BANCO DE OCCIDENTE LICITACION DE COMPAÑÍAS ASEGURADORAS

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BANCO DE OCCIDENTE LICITACION DE COMPAÑÍAS ASEGURADORAS

Licitación para la contratación de seguros que BANCO DE OCCIDENTE suscribe a nombre de sus Deudores asociados a créditos hipotecarios o leasing habitacional.

DICIEMBRE DE 2015

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Contenido CAPITULO I ................................................................ 4 1. OBJETO ....................................................... 4 2. PARTICIPANTES ................................................ 8 3. VALOR DEL PLIEGO .............................................. 8 4. VALIDEZ DE LA POSTURA ......................................... 8 5. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA ............................. 8 6. IMPOSIBILIDAD DE REVOCATORIA UNILATERAL DE LA POLIZA............ 10 7. COMISIÓN DE INTERMEDIACION ................................... 10 8. RECONOCIMIENTO DE TARIFA POR EL SERVICIO DE RECAUDO DE PRIMAS ............................................ 10 9. APERTURA. .................................................... 10 10. CONSULTAS Y RESPUESTAS ...................................... 11 11. ADENDA PARA SUMINISTRAR INFORMACION NECESARIA PARA PRESENTAR POSTURAS ..................................... 11 12. PRESENTACIÓN Y ENTREGA DE LAS POSTURAS ...................... 11 13. RETIRO O MODIFICACIÓN DE LA POSTURA ........................... 12 14. NO CONSIDERACION DE LA POSTURA. .............................. 12 15. ADJUDICACIÓN ................................................. 14 16. OFICINAS DE BANCO DE OCCIDENTE................................ 14

CAPITULO II ................................................................ 1. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD .................................... 2. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES ........................ 2.1 INFORMACIÓN GENERAL DE LA COMPAÑÍA ..................... 2.2 MODELO OPERATIVO ...................................... 2.3 CAPACIDAD PATRIMONIAL Y SOLVENCIA. ...................... 2.4 EXPERIENCIA EN LAS PÓLIZAS OBJETO DE LA INVITACIÓN .............................................. 2.5 SERVICIOS ESPECIALES OFRECIDOS ......................... 2.6 CONDICIONES TECNICAS DE LOS SEGUROS. ...................

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CAPITULO III ............................................................... 22

CAPITULO IV ............................................................... 1. EXPEDICIÓN DE LAS PÓLIZAS .......................................... 2. MODIFICACION DE LAS POLIZAS ........................................ 3. INFORMES MENSUALES DE SINIESTRALIDAD EN TODOS LOS RAMOS ....................................................... 4. CONDICIONES PARA EL MANEJO DE SINIESTROS .......................... 4.1 PROCESO DE PAGO DE RECLAMOS .............................. 4.2 ENVIO DE COMUNICACIONES DE OBJECIÓN DE LOS SINIESTROS.............................................. 2

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5. 6. 7. 8. 9.

EXPEDICIÓN DE LAS PÓLIZAS ..................................... MODIFICACION DE LAS PÓLIZAS ................................... CONDICIONES DE LA FACTURACIÓN ................................ INFORMES MENSUALES DE SINIESTRALIDAD ......................... MANEJO DE LA INFORMACIÓN ..................................... 9.1. CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD. ............................. 9.2. CLAUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS. .......................... 9.3. CLÁUSULA DE PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN ................... 9.4. CLAUSULA DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. ............ 10. CAUSALES, REQUISITOS Y FORMALIDADES TERMINACIÓN ANTICIPADA. ................................. 11. OBLIGACIONES ADICIONALES ...............................

25 25 25 26 27 27 28 29 29 29 30

CAPITULO V ................................................................ 30 1. SEGURO DE INCENDIO Y TERREMOTO CREDITO HIPOTECARIO Y LEASING HABITACIONAL ............................ 30

CAPITULO VI ............................................................... 1. CONSIDERACIONES ................................................. 2. GLOSARIO ......................................................... 3. ANEXOS ...........................................................

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PLIEGO DE CONDICIONES CAPITULO I BASES PARA LA LICITACIÓN Los oferentes deberán tener en cuenta las siguientes condiciones: 1. OBJETO En cumplimiento del Decreto 673 del 2014 expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Publico, por el cual se modifica el Título 2 del Libro 36 de la Parte 2 del Decreto 2555 de 2010, la Circular Externa 022 de 2014 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia y la Circular Externa 029 de 2014 expedidas por la Superintendencia Financiera, BANCO DE OCCIDENTE invita a recibir propuestas de las Compañías de Seguros legalmente establecidas en Colombia y que cumplan con los requisitos de Admisibilidad para la contratación de los seguros que BANCO DE OCCIDENTE suscribe por cuenta y a favor de sus deudores y locatarios de acuerdo con lo establecido en el numeral 2.36.2.2.1 del mencionado Decreto y a las políticas internas del BANCO. El término de duración de los seguros objeto de la presente licitación, será de maximo dos (2) años a partir de las 00:00 horas del 1 de Mayo de 2016. BANCO DE OCCIDENTE podrá en cualquier momento dar por terminados los contratos de seguros que se suscriban en desarrollo de la presente licitación, mediante comunicación escrita dirigida a la compañía de seguros con noventa (90) días calendario de anticipación a la fecha en que presenta darlos por terminado. La aseguradora no podrá pedir indemnización alguna ni cobrar la tarifa administrativa de corto plazo. Los seguros que se contratarán son los siguientes: 

Seguro de Incendio y Terremoto para los deudores hipotecarios y Leasing Habitacional. Las condiciones específicas de dicha póliza se encuentran consignadas en el Anexo 2.

Acontinuación se detallan los ítems que se desarrollan en el Anexo 2: 4

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Descripción

Amparos

       

Vigencia Tomador Asegurado Beneficiario Grupo Asegurable Interés Asegurado Valor Asegurado Duración de cobertura

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Todo riesgo daño material Extended coverage Vientos fuertes sin límite de velocidad Inclusión de daños a suelos y terrenos Propiedad Horizontal No objeción por pequeños negocios comerciales Rotura de Vidrios Cláusula amparo automático Ampliación aviso de siniestro Ampliación aviso de siniestro AMIT Anticipo de la indemnización Renuncia a la aplicación de infraseguro. Renuncia a la aplicación de supraseguro. Revocación o no renovación de certificados con aviso al asegurado Revocación de la(s) póliza(s) aviso al tomador AMIT Devolución de primas Continuidad del seguro Errores y Omisiones Arbitramento Designación de ajustadores Primera opción de compra del salvamento. Restablecimiento automático de los límites asegurados No concurrencia de deducibles. Actos de autoridad competente. Bienes azarosos, inflamables

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Cobertura incluida para cables, tuberías y/o instalaciones subterráneas del edificio Gastos para demostración de la ocurrencia Gastos para la preservación de los bienes. Honorarios de ingenieros y técnicos Remoción de escombros Indice variable Continuidad de cobertura para los inmuebles actuales asegurados Inclusión Forzada Errores e inexactitudes no intencionales Perdidas Totales. Inclusión automática de endosos con retroactividad de 90 días sin inspección Responsabilidad Civil Extracontractual. Extensión de Responsabilidad Civil Extracontractual. Exclusiones Delegación de expedición Demeritos por uso Condiciones especiales para pólizas endosadas Conservación de condiciones de asegurabilidad para los clientes vigentes Inspecciones Inclusión de inmuebles catalogados como de conservación arquitectónica. Excluir garantía de tenencia de extintores en los inmuebles de uso domestico Subrogación de pagos de indemnizaciones por siniestros en copropiedades No incluir como Zona Especial a Cundinamarca para el deducible en eventos de Perdidas Totales en terremoto e incendio Cobertura para el inmueble para daños ocasionados por ruptura de tubos externos o de redes públicas (cañarias y agua potable) Se permite suscribir inmuebles en todo el territorio colombiano sin condición o exclusión alguna 6

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 

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Todas las coberturas presentes en este slip serán validas para inmuebles nuevos como usados Incluir condiciones de habeas data para el manejo de la información de los locatarios y/o deudores para el manejo de la información confidencial de los clientes por parte del Banco, corredor y aseguradora Límite máximo de responsabilidad Gastos por Inhabitabilidad del inmueble Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias (PQRS) Conciliaciones Reportes de Inclusiones, modificaciones y Cancelaciones Atención de siniestros Plazo para el pago de la Indemnización Documentos para la atención de reclamos Envio de polizas al asegurado Envio de certificados de renovación Inclusión retroactiva Actualización permanente del valor asegurado con base en la circular 43 del 2011 o la vigente El retorno de primas desde el inicio de la vigencia para los eventos en los cuales el locatario y/o deudor del Banco presente endoso de póliza Forma de cobro y pago de primas

Asistencias       

Traslado medico de emergencia Rotura de vidrios Plomería/Cerrajería/Electricidad Soporte Tecnológico Servicio celaduría/jardinería Coberturas Adicionales Definición de límites y sublímites por cada asistencia

Deducibles

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2. PARTICIPANTES Podrán participar las compañías aseguradoras, individualmente o a través de coaseguro, que se encuentren legalmente autorizadas para explotar el correspondiente ramo de seguros en el país y tengan una calificación de fortaleza financiera igual o superior a “A” otorgada por una sociedad calificadora de riesgo vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia y que cumpla con los requisitos de admisibilidad del pliego de condiciones. Cuando las compañías se presenten en coaseguro, deberán designar una como Líder, indicando el porcentaje en que cada una de ellas participa y acompañando prueba satisfactoria de que la persona que firma está autorizada por las participantes para hacerlo en su nombre y que las representa en todos los aspectos relacionados con la licitación y posteriormente con el manejo y atención de la póliza. En la cláusula de liderato que se inserte en la póliza se dejará constancia que la otra u otras compañías se someterán a las decisiones de la compañía líder, a las Condiciones Generales y Particulares de la póliza y anexos que se suscriban. Las posturas deberán estar firmadas por los representantes legales de los participantes y en el caso de propuestas presentadas en coaseguro, por los representantes legales de las compañías que lo integran, a menos que uno de los integrantes esté debidamente facultado para hacerlo a nombre del otro, de lo cual deberá anexarse la prueba escrita correspondiente. 3. VALOR DEL PLIEGO El pliego no tendrá ningún costo. 4. VALIDEZ DE LA POSTURA Las posturas deberán tener validez de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre de la licitación. 5. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA El original de la oferta deberá estar acompañado de una garantía de seriedad de la propuesta, aceptable en su procedencia, contenido y forma por BANCO DE OCCIDENTE. 8

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Expedición de la Garantía: La Garantía de Seriedad podrá ser expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia y deberá ser expedida con fecha anterior a la presentación de la oferta. Beneficiario de la Garantía: La Garantía de Seriedad deberá estar debidamente firmada y establecer como beneficiario a BANCO DE OCCIDENTE y al proponente(s) como tomador(es) y afianzado(s) de la misma, en caso de que aplique, con indicación de las compañías que lo integran en caso de que el participante sea un grupo de compañías en coaseguro. Cuando el ofrecimiento sea presentado por un proponente plural bajo la figura de coaseguro, la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural. Monto de la Garantía: El valor de la garantía será del valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total presupuestado para la contratación de la Compañía Aseguradora. Vigencia de la Garantía: La Garantía de Seriedad deberá tener una vigencia igual a la de la validez de la oferta y un mes más para cubrir el tiempo de expedición de las pólizas de que trata el punto 1 del capítulo IV de este pliego de condiciones. El Proponente deberá ampliar la vigencia de la póliza y asumir el costo de la prima adicional a que haya lugar en el caso de presentarse prórrogas en los plazos de la selección, de la adjudicación, o de la suscripción del documento contractual según sea el caso, no cubiertas con la vigencia inicial. La no aceptación de prorrogar la garantía por el término señalado, o el no hacerlo oportunamente, es signo evidente de la voluntad de abandonar el proceso y en consecuencia se rechazará la propuesta. Recibo de pago de la garantía: Se deberá anexar a la póliza de seriedad el recibo de pago de la prima. También se deberá anexar el recibo de pago del anexo que amplie la vigencia de la póliza en caso de presentarse prorrogas en los plazos de la selección. Devolución de la Garantía: La Garantía les será devuelta a los proponentes calificados del segundo lugar en adelante que no resulten favorecidos con la adjudicación, siempre que así lo soliciten.

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Riesgos derivados del incumplimiento del ofrecimiento: La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento. La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de esta última. 6. IMPOSIBILIDAD DE REVOCATORIA UNILATERAL DE LA POLIZA Los proponentes no podrán revocar unilateralmente la póliza que se expida en virtud del presente proceso licitatorio de que trata el articulo 1071 del Codigo de Comercio por parte de la Aseguradora. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en el numeral 5 del articulo 2.36.2.2.10 del decreto 673 del 2014. 7. COMISIÓN DE INTERMEDIACION Las propuestas que se presenten tendrán en cuenta una comisión de intermediación del 2,95% a cargo de la aseguradora y a favor del Corredor de Seguros. Esta comisión corresponde a la gestión de intermediación del Corredor de Seguros. 8. RECONOCIMIENTO DE TARIFA POR EL SERVICIO DE RECAUDO DE PRIMAS La o las Compañías participantes deberán otorgar a BANCO DE OCCIDENTE, un porcentaje del veinticinco (25%) por ciento como remuneración por el recaudo de las primas de la póliza de incendio y terremoto, los cuales se descontaran del valor de las primas a cancelar a la Compañía de Seguros, prevista en el numeral 4 del Articulo 2.36.2.2.10 del Decreto 673 de 2014, siempre y cuando la aseguradora o la aseguradoras opten por utilizar al BANCO DE OCCIDENTE para el recuado de primas. 9. APERTURA. BANCO DE OCCIDENTE abre la presente Licitación el día 21 de Diciembre de 2015. Con la entrega de invitaciones a las aseguradoras que tengan autorizados el ramo a licitar. BANCO DE OCCIDENTE entregará el pliego de condiciones a las aseguradoras interesadas en participar desde el 22 de Diciembre de 2015 10

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hasta el 4 de Enero de 2016, en la Carrera 4 # 7-61 piso 9 en Cali, en el horario que se detalla a continuación: Dia Martes 22 de Diciembre de 2015 Miercoles 23 de Diciembre de 2015 Jueves 24 de Diciembre de 2015 Lunes 28 de Diciembre de 2015 Martes 29 de Diciembre de 2015 Miércoles 30 de Diciembre de 2015 Lunes 4 de Enero de 2016

Horario de entrega de pliego 8:00 a 12:00 y de 14:00 a 18:00 8:00 a 12:00 y de 14:00 a 18:00 8:00 a 12:00 8:00 a 12:00 8:00 a 12:00 8:00 a 12:00 8:00 a 12:00 y de 14:00 a 18:00

Quien reclame el pliego de condiciones debe presentar poder autenticado en el que se mencione la confidencialidad de la información. 10. CONSULTAS Y RESPUESTAS Los participantes podrán formular consultas por escrito al correo electrónico de [email protected], y [email protected] hasta el 8 de Enero de 2016 a las 4:00 pm. Copia de tales consultas y de las respuestas correspondientes, asi como las aclaraciones adicionales que BANCO DE OCCIDENTE considere pertinentes realizar serán enviadas a todos los participantes a más tardar el 15 de Enero de 2016 y seran anexadas al pliego de condiciones. 11. ADENDA PARA SUMINISTRAR INFORMACION NECESARIA PARA PRESENTAR POSTURAS BANCO DE OCCIDENTE enviará a todos los participantes la información necesaria para presentar posturas a las aseguradoras de acuerdo con el numeral 4.1 de la circular 022 de 2014, hasta el 28 de Enero de 2016. 12. PRESENTACIÓN Y ENTREGA DE LAS POSTURAS Los proponentes deberán entregar impreso en original y copia en sobre sellado y en medio magnético la totalidad de los datos solicitados en el capítulo II Contenido de la Propuesta, así como cotizar los seguros solicitados en el Capítulo V de este pliego, que sean objeto de su propuesta, con los valores asegurados especificados en los listados anexos (Listado completo de bienes Credito Hipotecario y Leasing Habitacional, Anexo 5). 11

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Recuerde que debe incluir igualmente la cobertura para contenidos para los bienes que actualmente tengan este beneficio, el detalle de los planes de contenido se encuentran en el Anexo 4. Ambas propuestas (original y copia) deberán tener numeración en páginas. La entrega de las posturas se hará en la División de Recurss Administrativos de la sede principal de BANCO DE OCCIDENTE ubicada en la Carrera 4 # 7-61 piso 9 hasta el 12 de Febrero de 2016 a las 9:00 AM, fecha y hora del cierre de la recepción de propuestas. La presentación de la postura será tomada como manifestación de que el proponente conoce y acata las normas que rigen la contratación de BANCO DE OCCIDENTE y como una declaración suya en el sentido de que no está inhabilitado para contratar con ella.

13. RETIRO O MODIFICACIÓN DE LA POSTURA Después de la fecha de entrega de la propuesta a BANCO DE OCCIDENTE, esta no podrá ser retirada, modificada ni aclarada por parte del proponente. 14. NO CONSIDERACION DE LA POSTURA.

BANCO DE OCCIDENTE rechazará una o varias propuestas, en cualquiera de los siguientes casos: a. Cuando su presentación sea extemporánea; es decir, se presente luego de la fecha y hora fijadas para el cierre de esta contratación. b. Cuando no se aporte alguno de los documentos relacionados en el capitulo II, necesarios para la comparación objetiva de las propuestas y que tengan que ver con exigencias mínimas, en particular, incumpliendo con uno o algunos de los numerales 5, 6 y 14 del pliego de condiciones. c. Cuando no se allegue la presentación de los documentos subsanables requeridos por parte del oferente, dentro del plazo otorgado por BANCO DE OCCIDENTE, cuando sean presentados de forma extemporánea o cuando lleguen incompletos.

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d. Cuando no se cumpla en debida forma con las condiciones técnicas solicitadas en el presente pliego de condiciones. Cuando no cumpla con los requisitos en los aspectos patrimonial y de solvencia, experiencia e idoneidad de la infraestructura operativa fundamentales para la evaluación y adjudicación. e. Cuando se presente la propuesta sometida al cumplimiento de cualquier condición o modalidad que represente un condicionamiento para la Entidad. f. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución o liquidación. g. Si el proponente se encuentra reportado en el Boletín de Responsables Fiscales. h. Cuando el plazo ofrecido para la ejecución del contrato supere el establecido en la licitación o es inferior al indicado en este pliego. i.

Por no considerar las modificaciones a la Licitación que mediante adendas haya hecho BANCO DE OCCIDENTE.

j.

Cuando existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente, bajo el mismo nombre o con nombres diferentes, para la misma Licitación.

k. Cuando el proponente hubiere prestado servicios a BANCO DE OCCIDENTE (bajo cualquier modalidad de contratación, Licitación, orden de servicios etc.), en los últimos cinco años y la evaluación de su servicio, realizada por el sistema de gestión de calidad de BANCO DE OCCIDENTE, hubiese sido regular o deficiente. l.

Si luego de evaluadas las propuestas, se encuentra contradicción entre los documentos aportados con la propuesta y lo confrontado con la realidad.

m. Si del análisis de los precios o condiciones del mercado se desprende que no existen razones que justifiquen la diferencia entre las propuestas presentadas por los oferentes y la realidad del mercado. n. Cuando el proponente no presente de manera conjunta con la oferta la garantía de seriedad de la propuesta, en los términos aquí solicitados. 13

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o. La no entrega del anexo “Presentación de la Propuesta” o se haga modificación de los redactados contenidos en la columna donde se han descrito los AMPAROS/CONDICIONES o se entregue en forma incompleta. p. Cuando modifiquen la tarifa por servicio de recaudo de primas previstas en el numeral 4 del articulo 2.36.2.2.10 del Decreto 673 de 2014. BANCO DE OCCIDENTE, se reserva el derecho de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma, omisiones o errores, siempre que éstos sean subsanables y no alteren el tratamiento igualitario de las mismas. 15. ADJUDICACIÓN Se hará en audiencia pública el dia siguiente al vencimiento del plazo para la presentación de posturas de acuerdo con lo establecido en el numeral 14 del presente pliego. En el evento que no se presenten posturas a la presente licitación o éstas no se ajusten a los pliegos de condiciones, BANCO DE OCCIDENTE debe declarar desierta la licitación e informar a la Superintendencia Financiera el inicio de un nuevo proceso licitatorio. La invitación a esta licitación se remitirá en un plazo no superior a los quince (15) días calendario siguiente a la declaratoria desierta de la licitación. 16. OFICINAS DE BANCO DE OCCIDENTE BANCO DE OCCIDENTE tiene oficinas y presencia en las siguientes ciudades del país: Andalucia Armenia Barrancabermeja Barranquilla Bogotá Bucaramanga Buenaventura Buga Cali Cartagena Cartago Chia Chiriguana Cucuta Duitama

Envigado Espinal Facatativa Florencia Galapa Girardot Girón Guatape Ibague Ipiales Itagui La Ceiba La Victoria Las Mercedes Leticia Manizales

Medellín La Union Monteria Mosquera Neiva Palmira Pasto Pereira Piedecuesta Pitalito Popayan Puerto Tejada Riohacha Rionegro Sabaneta San Andres (Islas)

San Antero San Gil Santa Marta Santander de Quilichao Siberia Sincelejo Sogamoso Tulua Tunja Valledupar Villavicencio Yopal Yumbo Zipaquira

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Se aclara que la cobertura y atención de siniestros de debe realizar a nivel nacional. CAPITULO II 1. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD Para que la propuesta sea considerada, los participantes deberán adjuntarle los siguientes documentos en sobre sellado: a. Carta de presentación suscrita por el representante legal. (Ver Anexo 1) b. Certificado de Existencia y Representación Legal de cada uno de los oferentes, expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia con una antigüedad no mayor a treinta (30) días calendario. Igualmente debe constar que la duración de la sociedad no es inferior al término de duración del seguro ofrecido y un (1) año adicional. c.

Acreditación del oferente mediante documento idóneo, en el que conste la autorización dada por la Superintendencia Financiera para operar los ramos de seguros que el (los) participante(s) cotice(n).

d. Prueba de la facultad y autorización para proponer y contratar, expedida por el órgano social competente, con una antigüedad no mayor a sesenta (60) días comunes para cada uno de los oferentes, en el evento de que dicha facultad y autorización no conste en el documento indicado en el punto e siguiente. e. Certificado de Inscripción de Documentos, expedido por la Cámara de Comercio, correspondiente a la oficina principal de cada uno de los oferentes, con una vigencia no mayor a 30 días. f. Garantía de Seriedad de la Propuesta, otorgada conforme a lo estipulado en el numeral 5 del presente capitulo – Garantía Seriedad de oferta y recibo de pago de la prima correspondiente. g. Balance General, Estado de Resultados a Diciembre 31 del 2014 y a Diciembre 31 del 2013, en el formato de la Superintendencia Financiera. 15

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h. Certificación de calificación de riesgo crediticio igual o superior a “A” otorgada por una sociedad calificadora de riesgo vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia. i.

Certificación firmada por el Revisor Fiscal de la Aseguradora que acredite que el participante cumple con los márgenes de solvencia establecidos por la Superintendencia Financiera de Colombia.

j.

Propuesta de seguros (Slip) de acuerdo con los anexos del presente documento.

1.1 Documentos requeridos para registrarse como proveedor Banco de Occidente. a. Original Formato “Unico Corporativo Registro de Proveedores. (Anexo 6). Se debe diligenciar. Debe estar diligenciado con sello y firma del representante legal. Debe ser impreso a doble cara. b. Original del Formato “Autorización y declaraciones del Proveedor” (Anexo 7). Este documenmto debe diligenciado en su totalidad y firmado el representante legal. c. Original del formato “Principios de ética y Solución de Conflictos” (Anexo 8). Este documento debe ser diligenciado en su totalidad y firmado por el representante legal. d. Registro Unico Tributario (RUT) e. Certificado de cámara y Comercio con expedición no superior a 30 días a la fecha de entrega de la documentación. f. Certificación “lista de socios”, firmada por el revisor fiscal. Suministrar Original del Listado de Socios de la Aseguradora (con su número de identificación). Este documento lo debe certificar el Revisor Fiscal y en él se deben relacionar los socios que tengan una composición accionaria mayor o igual al 5%. Tenga en cuenta: 

Si en la relación los Socios se detallan Sociedades Anónimas (S.A.), Sociedades Anónimas Simplificadas (S.A.S.) o Sociedades en 16

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  

Comandita por Acciones (S.C.A.), se debe enviar relación de socios de ésta(s). Este documento lo debe certificar el Revisor Fiscal y en él se deben relacionar los socios que tengan una composición accionaria mayor o igual al 5%. Si en la relación los Socios se detallan Sociedades Limitadas, se debe remitir el Certificado de Cámara de Comercio de ésta con vigencia no mayor a 30 días. Nota: Las Empresas Extranjeras con Sucursal establecida en Colombia, igualmente debe presentar registro de Cámara de Comercio o certificación de la Superintendencia Financiera de Colombia y donde conste la licencia de funcionamiento y sus representantes legales. g. Estados Financieros al 31 de Diciembre de 2014 y 31 de Diciembre del 2013.

     

Balance General Estado de Resultados Estado de cambios en el patrimonio Estado de flujo de efectivo Notas Anotación: En caso de tener los Estados Financieros a corte de Junio de 2015, se deben incluir. h. Certificado de la Superintendencia Financiera. Este documento no debe de tener una fecha de expedición superior a 30 días a partir de la fecha de entrega de la información. i.

Copia de la cédula del Representante Legal

j.

Tres Referencias Comerciales de servicios. Las certificaciones deben ser emitidas por Entidades Financieras en donde se indique que la Aseguradora presta sus servicios. Los documentos deben ser en Original y dirigidos a nombre del Banco de Occidente S. A. En caso de no prestar el servicio a otras entidades financieras, debe enviar una carta informando esta situación y adjuntar las Certificaciones de Otras Empresas.

NOTA: El participante deberá entregar en una sección de su propuesta titulada "Otros Documentos", una lista completa de todos los anexos que 17

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acompañan su propuesta, que no hayan sido incluidos en otras secciones de la misma y que el participante crea conveniente adjuntar.

2. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES Los proponentes además de los requisitos de admisibilidad, deberán acreditar los siguientes requisitos de adminisbilidad adicionales: La información no suministrada o entregada de manera incompleta no será materia de calificación. 2.1 INFORMACIÓN GENERAL DE LA COMPAÑÍA 1. Carta de presentación suscrita por el Representante Legal. (según anexo 1) 2. Razón social. 3. Número de identificación Tributaria (NIT). 4. Dirección de la oficina de la dirección general. 5. Teléfono, número de fax, apartado aéreo y correo electrónico de contacto. 6. Página Web. 2.2 MODELO OPERATIVO 1. Los proponentes deberán especificar el modelo operativo, procedimientos, políticas, indicadores de gestión, esquemas de control de todo el proceso integral de seguros desde la inclusión, exclusión hasta el proceso de conciliación, facturación y pago de primas y especificando su interacción en este modelo con el Corredor de seguros, así mismo la estructura operativa y técnica (recurso humano y plataforma tecnológica) que pondrá a disposición del BANCO para el manejo y administración de los procesos integrales de las pólizas objeto de licitación. Dentro de su propuesta deberá especificar qué recursos tendrán dedicación total y permanente para la cuenta, y los que tendrán dedicación parcial. La estructura deberá soportar al BANCO en todas las oficinas en donde EL BANCO tenga presencia, o en aquellas en donde proyecte tenerla. La estructura debe contemplar un Gerente de cuenta exclusivo que integre los procesos comerciales y operativos y con experiencia no menor a 5 años en las pólizas objeto de la licitación el cual debe tener su sede de operación en Cali. 2. Los proponentes deberán especificar el modelo operativo, procedimientos, políticas, indicadores de gestión, esquemas de control de 18

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7. 8.

todo el proceso integral en la administración de siniestros especificando su interacción en este modelo con el Corredor de Seguros, así mismo la estructura operativa y técnica (recurso humano y plataforma tecnológica) que pondrá a disposición del BANCO para el manejo y administración de dichos procesos. Dentro de su propuesta deberá especificar qué recursos tendrán dedicación total y permanente para la cuenta, y los que tendrán dedicación parcial. La estructura deberá soportar al BANCO en todas las oficinas en donde EL BANCO tenga presencia, o en aquellas en donde proyecte tenerla. Los proponentes deberán especificar el modelo operativo, procedimientos, políticas, indicadores de gestión, esquemas de control de todo el proceso integral en la administración de servicio al cliente, PQR´S, reclamos, quejas de consumidor financiero especificando su interacción en este modelo con el Corredor de Seguros, así mismo la estructura operativa y técnica (recurso humano y plataforma tecnológica) que pondrá a disposición del BANCO para el manejo y administración de dichos procesos. Dentro de su propuesta deberá especificar qué recursos tendrán dedicación total y permanente para la cuenta, y los que tendrán dedicación parcial. La estructura deberá soportar al BANCO en todas las oficinas en donde EL BANCO tenga presencia, o en aquellas en donde proyecte tenerla. Los proponentes deberán especificar el modelo operativo para la administración, procedimientos, políticas, indicadores de gestión, esquemas de control de todo el proceso integral en la administración y realización de conciliación mensual para el cobro y pago de primas mensuales especificando su interacción en este modelo con el Corredor de Seguros, así mismo la estructura operativa y técnica (recurso humano y plataforma tecnológica) que pondrá a disposición del BANCO para el manejo y administración de dichos procesos. Dentro de su propuesta deberá especificar qué recursos tendrán dedicación total y permanente para la cuenta, y los que tendrán dedicación parcial. La estructura deberá soportar al BANCO en todas las oficinas en donde EL BANCO tenga presencia, o en aquellas en donde proyecte tenerla. Descripción de programas (softwares) aplicables a las pólizas objeto de la presente invitación para la tramitación y manejo de reclamos El proponente confirmará su participación con los recursos necesarios para el análisis, diseño y posterior implementación de la web services por la cual el intermediario de seguros del BANCO transmitirá la información diaria de inclusiones (6 meses) para el manejo de las pólizas colectivas. Centros de atención de reclamos ofrecidos para el manejo de los seguros objeto de la invitación. La aseguradora proponente deberá presentar y firmar el Anexo 9 donde certifica y acepta la expedición delegada al Corredor respectivo. 19

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9. Flujograma y detalle de procesos de expedición y envío de pólizas, siniestros, cartera, novedades. Los procesos deberán señalar los plazos en que se cumplirá cada actividad. 10. Definir la estrcutura operativa y técnica (recurso humano y plataforma tecnológica) que pondrá a disposición del BANCO para el manejo y administración de los procesos integrales de las pólizas objeto de licitación. Dentro de su propuesta deberá especificar qué recursos tendrán dedicación total y permanente para la cuenta, y los que tendrán dedicación parcial. 11. Indicar claramente el acuerdo de servicio para todas las asistencias que contiene la póliza, especificando canales de atención, ámbito de cobertura, tiempos de respuesta, procesos, indicadores de gestión e informes mensuales. La aseguradora deberá cumplir con los Acuerdos de Nivel de Servicio (ANS) que se encuentran en los anexos 10, 11 y 12, ANS Aseguradora-Corredor 12. Tener cobertura en todas las ciudades donde se encuentren oficinas del BANCO DE OCCIDENTE, descritas en este pliego. 2.3

CAPACIDAD PATRIMONIAL Y SOLVENCIA.

La siguiente información debe ir certificada y firmada por el Revisor Fiscal o Representante Legal del proponente: 1. Indicadores Financieros: Acreditar el cumplimiento de los siguientes indicadores financieros, adjuntando para el efecto estados financieros certificados (Balance General y PyG) con corte a 31 de diciembre de 2013 y a 31 de diciembre de 2014 certificado por el Contador Público o Revisor Fiscal. 2. Contar con un nivel de endeudamiento máximo del 80% (incluyendo las Reservas Técnicas) al cierre de diciembre de 2013 y de diciembre de 2014. 3. Utilidad Neta Positiva al cierre de diciembre de 2013 y de diciembre de 2014. 4. Patrimonio técnico superior, mínimo 1.1 veces al cierre de diciembre de 2013 y de diciembre de 2014. 5. Patrimonio técnico saneado a 31 de Diciembre de 2014, en el formato establecido por la Superintendencia Financiera, certificado por el Revisor Fiscal del proponente. 6. Margen de solvencia a 31 de Diciembre de 2014, en el formato establecido por la Superintendencia Financiera, certificado por el Revisor Fiscal del proponente. 7. Listado de reaseguradores para el contrato, el cual deberá encontrarse inscrito en el registro de Reaseguradores del Exterior (REACOEX). 20

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8. Índice o Prueba de liquidez y Eficiencia: las que indiquen su capacidad para cubrir las obligaciones en el corto plazo entre las que se tienen la Razón corriente (Activo Corriente/Pasivo Corriente), la prueba acida (Activo Corrientes – Inventarios/ Pasivo Corriente), los ciclos operacionales (rotaciones de cartera). La estructura patrimonial calculando su endeudamiento (Pasivo/Activo Total). Costo promedio del pasivo financiero, calculado con base a los intereses financieros frente a las obligaciones totales. 2.4 EXPERIENCIA EN LAS PÓLIZAS OBJETO DE LA INVITACIÓN 1. Primas netas emitidas en los años 2013 y 2014 en los ramos objeto de la licitación. 2. Valor de los siniestros pagados durante los años 2013 y 2014 en los ramos objeto de la licitación. 3. Certificaciones de Experiencia: Las Aseguradoras oferentes deberán acreditar su experiencia en programas similares a los que son objeto de la presente licitación, mediante por lo menos dos (2) certificaciones de clientes del Sector Financiero o del Sector Cooperativo, que confirmen que han mantenido contratos de seguros similares a los que son objeto de esta licitación, con un mínimo de 3.000 deudores asegurados, durante por lo menos dos (2) años dentro del período comprendido entre 2010 y 2014. 4. Las certificaciones deberán comprender como minimo la siguiente información: Nombre de la entidad financiera a las cual les haya otorgado seguros en los ramos objeto de licitación, tipo de póliza, primas anuales, número de asegurados y fecha de vinculación entre el 2010 y 2014 en Colombia. Debe constar que la Aseguradora oferente ha manejado o maneja actualmente los seguros tomados por cuenta de sus deudores hipotecarios o Leasing habitacional por un término mínimo de dos (2) años. 2.5 SERVICIOS ESPECIALES OFRECIDOS Presentar propuestas de servicios especiales ofrecidos por la compañía, tales como: 1. Plan de continuidad del negocio y plan de atención de siniestros catastróficos. 2. Confirmar los mecanismos tecnológicos para intercambio de información confidencial, personal y sensible que garanticen condiciones de seguridad 21

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3. 4.

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de la información de BANCO DE OCCIDENTE y de sus consumidores financieros. Informar los mecanismos por medio de los cuales BANCO DE OCCIDENTE deberá trasladar las primas recaudadas. Informar los mecanismos de desvinculación para aquellos deudores que opten por revocar el certificado en virtud de la poliza colectiva que se tome. Certificación de cumplimiento de la ley 1581 de 2012 sobre la protección de datos personales. Otras propuestas generales. 2.6 CONDICIONES TECNICAS DE LOS SEGUROS.

La información de este punto debe presentarse de conformidad con lo descrito en el capitulo V del presente pliego en coherencia con las normas vigentes aplicables. El detalle de amparos, asistencias u deducibles se encuentran en el anexo 2 de este documento CAPITULO III CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA POSTURA

1. BANCO DE OCCIDENTE, adjudicará la licitación de acuerdo con lo establecido por el articulo 2.36.2.2.16 del decreto 673 de 2014. CAPITULO IV CONDICIONES DE CONTRATACIÓN 1. EXPEDICIÓN DE LAS PÓLIZAS Se expedirá una póliza matriz para cada ramo, cuyas condiciones reposarán en las oficinas de BANCO DE OCCIDENTE la cual realizará las gestiones que obliga el articulo Tercero parágrafo segundo de la Circular Externa 022 de 2014 recogida por la circular externa 029 de 2014, donde se especifica que; la aseguradora entregará un certificado de seguro a más tardar treinta días (30) calendario siguientes a la fecha en la cual BANCO DE OCCIDENTE reciba la poliza matriz mencionada. 22

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La póliza matriz señalada deberá ser entregada a BANCO DE OCCIDENTE, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que se formalizo el contrato de seguros para la publicación en la página web de los términos y condiciones del seguro tomado. De igual manera la aseguradora al entregar al Banco de Ocidente la poliza matriz señalada, deberá remitir a los deudores o locatarios por medio de correo certificado, un documento con información básica acerca del seguro contratado, sobre los sujetos (aseguradora, tomador, asegurado, beneficiario), las condiciones de la poliza (vigencia, valor asegurado, coberturas básicas y adicionales, exclusiones y deducibles), y el procedimiento de reclamación en eventos de siniestro parcial o total. El costo de dicho envío será asumido en su totalidad por la aseguradora. La aseguradora deberá enviar asumiendo el costo de envio, de los certificados físicos de inclusión, modificación y cancelación a los deudores o locatarios a los 5 días hábiles de generarse la inclusión, modificación o cancelación por correo certificado. Se especificará el medio por el cual el Banco o el Corredor de Seguros pueden consultar las guias de entrega. Adicionalmente, la aseguradora deberá entregar reportes mensuales de gestión de correspondencia, dentro de los cinco (5) primeros días calendario del mes. La aseguradora deberá asumir el costo de envío de las comunicaciones y certificados de póliza (kit de bienvenida) que se enviará a los clientes actuales y nuevos incluyendo renovaciones, informándoles los cambios que resulten de las pólizas objetivo de la licitación, al igual que mensajes de texto, aviso en pagina web del BANCO DE OCCIDENTE en caso de ser necesario y sea solicictado por el BANCO DE OCCIDENTE. 2. MODIFICACION DE LAS POLIZAS Las condiciones de las pólizas expedidas no podrán ser objeto de modificación unilateral por parte de la aseguradora en perjuicio del asegurado. 3. INFORMES MENSUALES DE SINIESTRALIDAD EN TODOS LOS RAMOS El proponente favorecido deberá entregar un informe a BANCO DE OCCIDENTE, los tres (3) primeros días calendario de cada mes, en el que se incluya una relación detallada los siniestros pagados y en reserva del mes inmediatamente anterior, para cada uno de los ramos. 23

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La relación deberá contener el numero de siniestro, asegurado, fecha del siniestro, fecha de presentación del siniestro, ciudad, amparo afectado, valor pagado o en reserva. El proponente también entregará un PyG detallado por ramo donde indique las primas, siniestros pagados sin reserva, gastos de la aseguradora, comisión, gastos administrativos, reconocimiento de tarifa por el servicio de recaudo de primas, IBNR y otros conceptos que la aseguradora considere necesarios. El proponente enviará un ejemplo de liquidación. El PyG debe ser entregado al Corredor de Seguros el octavo (8) dia calendario del mes. Todos los archivos que sean transmitidos entre la aseguradora y el Corredor de Seguros deberán utilizar un canal seguro de comunicación definido por el Corredor. Para esto se deberán enviar archivos encriptados con códigos de desbloqueo, los cuales deberán ser comunicados en un correo independiente. Igualmente el proponente debe incluir condiciones de habeas data para el manejo de la información de los locatarios y/o deudores para el manejo de la información confidencial de los clientes ante la aseguradora y el Corredor.

4. CONDICIONES PARA EL MANEJO DE SINIESTROS 4.1 PROCESO DE PAGO DE RECLAMOS Además del modelo operativo de reclamos que se solicita a la Aseguradora en los requisitos de admisibilidad adicionales, deberá el proponente, tener en cuenta las siguientes consideraciones para el proceso de pagos de indemnizaciones: a) Consignación del cheque ó débito a la cuenta corriente de la aseguradora por el valor asegurado que BANCO DE OCCIDENTE, ha remitido previamente a la compañía de seguros, indicando el número del contrato de Leasing con los datos del asegurado para cada reclamo. b) BANCO DE OCCIDENTE, será beneficiario hasta el saldo insoluto de la deuda y si llegase a existir saldo de la indemnización, éste será girado al deudor o locatario. 24

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c) El proponente deberá abrir una cuenta corriente en el BANCO DE OCCIDENTE para generar los pagos de las primas y de siniestros. 4.2 ENVIO DE COMUNICACIONES DE OBJECIÓN DE LOS SINIESTROS Se solicita al proponente que inmediatamente se emita la objeción del algún reclamo de las pólizas de deudores, sea remitida en primera instancia al Corredor de Seguros y al BANCO DE OCCIDENTE. 5. EXPEDICIÓN DE LAS PÓLIZAS Las pólizas iniciales y sus anexos deberán ser entregados a EL BANCO, dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la fecha de adjudicación. En caso que el(los) adjudicatario(s) de la presente invitación no cumpla(n) la obligación mencionada dentro del plazo aquí estipulado, EL BANCO hará efectiva la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta. Adicionalmente la compañía se compromete a expedir los Certificados Individuales para la entrega a cada uno de los asegurados. 6. MODIFICACION DE LAS PÓLIZAS Las condiciones de las pólizas expedidas no podrán ser objeto de modificación unilateral por parte de la aseguradora en perjuicio del tomador o del asegurado. No se podrán realizar modificaciones de las primas durante la vigencia del contrato de conformidad con lo estalbecido en la regulación vigente. 7. CONDICIONES DE LA FACTURACIÓN El cobro de primas de la Aseguradora a EL BANCO, se hará mensualmente. Las primas se pagarán bajo el siguiente esquema: La conciliación de las primas de la Aseguradora a BANCO se hará a los 60 días a partir del inicio de vigencia de las pólizas. La aseguradora deberá entregar factura a las 30 días de realizada la conciliación (90 días desde la fecha de inicio de vigencia). El BANCO pagará a la aseguradora a los (30) treinta días siguientes de recibidas las facturas originales en EL BANCO, completando así los 120 días a partir del inicio de vigencia. 25

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El cobro será entregado dentro de los tiempos establecidos entre las partes a la Dirección Nacional de Seguros y Garantías (DOCIT) del BANCO, quien a su vez gestionará la remisión y entrega de la respectiva facturación a Recursos Administrativos previa certificación de la conciliación de las primas, en todo caso EL BANCO pagará las respectivas cuentas recibidas a satisfacción de acuerdo al plazo estipulado a los 30 días después de recibida la factura en EL BANCO. La(s) aseguradora(s) validará(n) este documento como único cobro. Para mayor detalle en el siguiente cuadro de explican los periodos de conciliación, entrega de factura y pago.

8. INFORMES MENSUALES DE SINIESTRALIDAD La Compañía seleccionada que resulte favorecida deberá entregar una relación detallada de los siniestros pagados y en reserva del mes inmediatamente anterior en un archivo de Excel los tres (3) primeros días calendario de cada mes, que deberá remitir a las áreas que intervienen en éste proceso: a. División de Recursos Administrativos b. Dirección Nacional de Operaciones de Seguros y Garantías c. Unidad de Gestión de Reclamos y Banca Seguros El archivo de Excel deberá contener: número de siniestro, fecha del siniestro, fecha de presentación del siniestro, amparo afectado y causa, ciudad de ocurrencia, valor pagado al Banco, valor pagado a los beneficiarios, valor en reserva, nombre del asegurado, cédula del asegurado, numero de obligación, 26

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fecha de nacimiento, línea de crédito, fecha desembolso, valor inicial desembolsado, nombre oficina, fecha de objeción o indemnización. Adicionalmente enviará con la misma información la relación de los siniestros objetados incluyendo la causa de la objeción. 9. MANEJO DE LA INFORMACIÓN 9.1. CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD. En desarrollo de las obligaciones establecidas en el Contrato, las Partes tendrán acceso y podrán recibir información confidencial y privilegiada respecto de unas y otras y/o de sus clientes. En consecuencia, las Partes acuerdan tratar esta información como confidencial y privilegiada, y por lo mismo, a no revelarla o divulgarla a terceras personas, sin importar el propósito para el cual se haga la revelación, sin previa autorización escrita, salvo que la revelación de la información sea requerida por una autoridad competente en uso de sus facultades legales. Así mismo, se obligan a que todos sus empleados, administradores, directores, intermediarios de seguros, afiliados o cualquier otra persona relacionada, cumpla con esta Cláusula de Confidencialidad. Para los efectos del presente, debe entenderse por “Información Confidencial y Privilegiada” aquella información de negocio confidencial que las Partes en este acuerdo reciben o a la que tienen acceso para la ejecución de sus obligaciones bajo el mismo, incluidas pero no limitadas a las siguientes: Bases de Datos, información relacionada con el diseño, coberturas, funcionamiento o nota técnica de los productos, al igual que la información actuarial, financiera o que se utilice en desarrollo del Contrato, información de los clientes de ambas Partes, filosofía y objetivos de mercado, al igual que sus estrategias, ventajas y desventajas frente a la competencia, resultados financieros, y en general, cualquier información relacionada con cualquiera de las Partes, sus filiales, y/o sociedades vinculadas, estudios y desarrollos de mercado, secretos comerciales o asuntos de negocios y cualquier otra información o material que cualquiera de las Partes considere como confidencial y que sea de su propiedad. En lo relacionado con Bases de Datos, las Partes se obligan a transmitirse toda información entre sí de forma encriptada, especialmente, aquella relacionada con los productos financieros de los clientes, tales como, números de cuentas bancarias y tarjetas de crédito, en la forma como se acuerde entre las Partes. 27

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La información confidencial y privilegiada no incluirá información que ha sido recibida por la otra Parte antes de la firma del presente Acuerdo, información que sea de acceso público, diferente a aquella que lo sea una vez ha sido revelada indebidamente por la otra Parte, información que haya sido entregada a la otra Parte bajo los parámetros de ser No Confidencial o información entregada por un tercero no obligado a la confidencialidad de que trata el presente Acuerdo. La obligación de Confidencialidad de que trata esta cláusula permanecerá vigente por el mismo término de duración del contrato y cinco (5) años más, salvo la información que se encuentre protegida por reserva bancaria, o que constituya secreto profesional o comercial, la cual permanecerá vigente indefinidamente. 9.2. CLAUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS. En cumplimiento de la normatividad prevista para la protección de datos personales vigente en el territorio nacional, la compañía de seguros se obliga a acatar en su integridad y en lo que le corresponda, las disposiciones allí contenidas, con el objetivo de garantizar el adecuado tratamiento de los datos personales a los que, por cualquier razón tenga acceso, atendiendo las instrucciones y recomendaciones que para el efecto realice BANCO DE OCCIDENTE en su condición de responsable del tratamiento de datos personales y, los principios rectores que son de obligatorio cumplimiento en el tratamiento de datos personales, así como las obligaciones asumidas por la compañía de seguros en el evento que ostente la calidad de "Encargado del Tratamiento" de los datos personales. De la misma manera, la compañía de seguros se encuentra en la obligación de informar por escrito a BANCO DE OCCIDENTE, y en un término que no podrá ser superior a cinco (05) días calendario contados a partir del momento en que tuvo o pudo tener conocimiento de cualquier conducta o situación contraria a la normatividad aplicable a la materia, que pueda poner o ponga en riesgo el cumplimiento de las obligaciones a su cargo en materia de datos personales. En todo caso, la compañía de seguros se obliga a mantener indemne de cualquier reclamación, multa, sanción, investigación y en general de cualquier daño o perjuicio causado a BANCO DE OCCIDENTE por el incumplimiento de la normatividad aplicable en materia de protección de datos personales. La presente obligación permanecerá vigente durante la vigencia del contrato que se suscriba hasta por dos años más. 28

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9.3. CLÁUSULA DE PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN Toda información intercambiada en virtud del contrato, es de propiedad exclusiva de la Parte de donde proceda. En consecuencia, ninguna de las Partes utilizará información de la otra para su propio uso, ni para fines diferentes al desarrollo del objeto contractual, ni podrá reproducir la misma sin autorización previa de su propietario, quien podrá solicitar su devolución en cualquier momento. Así mismo, dicha información deberá ser devuelta o destruida por la Parte receptora a la terminación del contrato. En cualquier momento, el propietario de la información con la participación del responsable de la seguridad informática y de datos, podrá reclasificar el nivel de sensibilidad inicialmente aplicado a la información. La información que resulte de la ejecución del objeto contractual corresponderá a quien la desarrolle, salvo que se disponga lo contrario. 9.4. CLAUSULA DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. Ninguna de las Partes podrá utilizar los nombres, logos, marcas, emblemas o cualquier otra forma de propiedad industrial o intelectual, de propiedad de la otra Parte, sin su expresa autorización previa y por escrito. 10. CAUSALES, REQUISITOS Y FORMALIDADES TERMINACIÓN ANTICIPADA. a. Causales: en caso de que por algun motivo la ASEGURADORA o el contrato surgido de la adjudicación de la presente oferta vulneren cualquier requisito u obligación legal, el acuerdo previsto se dará por terminado sin contraprestación para ninguna de las partes. b. Requisitos y Formalidades: La entidad financiera comunicará a la Aseguradora sobre la causal de terminación, la Aseguradora tendrá un término de ocho (8) días hábiles a partir de la radicación de la notificación en cualquiera de sus oficinas para corregir la conducta, textos de polizas o incumplimientos. Pasado el tiempo referido sin respuesta o sin que se hubiese corregido el incumplimiento legal, la entidad financiera podrá dar por terminado el contrato, en cuyo caso la aseguradora deberá cumplir con el plazo de 90 días estipulado en el Objeto 1 de este documento.

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11. OBLIGACIONES ADICIONALES a.

Estándares de atención, servicio y oportunidad requeridos para la entidad tomadora y el consumidor financiero (por ejemplo, declaración del siniestro, plazos máximos de atención en caso de siniestro, características y forma de suministro de información al deudor o locatario asegurado). b. Condiciones tecnológicas para el intercambio de información relacionada con los seguros contratados, bajo condiciones de seguridad tendientes a garantizar su integridad y confidencialidad. c. Mecanismos de desvinculación para aquellos suscriptores que opten por renunciar a esta póliza colectiva y contratar una póliza por su propia cuenta. CAPITULO V CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS SEGUROS Como condición para todas las pólizas objeto de esta Licitación, la aseguradora garantizará las tarifas para todas las personas y bienes que vienen asegurados durante el plazo de la licitación otorgada. Los participantes deberán especificar en cada uno de los ramos objeto de la licitación, aquellas condiciones particulares, cláusulas adicionales y demás, solicitadas en el pliego que no son aceptadas total o parcialmente y en caso contrario se entenderán aceptadas totalmente, tal como se establecen en este pliego. 1. SEGURO DE INCENDIO Y TERREMOTO CREDITO HIPOTECARIO Y LEASING HABITACIONAL Ver Anexo 2 seguro de Incendio y terremoto crédito hipotecario y leasing habitacional. En este anexo se encuentran los amparos y asistencias de la póliza.

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CAPITULO VI DISPOSICIONES FINALES 1. CONSIDERACIONES Agotados los procedimientos y pasos descritos en los numerales anteriores, se tendrán todas las observaciones, comentarios, ventajas y desventajas de cada una de las propuestas desde los puntos de vista del cumplimiento de los requisitos legales, calidad técnica y aspecto Económico- Financiero, para la evaluación de Aseguradoras. Se adjuntan el Slip propuesto (Anexo 2) para cada uno de los seguros objeto de la licitación. Cada oferente está en la obligación de presentar su propuesta diligenciando completamente la información, siguiendo el cuadro de presentación adjunto, sin que se acepte modificar en el cuadro el redactado de los textos pedidos. Las modificaciones o aclaraciones a la licitación, que surjan como resultado de las observaciones formuladas, o de oficio por BANCO DE OCCIDENTE, serán informadas mediante adendas numeradas secuencialmente o comunicados, que serán publicados de manera oportuna en la página web www.bancodeoccidente.com.co antes del cierre de la licitación. Los proponentes deberán someterse a todas las leyes colombianas, en los aspectos laborales, tributarios, de industria y comercio, de contratación, etc. BANCO DE OCCIDENTE no aceptará como causal de reclamo o incumplimiento la ignorancia de la ley colombiana. Antes de presentar la propuesta, el proponente debe investigar e informarse de todas las circunstancias que puedan influir o afectar el trabajo y deberá cuantificar correctamente todos los costos necesarios para ejecutar completamente el objeto contractual y cotizarlos totalmente. IMPUESTOS Y DEDUCCCIONES Al formular la oferta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales. Dentro de aquellos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades ambientales, que afecten el contrato y las actividades que de él se deriven. 31

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La Aseguradora pagará todos los impuestos, derechos, tasas y similares que se deriven de la presente relación contractual, y por lo tanto, su omisión en el pago será de su absoluta responsabilidad. SELECCIÓN Se seleccionará a la Aseguradora de conformidad con lo establecido en el Decreto 2555 de 2010 y la Circular Basica Jurídica en los términos referidos para la presentación de posturas y la audiencia pública. EMPATE En caso de empate en la postura entre dos o más aseguradoras, el BANCO DE OCCIDENTE deberá elegir la primera postulación recibida. En caso de que el empate subsista, BANCO DE OCCIDENTE implementará el mecanismo de balotas, adjudicando a la balota con el número más alto, en presencia del defensor del consumidor financiero externa de la Cooperativa BANCO DE OCCIDENTE. DOMICILIO DEL CONTRATO De conformidad con las normas legales Colombianas, el lugar del cumplimiento del contrato o los contratos que se llegare(n) a celebrar en virtud de la presente licitación, es la ciudad de Cali, por lo tanto, todas las actividades judiciales a que hubiere lugar, deberán adelantarse en esta ciudad.

Cordialmente,

Representante Legal BANCO DE OCCIDENTE

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2. GLOSARIO A Agente de Ventas: Las personas naturales o jurídicas que se dedican a la comercialización o venta de seguros por cuenta de una compañía, estando vinculado con dicha entidad mediante un contrato de trabajo o prestación de servicios. Agravación de Riesgos: Es la modificación o alteración posterior a la celebración del contrato que, aumentando la posibilidad de ocurrencia o peligrosid ad de un evento, afecta a un determinado riesgo. El tomador del seguro o el asegurado deberán, durante el curso del contrato, comunicar al Asegurador todas las circunstancias que agraven el riesgo. Arbitraje/Arbitramento: Es el sistema de solución de controversias previstos en los contratos de seguro con arreglo al cual se encomienda la resolución del conflicto a la decisión de un juez árbitro quien con arreglo a los antecedentes del caso determina la procedencia de los argumentos de las partes mediante la dictación de una sentencia con carácter vinculante para las partes. Asegurable: Persona que reúne las características predeterminadas para poder contratar una cobertura de seguro en su favor. Asegurado: Es la persona, titular del interés sobre cuyo riesgo se toma el seguro. En el sentido estricto, es la persona que queda libre del riesgo y sobre la cual recae la cobertura del seguro. Asegurador(a): Es la empresa que asume la cobertura del riesgo, previamente autorizada a operar como tal por la Superintendencia de Valores y Seguros Aviso o Denuncia de Siniestro: Documento o comunicación por el que el asegurado informa a su asegurador la ocurrencia de determinado hecho o accidente, cuyas características guardan relación, en principio, con las circunstancias previstas en la póliza para que proceda la indemnización B Beneficiario: La persona prevista en la póliza de seguro que recibe la indemnización o prestación convenida. 33

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Buena Fe: Principio básico y característico de todos los co ntratos que obliga a las partes a actuar entre sí con la máxima honestidad, no interpretando arbitrariamente el sentido recto de los términos convenidos, ni limitando o exagerando los efectos que naturalmente se derivarían del modo en que los contratantes hayan expresado su voluntad y contraído sus obligaciones. Para el asegurado este principio supone el debido cumplimiento de sus derechos y obligaciones, tales como describir total y claramente la naturaleza del riesgo asegurable, a procurar evitar la ocurrencia del siniestro, intentar disminuir las consecuencias del siniestro una vez producido, pagar la prima, etc. Para el asegura dor significa otorgar una información exacta de los términos en que se formaliza el contrato, e indemnizar el siniestro de acuerdo a los términos convenidos, etc. C Cláusula de Arbitraje/Arbitramento: Es aquella estipulación prevista en un contrato de seguro por la cual se somete cualquier dificultad suscitada entre el asegurado, contratante o beneficiario, según corresponda y la compañía, en relación a la interpretación, aplicación, cum plimiento o incumplimiento o sobre cualquiera indemnización u obligación referente al contrato a la resolución de un juez árbitro arbitrador nombrado de común acuerdo por las partes o en su defecto por los Tribunales Ordinarios de Justicia. Cláusulas Adicionales: Son aquellas cláusulas accesorias a uno o más textos de pólizas determinados, que permiten extender o ampliar las coberturas comprendidas en las condiciones generales de un texto registrado, incluyendo riesgos no contemplados o expresamente excluidos, o eliminando restricciones, condiciones u obligaciones que afecten o graven al asegurado o contratante. Cláusulas Alternativas: Son aquellas cláusulas sustitutivas de un artículo o cláusula completa de un texto de póliza registrado. Cláusulas de Uso General: Son aquellas cláusulas que por su naturaleza, tipo o finalidad permite n su uso común o general en los distintos modelos de pólizas registrados que no contengan tal estipulación específica, tales como reglas de solución de dificultades o controversias, resolución de contrato por no pago de prima y cláusula de acreedor prendario o hipotecario. Cobertura: Responsabilidad asumida por un asegurador en virtud del cual se hace cargo, hasta el límite estipulado, del riesgo y las consecuencias económicas derivadas de un siniestro. 34

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Condiciones Generales: Son las cláusulas de los contratos tipo que deben utilizar las entidades aseguradoras en la contratación de los seguros, que contienen las regulaciones y estipulaciones mínimas por las que se rige el contrato respectivo, tales como, riesgos cubiertos y materias aseguradas, exclusiones de cobertura, derechos, obligaciones y cargas del contrato, etc. Condiciones Particulares: Son aquellas estipulaciones que regulan aspectos que por su naturaleza no son materia de condiciones generales y que permiten la singularización de una póliza de seguro s determinada, especificando sus particularidades tales como, requisitos de aseguramiento, individualización del asegurador, contratante, asegurado y beneficiario, deducibles, etc. Contratante o Tomador: Es la persona que contrata el seguro con el Asegurador. Generalmente en los seguros individuales el tomador contrata el seguro por cuenta propia, uniéndose así en una persona dos figuras o calidades (Tomador o Contratante y Asegurado). Por el contrario, el seguro es por cuenta ajena cuando el tomador o contratante es distinto del Asegurado; esta situación es típica en los seguros colectivos. Corredor de Seguros: Persona natural o jurídica, auxiliar del comercio de seguros, autorizado por la Superintendencia de Valores y Seguros, responsable de la intermediación de seguros y del asesoramiento en su contratación, con cualquier compañía de seguros, ofreciendo las condiciones más convenientes a los intereses del asegurable, asistiendo durante la vigencia, modificación del mismo y al momento del siniestro. Cotización: Documento que puede emanar tanto de una compañía de seguros como de un Corredor de seguros, por cuenta de una compañía, que contiene alternativas de cobertura y tarifa por los seguros respectivos, y que obligan a respetar sus términos y condiciones durante el plazo que en ella se establezca. D Deducible: Cantidad que se establece en algunas pólizas como cantidad o fracción porcentual que es de cargo del asegurado, y no indemnizable por el Asegurador. Duración del Seguro (Vigencia): Es el período durante el cual el asegurador toma bajo su cargo los riesgos cubiertos por la póliza. Se encuentra mencionado en las condiciones particulares de la póliza.

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E Endoso: Es la poliza de seguro que toma por su propia cuenta un cliente de la entidad financiera que toma un crédito hipotecario o un leasing habitacional, para amparar el activo objeto de la obligación con el Banco. G Gastos: Son todos los costes que conlleva la emisión de las pólizas y el funcionamiento de una aseguradora I Indemnización: La cantidad o prestación de cargo del asegurador en caso de siniestro, de acuerdo a las condiciones de la póliza. Informe de Liquidación: Documento emitido por un liquidador de siniestros dentro del contexto del procedimiento de liquidación de un siniestro, que se pronuncia técnicamente sobre la procedencia de la cobertura y la determinación de la pérdida y la indemnización, si esta procede. Señala el valor real del bien siniestrado y el procedimiento empleado para obtenerlo. Infraseguro: Existe cuando el monto asegurado no coincide con el valor del objeto, siendo la cantidad asegurada inferior al valor comercial del objeto asegurado al momento del siniestro. En este caso se aplica la regla proporcional o prorrateo entre la cantidad asegurada y la que no lo esté. Interés asegurable: Es la relación económica entre una persona y un objeto que habilita la contratación de un seguro. En los seguros de vida este interés consiste en la conservación de la vida del asegurado. L Liquidación de Siniestro: Procedimiento establecido para ajustar los daños provocados por un siniestro, determinar la procedencia de la cobertura contratada en la póliza y el monto de la indemnización a pagar, si corresponde. Liquidador de Siniestros: Persona natural o jurídica, auxiliar del comercio de seguros, autorizado por la Superintendencia de Valores y Seguros, que pueden ser contratadas por una compañía de seguros para investigar la ocurrencia de los siniestros y sus circunstancias, determinando si estos se 36

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encuentran o no amparados por la póliza y el monto de la indemnización que corresponda pagar al asegurado o beneficiario en su caso. O Oferta de seguro: Ofrecimiento efectuado por el asegurador directamente, o a través de un Corredor de Seguros, en que propone a una persona determinada o al público en general las condiciones y términos del contrato de seguro para la cobertura del riesgo. P Pérdida Total: Aquella que supone la destrucción completa o la privación irremediable del bien asegurado, o de tal modo que el daño lo hace perder definitivamente la aptitud para el fin a que estaba destinado. Constituirá pérdida total del bien asegurado el siniestro que ocasione un daño de a lo menos tres cuartas partes de su valor. Póliza de seguro: Es el instrumento con que se perfecciona y prueba el contrato. Debe contener todas las normas que de forma general, particular o especial regulan la relación contractual convenida entre el Asegurador y el Asegurado Prima: Es la retribución o precio del seguro cuyo pago es de cargo del contratante o asegurado. Principio Indemnizatorio: Regla básica en materia de seguros por la cual el valor de la indemnización tendrá su límite en el monto del daño causado, no pudiendo transformarse en objeto de lucro o ganancia para el asegurado. Propuesta de seguro: Documento en que consta la solicitud y condiciones del seguro requerido del asegurado. R Registro de Pólizas: Registro de uso público mantenido por la Superintendencia de Valores y Seguros que contiene los textos de los modelos de póliza registrados, sus modificaciones y cláusulas adicionales que se contratan en el mercado, no pudiendo las entidades aseguradoras contratar con modelos que no hubieren sido previamente registrados en él, salvo las excepciones legales. 37

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Regla Proporcional o Prorrateo: Fórmula que se aplica en la determinación de la suma indemnizatoria, por la cual, en caso de siniestro parcial y existiendo infraseguro, el daño debe ser liquidado teniendo en cuenta la proporción que exista entre el capital asegurado y el valor re al en el momento del siniestro. Ejemplo, si una casa está asegurada por UF 3000 y su valor real es UF 4000, si la afecta un siniestro de incendio que destruye la mitad del inmueble, la indemnización corresponderá a la mitad de UF 3000 y no a la mitad de U F 4000. Rehabilitación: Acto por el que desaparecidas las circunstancias que motivaron la suspensión de efectos de una póliza, las garantías de éstas vuelven a adquirir plena vigencia. Renovación automática: Es el acuerdo entre las partes por el cual el seguro puede prorrogarse tácitamente por un nuevo período de vigencia. Rescate o valor de rescate: Constituye uno de los valores garantizados en las pólizas de seguros de vida que generan reservas matemáticas, que consiste en el retiro del importe que le corresponde de la reserva matemática al contratante según el Cuadro de Valores Garantizados de la póliza respectiva, la que queda rescindida. En general se puede hacer efectivo al término de tres años de vigencia ininterrumpida del seguro. Reservas Técnicas: Son las provisiones obligatorias que deben ser constituidas por las Entidades Aseguradoras para atender las obligaciones contraídas con sus Asegurados Riesgo: Es la probabilidad de ocurrencia de un siniestro. Es la posibilidad de que la persona o bien asegurado sufra el siniestro previsto en las condiciones de póliza. Riesgos Inasegurables: Son aquellos que quedan fuera de la cobertura general por parte de las Aseguradoras. S Seguro: Contrato por el cual el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima a abonar, dentro de los límites pactados, un capital u otras prestaciones convenidas, en caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura. El seguro brinda protección frente a un daño inevitable e imprevisto, tratando de reparar materialmente, en parte o en su totalidad las consecuencias. El seguro no evita el riesgo, resarce al 38

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asegurado en la medida de lo convenid o, de los efectos dañosos que el siniestro provoca. Seguro de Incendio: Aquel que garantiza al asegurado el pago de una indemnización en caso de incendio de los bienes inmuebles. Seguro de Responsabilidad Civil: Aquel en que el asegurador se compromete a indemnizar al asegurado el daño que pueda experimentar su patrimonio a consecuencia de la reclamación que le efectúe un tercero, por la responsabilidad en que haya podido incurrir, tanto el propio asegurado como aquellas personas por las cuales él responda civilmente. Seguros Colectivos: Aquellos seguros contratados en virtud de un vínculo contractual, legal o institucional, por un con junto de personas o a favor de un conjunto de personas o cuyas condiciones resulten aplicables respecto de un conjunto de personas. Siniestro: Es el acontecimiento o hecho previsto en el contrato, cuyo acaecimiento genera la obligación de indemnizar al Asegurador. Sobreprima o Extraprima: Recargo a la prima cuando se trata de riesgos agravados, por ejemplo por actividades peligrosas o deportes riesgosos. Sobreseguro/Supraseguro: Aquel en que la cantidad asegurada excede del valor comercial del objeto asegurado al momento del siniestro. Subrogación: Es la transferencia de los derechos que correspondan al Asegurado contra un tercero, en razón del siniestro, al Asegurador, hasta el monto de la indemnización que abone. El Asegurado es el responsable de todo acto que perjudique este derecho del Asegurador T Terminación del seguro: Se refiere al hecho que pone fin a la vigencia del contrato de seguro, ya sea por la llegada del plazo de duración pactado, por el no pago de primas o por la ocurrencia del siniestro.

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3. ANEXOS

ANEXO 1. CARTA DE PRESENTACIÓN

Cali, xx de 2015

Doctora MERCEDES VALDIRI ZAMBRANO Gerente División de Recursos Administrativos Banco de Occidente S.A. Ciudad Referencia: INVITACIÓN PUBLICA PROCESO PARA LA SELECCIÓN COMPAÑÍA(S) DE SEGUROS

Estimados Señores: La presente tiene por objeto ofrecer la protección mediante los contratos de seguros requeridos por cuenta de sus deudores, para la adecuada protección de los bienes e intereses de Banco De Occidente así como aquellos por los que sea o fuere legalmente responsable o le corresponda asegurar en virtud de disposición legal o contractual, de acuerdo con las condiciones previstas en los términos de referencia y de conformidad con lo establecido en este documento y en la Oferta adjunta. Los suscritos declaramos que:  

 

Tenemos poder legal para firmar y presentar la oferta. Hemos estudiado cuidadosamente los documentos del proceso de selección, encontrándolos correctos. En consecuencia, renunciamos a cualquier reclamación por desconocimiento o errónea interpretación de los mismos. Hemos analizado la descripción de los riesgos que el Banco de Occidente S.A ha señalado en los términos de referencia. Hemos revisado detenidamente nuestra oferta, la cual adjuntamos y declaramos que no contiene ningún error u omisión. 40

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Los Directores, Administradores, Representantes Legales y la firma que representamos no estamos impedidos por causa de inhabilidades y/o incompatibilidades contempladas en la ley, en especial las descritas en el artículo 77 del decreto 663 de 1993 Estatuto Orgánico del Sistema Financiero Colombiano.  En la eventualidad que nos sea adjudicada la contratación prevista en el proceso de Selección en referencia, nos comprometemos a realizarla de acuerdo con los términos y condiciones correspondientes fijados por Banco de Occidente S.A  Autorizamos a Banco de Occidente S.A para verificar toda la información consignada en nuestra oferta y para obtener referencias sobre el manejo y cumplimiento de nuestras obligaciones. Autorizamos a Banco de Occidente S.A para consultar las centrales de riesgos como Data crédito y Asobancaria, con el fin de verificar nuestra moralidad comercial.

Atentamente,

_________________ Representante Legal Compañía Aseguradora

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