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RESPUESTAS PREGUNTAS ASEGURADORAS LICITACION VIVIENDA SEGUROS DEL ESTADO NUMERAL 2.1, REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD LITERAL I, CERTIFICACIÓN DE EXPERIENCIA: Con el fin de garantizar la pluralidad de oferentes, solicitamos se revise la posibilidad de aceptar la acreditación de experiencia de un mínimo de 10.000 deudores asegurados por lo menos durante dos (2) años, dentro del periodo comprendido entre el 2010 y el 2015. R/ No aceptado, la experiencia debe ser de 10.000 deudores por cada año no es acumulable en los tres años, pueden acreditarlo en el periodo de 5 años 2010 al 2015. Así mismo solicitamos que tanto el valor de primas como la siniestralidad se permitan acreditar mediante relación firmada por el representante legal de la compañía de seguros bajo gravedad de juramento. R/ Aceptado. LITERALES J, y L: Teniendo en cuenta que los documentos requeridos en estos literales hacen referencia a las etapas de presentación de posturas y adjudicación, respetuosamente solicitamos se sirvan aclarar que no son necesarios dentro de los requisitos de admisibilidad que deben entregarse el próximo 26 de agosto. R/ El literal J se debe adjuntar como documento requisito de admisibilidad (slip de la póliza de seguros); para el literal L, corresponde a documento que debe diligenciar únicamente la compañía aseguradora selecciona para este programa. NUMERAL 2.2, REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES: LITERAL F: Teniendo en cuenta que el documento carta de compromiso hace referencia a un documento que hace parte de la etapa de entrega de posturas, respetuosamente solicitamos se aclare que no es necesario aportar este documento dentro de los requisitos de admisibilidad que deben entregarse el próximo 26 de agosto.
R/ Debe diligenciar la carta de compromiso que no modificarán las tasas que presentarán en la propuesta de la oferta. (Esta carta compromiso no debe llevar la tasa de oferta).
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD: Respetuosamente solicitamos se precise si los únicos documentos que deben aportarse en la etapa de entrega de requisitos de admisibilidad son los establecidos en los numerales 2.1 y 2.2, del capítulo 2 del pliego de condiciones R/ Los documentos que deben presentar para los requisitos de admisibilidad son todos los enunciados en el capítulo 2, teniendo en cuenta que deben leer y estar de acuerdo con los numerales relacionados.
SEGUROS DEL ESTADO – INCENDIO Y TERREMOTO
NUMERAL 2.1, REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD LITERAL H: NIVEL DE ENDEUDAMIENTO: En razón a que la contabilidad de seguros es una de las contabilidades especiales, donde entran factores que requieren manejo particular como las reservas “Técnicas y Matemáticas”, se tiene que estas aun cuando se llevan al pasivo, no constituyen deudas con terceros, sino provisiones de desviación de siniestralidad y reservas para riesgos en curso entre otros. Por lo anterior, respetuosamente solicitamos se sirvan precisar que el nivel de endeudamiento requerido, excluye del pasivo total el valor de la Reservas, que por disposición de la Superintendencia Financiera se contabilizan bajo la cuenta 2630 del PUC, al realizar este cálculo se podrá observar el cambio radical que tiene este índice, mostrando la real situación de la aseguradora. Por lo anterior sugerimos, se establezca la fórmula para calcular el Nivel de Endeudamiento de la siguiente manera: Nivel de Endeudamiento (RE) = Pasivo Total – Reservas ≤ 30% Activo Total De no ser tenida en cuenta esta nueva fórmula, solicitamos se acepte un nivel de endeudamiento menor o igual al 86% (0.86), con lo cual se garantizará la pluralidad de oferentes.
R/ No aceptada la formula, pero se acepta el nivel de endeudamiento del 86%
LITERAL I, CERTIFICACIÓN DE EXPERIENCIA: Con el fin de garantizar la pluralidad de oferentes, solicitamos se revise la posibilidad de aceptar la acreditación de experiencia de la siguiente manera: Certificación de experiencia firmada por el representante legal de las aseguradoras interesadas, la cual se entiende bajo gravedad de juramento, donde acrediten su experiencia en programas similares a los que son objeto de la presente licitación, donde confirmen que han mantenido contratos de seguros similares con un mínimo de 9.000 riesgos asegurados en seguro de incendio y terremoto correspondientes a un mismo cliente y en sumatoria de varias vigencias técnicas. Se aceptará riesgos asegurados en el periodo comprendido entre el año 2010 y 2015 y se deberá relacionar el valor de primas y siniestralidad por cada año certificado. R/ Se acepta la experiencia firmada por el representante Legal, teniendo en cuenta que el Banco puede solicitar posteriormente las certificaciones firmadas por los clientes. Con respecto al número de bienes asegurados debe ser como mínimo de 10.000 riesgos asegurados, los cuales pueden ser en varios clientes , programa por año dentro del periodo de 2010- 2015.
LITERALES J, y L: Teniendo en cuenta que los documentos requeridos en estos literales hacen referencia a las etapas de presentación de posturas y adjudicación, respetuosamente solicitamos se sirvan aclarar que no son necesarios dentro de los requisitos de admisibilidad que deben entregarse el próximo 26 de agosto. R/ El literal J se debe adjuntar como documento requisito de admisibilidad (slip de la póliza de seguros); para el literal L, corresponde a documento que debe diligenciar únicamente la compañía aseguradora selecciona para este programa.
NUMERAL 2.2, REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES: LITERAL F:
Teniendo en cuenta que el documento carta de compromiso hace referencia a un documento que hace parte de la etapa de entrega de posturas, respetuosamente solicitamos se aclare que no es necesario aportar este documento dentro de los requisitos de admisibilidad que deben entregarse el próximo 26 de agosto. R/ Debe diligenciar la carta de compromiso que no modificarán las tasas que presentarán en la propuesta de la oferta. (Esta carta compromiso no debe llevar la tasa de oferta). REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD: Respetuosamente solicitamos se precise si los únicos documentos que deben aportarse en la etapa de entrega de requisitos de admisibilidad son los establecidos en los numerales 2.1 y 2.2, del capítulo 2 del pliego de condiciones. R/ Los documentos que deben presentar para los requisitos de admisibilidad son todos los enunciados en el capítulo 2, teniendo en cuenta que deben leer y estar de acuerdo con los numerales relacionados.
ASEGURADORA SOLIDARIA – INCENDIO
CAPÍTULO I NUMERAL 1.2 PARTICIPANTES: Solicitamos indicar en qué momento se debe notificar si estamos interesados en presentar oferta en Coaseguro. (Antes o después de presentar los Requisitos de Admisibilidad) R/Deben informar en la presentación de los requisitos de admisibilidad la oferta en coaseguro y las empresas participantes en coaseguro deben cumplir igualmente con los requisitos de admisibilidad.
CAPITULO II REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD NUMERAL 2.1 REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD LITERAL A Y F Solicitamos nos envíen en formato Word la carta de presentación y el documento de confidencialidad para su respectivo diligenciamiento. R/ Enviaremos el formato de la carta en Word, el informe de confidencialidad ya lo firmaron cuando retiraron el pliego de requisitos de admisibilidad.
LITERAL D Solicitamos indicar que se acepta la certificación de calificación de fortaleza financiera igual o superior a “A” otorgada por una sociedad calificadora de riesgo vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia. R/Aceptada, el literal solicita que sea certificada por una sociedad vigilada por la Superintendencia Financiera. LITERAL E Solicitamos indiquen que la garantía de la seriedad de la oferta se realice con la entrega de las condiciones el 16 de septiembre, ya que no conocemos las condiciones técnicas del negocio. R/ Aceptado. LITERAL I Entendemos que el número de asegurados es de 10.000 por año solicitado. Agradecemos aclarar si esta certificación es entregada por el cliente o firmada por el Representante Legal. R/ lo ideal es que sea certificada por los clientes, sin embargo puede ser certificada por el Representante Legal, pero el Banco posteriormente puede solicitar las certificaciones de los clientes. LITERAL J Solicitamos aclarar a que se refiere la propuesta de seguros (slip) que se debe entregar junto con los Requisitos de Admisibilidad. R/ Se refiere a la presentación de todo el slip de amparo condiciones, caratulas y pólizas sin la presentación de la tasa. LITRAL K Solicitamos indicar a que tipos de anexo o documentos se refieren cuando indican relacionar en lista y si esto se debe o no adjuntar. R/Los anexos que puedan relacionar con documentos o información que ustedes consideren que pueden aportar a los requisitos de admisibilidad o de información de la Empresa. LITERAL L Solicitamos que el anexo 3 Registro de proveedores se entregue en formato legible y que este se entregue con las condiciones el 16 de septiembre. R/ El anexo 3 es informativo para todas las compañías, debe diligenciarlo la compañía o compañías de seguros que sean seleccionadas para el desarrollo de estos programas.
NUMERAL 2.2 REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES Solicitamos indicar en qué momento se deben entregar estos documentos. R/ Deben presentarlos en la presentación de los requisitos de admisibilidad. LITERAL C Solicitamos se acepte la certificación de reaseguradores indicando el respaldo y tipo de contrato de reaseguro con el cual se respaldan los seguros de incendio y terremoto para los créditos de vivienda y leasing habitacional firmada por el Representante Legal del oferente certificando dicha información. R/ Aceptada la relación con la certificación del representante legal, sin embargo el Banco puede solicitar la certificación expedida por el reasegurador.
NUMERAL 2.3 MODELO OPERATIVO LITERAL D Solicitamos eliminar este literal, teniendo en cuenta que la cláusula tercera del segundo párrafo de la circular externa 022 del 2014 de la Superfinanciera, ya que como allí se precisa quien tiene la obligación de remitir la información básica acerca de los seguros es la Institución Financiera. R/ No aceptada, es cierto que la información la debe suministrar el Banco, pero la parte operativa de administración, pago de siniestros, pago de los recaudos, respuestas a inquietudes de los clientes y demás debe la compañía presentar su modelo de operación. NUMERAL 2.4 CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS SEGUROS Solicitamos precisar que de acuerdo con los amparos y deducibles relacionados en estas condiciones, estas son susceptibles de aclaración o modificación. Lo anterior, teniendo en cuenta lo estipulado en el CAPÍTULO VI – No. 6 CONDICIONES DE CONTRATACIÓN párrafo primero. “Las Compañías aseguradoras participantes deberán especificar aquellas condiciones particulares, clausulas adicionales y demás, solicitadas en el pliego que no son aceptadas total o parcialmente.” R/ Las condiciones de las pólizas son las aprobadas por la Superintendencia, los amparos y deducibles son modificables de acuerdo a la conveniencia de los clientes.
CAPÍTULO V 5. CONDICIONES DE CONTRATACIÓN 5.4 TRÁMITE DE PÓLIZAS ENDOSADAS
Solicitamos revisar el planteamiento de asumir el análisis de endosadas de otras compañías, toda vez que esto no corresponde al ejercicio de la Aseguradora. R/ La solicitud del funcionario de la compañía de seguros en sus funciones de administración y el control de las pólizas que respaldan las garantías de los créditos, deben ser revisadas para que cumplan como mínimo las condiciones contratadas en esta licitación, en cumplimiento de las solicitudes de la Superintendencia Financiera con la posibilidad de que el cliente presenta la póliza con la compañía que más le interese.
ASEGURADORA PREVISORA – INCENDIO 1. Respecto del Capítulo II REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD numeral 2.1 literal b) “… Certificado de existencia y representación legal, expedido por la superintendencia Financiera de Colombia, con una vigencia no superior a 30 días, de una o de las compañías que participen en coaseguro La duración de la sociedad no debe ser inferior al termino de duración del seguro ofrecido y (1) un año adicional” De manera respetuosa y atenta nos permitimos informarles que en virtud de lo dispuesto en la CIRCULAR EXTERNA 007 del 7 de octubre de 2013, con relación a “La duración de la sociedad” emanada a la Superintendencia de Industria y Comercio que es la entidad competente para certificar dicha información, lo debe acreditar La Cámara de Comercio. Por lo anterior solicitamos que sea validado lo relacionado con lo expuesto anteriormente. R/ Se autoriza la presentación del certificado Cámara de Comercio, para la compañía o compañías en coaseguro. 2. Respecto del Capítulo II REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD numeral 2.1 literal e) “…Presentar la garantía de seriedad de la oferta, conforme lo estipulado en el numeral 1.7 del capítulo I ….)” Solicitamos gentilmente a la entidad aclarar por qué se toma como base de valor asegurado el monto de $1.000.000.000, ya que lo acostumbrado que se exige para este tipo de garantías es un porcentaje derivado del valor total del contrato con la generalidad que no supera el 15% del mismo. R/ La seriedad de oferta se determinó en $ 1.000.000.000 por el análisis realizado en riesgo para el Banco volver a licitar esta póliza. 3. Respecto del Capítulo II REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD numeral 2.1 literal i) “… Certificación de experiencia de las aseguradoras donde acrediten su experiencia en programas similares a los que son objeto de la presente licitación, donde confirmen que han mantenido contratos de seguros
similares con un mínimo de 10.000 pólizas de seguro de incendio y terremoto por lo menos tres (3) años dentro del periodo comprendido entre 2010 y 2015, relacionar el valor de las primas y siniestralidad por cada año certificado….)” Solicitamos a la entidad permitir para la acreditación de experiencia relación suscrita por el representante legal de mínimo un programa de seguros en la que se acredite la póliza de incendio y terremoto, que cada cliente contenga un mínimo de 10.000 asegurados, y que las vigencias de estas pólizas estén comprendidas dentro los últimos cinco años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso. (1 de enero de 2010 a 31 de diciembre de 2015). La experiencia en siniestros se acredite mediante relación suscrita por el representante legal, de siniestros ocurridos e indemnizados en los últimos cinco años anteriores a la fecha de cierre del proceso. R/ Aceptado la presentación en relación certificada por el representante Legal de la Compañía, sin embargo el Banco puede solicitar posteriormente la certificación de los clientes suministrados en la relación. 4. Respecto del Capítulo II REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD literal j)” Propuesta de seguros (Slip) de acuerdo con lo requerido en el presente documento.” Se solicita a la entidad respetuosamente eliminar este ítem teniendo en cuenta que este documento hace parte de la presentación de la oferta final, y solo se tendría claridad del mismo con la entrega de la información necesaria para la presentación de la postura a las aseguradoras calificadas para que se continúe con el proceso el cual se llevará a cabo según cronograma el próximo 16 de Septiembre de 2016. R/ No aceptado, deben presentar el slip de los seguros con los requisitos de admisibilidad sin presentación en este slip de la tasa de postura que esta si debe ser presentada el 16 de Septiembre. 5. Respecto del Capítulo II REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES numeral 2.1 literal l) ANEXO 3 DOCUMENTOS PARA EL REGISTRO DE PROVEEDORES: Respetuosamente solicitamos a la entidad publicar el anexo en mención, en la página de la entidad en formato Excel o PDF, en el que se pueda diligenciar. R/ El anexo 3 es informativo para todas las compañías, debe diligenciarlo la compañía o compañías de seguros que sean seleccionadas para el desarrollo de estos programas.
6. Respecto del Capítulo II REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES numeral 2.2 literal c) “…Certificación de respaldo del reasegurador, indicando el porcentaje del respaldo y tipo de contrato de reaseguro con el cual respaldan los seguros de incendio y terremoto para los créditos de Vivienda y Leasing Habitacional ” Se solicita a la entidad respetuosamente eliminar esta condición. R/ No aceptada. 7. Respecto al numeral 2.4 CONDICIONES TECNICAS DE LOS SEGUROS literal b) “… El grupo asegurado lo constituyen todos los bienes inmuebles de propiedad del asegurado o por los que tenga interés asegurable, con crédito de vivienda o de Leasing Habitacional, de acuerdo con el siguiente conceptos….Ítem b) Renuncia a la aplicación de infraseguro, Renuncia a la aplicación de supraseguro Se solicita a la entidad muy amablemente se aclarare el motivo de esta solicitud, indicar cómo se puede soportar que los valores sean acordes al valor asegurable teniendo en cuenta el principio indemnizatorio del seguro. R/El Banco actualizará el valor asegurable del bien de acuerdo con lo estipulado por Ley, motivo por el cual se solicitar renunciar a la aplicación de infra seguro o supra seguro. 8. Respecto al numeral 2.4 CONDICIONES TECNICAS DE LOS SEGUROS literal c) “… Contenidos: La aseguradora aceptara la inclusión de los contenidos de la vivienda cuando el cliente así lo requiera, no es obligatorio y es de voluntad del cliente; por lo tanto en el diseño de la caratula debe quedar un ítem para la inclusión de los contenidos con la misma tasa de la prima propuesta” Se solicita a la entidad muy amablemente se aclarare que esta solicitud sea para los mismos amparos básicos de incendio, terremoto y no incluya en aseguramientos de amparos adicionales. R/ Los contenidos se ampararán con los básicos de incendio y terremoto. ASEGURADORA PREVISORA – VIDA 1. Respecto del Capítulo II REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD numeral 2.1 literal b) “… Certificado de existencia y representación legal, expedido por la superintendencia Financiera de Colombia, con una vigencia no superior a 30 días, de una o de las compañías que participen en coaseguro. La sociedad
no debe ser inferior al termino de duración del seguro ofrecido y (1) un año adicional” amablemente solicitamos a la Entidad aclarar: De manera respetuosa y atenta nos permitimos informarles que en virtud de lo dispuesto en la CIRCULAR EXTERNA 007 del 7 de octubre de 2013, con relación a “La duración de la sociedad” emanada a la Superintendencia de Industria y Comercio que es la entidad competente para certificar dicha información, lo debe acreditar La Cámara de Comercio. Por lo anterior solicitamos que sea validado lo relacionado con lo expuesto anteriormente. R/ Se autoriza la presentación del certificado Cámara de Comercio, para la compañía o compañías en coaseguro. 2. Respecto del Capítulo II REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD numeral 2.1 literal e) “…Presentar la garantía de seriedad de la oferta, conforme lo estipulado en el numeral 1.7 del capítulo I ….)” Solicitamos gentilmente a la entidad aclarar por qué se toma como base de valor asegurado el monto de $1.000.000.000, ya que lo acostumbrado que se exige para este tipo de garantías es un porcentaje derivado del valor total del contrato con la generalidad que no supera el 15% del mismo. R/ La seriedad de oferta se determinó en $ 1.000.000.000 por el análisis realizado en riesgo para el Banco volver a licitar esta póliza.
3. Respecto del Capítulo II REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD numeral 2.1 literal i) “…Certificación de experiencia de las aseguradoras donde acrediten su experiencia en programas similares a los que son objeto de la presente licitación, donde confirmen que han mantenido contratos de seguros similares con un mínimo de asegurados de 10.000 deudores por lo menos tres (3) años dentro del periodo comprendido entre 2010 y 2015, relacionar el valor de las primas y siniestralidad por cada año certificado….)” Solicitamos gentilmente a la entidad permitir para la acreditación de experiencia relación suscrita por el representante legal, de mínimo un programa de seguros en la que se acredite la póliza de vida grupo deudores, que cada cliente contenga un mínimo de 10.000 asegurados, y que las vigencias de estas pólizas estén comprendidas dentro los últimos cinco años anteriores a la fecha de cierre del presente proceso. (1 de enero de 2010 a 31 de diciembre de 2015). La experiencia en siniestros se acredite mediante relación suscrita por el representante legal, de siniestros ocurridos e indemnizados en los últimos cinco años anteriores a la fecha de cierre del proceso.
R/ La seriedad de oferta se determinó en $ 1.000.000.000 por el análisis realizado en riesgo para el Banco volver a licitar esta póliza. Adicionalmente La Previsora S.A Cía. de Seguros tiene actualmente suscritas las pólizas de Vida grupo deudores de Chevyplan donde se ampara lo créditos de autos, por lo tanto agradecemos a la entidad nos confirmen si dicha certificación tiene validez para el presente programa de seguros objeto de esta licitación. R/ La certificación de las pólizas suscritas en el programa de Chevyplan son aceptadas.
Por otro lado agradecemos confirmar la antigüedad de las certificaciones. R/ Antigüedad de la certificación no superior a 30 días de expedida.
4. Respecto del Capítulo II REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES numeral 2.1 literal l) ANEXO 3 DOCUMENTOS PARA EL REGISTRO DE PROVEEDORES: Respetuosamente solicitamos a la entidad publicar el anexo en mención, en la página de la entidad en formato Excel o PDF, en el que se pueda diligenciar. R/ El anexo 3 es informativo para todas las compañías, debe diligenciarlo la compañía o compañías de seguros que sean seleccionadas para el desarrollo de estos programas.
5. Respecto del Capítulo II REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES numeral 2.2 literal c) “…Certificación de respaldo del reasegurador, indicando el porcentaje del respaldo y tipo de contrato de reaseguro con el cual respaldan los seguros de vida deudores de cartera para los créditos de vivienda y Leasing Habitacional.” Se solicita a la entidad respetuosamente eliminar esta condición. R/ No aceptada.
6. Respecto al numeral 2.4 CONDICIONES TECNICAS DE LOS SEGUROS literal b) “… Incapacidad Total y permanente. Incluyendo la ocasionada por el asegurado así como el intento de suicidio, homicidio y actos terroristas…” Se solicita a la entidad muy amablemente se elimine el intento de suicidio ya que es un hecho ocasionado por el mismo asegurado.
R/ No aceptada. LIBERTY SEGUROS – VIDA Buen día, adjunto nos permitimos enviar las preguntas existentes referentes a los requisitos de admisibilidad para el proceso de Licitación actual. 1- Solicitamos confirmación de si, en las condiciones actualmente vigentes, tienen la cláusula de ingreso con cero (0) requisitos para créditos hasta $2500 millones. R/ La póliza actual tiene $ 250.millones con 0 requisitos y con formulario y buen estado de salud hasta $ 2.500 Millones. 2- Solicitamos proyección de colocaciones (cantidad y valor) de los próximos 12 meses o entregar esta información de los últimos 12 meses. R/ Esta información se entrega cuando la compañía cumpla con todos los requisitos de admisibilidad, para que pueda presentar la oferta. 3- Solicitamos al Banco aclaración de como es el manejo de los créditos que se paguen anticipadamente, como se reportan y s i vienen como prima anticipada R/ El cobro de la prima es mensual, si el cliente cancela anticipadamente su obligación cesa el cobro de la prima por seguros. 4- Favor confirmar si hay traslado de cartera o solo lo nuevo. R/ Se considera la cartera actual de vivienda e incluye las compras de cartera y los créditos nuevos. 5- Si la respuesta es si la prima es pagada anticipada Tener en cuenta que si las primas no devengadas deben ser tenidas en cuenta para efectuar los cálculos de tarifa, solicitar al Banco el valor de prima no devengada a la fecha. R/Las primas son el resultado del cobro del seguro de vida de los saldo de cartera de vivienda, relación que enviará mensualmente el banco a la Compañía para su respectiva facturación.
ALLIANZ SEGUROS INCENDIO Y TERREMOTO
Observación No. 1. Capitulo 2. Requisitos de Admisibilidad, Literal h. Nivel de Endeudamiento máximo del 85% y Utilidad Neta Positiva al Cierre de 2014 y 2015. Establecen los términos de la presente licitación, acreditar un nivel de endeudamiento máximo del 85% y contar con utilidad neta positiva al cierre de los años 2014 y 2015. Sobre el particular y en directa relación con la aptitud de los oferentes al presente proceso, nos permitimos realizar las siguientes consideraciones: 1. La verificación de indicadores financieros por parte de las Empresas que adelantan procesos de selección, pretenden conocer las condiciones financieras del futuro contratista y establecer por esta vía, unas condiciones mínimas que reflejan la salud financiera de los proponentes. Estas condiciones muestran la aptitud del proponente para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del contrato. Consideramos que la capacidad financiera requerida en un Proceso de Contratación debe ser adecuada y proporcional a la naturaleza y al valor del contrato y estar enmarcada en el sector relativo al objeto del Proceso de Contratación y de los posibles oferentes, determinando la relación de dependencia entre cada indicador y su impacto en la futura ejecución del contrato. R/La compañía de seguros debe cumplir con los indicadores solicitados de acuerdo con la Superintendencia Financiera. 2. Respecto del sector al cual corresponde el presente proceso, es necesario tener en cuenta que el mercado de seguros por disposición del Artículo 150, Numeral 19 de la Constitución Política de Colombia, en concordancia con el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, ha dispuesto que la actividad aseguradora es una actividad regulada por el Estado, estableciendo entre otras y de antemano la regulación vigente para los posibles oferentes, así:
Cualquier persona que desee desarrollar el negocio de los seguros o reaseguros en Colombia debe contar con la autorización previa de la Superintendencia Bancaria de Colombia. (Ver artículos 39 y 108, numeral 3º EOSF). Para desarrollar la actividad aseguradora en Colombia debe constituirse en el país una entidad bajo la forma de sociedad anónima mercantil o asociación cooperativa, una vez obtenida la autorización expresa de la Superintendencia Bancaria de Colombia. Las entidades aseguradoras extranjeras no pueden operar ni contratar directamente seguros en Colombia. Para ello deben constituir una entidad filial en el país de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución y la ley. La aprobación previa de pólizas y tarifas por parte de la Superintendencia Bancaria sólo es necesaria cuando se trata de la autorización inicial a una
entidad aseguradora o de la correspondiente para la explotación de un nuevo ramo. (Ver artículo 184, numeral 1º EOSF) Las entidades aseguradoras deben radicar en la Superintendencia Bancaria el modelo de las pólizas con sus anexos que ofrecen habitualmente al público con antelación a la fecha prevista para iniciar su utilización. Igualmente, cuando se efectúan modificaciones a dichos modelos se debe enviar un ejemplar completo. La Superintendencia Bancaria deposita de manera ordenada por entidad y ramo y en orden cronológico, los modelos pólizas y anexos que se remiten. Las compañías y cooperativas de seguros deben mantener y acreditar ante la Superintendencia Bancaria de Colombia como margen de solvencia, un patrimonio técnico saneado equivalente, como mínimo, a las cuantías que determine el Gobierno Nacional. (Ver artículo 82, numeral 2º EOSF). El margen de solvencia se determina en función del importe anual de las primas o de la carga media de siniestralidad en los tres (3) últimos ejercicios sociales; de entre ellos el valor que resulte más elevado. (Ver numeral 2.1.1, Capitulo 2, Título Sexto de la Circular Jurídica (C.E. 007 DE 1996). El patrimonio técnico saneado computable para estos fines comprende la suma del capital primario y secundario de acuerdo con los rubros del balance determinados en el numeral 2.1.2, Capitulo 2, Título Sexto de la Circular Jurídica (C.E. 007 DE 1996). Las entidades aseguradoras en Colombia deben constituir las siguientes reservas técnicas: (Ver artículo 186 EOSF). a) Reserva de riesgos en curso, que se establece como un valor a deducir del monto de la prima neta retenida con el propósito de proteger la porción del riesgo correspondiente a la prima no devengada. b) Reserva matemática, que se define como la diferencia entre el valor actual del riesgo futuro a cargo del asegurador y el valor actual de las primas netas pagaderas por el tomador; c) Reserva para siniestros pendientes, que tiene como propósito establecer adecuadas cautelas para garantizar el pago de los siniestros ocurridos que no hayan sido cancelados o avisados durante el ejercicio contable. d) Reserva de desviación de siniestralidad, que se establece para cubrir riesgos cuya siniestralidad es poco conocida, altamente fluctuante, cíclica o catastrófica. Sin perjuicio de las reglas particulares de autorización para ciertos ramos, para la autorización de cualquier ramo debe presentarse ante la SBC solicitud de autorización, la cual debe acompañarse de un estudio que sustente la apertura del mismo. R/ En los requisitos de admisibilidad debe cumplir con la certificación de autorización de comercialización del ramo, mediante la certificación expedida por la Superintendencia Financiera.
3. Sobre el particular, los procesos de selección deben ajustarse al mercado en el cual se desempeñan los posibles oferentes, razón por la cual y para el presente
proceso, adquiere especial importancia las consideraciones que en su momento tuvo el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para promulgar en agosto de 2010 el Decreto 2954 de 2010 en el cual se establecen entre otros aspectos, el Patrimonio Técnico adecuado como elemento de verificación de la solvencia financiera de los aseguradores. “El patrimonio adecuado de una compañía de seguros se establece con el fin de que ésta cuente con los recursos suficientes para hacer frente a sucesos inesperados sin poner en riesgo su estabilidad o solidez. Por consiguiente, su forma de cálculo es de vital importancia tanto para el regulador como para la industria.” (fuente Fasecolda) Así las cosas y considerando el contenido de la norma citada y emitida por el Ministerio de Hacienda, claramente nos encontramos ante un sector que difiere de los demás de la economía y que en razón a su especialidad y particularidad, no solo es objeto de vigilancia permanente por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia, sino que la medición del mismo debe hacerse sobre aspectos financieros especiales y particulares como los establecidos en el Decreto 2954 de 2010. R/ En los requisitos de admisibilidad debe cumplir con la certificación de autorización de comercialización del ramo, mediante la certificación expedida por la Superintendencia Financiera. 4. En el caso particular de Allianz Seguros S.A., y no obstante el resultado financiero que afecto la utilidad operacional para los años 2014 y 2015, nuestra calificadora de riesgo, FitchRatings, mantiene una calificación para nuestra organización como de AAA, siendo la más alta de su rango de evaluación, razón para considerar que contamos con toda la de la capacidad para cumplir con un contrato como el que se pretende adjudicar. R/ Adjuntar la certificación expedida y solicitada en el pliego de admisibilidad.
En este aspecto, resaltamos como aseguradoras con indicadores positivos, cuentan con calificación inferior a la nuestra, como se evidencia en este detalle:
5. consideramos procedente y de total aplicabilidad para el presente proceso las condiciones de verificación de los aspectos financieros, utilizada por la Superintendencia Financiera para la contratación de su programa de seguros, para lo cual, sugerimos revisar dicho proceso en el siguiente link; - Superintendencia Financiera de Colombia – Año 2015 https://www.contratos.gov.co/consultas/detalleProceso.do?numConstancia= 15-1-148221 Este proceso indica valiosas consideraciones que la Superintendencia Financiera realiza, como ente supervisor del sector aseguradora, para asignar los indicadores establecidos en su proceso de selección. R/ Relacionar los indicadores financieros de acuerdo con lo estipulados por la Superintendencia Financiera. 6. Finalmente hacemos referencia a lo expuesto por la Superintendencia Financiera sobre el respaldo financiero de las aseguradoras sobre las obligaciones contraídas con sus asegurados, aspecto que se materializa en el régimen de reservas requerido, así:
“1. MARCO TEÓRICO DE LAS RESERVAS TÉCNICAS11 Las reservas técnicas son los recursos que destina una compañía de seguros para respaldar las obligaciones que ha contraído con sus asegurados. El régimen de reservas técnicas es el conjunto de normas prudenciales establecidas por el regulador con el propósito de fijar las directrices que deben seguir las aseguradoras para estimar adecuadamente dichas obligaciones. Las compañías de seguros deben identificar y cuantificar cuáles son las obligaciones derivadas de los contratos de seguros que suscriben y deben asignar las partidas necesarias para garantizar el pago o reconocimiento futuro de esas obligaciones. Desde el punto de vista contable, las reservas técnicas representan el compromiso que mantiene la aseguradora hacia su masa de asegurados.”
Por lo anteriormente expuesto, y acorde con el resultado técnico y los indicadores del mercado asegurador para el año 2015 para varias de las más importantes aseguradoras del mercado, las cuales nos hemos visto afectadas por el resultado técnico negativo, principalmente por temas de siniestralidad, respetuosamente solicitamos ajustar los siguientes indicadores financieros, así: - Capitulo 2. Requisitos de Admisibilidad, Literal h. Nivel de Endeudamiento máximo del 88% R/ Nivel de endeudamiento máximo es modificado al 86% menor o igual a este porcentaje. - Eliminar el requisito del Literal h. Utilidad Neta Positiva al cierre de diciembre de 2014 y 2015. R/No aceptado. Esta modificación no representa riesgos respecto de la futura ejecución del contrato, ratificando que para este tipo de contratos, la estabilidad y seguridad financiera del mismo, no está dada por la rentabilidad del activo o del patrimonio, sino por el régimen de reservas técnicas establecidas por el Gobierno Nacional y particularmente por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Observación No. 2. Siniestralidad Programa de Seguros Agradecemos a la entidad suministrar la siniestralidad de los últimos tres en lo posible en formato Excel, indicando en dicha relación: - Fecha del Reclamo
- Fecha de Indemnización - Monto Reclamado - Monto Indemnizado - Estado Actual (pagado, autorizado, en reserva. objetado) R/ Esta información será entregada a las compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad. OBSERVACIONES TÊCNICAS Después de realizar la revisión a las condiciones técnicas solicitadas, encontraran en los siguientes numerales nuestras observaciones: 1. Solicitamos al Banco, especialmente, se indique cual es la ubicación (dirección, ciudad, departamento o coordenadas geográficas) de cada uno de los predios a asegurar ya que se requiera para realizar un buen análisis técnico y de suscripción y nos permite conocer si requerimos alguna colocación facultativa e informar la modalidad de aseguramiento a valor comercial o a valor de reconstrucción. En ningún caso puede ser a valor de deuda. R/ información que será entregada a las compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad, para la presentación de la oferta. 2. Es viable la adjudicación parcial del grupo, es decir, sólo el seguro de Incendio sin el seguro de Vida deudor. R/ La asignación es independiente para vida y para el grupo de incendio y terremoto, pueden salir dos compañías o una sola de acuerdo con la oferta que presenten. 3. Se solicita la disminución de la cláusula de amparo automático hasta $1.000.000.000. R/ No aceptada la modificación, se encuentra actualmente en las condiciones de la póliza. 4. Renuncia a la aplicación de Infraseguro. Se solicita se establezca para esta cobertura, siempre y cuando la diferencia del valor asegurado y asegurable no supere el 10% R/ Las actualizaciones de los valores los suministra el Banco de acuerdo con la ley o con los valores de los avalúos, no se debe aplicar infra seguro o supra seguro. 5. Renuncia a la aplicación de Supraseguro. Se solicita se establezca para esta cobertura, siempre y cuando la diferencia del valor asegurado y asegurable no supere el 10%
6. R/ Las actualizaciones de los valores los suministra el Banco de acuerdo con la ley o con los valores de los avalúos, no se debe aplicar infra seguro o supra seguro. 7. Se solicita modificación del deducible para terremoto del 2% del valor de la pérdida mínimo 2 SMMLV para que quede en el 2% del valor asegurable del ítem afectado mínimo 2 SMMLV. R/ No aceptado. 8. Se solicita la eliminación del cobro por la gestión de recaudo de las primas de seguros de los créditos de vivienda y leasing habitacional. R/ No aceptado. 9. Se solicita ampliación de presentación de informes mensuales a 10 días hábiles R/ No aceptado 10. Solicitamos al Banco nos confirme cuales son los impuestos, tasas, derechos y similares que se deriven del contrato y que deben ser asumidos por la aseguradora. R/Los que ordene la Ley como el caso del IVA, por la gestión de recaudo. 11. Ampliación aviso de siniestro. se otorgaría hasta 30 días exceptuando AMIT, el cual debe quedar en 10 días. Lo anterior teniendo en cuenta que para los eventos de AMIT es rápidamente identificable la ocurrencia. R/ No aceptado. 12. Agradecemos nos confirmen cuál es el Valor de las primas anuales sin IVA R/ Información para las compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad. 13. Se solicita adjuntar la siniestralidad para cada póliza incluyendo el detalle del amparo afectado en cada evento, con fecha de ocurrencia y pago, valor indemnizado y reservas, si las hay. R/Información que se suministrará a las compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad.
ASEGURADORA QBE
PREGUNTAS PLIEGO DE CONDICIONES LICITACION PUBLICA No. 01 y 02 de 2016 SEGURO DE VIDA DEUDORES - INCENDIO Y TERREMOTO 1. NUMERAL 1.5 CRONOGRAMA solicitamos amablemente nos otorguen prórroga para la entrega de los requisitos de admisibilidad a cinco (05) días siguientes. R/ No aceptado. 2. NUMERAL 1.7 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA solicitamos amablemente disminuir el valor de la garantía y de la póliza de cumplimiento para cada ramo a la suma de $ 600.000.000. R/ No aceptado 3. NUMERAL 2.1 REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ítem H, agradecemos eliminar esta condición relacionada con la Utilidad neta positiva al cierre de diciembre de 2014 y diciembre del 2015, toda vez que este indicador no mide la solvencia de la Compañía. R/ No aceptada. 4. NUMERAL 2.1 REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ítem I, solicitamos para la certificación de experiencia de Vida deudores disminuir el número de asegurados de 10.000 a 5.000 al igual que para la certificación de incendio y terremoto disminuir el número de pólizas de 10.000 a 5.000 y aclarar si pueden ser emitidas por el oferente con la firma del Representante Legal. R/ No aceptada. 5. NUMERAL 2.2 REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES ítem C solicitamos que la certificación de respaldo del Reasegurador sea expedida y firmada por el representante legal de la aseguradora proponente, dicha información puede ser validada por su apreciada entidad en el REACOEX publicado por la Superintendencia Financiera de Colombia en su página Web. R/Aceptada la relación certificada por el Representante Legal de la Compañías, sin embargo el Banco puede solicitar posteriormente las certificaciones firmadas por los clientes.
6. NUMERAL 2.2 REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ADICIONALES ítem G agradecemos modificar esta certificación por una que acredite el cumplimiento e implementación del Sistema de Administración del Riesgo del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo “SARLAFT” R/ No aceptada 7. NUMERAL 2.3 MODELO OPERATIVO ítem B agradecemos aclarar si la persona que solicitan para apoyar la administración y gestión técnica operativa es una por cada ramo o una misma persona puede manejar los dos ramos. R/ El funcionario puede ser una sola persona para los dos ramos, pero se requiere el apoyo desde la oficina central de la compañía por parte del área operativa. 8. NUMERAL 2.4 CONDICIONES agradecemos aclarar lo siguiente:
TECNICAS
DE
LOS
SEGUROS
a. Aclarar si esta licitación se puede presentar de forma parcial. R/ No aceptada b. La tasa única con cuantos decimales se debe presentar. R/ Tasa con dos decimales. c. El Banco remitirá la relación de los asegurados cada mes por cada una de las carteras. R/ Si el Banco entregará la relación en forma mensual. d. Agradecemos remitir el detalle de siniestros (pagados y pendientes) por cada cartera objeto del presente proceso de los últimos cinco años indicando fechas de ocurrencia y aviso, causa, amparo afectado y monto indemnizado. R/ Información que suministrará a las compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad. e. Favor suministrarnos el detalle de fecha de nacimiento, valor asegurado, condiciones médicas (si tienen Extraprimas), cartera a la cual pertenecen los riesgos que tengan valor asegurado superior a 250 millones de pesos. R/ Información que suministrará a las compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad.
f. Amparo Automático: Amablemente solicitamos disminuir los límites de amparo automático cobertura especial ya que los indicados son considerablemente altos y es importante para la aseguradora conocer el estado de salud de aquellas personas con un valor asegurado representativo; sugerimos ajustar a por lo menos la mitad de los indicados. R/ No aceptado. g. Edad Máxima De Ingreso: Solicitamos considerar la posibilidad de limitar la edad máxima de ingreso de los asegurados a 62 años. R/ No aceptado. h. Favor remitir la relación mensual de expuestos durante los últimos cinco años (cantidad y monto asegurado global) de cada una de las carteras objeto del presente proceso. R/ Información que suministrará a las compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad i.
Agradecemos suministrar la proyección de créditos durante los siguientes veinticuatro (24) meses (vigentes más nuevas colocaciones), indicando cantidad, monto total de saldos a cierre de cada mes y valor promedio. R/ Información que suministrará a las compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad
j.
Agradecemos suministrar la proyección R/ Información que suministrará a las compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad
k. Favor informar si el Banco traslada las primas por aquellos créditos que aún no han sido desembolsados pero se encuentran asegurados de acuerdo con la definición de Vigencia de Cobertura y cuánto tiempo promedio tarda estos créditos en que sean desembolsado? Hay estadísticas de estos créditos, números de créditos y valores. R/ No traslada primas por estos días, se traslada las primas desde la fecha de desembolso, sin embargo el tiempo es el promedio que se causa en el Registro de la escritura con la Hipoteca a favor del Banco.
l.
Agradecemos remitir la relación de cada uno de los riesgos de vivienda y Leasing habitacional indicando el valor por riesgo y su ubicación. R/ Información que suministrará a las compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad.
m. Favor confirmar si para las pólizas de Incendio se puede sublimitar los amparos y si hay deducibles mínimos. R/ No aceptado. 9. NUMERAL 2.6 VIGENCIA DE LOS CONTRATOS DE SEGUROS solicitamos amablemente que la vigencia de la licitación sea por un año renovable con revisión de términos. R/ Vigencia por dos años. 10. NUMERAL 5.8 CONDICIONES PARA EL MANEJO DE SINIESTROS solicitamos amablemente que el pago de los siniestros se realicen mediante transferencia electrónica de nuestra cuenta a la indicada por el Banco. R/ Los Bancos no tenemos cuenta para transferencia de valores, pero se solicita abrir cuenta con el Banco para que la compañía autorice el débito por el valor de los siniestros. 11. Con relación a los anexos 2.A, 2.B y 3.C del ramo de Vida y A, B y C del ramo de Incendio favor indicar a que corresponden y si se deben entregar diligenciados. R/Información que debe diligenciar la compañía de seguros a la cual le fue adjudicada este programa de seguros y corresponden a información y tiempos de conservación y borrado de la información. R/ 12. Agradecemos remitir el Slip y los anexos en formato Word o Excel. R/Deben enviarlos como documentos adjuntos a la presentación de los requisitos de admisibilidad. 13. Por último, favor indicar la ruta de acceso en internet donde esta publicados todos los documentos relacionados con la presente licitación. R/ Pagina Web del Banco – seguros.
SEGUROS POSITIVA
En representación de Positiva Compañía de Seguros S.A., identificada con NIT 860.011.153-6 y atendiendo el cronograma del proceso licitatorio de la referencia, presentamos las siguientes observaciones a los requisitos de admisibilidad:
Participación en la modalidad de coaseguro.
Frente a la evaluación de los indicadores financieros contenidos en los requisitos de admisibilidad (Literales g.) y h.) del numeral 2.1), en caso de participar bajo la figura de coaseguro, para mayor caridad y objetividad al momento de evaluar, solicitamos indicar que en caso de coaseguro se sumarán las partidas contables de cada aseguradora y promediarán cada indicador financiero. Ejemplo: Proponente A tiene un índice de endeudamiento de 1 Proponente B tiene un índice de endeudamiento de 1.2 Resultado total del índice de patrimonio del coaseguro es= (1+1.2)/2= 1.1 es decir que cumplen con el índice O en su defecto aceptar que como mínimo la compañía líder del coaseguro cumpla con todos los indicadores financieros. R/ No son acumulados por las compañías en coaseguro, los indicadores se deben presentar en forma independiente para cada compañía en coaseguro.
Numeral 2.1. Requisitos de Admisibilidad- literal d).
Amablemente solicitamos aclarar que la certificación requerida corresponde a certificación sobre fortaleza financiera y no riesgo crediticio, evento aclarado en las circulares externas 022 y 029 de 2014 emitidas por la Superintendencia Financiera de Colombia. R/ Aceptado.
Numeral 2.1. Requisitos de Admisibilidad- literal g) Financieros 2014, 2015.
Estados
Amablemente solicitamos exigir tan sólo los estados financieros del año 2015, teniendo en cuenta que estos miden el real y actual estado de la compañía, en últimas los estados financieros del año 2015, vienen comparados con los del año 2014, y máxime que en los periodos anteriores la turbulencia económica afectó a varias compañías aseguradoras. R/No aceptado deben presentar los estados financieros para los dos años.
Numeral 2.1. Requisitos de Admisibilidad- literal margen de solvencia:
h)
certificación
Teniendo en cuenta que el margen de solvencia para las compañías aseguradoras se encuentra condensado dentro del formato 480 el cual es trasmitido a la Superintendencia Financiera por todas las compañías de seguros y éste trata sobre el patrimonio técnico vs el patrimonio adecuado, solicitamos confirmar que dicho formato puede ser presentado por las aseguradoras para cumplir con los requerido en este numeral y con ello estandarizar el lenguaje de la acreditación de esta certificación. R/ Aceptado.
Numeral 2.1. Requisitos de Admisibilidad- literal h) nivel de endeudamiento - Utilidad Neta:
Amablemente solicitamos que el nivel de endeudamiento y de utilidad neta, sea exigido con exclusividad al año 2015. Lo anterior dado que estos requisitos de carácter financiero no son requisitos objetivos para la selección del asegurador en virtud de lo establecido por el numeral 2.1.1 de la Circular Externa 022 de 2014 de fecha 30 de julio, expedida por la Superintendencia Financiera, que indica que los requisitos de admisibilidad deben ser aquellos que con exclusividad se asocien a la materialidad y riesgo implícito de la cartera sujeta a aseguramiento, mas no de aquellos asociados a si la compañía aseguradora tuvo o no utilidad, o rentabilidad, además de ser un indicador que depende de las estructura fluctuante del sector financiero, restringiendo de manera involuntaria la garantía de la más amplia y nutrida concurrencia de participantes. Además solicitar el nivel de endeudamiento y de utilidad de los dos últimos años, resulta innecesario, en virtud de las siguientes garantías legales y contractuales para dar por terminado el contrato de seguro:
El artículo 2.36.2.2.7 del Decreto 673 de 2014, determina las sanciones cuando el patrimonio técnico de la aseguradora cae por debajo de los niveles mínimos legales exigidos por la Superintendencia Financiera de Colombia. La entidad financiera posee la facultad por ley de revocar el seguro en tiempos y condiciones que no afectan al asegurado. En el presente proceso de selección se exige el respaldo de firmas reaseguradoras. El requisito de Resultado de utilidad neta, y de endeudamiento son cifras de público conocimiento que podría derivar en desigualdades. Resulta más adecuado para la entidad la exigencia de criterios de liquidez.
No se ha tenido en cuenta en el análisis técnico que las exigencias de requisitos de admisibilidad deben considerar las políticas estatales del sector, las cuales imponen cargas sociales que no propiamente son rentables, tal y como la constituye el aseguramiento de mineros de socavón, el aseguramiento del servicio doméstico, y el aseguramiento de riesgos laborales, de ahí que exista una política estatal en virtud de la cual: “EL MERCADO HASTA DONDE SEA POSIBLE Y EL ESTADO HASTA DONDE SEA NECESARIO.” De ahí la ineludible obligación de las entidades bancarias de hacer un análisis del sector integral que incluya estas aristas, de lo contrario implicaría, per- se la eliminación del Estado en los procesos de selección.
De la misma forma, la entidad financiera debe tener en cuenta que en virtud de la Circular Externa 044 de 2014, (26 de diciembre de 2014), la Superintendencia Financiera de Colombia en ejercicio de sus facultades y, en especial, de la establecida en el numeral 9 del artículo 11.2.1.4.2. del Decreto 2555 de 2010, realizó modificaciones al Anexo 57 del Título IV de la Parte II de la Circular Externa 029 de 2014 - Circular Básica Jurídica con el fin de aclarar el cálculo de los siniestros liquidados para el computo del Riesgo de Suscripción de las Administradoras de Riesgos Laborales y de esta manera, realizar el control al cumplimiento de las normas sobre patrimonio adecuado de que trata el Decreto 2555 de 2010, en virtud de lo dicho las aseguradoras presentarán su información consonante con dicha reglamentación, es decir que en el nivel de endeudamiento se debe descontar las reservas técnicas originadas de prestaciones de carácter económico. R/ Aceptado
Numeral 2. Requisitos de Admisibilidad- literal h) utilidad neta positiva.
Por la misma línea argumentativa arriba expuesta, agradecemos a la Entidad solicitar utilidad neta positiva o igual a 0 sólo para el año 2015, de otra manera nuestra compañía no podría participar, pese a tener el musculo financiero, experiencia técnica, operativa para el aseguramiento en este proceso de selección. R/ No aceptado
Numeral 2. Requisitos de Admisibilidad- literal i) experiencia.
Amablemente solicitamos se amplíe el periodo de experiencia requerido (20102015) hasta el año 2016, toda vez que en este año se han realizado renovaciones de negocios de las características solicitadas en este proceso. De la misma forma, confirmar que se podrán presentar contratos ejecutados y en ejecución.
R/ Aceptado
Numeral 2.2 Requisitos de Admisibilidad adicionales literal f).
Amablemente requerimos se elimine este literal, incluyendo dicha manifestación como reforma del anexo 1 de la carta de presentación. R/ Aceptado
Numeral 2.3 Modelo Operativo- literal a).
Amablemente solicitamos a la entidad indicar la nómina actual contratada estableciendo si es del caso la relación de personas a nivel nacional, sus cargos y su nivel (operativo, técnicos, profesional, directivo, gerencial, etc.) Además discriminar si su dedicación es parcial o total y permanente. De la misma forma, requerimos se detallen las funciones y perfiles de cada uno de los funcionarios requeridos, ello facilita la disposición del personal que requiere la Entidad. Lo anterior nos permite participar en igualdad de condiciones, ya que los posibles oferentes interesados deben tener el conocimiento de cómo viene contratada la póliza. Asimismo solicitamos confirmar: La experiencia en años en seguros del personal a cargo genera algún tipo de criterio de selección. Así mismo informar si la modalidad de teletrabajo implementada por el Gobierno Nacional, puede ser materializada en el presente proceso de selección. Es posible la utilización de herramientas tecnológicas como teleconferencias, videoconferencias, chats, correos etc. con el fin de tener personal a disposición ya sea con dedicación parcial o total y permanente como cumplimiento de suministro de personal? R/ No aceptado, el funcionario que pone a disposición de administración del programa, debe ser a nivel de analista y tener conocimientos de los seguros en los ramos que están ofertando.
Numeral 2.4 condiciones técnicas de los seguros ITP.
Amablemente solicitamos aclarar si la cobertura estará dada por la fecha de estructuración de la patología o en su defecto se tendrá en cuenta la fecha de expedición del dictamen, ya que estas dos fechas no son coincidentes y se presentan dificultades al momento de verificar cuál compañía aseguradora debe pagar el siniestro, si aquella en la cual se estructuró la patología o aquella en la cual se expidió el dictamen de calificación de PCL. R/Se establece fecha de estructuración.
Numeral 2.4. condiciones técnicas de los seguros, enfermedades graves.
Cordialmente solicitamos se indiquen cuáles serían las enfermedades graves que estarían cubiertas bajo este amparo. En cuanto a su forma de afectación, la enfermedad grave será considerada como un valor adicional al Básico o como anticipo al Básico? En caso que sea como anticipo al básico indicar el porcentaje. Si Enfermedades Graves se reconoce como valor adicional al Básico, una vez se pague esta cobertura se dará por terminada la responsabilidad de la Compañía de Seguros? R/Las enfermedades graves son: - Cáncer, infarto al miocardio, insuficiencia renal, esclerosis múltiple, accidente cerebro vascular definitivo, enfermedad de Alzheimer y enfermedad de Parkinson. Numeral 2.5 Tarifa por el servicio de recaudo de primas. Sírvase confirmar si entendemos que a los $13.900 pesos por concepto de recaudo debe contemplarse un valor adicional por concepto de IVA. R/ Se debe contemplar el IVA . **Se solicita facturar solo aquellas operaciones exitosas, en caso de aquellas operaciones No exitosas poderse cancelar el seguro. R/ se factura todas las operaciones con los créditos asegurados o bienes asegurados. Solicitamos aclarar y modificar que en los casos en los cuales una misma persona tenga varios créditos, se cobrará el valor per cápita del servicio de recaudo, mas no valores de recaudo por crédito, por que dicha circunstancia podría resultar ventajosa para la Entidad contratante en perjuicio del asegurado.
R/ Los costos por recaudo fueron obtenidos de los costos generados por cada crédito.
Numeral 3.1 Criterios de Evaluación.
Amablemente solicitamos confirmar que en este proceso el criterio de evaluación será la menor tasa. R/ El criterio de asignación es la menor tasa como lo exige la Supertintendencia Financiera, a la compañía que cumpla los requisitos de admisibilidad.
Numeral 4.2 presentación de la postura.
Amablemente requerimos se amplíe el interregno de recepción de las posturas, consideramos que en las actuales condiciones de acceso al edificio y el tráfico una hora es insuficiente, sumado al hecho que el Decreto 673 establece como criterio de desempate la postura que entregue primero la propuesta, razón por la cual este límite impuesto restringe esta posibilidad normativa. R/ La entrega de la oferta de la tasa está establecida en un horario de las 9 A.M. hasta 10 A.M. y le informo que el desempate no se establece por el orden de llegada se establece por la mayor experiencia en la administración y colocación de pólizas similares en número de asegurados y en valor total asegurado.
SEGUROS GENERALI INCENDIO
Observación 1 Numeral 2.1. Requisitos en materia de experiencia. - Solicitamos a la entidad de la manera más respetuosa modificar este numeral y permitir que se tome como opción y no como requisito allegar certificaciones del sector financiero en la que se certifique la atención y manejo de las pólizas descritas en el presente pliego y permitir que se pueda presentar además certificaciones de clientes públicos y/o privados. Esto en la medida que no todas las aseguradoras cuentan con este tipo de experiencia y con ello se estaría limitando a la participación de un número plural de oferentes. R/ No aceptado. -Agradecemos también permitir que la acreditación de experiencia pueda ser a través de relación firmada por el representante legal, la cual se entiende prestada bajo la gravedad del juramento. La Corte Constitucional en sentencia C-892 de 2001 sostuvo que uno de los principios integradores del régimen jurídico de los contratos estatales es “el principio de la buena fe, que obliga a la Administración Pública y a los particulares contratistas, a tener en cuenta las exigencias éticas que emergen de la mutua confianza en el proceso de celebración, ejecución y liquidación de los contratos. R/Se acepta la presentación en relación certificada por el Representante Legal de la Compañía, pero el Banco puede posteriormente solicitar estas certificaciones de los clientes. ” En atención a la existencia y aplicación del principio de buena fe dentro del régimen colombiano de contratación estatal, es oportuno destacar que a partir del fundamento constitucional al que se ha hecho mención, el mismo aparece expresamente contenido en el artículo 28 del Estatuto General de Contratación Ley 80 de 1993, que, al hacer referencia a los criterios de interpretación de las reglas contractuales, dispone “En la interpretación de las normas sobre contratos estatales, relativas a procedimientos de selección y escogencia de contratistas y en la de las cláusulas y estipulaciones de los contratos, se tendrá en consideración los fines y los principios de que trata esta ley, los mandatos de la buena fe y la igualdad y equilibrio entre prestaciones y derechos que caracteriza a los contratos conmutativos”. Toda vez, que mediante el diligenciamiento de la relación de experiencia por parte del representante legal, se proporciona a la Entidad la información requerida para verificar la Experiencia necesaria, solicitamos que se modifique el numeral en cuanto que se
pueda demostrar la experiencia, a través de una relación suscrita por el representante legal, la cual se entiende suscrita bajo la gravedad del juramento, en atención a lo anteriormente expuesto, sin que sea necesario aportar las certificaciones. R/Se acepta la presentación en relación certificada por el Representante Legal de la Compañía, pero el Banco puede posteriormente solicitar estas certificaciones de los clientes.
Agradecemos aclarar y permitir que se puedan incluir certificaciones de Vida grupo dentro de los requisitos establecidos y aclarar como opera para uniones temporales o coaseguros si cada uno debe cumplir con las certificaciones o solo con uno de los integrantes que las aporte es suficiente. - Agradecemos aclarar a que se refieren cuando indican “..por lo menos con una tres (3) años dentreo del periodo compredndido entre el 2010 y 2015” si es el tiempo de vinculación que se deba tener con cada cliente (por lo menos tres años) o si es el tiempo de antiguedad. R/Para las compañías en coaseguro igualmente deben certificar que tienen clientes con pólizas de seguros con un mínimo de 10.000 deudores o bienes asegurados por año, certificados por cada año en un tiempo de tres años,(año 2010,2011,2012 o puede ser año 2010, 2012, 2014,)estos en el periodo de los cinco años. -Agradecemos también reducir el número de asegurados de 10.000 deudores a 6.000 para Vida y reducir el número de pólizas de 10.000 a 5.000 para el seguro de incendio y terremoto. R/ No aceptado. Observación 2. Solicitamos a la entidad de la manera mas especial nos sean remitidos los anexos y condiciones técnicas en formato Word y/o Ecxel. R/Los requisitos técnicos se suministrarán a las compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad.
Observación 3. Solicitamos de la manera mas respetuosa nos indiquen el detalle exacto de los documentos que deben remitirse a la entidad para la “Entrega de requisitos de admisibilidad por las aseguradoras al banco de Bogotá para poder concursar.” Observaciones técnicas para la póliza de Vida:
dentro de esta cobertura R/Las enfermedades graves son: - Cáncer, infarto al miocardio, insuficiencia renal, esclerosis múltiple, accidente cerebro vascular definitivo, enfermedad de Alzheimer y enfermedad de Parkinson.
saldo insoluto de la deuda R/ Se suministrará esta información a las compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad.
vigencias, donde se incluya: Año de pago, Amparo afectado, estado y valor. R/ Se suministrará esta información a las compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad.
R/ La prima es la cobrada a los clientes, por lo que no tiene incidencia en el presupuesto.
la segunda anualidad si la siniestralidad del ramo esta desviada? R/ No aceptada. Se mantiene por los dos años. Observaciones tecnicas para la póliza de Vida: relación de los riesgos con la dirección, ciudad y valor asegurad R/ Se suministrará esta información a las compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad.
se incluya: Año de pago, Amparo afectado, estado y valor. R/ Se suministrará esta información a las compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad.
propuesta para la segunda anualidad si la siniestralidad del ramo esta desviada? R/ No aceptada. Se mantiene por los dos años.
ciudades diferentes a Bogotá y demás departamentos se presente sobre la pérdida y no sobre el valor asegurable del predio afectado? R/ No aceptada.
R/ La prima es la cobrada a los clientes, por lo que no tiene incidencia en el presupuesto.
SEGUROS AXA COLPATRIA INCENDIO 1. Amablemente solicitamos a la entidad eliminar para el numeral 2.1 Requisitos de admisibilidad letra h, el apartado donde indica “utilidad neta positiva al cierre de diciembre de 2014 y diciembre de 2015” Esto con el fin de garantizar la mayor pluralidad de oferentes sin afectar la condición y solidez económica del futuro contratista. R/No aceptado. 2. Amablemente solicitamos a la entidad suministrar los archivos que hacen parte integrante de esta licitación, como lo son pliegos, anexos y demás documentos en medio magnético. (Word, Excel, pdf) R/ Se suministrará esta información a las compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad.
3. Amablemente solicitamos a la entidad informar a que hace referencia en el numeral 2.1 letra j y k, (J: propuesta de seguros (slip) de acuerdo con lo requerido en el presente documento) y (K: lista de todos los anexos o documentos que no hayan sido incluidos en otras secciones y que el participante crea conveniente adjuntar.)
Esto teniendo en cuenta que el primer filtro corresponde exclusivamente a requisitos de admisibilidad contemplados en este numeral. Adicional de ser el caso indicar si existe un formato para el slip de condiciones y si estos deben ser entregados en dentro de la propuesta técnica o dentro de los requisitos de admisibilidad. R/El slip de la póliza debe presentarse como documento en los requisitos de admisibilidad, sin incluir la tasa del seguros que corresponde a la oferta. Los documentos adicionales son los que la compañía de seguros considere que aportan información adicional de la empresa o información adicional al programa de seguros, no es obligatorio es a consideración de la compañía.
4. Amablemente solicitamos a la entidad nos permita certificar por medio del representante legal el numeral 2.2 letra e, correspondiente al plan de contingencia donde se indique que se cumple con todos los aspectos solicitados y mencionados en este pliego, teniendo en cuenta que este documento hace parte de las formas confidenciales de Axa Colpatria Seguros S.A. R/ Aceptado, sin embargo si su compañía sale favorecida con la asignación del programa de seguros, el Banco solicitará conocer el plan de contingencia como lo requieren las normas. 5. Amablemente solicitamos a la entidad que en el numeral 2.2 letra c, correspondiente a (requisitos de admisibilidad adicionales) aclarar que la lista de reaseguradores corresponda a los contratos operacionales y catastróficos actuales de la aseguradora, pero una vez se cuente con la información a cotizar la aseguradora pueda hacer colocación facultativa de acuerdo al riesgo a asegurar. Adicional solicitamos amablemente se permita acreditar el porcentaje de participación y la inscripción en REACOEX mediante la firma del representante legal de la aseguradora. R/ Aceptada la presentación mediante relación firmada y certificada por el Representante Legal, teniendo en cuenta que el Banco posteriormente puede solicitar las certificaciones. 6. Amablemente solicitamos a la entidad sea aclarado en el numeral 2.4 letra c (condiciones técnicas de los seguros) correspondiente al ítem de contenidos, Si la aseguradora al aceptar la inclusión de contenidos efectuara el cobro
correspondiente a dicha inclusión con la misma tasa otorgada para ítem de incendio. Adicional informar la definición y el alcance de la cobertura de contenidos. R/La inclusión de los contenidos es con la misma tasa ofrecida para el ramo de incendio y terremoto y los contenidos se refieren a los muebles y enseres que existan en el Inmueble del cliente y que este los quiera asegurar, sin incluir joyas o dinero en efectivo. 7. Amablemente solicitamos a la entidad modificar en el numeral 2.4 letra d (condiciones técnicas de los seguros) correspondiente al deducible de terremoto sea aplicado sobre el valor asegurable y no como se menciona del valor de la perdida, quedando así 2% del valor asegurable mínimo 2 SMMLV, teniendo en cuenta las condiciones de los contratos de reaseguro de las aseguradoras. R/ No aceptado. 8. Solicitamos amablemente a la informar si los numerales 5.8 (Condiciones para el manejo de siniestros) y 6 (condiciones de contratación), deben presentarse junto a los requisitos de admisibilidad o junto a la oferta y propuesta técnica? R/ Deben presentarlos con los requisitos de admisibilidad, en la propuesta solo se refiere a la tasa. 9. Agradecemos si la entidad puede contemplar la respuesta de estas preguntas en un plazo no mayor al 24 de agosto, esto teniendo en cuenta que la fecha máxima informada en el cronograma es el 25 de agosto de 2016 y se deben presentar los requisitos de admisibilidad el día 26 de agosto de 2016 siendo un tiempo muy corto para la preparación de los documentos si las preguntas modifican algún ítem. De ser negativa la respuesta anterior agradecemos prorrogar la fecha de entrega de requisitos de admisibilidad hasta el 29 de Agosto del presente año. R/ no aceptado, los requisitos de admisibilidad se deben presentar el día 26 de Agosto del 2016 hasta las 4:30 P.M.
SEGUROS AXA COLPATRIA VIDA
1. Amablemente solicitamos a la entidad eliminar para el numeral 2.1 Requisitos de admisibilidad letra h, el apartado donde indica “utilidad neta positiva al cierre de diciembre de 2014 y diciembre de 2015” Esto con el fin de garantizar la mayor pluralidad de oferentes sin afectar la condición y solidez económica del futuro contratista. R/No aceptado. 2. Amablemente solicitamos a la entidad suministrar los archivos que hacen parte integrante de esta licitación, como lo son pliegos, anexos y demás documentos en medio magnético. (Word, Excel, pdf) R/ Se suministrará esta información a las compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad.
3. Amablemente solicitamos a la entidad informar a que hace referencia en el numeral 2.1 letra j y k, (J: propuesta de seguros (slip) de acuerdo con lo requerido en el presente documento) y (K: lista de todos los anexos o documentos que no hayan sido incluidos en otras secciones y que el participante crea conveniente adjuntar.) Esto teniendo en cuenta que el primer filtro corresponde exclusivamente a requisitos de admisibilidad contemplados en este numeral. Adicional de ser el caso indicar si existe un formato para el slip de condiciones y si estos deben ser entregados en dentro de la propuesta técnica o dentro de los requisitos de admisibilidad. R/El slip de la póliza debe presentarse como documento en los requisitos de admisibilidad, sin incluir la tasa del seguros que corresponde a la oferta. Los documentos adicionales son los que la compañía de seguros considere que aportan información adicional de la empresa o información adicional al programa de seguros, no es obligatorio es a consideración de la compañía. 4. Amablemente solicitamos a la entidad nos permita certificar por medio del representante legal el numeral 2.2 letra e, correspondiente al plan de contingencia donde se indique que se cumple con todos los aspectos solicitados y mencionados en este pliego, teniendo en cuenta que este documento hace parte de las formas confidenciales de Axa Colpatria Seguros S.A. R/ Aceptado, sin embargo si su compañía sale favorecida con la asignación del programa de seguros, el Banco solicitará conocer el plan de contingencia como lo requieren las normas. 5. Amablemente solicitamos a la entidad que en el numeral 2.2 letra c, correspondiente a (requisitos de admisibilidad adicionales) se permita
acreditar el porcentaje de participación y la inscripción en mediante la firma del representante legal de la aseguradora.
REACOEX
R/ Aceptada la presentación mediante relación firmada y certificada por el Representante Legal, teniendo en cuenta que el Banco posteriormente puede solicitar las certificaciones. 6. Amablemente solicitamos a la entidad sea modificado el numeral 2.4 de Condiciones Técnicas, letra e donde menciona el amparo automático de cobertura especial, se disminuya para deudores hasta $ 500 millones de pesos en una o varias obligaciones y hasta 70 años más 364 días. R/ No aceptada. Adicional para las letras f y g del mismo numeral, agradecemos sea modificado en conjunto donde se mencione que a partir de $ 500 millones, la compañía deberá indicar todos los exámenes o requisitos que debe cumplir el cliente para la correspondiente autorización, sin embargo pasados (5) días hábiles para la aprobación la compañía no ha dado respuesta autoriza al banco para que de forma automática incluya al cliente en la base los asegurados. R/ No aceptada. 7. Amablemente solicitamos a la entidad informar si la tarifa por el servicio de recaudo de primas mencionada por $13.900 mensual, tiene incluido el IVA. R/ No tiene incluido el IVA. 8. Solicitamos amablemente a la entidad informar si los numerales 5.8 (Condiciones para el manejo de siniestros) y 6 (condiciones de contratación), deben presentarse junto a los requisitos de admisibilidad o junto a la oferta y propuesta técnica. R/La inclusión de los contenidos es con la misma tasa ofrecida para el ramo de incendio y terremoto y los contenidos se refieren a los muebles y enseres que existan en el Inmueble del cliente y que este los quiera asegurar, sin incluir joyas o dinero en efectivo.
9. Solicitamos amablemente a la Entidad nos sea informada la definición y alcances para la cobertura de enfermedades Graves e incapacidad total y permanente. R/Las enfermedades graves son:
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Cáncer, infarto al miocardio, insuficiencia renal, esclerosis múltiple, accidente cerebro vascular definitivo, enfermedad de Alzheimer y enfermedad de Parkinson.
10. Solicitamos amablemente a la entidad informar si el amparo de enfermedades graves opera como un amparo adicional y excluyente de los amparos de muerte e incapacidad total y permanente, adicional informar su valor asegurado R/ son amparaos adicionales el básico es el muerte y el valor asegurado el saldo insoluto de la deuda. 11. Agradecemos si la entidad puede contemplar la respuesta de estas preguntas en un plazo no mayor al 24 de agosto, esto teniendo en cuenta que la fecha máxima informada en el cronograma es el 25 de agosto de 2016 y se deben presentar los requisitos de admisibilidad el día 26 de agosto de 2016 siendo un tiempo muy corto para la preparación de los documentos si las preguntas modifican algún ítem. De ser negativa la respuesta anterior agradecemos prorrogar la fecha de entrega de requisitos de admisibilidad hasta el 29 de Agosto del presente año. R/ no aceptado, los requisitos de admisibilidad se deben presentar el día 26 de Agosto del 2016 hasta las 4:30 P.M.
SEGUROS AIG INCENDIO Referencia: Observaciones Licitación Publica N° 02–2016
Respetados señores:
AIG SEGUROS COLOMBIA S.A. como interesado en participar en el proceso de la referencia, a continuación se permite efectuar las siguientes observaciones. La siguiente observación tiene aplicación al numeral 1.5 CRONOGRAMA
Solicitamos a la entidad Ampliar el plazo estipulado para la formulación de preguntas posterior a la entrega de la información, debido a que lo consideramos ajustado porque la información la entregarían el viernes y el plazo para presentar las preguntas es el lunes siguiente. R/ No aceptada.
En este mismo sentido agradecemos ampliar el plazo estipulado entre la respuesta a las preguntas y la fecha para la presentación de ofertas. R/ No aceptada
La siguiente observación tiene aplicación al numeral 1.5 GARANTIA DE SERIEDAD DE OFERTA
Solicitamos a la entidad confirmar con cuantos días de anterioridad se deberá expedir la póliza de seriedad de oferta, teniendo en cuenta que la fecha de la expedición no afecta la fecha de la vigencia de la póliza, que deberá ser la misma fecha en que se presentara la oferta. R/ puede ser expedida con un día de anterioridad a la presentación de la oferta que en este caso es el 16 de Septiembre del 2016, y va hasta la fecha de formalización del contrato por asignación del programa.
La siguiente observación tiene aplicación al numeral 2.1 REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
Solicitamos respetuosamente a la entidad eliminar el punto dos (2) del literal H teniendo en cuenta que esta clase de índice no son los indicados para medir la rentabilidad o capacidad de una compañía de seguros, en relación con la capacidad organizacional, estos índices están dirigidos a medir el rendimiento de las inversiones y la eficiencia del uso de los activos, criterios que no se encuentran relacionados con el giro principal de las aseguradoras, el cual no está dirigido a realizar inversiones, ni a realizar actividades orientadas a producir resultados de eficiencia en términos de activos. Por esta razón se establecen como indicadores apropiados para el sector asegurador, la razón de solvencia o índice de liquidez, que permite conocer la capacidad de la compañía de seguros para liquidar oportunamente sus obligaciones a corto plazo, como es en el caso de los siniestros, y el indicador de exceso que corresponde al patrimonio Técnico Vs Patrimonio Adecuado, conforme con el DEC 2954 de 2010 que permite conocer la capacidad financiera de la compañías de seguros. Con relación a la Rentabilidad del Patrimonio, debe destacarse que este índice, está dirigido a medir la rentabilidad de una empresa respecto del patrimonio, por lo tanto muestra que tan eficientemente usa su patrimonio para generar ganancias y como es conocido una compañía de seguros no utiliza su patrimonio para generar ganancias, mucho menos respecto de los activos. Por lo tanto el hecho de que una Aseguradora no genere rendimientos en sus inversiones, no es relevante para mostrar la eficiencia en el negocio de seguros, porque dichos índices no miden los resultados de la actividad principal. R/ No aceptado.
Solicitamos a la entidad modificar en el literal i la experiencia de manejo de siniestros en la certificación debido a que los clientes no autorizan la publicación de esta información en sus cuentas por acuerdos de confidencialidad, sugerimos permitir a los oferentes acreditar esta experiencia mediante certificación firmada por contador, reportando la siniestralidad del Ramo informada a la SIFC la cual es de dominio público.
R/Se acepta la presentación en relación certificada por el Representante Legal de la Compañía, pero el Banco puede posteriormente solicitar estas certificaciones de los clientes.
Solicitamos a la entidad confirmar si tiene algún formato establecido para la certificación del Literal g o es de libre presentación siempre y cuando se acredite la información solicitada. En caso de existir el formato les agradecemos hacérnoslo llegar al momento de responder las observaciones. R/ No existe ningún formato establecido es de libre presentación.
La siguiente observación tiene aplicación al numeral 2.11 GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
(…) “Las garantías no serán obligatorias en los contratos de empréstito, en los interadministrativos, en los de seguro y en los contratos cuyo valor sea inferior al 10% de la menor cuantía a que se refiere esta ley, caso en el cual corresponderá a la entidad determinar la necesidad de exigirla, atendiendo a la naturaleza del objeto del contrato y a la forma de pago, así como en los demás que señale el reglamento.” En virtud de lo expresado anteriormente solicitamos a la entidad eliminar del proceso la obligación de constituir las garantías de Seriedad de Oferta y Cumplimiento, esto debido a que las obligaciones que se contraen en la presentación de la oferta y la posterior celebración del contrato de seguros son respaldas por este, por tal motivo resulta innecesario constituir garantías. R/No aceptada.
La siguiente observación tiene aplicación a la LAS CONDICIONES TECNICAS
Agradecemos confirmar si bajo la póliza solo existen riesgos de uso residencial? o existen también riesgos de uso comercial? De ser así, están identificados? Qué porcentaje corresponden a riesgos de uso comercial? R/ son para vivienda y leasing habitacional.
Agradecemos a la entidad suministrar la relación de los riesgos actualmente asegurados incluyendo dirección, ciudad, departamento y valor asegurado.
R/ Información que se suministrará a las compañías aseguradoras que cumplan con los requisitos de admisibilidad.
Agradecemos a la entidad aclarar si el valor de $13.900 mensuales que cobrará el banco a la aseguradora por gestión de recaudo incluye el IVA o no. R/ No incluye el valor del IVA.
SEGUROS QBE - INCENDIO
NUMERAL 5.4 TRAMITE POLIZAS ENDOSADAS 1. Solicitamos amablemente que el manejo y trámite de las pólizas endosadas no estén a cargo de la Aseguradora adjudicataria, toda vez que por temas de imparcialidad no es conveniente que una Compañía de Seguros revise a otra Compañía de Seguros sus condiciones y tasas dado que somos competencia. R/ Estarán a cargo del funcionario de la compañía de seguros quien revisará que las pólizas endosadas cumplan con los requisitos mínimos de la póliza asignada en este proceso y la firma de la respuesta es a cargo del Banco. NUMERAL 6. CONDICIONES DE CONTRATACION 2. Con relación a la frase “la cobertura del seguro inicia desde el momento del desembolso y/o inicio del crédito, lo que ocurra primero”, agradecemos indicarnos cuál es la diferencia entre “desembolso” e “inicio del crédito”. R/La prima se causa desde el desembolso del crédito. SEGUROS QBE - VIDA NUMERAL 2.4. CONDICIONES TECNICAS DE LOS SEGUROS 1. Con relación a la definición de Incapacidad Total y Permanente, se indica: “Para efectos del pago de la indemnización se tendrá en cuenta la fecha de estructuración, sin prexistencias”. R/ Se determina con fecha de estructuración sin preexistencias siempre y cuando estén dentro del amparo automático. Agradecemos aclarar que la fecha de estructuración determina el ámbito de cobertura temporal de la póliza, pero el valor asegurado debe corresponder a lo dispuesto en la Circular Básica Jurídica, así: “Si la indemnización tuviese como causa el amparo de incapacidad total y permanente, se tiene como
saldo insoluto de la deuda aquél que se registre en la fecha en la cual el asegurador informe por escrito al tomador su aceptación respecto de la declaratoria de incapacidad del asegurado.” R/No es con la información del asegurador, es la fecha de estructuración que registra en la resolución de invalidez.