1. OBJETO. Las instalaciones de Calefacción y ACS de los edificios están descritas con detalle en el Anexo II

ANEXO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE CALEFACCIÓN Y AGUA CALIENTE SANITARIA EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DEL AYU

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Instalaciones en Edificios
34 Hoja 1 de 8 Programa de: Instalaciones en Edificios UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales República

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ANEXO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE CALEFACCIÓN Y AGUA CALIENTE SANITARIA EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE SEDAVÍ

1. OBJETO El presente anexo tiene por objeto la elaboración de las condiciones técnicas del contrato de mantenimiento de las instalaciones de CALEFACCIÓN y ACS de los edificios dependientes del Ayuntamiento de Sedaví que a continuación se detallan:      

Colegio Público Vicente Pla Colegio Público Fernando Baixauli Chornet Colegio Público San Clemente Vestuarios del campo de fútbol Vestuarios pabellón ( A partir de 1 de octubre 2017) Instalación solar campo de fútbol ( A partir de 1 de octubre 2017)

Las instalaciones de Calefacción y ACS de los edificios están descritas con detalle en el Anexo II. Se tendrá en cuenta que a partir de inicio del contrato se mantendrán todos los edificios listados anteriormente excepto el del Vestuario pabellón e instalación solar del campo de fútbol cuyo mantenimiento empezará el 1 de octubre de 2017.

2. REGLAMENTACIÓN Todas las operaciones de mantenimiento de las instalaciones de este pliego se atendrán a lo dispuesto en: 

Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) y apéndices (Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio; BOE 29 de Agosto 2007) y modificaciones posteriores, así como los documentos reconocidos (artículo 6 del RITE) y otra reglamentación aplicable (artículo 8 del RITE)

3. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD El Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) y apéndices (Real Decreto 1027/2007 de 20 de julio) tiene por objeto establecer las exigencias energéticas y seguridad que deben cumplir las 1

instalaciones térmicas en los edificios destinadas a atender la demanda de bienestar e higiene de las personas. A efectos de aplicación del RITE, se considerarán como instalaciones térmicas las instalaciones fijas de climatización y de producción de agua caliente sanitaria destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas. El RITE se aplicará a las instalaciones de nueva construcción y a las instalaciones de los edificios ya construidos, en lo relativo a su reforma, mantenimiento uso e inspección, con las limitaciones que en el mismo se determinan. Los titulares de las instalaciones térmicas, en este caso el ayuntamiento, serán los responsables del cumplimiento del RITE desde el momento en que se realiza su recepción en lo referente a su uso y mantenimiento y sin que el mantenimiento pueda ser sustituido por la garantía. El titular de la instalación será responsable de que se realicen las siguientes acciones: 1. Encargar a una empresa mantenedora la realización del trabajo de mantenimiento de la instalación térmica 2. Realizar las inspecciones obligatorias y conservar su correspondiente documentación 3. Conservar la documentación de todas las instalaciones ya sean de reparación o reforma realizadas en las instalaciones térmicas así como las relacionadas con el fin de la vida útil de la misma y sus equipos. 4. OBJETO DEL CONTRATO Las instalaciones térmicas deben mantenerse y utilizarse de forma que cumplan con la exigencia técnica de bienestar e higiene, eficacia y seguridad que establece el RITE En cuanto a bienestar e higiene: Deben mantenerse de tal forma que se obtenga una calidad térmica del ambiente, calidad del aire interior, calidad de una dotación de agua caliente sanitaria que se a aceptable para los usuarios del edificio. En cuanto a eficiencia energética: Deben mantenerse de forma que se reduzca el consumo de energía convencional de las instalaciones térmicas, las emisiones de gases de efecto invernadero y otros contaminantes atmosféricos. Los periodos de encendido y apagado de las instalaciones de calefacción, será realizado por el personal municipal autorizado para tal fin, excepto en las averías de las instalaciones En cuanto a seguridad: Deben mantener de tal forma que se prevengan y reduzca a límites aceptables el riesgo de sufrir accidentes y siniestros capaces de producir daños 2

o perjuicio a las personas flora bienes o al medio ambiente así como de producir molestias o enfermedades a los usuarios. 4.1 Mantenimiento de la instalación Las prestaciones y el rendimiento de las instalaciones y cada uno de sus componentes deben mantenerse durante la vida útil prevista, dentro de los límites establecidos en los correspondientes instrucciones técnicas complementarias del RITE, debiendo para ello, estar bien atendidas por personal técnico cualificado. 4.2 Registro de las operaciones de mantenimiento Se facilitará a los centros las instrucciones de uso (Paro y Marcha) de las instalaciones objeto de este pliego, así como el plan de actuación y evacuación en caso de emergencia o avería grave. Toda la instalación térmica deberá disponer de un registro que confeccionará la empresa contratista, en la que se recojan las operaciones de mantenimiento y las reparaciones que se produzcan en la instalación. 4.3 Inspección preventiva de la instalación Se realizará por el contratista informe previo de todas las instalaciones de los diferentes edificios así como su valoración, debiendo presentar por escrito a los Servicios Técnicos Municipales y requerir su conformidad para la conveniencia o no de su reparación 5. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA 1.) Será de exclusiva cuenta del Contratista la realización de las operaciones de mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones objeto del presente Pliego, en la forma que se especifica en el articulado del mismo. 2.) El Contratista se compromete a tomar las medidas necesarias, disponiendo de los medios humanos y materiales adecuados, para la óptima prestación de los servicios objeto de este Pliego, siendo a su cargo todos estos medios. 3.) El Contratista vendrá obligado a proponer al Ayuntamiento las modificaciones de las Instalaciones, motivadas por el cambio de legislación y todo ello dentro de los plazos previstos por las mismas. 4.) El Contratista facilitará al Ayuntamiento, todos los datos que este le requiera acerca de su personal y trabajos realizados para el adecuado control de los mismos.

3

NUEVOS SISTEMAS Si durante la vigencia de los contratos se modifican total ó parcialmente los elementos de las diversas instalaciones o se adoptasen otros sistemas. El contratista queda obligado a aceptar la conservación de los modificados. 6. PERIODO DE MANTENIMIENTO El mantenimiento y conservación de las instalaciones de calefacción y de ACS, a que se refiere este pliego se entenderán durante los 12 meses de cada año. El número de visitas mínimo que deberá realizar el contratista será de: una entre el 15 de septiembre y el 15 de octubre, otra entre el 15 de diciembre y el 15 de enero, además de las que en todo momento exija el Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios (RITE), recogidas en el ANEXO I del presente pliego. 7. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO La descripción de los servicios a realizar y la frecuencia de los mismos es el que se indica a continuación: 

Se realizarán las operaciones de mantenimiento indicadas en el RITE (real Decreto de1027/2007 de 20 de julio de 2007), y se realizarán según la IT 3 Instrucción Técnicas de Mantenimiento y Uso. Así como el resto de la normativa vigente relacionada con este tipo de instalaciones. Incluyendo la legislación y normativa de obligado cumplimiento, que afecte e este tipo de instalaciones.

8. EJECUCIÓN DE LAS OPERACIONES DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y SU FRECUENCIA La ejecución de las operaciones de mantenimiento preventivo se realizará en visitas periódicas a los distintos centros del listado ANEXO II. Se revisará el estado de las instalaciones conforme viene establecido por el RITE, efectuando las siguientes operaciones:       

limpieza del cabezal de combustión. limpieza de la boquilla, electrodos y fotocélulas. limpieza de filtros. Comprobación de las presiones del combustible. Control de combustión. Regulación de los termostatos. Comprobación y revisión del conexionado eléctrico. 4

     

Comprobación del nivel de agua en el circuito de calefacción. Revisión y en su caso reparación de los aparatos eléctricos de seguridad, control y maniobra. Comprobación de funcionamiento de la bomba aceleradora de agua. Comprobación de estanqueidad del circuito de calefacción y purgas de aire del mismo y localización de fugas o pérdidas de agua si las hubiera. Revisión de los extintores de incendios situados en la sala de calderas. Vaciado de agua del interior del tanque de combustible si fuera preciso.

Asimismo la empresa adjudicataria, queda obligada a realizar antes del inicio de la temporada de funcionamiento de las instalaciones de calefacción, un servicio de puesta en marcha que incluirá la comprobación y llenado del nivel del circuito de calefacción, purgas de aire del mismo, la limpieza de caldera, caja de humos, chimeneas, y el repintado de las tuberías vistas en la sala de calderas, que lo precisen. Cuando se inicie el mantenimiento de la instalación solar y Vestuarios pabellón el 1 de octubre de 2017 la empresa adjudicataria deberá realizar como mínimo la primera revisión de la instalación en el mes de octubre de 2014. 9. MANTENIMIENTO CORRECTIVO El Contratista vendrá obligado a realizar las operaciones de mantenimiento correctivo (reparación de averías) que se produzcan en las instalaciones de los distintos centros. La ejecución de las operaciones de mantenimiento correctivo se realizará de la siguiente forma: 1.) A requerimiento del propio centro o bien de los servicios Técnicos Municipales, el Contratista acudirá a la instalación afectada en un plazo no superior a 12 horas laborales. 2.) Cuando hallándose el Contratista efectuando una visita de mantenimiento preventivo en un edificio, se detecte la existencia de una avería excluida de las operaciones definidas como de preventivo, procederá de inmediato a realizar las revisiones, ajustes y reparaciones que sean necesarias, para mantener el buen funcionamiento de las instalaciones de calefacción, previo visto bueno de los servicios técnicos municipales.

10. MATERIALES Si una pieza o equipo debe de ser sustituido y este ya no se fabricase, el sustituto debe cumplir las mismas prestaciones que el sustituido y en ningún caso será de inferior calidad.

5

Antes de su instalación el Contratista presentará a los servicios técnicos del Ayuntamiento, los catálogos, cartas, muestras, certificados de garantía, etc., de los materiales que vayan a utilizar no pudiéndose emplear ningún material, sin que previamente haya sido aceptado. 11. FICHA DE REGISTRO DE LAS OPERACIONES DE MANTENIMIENTO. Se facilitarán a los centros las instrucciones de uso y de mantenimiento de las instalaciones objeto de este pliego. De la realización de cada una de las revisiones de mantenimiento preventivo y correctivo a que se refieren los artículos anteriores, así como de las reparaciones que se efectúan deberá la empresa adjudicataria, presentar parte escrito al Director del Centro o persona que le sustituya y a los servicios técnicos municipales y requerir su conformidad y observaciones que considere pertinentes. Dichos partes deberá adjuntarlos la Empresa adjudicataria, con la factura que con el concepto que corresponda ha de presentar al Ayuntamiento 12. EXCLUSIONES Quedan excluidas del contrato o abono de mantenimiento y conservación, y por tanto se abonarán aparte: a) El importe de las piezas o elementos que fuese preciso reponer o sustituir, tales como válvulas, válvulas electromágneticas, motobombas, electrodos, termostatos, filtros, elementos del cabezal de combustión del quemador, rebobinado de motores y demás elementos o piezas similares. b) Las reparaciones de las instalaciones de calefacción situadas fuera de la sala de calderas. c) Las ampliaciones o modificaciones de las calderas. d) Las obras no especificadas en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y sus instrucciones técnicas (IT) según RD 1027/2007 de 20 de julio. e) Averías originadas por agentes meteorológicos como rayos. f) Averías o desperfectos provocadas por agentes vandálicos. g) Robos en instalaciones h) Averías causadas por la manipulación indebida de las instalaciones, realizadas por personas no autorizadas.

6

Para la ejecución de los apartados anteriores, se requerirá informar previamente a los Servicios Técnicos Municipales y en su caso a la aprobación por la Alcaldía o Tenencia de Alcaldía Delegada a que corresponda. 13. MEJORAS El Ayuntamiento estudiará las ofertas presentadas y las valorará con la ponderación que se establece en el apartado de Baremo de puntuación para la adjudicación, así como las propuestas de Mejoras que se presenten. Las mejoras propuestas no supondrán ningún coste para la administración. Mejoras: 13.1 Limpieza intercambiadores ubicados en sala caldera campo de fútbol La empresa adjudicataria podrá presenta en su oferta la limpieza de los dos intercambiador ubicados en el campo de fútbol. Se realizará una primera limpieza al inicio de contrato (antes de dos meses a contar desde el inicio del contrato) y otra a los dos años del contrato. La limpieza consistirá en el montaje y desmontaje de los intercambiadores y su limpiado mediante líquido desincrustante con circulación a contracorriente. El importe de esta mejora se estima en 600 € (SIN IVA)

13.2 Limpieza válvula termostática ubicada en sala caldera campo de fútbol La empresa adjudicataria podrá presenta en su oferta la limpieza de la válvula termostática del campo de fútbol. Se realizará una primera limpieza al inicio de contrato (antes de dos meses a contar desde el inicio del contrato) y otra a los dos años del contrato. La limpieza consistirá en el montaje y desmontaje de la válvula termostática ubicada en la sala de caldera del campo de fútbol y su limpiado mediante líquido desincrustante. El importe de esta mejora se estima en 220 € (SIN IVA) 14. DE LAS OFERTAS El licitador incluirá en el sobre correspondiente los siguientes documentos: - Justificación de los requisitos establecidos en el punto 18 - Precio unitario anual por tipo de edificio y su proposición económica global resultante de la aplicación de esos precios unitarios. -Memoria técnica en la que se indique el nº de visitas realizadas por edificio y las actuaciones a realizar en cada una de las visitas conforme viene establecido por el RITE 7

15. PRECIO DEL CONTRATO El precio de los mantenimientos a los que se refiere el presente contrato se establece en 26.232,80 € (con IVA) 16.- DURACION DEL CONTRATO La duración del contrato propuesto por los servicios técnicos de este ayuntamiento es de cuatro años. La fecha de inicio de la ejecución del contrato será el primer día del mes siguiente al de su formalización. A la finalización del contrato, quedarán extinguidos cuantos derechos y obligaciones nazcan del mismo para el contratista y el Ayuntamiento. El adjudicatario no podrá exigir que el Ayuntamiento le adquiera el equipo utilizado, siendo el Ayuntamiento totalmente ajeno a la relación laboral con el personal de la empresa. 17.- PLURALIDAD DE CRITERIOS Criterio Nº 1 Menor oferta económica. Hasta 80 puntos. Se asignará 80 puntos a la oferta más económica y al resto de ofertas se le asignara puntuación de manera proporcional a la oferta más económica: Criterio Nº 2, mejoras y valores añadidos. Hasta 20 puntos. Se asignarán 15 puntos a la oferta que asuma las mejora establecida en el punto 13.1 y 5 puntos a la mejora establecida en el punto 13.2 18. CONDICIONES ESPECIALES QUE DEBERAN REUNIR LOS CONTRATISTAS Además de las condiciones prescritas en los Pliegos de Condiciones Administrativas y la Legislación Vigente los licitadores en sus ofertas deberán de acreditar que reúnen los siguientes requisitos: 1. Se tratará de empresas mantenedoras de instalaciones térmicas de edificios, inscritas al efecto en el correspondiente registro del órgano territorial de la Comunidad Valenciana, según art. 38 del del R.I.T.E. (R.D. 1027/2007), disponiendo del certificado de inscripción. 2. El personal que vaya a ejecutar los trabajos de mantenimiento deberá estar en posesión del correspondiente carné profesional como mantenedor autorizado s/art. 41 de la citada Norma. Por otra parte, se personará en las instalaciones debidamente acreditado.

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ANEXO I Periodicidad Operación

Comprobación y limpieza, si procede, de circuito de humos de calderas

≤ 70 kW t

>70 kW 2t

Comprobación y limpieza, si procede, de conductos de humos y chimenea

t

2t

Limpieza del quemador de la caldera

t

m

Revisión del vaso de expansión

t

m

Revisión de los sistemas de tratamiento de agua

t

m

Comprobación de material refractario

--

2t

Comprobación de estanquidad de cierre entre quemador y caldera

t

m

Revisión general de calderas de gas

t

t

Comprobación de niveles de agua en circuitos

t

m

Comprobación de estanquidad de circuitos de tuberías

--

t

Comprobación de estanquidad de válvulas de interceptación

--

2t

Comprobación de tarado de elementos de seguridad

--

m

Revisión y limpieza de filtros de agua

--

2t

Revisión de baterías de intercambio térmico

--

t

Revisión y limpieza de aparatos de recuperación de calor

t

2t

Revisión de bombas y ventiladores

--

m

Revisión del sistema de preparación de agua caliente sanitaria

t

m

Revisión del estado del aislamiento térmico

t

t

Donde: (m) una vez al mes, la primera al inicio de temporada (t) una vez por temporada (año) (2t) dos veces por temporada (año), una al inicio de la misma y otra a la mitad del periodo de uso, siempre que haya una diferencia mínima de dos meses entre ambas

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ANEXO II EDIFICIO PÚBLICO

DIRECCIÓN Nº DE MARCACALDERAS MODELO

POTENCIA COMBUSTIBLE DE CADA CALDERA

Colegio Público Vicente Pla Colegio Público Fernando Baixauli

C/ Metge Ernesto Andreu Minguet, 0,

1

FER SEVEN 5 EL

>70 kW

Gas natural

C/ Capitán Cortés, 2

1

CHAPPOTEAUX >70 kW MODULOFLAME 80 N ES

Gas natural

Colegio Público San Clemente

C/ Valencia, 20

2

FERROLI AGS 01 >70 kW 170/FERROLI AGS 01 280

Gas natural

Caldera Campo de fútbol

C/ Fernando Baixauli Chornet, s/n

2

CALINTER SPC >70 kW 150/ROCA 80 KW

Gas natural

Caldera Pabellón

C/ Fernando Baixauli Chornet, s/n

1

BAXI ROCA >70 kW POWER 85 HT

Gas natural

Instalación C/ Fernando Solar* Baixauli Chornet, s/n

*La instalación solar está formada por:    

24 captadores selectivos de 2,3 m2 ( CALPAK 230 ES8) Acumulación solar de 4000 litros (IBERBOILERS HOT 4000) Intercambiador SOLAR ALFA LAVAL 30 KW Disipador energético (BD40 40 KW)

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ANEXO III Estimación del importe del precio del contrato anual Precio Contrato mantenimiento anual CalefacciónACS-Solar Edificio Colegio Público Vicente Pla Colegio Fernando Baixauli Colegio Público San Clemente Vestuarios Campo Fútbol Vestuarios Pabellón Instalación Solar Campo de fútbol

Importe (SIN IVA Importe (Con IVA) (21%) IVA) 552 115,92 667,92 1.040 218,4 1.258,4 1.110 233,1 1.343,1 1.350 283,5 1.633,5 1.546 324,66 1.870,66 1.190 249,9 1.439,9

La estimación del precio del contrato se ha realizado suponiendo que el contrato entrará en vigor el 1 de enero de 2016 hasta el 1 de enero de 2020. A tener en cuenta que el mantenimiento de la instalación solar y caldera de Vestuarios Pabellón empieza a mantenerse a partir de 1 de octubre de 2017 hasta finalización del contrato.

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