ASPECTOS JURIDICOS SOBRE EDUCACION Y DERECHOS HUMANOS

LA EDUCACION Y LOS DERECHOS HUMANOS ANDRES CARDO FRANCO Quiero en primer lugar agradecer al Sr. Rector de la Universidad Católica Sedes Sapientiae la

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REFLEXIONES SOBRE DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS Agosto de 1994 ______________________________________________________________________________ Proyect

PROYECTO DE DEMOCRACIA EDUCACION EN DERECHOS HUMANOS Y DEMOCRACIA
PROYECTO DE DEMOCRACIA EDUCACION EN DERECHOS HUMANOS Y DEMOCRACIA INSTITUCION EDUCATIVA SAN FRANCISCO DE ASÍS CHINÚ - CORDOBA RESPONSABLES: ESP. EDGA

Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario Sobre los derechos humanos y los delitos contra los derechos humanos
Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario Sobre los derechos humanos y los delitos contra los derechos humanos DERECHOS HUMANOS Y DERECHO

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LA EDUCACION Y LOS DERECHOS HUMANOS ANDRES CARDO FRANCO

Quiero en primer lugar agradecer al Sr. Rector de la Universidad Católica Sedes Sapientiae la gentileza que ha tenido en invitarme a tomar parte en este acto académico en el que se conmemora los 60 años de la Declaración Universal de los Derecho Humanos, y se me solicita ocuparme del Derecho a la Esucación a la luz de la Doctrina Social de la Iglesia. En mi intervención trataré de dividir el tema en tres aspectos: - Breve reseña de aspectos jurídicos referidos a Educación y los Derechos Humanos. - La Iglesia y el Derecho y Deber de la Educación. - Panorama general de la aplicación de este Derecho y perspectivas del mismo. ASPECTOS JURIDICOS SOBRE EDUCACION Y DERECHOS HUMANOS Se han cumplido sesenta años de la expedición de la Declaración de los Derechos Humanos, compromiso internacional auspiciado por las Naciones Unidas entre sus Estados miembros: “Toda persona tiene derecho a la educación La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente en la educación elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada, el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos” El Perú suscritor de esta Declaración la ha incorporado a su legislación nacional al ser ratificada por el Congreso de la República. No es el momento de hacer un recuento de cómo el principio del Derecho a la Educación evolucionó en los textos constitucionales peruanos .La Constitución de 1979 era muy explícita al respecto, no así la de 1993. ” Sin embargo, una interpretación sistemática de la Constitución desde un enfoque de derechos humanos nos permitirá concluir que el Estado se encuentra obligado a ejecutar las medidas necesarias a fin de procurar el goce y ejercicio efectivo del derecho a la educación por parte de todos, máxime si se tienen en cuenta las obligaciones internacionales que ha asumido el Perú al ratificar los tratados internacionales sobre derechos humanos que regulan la materia”[1]. Al respecto es bueno considerar el Capítulo II de los Derechos sociales y económicos de la Constitución política. La Declaración de los Derechos Humanos ha servido de base a otras normas internacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José y otras más que consagran el derecho a la educación y forman parte de la legislación a la que el Perú ha ratificado aprobándolas por ley del Congreso. La Ley General de Educación 28044, hace un verdadero desarrollo de la doctrina del Derecho a la Educación cuando define: [1]

Gladys Vigo-Teresa Navarro (Foro Educativo)

- La Educación es un derecho fundamental de toda persona y de la sociedad. - Gratuidad en todos los niveles y modalidades. - Educación inclusiva que dé igualdad de oportunidades, incorpore a grupos desfavorecidos y valore las diferencias culturales. “La ley señala que la persona es el centro y el agente fundamental del proceso educativo, el cual se sustenta, entre otros, en los principios de ética democrática, que promueve el respeto a los derechos humanos, al pleno ejercicio de la ciudadanía y el fortalecimiento del Estado de derecho, de equidad, que garantiza a todos igualdad de oportunidades en el acceso, permanencia y trato en un sistema educativo de calidad, de inclusión de personas pertenecientes a grupos en situación especial de vulnerabilidad, sobre todo en el ámbito rural, sin distinción de etnia, sexo u otra causa de discriminación. Contribuyendo a la eliminación de la pobreza, la exclusión y las desigualdades y la calidad, que asegura condiciones adecuadas para una educación integral, pertinente, abierta, flexible y permanente. Todo esto con el fin de alcanzar el desarrollo pleno de la personalidad y los proyectos de vida de todos, así como el logro de una sociedad democrática.”[2] El Proyecto Educativo Nacional, aprobado como Política de Estado también recoge el principio que rige en el Perú por el derecho a la educación. LA IGLESIA Y EL DERECHO Y DEBER DE LA EDUCACION Quiero referirme en primer lugar, a la actuación de la Iglesia en el Perú en el tema de la educación. Es necesario remontarse a la época colonial, para tener un punto de partida cercano a nosotros y luego referirme a la doctrina pontificia que existe sobre este asunto. Según el historiador P.Vargas Ugarte s.j.: “Tras los años de cruentas luchas de la conquista y el advenimiento del Virreinato, la educación inicialmente fuera poco recordada, es pronto establecida como patrimonio noble conquistada y conquistadora. La Iglesia y los encomenderos se ocupan principalmente de instruir a las clases inferiores. Ella no se olvida de manifestar su preocupación por el pueblo indígena. Aunque el ejercicio del Patronato coartaba la acción de los Pontífices en las cristiandades de América, no dejaron de volver los ojos a ellas y de mirar por su bien. Esto se ha de decir especialmente de S. Pío V. Ya en 1566, escribiendo al Nuncio de Madrid, Mons. Castagna, le daba precisas instrucciones sobre los puntos en que debía insistir ante el Monarca. Comenzaría por manifestar que ningún motivo impulsaba al Pontífice a intervenir sino el celo de las almas, confiadas a su solicitud pastoral y, especialmente, aquellas que por ser tiernas y nuevas en la fe exigían mayor atención…Le recordaba que su principal cuidado debía ser mirar por la conversión de los infieles, enviando a aquellas partes predicadores que los instruyan y den buen ejemplo. Era necesario luego instruir a los ya bautizados, dándoles idóneos maestros que los vayan adaptando a las costumbres de la vida civil y cristiana, para lo cual sería muy oportuno reducirlos a poblaciones estables, en las cuales se ha de evitar que habiten juntamente los gentiles con [2]

Cita anterior. Mencionando a Iguiñiz sobre LGE. (2005. 91-92)

los cristianos. Mucho ayudaría al aumento y conservación de la fe la recta administración de la justicia y el evitar que cualesquiera particulares se sirvan de los indios como esclavos o se les exija mayores tributos que los que pueden dar. Como se ve, S. Pío V. tocaba en estas instrucciones algunos de los puntos vulnerables de la colonización española y mostraba estar bastante bien enterado de la situación religiosa de estos países.[3] En esta dirección hay que apreciar la contribución de los concilios provinciales, insistiendo en la recomendación del uso de la lengua de los indios y el establecimiento en los pueblos grandes, de escuelas en donde los hijos de los caciques y otros muchachos aprendieran a leer, a escribir y a hablar la lengua castellana. No es momento para recordar el gran influjo que la Iglesia Católica ha tenido en la educación del país a través de los siglos, desde la creación de las primeras escuelas ya mencionadas, la creación de los Colegios Mayores y las Universidades que comenzando por San Marcos, crecieron a la sombra de los claustros conventuales de Cusco, Arequipa, Trujillo, Ayacucho y otras. Pero, al tratar el tema que nos ocupa, no puedo dejar de afirmar que el balance de la acción educativa de la Iglesia en el Perú, tiene un saldo altamente positivo que hay que apreciar, por el influjo significativo que la Iglesia tiene en sus numerosas instituciones y programas educacionales de todos los niveles del sistema educativo nacional, que han contribuido a que se haga realidad la educación como un derecho. La Iglesia “Madre y Maestra”, como la denominó el Beato Juan XXIII, asume vigorosa y renovada posición de defensora de los derechos de la persona humana al incorporar a la declaración conciliar Gravissimum educationis, el concepto del derecho universal a la educación: “Todos los hombres, de cualquier raza, condición y edad, por poseer la dignidad de persona, tienen el derecho inalienable a una educación que responda al propio fin, al propio carácter, al diferente sexo, y acomodada a la cultura y a las tradiciones patrias, y, al mismo tiempo, abierta a las relaciones fraternas con otros pueblos, para fomentar en la tierra la unidad verdadera y la paz”.[4] A casi cuarenta años de esta postulación, las corrientes educativas de nuestros días dan vigencia a una educación universal alejada de toda discriminación, al respeto a la diversidad de culturas y a una educación para la comprensión, la tolerancia y la promoción de las relaciones pacíficas de los pueblos. El sentido amplio del enunciado eclesial busca además del logro del fin trascendente de la formación de la persona, su formación para el ejercicio de su ciudadanía en una sociedad de la que el hombre es miembro y en cuyas responsabilidades participará cuando llegue a ser adulto.

[3]

Rubén Vargas Ugarte sj. Historia General del Perú.1966.vol.2. Citado por el autor en La Educación y la Iglesia en el Perú. U.S.Pablo 2005 [4] Gravissimum Educationis,1

En un mundo en el que el individualismo, el egoísmo y el exagerado sentido de lo utilitario nubla el horizonte de la solidaridad y de la justicia social, la Gravissimum educationis ilumina el debate sobre las políticas educativas al reclamar la preparación de los educandos “para participar en la vida social, de modo que, bien instruidos con los medios necesarios y oportunos, puedan adscribirse activamente a los diversos grupos de la sociedad humana, estén dispuestos para el diálogo con los demás y presten su colaboración de buen grado al logro del bien común”.[5] La comunidad internacional, en los últimos años, ha expresado un extraordinario consenso al adoptarse en la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989 la Convención sobre los derechos del niño y posteriormente, en 1990, en la Conferencia Mundial de Jomtien (Tailandia) promovida por UNESCO, UNICEF, PNUD y el Banco Mundial, la Declaración Mundial de Educación para todos. En ambos eventos, en los que la Santa Sede estuvo presente, se obtuvieron los pronunciamientos y compromisos más avanzados sobre política educativa .La armonía y concordancia de Gravissimum educationis con estos documentos es significativa. Y no podía ser de otra manera, pues como dice el Vaticano Segundo,” la Santa Madre Iglesia debe atender a toda la vida del hombre, incluso la material, en cuanto está unida con la vocación celeste, para cumplir el mandato recibido de su divino Fundador, a saber, el anunciar a todos los hombres el misterio de la salvación e instaurar todas las cosas en Cristo, corresponde también a la Iglesia una parte en el desarrollo y en la extensión de la educación.” Dentro de este reconocimiento, la Declaración Conciliar, exhortó a ayudar a los niños y adolescentes para que adquieran gradualmente un sentido más perfecto de la responsabilidad en el recto y continuo desarrollo de la propia vida y en la consecución de la verdadera libertad, como parte del desarrollo armónico de las condiciones físicas, morales e intelectuales de los educandos. Ratificando lo proclamado por Pío XI en la encíclica Divini illius Magistri, la declaración Gravissimum educationis reconoce a los padres de familia el derecho de ser considerados “ los primeros y principales educadores de sus hijos” y a la familia como “la primera escuela de las virtudes sociales, que todas las sociedades necesitan”. Este derecho conlleva el deber de la educación que corresponde en primer lugar a la familia, para cuyo cumplimiento “requiere la colaboración de toda la sociedad… en cuanto a ella compete el ordenar cuanto se requiere para el bien común temporal”. (GE). Hay que precisar bien los campos de la sociedad civil y el Estado, que bajo el principio de la subsidiariedad, reconocido en la mayoría de las constituciones políticas, tiene la obligación de “ proveer de varias formas la educación de la juventud: tutelar los derechos y obligaciones de los padres y de quienes intervienen en la educación y colaborar con ellos: completar la obra educativa…cuando no basta el esfuerzo de los padres y de otras sociedades, [5]

Obra citada GE.

atendiendo a los deseos paternos; y, además, crear escuelas e institutos propios según lo exija el bien común”.(GE) Por consiguiente el Estado debe garantizar que todos los ciudadanos les sea accesible la conveniente participación en la cultura se preparen debidamente para el cumplimiento de sus obligaciones y derechos civiles. Por consiguiente, el mismo Estado debe proteger el derecho de los niños a una educación escolar adecuada, vigilar la aptitud de los maestros y mirar la salud de los alumnos. Toda la obra de las escuelas, deben tener en cuenta el principio de la subsidiariedad.” (GE) Permítaseme antes de concluir esta parte de la exposición, referirme a al algunos conceptos y problemas de la escuela contemporánea, expuestos por la Sagrada Congregación para la Educación Católica que considero singularmente vitales, para el logro de la plena realización de la educación como derecho, y como veremos más adelante, en muchos lugares del planeta todavía constituye un objetivo no alcanzado. Un atento examen de las distintas tendencias renovadoras, presentes en el ámbito de las instituciones escolares, según diversos niveles, permite formular un concepto de escuela como lugar de formación integral mediante la asimilación sistemática y crítica de la cultura. La escuela es verdaderamente un lugar privilegiado de promoción integral mediante un encuentro vivo y vital con el patrimonio cultural. Esto supone que tal encuentro se realice en la escuela en forma de elaboración, es decir, confrontando e insertando los valores perennes en el contexto actual. En realidad, la cultura para ser educativa debe insertarse en los problemas del tiempo en el que se desarrolla la vida del joven. La escuela debe estimular al alumno para que ejercite la inteligencia, promoviendo el dinamismo de la clarificación y de la investigación intelectual, y explicitando el sentido de las experiencias y de las certezas vividas. Una escuela que no cumpliera esta función, sino que, por el contrario, ofreciera elaboraciones prefabricadas, por el mismo hecho se convertiría en obstáculo para el desarrollo de la personalidad del alumno. Si se prestan oídos a las exigencias más profundas de una sociedad caracterizada por el desarrollo científico y tecnológico, que podría desembocar en la despersonalización y en la masificación, y si se quiere darles una respuesta adecuada, resulta evidente la necesidad de que la escuela sea realmente educativa; o sea, que se halle en grado de formar personalidades fuertes y responsables, capaces de hacer opciones libres y justas. Característica ésta que, todavía más fácilmente, se puede deducir de la reflexión sobre la escuela considerada como institución en la cual los jóvenes

se capacitan para abrirse progresivamente a la realidad y formarse una determinada concepción de la vida. Así configurada, la escuela supone no solamente una elección de valores culturales, sino también una elección de valores de vida que deben estar presentes de manera operante. Por eso, ella debe realizarse como una comunidad en la cual se expresen los valores por medio de auténticas relaciones interpersonales entre los diversos miembros que la componen y por la adhesión, no sólo individual, sino comunitaria, a la visión de la realidad en la cual ella se inspira.[6]

En esta oportunidad es conveniente citar lo expresado por el observador permanente de la Santa Sede ante la Oficina de las Naciones Unidas e Instituciones Especializadas en Ginebra, con motivo de la 48 Conferencia Internacional sobre la Educación promovida por la UNESCO del 25 al 28 de noviembre del año en curso. El arzobispo Tomasi afirmó que el objetivo de una “educación de todos” debe tener en cuenta “la exigencias de cada persona y en particular de los pobres y de los más vulnerables, de personas discapacitadas, de jóvenes que viven en zonas rurales y urbanas degradadas, de jóvenes y adultos sin ninguna discriminación”. “Los educadores deben ser conscientes -subrayó- de que desarrollan el propio servicio en colaboración con los padres, que son la primera “agencia educativa” y tienen el derecho y el deber prioritarios de educar a sus hijos. Esta convergencia de esfuerzos es una aplicación evidente del principio fundamental de subsidiariedad”. El observador permanente de la Santa Sede señaló que la comunidad educativa “está llamada a promover una escuela que sea un lugar de formación integral por medio de relaciones interpersonales basadas en el respeto y la aceptación recíprocos. En este sentido, la integración no es una ideología que reduce todas las diferencias y pierde de vista la situación de la persona concreta, su historia y sus experiencias, y esto debería ser el centro de cualquier programa educativo”. “Una educación integral comprende a todos los niños y los jóvenes en su contexto existencial y a todas las personas que se dedican a su formación, un [6]

La Escuela Católica. Sda. Congregación para la Educación.

proceso global que combina transmisión de conocimientos y desarrollo de la personalidad. En efecto -terminó-, las cuestiones fundamentales que se plantean todas las personas tienen que ver con la búsqueda del sentido de la vida y de la historia, del cambio y de la disolución, del amor y de la trascendencia”. Como creyente, pero sobre todo encontrándome en una Universidad Católica, no puedo dejar de concluir esta parte, sin expresar que la Iglesia no puede renunciar a la libertad de proclamar el mensaje del Evangelio y exponer los valores de la educación cristiana, que es una educación integral Esto constituye un derecho y un deber. PANORAMA GENERAL DE LA APLICACIÓN DEL DERECHO A LA EDUCACION Y PERSPECTIVAS. Los avances que a nivel mundial se han logrado en el cumplimiento del acceso a la educación como un derecho de toda persona son muy variados. Los países ubicados entre los más pobres del planeta están lejos de conseguir este objetivo En situación parecida están los países con poblaciones vulnerables en que se produce la exclusión educativa. También sufren este agudo problema especialmente los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, que pierden toda opción escolar cuando sus comunidades son abatidas por situaciones de emergencia. Aquí comprendemos como “emergencias” todas aquellas situaciones de crisis de origen natural, como terremotos,tsunamis, inundaciones y huracanes, entre otros, y las derivadas de conflictos armados tanto internacionales (incluida la ocupación militar), como internos, tal como las define el derecho internacional humanitario, así como situaciones posteriores a un conflicto, las cuales menoscaban o niegan el derecho a la educación, entorpecen su desarrollo o demoran su realización. Según el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, la mitad de los niños y niñas que no reciben educación viven en países que sufren situaciones de conflicto o las han sufrido recientemente y que en algunos de esos países las tasas de escolarización neta son inferiores al 50%. Según recientes estimaciones, se trata de 39 millones de niños y niñas. También los desastres naturales recurrentes que acaecen en regiones empobrecidas pueden multiplicar los efectos de las catástrofes, lo cual revela un impacto devastador sobre la infraestructura escolar, la actividad docente y en general sobre las oportunidades educativas de los niños y niñas que viven en esas regiones. Según un estudio llevado a cabo en Foro Educativo por Gladys Vigo y Teresa Nakano, refiriéndose al Perú, expresan lo siguiente: El derecho a la educación en el Perú ha avanzado de una “homogenización” de la educación, bajo patrones educativos predominantes, hacia la “equidad” educativa, que tiene en

cuenta las particularidades propias de la población, a fin de disminuir las desigualdades educativas… El análisis de los factores externos e internos del sistema educativo peruano, a la luz del núcleo esencial del derecho cuestiona la capacidad del Estado y del sistema educativo para responder de manera eficiente y eficaz al mandato jurídico que garantiza el pleno ejercicio del derecho a la educación. Si bien es cierto que los niveles de ingreso a la escolaridad son variados Los datos del último censo de población indican los siguientes realidades: a. Tasa de asistencia escolar: 3 a 5 años: 52.3%. No hay diferencias significativas entre hombres y mujeres pero sí entre áreas urbanas y rurales (60.6% vs 33.4%) 6-11 Años: 94.9% Tampoco hay diferencias entre hombres y mujeres. En áreas urbanas asiste el 96.3% y en las rurales 91.7% 12-16 años: 88.3% Tampoco hay diferencias entre hombres y mujeres. En áreas urbanas asiste el 91.6% y en las rurales 79.5%) b. Entre la población de 15 a más años, el 7.1% es analfabeta (1´361,000 personas). Entre los hombres es 3.6% pero entre las mujeres 10.6%. En el área urbana llega al 3.7% pero en la rural alcanza el 19.7%  

Los altos índices de escolarización que hemos alcanzado en algunos grupos de edades, se enfrentan a los bajos índices del rendimiento escolar que nuestros estudiantes vienen obteniendo en las últimas pruebas auspiciadas por la UNESCO y las pruebas PISA que organiza la OCDE., Según el documento citado de Foro Educativo, “ la educación tiene un espacio esencial en el desarrollo de las personas y las provee de oportunidades de acceso a mejores niveles de calidad de vida. En un estudio de la CEPAL en los países en vías de desarrollo, se identificó que se requiere un mínimo de 12 años de escolaridad para poder salir del círculo de la pobreza. Este dato exige a los Estados ofrecer condiciones necesarias y suficientes para que su población acceda, permanezca y concluya con éxito la escolaridad básica, de modo que pueda acceder a los bienes de la sociedad en mejores condiciones… Ante este panorama nos tenemos que plantear que se exige un enorme reto al Estado y a la sociedad civil para sentir que hemos alcanzado en el Perú el pleno cumplimiento del derecho de la educación para todos. Al concluir mi intervención en este acto de una Universidad Católica, quiero traer al recuerdo las palabras que pronunció en su visita a la UNESCO el Siervo de Dios Juan Pablo II y que conmemorando ese acontecimiento, recordando a su antecesor, el Papa Benedicto XVI las evocó: "Construid la paz comenzando por los cimientos: el respeto de todos los derechos del ser humano, los que están ligados a su dimensión material, económica, espiritual e interior de su existencia en el mundo". "En un mundo a la vez múltiple y dividido y a menudo sometido a las fuertes

exigencias de la globalización de las relaciones económicas y todavía más de la información, es necesario movilizar las energías de la inteligencia para que se reconozca en todos los lugares", dijo. "Especialmente en los países más pobres, el derecho de los seres humanos a la educación y a la cultura", señaló. "En un mundo donde todos deben aprender cada vez más a reconocer y respetar a sus hermanos", indicó. "La Iglesia quiere aportar su contribución al servicio de la comunidad humana subrayando la relación que une a cada persona con el Creador de toda vida y que es la fuente de la dignidad inalienable del ser humano, desde su concepción a la muerte natural", concluyó el Santo Padre.

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