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PROYECTO DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES CONVENIO DE PRÉSTAMO BIRF Nº 7385/AR MANUAL OPERATIVO Septiembre de 2008 PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MU

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PROYECTO DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES CONVENIO DE PRÉSTAMO BIRF Nº 7385/AR

MANUAL OPERATIVO

Septiembre de 2008

PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

1

ÍNDICE ÍNDICE

2

DEFINICIONES

6

GLOSARIO

9

INTRODUCCIÓN AL MANUAL OPERATIVO

10

CAPÍTULO I: EL PROYECTO

11

Descripción del Proyecto

11

Objetivos, Impactos y Plazos del Proyecto

12



Objetivos Específicos

12



Impactos Esperados

12



Beneficiarios del Proyecto

12



Plazos del Proyecto

12

Componentes

13



Componente de Infraestructura Básica Municipal

13



Componente de Fortalecimiento Institucional

14



Componente de Gestión del Proyecto

15

Estructura de Financiamiento y Categorías Financiables

16



Estructura de Financiamiento

16



Categorías Financiables

16



Financiamiento Retroactivo

17

Participantes y Condiciones de Elegibilidad Institucional

18



Criterios de Elegibilidad de las Provincias

18



Criterios de Elegibilidad de los Municipios

19



Criterios de Elegibilidad de los Entes Prestadores

20



Criterios de Elegibilidad de los Subproyectos

21

Términos y Condiciones Financieras del Préstamo

21



Condiciones Generales

21



Asignación de Fondos a las Provincias

22



Transferencia de los Recursos a las Provincias

23



Denominación de las Monedas Transferidas

23



Intereses y Comisiones de Compromiso

23



Amortización

24

Marco Normativo de Aplicación

26



Marco General

26



Convenios de Préstamos Subsidiarios

26



Convenios de Subpréstamos

28

CAPÍTULO II: MARCO INSTITUCIONAL

29

Ejecución del Proyecto • Coordinación y supervisión a nivel Nacional

29



Coordinación y supervisión a nivel Provincial

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29 38

2



Ejecución a nivel de Municipalidades y Entes Prestadores

40



Implementación de Subproyectos en Areas Concesionadas

41



Implementación de Subproyectos en Areas antes Concesionadas

41

CAPITULO III: LOS SUBPROYECTOS

42

Marco General

42



Intervención del Banco

Elegibilidad de los Subproyectos

42 42



Criterios Institucionales

43



Criterios de Elegibilidad Técnica

44

Evaluación Económica y Financiera de los Subproyectos

47



Consideraciones Generales

47



Evaluación Financiera

48



Cálculo de Costos Estimados y Costos de Inversión

49



Operación y Mantenimiento

49



Recupero de Costos

49



Análisis de Sensibilidad

50



Sustentabilidad

50



Fortalecimiento Institucional

50

CAPÍTULO IV: MARCO AMBIENTAL Y SOCIAL

53

Introducción

53

Planificación y Evaluación Ambiental

54



La Dimensión Ambiental

54



Planificación Ambiental de la Obra

55



Concepto Socio-Ambientales en el Diseño de la Obra

55



Evaluación de Impacto Ambiental

57

Estudios Socio-Ambientales •

Evaluación Socio-Ambiental de Subproyectos

Gestión Ambiental

60 60 62



Funciones del Responsable Ambiental del Proyecto

63



Instrumentos de Gestión Socio Ambiental

63



Instrumentos de Gestión Socio Ambiental a Nivel Interno

63



Identificación de Responsabilidades

64

Medidas de Mitigación y Mecanismos de Fiscalización •

Normativas Ambientales de la Obra

CAPÍTULO V: PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES Generalidades y Marco Legal

64 64 73 73



Adquisición de Obras

74



Adquisición de Bienes

74



Adquisición de Servicios que no fueran de Consultoría

74



Servicios de Consultoría

74



Costos Operativos

75

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3



Capacitación

75



Otros

75



Sistema de Información sobre Adquisiciones

75

• Manejo de Archivo y Comunicaciones. Publicaciones. Plan de Adquisiciones

75

Disposiciones Especiales sobre Contrataciones

77

76



En General

77



Bienes y Obras

78



Servicios de Consultoría

79

• Restricciones para el uso de los Recursos del Proyecto Examen por parte del Banco de las decisiones de Adquisición •

Bienes, obras y servicios no relativos a Consultorías

• Servicios de Consultoría Métodos de Adquisiciones •

Métodos Particulares de Adquisición de Bienes, Obras y Servicios

• Métodos Particulares de Adquisición de Servicios de Consultoría Procedimientos de Adquisición

79 80 80 80 81 81 82 84



Procedimientos de Adquisición según Categoría y Costo

84



Procedimientos Generales de Adquisición

84



Procedimientos de Contratación de Obras y Bienes

86

• Procedimientos de Servicios de Consultoría Esquema de Procedimientos de Contrataciones del Proyecto

99

CAPITULO VI: GESTIÓN FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA

107

Generalidades

107



Estructura de las Cuentas Bancarias del Proyecto

• Gastos de Administración del Proyecto Procedimientos de Desembolsos

91

107 107 108



Fondo Rotatorio: disponibilidad de fondos

108



Condiciones Generales de los Desembolsos

108



Modalidades de Retiro y Utilización de Fondos

109



Transferencias de fondos a las Entidades Elegibles

110



Moneda de reembolso y tipo de cambio utilizado

111

• Solicitud de Compromiso Especial Contabilidad

111 112



Generalidades

112



Sistema Contable

113



Plan de Cuentas

113



Documentación Respaldatoria

113



Informes de Gestión Financiera

113



Estados Financieros

114

Control Externo PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

114

4

CAPITULO VII: MONITOREO Y EVALUACIÓN Sistema de Monitoreo del Programa

116 116



Marco General

116



Mecanismos de Monitoreo y Evaluación

117



Informes Semestrales y Anuales

118

• Evaluación de Impacto Cronograma de Presentación de Informes del Proyecto

119 120

Anexo 1: Pautas para la Autorización de Endeudamiento de las Provincias y Municipios Anexo 2: Pautas para la presentación de los Planes Estratégicos de Inversión Anexo 3: Guía para la Evaluación de la Capacidad Financiera de la Provincia y el Municipio Anexo 4: Modelo de Ley de Endeudamiento Provincial Anexo 5: Modelo de Convenio de Préstamo Subsidiario Anexo 6: Modelo de Convenio de Subpréstamo Anexo 7: Modelo de Ordenanza de Endeudamiento Anexo 8: Términos de Referencia del personal clave de la UEC Anexo 9: Modelo del Plan Anual de Inversiones Anexo 10: Guías para la Formulación de Proyectos Anexo 11: Pautas para la Evaluación Económica de los Caminos Productivos Anexo 12: Marco Ambiental y Social Anexo 13: Normas para Adquisiciones con Préstamos BIRF y Créditos de la AIF Anexo 14: Normas: Selección y Contratación de Consultores por los Prestatarios del Banco Mundial Anexo 15: Términos de Referencia Sistema de Adquisiciones Anexo 16: Modelo del Plan de Adquisiciones Anexo 17: Metodología de Redeterminación de Precios Anexo 18: Formularios Estándares de Evaluación de Ofertas y Recomendación de Adjudicación Anexo 19: Lineamientos para Adquisiciones y Contrataciones bajo Concursos de Precios Anexo 20: Documentos Complementarios sobre Contrataciones del Proyecto Anexo 21: Manual Contable y Plan de Cuentas Anexo 22: Modelo de Reportes Financieros (IUFR – Interim Unaudited Financial Report) Anexo 23: Términos de Referencia para la Auditoría Externa Anexo 24: Modelos de Informes Semestrales y Anuales Anexo 25: Puntos Básicos de los Términos de Referencia para las Revisiones Técnicas Independientes

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DEFINICIONES

Siempre que en el presente Manual Operativo haga referencia a alguno de los términos definidos a continuación, los mismos se entenderán de la siguiente forma: •

• •



• • •

• •







“Condiciones Generales” son las “Condiciones Generales Aplicables a los Convenios de Préstamo y Garantías para Préstamos con Margen Fijo” del Banco con fecha 1 de Septiembre, 1999 (tal cual fueran modificadas el 1 de Mayo de 2004), con las modificaciones estipuladas en el Convenio de Préstamo; “Convenio de Préstamo” es el Convenio Nº 7385/AR suscripto entre la Nación Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento con fecha 8 de mayo de 2007; “Convenio de Préstamo Subsidiario” significa cualquiera de los convenios a ser celebrados entre el Prestatario y una Provincia Participante determinada, referidos en la Cláusula 3.04 (a) del Convenio de Préstamo, en el que se establecen las condiciones para la transferencia y uso de los fondos del Préstamo por cada Provincia; “Convenio de Subpréstamo” significa cualquier tipo de convenio a ser celebrado entre una Provincia Participante determinada y una Entidad Elegible referido en el párrafo (c) (v) del Anexo 6 del Convenio de Préstamo, en el que se establecen las condiciones de transferencia y uso de los fondos del Subpréstamo por cada Entidad Elegible; “Cuenta Especial” significa la cuenta referida en la Cláusula 2.02 (b) del Convenio de Préstamo; “Ente Prestador” significa un proveedor de servicios básicos dependiente de una unidad orgánica provincial o municipal, o un operador de servicios básicos de carácter privado bajo un contrato de concesión con el Municipio y/o la Provincia. “Entidad Elegible” significa un proveedor público (que incluirá una Municipalidad y/o un grupo de Municipalidades) o proveedor privado de suministro de agua y cloacas, drenaje urbano y/o servicios de infraestructura de caminos dentro de la jurisdicción territorial de una Provincia Participante, todos los cuales cumplirán con los criterios estipulados en el Manual Operativo a los efectos de llevar a cabo el Subproyecto pertinente; “IUFR” significa los informes de administración financiera, preparados de acuerdo con la Cláusula 4.02 del Convenio de Préstamo; “Gasto Elegible” significa todos los gastos en relación con el costo razonable de las obras, bienes y servicios de los Componentes del Proyecto, cuyo financiamiento parcial o total se realiza con fondos del préstamo, de acuerdo con las categorías admisibles definidas en el Convenio de Préstamo; “Hidrovía Internacional” significa: (i) cualquier río, canal, lago o similar masa de agua que forme un estuario entre, o cualquier río o masa de agua superficial que fluya a través de dos o más países; (ii) cualquier afluente o cualquier otra masa de agua superficial componente de cualquier hidrovía descripta (i) en el presente; y (iii) cualquier bahía, golfo, estrecho, o canal limitados por dos o más países o, si dentro de un país, fueran reconocidos como canal necesario de comunicación entre el mar abierto y otros países, y cualquier río que fluye dentro de dichas aguas; “Aborígenes” significa un grupo distintivo, vulnerable, social y cultural que posee las siguientes características en variados grados: (i) compromiso cercano con territorios ancestrales y con los recursos naturales del área; (ii) la auto-identificación como miembros de un grupo cultural indígena distintivo y el reconocimiento de esta entidad por parte de los otros; (iii) un idioma indígena, a menudo diferente del idioma oficial del Prestatario; (iv) presencia de instituciones políticas y sociales por costumbre; y (v) producción orientada a la subsistencia primaria; “Ley de Responsabilidad Fiscal” significa la ley del Prestatario Nro. 25.917 con fecha 4 de Agosto de 2004 (debidamente publicada en el Boletín Oficial del Prestatario el 25 de Agosto de 2004), la cual establece, inter alia, un régimen federal de responsabilidad fiscal con el objeto de asegurar sustentabilidad fiscal a nivel provincial y municipal, a través del establecimiento de

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6

• •



• •

• • • • • •

• •

• • •

reglas generales de comportamiento fiscal y la dotación de una mayor transparencia en la gestión pública, y dicho término también incluye las reglamentaciones con respecto a la mencionada ley; “Manual Operativo” se refiere al presente documento que rige la operatoria del Proyecto y significa el manual del Prestatario, referido en la Cláusula 3.05 (a) (i) del Convenio de Préstamo; “Marco de Gestión Ambiental y Social” significa el marco del Prestatario, aceptable para el Banco, con fecha 15 de Febrero de 2006 el cual estipula, inter alia: (i) la legislación ambiental aplicable (a niveles nacional, provincial y municipal) a ser cumplimentada al llevar a cabo los Subproyectos de Infraestructura Básica, (ii) los procedimientos y pautas a seguir por las Provincias Participantes y/o Entidades Elegibles al llevar a cabo los estudios ambientales y/o evaluaciones referidas en la Cláusula 3.07 (a) del Convenio de Préstamo; (iii) el Marco de Política de Reasentamiento; (iv) el Plan de Desarrollo de Poblaciones Aborígenes; y (v) un Plan para Proteger la Propiedad Cultural; “Marco de Política de Reasentamiento” significa el marco del Prestatario establecido en el Marco de Gestión Ambiental y Social el cual incluye, inter alia, los principios y objetivos que gobiernan la preparación e implementación del reasentamiento, una descripción de los procesos para la preparación y aprobación de planes de reasentamiento, y el marco legal aplicable de cada Provincia Participante para dirigir el Reasentamiento; “Municipalidad o Municipio” significa cualquiera de las subdivisiones políticas de una Provincia Participante; “Organismo Ejecutor”, significa el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios a través de la Unidad Ejecutora Central del Proyecto de Servicios Básicos Municipales de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo (UCPyPFE) en coordinación con la Secretaría de Obras Públicas (SOP); “Pesos” significa la moneda oficial del Prestatario; “Plan de Adquisición” significa el plan de adquisición del Prestatario para la implementación del Proyecto, de acuerdo con la oportuna actualización del mismo en virtud de las disposiciones de la Cláusula 3.02 del Convenio de Préstamo; “Plan de Desarrollo de Poblaciones Aborígenes” significa el marco del Prestatario estipulado en el Marco de Gestión Ambiental y Social cuyo marco incluye, inter alia, los principios, objetivos y contenidos que serán incluidos en cada plan de desarrollo de poblaciones de Aborígenes; “Préstamo Subsidiario” significa un préstamo que será otorgado de acuerdo con un Convenio de Préstamo Subsidiario para financiar el otorgamiento de Subpréstamos; “Prestatario” significa el Gobierno Nacional; “Provincia Participante” significa cualquiera de las subdivisiones políticas del Prestatario, de acuerdo con el Título Dos de la Constitución del Prestatario de 1994, las cuales cumplen con los requisitos de elegibilidad establecidos en el presente Manual Operativo para proveer Subpréstamos; “Proyecto o Programa”, significa Proyecto de Servicios Básicos Municipales; “Reasentamiento” significa el impacto directo de una apropiación involuntaria de tierra en virtud del Proyecto, cuyas causas de apropiación afectaron a personas para poseer su: (i) estándar de vida afectado en forma adversa; o (ii) derecho, título o interés en cualquier vivienda, tierra (las cuales incluirán inmuebles, tierras de pastoreo o para la práctica de la agricultura) o cualquier otro activo fijo o móvil adquirido o poseído, ya sea en forma temporal o permanente, o (iii) acceso a los activos productivos afectados adversamente, ya sea temporal o permanentemente; o (iv) actividad comercial, ocupación, trabajo o lugar de residencia o hábitat afectado en forma adversa, temporal o permanentemente, tal fuera determinado por el Banco; “SOP” significa la Secretaría de Obras Públicas, establecida dentro del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios del Prestatario; “Subpréstamo” significa un préstamo que será otorgado de acuerdo con los términos del Convenio de Subpréstamos para los propósitos de financiación de un Subproyecto dado; “Subproyecto de Desarrollo Institucional” significa cualquiera de las inversiones referidas en la Parte B del Anexo 2 del Convenio de Préstamo que reúne los criterios de elegibilidad establecidos en este Manual Operativo;

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7

• • • • • •



“Subproyecto de Drenaje Urbano” significa cualquiera de las inversiones referidas en la Parte A (b) del Anexo 2 del Convenio de Préstamo que reúne los criterios de elegibilidad establecidos en el presente Manual Operativo; “Subproyecto de Infraestructura Básica” significa un Subproyecto de Suministro de Agua y Cloacas, un Subproyecto de Drenaje Urbano y/o un Subproyecto de Infraestructura de Caminos; “Subproyecto de Infraestructura de Caminos” significa cualquier inversión referida en la Parte A (c) del Anexo 2 del Convenio de Préstamo que reúne los criterios de elegibilidad establecidos en el presente Manual Operativo; “Subproyecto de Suministro de Agua y Cloacas” significa cualquiera de las inversiones referidas en la Parte A (a) del Anexo 2 del Convenio de Préstamo que reúne los criterios de elegibilidad establecidos en el presente Manual Operativo; “Subproyecto” significa un Subproyecto de Infraestructura Básica y/o un Subproyecto de Desarrollo Institucional; “UEC” significa la Unidad de Ejecutora Central referida en la Cláusula 3.11 (a) (i) del Convenio de Préstamo, o cualquier sucesor de la misma, aceptable para el Banco, que será el órgano responsable de la ejecución del Programa a nivel del Gobierno Nacional y de la supervisión, control y coordinación de la ejecución del Proyecto por parte de las Provincias y las Entidades Elegibles; “UEP” significa cualquiera de las unidades de Provincias Participantes referidas en el párrafo (c) (ix) (A) del Anexo 6 del Convenio de Préstamo, o cualquier sucesor de las mismas, aceptable para el Banco, que será el órgano responsable de la supervisión, control y coordinación de la ejecución del Proyecto por parte de las Entidades Elegibles.

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GLOSARIO: Abreviaturas y Acrónimos

AIF: BIRF: BM: CP.: CE: CG: CM: CV: DI: DNPOIC: EA: EAEx: EIA: INDEC: IPMH: IRI: LHD: LPI: LPN: LRF: MECON: MPFIPyS: NBI: PP: PAD: PBI: PE: PFO: PAI: PSBM: RBC: TDR: TIR: TMDA: UA: UCPyPFE: UEC: UEP: VAN: VANE: VPD: VPN

Asociación Internacional de Fomento Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento Banco Mundial Comparación de Precios para la adquisición de bienes Condiciones Especiales Condiciones Generales Cronograma de Metas Curriculum Vitae Datos de Invitación Dirección Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito Evaluación Ambiental Evaluación Ambiental Expeditiva Estudio de Impacto Ambiental Instituto Nacional de Estadísticas y Censos Índice de Privación Material de Hogares International Roughness Index (Indice de Rugosidad Internacional) Litros habitantes por día Licitación Pública Internacional Licitación Pública Nacional Ley de Responsabilidad Fiscal Ministerio de Economía y Producción de la Nación Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios Necesidades Básicas Insatisfechas Pedido de Propuestas para Firmas Consultoras Project Appraisal Document (Documento de Evaluación Inicial) Producto Bruto Interno Proyecto Ejecutivo Plan de Financiamiento Ordenado Plan de Inversión Anual Políticas de Salvaguarda del Banco Mundial Relación Costos-Beneficios Términos de Referencia Tasa Interna de Retorno Tránsito Medio Diario Anual Unidad Ambiental Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo Unidad Ejecutora Central del Programa de Servicios Básicos Municipales Unidad Ejecutora Provincial Valor Actual Neto Valor Actual Neto Económico Vehículos por día Valor Presente Neto

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INTRODUCCIÓN AL MANUAL OPERATIVO

El propósito del presente Manual Operativo es definir el marco conceptual y operativo del Proyecto de Servicios Básicos Municipales y establecer las reglas, mecanismos y procedimientos del mismo. Proporciona las guías y normas para su organización, gestión e implementación. Las disposiciones del presente Manual serán de aplicación obligatoria para todos los participantes del Proyecto: la Unidad Ejecutora Central, las Unidades Ejecutoras Provinciales, los Municipios y las Entidades Elegibles. Su uso es obligatorio para todos los funcionarios, directivos, técnicos y personal en general afectado al cumplimiento de los objetivos del Proyecto. Este Manual ha sido aprobado por el Prestatario (El Gobierno Nacional) y el BIRF, y cualquier modificación a su contenido deberá ser aprobada por el BIRF a solicitud del Prestatario. El presente Manual es un instrumento normativo destinado a orientar las acciones de los ejecutores del Proyecto, con la definición de metodologías y procedimientos para ejecutar acciones en el contexto del mismo. En él se especifican los criterios de elegibilidad de los Subproyectos a financiar, los procedimientos de adquisiciones para cada tipo de intervención, los documentos a utilizar, responsabilidades y acciones de las áreas intervinientes, normas de obligado cumplimiento, monitoreo y evaluación del Proyecto, procedimientos de gestión financiera aplicables, contabilidad, solicitudes de desembolsos, auditorías, etc. Las condiciones establecidas en el Convenio de Préstamo Nº 7385/AR, prevalecerán sobre lo dispuesto en este Manual, y dicho documento prevalecerá sobre los Convenios Subsidiarios y los Convenios de Subpréstamos. El Manual fue elaborado por la Unidad Ejecutora Central de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación.

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CAPÍTULO I: EL PROYECTO

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El Proyecto de Servicios Básicos Municipales, forma parte de la estrategia del Estado Nacional destinada al desarrollo de infraestructura básica y la mejora de las condiciones de prestación de los servicios de agua, cloacas, drenajes e infraestructura de caminos de competencia municipal, para asegurar mejores condiciones de vida de la población y promover el desarrollo local. El Proyecto, financiado parcialmente con recursos del BIRF, promueve la asistencia financiera a nivel municipal, y su eje de acción es el desarrollo de instrumentos e inversiones en infraestructura básica sustentables y aceptables en términos medioambientales, en un marco de incremento de la responsabilidad fiscal con el fin de lograr una mejora de la competitividad de las ciudades y de la calidad de vida de los habitantes, especialmente de los sectores con menores recursos. El Proyecto prevé desarrollar durante un plazo de ejecución de cinco (5) años una inversión de u$s 143.300.000 brindando apoyo a: (i) la implementación de intervenciones prioritarias claves en agua, cloacas, drenaje urbano y de infraestructura de caminos a nivel municipal que estén listas para ser ejecutadas, siempre que alcancen los criterios de elegibilidad establecidos en el presente Manual, (ii) la definición de políticas y medidas regulatorias claves en los sectores de agua, cloacas y drenaje urbano, (iii) la preparación de nuevos proyectos de acuerdo a la demanda de los Municipios y/o Proveedores de Servicios participantes y (iv) la creación de herramientas de capacidad institucional y planificación estratégica de los sectores y organismos involucrados. La participación de las Provincias parte de en un enfoque basado en la demanda con criterios objetivos de elegibilidad técnica, fiscal e institucional y de disponibilidad de recursos para la implementación. A nivel provincial, la asignación de los recursos del Proyecto para los Subproyectos, también está totalmente basada en la demanda y se encuentra sujeta a la clasificación técnica, económica, financiera y de políticas ambientales y de seguridad. Por ende, mediante criterios de elegibilidad objetivos y una clasificación de Subproyectos rigurosa, el Proyecto asegura que se financien solamente aquellos hayan sido debidamente formulados y priorizados. El Prestatario presta los recursos a las Provincias Participantes mediante la firma de Convenios Subsidiarios que se realizan bajo las mismas condiciones en las cuales se ha tomado el Préstamo. Las Provincias subprestan los recursos del Proyecto a las Municipalidades y/o Proveedores de Servicios bajo los términos y condiciones acordados al momento de la firma de los Convenios de Préstamo Subsidiarios, en la moneda local y en condiciones financieras aceptables para el Banco. El organismo ejecutor del Proyecto es el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios (MPFIPyS) a través de la Unidad Ejecutora Central (UEC) dependiente de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo (UCPyPFE), que sirve como la entidad de implementación primaria y de coordinación, monitoreo y seguimiento del mismo. Las Unidades Ejecutoras Provinciales (UEP) actúan como agencias de implementación técnica con responsabilidad primaria en la provisión de asistencia directa a las Municipalidades en la preparación e implementación de los Subproyectos y en la supervisión de la ejecución de los mismos en todos sus aspectos. Las Entidades Elegibles serán responsables por la ejecución del Subproyecto y realizarán los trabajos relacionados en la adquisición de bienes y servicios sobre la base de un sistema de controles internos y de informes financieros estipulados.

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OBJETIVOS, IMPACTOS Y PLAZOS DEL PROYECTO El objetivo del Proyecto es mejorar la calidad de vida y la calidad de los servicios básicos municipales de las Provincias Participantes, a través del suministro de agua y cloacas, drenaje urbano e infraestructura de caminos de una manera equitativa y fiscalmente sustentable dentro de un contexto de planificación territorial regional y local. Objetivos Específicos (i) (ii) (iii)

(iv)

Mejorar la cobertura, la calidad y la eficacia en la provisión de servicios de agua y cloacas en las Municipalidades participantes; Mejorar el acceso a la infraestructura de drenaje urbano en las Municipalidades participantes; Aumentar el acceso a vías pavimentadas, reducir el costo de logística a través de inversiones en la pavimentación de caminos urbanos y productivos y promover la implementación de un programa de mantenimiento sustentable y de bajo costo, mejorando de esa manera, la competitividad en la producción local, y Mejorar la gestión operativa y comercial de los servicios básicos municipales a través de la asistencia técnica focalizada en: (a) la demanda de inversiones planificadas a mediano plazo, (b) la preparación de Subproyectos y su supervisión técnica y (c) la garantía de la operación y el mantenimiento de los servicios.

Impactos Esperados Es intención del Proyecto tener impacto en la mejora de la calidad del servicio y en la eficacia en el uso de los fondos de inversión, debido a que el mismo se enfoca en inversiones de alto impacto en términos de mejoras de servicios para las poblaciones (en particular las de menores recursos) y en función de que se dirige a atender, mediante el fortalecimiento institucional a proveedores de servicios, las mejoras en los criterios de eficacia y eficiencia de prestación de los mismos. Con la ejecución del Proyecto se pretende: (i) (ii) (iii) (iv) (v) (vi)

Incrementar la cobertura de los servicios de agua y cloacas en las Municipalidades participantes; Mejorar la calidad y la sustentabilidad de la prestación de los servicios; Mejorar la calidad de los cuerpos receptores a través de un adecuado tratamiento de las aguas residuales y un apropiado depósito; Mejorar el acceso de vías pavimentadas, reducir el costo de logística a través de inversiones en la pavimentación de caminos urbanos y productivos y mejorar competitividad en la producción local; Adoptar criterios estratégicos para coordinar y priorizar las inversiones en el sector; Mejorar la capacidad financiera y de gestión de las Entidades sectoriales;

Beneficiarios del Proyecto Los beneficiarios del Proyecto son los nuevos usuarios de los servicios básicos de infraestructura así como aquellos que reciben mejoras en la infraestructura existente. Plazos del Proyecto Los plazos estimados que regirán la operación del Proyecto serán los siguientes:

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Plazos de Ejecución Concepto Fechas Período de Ejecución 5 años Compromiso de Recursos Compromiso por Demanda Período para la contratación de Subproyectos 4,5 años Plazo máximo para la finalización de los trabajos 5 años contratados Plazo de Desembolsos 5 años Período máximo para efectuar desembolsos del 5 años + hasta 120 días del cierre del Préstamo Préstamo (Capítulo 2.14 del Manual de Desembolsos BIRF). La fecha de cierre del Proyecto será el 31 de marzo de 2012 o la fecha posterior que el Banco designe. El Banco deberá notificar, al Prestatario, dicha fecha posterior. Se prevé concluir el Proyecto el 31 de marzo de 2012

COMPONENTES El Proyecto se estructura en tres Componentes: (i) Infraestructura Básica Municipal (ii) Fortalecimiento Institucional de Municipalidades y Proveedores de Servicios Básicos y (iii) Gestión de Proyecto. Las inversiones serán factibles de financiar en la medida que cada una de las Provincias y Municipios y/o Proveedores de Servicios, cumplan con las condiciones de elegibilidad detalladas en el presente Manual. A. Componente de Infraestructura Básica Municipal (Componente A): u$s 132,7 millones. Las inversiones que se financiarán dentro de este componente, deberán estar dentro del marco de las estrategias fijadas en el Plan Estratégico de Inversión Sectorial Provincial y en el Plan Estratégico de Inversión Municipal, y podrán ser presentadas en forma individual o a través de inversiones de varias Municipalidades y/o Entes Prestadores, con los instrumentos legales que amerite el caso. La financiación se basará en la elegibilidad de las Municipalidades y/o los Proveedores de Servicios sobre la base de condiciones de sustentabilidad fiscal y en el cumplimiento del Subproyecto de las condiciones de la elegibilidad institucional, técnica, económica, financiera, social y ambiental detallados en el presente Manual. Este Componente, financiará los siguientes sectores de infraestructura básica: Agua y Cloacas (u$s 87,1 millones) Inversiones en suministro básico de agua y cloacas, tales como, (i) la construcción y/o rehabilitación de las plantas de tratamiento de agua, (ii) la construcción y/o rehabilitación de las redes de suministro de agua primarias y/o secundarias y/o almacenamientos de agua, las cuales incluirán, de corresponder, la expansión de redes existentes de suministro de agua primarias y/o secundarias, y/o almacenamiento de agua, excluyendo represas, y equipamientos asociados, incluyendo bombas y medidores de macro y micro medición, (iii) la construcción y/o rehabilitación de las redes de cloacas (las cuales incluirán, de corresponder, la expansión de redes de desagües cloacales existentes y conexiones domiciliarias primarias y secundarias) y (iv) la construcción y/o rehabilitación de plantas de tratamiento de aguas residuales y disposición final y, de ser debidamente justificadas, instalaciones para reuso de aguas residuales tratadas; y la provisión de PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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asistencia técnica que fuera solicitada para tal fin como para la gestión y los asuntos institucionales del sector. Este Sector debería utilizar hasta el 65% de los recursos del Proyecto. Drenaje Urbano y Pequeñas Obras de Retención (u$s 16,1 millones) Inversiones en obras de drenaje urbano y pequeñas obras de retención, tales como la construcción y/o rehabilitación de (i) redes de drenaje primarias y secundarias (las cuales incluirán, de corresponder, la expansión y/o rehabilitación de redes de drenaje primarias y secundarias existentes) y (ii) desagües pluviales e infraestructura de descarga de aguas para mitigar las inundaciones causadas por lluvias de gran intensidad y relativamente corta duración; y la provisión de asistencia técnica que fuera solicitada para tal fin como para la gestión y los asuntos institucionales del sector. Caminos Urbanos y Productivos (u$s 29,5 millones) Inversiones en infraestructura de caminos urbanos municipales y productivos, tales como (i) la rehabilitación, la mejora (la cual podrá consistir en trabajos de ensanchamiento) y el mantenimiento de caminos y (ii) el fortalecimiento de las redes y accesos de transporte interurbano y de la transitabilidad básica en el ejido municipal, y el suministro de asistencia técnica que fuera solicitado para tal fin como para la gestión y los asuntos institucionales del sector. Dichas inversiones deberán incluir soluciones de bajo costo que permitan una vida útil de 8 a 10 años brindando un nivel confortable de servicios y lográndose valores de rugosidad aceptables de acuerdo a las normas internacionales. B. Componente de Fortalecimiento Institucional de Municipalidades y Proveedores de Servicios Básicos (Componente B): u$s 5,0 millones. A través de este Componente se financiarán proyectos de desarrollo institucional, consistentes en la provisión de asistencia técnica y/o capacitación - incluyendo la gestión ambiental de las partes involucradas y comprendiendo traslados y la adquisición y utilización de los bienes requeridos para el mejoramiento de la planificación, administración, seguimiento y capacidad operacional de prestadores de servicios, Municipios y/o Provincias, que se enfoquen específicamente en mejorar la calidad y cobertura de los servicios de agua, cloacas, drenaje urbano y caminos en la jurisdicción municipal. Los posibles beneficiarios podrán ser Municipalidades, Proveedores de Servicios Básicos, Entes Provinciales de regulación, control y rectores de políticas en los sectores de agua y cloacas. Este Componente financiará la asistencia técnica para dos tipos de actividades básicas y superpuestas: (1) (2)

El fortalecimiento de la capacidad municipal en la preparación e implementación de Subproyectos; y La construcción de capacidad municipal y provincial más amplia para una provisión de servicios de infraestructura básica.

Específicamente, incluye acciones de asistencia técnica y capacitación en proyectos de: (a) (b)

Planificación local, de desarrollo urbano y sectorial territorial, y elaboración de programas de inversión sectoriales; Formulación y evaluación, ejecución, monitoreo, seguimiento, supervisión, mantenimiento y operación de los proyectos. Construcción de capacidades institucionales para la preparación técnica, económica, financiera, social y ambiental;

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(c) (d)

(e) (f) (g) (h)

Ordenamiento y racionalización de marcos regulatorios de servicios municipales, incluyendo estudios de costos y de reestructuración de tarifas; Reforma y/o transformación institucional del sector y programas de desarrollo institucional y de fortalecimiento de prestadores de servicios de aguas locales, incluyendo especialmente el fortalecimiento de los procesos de gestión de servicios (comercial, cobranzas, recaudaciones, tarifas, catastro de redes comerciales, bases de datos de clientes, desarrollo de sistemas relacionados, etc.); Desarrollo de planes de negocios y de gestión operativa para los prestadores y organismos reguladores, directores o rectores, en coordinación con los entes nacionales y provinciales sectoriales; Diseño e implementación de nuevos modelos de organización institucional y de sistemas informáticos en apoyo a los planes estratégicos y para el gerenciamiento de las inversiones y la toma de decisiones; Fortalecimiento de la capacidad de planificación, regulación y control de los entes provinciales y municipales en relación con los servicios; Difusión de información, programas de comunicaciones y campañas de educación en sectores de servicios claves, intercambios técnicos, asociación de municipios y planes regionales.

Además, en el marco de este Componente se podrán financiar algunas actividades de difusión dirigidas a elevar el perfil de las políticas de desarrollo municipal, incluyendo una conferencia anual sobre desarrollo municipal y servicios básicos. C. Componente de Gestión de Proyecto (Componente C): u$s 5.3 millones Dentro de este componente se financiarán los gastos relativos a la administración, coordinación, seguimiento, supervisión y evaluación del Proyecto, e incluye el financiamiento de consultores para el desarrollo de esas actividades por parte de la UEC y para el fortalecimiento y capacitación del sector a nivel provincial y/o municipal. Se podrán financiar también los bienes y servicios necesarios para la ejecución adecuada de esas tareas. Este Componente incluye la financiación de las siguientes actividades: (a)

(b) (c) (d) (e)

La asistencia técnica y/o capacitación a través de la UEC, para la administración, coordinación, seguimiento, supervisión y evaluación de la implementación del Proyecto, como así también la asistencia en la preparación de los Subproyectos, e incluye el financiamiento de bienes y servicios para tales fines. Las revisiones técnicas de los Subproyectos; La evaluación del impacto sobre la pobreza de los Subproyectos a los efectos de determinar si el mismo tiene un efecto de aumento de la equidad (bajo los términos de referencia que se prepararán durante la implementación del Proyecto); Los estudios de evaluación de impactos del Proyecto a través de una muestra representativa. El programa de campaña de comunicación pública, que deberá contar con (i) la diseminación de los contenidos y resultado del Proyecto entre la población del Prestatario, incluyendo esfuerzos para promover buenas prácticas a nivel local y (ii) la evaluación de la percepción del público acerca de la repercusión del Proyecto en Argentina.

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ESTRUCTURA DE FINANCIAMIENTO Y CATEGORÍAS FINANCIABLES

Estructura de Financiamiento Los recursos necesarios para la ejecución de los Subproyectos provendrán de las siguientes fuentes: Recursos Reembolsables (fuente externa) Provenientes del Préstamo del Banco Mundial por un monto para financiamiento de ciento diez millones de dólares (U$S 110.000.000), basado en un enfoque de asignación de recursos por demanda dentro de las Provincias elegibles, transferidos a las Entidades Elegibles mediante la firma de un Contrato de Subpréstamo entre la Provincia y la Entidad Elegible, y si correspondiera, mediante un Contrato Específico entre la Entidad Prestadora de Servicios y el Municipio o la Provincia. Dichos fondos estarán destinados a financiar un porcentaje del costo total del Subproyecto presentado por la Entidad Elegible y aprobado por la UEP y la UEC y/o el Banco, según el caso. Recursos Municipales y/o Provinciales (fuente local) Recursos propios de la Entidad Elegible destinados a financiar los montos no cubiertos por los recursos del Contrato de Subpréstamo con la Provincia, estimados en treinta y tres millones de dólares (U$S 33.300.000). Estructura de Financiamiento Componentes

1. Componente de Infraestructura Básica Municipal 2. Componente de Fortalecimiento Institucional de Municipalidades y Proveedores de Servicios Básicos 3. Gestión de Proyecto Comisión Inicial Total

Financiamiento BIRF

Aporte Local de Contrapartida

Total

U$S millones de Dólares

%

U$S millones de Dólares

%

U$S millones de Dólares

%

99,425

75

33,300

25

132,725

100

5,000

100

-

-

5,000

100

5,300 0,275 110,000

100 -

33,300

-

5,300 0,275 143,300

100 100 100

Categorías Financiables El siguiente cuadro estipula las Categorías de los gastos a ser financiados con fondos del Préstamo, la asignación de los fondos y el porcentaje de los gastos a ser financiados por Categoría:

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Categorías Financiables Categorías financiables del Proyecto (1) Obras, bienes y/o servicios de consultoría bajo Subproyectos de suministro de agua y cloacas. (2) Obras, bienes y/o servicios de consultoría bajo Subproyectos de drenaje urbano y Subproyectos de infraestructura de caminos. (3) Bienes, servicios de consultoría y/o capacitación bajo Subproyecos de desarrollo institucional. (4) Bienes, servicios de consultoría, costos de capacitación y operativos bajo el componente de Gestión del Proyecto. (5) Comisión inicial. Total de Fondos del Proyecto

Montos asignados del Préstamo (U$S) 65.300.000

% de gastos que financia el Banco 75%1

34.125.000

75%2

5.000.000

100%3

5.300.000

100%4

275.000 110.000.000

100%5

Los recursos del Proyecto no podrán destinarse a financiar: (a) (b) (c) (d) (e) (f) (g) (h) (i)

Adquisición de bienes usados; Re- financiamiento y cancelación de deudas; Remuneraciones, despidos, retiro voluntario, jubilaciones, ni ninguna otra remuneración del sector público; Arriendo de inmuebles6; Adquisición de terrenos o inmuebles; Bienes militares o para seguridad pública (no vial); Gastos presupuestarios; Las inversiones destinadas a la conservación rutinaria; Obras civiles por administración directa.

Financiamiento Retroactivo El Banco reconoce financiamiento retroactivo hasta un monto máximo de U$S 11.000.000 por gastos incurridos a partir de 01 de Abril de 2006 y en un período no mayor de doce (12) meses antes de la fecha de suscripción del Convenio de Préstamo. Para su reconocimiento retroactivo, los gastos habrán debido ser realizados conforme las condiciones establecidas en el Convenio de Préstamo. Entre ellas, (i) que el correspondiente Convenio de Préstamo Subsidiario haya sido firmado (o modificado para incrementar el Préstamo Subsidiario) por las respectivas partes del mismo; (ii) que el correspondiente Convenio de Subpréstamo haya sido firmado por las partes del mismo; (iii) que la Entidad Elegible haya tomado todas las medidas, satisfactorias para el Banco, a los efectos de permitirle llevar a cabo la adquisición de bienes, obras y servicios a ser financiados por el Subpréstamo pertinente de acuerdo con las disposiciones del Convenio de Préstamo y (iv) 1 Lo estipulado en la Cláusula 1.01 de las Condiciones Generales del Convenio de Préstamo, establece en su punto a) que la Cláusula 5.08 de las Condiciones Generales y Garantías para Préstamos con Margen Fijo, se modifica para ser leída como sigue: “Excepto disposición en contrario en el presente Convenio de Préstamo, los fondos del Préstamo podrán ser retirados para pagar impuestos (los cuales excluirán el impuesto a la exportación y el impuesto sobre la transacción financiera), fijados por el Prestatario, o en el territorio de éste último sobre los bienes o servicios que serán financiados en virtud del Convenio, o sobre su importación (con excepción de los aranceles de importación que excedan el 28%), fabricación, adquisición o provisión. La financiación de dichos impuestos se encuentra sujeta a la política del Banco que exige economía y eficiencia en el uso de los fondos provenientes de sus préstamos. A tal fin, si el Banco en cualquier momento determinara que el monto de cualquier tipo de impuesto gravado sobre o respecto de cualquier ítem fuera financiado en virtud de los fondos del Préstamo fuera excesivo o de alguna otra forma no razonable, el Banco podrá, por medio de notificación al Prestatario, ajustar el porcentaje para el retiro estipulado o referido a dicho ítem en el Convenio de Préstamo, ya que el mismo deberá ser consistente con dicha política del Banco”. 2 Conforme lo estipulado en la Cláusula 1.01 de las Condiciones Generales del Convenio de Préstamo. 3 Conforme lo estipulado en la Cláusula 1.01 de las Condiciones Generales del Convenio de Préstamo. 4Conforme lo estipulado en la Cláusula 1.01 de las Condiciones Generales del Convenio de Préstamo. 5 Monto adeudado en virtud de la Cláusula 2.04 del Convenio del Préstamo. 6 Salvo lo estipulado en el Contrato de Préstamo respecto del Componente C del Proyecto (Anexo 1, punto 2). PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008 17

que los asesores legales del Prestatario y de la correspondiente Provincia Participante hayan emitido los dictámenes correspondientes aceptables para el Banco. Asimismo, con relación a los Subproyectos de Suministro de Agua y Cloacas, las Entidades Elegibles deberán haber reunido los criterios estipulados en la Cláusula 3.06 del Convenio de Préstamo.

PARTICIPANTES Y CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD INSTITUCIONAL Podrán ser elegibles todas las Provincias Argentinas que cumplan con las condiciones de elegibilidad establecidas en el presente Manual. En cada Provincia, a través de la UEP, los Municipios podrán presentar Subproyectos de inversión y/o de fortalecimiento institucional, aún en los casos en que los servicios estén tercerizados en Entes Prestadores. Tanto Municipios como Entes Prestadores deberán cumplir las condiciones de elegibilidad que se presentan en el presente Manual. La selección de las Provincias Participantes y Entidades Elegibles realizada con anterioridad a la vigencia del presente Manual, deberán haber contado con la aprobación previa por parte del Banco. El Proyecto incluye criterios de elegibilidad y clasificación para la inclusión de Provincias, Municipalidades y Entes Prestadores, y para la aprobación de Subproyectos. Criterios de Elegibilidad de las Provincias Para acceder al financiamiento del Proyecto las Provincias Participantes deberán acreditar, ante la UEC y el BIRF, el cumplimiento de las siguientes condiciones y criterios de elegibilidad: (1) Que se haya obtenido la autorización previa y definitiva del Gobierno Nacional, según corresponda, a la solicitud provincial de endeudamiento, en el marco del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal RFRF (Art. 25° de la Ley N° 25.917, LRF). Para la autorización previa a contraer endeudamiento, la Provincia Participante, haya o no adherido al citado Régimen, proporcionará a la U.E.C la información fiscal establecida en el Anexo V del Decreto Reglamentario N° 1731/04, a fin de elevar la mencionada solicitud a la Secretaría de Hacienda, dependiente del Ministerio de Economía y Producción de la Nación, para que ésta dictamine, en carácter de autorización previa, la sustentabilidad del endeudamiento provincial. Previo a la firma del Convenio de Préstamo Subsidiario, la Provincia tramitará ante la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Producción, la autorización definitiva a contraer endeudamiento, para lo cual remitirá a dicho organismo la documentación actualizada definida en el Anexo V del Decreto Reglamentario N° 1731/04. En el Anexo 1: “Pautas para la Autorización de Endeudamiento de las Provincias y Municipios”, se detalla la documentación requerida y los procedimientos a seguir. Durante la ejecución del Proyecto, las Provincias Participantes brindarán al Gobierno Nacional la información requerida para que éste evalúe su desempeño fiscal. A tales efectos, la información requerida será la prevista en el Artículo 7° del Decreto N°1731/04 de la Ley de Responsabilidad Fiscal. (2) La adopción de una estrategia de inversión sectorial aceptable, la cual incluirá, entre otras, una lista de inversiones sectoriales priorizadas en las áreas de agua, cloacas, drenaje urbano y caminos y la adopción de una política de financiación del sector (la cual describirá los términos de la política de prestatario/prestador para el correspondiente Préstamo Subsidiario y Subpréstamos). El Plan Estratégico de Inversión Sectorial, tendrá que contener: (a) la definición de una lista priorizada de inversiones sectoriales; y (b) la identificación, ex-ante, de políticas de financiamiento PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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del sector incluyendo políticas de cancelación de préstamos y subsidios. En el Anexo 2: “Pautas para la presentación de los Planes Estratégicos de Inversión” se presenta el esquema de contenidos que deberá incluir el Plan Estratégico de Inversión Sectorial. (3) La capacidad de gestión financiera aceptable para permitir a la correspondiente Provincia Participante cumplir con las disposiciones pertinentes del Convenio. Para ello, la Provincia deberá demostrar que la UEP cuenta con un staff de profesionales, técnicos y empleados administrativos, cuyo número, aptitudes y experiencia deberán ser aceptables para el Banco. El equipo de la UEP, deberá, como mínimo, estar conducido por un Coordinador Ejecutivo y presentar un Contador, un Especialista en Administración Financiera, un Especialista en Contrataciones e Ingenieros especializados en las áreas de agua y cloacas, drenaje urbano y caminos. Asimismo deberá contar con un especialista ambiental y/o con el apoyo del organismo responsable del área ambiental de la Provincia. En el Anexo 3 del Manual se presenta la “Guía para la Evaluación de la Capacidad de Administración Financiera de la Provincia y el Municipio”. El cumplimiento de estas condiciones deberá verificarse durante toda la ejecución del Proyecto. Si durante la ejecución del mismo la Provincia dejara de cumplir alguna de ellas, la misma deberá ser corregida dentro de los seis (6) meses siguientes, salvo expresa autorización de la UEC. Durante ese período la UEC no autorizará nuevas contrataciones que no estén directamente asociadas a la corrección de los desvíos detectados. En caso contrario, los fondos no comprometidos hasta ese momento por la Provincia podrán pasar a formar parte del monto reasignable a otras Provincias en condiciones de acceder al financiamiento. Para la firma del correspondiente Convenio de Préstamo Subsidiario, la Provincia deberá haber aprobado, conforme su normativa vigente, el endeudamiento previsto, aceptando las condiciones acordadas con la Nación y el Banco Mundial, y garantizar dicho endeudamiento con los fondos que la Provincia reciba de la Nación por coparticipación federal de impuestos (Ley Nº 23.548 o el régimen que la sustituya). En el Anexo 4 del Manual, se presenta el “Modelo de Ley de Endeudamiento Provincial”. Criterios de Elegibilidad de los Municipios Para acceder al financiamiento del Proyecto, los Municipios deberán acreditar ante la UEP y la UEC el cumplimiento de las siguientes condiciones y criterios de elegibilidad: (1) Que se haya obtenido la autorización previa del Gobierno Nacional y definitiva del Gobierno Nacional o Provincial según corresponda, a la solicitud de endeudamiento, en el marco del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal-RFRF (Art. 25° de la Ley N° 25.917, LRF). Para la autorización previa a contraer endeudamiento, el Municipio, proporcionará a la UEC, a través de la UEP, la información fiscal establecida en el Anexo V del Decreto Reglamentario N° 1731/04, a fin de elevar la mencionada solicitud a la Secretaría de Hacienda, dependiente del Ministerio de Economía y Producción de la Nación, para que ésta evalúe, en carácter de autorización previa, la sustentabilidad del endeudamiento del Gobierno Municipal. Previo a la firma del Convenio de Subpréstamo el Municipio deberá tramitar la autorización definitiva ante el Gobierno Nacional y/o Provincial, según corresponda, de acuerdo a lo establecido en el punto f) del artículo 25° del Anexo del Decreto N° 1731/04 para lo cual deberá suministrar a los organismos correspondientes la documentación actualizada definida en el Anexo V del citado Decreto. La documentación a presentar y el procedimiento a seguir se detalla en el Anexo 1: “Pautas para la Autorización de Endeudamiento de las Provincias y Municipios”. (2) Plan Estratégico de Inversión Municipal: la adopción de un plan de inversión aceptable en las áreas de agua, cloacas, drenaje urbano y caminos.

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El Municipio deberá presentar un Plan Estratégico de Inversión Municipal o un instrumento formal que fije la priorización de las obras planificadas o hayan delineado medidas para llevarlos a cabo. Si el Municipio no cuenta con esta herramienta, deberá presentar como mínimo un plan de desarrollo sectorial que incluya el Subproyecto requerido. En el Anexo 2: “Pautas para la presentación de los Planes Estratégicos de Inversión” se presenta el esquema de contenidos que deberá incluir el Plan Estratégico de Inversión Municipal. (3) Capacidad Institucional: una capacidad financiera de adquisición y de gestión aceptable, y de ser aplicable, la adopción de planes de acción para fortalecer esas capacidades, a los efectos de permitirle cumplir con las disposiciones pertinentes del Convenio de Subpréstamo. Para ello, el Municipio deberá demostrar que cuenta con un staff de profesionales y/o técnicos necesarios y suficientes para poder llevar a cabo la administración de los Subpréstamos. Como mínimo, el equipo del Municipio deberá contar con un profesional en el Area Contable, otro en el Area de Tesorería y otro en el Area de Contrataciones y/o Compras y personal auxiliar que asista a dichas áreas. Asimismo deberá contar con un especialista ambiental y/o con el apoyo del organismo responsable del área ambiental de la Provincia y/o el Municipio. En el Anexo 3 del Manual, se presenta la “Guía para la Evaluación de la Capacidad de Administración Financiera de la Provincia y el Municipio”. En el caso en que los Subproyectos se ejecuten dentro del ejido Municipal a través de un organismo provincial sectorial deberán considerarse para dictaminar la elegibilidad del Subproyecto, las condicionalidades establecidas en el Capítulo III: Los Subproyectos, Título “Criterios de Elegibilidad de los Subproyectos” del presente Manual. El cumplimiento de estas condiciones deberá verificarse durante toda la ejecución del Proyecto. Si durante la ejecución del mismo el Municipio dejara de cumplir alguna de ellas, la misma deberá ser corregida dentro de los seis (6) meses siguientes, salvo expresa autorización de la UEC. Durante ese período la UEC no autorizará nuevas contrataciones que no estén directamente asociadas a la corrección de los desvíos detectados. En caso contrario, los fondos no comprometidos hasta ese momento por el Municipio podrán pasar a formar parte del monto reasignable a otros Municipios en condiciones de acceder al financiamiento. Criterios de Elegibilidad de los Entes Prestadores El Proyecto se basa en el principio de neutralidad entre los operadores públicos y privados (gestión pública o privada del servicio nacional, provincial y municipal), ambos elegibles para ser financiados por el mismo, siempre que cumplan con las condiciones abajo estipuladas. Con relación a los Entes Prestadores propuestos para llevar a cabo los Subproyectos, deberá presentarse la constancia aceptable para el Banco que: (i) asegure la provisión de los servicios por parte de la Entidad Elegible pertinente en un contexto de: (A) un marco legal, el cual permitirá a dicha entidad proveer esos servicios y recibir un Subpréstamo y (B) una sustentabilidad económico/financiera del Subproyecto. En lo que respecta a las Entidades Elegibles propuestas para llevar a cabo los Subproyectos de Suministro de Agua y Cloacas, deberán además de las condiciones establecidas en el párrafo anterior, presentar la constancia aceptable para el Banco que asegure que: el derecho de proveer servicios en el área en la cual el Subproyecto será concretado no está sujeto a litigio, arbitraje, o a cualquier otro mecanismo de resolución de conflictos por parte de un proveedor privado previo (del cual el mismo tenía el derecho de proveer dichos servicios de acuerdo con la relación contractual formalizada por medio de una concesión, alquiler, gestión o cualquier otro convenio análogo con una autoridad provincial/municipal), a través del cual dicho proveedor del sector privado busque el restablecimiento del mencionado derecho. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo precedente, y en caso de que una Provincia Participante para la cual: (i) las inversiones en el sector de agua y cloacas fueran elegibles para financiarse bajo otro préstamo Bancario; y (ii) dicha financiación fuera condicionada por los términos del préstamo Bancario pertinente u otro convenio en relación con el cumplimiento por parte del operador de agua y cloacas con criterios de elegibilidad referidos en el mismo, el Prestatario deberá procurar que la Provincia Participante asegure que dichos criterios de elegibilidad, tal como fueran aplicables, sean seguidos en la selección de Entidades Elegibles, y en adelante mantenidos. En el caso de concesionarias que estén bajo un proceso de renegociación, el marco legal señalado deberá contemplar un acuerdo integral entre la concesionaria y la autoridad correspondiente, que incluya un plan comercial a largo plazo que asegure la convergencia hacia una situación de equilibrio económico a fin de asegurar la sustentabilidad de las intervenciones propuestas. Para aquellos Subproyectos que son asumidos por proveedores de servicios, se ha establecido un marco de análisis financiero en el Capítulo III: Los Subproyectos, Título “Evaluación Económica y Financiera de los Subproyectos” del presente Manual y conforme su resultado y lo estipulado en el Componente B del Proyecto, se podrá financiar la asistencia para la mejora operativa y el rendimiento financiero complementariamente al Subproyecto de inversión. Criterios de Elegibilidad de los Subproyectos Los Subproyectos serán clasificados en base a criterios técnicos, económicos, financieros, ambientales y de seguridad. Específicamente, los tres niveles de la clasificación de elegibilidad de los Subproyectos incluyen: (1) Criterios Institucionales, (2) Criterios Técnicos, (3) Criterios Económicos y Financieros, y (4) Criterios Ambientales y de Seguridad. Estos criterios se encuentran desarrollados en el Capítulo IV: Marco Ambiental y Social, del presente Manual. Cuando los Subproyectos no cumplan con algunos de los criterios, no serán rechazados de inmediato, sino que el personal técnico de las UEP´s, la UEC y/o los consultores contratados a tales efectos trabajarán con las Entidades Elegibles para rediseñar los mismos de manera que puedan ser considerados para su financiamiento. El Proyecto no incluye el uso de criterios de pobreza explícitos para la elegibilidad de los Subproyectos debido a que la operación se enfoca expresamente en Municipalidades fiscalmente sustentables. Sin embargo, los criterios de elegibilidad técnica pretenden apuntar al financiamiento de inversiones de manera que se beneficie a las poblaciones de menores recursos y carentes de servicios.

TÉRMINOS Y CONDICIONES FINANCIERAS DEL PRÉSTAMO

Condiciones Generales El capital del Préstamo se acreditará en la Cuenta del Préstamo en la moneda del Préstamo (dólares estadounidenses), pudiendo ser retirado por el Prestatario solamente para gastos elegibles y de acuerdo con los procedimientos para retiro de fondos establecidos por el Banco. Si en alguna oportunidad el Préstamo estuviera denominado en más de una moneda, la Cuenta del Préstamo se dividirá en múltiples subcuentas, es decir una subcuenta para cada Moneda del Préstamo. El plazo para la amortización de las obligaciones derivadas del Convenio de Préstamo será de diez (10) años con nueve semestres (4.5 años) de gracia. La amortización del capital será en 20 cuotas semestrales, siendo el primer vencimiento el 15 de Abril de 2011 y el último el 15 de octubre del 2020. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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El Prestatario deberá abonar al Banco una comisión inicial por un monto equivalente a veinticinco puntos básicos (0.25%) del monto del Préstamo, otorgado por dispensa del Banco en el Acta de Deliberaciones y Negociaciones suscripta entre el Banco y la República Argentina con fecha 3 de marzo de 2006. En la Fecha de Entrada en Vigor, o inmediatamente después, el Banco, en nombre del Prestatario, retirará de la Cuenta del Préstamo y se cobrará el monto de dicha comisión. Dicho monto de comisión inicial, será prorrateado y abonado por las Provincias participantes en proporción al monto desembolsado por cada una de ellas. El Prestario pagará una comisión de compromiso sobre el capital del Préstamo no desembolsado, a una tasa igual al: (i) ochenta y cinco centésimos por ciento (0,85%) por año desde la fecha en que la comisión comience a devengarse de acuerdo con lo estipulado en la Sección 3.02 de las Condiciones Generales hasta el cuarto aniversario de esa fecha, exclusive; y (ii) setenta y cinco centésimos por ciento (0,75%) por año de allí en adelante. Los intereses y las comisiones por compromiso se abonarán semestralmente por período vencido los días 15 de abril y 15 de octubre de cada año. Asimismo, las Provincias afrontarán todos aquellos gastos necesarios para el mantenimiento de la UEC, y los que resulte necesario realizar para el funcionamiento del Proyecto, bajo el componente de Gestión del Proyecto. Dichos gastos serán distribuidos entre las Provincias utilizando los criterios establecidos en el Convenio de Préstamo Subsidiario. Los gastos operativos que demande el establecimiento y mantenimiento de las UEP´s serán solventados con recursos provinciales. Asignación de fondos a las Provincias Una vez verificado el cumplimiento de las condiciones de elegibilidad de las Provincias, se efectuará una asignación inicial a cada una de ellas, la que estará conformada por el monto de financiamiento solicitado por la misma en el Plan Estratégico de Inversión Sectorial, y el cual será el límite que las Provincias podrán firmar en los Convenios de Préstamo Subsidiarios. Cada Provincia Elegible podrá ejecutar el componente de desarrollo institucional y obras con las limitaciones correspondientes a la disponibilidad de fondos de las categorías financiables. Las Provincias recibirán financiamiento sólo para las inversiones físicas incluidas en el Plan Estratégico de Inversión Sectorial con el compromiso de dar cumplimiento al Cronograma de Metas presentado oportunamente por ellas (el cual incluirá el plan de mantenimiento de las inversiones que no será financiado por el Proyecto). Se incorporarán a dicho Plan, los Subproyectos de Desarrollo Institucional que surjan del análisis de desempeño de los operadores y/o prestadores de servicios de los Subproyectos presentados, como así también de aquellos organismos sectoriales rectores y/o de control, de nivel municipal y/o provincial. Del total de los recursos de financiamiento asignados originalmente a las Provincias, los montos no comprometidos podrán ser reasignados entre las Provincias participantes u otras elegibles, según lo establecido en el Convenio de Préstamo Subsidiario. Durante la ejecución del Proyecto y en forma anual, la UEC y el Banco (con la participación de las UEP´s) efectuarán distintas revisiones de cartera sobre la implementación del mismo. En oportunidad de estas revisiones, se verificará el desempeño de cada Provincia en la ejecución del Proyecto. En el caso del no cumplimiento o demora de las metas propuestas por la Provincia en el Plan de Adquisiciones vigente, se podrán reasignar los fondos originariamente asignados. Asimismo se podrán cancelar fondos de Subproyectos que no fueran iniciados en los tiempos previstos en dicho Plan.

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Transferencia de los Recursos a las Provincias (Desembolsos) La estructura legal para la transferencia de los fondos y las condiciones del financiamiento para cada Provincia, se deberán establecer en los correspondiente Convenios de Préstamo Subsidiario de las Provincias que serán suscriptos entre la Nación y cada Provincia, conforme lo estipulado en el Convenio de Préstamo del Proyecto y en el presente Capítulo. El financiamiento proveniente del Convenio de Préstamo será desembolsado por el Agente Financiero a las Provincias, previa su aprobación por parte de la UCPyPFE. Dichos fondos serán depositados en pesos en las cuentas que las Provincias y/o las Entidades Elegibles y la UEC acuerden. Los Desembolsos del Préstamo, se realizarán bajo la modalidad descripta en el Capítulo VI: Gestión Financiera y Administrativa del presente Manual. Denominación de las Monedas Transferidas Los Préstamos Subsidiarios a las Provincias declaradas elegibles, estarán denominados en dólares equivalentes, cuyo monto podrá ser convertido en virtud de una Conversión de Moneda a tenor de lo dispuesto en el Convenio de Préstamo. No obstante, los montos desembolsados y pendientes (junto con el interés y otros costos sobre ellos) serán pagaderos en la misma moneda en que el monto del capital del Préstamo, el interés y otros costos fueran pagados por el Prestatario al Banco conforme a lo establecido en el Convenio de Préstamo. El monto aprobado de los Préstamos Subsidiarios a ser desembolsados sobre varios períodos, mantendrá el valor que exprese el Convenio de Préstamo. Intereses y Comisiones de Compromiso Las Provincias abonarán intereses sobre el capital del Préstamo desembolsado y pendiente de amortización, respecto de cada Período de Intereses a la Tasa Variable (libor); estipulándose que en caso de Conversión de la totalidad o parte del capital del Préstamo, el Prestatario, durante el Período de Conversión, deberá abonar intereses sobre dicho monto de conformidad con las disposiciones pertinentes del Artículo IV de las Condiciones Generales. La tasa de interés a aplicar a los montos desembolsados de los Préstamos Subsidiarios, se devengará sobre saldos deudores diarios de los préstamos, a una tasa anual que se determinará como un promedio de las fijadas oportunamente por el BIRF, de acuerdo a lo acordado en el Convenio de Préstamo. Cada Provincia pagará una comisión de compromiso sobre el capital del Préstamo no desembolsado, a una tasa igual al: (i) ochenta y cinco centésimos por ciento (0,85%) por año desde la fecha en que la comisión comience a devengarse de acuerdo con lo estipulado en la Sección 3.02 de las Condiciones Generales hasta el cuarto aniversario de esa fecha, exclusive; y (ii) setenta y cinco centésimos por ciento (0,75%) por año de allí en adelante. Los costos de comisión de compromiso y otros gastos serán distribuidos entre las Provincias participantes considerando que todas ellas han participado en el Proyecto desde su comienzo, y los gastos cobrados por la intermediación bancaria serán cargados a cada Provincia y/o Entidad Elegible conforme su participación en el Proyecto, y por su exacta incidencia y en proporción a los montos utilizados por cada uno de ellos. Los intereses y las comisiones por compromiso se abonarán semestralmente por período vencido los días 10 de abril y 10 de octubre de cada año. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Para el cálculo de la Comisión de Compromiso por los fondos no utilizados, se aplicará la siguiente metodología: CCi= a (FAi-FDi) + a [(FAi / FA) FNA] Donde: CCi a FAi FDi: FA FNA:

Comisión de Compromiso de la Provincia “i” Tasa de Comisión fijada por el BIRF Total de Fondos Asignados a la Provincia “i” Total de Fondos Desembolsados a la Provincia “i” Sumatoria de los Fondos Asignados a las Provincias Total de Fondos no Asignados

En caso de que no todas las Provincias hubieren firmado el Convenio de Préstamo Subsidiario, la Comisión de Compromiso correspondiente a estas Provincias será distribuida entre aquellas que hubieran firmado. Tal distribución se dará en proporción a su participación en la asignación de fondos (FAi / FA). Los montos pagados en exceso por las Provincias, serán recuperados en futuras liquidaciones, a medida que se complete la adhesión del total de Provincias al Proyecto. Amortización El plazo para la amortización de las obligaciones derivadas de los Convenios de Préstamo Subsidiario será de diez (10) años. La amortización del capital será en 20 cuotas semestrales, siendo el primer vencimiento el 10 de Abril de 2011 y el último el 10 de octubre del 2020. Al vencimiento de la primer cuota de Amortización (10 de abril de 2011), podrán darse una de las siguientes situaciones: (i)

(ii)

Si a la primera Fecha de Pago del Capital se hubiera desembolsado la totalidad de los fondos del Préstamo, el monto de capital que el Prestatario deberá amortizar al Banco, y a su vez las Provincias al Prestatario según lo acordado en los Convenios de Préstamo Subsidiario, en cada Fecha de Pago del Capital, será determinado por el Banco dividiendo: (a) el monto total de capital del Préstamo desembolsado más (b) la participación relativa de los gastos de la UEC sobre la totalidad de los desembolsos a las Provincias, sobre (c) la cantidad de cuotas de amortización. Debiendo ajustarse el monto de amortización, según fuera necesario, para deducir los montos aludidos en el apartado 4 del Anexo 3 del Convenio de Préstamo, a los cuales resulte de aplicación una Conversión de Moneda. Si los fondos del Préstamo no fueran desembolsados completamente a partir de la primera Fecha de Pago de Capital, el monto de capital que las Provincias deberán amortizar en cada Fecha de Pago de Capital será determinado como sigue: (a) En la medida que cualquier tipo de fondo del Préstamo hubiere sido desembolsado a partir de la primera Fecha de Pago del Capital, las Provincias deberán amortizar el monto desembolsado y pendiente de pago más la participación relativa de los gastos de la UEC sobre la totalidad de los desembolsos a las Provincias a partir de dicha fecha, de acuerdo con el numeral (i) del Manual Operativo. (b) Todo desembolso realizado luego de la primera Fecha de Pago de Capital será amortizado en cada Fecha de Pago de Capital con vencimiento posterior a la fecha de dicho desembolso en montos determinados por la UEC multiplicando el monto de cada uno de dichos desembolsos mencionados por una fracción, de la cual el numerador será la Cuota de Capital original especificada en el numeral (i) del Manual Operativo para dicha Fecha de Pago de Capital (la cuota de capital original) y el denominador será la suma de todas las Cuotas de Capital Originales restantes para Fechas de Pago de Capital con vencimiento en dicha fecha o con posterioridad a la misma.

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Los desembolsos efectuados dentro de los dos meses calendarios anteriores a una Fecha de Pago del Capital serán considerados, exclusivamente a los fines del cálculo del monto de capital a pagar, en una Fecha de Pago del Capital como desembolsados y pendientes de pago en la segunda Fecha de Pago del Capital posterior a la fecha de desembolso, y serán amortizables en cada Fecha de Pago del Capital, comenzando en la segunda Fecha de Pago del Capital posterior a la fecha de desembolso. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, si en cualquier oportunidad el Banco adoptara un sistema de facturación de vencimientos en virtud del cual las facturas se emitieran en la Fecha de Pago del Capital o con posterioridad a ella, las disposiciones del citado inciso dejarán de resultar aplicables a los desembolsos que se efectúen después de la adopción de dicho sistema de facturación.

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MARCO NORMATIVO DE APLICACIÓN

Marco General El Proyecto de Servicios Básicos Municipales es financiado mediante el Convenio de Préstamo Nº 7385/AR suscripto con fecha 8 de mayo de 20067 entre la Nación Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), cuyo modelo fuera aprobado por el Decreto Nº 326/07 del Poder Ejecutivo Nacional. Son parte del marco normativo del Proyecto, el referido al Contrato de Préstamo, las “Condiciones Generales Aplicables a los Convenios de Préstamo y de Garantía para Préstamos con Margen Fijo” del BIRF (fechadas el 1 de septiembre de 1999, y sus modificaciones hasta el 1º de mayo de 2004), las “Normas de Contrataciones con Préstamos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y/o con Créditos de la Asociación Internacional de Fomento (AIF)”, las “Normas de Selección y Contratación de Consultores por Prestatarios del Banco Mundial (BM)”, éstas últimas correspondientes a la edición del mes de mayo de 2004, y las normas reglamentarias dictadas por el Poder Ejecutivo Nacional y por las Provincias que resulten conducentes a garantizar el fiel cumplimiento del Proyecto. Finalmente, el presente Manual Operativo, a partir de su no objeción por el BIRF y su aprobación por Disposición del Coordinador General del Proyecto, se constituye en la guía de ejecución del Proyecto. Por tal motivo, es una de las normas preeminentes de aplicación para esta operatoria. No obstante ello, en caso de que alguna de sus disposiciones entrara en eventual colisión con lo establecido en el Convenio de Préstamo, deberá respetarse lo indicado en este último documento.

Convenios de Préstamos Subsidiarios El Gobierno Nacional y cada una de las Provincias Participantes, firmarán un Convenio Subsidiario, en virtud del cual los fondos se traspasan a las Provincias. En él se acordarán las obligaciones, los términos del compromiso de cancelación de los importes correspondientes a las amortizaciones, los intereses y las comisiones de administración y por compromiso en correspondencia al Convenio Préstamo BIRF Nº 7385/AR. Como requisito ineludible de carácter previo a la suscripción de los Convenios de Préstamo Subsidiarios, las Honorables Legislaturas de cada una de las Provincias intervinientes en el Proyecto sancionarán las correspondientes leyes provinciales, por medio de las cuales se procederá a aprobar los modelos de Convenio de Préstamo a suscribir con la Nación y autorizar su suscripción. En el Anexo 5 de este Manual se adjunta el Modelo de Convenio de Subsidiario. Cada Convenio de Préstamo Subsidiario contendrá, entre otras, las siguientes cláusulas: (a)

(b)

La obligación del Prestatario: (i) de transferir inmediatamente a cada Provincia Participante los fondos del Préstamo Subsidiario correspondiente en una manera aceptable para el Banco; (ii) de asignar la comisión inicial y la comisión por compromiso aplicables al Préstamo en virtud de las Cláusulas 2.04 y 2.05 del Convenio proporcionalmente entre cada Provincia Participante y (iii) en su caso, ejecutar por sí Subproyectos aprobados, por expresa delegación de los municipios involucrados; El derecho del Prestatario de implementar medidas correctivas respecto de la Provincia Participante pertinente en caso de que dicha Provincia Participante no hubiere cumplido con cualquiera de sus obligaciones en virtud del Convenio de Préstamo Subsidiario correspondiente (las cuales podrán incluir inter alia, la

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(c)

suspensión total o parcial y/o cancelación de los fondos del Préstamo Subsidiario (tal como fuera el caso), como hubiere sido acordado previamente con el Banco); y La obligación de cada Provincia Participante: (i) de usar el Préstamo Subsidiario para (A) proveer Subpréstamos; y (B) financiar una parte proporcional del costo de las provisiones de los servicios de consultoría y/o capacitación, y la adquisición y utilización de bienes, todos en virtud del Componte C del Proyecto, a menos que el Prestatario decida financiar dichas actividades a través de otros medios; (ii) de procurar que cada Entidad Elegible provea fondos, instalaciones, servicios y otros recursos, necesarios o apropiados para llevar a cabo el correspondiente Subproyecto; (iii) reembolsar los fondos del Préstamo Subsidiario (el cual será denominado en su equivalente en Dólares estadounidenses y cuya tasa de interés será igual a la que resulte de aplicación al Préstamo de acuerdo con la Cláusula 2.06 del Convenio) retirados por la Provincia Participante (y sus intereses y cargos): (A) en la misma moneda en que el capital del Préstamo y sus correspondientes intereses y cargos deban ser abonados por el Prestatario al Banco en virtud del Artículo III de las Condiciones Generales; y (B) dentro de un período de 14,5 años, incluyendo 4,5 años de gracia; (iv) no ceder, modificar, extinguir, abrogar, rechazar, dispensar o no hacer cumplir el Convenio de Préstamo Subsidiario o cualquier otra disposición del mismo a menos que previamente haya sido acordado por el Banco; (v) una vez aprobado el Subproyecto, represtar una parte de los fondos del Préstamo Subsidiario a la Entidad Elegible pertinente en virtud del Convenio de Subpréstamo que se celebrará entre la Provincia Participante pertinente y dicha Entidad Elegible en virtud de los términos y condiciones aceptables para el Banco, los cuales incluirán, inter alia, aquellos establecidos en el Anexo 7 del Convenio; (vi) ejercer sus derechos (los cuales incluirán sus derechos referidos en el párrafo (b) del Anexo 7 del presente Convenio) y llevar a cabo sus obligaciones en virtud de cada Convenio de Subpréstamo de tal manera de proteger los intereses del Prestatario y del Banco y cumplir con los fines del Préstamo de cualquier Subproyecto; (vii) no ceder, modificar, extinguir, abrogar, rechazar, dispensar o no hacer cumplir el Acuerdo de Subpréstamo o cualquier otra disposición del mismo a menos que previamente haya sido acordado por el Banco; (viii) tomar o permitir que se tomen todas las medidas necesarias para permitir al Prestatario cumplir con sus obligaciones en virtud de las Cláusulas 3.01 (b), 3.02, 3.03, 3.04, 3.05, 3.06, 3.07, 3.08, 3.09, 3.10, 3.12 (a) y (b), 3.15, 3.16, 3.18, 4.01, 4.02, 4.03 y 4.04 del Convenio; (ix) participar en las revisiones y evaluaciones referidas en la Cláusula 3.12 (c) y (d) respectivamente del presente Convenio; (x) mantener el cumplimiento (incluyendo la obligación de establecer mecanismos adecuados y/o tomar las decisiones apropiadas para mantener el cumplimiento), al menos durante la implementación del Proyecto, de un marco fiscal consistentes con los principios y parámetros incluidos en la Ley Federal de Responsabilidad Fiscal, a los efectos de lograr la sustentabilidad fiscal; (xi) devolver, en la moneda pertinente, los fondos utilizados que fueran declarados “no elegibles” por incumplimiento de las normas que rigen al Proyecto y (xii) operar y mantener (o procurar que se opere o mantenga) en todo momento durante la implementación del Proyecto, la unidad de implementación provincial pertinente (UEP), con funciones y responsabilidades aceptables para el Banco (tal como se describen en el Manual Operativo); y asegurar que la UEP pertinente, en todo momento durante la implementación del Proyecto, esté encabezada por un coordinador de Proyecto y sea asistida por staff profesional (que incluirá un especialista en adquisiciones) y personal administrativo, todos en cantidades y con conocimientos y experiencia aceptables para el Banco.

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Convenios de Subpréstamos Cada Provincia deberá firmar con los Municipios o Entes Prestadores elegibles, un Convenio de Subpréstamo. Como requisito ineludible de carácter previo a la suscripción del Convenio de Subpréstamo, para el caso de Municipios, los Concejos Deliberantes deberán sancionar la correspondiente Ordenanza Municipal, por medio de la cual se proceda a aprobar el modelo de Convenio de Subpréstamo a suscribir con el Gobierno Provincial y autorizar su suscripción. En el Anexo 6 se presenta el Modelo de Convenio de Subpréstamo y en el Anexo 7 el Modelo de Ordenanza de Endeudamiento.

Cada Convenio de Subpréstamo contendrá, entre otras, las siguientes cláusulas: (a) (b)

(c)

La obligación de la Provincia Participante pertinente de transferir inmediatamente a cada Entidad Elegible los fondos del Subpréstamo correspondiente en una manera aceptable para el Banco; El derecho de la Provincia Participante de tomar medidas correctivas respecto de la Entidad Elegible pertinente en caso de que dicha Entidad no hubiere cumplido con cualquiera de sus obligaciones en virtud del Convenio de Subpréstamo en relación con cualquier Subproyecto (las cuales incluirán, entre otras, la suspensión total o parcial y/o la cancelación de los fondos del Subpréstamo (tal como fuera el caso), todo de conformidad con lo acordado previamente con el Banco); y La obligación de cada Entidad Elegible: (i) de usar el Subpréstamo para financiar la implementación de Subproyectos; (ii) de proveer los fondos, instalaciones, servicios y otros recursos, necesarios o apropiados para realizar el correspondiente Subproyecto; (iii) de reembolsar los fondos del Subpréstamo (el cual será nominado en Pesos y con una tasa de interés aceptable para el Banco) que fueran retirados por la correspondiente Entidad Elegible (junto con sus intereses y otros cargos que se establezcan): (A) en Pesos; y (B) dentro de un período de 14.5 años, incluyendo 4.5 años de gracia; (iv) no ceder, modificar, extinguir, abrogar, rechazar, dispensar o no hacer cumplir el Convenio de Subpréstamo o cualquier otra disposición del mismo a menos que previamente haya sido acordado por el Banco; (v) tomar o permitir que se tomen todas las medidas necesarias para permitir a la Provincia Participante cumplir con sus obligaciones referidas en el párrafo (c) (i), (ii), (iii), (v), (vi) y (viii) del Anexo 6 del presente Convenio, tal como fuere aplicable; (vi) de corresponder, mantener el cumplimiento (incluyendo la obligación de establecer mecanismos adecuados y/o tomar las medidas apropiadas para mantener el cumplimiento), al menos durante la implementación del Proyecto, de un marco fiscal compatible con los principios y parámetros la Ley Federal de Responsabilidad Fiscal a efectos de lograr la sustentabilidad fiscal, y (vii) devolver, en la moneda del préstamo, los fondos utilizados que fueran declarados “no elegibles” por incumplimiento de las normas que rigen al Proyecto.

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CAPITULO II: MARCO INSTITUCIONAL

EJECUCIÓN DEL PROYECTO El organismo ejecutor del Proyecto es el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios a través de la Unidad Ejecutora Central (UEC) dependiente de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo (UCPyPFE), que sirve como la entidad de implementación primaria y de coordinación del mismo. Las Unidades Ejecutoras Provinciales actúan como agencias de implementación técnica con responsabilidad primaria en la provisión de asistencia directa a las Municipalidades en la preparación e implementación de los Subproyectos y en la supervisión de la ejecución de los mismos en todos sus aspectos. Las Entidades Elegibles serán responsables por la ejecución del Subproyecto y realizarán los trabajos relacionados en la adquisición de bienes y servicios sobre la base de un sistema de controles internos y de informes financieros estipulados. El Proyecto ha sido diseñado para ser implementado en cinco (5) años y combina una implementación a nivel nacional, provincial y municipal. A nivel nacional, la UEC será financiada con los recursos del Préstamo. En el orden provincial y municipal el Proyecto será ejecutado por las UEP´s y las Entidades Elegibles, las cuales estarán totalmente financiadas con recursos propios. Coordinación y Supervisión a Nivel Nacional La coordinación y supervisión del Proyecto a nivel nacional se realizará a través de la UEC dependiente de la UCPyPFE del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. La UEC es la entidad responsable de la administración, coordinación, supervisión, seguimiento, evaluación y monitoreo de la implementación del Proyecto, actuando como nexo permanente entre el Banco y las Provincias y las Entidades Elegibles y como institución primaria para la coordinación del Proyecto con el Banco. Funciones y responsabilidades de la UCPyPFE • • • • • • •

Actuar como nexo y vinculación con las autoridades de la SOP y del MPFIPyS, y de otros organismos nacionales y provinciales e internacionales; Gestionar los recursos presupuestarios necesarios para ejecutar anualmente el Proyecto, en lo que se refiere a la fuente externa; Asesorar e informar al Prestatario sobre la marcha del Proyecto y de su compatibilidad con los lineamientos estratégicos y de política definidos por éste; Efectuar las comunicaciones de su incumbencia ante el Banco e informar sobre el cumplimiento de los acuerdos legales llevados a cabo en el marco del Proyecto; Poner en vigencia el Manual Operativo del Proyecto; Conformar, organizar y poner en funcionamiento la UEC, sus áreas, incluyendo las instalaciones físicas, los equipos, los sistemas operativos, de información y de control, los archivos y el personal; Rubricar las solicitudes de desembolso y las rendiciones de gastos del Proyecto.

Funciones y responsabilidades la UEC • •

Administrar, coordinar, supervisar y evaluar la ejecución del Proyecto, de conformidad con lo establecido en la Parte C del Proyecto; Realizar las revisiones técnicas de los Subproyectos, la evaluación del impacto sobre la pobreza de los Subproyectos, los estudios de evaluación de impactos del Proyecto, y el

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programa de campaña de comunicación pública, conforme lo establecido en el Componente C del Proyecto. Coordinar la preparación y negociación de los Convenios de Préstamo Subsidiario con las Provincias participantes; Verificar que las Provincias, Municipios y Entidades Prestadoras de Servicios cumplan con los criterios de elegibilidad establecidos para participar en el Proyecto; Disponer que cada Provincia Participante a través de la correspondiente UEP provea Subpréstamos a las Entidades Elegibles pertinentes a los efectos de permitirles ejecutar los Subproyectos correspondientes; Tomar y/o asegurar que se tome todo tipo de medida, para permitir a cada Entidad Elegible ejecutar los correspondientes Subproyectos; Mantener y/o asegurar que cada Provincia Participante mantenga y/o procure el mantenimiento de políticas y procedimientos adecuados para permitirle monitorear y evaluar, de acuerdo con los indicadores establecidos en el presente Manual Operativo, la concreción del Proyecto y el logro del objetivo del mismo; Revisar los informes semestrales de avance de las Entidades Elegibles y las UEP´s, y preparar y presentar al Banco, en forma semestral un informe integrando los resultados de las actividades de monitoreo y evaluación, sobre el progreso logrado en la implementación del Proyecto y estableciendo las medidas recomendadas para asegurar la ejecución eficiente del mismo y el logro de su objetivo; Efectuar anualmente junto con el Banco y las Provincias Participantes una revisión de la cartera y de los informes pertinentes y, luego, tomar y/o procurar que se tomen todas las medidas necesarias para asegurar la finalización eficiente del Proyecto y el logro de sus objetivos; Revisar anualmente los Planes de Inversión presentados por las Provincias y evaluar con el Banco y las Provincias Participantes el desempeño de cada Provincia Participante respecto del cumplimiento de las disposiciones del Convenio de Préstamo Subsidiario pertinente y las metas acordadas; Comunicar a las Provincias las medidas correctoras identificadas en la supervisión y aplicar las medidas correspondientes en caso de ser necesario. Revisar con el Banco y las Provincias Participantes el monto de los fondos del Préstamo, que a partir de la fecha de revisión anual correspondiente, no se hayan comprometido con Provincias Participantes a través de los Convenios de Préstamo Subsidiario correspondientes; Evaluar el impacto social y económico del Proyecto, y su impacto productivo y distributivo, en términos de oportunidades productivas y de trabajo crecientes como medios de aliviar pobreza; Realizar análisis de la rentabilidad y eficiencia del Proyecto; Elaborar la información que el Banco requiera para el seguimiento del Proyecto y presentar los informes de avance estipulados en el presente Manual; Contratar asistencia técnica puntual de apoyo a la UEC y/o las Provincias y Entidades Elegibles; Suministrar asistencia técnica y capacitación para las Entidades Elegibles y las Provincias participantes para la formulación de Subproyectos conforme los criterios de elegibilidad del Proyecto, y para la elaboración de los Planes de Inversión Sectoriales; Preparar y presentar al Banco los pliegos de licitación estándares para los Subproyectos de Infraestructura Básica y luego supervisar que las Provincias Participantes dispongan que las Entidades Elegibles utilicen dichos pliegos en la adquisición de obras y/o bienes bajo cualquier Subproyecto de Infraestructura Básica; Evaluar los Subproyectos presentados por las Provincias y Municipalidades participantes considerando su viabilidad institucional, técnica, económica y socio ambiental según los criterios de este Manual Operativo y del Convenio de Préstamo, asegurando que las alternativas de mayor equidad y menor costo hayan sido priorizadas y solicitando las correcciones que considere adecuadas;

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Asegurar que los requerimientos ambientales y acciones identificadas se incorporen a los documentos licitatorios. Supervisar el cumplimiento de los requerimientos y planes ambientales establecidos y realizar las observaciones pertinentes; Presentar, cuando corresponda, los Subproyectos al Banco para su “no objeción”; Supervisar y revisar técnicamente la ejecución física de las obras y verificar la calidad técnica de los Subproyectos; Desarrollar un programa de fortalecimiento de la capacidad técnica relacionada con el manejo ambiental de los Subproyectos; Desarrollar proyectos de asistencia técnica que tengan como objetivo mejorar la competitividad de los organismos prestadores de agua y cloacas y de gestión de los Entes Prestadores de Servicios; Desarrollar proyectos de planeamiento urbano y sectorial, a nivel provincial y municipal, por su cuenta o a través de terceros para desarrollar competencias adecuadas en los niveles subnacionales; Llevar a cabo las revisiones técnicas, presentando un plan previo, aceptable para el Banco, y realizar los informes de revisión técnica anual; Elaborar y actualizar el Plan de Contrataciones, en función de lineamientos aceptables para el Banco, y someter tal actualización a la aprobación de este último a más tardar 12 meses después de la fecha del Plan de Contrataciones anterior; Examinar todos los documentos de licitación y las propuestas de adjudicación e informar al Banco sobre las “no objeciones” otorgadas, y cuando corresponda, presentarlos al Banco para su “no objeción”; Crear, y luego mantener, una entrada de línea presupuestaria específica en el presupuesto anual pertinente a los efectos de rastrear los gastos correspondientes incurridos durante la implementación del Proyecto Elaborar y actualizar el plan anual de inversiones, las proyecciones de desembolsos y de aplicación y utilización de recursos; Revisar e informar al Banco sobre el avance de los sistemas de recupero de inversiones estipulados en los Subproyectos, y formular las correcciones que sean pertinentes; Realizar la gestión financiera del proyecto, haciendo el seguimiento del flujo general de fondos, administrar la Cuenta Especial, recibir solicitudes de desembolso de las Provincias, aprobar los pagos y, en caso de aprobación, autorizar las transferencias desde la cuenta especial central a las cuentas especiales de las Entidades Elegibles, solicitar y rendir fondos al Banco; Coordinar el informe financiero y operacional para presentar ante el Banco; Liquidar el recupero de los Convenios Subsidiarios a las Provincias participantes y realizar su seguimiento. Efectuar un seguimiento del recupero de los Subpréstamos de las Entidades Elegibles y de los beneficiarios directos; Administrar y gestionar los sistemas de información contable y financiera y preparar estados contables y financieros e informes sobre el avance del Programa con la información provista por los organismos ejecutores y otorgadores de subpréstamos en las Provincias, Contratar, si fuera necesario, los servicios de auditores externos, que resulten aceptables a criterio del Banco, para auditar las cuentas del proyecto; Presentar los informes de auditoría al Banco; Asistir a las auditorías externas, aceptables para el Banco, en la ejecución de las auditorías de las cuentas del Programa. Remitir los informes de auditoría al Banco; Realizar otras actividades que se encuentren establecidas en el Convenio de Préstamo y el presente Manual; Cumplir, y asegurar que se cumplan, todas las condiciones y actividades previstas en el Convenio de Préstamo.

El Prestatario asegurará en todo momento, que durante la ejecución del Proyecto la UEC esté a cargo de un Coordinador Ejecutivo de Proyecto, asistido por una dotación suficiente de PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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profesionales, en particular, deberá contar desde el inicio del Proyecto, con un ingeniero sanitario, un ingeniero civil con experiencia en caminos, un especialista ambiental, un especialista en gestión financiera y un especialista en contrataciones. Así como de un staff técnico administrativo, con los conocimientos y experiencia necesarios. Todo ello a satisfacción del Banco. La UEC deberá disponer, durante toda la ejecución del Proyecto, de un espacio para oficinas y equipos técnicos adecuados, aceptables para el Banco, para ejecutar las acciones y misiones más arriba establecidas. Organigrama funcional de la UEC COORDINADORES GENERAL DE LA UCPyPFE

COORDINADOR EJECUTIVO

Especialista en Seguimiento y Control de Gestión

Area de Seguimiento y Control de Gestión Analista en Seguimiento y Control de Gestión

Especialista en Contabilidad

Especialista en Administración y Desembolsos

Especialista en Contrataciones

Especialista Sanitario

Especialista Sanitario

Area Administración y Finanzas

Analista en Administración Sub Area Contabilidad

Analista Financiero

Sub Area Desembolsos

Sub Area Contrataciones

Especialista Vial

Especialista Ambiental

Area de Fortalecimiento Instrucional

Area de Inversiones

Analista de Proyectos

Analista de Proyectos

Sub Area Técnica

Especialista en Fortalecimiento Institucional

Asistente Técnico Sub Area Ambiental

Atribuciones y responsabilidades de las distintas Areas de la UEC La UEC tendrá las siguientes atribuciones y responsabilidades clave: Coordinación Ejecutiva: El Coordinador Ejecutivo tendrá la responsabilidad de coordinar las actividades necesarias para lograr una correcta ejecución del Proyecto y dependerá de la Coordinación General de la UCPyPFE, y asumirá las siguientes funciones: • • • • •



Asegurar la ejecución del Proyecto, siguiendo y haciendo cumplir las normas y los procedimientos que rigen al mismo durante toda la gestión; Coordinar, planificar y supervisar las actividades del Programa y el cumplimiento del Convenio de Préstamo; Coordinar la preparación y negociación de los Préstamos Subsidiarios con las Provincias participantes; Coordinar y supervisar las actividades de los integrantes de la UEC, aprobando los planes de trabajo e informes de los especialistas, y asignándoles, cuando el desarrollo del Proyecto lo requiera, tareas complementarias; Supervisar el cumplimiento de las disposiciones de los Contratos de Préstamo Subsidiario firmados con las Provincias, indicando a las mismas las irregularidades encontradas y las medidas correctoras a aplicar. Realizar su seguimiento y promover las sanciones que se consideren pertinentes en caso de incumplimiento. Verificar el cumplimiento de las condiciones de elegibilidad de las Provincias, Entidades Elegibles y de los Subproyectos a ser financiados por el Proyecto.

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Revisar y elevar al Banco para su no objeción los Planes Estratégicos de Inversión Provinciales y Municipales, y los Planes Anuales de Inversión presentados por las Provincias; Garantizar que se mantengan y actualicen las pautas para la preparación técnica, económica, financiera, social y ambiental de los Subproyectos; Proveer asistencia técnica y/o capacitación al Municipio, Provincia y/o Ente Prestador para mejorar la formulación de los Subproyectos en base a los criterios técnicos, económicos, financieros y socio - ambientales pautados en el Proyecto. Aprobar los planes de asistencia técnica a las Provincias y Entes Elegibles; Garantizar que en la revisión de los Subproyectos propuestos se asegure la calidad de los mismos en base al cumplimiento de los criterios de elegibilidad y la priorización de alternativas equitativas y de menor costo. Elevar al Banco, aquellos que correspondan para su “no objeción”; Aprobar, de acuerdo a los criterios y procedimientos establecidos en las normas que rigen el Programa, los Subproyectos a ejecutar dentro del Proyecto. Establecer programas detallados de monitoreo, supervisión y seguimiento del Proyecto y coordinar y supervisar la ejecución de esas tareas y el cumplimiento de los indicadores, indicando a las Provincias y/o Entidades Elegibles, cuando corresponda, las irregularidades encontradas y las medidas correctoras a aplicar. Realizar el seguimiento y control de la implementación de las medidas correctoras acordadas e informar sobre los resultados alcanzados. Coordinar y supervisar los procedimientos de adquisiciones de bienes, obras y servicios del Proyecto; Elevar, junto con sus observaciones y recomendaciones, los documentos de contratación que requieran revisión ex ante del Banco; Aprobar, de acuerdo a los criterios y procedimientos establecidos en las normas que rigen el Proyecto, el financiamiento de los gastos elegibles y los procedimientos de contratación, cuando corresponda; Contratar y coordinar, aquellas actividades que se relacionen con el Componente C del Proyecto; Coordinar y supervisar la gestión financiera, contable y operacional del Proyecto; Coordinar y supervisar las tareas de seguimiento del Proyecto y elevar al Banco, en tiempo y forma, los informes Semestrales de Gestión. Aprobar y elevar la totalidad de los informes regulares que deben ser presentados al Banco Mundial, así como cualquier otra información de carácter técnico, socio –ambiental, legal, contable, económico-financiera o institucional que se solicite; Supervisar la administración de las cuentas bancarias del Proyecto; Autorizar los movimientos de fondos del Proyecto. Aprobar las solicitudes de desembolso hacia las jurisdicciones, procesadas y evaluadas, garantizando que los ejecutores cuenten con los recursos previstos; Revisar y aprobar las rendiciones de cuenta presentadas por las UEP para la elevación de las mismas al Banco, justificatoria de los pedidos de desembolsos al Banco; Atender a los auditores responsables de los informes de Auditoria, facilitándoles toda la información que le sea requerida para su elaboración y presentación al Banco, en tiempo y forma, según se establece en los Contratos de Préstamo; Coordinar y supervisar la tramitación y pago de los certificados de obra, aprobados oportunamente por la UEP; Supervisar el adecuado mantenimiento y actualización de los Sistemas de Información relacionados con la ejecución del Proyecto. Asegurando el oportuno cumplimiento y el nivel de respuesta a los pedidos de información solicitados a nivel Nacional, Provincial, Municipal y del Banco; Representar institucionalmente al Proyecto en los diferentes organismos públicos y privados;

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Mantener informadas a las autoridades de la UCPyPFE, Nacionales, Provinciales y Municipales, y al Banco, del estado de progreso del Proyecto. Promover la fluida comunicación con los diferentes organismos involucrados en el Proyecto; Coordinar la elaboración del Informe de Cierre del Proyecto; Realizar, otras actividades que se encuentren establecidas en el Convenio de Préstamo y el presente Manual.

Area de Seguimiento y Control de Gestión • • • •



• •

• •

• • • • •

Preparar el plan de seguimiento y de control de gestión del Proyecto; Actualizar, si fuera necesario, los indicadores para la evaluación del impacto, la ejecución y la evaluación ex post del Proyecto; Realizar el seguimiento y monitoreo de las actividades regulares de la UEC; Implementar el plan de seguimiento y monitoreo del Proyecto, detectar las debilidades encontradas durante el ejecución del Proyecto, y realizar la supervisión y seguimiento de la implementación de las medidas correctoras que fueran recomendadas a cada UEP y/o Entidades Elegibles; Evaluar en general la marcha del Proyecto a través de todos sus Componentes y Subproyectos, informando regularmente a las autoridades de la UEC, de la UCPyPFE y al Banco sobre, el mantenimiento de las estructuras de ejecución y cumplimiento de las funciones asignadas; el cumplimiento de las condiciones de elegibilidad de Subproyectos establecidas en el Manual Operativo, y el cumplimiento de los mecanismos de ejecución de los Subproyectos; Supervisar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Prestatario ante el Banco en el Convenio de Préstamo y demás documentos adjuntos; Elaborar con la coordinación y el aporte de las distintas áreas el Informe Semestral Consolidado y el Informe Anual Consolidado del Proyecto, y demás informes que sean requeridos, en el ámbito de su competencia por la UEC, el Banco y otros organismos involucrados; Requerir a las UEP´s, toda aquella información y/o documentación que fuera necesaria para la preparación de los informes regulares y/o que fueran solicitados respecto de la ejecución del Proyecto; Mantener informados al Coordinador Ejecutivo, a la Coordinación de la UCPyPFE y al Banco, sobre la marcha del Proyecto, participando en las visitas de supervisión que éstos realicen, ocupándose del cumplimiento de los acuerdos que se concreten en las Ayuda Memorias de dichas Misiones. Coordinar la evaluación de resultados e impactos del Proyecto y asesorar en los procedimientos de contratación de las consultorías que desarrollen tales actividades; Coordinar las revisiones técnicas del Proyecto y asesorar en los procedimientos de contratación de las consultorías que desarrollen tales actividades; Coordinar los estudios de opinión pública del Proyecto y asesorar en los procedimientos de contratación de las consultorías que desarrollen tales actividades; Atender las solicitudes y requerimientos efectuados por la ciudadanía y organizaciones públicas y no gubernamentales, respecto de la ejecución del Proyecto; Realizar, otras actividades que se encuentren establecidas en el Convenio de Préstamo y el presente Manual.

Area de Fortalecimiento Institucional •

Identificar y evaluar las necesidades de asistencia técnica de las Provincias, las Entidades Elegibles y la UEC. Coordinar e implementar programas de asistencia técnica y capacitación;

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• • • • •

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Participar en la asistencia técnica a las UEP´s y/o las Entidades Elegibles en aspectos relacionados con la preparación, evaluación y seguimiento de la ejecución y recupero de los Subproyectos de desarrollo institucional y capacitación; Revisar la información elevada por las UEP´s, verificando los criterios de selección de Subproyectos. Requerir las ampliaciones necesarias e indicar las correcciones que considere adecuadas. Evaluar el cumplimiento de las condiciones de elegibilidad institucional de las Entidades Elegibles. Informar respecto a las medidas a aplicar en caso de incumplimientos detectados; Revisar, en lo que respecta a su temática, los documentos de Subproyectos de Inversión elevados por las UEP´s. Realizar las observaciones pertinentes e implementar las medidas necesarias para su cumplimiento; Revisar, en lo que respecta al Componente B del Proyecto, los Términos de Referencia para las contrataciones de servicios de consultoría, previo a su elevación al Banco. Realizar las observaciones pertinentes e implementar las medidas necesarias para su cumplimiento; Revisar y/o aprobar, en lo que respecta al Componente B del Proyecto, la documentación para contrataciones enviada por las UEP´s. Indicar las correcciones necesarias y confeccionar los informes correspondientes; Revisar las condiciones de ejecución de los Subproyectos, sus planes, y la verificación del cumplimiento de las metas propuestas oportunamente aprobadas. Recomendar las acciones correctoras en caso de detectar desvíos o irregularidades y realizar su seguimiento; Asistir a las UEP´s en las tareas inherentes a la ejecución del Programa, así como en la asistencia a las Entidades Elegibles; Colaborar en las tareas de supervisión y elaboración de los informes regulares del Proyecto, en las materias de su competencia; Revisar los Planes de Adquisiciones en lo referido al Componente B del Proyecto y emitir los informes correspondientes; En coordinación con el Area Ambiental, implementar planes de capacitación ambiental, identificando necesidades de capacitación, diseño de planes de capacitación, coordinar la ejecución de la capacitación; Participar en la evaluación de resultados e impactos del Proyecto y en las actividades de difusión del Programa; Cooperar en la reelaboración de guías de proyecto, evaluaciones ex ante y ex post y en cualquier otro documento para mejorar la eficiencia y efectividad del Proyecto; Realizar otras actividades que se encuentren establecidas en el Convenio de Préstamo y el presente Manual.

Area de Inversiones •

Llevar adelante la evaluación, aprobación y supervisión de los Subproyectos de Inversión, en sus aspectos técnicos, económicos y ambientales.

Sub Area Técnica • • •

Diseñar y preparar los documentos específicos a ser utilizados por el Area; Prestar asistencia a las UEP´s y a las Entidades Elegibles sobre identificación, formulación y evaluación de los Subproyectos, de acuerdo a los criterios del Proyecto, como así también durante la ejecución de los mismos; Revisar la información elevada por las UEP´s, verificando los criterios de selección de los Subproyectos, e indicar, las correcciones que considere apropiadas;

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Participar en la revisión y aprobación de los planes de inversión y de ejecución de los Subproyectos presentados por las UEP´s y las Entidades Elegibles, y en las modificaciones operadas; Asistir en la formulación y preparación de los Subproyectos y a las UEP´s y Entidades Elegibles en las tareas inherentes a la ejecución del Proyecto; Realizar la evaluación de los Subproyectos, teniendo en cuenta los objetivos, criterios de elegibilidad y normativa del Proyecto; Participar en los procedimientos de adquisición y la elaboración y revisión de la documentación correspondiente, en lo que respecta a su temática; Verificar la correspondencia entre la ejecución de los Subproyectos y los documentos aprobados durante la licitación; Realizar el monitoreo de la ejecución de los Subproyectos según los planes de supervisión que se determinen en el área y a requerimiento del Banco. Producir los informes correspondientes y realizar el seguimiento de las medidas correctoras recomendadas; Controlar el avance físico y certificaciones realizadas de las obras; Revisar la información elevada por las UEP´s, verificando los planes de ejecución y las modificaciones operadas en el transcurso de la misma; Controlar el cumplimiento de los planes de mantenimiento para las obras Terminadas; Realizar la revisión de los costos de obra. Aprobar los pedidos de las UEP´s de redeterminación de precios de contratos de obra en el marco de la metodología aprobada por la UEC y el Banco; Supervisar el sistema de evaluación de resultados de los Subproyectos ejecutados y presentación a la UEC de los informes pertinentes. En caso de ser necesario, recomendar las medidas correctoras necesarias; Realizar el seguimiento de los recuperos de los Subproyectos; Participar, en el ámbito de su incumbencia, en la elaboración de todos los informes del Proyecto; Colaborar en la identificación de necesidades de asistencia técnica de las UEP´s y las Entidades Elegibles; Realizar otras actividades que se encuentren establecidas en el Convenio de Préstamo y el presente Manual.

Sub Area Ambiental • • • • • • •

Realizar la revisión y evaluación de los aspectos socio – ambientales de los Subproyectos asegurando que los mismos no contradigan las normas que rigen al Proyecto y solicitando las correcciones que considere adecuadas; Realizar los estudios para la categorización de los Subproyectos en función del nivel de riesgo socio-ambiental, identificando los problemas y las medidas de mitigación de los impactos negativos; Asegurar que los requerimientos ambientales se incorporen en el Pliego General de Especificaciones y que los resultados y acciones identificados en los estudios sean incorporados en el Pliego de Condiciones Particulares; Supervisar el cumplimiento de los requerimientos ambientales establecidos en los documentos licitatorios y realizar las observaciones pertinentes; Coordinar acciones con las Autoridades Ambientales Provinciales y Municipales; Elaborar los informes de gestión del área correspondientes y colaborar en la confección de los informes regulares del Proyecto; Participar, en lo que se refiere a su temática, en la identificación de las necesidades de capacitación y de los planes de capacitación de personal en las Provincias y/o los Municipios con el objeto de optimizar resultados en la aplicación de los requerimientos ambientales;

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Realizar otras actividades que se encuentren establecidas en el Convenio de Préstamo y el presente Manual.

Area de Administración y Finanzas • •

Llevar adelante los aspectos contables, de administración financiera y de contrataciones del Proyecto; Llevar a cabo la administración de la UEC.

Sub Area Desembolsos • • • • • • • • • • •

Efectuar la programación financiera del Proyecto; Preparar el presupuesto anual del Proyecto y realizar las solicitudes y el seguimiento correspondiente; Revisar las solicitudes de fondos y la documentación de respaldo, presentadas por las Provincias. Recomendar la corrección de procedimientos en caso de detectar irregularidades, proponer el plan de acción a implementar y realizar su seguimiento. Registrar las solicitudes de fondos en los sistemas de información correspondientes y controlar su consistencia con los documentos suscriptos para la posterior transferencia de fondos; Preparar y gestionar las transferencias de los fondos a las Entidades Elegibles, y realizar el seguimiento de las liquidaciones correspondientes; Verificar las rendiciones y comprobantes enviados por las Provincias y, eventualmente, reclamar documentación faltante; Preparar las solicitudes de fondos a ser presentadas al Banco y confeccionar y remitir al mismo, las rendiciones de gastos por los fondos del Préstamo; Preparar los informes periódicos financieros sobre el avance en la ejecución del Proyecto, requeridos por los organismos involucrados; Prestar asistencia técnica y realizar las visitas de supervisión a las Provincias y/o Entidades Elegibles; Atender los requerimientos de la Auditoría Externa, promover el cumplimiento de sus recomendaciones y coordinar las actividades a fin de garantizar los plazos estipulados en lo que respecta a su temática; Realizar otras actividades que se encuentren establecidas en el Convenio de Préstamo y el presente Manual.

Sub Area Contabilidad • • • • • • • • •

Preparar y diseñar los documentos específicos a ser utilizados por el Area; Administrar las cuentas del Proyecto y realizar las conciliaciones bancarias; Efectuar la registración contable de las operaciones y preparar los estados contables de cada ejercicio fiscal; Confeccionar los resúmenes consolidados de los gastos financiables por el Proyecto. Confeccionar los Estados Financieros del Proyecto; Atender los requerimientos de la Auditoría Externa, promover el cumplimiento de sus recomendaciones y coordinar las actividades a fin de garantizar los plazos estipulados, en el ámbito de su incumbencia; Preparar los informes periódicos contables sobre el avance en la ejecución del Proyecto, requeridos por los organismos involucrados; Participar en los procedimientos de adquisición y la elaboración y revisión de la documentación correspondiente, en lo que respecta a su temática; Gestionar los pagos del servicio de la deuda del Préstamo y realizar la liquidación de los servicios de deuda a las Provincias. Efectuar su seguimiento;

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Prestar asistencia técnica y realizar las visitas de supervisión a las Provincias y/o Entidades Elegibles; Colaborar en las actividades que requiera el Sub Area de Desembolsos; Realizar otras actividades que se encuentren establecidas en el Convenio de Préstamo y el presente Manual.

Sub Area Contrataciones • • • • • • • • • •

Asesorar a las Entidades Elegibles del Proyecto sobre de las normas establecidas para realizar los procedimientos de adquisiciones en el marco del Proyecto; Revisar los Planes de Adquisiciones presentados por las Provincias y/o las Entidades Elegibles. Realizar el seguimiento de la ejecución de los mismos diligenciando, cuando corresponda, las aprobaciones por parte del Banco; Mantener actualizado el Plan de Adquisiciones del Proyecto consolidado; Realizar la supervisión ex-ante de los documentos confeccionados por los Municipios, Provincias o Entes Prestadores, para las contrataciones a realizarse bajo el financiamiento del Proyecto; Preparar, bajo las normas que rigen el Proyecto, la documentación de aquellas contrataciones que se encuentran referidas en el Componente C del Proyecto e implementar los procedimientos llevados a cabo por la UEC. Supervisar y evaluar ex ante los procedimientos de contrataciones realizados por las Provincias y/o Entidades Elegibles, bajo las autonomías de la UEC o el Banco, estipuladas en el presente Manual Operativo. Elaborar los informes correspondientes; Controlar, en todas las etapas de los procesos de contrataciones, que se cumplan las normas y plazos previstos en el marco del Proyecto; Asesorar a las UEP´s y a las Entidades Elegibles en los problemas surgidos durante los procesos de contratación y, cuando corresponda a su temática, de ejecución de los Subproyectos; Solicitar a las UEP´s la información necesaria sobre el tema de adquisiciones, con destino a uso de la UEC y del Banco; Realizar otras actividades que se encuentren establecidas en el Convenio de Préstamo y el presente Manual.

En el Anexo 8 del presente Manual, se establecen los Términos de Referencia del personal clave de la UEC. Coordinación y Supervisión Provincial Cada Provincia deberá mantener operativa durante toda la vida de ejecución del Programa una UEP, como organismo responsable primario por la implementación, supervisión y evaluación de todas las actividades del proyecto en la Provincia y para proporcionar la asistencia técnica a las Entidades Elegibles. En muchos casos estas Unidades Ejecutoras serán las mismas entidades que implementan otros Programas con financiamiento externo. Las UEP´s tendrán la responsabilidad de la ejecución, control y monitoreo del Programa en la Provincia, para lo cual deberán efectuar o asistir en la formulación de los proyectos, sus evaluaciones, adquisiciones de bienes y contrataciones de obras y servicios, control y monitoreo del Programa, previsión de los fondos necesarios, fundamentalmente los de contrapartida Provincial y lograr las transformaciones institucionales previstas, que permitan una administración más eficiente. En casos particulares y por solicitud y delegación expresa de la Entidad Elegible, la UEP podrá implementar la ejecución de Subproyectos. Las UEP´s no serán financiadas con los recursos de Proyecto y las Provincias participantes se comprometerán a que las UEP´s posean personal con adecuada capacidad técnica, financiera, económica y ambiental para cumplir con las obligaciones contraídas en los correspondientes PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Convenios de Préstamo Subsidiario. Sin embargo, las Provincias podrán, en caso de ser necesario y a fin de reforzar el personal existente para el desarrollo adecuado de las actividades, requerir asistencia técnica determinada que será financiada en forma directa a través de la UEC. Durante toda la ejecución del Programa, la UEP estará encabezada por un Coordinador Ejecutivo y contará con la colaboración de un staff de profesionales, técnicos y empleados administrativos, cuyo número, aptitudes y experiencia deberán ser aceptables para el Banco. Cada Convenio Subsidiario establecerá los términos y condiciones conforme a los cuales se transferirán los fondos a cada Provincia y definirá la distribución de responsabilidades y funciones entre los organismos Provinciales a fin de administrar los recursos prestados y ejecutar los Subproyectos, respetando los principios generales volcados en el presente Manual. Funciones y responsabilidades de las UEP´s • • • • • • •

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• • • • •

Preparar, actualizar y presentar a la UEC, los Planes Estratégicos de Inversión Sectorial que perfilen la prioridad de las inversiones y políticas de inversión y subvención, en coordinación con los organismos responsables del ámbito Provincial; Preparar y presentar a la UEC, el Plan Anual de Inversiones junto al Cronograma de Metas y planificar la ejecución de cada Subproyecto siguiendo los criterios técnicos, económicos y ambientales establecidos en el Proyecto. Verificar su cumplimento; Preparar y presentar a la UEC el Plan de Adquisiciones, y actualizar el mismo, cuando corresponda; Verificar que los Municipios y Entidades Prestadoras de Servicios cumplan con los criterios de elegibilidad establecidos para participar en el Proyecto; Brindar asistencia técnica a las Entidades Elegibles en relación con el Proyecto y con la formulación de los Subproyectos, el desarrollo de los Planes, la ejecución financiera y el control interno; Coordinar la preparación y la negociación de Convenios de Subpréstamo con Municipalidades participantes y Entes Prestadores; Evaluar los Subproyectos presentados por las Entidades Elegibles considerando su viabilidad institucional, técnica, económica y ambiental según los criterios de este Manual Operativo y del Convenio de Préstamo, asegurando que las alternativas de mayor equidad y menor costo hayan sido priorizadas. Elevar a la UEC dicha documentación para su “no objeción”; Revisar las evaluaciones ambientales y supervisar la aplicación de las normas ambientales definidas en el Manual Ambiental y Social del Proyecto, a través de las unidades ambientales existentes; Monitorear y supervisar la ejecución de los Subproyectos y sus modificaciones, observando lo especificado en los Contratos y en las normas que rigen al Proyecto, determinar las medidas correctoras cuando así se requiera. Elaborar los Informes correspondientes; Supervisar y prestar conformidad a los procesos de contratación de bienes, obras y servicios realizados por las Municipalidades y Entes Prestadores; Participar en la Comisión de Evaluación de los procesos licitatorios que se realicen en el ámbito jurisdiccional de la Provincia participante; Efectuar la programación financiera y las actividades administrativas y contables, con su correspondiente registro, que se requieran para el funcionamiento del Proyecto en lo que respecta a la Provincia; Administrar las Cuentas del Proyecto, y prever los fondos y gestionar las transferencias necesarias para que el mismo se desenvuelva sin inconvenientes y de acuerdo a lo programado; Supervisar la gestión de las Cuentas de las Entidades Elegibles y verificar los depósitos complementarios para los desembolsos requeridos;

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Aprobar las solicitudes de pagos elevadas por las entidades elegibles, controlando la información y los documentos necesarios para solicitar ante la UEC los pagos que correspondan efectuar; Efectuar las rendiciones de las solicitudes de pago oportunamente enviadas a la UEC, y desembolsadas por ésta a las Entidades Elegibles; Coordinar y presentar ante la UEC, los informes operacionales, financieros y de seguimiento del Proyecto estipulados en el Convenio de Préstamo, en el Convenio Subsidiario y en el presente Manual; Implementar y/o revisar e informar a la UEC sobre avance de los sistemas de recupero de inversiones estipulados en los Subproyectos de esa Provincia; Gestionar el pago de los servicios correspondientes al Contrato de Préstamo Subsidiario; Atender a los requerimientos de la Auditoría Externa y/o los revisores técnicos independientes; Implementar, en casos particulares y por solicitud y delegación expresa de la Entidad Elegible, la ejecución de Subproyectos; Realizar, otras actividades que se encuentren establecidas en el Convenio de Préstamo y el presente Manual.

Ejecución a Nivel de Municipalidades y Entes Prestadores Las Municipalidades o Entes Prestadores de Servicios serán los responsables directos de la ejecución de los Subproyectos y tomarán las medidas apropiadas para desarrollar las capacidades técnicas, financieras y ambientales durante su implementación, bajo la supervisión de las UEP´s y la UEC. Funciones y responsabilidades de las Municipalidades y Entes Prestadores • • • • • • • • • • • • •

Elaborar el Plan Estratégico de Inversión y el Plan Anual de Inversión de las obras a su cargo junto al Cronograma de Metas; Preparar y presentar a la UEP la documentación técnica, económica, socio – ambiental de los Subproyectos, para su remisión a la UEC y/o al Banco, según corresponda; Preparar las evaluaciones ambientales y supervisar la aplicación de las normas ambientales definidas en el Manual Ambiental y Social del Proyecto, a través de las unidades ambientales existentes; Preparar y presentar a la UEP la documentación de los Subproyectos de Fortalecimiento Institucional, para su remisión a la UEC y/o al Banco, según corresponda; Elaborar y presentar a la UEP, el Plan de Adquisiciones de los Subproyectos a su cargo; Confeccionar y presentar a la UEP la documentación licitatoria de los Subproyectos, conforme las normativas del Proyecto, para su remisión a la UEC y/o al Banco, según corresponda; Realizar las adquisiciones de bienes, obras y servicios correspondientes a los Subproyectos, con la asistencia y la aprobación de la UEP y bajo la supervisión de la UEC, conforme los procedimientos establecidos en el presente Manual; Ejecutar los Subproyectos observando las normas que rigen al Proyecto; Verificar el cumplimiento de los contratos en los aspectos técnicos como ambientales, y proponer las medidas que han de arbitrarse para resolver conflictos contractuales que ocurrieran; Realizar la inspección física de las obras con su correspondiente certificación, y la certificación de la finalización de las mismas; Presentar a la UEP los Informes periódicos estipulados en el presente Manual, y aquellos que fueran requeridos por la UEP, la UEC y/o el Banco; Organizar y llevar archivos que contengan toda la información de los Subproyectos; Administrar la Cuenta del Subproyecto, e informar su estado y movimientos a requerimiento de la UEP, UEC y/o el Banco;

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• • • • • •

Preparar la información y los documentos necesarios para solicitar los pagos que corresponda efectuar a los contratistas. Realizar el pago; Efectuar las rendiciones de las solicitudes de pago oportunamente enviadas a la UEP, y desembolsadas por la UEC; Presentar el Plan de Operación y Mantenimiento de los Subproyectos bajo su responsabilidad; Implementar e informar a la UEP sobre el avance del sistema de recupero de inversiones estipulado en cada Subproyecto; Atender a los requerimientos de la Auditoría Externa y/o revisores técnicos independientes; Realizar otras actividades que se encuentren establecidas en el Convenio de Préstamo y el presente Manual.

Implementación de Subproyectos en Areas Concesionadas En el caso de que se ejecute un Subproyecto en un área concesionada, se debe cumplir la condición de que el mismo haya sido preparado de conformidad con el Proveedor de Servicio declarado elegible que desee y pueda prestar el servicio y mantener los nuevos activos de manera sustentable. Esto se verá reflejado en un “contrato vinculante” entre la Provincia Participante y el Proveedor, que indicará, entre otras cosas, las reglamentaciones aplicables, las obligaciones contractuales, las normas, la ubicación de las inversiones y los mecanismos de recuperación de costos. Dicho “contrato vinculante” deberá estar diseñado de forma tal que no prejuzgue el resultado de las negociaciones pendientes o de contratos futuros. Implementación de Subproyectos en Areas antes Concesionadas. En el improbable evento de que las obras sean propuestas para ser llevadas a cabo en áreas sin concesión, de manera consistente con la condicionalidad introducida en la última modificación al Proyecto de Reformas del Sector de Aguas (Préstamo BIRF Nº 4484-AR), no se realizará financiamiento por parte del Banco si la concesión ha finalizado y el concesionario de la misma ha iniciado acciones legales u otro mecanismo de resolución de disputas para lograr el reestablecimiento de dicha concesión.

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CAPÍTULO III: LOS SUBPROYECTOS

MARCO GENERAL El Proyecto financiará la formulación y ejecución de los Subproyectos conforme los Componentes A y B establecidos en el presente Manual de aquellos Municipios y/o Entes Prestadores de las Provincias participantes que hayan reunido las Condiciones de Elegibilidad arriba estipuladas. Los Subproyectos serán propuestos por el Municipio y/o los Entes Prestadores ante las UEP´s, quien previa aprobación, remitirá para su “no objeción” a la UEC y/o el Banco, según corresponda. Los mismos deberán encontrarse dentro del Plan Estratégico de Inversión Sectorial Provincial y Municipal. Asimismo, se confeccionará un Cronograma de Metas (CM) que deberá cumplir cada Provincia, el cual deberá contener los parámetros que permitan monitorear el Proyecto y reflejar el grado de éxito alcanzado en la ejecución por cada Provincia. El que a su vez, deberá corresponderse con el Plan Anual de Inversiones (PAI) que contendrá las principales actividades a desarrollar por la Provincia en el Proyecto y los correspondientes flujos financieros, integrados por los aportes del financiamiento proveniente del BIRF y los de contrapartida local necesarios para la ejecución del Proyecto. Este PAI será actualizado anualmente. El Plan Anual de Inversiones será acordado entre cada UEP, la UEC y el Banco, y formarán parte de un Informe de Evaluación. En el Anexo 9 del presente Manual se presenta un modelo del Plan Anual de Inversiones. Las Entidades Elegibles podrán presentar más de un Subproyecto para su financiamiento, siempre que su capacidad de endeudamiento se lo permita, y no serán financiables los trabajos u obras ejecutadas por administración ni la adquisición de materiales con tales destinos. Intervención del Banco Requerirá la aprobación previa del Banco: (a) (b) (c)

Cada Subproyecto de Infraestructura Básica cuyo costo ascienda a U$S 3.000.000 o más; Cada Subproyecto de Suministro de Agua y Cloacas que consista en la construcción y/o rehabilitación de plantas para el tratamiento de aguas residuales y disposición final sin tener en cuenta su costo; Cada Subproyecto, con exclusión de los mencionados en los puntos (a) y (b), durante los trescientos sesenta días inmediatamente posteriores a la Fecha de Efectividad del Proyecto.

ELEGIBILIDAD DE LOS SUBPROYECTOS Los subproyectos serán clasificados en base a criterios institucionales, técnicos, económicos, financieros y socio-ambientales. Específicamente, los cuatro niveles de la clasificación de elegibilidad de los subproyectos incluyen:

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1) 2)

3) 4)

Criterios Institucionales. A los efectos de garantizar la apropiación de los beneficios de los Subproyectos a ejecutarse en el contexto del Proyecto, los mismos deberán satisfacer alguna de las condiciones institucionales detalladas en el presente Capítulo. Criterios Técnicos. Los criterios se diferencian por sector y la naturaleza de las inversiones del Subproyecto. El marco de elegibilidad técnica enfatiza la identificación de soluciones de menor costo a través de una evaluación de alternativas, incremento del acceso a los servicios, mejora de la eficiencia operativa y comercial, demanda de gestión y soluciones técnicas adecuadas en la “medida correcta”. Criterios Económicos y Financieros. Los Subproyectos serán evaluados para asegurar que posean resultados financieros y económicos positivos, conforme a la Metodología de Evaluación Económica de los Subproyectos estipulada en el presente Capítulo. Criterios Ambientales y de Seguridad. Los Subproyectos serán analizados en su cumplimiento con políticas ambientales y otras políticas de seguridad, conforme el Marco Ambiental y Social estipulado en el presente Manual.

Tanto la UEC como cada Provincia Participante deben verificar el cumplimiento continuo por parte de las Entidades Elegibles pertinentes, de los criterios de elegibilidad correspondientes, para participar en el Proyecto. Los proyectos deberán ser presentados para su aprobación siguiendo las Guías de Formulación que se encuentran en el Anexo 10: Guías para la Formulación de Proyectos. Cuando los Subproyectos no cumplan con algunos de los criterios, no serán rechazados de inmediato, sino que el personal técnico dentro de las Unidades Ejecutoras Provinciales (UEPs), la UEC y/o los consultores contratados en su nombre trabajarán con las Entidades Elegibles para rediseñar los mismos a fin de que puedan ser considerados para el financiamiento durante la implementación del Proyecto. Criterios Institucionales Los proyectos a ser financiados con los recursos del Programa, deberán asegurar que las inversiones físicas sean de incumbencia Municipal. Para que se verifique esa condición se deberán cumplir alguno de los siguientes criterios: (a) (b) (c) (d)

Que las inversiones sean llevadas a cabo por las autoridades Municipales o por su delegación formal, conservando el Municipio su capacidad de participación en la regulación y control de los servicios; Que finalizada la inversión física, la Municipalidad sea responsable, por sí o por delegación formalmente establecida, de la operación y el mantenimiento; Que finalizada la inversión física sea el Municipio quién participe en el cálculo de la tarifa o el pago correspondiente; Que, cuando las inversiones sean llevadas a cabo por organismos sectoriales del ámbito provincial o por su delegación formal, los Subproyectos sean de utilidad de los Municipios y puedan preverse mecanismos por medios de los cuales se genere, algunas de las siguientes condiciones: 1) una participación del Municipio en el diseño de la obra; 2) la participación del Municipio en el control y regulación de las prestaciones; 3) la intervención del Municipio en el análisis de las tarifas; 4) la contribución financiera de los vecinos en el repago de la obra y su aporte a la cobertura de los costos de operación y mantenimiento, 5) la participación de la Municipalidad, por sí o por delegación formalmente establecida, en la operación y el mantenimiento de la inversión.

Cuando el servicio sea prestado por un Ente Prestador, el Subproyecto presentado será elegible si se cumple lo establecido en el punto (d) y/o la autoridad municipal retiene la capacidad de supervisión o control sobre la prestación del servicio. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Criterios de Elegibilidad Técnica Para ser financiados bajo el proyecto, los subproyectos deberán cumplir con los siguientes criterios de elegibilidad técnica. 1. Subproyectos de Abastecimiento de Agua a) Criterios de aplicación general 1. El sistema de abastecimiento cuenta con macromedición por áreas, o el Subproyecto incluye su instalación dentro de las inversiones propuestas. 2. El sistema de abastecimiento tiene instalados dispositivos que garanticen la desinfección del agua, o el Subproyecto incluye su instalación dentro de las inversiones propuestas. 3. El Subproyecto beneficia a una población que tiene un IPMH (Indice de Privación Material de Hogares) promedio mayor o igual al 50%. Si la población tiene un IPMH menor del 50% se deberá justificar las razones por las que se da prioridad al Subproyecto y ser sometido al Banco para su aprobación. 4. La localidad cuenta con Catastro, o el Subproyecto incluye su realización dentro de las inversiones propuestas. 5. La red secundaria está integrada en redes primarias existentes, o el Subproyecto incluye la ampliación o construcción de la red primaria dentro de las inversiones propuestas. 6. En el caso de que el Subproyecto incluya áreas de servicio bajo concesión, el operador gestiona el servicio bajo un contrato vinculante con el concedente que garantice su sostenibilidad económico/financiera a largo plazo. b) Ampliación, mejoras y/o construcción de captaciones de agua 1. El sistema de abastecimiento, una vez ejecutado el Subproyecto, está diseñado para una dotación entre 250 y 300 litros por habitante y día. Si se utiliza una dotación menor de 250 l/hd, se deberá justificar en la propuesta que la población servida antes del proyecto recibe un servicio adecuado con dicha dotación. 2. El sistema de tratamiento tiene capacidad para garantizar la potabilidad del caudal de diseño de la captación, o el Subproyecto incluye la construcción o ampliación de dicho sistema dentro de las inversiones propuestas. c) Ampliación de la capacidad de tratamiento y/o construcción de planta 1. El sistema de abastecimiento, una vez ejecutado el Subproyecto, está diseñado para una dotación entre 250 y 300 litros por habitante y día. Si se utiliza una dotación menor de 250 l/hd, se deberá justificar en la propuesta que la población servida antes del proyecto recibe un servicio adecuado con dicha dotación. 2. La capacidad de almacenamiento del sistema de abastecimiento es mayor o igual al 50% del consumo diario, o el Subproyecto incluye la construcción o ampliación del almacenamiento dentro de las inversiones propuestas. d) Modificación del tipo de tratamiento de agua de la planta potabilizadora 1. El sistema de abastecimiento, una vez ejecutado el Subproyecto, está diseñado para una dotación entre 250 y 300 litros por habitante y día. Si se utiliza una dotación menor de 250 l/hd, se deberá justificar en la propuesta que la población servida antes del proyecto recibe un servicio adecuado con dicha dotación. 2) El agua producida no cumple con los niveles de calidad fijados por la Ley de Saneamiento de la Provincia o Norma fijadas por Organismos Nacionales o Provinciales. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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e) Ampliación de la capacidad de almacenamiento de agua 1. El sistema de abastecimiento, una vez ejecutado el Subproyecto, está diseñado para una dotación entre 250 y 300 litros por habitante y día. Si se utiliza una dotación menor de 250 l/hd, se deberá justificar en la propuesta que la población servida antes del proyecto recibe un servicio adecuado con dicha dotación. 2. La capacidad actual de almacenamiento es inferior al 50% de la necesaria para abastecer a la población servida por la red, con la dotación prevista. 3. La planta de tratamiento tiene la capacidad necesaria para abastecer a la población servida por la red, con la dotación prevista f) Sustitución de redes de distribución 1. El sistema de abastecimiento, una vez ejecutado el Subproyecto, está diseñado para una dotación entre 250 y 300 litros por habitante y día. Si se utiliza una dotación menor de 250 l/hd, se deberá justificar en la propuesta que la población servida antes del proyecto recibe un servicio adecuado con dicha dotación. 2. La micromedición en la red de abastecimiento actual7 es mayor del 30%. 3. Mas del 70% de la población del área urbana del municipio posee suministro de agua potable8. 4. El rendimiento de la red es menor del 60%9. g) Ampliación de red de distribución 1. El sistema de abastecimiento, una vez ejecutado el Subproyecto, está diseñado para una dotación entre 250 y 300 litros por habitante y día. Si se utiliza una dotación menor de 250 l/hd, se deberá justificar en la propuesta que la población servida antes del proyecto recibe un servicio adecuado con dicha dotación. Subproyectos de Cloacas yDepuración de Aguas Residuales a) Condiciones generales 1. Al menos el 70% de la población posee abastecimiento de agua potable. El abastecimiento de agua deberá: (i) estar diseñado para una dotación entre 250 y 300 litros por habitante y día; y (ii) poseer macromedición de la totalidad del agua producida. 2. El Subproyecto beneficia a una población que tiene un IPMH (Indice de Privación Material de Hogares) promedio mayor o igual al 50%. Si la población tiene un IPMH menor del 50% se deberá justificar las razones por las que se da prioridad al Subproyecto y ser sometido al Banco para su aprobación. 3. La localidad cuenta con Catastro, o el Subproyecto incluye su realización dentro de las inversiones propuestas. 7 Si el Subproyecto considera paralelamente la instalación de medidores de agua para mas del 30% de los usuarios de la red, se supera este criterio El Subproyecto deberá contemplar: i) la instalación de micromedidores de agua en un 100% en usos comerciales, industriales, usos privados (salud, educación, etc.) y ii) mejoras en la red de distribución que tengan como objetivo reducir la dotación como mínimo hasta el nivel establecido. Se define como dotación al caudal de agua producida para el área del subproyecto dividida la cantidad de habitantes de esa área. (si actualmente no existe macromedición específica del área deberá realizarse una estimación con su justificación). 8 Se entiende por porcentaje de población abastecida el porcentaje de la población que posee abastecimiento de agua de red mas el porcentaje que posee agua propia, siempre que la calidad de la misma sea la adecuada. Si el Subproyecto contempla la ampliación de la red hasta una cobertura de al menos el 70% se cumple este criterio. 9 Se entiende por rendimiento de la red la división entre el caudal de agua medido en los micromedidores (en el caso de no existir la micromedición se sustituye por dotación en red superior a 300 litros x habitante x día) y el caudal introducido en la red (la red deberá posees macromedición para el total del agua producida). PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008 45

4. La red secundaria está integrada en redes primarias existentes, o el Subproyecto incluye la ampliación o construcción de la red primaria dentro de las inversiones propuestas. 5. En el caso de que el Subproyecto incluya áreas de servicio bajo concesión, el operador gestiona el servicio bajo un contrato vinculante con el concedente de la concesión que garantiza su sostenibilidad económico/financiera a largo plazo. b) Remodelación ó sustitución parcial o total de la red de cloacas existentes – zona urbana 1. Al menos un 40% de la población cuenta con servicio de cloacas. 2. La antigüedad media del tramo de red existente a sustituir es mayor de 20 años. 3. Si el Subproyecto incluye estaciones de bombeo, esta debe ser la única alternativa posible (por diferencias de cotas). Si existe alguna posibilidad de transporte del fluido sin colocación de bombeos, se deberá demostrar mediante el análisis de alternativas que los costos de construcción y de explotación a 20 años del bombeo es la alternativa de menor coste total10. c) Ampliación de red de cloacas en zona urbana Sin límite. d) Remodelación, ampliación y/o construcción de red de cloacas en zona rural dentro del ejido municipal11 Sin límite e) Construcción de planta de tratamiento de aguas residuales El Subproyecto incluye un estudio de alternativas que analiza, como mínimo: 1. La capacidad de auto-depuración del medio receptor para el vertido previsto en cada alternativa. 2. La alternativa más viable a partir del estudio técnico/económica de los costos de inversión y explotación, para una vida útil de 20 años. Subproyectos de Drenaje a) Condiciones generales 1. El Subproyecto es parte integral de un Plan Maestro a nivel de cuenca de drenaje, o bien incluye la ejecución de dicho plan entre las inversiones propuestas, siempre y cuando no sea necesario contar técnicamente con el mismo para la formulación o ejecución del Subproyecto. 2. El Subproyecto incluye tanto medidas estructurales como no estructurales, tales como: mejora de zonas de infliltración, control de residuos sólidos, etc. 3. El diseño incluye a) la determinación de las manchas de inundación, y b) un análisis de alternativas. b) Construcción de red de pluviales y/o extensión de la existente

10 A valor presente 11 Para zonas rurales dentro del ejido municipal, si necesita planta, sólo son elegibles aquellos tratamientos locales mediante plantas de aguas residuales compactas de sistemas de bajo costo (sedimentación – digestión/filtro biológico, desbastes/lagunas, etc.). PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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1. Si la extensión de la red no afecta a la totalidad del área urbana, la zona incluida en el Subproyecto es la de mayor riesgo potencial de inundación. 2. Período de Recurrencia: 5 años, salvo en casos que la normativa provincial establezca otros valores debidamente justificados. 3. El coeficiente de escorrentía utilizado en el diseño es mayor que 0,60, salvo en casos que la normativa provincial establezca otros valores debidamente justificados. 4. El diseño de las obras de drenaje, pluviales y obras menores incluye: a) la cuantificación del aporte hídrico de la cuenca que se debe evacuar, b) la verificación de que el lugar de descarga no ocasione ningún perjuicio, c) dispositivos para evitar el ingreso de las aguas en época de crecida y d) un sistema que permita evacuar las aguas de lluvia en crecida de los cauces receptores mediante los sistemas de bombeo necesarios. Subproyectos de accesos, arterias troncales y mejoramiento vial 1. Las vías afectadas por el Subproyecto cuentan con una cobertura total del servicio de cloaca, salvo en accesos a Municipios a ser construidos en áreas no pobladas. 2. La obra está priorizada por Plan Urbano Territorial o el Plan de Inversiones de Infraestructura Vial de la provincia12 3. El diseño técnico incluye: (i) el censo de tránsito en arterias principales; (ii) el análisis costo beneficio; y (iii) la justificación de que se trata de la alternativa técnica de menor costo para el beneficio propuesto. Subproyectos de Caminos Productivos. El diseño incluye (i) el análisis costo beneficio; (ii) la justificación de que se trata de la alternativa técnica de menor costo para el beneficio propuesto y (iii) la justificación de que para las inversiones propuestas, la solución técnica es la apropiada para el flujo de vehículos previstos y la carga estimada, en base al análisis de: 1) 2) 3) 4) 5)

Producción de la zona de referencia. Volumen de producción. Mano de obra ocupada. Infraestructura productiva de la zona de referencia. Cantidad de productores.

EVALUACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA DE LOS SUBPROYECTOS

Consideraciones Generales Las Provincias y Entidades Elegibles deberán utilizar la metodología de evaluación técnica, económica y ambiental adoptada para este Proyecto propuestas en las Guías para la Formulación de Proyectos que forman parte del presente Manual como Anexo 10. La evaluación económica de los Subproyectos, se realizará con un enfoque económico – financiero bajo un análisis de costo beneficio. El análisis costo beneficio servirá para determinar: (a) la

12 Se considerarán prioritariamente subproyectos para (i) el mejoramiento de la accesibilidad a: a) edificios públicos esenciales (escuelas, hospitales, estaciones de transporte), b) barrios de accesibilidad limitada y c) centros comerciales, o para (ii) el mejoramiento de la circulación del auto transporte con: a) aumento en la cantidad de pasajeros transportados, b) nuevas líneas, c) aumento de las unidades de las líneas existentes, d) aumento de las frecuencias de las líneas existentes, e) acortamiento de distancia o tiempo y f) redistribución del flujo vehicular con descongestionamiento de vías saturadas y aumento de la oferta vial. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008 47

viabilidad económica financiera de los Subproyectos de inversión individuales; (b) los impactos de la inversión y (c) los perfiles de riesgo para cada Subproyecto. Del resultado de la evaluación económica, serán financiables aquellos Subpproyectos cuyo Valor Actual Neto (VAN), calculado con una tasa del 12%, sea mayor a cero o una Tasa Interna de Retorno (TIR) mayor o igual al 12%, seleccionando la estrategia óptima entre las evaluadas. El beneficio neto de un Subproyecto será igual a la diferencia entre los beneficios incrementales y los costos incrementales de dos clases: “con” y “sin” proyecto. La clase “con” proyecto considerará el programa de inversión propuesto y sus objetivos. La clase “sin” proyecto considerará que nada se hace y que la situación actual continuará. El curso de los flujos financieros será entonces ajustado para que el impacto de impuestos y de subsidios llegue a los flujos económicos de costos y beneficios. Evaluación financiera El análisis financiero de los Subproyectos deberá medir el flujo de costos y beneficios con precios del mercado. La viabilidad financiera de cada subproducto se evaluará a partir del punto de vista de la inversión total, que, excluyendo el costo de financiación, permitirá una evaluación más exacta de las ganancias financieras del Subproyecto. El beneficio financiero neto de cada Subproyecto será igual a la diferencia entre los beneficios incrementales y los costos incrementales de dos clase: proyecto “con” y “sin”. Para proyectos “sin”, se utilizarán las tarifas actuales y los gastos operativos, mientras que para los proyectos “con”, se considerarán los costos adicionales requeridos por los Entes Elegibles. El costo adicional consistirá en un impuesto imponible a los beneficiarios para financiar los costos de inversión en forma parcial. En general, se los conoce como “contribución de/por mejoras” y cada Entidad Elegible definirá su propia política para establecer esta variable de costo entre sectores. Cada Subproyecto deberá ser evaluado midiendo su flujo de costos y beneficios durante la vida de cada inversión (estimado en 20 años para agua, cloacas y drenaje, y 10 años para la pavimentación de caminos). El índice de descuento será 12%, calculado como costo de oportunidad del capital de la Argentina y el flujo de beneficios deberá estimarse de acuerdo con el tipo de trabajo a realizar. Para los Subproyectos de agua, los beneficios incluirán: (a) aumentos en la cobertura; (b) reducción de costos debido a las pérdidas físicas menores; (c) mejoramiento de la calidad del agua; (d) disminución del racionamiento; (e) continuidad y costos marginales por uso de fuentes alternativas y (f) reducción de costos operativos para el proveedor de agua. Para los Subproyectos referidos a cloacas, los beneficios incluirán los siguientes: (a) aumentos en la cobertura; (b) mejoras en el servicio para los usuarios actuales y (c) tratamiento de desechos, ahorros obtenidos por cobertura alternativa. En cuanto a los Subproyectos de drenaje, deberán estimarse los beneficios según: (a) el ahorro en costos operativos y de mantenimiento y (b) la disminución de problemas causados por la interrupción del tránsito debido a inundaciones por lluvia. En cuanto a Subproyectos de pavimentación de caminos, los beneficios se estimarán según: (a) ahorro en costos operativos de vehículos; (b) ahorro en los desembolsos por mantenimiento de caminos; (c) donde fuere aplicable, los beneficios exógenos a partir de la pavimentación del camino y d) ahorro en tiempo de viaje, tanto para transporte de carga como de pasajeros. Para los caminos productivos, el Proyecto utilizará un derivado del Modelo de Administración y Desarrollo de Autopistas del Banco a fin de evaluar la factibilidad económica y financiera de los Subproyectos, el cual se presenta en el Anexo 11 de este Manual. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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En aquellos Subproyectos en que no se pueda identificar claramente a los beneficiarios directos o que las condiciones socio-económicas de la población lo requieran, se podrá recuperar el costo de la inversión a través de rentas generales. En este caso los subsidios deberán identificarse y explicitarse en el presupuesto de la Entidad Elegible, debiendo demostrarse que el Subproyecto no transformará en déficit, el resultado de la cuenta corriente de la Entidad Elegible. Cálculo de Costos Estimados y Costos de Inversión El flujo de costos deberá consistir en el análisis de la inversión y de los costos operativos. El cálculo de costos económicos se debe efectuar sacando los impuestos y agregando los subsidios de los costos financieros. Todos los costos deberán ser expresados a precios constantes a una fecha. Los costos de inversión se calcularán para incluir la preparación del Subproyecto, las contingencias físicas y la supervisión. El cálculo “con” proyecto también deberá incluir todos los costos de equipamiento que necesitan reemplazo durante el curso del Subproyecto, tales como el costo de los medidores (en los Subproyectos de agua) y de equipos electromecánicos. Se podrán considerar como costos económicos aquellos que son pagados por los clientes y no por el servicio, tales como las conexiones dentro de la vivienda en los Subproyectos de desagüe. Operación y Mantenimiento La Operación y Mantenimiento (O&M) incluirá el costo laboral, los productos químicos (aplicables en proyectos de agua y desagüe), la energía, y todos los costos administrativos. Los costos de O&M para la alternativa “sin” proyecto deberán considerar los costos actuales por unidad. Los costos O&M en el cálculo “con” proyecto, incluirán todos los costos operativos generados con el Subproyecto. Los costos laborales en Subproyectos de agua y de drenaje se deberán calcular teniendo en cuenta el número de empleados por 1.000 conexiones de agua (productividad laboral) por el número de conexiones por costo promedio por empleado. Los productos químicos y la energía se calcularán basándose en requerimientos proyectados y costos por unidad. Otros costos deberán ser calculados como porcentaje de costos directos. Para los Subproyectos de drenaje así como también para los de pavimentación de caminos, los costos operativos deberán considerar el costo de mantenimiento por km. de camino, asfalto, y costos de personal. Recupero de costos Las Entidades Elegibles, deberán establecer el costo antes de que la inversión comience su implementación, para que los beneficiarios sepan de ante mano la suma que deberán abonar y las condiciones financieras relacionadas. Si la recaudación no pudiera cubrir la totalidad del recupero del costo de la inversión, la brecha financiera que se produce deberá salvarse con los recursos de las Entidades Elegibles y/o, eventualmente, con los recursos de la Provincia. Es requisito que durante la vigencia del Contrato de Subpréstamo se verifique una cobrabilidad del costo de la operación y mantenimiento de la facturación de recupero. Si no se cumpliera, la Entidad Elegible deberá implementar un programa, debidamente aprobado por la UEP y la UEC, conducente a corregir dicho incumplimiento. Si las medidas no fueran implementadas por la Entidad Elegible no se podrá contratar la ejecución de nuevos Subproyectos financiados por el Proyecto, aún cuando éstos se encontraran aprobados. En aquellos Subproyectos en que no se pueda identificar claramente a los beneficiarios directos o que las condiciones socio-económicas de la población lo requieran, se podrá recuperar el costo de la inversión a través de rentas generales, en la medida que se asegure la sustentabilidad fiscal de la Entidad Elegible. Como parámetros indicativos los Subproyectos de agua que requieran subsidios para cubrir los costos de inversión, no deberán superar el 60 % de la inversión, mientras que los Subproyectos de cloacas, y en casos excepcionales, podrían ser subsidiados hasta un 90 % del costo de inversión. En PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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el caso de los Subproyectos de pavimentación de caminos, estarán cubiertos por el gravamen, y algunos podrán requerir subsidios razonables. Análisis de sensibilidad A los efectos de conocer la sensibilidad de los Subproyectos al cambio en algunos de sus parámetros, se deberá verificar que un aumento del 10% en los costos o una reducción del 10% en los beneficios no afectan sustancialmente los resultados de la evaluación económica. A modo indicativo, algunas variables identificadas como aquellas que provocan mayor riesgo con respecto al resultado esperado son (i) excederse en costos de inversión, (ii) excederse en costos de operación y mantenimiento y (iii) la variación en los beneficios. Sustentabilidad A los efectos promover la sustentabilidad de las inversiones, las mismas deberán asegurar que (a) las decisiones referidas a una o varias inversiones sean reducidas a aquellas que sean adecuadas, (b) que se encuentre establecido en el Subproyecto un mecanismo que asegure la recuperación del costo de los gastos de operación y mantenimiento a través de tarifas y costos explícitos para usuarios y (c) que estén presentes en el Subproyecto actividades que apoyen la mejora en la sustentabilidad del total de la prestación de servicios a través de la creación de capacidad técnica, administración comercial y planeamiento. Fortalecimiento institucional Para mejorar la implementación así como también la sustentabilidad de las inversiones, los Subproyectos podrán estar acompañados de fortalecimiento institucional cuando fuere necesario. Para Subproyectos que incluyan la toma de préstamos por parte de proveedores de servicios (Municipios u Operadores), se realizará una evaluación del desempeño institucional y operativo que revisará: (i) (ii)

Los índices de recaudación o porcentaje de cobrabilidad (sobre los servicios de saneamiento para los Subproyectos del sector, o tasas generales o específicas para los Subproyectos de drenajes y mejoramiento vial), y El desempeño financiero medido en relación entre los Recursos Corrientes y Gastos Corrientes del Municipio, o en el caso de un Operador, los ingresos operativos por servicio y los costos operativos del mismo.

Niveles de Desarrollo y Clasificación de Prestadores Los proveedores de servicios con tasas de recaudación o de cobrabilidad por debajo del 70% o con ingresos por debajo del 100 % de los costos, estarán en la clasificación Nivel 1. Aquellos que tengan ambos indicadores superando los índices arriba establecidos (mayores al 70% y mayores al 100 % respectivamente) se clasificarán en el Nivel 2. En caso de no disponerse de información, se clasificará en el Nivel 1. La clasificación se hará tomando como referencia el indicador con el nivel más bajo. Es decir, si los valores se presentan en diferentes niveles, se clasificará el Municipio (o el operador) en el nivel de desarrollo que corresponda al indicador que presente mayor ineficiencia. Para los proveedores de servicios dentro de la categoría Nivel 1, la financiación del Subproyecto irá acompañada de un Subproyecto de Fortalecimiento Institucional. Para los proveedores de servicios en la categoría Nivel 2, el Subproyecto deberá considerarse sin el fortalecimiento institucional.

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El Nivel 1, es aquel en el cual el Municipio (o el operador) requiere de mejoras institucionales y operativas. En este caso, el Subproyecto sólo será financiado si se acompaña con medidas de mejoramiento y los indicadores de monitoreo serán los correspondientes a los programas de fortalecimiento definidos y a las metas a ser alcanzadas con el Subproyecto. El Nivel 2, es el del desarrollo más alto, en el cual el Municipio (o el operador) presenta una situación financiera y operativa sólida. En este caso se financiará el Subproyecto aprobado y los indicadores de monitoreo serán sólo los del Subproyecto. Indicadores financieros para clasificación de los proveedores de servicios Indicador Porcentaje de cobrabilidad o Indice de Recaudación Ingresos Corrientes / Gastos Municipales o Ingresos Operativos13/ Costos Operativos

Nivel Desarrollo 1

Nivel Desarrollo 2

< 70 %

≥ 70 %

< 100 %

≥ 100 %

Clasificación de los prestadores Nivel Desarrollo del Prestador

Financiamiento del Subproyecto

Nivel 1

- Subproyecto de Inversión (Componente A) - Subproyecto de Fortalecimiento Institucional (Componente B)

Nivel 2

- Subproyecto Inversión (Componente A)

Variables de Monitoreo y Supervisión - Indicadores con metas del Subproyecto - Variables del mejoramiento institucional

- Indicadores con metas del Subproyecto

Variables de Monitoreo y Supervisión En el desarrollo del fortalecimiento institucional u operativo, se medirán los siguientes indicadores para cada nivel: a)

b)

Nivel 1. Indicadores de las metas a alcanzar con el Subproyecto e indicadores del fortalecimiento. Dichos indicadores deberán incluir como mínimo lo siguiente: (i) metas a ser alcanzadas con el Subproyecto, que variarán de acuerdo con los objetivos a ser alcanzados. A manera indicativa, para los servicios de agua y cloaca: cobertura del servicio, continuidad, calidad del agua; para los servicios de drenaje: km de tubería a ser instalados; y en mejoramiento vial: km. pavimentados. (ii) metas de las mejoras institucionales que dependerán de los programas definidos para cada prestador. Entre otros, deberán considerarse para los servicios de agua y cloaca: medición (cobertura y eficiencia), cobrabilidad, agua no facturada, índice de recuperación de costos (índice operativo), productividad laboral (empleados por 1000 conexiones), mejoras en el sistema de facturación y cobro, mejoras en el índice de recuperación de costos operativos (índice operacional); para servicios de drenaje y mejoramiento vial: recaudo (ó rotación de cuentas por cobrar), índice de recuperación de costos (índice operativo), mejoras en el sistema de facturación, mejoras en los programas de mantenimiento de arterias pavimentadas y de redes de drenaje, mejoras en la relación ingresos y gastos corrientes. Nivel 2. Indicadores que reflejen las metas a alcanzar con el Subproyecto, en función de los objetivos del mismo.

13 Sin contar transferencias de otras jurisdicciones PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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La metodología a seguir para la presentación de los Subproyectos de Fortalecimiento Institucional se encuentra en el Anexo 10 del presente Manual.

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CAPITULO IV: MARCO AMBIENTAL Y SOCIAL

INTRODUCCIÓN El presente Capítulo Ambiental define una guía práctica y eficiente que, con base en la Legislación Ambiental Nacional, Provincial y Municipal, y las Políticas de Salvaguarda del Banco Mundial (PSBM), asegure la sostenibilidad socio-ambiental de los Subproyectos integrantes del Proyecto, al prevenir y minimizar los efectos negativos y maximizar los beneficios de las obras ejecutadas. Entre los principales objetivos del presente, pueden mencionarse los siguientes: • • • •

Suministrar el marco de referencia para la consideración de los aspectos ambientales y sociales vinculados a las distintas etapas de las obras a ejecutar. Desarrollar los criterios y metodologías que consideren los aspectos ambientales y sociales. Definir una metodología para la categorización ambiental y social de los Subproyectos en función del nivel de riesgo socio-ambiental y los estudios requeridos en función de dicho riesgo y el cumplimiento con la legislación ambiental. Determinar los instrumentos de gestión de las Municipalidades, con el fin de asegurar la incorporación de las variables ambientales y sociales durante el ciclo de Subproyecto

Este Capítulo, como parte integrante del Manual Operativo, desarrolla los procedimientos para considerar y aplicar criterios ambientales y sociales en las distintas etapas de las obras a realizar dentro del Proyecto y en la evaluación y control de sus efectos negativos. El Pliego Particular de cada obra, incluirá los resultados de los estudios ambientales realizados por los Responsables Ambientales y, en función del nivel de riesgo socio-ambiental de los Subproyectos, los requerimientos a solicitar al Contratista. El presente Capítulo ha sido diseñado para uso interno de las Entidades Elegibles, Contratistas y Público en general. Se desarrolla en cuatro títulos que, sumariamente, contemplan: •

• • •

Planificación y Evaluación Ambiental. Fundamentos y conceptos básicos para incorporar los aspectos socio-ambientales en las distintitas Obras del Programa y los criterios generales para la evaluación de impacto ambiental a realizar. Está destinado al uso interno de la Entidad Elegible, Contratistas y Público en general. Estudios Socio-ambientales. Determinan los diferentes niveles de riesgo socio-ambiental, según las características de Subproyecto, identificando los estudios a realizar por los Responsables Ambientales de las Entidades Elegibles y los Contratistas. Gestión Ambiental. El rol del Responsables Ambientales. Está dirigido a técnicos, profesionales y funcionarios de la Entidad Elegible Medidas de Mitigación y Fiscalización. Normas generales y específicas para evitar deterioros en el ambiente y los mecanismos de fiscalización y control. Dirigido al uso de la Entidad Elegible, Contratistas y Público en general.

Cabe destacar que este documento debe ser dinámico y podrá actualizarse periódicamente, con el fin de lograr un mejoramiento continuo de la gestión socio-ambiental incorporando elementos hacia este fin.

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PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN AMBIENTAL La planificación y evaluación ambiental debe considerar, entre sus objetivos fundamentales: • • •

Proporcionar los conceptos ambientales para la planificación y diseño de la obra. Establecer los requerimientos básicos para la gestión ambiental en cada etapa de la obra. Orientar el desarrollo de Estudios Ambientales y la aplicación de sus recomendaciones.

La Dimensión Ambiental Las interacciones de la obra con el ambiente y viceversa, pueden interpretarse y evaluarse incorporando la dimensión ambiental al análisis de la evaluación de Proyectos. Efectos de la Obra sobre el Medio Ambiente Las distintas etapas de un Subproyecto de una obra tienen una incidencia sobre los aspectos socioambientales, principalmente por los impactos derivados de su presencia física. En la etapa de planificación, los estudios pueden generar expectativas positivas y negativas, tales como, movimientos migratorios y alteraciones en el mercado inmobiliario. Durante la formulación del Subproyecto, la selección definitiva de una alternativa y detalles de sus características irán fortaleciendo las expectativas ya citadas y sus implicancias. En la etapa de construcción, es donde se presentan los efectos más intensivos sobre los medios físico, biótico y la población. Durante la etapa de operación y mantenimiento se generan efectos más duraderos, positivos y negativos y se producen frecuentemente efectos acumulativos o sinérgicos. Como consecuencia de un proyecto de obra se generan impactos sobre el medio, algunos de carácter significativo. En el componente natural se destacan: • Polución atmosférica y ruido • Modificaciones en el drenaje natural • Contaminación de aguas superficiales y subterráneas y alteraciones del nivel freático • Inestabilidad estructural, erosión y contaminación del suelo • Ruptura del paisaje e intrusión visual • Cambios en la Biodiversidad (e.g., composición, riqueza y/o diversidad de especies animales y vegetales) • Destrucción de ecosistemas, especialmente en Áreas Naturales Protegidas • Descubrimiento y/o pérdida de yacimientos paleontológicos En el componente social pueden producirse impactos de signo positivo o negativo sobre: • Las actividades humanas (e.g. salud, educación, seguridad, comunicaciones) y el uso del suelo • La formación y evolución de los asentamientos humanos y el desarrollo regional • La economía en los distintos sectores • El patrimonio histórico cultural y arqueológico Las características y valoración de los impactos varían en función de los siguientes aspectos: •

Área de influencia (geográficamente puntual o extensa)

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• • • •

Interacción con otras acciones deteriorantes del medio Grado de reversibilidad y duración Percepción directa o indirecta Susceptibilidad del medio y alcance de la acción

Efectos del Medio Ambiente sobre las Obras Al no considerase los procesos ambientales y sus restricciones, puede efectuarse un diseño inapropiado para las características del medio receptor, generando, entre otros, una mayor vulnerabilidad y disminución de la vida útil de la obra, con aumento en los costos de mantenimiento y una menor amortización a mediano y largo plazo, disminuyendo la eficiencia y aprovechamiento de la misma. Planificacion Ambiental de la Obra La inclusión de la temática ambiental debe: a) Garantizar la integración de la Obra a la región y el uso sustentable de los recursos naturales en el área de influencia, favoreciendo el desarrollo y las necesidades de la población involucrada; b) Adoptar una perspectiva integradora, multi e interdisciplinaria; c) Mejorar la participación y la organización de los sectores involucrados. Conceptos Socio-Ambientales en el Diseño de las Obras Las distintas obras a ejecutar en el Programa pueden tener diferente nivel de riesgo socio-ambiental debido al tipo de Subproyecto y al nivel de sensibilidad del medio. Los estudios ambientales permiten identificar los efectos negativos más importantes y recomendar las medidas de prevención y mitigación, a fin de evitar o reducir los impactos ambientales negativos. Desde el punto de vista ambiental, en el diseño de las obras es recomendable el análisis de: a) Ordenamiento Territorial Vigente y Potencial Análisis y revisión de la información sobre la aptitud y usos del territorio que podrían ser afectados por las obras, para establecer su función social y evitar posibles conflictos. Para ello, se deberá contar con información actualizada sobre: • Políticas y Planes de Desarrollo • Uso del Suelo (actividades socio-económicas de la zona) • Procesos de Producción Regional • Áreas Naturales Protegidas; Reservas Forestales; Áreas Ecológicas sensibles (e.g. humedales); yacimientos arqueológicos y paleontológicos • Reservas Aborígenes • Cuencas Hidrográficas • Limitantes Geológicas y de Suelo b) Criterios de Definición de Alternativas Análisis, a una escala de mayor detalle, de las alternativas estableciendo sus áreas de influencia tentativas (incluida el área operativa), en las cuales se manifiestan los mayores impactos de la Obra sobre el ambiente. Estas modificaciones, positivas y negativas, pueden producirse en forma directa, indirecta, en diferentes tiempos, en forma difusa o concentrada, debiéndose, asimismo, evaluar componentes tales como: clima, geomorfología, estabilidad de taludes, erosión, inundaciones periódicas, zonas de alto valor biológico o biodiversidad distintiva. Las áreas operativas para la construcción y operación del Subproyecto, concentran los impactos ambientales fundamentalmente en la etapa de construcción. En su delimitación inciden factores, tales como: (i) Subproyecto propuesto; (ii) consecuencias directas fuera del área, (e.g., áreas de PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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préstamos) y dentro de ella (e.g. áreas de tratamiento de materiales, campamentos, desvios y accesos temporarios). La localización de la alternativa elegida, deberá estar basada sobre: • • • •

El potencial de desarrollo socio-económico regional El mantenimiento de la calidad y las funciones ambientales locales y regionales La optimización de aspectos técnicos/económicos específicos de la obra La participación activa de los actores públicos involucrados en la toma de decisiones

Especificaciones Generales de Diseño Localización de la Obra Para seleccionar la localización definitiva de la obra debe considerarse: (a) Las alternativas, de existir, con sus restricciones técnicas y socio-ambientales; (b) Las condiciones ecológicas y sus limitantes; (c) considerar el impacto ambiental como el factor más importante en la selección; (d) Al factor económico como un elemento más dentro de los criterios de decisión, considerando los costos de mantenimiento y ambientales; (e) La incorporación de los costos y beneficios ambientales. Áreas de Préstamo y Diseño de Explotación De ser necesario, con base en los estudios socio-ambientales, se localizarán y evaluarán las posibles áreas de préstamo de materiales, seleccionándose aquella/s con menor riesgo de perturbación, que deberá/n ser restituida/s luego de su explotación. Calidad del Aire Se arbitrarán las acciones para alcanzar niveles de emisión y/o percepción aceptables. Las medidas pueden articularse en: (a) Las fuentes emisoras; (b) Las condiciones de dispersión y (c) El medio receptor. Control de Ruidos Se deberán adoptar las medidas necesarias a fin de no sobrepasar los niveles normados, actuando preventivamente en el diseño de las obras (especialmente en obras viales), como asimismo en las fases de construcción y operación (e.g .horarios de trabajo, estado de maquinarias y equipos, límite de velocidad, puesta a punto de equipos). Geología y Geomorfología La mayoría de las medidas correctivas se aplican a nivel de Subproyecto o durante la construcción donde es importante controlar el movimiento de la maquinaria pesada, los movimientos de tierras, la elección de las áreas de acopio y extracción de materiales, para evitar destrucciones no deseadas. Hidrología Superficial y Subterránea Las medidas preventivas y correctivas en la dinámica hídrica están estrechamente relacionadas al diseño del Subproyecto; así, en zonas de alta probabilidad de inundación pueden morigerarse mediante la revegetación de las cuencas y el ordenamiento de las actividades; las desviaciones de caudales será evitada, reconduciéndo las aguas a cursos fluviales, minimizando efectos erosivos; los sólidos en suspensión no deben llegar a los cauces, implementando medidas tales como PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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pantallas vegetales, parapetos temporales, decantadores; se recogerán los aceites y grasas de la limpieza de los motores. Protección de los Suelos Las principales alteraciones sobre los suelos se asocian a: (a) Aumento de la erosión; (b) Pérdida de volúmenes y calidad de sus horizontes y (c) Compactación en sectores aledaños a las obras. Asimismo, poseen un banco de semillas de especies propias de la zona, cuya recuperación y reutilización permite que las labores de revegetación y conservación de suelos sean más rápidas, económicas y ecológicamente sustentables. Deberá conservarse y evitar su degradación mediante acciones, tales como: Reutilización de materiales (e.g. materiales de excavación de túneles); Disposición de materiales no reutilizables en sitios adecuados; (c) Recolección, acopio y tratamiento de suelo con valor agrícola. Vegetación La reducción del impacto sobre la vegetación se centra en medidas preventivas que evitan su destrucción. Como medidas a aplicar se pueden citar: (a) Minimizar la superficie alterada, delimitando en el campo la zona de la obra con las instrucciones precisas; (b) Regenerar la cubierta vegetal, recuperando la vegetación autóctona mediante la generación de condiciones óptimas (e.g. pendientes, suelo, drenaje) que posibiliten a corto plazo la implantación de especies herbáceas de rápido crecimiento y en mayor tiempo la recuperación de la vegetación autóctona; (c) Implantar una nueva cubierta vegetal definida por la vegetación autóctona, condiciones edáficas y climáticas, paisaje y uso social del lugar. Fauna El conocimiento del comportamiento de las especies del área de la obra es de importancia a fin de establecer las medidas preventivas y correctivas. Debe considerarse que: (a) La destrucción directa del hábitat de especies terrestres y acuáticas carece de medida correctiva, por lo que deberá evitarse zonas sensibles (e.g. áreas de reproducción); (b) Las medidas correctivas en caso de efectos de barrera y atropellamiento son los vallados, pasa faunas, señalizaciones, etc. Paisaje En cierto tipo de obras a realizar en el Programa, puede ser factible que se origine alguna alteración del paisaje existente en el entorno de las mismas (e.g. caminos, plantas de tratamiento de efluentes). Para establecer las medidas necesarias para evitar la alteración manifiesta del paisaje existente en el entorno de la obra, en especial en las geomorformas y la biota existentes, deberán considerarse: (a) El diseño del Subproyecto; (b) Los espacios considerados para su implantación; (c) las medidas de integración paisajísticas que aumenten la seguridad. Evaluación de Impacto Ambiental Objetivos de la Evaluación de Impacto Ambiental Objetivos Generales • • • •

Predecir y evaluar los efectos de la ejecución de la obra. Asegurar la implementación y seguimiento de medidas de prevención y mitigación de impacto. Monitorear las medidas de protección durante el período de construcción. Desarrollar e implementar el Plan de Monitoreo durante el período de operación.

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Objetivos Particulares Etapa de Planificación • Identificar y delimitar el área de intervención, deterioros y los procesos que lo produjeron • Identificar los efectos/causas del deterioro. Diseñar las acciones de conservación/corrección/ acondicionamiento. • Caracterizar los componentes ambientales del deterioro. • Evaluar las alternativas y seleccionar el Subproyecto Definitivo. • Pre seleccionar los indicadores para el seguimiento de las acciones a implementar. Etapa de Proyecto • Ajustar el área de intervención. • Seleccionar las acciones de conservación/corrección/acondicionamiento ambiental adecuadas. • Definir los indicadores para monitoreo y seguimiento preventivo de los procesos de deterioro. Etapa de Construcción • Efectuar las acciones de conservación/corrección/acondicionamiento y de control de deterioro. • Supervisar el cumplimiento de las normas y acciones de control establecidas. • Revisar y ajustar los indicadores básicos previamente adoptados. • Diseñar un sistema de alertas de respuesta rápida a situaciones infrecuentes de magnitud. Etapa de Operación • Ajustar y adecuar el área de intervención. • Revisar y ajustar los indicadores utilizados. • Supervisar cumplimiento y efectividad de normas y acciones de control establecidas. • Proponer medidas y/o acciones de adecuación. • Implementar el sistema de alertas, de monitoreo y seguimiento. • Detectar e identificar alteraciones no previstas, proponer medidas y/o acciones de corrección. Metodología y Contenidos de las Evaluaciones de Impacto Ambiental Antecedentes y descripción del Subproyecto a) Describir: ubicación geográfica y área de influencia; Subproyecto y obras propuestas; capacidad y confiabilidad bajo todas las condiciones climáticas de los sistemas; fuentes de generación de contaminantes; cronograma de ejecución e inversión; evaluación de costobeneficio económico; población servida y generación de empleo; reducción de los costos actuales y beneficio de los sistemas. b) Considerar su relación con otros estudios y proyectos de la misma región. c) Indicar la legislación y reglamentos ambientales pertinentes al Subproyecto. d) Desarrollar consultas con grupos afectados positiva y negativamente. e) Describir los aspectos de riesgo ambiental y estimación de costos. Descripción del medio ambiente (Diagnóstico base)

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Información básica ambiental de la situación actual en la zona de Subproyecto y su área de influencia: a)

b)

Subsistema Natural: geología-geomorfología (estructura, litología, valor soporte, unidades geomorfológicas, pendientes, procesos morfodinámicos); suelo (características fisicoquímicas); clima (variables atmosféricas); hidrología y calidad del agua (superficiales y subterráneos afectables); ruido (fuentes existentes en el área de influencia); medio biológico (descripción de los sistemas ecológicos del área, con énfasis en las áreas silvestres, frágiles, o de importancia como hábitat de especies endémicas, en peligro o vulnerables, yacimientos paleontológicos, identificación de Áreas Naturales Protegidas de jurisdicción nacional, provincial, municipal o privada). Subsistema Social: asentamientos humanos, infraestructura y servicios actuales y proyectados vinculados a la obra; sitios y monumentos del patrimonio cultural; aspectos demográficos (tamaño, estructura, distribución, crecimiento, tendencias, flujos de población, población económica activa, actividades dominantes, niveles de empleo, efectos del sistema actual sobre las condiciones de vida, conflictos socio-económicos derivados del sistema actual, nivel de aceptación del Subproyecto; ordenamiento territorial, costos del suelo, mercado de tierras).

Identificación de Impactos Ambientales Descripción de los efectos directos e indirectos del Subproyecto sobre: a)

b)

El Componente Natural: Se evaluarán los impactos producidos, haciendo especial énfasis en: *Alteración y Modificación en la Calidad del Aire: Modificaciones localizadas por la destrucción de la vegetación. Incremento del nivel de ruido y de particulados, especialmente en las cercanías a centros poblados y áreas de interés particular (nidificación de fauna, monumentos, sitio de interés patrimonial, etc.) *Relieve: Efectos de los cambios del relieve producidos por los movimientos de suelos u otros materiales como producto del Subproyecto. *Recursos Hídricos: Modificación en el flujo de agua superficial y subterránea, efectos de barrera, impermeabilización de áreas de recarga de acuíferos. Cambios en la calidad del agua. Modificaciones de los riesgos de inundación. *Suelos: Modificaciones de las tasas de pérdida potencial del suelo. Incremento de la erosión con pérdida de la cobertura vegetal y el movimiento de tierras. Cambios en la aptitud potencial de los suelos. Pérdida de superficie de tierras de valor agrícola. *Vegetación: Pérdida de la vegetación derivada directamente de la construcción y obras adicionales o producida por la modificación de los patrones de uso tradicionales del suelo por el incremento de la accesibilidad. Degradación de la cobertura vegetal por efecto del uso de compuestos químicos. Introducción de plagas o especies exóticas. Pérdida de hábitat para la fauna. *Fauna: Pérdida o trasformación del hábitat, especialmente de sitios frágiles como áreas de reproducción, de nidificación y cría, de alimentación, rutas migratorias. Incremento de las muertes por atropellamiento, efectos diferenciales en las diversas especies. Incremento de la presión de caza y/o pesca. Efectos sobre las especies raras, endémicas o en peligro de extinción, de valor comercial y susceptibles de aprovechamiento. Introducción de especies exóticas, vectoras o plaga. *Paisaje: Cambios en la calidad y fragilidad. Fragmentación. Efectos directos de la obra. Efectos indirectos de la mayor accesibilidad y de visitantes. El Componente Antrópico: Impactos sobre los aspectos urbanos y socio-económicos, sobre: *Variaciones en el uso de la tierra y en costos en los sectores de menos recursos. *Actividades económicas a ser beneficiadas y perjudicadas. *Mejoramiento del servicio a la población y acceso a servicios. *Pérdida de tierras agrícolas o forestales.

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*Respuesta pública al Subproyecto. *Afectación de valores culturales y recreativos. *Modificación de la estructura urbana de los Asentamientos. *Desarrollo inducido no planificado. *Consultas a grupos afectados y a los organismos e instituciones pertinentes. Evaluación integral de los impactos identificados. Con los antecedentes del Subproyecto, del medio ambiente e identificación de los impactos, se realizará una valoración de la situación ambiental sin y con proyecto. Propuestas de medidas mitigatorias Se diseñarán medidas y planes para prevenir, minimizar y mitigar los impactos ambientales negativos y se estimarán de los costos y la justificación de las soluciones adoptadas. Contando con el conocimiento integral obtenido del análisis y evaluación del Subproyecto, de los aspectos socio-ambientales relacionados a su área de influencia y de la identificación y evaluación de los impactos que se producirán durante la etapa de construcción y operación de la obra, y diseñadas las medidas y planes para prevenir, minimizar y mitigar los impactos ambientales negativos, se deberá diagramar un Plan de Monitoreo que permita la observación y medición de un conjunto de variables ambientales significativas, especialmente indicadores de: erosión, cambios y calidad de las aguas superficiales y subterráneas, cambios en la biodiversidad, deterioro de ecosistemas, entre otros. Asimismo, se diseñará un Plan de Manejo Ambiental (PMA) donde se integren todas medidas necesarias a fn de eliminar o minimizar los aspectos de conflictos socio-ambientales, originados directa e indirectamente por las actividades relacionadas con la obra. Este plan incluirá el cronograma de trabajo, presupuesto e identificación de responsables de su ejecución. La elaboración del PMA se realizará de acuerdo con la legislación ambiental vigente en la jurisdicción correspondiente, e incluirá las condiciones de autorización establecidas por las autoridades competentes.

ESTUDIOS SOCIO-AMBIENTALES

Evaluación Socio-Ambiental de Subproyectos Para determinar la necesidad y el nivel de detalle de los estudios ambientales es necesario conocer las características técnicas generales del Subproyecto y la sensibilidad del medio receptor en cuanto a sus condiciones socio-ambientales. Los Subproyectos contemplados en el Proyecto pueden tener diferente nivel de riesgo socio-ambiental debido al "tipo de proyecto" y al nivel de "sensibilidad del medio". El objetivo general del MAS es contar con un instrumento que permita definir, sobre la base de un diagnóstico, los procedimientos de gestión socio-ambiental, tanto en su relación interna como externa, las herramientas necesarias para asegurar la incorporación de las variables socioambientales en los Subproyectos y dar cumplimiento a las PSBM en las diferentes fases del ciclo de un Subproyecto. Otro aspecto de este instrumento es la definición de responsabilidades en la gestión socio-ambiental a lo largo del ciclo de Subproyecto y plantear una estrategia para fortalecer la capacidad institucional de gestión. Entre los objetivos específicos de Manual se mencionan los siguientes: PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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• • • • • •

Proponer una herramienta que identifique los aspectos legales e institucionales más relevantes a considerar para cumplir con la legislación y los procedimientos; Definir los procedimientos de gestión socio-ambiental en las fases del ciclo de Subproyecto; Presentar una metodología rápida para categorizar un Subproyecto en función del riesgo socio-ambiental y proponer para cada uno de ellos los estudios ambientales y/o sociales requeridos para cumplir con la legislación ambiental y las PSBM; Especificar instrumentos de gestión a nivel interno, tanto de la UEC, como de los Responsables Ambientales de los Proyectos (RAP) de los Municipios, para asegurar la incorporación de las variables ambientales y sociales a lo largo del ciclo de Subproyecto. Identificar los procedimientos requeridos para cumplir con las exigencias de las autoridades ambientales, la normatividad vigente y las PSBM; Determinar acciones de fortalecimiento de la gestión socio-ambiental de los entes involucrados.

Alcance Este documento ha sido diseñado para uso interno de las Municipalidades, la UEC y los Organismos Provinciales con intervención en el Programa. En forma resumida su alcance es el siguiente: • • • • •

Diagnóstico legal e institucional de los aspectos ambientales y sociales, como marco de referencia para el desarrollo de las operaciones del Proyecto; Metodología para categorizar ambiental y social los Subproyectos en función del nivel de riesgo socio-ambiental, los estudios requeridos en función del riesgo antes mencionado y el cumplimiento con la legislación ambiental y las PSBM; Definir los procedimientos en las diferentes fases del ciclo de Subproyecto e instrumentos a desarrollar durante cada una de estas etapas; Análisis de la capacidad institucional con el fin de proponer las acciones necesarias para fortalecer la gestión ambiental y social de las partes involucradas; Presentar en anexos una serie de herramientas de gestión y formatos de los instrumentos identificados para facilitar y homologar la gestión socio-ambiental en el Programa.

Cabe señalar que esta herramienta debe ser dinámica y podrá ser actualizada periódicamente con la incorporación de nuevos elementos, con el fin de mejorar continuamente la gestión ambiental y social. Caracterización Socio - Ambiental de Subproyectos Los Subproyectos que realizarán las provincias en el marco del Programa pueden tener diferente grado o nivel de riesgo socio-ambiental debido al "tipo de proyecto" (objetivo y jerarquía) y el nivel de "sensibilidad del medio". Con el propósito de desarrollar una adecuada gestión socioambiental, es necesario categorizar los Subproyectos en función del riesgo socio-ambiental, y en función de esta categoría, identificar los estudios requeridos tanto por la legislación ambiental como por las PSBM. En este contexto, las principales actividades que deben desarrollarse durante el proceso de evaluación socio-ambiental, son: • • • •

Categorización de un Subproyecto en función del nivel de riesgo; Identificación de estudios para determinar su magnitud e importancia; Aplicación de instrumentos de gestión en el ámbito interno; Cumplimiento de la legislación ambiental sectorial.

Cabe señalar que uno de los objetivos de la categorización es identificar aquellos Subproyectos que demandan de un mayor grado de atención, y por ende más estudios, de aquellos que no requieren de mayor profundidad, sin dejar de cumplir con las respectivas legislaciones. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Clasificación en función del tipo de Subproyecto De acuerdo a la tipología de las obras presentadas para la realización del Proyecto, se han diferenciado: • • • •

Subproyectos Viales Subproyectos de Desagües Pluviales Urbanos Subproyectos de Redes de Agua Subproyectos de Saneamiento, Servicios Cloacales

El primer paso consiste en definir el tipo de Subproyecto a realizar de acuerdo a su objetivo, es decir, las características de la obra que se va a ejecutar, mientras que el segundo paso es clasificar al Subproyecto en función del nivel jerárquico de la obra, tomando en consideración sus componentes que con mayor posibilidad pueden presentar implicancias ambientales. En cuanto a los objetivos de los Subproyectos del Programa, se propone la siguiente clasificación: • • • •

Construcción nueva Ampliación Mejoramiento Rehabilitación

La categorización de cada Subproyecto en función del nivel de riesgo ambiental y social seguirá las pautas metodológicas desarrolladas en el punto 3.2. del Anexo 12: Marco Ambiental y Social del Proyecto, adjunto a este Manual.

GESTIÓN AMBIENTAL La incorporación de la dimensión ambiental y social a la obra hace imprescindible el desarrollo de una Gestión Ambiental adecuada en las distintas etapas de las obras. Esta incorporación está destinada a conservar y mejorar el ambiente y evitar costos adicionales y demoras. Durante el desarrollo de los Programas de Desarrollo Municipal I y II, los aspectos ambientales y sociales de los Subproyectos fueron tratados, preferentemente, por las UEP´s con el apoyo de los municipios participantes, siendo éstos últimos los encargados directos de fiscalizar al contratista durante la etapa de construcción el cumplimiento de las cláusulas contractuales y por ende las medidas de prevención, mitigación y/o compensación de los impactos ambientales, como asimismo confeccionar los correspondientes certificados de obra. Los Municipios involucrados en el presente Programa, especialmente los de mayor número de habitantes y aquellos ubicados en áreas ambientalmente sensibles cuentan, dentro de su estructura, con profesionales y/o técnicos dedicados a la temática ambiental y social, mientras que otros, generalmente de menor envergadura en cuanto al número de habitantes se refiere, no poseen personal en su planta destinado a esta temática. En estos casos se deberá fortalecer la gestión ambiental municipal mediante la designación de un profesional de planta con adecuado conocimiento de la temática o, en su defecto, contratar un experto ambiental que actuará mancomunadamente con la Inspección de Obra, con la responsabilidad de velar por el cumplimiento de las cláusulas ambientales por parte del Contratista. De esta forma, en cualquiera de los casos considerados la gestión ambiental en los municipios involucrados en el Proyecto deberá estar a cargo de un Responsable Ambiental de Proyecto (RAP) designado a tal fin. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Funciones del Responsable Ambiental del Proyecto (RAP) El Responsable Ambiental de Proyecto deberá: a) b) c) d) e) f)

Realizar los estudios para la categorización de los Subproyectos en función del nivel de riesgo socio-ambiental, identificando los problemas y las medidas de mitigación de los impactos negativos Asegurar que los requerimientos ambientales se incorporen en el Pliego General de Especificaciones Asegurar que los resultados y acciones identificados en los estudios sean incorporados en el Pliego Particular de Condiciones Proponer e implementar acciones de capacitación del personal que realiza la inspección de obra, con el objeto de optimizar resultados en la aplicación de los requerimientos ambientales Supervisar el cumplimiento de los requerimientos ambientales establecidos en el Pliego y realizar las observaciones pertinentes a los inspectores de obra Coordinar acciones con las Autoridades Ambientales Provinciales y Municipales

Con el fin de cumplir con los objetivos definidos, el RAP deberá poseer conocimientos acreditados en la temática ambiental, con una experiencia general de 7 años en la misma y experiencia específica de 5 años en Subproyectos similares a los desarrollados en el Programa. Instrumentos de Gestión Socio - Ambiental Los instrumentos de gestión socio – ambiental comprenden herramientas aplicables según la fase del ciclo del Subproyecto (e.g., Fase de Evaluación Preliminar y Fase de Evaluación). Del mismo modo, y según los resultados obtenidos (definición de niveles de riesgo, categorización, etc.), se deberán disponer los estudios correspondientes. Para la Fase de Evaluación Preliminar, se deberá contar con una Ficha Ambiental de Evaluación Preliminar (FAEP) que deberá ser incluida en una Evaluación Ambiental Expeditiva (EAEx). En esta fase se define el nivel de riesgo socio-ambiental. En la Fase de Evaluación se requerirá, en función del nivel de riesgo socio-ambiental (alto, moderado o bajo), un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), un Plan de Manejo Ambiental (PMA) o la aplicación de Especificaciones Técnicas Ambientales (ETA). Asimismo, si se activara alguna de las PSBM podrían requerirse una gama de Estudios Complementarios (EC). Las características y requerimientos tanto de los Estudios Ambientales de la Fase de Evaluación Preliminar y de la Fase de Evaluación, como de los Estudios Complementarios se encuentran desarrollados en el punto 3.2.4. del Anexo 12: Marco Ambiental y Social del Proyecto, adjunto a este Manual. Instrumentos de Gestión Socio - Ambiental a Nivel Interno En función de las diferentes etapas del proceso de evaluación, se han establecido tres instrumentos de gestión socio-ambiental que los RAP deberán preparar a lo largo del ciclo de Subproyecto: Informe Ambiental de Evaluación (IAE); Informe Ambiental de Seguimiento (IAS) e Informe Ambiental Final (IAF). Estos instrumentos se encuentran desarrollados en el punto 3.2.5. del Anexo 12: Marco Ambiental y Social del Proyecto, adjunto a este Manual.

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Identificación de Responsabilidades Por la gestión Ambiental de la Obra se identifica como responsable de la Fiscalización y Control, bajo la asistencia del RAP, al estamento municipal correspondiente, a través de las inspecciones de obras.

MEDIDAS DE MITIGACIÓN Y MECANISMOS DE FISCALIZACIÓN La aplicación concreta de las medidas de control y mitigación de los impactos socio-ambientales de obras requiere el adecuado nexo entre la autoridad de aplicación, la empresa contratista y los trabajadores. La internalización de estas medidas en la actividad rutinaria de los contratistas es un proceso que requiere un importante esfuerzo de difusión y educación, que los RAP con el acompañamiento de los distintos estamentos involucrados en las funciones de control la obra deben realizar. En este capítulo se considera un conjunto de medidas de prevención, mitigación y criterios que indican las modalidades y restricciones en la construcción, operación y mantenimientos de obras, con el objeto de dotar a la Unidad Ambiental, a la Inspección de Obra y a las Empresas Contratistas de las normas generales y específicas para evitar deterioros en el medio ambiente. Normativas Ambientales en la Obra Todas las especificaciones técnicas contenidas en la presente Sección, deberán ser consideradas por el contratista de las obras, sin desconocer las recomendaciones específicas resultantes de los estudios socio-ambientales, para el Subproyecto a ejecutar. Se buscará siempre prevenir y minimizar los efectos negativos de la etapa de construcción sobre el ambiente, bajo la supervisión del RAP. El Contratista debe procurar producir el menor impacto ambiental negativo durante la construcción, sobre los suelos, cursos de agua, calidad del aire, organismos vivos, comunidades Aborígenes, otros asentamientos humanos y medio ambiental en general. Los daños a terceros causados por incumplimiento de estas normas, serán de responsabilidad de las empresas, quienes deberán resarcirlos a su costo. Las contratistas deberán divulgar el MAS a sus trabajadores, por medio de conferencias, avisos, informativos, y preventivos sobre los aspectos socio-ambientales y a través de los medios que considere adecuados. Normas para el Desempeño del Personal El Contratista será responsable de velar y hacer cumplir a su personal las siguientes normativas: Personal de Obra • •

Prohibir al personal de la obra la portación y uso de armas de fuego y blancas en el área de trabajo, excepto por el personal de vigilancia autorizado. Prohibir el consumo de bebidas alcohólicas en campamentos-obradores u otras instalaciones utilizadas para la ejecución de la obra.

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• •

Evitar que el personal de obra ocupe terrenos aledaños a las áreas de trabajo sin expresa autorización de los propietarios. Evitar que el personal de obra realice actividades depredatorias que afecten a los componentes de la fauna y flora en el sector de influencia de la obra.

Flora y Fauna a)

b) c) d) e) f)

Restringir el uso de herbicidas a fin de evitar la afectación de los cultivos existentes y las especies vegetales presentes en la zona aledaña a la obra. Los productos químicos a utilizar serán aquellos incluidos en el listado mencionado en la Legislación de Agroquímicos a nivel nacional y provincial. Prohibir las actividades de caza en las áreas aledañas a la zona de construcción, así como la compra o trueque a lugareños de animales silvestres (vivos, embalsamados, pieles y otros subproductos). Limitar la presencia de animales domésticos, principalmente en áreas silvestres y prohibirla en Áreas Naturales Protegidas o cercanas a ellas. Cuidar que la pesca por parte de los trabajadores sólo se realice con anzuelos y para autoconsumo, siempre y cuando no viole las disposiciones legales vigentes. Prohibir las quemas, las que si por algún motivo deben efectuarse, serán autorizadas por el Inspector de obras, previo conocimiento del RAP. Evitar que el personal de obra se desplace fuera del área de trabajo en áreas silvestres, sean éstas de dominio público o privado.

Calidad y Uso del Agua a) b) c) d)

Evitar la captación de aguas en fuentes susceptibles a agotarse o que presenten conflictos de uso con las comunidades locales. De ser necesario realizar una perforación para abastecimiento de agua, la misma deberá contar con la aprobación del organismo competente en el tema. Prohibir las tareas de limpieza de vehículos y/o maquinaria y disposición de desperdicios en cursos y cuerpos de agua. Prohibir cualquier acción que modifique la calidad y aptitud de las aguas superficiales o subterráneas en el área de la obra.

Normas durante la Construcción La Empresa deberá cumplir con las siguientes normas durante la construcción. Vegetación y Fauna a)

b) c) d)

Para el corte de vegetación serán utilizadas herramientas manuales, evitando el uso de equipo pesado para prevenir daños en las zonas aledañas y a otra vegetación cercana. Solo en aquellos casos en que la superficie y tipo de terreno lo permitan y con autorización de la Inspección, podrán ser utilizados equipos pesados. Los árboles a talar deben estar debidamente orientados en su caída a efectos de evitar dañar la masa forestal circundante (Ver Normas para Áreas Naturales Protegidas). Solo en casos de necesidad, y con previa autorización y control del RAP, podrá utilizarse y reciclarse la madera de los árboles removidos para la construcción de los encofrados de obras de drenaje y obras de arte. En zonas donde exista peligro potencial de incendio, se adoptarán medidas para evitar encender fuegos no imprescindibles a la construcción y se proveerá a los equipos e instalaciones de elementos adecuados para control y extinción del fuego, a fin de minimizar su propagación en la vegetación circundante y evitar consecuentemente la afectación de la fauna asociada.

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e)

En las Áreas Naturales Protegidas y/o sensibles, se deberá consultar las disposiciones vigentes e implementar, en conjunto con los organismos responsables, las acciones tendientes a prevenir y minimizar los impactos perjudiciales.

Recursos Hídricos Superficiales a) Durante la etapa de construcción de los distintos Subproyectos se deberán retirar las obstrucciones realizadas al finalizar esta etapa, a fin de evitar la interrupción del drenaje y posibles anegamientos. b) En caso de obras cuyos drenajes confluyan directamente a un cuerpo de agua (e.g. curso, laguna, humedal), de ser necesario, se construirán decantadores de sedimentos de las aguas de escurrimiento, antes de su confluencia con el cuerpo receptor. c) Cuando exista la necesidad de desviar un curso natural de agua o se haya construido un paso de agua que no sea requerido posteriormente, se deberán restaurar a sus condiciones originales al finalizar los trabajos. d) Los drenajes deben conducirse siguiendo las curvas de nivel hacia líneas de drenaje naturales. e) Se tomarán las medidas necesarias para garantizar que el material utilizado o removido durante la construcción (e.g. Asfaltos, cementos, limos, arcillas o concreto fresco) no ingrese a cuerpos de agua, los que deberán ser retirados al finalizar los trabajos. f) Se evitará que los residuos de tala y rozado lleguen a las corrientes de agua. Serán apilados de forma tal que no alteren las condiciones del área; no deberán ser quemados, salvo excepciones justificadas por el Inspector de la obra. g) Los materiales contaminantes, tales como, combustibles, lubricantes bitúmenes, aguas servidas no tratadas, aguas de lavado de hormigoneras, no deberán ser descargados en ningún cuerpo de agua, sean éstos naturales o artificiales. Subterráneos h) De ser necesario realizar perforaciones para abastecimiento de agua, se deberá contar con un estudio hidrogeológico que avale su localización. i) Su construcción será realizada de manera tal que evite la infiltración de posibles contaminantes al recurso explotado. Se evitará situarlas en zona de recarga de acuíferos, en zona que presente conflicto con el uso que le proporciona la comunidad local, aguas arriba de las fuentes de abastecimiento de agua a núcleos poblados, por los riesgos de contaminación que esto podría implicar. j) El sector del obrador en el que se realicen tareas de reparación y mantenimiento de vehículos y maquinaria deberá ser acondicionado, de modo tal, que los vuelcos involuntarios de combustibles y lubricantes y la limpieza y/o su reparación no implique modificar la calidad de las aguas superficiales y subterráneas, así como producir contaminación del suelo circundante. Para los materiales o elementos contaminantes (e.g. combustibles, lubricantes, aguas servidas no tratadas), se deberá seguir la normativa g) de Protección de las Aguas. k) Todos los obradores deberán contar con las instalaciones sanitarias adecuadas, incluyendo la evacuación de los líquidos cloacales (cámara séptica, pozo absorbente) evitando de esa manera la contaminación de las napas freáticas. Se deberá observar lo establecido en las Normas y Reglamentos sanitarios vigentes. Sitios y Monumentos del Patrimonio Natural y Cultural Si durante la construcción de la obra y/o explotación de canteras se encontrare material arqueológico y/o paleontológico, se dispondrá la suspensión inmediata de la obra o de las excavaciones a fin de evitar su afectación. Se dispondrá personal de custodia para prevenir posibles saqueos y se dará aviso inmediato al RAP, que conjuntamente con las autoridades competentes, establecerá las pautas necesarias para la continuación de la obra. En el caso de canteras, previa visita del RAP y la Autoridad competente, la cual definirá si la Inspección PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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podrá autorizar la apertura de otro/s frente/s de trabajo o rodear el hallazgo si fuese técnicamente viable. Áreas Naturales Protegidas (A.N.P.) En aquellas áreas en que existan Áreas Naturales Protegidas (A.N.P.) de jurisdicción nacional, provincial, municipal u otra, además de las normas anteriores se tendrá en cuenta: a)

b) c) d) e) f) g)

Antes de iniciar las actividades de diseño se deberá tomar contacto con la entidad responsable del manejo del A.N.P. (e.g., Administración de Parques Nacionales; Dirección de Bosques), a fin de establecer criterios comunes para el diseño, construcción y operación de la ruta. Se extremarán las medidas de vigilancia en lo atinente a caza, pesca, extracción y tráfico de especies animales y vegetales. Se deberán colocar vallas y cartelera explicativas invitando a la protección de las especies, a evitar arrojar desperdicios, no usar bocinas, ni realizar actividades de caza y pesca, talas, entre otras. Se limitará la velocidad máxima, con mayor restricción en las horas nocturnas, por el peligro de atropellamiento de fauna. Se reducirá al máximo la zona de camino y el desbosque y destronque. Dichas tareas, así como las de limpieza y raleo, serán ejecutadas bajo la supervisión de la inspección de obra, el RAP y el responsable del A.N.P. Se evitará la ubicación de instalaciones dentro de las A.N.P. Se evitará la extracción de áridos dentro de las A.N.P.

Campamentos – Obradores El sitio de emplazamiento deberá seleccionarse de modo tal que no signifique una modificación de magnitud en la dinámica socio-económica de la zona. Se deberá considerar: a) Evitar ubicarlo en áreas ambientales sensibles. b) Evitar su instalación en las cercanías de centros poblados. c) Su emplazamiento no modifique substancialmente la visibilidad ni signifique una intrusión visual importante. d) En su construcción se evitará la realización de cortes y relleno del terreno, remoción de vegetación y del suelo y se preservarán árboles de gran tamaño o de valor genético, paisajístico, cultural o histórico. e) Evitar situarlo en zona de recarga de acuíferos, en zona que presente conflicto con el uso que le proporciona la comunidad local, aguas arriba de las fuentes de abastecimiento de agua a núcleos poblados, por los riesgos de contaminación que esto podría implicar. f) Sectorizar el obrador, definiéndose los lugares destinados al personal (sanitarios, dormitorios, comedor), a tareas técnicas (oficina, laboratorio) y a los vinculados con vehículos y maquinarias (zona de guarda, reparaciones, lavado, engrase, etc.). g) Todos los obradores deberán contar con las instalaciones sanitarias adecuadas, incluyendo la evacuación de los líquidos cloacales (cámara séptica, pozo absorbente) para evitar la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas. Se deberá observar lo establecido en las Normas y Reglamentos sanitarios vigentes. h) El sector del obrador en el que se realicen tareas de reparación y mantenimiento de vehículos y maquinaria deberá ser acondicionado, de modo tal, que los vuelcos involuntarios de combustibles y lubricantes y las tareas de limpieza y/o reparación no implique la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, ni del suelo circundante. Se arbitrarán las medidas que permitan la recolección de aceites y lubricantes para su posterior traslado a sitios autorizados. i) En lo posible los campamentos serán prefabricados. j) No se arrojarán residuos sólidos de los campamentos a cuerpos de agua o en las inmediaciones de ellos. Se depositarán en contenedores apropiados para su traslado periódico a un relleno sanitario autorizado. Los costos de manipuleo y transporte quedan PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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k) l) m) n) o) p) q) r)

a cargo del Contratista, el que deberá presentar a la Inspección la documentación probatoria que autoriza el vertido. Los obradores contendrán equipos de extinción de incendios y de primeros auxilios. Los obradores deberán cumplir con la normativa sobre seguridad e higiene laboral. Se deberá señalizar adecuadamente su acceso, teniendo en cuenta el movimiento de vehículos y peatones. Finalizada la obra, se deberá desmontar el obrador y se restituirá el suelo de la zona afectada a su estado anterior. Con anterioridad a la emisión del acta provisoria de recepción de la obra se deberá recuperar ambientalmente y restaurar la zona ocupada a su estado preoperacional. Esta recuperación debe contar con la aprobación de la Inspección de Obra y del RAP. En el momento que esté previsto desmantelar el obrador se deberá considerar la posibilidad de donar sus instalaciones a la comunidad local. Previo a disponer el obrador en sectores anteriormente ocupados por instalaciones similares, se deberá realizar y presentar al RAP una declaración de pasivo ambiental. La Contratista deberá documentar el tipo de residuos peligrosos generados y los circuitos utilizados para su eliminación y/o envío para su tratamiento (manifiestos de los residuos transportados, copia de los certificados ambientales de las empresas transportistas y de tratamiento o disposición final).

Maquinaria y Equipo Las siguientes medidas deberán considerarse para prevenir el deterioro ambiental, evitando conflictos por contaminación de las aguas, suelos y atmósfera. a) b)

c)

d)

El equipo móvil, incluyendo maquinaria pesada, deberá estar en buen estado mecánico y de carburación a fin de reducir las emisiones gaseosas y particulados. Se deberán impedir los escapes de combustibles o lubricantes que puedan afectar los suelos o cuerpos de agua, temporarios o permanentes. Si se llegaran a producir se deberá notificar al RAP, con el cual se definirán las técnicas de remediación pertinentes a implementarse en la mayor brevedad posible. El aprovisionamiento y mantenimiento del equipo móvil y maquinaria, incluyendo lavado y cambio de aceites, se deberá efectuar en el sector del obrador destinado a tal fin (zona de lavado, engrase, etc.) debidamente acondicionado para evitar la contaminación del suelo y aguas. Los residuos generados se almacenarán adecuadamente para su ulterior traslado al sitio de tratamiento autorizado. Si por motivo excepcional estas tareas se efectuaran fuera del obrador, se tomarán los recaudos para evitar la generación de residuos, contaminación del suelo y cuerpos de agua por vertidos. Los residuos, de generarse, deben retirarse antes de las 48 horas.

Extracción de materiales a)

b) c) d) e)

La extracción de materiales deberá ser llevada a cabo en zonas seleccionadas tras una evaluación de alternativas. La explotación será sometida a la aprobación de la Inspección de Obra y del RAP, quienes recibirán del Contratista el plan de explotación e información del plan de recuperación del sitio. En el caso de remoción de suelo orgánico de zona de préstamo, se lo deberá conservar y proteger su superficie para resguardarlo y utilizarlo en restauraciones. Cuando la calidad del material lo permita, se aprovecharán aquellos obtenidos de cortes para realizar rellenos o como fuente de materiales constructivos, minimizando la explotación de otras fuentes y disminuyendo los costos ambientales y económicos. Los desechos de los cortes no podrán ser dispuestos en las inmediaciones, ni arrojados a los cursos de agua. Se los deberá disponer de modo que no produzcan modificaciones en el drenaje, en la calidad paisajística u otros problemas ambientales. Está prohibida la destrucción de bosques o áreas de vegetación autóctonas.

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Préstamos y Canteras a) b) c) d) e) f) g)

Solo se podrán utilizar materiales de canteras que tengan Declaración de Impacto Ambiental según las normativas nacionales (Ley Nacional Nº 24.585) y provinciales. En el caso de obras viales, la localización de las áreas de préstamos o canteras no deberá estar a menos de 200 m del eje y fuera de la vista del camino, excepto cuando se demuestre su imposibilidad. Todas las excavaciones deberán contar con drenaje adecuado que impida la acumulación de agua, excepto por pedido expreso y documentado de autoridad competente o propietarios de los predios. Una vez terminados los trabajos, los préstamos deberán adecuarse a la topografía circundante con taludes 2: 1 (H: V) con bordes superiores redondeados de modo que pueda arraigarse la vegetación y no presentar problemas para personas y animales. Se deberán evitar abrir áreas de préstamos en áreas ecológicamente sensibles y en terrenos particulares con uso agrícola o ganadero potencial. El piso de las excavaciones deberá nivelarse y tener pendientes adecuadas para asegurar el escurrimiento de las aguas, a fin de no modificar el drenaje del terreno. Las áreas de préstamos en caso de ser necesario podrán ser utilizadas transitoriamente para disponer escombros y deshechos, los deberán retirarse al finalizar los trabajos en dichas áreas, recubriéndolas con suelos adecuados para permitir el arraigo de vegetación.

Depósito de Escombros a) Se deberá seleccionar una localización adecuada y rellenar con capas horizontales que no se elevarán por encima de la cota del terreno circundante, asegurándose un drenaje adecuado e impidiendo la erosión de los suelos allí acumulados. b) Los materiales gruesos deberán recubrirse con suelos finos que permitan formar superficies razonablemente niveladas. Los taludes laterales no deberán ser menos inclinados que 3:2 (H-.V) y se recubrirán con suelos orgánicos, pastos u otra vegetación natural de la zona. c) Al finalizar los trabajos serán retirados todos los escombros y acumulaciones de gran tamaño hasta restituir el sitio a las condiciones previas al inicio de tareas. Uso de Explosivos a)

b) c) d)

El uso de los materiales explosivos se restringirá a las labores propias de la construcción que así lo requiera. Su custodia estará a cargo de un operario calificado, bajo la supervisión del Ingeniero Jefe y el Inspector de la Obra, debiendo contar con la vigilancia de las Fuerzas Armadas. Su ubicación tendrá en cuenta las normas de seguridad que garanticen la existencia de peligro para las vidas humanas y el medio ambiente, así como infraestructura, equipamiento y vivienda existentes. Se almacenará el mínimo posible de explosivo que permita realizar razonablemente las obras de construcción, según cronograma establecido para su uso. El uso de explosivos será realizado por un experto, con el fin de evitar excesos de cargas, que afecten los taludes o generen otros problemas de estabilidad en el futuro. En áreas silvestres se deberá ajustar el cronograma de voladuras a fin de afectar lo menos posible los períodos más sensibles de la fauna (nidificación, migración, etc.) y las temporadas de mayor oferta turística.

Plantas de Producción de Materiales a) b)

Las instalaciones de plantas necesarias para la ejecución de la obra deberán asegurar una reducida emisión de ruido, humos, gases, residuos y particulados. Se evitará su instalación en áreas próximas a centros urbanos; de acuerdo a la distancia que guarden con ellos las tareas de producción deberán realizarse en horario diurno. Los estándares de emisión y los horarios de funcionamiento serán convenidos con la Unidad Ambiental y la inspección de acuerdo al tipo de equipo y localización.

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Plantas Asfálticas Teniendo en cuenta que la elaboración de mezclas asfálticas puede originar un deterioro de la calidad del aire por emisión de partículas y gases, la generación de ruidos, como así también la contaminación de suelos y aguas originada por derrames no controlados, se deberán considerar los siguientes puntos: a) b)

c)

d) e) f) g) h) i) j)

k) l) ll) m)

Los tipos de plantas asfálticas a utilizar contarán con tecnologías apropiadas que eviten la afectación de los componentes abiótico, biótico y antrópico del ambiente. Para su localización e instalación se deberán seguir las normativas enumeradas en Campamento/Obrador, en lo atinente a: sectores poblados, escuelas, hospitales, centros de comercialización, fabricación, distribución o depósito de sustancias peligrosas; dificultades en el acceso, visibilidad e intrusión visual; cursos de agua, humedales, recarga de acuíferos, fuentes de abastecimiento de agua; cortes de terreno, rellenos y remoción de vegetación y preservación de árboles. Asimismo, se prestará particular atención a la dirección de los vientos predominantes y a la dirección y sentido del escurrimiento superficial del agua, a fin de evitar potenciales afectaciones al medio (e.g. suelos, aguas, poblados, cultivos, fauna). La planta no deberá localizarse en las cercanías de centros poblados, guardándose como mínimo una distancia de 2 km del límite externo de los mismos. En el caso, fundamentado, de no disponerse de energía eléctrica en las cercanías, el contratista asegurará la instalación de una planta con tecnología apropiada que evite la afectación de los componentes del ambiente y presentará para su autorización y aprobación por parte de la Inspección y la Unidad Ambiental, un Plan de Manejo Ambiental específico con medidas preventivas y de mitigación de impactos. Se deberá presentar una memoria descriptiva y un croquis de sus instalaciones y una memoria detallando la gestión integral de sus residuos y efluentes. Presentará un plan de medidas prevención y de mitigación a implementar durante la utilización de la planta, el cual deberá ser aprobado por el RAP. Los tanques de asfalto y de combustible estarán sobreelevados de la superficie del terreno; los sectores donde se implantarán deberán ser preparados convenientemente a fin de evitar derrames, que contaminen el suelo y los recursos hídricos. Aquellas plantas que utilicen para la recuperación de finos vía húmeda, deberán disponer de un área de decantación impermeable que evite el contacto de los finos con el recurso suelo y eventualmente las aguas superficiales. Los residuos de las pruebas del funcionamiento de la planta deberán disponerse de forma tal que no contaminen los recursos bióticos, suelos y aguas y deberán ser recuperados y tratados por el Contratista. Deberá asegurarse una reducida emisión de ruido, humos, gases y residuos o partículas y se evitará la caída de material de la cinta transportadora, mediante la solución que corresponda a cada caso. La Contratista deberá documentar el tipo de residuos peligrosos generados y los circuitos utilizados para su eliminación y/o envío para su tratamiento (manifiestos de los residuos transportados, copia de los certificados ambientales de las empresas transportistas y de tratamiento y/o disposición final). En el ingreso de los áridos a la planta se deberá cuidar que lo hagan lo suficientemente limpios a fin de evitar la movilización de partículas perjudiciales al medio en el que se sitúa la planta. En el caso que se produzcan excesivos particulados del acopio con afectación al medio circundante, se deberá implementar medidas que minimicen dicho efecto, tal como colocación de coberturas. Se deberán usar, donde sea técnicamente factible, quemadores a gas. En el caso de utilizar quemadores de petróleo, el combustible utilizado deberá ser de calidad apropiada a los fines de disminuir la contaminación atmosférica. Una vez retirada la planta del lugar de emplazamiento se deberá restituir el terreno utilizado a su estado preoperacional.

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n)

De ser adecuado técnicamente, se procederá al reciclado de materiales del pavimento, evitando así una mayor extracción de agregados y su transporte.

Caminos de Desvío Los caminos de desvío, cuya construcción implique ocupar áreas que no estaban originalmente destinadas a tal efecto, deberán contar con una evaluación de impacto ambiental y la implementación de las medidas de mitigación que surjan de la misma. Se deberá verificar la seguridad del tránsito vehicular y peatonal. Obligaciones de la Empresa con su Personal La Contratista, garantizará a su personal la atención médica integral. Ante la posibilidad de ocurrencia de enfermedades infecto-contagiosas, como de aquellas provocadas por ingestión de aguas y alimentos contaminados, deberá: a) Los trabajadores que ingresarán a la empresa constructora, deberán ser sometidos a exámenes médicos que incluirán los estudios de laboratorio correspondientes. b) Realizará una campaña educativa por los medios adecuados (e.g. afiches, folletos) sobre normas de higiene y comportamiento, así como a la preservación del ambiente. c) Se tendrá especial cuidado en aquellos casos adonde no se dispone de redes de agua, en hervir las aguas para el uso humano y para el lavado de alimentos que se consumen crudos, cuando éstos se preparen en los obradores. d) La fiscalización en estos casos estará a cargo del RAP. Normas de Seguridad Ambiental La Empresa cumplirá con las siguientes normas de seguridad durante la construcción Manejo y Transporte de Materiales Contaminantes y Peligrosos a)

b) c)

Los materiales, tales como combustibles, explosivos, lubricantes, bitúmenes, aguas servidas no tratadas, deshechos y basuras deberán transportarse y almacenarse adoptando las medidas necesarias para evitar derrames, pérdida y/o daños por lluvias y/o anegamientos, robos, incendios. Se cumplirá con las normativas nacionales y provinciales vinculadas al tema, especialmente con las aquellas referidas al almacenamiento, transporte, disposición y tratamiento de Sustancias Peligrosas. Se reitera que la Contratista deberá documentar todos los tipos de residuos peligrosos transportados y generado, los circuitos utilizados para su almacenamiento, envío, eliminación y/o tratamiento (manifiestos de lo transportado, certificados ambientales de las empresas transportistas y de tratamiento o disposición final).

Suspensión temporal por períodos prolongados En los casos en que las condiciones climáticas no permitan la prosecución de las obras, se deberá asegurar que las mismas permitan el escurrimiento del agua de las precipitaciones provocando la mínima erosión posible y tomando los recaudos con respecto a la seguridad de hombres, animales y bienes. Transporte durante la Construcción a) Se deberá asegurar que ningún material caerá de los vehículos durante el paso por calles o caminos públicos, particularmente en zonas pobladas. b) Se podrán delimitar las áreas de trabajo para minimizar polvo y la compactación con la consecuente pérdida de vegetación. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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c) Los circuitos deberán estar convenientemente señalizados y se deben evitar los daños a caminos públicos, vehículos y/o peatones.

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CAPÍTULO V: PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES

GENERALIDADES Y MARCO LEGAL Todos los bienes, obras y servicios (excepto los servicios de consultoría) serán adquiridos de acuerdo con las disposiciones de la Sección I de las “Normas para Adquisiciones con Préstamos BIRF y Créditos de la AIF” de fecha Mayo de 2004 (las Normas de Adquisición), adjuntas al presente Manual en el Anexo 13 y las disposiciones del Anexo III del Convenio de Préstamo. Todos los servicios de consultoría serán adquiridos de acuerdo con las Secciones I y IV de las “Normas: Selección y Contratación de Consultores por los Prestatarios del Banco Mundial” de fecha Mayo de 2004 (las Normas de Contratación de Consultores) adjuntas al presente Manual en el Anexo 14, y las disposiciones del Anexo III del Convenio de Préstamo. Si existiera algún conflicto entre lo dispuesto en este Manual Operativo, y las Normas de Adquisiciones y Contrataciones del Banco Mundial o el Convenio de Préstamo BIRF 7385-AR, prevalecerá lo dispuesto en las Normas y el Convenio de Préstamo. Las relaciones jurídicas entre el Banco Mundial y la Nación en su carácter de Prestataria del Programa, se regirán por lo establecido en el Convenio de Préstamo BIRF Nº 7385-AR. Los procedimientos serán realizados conforme las disposiciones establecidas en las Normas del Banco Mundial que resulten aplicables en cada tema, las disposiciones que al respecto se establecen en el Convenio de Préstamo, y supletoriamente lo establecido en este Manual. Los procedimientos de contratación y adjudicación que se ejecuten en el marco del Proyecto serán revisados y aprobados por el Banco Mundial, de acuerdo a las reglas que se mencionan en este Capítulo para cada tipo y monto de Subproyecto. Para llevar a cabo la ejecución de obras, las adquisiciones de bienes y la contratación de servicios de firmas consultoras a ser ejecutados en el marco del Programa, se emplearán los documentos de licitación acordados previamente entre la Nación y el Banco, y que cuenten con la correspondiente “no objeción” del último. Por cada Subproyecto que se financiará con el Préstamo, el Prestatario y el Banco acordarán, en el Plan de Adquisiciones, los diferentes métodos de adquisición o de selección de consultores y los plazos estimados de ejecución, sobre la base de los umbrales establecidos en el Convenio de Préstamo y en este Manual. Los derechos y obligaciones del Ejecutor del Programa, de las Entidades Contratantes y de los contratistas de obras, proveedores de bienes y prestadores de servicios de consultoría, se regirán por los documentos de licitación y por los contratos firmados entre ellos. En particular, la responsabilidad de llevar adelante los procedimientos formales de selección, adjudicación y pago estará a cargo de la Entidad que en cada caso se designe, teniendo en consideración el Componente, el tipo de proceso y el monto de contratación. Las normas explicitadas y señaladas en este Capítulo se aplicarán a toda contratación de obras y/o adquisición de bienes y servicios bajo el marco del Proyecto. Los gastos que no se realicen de acuerdo a los procedimientos convenidos no serán financiados por este Proyecto, procediéndose a cancelar la porción correspondiente a dichos gastos y a aplicar las medidas establecidas en el Convenio de Préstamo y en los Convenios de Préstamos Subsidiarios. Otra PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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causa de adquisición viciada la constituyen aquellos contratos que no se adjudiquen al Licitante cuya oferta hubiera sido la más baja y que se haya ajustado sustancialmente con los requisitos de los Documentos de la Licitación. Los fondos de este Proyecto financiarán la ejecución de obras, adquisición de bienes y servicios proporcionados por empresas e individuos de todos los países, siendo requisito esencial que las mismas tengan capacidad suficiente para asegurar el cumplimiento del contrato. Son excepciones al mencionado criterio, las que se enumeran a continuación: (a)

(b)

(c) (d) (e)

Las firmas de un país o los bienes producidos en un país pueden ser excluidos si, i) por condición de leyes o regulaciones oficiales se prohíben relaciones comerciales con ese país siempre que el Banco esté de acuerdo; ii) en cumplimiento de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, se prohíbe la importación de bienes o pagos de cualquier naturaleza a personas o entidades de ese país. Toda firma contratada para proveer servicios de Consultoría, respecto de la preparación o ejecución de un Subproyecto, quedará descalificada para suministrar bienes o construir obras o servicios que estén directamente relacionados con los servicios de consultoría por los que fueron contratados. Las empresas estatales podrán participar solamente si demuestran que: i) tienen autonomía legal y financiera, ii) funcionan conforme a las leyes comerciales y iii) no dependen de entidades del Prestatario o Subprestarario. Toda firma que el Banco declare inelegible según lo dispuesto en el subpárrafo d) del párrafo 1.14 de las Normas de Adquisición. Adquisición no conforme con los procedimientos convenidos.

Adquisición de Obras Las obras realizadas bajo este Proyecto incluirán las establecidas en el Componente A del Proyecto, y comprenderán, entre otras, contratos para la prolongación y rehabilitación de redes de suministro de agua, sistemas cloacales, infraestructura de drenaje, la construcción y rehabilitación de las instalaciones para el tratamiento de las aguas de desagüe, y la pavimentación, rehabilitación y el mantenimiento de accesos y caminos productivos urbanos y rurales. Adquisición de Bienes Los bienes suministrados en el presente Proyecto incluirán: el equipo de informática, y otras mercaderías relacionadas para la administración y vigencia del Proyecto. Adquisición de Servicios que no fueren de asesoría Este Proyecto no financiará servicios que no fueren de asesoría. Servicios de Consultoría Los servicios de consultoría financiados por el Proyecto consistirán en lo siguiente: (i) consultores individuales para la contratación del personal de la UEC; (ii) particulares y firmas para la prestación de asistencia técnica a las Unidades Ejecutoras Municipales y/o Provinciales respecto de los análisis técnicos, ambientales, económicos y financieros de los Subproyectos; (iii) particulares y firmas para la prestación de asistencia técnica para mejoras en la planificación de inversiones, la administración operativa y el desarrollo del sector regulatorio y marcos políticos a niveles municipales y provinciales; (iv) particulares y firmas para la revisión técnica independiente de obras, y (v) particulares y firmas para ejecutar las actividades adicionales a ser financiadas mediante el Componente C. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Costos operativos El Proyecto financiará gastos recurrentes razonables, basados en un presupuesto anual previamente aprobado por el Banco, que no tendrían que haber sido incurridos por el Prestatario de no haber existido el Proyecto. Estos costos incluirán aquellos por transporte y viáticos de personal de la UEC, los costos de administración del Proyecto (entre los cuales incluirán el alquiler de la oficina), la operación y el mantenimiento del equipo de oficina y los bienes no durables, y deberán realizarse por medio de los procedimientos que fueren encontrados aceptables para el Banco. Capacitación El Proyecto también financiará la “Capacitación”, lo que significa los gastos (otros adicionales a aquellos para cubrir los servicios de consultoría) incurridos por el Prestatario y/o las Entidades Elegibles pertinentes, tal como fuera aprobado por el Banco sobre la base de un presupuesto anual aceptable para el Banco, para financiar costos de transporte razonables y viáticos de los capacitados y de aquellos que imparten dicha capacitación (de corresponder), aranceles de inscripción a capacitación, y alquiler de instalaciones para capacitación y equipo de acuerdo con los Subproyectos de Desarrollo Institucional y la Parte C del Proyecto (tal fuera el caso). Otros Los procedimientos de adquisiciones y los documentos generales de licitación a utilizar para cada método de adquisiciones, así como también los contratos modelo para la compra serán presentados dentro de los 90 días a partir de la firma del Convenio de Préstamo en la página web del Proyecto (www.ucpypfe.gov.ar), una vez que se haya obtenido la no objeción del Banco a esos documentos. Sistema de Información sobre Adquisiciones Se implementará un sistema de información para adquisiciones y contrataciones, a más tardar doce (12) meses después de la fecha de Efectividad del Préstamo. En el Anexo 15 del presente Manual, se establecen los Términos de Referencia del Sistema de Información sobre Adquisiciones. Manejo de Archivos y Comunicaciones La documentación de todas las adquisiciones realizadas por las Entidades Elegibles, las Provincias y la UEC, serán debidamente archivadas. En particular, las Entidades Elegibles y/o las Provincias deberán remitir a la UEC la siguiente información relacionada al acto licitatorio: (i) una copia completa del informe de la Comisión Evaluadora, que incluya un análisis comparativo de todas las ofertas, (ii) una copia completa de la oferta preadjudicada y de aquellas ofertas rechazadas por causas establecidas en los documentos de licitación y (iii) una copia de la parte sustancial de todas las ofertas que hayan participado en el acto licitatorio: el formulario de oferta y planilla de detalle de la oferta por ítems y garantía de la oferta. Sin perjuicio de las normas y procedimientos administrativos de cada una las jurisdicciones participantes en el Proyecto, el manejo de los archivos y la correspondencia referidos al mismo deberá considerar que los sistemas utilizados contemplen (i) el registro, archivo, resguardo e integridad de la documentación, (ii) el registro de la correspondencia con la debida individualización de notas emitidas y recibidas, fecha, firmante, destinatario, contenido y tema, y (iii) personal responsable del área pertinente. Con relación al manejo del archivo y la correspondencia por parte de la UEC, ésta podrá contratar servicios externos de administración y de archivo de documentación con cargo al financiamiento del Proyecto asignables al Concepto Costos Operativos del Proyecto y conforme los procedimientos que fueren encontrados aceptables para el Banco. Publicaciones PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Al inicio de las operaciones del Préstamo, y luego de una revisión anual para las LPI que se ejecuten en el año, la UEC deberá preparar y presentar al Banco un Anuncio General de Adquisiciones, quién dispondrá que el mismo sea publicado en el UN Development Business online (UNDB on-line) y en el Development Gateways dg Market. Los procedimientos de adquisiciones y los documentos generales de licitación a utilizar para cada método de adquisiciones, así como también los contratos modelo para la compra serán presentados dentro de los 90 días a partir de la firma del Convenio de Préstamo en la página web del Proyecto (www.ucpypfe.gov.ar), una vez que se haya obtenido la no objeción del Banco a esos documentos. El Plan de Adquisiciones presentado en el SEPA será actualizado por la UEC por lo menos en forma anual o bien como fuere requerido para que refleje las necesidades reales en la implementación del Proyecto y las mejoras en la capacidad institucional. El mismo deberá contar con la aprobación previa del Banco, rigiéndose la misma metodología de presentación expuesta en el Título Plan de Adquisiciones de este Capítulo. Con posterioridad a su aprobación por parte de las instancias que correspondan, los llamados a licitación, los pliegos de licitación o las convocatorias de manifestación de interés, las actas de apertura de ofertas, y los informes de evaluación de las ofertas y las recomendaciones de adjudicación se publicarán en la página web de la UEP, de la UEC y de la Oficina Nacional de Contrataciones de manera que resulte aceptable para el Banco. En el caso de LPI y de Contratos de Consultorías de valor equivalente o mayor a U$S 200.000 bajo los métodos de selección SBCC, SBC y SBMC, el anuncio (LPI) o la manifestación de interés (Consultorías) deberán publicarse también en el Development Business de Naciones Unidas (UNDB on line) y en el dgMarket. Asimismo, se publicarán en esos medios las correspondientes recomendaciones de adjudicación de las LPI y de la Contratación de Firmas Consultoras realizadas mediante los métodos de selección SBCC, SBC, SBMC, SCC y SSF. La Entidad Elegible será la responsable de las publicaciones en el periódico nacional, cuando el procedimiento aplicado así lo requiera, y solicitará por escrito su publicación en la página web de la UEP como de la UEC. Asimismo, solicitará a la UEC que por su intermedio se realice la debida publicación en la Oficina Nacional de Contrataciones, y en los casos de LPI y de Contratos de Consultorías (cuando sea requerido por el método se selección aplicado), la pertinente tramitación ante el Banco para su publicación en el Development Business de Naciones Unidas (UNDB on line) y en el dgMarket. PLAN DE ADQUISICIONES En su carácter de organismo ejecutor, la UCPyPFE, a través de la UEC, adjuntó a las Actas de Deliberaciones y Negociaciones Técnicas del Préstamo, un Plan de Adquisiciones para la ejecución del Proyecto aceptable para el Banco, fechado el 3 de marzo de 2006 y por un período inicial de 12 meses. Dicho Plan contiene las contrataciones de obras, adquisiciones de bienes, contrataciones de firmas consultoras y consultores individuales, que se esperan realizar en el marco del Proyecto. El Plan de Adquisiciones será actualizado por lo menos en forma anual o bien como fuere requerido para que refleje las necesidades reales en la implementación del Proyecto y las mejoras en la capacidad institucional. Dichas actualizaciones cubrirán como mínimo los siguientes 18 meses de implementación. Antes del 15 de noviembre de cada año, cada Entidad Elegible deberá presentar a la UEP el correspondiente Plan de Adquisiciones para la ejecución de los Subproyetos a su cargo. Por su parte y a más tardar el 1º de diciembre de cada año, la UEP confeccionará y elevará a la UEC el Plan de Adquisiciones de los Subproyectos de la Provincia, el cual contendrá la información remitida por las PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Entidades Elegibles, y si fuera el caso, aquella referida a Subproyectos que sean ejecutados por esa UEP. Una vez analizados y aprobados los correspondientes Planes de Adquisiciones presentados por las UEP´s, la UEC remitirá al Banco para su “no objeción” el Plan de Adquisiciones del Proyecto, el que contendrá la información consignada en los Planes de Adquisiciones presentados por las Provincias junto con los Planes de Adquisiciones de las acciones a ser llevadas a cabo por la UEC en el marco del Componente C del Proyecto. Similar operatoria, con excepción de las fechas arriba fijadas, deberá efectuarse en los casos en que se realicen las actualizaciones y/o ajustes necesarios a los Planes oportunamente aprobados. En caso de que algunas de las instancias antes mencionadas, planten observaciones a los Planes presentados, las cuestiones a resolver deberán ser presentadas en un tiempo no menor a cinco (5) días de efectuada la comunicación pertinente. El Prestatario preparará el Plan de Adquisiciones incluyendo las adquisiciones correspondientes a los Subproyectos, sobre la base de los umbrales por método de adquisición y de selección de consultores establecidos en el Convenio de Préstamo. Al momento de la preparación de los Planes de Adquisiciones no se podrá fraccionar una contratación con la única finalidad de eludir la aplicación de los montos máximos fijados para los procedimientos de contratación establecidos en el Convenio de Préstamo. A efectos de la confección del Plan de Adquisiciones, el Contratante del Programa deberá desarrollar adecuados informes que permitan apreciar, entre otros puntos, lo siguiente: 1) información agregada de la cantidad y montos de contratos para cada uno de los tipos de adquisición y discriminada por método de adquisición, 2) información, por separado de: contratos firmados, contrataciones en proceso, y contrataciones futuras según el Plan de Adquisiciones, 3) información que permita monitorear el progreso de las adquisiciones, y 4) información de montos pagados comparada con la contabilidad del Proyecto. La información contenida en el Plan de Adquisiciones (y sus sucesivas actualizaciones) será utilizada a efectos de la realización de las revisiones ex post que realice el Banco. En el Anexo 16 del presente Manual se presenta el Modelo del Plan de Adquisiciones. El Prestatario someterá el Plan de Adquisiciones y sus actualizaciones a la revisión previa del Banco y lo implementará en la forma que ha sido aprobada por el Banco, y con anterioridad a la emisión de cualquier invitación a licitar, la adquisición debe haber sido incluida en el Plan de Adquisiciones del Proyecto oportunamente aprobado. Toda vez que las distintas Entidades Contratantes, o aquellos actores involucrados en tareas de control y seguimiento de actividades ejecutadas en el marco del Proyecto, detectaran desvíos significativos en la ejecución del Plan acordado con el Banco, deberán poner esta circunstancia en conocimiento de la UEC a través de la incorporación de estas novedades al sistema. La UEC dispondrá las medidas necesarias para corregir los desvíos, y en su caso, pondrá esta información en conocimiento del Banco. Asimismo, una vez detectados eventuales desvíos en la ejecución de los contratos incluidos en el Plan de Adquisiciones, las Entidades Contratantes deberán poner en práctica de inmediato las acciones correctivas que permitan continuar ejecutando el Plan de la manera más eficiente.

DISPOSICIONES ESPECIALES SOBRE CONTRATACIONES Según el presente Proyecto, se aplicará lo siguiente a las adquisiciones financiadas en su marco: En general No será condición para la presentación de ofertas o propuestas y/o la adjudicación de contratos que los oferentes o consultores (i) estén inscriptos en la Argentina; (ii) cuenten con un representante en PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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la Argentina; o (iii) estén asociados con proveedores, contratistas o consultores argentinos o subcontraten con ellos. Los llamados a licitación, los pliegos de licitación, las actas de apertura de ofertas, las convocatorias de manifestación de interés y los informes de evaluación de las ofertas y propuestas para la provisión de bienes, obras y servicios de consultoría, según fuera el caso, se publicarán en una página web de la UEP, de la UEC y de la Oficina Nacional de Contrataciones de manera que resulte aceptable para el Banco. Las disposiciones estipuladas en los apartados 2.49 a 2.54 y 2.59 de las Normas de Adquisiciones relativas a la “Evaluación y comparación de ofertas” resultarán también aplicables a contratos de adquisición de bienes y obras a ser adjudicados por Licitación Pública Nacional. Las referencias para los oferentes en una o más revistas especializadas no serán utilizadas por el Prestatario y/o las Entidades Elegibles (tal como fuera el caso) para determinar si el oferente cuya licitación ha sido determinada como la licitación evaluada más baja posee la capacidad y los recursos para llevar a cabo efectivamente el contrato ofrecido en la licitación, como fuera referido en la disposición establecida en el párrafo 2.58 de las Normas de Adquisiciones. La disposición establecida en el párrafo 2.58 de las Normas de Adquisiciones (incluyendo dicha limitación) también será aplicable a los contratos para bienes y obras a ser adquiridos bajo los procedimientos de Licitación Pública Nacional. Los tipos de contratos descriptos en la Sección IV de las Normas de Contratación de Consultores (incluyendo las importantes disposiciones que deberán formar parte de dichos contratos bajo la citada Sección IV) deberán ser los únicos tipos de contratos a ser utilizados por la UEC, las UEP´s y/o las Entidades Elegibles (como fuera el caso) en relación con la contratación de servicios de consultoría suministrados por una empresa y que serán financiados con los fondos del Préstamo. Conforme lo establecido en el Convenio de Préstamo (Punto 3 de la Parte B de la Sección II del Anexo 4) para los Subproyecto de Agua y Cloacas propuesto por un Proveedor de Servicios de suministro de agua y cloacas, con características de concesión o modalidad semejante del sector privado, cuyo costo se encuentre dentro de los umbrales establecidos para LPN o CP se aplicarán los procedimientos de adquisición previstos para dichos métodos de adquisición. Para costos superiores, se deberá cumplir con la disposición de las Normas de Adquisición, párrafo 3.13 b, es decir el método previstos de las LPI. No se utilizará el mecanismo de Arbitraje Internacional para la resolución de conflictos tanto en las licitaciones públicas nacionales como internacionales y, en cambio, agotados los procedimientos administrativos establecidos en los pliegos se acudirá a los tribunales nacionales o provinciales según lo establezcan los pliegos de licitación. Los Documentos de Licitación para LPI y LPN incluirán mecanismos de conciliación a ser acordados por el Banco, como paso previo al recurso ante los tribunales para solucionar las controversias. Para el caso de rechazo de todas las ofertas, será de aplicación lo establecido en las Normas, párrafos 2.61 al 2.64.

Bienes y Obras No se utilizará un sistema de adquisición de dos sobres para la compra de bienes, servicios (que no fueran servicios de consultoría) u obras, ni se permitirá el uso de sistemas de puntaje para los contratos de provisión de bienes, servicios (distintos de los de consultoría) y obras. Luego de la apertura pública de ofertas, la información relativa al examen, aclaración y evaluación de las propuestas y recomendaciones vinculadas con la adjudicación no será revelada a los oferentes, consultores u otras personas que no estén oficialmente involucradas en el proceso, hasta PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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tanto se publique la adjudicación del contrato. A los oferentes no se les permitirá revisar o hacer copias de las licitaciones de otros oferentes. Los contratos de provisión de bienes, servicios – distintos de los de consultoría – y obras no se adjudicarán a la oferta “más conveniente”, sino a la que, según se determine, responda sustancialmente a las necesidades del caso y sea la más baja, siempre y cuando se determine con posterioridad que el oferente reúne los requisitos necesarios para cumplir el contrato de manera satisfactoria (ver el punto C Apertura y Evaluación de las Ofertas y Adjudicación del Contrato, del Capítulo II de las Normas de Adquisición). Al oferente que presente la oferta más baja no se le exigirá reducir la oferta como condición para la adjudicación del contrato. El Ajuste del Precio para los Contratos de Obras Civiles seguirá la Metodología de Ajuste de Precios acordada entre el Gobierno de la Argentina y el Banco, metodología que se detalla en el Anexo 17 del presente Manual y que será incorporada a los Pliegos de Licitación. Servicios de Consultoría Se usarán los modelos de contrato del Banco y no se permitirá el uso de “Convenios”. No se tienen previstas las asignaciones para Servicios de Consultoría con preselección de empresas internacionales. En el caso de los procesos de contratación de firmas consultoras, no se establecerán restricciones vinculadas con la invitación a empresas de países miembros del Banco. Asimismo, de acuerdo a las normas del BIRF se deberá tender a una amplia representación geográfica. Los Firmas Consultoras serán seleccionados sobre la base de una lista corta preparada de acuerdo a lo establecido en los párrafos 2.6, 2.7 y 2.8 de las Normas de Contratación de Consultores. Las preselecciones de consultoras de servicios con un costo estimado inferior a u$s 500.000 equivalente por contrato, podrá estar formada en su totalidad por consultoras nacionales de acuerdo con las disposiciones del párrafo 2.7 de las Normas de Contratación de Consultores. La selección de consultores individuales se realizará conforme el Capítulo V de las Normas de Contratación de Consultores. A los consultores individuales no se les exigirá presentar garantías de mantenimiento de oferta ni de cumplimiento y se evitará la suscripción de contratos de locación de obra para prestar servicios. Restricciones para el uso de los Recursos del Proyecto Los recursos del Proyecto no podrán destinarse a financiar: (a) (b) (c) (d) (e) (f) (g) (h) (i)

adquisición de bienes usados; re- financiamiento y cancelación de deudas; remuneraciones, despidos, retiro voluntario, jubilaciones, ni ninguna otra remuneración del sector público; arriendo de inmuebles;14 adquisición de terrenos o inmuebles; bienes militares o para seguridad pública (no vial); gastos presupuestarios; las inversiones destinadas a la conservación rutinaria; obras civiles por administración directa.

14 Salvo lo estipulado en el Contrato de Préstamo respecto del Componente C del Proyecto. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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EXAMEN POR PARTE DEL BANCO DE LAS DECISIONES DE ADQUISICIÓN Independientemente de la revisión ex-ante que pudiera realizar el BIRF de acuerdo a los criterios que se exponen a continuación, todos los documentos que se formulen y las decisiones de contratación que se tomen, deberán ser elevados a la UEC, a efectos de obtener su no objeción antes de proceder a su utilización o de hacer efectiva la decisión, según el caso. Bienes, obras, y servicios no relativos a Consultoría Excepto que el Banco determine lo contrario por medio de notificación al Prestatario, los siguientes contratos estarán sujetos a Examen Previo del Banco: (a) cada contrato de obras cuyo costo se estime equivalente a u$s 3.000.000 o más; (b) los primeros dos contratos de obras a ser adjudicados bajo Licitación Pública Nacional y Comparación de Precios sin tener en cuenta sus costos; (c) cada contrato de bienes cuyo costo se estime equivalente a u$s 250.000 o más; (d) los primeros dos contratos de bienes a ser adquiridos por Licitación Pública Nacional y Comparación de Precios sin tener en cuenta sus costos. Todos los otros contratos estarán sujetos a Examen Posterior por parte del Banco y toda la documentación estará a disposición del Banco para su revisión cuando éste lo requiera. Servicios de Consultoría Excepto que el Banco determine lo contrario por medio de notificación al Prestatario, los siguientes contratos estarán sujetos a Examen Previo del Banco: (a) cada contrato de servicios de consultoría prestado por una firma: (i) cuyo costo se estime equivalente a u$s 150.000 o más; (ii) para llevar a cabo las revisiones técnicas periódicas referidas en la Parte C.2 del Proyecto; y (iii) por el método de Selección sobre una Sola Fuente; y (b) los primeros dos contratos de servicios de consultoría prestados por una firma sobre la base de una Selección Basada en Calidad y Costo, en la Selección en Base al Menor Costo y en la Selección Basada en las Calificaciones de los Consultores sin tener en cuenta sus costos. Además, con respecto a cada contrato de servicios de consultores individuales cuyo costo se estime en un valor equivalente a u$s 100.000 o más, o para ser contratados sobre la base de una sola fuente, el informe sobre las calificaciones y experiencia de todos los postulantes evaluados, los términos de referencia y los términos de contratación de los consultores estarán sujetos a Examen Previo por parte del Banco. Todos los otros contratos estarán sujetos a Examen Posterior por parte del Banco y toda la documentación estará a disposición del Banco para su revisión cuando éste lo requiera. Para todos los contratos no sometidos a revisión ex ante por el Banco, se aplicarán las disposiciones del parágrafo 5 del Apéndice 1 de las Normas de Contratación de Consultores. El Banco realizará misiones de supervisión ex post de contratos con una frecuencia anual. No obstante a ello, toda la documentación estará a disposición del Banco para su revisión cuando éste la requiera.

Cuadro Resumen: Umbrales para Revisión Previa Componentes 1. Obras a. Los dos (2) primeros contratos por LPN y CP cualquiera sea el monto. b. Contratos cuyos montos se estimen equivalente a u$s 3.000.000 ó más. c. Todos los contratos que se aplique el Sistema de una Sola Fuente (SSF) 2. Bienes

Sistema de Contratación

UEP

UEC

Banco

LPN / CP

Analiza y opina Analiza y opina Analiza y opina

Analiza y opina

Analiza y otorga “no objeción” Analiza y otorga “no objeción” Analiza y otorga “no objeción”

LPI / LPN SSF

Analiza y opina Analiza y opina

PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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a. Los dos (2) primeros contratos LPN y CP sin tener en cuenta sus costos. b. Contratos con montos equivalentes ó superiores a u$s 250.000 c. Todos los contratos que se aplique el Sistema de una Sola Fuente (SSF) 3. Consultoria A. Firma Consultora a. Los primeros dos (2) contratos SBCC, SBMC y SCC sin tener en cuenta sus costos.

LPN / CP

Analiza y opina Analiza y opina Analiza y opina

Analiza y opina

SBCC / SBMC / SCC

Analiza y opina

Analiza y opina

Analiza y otorga “no objeción”

b. Contrato superior a u$s a 150.000

SBCC / SBMC

Analiza y opina

c. Todos los contratos que se aplique el Sistema de una Sola Fuente (SSF) d. Consultorías que lleven a cabo las revisiones técnicas periódicas referidas en la Parte C.2 del Proyecto B. Consultor Individual a. Contrato con monto superior a u$s 100.000 b. Todos los contratos que se aplique el Sistema de una Sola Fuente (SSF)

SSF

Analiza y opina Analiza y opina Analiza y opina

Analiza y otorga “no objeción” Analiza y otorga “no objeción” Analiza y otorga “no objeción”

Analiza y opina Analiza y opina

Analiza y opina

LPI / LPN SSF

SBCC / SBMC / SCC SCC SSF

Analiza y opina Analiza y opina

Analiza y opina Analiza y opina

Analiza y opina

Analiza y otorga “no objeción” Analiza y otorga “no objeción” Analiza y otorga “no objeción”

Analiza y otorga “no objeción” Analiza y otorga “no objeción”

MÉTODOS DE ADQUISICIONES

Métodos Particulares de Adquisición de Bienes, Obras y Servicios (excepto los Servicios de Consultoría) Licitación Pública Internacional (LPI) Los bienes cuyo costo se estime superior o igual al equivalente a u$s 350.000 por contrato y las obras cuyo costo se estime superior o igual al equivalente a u$s 5.000.000 por contrato deberán ser adquiridos bajo contratos adjudicados por Licitación Pública Internacional. Las disposiciones de los apartados 2.55 y 2.56 de las Normas de Adquisición, relativas a la preferencia de bienes nacionales en la evaluación de ofertas, resultarán de aplicación a bienes fabricados en el territorio del Prestatario. No se ha previsto que se realice precalificación de licitantes, pero en caso de que tal procedimiento se acuerde con el Banco durante la ejecución del Proyecto, se aplicarán procedimientos de precalificación con pliegos de licitación sobre la base de los documentos estándar del Banco. Licitación Pública Nacional (LPN) Los bienes cuyo costo se estime inferior al equivalente a u$s 350.000 por contrato, y (ii) las obras cuyo costo se estime inferior al equivalente a u$s 5.000.000 por contrato, pueden ser adquiridos en virtud de contratos adjudicados por Licitación Pública Nacional. Comparación de Precios (CP)

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Los bienes cuyo valor se estime inferior al equivalente a u$s 100.000 por contrato y las obras cuyo valor se estime inferior al equivalente a u$s 500.000 por contrato, pueden ser adquiridos en virtud de contratos adjudicados por Comparación de Precios. La comparación de precios es un método de contratación que se basa en la obtención de cotizaciones de precios de diversos proveedores, con un mínimo de tres, a fin de obtener precios competitivos, y es un método apropiado para adquirir bienes en existencia, fáciles de obtener, o productos con especificaciones estándar y pequeño valor. Para la evaluación de las cotizaciones el comprador debe seguir los mismos principios que se aplican para las aperturas públicas. Los términos de la oferta aceptada deben incorporarse en una orden de compra. Método de Contratación Directa de Obras o Adquisición Directa de Bienes (SSF) La contratación directa es una contratación sin competencia (una sola fuente) y puede ser un método adecuado en las siguientes circunstancias: i)

ii)

iii) iv) v)

Un contrato existente para la ejecución de obras o el suministro de bienes, adjudicado de conformidad con procedimientos aceptables para el Banco, puede ampliarse para incluir bienes u obras adicionales de carácter similar. En tales casos se debe justificar, a satisfacción del Banco, que no se puede obtener ventaja alguna con un nuevo proceso competitivo y que los precios del contrato ampliado son razonables. Cuando se prevea la posibilidad de ampliación, se deben incluir estipulaciones al respecto en el contrato original. La estandarización de equipos o de repuestos, con fines de compatibilidad con el equipo existente, puede justificar compras adicionales al proveedor original. Para que se justifiquen tales compras, el equipo original debe ser apropiado, el número de elementos nuevos por lo general debe ser menor que el número de elementos en existencia, el precio debe ser razonable y deben haberse considerado y rechazado las ventajas de instalar equipo de otra marca o fuente con fundamentos aceptables para el Banco. El equipo requerido es patentado o de marca registrada y sólo puede obtenerse de una fuente. El contratista responsable del diseño de un proceso exige la compra de elementos críticos de un proveedor determinado como condición de mantener su garantía de cumplimiento. En casos excepcionales, tales como cuando se requiera tomar medidas rápidas después de una catástrofe natural.

Métodos Particulares de Adquisición de Servicios de Consultoría Selección Basada en Calidad y Costo (SBCC) Excepto estipulación en contrario, los servicios de consultoría serán adquiridos bajo contratos adjudicados teniendo en cuenta la Selección basada en la calidad y el costo. Proceso competitivo entre firmas consultoras incluidas en una lista corta en la que, para seleccionar la empresa a la que se adjudicará el contrato, se tienen en cuenta la calidad de la propuesta y el costo de los servicios. La ponderación que se asigne a la calidad y al costo se determinará en cada caso de acuerdo a la naturaleza del trabajo que se ha de realizar. La evaluación combinada y la ponderación se aplicarán conforme a lo establecido en los parágrafos 2.14 a 2.23 inclusive de las Normas de Contratación de Consultores. Este método puede utilizarse para cualquier valor de monto estimado de contrato. La lista corta de consultores para servicios cuyo costo se estime inferior al equivalente a u$s 500.000 por contrato podrá estar totalmente integrada por consultores nacionales (conforme el apartado 2.7 de las Normas de Contratación de Consultores). Otros Procedimientos PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Selección basada en el Menor Costo (SBMC) Los servicios por tareas que el Banco determine que cumplen con los requisitos del párrafo 3.6 de las Normas de Contratación de Consultores pueden ser adquiridos en virtud de contratos adjudicados mediante una Selección basada en el Menor Costo de acuerdo con las disposiciones de los párrafos 3.1 y 3.6 de las Normas de Contratación de Consultores. Este método puede utilizarse para trabajos específicos de tipo estándar o rutinario, cualquiera sea el valor del monto estimado de contrato. La lista corta de consultores para servicios cuyo costo se estime inferior al equivalente a u$s 500.000 por contrato podrá estar totalmente integrada por consultores nacionales (conforme el apartado 2.7 de las Normas de Contratación de Consultores). Selección Basada en las Calificaciones de los Consultores (SCC) Los servicios cuyo costo se estime en un valor menor que el equivalente a u$s 100.000 por contrato pueden ser adquiridos en virtud de contratos adjudicados de acuerdo con las disposiciones de los párrafos 3.1, 3.7 y 3.8 de las Normas de Contratación de Consultores. Selección con Base en una Sola Fuente (SSF) Las contrataciones de firmas consultoras o consultores individuales con base a una Sola Fuente (selección directa) sólo se utilizará en casos excepcionales. La justificación de este método de selección se examinará de acuerdo a lo establecido en las Normas de Contratación de Consultores del Banco (párrafos 3.9 al 3.13). Los contratos podrán ser adjudicados a las firmas consultoras y/o a consultores individuales bajo esa modalidad de selección, previa aprobación del Banco, en los siguientes casos: i)

ii)

Para firmas consultoras. La selección directa de firmas consultoras, se utilizará en casos excepcionales. La selección directa puede resultar apropiada sólo si se presenta una clara ventaja sobre el proceso competitivo: a) en el caso de servicios que constituyen una continuación natural de servicios realizados anteriormente por la firma, b) si se trata de operaciones de emergencias en respuesta a desastres y de servicios de consultorías necesarios por el plazo de tiempo inmediato después de la emergencia, c) para servicios muy pequeños , o d) cuando solamente una firma está calificada o tiene experiencia de valor excepcional para los servicios. Para consultores individuales. Los consultores pueden ser seleccionados directamente siempre que se justifique en casos excepcionales como: a) servicios que son una continuación de un trabajo previo que el consultor ha desempeñado y para el cual el consultor fue seleccionado competitivamente, b) servicios cuya duración total estimada es menor a 6 meses, c) en situaciones de emergencia como resultado de desastres naturales y d) cuando la persona es el único calificado para la tarea.

Consultores Individuales Los servicios para tareas que cumplan con los requisitos establecidos en la primera oración del párrafo 5.1 de las Normas de Contratación de Consultores, es decir, que a) no se necesitan equipos de personal, b) no se necesita apoyo profesional externo (de la oficina central), y c) la experiencia y las calificaciones de la persona son los requisitos primordiales, podrán ser adquiridos en el marco de contratos adjudicados a consultores individuales de conformidad con las disposiciones de los apartados 5.2 a 5.3 de las Normas de Contratación de Consultores, mediante la evaluación de una terna de consultores (3 consultores).

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Bajo las circunstancias descriptas en el párrafo 5.4 de las Normas de Contratación de Consultores, dichos contratos pueden ser adjudicados a consultores individuales con base en una sola fuente, sujeto a la aprobación previa por parte del Banco.

PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN

Procedimientos de Adquisición según Categoría y Costo En el cuadro siguiente se indican los procedimientos aplicables para cada tipo de contratación, de acuerdo al monto involucrado. Umbrales para cada método de contratación Categoría de Gasto

Método de Adquisición

Monto del Contrato (Límites en u$s)

Licitación Pública Internacional (LPI) Licitación Pública Nacional (LPN) Comparación de Precios (CP) Contratación Directa (SSF)

≥ 5.000.000 < 5.000.000 y ≥ 500.000 < 500.000 No considera tope

Licitación Pública Internacional (LPI) Licitación Pública Nacional (LPN) Comparación de Precios (CP) Contratación Directa (SSF)

≥ 350.000 < 350.000 y ≥ 100.000 < 100.000 No considera tope

1. Obras

2. Bienes

3. Servicios de Consultoría Convocatoria internacional. Selección basada en la calidad y el costo (SBCC) a) Firmas Consultoras Convocatoria nacional. Selección basada en la calidad y el costo (SBCC) Selección basada en el menor costo (SBMC) Selección basada en las calificaciones de los Consultores (SCC) Selección basada en una sola fuente (SSF) (contratación directa) Selección basada en las calificaciones de los consultores (SCC) b) Consultores Individuales Selección basada en una sola fuente (SSF) (contratación directa)

≥ 500.000 < 500.000 No considera tope < 100.000 No considera tope No considera tope No considera tope

Procedimientos Generales de Adquisiciones En materia de la responsabilidad operativa primaria, las obras, bienes y servicios de consultoría que se financien con recursos del Préstamo serán ejecutadas por las Entidades Elegibles, responsables de llevar adelante el proceso de contratación. No obstante ello, se podrán presentar casos en que las obras, bienes y servicios de consultoría sean ejecutados por la UEP, actuando ésta como responsable primaria de la operatoria. Por otra parte, en lo correspondiente al Componente C del Proyecto, dicha responsabilidad la tendrá la UEC. En tales situaciones los procedimientos de contratación estarán a cargo de la UEP o de la UEC, según corresponda, las cuales tendrán que dar cumplimiento a lo establecido en este Capítulo respecto de la aplicación de los procedimientos por parte de las Entidades Elegibles. Las instancias de revisión y aprobación también serán las establecidas en el presente Manual.

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Las Entidades Elegibles serán las que realicen los concursos y llamen a licitación, negocien y firmen los contratos correspondientes y supervisen e inspeccionen las tareas, obras y servicios contratados, bajo la supervisión de las UEP´s y la UEC, y del Banco. Las Entidades Elegibles prepararán los Términos de Referencia de los Servicios de Consultoría, los Pedidos de Propuesta y las Especificaciones Técnicas Particulares relacionadas con las adquisiciones de bienes y contratación de obras (documentación que no haya sido aprobada con carácter general por el Banco) sobre la base de los Documentos Estándar aprobados por el Banco. Asimismo, la preparación y publicación o envío de los llamados o invitaciones a concursar, serán elaborados por las Entidades Elegibles, de acuerdo al proceso y tipo de gasto de que se trate. También, ella será responsable de la confección de los sistemas de evaluación y calificación, así como de la elaboración y presentación de las listas cortas, orden de mérito, adjudicaciones y firma de los respectivos contratos de servicios de consultoría. Las Entidades Elegibles, remitirán la documentación a la UEP, para que ésta la revise. Las UEP´s deben analizar los documentos y supervisar lo actuado a fin de garantizar el cumplimiento de las Normas de Adquisiciones del Proyecto y del Banco. Una vez que la UEP considere aceptables los documentos y procedimientos deberá remitirlos a la UEC adjuntando un informe con su correspondiente opinión. La UEC revisará todos los documentos en carácter previo al llamado a concurso o licitación y a la firma de los contratos negociados por las Entidades Elegibles (tanto a los documentos de licitación como al proceso de adjudicación), y comunicará - según los niveles de aprobación estipulados - sus observaciones o notificará su aprobación cuando corresponda. La UEC deberá someter a “no objeción” ex ante del Banco, todos los documentos de proyecto, documentos de licitación y los procesos de adjudicación establecidos en el apartado “Examen por parte del Banco de las Decisiones de Adquisición” del presente Capítulo. En caso de no requerirse revisión ex – ante, una vez revisados los documentos y verificados los procedimientos, la UEC emitirá su no objeción y la comunicará a la UEP. Las solicitudes de “no objeción” al Banco (en los casos que se requiera), serán preparadas y enviadas por la UEC. A tal efecto, las Entidades Elegibles prepararán y enviarán la documentación de sustento a las instancias que correspondan, con su pertinente opinión. Una vez autorizado el inicio del proceso por la autoridad competente, se dará comienzo al procedimiento de adquisición. A efectos de obtener la “no objeción” del Banco de los Documentos Específicos de Licitación, la UEC sólo deberá remitir en cada caso las siguientes secciones: (i) Datos de la Licitación, (ii) Formularios de la Oferta, (iii) Información sobre Calificaciones, (iv) Carta de Aceptación y Convenio (a efectos de verificar el valor del Factor de Actualización [FA] correspondiente a cada año, ya que el mismo es variable anualmente), (v) Condiciones Especiales del Contrato, (vi) Especificaciones y Requerimientos de Cumplimiento: Especificaciones Técnicas Particulares. Memoria Descriptiva, (vii) Lista de Cantidades o Programa de Actividades, según corresponda, y (viii) Llamado a Licitación. Asimismo, se deberá remitir el presupuesto oficial actualizado a la fecha de envío al Banco (lista de cantidades con precios estimados. La Sección Planos será únicamente remitida al Banco de forma ex ante cuando éste así lo requiera. El pedido de “no objeción” se hará efectivo según el modelo de nota que se presenta en el Anexo 20 del presente Manual. En lo que respecta a la revisión posterior por parte del Banco, la UEC conservará en los archivos del Proyecto, la siguiente documentación: (i) un ejemplar auténtico del contrato (o su copia fiel), (ii) el análisis de las ofertas, (iii) la recomendación de adjudicación y (iv) cualquier otra información que el Banco razonablemente solicite, y se la enviará al Banco sólo a requerimiento de éste. La revisión de este tipo de contratos por parte del Banco se realizará una vez por año o cuando lo estime conveniente.. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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La UEC devolverá a la UEP, y ésta a la Entidad Elegible, los Documentos de Licitación (de Obras Civiles o Fortalecimiento Institucional) que, contando con la no objeción del Banco y/o la UEC, según corresponda, no hayan sido licitados en los 6 meses posteriores a la comunicación a la Provincia de dicha “no objeción”. A tal efecto, la Entidad Elegible deberá actualizar los datos del Pliego, en caso de insistir con el llamado a Licitación. Los Documentos de Licitación actualizados deberán contar nuevamente con la “no objeción” del Banco y/o de la UEC, según el caso. Los valores mínimos exigidos para los requisitos de calificación que se expresan en valores monetarios deberán ser recalculados toda vez que el presupuesto de la obra actualizado a la fecha del Llamado supere en más del 10% al presupuesto oficial que se consideró para la determinación de tales requisitos. Procedimientos de Contrataciones de Obras y Bienes Licitación Pública Internacional y Nacional de Obras y Bienes Las Entidades Elegibles prepararán los Documentos de Licitación (diseños, especificaciones y presupuesto), los cuales serán puestos a consideración de la UEP, quién previa opinión los enviará a la UEC para su conformidad, la cual estará condicionada a la “no objeción” del Banco, cuando corresponda. Avisos generales de adquisiciones Al inicio de las operaciones del Préstamo, y luego de una revisión anual para las LPI que se ejecuten en el año, la UEC deberá preparar y presentar al Banco un Anuncio General de Adquisiciones. El Banco dispondrá la inserción de tal anuncio en UN Development Business online (UNDB on-line) y en el Development Gateways dg Market. El anuncio debe contener información referente al Prestatario y al organismo ejecutor, el monto y finalidad del préstamo, la magnitud de las adquisiciones que hayan de efectuarse conforme al procedimiento de licitación pública internacional, y el nombre, el teléfono (o número de fax) y la dirección del área de las UEP´s y/o Entidades Elegibles encargadas de las adquisiciones, incluyendo la dirección de la página web donde los avisos de adquisiciones estén disponibles. Cuando éstas se conozcan, se deben indicar las fechas en que los interesados pueden obtener los documentos de licitación. Avisos específicos de adquisiciones Los llamados a licitación de cada obra, deben publicarse como Anuncios Específicos de Adquisiciones. Deben realizarse por lo menos 2 publicaciones en días hábiles consecutivos en al menos un periódico de circulación nacional del país, en la página web de la UEP y de la UEC, y en la Oficina Nacional de Contrataciones. En el caso de LPI, el anuncio, deberá publicarse en Development Business de Naciones Unidas (UNDB on line) y en el dgMarket. La Entidad Elegible será la responsable de la publicación en el periódico de circulación nacional del país, y solicitará por escrito su publicación en la página web de la UEP como de la UEC. Asimismo, solicitará a la UEC que por su intermedio se realice la debida publicación en la Oficina Nacional de Contrataciones, y en la caso de LPI, la correspondiente tramitación ante el Banco para hacer público el anuncio en el Development Business de Naciones Unidas (UNDB on line) y en el dgMarket. Plazo para la preparación de las ofertas El plazo que se conceda para la preparación y presentación de las ofertas no debe ser inferior a seis semanas para LPI y cuatro semanas para LPN a partir de la fecha del primer llamado a PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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licitación o, si fuere posterior, de la fecha en que estén disponibles los documentos de licitación. En el llamado a licitación se debe especificar la fecha y hora límites y el lugar para la entrega de las ofertas. Procedimiento para la apertura de las ofertas La Entidad Elegible efectuará la apertura de las ofertas en la hora límite fijada para su entrega y en el lugar establecido en el llamado a licitación. Las ofertas deben abrirse en público a la hora estipulada y en el lugar especificado. Copia del acta debe enviarse a la UEC y ésta al Banco en los casos de revisión ex - ante. Después de la apertura en público de las ofertas, no debe darse a conocer a los licitantes ni a personas no interesadas oficialmente en estos procedimientos, información alguna acerca del análisis, aclaración y evaluación de las ofertas ni sobre las recomendaciones relativas a la adjudicación, hasta que se haya publicado la adjudicación del contrato. Análisis de las ofertas El análisis de la admisibilidad de las ofertas estará a cargo de la Comisión de Evaluación que determinará si las ofertas a) cumplen con los requisitos exigidos en los documentos de Licitación, b) han sido debidamente firmadas, c) están acompañadas de las garantías o de las declaratorias firmadas exigidas y d) cumplen sustancialmente los requisitos especificados en los documentos de licitación. Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los requisitos, es decir, si contiene divergencias mayores o reservas con respecto a los términos, condiciones y especificaciones de los documentos de licitación, no se la debe seguir considerando. Evaluación de las ofertas La Entidad Elegible, como organismo ejecutor del Subproyecto, designará a una Comisión Evaluadora integrada por representantes de los respectivos organismos municipales y/o provinciales.15 La misma estará a cargo del análisis y la evaluación de las ofertas presentadas y propondrá la adjudicación al licitante que reúna los requisitos apropiados en cuento a capacidad y recursos y cuya oferta responda sustancialmente a los requisitos exigidos en los documentos de licitación y represente el costo más bajo evaluado. Asimismo, a fin de cumplir con las Normas del Banco se completarán los Formularios Estándar de Evaluación de Ofertas para la Contratación de Obras Menores y Adquisición de Bienes, que se incluyen en el Anexo 18 del presente Manual. La Comisión Evaluadora se expedirá y emitirá un informe de evaluación sobre la admisibilidad de las ofertas, la conveniencia de las ofertas analizadas y la evaluación de las mismas, recomendando la adjudicación de la obra al licitante que responda sustancialmente a las necesidades y requerimientos generales del caso y sea la oferta más baja. La corrección de errores de las ofertas se hará según las condiciones fijadas en los Documentos de Licitación. A ningún licitante se le debe exigir, como condición para la adjudicación del contrato, que asuma la responsabilidad por trabajos que no estén estipulados en los documentos de licitación, o que efectúe cualquier modificación de la oferta que haya presentado originalmente. El plazo óptimo para el análisis y la evaluación de ofertas es de 60 días, con un plazo máximo estimado de 90 días. Sobrepasado este plazo sin haberse adjudicado el contrato, la Entidad Elegible podrá solicitar una prórroga de la validez de las ofertas cuando se justifique debido a 15 Para

los casos en el que la entidad contratante sea la UEP o la UEC, la Comisión Evaluadora estará formada por representantes del organismo responsable de la contratación. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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circunstancias excepcionales, tales como completar el proceso de evaluación, obtener las aprobaciones y autorizaciones necesarias y adjudicar el contrato. Para ello, deberá solicitar la aprobación previa del Banco para la primera solicitud de prórroga, si esta es superior a 4 semanas, y para toda solicitud de prórroga ulterior, cualquiera sea el período de ésta. Procedimiento para la evaluación de ofertas simultáneas Cuando un mismo Licitante haya presentado ofertas para varias licitaciones que estén siendo evaluadas por la Entidad Elegible y se haya determinado que: a) dichas ofertas cumplen substancialmente con lo requerido en los correspondientes Documentos de Licitación, b) el precio ofrecido ha sido evaluado como el mas bajo para dichas licitaciones, c) el Licitante es elegible de conformidad con la Cláusula 4 de las Instrucciones a los Licitantes (IAL) de los Documentos de Licitación; y d) el Licitante no está calificado de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAL, la Entidad Elegible deberá demostrar a satisfacción del Banco que dichas licitaciones se adjudican a la combinación de licitantes que resulta en el precio total para todas ellas evaluado mas bajo. Cualquier excepción a esta regla deberá contar con el acuerdo previo del Banco. Revisión previa por parte del Banco Una vez que la Comisión Evaluadora se expida sobre la conveniencia de la adjudicación mediante un informe donde explique las razones específicas que avalan su recomendación de adjudicación, la Entidad Elegible remitirá a la UEP el pedido de no objeción a dicha adjudicación, aprobando lo actuado por la Comisión de Evaluación. La UEP evaluará dicha solicitud y remitirá, con su opinión, a la UEC para su evaluación. La UEC revisará la documentación presentada por la UEP y remitirá al Banco - en los casos que requieran revisión previa (según lo establecido en el Convenio de Préstamo y el presente Manual) - los informes correspondientes para su revisión, solicitando la no objeción a la adjudicación del contrato. Prórroga de la validez de las ofertas La Entidad Elegible deberá terminar la evaluación de las ofertas y la adjudicación de los contratos dentro del período inicial de validez, de modo que no sean necesarias las prórrogas. La prórroga de la validez de la oferta, cuando se justifique debido a circunstancias excepcionales, se debe solicitar por escrito a todos los licitantes antes de la fecha de vencimiento. La prórroga debe ser por el período mínimo que se requiera para finalizar la evaluación, obtener las aprobaciones necesarias y adjudicar el contrato. Cuando se solicite una prórroga de la validez de las ofertas, no se debe permitir a los licitantes modificar el precio (básico) cotizado ni otras condiciones de sus ofertas. Los licitantes podrán negarse a otorgar tal prórroga sin que la garantía de seriedad de sus ofertas sea ejecutada y los que estén dispuestos a prorrogar la validez de sus ofertas deben proveer una prórroga adecuada de dicha garantía. Adjudicación Una vez recibida la no objeción del Banco a la adjudicación del contrato, cuando corresponda, la UEC informará a las UEP´s dicha no objeción para que proceda a la adjudicación del contrato y se instruya la firma del mismo. La responsabilidad con respecto a la firma de los contratos deberá corresponderse a lo establecido por la Entidad Elegible en el esquema institucional de procedimientos de adquisiciones, tal cual lo referido en este Capítulo. En el caso de LPI, dentro del plazo de dos semanas de recibir la “no objeción” del Banco a la recomendación de adjudicación del contrato, la Entidad Elegible deberá publicar en el UNDB online, en el dgMarket y en la página web de la UEP y la UEC y en la Oficina Nacional de Contrataciones, los resultados que identifiquen la oferta y la siguiente información: a) nombre de PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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cada licitante que haya entregado una oferta; b) precios de las ofertas leídos en voz alta en la apertura de ofertas; c) nombre y precio evaluado de cada oferta que fue evaluada; d) nombre de los licitantes cuyas ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo; e) nombre del licitante ganador, y el precio que ofreció, así como la duración y resumen del alcance del contrato adjudicado. En el caso de LPN, dentro del plazo de dos semanas de recibir la “no objeción” por parte del Banco o la UEC (según corresponda) a la recomendación de adjudicación del contrato, la Entidad Elegible deberá publicar en la página web de la UEP y la UEC y en la Oficina Nacional de Contrataciones, los resultados que identifiquen la oferta y la siguiente información: a) nombre de cada licitante que haya entregado una oferta; b) precios de las ofertas leídos en voz alta en la apertura de ofertas; c) nombre y precio evaluado de cada oferta que fue evaluada; d) nombre de los licitantes cuyas ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo; e) nombre del licitante ganador, y el precio que ofreció, así como la duración y resumen del alcance del contrato adjudicado. Rechazo de todas las ofertas El rechazo de todas las ofertas se justifica cuando no hay competencia efectiva, o cuando las ofertas no responden esencialmente a lo solicitado, o los precios de las ofertas son sustancialmente más elevados que los presupuestos disponibles. Sin embargo, la falta de competencia no se debe determinar exclusivamente sobre la base del número de licitantes. Aún cuando solamente una oferta es entregada, el proceso podrá ser considerado válido, si la licitación fue apropiadamente notificada y los precios son razonables en comparación con los valores de mercado. Con la autorización previa del Banco, la Entidad Elegible puede rechazar todas las ofertas. Si todas las ofertas son rechazadas, la Entidad Elegible debe examinar las causas que motivaron el rechazo y considerar la posibilidad de modificar las condiciones del contrato, los planos y especificaciones, el alcance del contrato o efectuar una combinación de estos cambios, antes de llamar a una nueva licitación. No deben rechazarse todas las ofertas y llamarse a nueva licitación sobre la base de las mismas especificaciones con la sola finalidad de obtener precios más bajos. Si la oferta evaluada como la más baja que responde a lo solicitado excediera del costo estimado por la Entidad Elegible previamente a la licitación por un monto considerable, la Entidad Elegible debe investigar las causas del exceso de costo y considerar la posibilidad de llamar nuevamente a licitación, como se indica en los párrafos anteriores. Como alternativa, la Entidad Elegible podrá negociar con el licitante que haya presentado la oferta evaluada como la más baja para tratar de obtener un contrato satisfactorio mediante una reducción del alcance del contrato, que se traduzca en una reducción del precio del contrato. Sin embargo, si la reducción del alcance de los trabajos o la modificación que hubiera que introducir en los documentos del contrato fueran considerables podría ser necesario llamar a una nueva licitación. Debe obtenerse el acuerdo previo del Banco antes de rechazar todas las ofertas, llamar a una nueva licitación o entablar negociaciones con el licitante que hubiere presentado la oferta evaluada como la más baja. Información sobre adjudicaciones Al publicar la adjudicación del contrato, la Entidad Elegible debe especificar que cualquier licitante que desee corroborar las consideraciones sobre las cuales su oferta no fue seleccionada, puede solicitar una explicación al responsable de la adjudicación del contrato, el que debe oportunamente proporcionar una explicación del por qué esa oferta no fue seleccionada, ya sea por escrito o a través de una reunión de información, o ambas, a opción del Prestatario. El licitante solicitante debe asumir todos los costos de asistencia a tal reunión. Modificaciones de contrato PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Las modificaciones de obra y/o bienes que surjan durante la ejecución de contratos originados por una LPI, tendrán una revisión previa del Banco si los adicionales superan en forma agregada el 15% del monto del contrato. En este caso, la solicitud de no objeción al Banco de los adicionales de obra y/o bienes deberá contener al menos la siguiente información: a) un análisis contractual en donde se indique el avance de la obra o los bienes adquiridos, los adicionales anteriores (si correspondiesen) y el cumplimiento de plazo, b) la fundamentación de los costos adicionales producto de la modificación, c) el cálculo del precio del adicional y las fuentes utilizadas (por ej. Precios unitarios contractuales, información contenida en análisis de precios, o de otra manera a explicar), d) el impacto del adicional en la obra y/o en los servicios de los bienes adquiridos, e) el impacto del adicional en la fórmula de redeterminación de precio, si hubiere. Las modificaciones de obra y/o bienes que surjan durante la ejecución de un contrato originado por una LPN, tendrán revisión previa del Banco solamente en los siguientes casos: a) si la LPN original tuvo revisión previa por ser la primera licitación del Programa y los adicionales de obra superan en forma agregada el 15% del monto del contrato, b) si el monto del contrato incluyendo los adicionales, alcanza el monto previsto para LPI. En estos casos la Solicitud de No Objeción al Banco para los adicionales de obra y/o bienes debe contener al menos la siguiente información: a) un análisis contractual en donde se indique el avance de la obra y/o bienes adquiridos, los adicionales anteriores, el cumplimiento de plazo, b) la fundamentación de los costos adicionales, c) el cálculo del precio del adicional y las fuentes utilizadas (por ej. precios unitarios contractuales, información contenida en análisis de precios, o de otra manera a explicar), d) el impacto del adicional en la obra y/o en los servicios del bien adquirido, e) el impacto del adicional en la fórmula de redeterminación de precio, si hubiere. Otros procedimientos de contratación Comparación de Precios El sistema de Comparación de Precios (CP) es un método de adquisiciones y contrataciones rápido y simple, pero es a la vez uno de los menos competitivos. Su utilización está restringida a los casos en los cuales su justificación es incuestionable. No se podrán fraccionar las adquisiciones a los efectos de aplicar el CP. Para no incurrir en abusos al utilizarlo, es necesario observar un mínimo de formalidad y llevar un registro adecuado de lo actuado para su verificación y auditoria. La CP puede utilizarse para la adquisición de pequeñas cantidades de bienes en existencia o de productos básicos con especificaciones estándar, para los cuales no se justifica la aplicación de otros métodos que requieren documentación compleja y todas las formalidades de un proceso licitatorio. Los procesos para la adquisición de bienes y obras por comparación de precios se llevarán a cabo sobre la base de documentos estándar previamente aceptados por el Banco y conforme los párrafos 3.5 y 3.6 de las Normas de Adquisición. La Entidad Elegible deberá obtener y comparar por lo menos tres cotizaciones a fin de establecer razonabilidad de precios. Tal requerimiento no es únicamente para la solicitud, sino a los efectos obtener tres cotizaciones que sean aceptables y por ende puedan compararse. La comparación de dos cotizaciones se justifica sólo cuando hay prueba satisfactoria para el Banco de que existen únicamente dos fuentes confiables de provisión. Las cotizaciones deben presentarse por carta, télex, fax o medios electrónicos. La Entidad Elegible, deberá ejercer la debida diligencia para considerarse satisfecho de que las firmas invitadas a cotizar gozan de buena reputación, están bien establecidas y son proveedoras de los bienes o servicios adquiridos como parte habitual de su actividad comercial. En caso de que se reciban cotizaciones no solicitadas, éstas deben ser aceptadas después de realizar el ejercicio de debida diligencia para verificar la naturaleza y reputación de las firmas. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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La solicitud de cotización de precios, realizada por la Entidad Elegible, deberá incluir una descripción y la cantidad de los bienes o las especificaciones de la obra, así como el plazo (o fecha de terminación) y lugar de entrega requerido. No se requiere la publicación de los avisos pero tampoco se los prohíbe. La invitación debe indicar la fecha para la cual se necesitan las cotizaciones. La invitación debería también explicar que (a) se requiere comparar tres cotizaciones aceptables, (b) los invitados deberán confirmar si cotizan o no con la antelación requerida, y que (c) el comprador, en caso de no haber obtenido suficientes confirmaciones de participación (en general, al menos (5) cinco), puede agregar invitados en cualquier momento a efectos de asegurar esa cantidad de cotizaciones. También se puede indicar en la invitación que los invitados que confirmen y luego no coticen podrán no serán invitados en futuras oportunidades. Para la evaluación de las cotizaciones la Entidad Elegible debe seguir los mismos principios que aplican para las LPI o LPN. Una vez recibidas las cotizaciones y evaluadas las ofertas por la Comisión Evaluadora o por el área de la Entidad Elegible nombrada a tal efecto, y emitido un Informe con recomendación de adjudicación, se revisa dicha solicitud en la UEP y esta la remite a la UEC, que en caso de no tener objeciones, informa al Banco la no objeción otorgada para adjudicar o solicita al mismo su correspondiente no objeción, según lo que corresponda. No es necesario requerir garantías de oferta o de cumplimiento. Si se decidiera pedir garantía de oferta, debe darse a los oferentes tiempo suficiente para su preparación (un mínimo de dos semanas). Los términos de la oferta aceptada deben incorporarse en una orden de compra o en un contrato simplificado. Las modificaciones de obra y/o bienes que surjan durante la ejecución de un contrato originado por un Concurso de Precios, tendrán revisión previa del Banco solamente en los siguientes casos: a) si el Concurso de Precios original tuvo revisión previa por ser la primera licitación del Programa y los adicionales de obra superan en forma agregada el 15% del monto del contrato, b) si el monto del contrato incluyendo los adicionales, alcanza el monto previsto para LPN. En estos casos la Solicitud de No Objeción al Banco para los adicionales de obra y/o bienes debe contener al menos la siguiente información: a) un análisis contractual en donde se indique el avance de la obra y/o bienes adquiridos, los adicionales anteriores, el cumplimiento de plazo, b) la fundamentación de los costos adicionales, c) el cálculo del precio del adicional y las fuentes utilizadas (por ej. precios unitarios contractuales, información contenida en análisis de precios, o de otra manera a explicar), d) el impacto del adicional en la obra y/o en los servicios del bien adquirido, e) el impacto del adicional en la fórmula de redeterminación de precio, si hubiere. En el Anexo 19 del presente Manual se incluyen los Lineamientos para Adquisiciones y Contrataciones bajo Comparación de Precios. Contratación directa de obras o bienes. Este método se podrá utilizar cuando se den algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 3.6. de las Normas “Normas para Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF” de mayo de 2004, y el Banco otorgue la no objeción a la utilización de dicho método de contratación. En tales casos se debe justificar, a satisfacción del Banco, la razonabilidad de los costos y que no se puede obtener ventaja alguna con un nuevo proceso competitivo. Procedimientos de contratación de servicios de consultoría Selección Basada en Calidad y Costo (SBCC) Excepto estipulación en contrario, los servicios de los consultores serán adquiridos bajo contratos adjudicados teniendo en cuenta la Selección basada en la calidad y el costo. El proceso de selección consta de las siguientes etapas: PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Preparación de los Términos de Referencia (TR) La Entidad Elegible a través de las áreas donde se prevé desarrollar las tareas de consultoría será responsable de preparar los TR para el trabajo que se ha de realizar. El alcance de los servicios descritos en los TR debe ajustarse al presupuesto de que se dispone. En esos TR se deben definir claramente los objetivos, las metas y la extensión del trabajo encomendado y suministrarse información básica (incluso una lista de los estudios y datos básicos pertinentes que ya existan) con objeto de facilitar a los consultores la preparación de sus propuestas. Si uno de los objetivos es la capacitación o la transferencia de conocimientos, es preciso describirlo específicamente y dar detalles sobre el número de funcionarios que recibirán capacitación y otros datos similares, a fin de permitir a los consultores estimar los recursos que se necesitarán. En los TR se deben enumerar los servicios y los estudios necesarios para llevar a cabo el trabajo y los resultados previstos (por ejemplo, informes, datos, mapas, levantamientos). Sin embargo, los TR no deben ser demasiado detallados ni inflexibles, a fin de que los consultores que compitan puedan proponer su propia metodología y el personal asignado. En los TR se deben definir claramente las responsabilidades respectivas del contratante y los consultores. Estimación de costos (presupuesto) La estimación de costos se debe fundamentar en el diagnóstico que haga la Entidad Elegible sobre recursos necesarios para llevar a cabo el trabajo, es decir, tiempo del personal, apoyo logístico e insumos materiales (por ejemplo, vehículos, equipo de laboratorio). Los costos se deben dividir en dos grandes categorías: a) honorarios o remuneraciones (según el tipo de contrato que se utilice) y b) gastos reembolsables, y se deben dividir además en costos en moneda extranjera y en moneda nacional. El costo del tiempo del personal se debe calcular sobre una base objetiva respecto del personal extranjero y nacional. Publicidad A fin de obtener expresiones de interés, la UEC debe incluir una lista de los servicios de consultoría previstos en el Anuncio General de Adquisiciones, y la Entidad Elegible debe publicar una solicitud de expresión de interés por cada contrato de consultoría en un periódico nacional, y en las páginas web de la Oficina Nacional de Contrataciones, de la UEP y de la UEC. La Entidad Elegible será la responsable de la publicación en el periódico de circulación nacional del país, y solicitará por escrito su publicación en la página web de la UEP como de la UEC. Asimismo, solicitará a la UEC que por su intermedio se realice la debida publicación en la Oficina Nacional de Contrataciones. Los contratos de valor equivalente o mayor a U$S 200.000 se deben anunciar en el UNDB online y en el dgMarket. A tales efectos, la Entidad Elegible a través de la UEP, gestionará ante la UEC y ésta ante el Banco la correspondiente publicación. Los datos solicitados deben ser los mínimos necesarios para formarse un juicio acerca de la idoneidad de la firma y no deben ser tan complejos como para desalentar a los consultores de expresar interés. Se deben conceder por lo menos 14 días a partir de la fecha de publicación en el UNDB online para la recepción de respuestas antes de proceder a confeccionar la lista corta. Lista corta de consultores Se debe considerar en primer lugar a aquellas firmas que expresen interés y que tengan las calificaciones apropiadas. Las listas cortas deben incluir seis firmas con una amplia representación geográfica; no más de dos podrán pertenecer al mismo país y por lo menos una debe ser de un país en desarrollo, a menos que no se haya podido establecer la existencia de firmas calificadas en países en condiciones especiales, por ejemplo, cuando sólo unas cuantas firmas calificadas hayan expresado interés para un trabajo específico o cuando el tamaño del PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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contrato no justifique una mayor competencia. A los efectos de establecer la lista corta, la nacionalidad de la firma debe ser la del país en que se encuentre registrada o haya sido constituida y en el caso de asociaciones en participación (Joint Ventures), debe ser la nacionalidad de la firma que se designe como representante de la Asociación en Participación. El Banco puede acordar con el Prestatario ampliar o reducir la lista corta; sin embargo, una vez que el Banco ha emitido la “no objeción” a la lista corta, la Entidad Elegible no podrá agregar ni suprimir nombres sin la anuencia del Banco. El Prestatario debe proporcionar la lista corta definitiva a las firmas que hayan expresado interés, así como a cualquiera otra firma que así lo solicite. La lista corta podrá estar compuesta enteramente de consultores nacionales cuando el costo estimado para los servicios de consultoría sea menor a U$S 500.000. Sin embargo, si hay firmas extranjeras que han expresado interés, éstas deben ser consideradas. La lista corta no debe incluir consultores individuales. Preparación y emisión del pedido de propuestas (PP) La preparación y emisión del pedido de propuestas será responsabilidad de la Entidad Elegible, quien a través de la UEP solicitará la correspondiente “no objeción” a la UEC, y ésta al Banco, cuando corresponda. El PP debe incluir: i) Carta de Invitación (CI), ii) Instrucciones a los Consultores (IC), iii) TR, iv) metodología de evaluación de la propuesta y v) borrador de contrato propuesto. Se deben utilizar el PP estándar emitido por el Banco, con el mínimo de modificaciones necesarias para destacar las condiciones específicas del proyecto, aceptables para el Banco. Cualquiera de los cambios debe ser indicado solamente en la Hoja de Datos del PP. Recepción de las propuestas Los consultores deben contar con tiempo suficiente para preparar sus propuestas. El plazo que se conceda debe considerar las tareas que se asignen al Consultor. Normalmente no debe ser inferior a cuatro semanas ni superior a tres meses. Durante este intervalo, las firmas pueden solicitar aclaraciones respecto de la información proporcionada en el PP. La Entidad Elegible debe presentar las aclaraciones por escrito y debe enviar una copia de ellas a todas las firmas comprendidas en la lista corta (que tengan la intención de presentar propuestas). Si es necesario, la Entidad Elegible debe prorrogar el plazo para la presentación de propuestas. Las propuestas técnicas y financieras se deben entregar al mismo tiempo. No se deben aceptar enmiendas a las propuestas técnicas o financieras una vez que se haya cumplido el plazo de presentación. Con el fin de salvaguardar la integridad del proceso, las propuestas técnicas y financieras se deben presentar en sobres cerrados y separados. Los sobres con las propuestas técnicas se abrirán públicamente a la hora fijada como cierre para la presentación de propuestas. Las propuestas financieras permanecerán cerradas y depositadas en poder de un notario público respetable o autoridad independiente hasta que se proceda a abrirlas en público. Evaluación de las propuestas técnicas: consideración de la calidad La Evaluación estará a cargo de una Comisión Evaluadora designada para tal fin por la Entidad Elegible. Se debe evaluar cada propuesta técnica teniendo en cuenta los criterios establecidos en el PP, que deben incluir: a) la experiencia del Consultor en relación con la tarea asignada, b) la calidad de la metodología propuesta, c) las calificaciones profesionales del personal clave propuesto, d) la medida en que se incluya a nacionales en el personal clave que desempeñará el trabajo, y e) la transferencia de conocimientos, si hubiere. Se calificará cada criterio conforme a una escala de 1 a 100 y luego se ponderará cada calificación, lo que dará un puntaje. Ponderaciones indicativas se incluyen en el punto 2.15 de las Normas del Banco para la Contratación de Consultores. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Se recomienda evaluar únicamente al personal clave, debido a que el personal clave es el que determina en definitiva la calidad del desempeño del consultor, se asignará una ponderación mayor a este criterio si los servicios propuestos son complejos. Se examinará la información sobre las calificaciones y la experiencia del personal clave propuesto que figura en sus curricula vitae, los que deben ser fidedignos y completos y estar firmados por un funcionario autorizado de la firma de consultoría y por el consultor propuesto. Se calificará a los consultores individuales de acuerdo a los tres subcriterios siguientes, siempre que sean aplicables a los servicios: (i) calificaciones generales: educación general y capacitación, años de experiencia, cargos desempeñados, tiempo de permanencia como personal de la firma de consultores, experiencia en países en desarrollo, y otros similares; (ii) idoneidad para los servicios: educación, capacitación y experiencia en el sector, en el campo profesional, en el tema de los servicios y otros aspectos concretos de importancia para los servicios de que se trate; y (iii) experiencia en el país: conocimiento del idioma, la cultura, el sistema administrativo, la organización del gobierno, y otros similares. El informe de evaluación se preparará sobre la base del documento estándar para evaluación de propuestas, disponible en la página web del Banco. Solicitud de no objeción a la evaluación técnica Al final del proceso, la Comisión Evaluadora (de la Entidad Elegible) debe preparar un Informe de Evaluación Técnica acerca de la “calidad” de las propuestas que la Entidad Elegible, mediante la UEP, enviará a la UEC (o al Banco cuando corresponda) su solicitud de no objeción a la evaluación realizada. Todos los registros referentes a la evaluación, tales como las hojas de calificación individual de cada propuesta, se deben conservar hasta que el proyecto se termine y se haya realizado el Informe de Auditoria correspondiente. Apertura pública de las propuestas financieras Una vez finalizada la evaluación de la calidad y que las instancias correspondientes hayan expresado su no objeción, la Entidad Elegible, debe notificar el puntaje técnico a los consultores que hayan presentado propuestas y la fecha de apertura pública de las propuestas financieras. También debe notificar a los consultores cuyas propuestas no obtuvieron la calificación mínima necesaria o que no se ajustaron al PP o a los TR, con la indicación de que sus propuestas financieras les serán devueltas sin abrir después de concluido el proceso de selección. La fecha de apertura debe establecerse con el tiempo suficiente que permita a los consultores hacer los arreglos necesarios para asistir a la apertura de propuestas. Las propuestas financieras deben ser abiertas en público en presencia de los representantes de los consultores que decidan asistir. Cuando se abran las propuestas financieras, se deben leer en voz alta el nombre de la firma de consultores, el puntaje de calidad obtenido y los precios propuestos. La Entidad Elegible preparará las actas de la apertura pública y enviará al Banco a través de las instancias que correspondan, una copia de este registro. La Entidad Elegible enviará copia de estas actas a todos los consultores que presentaron propuestas. Evaluación de la Propuesta Financiera La evaluación estará a cargo de la Comisión Evaluadora que ya intervino en la Evaluación Técnica. Durante la evaluación de las propuestas financieras si hay errores aritméticos, éstos deben corregirse. Con el fin de comparar las propuestas, los costos deben convertirse a una sola moneda según lo indicado en el PP. En el PP se debe especificar la fuente y fecha del tipo de cambio que se utilizarán para la conversión, a condición de que dicha fecha no preceda en más de cuatro semanas a la fecha establecida como límite para la presentación de propuestas, ni sea posterior a la fecha original prescrita para el vencimiento del período de validez de la propuesta. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Para propósitos de evaluación, se debe excluir los impuestos que sean identificables y que apliquen al contrato y los impuestos aplicables a las remuneraciones de los consultores no residentes en el país del Prestatario que se deban pagar al mismo. El costo debe incluir la remuneración total del consultor y otros gastos, tales como viajes, traducciones, impresión de informes y gastos de apoyo secretarial. La metodología de evaluación de las propuestas financieras debería incorporar al menos un criterio que asigne mayor puntaje a la oferta de menor precio (100 puntos) y menor puntaje a las ofertas de mayores precios, distribuyendo de manera inversamente proporcional a los precios ofertados. Evaluación final de calidad y costo El puntaje total se obtiene sumando los puntajes ponderados relativos a la calidad y el costo según la metodología definida en PP. La ponderación asignada al costo normalmente no será mayor de 20 puntos de un puntaje total de 100. En la etapa de negociaciones prevista en el PP, se podrá invitar a la firma que obtenga el puntaje total más alto. Negociaciones Las negociaciones deben incluir la discusión de temas relacionados con los TR, la metodología, la composición del equipo de personal, los insumos que aportará la Entidad Elegible, y las condiciones especiales del contrato. Los acuerdos que se tomen sobre estos temas no deben alterar sustancialmente los TR iniciales ni los términos del contrato, de tal manera que no se afecten la calidad del producto final, su costo y la validez de la evaluación inicial. No se deben efectuar reducciones importantes de los insumos de los servicios con el sólo propósito de ajustarse al presupuesto. Los TR definitivos y la metodología convenida deben incorporarse en la sección “Descripción de los Servicios”, que debe formar parte del contrato. Si el método de selección para la adjudicación de un contrato de Suma Global incluye el precio como factor de selección, éste no debe ser negociado. Si las negociaciones no culminan en un contrato aceptable, la Entidad Elegible dará por concluidas y debe invitar a negociaciones a la siguiente firma mejor clasificada. La Entidad Elegible, mediante las instancias que correspondan, debe consultar al Banco antes de tomar esta decisión. Se debe informar al Consultor sobre las razones que terminaron con las negociaciones. Una vez iniciadas las negociaciones con la siguiente firma mejor clasificada en el rango, el Contratante no debe abrir nuevamente las negociaciones anteriores. Solicitud de no objeción a la adjudicación del contrato Después de que las negociaciones hayan finalizado exitosamente, la Entidad Elegible a través de la UEP, envía la UEC y ésta al Banco cuando corresponda, la solicitud de no objeción a la adjudicación del contrato. Una vez que la UEC y/o el Banco hayan emitido su no objeción al contrato negociado, la Entidad Elegible, notifica a la empresa adjudicataria la fecha del plazo para la presentación de la garantía de cumplimiento de contrato y la fecha propuesta para la firma del contrato. Asimismo debe notificar con prontitud a las demás firmas incluidas en la lista corta que sus propuestas no fueron seleccionadas. Publicidad de la adjudicación del contrato Una vez adjudicado el contrato, la Entidad Elegible, mediante las instancias que correspondan, deberá publicar en el UNDB online y en el dgMarket, la siguiente información: a) los nombres de todos los consultores que presentaron propuestas; b) el puntaje técnico asignado a cada consultor; c) los precios evaluados de cada consultor; d) el puntaje final asignado a los consultores; e) el nombre del consultor ganador, el costo, duración y un resumen del alcance del contrato. Esta información debe ser enviada a todos los consultores que hayan presentado propuestas.

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La Entidad Elegible a través de la UEC comunicará a la Oficina Nacional de Contrataciones los resultados de la adjudicación de los contratos para que los mismos sean publicados en su página web y se publicará a su vez en la página web de la UEP y de la UEC. Firma del contrato Una vez presentada la garantía de contrato, se firma el contrato. Selección Basada en el Menor Costo (SBMC) Este método se utilizará únicamente para seleccionar consultores que hayan de realizar servicios de tipo estándar o rutinario tales como auditorias, diseño técnico de obras poco complejas y otros similares, para los que existen prácticas y normas bien establecidas. En este método se establece una calificación “mínima” para la “calidad”. Se invita a los consultores que integran una lista corta a presentar propuestas en dos sobres separados. La lista corta podrá estar compuesta enteramente de consultores nacionales. Primero se abren los sobres con las propuestas técnicas, las que se evalúan. Aquellas que obtienen menos del puntaje mínimo se rechazan y los sobres con las propuestas financieras de los consultores restantes se abren en público. A continuación se selecciona la firma que ofrece el precio más bajo y se publica la adjudicación del contrato conforme se describe para SBCC. Cuando se aplique este método, la calificación mínima debe ser 70 puntos, y todas las propuestas que excedan el mínimo compiten sólo con respecto al “costo”. La calificación mínima se indicará en el PP. Las acciones y procedimientos referidas a: i) preparación de los términos de referencia (TR) ii) estimación de costos, iii) publicidad, iv) preparación de la lista corta de consultores, v) preparación y emisión del pedido de propuestas (PP), vi) recepción de propuestas, vii) evaluación de las propuestas técnicas, viii) solicitud de no objeción a la evaluación técnica, ix) apertura pública de las propuestas financieras, x) evaluación de la propuesta financiera, xi) evaluación final de calidad y costo, xii) negociaciones, xiii) solicitud de no objeción a la adjudicación del contrato, xiv) publicación de la adjudicación del contrato, y xv) la firma del contrato, se realizarán según los principios enunciados para SBCC. Selección Basada en las Calificaciones de los Consultores (SCC) Este método es aceptable cuando no se justifica ni la preparación ni la evaluación de propuestas competitivas. En tales casos, la Entidad Elegible preparará los TR; solicitará expresiones de interés e información sobre la experiencia y la competencia de los consultores en lo que respecta al trabajo; confeccionará una lista corta y seleccionará a la firma que tenga las calificaciones y las referencias más apropiadas. Si se ha pedido a los consultores que presenten inicialmente propuestas financieras junto con las propuestas técnicas, se deben incorporar medidas similares a las acciones y procedimientos previstos en el proceso de SBCC con el fin de asegurarse de que sólo se abrirá el sobre con los precios de la propuesta seleccionada y que los demás sobres deben ser devueltos sin abrir, después de que las negociaciones hayan concluido exitosamente. La Entidad Elegible por medio de la UEP, solicitará a la UEC que a través del Banco, se publique en el UNDB online y en el dgMarket el nombre del consultor al cual se le adjudicó el contrato, así como el precio, la duración y el alcance del contrato. La publicación puede hacerse trimestralmente en forma de un cuadro sumario que cubra el periodo anterior. Consultores individuales Bajo esta modalidad se contratarán los consultores requeridos y justificados por la UEC, las UEP´s y/o las Entidades Elegibles de conformidad con las disposiciones de los apartados 5.2 a 5.4 de las Normas para Consultores.

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Consultores individuales de la UEC. Para la contratación de los integrantes de la UEC, dada la especificidad de las tareas a realizar, que son una continuidad de la gestión de otros Préstamos del BIRF y del BID ejecutados en la UCPyPFE, se define en el Anexo 8 del presente Manual los perfiles de los consultores para los puestos de la UEC que fueron acordados con el Banco en la fase de negociación del Préstamo. En los casos de continuidad de los perfiles acordados y dada la experiencia adquirida en la ejecución de los Programas antecesores del presente Proyecto y las capacitaciones realizadas, se aplicará el método de contratación directa. En el caso de la necesidad de cubrir otros perfiles se utilizará el método competitivo de selección basado en la comparación y calificación de antecedentes. Por otra parte, en caso de renovación de los contratos respectivos, y dado que son una continuación de un trabajo previo que el consultor ha desempeñado y para el cual fue seleccionado competitivamente, se utilizará el método de contratación directa y será aplicable lo establecido en el Anexo IV, Sección IV del Convenio de Préstamo, en lo relativo a la revisión previa del Banco. Métodos competitivos para la selección de consultores individuales El método de selección se basa en la comparación y calificación de antecedentes para realizar el trabajo. No se requiere publicación y los consultores no necesitan entregar propuestas. La contratación será para el consultor mejor calificado de quienes han sido contactados por el contratante para el proceso de selección. La Entidad Elegible, la UEP o la UEC, a través del área donde prestará servicios el consultor, definirá los TR´s para el puesto a cubrir, donde se indicarán: i) los objetivos de la contratación, ii) las funciones que desarrollará el consultor, iii) perfil para el cargo (formación profesional, experiencia general y especifica), iv) los resultados esperados de la contratación, v) la matriz de selección y calificación. Deberá darse a los postulantes un plazo de al menos diez (10) días para presentar sus antecedentes y/o responder a pedidos de expresiones de interés. Las personas consideradas en la comparación de calificaciones deben cumplir con las mínimas calificaciones pertinentes y los que se seleccionen para ser contratados deben ser los mejor calificados y deben ser plenamente capaces de realizar el trabajo. Los candidatos deberán estar notificados de su obligación de informarse sobre las normas legales vigentes de conflicto de interés y otras incompatibilidades, y deberán presentar su Curricula por escrito. No obstante ello, para contrataciones menores a U$S 200.000 equivalentes, es aceptable el fax y el correo electrónico. Para evitar inconsistencias en la presentación de la información, se sugiere el empleo de un formulario estándar de Curriculum Vital. Cuando correspondiese, la UEC enviará al Banco para su revisión previa, la propuesta de contratación de al menos 3 (tres) consultores donde se incluya: i) carta de presentación de CV de cada postulante, ii) CV firmado, iii) TdRs, iv) período de la contratación propuesta, v) presupuesto del contrato, vi) evaluación de las calificaciones, vii) propuesta de contratación (la cual incluirá un informe narrativo sobre el proceso de selección, incluyendo la necesidad de la contratación, la preparación de la lista corta, el análisis de la información presentada por los candidatos, las entrevistas realizadas y la decisión final tomada), y viii) declaración jurada sobre la inexistencia de incompatibilidades y de conflictos de interés. Similar documentación tendrá que ser presentada para la revisión de la UEC, cuando los procedimientos sean efectuados por las Entidades Elegibles o las UEP´s. En caso de renovación, el individuo debe confirmar que las condiciones en cuanto a inexistencia de incompatibilidades y conflicto de interés se mantienen y el Responsable del Proyecto debe preparar un informe sobre el desempeño de la persona durante el período anterior. Igualmente, en caso de no renovación de contrato ó rescisión del mismo, el Responsable del Proyecto debe PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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preparar un informe dando cuenta de las causas de esta determinación. Todos estos informes deberán incorporarse a los expedientes respectivos. Una vez obtenida la no objeción de las instancias que correspondan al caso, se formalizará el contrato y una copia del mismo se remitirá al Banco. A los efectos de la revisión por parte del Banco, será de aplicación lo establecido en el Anexo IV, Sección IV del Convenio de Préstamo. Para determinar el costo total de los contratos de Consultoría Individual se tendrá en cuenta la duración total del encargo. De la misma manera, para efectos de revisión previa por el Banco, se considerará el valor del contrato por la duración prevista de los servicios. No obstante ello, los contratos podrán ser firmados por períodos más cortos al de la duración total estimada. En ese caso, las sucesivas renovaciones del contrato no requerirán la revisión previa del Banco (cuando correspondiese), siempre que el monto del contrato original más el de las sucesivas renovaciones no excedan el monto por el cual el Banco emitió su no objeción. Las consultorías individuales cuyo monto estimado exceda los u$s 200.000 serán anunciadas mediante una solicitud de expresión de interés en un periódico de circulación nacional. Los contratos de consultores individuales se llevarán a cabo sobre la base de un modelo aceptable para el Banco, y deberán adjuntar al mismo una Declaración Jurada mediante la cual el consultor declara no estar en situación de incompatibilidad ni de conflicto de interés. Asimismo, los modelos de contrato de locación de servicios deben especificar las obligaciones del contratado en lo que respecta a dedicación horaria y lugar de trabajo.

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Esquema de Procedimientos de Contrataciones del Proyecto: Obras, Bienes y Servicios de Consultoría implementados por Entidades Elegibles OBRAS / BIENES Y CONSULTORÍAS

Proveedor o Contratista

Entidad Elegible

UEP

UEC

BIRF

Agente Financiero (BNA)

Formula el Plan de Adquisiciones Anual

Revisa, opina consolida y envía a la UEC

Revisa, aprueba, consolida y envía al BIRF

Proceso A: Aprobación del Plan de Adquisiciones

Revisa, aprueba y comunica a la UEC

Toma conocimiento Comunica aprobación

Toma conocimiento y comunica

Toma conocimiento

(Obras / Bienes) Formula proyectos específicos

(Consultorias) FormulaTDR

Revisa, aprueba y envía a la UEC

Revisa, aprueba y envía al BIRF cuando corresponda

Proceso B: Aprobación de Proyectos / Términos de Referencia (TR)

Revisa, aprueba y comunica a la UEC

Comunica aprobación a la UEP

Toma conocimiento y comunica a la Entidad Elegible

Toma conocimiento

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OBRAS / BIENES Y CONSULTORÍAS

Pr ov eedor o Contr ati s ta

Enti dad El egi bl e

UEP

UEC

BIRF

Agente F i nanc i er o (BNA )

E labora ( C o n s u l t a r í a) M a n if e st a ció n d e I nt erés y PP Re visa , a p r u e b a y e n ví a a la UE C ( O b r a s / B ie n e s) E labora pliegos

Proceso C: Aprobación de Pliegos de Licitación / Manifestación de Interés y Pedido de Propuestas (PP)

Revisa, aprueba y env ía al BIRF cuando corresponda Revisa, aprueba y comunica a la UEC

Co m u n ica a p r o b a ció n To ma co n o cim ie n t o y co m u n ica Toma conocimiento

(Obras / Bienes ) Realiza proceso de licitación

(Consultaría ) Realiza Manifestación de Interés

Revisa lo actuado y solicita la no objeción a la lista corta

Realiza PP y env ía doc umentos de adjudicación

Revisa, aprueba y comunica a la UEC

To ma co n o cim ie n t o y co m u n ica

Proceso D: Aprobación de la Adjudicación

Revisa, aprueba y envía al BIRF cuando corresponda

Revisa lo actuado y solicita la no objeción para la adjudicación y firma del contrato

Co m u n ica a p r o b a ció n

Revisa, aprueba y envía al BIRF cuando corresponda

Revisa, aprueba y comunica a la UEC

Co m u n ica a p r o b a ció n To ma co n o cim ie n t o y Co m u n ica a p r o b a ció n

Toma conocimiento Firma Co n t ra t o

Proceso E: Firma del Contrato

Fir m a co n t r a t o y O rden de c o m p r a, e j e c u t a l a o b r a, e n t r e g a e l b ie n o p r e st a e l se r vicio

E le va e l co n t r a t o f irmado y el cr o n o g r a m a d e p a g o s a l a U EP

To ma co n o cim ie n t o y E le va UE C

To ma co n o cim ie n t o

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OBRAS / BIENES Y CONSULTORÍAS

Pr ov eedor o Contr ati s ta

Enti dad El egi bl e

U EP

UEC

BIRF

Agente F i nanc i er o ( BN A )

P r e se n t a f a ct u r a Firma conformidad de recepción total o parcial de obra /bien/ serv icio y eleva a la UEP

Revisa, aprueba y eleva solicitud de adelanto de fondos a la UEC

Analiza documentación , Aprueba y envía solicitud de transferencia al B NA Realiza la transferencia desde la cuenta especial a la cuenta proyecto de la Entidad Elegible Comunica fecha de transferencia a la UEC Toma conocimiento y Comunica fecha de transferencia

Toma conocimiento Toma Conocimiento , deposita Contrapartida (en caso de corresponder ) y paga al contratista /proveedor

Proceso F: Ejecución del contrato y desembolsos E mit e r e cib o d e pago

E labora r e n d ició n d e l a d e la n t o d e f ondos y la c o n t r a p a r t i d a (e n ca so d e c o r r e s p o n d e r) y e n ví a a la UE P co n la d o cu m e n t a ci ó n r e sp a l d a t o r i a

Recibe rendición , elabora rendición del adelanto de fondos y la contrapartida y envía a la UEC con la documentación respaldatoria

A n a liza , A p r u e b a y u n a ve z q u e a cu m u la r e n d i ci o n e s p o r un monto d e t e rmin a d o e la b o ra lo s SO E’s y el f o rmu la rio 1 9 0 3 y lo e n ví a a l B I RF

A n a l i z a, a p r u e b a y t ra n sf ie r a f o n d o s d e sd e l a cu e n t a p r é st a m o a la cu e n t a e sp e cia l

(1) Casos de Contratación de Firmas Consultoras

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Esquema de Procedimientos de Contrataciones del Proyecto: Obras, Bienes y Servicios de Consultoría implementados por UEP´s OBRAS / BIENES Y CONSULTORÍAS

Proveedor o Contratista

Entidad Elegible

UEP

UEC

BIRF

Agente Financiero (BNA)

Formula el Plan de Adquisiciones Anual

Revisa, aprueba, consolida y envía al BIRF

Proceso A: Aprobación del Plan de Adquisiciones

Revisa, aprueba y comunica a la UEC

Toma conocimiento y Comunica aprobación Toma conocimiento (consultoria) Formula TR

(Obras / Bienes) Formula proyectos específicos

Revisa, aprueba y envía al BIRF cuando corresponda

Proceso B: Aprobación de Proyectos / Términos de Referencia (TR)

Revisa, aprueba y comunica a la UEC

Comunica aprobación a la UEP

Toma conocimiento

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OBRAS / BIENES Y CONSULTORÍAS

Pr ov eedor o Contr ati s ta

Enti dad El egi bl e

UEP

UEC

BIRF

Agente F i nanc i er o ( BNA )

E labora ( C o n s u l t o r i a) M a n if e st a ció n d e I nt erés y PP

Proceso C: Aprobación de Pliegos de Licitación / Manifestación de Interés y Pedido de Propuestas (PP)

( O b r a s / B i e n e s) E labora pliegos

Revisa, aprueba y env ía al BIRF cuando corresponda

Revisa, aprueba y comunica a la UEC

Co m u n ica a p r o b a ció n

Toma conocimiento

(Obras / Bienes ) Realiza proceso de licitación

(Consultaría ) Realiza Manifestación de Interés

Revisa, aprueba y envía al BIRF cuando corresponda

Realiza PP y env ía doc umentos de adjudicación

Revisa, aprueba y comunica a la UEC

Co m u n ica a p r o b a ció n

Proceso D: Aprobación de la Adjudicación Revisa, aprueba y envía al BIRF cuando corresponda Revisa, aprueba y comunica a la UEC

Co m u n ica a p r o b a ció n

Toma conocimiento

Proceso E: Firma del Contrato

F i r m a c o n t r a t o, O rden de c o m p r a, e j e c u t a l a o b r a, e n t r e g a e l b ie n o p r e st a e l se r vicio

Firma Co n t ra t o E le va e l co n t r a t o f irmado y el cr o n o g r a m a d e p a g o s a l a U EC

To ma co n o cim ie n t o

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OBRAS / BIENES Y CONSULTORÍAS

Pr ov eedor o Contr ati s ta

P r e se n t a f a ct u r a

Enti dad El egi bl e

UEP

UEC

BIRF

Agente F i nanc i er o ( BNA )

Firma conformidad de recepción total o parcial de obra /bien/ servicio y eleva a la UEC la solicitud de adelanto de fondos

Analiza documentación y envia solicitud de transferencia al B NA Realiza la transferencia desde la cuenta especial a la cuenta proyecto de la UEP

Comunica fecha de transferencia a la UEC

Toma conocimiento y Comunica fecha de transferencia

Toma Conocimiento , deposita Contrapartida (en caso de corresponder ) y paga al contratista /proveedor

Proceso F: Ejecución del contrato y desembolsos

E m it e r e cib o d e pago

E labora r e n d ició n d e l adelant o de f ondos y la co n t r a p a r t id a ( e n ca so d e c o r r e s p o n d e r) y e n v í a a l a U EC co n la d o cu m e n t a ció n r e sp a ld a t o r ia A n a liza , A p r u e b a y u n a ve z q u e a cu m u la r e n d icio n e s p o r un mont o det erminado elabora los S O E ’s y el f ormulario 1903 y lo e n ví a a l B I RF

A n a liza , a p r u e b a y t r a n sf ie r a f o n d o s d e sd e la cu e n t a p r é st a m o a la cu e n t a e sp e cia l

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Esquema de Procedimientos de Contrataciones del Proyecto: Bienes y Servicios de Consultoría implementados por UEC

BIENES Y CONSULTORÍAS

Pr ov eedor o Contr ati s ta

Enti dad El egi bl e

UEP

UEC

BIRF

Agente F i nanc i er o ( BNA )

Formula el Plan de Adquisiciones y e nvía al BIRF

Proceso A: Aprobación del Plan de Adquisiciones

Revisa, aprueba y comunica a la UEC To m a co n o cim ie n t o ( C o n s u l t a r í a) Fo rmu la TR y e n ví a a l B I RF cu a n d o co r r e sp o n d a

Proceso B: Aprobación de Proyectos / Términos de Referencia (TR)

( B ie n e s) Fo r m u la E sq u e m a d e n e ce sid a d e s y e n ví a a l B I RF cu a n d o co r r e sp o n d a

Revisa, aprueba y comunica a la UEC

( C o n s u l t o r í a) M a n if e st a ció n d e I nt erés y PP y en v ía al B I R F cu a n d o co r r e sp o n d a

Proceso C: Aprobación de Pliegos de Licitación / Manifestación de Interés y Pedido de Propuestas (PP)

( B ie n e s) E la b o r a Re q u isit o s y e n v í a al B I R F cu a n d o co r r e sp o n d a

Revisa, aprueba y comunica a la UEC

Toma conocimiento

(Bienes ) Realiza proceso de compra

Proceso D: Aprobación de la Adjudicación

(Consultaría ) Realiza Manifestación de Interés PP y env ía doc umentos de adjudicación

Revisa, aprueba y comunica a la UEC

Envia al BIRF cuando corresponda

Revisa, aprueba y comunica a la UEC

Proceso E: Firma del Contrato

F i r m a c o n t r a t o, O rden de c o m p r a, e j e c u t a l a o b r a, e n t r e g a e l b ie n o p r e st a e l se r vicio

F i r m a c o n t r a t o,

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OBRAS / BIENES Y CONSULTORÍAS

Pr ov eedor o Contr ati s ta

Enti dad El egi bl e

UEP

UEC

Agente F i nanc i er o ( BNA )

BIRF

P re se n t a f a ct u r a

Analiza documentación , presta conformidad y envía solicitud de transferencia al B NA

Realiza la transferencia desde la cuenta especial

Cuenta de proyecto de la UEC

Proceso F: Ejecución del contrato y desembolsos

Toma Conocimiento y solicita recibo al contratista /proveedor

Comunica fecha de transferencia a la UEC

E mit e r e cib o d e pago E labora r e n d ició n d e l adelant o de f o n d o s, a c u m u l a r e n d icio n e s p o r un mont o det erminado elabora los S O E ’s y el f ormulario 1903 y lo e n ví a a l B I RF A n a liza , a p ru e b a y t r a n sf ie r a f o n d o s d e sd e la cu e n t a p r é st a m o a la cu e n t a e sp e cia l

En el Anexo 20 del presente Manual, se adjuntan Documentos Complementarios sobre Contrataciones para ser utilizados en el marco del Proyecto.

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CAPÍTULO VI: GESTIÓN FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA

GENERALIDADES

Estructura de las Cuentas Bancarias del Proyecto El Organismo Ejecutor, a través de la UEC de la UCPyPFE, abrirá una “Cuenta Especial” habilitada en dólares estadounidenses para administrar el fondo rotatorio, transferir a las Entidades Elegibles y/o UEP´s las solicitudes de adelanto y/o reembolsos y/o cualquier otro movimiento requerido por el Proyecto. Las Entidades Elegibles y/o UEP abrirán una cuenta (Cuenta Proyecto) en forma separada para canalizar los fondos del Proyecto, tanto los fondos del Préstamo como los de la contraparte local. Esta cuenta será utilizada para: efectuar el pago de gastos elegibles o reembolsos de gastos realizados. Los retiros de la “Cuenta Proyecto” serán utilizados exclusivamente para el pago de erogaciones que las Entidades Elegibles y/o UEP´s efectúen con relación a los gastos financiables de los Subproyectos declarados elegibles. La recomposición de los saldos de las cuentas bancarias será responsabilidad de dichas entidades.

Cuenta del Préstamo

Cuenta Especial en el Banco Nación

Cuenta Administrada por la UEC

Cuenta Proyecto UEC

Cuenta separada del Subproyecto

Pagos a Contratistas y Proveedores

Cuenta Administrada por la Entidad Ejecutora del Subproyecto, y Supervisadas por la UEP y la UEC

Fondos Locales provenientes de la Municipalidad y/o Entidad Provincial

Gastos de Administración del Proyecto Los gastos devengados por la UEC correspondientes al Componente C: Gestión del Proyecto, incluyendo bienes y servicios para la administración, el control y la supervisión del Proyecto, serán distribuidos entre las Provincias Subprestatarias en la proporción que participen del Préstamo. La UEC realizará el pago de los gastos elegibles para la administración y control del Proyecto, por medio de una Cuenta Corriente en moneda local en el Banco de la Nación Argentina. La provisión PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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de fondos de dicha cuenta bancaria se realizará con las mismas modalidades y lineamientos descriptos en el punto siguiente del presente Capítulo.

PROCEDIMIENTO DE DESEMBOLSOS

Fondo Rotatorio: disponibilidad de fondos El método de fondo rotatorio permite el desembolso anticipado de fondos de la cuenta del Préstamo, para ser depositado en la “Cuenta Especial” y agilizar la posterior transferencia de la UEC a las Entidades Elegibles y/o UEP´s. El monto del Fondo Rotatorio definido en el Anexo 5 del Convenio de Préstamo ha sido fijado en u$s 15.000.000. No obstante la UEC fijará el nivel de su utilización en función del cronograma de inversión previsto para el Proyecto. La administración del Fondo Rotatorio estará a cargo de la UEC, para lo cual solicitará el cupo disponible al BIRF, efectuando las registraciones contables correspondientes. Dichas registros serán efectuados por el Especialista en Contabilidad de la UEC bajo la supervisión del Especialista en Administración y Desembolsos de la UEC. Este fondo, disponible en la Cuenta Especial, devengará los cargos financieros del Préstamo. Dichos cargos se distribuirán entre los Subprestatarios en función de la utilización que hayan realizado del fondo rotatorio para el pago de gastos elegibles. El termino “Asignación Autorizada” significa la suma de dólares estadounidenses (u$s) que se retirará de la cuenta del Préstamo y se depositará en la Cuenta Especial de conformidad con lo establecido en este Capítulo. Condiciones Generales de los Desembolsos La UEC deberá presentar al Banco prueba de que se han contemplado los recursos presupuestarios para atender la ejecución del Proyecto, debiendo llevar los correspondientes registros de su ejecución. El Especialista en Administración y Desembolsos de la UEC será el responsable de efectuar la programación financiera y la preparación del presupuesto, realizando las solicitudes correspondientes ante los organismos competentes, su registro y su seguimiento. Las transferencias a las Entidades Elegibles y/o UEP´s se registrarán en el Presupuesto y en el Sistema Contable del Estado Nacional y estarán sujetas al control durante el proceso de ejecución del Presupuesto al tiempo que se hará constar en la información y en el Sistema Contable del Proyecto. Las solicitudes por asignación autorizada y reembolso podrán enviarse una vez que se cumplan los siguientes requerimientos: (i) (ii)

El Convenio del Préstamo esté firmado por los representantes del Banco y de la República Argentina. Las firmas autorizadas para enviar solicitudes hayan sido remitidas al Banco.

Las solicitudes de retiro (formulario 1903) realizadas por la UEC, se obtendrán de la página WEB del Banco. En estas solicitudes se enviarán las facturas de los pagos bajo contratos que requieran revisión previa del Banco, y contratos cuyo valor se eleve por encima de los límites de revisión previa como resultado de modificaciones. Las solicitudes para el envío de fondos a la Cuenta Especial deberían ser enviadas al Banco en forma mensual o toda vez que fuere necesario depositar en la Cuenta en por lo menos un 50%. El responsable de estas actividades será el Especialista en Administración y Desembolsos de la UEC, el cual será asistido por el Analista Financiero de la UEC. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Los fondos del Préstamo serán desembolsados contra las categorías establecidas en el Anexo I del Convenio de Préstamo, que se detallan en el Capítulo I de este Manual. El Banco podrá requerir que los retiros de la Cuenta del Préstamo sean realizados sobre la base de resúmenes de gastos bajo contratos para (a) bienes por un valor inferior al equivalente a u$s 250.000 por contrato, (b) obras por un valor inferior al equivalente a u$s 3.000.000 por contrato, (c) servicios de consultores individuales por un valor inferior al equivalente a u$s 100.000 por contrato, (d) servicios de consultoras bajo contratos por un valor inferior al equivalente a u$s 150.000 por contrato y (e) costos de capacitación y operativos. La UEC, a través del Especialista en Administración y Desembolsos y del Analista Financiero, será la encargada de preparar y enviar al Departamento de Préstamos en Washington las solicitudes de retiro y estado de gastos, en original y copia, además adjuntará una conciliación bancaria de la Cuenta Especial del Proyecto, realizada por el Especialista en Contabilidad de la UEC. El Area de Administración y Finanzas realizará el seguimiento de la solicitud de desembolso por medio de la página WEB Client Connection del Banco. Para los Estados de Gastos, la UEC mantendrá la documentación respaldatoria para su posterior revisión y auditoría hasta un año con posterioridad al retiro final del Préstamo. Modalidades de Retiro y Utilización de los Fondos Las solicitudes de fondos irán desde las Entidades Elegibles a las UEP´s, quienes las canalizarán, a la UEC. La documentación incluida en las solicitudes de fondos estará basada en Solicitudes de Retiro y Estado de Gastos. Cada UEP habilitará a dos funcionarios a firmar toda la documentación de desembolsos que sea remitida a la UEC. Uno de ellos deberá ser el Jefe Ejecutivo de esa UEP. Cualquier cambio en los titulares de dicha firma, deberá ser comunicada a la UEC, en caso contrario podrá ser objetada la documentación remitida por los nuevos titulares, en el momento de la verificación de la documentación por parte del Especialista en Administración y Desembolsos y del Analista Financiero de la UEC. Los datos relativos a las cuentas a habilitar por las Entidades Elegibles y/o UEP´s (Banco, número, denominación y titulares), serán informados a la UEC mediante nota firmada por el Jefe Ejecutivo de cada UEP. La solicitud de fondos de las Entidades Elegibles y/o UEP´s incluiría la disposición de que los fondos del Préstamo serán pagados a las 72 horas posteriores de su recepción por parte de éstas a los contratistas. Los procedimientos para el retiro y utilización de los fondos del Préstamo por parte de cada Entidad Elegible y/o UEP, serán presentados a la UEC y se regirán por las siguientes modalidades: a)

b)

Para pagos locales: (i) Por medio de los fondos rotatorios de la “Cuenta Especial”, mediante la presentación de “Solicitudes de Adelantos de Fondos” y/o “Solicitudes de Reintegro por Pagos Efectuados”. (ii) Por medio de pagos directos efectuados desde la “Cuenta Préstamo”, desde la “Cuenta Especial” o por medio de compromisos especiales que implican la apertura de una carta de crédito. Para pagos externos: (i) Por medio de pagos directos efectuados desde la “Cuenta Préstamo”, desde la “Cuenta Especial” o por medio de compromisos especiales que implican la apertura de una carta de crédito.

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Transferencia de Fondos a las Entidades Elegibles y/o UEP´s Las Entidades Elegibles y/o las UEP´s, cumplidos los trámites establecidos para la categorización del Subproyecto como gasto elegible y para su contratación, podrán solicitar a la UEC (a través de las UEP´s para el caso de las Entidades Elegibles), la transferencia de la porción financiable con recursos del Préstamo. La transferencia podrá ser solicitada antes de realizar el pago al contratista y/o proveedor o con posterioridad a este acto. El Especialista en Administración y Desembolsos de la UEC será el encargado de analizar, preparar y gestionar las transferencias de los fondos a las Entidades Elegibles y/o UEP´s. Cuando las Entidades Elegibles y/o las UEP´s soliciten fondos con anticipación al pago al proveedor y/o contratista, deberán adjuntar la siguiente documentación justificativa básica: a) Para obras: • Acta de medición • Certificado de Obra • Factura b) Para bienes: • Factura • Remito c) Para consultores: ƒ Certificado de prestación de servicios o trabajos realizados ƒ Factura y/o Recibo Dentro de los 30 días subsiguientes a la transferencia del adelanto de fondos las Entidades Elegibles y/o las UEP´s deberán remitir a la UEC, a través de la UEP, el comprobante que justifique el pago realizado al contratista y/o proveedor. En caso contrario, la UEC suspenderá preventivamente los desembolsos hasta tanto las Entidades Elegibles y/o las UEP´s cumplimenten la justificación requerida. Cuando las Entidades Elegibles y/o las UEP´s soliciten fondos con posterioridad al pago del proveedor y/o contratista, deberán adjuntar la siguiente documentación justificativa básica: a) Para Obras: • Acta de medición • Certificado de Obra • Factura y Recibo b) Para Bienes: • Factura y Recibo • Remito c) Para consultores: • Certificado de prestación de servicios o trabajos realizados • Factura y/o Recibo

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Circuito administrativo de los desembolsos de gastos elegibles Entidad Elegible

UEP

Certificado de Obra/Consultoría

Controla

Aporte Local

UEC

Controla

BANCO

Giro de Fondos

Confecciona Solicitud de Fondos Transfiere Fondos

Pago a la Empresa Ejecutora

Recibo de Pagos

Confecciona Rendición de Fondos

Controla

Justificación de Fondos al BIRF

Moneda de reembolso y Tipo de Cambio Utilizado Para las solicitudes de fondos transferidas, se calcularán: Monto en Dólares (U$S) = Monto en Pesos ($) / Tipo de Cambio Tipo de cambio = Banco de la Nación Argentina tipo comprador del momento en el que se efectúa la transferencia de fondos solicitada. Solicitud de compromiso especial Carta de Crédito En el caso de importaciones, cuando el o los bancos comerciales del país de origen no están dispuestos a abrir, notificar o confirmar el crédito sin alguna garantía o caución, el Banco, a solicitud de la UEC, puede emitir un compromiso especial, en virtud del cual se proporciona al banco comercial la garantía necesaria para la apertura de la carta de crédito. Para hacer uso de esta alternativa, la UEP solicitará a la UEC, y ésta al BIRF, la emisión, a favor del banco comercial del exterior, de un compromiso especial por el cual se garantice el reembolso de los pagos realizados o a realizarse en función de la carta de crédito. A tal efecto, las UEP´s presentarán a la UEC, y ésta al BIRF, el formulario 1931, acompañando las copias del contrato u orden de compra y de la carta de crédito que el banco del exterior proponga emitir. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Pagos directos de la cuenta del Préstamo La UEC, a solicitud de las UEP´s, enviará instrucciones al Banco, para que se realice el pago a un tercero, proveedor o contratista. A este efecto las UEP´s deberán adjuntar a la solicitud de retiro de fondos: (i) Copia de la documentación probatoria de las cantidades adeudadas. (ii) Factura del Proveedor o Consultor. (iii) Prueba de que se haya expedido el embarque (en el caso de adquisiciones de equipos y materiales). (iv) Nombre completo y dirección del banco del beneficiario. Pagos directos a través de la Cuenta Especial La UEC, en caso de que existan recursos suficientes, podrá disponer el pago directo con fondos de la “Cuenta Especial”. En este caso la documentación requerida por la UEC tendrá las mismas características que la de los Pagos Directos de la Cuenta del Préstamo.

CONTABILIDAD

Generalidades Durante el desarrollo del Proyecto, la UEC llevará registros y cuentas separadas, incluida la Cuenta Especial, que sean adecuadas para reflejar, de acuerdo con las prácticas contables generalmente aceptadas, las operaciones, recursos y gastos relacionados con el Proyecto. Tales registros como los reportes financieros efectuados bajo el Proyecto, serán realizados teniendo en cuenta las Normas Internacionales de Contabilidad. La administración financiera del Proyecto, se efectuará por medio de las cuentas que son definidas dentro del Plan de Cuentas Contable. Los costos más importantes serán agrupados con el mayor detalle posible. Las fuentes y uso de los fondos deberán ser fácilmente identificados y relacionados entre sí. Los costos de las inversiones y gastos recurrentes serán llevados por medio de subcuentas o subcategorías. Los informes financieros periódicos deberán comparar costos incurridos con los costos proyectados para el período y por totales acumulados para el Proyecto. La UEC, a través del Especialista en Contabilidad de la UEC con la colaboración del Analista en Administración y del Analista Financiero y bajo la coordinación del Especialista en Administración y Desembolsos, realizará la información contable del Proyecto y emitirá anualmente el Balance General, el Estado de Resultados, el Estado de Fuentes y Usos de Fondos, el Estado de Solicitudes de Desembolsos, el Estado de Inversiones por Categorías y por Componentes, la Conciliación de la Cuenta Especial, las Notas a los Estados Financieros y la información complementaria. Los documentos de soporte de las registraciones contables se mantendrán por lo menos hasta un año a partir de que el Banco haya recibido el Informe de Auditoría correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se efectuó el último desembolso de la Cuenta del Préstamo o pago con fondos de la Cuenta Especial, sin perjuicio de lo que dispongan las normas locales. El Manual Contable y el Plan de Cuentas mínimo del Proyecto se detalla en el Anexo 21 del presente Manual. La UEC podrá producir las modificaciones necesarias para que el mismo refleje adecuadamente la ejecución del Proyecto. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Sistema Contable De acuerdo a lo establecido en la cláusula 3.14 del Articulo III del Convenio de Préstamo, el prestatario desarrollará un nuevo sistema de información de gestión financiera (en forma aceptable para el Banco) a más tardar doce meses después de la Fecha de Entrada en Vigor, debiendo posteriormente reemplazar el actual sistema con el nuevo sistema. El Proyecto adoptará de forma gradual el soft de gestión administrativa contable y financiera UEPEX y un sistema informático complementario diseñado para atender los requerimientos de gestión específicos del Proyecto no contemplados por el mismo (seguimiento de inversiones, facturación de servicios de deuda a las Provincias, etc.). La información cargada en el sistema por el Analista en Administración y el Analista Financiero bajo la supervisión del Especialista en Contabilidad de la UEC, será la base de todos los informes de gestión financiera que preparará la UEC, por tal motivo es fundamental que la información sea acertada y que quede constancia de todos los registros que se hicieron. La contabilidad de la UEC será acorde a las guías y manuales del Banco, y de conformidad con las normas generalmente aceptadas. Plan de Cuentas El medio para clasificar los datos contables para una mejor administración y logro de una rendición de cuentas más significativa se canaliza a través del Plan de Cuentas que refleja adecuadamente las actividades y/o componentes del Proyecto de acuerdo al PAD y las categorías del Préstamo. Las principales clasificaciones de los datos contables son los ingresos, gastos, activos, pasivos y recursos propios y externos, proporcionando la estructura adecuada para las transacciones contables que se clasifican. Para el caso del Proyecto, el requisito será clasificar por las siguientes categorías de gastos, especificando en cada caso la fuente de financiamiento de cada uno de sus componentes: A – Infraestructura Básica Municipal B – Desarrollo Institucional Municipal C – Gestión del Programa D – Comisión Inicial Documentación Respaldatoria La UEC llevará un archivo con la documentación de respaldo de todos los pagos contabilizados. Un buen sistema de registro facilita la contabilidad y la presentación de los informes financieros, los controles internos, la gestión del Proyecto y la posterior auditoría. Informes de Gestión Financiera Los Reportes de Seguimiento Financiero (IUFRs) incluirán información semestral. Los Reportes de seguimiento financiero (IUFRs) serán coordinados por el Especialista en Administración y Desembolsos de la UEC y son: (i) (ii) (iii) (iv) (v)

Estado de origen y aplicación de fondos. Estado de aplicación por componente de Proyecto. Informe sobre avance financiero y del compromiso. Informe sobre el progreso físico de las obras. Cuadro de seguimiento de las adquisiciones.

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Incluirán también una descripción introductoria de los acontecimientos y el progreso ocurrido durante el período a fin de poner en contexto la información proporcionada en las secciones dedicadas al aspecto financiero, el progreso físico y las adquisiciones. El primer IUFR será entregado al Banco a más tardar 45 días después del cierre del primer semestre calendario posterior a la Fecha de Efectividad, y deberá cubrir el período a partir del primer gasto en virtud del Proyecto hasta el cierre de dicho primer semestre calendario. Luego, cada IUFR deberá ser presentado al Banco dentro de los 45 días posteriores a cada semestre calendario subsiguiente, y deberá cubrir dicho semestre calendario. Los IUFRs se encuentran detallados en el Anexo 22 del presente Manual. Estados Financieros Los Estados Financieros del Proyecto incluirán información referente al período finalizado el 31 de Diciembre de cada año y los montos anuales acumulados en el Proyecto serán elevados por la UEC a la Auditoría Externa para que realice el informe de auditoría anual del Proyecto y a la Dirección Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito dependiente del Ministerio de Economía y Producción de la Nación en la fecha que lo disponga la Contaduría General de la Nación. Los Estados Financieros están compuestos por: (i) (ii) (iii) (iv) (v) (vi) (vii) (viii)

Balance General. Notas al Balance. Estado de la Cuenta Especial. Estado de Fuentes y Uso de Fondos. Estado de Inversiones por Categoría. Estado de Inversiones por Componente. Estado de Solicitudes de Desembolsos. Información Financiera complementaria.

En los Anexos 21 y 22 del Manual, se encuentran los modelos de los documentos que se incluirán en la presentación de los Estados Financieros.

CONTROL EXTERNO La Auditoría del Proyecto será realizada por auditores externos independientes al Poder Ejecutivo Nacional y a las Administraciones Provinciales, debiendo contar su contratación con la aprobación previa del BIRF. La Auditoría de las cuentas del Proyecto deberá ser realizada en forma anual, debiendo presentarse al Banco el informe correspondiente de auditoría seis (6) meses después del cierre de cada ejercicio. Dicho informe deberá contener una opinión sobre los sistemas de control interno del Prestatario, y a tales efectos, los auditores independientes deberán preparar y presentar al Prestatario a más tardar cuarenta y cinco (45) días después del cierre del primer semestre calendario de cada año durante la implementación del Proyecto, comenzando con el informe que vence en Agosto de 2007, un informe preliminar acerca de la operación de los sistemas de control interno del Prestatario, e inmediatamente después presentar al Banco una copia de cada uno de dichos informes. La no presentación en tiempo y forma al Banco de los informes de auditoría, por causas imputables a los ejecutores del Proyecto, podrá implicar la suspensión de los desembolsos de fondos. PROGRAMA DE SERVICIOS BÁSICOS MUNICIPALES – MANUAL OPERATIVO – Versión: Septiembre, 2008

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Los Términos de Referencia para la contratación del servicio de auditoría de todo el Proyecto se describen en el Anexo 23 del presente Manual. Según lo estipulado en las Actas de Deliberaciones y Negociaciones Técnicas del Préstamo, la Auditoría General de la Nación (AGN) es elegible para llevar a cabo las auditorías del Proyecto, mientras, a discreción del Banco, reúna los criterios de independencia, calidad, capacidad y oportunidad. La AGN, es el órgano de Control Externo del Sector Público Nacional, dependiente del Poder Legislativo Nacional que rinde cuenta de sus actividades a la Comisión Parlamentaria Mixta Revisora de Cuentas. La AGN en su carácter de auditor externo independiente opinará acerca del examen practicado sobre los Estados Financieros e información complementaria del Proyecto, correspondiente al ejercicio auditado. Para su auditoría la AGN realizará trabajos preliminares sobre los informes trimestrales y semestrales de gestión financiera que elaborará la UEC y una auditoría completa sobre los estados financieros anuales del Proyecto. Los exámenes que se practicarán deben realizarse de conformidad con las Normas de Auditoría Externa emitidas por la AGN, las cuales son compatibles con la aceptación general en la República Argentina para la profesión contable y con las recomendadas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI), las cuales serán seguidas para mantener los registros contables y preparar los Estados Financieros.

Informes de Auditoría y fechas de presentación Informes

Fecha de Presentación

1) Estados Financieros del Proyecto

Anual, 30 de junio de cada año

2) Dictámenes especiales

Anual, 30 de junio de cada año



Declaración de Gastos (SOE) – un dictamen sobre la aceptabilidad de los gastos



Cuenta Especial

3) Informes sobre Control Interno

Semestral, 15 de febrero y 15 de agosto de cada año (comenzando en agosto de 2007)

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CAPITULO VII: MONITOREO Y EVALUACIÓN

SISTEMA DE MONITOREO DEL PROYECTO

Marco General La UEC velará para que cada Provincia Participante, disponga el mantenimiento de políticas y procedimientos adecuados para permitirle asegurar el control de gestión y monitoreo en la ejecución del Proyecto sobre la base de indicadores que se establecen en el presente Capítulo. Asimismo, dado que toda la operatoria en la gestión del préstamo es rigurosa en cuanto a criterios de elegibilidad, selección de proyectos, criterios técnicos y criterios institucionales, se tiende a evitar superposiciones que son propias de la operación y gestión del Programa con actividades propias de control de gestión y monitoreo del mismo Los objetivos del monitoreo en la evaluación del Proyecto son: • • •

Asegurar una gestión eficiente del Proyecto; Evaluar la marcha y el impacto del Proyecto, y efectuar las correcciones a los eventuales desvíos que se produzcan y/o mejorar su ejecución; Brindar a las Autoridades Nacionales, al Banco, a las Provincias y a las Entidades Elegibles información básica respecto a los avances y resultados logrados e información gerencial para la toma de decisiones durante la ejecución del Proyecto.

El monitoreo del Proyecto es responsabilidad primaria de la UEC y se realizará a través de la medición, análisis y evaluación de la evolución de los indicadores determinados. La UEC podrá ser asistida para el cumplimiento de los objetivos del presente Capítulo por Consultorías y/o Consultores Individuales para la realización de las revisiones técnicas independientes, evaluaciones de impacto, medición de la opinión pública y demás tareas puntuales que sean determinadas a medida del transcurso de la ejecución del Proyecto. La UEC preparará Informes Semestrales y Anuales integrando los resultados de las actividades de los informes de seguimiento de cada UEP con la evaluación del avance y resultados del Proyecto, los cuales serán puestos a consideración del Banco. Estos informes se referirán al progreso de la ejecución de los diferentes componentes del Proyecto y medirán su funcionamiento con los indicadores de resultado, y establecerán, cuando corresponda, las medidas recomendadas para asegurar la ejecución eficiente del Proyecto y el logro del objetivo del mismo. Como parte del monitoreo, antes del 30 de abril de cada año durante la implementación del Proyecto, la UEC revisará con el Banco y las Provincias Participantes los Informes Anuales de Seguimiento y, luego, de ser aplicable, tomará las medidas necesarias para asegurar el logro de los objetivos y el desarrollo eficiente del Proyecto, las cuales estarán basadas en las conclusiones y recomendaciones de dichos informes y en los puntos de vista del Banco sobre el particular. La responsabilidad del monitoreo estará dividida entre la UEC, quien supervisará el progreso de los Componentes a nivel provincial, y las UEP´s, quienes verificarán el progreso de los Componentes a nivel municipal.

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Los mecanismos para el monitoreo técnico de los subproyectos incluyen: (i) la inspección física a nivel local por las Entidades Elegibles (ii) la supervisión física de la UEP a los Subproyectos, (iii) la supervisión física de los Subproyectos en forma periódica por parte de la UEC, el desempeño de las UEP´s, y la elaboración de los Informes Semestrales. Además de los mencionados mecanismos de control, el Proyecto podrá, a criterio de la UEC y el Banco incluir revisiones técnicas independientes de los Subproyectos y, si resultare necesario el monitoreo de la opinión pública. El Banco, durante las misiones de supervisión, revisará y verificará las conclusiones de los Informes Municipales, Provinciales y Nacionales, como así también los producidos por las revisiones técnicas independientes y de la Auditoría Externa del Proyecto. Mecanismos de Control de Gestión, Monitoreo y Evaluación Durante la ejecución del Proyecto, se utilizarán los siguientes instrumentos de control de gestión y monitoreo: Informes de Inspección Física Local Las Entidades Elegibles ejecutoras de los Subproyectos llevarán a cabo durante la ejecución las revisiones técnicas internas por medio de inspectores provinciales y/o municipales en forma periódica y elevarán las certificaciones de obra correspondientes a la UEP y estas a la UEC.. Informes de Supervisión Física de la UEP Las UEP´s controlarán la implementación de los Subproyectos y verificarán en forma periódica los Informes de Inspección Física y certificados de avance de obra presentados por las Entidades Elegibles. Informes de Supervisión de la UEC La UEC coordinará el control de gestión y monitoreo general de los Subproyectos, realizando una revisión periódica de la implementación de los Subproyectos mediante visitas en campo y el control y verificación de los informes presentados por la Entidades Elegibles y las UEP´s. Revisiones Técnicas Independientes La UEC podrá en acuerdo con el Banco, contratar cuando estime pertinente a consultores técnicos independientes a fin de controlar en detalle, mediante muestras aleatorias, los Subproyectos en ejecución y terminados. La revisión evaluará la efectividad de la implementación y estimará el impacto y la calidad de las inversiones, controlando asimismo el cumplimiento de los procedimientos de contratación y de los correspondientes contratos de los Subproyectos. (Ver Anexo 25) Los resultados de las mismas, serán incorporados en los Informes Anuales del Proyecto, y de ser aplicable, las acciones utilizadas para corregir cualquier irregularidad identificada y las recomendaciones que los casos ameriten. Monitoreo de la Opinión Pública El Proyecto podrá incluir sondeos de la opinión pública como forma de evaluar la percepción sobre los impactos de los Subproyectos.

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Informes Semestrales y Anuales Semestralmente, la UEP elevará a la UEC, y ésta al Banco, un informe integrando los resultados de las actividades de control de gestión, monitoreo y evaluación llevadas a cabo, sobre el progreso logrado en la implementación del Proyecto durante el semestre calendario que precede la fecha de presentación de dicho informe y estableciendo las medidas recomendadas para asegurar la ejecución eficiente del Proyecto y el logro del objetivo del mismo durante el semestre calendario siguiente. Los Informes Semestrales presentados por las UEP´s y la UEC, deberán seguir el modelo establecido en el Anexo 24 y contendrá como mínimo información relevante sobre: (i) resultados del control de gestión, monitoreo y evaluación de actividades, (ii) progresos logrados en el desarrollo del Proyecto durante el semestre informado y acumulado a la fecha de cierre, (iii) avance financiero real y previsto de los Subproyectos, y avance físico real y previsto con cumplimiento de los hitos predefinidos, iv) un informe de adquisiciones y contrataciones, v) resultados alcanzados con los Subproyectos concluidos, (vi) impacto según los indicadores descriptos en este Manual Antes del 30 de abril de cada año de ejecución (comenzando en el año 2007), la UEC, el Banco y las Provincias Participantes, revisarán los Informes Anuales presentados y, a partir de ello, arbitrarán y/o dispondrán que se arbitren, según fuera el caso, todas las medidas necesarias para asegurar la ejecución eficiente del Programa y el cumplimiento de sus objetivos, sobre la base de las conclusiones y recomendaciones consignadas en dichos informes y las consideraciones del Banco al respecto. Como parte de cada revisión anual el Prestatario y el Banco analizarán el cumplimiento de metas del Proyecto y se analizarán las respectivas demandas y reasignaciones de fondos cuando pudieren corresponder según la normativa del Convenio de Préstamo. Indicadores Específicos por Tipo de Subproyectos a incluir en el Informe Semestral Se tratará de distinguir en indicadores de avance físico (unidades de obra física ejecutada) y de ser posible indicadores de impacto (cuantificación parcial de beneficios) Agua o o o

Población servida nueva Producción N° de conexiones nuevas/Longitud de tuberías nuevas implantadas, etc.

Cloaca o o o

Población servida nueva Producción N° de conexiones nuevas/Longitud de tuberías nuevas implantadas, etc.

Drenajes o o o

Población beneficiada con el subproyecto N° de has. de zona urbana saneada Identificación (de ser posible) de daños evitados

Vialidad Urbana: arterias troncales – accesos a municipios o o

Población beneficiada con el subproyecto N° de cuadras realizadas

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Vialidad Urbana: caminos productivos o o

Km. de caminos mejorados Identificación (de ser posible) de daños evitados

Como parte de cada revisión anual el Prestatario deberá evaluar con el Banco y las Provincias Participantes el desempeño de cada una de las Provincias respecto del cumplimiento de las disposiciones del Convenio de Préstamo Subsidiario pertinente. Si como resultado de cualquiera de dichas evaluaciones anuales el Banco determinara que una determinada Provincia Participante no hubiere cumplido con cualquiera de sus obligaciones bajo el Convenio de Préstamo Subsidiario, el Prestatario podrá retirar uno o más de los Subproyectos, excluyendo a los mismos de la elegibilidad para su financiación bajo el Préstamo, pero sólo si los Subproyectos retirados no hubieran podido a ese punto ser aprobados bajo las condiciones establecidas en el presente Manual. Asimismo, durante las revisiones anuales que deben realizarse, el Prestatario deberá evaluar con el Banco la demanda provincial de participación en el Proyecto y posteriormente adoptar, si fuera el caso, medidas correctivas (aceptables para el Banco) para incrementar la demanda provincial. Además, se deberá revisar: (i) el monto del Préstamo que, a la fecha de la revisión, no hubiera sido asignado a las Provincias Participantes, a través de los Convenios de Préstamo Subsidiario Evaluación del Impacto El Proyecto incluirá cuando la UEC y el Banco lo consideren oportuno, una previsión para la evaluación del impacto que analizará una muestra de Subproyectos en cada uno de los sectores de infraestructura clave. La evaluación del impacto incluirá un sondeo muestra, y la recolección y análisis de datos secundarios, incluyendo resultados del monitoreo de los Subproyectos, discusiones del grupo objetivo y datos sobre la cobertura y calidad del servicio, cuando estén a disposición. Dada la naturaleza de la operación no es posible realizar un sondeo básico antes de la implementación o en su etapa preliminar, ya que los municipios participantes son desconocidos. Por consiguiente, e identificará una muestra aleatoria de subproyectos y comunidades de control para ser incluidas en la evaluación del impacto y los datos básicos serán reunidos mediante un sondeo muestra con módulos específicos para los sectores de agua, cloacas, vial y drenaje urbano. La evaluación final del Proyecto, también incluirá al sondeo en comunidades de grupos de control y muestra para evaluar el impacto. La evaluación del impacto intentará arrojar conclusiones tentativas en relación con el impacto de otros Subproyectos que no forman parte de la muestra, en base a una revisión de los datos secundarios descritos anteriormente. Se desarrollará una metodología detallada para realizar las evaluaciones durante el desarrollo del Proyecto. Como mínimo, los informes de evaluación contendrán: (i) Datos del Proyecto, (ii) Objetivo de Desarrollo, (iii) Análisis de la implementación, (iv) Productos obtenidos, (v) Análisis de los resultados e impactos del Proyecto, (vi) Factores que afectaron la implementación del Proyecto y (vii) Análisis de gestión del Proyecto.

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CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN DE INFORMES DEL PROYECTO

Durante la ejecución del Proyecto, se deberá cumplimentar, en tiempo y forma, con los siguientes informes, documentos y/o sistemas: FECHA CONCEPTO RESPONSABLE Diciembre y junio de cada año Informe Semestral Provincial UEP (ANEXO 24) Enero y julio de cada año Informe Semestral Consolidado UEC (ANEXO 24) Diciembre de cada año Informe Anual Provincial UEP (ANEXO 24) Enero de cada año. (revisión del Banco antes 30 de Informe Anual Seguimiento UEC (ANEXO 24) abril de cada año) 12 meses a partir fecha efectiva Implementación Sistema de UEC (ANEXO 15) Préstamo Adquisiciones En fecha a acordar entre la Presentación del Plan de Revisiones UEC (Anexo 25) UEC y el Banco Técnicas Independientes Diciembre de cada año (o UEP - UEC (ANEXO Plan de Adquisiciones cuando fuere necesario) 16) Como máximo 45 días después del primer semestre calendario Informe de Seguimiento Financiero UEP – UEC de la fecha de efectividad del Semestral Préstamo y 45 días posteriores a cada semestre consecutivo Antes de 6 meses de finalizado Informe sobre los Estados UEC – AGN el año calendario Financieros Antes de la firma del Convenio Plan Estratégico de Inversión UEP (ANEXO 2) Subsidiario Sectorial Antes de la firma del Convenio Plan Estratégico de Inversión Entidad Elegible de Subpréstamo Municipal (ANEXO 2) Diciembre de cada año (o Plan Anual de Inversiones Provincial UEP (ANEXO 9) cuando fuere necesario) Diciembre de cada año (o Entidad Elegible Plan Anual de Inversiones Municipal cuando fuere necesario) (ANEXO 9)

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