3.2.- FLUJOS DE RESIDUOS

3.2.- FLUJOS DE RESIDUOS 3.2.1.- MARCO NORMATIVO COMUNITARIO  Directiva 75/442/CEE, de 15 de julio, relativa a los Residuos, modificada por la Dire

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3.2.- FLUJOS DE RESIDUOS 3.2.1.- MARCO NORMATIVO COMUNITARIO



Directiva 75/442/CEE, de 15 de julio, relativa a los Residuos, modificada por la Directiva91/156/CEE, de 18 de marzo.



Directiva 87/101/CEE, del Consejo de 22 de diciembre de 1986, por la que se modifica la directiva 75/439/CEE relativa a la gestión de aceites usados.



Directiva 89/429/CEE del Consejo, de 21 junio de 1989, relativa a la reducción de la contaminación atmosférica procedente de instalaciones existentes de incineración de residuos municipales.



Directiva 94/62/CE, de 20 de diciembre relativa a los Envases y Residuos de Envases y borradores de la revisión de esta Directiva.



Directiva 96/61/CE, de 24 de septiembre, relativa a la Prevención y Control Integrados de la Contaminación. (IPPC).



Directiva 1999/31/CE, de 26 de abril de 1999, relativa al Vertido de Residuos.



Directiva 200/76/CE, de 4 de diciembre, relativa a la Incineración de Residuos.



Decisión del Consejo 2001/573/CE, de 23 de julio de 2001, por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE de la Comisión en lo relativo a la lista de residuos.



Directiva 2003/108/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de diciembre de 2003, por la que se modifica la Directiva 2002/96 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE).

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ESTATAL



Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases (BOE nº 99, de 25.04.97). Observaciones:

 Traspone la Directiva del Parlamento y del Consejo 94/62/CE, de 20 de diciembre, relativa a los Envases y Residuos de Envases (DOCE L nº 365, de 31.12.94).

 En materia de identificación de materiales de envase, véase Decisión de la Comisión 97/129/CE, de 28 de enero. (DOCE L nº 50, de 20.02.97).

 En materia de modelos relativos al sistema de bases de datos, véase Decisión de la Comisión 97/62/CE, de 3 de febrero. (DOCE L nº 52, de 22.02.97).

 Desarrollada reglamentariamente por el Real Decreto 782/1998, de 30 de abril (BOE nº 104, de 01.05.98) y por la Orden de 27 de abril de 1998 del Ministerio de Medio Ambiente (BOE nº 104, de 01.05.98) (Corrección de errores: BOE nº 120, de 20.5.98).

 Modificada por la disposición adicional trigésimooctava de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (BOE nº 313, de 31.12.97).

 Modificada por la disposición adicional séptima de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos (BOE nº 96, de 22.04.98).

 Modificada por la disposición adicional decimonovena de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (BOE nº 313, de 31.12.97).

 Afectada por la Resolución de 30 de septiembre de 1998, de la Dirección General de Tributos [aplicación del IVA a operaciones de los SIG] (BOE nº 257, de 27.10.98).

 Afectada por la Orden de 21 de octubre de 1999 por la que se establecen las condiciones para la no aplicación de los niveles de concentración de metales pesados a las cajas y paletas de plástico reutilizables que se utilicen en una cadena cerrada y controlada (BOE nº 265, de 50.11.99).

 Modificada su disposición adicional primera por el artículo 82 de la Ley 14/2000 (BOE nº 313, de 30.12.00).

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Se relaciona con:

 Real Decreto 782/1998, de 30 de Abril, por el que se aprueba el Reglamento (BOE nº 1.05.1998). 

Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. (BOE nº 96, de 22.04.98). Observaciones:

 Transpone la Directiva 91/156/CEE, del Consejo, de 18 de marzo de 1991, por la que se modifica la Directiva 75/442/CEE, del Consejo, de 15 de julio de 1975.

 Deroga: Ley 42/1975, de 19 de noviembre, sobre desechos y residuos sólidos urbanos; Ley 20/1986, de 14 de mayo, básica de residuos tóxicos y peligrosos. -Modifica la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases-. Se relaciona con:

 Real Decreto 2818/1998, de 23 de diciembre, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, residuos y cogeneración [artículos 1.c) y 2.1.c) y d)] (BOE nº 312, de 30.12.98), que regula la utilización de residuos urbanos en la cogeneración de electricidad. Corrección de errores (BOE nº 43, de 19.02.99).

 Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos. [Anexo 1, apartados 1 y 2] (BOE nº 22, de 26.01.99), que hace referencia a las disposiciones sobre la emisión de humos y gases contaminantes de los vehículos y la normativa sobre vehículos abandonados contenida actualmente en la Orden de 14 de febrero de 1974 (BOE nº 48, de 25.02.74).

 Ley 11/1999, de 21 de abril. Su artículo segundo añade en la letra a), apartado 1 del artículo 71 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial, aprobada por el Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo, estableciendo cuando un vehículo abandonado podrá ser considerado residuo sólido urbano.

 Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos (BOE; 22 de abril de 1998). Resolución de 17 de noviembre de 1998, de la Dirección General de

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Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se dispone la publicación del catálogo europeo de residuos (CER), aprobado mediante la Decisión 94/3/CE, de la comisión, de 20 de diciembre de 1993 (BOE; 8 de enero de 1999). 

Resolución de 24 de julio de 1989, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba el Plan Nacional de Residuos Industriales y se constituye la Comisión de Seguimiento del mismo. (BOE nº 179, de 28.07.89).



Orden de 13 de Junio de 1990, por la que se modifica la Orden de 28 de Febrero de 1989 del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, por la que se regula la gestión de aceites usados. (BOE nº 148, de 21-06-90).



Resolución de 13 de enero de 2000, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros, de 7 de enero de 2000, por el que se aprueba el Plan Nacional de Residuos Urbanos (BOE nº 28, de 02.02.00).



Resolución de 14 de junio de 2001, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros, de 1 de junio de 2001, por el que se aprueba el Plan Nacional de Residuos de Construcción y Demolición 2001-2006 (BOE nº 166, de 12.07.01).- Corrección de errores (BOE nº 188, de 07.08.00).



Resolución de 25 de septiembre de 2001, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de agosto de 2001, por el que se aprueba el Plan Nacional de Vehículos al final de su vida útil (2001-2006) (BOE nº 248, de 16.10.01).



Resolución de 8 de octubre de 2001, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de octubre de 2001, por el que se aprueba el Plan Nacional de Neumáticos Fuera de Uso, 2001-2006 (BOE nº 260, de 30.10.01).

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Real Decreto 1416/2001, de 14 de diciembre, sobre envases de Productos Fitosanitarios. (BOE nº 1416, de 28-12-01).



Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos. (BOE nº 49, de 26.02.05).

AUTONÓMICA (CASTILLA-LA MANCHA)



Orden 22 de diciembre de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden de 23 de febrero de 1996, sobre actuaciones encaminadas a la mejora de la gestión de los Residuos Sólidos Urbanos (DOCM;2 de enero de 1998).



Decreto Legislativo 70/1999, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha (DOCM; 5 de junio de 1999).



Resolución de 02-12-98, de la Dirección General del Agua, por la que se somete a información pública el expediente sobre el Plan Regional de Residuos Urbanos (DOCM; 18 de diciembre de 1998).



Decreto 70/1999, 25 de mayo, se aprueba el Plan de Gestión de Residuos de Castilla La Mancha. (DOCM; 5 de mayo de 1999).



Decreto 189/2005,13 de diciembre, se aprueba el Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición de Castilla La Mancha. Corrección de errores en (DOCM; 6 de marzo de 2006).



RESIDUOS PELIGROSOS 

Decreto 158/2001, de 5 de mayo, por el se aprueba el Plan Regional de Residuos Peligrosos de Castilla-La Mancha. (DOCM núm. 81, de 19 de julio de 2001).

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Decreto 51/1990, de 24 de abril, sobre asignación de competencias en materia de residuos tóxicos y peligrosos. (DOCM núm. 31, de 9 de mayo de 1990).



Orden de 21 de agosto de 2000, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se regulan los documentos a emplear por los recogedores-transportistas autorizados en Castilla-La Mancha en la recogida de residuos peligrosos procedentes de pequeños productores.



Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos.



Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986 Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.



Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, por el que se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986.



Real Decreto 45/1996, de 19 de enero, por el que se regula diversos aspectos relacionados con las pilas y acumuladores que contengan determinadas materias peligrosas (BOE, 24 de febrero de 1996).



Resolución de 28 de abril de 1995, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Vivienda, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de febrero de 1995, por el que se aprueba el Plan Nacional de Residuos Peligrosos. (BOE nº 114 de 13.05.95).



Real Decreto 1088/92, de 11 de septiembre, relativo a las instalaciones de incineración de residuos municipales. Real Decreto 1217/97, de 18 de julio, sobre incineración de residuos peligrosos y de modificación del R.D. 1088/92 (BOE, 8 de agosto de 1997).



Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos (BOE, 22 de abril de 1.998). Resolución de 17 de noviembre de 1998, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se dispone la publicación del catálogo

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europeo de residuos (CER), aprobado mediante la Decisión 94/3/CE, de la Comisión, de 20 de diciembre de 1993 (BOE, 8 de enero de 1999). 

Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986 Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos. (BOE, 30 de julio de 1988).



Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, que regula la utilización de los lodos de depuración (BOE, 1 de noviembre de 1990).



Real Decreto 280/94, de 18 de febrero, por el que se establece los límites máximos de plaguicidas y su control en determinados productos de origen vegetal (BOE, 9 de marzo de 1994). Orden de 5 de diciembre de 1996, sobre límites máximos de residuos de productos fitosanitarios por la que se modifica el anexo II del R.D. 280/94 (BOE, 11 de diciembre de 1996).



Orden de 28 de febrero de 1989, por la que se regula la gestión de aceites usados. (BOE nº 57, de 08.03.89). Modificada por Orden de 13 de junio de 1990 (BOE nº 148, de 21.06.90).



Real Decreto 45/1996, de 19 de enero, por el que se regulan diversos aspectos relacionados con las pilas y los acumuladores que contengan determinadas materias peligrosas. (BOE nº 48 de 24.02.96).



Real Decreto 1217/1997, de 18 de julio, sobre incineración de residuos peligrosos y de modificación del Real Decreto 1088/92, de 11 de septiembre, relativo a las instalaciones de incineración de residuos municipales (BOE núm. 189, de 08.08.97). Corrección de errores (BOE núm. 15, de 17.1.98). Modifica el Real Decreto 1088/1992, de 11 de septiembre.



Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y aparatos que los contengan (PCBs/PCTs) (BOE núm. 206, de 28.8.99).

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Traspone la Directiva 96/59/CE, de 16 de septiembre. Deroga la Orden de 14 de abril de 1989. 

Resolución de 17 de noviembre de 1998, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se dispone la publicación del catálogo europeo de residuos (CER), aprobado mediante Decisión 94/3/CE, de la Comisión, de 20 de diciembre de 1993.



Directiva del Consejo 75/439/CEE, de 16 de junio de 1975, relativa a la gestión de aceites usados.



Directiva 91/156/CEE, del Consejo, de 18 de marzo de 1991, por la que la Unión Europea establece una norma común para todos los residuos, que garantice su eliminación y valorización y que fomente actividades tendentes a limitar la producción de residuos en origen, así como al establecimiento de uno o varios planes de gestión de residuos que respeten los objetivos fijados sin poner en peligro al hombre ni al medio natural.



Directiva 91/689/ CEE, del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, por la que se establece un régimen de autorizaciones, la obligación de las actividades a someterse a inspecciones periódicas y la prohibición de mezclar residuos peligrosos entre sí o con otros no peligrosos.



Directiva 94/31/CEE, del Consejo, de 27 de junio de 1994, por la que se modifica la Directiva 91/689/CEE relativa a los residuos peligrosos.



Decisión 94/904/CE, del Consejo, de 22 de diciembre de 1994, por la que se establece una lista de Residuos Peligrosos.



Directiva 94/67/CE, del Consejo, de 16 de diciembre de 1994, relativa a la incineración de residuos peligrosos.



Directiva 96/61/CE, del Consejo, de 24 de septiembre de 1996, relativa a la prevención y al control integrado de la contaminación.

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Directiva 99/31/CE, del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos.



Reglamento 259/93/CEE, del Consejo, de 1 de febrero de 1993, relativo a la vigilancia y control de los traslados de residuos en el interior, a la entrada y a la salida de la Comunidad Europea, y sus modificaciones: Decisión 94/721/CE, Decisión

96/660/CE,

Reglamento

120/97/CE,

Decisión

98/368/CE,

Reglamento 2408/98/CE). 3.2.2.- RESIDUOS URBANOS 3.2.2.1.-Plan Regional de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de Castilla-La Mancha La Estrategia Regional de Residuos de Castilla-La Mancha 2001-2010 es hoy por hoy, la referencia obligada para todas aquellas actuaciones que integran el ámbito de los residuos urbanos en la provincia de Toledo. El Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha responde a los principios inspiradores de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, así como a las determinaciones específicas que sobre la gestión de envases y de residuos de envases establece la Ley 11/1997, de 24 de abril. El Plan fue aprobado por el pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha el 10 de Julio de 1997. Los objetivos básicos definidos en el Plan de Residuos son: 

Prevenir la producción de residuos urbanos (R.U.).



Fomentar la reducción, reutilización y reciclado de los R.U.



Garantizar el tratamiento de los R.U. sin poner en peligro la salud de las personas y sin producir daños al medio ambiente.



Implantar la recogida selectiva en origen.



Establecer las infraestructuras necesarias integrando los factores ambientales y económicos.



Clausurar los puntos de vertido incontrolado.

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Promover campañas de sensibilización para informar y concienciar a la población sobre las actuaciones derivadas del Plan.

El Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha propone un modelo de gestión basado en los siguientes elementos operativos: 1.- Definición de las fracciones valorizables contenidas en los residuos,

fundamentalmente las siguientes: materia orgánica, papel, cartón, metales, plásticos, vidrio, residuos urbanos especiales en sus distintas categorías y resto, siendo estos últimos componentes de la fracción inorgánica, que deben ser separados de los residuos ordinarios por requerir sistemas de tratamiento distintos de aquellos (RCD; P y A; VFU: NFU; ADM; MEC). Dentro de la fracción inorgánica de los R.U. no considerados especiales se diferencian las siguientes fracciones de “envase”: 

Envases de papel y cartón, tanto los generados en los domicilios como en las oficinas y en otros establecimientos.



Envases de vidrio, excluyendo en dicho grupo la aceptación de vidrio plano, bombillas de cualquier tipo, cristal, metales y cerámicas, que son incompatibles con el reciclado de envases de vidrio.



Envases ligeros, dentro de los que se incluyen los envases metálicos vacíos (latas de aluminio para alimentos o bebidas, sprays no peligrosos, etc.); tapas de acero o aluminio y bolas de papel de aluminio; envases de plástico rígidos de cuerpo hueco de polietileno; PET o PVC; bolsas de compra de polietileno vacías; envases de cartón para bebidas o bricks; envases de poliestireno y botes de yogurt.

2.- Propuesta de un sistema de recogida selectiva básico fundamentado en:



Ubicación de contenedores de acera. La recogida domiciliaria de residuos se realiza a través de contenedores instalados en la vía pública: -

Contenedor azul para el papel y cartón.

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-

Contenedor de color verde para el vidrio.

-

Contenedor amarillo para los envases ligeros (plástico, metal, brick, etc.).

-

Contenedor marrón para la materia orgánica.

-

Contenedor de color verde oscuro para el resto inorgánico.

En una primera fase el Plan prevé que se instalen en las áreas de aportación 2 contenedores: el destinado al papel-cartón, de 2.400 litros de capacidad, apto para la carga lateral; y el destinado al vidrio, de 2.500 litros de capacidad. A la vez prevé la instalación de un contenedor de acera de 1.100 litros de capacidad para la recogida del resto de los R.U. mezclados. En una segunda fase se instalará el contenedor amarillo destinado al depósito separado de los envases ligeros. Deberá instalarse un contenedor por cada 500 habitantes de cada una de las características mencionadas. Finalmente se procederá a la instalación de los contenedores de materia orgánica en la cantidad de 1 por cada 75 habitantes. 

Creación de puntos limpios y ecoparques. Los puntos limpios y ecoparques son recintos situados cerca de las poblaciones y dotados de distintos contenedores para depositar separadamente los residuos domésticos especiales y fracciones valorizables. Están atendidos por los grupos recuperadores. Incluyen un sistema de vigilancia para garantizar que los residuos se depositen de modo adecuado y para evitar que los contenedores lleguen a desbordarse. El Plan prevé una proporción de un punto limpio estándar por cada 10.000 habitantes (ratio que varía en función del tamaño de la población), por lo que se estima que se ubicarán en la región un total de 166 unidades, distribuidos por Áreas de Gestión del siguiente modo:

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1.- Albacete Centro-Norte. Cuenca Sur: 26. 2.- Albacete Sur: 13. 3.- Mancha Centro: 22. 4.- Ciudad Real: 36. 5.- Cuenca Centro-Norte: 12. 6.- Guadalajara: 15. 7.- Toledo Centro-Norte: 29. 8.- Talavera: 13. 

Los Grupos recuperadores se definen como grupos especializados en la recogida de los residuos considerados como "residuos urbanos especiales" de las fracciones valorizables con destino a su reciclado. Los grupos recuperadores pueden actuar mediante distintos sistemas: recogida periódica "puerta a puerta" en centros de gran producción; recogida para fracciones de papel-cartón, vidrio y envases ligeros; recogida domiciliaria para recoger los residuos urbanos especiales (muebles, enseres, electrodomésticos, equipos electrónicos, chatarras, ropas, incluso libros o juguetes usados, etc.). La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha establecerá los convenios necesarios con los grupos recuperadores en orden a favorecer su actuación.

3.- El Transporte de los residuos está previsto mediante vehículos de recogida

mecanizada y compactación según el tipo de residuo. 4.- El Tratamiento de los residuos debe realizarse garantizando que aquellos que

sean reciclables se incorporen a su cadena y los no reciclables puedan ser tratados convenientemente: la materia orgánica en plantas de compostaje, los residuos irrecuperables, (“rechazo”), en vertederos controlados.

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5.- Para garantizar el correcto reciclado de los materiales recogidos el Plan

establece la necesidad de considerar el mercado del producto objeto de la recogida, en base a los criterios de calidad, precio y flexibilidad del producto. 6.- Zonificación del territorio: el territorio queda dividido en ocho Áreas de

Gestión (AGES). En cada una de ellas quedan incluidos los municipios que comparten planta de selección, de “compostaje” y, en su caso, vertedero. Áreas de Gestión número de UNION Ubicación 1.- ALBACETE CENTRO-NORTE. CUENCA SUR: 4 C.T. Albacete. 2.- ALBACETE SUR: 7 C.T. Hellín. 3.- MANCHA CENTRO: 4 C.T. Alcázar de San Juan. 4.- CIUDAD REAL: 7 Almagro. Valdepeñas. 5.- CUENCA CENTRO-NORTE: 6 C.T. Cuenca. 6.- GUADALAJARA: 5 C.T. Guadalajara. 7.- TOLEDO CENTRO-NORTE 8 C.T. Toledo. 8.- TALAVERA: 3 C.T. Talavera de la Reina. A su vez cada Área de Gestión está compuesta por Unidades de Producción (UNION) formadas por municipios cercanos a las estaciones de transferencia. Se han establecido 44 Unidades de Producción. Las UNION están definidas por un ámbito territorial en donde se efectúa la recogida selectiva y el transporte antes de transferencia. Su agrupación da lugar a una AGES. Cada AGES dispondrá de un punto de vertido del rechazo, que recibirá todos aquellos residuos que no ha sido posible recuperar previamente. Cada Área de Gestión lleva aparejada la implantación de sendas plantas de selección y compostaje para la obtención de las diversas fracciones contenidas en los residuos que permitan su valorización posterior. Igualmente, cada Área llevará consigo, en principio, un vertedero de rechazos, salvo que económicamente no esté justificado. El conjunto de planta de selección, compostaje y vertedero de rechazos se denomina centro de tratamiento.

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Cada Área de Gestión contará con un conjunto de plantas de transferencia de residuos como instalaciones intermedias entre los centros generadores de R.U. (domiciliarios, comercios, etc.) y las instalaciones de tratamiento, para facilitar y abaratar el coste de transporte de los R.U. Los Centros de tratamiento permiten tratar los residuos recogidos de forma adecuada, seleccionándolos para su reciclaje posterior (papel y cartón, envases de metal, vidrio o plásticos) ó, en el caso de los residuos orgánicos, convirtiéndolos en “compost”. En la actualidad la Estrategia Regional de Residuos de Castilla-La Mancha no ha sido desarrollada o adaptada en forma de Plan o Programa para la provincia de Toledo, a diferencia de lo realizado por las Diputaciones de Provincias vecinas como Albacete o Ciudad Real, por lo que su aplicación se está basando en la iniciativa local y los acuerdos establecidos en la gestión con diferentes Ayuntamientos de la provincia. Los municipios del área de estudio, pertenecen a dos AGES diferentes, por un lado, en el AGES nº 7 Toledo Centro-Norte, se encuentran El Romeral, Tembleque, Corral de Almaguer, La Villa de Don Fadrique, Villanueva de Alcardete, Cabezamesada (todos estos municipios son la UNION 7.8), Turleque, Camuñas y Madridejos (estos tres municipios forman parte de la UNION 7.7), y por otro lado, los municipios pertenecientes al AGES nº 3 Mancha Centro, son Villafranca de los Caballeros, Villacañas, Quero, La Puebla de Almoradiel , Quintanar de la Orden, Miguel Esteban y El Toboso (todos forman la UNION 3.3). 3.2.2.2.- Generación de residuos urbanos La generación de residuos urbanos de una población depende, como es natural, del tamaño de dicha población, pero fundamentalmente de su nivel de consumo y de las características de los productos objeto de consumo, y más en concreto de la forma de presentación de los mismos, o lo que es igual de su envasado y embalado.

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A medida que la población crece cabe esperar que la generación de residuos crezca también, pero dicho crecimiento se ve influido por otros factores que hacen que los incrementos de residuos se produzcan con mayor o menor intensidad que el incremento demográfico. El nivel de renta es, en este sentido, un factor fundamental a la hora de explicar el consumo de una población, dado que una mayor renta explica un mayor poder adquisitivo de las familias y, por tanto, un potencial mayor de consumo. Junto al mismo, el comportamiento de la población, ante los productos que se le ofrecen en el mercado, su propia cultura de consumo, y los hábitos en relación a la reutilización, las posibilidades de reciclaje y recuperación dentro de los hogares ó ante los sistemas locales habilitados para gestionar los residuos constituyen hechos que se relacionan habitualmente con la estructura de edad de la población, la cultura y la sensibilidad medioambiental para conformar un conjunto de factores que interactúan entre sí y permiten explicar el hecho constatable de que ciudades o pueblos de similar tamaño poblacional presenten una generación de residuos urbanos muy distinta. Si a todo ello se une la importancia que pueden tener las actividades urbanas como generadoras de residuos, en relación a la centralidad funcional de las distintas áreas de una ciudad o de la propia ciudad en relación a su entorno, se convendrá en concluir que la explicación de la generación de residuos de un municipio, mancomunidad o comarca viene dada por una confluencia de factores que trasciende del propio tamaño demográfico de éste. En este contexto, la ausencia de información relativa a las cantidades de residuos urbanos generados en los municipios pertenecientes a la AGES nº 7 y gestionados por los distintos servicios de recogida en funcionamiento en años anteriores al año 2.007, impide disponer de la evolución del vector “residuos” de los últimos años en estos municipios. Mientras tanto, se disponen datos de los años 2.003, 2.004, 2.005, 2.006 y 2.007 para los municipios que pertenecen a la AGES nº 3. Por tanto, no podemos confirmar ninguna tendencia en el caso de la AGES nº 7, pero sí en el AGES nº 3.

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Durante el año 2.007 se recogieron un total de 13.389,19 Tm de residuos urbanos en el AGES nº 7, mientras que en el AGES nº 3 se recogen los datos de generación de RSU para los diferentes años en la siguiente tabla: AÑO

Tm de RSU

2003

17.712,88

2004

18.240,36

2005

17.904,81

2006

16.352,68

2007

20.016,61

Así, en total, en el año 2.007 se recogieron un total de 33.405,8 Tm de residuos urbanos en los municipios de la zona de estudio, saliendo una media de 455,1 kg./ hab./año, siendo los municipios con mayor producción de residuos Madridejos, Quintanar de la Orden y Villacañas, como es de esperar por sus mayores tamaños de población. Entre los diferentes pueblos, existen diferencias importantes en las tasas de producción de residuos en el año 2.007 (año del que se tienen datos de todos los municipios), como se muestra a continuación: TASA DE PRODUCCIÓN DE RSU 700 549,7

kg/hab/año

600 500

462,3 435,1 431,3

400

590,5 503,9 486,5 479,4 487,6 455,1 469,1 474,2 488,0 458,7 408,0 395,0 385,9

300 200 100

Fuente: GESMAT y CONSERMANCHA. Elaboración propia.

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GAL Dulcinea

Villafranca de los Caballeros Villanueva de Alcardete

Villacañas

Turleque

Tembleque

Quintanar de la Órden

Quero

Miguel Esteban Puebla de Almoradiel

Madridejos

La Villa de Don Fadrique

El Toboso

El Romeral

Corral de Almaguer

Camuñas

Cabezamesada

0

Se puede observar como existe poca diferencia en la tasa de producción, saliendo valores en todos los municipios cercanos al valor medio. Cabe destacar como municipio con mayor tasa Tembleque (590,5 kg/hab*año), y el que menor Madridejos (385,9 kg/hab*año.) 3.2.2.3.- Caracterización de residuos sólidos urbanos Al no disponer de dato alguno sobre la composición de los R.U. del GAL Dulcinea se ha considerado que la mejor aproximación a la misma es hacer extensiva a los R.U. del área de estudio la composición correspondiente al conjunto de la comunidad autónoma, composición que se recoge de los datos aportados por el Plan de Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha. De forma más concreta se recoge en el siguiente gráfico la caracterización de los residuos sólidos urbanos que establece la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la Estrategia Regional de Residuos 2000-2005, para la provincia de Toledo, determinando los porcentajes de cada tipo de residuo que componen la basura. COMPOSICIÓN DE LOS R.S.U Resto 1% Materia orgánica 37%

Metales 7%

Vidrio 9% Plástico 15%

Papel 31%

A partir de la caracterización de residuos citada, y tomándola con cierta cautela y siempre como referencia orientativa los datos de composición del conjunto de la provincia, se puede realizar una aproximación cuantitativa a la cantidad de los diferentes materiales integrantes de los residuos urbanos que se generan en el GAL “Dulcinea” para el año 2006:

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TIPO

%

(Tm/año)

Materia orgánica

37

12.376,8

Papel

31

10.369,7

Plástico

15

5.017,6

Vidrio

9

3.010,6

Metales

7

2.341,5

Otros

1

334,5

TOTAL

100

33.450,8

Fuente: Elaboración propia y Estrategia Regional de Residuos de Castilla-La Mancha.

3.2.2.4.- Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos La responsabilidad de la gestión de los residuos urbanos en los municipios del GAL Dulcinea corresponde al Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo y a la empresa Consermancha. Los estatutos del Consorcio de Servicios Públicos fueron aprobados por la Diputación Provincial de Toledo y están adheridos la mayoría de los Ayuntamientos de la provincia, a excepción de los 7 municipios del GAL Dulcinea que son gestionados por Consermancha. Actualmente la gestión integral de los residuos urbanos en la zona de estudio está pendiente de su total implantación si se toma como referencia los objetivos y actuaciones previstas por el Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha, estando pendiente la implantación de algunos servicios que deben integrar dicha gestión de los residuos generados en los municipios. En este sentido, la gestión actual no dispone del servicio de recogida en origen de la materia orgánica fermentable, tampoco con la elaboración de compost a partir de los residuos orgánicos para su aplicación en la agricultura. El actual sistema comprende los siguientes servicios: 

Recogida selectiva de vidrio con contenedores.



Recogida selectiva de cartón y papel con contenedores.



Recogida selectiva de envases ligeros –plásticos y metálicos- con contenedores.

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Recogida ordinaria de residuos urbanos mezclados en contenedores de basura.



Recogida especial de pilas en establecimientos públicos.

La frecuencia de prestación del Sistema de recogida y la dotación de medios varía en función del servicio que se preste. 3.2.2.4.1.- La recogida selectiva en origen En la actualidad en el GAL Dulcinea se recoge selectivamente, mediante contenedores especiales los envases y residuos de envases correspondientes a los siguientes materiales de los R.U.: vidrio, papel-cartón y envases ligeros -plásticos y metálicos. A dichas recogidas selectivas debe añadirse la recogida de pilas en los centros institucionales. Los materiales recogidos selectivamente -vidrio, papel-cartón y envases ligerosse destinan a su reciclaje posterior en la planta de tratamiento de Toledo (en el caso del AGES nº 7 y a Alcázar de San Juan (para el AGES nº 3). No se han podido obtener evoluciones de la producción de residuos producidos en la recogida selectiva debido a que los datos pertenecen sólo al año 2.007 para el caso de los municipios pertenecientes al AGES nº 7. A) RECOGIDA MEDIANTE EL CONTENEDOR AZUL DESTINADO A DEPÓSITO SEPARADO DE PAPEL Y CARTÓN La recogida selectiva de papel y cartón con contenedores “azules” se halla implantada en todos los municipios de la zona de estudio. Se sirve para ello de 190 contenedores “igloo” de 3.000 lts de capacidad instalados en la vía pública, en los que la población puede depositar, separadamente del resto de los residuos urbanos, el papel y cartón generado como desecho en sus domicilios o establecimientos. Dichos contenedores son vaciados periódicamente, sobre un vehículo recogedor. La dotación de contenedores azules para la recogida selectiva de papel y cartón es de 1/386,4 habitantes en enero del 2007, considerando a toda la población

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residente en la zona. A continuación se muestra una tabla con el ratio de habitantes por contenedor en cada uno de los municipios. Ratio de habitantes por contenedor

Número de contenedores azules

Cabezamesada

234,5

2

Camuñas

229,9

8

Corral de Almaguer

274,7

22

El Romeral

280,7

3

El Toboso

362,7

6

La Villa de Don Fadrique

296,4

14

Madridejos

302,6

37

Miguel Esteban

549,1

10

La Puebla de Almoradiel

447,8

13

Quero

417,3

3

Quintanar de la Orden

637,2

18

Tembleque

287,0

8

Turleque

310,0

3

Villacañas

542,6

19

Villafranca de los Caballeros

603,3

9

Villanueva de Alcardete

246,5

15

TOTAL

386,4

190

Núcleo abastecido

Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia.

El ratio de habitantes por contenedor de papel-cartón según el Plan de Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha es de 1 contenedor por cada 500 habitantes, en la zona, con lo cual podemos decir que a nivel de Grupo de Acción se cumple el objetivo propuesto. Sin embargo, en determinados municipios no se cumple este objetivo, como es el caso de Miguel Esteban, Quintanar de la Orden, Villacañas y Villafranca de los Caballeros. La cantidad recogida de cartón y papel en el 2.007 es de 973.335 kg., saliendo una tasa por habitante y año de 13,26 kg. Entre los municipios existen diferencias importantes en las tasas de producción de papel y cartón, como se muestra a continuación.

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TASA DE PRODUCCIÓN DE PAPEL Y CARBÓN 2 0 ,0 0

kg/hab *añ o

1 0 ,0 0

1 0 ,8 1 8 ,8 6 7 ,5 0

1 0 ,0 2

9 ,2 2

1 6 ,0 5 1 5 ,4 6 1 5 ,2 3 1 3 ,2 6 1 1 ,1 9 9 ,7 0

1 5 ,5 01 6 ,0 1 1 5 ,0 7 1 4 ,5 7

1 5 ,4 9 1 5 ,0 0

9 ,8 1

5 ,0 0

ra

C

or

C

ab

ez

am

es a l d Ca da e mu A lm ñas La E l ag V il l Ro u e a m r de E e D l T ra on o l bo Fa so d P u M M a riq eb ig d r ue l a ue i d e d e l E jo s A ste Q l m ba ui or n nt ad an ie ar d e Qu l la e r o V Te Ór i ll d m af b l en ra e nc T u qu e V ad r le i ll a n e lo V i l q u u e s lac e v a C a añ de b a as l A le G l ca r o s A L rd e D ul te ci ne a

0 ,0 0

Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia

El papel-cartón recogido, tras el control de su pesaje, es sometido a los procesos de recuperación y reciclaje. Si se tienen en cuenta los datos de generación residuos en 2007 para la zona de estudio y la proporción de papel-cartón dentro de ellos (31%), según estimaciones del Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha de 1999, el porcentaje de recuperación de papel y cartón resultante es de un 9,39 %, muy por debajo de los objetivos de recuperación numerados por el citado Plan de Gestión (60%). PAPEL Y CARTÓN Cantidad Generada de R.U. (Kgs/año) Cantidad Recuperable (Kgs/año) Cantidad Recuperada en la Recogida (Kgs/año) % Recuperación

2007 33.405.806 10.355.799,8 973.335 9,39

Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia.

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B) RECOGIDA MEDIANTE EL CONTENEDOR VERDE DESTINADO A DEPÓSITO SEPARADO DE VIDRIO La recogida selectiva de vidrio con contenedores “verdes” se halla implantada en el GAL Dulcinea. Se sirve para ello de 184 contenedores “igloo” de 3.000 lts de capacidad situados en la vía pública. La dotación de contenedores es de 1 contenedor por cada 399,0 habitantes en 2007, considerando a toda la población del GAL Dulcinea. A continuación se muestra una tabla con el ratio de habitantes por contenedor. Ratio de habitantes por contenedor

Número de contenedores verdes

Cabezamesada

234,5

2

Camuñas

306,5

6

Corral de Almaguer

335,7

18

Madridejos

361,1

31

Miguel Esteban

549,1

10

La Puebla de Almoradiel

388,1

15

Quero

208,7

6

Quintanar de la Orden

546.1

21

El Romeral

280,7

3

Tembleque

287,0

8

El Toboso

362,7

6

Turleque

310,0

3

La Villa de Don. Fadrique

296,4

14

Villacañas

572,8

18

Villafranca de los Caballeros

603,3

9

Villanueva de Alcardete

264,1

14

TOTAL

399,0

184

Núcleo abastecido

Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia.

También en este caso los municipios cumplen el objetivo del Plan, que igual que antes determina la existencia de un contenedor por cada 500 habitantes.

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La cantidad recogida de vidrio en el 2.007 es de 610.327kg., saliendo una tasa por habitante y año de 8,31 kg. Existen diferencias importantes en las tasas de producción de vidrio en el GAL Dulcinea. TA SA DE PRODUCCIÓN DE V IDRIO 2 0 ,0 0 1 5 ,0 0

kg/ hab *año

1 5 ,6 5

1 4 ,7 6 1 2 ,5 2 1 0 ,8 3

1 4 ,4 8

1 1 ,5 3

1 0 ,0 0

7 ,5 8

5 ,6 2

7 ,3 7 7 ,5 8 7 ,8 3 7 ,1 3 5 ,7 5

6 ,8 8 7 ,5 6 7 ,4 5

8 ,3 1

5 ,0 0

ra

C

or

C

ab

ez

am

es a l d Ca d a e mu A lm ñ a s La a E V l R gu il l a om er de E e D l T ra l on o b Fa os o M d P u M a r i qu e b i g d ri e l a ue d e d e l E jo s st A Q l m e ba ui or n nt ad an ie ar de Qu l la er o V Te Ór i ll d m af bl en ra e nc T u qu e V ad r le i ll a n e lo V i l q u u e s lac e v a C a añ de ba as l A le G l ca r o s A L rd D et ul e ci ne a

0 ,0 0

Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia.

Si se tienen en cuenta los datos de generación residuos en 2007 para el Grupo de Acción Local Dulcinea y la proporción de vidrio dentro de este (9%), según estimaciones del Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha, 1999, el porcentaje de recuperación de vidrio resultante es de un 34,04 %, por debajo de los objetivos de recuperación numerados por el citado Plan de Gestión (65%). VIDRIO Cantidad Generada de R.U. (Kgs/año) Cantidad Recuperable (Kgs/año) Cantidad Recuperada en la Recogida (Kgs/año) % Recuperación

2007 33.405.806 3.006.522,54 610.327 34,04

Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia.

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C) RECOGIDA SELECTIVA DE ENVASES LIGEROS En el GAL “Dulcinea” se ha implantado la recogida selectiva de envases de plástico de los R.U. a través de 183 contenedores igloo, con capacidad de 3.000 l, destinados al depósito separado de envases de dicho material generados como R.U. por los hogares y las actividades terciarias urbanas. La mayoría de estos contenedores, han sido implantados en septiembre del 2007. La dotación de contenedores destinados a la recogida selectiva de envases ligeros tanto para envases plásticos como metálicos y brick en el conjunto del grupo es de 1 contenedor por cada 401,2 habitantes en 2007, considerando a toda la población residente dentro del GAL. A continuación se muestra una tabla con el ratio de habitantes por contenedor. Ratio de habitantes por

Número de contenedores

contenedor

amarillos

Cabezamesada

234,5

2

Camuñas

306,5

6

Corral de Almaguer

274,7

22

Madridejos

302,6

37

Miguel Esteban

686,4

8

La Puebla de Almoradiel

529,3

11

Quero

417,3

3

Quintanar de la Orden

573,5

20

El Romeral

280,7

3

Tembleque

287,0

8

El Toboso

435,2

5

Turleque

310,0

3

La Villa de Don Fadrique

296,4

14

Villacañas

572,8

18

Villafranca de los Caballeros

543,0

10

Villanueva de Alcardete

284,5

13

TOTAL

401.2

183

Núcleo abastecido

Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia.

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El ratio de habitantes por contenedor de envases ligeros, según el Plan de Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha, es de 1 contenedor por cada 500 habitantes, en la zona, con lo cual podemos decir que en conjunto se cumple el objetivo propuesto. Sin embargo, en determinados municipios no se cumple este objetivo, como es el caso de Miguel Esteban, Quintanar de la Orden, Villacañas, La Puebla de Almoradiel , Corral de Almaguer o Villafranca de los Caballeros. La cantidad recogida de envases de plástico en el 2.007 es de 346.260 kg., saliendo una tasa por habitante y año de 4,72 kg. Hay diferencias significativas entre las tasas de recogida de envases de plástico de los diferentes municipios. TASA DE PRODUCCIÓN DE ENV ASES 8 ,0 0 5 ,6 2

kg/ hab *añ o

6 ,0 0 4 ,0 0

3 ,2 1 3 ,4 2 1 ,5 5

2 ,0 0

5 ,4 7 4 ,6 0

3 ,1 9

5 ,6 2 5 ,8 1 5 ,2 9

5 ,6 1 5 ,4 9 4 ,7 2 4 ,1 8 2 ,4 3 1 ,7 5

0 ,9 7

C

ld

ra

C

or

C

ab

ez

am

es a am d a e uñ A as l m La ag E V lR u il l o m er a de E e D l T ra l on ob Fa oso d M r P u M a i qu e b i g d ri e l a ue d e d e l E jo s st A eb Q l m ui or a n nt ad an ie ar d e Qu l l a e ro Ó T V e m rd i ll e af bl n ra eq nc Tu u e a r V d i ll e V le q an lo i ll a u e ue s c v a C a añ ba as de ll A e ro l c G A a rd s L D ete ul ci ne a

0 ,0 0

Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia.

Si se tienen en cuenta los datos de generación residuos en 2007 para el GAL Dulcinea y la proporción de envases de plástico dentro de ellos (15%), según estimaciones del Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha, 1999, el porcentaje de recuperación de envases de plástico resultante es de un 2,34 %, muy por debajo de los objetivos de recuperación numerados por el citado Plan de Gestión (45%).

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ENVASES

2007

Cantidad Generada de R.U. (Kgs/año)

33.405.806

Cantidad Recuperable (Kgs/año)

5.010.870,9

Cantidad Recuperada en la Recogida (Kgs/año) % Recuperación

346.260 2,34

Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia.

3.2.2.4.2- Recogida ordinaria de residuos urbanos mezclados Los residuos urbanos generados por los domicilios y la actividad urbana terciaria (comercio, hostelería, dotaciones, etc.) que no son objeto de recogida selectiva en origen se depositan mezclados en contenedores tipo “caja” instalados en la vía pública. Los contenedores utilizados tienen mayoritariamente una capacidad de 800 litros, existiendo también los de 360 y de 240 litros, y, en su mayoría, se distribuyen por los municipios en puntos compartidos con contenedores destinados a la recogida selectiva. Los contenedores son vaciados periódicamente por la empresa contratada por el Consorcio (GESMAT) y/o Consermancha. A continuación se muestra una tabla con el ratio de habitantes por contenedor, sin tener en cuenta la capacidad de los contenedores.

Núcleo abastecido

Ratio de habitantes por contenedor

Número de contenedores

Cabezamesada

13,4

35

Camuñas

20,62

90

Corral de Almaguer

22,42

266

Madridejos

28,87

382

Miguel Esteban

39,38

138

La Puebla de Almoradiel

29,74

194

Quero

18,60

69

Quintanar de la Orden

30,79

340

El Romeral

13,67

59

Tembleque

13,35

170

El Toboso

23,92

91

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Núcleo abastecido

Ratio de habitantes por contenedor

Número de contenedores

Turleque

15,73

60

La Villa de Don Fadrique

59,34

172

Villacañas

11,57

361

Villafranca de los Caballeros

25,12

212

Villanueva de Alcardete

27,74

136

TOTAL

26,45

2.775

Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia.

Así, se considera que en el año 2007, el GAL Dulcinea se encontraba suficientemente dotado de contenedores destinados a la recogida de residuos urbanos mezclados, con un total de unos 26,45 habitantes por contenedor, para el cumplimiento de los ratios mínimos de dotación previstos para dicha recogida por el Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha (1 contenedor por cada 75 habitantes). La cantidad recogida de residuos urbanos mezclados en el 2.007 es de 31.475.884 kg., saliendo una tasa por habitante y año de 428,76 kg. No existen diferencias importantes en las tasas de producción de residuos, entre los diferentes municipios que componen el GAL, como se muestra a continuación:

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4 2 8 ,7 6

3 6 5 ,1 8

4 5 1 ,2 2

4 5 7 ,9 1

4 4 4 ,4 5

5 6 2 ,7 6

4 3 1 ,6 7

4 7 4 ,2 5

4 5 9 ,3 0

4 4 6 ,3 4

3 8 4 ,0 7

5 2 4 ,5 3

4 5 8 ,8 7

3 6 5 ,7 5

kg/ hab*año

4 5 0 ,0 0

4 0 4 ,5 1

4 1 8 ,4 5

6 0 0 ,0 0

4 4 0 ,7 2

TA SA DE RU MEZ CLA DOS

3 0 0 ,0 0

1 5 0 ,0 0

ra

C

or

C

ab

ez

am

es a l d Ca d a m e A uñ a lm La s El agu V il l R a om er de El er D o n Tob al Fa oso d M ri q Pu M a u e b i g d ri e d u la e e d e l E jo s st A Q l m e ba ui or n nt ad an ie ar de Qu l la e ro Te Ór V i ll m de af bl n ra e nc T u qu e a r V i ll d e V le q an lo i ll a u e ue s c v a C a añ b de al as A ler G l ca o s A L rd e D ul te ci ne a

-

Fuente: Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de la Provincia de Toledo Y CONSERMANCHA. Elaboración propia

3.2.2.4.3.- Pilas Los ciudadanos disponen de contenedores para el depósito separado de las pilas usadas y/o gastadas ubicados en los establecimientos públicos y algunos comercios de los municipios. De la recogida de dichas pilas se responsabiliza la propia empresa contratada para el servicio de recogida de residuos urbanos. 3.2.2.4.4.- Limpieza viaria De los dieciséis municipios que componen el GAL Dulcinea, catorce de ellos poseen servicio municipal de limpieza viaria. Este servicio es llevado a cabo por parte de cada uno de los ayuntamientos. El personal que conforma éste servicios, procede tanto del propio ayuntamiento, con trabajadores fijos, como de los Planes de Empleo. Este servicio además lleva asociado, en la mayoría de los casos, la limpieza y mantenimiento de parques y jardines.

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A continuación se especifica en la tabla con que frecuencia se realiza la limpieza y el personal y maquinaria que utilizan (en caso de que se utilice): Servicio Cabezamesada

Limpieza

Empresa

Personal

Maquinaria

NO

Camuñas

SI

Diaria

Ayuntamiento

2-6 personas

Corral de Almaguer

SI

Diaria

Ayuntamiento

>5 personas

Madridejos

SI

Diaria

Ayuntamiento

10-15 pers

Miguel Esteban

SI

Diaria

Ayuntamiento

5 personas

La Puebla de Almoradiel

SI

Diaria

Ayuntamiento

variable

Barredora

Diaria

Ayuntamiento

2 personas

Barredora

Quero

Barredora

NO

Quintanar de la Orden

SI

El Romeral

NO

Tembleque

SI

Diaria*

Ayuntamiento

15 personas

Barredora

Turleque

SI

Diaria

Ayuntamiento

variable

Barredora

El Toboso

SI

Diaria

Ayuntamiento

6-8 personas

Barredora

La Villa de Don Fadrique

SI

Diaria

Ayuntamiento

7 personas

Villacañas

SI

Diaria*

Ayuntamiento

4-8 personas

Barredora

Villafranca de los Caballeros

SI

Diaria*

Ayuntamiento

2-3 personas

Barredora

Villanueva de Alcardete

SI

Diaria

Ayuntamiento

variable

Barredora

Fuente: Ayuntamientos Y CONSERMANCHA. Elaboración propia *El servicio de limpieza viaria se complementa además son el servicio de limpieza y mantenimiento de parques y jardines. ** El número de personas que componen la plantilla en cada uno de los ayuntamientos es aproximado, puesto que varía a lo largo del año dependiendo de los planes de empleo.

3.2.2.4.5.- Tratamiento de los Residuos Urbanos Los materiales recogidos selectivamente -vidrio, papel-cartón y envases ligerosse destinan a su reciclaje posterior en la planta de tratamiento de Toledo (en el caso del AGES nº 7) y a Alcázar de San Juan (para el AGES nº 3) respectivamente. En el primer caso, se encarga de llevar a cabo el tratamiento en Consorcio Público de Servicios Medioambientales de la provincia de Toledo, mientras que en los municipios del AGES nº 3, se encarga la Mancomunidad de Servicios CONSERMANCHA. El Consorcio Público de Servicios Medioambientales de la provincia de Toledo se constituyó como tal el año 1996 con la finalidad de gestionar los servicios de tratamiento de los residuos sólidos urbanos de la provincia, pudiendo según sus

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estatutos ser objeto otros servicios como la recogida domiciliaria de residuos urbanos, la limpieza viaria, la recogida y tratamiento de los residuos hospitalarios, industriales, tóxicos, peligrosos y otros análogos, así como los relacionados con el ciclo integral del agua y otras actuaciones medioambientales. Para la gestión y tratamiento de los residuos urbanos en la provincia de Toledo el Consorcio constituyó a finales de 1997 la sociedad de economía mixta GESMAT S.A. En la actualidad se hallan adheridos al Consorcio un total de 198 municipios de la provincia, que cuentan con un total de 558.613 habitantes, es decir el 97% de los municipios y el 91% de la población de la provincia. En el caso de la Mancomunidad de servicios CONSERMANCHA, fue constituida en 1975 dando servicio en la actualidad a 21 municipios de las provincias de Ciudad Real, Toledo y Cuenca, cubriendo una población de más de 150.000 personas. La sede de la Mancomunidad se encuentra situada en el municipio de Alcázar de San Juan. Encontramos en el GAL Dulcinea un total de 9 puntos limpios, repartidos en los siguientes municipios: Corral de Almaguer, El Toboso, La Puebla de Almoradiel, La Villa de Don Fadrique, Madridejos, Miguel Esteban, Quero, Quintanar de la Orden y Villacañas. No existen datos de vertederos controlados e incontrolados en ninguno de los municipios del Grupo de Acción Local Dulcinea. 3.2.3.- RESIDUOS INDUSTRIALES La empresas resuelven por sí mismas la gestión de los residuos generados en las mismas, bien directamente a través de empresas recuperadoras que se hacen cargo de los materiales recuperables componentes de sus residuos, bien a través del transporte de los residuos a los Centros de tratamiento del Consorcio de Servicios Públicos Medioambientales de Toledo o de Alcázar de San Juan, bien a través de la recogida por gestores autorizados cuando los residuos son especiales y requieren dicho tipo de gestión.

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Esta variedad de sistemas impide conocer la cantidad de residuos generados finalmente por los establecimientos de la zona de estudio, así como la importancia de cada sistema de gestión. 3.2.4.- LOS RESIDUOS PELIGROSOS 3.2.4.1.- Plan Regional de Gestión de Residuos Peligrosos de Castilla-La Mancha El día 23 de julio de 2001 se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha el Decreto por el que se aprueba el Plan Regional de Residuos Peligrosos, al que la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente destinará 8,35 millones de euros durante el período 2001-2006, con el doble objetivo de reducir en origen la producción de este tipo de residuos y fomentar la reutilización, recuperación y reciclado de dichos residuos en los casos en que esto sea posible. La Consejería de Agricultura y Medio Ambiente espera que la aplicación de este Plan dé como resultado que los residuos peligrosos para eliminación final se reduzcan en un 55%, lo que supondría eliminar 61.875 toneladas/año sobre una producción total de 112.500 toneladas/año, que es la cifra que se ha estimado para el año 2006. La Estrategia en la Gestión de Residuos Peligrosos se enmarca dentro de un nivel de prioridades que sitúan, en primer lugar, la reducción de la cantidad de residuos peligrosos que se generan mediante la mejora de los procesos productivos y, en segundo lugar, la reutilización, recuperación o reciclado de los residuos generados. Junto a estas dos prioridades, el Plan establece, en tercer lugar, el aprovechamiento energético del residuo y, en cuarto, la eliminación segura del residuo. PROGRAMAS Y MEDIDAS DEL PLAN El Plan regional de Residuos Peligrosos de Castilla-La Mancha consta de dos programas y un conjunto de medidas de control, financiación, complementarias y de revisión.

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El primer programa incide en la reducción o prevención en origen y pretende una reducción global del 15% en la producción de residuos peligrosos, lo que significa una disminución de 16.875 toneladas al año. El segundo programa es el de reutilización, recuperación y reciclado, con el que se pretende una recuperación neta de residuos de 45.000 toneladas al año, lo que supone una disminución del 40%, tanto mediante la recuperación como el aprovechamiento energético de los residuos. La suma de ambos programas supondría reducir los residuos destinados a eliminación en un 55%, lo que supone que de una producción total estimada en 112.500 toneladas al año, para eliminación quedarían 61.875 toneladas. AUTOSUFICIENCIA EN LA GESTIÓN Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS Otra de las prioridades del Plan regional de Residuos es que Castilla-La Mancha sea autosuficiente en la gestión de los residuos producidos en nuestra Comunidad Autónoma. En la actualidad, de los residuos peligrosos producidos en Castilla-La Mancha se están gestionando dentro de los límites de nuestra Comunidad Autónoma el 14,6% de los mismos (8.657,7 toneladas). A esta cifra hay que sumar otras 11.986 toneladas de residuos procedentes de otras regiones, que se gestionan aquí. Para lograr una gestión más racional de estos residuos se van a poner en marcha una serie de medidas que responden a criterios de autosuficiencia, costes asumibles, proximidad de centros productores y uso de las mejores técnicas disponibles. En primer lugar, el Plan contempla una serie de medidas de control sobre las instalaciones de recuperación, de forma que los residuos para aprovechamiento energético deberán proceder en, al menos, un 90% de productores ubicados en Castilla-La Mancha. En el caso de instalaciones para otro tipo de recuperación, el porcentaje mínimo de residuos será del 50%.

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En el caso de las instalaciones para eliminación, los residuos que se traten deberán proceder en, al menos, un 80% de productores de la región. Este mismo porcentaje se aplicará también en el caso de las instalaciones de transferencia o de gestión intermedia. Además, la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente pondrá en marcha una serie de medidas complementarias encaminadas a este mismo fin. Se trata del establecimiento de acuerdos y convenios con otras comunidades autónomas para garantizar un destino adecuado de los residuos peligrosos, así como promover acuerdos con sectores determinados para incidir en la buena gestión de este tipo de residuos. FINANCIACIÓN El presupuesto inicial que ha destinado la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente a este Plan asciende a 8,35 millones de euros, de los que 6,60 están destinados a diferentes medidas de financiación (modificaciones de los procesos productivos para generar menos residuos, nuevas instalaciones, estudios sectoriales, construcción de infraestructuras de reciclado, etc..), y 1,75 millones se destinan a financiar las medidas complementarias (convenios con instituciones, empresas, etc.) y los procedimientos de revisión. No obstante, estas cifras son orientativas, ya que este plan funcionará en un escenario dinámico, por lo que estará sujeto a revisiones para poderse adaptar a las nuevas situaciones que puedan presentarse. Por ello, el Plan está dotado de un procedimiento de revisión, que tendrá una periodicidad anual y que permitirá ajustar las medidas del plan a los nuevos escenarios que se vayan produciendo. 3.2.4.2.-Situación actual de la gestión de residuos peligrosos en la provincia de Toledo Al no disponer de datos específicos en cuanto a la producción de residuos peligrosos en la provincia de Toledo, se parte de los datos que a continuación se

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reflejan en sendos cuadros y gráficos, en los que se hace una comparación con el resto de provincias de Castilla-La Mancha. En el siguiente cuadro y gráfico, se establece una distribución provincial de los residuos peligrosos generados por todo tipo de productores (grandes y pequeños), basados en los inventarios previos llevados a cabo para la elaboración del plan regional de residuos peligrosos. PRODUCCIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS 1998 Albacete

16,54%

Ciudad Real

19,57%

Guadalajara

18,07%

Cuenca

3,26%

Toledo

42,56%

PRODUCCIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS 1998 Albacete 16,54%

Toledo 42,56%

Ciudad Real 19,57% Guadalajara 18,07%

Cuenca 3,26%

Estas cantidades se referían al total de residuos generados en la región, que es lógicamente superior a la cantidad debidamente gestionada. Los productores de residuos están obligados, entre otras cosas, a realizar anualmente las correspondientes declaraciones en la que detallan todos los residuos producidos en el periodo. Basados en esos datos, se confeccionan el siguiente cuadro y gráfico, que hacen referencia a las cantidades declaradas producidas de residuos peligrosos en el ejercicio 1999 y su distribución por provincias (estas cantidades no incluyen los residuos producidos por pequeños productores ni los residuos de categorías especiales).

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PRODUCCIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS POR GRANDES PRODUCTORES. AÑO 1999 Albacete

9,19%

Ciudad Real

47,13%

Guadalajara

28,19%

Cuenca

0,20%

Toledo

15,29%

Fuente: Plan Regional de Residuos Peligrosos de Castilla-La Mancha.

PRODUCCIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS GRANDES PRODUCTORES. AÑO 1999

Toledo 15,29%

Cuenca 0,20% Guadalajara 28,19%

Albacete 9,19%

Ciudad Real 47,13%

3.2.5.- RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN 3.2.5.1.-Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición de Castilla-La Mancha El Plan de Gestión de los Residuos de Construcción y Demolición (RCD) nace con la pretensión de dar una solución a la incorrecta gestión que en la comunidad castellano-manchega se realiza con este tipo de residuos así como para resolver el grave déficit de infraestructuras existentes para el tratamiento de los mismos. Para ello el Plan “apuesta por la prevención de la generación de RCD en su territorio y el fomento de su reutilización y reciclado a través de las infraestructuras necesarias, dejando como última alternativa de gestión la eliminación de depósitos controlados”. A efectos de aplicación del Plan se consideran RCD todos los incluidos en el Código 17 de la Lista Europea de Residuos que no tienen consideración de peligrosos

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(Cap. 2.1), y más en concreto “tanto los residuos procedentes de labores de construcción, demolición, construcción y reforma de edificaciones particulares y obras municipales, como aquellos residuos que de forma habitual acompañan a éstos, con independencia de su gestión posterior”. Como objetivos específicos a alcanzar en el periodo de desarrollo del Plan de Gestión de RCD (2006-2015) el Plan se estructura en cuatro grandes líneas o programas de actuación, con objetivos concretos en cada una de ellas a alcanzar en tres fases distintas de su desarrollo: 

Programa de Prevención y minimización: por lo que se establecen objetivos de: (1) Disminución del flujo de RCD (10% en Fase I y 20% en Fase II); (2) Entrega a gestor y recogida selectiva de RCD (50% en Fase I; 80% en Fase II; 100% en Fase III); (3) Separación en origen de residuos peligrosos de los RCD (100% en Fase I).



Programa de Valorización y Eliminación: (1) Gestión adecuada de los RCD (45% en Fase I; 80% en Fase II; 100% en Fase III); (2) Acondicionamiento y gestión de infraestructuras para la gestión de los RCD (45% en Fase I; 80% en Fase II; 100% en Fase III); (3) Reciclaje o Reutilización de RCD (20% en Fase I; 40% en Fase II; 50% en Fase III); Depósito en vertedero controlado de RCD no valorizables (45% en Fase I; 80% en Fase II; 100% en Fase III); (4) Valorización de residuos de envases de materiales de construcción (60% en Fase I; 100% en Fase II); (5) Promoción de sistemas de minimización, reutilización y reciclado de los RCD; (6) Clausura y restauración ambiental de los vertederos no adaptables al RD 1481/2001 (70% en Fase I; 100% en Fase II); (7) Fomento de I+D+i de nuevos mercados de subproductos valorizables.



Programa de Formación, Sensibilización y Educación Ciudadana: (1) Fomento de prevención en la generación de RCD en origen y potenciación de los sistemas de separación y reciclaje de fracciones recuperables; (2) Fomento del grado de concienciación ciudadana en la problemática asociada a la gestión de los RCD.

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Programa de control estadístico: (1) Identificación de áreas degradadas susceptibles de restauración mediante depósito de RCD y determinación de las condiciones técnicas y ecológicas para su utilización (Fase I): Creación de sistema estadístico de generación de datos y sistema de información sobre RCD (50% en Fase I; 100% en Fase II); (3) Coordinación entre las distintas Administraciones y empresas del sector, para intercambio de investigaciones y experiencias. El modelo de gestión propuesto en el Plan integra la gestión de los residuos de

construcción y demolición generados en Castilla-La Mancha, con independencia de su origen. En este sentido se establece para los residuos a gestionar en depósitos controlados que su procedencia sea, al menos en un 80%, de productores ubicados en la comunidad autónoma. Por su parte, se establece también la obligación de que los productores de RCD procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria los entreguen a las entidades locales en los “puntos limpios” para su reciclado, valorización o eliminación, y de que todas las actividades de gestión de los RCD no procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria, exceden de la competencia de las entidades locales y quedan sujetas al régimen de gestión previsto en la Ley de Residuos, quedando obligados a entregarlos, siempre que no procedan a gestionarlos por sí mismos, a entregarlos a un gestor de residuos para su valorización o eliminación, a participar en un acuerdo voluntario o convenio de colaboración que comprenda estas operaciones. Más concretamente, el modelo de gestión se basa en: a) Definición de las fracciones valorizables contenidas en los RCD. b) Separación en origen y recogida selectiva. c) El transporte de los residuos previamente seleccionados por transportistas autorizados, una vez recogidos de los ”puntos limpios” (RCD domiciliarios), las estaciones de transferencia o de intercambio entre vehículos “satélite” y “nodriza” (RCD) a los centros de tratamiento. d) La posibilidad de que el tratamiento de RCD lo lleven a cabo bien los productores bien centros de tratamiento externos.

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Para llevar a cabo el programa y las operaciones que lo concretan el Plan parte de una zonificación geográfica organizada en función de radios de transporte de un máximo de 30 km. de los centros de tratamiento, definiendo un total de 23 áreas de gestión de RCD para toda la Comunidad Autónoma. La provincia de Toledo, según el Plan de Gestión, tiene prevista la implantación de 5 áreas de Gestión (Toledo, Talavera, Ocaña, Consuegra y Navahermosa). Desde la aprobación en diciembre de 2005 del Plan Regional de Residuos de Construcción y Demolición, la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo rural “está comprobando la sensibilización de las empresas y profesionales del sector, para hacer frente a la responsabilidad de la correcta gestión ambiental de estos residuos entre todos”. Paralelamente al inicio de este Plan, la Consejería está participando en el grupo de trabajo del Ministerio de Medio Ambiente que elabora un nuevo Real Decreto a nivel nacional sobre los residuos de construcción y demolición que conllevará la disponibilidad tanto normativa de ordenación como de instrumentos financieros y fiscales que garanticen su adecuada puesta en marcha. Asimismo, se está elaborando, conjuntamente entre la Consejería y la Federación de Municipios y Provincias, una ordenanza tipo que servirá de marco de referencia a todos los ayuntamientos de la región. La ejecución del Plan se divide en tres fases: 1.-FASE: Se desarrollará entre el año 2006-2008; en ella se plantea abordar las infraestructuras necesarias (depósitos controlados y plantas de valorización) para las cinco capitales de provincia y sus áreas de influencia. 2.- FASE: entre el año 2008 a 2012; se llegará a los municipios con una capacidad de tratamiento superior a 50.000 tm/año.

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3.-FASE: durante el periodo 2012-2015; se llegará a las localidades con una capacidad de tratamiento entre 25.000 y 50.000 tm/año. Y posteriormente, se abordará a los municipios con capacidad de tratamiento inferior a 25.000 tm/año. Por otra parte, se instalarán plantas móviles o semi-móviles para machaqueo y la separación de estos residuos, que estarán destinadas a los focos de generación de residuos que permitan un aprovechamiento in situ y cuyo transporte a un centro de tratamiento no sea rentable. Este Plan cuenta con una inversión aproximada de 72 millones de euros. Respecto al tema de escombreras, decir que hay conocimiento de la existencia de éstas, pero son incontroladas y por tanto no se tienen datos de la situación y el estado de éstas. Como solución se propone un plan de acción que regularice la situación de éstas. 3.2.6.- RESIDUOS GANADEROS Y AGRÍCOLAS 3.2.6.1.- Residuos ganaderos En la provincia de Toledo no se posee mucha información sobre este tipo de residuos ni en cuanto a las cantidades generadas ni en cuanto a composición, por lo que los datos aportados a este informe se han obtenido por estimación, partiendo del censo de cabezas de ganado, obtenido en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y aplicando los ratios de generación por cada tipo de ganado que utiliza el Plan de Gestión de los Residuos Ganaderos de la C.A. de Aragón, comunidad que es reconocida como referente en la gestión ganadera. El censo de cabezas de ganado para el año 1999 en el GAL Dulcinea se recoge en la siguiente tabla, así como la estimación de las cantidades de residuos ganaderos generados en forma de deyecciones sólidas y líquidas:

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Total UG

Bovinos

Ovinos

Caprinos

Porcino

Aves

Otros

Cabezamesada

648

0

87

10

540

10

1

Camuñas

826

0

63

4

754

3

2

Corral de Almaguer

1.533

81

993

72

377

8

2

Madridejos

3.699

368

991

202

1.571

546

21

Miguel Esteban

290

0

63

8

0

217

2

La Puebla de Almoradiel

291

0

138

16

0

124

13

Quero

3.303

0

187

4

2.580

532

0

Quintanar de la Orden

2.202

6

136

12

533

1.510

5

El Romeral

120

6

95

10

0

0

9

Tembleque

1.965

60

640

81

1.157

15

12

El Toboso

297

0

183

52

0

0

62

Turleque

1.936

0

213

0

522

1.197

4

La Villa de Don Fadrique

855

0

330

50

301

169

5

Villacañas

756

11

454

47

133

92

19

Villafranca de los Caballeros

2.106

69

111

6

1.862

50

8

Villanueva de Alcardete

2.560

61

258

0

1.478

719

44

TOTAL

23.387

662

4.942

574

11.754

5.192

209

Deyecciones sólidas

Deyecciones líquidas

Kgs/año

Kgs/año

4.942

1.867.779,48

1.620.976

Caprino

574

108.486

94.136

Bovino

662

5.294.676

2.416.300

Porcino

11.754

7.499.052

5.359.824

Aves

5.192

301.136

0

TOTAL

23.178

15.071.129,48

9.491.236

Ganado Ovino

Nº total de cabezas

Por tanto, la cantidad total de residuos ganaderos en forma de deyecciones sólidas supuso en 1999 un total de 15.071,12 toneladas, y en forma de deyecciones líquidas a 9.491,23 toneladas. De esta forma puede estimarse que la carga ganadera en el territorio del Grupo de Acción Local Dulcinea somete a ésta a una presión potencial de 0,11 Tm/Ha de SAU, lo que puede considerarse aceptable aunque exige un sistema de gestión adecuado que evite posibles impactos ambientales.

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A) OVINO Y CAPRINO En esta ganadería hay dos tipos de residuos: Residuo Sólido-Estiércol, para el cual se estima una producción de 1.976.265,48 kg/año, este estiércol es muy apreciado para el abonado de cultivos. Residuos Líquido, para el que se estima una generación de 1.715.112 kg/año, Este residuo está muy equilibrado en cuanto a N, P y K, por eso es muy apreciado. -

Por descomposición de las deyecciones sólidas tenemos que se producen:  148.219,91 Kg/año de Nitrógeno (N).  118.575,92 Kg/año de Fósforo (P2O5).  59.287,96 Kg/año de Potasio (K2O).

-

Por descomposición de las deyecciones líquidas tenemos que se producen:  240.115,68 Kg/año de Nitrógeno (N).  8.575,56 Kg/año de Fósforo (P2O5).  325.871,28 Kg/año de Potasio (K2O).

El residuo generado se utiliza como abono el sólido, pero no es muy cotizado. Se aprovecha normalmente en las mismas fincas. B) BOVINO Las ganaderías han sido consideradas conjuntamente, ya que el residuo producido es muy parecido, y también porque el número de éstas aparecen censadas conjuntamente, dado que normalmente forman parte de la misma explotación. -

Residuo Sólido-Estiércol, para el cual se estima una producción de 5.294.676 kg/año, con alto contenido en N2.

-

Residuos Líquidos, para el que se estima una generación de 2.416.300 kg/año, con alto contenido en K (K2O).

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-

Por descomposición de las deyecciones sólidas tenemos que se producen:  185.313,66 Kg/año de Nitrógeno (N).  132.366,9 Kg/año de Fósforo (P2O5).  116.482,87 Kg/año de Potasio (K2O).

-

Por descomposición de las deyecciones líquidas tenemos que se producen:  169.141 Kg/año de Nitrógeno (N).  241,63 Kg/año de Fósforo (P2O5).  362.445 Kg/año de Potasio (K2O).

C) PORCINO En esta ganadería hay dos tipos de residuos: -

Residuo Sólido-Estiércol, para el cual se estima una producción de 7.499.052 kg/año, con alto contenido en N2.

-

Residuos Líquido, para el que se estima una generación de 5.359.824 kg/año, con alto contenido en K (K2O).

-

Por descomposición de las deyecciones sólidas tenemos que se producen:  449.211,99 Kg/año de Nitrógeno (N).  299.962,08 Kg/año de Fósforo (P2O5).  374.952,6 Kg/año de Potasio (K2O).

-

Por descomposición de las deyecciones líquidas tenemos que se producen:  160.794,72 Kg/año de Nitrógeno (N).  64.317,88 Kg/año de Fósforo (P2O5).  107.196,48 Kg/año de Potasio (K2O).

Con los purines, hay muchos problemas debido al olor y a su alto contenido en N2.

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El 19 de marzo de 2003 se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, entrando en vigor de forma inmediata sin plazo de adaptación al ganadero la Orden de 4 de marzo de 2003, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se establecen las normas de gestión de los Estiércoles de las Explotaciones Porcinas en Castilla-La Mancha. Esta Orden tiene por objeto, básicamente, regular los procedimientos de producción y gestión de los estiércoles de las explotaciones porcinas en Castilla-La Mancha y fijar un modelo de solicitud de autorización administrativa. La Junta, a raíz de esta Orden, ha remitido una circular a todos los ganaderos para que soliciten la autorización y adapten sus explotaciones a la nueva normativa. La referida Orden establece cuatro procedimientos de gestión de los estiércoles de las explotaciones porcinas: 1) Valorización como abono órgano-mineral; 2) Tratamiento de los estiércoles mediante compostaje, secado artificial y otros; 3) Eliminación de estiércoles mediante vertido (deberá solicitarse la autorización de vertido ante el organismo de cuenca correspondiente); y 4) Entrega a centros de gestión de estiércoles. Para las explotaciones ganaderas existentes, y dada la situación actual en la que se está utilizando el residuo generado por estas explotaciones como enmienda húmica, se considera que la forma más apropiada de gestión, a la cual deberían acogerse dichas explotaciones, es la enumerada en primer lugar, “Valorización como abono órganomineral”, siendo esta apreciación compartida por la Junta de Comunidades. Por ello, debe aplicarse lo dispuesto en el artículo 6 de la Orden de 4 de marzo, el cual establece que para la Gestión de Estiércoles mediante la valorización como abono órgano-mineral, deben cumplirse determinadas condiciones como: 1.- Disponer de balsa de almacenamiento de estiércol de forma que permita la gestión adecuada del mismo, que deberá estar cercada e impermeabilizada, y tener el tamaño preciso para poder almacenar la producción de al menos tres meses.

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2.- Respetar las distancias mínimas en la distribución de estiércol en el terreno. 3.- Disponer de superficie agrícola suficiente, propia o concertada, a distancia que por regla general será como máximo de 15 kilómetros de la explotación porcina, para la utilización de los estiércoles como fertilizante. D) AVES Con respecto a la composición de la gallinaza producida, se estandarizan (como se ha mencionado anteriormente) pues sería muy variable dependiendo del tipo de animal, de la alimentación, de la edad, del clima… Los datos de generación de residuos por esta ganadería son los siguientes: Residuo Sólido-Estiércol, para el cual se estima una producción de 301.136 kg/año. 

Por descomposición de las deyecciones sólidas tenemos que se producen: 

4.215,9 Kg/año de Nitrógeno (N).



3.011,36 Kg/año de Fósforo (P2O5).



1.987,49 Kg/año de Potasio (K2O).

El destino del estiércol o gallinaza, la mayoría de las veces es para utilizarlo como abono orgánico. Por tanto, se vende o bien se destina a autoconsumo, en aquellos casos en que el ganadero posea tierras agrícolas. 3.2.6.2.- Residuos agrícolas No se dispone en la actualidad de datos sobre la cantidad de residuos agrícolas generados en el territorio de la Mancomunidad.

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3.2.7.- RESIDUOS SANITARIOS Los residuos sanitarios están considerados residuos peligrosos apareciendo dentro de la lista comunitaria de residuos peligros, incluido en el anejo 2 del Real Decreto 952/1997, así como los recipientes y envases que los hayan contenido. Se consideran residuos sanitarios u hospitalarios los medicamentos caducados, residuos infecciosos y materiales biocontaminados. Los residuos hospitalarios son aquellos específicos de la actividad sanitaria propiamente dicha, contaminados con sustancias biológicas al haber estado en contacto con pacientes o líquidos biológicos y que deben ser inactivados por poseer alguna carga infecciosa susceptible de transmitir enfermedades. Dentro de los residuos hospitalarios están también los residuos citotóxicos, que son aquellos que presentan riesgos carcinogénicos, mutagénicos y teratogénicos. En Castilla -La Mancha la práctica totalidad de los residuos hospitalarios son gestionados dentro de la región en las instalaciones de una empresa de tratamiento ubicada en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), CESPA GESTIÓN DE RESIDUOS S.A. En concreto es el grupo ECOCLINIC el encargado de gestionar este tipo de residuos. Sin embargo, es necesario señalar que en esta planta sólo son desactivados los residuos hospitalarios infecciosos; mediante un proceso de esterilización en autoclave y trituración, enviándose a otras regiones los restos de medicación y los medicamentos citotóxicos. A partir del 1 de Septiembre, la retirada de los contenedores llenos, la reposición por contenedores nuevos, medios de transporte intracentro de los residuos, el tratamiento de dichos residuos y el mantenimiento del orden y la limpieza tanto de los almacenes intermedios como del almacén final de residuos, tanto en el área de gestión sanitaria municipal del GAL “Dulcinea” como del centro hospitalario “La Mancha Centro” es gestionado por la empresa CONSENUR, S.A., cuyas instalaciones se encuentran en Arganda del Rey (Madrid).

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