A : LIC. G. CHRISTIAN RIVEROS ARTEGA Administrador Técnico de la ATFFS - Moquegua-Tacna

INFORME TÉCNICO N° 007-2016-SERFOR-ATFFS MOQUEGUA TACNA-JEFE SEDE TACNA A : LIC. G. CHRISTIAN RIVEROS ARTEGA Administrador Técnico de la ATFFS - Mo

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INFORME TÉCNICO N° 007-2016-SERFOR-ATFFS MOQUEGUA TACNA-JEFE SEDE TACNA

A

:

LIC. G. CHRISTIAN RIVEROS ARTEGA Administrador Técnico de la ATFFS - Moquegua-Tacna

ASUNTO

:

Inspección Ocular para evaluar afectación de flora y fauna silvestre por vertimientos de aguas residuales en C.P. Caplina

FECHA

:

Tacna, 27 de abril del 2016

I. OBJETO: El presente informe tiene por objeto alcanzar los resultados de la inspección ocular realizada en el centro poblado Caplina del distrito de Pachía, provincia y región de Tacna. II. ANTECEDENTES: 1. Con Memorandum N° 0249-2016-SERFOR-ATFFS MOQUEGUA-TACNA (14-04-2016 / CUT N° 11299-2016), se comunica al suscrito la comisión de servicios a realizarse en el CP Caplina del distrito de Pachía, provincia y región de Tacna; para corroborar los hechos sobre una posible afectación a poblaciones de flora y fauna silvestre de la zona. 2. Con fecha 15 de abril del presente, el suscrito realizó la inspección ocular correspondiente, en el CP Caplina. III. ANÁLISIS: De la inspección del 15 de abril. 1. El suscrito procedió a la verificación del área, en compañía del Alcalde del CP Caplina Sr. Santos Ayca Cohayla, confirmando en la coordenada E400699.98129, N8044026.63010 (UTM, zona 19 sur, Datum WGS 84), un tanque séptico en donde se depositan las aguas residuales provenientes del CP (Foto N° 01). Se ha verificado también la existencia de 03 percoladores en las zonas aledañas al tanque séptico. 2. Metros más abajo se aprecia la filtración de residuos líquidos provenientes de los percoladores, E400731.90010, N8044070.60993 (UTM, zona 19 sur, Datum WGS 84), (Foto N° 02), en donde se aprecia el crecimiento de poblaciones de especies silvestres, destacando la especie Solanum lycopersicoides, Solanum nitidum, y Caiophora cirsiifolia. 3. Continuando con el descenso hacia el río Caplina en la coordenada E400770.50770, N8044070.91284 (UTM, zona 19 sur, Datum WGS 84) se aprecia escorrentías provenientes de filtraciones, las cuales según el alcalde del CP Caplina, podrían provenir de los percoladores instalados en el CP Caplina, con la consecuente contaminación del río Caplina, ubicado metros más abajo (Foto N° 03). 4. Las puntos tomados con el instrumento receptor de GPS son: TABLA DE COORDENADAS PUNTO

ESTE

NORTE

ALTURA

01

400699,98129 8044026,63010

3365,0 msnm

02

400731,90010 8044070,60993

3321,9 msnm

03

400754,95917 8044083,44881

3307,0 msnm

04

400770,50770 8044070,91284

3296,9 msnm

Fuente: Elaboración propia.

5. El Sr. Santos Ayca Cohayla, manifiesta que la Municipalidad Distrital de Pachía viene formulando un proyecto de saneamiento para mejorar el servicio de tratamiento de las

aguas residuales del CP Caplina, proyecto en el cual el tanque séptico será trasladado a otro sector; sin embargo a la fecha el proyecto no se encontraría viable. De las características del área. 1. Según el mapa de cobertura vegetal, del eje temático Biodiversidad de la Zonificación Ecológica y Económica (ZEE) del Gobierno Regional de Tacna (GRT) 1, la zona evaluada pertenece a la categoría “Actitud Agropecuaria”, la cual es una formación típica de las riberas fluviales de la costa, zona intermedia y zona andina son comunidades perennifolias, herbáceas, arbustivas o arbóreas; flora característica de monte ribereño. 2. La zona evaluada según el eje temático Suelos de la Zonificación Ecológica y Económica (ZEE) del Gobierno Regional de Tacna (GRT)2, respecto a la Capacidad de Uso Mayor de Tierras la zona evaluada pertenece al grupo “tierras aptas para cultivo en limpio”, clase “calidad agrológica baja”, subclase “limitación por suelo, limitación por topografíariesgo de erosión, riego permanente o suplementario”; símbolo A3se(r).

De la flora y fauna silvestre identificada. 1. Las especies de flora silvestre encontradas en el área inspeccionada: N° 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14

FAMILIA Asteraceae Asteraceae Asteraceae Asteraceae Fabaceae Loasaceae Loranthaceae Malvaceae Malvaceae Poaceae Solanaceae Solanaceae Vivianiaceae Verbenaceae

ESPECIE Baccharis petiolata DC. Bidens pilosa var. pilosa L. Tagetes multiflora Kunth Grindelia tarapacana Phil. Adesmia spinosissima Meyen ex Vogel Caiophora cirsiifolia C. Presl Ligaria cuneifolia (Ruiz & Pav.) Tiegh. Tarasa operculata (Cav.) Krapov. Tarasa tarapacana (Phil.) Krapov. Cortaderia jubata (Lemoine) Stapf Solanum lycopersicoides Dunal Solanum nitidum Ruiz & Pav. Balbisia meyeniana Klotzsch Verbena litoralis Kunth

Fuente: Elaboración propia.

2. La fauna encontrada es la característica del ecosistema de monte ribereño y dependiente a las especies de flora silvestre. Del análisis legal. 1. El artículo 80° de la Ley Orgánica de Municipalidades 3, referido al Saneamiento, Salubridad y Salud; en su inciso 4 (Funciones específicas compartidas de las municipalidades distritales) numeral 4.1 indica: “Administrar y reglamentar, directamente o por concesión el servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe, limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos, cuando esté en capacidad de hacerlo”. 2. El artículo 4° de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre4, referido al patrimonio forestal y de fauna silvestre de la nación, indica que el patrimonio forestal y de fauna silvestre de la Nación está constituido por: a. Los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre. 1

Aprobada con O.R. N° 016-2012-CR/GOB.REG.TACNA (31-12-2012) y modificada con O.R. N° 018-2013-CR/GOB.REG.TACNA (2502-2014). 2 Aprobada con O.R. N° 016-2012-CR/GOB.REG.TACNA (31-12-2012) y modificada con O.R. N° 018-2013-CR/GOB.REG.TACNA (2502-2014). 3 Ley N° 27972 (26-05-2003) 4 Ley N° 29763 (22-07-2011)

2

b. Los recursos forestales y de fauna silvestre mantenidos en su fuente. c. La diversidad biológica forestal y de fauna silvestre, incluyendo sus recursos genéticos asociados. d. Los bosques plantados en tierras del estado. e. Los servicios de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre. f. Las tierras de capacidad de uso mayor forestal y tierras de capacidad de uso mayor para protección, con bosques o sin ellos. g. Los paisajes de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre en tanto sean objeto de aprovechamiento económico. 3. La octava Disposición Complementaria Final del Reglamento de Gestión Forestal 5 de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre Indica: “Todas las especies de flora silvestre que constituyen el Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Nación se encuentran protegidas por la legislación nacional, siendo de especial interés para el Estado las especies incluidas en la clasificación oficial de las especies de flora silvestre categorizadas como amenazadas o en convenios internacionales, así como las especies categorizadas como Casi Amenazado o como Datos Insuficientes, o si es endémica. La presente disposición no aplica para las especies exóticas declaradas como invasoras”. 4. El artículo 146° de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, referido a las conductas que constituyen infracciones, en su literal c. indica lo siguiente: “Cuando el hecho o acto signifique depredación o exposición al peligro y daño de los recursos forestales y de fauna silvestre, se realice o no en un título habilitante”. 5. El artículo 206° del reglamento para la Gestión Forestal de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, referido a los sujetos de infracción y sanción administrativa, en el literal e. indica: “Aquellos que no son titulares de títulos habilitantes, ni de actos administrativos, ni regentes o especialistas, ni terceros con responsabilidad solidaria, que realizan actividades forestales ilegales, fuera de tierras de comunidades campesinas o comunidades nativas”. De la afectación a los especímenes de flora silvestre y el ecosistema. 1. De acuerdo a la inspección ocular al CP Caplina no se aprecia afectación a la flora o fauna silvestre del lugar, contrariamente la zona aledaña al tanque séptico y percoladores contiene una abundante flora silvestre, habiendo registrado hasta 14 especies diferentes en un área relativamente corta. IV. CONCLUSIONES: 1. No existe afectación de especies forestal ni de fauna silvestre a causa de las filtraciones del tanque séptico y percoladores del CP Caplina. 2. Según el análisis legal es competencia de la Municipalidad Distrital de Pachía realizar el correcto tratamiento de las aguas residuales de los centros poblados de su jurisdicción. V. RECOMENDACIONES: 1. Remitir el presente informe a la Municipalidad Distrital de Pachía y exhortar a sus autoridades y/o funcionarios a cumplir con el principio precautorio descrito en la Ley General del Ambiente, además de trabajar de manera coordinada con los entes competentes para el tratamiento y gestión adecuada de las aguas residuales de los poblados en su jurisdicción. 2. Enviar una copia del presente informe a la Administración Local del Agua Tacna para conocimiento, y que realice, de considerar necesario, las actividades de evaluación correspondiente para la determinación si es que existe contaminación producto de las aguas residuales al río Caplina, por estar este próximo

5

D.S. N° 018-2015-MINAGRI (30-09-2015)

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Lo que informo a usted para los fines consiguientes.

Atentamente,

______________________________________ Anty Luis Coronado Mamani Jefe de la Sede Tacna ATFFS Moquegua - Tacna Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR

Adj. Panel fotográfico y mapa de la zona inspeccionada. ALCM Cc. Archivo

4

PANEL FOTOGRÁFICO Inspección Ocular Centro Poblado Caplina (15-04-2016)

Foto N° 01: Tanque séptico ubicado en la coordenada E400699.98129, N8044026.63010 (UTM, zona 19 sur, Datum WGS 84).

Foto N° 02: Filtración de residuos líquidos provenientes de los percoladores, E400731.90010, N8044070.60993 (UTM, zona 19 sur, Datum WGS 84).

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Foto N° 03: Escorrentías provenientes de filtraciones, presumiblemente provienen de los percoladores instalados en el CP Caplina, coordenadas E400770.50770, N8044070.91284 (UTM, zona 19 sur, Datum WGS 84).

Foto N° 04: Imagen de uno de los percoladores del CP Caplina.

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Foto N° 05: Población de individuos de la especie Solanum lycopersicoides, en inmediaciones del área en donde hay filtraciones del agua proveniente de los percoladores del CP Caplina.

Foto N° 06: Individuo de la especie Caiophora cirsiifolia, también abundante en la zona evaluada.

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