AYUDAS A LA CONTRATACIÓN [BIZKAIA] - SUBVENCIÓN. Nos complace comunicarte que por, tercer año consecutivo, la Diputación Foral de Bizkaia ha abierto recientemente la convocatoria para la solicitud de AYUDAS A LA CONTRATACIÓN de personas residentes en BIZKAIA. A continuación, te detallamos un resumen de la misma: SUBVENCION PROMOCION DE EMPLEABILIDAD DE JOVENES HASTA 30 AÑOS. ¿Qué se subvenciona? Se
subvencionarán
los
contratos
realizados-
entre
el
01/10/2015 y 15/09/2016- a jóvenes de hasta 30 años de edad con domicilio en Bizkaia y que puedan acreditar desempleo un mes inmediatamente antes del inicio del contrato. A) contratos de duración determinada de mínimo 12 meses (quedan excluidos los contratos de prácticas), con una jornada laboral a partir del 50 %. B) contratos indefinidos, con un jornada laboral a partir del 50%. Se exige que las contrataciones supongan un incremento neto de plantilla en la empresa, a estos efectos se comparara el nº de trabajadores en plantilla en el mes de la contratación con en nº de trabajadores a fecha 01/01/2016, y para el caso de las contrataciones realizadas en 2015, se comparara con el número de trabajadores del mes anterior a las mismas. ¿Cuál es el importe de la subvención? La cuantía de la subvención es del 25 % del salario bruto
anual en los contratos en de duración determinada y de un 35 % del salario bruto anual en los contratos indefinidos. La cuantía máxima de subvención es de 6.000 € por contrato. ¿Hasta cuándo se puede solicitar? El plazo de solicitud es hasta el 15 de Septiembre 2016 (a las 13.30 horas) El proceso de solicitud y seguimiento de la misma requiere una cantidad considerable de tiempo y esfuerzo, es por ello, que si te interesa, puedes contar con Proyecta para la solicitud de la misma. ¡Consúltanos ahora! Estaremos encantados de ayudarte. Un saludo de todo el equipo de Proyecta.
Irene Sáez Díaz de Sarralde Gerente en Proyecta Asesoría Integral S.L.
[email protected]
SUBVENCIÓN POR CONTRATAR A JÓVENES DESEMPLEADOS DEL PAÍS VASCO Nos complace comunicarte que el Gobierno Vasco ha abierto recientemente la convocatoria para la solicitud de ayudas a la contratación de personas jóvenes desempleadas residentes el País Vasco – LEHEN AUKERA-.
¿Qué se subvenciona? Los contratos realizados- entre el 19/04/16 y 30/11/16a jóvenes desempleados inscritos en Lanbide – entre 16 y 30 años –con domicilio en el País Vasco. A) contratos en prácticas,- de 6 ó 12 meses de duración-, con una jornada laboral a partir del 70%. B) contratos indefinidos, con un jornada laboral a partir del 70%. La contratación deberá referirse a los puestos de trabajo adecuados al nivel de estudios (título superior, grado medio, FP II, FP I). Una vez recibida la resolución favorable, la empresa en el plazo máximo de un mes desde la notificación, presentará la oferta de empleo en una oficina de Lanbide o en un Centro Colaborador. Solo serán subvencionables las contrataciones realizadas con las personas remitidas como candidatas tras la gestión de la oferta. La contratación deberá suponer creación neta de empleo.
¿Cuál es el subvención?
importe
de
la
En los contratos indefinidos se determina en función de la titulación académica. Para jornadas completas, mínimo 5.200 € (FPI) y máximo 7.600 € (Titulación Superior). En los contratos en prácticas se determina en función de la titulación académica. Para jornadas completas, mínimo 2.800 € (FPI) y máximo 4.500 € (Titulación Superior). Si las prácticas son de al menos 12 meses, se incrementa un 10%. Todas las cuantías anteriores se incrementan un 10% si se contrata a mujeres.
¿Hasta cuándo se puede solicitar? El plazo de solicitud es hasta el 21 de Noviembre 2016.
¿QUÉ TIENES SOLICITARLAS?
QUE
HACER
PARA
Esta subvención la puedes solicitar desde el Departamento de Administración de tu empresa o, si prefieres, puedes contratar la solicitud y gestión de las mismas con Proyecta. En el caso de que decidas hacerlo desde tu empresa, los pasos a seguir son los siguientes, tal y como se detalla en la resolución de 14 de Abril 2016 (BOPV 18 de Abril): La solicitud se hará mediante los modelos oficiales recogidos en el Anexos II de la mencionada resolución, que se encontrará disponible en lanbide.eus, o en las oficinas de Lanbide. Fotocopia del D.N.I. de la persona representante legal o autorización para la verificación electrónica de sus
datos. Fotocopia de los poderes notariales que acrediten su representación. Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la empresa. Copia de las Escrituras actualizadas de constitución de la empresa u otro documento de constitución de la Entidad. Copia de la comunicación efectuada a la RLT. Documento de Alta de Terceros Interesado. En el caso de que decidas hacerlo con Proyecta, no dudes en avisarnos. No obstante, en el momento que veamos que cumples los requisitos para optar a la subvención te avisaremos en el momento.
Si tienes cualquier tipo de duda o quieres que te la tramitemos contáctanos, ¡estaremos encantados de ayudarte! Un saludo,
Irene Sáez Díaz de Sarralde Gerente. Proyecta Asesoría Integral
[email protected]
Consigue una subvención del 7% de tu inversión. AFA 2016 (Bizkaia) Desde Proyecta te informamos que el viernes pasado (26 Febrero), la DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA aprobó las bases y la primera convocatoria del PLAN DE APOYO FINANCIERO AFA 2016. TE PUEDE INTERESAR SI: Has hecho inversiones en tu empresa entre el 1 de Octubre de 2015 y 30 de Junio de 2016. Tu empresa tiene el domicilio social y fiscal en Bizkaia. La inversión se ha realizado en: 1. aplicaciones informáticas (programas informáticos, desarrollo páginas web, etc.) 2. Construcciones (obras, reformas, etc.) 3. Instalaciones técnicas (de utilización en el proceso productivo: piezas, maquinaria, material, sistemas informáticos…) 4. Maquinaria (conjunto de máquinas mediante las que se extrae o elabora el producto: carretillas, etc…) 5. Mobiliario (mobiliario material equipos de oficina) 6. Equipos para procesos de información (ordenadores y demás conjuntos electrónicos) 7. Elementos de transporte SOLO para empresas cuya actividad principal sea el transporte. Inversión mínima conjunta de 15.000 €. LA SUBVENCIÓN es el 7%
de la inversión (importe máximo de
ayuda: 10.000 €) EL plazo para la solicitud es desde el próximo 1 de Junio 2016 al 30 de Junio 2016. Aquí tienes toda la información más amplia sobre esta subvención y sobre cómo solicitarla. Proyecta Asesoría Integral.
Los 10 cambios de la Nueva LEY PARA AUTÓNOMOS. Nueva Ley para Autónomos El Boletı́ n Oficial del Estado (BOE) ha publicado el 10 de Septiembre 2015, la Ley de Fomento del Trabajo Autó nomo y de la Economí a Social, que modifica y actualiza toda la normativa en materia de autoempleo y adopta medidas de promoció n del trabajo autó nomo y de la economı́ a social. Atención: esta nueva ley para autónomos entrará en vigor el 11 de octubre de 2015.
Las 10 medidas más destacadas son: 1. La contratación de empleados YA no afectará en la tarifa plana.
Es la gran novedad. Los autónomos que contraten trabajadores podrán seguir beneficiándose de la tarifa plana para autónomos en su cuota de la Seguridad Social. 2. Habrá una revisión en el IMPORTE de la tarifa plana. La cuota por contingencias comunes de esta tarifa plana se fija en 50 euros exactos durante los primeros seis meses, periodo que se amplía hasta los doce meses en el caso de las personas con discapacidad, víctimas del terrorismo y/o de la violencia de género. 3. Compatibilidad para ser autónomo y cobrar el paro. Hasta ahora sólo los menores de 30 años podían compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo durante nueve meses con el trabajo como profesional por cuenta propia, pero a partir de ahora esta medida se extiende a los autónomos de todas las edades. 4. Posibilidad de reanudar el cobro del paro, después de cinco años de trabajo. Aquellas personas que se encuentren cobrando el paro y opten por montar un negocio o iniciar una actividad como autó nomo tienen la posibilidad de reanudar el cobro de la prestació n durante un tiempo má ximo de cinco añ os desde que comenzara su actividad. Hasta ahora sólo era posible durante un par de años. Eso sı́ , se le exigirá que lo acredite a partir de este segundo añ o, ya sea por motivos organizativos o econó micos.
5. Capitalización del 100% del desempleo para todas las edades: Una de las medidas de esta ley que puede resultar má s i n t e r e s a n t e e s l a o p c i ón d e d e s t i n a r e l 1 0 0 % d e l a capitalizació n del paro a la inversió n inicial. Ya no habrá restricciones por edad.
6. Capitalización del desempleo para constituir una sociedad: Se podrá realizar también una aportación al capital social de todo tipo de sociedades mercantiles de nueva creación (siempre y cuando se tenga el control efectivo de la empresa) y utilizar la capitalización para cubrir los gastos de constitución así como para adquirir servicios específicos de asesoramiento, formación e información.
7. Bonificaciones para autónomos colaboradores: Se amplía el incentivo para el alta en la afiliación de nuevos familiares colaboradores hasta 24 meses desde los 18 actuales. Eso sí, la bonificación en estos 6 meses adicionales será de sólo el 25%.
8. Conciliación de vida personal y laboral. En la nueva ley se incluye una Protección en los casos de paternidad, maternidad o el cuidado de los hijos que tengan menos de 7 años. Tendrán la posibilidad de contratar a otro trabajador por cuenta propia que les pueda reemplazar y se bonificará hasta el 100% de la cuota a la Seguridad Social. 9. Ampliació n de las bonificaciones para la incorporació n de socios en entidades de economí a social. Bonificació n de 800 €/año a lo largo de tres años para facilitar la incorporació n de socios trabajadores o de trabajo a las cooperativas y sociedades laborales. Para menores de 30 añ os se aumenta la cuantı́ a a 1.650 € el primer añ o. 10. Apoyo a Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción. Pasan a ser consideradas entidades prestadoras de servicios de interés económico general, lo que permite que se amplíe hasta 500.000 euros el tope de subvenciones públicas que pueden
recibir en tres años. Además se fomentará la reserva de mercado público para ellas en los concursos de licitación y se bonificará a las empresas que contraten trabajadores provenientes de las empresas de inserción.
Si eres un autónomo que cumple los requisitos de la tarifa plana y tienes pensado contratar a empleados puedes beneficiarte de esta nueva ley pero debes esperar hasta el 11 DE OCTUBRE para realizar estos contratos. Si esperas ,la cuota de autónomos se reducirá de 264,44 euros a 50. Para ampliar esta información sobre la nueva ley para autónomos puedes ponerte en contacto con nosotros .¡Estaremos encantados de atenderte! Si prefieres venir a visitarnos estamos en las Mercedes 31, 2ª planta, de Getxo, Las Arenas.
Subvención para Contratar a Jóvenes desempleados en el País Vasco ¿Estás pensando en contratar trabajadores? El Gobierno Vasco ha abierto recientemente la convocatoria para solicitar una subvención para contratar personas jóvenes desempleadas y residentes en el País Vasco. Sigue leyendo para saber qué se subvenciona y cómo puedes solicitar esta subvención.
¿Qué se subvenciona? Los contratos realizados desde el 28 de marzo al 30 de noviembre de 2015 a jóvenes desempleados inscritos en Lanbide y con domicilio en el País Vasco. Los jóvenes deben tener entre 16 y 30 años. Estos contratos pueden ser: 1. Contratos en prácticas de 6 o 12 meses de duración con una jornada laboral de más del 70%. 2. Contratos indefinidos con un jornada laboral de más del 70%. La contratación deberá referirse a los puestos de trabajo adecuados al nivel de estudios (título superior, grado medio, FP II, FP I). La contratación deberá suponer creación neta de empleo.
¿Cuál es el subvención?
importe
de
la
En los contratos indefinidos se subvenciona el 50% del salario bruto anual del primer año. La cuantía máxima de subvención por jornada completa es de 6.700 € por contrato. En los contratos en prácticas se determina en función de la titulación académica. Para jornadas completas, mínimo 2.800 € (FPII) y máximo 4.500 € (Grado universitario). Si las prácticas son de al menos 12 meses, se incrementa un 10%. Todas las cuantías anteriores se incrementan un 10% si se contrata a mujeres. [Tweet “Lanbide subvenciona hasta 6.700 euros por contrato, si contratas a un joven desempleado del País Vasco “]
¿Hasta cuándo se puede solicitar? El plazo de solicitud es hasta el 20 de Noviembre 2015. [Tweet “Solicita la Subvención de Lanbide para la contratación de jóvenes desempleados en el País Vasco. Plazo hasta noviembre. “]
¿Cómo puedes solicitarla? Esta subvención la puedes solicitar desde el Departamento de Administración de tu empresa o, si prefieres, puedes contratar la solicitud y gestión de la misma a Proyecta Asesoría Integral. En el caso de que decidas hacerlo desde tu empresa, los pasos a seguir son los siguientes, tal y como se detalla en la resolución de 25 de Marzo 2015 (BOPV 27 de Marzo): La solicitud debe hacerse mediante los modelos oficiales recogidos en el Anexos II, que se encontrará disponible en www.lanbide.eus, o en las oficinas de Lanbide.
1. Fotocopia del D.N.I. de la persona representante legal o autorización para la verificación electrónica de sus datos. 2. Fotocopia de los poderes notariales que acrediten su representación. 3. Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la empresa. 4, Copia de las Escrituras actualizadas de constitución de la empresa u otro documento de constitución de la Entidad. 5. Copia de la comunicación efectuada a la RLT. 6. Documento de Alta de Terceros Interesado. En el caso de que decidas que desde Proyecta realicemos todos los trámites necesarios para la gestión de la solicitud de esta subvención no dudes en avisarnos. Si tienes cualquier tipo de duda, ¡estaremos encantados de ayudarte! Un saludo, El equipo de Proyecta