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, ALEGACIONES AL DOCUMENTO DE PRIORIDADES DE LA FUTURA ORDENACIÓN DE GIJÓN
Las tres alternativas (0-1-2) reproducen el modelo de Gijón-Ciudad que debe de crecer "a toda costa" en base a unas expectativas de "estrategias logísticas" que todavía están en un veremos y en la situación de verse éstas cumplidas y eficientemente desarrolladas y gestionadas tampoco justificarían los crecimientos previstos en torno a la ciudad de Gijón, cuando es un dato cierto que la población no crece , que hay mucha vMenda vacía y que el desarroUismo a ultranza debe ser hoy puesto en "cuarentena" o al menos siempre valorado "ad cautelan". En el propio Preámbulo del TR 2/2008 de la Ley Estatal de Suelo, sienta las bases de ese principio de desarrollo sostenible que debe informar las bases de las políticas públicas relativas a la regulación y utilización del suelo: " ..... Ia del urbanismo español contemporáneo es una historia desarrollista, volcada sobre todo en la creación de nueva ciudad. Sin duda el crecimiento urbano sigue siendo necesario. pero hoy Parece asimismo claro que el urbanismo debe responder a los requerimientos de un desarrono sostenible, minimizando el impacto de aquel crecimiento y apostando por la regeneración de la ciudad existente . La Unión Europea insiste claramente en ello, por eiemolo la Estrategia TenitoriaJ Europea, o en la más reciente "Comunicación de la Comisión sobre una Estrategia Temática para el Medio Ambiente Urbano", para que se propone un modelo de ciudad compacta y advierte de los graves inconvenientes de la urbanización dispersa o desordenado' impacto ambiental segregación social o inefICiencia económica por los elevados costes energéticos, de construGCÍón y mantenimiento de infraestructuras y de prestación de los servicios públicos El suelo, además de un recurso económico. es también un recyrso natural. escaso y no renovable , pesde esta perspectiva. todo suelo rural. tiene un valor ambiental digno de ser ponderado y la liberalización del suelo no puede fundarse en una clasificación indiscriminada sino. sypuesta una clasificación responsable del suelo urbanizable necesario para atender las necesidades económicas y sociales .... "
Los proyectos estratégicos tales como la ampliación del Musel, ZALlA, Área Residencial de ROCES. han sido sustraídos de la tramitación del PGO a pesar de que dichas actuaciones implican una reconfiguración del modelo tenitorial del municipio de tal magnitud que hubieran justificado en su día una revisión por si misma del PGO. Sobre la regasificadora, la planta de ciclos combinados y la incineradora de Serín, tres infraestructuras con un alto impacto ambiental y terriblemente perjudiciales para el medio ambiente urbano y la población civil tienen que ser valorados o al menos incorporados al PGO de Gijón para que sea en esta sede, donde se permita a la ciudadanía discutir la viabilidad u opinar sobre la seguridad de dichos proyectos por la incidencia que éstos tienen en la ordenación tenitorial y urbanística, al menos en cuanto a la articulación de las necesarias medidas de protección para la población civil, relativas a reservas de suelos para garantizar la seguridad de distancias y otras, sobre medidas de seguridad a la población residente dentro de un radio determinado, (artículo 12 de la Directiva europea 96/82/CE, Seveso IQ. Por otro lado, el DP tampoco se pronuncia por los efectos que pudieran derivarse en el municipio Gijón, por lo dispuesto en el Real Decreto 1999/2009, de 11 de diciembre, en el se procede a la declaración de zona de reserva provisional a favor del Estado para exploración de recursos de la sección B), estructuras subterráneas susceptibles de ser un efectivo almacenamiento de dióxido de carbono, en el área denominada «Asturias Centro», comprendida en la provincia de Asturias y parte de la plataforma continental costera, entre la que se incluye el municipio de Gijón. Estas cuestiones que el DP omite deberían haberse introducido al menos, y permitir .que la partiCipación ciudadana se posicione y opine sobre estas cuestiones tan importantes para el municipio. Por otro lado, la escasa creación de puestos de trabajo que éstas infraestructuras generan, no justifica, como parece manifestar el DP, que dichas instalaciones vayan a contribuir de manera efectiva a la recuperación del tejido industrial y de servicios del municipio, en franco declive y donde hoy la tasa de paro supera a la de cualquier municipio asturiano. Todo lo contrario, dichas instalaciones pondrán en grave peligro el sector por ejemplo de servicios-turismo, que parece ser el que proporciona ahora empleo en el municipio, ya que poco atractivo supondrá visitar una ciudad que alberga unas instalaciones con alto potencial de riesgo para la salud y seguridad de las personas y para el medio ambiente. En relación al tráfico asignado al puerto del Musel en el DP en absoluto se corresponde con la realidad, se aproxima a duplicarla.
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1.- ANALlSIS DEL DOCUMENTO DE PRIORIDADES: MARCO TERRITORIAL 1.1.-AnáNsis del Mapa Geológico: En el Capítulo de la Memoria del DP derivado al análisis de este extremo, se presenta un mapa geológico del Municipio de Gijón, extraído de la publicación "El subsuelo de Gijón: Aspectos Geológicos", cuyos autores M. Gutiérrez Claverol y C. Luque Cabal hacen un exhaustivo análisis del mismo. El mapa que se incorpora en el Documento de Prioridades, es un mapa de geologla general, con datos de formaciones geológicas que no informa de los riesgos geológicos del subsuelo que permita distinguir como hace el DP, zonas de construcción favorables, aceptables deficientes y desfavorables. Sin embargo en la obra citada sí se estudian los riesgos geológicos del municipio, donde se evidencian múltiples riesgos del subsuelo de Gijón y que evidencian particularmente para la zona de la parroquia de Vega la existencia de ellos y que se resumen en riesgo de inundación, de movimientos de ladera, de asentamientos diferenciales en cimentaciones, de subsidencia y de riegos de contaminación en los suelos y en las aguas. Existen además del aludido trabajo, otras publicaciones oficiales, amén de estudios geológicos particularizados sobre el subsuelo de Gijón y en particular, de la parroquia de Vega, que estimamos deben ser tenidos en cuenta en la planificación urbanística al objeto de dar cumplimiento a una determinación básica que todo planeamiento debe abordar cuál es la determinación de las zonas de riesgo natural, con independencia de la clasificación de suelo que se adopte en particular. Estas publicaciones se localizan en los siguientes trabajos: •
Catálogo Nacional de Riesgos Geológicos. Instituto Tecnológico y Geominero de España (Hoy IGME), Ministerio de Ciencia e Innnovación, 1988 • Mapa Geotécnico de Gijón, Instituto Tecnológico y Geominero de España, (Hoy IGME), Ministerio de Ciencia e Innnovación, 1990. • Mapa Previsor de Riesgos por Expansividad de Arcillas en España. Instituto Geológico Minero de España (Hoy IGME), Ministerio de Ciencia e Innnovación, 1990. Esta determinación de carácter básico a todo planeamiento urbanístico, con la presentación del documento del DP, no se ve cumplida ya que el mapa que se inserta en la Memoria no es el mapa adecuado para valorar los riesgos naturales derivados del subsuelo, aunque de él se pueden sacar conclusiones que a continuación expondremos y que deberían haberse valorado y considerado en el DP. Desde el punto vista constructivo, la división en zonas utilizada por los autores del DP no sigue la normativa vigente -Código Técnico de Edificación (CTE-2006)- que clasifica los terrenos en tres tipos (Tl , T2 Y T3). Ello significa que la división utilizada no es la correcta a la hora de zonificar terreno con fines constructivos donde se detecte zona de riesgo. La misión de un PGO es planificar y ordenar los espacios donde los usos que sobre éstos se proyectan puedan materializarse en condiciones de idoneidad, y en este sentido debe operar con carácter preventivo delimitando aquellos espacios en los que las dificultades constructivas sean evidentes por derivarse del riesgo geológico existente, lo que el DP omite. La clasificación de terrenos tiene un carácter muy general y no tiene en cuenta los factores que pueden concurrir en un área concreta de dimensiones pequeñas y que, como en el caso de Vega, pueden hacerla particularmente desfavorable para la construcción. En la parroquia de Vega se conjugan una seria de circunstancias que no aparecen recogidas en el documento de prioridades, aunque si que están reflejadas en publicaciones e informes anteriores. AsI, en la obra de carácter general sobre el concejo realizada por Gutiérrez-Claverol y otros (2002) se describe , en la parte superior de la serie pérmica (que es la que aflora en Vega), una "abundancia de arciHitas rojas, predominando las de tipo expansivo, entre las que se encuentran nivelillos « 10 cm) de yeso fibroso" . La presencia de arcillas expansivas es destacada también por informes específicos sobre riesgos naturales y edificabilidad en Vega. De la leyenda del mapa insertado en el DP y refiriéndonos a la parroquia de Vega se evidencia que en la parroquia de Vega, los materiales geológicos del subsuelo son los siguientes : · Blanco: Depósitos de llanura a1uvial.- Evidencian el riesgo de inundación. Las llanuras aluviales son las que forman los ríos en la zona en la que se desbordan.
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· Morado formación caravia: Margas, arcillas, limos, calizas y conglomerados: Evidencia el riesgo de asentamientos en edificios y movimientos de ladera, dada la naturaleza físico-química de laarcillas. · Gris: rellenos artificiales : Evidencia el riesgo de asentamientos en edificios y movimientos de ladera, dado que los relenos artificiales no tienen ni la consolidación ni la compactación, ni la cohesión de los terrenos naturales. · Gris con la trama de círculos y triángylos: Depósitos de terraza y de gravitaciones: Estos depósitos se producen por deslizamientos de tierra, luego nuevamente evidencia el riesgo de deslizamientos de ladera. Continuando con el somero análisis del plano geológico que se presenta en el DP se puede observar que dentro del triángulo que forman Aroles, Huerces y el Pico el Sol, aparece en más de 10 situaciones el símbolo "movimientos de terreno". La anterior situación se incrementa por la incidencia que la explotación de la mina de La Camocha ha tenido sobre la dinámica del agua subterránea en el acuífero multicapa existente en la sucesión permotriásica. La explotación ha dado lugar a una fracturación que ha generado un aumento de la permeabilidad y de la conductividad hídrica y que afecta al nivel freático y a la circulación de agua subterránea, teniendo lugar, como consecuencia, fluctuaciones bruscas y de notable magnitud en dicho nivel. Ello origina la aparición de zonas saturadas reblandecidas en épocas de avenidas y desecaciones en épocas de estiaje, que son causa de hundimientos puntuales y aleatorios. Este tipo de riesgo se ve potenciado por la heterogeneidad de los materiales geológicos y tiene un efecto multiplicador sobre los riegos generados por la presencia de arcillas expansivas y yesos y anhidrita. Este cúmulo de factores desfavorables no ha sido recogido en el DP de la futura ordenación del municipio de Gijón, al referirse a ellos de una forma demasiado generalista y en consecuencia, simplista. Con la información, aunque no completa, que suministra el plano geológico incorporado al DP se deduce que hay una ausencia total de valoración para la parroquia de Vega. La insuficiencia de información ofrecida al respecto en el DP cuestionan la validez de éste al objeto de que el PGO pueda dar cumplimiento a la determinación básica que con carácter legal se exige por la legislación estatal del suelo y la autonómica de ordenación del territorio y urbanismo, máxime cuando esta situación es bien conocida por el Ayuntamiento de Gijón que durante tramitación del Documento de Adaptación del PGO que ha resultado anulado por el TSJA, la parroquia de Vega manifestó y acreditó, tanto en vía administrativa como en sede jurisdiccional, al presentar dos informes técnicos exhaustivos suscritos por la empresa IDER y SADIM sobre !as características geológicas de la parroquia y sus posibles riesgos conectados directamente con la intensidad de uso que para este espacio se programe que son reveladores de la existencia de un importante riesgo natural del terreno incrementado por factores endógenos como ha sido la explotación de la Mina de la Camocha y su cese repentino que podría incrementar el factor riesgo de inundación y el de subsidencia. Extraemos de uno de los Informes las siguientes CONCLUSIONES: "En definitiva, los tres conceptos generales sobre la valoración geológico-ambiental del entorno de Vega (Gijón), pueden resumirse en los siguientes:
La zona de estudio (Vega) presenta una base geológica compleja y poco adecuada para la constnxr:ión de ediflCériones de cierta entidad y grandes obras de infraestructura. Este hecho se ha puesto de manifiesto por la larga lista de antecedentes y trabajos de investigación, que desaconsejan la proyea:;ión de estas obras por el alto riesgo socioeconómico, debido a causas naturales y antrópicas, que se ha detectado en la zona. La actividad minera de la zona ha contribuido y contribuirá en el futuro a aaecentar los problemas intrínsecos del medio, como son las oscilaciones del nivel 'reático (y sus efectos), la generación de asientos diferenciales que afecten a infraes/nJcturas y la contaminación de suelos y aguas. La proyección y ejecución de actuiriones que impliquen una mayor presión demográfica sobre el territorio deberá ser objeto de estudios muy detallados, para minimizar los riesgos expuestos en este trabajo y preveer las consecuencias".
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Estas conclusiones pueden también extrapolarse a zonas limítrofes a Leorio, Granda y San Martín, Que el DP tampoco procede a valorar adecuadamente en relación a la presencia de ríesgo geológico. Lo mismo cabría decir de otros suelos del municipio donde este Colectivo, no ha podidO detenerse y Que el DP debería de analizar.
1.2.- Análisis de las necesidades del municipio en relación a su crecimiento de población: Manifiesta el Documento de Prioridades Que la ciudad de Gijón ha crecido, en estos últimos diez años, en 11 .860 habitantes, pasando de 267.842 habitantes en 1999 a 279.702 habitantes, en este año del 2009, según el padrón municipal de habitantes. Sin embargo, los datos ofrecidos por empresas especializadas en la elaboración de estadísticas, no ofrecen el mismo resultado. Según fuente consultada de SADEI la población de Gijón entre los años 2001 y 2007 ha crecido en 4.767 habitantes, los datos del 2008 y 2009 no están disponibles pero se puede asegurar Que, con el descenso de los factores demográfICOs y el panorama económico actual, dicha cifra no es sensiblemente superior a la manejada por SADEI, cuyos datos se insertan a continuación.
Gijón Evolución de la población. Datos padronales Perrodo 2001-2007
Población 2001
269.270
2002
270.211
2003
270.875
2004
271.039
2005
273.931
2006
274.472
2007
274.037
Fuente: INE. Padrones Elaborado por SADEI.
1.482, 76 1.487,95 1.491,60 1.492,51 1.508,43 1.511,41 1.509,01
Municipales
de
Habitantes.
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índices 2001-100
% sobre Asturias
100,00 100,35 100,60 100,66 101,73 101,93 101,77
25,04 25,16 25, 19 25,24 25,44 25,49 25,50
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Evolución del Movimiento Natural de la Población y tasas brutas
Período 2001-2007
Nacimientos Número
2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007
1.794 1.791 1.931 2.006 2.070 2.061 2.154
Fuente: INE. Población.
Matrimonios
1;;: 6,64 6,62 7,09 7,36 7,41 7,53 7,69
Movimiento
Número
1Tasa (%.,)
1.386 1.350 1.402 1.420 1.397 1.370 1.325
Natural
de
Defunciones
Saldo veqetativo
Número
Número
1I(%.,) Tasa
5,15 2.887 4,96 2.897 4,96 3 .020
10,59 10,88
5,03 2.924
10,60
5,04 3 .025 5,04 3.043
10,74 11,05
4,92 3 .100
11,21
10,71
-1.093 -1.106 -1.089 -918 -955 -982 -946
1Tasa (%.,) -4,07
-3,97 -3,78 -3,24 -3,33 -3,52 -3,52
la
El saldo vegetativo sigue siendo negativo situándose la tasa de este indicador en -3,52%, como bien ilustra el gráfico incorporado. Según manifiesta el DP en relación al análisis que hace de población se dice que las tendencias demográficas actuales proyectan unas perspectivas de futuro marcadas por una relativa estabilidad a medio plazo, manteniendo la leve tendencia al incremento demográfico. Así, para el periodo 20102020, como medida cautelar y de prudencia, se puede hacer una previsión de aecimiento del 75% del incremento experimentado en la última década, aún cuando /as grandes inversiones previstas para este período, permi/an augurar un mayor aedmiento económico y demográfíco. Sin embargo en otras partes del DP reconoce el crecimiento vegetativo negativo y las escasas perspectivas de empleo, lo que parece una contradicción manifiesta que mas encajará con la realidad sobre las previsiones que sobre estos particulares existen. Las previsiones realizadas por el Instituto Nacional de Estadística manifiestan que la pérdida de población en Asturias es un dato cierto, y que lejos de remitir, la pérdida de población de Asturias se hará mayor en 105 próximos diez años. Tanto que ninguna otra cemunidad autónoma española registrará un descenso demográfICo tan pronunciado como el del Principado si se cumplen las estimaciones publicadas el 19 de noviembre de 2009 por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Dicen éstas que en 2019 Asturias tendrá 52.721 habitantes menos que en 2009 para configurar una pérdida próxima al cinco por ciento que supone el decrecimiento porcentual más acusado del país. Esa bajada, algo superior a la de toda la población del concejo de Siero, supera ampliamente además el declive de 105 últimos diez años, del 0,38 por ciento .... • Dicha afirmación pone en entredicho las valoraciones que sobre estos particulares realiza el D.P. en el que se prevé un crecimiento de población moderado basado en un 75% del existente en la última década. Este panorama, sin duda debe condicionar 105 modelos de ordenación y las previsiones de crecimiento que desde el nuevo planeamiento se adopten. Las tres alternativas parecen olvidar dichos presupuestos ya que, cerno decíamos, con diferentes intensidades se procede a crear ciudad
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fundamentalmente dispersa. En la Alternativa O, lejos de reproducir el esquema de ordenación del PGOU de 1998, incorpora otras zonas con desarrollos residenciales posteriores como ROCES, JOVE y CASTIELLO-BERNUECES, además del PLAN DE VIAS, que permiten la construcción de más de 9.000 nuevas viviendas, además de las ya contempladas e indicadas en el DP. Estos parámetros desbordan toda las previsiones reales en cuanto a reserva de suelo destinado a atender la "necesidad de vivienda", que es donde en primera y en última instancia deben de moverse los poderes públicos para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitucíón Española. Sin embargo estos crecimientos van haciéndose más intensivos y en la Alternativa 1 se incrementan para incorporar prácticamente todo el PGO anulado, hasta llegar a la Alternativa 2 mediante la cual se ocupa aun más territorio , y se llenan las áreas rurales del color naranja utilizado por los redactores para señalar estos crecimientos. 1.3.- Necesidad de Vivienda: En la actualidad, tal y como reconoce el DP existen a fecha de 2009 más de 19.000 viviendas vacías. En el año 2003, cuando empezó a redactarse el Documento de Adaptación del PGO, que ha resultado anulado, había aproximadamente 14.500 viviendas vacias. Dicho incremento en tan corto espacio de tiempo es preocupante. El concepto de vivienda vacia no se encuentra definido ni en la legislación autonómica sobre vivienda ni en el PGOU . Sin embargo a través de la articulación de un eficaz "Programa de Vivienda Vacía" sí se podría dar respuesta a la necesidad de vivienda y cubrir al menos parte de la demanda requerida para atender la necesidad de vivienda. Su regulación bien podrfa tener su sede en el PGO, a falta de una legislación autonómica expresa sobre la materia. El DP no plantea ninguna alternativa similar o que tienda a favorecer la utilización de lo ya construido y no usado, como propone desde estas Alegaciones este Colectivo. Sus tres alternativas de futura ordenación se dirigen a programar con diferentes intensidades, como dijimos, un crecimiento residencial basado en la dispersión territorial del conjunto urbano para invadir la zona rural. Desde la Alternativa O hasta la Alternativa 2 lo que se procede es a fabricar indiscriminadamente suelo residencial sin atender a ningún requerimiento de desarrollo urbanístico sostenible. Se cuestiona que toda esa programación atienda eficazmente a articular medidas para garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada. También apuesta el DP por favorecer la construcción orientada al turismo de 2" residencia. En la justificación de la revisión manifiesta lo siguiente : "Al mismo tiempo, GijónlXixón se ha convertido en una ciudad turístt:a y de servidos, que también exige más viviendas para atender la demanda de segunda residencia, tanto dentro del mismo concejo como de personas que desean residir en la ciudad en algún periodo del año.". Sobre este particular, nos oponemos frontalmente a esta politica de suelo y de estrategia territorial ya que representa un modelo de crecimiento caduco, superado, antiguo y obsoleto, como luego se fundamentará en el siguiente epígrafe .
2.- ANÁLISIS CRITICO DE LOS OBJETIVOS DE LA REVISiÓN DEL PGO QUE EL DP CONSAGRA: Nos detendremos en estas ALEGACIONES en los objetivos que si bien señala el PGO como básicos para el procedimiento de revisión que se inicia no parece que el DP atienda a eYos o si los atiende lo hace de una forma inadecuada. Al ADAPTAR LA CLASIFICACIÓN DEL SUELO DEL CONCEJO Y LA NOBMATlVA URBANlsTICA DE LOS NÚCLEOS RURALES A LO CONTEMPLADO EN LA NORMATIVA URBANisTICA AUTONÓMICA ViGENTE : El documento de Prioridades a través de las tres alternativas parece no encajar la figura de los Núcleos Rurales en el municipio de Gijón. Primero desdeña cualquier crecimiento de los mismos en atención a que estima que "lo que algunos autores denominan la ruralurbanización, que es la tendencia de la expansión de lo urbano al campo o al mundo rural. La estimación inicial es que en los próximos años, el número de viviendas unifamiliares en el entomo rural y periurbano no supere el número de mil, de forma que la incidencia de este proceso sea mlnima"
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luego aduce que favorecer la construcción en núcleos rurales es posicionar a los propietarios de este suelo en situación de desigualdad en relación a los propietarios de suelo urbano no consolidado y urbanizable a los que la legislación impone unos deberes más onerosos para poder materializar sus derechos edificatorios, según el aprovechamiento otorgado. En este sentido la legislación dice (art. 136 del ROTU) que el hecho de que un asentamiento clasificado por el planeamiento urbanístico general como núcleo rural, o algún terreno dentro del mismo, disponga, o pase a disponer en un momento determinado de acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de aguas, suministro de energía eléctrica, acceso a servicios de telefonía y telecomunicaciones u otros semejantes, para la satisfacción de las necesidades de su población, no implicará su conversión en suelo urbano ni obligará al Ayuntamiento a modificar el Plan General de Ordenación en tal sentido. Dicha disposición parece proteger los núcleos rurales en el sentido contrario a la "aparente desigualdad" que el DP manifiesta existir en el tratamiento de los propietarios de suelo en núcleo rural a los propietarios de suelo urbano o urbanizable. En este sentido parece conveniente por prudencia jurídica no ir más allá de lo que la ley no dice máxime cuando de la lectura de la misma lo que parece protegerse es la organización residencial del núcleo rural, tal y como aparece regulada en los textos normativos. Esta justificación del DP no nos parece válida.. la diferencia de tratamiento de los suelos urbanos no consolidaos y urbanizables con los núcleos rurales radica en el aprovechamiento urbanístico otorgado a los primeros y en el retorno necesario de las plusvalías a la comunidad . Este argumento no parece encajar en las condiciones de edificación establecidas para los núcleos rurales, en las que básicamente se construye vivienda unifami iar, dentro de unas superficies determinadas de parcelas, en las que están incluídos las cesiones al rrunicipio de la apertura de nuevos caminos. No olvidemos que la mayor parte de la red viaria de la zona rural de Gijón han sido obtenidos precisamente por las cesiones de los particulares. Como bien reconoce la legislación urbanística, los núcleos rurales, como asentamientos consolidados de población en suelo no urbanizable, han de manifestar la imbricación racional del asentamiento en el medio físico donde se sitúa. Su uso característico es el uso residencial al limitarse dicho uso fuera de estos espacios en el suelo no urbanizable. En la delimitación de los núcleos rurales se deberá tener en cuenta la conveniencia de potenciar el aprovechamiento del interior del núcleo, así como la de evitar un crecimiento excesivo que no guarde proporción con las necesidades de los residentes. El planeamiento no podrá autorizar en ningún núcleo rural un incremento del aprovechamiento urbanístico ni del número de viviendas que suponga elevar el conjunto del núcleo a más del doble del ya existente. Se considerará a estos efectos que la rehabilitación de construcciones ya existentes no supone incremento del aprovechamiento urbanístico ni del número de viviendas, aunque en el momento de su rehabilitación no sean habitables o se encuentren en ruinas. Dicho lo anterior lo que la legislación de ordenación territorial y urbanística protege es la consolidación de dichos asentamientos y el establecimiento de un crecimiento prudente siempre y cuando se adapte al entorno y a la tipología del núcleo. Fuera del núcleo las nuevas edificaciones no podrán alterar la silueta paisajística o elementos más relevantes de contacto con el paisaje agrario circundante . Toda vez que lo que debe protegerse son los actuales asentamientos por su imbricación racional en el medio físico donde se sitúa, nada mejor que dotarles de un área de expansión ordenada corno método eficaz de consolidar esos modelos de ocupación y las relaciones socioeconómicas que de ellos derivan. la necesidad evidente de ampliación de los núcleos rurales lejos de suponer agresión al paisaje, supone protección a dicho asentamiento de población tradicional. Por el contra, el DP lo que proyecta es la alteración y desnaturalización de dichos entornos mediante la previsión y reserva de suelos urbanizabfes para dotarfes de una intensidad y tipología de uso propia de los suelos urbanos, lo que obviamente nos conduce a un resultado totalmente contrario a las previsiones legales establecidas para estos espacios. Esta forma de ocupación del territorio ha venido recibiendo en las últimas décadas una especial atención por parte del legislador, orientada no sólo a su preservación en cuanto a portador de determinados valores urbanísticos y paisajísticos cuya importancia histórica se ha considerado necesario preservar y defender para generaciones futuras. El conservacionismo no puede limitarse a la fosilización de estos núcleos de asentamiento rural o a su conversión a reservas condenadas a languidecer en el tiempo ante el avance de otras formas urbanísticas plenamente urbanas que se
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imponen en sus alrededores. Las medidas dinamizadoras que sobre estos espacios se deben adoptar implican, cuando aparezca conveniente o necesario, una política de expansión que permita dar una auténtica viabilidad y proyección de futuro a unas formas de ocupación, que por consolidación deben ser respetadas. En este sentido se estima que dichos núcleos rurales y sus entornos forman parte del paisaje rural del municipio de Gijón, que por cierto ha sido siempre muy valorado. Eliminar esas estructuras o condenarlas al ostracismo más absoluto, mediante la ausencia de previsión de crecimiento y mediante la reclasificación urbanística de sus entorno, es totalmente contrario con los principios de desarrollo sostenible que deben de equilibrar las relaciones campo-ciudad y optimizar dichas relaciones de manera integrada. Lo que hace el PGO de Gijón a través de sus tres alternativas es eliminar dichos paisajes mediante unos crecimientos innecesarios desde el punto de vista de la necesidad real de vivienda para encajarlos en desarrollos urbanísticos desnaturalizados que lo mismo pueden existir en Gijón que en Valladolid, o en Madrid, es decir estos crecimientos prototipo de la ciudad dispersa carecen de vínculo territorial ni social. Cada núcleo rural y su medio deberían considerarse globalmente como un todo coherente cuyo equilibrio y carácter específico dependen de la síntesis de los elementos que lo componen y que comprenden tanto las actividades humanas como los edificios, la estructura espacial y las zonas circundantes. Así pues, todos los elementos válidos, incluidas las actividades humanas, tienen en relación con el conjunto, un significado que procede respetar. los núcleos rurales y su medio deberían ser protegidos activamente contra toda clase de deterioros, en especial los resultantes de un uso inapropiado, transformaciones abusivas o desprovistas de sensibilidad que dañan su autenticidad, así como los provocados por cualquier forma de contaminación. Asimismo, debería prestarse especial atención a la armonía y a la emoción estética resultantes del encadenamiento o de los contrastes de los diferentes elementos que compone n dichos núcleos y que dan a cada uno de ellos su carácter particular. Por otro lado, nada se dice sobre la vivienda agraria construida antes de t 950, la cuál sí recibe protección a través de la legislación urbanística y del catalogo urbanístico de protección. El planeamiento debe introducir el paisaje como un elemento esencial, ya que en él se sintetizan los procesos del carácter natural, geográfico y también humano de formación de la imagen colectiva de estos espacios. Los paisajes como base de identidad y de diversidad deben aportar valores de base ambiental a los planes y a las políticas y acciones de su preservación y correcta utilización. En este sentido el "Paisaje" ya es objeto del Derecho y reviste un interés público. La Convención Europea del Paisaje (Florencia, 20 de octubre de 2000) ha sido asumida también por España entrando en vigor eí 1 de marzo de 2008 . Dicha Convención cada vez va teniendo más presencia en el ordenamiento jurídico español. Ya la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y Biodiversidad, se refiere a la misma en su Exposición de Motivos, advirtiendo en relación "al paisaje" que no se pretende con la presente Ley configurar un instrumento genérico de políticas de protección sino que se exige la puesta en marcha de instrumentos gestión como los establecidos, con carácter de mínimos, en el Convenio Europeo del Paisaje y que serán introducidos en la política ambiental con posterioridad . El TR 2/2008 de la Ley Estatal de Suelo señala (art. 2.2) que "en virtud del principio de desarroHo sostenible, las políticas públicas relativas a la regulación, ordenación, ocupación, transformación y uso del suelo ... deberán procurar la eficacia de las medidas de conservación y mejora de la naturaleza, la flora, la fauna y de la protección del patrimonio cultural y del paisaje". • B) ASEGURAR UNA POUTlCA DE ViVIENDA RAZONABLE Y SUFICIENTE: Dice el DP sobre este particular lo siguiente ; • Además de cumplir la legislación, el primer objetivo de todo plan general de ordenación es el de asegurar suficiente suelo apto disponible para el desaffollo socioeconómica del ámbito del que se trate. En furción de las expectativas, de la actMdad económica y de la evolución de la población del concejo de GijónlXixón, en la próxima década, las altemativas urbanísticas que se propongan deberán contemplar el suelo necesario que asegure el buen desaffollo del municipio, al menor coste posible y de forma sostenible, tanto económica como medioambientalmente. En consonancia con lo anterior, la revisión del plan general, cuyo procedimiento administrativo se iniciará con la oportuna aprobación formal del presente documento
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de prioridades, deberá contemplar y analizar todo el planeamiento ya diseñado o actualizado, las modifica;;iones puntuales del PGOU del 2001 y las áreas sujetas a actuaciones concertadas. Por otro lado, no hay que olvidar que, a lo largo de estos últimos años, se está de5alTollando en GijónlXixón, en diferentes fases de planeamiento o ejecución, una serie de actuaciones estratégicas o proyectos singulares, en general promovidos por otras Administraciones además de la local, que deben ser incorporados al plan general, independientemente de que su definición se haya realizado con instrumentos distintos " Sin embargo las propuestas adoptadas a través de las alternativas propuestas basadas en crecimientos importantes y difusos no parten de los indicadores de la población durante los 10 años siguientes, que como veíamos al analizar este factor, no correspondían a las previsiones que el DP realiza. Demandamos que las previsiones que sobre esta política se adopten deberán considerar en principio la necesidad real de vivienda, la articulación positiva de vivienda pública que bien podrá dirigirse a la ocupación de los patrimonios municipales de suelo, a la utilización efectiva de la vivienda vacía, a la rehabilitación de viviendas en mal estado y a la recuperación de espacios urbanos degradados, sin provocar impactos sociales no deseados. La gestión eficaz de la bolsa de vivienda vacía, pasará en primer lugar por una definición de dicho concepto para poder atribuirle los efectos jurídicos que se instrumentalicen a fin de asegurar la utilización de las mismas y que sirvan para atender "la necesidad de vivienda en el municipio" La estrategia urbanística deberá dirigirse a recuperar y favorecer la habitabilidad de dichas viviendas para satisfacer principalmente las necesidades de vivienda, mediante la definición de un Programa de Vivienda Vacía al objeto de dotarlo de un régimen jurídico eficiente para poner en el mercado !le' la vivienda de alquiler en beneficio de las personas que las necesitaran y fueran calificados como beneficiarios con arreglo a la normativa propia de las viviendas de protección oficial. Reconoce la Empresa Municipal de Vivienda que existen en la actualidad 9.000 demandantes de vivienda, sin embargo de entre el/os, pocos pueden acceder a la oferta que de éstas se está haciendo en el concejo, tanto de viviendas VPC, como VPA incluso VPP. Esta situación, desde fuego, obliga a replantearse la pOlítica de vivienda que se ha venido haciendo, al constatar que ésta no atiende eficazmente al precepto constitucional consagrado en el artículo 47 de la CE que obliga a /05 poderes públicos a promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo el derecho a una vivienda digna, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. Tampoco se cumple dicho mandato con poner excesivo suelo en el mercado, máxime si con eNo lo que se está consiguiendo es incrementar la bolsa de viviendas vacías y la lista de demandantes de vivienda, a pesar de que la población no crece. Es preocupante como Gijón ha experimentado en los últimos años un incremento de vivienda vacia en más de 5.000 unidades, fundamentalmente de nuevas promociones. Lo mismo está sucediendo con los alquileres de vivienda pública, donde resultan desahuciados uno de cada cinco inquilinos. Evidentemente el dinero público destinado a garantizar este derecho constitucional no tiene el destino adecuado a la vista de los resultados y de los análisis realizados. También apuesta el DP por favorecer la construcción orientada al turismo de 2 8 residencia. En la justificación de la revisión manifiesta lo siguiente" Al mismo tiempo, GijónlXixón se ha convertido en una ciudad turística y de servicios, que también exige más viviendas para atender la demanda de segunda residencia, tanto dentro del mismo concejo como de personas que desean residir en la dudad en algún periodo del año.. ". Sobre este modelo de turismo, como ya adelantábamos responde a un modelo caduco y superado por insostenible. Es el crecimiento de casas vacías, de urbanizaciones fantasma, con malos servicios, sin cuidados, abandonadas durante todo el año, excepto durante el mes de agosto. Estos crecimientos, entendemos deben estar superados, no responden a una necesidad real de vivienda, ni a necesidades intrinsecas a la vida de los residentes del municipio sino que atiende a previsiones de demandas especulativas procedentes de hipotéticas segundas residencias turísticas que aparte de las consecuencias medioambientales para las generaciones presentes y futuras va en detrimento del sector turístico-hotelero que debería asumir un protagonismo clave como modelo de turismo sostenible para mitigar el desarrol/o de este tipo de urbanizaciones que además de consumir suelo, demandar servicios e infraestructuras impropias del suelo rústico, no sientan población en el municipio, por lo que habrá que cuestionarse su rentabilidad
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como actividad realmente dinamizadora del concejo. Sobre el fenómeno de la 2" residencia, existe un infonne "semioficial" "infonne para una nueva política de vivienda" elaborado por un Comité de Expertos, MOPT, Madrid, 1992, pag o 37. que lo ha calificado como "el despilfarro inmobiliario español". • Cl DISEÑAR UNA CIUDAD SOSTENIBLE. "Finalmente, como un principio rector que ha de regir toda la actuación planificadora que ahora se inicia con el presente documento, la revisión del plan deberá tener en cuenta criterios de sostenibilidad no solo a través del procedimiento de evaluación ambiental, de obligado cumplimiento, sino, también, a través de la aplicación de criterios urbanísticos más acordes con la idea de la ciudad como ecosistema, es decir, como un sistema vivo que consume grandes recursos de materiales y energía. En este sentido, el nuevo planeamiento debe vincular el ámbito urbano al territorio en el que se ubica, de tal forma que refuerce su protección y puesta en valor; por lo que los suelos no urbanizables no deben ser tratados, únicamente, como suelos expectantes de desarrollos urbanos futuros, sino que deben considerarse de acuerdo a sus propios valores dentro del territorio. La revisión del plan significa, además replantearse las nuevas necesidades de crecimiento, dado el nuevo escenario económico mundial y el ámbito de ocupación contemplado en el planeamiento municipal vigente. La wxesibilidad, el transporte colectivo, los sisternas de transporte alternativo al de los vehículos a motor, la creación de corredores ambientales que ocupen los espacios vacíos de la trama urbana, el uso de materiales de construcción recíc/ables o la creación de redes de seNicio más eficientes deben ser criterios que marquen claramente la elaboración de la revisión del plan general. En r resumen, la revisión del plan debe cumplir el mandato legal que se contiene en el artículo 2.2 del citado real decreto-legislativo 2/2008, del 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del suelo, cuando prevé que, en virtud del principio de desarrollo sostenible, el planeamiento debe propiciar el uso racional de los recursos naturales, armonizando los requerimientos de la economía, el empleo, la cohesión social, la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres, la salud y la seguridad de las personas y la protección del medio ambiente, contribuyendo a la prevención y reduo::ión de la contaminación". (OC) Los modelos de ciudad que se proponen en las tres alternativas se basan en la dispersión territorial del conjunto urbano, básicamente reproducen el modelo de ordenación que el PGO de 2005 anulado por el TSJ contenía. Dichas propuestas se basaban en un consumo de suelo desmesurado, un crecimiento diseminado que origina una ciudad difusa e ineficiente , separando funcionalmente sus usos y segregando a la población en el territorio en base a su capacidad económica. El proceso emprendido es, cada vez, más insostenible y las repercusiones sobre los ecosistemas aumentan en la medida en que lo hace la generalización del modelo de ciudad difusa. Este modelo territorial y de crecimiento poblacional contradice los propios objetivos que se proponen en el DP : "mantener y mejorar la calidad de vida en el ténnino municipal, preservando el medio ambiente como máximo recurso de sostenibilidad". En la alternativa 1, que representa el plan general anulado, los nuevos urbanizables suponen la construcción de muchas más viviendas de las 17.200 viviendas que el DP indica. La alernativa 2 sumaría, a la anterior, nuevos desarrollos urbanísticos en Vega-La Camocha y la ampliación y la definición de los suelos de Porceyo. Los nuevos urbanizables representarían más de 30.000 nuevas viviendas, no 24.200 viviendas, como el DP indica para estaaltemativa. Además en ninguna de las tres alternativas contemplan soluciones para la movilidad de vehículos o de transporte público. Por poner un ejemplO, alguna solución habrá que contemplar para "el embudo circulatorio" que forman los viales existentes y los que generen las nuevas actuaciones que confluyen todos bajo la ronda y enlazan con a la AS -248. La tendencia hacia la dispersión está generando una serie de consecuencias negativas, apreciables en la intensa ocupación del territorio circundante a la ciudad, la reducción del patrimonio común que constituyen los espacios agrícolas periurbanos, la quiebra del sistema comercial de proximidad, un desapego hacia los espacios cotidianos, una pérdida de cohesión social, el aumento de las necesidades de movilidad o el incremento en el gasto energético, el consumo de agua y la contaminación urbana. En definitiva, el nuevo modelo de ciudad basa su crecimiento en un mayor
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consumo de recursos: suelo, materiales, agua y energía. Una tendencia que sigue pues la senda contraria a la de la sostenibilidad. Cambiar esta tendencia de crecimiento insostenible, pasando a otra estrategia basada en la calidad, la información y el conocimiento, es más que razonable si se pretenden abordar los dos retos más importantes que tenemos como sociedad : el relacionado con nuestra proyección al futuro (la sostenibilidad) y el que nos indica que entramos en una nueva era de la información y el conocimiento. Por el contrario, la ciudad compacta representa un modelo de ciudad eficiente, un sistema complejo que por sus características permite un gran intercambio de información en el mínimo tiempo. Es un modelo de ventajas competitivas, que permite disponer de una gran diversidad de usos en poco espacio, con una fáci accesibilidad para los residentes a cada uno de ellos, reduciendo la movilidad obligada y favoreciendo la cohesión social y la sociabilidad, y garantizando una mayor eficiencia en la gestión del territorio. Favorecer la compacidad urbana repercute positivamente en reducir el impacto ambiental de las ciudades (menor consumo de territorio , contención de la movilidad obligada) a la vez que contribuye a una mayor integración social (revitalización del espacio público, potenciación de las relaciones interpersonales). Estas especificidades de los nuevos crecimientos dispersos planeados provocan una serie de consecuencias: -Falta de vínculo con el territorio y la fa/ta de estructura interna, puesto que son sistemas aislados morlológicamente y funcionalmente, con una accesibilidad basada principalmente en el vehículo privado. La poca concentración de población hace que no sea rentable económicamente hacer llegar sistemas de transporte colectivo que faciliten el desplazamiento de la población, y con relaciones muy débiles con los centros urbanos. Todo el trazado que se plantea en el Plan General así como las distancias que el aumento de la ciudad conllevará, muestra que se ha optado por los desplazamientos en coche u otro medio de transporte motorizado. La vida en la ciudad dispersa exige una movilidad continua y obligada para acceder a los diferentes espacios de la cotidianeidad : el trabajo, las compras, la enseñanza reglada o voluntaria, el deporte o el ocio, las dotaciones, el encuentro con otros, impHcan desplazamientos importantes en un tejido caracterizado por la mono funcionalidad. Los nuevos desarrollos generan congestión y, de nuevo, presionan para la ampliación de las redes, en un círculo vicioso de difícil resolución. Esto tiene una serie de graves consecuencias. Una es el aumento del tránsito de los desplazamientos por el municipio y el aumento de la falta de estacionamiento para los vehículos : cuando se desee acudir al trabajo, al colegio, a la clínica, a los centros comerciales (que serán unos de los grandes beneficiarios de este PGO en detrimento del comercio de proximidad) ... se recurrirá al coche, acuciándose el tráfico en la ciudad. Propone una Movilidad Insostenible: El diseño de ciudad que presentan convierte al coche privado en la columna vertebral de la movilidad urbana y esto es insostenible e impide cumplir con el Protocolo de Kyoto. No busca la eficiencia energética hipotecando nuestro futuro. -La monofuncionalidad de estas nuevas áreas hace que cada una se utilice a unas horas determinadas del día, quedando vacías el resto del tiempo y por tanto reduciendo la seguridad. -El impacto negativo sobre el medio y los recursos naturales y la destrucción de paisajes singulares. -El desarraigo social, por ser lugares sin historia, perdiendo el sentido de pertenencia y debilitando los valores sociales. Estas consecuencias hacen que el modelo de ciudad difusa sea totalmente insostenible, por los problemas ambientales, sociales y económicos que supone. El Art.2.2 Y 2.3 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio por el que se aprueba la Ley Estatal de Suelo manifiestan que en virtud del principio de desarrollo sostenible, las políticas deben propiciar el uso racional de los recursos naturales armonizando los requerimientos de la economfa, el empleo, la cohesión social, la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, la salud y la seguridad de las personas y la protección del medio ambiente, contribuyendo a la prevención y reducción de la contaminación, y procurando en particular:
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La eficacia de las medidas de conservación y mejora de la naturaleza, la flora y la fauna y de la protección del patri'nonio cultural y del paisaje. La protección adecuada a su carácter, del medio rural y la preservación de los valores del suelo innecesario o inidóneo para atender las necesidades de transformación urbanística. Un medio urbano en el que la ocupación del suelo sea eficiente, Que esté suficientemente dotado por las infraestructuras y los servicios que le son propios y en el que los usos se combinen de forma funcional y se implanten efectivamente, cuando cumplan una función social. En consecuencia, los poderes públicos promoverán las condiciones para Que los derechos y deberes de los ciudadanos establecidos en los artículos siguientes sean reales y efectivos, adoptando las medidas de ordenación territorial y urbanística que procedan para asegurar un resultado equilibrado, favoreciendo o conteniendo, según proceda, los procesos de ocupación y transformación del suelo. El suelo vinculado a un uso residencial por la ordenación territorial y urbanística está al servicio de la efectividad del derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, en los términos Que disponga la legislación en la materia. En este sentido manifestar Que las políticas de vivienda deben favorecer las condiciones de los demandantes a una vivienda digna en alención a sus recursos económicos.
3.- ANÁLISIS DE LAS ALTERNATIVAS PROPUESTAS EN EL DP EN RELACiÓN AL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS TERRITORIALES ENUNCIADOS. El DP de la futura ordenación Gijón nos presenta tres Alternativas posibles, sin definir el tipo de ciudad que busca, nos deja un poco confusos y da cierta inseg uridad esta forma de planificar, una forma de planificar nada coherente con lo Que se pretende, ya que si el objetivo de ordenación en este aspecto dice ser la creación de una ciudad compacta y sostenible realmente lo Que se planifica en el OP no es otra cosa Que una ciudad dispersa, una ciudad insostenible, una ciudad Que invade el medio rural, nada respetuosa con el entorno y el paisaje donde se proyecta, una ciudad que amenaza las formas de vida de los habitantes de la zona rural que se debería preservar, proteger y potenciar. No se adoptan medidas de conservación y mejora de la naturaleza, la flora y la fauna y de la protección del patrimonio cultural y del paisaje, tampoco se recogen medidas de protección adecuadas al medio rural y ni de preservación a los valores del suelo, todo ello necesario o idóneo para atender las necesidades de transformación urbanística, que por otro lado se definen de manera muy imprecisa y vagamente, imaginando unos crecimientos que no se justifican con el actual escenario demográfico, económico y social existente en el municipio de Gijón en consonancia con la crisis global existente. La ausencia de medida alguna de protección de los núcleos rurales y para las edificaciones agrarias anteriores a 1950 es patente : Las manchas de urbanizables se proyectan en torno a los núcleos existentes, desnaturalizando su entorno, sin respetar el paisaje existente ni las actividades que él se desarrollan. Estas edificaciones agrarias y tradicionales precisan de una ordenación de usos para el suelo vinculado a la explotación que permita el efectivo desarrollo de las actividades agrarias Que le son propias. En un modelo de municipio sostenible. que aúne cohesión social, calidad ambiental y desarrollo económico, se impone la planificación orientada a satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, de manera que es imprescindible plantear procesos de decisión fundamentados en los escenarios a largo plazo de acuerdo con los retos que se pretendan afrontar. Dichos escenarios tomarán en consideración aspectos tan diversos como el perfil poblacional deseado (número de habitantes, densidad , características, etc.), las funciones y usos previstos (residencia, ocupación, ocio, etc.) o las necesidades a atender de las personas que lo ocupan (acceso a bienes y servicios). La Propuesta Municipal es incoherente con los objetivos de ordenación contenidos en el OP. Las Alternativas O, 1 Y 2 predican la Sostenibilidad pero no cumple ni las más elementales medidas de un diseño urbano sostenible. Incumplen la Carta de Aalborg y sus compromisos, a pesar de haberla ratificado la Corporación municipal mediante la adhesión a las Agendas 21 .
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ALTERNATIVA 0.- Anátisis y Conclusiones La alternativa O contradice los objetivos de ordenación proclamados en el DP como es la creación de una ciudad "compacta" y sostenible y que la las previsiones del DP impiden provocar el cierre de ciudad y establecer medidas de ciudad compacta. La Alternativa O, como ya se ha comentado, dice limitarse y reproducir el esquema del PGOU de 1998. Sin embargo introduce las reclasificaciones de suelo llevadas a cabo en el área de ROCES, en el área de CASTIELLO ( con una delimitación más amplia que la inicialmente delimitada) y JOVE, dichas actuaciones sumadas al Plan de Vías y a bs solares de Suelo Urbano sin construir, superan las estimaciones de nuevas viviendas del DP. La reclasificación de estos suelos residenciales más los suelos industriales (ZALlA) suponen una ocupación de suelo rural en más de 9.000.000 m". Estas nuevas viviendas se unirán a las más de 19.000 viviendas desocupadas que manifiesta el DP que existen en el municipio y sobre las que no se articula PROGRAMA DE VIVIENDA VAcíA efectivo que permita la utilización de estas para satisfacer mediante el alquiler la necesidad de vivienda. El USO INDUSTRIAL de la Alternativa O: La reclasificación de la zona de ZALlA, Porceyo, la Peñona, la LLoreda y el Musel ha supuesto más de 9.000.000 m", que casi iguala el crecimiento en esta clase de suelo que ha tenido la ciudad de Gijón en los últimos 35 años. Sin embargo la demanda de este suelo tampoco se corresponde con la oferta, basta visitar la urbanización de la Peñona, donde ya crece la hierba y que parece no haber empresas ni para Henar ese polígono, indicadores también que la fabricación de suelo industrial debe ser también valorada "ad cautelam".
En relación al ÁREA INDUSTRIAL DE VEGA, dada la ausencia de determinación alguna desde el DP y la necesidad de abordar la recuperación funcional y la restauración ambiental de dichos suelos, este Colectivo propone la recuperación de los terrenos de la Mina La Camocha para usos pluri-funcionales ligados en buena parte al sector primario. Estas propuestas pasarían por la rehabilitación funcional de parte de sus edificaciones al objeto de dar servicio a cooperativas agrarias, industrias agroalimentarias y ecológicas hasta la regeneración de los suelos contaminados y su puesta en valor como suelos agrícolas, dada la alta capacidad agrícola de los suelos de la parroquia de Vega y sus excelentes condiciones edafológicas. Sin embargo el DP solapa completamente toda cuestión que tenga que ver con la vida rural en el municipio de Gijón, como si el sector primario no existiese, cuando seria deseable que se adoptaran medidas eficaces para la recuperación y potenciación de las actividades agrícolas, que tan sabiamente desde tiempo inmemorial, han gestionado ese paisaje que hoy todos disfrutamos. Paisaje que se encuentra en un momento delicado si se introducen más factores que devalúen la actividad agraria hasta hacerla desaparecer, factores a los cuáles sin duda contribuye de manera determinante el modelo desarrollista que el DP consagra. Fórmulas para evitar esta inqeseable situación hay múltiples. Desde favorecer la vivienda agraria, hasta vincular a las nuevas generaciones al campo. Medidas análogas a las que se están adoptando en otros países de nuestro entorno, como Holanda, Francia, Gran Bretaña y Alemania, son las que se demandan en estas Alegaciones. Dichas alternativas pasan por ejemplo por favorecer polfticas que vinculen a los jóvenes con el campo, ofreciendo tierras de cultivo a los estudiantes, hasta introducir las prácticas agrícolas mediante talleres para escolares, a fin de evitar o llegar al tópico de creer que es el supermercado el que produce la patata. En este sentido el Ayuntamiento ha iniciado una interesante política a través de los "huertosocio" que si bien están dirigidos especialmente a personas mayores, la alternativa permite ahondar en este planteamiento. La historia rural de Vega, Hgada fundamentalmente a actividades tradicionales, incluso ha pervivido durante los cien años de explotación minera de La Camocha. Esta circunstancia debe ser especialmente valorada a fin de que no sea ahora, una vez cerrada la mina, cuando se termine con ese carácter rural que ha logrado mantener esta parroquia como seña de identidad.
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Finalmente, dado que la Mesa Regional Agraria, si no se ha reunido deberá de reunirse próximamente, al igual que el resto de las Comunidades Autónomas para analizar las ayudas de la PAC 2010, cuyo plazo de solicitud se ha abierto el pasado 29 de enero y cuya convocatoria finaUzará el próximo 30 de abril, se interesa de ese Ayuntamiento se posicione en ante dicha Mesa a fin de solicitar las ayudas correspondientes para favorecer las propuestas anteriormente indicadas.
ALTERNATIVA 1- ALTERNATIVA 2.- Análisis y Conclusiones. Las Alternativas 1 y 2, realizan un consumo de suelo innecesario, sin dar una continuidad natural a la ciudad, no contribuyendo al diseño de ciudad compacta y sostenible que pretende el documento y que basa el futuro de la ciudad en la construcción de más viviendas para incrementar el ya gran parque de viviendas vacías. Este consumo de suelo de las alternativa 1 y 2, directo e indirecto a través de las infraestructuras asociadas al desarrollo, genera un conflicto permanente con la estructura de supervivencia de los sistemas naturales. La afección por las infraestructuras territoriales provocará la fragmentación e insularízación de los ecosistemas, con amenaza a medio plazo de su permanencia y de la calidad de su diversidad biológica. Obviamente en contradicción consigo mismo, el Documento de Prioridades propone lo que dice querer evitar. Comenzaremos señalando el problema de la movilidad, donde las alternativas propuestas, fomentan una total dependencia del vehículo a motor. Podemos continuar resaltando el problema que nos encontraríamos con el sellado y la impermeabilización de buena parte del territorio que se pretende urbanizar con estas alternativas. Esto supone restringir de manera drástica la posibilidad de vida vegetada y, sin ella, la de multitud de organismos dependientes, aparte de consecuencias que tienen que ver con el microclima y el confort urbano, la isla de calor, el ciclo hídrico, la contaminación atmosférica, etc. La capacidad de absorción del suelo disminuye día a día en nuestro territorio y, por tanto la capacidad de reacción ante inundaciones. Suelo urbanizado equivale a suelo sellado, absolutamente impermeable y oerrado a la interacción con el entorno. Por otra parte, se deberían vincular los nuevos desarrollos a la capacidad de carga del territorio, estableciendo cuáles son los factores limitantes del desarrollo urbano . La falta de información sobre el impacto real y las tendencias de desarrollo urbano no permite valorar de forma profunda las consecuencias de las propuestas urbanfsticas contenidas en el Plan. Por ello proponemos evaluar la capacidad de carga del territorio sobre el que se prevén futuros desarrollo con el Objetivo de evitar impactos irreversibles sobre recursos escasos como el suelo, el agua o el sistema natural y rural. En la Alternativa 1 se reconocen unos impactos paisajísticos que los considera como irrelevantes "La urbanización de áreas actualmente ocupadas por vegetación natural implicará una pérdida de calidad paisajística, dada la merma en la naturalidad de los terrenos afectados. No obstante, este impacto no se prevé especialmente signifICativo, ya que se ocuparán esenciaJmente áreas de pradería, que carecen de valores estéticos destacables y resultan muy frecuentes en la campiña; además, el municipio de GijónlXixón es de C81ácter netamente urbano por lo que no se generarán contrastes de especial signifíeér;ión. " Nosotros creemos que este impacto sí es especialmente significativo, ya que además esas áreas de pradería con alto valor en la agricultura, son merecedoras de protección. Debemos conservar nuestros activos rurales que rodean la ciudad de Gijón y no desnaturalizar su entorno como se pretende . El planificador ha de considerar que todo ecosistema permite distintas formas de uso y aprovechamiento ; un bosque puede producir madera, leña, plantas aromáticas y medicinales, hongos y setas, y ser utilizado para la caza, la pesca o el esparcimiento y recreo al aire libre ; los paisajes agrícolas ofrecen oportunidades para la contemplación, y por supuesto, para la ganadería o la agricultura. La racionalidad ambiental propicia el aprovechamiento de todas ellas, en la medida en que tales aprovechamientos sean compatibles, complementarios o sinérgicos.
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