Violaciones de derechos humanos de campesinos/as
Violaciones de derechos humanos a campesinos y campesinas Informe de casos y pautas de violación 2004
FIAN: Por el derecho a alimentarse
La Via Campesina: Por el derecho a producir y la soberanía alimentara
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Violaciones de derechos humanos de campesinos/as
Í ndice:
1. Introducción.....................................................................................................3 2. Violación de los derechos de los campesinos y las campesinas: una primera aproximación..........................................................................................5 2.1 Contexto: marginación rural y los más pobres del mundo: campesinos y campesinas. 5 2.2. Violaciones y problemas endémicos de los derechos económicos, sociales y culturales ................................................................................................................................ 6 2.3. Violaciones y problemas endémicos de los derechos civiles y políticos................... 10
3. Ejemplos de casos ......................................................................................... 11 3.1 Selección de casos de la Red de Emergencia de la Campaña Global para la Reforma Agraria en 2003 .................................................................................................................... 11 3.2 Selección de casos de La Vía Campesina y la red de FIAN .......................................... 18
4.
Ejemplos de países ..................................................................................... 20 4.1 Brasil.............................................................................................................................. 20 4.2 Colombia ....................................................................................................................... 24 4.3. Indonesia ....................................................................................................................... 30 4.4 Sudáfrica......................................................................................................................... 34
5.
Resumen..................................................................................................... 37 5.1. Por una resolución de la Comisión de Derechos Humanos sobre derechos de los campesinos y las campesinas............................................................................................... 39 5.2. Por una convención sobre derechos de los campesinos y las campesinas .................. 39
Pie de imprenta Editores: FIAN Internacional & La Vía Campesina Diseño gráfico: Judith Seemann, Heidelberg Impresión: Madrid, España Editores responsables: Michael Windfuhr, Sofía Monsalve, Wilma Strothenke Versión española elaborada en cooperación con FIAN España y Esther Rey Losada Junio de 2004
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Violaciones de derechos humanos de campesinos/as
Introducción
1. Introducción Este documento ha sido elaborado por La Vía Campesina y FIAN Internacional. La Vía Campesina es una red mundial de organizaciones campesinas, comunidades indígenas y movimientos de campesinos/as sin tierra. FIAN es una organización internacional de derechos humanos dedicada al derecho a una alimentación adecuada. El objetivo de este informe es llamar la atención sobre los problemas de derechos humanos sufridos por un grupo concreto de víctimas. A menudo, este grupo no es considerado como grupo de víctimas, en parte, por que se trata de un gran número de personas. Sin embargo, los/as campesinos/as de todo el mundo, especialmente los/as pequeños/as propietarios/as, se enfrentan a violaciones reiterativas y sistemáticas de diferentes derechos humanos. Este documento no se centra en el análisis de uno de los conjuntos de derechos humanos, ya sea el conjunto de los derechos civiles y políticos o de los económicos, sociales y culturales. Una característica de las violaciones de los derechos de los/as campesinos/as es que, a menudo, la violación de los derechos de uno de los dos conjuntos está estrechamente ligada a la violación de los derechos del otro, lo que demuestra la interdependencia e interrelación entre los distintos derechos humanos. En muchos países, los/as pequeños/as campesinos/as luchan para mejorar sus condiciones de vida; en muchos casos, éstos/as son perseguidos/as por razones políticas. Por un lado, las violaciones sistemáticas de los derechos de los/as campesinos/as se producen en países con guerras civiles o graves conflictos armados -que a menudo tienen lugar en las zonas rurales–. Por otro lado, las violaciones también se cometen en países sin guerras, en los que se implantan de manera sistemática una serie de políticas que perjudican a las zonas rurales. Este informe es la primera edición de una publicación anual regular. La gravedad de las violaciones de los derechos humanos en las zonas rurales hace necesaria la elaboración de un informe periódico sobre las violaciones de los derechos de los campesinos y las campesinas. Comienza con una sección que trata de sistematizar las formas de violaciones de derechos humanos a las que los campesinos y las campesinas tienen que hacer frente. En sección tercera, se ilustran casos para explicar y llamar la atención sobre las formas más habituales en que estas violaciones se cometen. En la sección cuarta se abordan las violaciones de los derechos de los campesinos y las campesinas a través de cuatro casos de países, todos ellos caracterizados por una gran desigualdad en el acceso a los recursos productivos, así como por conflictos relacionados con la tierra (Brasil, Indonesia y Sudáfrica). Uno de los casos está marcado además por un serio conflicto armado (Colombia). El documento termina con una sección recopilatoria, que también incluye propuestas para un mejor reconocimiento y trato de estos tipos de violaciones de los derechos humanos en el marco del sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas. La situación de las comunidades rurales constituye rara vez el centro de atención de los debates sobre derechos humanos. Si bien el sistema de derechos humanos de la ONU está tratando las violaciones sistemáticas de los derechos humanos de ciertos grupos vulnerables que viven en zonas rurales –como las comunidades indígenas–, el análisis de los problemas de los/as pequeños/as campesinos/as requiere un mayor reconocimiento y un mejor trato dentro del sistema de derechos humanos de la ONU. Existen al menos tres razones por las que los problemas habituales de los campesinos y las campesinas aún no han recibido la atención debida. La primera (1) es que afectan a un gran número de personas que vive en las zonas rurales de todo el mundo, y lo más común y fácil en el debate de los derechos humanos es afrontar los problemas de las minorías. (2) Para comprender en profundidad la complejidad de los problemas de los derechos humanos de los campesinos y las campesinas, es importante tener un buen conocimiento de las violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales. Sólo existen
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Violaciones de derechos humanos de campesinos/as
Introducción
unas pocas organizaciones internacionales que han trabajado de forma continuada el tema de las violaciones de los derechos del campesinado. FIAN Internacional documenta casos de violaciones de los derechos humanos de los campesinos y las campesinas en el sistema de la ONU desde mediados de los 80. Además, debido al hecho de que una adecuada comprensión de los derechos económicos, sociales y culturales es algo todavía bastante novedoso (la Observación general n.º 12 sobre el derecho a una alimentación adecuada data de 1999), no debe sorprendernos que todavía muchas violaciones de los derechos de los campesinos y las campesinas no reciban el reconocimiento y trato adecuados. (3) La mayor articulación de las organizaciones de pequeños/as campesinos/as y de los/as campesinos/as sin tierra, que ha dado forma a movimientos tales como La Vía Campesina, es un factor importante para hacer un mayor hincapié en las violaciones de los derechos humanos de un grupo tan numeroso de personas. En mucho países los/as pequeños/as campesinos/as tienen que hacer frente a una gran marginación cultural, social y económica. Según datos recientes del grupo de trabajo del PNUD para el Proyecto de Objetivos de Desarrollo del Milenio, el 50% de las personas que sufren hambre y desnutrición en el mundo son pequeños/as campesinos/as; el 22% son trabajadores y trabajadoras sin tierra y trabajadores/as rurales. La marginación se pone de manifiesto en la falta de acceso a los recursos productivos, tales como agua, tierra, créditos, servicios de extensión agraria, pero también por el hecho de que un número cada vez mayor de pequeños/as campesinos/as son expulsados/as a tierras marginales, a colinas, a zonas propensas a la sequía, etc. La marginación física y económica a menudo va unida a la marginación política. No es fácil para una organización campesina exigir participación política y acceso a los mecanismos de toma de decisiones. El ambiente político general contribuye a acentuar una tendencia que empeora la situación de los/as pequeños/as campesinos/as. En la mayoría de los países, según datos de la FAO, la asignación presupuestaria para las políticas de desarrollo rural está disminuyendo en general. Tanto en las asignaciones presupuestarias como en las políticas generales, los/as pequeños/as campesinos/as no reciben atención alguna. Por tanto, los Estados son cada vez menos capaces y muestran un menor interés en cumplir sus obligaciones de derechos humanos para con este grupo. El problema se ve agravado por las agendas en materia de política económica, que fomentan el establecimiento de grandes empresas productoras, así como la competencia de mercado. En muchas ocasiones, la ayuda a los/as pequeños/as campesinos/as adopta la forma de un subsidio, para evitar acometer el cambio estructural necesario. No obstante, dicho cambio estructural beneficiaría a más de 2000 millones de pequeños/as campesinos/as en todo el mundo. Se necesitan políticas que apoyen y reconozcan las necesidades de los/as pequeños/as campesinos/as, para reducir la pobreza y el hambre, para acabar con la violación del derecho a una alimentación adecuada. Este documento es la primera versión de un nuevo dossier periódico, que documenta casos típicos de violaciones de los derechos de los/as pequeños/as campesinos/as. El propósito de esta metodología de casos es proporcionar unos conocimientos que sirvan de base para aprender más sobre el verdadero alcance de estos problemas. El informe sobre la violación de los derechos de los/as campesinos/as se convertirá en una publicación anual que se presentará todos los años frente a la Comisión de Derechos Humanos. Con estas documentaciones anuales sobre las violaciones de los derechos humanos de los campesinos y las campesinas, La Vía Campesina y FIAN Internacional querrían provocar una respuesta adecuada del sistema de Derechos Humanos de la ONU. Ambas organizaciones proponen una iniciativa concreta para el establecimiento de nuevos mecanismos/instrumentos en el sistema de las Naciones Unidas: Habrá una resolución anual de la Comisión de Derechos FIAN/ La Via Campesina
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Introducción
Humanos sobre los derechos de los campesinos y las campesinas. Además, La Via Campesina está reflexionando sobre el desarrollo de una Convención sobre los derechos de los campesinos y las campesinas, que se podría adaptar durante los próximos años. Esperamos que la información que se proporciona en este documento resulte útil al lector. Asimismo, esperamos que permita entender mejor los problemas de derechos humanos a los que los campesinos y las campesinas se enfrentan hoy en día, y que contribuya al desarrollo de mecanismos de respuesta adecuados, como se indica anteriormente.
2.
Violación de los derechos de los campesinos y las campesinas: una primera aproximación
2.1
Contexto: marginación rural y los más pobres del mundo: campesinos y campesinas
Tras la Cumbre Mundial sobre la Alimentación, hubo un pequeño avance en la reducción del número de personas que sufren hambre en el mundo, y se esperaba que esta tendencia pudiera aun aumentar. Desgraciadamente, las últimas cifras ofrecidas por la FAO a este respecto demuestran que la tendencia es la contraria: se ha ralentizado el proceso de reducción del hambre en los países en vías de desarrollo y, de hecho, está aumentado el número de personas con hambre en la mayor parte del mundo. Las últimas estimaciones a nivel mundial indican que 842 millones de personas sufren hambre crónica, lo que equivale a una séptima parte de la población. Millones de personas, entre ellas 6 millones de niños y niñas de menos de cinco años, mueren de hambre cada año. La mayoría de estas víctimas del hambre viven en el Sur de Asia y en el África Subsahariana. Aparte de conocer las cifras de personas que sufren hambre y desnutrición, es importante identificar los grupos sociales más afectados por el hambre en los distintos países. Las cifras más recientes proporcionadas por el grupo de trabajo sobre el Hambre de la ONU apuntan que cerca del 80 % de la población mundial que padece hambre vive en zonas rurales. La mayoría de las personas que sufren hambre o desnutrición son pequeños/as campesinos/as, que dependen amplia o parcialmente de la agricultura para su sustento. De hecho, la mitad de las personas que sufren hambre son pequeños propietarios privados de un acceso adecuado a los recursos productivos, como tierra, agua, créditos y semillas. De estos/as campesinos/as, dos tercios viven en tierras marginales y bajo condiciones medioambientales difíciles: en colinas o zonas amenazadas por sequías u otras catástrofes naturales como inundaciones y corrimientos de tierras. Asimismo está creciendo el número de campesinos y campesinas que viven y trabajan en zonas remotas y con riesgos medioambientales. Adicionalmente, el 22% de los que padecen hambre y desnutrición son familias de campesinos sin tierra que a menudo sobreviven con los ingresos obtenidos en condiciones de trabajo precarias como trabajadores/as sin tierra. Otro 8% se localiza en comunidades rurales que se dedican a la pesca, caza o recolección. Una lección fundamental que se aprende de la breve tipología presentada es que el hambre y la desnutrición afecta a grupos que geográfica y políticamente están marginados y que viven en áreas remotas. Así pues, luchar contra el hambre y la desnutrición requiere que se aborden los problemas de discriminación y marginación sufridos por estas familias y personas afectadas. Estos problemas pueden resumirse con una palabra clave: ‘acceso’. Los/as pequeños/as campesinos/as FIAN/ La Via Campesina
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Primera aproximación
de las zonas marginales, a menudo no tienen acceso a títulos de propiedad seguros, a créditos, a servicios de asistencia tecnica agraria, a los mercados locales y a la investigación agrícola. Esta falta de acceso a los recursos productivos o al trabajo hace que las familias no puedan producir o comprar alimentos adecuados. Por ello, el hambre no es tanto un problema relacionado con la cantidad total de alimentos producidos, como a veces se argumenta, sino cuestión de asegurar la accesibilidad a estos recursos productivos. Los desastres y las guerras causan sólo un 10% de las muertes por hambre. El 90% restante son personas asesinadas por los efectos del hambre crónica y de la desnutrición. Aparte de que la gran mayoría de las personas que sufren hambre y desnutrición son campesinos y campesinas que viven en zonas marginadas, observamos otra tendencia preocupante en algunos países: la creciente concentración de recursos, como tierra, semillas, agua y créditos. Mientras que las tierras más fértiles y extensas permanecen en manos de un número cada vez más reducido de personas productoras, los pequeños propietarios son expulsados de sus tierras fértiles a tierras pequeñas e improductivas. Tal y como ilustra este documento, esto puede observarse en muchos países de América Latina, África y Asia.
2.2. Violaciones y problemas endémicos de los derechos económicos, sociales y culturales Para entender a qué tipo de violaciones sociales, culturales y económicas se enfrentan los/as pequeños/as campesinos/as, es fundamental aclarar la importancia y el contenido de estos derechos. El derecho a una alimentación adecuada es de vital importancia para los/as pequeños/as campesinos/as. En 1999 se definió de manera concreta el derecho a la alimentación, con la adopción de la Observación general N.° 12 por parte del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU. El acceso a los recursos productivos constituye la parte central de esta definición: “El derecho a una alimentación adecuada se define como el derecho que cada hombre, mujer o niño/a, tanto por separado como en comunidad con otras personas, a tener acceso económico en todo momento a una comida adecuada o a los medios para procurársela [...]”. La Observación general N.° 12 subraya el acceso a una base de ingresos individual, ya sea a través del acceso a los recursos productivos (tierra, pesca, semillas, agua, etc.), o a través del trabajo. Si esto no fuera posible, a través de la transferencia de unos ingresos adecuados. Si bien la obligación principal bajo el Artículo 2 del Pacto es que se den los pasos necesarios para la plena realización del derecho a una alimentación adecuada, la Observación general N.° 12 clarifica que: a) cada Estado tiene la obligación de conseguir este objetivo lo más rápidamente posible; b) cada Estado tiene la obligación fundamental de asegurar que cada persona bajo su jurisdicción tenga acceso a un mínimo de alimentos básicos que le protejan contra el hambre. Si bien sólo los Estados son partes firmantes del pacto y por tanto los últimos responsables de su cumplimiento, todos los miembros de la sociedad –personas individuales, familias, comunidades locales, ONG, organizaciones de la sociedad civil, así como el sector privado empresarial– tienen responsabilidades en la realización del derecho a una alimentación adecuada. El Estado debe proporcionar un marco que facilite el cumplimiento de estas responsabilidades. La definición de este derecho y de las obligaciones respectivas de los Estados enunciada en la Observación general permite comprender mejor el papel de los gobiernos en la aplicación del derecho a una alimentación adecuada. Las directrices voluntarias que se están elaborando actualmente en la FAO pueden facilitar la comprensión de este papel.
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Primera aproximación
Los Estados están violando el derecho a una alimentación adecuada, ya sea por acto, como expulsiones forzosas, o por omisión, al no cambiar legislaciones inapropiadas que protegen a los/as arrendatarios/as o al no facilitar a las familias de campesinos sin tierra el acceso a los recursos productivos. La discriminación puede producirse tanto por ley (de jure) como por acción gubernamental (de facto), y el Estado tiene que garantizar que se dan todos los pasos necesarios para detener toda forma de discriminación en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales. Las obligaciones de los Estados en materia de derechos económicos, sociales y culturales cubre concretamente tres tipos de obligaciones: en lo que atañe al derecho a un alimentación adecuada, éstas se explican en la Observación general 12. “El derecho a una alimentación adecuada, como cualquier otro derecho humano, impone tres tipos o niveles de obligaciones a los Estados Partes: la obligación de respetar, proteger y garantizar. [...] la obligación de respetar el acceso existente a una alimentación adecuada exige a los Estado Partes que no tomen ninguna medida que tenga como resultado la privación dicho acceso. La obligación de proteger requiere que el Estado tome medidas que garanticen que empresas o personas individuales no priven a otras personas de su derecho a acceder a un a alimentación adecuada. La obligación de garantizar significa que los Estados deben comprometerse de manera proactiva en acciones orientadas a reforzar el acceso de la gente a los recursos y medios (y a su utilización) que garanticen su sustento, incluyendo su seguridad alimentaria. Finalmente, si una persona o grupo no es incapaz de disfrutar de su derecho a una alimentación adecuada por sus propios medios, los Estados tienen la obligación de garantizar (proporcionar) directamente este derecho.” Los Estados Partes también tienen obligaciones externas para con personas o grupos que viven en otros países. Si analizamos en detalle las obligaciones, es fácil identificar violaciones sistemáticas de estos derechos a las que se enfrentan los/as pequeños/as campesinos/as: (1) El Estado tiene que respetar los derechos de su población. Si hablamos del derecho a una alimentación adecuada, el Estado no debe emprender acción alguna que despoje a las personas o grupos de sus medios de subsistencia o del acceso a alimentos, como por ejemplo los desalojos forzosos causados por proyectos. Estas actividades pueden ser grandes proyectos de desarrollo o de infraestructura, tales como construcción de presas, tala de árboles, explotación de petróleo, etc. En los casos en los que estas actividades y proyectos disminuyen la capacidad de la población para alimentarse, se les debe ofrecer alguna compensación, rehabilitación o iguales oportunidades para alimentarse. Por ello, muchos de los casos en los que los/as pequeños/as campesinos/as son expulsados o en los que existe discriminación en el acceso a los recursos, pueden considerarse un modelo de violación sistemática de los derechos de este grupo. (2) El Estado debe proteger frente a terceros el acceso a alimentos de la población. Por ejemplo, las empresas nacionales y multinacionales o los/as grandes propietarios/as pueden suponer una amenaza para el sustento de la población, al llevar a cabo actividades en un área determinada sin tener en cuenta a los viven que en ella. Tales actividades pueden ser mineras, de extracción de petróleo, de pesca industrial, etc. Una protección adecuada implica en primer lugar una legislación que proteja a los grupos más vulnerables de la sociedad de ser privados de sus recursos o derechos. Además de la normativa jurídica, los gobiernos están obligados, a través de medidas administrativas y políticas, a aplicar la legislación existente, con el fin de garantizar que la población está protegida contra el hambre. De nuevo, nos encontramos en muchas partes del mundo con casos en los que los/as pequeños/as campesinos/as son víctima de intimidaciones, amenazas y desalojos por parte de FIAN/ La Via Campesina
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Primera aproximación
personas más poderosas económicamente que compiten por los mismos recursos. Una vez más, esto puede considerarse un modelo de violación sistemática de los derechos de los/as pequeños/as campesinos/as. (3) La obligación de garantizar implica la adopción de medidas por parte del Estado, con el fin de identificar a los grupos vulnerables y de diseñar políticas y programas que mejoren el acceso de éstos a los recursos productivos o a ingresos. Si bien el cumplimiento de la obligación de garantizar sólo puede realizarse de manera progresiva, el Artículo 2 del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales exige que los Estados Partes utilicen “el máximo de recursos disponibles”. En el marco de la obligación de garantizar, los Estados Partes deben tomar dos tipos de medidas políticas. En primer lugar, como parte de la obligación de garantizar, los Estados Partes deben tomar medias para que el mayor número posible de personas puedan cuidar de sí mismas. “Facilitar” abarca medidas tales como crear acceso a los recursos productivos –tierra, semillas, agua, etc.– o conseguir otras formas de ingresos. Esta obligación implica, por ejemplo medidas gubernamentales, a fin de que se garantice el derecho a la alimentación a través de la reforma agraria. En segundo lugar, la obligación de garantizar incluye medidas dirigidas a los grupos de víctimas que no pueden beneficiarse de estas oportunidades productivas, ya sea porque son demasiado mayores, demasiado jóvenes, afectados por el VIH-SIDA, etc. Estos grupos también necesitan suministro de comida para evitar el hambre y la desnutrición. En el caso de los/as pequeños/as campesinos/as y trabajadores/as sin tierra, una típica violación de la obligación de garantizar es la falta de acciones esperanzadoras hacia la reforma agraria. En la actualidad, no se observan medidas de este tipo en ningún país del mundo y, de hecho, la tendencia es la contraria. En muchos países, los procesos históricos de creación de acceso a la tierra se han ralentizado dramáticamente. De hecho, en gran parte de las regiones, los procesos para contrarrestar la reforma agraria y de concentración de los recursos productivos son más rápidos que los procesos de redistribución. Si se toma en consideración el punto de partida de esta sección, puede observarse lo difícil que es en la actualidad la situación de los/as pequeños/as campesinos/as. Hoy en día, la retórica internacional subraya la necesidad de reducir la pobreza y el hambre. No obstante, mientras los objetivos de la ONU establecen la reducción a la mitad del número de personas con hambre y pobres antes de 2015, los acontecimientos en muchos países demuestran la tendencia contraria. Los/as pequeños/as campesinos/as y las familias sin tierra se enfrentan a una total negación de sus derechos. En muchos casos, los gobiernos han reducido las transferencias de recursos a las zonas rurales. Raras veces, los gobiernos invierten recursos en la creación o mejora de las condiciones de vida de los/as pequeños/as campesinos/as. Por el contrario, se pueden observar procesos que agravan los problemas de este grupo. Entre estos problemas se encuentra la inseguridad en la tenencia de la tierra, la presión a la hora de hacer uso de la tierra –para extracciones subterráneas, plantaciones, etc.–, la privatización de los servicios públicos importantes para este grupo, como el acceso a agua potable y de irrigación, a la investigación pública, a la biodiversidad y a semillas a bajo precio o a diversos servicios de asistencia. Condiciones marco internacionales Además de las violaciones que causan las políticas nacionales, es importante subrayar que también las condiciones marco internacionales son de suma importancia para la situación de los pequeños campesinos y las pequeñas campesinas. Las tendencias de los precios de los productos agrícolas en los mercados mundiales tienen un impacto directo cada vez mayor sobre los precios locales, puesto que la mayoría de los países del mundo han liberalizado su comercio agrícola de forma considerable en los últimos años. Esto se debe en parte a los resultados en las FIAN/ La Via Campesina
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negociaciones comerciales sobre agricultura que se han dado en el seno de la Organización Mundial del Comercio y a los acuerdos comerciales regionales, además de a las condiciones que van unidas a los programas de ajuste estructural impuestos a los países en desarrollo. La mayoría de las veces se subestiman los efectos de estas condiciones marco internacionales, especialmente sobre los pequeños campesinos y las pequeñas campesinas. Los precios mundiales de los productos agrícolas se bajan de manera artificial mediante el uso de subsidios en los países desarrollados y prácticas de dumping. A menudo, los productos agrícolas se venden por debajo de los costes de producción, tanto en los países de origen como en los países de destino de los productos. Hasta ahora, los efectos de la rápida liberalización de los mercados no han sido comprendidos ni estudiados a fondo en los países en vías de desarrollo. La FAO ha realizado estudios en más de 20 países y ya ha avisado sobre el impacto de estas políticas sobre los pequeños campesinos y las pequeñas campesinas. En India puede observarse la gravedad del asunto: las organizaciones campesinas indias tienen documentados más de 10.000 casos de suicidio de pequeños campesinos y pequeñas campesinas que se han producido en todo el país en los últimos dos años. Las personas se suicidaron debido a su rápido endeudamiento y la pérdida de cualquier oportunidad de ingreso en el futuro. Las reglas del comercio fijadas por tratados u organizaciones internacionales, así como por las políticas comerciales de los países desarrollados, determinan cada vez en mayor medida las condiciones de vida y el derecho a un nivel de vida adecuado de los campesinos y las campesinas. Junto a la disminución del gasto de los gobiernos nacionales en el ámbito rural, el apoyo internacional al desarrollo de las zonas rurales ha disminuido, tanto en los presupuestos de ayuda bilateral como multilateral. Desde una perspectiva de derechos humanos, debe estudiarse más a fondo la dimensión internacional. Varios actores son corresponsables de la violación del derecho a la alimentación que pequeños campesinos y pequeñas campesinas están sufriendo. Mientras que la mayor responsabilidad todavía recae en las naciones estado, en tiempos de globalización y rápida liberalización de los mercados es importante remitirse a las obligaciones extraterritoriales de los Estados en materia de derechos humanos. Las políticas agrarias de la UE tienen un tremendo efecto sobre el derecho a una alimentación adecuada y sobre las condiciones de vida de los pequeños agricultores y las pequeñas agricultoras en muchos países de África y en otros continentes. Más aún, la influencia de las organizaciones intergubernamentales, tales como la OMC o el Banco Mundial, así como de otros actores privados, como las corporaciones transnacionales, ha llegado a ser tal que su responsabilidad en materia de derechos humanos debe ser tratada más en profundidad en el sistema de derechos humanos de la ONU. En ocasiones, estos actores son más poderosos que los gobiernos débiles y tienen una gran influencia en las opciones políticas de estos gobiernos. A menudo, hasta dictan políticas como aranceles, políticas comerciales, etc. Así pues, tanto La Vía Campesina como FIAN consideran que estos actores tienen obligaciones vinculantes en materia de derechos humanos. La limitación tradicional de las obligaciones de derechos humanos a la competencia de los estados nación no refleja la realidad política actual. Esto lo demuestran claramente los casos de violaciones de derechos sufridos por pequeños campesinos y pequeñas campesinas. El doble incumplimiento de las políticas, en el ámbito nacional y en el internacional, constituye el núcleo central de las violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales de los pequeños campesinos y las pequeñas campesinas. La violación del derecho a una alimentación adecuada a menudo va de la mano de la violación de otros derechos económicos, sociales y culturales: derecho a la vivienda, a la salud o a la educación. Así, es la total desatención de las zonas rurales marginales lo que conduce en la mayor parte de las ocasiones a una discriminación múltiple de este grupo. A la vez que existe un consenso internacional sobre la importancia de la reducción de la pobreza, son estas condiciones marco a nivel nacional e internacional las que FIAN/ La Via Campesina
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muchas veces contribuyen a agravar la situación de los pequeños campesinos y las pequeñas campesinas. La pobreza y el hambre crecen o se crean a través de políticas equivocadas. Por eso es importante que los campesinos y las campesinas sean cada vez más capaces de exigir, a nivel nacional e internacional, es decir, a las instituciones implicadas –a sus gobiernos y a otros actores relevantes– el cumplimiento de las responsabilidades de derechos humanos pactadas.
2.3. Violaciones y problemas endémicos de los derechos civiles y políticos En muchos de los casos que presentamos a continuación, se evidencia la estrecha relación entre los dos conjuntos de derechos, los derechos económicos, sociales y culturales y los civiles y políticos. Los/as líderes campesinos/as se enfrentan, en muchos de los conflictos de tierras, a persecuciones políticas, acosos, amenazas de muerte y asesinatos. Muchas luchas por un mejor disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales acaban con una paralela violación de los derechos políticos y civiles. Señalamos aquí seis áreas de violación de los derechos civiles y políticos. (1) El derecho a organizarse colectivamente en forma de sindicato de trabajadores sin tierra o en forma de organizaciones campesinas es un derecho que en muchos países no se puede disfrutar. El derecho es reconocido internacionalmente en ambos conjuntos de derechos humanos. Detenciones arbitrarias de líderes campesinos/as tienen lugar regularmente. La mitad de los asesinatos contra sindicalistas en el mundo se cometen en Colombia. Muchos de ellos/as han trabajado en zonas rurales con trabajadores/as agrícolas y organizaciones campesinas. Los/as líderes campesinos/as deben ser vistos como defensores/as de los derechos humanos, porque defienden los derechos de sus comunidades, tanto los económicos, sociales y culturales, como los civiles y políticos. (2) Especialmente en disputas por la tierra, el número de pequeños/as campesinos/as asesinados/as sigue siendo demasiado elevado. Sólo en Brasil, en el primer semestre de 2003, fueron asesinadas 31 personas en conflictos de tierras, por las fuerzas armadas, terratenientes o corporaciones. En este país, la Comisión Pastoral de la Tierra está documentando muy bien los casos y publica anualmente un informe sobre los conflictos de la tierra y su impacto. (3) Los/as líderes campesinos/as se enfrentan en muchos países a la persecución política y al acoso. Los conflictos en las zonas rurales, tales como los conflictos de tierras, son difíciles de resolver, son procesos largos y prolongados. Al estar las zonas rurales en áreas remotas, es más fácil acosar a los/as líderes campesinos/as, mientras estos problemas no suceden en las zonas urbanas de los mismos países, puesto que existe mayor control de los actores gubernamentales y privados responsables de acosos, amenazas y persecuciones políticas. (4) La mayoría de los conflictos armados de hoy en día se localizan en las zonas rurales. Por regla general, las principales víctimas son comunidades y familias campesinas. Muchas veces, como resultado de estos conflictos, se producen desplazamientos internos de los/las afectados/as. Los conflictos armados impiden a las familias campesinas obtener unos ingresos, pero también afectan directamente a su derecho a vivir en un entorno seguro. (5) En muchas zonas rurales del mundo, los pequeños propietarios son discriminados en el acceso a la justicia. Los tribunales están lejos normalmente, el coste de los procesos es elevado y los niveles de educación de una familia campesina a menudo no les permiten entablar batallas legales. Incluso si acceden a los tribunales, en muchos países los procesos son tan lentos que los demandantes no pueden esperar a que se produzca el veredicto y mucho menos a que se cumpla. Los estudios realizados por la Universidad de Bonn, Alemania, demuestran que solamente en la India, hay más de 35 millones de casos pendientes en los tribunales de ese país relacionados con conflictos de tierras. En la FIAN/ La Via Campesina
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mayoría de ellos, los procesos son tan lentos que antes de terminar, los/as campesinos/as ya han tenido que abandonar la región. (6) Como consecuencia de la discriminación en el acceso a la justicia, pero también por el problema de reparto del poder en las zonas rurales, se observa la impunidad de aquellas personas que son responsables de las violaciones de los derechos de los/as campesinos/as y sus organizaciones. De hecho, la impunidad es algo bastante común en las zonas rurales. Al tratarse de regiones remotas y marginadas, no hay control por parte de las instituciones gubernamentales, para que se garanticen los derechos humanos, e igualmente difícil lo tienen las organizaciones no gubernamentales o los medios de comunicación públicos. Subrayamos a continuación más violaciones de los derechos civiles y políticos de los/as campesinos/as y sus comunidades en los casos que presentamos, así como en los tres países que tomamos como ejemplo.
3. Ejemplos de casos 3.1 Selección de casos de la Red de Emergencia de la Campaña Global para la Reforma Agraria en 2003 Caso 1:
Honduras: Campesinas luchan por su derecho a alimentarse, Atlántida (marzo 2003).
Más de 200 campesinas pobres luchan desde hace dos años para conseguir acceso a 69 hectáreas de tierra estatal ociosa y garantizar así su acceso a alimentos. Desde junio de 2001, las campesinas trabajan esta tierra y han intentado en repetidas ocasiones que el Estado, a través del Instituto Nacional Agrario (INA), les entregue dicha tierra en el marco de la Reforma Agraria vigente. Las mujeres lograron una resolución favorable por parte del INA. Sin embargo, la Universidad de Honduras, que había recibido el predio en disputa en 1992 para fines experimentales y educativos y que, durante nueve años, lo había dejado en total abandono, no ha querido dar las tierras a las mujeres. Recientemente, el Tribunal Supremo de Justicia falló en favor de las mujeres. Ahora, el Consejo Nacional Agrario tiene que implementar la resolución del Tribunal y ordenar definitivamente que la tierra sea entregada a las campesinas sin tierra. En Honduras, el 44% de la población campesina no tiene acceso a la tierra suficiente para poder alimentarse. La situación de las mujeres campesinas pobres es aún más difícil. Las campesinas han sido discriminadas incluso durante el propio proceso de la Reforma Agraria en Honduras. Entre las personas que recibieron tierras en el marco de la Reforma Agraria entre 1962 y 1991, únicamente un 4% fueron mujeres. Aunque hoy en día la legislación nacional ha superado a nivel formal el machismo y la discriminación, sigue siendo muy difícil para las campesinas pobres obtener tierras y un título válido sobre éstas.
Caso 2:
Argentina: Campesinos y campesinas brutalmente desalojados y detención de campesinos y campesinas (marzo 2003)
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Violaciones de derechos humanos de campesinos/as
Ejemplos de casos
Cinco familias campesinas de la comunidad de San Pedro, en la zona de Los Juríes, al norte del departamento de Ibarra, provincia de Santiago del Estero, sufrieron un violento desalojo. El jueves 27 de febrero, 20 policías, sin mostrar ninguna orden judicial, realizaron un ataque a esta comunidad, detuvieron a 15 campesinos/as y cometieron todo tipo de atrocidades contra la comunidad. Óscar Peralta fue herido por la espalda con un tiro de bala y está internado en el hospital de Santiago, en estado grave. La comunidad viene sufriendo amenazas del Sr. Nazar (y sus matones), que se presenta como el supuesto dueño de las tierras y busca la usurpación de las mismas. Las familias, basándose en sus derechos de posesión veinteñal, resisten a las amenazas y luchan en defensa de sus tierras. Privar a la comunidad de San Pedro de sus tierras y sus medios de vida es una violación del derecho humano a alimentarse. La falta de acceso a tierras, la inseguridad de la tenencia de la tierra y el escaso apoyo a los pequeños productores son unas de las principales causas de las terribles condiciones de vida de las comunidades rurales argentinas. La inseguridad de la tenencia de la tierra es un problema muy grave en el noroeste y noreste argentino y es el principal impedimento para que las familias campesinas se consoliden como productores. Se calcula que el 73% de las familias campesinas de Santiago del Estero carecen de títulos de propiedad de sus tierras, pero son poseedoras de los predios desde generaciones y, por tanto, tienen derecho a adquirirlos mediante prescripción veinteñal. Según la legislación argentina, la posesión que cumple ciertos requisitos puede llevar a su adquisición mediante prescripción. Además, el poseedor tiene una serie de derechos, como la protección contra hostigamiento y contra el despojo de su propiedad. Esta situación de inseguridad de la tenencia de la tierra expone a estas familias a una extrema vulnerabilidad y facilita los ataques por parte de terceros (terratenientes, empresarios y otros usurpadores), quienes, en complicidad con autoridades locales, aparecen con supuestos títulos de propiedad, dispuestos a desalojar a las familias de sus tierras. Cerca de 24 000 poseedores legítimos de tierras están expuestos a ser desalojados. Los usurpadores de tierras pueden actuar impunemente debido a la connivencia que existe en Santiago del Estero entre el poder judicial, el gobierno provincial y la policía.
Caso 3: Brasil: Trabajadoras rurales luchan por sus derechos (marzo 2003) Las trabajadoras rurales de Brasil sufren discriminación, sobreexplotación en su trabajo y negación de sus derechos fundamentales. El pasado 8 de marzo se movilizaron en todo el país y presentaran sus exigencias al nuevo gobierno. Estas mujeres exigen que la reforma agraria preste particular atención a la realización de sus derechos económicos y sociales, especialmente asignándoles tierra, creando líneas de crédito para trabajadoras rurales - independientemente de sus maridos – destinadas a apoyar huertas, cultivos de hierbas medicinales, cría de animales, así como el procesamiento de estos productos en un espíritu que recupere las tradiciones alimenticias regionales. Además, exigen que el gobierno apoye las campañas de registro y alfabetización de mujeres y que, en el proceso de reforma de la previsión social, se mantenga la cláusula que garantiza a las trabajadoras rurales el estatus de aseguradas especiales. En Brasil, existen aproximadamente 19 millones de trabajadoras rurales. Éstas sufren un proceso inhumano de explotación de su fuerza de trabajo, por ser mujeres y por ser del campo. Y mucho más, si son negras. Además, su trabajo no es reconocido o, en muchas situaciones, no es remunerado. Cerca del 40% de las trabajadoras rurales son consideradas trabajadoras de familia, FIAN/ La Via Campesina
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Violaciones de derechos humanos de campesinos/as
Ejemplos de casos
sin remuneración propia. Cuando la tienen, ésta es en promedio un 25% inferior a la del hombre. A eso se suma que las mujeres del campo trabajan de media un 20% más que los hombres, pues adicionalmente al trabajo en el campo, realizan las labores domésticas. En Brasil apenas un 1% de la propiedad rural está a nombre de las mujeres. La alfabetización y el registro de las mujeres son requisitos previos indispensables para tener la posibilidad de acceder solas o en copropiedad a títulos de tierra. Existen 6,5 millones de campesinas analfabetas en el país. El proceso de alfabetización de mujeres ha avanzado muy lentamente, pues los programas de alfabetización no gozan del estatus de política pública a nivel nacional y hacen falta educadoras. El 70% de la producción agrícola para el autoconsumo es resultado del trabajo de las mujeres. Sin embargo, no existen créditos específicos que apoyen la seguridad alimentaria de las familias ni que estén encaminados a fortalecer las formas de producción de las mujeres.
Caso 4:
Colombia: Amenaza de los derechos de los campesinos y las campesinas (marzo 2003)
En la región del Magdalena Medio tiene lugar una amplia campaña agresiva emprendida por el Estado y los paramilitares en contra de la Asociación Campesina del Valle del Río Cimitarra, ACVC. La oficina de la organización en la ciudad de Barrancabermeja fue allanada, se emitieron órdenes de captura contra los dirigentes de la ACVC, y se atentó contra la vida del secretario de la Junta Directiva, Miguel Cifuentes. Las agresiones tienen por objeto derogar la Zona de Reserva Campesina (ZRC) del Valle del Cimitarra, establecida en diciembre de 2002, y que abarca más de 25 000 campesinos/as en un proceso de desarrollo integral y de defensa de los derechos humanos. En las acciones en contra de la Asociación están involucrados sectores del Estado Colombiano. Las acciones atienden a intereses de grupos paramilitares, ganaderos y de terratenientes de Magdalena Medio, quienes ven en la ZRC un obstáculo al proceso de usurpación violenta de tierras. En Colombia cerca de dos millones de campesinos y campesinas han sido desplazados violentamente de sus tierras. La distribución de la tierra es injusta y hoy en día está teniendo lugar un proceso de reconcentración de la tierra en un área de más de 2 mil hectáreas. Este proceso ha sido concomitante con la reducción drástica del área de cultivo y el aumento exorbitante de tierras agrícolas dedicadas a la ganadería extensiva. Los/as campesinos/as han hecho frente a esta situación organizándose y proponiendo políticas e instrumentos para garantizar su acceso a la tierra y proteger su forma de producción. Uno de esos instrumentos es la creación de Zonas de Reserva Campesina (ZRC), reconocida en la legislación colombiana. Para los/as campesinos/as, en el contexto actual de desplazamientos forzados, las ZRC son un importante instrumento legal para la protección de su territorio, la autogestión comunitaria de éste, la protección de la economía campesina, la realización efectiva de la reforma agraria y la reconstrucción de la agricultura nacional. Una vez decretada la ZRC se recrudecieron las persecuciones y la violencia contra los dirigentes de la ACVC.
Caso 5:
Brasil: Campesinos y campesinas sin tierra exigen reforma agraria (julio 2003)
Los campesinos y las campesinas sin tierra de Brasil luchan por el acceso a la tierra y la realización de un amplio programa de reforma agraria. El pasado 2 de julio, el Movimiento Sin Tierra (MST) FIAN/ La Via Campesina
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Ejemplos de casos
presentó al nuevo gobierno un conjunto de propuestas de reforma agraria. El Presidente de la República, Luiz Inacio Lula da Silva, construyó su trayectoria política defendiendo la reforma agraria y prometió convertirla en una prioridad de su gobierno. El gobierno se encuentra bajo gran presión de sectores conservadores fuertes ligados al latifundio, que han ampliado sus acciones de violencia contra los/as campesinos/as sin tierra, por medio de grupos paramilitares. Solamente en este año han sido asesinados 31 campesinos/as. Los/as campesinos/as sin tierra proponen que el gobierno agilice la elaboración e implantación de un Plan Nacional de Reforma Agraria que asiente hasta 2006 a 1 millón de familias sin tierra; que garantice el inmediato asentamiento de las 120 mil familias que viven en campamentos en todo el país; que cree un programa especial de crédito para proyectos de producción de beneficiarios/as de la reforma agraria; y que apruebe el Proyecto de Enmienda Constitucional que transfiere a la esfera federal la competencia de investigar y procesar los delitos cometidos en el ámbito de los derechos humanos. En Brasil existen 5 millones de familias sin tierra o con tierra insuficiente para alimentarse. 120 000 de estas familias viven actualmente en campamentos por todo el país, reivindicando así su derecho a tener tierra que trabajar. Al mismo tiempo, 166 millones de hectáreas de tierra cultivable permanecen improductivas en manos de latifundistas. La realización de una amplia reforma agraria por medio de la cual las familias sin tierra tengan acceso a tierras para cultivar es una medida indispensable para garantizar de manera sostenible el derecho humano a alimentarse de estas familias. A pesar de que la Constitución brasileña proporciona los instrumentos jurídicos necesarios para realizar una reforma agraria, los/as campesinos/as sin tierra no tienen otra alternativa que ocupar pacíficamente tierras improductivas para ejercer presión en la aplicación de la reforma agraria. Desde entonces, los sectores relacionados con los latifundios se han estado movilizando y han estado ejerciendo presión sobre el gobierno. Sus iniciativas utilizan tres armas clásicas: a) Aumentar su influencia en el poder judicial a nivel local, vinculado históricamente a los latifundistas. b) Criminalizar al MST y a los defensores de la reforma agraria con ayuda de la prensa. Los latifundistas lograron que el Senado aprobara la creación de una Comisión Parlamentaria de Investigación para investigar las causas de las ocupaciones de tierra. c) Crear milicias y grupos armados al margen de la ley que practican todo tipo de violencia. Por ejemplo, ya se ha creado El Primer Comando Rural, que utiliza los mismos métodos que el crimen organizado.
Caso 6:
Filipinas: Amenaza del derecho a la alimentación de los/as beneficiarios/as de la reforma agraria por un proyecto de ley pendiente de decisión en el Congreso (julio 2003)
La aprobación del nuevo proyecto de ley (SB) No. 2553 –conocido como “Tierras agrícolas como garantía de créditos”– está siendo actualmente tramitado en el Congreso de las Filipinas. La aprobación del proyecto constituirá una gran amenaza para el derecho a la alimentación de los/as pequeños/as campesinos/as en las Filipinas y podría dar pie además a que los/as beneficiarios/as de la Reforma Agraria (ARB) sufran hambre y desnutrición. En principio, el proyecto de ley prevé dos enmiendas: 1) la eliminación del límite máximo de propiedad de 5 hectáreas permitido; 2) levantamiento del periodo de posesión de 10 años. Si se aprueba el proyecto será posible que las empresas agroindustriales adquieran tierras y que los grandes terratenientes presionen a los/as beneficiarios/as para revender su propiedad. Asimismo, los/as FIAN/ La Via Campesina
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Ejemplos de casos
beneficiarios/as podrán usar sus títulos de tierra como garantía a la hora de solicitar créditos a las instituciones bancarias. El problema es que el Gobierno de las Filipinas en vez de proveer los diferentes servicios de apoyo que necesitan los/as beneficiarios/as (créditos incluidos), está amenazando su derecho a la alimentación: dada sus precarias condiciones económicas, los/as beneficiarios/as de la reforma agraria no podrán devolver los créditos. Posiblemente perderán sus tierras, única fuente de subsistencia. A pesar de que el proyecto aduce beneficiar a los/as beneficiarios/as de la reforma agraria facilitándoles el acceso formal a créditos, en realidad, el proyecto va a destruir el programa actual de reforma agraria, que ya ha sido criticado debido a su lenta puesta en práctica. El proyecto, elaborado por el Senador Sergio Osmeña III entre otros, tiende a conferirle un valor colateral a los títulos de tierra mediante el levantamiento del periodo de 10 años en la transferibilidad, a través de una modificación en el Artículo 27 (Transferibilidad de tierras Adjudicadas) de la Ley de Reforma Agraria (Acta de la República 6657). En virtud del Artículo 27, las tierras recibidas por los/as beneficiarios/as no pueden ser vendidas, transferidas o readjudicadas durante 10 años. El periodo de 10 años fue garantizado para conceder a los/as beneficiarios/as un lapso suficiente para la maximización del uso y desarrollo de las tierras adjudicadas, así como para protegerlos de los intentos de los terratenientes de recomprar y recuperar su tierra. Para los/as beneficiarios/as, es crucial durante estos 10 años de tenencia de la tierra contar con el apoyo continuo y suficiente, mediante servicios concedidos por parte del gobierno. Hasta el momento, no se han prestado los servicios de apoyo previstos. Otro gran impacto será la anulación de los techos para los límites de retención (5 hectáreas), tal y como se propone en el SB No. 2553. Según RA657, Artículo 6, se prohíbe a los terratenientes la retención de tierras o lotes que excedan las 5 hectáreas. La anulación de los techos para los límites de retención permitirá a los/as beneficiarios/as de la reforma vender sus tierras a cualquier entidad (excepto a los terratenientes previos), por ejemplo a la agroindustria, que podrá adquirir así superficies mayores al límite de retención de 5 hectáreas. Por tanto, la enmienda propuesta en el Artículo 6 va en contra del espíritu redistributivo del programa de reforma agraria en las Filipinas, de manera que las tierras podrán volver a concentrase en las manos de unos pocos.
Caso 7:
Guatemala: Robo de tierras indígenas, Finca La Perla, Quiché (septiembre 2003)
Las cuatro comunidades indígenas Ilom, Sotzil, Saqsiguan e Ixtupil fueron víctima desalojo histórico de sus tierras. Así, hoy en día, cerca de 830 familias (alrededor de 5100 personas) ya no tienen suficiente tierra para poder cubrir sus necesidades básicas. Todas las comunidades afectadas son del pueblo indígena Ixil. Las tierras de las comunidades han sido ocupadas por la finca privada La Perla, que multiplicó casi por seis su terreno en el siglo pasado y que hoy abarca una superficie de 5850 hectáreas, mientras que las familias indígenas sólo cuentan ahora con una media de menos de 0,5 hectáreas. Debido a este robo de las tierras que siempre han cultivado como comunidades Ixiles, las familias han perdido los recursos necesarios para poder alimentarse de manera adecuada. En Guatemala, la concentración de la tierra es una de las más altas en el mundo. Más de un millón de familias, un 96% de los productores agrícolas, cultivan solamente una quinta parte de la tierra agrícola del país. Al otro lado, se observa que unos 2 mil productores (0,15%) explotan el 70% de la tierra agrícola. De ahí se deriva la gran conflictividad en el campo, pues una gran parte FIAN/ La Via Campesina
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Ejemplos de casos
de la población no tiene acceso a suficientes recursos productivos para ejercer su derecho a alimentarse y el resto de sus derechos económicos, sociales y culturales. La mayoría de las víctimas en esa situación injusta son indígenas que ya han sido expulsados de las tierras que tradicionalmente les pertenecían. El caso de la finca La Perla demuestra la falta de actuación por parte del Gobierno de Guatemala, para cumplir los compromisos asumidos con los Acuerdos de Paz de 1996, que claramente establecen que deben revertirse los procesos de ocupación ilegal de las tierras, particularmente de tierras indígenas. La finca La Perla tenía en 1896 un total de 22 caballerías (990 hectáreas); actualmente, tiene, según estudio de la comisión gubernamental para la resolución de conflictos CONTIERRA, una superficie inscrita de 62 cab. (2790 hectáreas). Sin embargo, la evidencia demuestra que la finca La Perla se encuentra en posesión de una superficie muy superior. Según estimaciones preliminares, la finca hoy cuenta con 130 cab. (5850 hectáreas), mientras que el promedio en las cuatro comunidades de una familia es inferior a 0,5 hectáreas. Las comunidades están luchando desde hace varios años para que se esclarezca la situación jurídica y registral de las tierras municipales de donde fueron desalojadas por los propietarios de la finca La Perla. Están sufriendo toda clase de abusos -agresiones verbales y amenazas de muerte, interrogatorios y hostigamientos–, cometidos a diario por empleados de la finca La Perla contra las comunidades del CONIC y otras organizaciones campesinas, por exigir el acceso al territorio, una investigación jurídica y la devolución de las tierras. Durante la guerra civil que duró 30 años, cientos de familias indígenas fueron expulsados con violencia y derramamiento de sangre de sus medios de vida o ejecutados por grupos paramilitares bajo el mando del dueño de la finca la Perla, Enrique Arenas Menes, a quien se conoce en la región como el "tigre del Ixcán".
Caso 8:
Brasil: Latifundistas armados impiden la realización de la reforma agraria en Paraná (septiembre 2003)
Desde finales de 2002, 180 familias sin tierra están acampadas junto a la carretera PR-373, en las inmediaciones del municipio de Foz do Jordão (centro del estado de Paraná). Recientemente, las familias habían empezado a trabajar la tierra de la hacienda Trombini, que ha sido declarada improductiva y que está incluida en el proceso de la reforma agraria. El pasado 2 de septiembre, 20 hombres muy armados y contratados por los propietarios de la hacienda atacaron el campamento de familias sin tierra y asesinaron a los campesinos Paulinho Brasil y Anarolino Vial, e hirieron de gravedad a otras 2 personas. Este hecho reciente de violencia se inscribe en una campaña de hostigamientos lanzada por los latifundistas paranenses, que han creado milicias armadas para proteger sus propiedades e impedir la expropiación de tierras para que sean incluidas en la reforma agraria. Estas prácticas violentas de los latifundistas son delictivas y representan un gran obstáculo para la realización efectiva de la reforma agraria y del derecho a alimentarse de las familias sin tierra afectadas. Después de un periodo de fuerte represión y casi total parálisis de la reforma agraria, la exigencia de tierra por parte de familias campesinas pobres en Paraná ha aumentado en los últimos meses: se calcula que en el primer semestre de este año había cerca de 80 campamentos, lo que supone unas 14 000 familias. El pasado Gobierno de Jaime Lerner selló un pacto en contra de la reforma agraria con los latifundistas: éstos pudieron fortalecer sus milicias privadas al amparo de la Secretaría de Seguridad Pública y de la Policía Militar del Estado, al mismo tiempo que se desataba una ola de violencia en los 8 años del mandato de Lerner que dejó un saldo de 16 FIAN/ La Via Campesina
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Ejemplos de casos
muertos, 31 víctimas de atentados, 47 amenazados de muerte, 7 torturados, 324 heridos, 488 presos y 134 desalojos violentos. Ante el aumento de la lucha por la tierra, la reacción violenta de los latifundistas no se hizo esperar. En marzo de este año fue creado el Primer Comando Rural (PCR), organización liderada por el terrateniente Humberto de Sá, con el objetivo de reclutar pistoleros que persigan a las familias sin tierra organizadas en la región central de Paraná. Esta organización aboga públicamente por el uso de la fuerza contra las familias sin tierra y anuncia que distribuirá armas de gran calibre en las haciendas para impedir las ocupaciones de tierras. Asimismo, el PCR, junto con otras organizaciones de terratenientes como el Sindicato Nacional de Productores Rurales (SINAPRO) y la Federación de Agricultura del Estado de Paraná (FAEP), presionan al actual gobernador, Roberto Requião, para ejecutar las decisiones judiciales de reintegração de posse (devolución de las tierras ocupadas y el proceso de redistribución de la tierra) y actuar de manera contundente contra las ocupaciones de tierra. Es muy preocupante que el poder judicial a menudo actúe de manera parcial en favor de los terratenientes: en muchos casos los jueces que autorizan la reintegração de posse de áreas ocupadas no consultan a organismos involucrados como el Instituto Nacional de Colonización y Reforma Agraria (INCRA); y, además, al emitir sus fallos, no tienen en cuenta las obligaciones constitucionales, como la de la función social de la propiedad, ni mucho menos el derecho internacional de derechos humanos, que concede clara primacía a la realización de los derechos sociales de las familias rurales pobres sobre los derechos de los propietarios.
Caso 9:
Honduras: Asesinato de campesinos y campesinas en conflictos agrarios en Yoro y La Paz (octubre 2003)
El 16 de septiembre de 2003 los campesinos Cecilio Velásquez y Teófilo Gutiérrez fueron asesinados por hombres armados en el municipio de Victoria, departamento de Yoro. Asimismo, el 19 de julio de 2003 los campesinos José Santos Carrillo y Fabián González fueron asesinados por hombres armados en el municipio de San José, departamento de La Paz. En ambos casos, los asesinatos están relacionados con conflictos agrarios debidos a la puesta en práctica de la reforma agraria. Se conoce a los autores de los crímenes. En Honduras, cerca del 44% de la población rural no tiene tierra o no tiene la suficiente para poder vivir y alimentarse adecuadamente. No obstante, la Reforma Agraria es un mandato constitucional. La legislación vigente establece que las tierras que no cumplen su función social, deben ser expropiadas y transferidas a familias campesinas sin tierra en el marco de la Reforma Agraria. Los asesinatos del 16 de septiembre pasado están relacionados con un conflicto de tierras entre el grupo campesino “Unidos Venceremos“ y terratenientes de la zona. El objeto de debate era un predio de 110 manzanas (77 hectáreas). Los/as campesinos/as exigen esa tierra como propia, porque, en 1972, la municipalidad de Victoria cedió los derechos sobre el predio en mención al Instituto Nacional Agrario, para que dicho predio fuera entregado en el marco de la reforma agraria a campesinos/as sin tierra. Existe información detallada sobre el crimen y sobre los autores, dado que uno de los campesinos, Ulises Gutiérrez, logró sobrevivir, después de presenciar la tortura y asesinato de su padre Teófilo Gutiérrez.
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Ejemplos de casos
Los asesinatos del 19 de julio están relacionados con el conflicto que tiene el grupo campesino “Senderos del Progreso“ con un terrateniente influyente del lugar. Unos días antes del crimen, el 15 de julio de 2003, el Instituto Nacional Agrario había fallado a favor del grupo campesino, emitiendo una resolución de expropiación de 117 manzanas (81 hectáreas) en contra del terrateniente. Los asesinos han sido identificados por un testigo gravemente herido que logró sobrevivir.
Caso 10: Paquistán: Continua represión y violaciones de los derechos a la tierra de los/as arrendatarios/as en Punjab (noviembre 2003) Las organizaciones de campesinos/as que luchan por los derechos de los/as arrendatarios/as a la tierra siguen siendo reprimidas en la provincia de Punjab, Pakistán. Sin embargo, el movimiento logró recientemente un éxito importante cuando, tras dos meses de continua represión, las fuerzas paramilitares tuvieron que retirarse de la área de la finca de Okara. El gobierno provincial está siendo ahora presionado para transferir 17 000 acres de tierra en Okra al Ministerio Federal de Defensa. La tierra ha sido cultivada por distintas generaciones de arrendatarios y constituye su fuente principal de ingresos y de seguridad alimentaria. Sin embargo, estas personas todavía no cuentan con títulos jurídicos sobre la tierra. La mayoría vive por bajo de la línea de pobreza. Mientras el terreno esté en posesión del gobierno provincial, éste está gestionado por diferentes agencias del gobierno, incluyendo los militares, el departamento de ganadería y la Corporación de Semilla de Punjab. Aunque estas agencias no tienen ningún título jurídico sobre la tierra, han exigido partes de la cosecha de los/os arrendatarios/as durante décadas. Las agencias que controlan estas tierras han intentado en varias ocasiones echar a los/as arrendatarios/as, por ejemplo, limitando sus contratos entre 3 y 5 años. Los/as arrendatarios/as sin tierra están trabajando la tierra en propiedades estatales y dependen de este trabajo para tener fuentes de ingreso y seguridad alimentaria. Paradójicamente, el presidente de Pakistán, el general Pervez Musharraf, ha prometido entregar 70 000 acres de tierra estatal a los/as arrendatarios/as sin tierra de Punjab. Además, durante la lucha, la represión contra los/as arrendatarios/as ha aumentado seriamente. En enero de 2002, un arrendatario fue asesinado en Renala Khurd, Okara, por el gestor de las fincas militares del Estado de Renala, Col. Mohammad Ali. En mayo de 2003, después de que los militares abrieran fuego contra una protesta in situ en contra de la detención de nueve compañeros en la finca de Okara, seis personas fueron seriamente heridas, cinco de ellas mujeres. Hasta ahora, la represión ha dejado un saldo de once arrendatarios asesinados. Muchas demandas penales se han registrado contra los activistas de arrendatarios para intimidarles.
3.2
Selección de casos de La Vía Campesina y la red de FIAN
Caso 11:
Filipinas: Los arrendatarios campesinos sin tierra sufren hostigamientos y hambre en San Narciso, Península de Bondoc, Filipinas. (agosto 2003)
La península de Bondoc es una de las regiones más pobres de las Filipinas. Desde marzo de 2003, las comunidades campesinas de la Municipalidad de San Narciso vienen sufriendo hostigamientos sistemáticos, debido a los conflictos de tierras entre arrendatarios sin tierra y hombres armados FIAN/ La Via Campesina
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Ejemplos de casos
que trabajan para la familia terrateniente Uy. Las 451 hectáreas de tierra permanecen excluidas del programa nacional de reforma agraria, debido a la influencia política del terrateniente. El difunto Juanito Uy fue alcalde de San Narciso, Bondoc. En marzo de 2003, los arrendatarios se organizaron y presentaron una petición de distribución de la tierra. Poco tiempo después de la petición, comenzaron los hostigamientos: en los últimos seis meses, las propiedades de los arrendatarios han sido destruidas, las casas han sido quemadas y 13 familias campesinas han abandonado sus tierras debido a hostigamientos insoportables. Ahora estas familias padecen hambre y desnutrición. La extensión de 451 hectáreas es una de las mayores haciendas de la influyente familia del antiguo alcalde de San Narciso, Juanito Uy. Situada en Sitio Centro, Barangay San Vicente, San Narciso, la tierra ha permanecido excluida del Programa Integral de Reforma Agraria (CARP). Actualmente, 76 de los arrendatarios se han organizado en la Asociación de Campesinos en Centro San Vicente (SMSC) en marzo de 2003 y, a continuación, presentaron una petición de distribución de la tierra. Se trata de los arrendatarios de la familia UY. A pesar de ello, el Departamento de la Reforma Agraria (DAR) hasta ahora no ha reaccionado frente a la petición del SMSC. Poco después de la petición, comenzaron los hostigamientos contra los/as campesinos/as. El 30 de mayo de 2003, unos hombres abrieron fuego contra la casa de Felizardo Benitez, presidente de la SMSC. Un mes después, el 3 de junio de 2003, unos hombres armados no identificados dispararon contra la casa de uno de los miembros de la SMSC. Timoteo Amante, miembro de la SMSC, recibió disparos en el tórax. A pesar de que Timoteo Amante informó del incidente a las autoridades en San Vicente Barangay, su denuncia no fue tenida en cuenta. El 24 de julio de 2003, 12 hombres armados enviados por la familia Uy invadieron a la fuerza las plantaciones de coco cultivadas por el presidente de la organización de arrendatarios. Unos matones contratados para sembrar el terror entre los/as trabajadores/as, amenazaron con golpear y expulsar a Joven Dumagan, otro miembro de la organización. Temiendo por su vida, Dumagan y su familia abandonaron su casa inmediatamente. Poco tiempo después de su huída, estos hombres prendieron fuego a la casa. Debido a estos continuos incidentes de hostigamiento, 13 familias de arrendatarios evacuaron temporalmente sus viviendas y se refugiaron con otros arrendatarios. Dado que han perdido el acceso a su tierra -su único medio de subsistencia- no pueden alimentarse, y sus familias están desnutridas. Muchos de ellos también fueron forzados a abandonar su trabajo, porque los terratenientes confiscaron los animales de los arrendatarios.
Caso 12: India: Arresto de Activistas contra Coca Cola, Plachimada, Palakkad, Kerala, India (septiembre 2003) Plachimada, en el distrito de Palakkad, ha sufrido una gran reducción de las reservas de agua subterránea desde el establecimiento de una planta de Coca Cola entre 1998-99. Esta planta produjo la pérdida de las cosechas, así como la contaminación de las aguas. Las autoridades locales adoptaron una decisión para anular la licencia de la planta. Como la situación no ha mejorado, los afectados se han manifestado en diversas ocasiones. El 30 de agosto de 2003 realizaron una manifestación pacífica frente a la Junta de Aguas Subterráneas de Kerala, en Palakkad, en la que los indígenas protestaron por la ineficacia del gobierno a la hora de hacer frente a los problemas de agua. 13 activistas fueron detenidos y acusados de terroristas.
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Ejemplos de casos
Entre 1998 y 1999 se estableció una planta de Coca Cola en Plachimada, en el distrito de Palakkad. La compañía arrendó 40 acres de tierra para la planta, empleó a 70 trabajadores/as permanentes y a 150-250 temporales. La planta llenaba de refresco 85 camiones al día, con unas 550-600 cajas, cada una de ellas con 24 botellas de 300 ml. Para cubrir sus necesidades de agua para semejante producción, la compaña introdujo entre 60 y 65 pozos de extracción en la tierra arrendada y extrajo aprox. 1.500.500 litros de agua diarios. La intensiva extracción de aguas subterráneas produjo la disminución de las reservas subterráneas. Al secarse los pozos, la vida de los habitantes del área se ha visto afectada. Los/as campesinos/as de los Paddy (plantaciones de arroz) no podían bombear suficiente agua para regar sus campos, lo que produjo una disminución de la cosecha. Asimismo, las aguas subterráneas sufrieron una fuerte contaminación y la salinidad y dureza del agua aumentaron. Se encontraron niveles elevados de calcio y magnesio, que convirtieron el agua en no apta para el consumo humano ni para la irrigación. Además, la planta de Coca Cola utilizó compuestos nauseabundos como fertilizantes, que produjeron contaminación y problemas cutáneos. Además del efecto en los cultivos Paddy, cerca de 1000 familias indígenas sin tierra, que dependen del salario de su labor agrícola, se vieron afectadas por la contaminación del agua y la pérdida de las cosechas. Como resultado de esto, la Perumatty Panchayat (asamblea popular) adoptó el 7 de abril de 2003 la decisión de cancelar la licencia otorgada a la planta Coca Cola, y la Corte Suprema ordenó que la decisión adoptada se hiciera efectiva. El 30 de agosto de 2003, se convocó una manifestación pacífica por parte de la Unión Popular de las Libertades Civiles, frente a la Junta de Aguas Subterráneas de Kerala. De esta manera, los manifestantes querían expresar su protesta por la ineficiencia de la junta a la hora de contrarrestar los problemas de agua creados por la planta Coca Cola. 13 activistas fueron detenidos durante esta manifestación y retenidos durante 5 días. Supuestamente, se les acusaba de intentar destruir las oficinas y se les presentó como “terroristas”. Éste es sólo el último caso de toda una serie de detenciones que están teniendo lugar desde que comenzaron las protestas contra Coca Cola. El 16 de diciembre, el Tribunal Supremo de Kerala ordenó a Coca Cola encontrar recursos hídricos alternativos para la unidad de embotellado de Plachimada. El Tribunal estableció que la Panchayat no debía interferir en el funcionamiento de la compañía, si ésta utilizaba agua procedente de otras fuentes. Además, a la compañía sólo le estaría permitido utilizar una cantidad de agua equivalente al agua que suele usar un propietario con 34 acres de tierra. El caso demuestra el estrecho vínculo entre conflictos por el acceso a los recursos productivos, tales como el agua, y las formas de hostigamiento contra los que se organizan para luchar por sus derechos económicos, sociales y culturales.
4.
Ejemplos de países
4.1
Brasil1
La situación de los pequeños propietarios y de las familias sin tierra en Brasil ha sido siempre difícil. Brasil tiene uno de los índices más elevados del mundo de concentración de la tierra. El desarrollo de la agricultura brasileña fue extremadamente excluyente, pues estaba basado en la concentración de la tierra en beneficio de las grandes explotaciones agrícolas. Una minoría, compuesta por oligarquías rurales ligadas al capital industrial, comercial y financiero, salió 1
Agradecemos a la CPT y Rede Social por los datos facilitados para la elaboración de esta sección.
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también beneficiada de este proceso, mientras que la mayoría de la población fue expulsada y marginada: durante los últimos 25 años, más de 30 millones de campesinos/as han tenido que abandonar sus tierras, mientras que 4,8 millones de familias de zonas rurales carecen de tierra. Uno de los resultados más sorprendentes de la desigualdad es el hambre: la mitad de los 31.500.000 de brasileños que sufren hambre viven en zonas rurales. El proceso de modernización agravó aún más esta situación de desigualdad y provocó una mayor explotación de los/as trabajadores/as rurales. Así, se niega a la mayor parte de los/as trabajadores/as rurales pagados/as sus derechos fundamentales. Las condiciones laborales han empeorado hasta tal punto que en algunas regiones agrícolas (norte y centro-este), así como en áreas con un mayor grado de desarrollo, pueden encontrarse diversas formas de sobreexplotación y esclavitud. La Comisión Pastoral de la Tierra (CPT) es quien mejor documenta en sus análisis anuales la gravedad de las violaciones sufridas por las familias rurales. La Comisión Pastoral de la Tierra mantiene un buen registro de los conflictos de tierras en todos los estados de Brasil. En el año 2003, la CPT registró el mayor número de conflictos de tierras desde que comenzó a utilizar este sistema de documentación en 1985. En los 1.690 casos, se vieron involucradas más de 1.190.578 personas. 35.292 personas han sido desalojadas a la fuerza. Tan solo entre enero y octubre de 2003, la CPT registró 61 asesinatos de trabajadores/as rurales. Los casos en los que las fuerzas gubernamentales o el poder judicial estaban involucrados aumentaron a un 140,5%, y el número de familias expulsadas se incrementó hasta un 263,2%. Los casos de violencia ejercida por particulares ascendieron hasta alcanzar un 69,8% y el número de familias expulsadas aumentó a un 151,4%. El primer año de gobierno de Lula está marcado por las peores estadísticas desde 1985 en materia de violaciones contra familias campesinas. La CPT también informó de que durante el año 2003 los fallos dictados por los jueces fueron extremadamente favorables para los latifundistas. Esta tendencia parece estar fomentada por la política agrícola del gobierno actual, que promueve la exportación. Tampoco se ha avanzado en el problema de impunidad de los asesinos rurales, y de los que los contratan. Entre 1985 y 2002, se registraron 1.280 muertes de trabajadores/as rurales, abogados, técnicos, personas religiosas y líderes de trabajadores/as rurales implicados en la lucha legal por la tierra. De todos ellos, sólo se investigaron 121 casos y únicamente 14 de los responsables fueron a juicio. Tan solo 7 de ellos fueron declarados culpables. Se juzgó también a 4 intermediarios, de los que 2 fueron declarados culpables. De los 96 activistas juzgados, 58 fueron declarados culpables. En el mismo periodo, se detuvo a 6.330 trabajadores/as rurales por sus actividades políticas en la lucha por la reforma de la tierra. En el año 2001, 29 trabajadores/as rurales fueron asesinados/as y otros 254 detenidos/as arbitrariamente. Durante el año siguiente, 158 campesinos/as fueron detenidos/as. En 2002, se cometieron 43 asesinatos, 20 intentos de homicidio y se amenazó de muerte a 73. 44 personas fueron agredidas físicamente y 20 fueron torturadas. Estas cifras muestran que históricamente la violencia rural ha estado dirigida contra los/as trabajadores/as sin tierra. El trasfondo de estos conflictos es una estructura que varias organizaciones sociales de Brasil han llamado “crímenes del latifundio”. La violencia en las áreas rurales de Brasil se debe a una alta concentración de la tierra. Si bien los especialistas y la población brasileña consideran que la reforma agraria es una medida justa y necesaria, sigue presente la campaña lanzada por grupos conservadores para impedir la puesta en práctica de esta reforma. Un informe reciente de la Comisión Pastoral de la Tierra apunta que “las élites rurales de Brasil (...) intentan por todos los medios crear un clima de inestabilidad social para influir en la opinión pública, con el fin de que
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el gobierno adopte medidas coercitivas y punitivas contra los movimientos de trabajadores/as y de que se evite así la puesta en práctica de la reforma agraria”. La Constitución brasileña prevé en su Artículo 184: “El Estado tiene la capacidad de expropiar, con fines de reforma agraria, las propiedades rurales que no estén desempeñando su función social, a cambio de una compensación previa y justa en bonos agrícolas de deuda con una cláusula que mantenga el valor real, reembolsable en un periodo de hasta de veinte años, computados a partir del segundo año de emisión, y el uso del cual será definido por ley”. Por tanto, la expropiación de aquellas tierras ociosas que no cumplan su función social no es de carácter punitivo –ya que existen mecanismos de compensación económica incluso para aquellos propietarios que se apoderan de propiedad pública –tierra– únicamente con fines especulativos–. La función social de la tierra viene determinada, entre otros factores, por el nivel de productividad y diversos criterios, entre los que se incluyen la preservación de la naturaleza y los derechos de los/as trabajadores/as. Las estadísticas revelan que la concentración de la tierra en Brasil es una de las más altas del mundo. El número de propietarios con más de 1.000 hectáreas son sólo 50.000. Casi un 1% poseen cerca del 46% de la tierra. Sólo 60 de los 400 millones de hectáreas de propiedad privada se destinan al cultivo. La otra parte de la tierra destinada a la cría de ganado se subutiliza o, peor aún, no recibe ningún uso. Los datos del INCRA (Instituto Nacional de Reforma Agraria) indican que más de 100 millones de hectáreas de tierra en Brasil están sin utilizar. Según Frai Betto, asesor especial de la Presidencia, Brasil tiene más de 600 millones de hectáreas arables, 250 millones son tierras baldías y 285 millones son en su mayoría latifundios improductivos. Continúa diciendo que 138 millones de hectáreas están en manos de tan solo 28.000 grandes propietarios y 85 millones de hectáreas en manos de tan solo 4.236 propietarios. Por otra parte, hay alrededor de 4.800.000 familias de trabajadores rurales “sin tierra” que viven como ocupantes, arrendatarios/as, aparceros/as o con propiedades inferiores a 5 hectáreas. Cerca de 200.000 de estas familias viven en campamentos por todo el país y reclaman su derecho a la tierra para poder trabajarla. Las mejores tierras están destinadas a monocultivos de exportación – naranjas, caña de azúcar, soja, algodón, café–. Al mismo tiempo, 40 millones de personas en Brasil sufren hambre crónica, la mayoría de las cuales vive en áreas rurales. Los pequeños agricultores son responsables de la mayor parte de la producción, así como de la creación de empleo en las zonas rurales. Por eso, la reforma de la tierra en Brasil es fundamental para resolver muchos de los problemas culturales y sociales del país. Mientras que la concentración de la tierra sigue siendo debatida, la violencia contra los/as trabajadores/as rurales aumenta y los “crímenes del latifundio” permanecen impunes. La Medida Provisoria Nº 2.027 del 4 de Mayo de 2000, del gobierno de Fernando Henrique Cardoso, puso más obstáculos a la reforma agraria. Esta ley dice que “la propiedad rural objeto de desposeimiento o invasión motivada por conflictos agrarios o fundiarios no será examinada en los dos años posteriores al abandono de la propiedad. En caso de reocupación de dicha propiedad, el periodo será el doble”. Esta medida es inconstitucional, ya que la Constitución brasileña no garantiza inmunidad para el desposeimiento de propiedades rurales. Se trata de un instrumento de represión, para que los movimientos sociales no ocupen los latifundios improductivos. La aplicación de la reforma agraria para las familias sin tierra, de manera que permita el acceso a tierras de cultivo es indispensable para garantizar, de forma sostenible, el derecho a alimentarse de estas familias. A pesar de que la Constitución brasileña ofrece los instrumentos judiciales necesarios para la realización de la reforma agraria, la falta de voluntad política y el mal funcionamiento de los órganos estatales brasileños impiden la aplicación eficiente y extensa del FIAN/ La Via Campesina
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programa de redistribución de la tierra. En 2003, el nuevo gobierno de Lula da Silva prometió dar prioridad a la lucha contra el hambre a través del programa “Hambre Cero”. Este programa incluye una serie de medidas de emergencia y estructurales, entre las que se encuentra la realización de la reforma agraria. Desde entonces, los sectores vinculados al latifundio se han movilizado y han presionado al gobierno. Utilizan tres armas clásicas: a) Incrementar su influencia en el poder judicial al nivel local, tradicionalmente vinculado a los latifundistas. b) Criminalizar, con ayuda de la prensa, al Movimiento Sin Tierra y a sus activistas. Los latifundistas también han conseguido que el Senado apruebe la creación de una comisión parlamentaria que investigue casos de ocupantes de tierras. c) Crear milicias y grupos armados al margen de la ley que realizan todo tipo de actos violentos. Por ejemplo, el “Primer Comando Rural”, que usa los mismos métodos que otras organizaciones criminales. Especial situación de las mujeres En Brasil, existen aproximadamente 19 millones de trabajadoras rurales. Éstas sufren un proceso inhumano de explotación de su fuerza de trabajo, por ser mujeres y por ser del campo. Y mucho más, si son negras. Además, su trabajo no es reconocido o, en muchas situaciones, no es remunerado. Cerca del 40% de las trabajadoras rurales son consideradas trabajadoras de familia, sin remuneración propia. Cuando la tienen, ésta es en promedio un 25% inferior a la del hombre. A eso se suma que las mujeres del campo trabajan de media un 20% más que los hombres, pues adicionalmente al trabajo en el campo, realizan las labores domésticas. En Brasil apenas un 1% de la propiedad rural está a nombre de las mujeres. La alfabetización y el registro de las mujeres son requisitos previos indispensables para tener la posibilidad de acceder solas o en copropiedad a títulos de tierra. Existen 6,5 millones de campesinas analfabetas en el país. El proceso de alfabetización de mujeres ha avanzado muy lentamente, pues los programas de alfabetización no gozan del estatus de política pública a nivel nacional y hacen falta educadoras. Sin embargo, 70% de la producción agrícola para el autoconsumo es resultado del trabajo de las mujeres. Aun así, no existen créditos específicos que apoyen la seguridad alimentaria de las familias ni se fortalecen las formas de producción de las mujeres. De esta forma, las mujeres tienen muy pocas posibilidades de acceder a créditos. Además, los logros conseguidos en el sistema de pensiones (por ejemplo, la garantía del estatus especial de trabajadoras rurales) corren el riesgo de desaparecer en el actual proceso de reforma del sistema de pensiones, prioridad número uno del gobierno actual para reducir el gasto público.
Caso 13:
Brasil: Familias campesinas en Usina Aliança luchan por justicia y tierra, Pernambuco (abril 2004)
Más de 600 familias campesinas que viven en las tierras improductivas de Usina Aliança, en Pernambuco, están sufriendo violaciones sistemáticas de sus derechos humanos, en especial del derecho a la vida y a la alimentación. Los/as trabajadores/as reivindican desde hace siete años la expropiación de 7.300 hectáreas de tierras, consideradas improductivas por el INCRA y por la Justicia Federal en Pernambuco. El poder judicial está bloqueando el proceso de expropiación. Eso está alienta al propietario de la fábrica Aliança a perseguir a los/as trabajadores/as por medio de grupos armados, con el objetivo de expulsarlos/as de las tierras. En 2003, fueron asesinados dos líderes de las familias campesinas y, debido de las amenazas, muchas familias tuvieron que abandonar las tierras que habían habitado durante años. Los asesinos y los que los contrataron permanecen impunes.
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El conflicto en las tierras de Usina Aliança tiene lugar en la región conocida como Mata, en el estado de Pernambuco, nordeste de Brasil. Esta región se caracteriza desde hace siglos por la economía de caña de azúcar. El monocultivo de la caña es concentrador de tierra, de ingresos y de poder. La caña -utilizada para la producción de azúcar y alcohol- está dominada por una élite poderosa, que controla sectores del Estado, sobreexplota a los/as trabajadores/as y no respeta las leyes laborales. Con la crisis de la caña en los años 90, muchos se endeudaron y despidieron a sus trabajadores/as. Actualmente, estas oligarquías han recobrado influencia en el gobierno brasileño, que depende de la exportación de productos agrícolas para la balanza externa. El resurgimiento de los barones del azúcar crea nuevas dificultades para los/as campesinos/as que luchan por la tierra y el apoyo del Estado a la agricultura de subsistencia. Las familias campesinas de Usina Aliança fueron despedidas en 1996. La fábrica no indemnizó a los/as campesinos/as y/o pactó acuerdos fraudulentos con los/as trabajadores/as que preveían el registro de parcelas de tierra más pequeñas que lo establecido por la ley. Frente a esta situación, las familias decidieron intensificar su lucha por los derechos laborales y por la expropiación de las tierras. La Usina Aliança (unidad industrial) tiene 23 zonas de plantaciones de caña. Hoy, hay familias acampadas en 21 zonas. Muchas de ellas viven allí desde hace varios años. A pesar de la presión sobre las autoridades brasileñas, hasta el momento no se ha avanzado en el proceso de protección y garantía de los derechos de las familias. En algunos casos, la situación se está agravando de manera preocupante. Las familias de una de las zonas de plantaciones, Agua Branca, fueron atacadas a finales de 2003, e Ivanildo Ferreira de Lima y Severino José da Silva fueron asesinados por paramilitares. Debido a estos asesinatos y a las amenazas, las familias que viven y cultivan las tierras de esta plantación tuvieron que abandonar sus casas y ya no pueden cultivar la tierra. El Estado brasileño, por medio del INCRA –la institución a cargo de la aplicación de la reforma agraria- y de la Justicia Federal, confirmó que las tierras son improductivas. El INCRA empezó un proceso de expropiación, según la ley brasileña. Sin embargo, los propietarios bloquearon el proceso a nivel judicial. Un juez federal (de la 7.a Cámara) emitió una sentencia contraria. El Tribunal Regional Federal de Pernambuco, continúa, de forma inexplicable, posponiendo la decisión, lo que agrava la situación de inseguridad de las familias y fomenta acciones de violencia de grupos armados contra los campesinos y las campesinas.
4.2
Colombia
Según el informe de 2002 del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre Colombia, el 67% de la población colombiana se encuentra bajo la línea de pobreza y cerca del 25% sufre hambre -en las zonas rurales, incluso más del 40% de la población–. La inequidad de la tenencia de la tierra es una de las causas principales de la pobreza en el campo: actualmente el 0,4% de los propietarios tiene el 61,2% de la tierra, mientras que el 57,3% dispone únicamente del 1,7%. Esta desigualdad en la distribución de la tierra se recrudece día a día debido a los numerosos desplazamientos forzados a los que se ven sometidos los/as pequeños/as campesinos/as, los/as indígenas y las comunidades afrocolombianas. Según estimaciones de la Consultoría de Derechos Humanos y Desplazamiento, entre 1985 y el primer trimestre de 2002, han sido desplazadas 2.855.410 personas, y sólo durante el año 2002, más de 400.000 personas fueron expulsadas. La Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de las Naciones Unidas (OCAH), reconoció en Mayo de 2004, que en Colombia está la crisis
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humanitaria más grave del hemisferio occidental. Después de la República Democrática del Congo y Sudán, Colombia es el tercer país con mayor número de desplazados internos. La distribución de la tierra en Colombia es hoy más injusta que nunca: después de un modesto proceso de redistribución entre 1970 y 1984, se puede observar desde ese entonces un proceso de reconcentración de las tierras en áreas mayores a las 2.000 hectáreas. Este proceso ha sido concomitante con la reducción drástica del área cultivada y el aumento exorbitante de la cantidad de tierras agrícolas dedicadas a la ganadería extensiva. Las causas de este proceso de reconcentración son diversas. En primer lugar están los narcotraficantes, quienes, para el blanqueo de dinero, se apropiaron de las mejoras tierras, con el fin de dedicarlas principalmente a la cría de ganado. Además, ha aumentado en últimos años el robo y la especulación de tierras en espera de su valorización si están junto a megaproyectos de infraestructura o de explotación de recursos naturales. Tradicionalmente, los terratenientes han estado aliados con las Fuerzas Armadas para defender militarmente sus intereses económicos. Es así como los grupos paramilitares, siempre apoyados por latifundistas y creados por el Estado en 1965 con el pretexto de una estrategia de contrainsurgencia, se fortalecieron y se multiplicaron en las últimas décadas. Estos grupos son los principales responsables del despojo de la propiedad a sangre y fuego sufrido por cientos de miles de familias campesinas en lugares económicos estratégicos. Por otra parte, la aplicación de políticas de ajuste estructural y, en particular, la liberalización del sector agrícola y la privatización de los servicios de extensión agropecuarios, han arruinado a la Colombia rural. Como indicador de la devastación económica basta mencionar que, desde los años 90, la importación de alimentos aumentó a un 700%. La crisis agropecuaria obligó a muchos/as trabajadores/as agrícolas a reinstalarse en zonas fronterizas y a dedicarse a cultivos prohibidos. El Plan Colombia En el año 2000 el Gobierno Colombiano lanzó, en estrecha colaboración con el Gobierno Estadounidense, una iniciativa con el supuesto propósito de combatir el narcotráfico y promover la paz conocida como el “Plan Colombia“. La meta oficial es la erradicación de la mitad de las plantaciones de coca y amapola hasta 2005, mediante la fumigación con herbicidas de las plantaciones y el bombardeo de laboratorios de cocaína. Las fumigaciones han tenido un efecto letal en las comunidades campesinas e indígenas de Putumayo, sur de Caquetá, al este de Amazonas, causando numerosas enfermedades, pérdidas de cultivos de alimentos y envenenamiento de las fuentes de agua y los suelos. Por otra parte, el Plan Colombia dice ofrecer alternativas a los/as campesinos/as para que sustituyan los cultivos de coca por plantaciones de palma africana, por ejemplo, dentro del modelo de las “alianzas estratégicas”. Esto implica para los/as campesinos/as integrarse en grandes proyectos empresariales destinados al mercado mundial en una forma modernizada de aparcería. El Banco Mundial ha apoyado estos planes en 2002 con un crédito para “asociaciones productivas“ en ocho zonas del país, seis de las cuales están controladas por paramilitares. La política del gobierno de contrarreforma agraria avanza paralelamente a los acercamientos a Estados Unidos para firmar un tratado de libre comercio bilateral. La bancarrota causada por la apertura a las importaciones agropecuarias en las zonas rurales se multiplicará si el ALCA o cualquier tratado de libre comercio eliminan la protección que aún tienen algunos productos agropecuarios frente a la competencia subsidiada por Estados Unidos. FIAN/ La Via Campesina
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De la ilegalidad a la institucionalidad El proceso de desarraigo de las comunidades rurales, su subordinación a los grandes propietarios y la subordinación de la economía agropecuaria a la inversión transnacional y al libre comercio han sido, en su mayoría, procesos al margen de la ley y forzados por la violencia paramilitar. En este sentido, causan gran preocupación diferentes iniciativas legales del Gobierno Colombiano que respaldarían la violación masiva y sistemática de los derechos de gran parte de la población rural. Un elemento clave de esta estrategia es el llamado “proyecto de ley de penalización alternativa”, con el que se garantizaría impunidad a los grupos paramilitares a cambio de que depongan sus armas. Los paramilitares, como se mencionó anteriormente, son los principales responsables del desplazamiento violento de las comunidades campesinas, negras e indígenas y, por eso, esta ley legalizaría las expulsiones masivas. La ley 791, por su parte, tiene por objeto facilitar la transferencia de las tierras abandonadas, al reducir el término de la prescripción ordinaria de bienes raíces de 10 a 5 años. Esta ley operará claramente en contra de los desplazados, ya que un 53% de ellos son pequeños propietarios. Para los/as campesinos/as desplazados/as, es prácticamente imposible acudir a los tribunales locales contra ocupantes de hecho de sus tierras, que reivindican la emisión de títulos de tierras tras cinco años. Al mismo tiempo, la ley 793 de 2002 anula prácticamente la legislación existente en materia de la confiscación de la tierras que no cumple la función social de la propiedad. Esto significa que ha desaparecido un instrumento importante en el proceso de redistribución de tierras. La ley 812 de 2003 sobre el Plan Nacional de Desarrollo agravará aún más esta situación. El Plan de Desarrollo determinó que los subsidios que antes daba el Instituto Colombiano de Reforma Agraria (INCORA) a campesinos y campesinas se darán ahora sólo a “proyectos de producción en sistemas de producción de carácter empresarial” que sean competitivos. Las tierras “abandonadas” por campesinos/as podrán ser entregadas a cualquier “productor”. Además, el gobierno cerró el Instituto de Reforma Agraria (INCORA) y creó un nuevo instituto de desarrollo rural que cuenta con un presupuesto insignificante. A pesar del desperdicio de tierra en las grandes haciendas, la mentalidad dominante ve en los/as campesinos/as independientes una competencia inaceptable para la modernización. Se ha divulgado la idea de que Colombia sólo puede desarrollarse con las grandes propiedades, lo que no deja a los/as campesinos/as otra alternativa que subordinarse a los grandes terratenientes y empresarios, o desaparecer. La sociedad civil Por parte de la sociedad civil, se ve una clara continuidad del terror sembrado durante años en las masacres: los asesinatos de dirigentes sindicales y populares, la oleada de detenciones y la estrategia de criminalización masiva del movimiento campesino y social desatada por el gobierno colombiano con su política de “seguridad democrática”.
Caso 14:
Violencia contra organizaciones campesinas colombianas
Numerosas organizaciones están sufriendo la represión del Estado colombiano, combinada con la acción de los grupos paramilitares. La Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria FIAN/ La Via Campesina
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(FENSUAGRO) es víctima de una auténtica cacería contra sus líderes regionales: una masacre fue perpetrada el pasado 11 de noviembre en el municipio de Cajamarca, asesinando a cinco líderes campesinos, entre ellos Ricardo Espejo, Marco Antonio Rodríguez, Germán Bernal, José Céspedes. En Arauca, fueron detenidos los sindicalistas Apolinar Herrera, Rudy Robles, Ney Medrano y Policarpo Padilla. Los hermanos Augusto Fonseca, José Rafael Fonseca y Ramón Fonseca, miembros activos del Sindicato de Trabajadores Agrícolas del Atlántico (Sintragricolas), así como Saul Copas, Presidente Departamental de Sintragricolas. Además se informó de la desaparición forzada de Víctor Jiménez Fruto, Presidente de Sintragricolas, sección de Ponedera, y del desplazamiento de Álvaro Londoño y Sunilda Colpas. Asimismo, algunos miembros del Sindicato de Trabajadores Agrícolas de Meta (SINTRAGRIM), sección de Bajo Ariari, y más de ocho líderes en el municipio de Cartagena del Chairá, Departamento del Caquetà encabezado por Víctor Oime, fueron obligados a exiliarse. Algunos líderes sindicales de SINTRAPALMA, Puerto Wilches, Ariano León, Julio Arteaga, Pablo Vargas, Alirio Rincón y Rauberto Rodríguez, entre otros, fueron expulsados a la fuerza. La Asociación de Mujeres Campesinas e Indígenas (ANMUCIC) ha sido perseguida, desplazada y amenazada, lo que ha llevado a su junta nacional a solicitar refugio internacional ante estos constantes ataques. El Sindicato de Trabajadores del antiguo instituto de la reforma agraria, SINTRADIN, también ha sido objeto de represión: el día 16 de noviembre fue asesinado Mario Sierra, dirigente de la sección de Arauca; Luis Jesús Rodríguez, Alonso Campiño y Diógenes, miembros de SINTRADIN –sección de Arauca–, han sido encarcelados injustamente. La Asociación Campesina Usuario – Unidad y Reconstrucción– ha sido perseguida en el municipio de Ricaurte y en los departamentos de Cauca y Nariño. En esta oleada de violencia, los sectores indígenas y sus comunidades, como Concuamos de Sierra Nevada de Santa Marta o los Belayas de Arauca, han sufrido el asesinato de varios de sus miembros. La Organización de la Zona Indígena de Putumayo ha sufrido detenciones masivas, entre ellos la del Vicepresidente de la OZIP. Guambianos de Silvia Cauca ha sufrido ataques similares, que han causado la pérdida de nueve de sus miembros.
Peticiones de las organizaciones campesinas en Colombia Reforma Agraria y Soberanía Alimentaria: La solución real al conflicto de Colombia Los/as campesinos/as colombianos han presentado propuestas concretas para resolver los problemas, con las que se podrían abrir las puertas a una paz duradera y a la democracia en Colombia. En abril de 2003, las organizaciones campesinas, indígenas y afrocolombianas aprobaron el “Mandato agrario por una vida en dignidad, la soberanía alimentaria, el derecho a la tierra y a la territorialidad ¡No al ALCA!”, programa común encaminado a solucionar el problema agrario. Los derechos humanos son la base de nuestro proyecto. Tres derechos fundamentales desde la perspectiva campesina (1) El derecho a la soberanía alimentaria y la protección de la producción alimentaria (2) El derecho a la tierra (3) El derecho a la participación FIAN/ La Via Campesina
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El mandato agrario. Nuestra propuesta. 1. El derecho a la vida. Plenas libertades democráticas y respeto de los derechos humanos - Respetar y garantizar la libertad de expresión, movilización, protesta, oposición política, organización, etc. 2. Soberanía alimentaria y seguridad alimentaria Autonomía y soberanía a la hora de considerar la producción, la distribución y el consumo de alimentos, con el objetivo de garantizar la autosuficiencia y el fortalecimiento de los mercados locales internos, a través de una estructura de producción orientada a generar productos básicos para alimentar y abastecer a la población, que esté en consonancia con sus necesidades nutricionales y culturales. Garantizar el acceso para toda la población a alimentos saludables y nutritivos No a los organismos genéticamente modificados. 3. Alternativas al ALCA y a los acuerdos de libre mercado Los acuerdos comerciales internacionales a favor del capital de las transnacionales dañan la producción y distribución nacional. 4. Derecho a la tierra Reconocimiento de los derechos históricos de las poblaciones indígenas y de los descendientes afrocolombianos sobre sus territorios y concretamente de las tierras colectivas. 5. Reconstrucción de la economía agraria Condonación de la deuda externa Condonación de las deudas de los/as campesinos/as y concesión de créditos a los/as campesinos/as Arrendamientos sostenibles y razonables establecidos por el gobierno Control gubernamental sobre la ciencia y la tecnología agrarias Reestructuración de las instituciones agrarias del Estado, dotándolas de un presupuesto adecuado y bajo el control de los movimientos sociales 6. Protección del medio ambiente Reconocimiento, promoción y protección del conocimiento ancestral de los pueblos indígenas, afrodescendientes y campesinos como sistemas en sí mismos para la producción y protección del medio ambiente No a la privatización de los ríos, playas, caladeros y demás Licencias ambientales para todo proyecto de intervención 7. Una política sensible con los cultivadores de coca, amapola y marihuana Poner fin a la fumigación ilegal El uso legal de estas plantas o su erradicación voluntaria y sustitución debe realizarse teniendo en cuenta la comunidad respectiva y con programas de financiación gubernamental: reforma agraria, reinstalación voluntaria, construcción de infraestructuras, producción, procesamiento y comercialización. 8. Derechos económicos, sociales y culturales para las poblaciones campesinas, indígenas y descendientes afrocolombianos Reconstruir y fortalecer el sistema de salud pública Garantizar un sistema educativo público y de calidad FIAN/ La Via Campesina
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Garantizar el derecho al trabajo: elaboración de planes concretos para combatir el desempleo, así como subsidios al desempleo rural Garantizar el ejercicio pleno de los derechos laborales Respetar los derechos del niño y atender sus necesidades básicas en las zonas rurales
9. Reconocimiento político de los campesinos y las campesinas Participación política efectiva y representación de los campesinos y las campesinas con autonomía, voto en la toma de decisiones en las instancias de planificación, gestión y ejecución de programas políticos relacionados con la agricultura, el territorio y la vida rural. Garantizar la participación de los indígenas y las comunidades afrodescendientes Reconocimiento de los derechos y de la contribución de las mujeres rurales 10. Reconocimiento de los derechos de las familias campesinas, indígenas y afrocolombianas Aplicar medidas contra la discriminación de la mujer Garantizar la participación de la mujer rural Proteger en especial a las mujeres que han de hacer frente a la violencia 11. Derechos territoriales Las comunidades indígenas, los/as campesinos/as y los/as descendientes afrocolombianos/as tienen derecho a definir y ejercer con autonomía el gobierno autónomo en sus territorios. Puesta en práctica de acuerdos previos con las respectivas comunidades para la aplicación de políticas acordes con sus realidades étnicas, sociales, culturales, económicas, ecológicas y geográficas, aplicando una nueva política territorial a favor de estas comunidades que fortalezca al mismo tiempo la soberanía, la unidad y la diversidad y proteja las culturas de las diversas regiones 12. Poner fin a las expulsiones forzadas Especial atención requieren las familias expulsadas a través de programas de alimentación, salud y educación, recuperación social, garantía de vivienda y empleo digno, seguridad y estabilidad, así como del retorno o la reinstalación voluntaria en tierras adecuadas Reparación, indemnización y compensación a las familias y personas que han sufrido desalojos forzosos Anulación de las transacciones de tierra y devolución de tierras a los/as campesinos/as, indígenas y afrocolombianos/as expulsados/as. 13. Soluciones políticas al conflicto social armado Paz sostenibilidad, cumplimiento de acuerdos, soberanía nacional, transformación del régimen político, solución de los conflictos económicos y sociales Solución del problema de la concentración de la tierra Investigación y penalización de las acciones paramilitares No a las zonas rehabilitación, redes de información y otras medidas que impliquen a la población civil en el conflicto existente. No al reclutamiento forzoso.
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4.3. Indonesia2 Introducción En Indonesia, se cometen constantemente violaciones de los derechos humanos, especialmente de los/as campesinos/as. A continuación, se presentan algunos casos de violación de los derechos de los campesinos/as en Indonesia: 1. Manggarai, Nusa Tenggara Este, marzo de 2004. a. Garut Java, agosto de 2003. b. Bulu Kumba, Sulawesi Sur, julio de 2003 c. Mawun- Nusa Tenggara Oeste, junio de 2001 d. Palu Pakih, Sumatra Norte, enero de 2004 e. Aldea de Ai Mago, Sumatra Este, septiembre de 2002 La mayoría de los casos se basan en conflictos agrarios entre campesinos/as y el gobierno, la empresa inversora y los/as campesinos/as o el gobierno y las empresas inversoras. Existen muchos conflictos agrarios, o bien sin solución o pendientes de decisión. Los/as campesinos/as y se enfrentan a otro problema que les afecta duramente: la liberalización del mercado. Los productos agrícolas indonesios no pueden competir con los importados, lo que se debe a los altos costes de producción. Esta información nos da una idea de cómo los/as campesinos/as de Indonesia se han convertido en víctimas de diferentes violaciones de los derechos humanos.
Caso 15: Manggarai, provincia Nusa Tenggara Este Localización: Aldea Meler, distrito Kuwus, regencia Manggarai, provincia Nusa Tenggara Este Caso: El gobierno de la regencia Manggarai reclama que la tierra de los/as campesinos/as está localizada dentro de un área de protección forestal. El miércoles 10 de marzo de 2004, seis campesinos/as de Manggarai murieron por disparos de la policía. 7 campesinos/as resultaron heridos/as durante el tiroteo y otras muchas personas fueron golpeadas y detenidas en la comisaría de Manggarai. La tragedia comenzó con la protesta de los/as campesinos/as en una zona considerada de protección forestal. Los/as campesinos/as fueron detenidos/as el día 9 y acusados/as de talar árboles en la zona de protección forestal. El regente ordenó a la policía cortar el café, la vainilla y el clavo de las familias campesinas. Contexto: Meler Kuwus es una zona boscosa en el distrito de Ruteng y en el distrito de Kuwus en la regencia Manggarai. En esta área hay cuatro aldeas que cubrían 3.040 hectáreas. En 1937, los colonialistas holandeses y las comunidades indígenas acordaron declarar el bosque zona protegida. En septiembre de 1972, de acuerdo a la decisión n.º 63 del Gobernador de la provincia de Nusa Tenggara Este, se creó un comité para controlar la tierra forestal. En este comité no se involucró a los que habían vivido y trabajado la tierra de la zona controlada.
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Preparado por la FSPI (federación de sindicatos agrarios indonesios)
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Los/as campesinos/as y comunidades indígenas de Meler Kuwus, que habían vivido y trabajado la tierra durante generaciones, decidieron quedarse en la zona de protección forestal. Los resultados del control realizado dieron lugar a la decisión del 21 de enero de 1986 del Ministerio del Departamento de Silvicultura, y entonces el gobierno decretó que la tierra debería convertirse en zona de conservación forestal. Según la ley forestal n.º 41/1999, en áreas de protección forestal no están permitidas las actividades productivas. Las gentes de Meler Kuwus tuvieron que abandonar el bosque para minimizar la destrucción forestal. El regente emitió la carta de instrucción n.º DK.522.11/1134/10/2002 sobre la operación de la zona de protección forestal. El equipo encargado de la operación estaba compuesto por la policía de Manggarai, el ejército 1612 Ruteng, la policía forestal, el fiscal del distrito y otro cargo público en el área de Meler Kuwus. La operación empezó en octubre de 2002 y duró hasta octubre de 2003. Durante la misma, el equipo cortó plantas como café, vainilla y clavo. Asimismo, detuvieron a 91 personas en mayo de 2003. Entre el 29 y 30 de julio detuvieron a otras 23 y continuaron destruyendo las plantaciones de las comunidades hasta diciembre de 2003. El 9 de marzo de 2004, otras 9 personas fueron detenidas y, en vista de la situación, el día 10 de marzo de 2004, 1.500 campesinos y campesinas de Meler Kuwus Manggarai protestaron. Durante esta protesta, se produjeron los desgraciados hechos narrados al principio.
Caso 16: Regencia Garut; provincia Java Oeste Localización: Aldeas 1. Sancag, distrito de Cibalong 2. Papandayan, distrito de Cinbalong 3. Darakat, distrito de Cisurupan 4. Pasir Wangi, distrito de Cisurupan 5. Talaga Bodas, distrito de Wanaraja Caso: El caso de enfrentamiento se da entre campesinos y campesinas y la policía, el gobierno local de Garut y el Departamento de Silvicultura. La violación de derechos atañe a los campesinos y campesinas que trabajan la tierra en el bosque de Garut. El 12 de agosto de 2003, el Departamento de Silvicultura organizó la operación Wana Laga Lodaya. El equipo de la operación estaba compuesto por la policía de Java Oeste, 190 personas del departamento forestal, policía de la Brigada especial y otras fuerzas armadas relacionadas con los bosques. La operación comenzó cuando este equipo irrumpió en las tierras y aldeas de estos/as campesinos/as. Llevaban armas, un mapa y una lista de personas que eran los objetivos de la misión. Destruyeron la tierra de labor, quemaron las casas en el área de Sacang, distrito de Cinbalong, en Papadayan y Drajat, distrito de Cisurupan y en Pasir Wangi y Talaga Bodas, en el distrito de Wanaraja, residencia Warut. Durante la operación del 11-14 de agosto, al menos 44 personas fueron detenidas. La mayoría de los habitantes del bosque son campesinos y campesinas sin tierra, ya que el 70 % de la tierra forma parte de grandes plantaciones, del Departamento de Silvicultura o de plantaciones estatales. Según el Departamento de Silvicultura y Plantaciones, a los/as campesinos/as de Garut sólo les pertenecía un promedio de O,13 hectáreas de tierra por familia. Esto motivó a 1.400 campesinos y campesinas, así como a los/as trabajadores/as agrícolas a ocupar tierra en los bosques y a cultivar esta tierra para sobrevivir. Los/as que ocuparon las tierras eran campesinos y campesinas sin tierra. El Departamento de Silvicultura consideró que la agricultura dentro del área forestal contribuía a la destrucción de ésta. Así que, bajo esta premisa, financió la operación de Wanalaga Lodosa durante un mes.
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Caso 17: Regencia Bulukumba, provincia Sulawesi Sur Caso: Violación de derechos y criminalizacion de la lucha campesina para recuperar la tierra de manos de la Compañía London Sumatra Plantation (PT Lonsum). El 21 de julio de 2003, un equipo policial de la regencia Bulukumba atacó, disparó y asesinó a campesinos/as de la aldea de Kajang, regencia Bulukumba. Los campesinos y campesinas protestaban y demandaban su derecho a recuperar su tierra tomada por PT Lonsum desde 1981. Durante la acción policial murieron 4 personas, 20 resultaron heridas y 24 fueron detenidas. Tras el incidente, la policía continuó expulsando a los campesinos y a las campesinas del bosque y de las aldeas y advirtió matar a 24 personas que habían huido si no se entregaban a la policía en 48 horas. Los 24 huidos estaban acusados de instigadores por el responsable de la policía del sur de Sulawesi, Irjen Pol Yusuf Mangabarani. La policía bloqueó la zona de conflicto e impidió a las víctimas, mediante el uso de la fuerza, evacuar la zona. Incluso la persona que murió en el hospital no pudo ser enterrada porque a la gente le daba miedo ocuparse del cuerpo. Un equipo de investigación de una ONG de Sulawesi Sur fue detenido cuando intentaba evacuar a las personas heridas. El conflicto agrario entre los campesinos y las campesinas de las aldeas de Bonto Mangiring y Bonto Baji, regencia Bulukumba y PT Lonsum comenzó cuando esta compañía comenzó a apropiarse de las tierras de los/as campesinos/as en la región, que lindaban con PT Lonsum. En 1980 la compañía, con el apoyo del gobierno y del ejército, ocupó y destruyó cientos de casas y tierras de labor en algunas aldeas. PT Lonsum dijo que la tierra de labor estaba dentro del área de la plantación para la que tenía permiso y por eso unió estas tierras a sus plantaciones de caucho. Del 5 al 9 de marzo de 2003, la compañía utilizó a sus empleados para ocupar y quemar cinco casas in Bonto Mangiring. Por la tarde, cientos de personas acudieron a la zona. Se arrojaron piedras y se vio a un civil, Andi Makking, disparando contra personas. Esto también fue presenciado por 24 policías bajo el mando de Abdul Rauf. Desde el 9 de marzo de 2003, la gente ha ocupado el lugar y, entre el 10 y el 14 de marzo, los campesinos y las campesinas organizaron una marcha pacífica frente a la Cámara de Representantes en Bulukumba, con el objetivo de pedir al gobierno que resolviera el problema, volviendo a medir la tierra de PT Lonsum y ajustando la medida de su permiso. Pero la compañía rechazó la propuesta y, junto con la policía, comenzó a llamar a 86 personas para interrogarlas en la comisaría. Los/as campesinos/as denunciaron a la policía la quema de casas por parte de PT Lonsum y que el civil que disparó era un empleado de la compañía llamado A Abdul Malik. El 18 de mayo de 2003, a medianoche, la policía atacó las aldeas de Bonto Mangiring y Bonto Baji con un coche de policía y tres coches de PT Lonsum. Atacaron y destrozaron las casa y arrestaron a cuatro personas. Los/as campesinos/as, para protestar contra los arrestos, organizaron una manifestación ante la Cámara de Representantes durante diez días, del 1 al 10 de junio de 2003. La Cámara de Representantes organizó una reunión de urgencia en la que se decidió liberar a los cuatro campesinos encarcelados, pero la policía no los ha puesto en libertad hasta la fecha, debido a una orden contraria procedente de los altos cargos de la policía de Bone. El 21 de julio de 2003, tras muchos días de protesta sin respuesta positiva, 1.500 campesinos y campesinas ocuparon la plantación de caucho en la aldea de Bonto Mangiring. 12 policías y 140 policías de la brigada especial abrieron fuego, sin negociación alguna, contra ellos. 5 personas resultaron muertas.
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Caso 18: Caso Mawun, provincia Nusa Tenggara Oeste Localización: Aldea Tumpak, distrito Pujut Regencia: Central Lombok Provincia Nusa Tenggara Oeste Caso: violación de derechos y criminalización de la lucha campesina para recuperar la tierra usurpada por PT Aratica Company. En mayo de 2000, 4 campesinos/as de la aldea Mawun fueron detenidos por la policía de Central Lombok acusados de talar un cocotero propiedad de la compañía Aratica. La tierra en la que se taló el árbol nunca había sido objeto de negociación con PT Aratica. Hasta hoy, el conflicto no se ha resuelto. En junio de 2001, la compañía pagó a paramilitares para que expulsaran de la zona a los campesinos y a las campesinas. En junio de 2001, 100 paramilitares expulsaron a los campesinos y a las campesinas de sus tierras usando machetes cortos, cuchillos, etc. Uno de los campesinos mostraba signos evidentes de haber sido brutalmente golpeado. La isla de Lombok, en la provincia de Nusa Tenggara Oeste, está situada al este de Bali, lugar de hermosas playas. Tiene una población de 2.500.000 habitantes. En 1980, el gobierno empezó con proyectos turísticos en Lombok e invitó a inversores extranjeros. En 1990, PT Aratica negoció con los campesinos y las campesinas el precio de sus tierras de labor. Durante las negociaciones, la compañía manipuló las mediciones de las tierras y los campesinos y las campesinas fueron obligados/as a vender a bajo precio sus propiedades, por 50.000-150.000 rupias, e incluso PT Aratica argumentó haber comprado tierras que los/as campesinos/as nunca vendieron. En 1994, la compañía echó a los/as campesinos/as de sus tierras y les dijo que se iba a construir un hotel en estas tierras. En respuesta, los campesinos y las campesinas protestaron por la acción represiva. Hasta 1999, PT Aratica no había construido nada en estas tierras. Al final se descubrió que la compañía no era la que quería desarrollar el turismo en Lombok. Eran los intermediarios que querían sacar beneficios a las industrias turísticas vendiéndoles las tierras. En julio de 1999, los campesinos y las campesinas informaron a las autoridades locales de sus problemas, esperando obtener una solución favorable, pero el gobierno no respondió. En marzo de 2000 ocuparon sus propias tierras y las volvieron a trabajar.
Caso 19: Jarong Rantau Panjang- provincia Sumatra Oeste Localización: Aldea Jarong Rantau Panjang, Nagrik Sasak, distrito Ranah Pesisir Caso: Conflicto de la reforma agraria en las tierras de comunidades indígenas usurpadas por la Compañía PT Gersindo Minang Plantation (PT GMP) El conflicto se inició en 1997, cuando PT GMP se apropió de las tierras indígenas y de la aldea Jaorong Rantau y las convirtió en plantaciones de aceite de palma. Tras cinco años de negociaciones con la compañía, los campesinos y las campesinas llevaron sus reclamaciones hasta la Cámara de Representantes en Sumatra Oeste el día 24 de septiembre de 2002. El 26 de julio de 2003, el Regente de Pasaman ordenó volver a hacer las mediciones de la tierra y estas mediciones acabaron en agosto de ese mismo año. Pero hasta hoy ni siquiera el propio Regente ha hecho un seguimiento de este caso. En enero de 2004, la compañía PT GMP denunció a la policía las actividades de los/as campesinos/as. La policía respondió llamando a comisaría a tres miembros del Sindicato Campesino de Sumatra Oeste (SPSB) para ser interrogados. Pero hasta FIAN/ La Via Campesina
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hoy el caso no ha sido resuelto y los/as campesinos/as no han recuperado aún la tierra de sus antepasados ni han disfrutado de su derecho a la alimentación.
Caso 20: Palu Pakih- Provincia Sumatra Norte Localización: Aldea de Palu Pakih, distrito Batang Serangan Regencia Langkat, Sumatra Norte Caso: Conflicto de tierras entre los/as campesinos/as de Palu Pakih y la compañía de plantación estatal (PTPN II) El conflicto de tierras lo viven las personas de la aldea de Palu Pakih. La aldea era antes un bosque, habitado desde hace muchos años. La compañía alega que la aldea está en el área de su plantación. Los/as campesinos/as pertenecen al Sindicato Campesino de Sumatra Norte (SPSU). El día 10 de enero de 2004, éstos ocuparon las tierras y levantaron en ellas un campamento. El 12 de enero, los empleados de la PTPN II trataron de desalojarlos/as, pero los/as campesinos/as lograron resistir. En la mañana del 14 de enero, los empleados de la PTPN II volvieron con 50 personas, entre otras, de dos brigadas especiales de la policía, y un oficial de seguridad. Iban pertrechados de armas como espadas y escopetas, y destrozaron con ellas los campamentos. También amenazaron a la gente gritándoles y con dispararlos. Dispararon dos veces, la gente regresó a la aldea, reunieron a más personas y consiguieron detener a los empleados de la PTPN II. Ese mismo día volvieron 30 policías buscando a Suryono y al jefe de la aldea, la policía entró en sus casas pero no pudo encontrarlos. No tenían orden ninguna para registrar las viviendas. No los encontraron. A su regreso, se encontraron con Kintir, Adi Syahputra y con Sunardi y se los llevaron a comisaría. La misma noche, los 85 habitantes de la aldea fueron a la comisaría de Langkat, pero el policía de guardia les informó de que los detenidos habían sido trasladados a la comisaría de Stabat. A la mañana siguiente, negociaron con el jefe de policía de Stabat, que les prometió poner en libertad a los tres campesinos al día siguiente. Ya que la policía no cumplió lo prometido, los/as campesinos/as volvieron con más gente e insistieron en que soltaran a Kintir, Adi Syahputra y Sunardi. Debido a la presión de la gente, la policía finalmente los liberó.
4.4 Sudáfrica Tras 10 años de democracia política en Sudáfrica, la situación de los/as pobres y de los/as campesinos/as sin tierra no ha mostrado ni uno sólo signo de mejora, sino que su situación en la actualidad es aún más precaria. Hay 19 millones de pobres y campesinos/as sin tierra en las zonas rurales y 7 millones de pobres y campesinos/as sin tierra en el área urbana. El Estado Sudafricano no ha conseguido hasta ahora rectificar, con su reforma de la tierra basada en tres pilares, el masivo desposeimiento que los africanos han sufrido durante un siglo de desalojos forzados. Menos de un 1,2% de la tierra de cultivo utilizada actualmente para la agricultura comercial fue redistribuida o restituida a los sudafricanos negros entre 1994 y 2001.3 Como consecuencia de la lenta aplicación de la reforma de la tierra y la sesgada distribución de la tierra, las condiciones de vida de los/as campesinos/as negros/as en las zonas rurales apenas han cambiado: del 50% de los sudafricanos bajo la línea de pobreza –casi exclusivamente negros-, el 70% vive en zonas rurales. 3
Ministerio de Sudafricano para Asuntos de Tierra (2002).
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Estos casi 14 millones de africanos rurales están hacinados en tierras improductivas, que son de mala calidad y carecen de la infraestructura necesaria. Mientras tanto, unos 60.000 agricultores blancos dedicados al cultivo comercial poseen más del 80% de la tierra agrícola primaria.4 Además, en lugar de distribuir tierras entre los/as pobres, campesinos/as sin tierras y los/as que se ven obligados/as a ocupar tierras, éstos/as han perdido más tierras a través de expulsiones forzadas. Uno de los problemas estructurales de las zonas agrícolas de Sudáfrica es la ausencia de cualquier mecanismo de supervisión de la aplicación de la legislación: los agricultores blancos, con métodos de seguridad y sus unidades de defensa propia, siguen reinando en un Estado sin ley; los/as campesinos/as negros/as siguen teniendo un acceso limitado a la justicia. Reforma de la tierra en Sudáfrica Cuando el Congreso Nacional Africano ganó las primeras elecciones democráticas en Sudáfrica en 1994, con más de un 60% de los votos, el nuevo gobierno introdujo su programa de Reconstrucción y Desarrollo (RDP), encaminado a mejorar las condiciones de vida de la mayoría pobre negra, empobrecida por un siglo de políticas discriminatorias. Un componente del RDP es el programa de reforma de la tierra, cuya aplicación comenzó poco después de la entrada en funciones del nuevo gobierno. Está formado por tres ámbitos: restitución, redistribución y reforma de la tenencia. La base jurídica de la restitución está consagrada en la Ley de Restitución de los Derechos de la Tierra (1994). En virtud de esta ley, aquellas personas o comunidades desposeídas de su propiedad a partir de 1913, como fruto de leyes y prácticas racistas del pasado, pueden acudir a los tribunales para recibir de vuelta su tierra/propiedad o una compensación equivalente a dicha tierra/propiedad hasta el 31 de diciembre de 1998. La resolución de las 68.878 demandas de restitución comenzó siendo lenta -31 casos en 1998-, pero luego mejoró, hasta llegar a 46.727, con un total de 590.880 beneficiarios/as a finales de 2003.5 La gran mayoría (86%) de estas demandas proceden de la zona urbana y han sido presentadas principalmente por familias, a título privado. Por ello, la restitución no ha ido destinada al desposeimiento a gran escala sufrido por todas las comunidades rurales. Una vez más, tanto las demandas urbanas como las rurales han sido resueltas con una compensación financiera (59%) y no con la devolución de la tierra. El objetivo del pilar de la redistribución de la reforma de la tierra es la “redistribución de la tierra entre los/as pobres sin tierra, arrendatarios/as, trabajadores/as agrícolas y agricultores/as emergentes [...], con el fin de mejorar su sustento y su calidad de vida".6 Cuando comenzó a aplicarse el programa, el objetivo era redistribuir el 30% de la tierra de cultivo del país en los siguientes 5 años. Entre 1995 y marzo de 1999, apenas 60.000 familias recibieron asignaciones para comprar tierra en el marco del primer programa de redistribución (Asignación para la Liquidación por Tierras/Adquisición de Tierras, SLAG). En 2000, se sustituyó el SLAG por el programa de Redistribución de Tierras para el Desarrollo Agrícola, LRAD. El LRAD se basó ampliamente en los programas de reforma de la tierra del Banco Mundial implantados en Colombia y Brasil.7 La idea base es que el mercado determina la oferta y la demanda, con el respaldo de créditos y de la creación de capital, y no que el Estado se encarga de expropiar y redistribuir tierras entre los/as campesinos/as sin propiedad. El programa de redistribución ha sido criticado por no haber cumplido con los objetivos establecidos y por sus problemas estructurales. Con tan solo unos 500 millones (~70 millones de euros) de asignación 4
Informe “Sustainable Livelihoods in Southern Africa”, 2001.
5
Datos del Ministerio de Asuntos de Tierras.
6
Proposición de ley sobre política de tierras 1997:36
7
Barros et al. (2003): "Reforma de la tierra asistida por el mercado - Ilusión de un futuro”, en: Impactos negativos de la reforma de la tierra asistida por el mercado del Banco Mundial . Rede Brasil, pág. 26.
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anual para el programa, el presupuesto es muy modesto en comparación con la magnitud de los problemas económicos rurales de los/as campesinos/as sin tierra ni trabajo. La reforma de la tenencia de la tierra está basada en una serie de leyes, que protegen los derechos de los/as arrendatarios/as y trabajadores/as agrícolas y que están encaminadas a estructurar la gestión, el control y los convenios sobre la tierra comunal, sobre todo la de los antiguos bantustanes8. La aplicación de la reforma de la tenencia de la tierra, sin embargo, deja también mucho que desear. Las condiciones de vida y de trabajo en explotaciones comerciales apenas han cambiado desde 1994. Los 5 millones de trabajadores/as agrícolas constituyen posiblemente el segmento más pobre y privado de la clase trabajadora sudafricana. Los propietarios de las grandes explotaciones agrícolas comerciales del país son conocidos por su total despreocupación por los derechos de los/as trabajadores/as, así como por el uso de métodos, como acosos, intimidaciones, violencia y desalojos ilegales, para así someter a los/as trabajadores/as e impedir su organización en sindicatos –independientemente de que haya leyes destinadas a proteger estos/as trabajadores/as frente a semejantes abusos–.9 Los desalojos de los/as trabajadores/as agrícolas sin órdenes procedentes de los tribunales y en contra de la ley son frecuentes, a menudo en connivencia con la policía local.10 Según estas críticas, la ESTA, pieza central de la legislación antidesalojo de la reforma de la tenencia de tierras, no ofrece suficiente protección. Además, es inquietante que “ni un solo caso de desalojo ilegal haya llegado a los tribunales a finales de 2000." 11
En la sociedad civil, e incluso en el gobierno, muchos/as están decepcionados/as por el poco avance logrado en la redistribución de la tierra de cultivo sudafricana. Más aún, los/as campesinos/as sin tierra y los/as trabajadores/as agrícolas han comenzado a organizarse y a canalizar sus demandas a favor de una reforma agraria rápida y eficaz a través del Movimiento Sin Tierra (MST), fundado en 2001. El MST pasó a un primer plano en agosto de 2002, por las marchas de campesinos/as sin tierra organizadas en Johannesburgo, durante la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible. La frustración provocada por el fracaso del programa de reforma de la tierra ha llevado al MST a plantar frente al programa con más ímpetu. Por ejemplo, el MST solicitó una cumbre nacional sobre tierras, para tratar las causas fundamentales de estas promesas sin cumplir. No obstante, se ha ignorado esta petición, a pesar de las repetidas reuniones y promesas por parte del gobierno. Desde entonces, el gobierno ha adoptado la vía de la confrontación y ha mostrado una posición intransigente, lo que ha resultado en un aumento de la criminalización de los activistas del MST. En 2004, el MST protestó por los 10 años de fracaso en la reforma de la tierra, haciendo un llamamiento a los/as pobres y a los/as campesinos/as sin tierra, para que boicotearan las elecciones del 14 de abril de 2004 con su campaña "¡No hay tierra! ¡No hay voto!". Su decisión de lanzar la campaña "¡No hay tierra! ¡No hay voto!" surgió después de un periodo de más de dos años, cuando vieron que las esperanzas puestas en la transformación democrática se estaban convirtiendo en poco más que "democracia de voto", es decir, que se espera que todo el mundo vote cada cinco años, pero no se hace nada para resolver los problemas durante este tiempo. Aunque el MST tomó grandes precauciones para asegurar que sus miembros no interferían con 8
La Ley de Reforma de la Tierra de 1996 especifica los derechos de los/as trabajadores/as y residentes agrícolas en explotaciones privadas. La Ley de Extensión de la Seguridad de la Tenencia, o ESTA, de 1997, así como la Ley de Prevención de Desalojos y Ocupaciones de Tierras Ilegales (1998), tienen como objetivo la protección de los ocupantes de las explotaciones privadas frente a desalojos forzados. El Proyecto de Ley sobre los Derechos sobre la Tierra Comunal, pendiente de aprobación en 2004, constituirá la primera ley de gran alcance en la administración de las tierras comunales. 9
Comisión de Derechos Humanos Sudafricana, Inquiry into Human Rights Violations in Farming Communities (2003), (www.sahrc.org.za ) documenta estas prácticas en profundidad. 10 Kgwadi, Elizabeth & Michael Nefale (2003): Impactos negativos de la reforma de la tierra asistida por el mercado del Banco Mundial. Rede Brasil, pág. 306. 11 ibid.
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los derechos de aquéllos/as que querían votar, se hizo frente a su campaña con violencia y presiones.
Caso 21: Represión de activistas sin tierra (2004) El 14 de abril de 2004, poco antes del 10° aniversario de democracia política en el país, se celebraron votaciones en la República de Sudáfrica. Este mismo día, 62 miembros del MST Gauteng fueron detenidos por querer realizar una protesta pacífica, en Thembelihle, al sur de Johannesburgo, como parte de la campaña nacional "¡No hay tierra! ¡No hay voto!" del MST. Entre los detenidos, se encontraban líderes del MST Gauteng y otros activistas. Las detenciones fueron justificadas en virtud del "Código de Conducta Electoral” y de la “Ley de Congregaciones Ilegales de 1993". No se permitió reunirse a los miembros del MST, aunque estaban dispuestos a observar las normas que establecen una distancia de 200 m de cualquier centro de votación. Fueron detenidos cuando bajaban de los coches, antes de que pudiese celebrarse cualquier congregación. Durante las detenciones, la policía hizo un uso excesivo de fuerza. Algunos fueron golpeados, pataleados, abusados verbalmente y agredidos con gas lacrimógeno, sin que el MST hubiese provocado previamente a la policía. Asimismo, 4 miembros del MST -Maureen Mnisi, Presidente de MST y responsable de proyectos nacionales y de educación, Moses Mahlangu, joven activista de MST, Ann Eveleth y Samantha Hargreaves, miembros de la estructura asesora de MST- fueron sacados de sus celdas en prisión por el servicio de inteligencia, sobre media noche, el día de las elecciones. Intentaron raptar a Maureen Mnisi de la comisaría de policía de Protea, sin firmar el abandono de celda. Gracias a la intervención de la policía uniformada, fue devuelta a su celda. Los otros 3 activitas mencionados fueron llevados por separado a cuartos para ser interrogados y sufrieron torturas físicas y psicológicas hasta primeras horas del jueves, 15 de abril. Estos parecen ser los primeros informes de tortura concertada sufrida por activistas detenidos desde 1994. Las detenciones, los abusos y las torturas de los miembros del MST el día de las elecciones sudafricanas no son casos aislados. Desde 2002, ha habido numerosos informes sobre la represión de las manifestaciones del MST, así como de las hostigaciones e intimidaciones de los miembros del MST por parte de la policía y agencias de inteligencia del gobierno. Asimismo, el organizador nacional del MST, Mangaliso Kubheka, ha recibido amenazas de muerte de un agricultor blanco y de sus hombre armados. Ha pasado las tres últimas semanas en el exilio y teme por la seguridad de su familia. A pesar de la intervención de Jody Kollapen, Presidente de la Comisión Sudafricana de Derechos Humanos (SAHRC), en la comisaría de policía de Ingogo, Mangaliso Kubheka sigue sin protección policial. La policía también ha indicado que no están preparados para levantar cargos contra los agricultores blancos y sus hombres armados.
5.
Resumen
Este documento ha ilustrado la gravedad de los problemas a los que las comunidades campesinas de todo el mundo tienen que hacer frente. Los/as campesinos/as están enfrentados/as a numerosas, complejas y profundas violaciones. Dado que los/as campesinos/as están en mayoría en la población mundial, las violaciones sistemáticas de sus derechos humanos han sido históricamente desatendidas en el sistema de derechos humanos. Con el reconocimiento creciente de los derechos económicos, sociales y culturales, es más fácil debatir y documentar las violaciones de los derechos de los campesinos y las campesinas. FIAN/ La Via Campesina
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Violaciones de derechos humanos de campesinos/as
Resumen
Millones de campesinos/as han sido víctima de desalojos forzados. Se ha obligado a los/as campesinos/as a abandonar sus tierras a través de diversas formas de apropiación de tierras: construcción de presas, creación de plantaciones destinadas únicamente al aumento de los cultivos industriales para la exportación, construcción de hoteles, campos de golf, zonas comerciales, etc. Detrás de estas políticas que han forzado los desalojos, están compañías o inversores, tanto nacionales como internacionales. A menudo, se priva a los/as campesinos/as del acceso a otros recursos productivos, como semillas locales, biodiversidad y agua. La biodiversidad está siendo destruida por muchas técnicas agrícolas modernas. Como resultado de estas tendencias, millones de campesinos/as padecen hoy hambre y desnutrición. Esto no se debe a que no haya suficientes alimentos en el mundo, sino a que los/as campesinos/as son obligados/as a desplazarse hacia áreas marginales, sus gobiernos no los apoyan y el sector agrícola y el del procesamiento de alimentos se encuentra muy concentrado en las manos de unas pocas multinacionales. En estas circunstancias problemáticas, también se violan otros derechos de los/as campesinos/as. La salud de los/as campesinos/as y de sus familias, así como su acceso a la educación están empeorando. Al mismo tiempo, los/as campesinos/as tienen que arrostrar serias violaciones de sus derechos civiles y políticos. Su capacidad para protegerse y luchar por su vida y su papel político en la sociedad está disminuyendo. A menudo tienen un acceso muy limitado a la justicia. Muchos/as líderes campesinos/as se ven enfrentados/as a hostigaciones y persecuciones políticas. Asesinatos, muertes, amenazas, etc. son parte del día a día en la lucha de las organizaciones campesinas de muchos países por sus derechos. La situación de los/as campesinos/as recibe una influencia cada vez mayor de la evolución internacional. Los subsidios en los países desarrollados y las multinacionales, así como los monopolios comerciales son responsables de prácticas de dumping. De esta manera, los/as campesinos/as reciben en muchas áreas rurales ingresos inadecuados por sus producciones agrícolas. Las condiciones marco establecidas en los acuerdos internacionales, como los de la OMC o las políticas de ajuste estructural del BM y del FMI, pueden limitar seriamente la capacidad de los Estados en materia de cumplimiento de sus obligaciones de derechos humanos y de proteger adecuadamente a sus campesinos/as. La OMC protege directamente las prácticas de dumping y los subsidios a la exportación agrícola para Europa y los EE UU, que pueden llevar a la destrucción del acceso a la tierra de los/as pequeños/as campesinos/as en los países en vías de desarrollo. Se deben tratar estas políticas y tendencias, con el fin de encontrar soluciones a los problemas de las violaciones que sufren los/as pequeños/as campesinos/as. En realidad, sólo será posible conseguir una significativa reducción del número de personas con hambre y pobreza en el mundo si se busca una solución sostenible, si se abordan de manera específica los problemas de los/as pequeños/as campesinos/as en las áreas remotas y marginales. Dado que no se ha prestado suficiente atención a toda esta problemática, La Vía Campesina está reflexionando sobre el desarrollo de un instrumento específico, una “Convención Internacional sobre los Derechos de los Campesinos y Campesinas”. Mientras que el sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas reconoce varios instrumentos para la protección específica de ciertos grupos, ningún instrumento está a disposición de los/as campesinos/as. Los dos tratados centrales sobre derechos humanos sí dan cobertura a los derechos relevantes de los/as campesinos/as. Sin embargo, un nuevo instrumento más detallado sería de ayuda inestimable para dar respuesta a los problemas centrales y a las violaciones a las que se enfrentan los/as campesinos/as y las comunidades campesinas. FIAN/ La Via Campesina
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Resumen
5.1. Por una resolución de la Comisión de Derechos Humanos sobre derechos de los campesinos y las campesinas Como primer paso para un mejor reconocimiento de los problemas y violaciones que arrostran los/as campesinos/as, La Vía Campesina y FIAN están solicitando que la Comisión de Derechos Humanos pueda en el futuro tratar regularmente los problemas de los/as campesinos/as con una resolución dirigida a este grupo. Los análisis anuales y la atención suscitada por esta resolución fomentarán una mayor sensibilización de los graves problemas de derechos humanos a los que se enfrentan los/as campesinos/as.
5.2. Por una convención sobre derechos de los campesinos y las campesinas Si bien los dos pactos principales de derechos humanos cubren todos los derechos relevantes para los/as campesinos/as, no tratan su situación en detalle. Para responder a estos problemas, La Vía Campesina está pensando desarrollar la “Convención Internacional sobre los Derechos de los Campesinos y las Campesinas” (ICRP). Tal Convención podría cubrir las obligaciones de los actores nacionales e internacionales. Daría también respuesta a las consecuencias negativas de la liberalización y subrayaría la importancia de la reforma agraria y del acceso a la tierra para los/as campesinos/as de todo el mundo. Durante la Conferencia Regional sobre los Derechos de los Campesinos y las Campesinas en abril de 2002, La Vía Campesina redactó la “Declaración de los Derechos de los Campesinos y las Campesinas”, a través de una serie de actividades, entre ellas un taller sobre los Derechos de los Campesinos y las Campesinas en Medan, Norte de Sumatra, en el año 2000, una Conferencia sobre Reforma Agraria en Jakarta, abril de 2001 y una conferencia regional de derechos de los/as campesinos/as in Jakarta en abril de 2002. Puede solicitarse una copia del primer borrador de la “Convención Internacional sobre los Derechos de los Campesinos y las Campesinas” en las oficinas de La Vía Campesina y de FIAN (consulte las direcciones en la última página).
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La Vía Campesina Secretariado Operativo Internacional Apdo. Postal 3628 Tegucigalpa, M.D.C., Honduras Tel: +504/239-4679 Fax: +504/235-9915 Email:
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La Vía Campesina: por el derecho a producir y la soberanía alimentaria La Vía Campesina es un movimiento internacional que coordina organizaciones campesinas de pequeños y medianos agricultores, de trabajadores agrícolas, mujeres rurales y comunidades indígenas en más 65 países de América, Asia, Africa y Europa. El objetivo principal de La Vía Campesina es desarrollar la solidaridad y la unidad en la diversidad entre las organizaciones del campo para promover relaciones económicas de igualdad y justicia social, la defensa de la tierra, la soberanía alimentaria, una producción agrícola sostenible y equitativa basada en los pequeños y medianos productores. FIAN: por el derecho a alimentarse FIAN es la organización internacional de derechos humanos que trabaja por el derecho a alimentarse. Fue fundada en 1986, y cuenta con miembros en más de 50 países. El objetivo de FIAN es contribuir a procurar la vigencia y la observancia en el mundo entero de los Pactos Internacionales de Derechos Humanos. En particular, FIAN trabaja por la protección del derecho a alimentarse por sí mismo de las personas y grupos amenazados por el hambre y la desnutrición.
FIAN/ La Via Campesina
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FIAN-Documento g30s