BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ALICANTE BUTLLETÍ OFICIAL PROVÍNCIA D'ALACANT. Sumario ADMINISTRACIÓN CENTRAL: ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ALICANTE BUTLLETÍ OFICIAL PROVÍNCIA D'ALACANT edita excma. diputación provincial - alicante martes, 2 de febrero

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BOLETÍN

OFICIAL

DE LA PROVINCIA DE ALICANTE BUTLLETÍ OFICIAL PROVÍNCIA D'ALACANT edita excma. diputación provincial - alicante martes, 2 de febrero de 2010

edita excma. diputació provincial - alacant dimarts, 2 de febrer de 2010

Sumario Pág. Núm.

Pág. Núm.

ADMINISTRACIÓN CENTRAL: INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN ACTAS DE -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN ACTAS DE -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN ACTAS DE INFRACCIÓN

ALICANTE. INFRACCIÓN INFRACCIÓN LIQUIDACIÓN E

AYUNTAMIENTO ALCOY. -ORDEN DE EJECUCIÓN DE C/ CASA BLANCA, 38

13

3 3

AYUNTAMIENTO ALICANTE. -NOTIFICACIÓN RESOLUCIONES

14

3

AYUNTAMIENTO L´ALQUERIA D´ASNAR. -ADJUDICACIÓN DEFINITIVA ADQUISICIÓN DE TERRENOS PARA COLEGIO PÚBLICO

14

AYUNTAMIENTO ALTEA. -CORRECCIÓN ERROR BASES ESPECÍFICAS CONVOCATORIA EN PROPIEDAD DE 1 PLAZA DE BIBLIOTECARIO-ARCHIVERO.

14

INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ALICANTE. -NOTIFICACIÓN DEUDAS POR COBROS INDEBIDOS DE PRESTACIONES

5

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO COMUNIDAD VALENCIANA ALICANTE. -NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DEL EXPTE. UC/004/09 -NOTIFICACIONES DE PROPUESTA DE RESOLUCIÓN -NOTIFICACIONES DE ACUERDO DE INICIACIÓN -NOTIFICACIONES DE RESOLUCIÓN

5 5 5 6

AYUNTAMIENTO BENIJÓFAR. -PROPUESTA DE LA ALCALDÍA DE APROBACIÓN PRESUPUESTO GENERAL BASES DE EJECUCIÓN Y PLANTILLA EJERCICIO 2009

15

6

AYUNTAMIENTO BENILLUP. -APROBACIÓN INICIAL PRESUPUESTO MUNICIPAL EJERCICIO 2010

16

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. -NOTIFICACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES -RESOLUCIÓN DE LA TGSS DE LAS PALMAS RECAÍDA EN RECURSO DE ALZADA -NOTIFICACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. -NOTIFICACIÓN PROVIDENCIA DE SUBASTA -NOTIFICACIÓN EMBARGO INMUEBLES -NOTIFICACIÓN DE PROVIDENCIA DE SUBASTA

7 7 9 9 9

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA:

AYUNTAMIENTO BENISSA. -APROBACIÓN INICIAL REGLAMENTO MUNICIPAL AGRUPACIÓN LOCAL DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL -LICITACIÓN OBRAS AMPLIACIÓN EDIFICIOS HISTÓRICOS C/ PURÍSIMA PARA USOS CULTURALES Y MUSEO DE ARTE MODERNO SALVADOR SORIA AYUNTAMIENTO BUSOT. -PROPUESTA DE ORDEN DE EJECUCIÓN U.E LLANO PASTORES.

DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EMPLEO. -ACTA CONVENIO COLECTIVO DE MÁRMOLES, PIEDRAS Y GRANITOS PARA LA REDUCCIÓN DE JORNADA

10

DIRECCIÓN TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE, AGUA, URBANISMO Y VIVIENDA. -NOTIFICACIÓN ACTOS ADMINISTRATIVOS DE ALQUILER

11

ADMINISTRACIÓN LOCAL: AYUNTAMIENTO AGRES. -NOTIFICACIÓN VEHÍCULO ABANDONADO

12

AYUNTAMIENTO ALBATERA. -EXPOSICIÓN AL PÚBLICO CUENTA GENERAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2008

13

AYUNTAMIENTO CASTALLA. -NOTIFICACIÓN A TITULARES DE VEHÍCULOS EN DEPÓSITO MUNICIPAL -NOTIFICACIÓN A TITULARES DE VEHÍCULOS CON EXPEDIENTES R.S.U. EN VÍA PÚBLICA AYUNTAMIENTO COCENTAINA. -LISTA DEFINITIVA DE ADMITIDOS-EXCLUIDOS Y FECHA PRIMER EXAMEN PEÓN POLIDEPORTIVO -LISTA PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS Y FECHA EXAMEN TRES PLAZAS PEÓN OBRERO -NOTIFICACIÓN SANCIÓN INFRACCIÓN ORDENANZA -APROBACIÓN DEFINITIVA EXPTES. 1 Y 2 CRÉDITO EXTRAORDINARIO PRESUPUESTO 2010 (PRORROGADO DE 2009)

16

16 17

17 17

18 19 20 21

21

Sumario Pág. Núm. AYUNTAMIENTO DÉNIA. -BASES PLAZAS AUXILIARES DE ENFERMERÍA -NOTIFICACIÓN RESOLUCIONES EXPEDIENTES SANCIONADORES POR INFRACCIONES AMBIENTALES -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTES LEGALIZACIÓN DE OBRAS -NOTIFICACIÓN EXPEDIENTES SANCIONADORES POR INFRACCIÓN AMBIENTAL -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTES LEGALIZACIÓN DE OBRAS -APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº1-2010 AYUNTAMIENTO DOLORES. -NOTIFICACIÓN INCOACIÓN EXPEDIENTES DE RESOLUCIÓN CONCESIÓN CAMBIO TITULARIDAD -NOTIFICACIÓN INCOACIÓN EXPEDIENTE DE REVOCACIÓN CONCESIONES -NOTIFICACIÓN INCOACIÓN EXPEDIENTE DE REVOCACIÓN CONCESIONES -NOTIFICACIÓN INCOACIÓN EXPEDIENTE DE REVOCACIÓN CONCESIONES -NOTIFICACIÓN VEHÍCULOS ALMACENADOS EN DEPÓSITO MUNICIPAL -NOTIFICACIÓN VEHÍCULOS ALMACENADOS EN DEPÓSITO MUNICIPAL -DELEGACIÓN ESPECÍFICA Y SUSTITUCIÓN DE LA ALCALDÍA POR AUSENCIA -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR POR INFRACCIÓN URBANÍSTICA -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN DE EXPEDIENTE SANCIONADOR POR INFRACCIÓN URBANÍSTICA -NOTIFICACIÓN INCOACIÓN EXPEDIENTE RECLAMACIÓN DE DAÑOS -NOTIFICACIÓN DESESTIMACIÓN RECLAMACIÓN PATRIMONIAL

21 26

26

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO BENIDORM. -NOTIFICACIÓN SENTENCIA 1117/09 -NOTIFICACIÓN SENTENCIA AUTOS 957/09 -NOTIFICACIÓN SENTENCIA AUTOS 1118/09 -NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA AUTOS 1024/09 -NOTIFICACIÓN SENTENCIA AUTOS 137/09 -NOTIFICACIÓN SENTENCIA AUTOS 1066/09 -AUTOS 1070-09 CITACIÓN 11-02-10 -AUTOS 1270-09 CITACIÓN 23-02-10 -1184-09 CITACIÓN 11-02-10 -AUTOS 1490-09 CITACIÓN 2-03-10 -AUTOS 1492-09 CITACIÓN 2-03-10 -AUTOS 316-09 CITACIÓN 4-03-10 -AUTOS 330-09 CITACIÓN 4-03-10 -AUTOS 346-09 CITACIÓN 11-03-10 -AUTOS 382-09 CITACIÓN 16-03-10 -AUTOS 572-09 CITACIÓN 23-03-10 -CITACIÓN A JUICIO AUTOS 1652/09 DÍA 18/03/10 -CITACIÓN A JUICIO AUTOS 1782/09 JUICIO 06/04/2010 -AUTOS 1272/09 CITACIÓN A JUICIO 18/05/10 -AUTOS 1804/09 CITACIÓN A JUICIO DÍA 13/04/2010 -CITACIÓN A JUICIO DIA 13/04/10 AUTOS 1470/08 -EJECUTORIA 380/09 NOTIFICAR AUTO DESPACHO EJECUCIÓN -AUTOS 1649/09 CITACIÓN -AUTOS 1417/08 CITACIÓN A JUICIO 11/02/10 -AUTOS 1468/09 CITACIÓN A JUICIO 25/02/2010 -AUTOS 317/09 CITACIÓN 04/03/2010 -AUTOS 1507/09 CITACIÓN JUICIO 04/03/2010 -AUTOS 1237/09 CITACIÓN A JUICIO 09/03/2010 -AUTOS 1549/09 CITACIÓN JUICIO 09/03/2010 -AUTOS 379/09 CITACIÓN JUICIO 11/03/2010 -AUTOS 338/09 CITACIÓN A JUICIO 11/03/2010 -AUTOS 1598/09 CITACIÓN JUICIO 16/03/2010 -AUTOS 1699/09 CITACIÓN JUICIO 25/03/2010 -EJECUTORIA 382/09 NOTIFICAR AUTO DESPACHO EJECUCIÓN -EJECUTORIA 383/09 NOTIFICAR AUTO DESPACHO EJECUCIÓN

41 42 42 43 43 43 44 44 44 45 45 46 46 46 47 47 47 48 48 49 49 49 50 50 50 51 51 51 52 52 52 53 53 54 54

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS ELCHE. -758/09 CITACIÓN 14 DE JUNIO 2010

54

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES ELCHE. -EJECUCIÓN 282/09 AUTO -EJECUCIÓN 264/09 AUTO

54 55

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS MURCIA. -PROCEDIMIENTO 355/09 CITACIÓN -PROCEDIMIENTO 356/09 CITACIÓN

55 56

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO UNO ALICANTE. -EJECUCIÓN HIPOTECARIA 2088/08 SUBASTA

57

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO SEIS ALICANTE. -JUICIO ORDINARIO 1689/07 SENTENCIA

57

36

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO ALICANTE. -JUICIO DE FALTAS 1352/09 SENTENCIA

57

27 27 28 28 28 29 29 29 29 30 30

31

AYUNTAMIENTO ONDARA. -DELEGACIONES DE LA ALCALDÍA

32

AYUNTAMIENTO PEDREGUER. -NOTIFICACIÓN EXPEDIENTE A DESCONOCIDO -NOTIFICACIÓN EXPEDIENTE A DESCONOCIDO

32 33

AYUNTAMIENTO SANT JOAN D´ALACANT. -INFORMACIÓN PÚBLICA RELACIÓN INDIVIDUALIZADA INICIAL DE BIENES Y DERECHOS

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: 41 41

AYUNTAMIENTO MURO DEL ALCOY. -APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTOS GENERALES 2010 Y PLANTILLA DE PERSONAL

AYUNTAMIENTO SAN VICENTE DEL RASPEIG. -NOTIFICACIÓN ORDEN EJECUCIÓN

40

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO SEIS ALICANTE. -AUTOS 506/09 CITACIÓN -AUTOS 763/09 SENTENCIA

27 27

30

AYUNTAMIENTO SAN FULGENCIO. -BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ESTUDIANTES DE BACHILLERATO Y ESTUDIANTES DE CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y SUPERIOR CURSO ACADÉMICO 2008 -BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS DESPLAZADOS FUERA DEL TÉRMINO MUNICIPAL, CURSO 2008/2009

CONSORCIO ABASTECIMIENTO AGUAS Y SANEAMIENTO MARINA BAJA ALICANTE. -APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 2010

26

AYUNTAMIENTO MONFORTE DEL CID. -MODIFICACIÓN DE DELEGACIONES DE LAS CONCEJALÍAS DE HACIENDA, PERSONAL Y SERVICIOS SOCIALES

AYUNTAMIENTO LA ROMANA. -APROBACIÓN PADRÓN AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO SEXTO BIMESTRE DE 2010

Pág. Núm.

34

35 35 36

AYUNTAMIENTO TEULADA. -DECLARACIÓN CADUCIDAD EXPTE. APERT. 4/03 -RESOLUCIÓN JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EXPEDIENTE SANCIONADOR MEDIO AMBIENTE 44/09 -DECLARACIÓN CADUCIDAD EXPTE. APERT. 117/01 -ARCHIVO EXPTE. APERT. 61/91

37

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO IBI. -JUICIO DE FALTAS 174/09 SENTENCIA

58

37 38 39

AUDIENCIA PROVINCIAL ALICANTE. -ROLLO DE APELACIÓN 221/09 JUICIO DE FALTAS 761/09 SENTENCIA

58

AYUNTAMIENTO VALL DE GALLINERA. -APROBACIÓN INICIAL EXPTE. MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº 2/10

39

OTRAS ENTIDADES Y ANUNCIOS PARTICULARES:

AYUNTAMIENTO VILLAJOYOSA. -NOTIFICACIÓN DENUNCIAS INFRACCIÓN EN MATERIA DE TRÁFICO Y RESOLUCIONES

39

COMUNIDAD DE REGANTES S. JOAQUIN CELA DE NUÑEZ ALCOCER DE PLANES. -ASAMBLEA ORDINARIA DÍA 21/02/2010 58

DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE. -NOMBRAMIENTO PERSONAL EVENTUAL

40

AQUAGEST LEVANTE, SA. -INFORMACIÓN PÚBLICA TARIFAS AGUA POTABLE EN SANTA POLA

58

boletín oficial de la provincia - alicante, 2 febrero 2010 - n.º 21

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butlletí oficial de la província - alacant, 2 febrer 2010 - n.º 21

ADMINISTRACIÓN CENTRAL INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO ALICANTE EDICTO Se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la resolución en primera instancia dictada en los procedimientos incoados por las actas de infracción citadas, cuyas copias se encuentran a disposición de los interesados en esta Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Alicante - Sección de Sanciones, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, ante la imposibilidad, por ausencia o ignorado paradero, de comunicarle dicha resolución. Al mismo tiempo se advierte del derecho que asiste a los interesados para interponer Recurso de Alzada ante el Organismo competente (Dirección General de Trabajo), por conducto de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Alicante, calle Pintor Lorenzo Casanova número 6, C.P. 03003, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 y sus concordantes de la Ley 30/92 de 26 de noviembre. ACTA

RESOLUCIÓN

TITULAR

DNI/NIF

DOMICILIO

MUNICIPIO

SANCIÓN

I32009000171879

10/12/2009

MANUEL HERNANDEZ BRAVO

16806874S

PM MUSCARET, 47

RELLEU

PERD. PRESTACIÓN

Alicante, 22 de enero de 2010. El Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Ángel Torres Puya. *1001940*

EDICTO Se publica el presente edicto para que sirva de notificación a los efectos legales, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 14 de abril, ante la imposibilidad, por ausencia o ignorado paradero, de comunicar la resolución de las actas de infracción levantadas a los sujetos responsables que a continuación se relacionan. El importe de la sanción puede hacerse efectivo por los medios legalmente establecidos. Al mismo tiempo se advierte del derecho que les asiste para interponer recurso de alzada ante la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por conducto de esta Inspección Provincial, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 y siguientes concordantes de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, con la advertencia de que transcurrido dicho plazo, se continuará el procedimiento reglamentario que concluye con su exacción por la vía de apremio. ACTA

RESOLUCIÓN

EMPRESA

DNI/NIF

DOMICILIO

MUNICIPIO

I32009000238870 I32009000254836 I32009000262213

23/12/2009 23/12/2009 23/12/2009

ROY RICHARD MORGAN BESTANIA HERNÁNDEZ DE LA CRUZ RENDEZ-VOUS, COM. B.

X3093585Q X3925127Q E54271507

C/ PÍA URB.LAS RAMBLAS, 237 C/ MIRADOR EDF. ACACIAS, 1 CRTA. JESÚS POBRE, 126

ORIHUELA BENIDORM JAVEA

SANCIÓN 626,00  1.250,00  1.250,00 

MATERIA OBSTRUCCIÓN OBSTRUCCION OBSTRUCCIÓN

Alicante, 22 de enero de 2010. El Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Ángel Torres Puya. *1001944*

EDICTO Se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la resolución en primera instancia dictada en los procedimientos incoados por las actas de liquidación e infracción coordinadas que se citan, cuyas copias se encuentran a disposición de los interesados en esta Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Alicante – Unidad Especializada de la Seguridad Social -, de conformidad con los artículo 59 a 61 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, ante la imposibilidad, por ausencia o ignorado paradero, de comunicarle dicha resolución. Al mismo tiempo se advierte del derecho que asiste a los interesados para interponer Recurso de Alzada ante el Director Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en la Comunidad Valenciana por conducto de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Alicante, Unidad Especializada en el Área de Seguridad Social, en calle Pintor Lorenzo Casanova número 6, C.P. 03003, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 y sus concordantes de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, con la advertencia que transcurrido dicho plazo, en las resoluciones confirmatorias, se continuará el procedimiento reglamentario que concluye con su exacción por la vía de apremio. ACTAS

RESOLUCIÓN

TITULAR

C.C.C./N.A.F. DOMICILIO

MUNICIPIO

32009008098803 32009008105671 32009008110220 I32009000158745 32009008112442 32009008113452 I32009000165112 32009008115674 32009008116078

30/11/2009 16/10/2009 19/11/2009

ANUNCIOS Y MEDIOS, S.L. CONSTRUCCIONES GRACODES, S.L. JUNIOR CALZADOS, S.L.

03115945750 03106673257 03103835605

AVDA. DE LA ESTACIÓN, 5 C/ANTONIO GARCÍA LARROSA, 31 C/JOSÉ MÑAS ESTEVE, 69

ALICANTE BENEJUZAR ELCHE

27/10/2009 30/11/2009

TELECARLA, S.L. HADDOU LOCHAKY

03119714303 171013966580

C/DOS DE MAYO, 35 C/ALCANA, 11

ELDA ELCHE

27/10/2009 16/11/2009

MARIANNE JANIC ALCARAZ MARTÍNEZ MADERAS, S.L.

03116801168 03103149430

C/ MILÁN, 28 BAJO – URB. LA SIESTA CTRA. HURCHILLO, KM. 1

TORREVIEJA ORIHUELA

IMPORTES 1.932,76 1.906,42 0,00 0,00 14.367,43 317,65 626,00 6.380,10 0,00

        

boletín oficial de la provincia - alicante, 2 febrero 2010 - n.º 21

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butlletí oficial de la província - alacant, 2 febrer 2010 - n.º 21

ACTAS

RESOLUCIÓN

TITULAR

C.C.C./N.A.F. DOMICILIO

MUNICIPIO

32009008128105 32009008130832 32009008132751 32009008133054 32009008133054 32009008134973 32009008135074 32009008135175 32009008135276 32009008137296 32009008137401 32009008137502 32009008138815 32009008138916 32009008139320 32009008140532 I32009000203407 32009008141643 I32009000206235 32009008143562 32009008143865 32009008143865 32009008146491 32009008146592 32009008148717 32009008148919 32009008149626 32009008149626 32009008149626 32009008149626 32009008149828 32009008149828 32009008149828 32009008149828 32009008149929 32009008150131 32009008150131 32009008150131 32009008150131 32009008150232 I32009000220884 32009008150636 32009008150737 32009008151040 32009008151040 32009008151040 32009008151040 32009008152454 32009008152555 32009008152555 32009008152757 I32009000224625 32009008152959 32009008152959 32009008153161 32009008155383 32009008155585 32009008157003 32009008157205 I32009000230887 32009008157306 32009008157306 32009008157609 32009008157710 32009008157710 32009008157811 I32009000231800 32009008161245 32009008161447 32009008161548 32009008163265 I32009000248166 32009008163366 32009008163568 32009008164073 I32009000240486 32009008164275 I32009000241500 32009008164376 I32009000241904 32009008164780 32009008164982 I32009000241294 32009008165588 32009008165588 32009008165689 32009008165790 32009008165790 32009008165891 32009008165891 32009008165992 32009008166396 32009008166400 32009008166703 32009008166804 32009008167814 32009008171753 32009008181554

30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 27/10/2009 27/10/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009

TRASENSI, S.L. ALUMI MOLDES, S.A. MARELU SHOES, S.L. FABRICADOS DE CRISTAL, S.L. ELDALUX DISEÑO, S.L. ZAPATOS ROSMARINO, S.L. ZAPATOS ROSMARINO, S.L. ZAPATOS ROSMARINO, S.L. ZAPATOS ROSMARINO, S.L. ZAPATOS ROSMARINO, S.L. ZAPATOS ROSMARINO, S.L. ZAPATOS ROSMARINO, S.L. ZAPATOS ROSMARINO, S.L. ZAPATOS ROSMARINO, S.L. ZAPATOS ROSMARINO, S.L. MARIE CHARLOTTE DENISSE THERESE FERAY

03012732646 03010377263 03120960145 03111728371 03012860968 03117927681 03117927681 03117927681 03117927681 03117927681 03117927681 03117927681 03117927681 03117927681 03117927681 031074786321

SAN VICENTE ELCHE ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA CALPE

C/COLÓN, 11 CTRA. MURCIA ALICANTE, KM. 53 C/LA CRUZ, 22 POLÍG.IND. CAMPO ALTO – C/ALEMANIA, POLÍG.IND. CAMPO ALTO – C/ALEMANIA, POLÍG.IND.CAMPO ALTO AVDA. SAN LUIS POLÍG.IND.CAMPO ALTO AVDA. SAN LUIS POLÍG.IND.CAMPO ALTO AVDA. SAN LUIS POLÍG.IND.CAMPO ALTO AVDA. SAN LUIS POLÍG.IND.CAMPO ALTO AVDA. SAN LUIS POLÍG.IND.CAMPO ALTO AVDA. SAN LUIS POLÍG.IND.CAMPO ALTO AVDA. SAN LUIS POLÍG.IND.CAMPO ALTO AVDA. SAN LUIS POLÍG.IND.CAMPO ALTO AVDA. SAN LUIS POLÍG.IND.CAMPO ALTO AVDA. SAN LUIS AVDA. CASANOVA, 4

96 96 CUBA CUBA CUBA CUBA CUBA CUBA CUBA CUBA CUBA CUBA

PARC. PARC. PARC. PARC. PARC. PARC. PARC. PARC. PARC. PARC.

15-18 15-18 15-18 15-18 15-18 15-18 15-18 15-18 15-18 15-18

18/11/2009

TIMBRA-2, S.L.

03106273436

C/RAFAEL ALTAMIRA, 15 BAJO

30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/112009

CALZADOS JUAN APARICIO, S.L. CERCOS SERRANO, S.L. CERCOS CARMAR, S.L. CERCOS SERRANO, S.L. ROBERTO PEÑALVER DELTELL TELECARLA, S.L. ZAPATOS DE ALTA CALIDAD, S.L. ANTONIO MARQUERIE ARQ. Y ASOCIADOS, S.L. LA VILLA DE COLORES REHABILITADOS, S.L. DE RES MARINA, S.L. AM ARQUIGES, S.L. ANTONIO MARQUERIE ARQ. Y ASOCIADOS, S.L. LA VILLA DE COLORES REHABILITADOS, S.L. DE RES MARINA, S.L. AM ARQUIGES, S.L. LA DOLCE VITA UNIVERSIDAD, S.L. ANTONIO MARQUERIE ARQ. Y ASOCIADOS, S.L. LA VILLA DE COLORES REHABILITADOS, S.L. DE RES MARINA, S.L. AM ARQUIGES, S.L. MARBRES SORO, S.L.

03101612584 03114963323 03102530175 03114963323 03107665990 03119714303 03117028514 03107271425 03123240049 03119546066 03100866088 03107271425 03123240049 03119546066 03100866088 03104185209 03107271425 03123240049 03119546066 03100866088 03114002417

AVDA. DE LA LIBERTAD, 57 POLÍG.IND. SALINETAS – C/ARENAL AVDA. DE LA LIBERTAD, 12 POLÍG.IND. SALINETAS – C/ARENAL C/GERONA, 30 1º PTA. C C/DOS DE MAYO, 35 C/PICO ANETO, 22 C/MAESTRO VALLEJO, 8 PLAZA EMILIO CASTELAR, 9 BAJO PLAZA CASTELAR, 9 C/MAESTRO FRANCISCO VALLEJOS, 8 C/MAESTRO VALLEJO, 8 PLAZA EMILIO CASTELAR, 9 BAJO PLAZA CASTELAR, 9 C/MAESTRO FRANCISCO VALLEJOS, 8 AVDA. DE CATALUÑA, 25 8º C/MAESTRO VALLEJO, 8 PLAZA EMILIO CASTELAR, 9 BAJO PLAZA CASTELAR, 9 C/MAESTRO FRANCISCO VALLEJOS, 8 C/SAN FRANCISCO, 1 PTA. D

30/11/2009 16/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009

FUTURA CIA. DE SERV. AUXILIARES, S.L. ILUMINACIONES ILICITANAS, S.L. ANTONIO MARQUERIE ARQ. Y ASOCIADOS, S.L. LA VILLA DE COLORES REHABILITADOS, S.L. DE RES MARINA, S.L. AM ARQUIGES, S.L. REDINGOTE, S.L. CREACIONES D’ANTONIO, S.L. REDINGOTE, S.L. IDELLA CALZADOS, S.L.

03117421463 03118799166 03107271425 03123240049 03119546066 03100866088 03100522548 03012012321 03100522548 03112514778

C/MARÍA CRISTINA, 41 AVDA. LLIBERTAT, 40 2º PTA. 2 C/MAESTRO VALLEJO, 8 PLAZA EMILIO CASTELAR, 9 BAJO PLAZA CASTELAR, 9 C/MAESTRO FRANCISCO VALLEJOS, 8 1º RONDA DEL PARQUE, 9 RONDA DEL PARQUE, 9 RONDA DEL PARQUE, 9 C/LA MELVA, 16

NOVELDA ELCHE TORREVIEJA VILLAJOYOSA VILLAJOYOSA TORREVIEJA MONOVAR MONOVAR MONOVAR ELDA

30/11/2009 30/11/2009 27/11/2009 30/11/2009 30/10/2009 30/11/2009 30/11/2009

CREACIONES D’ANTONIO, S.L. REDINGOTE, S.L. CREACIONES D’ANTONIO, S.L. THADER MONTAJES, S.L. MULTISTONE, S.L. VICTORY PACIFIC TELECOMUNICACIONES, S.L. FERNANDO NAVALÓN FRÍAS

03012012321 03100522548 03012012321 03114480646 03109893657 03123512154 030061727295

RONDA DEL PARQUE, 9 RONDA DEL PARQUE, 9 RONDA DEL PARQUE, 9 C/NUEVA, 25 PTDA. BATISTES – CTRA. NOVELDA, S/N C/PEDRO LORCA, 91 C/DONOSO CORTÉS, 59 2º PTA. A

MONOVAR MONOVAR MONOVAR LOS DESAMPARADOS LA ROMANA TORREVIEJA ELDA

30/10/2009 30/10/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009

MÁRMOLES ESTACIÓN, S.L. MULTISTONES, S.L. CREACIONES D’ANTONIO, S.L. CREACIONES D’ANTONIO, S.L. REDINGOTE, S.L. COMO-2 CALZADOS Y COMPLEMENTOS, S.L.

03103733955 03109893657 03012012321 03012012321 03100522548 03122452228

PTDA. BATISTES – CTRA. NOVELDA, S/N PTDA. BATISTES – CTRA. NOVELDA, S/N RONDA DEL PARQUE, 9 RONDA DEL PARQUE, 9 RONDA DEL PARQUE, 9 C/IGENIERO MIRA, 13

LA ROMANA LA ROMANA MONOVAR MONOVAR MONOVAR GUARDAMAR DEL SEGURA

30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009

HUELLA SPORT, S.L. HUELLA SPORT, S.L. HUELLA SPORT, S.L. DREAM PROJECTS MEDITERRÁNEO, S.L.

03012129226 03012129226 03012129226 03121496271

POLÍG. POLÍG. POLÍG. CAMINO

3 – CTRA. MURCIA-ALICANTE, KM. 53 3 – CTRA. MURCIA-ALICANTE, KM. 53 3 – CTRA. MURCIA-ALICANTE, KM. 53 6

ELCHE ELCHE ELCHE ALTEA

30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009

HUELLA SPORT, S.L. HUELLA SPORT, S.L. PELOBEL FACTORY SHOES, S.L.

03012129226 03012129226 03120883151

POLÍG. ANTÓN, 3 – CTRA. MURCIA-ALICANTE, KM. 53 POLÍG. ANTÓN, 3 – CTRA. MURCIA-ALICANTE, KM. 53 POLÍG.IND.CAMPO ALTO – C/FRANCIA, 47

ELCHE ELCHE ELDA

30/11/2009

CALZADOS FRASAN, S.L.

03105043354

POLÍGONO EL RUBIAL – C/7 PARCELA 25

VILLENA

ANTÓN, ANTÓN, ANTÓN, ALGAR,

ELDA CASA CORTÉS CASA CORTÉS







PETRER PETRER PETRER PETRER BENIDORM ELDA ELDA TORREVIEJA VILLAJOYOSA VILLAJOYOSA TORREVIEJA TORREVIEJA VILLAJOYOSA VILLAJOYOSA TORREVIEJA ALICANTE TORREVIEJA VILLAJOYOSA VILLAJOYOSA TORREVIEJA PINOSO

30/11/2009

CALZADOS ROMIBER, S.L.

03109791506

C/LA MADERA, 6 PTA. B

ELDA

30/11/2009 16/11/2009

AGUA & DOLMA, S.L. UNIPERSONAL LUDMILA COLTA

03120624382 03124588248

AVDA. MARINA BAIXA, BAJO PTA. 8 D/DOCTOR BÉRGEZ, 61 3º

FINESTRAT ALICANTE

30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 30/11/2009 16/11/2009 30/11/2009

CALZADOS ROYSAL, S.L. UNIPERSONAL CALZADOS BRASAL, S.L. UNIPERSONAL CALZADOS BRASAL, S.L. UNIPERSONAL CALZADOS ROYSAL, S.L. UNIPERSONAL CALZADOS BRASAL, S.L. UNIPERSONAL CALZADOS BRASAL, S.L. UNIPERSONAL CALZADOS ROYSAL, S.L. UNIPERSONAL CALZADOS BRASAL, S.L. UNIPERSONAL CALZADOS BRASAL, S.L. UNIPERSONAL CALZADOS BRASAL, S.L. UNIPERSONAL PREFABRICADOS SORRENTO, S.L.U. PREFABRICADOS SORRENTO, S.L.U. PREFABRICADOS SORRENTO, S.L.U. AKRA LUZ, S.L. AMOLOG, S.L.

03119652564 03122572365 03122572365 03119652564 03122572365 03122572365 03119652564 03122572365 03122572365 03122572365 03114134072 03114134072 03114134072 03116586758 03106138646

C/RÍO SIL, 11 C/MANZANARES, 10 C/MANZANARES, 10 C/RÍO SIL, 11 C/MANZANARES, 10 C/MANZANARES, 10 C/RÍO SIL, 11 C/MANZANARES, 10 C/MANZANARES, 10 C/MANZANARES, 10 POLÍG.IND. CAMPO ALTO – C/ITALIA, 59 POLÍG.IND. CAMPO ALTO – C/ITALIA, 59 POLÍG.IND. CAMPO ALTO – C/ITALIA, 59 C/BALTASAR TRISTANY, 30 GLORIETA POETE VICENTE MÓJICA, 2 2º PTA. B

ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA ELDA ELCHE ALICANTE

IMPORTES 1.021,24 3.634,10 11.494,32 5.518,02 5.518,02 1.890,11 891,37 2.701,71 5.619,72 515,78 5.227,18 1.693,47 2.714,37 1.616,13 9.658,53 586,44 626,00 8.352,95 626,00 4.183,76 551,32 551,32 2.125,35 7.677,72 2.029,59 29.610,42 8.454,03 8.454,03 8.454,03 8.454,03 9.620,65 9.620,65 9.620,65 9.620,65 4.622,84 9.629,44 9.629,44 9.629,44 9.629,44 32.759,15 6.886,00 854,71 1.784,02 8.053,57 8.053,57 8.053,57 8.053,57 6.429,00 2.697,04 2.697,04 17.425,19 1.252,00 18.259,22 18.259,22 4.878,48 2.948,37 13.252,89 102,39 1.196,08 626,00 19.807,84 19.807,84 4.021,54 2.200,74 2.200,74 2.646,54 626,00 30.153,76 2.596,20 2.596,20 28.460,05 3.125,00 2.698,70 3.889,09 82.648,31 5.634,00 9.442,26 2.504,00 15.332,18 300,52 4.107,01 17,56 626,00 7.625,49 7.625,49 10.413,16 2.168,88 2.168,88 222,02 222,02 2.046,12 32.667,30 7.157,11 4.664,74 8.873,60 6.280,47 9.990,55 7.646,15

                                                                                                 

Alicante, 22 de enero de 2010. El Jefe de la Unidad Especializada de Seguridad Social de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Alfredo Ortolá Hernández. *1001947*

boletín oficial de la provincia - alicante, 2 febrero 2010 - n.º 21

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butlletí oficial de la província - alacant, 2 febrer 2010 - n.º 21

EDICTO

INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ALICANTE EDICTO Habiendo resultado infructuosas cuantas gestiones se han realizado para notificar a los interesados las deudas por cobros indebidos de prestaciones que a continuación se relacionan, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27-11-92), se lleva a efecto por medio del presente edicto advirtiéndoles que en el plazo de treinta días contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, podrán presentar ante esta Dirección Provincial, la oportuna reclamación previa contra las Deudas de referencia, al que se unirán las pruebas correspondientes que confirmen sus aseveraciones. Durante el plazo señalado, dichos expedientes estarán a disposición de los titulares o de persona debidamente autorizada, en la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, calle Churruca, 26 - 4ª planta de Alicante. APELLIDOS Y NOMBRE

DOMICILIO

LOCALIDAD

ARCE MARTINEZ JOSEFA ARRONIZ OSUNA PEDRO BLANCO ESCOBAR JOSE RAMON CARO TORRES PEDRO CONEJERO REQUENA ANA FERNANDEZ SEGURA RICARDO GONZALEZ GALLEGO ALARCON AGUS GUIRAO CARRATALA RAQUEL HERGUETA ALFONSO ENCARNA HERNANDEZ GARCIA INMACULADA C LLORET MAGRIÑA JOSE MARIA MOGEDAS RUIZ LORENZO PICARD CHALINE JUAN QUILES ROIG JOSE RICO COLLADO JOSE SERRANO RIOS ROSARIO WALTER - - - CHANTAL DOMINIQ ZAPATERO RODRIGUEZ JESUS ZAPATERO RODRIGUEZ JUAN CARLOS

CL ALCANA, 15, 3º A AV ORIHUELA, 1, ESC 1, 3º 1 A CL LOS MAGROS, 107, 6º IZD CL TORRES DE QUEVEDO, 14, 5º IZD CL SAGRA, 2, 1º B CL VIRGEN DEL SOCORRO, 54, 1º E CL ARMONIA, 2, ESC 2, 3º D AV. DENIA, 25, 4º IZD PD. BOVALAR, 22, BJ CL CANTONES, 5 CL NUÑEZ DE BALBOA, 3, 2 º IZD AV. SANTA POLA, 158 B CL ASTURIAS, 15 CL PI Y MARGALL, 34 CL MARIA GUERRERO, 7 CL TOMAS PICO, 4, 3º IZD PK. MARNES LLIBER, 35 CL CLARAMUNT, 3, BJ B CL DR. CLARAMUNT, 1 A, BJ B

ELCHE ALICANTE ELCHE ELCHE ALICANTE ALICANTE ALICANTE ALICANTE POLOP VILLENA SAN VICENTE RASPEIG ELCHE BENIDORM ELDA ELDA IBI BENISA ALICANTE ALICANTE

IMPORTE 3.919,64 3.416,19 442,75 8,45 1.473,32 207,98 1.711,32 442,72 1.634,00 862,53 1.353,33 666,48 2.473,20 748,98 3.333,70 571,23 142,74 617,68 617,68

Alicante, 14 de enero de 2010. El Director Provincial, Miguel Ángel Martínez Díaz. *1001791* SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO COMUNIDAD VALENCIANA ALICANTE EDICTO De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la resolución del expediente que se indica, incoado al interesado que a continuación se relaciona, ya que, habiéndose intentado la notificación del mismo en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. El correspondiente expediente obra en la Secretaría General de esta Subdelegación del Gobierno en Alicante, ante la cual le asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estime conveniente y a consultar el respectivo expediente, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido dicho plazo, se dictará la oportuna resolución definitiva. DENUNCIADO / Nº EXPTE. GRUPO INMOBILIARIO MASA, S.L. EXPTE. Nº UC/004/09

FECHA RESOLUCIÓN

DOMICILIO LOCALIDAD

30/11/2009

EXPLANADA DE ESPAÑA, Nº 18 03001 ALICANTE

INFRACCIÓN MUY GRAVE ARTÍCULOS 24.1 Y 31.4.G. DE LA LEY 25/1988, DE 29 DE JULIO, DE CARRETERAS, Y ARTÍCULO 88.1 DE SU REGLAMENTO DE DESARROLLO. PROCEDIMIENTO DE DEMOLICIÓN DEL ART. 27 DEL MISMO CUERPO LEGAL.

Alicante, 25 de enero de 2010. El Secretario General, José Pérez Grau. *1001902*

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59,4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de propuesta de resolución de los expedientes sancionadores que se indican, incoado a los interesados que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, éstas no se han podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en la Sección de Derechos Ciudadanos de esta Subdelegación del Gobierno en Alicante, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estime conveniente y a consultar los mismos, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido dicho plazo, se dictarán las oportunas resoluciones. DENUNCIADO Nº EXPEDIENTE JOSE RAMON MIRALLES NAVALON 2009/2909 JAVIER MARTINEZ CORDOBA 2009/2925

D.N.I.

FECHA

74237207S

12/18/2009

74011845F

12/18/2009

DOMICILIO LOCALIDAD

INFRACCIÓN SANCIÓN

C/ DIAGONAL, Nº72, 5º DCHA. ELCHE/ELX (ALICANTE) C/ MURILLO, Nº12 NOVELDA (ALICANTE)

LO 1/1992 - 25.1 600 EUROS LO 1/1992 - 25.1 450 EUROS

Alicante, 22 de enero de 2010. El Secretario General, José Pérez Grau. *1002005*

EDICTO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59,4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de acuerdo de iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, incoado a los interesados que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, éstas no se han podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en la Sección de Derechos Ciudadanos de esta Subdelegación del Gobierno en Alicante, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estime conveniente y a consultar los mismos, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido dicho plazo, se dictarán las oportunas resoluciones. DENUNCIADO Nº EXPEDIENTE

D.N.I.

JAMES ROBERTS 2009/3208 X9698468N MOHAMED NAJIB BOUKHARI 2009/3313 X2646445L JOSÉ MARÍA FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ 2009/3342 29022062H JOSUÉ PUERTAS ALFARO 2009/3405 48337291P ADRIAN MARTINEZ HERNANDEZ 2009/3574 45843689C FRANCISCO JAVIER MORENO MARTINEZ 2009/3659 21484185T ENRIQUE JOSE PASTOR FLOREZ 2009/3699 50081129D HONORATO SANCHEZ POZO 2009/3701 21976595A JESÚS DELGADO ROBLES 2009/3762 48299986D PEDRO JESUS PEREZ GONZALEZ 2009/3818 Y0787468P JESUS ANTONIO SERRANO MIRA 2009/3856 33481267Y JOSE ANGEL JIMENEZ JUAREZ 2009/3870 53239586Z JIDONG ZHU 2009/3896 X7294645B RODRIGO JESUS GONZALEZ ROJAS 2009/3900 X4094973F

FECHA

DOMICILIO LOCALIDAD

C/ SENDERO, Nº12 A 11/17/2009 ALFÀS DEL PI (L’) (ALICANTE) C/ MARTIN DE TORRES, 12 2 1 11/23/2009 ELCHE/ELX (ALICANTE) C/ MAYOR, 3 11/25/2009 MURCIA (MURCIA) C/ NORUEGA Nº 3, V 3, 12 11/27/2009 BENIDORM (ALICANTE) C/ HISTORIADOR BERNARDO HERRERO, 19, 2º-A 12/4/2009 SAX (ALICANTE) AVDA. MIRIAN BLASCO, Nº 6, 1 F3 12/10/2009 ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) URBZ. JARDIN DEL MAR II, 32 12/11/2009 TORREVIEJA (ALICANTE) PARTIDA CARRUS, POL. 2, 429 12/11/2009 ELCHE/ELX (ALICANTE) C/ EJÉRCITOS ESPAÑOLES Nº15, PD2, D 12/15/2009 ALFÀS DEL PI (L’) (ALICANTE) URBZ. BAÑOS DE EUROPA, FASE 1, CASA 1 12/17/2009 TORREVIEJA (ALICANTE) C/ CALLEJON DE LAS TAHULLAS, 25, 2-1 12/21/2009 ELCHE/ELX (ALICANTE) C/ MONFORTE DEL CID, 16, ENT. 12/21/2009 ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) AVDA. DE EUROPA, Nº 6, PISO 11, PUERTA 3 12/21/2009 BENIDORM (ALICANTE) C/ VILLA MADRID, 13, C 12/21/2009 TORREVIEJA (ALICANTE)

INFRACCIÓN SANCIÓN LO 1/1992 - 25.1 LO 1/1992 - 25.1 LO 1/1992 - 25.1 LO 1/1992 - 25.1 LO 1/1992 - 23.A) LO 1/1992 - 25.1 LO 1/1992 - 23.A) LO 1/1992 - 23.A) LO 1/1992 - 25.1 LO 1/1992 - 25.1 LO 1/1992 - 23.A) LO 1/1992 - 23.A) LO 1/1992 - 23.M) LO 1/1992 - 23.H)

boletín oficial de la provincia - alicante, 2 febrero 2010 - n.º 21

DENUNCIADO Nº EXPEDIENTE

D.N.I.

FECHA

DOMICILIO LOCALIDAD

ALEJANDRA PEÑALVER CAMARENA PL. ALMIRANTE BASTARRECHE, 7 1º D 2009/3918 74010553A 12/22/2009 JÁVEA/XÀBIA (ALICANTE) STEPHANIE TAPPENDEN C/ L’API, 2 2009/3919 X0897518N 12/22/2009 JÁVEA/XÀBIA (ALICANTE) SARA ARIAS BELLARBI C/ QUINTILIANO, 12, 4º-A 2009/3925 48766836M 1/11/2010 ALICANTE/ALACANT (ALICANTE)

6

butlletí oficial de la província - alacant, 2 febrer 2010 - n.º 21

INFRACCIÓN SANCIÓN

DENUNCIADO Nº EXPEDIENTE

LO 1/1992 - 26.I)

ARNO WALTER MORITZ 2009/2364 07979250K YOUSSEF LAZAR 2009/2365 10171902Z SERGIO MONGE SANCHEZ 2009/2375 44771549W SANTIAGO SEMPERE RICO 2009/2381 74364021F CARLOS SABANIEGO MAÑAS 2009/2441 48674406N KAMAL EL ACHKAR 2009/2459 06480997B ALEJANDRO MORENO ONOFRE 2009/2479 48623877Z

LO 1/1992 - 26.I) LO 1/1992 - 23.A)

Alicante, 22 de enero de 2010. El Secretario General, José Pérez Grau. *1002006*

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59,4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de resolución de los expedientes sancionadores que se indican, incoado a los interesados que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, éstas no se han podido practicar. Contra dichas resoluciones, que no agotan la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el excelentísimo señor ministro del Interior dentro del plazo de un mes, contado desde el día de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Se advierte que una vez transcurrido dicho plazo, y una vez sea firme la resolución en vía administrativa, se continuará la tramitación que corresponda para proceder a su cobro por la Delegación de Hacienda que corresponda. Los expedientes obran en la Sección de Derechos Ciudadanos de esta Subdelegación del Gobierno en Alicante, pudiendo ser consultados en el plazo anteriormente citado. D.N.I.

UNAI MARTIN BARRENECHEA 2009/1333 48361447Z LAURA BELTRAN JUAREZ 2009/1802 48557886X RAMON PERONA CARRILLO 2009/1819 14634338J AITOR GALLARDO MARTINEZ 2009/1892 53230958B JOEL PEREZ MATEO 2009/1896 53244669Z DOMINGO ESTEVE MORENO 2009/1904 53722544H DAVID SEVILLA GINER 2009/1935 29021881K ENRIQUE MARTINEZ PUJALTE 2009/1937 48536417T FRANCISCO GONZALEZ CANTERO 2009/1968 48717412P GERMAN ANGEL MIRANDA RUIZ 2009/1985 14549212X DAVID NUÑEZ BRAVO 2009/2048 52122784T YOLANDA GARCIA SUBIRAT 2009/2125 08933583S DAVID BARTA CENTELLES 2009/2170 48330557J ANTONIO CORTES HEREDIA 2009/2224 53241716M RABAH MAIDIT 2009/2233 X6570051D MARIA JOSE MARTINEZ PEREZ 2009/2254 48471874H JOSE VICENTE RUIZ RUIZ 2009/2279 48509768P ANTONIO ORTEGA ASENSIO 2009/2317 21651979D KAMAL EL BACHIR 2009/2321 05241157D CARLOS CONESA GARCIA 2009/2336 48534497N JOSE ISRAEL NAVARRO GARCIA 2009/2337 53244068B MARIUS TUDEAN 2009/2341 03746035W JESUS BORDELL DIAZ 2009/2345 48560574F EDGAR RASCON PALOMO 2009/2352 71944707V

FECHA

DOMICILIO LOCALIDAD

FECHA

DOMICILIO LOCALIDAD

INFRACCIÓN SANCIÓN

C/ MARTIN LUTHER KING (RESIDENCIAL EUROPA 1) 12/14/2009 TORREVIEJA (ALICANTE) C/ FÉLIX RODRÍGUEZ DE LA FUENTE, Nº10, 2ºF 12/14/2009 TORREVIEJA (ALICANTE) C/ JUAN MILLA, 9, 2, 1 12/14/2009 PETRER (ALICANTE) C/ SANTA BÁRBARA, Nº3, 1º 12/14/2009 ELCHE/ELX (ALICANTE) C/ CAPITÁN MARTÍ, Nº14, PISO 2, PUERTA 5 12/14/2009 SANT JOAN D’ALACANT (ALICANTE) PASAJE JUAN RAMÓN JIMÉNEZ, Nº2, 2ºC 12/14/2009 ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) C/ LA ORDANA, 14 3 D 12/16/2009 SANT JOAN D’ALACANT (ALICANTE)

LO 1/1992 - 25.1 301 EUROS LO 1/1992 - 25.1 301 EUROS LO 1/1992 - 25.1 600 EUROS LO 1/1992 - 25.1 600 EUROS LO 1/1992 - 25.1 200 EUROS LO 1/1992 - 25.1 600 EUROS LO 1/1992 - 25.1 900 EUROS

Alicante, 25 de enero de 2010. El Secretario General, José Pérez Grau.

EDICTO

DENUNCIADO Nº EXPEDIENTE

D.N.I.

INFRACCIÓN SANCIÓN

AVDA. PORTUS ILICITANUS, Nº2, ESC 3, 4ºA LO 1/1992 - 25.1 11/5/2009 SANTA POLA (ALICANTE) 601 EUROS AVDA. PAIS VALENCIANO, 10 IZ LO 1/1992 - 25.1 11/19/2009 ORIHUELA (ALICANTE) 301 EUROS C/ SAN ROQUE, 8 BJ LO 1/1992 - 25.1 11/19/2009 OSUNA (SEVILLA) 601 EUROS AVDA. DE LA CONDOMINA, Nº 3 LO 1/1992 - 25.1 11/19/2009 ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) 601 EUROS C/ SALVADOR ALLENDE, 79 BQ. 1 1 2º A LO 1/1992 - 25.1 11/19/2009 ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) 301 EUROS C/ VALENCIA, Nº39, P04 12 LO 1/1992 - 25.1 11/19/2009 TORRENT (VALENCIA) 301 EUROS C/ CONDE DE ALTEA, Nº65, 1ºD LO 1/1992 - 25.1 11/20/2009 ALTEA (ALICANTE) 902 EUROS C/ SANTA FAZ, Nº61 BAJOS LO 1/1992 - 25.1 11/20/2009 ASPE (ALICANTE) 301 EUROS C/ PINTOR APARICIO, Nº18 C, 4ºA LO 1/1992 - 25.1 11/20/2009 ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) 301 EUROS PL. SANTIAGO, 3 5 LO 1/1992 - 26.I) 11/19/2009 BILBAO (VIZCAYA) 300 EUROS C/ HIGUERAL, Nº18 B LO 1/1992 - 25.1 11/23/2009 FUENLABRADA (MADRID) 902 EUROS C/ THOMAS WILSON, Nº47 (URB. CUMBRE DEL SOL) LO 1/1992 - 25.1 12/2/2009 BENITACHELL/POBLE NOU DE BENITATXELL (EL) (ALICANTE) 601 EUROS C/ VILLARROEL, 143 3- 2 LO 1/1992 - 25.1 12/3/2009 BARCELONA (BARCELONA) 301 EUROS PASAJE MAESTRO ENRIQUE GRANADOS, 7, 3º-C LO 1/1992 - 23.A) 12/4/2009 ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) 601 EUROS C/ PALANGRE, 23 2º 6 LO 1/1992 - 25.1 12/4/2009 TORREVIEJA (ALICANTE) 451 EUROS AVDA. LITERATO CASTILLO PUCHE, ESC 3 B, PUERTA B LO 1/1992 - 25.1 12/4/2009 YECLA (MURCIA) 451 EUROS C/ MAYOR, Nº7 LO 1/1992 - 25.1 12/9/2009 MURCIA (MURCIA) 451 EUROS C/ FRAY LUIS DE LEON, 8 LO 1/1992 - 23.M) 12/10/2009 IBI (ALICANTE) 1.000 EUROS C/ MANUEL RUIZ MAGRO, Nº22, PISO 4-1 LO 1/1992 - 25.1 12/10/2009 ELCHE/ELX (ALICANTE) 751 EUROS C/ DIANA, 12 LO 1/1992 - 25.1 12/10/2009 ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) 451 EUROS C/ DEPORTISTA BENJAMÍN RODRÍGUEZ, Nº13, BAJO LO 1/1992 - 25.1 12/10/2009 ALICANTE/ALACANT (ALICANTE) 301 EUROS URBZ. DOÑA INES, CHALET CRISTINA, 1 LO 1/1992 - 26.C) 12/11/2009 TORREVIEJA (ALICANTE) 150 EUROS AVDA. TORREBLANCA, 36 (URB. ALTOMAR) LO 1/1992 - 23.A) 12/11/2009 TORREVIEJA (ALICANTE) 601 EUROS C/ LEPANTO, 6, 6º-7 LO 1/1992 - 23.A) 12/11/2009 BENIDORM (ALICANTE) 601 EUROS

*1002009* TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EDICTO Notificación de embargo de bienes inmuebles. El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 03/07 de Dénia (Alicante). Hace saber: que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor referenciado, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido se indica. Tipo/Identificador: 10 03112200641. Régimen: 0111. Número expediente: 03 07 08 00166977. Deuda pendiente: 52.564,26. Nombre/razón social: González Sivera José Antonio. Domicilio: avenida Constitución 15. Localidad: 03770 Verger (El). DNI/CIF/NIF: 028996912F. Número documento: 03 07 504 09 032222400. Se procedió con fecha 21 de diciembre de 2009 a la Ampliación de embargo de bienes inmuebles, mediante la diligencia que se suscribe: Diligencia de ampliación de embargo de bienes inmuebles (TVA-504) Diligencia: de las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con el DNI/NIF/CIF arriba indicado resulta lo siguiente: que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en relación adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de Jávea número 1, garantizando la suma total de 5.469,60 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican: LIBRO

TOMO

FOLIO

FINCA NÚM.

ANOTACIÓN LETRA

54 77 728 55

1426 215 1613 1458

11 213 105 135

3104 1609 8924 2754

C C C A

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle: Nº PROVIDENCIA

PERIODO

03 03 03 03 03 03 03 03 03

05 04 06 05 06 07 07 05 09

08 08 08 08 08 08 08 08 08

030525022 028589971 031802085 033131692 036101411 035436353 038815791 038119011 040695571

2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008

RÉGIMEN / / / / / / / / /

05 04 06 05 06 07 07 08 09

2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008

0521 0111 0521 0111 0111 0521 0111 0521 0521

boletín oficial de la provincia - alicante, 2 febrero 2010 - n.º 21

Nº PROVIDENCIA

PERIODO

03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03

08 09 10 11 10 12 11 12 01 01 02 02 03

08 09 08 09 09 09 09 09 09 09 09 09 09

042197758 010237247 045213347 012652446 014317311 017610459 015337023 019932904 022114491 024798361 024029334 028233474 027403823

2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2009 2009 2009 2009 2009

7

RÉGIMEN / / / / / / / / / / / / /

08 09 10 11 10 12 11 12 01 01 02 02 03

2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2009 2009 2009 2009 2009

0111 0111 0521 0521 0111 0521 0111 0111 0521 0111 0521 0111 0521

Importe deuda: principal 27.866,45, recargo 5.573,29, intereses 1.867,03, costas devengadas 174,30 Costas e intereses presupuestados 4.000,00 total: 39.481,07. Por lo que se acuerda ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 39.481,07 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 57.378,50 euros, y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad. Descripción de las fincas embargadas (sobre las que se amplia el embargo): Deudor: González Sivera José Antonio. Finca número: 06. Datos finca urbana. Descripción finca: vivienda en segunda planta de 95 metros cuadrados. Tipo vía: cl nombre vía: mayor n vía: 90. Bis-número vía: escalera: piso: puerta: 2 cod-post: 03770 cod-muni: 03138. Datos registro. N reg: número tomo: 1426 número libro: 54 n folio: 11 número finca: 3104. Letra: C. Finca número: 07. Datos finca no urbana. Nom. finca: partida Camanes. Provincia: Alicante. Localidad: Vergel. Termino: Vergel. Cultivo: secana. Cabida: O, 1869 Ka. Linde N: Josefa Carpi Rodríguez. Linde E: Francisca Cano Flores. Linde S: Francisco Morell. Linde O: camino. Datos registro. N. Reg: N tomo: 215 n2 libro: 77 número folio: 213 número finca: 1609. Letra: C. Finca número: 08. Datos finca urbana. Descripción finca: solar compuesto de 72,50 metros cuadrados. Tipo vía: pd nombre vía: Dehesa del Molinell número vía: Bis-número vía: escalera: piso: puerta: cod-post: 03700 cod-muni: 03063. Datos registro. N. Reg: número tomo: 1613 número libro: 728 número folio: 105 número finca: 8924. Letra: C. Finca número: 09. Datos finca urbana. Descripción finca: local comercial con una superficie útil de 32 m2. Tipo vía: cl nombre vía: Almazara número vía: Bis-número vía: escalera: piso: puerta: cod-post: 03770 cod-muni: 03138. Datos registro. Número reg.: número tomo: 1458 número libro: 55 número folio: 135 número finca: 2754. Letra: A. Dénia a 21 de diciembre de 2009. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

butlletí oficial de la província - alacant, 2 febrer 2010 - n.º 21

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habiéndose intentado la notificación al interesado por dos veces sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se extiende el presente edicto, para que sirva de notificación en forma al deudor José Antonio González Sivera, y a los demás interesados, cuando no se haya podido notificar la misma, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y su exposición en los tablones de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento donde residiera el deudor y en los de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por R.D.1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándoles que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dénia, 27 de octubre de 2009. El Recaudador Ejecutivo, Juan Carlos Badenes Navarro. *1001903*

ANUNCIO Notificación de resoluciones de recursos. La Jefa del Servicio Técnico de Impugnaciones y Notificaciones de la Dirección Provincial de Las Palmas de la Tesorería General de la Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre (B.O.E. 27-11-92), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común notifica por medio de este anuncio las resoluciones a los recursos interpuestos por los interesados que más adelante se relacionan, una vez que intentada su notificación, ésta no pudo practicarse. Contra las resoluciones que se notifican podrá interponerse el recurso que en la relación se indica ante el órgano también indicado, sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otro que se estime procedente. En el caso de que el órgano ante el que quepa el recurso sea judicial, las resoluciones que se notifican ponen fin a esta vía. El plazo de interposición empezará a contar el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia cuando el plazo esté expresado en días y el mismo día de la publicación cuando el plazo sea contado en meses. REG.

RECLAM/PROVIDENCIA

CCC

NOMBRE/RAZÓN SOCIAL

0521

EMBARGO CTA. CTE.

35/10.316.423-10 GEOFFREY JAMES ROSE

RESOLUCIÓN DESESTIMADA

ADM./URE

RECURSO QUE PROCEDE

ÖRGANO ANTE EL QUE SE INTERPONE

PLAZO

35/02

REC. CONTENCIOSO

TRIB. CONTENCIOSO ADVO. TSJC

2 MESES

La Jefa del Servicio Técnico de Impugnaciones y Notificaciones, Amparo García Pascual. *1001908*

EDICTO Notificación de embargo de bienes inmuebles. El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 03/07 de Dénia (Alicante).

boletín oficial de la provincia - alicante, 2 febrero 2010 - n.º 21

8

Hace saber: que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor referenciado, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido se indica. Tipo/Identificador: 07 030102882880 Régimen: 0521. Número expediente: 03 07 06 00690723. Deuda pendiente: 12.399,10. Nombre/razón social: Lozano Rodríguez Santiago. Domicilio: calle Andrés Lambert 8 3. Localidad: 03730 - Jávea - Xabia. DNI/CIF/NIF: O52523O12M. Número documento: 03 07 501 09 009425881. Se procedió con fecha 05-05-2009 al embargo de bienes inmuebles, mediante la diligencia que se suscribe: Diligencia de embargo de bienes inmuebles: Diligencia.- Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: NÚM. PROVIDENCIA APREMIO

PERIODO

04 04 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03

10 11 11 12 12 01 03 04 03 02 01 02 05 06 05 06 07 07 08 09

07 07 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08 08

010250764 013563821 012536875 015810627 017458920 018478733 019600293 019600394 019599990 019598980 019600091 019600192 030523305 031799964 033152813 036122932 035434737 038840750 038117593 040693450

2006 2006 2007 2007 2007 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008

RÉGIMEN / / / / / / / / / / / / / / / / / / / /

10 11 11 12 12 01 03 04 03 02 01 02 05 06 05 06 07 07 08 09

2006 2006 2007 2007 2007 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008

0111 0111 0521 0521 0111 0111 0521 0521 0111 0111 0521 0521 0521 0521 0111 0111 0521 0111 0521 0521

Importe deuda: principal 9.521,76 recargo 2.092,75 intereses 752,61 costas devengadas 13,59 Costas e intereses presupuestados 1.000,00 total: 13.380,71 euros. No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (B.O.E. del día 25), declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que a continuación se describen: Descripción de las fincas embargadas: Deudor: Lozano Rodríguez Santiago. Finca número: 01. Datos finca no urbana. Nom. Finca: partida Catarroja. Provincia: Alicante. Localidad: Jávea. Termino: Cultivo: secano. Cabida: 0,15 Ha. Datos registro: Número reg.: 03071 número tomo: 1949 número libro: 765 número folio 187 número finca: 43524. Descripción ampliada. Rústica, en término de Javea, partida Catarroja, secano. Superficie registral del terreno 1.544 m2. Referencia catastral: polígono 31; parcela: 242. Embargo del pleno dominio. Finca número: 02 Datos finca urbana Descripción finca: mitad indivisa vivienda de 90 m2 construidos. Tipo vía: calle Nombre vía: Andrés Lambert número vía: 8. Bis-número vía: escalera: piso: 3 puerta: cod-post: 03730 cod-muni: 03082.

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Datos registro. Número reg: 03071 número tomo: 1820 número libro: 679 n folio: 86 número finca: 23264. Descripción ampliada. Urbana, en término de Jávea, vivienda piso sin anejos. Calle Andrés Lambert, 8, Aduanas del Mar, planta tercera. Superficie registral de la construcción 90 m2. Embargo de una mitad indivisa. Dénia, a 5 de mayo de 2009. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada. Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento. Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta. Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habiéndose intentado la notificación al interesado por dos veces sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se extiende el presente edicto, para que sirva de notificación en forma al deudor Santiago Lozano Rodríguez y al cónyuge-cotitular Sara Margarit Vidal, y a los demás interesados, cuando no se haya podido notificar la misma, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y su exposición en los tablones de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento donde residiera el deudor y en los de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su notificación,

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conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por R.D.1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándoles que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dénia, 27 de enero de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Juan Carlos Badenes Navarro. *1001911*

EDICTO Notificación de providencia de subasta. En la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social de Dénia, se tramita expediente administrativo de apremio número 03 07 08 006985 58 contra Antonio Cuartero Lozano con NIF: 74626396K, una vez autorizada la providencia de subasta por el Director Provincial en fecha 22 de diciembre de 2009, como quiera que ha sido imposible la notificación de la misma de forma personal y directa en el domicilio facilitado previamente por el deudor, mediante la presente se le notifica, que el día 16 de febrero de 2010, en acto público, a celebrar a las 10.00 horas en la calle Mayor, 3 de Alicante, se procederá a la enajenación de los bienes muebles trabados mediante diligencia de embargo de fecha 15-04-2009 (Pala excavadora J.C.B. mod. JS175W matrícula E5568BBT), en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. número 285 de 27 de noviembre), conforme a la redacción dada al mismo por el artículo primero de la Ley 4/ 1999 de modificación de la citada Ley (B.O.E. del 14 de enero de 1999). En virtud de lo anterior, dispongo que los sujetos pasivos indicados obligados con la Seguridad Social, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante esta Unidad de Recaudación Ejecutiva 03/07 de la Seguridad Social sita en Paseo del Saladar, 41 de Dénia en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad, en el plazo de 10 días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para conocimiento del contenido íntegro del acto que se notifica y constancia del mismo. Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales. El presente edicto se remitirá al Boletín Oficial de la Provincia, así como al Ayuntamiento donde residiera el deudor y se expondrá en el tablón de anuncios de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá enten-

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derse desestimado, según dispone el artículo 46.1) del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común Dénia, 27 de enero de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Juan Carlos Badenes Navarro. *1002003*

EDICTO El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 04, de Sevilla, hace saber: Que en el expediente administrativo de apremio número 41 04 02 00121816 que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra Pedro Luis Sánchez García, por deudas a la Seguridad Social, se dictó providencia para la prorroga de anotación preventiva de embargo por cuatro años con número de documento: 41 04 511 09 038206220. Intentada la notificación al deudor y a los titulares del inmueble Antonio Manuel y María Sánchez García, en el último domicilio conocido, sito en calle Capitán Dema 26 de Alicante, fueron devueltas por el Servicio de Correos por el motivo de ausencia, por lo que procede su publicación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por R.D. 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25) y artículos 59 al 61 de la Ley de R. J. AA. PP. y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, BB.OO.EE. de 27/11/92 y 14/01/99), la cual se transcribe a continuación: «Providencia: de las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/ CIF número 021467541P, (estado civil, en su caso:), resulta lo siguiente: Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en relación adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de Alicante Número Dos, garantizando la suma total de 3.294.54 euros, que incluye el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento, con las letra que se indican: LIBRO

TOMO

FOLIO

FINCA Nº

0870

1.900

0080

5.541

ANOTACIÓN LETRA A

Que no siendo posible la ultimación del procedimiento antes de que transcurran los 4 años desde la anotación registral del embargo de dichas fincas, acuerdo solicitar del señor Registrador de la Propiedad de Alicante número Dos, la prórroga, por un plazo de 4 años más, de las anotaciones registrales del embargo de las fincas relacionadas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley Hipotecaria. Sevilla, a 17 de diciembre de 2009. El Recaudador Ejecutivo. Firmado.: José Díaz Moya.» Sevilla, 21 de enero de 2010. El Jefe de Negociado, Leonardo Martínez Nieto. *1002004*

EDICTO Notificación de providencia de subasta. En la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social de Dénia, se tramita expediente administrativo de apremio número 03 07 07 004194 53 contra Construcciones Jesmar Marina Alta, S.L. con CIF: B53545455, una vez autorizada la providencia de subasta por el Director Provincial en fecha 22 de diciembre de 2009,

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como quiera que ha sido imposible la notificación de la misma de forma personal y directa en el domicilio facilitado previamente por el deudor, mediante la presente se le notifica, que el día 16 de febrero de 2010, en acto público, a celebrar a las 10:00 horas en la calle Mayor, 3 de Alicante, se procederá a la enajenación de los bienes muebles trabados mediante diligencia de embargo de fecha 30-06-2009 (Camión Renault S210 10B matrícula A 9912EF), en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. número 285 de 27 de noviembre), conforme a la redacción dada al mismo por el artículo primero de la Ley 4/1999 de modificación de la citada Ley (B.O.E. del 14 de enero de 1999). En virtud de lo anterior, dispongo que los sujetos pasivos indicados obligados con la Seguridad Social, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante esta Unidad de Recaudación Ejecutiva 03/07 de la Seguridad Social sita en Paseo del Saladar, 41 de Dénia en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad, en el plazo de 10 días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para conocimiento del contenido íntegro del acto que se notifica y constancia del mismo. Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá

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producida a todos los efectos legales. El presente edicto se remitirá al Boletín Oficial de la Provincia, así como al Ayuntamiento donde residiera el deudor y se expondrá en el tablón de anuncios de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1) del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común Dénia, 27 de enero de 2010. El Recaudador Ejecutivo, Juan Carlos Badenes Navarro. *1002007*

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EMPLEO ANUNCIO Habiéndose depositado en esta Dirección Territorial de Empleo y Trabajo el Acta de la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de ámbito provincial de Mármoles, Piedras y Granitos, celebrada el día 21 de los corrientes en la que se acuerda la reducción de jornada para el presente año, en cumplimiento de lo establecido en el texto del Convenio y que ha sido inscrita en el Registro de Convenios de esta Dirección Territorial con fecha de hoy, procede su publicación inmediata en el Boletín Oficial de la Provincia. Acta. En Novelda, siendo las 16.30 horas del día veintiuno de enero de dos mil diez se reúnen los señores don Miguel Ángel Martínez Jiménez, don Antonio Caballero Cortés, don José Ángel Martínez Navarro, don Antonio Martínez Martínez, don Juan Ramón Sabater Pellín y don Vicente José Lacruz Segura, en representación de Comisiones Obreras, actuando como asesor don Miguel Ángel Mira Pascual y don Juan Antonio Menárguez Garri; don Luis Berenguer Fuentes, don Joaquín Mira Pascual, don José Antonio Martínez Fernández, don Miguel Ángel Sánchez García, don Gerson Navarro Cantó y don Ernesto Rico Jover, en representación de UGT, actuando como asesores don Pascual Gosálbez Cerdá y doña Cristina Aparicio Gómez, por parte trabajadora; y don Luis Miguel Sellers Miró, don José Luis Azorín Giménez, don Luis Soler Navarro y don Antonio Fayos Álvarez en representación de Mármol de Alicante, Asociación de la Comunidad Valenciana, por la parte Empresarial, quienes en reunión de constitución de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo 2007-2011 para la actividad de «Mármoles y Piedras» de la provincia de Alicante celebrada el día diez de septiembre de dos mil siete, se reconocieron mutua capacidad y legitimación para negociar el referido convenio, al objeto de tratar el siguiente Orden del día. Primero.- Se acuerda en materia de reducción de jornada y en cumplimiento de lo establecido en el texto del

Convenio Colectivo en vigor, el texto que como Anexo I se adjunta a la presente acta. Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión con pleno acuerdo de todos los asistentes, quienes firman la presente acta y sus anexos como prueba de conformidad con lo expuesto en el lugar y fecha al encabezamiento indicados. Anexo I. «Articulo 10.- Jornada. La jornada laboral ordinaria en cómputo anual para el 2010, se establece en 1.738 horas de trabajo efectivo. Las empresas negociarán, necesariamente, con los representantes de los trabajadores o, en su defecto, caso de no existir, con sus trabajadores, el ajuste de la jornada laboral anual, en función de sus propias necesidades, con el fin de adaptadas a la realidad de cada empresa, atendiendo a la distribución de las vacaciones anuales y las fiestas de cada localidad. No obstante, hasta tanto en cuanto no se llegue a un acuerdo, serán considerados inhábiles para el 2010 los siguientes días: 1 abril, 11 octubre, 7 24 y 31 diciembre, así como el día anterior o posterior a la fiesta patronal de cada localidad donde este ubicado el centro de trabajo. Para el resto de la reducción de la jornada, y hasta alcanzar el cómputo anual de las 1.738 horas, las empresas negociarán necesariamente, con los representantes de los trabajadores o, en su defecto, con sus trabajadores, la anexión de los días de reducción que resten a la fiesta patronal de cada localidad, o al periodo vacacional. En caso de no alcanzar acuerdo al respecto, la distribución de la reducción de la jornada que reste, se fijará el 50% de dichos días por la empresa, y el otro 50% por cada uno de los trabajadores, debiendo comunicado necesariamente a la otra parte, con una antelación de 15 días. Para los días que correspondan, una vez calculadas por la empresa y los trabajadores, el ajuste de la jornada anual, y a efectos de su abono, se tomarán como base de cálculo los salarios de las columnas 1ª y 2ª de la tabla salarial anexa. En todo caso el ajuste de la jornada anual deberá estar fijado antes del 1 de diciembre de cada año.

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En el supuesto de que alguno de los mencionados días, coincidiera con fiesta local o periodo vacacional, éste se trasladará a otro día previo pacto entre las partes afectadas. Para los trabajadores con contrato temporal, el cómputo de la jornada de trabajo, así como las posibles horas de reducción de jornada, será proporcional a la jornada anual de 1.738 horas, en función de la duración del contrato, no obstante, disfrutarán los días de descanso establecidos en el calendario laboral de la empresa, ajustándose a la terminación del contrato, en su finiquito, las horas que por defecto o exceso correspondan según la citada proporcionalidad bajo el epígrafe de ajuste de jornada. No obstante a lo anterior, el periodo de tiempo efectivo de trabajo para todo el personal afectado por el presente Convenio será de cuarenta horas semanales, distribuidas de lunes a viernes, facultándose expresamente a empresa y trabajadores para convenir libremente y de mutuo acuerdo el trabajo en la mañana del sábado por la totalidad o parte de la plantilla, en lo no previsto Se estará a lo dispuesto en la legislación vigente. De acuerdo con lo establecido en el artículo 64 del Convenio del Sector de la Construcción, la jornada ordinaria anual durante el periodo de vigencia del presente Convenio Colectivo será: Año 2010: 1.738 horas. Año 2011: 1.738 horas. Alicante, 25 de enero de 2010. El Director Territorial de Empleo y Trabajo, Ramón Rocamora Jover. *1001957* DIRECCIÓN TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE, AGUA, URBANISMO Y VIVIENDA EDICTO El Director Territorial de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. número 285 del 27-11-92), se hace pública notificación de los actos administrativos recaídos en los expedientes que se indican, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Número expediente: AVI: 03/351/2009 Nombre: María Paz Peña González N.I.F.: 21414832S Acto administrativo: denegación Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03/1339/2008 PRG-1 Nombre: María Teresa Sánchez Carbonell N.I.F.: 22142187H Acto administrativo: resolución de prórroga de alquiler 520 Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03/1167/2009 Nombre: Gorka Alemany Ruiz N.I.F.: 30629218ª Acto administrativo: resolución de alquiler 510 Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03/1538/2009 Nombre: Ethel Celenia Alvez Araujo N.I.F.: X6869561J Acto administrativo: comunicación de reparos inicio Plazo: quince días desde la publicación para subsanación. Número expediente: AVI: 03/881/2009

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Nombre: Rosa María Merino Criado N.I.F.: 52387791R Acto administrativo: resolución de archivo solicitud Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03/207/2009 Nombre: Miriam García Montesinos N.I.F.: 48352462E Acto administrativo: resolución de archivo solicitud Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03/1541/2009 Nombre: Aitana Ozaeta Moya N.I.F.: 71501731K Acto administrativo: comunicación de reparos inicio Plazo: quince días desde la publicación para subsanación. Número expediente: AVI: 03/876/2009 Nombre: Oksana Shvaryk N.I.F.: X6600795W Acto administrativo: reiteración de comunicación 910 Plazo: quince días desde la publicación para subsanación. Número expediente: AVI: 03/748/2009 Nombre: Tatjana Babianskiene N.I.F.: X5814224P Acto administrativo: resolución de archivo Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03/229/2009 Nombre: Madelim Estévez Cutiño N.I.F.: X9158346E Acto administrativo: denegación Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03/1551/2009 Nombre: Ahmed Jellal N.I.F.: X1328218Z Acto administrativo: comunicación de reparos inicio Plazo: quince días desde la publicación para subsanación. Número expediente: AVI: 03/1550/2009 Nombre: Feliciana Elvira Guerrero Cáceres N.I.F.: 53632833F Acto administrativo: comunicación de reparos inicio Plazo: quince días desde la publicación para subsanación. Número expediente: AVI: 03/1548/2009 Nombre: Johanna Verónica Revelo Garofalo N.I.F.: X4344386P Acto administrativo: comunicación de reparos inicio Plazo: quince días desde la publicación para subsanación. Número expediente: AVI: 03/1545/2009 Nombre: Remigio Isaac Cervantes Quiroz N.I.F.: X4606618V Acto administrativo: comunicación de reparos inicio Plazo: quince días desde la publicación para subsanación. Número expediente: AVI: 03/366/2009 Nombre: Mohammed Reda El Abdi El Maras N.I.F.: 53629231Q Acto administrativo: resolución de archivo solicitud Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03/998/2009 Nombre: Carlos Andrés Restrepo Higuera N.I.F.: 53634246V Acto administrativo: resolución de alquiler 510 Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03/1389/2009 Nombre: Ana María Castillo Busto N.I.F.: 20802876C Acto administrativo: comunicación de reparos inicio

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Plazo: quince días desde la publicación para subsanación. Número expediente: AVI: 03/1187/2009 Nombre: Alberto Sánchez Bravo N.I.F.: 21682420K Acto administrativo: advertencia de caducidad Plazo: tres meses desde la publicación para subsanación. Número expediente: AVI: 03/67/2009 Nombre: Nadia Bouachrine N.I.F.: X5320437P Acto administrativo: resolución de archivo solicitud Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03553/2009 Nombre: Alfonso Garrido Navarro N.I.F.: 21498535K Acto administrativo: denegación Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03/538/2009 Nombre: Houari Benattia N.I.F.: (no tiene) Acto administrativo: resolución de archivo solicitud Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03/1356/2008 Nombre: Josif Anton Chifor N.I.F.: X7371250A Acto administrativo: resolución de caducidad Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03/1399/2009 Nombre: Blas Romero Cabrera N.I.F.: 74435878N Acto administrativo: comunicación de reparos inicio Plazo: quince días desde la publicación para subsanación. Número expediente: AVI: 03/368/2009 Nombre: Nancy Elizabeth Llilin Villamar N.I.F.: 48759642X Acto administrativo: denegación Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03/1534/2009 Nombre: Noureddine Tayibat N.I.F.: X6491414D Acto administrativo: audiencia previa denegación

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Plazo: quince días desde la publicación para subsanación. Número expediente: AVI: 03/1547/2009 Nombre: Marlen Yamileth Cardona Sterling N.I.F.: X6295091Z Acto administrativo: comunicación de reparo inicio Plazo: quince días desde la publicación para subsanación. Número expediente: AVI: 03/547/209 Nombre: Malika Ait El Wafi N.I.F.: X6373934J Acto administrativo: resolución de archivo solicitud Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03/820/2009 Nombre: Miguel Ángel Valero Torres N.I.F.: 75100089Y Acto administrativo: resolución de archivo solicitud Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03/359/2009 Nombre: Melania Ferrer Olivares N.I.F.: 48371275K Acto administrativo: denegación Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03/355/2009 Nombre: Massamba Mbengue N.I.F.: X2172833T Acto administrativo: resolución de archivo solicitud Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Número expediente: AVI: 03/613/2009 Nombre: María Reverte Espinosa N.I.F.: 19752560E Acto administrativo: resolución de archivo solicitud Plazo: un mes desde la publicación para interponer recurso alzada. Los correspondientes expedientes obran en el Servicio Territorial de Vivienda y Proyectos Urbanos, Departamento de Alquiler Inquilinos (avenida Aguilera, 1 de Alicante) ante el cual deben personarse al objeto de retirar la correspondiente notificación y formular las alegaciones o recursos que procedan, en el plazo indicado a partir de su publicación, tal y como dispone el artículo 114 de Ley 30/1992 ya citada. Alicante, 27 de enero de 2010. El Director Territorial de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, Ramón Rizo Aldeguer. *1001901*

ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE AGRES EDICTO Constatado que el vehículo que se indica en la relación adjunta permanece en la vía pública, con evidentes signos de encontrarse en estado de abandono, a tenor de los signos externos que presenta y el tiempo transcurrido desde que permanece allí. Habiendo trascurrido más de un mes desde que dicho vehículo fue percibido en la situación indicada, y al no haber sido notificado de lo indicado por su titular dado que la notificación no ha podido ser practicada, por haber cambiado de domicilio, encontrarse ausente o ser desconocido el mismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero. Este edicto tiene carácter de notificación expresa o individualizada a su titular del vehículo relacionado, signifi-

cándose, al interesado que el expediente completo puede ser visionado en las dependencias municipales del Ayuntamiento de Agres. Por el presente se requiere a su titular para que en el plazo de 15 días, procedan a la retirada del vehículo indicado, advirtiéndole que si no lo hiciera se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano, siendo de aplicación lo dispuesto en la vigente Ley 10/2000 de Residuos, en cuyo caso podrá ser sancionado con multa de hasta treinta mil euros, como responsable de un infracción grave (artículos 34.b y 35.1 de la Ley 10/1998 de Residuos Sólidos). Asimismo se le hace saber que si no fuera de su interés la retirada de dicho vehículo sólo quedará exento de responsabilidad si lo cede a un gestor de residuos autorizado o lo entrega a éste Ayuntamiento, debiendo, en éste último caso, personarse dentro del plazo indicado, en las dependencias municipales para formalizar los trámites correspondientes a la Ley 10/2000, de Residuos Sólidos de la Comunitat Valenciana.

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MODELO

MATRÍCULA

TITULAR

VOLKSWAGEN SANTANA 2.0

A-8300-AT

FRANCISCO ISMAEL PEREZ PASTOR

Agres, 22 de enero de 2010. El Alcalde Presidente, Rafael Francés Calatayud. *1001958* AYUNTAMIENTO DE ALBATERA EDICTO Habiendo sido presentada e informada la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2008 por la Comisión Especial de Cuentas, en sesión celebrada el día 13 de enero de 2010, queda expuesta al público, juntamente con el expediente y justificantes, en la Intervención General del Ayuntamiento, por espacio de quince días hábiles, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado tercero del artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, de Haciendas Locales, a fin de que durante dicho plazo y ocho días más, los interesados puedan presentar, por escrito, las reclamaciones, reparos u observaciones a que haya lugar. Albatera, 26 de enero de 2010. El Alcalde, Federico Berná Gutiérrez. *1002012* AYUNTAMIENTO DE ALCOY EDICTO Ignorándose el paradero de don David Montoro Múrcia, al parecer titular de derechos en el inmueble sito en calle Casa Blanca, 38, se procede a practicar la presente notificación por edicto al mismo y a cuantas personas desconocidas pudieran ostentar derechos de propiedad o de cualquier otra índole sobre el referido inmueble. Acto que se notifica: resolución de la Alcaldía, de fecha 27 de noviembre de 2009, del siguiente tenor literal: «Decreto.- En relación con la nota interior remitida por el Departamento de Sanidad, en la que comunica al Departamento de Urbanismo la existencia de un edificio abandonado con problemas de insalubridad y proliferación de ratas en calle Casa Blanca número 38, por el señor Arquitecto Municipal, en fecha 23 de septiembre de 2009, se emitió el siguiente informe: «Que realizada visita de inspección, se ha podido comprobar que la puerta de acceso está forzada y mal cerrada, habiendo acumulación de basura en el interior del edificio. Por tanto, de acuerdo con lo que establece el artículo 206 de la Ley Urbanística Valenciana, procede requerir al propietario del citado inmueble para que lo mantenga en las debidas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro.» Mediante oficio de Audiencia de fecha 29 de septiembre de 2009, a tenor de lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le puso de manifiesto el expediente al interesado y se le concedió un plazo de diez días para alegaciones. No habiéndose podido notificar dicho oficio. Enviada providencia al departamento de Arquitectura para que informara acerca del mantenimiento en debidas condiciones de salubridad y seguridad y si han realizado los trabajos requeridos, al titular del edifico de calle Casa Blanca, 38, en fecha 25 de noviembre de 2009, por el señor Arquitecto Municipal, se ha emitido el siguiente informe: «Que realizada visita de inspección se ha comprobado que no se han realizado los trabajos requeridos.

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Los trabajos a realizar y valoración, consisten en subsanar las deficiencias detectadas con: limpieza y retirada de basura, cerrar la puerta de acceso y alguna ventana o puerta abierta: 500.- . Plazo de ejecución: 2 días.» De conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, los propietarios de terrenos, construcciones y edificios deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras precisas para conservar o rehabilitar en ellos las condiciones imprescindibles de habitabilidad o uso efectivo que permitirían obtener la licencia administrativa de ocupación para el destino que les sea propio. Según el artículo 212.1 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, las órdenes de ejecución de obras de reparación, conservación y rehabilitación de edificios dictadas por la Alcaldía, pueden conminar a la limpieza, vallado, retirada de carteles u otros elementos impropios de un inmueble. En parecido sentido se expresa el artículo 9.1 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo. El artículo 212.3 b) de la Ley 16/2005, el incumplimiento injustificado de la orden de ejecución de obras de conservación y de intervención faculta a la Administración para la imposición de hasta diez multas coercitivas con periodicidad mínima mensual, por valor máximo de un décimo del coste estimado de las obras ordenadas. El importe de las multas coercitivas se destinará preferentemente a cubrir los gastos que genere la ejecución subsidiaria de la orden incumplida. La ejecución forzosa de un acto administrativo por los medios regulados en el artículo 96 y siguientes de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, no supone una deuda ni una sanción tributaria. El caso concreto de las multas coercitivas son medios utilizados por las Administraciones Públicas para compeler la ejecución de un acto, en este sentido, no son condonables (STC 164/1995). Las diez multas coercitivas de periodicidad mínima mensual reguladas en la Ley 16/2005 citada, en ningún caso serán devueltas. Igualmente, y dentro de la potestad discrecional de este Ayuntamiento, no se destinarán a cubrir los gastos de una presunta ejecución subsidiaria, para lo que se optará por repercutir la cantidad económica asumida por esta Administración en el interesado incumplidor. En otro sentido, el artículo 98, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, permite el uso de la ejecución subsidiaria a costa del interesado, como medio de ejecución forzosa. Visto el informe del señor Arquitecto Municipal, esta Alcaldía, al amparo de lo dispuesto en artículo 9.1 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo, en relación con lo preceptuado en el artículo 206 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, resuelve: Primero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, poner de manifiesto el expediente a don David Montoro Múrcia, y concederle un plazo de diez días para que alegue y presente los documentos y las justificaciones que estime pertinentes. Segundo.- Ordenar a don David Montoro Múrcia que realice los trabajos de subsanar las deficiencias detectadas: limpieza y retirada de basura, cerrar la puerta de acceso y alguna ventana o puerta abierta del edificio sito en calle.Casa Blanca, 38, de conformidad con lo indicado por el señor Arquitecto Municipal. Dichos trabajos deberán realizarse en el plazo de 2 días, contados desde el siguiente a la finalización del plazo de diez días de audiencia anteriormente citado y la valoración de los trabajos supone un total de 500,- euros.

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Tercero.- Apercibir a los interesados que, en caso de incumplimiento de lo ordenado, el Ayuntamiento podrá imponer hasta diez multas coercitivas con periodicidad mínima mensual, por valor máximo de un décimo del coste estimado de las obras y de conformidad con los criterios indicados en la parte expositiva. Cuarto.- Apercibir a los interesados que, en caso de incumplimiento de lo ordenado, el Ayuntamiento podrá hacer uso de la ejecución subsidiaria y a costa de aquéllos.» Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos. Contra esta resolución se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, en virtud de lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de 14 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo previsto en los artículos 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. No obstante, se podrá presentar cualquier otro recurso que se estime procedente, advirtiéndole de que, en todo caso, la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad del presente acuerdo. Alcoy, 18 de enero de 2010. El Alcalde, Jorge Sedano Delgado. *1001893* AYUNTAMIENTO DE ALICANTE EDICTO Intentada sin éxito la notificación personal, y de conformidad con lo dispuesto en el en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, se hace pública la notificación de las resoluciones recaídas en las reclamaciones y recursos tributarios formalizados por los interesados que a continuación se relacionan, con extracto de su contenido, obrando en el expediente prueba esencial de la notificación por el servicio de correos. INTERESADO AGUILAR RIVERA, GABRIEL EXP. 324/07 GUIRAO SÁEZ, JOSÉ FRANCISCO EXP. 479/06 GIL ROCA, JOSÉ EXP. 958/08 OLIVER MORENO, CARMEN EXP. 411/07 HERRERO CANO, SANTOS EXP. 483/07 LILLO ALCARAZ, ANTONIO EXP. E46/375/09 CÓRDOBA ECHANIZ, GERSON A. EN REP.DE INTEREXPORT TEXTIL Y DIVERSOS, S.L.U. EXP. E46/274/09 GINER VAELLO, CONSUELO EXP. E46/284/09 BERNABEU ANTÓN, DOMINGO EXP. E46/676/09 TOLEDO MONTOYA, JOSÉ EXP. E46/689/09 NDUKA GODSPOWER, OYIBO EXP. E46/828/09 LLORET GIMÉNEZ, BARTOLOMÉ EN REP.DE DESARROLLOS URBANÍSTICOS VISTAHERMOSA,S.L EXP. E46/927/09 MARTÍNEZ AMORÓS, ALEJANDRO P. EXP. 434/07 TEBAR COBOS, PEDRO EXP. E46/278/09

CONTENIDO RECLAMACIÓN DEVOLUCIÓN IVTM, EJERC. 2006 DEVOLUCIÓN IVTM, EJERC. 2005 DEVOLUCIÓN TASA POR RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, VARIOS EJERCICIOS DEVOLUCIÓN IBI Y TASA POR RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, EJERCICIOS 2006 Y 2007 DEVOLUCIÓN IBI, EJERCICIO 2007 ANULACIÓN IBI, EJERCICIO 2009 ANULACIÓN IAE, EJERCICIO 2007

RESOLUCIÓN FECHA RESOLUCIÓN ARCHIVO (1) 26/03/2009 ESTIMACIÓN (1) 31/03/2009 ESTIMACIÓN (1) 07/04/2009 ARCHIVO (1) 17/04/2009 ARCHIVO (1) 21/05/2009 ESTIMACIÓN (1) 25/05/2009 DESESTIMACIÓN (2) 17/07/2009

ESTIMACIÓN (1) 17/07/2009 ANULACIÓN IBI Y TASA POR RECOGIDA DE RESIDUOS ESTIMACIÓN (2) SÓLIDOS URBANOS, VARIOS EJERCICIOS 29/07/2009 DEVOLUCIÓN TASA POR RECOGIDA DE RESIDUOS ESTIMACIÓN (1) SÓLIDOS URBANOS, EJERCICIOS 2007, 2008 Y 2009 11/09/2009 ANULACIÓN TASA POR ACTUACIÓN SERVICIO BOMBEROS, DESESTIMACIÓN (2) EJERC. 2007 06/10/2009 ANULACIÓN IBI, EJERCICIO 2008 DESESTIMACIÓN PARCIAL (2) 06/11/2009 DEVOLUCIÓN IVTM EJERC. 2006 ARCHIVO (1) 17/04/2009 DEVOLUCIÓN IVTM EJERC. 2008 ESTIMACIÓN (1) 09/06/2009

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INTERESADO

CONTENIDO RECLAMACIÓN

RODRÍGUEZ RAMÍREZ, JORGE J. EXP. E46/247/09 BERRUECO MORALES, ALBA EXP. E46/629/09

DEVOLUCIÓN IVTM EJERC. 2008 DEVOLUCIÓN IVTM EJERC. 2006 Y 2007

RESOLUCIÓN FECHA RESOLUCIÓN ESTIMACIÓN (1) 16/07/2009 ESTIMACIÓN (1) 08/09/2009

Vía de recurso. Reposición (1). Contencioso-administrativo (2). (1) Contra el referido acto, que pone fin a la vía administrativa, y ante el órgano que lo dictó, puede interponer, por escrito dirigido al Excmo. Ayuntamiento, el plazo de un mes, el recurso de reposición. (2) Contra el referido acto, y una vez que ya se ha agotado la vía administrativa, puede interponer el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquel en que reciba esta notificación, ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante. Alicante, 28 de diciembre de 2009. El Concejal Delegado de Hacienda, Juan Manuel Zaragoza Mas. El Vicesecretario en funciones, José María Simón Rodríguez. *1001960* AYUNTAMIENTO DE L’ALQUERIA D’ASNAR ANUNCIO Por resolución de Alcaldía de fecha 14 de enero de 2010, se aprobó definitivamente la adquisición del bien inmueble: terrenos sito en la Foya de Benataire, lo que se publica a los efectos del artículo 138 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público: 1. Entidad adjudicadora. a) Organismo: Ajuntament de l’Alqueria d’Asnar. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría. c) Número de expediente: 2.5.1/27 2. Objeto del contrato. a) Tipo de contrato: privado. b) Descripción del objeto: adquisición de terrenos para colegio público. c) Perfil del contratante: plataforma de contratación de la Generalitat Valenciana. 3. Tramitación y procedimiento. a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: negociado sin publicidad. 4. Precio del contrato: 265.000 euros. 5. Adjudicación definitiva: a) Fecha: 14 de enero de 2010. b) Adjudicatario: Grupo Bohemosa, S.L. c) Nacionalidad: española. d) Importe o canon de adjudicación: 265.000 euros. L’Alqueria d’Asnar, 14 de enero de 2010. El Alcalde, Fco. Jaime Pascual Pascual. *1001962* AYUNTAMIENTO DE ALTEA EDICTO

DEVOLUCIÓN IVTM EJERC. 2008

Publicado edicto en el Boletín Oficial de la Provincia número 196 de fecha 15 de octubre de 2009 de «Bases específicas que han de regir la convocatoria de las pruebas selectivas para cubrir en propiedad, por el procedimiento de concurso-oposición, una plaza de Técnico Medio Bibliotecario-Archivero vacante en la Plantilla de este Ayuntamiento», aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 7 de agosto de 2009; advertidos de un error numérico, se procede a su subsanación de conformidad con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992 de 28 de noviembre, de Régimen

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Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, debido a que según el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, de ningún modo los miembros del Tribunal de Selección podrá estar compuesto por un número de miembros par, por ello se corrige lo siguiente: Base quinta. Donde dice: «El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros: Presidente: un funcionario de carrera de la Corporación. Secretario: el de la Corporación o funcionario en quien delegue, que actuará también como vocal. Vocales: un representante de la Generalitat Valenciana y tres funcionarios de carrera de la misma o de otra Corporación.» Debe decir: «El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros: Presidente: un funcionario de carrera de la Corporación. Secretario: el de la Corporación o funcionario en quien delegue, que actuará también como vocal. Vocales: un representante de la Generalitat Valenciana y dos funcionarios de carrera de la misma o de otra Corporación.» Lo que se publica para general conocimiento. Altea, 25 de enero de 2010. El Alcalde-Presidente, Andrés Ripoll Llorens. *1002141* AYUNTAMIENTO DE BENIJÓFAR EDICTO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la parte dispositiva del acuerdo plenario de fecha 23 de diciembre de 2009, por el que el Pleno del Ayuntamiento procedió a la aprobación de la rectificación de acuerdo adoptado por el Pleno de 15 de julio de 2009 sobre la aprobación de la Plantilla de Personal para el año 2009, que es del siguiente tenor literal: «2º. – Propuesta de la Alcaldía de rectificación de acuerdo adoptado por el pleno de 15 de julio de 2009 sobre la aprobación de la plantilla de personal para el año 2009». La Secretaria Municipal lee la siguiente propuesta de acuerdo: «Visto el acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporación en sesión Ordinaria de 15 de julio de 2009, que literalmente trascrito dice: «3.- Propuesta Alcaldía aprobación presupuesto general, bases de ejecución y plantilla ejercicio 2009. Habiéndose cumplido la tramitación del expediente para la aprobación de los Presupuestos Generales para 2009. Considerando lo dispuesto en los artículos 162 a 167 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Propongo al Pleno, para su aprobación, si procede, el siguiente acuerdo: 1°.- Aprobar el Presupuesto General para el ejercicio de 2009, cuyo resumen final por capítulos, consta como anexo. 2°.- Aprobar las Bases de Ejecución del Presupuesto General para el ejercicio 2009. 3°.- Aprobar la plantilla de funcionarios de carrera y personal laboral, que consta como anexo del Presupuesto aprobado.

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4°.- Que el Presupuesto así aprobado se exponga al público por plazo de quince días hábiles, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de anuncios de la Corporación. 5°.- Esta aprobación se considerará definitiva, si durante el plazo de exposición al público no se produjesen reclamaciones. 6°.- Facultar al señor Alcalde para cuanto requiera la ejecución de este acuerdo. Tras esta lectura, se somete a votación la propuesta citada, y el Pleno acuerda por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación con seis votos a favor (Grupo Municipal Socialista) y cinco votos en contra (Grupo Municipal Popular), el aprobar dicha propuesta, en los términos en que está redactada, adoptando en consecuencia los acuerdos contenidos en la misma.» Visto el oficio remitido por la Dirección General de Cohesión Territorial de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, número de Registro de Entrada 2.783 de 13-10-2009. Visto lo establecido en el artículo primero del Real Decreto 834/2003 de 27 de junio por el que se modifica la normativa reguladora de los sistemas de selección y provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional: «…….las distintas subescalas en que se estructura la habilitación de carácter nacional quedarán integradas en el grupo A». Vista la regulación en el Real decreto 522/2005 de 13 de mayo, de la integración de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la subescala de Secretaria-Intervención. Considerando que los puestos que componían la subescala de Secretaría-Intervención han de clasificarse en el subgrupo A1/A2, para poder ser desempeñados indistintamente por funcionarios pertenecientes a ambos grupos de titulación y no exclusivamente al A2, y no conculcar el derecho de los funcionarios de grupo A1 a acceder a los mismos, y viceversa. De conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se propone al Pleno la adopción de los siguientes acuerdos: Primero.- Proceder a la rectificación del acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporación en sesión ordinaria de fecha 15-07-2009, en lo que a la Relación de Puestos de Trabajo y la plantilla de personal se refiere respecto al puesto de Secretaría-Intervención, y donde dice: RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE BENIJÓFAR AÑO 2009 UNIDAD DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN Y ADMINISTRACIÓN REQUERIMIENTOS CARACTERÍSTICAS CÓDIGO Nº DENOMINACIÓN GRUPO ESC SUB CLASE TIPO S/H PRV CD SIA 01 1

SECRETARIA-INTERVENTORA

A2

HN

S-I

-

F

S

CE

HN

26 10.804,84

PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO DE BENIJÓFAR PARA EL AÑO 2008 FUNCIONARIOS DE CARRERA CÓDIGO Nº DENOMINACIÓN F/01

1

SECRETARIA-INTERVENTORA

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SUB

CLASE

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-

Debe decir: RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE BENIJÓFAR AÑO 2009 UNIDAD DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN Y ADMINISTRACIÓNREQUERIMIENTOSCARACTERÍSTICAS CÓDIGO Nº DENOMINACIÓN GRUPO ESC SUB CLASE TIPO S/H PRV CD SIA 01 1

SECRETARIA-INTERVENTORA A1/A2

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-

F

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CE

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26 10.804,84

PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO DE BENIJÓFAR PARA EL AÑO 2008 FUNCIONARIOS DE CARRERA CÓDIGO Nº DENOMINACIÓN GRUPO

ESC

SUB

CLASE

F/01

HN

S-I

-

1

SECRETARIA-INTERVENTORA

A1/A2

Segundo.- Comunicar el presente acuerdo a la Dirección General de Cohesión Territorial de la Conselleria de

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Justicia y Administraciones Públicas, y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia , y en el tablón de anuncios de la Corporación. El asunto es aprobado por unanimidad de todos los presentes.- Firmado y rubricado ante la Secretaria del Ayuntamiento por el Alcalde-Presiente». Lo que le notifico para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que, contra dicho acto, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Elche, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Alternativamente, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado también desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación (artículos 107 y siguientes de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), sin que la elección de este recurso administrativo impida interponer posteriormente recurso contencioso-administrativo contra el acto que lo resuelva, y sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente. Lo que se hace público para general conocimiento. Benijófar, 25 de enero de 2010. El Alcalde Presidente, Daniel Padilla Villa. *1001730* AYUNTAMIENTO DE BENILLUP EDICTO Aprobado inicialmente por la Asamblea Vecinal, en sesión celebrada el día 26 de enero de 2010, el Presupuesto Municipal de ésta entidad para el ejercicio 2010, junto con las bases de ejecución y la plantilla de personal, se expone al público durante el plazo de quince días hábiles el expediente completo a los efectos de que los interesados que se señalan en el apartado 1 del artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, puedan examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno, por los motivos que se indican en el artículo 170 del citado Decreto. En el supuesto de que en plazo de exposición pública no se presentaran reclamaciones, el expediente referenciado se entenderá definitivamente aprobado, sin necesidad de nuevo acuerdo. Benillup, 26 de enero de 2010. El Alcalde, Enrique Coderch Ferrando. *1002126* AYUNTAMIENTO DE BENISSA EDICTO El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 13 de enero de 2010, ha aprobado provisionalmente del Reglamento Municipal de la Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil de Benissa. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de

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abril, y modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno Local, se abre un período de información pública y audiencia a los interesados, por el plazo de treinta días hábiles siguientes a esta publicación, para la presentación de reclamaciones y sugerencias. Dicha exposición al público comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. La aprobación devendrá definitiva en caso de que no se formulen reclamaciones. Benissa, 20 de enero de 2010. El Alcalde accidental, Josefina Ivars Ribes. *1001963*

ANUNCIO Entidad adjudicataria. a) Organismo: Ayuntamiento de Benissa. b) Dependencia: Contratación-Secretaría. Objeto del contrato: obras de ampliación de los edificios históricos de la calle Purísima para usos culturales y Museo de Arte Moderno «Salvador Soria», Tramitación, procedimiento y forma adjudicación: a) Tramitación: urgencia. b) Procedimiento: abierto. c) Adjudicación: oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación. Presupuesto base de licitación y plazo de ejecución. El valor de licitación asciende a 1.099.987,28 euros IVA incluido. El plazo de ejecución de la obra es de once meses y medio. Garantías: Definitiva: será del 5% del precio de adjudicación. Capacidad para contratar: a) Los que tengan plena capacidad de obrar y no se hallen comprendidos en las circunstancias enumeradas en el artículo 49 de la LCSP. Clasificación de las empresas: Grupo C; Subgrupos 02, 03 y 06; Categoría D. b) Obtención de documentación, información y pliego: - Entidad: Ayuntamiento de Benissa. - Departamento: Contratación-Secretaría. - Domicilio: plaça Portal, 1. - Localidad: 03720 Benissa. - Teléfono: 96 573.00.58, extensión 7, y fax y 96 573.42.56. - Correo electrónico: [email protected] - Dirección de Internet del perfil del contratante: www.contratacion.gva.es Presentación de ofertas, o solicitudes de participación: a) Fecha límite: el día en que se cumplan los 13 días naturales contados desde el siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de 9.00 a 14.00 horas. Si este día límite fuese festivo se prorrogará al siguiente día hábil. b) Documentación a presentar: la reseñada en la cláusula 11, del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Lugar de presentación: en el Ayuntamiento de Benissa - Registro General o en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Apertura de ofertas: Lugar: Ayuntamiento de Benissa, Salón de Juntas. Gastos de anuncio: por cuenta del adjudicatario. Benissa, 18 de enero de 2010. El Alcalde, Juan Bautista Roselló Tent. El Secretario General, Simeón García García. *1002143*

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AYUNTAMIENTO DE BUSOT EDICTO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de la propuesta de orden de ejecución y trámite de audiencia instruido por el Ayuntamiento de Busot en el expediente de orden de ejecución, a los propietarios y promotores, «Entornos y Espacios Urbanos, S.L.» y «Busot Developers, S.L.», ya que habiéndose intentado la notificación el el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar por causas no imputables a esta administración. «A la vista del informe de comprobación emitido por el Ingeniero Técnico Municipal de fecha 1 de diciembre de 2009, por el que se concluye que concurren causas de iniciación del procedimiento de imposición de orden de ejecución, y del informe de Secretaría de fecha 4 de diciembre de 2009, de conformidad y 21.1.s) de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, emito la siguiente: Propuesta de orden de ejecución. Primero. Ordenar la ejecución en la parcela ubicada en la Unidad de Ejecución Llano de los Pastores, a: - «Busot Developers, S.L.», con domicilio en calle Bailén, 15, 1º B de Alicante. - «Entorno y Espacios Urbanos, S.L.», con domicilio en calle Bailén, 15, 1º B de Alicante. Las siguientes actuaciones para el adecuado restablecimiento de las debidas condiciones de salubridad, seguridad y ornato público: - Limpieza de zona de actuación, mediante retirada a escombros, éstos de materiales de obra, desbroce, tocones, con retirada de material sobrante a vertedero autorizado, posterior perfilado y nivelación de la superficie del terreno con material de la obra o acopios existentes. - Retirada de tierras sobrantes de acopios a vertedero autorizado o lugar de utilización, incluso transporte, vertido, extendido y compactado. - Retirada de vallado existente a vertedero autorizado. - Vallado perimetral mediante valla de simple torsión, galvanizado en caliente, de dos metros de altura, con postes cada cuatro metros, incluso tela de revestimiento color verde o marrón, frente a viales, completamente acabada. - Bordillo sólido de hormigón bicaba, de las mismas características al existente, previa demolición del existente y retirada a vertedero autorizado, excavación de cimentación y hormigonado y rejuntado. - Acera de hormigón fratasada en color a determinar por los servicios técnicos municipales, formada por solera de hormigón HM20/P/20/lia, de diez centímetros de espesor, sobre basa de zahorra de 15 cm de espesor compactada el 98% PM. - Reposición de aglomerado asfáltico en caliente en zonas colindantes a la obra, mediante aglomerado tipo S-12, de 5 centímetros de espesor, incluso bacheo, riego de adherencia o imprimación, completamente terminado. Segundo. El coste estimado de ejecución material de las obras necesarias a realizar en el inmueble, es de noventa y cinco mil trescientos veintitrés euros con cincuenta y dos céntimos (95.323, 52 ). Tercero. El plazo para la ejecución de las obras, fijado en razón a la magnitud de las obras en virtud de lo establecido en el artículo 10.3 del Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística, es de dos meses. Cuarto. Notificar esta propuesta de orden de ejecución al propietario interesado, que tendrá un plazo de diez días, para presentar cuantas alegaciones, justificaciones y documentos estime necesarios, advirtiéndole de que, en caso de incumplimiento injustificado de la orden de ejecución, el Ayuntamiento podrá adoptar cualesquiera medida de ejecución forzosa, hasta el límite del deber legal de conservación y previo apercibimiento.»

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Lo que se hace público para general conocimiento, comenzando a contarse el plazo de audiencia otorgado, desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. Busot, 22 de enero de 2010. El Concejal Delegado de Urbanismo, Pedro Fernández Climent. *1001898* AYUNTAMIENTO DE CASTALLA EDICTO Se ha constatado que los vehículos que se indican en la relación adjunta permanecen en el Depósito Municipal de Vehículos de Castalla, a tenor de las actas levantadas en su momento por los funcionarios de la Policía Local de este Ayuntamiento. Habiendo transcurrido más de dos meses desde que se llevó a cabo dicho depósito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1.a del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por medio del presente se requiere a los respectivos titulares para que, en el plazo de 15 días procedan a la retirada de los respectivos vehículos, advirtiéndoles que si no lo hicieren se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano, siéndole de aplicación lo dispuesto en la vigente Ley 10/2000 de Residuos de la Comunidad Valenciana. Asimismo se les hace saber que si no fuera de su interés la retirada de dichos vehículos sólo quedarán exentos de responsabilidad si lo ceden a un gestor de residuos autorizado o lo entregan a este Ayuntamiento, debiendo, en este último caso, personarse dentro del plazo indicado, en las Dependencias de la Policía Local para formalizar los trámites correspondientes de la Ley 10/2000, de Residuos Sólidos de la Comunidad Valenciana. Este edicto tiene carácter de notificación expresa o individualizada a cada uno de los titulares de los vehículos relacionados ya que por distintas razones que obran en los respectivos expedientes han resultado ser desconocidos, se ignora el lugar de notificación o la notificación no se ha podido practicar, significándose a los interesados que los expedientes completos pueden ser visionados en las Dependencias de la Policía Local de Castalla. Relación de vehículos: MATRÍCULA

TITULAR

A-8822-BU

JEREMY PEEPER ROBIN - N.I.E. X-2976339-R MARTE DEL NORTE Nº 30, TEULADA (ALICANTE) JORGE RICO VIDAL – D.N.I. 21.671.331 C/ LA VELA Nº 28 DE CASTALLA (ALICANTE) KAMAL KHALLOUK – N.I.E. X-4976019-S C/ PACA GUILLEN Nº 4, 1, IBI (ALICANTE) GEORGI VANYOV DINEV – N.I.E. X-6398188-W C/ SANTA LUCIA Nº 8, D, A ALCOY (ALICANTE) CICLOMOTOR SCOOTER COLOR AZUL OSCURO. CICLOMOTOR COLOR ROSA CON EL GUARDABARROS DELANTERO COLOR AMARILLO. CICLOMOTOR MARCA PEUGEOT, MODELO BUXY, COLOR GRANATE CON DETALLES AMARILLOS

V-7385-CC A-0132-BX 0524-BTF C-6186-BDB C-0151-BDF CARECE DE MATRÍCULA

EXPTE. 003 006 012 013 018 019 027

Castalla, 28 de diciembre de 2009. El Alcalde. Rubricado. *1001964*

EDICTO Se ha constatado que los vehículos que se indican en la relación adjunta permanecen en la vía pública de Castalla, a tenor de las actas levantadas en su momento por los funcionarios de la Policía Local de este Ayuntamiento.

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Habiendo transcurrido más de dos meses desde que se llevó a cabo dicho depósito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1.a del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por medio del presente se requiere a los respectivos titulares para que, en el plazo de 15 días procedan a la retirada de los respectivos vehículos, advirtiéndoles que si no lo hicieren se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano, siéndole de aplicación lo dispuesto en la vigente Ley 10/2000 de Residuos de la Comunidad Valenciana. Asimismo se les hace saber que si no fuera de su interés la retirada de dichos vehículos sólo quedarán exentos de responsabilidad si lo ceden a un gestor de residuos autorizado o lo entregan a este Ayuntamiento, debiendo, en este último caso, personarse dentro del plazo indicado, en las Dependencias de la Policía Local para formalizar los trámites correspondientes de la Ley 10/2000, de Residuos Sólidos de la Comunidad Valenciana. Este edicto tiene carácter de notificación expresa o individualizada a cada uno de los titulares de los vehículos relacionados ya que por distintas razones que obran en los respectivos expedientes han resultado ser desconocidos, se ignora el lugar de notificación o la notificación no se ha podido practicar, significándose a los interesados que los expedientes completos pueden ser visionados en las Dependencias de la Policía Local de Castalla. Relación de vehículos: MATRÍCULA

TITULAR

M-8531-KU

JOHAN EDWIN ARIAS PADILLA, N.I.E. – X-4927420-S C/ ANTELO Y MARIÑO Nº 10,4º POIO (PONTEVEDRA) HICHAM LAHRAZMI EL IDRISSI, N.I.E. – X-6606942-P C/ CORDOBA Nº 29, EL EJIDO (ALMERIA) AHMED TALLEH, N.I.E. – X-2504188-V C/ LEONARDO JOVER Nº 11, 3º CASTALLA (ALICANTE) YOUSSEF KADDAR, N.I.E. – X-6645675-D C/ LA VELA Nº 9, CASTALLA (ALICANTE)

B-6293-TF MU-7424-CD A-0310-CX

EXPTE. 037 043 044 061

Castalla, 28 de diciembre de 2009. El Alcalde. Rubricado. *1001965* AYUNTAMIENTO DE COCENTAINA EDICTO Finalizado el plazo para la reclamación y/o subsanación de la lista provisional de admitidos y excluidos, para la provisión en propiedad de tres plazas de Peón Polideportivo convocadas por la Junta de Gobierno Local de fecha 22 de julio de 2009, y de conformidad con lo previsto en las bases cuarta y séptima de las bases generales de selección de personal funcionario y laboral indefinido, esta Alcaldía mediante resolución número 71/10H de veintidós de enero de 2010. Ha resuelto: Primero.- Aprobar la lista definitiva de admitidos, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios de la Corporación, que es la siguiente: ADMITIDOS: AGULLO AGULLO, JOSÉ MAURICIO. AGULLO DOMÉNECH, MARIA ELENA. AGULLO GARCÍA, JOSÉ LUIS AGULLO PASCUAL, JUAN CARLOS. AGULLO PAYÁ, FRANCESC J. ALBORS ALBORS, JOSÉ RAFAEL ALBORS GRAU, MARCO ANTONIO ALCARAZ MATAIX, FRANCISCO JAV. ALCEGA CATARECHA, JULIO JOSÉ ALEMANY PASTOR, JAVIER ALTABERT MARTÍNEZ, PEDRO JOSÉ ANDUIX CANTÓ, JOAN ANGEL PASCUAL, PEDRO APARICIO LÓPEZ, SANTOS

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ARACIL VIVAS, ELENA ARANDA CASTELLANO, CRISTOBAL. ASENSIO FAYA, ALEXIS BAEZA MOLINA, JOSEP BALAGUER GONZÁLEZ, ROSA BALAGUER SILVESTRE, ANSELMO BARRACHINA CORTÉS, RAFAEL PERE BARROSO LÓPEZ, OSCAR BELDA PÉREZ, GABRIEL BELMEZ JIMENA, JUAN LUIS BENEYTO BALLESTER, MANUEL BENEYTO DOMENECH, JOSÉ MARIA BENEYTO PINA, JOSE ANTONIO BERNACER AMAYA, JAVIER BOTELLA PAYA, CRISTIAN BOTI ANDRES, MARIO BOTI CODERCH, JORGE BOU GALLARDO, CARLOS BROTONS RIBELLES, Mª DOLORES BUSTOS GARCÍA, JOSÉ ANTONIO CALABUIG GISBERT, RICARDO CALATAYUD GANDÍA, JOSÉ LUIS CAMPAYO GARCÍA, JULIÁN CAMPILLO ESPLUGUES, ANTONIO CAMPOS GARCÍA, JUAN JESÚS CAMPOS VICEDO, CARLOS CANO TORMO, ESTEFANIA CANTO CORCHADO, IGNACIO CARDONA JIMÉNEZ, RENATO CARDONA SÁNCHEZ, VICENTE CARRAMOLINO CUÉLLAR, MIGUEL CASAL FERNÁNDEZ, ROGER CASTELLA NADAL, ANTONIO CHAFER SEGRELLES, VICENTE CHIQUILLO COLOMER, SANTOS CERDÁN BOTI, JORGE CLEMENTE ALCAIDE, DAVID CLOQUELL FRANCÉS, JOSE L. COLOMER BROTONS, JULIÁN COLOMINA ARACIL, FRANCISCO JAV. COPE SEGURA, AGUSTÍN CORCHADO ORTIZ, DAVID CORTÉS ORTS, ROBERTO NADAL CORTÉS SANTIAGO, LUIS CORTÉS VICEDO, FRANCISCO DE PAZOS DAUDER, MANUEL JUAN DELGADO MARGARIT, GABRIEL DÍAZ BAZAGA, EDUARDO DOMÍNGUEZ JORDÁ, FRANCISCO A. DOPICO ASENCIO, LUTGARDO ESTEVE VALLS, FRANCISCO JAV. FERNÁNDEZ MELDAÑA, MARCOS FERNÁNDEZ NÚÑEZ, JOSE ANT. FERRÁNDIZ AGULLÓ, RAÚL FLORES GINER, CRISTINA FONT CAMARASA, Mª DEL CARMEN FONT CAMARASA, ROSA ANA FRANCÉS BELDA, LAURA FRANCÉS CERDÁN, JUAN JAVIER GARCÍA ABAD, ANA MARÍA GARCÍA CAMPOS, JOSÉ ANT. GARCÍA CANTÓ, JAVIER GARCÍA ESCRIVÁ, OSCAR GARCÍA FERNÁNDEZ, JESÚS GARCÍA GARCÍA, JAVIER GARCÍA MARTÍNEZ, FERNÁNDO GARCÍA MORENO, JUAN MANUEL GARCÍA NAVARRO, HUGO GARCÍA OCAÑA, JOSÉ RAMÓN GARCÍA OCAÑA, MIGUEL ANGEL GARCÍA PIÑA, MIGUEL GARCÍA SEGOVIA, ANA GASCÓN RAMÓN, MARCIAL GILABERT GONZÁLEZ DE CANALES, MARTÍN B. GIMENO BARRACHINA, DANIEL GINER BROTONS, JOSÉ VICENTE GINER CASTILLO, JAVIER J. GÓMEZ GALLEGO, DANIEL GOZALBEZ TARRASO, BENJAMÍN GRAU MIRA, HÉCTOR HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, RAMÓN HERNÁNDEZ SOLBES, JORGE HERRERO MILLÁN, JOEL ANT. HIDALGO SELLÉS, SERGIO INSA BENEITO, JOSÉ SALVADOR IVÁÑEZ LÓPEZ, JORGE JOFRE PÉREZ, JOSÉ Mª JORDÁ BRIVA, ANTONIO JUAN PÉREZ, PABLO

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JUÁREZ MARCOS, JUAN MIGUEL LARGO HERNÁNDEZ, RUBÉN LASHERAS MEGÍAS, Mª DEL MAR LINARES SANTONJA, GERMÁN LIZCANO LUNA, SERGIO LÓPEZ SERRANO, JESÚS LUCENA HIDALGO, ABEL LUCENA PALMA, LEONCIO LUCENA PALMA, JOSÉ ANT. LLACER CARMONA, FRANCISCO JAV. LLIDÓ LÓPEZ, ELENA LLINARES COLOMINA, ANGEL LLORENS RIPOLL, ERNESTO MARGARIT PASCUAL, JOSÉ LUIS MARTÍ TUDELA, FILIBERTO MARTÍNEZ PÉREZ, JUAN MANUEL MASANET VALLS, JUAN FCO. MATEOS-CARNAL CONDÉS, MIGUEL MENGUAL MATARREDONA, JUAN E. MENGUAL VAÑÓ, JOSÉ MIRALLES ABAD, JOSEP LLUIS MIRALLES BERNABÉ, RAFAEL MIRALLES CARBONELL, ANTONIO MIRANDA SANTONJA, DAVID MOLINA NAVARRO, ANDRÉS MOLINA PÉREZ, VICENTE MOLINA VALLS, JOSÉ LUIS MOLTÓ PALACIOS, JOSÉ ANT. MONCHO TOMÁS, FRANCESC JOSEP MONERRIS TOMÁS, DAVID MONJO ORTOLA, RUBEN PAU MONTAVA REIG, MANUEL ALBERTO MONTERO AURA, MESIAS MORENO LEÓN, JESÚS MOTOS ANDRÉS, GABRIEL MULLOR JORDÁ, VICENTE NADAL BOYERO, JORGE NADAL JUAN, MARC VICENT NADAL PAREDES, INMACULADA NAVAJAS SEGURA, JOSÉ MANUEL NAVARRO CANTÓ, SERGIO NAVARRO FERNÁNDEZ, LORENZO J. NAVARRO LUCAS, ANTONIO NAVARRO SÁNCHEZ, LUCRECIA NAVARRO SORIANO, FRANCISCO NICOLAU MARTÍNEZ, JOSE L. OLCINA PÉREZ, ANTONIO PALMER PÉREZ, JOSÉ L. PASCUAL CARRICONDO, RAFAEL PASCUAL CASTILLO, JAVIER PAYA ESTEVE, SUSANA PEINADO ANGULO, GUSTAVO PEIRÓ FERRE, JORDI PEIRÓ FERRE, RAUL PEREA MIRÓ, JOSÉ VICENTE PÉREZ GONZÁLEZ, ARACELI PEREZ GOSALBEZ, Mª LIRIOS PÉREZ LUCENA, JORGE PÉREZ MOLTÓ, ALFREDO PÉREZ MONTER, JUAN VTE. PÉREZ SANJUÁN, MIGUEL S. PICÓ VILLADA, RAMÓN PIQUERES IVORRA, JOSÉ J. PONS TOMÁS, DAVID PONS TOMÁS, JAVIER PONS TOMÁS, OLIVEIRO PORRAS ESTEPA, JUAN A. PORTA SANTOS, JORGE POZO LÓPEZ, MANUEL REIG GALIANA, JOSEP RELOVA RAMÓN, FRANCISCO REYES BENEITO, ANTONIO LUIS REYES BENEITO, DAVID RICHART SANTAMARÍA, MIQUEL RODRIGUEZ CASADO, JOSE JUAN RODRIGUEZ SALCEDO, MIGUEL A. ROJANO FERNÁNDEZ, DIEGO L. ROSA TELLEZ, MANUEL RUIZ GÓMEZ, DAVID SANJOSÉ ALONSO, JOSE ANTONIO SANJUAN SEMPERE, OCTAVIO SANTAMARÍA CAMBRA, FRANCISCO SEGUI PASCUAL, OSCAR SEGUI PASTOR, REMIGIO VTE. SEGURA JORDÁ, RAFAEL SEMPERE GISBERT, MIGUEL SERRA PALACÍ, JUAN VTE. SIMÓ ESTEVE, GABRIEL SOLER LLORENS, JOSÉ RAFAEL

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SOLIS COLOMINA, MARIO TALAVAN MUÑOZ, CARMELO TÁRRAGA TÁRRAGA, AGUSTÍN TENORIO ARCAS, ELIO MANUEL TODOSSANTOS PALERO, MIGUEL A. TOMAS DOMÍNGUEZ, ENRIQUE TOMÁS YAGÜE, LUIS TORMO DEL VALLE, JULI MANUEL TORREGROSA MORENO, JAIRO TORREGROSA PASTOR, ABEL TORRO CASTELAR, ANTONIO VAELLO VIDAL, JOSEP XAVIER VALLS AURA, HIPÓLITO TOMÁS VALLS PASTOR, JOSÉ VAÑÓ FUSTER, ALVARO VAÑÓ SANCHIS, RAUL ANTONIO VIDAL JUAN, ENRIQUE VITORIA DOMÍNGUEZ, FCO. JOSÉ VILAPLANA LARIO, IVAN EXCLUIDOS

CAUSA DE EXCLUSIÓN

JAEN SEPULCRE, LUIS LEON MIRALLES, JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ SELLÉS, FCO. JAVIER OLMEDA LOSA, RAÚL SANCHEZ ALFONSO, JOSÉ LUIS SEMPERE GARCÍA, Mª DEL MAR

FALTA CERTIFICADO INEM NO BENEFICIARIO SUBSIDIO FALTA CERTIFICADO INEM NO BENEFICIARIO SUBSIDIO FALTA FOTOCOPIA DNI INSTANCIA FUERA DE PLAZO FALTA CERTIFICADO INEM NO BENEFICIARIO SUBSIDIO INSTANCIA FUERA DE PLAZO

Segundo.- Se convoca todos a los aspirantes admitidos para la celebración del primer ejercicio de la oposición, que tendrá lugar el próximo día uno de marzo de 2010 las 13.00 horas en el Centro Cultural El Teular, situado en plaza El Teular, 6. Los aspirantes deberán ir provistos del DNI, para cualquier comprobación de su identidad que desee efectuar el tribunal. Lo manda y firma el señor Alcalde. Cocentaina, 22 de enero de 2010. El Alcalde, Rafael Briet Seguí. *1001966*

EDICTO Finalizado el plazo para la reclamación y/o subsanación de la lista provisional de admitidos y excluidos, para la provisión en propiedad de tres plazas de Peón Obrero convocadas por la Junta de Gobierno Local de fecha 22 de julio de 2009, y de conformidad con lo previsto en las bases cuarta y séptima de las bases generales de selección de personal funcionario y laboral indefinido, esta Alcaldía mediante resolución número 72/10H de veintidós de enero de 2010. Ha resuelto: Primero.- Aprobar la lista definitiva de admitidos, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios de la Corporación, que es la siguiente: ADMITIDOS: AGULLO AGULLO, JOSÉ MAURICIO. ALBORS ALBORS, JOSÉ RAFAEL ALBORS GRAU, MARCO ANTONIO ALBORS GRAU, FRANCISCO VICENTE ALCARAZ MATAIX, FRANCISCO JAV. ALEJANDRO LALANGUI, LIZARDO Mª ALEMANY PASTOR, JAVIER ALFARO GUERRERO, PABLO ANDREU GARCÍA, VICENTE APARICIO LÓPEZ, SANTOS BALLESTA CLIMENT, ANTONIO BARRACHINA CORTÉS, RAFAEL PERE BENEYTO PINA, ABEL BENEYTO PINA, FRANCISCO JAV. BENEYTO PINA, JOSE ANTONIO BERNABEU BARRULL, JUAN CARLOS BOTELLA PAYA, CRISTIAN BOTI ANDRES, MARIO BOTI CODERCH, JORGE BRAVO GONZÁLEZ, ALBERTO BUSTOS GARCÍA, JOSÉ ANTONIO CAMPAYO GARCÍA, JULIÁN CAMPOS GARCÍA, JUAN JESÚS

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CAMPOS JAEN, PAZ CANTO CORCHADO, IGNACIO CARBONELL PEREZ, ISRAEL CARDONA JIMÉNEZ, RENATO CASAL FERNÁNDEZ, ROGER CAYUELA BORRAS, MIGUEL A. CERVILLA RUIZ, ROBERTO CHIQUILLO COLOMER, SANTOS CLOQUELL FRANCÉS, JOSE L. COLOMER BROTONS, JULIÁN COLOMINA ARACIL, FRANCISCO COPE SEGURA, AGUSTÍN CORTÉS SANTIAGO, LUIS CORTÉS VICEDO, FRANCISCO CUESTA FRAU, GUSTAVO DE PAZOS DAUDER, MANUEL JUAN DELGADO MARGARIT, GABRIEL FERRIOL CARRIÓN, JESÚS GARCÍA ABAD, ANA MARÍA GARCÍA CANTÓ, JAVIER GARCÍA FERNÁNDEZ, JESÚS GARCÍA GARCÍA, JAVIER GARCÍA MARTÍNEZ, VICENTE JUAN GARCÍA OCAÑA, JOSÉ RAMÓN GARCÍA OCAÑA, MIGUEL ANGEL GASCÓN RAMÓN, MARCIAL GILABERT GONZÁLEZ DE CANALES, MARTÍN B. GONZÁLEZ RIAZA, TOMÁS GINER BROTONS, JOSÉ VICENTE GINER CASTILLO, JAVIER J. HERNÁNDEZ MARTÍNEZ, MANUEL J. HERNÁNDEZ SOLBES, JORGE HERNÁNDEZ TOMÁS, CRISTIAN HIDALGO SELLÉS, SERGIO JOFRE PÉREZ, JOSÉ Mª LARGO HERNÁNDEZ, RUBÉN LIZCANO LUNA, SERGIO LÓPEZ SERRANO, JESÚS LUCENA HIDALGO, ABEL LLORENS RIPOLL, ERNESTO MASANET VALLS, JUAN FCO. MATEOS-CARNAL CONDÉS, MIGUEL MAYORAL PINO, DOMINGO MENGUAL MATARREDONA, JUAN E. MERENCIANO MARTÍNEZ, JOSE A. MICÓ RAMÍREZ, JOSÉ JAVIER MIRÓ GARCÍA, JORGE IGNACIO MOLINA BONHOME, RAFAEL MOLINA NAVARRO, ANDRÉS MOLINA PÉREZ, VICENTE MONERRIS TOMÁS, DAVID MONJO ORTOLA, RUBEN PAU MONTAVA MARCHAL, JORGE MOTOS ANDRÉS, GABRIEL NAVARRO SORIANO, FRANCISCO NICOLAU MARTÍNEZ, JOSE L. ORIHUEL FERRÁNDIZ, JUAN VTE. PALMER PÉREZ, JOSÉ L. PASCUAL BELDA, DAVID PASCUAL NICOLAU, RAFAEL MOISES PASTOR SANCHIS, JOAQUIN PASTOR SANCHIS, MARCOS PAYA MEDINA, JAVIER PÉREZ DEVESA, GABRIEL ABELARDO PÉREZ LUCENA, JORGE PÉREZ MOLTÓ, ALFREDO PÉREZ MONTER, JUAN VTE. PEINADO ANGULO, GUSTAVO PERICÁS PASTOR, ENRIQUE PICÓ VILLADA, RAMÓN PIQUERES IVORRA, JOSÉ J. PONS TOMÁS, DAVID PONS TOMÁS, JAVIER PONS TOMÁS, OLIVEIRO PORTA SANTOS, JORGE REIG GALIANA, JOSEP RELOVA RAMÓN, FRANCISCO REYES BENEITO, ANTONIO LUIS RICHART SANTAMARÍA, MIQUEL RODRIGUEZ CASADO, JOSE JUAN SANCHEZ ALFONSO, JOSÉ LUIS. SÁNCHEZ LÓPEZ, FRANCISCO SÁNCHEZ VALOR, EMILIO SANDOVAL SOLER, MARCO ANT. SANJOSÉ ALONSO, JOSE ANTONIO SANJUAN GARCÍA, OCTAVIO SANJUAN GARCÍA, RAÚL SANJUAN MOLL, VICENTE SANJUAN SEMPERE, OCTAVIO

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SEDANO MUÑOZ, IGNACIO SELLÉS PLA, MANUEL SEGUI PASTOR, REMIGIO VTE. SOLIS COLOMINA, MARIO TOLSA NADAL, FCO. JAVIER TOMAS DOMÍNGUEZ, ENRIQUE TORMO RENU, FERNANDO TORREGROSA PASTOR, ABEL TORRO CASTELAR, ANTONIO VALLS AURA, HIPÓLITO VERDÚ TARRASO, JUAN CANCIO VIDAL JUAN, ENRIQUE VITORIA BARRULL, ANTONIO VITORIA DOMÍNGUEZ, FCO. JOSÉ ZURITA REYES, GABINO EXCLUIDOS

CAUSA DE EXCLUSIÓN

CAMPS CASTELLÓ, JOSÉ ADRIAN JAEN SEPULCRE, LUIS LEON MIRALLES, JOSÉ MANUEL

PAGO INCORRECTO DERECHOS EXAMEN FALTA CERTIFICADO INEM NO BENEFICIARIO SUBSIDIO FALTA CERTIFICADO INEM NO BENEFICIARIO SUBSIDIO

Segundo.- Se convoca todos a los aspirantes admitidos para la celebración del primer ejercicio de la oposición, que tendrá lugar el próximo día 15 de marzo de 2010 las 13.00 horas en el Centro Cultural El Teular, situado en plaza El Teular, 6. Los aspirantes deberán ir provistos del DNI, para cualquier comprobación de su identidad que desee efectuar el tribunal. Lo manda y firma el señor Alcalde. Cocentaina, 22 de enero de 2010. El Alcalde, Rafael Briet Seguí. *1001968*

EDICTO Intentada y no practicada la notificación al interesado en el expediente iniciado por este Ayuntamiento, núm. 13/08, relativo a sanción por infracción de ordenanza municipal, conforme a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante el presente edicto se hace saber al titular del mencionado expediente, don Ali Boukhriss, que se ha incoado expediente sancionador con motivo de infracción de la Ordenanza Municipal reguladora de limpieza viaria, recogida de residuos sólidos y mantenimiento del mobiliario urbano e instalaciones municipales y de la Ley de Residuos 10/1998 del Estado y la Ley de Residuos de la Generalitat Valenciana 10/2000, por al realización de los siguientes hechos: Abandono del vehículo en la vía pública. De los que se presume responsable, en calidad de propietario del vehículo, según los datos del la DGT a Ali Boukhriss. Estos hechos podrían ser calificados como: - Infracción grave, de conformidad con el artículo 38.2.1) de la Ordenanza (abandonar vehículos en la vía pública), pudiéndole corresponder una sanción consistente en multa de hasta 1.500 euros. - Infracción grave según la legislación estatal y autonómica (abandono, vertido o eliminación incontrolada de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas), tipificada en el artículo 34.3b) de la Ley 10/1998 de Residuos (73.4.b) de la Ley 10/2000 de Residuos de la Generalidad Valenciana), correspondiendo sanción de multa de 601,02 a 30.050,60 euros. Comunicando que dispone de un plazo de quince días para que aporte cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y, en su caso, la proposición y práctica de la prueba. Cocentaina, 22 de enero de 2010. El Alcalde, Rafael Briet Seguí. *1001970*

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EDICTE Transcorregut el termini d’exposició al públic dels expedients números 1 i 2 de crèdit extraordinari de crèdit del pressupost 2010 (prorrogat de 2009), que es van aprovar inicialment en la sessió plenària extraordinària del dia 7 de gener de 2010, sense que s’haja presentat cap reclamació, es procedix en compliment de l’article 169 del text refós de la Llei Reguladora de les Hisendes Locals, aprovat per Reial Decret Legislatiu 2/2004, de 5 de març, a la publicació del resum dels esmentats expedients a l’efecte de la seua entrada en vigor: CRÈDIT EXTRAORDINARI NÚM. 1: CRÈDIT EXTRAORDINARI

PARTIDA

DESCRIPCIÓ

33200.62200 33200.62210 91300 91100

EDIFICIO BIBLIOTECA MUNICIPAL ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS BIBLIOTECA PRÉSTAMOS INVERSIONES PRÉSTAMOS INVERSIONES CAJA CRÉDITO DIPUTACIÓN

TOTAL

FINANÇAMENT

890.595,46 51.000,00 890.595,46 51.000,00 941.595,46 

941.595,46 

CRÈDIT EXTRAORDINARI

FINANÇAMENT

CRÈDIT EXTRAORDINARI NÚM. 2:

PARTIDA

DESCRIPCIÓ

15503.61000 REURBANIZACIÓN PASSEIG DEL COMTAT 91100 PRÉSTAMOS INVERSIONES CAJA CRÉDITO DIPUTACIÓN

139.200,00 139.200,00 139.200,00 

TOTAL

139.200,00 

L’Alcalde, Rafael Briet Seguí. Cocentaina, 29 de gener de 2010. *1002144* AYUNTAMIENTO DE DÉNIA ANUNCIO El M.I. Ayuntamiento de Dénia convoca pruebas selectivas para cubrir las plazas que seguidamente se detallan, vacantes en la plantilla de personal funcionarial de esta Corporación, e incluidas en la Oferta de Empleo Público del año 2007. Esta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 11 de diciembre de 2009 y, que seguidamente se transcriben, rigiéndose en lo no previsto en las presentes bases por lo dispuesto en las bases genéricas aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 25 de junio de 2008 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 146 de 31 de julio de 2008. BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA PROVEER EN PROPIEDAD 5 PLAZAS DE AUXILIAR DE ENFERMERÍA (TURNO LIBRE)

Base primera.- Objeto de la convocatoria. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad de cinco plazas que a continuación se detalla, más las vacantes de la misma naturaleza jurídica que se puedan producir hasta la finalización del proceso selectivo. Escala: Administración Especial. Subescala: Técnica. Clase: Auxiliar. Nivel de titulación: título de Técnico Auxiliar de Enfermería (FP 1) o de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (Grado Medio). Número de plazas: 5. Denominación: Auxiliar de Enfermería. Turno: acceso libre. O.E.P. AÑOS 2007 (3AUXE7; 3AUXE11) 2008 (3AUXE8; 3AUXE9; 3AUXE10).

Estas plazas están dotadas con las retribuciones correspondientes al grupo C2 de los establecidos en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de Abril, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, y dotadas con los emolumentos que por la legislación vigente le corresponda.

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El sistema de selección de los/as aspirantes será el de concurso-oposición. Base segunda.- Requisitos de los candidatos. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los/as aspirantes, además de los requisitos que se indican en las bases genéricas, deberán reunir los siguientes: a. Tener la nacionalidad española, o nacionalidad de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos previstos en la Ley Estatal que regule esta materia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. b. Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. c. Encontrarse en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos: Técnico Auxiliar de Enfermería (FP1) o de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (Grado Medio) o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias. d. Estar en posesión del título de manipulador de alimentos. e. Tener la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. f. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas en los términos establecidos en el artículo 56.1. d. de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. La titulación se acreditará mediante la expedición de los títulos correspondientes por la autoridad académica competente. Esta misma autoridad podrá declarar también la equivalencia de títulos. Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación u homologación. Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día de plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, en este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta llegar a la toma de posesión como funcionario de carrera, debiéndose aportar todos los requisitos que determinen las bases. De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley 13/1982, de Integración Social del Minusválido, de 7 de abril, y 25.4 de la Ley 11/2003, de 10 de abril, de la Generalitat, sobre el Estatuto de Personas con Discapacidad, las personas con minusvalías serán admitidas en igualdad de condiciones con los otros aspirantes, siempre y cuando ésta sea compatible con el desempeño de las tareas. Base tercera.- Solicitudes. Quien desee participar en las correspondientes pruebas de acceso, deberá solicitarlo con los modelos normalizados de instancia que facilitarán tanto el Departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Dénia, como la Oficina de Atención al Ciudadano, u obtenerse a través de la página web del Ayuntamiento de Dénia (www.denia.es), y deberán adjuntar los comprobantes siguientes: a) Fotocopia del D.N.I. o documento oficial de identificación extranjero equivalente. b) Resguardo justificativo de haber pagado los derechos de examen. Si el pago se efectuó mediante giro postal o telegráfico, se consignará el número de giro. c) Titulación académica requerida. Los/as aspirantes deberán presentar la solicitud en la que contenga declaración expresa y formal de que reúnen todos y cada uno de los requisitos establecidos en la base segunda (requisitos de los candidatos). Asimismo, deberán comprometerse al cumplimiento del acto de acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatuto de Autonomía correspondiente y del resto del Ordenamiento Jurídico. La documentación que deberán aportar los/las aspirantes para acreditar que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria, se hará mediante el original o la fotocopia compulsada o cotejada.

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Los/as que tuvieran la condición de funcionarios públicos del Ayuntamiento de Dénia estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya justificados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificado que acredite su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. La documentación acreditativa para evaluar los méritos y experiencia previstos en la convocatoria será aportada por los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición y pasen a la fase de concurso, dentro del plazo de diez días hábiles en que sean emplazados por el Tribunal de acuerdo con el artículo 11. 1 del Decreto 33/99, de 9 de marzo, del Gobierno Valenciano. Las instancias, dirigidas a la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento, se presentarán en el Registro General o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero), durante el plazo de 20 días naturales, a partir del siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las bases asimismo se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Base cuarta.- Admisión de aspirantes. 1. El pago de los derechos de examen se fija en veinte euros (20 ), el cual podrá hacerse efectivo, cumplimentando previamente el correspondiente modelo de autoliquidación obtenido a través de las oficinas o página web del Ayuntamiento, por cualquiera de las formas que seguidamente se señalan: - Bien mediante ingreso en cualquiera de las entidades colaboradoras en la recaudación tributaria, que se indican en los modelos de autoliquidación, - A través de los cajeros automáticos que existen en las oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento, - Por vía telemática, a través de la página web del Ayuntamiento. En este caso, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. - O, cualquier otro medio de pago de acuerdo con el artículo 38.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. En cualquiera de los medios en que se verifique el pago, deberá indicarse el título de la plaza a la que se opta. 2. Están exentos del pago de la tasa de derecho de examen los siguientes: a) Al personal del Ayuntamiento de Dénia conforme a la ordenanza fiscal. b) A las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición. c) A las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará (por el interesado) en la oficina de los servicios públicos de empleo, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante una declaración jurada o promesa suscrita por solicitante. d) A las familias numerosas en los términos del artículo 12.1c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la Familia Numerosa. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familia de categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueren de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

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Las exenciones y bonificaciones recogidas en los apartados b), c) y d) únicamente serán de aplicación a partir de la entrada en vigor de las ordenanzas fiscales que las autoriza (aprobadas provisionalmente en sesión plenaria de 17.1.08) y antes de finalizar la fecha de presentación de instancias. 3. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes. 4. En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud. 5. Expirado el plazo de admisión de instancias, por resolución de la Alcaldía se aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos/as o excluidos/as, asimismo, en dicha resolución se incluirá también la composición y designación de los/as miembros del Tribunal calificador. En la lista de no admitidos se hará constar el motivo de exclusión. Serán causas de exclusión: a) No manifestar reunir alguno de los requisitos a que se refiere la base segunda. b) La omisión de la firma en la solicitud. c) La presentación de solicitud fuera del plazo establecido. d) El impago de los derechos de examen dentro del plazo establecido. La lista provisional se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, concediéndose el plazo de diez días hábiles para presentar reclamaciones, o en su caso, subsanar los defectos subsanables. La presentación de solicitud fuera del plazo establecido no será subsanable, y dará lugar a la exclusión del aspirante en la resolución por la que se apruebe la relación de aspirantes admitidos/as y excluidos/as. Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución de la Alcaldía que apruebe la lista definitiva, que se hará pública, asimismo, en la forma indicada. En el supuesto de no presentarse reclamaciones, la lista provisional devendrá automática en definitiva, haciéndose constar en la resolución de la Alcaldía. Con la aprobación de la lista definitiva de aspirantes al proceso selectivo se detallarán la fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la prueba selectiva, con al menos quince días hábiles de antelación. Base quinta.- Tribunal calificador. Miembros del Tribunal. 1.- Un/a Secretario/a, con voz pero sin voto: Secretario/ a de la Corporación o funcionario/a en quien delegue. 2.- Un/a Presidente/a, que será designado entre los vocales del Tribunal, atendiendo a la titulación correspondiente a la misma área de conocimientos que la exigida para el ingreso, y en caso de igual titulación, el de mayor antigüedad en el puesto. 3.- Un número impar, no inferior a cinco Vocales (incluido el/la Presidente/a), con voz y voto, designados por la corporación, debiendo nombrarse entre los mismos: - Un/a empleado/a público designado por la Dirección general de la Administración Local de la Comunidad autónoma correspondiente, que acudirá a título individual. - Cuatro o más funcionarios/as o personal laboral fijo designados/as por la Corporación. 4.- Se designará mismo número de suplentes que titulares. 5.-Requisitos de los miembros del Tribunal: Todos los/as miembros del Tribunal deberán ser funcionario de carrera o personal laboral fijo, y estar en posesión de una titulación igual o superior a la exigida en la respectiva convocatoria, así como pertenecer al mismo grupo o a grupos superiores a la plaza convocada. Al menos la mitad más uno de los miembros de los Tribunales deberá tener una titulación correspondiente a la misma área de conocimientos que la exigida para el ingreso, de acuerdo con el artículo 13.4.3º de la Ley de la Función Pública Valenciana.

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La pertenencia a los órganos de selección, será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta, en representación o por cuenta de nadie. El Tribunal actuará con plena autonomía funcional, estando facultado para resolver las dudas y cuestiones que se presenten en torno a la aplicación e interpretación de las bases generales o específicas, y para tomar todo tipo de acuerdos necesarios para el desarrollo del proceso selectivo en todo lo no previsto en bases, debiendo ajustarse en todo momento en su actuación, a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás disposiciones vigentes. 6.- La designación de los/as miembros del Tribunal de selección, incluyendo la de los/as suplentes respectivos, se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y tenderán en su composición a la paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en el artículo 60.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. 7.- El Tribunal, de acuerdo con el artículo 8.3 del Decreto 33/99, de 9 de marzo, del Gobierno Valenciano, podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas cuando las características o la dificultad de la prueba así lo requiera, limitando su actuación a prestar su colaboración en las respectivas especialidades técnicas, y tendrán voz pero no voto. 8. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus integrantes, titulares o suplentes, indistintamente. Base sexta.- Comienzo y desarrollo de la oposición. Los/as opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, si el número de aspirantes fuese lo suficientemente numeroso podrán ser convocados a cada uno de los ejercicios por cupos, pudiéndose desarrollar exámenes con supuestos o temas distintos. La no-presentación de un/a aspirante en el momento de ser llamado a cualquiera de los ejercicios obligatorios determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, por lo que quedará excluido del procedimiento selectivo. No obstante, en los supuestos de casos fortuitos o fuerza mayor que hayan impedido la presentación de los/as aspirantes en el momento previsto, siempre que esté debidamente justificado y así se aprecie por el Tribunal, se podrá examinar discrecionalmente a los/as aspirantes que no comparecieron cuando fueron llamados, siempre que se haya finalizado la prueba correspondiente, y con ello no se entorpezca el desarrollo de la convocatoria, con perjuicio para el interés general o de terceros. El comienzo de los restantes ejercicios se anunciará sólo en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y, en su caso, en la página web municipal, con una antelación de cuarenta y ocho horas. Entre la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá de transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales, en los términos del Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (Real Decreto 364/ 1995, de 10 de marzo), aplicable supletoriamente a las entidades locales. El llamamiento para la sesión siguiente de un mismo ejercicio deberá realizarse con un plazo mínimo de antelación de doce horas. El orden en que habrán de actuar los opositores en aquellos ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, será por orden alfabético de apellidos, comenzando por el/a aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra que salga del sorteo público efectuado por la Generalitat Valenciana para la selección de personal que se celebren durante ese año.

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En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/ as aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán ir provistos del documento nacional de identidad. Pruebas selectivas. Base séptima. Primer ejercicio. Obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la realización de una prueba de conocimientos referida a los contenidos del programa que figura en el Anexo I (Temario General) de las presentes bases, a través de un cuestionario de 50 preguntas. El Tribunal fijará con antelación suficiente la duración de la prueba, que no podrá ser inferior a 60 minutos. Adoptará la forma de test con cuatro respuestas alternativas, de las cuales sólo una será la correcta. Para la corrección de esta prueba se tendrán en cuenta los siguientes criterios: 1. Cada pregunta contestada de forma incorrecta (señalando como verdadera una alternativa que no es correcta) se penalizará con ¼ del valor del acierto. 2. Las preguntas sin contestar no serán objeto de penalización. La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, y para superar el ejercicio se deberá obtener un mínimo de 5 puntos. Segundo ejercicio. Obligatorio y eliminatorio Podrá consistir en contestar correctamente por escrito, un cuestionario de 50 preguntas, con cuatro respuestas alternativas una de ellas cierta, en un tiempo máximo de 1 hora y 30 minutos, del temario que se recoge como Anexo II de estas bases. El Tribunal fijará con antelación suficiente la duración de la prueba, que no podrá ser inferior a 60 minutos. Adoptará la forma de test con cuatro respuestas alternativas, de las cuales sólo una será la correcta. Para la corrección de esta prueba se tendrán en cuenta los siguientes criterios: 1. Cada pregunta contestada de forma incorrecta (señalando como verdadera una alternativa que no es correcta) se penalizará con 1/4 del valor del acierto. 3. Las preguntas sin contestar no serán objeto de penalización. O en responder por escrito a un tema elegido por sorteo de los que figuran en la parte del Anexo II de esta convocatoria. El tiempo mínimo de ejecución será de 60 minutos. La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, y para superar el ejercicio se deberá obtener un mínimo de 5 puntos. Tercer ejercicio. Obligatorio y eliminatorio. Prueba práctica. Consistente en el desarrollo de uno o varios supuestos prácticos o pruebas prácticas, que podrá constar de varios apartados propuestos por el Tribunal. El contenido de este ejercicio estará dirigido a apreciar la capacidad de los/as aspirantes para llevar a cabo las tares propias del puesto a cubrir. En el supuesto práctico se valorará el rigor analítico, el conocimiento teórico de las materias desarrolladas, la capacidad de síntesis, así como las conclusiones expuestas, la claridad de ideas y la corrección de la expresión escrita. Si se trata de prueba práctica se valorará el grado de perfección y destreza demostrado en su realización y el conocimiento de las funciones a desempeñar. El tiempo para la realización de estos ejercicios se establecerá por el Tribunal (el mínimo de ejecución será una hora). La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, y para superar el ejercicio se deberá obtener un mínimo de 5 puntos. Calificación de los ejercicios. La calificación para cada ejercicio y aspirante se determinará por la media aritmética resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando en todo caso las puntuaciones máximas y mínimas, cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a tres puntos. Base octava.- Publicidad. Una vez iniciado el proceso selectivo, se expondrán las puntuaciones obtenidas por los/as aspirantes que hayan

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superado cada una de las pruebas, junto con la fecha, hora y lugar de celebración de la siguiente prueba, en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. Finalizada la fase de oposición, se emplazará a los/as aspirantes que la hayan superado, para que en el plazo de diez días hábiles aporten por Registro General de Entrada en el Ayuntamiento o en la forma que determina el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la documentación acreditativa para evaluar los méritos y experiencia previstos en la convocatoria, de conformidad con el artículo 11.1 del Decreto 11.1 del Decreto 33/99, de 9 de marzo, del Gobierno Valenciano, mediante el original o la fotocopia compulsada o cotejada. Fase de concurso Base novena. Será posterior a la fase de oposición. No tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar los ejercicios de la fase de oposición. Baremo de méritos. 1- Experiencia: Se valorarán los servicios prestados a la Administración Local, que pertenezcan al mismo grupo de titulación al del puesto que haya de proveerse, e igual naturaleza jurídica, funcionarial o laboral y, en su caso, sector, cuerpo, escala, clase, subgrupo y categoría profesional (Auxiliar de Enfermería) a razón de 0,05 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 9 puntos. 2.- Valoración de títulos académicos y estudios: Cualquier titulación académica de igual o superior nivel al exigido para pertenecer al respectivo grupo de titulación, excluida la que sirvió para ello; 1,5 puntos, con un máximo de 3 puntos. 3.- Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento en las materias directamente relacionadas con el puesto de trabajo que hayan sido cursados o impartidos por el interesado y que hayan sido convocados u homologados por cualquier centro u organismo oficial, así mismo como aquellos convocados u homologados por cualquier centro u organismo oficial de formación de empleados públicos, se valorarán con arreglo al siguiente criterio: - De 100 o más horas: 2,00 puntos. - De 75 o más horas: 1,50 puntos. - De 50 o más horas: 1,00 punto. - De 25 o más horas: 0,50 puntos. - De 15 o más horas: 0,20 puntos. La máxima puntuación que se podrá obtener en este apartado será de 3 puntos. No tendrán la consideración de cursos a efectos de su valoración en la fase de concurso la asistencia a jornadas, seminarios, mesas generales o cualquier otra reunión de formación o intercambio de conocimientos de la misma naturaleza. 4.- Valenciano. El conocimiento del valenciano se valorará hasta un máximo de 3 puntos, previa acreditación de estar en posesión del certificado expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencia, con arreglo a la siguiente escala: Conocimiento oral: 0,75 puntos. Grado Elemental: 1,00 punto. Grado Medio: 2,00 puntos. Grado Superior: 3,00 puntos. Se puntuará únicamente el nivel más alto de conocimientos de valenciano que se posea, siempre que no constituya requisito del puesto a proveer. En este último caso, se valorará exclusivamente estar en posesión de certificado de conocimientos del valenciano superior al exigido como requisito, conforme a la puntuación de la escala anterior. Base décima.- Calificación final del concurso-oposición y lista y propuesta de aprobados del Tribunal. A fin de establecer el orden definitivo de los/as aspirantes aprobados/as, la calificación final del concurso-oposición se obtendrá sumando las calificaciones obtenidas en cada

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uno de los ejercicios y la puntuación obtenida en la fase de concurso, sin que el número de aprobados/as pueda rebasar al de las plazas convocadas. Terminada la calificación de los/as aspirantes, el Tribunal publicará la relación definitiva de aprobados/as por orden de puntuación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, el número de los cuales no podrá exceder el número de plazas convocadas. El Tribunal remitirá esta relación a la Presidenta de la Corporación Municipal para que realice el correspondiente nombramiento. En caso de que ninguno de los/as aspirantes superara el proceso selectivo o que el Tribunal decidiera que ninguno/ a de los/as aspirantes presentados a la plaza convocada reúnen las condiciones mínimas necesarias podrá declarar desierta la convocatoria. Base undécima.- Presentación de documentos. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de la lista de aprobados/as en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los/as aspirantes propuestos por el Tribunal, presentarán los documentos que acrediten los requisitos exigidos en las bases específicas de cada convocatoria y los siguientes: a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la identidad del solicitante acompañada del original para su compulsa. b) Copia autenticada o fotocopia compulsada de la titulación o justificante de haber pagado los derechos de expedición, sin perjuicio de su posterior presentación. c) Fotocopia compulsada de los certificados, diplomas y títulos que, homologados por la Generalitat, acrediten los conocimientos de valenciano. d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública, ni hallarse incapacitado. e) Para acreditar que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las tareas encomendadas al puesto de trabajo, los/as aspirantes deberán someterse a un reconocimiento médico a través del Servicio de Prevención, propio o ajeno, del Ayuntamiento. f) Los/as aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con minusvalías, un certificado del órgano competente que acredite tal condición, así como su capacidad para desempeñar las tareas y funciones correspondientes a las plazas a las que aspira. g) Carné de manipulador de alimentos o equivalentes expedido por organismo oficial y vigente. Quien tenga la condición de funcionario/a público o contratado/a en régimen laboral por organismos públicos estarán exentos de justificar las condiciones y los requisitos exigidos y acreditados cuando obtuvieron su nombramiento anterior; por tanto, tendrán que presentar técnicamente, el certificado del ministerio, de la comunidad autónoma, de la corporación local o del organismo público de que dependan, justificativo de su condición de funcionario/a o laboral y de que cumplen las condiciones y requisitos señalados. No obstante, si en la convocatoria se exigen condiciones o requisitos que no constan en su expediente personal, se tendrán que acreditar en la forma antes indicada. La falta de presentación de la documentación dentro del plazo establecido, excepto en los casos de fuerza mayor o cuando de la presentación de los documentos se desprenda el no cumplimiento de los requisitos de la convocatoria o supuestos de falsedad en la declaración, dará lugar a la invalidez de las actuaciones del aspirante, en este sentido, comportará la nulidad subsiguiente de los actos del Tribunal en relación con el aspirante y la imposibilidad de efectuar su nombramiento, sin perjuicio de otras responsabilidades en que haya podido incurrir. En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor de los/as aspirantes, ordenados de acuerdo con la puntuación obtenida, que habiendo superado la totalidad de las pruebas selectivas tengan cabida en el número de plazas convocadas, como consecuencia de la citada anulación.

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Base doceava.- Nombramiento. Transcurrido el plazo de presentación de la documentación, y siendo esta conforme el órgano municipal competente autorizara la contratación en régimen laboral, de los/as aspirantes propuestos por el Tribunal. Quien, sin causa justificada, no tome posesión o formalice contrato laboral fijo dentro del plazo señalado, perderá todos los derechos derivados de la superación de las pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento conferido. En el mismo plazo, en su caso, los/as interesados deberán ejercer la opción prevista en el artículo 10 de la Ley 53/84 de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Una vez finalizado el proceso selectivo, se constituirán bolsas de empleo temporal con los/as aspirantes que hayan superado el número de ejercicios que se establezcan en el Reglamento de Bolsas de Trabajo Temporal que regula las normas de constitución y funcionamiento de las bolsas de trabajo temporal de la Corporación. Base trece.- Incidencias. El Tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo que no esté previsto en estas bases. Base catorce.- Constitución de bolsas de empleo. Una vez finalizado el proceso selectivo, se podrá constituir bolsa de empleo temporal con los/as aspirantes que hayan superado el número de ejercicios que se establezcan en el Reglamento Municipal que regula las normas de constitución y funcionamiento de las bolsas de trabajo temporal de la Corporación Base quinceava.- Impugnación. Estas bases específicas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y, en extracto, en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. Además, de acuerdo con el artículo 6.2 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio (B.O.E. número 142, de 14 de junio de 1991) deberá publicarse un anuncio de la convocatoria que contendrá: Denominación de la escala, subescala y clase para cuyo ingreso se convocan las pruebas selectivas, Corporación que la convoca; clase y número de plazas, fecha y número de boletín oficial de la provincia y diario oficial en que se hayan publicado las bases y extracto. Contra estas bases, que agotarán la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición, previo al contencioso administrativo ante el Alcalde del Ayuntamiento, durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo previsto en el artículo 59.5.b de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC). Base quince.- Legislación aplicable. En todo lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en las bases generales aprobadas por la Junta de Gobierno Local de fecha 25 de junio de 2008 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 146, de 31 de julio de 2008, así como en la legislación vigente que regula el acceso a la función pública local. ANEXO I

Temario General Tema 1.- La Constitución Española de 1978. Estructura y principios fundamentales, derechos y deberes: su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional y la reforma de la Constitución. Tema 2.- La Corona. Las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento. Elaboración de las leyes. Órganos de control dependientes de las Cortes Generales Los tratados internacionales, especial referencia a los tratados de la CE. Tema 3.- El Gobierno y la Administración. Principios constitucionales de la Administración. Organización central y periférica. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas. El Poder Judicial.

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Tema 4. Organización territorial del Estado. Principios generales. La Administración local. Las comunidades autónomas. Distribución competencias. Tema 5. La Comunidad Europea. Instituciones de la Comunidad Europea. Tema 6. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, aprobación y reforma. Estructura y principios fundamentales. La Generalitat Valenciana: competencias e instituciones. Las Cortes: composición, constitución y funciones. El Presidente de la Generalitat: funciones. El Consell: composición, estructura y funciones. Otras instituciones: el Síndico de Agravios, la Sindicatura de Cuentas y el Consejo de Cultura. Tema 7. El régimen local español: evolución histórica. La Administración local en la Constitución de 1978. Régimen jurídico: especial referencia a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Las Entidades Locales: clases y potestades. Tema 8. El municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento. La organización municipal. Competencias. Órganos necesarios y complementarios. El estatuto de los miembros de las Corporaciones Locales. Tema 9. La provincia en el régimen local. Organización provincial. Competencias. Tema 10. Otras entidades locales. Mancomunidades. Agrupaciones. La comarca. Entidades de ámbito territorial inferior al municipio. ANEXO II

Temario Específico. Tema 1. El Sistema Básico de Calidad de la Conselleria de Benestar Social como herramienta de funcionamiento de centros y residencias de servicios sociales. Características y requisitos. Manual de calidad. Tema 2. El equipo interdisciplinar. Aportaciones del auxiliar de enfermería. Tests y escalas más utilizados. Valoración geriátrica integral y establecimiento del plan de atención individualizado. Trabajo en equipo. Tema 3. Prevención de riesgos laborales del auxiliar de enfermería en un centro socio-sanitario. Equipos de protección individual. Aspectos generales del plan de autoprotección. Equipos de emergencia, definición y funciones. Medios de protección. Tema 4. Dietética y nutrición. Hidratación. Valoración y curas del anciano con problemas digestivos y de eliminación. Caries y enfermedad periodontal. Hemorroides. Diarrea y estreñimiento. Sonda naso gástrica y nutrición parenteral total. Recogida de muestras. Tema 5. Paciente con problemas de la conducta y de relación. Ansiedad, depresión, agitación y trastornos del sueño. Pacientes con demencia. Alzheimer. Tema 6. Pacientes con alteración de la movilidad. Problemas de la de ambulación. Caídas. Encamamiento. Alteraciones de la piel. Tipos de úlceras. Prevención. Movilizaciones i rehabilitación. Sujeciones. Tema 7. Paciente terminal. Aspectos de la cura del auxiliar de enfermería. Situación de los últimos días y atención a la familia. Tema 8. Cambios fisiológicos cardio-vasculares y respiratorios en el anciano. Paciente con disnea. Oxigenoterapia y rehabilitación respiratoria. Tema 9. Valoración y curas del anciano con problemas nefro-urológicos y de la anciana con problemas ginecológicos. Cambios fisiológicos. Incontinencia y retención urinaria. Problemas prostáticos. Cura de sondas vesicales. Recogida de muestras. Tema 10. Principales recursos socio-sanitarios para la atención de los ancianos. Residencias de personas mayores dependientes. Centros de día para personas mayores dependientes. Lo mando y firmo. Dénia, 15 de diciembre de 2009. La Alcaldesa-Presidenta, Ana María Kringe Sánchez. *1001946*

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EDICTO En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5.º y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, se manda a publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y en el tablón de edictos de los Ayuntamientos respectivos el presente edicto por el que se pone de manifiesto que se encuentran pendientes de notificar los actos que se especifican a continuación: - Interesado: Hadever Gunter, Karl Herman. Expediente: 3610-115-2008. Acto notificado: Decreto Alcaldía número S/35/2009. - Declarar la improcedencia de iniciar procedimiento sancionador por infracción ambiental iniciado contra Hadever Gunter, Karl Herman como consecuencia de las denuncias formuladas por los agentes de la autoridad. Plazo para interponer recurso de reposición: un mes. - Interesado: Rafael Gilarte Pérez. Expediente: 3610-118-2008. Acto notificado: Decreto Alcaldía número S/35/2009. - Declarar la improcedencia de iniciar procedimiento sancionador por infracción ambiental iniciado contra Rafael

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Gilarte Pérez como consecuencia de las denuncias formuladas por los agentes de la autoridad. Plazo para interponer recurso de reposición: un mes. - Interesado: Rex Fhiel, Luca. Expediente: 3610-121-2008. Acto notificado: Decreto Alcaldía número S/33/2009. - Declarar la improcedencia de iniciar procedimiento sancionador por infracción ambiental iniciado contra Rex Fhiel, Luca como consecuencia de las denuncias formuladas por los agentes de la autoridad Plazo para interponer recurso de Reposición: un mes. En virtud de lo anterior dispongo que los interesados arriba indicados, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Alicante, para su conocimiento íntegro del mismo, de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas, en el Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Dénia, sita en Ronda de les Muralles, número 42. Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al de vencimiento del plazo señalado para comparecer. Dénia, 15 de enero de 2010. La Alcaldesa Presidenta, Ana Mª Kringe Sánchez. *1001971*

EDICTO Notificación resolución expedientes número 3610/065/09, 3610/066/09, 3610/067/09. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de resolución del Concejal recaída en el expediente de audiencia sin previo requerimiento de legalización de las obras que se indica y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante legal sin que haya sido posible practicarla, por causas no imputables a este Ayuntamiento, se ponen de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentra pendiente de notificar el presente acuerdo: Nº EXPEDIENTE

INTERESADO

OBJETO EXPEDIENTE

EMPLAZAMIENTO

ACUERDO PENDIENTE NOTIFICAR

3610/065/09

EMILIO OLIVER SANZ DE BREMON

AUDIENCIA SIN PREVIO REQUERIMIENTO DE LEGALIZACIÓN DE LAS OBRAS

PARTIDA MADRIGUERES, POLÍGONO 30, PARCELA 151

3610/066/09

EMILIO OLIVER SANZ DE BREMON

AUDIENCIA SIN PREVIO REQUERIMIENTO DE LEGALIZACIÓN DE LAS OBRAS

PARTIDA MADRIGUERES, POLÍGONO 30, PARCELA 151

3610/067/09

EMILIO OLIVER SANZ DE BREMON

AUDIENCIA SIN PREVIO REQUERIMIENTO DE LEGALIZACIÓN DE LAS OBRAS

PARTIDA MADRIGUERES, POLÍGONO 30, PARCELA 151

RESOLUCIÓN DE CONCEJAL DELEGADO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA DE FECHA 17/11/09 RESOLUCIÓN DE CONCEJAL DELEGADO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA DE FECHA 17/11/09 RESOLUCIÓN DE CONCEJAL DELEGADO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA DE FECHA 17/11/09

En virtud de lo anterior, dispongo que los interesados relacionados deberán comparecer en el plazo de quince días contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, de lunes a viernes, de 9.00 horas a 14.00 horas, en las oficinas del Área de Urbanismo de Dénia, sita en Ronda de les Muralles, número 42, al efecto de practicar la notificación del citado acuerdo. Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al de vencimiento del plazo señalado para comparecer. Dénia, 13 de enero de 2010. La Alcaldesa-Presidenta, Ana Mª Kringe Sánchez. *1001973*

EDICTO En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5.º y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, se manda a publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Dénia el presente edicto por el que se pone de manifiesto que se encuentran pendientes de notificar los actos que se especifican a continuación: - Interesado: Blay Beach Spor Center. Expediente: 3606-60-2009. Infracción: leve (artículo 45 del Reglamento de Playas). Sanción: multa de hasta 180,30 .

Acto notificado: incoación de expediente sancionador y concesión trámite de audiencia. Plazo de alegaciones: quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio. Plazo para interponer recurso de reposición: no procede al tratarse de un acto de trámite. - Interesado: Miguel Ángel Díaz Gómez. Expediente: 3606-66-2009. Infracción: leve (artículo 49 de O.M. Prevención de la acústica). Sanción: multa de hasta 750,00 . Acto notificado: incoación de expediente sancionador y concesión trámite de audiencia. Plazo de alegaciones: quince días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio. Plazo para interponer recurso de reposición: no procede al tratarse de un acto de trámite.

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En virtud de lo anterior dispongo que los interesados arriba indicados, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Alicante, para su conocimiento íntegro del mismo, de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas, en el Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Dénia, sita en Ronda de les Muralles, número 42.

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Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al de vencimiento del plazo señalado para comparecer. Dénia, 15 de enero de 2010. La Alcaldesa-Presidenta, Ana Mª Kringe Sánchez. *1001974*

EDICTO Notificación resolución expedientes número 3610/092/09. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de resolución del Concejal recaída en el expediente de audiencia sin previo requerimiento de legalización de las obras que se indica y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante legal sin que haya sido posible practicarla, por causas no imputables a este Ayuntamiento, se ponen de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentra pendiente de notificar el presente acuerdo: Nº EXPEDIENTE

INTERESADO

OBJETO EXPEDIENTE

EMPLAZAMIENTO

ACUERDO PENDIENTE NOTIFICAR

3610/092/09

FRANCISCO MERCÉ MORAND

AUDIENCIA SIN PREVIO REQUERIMIENTO DE LEGALIZACIÓN DE LAS OBRAS

PARTIDA MADRIGUERES, POLÍGONO 29, PARCELA 40

RESOLUCIÓN DE CONCEJAL DELEGADO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA DE FECHA 17/11/09

En virtud de lo anterior, dispongo que los interesados relacionados deberán comparecer en el plazo de quince días contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, de lunes a viernes, de 9.00 horas a 14.00 horas, en las oficinas del Área de Urbanismo de Dénia, sita en Ronda de les Muralles, número 42, al efecto de practicar la notificación del citado acuerdo. Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al de vencimiento del plazo señalado para comparecer. Dénia, 13 de enero de 2010. La Alcaldesa-Presidenta, Ana Mª Kringe Sánchez. *1001975*

EDICTO El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 28 de enero de 2010, acordó aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos número 1/10, en el Presupuesto General para 2009, quedando el expediente de conformidad con el artículo 177, en relación con el artículo 169 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, expuesto al público por plazo de quince días, a contar desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales los interesados podrán examinarlo en las dependencias de la Intervención municipal y presentar reclamaciones ante el Pleno, considerándose definitivamente aprobado si durante dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones. Dénia, 29 de enero de 2010. La Alcaldesa, Ana María Kringe Sánchez. *1002148* AYUNTAMIENTO DE DOLORES EDICTO Habiendo resultado infructuosa la notificación a doña Magadalena Cabrera Pulido, la resolución de la Concejalía de Mercadillo número 531/2009 de fecha 16 de junio de 2009, de incoación de expedientes de resolución de la concesión, expediente MSV F05, cuyo último domicilio conocido era calle San Joaquín, 26, 03350 Cox (Alicante) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, a través del presente se procede a notificar al interesado la citada resolución, cuyo apartado dispositivo literalmente dice:

«…/ Segundo.- Conceder cambio de titularidad y aprobar la liquidación semanal de la tasa que se relaciona a continuación: Nº

TITULAR ANTERIOR

ACTIVIDAD

F05

MAGDALENA CABRERA PULIDO

VENTA DE FRUTA Y VERDURA



NUEVO TITULAR

ACTIVIDAD

F05

MANUEL LOZANO FAUNA

VENTA DE FRUTA Y VERDURA

DIM 12 DIM 8

EMPLAZAMIENTO C/. LA PAZ EMPLAZAMIENTO C/. LA PAZ

TASA 24,00 TASA 16,00

Tercero.- Notificar la presente resolución a los interesados a los servicios económicos municipales y a la Policía Local para su efectivo cumplimiento.» Lo que le notifico, haciéndole saber que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer de acuerdo con lo previsto en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta el acto en el plazo de un mes o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo con sede en Elche (Alicante), en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de recibo de la presente notificación.» Dolores, 20 de enero de 2010. El Alcalde accidental, Vicente Torregrosa Nájar. *1001976*

EDICTO Habiendo resultado infructuosa la notificación a don Alistarevan Lightbody, la resolución de la Concejalía de Mercadillo número 550/2009 de fecha 23 de junio de 2009, de incoación de expedientes de resolución de la concesión,

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expediente MSV G10, cuyo último domicilio conocido era urbanización Torregolf II, 19-03184, de Orihuela (Alicante) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, a través del presente se procede a notificar al interesado la citada resolución, cuyo apartado dispositivo literalmente dice: Primero. Incoar expediente de revocación de las concesiones citadas. Segundo. Suspender provisionalmente las autorizaciones de instalación de puesto en el mercadillo municipal las citadas, concediendo a los titulares de las mismas un plazo de 10 días para formular alegaciones al presente acuerdo y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. Tercero. Finalizado el plazo indicado sin que se formulen alegaciones a la presente se entenderá automáticamente declarada la revocación de las concesiones citadas. Cuarto. Dar traslado del presente acuerdo a los interesados y a la Policía Local, al efecto de su cumplimiento. Lo que le notifico, haciéndole saber que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer de acuerdo con lo previsto en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta el acto en el plazo de un mes o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo con sede en Elche (Alicante), en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de recibo de la presente notificación.» Dolores, 20 de enero de 2010. El Alcalde accidental, Vicente Torregrosa Nájar. *1001980*

EDICTO Habiendo resultado infructuosa la notificación a don Asmaa Akahazzan, la resolución de la Concejalía de Mercadillo número 550/2009 de fecha 23 de junio de 2009, de incoación de expedientes de resolución de la concesión, expediente MSV B36, cuyo último domicilio conocido era calle San Pedro, 44, 03140 Guardamar del Segura (Alicante) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, a través del presente se procede a notificar al interesado la citada resolución, cuyo apartado dispositivo literalmente dice: Primero. Incoar expediente de revocación de las concesiones citadas. Segundo. Suspender provisionalmente las autorizaciones de instalación de puesto en el mercadillo municipal las citadas, concediendo a los titulares de las mismas un plazo de 10 días para formular alegaciones al presente acuerdo y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. Tercero. Finalizado el plazo indicado sin que se formulen alegaciones a la presente se entenderá automáticamente declarada la revocación de las concesiones citadas. Cuarto. Dar traslado del presente acuerdo a los interesados y a la Policía Local, al efecto de su cumplimiento. Lo que le notifico, haciéndole saber que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer de acuerdo con lo previsto en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta el acto en el plazo de

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un mes o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo con sede en Elche (Alicante), en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de recibo de la presente notificación.» Dolores, 20 de enero de 2010. El Alcalde accidental, Vicente Torregrosa Nájar. *1001982*

EDICTO Habiendo resultado infructuosa la notificación a don Brahim Harmouni, la resolución de la Concejalía de Mercadillo número 550/2009 de fecha 23 de junio de 2009, de incoación de expedientes de resolución de la concesión, expediente MSV A38, cuyo último domicilio conocido era calle Molins, 15-4º izquierda, 03330 Crevillent (Alicante) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, a través del presente se procede a notificar al interesado la citada resolución, cuyo apartado dispositivo literalmente dice: Primero. Incoar expediente de revocación de las concesiones citadas. Segundo. Suspender provisionalmente las autorizaciones de instalación de puesto en el mercadillo municipal las citadas, concediendo a los titulares de las mismas un plazo de 10 días para formular alegaciones al presente acuerdo y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. Tercero. Finalizado el plazo indicado sin que se formulen alegaciones a la presente se entenderá automáticamente declarada la revocación de las concesiones citadas. Cuarto. Dar traslado del presente acuerdo a los interesados y a la Policía Local, al efecto de su cumplimiento. Lo que le notifico, haciéndole saber que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer de acuerdo con lo previsto en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta el acto en el plazo de un mes o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo con sede en Elche (Alicante), en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de recibo de la presente notificación.» Dolores, 20 de enero de 2010. El Alcalde accidental, Vicente Torregrosa Nájar. *1001983*

EDICTO Relación de notificación infructuosa de residuos sólidos urbanos. Habiendo sido imposible practicar la notificación a los titulares de los vehículos almacenados por un tiempo superior a dos meses en el Depósito Municipal de Vehículos y a fin de proceder a su retirada, se viene a llevar a cabo dicha notificación por edictos a tenor en lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre y de la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, con la advertencia de que si en el plazo de 15 días no retiran el vehículo del referido depósito, se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano, siéndolo de aplicación lo dispuesto en la vigente Ley 10/1998 de Residuos. Asimismo, se les hace saber que sin o fuera de su interés la retirada de sus respectivos vehículos, solo quedarán exentos de responsabilidad administrativa si lo cede a un

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gestor de residuos autorizado, o lo entrega a este Ayuntamiento, debiendo en este último caso personarse, dentro del plazo indicado, en las dependencias de la Policía Local de este Ayuntamiento para formalizar los trámites correspondientes (artículo 33.2 de la Ley 10/1998). MATRÍCULA/ BASTIDOR

MARCA/MODELO

TITULAR SEGÚN JPT

DIRECCIÓN

LOCALIDAD

A-5072-BP

RENAULT EXPRESS

PAUL ANDREW BRIFFA

C/ LOS ALTOS DE LA MARQUESA V 270

ROJALES 03170 (ALICANTE)

*1001984*

EDICTO Relación de notificación infructuosa de residuos sólidos urbanos. Habiendo sido imposible practicar la notificación a los titulares de los vehículos almacenados por un tiempo superior a dos meses en el Depósito Municipal de Vehículos y a fin de proceder a su retirada, se viene a llevar a cabo dicha notificación por edictos a tenor en lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre y de la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, con la advertencia de que si en el plazo de 15 días no retiran el vehículo del referido depósito, se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano, siéndolo de aplicación lo dispuesto en la vigente Ley 10/1998 de Residuos. Asimismo, se les hace saber que sin o fuera de su interés la retirada de sus respectivos vehículos, solo quedarán exentos de responsabilidad administrativa si lo cede a un gestor de residuos autorizado, o lo entrega a este Ayuntamiento, debiendo en este último caso personarse, dentro del plazo indicado, en las dependencias de la Policía Local de este Ayuntamiento para formalizar los trámites correspondientes (artículo 33.2 de la Ley 10/1998). MARCA/MODELO

D52HHN

FORD ECOLINE

TITULAR SEGÚN JPT

DIRECCIÓN

Segundo. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia el presente Decreto, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.» Lo que se hace público para general conocimiento. Dolores, 18 de enero de 2010. El Alcalde, Gabriel Gascón Abadía. *1001986*

EDICTO

Dolores, 29 de diciembre de 2009. El Alcalde-Presidente, Gabriel Gascón Abadía.

MATRÍCULA/BASTIDOR

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LOCALIDAD

Dolores, 23 de noviembre de 2009. El Alcalde-Presidente, Gabriel Gascón Abadía. *1001985*

EDICTO De conformidad con lo establecido en el artículo 44 del R. D. 2568/1986, de 28 de noviembre, por la presente se hace pública la siguiente resolución de la Alcaldía: «Decreto de la Alcaldía número 32/2010, de 18 de enero. Delegación específica y sustitución de la Alcaldía por ausencia. Vista la necesidad de ausentarme del término municipal del 20 al 22 de enero de 2010, ambos inclusive. Resultando que el Primer y Segundo Teniente de Alcalde se encontrarán igualmente ausentes de la localidad durante los citados días. Visto el contenido del artículo 47 del R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, en relación con el 44 del mismo cuerpo legal, por la presente, Resuelvo: Primero. Delegar en el Tercer Teniente de Alcalde, don Vicente Torregrosa Nájar, el ejercicio de la totalidad de las funciones que corresponden a esta Alcaldía, para los próximos días del 20 al 22 de enero de 2010, ambos inclusive.

Habiendo resultado infructuosa la notificación a don Probin Ian Walter, de la resolución de Alcaldía número 980/ 2009, de 21 de diciembre, de resolución expediente sancionador por infracción urbanística ES 26/2009, cuyo último domicilio conocido era partida Escorredor - Vda. Los Gabanes número 49 de Dolores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, a través del presente se procede a notificar al interesado la citada resolución, cuyo apartado dispositivo literalmente dice: «Primero.- Imponer a don Probin Ina Walter una multa de 5.228,53 , por la comisión de una infracción urbanística de carácter grave con la concurrencia de circunstancia agravante, aprobando la liquidación de la sanción impuesta, que se notificará al infractor junto al presente acuerdo y con indicación de los plazos para su ingreso en periodo voluntario y la advertencia de que, en caso de impago, se exigirá su importe por vía de apremio con los recargos correspondientes. Segundo.- Ordenar al propietario de las obras objeto de este expediente don Probin Ian Walter como exigencia de reparación de la legalidad urbanística alterada, la demolición de las mismas por ser contraria a la legalidad urbanística vigente y no legalizable, concediéndole el plazo de dos meses desde la notificación de la presente resolución para que procedan a ejecutar dicha demolición de forma voluntaria, advirtiéndole que en caso de incumplimiento se podrán imponer sucesivas multas coercitivas o acordar su ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento y a sus costas. Tercero.- Notificar la presente resolución al interesado con expresión de recursos y a la Tesorería municipal para el control del ingreso de la sanción impuesta.» Lo que se notifica, significando que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo con sede en Elche (Alicante), en el plazo de dos eses a contar desde el día siguiente al de recibo de la presente notificación. Asimismo, cabe interponer potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto que se impugna, en el plazo de un mes computado en la forma antedicha, y en los términos señalados en los artículos 107 y concordantes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dolores, 25 de enero de 2010. El Alcalde, Gabriel Gascón Abadía. *1001987*

EDICTO Habiendo resultado infructuosa la notificación a Mediterránea Vega Baja, S.L. de la resolución de Alcaldía número 957/2009, de 7 de diciembre, de resolución expediente sancionador por infracción urbanística ES 20/2009, cuyo último domicilio conocido era calle San Antonio número 17 1º de Dolores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-

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to Administrativo Común, en su redacción dada por Ley 4/ 1999, de 13 de enero, a través del presente se procede a notificar al interesado la citada resolución, cuyo apartado dispositivo literalmente dice: «Primero.- Imponer a la mercantil Mediterráneo Vega Baja, S.L. una multa de 8.342,45 , por la comisión de una infracción urbanística de carácter grave con la concurrencia de circunstancia agravante, aprobando la liquidación de la sanción impuesta, que se notificará al infractor junto al presente acuerdo y con indicación de los plazos para su ingreso en periodo voluntario y la advertencia de que, en caso de impago, se exigirá su importe por vía de apremio con los recargos correspondientes. Segundo.- Ordenar al propietario de las obras objeto de este expediente Mediterráneo Vega Baja, S.L., como exigencia de reparación de la legalidad urbanística alterada, la demolición de las mismas por ser contraria a la legalidad urbanística vigente y no legalizable, concediéndole el plazo de dos meses desde la notificación de la presente resolución para que procedan a ejecutar dicha demolición de forma voluntaria, advirtiéndole que en caso de incumplimiento se podrán imponer sucesivas multas coercitivas o acordar su ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento y a sus costas. Tercero.- Notificar la presente resolución al interesado con expresión de recursos y a la Tesorería municipal para el control del ingreso de la sanción impuesta.» Lo que se notifica, significando que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo con sede en Elche (Alicante), en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de recibo de la presente notificación. Asimismo, cabe interponer potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto que se impugna, en el plazo de un mes computado en la forma antedicha, y en los términos señalados en los artículos 107 y concordantes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dolores, 25 de enero de 2010. El Alcalde, Gabriel Gascón Abadía. *1001988*

EDICTO Habiendo resultado infructuosa la notificación a don Antonio Manuel Cruz de la resolución de Alcaldía número 737/2009, de 14 de septiembre, de Incoación expediente reclamación de daños RD 4/09, cuyo último domicilio conocido era avenida Mozambique número 47 de Casals de Cambra, Lisboa (Portugal), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, a través del presente se procede a notificar al interesado la citada resolución, cuyo apartado dispositivo literalmente dice: «Incoar procedimiento para la reclamación de daños causados en el mobiliario urbano de titularidad municipal consistente en rotura un semáforo como consecuencia de la colisión del vehículo mencionado en la confluencia de la calle Juan Pablo II con la CV-859 de este término municipal. Por tanto se le requiere para que en el plazo de quince días desde la recepción de la presente haga efectivo el pago de los 967,17  en que se han tasado los daños causados en el mobiliario municipal por la colisión de vehículo en la calle Juan Pablo II con la CV 859 de término municipal, lo que podrá hacer incluso mediante transferencia bancaria en cualquiera de las siguientes entidades colaboradoras, debiendo en ese caso hacer referencia al número de expediente administrativo, expediente RD 4/09" Lo que se notifica, significando que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interpo-

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ner directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo con sede en Elche (Alicante), en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de recibo de la presente notificación. Asimismo, cabe interponer potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto que se impugna, en el plazo de un mes computado en la forma antedicha, y en los términos señalados en los artículos 107 y concordantes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dolores, 25 de enero de 2010. El Alcalde, Gabriel Gascón Abadía. *1001989*

EDICTO Habiendo resultado infructuosa la notificación a don Juan Jesús Fernández Fernández de la resolución de Alcaldía número 605/2009, de 13 de julio, de resolución expediente reclamación patrimonial expediente RP 3/09, cuyo último domicilio conocido era carretera general número 60 de Raiguero Bonanza de Orihuela, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, a través del presente se procede a notificar al interesado la citada resolución, cuyo apartado dispositivo literalmente dice: «1º.- Desestimar la reclamación formulada por don Juan Jesús Ferrández Ferrández, por no constar acreditados los hechos, ni la relación causa-efecto de los daños reclamados con el funcionamiento de la administración. 2º.- Notificar la presente resolución al interesado» Lo que se notifica, significando que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo con sede en Elche (Alicante), en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de recibo de la presente notificación. Asimismo, cabe interponer potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto que se impugna, en el plazo de un mes computado en la forma antedicha, y en los términos señalados en los artículos 107 y concordantes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dolores, 25 de enero de 2010. El Alcalde, Gabriel Gascón Abadía. *1001990* AYUNTAMIENTO DE MONFORTE DEL CID ANUNCIO Por Decreto de Alcaldía número 8/2010 se ha procedido a la reorganización de diversas competencias delegadas a favor de los siguientes Concejales y Concejalas de este Ayuntamiento, por ello se hacen públicos los nombramientos y delegaciones siguientes: Se delega el Área de Hacienda en doña Remedios Agulló Miralles, revocando la anterior delegación efectuada a favor de don Pascual Martínez Pujalte. Comprenderá la delegación la gestión de las siguientes competencias: a) Gestión y tramitación de los expedientes administrativos relativos a formación y preparación del Presupuesto General Municipal para cada ejercicio y de todas las modificaciones presupuestarias según lo previsto en la Ley 39/ 1988, de 28 de diciembre, con excepción de aquéllas que se deleguen expresamente en la Junta de Gobierno.

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b) Gestión y tramitación de los expedientes administrativos relativos a preparación de las Cuentas Generales. c) Gestión y tramitación de los expedientes administrativos relativos a preparación de las liquidaciones anuales. d) Gestión, tramitación y seguimiento de los expedientes relativos a las Operaciones de Crédito y de Tesorería. e) Gestión y tramitación de los expedientes administrativos relativos a imposición y/o modificación de recursos tributarios así como la tramitación de todos los precios públicos. f) En general, la incoación, tramitación y resolución de los expedientes relativos a gestión económica, financiera y tributaria municipal, en cuanto se trate de competencias no atribuidas a la Alcaldía- Presidencia. g) El reconocimiento de las obligaciones siempre que no superen 601 . h) La ordenación del pago. i) La interlocución con Suma. Se delega el Área de Bienestar Social en don José Manuel Cajal Ortega, revocando la anterior delegación efectuada a favor de doña Remedios Agulló Miralles. Comprenderá la delegación la gestión de las siguientes competencias: a) Atención y servicios a la Tercera Edad, que comprenderá organización y coordinación de actividades así como la dirección de centros destinados a aquel sector de la población. No obstante, podrá dictar resoluciones relativas al funcionamiento y uso por el público en general de las instalaciones y dependencias municipales destinadas a la Tercera Edad. b) Gestión de servicios de atención domiciliaria. c) Gestión de servicios de asistencia social. d) Gestión de servicios de atención a discapacitados. e) Gestión de los servicios de mediación familiar y de atención a menores en situación de riesgo. f) Gestión de servicios de atención al inmigrante. g) Gestión de las viviendas municipales de emergencia social. h) Coordinación con la Generalitat y seguimiento de actuaciones en las viviendas sociales. i) La gestión y coordinación del servicio de atención psicológica y logopedia Y se delegar el Área de Personal en don Pascual Martínez Pujalte, revocando la anterior delegación efectuada a favor de doña Remedios Agulló Miralles. Comprenderá la delegación la gestión de las siguientes competencias: a) Preparación y tramitación de los expedientes administrativos relativos a la selección del personal municipal tanto para ingreso en la función pública como para la promoción interna y cobertura de puestos de trabajo. b) La organización, control y custodia del Registro Municipal de Personal. c) Tramitación y resolución de cuantos expedientes tengan su origen en la relación funcionarial y laboral con los empleados públicos municipales, incluida la incoación de expedientes disciplinarios a todo el personal municipal y ello sin perjuicio de las competencias en materia de personal que se deleguen en la Junta de Gobierno y de las que se reserva esta Alcaldía- Presidencia. d) Representación del Ayuntamiento en los actos de trámite ante la Seguridad Social y el Servef relacionados con la totalidad del personal municipal. e) Confección de las nóminas del personal al servicio del Ayuntamiento, sin perjuicio del control legal y fiscalización de las mismas por la Secretaría General y la Intervención municipal. f) Planificación y gestión de las acciones de formación para el personal al servicio del Ayuntamiento. g) Las relaciones con los órganos de representación del personal municipal. Monforte del Cid, 25 de enero de 2010. La Alcaldesa, Antonia Cervera Carrasco. *1001972*

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AJUNTAMENT DE MURO DE L’ALCOI EDICTE Mitjançant acord de la Corporació Municipal en Ple, en sessió celebrada en data 30 de desembre de 2009, es va acordar aprovar inicialment els Pressupostos Generals per a l’any 2010 i la Plantilla de Personal. Transcorregut el termini de 15 dies hàbils, període en què ha estat exposat al públic l’expedient, per mitjà de l’anunci que es va publicar en el Butlletí Oficial de la Província número 4 de 8 de gener de 2010, i no havent-se presentat cap reclamació contra el mateix, la mencionada aprovació provisional adquireix el caràcter de definitiva, de conformitat amb el que disposa l’article 169 del Reial Decret Legislatiu 2/2004 de 5 de març, pel qual s’aprova el Text Refós de la Llei Reguladora de les Hisendes Locals, amb el detall següent: RESUM PER CAPÍTOLS DEL PRESSUPOST GENERAL ESTAT DE DESPESES CAPÍTOLS-DENOMINACIÓ

IMPORT

A) 1. 2. 3. 4.

OPERACIONS CORRENTS DESPESES DE PERSONAL DESPESES EN BÉNS CORRENTS I SERVEIS DESPESES FINANCERES TRANSFERÈNCIES CORRENTS

3.084.753,13 2.790.386,86 41.907,48 457.098,13

B) 6. 7. 8. 9.

OPERACIONS DE CAPITAL INVERSIONS REALS TRANSFERÈNCIES DE CAPITAL ACTIUS FINANCERS Passius financers

1.597.759,87 90.000,00 0,01 395.079,72

TOTAL PRESSUPOST DE DESPESES

8.456.985,22

ESTAT D’INGRESSOS CAPÍTOLS-DENOMINACIÓ

IMPORT

A) 1. 2. 3. 4. 5.

OPERACIONS CORRENTS IMPOSTS DIRECTES IMPOSTS INDIRECTES TAXES PREUS PÚBLICS I ALTRES INGRESSOS TRANSFERÈNCIES CORRENTS INGRESSOS PATRIMONIALS

3.104.301,98 134.326,32 1.195.041,54 2.289.425,26 8.000,00

B) 7. 8. 9.

OPERACIONS DE CAPITAL TRANSFERÈNCIES DE CAPITAL ACTIUS FINANCERS PASSIUS FINANCERS

1.340.787,11 0,01 385.103,00

TOTAL PRESSUPOST D’INGRESSOS:

8.456.985,22

II. Plantilla de personal: Així mateix, de conformitat amb el que disposa l’article 127 del Text Refós de les Disposicions Legals vigents en matèria de Règim Local, aprovat, mitjançant Reial Decret Legislatiu 781/1986, de 18 d’abril, es publica la plantilla de personal funcionari de carrera (amb expressió del nombre de llocs de treball, grup d’adscripció dels de l’article 25 de la Llei 30/1984, de 2 d’agost, de Mesures per a la Reforma de la Funció Pública, i nivell de complement de destinació) i del personal laboral fix. PERSONAL FUNCIONARIO PLAZA SECRETARIO INTERVENTOR TÉCNICO DE ADMON GENERAL TÉCNICO DE ADMON GENERAL PSICÓLOGO ARQUITECTO SUPERIOR AGENTE DE DESARROLLO LOCAL TÉCNICO MEDIO DE GESTIÓN TÉCNICO DE RECURSOS HUMANOS TÉCNICO INFORMÁTICO ASISTENTE SOCIAL TRABAJADOR SOCIAL PROFESOR FPA PROFESOR INGLÉS ARQUITECTO TÉCNICO INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL TÉCNICO BIBLIOTECA PROMOTOR CULTURAL Y NORM.LINGÜÍSTICA

NIVEL

C.DEST

A1 A1 A1 A1 A1 A1 A1 A2 A2 A2 A2 A2 A2 A2 A2 A2 A2 A2

27 27 25 25 24 25 24 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22

SITUACIÓN VACANTE A EFECTOS DE CONCURSO VACANTE CUBIERTA INTERINO CUBIERTA INTERINO CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA POR C.S. INTERINO CUBIERTA CUBIERTA POR C.S. CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA VACANTE CUBIERTA CUBIERTA

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PLAZA DELINEANTE ADMINISTRATIVO M.ATE ADMINISTRATIVO OF. TURISMO ANIMADOR SOCIO-CULTURAL COORDINADOR DEPORTES ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO COORDINADOR INSTALA. DEPORT. AUXILIAR ADMINISTRATIVO AUXILIAR ADMINISTRATIVO AUXILIAR ADMINISTRATIVO AUXILIAR ADMINISTRATIVO AUXILIAR ADMINISTRATIVO AUXILIAR REGISTRO-OMIC OFICIAL OFICIOS MULTIPLES ALGUACIL CONSERJE CONSERJE CONSERJE CONSERJE CONSERJE CONSERJE CONSERJE CONSERJE CONSERJE PEÓN OFICIOS MULTIPLES PEÓN OFICIOS MULTIPLES PEÓN LIMPIEZA EDIFICIOS PEÓN LIMPIEZA EDIFICIOS PEÓN LIMPIEZA EDIFICIOS INSPECTOR POLICÍA LOCAL OFICIAL JEFE OFICIAL POLICÍA LOCAL AGENTE POLICÍA LOCAL AGENTE POLICÍA LOCAL AGENTE POLICÍA LOCAL AGENTE POLICÍA LOCAL AGENTE POLICÍA LOCAL AGENTE POLICÍA LOCAL AGENTE POLICÍA LOCAL AGENTE POLICÍA LOCAL AGENTE POLICÍA LOCAL AGENTE POLICÍA LOCAL AGENTE POLICÍA LOCAL AGENTE POLICÍA LOCAL AGENTE POLICÍA LOCAL AGENTE POLICÍA LOCAL PERSONAL LABORAL PLAZA ALCALDE DEDICACIÓN EXCLUSIVA CONCEJAL DEDICACIÓN EXCLUSIVA PROFESOR APOYO FPA AUXILIAR ADMINISTRATIVO MONITORES SOCIOCULTURALES MONITORES DEPORTIVOS MONITORES LUDOTECA MONITOR CERÁMICA Y BOLILLOS MONITOR PATINAJE MONITOR GIMNASIA MANTENIMIENTO MONITOR PELOTA VALENCIANA MONITOR DE NATACIÓN (2 MESES) MONITOR DE NATACIÓN (2 MESES) MONITOR DE NATACIÓN (2 MESES) SOCORRISTA PISCINA (3 MESES) SOCORRISTA PISCINA (3 MESES) PORTERO-MANTENEROR (4,5 MESES) PORTERO-MANTENEROR (3,5 MESES)

NIVEL

C.DEST

C1 C1 C1 C1 C1 C1 C1 C1 C1 C1 C2 C2 C2 C2 C2 C2 C2 C2 E E E E E E E E E E E E E E E A2 C1 C1 C1 C1 C1 C1 C1 C1 C1 C1 C1 C1 C1 C1 C1 C1

19 19 19 19 19 19 19 19 19 19 16 16 16 16 16 16 16 17 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 13 22 22 20 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18 18

NIVEL

C.DEST

A2 C2

22 16

C1 C1 C1 C2 C2 E E

19 19 19 16 16 13 13

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SITUACIÓN INTERINO VACANTE CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA VACANTE POR C.S. CUBIERTA INTERINO VACANTE POR C.S. CUBIERTA VACANTE CUBIERTA INTERINO CUBIERTA CUBIERTA INTERINO CUBIERTA INTERINO CUBIERTA INTERINO INTERINO CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA VACANTE CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA POR C.S CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA CUBIERTA

SITUACIÓN ACTIVO ACTIVO CUBIERTA POR C.S. CUBIERTA LABORAL TEMPORAL T.P. LABORAL TEMPORAL T.P. LABORAL TEMPORAL T.P. LABORAL FIJO DISCONTINUO LABORAL FIJO DISCONTINUO LABORAL FIJO DISCONTINUO LABORAL FIJO DISCONTINUO LABORAL TEMPORAL T.C. LABORAL TEMPORAL T.C. LABORAL TEMPORAL T.C. LABORAL TEMPORAL T.C. LABORAL TEMPORAL T.C. LABORAL TEMPORAL T.C. LABORAL TEMPORAL T.C.

Contra aquesta aprovació definitiva del Pressupost podrà interposar-se recurs contenciós administratiu, en el termini de dos mesos comptats des de l’endemà de la publicació del present anunci en el Butlletí Oficial de la Província d’Alacant, davant del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, sense perjuí que es puga exercitar qualsevol altre que es crega convenient. Muro de l’Alcoy, 29 de gener de 2010. L’Alcalde, Rafael Climent González.

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2568/86 de 28 de novembre, l’Alcaldia Presidència, mitjançant Decret de l’Alcaldia número: 10/2010, de data 19/01/2010, sobre modificar delegacions, respecte dels serveis municipals que s’especifiquen, a favor dels regidors que tot seguit s’indiquen: Primer.- Modificar les delegacions següents, respecte dels serveis municipals que s’especifiquen, a favor dels regidors que tot seguit s’indiquen: Salvador Fornés Alcina, 1er. Tinent d’Alcalde. Urbanisme. - Coordinació i Gestió de l’Oficina Tècnica Municipal. - Llicències d’obra, Activitats i Ocupació. - Expedients d’Infracció Urbanística. Hisenda. - Tresorer de Fons. Ocupació. - Treball i Formació. Fernando Castillo Tío, 2n. Tinent d’Alcalde. Governació. - Policia Local, Protecció Civil, Trànsit i Circulació. Empresa Pública Municipal. - Coordinació de l’Activitat de l’Empresa Pública Municipal i l’Ajuntament. Rosa María Ana MartÍ. 3r. Tinent d’Alcalde. Cultura. - Coordinació i Gestió Cultural. Promoció Econòmica. - Comerç i Indústria. Javier Lozano Morant, 4t. Tinent d’Alcalde. Infraestructures i Serveis Públics Municipals. - Obres i Conservació dels Espais i Edificis Públics. - Recollida de RSU i RSI i neteja viària. - Aigua Potable. - Enllumenat Públic. Festes. - Programació Festes Populars i Coordinació d’altres de caràcter local. Informació. - Ràdio la Veu d’Ondara, relació amb els mitjans de comunicación. Juan Vicente Orduña Gavilà, Portaveu Grup Municipal Popular. Esports - Escoles Esportives Municipals, programació d’activitats, relació amb entitats esportives. Medi Ambient. - Consell Local Agrari. - Parc Públic Segària i Albergs. Turisme. - Promoció Turística Local. Pilar Fornés Brañas. Atenció Social i Igualtat. - Serveis Socials Generals. - Residència Mare de Déu de la Soledat. - Dona, Majors, Joventut, Estrangers. - Coordinació amb Organismes i Centres Educatius. - Coordinació amb Organismes i Centres Sanitaris. - Atenció al Ciutadà. Personal. - Coordinació del personal municipal. Ondara, 19 de gener de 2010. L’Alcalde, José Joaquín Ferrando Soler. *1001904*

*1002150* AJUNTAMENT DE PEDREGUER AJUNTAMENT D’ONDARA

ANUNCI

ANUNCI

Desconeixent-se el parador actual de l’interessat que es ressenya, a l’efecte de notificació o intentada esta sense que haja pogut practicar-se la mateixa, se li notifica, d’acord amb el que establix l’article 59.5 de la Llei 30/1992, de 26 de

De conformitat amb el que disposa l’article 21.3 de la Llei 7/85 de 2 d’abril, l’article 43,44, 45,46 del Reial Decret

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novembre, de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú, segons la redacció donada per la Llei 4/1999, de 13 de gener, la notificació de data 20 d’agost de 2009, referent a Expedient de restauració 98/08, dictada individualment, el text del qual es transcriu, indicant-se les dades que corresponen: Expedient restauració: 98/08. Obres: reconstrucció de Pàrking existent amb motiu d’afonament a conseqüència de les pluges torrencials en el mes d’octubre de 2007 i Construcció de Pàrking i abancalament del solar. Emplaçament: avinguda Romer, 8 Interessat: don Hanwell Nigel Sydney «Examinat l’expedient instruït per a la protecció de la legalitat urbanística alterada com a conseqüència d’haver executat obres consistents en pèrgola de fusta per a aparcament no tenint la preceptiva llicència municipal, localitzada en l’Avinguda del Romer número 8, sent promotor Hanwell Nigel Sydney. Atès que per mitjà de Decret d’Alcaldía del 3 de novembre del 2008 (expedient de Restauració 98/08) es va requerir a l’interessat per a que en un termini de dos mesos des de la notificació de la resolució sol·licitara la corresponent llicència municipal. Decret que, després de 2 intents de notificació finalment s’ha notificat per mitja de publicació en el Butlletí Oficial de la Província d’Alacant d’Alacant de data 4 de febrer de 2009. Atès que ha transcorregut el termini assenyalat i l’interessat no ha sol·licitat la corresponent llicència municipal. Atès que de conformitat amb el que establix l’article 227 de la Llei 16/2005, de 30 de desembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, i en l’article 84.2 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, es va notificar la proposta de demolició acordada per la Junta de Govern Local de 23 d’abril del 2009 concedint un termini de quinze dies perquè la interessada presentara totes les al·legacions que considerara convenient. Acord que, després de dos intents de notificació, finalment és va publicar en el Butlletí Oficial de la Província d’Alacant d’Alacant el dia 7 de juliol del 2009. Atès que transcorregut el termini atorgat legalment, l’ interessat no presenta al·legacions. Considerant que l’article 220 de la Llei 16/2005, de 30 de desembre, en relació amb article 513.3 del Decret 67/ 2006, de 19 de maig, del Consell, pel qual s’aprova el Reglament d’Ordenació i Gestió Territorial i Urbanística (ROGTU), arreplega el caràcter inexcusable d’exercici de la potestat de protecció de la legalitat urbanística per part de l’Administració actuant, assenyalant que ni la instrucció d’expedient sancionador, ni la imposició de multes exonera a l’administració del seu deure adoptar les mesures tendents a la restauració de l’orde urbanístic infringit, en els termes establits en la Llei. Considerant el que estableixen els articles 225 i 227 de la Llei 16/2005, de 30 de desembre, l’article 184 del Text Refós de la Llei sobre el Règim del Sòl i Ordenació Urbana, aprovat per Reial Decret 1346/1976 i l’article 29 del Reglament de Disciplina Urbanística, aprovat per Reial Decret 2187/ 1978, de 23 de juny. Considerant el que estableixen els articles 93 i següents de la Llei 30/1992, de 26 de novembre. Considerant el que disposa l’article 539.2 del Decret 67/ 2006, de 19 de maig, del Consell, pel qual s’aprova el Reglament d’Ordenació i Gestió Territorial i Urbanística Valenciana, i amb la Resolució d’Alcaldía de 20 de juny del 2007. Vistos els antecedents i fonaments exposats, la Junta de Govern, per unanimitat, acordà: Primer.- Ordenar al interessat la retirada de la pèrgola de fusta per a aparcament, localitzada en l’Avinguda del Romer número 8, atorgant-li el termini d’un mes perquè procedisca a la seu retirada. El interessat haurà de comunicar a l’ Ajuntament la finalització de la demolició acordada dins del termini corresponent, a efectes de la seua comprovació.

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Segon.- Advertir a l’interessat, que transcorregut el termini assenyalat sense que s’haja realitzat la restauració ordenada, d’acord en el que disposa l’article 228. 1 de la Llei 16/2005, de 30 de desembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, Urbanística Valenciana, l’Ajuntament procedirà a l’adopció de les mesures següents: a) A la imposició per l’Administració de multes coercitives, fins a aconseguir l’execució pel subjecte obligat de les mesures de restauració. Les multes coercitives es podran imposar per períodes d’un mes i en quantia de 600 a 3.000 euros cada una d’elles, segons siguen les mesures previstes, amb un màxim de deu. Estes multes coercitives s’imposaran amb independència de què puguen imposar-se en ocasió del corresponent expedient sancionador. b) A l’execució subsidiària per part de l’Administració actuant i a costa de l’interessat. Transcorregut el termini de compliment voluntari derivat de l’última multa coercitiva imposada, l’Administració actuant estarà obligada a executar subsidiàriament les corresponents ordes, a càrrec de l’interessat. c) A l’execució forçosa per mitjà de qualssevol altres mitjans previstos en l’ordenament jurídic. Tercer.- Advertir a l’interessat de l’existència d’infracció, per la qual cosa la seua participació eventual en els fets pot ser objecte de responsabilitat administrativa d’acord amb el que disposa el Capítol III, Títol IV de la Llei 16/2005, de 30 de desembre, de la Generalitat Urbanística Valenciana, a través del corresponent expedient sancionador.». La qual cosa us comunique als efectes oportuns, fentvos saber que, contra aquest acord que és definitiu en via administrativa, podrà interposar recurs contenciós administratiu davant la Sala de lo contenciós administratiu, en el termini de dos mesos a comptar del dia següent al de la seua notificació, segons a l’article 46.1 de la Llei de la Jurisdicció Contenciosa Administrativa. Podrà no obstant interposar-se, amb caràcter previ i potestatiu, recurs de reposició davant d’esta Administració, d’acord amb la Llei de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú (articles 116 i 117), en el termini d’un mes, a comptar així mateix des de l’endemà de la seua notificació. Pedreguer, 25 d’agost i 28 de desembre de 2009. El Secretari». Pedreguer, 22 de gener de 2010. L’Alcalde, Andrés Ferrer Ribes. *1001977*

ANUNCI Desconeixent-se el parador actual de l’interessat que es ressenya, a l’efecte de notificació o intentada esta sense que haja pogut practicar-se la mateixa, se li notifica, d’acord amb el que establix l’article 59.5 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú, segons la redacció donada per la Llei 4/1999, de 13 de gener, la notificació de data 20 d’agost del2009, referent a Expedient de paralització 55/08, dictada individualment, el text del qual es transcriu, indicant-se les dades que corresponen: Expedient paralització: 55/08. Obres: reconstrucció de Pàrking existent amb motiu d’afonament a conseqüència de les pluges torrencials en el mes d’Octubre de 2007 i Construcció de Pàrking i abancalament del solar. Emplaçament: carrer Plana Alta, 4 Interessat: don Vicens Arons Evans «Examinat l’expedient instruït per a la protecció de la legalitat urbanística alterada com a conseqüència de la realització d’obres localitzades en la carrer de la Plana Alta número 4, consistents en reconstrucció de Pàrking existent amb motiu d’afonament a conseqüència de les pluges torrencials en el mes d’octubre de 2007 i Construcció de Pàrking i abancalament del solar, no tenint la preceptiva

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llicència municipal, sent Promotor de les obres Vicent Arons Evans, Constructor el mateix i Tècnic Director Ignacio Arce Grillo. Atès que mitjançant Resolució d’Alcaldía de 19 de setembre de 2009, es va disposar la suspensió cautelar immediata de les obres en execució i es va requerir al seu responsable perquè en el termini de dos mesos comptats des de la notificació de la resolució sol·licitara la corresponent llicència d’obres. Resolució, que tras dos intentes de notificació, finalment es va notificar per mitja de publicació en el Butlletí Oficial de la Província d’Alacant de data 18 de desembre de 2008. Atès que, mitjançant Acord de data 6 de novembre de 2008, la Junta de Govern Local va concedir llicencia d’obra, Projecte 51/08 per a Rampa d’accés, terrassa i piscina en el carrer Plana Alta número 4, però respecte de la construcció d’un altre pàrking i abancalament de parcel·la no se sol·licita la corresponent llicència. Atès que de l’estudi de les proves obrants en l’expedient i de la inspecció de les obres s’ha pogut determinar que transcorregut el termini atorgat legalment al efecte, l’interessat no ha sol·licitat la corresponent llicència respecte la construcció d’un altre pàrking i abancalament de parcel·la. Vist l’informe emes pels Serveis Tècnics Municipals de data 4 de juny de 2004, que indica que l’obra No compleix amb les condicions d’edificació per a eixa classe de sòl en els articles 1.16-2, per a Edificació Extensiva del P.P, no complint amb les reculades mínimes establides. La infracció és greu , incloent-se en la tipificada en les actuacions següents: L’incompliment de les regles de distàncies de les edificacions entre si i en relació amb les vies públiques, espais lliures i límits (obres que incomplisquen la normativa sobre la reculada dels límits). La valoració de les obres d’acord amb el que estableix els preus de referència del Col·legi Territorial d’Arquitectes d’Alacant és la següent: 8.880 Euros.» Considerant els articles 219 i següents de la Llei 16/ 2005, de 30 de desembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, amb el que establix l’article 184 del Text Refós de la Llei sobre el Règim del Sòl i Ordenació Urbana, aprovat per Reial Decret 1346/1976 i l’article 29 del Reglament de Disciplina Urbanística, aprovat per Reial Decret 2187/1978, de 23 de juny, així com l’article 539.2 del Decret 67/2006, de 19 de maig, pel qual s’aprova el Reglament d’Ordenació i Gestió Territorial i Urbanística Valenciana. Considerant que l’article 220 de la Llei 16/2005, de 30 de desembre, en relació amb article 513.3 del Decret 67/ 2006, de 19 de maig, del Consell, pel qual s’aprova el Reglament d’Ordenació i Gestió Territorial i Urbanística (ROGTU), arreplega el caràcter inexcusable d’exercici de la potestat de protecció de la legalitat urbanística per part de l’Administració actuant, assenyalant que ni la instrucció d’expedient sancionador, ni la imposició de multes exonera a l’administració del seu deure adoptar les mesures tendents a la restauració de l’orde urbanístic infringit, en els termes establits en la Llei. Considerant que l’article 225 de la LUV, establix que l’expedient de restauració de la legalitat conclourà mitjançant una resolució en què s’ordenarà l’adopció de la mesura de restauració de la legalitat corresponent, i en el present cas, tractant-se d’obres d’edificació, la mesura de restauració consistirà en la demolició de les edificacions il·legalment realitzades. Complementàriament a l’adopció de la dita mesura, l’Administració actuant acordarà, entre altres, les mesures següents: -L’anotació de la resolució administrativa ordenat la restauració de la legalitat infringida en el Registre de la Propietat, en els termes establits en la normativa registral. - La comunicació de l’orde de restauració a l’organisme encarregat del Cadastre Immobiliari, per a la seua constància. Considerant el que establix l’article 84. 2 de la Llei 30/ 1992, de 26 de novembre, de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú, en relació amb l’article 227 de la LUV.

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Considerant que l’òrgan competent per a resoldre és l’Alcalde de la Corporació, per aplicació de l’article 21.1, s) de la Llei Reguladora de Bases del Règim Local, i per delegació de aquell, atorgada el dia 20 de juny del 2007 la Junta de Govern Local. Vistos els antecedents i fonaments exposats, la Junta de Govern, per unanimitat, acordà: Primer.- Proposar com a mesura de restauració la demolició de les obres consistents en construcció de pàrking i abancalament de parcel·la, situades en la C/ Plana Alta número 4, que no tenen la preceptiva llicència municipal i estan arreplegades en l’expedient administratiu de restauració de la legalitat número 55/08. Fent constar que el incompliment per part de l’interessat de la orde de restauració de la legalitat determinarà la adopció de les mesures previstes en l’article 228 de la Llei Urbanística Valenciana y article 530 del R.O.G.T.U, i tindrà els efectes prevists en l’article 531 del mateix. Segon.- Advertir a l’interessat de l’existència d’infracció, per la qual cosa la seua participació eventual en els fets pot ser objecte de responsabilitat administrativa d’acord amb el que disposa el Capítol III, Títol IV de la Llei 16/2005, de 30 de desembre, de la Generalitat Urbanística Valenciana, a través del corresponent expedient sancionador. Tercer.- Notificar la resolució administrativa de l’orde de restauració de la legalitat que es dicte, al Registre de la Propietat, per a la seua constància per mitjà de nota marginal, a l’empara de l’article 225.2. C) de la LUV. Així mateix, Comunicar l’orde de restauració que es dicte, a l’Organisme encarregat del Cadastre Immobiliari, per a la seua constància. Quart.- Concedir a l’interessat un termini de quinze dies, a comptar de l’endemà a la data de la seua notificació, perquè puguen examinar l’expedient i formular les al·legacions que considere convenient. Transcorregut el termini d’al·legacions o desestimades estes, la Junta de Govern Local acordarà la mesura de restauració que corresponga, a costa de l’interessat, concedint-li un termini d’execució. Cinquè.- Notificar el present acord als l’interessat fentse constar que no posa fi a la via administrativa, i que per tractar-se d’un acte de mer tràmit, per el que contra el present no cap recurs, sense perjudici que puguen utilitzar els mitjans que en defensa del seu dret e interessos estimen pertinents». La qual cosa us comunique als efectes oportuns, fentvos saber que, contra aquest acord que és definitiu en via administrativa, podrà interposar recurs contenciós administratiu davant la Sala de lo contenciós administratiu, en el termini de dos mesos a comptar del dia següent al de la seua notificació, segons a l’article 46.1 de la Llei de la Jurisdicció Contenciosa Administrativa. Podrà no obstant interposar-se, amb caràcter previ i potestatiu, recurs de reposició davant d’esta Administració, d’acord amb la Llei de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú (articles 116 i 117), en el termini d’un mes, a comptar així mateix des de l’endemà de la seua notificació. Pedreguer, 25 d’agost i 28 de desembre de 2009. El Secretario» Pedreguer, 22 de gener de 2010. L’Alcalde, Andrés Ferrer Ribes. *1001978* AYUNTAMIENTO DE LA ROMANA EDICTO Por la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento, con fecha 25 de enero de dos mil diez, se ha dictado el siguiente decreto, que trascrito textualmente dice lo siguiente: Decreto de Alcaldía 9/2010. Habiendo sido confeccionado el Padrón de Agua Potable y Alcantarillado correspondiente al sexto bimestre de dos

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mil diez, que asciende a una cantidad de 23.355,07  (veintitrés mil trescientos cincuenta y cinco euros y siete céntimos). Resuelvo: Primero: aprobar el mencionado padrón de agua potable y alcantarillado correspondiente al sexto bimestre de dos mil diez, que asciende a una cantidad de 23.355,07  (veintitrés mil trescientos cincuenta y cinco euros y siete céntimos). Segundo: que dicho padrón se exponga al público por el plazo de quince días en las oficinas de este Ayuntamiento a efectos de que por las personas interesadas pueda examinarse o presentar las reclamaciones que estimen oportunas. La Romana, 25 de enero de 2010. El Alcalde, Manuel Hernández Riquelme. *1001992*

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Cuarta.- Presentación de solicitudes. Las solicitudes para poder optar a las becas que se determinan en la presente convocatoria, deberán dirigirse a la señora Alcaldesa-Presidenta de este Ayuntamiento, se deberán presentar en el Registro de este Ayuntamiento (Horario: lunes a viernes de 9.00 h. a 13.30 h.) o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Quinta.- Forma de pago de la ayuda. El abono de la ayuda se realizará mediante transferencia bancaria. Lo que se hace público para su general conocimiento. San Fulgencio, 26 de enero de 2009. La Alcaldesa, Trinidad Martínez Andrés. *1002014*

AYUNTAMIENTO DE SAN FULGENCIO EDICTO EDICTO Doña Trinidad Martínez Andrés, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de San Fulgencio (Alicante). Hace saber: que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, celebrada con fecha 17 de diciembre de 2009, aprobó las siguientes: Bases de la convocatoria de ayudas para estudiantes de las modalidades de Bachillerato y estudiantes de ciclos Formativos de grado medio y superior, para el curso académico 2008/2009. Primera.- Objeto de la convocatoria. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas económicas por parte del Excmo. Ayuntamiento de San Fulgencio para sufragar el coste del transporte a los alumnos residentes en el municipio de San Fulgencio que cursen estudios de Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior durante el curso 2008/2009. La subvención individual tendrá un importe máximo de 100 , existiendo consignación presupuestaria por importe de 3.000 , pudiéndose reducir el importe individual para ajustarse al crédito existente. Segunda.- Requisitos de los beneficiarios. Los interesados en solicitar la citada ayuda económica deberán cumplir los siguientes requisitos: - Estar empadronado y residir en San Fulgencio, al menos, un año natural antes de la convocatoria de las presentes bases. - Contar, en el momento de presentar la instancia con menos de 30 años de edad. - Cursas estudios de Bachillerato, Ciclos formativos de Grado medio o Superior en el curso 2008/2009. Tercera.- Documentación a presentar. -Solicitud, que deberá estar debidamente cumplimentada y firmada, en la que hará constar los estudios por los que solicita la ayuda durante el curso 2008/2009, centro donde los cursa y declaración expresa de que cumple los requisitos exigidos en la base segunda. - Original o fotocopia compulsada del justificante del pago integro de matrícula del curso 2008/2009 de los estudios que este cursando, o en su caso, justificante expedido por el centro donde curso los estudios que justifique que en la fecha de la solicitud se encuentra cursando dichos estudios. - Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad. - Certificado o volante de empadronamiento expedido por el órgano municipal correspondiente, donde conste la antigüedad. - Fotocopia de la 1ª Hoja de la Libreta Bancaria o Caja de Ahorros del alumno o Certificado actualizado de la Entidad Bancaria donde se encuentra la cuenta del alumno, en el que conste la denominación de la entidad, la oficina, el dígito de control y el número de cuenta en que se abonará el importe de la ayuda.

Doña Trinidad Martínez Andrés, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de San Fulgencio (Alicante). Hace saber: que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, celebrada con fecha 17 de diciembre de 2009, aprobó las siguientes: Bases de la convocatoria de ayudas para estudiantes universitarios desplazados fuera del término municipal, curso 2008/2009. Primera.- Objeto de la convocatoria. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas económicas por parte del Excmo. Ayuntamiento de San Fulgencio para sufragar el coste del transporte a los alumnos residentes en el municipio de San Fulgencio a los centros universitarios donde cursen sus estudios durante el curso 2008/2009. La subvención individual tendrá un importe máximo de 200 , existiendo consignación presupuestaria por importe de 3.000  y pudiéndose reducir el importe individual para ajustarse al crédito existente. Segunda.- Requisitos de los beneficiarios. Los interesados en solicitar la citada ayuda económica deberán cumplir los siguientes requisitos: - Estar empadronado y residir en San Fulgencio, al menos, un año natural antes de la convocatoria de las presentes bases. - Contar, en el momento de presentar la instancia con menos de 30 años de edad. - Estar matriculado en el curso 2008/2009, en una universidad pública y en una enseñanza universitaria. Se entenderá por enseñanzas universitarias las relativas a: Diplomaturas, Licenciaturas e Ingenierías (técnicas o superiores) de carácter universitario. Tercera.- Documentación a presentar. -Solicitud, que deberá estar debidamente cumplimentada y firmada, en la que hará constar los estudios por los que solicita la ayuda durante el curso 2008/2009, centro donde los cursa y declaración expresa de que cumple los requisitos exigidos en la base segunda. - Original o fotocopia compulsada del justificante del pago integro de matrícula del curso 2008/2009 de los estudios universitarios que este cursando, o en su caso, justificante expedido por la universidad donde curso los estudios que justifique que en la fecha de la solicitud se encuentra cursando dichos estudios. - Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad. - Certificado o volante de empadronamiento expedido por el órgano municipal correspondiente, donde conste la antigüedad. - Fotocopia de la 1ª Hoja de la Libreta Bancaria o Caja de Ahorros del alumno o Certificado actualizado de la Entidad Bancaria donde se encuentra la cuenta del alumno, en el que conste la denominación de la entidad, la oficina, el dígito de control y el número de cuenta en que se abonará el importe de la ayuda.

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Cuarta.- Presentación de solicitudes. Las solicitudes para poder optar a las becas que se determinan en la presente convocatoria, deberán dirigirse a la señora Alcaldesa-Presidenta de este Ayuntamiento, se deberán presentar en el Registro de este Ayuntamiento (horario: lunes a viernes de 9.00 h. a 13.30 horas o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Quinta.- Forma de pago de la ayuda. El abono de la ayuda se realizará mediante transferencia bancaria. Lo que se hace público para su general conocimiento. San Fulgencio, 26 de enero de 2010. La Alcaldesa, Trinidad Martínez Andrés. *1002015* AYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE DEL RASPEIG ANUNCIO No habiéndose podido practicar notificación a la mercantil Enebecer Alacant, S.L., interesado en el expediente de Orden de Ejecución número 33/09, por medio del presente se le hace saber que: Por esta Concejalía, con el número 2558 de fecha 3.12.09, se ha dictado el siguiente y literal decreto: Incoado en fecha 3.07.09, el presente expediente para determinar las condiciones de salubridad, seguridad, ornato público y decoro del solar sito en calle Alicante, número 26 de San Vicente del Raspeig, propiedad de la mercantil Ebenecer Alacant, S.L., según los datos obrantes en este Ayuntamiento, debido a la existencia de vallado provisional en mal estado y agujeros en medianeras. Vistos informes emitidos por los Servicios Técnicos y Jurídicos, ambos preceptivos, como así establece el artículo 501 del Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell, que aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, obrantes en el expediente de referencia. Habiéndose otorgado al propietario/a un plazo de audiencia previa de diez días, mediante su publicación por anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento al no haberse podido efectuar la notificación personal al interesado/a, todo ello a fin de que pudiera presentar los documentos y justificaciones que estimara pertinentes; sin que ello haya tenido lugar. Comprobado por este departamento que la parcela objeto del presente expediente se encuentra en el mismo estado que cuando se inició el expediente. Considerando lo establecido en los artículos 206 y siguientes de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, urbanística valenciana, así como en los artículos 498 y siguientes del Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell, que aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión territorial y Urbanística relativo a las órdenes de ejecución. Por medio del presente, y en uso de las facultades que tengo conferidas por la normativa vigente resuelvo: Primero.- Ordenar a la mercantil Ebenecer Alacant, S.L., propietaria del solar sito en calle Alicante, número 26, de esta localidad, para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al del recibo de la presente resolución, proceda a la reparación del vallado que se encuentra en deficiente estado y puede resultar peligroso, así como a tapar los agujeros existentes en la medianera. Una vez se hayan concluido las actuaciones descritas deberá comunicarse al departamento de Urbanismo para su comprobación. Segundo.- Apercibirle de que transcurrido el citado plazo sin haber procedido a la realización de las actuaciones de acondicionamiento de que se trata, se realizarán por el Ayuntamiento a cargo de la mercantil obligada, a través del procedimiento de ejecución subsidiaria o mediante la impo-

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sición de multas coercitivas, de conformidad con el artículo 502 del Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell, que aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística. Todo ello, sin perjuicio de la sanción que pueda derivarse de la tramitación y resolución del oportuno expediente sancionador. Tercero.- Advertirle que deberá mantener dicho solar en condiciones de seguridad y salubridad o en caso contrario se dictará nueva orden de ejecución por este Ayuntamiento. Cuarto.- Dar traslado a la Policía local del contenido del presente Decreto para que informen del cumplimiento de la orden de ejecución dictada. Quinto.- Notificar en la debida forma a la mercantil interesada dándole traslado de los recursos procedentes. Contra la presente resolución, definitiva en vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que haya dictado el acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la fecha de esta notificación, o directamente el recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de este orden de Alicante en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la fecha de esta notificación. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente. Lo que se notifica mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos prevenidos en el artículo 59.4 de la Ley 4/99, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. San Vicente del Raspeig, 15 de enero de 2010. El Concejal Delegado de Urbanismo, Rafael J. Lillo Tormo. *1001433* AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN D´ALACANT EDICTO Acuerdo Ayuntamiento Pleno 21/12/09. Expropiación finca fuera de ordenación, afectada por viario, en calle Benimagrell, 129, propiedad de Antonio Quereda Cebrián. Información pública relación individualizada inicial de bienes y derechos. De conformidad con el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 21/12/09, por el que se incoa expediente de expropiación forzosa de finca fuera de ordenación en calle Benimagrell, 129, propiedad de Antonio Quereda Cebrián. I.- En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 17 de la LEF y 16 del REF, se somete a información pública la siguiente Relación inicial de bienes y derechos, que se considera de necesaria ocupación: Relación individualizada inicial de bienes y derechos. Finca única: 1.- Propietario: Antonio Quereda Cebrián. 2.- Titular de derecho de hipoteca sobre la finca: Caja de Ahorros y Monte DE Piedad de Madrid. 3.- Situación, paraje y linderos: urbana.- Una casa compuesta de piso bajo y alto, que mide dieciocho metros de longitud por cinco metros setenta centímetros de latitud, situada en el caserío de Benimagrell término de Sant Joan d´Alacant, señalada con el número 103 moderno de policía, hoy número 129. Linda: derecha entrando, otra de Antonio Gomis; izquierda con camino Real que sale de Benimagrell y por espaldas, con solar de don Luis Caturla. 4.- Referencia catastral: 4727701YH2541N0001QM. 5.- Inscripción registral: 15ª de 10-02-2007, Registro de la Propiedad de Alicante Número 5: Tomo 2513, Libro 433, Folio 175, Finca número 1476. 6.- Cargas: Hipoteca a favor de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, en cuanto a su contenido de trascendencia real y ejecutable erga omnes, e igualmente a favor de dicha entidad acreedora, la atribución de la eventual

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facultad resolutoria resultante del pacto de vencimiento anticipado por incumplimiento de sus obligaciones de pago. II.- Se entiende implícita la declaración de utilidad pública de las obras necesarias, al estar calificada la parcela objeto de expropiación como suelo urbano viario – bien de dominio público- por el PGOU vigente. III.- Esta relación se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia así como en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, durante el plazo de 15 días, a fin de que se pueda presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Sant Joan d´ Alacant, cuantas alegaciones se estimen oportunas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 y siguientes de la Ley de Expropiación forzosa de 1954 y concordantes de su reglamento, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957. El expediente está a disposición de los interesados en el Servicio Municipal de Urbanismo, avenida Rambla, 56, entresuelo 03550 Sant Joan d´Alacant, días laborables de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas. Teléfono 965651353 – fax 966593216. IV.- Lo que se hace público a los efectos de que cualquier persona puede aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación, o interponer los recursos procedentes. V.- De no producirse reclamaciones se considerará aprobada definitivamente la relación concreta de bienes y derechos. Lo que se hace público a los efectos oportunos. Sant Joan d´Alacant, 5 de enero de 2010. El Concejal Delegado de Urbanismo y Medio Ambiente, Pablo Celdrán de Paz. *1001993* AYUNTAMIENTO DE TEULADA EDICTO Desconociéndose el lugar de notificación del interesado que se reseña, se le notifica, conforme a lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Decreto número 1.250 del Concejal Delegado de «Serveis, Infraestructures i Contractació», cuyo texto se transcribe, indicándose los datos que corresponden: Expediente apertura: 4/03 Titular: Theresia Meyer N.I.E.: X-2868676-R Concepto: declaración caducidad expediente apertura 4/03 «mercado de oportunidades». A/A Theresia Meyer Por la presente le doy traslado del Decreto número 10 de fecha 7 de enero de 2010 de la Concejalía Delegada de Serveis, Infraestructures i Contractació, que textualmente dice: «Antecedentes: Primero.- Por Decreto número 1.621 del Concejal Delegado de Serveis, Infraestructures i Contractació de fecha 3 de septiembre de 2009 se determinó: «…/… Primero.- Incoar expediente de caducidad al expediente de Comunicación Ambiental 95/07 …/… destinado a la actividad de Com. Men. aparatos de uso doméstico (Epíg. 6532) en plaza Virgen del Carmen número 16, denominado «Phoenix Satellites». Segundo.- Notificar el presente acuerdo al interesado, advirtiéndole que transcurridos 3 meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, sin que haya reanudado la actividad, la Administración acordará la declaración de la caducidad del expediente y, en su consecuencia, el archivo del mismo.»

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Segundo.- Dicho acuerdo fue notificado al interesado el día 6 de octubre de 2009, mediante Boletín Oficial de la Provincia número 191. Tercero.- Hasta la fecha de hoy no consta desde la notificación del citado acuerdo, actuación administrativa alguna, habiendo transcurrido desde la incoación del expediente de caducidad 3 meses. Considerando: Primero.- El artículo 92 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: «1. En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, cuando se produzca su paralización por causa imputable al mismo, la Administración le advertirá que, transcurridos tres meses, se producirá la caducidad del mismo. Consumido este plazo sin que el particular requerido realice las actividades necesarias para reanudar la tramitación, la Administración acordará el archivo de las actuaciones, notificándoselo al interesado. Contra la resolución que declare la caducidad procederán los recursos pertinentes». Vistos los informes correspondientes, por la autoridad que me confiere la Resolución número 720, de 15 de abril de 2009, y demás disposiciones vigentes en materia de actividades por la presente vengo en resolver: Primero.- Declarar la caducidad al expediente de Comunicación Ambiental 95/07, …/…, Com. Men. aparatos de uso doméstico (Epíg. 6532), denominado «Phoenix Satellites», sito en plaza Virgen del Carmen número 16, y en consecuencia el archivo del mismo. Segundo.- En consecuencia proceder al archivo del expediente apertura anterior 4/03 «mercado de oportunidades» (titular: Theresia Meyer). Tercero.- Notificar dicho acuerdo a los interesados y al Departamento de Gestión Tributaria para su conocimiento y efectos oportunos. Lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportunos, haciéndole saber que contra el presente acto administrativo podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de 1 mes ante el mismo órgano que lo adoptó, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses, a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante. Teulada, 27 de enero de 2010. El Alcalde, Antoni-Joan Bertomeu Vallés. El Secretario General, Simeón García García. *1001930*

EDICTO Habiendo sido intentada la notificación del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en la sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2009 dictada individualmente, cuyo texto se transcribe, indicándose los datos que corresponden: Interesado: Christopher Simon Hoff Asunto: Expediente sancionador instruido por tala de 2 pinos, sin licencia municipal, en calle Benimamet, 15. Expediente sancionador MA: 44/09 Antecedentes de hecho: Vista el acta de inspección, formulada por la Inspectora Municipal de Medio Ambiente, el día 7/07/09, por la tala de 2 pinos, sin contar con la licencia municipal correspondiente, en calle Benimamet, 15, hechos imputables a don Christopher Simon Hoff, con número de documento de identidad 025607684J, y domicilio en calle Benimamet, 15 de este municipio, y que pueden constituir una infracción administrativa, según lo previsto en la Ordenanza Municipal de Protección del Arbolado y demás disposiciones vigentes en la materia. En base a ello, el Concejal Delegado de Medio Ambiente (por resolución de la Alcaldía número 720 de 15 de abril de

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2009), ha formulado Decreto de iniciación del expediente en fecha 10/07/09 y número 1.296. Nombrado Instructor y Secretaria, sin que notificados los inculpados promoviesen recusación, se instruyó el oportuno procedimiento para el esclarecimiento de los hechos, comunicando a los inculpados los plazos para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimaran convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretendan valerse. La referida resolución fue notificada a la parte interesada el día 9/09/09, . La propuesta de resolución, formulada por el instructor del expediente sancionador, en fecha 2/10/09, fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, número 218 de fecha 16/ 11/09, habiendo sido intentada la notificación de la misma y no siendo posible su práctica, de conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, sin perjuicio de la inserción en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, no habiéndose formulado alegaciones. Fundamentos de derecho: Primero.- Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ordenanza Municipal de Protección del Arbolado, en su artículo 28, donde se califica como infracción grave la no solicitud de licencia municipal para arranque, transplante y tala de árboles. Segundo.- Considerando que el artículo 29 de dicha Ordenanza aplica una sanción, por falta grave, de multas de 60,01 a 150 , especificando que además se aplicarán las medidas compensatorias del Título VII cuando sean de aplicación. Tercero.- Considerando que el artículo 30 de la misma Ordenanza determina que las infracciones que afecten a la tala o arranque de árboles, se considerará que se ha cometido una infracción por cada uno de los árboles talados o arrancados, ya que cada operación de arrancar o talar un árbol es una acción independiente. Cuarto.- En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto. Quinto.- Vistos los artículo 127 y siguientes de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Bases del Régimen jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 18 y siguientes del meritado Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, y en atención a todo lo expuesto, se formula la siguiente: Propuesta de resolución: Primero.- Calificar la infracción cometida por don Christopher Simon Hoff, de tala de 2 pinos sin licencia, como grave en grado máximo, al no solicitar la licencia de tala de arbolado, ni haber solicitado la licencia de obras que justifique la necesidad de su tala por estar afectando a las mismas. Segundo.- Imponer a la parte responsable la sanción de 300  de multa (150  por cada ejemplar talado). Tercero.- Requerir al interesado para que en el plazo de 30 días, contados a partir de la fecha de recepción de la presente notificación proceda, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de la Ordenanza Municipal de Protección del Arbolado, a plantar árboles de alguna especie autóctona (almez, algarrobo, encina, pino piñonero, olivo) en la parcela en la que se ha acometido la tala de arbolado sin licencia, o bien, en caso de no poder ser ejecutada dicha medida compensatoria deberá ingresar a favor del M.I. Ayuntamiento de Teulada (Departamento de Gestión Tributaria) la cantidad de , que serán destinados a efectuar labores de repoblación o actuaciones similares para la protección del arbolado sito en el término municipal. Cuarto.- Que una vez haya sido efectuada la liquidación de la sanción a favor de este Ayuntamiento, concluye este procedimiento sancionador, y se procederá al archivo del expediente. Quinto.- Notificar el presente acuerdo a la parte interesada y al Departamento de Gestión Tributaria a los efectos oportunos.

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La Junta, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta de referencia en todos sus extremos. Lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportunos haciéndole saber que contra dicho acuerdo podrá interponer, recurso potestativo de reposición, en el plazo de 1 mes ante el mismo órgano que lo adoptó, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de 2 meses, a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en Alicante. Teulada, 26 de enero de 2010. El Alcalde, Antoni-Joan Bertomeu Vallés. El Secretario General, Simeón García García. *1001931*

EDICTO Desconociéndose el lugar de notificación del interesado que se reseña, se le notifica, conforme a lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Decreto número 2 del Concejal Delegado de «Serveis, Infraestructures i Contractació», cuyo texto se transcribe, indicándose los datos que corresponden: Expediente apertura: 117/01 Titular: Latinos para el mundo locutorios, S.L. C.I.F.: B-83166876 Concepto: declaración caducidad expediente apertura 117/01 «locutorio Latinos para el mundo». A/A Latinos para el mundo locutorios, S.L. Por la presente le doy traslado del Decreto número 2 de fecha 5 de enero de 2010 de la Concejalía Delegada de Serveis, Infraestructures i Contractació, que textualmente dice: «Antecedentes: Primero.- Por Decreto número 1.603 del Concejal Delegado de Serveis, Infraestructures i Contractació de fecha 2 de septiembre de 2009 se determinó: «…/… Primero.- Incoar expediente de caducidad al expediente de Licencia Ambiental 117/01 cuyo titular es Latinos para el mundo locutorios, S.L., con C.I.F. B-83166876, destinado a la actividad de Serv. telefónicos uso público (Epíg. 7612), sito en calle Juan XXIII número 6, denominado «locutorio Latinos para el mundo». Segundo.- Notificar el presente acuerdo al interesado, advirtiéndole que transcurridos 3 meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, sin que haya reanudado la actividad, la Administración acordará la declaración de la caducidad del expediente y, en su consecuencia, el archivo del mismo.» Segundo.- Dicho acuerdo fue notificado al interesado el día 1 de octubre de 2009 en el Boletín Oficial de la Provincia número 188. Tercero.- Hasta la fecha de hoy no consta desde la notificación del citado acuerdo, actuación administrativa alguna, habiendo transcurrido desde la incoación del expediente de caducidad 3 meses. Considerando: Primero.- El artículo 92 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: «1. En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, cuando se produzca su paralización por causa imputable al mismo, la Administración le advertirá que, transcurridos tres meses, se producirá la caducidad del mismo. Consumido este plazo sin que el particular requerido realice las actividades necesarias para reanudar la tramitación, la Administración acordará el archivo de las actuaciones, notificándoselo al interesado. Contra la resolución que declare la caducidad procederán los recursos pertinentes».

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Por la presente vengo en resolver: Primero.- Declarar la caducidad al Expediente de Apertura 117/01, instado por Latinos para el mundo locutorios, S.L., con C.I.F. B-83166876, destinado a la actividad de Serv. telefónicos uso público (Epíg. 7612), sito en calle Juan XXIII número 6, denominado «locutorio Latinos para el mundo» y, en consecuencia proceder al archivo del mismo. Segundo.- Notificar dicho acuerdo al interesado para su conocimiento y efectos oportunos. Lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportunos, haciéndole saber que contra el presente acto administrativo podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de 1 mes ante el mismo órgano que lo adoptó, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses, a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante. Teulada, 27 de enero de 2010. El Alcalde, Antoni-Joan Bertomeu Vallés. El Secretario General, Simeón García García.

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AYUNTAMIENTO DE VALL DE GALLINERA EDICTO Aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de enero de 2010, el expediente número 2/10 de modificación de créditos en el Presupuesto General mediante crédito extraordinario, se expone al público durante el plazo de quince días hábiles, el expediente completo, a efectos de que los interesados que se señalan en el apartado 1 del artículo 170 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales puedan examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno de la Corporación. Vall de Gallinera, 28 de enero de 2010. El Alcalde, Francesc Miquel Cortell Camps. *1002125* AYUNTAMIENTO DE VILLAJOYOSA

*1001933* EDICTO EDICTO Desconociéndose el lugar de notificación del interesado que se reseña, se le notifica, conforme a lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Decreto número 1.144 del Concejal Delegado de «Serveis, Infraestructures i Contractació», cuyo texto se transcribe, indicándose los datos que corresponden: Expediente apertura: 61/91 Titular: Vicente Moll Tur D.N.I.: 25120369-E Concepto: Archivo expediente apertura 61/91 «Sports Vicente Moll». A/A Vicente Moll Tur Por la presente le doy traslado del Decreto número 1.144 de fecha 16 de junio de 2009 de la Concejalía Delegada de Serveis, Infraestructures i Contractació, que textualmente dice: «Antecedentes: Primero.- En fecha 24 de julio de 1.991, con R.G.E. número 2.688, el señor. Vicente Moll Tur, con D.N.I. 25120369E, solicita Licencia de Apertura para la actividad de venta al por menor de toda clase de artículos, sito en calle Castillo número 18 (LOCAL B), denominada «Sports Vicente Moll», obteniéndola por Decreto de Alcaldía de fecha 23 de julio de 1992. Segundo.- En fecha 26 de febrero de 2009, …/…, solicita Transmisibilidad (expediente apertura anterior 61/91 «Sports Vicente Moll»), para la actividad de Com. Men. Art. menaje, ferretería, adorno (Epíg. 6533), sito en calle Castillo número 18 (local B), denominada «Mar Blau» (Expte. Trans. 10/09). Considerando: Primero.- Siendo el informe del técnico favorable: …/… Vistos los informes correspondientes, y siendo todos ellos favorables en el expediente mencionado, por la autoridad que me confiere la Resolución número 720, de 15 de abril de 2009, y demás disposiciones vigentes en materia de actividades por la presente vengo en resolver: Primero.- Otorgar Licencia de Apertura al Expte. de Trans. 10/09 …/… denominado «Mar Blau» y sito en calle Castillo número 18 (local B). Segundo.- …/… Tercero.- …/… Cuarto.- En consecuencia, proceder al archivo del Expediente de Apertura anterior 61/91 «Sports Vicente Moll». Quinto.- Notificar el presente acuerdo a los interesados y al Departamento de Gestión Tributaria, para su conocimiento y efectos oportunos.» Teulada, 27 de enero de 2010. El Alcalde, Antoni-Joan Bertomeu Vallés. El Secretario General, Simeón García García. *1001934*

Habiendo sido intentada la notificación de las denuncias formuladas por infracción de la normativa sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, contenidas en la relación que se incluye a continuación, y no siendo posible su práctica, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del Reglamento del Procedimiento Sancionador en Materia de Tráfico, circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, se procede a su publicación. Contra las presentes denuncias podrán presentarse las alegaciones y pruebas que en su descargo estimen oportunas dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación de este edicto, así como tener audiencia en el procedimiento durante toda su tramitación. De no efectuarse alegaciones, esta notificación se considerará propuesta de resolución que se elevará al órgano competente para que dicte resolución sancionadora. De los expedientes, será Instructor el señor Intendente Jefe de la Policía Local (Decreto delegación número 2720/2009)y dictará resolución la señora Concejala delegada de Seguridad Ciudadana (Decreto delegación número 2715/2009). La recusación de ambos se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley sobre Tráfico, el titular o arrendatario del vehículo con el que se haya cometido la infracción tiene el deber de identificar verazmente al conductor responsable de la misma. Si incumpliera esta obligación en el trámite procedimental oportuno, sin causa justificada, será sancionado como autor de una infracción muy grave con multa de hasta 600 . En los mismos términos responderán las personas especificadas en el párrafo anterior cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquellos identifiquen por causa imputable a ellos. Las empresas de alquiler a largo plazo habrán de identificar verazmente al conductor responsable de la infracción mediante aportación del contrato laboral o mercantil que posean. Las empresas de alquiler a corto plazo identificarán verazmente al conductor responsable de la infracción mediante la remisión de un duplicado o copia del contrato de arrendamiento donde quede acreditado el concepto de conductor de la persona que figure en el contrato. El importe de la sanción lo puede hacer efectivo en la Tesorería Municipal sita en calle Hernán Cortés número 2 en horario de atención al público, mediante giro postal, transferencia o en cualquiera de las oficinas de las siguientes entidades Bancaja, Banco de Valencia, Caixa Catalunya,

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Caixaltea, Caja de Ahorros del Mediterráneo, Caja Madrid, Caja Murcia, La Caixa y Banco Bilbao, Vizcaya Argentaria. Se tendrá derecho a una reducción del 30% si el abono fuera efectuado durante los 30 días naturales siguientes a la notificación de la denuncia lo cual implicará la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa, sin perjuicio de interponer los recursos correspondientes. En caso de haber realizado alegaciones, firmado el boletín de denuncia o cualquier acto que suponga conocimiento de la infracción, ésta notificación tendrá efectos de comunicación de los datos de la denuncia, exigidos por el artículo 5 del R.D. 320/ 1994 y se tendrá reducción del 30% en los 30 días naturales siguientes a cualquier acto de los enumerados anteriormente.

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Durante el mes de agosto no correrá el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo. Ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime procedente. SUJETO PASIVO MARQUEZ GALVAÑ REMEDIOS SABINE LOSCHNIGG ROSSI JORGE ALBERTO URBAN BERMEJO JONATAN LOPEZ MORELL RITA

RESOLUCIÓN



DESESTIMACIÓN DESESTIMACIÓN DESESTIMACIÓN DESESTIMACIÓN DESESTIMACIÓN

4357/2009 4368/2009 4439/2009 4816/2009 4817/2009

Villajoyosa, 20 de enero de 2010. La Concejala Delegada de Seguridad Ciudadana, Beatriz Adela Llinares Izquierdo. *1001995*

BOLETÍN/AÑO

AGENTE

2009-T-00000100 2009-T-00000104 2009-T-00000105

Y-1 Y-1 Y-1

INFRACTOR

MATRÍCULA

FECHA/HORA

THE FAMOUS GREEN TOUR S.L. CGL ACTIVO S.L. LOBATO DISTRIBUCION

-001150-GCX -004101-FNK -004149-BJS

15/09/2009 15/10/2009 15/10/2009

ART.-APTDO IMPORTE LSV 65-5 LSV 65-5 LSV 65-5

301 301 301

DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE

Villajoyosa, 20 de enero de 2010. La Concejala Delegada de Seguridad Ciudadana, Beatriz Adela Llinares Izquierdo. EDICTO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. número 285, de 27 de noviembre) modificado por la Ley 4/99 (B.O.E. número 12, de 14 de enero) se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los procedimientos seguidos a las personas y empresas que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la notificación de las mismas en su domicilio, esta no se ha podido practicar. Contra los presentes actos que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse los recursos correspondientes: Reposición ante este órgano en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de recepción de la presente notificación o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente a la recepción de esta notificación.

CONSORCIO ABASTECIMIENTO AGUAS Y SANEAMIENTO MARINA BAJA ALICANTE ANUNCIO La Junta General del Consorcio para Abastecimiento de Aguas y Saneamiento de la Marina Baja (Alicante), en sesión extraordinaria celebrada el día 25 de enero de 2010, acordó: Desestimar la reclamación presentada por la Sociedad Estatal Aguas del Júcar, S.A. así como aprobar definitivamente el Presupuesto de Gastos e Ingresos de este Consorcio para el ejercicio económico de 2010, por un importe nivelado de siete millones trescientos setenta y dos mil setecientos treinta y tres euros con diez céntimos (7.372.733,10 ), así como las Bases de Ejecución de dicho presupuesto, y cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

ANUNCIO El Ilmo. señor Presidente de la Corporación, por Decreto que se señala, y a tenor de las facultades que le están conferidas por el artículo 12 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, y artículos 89 y 104 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, ha designado a la persona que se indica para que desempeñe el puesto de trabajo reservado a personal eventual, con la retribución anual especificada. Decreto número 24, de fecha 14 de enero de 2010, como «Gerente de Comunicación e Imagen Institucional», a doña Judit Roda Lucas, con una retribución anual de 57.305,04 , incluidas dos pagas extraordinarias. El cese de la persona mencionada, corresponderá al Ilmo. señor Presidente, y en todo caso se producirá automáticamente en el supuesto de cese o expiración del mandato de éste. Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 104.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril. Alicante, 22 de enero de 2010. La Diputada del Área de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, Mª. Carmen Jiménez Egea. La Secretaria General, Amparo Koninckx Frasquet. *1002146*

ESTADO DE GASTOS CAPÍTULO I. GASTOS DE PERSONAL CAPITULO II. GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS CAPÍTULO IV. TRANSFERENCIAS CORRIENTES CAPÍTULO VI. INVERSIONES REALES CAPÍTULO VII. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

1.147.236,85 4.213.126,25 766.830,00 1.045.540,00 200.000,00

TOTAL

7.372.733,10

ESTADO DE INGRESOS CAPÍTULO III. TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS CAPÍTULO IV. TRANSFERENCIAS CORRIENTES CAPÍTULO V. INGRESOS PATRIMONIALES

1,00 7.022.732,10 350.000,00

TOTAL

7.372.733,10

Asimismo y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, se publica la Plantilla de personal del Consorcio para el año 2010.

1. RESERVADAS A FUNCIONARIOS DE CARRERA

DENOMINACIÓN PLAZA

NÚM. PLAZAS

GRUPO TITULACIÓN

AUXILIAR INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL O INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICAS DELINEANTE ENCARGADO GRAL. CAPATAZ SUBCAPATAZ OFICIAL OPERARIO

UNA DOS UNA UNA TRES CINCO TRECE TRES

C2 A2 C1 C2 C2 C2 C2 C2

ESCALA ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN

GENERAL ESPECIAL ESPECIAL ESPECIAL ESPECIAL ESPECIAL ESPECIAL ESPECIAL

SUBESCALA

CLASE

AUXILIAR TÉCNICA TÉCNICA SERVICIOS SERVICIOS SERVICIOS SERVICIOS SERVICIOS

—— TÉCNICOS TÉCNICOS PERSONAL PERSONAL PERSONAL PERSONAL PERSONAL

ESPECIALES ESPECIALES ESPECIALES ESPECIALES ESPECIALES

OBSERVACIONES

MEDIOS AUXILIARES DE OFICIOS DE OFICIOS DE OFICIOS DE OFICIOS DE OFICIOS

UNA VACANTE VACANTE VACANTE TRES VACANTES TRES VACANTES UNA VACANTE

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2. RESERVADAS A PERSONAL EVENTUAL DENOMINACIÓN PLAZA

NÚM. PLAZAS

COLABORADOR DE LA PRESIDENCIA DEL CONSORCIO

UNA

CARACTERÍSTICAS

OBSERVACIONES

DE APOYO Y CONFIANZA DEL ILMO. SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO Y EN RÉGIMEN DE LIBRE DISPONIBILIDAD.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, de conformidad con el artículo 171 del TRLHL, recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma Valenciana en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la presente publicación. Lo que se publica para general conocimiento. Alicante, 25 de enero de 2010. El Presidente Delegado, José Joaquín Ripoll Serrano. El Secretario, José Vicente Catalá Martí. *1002149*

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO SEIS ALICANTE EDICTO Cédula de citación. El Iltmo. señor Magistrado Juez de lo Social Número Seis de Alicante, en resolución de esta fecha dictada en los autos sobre cantidad número 506/2009, instados por Eladio Sánchez se ha acordado citar a la parte demandada Construcciones Impalusa S.L. y Fogasa a fin de que el próximo día dieciocho febrero dos mil diez a las 9.40 horas comparezca en la Sala Audiencia de este Juzgado para la celebración de los actos de conciliación y juicio, haciéndole saber que en la secretaría se encuentran a su disposición las copias de la demanda y documentos presentados, advirtiéndole que al acto del juicio deberá concurrir con todos los medios de prueba de que intente valerse, apercibiéndole que de no comparecer se celebrará el juicio sin su presencia, que continuara sin necesidad de declarar su rebeldía. Y para su publicación, a fin de que sirva de citación en forma a la demandada Construcciones Impalusa SL, expido y firmo el presente edicto. Alicante, 14 de diciembre de 2009. El Secretario. Rubricado. *1000837*

EDICTO DE NOTIFICACIÓN María Dolores Millán Pérez, Secretaria del Juzgado de lo Social Número Seis de Alicante, Hago saber: que en los autos número 763/09 que se siguen en este Juzgado entre las partes que se dirán, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo dicen literalmente: Sentencia número 648. En la Ciudad de Alicante, a quince de diciembre de dos mil nueve. Vistos por el Ilmo. señor Magistrado del Juzgado de lo Social Número Seis de Alicante y su provincia, don Antonio Heras Toledo, los precedentes autos número 763/09 seguidos a instancia de doña María Mercedes Martínez Beneit frente a la empresa María Poveda, S.L. y Fondo de Garantía Salarial sobre despido. Fallo: Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por doña María Mercedes Martínez Beneit frente a la empresa María Poveda, S.L. y Fondo de Garantía Salarial por despido, debo declarar y declaro la nulidad del mismo y debo de condenar y condeno a la empresa a que ante la imposibilidad de readmisión abone a la parte actora, en concepto de indemnización por la extinción de la relación laboral, que se declara resuelta, la cantidad de 4.253 euros; así como los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la notificación de esta sentencia, a razón del

salario decla-rado probado en el hecho primero; y al Fogasa, en su condición de responsable legal subsidiario, a estar y pasar por dicha declaración. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss del TRLPL; siendo indispensable que, la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Español de Crédito, S.A. urbana Benalúa, calle Foglietti, número 24 de Alicante, en la cuenta corriente, cuyos dígitos son: 0116 0000 65 0763 09 de este Juzgado, o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo, deberá constituir otro depósito por importe de 150,25 euros en la cuenta anteriormente referida del mismo Banco, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempo de interponer el recurso y, el del primer depósito, al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y con el fin de que el presente sirva de notificación a la parte demandada y con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo aquellas que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento, expido, firmo y sello para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado. Alicante, 18 de enero de 2010. La Secretaria. Rubricado. *1001567* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO BENIDORM EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de los de Benidorm. Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autos número 1117/2009 a instancias de Marta Ferreiro Vázquez contra Casa Retails Stores Costa Blanca, S.L., Bellhosp, S.L. y Antonio Navarro Ballester en la que el día 18/12/2009 se ha dictado Sentencia número 676/2009 cuya parte dispositiva dice: Fallo: Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Marta Ferreiro Vázquez, frente a Bellhosp S.L. y su administrador concursal Antonio Navarro Ballester, y debo declarar y declaro el despido nulo de la demandante, condenando a la empresa demandada a estar

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y pasar por esta declaración y decretándose la extinción directa de la relación laboral por falta de actividad de la empresa según consta en acta, condenándola a que indemnice a la parte actora con la cantidad de 11.396,18 euros, condenándola igualmente y en todo caso a que abone los salarios de tramitación desde la fecha del despido el 04.05.09, y hasta la notificación de la presente sentencia, a razón del salario diario de 44,30 euros, lo que supone el importe de 10.100,40 euros hasta el día de hoy. Y todo ello con la responsabilidad subsidiaria de Fogasa según artículo 33 ET Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la presente podrán interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciando tal propósito mediante comparecencia o por escrito ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a contar del siguiente a la notificación de esta sentencia, y que la condenada para hacerlo deberá ingresar en el Banesto (Entidad 0030 Oficina 3074 Urbana sita en calle Alameda número 11 de esta ciudad), en la cuenta corriente que a tales efectos tiene abierta este Juzgado con el nombre de depósitos y consignaciones, cuenta corriente número 0308 la cantidad líquida importe de la condena o presentar Aval Bancario por dicha cantidad sin cuyo requisito no podrá tenerse por anunciado el recurso. Asimismo, deberá constituir en la misma cuenta corriente de la entidad arriba mencionada, la cantidad de 150,25 , presentando el resguardo de este último en Secretaría al tiempo de interponer el recurso, haciéndose constar además un domicilio en la sede de dicho Tribunal Superior a efectos de notificaciones. Y para que conste y sirva de notificación a Casa Retails Stores Costa Blanca, S.L., Bellhosp, S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente. Benidorm, 18 de diciembre de 2009. El Secretario. Rubricado. *1001895*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de los de Benidorm. Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autos número 957/2009 a instancias de Ángel Llorens Martí contra Matriden S.L. en la que el día 18/12/2009 se ha dictado Sentencia número 680/2009 cuya parte dispositiva dice: Fallo: Que estimando plenamente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don Angel Llorens Marti, frente a Matriden S.L., en materia de despido, y debo declarar y declaro la nulidad del mismo, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por esta declaración y decretandose la extinción directa de la relacion laboral por falta de actividad de la empresa según consta en acta de juicio, condenandola a que indemnice a la parte actora con la cantidad de 61.079,60 euros, condenándola igualmente y en todo caso a que abone los salarios de tramitación desde la fecha del despido el 31.03.09, y hasta la notificación de la presente sentencia, a razón del salario diario de 74,34 euros, lo que supone el importe de 19.477,08 euros hasta el dia de hoy. Y todo ello con la responsabilidad subsidiaria de Fogasa según artículo 33 ET Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la presente podrán interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciando tal propósito mediante comparecencia o por escrito ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a contar del siguiente a la notificación de esta sentencia, y que la condenada para

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hacerlo deberá ingresar en el Banesto (Entidad 0030 Oficina 3074 Urbana sita en calle Alameda número 11 de esta ciudad), en la cuenta corriente que a tales efectos tiene abierta este Juzgado con el nombre de depósitos y consignaciones, cuenta corriente número 0308 la cantidad líquida importe de la condena o presentar Aval Bancario por dicha cantidad sin cuyo requisito no podrá tenerse por anunciado el recurso. Asimismo, deberá constituir en la misma cuenta corriente de la entidad arriba mencionada, la cantidad de 150’25.- , presentando el resguardo de este último en Secretaría al tiempo de interponer el recurso, haciéndose constar además un domicilio en la sede de dicho Tribunal Superior a efectos de notificaciones. Y para que conste y sirva de notificación a Matriden S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente. Benidorm, 18 de diciembre de 2009. El Secretario. Rubricado. *1001896*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de los de Benidorm. Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autos número 1118/2009 a instancias de Irene Marin de Wolff contra Casa Retails Stores Costa Blanca, S.L., Bellhosp, S.L. y Antonio Navarro Ballester en la que el día 18/12/2009 se ha dictado Sentencia número 675/2009 cuya parte dispositiva dice: Fallo: Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Irene Marin de Wolff, frente a Bellhosp S.L. y su administrador concursal Antonio Navarro Ballester, y debo declarar y declaro el despido nulo de la demandante, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por esta declaración y decretándose la extinción directa de la relación laboral por falta de actividad de la empresa según consta en acta, condenándola a que indemnice a la parte actora con la cantidad de 4.542,50 euros, condenándola igualmente y en todo caso a que abone los salarios de tramitación desde la fecha del despido el 04.05.09, y hasta la notificación de la presente sentencia, a razón del salario diario de 39,50 euros, lo que supone el importe de 8.295 euros hasta el día de hoy. Y todo ello con la responsabilidad subsidiaria de Fogasa según artículo 33 ET Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la presente podrán interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciando tal propósito mediante comparecencia o por escrito ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a contar del siguiente a la notificación de esta sentencia, y que la condenada para hacerlo deberá ingresar en el Banesto (Entidad 0030 Oficina 3074 Urbana sita en calle Alameda número 11 de esta ciudad), en la cuenta corriente que a tales efectos tiene abierta este Juzgado con el nombre de depósitos y consignaciones, cuenta corriente número 0308 la cantidad líquida importe de la condena o presentar Aval Bancario por dicha cantidad sin cuyo requisito no podrá tenerse por anunciado el recurso. Asimismo, deberá constituir en la misma cuenta corriente de la entidad arriba mencionada, la cantidad de 150,25 , presentando el resguardo de este último en Secretaría al tiempo de interponer el recurso, haciéndose constar además un domicilio en la sede de dicho Tribunal Superior a efectos de notificaciones. Y para que conste y sirva de notificación a Casa Retails Stores Costa Blanca, S.L., Bellhosp, S.L. que se encuentra

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en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente. Benidorm, 18 de diciembre de 2009. El Secretario. Rubricado. *1001897*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de los de Benidorm. Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autos número 1024/2009 a instancias de Gustavo Adolfo Arlanzón Carbonell contra Jardines de Montemar S.L., Marxabia S.L. y Rushcliffe Internacional S.L. en la que el día 18/12/2009 se ha dictado Sentencia número 679/2009 cuya parte dispositiva dice: Fallo: Que estimando parcialmente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Gustavo Adolfo Arlanzon Carbonell, frente a Rushcliffe Internacional S.L., y debo declarar y declaro el despido improcedente del demandante, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por esta declaración y decretándose la extinción directa de la relación laboral por falta de actividad de la empresa según consta en acta, condenándola a que indemnice a la parte actora con la cantidad de 6.799,81 euros, condenándola igualmente y en todo caso a que abone los salarios de tramitación desde la fecha del despido tacito el 02.04.09, y hasta la notificación de la presente sentencia, a razón del salario diario de 60,51 euros, lo que supone el importe de 15.732,60 euros hasta el día de hoy. Y todo ello con la responsabilidad subsidiaria de Fogasa según artículo 33 ET Al mismo tiempo, debo absolver y absuelvo a las codemandadas Jardines de Montemar S.L., Marxabia S.L. de las pretensiones contenidas en su contra en el escrito de demanda Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la presente podrán interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciando tal propósito mediante comparecencia o por escrito ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a contar del siguiente a la notificación de esta sentencia, y que la condenada para hacerlo deberá ingresar en el Banesto (Entidad 0030 Oficina 3074 Urbana sita en calle Alameda número 11 de esta ciudad), en la cuenta corriente que a tales efectos tiene abierta este Juzgado con el nombre de depósitos y consignaciones, cuenta corriente número 0308 la cantidad líquida importe de la condena o presentar Aval Bancario por dicha cantidad sin cuyo requisito no podrá tenerse por anunciado el recurso. Asimismo, deberá constituir en la misma cuenta corriente de la entidad arriba mencionada, la cantidad de 150,25 , presentando el resguardo de este último en Secretaría al tiempo de interponer el recurso, haciéndose constar además un domicilio en la sede de dicho Tribunal Superior a efectos de notificaciones. Y para que conste y sirva de notificación a Jardines de Montemar S.L., Marxabia S.L., Rushcliffe Internacional S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente. Benidorm, 18 de diciembre de 2009. El Secretario. Rubricado. *1001899*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de los de Benidorm.

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Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autos número 137/2009 a instancias de María del Carmen Blanch Aranguren contra José Miguel Muñoz Hortelano en la que el día 30/11/2009 se ha dictado Sentencia número 649/2009 cuya parte dispositiva dice: Fallo: Que debo desestimar y desestimo la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por María del Carmen Blanch Aranguren frente a José Miguel Muñoz Hortelano., en materia de cantidad, y debo absolver y absuelvo a la empresa demandada de los pedimentos formulados en su contra en el presente procedimiento. Notifíquese la presente resolución a las partes, en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que conste y sirva de notificación a José Miguel Muñoz Hortelano que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente. Benidorm, 12 de enero de 2010. El Secretario. Rubricado. *1001906*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de los de Benidorm. Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autos número 1066/2009 a instancias de Manuel Díaz Fernández, Juan Moragues Gualde y Ramón Sanz Selles contra Ángel Muñoz Sánchez, Vicente Miro Orozco, Altea Diseño y Proyectos, S.L., Obras Alteamar S.L. y Puntal Arquitectura, S.L. en la que el día 18/12/2009 se ha dictado Sentencia número 000681/2009 cuya parte dispositiva dice: Fallo: Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Manuel Díaz Fernández, Juan Moragues Gualde y Ramón Sanz Selles, frente a la demandada Altea Diseño y Proyectos S.L., la cual absorbió por fusión a la también demandada Obras Alteamar S.L., y debo declarar y declaro la nulidad del despido objetivo de los demandantes, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por esta declaración y decretándose la extinción directa de la relación laboral por falta de actividad de la empresa según consta en acta, condenándola a que indemnice a los actores con las siguientes cantidades - A Manuel Díaz Fernández en el importe de 12.142,85 euros. - A Juan Moragues Gualde en el importe de 7.670,72 euros. - A Ramón Sanz Selles en el importe de 16.567,27 euros. Condenándola igualmente y en todo caso a que abone los salarios de tramitación desde la fecha del despido el 30.04.09, y hasta la notificación de la presente sentencia, en las siguientes cantidades hasta el dia de hoy: - A Manuel Díaz Fernández en el importe de 9.043,32 euros (teniendo en cuenta que desde el dia 03.11.09 trabaja para otra empresa). - A Juan Moragues Gualde en el importe de 11.166,16 euros. - A Ramón Sanz Selles en el importe de 11.279,84 euros. Y todo ello con la responsabilidad subsidiaria de Fogasa según artículo 33 ET. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la presente podrán interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciando tal propósito mediante comparecencia o por escrito ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a contar del siguiente a la

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notificación de esta sentencia, y que la condenada para hacerlo deberá ingresar en el Banesto (Entidad 0030 Oficina 3074 Urbana sita en calle Alameda número 11 de esta ciudad), en la cuenta corriente que a tales efectos tiene abierta este Juzgado con el nombre de depósitos y consignaciones, cuenta corriente número 0308 la cantidad líquida importe de la condena o presentar Aval Bancario por dicha cantidad sin cuyo requisito no podrá tenerse por anunciado el recurso. Asimismo, deberá constituir en la misma cuenta corriente de la entidad arriba mencionada, la cantidad de 150’25.- , presentando el resguardo de este último en Secretaría al tiempo de interponer el recurso, haciéndose constar además un domicilio en la sede de dicho Tribunal Superior a efectos de notificaciones. Y para que conste y sirva de notificación a Altea Diseño y Proyectos, S.L., Obras Alteamar S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente. Benidorm, 18 de diciembre de 2009. El Secretario. Rubricado. *1001907*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante), hace saber: Que en este Juzgado se tramitan autos número 1070/ 2009 seguidos a instancia de Nicolae Cadar contra la empresa Servicios Fulemocions Dénia S.L. en materia de despidos, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Servicios Fulemocions Dénia S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día 11 de febrero de 2010 a las diez horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Servicios Fulemocions Dénia S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Servicios Fulemocions Dénia S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Servicios Fulemocions Dénia

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S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 18 de diciembre de 2009. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001912*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). Hace saber: que en este Juzgado se tramitan autos número 1270/2008 seguidos a instancia de José Ivars Fornes, Luis Miguel Pérez Ferrer, Daniel Urbano Ivars, Roberto Cardona Ortola y Francisco Mendoza Ruiz contra la empresa Erwin Ute, Wolf Joachim Hattenbach y Construcciones y Promociones Wolf Hattenbach S.L. en materia de cantidades, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Wolf Joachim Hattenbach y Construcciones y Promociones Wolf Hattenbach S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día veintitrés de febrero de 2010 a las 9.30 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Wolf Joachim Hattenbach y Construcciones y Promociones Wolf Hattenbach S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Wolf Joachim Hattenbach y Construcciones Y Promociones Wolf Hattenbach S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Wolf Joachim Hattenbach y Construcciones Y Promociones Wolf Hattenbach S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 18 de diciembre de 2009. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001914*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante).

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Hace saber: que en este Juzgado se tramitan autos número 1184/2009 seguidos a instancia de José Najarro Prados contra la empresa Bar Las Cañas y Pilar Andrés Pastor en materia de despidos, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Bar Las Cañas por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día 11 de febrero de 2010 a las 11.10 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Bar Las Cañas para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Bar Las Cañas para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Bar Las Cañas, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 12 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001916*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). Hace saber: Que en este Juzgado se tramitan autos número 1490/ 2009 seguidos a instancia de Graham Gavin Gall contra la empresa IS.L.A Tortuga Restauración S.L. en materia de despidos, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa IS.L.A Tortuga Restauración S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día dos de marzo de 2010 a las 11.10 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

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Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada IS.L.A Tortuga Restauración S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada IS.L.A Tortuga Restauración S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada IS.L.A Tortuga Restauración S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 11 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001917*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante), hace saber: Que en este Juzgado se tramitan autos número 1492/ 2009 seguidos a instancia de Stephen Paul Sheriff contra la empresa Sierra Bernia School S.L. en materia de despidos, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Sierra Bernia School S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día dos de marzo de 2010 a las 11.20 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Sierra Bernia School S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Sierra Bernia School S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

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Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Sierra Bernia School S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 11 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001918*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). Hace saber: que en este Juzgado se tramitan autos número 316/2009 seguidos a instancia de Alexandre Almela Cabezas contra la empresa Gestio Ejecutiva 2007 S.L. en materia de cantidades, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Gestio Ejecutiva 2007 S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día cuatro de marzo de 2010 a las 09.40 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Gestio Ejecutiva 2007 S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Gestio Ejecutiva 2007 S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Gestio Ejecutiva 2007 S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 12 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001919*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). Hace saber: que en este Juzgado se tramitan autos número 330/2009 seguidos a instancia de Arturo Jesús

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Villegas Bedoya contra la empresa Tomelloso Urbana S.L. en materia de cantidades, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Tomelloso Urbana S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día 4 de marzo de 2010 a las 10.40 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Tomelloso Urbana S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Tomelloso Urbana S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Tomelloso Urbana S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 12 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001920*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante), hace saber: Que en este Juzgado se tramitan autos número 346/ 2009 seguidos a instancia de Montserrat Aulet Garcia contra la empresa Publicitat Turística S.L. en materia de cantidades, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Publicitat Turística S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día 11 de marzo de dos mil diez 9.50 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Publicitat Turística S.L. para que comparezca

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en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Publicitat Turística S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Publicitat Turística S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 13 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001921*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). Hace saber: que en este Juzgado se tramitan autos número 382/2009 seguidos a instancia de Luis Miguel Barredo Liaño contra la empresa Emprendimientos Españoles Lied S.L. en materia de cantidades, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Emprendimientos Españoles Lied S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día 16 de marzo de dos mil diez a las 9.50 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Emprendimientos Españoles Lied S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Emprendimientos Españoles Lied S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

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Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Emprendimientos Españoles Lied S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 13 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001922*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). Hace saber: que en este Juzgado se tramitan autos número 572/2009 seguidos a instancia de Iosif Marian Batrinca contra la empresa Instituto Nacional de la Seguridad Social, Emedos Encofrados y Estructuras S.L., Umivale y Tesorería General de la Seguridad Social en materia de Seguridad Social, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Emedos Encofrados y Estructuras S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día veintitrés de marzo de 2010 a las 9.50 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Emedos Encofrados y Estructuras S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Emedos Encofrados y Estructuras S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Emedos Encofrados y Estructuras S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 13 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001923*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante).

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Hace saber: que en este Juzgado se tramitan autos número 1652/2009 seguidos a instancia de Roxana Ciobanu contra la empresa Boxes Sport 2008 S.L. en materia de despidos, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Boxes Sport 2008 S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día 18 de marzo de 2010 a las 11.10 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Boxes Sport 2008 S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Boxes Sport 2008 S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Boxes Sport 2008 S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 21 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001924*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). Hace saber: que en este Juzgado se tramitan autos número 1782/2009 seguidos a instancia de Raúl Antonio Martín Franco contra la empresa Bonibus S.L. y Costabus S.L. en materia de despidos, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Bonibus S.L. y Costabus S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día seis de abril de 2010 a las 11.30 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

butlletí oficial de la província - alacant, 2 febrer 2010 - n.º 21

Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Bonibus S.L. y Costabus S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Bonibus S.L. y Costabus S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Bonibus S.L. y Costabus S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 21 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001925*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). Hace saber: que en este Juzgado se tramitan autos número 1272/2009 seguidos a instancia de María del Coro Martín Vaquero contra la empresa Artesanos de Polop SC, Salvador Ros García y Bottier Shoes S.L. en materia de despidos, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Salvador Ros García y Bottier Shoes S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día 18 de mayo de 2010 a las 9.40 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Salvador Ros García y Bottier Shoes S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Salvador Ros García y Bottier Shoes S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

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Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Salvador Ros Garcia y Bottier Shoes S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 9 de diciembre de 2009. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001926*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante) Hace saber: que en este Juzgado se tramitan autos número 1804/2009 seguidos a instancia de Tracey Gómez y Natalie Tobin contra la empresa Ray Brailey´s, S.L. y Fondo de Garantia Salarial en materia de despidos, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Ray Brailey´s, S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día trece de abril de 2010 a las 11.40 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Ray Brailey´s, S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Ray Brailey´s, S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Ray Brailey´s, S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 21 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001927*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante).

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Hace saber: que en este Juzgado se tramitan autos número 1470/2008 seguidos a instancia de María Luisa Regalado Sánchez contra la empresa Instituto Nacional de la Seguridad Social, Transportes y Excavaciones Altea, S.L., Excavaciones y Obras Denteta, S.L., Mutua Amivale y Tesorería General de la Seguridad Social en materia de Seguridad Social, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Excavaciones y Obras Denteta, S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día 13 de abril de 2009 a las 10.55 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Excavaciones y Obras Denteta, S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Excavaciones y Obras Denteta, S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Excavaciones y Obras Denteta, S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 21 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001928*

EDICTO Don Juan Antonio García Lainez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). Por el presente hace saber: que en este Juzgado se tramita ejecutoria con el número 380/2009, dimanante de los autos de cantidades número 1037/2008, a instancia de Juan Carlos Mohedano Martín, contra la empresa Montajes Mut S.L., en reclamación de 4.827,37  de principal, más 700,00  para intereses y 700,00  para costas, en cuyo procedimiento se ha dictado auto con fecha 27 de enero de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, es del siguiente tenor: Parte dispositiva. Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en este procedimiento, iniciándose ejecutoria que se registrará en el libro correspondiente con su número de orden, y despacho ejecución contra las empresas deudoras Montajes Mut S.L., con N.I.F. B53473856, en los términos de la condena, por la

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cantidad de 4.827,37  (cuatro mil ochocientos veintisiete euros con treinta y siete céntimos) de principal más 700,00  (setecientos euros) que se fijan provisionalmente para intereses, más 700,00  (setecientos euros) calculados para costas, con carácter provisional, con inclusión de la minuta de honorarios de ejecución del Letrado del actor. Requiérase a la parte ejecutante para que ponga en conocimiento de este Juzgado, si le consta, cualquier clase de bienes propiedad de la empresa ejecutada Montajes Mut S.L. sobre los que efectuar embargo. Reclámese informe de bienes propiedad de la empresa ejecutada Montajes Mut S.L. al Servicio Central de Índices de los Registros de la Propiedad, a fin de que facilite la relación de bienes inmuebles o derechos de titularidad del deudor de que tenga constancia, librándose al efecto el correspondiente despacho. Que por el funcionario autorizado de este Juzgado se realice la correspondiente consulta de averiguación patrimonial a través de la página del Consejo General del Poder Judicial sobre bienes y derechos de titularidad del deudor Montajes Mut S.L. que aparezcan en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Seguridad Social, Catastro y Dirección General de Tráfico, tras cuyo resultado se acordará lo procedente. Notifíquese la presente a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciendo al apremiado las advertencias contenidas en los razonamientos jurídicos. Este auto no es susceptible de recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que, con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Civil, pueda formular el ejecutado. Así lo acuerdo, mando y firmo don Vicenta Nogueroles Llinares, Magistrado-Juez de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). E/.- Ante mi: siguen firmas.Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada Montajes Mut S.L., cuyo actual paradero se desconoce, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, expido el presente. Benidorm, 27 de enero de 2010. El Secretario. Rubricado. *1001929*

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Por último, se requiere a la empresa demandada Dream Projects Mediterráneo S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Dream Projects Mediterráneo S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 11 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001936*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Uno de los de Benidorm. Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autos despidos - 1417/2009 a instancias de Vicente Castellano Vidal contra José Antonio González Sivera en el que, por medio del presente se cita a José Antonio González Sivera, quien se halla en ignorado paradero para que comparezca ante este Juzgado de LO Social, sito en Avenida de las Comunidades Europeas, 2º al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio, el día 11 de febrero de 2010 a las 9.50 horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá por la incomparecencia injustificada de las partes. Benidorm, 18 de diciembre de 2009. El Secretario Judicial. Rubricado.

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). Hace saber: que en este Juzgado se tramitan autos número 1469/2009 seguidos a instancia de EverardusBernardus Meinster, Lindomar Mendes Borges, Franklin Daniel Chicaiza Eugenio y Diego Arturo Medina Mayorga contra la empresa Dream Projects Mediterráneo S.L. en materia de despidos, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Dream Projects Mediterráneo S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día 25 de febrero de 2010 a las 11.10 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Dream Projects Mediterráneo S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

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EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). Hace saber: que en este Juzgado se tramitan autos número 1468/2009 seguidos a instancia de Pieter Boer contra la empresa Eurobloque Andalucía S.L.U. en materia de despidos, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Eurobloque Andalucía S.L.U. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día 25 de febrero de 2010 a las 11.00 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Eurobloque Andalucía S.L.U. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser

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tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Eurobloque Andalucía S.L.U. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Eurobloque Andalucía S.L.U., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 11 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001939*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante), hace saber: Que en este Juzgado se tramitan autos número 317/ 2009 seguidos a instancia de María Teresa Salva Mulet, José Manuel Iglesias Moroño, Miguel Ángel Ferrer Marti, Vicente Serra Mulet, José Andrés Ballester Valles y Juan Bautista Bequio García contra la empresa Envases Gata S.L. en materia de cantidades, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Envases Gata S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día 4 de marzo 2010 a las 9:50 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Envases Gata S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Envases Gata S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición.

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Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Envases Gata S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 30 de diciembre de 2009. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001941*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). Hace saber: que en este Juzgado se tramitan autos número 1507/2009 seguidos a instancia de José Jorge Azuar Guerrero contra la empresa Pubudis S.L. y Irisbe S.L. en materia de despidos, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Pubudis S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día 4 de marzo de 2010 a las 11.10 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Pubudis S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Pubudis S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Pubudis S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 30 de diciembre de 2009. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001942*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Uno de los de Benidorm. Hago saber: Que en este Juzgado, se siguen autos despidos - 1237/ 2009 a instancias de Elisa Pons Mahaut, Brahim Ragueb, Fernando Eduardo Torrico Antelo, Vincent Bernard Berrier, Roberto Docampo Damea, John Patrick Amaran Neves, Rudolf Jacobus Antonius Marie Van de Voort, María Francis-

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ca Margalejo Blasco, José Francisco Serra Gomez y Erdmute Waltrau Pollman Koths contra Jaime Sastre Aparisi, Francisco Mesquida Franco, Dirk-Jan Bruens, Acp Suninstall S.L., The Sun and Wind Factory S.L., Fotovoltaica de la Mancha S.L. y Solmantener S.L. en el que, por medio del presente se cita a ACP Suninstall S.L. y a Solmantener S.L., quien se halla en ignorado paradero para que comparezca ante este Juzgado de lo Social, sito en avenida de las Comunidades Europeas, 2º al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio, el día 9 de marzo de 2010 a las 10.10 horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá por la incomparecencia injustificada de las partes. Benidorm, 19 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001945*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). Hace saber: Que en este Juzgado se tramitan autos número 1549/ 2009 seguidos a instancia de Vicente Castellano Fornes contra la empresa Cadena Valenciana de Radio S.A. en materia de despidos, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Cadena Valenciana de Radio S.A. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día 9 de marzo de 2010 a las 11.10 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Cadena Valenciana de Radio S.A. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Cadena Valenciana de Radio S.A. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Cadena Valenciana de Radio S.A., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 30 de diciembre de 2009. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001948*

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EDICTO Don Juan Antonio Garcia Lainez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). Hace saber: Que en este Juzgado se tramitan autos número 379/2009 seguidos a instancia de Julián Llumitaxi Aroca contra la empresa Obrik Obres i Xapats S.L. en materia de cantidades, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Obrik Obres i Xapats S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día 11 de marzo 2010 a las 10.50 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Obrik Obres I Xapats S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Obrik Obres I Xapats S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Obrik Obres i Xapats S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 30 de diciembre de 2009. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001949*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). Hace saber: que en este Juzgado se tramitan autos número 338/2009 seguidos a instancia de Marcin Jan Janczak contra la empresa Panadería Bollería Santa Ana, S.L. en materia de cantidades, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Panadería Bollería Santa Ana, S.L. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día 11 de marzo 2010 a las 9.30 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y aperci-

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biéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Panadería Bollería Santa Ana, S.L. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Panadería Bollería Santa Ana, S.L. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Panadería Bollería Santa Ana, S.L., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 12 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001951*

EDICTO Don Juan Antonio Garcia Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). Hace saber: que en este Juzgado se tramitan autos número 1598/2009 seguidos a instancia de Michael Walther contra la empresa Hans Jorg Suter y Runshine Investment Service S.A. en materia de despidos, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Hans Jorg Suter y Runshine Investment Service S.A. por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día 16 de marzo de 2010 a las 11.10 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Hans Jorg Suter y Runshine Investment Service S.A. para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Hans Jorg Suter y Runshine Investment Service S.A. para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demanda-

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da aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Hans Jorg Suter y Runshine Investment Service S.A., para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 12 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001952*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). Hace saber: Que en este Juzgado se tramitan autos número 1699/ 2009 seguidos a instancia de Nana Bakhtadze contra la empresa Zahia Mahieddine en materia de despidos, habiendo resultado negativa la citación de la empresa demandada, que se encuentra en ignorado paradero, mediante resolución de hoy se ha acordado citar a la empresa Zahia Mahieddine por medio de edictos para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social Número Uno, sita en Benidorm, partida avenida de la Comunidad Europea sin número, el día 25 de marzo de 2010 a las 10.40 horas al objeto de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, previniéndole de que deberá comparecer con todos los medios de prueba de que intente valerse y de que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por su incomparecencia, y apercibiéndole de que de su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Asimismo, se cita al representante legal de la empresa demandada Zahia Mahieddine para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado el día y hora señalados al objeto de practicar la prueba de confesión en juicio, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la certeza de las posiciones (preguntas) que se le formulen, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Por último, se requiere a la empresa demandada Zahia Mahieddine para que aporte al acto de juicio el libro de matrícula del personal, recibos de salarios y los Boletines de Afiliación y Cotización a la Seguridad Social del tiempo de permanencia en la misma del demandante, y asimismo para que la empresa demandada aporte escrituras de constitución y estatutos, apercibiéndole de que de no hacerlo le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones se harán a la parte ahora citada, en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, conforme al artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Copia de la demanda y documentos acompañados se encuentra en la Secretaría de este Juzgado a su disposición. Y para que sirva de notificación, citación y requerimiento a la empresa demandada Zahia Mahieddine, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente. Benidorm, 20 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001953*

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EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante), por el presente hace saber: Que en este Juzgado se tramita ejecutoria con el número 382/2009, dimanante de los autos de cantidades número 1057/2008, a instancia de Magnus Fredrik Lagerlof, contra la empresa Ocean Estates Costa Blanca S.L., en reclamación de 12.990,00  de principal, más 1.900,00  para intereses y 1.900,00  para costas, en cuyo procedimiento se ha dictado auto con fecha 27 de enero de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, es del siguiente tenor: Parte dispositiva Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en este procedimiento, iniciándose ejecutoria que se registrará en el libro correspondiente con su número de orden, despachándose ejecución contra los bienes y rentas de la empresa ejecutada Ocean Estates Costa Blanca S.L., con N.I.F. número B-53668729, en cantidad suficiente para cubrir los importes de 12.990,00  (doce mil novecientos noventa euros) en concepto de principal, más 1.900,00  (mil novecientos euros) calculados para intereses, más 1.900,00  (mil novecientos euros) calculados para costas, con carácter provisional, con inclusión de la minuta de honorarios de ejecución del Letrado de la parte ejecutante. Dese audiencia a la parte ejecutante y al Fondo DE Garantia Salarial por un plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que ha su derecho convenga y designar los bienes que les consten de la parte ejecutada, conforme a lo preceptuado en el artículo 274 de la Ley de Procedimiento Laboral. Notifíquese la presente a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciendo al apremiado las advertencias contenidas en los razonamientos jurídicos. Este auto no es susceptible de recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que, con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Civil, pueda formular el ejecutado. Así lo acuerdo, mando y firmo don Vicenta Nogueroles Llinares, Magistrado-Juez de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). E/.- Ante mi: siguen firmas.Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada Ocean Estates Costa Blanca S.L., cuyo actual paradero se desconoce, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, expido el presente. Benidorm, 27 de enero de 2010. El Secretario. Rubricado. *1001996*

EDICTO Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzgado de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante), por el presente hace saber: Que en este Juzgado se tramita ejecutoria con el número 383/2009, dimanante de los autos de cantidades número 1674/2008, a instancia de Sharon Elisabeth Marsh, contra la empresa Mismihaw Restaurants S.L. Unipersonal, en reclamación de 2.553,73  de principal, más 380,00  para intereses y 380,00  para costas, en cuyo procedimiento se ha dictado auto con fecha 27 de enero de 2010, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, es del siguiente tenor: Parte dispositiva Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en este procedimiento, iniciándose ejecutoria que se registrará en el libro correspondiente con su número de orden, y despacho ejecución contra la empresa deudora Mismihaw Restaurants S.L. Unipersonal, con N.I.F. número B-53849063, en los términos de la condena, por la cantidad de 2553,73  (dos mil quinientos cincuenta y tres euros con setenta y tres céntimos) de principal más 380,00  (trescientos ochenta euros) que se fijan provisionalmente para intereses, más 380,00 

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(trescientos ochenta euros) calculados para costas, con carácter provisional, con inclusión de la minuta de honorarios de ejecución del Letrado de la parte actora, que deberá aportar con la antelación suficiente para, en su caso, incluirla en la tasación de costas e intereses que se practique. Sin perjuicio de ello, puede la parte ejecutante poner en conocimiento de este Juzgado, si le consta, cualquier clase de bienes propiedad del demandado sobre los que efectuar embargo. Espérese al resultado de la ejecutoria número 167/09 de este Juzgado en cuanto a la aparición de bienes de la parte ejecutada. Notifíquese la presente a las partes y al Fondo de Garantía Salarial. Este auto no es susceptible de recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que, con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Civil, pueda formular el ejecutado. Así lo acuerdo, mando y firmo don Vicenta Nogueroles Llinares, Magistrado-Juez de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante). E/.- Ante mi: siguen firmas.Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada Mismihaw Restaurants S.L. unipersonal, cuyo actual paradero se desconoce, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, expido el presente. Benidorm, 27 de enero de 2010. El Secretario. Rubricado. *1002010* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS ELCHE EDICTO Don José Carlos Tomé Tamame, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Dos de Elche. Hago saber: que en este Juzgado se sigue procedimiento con el número 758/2009 en reclamación de Seguridad Social a instancias de José Aznar Coves contra Mosa Trajectum Servis, S.L, The Key I, S.L, The Key II, S.L., Tomas Serrano Torres, Miguel Francisco Pomares Navarro, Contratas Dols, S.L. y Construcciones y Reformas Toseto, S.L.U. se cita al mencionado demandado, de ignorado paradero, para que comparezca ante la sala de Audiencias de este Juzgado, sito en esta ciudad, avenida del País Valenciano, 31 el próximo día 14 de junio de 2010, a las 10.20 horas de su mañana para celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole que en caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio en única convocatoria, se celebrará a continuación, al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse; advirtiéndole que no se suspenderá el juicio por la falta de asistencia de la demandada, debidamente citada, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Lo que se hace público por medio del Boletín Oficial de la Provincia a los efectos pertinentes. Elche, 27 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1002013* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES ELCHE EDICTO Don José Tomás Pastor Pozo, Secretario Judicial del Juzgado Social Número Tres Elche. Hago saber: que en este Juzgado de lo Social se tramita procedimientos sobre despido, registrado con el número de ejecución 282/2009 a instancia de José Plaza Hervas contra

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Estructuras Cantemar, S.L. en cuyas actuaciones se ha dictado la resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva En atención a todo lo expuesto, se acuerda: Despachar la ejecución solicitada por el ejecutante frente a Estructuras Cantemar, S.L. por importe de 27.781,27 euros, más 5.556,25 euros para costas e intereses, que se fijan provisionalmente. Desconociéndose bienes concretos de la ejecutada, proceder a la averiguación de los mismos, y a tal fin, expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al señor Jefe Provincial de Tráfico, Ilmo. Alcalde, e Ilmos. señores Registradores de la Propiedad, para que faciliten relación de todos los bienes o derechos del deudor de los que tengan constancia, y al señor Director de la Agencia Tributaria, a fin que comunique a este Juzgado si, por parte de la Hacienda Pública, se adeuda alguna cantidad al ejecutado en concepto de devolución del Impuesto sobre la renta de Personas Físicas, Impuesto sobre el Valor Añadido o cualquier otro concepto. Dése audiencia a la ejecutante y al Fondo de Garantía Salarial, por un plazo de quince días, para que designen bienes e insten lo que a su derecho convenga, procediéndose, en su caso, a dictar la insolvencia provisional, de ser negativas las averiguaciones. Apareciendo en las actuaciones que la empresa ejecutada se encuentra en paradero ignorado, no procede practicar diligencia alguna de embargo en el domicilio que consta. Notifíquese la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia. Se advierte al ejecutado en los términos expuestos en los fundamentos 4 y 5 de esta resolución. Notifíquese la presente resolución a las partes y adviértase que frente a la presente resolución no se podrá interponer recurso alguno, pero podrá formularse oposición a ella alegando pago o cumplimiento de la obligación, mediante escrito presentado en este Juzgado en el plazo máximo de diez días a contar desde el día siguiente a la notificación de este auto y para lo cual habrá de aportar justificación documental; también podrá oponer prescripción de la acción ejecutiva (artículo 556 LECiv. 1/2000, de 7 de enero) o la existencia de defectos procesales (artículo 559 LECiv. 1/2000, de 7 de enero). Así lo acuerdo, mando y firmo. Y para que sirva de notificación legal a la demandada que se cita en paradero ignorado expido el presente. Elche, 18 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001365*

EDICTO Don José Tomas Pastor Pozo, Secretario Judicial del Juzgado Social Número Tres Elche. Hago saber: Que en este Juzgado, se sigue ejecución número 264/ 2009 a instancias de Carolina Giolda Martínez contra Circolandia, S.L. en la que se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice: Dispongo: Se declara al ejecutado Circolandia, S.L. insolvente en el sentido legal con carácter provisional. Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de cinco días, ante este Juzgado, y con los requisitos establecidos en el artículo 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil con la modificación establecida por la D.A. 15ª de la L.O. 1/09 de 3

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de noviembre, debiendo efectuar, quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, la previa consignación de 25  en la cuenta de depósitos y consignaciones en Banesto número 0122-0000-64-0264 09, especificando en el campo concepto: «recurso – 30 - social reposición», no admitiéndose a trámite el recurso cuyo depósito no se encuentre constituido. Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma don José Antonio Buendía Jiménez, Magistrado-Juez de lo Social Número de Elche. Firmado y rubricado.Y para que conste y sirva de notificación a Circolandia, S.L. y Fogasa que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente. Elche, 18 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001372* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS MURCIA EDICTO Cédula de notificación. Don Fernando Cabadas Arquero, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Dos de Murcia. Hago saber: Que en el procedimiento demanda 355/2009 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de don Brahim Yagoubi contra la empresa Fogasa Fondo de Garantía Salarial, Hicham Botarfas, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente: Providencia de Ilmo. señor Magistrado Juez. Mariano Gascón Valero. En Murcia, a dieciséis de diciembre de dos mil nueve. Dada cuenta; se señala para el acto del juicio, y en su caso al previo de conciliación, que tendrán lugar en única convocatoria en la Sala de Audiencias número nueve de este Juzgado de lo Social sito en Murcia, Ronda Sur, esquina Senda Estrecha sin número, el día once de febrero de dos mil diez a las 9.30 horas de su mañana, (sin perjuicio de la posibilidad de que por el Magistrado se pueda alterar el orden de señalamiento en base a criterios de celeridad y oportunidad razonable), citándose a las partes con entrega a la demandada de la copia de la demanda presentada, y advirtiéndoles que deben comparecer con los medios de prueba de que intenten valerse. Y que si no compareciere el demandante ni alegare justa causa se le tendrá por desistido. Si no compareciere el demandado ni alegare justa causa, se celebrará la vista sin su presencia. A los otrosíes de la demanda ha lugar a lo solicitado y adviértase expresamente a demandante y legal representante de la empresa demandada que se les cita para Interrogatorio de Partes, con apercibimiento de tenerles por confesos en caso de no comparecer sin alegar justa causa. Se autoriza el acceso a la totalidad de las bases de datos informatizadas disponibles en este Juzgado para la tramitación, y en su caso, ejecución derivada del presente proceso. La presente providencia servirá de oportuna citación en forma, a las partes. Adviértase a quien comparezca en nombre de persona jurídica, pública o privada, que deberá asistir al acto de juicio con los poderes que justifiquen su representación, ya que en caso contrario, se le tendrá por no comparecido.

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Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a la presente pueden recurrir en reposición anunciándolo así en éste Juzgado en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de la presente resolución y advirtiendo al recurrente que si no goza del beneficio de justicia gratuita ni es beneficiario de prestaciones de Seguridad Social deberá efectuar el depósito a que se refiere la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009 de Reforma de la L.O. del Poder Judicial. Dicho depósito en cuantía de veinticinco euros, deberá ser ingresado con anterioridad a la presentación del recurso en la cuenta de depósitos y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en Banesto, oficina de avenida Libertad sin número, edificio «Clara» en Murcia, CP 30.009, en la cuenta número 3093-0000-30-0355-09, debiendo acompañarse justificante acreditativo del ingreso junto con el escrito de recurso, sin cuyo requisito no se admitirá a trámite el recurso. Lo manda y firma S.Sª. Doy fe. Providencia Del Ilmo. señor Magistrado don Mariano Gascón Valero. En Murcia, a trece de enero de dos mil diez. Dada cuenta; habiendo resultado negativa la citación a juicio de la empresa demandada Hicham Botarfas, y consultados los medios informáticos de que dispone este Juzgado, cítese nuevamente a la empresa en el domicilio obrante en autos y «ad cautelam» por medio de edictos que se publicará en el B.O.R.M. y tablón de anuncios de este Juzgado. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a la presente pueden recurrir en reposición anunciándolo así en éste Juzgado en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de la presente resolución y advirtiendo al recurrente que si no goza del beneficio de justicia gratuita ni es beneficiario de prestaciones de Seguridad Social deberá efectuar el depósito a que se refiere la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009 de Reforma de la L.O. del Poder Judicial. Dicho depósito en cuantía de veinticinco euros, deberá ser ingresado con anterioridad a la presentación del recurso en la cuenta de depósitos y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en Banesto, oficina de avenida Libertad sin número, edificio «Clara» en Murcia, CP 30.009, en la cuenta número 3093-0000-30-0355-09, debiendo acompañarse justificante acreditativo del ingreso junto con el escrito de recurso, sin cuyo requisito no se admitirá a trámite el recurso. Lo manda y firma S.Sª. Doy fe. Y para que le sirva de notificación en legal forma a Hicham Botarfas, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Murcia, 13 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001378*

EDICTO Cédula de notificación. Don Fernando Cabadas Arquero, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número Dos de Murcia. Hago saber: Que en el procedimiento demanda 356/2009 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de don Mimoun Sefioune contra la empresa Fondo de Garantia Salarial, Hicham Botarfas, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente:

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Providencia de Ilmo. señor Magistrado Juez don Mariano Gascón Valero. En Murcia, a tres de diciembre de dos mil nueve. Dada cuenta; se señala para el acto del juicio, y en su caso al previo de conciliación, que tendrán lugar en única convocatoria en la Sala de Audiencias número nueve de este Juzgado de lo Social sito en Murcia, Ronda Sur, esquina Senda Estrecha sin número, el día once de febrero de dos mil diez a las 9.35 horas de su mañana, (sin perjuicio de la posibilidad de que por el Magistrado se pueda alterar el orden de señalamiento en base a criterios de celeridad y oportunidad razonable), citándose a las partes con entrega a la demandada de la copia de la demanda presentada, y advirtiéndoles que deben comparecer con los medios de prueba de que intenten valerse. Y que si no compareciere el demandante ni alegare justa causa se le tendrá por desistido. Si no compareciere el demandado ni alegare justa causa, se celebrará la vista sin su presencia. A los otrosíes de la demanda ha lugar a lo solicitado y adviértase expresamente a demandante y legal representante de la empresa demandada que se les cita para Interrogatorio de Partes, con apercibimiento de tenerles por confesos en caso de no comparecer sin alegar justa causa. Se autoriza el acceso a la totalidad de las bases de datos informatizadas disponibles en este Juzgado para la tramitación, y en su caso, ejecución derivada del presente proceso. La presente providencia servirá de oportuna citación en forma, a las partes. Adviértase a quien comparezca en nombre de persona jurídica, pública o privada, que deberá asistir al acto de juicio con los poderes que justifiquen su representación, ya que en caso contrario, se le tendrá por no comparecido. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a la presente pueden recurrir en reposición anunciándolo así en éste Juzgado en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de la presente resolución y advirtiendo al recurrente que si no goza del beneficio de justicia gratuita ni es beneficiario de prestaciones de Seguridad Social deberá efectuar el depósito a que se refiere la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009 de Reforma de la L.O. del Poder Judicial. Dicho depósito en cuantía de veinticinco euros, deberá ser ingresado con anterioridad a la presentación del recurso en la cuenta de depósitos y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en Banesto, oficina de avenida Libertad sin número, Edificio «Clara» en Murcia, CP 30.009, en la cuenta número 3093-0000-30-0356-09, debiendo acompañarse justificante acreditativo del ingreso junto con el escrito de recurso, sin cuyo requisito no se admitirá a trámite el recurso. Lo manda y firma S.Sª. Doy fe. Providencia del Ilmo. señor Magistrado don Mariano Gascón Valero. En Murcia, a trece de enero de dos mil diez. Dada cuenta; habiendo resultado negativa la citación a juicio de la empresa demandada Hicham Botarfas, y consultados los medios informáticos de que dispone este Juzgado, cítese nuevamente a la empresa en el domicilio obrante en autos y «ad cautelam» por medio de edictos que se publicará en el B.O.R.M. y tablón de anuncios de este Juzgado. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a la presente pueden recurrir en reposición anunciándolo así en éste Juzgado en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de la presente resolución y advirtiendo al recurrente que si no goza del beneficio de justicia gratuita ni es beneficiario de prestaciones de Seguridad Social deberá efectuar el depósito a que se refiere la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009 de Reforma de la L.O. del Poder Judicial.

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Dicho depósito en cuantía de veinticinco euros, deberá ser ingresado con anterioridad a la presentación del recurso en la cuenta de depósitos y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en Banesto, oficina de avenida Libertad sin número, edificio «Clara» en Murcia, C.P. 30.009, en la cuenta número 3093-0000-30-0356-09, debiendo acompañarse justificante acreditativo del ingreso junto con el escrito de recurso, sin cuyo requisito no se admitirá a trámite el recurso. Lo manda y firma S.Sª. Doy fe. Y para que le sirva de notificacion en legal forma a Hicham Botarfas, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Murcia, 13 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado.

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5.- La certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado. 6.- Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, y que por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor. 7.- No consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas del ejecutado. 8.- En caso de encontrarse los demandados en paradero desconocido, servirá la publicación del presente en Boletín Oficial de la Provincia, de notificación en legal forma. Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados. Alicante, 18 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado.

*1001380* *1001999* JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO UNO ALICANTE EDICTO Don Isaac Bernabeu Pérez, Secretario del Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Alicante. Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el número 2088/2008 a instancia de Banco Popular Español, S.A. contra Abes Bahloul y Saliha Laghzaili sobre reclamación de cantidad, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación: Bienes que se sacan a subasta y su valoración: Piso o vivienda tercero izquierda desde el descansillo de la escalera tipo D, de la casa número dos de la calle particular que une la avenida de Novelda y la calle Cerdá de la ciudad de Alicante o sea, el Pasaje Penalva número dos. Inscrita en el Registro de la Propiedad Número Tres de Alicante al tomo 1371, libro 1371, folio 155, finca 2.588. Valoración: 40.800 euros. La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado, calle Pardo Gimeno, 43, el día 28 de abril de 2010 a las 10.00 horas. Condiciones de la subasta. 1.- Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos: 1º.- Identificarse de forma suficiente. 2º.- Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta. 3º.- Presentar resguardo de que han depositado en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banesto número 0097/0000/05/2088/08 o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de los dispuesto en el apartado 2 del artículo 6652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil. 2.- Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero. 3.- Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente. 4.- Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LECn.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO SEIS ALICANTE EDICTO Doña Clara Curiel Enrique, del Juzgado de Primera Instancia Seis de Alicante y su partido. Por el presente y en virtud de lo acordado en autos de juicio ordinario 1689/2007 seguidos por y contra quienes luego se dirán y para que sirva de notificación personal al/os ejecutado/s Hugo Bayo Carrillo, de la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor siguiente: «Sentencia.- Número 283/08. En Alicante, a once de diciembre de dos mil ocho. Vistos por el Ilmo. señor don José Luis de la Fuente Yanes, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Seis de Alicante y su partido, los autos registrados con el número 1689/07, promovidos por la Comunidad de Propietarios El Palmeral, bloque XI, número 23-25-27-29, representada por la procuradora señora López Fánega y asistida por la letrada señora Marqués Linares, contra don Hugo Bayo Carrillo. Fallo.- Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora señora López Fánega, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios El Palmeral, bloque XI, número 23-25-27-29, contra don Hugo Bayo Carrillo, debo condenar y condeno a éste a abonar a la actora la cantidad de 1.537,35 , con sus intereses legales e imposición de las costas causadas. Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra esta resolución cabe recurso de apelación que podrá prepararse ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días a contar del siguiente a su notificación. Así por esta mi sentencia de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos lo pronuncio, mando y firmo.» Siguen firmas rubricadas. Alicante, 15 de enero de 2010. E/. Rubricado. *1002000* JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO ALICANTE EDICTO DE NOTIFICACIÓN Don Antonio Luis Mula Aznar, Secretario titular del Juzgado de Instrucción Número Uno de los de Alicante, por medio del presente edicto de notificación hago saber:

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Que en este Juzgado de Instrucción Numero Uno de los de Alicante y su partido, se siguen diligencias de juicio de faltas bajo el número 1352/2009 en el que con fecha 24 de noviembre de 2009, recayó sentencia, aún no firme, cuyo fallo literalmente dispone: «Que debo de absolver y absuelvo libremente del hecho origen de estas actuaciones a Marem Bod declarando las costas de oficio. Esta sentencia puede ser apelada en el plazo de cinco días, debiendo de formalizarse el recurso de apelación ante este Juzgado en el expresado plazo.- Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos principales, juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.» Y siendo desconocido actualmente el paradero y domicilio de Marem Bod, extiendo el presente edicto para que sirva de notificación en forma al mismo. Y para que conste, la extiendo yo, el Secretario Judicial. Alicante, 22 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1002001* JUZGADO INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO IBI EDICTO Doña María del Carmen Díaz Zomeño, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Ibi. Hago saber: que en este Juzgado se sigue juicio de faltas número 174/2009 en relación a una presunta falta de hurto atribuida entre otros a Ana Juan Puche, en la que dictó sentencia en fecha 25 de septiembre de 2009 cuya parte dispositiva dice literalmente como sigue: «Que debo condenar y condeno a Francisco Fuster Cruz y Ana Juan Puche como autores de una falta de hurto en grado de tentativa a la pena de seis días de localización permanente, a que como responsables civiles a indemnicen al Supermercado Aldi de Castalla (Alicante) en la cantidad de 2,34 euros, y al pago de las costas procesales.»

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Y para que sirva de notificación a los referidos que se encuentran en ignorado paradero, expido la presente. Ibi, 19 de enero de 2010. El Secretario Judicial. Rubricado. *1001851* AUDIENCIA PROVINCIAL ALICANTE EDICTO Doña Trinidad Jiménez Jiménez, Secretaria de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante: por medio del presente edicto, hago saber: que en el rollo de apelación seguido en esta Sección, bajo el número 221/09, se ha dictado sentencia con el número 588/09 de fecha 7 de octubre de 2009, cuya parte dispositiva dice literalmente: «Fallo: que desestimando el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 16 de junio de 2009, dictada por el Juez del Juzgado de Instrucción Número Dos de Alicante, en el juicio de faltas número 761/09, de que dimana este rollo, debo confirmar y confirmo la expresada resolución, declarando de oficio las costas procesales causadas en esta alzada. Con testimonio de esta resolución -contra la que no cabe recurso ordinario y dejando otro en este rollo- y para su notificación a las partes personadas e interesadas y consiguiente ejecución, devuélvanse las actuaciones de instancia al referido Juzgado de Instrucción, interesando acuse de recibo. Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.» Y para que sirva de notificación en forma a la parte José Anastasio Bernal Ferrándiz, en ignorado paradero, y con expresión de que contra la sentencia referida no cabe recurso ordinario; expido el presente. Doy fe. Alicante, 20 de enero de 2010. La Secretaria. Rubricado. *1002002*

OTRAS ENTIDADES Y ANUNCIOS PARTICULARES COMUNIDAD DE REGANTES S. JOAQUÍN CELA DE NÚÑEZ ALCOCER DE PLANES EDICTO

Por la importancia de los asuntos a tratar se ruega su asistencia, se le informa que los acuerdos que se establezcan en segunda convocatoria obligan a todos los comuneros. Cela de Núñez, 20 de enero de 2010. El Presidente, Francisco Prats. *1002008*

Anuncio de asamblea general ordinaria. Por la presente se le convoca a la Asamblea General Ordinaria el próximo día 21 de febrero de 2010, en el salón social de Setla de Nunyes, a las 11.30 la primera convocatoria y a las 12.00 la segunda convocatoria. Orden del día. 1º. Lectura y aprobación, si corresponde, del acta correspondiente a la Asamblea General Ordinaria celebrada el 1 de marzo de 2009. 2º. Lectura y explicación de la memoria correspondiente entre el 1 de marzo de 2009 y el 20 de febrero de 2010, propuesta de trabajos a realizar en 2010. 3º. Explicación de la situación económica y aprobación si corresponde. 4º. Propuesta del nuevo reparto para 2011. 5º. Cambio del Presidente de la Comunidad Valenciana, Vocales de Sindicato de Riego, vocales del Jurado de Riego. 6º. Ruegos y preguntas.

AQUAGEST LEVANTE, S.A. ANUNCIO Información pública de Tarifas de agua potable aplicables en el municipio de Santa Pola. El estudio de costes en el cual se basan las actuales tarifas del Servicio Municipal de Agua Potable de Santa Pola, en vigor desde el 13 de agosto de 2009, contiene en su anexo I una fórmula automática para ser aplicada cuando se produzcan incrementos sobre las distintas partidas de coste de acuerdo a unos índices y precios establecidos. Habiéndose producido unos incrementos anuales de estos índices, procede la aplicación de la fórmula de revisión para la actualización de la cuota de consumo y de la cuota de servicio de la tarifa.

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Por lo expuesto, la tarifa resultante es: CUOTA DE SERVICIO: CALIBRE CONTADOR

CASCO URBANO

13 MM. 15 MM. 20 MM. 25 MM. 30 MM. 40 MM. 50 MM. 65 MM. 80 MM. 100 MM.

2,69 5,38 10,76 16,13 21,51 26,89 40,34 80,67 121,01 161,37

CUOTA DE CONSUMO: DOMÉSTICO REPARTO BLOQUES 3

HASTA 30 M DE 31 M3/MES A 45 M3/MES MÁS DE 45 M3/MES

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FAMILIAS NUMEROSAS REPARTO BLOQUES 3

/MES /MES /MES /MES /MES /MES /MES /MES /MES /MES

GRAN ALACANT /MES /MES /MES /MES /MES /MES /MES /MES /MES /MES

5,19 10,36 20,72 31,08 41,44 51,78 77,68 155,37 233,04 310,72

TARIFA 0,7854 1,0517 1,6840

/M3 /M3 /M3

HASTA 30 M MÁS DE 30 M3/MES INDUSTRIALES SE FACTURAN TODOS LOS M3 A UN ÚNICO BLOQUE TODOS LOS M3

TARIFA 0,7854 /M3 1,0517 /M3

TARIFA 1,2846 /M3

Sobre las presentes tarifas se aplicará el IVA de acuerdo con lo establecido en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre. La tarifa de agua resultante así determinada se aplicará desde el 1 de enero de 2010. Lo que se hace público para general conocimiento. Alicante, 14 de enero de 2010. El Apoderado, José Antonio Álvarez Penalva. *1001687*

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ADVERTENCIAS - La publicación a petición de parte interesada se efectuará mediante autoliquidación en las entidades bancarias que se citan en el impreso de solicitud de inserción-autoliquidación.

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