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SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD & SALUD Y MEDIO AMBIENTE “ OBLIGACIÓN DE INFORMAR " (PERSONAL QUE EJECUTA TRABAJOS EN AURA INC)
FORMULARIO DE REGISTRO INDIVIDUAL DE INFORMACION DE LOS RIESGOS PROFESIONALES A LOS TRABAJADORES (O.D.I.) El Decreto Supremo Nº 40, “ Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales” , dispone que: “ Los empleadores tienen obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la actividad de cada empresa. Especialmente, deben informar a los trabajadores acerca de los elementos, productos y sustancias que deben utilizar en los procesos de producción o en su trabajo, sobre la identificación de los mismos (fórmula, sinónimos, aspecto y olor), sobre los límites de exposición permisibles de esos productos, acerca de los peligros para la salud y sobre las medidas de control, de prevención y protección que deben adoptar para evitar tales riesgos.”
Antecedentes Generales del Trabajador •
Registre los antecedentes personales y datos debidamente verificados del trabajador que recibirá la información de los Riesgos Profesionales específicos y generales.
Nombre: ………………………………………………………………………Fecha:………………………………… R.U.T.: ............................................................................................................................................................. Cargo / Puesto de Trabajo: …………………………………………………………………………………………... Empresa: ……………………………………………………………………………………………………………….. Nombre del Contrato: …………………………………………………………………………………………………. N° de Contrato: ………………………………………………………………………………………………………… Área de Trabajo: ……………………………………………………………………………………………………….
Información de los Riesgos Profesionales al Trabajador por: •
Marque con una X la causa por la que se debe informar al trabajador de los Riesgos Profesionales: Nuevas Act./ Tareas que
Desempeño de Tareas en áreas diferentes
Trabajador Reubicado
Implican riesgos Nuevos Riesgos por cambio o
Ausencia Prolongada del
Modificaciones en su puesto de trabajo Desempeño de Tareas en área
Puesto de Trabajo
única
Trabajador Nuevo
Riesgos Específicos
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REG RPRO-E-23
OBLIGACION DE INFORMAR (ODI) CONTENIDO: MANEJO DE LASER
Nº 23
V.E.P
Fecha Revisión Feb 2011 17.03.2011
DESCRIPCION El laser es utilizado en las tareas correspondientes a la Observación astronómica, como equipo de apoyo en la búsqueda de estrellas guías.
PROCEDIMIENTO • • • • • • • •
Solamente operadores capacitados deben abrir la carcasa y realizar tareas de mantenimiento en los aparatos láser. Los trabajadores deben mantener el cuerpo fuera de la trayectoria del rayo láser Nunca mirar directamente al rayo. Hasta los rayos láser de baja potencia pueden causar daños si las personas fijan la vista en ellos. Nunca se debe apuntar deliberadamente a una persona con un rayo láser. Los trabajadores deben asegurarse de que la carcasa protectora de los aparatos láser se mantenga intacta y funcione debidamente. Los trabajadores deben familiarizarse con el tipo de láser que usan en su trabajo. La capacitación y conocimiento referentes al uso y procedimientos apropiados de los aparatos láser aseguran un lugar de trabajo libre de riesgos. Revisar regularmente su equipo DE PROTECCIÓN DE OJOS examinando su ajuste, comodidad y principalmente que preste
CLASIFICACION La CLASE de un láser es un indicador directo del grado de peligrosidad que supone la utilización de un dispositivo de estas características. Los tres factores que principalmente definen la CLASE de un láser son: • • •
Longitud de onda. Duración / tiempo de exposición. Potencia / energía del haz.
Clase CLASE I
Productos láser que son seguros en todas las condiciones de utilización razonablemente previsibles, incluyendo el uso de instrumentos ópticos en visión directa.
CLASE IM
Láseres que emitiendo en el intervalo de longitudes de onda (lambda) entre 302,5 y 4000 nm son seguros en condiciones de utilización razonablemente previsibles, pero que pueden ser peligrosos si se emplean instrumentos ópticos para visión directa.
CLASE II
Láseres que emiten radiación visible en el intervalo de longitudes de onda comprendido entre 400 y 700 nm. La protección ocular se consigue normalmente por las respuestas de aversión, incluido el reflejo parpebar. Esta reacción puede proporcionar la adecuada protección aunque se usen instrumentos ópticos.
CLASE II M
Láseres que emiten radiación visible (400 y 700 nm). La protección ocular se consigue normalmente por las respuestas de aversión, incluido el reflejo parpebral, pero la visión del haz puede ser peligrosa si se usan instrumentos ópticos.
CLASE III R
Láseres que emiten entre 302,5 y 106 nm, cuya visión directa de haz es potencialmente peligrosa pero su riesgo es menor que para los láseres de Clase 3B. Necesitan menos
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requisitos de fabricación y medidas de control del usuario que los aplicables a láseres de Clase 3B. el límite de emisión accesible es menor que 5 veces el LEA de la Clase 2 en el rango 400700 nm, y menor de 5 veces el LEA de la Clase 1 para otras longitudes de onda CLASE III B
Láseres cuya visión directa de haz es siempre peligrosa ( por ejemplo: dentro de la Distancia Nominal del Riesgo Ocular). La visión de reflexiones difusas es normalmente segura.
CLASE IV
Láseres que también pueden producir reflexiones difusas peligrosas. Pueden causar daño sobre la piel y puede también constituir un peligro de incendio. Su utilización precisa extrema precaución.
Nota: esta tabla es meramente orientativa en lo que a longitudes de onda y potencia La CLASE de un sistema láser debe figurar en:
• • •
Una etiqueta / señal, claramente visible y colocada en el mismo dispositivo, con las frases de advertencia para que el usuario conozca a que riesgo está expuesto. El manual de instrucciones / operaciones del dispositivo láser. También debería estar colocada señalización de peligros reglamentaria en el lugar de trabajo donde esté emplazado el sistema.
RIESGOS DERIVABLES DE LA UTILIZACIÓN DE LAS DIFERENTES “CLASES” DE SISTEMAS LASER Riesgos derivables, para equipos láser adquiridos o diseñados en su momento atendiendo a criterios de clasificación ya obsoletos:
“CLASE” DE SISTEMA LÁSER CLASE I
RIESGOS DERIVABLES No suponen daño alguno.
(tratar como Clase 1 de UNE EN 60825-1/A2) CLASE II (tratar como Clase 2M de UNE EN 60825-1/A2) CLASE III A (tratar como Clase 3B de UNE EN 60825-1/A2) EXTREMAR PRECAUCION CLASE III B (tratar como clase 3B de UNE EN 60825-1/A2) EXTREMAR PRECAUCION CLASE IV (tratar como Clase 4 de UNE EN 60825-1/A2) EXTREMAR PRECAUCION
Pueden causar daños oculares por observación directa del haz durante períodos superiores a 0,25 seg. Podría resultar en un daño crónico para exposiciones iguales o superiores a 1.000 seg. (Unos 15 minutos). Pueden causar daños oculares (concretamente, en la retina), siendo crónicos en caso de exposiciones iguales o superiores a 0,25 seg. EXTREMAR PRECAUCION
Pueden causar daños oculares o cutáneos agudos si se entra en contacto directo con el haz láser. EXTREMAR PRECAUCION
Pueden causar daños oculares o cutáneos agudos si se entra en contacto directo, indirecto, o por reflexión, con el haz láser. Pueden originar incendios. EXTREMAR PRECAUCION
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Riesgos derivables, atendiendo a criterios de la vigente clasificación (UNE EN 60825-1/A2)
“CLASE” DE SISTEMA LÁSER
RIESGOS DERIVABLES
CLASE I
No generan riesgos si se usan con normalidad. No es previsible que causen daño ocular aunque el operador emplease algún tipo de instrumento óptico (por ejemplo: lente de aumento) de visión directa.
CLASE IM
No generan riesgos si se usan con normalidad, pero podrían causar daño ocular si el operador emplea algún tipo de instrumentos ópticos (por ejemplo: lente de aumento) de visión directa. Podrían causar daños oculares. A priori los mecanismos de aversión como el reflejo parpebral son suficientes (normalmente) como protección. El riesgo de padecer daño ocular aumenta si el operador emplea algún tipo de instrumento óptico ( por ejemplo: lente de aumento) de visión directa.
CLASE II
Puede causar daños oculares. El riesgo de padecer daño ocular aumenta muy notablemente si el operador emplea algún tipo de instrumento óptico ( por ejemplo: lente de aumento) de visión directa.
CLASE IIM
La visión directa del haz es potencialmente peligrosa, aunque en menor medida que láser 3B.
CLASE III R EXTREMAR PRECAUCIÓN
Pueden causar daños oculares agudos o crónicos EXTREMAR PRECAUCION La visión directa del haz es siempre peligrosa. La visión de reflexiones difusas podría según casos, ser peligrosa también.
CLASE III B EXTREMAR PRECAUCIÓN
Puede causar daños oculares agudos y crónicos. EXTREMAR PRECAUCION Pueden causar daños oculares y cutáneos agudos o crónicos si se entra en contacto directo, indirecto, o por reflexión, con el haz láser.
CLASE IV EXTREMAR PRECAUCIÓN
También pueden originar incendios. EXTREMAR PRECAUCION
Reflejo parpebral: acto reflejo (valga la rebundancia) consistente en el cierre rápido de los párpados cuando se produce un súbito destello, iluminación, o ruido intenso.
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“Limites Según Decreto Supremo Nº594 de 2001 /Art.107” Artículo 107: Los límites permisibles para densidades de energía o densidades de potencia de radiación láser, directa o reflejada, serán los valores indicados en la Tabla N°1 para exposiciones oculares directas y en la Tabla N°2 para exposición de la piel. TABLA N°1 Límites Permisibles para Exposiciones Oculares Directas por Haz Láser (Observación del Interior del Haz)
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TABLA N°2 Límites Permisibles para la Exposición de la piel a un Haz Láser
MEDIDAS DE CONTROL RECOMENDADAS EN FUNCION A LAS DIFERENTES “CLASES” DE SISTEMAS LÁSER.
“CLASE” DE SISTEMA LÁSER
MEDIDA DE CONTROL
• •
Señalización. Información y formación del personal involucrado o expuesto.
Clase II (tratar como Clae 2M de UNE EN 60825-1/A2)
• • •
Idem Clase I, y además: Ingeniería. Equipos de Protección Individual.
Clase III A (tratar como Clase 3B de UNE EN 60825-1/A2)
• • •
Idem Clase II, y además: Ingeniería. Controles administrativos.
Clase III B (tratar como Clase 3B de UNE EN 60825-1/A2)
• • •
Idem Clase II, y además: Ingeniería. Controles administrativos.
Clase IV (tratar como Clase 4 de UNE EN 60825-1/A2)
• • •
Idem Clase II, y además: Ingeniería. Controles administrativos.
Clase I (tratar como Clase 1 de UNE EN 60825-1/A2)
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Medidas de Control, atendiendo a criterios de la vigente clasificación (UNE EN 60825-1/A2)
“CLASE” DE SISTEMA LÁSER
MEDIDA DE CONTROL
Clase I
• •
Señalización. Información y formación del personal involucrado o expuesto.
Clase IM
• •
Señalización Ingeniería. Información y formación del personal involucrado o expuesto.
Clase II
• • •
Ídem Clase I, y además: Ingeniería. Equipos de protección individual
• • • •
Ídem Clase I, y además: Ingeniería. Equipos de protección individual Controles administrativos.
Clase IIIR
• • •
Ídem Clase IIM, y además: Ingeniería. Controles administrativos.
Clase III B
• • •
Ídem Clase 2M y además: Ingeniería Controles administrativos
Clase IV
• • •
Ídem Clase 2M y además: Ingeniería Controles administrativos
Clase IIM
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MEDIDAS DE CONTROL: SEÑALIZACIÓN La señalización relativa a un dispositivo láser, comprende:
• •
• • •
Una etiqueta / señal, claramente visible y colocada en el mismo dispositivo láser, con las frases de advertencia para que el usuario conozca a que riesgo está expuesto. Toda puerta de acceso a locales donde se albergue dispositivos láser de CLASE IIIa ; IIIb ; y IV, deben ser señalizadas con el pictograma de peligro correspondiente, incluyendo además la CLASE del láser, la longitud de onda, y la potencia del mismo. Cuando un local albergue más de un láser de diferentes CLASES de las especificadas, se incluirá los datos de todos ellos. Sobre toda puerta de acceso a un local donde se albergue dispositivos láser de CLASE IIIa ; IIIb ; y IV, se recomienda la instalación de una luz intermitente que se active cuando el dispositivo esté en operación. Es deseable incluir la señalización de “ACCESO RESTRINGIDO EXCLUSIVAMENTE A PERSONAL AUTORIZADO”. La utilización del Equipo de Protección Personal (E.P.P.) que se estime preceptivas para las operaciones a llevar a cabo, también debe estar señalizada.
INFORMACIÓN Y FORMACIÓN DEL PERSONAL INVOLUCRADO O EXPUESTO Toda persona que participe directamente en las operaciones, o que sin estar involucrada directamente en las mismas, pueda verse afectada por estos dispositivos, debe ser informada por los responsables de las actividades acerca de los riesgos a los que está expuesto, los medios con los que debe protegerse, cómo y cuándo utilizarlos, y especialmente, sobre el conjunto medidas preventivas y de normas internas o de Procedimientos de Trabajo Escritos con que se acostumbre operar.
MEDIDAS DE CONTROL: INGENIERÍA Medidas técnicas destinadas a minimizar el riesgo que puedan generar los dispositivos láser. Pueden citarse las siguientes:
•
Confinamiento de láser: deseable para láser clase IIIb y IV, efectuándose en un habitáculo donde no se lleve a cabo ninguna otra operación no relacionada con este elemento. Es deseable que las puertas de acceso a estos habitáculos dispongan de cerradura, y que únicamente el personal autorizado a acceder a esta habitación disponga copia de las mismas. Sería deseable que las cerraduras de las puertas se bloqueasen cuando éste entrase en operación, pero pudiendo anularse el bloqueo y abrirse desde el interior, de manera similar a una puerta antipánico.
•
Carcasas protectoras: todo láser clase IIIa , IIIb y IV, debiera disponer de una carcasa protectora incombustible, que contenga el haz emitido, y el la fuente de excitación.
•
Enclavamiento: todo láser clase IIIa , IIIb y IV, debiera disponer de un dispositivo de enclavamiento de modo que cuando la carcasa protectora fuera movida o separada, desconectase el dispositivo láser y lo dejase fuera de funcionamiento.
•
Llave de operación: todo láser clase IIIa , IIIb y IV, debiera disponer de una llave de accionamiento, de modo que sin la misma, este no pudiera entrar en funcionamiento y que únicamente el personal autorizado a operar con las mismas, según los P.T.E establecidos, disponga de acceso a las mismas.
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•
Indicador “ON” (en marcha): todo láser clase IIIa , IIIb y IV, debiera disponer de un indicador “ON / OFF” claramente visible a las personas operando con el dispositivo. Este indicador debe estar conectado al láser, no siendo su accionamiento independiente del equipo.
•
Indicador “Potencia de operación”: todo láser clase IIIa , IIIb y IV, debiera disponer de un indicador de la potencia emitida en tiempo real, fácilmente visible a los operadores del dispositivo.
RESTRICCIONES FISICAS Se considera que las siguientes restricciones, evaluadas y controladas, no deberían ser impedimento para realizar las labores de la especialidad, pero en caso de no estar controladas mediante tratamiento médico pueden implicar un riesgo para la seguridad personal del trabajador o para sus compañeros de labores. EN ALTURA FISICA
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Epilepsia Vértigo
EN ALTURA GEOGRAFICA
• •
Hipertensión arterial Problemas Respiratorios
EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL • • • • •
Guantes protectores Protección respiratoria Protección ocular Arnés de Seguridad Ropa adecuada para la realización del trabajo
CONFORMIDAD DE IMPARTICION DE INSTRUCCIÓN O CHARLA SOBRE LA “OBLIGACION DE INFORMAR” Y DISTRIBUCIÓN DEL DOCUMENTO:
Yo ________________________ RUT _____________ con fecha _________ Declaro que he sido informado acerca de los riesgos que entrañan las labores que desempeñaré en la empresa Aura Inc. y de las medidas preventivas que deberé aplicar en el desempeño de mis labores, así como también acerca de los límites de exposición permisibles a los contaminantes existentes en el área de trabajo, los peligros de los elementos, sustancias peligrosas, así como también se me han señalado las medidas de prevención y control que deben adoptarse para evitar tales riesgos; como así mismo, los métodos de trabajo correcto.
_________________________ Firma del trabajador
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Nombre y Firma Instructor
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_________________________
Nombre y Firma Supervisor