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FAMILIA
SERVICIOS LEGALES
Serie de Autoayuda
Lo que Necesita Saber...
Antes de Pedir Una Orden Judicial de Alejamiento agosto de 2009
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www.AyudaLegalCT.org Lo Que Necesita Saber … Antes de Pedir Una Orden Judicial de Alejamiento Introducción ................................................................. 3 Orden Judicial de Alejamiento...................................... 4 Orden de Protección.................................................... 5 Papeleo Importante para Ordenes Judiciales de Alejamiento......................................................... 6 Asistir al Tribunal.......................................................... 7 Hijos............................................................................. 8 Hacer Cumplir las Ordenes del Tribunal ..................... 8 Resumen.................................................................... 10 Programas de Defensa Contra la Violencia Domestica en Connecticut…..................................11 Los Centros de Servicios del Tribunal........................ 12 Folletos de Autoayuda de Familia.............................. 13 Servicios Legales...........interior de la cubierta posterior
Introducción Hable con un abogado o agencia de defensa contra la violencia doméstica si cree que necesita una orden judicial de alejamiento. Al reverso de este folleto puede encontrar los números telefónicos de oficinas de servicios legales, agencias de defensa contra la violencia doméstica y centros de servicio del tribunal. Comuníquese con una agencia de defensa contra la violencia doméstica si tiene mucho miedo o si cree que se encuentra en grave peligro. Puede llamar a una línea directa y hablar sobre su situación sin decir su nombre o dirección. Este folleto le brinda información sobre: ●● Quién puede pedir una orden judicial de alejamiento ●● Otras maneras de protegerse a sí mismo (orden de protección) ●● Papeleo importantes ●● Custodia de los hijos como parte de una orden judicial de alejamiento ●● La audiencia frente al tribunal y ●● Hacer cumplir las órdenes del tribuna Éste es el primero de dos folletos que fueron creados para ayudarle. Este folleto comienza con lo básico.
Una orden judicial de alejamiento es un papel procedente de un juez que le dice a alguien que deje de hacerle daño o amenazas de hacerle daño. Busque nuestro sitio web para ayuda ► www.AyudaLegalCT.org
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Orden Judicial de Alejamiento ►► Una orden judicial de alejamiento es un documento procedente de un juez que le ordena a alguien que pare de lastimarle o amenazarle a usted. Usted debe acudir a un tribunal de familias para pedir una orden judicial de alejamiento. Le pide a un juez por escrito que le facilite este documento. No le costará nada de dinero. Una orden judicial de alejamiento firmada por un juez tiene una duración de 180 días. Puede tener una vigencia mayor si antes de que transcurran los 180 días le pide al juez que haga que dure más. Una orden judicial de alejamiento puede no ser lo que más le convenga a usted. Pídale ayuda a un abogado o agencia de defensa contra la violencia doméstica antes de presentar los documentos ante el tribunal. Un juez sólo puede darle una orden judicial de alejamiento si un “miembro familiar” le está “lastimando” o amenazando con lastimarle. Un “miembro familiar” puede ser: ●● Una persona con la que esté o haya estado casado/a ●● Su padre, su madre o su hijo ●● Una persona con quien tenga uno o varios hijos ●● Un pariente consanguíneo adulto (por ejemplo: un tío, una tía, primo, prima, abuelo, abuela) ●● Un pariente político adulto (por ejemplo: una cuñada, un suegro) ●● Una persona con quien esté saliendo o con quien haya salido. “Lastimar” significa pegar, golpear, abofetear, empujar, saltar encima, estrangular, arrastrar, pisotear, rasguñar, patear, azotar o morder. 4
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Orden de Protección ►► Existe otro tipo de orden judicial que puede ayudarle--una orden de protección. Una orden de protección también es un documento que le dice a alguien que deje de lastimarle o amenazarle. Es bueno tener ambas; una orden de protección y una orden judicial de alejamiento. La policía y los tribunales son capaces de ayudarle mejor si tiene ambas. Sólo un juez de tribunal penal puede dar una orden de protección. La orden sólo puede darse cuando existen cargos criminales contra la persona, como en caso de agresión.
►► Hay 2 tipos de órdenes de protección. Una ‘orden de protección limitada’ permite que la persona todavía viva con usted o que todavía pueda acercarse a usted. Por lo general no cubre a los hijos que usted tenga con esta persona. Puede cubrir a los hijos que usted tenga con otra persona. Una ‘orden de protección completa sin contacto’ no permite que esta persona se le acerque por ningún motivo o razón.
►► No tiene que ir ante el tribunal para pedir una orden de protección.
Es bueno tener ambas-una orden de judicial de alejamiento. Y una de protección.
Un representante para víctimas que trabaja para el tribunal se comunicará con usted para preguntarle si quiere una orden de protección. Una orden de protección vence cuando la persona acusada en el caso criminal haya sido sentenciada. Una sentencia puede ser libertad condicional o pasar tiempo en la cárcel. Busque nuestro sitio web para ayuda ► www.AyudaLegalCT.org
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Papeleo Importante para Ordenes Judiciales de Alejamiento ►► Usted deberá rellenar algunos formularios para decirle al juez por qué siente que corre peligro. Si el juez decide que usted podría estar en peligro, el juez le dará una orden judicial de alejamiento provisional (TRO por sus siglas en inglés). Después, en 14 días, se realizará una audiencia en el tribunal. La orden judicial de alejamiento provisional sólo durará los 14 días, es decir, hasta el día de la audiencia. En la audiencia, el juez decidirá si se le dará una orden judicial de alejamiento que dure 180 días. La persona nombrada en la orden recibirá una copia de los formularios que usted rellenó. Esa persona podría estar en el tribunal durante la audiencia que se llevará a cabo a los 14 días.
Usted debe rellenar algunos formularios. La otra persona recibirá una copia de los formularios.
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Usted debe ir al tribunal. Si no va a la audiencia después de los 14 días, la orden judicial de alejamiento vencerá.
Asistir al Tribunal ►► Usted tendrá que ir al tribunal. Debe ir a la audiencia después de los 14 días para contar su versión de la historia. Sus declaraciones en el tribunal son importantes. La orden judicial de alejamiento vencerá si usted no se presenta.
►► Puede llevar testigos con usted al tribunal. Para llevar a un testigo a la audiencia, usted debe rellenar formularios de citatorio judicial y dárselos al secretario antes de la audiencia que se llevará a cabo a los 14 días. Un citatorio judicial es una orden del tribunal que le indica a una persona que debe ir al tribunal para declarar en un caso, en una fecha y hora determinadas. Un alguacil estatal debe entregarle la orden a la persona.
►► No lleve a sus hijos al tribunal, a menos que lleve a alguien que los cuide por usted. ►► No lleve a su nueva esposa, esposo, novio o novia al tribunal.
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►► Tendrá que hablar con un Funcionario de Relaciones Familiares (FRO) si la otra persona acude al tribunal. El Funcionario de Relaciones Familiares (FRO por sus siglas en inglés) tratará de llegar a un acuerdo sobre el caso con usted y la otra persona. Puede hablar a solas con el Funcionario de Relaciones Familiares si tiene miedo o le incomoda hablar sobre lo que pasó frente a la otra persona.
►► Si el juez le da una orden judicial de alejamiento de 180 días, el secretario le entregará una copia certificada de la misma. ►► Mantenga la orden judicial de alejamiento con usted en todo momento.
Hijos ►► Usted puede obtener la custodia temporal de los hijos si el juez cree que también están en peligro. Este tipo de orden de custodia sólo es para hijos menores de edad: ●● que usted tenga con la persona cuyo nombre aparece en la orden judicial de alejamiento ●● que sean menores de 17 años de edad. La custodia temporal sólo durará 180 días.
►► Si el juez no le da la custodia temporal, usted tiene otra opción. Puede pedir la custodia de sus hijos en un caso por separado. Hable con un abogado sobre su situación antes de iniciar un nuevo caso. 8
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Llame a la policía si la otra persona no obedece la orden del tribunal. Siempre lleve con usted la orden judicial de alejamiento.
Hacer cumplir las órdenes del tribunal ►► Mantenga la orden judicial de alejamiento con usted en todo momento. ►► Los departamentos de policía pueden ayudar. Los departamentos de policía del lugar donde vive y trabaja pueden hacer que la persona no ignore la orden. El tribunal les enviará una copia de la orden por fax.
►► No tenga ningún contacto con la persona. Llame a la policía si la persona no obedece la orden. Cuelgue el teléfono si la persona le llama y llame a la policía de inmediato. No hable con la persona.
►► Siga todas las órdenes del tribunal sobre sus hijos. Las órdenes del juez le informarán sobre cualquier contacto que pueda tener para visitar a sus hijos.
►► Llame a la policía si la otra persona no obedece la orden del tribunal. En ese caso, regrese al tribunal y pida ayuda con una “petición de desacato”. Una “petición de desacato” pide al juez que castigue a una persona por no obedecer una orden del tribunal. El Centro de Servicio del Tribunal o la oficina del secretario pueden ayudarle con el papeleo. No pueden darle ningún consejo legal. Busque nuestro sitio web para ayuda ► www.AyudaLegalCT.org
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Resumen ►► Hable con un abogado o agencia de defensa contra la violencia doméstica si está pensando pedir una orden judicial de alejamiento. Puede encontrar al reverso de este folleto los números telefónicos de oficinas de servicios legales, agencias de defensa contra la violencia doméstica y centros de servicio del tribunal. Si decide pedir una orden judicial de alejamiento, por favor lea el siguiente folleto de la serie llamado Cómo Pedir Una Orden Judicial de Alejamiento.
Programas de defensa contra la Violencia Doméstica de Connecticut Albergue de emergencia, línea directa las 24 horas, intervención en caso de crisis y servicios de información y remisión disponibles.
Las 24-horas Línea Estatal
1-888-774-2900 Connecticut Coalition Against Domestic Violence 90 Pitkin Street East Hartford, CT 06108
Tel: 860-282-7899 Fax: 860-282-7892
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Llame para solicitar ayuda ► 1.800.453.3320 o 860.344.0380
Programas de defensa contra la Violencia Doméstica
Línea Estatal
1-888-774-2900
Ansonia: The Umbrella Hotline (203) 736-9944 Office (203) 736-2601
New Britain: Prudence Crandall Center for Women Hotline (860) 225-6357 Office (860) 225-5187
Bridgeport: The Center for Women & Families of Eastern Fairfeld County, Inc. Hotline (203)384-9559 Office (203) 334-6154
New Haven: Domestic Violence Serv.of Greater NH Hotline (203) 789-8104 Office (203) 865-1957
Danbury: Women’s Center of Greater Danbury Hotline (203) 731-5206 Office (203) 731-5200 Dayville: Domestic Violence Prog.-United Svcs Hotline (860) 774-8648 Office (860) 774-7243 Enfield Network Against Domestic Abuse Hotline (860) 763-4542 Office (860) 763-7430 Greenwich: Domestic Abuse Service (YWCA) Hotline (203) 622-0003 Office (203) 869-6501 x 171 Hartford: Interval House Hotline (860) 527-0550 Office (860) 246-9149 Meriden: Meriden-Wallingford Chrysalis Hotline (203) 238-1501 Office (203) 630-1638 Middletown: New Horizons Hotline (860) 347-3044 Office (860) 344-9599
New London & Norwich: Women’s Center of Southeastern CT, Inc. Hotline (860) 701-6000 Office (860) 447-0366 Norwalk: Domestic Violence Crisis Center Hotline 1-888-774-2900 Office (203) 853-0418 Sharon: Womens Support Services Hotline (860) 364-1900 Office (860) 364-1080 Stamford: Domestic Violence Crisis Center Hotline 1-888-774-2900 Office (203) 588-9100 Torrington: Susan B. Anthony Project Hotline (860) 482-7133 Office (860) 489-3798 Waterbury: Safe Haven of Greater Waterbury Hotline (203) 575-0036 Office (203) 575-0388 Willimantic: Domestic Violence Program United Services Hotline (860) 456-9476 Office (860) 456-9275 11
Los Centros de Servicios del Tribunal
www.jud.ct.us
Los Centros de Servicios del Tribunal tienen personal que ayuda a quienes tienen algún asunto en los tribunales. Los Centros están ubicados en los Tribunales del Distrito Judicial. Muchos de ellos tienen personal bilingüe. Usted puede obtener y usar: ●● Formularios del tribunal y publicaciones judiciales ●● Computadoras con acceso a Internet y procesador de palabras
●● Impresora, copiadora, fax, teléfono ●● Servicios de notario público, y más.
Tribunals del Distrito Judicial con Centros de Servicios Ansonia - Milford 14 West River Street, Milford ...............Court Service Center (203) 283-8260 Danbury Judicial District Courthouse 146 White Street, Danbury....................Court Service Center (203) 207-8766 Fairfield (Bridgeport) Judicial District Courthouse 1061 Main Street, Bridgeport................Court Service Center (203) 579-7210 Hartford Family Court 90 Washington Street, Hartford ............Court Service Center (860) 706-5064 Meriden Judicial District Courthouse 54 West Main Street, Meriden ..............Court Service Center (203) 238-6499 Middlesex Judicial District Courthouse 1 Court Street, Middletown....................Court Service Center (860) 343-6499 New Britain Judicial District Courthouse 20 Franklin Square, New Britain . .........Court Service Center (860) 515-5151 New Haven Judicial District Courthouse 235 Church Street, New Haven . ..........Court Service Center (203) 503-6819 Norwich 1 Courthouse Square, Norwich.............Court Service Center (860) 823-0857 Stamford 123 Hoyt Street, Stamford.....................Court Service Center (203) 965-5297 Tolland 69 Brooklyn Street, Rockville................Court Service Center (860) 896-4945 Waterbury 300 Grand Street, Waterbury ...............Court Service Center (203) 591-3308
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Folletos de Autoayuda de Familia Disponibles en las oficinas de Servicios Legales y por Internet. $$Cómo Pedir Una Orden Judicial de Alejamiento. $$Costos y Honorarios del Tribunal - Qué hacer si usted no puede pagar los costos y los honorarios de un tribunal $$Designar un Abogado para Su Hijo y más.
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Notas
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www.AyudaLegal.org Connecticut Legal Services www.connlegalservices.org Bridgeport 211 State Street
203-336-3851
New Britain 16 Main Street
860-225-8678
New London 153 Williams Street 860-447-0323 Stamford 20 Summer Street 203-348-9216 Waterbury 85 Central Avenue 203-756-8074 Willimantic 872 Main Street
860-456-1761
Greater Hartford Legal Aid www.ghla.org 999 Asylum Avenue 860-541-5000 Hartford, CT 06105
New Haven Legal Assistance Association www.nhlegal.org 426 State Street 203-946-4811 New Haven, CT 06510
AIDS Legal Network for Connecticut Información legal, asesoramiento, recomendaciones y más servicios, todo sin cargo, para personas en todo Connecticut que viven con VIH/SIDA. 999 Asylum Avenue Hartford, CT 06105 860-541-5027 or 1-888-380-3646
Consumer Law Project for Elders Asistencia legal gratuita a personas mayores de 60 años en todo Connecticut que tienen problemas comunes a los consumidores. 1-800-296-1467
Legal Assistance Resource Center of CT (LARCC) www.larcc.org Organización de defensa de las políticas públicas y educación a la comunidad que atiende los problemas de importancia para los residentes de bajos ingresos de Connecticut. 44 Capitol Avenue, Suite 301 Hartford, CT 06106 860-278-5688
Este folleto fue preparado por Legal Assistance Resource Center of Connecticut en colaboración con Connecticut Legal Services, Greater Hartford Legal Aid, New Haven Legal Assistance Association y Statewide Legal Services. La información incluida en este folleto se basa en las leyes de Connecticut vigentes al agosto de 2009. Esperamos que esta información le resulte útil. No tiene como finalidad servir de asesoramiento legal para una situación particular. Si necesita más ayuda, comuníquese con Statewide Legal Services o consulte con un abogado. © 8/2009
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