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Agenzia delle Entrate Dirección Regional de Lombardia COMITÉ TRIBUTARIO REGIONAL
“NOTICIAS ÚTILES SOBRE TRIBUTOS Y TRABAJO” (Normas en vigor al 30/4/2003)
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¿ERES UN INMIGRANTE Y TIENES DIFICULTADES CON LA LENGUA ITALIANA?
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¿NO SABES DÓNDE PEDIR INFORMACIONES PARA ESTAR EN REGLA CON EL SISTEMA FISCAL ITALIANO?
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¿QUIERES CONOCER LAS MODALIDADES PARA PODER TRABAJAR ESTANDO EN REGLA?
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¿QUIERES DENUNCIAR ALGUNA VIOLACIÓN FISCAL Y DE COTIZACIONES QUE TE AFECTAN DIRECTAMENTE?
Comité Tributario Regional En estas pocas páginas encontrarás una respuesta sencilla y una guía de los servicios que se ofrecen al interior de tu provincia, en particular te explicamos: q
Cómo y porqué estar en regla con el fisco italiano
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El código fiscal
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Cómo emprender una actividad y la
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partida IVA q
La declaración de la renta
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Comprar o alquilar un inmueble
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Las informaciones por teléfono
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A quién y qué pedirle a la Guardia di Finanza
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Cómo trabajar en regla en Italia y dónde están las Oficinas del trabajo
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Comité Tributario Regional
Cómo y porqué estar en regla con el fisco italiano q q
¿TIENES UN TRABAJO Y RECIBES UNA REMUNERACIÓN? ¿TIENES OTRAS RENTAS?
DEBES DECLARARLAS AL FISCO (Mod. 730 – ÚNICO)
Si puedes demostrar que 1. las rentas que posees y que has declarado son suficientes para ti y los parientes que están a tu cargo y que viven contigo; 2. tienes a disposición un departamento que has comprado (acto de compraventa) o que alquilas con un contrato registrado;
entonces puedes q
obtener la Carta de Residencia (Soggiorno)
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garantizar por la entrada de otro extranjero
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pedir la reunión familiar
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renovar el permiso de residencia (permesso di soggiorno) Pág. 3 de 22
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Código fiscal Es el documento de identidad fiscal , en forma de tarjeta, que todo contribuyente debe tener.
PARA QUÉ SIRVE q
para presentar la declaración de la renta
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para pagar los impuestos
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para enseñárselo a quien te lo pida
DÓNDE PEDIRLO q
Oficinas Locales de Ingresos
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Ayuntamiento (para los nuevos natos)
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Comité Tributario Regional
CÓMO PEDIRLO q
Debes personarte a las Oficinas con uno de estos documentos: 1. pasaporte válido con visado de ingreso no vencido; 2. permiso de residencia (permesso di soggiorno) válido; 3. documento de identidad (carta d’identità) del municipio italiano de residencia; 4. partida de nacimiento o la declaración de veracidad del padre o de la madre, para los recién nacidos.
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Debes cumplimentar el modelo AA4/7, que encuentras en la oficina, y entregarlo en la ventanilla.
¿HAS RETIRADO LA TARJETA DEL CÓDIGO FISCAL? q
Pide a la oficina el duplicado, que te enviarán a tu dirección dentro de un mes.
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Denuncia a la Policía su eventual robo. Pág. 5 de 22
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El comienzo de una actividad y la partida IVA
Emprender una actividad quiere decir que quieres producir, comerciar, prestar servicios Puedes ser una empresa, un trabajador autónomo; puedes constituir una sociedad
Debes declarar el comienzo de la nueva actividad dentro de 30 días
Inmediatamente se te atribuye, sobre una tarjeta, un código de identificación la PARTIDA IVA, que para las sociedades también es el código fiscal.
DÓNDE PEDIR LA PARTIDA IVA q
En las Oficinas Locales de Ingresos
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En la Cámara de Comercio (cuando haces la inscripción de la empresa en el Registro)
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CÓMO PEDIRLA 1. empresas individuales o trabajadores autónomos q
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cumplimentar el modelo AA7/7 que encuentras en la oficina presentar un documento de identidad en caso de delegar a otra persona, en este caso hacen falta: Ø el poder de delegación Ø la copia del documento de identidad del otorgante Ø el documento de identidad del delegado
2. sociedades q
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cumplimentar el modelo AA 7/7 que encuentras en la oficina presentar el acto de constitución registrado o la copia autenticada por el notario presentar el código fiscal y un documento de identidad del infrascrito
VARIACIONES DE DATOS O CESE DE ACTIVIDAD q
si cambian los datos que se habían comunicado con la declaración del comienzo de actividad, dentro de 30 días, deberás presentar otra declaración con la cual comunicar los datos que han cambiado, adjuntando la documentación arriba indicada
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en caso de cesar la actividad, dentro de 30 días deberás presentar la declaración de cese Pág. 7 de 22
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La declaración de la renta Ø Si eres un trabajador asalariado Ø posees tu vivienda Ø no tienes gravámenes deducibles (gastos médicos, etc.)
NO DEBES PRESENTAR LA DECLARACIÓN Ø Si tienes una renta por trabajo asalariado Ø otras rentas Ø costes pagados que deducir
ES CONVENIENTE PRESENTAR LA DECLARACIÓN
cumplimentando el modelo 730 Pág. 8 de 22
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VANTAGGI Ø es fácil de cumplimentar; puedes pedir ayuda en los CAF (Centros de asistencia fiscal) o en las Oficinas Locales de la Agencia; Ø no debes hacer colas para entregar el mod. 730 o para pagar; Ø obtienes el eventual reembolso directamente en tu nómina.
CÓMO SE PRESENTA Ø al empresario dentro del mese de Abril; Ø a un CAF dentro del 15 de Junio (la entrega es gratuita)
Ø Si eres una empresa o un trabajador autónomo
TIENES QUE PRESENTAR EL
MODELO ÚNICO (que comprende también los datos IVA) dentro del 31 de Julio en el banco o en la oficina de correos; del 31 de Octubre por vía Telemática. El pago se efectúa en el Banco con el modelo F24. Puedes pedir ayuda en la Oficina para cumplimentar y transmitir la declaración. Pág. 9 de 22
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Comprar o alquilar un inmueble Cuando compras un inmueble A. Si el vendedor es la empresa constructora, pagas el IVA o Si compras la primera casa, el IVA es el 4% del precio o Si compras otra casa, el IVA es el 10% o Si compras otros inmuebles, el IVA es el 20% B. Si el vendedor es distinto de A., pagas el impuesto de registro o Si compras la primera casa, el porcentaje es el 3% del valor o Si compras otra casa, el porcentaje es el 7% Si compras otra casa, el porcentaje es el 7% También te pedirán los impuestos hipotecarios y de catastro. De todos modos, para el pago de los impuestos te guiará el notario. ¡Recuerda! Tienes que pagar: Ø el IVA cuando recibas la factura de compra Ø el impuesto de registro cuando registres la compra
Cuando alquilas un departamento Ø hay que registrar el contrato Ø pagar el impuesto de registro del 2% Pág. 10 de 22
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Las informaciones por teléfono
Puedes pedir por teléfono informaciones y asistencia sobre cuestiones tributarias, de lunes a viernes de 9 a 17 y el sábado Servicio Automático
de 9 a 13,
848-800333