ASUNTO: Informe Final Respuesta a Denuncia Ciudadana CACCI 5517 DC

125-19.61 Santiago de Cali, Señor JOSE ELIAS BONILLA [email protected] ASUNTO: Informe Final Respuesta a Denuncia Ciudadana CACCI 5517 DC-35

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125-19.61 Santiago de Cali,

Señor JOSE ELIAS BONILLA [email protected]

ASUNTO: Informe Final Respuesta a Denuncia Ciudadana CACCI 5517 DC-35- 2015.

La Contraloría Departamental del Valle del Cauca informa los resultados finales de lo actuado con respecto a la denuncia ciudadana del asunto, relacionada con presuntas irregularidades administrativas en las Empresas Municipales de CandelariaEMCANDELARIA, relacionadas con el cobro de las facturas por servicios de agua y alcantarillado en los corregimientos de El Tiple y El Carmelo, cuyo abastecimiento lo realiza EMCALI a través de un contrato de compraventa de suministro de agua en bloque y en varias ocasiones suspende el servicio por mora en sus pagos, por presuntas exoneraciones a los usuarios en los pagos de las facturas a cambio a favorecer a determinado candidato para las próximas elecciones . La Dirección Operativa de Comunicaciones y Participación Ciudadana procedió a dar trámite a la presente denuncia, mediante visita fiscal a la entidad, para tal fin comisionó al Técnico Operativo adscrito a esta Dirección. Como resultado de la visita fiscal se obtuvo el siguiente resultado: INTRODUCCION La Contraloría Departamental del Valle del Cauca ha fortalecido la atención a las quejas, denuncias y peticiones instauradas por la comunidad, con el fin de dar cabal cumplimiento a su función Constitucional, la misión Institucional y en desarrollo de las actividades descritas en los manuales de procesos y procedimientos. En tal sentido, se realizó visita fiscal para atender la denuncia ciudadana DC-35 de 2015. Se solicitó la documentación relacionada con el tema de la denuncia a los funcionarios responsables, para tener un conocimiento más amplio de los presuntos hechos irregulares. La visita estuvo a cargo del Técnico adscrito a la Dirección Operativa de Comunicaciones y Participación Ciudadana, quien tuvo en cuenta para el desarrollo del informe, la normatividad legal vigente, los procesos y procedimientos de la CDVC y toda la documentación e información recopilada.

1

El resultado final de la visita es consolidado en el presente informe, con el fin de dar a conocer a la comunidad en general los hechos evidenciados y responder satisfactoriamente a los requerimientos del denunciante. 1. ALCANCE DE LA VISITA Se procedió a visitar las instalaciones de EMCANDELARIA para revisar la información pertinente sobre el “presunto detrimento en la empresas Municipales con relación a la facturación de los servicios públicos domiciliarios”. 2. LABORES REALIZADAS Para efecto de verificar lo expresado en la denuncia se procedió a solicitar los siguientes documentos: 

Actos administrativos por los cuales se le otorgan facultades a la gerente para realizar los descuentos en el cobro del servicio domiciliario.



Resoluciones de los descuentos realizados, según el muestreo realizado.



Se revisa el PQR de la solicitud de descuento.



Facturas y sus respectivos pagos con descuento.



Cartera a diciembre del 2014 y a la fecha del 2015.



Compra de agua en bloque.

3. RESULTADO DE LA VISITA FISCAL Se observa que las Empresas Municipales de Candelaria están liquidación, según lo manifestado por la Gerente liquidadora.

en proceso de

Para determinar el valor total de la cartera se revisó el informe de cartera con corte a 31 de diciembre del 2014 y a julio del 2015, para verificar el grado de afectación de la situación financiera con relación a los descuentos que se realizaron. De esta forma se logró evidenciar lo siguiente: INFORME DE CARTERA FECHA Acueducto Alcantarillado Total

Diciembre 31 del 2014 1.584.597.403.34 1.167.243.557.35 2.751.840.960.69 2

Julio 31 del 2015 1.170.457.938.09 985.624.638.91 2.156.082.477.00

Descuentos realizados

595.758.484

Según el cuadro anterior los descuentos realizados en estos 7 meses del 2015 son de $595.758.484. La empresa trae una cartera muy alta por el mal servicio que se venía prestando debido a que el agua que se vendía era de pozo no tratada, el servicio no cumplía con las condiciones necesarias, y por razones de infraestructura se tenían muchos inconvenientes dándose suspensiones del servicio, el agua solamente tenía tratamiento con cloro, estos hechos hizo que la mayoría de los usuarios no pagaran oportunamente sus facturas por el mal servicio y en cada momento habían manifestaciones, haciendo que cada mes se aumentara la cartera. Cuando se pone en funcionamiento el servicio con agua potable, la nueva Gerente con su equipo de trabajo se pusieron en la tarea de ver cómo podían recuperar y sanear la cartera que en los conceptos de los jurídicos era muy difícil de recuperar por haber pasado mucho tiempo y los términos ya estaban vencidos, se llegó a la conclusión de realizar la solicitud a la junta directiva de EMCANDELARIA para ver el comportamiento si en efecto lo que analizaron podía ser una salida que sea favorable para la Empresa Municipal de Emcandelaria, el resultado fue bueno, porque cartera que no se pretendía recuperar los usuarios se acercaron y llegaron a ponerse al día. Los descuentos no son aplicados al gusto de la Gerente o de algún funcionario, estos descuentos se realizan según los parámetros aprobados y están estipulados en una tabla el % de descuento según Acta #002-2014 del 22 de diciembre de 2014 firmada por Viviana María Sánchez Escobar y Beatriz Eugenia Muñoz como Secretaria del Comité. MESES DE MORA EN EL PAGO 4 -24 25-48 + 49

ALCANTARILLADO 25% 45% 66%

ACUEDUCTO 35% 55% 75%

PROPUESTA 1 45% 50% 65%

PROPUESTA 2 50% 55% 70%

Como se observa en el cuadro anterior se presentaron dos propuesta de las cuales fue aprobada la numero 2. Los descuentos se realizan mediante resolución y este descuento solo se aplica para los corregimientos de El Carmelo, Cabuyal, El Tiple, Guali y Villagorgona. La empresa le debe a ACUAVALLE a julio 15 de 2015 el valor de $26.963.510 por el contrato No 46481655 de surtir el agua en bloque a los corregimientos de El Carmelo, El Tiple y El Guali. No se evidencio que en el periodo 2015 se haya presentado racionamiento, en ningún reporte de la empresa Emcandelaria o de Acuavalle se evidencia suspensión del servicio.

3

En la visita se tomó una muestra del listado que el sistema automáticamente arroja de los usuarios que se les ha practicado el descuento por estar en difícil cobro de las facturas por servicio de agua no potable, como se muestra en el siguiente cuadro: PQR 121

DETALLE SOLICITUD DEL USUARIO INCONFORMIDAD SOLICITUD DEL USUARIO SOLICITUD DEL USUARIO INCONFORMIDAD

137 201 257 324

NOMBRE

MATRICULA

FECHA

Benilda Mina

50192

07/23/2015

VALOR DESCUENTO 205.882

Montaño Gloria Inés Salvadora Varela

31104 50102

03/26/2015 06/25/2015

124.780 279.090

Urquiza Misael

31214

07/22/2015

24.050

Braulio Barona

30001

07/27/2015

90.230

Al verificar estos cinco casos se pudo evidenciar que cada PQR está soportado con los siguientes documentos 

Resolución por el cual se otorga el descuento: esta resolución tiene un considerando conformado por cinco puntos.

Primero: es una empresa que está en liquidación, y presta los servicios de acueducto y alcantarillado en los corregimientos del Tiple, Carmelo, el Cabuyal, la vereda el Guali y el corregimiento de Villagorgona. Segundo: es a la persona que figura como usuario detallando su matrícula código y de detalla la solicitud presentada por el usuario. Tercera: la valoración realizada por la empresa para ver si está dentro de los parámetros para aprobar el descuento y se revisa el PQR donde se ordena atender la reclamación. Cuarto: el concepto técnico del funcionario que realizo la visita al usuario. Quinto: el resultado del análisis económico para realizar el ajuste. Sexto: de acuerdo con lo anterior se deberá liquidar la factura del usuario con el valor a cancelar. Continua con su resuelve y termina con él comuníquese y cúmplase. Firmado por la Gerente liquidadora de Emcandelaría ESP en liquidación. 

Factura con el valor del total de la deuda.



Solicitud de usuario.



PQR del detalle de la solicitud verificada.



Reporte de pago de la factura final con el descuento y saldos finales en $0, en la factura del mes siguiente se evidencia saldo anterior $0 y solo aparece lo del consumo del mes. (Se verifica en el sistema.) 4

En la documentación se observa el Acta No 002 de diciembre 22 de 2014 de la reunión del Comité Contable de la empresa Emcandelaria en la cual se revisan las carteras mayores de 5 años, los parámetros que se utilizarían en los descuentos teniendo en cuenta la edad de la cartera y la prestación del servicio, y los parámetros para realizar los % de descuentos. Se evidencio una comunicación de diciembre 26 del 2014 donde la Gerente convoca a Junta directiva para presentar el estudio tarifario y los parámetros para descuentos del vigencia 2015. Se evidencia el acta No. 001 de Junta directiva relacionada con la reunión del 2 de enero de 2015, en la cual se aprueba el estudio de tarifas para el año 2015 y sedan facultades a la Gerente liquidadora de la empresa Encandelaría para otorgar descuentos a los usuarios de acuerdo con la edad de la cartera y posibilidad de pago de estos. Y por último la Resolución que anteriormente se mencionó por cada uno de los casos que se aprobó con descuento. En este proceso la proyección se tomó teniendo en cuenta que en los corregimientos no tenían agua potable, el agua era de pozo y el abastecimiento era muy irregular, donde siempre se manifestaba que el agua no se trataba que solo se le aplicaba cloro. Este concepto se tuvo en cuenta para los estudios que se realizaron por parte del grupo de trabajo de la empresa Encandelaría.

SEGUNDO PUNTO Ante la Comisión Visitadora se presenta la señora Sobieda María Parra Martínez, quien funge como recaudadora del Carmelo, Cabuyal y El Tiple, la cual tiene contrato de prestación de servicios desde Febrero 1 Hasta diciembre del 2015, el objeto recaudar y realizar ordenes de trabajo (reportar daños), informa la señora que ella solo recibe facturas originales, las autorizaciones de descuentos estaban autorizadas por la Empresa Emcandelaría, en estos casos se recibe la factura la cual ya tiene el descuento y se genera el recibo de pago de lo recaudado. En ningún momento estoy autorizada para realizar descuentos, si lo hago me tocaría pagar del bolsillo porque al realizar el cuadre tendría un faltante, con esto se pudo evidenciar que la Señora Sobieda no puede realizar ningún descuento en la facturación ella solo está cumpliendo con un contrato el cual es recaudar, si en el recaudo cobra un menor valor al de la factura sencillamente en la factura que se genera en el próximo mes se cobra el faltante, eso lo genera el sistema automáticamente. Con lo referente a que el hijo es contratista de la empresa Emcandelaria, no es cierto no hay ningún contrato a nombre del señor, pero según información recopilada se evidencia que el señor siempre ha trabajado con la empresa privada hasta la fecha, y la empresa es Café Aguila Roja que tiene la sede en Cali, pero si es cierto que la esposa esta como candidata al Concejo de Candelaria, la cual no tiene ningún impedimento al respecto. 5

CONCLUSIONES Con lo anterior se pudo verificar que cumplen con los requisitos y estudios para realizar los descuentos en la facturación que viene presentando mora hasta más de 360 días. Que no se evidencia desequilibrio financiero ya que el descuento no es alto al valor total de la factura, además el valor que se encuentra en cartera no es un recurso que sea disponible sino en el momento que se recupere, tampoco se puede contar con este recurso para realizar compras o inversiones, por ser dineros no disponibles o reales a la fecha, en cabio los dineros que se recuperen si suman al total de los recursos de la empresa, es así que es mejor recuperar algún porcentaje que perder todo lo adeudado por el usuario. Que el muestreo realizado cuenta con los requisitos necesarios para su aprobación. No se evidencia mora a la fecha con el contrato No 46481655, del suministro de agua en bloque, ni tampoco de suspensiones del servicio. No hay ninguna irregularidad por parte de la contratista Sobieda María Parra Martínez, quien es la recaudadora de tres corregimientos y no tiene ninguna ingerencia para realizar descuentos. En virtud de lo anterior, queda debidamente tramitada la denuncia ciudadana, radicada bajo el CACCI 5517 DC-35 de 2015. En espera de que con la presente se de claridad sobre las causales de la denuncia y atentos a cualquier aclaración. En cumplimiento de los procedimientos establecidos por la Contraloría Departamental del Valle, anexo la encuesta de Percepción de la oportunidad en la respuesta en un (1) folio para ser remitida a esta dependencia una vez diligenciada. Atentamente,

DANIEL EDUARDO ALDANA CABEZAS Director Operativo de Comunicaciones y Participación Ciudadana. Copia: CACCI 5517 DC-35– 2015 Proyectó: Amparo Collazos Polo- Profesional Especializada.

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