ATENDER A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO EN EDUCACIÓN PRIMARIA

ISSN 1988-6047 DEP. LEGAL: GR 2922/2007 Nº 15 – FEBRERO DE 2009 “ATENDER A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO EN EDUCACIÓN PRIMARIA”. AUTORÍA JOSÉ MIGUEL TO

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CÓMO ATENDER A LA DIVERSIDAD EDUCATIVA
ISSN 1988-6047 DEP. LEGAL: GR 2922/2007 Nº 24 NOVIEMBRE 2009 “CÓMO ATENDER A LA DIVERSIDAD EDUCATIVA” AUTORÍA AMALIA MORENO GUERRERO TEMÁTICA DIVERS

GRUPOS INTERACTIVOS: UNA MANERA INCLUSIVA DE ATENDER A LA DIVERSIDAD
1 Reflexiones y Experiencias en Educación [email protected] CEP de Villamartín. ISSN: 1989-9564 •••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••

CAPÍTULO 7 ATENCIÓN EDUCATIVA A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO: MUJER Y EDUCACIÓN
CAPÍTULO 7 ATENCIÓN EDUCATIVA A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO: MUJER Y EDUCACIÓN La propuesta inicial Describir la realidad de los países iberoamerica

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DEP. LEGAL: GR 2922/2007 Nº 15 – FEBRERO DE 2009

“ATENDER A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO EN EDUCACIÓN PRIMARIA”. AUTORÍA JOSÉ MIGUEL TORRALBO ENCINA TEMÁTICA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD ETAPA Educación Primaria

Resumen La diversidad es una de las características de la condición humana, siento esta diversidad debida a una multiplicidad de factores, biológicos, psicológicos, sociales, etc. La escuela hoy en día, con una función educativa y social, es favorecedora del desarrollo integral de todos los alumnos y alumnas, independientemente de sus características personales. Hablamos de una escuela abierta a la diversidad, además de hablar de la escuela inclusiva que se asocia a una educación de calidad para todos y todas sin excepciones, y una ideología que contempla la escuela como motor de cambio social y de actitudes, basada en la igualdad y la democracia, donde la diversidad es un valor en alza, partiendo de la premisa de que cualquier alumno/a es educable.

Palabras Clave Atención a la diversidad, enfermedad, discapacidad, deficiencia, minusvalía, escuela inclusiva, adaptación curricular individualizada, alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, principios metodológicos. 1. INTRODUCCIÓN TERMINOLÓGICA. Antes de comenzar con el desarrollo del tema en cuestión, es necesario que hagamos una breve reflexión sobre los términos a los que nos vamos a referir, siempre desde una perspectiva educativa de los conceptos. C/ Recogidas Nº 45 - 6ºA 18005 Granada [email protected]

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Los principales acontecimientos en la evolución de un trastorno son los siguientes (O.M.S. [1983], Clasificación Internacional de deficiencia, discapacidad y minusvalías) •

Enfermedad: Alteración que aparece en el individuo. La etiología da lugar a cambios estructurales o en el funcionamiento del cuerpo, patología. Los cambios patológicos pueden hacerse patentes o no. En caso afirmativo, se describen como manifestaciones. Estos rasgos son características del modelo médico de enfermedad.



Deficiencia: Hace referencia a la “anormalidad” de la estructura corporal y de su apariencia y a la función de un órgano o sistema cualquiera que sea la causa, en principio, las deficiencias representan trastornos a nivel de órgano.



Discapacidad: Se refiere a la restricción o ausencia (debido a una deficiencia) de la capacidad para realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano.



Minusvalía: Es una situación desventajosa para un individuo determinado, consecuencia de una deficiencia o de una discapacidad, que limita o impide el desempeño de un rol que es normal en su caso.



Alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo: La LOE (Ley Orgánica de Educación 2/2006, de 3 de mayo), introduce este nuevo concepto dentro del Capítulo I del título II de dicha ley, en el artículo 71.2 y los define como aquellos alumnos y alumnas que requieren de una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo o por condiciones personales o de historia escolar.



Alumnado con Necesidades Educativas Especiales: El informe Warnock (1978) define las NEE (necesidades educativas especiales) como aquellas necesidades que implican: - La dotación de medios especiales de acceso al currículo mediante un equipamiento, unas instalaciones o unos recursos especiales, la modificación del medio físico o unas técnicas de enseñanza especiales. - La dotación de un currículo especial o modificado. - Una particular atención a la estructura social y al clima emocional en los que tiene lugar la educación.

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2. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD La diversidad es una de las características de la condición humana, y como consecuencia, del alumnado. Toda cultura democrática ha de asumir y valorar positivamente la existencia de la diversidad entre sus gentes. Educar en democracia es educar en y para la diversidad. Esta diversidad se debe a una multiplicidad de factores, factores sociales, culturales, familiares, personales, etc. En la escuela, también se manifiesta claramente la diversidad de los alumnos y alumnas. Cuando hablamos de diversidad es evidente que hablamos de las características que tiene todo el alumnado, no solamente del sector que tiene identificadas unas determinadas necesidades educativas especiales. La diversidad es una característica natural de los grupos escolares, al igual que todo ser humano. Una buena práctica de atención a la diversidad es una buena práctica educativa y una de las tareas claves en la escuela primaria es establecer los mecanismos necesarios para poder descubrir, potenciar y desarrollar las capacidades y características personales de todo el alumnado. Hoy en día la escuela con una función educativa y social, es favorecedora del desarrollo integral de todos los alumnos y alumnas, independientemente de sus características personales. Hablamos de una escuela abierta a la diversidad. En la etapa de Enseñanza Primaria, se intentan alcanzar tres grandes finalidades: la socialización, la autonomía de acción en el medio y la adquisición de los aprendizajes instrumentales básicos, lo que será de gran relevancia para determinar el éxito o fracaso de los aprendizajes de otras etapas educativas, y para favorecer la integración social y laboral en su contexto de referencia. Uno de los principios que establece la actual Ley Orgánica de Educación 2/2006 de 3 de mayo, es la educación con criterios de equidad, entendiendo el desarrollo máximo de las posibilidades de todo el alumnado y estructurando sus posibles respuestas. En el artículo 19.1 de la presente Ley se establece que la atención a la diversidad en primaria será prioritariamente con criterios de individualización, prevención y refuerzo. Todas las manifestaciones de la diversidad, en sus diferentes gamas y matices, deben ser respetadas y atendidas mediante una adecuada promoción y una compensación integradora. Toda planificación educativa, del nivel que sea, ha de tener todo esto muy en cuenta; de lo contrario, las actuaciones emprendidas no contribuirán a hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación como eje fundamental de nuestro modelo educativo. La atención a la diversidad no es del todo una novedad, sino que ha estado presente en el sistema educativo durante las últimas décadas del siglo XX, como indica el gran esfuerzo realizado por C/ Recogidas Nº 45 - 6ºA 18005 Granada [email protected]

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individualizar la enseñanza, estableciéndose políticas y prácticas educativas para compensar las desigualdades. Con anterioridad la atención educativa se centraba en un principio de homogeneidad, donde el proceso de enseñanza – aprendizaje tenia lugar en un contexto especial para los alumnos con características semejantes. (Principio de segregación) Como antes reseñábamos según La LOE (Ley Orgánica de Educación), uno de los principios básicos es el énfasis en la atención a la diversidad y la prevención de dificultades de aprendizaje. El artículo 16.1 de la citada Ley establece que los alumnos comenzarán la Educación Primaria en el año natural en que cumplan los seis años de edad finalizando a los doce años. Además de citar en el artículo 16.2 lo siguiente: “…permita afianzar su desarrollo personal y su propio bienestar, adquirir las habilidades culturales básicas relativas a la expresión y comprensión oral, a la lectura, a la escritura y al cálculo, así como desarrollar las habilidades sociales, los hábitos de trabajo y estudio, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad.” En Andalucía el Decreto 230/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria en Andalucía, en su preámbulo establece: “Sin duda, el carácter obligatorio de esta etapa determina su organización y desarrollo y conlleva también la exigencia de una atención a la diversidad de esta misma población, para lo cual los centros docentes y el profesorado arbitrarán medidas de adaptación del currículo a las características y posibilidades personales, sociales y culturales del alumnado. El carácter obligatorio de esta etapa exige, asimismo, procurar que todo el aluminado obtenga el máximo desarrollo de las capacidades personales, garantizando así el derecho a la educación que le asiste.” Ya desde 1985, la atención educativa experimento grandes cambios, sobretodo referido a las personas con minusvalías. El Real Decreto 334/1985, de 6 de marzo, de Ordenación de la Educación Especial, define a ésta como una parte integrante del Sistema Educativo. A partir de aquí se inicia el desarrollo de programas de integración educativa con alumnos con necesidades educativas especiales. La derogada LOGSE, introdujo este concepto como alternativa en el ámbito educativo a los términos deficiente, disminuido, inadaptado o minusválido. El compromiso con la atención a la diversidad, en nuestra comunidad autónoma, había sido establecido posteriormente por dos leyes en concreto. La Ley 9/1999, de 18 de noviembre, en la que se recoge la Solidaridad en la Educación, estableciendo el objetivo general de mejorar y complementar las condiciones de escolarización de los alumnos con necesidades educativas especiales por razón de sus capacidades de tipo físico, psíquico o sensorial, o asociadas a condiciones personales de C/ Recogidas Nº 45 - 6ºA 18005 Granada [email protected]

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sobredotación intelectual, desde los principios de normalización e integración escolar. Y la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con Discapacidades en Andalucía, que delimita el marco global de la atención a las personas con discapacidades a lo largo de su vida.

3. LA ESCUELA INCLUSIVA A lo largo de la historia se han barajado y utilizado multitud de conceptos, y ha ido evolucionando desde la desatención y marginación iniciales se paso a la Educación Especial, y vista la segregación que esta generaba se pasó a la Normalización e Integración de las personas en el ambiente menos restrictivo, lo que finalmente dio lugar a la Inclusión educativa, laboral y social de los individuos basada en las modificaciones ambientales. Es en esos momentos en los que aparecen planteamientos y programas innovadores como los de escuela inclusiva (‘escuela para todos’), empleo con apoyo y vida con apoyo. Ese proceso acaba conduciendo hacia el paradigma de Apoyos, la Autodeterminación de la persona y la búsqueda de la Calidad de Vida. Aún en la actualidad asistimos a una discusión terminológica entre integración e inclusión, pues ciertos autores vienen señalando que el término integración supone una segregación previa y , por ello, proponen una educación inclusiva que, de entrada, acepte a cualquier alumno sin presuponer categorizaciones. La escuela inclusiva se asocia a una educación de calidad para todos y todas sin excepciones, y una ideología que contempla la escuela como motor de cambio social y de actitudes, basada en la igualdad y la democracia, donde la diversidad es un valor en alza, partiendo de la premisa de que cualquier alumno/a es educable. Stainback, S., Stainback, W. y Jackson, H.J. (1999), caracterizan a la escuela inclusiva como: •

La superación del término integración, ya que éste sólo tiene sentido cuando se trata de situar a alguien en un lugar donde previamente ha estado excluido.



La utilización de la expresión inclusión para hacer referencia a la atención de todo el alumnado en centros escolares próximos al domicilio. Todos los niños y niñas deben estar incluidos en las mismas escuelas y aulas, sin diferencias, adaptando la enseñanza y apoyando pedagógica y socialmente a todo el alumnado, partiendo de una ideología de que todos forman parte del grupo y que todos y todas pueden aprender en la escuela y en la comunidad. Por tanto se valora la diversidad, considerando que cohesiona al grupo y ofrece mayores posibilidades de aprendizaje a todos y todas.



La escuela debe ser un motor para crear comunidad, facilitando autonomía e interdependencia al alumnado, mediante estrategias innovadoras que permitan el trabajo educativo con todos y para todos en las aulas ordinarias. C/ Recogidas Nº 45 - 6ºA 18005 Granada [email protected]

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Deben desarrollarse redes de apoyo comunitarias que colaboren con el profesorado.



En el currículo, se priorizan aprendizajes por encima de las diferencias entre el alumnado.

Todo ello implicará que la asunción de la diversidad se4a una labor conjunta, en la que todos los miembros de la comunidad escolar están implicados. Será pues necesario que la escuela adopte medidas concretas para atender al alumnado que presenta necesidades específicas de apoyo educativo, sobre todo de tipo sobre todo organizativo y curricular, comportando, consecuentemente el desarrollo profesional y la innovación educativa.

4. ADAPTACIONES CURRICULARES COMO MEDIDA DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EN EL AULA.

El artículo 71 de la Ley Orgánica de Educación, establece que corresponde a las administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado. Las adaptaciones curriculares son las modificaciones que se realizan en el currículo para compensar las dificultades de aprendizaje de los alumnos/as con necesidades específicas de apoyo educativo. La adaptación curricular es un proceso de toma de decisiones sobre los elementos del currículo para dar respuestas educativas a las necesidades educativas de los alumnos y alumnas mediante la realización de modificaciones en los elementos del acceso al currículo y/o en los mismos elementos que lo constituyen. 4.1 Tipos de Adaptaciones Curriculares •

ADAPTACIONES CURRICULARES NO SIGNIFICATIVAS: Se modifican los elementos no prescriptivos del currículo, como actividades, temporalización, modificación de instrumentos de evaluación y metodología



ADAPTACIONES CURRICULARES SIGNIFICATIVAS: Consisten en la eliminación de contenidos esenciales y/u objetivos generales que se consideran básicos en las diferentes áreas curriculares y la consiguiente modificación de los criterios de evaluación. C/ Recogidas Nº 45 - 6ºA 18005 Granada [email protected]

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ADAPTACIONES DE ACCESO: No se consideran ACI ya que se adaptan los recursos materiales o personales. En definitiva la diferencia más importante entre los dos tipos de ACIS es que aunque en las dos se realizan cambios en las ACIS no significativas éstos no modifican sustancialmente la programación propuesta para el grupo de referencia y en las ACIS significativas se intentan alcanzar las mismas capacidades que el resto del alumnado pero priorizando siempre los aprendizajes esenciales.

4.2 Documento de Adaptación curricular individualizada Cuando es necesario aplicar una adaptación curricular individualizada significativa, a algún alumno o alumna en concreto, es necesario elaborar un documento escrito que contenga una serie de apartados: •

Datos personales y escolares del alumno o alumna en cuestión.



Informe o valoración de su competencia curricular.



Delimitación de las necesidades especificas de apoyo educativo que requiere.



Mecanismos de seguimiento de la adaptación curricular individualizada.



Determinación del currículo adaptado que seguirá.



Especificación de los Recursos necesarios, para dicha adaptación.

Toda adaptación curricular individualizada significativa ha de ser aprobada y supervisada por la Administración Educativa.

5. PRINCIPIOS METODOLÓGICOS

Cualquier intervención de atención a la diversidad se va a regir, siempre, por unos principios que determinan el marco en el que nos moveremos, dependiendo de las características particulares de cada alumno, de las características particulares del grupo aula, de las características particulares del propio centro, etc…. Estos principios metodológicos son: •

La Flexibilidad (Combinación de métodos, técnicas, actividades, etc…) C/ Recogidas Nº 45 - 6ºA 18005 Granada [email protected]

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La globalización de los aprendizajes.



Favorecer el aprendizaje activo, funcional y autónomo.



Favorecer la reflexión sobre los propios procesos personales.



Fomentar la adquisición de las habilidades en la toma de decisiones.



Utilizar distintos materiales de soporte.

6. BIBLIOGRAFÍA. •

CNREE. 1992). Alumnos con Necesidades educativas especiales y adaptaciones curriculares. Madrid: MEC.



Decreto 230/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria en Andalucía.



Garrido, J. (2001). Adaptaciones curriculares: guía para los profesores tutores de Educación Primaria y Educación Especial. Madrid: CEPE.



Ley Orgánica de Educación 2/2006 de 3 de mayo de 2006.



Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con Discapacidades en Andalucía.



Ley 9/1999, de 18 de noviembre, en la que se recoge la Solidaridad en la Educación.



Real Decreto 334/1985, de 6 de marzo, de Ordenación de la Educación Especial.



Stainback, S. y Jackson, H. J. (1999): Hacia las escuelas inclusivas. Madrid: Narcea.



VV.AA. (1987). Diccionario Terminológico de Ciencias Médicas. 12ª Edición. Barcelona: Salvat.

Autoría ƒ Nombre y Apellidos: JOSÉ MIGUEL TORRALBO ENCINA ƒ localidad, provincia: PUERTO DE SANTA MARIA, CÁDIZ ƒ E-mail: [email protected]

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