1.- MEMORIA DESCRIPTIVA

1.- MEMORIA DESCRIPTIVA 1.1. OBJETO Este Estudio Básico de Seguridad y Salud, establece las previsiones respecto a los riegos de accidentes y enfermed

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MEMORIA DESCRIPTIVA
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2011 ANEXO 1 MEMORIA DESCRIPTIVA de OBRAS
LICITACION PUBLICA N° 05/2011 ANEXO 1 MEMORIA DESCRIPTIVA de OBRAS 1) UBICACIÓN Casa Central de la Administración Nacional de Correos, calle Buenos Ai

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1.- MEMORIA DESCRIPTIVA 1.1. OBJETO Este Estudio Básico de Seguridad y Salud, establece las previsiones respecto a los riegos de accidentes y enfermedades profesionales durante la ejecución de la obra, así como los derivados del trabajo de consolidación y desmontaje de la sala de exposiciones del Archivo Foral sito en Mª Diaz de Haro 11, planta baja, Bilbao, objeto de este estudio, y las características de las instalaciones para los trabajadores durante la ejecución de la obra. Servirá para dar las directrices básicas a la empresa constructora para llevar a cabo sus obligaciones en el caso de la previsión de riesgos profesionales, facilitando el desarrollo bajo el control de la Dirección Facultativa, de acuerdo al Real Decreto 1627/1997, de 24 de Octubre. La Empresa adjudicataria podrá modificar los elementos auxiliares, maquinaria y sistemas de prevención que este Estudio se indiquen, siempre que la Dirección Facultativa lo autorice, quedando reflejado, cualquier cambio, en el libro de Incidencias existente en la obra.

1.1.1.- Presupuesto de ejecución de las obras El presupuesto de ejecución de las obras, incluidos gastos generales, beneficio industrial e I.V.A., es menor que 75 millones

1.1.2.- Plazo de ejecución El plazo de ejecución de las obras se estima en cinco (5) meses, sin embargo no se prevé el empleo simultáneo de más de 10 trabajadores en ningún momento de su desarrollo.

1.1.3.- Número de trabajadores El volumen de mano de obra estimado es de 800 jormadas con diez trabajadores simultáneos en periodo de mayor actividad.

1.2.2.- Obra prevista en el proyecto. La actuación consiste en la adaptación del local para exposiciones. Los trabajos a grandes rasgos consistirán en: ♦

Vaciado y limpieza general.



Picado de paredes.



Realización de tabique para nuevas distribución.



Trabajos de carpintería interior.



Realización de nuevos accesos a planta baja y planta primera. 1



Nueva instalación de climatización, electricidad, iluminación y protección contra incendios.



Trabajos de pintura, tanto en paramentos como en elementos de carpintería.

1.2.3.- Características de la obra a efectos de determinación del tipo de estudio de seguridad según R.D. 1627/1997

♦ Duración estimada de las obras en días laborables:

100 días.

♦ No se prevé que en ningún momento de la obra se empleen más de

10 trabajadores.

♦ Volumen de mano de obra estimado ♦ Media de 40 días por trabajador

8 trabajadores. 360 días

Por lo tanto es procedente la redacción de un “Estudio Básico de Seguridad y Salud”. Las medidas de seguridad contempladas en el presente Estudio se entiende que están incluidas en las diferentes partidas del presupuesto de la obra y en los Gastos Generales.

2.- LOCALIZACIÓN, CARACTERÍSTICAS Y ACCESOS La edificación se sitúa en el municipio de Getxo. La accesibilidad es muy buena puesto que se accede directamente desde la vía pública.

3.- SERVICIOS HIGIÉNICOS, VESTUARIOS, OFICINA DE OBRA Y CUARTO ELÉCTRICO. Todos los elementos indicados seguirán las normas establecidas en la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo. No se hace hincapié en los abastecimientos y evacuaciones dado que no existen problemas en este sentido. En el botiquín además de los elementos imprescindibles para la realización de las primeras curas, se situará un cartel con los números de teléfono de centros hospitalarios, directores de obra, propiedad, etc... Se instalará una caseta de obra, la cual se acondicionará como oficina de obra, vestuario y aseo para el personal de la obra. Se instalará un recipiente con tapa para facilitar el acopio y retirada de los desperdicios y basuras que se generan durante las comidas del personal de obra. Asimismo se instalarán aparatos extintores. Para el servicio de limpieza de estas instalaciones higiénicas se responsabilizará a una persona, la cual, alternará este trabajo con otros propios de la obra.

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3.1.- INSTALACIÓN ELÉCTRICA PROVISIONAL DE OBRA. 3.1.1.- Especificaciones generales Estas instalaciones deberán adaptarse a lo especificado en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, en el cual, en sus instrucciones MI BT 027 (2), -Instalaciones en Locales Mojados- y MI BT 028 (4) -Instalaciones Temporales. Obras- indica entre otras cosas lo siguiente: Instalaciones en locales mojados Locales o emplazamientos mojados son aquellos en que los suelos, techos y paredes están o pueden estar impregnados de humedad, y donde se vean aparecer, aunque solo sea temporalmente, lodo o gotas gruesas de agua. También se consideran como locales mojados las instalaciones a la intemperie. Los aparatos de mando, protección de mando, protección y tomas de corriente, serán del tipo protegido contra proyecciones de agua, o bien, se instalarán en el interior de cajas que les proporcionen una protección equivalente. Queda prohibido en estos locales la utilización de aparatos móviles o portátiles excepto cuando se empleen como sistemas de protección la aspiración de circuitos o el uso de pequeñas tensiones de seguridad (24 voltios). Los receptores de alumbrado tendrán sus piezas metálicas bajo tensión protegidas contra las proyecciones de agua. La cubierta del portalámparas será en su totalidad de materia aislante hidrófuga, salvo cuando se instalen en el interior de cubiertas destinadas a los receptores de alumbrado, lo que deberá hacerse siempre que estos se coloquen en lugar fácilmente accesible (esto no rige cuando los receptores de alumbrado están alimentados a 24 voltios). Instalaciones temporales, Obras Los conductores aislados tanto para acometidas como para las instalaciones exteriores, serán de 1.000 voltios de tensión nominal como mínimo y los utilizados en instalaciones interiores, serán de tipo flexible aislados con clastómeros y plástico, de 440 voltios como mínimo de tensión nominal.

3.1.2.- Cuadros eléctricos Desde el punto de vista de la seguridad en los trabajos de la obra, las condiciones mínimas que deberán reunir los cuadros eléctricos que se instalen en la misma, serán las siguientes: En el origen de la instalación, se dispondrá de un interruptor general de corte omnipolar, accesible desde el exterior del cuadro eléctrico, sin tener que abrir la tapa, que corte la corriente eléctrica a la totalidad de la obra. Asimismo, se dispondrá de interruptores diferenciales cuyas sensibilidades mínimas serán: 300 mA para la instalación de fuerza. 30 mA para la instalación de alumbrado

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Existirán tantos interruptores magnetotérmicos como circuitos disponga. Los distintos elementos deben disponerse sobre una placa de montaje de material aislante. El conjunto, por las condiciones desfavorables de la obra, se ubicará en un armario con las siguientes características: Sus grados de estanqueidad contra el agua, polvo y resistencia mecánica contra impactos, tendrán unos índices de protección de al menos 1.P.- 5 - 4 - 3. Su carcasa metálica estará dotada de puesta a tierra. Dispondrá de cerradura que estará al cuidado o del especialista que designen, manteniendo siempre la puerta cerrada. Las partes activas de la instalación se recubrirán con aislante adecuado. Las tomas de corriente se ubicarán preferentemente en los laterales del armario para facilitar que éste pueda permanecer cerrado. Las bases de enchufes dispondrán de los correspondientes puntos de toma de tierra para poder conectar así, las distintas máquinas que lo necesiten. Los accesos al cuadro eléctrico, deberán mantenerse en todo momento limpios y libres de obstáculos. En previsión de facilitar cualquier maniobra en caso de emergencia.

3.1.3.- Puesta a tierra Toda máquina utilizada en la obra con alimentación eléctrica que trabaje a tensiones superiores a 24 v. Y no posea doble aislamiento, deberá estar dotada de puesta a tierra con resistencia adecuada: esta adecuación estará en función de la sensibilidad del interruptor diferencial, cuya relación será: Diferencial de 1930 m.A- Resistencia a tierra 800. Diferencial de 300 m.A - Resistencia a tierra 80. Las casetas metálicas de obra que dispongan de instalación eléctrica, estarán conectadas a tierra. Los conductores para puesta a tierra irán directamente de la máquina al electrodo, sin interposición de fusibles ni dispositivos de corte alguno. En cualquier caso, las dimensiones mínimas de los elementos constructivos de esta instalación de protección, tal y como determina el vigente Reglamento electrotécnico para Baja Tensión serán:

♦ Línea principal de tierra Ø = 16 mm2 de cobre ♦ Línea principal de tierra Ø = 16 mm2 de cobre ♦ Línea principal de tierra Ø = 35 mm2 de cobre ♦ Línea principal de tierra Ø = 35 mm2 de cobre ♦ Picas de tierra. Ø = 14 mm2 de cobre. Ø = 25 mm2 de acero galvanizado. 4

3.1.4.- Conductores eléctricos En el cableado de alimentación eléctrica, las distintas máquinas y desde el punto de vista de la seguridad en el trabajo, como mínimo tendrán obligatoriamente los siguientes aspectos: No se colocarán por el suelo en zonas de vehículos y acopio de cargas en caso de no poder evitar que discurran por esas zonas, se dispondrán de elevados y fuera del alcance de los vehículos que por allí circulan o enterrados y protegidos por una canalización resistente y debidamente señalizada. Asimismo, deberán colocarse elevados si hay zonas encharcadas. Sus extremos estarán dotados de sus correspondientes clavijas de conexión y se prohibe conectar directamente los hilos desnudos en las bases de enchufe. En caso de tener que realizar empalmes, éstos se efectuarán por personas especializadas y las condiciones de estanqueidad serán como mínimo las propias del conductor. La naturaleza y el espesor de los aislamientos están en relación directa con el valor de la tensión correspondiente a la energía a conducir y por el ambiente. Debido a las condiciones meteorológicas desfavorables en una obra y fundamentalmente por la acción solar, los cables con aislamiento de PVC envejecen pronto, presentando fisuras y disminuyendo su resistencia a los esfuerzos mecánicos por lo que se aconseja los aislados con neopreno, de mejores cualidades mecánicas y eléctricas. Un cableado deteriorado no debe forrarse con esparadrapo, cinta aislante ni plástica sino con la autovulcanizante, cuyo poder de aislamiento es muy superior a las anteriores y de cualquier modo, las condiciones de estanqueidad serán como mínimo las propias del conductor. Los cables para conexión a las tomas de corriente de las diferentes máquinas, llevarán además de los hilos de alimentación eléctrica correspondientes, uno más para la conexión a tierra en el enchufe.

3.1.5.- Lámparas eléctricas portátiles Tal y como exige la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, éstos equipos reunirán las siguientes condiciones mínimas:

♦ Tendrán mango aislante (caucho o plástico). ♦ Dispondrán de un dispositivo protector de la máquina de suficiente resistencia mecánica. ♦ Su tensión de alimentación será de 24 voltios, o bien, estar alimentadas por medio de un transformador de separación de circuitos.

♦ Las tomas de corriente y prolongadores utilizadas en estas instalaciones, no serán intercambiables con otros elementos iguales utilizados en instalaciones de voltaje superior.

♦ Conexión desmontable. ♦ Casquillo inaccesible montado sobre soporte aislante. ♦ Plafón estanco, resistente a los choques térmicos.

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4.- MEDIOS AUXILIARES Y MAQUINARÍA NECESARIA Maquinaria necesaria

♦ Sierra circular ♦ Herramientas manuales

5.- IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS EVITABLES 5.1.- EN ZONA DE TRABAJO En esquema los riesgos evitables en las zonas de trabajo, básicamente son las siguientes que a continuación se detallan. 1) Caída de operarios. 2) Desprendimiento de materiales. 3) Caída de herramientas de trabajo.

5.2.- EN MAQUINARIA UTILIZABLE 1)

En sierra circular por falta de protecciones.

2)

En sierra de disco abrasivo por falta de protecciones.

3)

En taladro portátil por falta de tomas de tierra y protecciones en manos o en pies.

4)

Golpes y cortes durante el montaje

5)

Caída de carga.

6)

Contactos eléctricos.

7)

Atrapamientos.

8)

Sobre esfuerzos.

6.- MEDIDAS TÉCNICAS PARA ELIMINACIÓN DE RIESGOS 6.1.- EN ZONA DE TRABAJO 6.1.1.- Cumplimiento de las medidas de seguridad. Las protecciones para la ejecución de los trabajos deberá cumplir la normativa vigente en cuanto a medidas de seguridad, protección, etc..

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6.2.- EN MAQUINARIA UTILIZABLE 6.2.1.- Sierra circular Su uso esta destinado al corte de diferentes piezas que participan en la obra. En función del material a cortar se emplearán dos tipos de disco: A) El de sierra, para corte de madera, con disco de 350 X 22 mm. B) El de carborundum, para trocear material cerámico, de mármol, metálico, etc..., con disco de 350 X 22 mm.

6.2.2.- Características.

♦ Potencia: 4 HP ♦ Revoluciones: 3.000 r.p.m. ♦ Correa trapezoidal ♦ Carcasa y medios de protección para cada operación. ♦ Corriente trifásica a 220 / 380 V. Formas y agentes causantes de los accidentes:

♦ Electrocuciones ♦ Corte y amputaciones ♦ Rotura del disco ♦ Proyección de partículas ♦ Incendios ♦ Polvo ambiental Prevención de riesgos:

♦ Deberán llevar una carcasa de protección y resguardo que impidan los atrapamientos por los órganos móviles.

♦ Llevará toma de tierra y debe estar incluida en el mismo cable de alimentación. ♦ Los dientes del disco deben controlarse para evitar que se produzca una fuerza de atracción hacia el disco.

♦ Deberá existir un interruptor cerca de la zona de mando. ♦ La zona de trabajo deberá estar limpia de serrín y virutas para evitara incendios. ♦ Las maderas que se utilicen deberán estar desprovistas de clavos.

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♦ Trabajar con el disco abrasivo, preferentemente en húmedo o con instalación de extracción de

polvo. Utilizar, si es preciso, prendas de protección personal (adaptador facial y filtro mecánico).

6.2.3.- Sierra de disco abrasivo portátil Se utilizarán los reglamentarios cables de alimentación, interconectadores y clavijas. en todo momento se asegurarán del correcto estado del doble aislamiento de la máquina. Se utilizarán discos abrasivos de diámetro acorde con las revoluciones de la maquina. No se utilizará nunca la máquina sin defensa ni gafas de seguridad. Si el tipo de material a cortar produce polvo, se utilizará mascarilla anti-polvo. La fijación de los discos abrasivos a la máquina se realizará con bridas por lo menos de 1/3 de diámetro por disco.

6.2.4.- Taladro portátil Se utilizarán los reglamentarios cables de alimentación, interconectadores y clavijas. Se garantizará el correcto estado del doble aislamiento de la máquina. Se utilizarán brocas adecuadas la trabajo que se realiza. Se utilizarán gafas de seguridad para realizar taladros. Para realizar taladros sobre metal se punzonará previamente la zona. No se utilizarán brocas a velocidades superiores a la capacidad normal de la máquina.

6.3.- EN MEDIOS AUXILIARES 6.3.1.- Escaleras de mano Se usarán escaleras metálicas telescópicas en donde los peldaños irán soldados a los largueros. Irán provistas de zapatas de apoyo antideslizante que se apoyarán sobre superficies planas. Se anclarán firmemente en su extremo superior. No se utilizarán para trabajos desde ellas. No deberán subir dos ó más operarios simultáneamente por la escalera. Su inclinación será tal que su proyección sobre el suelo será una cuarta parte de la proyección de la escalera sobre el paramento vertical. 8

7.- ANEJO 7.1.- DISPOSICIONES MÍNIMAS GENERALES DE SEGURIDAD Y DE SALUD QUE DEBERÁN APLICARSE EN LA OBRA Como ya indica la normativa del Real Decreto 1627 existen una serie de elementos fundamentales y disposiciones mínimas de seguridad que deben aplicarse en todas las obras y que aquí a continuación se describen: Observación preliminar: las obligaciones previstas en la presente parte del anexo se aplicarán siempre que lo exijan las características de la obra o de la actividad, las circunstancias o cualquier riesgo.

7.1.1.- Ámbito de aplicación La presente parte del anexo será de aplicación a la totalidad de la obra, incluidos los puestos de trabajo en las obras en el interior y en el exterior de los locales.

7.1.2.- Estabilidad y solidez a) Deberá procurarse, de modo apropiado y seguro, la estabilidad de los materiales y equipos y, en general, de cualquier elemento que en cualquier desplazamiento pudiera afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores. b) El acceso a cualquier superficie que coste de materiales que no ofrezcan una resistencia suficiente solo se autorizará en caso de que se proporcionen equipos o medios apropiados para que el trabajo se realice de manera segura.

7.1.3.- Instalaciones de suministro y reparto de energía a) La instalación eléctrica de instalaciones de los lugares de trabajo de las obras deberá ajustarse a lo dispuesto en su normativa especifica. En todo caso, y a salvo de disposiciones especificas de la normativa citada., dicha instalación deberá satisfacer las condiciones que se señalan en los siguientes puntos de este apartado. b) Las instalaciones deberán proyectarse, realizarse y utilizarse de manera que no entrañen peligro de incendio ni de explosión y de modo que las personas estén debidamente protegidas contra los riesgos de electrocución por contracto directo o indirecto. c) El proyecto, la realización y la elección del material y de los dispositivos de protección deberán tener en cuenta el tipo y la potencia de la energía suministrada, las condiciones de los factores externos y la competencia de las personas que tengan acceso a partes de la instalación.

7.1.4.- Vías y salidas de emergencia a) Las vías y salidas de emergencia deberán permanecer expeditadas y desembocar lo más directamente posible a una zona de seguridad. b) En caso de peligro, todos los lugares de trabajo deberán poder evacuarse rápidamente y en condiciones de máxima seguridad para los trabajadores.

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c) El número, la distribución y las dimensiones de las vías y salidas de emergencia dependerán del uso de los equipos y de las dimensiones de la obra y de los locales, así como del número máximo de personas que puedan estar presente en ellos. d) Las vías y salidas especificas de emergencia, deberán señalizarse conforme al Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Dicha señalización deberá fijarse en los lugares adecuados y tener la resistencia suficiente. e) Las vías y salidas de emergencia, así como las vías de circulación y las puertas que den acceso a ellas, no deberán estar obstruidas por ningún objeto, de modo que puedan utilizarse sin trabas en cualquier momento. f) En caso de avería del sistema de alumbrado, las vías y salidas de emergencia que requieren iluminación deberán estar equipadas con iluminación de seguridad de suficiente intensidad.

7.1.5.- Detección y lucha contra incendios a) Según las características de la obra y según las dimensiones y el uso de los locales, los equipos presentes, las características físicas y químicas de las sustancias o materiales que se hallan presentes así como el número máximo de personas que puedan hallarse en ellos, se deberá prever un número suficiente de dispositivos apropiados de lucha contra incendios y, si fuera necesario, de detectores de incendios y de sistemas de alarma. b) Dichos dispositivos de lucha contra incendios y sistemas de alarma deberán verificarse y mantenerse con regularidad. Deberán realizarse, a intervalos regulares, pruebas y ejercicios adecuados. c) Los dispositivos no automáticos de lucha contra incendios deberán ser de fácil acceso y manipulación. Deberán estar señalizados conforme al Real decreto sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. Dicha señalización deberá fijarse en los lugares adecuados y tener la resistencia suficiente.

7.1.6.- Ventilación a) Teniendo en cuenta los métodos de trabajo y las cargas físicas impuestas a los trabajadores, estos deberán disponer de aire limpio en cantidad suficiente.

7.1.7.- Exposición a riesgos particulares a) Los trabajadores no deberán estar expuestos a niveles sonoros nocivos ni a factores externos nocivos (por ejemplo, gases, polvo). b) En ningún caso podrá exponerse a un trabajador a una atmósfera confinada de alto riesgo. Deberá, al menos, quedar bajo vigilancia permanente desde el exterior y deberán tomarse todas las debidas precauciones para que se le pueda prestar auxilio eficaz e inmediato.

7.1.8.- Temperatura La temperatura debe ser la adecuada para el organismo humano durante el tiempo de trabajo, cuando las circunstancias lo permitan, teniendo en cuenta los métodos de trabajo que se apliquen y las cargas físicas impuestas a los trabajadores.

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7.1.9.- Iluminación a) Los lugares de trabajo, los locales y las vías de circulación en la obra deberán disponer, en la medida de lo posible, de suficiente luz natural y tener una iluminación artificial adecuada y suficiente durante la noche y cuando no se suficiente la luz natural. En su caso, se utilizarán puntos de iluminación portátiles con protección antichoques. El calor utilizado para la iluminación artificial no podrá alterar o influir en la percepción de las señales o paneles de señalización. b) Las instalaciones de iluminación de los locales de los puestos de trabajo y de las vías de circulación deberán estar colocadas de tal manera que el tipo de iluminación previsto no suponga riesgo de accidente para los trabajadores. c) Los locales, los lugares de trabajo y las vías de circulación en los que los trabajadores estén particularmente expuestos a riesgos en caso de avería de la iluminación artificial deberán poseer una iluminación de seguridad de intensidad suficiente.

7.1.10.- Vías de circulación y zonas peligrosas a) Las vías de circulación, incluidas las escaleras, las escalas fijas y los muelles y rampas de carga deberán estar calculados, situados, acondicionados y preparados para su uso de manera que se puedan utilizar fácilmente, con toda seguridad y conforme al uso al que se les haya destinado y de forma que los trabajadores empleados en las proximidades de estas vías de circulación no corran riesgo alguno. b) Las dimensiones de las vías destinadas a la circulación de personas o de mercancías, incluidas aquellas en las que se realicen operaciones de carga y descarga, se calcularán de acuerdo con el número de personas que puedan utilizarlas y con el tipo de actividad. Cuando se utilicen medios de transporte en las vías de circulación, se deberá prever una distancia de seguridad suficiente o medios de protección adecuados para las demás personas que puedan estar en el recinto. Se señalizarán claramente las vías y se procederá regularmente a su control y mantenimiento. c) Las vías de circulación destinadas a los vehículos deberán estar situadas a una distancia suficiente de las puertas, portones, corredores y escaleras.

7.1.11.- Espacio de trabajo Las dimensiones del puesto de trabajo deberán calcularse de tal manera que los trabajadores dispongan de la suficiente libertad de movimiento para sus actividades, teniendo en cuenta la presencia de todo el equipo y material necesario.

7.1.12.- Primeros auxilios a) Será responsabilidad del empresario garantizar que los primeros auxilios puedan prestarse en todo momento por el personal con la suficiente formación para ello. Asimismo, deberán adoptarse medidas para garantizar la evacuación, a fin de recibir cuidados médicos, de los trabajadores accidentados o afectados por una indisposición repentina. b) Cuando el tamaño de la obra o el tipo de actividad lo requieran, deberá contarse con uno o varios locales para los primeros auxilios.

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c) Los locales para los primeros auxilios deberán estar dotados de las instalaciones y el material de primeros auxilios indispensables y tener fácil acceso para las camillas. Deberán estar señalizados conforme al Real Decreto sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. d) En todos los lugares en los que las condiciones de trabajo lo requieran se deberá disponer también de material de primeros auxilios, debidamente señalizado y de fácil acceso. Una señalización claramente visible deberá indicar la dirección y el número de teléfono del servicio local de urgencia.

7.1.13.- Servicios higiénicos a) Los vestuarios deberán ser de fácil acceso, tener las dimensiones suficientes y disponer de asientos e instalaciones que permitan a cada trabajador poner a secar si fuera necesario, su ropa de trabajo. Cuando los vestuarios no sean necesarios, en el sentido del párrafo primero de este apartado, cada trabajador deberá disponer de un espacio para colocar su ropa y sus objetos personales bajo llave. b) Los vestuarios, duchas , lavabos y retretes estarán separados para hombre y mujeres, o deberá proverse una utilización por separado de los mismos.

7.1.14.- Locales de descanso a) Cuando lo exijan la seguridad o la salud de los trabajadores, en particular debido al tipo de actividad o el número de trabajadores, los trabajadores deberán poder disponer de locales de descanso. b) Los locales de descanso deberán tener unas dimensiones suficientes y estar amueblados con un número de mesas y de asientos con respaldos acorde con el número de trabajadores. c) En los locales de descanso deberán tomarse medidas adecuadas de protección para los no fumadores contra las molestias debidas al humo del tabaco.

7.1.15.- Trabajadores minusválidos Los lugares de trabajo deberán estar acondicionados teniendo en cuenta, en su caso, a los trabajadores minusválidos. Esta disposición se aplicará, en particular, a las puertas, vías de circulación, escaleras, duchas, lavabos, retretes y lugares de trabajo utilizados u ocupados directamente por trabajadores minusválidos.

7.1.16.- Disposición varias a) Los accesos y el perímetro de la obra deberán señalizarse y destacarse de manera que sean claramente visibles e identificables. b) En la obra, los trabajadores deberán disponer de agua potable y, en su caso, de otra bebida apropiada no alcohólica en cantidad suficiente, tanto en los locales que ocupen como cerca de los puertos de trabajo. c) Los trabajadores deberán disponer de instalaciones para poder comer y, en su caso, para preparar sus comida en condiciones de seguridad y salud.

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El Arquitecto, creyendo resulto el Programa de Necesidades, redacta y firma la presente MEMORIA, y sus Anexos. Bilbao, diciembre de 2007 El arquitecto técnico de la sección de intervención arquitectónica y restauración

Fdo.: Aloña Alvarez Igarza VºBº El arquitecto de la sección de intervención arquitectónica y restauración

Fdo.: Javie Aristegui Anduiza

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INDICE 1.- MEMORIA DESCRIPTIVA

1

1.1. OBJETO________________________________________________________________ 1 1.1.1.- Presupuesto de ejecución de las obras ______________________________________________ 1 1.1.2.- Plazo de ejecución _____________________________________________________________ 1 1.1.3.- Número de trabajadores _________________________________________________________ 1 1.2.2.- Obra prevista en el proyecto. _____________________________________________________ 1 1.2.3.- Características de la obra a efectos de determinación del tipo de estudio de seguridad según R.D. 1627/1997 _________________________________________________________________________ 2

2.- LOCALIZACIÓN, CARACTERÍSTICAS Y ACCESOS _____________________2 3.- SERVICIOS HIGIÉNICOS, VESTUARIOS, OFICINA DE OBRA Y CUARTO ELÉCTRICO. _________________________________________________________2 3.1.- INSTALACIÓN ELÉCTRICA PROVISIONAL DE OBRA. ____________________ 3 3.1.1.- Especificaciones generales_______________________________________________________ 3.1.2.- Cuadros eléctricos _____________________________________________________________ 3.1.3.- Puesta a tierra _________________________________________________________________ 3.1.4.- Conductores eléctricos __________________________________________________________ 3.1.5.- Lámparas eléctricas portátiles ____________________________________________________

3 3 4 5 5

4.- MEDIOS AUXILIARES Y MAQUINARÍA NECESARIA ___________________6 5.- IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS EVITABLES __________________________6 5.1.- EN ZONA DE TRABAJO_________________________________________________ 6 5.2.- EN MAQUINARIA UTILIZABLE _________________________________________ 6

6.- MEDIDAS TÉCNICAS PARA ELIMINACIÓN DE RIESGOS _______________6 6.1.- EN ZONA DE TRABAJO_________________________________________________ 6 6.1.1.- Cumplimiento de las medidas de seguridad. _________________________________________ 6

6.2.- EN MAQUINARIA UTILIZABLE _________________________________________ 7 6.2.1.- Sierra circular _________________________________________________________________ 6.2.2.- Características. ________________________________________________________________ 6.2.3.- Sierra de disco abrasivo portátil___________________________________________________ 6.2.4.- Taladro portátil ________________________________________________________________

7 7 8 8

6.3.- EN MEDIOS AUXILIARES_______________________________________________ 8 6.3.1.- Escaleras de mano _____________________________________________________________ 8

7.- ANEJO ____________________________________________________________9 7.1.DISPOSICIONES MÍNIMAS GENERALES DE SEGURIDAD Y DE SALUD QUE DEBERÁN APLICARSE EN LA OBRA ____________________________________ 9 7.1.1.- Ámbito de aplicación ___________________________________________________________ 9 7.1.2.- Estabilidad y solidez____________________________________________________________ 9 7.1.3.- Instalaciones de suministro y reparto de energía______________________________________ 9 7.1.4.- Vías y salidas de emergencia _____________________________________________________ 9 7.1.5.- Detección y lucha contra incendios _______________________________________________ 10 7.1.6.- Ventilación __________________________________________________________________ 10 7.1.7.- Exposición a riesgos particulares_________________________________________________ 10 7.1.8.- Temperatura _________________________________________________________________ 10 14

7.1.9.- Iluminación__________________________________________________________________ 7.1.10.- Vías de circulación y zonas peligrosas ___________________________________________ 7.1.11.- Espacio de trabajo ___________________________________________________________ 7.1.12.- Primeros auxilios ____________________________________________________________ 7.1.13.- Servicios higiénicos __________________________________________________________ 7.1.14.- Locales de descanso __________________________________________________________ 7.1.15.- Trabajadores minusválidos ____________________________________________________ 7.1.16.- Disposición varias ___________________________________________________________

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