Arquitecto redactor: Luciano Pablos Redondo

DOCUMENTO DE INICIO MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL MUNICIPAL DE JARAICEJO DOCUMENTO DE INICIO MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº-1/2015 DEL PLAN GENERAL

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DOCUMENTO DE INICIO MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL MUNICIPAL DE JARAICEJO

DOCUMENTO DE INICIO MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº-1/2015 DEL PLAN GENERAL MUNICIPAL DE JARAICEJO (CÁCERES).RECLASIFICACIÓN DE PARTE DE LA PARCELA 5029 DEL POLÍGONO 503 DEL TERMINO MUNICIPAL DE JARAICEJO EN SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN ESTRUCTURAL AGROPECUARIA, A SUELO URBANO NO CONSOLIDADO CON CALIFICACIÓN PARA USO GLOBAL RESIDENCIAL CON LA AMPLIACIÓN DE SUELO URBANO QUE SUPONE DICHA RECLASIFICACIÓN.

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INTRODUCCIÓN El presente Documento de Inicio, correspondiente a la “Modificación Puntual Nº-1/2.015 del Plan General Municipal de Jaraicejo”, debe servir de base al órgano ambiental, para valorar si la modificación propuesta presenta efectos significativos sobre el medio ambiente. La entrada en vigor de la Ley 5/2010, de 23 de Junio de 2010, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad de Extremadura ha establecido el marco normativo para el desarrollo de la política medio ambiental. Así, en su capítulo II “Evaluación ambiental de Planes y Programas”, establece las directrices para la evaluación ambiental de los Planes y programas que puedan tener efectos significativos en el medio ambiente. Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental., incorporó al ordenamiento jurídico español la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y de Consejo, de 27 de Junio, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas que elaboren las diferentes Administraciones Públicas, entendiendo como un instrumento de integración del medio ambiente en las políticas sectoriales, con el objetivo de garantizar un desarrollo sostenible que permita afrontar los grandes retos de la sostenibilidad como el uso racional de los recursos naturales, la prevención y reducción de la contaminación, la innovación tecnológica y la cohesión social, a la vez que fomenta la transparencia y la participación ciudadana. Por lo tanto, de conformidad con la legislación vigente, el presente informe constituye el “Documento de Inicio” para Evaluación Ambiental Estratégica (en adelante EAE) de la Modificación Puntual Nº-1/2015 del PGM de Jaraicejo (Cáceres) La modificación puntual se somete así a procedimiento de EAE requerido por la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, realizando una evaluación sobre los objetivos de planificación, un diagnostico actual, una descripción de los procesos que se seguirán para la elaboración de la modificación puntual y una aproximación a los efectos ambientales previsibles. En el artículo 6 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental define el ámbito de aplicación de la ley, y en su punto 2 señala que las modificaciones menores de planeamiento, como la que nos ocupa, serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada, que corresponde a la Conserjería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio ambiente y Energía, en calidad de órgano ambiental, teniendo en cuenta los criterios definidos en el anexo II de citada ley y será motivada y publica. El presente informe reúne las condiciones de documento ambiental estratégico con el contenido del artículo 29.1 de la indicada Ley 21/2013 y servirá de base a la Conserjería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio ambiente y Energía, para la tramitación correspondiente.

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LOCALIZACIÓN Los 2.836,81m² propiedad de D. Jesús Rebollo Blanco objeto de la presente modificación puntual para su reclasificación, se encuentran situados en la parcela 5029 del polígono 529 de Jaraicejo con una superficie de 6.958,72 m² ubicada en el límite del suelo urbano de Jaraicejo, en concreto en la zona de entrada al municipio desde la A-5 en sentido Madrid-Sevilla en la intersección con la antigua Nacional – V tal y como se puede apreciar en los planos adjuntos. Tras no haber incorporado dentro del límite urbano del Plan General Municipal de Jaraicejo los metros de suelo que se pretenden reclasificar, con la intención de obtener una trama urbana continuada en dicha zona y estudiar las ventajas y el partido que se podría ganar no solo por parte de D. Jesús Rebollo Blanco sino también por parte del municipio con las cesiones legales de suelo municipales debido a la situación estratégica de tal suelo y una vez consensuado con en el Excelentísimo Ayuntamiento de Jaraicejo, se plantea la presente modificación puntual fijando la ordenación del mismo y facilitando su desarrollo de una manera coherente aplicando los sistemas de ejecución que se plantean en la vigente Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura. El suelo objeto de reclasificación se denominará dentro del PGM como SUNC-2

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situación

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CARACTERÍSTICAS FISICAS Geomorfología.- Desde el punto de vista físico el ámbito de la modificación, presenta una tipografía poco accidentada a diferencia del municipio y con poca pendiente, dado que no existen grandes desniveles. Las cotas del área de intervención varían aproximadamente 2 m que se llegan a alcanzar en el punto más elevado. Como materiales predominantes bajo la capa vegetal nos encontramos la presencia de componentes calcáreos Usos del Suelo.- El uso principal del suelo es ganadero y agrícola con cultivos de secano de baja productividad . Naturaleza Ambiental.- El espacio natural en el que se realiza la intervención, por sus características de fertilidad y relieve se ha venido utilizando para el cultivo artificial desde época antigua, por lo cual su alteración sobre estados primitivos de hábitat natural es superior a dos milenios terminando definitivamente con las condiciones naturales de vegetación, fauna y recursos hídricos. La vegetación está totalmente modificada por el ser humano, hasta el punto de que en la actualidad son escasísimos los representantes leñosos de la vegetación natural. La calidad de los suelos ha propiciado el cultivo intenso de cereales. En las parcela específica a la que afecta la modificación se ha dedicado a cultivo de secano y pequeños huertos familiares sobre unidades de muy pequeña superficie. Las especies animales que pueden encontrarse son las siguientes: REPTILES: culebra bastarda, lagarto ocelado, culebra de escalera AVES: jilguero, pardillo, verderón, verdecillo, lavandera blanca, curruca cabecinegra, mosquitero común MAMÍFEROS: topillo, ratón de campo. CAZA MENOR: conejo , liebre Climatología.- Jaraicejo presenta unos valores estandarizados respecto al resto de la

climáticos región.

bastante

El mes más caluroso del año con un promedio de 25 °C de julio. El mes más frío del año es de 6.2 °C en el medio de enero. Presenta un clima tipo mediterráneo seco, con temperaturas suaves, con pocas heladas que se dan ocasionalmente en diciembre y enero. La precipitación anual media es de 486mm frente a los 552 mm de media provincial. Los meses de verano, especialmente Julio, presenta los valores pluviométricos más bajos de todo el año, al mismo tiempo que se caracteriza por sus temperaturas más altas del año. Este hecho aporta información acerca del equilibrio agua/temperatura en el municipio .

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Las mayores precipitaciones se producen en los meses de otoño e invierno, disminuyendo de un modo notable durante el verano, época en la cual, las temperaturas superan a las lluvias, provocando estrés hídrico en la vegetación . La calidad del aire es actualmente buena y no existen industrias o instalaciones que provoquen emisión de sólidos en suspensión contaminantes.

Los valores medios de sus variables climáticas son los siguientes: Temperatura media anual ………………………………….……… Temperatura media del más frío ………………………..……… Temperatura media del mes más cálido …………….………… Precipitación media anual ……………………………….………… Duración media periodo seco ………………………….………… Duración media periodo heladas ……………...........................

14,8º C 6.80ºC 25.6ºC 486 mm 4 a 6 meses 3 a 5 meses

MEDIO SOCIOECONÓMICO.Jaraicejo cuenta en la actualidad con una población en torno a los 550 habitantes, que se dedican principalmente al sector servicios, seguido de la agricultura, ganadería, la construcción y la industria. El desarrollo urbanístico que se propone se integra con la línea de crecimiento que está siguiendo el desarrollo de la población, dotando de esta manera a la población de un suelo que permita implantación dotacional y de zona verde en uno de los sitios estratégicos para tal fin. INTERÉS SOCIAL DEL PROYECTO.Se considera un sitio estratégico una vez hechas las cesiones correspondientes por estar en una de las entradas principales al municipio con buen acceso tanto rodado como peatonal y ser además una de las zonas más transitadas por los viandantes como zona de paseo y poder dotar a la misma también de zona de aparcamientos para las nuevas actividades que se generen ene l espacio reservado para implantación dotacional y para la reserva de viviendas de protección pública.

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ALTERNATIVAS CONSIDERADAS.Si bien en el presente Estudio no se consideran alternativas, durante el proceso de elaboración del PGM de Jaraicejo no se pensó en dar continuidad a la trama urbana en tal sitio estratégico, se plantea ahora y a la vez ganando suelo con las reservas establecidas según la Ley del Suelo y Reglamento de Planeamiento del Extremadura Vigentes. SITUACIÓN URBANÍSTICA La normativa urbanística en vigor es el “Plan General Municipal de Jaraicejo” aprobado definitivamente el 29/01/2009 DESCRIPCIÓN Y OBJETO DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Los 2.836,81m² propiedad de D. Jesús Rebollo Blanco objeto de la presente modificación para su reclasificación, se encuentran situados en la parcela 5029 del polígono 529 de Jaraicejo con una superficie de 6.958,72 m² ubicada en el límite del suelo urbano de Jaraicejo, en concreto en la zona de entrada al municipio desde la A-5 en sentido Madrid-Sevilla en la intersección con la antigua Nacional – V tal y como se puede apreciar en los planos adjuntos. Tras no haber incorporado dentro del límite urbano del Plan General Municipal de Jaraicejo los metros de suelo que se pretenden reclasificar, con la intención de obtener una trama urbana continuada en dicha zona y estudiar las ventajas y el partido que se podría ganar no solo por parte de D. Jesús Rebollo Blanco sino también por parte del municipio con las cesiones legales de suelo municipales debido a la situación estratégica de tal suelo y una vez consensuado con en el Excelentísimo Ayuntamiento de Jaraicejo, se plantea la presente modificación puntual. Lo que se pretende con dicha modificación, por parte de D. Jesús Rebollo Blanco es poder realizar en un futuro en el suelo resultante de su propiedad reclasificado una vez hechas las cesiones correspondientes legales, una vivienda de segunda residencia para fines de semana y vacaciones ya que su primera residencia y de su propiedad se encuentra en Avenida Voluntariado, número 27 Loranca, Fuenlabrada (Madrid), y ceder a la vez por su parte , suelo para cesiones municipales en un sitio estratégico para dotaciones y sin ningún fin especulativo tal y como se justificará con un dibujo gráfico en la propuesta de desarrollo. Con la reclasificación, no se pretende alterar la trama viaria ni el suelo público y para que se pueda llevar a cabo se cumplen las cesiones legales correspondientes según la Ley 15/2001 del Suelo y Ordenación territorial de Extremadura (LSOTEX) y el Reglamento de Planeamiento de Extremadura 7/2007 (RPLANEX) justificados en el cumplimiento de normativa más adelante. Con anterioridad a la redacción de la modificación objeto, se consultan y exponen en el ayuntamiento las ventajas que podría ganar dicho municipio con la misma, considerándolas por parte del mismo como favorables. Tales ventajas objetivo de dicha modificación serían: Arquitecto redactor: Luciano Pablos Redondo

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1. Continuidad de la trama urbana la cual se corta justo al llegar a la zona objeto de la presente modificación. 2. Cesiones de suelo para dotaciones. 3. Sitio estratégico para zona verde y de descanso en uno de los sitios del municipio que más tránsito tiene dedicado a paseo de los viandantes de la Localidad y que no cuenta con dicha previsión. 4. Buen sitio para poder equipar de aparcamientos a equipamientos y viviendas sujetas a régimen de protección pública resultantes de las cesiones correspondientes. 5. Sitio estratégico también para equipamientos no sólo para los viandantes sino también para tráfico rodado ya que se encuentra justo en la entrada al municipio desde la A-5 sentido Madrid Sevilla en su intersección con la Antigua Nacional-V. 6. Con un fin práctico y objetivo, diseñamos la zona verde y aparcamientos dentro del espacio en el que no se puede edificar ya que se encuentra dentro del espacio entre los límites establecidos como línea de edificación y carreteras que marca la Legislación. Cabe decir también que de esta forma se consigue que se encuentre de esquina en lugar libre alrededor en el que no se puede edificar, con buen acceso, zona prevista para aparcamiento, orientación al mediodía y al norte del mismo zona destinada a equipamientos, los cuales se pueden servir de dicha zona verde como lugar de recreo y desahogo.

IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS En general, el grado de incidencia sobre el medio de las determinaciones de la modificación puntual se considera muy bajo teniendo en cuenta la realidad urbanística de Jaraicejo. Por otra parte, atendiendo también a las actividades permitidas en la clasificación del suelo del PGM, se deduce que las características ambientales que se derivan de las nuevas actividades derivadas de la modificación puntual no tendrán carácter significativo . Igualmente, en el inventario ambiental no se han detectado afecciones sobre cauces, bienes geológicos, culturales, socioeconómicos o infraestructuras que se vean afectadas directamente por la ordenación establecida. En cuanto a las protecciones, la modificación puntual no modifica las protecciones existentes en aquellas zonas del ámbito que presentan valores merecedores de preservar .En la medida de que el uso predominante será el residencial, dotacional y zona verde, con un complemento de espacios residenciales con sus correspondientes reservas para equipamientos y espacios libres, las actividades que se implanten deberán incorporar las medidas correctoras necesarias para no producir vertidos ni molestias para los predios colindantes, siendo mínimo su impacto en el medio ambiente natural.

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Identificación de impactos en la fase de construcción: • Accesos: Durante la fase de construcción, las incidencias de las acciones producidas por el acceso de vehículos para el transporte de los elementos queda minimizada por encontrarse la actuación fuera de los actuales núcleos urbanos consolidados. • Obras de canalizaciones y cimentaciones: Se realizarán por medios mecánicos, siendo por tanto su duración muy limitada en el tiempo, por lo que su incidencia negativa tendrá muy poca influencia. • Edificación: Debido al tipo de construcción que se ejecutaran según uso, permite la ejecución de las obras con materiales inertes que no producen vertidos ni residuos que puedan contaminar el medio natural. Identificación de impactos en la fase de utilización: • Tráfico rodado: El tráfico que genere la actividad de la zona no afectará al núcleo de la población ya que el sector se encuentra justo en el punto límite del municipio al lado opuesto del mismo de la antigua carretera nacional. • Vertidos: Los vertidos serán recogidos y tratados por cada implantación industrial individualmente, y las nuevas instalaciones deberán justificar y verificar la corrección de sus vertidos. • Consumo energético: Las nuevas edificaciones y el alumbrado público de acuerdo con las normativas vigentes permiten el funcionamiento de todo el conjunto que se proyecta en las mejores condiciones de sostenibilidad y ahorro energético. Las modificaciones producidas por las futuras edificaciones serán similares a las de la zona, dado que la localización del conjunto conlleva en todo caso que esté situado en la periferia del casco que para la explotación agrícola es una zona que no reúne un especial interés. Como ya se ha indicado no se produce ningún tipo de contaminación sobre el suelo ya que los materiales a utilizar han de ser tratados y recogidos reglamentariamente. Tampoco se afecta ni a las aguas superficiales ni a las subterráneas, ya que no existen cauces de aguas superficiales en el trazado ni se afecta con las cimentaciones a ningún nivel freático.

MEDIDAS CORRECTORAS.La propuesta de medidas correctoras, considerando que el impacto medioambiental es bajo, son las siguientes: 1º Medidas contra el impacto visual: Las edificaciones se realizarán usando materiales y empleando colores que se integren el paisaje. 2º Medidas de recuperación ambiental: Se reserva un espacio dentro del ámbito de la actuación superior al 10 % de la superficie ordenada que se

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ajardinará y reforestará con especies autóctonas permitiendo así incluso una mejora sobre la situación actual de uso como área de cultivo y ampliando el conjunto de instalaciones de recreo existentes.. 3º Medidas contra las molestias derivadas del tráfico de vehículos: Se reservará el espacio de estacionamiento adecuado. 4º Medidas para el control y la eliminación de vertidos: Se construirá un sistema separativo de saneamiento con una red destinada a la recogida de aguas pluviales y otra destinada a la conducción de aguas fecales conducida a la depuradora municipal. La existencia de una segunda red independiente permitirá un mejor control y seguimiento de los efluentes, detectando en cada momento vertidos ocasionales inadecuados. 5º Medidas para el control de las actividades que se implanten: En el programa de ejecución que se realice se exigirá la tramitación de Estudio de Impacto Ambiental para aquellas actividades que lo requieran. Esta Estudio recogerá las medidas previstas para reducir, eliminar o compensar los efectos ambientales negativos significativos, así como las posibles alternativas existentes a las condiciones inicialmente previstas en el proyecto.

CONCLUSIONES Con la documentación incluida en el presente documento se ha tratado de definir el alcance y la justificación de la modificación de Planeamiento que se propone, de modo que se proceda a la Evaluación Ambiental Estratégica de la Modificación Puntual Nº-1/2015 del Plan General Municipal de Jaraicejo. En Jaraicejo a 27 de Abril del 2015 Fdo.

El arquitecto redactor Luciano Pablos Redondo

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