECAUD.EJECUTIVA ISABEL ALONSO CUESTA RELACION PARA SOLICITAR LA PUBLICACION EN B.O.P. / B.O.C.A. VIA EJECUTIVA RELACION REEXPEDIDA DESDE LA TESORERIA: 47 VALLADOLID REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 331028013835 FATATI --- ABDELLWAHED

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49006 ZAMORA

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03 37 2005 011874203 0405 0405

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II. Administración Autonómica JUNTA DE CASTILLA Y LEON CONSEJERIA DE ECONOMIA Y EMPLEO Resolución del Viceconsejero de Economía por la que se otorga autorización administrativa del Parque Eólico “El Hierro”, promovido por Parque Eólico El Hierro, S.L., en los términos municipales de Olmillos de Castro y Santa Eufemia del Barco (Zamora). ANTECEDENTES DE HECHO 1.-Con fecha 24 de septiembre 2001, la empresa GEZA, S.A., solicita al Servicio Territorial de Industria Comercio y Turismo de Zamora la autorización administrativa para el parque eólico "El Hierro".

2.-Cumplido el trámite establecido en el art. 7 del Decreto 189/1997, de 26 de septiembre, por el que se regula el procedimiento para la autorización de las instalaciones de producción de electricidad a partir de la energía eólica, la Dirección General de Industria, Energía y Minas, con fecha 20 de febrero de 2003, resuelve seleccionar el proyecto presentado por la Sociedad Geza, S.A., para el citado parque eólico. 3.-Con fecha 12 de mayo de 2003 GEZA, S.A., solicita continuar con los trámites administrativos del expediente, autorización administrativa y declaración de utilidad pública, presentado con fecha 3 de agosto de 2004 la relación de bienes y derechos afectados. En cumplimiento de lo establecido en la Ley 54/97 del Sector Eléctrico, en el Decreto 189/1997, en su art. 8.2, en el Decreto 209/1995 y en la Ley 11/2003, de Prevención Ambiental de Castilla y León, se sometió el expediente a información pú-

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blica en el BOC y L de fecha 28 septiembre 2004, en el BOLETIN OFICIAL de la provincia de fecha 22 de septiembre de 2004 y en el diario “La Opinión”, de fecha 21 de septiembre de 2004. 4.-Con fecha 2 de marzo de 2005 la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Zamora dicta Resolución por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto de parque eólico "El Hierro". 5.-Durante el trámite administrativo y con fecha 4 de marzo 2005, GEZA, S.A., comunicó el cambio de titular en beneficio de PARQUE EÓLICO EL HIERRO, S.L., para sucesivas resoluciones y autorizaciones. 6.-Por Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de fecha 20 de marzo de 2003, se otorga la "Condición de instalación de producción de energía eléctrica, acogida al Régimen Especial" e inscribir con carácter previo al citado parque, así mismo por resolución de la Dirección General de Energía y Minas de fecha 28 de junio de 2005, se autoriza el cambio de titular a favor de Parque Eólico El Hierro, S.L. 7.-La empresa Parque Eólico El Hierro, S.L., solicita con fecha 19 de septiembre de 2005 la autorización administrativa para una potencia de 22,4 Mw correspondiente a la instalación de 14 aerogeneradores de 1.600 Kw c/u. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1.-La presente Resolución se dicta, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud del Acuerdo de Avocación de fecha 28 de julio de 2005. VISTOS - Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. - Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. - Decreto 189/1997, de 26 de septiembre, por el que se regula el procedimiento para la autorización de las instalaciones de producción de electricidad a partir de la energía eólica. - Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León. - Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones de general aplicación. Vista la propuesta del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Zamora, de fecha 4 de octubre de 2005. RESUELVO AUTORIZAR a la empresa PARQUE EÓLICO EL HIERRO, S.L., el parque eólico denominado "EL HIERRO", cuyas características principales son las siguientes: - 14 aerogeneradores, con una potencia unitaria de l.600 Kw, que suponen una potencia conjunta de 22,4 Mw, instala-

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dos en los términos municipales de Olmillos de Castro y Santa Eufemia del Barco (Zamora). - Línea eléctrica subterránea a 20 KV. de interconexión de 1os aerogeneradores con llegada a Subestación Transformadora 20/220 KV. Conforme a la reglamentación técnica aplicable y con las siguientes condiciones: 1.-A los efectos del art. 128.4 del Real Decreto 1.955/ 2000, de 1 de diciembre, el plazo máximo para la solicitud de la aprobación del Proyecto de Ejecución del parque eólico y sus instalaciones eléctricas asociadas será de tres meses, contados a partir de la presente Resolución. Se producirá la caducidad de la Autorización Administrativa, si transcurrido dicho plazo no se ha solicitado la aprobación del Proyecto de Ejecución. 2.-Las contenidas en la Declaración del Impacto Ambiental, publicada en el B.O.C. y L de fecha 21 de marzo de 2005 y que se incorpora íntegramente a la presente Resolución. Resolución de 2 de marzo de 2005 de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Zamora, por la que se formula la declaracción de impacto ambiental sobre el proyecto de parque eólico “El Hierro”, en Santa Eufemia del Barco y Olmillos de Castro (Zamora), promovido por GEZA, S.A. Expte: E.I.A 04-9-036. En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 39 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de Castilla y León, aprobado por el Decreto 209/1995, de 5 de octubre, se hace pública, para general conocimiento, la Declaración de Impacto Ambiental sobre el Proyecto antes citado y que figura en el Anexo adjunto. Zamora, a 2 de marzo de 2005. El Delegado Territorial. Firmado. Óscar Reguera Acevedo. Anexo que se cita: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL PROYECTO DE PARQUE EÓLICO "EL HIERRO", EN SANTA EUFEMIA DEL BARCO Y OLMILLOS DE CASTRO (ZAMORA), PROMOVIDO POR GEZA, S.A. EXPTE: E.I.A 04-9-036. La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Zamora, en virtud de las atribuciones conferidas por el art. 46.2 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, y por el art. 33 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de Castilla y León, aprobado por el Decreto 209/1995, de 5 de octubre, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para la tramitación y formulación de la Declaración de Impacto Ambiental cuando ésta se refiera a actividades comprendidas en el Anexo IV de la Ley, en el ámbito territorial de dicha provincia. Teniendo en cuenta que la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, relaciona en su Anexo IV como actividades sometidas a evaluación de impacto ambiental, incluyéndose en el supuesto 3.3.b) (Otras Industrias) las industrias que pretendan ubicarse en una localización en la que no hubiera un conjunto de plantas preexistentes y disponga de una potencia total instalada igual o superior a 10.000 KW. Examinada la documentación técnica obrante en el expediente, que consiste en la instalación de un parque eólico que

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consta de 20 aerogeneradores 1.600 KW de potencia unitaria (en el estudio inicial incluían 31 y se eliminaron 11 en el procedimiento de competencia), ubicados en la línea de cumbre de la sierra de El Hierro, ubicada al Sur de la localidad de Losilla de Alba, formado por torres metálicas troncocónicas de 70 m. de altura y 4 m. de diámetro en la base. Rotor de triple pala de 74 m. de diámetro. Potencia total de generación: 32 MW, cableado interconector subterráneo para 690v/20 Kv y subestación de salida a 220 KV con transformador y edificio de control. Línea de evacuación a subestación de Ricobayo, pendiente de unificación con las de otros parques de la zona. Se precisarán unos 3,5 Km. de viales nuevos de 4 m. de anchura, a partir de carretera preexistente que cruza el parque y se construirá en una zona de sensibilidad Baja, Zona de Desarrollo Libre conforme el Dictamen Ambiental al Plan Eólico de Castilla y León. Incluye estudio arqueológico previo, medidas correctoras y Programa de Vigilancia Ambiental. Habida cuenta que de conformidad con lo preceptuado en el art. 51 de la Ley 11/2000, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, y en el art. 17 del Real Decreto 1.131/1988, de 30 de septiembre, Reglamento de ejecución del R.D.L. 1.302/1986, de Evaluación de Impacto Ambiental, el Proyecto fue sometido al correspondiente trámite de información pública, habiéndose publicado el anuncio en el BOC y L, de fecha 28-09-2004, número 188, por parte del órgano sustantivo. Dentro del plazo establecido al efecto se presentó escrito de alegaciones por el siguiente: D. Manuel Prieto Pérez, por la Asociación de Cazadores San Marcos. Se remitieron copia de las alegaciones al promotor por si considerara a la vista de las mismas realizar alguna modificación o completar el Estudio de Impacto Ambiental presentado, remitiendo un anexo valorando y contestando a dichas alegaciones. Los contenidos de las alegaciones de carácter fundamentalmente ambiental han sido analizados, valorados y considerados a la hora de realizar la presente propuesta. La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Zamora, vista la Propuesta de la Comisión Territorial de Prevención Ambiental de Zamora, considerando adecuadamente tramitado el expediente, conforme al procedimiento establecido en la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, formula la siguiente DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 1.-Se determina a los solos efectos ambientales informar favorablemente el desarrollo del proyecto referenciado, siempre y cuando se cumplan las condiciones que se establecen en esta Declaración, sin perjuicio del cumplimiento de otras normas vigentes que pudieran impedir o condicionar su realización. Se recuerda asimismo que la línea de evacuación eléctrica requerirá, por sus características, trámite independiente de E.I.A. 2.-Las medidas preventivas, correctoras y/o compensatorias a efectos ambientales a las que queda sujeta su ejecución y posterior fase de funcionamiento son las siguientes, además de las contempladas en los Estudios de Impacto Ambiental y documentación complementaria en lo que no contradigan a las mismas: a).-La capa vegetal procedente de la apertura de vías o ampliación de las existentes, excavaciones para cimentación de

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los aerogeneradores, aperturas de zanjas y demás movimientos de tierras se retirarán de forma selectiva para poder ser utilizada en la restauración de las áreas degradadas, estacionamientos, conducciones y vertedero de estériles. El trazado de las pistas de acceso, o utilización y acondicionado de las ya existentes, no debe afectar a bosquetes arbolados ni a los elementos vegetales más importantes de la zona. b).-Los estériles procedentes de excavaciones se reutilizarán en primera medida para relleno de viales, terraplenes, etc.; el resto se verterá en zona adecuada, vertederos controlados o escombreras autorizadas, que deberá ser restaurada al término de las obras. c).- Se realizará una gestión adecuada de aceites y residuos de la maquinaria, con entrega a Gestor Autorizado. Los suelos contaminados se retirarán y llevarán a vertedero autorizado. d).-Los sistemas de drenaje, escorrentías, etc., afectados por las obras de infraestructura, remodelación y construcción de accesos u otras, anejas al parque deberán restaurarse o restituirse adecuadamente: En consonancia con lo dicho, los drenajes de las vías de acceso se deberían proyectar con un solo vano o luz, y su base deberá ser el terreno natural, eliminando por tanto el sistema de tubos al atravesar cursos de agua. e).-Los accesos para acopio, excavación, hormigonado e izado de los aerogeneradores y de los apoyos de la línea de interconexión y evacuación de energía deberán restaurarse o restituirse adecuadamente. f).-Para las posibles líneas eléctricas, además de lo previsto en el proyecto de E.I.A. presentado, con el fin de minimizar el riesgo de colisión y electrocución de las aves se adoptarán las siguientes medidas: - Las crucetas o semicrucetas han de estar diseñadas para evitar que las aves se posen sobre los puntos de enganche de las cadenas de aisladores; en este caso la distancia mínima de seguridad (d), se entenderá desde la zona de posada del ave hasta el punto más cercano con corriente. - En las líneas que se construyan con conductores desnudos, a menos que tengan crucetas o apoyos de material aislante, se aplicarán las siguientes prescripciones: Las líneas se construirán con cadenas de aisladores en suspensión y/o amarre, evitándose en la medida de lo posible, la disposición de los mismos en posición horizontal. - Los apoyos con puentes, seccionadores, fusibles, transformadores, de derivación, anclaje, fin de línea, se diseñarán de forma que se evite sobrepasar con elementos en tensión las crucetas o semicrucetas no auxiliares de los apoyos. En cualquier caso, se procederá al aislamiento de los puentes de unión entre los elementos en tensión o cualquier otra medida correctora para evitar la electrocución de las aves. - Se instalarán soportes al tresbolillo o bóveda. En los finales de línea se podrán instalar otros armados. En el caso de bóveda, la distancia entre la cabeza del poste y el conductor central no será inferior a 0,88 m., y siempre que ello sea posible, se tenderá a colocar disuasores de posada cuya eficacia antielectrocución haya sido contrastada. En el caso de tresbolillo, la distancia entre la semicruceta inferior y el conductor superior no será inferior a 1,5 m., y aislado el conductor central en la bóveda 1 m. a cada lado del punto de enganche. - Los diferentes armados han de cumplir las siguientes distancias mínimas de seguridad (d): • Armado tipo canadiense: Cadena en suspensión (d) = 478 mm.; cadena de amarre (d) = 600 mm.

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• Cruceta tipo atirantada: Cadena en suspensión (d) = 600 mm.; cadena de amarre (d) = 1000 mm. • Cruceta tipo plana: Cadena de suspensión (d) = 600 mm.; cadena de amarre (d) = 1000 mm. • Cruceta tipo bóveda: Cadena en suspensión (d) = 600 mm. (cable central aislado 1 m. a cada lado de la zona de protección); cadena de amarre (d) = 1000 mm. (cable central aislado 1 m. a cada lado de la zona de protección). • En el caso de crucetas distintas a las especificadas, la distancia mínima de seguridad (d) aplicable será la que corresponda al tipo más aproximado. - Todos los tendidos eléctricos se construirán con cables de la mayor sección aparente o se proveerán de salvapájaros o señalizadores visuales. Los salvapájaros o señalizadores visuales se colocarán en los cables de tierra o en los conductores si aquellos no existen. Serán de materiales opacos y estarán dispuestos cada 5 m. si el cable de tierra es único o alternadamente cada 10 m. si son dos cables de tierra paralelos o, en su caso, en los conductores, y del tamaño mínimo siguiente: Espirales, 30 cm. de diámetro; tiras en X, 5 x 35 cm. Solo se podrá prescindir de la colocación de salvapájaros en los cables de tierra o conductores cuya sección tenga un diámetro aparente no inferior 20 mm. O cuando lleven adosado un cable de fibra óptica o similar. El Servicio Territorial de Medio Ambiente podrá autorizar la modificación de estas características cuando las condiciones del terreno, el trazado de la línea o las investigaciones que se lleven a cabo en este campo lo justifiquen. La parte superior de las torretas, que sirven de posadero a las aves, quedarán perfectamente aisladas. Dichas torretas deberán dotarse de posaderos. - No se instalarán puentes flojos no aislados por encima de los travesaños y cabeceras de los apoyos, ni sistemas "de farolillo". - No se instalarán seccionadores e interruptores con corte al aire situados en posición horizontal en la cabecera de los apoyos. - Se diseñarán los apoyos con puentes, fusibles, autoválvulas, transformadores y los de derivación, cuando sean necesarios, de forma que se evite que los elementos de tensión sobrepasen la cabecera del apoyo. - Los apoyos de alineación y los de amarre habrán de cumplir las siguientes medidas mínimas accesibles de seguridad: • Entre conductores sin aislar y zona de posada de las aves sobre los travesaños, 0,75 m. • Entre conductores, 1,5 m. - En general se deberán adoptar las siguientes medidas correctoras para reducir el riesgo de electrocución de aves: • Se utilizarán aisladores suspendidos con puentes flojos situados en la parte inferior de la cruceta. • En los puntos de amarre de las crucetas se introducirán aislantes de mayor longitud, en todo caso no inferior al doble de los utilizados en bóveda. • Los apoyos de amarre se instalarán con un mínimo de tres platos aislantes y el resto con dos. • Los herrajes de maniobra deben quedar perfectamente aislados de los cables.

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• Los seccionadores unipolares deberán disponerse por debajo de las crucetas. • Cuando sea necesaria la instalación de transformadores, todas sus zonas de tensión se situarán en plano inferior a la cabeza de apoyo. • En las zonas de grandes planeadoras la densidad de medidas disuasorias en cables, etc., deberán ser mayores. g).-Con el fin de detectar los tramos de las líneas más peligrosas para las aves, se establecerá y ejecutará un muestreo periódico sobre el trazado de las líneas eléctricas, con una zona de afectación aproximada de 100 m. a cada lado del mismo. También se establecerá un seguimiento periódico de las líneas de aerogeneradores con una zona de afección de 100 m. En todos los casos se procederá a la recogida de los restos de las aves halladas, anotándose los lugares donde se encontraron, circunstancias climáticas y otras que pudieran ser de interés. La frecuencia de estos seguimientos será mensual, duplicándose en las épocas migratorias y pre y post nupcial. h).-Los aerogeneradores tendrán un acabado neutro. i).-La subestación deberá ir disimulada y lo más adecuada al medio en el que se ubica, debiendo utilizarse materiales y acabados propios de la zona (piedra, pizarra, etc.). j).-Siempre que sea posible los apoyos se colocarán en bordes de fincas, linderos zonas perdidas. k).-Se garantizará que las obras, movimientos de maquinaria y tierras se reduzcan a los mínimos imprescindibles y se realicen en los momentos en que menores efectos negativos produzcan sobre las personas, los cultivos y la fauna doméstica y salvaje y se repondrá el paisaje a su estado anterior lo más fielmente posible. 1).-Se garantizará la no afección a recursos de agua, superficial o subterránea, por vertidos contaminantes que pudieran producirse accidentalmente durante la fase de construcción. Con este fin se preverán las medidas adecuadas que garanticen un correcto drenaje y recogida de los diversos tipos de sustancias. m).-Para garantizar el desmantelamiento y retirada de los equipos y de toda la infraestructura, incluidas las cimentaciones, al final de su vida útil o cuando el sistema de producción de energía deje de ser operativo o rentable y/o, durante un periodo de dos años, se paralice su funcionamiento o producción, se presentará presupuesto valorado de este coste y se constituirá una garantía para su futura ejecución. n).-Se incorporará al proyecto el coste económico de las medidas correctoras que figuran en el Estudio y en la presente Declaración de Impacto Ambiental. o).-Se dotarán a los viales de acceso al Parque, de sistemas de control bien por barreras, cancelas o elementos similares que impidan la libre circulación a vehículos o a personal ajenos tanto al control y/o mantenimiento del parque eólico como a la administración medioambiental, que serán los únicos que dispondrán de las llaves o sistemas de apertura de los mismos, de los que el promotor dotará también a dicha administración, en este caso el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Zamora y a los Ayuntamientos propietarios de los terrenos, salvo acuerdo de la empresa con estos últimos en sentido contrario en cuanto a las llaves. p).-Vista la situación resultante como un "frente lineal" de aerogeneradores en unos 10 Km., formado entre este Parque y los otros 2 colindantes de "Peñarroldana" y "Montamarta", de-

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berá presentarse previamente a la aprobación final del proyecto un Anexo conjunto que recoja la creación de, al menos, un "corredor" de entre 1 y 2 Km. entre grupos de aerogeneradores, que amortigue el efecto barrera de los parques para la avifauna de grandes rapaces y planeadoras, y que deberá consensuarse con el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Zamora. 5).-Visto el Estudio Arqueológico anexo al estudio del E.I.A., se realizará seguimiento arqueológico por técnico competente durante el proceso de ejecución de la obra civil, con las autorizaciones pertinentes por parte del Servicio Territorial de Cultura conforme las disposiciones vigentes. Asimismo deberán tenerse en cuenta las siguientes prescripciones: • Deberá realizarse un balizado de los elementos etnográficos, previo a cualquier inicio de obra. • Deberá realizarse control y seguimiento de los movimientos de terrenos: Ubicación de los aerogeneradores, zanjas de enlace, ubicación de la subestación, caminos y líneas de evacuación. • Consolidación de los elementos estructurales documentados en la prospección. Estos controles deberá realizarse contando con los permisos correspondientes y dirigidos por técnico competente. Además, si en el transcurso de la ejecución de las obras apareciesen restos históricos arqueológicos o paleontológicos, se paralizarán las obras en la zona afectada, procediendo el promotor a ponerlo en conocimiento del Servicio Territorial de Educación y Cultura de Zamora, que dictará las normas de actuación que procedan. 6).-Todas las labores de tala de árboles, apertura o modificación de viales, restauración y recuperación del medio natural, así como la concreción de las medidas correctoras de esta Declaración de Impacto Ambiental, deberán contar con el asesoramiento e indicaciones técnicas del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Zamora. 7).-En relación con el impacto sonoro se deberán cumplir las condiciones que establece el Decreto 3/1995, de 12 de enero, para las Actividades Clasificadas por sus niveles sonoros y de vibración. 8).-Deberá presentarse cada seis meses desde la fecha de esta declaración un informe sobre el desarrollo del Programa de Vigilancia Ambiental, que incluirá los resultados del seguimiento de aves siniestradas. 9).-El seguimiento y vigilancia del cumplimiento de lo establecido en esta Declaración corresponde a los órganos competentes por razón de la materia facultados para el otorgamiento de la autorización del proyecto, en este caso el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo, sin perjuicio de la alta inspección que tiene atribuida la Consejería de Medio Ambiente como órgano ambiental, que podrá recabar de aquellos información al respecto, así como efectuar las comprobaciones necesarias en orden a verificar el cumplimiento del condicionado ambiental. Se advierte al Ayuntamiento que dado que se trata de obras en suelo no urbanizable, antes de la concesión de la pertinente licencia municipal deberá observar el cumplimiento de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal con ámbito provin-

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cial en cuanto a tramitación y condiciones de las autorizaciones de uso y edificación en tal clase de suelo, así como lo previsto en el art. 25, en relación con el 23, de la Ley 5/99, de Urbanismo de Castilla y León. Zamora, 2 de marzo de 2004. El Delegado Territorial. Firmado: Óscar Reguera Acevedo. 3.-En cumplimiento del apartado 2.m) de la Declaración de Impacto Ambiental, deberá presentarse, presupuesto valorado de desmantelamiento del parque eólico y sus instalaciones eléctricas asociadas y se constituirá una garantía para futura ejecución. - En cumplimiento del apartado 2.n) de la Declaración de Impacto Ambiental se incorporará al proyecto el coste económico de las medidas correctoras que figuran en el estudio y en la declaración de impacto ambiental. - En cumplimiento del apartado 2.p) de la Declaración del Impacto Ambiental deberá presentarse previamente a la aprobación final del proyecto un Anexo conjunto que recoja la creación de, al menos, un "corredor" de entre 1 y 2 Km. entre grupos de aerogeneradores, que amortigue el efecto barrera de los parques para la bifauna de grandes rapaces y planeadoras que deberá consensuarse con el Servicio Territorial de Medio Ambiente. 4.-La instalación de producción que se autoriza, deberá cumplir con la normativa vigente y, en particular, por estar prevista su conexión a la red eléctrica, deberá utilizar una tecnología capaz de cumplir los requisitos establecidos en el apartado 3.1: "Condiciones de intercambio de energía" del P.O. 12.2 (Procedimiento de Operación del Sistema 12.2) regulado mediante Resolución de 11 de febrero de 2005, de la Secretaría General de la Energía, por la que se aprueba un conjunto de procedimientos de carácter técnico e instrumental necesarios para realizar la adecuada gestión técnica del Sistema Eléctrico. Asimismo, y conforme a lo dispuesto en la Resolución de 17 de marzo de 2004, de la Secretaría de Estado de Energía, Desarrollo Industrial y Pequeña y Mediana Empresa, por la que se modifica un conjunto de procedimientos de carácter técnico e instrumental necesarios para realizar la adecuada gestión técnica del Sistema Eléctrico, concretamente en el Punto 7: SCO (Sistema de control de operaciones en tiempo real) del Procedimiento de Operación del Sistema: "Información intercambiada por Red Eléctrica de España P.O. 9"; la instalación de producción que se autoriza, deberá disponer de un despacho de maniobras o estar conectada a un despacho delegado para posibilitar que llegue en tiempo real, a Red Eléctrica de España la información que, relativa a dicha instalación, le sea precisa para operar en el sistema eléctrico. La Resolución se dicta sin perjuicio de que el interesado obtenga cualquier otra autorización, licencia, permiso, contrato o acuerdo que la legislación vigente establezca. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrátiva, cabe interponer Recurso de Alzada, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Empleo, conforme a lo dispuesto en los arts. 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

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Valladolid, 11 de noviembre de 2005.–El Viceconsejero de Economía, Rafael Delgado Núñez.

JUNTA DE CASTILLA Y LEON SERVICIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO DELEGACION TERRITORIAL DE ZAMORA Anuncio relativo al otorgamiento del permiso de investigación para recursos de la Sección C), denominado “Aguilar”, número 1.842, de la provincia de Zamora. El Jefe del Servicio Territorial de Industria Comercio y Turismo de la Junta de Castilla y León en Zamora, hace saber: Que con fecha 2 de noviembre de 2005, ha sido otorgado el permiso de investigación que a continuación se indica, con expresión de su número, nombre, mineral, extensión, términos municipales, titular y domicilio: – Número 1.842. “Aguilar”. 85 cuadrículas mineras. Recursos de la Sección C). Vega de Tera, Calzadilla de Tera, Otero de Bodas, Melgar de Tera y Rionegro del Puente (Zamora). Titular Juan Carlos Tábara Antón; N.I.F. 11.948.530-F. Ctra. Benavente-Ourense, 26, C.P. 49626 Santa Marta de Tera (Zamora). Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78.2 de la Ley de Minas (Ley 22/1973 de 21 de julio), así como en el artículo 101.5 del Reglamento General para el Régimen de la Minería (R.D. 2.857/78, de 25 de agosto). Zamora, 11 de noviembre de 2005.–El Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo, José F. Bahamonde. R-5499

JUNTA DE CASTILLA Y LEON SERVICIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO DELEGACION TERRITORIAL DE ZAMORA Anuncio relativo al otorgamiento del permiso de investigación para recursos de la Sección C), denominado “Jucatán”, número 1.839, de la provincia de Zamora. El Jefe del Servicio Territorial de Industria Comercio y Turismo de la Junta de Castilla y León en Zamora, hace saber:

R-5984

Que con fecha 2 de noviembre de 2005, ha sido otorgado el permiso de investigación que a continuación se indica, con expresión de su número, nombre, mineral, extensión, términos municipales, titular y domicilio: – Número 1.839. “Jucatán”. 96 cuadrículas mineras. Recursos de la Sección C). Vega de Tera, San Pedro de Ceque, Rionegro del Puente y Calzadilla de Tera (Zamora). Titular Juan Carlos Tábara Antón; N.I.F. 11.948.530-F. Ctra. BenaventeOurense, 26, C.P. 49626 Santa Marta de Tera (Zamora). Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78.2 de la Ley de Minas (Ley 22/1973 de 21 de julio), así como en el artículo 101.5 del Reglamento General para el Régimen de la Minería (R.D. 2.857/78, de 25 de agosto). Zamora, 10 de noviembre de 2005.–El Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo, José F. Bahamonde. R-5500

JUNTA DE CASTILLA Y LEON SERVICIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO DELEGACION TERRITORIAL DE ZAMORA Anuncio relativo al otorgamiento del permiso de investigación para recursos de la Sección C), denominado “Arganeo”, número 1.841, de la provincia de Zamora. El Jefe del Servicio Territorial de Industria Comercio y Turismo de la Junta de Castilla y León en Zamora, hace saber: Que con fecha 2 de noviembre de 2005, ha sido otorgado el permiso de investigación que a continuación se indica, con expresión de su número, nombre, mineral, extensión, términos municipales, titular y domicilio: – Número 1.841. “Arganeo”. 100 cuadrículas mineras. Recursos de la Sección C). Quiruelas de Vidriales, Micereces de Tera, Villaveza de Valverde, Friera de Valverde, Burganes de Valverde, Navianos de Valverde y Villanázar (Zamora). Titular Juan Carlos Tábara Antón; N.I.F. 11.948.530-F. Ctra. Bena-

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vente-Ourense, 26, C.P. 49626 Santa Marta de Tera (Zamora). Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78.2 de la Ley de Minas (Ley 22/1973 de 21 de julio), así como en el artículo 101.5 del Reglamento General para el Régimen de la Minería (R.D. 2.857/78, de 25 de agosto). Zamora, 11 de noviembre de 2005.–El Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo, José F. Bahamonde. R-5502

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Avda. de Requejo, 4-3.ª planta, el día 3 de enero de 2006, a las 10:00 horas, para la celebración del acto conciliatorio correspondiente, advirtiéndoles que es única convocatoria y el acto no se suspenderá por falta de asistencia, teniendo a disposición de los interesados en la Oficina de referencia, copia de la papeleta de conciliación. Dado en Zamora, a 16 de diciembre de 2005.–El Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo, Ricardo García De Arriba. R-6010

JUNTA DE CASTILLA Y LEON SERVICIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO DELEGACION TERRITORIAL DE ZAMORA Anuncio relativo al otorgamiento del permiso de investigación para recursos de la Sección C), denominado “Peñalta”, número 1.840, de la provincia de Zamora.

III. Administración Local DIPUTACION PROVINCIAL DE ZAMORA SECCION DE DEPORTES

Anuncio El Jefe del Servicio Territorial de Industria Comercio y Turismo de la Junta de Castilla y León en Zamora, hace saber: Que con fecha 2 de noviembre de 2005, ha sido otorgado el permiso de investigación que a continuación se indica, con expresión de su número, nombre, mineral, extensión, términos municipales, titular y domicilio: – Número 1.840. “Peñalta”. 100 cuadrículas mineras. Recursos de la Sección C). Santa Cristina de la Polvorosa, Milles de la Polvorosa, Burganes de Valverde, Micereces de Tera, Villánazar y Navianos de Valverde (Zamora). Titular Juan Carlos Tábara Antón; N.I.F. 11.948.530-F. Ctra. Benavente-Ourense, 26, C.P. 49626 Santa Marta de Tera (Zamora). Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78.2 de la Ley de Minas (Ley 22/1973 de 21 de julio), así como en el artículo 101.5 del Reglamento General para el Régimen de la Minería (R.D. 2.857/78, de 25 de agosto). Zamora, 11 de noviembre de 2005.–El Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo, José F. Bahamonde. R-5501

JUNTA DE CASTILLA Y LEON OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO DELEGACION TERRITORIAL DE ZAMORA

Cédula de citación Conforme a lo acordado por el Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo de la Junta de Castilla y León en Zamora, en expediente número 637/2005, promovido a instancia de don Carlos Pérez Barros, en reclamación de cantidad, contra la empresa “Sondeos Santarén, S.L.”, los cuales no han podido ser citados por los medios habituales, y cuyo último domicilio lo tuvieron: el reclamante en Logroño (La Rioja), Pza. Las Gaunas, 1, 2.º derecha y la empresa demandada en Zamora, C/ Churruca, 56. Se les cita, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 4, del artículo 59, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. 14-01-99), para que comparezcan en esta Oficina Territorial de Trabajo, sita en

Resolución de la convocatoria de subvenciones a federaciones, clubes y asociaciones deportivas de la provincia para la realización de actividades deportivas durante el ejercicio 2005. La Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial en sesión ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2005 acordó la resolución de la convocatoria pública de concesión de subvenciones aprobada por la Junta de Gobierno en sesión celebrada el 11 de mayo de 2005 y publicada en el BOLETIN OFICIAL de la provincia número 60, de fecha 20 de mayo de 2005. Visto el informe de la Jefa del Negociado de Juventud y Deportes, de fecha 23 de noviembre de 2005, así como el informe de la Comisión de Evaluación en sesión celebrada el día 22 de septiembre de 2005; y no habiéndose tenido en cuenta en el procedimiento otros hechos ni otras alegaciones que las aducidas por los interesados, que según la documentación obrante en el expediente los beneficiarios cumplen todos los requisitos para ser beneficiarios. La Junta de Gobierno, de conformidad con lo expuesto y con la propuesta del Diputado Delegado del Área de Juventud y Deportes, por unanimidad, acuerda: Primero.–Conceder subvenciones para actividades deportivas a Federaciones, Clubes y Asociaciones Deportivas de la provincia, por un importe total de doscientos setenta mil euros (270.000 euros) con cargo a la p.p. 452.489, autorización de gasto número de operación 220040037234, siguientes: DELEGACIONES PROVINCIALES DENOMINACIÓN AERONÁUTICA DE CASTILLA Y LEÓN AUTOMOVILISMO BÁDMINTON BALONCESTO CICLISMO DEPORTES AUTÓCTONOS FÚTBOL GALGOS

IMPORTE 3.100 2.300 1.400 6.550 4.400 2.300 10.450 3.100

B.O.P. núm. 153 JUDO KARATE NATACIÓN PATINAJE PELOTA PESCA PIRAGÜISMO TENIS TIRO CON ARCO TIRO OLÍMPICO VELA TOTALES

VIERNES 23 DE DICIEMBRE DE 2005 2.000 2.200 3.500 1.700 6.300 2.600 6.450 4.400 1.400 4.300 1.400 69.850

CLUB O ASOCIACIÓN CON SEDE SOCIAL EN LA CIUDAD DE ZAMORA DENOMINACIÓN AGRUPACIÓN DEPORTIVA SAN LÁZARO AGRUPACIÓN DEPORTIVA ZAMORA AGRUPACION ORNITOLÓGICA ZAMORANA AMIGOS DEL KARATE ASOCIACION MONTAÑERA ZAMORANA CLUB ARQUEROS ZAMORA CLUB ATLETISMO ZAMORA CLUB BADMINTON 91 CLUB BALONCESTO VIRGEN DE LA CONCHA CLUB BALONMANO ZAMORA CLUB CANOA KAYAK ZAMORA CLUB DE MONTAÑA CIMAS CLUB DE PETANCA VIRIATO CLUB DE TENIS ZAMORA CLUB DE VELA ZAMORA CLUB DEPORTIVO CULT. SAN ATILANO CLUB DEPORTIVO ESCUELA CICLISMO ZAMORA CLUB DEPORTIVO PINILLA CLUB CICLISMO TIO DEL MAZO CLUB DEPORTIVO ZAMARAT CLUB ESCUELA DE GIMNASIA RÍTMICA DE ZAMORA CLUB FÚTBOL SALA ZAMORA CLUB GALGUERO BALTUANA CLUB GALGUERO EL BAHILLO CLUB GALGUERO EL CACHIN CLUB GALGUERO NAPOLI CLUB GALGUERO VIRIATO CLUB GALGUERO ZAMORA CLUB HÍPICA LORD CHANS CLUB NATACIÓN CASTILLA CLUB NÁUTICA DE ZAMORA CLUB PEÑA CICLISTA ZAMORANA CLUB PIRAGÜISMO DUERO CLUB RACING ZAMORA CLUB REGIL DE JUDO CLUB RÍTMICA DUERO CLUB RÍTMICA MAPECCA CLUB SEMURET DEPORTES CLUB TENIS DE MESA ZAMORA CLUB UNION CICLOFISICO ERGON CLUB ZAMORANO DE TIRO OLIMPICO SOCIEDAD DEPORTIVA ZAMORA FÚTBOL FEMENINO U.D.C. SAN LORENZO TOTALES

IMPORTE 1.950 6.300 420 1.200 1.150 1.200 2.250 1.400 2.000 3.750 3.700 790 360 11.100 720 3.300 1.890 1.950 1.650 12.500 900 21.000 360 360 360 360 360 360 360 1.650 660 790 3.830 2.000 790 850 1.280 850 850 790 2.370 4.150 1.400 106.260

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CLUB O ASOCIACIÓN CON SEDE SOCIAL EN LA PROVINCIA DE ZAMORA DENOMINACIÓN AGRUPACIÓN DEPORTIVA EMBALSE DEL ESLA ALISTE CLUB DE FÚTBOL ASOCIACIÓN DEPORTIVA CLUB MOTO VIDRIALES ASOCIACIÓN DEPORTIVA MORALEJA CLUB DE FÚTBOL ASOCIACIÓN DEPORTIVA VIRGEN DE LA VEGA BENAVENTE CLUB DE BALONCESTO CLUB AMIGOS DEL JUDO DE ZAMORA CLUB ANDAVIAS C. F. CLUB ATLÉTICO BENAVENTE CLUB BENAVENTE RINHOS HOCKEY CLUB BICIMONTAÑA LOPENTA CLUB DE FÚTBOL DE VILLAMOR DE LOS ESCUDEROS CLUB DEPORTIVO BENAVENTE ATLETISMO CLUB DEPORTIVO BENAVENTE TENIS CLUB DEPORTIVO BURGANES DE VALVERDE CLUB DEPORTIVO CAMARZANA DE TERA CLUB DEPORTIVO CHAPARRAL FUTBOL CLUB CLUB DEPORTIVO CIUDAD DE TORO CLUB DEPORTIVO CORESES CLUB DEPORTIVO CORRALES CLUB DEPORTIVO ESLA CLUB DEPORTIVO FUENTESPREADAS CLUB DEPORTIVO LAS ERAS DE MORALES DE TORO CLUB DEPORTIVO PELEAS DE ABAJO CLUB DEPORTIVO POZUELO DE VIDRIALES CLUB DEPORTIVO SAN AGUSTÍN CLUB DEPORTIVO SAN CRISTOBAL CLUB DEPORTIVO SAN VICENTE CLUB DEPORTIVO SAN VITERO CLUB DEPORTIVO SANTA CRISTINA CLUB DEPORTIVO SANTA CROYA CLUB DEPORTIVO SAYAGUES CLUB DEPORTIVO VILLA DE LOS ARCOS CLUB DEPORTIVO VILLABRAZARO CLUB DEPORTIVO VILLARALBO CLUB DEPORTIVO VILLAVEZA DE VALVERDE CLUB FLUVIAL DE VILLARALBO CLUB GALGUERO CAMPEADOR CLUB GALGUERO MARA CLUB GALGUERO ARCENILLAS CLUB GALGUERO DUERO CLUB GALGUERO EL VISO CLUB GALGUERO JAMBRINA CLUB GALGUERO V. DE LA HINIESTA CLUB JUEGOS AUTÓCTONOS FRESNODUERO CLUB MORALES DEL VINO C. F. CLUB DE PIRAGUISMO FRESNO DE LA RIBERA FERMOSELLE C.F. RACING CLUB DE MONFARRACINOS SANABRIA CLUB DE FÚTBOL SOCIEDAD DEPORTIVA DE PESCA UNION DEPORTIVA BOVEDANA UNION DEPORTIVA DE TABARA UNION DEPORTIVA TORESANA TOTALES

IMPORTE 600 1.100 1.700 2.250 1.770 3.850 600 1.150 20.000 850 1.250 1.100 850 850 1.100 1.820 670 5.650 1.270 1.270 600 1.270 1.200 1.270 1.270 1.330 1.070 1.100 1.400 2.500 1.270 1.000 1.460 1.150 2.370 550 1.250 360 360 360 360 360 360 360 1.000 2.180 1.700 1.100 2.000 2.150 1.280 2.150 1.150 4.900 93.890

Segundo.–Excluir de la convocatoria las solicitudes por los motivos que se señalan a continuación:

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A) Por no subsanar la falta de documentación dentro del plazo establecido, Base decimocuarta (artículo 71 LPAC). - DELEGACIÓN DE AJEDREZ - DELEGACIÓN SALVAMENTO Y SOCORRISMO - C. D. CAPITÁN DE NAVÍO "FERNÁNDEZ DURO" - ESCUDERÍA ZAMORA - SOCIEDAD CICLISTA ZAMORANA - C. D. NTRA. SRA. DE LA ASUNCIÓN B) Por presentar la solicitud fuera de plazo, Base Duodécima: - DELEGACIÓN DE CAZA - CLUB ATLÉTICO DE ZAMORA - CLUB DE SALVAMENTO DRAGONES DE ZAMORA - ASOCIACIÓN DE VETERANOS DE SANABRIA C. F. - ASPROSUB VIRGEN DE LA VEGA - CLUB CICLISTA BENAVENTANO - CLUB DEPORTIVO FUENTESAÚCO - CLUB VETERANOS C. D. BENAVENTE - MOTO CLUB BENAVENTANO - VENIALBO CLUB DE FÚTBOL Tercero.–Los beneficiarios deberán justificar la subvención concedida en el plazo de tres meses desde la finalización de la actividad subvencionada y en todo caso antes de concluir este ejercicio conforme a los términos y aportando la documentación establecidos en la Base vigesimocuarta de las bases reguladoras de la convocatoria. Estas subvenciones serán abonadas por esta Diputación previa justificación por el beneficiario de la realización de la actividad o proyecto subvencionado. Excepcionalmente podrán concederse pagos a cuenta y pagos anticipados, pudiendo exigirse garantía previa, debiendo tramitarse el correspondiente expediente. No se procederá a su abono a las Entidades que tengan pendiente de justificar alguna subvención concedida por esta Diputación. Cuarto.–Notifíquese esta resolución a los interesados de acuerdo a lo previsto en el artículo 58 de Ley 30/92 y publíquese en el BOLETIN OFICIAL de la provincia de Zamora de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y artículo 13.2 de la Ordenación General de Subvenciones a esta Diputación Provincial. Zamora, 14 de diciembre de 2005.–El Presidente, Fernando Martínez Maíllo. R-6024

AYUNTAMIENTOS ZAMORA Anuncio En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25.2.b) de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se somete a información pública el expediente que se tramita a instancia de don Gerardo Lorenzo Goñi, en solicitud de Autorización de Uso en Suelo Urbanizable No Delimitado para la construcción de vivienda unifamiliar en Ctra. Villalpando, polígono 48, parcela 71.

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Durante el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la última de las publicaciones obligatorias de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la provincia y en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia, el expediente se halla a disposición del público en la Oficina Municipal de Gestión Urbanística, sita en C/ San Torcuato, 5, 1.ª planta, a fin de que quienes se consideren afectados por el expediente puedan examinarlo y deducir, en su caso, las alegaciones u observaciones que tengan por conveniente. En Zamora, a 12 de diciembre de 2005.–El Alcalde. R-6014

ZAMORA Bando El Excmo. Ayuntamiento de Zamora pone en conocimiento de todos los ciudadanos, a fin de recordarles su obligado cumplimiento, la vigencia y aplicación en materia de Inspección Técnica de Construcciones de lo dispuesto en los artículos 315 a 318 y Disposición Transitoria Novena del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por Decreto 22/2004, de 29 de enero, en virtud del cual los propietarios de edificios deben encomendar a técnicos competentes la realización de inspecciones periódicas para determinar su estado de conservación así como las obras que sean precisas para mantener o reponer las condiciones de seguridad y salubridad necesarias. A tal efecto, todos los edificios deben someterse a una primera inspección técnica dentro del año siguiente a aquél en que se oumplan cuarenta años desde su fecha de terminación. Una vez realizada la primera inspección, los edificios deben someterse a una segunda y sucesivas inspecciones dentro del año siguiente a aquel en que se cumplan diez años desde la anterior inspección. Una vez realizada la inspección, los propietarios de los edificios deberán presentar en el Registro General del Ayuntamiento una copia del certificado de la inspección técnica y de su informe anexo dentro del mes siguiente al vencimiento del plazo en que deban realizarla. El Ayuntamiento puede requerir a dichos propietarios la exhibición del último certificado de inspección y de su informe anexo. Si el mismo no se presenta antes de que transcurra el mes siguiente al requerimiento, el Ayuntamiento puede ordenar la práctica de la inspección técnica del edificio, pudiendo realizarla en sustitución y a costa de los propietarios obligados. En relación con los edificios terminados o rehabilitados íntegramente antes del 1 de enero de 1967, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Novena del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, los mismos deberán someterse a la inspección técnica en los plazos señalados en dicha disposición, estableciéndose para los edificios terminados antes del 1 de enero de 1950 y que no hayan sido objeto de rehabilitación integral después de esa fecha que el plazo para realizar la inspección técnica finaliza el 30 de diciembre de 2005, disponiendo, por tanto, los propietarios de dichos edificios hasta el próximo 31 de enero de 2006 para presentar en el Ayuntamiento el certificado técnico. Para cualquier duda que pueda surgir en relación con el

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cumplimiento de lo dispuesto los interesados pueden acudir a la oficina de Gestión Urbanística sita en C/ San Torcuato, n.º 5, 1.ª planta, en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes. Lo que se publica para general conocimiento y cumplimiento. Zamora, 15 de diciembre de 2005.–El Alcalde.

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30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. APERTURA DE PLICAS: En la Casa Consistorial, a las 12 horas del quinto día hábil siguiente al de finalización de proposiciones. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA:

ZAMORA Anuncio Resolución del Excmo. Ayuntamiento de Zamora por la que se anuncia: “Contratación, por concurso en procedimiento abierto, de las obras incluidas en el proyecto de Parque de Huerta de Puerta Nueva - I Fase”. OBJETO: La contratación mediante concurso en procedimiento abierto de la contratación por concurso en procedimiento abierto, de las obras incluidas en el proyecto de Parque de Huerta de Puerta Nueva-I Fase con arreglo al pliego de cláusulas económico-administrativas y de prescripciones técnicas en el que aparecen detalladas las condiciones a que debe ajustarse su contratación, aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno Local celebrada el día 5 de diciembre de 2005. TIPO DE LICITACIÓN: 190.026,93 euros. GARANTÍAS: - La provisional asciende a 3.800,54 euros. - La definitiva será la correspondiente al 4% del precio de adjudicación. Deberán depositarse de conformidad con lo establecido en las cláusulas 9.ª y 14.ª del Pliego que rige la licitación, los artículos 35 y 36 del Texto Refundido de la L.C.A.P., y el artículo 61 del Reglamento General de la L.C.A.P., realizándose los ingresos al Ayuntamiento en las siguientes entidades y cuentas corrientes restringidas, especificando claramente el concepto por el que se hace el ingreso y la persona física o jurídica que lo realiza: - B. B.V.A. (0182-0664-20-0010119596). - CAJA DUERO (2104-0090-52-1100000415). - CAJA ESPAÑA (2096-0404-06-2072231104). - CAJA RURAL (3085-0058-08-1098105826). EXPEDIENTE Y PLIEGO DE CONDICIONES: Se hallan de manifiesto en el Servicio de Contratación del Excmo. Ayuntamiento de Zamora, donde podrán examinarse durante el periodo de presentación de proposiciones y en la Página Web de este Excmo Ayuntamiento (www.ayto-zamora.org). PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: En el Registro del Departamento de Contratación del Excmo. Ayuntamiento de Zamora, sito en la Plaza Mayor, s/n, en horario de 9 a 14 horas, salvo si el plazo finaliza en sábado, en cuyo caso será el día inmediato hábil, en el plazo de veintiséis (26) días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el BOLETIN OFICIAL de la provincia, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley

El abajo firmante don ........................................., mayor de edad, de profesión ................................................., con domicilio a efectos de notificaciones en ..........................................., con D.N.I./N.I.F. n.º ........................., en nombre propio (o en representación de la Sociedad ......................................., con n.º de C.I.F. ......................................, en virtud del poder que acompaño, y cuyo mandato no me ha sido revocado, modificado o restringido hasta el momento), teniendo conocimiento del anunciado publicado por el Excmo. Ayuntamiento de Zamora en el BOLETIN OFICIAL de la provincia n.º .............. de fecha ..............................., por el que se efectúa convocatoria de concurso público para la ejecución de las obras incluidas en el “Proyecto de Parque de Huerta de Puerta Nueva-I Fase”, enterado del pliego de cláusulas administrativas particulares y del de Prescripciones Técnicas, aprobados al efecto y que rigen esta contratación pública, hallándose interesado en la misma, solicita tomar parte en ella, comprometiéndose a realizar la ejecución de las obras objeto de contrato, y hace constar: 1.º–Que cumple todas y cada una de las condiciones exigidas en el pliego de cláusulas administrativas para la adjudicación del contrato, incluido el cumplimiento de las obligaciones sociales, laborales, fiscales y de seguridad e higiene en el trabajo, así como las demás materias a que está obligado legalmente. 2.º–Que acepta plenamente todas y cada una de las cláusulas y condiciones de los pliegos que rigen esta contratación y todas las demás obligaciones que se deriven, si resulta adjudicatario del contrato. 3.º–Que, bajo su responsabilidad, declara no se halla incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o incapacidad previstas en el artículo 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, de 16 de junio de 2000, y en los artículos 159 b) y 178.2 d) de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. 4.º–Que se compromete a la ejecución de las obras incluidas en el “Proyecto de Parque de Huerta de Puerta Nueva-I Fase”, conforme a los Pliegos que rigen esta contratación, y en el caso de que se me adjudique, ofrezco realizar dichas obras en el precio de ............................................... euros (letra y cifras), I.V.A. incluido, y en un plazo de ejecución de ................. meses. Lo que firma a los efectos oportunos en .........................., a ................ de ......................................de 2005.

Fdo.: ..........................................................

Zamora a 15 de diciembre de 2005.–El Alcalde.

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BENAVENTE Edicto AGROPECUARIA ALPINA, S.L. (Exp. 2.291) tiene en trámite solicitud para la obtención de licencia ambiental para el ejercicio de la actividad de VENTA DE PIENSOS, PRODUCTOS ZOOSANITARIOS Y CONSULTORIO VETERINARIO en Cuesta del Portillo de San Andrés, n.ºs 14-16. Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 27.1 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León y demás disposiciones concordantes y complementarias, se somete a información pública el expediente, para que los que pudieran resultar afectados de algún modo por la mencionada actividad que se pretende instalar puedan examinarlo y deducir, en su caso, las alegaciones u observaciones pertinentes, en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a la inserción de este edicto en el BOLETIN OFICIAL de la provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento. El expediente se halla a disposición del público en el Negociado de Obras de este Ayuntamiento. Benavente, 2 de diciembre de 2005.–El Alcalde.

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BENAVENTE Edicto GONZÁLEZ Y GONZÁLEZ BERMAR, S.L. (Exp. 2.414) tiene en trámite solicitud para la obtención de licencia ambiental para el ejercicio de la actividad de ALMACÉN, EXPOSICIÓN Y VENTA DE MATERIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN en polígono industrial Benavente-II, parcelas 2-7. Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 27.1 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León y demás disposiciones concordantes y complementarias, se somete a información pública el expediente, para que los que pudieran resultar afectados de algún modo por la mencionada actividad que se pretende instalar puedan examinarlo y deducir, en su caso, las alegaciones u observaciones pertinentes, en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a la inserción de este edicto en el BOLETIN OFICIAL de la provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento. El expediente se halla a disposición del público en el Negociado de Obras de este Ayuntamiento. Benavente, 30 de noviembre de 2005.–El Alcalde. R-5903

BENAVENTE Edicto Don Antonio García González (Expte. 2412) tiene en trámite solicitud para la obtención de licencia ambiental para el ejercicio de la actividad de ALMACÉN DE ÚTILES Y MAQUINARIA AUXILIAR PARA LA CONSTRUCCIÓN en POLÍGONO INDUSTRIAL BENAVENTE-II, PARCELA 2-12. Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 27.1 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental

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de Castilla y León y demás disposiciones concordantes y complementarias, se somete a información pública el expediente, para que los que pudieran resultar afectados de algún modo por la mencionada actividad que se pretende instalar puedan examinarlo y deducir, en su caso, las alegaciones u observaciones pertinentes, en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a la inserción de este edicto en el BOLETIN OFICIAL de la provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento. El expediente se halla a disposición del público en el Negociado de Obras de este Ayuntamiento. Benavente, 28 de noviembre de 2005.–El Alcalde. R-5826

TORO Anuncio Por GALLEGO, S.C., se ha solicitado licencia municipal ambiental para PROYECTO EXPLOTACION OVINA SEMIINTENSIVA, que será emplazada en polígono 5, parcela 850 de esta ciudad. En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 27 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, se somete a información pública el expediente, a fin de que quienes se consideren afectados por la actividad puedan examinarlo y formular las alegaciones u observaciones que estimen procedentes. El plazo de exposición pública del expediente es de veinte días, contados a partir de la inserción de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la provincia, durante dicho plazo estará a disposición del público en las oficinas de Obras y Urbanismo de este Ayuntamiento (C/ Concepción n.º 3). Toro, a 25 de noviembre de 2005.–El Concejal de Obras y Urbanismo, Fernando Caballero Noguera. R-5760

VILLAVEZA DEL AGUA Anuncio Dando cumplimiento al acuerdo adoptado por esta Corporación, en sesión celebrada el día 17 de noviembre de 2005, en el que se aprobó el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir la adjudicación de la obra de reforma del cementerio municipal, por procedimiento abierto y utilizando como forma de adjudicación el concurso, se expone al público durante el plazo de 8 días hábiles en la Secretaría de esta Corporación, a efectos de reclamaciones, entendiéndose definitivamente aprobado en caso de no presentarse ninguna durante el plazo indicado, sin necesidad de nueva resolución. Simultáneamente se anuncia la licitación, si bien ésta quedará aplazada si se presentaran reclamaciones contra el Pliego, hasta la resolución de las mismas. 1. ENTIDAD ADJUDICADORA. Ayuntamiento de Villaveza del Agua. 2. OBJETO DEL CONTRATO. a) Descripción: Constituye el objeto del contrato la re-

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forma del cementerio de Villaveza del Agua, según la documentación administrativa y técnica aprobada por el Pleno. b) División por lotes: No hay lotes. c) Lugar de ejecución: Cementerio del Ayuntamiento de Villaveza del Agua. d) Plazo de ejecución: Dos meses. 3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma de adjudicación: Concurso. 4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. Importe total 29.989,27 €, I.V.A. incluido.

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SANZOLES DEL VINO Anuncio Aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 25 de noviembre de 2005, el Pliego de Cláusulas administrativas que ha de regir la subasta, por procedimiento abierto y tramitación ordinaria, para la adjudicación del aprovechamiento de parcelas de titularidad municipal. Se expone al público por plazo de ocho días, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la provincia, a fin de que todos los interesados puedan presentar reclamaciones. Simultáneamente se anuncia subasta, si bien la licitación se aplazará cuando resulte necesario, en el supuesto de que se formulen reclamaciones contra el Pliego de Cláusulas.

5. GARANTÍA PROVISIONAL: No se exige. 1.-Entidad Adjudicadora: Ayuntamiento de Sanzoles del Vino. 6. OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN. a) Entidad: Ayuntamiento de Villaveza del Agua. b) Domicilio: C/ Iglesia n.º 1. c) Localidad y código postal: Villaveza del Agua-49760. d) Teléfono y fax: 980-641212. e) Fecha límite de obtención de documentos e información: Hasta el día de finalización del plazo de presentación de ofertas. 7. REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATISTA. a) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: La establecida en el Pliego. 8. PRESENTACIÓN DE OFERTAS. a) Fecha límite de presentación: 26 días naturales, contados desde el siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Zamora, hasta las 14:00 horas. Si el último día coincidiera en viernes o sábado el plazo concluirá el primer lunes hábil siguiente a la misma hora. b) Documentación a presentar: La indicada en el Pliego. c) Lugar de presentación: 1) Entidad: Ayuntamiento de Villaveza del Agua. 2) Domicilio: C/ Iglesia n.º 1. 3) Localidad y código postal: Villaveza del Agua-49760. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Tres meses. 9. APERTURA DE LAS OFERTAS. a) Entidad: Ayuntamiento de Villaveza del Agua. b) Domicilio: C/ Iglesia n.º 1. c) Localidad y código postal: Villaveza del Agua-49760. d) Fecha: Quinto día hábil posterior al de finalización de presentación de ofertas, salvo que dicho día coincidiese en viernes o sábado, en cuyo caso se pospondrá al primer lunes hábil siguiente. e) Hora: 13:00 horas. 11. GASTOS DE ANUNCIOS: Serán por cuenta del adjudicatario. Villaveza del Agua, 30 de noviembre de 2005.–La Alcaldesa. R-5831

2.-Dependencia que tramita el expediente: Secretaría. 3.-Objeto del contrato: Es objeto del contrato la adjudicación del aprovechamientos de las parcelas municipales siguientes: N.º parcela 4 120 121

Polígono 1 1 1

Superficie 6-87-50 1-45-82 0-65-83

4.-Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: Tramitación: Ordinaria. Procedimiento: Abierto. Forma: Subasta. 5.-Tipo de licitación: El tipo de licitación para cada parcela es el siguiente: N.º parcela 4 120 121

Tipo licitación 1.341,37 euros 150,25 euros 72,12 euros

6.-Duración del contrato: 2 años, del 01-01-2006 al 31-12-2007. 7.-Garantías: Provisional: 2% del tipo de licitación. Definitiva: 4% del precio de adjudicación. 8.-Obtención de documentación e información: En la Secretaría del Ayuntamiento de Sanzoles del Vino, en horario de oficina: Lunes, miércoles y viernes, de 9:00 a 14:00 horas. 9.-Plazo y lugar de presentación de proposiciones: En la Secretaría del Ayuntamiento, en horarios de oficina (lunes, miércoles y viernes, de 9:00 a 14:00 horas), en el plazo de veintiséis días naturales contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la provincia. 10.-Documentación a presentar: La recogida en el pliego de cláusulas administrativas que rige el presente aprovechamiento.

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11.-Modelo de proposición: D......................................................, con domicilio a efectos de notificaciones en C/ .........................................., n.º ......., de ......................., y con N.I.F. n.º ....................., en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, actuando en su propio nombre y derecho (o con poder bastante de .............................., con N.I.F. n.º ................., en cuyo nombre y representación comparece), enterado de que por el Ayuntamiento se va a proceder al arrendamiento del aprovechamiento de fincas municipales núms. 4, 120 y 121, de acuerdo con el Pliego de Cláusulas Administrativas que conoce y acepta en su integridad, se compromete a arrendar la finca n.º ............, y a abonar por su aprovechamiento la cantidad de ................................, euros anual (en n.º y letra). En ...............,a ..... de ....................... de ........ Fdo. ................................... 12.-Apertura de proposiciones: En el Salón de Plenos del Ayuntamiento, a las 13:30 horas del tercer día hábil siguiente al de la finalización del plazo señalado para la presentación de ofertas.

FERRERAS DE ARRIBA Anuncio En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales, se hace público el Presupuesto General definitivo de este Ayuntamiento, para el ejercicio de 2005, conforme al siguiente: RESUMEN POR CAPÍTULOS Ingresos Capítulo 1 2 3 4 5 7

13.-Otras informaciones: Serán de cuenta del adjudicatario los gastos de anuncios. Sanzoles del Vino, a 30 de noviembre de 2005.–El Alcalde. R-5832

MICERECES DE TERA Anuncio No habiéndose formulado reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial de Modificación de Créditos, Suplemento de Créditos 2/05, dentro del presupuesto vigente el mismo se eleva a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 169.3 y 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ofreciendo el siguiente resumen a nivel de capítulos.

Capítulos Cap. I Gastos de personal Cap. II Gastos bienes corrientes y serv. Cap. III Gastos financieros Cap. IV Transferencias corrientes Cap. VI Inversiones reales Cap. VII Transferencias de capital Cap. IX Pasivos financieros TOTAL

Consignación Aumentos Consignación anterior final 114.712,00 € 114.712,00 € 85.928,54 € 85.928,54 € 900,00 € 900,00 € 24.943,54 € 24.943,54 € 59.036,95 € 2.377,62 € 61.414,57 € 16.500,00 € 11.550,00 € 28.050,00 € 4.635,00 € 4.635,00 € 306.656,03 € 13.927,62 € 320.583,65 €

Procedencia de los fondos: De remanente de Tesorería, superávit del ejercicio anterior: 13.927,62 €. Micereces de Tera, 2 de diciembre de 2005.–El Alcalde. R-6009

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Euros A) OPERACIONES CORRIENTES Impuestos directos Impuestos indirectos Tasas y otros ingresos Transferencias corrientes Ingresos patrimoniales

20.700,00 0,00 24.461,97 62.000,00 95.246,69

B) OPERACIONES DE CAPITAL Transferencias de capital Total ingresos

26.858,50 229.267,16

Gastos Capítulo 1 2 3 4 6 7

Euros A) OPERACIONES CORRIENTES Gastos en personal Gastos en bienes corrientes y servicios Gastos financieros Transferencias corrientes B) OPERACIONES DE CAPITAL Inversiones reales Transferencias de capital Total gastos

53.616,01 59.937,65 600,00 20.500,10 65.613,40 29.000,00 229.267,16

De conformidad con lo dispuesto en en el art. 127 del R.D. Legislativo 781/86, asimismo se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento: Personal funcionario. Número de plazas: 1. Denominación: Secretario-Interventor. Agrupada con el Ayuntamiento de Otero de Bodas. Provista en propiedad. Personal laboral. Número de plazas: 1. Denominación: Operario Servicios Múltiples. Contrato temporal. Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal correspondiente de la Comunidad Autónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso. Ferreras de Arriba, diciembre de 2005.–El Alcalde. R-6005

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MORALES DEL VINO Anuncio Siendo definitivo el acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento de fecha treinta de septiembre de dos mil cinco, por el que se aprueba la ordenanza reguladora de la tasa por derechos fijos de examen para la provisión de puestos de trabajo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica el texto íntegro de la referida ordenanza. Contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la provincia, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen pertinente. ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR DERECHOS FIJOS DE EXAMEN PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO En uso de las facultades atribuidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, y por los artículos 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19, 20 y 57 del Real Decreto Ley 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Morales del Vino establece la Tasa por Derechos de Examen, que se regulará por lo establecido en la presente ordenanza. Artículo 1.º-Hecho imponible. Constituye el hecho imponible de la tasa, que origina el nacimiento de la obligación tributaria, la prestación de servicios o la realización de actividades tanto técnicas como administrativas por parte del Ayuntamiento de Morales del Vino, consistentes en la admisión o inadmisión para participar en las convocatorias realizadas por esta Entidad Local para la selección de personal destinado a ocupar plazas de funcionarios de carrera, o plazas de personal laboral fijo, de las contenidas en la plantilla de este Ayuntamiento, cuyo sistema de selección no sea el de libre designación, y en la realización de todas las actuaciones necesarias para la resolución de las mencionadas convocatorias. Artículo 2.º-Sujeto pasivo. Lo serán en concepto de contribuyentes las personas físicas que soliciten ser admitidas en las convocatorias indicadas en el artículo 1.º realizadas por el Ayuntamiento de Morales del Vino. Artículo 3.º-Base imponible. Se tomará como base imponible del presente tributo la unidad de solicitud para ser admitido en las convocatorias descritas en el artículo 1.º que tramitado por esta Entidad Local constituya un hecho imponible sujeto y no exento, de los contenidos en esta Ordenanza.

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Artículo 4.º-Cuota tributaria. Consistirá en una cantidad fija en euros a aplicar sobre la base imponible, según se desprende de la tarifa que se desarrolla a continuación en este artículo. La tarifa ya indicada varía en función del Grupo, de los contenidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, en el que se encuentra encuadrada la plaza, o de la titulación académica exigida, y ello referido a la convocatoria, de las referidas en el artículo 1.º, en la que se solicita participar: - Plazas pertenecientes a los Grupos A y B, o plazas para las que se exija estar en posesión del título de licenciado o de diplomado universitario, o título equivalente, 12,00 euros. - Plazas pertenecientes a los Grupos C, D y E, o plazas para las que se exija estar en posesión del título de bachiller, del de graduado escolar o del certificado de escolaridad, o título equivalente, 6,00 euros. Artículo 5.º-Devengo. Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir, desde el momento en el que se inicie la actividad de la Administración que constituye el hecho imponible. A estos efectos, se entenderá iniciada dicha actividad en la fecha de presentación de la solicitud para ser admitido en las convocatorias a las que se hace referencia en el artículo 1.º. Artículo 6.º-Regímenes de liquidación. El tributo se exigirá en régimen de autoliquidación que el solicitante deberá ingresar según la forma establecida en la convocatoria en la que solicita participar. Disposición final. La presente ordenanza, que consta de 6 artículos y una disposición final, entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su texto íntegro en el BOLETIN OFICIAL de la provincia, de conformidad con lo establecido en el artículo 107 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa. Morales del Vino, a 12 de diciembre de 2005.–El AlcaldePresidente. R-5974

TORREGAMONES Anuncio Por parte del peticionario don Manuel Angel Villar de San Antonio, ha sido solicitada autorización de uso excepcional de suelo no urbanizable para construcción de “Explotación de ovino de leche” en Torregamones, en la parcela 140, del polígono 20, del término de Torregamones. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25.2.b) de la Ley 5/99, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y el artículo 306, artículo 307 y siguientes del Decreto 22/2004 de 29 de enero por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, se somete el expediente para autorización de uso excepcional de suelo no urbanizable a información pública en la Secretaría de este Ayuntamiento durante el plazo de

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veinte días, a partir de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la provincia, al objeto de ser examinado por los interesados e interponer en su caso las reclamaciones o alegaciones que se consideren oportunas. Torregamones, 21 de diciembre de 2005.–El Alcalde. R-6039

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Personal laboral. - Puesto: 1. Alguacil. Grupo E. Cubierto. - Puesto 2. Trabajadoras del servicio de limpieza C.R.A. Cubiertas. - Puesto: 1. Administrativo. Cubierto. Personal eventual. - Puesto: 6. Peones, 4. Oficial, 1. Auxiliar administrativo, 1.

VILLARRIN DE CAMPOS Anuncio En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales, se hace público el Presupuesto General definitivo de este Ayuntamiento, para el ejercicio de 2005, conforme al siguiente:

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V. Anuncios particulares

Ingresos

COMUNIDAD DE REGANTES CANAL SAN FRONTIS Euros

Convocatoria

A) OPERACIONES CORRIENTES Impuestos directos Impuestos indirectos Tasas y otros ingresos Transferencias corrientes Ingresos patrimoniales

58.500,00 0,00 50.700,00 85.500,00 20.500,00

Se convoca a todos los partícipes de la Comunidad de Regantes del Canal San Frontis a Junta General Ordinaria que tendrá lugar, el domingo, día 18 de diciembre de 2005, a las 10:00 horas en primera convocatoria y, a falta de quórum, a las 10Ç00 horas del día 8 de enero de 2006, en segunda convocatoria, en el Salón de Actos de Caja España (sucursal de San Torcuato), calle San Torcuato, n.º 19, con arreglo al siguiente

B) OPERACIONES DE CAPITAL Enajenación de inversiones reales Transferencias de capital Total ingresos

37.600,00 227.270,00 480.070,00

Gastos Capítulo 1 2 3 4 6 7 9

Villarrín de Campos, a 2 de diciembre de 2005.–El Alcalde. R-5981

RESUMEN POR CAPÍTULOS

Capítulo 1 2 3 4 5

Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal correspondiente de la Comunidad Autónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.

Euros A) OPERACIONES CORRIENTES Gastos en personal Gastos en bienes corrientes y servicios Gastos financieros Transferencias corrientes

75.000,00 101.900,00 4.000,00 20.400,00

B) OPERACIONES DE CAPITAL Inversiones reales Transferencias de capital Pasivos financieros Total gastos

240.270,00 28.000,00 10.500,00 480.070,00

ORDEN DEL DIA 1.º–Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior. 2.º–Memoria semestral presentada por el sindicato con referencia especial al estado actual de las obras de modernización del canal. 3.º–Presentación y aprobación, si procede, de los presupuestos ordinarios de ingresos y gastos para el año 2006. 4.º–Presentación y aprobación, si procede, de los presupuesto de extraordinarios por la modernización para el año 2006. 5.º–Solicitudes de incorporación de nuevos partícipes. 6.º–Asuntos de trámite e información. 7.º–Ruegos y preguntas. El Presidente, Celedonio Martín Rosón.

R-5701

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del R.D. legislativo 781/86, de 18 de abril, asimismo se publica seguidamente la plantilla de personal de este Ayuntamiento: Personal funcionario. – Secretaría-Inteervención. Grupo A. Agrupada con los municipios de San Esteeban del Molar y Cerecinos de Campos. Vacante.

IMPRENTA PROVINCIAL-ZAMORA

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