Story Transcript
GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
AYUNTAMIENTO DE OVIEDO
AYUNTAMIENTO DE OVIEDO BASES REGULADORAS QUE REGIRÁN EL PROCESO SELECTIVO DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS A CONTRATAR EN EL MARCO DEL CONVENIO ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y EL AYUNTAMIENTO DE OVIEDO PARA LA EJECUCIÓN DE SU PLAN EXTRAORDINARIO DE EMPLEO LOCAL 2010/2011. TERCERA CONVOCATORIA PRIMERA.-Objeto El Plan Extraordinario de Empleo Local 2010-2011 en el marco del Convenio entre la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Oviedo, prevé la contratación de 116 personas. Es objeto de la presente convocatoria, la selección de 8 personas trabajadoras desempleadas al amparo del Convenio suscrito entre la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Oviedo para la ejecución del Plan Extraordinario de Empleo Local 2010/2011 cofinanciado por el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Oviedo, correspondientes a la tercera convocatoria. Las contrataciones tendrán carácter laboral temporal. Los puestos de trabajo se detallan en el cuadro siguiente: Puestos de trabajo. Ocupación MONITORES/AS DE OCIO Y TIEMPO LIBRE INFORMÁTICO/A TRABAJADOR/A SOCIAL
Nº de plazas
Periodo de contratación
6
01/06/2011-30/09/2011
1 1
01/06/2011-15/10/2011 01/06/2011-15/10/2011
SEGUNDA.-Requisitos de participación Para participar en el proceso selectivo, las personas aspirantes deben cumplir los siguientes requisitos mínimos de carácter general. 1. Ser español/a, nacional de uno de los estados miembros de la Unión Europea, en los términos previstos en el art. 57 de la ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público. 2. Asimismo, los/as extranjeros/as residentes legalmente en España podrán acceder a los puestos convocados y reservados para personal laboral siempre que reúnan los requisitos legales para su contratación. 3. Tener 18 años cumplidos, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes al puesto de trabajo. 5. No haber sido separado/a mediante expediente administrativo (disciplinario) del servicio de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme. 6.
En las contrataciones que se realicen al amparo del Plan Extraordinario de Empleo 2010/2011, se observarán las siguientes obligaciones: Los trabajadores a contratar habrán de cumplir los siguientes requisitos: 1º.-A fecha de formalización de contrato: Estar desempleados.
1
2.º-A fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el correspondiente proceso selectivo: Estar empadronados en cualquier municipio asturiano. Estar desempleados. Haber perdido su último empleo a partir del 1 de enero de 2008 (inclusive). Haber permanecido empleados como trabajadores por cuenta ajena o propia durante un período mínimo de 120 días a jornada completa o, en los supuestos de jornada a tiempo parcial, el equivalente en días trabajados según informe de vida laboral, dentro de los 12 meses inmediatamente anteriores al momento en que hubieran perdido su último empleo. Haber agotado, a partir del 1 de enero de 2008 la prestación por desempleo de nivel contributivo o el subsidio por desempleo, así como la prestación extraordinaria por desempleo prevista en el programa temporal de protección por desempleo e inserción. No podrán ser contratadas aquellas personas cuya contratación hubiera sido subvencionada a la misma entidad contratante por un periodo de tiempo acumulado igual o superior a 120 días entre el 1 de enero de 2009 y el 30 de septiembre de 2010 con cargo a alguno de los siguientes programas: • • •
Programa Territorial de Empleo 2009-2011, Plan Extraordinario de Empleo Local 2009-2010, Convocatorias 2009 y 2010 de subvenciones a entidades locales para contratación de personas desempleadas para la realización de obras y servicios de interés general y social.
Para el cómputo de días arriba señalado se tendrán en cuenta las fechas de inicio y fin de contrato que figuran en el informe de vida laboral de las personas desempleadas. No podrán ser contratado/a más de doce mensualidades un mismo trabajador/a por una misma entidad contratante. A estos efectos se computarán las mensualidades subvencionadas al amparo de los Planes Extraordinarios de Empleo Local 2009/2010 y 2010/2011, del Ayuntamiento de Oviedo. 7.-No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administración con arreglo a la legislación vigente. 8 - Titulación mínima exigida: (ver cuadro)
Ocupación
Nº de plazas
Monitor/a de ocio y Tiempo libre
6
Informático/a
1
Trabajador/a Social
1
Titulación mínima exigida Bachiller LOE, Bachiller LOGSE, BUP, Bachiller Superior o equivalente Bachiller LOE, Bachiller LOGSE, BUP, Bachiller Superior o equivalente Diplomado/a en Trabajo Social
Estas condiciones habrán de ir referidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, salvo lo dispuesto en el apartado 6, punto 1º. TERCERA. Funciones a realizar. Serán las funciones de los contratados/as aquellas que sean adecuadas y conformes a sus respectivas categorías profesionales, siguiendo, al efecto las órdenes e instrucciones de los responsables del Servicio Municipal en el que presten sus servicios y conforme a las condiciones contractuales. CUARTA. Lugar y plazos de presentación de las solicitudes.
2
Se presentarán en el Centro de Formación Ocupacional del Ayuntamiento de Oviedo (C/ Francisco Pintado Fe, s/n de la Corredoria, Oviedo). La solicitud de admisión a las pruebas, en la que se hará constar que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, referidos dichos requisitos a la fecha en que finaliza el plazo de presentación y se formularán en el Anexo I. A la instancia se acompañará la documentación indicada en el Anexo II (A) El plazo de presentación por los candidatos de la instancia y de la documentación que se indica en el Anexo II (A), será de 10 días hábiles a contar desde el primer día hábil siguiente a aquel en el que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en prensa. El horario de presentación será de 9 a 14 horas. Si alguno de los solicitantes reuniera la condición de discapacitado, deberá hacer constar dicha condición y su compatibilidad en la instancia a los efectos del art. 38.3 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, en relación con el art. 5 del R.D. 352/1986, de 10 de febrero, solicitando las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas. La acreditación de la minusvalía y de la compatibilidad se hará mediante certificación del instituto de migraciones y servicios sociales u organismo autonómico correspondiente dentro del plazo concedido para comprobación de requisitos, previo al nombramiento o formalización de contrato. QUINTA.-Órgano de Selección Para la composición del Órgano de Selección se estará a lo dispuesto en la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en los términos propuestos en el art. 11 del Convenio Colectivo del Personal Laboral contratado por el Ayuntamiento de Oviedo, dentro del Programa Territorial de Empleo 2009/2011, en el marco del Acuerdo para la Competitividad, el Empleo y el Bienestar Social en Asturias 2008/2011, o acuerdo que lo sustituya, aprobado por la Junta de Gobierno Municipal en sesión celebrada el día 22 de enero de 2009. El Órgano de Selección tendrá la siguiente composición: Presidente/a: Dos técnicos/as municipales, siendo uno de ellos titular y el otro suplente. Vocales: Tres técnicos/as o especialistas en virtud de las plazas objeto de la convocatoria. Dos miembros designados por cada uno de los sindicatos firmantes del ACEBA (uno por cada uno). Un miembro designado por el Comité de Empresa. Secretario/a: Un funcionario/a del Ayuntamiento de Oviedo. El Órgano de Selección será colegiado y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá, así mismo, a la paridad entre hombre y mujer. La pertenencia a dicho órgano de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. SEXTA.- Proceso Selectivo. Finalizado el plazo de presentación de instancias, se publicará la lista de personas que podrán presentarse a la realización de la prueba en el tablón de anuncios del Centro de Formación de La Corredoria, sito en la c/ Francisco Pintado Fe, s/n, donde se indicará el lugar, la fecha y la hora de realización de la misma. Consistirá:
3
1º-
Realización de una o varias pruebas de carácter eliminatorio relacionadas con la ocupación a desarrollar. La prueba o en su caso, el conjunto de las pruebas, se puntuará de 0 a 10 puntos, considerándose el/la candidato/a que obtenga, al menos, un 50 % de la puntuación de cada una de las pruebas como apto/a. No obstante, el órgano de selección podrá acordar rebajar el mínimo exigido para superar la prueba, en aquellos casos en que no existan candidatos o estos sean insuficientes para continuar o concluir el proceso de selección. Cuando el órgano de selección acuerde realizar más de una prueba se concederá un plazo de 1 día hábil para presentar alegaciones tras la publicación de la lista con el resultado de cada prueba, excepto de la última en que regirá el plazo de 3 días hábiles del punto 4º. Este último plazo es el que regirá en el supuesto de que el órgano de selección acuerde realizar una única prueba.
2º-
Una vez realizada la prueba o pruebas en el supuesto de ser varias, a aquellos aspirantes que hayan sido declarados aptos se les sumará tres puntos en el caso de que estén empadronados en el municipio de Oviedo a fecha 20 de agosto de 2010.
3º-
Publicación de las listas con las puntuaciones obtenidas (derivadas de los puntos 1º y 2º).
4º-
Plazo para presentar alegaciones. 3 días hábiles a contar desde el primer día hábil siguiente a la publicación de la lista referida en el punto 3º.
5º-
Publicación del listado tras las alegaciones
6º- Según el orden de puntuación obtenida en la prueba, aquellos aspirantes que sean declarados aptos deberán acreditar los requisitos que figuran en la cláusula primera y segunda de las bases, presentando a tal efecto la documentación a que se refiere el anexo II (B), en el plazo de 5 días hábiles, a contar desde primer día hábil siguiente a la publicación de la lista referida en el punto 5º. 7º- Tras la valoración de la documentación aportada quienes no cumplieran los requisitos quedarían excluidos del proceso, requiriendo en este caso a los siguientes candidatos según el orden del listado. En el caso de que se produzca un empate entre varios/as aspirantes, tendrá preferencia, por este orden: 1º Quien haya obtenido más puntuación en la prueba. 2º Quien lleve mayor tiempo en situación de desempleado/a 3º Por sorteo, efectuado en presencia de los aspirantes. Tras dicha valoración se procederá a la publicación de la lista provisional de aspirantes propuestos para contratación, concediéndose un periodo de 5 días hábiles a contar desde el día hábil siguiente al de publicación de la lista referida, para presentar alegaciones. Una vez resueltas las alegaciones, si las hubiera, se publicará la lista definitiva de aspirantes propuestos para contratación, el listado se publicará por estricto orden de puntuación. Con las personas que no hayan obtenido las plazas se constituirá una bolsa de empleo para el caso de que existieran vacantes en las plazas ofertadas. En dicho supuesto se realizaría un requerimiento a la persona correspondiente para comprobar o en su caso aportar la documentación exigida en el Anexo II, y comprobar si cumple los requisitos de la convocatoria, para en su caso proceder a la contratación. En el caso de que se produzca un empate entre varios/as aspirantes, tendrá preferencia, por este orden: 4º Quien haya obtenido más puntuación en la prueba. 5º Quien lleve mayor tiempo en situación de desempleado/a 6º Por sorteo, efectuado en presencia de los aspirantes.
4
SÉPTIMA.- Publicación de listas Toda la información derivada del proceso selectivo se publicará en el tablón de anuncios del Centro de Formación Ocupacional del Ayuntamiento de Oviedo situado, en la C/ Francisco Pintado Fe, de La Corredoria. Los plazos surtirán efecto desde la publicación en el citado tablón. OCTAVA.- Reclamaciones Las incidencias y reclamaciones que se pudieran suscitar, derivadas de los procesos de selección, serán resueltas por el órgano de selección. NOVENA.- Contratación Finalizadas las pruebas selectivas, la Comisión de Seguimiento propondrá a la AlcaldíaPresidencia la contratación del/los aspirante/s que haya/n obtenido mayor puntuación en el conjunto del proceso selectivo y hayan acreditado la posesión de los requisitos exigidos en las presentes bases formalizándose contrato de trabajo temporal, con la duración indicada para cada uno de los puestos, resultando de aplicación el “Convenio Colectivo del Personal Laboral contratado por el Ayuntamiento de Oviedo, dentro del Programa Territorial de Empleo 2008/2011, en el marco para el del Acuerdo para la competitividad, el empleo y el bienestar social en Asturias 2008/2011, o acuerdo que lo sustituya.” El Ayuntamiento de Oviedo se pondrá en contacto con los/as candidatos/as seleccionados/as, reclamándoles la documentación pertinente para la formalización de los contratos de trabajo. En caso de que se produzca una vacante la entidad local propondrá, con carácter previo a la formalización del correspondiente contrato, escrito al Servicio Público de Empleo, proponiendo la contratación del siguiente aspirante de la bolsa de empleo constituida tras el proceso de selección inicial. Si esta bolsa no existiera o se hubiera agotado, se efectuara un nuevo proceso selectivo. La bolsa de empleo estará constituida por aquellas personas que una vez finalizado el proceso selectivo hayan sido seleccionadas pero, si bien, debido a su puntuación no han optado a plaza. A tal fin y en caso de producirse vacantes, estas se cubrirán por estricto orden de puntuación, y siempre que cumplan los requisitos. DÉCIMA- Finalizadas las pruebas selectivas, la Comisión de Seguimiento y Selección propondrá a la Alcaldía-Presidencia la contratación del aspirante/es que hayan obtenido mayor puntuación en el proceso selectivo y reúnan los requisitos exigidos, formalizándose contrato de trabajo temporal. UNDÉCIMA-Recursos.- Esta Convocatoria y sus Bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación de los Tribunales, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma previstos en la Ley 30/l992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra las resoluciones y actos de los Tribunales y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, podrá interponerse recurso de Alzada ante la Junta de Gobierno Local.
5
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANEXO II (A) Para iniciar el proceso selectivo 1. HOJA DE SOLICITUD (ANEXO I). 2. ORIGINAL Y RESIDENCIA.
COPIA DEL DNI. EN VIGOR, PASAPORTE O PERMISO DE
3. ORIGINAL Y COPIA DEL CERTIFICADO DE MINUSVALÍA RECONOCIDA IGUAL O SUPERIOR AL 33% EN AQUELLOS CASOS EN QUE SEA REQUISITO. ANEXO II (B) Documentación a presentar por los aspirantes que hayan obtenido la calificación que de opción a la plaza. 4. ORIGINAL Y RESIDENCIA.
COPIA DEL DNI. EN VIGOR, PASAPORTE O PERMISO DE
5. DECLARACIÓN JURADA DEL/LA SOLICITANTE DE NO PADECER ENFERMEDAD O DEFECTO FÍSICO QUE IMPIDA EL DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES PROPIAS DEL PUESTO DE TRABAJO Y DE NO HABER SIDO SEPARADO MEDIANTE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO (DISCIPLINARIO) DEL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS NI HALLARSE INHABILITADO PARA EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES PÚBLICAS POR SENTENCIA FIRME. 6. AUTORIZACIÓN A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE OVIEDO PARA LA OBTENCIÓN DE LA VIDA LABORAL DEL/LA SOLICITANTE EN LA TESORARÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIALY COPIA DEL DNI . 7. AUTORIZACIÓN A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO DE OVIEDO PARA LA OBTENCIÓN DE LOS DATOS RELATIVOS A LA PERCEPCIÓN O NO EN SU CASO DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO, SUBSIDO O PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR DESEMPLEO PREVISTA EN EL PROGRAMA TEMPORAL DE PROTECCIÓN EN EL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL. 8. EN EL CASO DE TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA DEBERÁN ACREDITAR LA FECHA DE CESE DE ACTIVIDAD, ASÍ COMO DE HABER TRABAJADO COMO TAL, AL MENOS, CUATRO MESES DENTRO DE LOS DOCE ANTERIORES A LA PERDIDA DE SU TRABAJO POR CUENTA PROPIA Y PRESENTAR ACREDITACIÓN DE LOS PERIODOS DE COTIZACIÓN EN LA SEGURIDAD SOCIAL. 9. CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD ES COMPATIBLE CON EL PUESTO AL QUE OPTA Y LA ACREDITACIÓN DE LA MINUSVALÍA Y DE LA COMPATIBILIDAD SE HARÁ MEDIANTE CERTIFICACIÓN DEL INSTITUTO DE MIGRACIONES Y SERVICIOS SOCIALES U ORGANISMO AUTONÓMICO CORRESPONDIENTE DENTRO DEL PLAZO CONCEDIDO PARA COMPROBACIÓN DE REQUISITOS, PREVIO AL NOMBRAMIENTO O FORMALIZACIÓN DE CONTRATO. 10. ORIGINAL Y COPIA DE LA TITULACIÓN MINIMA EXIGIDA PARA EL PUESTO, EN LA CLÁUSULA SEGUNDA. 11. EN CASO DE PERTENECER A UN MUNICIPIO ASTURIANO DISTINTO AL DE OVIEDO, EL SOLICITANTE APORTARÁ CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO ASTURIANO DONDE SE ENCUENTRE EMPADRONADO.
6
AYUNTAMIENTO DE OVIEDO
GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
ANEXO I SOLICITUD PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS DENTRO DEL PLAN EXTRAORDINARIO DE EMPLEO LOCAL 2010/2011, COFINANCIADO POR EL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y EL AYUNTAMIENTO DE OVIEDO. SEGUNDA CONVOCATORIA Apellidos y Nombre
DNI
Fecha de nacimiento
Domicilio (Calle o Plaza)
Discapacidad:
Discapacidad compatible:
SI
.............. %
NO
Nº
Edad Piso Localidad
C.P.
Teléfono
Adaptaciones solicitadas en caso de discapacidad:
SI NO
la plaza a la que se presenta. En el caso PUESTOS QUE SE CONVOCAN: (Señale con de solicitar más de una ocupación se presentará un impreso por solicitud) OCUPACIÓN Monitor/a de ocio y tiempo libre Informático/a Trabajador/a Social EXPONE: Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases primera y segunda de la convocatoria, aprobadas en Junta de Gobierno Local de fecha 24 de marzo de 2011. SOLICITA: Su admisión para participar en el proceso selectivo marcando con una cruz en la presente instancia y declara bajo su responsabilidad que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne los requisitos exigidos en las bases de esta convocatoria. La falsedad u ocultación de los datos exigidos en esta Convocatoria será causa de exclusión, habilitando al Ayuntamiento de Oviedo para que compruebe su veracidad por los medios que considere oportunos. Así mismo, autoriza al Ayuntamiento de Oviedo a solicitar el certificado de empadronamiento en el municipio de Oviedo. Esta solicitud va a ser tramitada por medios informáticos. En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos facilitados mediante la cumplimentación del presente formulario pasarán a formar parte de un fichero propiedad del Ayuntamiento de Oviedo con la finalidad de utilizarlos para las cuestiones relacionadas con la presente convocatoria y el desarrollo del Plan Extraordinario de Empleo, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en las dependencias del Registro General, sito c/ Quintana nº 6- 33071, Oviedo. Oviedo, a _____de ________________de 2011 FIRMA: EXCMO. SR. ALCALDE DE OVIEDO
7