Análisis socieconómico de la Reforma Laboral 2012

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Análisis socieconómico de la Reforma Laboral 2012 Miguel A. Montes Rebelión

Vamos a realizar un breve análisis de la Reforma aprobada por el gobierno del PP la cual calificaremos como la más regresiva de todas. Derribaremos los mitos que han levantado, explicaremos los derechos que nos han quitado y las discriminaciones que nos han metido.

El telón de fondo es muy jodido para nuestros intereses de clase. Se está aprovechando la crisis económica, el ataque político al déficit público de los estados miembros de la UE y la mayoría absoluta del PP para imponer todos los postulados de la CEOE y realizar una ofensiva anti-obrera en toda regla.

1. LAS CAUSAS VERDADERAS DE LA CRISIS Y SUS GRAVES CONSECUENCIAS

En realidad la causa de la crisis no reside en la deuda pública, ni el déficit público, ni en las relaciones laborales, es mentira, la causa de la crisis reside en el mismo sistema capitalista, fruto de la contradicción entre el carácter social de la producción y la forma capitalista de apropiación, y si se reduce el gasto público y se liquidan derechos sociales y laborales se endurecen las consecuencias de la crisis con menos estado de bienestar, más precariedad, pobreza, paro y menos consumo.

España ha tenido hasta el 2007 superávit público, ingresaba más de lo que gastaba a pesar de las reformas fiscales regresivas que han reducido el dinero que entraba en las arcas públicas. El déficit público por tanto hay que buscarlo en otra parte. La mayoría de los ingresos públicos provienen de los impuestos directos e indirectos, asociados a las rentas salariales (en menor medida al beneficio) y al consumo. Al caer estas variables los ingresos públicos también cayeron. ¿Y cómo cayeron estas variables? Como consecuencia de las políticas neoliberales "anticrisis" que han nacionalizado las pérdidas de los beneficios del capital (no así sus ganancias, ni los bancos), cargándolo todo a cargo de las cuentas públicas de los Estados capitalistas.

Esta es una crisis de sobreproducción que han provocado las oligarquías financieras, inflando la deuda privada y pública para mantener las tasas de beneficio. La estructura financiera con los créditos a medio y largo plazo han permitido durante años que nuestros salarios financien esa crisis de sobreproducción atrasando los pagos de las mercancías con el crédito, endeudando a las familias obreras, saturando los mercados, reduciendo la capacidad adquisitiva, etc. Cuando el crédito ya no era suficiente para mantener la capacidad adquisitiva y no se sostenía, se destapó el exceso de producción sobre la demanda real, la sobreproducción encubierta quedó al descubierto y las deudas privadas dejaron de pagarse, lo que llevó al crack financiero.

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Ante el crack financiero los bancos comenzaron por acaparar las ayudas supermillonarias públicas para salvar sus cuentas (nacionalización de las pérdidas), que los gobiernos de los Estados capitalistas regalaban. Los bancos españoles desde el 2008 han usado ayudas públicas por un valor de ¡¡¡146.000 millones de !!! equivalente al 8,4% del PIB, vaciando las arcas públicas y disparando con ello el déficit público al aumentar el gasto sobre los ingresos. Y si el erario público se queda sin recursos regalando dineros a los bancos y se endeuda ¿cómo y cuándo se atienden las necesidades sociales y cómo y cuando se realizan políticas públicas de desarrollo industrial?.

A partir de ahí todos los países de la UE vieron aumentar su endeudamiento como consecuencia de la crisis y las políticas neoliberales "anticrisis" y no al revés. Los Estados después de ceder ayudas públicas para salvar el crack financiero se endeudan con los mismos responsables de la crisis. De esta forma la UE ha entrado en crisis endeudando a los Estados más débiles con los "rescates" financieros del FMI y el BCE empujándolos hasta la bancarrota al recortar de forma automática el gasto público, imponiendo el déficit cero. La "lucha contra el déficit público" en la UE es el eje de la política económica que se opone al crecimiento económico y la creación de empleo.

Esta agenda neoliberal es un calco de la que se comenzó por aplicar en Latinoamérica en la década de los 70/80 bajo las dictaduras fascistas, la "crisis" de la deuda pública son la escusa para imponer los rescates financieros que en los países del "tercer mundo" se conoce como deuda externa. Las ayudas públicas a bancos y grandes empresas son tomados como necesario para el "bien común", mientras que se sitúa a las prestaciones y servicios públicos como negativo.

No olvidemos que la redistribución de la riqueza social que hacen los gobiernos de los Estados capitalistas siguen la lógica clasista, donde la inyección de dinero a los bancos para sanearlos, el aumento de la deuda pública y los recortes sociales no ocultan sino que ilustran detalladamente el carácter de clase de las políticas de déficit cero. Políticas no contra las élites financieras y empresariales responsables de la crisis, sino contra la clase obrera.

Y si el gasto público disminuye, el consumo y la inversión seguirán cayendo profundizando el estancamiento de la economía. El consumo sin la contribución clave del Estado caerá, las empresas no invertirán en un mercado en recesión, por lo que el empleo seguirá bajando. Eso sumado al sistema financiero privado que sigue sin abrir el grifo a las empresas y las reformas laborales que desregulan y precarizan el trabajo y reducen la capacidad del consumo de la población, agudizará aún más las consecuencias de la crisis.

Y es en este contexto en el cual las reformas laborales salen a escena para aumentar los beneficios de las patronales en medio de la fase de depresión económica de la crisis.

2. EL PROBLEMA Nº 1 DE ESPAÑA, EL PARO ESTRUCTURAL.

El número de parados no deja de crecer, entre el periodo de crisis (2007 y 2011) se ha

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incrementado en casi 3.350.000 parados más. La tasa de paro se ha disparado pasando del 8,6% al 22,85% (diciembre 2011), 4 puntos por encima del doble de la de la UE-27 llegando a la cifra de 5,3 millones de parados aproximadamente. Con 23.081.000 de población activa hay 17.807.500 ocupados de los cuales el 83,5% son asalariados.

La tasa de temporalidad ha bajado del 30,5% al 25% (2008-2011) pero no por el trasvase a asalariados con contrato indefinido, sino porque han sido expulsados al paro. Los contratos temporales han sufrido la mayor sangría con la pérdida de casi 1,4 millones de empleos.

El número de parados de larga duración ha pasado de 500.000 a 2.638.000 parados (2007-2011) que llevan más de 1 año desempleados. La precariedad laboral se ha ido incrementando durante la crisis.

Los obreros jóvenes, inmigrantes, no cualificados, construcción, hostelería y servicios a domicilio son los sectores que más están sufriendo la crisis.

Por sectores, durante la crisis la construcción encabeza el ranking de empleos perdidos, el 55% del total, le sigue la industria con el 26%, los servicios con el 18%, etc.

La crisis lo que ha hecho es profundizar en el problema del paro en nuestro país, pero el paro en España tiene connotaciones propias que van más acá de la crisis de sobreproducción actual. España es una economía capitalista cuya principal política económica es la dependencia total y absoluta del capital extranjero, más del 50% de la economía industrial está controlada por transnacionales extranjeras, y el neoliberalismo en el desarrollo socioeconómico, donde el Estado carece de independencia y recursos suficientes para desarrollar políticas públicas de desarrollo económico, la economía sumergida alcanza casi el 25% del PIB, el gasto por protección social se acerca a los niveles de la dictadura franquista (1975) a la cola de la UE-15, y estamos entre los 10 países del mundo con mayor desigualdad en el reparto de la riqueza. Impera el modelo neoliberal a ultranza.

Como consecuencia los niveles de paro y temporalidad (ejército de reserva, según Marx) siempre han sido superiores a la media de la UE y son las bases de la cultura de la precariedad que predominan en el mercado laboral español. En los últimos 30 años la cifra de parados únicamente ha bajado de los 2 millones en 3 años (2001, 2003 y 2007), igualmente que la tasa de paro sólo situada por debajo del 10%, y la tasa de temporalidad siempre ha doblado la media de la UE situándose entorno y por encima del 30%, sólo ahora por la destrucción de empleo se sitúa por debajo, el 25% antes señalado.

El problema del paro por tanto es un problema estructural propio del sistema capitalista que no puede vivir sin ejército de reserva, propio de la crisis que en los periodos de recesión destruye fuerzas productivas y empleos, y particular del capitalismo español con una economía dependiente

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e incapaz de desarrollar una política económica e industrial propia, por lo que la última contrarreforma laboral, lo mismo que las anteriores, ni va a crear empleo ni va a crear contratación indefinida, pero sí que va a recortar derechos de los trabajadores e incrementar la precariedad laboral. Todo un mérito neoliberal para el gobierno del PP, que como veremos supera en su contenido con creces los logros neoliberales del anterior gobierno.

3. LAS REFORMAS LABORALES NO CREAN EMPLEO

Es un mito decir que las reformas laborales sirvan para crear empleo. Las reformas laborales sólo sirven en función de la correlación de fuerzas social y política, para ampliar o recortar derechos de los trabajadores o de los empresarios. Como dato diremos que ninguna de las reformas que se han introducido en el Estatuto de los Trabajadores (E.T.) ha creado empleo. El ejemplo más cercano lo tenemos en la "reforma" del PSOE de junio del 2010, desde entonces se han perdido 700.000 empleos, al pasar de 4.574.700 a 5.273.600 parados (EPA) en los últimos 15 meses.

Pero esta es la primera vez que públicamente se reconoce, el gobierno del PP ya anuncia la destrucción de 630.000 empleos para este año lo que nos colocará en el 24,3% de la tasa de paro cerca del récord histórico del 24,55% alcanzado en 1994. Es una forma hipócrita de reconocer que la "reforma" laboral no va a crear empleo y que lo único que pretende es destruir derechos de los trabajadores/as.

En cuanto a la temporalidad hay que señalar que las anteriores reformas laborales (1.997, 2001 y 2006) que abarataron de forma coyuntural el despido improcedente con los 33 días, introduciendo el contrato de fomento al empleo indefinido, bonificando y reduciendo las cuotas patronales a la Seguridad Social, no consiguieron alterar de forma significativa la tasa de temporalidad, del 33,5% de 1997 se pasó al 31,9% en el 2007, ¡¡¡la más alta de la UE-27!!!.

La creación de empleo estable está en la reactivación económica, y para ello es necesario cambiar la política económica con un mayor control financiero, una fiscalidad progresiva que garantice un mayor gasto público, inversión y un aumento del consumo. Es decir, ir en dirección contraria a las directrices de los gurús del FMI, el BCE, los gobiernos dominantes de la UE (Francia y Alemania) y las políticas de déficit cero.

Esta "reforma" laboral lo único que va a conseguir es hacer más fácil y barato el despido, aumentar el paro, acabar con los derechos colectivos e individuales de los trabajadores/as, aumentar el poder discrecional de los empresarios, reducir costes laborales no por el desarrollo tecnológico sino por medio del empobrecimiento de los trabajadores/as y combinar nuevas modalidades contractuales con mayores bonificaciones a los empresarios, saqueando las arcas públicas del INEM y la Seguridad Social, ampliando de esta manera el déficit público que los gurús neoliberales patrocinadores de esta auténtica contrarreforma laboral dicen "combatir".

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4. MEDIDAS LABORALES PARA UN LIBRO DE TERROR

A. Se introduce el despido libre y gratuito

Creación del contrato de "apoyo a los emprendedores", para empresas de menos de 50 trabajadores, más del 95% de las empresas que agrupan a más del 60% de los trabajadores/as del país. Este contrato teóricamente indefinido, establece un periodo de prueba de ¡¡¡1 año!!!, antes era de 2 a 6 meses. Durante ese tiempo el empresario puede despedir sin alegar causa que lo justifique, sin preaviso y sin indemnización, ni siquiera los 8 días que reciben los contratos eventuales. Es el contrato del despido libre gratuito.

Con este contrato el empresario recibirá bonificaciones escalonadas en las cuotas empresariales a la seguridad social durante 3 años que oscilan entre los 3300 (jóvenes 16 a 30 años), 3600 (mujeres en sectores subrepresentadas), 3900 (mayores de 45 años) 4500 (mujeres mayores 45 años en sectores subrepresentadas), y si el primer contratado es menor de 30 años la empresa recibirá además una deducción fiscal será de 3000. Si el contrato no se prorroga el primer año las ayudas serían de 1000, 1100, 1300 y 1500 respectivamente.

Las ayudas no acaban aquí, ya que si se contratan a parados con prestación el empresario se beneficiará de una deducción fiscal equivalente al 50% de la prestación que el trabajador cobraba del INEM y además permite que se pueda trabajar y cobrar la prestación por desempleo, el 25% de la misma (en realidad para completar el salario del trabajador/a con prestación), de esta manera también se introduce una nueva discriminación entre trabajadores que cobren prestaciones por desempleo y los que no perciban ninguna, pues sólo operaría en el caso de que el trabajador/a tuviera más de un año de prestación, o dicho más claro, los parados sin prestación con este contrato no tienen derecho al trabajo.

El gobierno pretende con este contrato reducir estadísticamente la temporalidad que es otra lacra del modelo español de relaciones laborales, pero en realidad generará mayor temporalidad con una mayor rotación en los "periodos de prueba" y ello aunque las estadísticas digan que el volumen de contratos temporales baja. Toda una falacia. Por otro lado la gran cantidad de ayudas públicas, deducciones de cuota a la Seguridad Social, deducciones fiscales y apropiación de prestaciones por desempleo, no deja de ser todo un negocio que restará cotizaciones a la seguridad social y reducirá los ingresos fiscales del Estado.

B. Amplia las facilidades para el despido colectivo y objetivo barato

Se abarata y amplían las facilidades el despido colectivo. Ahora sólo es necesario que se dé una reducción de "pérdidas actuales o previstas o la disminución persistente en ingresos o ventas" durante 3 trimestres consecutivos en la empresa, con lo cual se puede dar la paradoja de que una empresa con beneficios económicos pero con caída de ventas pueda acudir a un despido colectivo,

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sin olvidar que la previsión de pérdidas no deja de ser un indicador subjetivo (aspecto que ya fue introducido en la anterior "reforma" del 2010). Se amplían el supuesto en el que los empresarios puedan utilizar el despido como medida preventiva, eludiendo el recurso de otros mecanismos de flexibilidad interna. Además se elimina el requisito de que la medida sea autorizada por la Administración Laboral. Ahora el empresario es el que toma la decisión, la cual sólo será revisable en el juzgado.

Hasta ahora los despidos colectivos debían ser autorizados por la Administración Laboral, lo que abría un proceso de negociación previo entre empresa y representantes de los trabajadores/as, la cual posibilitaba acuerdos que suponían reducir el volumen de despidos y/o aumentar la indemnización por encima de los 20 días por año trabajado tope 12 mensualidades del despido procedente (art. 51 E.T.).

Se abarata el despido por causas objetivas. Se considerará despido procedente a no ser que el trabajador demuestre lo contrario ante un juez (art. 53 E.T.). Antes el despido objetivo se consideraba improcedente siempre que no se acreditase lo contrario.

Se amplia las facilidades para el despido por absentismo laboral. Se modifica el art.52.b del E.T. Con anterioridad era posible despedir a un trabajador por causas objetivas (despido procedente) si tenía ausencias al trabajo entre el 20 al 25% de la jornada, aunque fuesen justificadas, siempre que la tasa de absentismo fuese superior al 2,5%. Ahora se elimina ese requisito del 2,5% de la empresa, por lo que sólo se tendrá en cuenta el absentismo del trabajador/a en cuestión (al igual que antes se excluyen del computo de absentismo las bajas por accidente laboral, huelga, maternidad, lactancia, bajas por enfermedad superiores a 20 días, etc.). Esta medida supone vulnerar aún más el derecho de los trabajadores/as a la salud, ya que los mismos deberán acudir al trabajo aunque padezcan enfermedades leves, para evitar ser despedidos.

Facilita el despido de los trabajadores/as de las administraciones públicas. Para los empleados públicos se contemplan las mismas causas de despido que las establecidas en las empresas privadas. Los puestos de trabajo ocupados con contratos laborales podrán ser ocupados por trabajadores desempleados con prestación, y además existirá un nuevo supuesto de extinción de contratos (causa objetiva) por "insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente" durante 3 trimestres consecutivos o cambios organizativos, abriendo la posibilidad de desmantelar servicios públicos bajo el pretexto del "ajuste del déficit público" o externalizaciones, por medio de los despidos colectivos. Estas medidas empeorarán la calidad de los servicios públicos.

C. Abarata el despido improcedente y eliminan derechos adquiridos

Generaliza la indemnización de 33 días por despido improcedente. Aunque la indemnización habitual por despido más utilizada será la del despido procedente de 20 días, a partir de esta "reforma" todos los despidos improcedentes tendrán una indemnización de 33 días por año trabajado tope 24 mensualidades (art.56.1 E.T.). Por tanto a los trabajadores/as que se regían por la legislación anterior, en caso de despido improcedente se les deberá hacer un doble cálculo: el

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período de antigüedad hasta esta "reforma" se le calcula sobre la base de 45 días por año máximo 42 mensualidades; y el periodo nuevo a partir de la "reforma" se calcula a razón de 33 días por año con un máximo de 24 mensualidades. El problema está en los máximos que se aplican a la totalidad de la indemnización ya que en la práctica supone que los actuales trabajadores/as que ya tienen 16 años de antigüedad en la empresa, en la fecha de la entrada en vigor de la "reforma" se les congela la indemnización futura por despido.

Se eliminan los salarios de tramitación. En caso de despido improcedente se elimina el pago de los salarios de tramitación, que son los que corresponden desde la comunicación del despido hasta la fecha de la sentencia judicial en la que se reconoce la improcedencia del despido, sólo se contempla el abono de tales salarios si la empresa por voluntad propia opta por la readmisión del trabajador/a. Esta medida es la misma que se contempló en el decreto del 2002, medida que fue objeto de rectificación después de la huelga general del 20 de junio del 2002 y que además fue declarada anticonstitucional por el Tribunal Constitucional.

El coste para los empresarios será menor, ya no sólo por los días de indemnización, sino también por la reducción del tope máximo de forma generalizada y también por la desaparición de los salarios de tramitación.

D. Amplia la dualidad y temporalidad en la contratación. Persigue a los parados.

Se modifica el contrato de formación y aprendizaje (art. 11.2. E.T), aumentando la edad para realizar este tipo de contratos. Antes era de jóvenes de 16 a 25 años ampliado a 30 años coyunturalmente hasta el 2013. Ahora se amplía a 30 años hasta que la tasa de paro no baje del 15% (este año está previsto alcanzar el 24,3%), y además se pueden hacer contratos de aprendizaje para la misma actividad (antes no), desvinculándose de la formación del trabajador. El tiempo de trabajo para el 2º y 3º año se amplía del 75% al 85% de la jornada. Con este contrato basura se recorta el salario y se favorece el fraude por la vía de la formación en las empresas de forma directa.

El empresario obtendrá una deducción del 100% durante toda la vigencia del contrato de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, así como las cuotas por accidentes de trabajo, enfermedad profesional, desempleo, fondo de garantía salarial y formación profesional en empresas de menos de 250 trabajadores/as y del 75% en el resto. Todo un negocio que recortará los ingresos públicos.

Se amplía la duración de los contratos temporales. Se suprime hasta enero del 2013 los límites de encadenamiento de contratos temporales establecidos en dos años (art.15.5). Con esta medida durante el 2012 todos los contratos temporales que superen los 24 meses podrán prorrogarse temporalmente. Antes de esta "reforma" tales contratos pasaban a indefinidos de forma automática. Con esta reforma se elimina tal derecho y se amplía el encadenamiento temporal a 3 años.

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Se legalizan las horas extras. En una situación como la actual con 5,3 millones de parados y con una previsión de alcanzar los 6 millones este año, esta "reforma" permite que los trabajadores con contrato a tiempo parcial puedan realizar horas extras, lo que animará al fraude y tendrá efectos negativos en las cotizaciones y prestaciones sociales además del efecto negativo en el empleo. Antes con el contrato parcial no se podían hacer horas extras.

Se persigue y discrimina a los parados. A partir de esta "reforma" los trabajadores/as con prestación por desempleo serán tratados como delincuentes ya que se les obliga a realizar "un trabajo social para la comunidad" so pena de perder la prestación. Obligar a trabajar a los parados con prestación causará un efecto sustitución de los contratos temporales e interinos de las administraciones públicas. Se legaliza el trabajo gratuito (vuelven los tiempos de Dickens y Víctor Hugo) y dificultan que los parados con prestación dediquen tiempo a la búsqueda de empleo remunerado.

Con estas medidas se aumenta la dualidad en la contratación y se amplían las condiciones para condenar a los jóvenes al paro y al infraempleo por la vía de la contratación a tiempo parcial y el nuevo contrato de aprendizaje.

E. Amplía el poder de los empresarios y elimina los derechos individuales y colectivos de los trabajadores/as.

Derecho arbitrario del empresario para disponer del 5% de la jornada, para su distribución irregular sin necesidad de llegar a acuerdo con el trabajador/a o sus representantes (art. 34.2 E.T.). Por ejemplo, con una jornada de 1712 horas el empresario puede disponer de 85 horas al año fuera de la jornada ordinaria, aumentando la jornada diaria o la jornada semanal con festivos. Antes para distribuir la jornada de forma irregular había que acogerse al convenio colectivo o a un acuerdo con los representantes de los trabajadores/as. Esta modificación atenta además contra la conciliación de la vida personal y laboral del trabajador/a.

Derecho arbitrario del empresario para imponer al trabajador funciones diferentes, ya que para cambiar a un trabajador/a de puesto de trabajo ya sea para realizar funciones de superior o inferior categoría no se tendrá en cuenta el grupo profesional del mismo, ni que hayan razones de urgencia organizativa que lo justifiquen (art. 39 E.T.), suprimiéndose la regulación del sistema de categorías profesionales. Eso no existía antes.

Derecho arbitrario del empresario para traslados de centro. Movilidad geográfica en la misma empresa (art. 40.1 E.T) alegando únicamente que dicho cambio favorece a "la competitividad y productividad de la empresa". En el caso de que el traslado sea colectivo, ya no es necesario solicitar el mismo a la autoridad laboral, la empresa lo puede imponer. Ello supone quitar al trabajador/a fuerza a la hora de negociar la decisión empresarial y limitar las consecuencias de la misma. Eso no existía antes, y atenta contra la conciliación de la vida personal y laboral del trabajador/a.

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Derecho arbitrario del empresario para reducir salarios. Se permite realizar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo que implique la reducción de los salarios por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica (arts. 41 y 41.3 E.T.). Los empresarios podrán reducir los salarios de los trabajadores/as sin que los trabajadores/as podamos recurrir a la autoridad laboral para impedir o suavizar la medida. Antes las modificaciones sólo se limitaban a la jornada, horario, turnos, sistema de trabajo y rendimiento, movilidad funcional y al sistema de remuneración pero no afectaba a la cuantía salarial. Se introduce la "opción" de extinguir el contrato con 20 días por año con un tope de 9 meses (que ya existía para las otras condiciones de trabajo no salariales). Esta modificación supera las cláusulas de descuelgue salarial establecidas en los convenios, donde se exigía que las empresas acreditasen pérdidas económicas para poder bajar los salarios, ahora será una decisión del empresario sólo revisable por vía judicial.

Eliminación de la autorización administrativa de los ERE. Ya hemos visto que un ERE de extinción, despido colectivo, sin necesidad de la autorización administrativa afectará negativamente a las posibilidades de alcanzar acuerdos con indemnizaciones superiores a los 20 días. Esta medida es una invitación a la destrucción masiva de empleo en esta fase de recesión económica. También es previsible una pérdida de empleo público, sector en el que se está introduciendo los ERE para el personal laboral de las administraciones facilitando el despido.

Se cargan la Negociación Colectiva. Se establece la prioridad de los convenios de empresa sobre los de ámbito superior, estatal, autonómico o provincial, en cuestiones como salario base, complementos, horas extras, horario de trabajo, vacaciones, clasificación profesional, sistemas de conciliación familiar, etc. De esta manera, diga lo que diga el convenio de rango superior, los convenios de empresa podrán establecer peores condiciones laborales y salariales. Antes de la "reforma" los convenios de rango superior establecían las condiciones laborales mínimas para cada ámbito territorial y los convenios de empresa no podían establecer condiciones inferiores, ahora con la "reforma" es inverso, con lo que la mayoría de los trabajadores/as del país (pymes) verán empeorar sus condiciones al prevalecer el pacto de empresa.

Se permite no aplicar aspectos fundamentales de los Convenios. Se posibilita la inaplicación del Convenio en aspectos como jornada de trabajo, horario, distribución del tiempo de trabajo, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración y cuantía salarial, sistema de trabajo y rendimiento, funciones para la movilidad funcional y mejoras protectoras de la Seguridad Social (art. 87.1 E.T.), cuando exista reducción de ingresos o ventas durante 2 trimestres consecutivos y ello aunque la empresa tenga beneficios. En caso de no acuerdo se impone el arbitraje, siendo la administración la que decidirá inaplicar aspectos del Convenio.

Se cargan la prórroga automática en la vigencia de los convenios. Hasta la "reforma" la ultraactividad de los convenios era automática e indefinida, a partir de ahora se limita a los 2 años desde la fecha de finalización del convenio anterior. A partir de los 2 años si no hay acuerdo el convenio anterior deja de estar vigente. A partir de ahí o se aplica el convenio de rango superior (por ejemplo en Seat el convenio provincial del metal) aunque las condiciones sean incluso inferiores o se incurre en un vacío de regulación. Esta medida en la práctica es un arma coactiva que en manos de los empresarios limitará las condiciones de negociación colectiva de los trabajadores/as que se verán en la necesidad de aceptar condiciones inferiores a las que disfrutan para evitar la aplicación de un convenio de rango superior con condiciones laborales más

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perjudiciales.

Se legalizan las agencias privadas de empleo. Se permite de forma definitiva que las ETTs puedan actuar como intermediarios entre los trabajadores/as y las empresas que quieran realizar contratos. Esta situación antes estaba muy limitada, ahora se permite no sólo para contratos temporales sino para todo tipo de contrato. En la práctica supone privatizar el INEM, ya que la selección de personal que realicen las ETTs se hará conforme a los dictados de la empresa posibilitando la exclusión de sectores de la población en razón de género, nacionalidad, ideología, etc.

5. CONCLUSIÓN. LA LUCHA DE CLASES DEBE AGUDIZARSE.

El calado de esta contrarreforma es la mayor agresión que los trabajadores/s hemos recibido desde la promulgación del E.T. en 1981, no deja títere con cabeza, produce un cambio radical individualizando y judicializando las relaciones laborales, eliminando derechos individuales y colectivos de los trabajadores/as.

Esta contrarreforma va a destruir más empleo con el despido libre, más barato y gratuito, ya se anuncian los 6 millones para este año, va a aumentar las horas extras impidiendo el reparto del trabajo, no va a generar actividad económica e inversión, va a aumentar el gasto público en ayudas a los empresarios, y va a disminuir ingresos al Estado y la Seguridad Social con bonificaciones a los empresarios, va a deprimir aún más los salarios afectando negativamente al consumo, etc, todo un cóctail explosivo que agudizará la depresión de la economía.

CONTRARREFORMA DEL PP= DESPIDOS + EXPLOTACIÓN + PARO + DEPRESIÓN ECONÓMICA

La oligarquía financiera impone su salida a la crisis, reducción del precio de la fuerza de trabajo y sometimiento a un mayor grado de explotación de la clase obrera, enterrando derechos y conquistas históricas del movimiento obrero.

Se ha terminado por romper el equilibrio mantenido durante décadas desde la segunda mitad del S.XX entre capital y trabajo porque a partir de ahora el derecho a la negociación colectiva y la legislación social estarán en letra muerta, los empresarios no tienen obligación a nada para justificar cualquier medida contra los trabajadores/as: reducir salarios, modificar jornadas, descolgarse de convenios para imponer condiciones peores, aplicar EREs a la carta, contratar por ETTs, cambiar el sistema de rendimiento, etc.

A partir de esta contrarreforma nadie está a salvo, porque los objetivos de esta contrarreforma no se agotan solo en el ataque a los sectores más débiles de los trabajadores/as, esta contrarreforma va dirigida también a atacar a donde los trabajadores/as estamos más fuertes y sindicalizados, la

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gran empresa, el sector industrial y el sector público.

Precisamente en una gran empresa como Seat la firma del reciente Convenio no cierra la posibilidad de aplicación de la "reforma", de hecho ya se están aplicando en parte aspectos de la misma, desde el mes de septiembre del 2011 todas las contrataciones son por ETT, y en el desarrollo y aplicación del Convenio hay puntos negros y líneas rojas que no se debe permitir que se rebasen (ligar salario al rendimiento individual, objetivar despidos por esta causa, realización de horas extras, etc).

La "reforma" laboral del PP nos mete un vendaval de medidas neoliberales que rompe de forma definitiva el pacto capital/trabajo conocido bajo el estado de bienestar, surgido de la lucha antifascista en la mayoría de países europeos como una conquista de la lucha de los trabajadores, pero también aceptada a regañadientes por la patronal y los estados capitalistas para frenar en aquel entonces el avance del Movimiento Obrero y el Socialismo.

En síntesis estas son las novedades de la contrarreforma que nos pueden aplicar si no la frenamos con la lucha y la movilización:

§ Introduce la figura del despido libre y gratuito para empresas de menos de 50 trabajadores/as.

§ Discrimina a los trabajadores sin prestación por desempleo en la búsqueda de empleo.

§ Abarata el despido generalizando el despido procedente colectivo de 20 días por año al ampliar las causas si hay pérdidas previstas, disminución de ingresos o ventas, haciendo innecesaria la autorización administrativa.

§ Abarata el despido objetivo rebajándolo a procedente (antes improcedente).

§ Facilita de forma individual el despido por absentismo como causa objetiva por bajas con enfermedad leve.

§ Abarata el despido improcedente rebajando la indemnización a 33 días tope 24 mensualidades de forma general, suprimiendo además los salarios de tramitación.

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§ Condena a los jóvenes menores de 30 años a la precariedad por la vía de los contratos de aprendizaje y la ampliación de los límites del encadenamiento de los contratos temporales.

§ Introduce las horas extras en los contratos a tiempo parcial precarizando y destruyendo el empleo.

§ Introduce la figura del trabajo gratis a los parados con prestación por desempleo.

§ Introduce modificaciones de las condiciones de trabajo sin necesidad de acuerdo sindical: la distribución irregular de un 5% de la jornada ordinaria, la movilidad funcional y geográfica, la reducción salarial, dejando la única salida para los trabajadores/as en los tribunales de justicia.

§ Elimina la autorización administrativa de los ERE. Adiós a los períodos de consulta a los representantes de los trabajadores/as y a los planes de acompañamiento social, y en el caso de ERE por extinción 20 días y punto.

§ Dejan en papel mojado la negociación colectiva, permitiendo no aplicar aspectos del convenio imponiendo la decisión arbitral, abren la puerta a convenios de empresa con condiciones peores que los de rango superior dejando sin poder a los convenios de sector que son los que protegen a los trabajadores/as de las Pymes y eliminan la ultraactividad automática a partir de los 2 años de la finalización de los convenios colectivos.

§ Privatizan las agencias públicas de empleo al permitir que las ETT se conviertan en agencias de colocación.

Una vez reconocido incluso por el propio gobierno que se va a destruir más empleo, vemos de forma clara que esta contrarreforma sólo satisface las exigencias del FMI, el BCE, las cancillerías alemana y francesa, y los intereses de la banca y los empresarios que buscan imponer en Europa el modelo yanqui de relaciones laborales, acabando con el derecho al trabajo, el estado de bienestar, la representación colectiva de los trabajadores/as y el sindicalismo de clase.

La crisis actual es una oportunidad histórica para dar el giro de tuerca definitivo e imponer el neoliberalismo como la forma última de la explotación capitalista donde los trabajadores/as no preservan ninguna conquista, ningún derecho, ninguna prestación social, y donde los capitalistas recuperan su tasa de ganancias para salir de la crisis. Y que el coste de esta crisis, visto desde el prisma clasista, sólo la pagamos los trabajadores/as y ello aparece con clarividencia cuando por un lado vemos como se abarata el despido a los trabajadores/as mientras que por otro lado los directivos de las grandes compañías del Ibex 35 se garantizan puentes de plata con cláusulas de despido altamente indemnizatorias (contratos blindados). Flexibilidad para las víctimas de la crisis y

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rigidez "laboral" para los responsables y beneficiarios de la gestión de la crisis. Todo un poema de contrastes.

Para la política dominante, el paro, la precariedad e inestabilidad laboral, la pobreza, la falta de hospitales, escuelas, la carencia de pensiones y otras prestaciones no son el problema, no son el déficit a batir, sino a la inversa, el déficit a batir es el gasto social público. Ahora toca recortar 40.000 mill. de más para cuadrar los objetivos previstos del déficit para el 2013 (pasar del 8,51% al 4,4%), así lo ha manifestado De Guindos responsable de economía del gobierno y para ello pretenden seguir aplicando la reforma constitucional que aprobaron el PP y PSOE primando los créditos e intereses de capital para pagar la deuda pública y recortar el déficit público por delante de los derechos sociales.

No olvidemos que en mayo del 2010 el anterior gobierno sólo para recortar 15.000 millones , siguiendo la agenda neoliberal trazada por la UE, recortó un 5% el salario de los trabajadores/as del sector público, congeló las pensiones, eliminó el régimen transitorio para la jubilación parcial, redujo en más de 6.000 millones de la inversión pública (2010-2011), suprimió la ayuda de 2.500 por nacimiento, subió el IVA del 16% al 18%, etc. ¿Qué no harán ahora para recortar 40.000 mill. ?. ¿Subirán de nuevo el IVA, nos tocarán otra vez las pensiones, recortaran aún más el sector público...?.

Podrían suprimir las ayudas a la iglesia, aumentar los impuestos al capital, suprimir las ayudas a la CEOE (*), reducir los gastos de defensa, y perseguir el fraude fiscal, resarciendo con creces las arcas públicas, pero va a ser que no, ya que eso atentaría contra los intereses de clase que el actual gobierno representa. Ni una sola medida que toque las rentas financieras, España sigue siendo junto a EE.UU. el país de la OCDE con la imposición fiscal más baja y ello porque las rentas millonarias y de capital permanecen intocables.

La deuda pública y el déficit público existe por culpa de las políticas neoliberales "anti-crisis" que han vaciado las arcas públicas para salvar a los bancos y pagar la deuda privada que ellos han generado, políticas que imponen que seamos los trabajadores quienes paguemos con nuestro salario los impuestos directos e indirectos, mientras banqueros y empresarios sólo declaran la mitad de lo que ganamos los trabajadores. El capital nos sigue robando 2 veces, una por las ganancias que sacan de nuestro trabajo (tiempo de trabajo no pagado: plusvalía) y otra para pagar sus deudas e intereses de los impuestos que pagamos con nuestros salarios.

Una política de izquierdas favorable a los intereses de la mayoría social, los trabajadores/as, debe hacer que la crisis la pague quien la crea, sus responsables, la burguesía financiera, gran patronal, y rentas millonarias que pagan muy, muy pocos impuestos.

Exigir una reforma fiscal en la que page el que más tiene (impuesto de sociedades de capital variable, IVA a bienes de lujo bajando el IVA de bienes básicos, tasar las transacciones financieras, recuperar impuesto de patrimonio y sucesiones, suprimir las subvenciones a la iglesia, etc) luchar contra el fraude fiscal de la economía sumergida donde el estado deja de ingresar ¡¡¡70.000 mill. de

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anuales!!!, fortalecer la participación salarial e incrementar el peso del Gasto público en la economía, disponer de empresas públicas en sectores clave (energía, vivienda, telecomunicaciones, etc.), nacionalizar las entidades financieras, ampliar los servicios públicos, reducir la jornada sin reducir el salario (que compense los años de crecimiento de la productividad por encima de los salarios), etc.

Ahora toca movilizarnos, hay que frenarles, esto no acaba aquí, quieren tocar la ley de huelga y hacer más recortes sociales. Las masivas movilizaciones del 19 de febrero en 52 ciudades españolas demostraron que el movimiento obrero está vivo y dispuesto a luchar contra las agresiones laborales y los recortes sociales. Los máximos órganos de dirección de CC.OO. y UGT han decidido unitariamente una respuesta con más movilizaciones la convocatoria de la huelga general para el 29 de Marzo, coincidiendo con las huelgas de Euskadi y Galicia. Los estudiantes se manifiestan contra los recortes de forma masiva y persistente. Vienen tiempos de lucha, movilización, organización y de alternativas. La calle, los tajos y los centros de estudio deben volver a teñirse del color de la lucha, el hilo rojo de la transformación social.

¡POR LA RETIRADA DE LA REFORMA LABORAL!

¡LO PRIMERO ACABAR CON EL PARO CREANDO EMPLEO ESTABLE!

¡QUE PAGUE LA CRISIS QUIEN LA HA CREADO!

¡MÁS IMPUESTOS A LOS RICOS Y AUMENTO DEL GASTO PÚBLICO Y SOCIAL!

Nota:

(*) La CEOE recibe del Estado y la comunidades autónomas 400 millones de anuales, dinero público que se utiliza para pagar a los 35.000 liberados que la patronal tiene en las empresas privadas. Mientras los sindicatos reciben 25 veces menos ayuda pública (16 mill. ) y sólo disponen de 4000 liberados para atender a 12 millones de trabajadores/as afectados por la negociación colectiva.

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.

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