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BOLETINOFICIAL
DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Direc.: C/Julián Clavería, 11 ISSN: 1579-7252. Depósito Legal: O/2532–82 http://www.princast.es/bopa
Viernes, 18 de mayo de 2007
Núm. 115
SUMARIO Págs.
Págs.
I. Principado de Asturias
Acuerdo de 17 de mayo de 2007, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo de la Mesa General de Negociación sobre carrera y desarrollo profesional para los empleados públicos de la Administración del Principado de Asturias, excluido el personal estatutario fijo de los centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud del Principado de Asturias .............................................
• DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION PUBLICA:
Decreto 45/2007, de 25 de abril, disponiendo la aceptación de la cesión en propiedad de tres fincas cedidas por el Ayuntamiento de Aller con destino a la construcción de un Consultorio periférico .......
9391
CONSEJERIA DE CULTURA, COMUNICACION SOCIAL Y TURISMO:
Decreto 46/2007, de 25 de abril, por el que se da nueva redacción al anexo I.I 4 “Delimitación del entorno de protección”, del Decreto 216/2003, de 30 de octubre, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el Palacio de los Rodríguez de León en Trasona, concejo de Corvera de Asturias ..................................................
9391
CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA:
Decreto 47/2007, de 25 de abril, por el que se declara de utilidad pública e interés social y urgente la concentración parcelaria de la zona de Amieva ...........
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• AUTORIDADES Y PERSONAL
Resolución de 11 de mayo de 2007, de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, por la que se aprueba la lista de personas admitidas y excluidas, la designación del Tribunal calificador y el comienzo de las pruebas selectivas para la provisión de 7 plazas de Auxiliar Administrativo/a (Hospital Monte Naranco), en turno libre y en régimen de contratación laboral por tiempo indefinido (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 10 de enero 2007) ................
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CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION PUBLICA:
Resolución de 25 de abril de 2007, de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, por la que se remite expediente administrativo y se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado 244/2007, interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Oviedo, por don Felipe Lucas Soto .........................
9402
CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA:
CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION PUBLICA:
Resolución de 26 de febrero de 2007, de la Viceconsejería de Presupuestos y Administración Pública, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, en turno de promoción interna y régimen de contratación laboral por tiempo indefinido, de una plaza de Técnico/a Grupo A (Técnico/a Informático/a) (112) ................................................
INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACION PUBLICA “ADOLFO POSADA”
• OTRAS DISPOSICIONES
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CONSEJERIA DE JUSTICIA, SEGURIDAD PUBLICA Y RELACIONES EXTERIORES:
Decreto 48/2007, de 25 de abril, por el que se regula la habilitación del personal funcionario del Principado de Asturias para el desempeño de funciones en colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ......................................................
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Resolución de 4 de abril de 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se aprueba la 1.ª programación ordinaria de formación profesional ocupacional y se conceden las subvenciones correspondientes a entidades y centros colaboradores para la ejecución de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional en el año 2007, cofinanciados por el Fondo Social Europeo .............
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Págs.
Resolución de 13 de abril de 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se conceden ayudas para la ejecución de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación en el ámbito territorial del Principado de Asturias para el ejercicio 2007, cofinanciada por el Fomento Social Europeo ......................................................... Resolución de 18 de abril de 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se procede a la convocatoria de proyectos pedagógicos y ayudas o subvenciones, se autoriza el gasto y se aprueban las bases de la convocatoria para el desarrollo de las acciones correspondientes al programa “Asturias, espacio educativo” para el año 2007 ..... Resolución de 27 de abril de 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de programas de formación ocupacional y continua, durante el ejercicio 2007, cofinanciada por el Fondo Social Europeo .....
CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA:
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INSTITUTO DE DESARROLLO ECONOMICO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Resolución de 30 de abril de 2007, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, de modificación de la Resolución de 28 de marzo de 2007, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, por las que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, para la mejora de áreas industriales existentes en el marco del Programa de Promoción del Suelo Industrial del Principado de Asturias (2005-2008) y se aprueba la convocatoria pública de las citadas ayudas para el ejercicio 2007 .......
9429
Corrección de error en la información pública por la que se anuncia concurso, por procedimiento abierto con trámite de urgencia, para la contratación de la obra “urbanización del núcleo de Viñay (Bimenes)”, realizada en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias n.º 111, de 14 de mayo de 2007 ..............
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Información pública de la adjudicación, por procedimiento abierto mediante subasta, de los servicios de mantenimiento, soporte y suministro de actualizaciones de licencias para equipos Cisco de comunicaciones y seguridad, propiedad de la Administración del Principado de Asturias ......................
9430
Información pública de la adjudicación, por procedimiento negociado sin publicidad, del servicio de alquiler de fibra oscura para la red de banda ancha en las Comarcas Mineras (Expte. 2/07) .......
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CONSEJERIA DE CULTURA, COMUNICACION SOCIAL Y TURISMO:
Información pública de adjudicaciones de contratos de más de 60.101,21 euros tramitados por por el Servicio de Contratación y Régimen Jurídico .........
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CONSEJERIA DE VIVIENDA Y BIENESTAR SOCIAL: ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES PARA ANCIANOS DE ASTURIAS
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Resolución de la Gerencia del Organismo Autónomo “Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias” por la que se hace pública la adjudicación de los contratos para la prestación de la gestión de noventa y dos plazas residenciales para personas mayores asistidas ......................................
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CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS:
Información pública de la expropiación de los bienes afectados por “Acondicionamiento de la carretera CU-4 Artedo-Faedo (Cudillero)” ............................
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CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA:
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• ANUNCIOS JUNTA GENERAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS:
Información pública relativa a la licitación de la contratación conjunta del proyecto y ejecución de las obras de adecuación de dos locales emplazados en los números 7 y 9 de la calle Cabo Noval en Oviedo, para los servicios administrativos de la Junta General del Principado de Asturias ....................
Información pública por la que se anuncia concurso, por procedimiento abierto con trámite de urgencia, para la contratación de obras ..................
CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION PUBLICA:
CONSEJERIA DE INDUSTRIA Y EMPLEO:
Resolución de 30 de abril de 2007, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, de modificación de la Resolución de 28 de marzo de 2007, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, por las que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a entidades locales, para la mejora de áreas industriales existentes en el marco del Programa de Promoción del Suelo Industrial del Principado de Asturias (2005-2008) y se aprueba la convocatoria pública de las citadas ayudas para el ejercicio 2007 ........................................................
Págs.
9429
Información pública por la que se anuncian licitaciones de obras mediante el sistema de concurso y procedimiento abierto ...........................................
9435
III. Administración del Estado ................
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IV. Administración Local
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...........................
V. Administración de Justicia
................
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I. Principado de Asturias
• DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION PUBLICA:
DECRETO 45/2007, de 25 de abril, disponiendo la aceptación de la cesión en propiedad de tres fincas cedidas por el Ayuntamiento de Aller con destino a la construcción de un Consultorio periférico. El Ayuntamiento de Aller, por Acuerdo plenario de 26 de enero de 2006, acordó ceder en propiedad al Principado de Asturias, tres fincas situadas en Felechosa, concejo de Aller, con destino a la construcción de un Consultorio periférico. El artículo 26 de la Ley 1/1991, de 21 de febrero, de Patrimonio del Principado de Asturias, preceptúa que las adquisiciones de bienes por el Principado, a título de donación, no se producirán sino en virtud de Decreto, acordado en Consejo de Gobierno. En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Administración Pública, previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión de 25 de abril de 2007, DISPONGO Primero.—Aceptar la cesión en propiedad de tres fincas propiedad del Ayuntamiento de Aller, en los términos del Acuerdo Plenario de 26 de enero de 2006, con destino a la construcción de un Consultorio periférico. Dichos inmuebles se describen como sigue: Parcela 1. Urbana, trozo de terreno de forma triangular procedente de la finca señalada con el número sesenta y uno del Barrio de Abajo, en Felechosa, parroquia de El Pino, concejo de Aller, con una superficie aproximada de doscientos once metros cuadrados y que linda: Al Norte, donde termina en punta, resto de finca matriz, y más terreno del Ayuntamiento; Sur, camino de servidumbre y herederos de David Díaz Muñiz; Este, terrenos municipales; y Oeste, resto de finca matriz. Libre de cargas y gravámenes. Valorada en la cantidad de diecinueve mil veintiún euros con sesenta y cinco céntimos (19.021,65 euros). Inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Lena al tomo 1081, libro 403, folio 202, finca n.º 53601, inscripción primera. Parcela 2. Solar conocido como “La Visqueta”, situado en la calle Barrio de Abajo, número 64, de Felechosa, con los siguientes linderos: Al Norte, Carretera General AS-253; Este, Araceli Alonso Fernández; Sur, finca propiedad del Ayuntamiento conocida como “La Tierrina de Cocasa” o “Vega de Abajo”, y Oeste, finca propiedad del Ayuntamiento conocida como “Vega de Abajo” o “La Tierrina de Cocasa”, con una superficie de 150,84 metros cuadrados. Libre de cargas y gravámenes.
Inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Lena al tomo 1099, libro 411, folio 90, finca 54292, inscripción primera. Valorada en la cantidad de trece mil quinientos noventa y ocho euros con veintiún céntimos (13.598,21 euros). Parcela 3. Solar conocido como “Vega de Abajo” o “La Tierrina de Cocasa”, situado en la calle Barrio de Abajo, parroquia del Pino, Felechosa, con los siguientes linderos: Al Norte, Carretera General AS-253 y finca propiedad del Ayuntamiento conocida como “La Visqueta”; Este, Araceli Alonso Fernández y finca propiedad del Ayuntamiento conocida como “La Visqueta”; Sur, herederos de Félix Fernández Megido y Finca propiedad del Ayuntamiento, y Oeste, finca propiedad del Ayuntamiento y José Cordero Díaz, con una superficie de 448 metros cuadrados. Libre de cargas y gravámenes. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Pola de Lena al tomo 1099, libro 411, folio 92, finca 54293, inscripción primera. Valorada en la cantidad de treinta y seis mil sesenta euros ( 36.060 euros). Segundo.—La aceptación se formalizará en escritura pública. La Consejería de Economía y Administración Pública llevará a cabo los trámites necesarios para la plena efectividad de lo dispuesto en el presente Decreto. Dado en Oviedo, a 25 de abril de 2007.—El Presidente del Principado, Vicente Alvarez Areces.—El Consejero de Economía y Administración pública, Jaime Rabanal García.—7.040.
CONSEJERIA DE CULTURA, COMUNICACION SOCIAL Y TURISMO:
DECRETO 46/2007, de 25 de abril, por el que se da nueva redacción al anexo I.I 4 “Delimitación del entorno de protección”, del Decreto 216/2003, de 30 de octubre, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el Palacio de los Rodríguez de León en Trasona, concejo de Corvera de Asturias. Por sentencia de fecha 11 de septiembre de 2006 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en recursos acumulados 387/01 y 62/04 se declaró la disconformidad a derecho de la Delimitación del entorno de protección contenida en el anexo I.I.4 del Decreto 216/2003, de 30 de octubre, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el Palacio de los Rodríguez de León en Trasona, concejo de Corvera de Asturias. La propia sentencia declara que la superficie afectada por el entorno protegido debe ser la delimitada por el señor perito judicial en su informe obrante en autos, y referido en el cuerpo de la misma.
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En virtud de lo anteriormente expuesto, a propuesta de la Consejera de Cultura, Comunicación Social y Turismo, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en su reunión de 25 de abril de 2007, DISPONGO Artículo único. Se da nueva redacción al anexo I.I.4 del Decreto 216/2003, de 30 de octubre, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el Palacio de los Rodríguez de León en Trasona, concejo de Corvera de Asturias, y que figura como anexo al presente Decreto. Disposición final El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Dado en Oviedo, a 25 de abril de 2007.—El Presidente del Principado, Vicente Alvarez Areces.—La Consejera de Cultura, Comunicación Social y Turismo, Ana Rosa Migoya Diego.—7.041. Anexo DELIMITACION DEL ENTORNO DE PROTECCION DEL PALACIO DE LOS RODRIGUEZ DE LEON, EN TRASONA, CONCEJO DE CORVERA DE ASTURIAS
Por su extremo Norte en la unión de las parcelas catastrales 307 y 9 con el río, considerando este punto como origen y siguiendo el movimiento de las agujas del reloj. Se continúa, salvando el camino, con el lindero entre las parcelas 318 y las 16, 41, 60, 99, 100 y 106, para continuar en esa misma dirección hasta alcanzar el pantano, atravesando la carretera que lleva al palacio bordeando el embalse. Prosigue el límite por el borde del pantano, hasta alcanzar la cabecera el pantano. El elemento que constituye la cabecera del pantano, queda fuera de los límites de las parcelas 133 y 308 con el pantano, continuando por la carretera que bordea la parcela 308 hacia el puente de piedra que salva el río Alvarés, continuando luego por el borde el mismo con la parcela 307 hasta el punto inicial. Las parcelas afectadas por la delimitación, basándose en los datos del catastro son: parcela 307 en su totalidad (subparcelas a, b, c y d), parcela 308 en su totalidad (subparcelas a, b y c), parcela 319 en su totalidad, parcela 318 parcialmente (subparcelas a, b, c, d, e en su totalidad y subparcela f parcialmente), parcela 133 parcialmente. Todas estas parcelas pertenecen al polígono 31. Además de estas parcelas, también quedan afectados diversos caminos y carreteras, aunque sólo parcialmente, y que responden a los números 9007, 9008 y 9016. El total de la superficie delimitada asciende a la cantidad de 223.425,98 metros cuadrados y teniendo un perímetro de 1.515,70 metros. CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA:
DECRETO 47/2007, de 25 de abril, por el que se declara de utilidad pública e interés social y urgente la concentración parcelaria de la zona de Amieva. Los acusados caracteres de gravedad que ofrece la dispersión parcelaria de la zona de Amieva (Amieva), puestos de manifiesto por los propietarios de la misma en solicitud de concentración dirigida a la Consejería de Medio Rural y Pesca del Principado de Asturias, han motivado la realización, por el Servicio de Mejoras Agrarias, de un estudio
sobre las circunstancias y posibilidades técnicas que concurren en la citada zona, deduciéndose de dicho estudio la conveniencia de llevar a cabo la concentración parcelaria por razón de utilidad pública e interés social, de conformidad con lo establecido en la Ley del Principado de Asturias 4/89, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural, de 21 de julio. En su virtud, a propuesta de la Ilma. Sra. Consejera de Medio Rural y Pesca y previo Acuerdo del Consejo de Gobierno en reunión del día 25 de abril de 2007, DISPONGO Artículo 1.—Declarar de utilidad pública e interés social y urgente ejecución la concentración parcelaria de la zona de Amieva (Amieva). Artículo 2.—Establecer el perímetro de la zona que estará formado, inicialmente, por parte del término municipal de Amieva, que comprende los terrenos del núcleo de Amieva y cuyos límites son: N:
M.U.P. n.º 274 “Forcada” y carretera local Amieva-Sames.
S:
Terrenos del núcleo de Amieva y riega Jelguera.
E:
Terrenos del núcleo de Amieva.
O:
M.U.P. n.º 274 “Forcada”.
Dicho perímetro quedará en definitiva modificado de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 de la Ley del Principado de Asturias 4/89, de 21 de julio, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural. Artículo 3.—Establecer para la zona Amieva (Amieva), como superficie de la unidad mínima de cultivo agrícola la de 70 áreas y de 10 Has para el forestal, pudiendo concederse, de conformidad con el artículo 19 de la citada Ley, ayudas económicas destinadas a obtención de mayor superficie por explotación. Disposición final La Consejería de Medio Rural y Pesca dictará las disposiciones complementarias que requiera la ejecución de lo dispuesto en el presente Decreto. Dado en Oviedo, a 25 de abril de 2007.—El Presidente del Principado, Vicente Alvarez Areces.—La Consejera de Medio Rural y Pesca, Servanda García Fernández.—7.042. CONSEJERIA DE JUSTICIA, SEGURIDAD PUBLICA Y RELACIONES EXTERIORES:
DECRETO 48/2007, de 25 de abril, por el que se regula la habilitación del personal funcionario del Principado de Asturias para el desempeño de funciones en colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La Constitución española, en su artículo 40.2, establece que los poderes públicos deben velar por la seguridad e higiene en el trabajo; obligación que alcanza a todas las Administraciones Públicas en función de sus respectivas competencias. Al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.7 de la misma, el artículo 12.10 de nuestro Estatuto de Autonomía dispone que corresponde al Principado de Asturias “la ejecución de la legislación del Estado, en los términos que en la misma se establezca”, entre otras, en materia laboral. La alta sensibilidad de los agentes sociales y económicos y del Principado de Asturias relativa a la problemática de la siniestralidad laboral y de la implantación de la cultura
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preventiva en nuestro entorno, hace que se establezca como objetivo prioritario la prevención de riesgos laborales y la reducción de la siniestralidad laboral. Dichos propósitos fueron recogidos en el Acuerdo para el Desarrollo Económico, la Competitividad y el Empleo 2004-2007 (ADECE), en su capítulo 3 titulado “Salud Laboral y Prevención de Riesgos”, consagrados en la Ley del Principado de Asturias 4/2004, de 30 de noviembre, del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales, y demás Reglamentos que la desarrollan, y establecidos en el Plan de Salud, Seguridad y Medio Ambiente Laboral del Principado de Asturias 2007-2010, aprobado por el Consejo de Gobierno del 2 de noviembre de 2006, que en su Estrategia 2, Objetivo 5 “Mejorar la vigilancia y el control en el cumplimiento de la normativa de salud, seguridad y medio ambiente laboral” cita entre los proyectos de actuación: “Desarrollar el procedimiento de habilitación de los técnicos del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales en el primer trimestre del 2007”. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, establece en su artículo 9 la competencia de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para ejercer la función de vigilancia y control de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. No obstante, la modificación operada en el apartado 2 del mencionado artículo por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de Reforma del Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales, insta a las Administraciones General del Estado y de las comunidades autónomas a adoptar las medidas necesarias para garantizar la colaboración pericial y el asesoramiento técnico necesarios a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, mediante la elaboración y coordinación de planes de actuación para contribuir al desarrollo de actuaciones preventivas en las empresas en sectores de actividad con mayor nivel de riesgo o de siniestralidad, a través de acciones de asesoramiento, información, formación y comprobatorias de las condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo por parte de funcionarios técnicos en prevención de riesgos laborales dependientes de las comunidades autónomas. La disposición adicional decimoquinta de la Ley 31/1995 añadida por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, dispone que para poder ejercer las funciones establecidas en el apartado 2 del artículo 9 de esta Ley, los funcionarios públicos de las comunidades autónomas deberán contar con una habilitación específica expedida por su propia comunidad autónoma, en los términos que se determinen reglamentariamente. Las actuaciones comprobatorias realizadas por los funcionarios y funcionarias habilitados en colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se encomiendan al Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales adscrito a la Consejería competente en materia de prevención de riesgos laborales y han de efectuarse bajo el principio de la coherencia del sistema de inspección, bajo la observancia de criterios comunes y trabajo programado. En este sentido, el artículo 4.2.e) de la Ley del Principado de Asturias 4/2004, de 30 de noviembre, dispone que el Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales desempeñará las funciones de colaboración pericial, asesoramiento técnico y comprobatorias de las condiciones de seguridad y salud en las empresas y centros de trabajo que sean necesarias a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el marco normativo y reglamentario que en cada momento se determine. Es objeto del presente Decreto regular el procedimiento para llevar a efecto la reseñada colaboración pericial y el asesoramiento técnico por parte del Principado de Asturias,
de conformidad con el Real Decreto 689/2005, de 10 de junio, por el que se modifica el Reglamento de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, y el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas a la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, para regular la actuación de los técnicos habilitados en materia de prevención de riesgos laborales. Haciendo uso de las facultades autoorganizativas reconocidas en el artículo 10.1 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, mediante el presente Decreto se procede a regular el procedimiento de expedición de la habilitación específica que permite a los funcionarios públicos del Principado de Asturias que desarrollan labores técnicas de prevención de riesgos laborales ejercer las funciones establecidas en el apartado 2 del artículo 9 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional decimoquinta de la misma. De conformidad con lo dispuesto en el apartado k) del artículo 10 de la Ley del Principado de Asturias 4/2004, de 30 de noviembre, la Junta Rectora del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales ha informado el presente Decreto. En su virtud, a propuesta del Consejero de Justicia, Seguridad Pública y Relaciones Exteriores, de acuerdo con el Consejo Consultivo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 25 de abril de 2007, DISPONGO Artículo 1.—Objeto y alcance. 1. El presente Decreto tiene por objeto regular el procedimiento de habilitación del personal funcionario que ejerce en el Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales labores técnicas de prevención de riesgos laborales, para el desempeño de las funciones comprobatorias en colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 9 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. 2. Las funciones comprobatorias a realizar por el personal funcionario a que se refiere el apartado 1, se desarrollarán con el régimen y el alcance establecidos en el Título IV del Reglamento de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero. Artículo 2.—Requisitos de la habilitación. Podrán ser habilitados los funcionarios y funcionarias del Principado de Asturias que reúnan los siguientes requisitos: a) Estar desempeñando labores técnicas en prevención de riesgos laborales en el Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales. b) Pertenecer a Cuerpos o Escalas de los Grupos A o B. c) Contar con la titulación universitaria y la formación mínima prevista en el artículo 37.2 y 3 del Reglamento de los servicios de prevención, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, para poder ejercer las funciones de nivel superior en las especialidades y disciplinas preventivas en que estén acreditados a que se refiere dicho reglamento, o haber sido convalidados para el ejercicio de tales funciones de nivel superior, conforme a la disposición adicional quinta del mismo reglamento.
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Artículo 3.—Procedimiento de habilitación. 1. El procedimiento de habilitación se iniciará de oficio por resolución de la persona que ostente la titularidad de la Dirección del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales, teniendo en cuenta los planes y programas que se fijen en dicha materia con la Administración General del Estado, determinándose en el acuerdo de iniciación el número de funcionarios o funcionarias que podrán obtener la habilitación. El mencionado acuerdo se publicará en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, y se concederá a las personas interesadas un plazo de diez días desde el siguiente a dicha publicación para que presenten solicitudes y acrediten el cumplimiento de los requisitos relacionados en el artículo 2. 2. Corresponderá la instrucción del procedimiento de habilitación a la Secretaría General del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales, quien realizará de oficio cuantas actuaciones sean necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba dictarse la resolución de habilitación. 3. La Dirección del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales elevará propuesta de habilitación atendiendo a criterios organizativos, de experiencia y perfeccionamiento relacionados con las tareas a desarrollar. Artículo 4.—Resolución. 1. A la vista de la propuesta de habilitación, la persona titular de la Consejería competente en materia de prevención de riesgos laborales, resolverá motivadamente al efecto. 2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de habilitación será de tres meses contados desde la fecha del acuerdo de iniciación, pudiendo las personas interesadas entender desestimadas sus solicitudes en caso de silencio administrativo, de conformidad con el artículo 44.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3. La resolución se notificará a las personas interesadas, al Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales y a la Administración General del Estado, a través de la Dirección Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. 4. La Consejería competente en materia de prevención de riesgos laborales, a través del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales, podrá publicar y deberá mantener actualizada, a efectos informativos, la relación del personal técnico habilitado. 5. La resolución de habilitación no afectará a la adscripción al puesto de trabajo que venga desempeñando la persona habilitada y estará limitada al ámbito territorial del Principado de Asturias. Artículo 5.—Cursos de perfeccionamiento. La Dirección del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales cooperará con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el diseño e impartición de cursos específicos destinados a los técnicos habilitados por la Administración del Principado de Asturias, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición adicional única del Real Decreto 689/2005, de 10 de junio. Artículo 6.—Documento acreditativo de la habilitación. La persona titular de la Dirección del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales expedirá un documento oficial que acredite la habilitación, con el formato que se determine reglamentariamente por la Consejería competente en materia de prevención de riesgos laborales.
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Artículo 7.—Período de validez y pérdida de efectos de la habilitación. 1. La habilitación a que se refiere el presente Decreto tendrá un período de validez indefinido, salvo resolución de revocación dictada por la misma autoridad que la confirió, a propuesta de la Dirección del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales. 2. La habilitación quedará sin efecto en los siguientes supuestos: a) Cuando el personal habilitado deje de desempeñar labores técnicas en prevención de riesgos laborales en el Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales. b) Cuando el personal habilitado no realice las tareas o actividades para las que fue específicamente habilitado o las ejecute de forma inadecuada o no ajustada a las instrucciones y directrices fijadas por el órgano habilitante, o se incumplan los deberes previstos en el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero. c) Cuando el personal habilitado no ajuste su actuación a los planes, programas y criterios establecidos por la Comisión Territorial de la Inspección de Trabajo o del grupo de trabajo específico que ésta establezca al efecto. d) En caso de ineptitud sobrevenida y demás supuestos previstos en la legislación vigente. 3. La pérdida de efectos de la habilitación se declarará previa tramitación del correspondiente procedimiento, que se iniciará de oficio y en el que se dará audiencia al interesado o interesada en la forma prevista en los artículos 84 y 85 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. 4. Iniciado el procedimiento de revocación, la autoridad que otorgó la habilitación podrá acordar la suspensión provisional de la habilitación, para asegurar los efectos de la resolución que pudiera recaer. 5. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de revocación será de un mes a contar desde la fecha del acuerdo de iniciación del procedimiento. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Disposición adicional única. Fichero automatizado de datos 1. La información contenida en los expedientes de habilitación de los funcionarios y funcionarias a que se refiere este Decreto, se incluirá en un fichero automatizado de datos, de carácter personal, cuyas características se establecerán mediante Resolución, que será dictada por la persona que ostente la titularidad de la Consejería competente en materia de prevención de riesgos laborales, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. 2. El acceso a estos datos y su publicidad se regirá por lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y en la normativa que regule los ficheros automatizados de carácter personal gestionados por la Consejería competente en materia de prevención de riesgos laborales. Disposición transitoria única. Habilitación provisional Durante el primer año desde la entrada en vigor del presente Decreto y para el supuesto de que el número de solicitudes presentadas sea inferior al número de funcionarios
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o funcionarias a habilitar según lo establecido en la resolución de inicio a la que se refiere el artículo 3.1 del presente Decreto, la Dirección del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales podrá proponer la habilitación con carácter obligatorio de aquel personal funcionario que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 2. Disposición final primera. Facultad de desarrollo Se faculta a la persona que ostente la titularidad de la Consejería competente en materia de prevención de riesgos laborales para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este Decreto. Disposición final segunda. Entrada en vigor El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Dado en Oviedo, a 25 de abril de 2007.—El Presidente del Principado, Vicente Alvarez Areces.—El Consejero de Justicia, Seguridad Pública y Relaciones Exteriores, Francisco Javier García Valledor.—7.043.
• AUTORIDADES Y PERSONAL CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION PUBLICA:
RESOLUCION de 26 de febrero de 2007, de la Viceconsejería de Presupuestos y Administración Pública, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, en turno de promoción interna y régimen de contratación laboral por tiempo indefinido, de una plaza de Técnico/a Grupo A (Técnico/a Informático/a) (112). En cumplimiento del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de junio de 2006 aprobatorio de la Oferta de Empleo Público para dicho año, de conformidad con las atribuciones conferidas por el art. 15 de la Ley 8/2001, de 15 de octubre, de creación de la Entidad Pública 112 Asturias, así como del Convenio de Colaboración de 18 de noviembre de 2004, por el que dicha entidad encomienda la gestión de sus procesos selectivos al IAAP y por de conformidad con lo prevenido en la Ley y Decretos que se citarán en la base primera y en uso de la delegación conferida por Resolución del titular de la Consejería de 1 de marzo de 2004, RESUELVO Convocar las pruebas selectivas para la provisión de las plazas que se dirán, con sujeción a las siguientes BASES
Primera.—Objeto y normas de aplicación La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, en turno de promoción interna y régimen de contratación laboral por tiempo indefinido, de una plaza de Técnico/a Grupo A (Técnico/a Informático/a) (112), por el procedimiento de concurso-oposición y conforme a estas bases, la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de Función Pública de la Administración del Principado de Asturias, el Reglamento de Selección e Ingreso de personal al servicio de dicha Administración aprobado por Decreto 68/1989, de 4 de mayo (en lo sucesivo Reglamento), el Decreto 111/2005 de 3 de noviembre de la Consejería de Economía y Administración Pública sobre registro telemático y el Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Entidad 112 Asturias, que resulte de aplicación.
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Segunda.—Requisitos para concurrir Para la admisión a la realización de estas pruebas selectivas, cada aspirante deberá reunir los siguientes requisitos: 1. Poseer la condición de trabajador o trabajadora integrado integrado en el vigente Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Entidad 112 Asturias como personal laboral fijo y en activo, o en situación de reserva de puesto del ámbito del Convenio, del Grupo B o A en cualquiera de sus categorías, siempre que sea distinta de la convocada y dentro de su área funcional, que reúna los requisitos exigidos y posea una antigüedad mínima de dos años en la categoría de conformidad con lo establecido en el mencionado convenio. 2. No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas. 3. No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar. 4. Título de Ingeniero/a Informático/a o equivalente. 5. Pago de la tasa de inscripción en cuantía de 32,47 euros. Las personas con discapacidad serán admitidas en condiciones de igualdad con los demás aspirantes salvo que la restricción padecida las hiciera incumplir el precedente requisito 3. Los expresados requisitos de participación deberán poseerse el día final del plazo de presentación de solicitudes previsto en la base siguiente y mantenerse en la fecha de toma de posesión, acreditándose previamente a ésta según establece la base octava. Para evitar discrepancias en los cómputos de antigüedad, tanto esta como los méritos a valorar en la fase de concurso de acuerdo a lo especificado en la base sexta, se referirán también al día final del plazo de presentación de solicitudes previsto en la base siguiente. Tercera.—Documentación a presentar y plazos y modos de presentación Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas podrán hacerlo de las siguientes formas: Solicitud telemática: Será posible la solicitud de inscripción en pruebas selectivas a través de Internet, en el plazo de 20 días hábiles desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, siguiendo el siguiente procedimiento: 1. Acceda al portal de la Administración del Principado de Asturias: www.asturias.es/iaap. En el apartado de Selección de personal, elija la opción “Solicitud telemática”. A continuación seleccione la convocatoria en la que desea inscribirse de las que figuran en plazo de solicitud. 2. Cumplimente el formulario con la información solicitada. Podrá precargar su información personal en el formulario si se identifica con cualquier de los mecanismos permitidos (clave SAC, certificado digital o DNI electrónico). 3. Revise que la información introducida es la correcta y acepte la cláusula de declaración de que los datos aportados son verdaderos.
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4. De manera automática podrá realizar el pago telemático que le permitirá abonar la tasa por derechos de examen. Efectúe dicho pago introduciendo el número de su tarjeta de crédito o débito. Las permitidas son: Visa, Mastercard, Maestro/Red 6000. 5. Una vez realizados estos pasos, recibirá la confirmación de que su solicitud se ha registrado satisfactoriamente. Imprima y conserve el justificante de su inscripción. Solicitud presencial: Si desea realizar este proceso de forma presencial deberá aportar los siguientes documentos. 1. Instancia o solicitud, cumplimentada en impreso normalizado. Este modelo, único válido para solicitar la participación en las pruebas selectivas, se puede obtener en: — Internet, en el portal corporativo: www.asturias.es/iaap enlace Selección de personal. — Las dependencias del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, calle Julián Clavería, número 11, de Oviedo (código postal 33006). — La Oficina de Atención Ciudadana del Principado de Asturias, sita en la planta plaza del Edificio Administrativo de Servicios Múltiples ( EASMU) del Principado, calle Coronel Aranda número 2, de Oviedo (código postal 33005). Las personas con discapacidad que con justificación suficiente lo hagan constar en la solicitud, podrán obtener las adaptaciones necesarias de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, para ello deberán hacer constar el grado de discapacidad y el diagnóstico emitido en el dictamen facultativo técnico. El Tribunal examinará y resolverá motivadamente tales peticiones, pudiendo requerir a dicho efecto el oportuno informe del órgano técnico competente de la comunidad autónoma. 2. Autoliquidación de la tasa por inscripción, cumplimentada en impreso normalizado 046. El impreso 046, “Autoliquidación de tasas y otros ingresos”, se puede obtener en los mismos lugares que la instancia de solicitud y su falta de presentación o de pago determina la exclusión del aspirante. En el caso de Internet, la navegación para obtener el impreso normalizado de autoliquidación 046 ha de ser la siguiente: www.asturias.es/iaap --› enlace “Selección de Personal” --› enlace “Modelo tributario 046 de autoliquidación de tasas” La cumplimentación del impreso así obtenido puede hacerse on-line o en local (pdf), debiendo en todo caso imprimirse y presentarse en soporte papel. La presentación del modelo 046-A1 en ningún caso sustituye el trámite de presentación de la instancia de solicitud, que debe hacerse en tiempo y forma. En el impreso 046, el presentador deberá cumplimentar, obligatoriamente, los siguientes datos: • En el apartado “FECHA DE DEVENGO” --› (1) dd/ mm/ aaaa, la fecha en que realiza el pago de la tasa. • En el apartado “DATO ESPECIFICO”: (2) En “Centro gestor” --› 12 02 (3) En “Aplicación” --› 12 01 322003 (4) En “Ejercicio” --› 2007 • En el apartado “DECLARANTE / SUJETO PASIVO” --› todos los datos de los campos 6 al 17, imprescindibles para identificar al aspirante y para localizarle en el caso de tener que realizarse alguna subsanación. • En el apartado “DETALLE DE LA LIQUIDACION”: (18) En “Descripción” --› Tasa por inscripción en las pruebas de acceso a la función pública.
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(19) En la columna de “Descripción concepto” --› Una plaza de Técnico/a Grupo A (Técnico/a Informático/a) (112). En la columna de “Importe” --› 32,47 euros. El pago de la tasa de inscripción podrá realizarse: a) En la ventanilla de entidades financieras colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Administración del Principado de Asturias, previa presentación del original del impreso normalizado 046. La relación de entidades colaboradoras puede verse en Internet, con la siguiente navegación: www.asturias.es --› enlace “Temas: Economía y Finanzas” --› enlace “Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias” --› enlace “Portal Tributario” --› enlace “Información tributaria” --› enlace “Presentación y pago” --› enlace “Tributos propios” --› enlace “Tasas-entidades colaboradoras”. b) Por Internet con la siguiente navegación: www.asturias.es --› enlace “Temas: Economía y Finanzas” --› enlace “Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias” --› enlace “Portal Tributario” --› enlace “Oficina Virtual” --› enlace “Pagos telemáticos”, o bien directamente desde “Modelos tributarios” si se ha optado por cumplimentar previamente el impreso “on line”. El modelo 046 debidamente cumplimentado, y una vez pagado, sirve como resguardo del pago realizado, salvo en el pago por Internet, en cuyo caso el justificante de pago telemático debe presentarse junto con el modelo 046. 3. Los datos referentes al grupo, categoría de pertenencia y antigüedad en la misma, así como la acreditación de los méritos resultantes de la antigüedad en la categoría desde la que se concursa, los solicitará el IAAP de oficio y en su momento a la Dirección General de la Función Pública o, en su caso, al servicio equivalente del organismo autónomo de pertenencia. El/la aspirante deberá señalar en la instancia el centro en el que presta servicios en la actualidad de forma que el IAAP tenga constancia del organismo al que debe solicitar dicha certificación, la omisión de dicho dato será causa de exclusión. 4. Los documentos acreditativos de los cursos de formación y, en su caso, demás méritos que se aleguen para la fase de concurso se aportarán en original o fotocopia compulsada o adverada, en el plazo de 10 días hábiles a partir de la publicación de la última lista publicada en la fase de oposición, acompañados de escrito dirigido al Tribunal de la convocatoria que se trata y de los datos personales de la persona interesada (existirá un modelo disponible en www.asturias.es/iaap apartado de Selección de personal). En el caso de la formación impartida por el IAAP, no será preciso aportar la documentación, el Tribunal recabará asimismo en su momento, dicha información de oficio. Para las personas que opten por la solicitud presencial, los documentos relacionados en los puntos primero y segundo (solicitud y modelo 046) se presentarán en el Registro General Central de la Administración del Principado de Asturias, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días hábiles desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Cuarta.—Admisión-exclusión de aspirantes Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias la resolución de la Dirección del Instituto Asturiano de
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Administración Pública “Adolfo Posada” por la que se aprueba la lista de personas admitidas y excluidas, con indicación del defecto motivador de la exclusión y el plazo de subsanación si ésta fuere posible, transcurrido el cual sin efectuarla se producirá la caducidad del derecho. Dicha resolución señalará igualmente los medios, lugares y tablones de anuncios donde la relación completa de aspirantes queda expuesta al público, el lugar, día y hora de comienzo de las pruebas y, en su caso, el material o equipamiento del que los/las opositores/as habrán de venir provistos. Cuando se considere que el número de aspirantes impide su examen en una única sesión, al elevar a definitiva la lista provisional se señalarán de modo concreto los días y horas para los que, a partir del indicado como de comienzo, quedarán convocadas las personas opositoras que hayan de realizar la prueba en fechas sucesivas.
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Los ejercicios serán leídos por cada aspirante en sesión pública, cuyo lugar, día y hora serán determinados por el Tribunal, que los comunicará de viva voz a las personas presentadas a esta prueba antes de su conclusión. Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos teórico-prácticos, relacionados con las materias del programa cuyo contenido y tiempo máximo de duración decidirá el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo y que versarán sobre las funciones propias de un/a Técnico/a Grupo A (Técnico/a Informático/a). Los ejercicios serán leídos por cada aspirante en la misma forma que el ejercicio anterior, si bien en este caso, el Tribunal podrá dialogar con cada persona por tiempo máximo de cinco minutos exclusivamente sobre aspectos concretos relacionados con el supuesto.
No obstante, si en cualquier momento posterior a la aprobación de la referida lista, incluso durante la celebración de la prueba, se advirtiere en las solicitudes de los/as aspirantes inexactitud o falsedad que fuere causa de exclusión, ésta se considerará defecto insubsanable proponiéndose al órgano que convoca que resuelva tal exclusión.
A efectos de calificación el Tribunal valorará la formación general y los conocimientos concretos puestos de manifiesto al resolver los supuestos planteados, la capacidad de análisis y raciocinio y el orden y claridad de las ideas desarrolladas. En las pruebas que, por su índole, no sean susceptibles de apreciación tales cualidades, se atendrá a la exactitud en los resultados.
Quinta.—Tribunal calificador
Excepto el caso de que se suscitare decisión unánime o consensuada del Tribunal, la calificación de la prueba se obtendrá por la media aritmética de las otorgadas por cada uno de sus miembros. Si entre éstas resultare diferencia superior al 30% de la máxima puntuación posible, se excluirán una calificación parcial máxima y otra mínima, aplicándose la media de las restantes.
Su designación se efectuará en la resolución a que se refiere la base anterior y para su constitución y actuación válida se requerirá la presencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes, y en todo caso la de las personas que ocupen la Presidencia y la Secretaría. Las personas designadas deberán abstenerse de actuar, si en ellos concurriera alguna de las circunstancias del artículo 28.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o la del artículo 13 apartado 1 del Reglamento. Por esas mismas causas podrán ser recusadas por los/as aspirantes, resolviéndose la recusación con arreglo a lo previsto en el artículo 29 de la citada Ley. Si se estimare necesario podrán designarse asesores especialistas, que actuarán con voz y sin voto.
B) Fase de concurso Tendrá carácter obligatorio y no eliminatorio. En ella, el Tribunal valorará, con referencia a la fecha fin de plazo de presentación de instancias, los méritos establecidos en el artículo 39.4.C del vigente Convenio Colectivo y que hubieran sido alegados y justificados documentalmente por los/as aspirantes en los plazos y del modo prevenido en esta convocatoria, a cuyo efecto se tendrá en cuenta el siguiente baremo:
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal calificador tendrá su sede en el IAAP “Adolfo Posada”, sito en la c/ Julián Clavería 11, 33006, Oviedo. Asimismo, será en el tablón de anuncios de dicho organismo así como en el del Servicio de Atención Ciudadana, donde se efectuarán las sucesivas publicaciones.
a) Por antigüedad en la categoría desde la que concursa, a razón de 0,45 puntos por cada año de servicios efectivamente trabajados hasta un máximo de 4,5 puntos. A estos efectos la antigüedad del personal a tiempo parcial se computará por años completos con independencia de la duración del periodo efectivo de trabajo establecido en los respectivos contratos.
Sexta.—Estructura y calificación de las pruebas
b) Por pertenecer a categoría del grupo inmediatamente inferior en el mismo área funcional: 0,5 puntos.
La fase de concurso únicamente será valorada si el o la aspirante ha superado la puntuación mínima establecida en la fase de oposición, la cual tiene carácter obligatorio y eliminatorio. A) Fase de oposición Cada uno de los ejercicios se evaluará por el sistema de puntos, entre 0 y 10, requiriéndose para aprobar obtener la mitad de la puntuación máxima posible. Las personas que no alcancen dicho mínimo serán calificadas como no aprobadas y quedarán excluidas del proceso selectivo. Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo escrito, en tiempo máximo de cuatro horas, de tres temas comunes para todas las personas, que serán insaculados al azar por el Tribunal entre los comprendidos en el programa anexo, uno de la parte general y dos de la parte específica que no podrán pertenecer al mismo apartado. Los/as aspirantes, dispondrán de diez minutos previos, no deducibles del tiempo, para redacción de notas o esquemas que podrán usar en el desarrollo del ejercicio.
c) Por estar en posesión de la titulación específica de la plaza a la que concurra: 2 puntos, o por hallarse en posesión del mismo nivel de titulación que el exigible para la plaza de que se trate: 1 punto. d) Por conocimiento del puesto, hasta un máximo de 1,5 puntos por el siguiente concepto: d-1) 0,075 puntos por cada mes de servicios prestados en la Entidad Pública 112 Asturias o en el extinto CEISPA realizando funciones propias de la categoría objeto de la convocatoria. e) Por otros méritos relacionados directamente con la plaza a ocupar, tales como títulos y cursos de formación, hasta un máximo de 1,5 puntos distribuidos de la siguiente forma: e-1) 0,35 puntos por cada título expedido por centros docentes oficiales que acrediten un especial conocimiento de las funciones asignadas a la categoría de la plaza o plazas objeto de la convocatoria.
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e-2) Cada certificado o diploma expedido por administraciones públicas u organismos públicos, por otros organismos que impartan acciones formativas con reconocimiento oficial, o acogidos a Planes de Formación Continua para empleados públicos, que acrediten la asistencia a cursos de formación o perfeccionamiento sobre materias relacionadas directamente con las funciones asignadas a la plaza o plazas objeto de la convocatoria, se puntuará con arreglo al siguiente baremo: • Certificado de asistencia: cursos hasta 15 horas, 0.05 puntos; de 16 a 35 horas, 0,10 puntos; de 36 a 60 horas, 0,15 puntos y aquellos con duración superior a 60 horas, 0,20 puntos. • Certificado de aprovechamiento: cursos de 15 a 30 horas, 0,15 puntos; de 31 a 40 horas, 0,20 puntos y aquellos con duración superior a 40 horas, 0,25 puntos. Los puntos obtenidos se sumarán a los alcanzados en la fase de oposición, a fin de concretar la relación definitiva de personas aprobadas y de establecer el orden de prioridad entre las mismas, entendiéndose que han superado el proceso selectivo y por tanto que quedan incluidos en la aludida relación únicamente las que, en número nunca superior al de plazas a cubrir, hubiesen logrado las mayores puntuaciones acumuladas. Séptima.—Su desarrollo Las pruebas que no podrán comenzar antes de un mes desde esta publicación, se celebrarán en el lugar, día y hora que establezca la resolución a que se refiere la base cuarta. Conforme al resultado del sorteo público celebrado el día 18 de julio de 2006, la actuación de los/as aspirantes se iniciará por la letra “R”, o en su defecto la siguiente, del primer apellido. En cada prueba la comparecencia de los/as aspirantes será requerida de viva voz y en llamamiento único (en los de realización simultánea, todas las personas al comienzo; en los de realización sucesiva y en la lectura pública de ejercicios, paulatinamente según el orden de actuación), determinando la exclusión de quienes no comparezcan en el acto. No obstante, en caso de asistencia masiva a pruebas de realización simultánea, el Tribunal podrá decidir un segundo llamamiento acto seguido para la correcta acomodación de todos los/as aspirantes. Al término de cada ejercicio se hará pública la relación de personas aprobadas en el mismo con expresión de la puntuación obtenida por cada uno y, en su caso, se efectuará la convocatoria para la realización de la siguiente, todo ello en los términos del art. 27, apartado 2 del Reglamento y mediante exposición de los correspondientes anuncios en el Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada” y en el Servicio de Atención Ciudadana. Si resultare igualdad de puntuación final de dos o más personas, que afectara al orden de prioridad en la propuesta prevenida en la base siguiente o que implicare la necesidad de excluir a alguna o algunas de ellas de la referida propuesta, la prioridad se dirimirá atendiendo a la puntuación en la fase de oposición. De persistir el empate se primará a quien provenga del grupo inferior y si continua el mismo se celebrará, en plazo máximo de cinco días hábiles, de una prueba adicional de carácter obligatorio que el Tribunal decidirá, siempre relacionada con las funciones propias de la plaza convocada. Octava.—Propuesta, contratación y toma de posesión Concluidas las calificaciones, el Tribunal hará pública, por orden de puntuación y en número no superior al de plazas convocadas, la relación de quienes hayan superado el proceso
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selectivo y la elevará a quien ostente la presidencia de la Entidad 112 Asturias con propuesta de contratación. Dicha contratación podrá ser a tiempo completo, parcial o para determinados períodos del año, en función de los puestos que vayan a ser objeto de provisión. La prioridad en la elección de destino inicial corresponderá a los/as aspirantes en razón directa al orden de puntuación obtenido. Dentro de los 20 días naturales desde el siguiente hábil al de la publicación de la lista, las personas propuestas presentarán en el Registro de la Entidad Pública 112 Asturias, (La Morgal, s/n, Llanera) los siguientes documentos, en original o fotocopia, para su compulsa y devolución, en su caso, sometiéndose a las prevenciones del art. 29 del Reglamento: 1. El documento acreditativo de la titulación exigida para concurrir, salvo en el caso de que la participación hubiera tenido lugar de conformidad con lo establecido en el artículo 31.3 del Convenio Colectivo para el Personal de la Entidad Pública 112 Asturias. 2. Los/as aspirantes que hayan obtenido plaza y que hubieran manifestado su situación de discapacidad con el fin de obtener adaptación de tiempos y medios para la realización de los ejercicios deberán presentar certificación acreditativa de su condición expedida por el organismo competente de la Comunidad Autónoma, referida a la fecha de conclusión del plazo de presentación de solicitudes. La falta de presentación de esta certificación, o si ésta fuera negativa, supondrá su exclusión de la propuesta de nombramiento, decayendo en su derecho. Una vez resuelto el procedimiento selectivo, la Administración se compromete a publicar, con la mayor brevedad posible, la adjudicación de los destinos, a partir de la que se procederá, en un plazo máximo de siete días a la firma de los contratos. Decaerán en su derecho por la inobservancia de tal plazo, excepto la eventual solicitud y concesión de prórroga por causa justificada. En los supuestos de licencia, con suspensión de contrato de trabajo, el plazo para la formalización del contrato comenzará a contarse desde el momento en que desaparezca la causa que da lugar a la licencia. Novena.—Norma final Sin perjuicio de su revisión de oficio, contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Viceconsejero de Presupuestos y Administración Pública en el plazo de un mes desde su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde dicha publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos. Los actos del Tribunal pueden ser objeto de recurso de alzada ante la autoridad que nombre a su Presidente/a en el mismo plazo y su resolución agotará la vía administrativa. Oviedo, a 26 de febrero de 2007.—El Viceconsejero de Presupuestos y Administración Pública (P.D. Resolución de 1 de marzo de 2004, BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 15 de marzo).—7.600.
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Anexo (programa) La normativa reguladora de las materias comprendidas en este programa se entenderá referida a la vigente el día de la publicación en el BOPA de la resolución que señale el comienzo de las pruebas. PARTE GENERAL
1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Derechos y Deberes fundamentales. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado. 2. El Estatuto de autonomía de Asturias: Idea general. La organización institucional del Principado de Asturias. La Junta General del Principado. La Presidencia y el Consejo de Gobierno. 3. La administración pública del Principado de Asturias. Competencias, funciones y organización. La administración local. El concejo. Especial referencia a las competencias del Principado de Asturias en la administración local. 4. El personal al servicio de la Administración del Principado. Clases de Personal. El personal Laboral, El Convenio Colectivo de la Entidad Pública “112 Asturias”. 5. Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil (BOE núm. 22, de 25 de enero de 1985). 6. Ley del Principado de Asturias 8/2001, de 15 de octubre, de regulación del servicio público de atención de llamadas de urgencia y de creación de la Entidad Publica ”112 Asturias. Modificada por Ley 6/2003, de 30 de diciembre, BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias 301 (31-12-2003). 7. Definición y estructura de los Sistemas de Información. 8. La información en las organizaciones. Las organizaciones basadas en la información. La administración como caso específico de este tipo de organización. 9. La comunicación en las organizaciones complejas. Captación, flujo y aprovechamiento de la información. Consecuencias del funcionamiento deficiente de los Sistemas de Información. 10. Los procesos de modernización de las administraciones públicas. La calidad de los Servicios. 11. Pautas medioambientales, ergonómicas y de accesibilidad en la adquisición y empleo de bienes y servicios de tecnologías de la información. 12. Estrategia Regional para la Sociedad de la Información. El Observatorio Regional de la Sociedad de la Información. El Plan Director de Infraestructuras y Servicios TIC 2004-2006. 13. Infraestructuras de radiocomunicaciones. Normativa aplicable en Asturias. PARTE ESPECIFICA
14. Tipos de sistemas informáticos: Grandes ordenadores, miniordenadores, estaciones de trabajo, ordenadores de trabajo y ordenadores personales. Servidores de ficheros, datos y de aplicaciones. 15. Software de código abierto. Software libre. Conceptos base. Aplicaciones entorno ofimático y servidores web. 16. Sistemas Operativos: UNIX-LINUX. Entorno S.O. Microsoft. (Server/cliente). 17. Redes de área local y extensa. Topologías físicas y lógicas. Medios de transmisión. Técnicas de transmisión. Métodos de acceso. Control de enlace lógico (IEEE 802.2). Estándares IEEE 802.1 (802.1Q, 802.1p, 802.1X, 802.1w). Gestión de redes de área local. Evolución y tendencias.
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18. Redes Intranet y Extranet. Concepto, Estructura y características. Su implantación en las organizaciones. Modelo de capas: Servidores de aplicaciones, servidores de datos, granjas de servidores. 19. Arquitecturas de comunicaciones para redes de datos. Protocolos. Clasificación de protocolos. 20. Redes y técnicas de conmutación. Análisis y evolución. Comparación de técnicas de conmutación. 21. Redes de Conmutación de paquetes. Modo datagrama y circuito virtual. Técnicas de encaminamiento, métodos y algoritmos. Control de tráfico y control de errores. Recomendación X.25. 22. Frame Relay. Arquitectura de red. Equipamiento. 23. Modo de transferencia asíncrono. Arquitectura de red. Equipamiento. Emulación de redes de área local. 24. Tecnologías xDSL. Alternativas y tendencias. 25. Redes de conmutación de circuitos. Tipos, sincronización. Jerarquía Digital Sincrona. JDS. 26. Redes IEEE 802.3 y derivados (802.3i, 802.3u, 802.3ab, 802.3an, 802.3x). 27. Redes inalámbricas. WPAN (Bluetooth, IEEE 802.15 y UWB) WLAN (IEEE 802.11 y WiFi), WMAN (IEEE 802.16 y WiMax), WWAN (IEEE 802.20). 28. Interconexión de redes. Arquitecturas de interconexión a nivel de enlace. Arquitecturas de interconexión a nivel de red. Interoperabilidad de redes heterogéneas. 29. Arquitectura de comunicaciones TCP/IP. Protocolo IP. Protocolos ARP y RARP. Protocolo ICMP. 30. Protocolos de encaminamiento en Redes IP. Sistemas autónomos. Protocolos de encaminamiento internos y externos. Puntos de intercambio. 31. Evolución del Protocolo IP. Protocolo IP versión 6. 32. Protocolo de transporte en TCP/IP. TCP. UDP. 33. Aplicaciones sobre TCP/IP: telnet, DNS, ftp, http. 34. Bases de Datos. Tecnologías de acceso a información distribuida: Modelos y estructuras de Base de Datos; conectividad de Bases de Datos. 35. Redes de datos y voz para servicios de emergencia y cuerpos de seguridad, tecnologías de acceso y transporte. Aplicaciones y requisitos. 36. Redes corporativas de voz. Alternativas y Tendencias. Centros de atención a usuarios. Integración CTI. 37. Integración de voz, datos e imágenes. Servicios multimedia. Estándares. Equipamiento y aplicaciones. Streaming. 38. Tratamiento de imágenes. Características de la señal. Técnicas de transmisión. 39. Servidores www: Tipos, características, configuración y explotación. 40. Internet. Organización. Protocolos. Servicios. Estándares de facto. Sistema de nombres de dominio. Tendencias y perspectivas de futuro. 41. Gestión de proyectos. Modelos de dirección. Planificación de los proyectos: Métodos y herramientas. Métodos de estimación de costes y recursos. Control y seguimiento de los proyectos. 42. Sistemas de cableado, Infraestructuras comunes para servicios de TIC-SI. Legislación. Proyectos, certificaciones y trámites administrativos equipos de interconexión de red.
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43. La seguridad física, lógica en las tecnologías de la información: Objetivos. estrategias políticas, organización y planificación. 44. Plan de contingencias de una instalación. Política de seguridad. Arquitecturas para sistemas seguros en alta disponibilidad. 45. Arquitecturas de almacenamiento: Sistemas de almacenamiento masivo (discos magnéticos, discos ópticos, cintas). Sistemas NAS y SAN. Memorias (RAM, ROM, Cache, Flash, Virtual). 46. Auditoria Informática: Concepto y contenidos. Normas técnicas y estándares. Planeamiento, organización, infraestructura técnica y prácticas operativas. 47. Protección de activos de información, recuperación de desastres y continuidad del negocio. Desarrollo, adquisición, implementación y mantenimiento de sistemas. 48. Elementos conceptuales y arquitectura de sistemas abiertos. Sistemas abiertos y normalización de facto. 49. Política comunitaria de sistemas abiertos. La política comunitaria de normalización. La decisión 87/95/CEE del Consejo de las CC.EE. 50. Aplicaciones e integración de los sistemas de información geográfica. (GIS) en redes de emergencia. Modelos, funcionalidades, aplicaciones. 51. Modelo de Comunicaciones. Componentes y subsistemas básicos en sistemas de comunicaciones A/D. El concepto de información. Volumen y medida de la información. Características de la comunicación. 52. La Metodología de planificación y desarrollo de sistemas de información Métrica del Consejo Superior de Informática. 53. Métrica de la Sociedad de la Información. Indicadores característicos del sector de las telecomunicaciones y la Sociedad de la Información. Valores regionales en comparación con otros ámbitos y zonas geográficas. 54. La legislación de protección de datos de carácter personal en redes públicas de servicios de emergencias. La directiva 95/96CE. La Ley Orgánica de protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). El Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal. La Agencia de Protección de datos. 55. Red Digital de Servicios Integrados. Accesos Básicos y Primarios. Servicios. 56. Gestión de la atención a clientes: Call Center, Contact Center, CRM (Customer Relationship Management). Centros de excelencia. Gestión del tráfico y planificación. 57. Proyectos de infraestructura interna de redes y telecomunicaciones en edificios. Normas, estructura, control de calidad. 58. Interconexión de redes: concentradores (hubs), repetidores (repeaters), puentes (bridges), encaminadotes (routers) pasarelas (gateways), conmutadores (switches). 59. Fibra óptica: Tipos, características. Transmisión por fibra óptica. Equipamiento optoelectrónico. Situación actual. DWDM. 60. Redes de emergencia, Integración de sistemas de radiocomunicaciones móviles para grupos cerrados de usuarios para grupos cerrados de usuarios. Sistemas analógicos y digitales. PMR. MPT1327. TETRAPOL. TETRA y TETRA versión 2. 61. Aplicaciones de localización en redes de emergencias. Sistemas globales de navegación por satélite. GPS. DGPS. Galileo. Aplicaciones en redes de emergencias.
62. Arquitectura de desarrollo en la EB. Tecnología NET. Tecnología JAVA. 63. Sistemas de telecomunicación para zonas rurales. Alternativas de banda ancha para el entorno rural. 64. Los sistemas de cableado estructurado. Subsistemas. Planificación e instalación. Materiales y evolución futura. 65. Sistemas de señalización. Señalización por canal asociado y por canal común. Sistema de señalización ITU-T n.º 7. Servicios y arquitectura de red inteligente. 66. Sistemas de cableado y equipos de interconexión de red. 67. El modelo de referencia de interconexión de sistemas abiertos (OSI) de ISO. Su implantación en las organizaciones. 68. Redes de área local. Redes de área Extensa. 69. Convergencia de redes y servicios de Telecomunicaciones. Convergencia IP. Calidad de servicio en redes IP. Telefonía sobre IP. 70. Redes de acceso de abonado. Regulación del acceso de abonado. Comparativa de bucle de abonado cableado: xDSL , HFC, PLC, FTTx. Comparativa de bucle de abonado inalámbrico: MMDS, LMDS,WiFi, WiMax. 71. Transmisión por canales digitales. Tipos. Interfaces. Recomendaciones. 72. Redes de comunicaciones por satélite y sus aplicaciones en emergencias. Características. Balance de los enlaces. 73. Redes de telecomunicaciones por cable. Arquitectura de red. Servicios soportados e integración de servicios. 74. Sistemas radiantes. Parámetros básicos. Tipos de antenas. 75. Sistemas y tecnologías de radiocomunicaciones. Modos de propagación de ondas radioeléctricas. 76. Radiocomunicaciones móviles. Sistemas celulares. Sistemas por satélite. Sistemas de radiocomunicaciones móviles analógicas. Sistemas de radiocomunicaciones móviles digitales. DECT. TFTS. GSM. GPRS. 77. Gestión de los datos corporativos. Almacén de datos (Data-Warehouse). Arquitectura OLAP. Minería de datos. Generación de informes a la Dirección. —•— ACUERDO de 17 de mayo de 2007, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo de la Mesa General de Negociación sobre carrera y desarrollo profesional para los empleados públicos de la Administración del Principado de Asturias, excluido el personal estatutario fijo de los centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud del Principado de Asturias. Con fecha 27 de diciembre de 2006 la Administración del Principado de Asturias alcanzó un acuerdo sobre carrera y desarrollo profesional para los empleados públicos de la Administración, en el seno de la Mesa General de Negociación, con las Organizaciones Sindicales UGT, CEMSATSE y CCOO representadas en la misma. Los dos primeros apartados del mencionado acuerdo, referidos al personal estatutario fijo de los centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud del Principado de Asturias fueron aprobados por acuerdos de Consejo de Gobierno de fecha 28 de diciembre de 2006 y 25 de enero de 2007 (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 8 de marzo de 2007), por lo que procede la aprobación del apartado tercero referido al resto de los empleados públicos de la Administración del Principado de Asturias.
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De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 14.2 c) de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Administración del Principado de Asturias, el Consejo de Gobierno es competente para dar validez y eficacia a los acuerdos alcanzados con la representación sindical mediante su aprobación expresa y formal, en consecuencia el Consejo de Gobierno a propuesta del Consejero de Economía y Administración Pública, adopta el siguiente ACUERDO Primero.—Aprobar el Acuerdo de la Mesa General de Negociación sobre carrera y desarrollo profesional para los empleados públicos de la Administración del Principado de Asturias, excluido el personal estatutario fijo de los centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud del Principado de Asturias cuyo tenor es el siguiente: “Tercero: Establecer el compromiso de desarrollo de carrera y promoción profesional, una vez se disponga de los marcos normativos correspondientes, además del sanitario, para el resto de los empleados públicos de la Administración, que cumpla los requisitos de experiencia del primer nivel de encuadramiento y en tanto en cuanto éste no se produzca, aplicar al mismo un pago a cuenta de las cantidades establecidas para el personal de dicho nivel en el anexo II de los importes establecidos en el correspondiente grupo. El pago será efectivo en el 2007 y sucesivos, si bien el correspondiente al 2007 tendrá efectos retroactivos a 1 de enero del mismo año.” Segundo.—Ordenar la publicación del presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Dado en Oviedo, a 14 de mayo de 2007.—El Consejero de Economía y Administración Pública.—8.055. —•— INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACION PUBLICA “ADOLFO POSADA”
RESOLUCION de 11 de mayo de 2007, de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, por la que se aprueba la lista de personas admitidas y excluidas, la designación del Tribunal calificador y el comienzo de las pruebas selectivas para la provisión de 7 plazas de Auxiliar Administrativo/a (Hospital Monte Naranco), en turno libre y en régimen de contratación laboral por tiempo indefinido (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 10 de enero 2007). De conformidad con el art. 24 del Reglamento aprobado por Decreto 68/1989, de 4 de mayo, y las bases de la convocatoria, y en uso de la delegación conferida por Resolución del Ilmo. Sr. Consejero de Economía y Administración Pública de 1 de marzo de 2004,
lución, mientras que la relación completa de aspirantes se halla expuesta en el tablón de anuncios del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada” c/ Julián Clavería, 11, de Oviedo, y en el Servicio de Atención Ciudadana (Edificio Administrativo, c/ Coronel Aranda, 2, planta plaza, de Oviedo) teléfono 012 y 985 279 100 para fuera de Asturias, y en la página web de este Instituto: http://www.asturias.es Segundo.—Abrir un plazo de 10 días hábiles para que las personas interesadas puedan señalar posibles errores en la lista que se publica y para que, en su caso, las excluidas por defecto susceptible de subsanación puedan instar la misma. Transcurrido dicho plazo sin hacerlo decaerán de su derecho y quedará elevada a definitiva la referida lista, haciéndose pública dicha elevación en los tablones de anuncios de los organismos indicados en el apartado precedente. Tercero.—Designar el siguiente Tribunal calificador: Presidencia: María Angeles Cigarría Alvarez, titular, y María Rosario Duque Sainz Maza, suplente, ambas pertenecientes al Cuerpo Superior de Administradores del Principado de Asturias. Vocalías titulares: María del Carmen García García, Administrativa del Sespa; Fernando Vázquez Valdés, Jefe de Sección del Hospital Monte Naranco; María del Carmen García Obaya, Administrativa del Sespa. María José Bugallo Outes y Juan Manuel Montes García, ambos representantes sindicales. Vocalías suplentes: María Cruz Rodríguez Vidal, Auxiliar Administrativa del Sespa; Juan José Solano Jaurrieta, Jefe de Servicio Medicina Interna del Hospital Monte Naranco; María Dolores Herrera Pérez, Administrativa del Sespa. María Teresa Fernández García y José Antonio Rodríguez Tarno, ambos representantes sindicales. Secretaría: Marcos Herreras Sánchez, titular, y Carlos Franco García, suplente, ambos pertenecientes al Cuerpo Superior del Principado de Asturias. Cuarto.—Comenzar las pruebas el día 9 de junio de 2007, a las 10 horas, en la Facultad de Económicas, sita en el Campus del Cristo de Oviedo, según distribución por aulas y facultades que se harán públicas con la lista definitiva. Oviedo, a 11 de mayo de 2007.—La Directora del I.A.A.P. (P.D. Resolución de 1-3-2004; BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 15-3-2004).—7.807.
RESUELVO
Anexo
Primero.—Aprobar la lista certificada de personas admitidas y excluidas al concurso-oposición convocado para la provisión de 7 plazas de Auxiliar Administrativo/a (Hospital Monte Naranco), en turno de acceso libre, en régimen de contratación laboral por tiempo indefinido, resultantes de acumular, a 5 convocadas para este turno, 2 plazas que quedaron desiertas en el turno de promoción interna.
Pruebas selectivas para la provisión, en turno de libre, de 7 plazas de Auxiliar Administrativo/a (Hospital Monte Naranco). turno libre, en régimen de contratación laboral por tiempo indefinido (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 10 de enero de 2007)
La relación de personas excluidas, junto con el defecto motivador de la exclusión, se publica como anexo a esta Reso-
Personas excluidas: Ninguna.
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• OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION PUBLICA:
RESOLUCION de 25 de abril de 2007, de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, por la que se remite expediente administrativo y se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado 244/2007, interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Oviedo, por don Felipe Lucas Soto. Por parte del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Oviedo, se ha recibido requerimiento en relación con el recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado número 244/2007, interpuesto por don Felipe Lucas Soto, contra la Resolución de fecha 2-2-07, sobre calificación de pruebas selectivas de la bolsa de empleo temporal, en la categoría de Titulado de Grado Medio (ATS/DUE) (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 26-10-2006). En cumplimiento de dicho requerimiento y de acuerdo con lo establecido en los artículos 48 y 49 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa por la presente, RESUELVO Primero.—Remitir el expediente administrativo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 5 de Oviedo. Segundo.—Emplazar a todas las personas interesadas en el expediente para que puedan comparecer y personarse en autos ante el referido Juzgado, de forma legal, y en plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la presente Resolución, sin que su personación pueda retrotraer ni interrumpir el curso de los mismo. Tercero.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Oviedo, a 25 de abril de 2007.—La Directora del IAAP “Adolfo Posada” (P.D. Resolución 1 de marzo de 2004, BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 15 de marzo de 2004).—7.230. CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA:
RESOLUCION de 4 de abril de 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se aprueba la 1.ª programación ordinaria de formación profesional ocupacional y se conceden las subvenciones correspondientes a entidades y centros colaboradores para la ejecución de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional en el año 2007, cofinanciados por el Fondo Social Europeo. En virtud del Real Decreto 2088/1999, de 30 de diciembre (BOE de 4 de febrero de 2000) se traspasaron al Principado de Asturias las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de gestión de la formación ocupacional. En los términos previstos en la Resolución de la Consejería de Educación y Ciencia de 19 de diciembre de 2006 (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias 29 de diciembre de 2006) por la que se convoca la participación de entidades y centros colaboradores en la programación del año 2007, se ha tramitado el expediente de concesión de subvenciones para la ejecución de cursos de formación ocu-
pacional, como primera programación del año 2007 del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional cofinanciado por el Fondo Social Europeo. Según lo previsto en la base octava de la citada convocatoria pública por la que se convoca la participación de entidades y centros colaboradores en la programación del PNFIP 2007, la Comisión de Valoración constituida por Resolución de 22 de marzo de 2007, del Consejero de Educación y Ciencia, reunida el 27 de marzo del presente propuso la inclusión en programación y concesión de subvenciones a las entidades y por los importes relacionados en anexo a la presente propuesta . De conformidad con lo previsto en el artículo 3.2 del citado Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, la propuesta de programación fue informada a la Comisión Ejecutiva Provincial, reunida en sesión de 28 de marzo pasado. El Consejo de Gobierno, en su reunión de 14 de diciembre de 2006 y 25 de enero de 2007, autorizó el gasto anticipado por importe de 12.103.698 euros, para la financiación de la citada programación de cursos de formación ocupacional con cargo a la aplicación presupuestaria 15.04.322J.781.009 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2007. En consecuencia con lo expuesto, a la vista de las Leyes 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias; 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración del Principado de Asturias; 10/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos del Principado de Asturias de 2007; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones en el Principado de Asturias, RESUELVO Primero.—Aprobar las programaciones de formación profesional ocupacional y conceder las subvenciones correspondientes —en los términos relacionados en el anexo— a entidades y centros colaboradores para la ejecución de los cursos incluidos en la 1 programación del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional en el año 2007, con cargo a la aplicación presupuestaria 15.04.322J.781.009 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2007. Segundo.—Las entidades y centros colaboradores a los que se refiere el anexo deberán realizar los cursos de formación ocupacional en los términos de las respectivas homologaciones, así como en cumplimiento de lo previsto en el Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional y demás normativa que lo desarrolla modifica, en lo que se refiere a los procedimientos de selección de alumnos, de realización y evaluación de las acciones formativas, de adecuación de los tipos de gasto elegibles a las compensaciones máximas establecidas como módulo correspondiente a cada especialidad formativa, así como informar a los alumnos de su condición de Centro Colaborador del Principado de Asturias y de la cofinanciación por el Fondo Social Europeo de las acciones formativas. Tercero.—El seguimiento y justificación de los cursos se realizará en expediente separado, mediante los formularios y el sistema de información establecidos al efecto. Se comunicará a la Dirección General de Formación para su autorización, con antelación mínima de cinco días, las incidencias y eventuales alteraciones de las características inicialmente aprobadas de cada curso.
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Cuarto.—El pago de la subvención, que podrá ser parcial y para cada curso concluido, se efectuará mediante la presentación de los oportunos documentos originales y probatorios del gasto, previa comprobación según el procedimiento establecido por la Dirección General de Formación, o bien mediante pago anticipado cumpliendo los requisitos y garantías fijados por la Resolución de 11 de febrero de 2000, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el régimen de garantías para el abono anticipado de subvenciones, modificada por otra de 19 de marzo y 30 de julio de 2001 de la Consejería de Hacienda. Quinto.—El programa formativo debe ejecutarse en el presente ejercicio. En todo caso, los cursos habrán de concluir con antelación suficiente como para presentar a la Dirección General de Formación Profesional su adecuada justificación antes de finalizar el plazo que señale la normativa en vigor
para el reconocimiento de obligaciones con cargo al presupuesto del Principado de Asturias para 2007. Sexto.—De conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 10 del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones en el Principado de Asturias, los beneficiarios de las mismas habrán de acreditar, previamente a su cobro, hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, mediante certificaciones expedidas por los órganos competentes, con la excepción de los centros cuyos titulares se encuentren previstos en el artículo 10.3.a) del referido Decreto 71/1992. Oviedo, a 4 de abril de 2007.—El Consejero de Educación y Ciencia, José Luis Iglesias Riopedre.—7.118.
ANEXO I
Relación de subvenciones autorizadas a entidades y centros colaboradores Censo
Centro
Titular jurídico CENTRO DE ESTUDIOS ARSENIO TORAL SAL
CIF
Presupuesto
A33789819
181.132,07
91
CENTRO DE ESTUDIOS ARSENIO TORAL
146
ESCADEM
ESCADEN CENTRO DE FORMACION PROFESIONAL S.L.U.
B74158031
39.296,40
430
FUNDACION PARA LA FORMACION EN
CENTRO DE ESTUDIOS DEL PRINCIPADO S.L.
B33126350
58.396,00
SERESCO S.A.
A33011826
90.835,42
PASTELERIA DE ASTURIAS 439
SERESCO
447
CENTRO ESTUDIOS MECANICO DENTALES
MARTINEZ GARCIA JOSEFA
71687399X
51.430,86
1060
LONDON SCHOOL
LONDON SCHOOL, L.C. ,S.L.
B33370891
50.232,00
1077
ACADEMIA LLANA
ACADEMIA LLANA S.L.
B33582545
19.712,68
1556
SOCIEDAD REGIONAL INFORMATICA
SOCIEDAD REGIONAL DE INFORMATICA S.A
A33067570
22.779,12
2105
MUSEO ESCUELA MUNICIPAL DE CERAMICA
AYUNTAMIENTO DE AVILES
P3300400C
36.660,00
2968
MARIA INMACULADA
RELIGIOSAS MARIA INMACULADA
Q3300122C
30.243,85
3125
ACADEMIA CIENCIAS
CIENCIAS SMAFF, S.L.
B33826215
88.632,70
3333
T.V.A. (A.D.T. ASOC. DESARROLLO
ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DEL TRANSPORTE
G82579574
223.660,45
TRANSPORTE) 3338
SERESCO
SERESCO S.A.
A33011826
95.745,78
3350
EL PRIAL (INFIESTO)
ASOCIACION EL PRIAL
G33028283
59.812,22
3352
SAN FERNANDO INFORMATICA S.L.
SAN FERNANDO INFORMATICA S.L.
B33095639
18.463,25
9390
AYUNTAMIENTO DE AVILES
AYUNTAMIENTO DE AVILES
P3300400C
126.600,00
9803
AYUNTAMIENTO DE LLANERA
AYUNTAMIENTO DE LLANERA
P3303500G
15.886,00
9811
AYUNTAMIENTO DE LLANES
AYUNTAMIENTO DE LLANES
P3303600E
49.457,72
9865
AYUNTAMIENTO DE NAVA
AYUNTAMIENTO DE NAVA
P3304000G
50.215,10
9912
AYUNTAMIENTO DE OVIEDO
AYUNTAMIENTO DE OVIEDO
P3304400I
90.931,00
11733
TALLERES RAYMAN S.L.
TALLERES DE CARROCERIAS RAYMAN S.L.
B33092974
196.236,00
13399
ESCUELA SUPERIOR DE EMPRESAS ATC
ESCUELA EMPRESARIAL ADALID ATC GIJON S.L.
B33928680
96.792,80
13480
FUNDACION UNIVERSIDAD DE OVIEDO
FUNDACION UNIVERSIDAD DE OVIEDO
G33532912
32.851,00
16467
CEINSI
FORMACION CEINSI S.L.
B74061581
56.954,30
17002
CRUZ ROJA ESPAÑOLA
ASAMBLEA SUPREMA DE LA CRUZ ROJA ESPAÑOLA Q2866001G
23.371,92
18177
TALLERES MANCHEÑO
TALLERES MANCHEÑO S.L.
B33309154
91.239,85
18301
LEMA-CAMBRA
LEMA CAMBRA S.L.
B33366956
25.791,74
18764
AULA FUTURA S.L.
AULA FUTURA S.L.
B33378183
53.360,75
18806
CENTRO DE FORMACION ASTUR-AUTO S.L.
CENTRO DE FORMACION ASTUR-AUTO S.L.
B74153982
89.850,00
18814
SODECO CAUDAL (SODECO)
SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE LAS COMARCAS
A33202474
52.320,00
MINERAS S.A.
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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Censo
Centro
Titular jurídico
CIF
Presupuesto
18895
NARCEA FORMACION, S.L. UNIPERSONAL
NARCEA FORMACION, S.L. UNIPERSONAL
B33579723
59.376,20
19166
AYUNTAMIENTO DE GRADO
AYUNTAMIENTO DE GRADO
P3302600F
17.074,20
19170
ACADEMIA ESTUDIOS ELECTRONICOS
ACADEMIA DE ESTUDIOS ELECTRONICOS S.L.
B74154436
93.523,30
19227
FUNDACION ASISTENCIAL MUJERES
FUNDACION MUJERES
G80974702
44.947,50
19255
PRINCIPADO BUSINESS COLLEGE
ENSEÑANZA EN NUEVAS TECNOLOGIAS, S.L.
B33432816
86.738,08
19317
L ARGUMA
L ARGUMA S.L.
B33655069
48.882,60
19320
CENTRO DE FORMACION CID
FORMACION CID S.L.
B74163221
85.940,64
19394
ESCUELA EUROPEA
ESCUELA EUROPEA C.B.
E33406836
68.853,60
19395
CAMARA OFICIAL DE COMERCIO
CAMARA OFICIAL DE COMERCIO INDUSTRIA Y
Q3373001A
27.675,00
B33484064
91.287,95
NAVEGACION DE OVIEDO 19437
CENTRO DE ESTUDIOS BETA
ALVAREZ PIRE S.L
19485
HOSTELCUR
HOSTELCUR S.L.
B33842287
83.116,80
19558
SERANTES OESTE SERANTES OESTE
SERANTES OESTE S.L.
B74154295
74.347,00
19559
AYUNTAMIENTO MUROS DE NALON
AYUNTAMIENTO DE MUROS DE NALON
P3303900I
23.423,40
19581
BRIAN SCHOOL ENGLISH
BRIAN SCHOOL S.L.
B74159732
17.914,00
19583
COMPUTER SYSTEM
HOTEO S.L.
B33414343
48.444,50
19584
BRITISH SCHOOL ESCUELA DE INGLES
BRITISH BERKLEY COLLEGE S.L
B33285578
33.715,50
19586
ESPACIO CERAMICA
SORIANO VENTURA ANTONIO
20391584Z
36.366,72
19701
CENTRO ESTUDIOS DELTA
CENTRO DE ESTUDIOS DIRIGIDOS DELTA S.L.
B74129131
15.990,00
19719
BRAY SCHOOL
BRAY SCHOOL S.L.
B33205048
12.214,15
19917
AUTOESCUELA LA MUNDIAL (AVILES)
RAIMAGEL CONDUCTORES S.L.
B33543133
55.770,00
19918
AUTOESCUELA LA MUNDIAL (OVIEDO)
ALVAREZ DIAZ RAIMUNDO
10337281T
35.802,00
20059
ACADEMIA MERCANTIL
FORMA AVILES S.L.
B74153420
23.860,20
20397
INSTITUTO TECNOLOGICO DEL CANTABRICO
INSTITUTO TECNOLOGICO DEL CANTABRICO S.L.
B33804493
51.519,00
20431
COLEGIO NUESTRA SRA. DEL VALLE
MORAN TORIBIO, MANUEL 000731843G S.L.N.E
B74152539
105.898,80
20451
SUMINFOR INFORMATICA
SUMINFOR FORMACION S.L.
B74043944
28.134,60
20498
ACADEMIA BRAIN
BRAIN GRUPO EMPRESARIAL S.L.
B33871989
36.222,55
20504
SRG CENTRO DE FORMACION
SRG GABINETE DE SOFTWARE, S.L.
B33381120
45.025,50
21044
MASTER
MECANIZACION ASTURIANA DE EMPRESAS S.A.
A33039058
99.378,50
21127
INFORES
INFORES INFORMATICA S.L.
B74158528
32.830,20
21225
CENTRO DE ESTUDIOS ZENIT
ZENIT FORMACION S.L.
B33522152
64.802,40
21304
AYUNTAMIENTO DE GOZON
AYUNTAMIENTO DE GOZON
P3302500H
90.788,75
21365
AULA DE ADULTOS DE INFIESTO
CENTRO DE EDUCACION DE PERSONAS ADULTAS
Q3368420J
52.388,70
SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE LAS COMARCAS A33202474
33.033,00
DEL CENTRO ORIENTE 21544
SODECO NALON (SODECO)
MINERAS S.A. 21728
TEDISA-CEM
TEJEDOR Y DIEZ S. L.
B47030044
47.895,90
21753
FUNDACION ESCUELA DE HOSTELERIA
FUNDACION ESCUELA DE HOSTELERIA “PPDO DE
G33422643
199.744,00
PRINCIPADO DE ASTURIAS
ASTURIAS”
CENTRO DE EDUCACION DE ADULTOS POSADA CENTRO DE EDUCACION DE ADULTOS POSADA LLANES Q3368343D
51.250,00
22177
DE LLANES (LLANES)
(LLANES)
22839
AULASTUR
AULASTUR S.L.
23028
AUTOESCUELA LA MUNDIAL (LANGREO)
23090
BERKLEY ESCUELA DE SECRETARIADO
23156 23196
23197
B33409327
78.702,00
ALVAREZ DIAZ RAIMUNDO
10337281T
96.540,00
BRITISH BERKLEY COLLEGE S.L
B33285578
81.070,60
AUTOESCUELA FRUELA
FRUELA FORMACION S.L.
B33520057
106.560,00
CENTRO DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD DE
CENTRO DE ESTUDIOS DE SEGURIDAD DE ASTURIAS B33485202
38.796,00
ASTURIAS S.L.
S.L.
CABRUÑANA
PEREZ SUAREZ JUAN CARLOS
11362860D
47.095,75
18–V–2007
Censo 23199
9405
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Centro ACTIVIDADES AFINES DE ASTURIAS
Titular jurídico ASOCIACION PROFESIONAL DE EMPRESARIOS DEL
CIF
Presupuesto
G33028804
104.442,00
TRANSPORTE 23250
C.F.O. AYUNTAMIENTO DE CORVERA
AYUNTAMIENTO DE CORVERA DE ASTURIAS
P3302000I
29.835,00
23266
ASTURIAS EDUCACION
ASTURIAS EDUCACION S.L.
B33465022
54.444,00
23839
ADICO S.L.
ASTURIANA DE DESARROLLOS INFORMATICOS Y
B33483355
50.778,00
COMUNICACIONES S.L. 23909
AULA PYME
AULA PYME, S.L.
B33203027
80.485,08
23994
ACADEMIA VETUSTA
ACADEMIA VETUSTA S.L.
B33569948
37.990,80
24014
MECASOLA S.L.
MECASOLA SL
B33437120
20.038,20
24057
LICEO EUROPEO
LICEO EUROPEO DE FORMACION EMPRESARIAL, S.L. B33523218
62.731,50
24074
ACADEMIA TAMARGO
ACADEMIA TAMARGO S.L.
24081
ASETRA ACTIVIDADES AFINES DE ASTURIAS ASOCIACION PROFESIONAL DE EMPRESARIOS DEL
B33703893
43.563,00
G33028804
102.612,25
TRANSPORTE Y 24136
ASTURNET
ASTURNET S.L.
B33452434
73.040,10
24156
CENTRO FORMACION ASPA
CURSOASTUR S.L.
B33473943
156.789,75
24252
EL GUERNE
MUEBLES EL GUERNE S.L.
B33513755
65.822,90
24268
ACADEMIA CAMPA
CENTRO DE FORMACION CAMPA, S.L.
B33486515
47.334,95
24269
CENTRO DE ESTUDIOS SUMA
ACADEMIA SUMA S.L.
B74159104
27.675,00
24287
MACO S
MARTINEZ COLLADO PEDRO ANTONIO 000804793C,
B74159021
44.155,80
59.800,00
S.L.N.E. 24380
CETS INFORMATICA DEL PRINCIPADO S.L.
CETS INFORMATICA DEL PRINCIPADO S.L.
B33832239
24397
EL PRIAL (EL BERRON)
ASOCIACION EL PRIAL
G33028283
57.132,40
24404
INFORMATICA LA VILLA
FORMACION CEINSI S.L.
B74061581
41.156,70
24442
ACADEMIA HOSTELERA DEL PRINCIPADO
FERNANDEZ CONDE CLARA ISABEL
11431766F
71.643,00
24443
ACADEMIA SAN JOSE
TALLER DE ACCION AUDIOVISUAL S.L.
B33661463
16.270,80
24468
AFA FORMACION CONTINUA
AFA FORMACION CONTINUA S.L.
B33445990
96.856,50
25727
TRAKTOS AUTOMOCION S.L.
TRAKTOS AUTOMOCION, S.L.
B81652653
86.819,85
26338
GALILEO CENTRO DE FORMACION ESPECIFICA FORMA AVILES S.L.
B74153420
118.292,20
26349
CENTRO DE ESTUDIOS TORRE DE ROCES
TORRE DE ROCES, S.L.
B33553629
51.408,50
26369
CENTRO DE ESTUDIOS ASTURCON
CENTRO DE ESTUDIOS ASTURCON S.L.
B74095738
45.803,55
26382
ACADEMIA CETA
CETA FORMACION S.L.
B74058116
71.976,32
26427
CENTRO DE EDUCACION DE ADULTOS
CENTRO DE EDUCACION DE PERSONAS ADULTAS
Q3368402H
40.557,02
DE TINEO
DEL SUROCCIDENTE
26432
ACADEMIA TAMARGO
ACADEMIA TAMARGO S.L.
26446
ASOCIACION PARADOS MAYORES DE 40 AÑOS ASOCIACION PARADOS MAYORES DE 40 AÑOS
B33703893
21.590,40
G33424474
35.680,84
DE ASTURIAS 26448
AUTOESCUELA FRUELA
FRUELA FORMACION S.L.
B33520057
34.391,50
26605
CENTRO DE ESTUDIOS ORION
ALVAREZ MARTINEZ MARIA JESUS 000771350P S.L.N.E. B74156852
14.304,00
26606
SOTO INGENIEROS S.L.
SOTO INGENIEROS S.L.
B33104456
66.645,80
26608
CRUZ ROJA ESPAÑOLA
ASAMBLEA SUPREMA DE LA CRUZ ROJA ESPAÑOLA Q2866001G
11.472,50
26612
FORMASTUR
FORMASTUR S.A
A33377144
11.197,16
26615
INTERPROS
GONZALEZ MUÑIZ RAMON
11385869H
66.129,44
26617
CENTRO DE EDUCACION DE ADULTOS DEL
CENTRO DE EDUCACION DE ADULTOS DEL NALON
Q3368411I
69.146,09
NALON 26620
STAFF FORMACION
STAFF FORMACION, S.L.
B33570193
29.068,00
26624
CENTRO TECNOLOGICO CORVERA
CORVERA INFORMATICA S.L.
B74158791
35.977,50
26627
AULA 9
AULA 9 FERNANDEZ Y VALDES S.L.
B74187022
44.918,25
26629
CENTRO DE ESTUDIOS PROFESIONALES SAN
CENTRO DE ESTUDIOS PROFESIONALES SAN JUAN S.L. B74192873
42.984,00
JUAN
9406
18–V–2007
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Censo
Centro
Titular jurídico
CIF
Presupuesto
26630
ESCAL CENTRO DE FORMACION
ESCAL CENTRO DE FORMACION S.L.
B33564832
91.569,40
26632
ESCUELA DE ALTA GESTION EMPRESARIAL
ESCUELA DE ALTA GESTION EMPRESARIAL S.L.
B33565458
104.431,08
26633
GF CONSULTORES
CONSULTORES DE GESTION Y FORMACION
B33414251
29.510,00
EMPRESARIAL S.L. 26634
CENTRO DE FORMACION LA GESTA
SAN JORGE FORMACION S.L.
B74041260
50.046,10
26638
HEBERCRES
HEBERCRES S.L.
B33586330
45.486,00
26640
TOP SOFTWARE
TOP SOLUCIONES INFORMATICAS S.L.
B74159310
19.544,20
26643
AUTOESCUELA FRUELA
FRUELA FORMACION S.L.
B33520057
35.802,00
26645
CENTRO DE ESTUDIOS SANTO TOMAS
GARCIA & IGLESIAS C.B.
E33583964
21.019,70
26653
CENTRO ASTUR DE FORMACION INTEGRAL
CENTRO ASTUR DE FORMACION INTEGRAL S.L.
B33579368
91.953,16
CENTRO DE EDUCACION DE ADULTOS CANGAS CENTRO DE EDUCACION DE ADULTOS POSADA LLANES Q3368343D
48.488,70
26654
DE ONIS
(LLANES)
26658
ANTONIO M. ESPINA LOBETO
ESPINA LOBETO ANTONIO MANUEL
53505261Q
23.868,00
26661
AYUNTAMIENTO DE GIJON
AYUNTAMIENTO DE GIJON
P3302400A
94.122,00
26662
CENTRO DE FORMACION ESMAR S.L.N.E
CENTRO DE FORMACION ESMAR S.L.N.E
B74160060
36.312,00
26663
ASTURIANA DE ZINC S.A.
ASTURIANA DE ZINC S.A.
A82689753
23.452,00
26666
MONASTERIO
ACTUWADI, SL
B33577693
33.549,75
26667
CARROCERIAS ALSO S.L
TALLER RECLADE S.L.N.E
B74174251
52.632,00
26669
ROZONA C.F.P.
ROZONA CENTRO DE FORMACION
B74031808
53.667,25
INSTITUTO DE FORMACION LOGISTICA Y TYPE. INSTITUTO DE FORMACION LOGISTICA Y TRANSPORTE B33514274
41.483,00
26672
S.L.
S.L.
26681
VIDRIO-ARTE RIVAS
TECALOR-TECNICAS ASTURIANAS DEL CALOR S.L.
26687
CENTRO DE ESTUDIOS AULA 55
26690
FEDERACION ASTURIANA DE COMERCIO
26691
INFORMATICA ASCII, CB
26698
ESCUELA MUNICIPAL DE OFICIALES DE
B33796285
28.380,00
CENTRO DE ESTUDIOS AULA 55 S.L.
B74160425
20.880,60
FEDERACION ASTURIANA DE COMERCIO
G33028903
13.530,00
SERVICIOS INTEGRALES ASCII S.L.
B74189598
20.038,20
AYUNTAMIENTO DE LANGREO
P3303100F
24.195,60
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA ESCULTOR Q3368157H
18.733,00
JARDINERIA Y P. 26699
IES E. JUAN DE VILLANUEVA
JUAN VILLANUEVA 26700
CRUZ ROJA ESPAÑOLA
ASAMBLEA SUPREMA DE LA CRUZ ROJA ESPAÑOLA Q2866001G
13.673,27
26702
WS FORMACION
FORMACLINIC LENA S.L.
B74174319
13.068,00
26703
IES CUENCA DEL NALON
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA CUENCA
Q3368060D
62.086,80
DEL NALON 26704 26705
FUNDACION MUJERES
FUNDACION MUJERES
G80974702
48.497,80
CENTRO INTEGRADO DE FORMACION
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA VALLINIELLO Q3368077H
92.503,80
PROFESIONAL “VALLINIELLO” 26706
IES ESCUELA HOSTELERIA Y TURISMO GIJON ESCUELA DE HOSTELERIA Y TURISMO DE GIJON
Q3368453A
120.627,00
26708
EMUTFOR
A33004581
80.395,25
26709
CENTRO DE EDUCACION DE ADULTOS MIERES CENTRO DE EDUCACION DE ADULTOS MIERES
Q3368316J
40.370,20
26712
LABORATORIO INTERPROFESIONAL LECHERO LABORATORIO INTERPROFESIONAL LECHERO DE
G33249376
55.705,00
FUNDACION ASTURIANA DE ATENCION A PERSONAS G33567330
49.753,60
DE ASTURIAS 26713
FASAD FISICA, PSIQUICA O SE (FASAD)
EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES S.A.
ASTURIAS (LILA)
CON DISCAPACIDAD 26714
AYUNTAMIENTO DE CARREÑO
26716
CES FUNDACION MASAVEU
AYUNTAMIENTO DE CARREÑO
P3301400B
18.037,50
FUNDACION MASAVEU, ESCUELA DE FORMACION
G33037912
40.735,50
PROFESIONAL 26718
ACADEMIA LUGONES
ACADEMIA LUGONES SL
B74001769
33.648,00
26735
FERIAUTO
POMBAL SOTO JOAQUIN AMALIO
71685271K
65.337,60
18–V–2007
Censo
9407
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Centro
Titular jurídico
CIF
Presupuesto
26737
ESCUNI
ESCUELAS UNIDAS S.L.
B33606864
25.740,00
26742
CENTRO DE FORMACION NARSEO VAL.
NARSEO VALLINA, S.L.
B33582230
38.338,30
26743
LACERA SERVICIOS Y MANTENIMIENTO S.L.
LACERA SERVICIOS Y MANTENIMIENTO S.A.
A33123498
23.967,84
26746
FORMACION E INSERCION
FORMACION E INSERCION,S.L.
B33867532
37.190,40
26748
AULA DE ADULTOS DE POLA DE SIERO
CENTRO DE EDUCACION DE PERSONAS ADULTAS
Q3368420J
28.832,70
B33866229
20.645,43
B33519612
23.629,97
DEL CENTRO ORIENTE 26752
INADECO
INGENIERIA ASTURIANA DE DESARROLLO Y COMUNICACIONES S.L.
26753
TINEOMATICA S.L.U.
TINEOMATICA S.L.U.
26768
ACADEMIA SOLDADURA DIAZ
ACADEMIA DE SOLDADURA DIAZ S.L.
B74064767
112.176,00
26771
ASPAYM ASTURIAS
ASPAYM ASTURIAS
G33344904
79.686,00
26777
IES LUCES
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA “LUCES”
Q3368371E
32.669,78
DE COLUNGA 26778
PRINCIPADO CAMILO
PRINCIPADO - CAMILO S.L.
B33551342
30.240,00
26782
AUTOESCUELA ALFA
CENTRO DE FORMACION INTEGRAL ALFA S.L.
B74061771
39.183,30
CENTRO DE EDUCACION DE ADULTOS DE
CENTRO DE EDUCACION PERSONAS ADULTAS DE GIJON Q3368345I
15.990,00
26784
COLUNGA 26786
AUTOESCUELA FRUELA
FRUELA FORMACION S.L.
B33520057
79.020,00
26787
CIBERCENTRO LA LILA
ASOCIACION DE AMIGOS DE INTERNET (A.A.I.)
G33663675
36.028,20
26788
CENTRO DE ESTUDIOS SANTO TOMAS
GARCIA - FRAILE, C.B.
E74047176
22.724,00
26789
CAMARA DE COMERCIO DE GIJON
CAMARA OFICIAL DE COMERCIO INDUSTRIA Y
Q3373007H
23.809,50
NAVEGACION DE GIJON 26792
AULA CIMADEVILLA CENTRO DE FORMACION AULA CIMADEVILLA S.L.
B74171216
12.708,80
26795
AUTOESCUELA FRUELA
B33520057
34.391,50
26798
ESCUELAS EL CARMEN (AYTO RIBADESELLA) AYUNTAMIENTO DE RIBADESELLA
P3305600C
21.114,00
26800
CENTRO EDUCACION PERSONAS ADULTAS DE CENTRO DE ADULTOS DE VEGADEO
Q3368426G
20.038,20
FRUELA FORMACION S.L.
NOR-OCCIDENTE 26801
ASTURBILDING S.L.
ASTURBILDUNG S.L.
B33558222
76.791,00
26803
ESCUELA DE HOSTELERIA DE AVILES
ESCUELA DE HOSTELERIA DE AVILES S.L.
B33437054
70.577,00
26804
CENTRO DE ESTUDIOS DEL PRINCIPADO
CENTRO DE ESTUDIOS DEL PRINCIPADO S.L.
B33126350
14.421,00
26806
DESARROLLO INTEGRAL ALTERNATIVO
DESARROLLO INTEGRAL ALTERNATIVO S.L.
B33574781
35.085,96
26807
LOPEZ Y VICUÑA
RR. MARIA INMACULADA
Q3300111F
42.269,40
26810
DICAMPUS
DICAMPUS S.L.
B33872094
6.747,00
26812
I.E.S DE INFIESTO
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA INFIESTO
Q3368454I
18.154,50
26813
CENTRO DE FORMACION SANTULLANO
AYUNTAMIENTO DE LAS REGUERAS
P3305400H
19.819,80
26814
I.E.S REY PELAYO
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA REY PELAYO Q3368057J
98.304,70
CANGAS DE ONIS 26818
IES ARAMO
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA ARAMO
Q3368284J
47.648,25
26820
IES “CERDEÑO”
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA CERDEÑO
Q3368128I
69.138,00
26821
IES MONTE NARANCO
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA MONTE
Q3368147I
51.660,00
NARANCO 26823
FORMACION TECNICA LOGISTICA
FORMACION TECNICA LOGISTICA S.L.
B33660275
65.808,60
26826
CENTRO DE EDUCACION DE ADULTOS DE
CENTRO DE EDUCACION DE PERSONAS ADULTAS DEL Q3368402H
20.038,20
SALAS
SUROCCIDENTE
26827
I.E.S ARZOBISPO VALDES-SALAS
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA ARZOBISPO Q3368140D
43.686,50
VALDES - SALAS 26829
I.E.S Nº 1 DE GIJON
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA N.º 1 DE GIJON Q3368293A
83.330,26
26830
CENTRO INTEGRADO DE FP SECTOR
CENTRO INTEGRADO DE FP SECTOR INDUSTRIAL Y S3300077I
261.962,22
INDUSTRIAL Y SERVICIOS
SERVICIOS
9408
Censo 26839
18–V–2007
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Centro I.E.S PEREZ DE AYALA
Titular jurídico
CIF
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA PEREZ DE Q3368207A
Presupuesto 44.558,80
AYALA 26842
ASOC DE INVESTIGACION IND. CARNICAS DEL ASOC DE INVESTIGACION DE INDUSTRIAS CARNICAS G33092495
78.840,00
PRINCIPADO DE ASTURIAS
DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
26850
I.E.S. LA QUINTANA
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA LA QUINTANA S3300021G
26851
AYUNTAMIENTO DE PILOÑA
AYUNTAMIENTO DE PILOÑA
P3304900H
11.404,80
26852
I.E.S. VALLE DE ALLER
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA VALLE DE Q3368452C
34.567,00
61.951,50
ALLER 26855
ASOCIACION NORTE JOVEN MIERES
ASOCIACION NORTE JOVEN MIERES
G33807686
78.210,00
26856
AYUNTAMIENTO DE CASTRILLON
AYUNTAMIENTO DE CASTRILLON
P3301600G
13.110,00
26859
CENTRO DE ENSEÑANZA SAN EUTIQUIO
CENTRO DE ENSEÑANZA SECUNDARIA SAN EUTIQUIO Q3300221C
18.590,00
26860
CENTRO DE FORMACION TEVERGA
AYUNTAMIENTO DE TEVERGA
26862
CENTRO DE FORMACION INTEGRAL OVIEDO CENTRO DE FORMACION INTEGRAL OVIEDO C.B.
P3307200J
20.110,74
E74086570
18.447,39
G33023128
90.960,48
C.B 26864
FUNDOMA
FUNDACION DOCENTE DE MINEROS ASTURIANOS FUNDOMA
26867
FORO ASTUR DE FORMACION Y EDICIONES S.L. FORO ASTUR DE FORMACION Y EDICIONES S.L.
B74025289
35.239,80
26870
ESCUELAS DE POO
AYUNTAMIENTO DE CABRALES
P3300800D
21.039,20
CENTRO DE FORMACION INTEGRAL DE
BLANCOS´ PELUQUEROS S.L.
B33626367
27.441,70
26871
PELUQUERIA 26872
AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA
AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA
P3307600A
19.237,20
26876
EPYCO S.L.
EPYCO S.L.
B33483363
50.864,20
26877
I.E.S VALLE DE TURON
I.E.S. VALLE DE TURON
G33398975
82.049,50
26883
CASINO BAHIA DE GIJON
CASINO BAHIA DE GIJON S.A.
A33892811
15.372,50
26887
FUNDACION ASTURIANA DE LA CARNE
FUNDACION ASTURIANA DE LA CARNE
G74126616
161.440,50
26888
AYUNTAMIENTO DE CUDILLERO
AYUNTAMIENTO DE CUDILLERO
P3302100G
14.760,00
26892
AULA TECNICA PIDAL
MARTINEZ RODRIGUEZ FABIOLA
09379965J
22.619,35
26893
ALCE CALIDAD
ALCE CALIDAD S.L.
B74047283
41.041,00
26894
CENTRO DE FORMACION DE ENERGIAS
SENFOASTUR S.L.
B74057530
32.513,00
26895
NUTEC
NUEVAS TECNOLOGIAS DE ESTETICA S.L.
B74108101
16.302,00
26897
ABIERTO HASTA EL AMANECER
ASOCIACION JUVENIL ABIERTO HASTA EL AMANECER G33834540
12.220,00
26903
IES ALTO NALON
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA ALTO NALON Q3368192E
21.597,55
26906
USIPA
UNION DE SINDICATOS INDEPENDIENTES DEL
30.648,00
G33553678
PRINCIPADO DE ASTURIAS 26910
FUNDACION EDES
FUNDACION EDES PARA LA EDUCACION ESPECIAL
G33585332
45.463,00
26913
FUNDACION COMARCAS MINERAS
FUNDACION COMARCAS MINERAS
G33401340
85.373,00
26914
CENTRO DE EMPRESAS LA CURTIDORA
SOCIEDAD DE DESARROLLO LA CURTIDORA
A33462201
24.069,50
26915
AULA CASTROPOL 1
UNION DE COOPERATIVAS AGRARIAS ASTURIANAS
F33254418
15.870,00
26918
CENTRO EUROPEO DE FORMACION
ACTIVIDADES DOCENTES Y MEDICAS S.L.
B33485087
16.177,20
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA EL INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA EL BATAN Q3318003E
14.128,40
VILLACAMPA Y MENENDEZ 26931
BATAN 26933
CENTRO INTEGRADO DE F.P. DE
CENTRO INTEGRADO DE F.P. DE MANTENIMIENTO
MANTENIMIENTO Y SERVICIOS A LA
Y SERVICIOS A LA PRODUCCION DE LANGREO
S3300076A
164.099,40
20.884,50
PRODUCCION 26935
26939
MANCOMUNIDAD DE LOS CONCEJOS DE
MANCOMUNIDAD DE LOS CONCEJOS DE CANGAS DE P3300047B
CANGAS DE ONIS, AMIEVA, ONIS Y PONGA
ONIS, AMIEVA, ONIS Y PONGA
MANCOMUNIDAD DE LA COMARCA DE LA
MANCOMUNIDAD DE LA COMARCA DE LA SIDRA
SIDRA
P3300023C
10.344,00
18–V–2007
Censo 26940
9409
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Centro CENTRO INTEGRADO DE FORMACION
Titular jurídico
CIF
CENTRO INTEGRADO DE FORMACION PROFESIONAL S3300075C
Presupuesto 218.040,00
PROFESIONAL DE COMUNICACION, IMAGEN Y DE COMUNICACION, IMAGEN Y SONIDO SONIDO 26942
AUTOESCUELAS TOMAS
AUTOESCUELA TOMAS S.L.
B33788035 Total
27.885,00 12.092.960,80
Oviedo a 4 de abril de 2007.—El Consejero de Educación y Ciencia, José Luis Iglesias Riopedre.—7.118. —•— RESOLUCION de 13 de abril de 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se conceden ayudas para la ejecución de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación en el ámbito territorial del Principado de Asturias para el ejercicio 2007, cofinanciada por el Fomento Social Europeo. En los términos previstos en la Resolución de la Consejería de Educación y Ciencia de 19 de diciembre de 2006 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones públicas para la financiación de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación en el ámbito territorial del Principado de Asturias para el ejercicio 2007, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo. La Comisión de Valoración, constituida por Resolución de 12 de marzo de 2007 del Consejero de Educación y Ciencia, reunida al efecto el día 19 de marzo y, conforme a lo previsto en la séptima de las bases reguladoras de la citada pública, sobre la base de la valoración técnica de los proyectos presentados realizada por la Dirección General de Formación Profesional, ha realizado la correspondiente propuesta de concesión de subvenciones a las entidades y por los importes relacionados en anexo a la presente Resolución. De conformidad con lo previsto en la base séptima de la convocatoria de los resultados de la valoración y de la determinación de la subvención se ha dado traslado al Consejo de Relaciones Laborales y Políticas Activas, reunido en sesión de 28 de marzo. La Resolución de la Consejería de Educación y Ciencia de 19 de diciembre de 2006 autorizó el gasto anticipado por importe de 482.364,00 euros, para la financiación de las acciones complementarias y de acompañamiento a la formación con cargo a la aplicación presupuestaria 15.04.322J.781.004 de los presupuestos generales del Principado de Asturias para 2007. En consecuencia con lo expuesto, a la vista de las Leyes 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias; 8/1991, de 30 de julio de Organización de la Administración del Principado de Asturias; 6/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos del Principado de Asturias de 2006, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones en el Principado de Asturias, RESUELVO Primero.—Conceder las subvenciones, a las entidades y en los términos relacionados en el anexo, para la ejecución
de las acciones complementarias y de acompañamiento a la formación, con cargo a la aplicación presupuestaria 15.04.322J.781.004 de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2007. Segundo.—Las Entidades a las que se refiere el anexo deberán realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención de acuerdo con las condiciones y requisitos formales y materiales recogidos en las bases reguladoras de la convocatoria, así como en cumplimiento de lo previsto en el Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, por el que se regula el subsistema de formación profesional continua así como la ORDEN/TAS 2782/2004, de 30 de julio por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas para la realización de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación. Cuarto.—El abono de la subvención, que podrá ser parcial, se efectuará una vez justificado el cumplimiento de la finalidad que motiva la concesión y los gastos efectuados y aplicados a tal finalidad, previa conformidad de la Dirección General de Formación, o bien mediante pago anticipado cumpliendo los requisitos y garantías fijados por la Resolución de 11 de febrero de 2000, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el régimen de garantías para el abono anticipado de subvenciones, modificada por otra de 19 de marzo y 30 de julio de 2001, de la Consejería de Hacienda. Quinto.—Las acciones complementarias y de acompañamiento a la formación deberán ejecutarse durante el ejercicio 2007 y, en todo caso, con la antelación suficiente como para presentar a la Dirección General de Formación Profesional su adecuada justificación antes de finalizar el plazo que señale la normativa en vigor para el reconocimiento de obligaciones con cargo al presupuesto del Principado de Asturias para 2007. Sexto.—De conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 10 del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones en el Principado de Asturias, los beneficiarios de las mismas habrán de acreditar, previamente a su cobro, hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, mediante certificaciones expedidas por los órganos competentes, con la excepción de los centros cuyos titulares se encuentren previstos en el artículo 10.3.a) del referido Decreto 71/1992. Oviedo, a 13 de abril de 2007.—El Consejero de Educación y Ciencia, José Luis Iglesias Riopedre.—7.117.
9410
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
18–V–2007
ANEXO ENTIDAD
CIF
Unión General de Trabajadores de Asturias (UGT Asturias)
G33025990
ACCION FINANCIABLE ELABORACION MATERIAL DIDACTICO FORMACION A
SUBVENCION 31.964,00
DISTANCIA DE TECNICAS DE CONDUCCION SEGURAS Federación Asturiana de Empresarios (FADE)
G33028911
BUENAS PRACTICAS EN LA DEFINICION DE PLANES AGRUPADOS
25.000,00
Y CONFIGURACION DE AGRUPACIONES DE EMPRESAS EN LA FORMACION DE OFERTA: SISTEMA DE BONIFICACIONES Fundación Laboral de la Construcción (FLC)
G33125816
INVESTIGACION Y ANALISIS DEL IMPACTO DE LA NUEVA
25.000,00
NORMATIVA: CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION, EFICIENCIA ENERGETICA, GESTION DE RESIDUOS Y MEDIOAMBIENTE, EN LAS NECESIDADES DE FORMACION CONTINUA DE LOS TRABAJADORES DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCION Y AFINES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Federación Minero metalúrgica de Comisiones Obreras de Asturias
G81436073
(FM-CCOO)
NORMATIVA MEDIOAMBIENTAL. ESTUDIO DEL IMPACTO
25.000,00
EN LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES DE LOS TRABAJADORES DEL SECTOR DE GENERACION ELECTRICA EN ASTURIAS
Federación del Metal, Construcción y Afines de UGT (MCA-UGT)
G82083965
ANALISIS DEL DESARROLLO PROFESIONAL DE LAS
25.000,00
TRABAJADORAS OCUPADAS EN LAS PYMES DEL SECTOR METALMECANICO. DISEÑO DE METODOLOGIA DE ORIENTACION-FORMACION BAJO PERSPECTIVA DE GENERO Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos de Asturias
G74035544
(UPTA) Federación de Servicios Públicos- UGT Asturias (FSP-UGT)
EVALUACION DE LA FORMACION CONTINUA IMPARTIDA A LOS
25.000,00
PEQUEÑOS AUTONOMOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS G78085149
ELABORACION Y DISEÑO DE UNA PLATAFORMA FORMATIVA
30.000,00
PARA PROFESIONALES DE SERVICIOS DE ATENCION A PERSONAS DEPENDIENTES Y DESARROLLO DE AUTONOMIA PERSONAL Fundación Escuela de Negocios de Asturias (FENA)
G33265927
DISEÑO E IMPLANTACION DE UN MODELO DE EVALUACION Y
24.400,00
ROI DE LA FORMACION. TRANSFERENCIA DE APRENDIZAJE AL PUESTO DE TRABAJO Fundación para la formación, la cualificación y el empleo en el
G33896267
ELABORACION Y EXPERIMENTACION DE HERRAMIENTAS
sector Metal de Asturias (FUNDACION METAL DE
FORMATIVAS PARA INSTALADORES DE GAS DE CATEGORIA
ASTURIAS)
B (ANTES IG-II)
Asociación de Empresarios del Transporte y Aparcamientos de
G33028804
30.000,00
GESTION INTEGRAL DE EMPRESAS DE TRANSPORTE
30.000,00
LA MOTIVACION DEL LOGRO Y SU RELACION CON LA FORMA-
25.000,00
Asturias (ASETRA) Fundación Universidad de Oviedo (FUO)
G33532912
CION CONTINUA Fundación para la formación, la cualificación y el empleo en el
G33896267
sector Metal de Asturias (FUNDACION METAL DE
HERRAMIENTAS DE APOYO A LA IMPLANTACION DE SIG EN LAS
30.000,00
PYMES DEL SECTOR METAL DE ASTURIAS
ASTURIAS) Federación de Comercio, Hostelería y Turismo de Comisiones
G81638223
Obreras de Asturias (FECOHT CCOO) Asociación de Investigación de Industrias Cárnicas del Principado
ADAPTACION DE PERFILES PROFESIONALES PARA
25.000,00
TRABAJADORES DE HOSTELERIA Y TURISMO EN ASTURIAS G33092495
de Asturias (AIICPA)
LA FORMACION CONTINUA EN EL SECTOR CARNICO Y LOS
25.000,00
NUEVOS MERCADOS
Fundación para el Fomento de la Economía Social (FFES)
G33216557
ACTIVAT-ES
30.000,00
Sociedad Cooperativa Abierto Asturias (ABIERTO)
F74021619
ESTUDIO DE ACCIONES FORMATIVAS EN EL SECTOR DEL OCIO
16.000,00
Fundación Formación y Empleo de Asturias (FOREM)
G74093667
MATERIAS TRANSVERSALES EN LA FORMACION CONTINUA
30.000,00
Federación de Empresarios del Metal y Afines del Principado de
G33612524
PRODUCTO FORMATIVO PARA LA “FORMACION PREVENTIVA
30.000,00
Asturias (FEMETAL)
INICIAL DE TRABAJADORES DEL SECTOR METAL”
18–V–2007
9411
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
RESOLUCION de 18 de abril de 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se procede a la convocatoria de proyectos pedagógicos y ayudas o subvenciones, se autoriza el gasto y se aprueban las bases de la convocatoria para el desarrollo de las acciones correspondientes al programa “Asturias, espacio educativo” para el año 2007. Antecedentes de hecho El programa “Asturias espacio educativo” integra una serie de acciones y recursos de distinta procedencia, puestos al servicio de los centros educativos para favorecer su acción didáctica y la renovación pedagógica. La finalidad de esta convocatoria es fomentar en los centros educativos asturianos proyectos que integren eficazmente las diversas actividades curriculares y complementarias en el Proyecto Educativo del Centro. Se busca conseguir un adecuado apoyo a la acción docente que permita el aprovechamiento del conjunto de recursos educativos, socio-culturales, medio-ambientales, sanitarios, tecnológicos, etc., de nuestra Comunidad, configurando así, Asturias como un espacio educativo. Se trata de ofrecer al profesorado y al alumnado asturiano un instrumento que favorezca el tratamiento y uso del entorno en el currículo escolar, concebido en su sentido cultural más amplio: social, natural, lingüístico, histórico, artístico, industrial, tecnológico y ciudadano. “Asturias, espacio educativo” coordina así un variado conjunto de recursos de nuestra región, permitiendo la participación de los distintos sectores de nuestra comunidad educativa y fomentando en los estudiantes asturianos el conocimiento del Principado de Asturias, la educación en valores cívicos y el aprovechamiento de los diferentes medios puestos a su disposición. En este contexto, las acciones que configuran el programa “Asturias, espacio educativo” se definen: 1. Aulas de la Naturaleza: para actividades didácticas complementarias de educación ambiental. 2. Conocer Asturias: para actividades didácticas complementarias de conocimiento del medio sociocultural. 3. Bibliotecas Escolares: para proyectos pedagógicos de centro para el aprovechamiento multidisciplinar de las bibliotecas escolares. 4. Perdayuri Asturies: para proyectos pedagógicos de centro para promover el conocimiento y uso del Lengua asturiana o gallego-asturiano y de la cultura asturiana. 5. Educación Vial: para proyectos pedagógicos de centro para la promoción de la educación y seguridad vial. 6. Educación para la Salud y Consumo: para proyectos pedagógicos de centros que promuevan los hábitos y estilos de vida y consumo saludables. Esta acción tiene convocatoria específica propia debido a la confluencia de recursos de diferentes entidades administrativas. Los objetivos generales del programa son los siguientes: • Potenciar la utilización del entorno como recurso didáctico para el desarrollo, en el alumnado, de capacidades, actitudes y valores que favorezcan el conocimiento del Principado de Asturias. • Apoyar el desarrollo de proyectos pedagógicos y de proyectos de actividades didácticas complementarias en los centros, fomentando la elaboración de materiales didácticos, de guías para las salidas de campo, materiales
audiovisuales, etc., así como la difusión de buenas prácticas pedagógicas que puedan darse a conocer al resto de la comunidad educativa. • Fomentar la colaboración interinstitucional en los fines educativos. • Apoyar la realización de actividades complementarias que aprovechen los recursos de la comunidad educativa y de su entorno para alcanzar los fines educativos de los centros escolares. • Contribuir a la educación del alumnado a través del estudio de la realidad asturiana, de sus recursos, de su lengua y su cultura. • Fomentar el uso y el aprovechamiento multidisciplinar de la biblioteca, sus recursos bibliográficos y su equipamiento informático. • Promover el desarrollo de habilidades sociales y capacidades para tomar decisiones, para pensar de forma crítica y creativa, para manejar las propias emociones, para comunicarse de forma efectiva y para resolver los conflictos. Dado el carácter interdisciplinar e intersectorial de la convocatoria, es necesario articular un sistema que permita la confluencia de recursos y la coordinación entre los diferentes sectores profesionales y agentes sociales que participan en el desarrollo de las acciones. La información sobre los procedimientos de participación, fecha límite de presentación de solicitudes y los criterios para la selección de proyectos se establece, en las bases generales y en las bases específicas, para cada una de las acciones, de esta convocatoria (anexos I, II, III, IV y V). Cuando se trate de programas que requieran la concurrencia interinstitucional, la Consejería de Educación y Ciencia establecerá procedimientos de coordinación y seguimiento de las diferentes acciones desarrolladas por los centros educativos participantes. Para ello se podrá crear en cada caso una Comisión Técnica Interinstitucional con representación de las partes implicadas. Fundamentos de derecho Vistos el artículo 18 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias; el Real Decreto 2081/1999, de 30 de diciembre, por el que se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado al Principado de Asturias en materia de enseñanza no universitaria; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el art. 38 de la Ley 6/1984, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias; el art. 2 del Decreto 9/2003, de 7 de julio, de Reestructuración de las Consejerías que integran la Comunidad Autónoma, todo ello en cuanto a la determinación de las competencias y facultades para adoptar la presente resolución; el art. 8 del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2006, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones; la Ley 10/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2007, RESUELVO Primero.—Aprobar la convocatoria de Proyectos Pedagógicos y Ayudas o Subvenciones para el desarrollo de las Acciones correspondientes al Programa “Asturias, espacio educativo” para el año 2007.
9412
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Segundo.—Aprobar las bases generales y las bases específicas para cada una de las Acciones, las cuales se publican como anexo y anexos I, II, III IV y V, respectivamente, a la presente Resolución, para la convocatoria de Proyectos y Ayudas o Subvenciones en el marco del Programa “Asturias, espacio educativo”. Tercero.—Autorizar un gasto global de 434.800 euros, con cargo a los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para el año 2007, distribuido en las siguientes aplicaciones presupuestarias: • Aplicación 15-02-422P-229000 por importe de 386.800 euros. • Aplicación 15-02-422P-482027 por importe de 48.000 euros. Cuarto.—El número de proyectos seleccionados y la cuantía de las ayudas o subvenciones concedidas dependerán de la cantidad asignada para cada una de las acciones y de sus características específicas, reflejadas en los anexos I, II, III, IV y V, como bases específicas de la convocatoria. Quinto.—Hacer pública la presente convocatoria mediante la publicación de las bases en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Sexto.—Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer, por los interesados, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno. No se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en caso de que se interponga éste. En Oviedo, a 18 de abril de 2007.—El Consejero de Educación y Ciencia, José Luis Iglesias Riopedre.—7.119. Anexo BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA
Primera.—Objeto de la convocatoria Es objeto de esta convocatoria la selección de proyectos y la concesión de ayudas o subvenciones a centros educativos públicos y privados, sostenidos con fondos públicos, del Principado de Asturias de niveles no universitarios, que promuevan proyectos y actividades en el marco del programa “Asturias, espacio educativo”, para el período correspondiente al año 2007, y para la participación en las acciones agrupadas bajo dicha denominación y que a continuación se relacionan: 1. Aulas de la Naturaleza (actividades didácticas complementarias de educación ambiental). 2. Conocer Asturias (actividades didácticas complementarias de conocimiento del medio sociocultural).
18–V–2007
3. Bibliotecas Escolares (proyectos pedagógicos de centro para el aprovechamiento multidisciplinar de las bibliotecas escolares). 4. Perdayuri Asturies: (proyectos pedagógicos de centro para promover el conocimiento y uso del Lengua asturiana o gallego-asturiano y de la cultura asturiana). 5. Educación Vial (proyectos pedagógicos de centro para la promoción de la educación y seguridad vial). Segunda.—Cuantía y proyectos seleccionados 1. La cantidad máxima global que se podrá otorgar es de 434.800,00 euros, con cargo a las aplicaciones 15-02-422P-229000 por importe 386.800,00 euros y 15-02-422P-482027 por importe de 48.000,00 euros de los Presupuestos del Principado de Asturias para el ejercicio 2007. Las cuantías máximas destinadas a cada acción se especifican en los anexos I, II, III, IV, V, correspondientes a cada una de ellas. 2. El importe de la subvención concedida en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el costo de la actividad a desarrollar por el beneficiario. A tal fin, se deberá especificar, en la documentación que acompañe a la solicitud, si los proyectos que optan a esta convocatoria han obtenido ayudas de otras entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, o van a ser presentados a otras convocatorias. 3. Las aportaciones económicas tendrán la consideración de ayudas para la realización de las actuaciones, con independencia del costo total de las mismas. 4. Las entidades beneficiarias de ayuda deberán comunicar por escrito, en su caso, la renuncia a dicha ayuda mediante el anexo B, y en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de la Resolución de concesión. 5. Asimismo cualquier modificación del proyecto presentado, deberá ser comunicada haciendo uso del mismo anexo B y en cualquier fase del desarrollo del mismo, entendiendo que se acepta la modificación si desde la Consejería de Educación y Ciencia no se comunica lo contrario en el plazo de un mes. 6. El número de proyectos seleccionados y la cuantía de las ayudas dependerá de la disponibilidad económica para cada una de las acciones, de las características de los proyectos y de las valoraciones que alcancen. 7. Se priorizará la selección de los proyectos de los centros declarados de Integración y/o Atención preferente. 8. Las ayudas se concederán para el año 2007 o para el curso 2007/2008, en su caso. 9. La convocatoria podrá declararse desierta total o parcialmente si las solicitudes presentadas no alcanzaran las valoraciones adecuadas. Tercera.—Destinatarios 1. Con carácter general, podrán participar en la convocatoria todos los centros escolares públicos y privados sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias, de niveles no universitarios, con proyectos de actividades didácticas complementarias y proyectos pedagógicos a desarrollar con alumnado. En las bases específicas para cada acción se podrán incluir otros requisitos complementarios que condicionen la participación.
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2. Las actividades deberán realizarse en el presente año 2007. En el caso de Bibliotecas Escolares y Educación Vial, los proyectos deberán tener proyección durante el curso 2007/2008. 3. Quedan excluidos de la convocatoria, por acciones específicas, los centros que no hayan justificado las ayudas o subvenciones anteriores en el tiempo y forma especificados en la convocatoria de 2006, salvo en aquellos casos en que ello sea consecuencia de una modificación del proyecto autorizada por esta Consejería. Cuarta.—Plazo y forma de presentación de solicitudes 1. Los formularios de solicitud (anexo A, anexo A-1), las bases generales y las bases específicas para cada acción (anexo I, II III, IV y V) estarán a disposición de las personas interesadas en la Consejería de Educación y Ciencia, Plaza de España, 5. 33007, Oviedo, o en c/ Alarcón, n.º 7, 33205, Gijón. También se pueden encontrar en la siguiente dirección de Internet: http://www.educastur.es, en la sección Asturias, espacio educativo, convocatoria. 2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. 3. Las solicitudes (anexo A, anexo/s A-1 y proyecto/s) dirigidas al Ilmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia, se presentarán en el Registro Central del Principado, c/ Coronel Aranda, n.º 2, planta plaza, 33005, Oviedo; o en el registro de c/ Alarcón, n.º 7, 33205, Gijón o bien a través de cualquiera de las vías establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 4. En el caso de que los solicitantes optarán por presentar su solicitud en una oficina de Correos, la dirigirán a la Consejería de Educación y Ciencia, Servicio de Innovación y Apoyo a la Acción Educativa, (3.ª planta) plaza de España, 5, 33007 Oviedo; lo harán en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada. 5. La solicitud de participación la formalizará el Director/a mediante anexo A, debidamente cumplimentado, con los datos de identificación del centro solicitante y una relación completa de los proyectos para los que se solicita ayuda o subvención, independientemente de la acción educativa por la que participan. 6. En el caso de Bibliotecas Escolares, Perdayuri Asturies y Educación Vial, todas las iniciativas y actividades a desarrollar deberán formar parte, obligatoriamente, de un único proyecto de centro por cada Acción. 7. En el caso de Aulas de la Naturaleza y Conocer Asturias, es potestativo presentar el conjunto de todas las salidas didácticas complementarias como un solo proyecto de centro o como un proyecto de actividades de etapa, ciclo, nivel o aula. 8. La solicitud constará de la siguiente documentación: • Anexo A-1 por cada proyecto para el que se solicite ayuda o subvención. Es imprescindible que cada proyecto de actividades (Aulas de la Naturaleza y Conocer Asturias) o proyecto pedagógico de centro (Bibliotecas Escolares, Perdayuri Asturies y Educación Vial) lleve su correspondiente anexo A-1, independientemente del número de proyectos presentados por cada Centro Educativo. Se hará constar en el anexo A-1 una relación de otras subvenciones o ayudas solicitadas o concedidas, con indicación del organismo que las haya convocado o concedido. Procederá el reintegro del exceso en los
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supuestos en que, por obtención de subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, entes o personas públicas o privadas, nacionales o internacionales, la cuantía de la subvención otorgada supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario, independientemente de las obligaciones fijadas por el artículo 13 del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones en el Principado de Asturias. • Se adjuntará al impreso oficial, anexo A-1, detalle del Proyecto presentado que deberá contener los apartados que se detallan en las bases específicas para cada una de las acciones. (Anexos I, II, II, IV, V). Para facilitar el tratamiento de esta documentación, se ruega a los solicitantes que no utilicen ningún método de encuadernación. En su lugar podrán valerse de una pinza, goma o carpeta. 9. Los proyectos deberán estar incluidos en la Programación General Anual correspondiente - Programa Anual de Actividades Complementarias y Extraescolares del Centro, en su caso, y deberán atenerse a lo estipulado en las siguientes resoluciones: • Resolución de 6 de agosto de 2001 (BOPA de 13 de agosto de 2001), de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria del Principado de Asturias, P.1.3.5 y P.1.3.6. • Resolución de 6 de agosto de 2001 (BOPA de 13 de agosto de 2001), de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y el funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria del Principado de Asturias. P.1.3.6. y P.1.3.8. • Instrucciones de la Viceconsejería de Educación del Principado de Asturias por las que se regulan la organización y el funcionamiento de los Conservatorios de Música, los Centros de Educación de Personas Adultas y las Escuelas Oficiales de Idiomas. El no ajustarse a lo establecido en las bases de la convocatoria, así como cualquier ocultación, alteración o manipulación de la información aportada, será motivo de desestimación de la solicitud. Quinta.—Subsanación de la solicitud De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, si la solicitud no reuniese los requisitos precisos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, indicándose que si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de su petición, archivándose previa resolución que será dictada en los términos del art. 42.1 de la precitada Ley. La Consejería de Educación y Ciencia podrá requerir en todo momento la documentación original o información complementaria que se considere necesaria para acreditar mejor el exacto cumplimiento de las condiciones exigidas en estas normas. Sexta.—Propuesta y otorgamiento 1. El estudio y valoración de las solicitudes y proyectos presentados, así como la propuesta de concesión de las ayudas o subvenciones, corresponde a una Comisión de Selección designada al efecto, presidida por la Directora General de Ordenación Académica e Innovación, o persona en quien delegue e integrada por los siguientes vocales:
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a) El Jefe del Servicio de Innovación y Apoyo a la Acción Educativa. b) La Coordinadora de Apoyo a la Acción Educativa, del Servicio de Innovación y Apoyo a la Acción Educativa. c) Cinco Asesores/as Técnicos Docentes del Servicio de Innovación y Apoyo a la Acción Educativa. d) El Asesor Técnico docente de escolarización de la Llingua Asturiana. e) Dos Inspectores/as del Servicio de Inspección Educativa. f) Un Director/a de un Centro del Profesorado y de Recursos. g) Tres Asesores/as Técnicos Docentes de CPR del Area de Proyectos Pedagógicos en centros y de Innovación o referentes de Bibliotecas Escolares. Actuará como Secretario/a un/a funcionario/a de la Dirección General de Ordenación Académica e Innovación. La composición de dicha Comisión de Valoración se hará pública en el portal de la Consejería de Educación y Ciencia: http://www.educastur.es, a los efectos previstos en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 2. La Comisión verificará que los proyectos incluidos en las solicitudes se ajustan a las disposiciones que rigen la convocatoria y los valorará según los criterios recogidos en las mismas. Dicha Comisión tendrá facultades para resolver todas las dudas relacionadas con el procedimiento y podrá entrevistar a los responsables de los proyectos cuando lo considere necesario, con la finalidad de evaluarlos con una mayor profundidad. Asimismo podrá recabar el apoyo y asesoramiento de personas especializadas en la materia y formar subcomisiones de trabajo por acciones específicas. 3. Se dará preferencia a aquellos proyectos que mejor se adecuen a los fines que se persiguen y cumplan los criterios señalados en la convocatoria, pudiendo ser desestimados los que, a juicio de la Comisión, no alcancen una valoración suficiente. 4. En el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la Comisión elevará una propuesta al titular de la Consejería de Educación y Ciencia, quien resolverá sobre la concesión o denegación de las subvenciones mediante Resolución, que será publicada en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Dicha publicación sustituirá a la notificación en los términos del artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Séptima.—Criterios de selección Una vez concluido el plazo de recepción de solicitudes la Comisión nombrada al efecto procederá a su valoración, de acuerdo con los criterios que se relacionan para cada una de las acciones, teniendo en cuenta la distinta naturaleza de las mismas. 1. Anexo I: Aulas de la Naturaleza. Base específica cuarta. 2. Anexo II: Conocer Asturias. Base específica quinta. 3. Anexo III: Bibliotecas Escolares. Base específica quinta. 4. Anexo IV: Perdayuri Asturies. Base específica sexta. 5. Anexo V: Educación Vial. Base específica quinta. Octava.—Resolución 1. Las listas provisionales de proyectos seleccionados y de las ayudas o subvenciones concedidas se harán públicas en las dependencias de la Consejería de Educación y Ciencia,
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Plaza de España 5, 33007 Oviedo; c/ Alarcón, n.º 7, 33205, Gijón y en el portal “Educastur” www.educastur.es, sección “Asturias, espacio educativo”, convocatoria. 2. Las personas o instituciones interesadas podrán presentar reclamaciones contra esta lista provisional ante la Comisión de Selección en el plazo de diez días, a partir del día siguiente de su publicación. 3. Las reclamaciones presentadas serán estudiadas por la Comisión y una vez finalizados los procesos selectivos, dicha Comisión elevará la correspondiente propuesta de concesión al Consejero de Educación y Ciencia. 4. El plazo máximo para resolver será de seis meses a partir del día siguiente de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo señalado sin que haya recaído resolución expresa supone la desestimación presunta de la solicitud, sin perjuicio de la obligación de resolver. 5. La Resolución por la que se concedan o denieguen las subvenciones objeto de esta convocatoria se publicará en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. En dicha Resolución se relacionarán los centros beneficiarios de las subvenciones, cuantía y los proyectos a los cuales se destinan, así como las solicitudes denegadas y excluidas, con expresión de las causas de denegación y exclusión. 6. Los centros beneficiarios quedarán obligados a someterse a las actuaciones de comprobación que pudiera efectuar el órgano concedente, así como a las de control financiero que correspondan a la Intervención General del Principado de Asturias. 7. Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de la concesión. Novena.—Abono de las ayudas En el caso de centros de titularidad pública: 1. La ayuda otorgada será abonada en un único pago, en el plazo estimado de tres meses, contados a partir de la publicación de la Resolución de Concesión en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. 2. Dicha ayuda se incluirá como ingreso correspondiente a los gastos de funcionamiento del Centro para el desarrollo del proyecto aprobado, de acuerdo a lo previsto en la Orden de 23 de septiembre de 1999 por la que se desarrolla el Real Decreto 2723/1998, de 18 de diciembre, por el que se regula la autonomía en la gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios. 3. En el caso de que la justificación del gasto no alcanzase el importe total de la ayuda concedida, la diferencia podrá ser retenida por la Consejería de Educación y Ciencia en la asignación del gasto de funcionamiento ordinario, salvo autorización expresa para destinar el importe a otras actividades del centro. En el caso de centros de titularidad privada: 1. Los centros beneficiarios percibirán el abono de las subvenciones concedidas previa justificación del gasto efectuado. 2. No obstante, con carácter excepcional y previa solicitud del centro beneficiario, las subvenciones podrán ser anticipadas total o parcialmente antes de su justificación, sin necesidad de aportar garantía, según lo dispuesto en la Resolución de 11 de febrero de 2000, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el régimen de garantías para el pago anticipado de subvenciones.
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Décima.—Justificación de la ayuda o subvención. 1. La justificación de la ayuda se efectuará ante la Dirección General de Ordenación Académica e innovación, Servicio de Innovación y Apoyo a la Acción Educativa, 3.ª planta, Plaza de España, n.º 5, 33007, Oviedo, sin menoscabo del rendimiento de cuentas que, con carácter general, los centros deben realizar a otros Servicios de la Administración Educativa. Pueden utilizarse las vías descritas en la base general 4, apartados 3 y 4. 2. Se justificará documentalmente: a) El gasto de la ayuda para aquellas actividades realizadas: • Centros de titularidad del Principado de Asturias: antes del 16 de enero de 2008. • Centros de titularidad privada: antes del 15 de noviembre, de 2007, previa realización de la actividad y junto con la justificación pedagógica. La justificación del gasto se realizará, exclusivamente, mediante memoria económica, anexo C, identificando el título del proyecto y la acción a la que pertenece; se relacionarán las facturas: n.º con el que se registre en la contabilidad interna del centro, para una mejor identificación en caso de control o auditoría, concepto, proveedor, importe de las mismas y la suma total. Este documento debe ir firmado por el/a Secretario/a y la Dirección del centro educativo. Los centros públicos podrán sustituir el anexo C por el informe de Grupo generado con el Programa de Gestión Económica de Centros Educativos (GECE ). Sólo los centros privados sostenidos con fondos públicos deberán adjuntar al anexo C las oportunas facturas, originales, expedidas en el año 2007, reuniendo los siguientes requisitos: nombre, razón social y NIF o CIF del comprador y del vendedor, el producto vendido o servicio prestado, fecha y número. Las facturas deberán estar conformadas con el V.º B.º del Director del centro.
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de las responsabilidades administrativas en que pudiera incurrir el beneficiario, de acuerdo con el artículo 37.1.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y los artículos 67 y 67 bis del texto refundido de Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias, aprobado por Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio. Undécima.—Obligaciones tributarias 1. Antes de la propuesta de concesión los centros privados deberán acreditar, mediante declaración responsable, que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 2. Sin perjuicio de lo anterior, los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Duodécima.—Compatibilidad con otras ayudas o subvenciones La solicitud y, en su caso, obtención de la presente subvención no implica la incompatibilidad con otras posibles subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales; siempre que no supere el coste de la actividad subvencionada. Decimotercera.—Régimen sancionador, revocación y reintegro 1. El régimen de infracciones y sanciones en materia de subvenciones se regirá por lo dispuesto en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en los artículos 67 bis y siguientes del texto refundido del régimen económico y presupuestario, aprobado por el Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio.
La justificación pedagógica se realizará mediante documento Memoria del proyecto desarrollado (no encuadernada), que irá en consonancia con el detalle del proyecto presentado. Se adjuntará, además, hoja resumen, anexo D, debidamente cumplimentado.
2. La revocación y reintegro de las subvenciones se regirá por lo dispuesto en el Título II de la Ley General de Subvenciones, y en el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. La Resolución por la que se acuerda el reintegro de la subvención será adoptada por el Consejero de Educación y Ciencia, previa instrucción del expediente, en el que junto a la propuesta razonada del órgano gestor se acompañarán los informes pertinentes y las alegaciones del beneficiario. La resolución del procedimiento de reintegro pondrá fin a la vía administrativa.
Para Aulas de la Naturaleza, Conocer Asturias y Perdayuri Asturies
Decimocuarta.—Permiso del profesorado
b) El proyecto realizado:
Centros del titularidad del Principado de Asturias: antes del 16 de enero de 2008. Centros de titularidad privada: antes del 15 de noviembre de 2007, previa realización de la actividad y junto con la justificación económica. Para Bibliotecas Escolares y Educación Vial • Centros del titularidad del Principado de Asturias: antes del 31 de mayo de 2008. • Centros de titularidad privada: antes del 15 de noviembre de 2007, junto con la justificación económica, deberán remitir un breve documento o Informe de progreso, donde se especifiquen las acciones que se están llevando a cabo en el desarrollo del proyecto. Antes del 31 de mayo de 2008, deberán remitir justificación pedagógica completa. En ambas justificaciones, deberán tenerse en cuenta las modificaciones propuestas según la base general segunda, punto 4. 3. La falta de justificación de la ayuda percibida comportará el reintegro al Principado de Asturias de la cantidad no justificada, así como los intereses de demora, sin perjuicio
Cuando los proyectos contemplen salidas escolares, el permiso de desplazamiento se regirá por el procedimiento habitual previsto para el desarrollo de las actividades complementarias. Decimoquinta.—Reconocimiento y equiparación De acuerdo con el artículo 26.1 del Decreto 62/2001, de 28 de junio, por el que se regulan las actuaciones relativas a formación permanente del profesorado y la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades correspondientes (BOPA de 13 de julio), “la participación en programas de actividades de mejora e innovación educativa podrá tener la consideración de actividad de formación permanente del profesorado, siempre que el proyecto sea convocado, promovido o avalado por un organismo público”. Una vez estudiadas las memorias de los proyectos e informes correspondientes, por la Comisión de Reconocimiento de Formación del Profesorado, regulada en el art. 14 del Decreto 62/2001, la Dirección General de Ordenación Académica e Innovación expedirá, si procediese su equiparación, los pertinentes certificados como actividad equiparada a la formación permanente, según el artículo cuarto apartado 1, a) de la Resolución de 3 de octubre de 2001 (BOPA de
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20 de octubre), por la que se ordena el diseño, la duración, el reconocimiento, la equiparación y el registro de las actividades de formación permanente del profesorado. Decimosexta.—Difusión y publicidad Los centros beneficiarios de las subvenciones deberán hacer constancia expresa de la colaboración de la Administración del Principado de Asturias, incluyendo la imagen corporativa institucional que ésta les facilite en toda la información o publicidad que de la actividad subvencionada realice, difundiéndola de forma adecuada y situándola en lugar destacado y visible, de manera que sea suficientemente perceptible. Decimoséptima.—Retirada de la documentación Una vez finalizado el proceso de seguimiento y evaluación de los proyectos y memorias pedagógicas (28 de febrero de 2008, salvo para Bibliotecas Escolares y Educación Vial que será el 30 de junio de 2008), podrán retirarse, en el plazo de tres meses, a partir de la fecha mencionada, aquellos materiales aportados para su valoración: publicaciones, vídeos, cd(s). En ningún caso, podrán retirarse los proyectos ni las memorias, que quedarán archivados en la Consejería de Educación y Ciencia. Decimoctava.—Edición y difusión La Consejería se reserva el derecho de edición y difusión de los proyectos seleccionados, sin contraprestación a los autores o autoras, respetando en todo caso, los derechos de propiedad intelectual en los términos establecidos en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. Decimonovena.—Régimen supletorio 1. La participación en la convocatoria supone la plena aceptación de estas bases, correspondiendo al titular de la Consejería de Educación y Ciencia su interpretación y desarrollo. 2. En todo lo no previsto en las presentes bases se estará a lo que dispone la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, que regula el régimen general de concesión de subvenciones; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; y demás disposiciones de aplicación. Anexo I
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4. El Teixo (Taramundi). 5. El Vallín (Cangas del Narcea). 6. Felechosa (Aller). 7. La Furta (DuPont Ibérica-Tamón). 8. La Riera (Cangas de Onís). 9. Meandros del Nora (Las Regueras). 10. Monte Deva (Gijón). 11. Onda Brava (Pesoz). 12. Quinzanas (Pravia). 13. Saliencia (Somiedo). 14. Vega de Arrojo (Quirós). 15. Vega del Carro (Santa Eulalia de Oscos). 16. Weekend Camp (Carreña). Segunda.—Cuantía 1. La cuantía máxima global que se podrá otorgar es de 71.800,00 euros con cargo al concepto presupuestario 15-02-422P-229000 (centros públicos) y 14.000,00 euros con cargo al concepto presupuestario 15-02-422P-482027 (centros privados sostenidos con fondos públicos) del Presupuesto del año 2007, siendo la cuantía máxima por Proyecto de 2.000,00 euros. Tercera.—Proyecto Se adjuntará al impreso oficial, anexo A-1, detalle del Proyecto presentado que deberá contener los siguientes apartados, para una adecuada valoración: 1. Título del proyecto, con referencia expresa al contenido del mismo. 2. Descripción del Centro Educativo: número total de alumnos y alumnas, número de profesores y profesoras, horario del centro, entorno social, cultural y económico, alumnado con necesidades educativas especiales y/o necesidades de compensación educativa. 3. Justificación del Proyecto, haciendo referencia a la relación con el Proyecto Educativo del Centro, a su inclusión en la Programación General Anual y al apoyo del Claustro y del Consejo Escolar. Así mismo, se procederá a la justificación desde el punto de vista educativo y desde la perspectiva de Educación Ambiental con referencia expresa al Aula de la Naturaleza elegida y a la infraestructura y a los recursos con los que cuenta. 4. Objetivos del proyecto, que deben estar vinculados a las programaciones didácticas. 5. Actividades a desarrollar antes, durante y después de la salida. Calendario. 6. Metodología, organización y funcionamiento.
ACCION I: AULAS DE LA NATURALEZA BASES ESPECIFICAS DE LA CONVOCATORIA DE PROYECTOS PEDAGOGICOS Y AYUDAS ECONOMICAS O SUBVENCIONES A CENTROS ESCOLARES DE ASTURIAS PARA LA REALIZACION DE ACTIVIDADES DIDACTICAS COMPLEMENTARIAS DE EDUCACION AMBIENTAL QUE CONTEMPLEN LA UTILIZACIÓN DE LAS AULAS DE LA NATURALEZA
Primera.—Objeto Es objeto de esta convocatoria la selección de proyectos de actividades didácticas complementarias y la concesión de ayudas o subvenciones a centros educativos públicos y privados sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias de niveles no universitarios, que promuevan la Educación Ambiental, utilizando como recurso las Aulas de Naturaleza de: 1. Aula Vital (Collada del Puerto-Yernes y Tameza). 2. Brañillín (Pajares). 3. Cuevas del Agua (Ribadesella).
• Preparación previa de la salida de campo. • Viaje: autorizaciones, transporte... • Equipaje: ropa, calzado, utensilios y materiales para el trabajo de campo. • Documentación: DNI, tarjeta sanitaria... • Organización en el albergue durante las actividades. • Reuniones con los responsables familiares: presentación de la actividad. 7. Criterios para la evaluación • Del Proyecto y sus actividades • De la infraestructura y servicios prestados por el Aula de la Naturaleza. 8. Presupuesto detallado de la cuantía solicitada • Alojamiento/pernocta • Manutención
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• Viaje: presupuesto de la empresa de transporte • Materiales didácticos • Otros datos se consideren oportunos para la mejor valoración del Proyecto, a efectos de presupuestar la actividad y otorgar la subvención. 9. Propuesta formativa del profesorado, si procediese.
Sexta.—Calendario El calendario de uso de las instalaciones lo establecerán directamente los centros educativos con los responsables de las instalaciones: Albergues, Aulas, etc., en función del interés de cada centro, teniendo en cuenta que, en los periodos lectivos, los centros escolares tendrán preferencia sobre el resto de usuarios.
Cuarta.—Requisitos y criterios de valoración Se tendrán en cuenta los siguientes requisitos y criterios de valoración: El Proyecto presentado deberá estar relacionado con el Proyecto Educativo de Centro, deberá quedar reflejado la Programación General Anual correspondiente y contar con el apoyo del Claustro y del Consejo Escolar. Estas cuestiones deberán constar en el Proyecto, en el apartado referido a la justificación del mismo. 1. Estructura, grado de concreción y presentación del proyecto: máx. 2 puntos. 2. Características del Centro Educativo con relación al contexto social, cultural, económico, educativo y necesidades existentes: máx. 1 punto. 3. Justificación del Proyecto, implicación del Centro Escolar en proyectos de investigación relacionados con la didáctica de la temática tratada, aprovechamiento de los recursos para favorecer el conocimiento del entono natural y su adecuación para promover la Educación en Valores: medio ambiente, salud, consumo, coeducación etc., con un planteamiento de formación integral del alumnado: máx. 2 puntos. 4. Concreción de los objetivos propuestos, actividades a desarrollar, metodología a seguir para trabajar la educación en valores desde una perspectiva mediombiental, organización y funcionamiento: máx. 2 puntos. 5. Criterios y propuestas específicas de instrumentos de evaluación que permitan obtener información sobre los siguientes aspectos: el proyecto que se va a realizar, el grado de utilización de los servicios complementarios y del Aula de la Naturaleza, el aprovechamiento y uso de estos servicios, etc.: máx. 2 puntos. 6. Adecuación del presupuesto al desarrollo del proyecto y a las especificaciones económicas que marca la convocatoria: máx. 1 punto.
Séptima.—Tarifas y precios Si a lo largo del año 2007, los precios de las instalaciones de las Aulas de la Naturaleza que se ofertan en el momento de esta convocatoria sufriesen variación, no serían aplicadas las nuevas tarifas a los centros con proyectos seleccionados. Las tarifas actualizadas para el año 2007 podrán ser consultadas en el portal educativo www.educastur.es , o en el Negociado de Información de la Consejería de Educación, Plaza de España, n.º 5, planta baja, 33007, Oviedo, o calle Alarcón, n.º 7, 33205-Gijón. Anexo II ACCION II: CONOCER ASTURIAS BASES ESPECIFICAS DE LA CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE ACTIVIDADES DIDACTICAS COMPLEMENTARIAS Y AYUDAS ECONOMICAS O SUBVENCIONES A CENTROS ESCOLARES DE ASTURIAS PARA FAVORECER ENTRE EL ALUMNADO EL CONOCIMIENTO Y LA INVESTIGACION DEL PATRIMONIO ARQUEOLOGICO, HISTORICO-ARTISTICO, LINGÜISTICO, INDUSTRIAL Y TECNOLOGICO DE NUESTRA COMUNIDAD AUTONOMA
Primera.—Objeto Es objeto de esta convocatoria la selección de proyectos y la concesión de ayudas o subvenciones a centros educativos públicos y privados sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias de niveles no universitarios, que promuevan: 1. Actuaciones del profesorado, que fomenten la investigación y el conocimiento del patrimonio arqueológico, histórico-artístico, lingüístico, industrial y tecnológico.
La estancia de dos días completos, en aquellas aulas de la naturaleza que ofertan albergue, será considerada más adecuada para el aprovechamiento de las instalaciones. Esta situación se tendrá en cuenta en el momento de la adjudicación de la ayuda si bien, no existe, como norma, limitación alguna salvo las contempladas en la normativa básica para la realización de actividades complementarias.
2. Actividades diversas con alumnos/as, que permitan un mejor conocimiento de los ámbitos señalados.
Quinta.—Obligaciones de los beneficiarios
Segunda.—Cuantía
1. Formalizar con el Aula de la Naturaleza correspondiente la reserva de servicios. 2. Responsabilizarse de las tareas de vigilancia del alumnado (diurna y nocturna), así como de la realización de la acción docente, al entender que el profesorado debe ser el que desarrolle los proyectos educativos. Cuando el Aula de Naturaleza cuente con monitor, su función será de apoyo a la acción que desarrolla el profesorado y en ningún caso será sustituto de este. 3. Acatar las normas, derechos de reserva y horarios de funcionamiento que rijan en las instalaciones. 4. Elaborar el listado del alumnado distribuidos por habitaciones y acompañar al personal de las instalaciones en la inspección final antes de la salida del grupo, responsabilizándose de los posibles desperfectos que haya causado el alumnado, si fuese el caso.
1. La cuantía máxima global que se podrá otorgar es de 140.000,00 euros con cargo al concepto presupuestario 15-02-422P-229000 (centros públicos) y de 18.000,00 euros con cargo al concepto presupuestario 15-02-422P-482027 (centros privados sostenidos con fondos públicos) del Presupuesto del año 2007, siendo la cuantía máxima por centro educativo de 2.200,00 euros.
3. Asistencia de los alumnos/as a eventos relevantes de carácter artístico-cultural que tengan lugar en el Principado de Asturias.
Tercera.—Actividades para las que pueden solicitar y recibir ayuda Podrán ser objeto de ayudas en el contexto del Proyecto pedagógico, aquellas acciones que por su carácter didáctico pedagógico sean de interés para el alumnado y que permitan mejorar o ampliar el conocimiento sobre el patrimonio natural, cultural, lingüístico, arqueológico, histórico, artístico e industrial de nuestra Comunidad.
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1. Realización de itinerarios educativos relacionados con la materia objeto de estudio.
• Materiales didácticos
2. Visitas didácticas a los diferentes museos y monumentos de carácter histórico-artístico.
• Otros datos se consideren oportunos para la mejor valoración del Proyecto, a efectos de presupuestar la actividad y otorgar la subvención.
3. Visitas didácticas a las cuevas, yacimientos prehistóricos y espacios de interés medioambiental que estén abiertos al público. 4. Asistencia o participación en los diferentes eventos de carácter didáctico relacionados con ensayos y conciertos programados por la Joven Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias, los Conservatorios del Principado de Asturias y la Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias.
• Material fungible
9. Propuesta formativa del profesorado, si procediese. Quinta.—Requisitos y criterios de valoración Se tendrán en cuenta los siguientes requisitos y criterios de valoración:
6. Asistencia a exposiciones pictóricas, muestras plásticas, etc. que se consideren relevantes.
El Proyecto presentado deberá estar relacionado con el Proyecto Educativo de Centro, deberá quedar reflejado la Programación General Anual correspondiente y contar con el apoyo del Claustro y del Consejo Escolar. Estas cuestiones deberán constar en el Proyecto, en el apartado referido a la justificación del mismo.
7. Asistencia Ferias, Muestras y otros eventos similares de interés para el alumnado.
1. Estructura, grado de concreción y presentación del proyecto: máx. 2 puntos.
8. Visitas al Aula Didáctica Interactiva en Prevención de Riesgos Laborales.
2. Características del Centro Educativo con relación al contexto social, cultural, económico, educativo y necesidades existentes: máx. 1 punto. 3. Justificación del proyecto, implicación del Centro Escolar en proyectos de investigación relacionados con la didáctica de la temática tratada, aprovechamiento de los recursos para favorecer el conocimiento del entono natural, cultural, histórico, artístico, etc., así como la convivencia, comunicación y, en definitiva, la Educación en Valores: máx. 2 puntos.
5. Asistencia y participación en certámenes y representaciones teatrales.
9. Puesta en marcha y desarrollo de proyectos de investigación del entorno. Cuarta.—Proyecto Se adjuntará al impreso oficial, anexo A-1, detalle del Proyecto presentado que debe contener los siguientes apartados, para una adecuada valoración: 1. Título del Proyecto, con referencia expresa al contenido del mismo. 2. Descripción del Centro Educativo: n.º total de alumnos y alumnas, n.º de profesores y profesoras, horario del centro, entorno social, cultural y económico, alumnado con necesidades educativas especiales o necesidades de compensación educativa. 3. Justificación del Proyecto, haciendo referencia a la relación con el Proyecto Educativo de Centro, a su inclusión en la Programación General Anual y al apoyo del Claustro y del Consejo Escolar. Asimismo, se procederá a la justificación desde el punto de vista educativo y desde la perspectiva de educación en valores con referencia expresa al recurso seleccionado como apoyo a la acción educativa. 4. Objetivos del proyecto, que deben estar vinculados al Proyecto Curricular del Centro y a las programaciones didácticas. 5. Actividades a desarrollar antes, durante y después de la salida. Calendario. 6. Metodología, organización y funcionamiento. • Preparación previa de la salida de campo. • Viaje: autorizaciones, transporte.
4. Concreción de los objetivos propuestos, actividades a desarrollar, metodología a seguir para trabajar la educación en valores desde una perspectiva integradora, organización y funcionamiento: máx. 2 puntos. 5. Criterios y propuestas específicas de instrumentos de evaluación que permitan obtener información sobre los siguientes aspectos: el proyecto que se va a realizar, el grado de utilización de los servicios complementarios y de los recursos del entorno: máx. 2 puntos. 6. Adecuación del presupuesto al desarrollo del proyecto y a las especificaciones económicas que marca la convocatoria: máx. 1 punto. Sexta.—Obligaciones de los beneficiarios 1. Formalizar con la dirección correspondiente del museo, cueva, monumento, feria, parque natural, etc. las reservas de entradas, días, horarios, etc. 2. Acatar las normas, derechos de reserva y horarios de funcionamiento que, en cada caso, rijan en las instalaciones. 3. Responsabilizarse de las tareas de vigilancia del alumnado, así como de la realización de la acción docente. Cuando la instalación visitada cuente con monitor, su función será de apoyo a la acción que desarrolla el profesorado y en ningún caso será sustituto de este. Anexo III
• Recursos utilizados para el trabajo de campo • Organización de las actividades. • Reuniones con los responsables familiares: Presentación de la actividad. 7. Criterios para la evaluación • Del Proyecto y sus actividades • De los recursos utilizados. 8. Presupuesto detallado de la cuantía solicitada • Viaje: presupuesto de la empresa de transporte
ACCION III: BIBLIOTECAS ESCOLARES BASES ESPECIFICAS DE LA CONVOCATORIA DE PROYECTOS PEDAGOGICOS DE CENTRO Y AYUDAS ECONOMICAS O SUBVENCIONES PARA FAVORECER LA TRANSFORMACION DE LA BIBLIOTECA EN UN CENTRO DE RECURSOS INTEGRADO PLENAMENTE EN LAS PRACTICAS EDUCATIVAS DE AULA Y CENTRO
Primera.—Objeto Es objeto de esta convocatoria la selección de proyectos pedagógicos de centro y la concesión de ayudas o subven-
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ciones a centros educativos públicos y privados sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias de los niveles no universitarios, que contemplen, de forma global, actividades relacionadas con los diferentes aspectos que suponen la integración curricular y cultural de la Biblioteca: la organización y automatización de los fondos, el fomento de la lectura y la escritura, la formación de usuarios, la educación documental y la dinamización cultural. Segunda.—Cuantía La cuantía máxima global que se podrá otorgar es de 100.000,00 euros, con cargo al concepto presupuestario 15-02-422P-229000 (centros públicos) y 12.000,00 euros con cargo al concepto presupuestario 15-02-422P-482027 (centros privados sostenidos con fondos públicos) del Presupuesto del año 2007, siendo la cuantía máxima por proyecto y centro de 1.500,00 euros. Tercera.—Requisitos complementarios de participación. 1. Los proyectos que ya hayan superado la etapa inicial (3 años), deberán avanzar y profundizar en la integración curricular de la Biblioteca Escolar, al entender consolidada la primera fase de transformación de la biblioteca en un centro de recursos integrados en la práctica educativa del aula y en la vida escolar. Por lo tanto, los objetivos y actividades deben ir encaminados a favorecer los proyectos de centro y a abordar aquellos aspectos más necesarios para lograr el desarrollo de la competencia comunicativa e informacional del alumnado, desde todas las áreas y materias curriculares. 2. Creación de un equipo de trabajo de la Biblioteca Escolar en el centro, que se deberá vincular al Centro de Profesorado y de Recursos del ámbito geográfico en algunas de las actividades de formación del Programa de Bibliotecas Escolares, una vez estudiadas las necesidades formativas presentadas. 3. Contar con un profesor/a responsable de la Biblioteca Escolar (a ser posible, con destino definitivo en el centro) y un equipo de apoyo para la realización de las distintas tareas derivadas del Proyecto, con dedicación específica para llevarlas a cabo. 4. Tener un proyecto de trabajo definido sobre la biblioteca escolar que abarque actividades diversas, entre las cuales se recomienda incluir algunas encaminadas a fomentar el desarrollo de la lengua y la cultura asturiana, y que tenga como fin último la transformación de la biblioteca en un centro de recursos integrado plenamente en las prácticas educativas de aula y de centro que posibilite el desarrollo del futuro proyecto lector que todos los centros tendrán que realizar, tal como se establece en la normativa que regula la Ordenación de las Enseñanzas de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria. 5. Contar con el apoyo explícito, para la participación en este programa, del Claustro, Equipo Directivo y Consejo Escolar que, además, han de comprometerse a facilitar la puesta en práctica del proyecto y su inclusión en la Programación General Anual. Cuarta.—Solicitudes Se adjuntará al impreso oficial, anexo A-1, la siguiente documentación: 1. Proyecto de trabajo para la Biblioteca Escolar que ha de contener los siguientes apartados: • Título del proyecto • Situación actual de la Biblioteca del centro, el punto de partida
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• Objetivos a conseguir en el curso escolar 2007/2008 • Actividades a realizar, responsables y temporalización (en cada uno de los distintos aspectos de la integración curricular de la Biblioteca Escolar) • Sistema de trabajo y horario • Criterios e instrumentos de evaluación • Presupuesto detallado de la cuantía solicitada para el proyecto. 2. Relación de profesores y profesoras que van a participar en el equipo de trabajo, destacando a la persona responsable de la biblioteca, indicando nombre y apellidos, NIF, cuerpo, área, materia o ciclo que imparte, situación laboral (destino definitivo, expectativa o provisional, comisión de servicios, interinidad, etc.) y cargos que desempeñan. Currículum específico sobre la formación y experiencia del responsable de la biblioteca. 3. Certificación del Equipo Directivo en el que se concrete el apoyo explícito al proyecto por parte del Claustro y el Consejo Escolar y se comprometa a favorecer y apoyar el trabajo del equipo de bibliotecas. 4. Avance de las necesidades de formación para el curso 2007/2008. 5. Situación actual de la Biblioteca Escolar, según anexo E, en el que se recogen aspectos relativos a la atención que el centro presta a su biblioteca. Los centros que participan por primera vez en el Programa deben cumplimentar todos los apartados y el resto solo los apartados 4, 5 y 6. Quinta.—Criterios de valoración La Comisión tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración: 1. Calidad, coherencia y viabilidad del proyecto: máx. 6 puntos. 2. N.º de participantes y grado de cualificación del responsable de la biblioteca: máx. 1 punto. 3. Constitución previa en Seminario o Grupo de Trabajo de Bibliotecas Escolares en los CPR en los últimos 3 años y propuesta de formación: máx. 1 punto. 4. Atención a la Biblioteca Escolar por parte del Centro: máx. 2 puntos. Sexta.—Colaboración interinstitucional 1. Las cuantías percibidas al amparo de la presente convocatoria podrán ser complementadas con otras aportaciones que pudiera realizar la Consejería de Educación y Ciencia en desarrollo del Convenio de Colaboración suscrito el 28 de noviembre de 2006 entre el Ministerio de Educación y Ciencia y el Principado de Asturias para la mejora de las bibliotecas escolares. 2. Asimismo, los centros educativos que obtengan ayuda o subvención para la acción III: Bibliotecas Escolares, deberán hacer mención expresa en toda la información, publicidad y actividades relacionadas con la ejecución de los proyectos, de que el Programa está cofinanciado por el Ministerio de Educación y Ciencia, además de por la Consejería de Educación y Ciencia del Principado de Asturias.
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Anexo IV ACCION IV: PERDAYURI ASTURIES BASES ESPECIFICAS DE LA CONVOCATORIA DE PROYECTOS PEDAGOGICOS DE CENTRO Y AYUDAS O SUBVENCIONES A CENTROS ESCOLARES DE ASTURIAS PARA FAVORECER EL CONOCIMIENTO Y EL EMPLEO DE LA LENGUA AUTOCTONA Y DE LA CULTURA ASTURIANA
Primera.—Objeto Es objeto de esta convocatoria la selección de proyectos pedagógicos de centro y la concesión de ayudas o subvenciones a los centros educativos públicos y privados sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias de niveles no universitarios que desarrollen oficialmente programas de enseñanza de Lengua asturiana o gallego-asturiano y que integren actividades dirigidas al alumnado voluntariamente comprometido con los citados programas, para un mejor conocimiento y empleo de su lengua autóctona y de la cultura asturiana. Se trata de promover proyectos pedagógicos de centros con actividades educativas que contemplen la participación del alumnado en trabajos dirigidos a: • Mejorar el conocimiento e investigación del legado lingüístico y cultural asturiano. • Fomentar actitudes de respeto y corresponsabilidad individuales, en la comunidad educativa y en la sociedad asturiana en general. Segunda.—Cuantía La cuantía máxima global que se podrá otorgar es de 60.000,00 euros con cargo al concepto presupuestario 15-02-422P-229000 (centros públicos) y 1.000,00 euros con cargo al concepto presupuestario 15-02-422P-482027 (centros privados sostenidos con fondos públicos) del Presupuesto del año 2007, siendo la cuantía máxima de 800,00 euros y 1.500,00 euros para los proyectos de centro y los proyectos multicentro, respectivamente. Tercera.—Destinatarios y requisitos complementarios de participación. 1. Podrán participar en la convocatoria los centros públicos y privados sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias, de niveles no universitarios, que impartan enseñanza de Lengua asturiana o gallego-asturiano. 2. Asimismo podrá presentarse un proyecto que incluya a varios centros educativos (multicentros) ejerciendo uno de ellos las labores de Coordinación. En la solicitud se especificará cuáles son los centros que formulan esa solicitud única. Cuarta.—Actividades educativas que podrán ser subvencionadas Podrán ser subvencionados aquellos proyectos de centro con propuestas que incluyan la participación del alumnado en las siguientes actividades educativas: 1. Observación, identificación e investigación del patrimonio lingüístico, cultural, histórico, artístico, natural, de la comunidad autónoma, en su diversificación y carácter globalizador, para el conocimiento de la lengua autóctona y la cultura asturiana. 2. Proyectos interdisciplinares y de ámbito general de los centros, cuyos contenidos estén directamente relacionados con la enseñanza de la lengua y la cultura autóctona.
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3. Trabajos de conocimiento e investigación sobre la toponimia asturiana. 4. Actividades educativas en torno a la XXVII Selmana de les Lletres Asturianes, dedicada a “El Teatru n’ asturianu”. 5. Enseñanza-aprendizaje de la lengua autóctona por medio de soportes telemáticos. 6. Enseñanza-aprendizaje de la lengua autóctona por medio de aplicaciones experimentales de innovación educativa. 7. Radio, televisión y prensa escolar en asturiano. 8. Expresión dramática. Quinta.—Solicitudes Se adjuntará al impreso oficial, anexo A-1, detalle del Proyecto presentado que debe contener los siguientes apartados: 1. Título del Proyecto e identificación del mismo. 2. Descripción del Centro Educativo: número total de alumnos y alumnas, alumnado que recibe enseñanzas de Lengua asturiana o gallego-asturiano, n.º de profesores y profesoras, horario del centro, entorno social, cultural y económico, alumnado con necesidades educativas especiales o necesidades de compensación educativa. 3. Justificación del Proyecto, haciendo referencia a la relación con el Proyecto Educativo de Centro, a su inclusión en la Programación General Anual y al apoyo del Claustro y Consejo Escolar. Así mismo, se procederá a la justificación desde el punto de vista educativo y desde la perspectiva del conocimiento, uso y aprecio de los valores de nuestra lengua y cultura asturiana. 4. Objetivos del proyecto, que deben estar vinculados al Proyecto Curricular del Centro y a las programaciones de nivel y aula. 5. Actividades a desarrollar en el año natural y su calendario. 6. Metodología, organización y funcionamiento. • • • • •
Preparación previa a la realización de la actividad. Viaje: autorizaciones, transporte..., si lo hubiese. Recursos utilizados. Organización de las actividades. Reuniones con los responsables familiares: presentación de la actividad... • Implicación de la comunidad educativa. • Difusión de la experiencia. • Material resultante. 7. Criterios para la evaluación • Del Proyecto y sus actividades. • De los recursos utilizados. 8. Presupuesto detallado de la cuantía solicitada. • En caso de salida complementaria: presupuesto de la empresa de transporte. • Materiales didácticos. • Material fungible. • Otros datos se consideren oportunos para la mejor valoración del Proyecto, a efectos de presupuestar la actividad y otorgar la subvención.
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9. Propuesta de formación del profesorado, si procediese.
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Sexta.—Criterios de valoración.
de Profesorado y de Recursos del ámbito geográfico en algunas de las actividades de formación relacionadas con la temática tratada, una vez estudiadas las necesidades formativas.
Se tendrán en cuenta los siguientes requisitos y criterios de valoración:
2. Tener un proyecto de trabajo definido que abarque actividades diversas.
El Proyecto presentado deberá estar relacionado con el Proyecto Educativo de Centro, deberá quedar reflejado la Programación General Anual correspondiente y contar con el apoyo del Claustro y del Consejo Escolar. Estas cuestiones deberán constar en el Proyecto, en el apartado referido a la justificación del mismo.
3. Contar con el apoyo para la participación en este programa del Claustro, Equipo Directivo y Consejo Escolar, que además han de comprometerse a facilitar la puesta en práctica del proyecto.
1. Estructura, grado de concreción y presentación del proyecto: máx. 2 puntos.
El proyecto deberá plantearse para el curso escolar 2007/2008. Se adjuntará al impreso oficial, anexo A-1, detalle del proyecto presentado que debe contener los siguientes apartados, para una adecuada valoración:
2. Características del Centro Educativo con relación al contexto social, lingüístico, cultural, económico, educativo y necesidades existentes: máx. 1 punto. 3. Justificación del proyecto, implicación del Centro Escolar en proyectos de investigación relacionados con la didáctica de la temática tratada, aprovechamiento de los recursos para favorecer el conocimiento de la llingua, de la tradición y de la cultura asturiana desde una perspectiva de Educación en valores: máx. 2 puntos. 4. Concreción de los objetivos propuestos, actividades a desarrollar, organización, funcionamiento y metodología a seguir para fomentar y favorecer la convivencia, la comunicación, el conocimiento del entorno cultural y lingüístico de nuestra Comunidad Autónoma desde una perspectiva integradora y de Educación en valores: máx. 2 puntos. 5. Criterios y propuestas específicas de instrumentos de evaluación que permitan obtener información sobre los siguientes aspectos: el proyecto que se va a realizar, el grado de utilización de los servicios complementarios y de los recursos utilizados: máx. 2 puntos. 6. Adecuación del presupuesto al desarrollo del proyecto y a las especificaciones económicas que marca la convocatoria: máx. 1 punto. Anexo V ACCION V: PROYECTOS PEDAGOGICOS DE EDUCACION VIAL BASES ESPECIFICAS DE LA CONVOCATORIA DE PROYECTOS PEDAGOGICOS DE CENTRO Y DE AYUDAS O SUBVENCIONES PARA PROMOVER LA EDUCACION Y SEGURIDAD VIAL
Cuarta.—Proyecto
1. Título del proyecto, con referencia expresa al contenido del mismo. 2. Descripción de Centro Educativo: número total de alumnos y alumnas, n.º de profesores y profesoras, horario del centro, entorno social, cultural y económico, alumnado con necesidades educativas especiales o necesidades de compensación educativa. 3. Justificación del proyecto, haciendo referencia a la relación con el Proyecto Educativo de Centro, a su inclusión en la programación General Anual y al apoyo del Claustro y Consejo Escolar. Asimismo, se procederá a la justificación desde el punto de vista educativo y desde la perspectiva de Educación Vial y de Educación en Valores, con referencia expresa a los recursos seleccionados como apoyo a la acción educativa. 4. Objetivos del proyecto, que deben estar vinculados al Proyecto Educativo de Centro y a las programaciones didácticas de nivel y aula. 5. Actividades a desarrollar y su calendario. 6. Metodología, organización y funcionamiento. • Por áreas. • Por ciclos o departamentos didácticos. • Por grupos de trabajo o seminarios. • Calendario de realización. 7. Criterios para la evaluación.
Primera.—Objeto
• Del proyecto y sus actividades.
Es objeto de esta convocatoria la selección de proyectos pedagógicos de centro y la concesión de ayudas o subvenciones a centros educativos públicos y privados sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias de niveles no universitarios, que vinculen o integren la Educación Vial en el Proyecto Educativo del Centro desde una perspectiva de Educación en Valores, utilizando los recursos propios y del entorno.
• De los recursos utilizados.
Segunda.—Cuantía
• Otros datos que se consideren oportunos para la mejor valoración del Proyecto, a efectos de presupuestar la actividad y otorgar la subvención.
1. La cuantía máxima global que se podrá otorgar es de 15.000,00 euros con cargo al concepto presupuestario 15-02-422P-229000 (centros públicos) y 3.000,00 euros con cargo al concepto presupuestario 15-03-422P-482027 (centros privados sostenidos con fondos públicos) del Presupuesto del año 2007, siendo la cuantía máxima de 1.300,00 euros por proyecto. Tercera.—Destinatarios. Requisitos complementarios de participación 1. Creación de un equipo de trabajo responsable del proyecto de Educación Vial, que se deberá vincular al Centro
8. Presupuestos detallados de la cuantía solicitada: • Viaje, si se contemplan salidas: distancia a recorrer, días de estancia. • Material didáctico. • Material fungible.
9. Propuesta de formación del profesorado para el curso 2007/2008. Quinta.—Criterios de valoración El proyecto presentado deberá estar relacionado con el proyecto Educativo de Centro, deberá quedar reflejado en la Programación General Anual correspondiente y contar con la aprobación del Claustro y del Consejo Escolar. Estas cuestiones deberán constar en el proyecto, en el apartado referido a la justificación del mismo.
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1. Estructura, grado de concreción y presentación del proyecto: máx. 1 punto. 2. Características del Centro Educativo con relación al contexto social, cultural, económico, educativo y necesidades existentes: máx. 1 punto. 3. Justificación del Proyecto, implicación del Centro Escolar en Proyectos de investigación e iniciativas relacionados con la didáctica de la temática tratada, aprovechamiento de los recursos para favorecer el conocimiento sobre seguridad vial, respeto a los demás desde una perspectiva integradora de Educación en Valores: máx. 2 puntos. 4. Concreción de los objetivos propuestos, actividades a desarrollar, metodología a seguir para trabajar desde una perspectiva que favorezca la convergencia del conocimiento, el desarrollo de actitudes y el comportamiento cívico en materia de educación vial y educación en valores organización y funcionamiento: máx. 2 puntos. 5. Criterios y propuestas de instrumentos de evaluación que permitan obtener información sobre los siguientes aspectos: el proyecto que se va a realizar, el grado de utilización de los servicios complementarios y de los recursos del entorno: máx. 2 puntos. 6. Adecuación del presupuesto al desarrollo del proyecto y a las especificaciones económicas que marca la convocatoria: máx. 1 punto. 7. Propuesta de formación del profesorado, centrada en la mejora, desarrollo, seguimiento y evaluación del proyecto, vinculada a los objetivos de la transversalidad y en particular referida a la educación vial: máx. 1 punto. Sexta.—Obligaciones de los beneficiarios Los centros beneficiarios de las ayudas se comprometen a tener en cuenta las siguientes normas de funcionamiento, en caso de incluir en el proyecto actividades didácticas complementarias que originen salidas y uso de otras instalaciones: • Formalizar con el organismo correspondiente la reserva de servicios, con una antelación de al menos 15 días. • Presentar fotocopia de la resolución de concesión, publicada en el BOPA, al acudir a otros organismos e instituciones, cuando para el desarrollo de actividades con alumnos utilicen instalaciones ajenas (parque infantil de tráfico, visitas a centros de interés, etc.). • Responsabilizarse de las tareas de vigilancia del alumnado, así como de la realización de la acción docente. Cuando la instalación visitada cuente con monitor, su función será de apoyo a la acción que desarrolla el profesorado y en ningún caso será sustituto de éste. • Acatar las normas, derechos de reserva y horarios de funcionamiento que rijan en las instalaciones. Séptima.—Participación en la 7.ª Edición del Concurso de Proyectos de Educación Vial en el ámbito escolar En virtud de la colaboración entre la Consejería de Educación y Ciencia del Principado de Asturias y la Dirección General de Tráfico, los proyectos de esta acción seleccionados en esta convocatoria podrán ser presentados a la 7.ª Edición del Concurso de Proyectos de Educación Vial en el ámbito escolar previa autorización de los centros educativos que consignarán esta opción en el anexo A-1 y adjuntarán dos copias del proyecto.
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RESOLUCION de 27 de abril de 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de programas de formación ocupacional y continua, durante el ejercicio 2007, cofinanciada por el Fondo Social Europeo. Antecedentes de hecho Examinado el expediente iniciado por Resolución de la Consejería de Educación y Ciencia de 16 de noviembre de 2006, instruido para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de programas de formación ocupacional y continua, durante el ejercicio 2007, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y de acuerdo con el procedimiento descrito en las bases sexta y séptima de la convocatoria expresada. Todas las entidades propuestas para obtener subvención han acreditado hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.2 e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Fundamentos de derecho Vistos el Decreto 9/2003, de 7 de julio, del Presidente del Principado, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma; el Decreto 88/2003, de 31 de julio, de estructura orgánica básica de la Consejería de Educación y Ciencia; la Ley 2/95, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias; la Ley 8/91, de 30 de julio, de Organización de la Administración del Principado de Asturias, y el Decreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones, y su normativa complementaria y de desarrollo y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, RESUELVO Primero.—Conceder con cargo a la aplicación presupuestaria 15.04.322J.781.005 las subvenciones expresadas en el anexo I por importe de 4.237.332,86 euros (cuatro millones doscientos treinta y siete mil trescientos treinta y dos euros con ochenta y seis céntimos). Segundo.—Denegar por las causas expresadas, las solicitudes de subvención recogidas en el anexo II. Tercero.—El pago de la subvención, que podrá ser parcial, se efectuará mediante la presentación de los documentos justificativos de los gastos, previa comprobación por Dirección General de Formación, o bien mediante pago anticipado cumpliendo los requisitos y garantías establecidos por la Resolución de 11 de febrero de 2000, posteriormente modificada por Resoluciones de 19 de marzo y 30 de julio de 2001,
de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el Régimen de garantías para el abono anticipado de subvenciones. Cuarto.—El programa formativo debe ejecutarse en el presente ejercicio. Los cursos habrán de finalizar con antelación suficiente como para presentar a la Dirección General de Formación su adecuada justificación antes de finalizar el plazo que señale la normativa en vigor para el reconocimiento de obligaciones con cargo al Presupuesto del Principado de Asturias para el año 2007 no obstante se podrá admitir una demora en su presentación hasta el 28 de febrero de 2008 en el caso de ciertos gastos que siendo devengados a finales del año 2007 no puedan ser en ese momento debidamente acreditados o imputados. Quinto.—La entidad beneficiaria deberá ejecutar las acciones integrantes del programa aprobado de acuerdo con el procedimiento de control y gestión establecido por la Dirección General de Formación Profesional siendo de aplicación para determinar los gastos subvencionables el Reglamento (CE) n.º 448/2004, de la Comisión, de 10 de marzo de 2004, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo en lo relativo a la financiación de gastos de operaciones cofinanciadas por los Fondos Estructurales. Sexto.—De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones, el beneficiario de la misma habrá de acreditar, previamente al cobro de la misma, hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social mediante certificaciones expedidas por la Intervención General del Principado de Asturias, la Delegación de Hacienda y la Tesorería de la Seguridad Social correspondiente. Séptimo.—La presente Resolución se publicará el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno. Oviedo a 27 de abril de 2007.—El Consejero de Educación y Ciencia, José Luis Iglesias Riopedre.—7.116.
ANEXO I
Concesión de subvenciones ENTIDAD
CIF
CUR
ALUM
HOR
2007
AGRUPACION DE SOCIEDADES ASTURIANAS DE TRABAJO ASOCIADO (ASATA)
G33624248
10
123
1115
78.907,50 euros
ASAMBLEA SUPREMA DE LA CRUZ ROJA ESPAÑOLA
Q2866001G
6
60
944
38.184,80 euros
ASOCIACION ASTURIANA DE E-LEARNING
G74159757
2
26
150
8.775,00 euros
ASOCIACION AUTONOMICA DE CENTROS DE ENSEÑANZA DE ASTURIAS
G33108234
1
13
32
3.744,00 euros
ASOCIACION COOPERACION POR EL EMPLEO DE ASTURIAS (ACEA)
G33551003
3
39
930
95.589,00 euros
ASOCIACION CULTURAL NORTE JOVEN MIERES
G33807686
3
36
1000
78.054,00 euros
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ENTIDAD
CIF
CUR
ALUM
HOR
G33585324
2
20
550
40.000,00 euros
ASOCIACION DE EMPRESARIOS DE LA COMARCA ASTURIANA DE LOS PICOS DE EUROPA INCATUR G33246927
4
52
180
20.410,00 euros
ASOCIACION DE DISCAPACITADOS FISICOS COSA NUESA
2007
ASOCIACION DE EMPRESAS DE ENERGIAS RENOVABLES - AEERA
G33665886
8
80
354
24.993,00 euros
ASOCIACION DE FAMILIARES Y ENFERMOS MENTALES DE ASTURIAS “AFESA”
G33335126
2
24
1040
49.920,00 euros
ASOCIACION DE MUJERES CAMPESINAS
G33210659
9
99
680
65.331,20 euros
ASOCIACION DE MUJERES PARA LA REINSERCION LABORAL XURTIR
G33556226
3
24
900
76.584,00 euros
ASOCIACION DE PARAPLEJICOS Y GRANDES MINUSVALIDOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
G33344904
3
36
725
61.302,00 euros
ASOCIACION DE TALLERES DE REPARACION DEL AUTOMOVIL DE ASTURIAS (ATRAA)
G74000837
6
68
172
13.343,45 euros
ASOCIACION DE VOLUNTARIOS AUXILIARES EN EMERGENCIAS Y MEDIOAMBIENTE VAEMA
G33841206
1
13
25
11.000,00 euros
ASOCIACION EL GÜERNE
G74117367
1
8
450
25.740,00 euros
ASOCIACION EL PRIAL
G33028283
11
138
1619
140.908,15 euros
ASOCIACION EMPRESARIAL DE AYUDA A DOMICILIO Y SERV
G33860024
2
24
500
28.212,00 euros
ASOCIACION INDEPENDIENTE DE JOVENES EMPRESARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
G33114075
1
13
89
6.826,30 euros
ASOCIACION NACIONAL DE CENTROS DE ENSEÑANZA A DIST
G78062544
3
36
790
47.815,20 euros
ASOCIACION PADRES Y TUTORES AA.AA. SANATORIO MARITIMO GIJON
G33648197
3
300
600
78.000,00 euros
ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE LA FORMACION EN ASTURIAS
G33520313
6
72
1555
108.408,00 euros
ASOCIACION PARA LA FORMACION TECNICA Y EL EMPLEO EN ASTURIAS - AFORTE
G74123001
2
25
325
19.735,00 euros
ASOCIACION PARADOS MAYORES DE 40 AÑOS
G33424474
2
20
700
30.245,00 euros
ASOCIACION ASTURIANA DE CENTROS Y SERVICIOS DE MAYORES (ASACESEMA)
G74122193
2
26
82
5.245,50 euros
ASOCIACION SOCIOCULTURAL MINORIAS ETNICAS UNGA
G33060039
5
57
1010
60.445,10 euros
ASOCIACIONES FEDERADAS DE AUTONOMOS DE ASTURIAS - AFAS
G33917857
6
75
580
46.572,00 euros
ASOCIACION DE ORGANISMOS DE CONTROL DEL PPDO. DE ASTURIAS (ASORCO)
G74042789
2
26
44
3.689,40 euros
ASTURDIA SOCIEDAD COOPERATIVA
F33811449
1
12
275
11.550,00 euros
CAMPO SOLIDARIO
G74188335
3
39
530
35.295,00 euros
CENTRO DE EDUCACION DE ADULTOS DEL NALON
Q3368411I
2
26
400
21.911,50 euros
CENTRO DE INICIATIVAS, SOLIDARIDAD Y EMPLEO
G33645565
2
26
697
30.462,25 euros
CENTRO INTEGRADO DE F.P. DE COMUNICACION, IMAGEN Y SONIDO
S3300075C
10
130
258
34.476,00 euros
CENTRO INTEGRADO DE F.P. DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS A LA PRODUCCION DE LANGREO S3300076A
6
72
505
84.243,60 euros
CENTRO INTEGRADO DE F.P. SECTOR INDUSTRIAL Y SERVICIOS
S3300077I
3
39
141
13.614,90 euros
CENTRO INTEGRADO DE F.P. “VALLINIELLO”
Q3368077H
6
87
210
26.314,20 euros
CERES - ASTURIAS
G74065947
4
48
370
30.304,80 euros
CLUB ASTURIANO DE CALIDAD
G33481466
11
152
184
32.414,40 euros
COAG ASTURIAS
G33352469
3
37
340
24.850,50 euros
CONFEDERACION COORDINADORA ESTATAL DE MINUSVALIDOS
G33794140
4
40
850
72.750,00 euros
CONFEDERACION INDEPENDIENTE DE SINDICATOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS - CISA
G74000522
1
12
200
9.600,00 euros
COORDINADORA ASTURIANA DE AGRICULTURA ECOLOGICA (CADAE)
G33408956
2
26
70
9.803,30 euros
COORDINADORA DE MINUSVALIDOS FISICOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS COMIFIPAS
G33807868
1
10
200
22.000,00 euros
ESCUELA DE HOSTELERIA Y TURISMO DE GIJON
Q3368453A
5
65
150
26.972,40 euros
FEDERACION ASTURIANA DE EMPRESARIOS Y PROFESIONALES AUTONOMOS
G33881061
4
49
188
29.073,85 euros
FEDERACION DE CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS FECEPAS G74009283
1
10
200
10.000,00 euros
FEDERACION DE PERSONAS SORDAS DEL PPDO. DE ASTURIAS
G33418096
2
20
200
31.750,00 euros
FUNDACION ASTURIANA DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD FISICA,
G33567330
2
20
425
17.205,00 euros
PSIQUICA O SENSORIAL (FASAD) FUNDACION ASTURIANA DE LA CARNE
G74126616
3
39
650
36.673,00 euros
FUNDACION ASTURIANA DE MEDIO AMBIENTE
G74001785
5
65
385
37.407,50 euros
FUNDACION BENITO JERONIMO FEIJOO
G33676081
1
10
350
13.860,00 euros
FUNDACION COMARCAS MINERAS
G33401340
18
203
4645
348.965,20 euros
9426
18–V–2007
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
ENTIDAD
CIF
CUR
ALUM
HOR
2007
FUNDACION CRUZ DE LOS ANGELES
G74005059
1
13
90
10.892,70 euros
FUNDACION CTIC
G33906637
9
117
242
34.996,00 euros
FUNDACION DE MUSICA MODERNA
G33468950
1
13
400
25.220,00 euros
FUNDACION ESCUELA DE HOSTELERIA “PPDO DE ASTURIAS”
G33422643
6
78
525
51.002,25 euros
FUNDACION ESCUELA DE NEGOCIOS DE ASTURIAS
G33265927
12
147
694
114.143,88 euros
FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION
G33125816
35
280
210
22.041,60 euros
FUNDACION MASAVEU, ESCUELA DE FORMACION PROFESIONAL
G33037912
2
26
425
25.249,25 euros
FUNDACION METAL ASTURIAS
G33896267
33
338
7313
618.625,00 euros
FUNDACION MUJERES
G8074702
5
60
1944
256.871,28 euros
FUNDACION MUNICIPAL DE CULTURA EDUCACION Y UNIVERSIDAD POPULAR DE GIJON
P8302405I
1
12
600
33.336,00 euros
FUNDACION PADRE VINJOY DE LA SAGRADA FAMILIA
G33396292
3
42
433
38.562,00 euros
FUNDACION PARA EL FOMENTO DE LA ECONOMIA SOCIAL
G33216557
25
258
1066
114.752,00 euros
FUNDACION SECRETARIADO GENERAL GITANO
G83117374
3
30
400
22.550,00 euros
FUNDACION UNIVERSIDAD DE OVIEDO
G33532912
3
34
750
74.221,00 euros
I.E.S. ESCULTOR JUAN VILLANUEVA
Q3368157H
4
52
55
8.255,00 euros
IES CUENCA DEL NALON
Q3368060D
3
39
60
15.600,00 euros
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA ARAMO
Q3368284J
5
65
150
20.735,00 euros
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA INFIESTO
Q3368454I
1
13
30
4.680,00 euros
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA LA QUINTANA
S3300021G
2
26
56
7.591,48 euros
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA N.º 1 DE GIJON
Q3368293A
9
119
301
22.539,30 euros
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA NOREÑA-(MEC)
Q3368446E
2
26
115
18.265,00 euros
INSTITUTO DE EDUCACION SECUNDARIA REY PELAYO CANGAS DE ONIS
Q3368057J
4
40
120
12.729,00 euros
LABORATORIO INTERPROFESIONAL LECHERO DE ASTURIAS (LILA)
G33249376
4
52
440
30.048,20 euros
UNION DE CAMPESINOS ASTURIANOS
G33036179
1
12
125
17.820,00 euros
UNION DE COOPERATIVAS AGRARIAS ASTURIANAS
F33254418
7
70
970
86.210,00 euros
UNION DE PROFESIONALES Y TRABAJADORES AUTONOMOS DE ASTURIAS
G74035544
11
141
520
51.132,00 euros
UNION DE SINDICATOS INDEPENDIENTES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (USIPA)
G33553678
2
24
300
15.948,00 euros
UNION SINDICAL OBRERA
G33623646
9
108
3110
203.839,92 euros
ANEXO II
Denegación de subvenciones Entidad
CIF
Motivo
ASOCIACION ASTURIANA PARA EL CAMBIO SOCIAL NOMADES
G33931007
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad presupuestaria.
ASOCIACION “AULA DE MUSICA ANTIGUA”
G74013798
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad presupuestaria.
ASOCIACION DE AMIGOS DE INTERNET
G33663675
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad presupuestaria.
ASOCIACION DE COMERCIANTES Y SERVICIOS DE VILLAVICIOSA
G33571258
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad presupuestaria.
ASOCIACION DE DESARROLLO TURISTICO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
G33547902
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad presupuestaria.
ASOCIACION DE DIRECTORES DE SEGURIDAD DE ASTURIAS
G33599085
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad presupuestaria.
ASOCIACION DE MUJERES PARA LA INTEGRACION SOCIAL Y LABORAL LA LILA DEL PRINCIPADO
G74076951
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad presupuestaria.
18–V–2007
9427
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Entidad
CIF
Motivo
ASOCIACION DE EMPRENDEDORES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
G33578154
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad presupuestaria.
ASOCIACION EUROFORO DE EMPRENDEDORES EMPRESARIALES
G33578196
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad
G81988362
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad
ASTURIAS 2000
presupuestaria.
ASOCIACION FSC DISCAPACIDAD PARA LA FORMACION, SERVICIOS Y COLOCACION DE DISCAPACITADOS
presupuestaria.
ASOCIACION INTERVENCION SOCIOCOMUNITARIA GEROS
G33869975
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad
ASOCIACION PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION DE LA
G74155151
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad
G33907445
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad
presupuestaria. FORMACION INTEGRAL ASOCIACION PARA LA FORMACION Y EL EMPLEO DEL PRINCIPADO
presupuestaria.
DE ASTURIAS
presupuestaria.
ASOCIACION POR LA INTEGRACION DE LA MUJER DISCAPACITADA
G33912668
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad
ASOCIACION SERVICIOS, INDUSTRIAS Y EMPRESAS DE GRADO
G33503350
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad
presupuestaria. presupuestaria. AUTONOMOS PROFESIONALES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
G33854118
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad presupuestaria.
FORCEAS ASESORAMIENTO Y CENTRO DE FORMACION
G74085812
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad
FUNDACION ASTURIANA PARA EL EMPLEO
G74195082
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad
presupuestaria. presupuestaria. SINDICATO DE ORGANIZACION DE TRABAJADORES DE ENSEÑANZA
G74008145
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad
F74021619
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad
G33510249
De acuerdo con la base séptima y en razón de la disponibilidad
CONCERTADA DE ASTURIAS SOCIEDAD COOPERATIVA DE INICIATIVA SOCIAL “ABIERTO
presupuestaria.
ASTURIAS”
presupuestaria.
UNION DE PROFESIONALES PARA EL EMPLEO Y LA FORMACION DE ASTURIAS
presupuestaria.
CONSEJERIA DE INDUSTRIA Y EMPLEO: INSTITUTO DE DESARROLLO ECONOMICO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
RESOLUCION de 30 de abril de 2007, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, de modificación de la Resolución de 28 de marzo de 2007, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, por las que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a entidades locales, para la mejora de áreas industriales existentes en el marco del Programa de Promoción del Suelo Industrial del Principado de Asturias (2005-2008) y se aprueba la convocatoria pública de las citadas ayudas para el ejercicio 2007. Antecedentes de hecho Aprobada por Resolución de 28 de marzo de 2007, del Presidente del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a entidades locales para la mejora de las áreas industriales existentes en el marco del Programa de Promoción del Suelo Industrial del Principado de Asturias 2005-2008, y se aprueba la convocatoria pública de las citadas ayudas para este ejercicio 2007 (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias número 97, de 27 de abril de 2007). El plazo concedido para presentación de solicitudes de ayuda en la convocatoria 2007, según lo previsto en las bases,
se inicia desde la publicación de la Resolución aprobatoria de las mismas hasta las 14 horas de 18 de mayo de 2007, incluido. Ante el reducido plazo de tiempo que existe desde la publicación de la Resolución de 28 de marzo de 2007 por las que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a entidades locales, para la mejora de áreas industriales existentes en el marco del Programa de Promoción del Suelo Industrial del Principado de Asturias (2005-2008) y se aprueba la convocatoria pública de las citadas ayudas para el ejercicio 2007, hasta la fecha límite establecida en la misma como plazo para la presentación de solicitudes de ayuda, es decir el 18 de mayo del 2007, se estima conveniente que se amplíe dicho el plazo hasta el 28 de mayo de 2007. Fundamentos de derecho En atención al artículo 7 de la Ley del Principado de Asturias 2/2002, de 12 de abril, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, que establece que esta entidad en el ejercicio de sus funciones y para el cumplimiento de sus fines podrá conceder subvenciones y el artículo 19 del Decreto 23/2003, de 27 de marzo, por el que se aprueban los estatutos de organización y funcionamiento del Instituto de Desarrollo Económico, que establece que le corresponde a su Presidente aprobar las convocatorias públicas de ayudas y establecer las bases reguladoras para su concesión, y en atención a todo lo expuesto.
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18–V–2007
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.6 y 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Vistos los antecedentes y los fundamentos, por la presente, RESUELVO Modificar la Resolución de 28 de marzo de 2007, del Presidente del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a entidades locales, para la mejora de las áreas industriales existentes en el marco del Programa de Promoción del Suelo Industrial del Principado de Asturias 2005-2008, y se aprueba la convocatoria pública de las citadas ayudas para este ejercicio 2007 en el Resuelvo quinto, quedando de la siguiente manera: El plazo de presentación de solicitudes para las actuaciones correspondientes al período comprendido entre el 2 de enero y el 31 de diciembre de 2007 será hasta las 14 horas del día 28 de mayo de 2007, incluido. Disponer la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Este acto ponen fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el Presidente del IDEPA, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno. En Llanera, a 7 de mayo de 2007.—El Presidente del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias.—7.606. —•— RESOLUCION de 30 de abril de 2007, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, de modificación de la Resolución de 28 de marzo de 2007, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, por las que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, para la mejora de áreas industriales existentes en el marco del Programa de Promoción del Suelo Industrial del Principado de Asturias (2005-2008) y se aprueba la convocatoria pública de las citadas ayudas para el ejercicio 2007. Antecedentes de hecho Aprobada por Resolución de 28 de marzo de 2007, del Presidente del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para la mejora de las áreas industriales existentes en el marco del Programa de Promoción del Suelo Industrial del Principado de Asturias 2005-2008, y se aprueba la convocatoria pública de las citadas ayudas para este ejercicio 2007 (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias número 97, de 27 de abril de 2007).
El plazo concedido para presentación de solicitudes de ayuda en la convocatoria 2007, según lo previsto en las bases, se inicia desde la publicación de la Resolución aprobatoria de las mismas hasta las 14 horas de 18 de mayo de 2007, incluido. Ante el reducido plazo de tiempo que existe desde la publicación de la Resolución de 28 de marzo de 2007 por las que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, para la mejora de áreas industriales existentes en el marco del Programa de Promoción del Suelo Industrial del Principado de Asturias (2005-2008) y se aprueba la convocatoria pública de las citadas ayudas para el ejercicio 2007, hasta la fecha límite establecida en la misma como plazo para la presentación de solicitudes de ayuda, es decir el 18 de mayo del 2007, se estima conveniente que se amplíe dicho el plazo hasta el 28 de mayo de 2007. Fundamentos de derecho En atención al artículo 7 de la Ley del Principado de Asturias 2/2002, de 12 de abril, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, que establece que esta entidad en el ejercicio de sus funciones y para el cumplimiento de sus fines podrá conceder subvenciones y el artículo 19 del Decreto 23/2003, de 27 de marzo, por el que se aprueban los estatutos de organización y funcionamiento del Instituto de Desarrollo Económico, que establece que le corresponde a su Presidente aprobar las convocatorias públicas de ayudas y establecer las bases reguladoras para su concesión, y en atención a todo lo expuesto. En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.6 y 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Vistos los antecedentes y los fundamentos, por la presente, RESUELVO Modificar la Resolución de 28 de marzo de 2007, del Presidente del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, para la mejora de las áreas industriales existentes en el marco del Programa de Promoción del Suelo Industrial del Principado de Asturias 2005-2008, y se aprueba la convocatoria pública de las citadas ayudas para este ejercicio 2007 en el Resuelvo quinto, quedando de la siguiente manera: El plazo de presentación de solicitudes para las actuaciones correspondientes al período comprendido entre el 2 de enero y el 31 de diciembre de 2007 será hasta las 14 horas del día 28 de mayo de 2007, incluido. Disponer la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Este acto ponen fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el Presidente del IDEPA, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno. En Llanera, a 7 de mayo de 2007.—El Presidente del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias.—7.607.
• ANUNCIOS JUNTA GENERAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS:
INFORMACION pública relativa a la licitación de la contratación conjunta del proyecto y ejecución de las obras de adecuación de dos locales emplazados en los números 7 y 9 de la calle Cabo Noval en Oviedo, para los servicios administrativos de la Junta General del Principado de Asturias. 1.—Entidad adjudicadora: a) Organismo: Junta General del Principado de Asturias. b) Dependencia que tramita el expediente: Area de Gestión Administrativa. c) Número de expediente: 06/0490/0176/01123. 2.—Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: Proyecto y ejecución de las obras de adecuación de dos locales emplazados en los números 7 y 9 de la calle Cabo Noval en Oviedo, para los servicios administrativos de la Junta General del Principado de Asturias. b) División por lotes y número: No. c) Lugar de ejecución: Oviedo (Asturias). d) Plazo de ejecución: —Para la redacción del proyecto: 2 meses. —Para la ejecución de las obras: 9 meses. 3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4.—Presupuesto base de licitación: Importe total: Un millón setecientos cincuenta y cuatro mil ciento noventa y un euros con veintiséis céntimos (1.754.191,26 euros). 5.—Garantía: Provisional: Treinta y cinco mil ochenta y tres euros con ochenta y tres céntimos (35.083,83 euros).
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8.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: Dentro del plazo de (26) veintiséis días naturales contados a partir de la publicación del anuncio de licitación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias (BOPA), hasta las catorce horas del último día. b) Documentación a presentar: La que se especifica en el pliego de cláusulas administrativas particulares que rige la licitación. c) Lugar de presentación: 1. Entidad: Junta General del Principado de Asturias (Registro). 2. Domicilio: Calle Fruela. 3. Localidad y código postal: Oviedo-33071. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta (concurso): Tres meses, a contar desde la apertura de las proposiciones. e) Admisión de variantes: No. f) En su caso, número previsto (o número máximo-mínimo) de empresas a las que se pretende invitar a presentar ofertas (procedimiento restringido): No. 9.—Apertura de ofertas: a) Entidad: Junta General del Principado de Asturias (Sala Argüelles). b) Domicilio: Calle Fruela. c) Localidad: Oviedo. d) Fecha: El tercer día hábil siguiente a la terminación del plazo de la presentación de proposiciones, o en el primer día hábil de la semana siguiente si coincidiese sábado. e) Hora: 12 horas. 10.—Otras informaciones... 11.—Gastos de anuncios: Serán de cuenta del adjudicatario. 12.—Fecha de envío del anuncio al “Diario Oficial de las Comunidades Europeas” (en su caso). No procede. 13.—Página web de la Junta General del Principado de Asturias donde figuran las informaciones relativas a la convocatoria: http://www.jgpa.es. Palacio de la Junta General, 3 de mayo de 2007.—El Letrado Mayor.—7.356.
6.—Obtención de documentación e información: a) Entidad: Junta General del Principado de Asturias. b) Domicilio: Calle Fruela. c) Localidad y código postal: Oviedo-33071. d) Teléfono: 985 10 75 83, 985 10 74 26. e) Telefax: 985 10 75 34. f) Fecha límite de obtención de documentos e información: Hasta el último día señalado para la recepción de las proposiciones. 7.—Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación: Grupo C, subgrupos 4 y 6, categoría “e”. b) Acreditación de solvencia económica, financiera y técnica, de acuerdo con la cláusula 8 del pliego de cláusulas administrativas particulares.
CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA:
INFORMACION pública por la que se anuncia concurso, por procedimiento abierto con trámite de urgencia, para la contratación de obras. 1.—Entidad adjudicadora: a) Organismo: Consejería de la Presidencia. b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación y Expropiaciones. 2.—Número de expediente. Objeto del contrato. Presupuesto base de licitación. Garantía provisional. Requisitos específicos del contratista:
9430
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2.1 a) Número de expediente: EXP/45/2007. b) Descripción del objeto: “Acondicionamiento de caminos en Anleo, Las Murias y otros”. c) División por lotes y número: No. d) Lugar de ejecución: Concejo de Navia. e) Plazo de ejecución: Siete (7) meses. f) Presupuesto base de licitación, importe total: 621.326,17 euros. g) Garantía provisional: 12.426,52 euros. h) Clasificación o solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Grupo G, subgrupo 4, categoría “e”. 2.2 a) Número de expediente: EXP/48/2007. b) Descripción del objeto: “Colector interceptor Bezanes-Soto de Caso”. c) División por lotes y número: No. d) Lugar de ejecución: Concejo de Caso. e) Plazo de ejecución: Cuatro (4) meses. f) Presupuesto base de licitación, importe total: 331.695,35 euros. g) Garantía provisional: 6.633,91 euros. h) Clasificación o solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Grupo E, subgrupo 1, categoría “e”. 2.3 a) Número de expediente: EXP/49/2007. b) Descripción del objeto: “Renovación de aceras en la avenida de Castilla”. c) División por lotes y número: No. d) Lugar de ejecución: Concejo de Cangas de Onís. e) Plazo de ejecución: Ocho (8) meses. f) Presupuesto base de licitación, importe total: 861.000 euros. g) Garantía provisional: 17.220 euros. h) Clasificación o solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Grupo E, subgrupo 1, categoría “d”; y Grupo G, subgrupo 6, categoría “e”. 3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Urgencia. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4.—Obtención de documentación (pliego de cláusulas administrativas particulares, proyecto y, en su caso, disquete conteniendo memoria y resumen del presupuesto del proyecto) e información: a) Entidad: Servicio de Contratación y Expropiaciones. b) Domicilio: C/ Coronel Aranda, 2, 6.ª planta, sector central izquierdo. c) Localidad y código postal: Oviedo-33005. d) Teléfono: 985 10 56 98. e) Fax: 985 10 57 10. f) Fecha límite de obtención de documentos e información: Hasta el último día señalado para la recepción de las proposiciones. 5.—Presentación de las ofertas. a) Fecha límite de presentación: Trece días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, y hasta las doce horas del último día, ampliándose el plazo hasta el siguiente hábil en el caso de que el último coincidiera en sábado o festivo. b) Documentación a presentar: Los licitadores presentarán, firmados y cerrados, dos sobres, haciendo constar en cada uno de ellos el título de la contratación, el nombre del licitador y el contenido de los mismos, que habrá de ser el referido en la cláusula 6 del pliego de cláusulas administrativas particulares.
c) Lugar de presentación: 1. Entidad: Registro de la Consejería de la Presidencia. 2. Domicilio: C/ Coronel Aranda, 2, planta sexta, sector central-izquierdo. 3. Localidad y código postal: Oviedo-33005. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Un (1½) mes y medio. e) Admisión de variantes: No. 6.—Apertura de las ofertas: a) Entidad: Mesa de Contratación de la Consejería de la Presidencia. b) Domicilio: C/ Coronel Aranda, 2, planta sexta, sector izquierdo. c) Localidad: Oviedo. d) Fecha: El octavo día natural que resulte hábil a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de ofertas. e) Hora: 12 horas. 7.—Otras informaciones... 8.—Gastos de anuncios: El importe de los anuncios de la licitación será de cuenta del adjudicatario/s. Oviedo, 11 de mayo de 2007.—La Secretaria General Técnica.—P.A.: La Jefa del Servicio de Contratación y Expropiaciones.—7.774. —•— CORRECCION de error en la información pública por la que se anuncia concurso, por procedimiento abierto con trámite de urgencia, para la contratación de la obra “urbanización del núcleo de Viñay (Bimenes)”, realizada en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias n.º 111, de 14 de mayo de 2007. En la página 9138, en el apartado 2. d), relativo al plazo de ejecución, donde dice: “cinco (5) meses”, debe decir: “ocho (8) meses”. El plazo de presentación de ofertas a que se refiere el apartado 8 del citado anuncio, se comenzará a contabilizar desde el día siguiente a la publicación de la presente corrección de error en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Lo que se hace público para general conocimiento. Oviedo, a 14 de mayo de 2007.—La Jefa del Servicio de Contratación y Expropiaciones.—7.977.
CONSEJERIA DE ECONOMIA Y ADMINISTRACION PUBLICA:
INFORMACION pública de la adjudicación, por procedimiento abierto mediante subasta, de los servicios de mantenimiento, soporte y suministro de actualizaciones de licencias para equipos Cisco de comunicaciones y seguridad, propiedad de la Administración del Principado de Asturias. 1.—Entidad adjudicadora: a) Organismo: Consejería de Economía y Administración Pública del Principado de Asturias. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General Técnica. c) Número de expediente: 5/07.
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2.—Objeto del contrato: a) Tipo de contrato: Servicios. b) Descripción del objeto: Mantenimiento, soporte y suministro de actualizaciones de licencias para equipos Cisco de comunicaciones y seguridad, propiedad de la Administración del Principado de Asturias. c) Lotes: No. 3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Subasta. 4.—Presupuesto base de licitación: Importe total: 60.900,00 euros. 5.—Adjudicacion: a) Fecha: 3 de abril de 2007. b) Contratista: Hewelett-Pachkard Española, S.L. c) Nacionalidad: Española. d) Importe de adjudicación: 34.373,47 euros. Oviedo, 25 de abril de 2007.—La Secretaria General Técnica.—7.047. —•— INFORMACION pública de la adjudicación, por procedimiento negociado sin publicidad, del servicio de alquiler de fibra oscura para la red de banda ancha en las Comarcas Mineras (Expte. 2/07). 1.—Entidad adjudicadora: a) Organismo: Consejería de Economía y Administración Pública del Principado de Asturias. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General Técnica. c) Número de expediente: 2/07. 2.—Objeto del contrato: a) Tipo del contrato: Servicios. b) Descripción del objeto: Servicio de alquiler de fibra oscura para la red de banda ancha en varios tramos correspondientes al proyecto de construcción de una red de fibra óptica en las Comarcas Mineras. c) Lotes: No. 3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Negociado. c) Forma: Sin publicidad. 4.—Presupuesto base de licitación: Importe total: 1.139.704,10 euros. 5.—Adjudicación: a) Fecha: 25 de abril de 2007. b) Contratista: Telecable de Asturias, S.A.U. c) Nacionalidad: Española. d) Importe de adjudicación: 1.139.374,33 euros. Oviedo, a 25 de abril de 2007.—La Secretaria General Técnica.—7.046. CONSEJERIA DE CULTURA, COMUNICACION SOCIAL Y TURISMO:
INFORMACION pública de adjudicaciones de contratos de más de 60.101,21 euros tramitados por el Servicio de Contratación y Régimen Jurídico. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 93 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de
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las Administraciones Públicas, por la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo: 1.—Entidad adjudicadora: a) Organismo: Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo. b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación y Régimen Jurídico. c) Número de expediente: 2007/002633. 2.—Objeto del contrato: a) Tipo de contrato: Servicio. b) Descripción del objeto: Servicio de publicidad para la campaña institucional de matriculación en asturiano/en gallego-asturiano 2007. c) Lotes: No. d) Boletín o diario oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: Núm. 44 de fecha 22 de febrero de 2007. 3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Subasta. 4.—Presupuesto base de licitación: a) Importe total: 80.000,00 euros. 5.—Adjudicación: a) Fecha de adjudicación: Resolución de 16 de abril de 2007. b) Contratista: Brun Publicidad, S.L. c) Nacionalidad: Española. d) Importe de adjudicación: 65.932,98 euros. Oviedo, a 20 de abril de 2007.—El Secretario General Técnico.—7.050.
CONSEJERIA DE VIVIENDA Y BIENESTAR SOCIAL: ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES PARA ANCIANOS DE ASTURIAS
RESOLUCION de la Gerencia del Organismo Autónomo “Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias” por la que se hace pública la adjudicación de los contratos para la prestación de la gestión de noventa y dos plazas residenciales para personas mayores asistidas. 1.—Entidad adjudicadora: a) Organismo: Organismo Autónomo ”Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias”. b) Dependencia que tramita el expediente: Dirección Económico-Administrativa del Organismo Autónomo ERA. c) Número expediente: 1/07. d) Descripción del objeto: Gestión de un máximo de ciento treinta y una plazas residenciales para personas mayores asistidas. e) Boletín o diario oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias n.º 21, de fecha 26 de enero de 2007. 2.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 3.—Presupuesto base de licitación: Importe total: 3.211.407,36 euros para dos años. Importe máximo por plaza y mes: 1.021,44 euros/mes.
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8. Juan Luis Bobes Prieto, S.L.U. N.º plazas: 8 plazas. Importe total: 196.116,48 euros.
4.—Adjudicación: a) b) c) d)
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Fecha: 27 de marzo de 2007. Expte.: 1/07. Importe: 2.255.054,40 euros. Nacionalidad: Española.
Oviedo, 23 de abril de 2007.—El Director Gerente del Organismo Autónomo “Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias”.—6.843.
Contratistas: 1. Casa Larrañaga, S.A. N.º plazas: 4 plazas. Importe total: 98.058,24 euros. 2. Geriátrico de Candás, S.L. N.º plazas: 12 plazas. Importe total: 294.048,00 euros. 3. Gestión Geriátrica del Principado de Asturias, S.A. N.º plazas: 10 plazas. Importe total: 245.145,60 euros. 4. Instituto Gerontológico Astur, S.L. (R. San Pancracio). N.º plazas: 29 plazas. Importe total: 710.922,24 euros. 5. Instituto Gerontológico Astur, S.L. (R. El Carmen). N.º plazas: 5 plazas. Importe total: 122.572,80 euros. 6. Instituto Gerontológico Montevil, S.A. N.º plazas: 9 plazas. Importe total: 220.631,04 euros. 7. Socisan, S.L. N.º plazas: 15 plazas. Importe total: 367.560,00 euros.
CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS:
INFORMACION pública de la expropiación de los bienes afectados por “Acondicionamiento de la carretera CU-4 Artedo-Faedo (Cudillero)”. Aprobado el proyecto técnico por Resolución de fecha 1 de diciembre de 2004 para la ejecución de “Acondicionamiento de la carretera CU-4 Artedo-Faedo (Cudillero)”, y previa a la declaración de urgente ocupación por el Consejo de Gobierno, se abre período de información pública conforme a lo establecido en el art. 18 de la Ley de Expropiación Forzosa y arts. 17 y 18 del Reglamento, por un plazo de 15 días hábiles a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias para que todas las personas interesadas puedan formular las alegaciones que estimen oportunas en orden a la rectificación de posibles errores que se aprecien en el anexo que se adjunta. Los planos parcelarios y demás documentación podrán ser examinados en la planta plaza, sector derecho, del Edificio Administrativo de Servicios Múltiples del Principado de Asturias, c/ Coronel Aranda, Oviedo, y en horario de 9 a 14 horas, y en las dependencias del Ayuntamiento de Cudillero. Oviedo, a 25 de abril de 2007.—El Secretario General Técnico.—7.125. ANEXO
Acondicionamiento de la carretera CU-4 Artedo-Faedo (Cudillero) Núm. expediente: 2006-C-21 Nº Finca Polig Parcela Concejo
Propietario y arrendatario
Domicilio
Oc. temp.
Oc. Defin.
Destino
Otros bienes
18–V–2007 Nº Finca Polig Parcela Concejo
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Propietario y arrendatario
Domicilio
Oc. temp.
Oc. Defin.
Destino
Otros bienes
9434 Nº Finca Polig Parcela Concejo
18–V–2007
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Propietario y arrendatario
Domicilio
Oc. temp.
Oc. Defin.
Destino
Otros bienes
18–V–2007 Nº Finca Polig Parcela Concejo
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Propietario y arrendatario
CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA:
INFORMACION pública por la que se anuncian licitaciones de obras mediante el sistema de concurso y procedimiento abierto. 1.—Entidad adjudicadora: a) Organismo: Consejería de Medio Rural y Pesca. b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación. c) Número de expediente: OBR-36/2007.
Domicilio
Oc. temp.
Oc. Defin.
Destino
Otros bienes
2.—Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: “Actuaciones forestales en Tineo”. b) Lugar de ejecución: Tineo. c) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega: Doce (12) meses. 3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso.
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4.—Presupuesto base de licitación: Importe total: 227.392,94 euros, distribuidos en las siguientes anualidades: Anualidad 2007: ........ 136.000,00 euros. Anualidad 2008: ........ 91.392,94 euros. Proyecto cofinanciado con fondos europeos (fondos FEADER). 5.—Garantías: Provisional: 4.547,86 euros. 6.—Obtención de documentación e información: a) Entidad: Sección de Contratación. b) Domicilio: Coronel Aranda, s/n, 3.ª planta, sector central-derecho. c) Localidad y código postal: Oviedo-33005. d) Teléfono: 985 10 57 83. e) Telefax: 985 10 56 55. f) Fecha límite de obtención de documentos e información: 25 días. 7.—Requisitos específicos del contratista: Clasificación: Grupo K, subgrupo 6, categoría “c”. 8.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: Veintiséis días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, y hasta las doce horas del último día, ampliándose el plazo hasta el siguiente hábil en el caso de que el último coincidiera en sábado o festivo. b) Documentación a presentar: Los licitadores presentarán dos sobres, firmados y cerrados, haciendo constar en cada uno de ellos el título de la contratación, el nombre del licitante y el contenido de los mismos, subtitulándose, respectivamente, “Documentación” y “Proposición”. c) Lugar de presentación: 1.º Entidad: Registro de la Consejería de Medio Rural y Pesca. 2.º Domicilio: Calle Coronel Aranda, s/n, 3.ª planta, sector central-derecho. 3.º Localidad y código postal: Oviedo-33005. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado mantener su oferta: 3 meses máximo a partir de la apertura de las proposiciones. 9.—Apertura de ofertas: a) Entidad: Mesa de Contratación de la Consejería de Medio Rural y Pesca. b) Domicilio: Calle Coronel Aranda, s/n, 3.ª planta, sector central-derecho. c) Localidad: Oviedo. d) Fecha: El primer día hábil, no sábado, siguiente al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones. e) Hora: 10 horas. 10.—Gastos de anuncios: Los gastos originados por la publicidad de los anuncios correspondientes en Boletines Oficiales se fijarán en función de lo establecido en el Decreto legislativo 1/98, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos. En relación con los gastos originados por la publicación en medios de difusión de prensa escrita se fija un importe máximo de 1.000 euros. Oviedo, a 4 de abril de 2007.—El Secretario General Técnico.—6.082.
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1.—Entidad adjudicadora: a) Organismo: Consejería de Medio Rural y Pesca. b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación. c) Número de expediente: OBR-37/2007. 2.—Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: “Actuaciones forestales en Navelgas”. b) Lugar de ejecución: Tineo. c) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega: Doce (12) meses. 3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4.—Presupuesto base de licitación: Importe total: 264.927,89 euros, distribuidos en las siguientes anualidades: Anualidad 2007: ........ 146.000,00 euros. Anualidad 2008: ........ 118.927,89 euros. Proyecto cofinanciado con fondos europeos (fondos FEADER). 5.—Garantías: Provisional: 5.298,56 euros. 6.—Obtención de documentación e información: a) Entidad: Sección de Contratación. b) Domicilio: Coronel Aranda, s/n, 3.ª planta, sector central-derecho. c) Localidad y código postal: Oviedo-33005. d) Teléfono: 985 10 57 83. e) Telefax: 985 10 56 55. f) Fecha límite de obtención de documentos e información: 25 días. 7.—Requisitos específicos del contratista: Clasificación: Grupo K, subgrupo 6, categoría “c”. 8.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: Veintiséis días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, y hasta las doce horas del último día, ampliándose el plazo hasta el siguiente hábil en el caso de que el último coincidiera en sábado o festivo. b) Documentación a presentar: Los licitadores presentarán dos sobres, firmados y cerrados, haciendo constar en cada uno de ellos el título de la contratación, el nombre del licitante y el contenido de los mismos, subtitulándose, respectivamente, “Documentación” y “Proposición”. c) Lugar de presentación: 1.º Entidad: Registro de la Consejería de Medio Rural y Pesca. 2.º Domicilio: Calle Coronel Aranda, s/n, 3.ª planta, sector central-derecho. 3.º Localidad y código postal: Oviedo-33005. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado mantener su oferta: 3 meses máximo a partir de la apertura de las proposiciones. 9.—Apertura de ofertas: a) Entidad: Mesa de Contratación de la Consejería de Medio Rural y Pesca.
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b) Domicilio: Calle Coronel Aranda, s/n, 3.ª planta, sector central-derecho. c) Localidad: Oviedo. d) Fecha: El primer día hábil, no sábado, siguiente al de finalización del plazo de presentación de proposiciones. e) Hora: 10 horas. 10.—Gastos de anuncios: Los gastos originados por la publicidad de los anuncios correspondientes en Boletines Oficiales se fijarán en función de lo establecido en el Decreto legislativo 1/98, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos. En relación con los gastos originados por la publicación en medios de difusión de prensa escrita se fija un importe máximo de 1.000 euros. Oviedo, a 4 de abril de 2007.—El Secretario General Técnico.—6.083. —•— 1.—Entidad adjudicadora: a) Organismo: Consejería de Medio Rural y Pesca. b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación. c) Número de expediente: OBR-39/2007. 2.—Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: “Repoblación en Sierra de Vitos, sector Peña del Sol”. b) Lugar de ejecución: Grandas de Salime. c) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega: Doce (12) meses. 3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4.—Presupuesto base de licitación: Importe total: 197.634,78 euros, distribuidos en las siguientes anualidades: Anualidad 2007: ........ 119.000,00 euros. Anualidad 2008: ........ 78.634,78 euros. Proyecto cofinanciado con fondos europeos (fondos FEADER). 5.—Garantías: Provisional: 3.952,70 euros. 6.—Obtención de documentación e información: a) Entidad: Sección de Contratación. b) Domicilio: Coronel Aranda, s/n, 3.ª planta, sector central-derecho. c) Localidad y código postal: Oviedo-33005. d) Teléfono: 985 10 57 83. e) Telefax: 985 10 56 55. f) Fecha límite de obtención de documentos e información: 25 días. 7.—Requisitos específicos del contratista: Clasificación: Grupo K, subgrupo 6, categoría “c”. 8.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: Veintiséis días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, y hasta las doce horas del último día, ampliándose el plazo hasta el siguiente hábil en el caso de que el último coincidiera en sábado o festivo.
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b) Documentación a presentar: Los licitadores presentarán dos sobres, firmados y cerrados, haciendo constar en cada uno de ellos el título de la contratación, el nombre del licitante y el contenido de los mismos, subtitulándose, respectivamente, “Documentación” y “Proposición”. c) Lugar de presentación: 1.º Entidad: Registro de la Consejería de Medio Rural y Pesca. 2.º Domicilio: Calle Coronel Aranda, s/n, 3.ª planta, sector central-derecho. 3.º Localidad y código postal: Oviedo-33005. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado mantener su oferta: 3 meses máximo a partir de la apertura de las proposiciones. 9.—Apertura de ofertas: a) Entidad: Mesa de Contratación de la Consejería de Medio Rural y Pesca. b) Domicilio: Calle Coronel Aranda, s/n, 3.ª planta, sector central-derecho. c) Localidad: Oviedo. d) Fecha: El primer día hábil, no sábado, siguiente al de finalización del plazo de presentación de proposiciones. e) Hora: 10 horas. 10.—Gastos de anuncios: Los gastos originados por la publicidad de los anuncios correspondientes en Boletines Oficiales se fijarán en función de lo establecido en el Decreto legislativo 1/98, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos. En relación con los gastos originados por la publicación en medios de difusión de prensa escrita se fija un importe máximo de 1.000 euros. Oviedo, a 4 de abril de 2007.—El Secretario General Técnico.—6.084. —•— 1.—Entidad adjudicadora: a) Organismo: Consejería de Medio Rural y Pesca. b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación. c) Número de expediente: OBR-43/2007. 2.—Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: “Mejora de accesos a Valcárcel”. b) Lugar de ejecución: Somiedo. c) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega: Doce (12) meses. 3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4.—Presupuesto base de licitación: Importe total: 164.576,38 euros, distribuidos en las siguientes anualidades: Anualidad 2007: ........ 82.000,00 euros. Anualidad 2008: ........ 82.576,38 euros. Proyecto cofinanciado con fondos europeos (fondos FEADER). 5.—Garantías: Provisional: 3.291,53 euros. 6.—Obtención de documentación e información: a) Entidad: Sección de Contratación. b) Domicilio: Coronel Aranda, s/n, 3.ª planta, sector central-derecho.
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c) Localidad y código postal: Oviedo-33005. d) Teléfono: 985 10 57 83. e) Telefax: 985 10 56 55. f) Fecha límite de obtención de documentos e información: 25 días. 7.—Requisitos específicos del contratista: Clasificación: Grupo G, subgrupo 6, categoría “c”. 8.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: Veintiséis días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, y hasta las doce horas del último día, ampliándose el plazo hasta el siguiente hábil en el caso de que el último coincidiera en sábado o festivo. b) Documentación a presentar: Los licitadores presentarán dos sobres, firmados y cerrados, haciendo constar en cada uno de ellos el título de la contratación, el nombre del licitante y el contenido de los mismos, subtitulándose, respectivamente, “Documentación” y “Proposición”. c) Lugar de presentación: 1.º Entidad: Registro de la Consejería de Medio Rural y Pesca. 2.º Domicilio: Calle Coronel Aranda, s/n, 3.ª planta, sector central-derecho. 3.º Localidad y código postal: Oviedo-33005. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado mantener su oferta: 3 meses máximo a partir de la apertura de las proposiciones. 9.—Apertura de ofertas: a) Entidad: Mesa de Contratación de la Consejería de Medio Rural y Pesca. b) Domicilio: Calle Coronel Aranda, s/n, 3.ª planta, sector central-derecho. c) Localidad: Oviedo. d) Fecha: El primer día hábil, no sábado, siguiente al de finalización del plazo de presentación de proposiciones. e) Hora: 10 horas. 10.—Gastos de anuncios: Los gastos originados por la publicidad de los anuncios correspondientes en Boletines Oficiales se fijarán en función de lo establecido en el Decreto legislativo 1/98, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos. En relación con los gastos originados por la publicación en medios de difusión de prensa escrita se fija un importe máximo de 1.000 euros. Oviedo, a 4 de abril de 2007.—El Secretario General Técnico.—6.085. —•— 1.—Entidad adjudicadora: a) Organismo: Consejería de Medio Rural y Pesca. b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación. c) Número de expediente: OBR-44/2007. 2.—Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: “Fajas auxiliares en montes de la comarca de Cangas de Onís”. b) Lugar de ejecución: Cangas de Onís. c) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega: Doce (12) meses.
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3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4.—Presupuesto base de licitación: Importe total: 172.190,32 euros, distribuidos en las siguientes anualidades: Anualidad 2007: ........ 100.000,00 euros. Anualidad 2008: ........ 72.190,32 euros. Proyecto cofinanciado con fondos europeos (fondos FEADER). 5.—Garantías: Provisional: 3.443,81 euros. 6.—Obtención de documentación e información: a) Entidad: Sección de Contratación. b) Domicilio: Coronel Aranda, s/n, 3.ª planta, sector central-derecho. c) Localidad y código postal: Oviedo-33005. d) Teléfono: 985 10 57 83. e) Telefax: 985 10 56 55. f) Fecha límite de obtención de documentos e información: 25 días. 7.—Requisitos específicos del contratista: Clasificación: Grupo K, subgrupo 6, categoría “c”. 8.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: Veintiséis días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, y hasta las doce horas del último día, ampliándose el plazo hasta el siguiente hábil en el caso de que el último coincidiera en sábado o festivo. b) Documentación a presentar: Los licitadores presentarán dos sobres, firmados y cerrados, haciendo constar en cada uno de ellos el título de la contratación, el nombre del licitante y el contenido de los mismos, subtitulándose, respectivamente, “Documentación” y “Proposición”. c) Lugar de presentación: 1.º Entidad: Registro de la Consejería de Medio Rural y Pesca. 2.º Domicilio: Calle Coronel Aranda, s/n, 3.ª planta, sector central-derecho. 3.º Localidad y código postal: Oviedo-33005. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado mantener su oferta: 3 meses máximo a partir de la apertura de las proposiciones. 9.—Apertura de ofertas: a) Entidad: Mesa de Contratación de la Consejería de Medio Rural y Pesca. b) Domicilio: Calle Coronel Aranda, s/n, 3.ª planta, sector central-derecho. c) Localidad: Oviedo. d) Fecha: El primer día hábil, no sábado, siguiente al de finalización del plazo de presentación de proposiciones. e) Hora: 10 horas. 10.—Gastos de anuncios: Los gastos originados por la publicidad de los anuncios correspondientes en Boletines Oficiales se fijarán en función de lo establecido en el Decreto legislativo 1/98, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos. En relación con los gastos originados por la publicación en medios de difusión de prensa escrita se fija un importe máximo de 1.000 euros. Oviedo, a 4 de abril de 2007.—El Secretario General Técnico.—6.086.
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III. Administración del Estado JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE CANGAS DEL NARCEA Julio Juan Martínez Zahonero, Presidente de la Junta Electoral de Zona de Cangas del Narcea, Hace saber: Que el día 10 de mayo de 2007, han tomado posesión del cargo para el que han sido designados por la Junta Electoral Provincial, los Vocales no Judiciales: • Doña María José Fernández García, DNI 09421273, y • Don Francisco Morán Feito, DNI 10582699. Cangas del Narcea, a 11 de mayo de 2007.—El Presidente de la Junta Electoral.—7.972.
JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE LAVIANA Acta de constitución definitiva de la Junta Electoral de Zona de los partidos judiciales de Laviana y Langreo con vocales no judiciales En la Sala de Audiencias del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Laviana, siendo las 10.00 horas, del día 10 de mayo de 2007, se reúne la Junta Electoral de Zona de Laviana, presidida por don Francisco José Pañeda Usunáriz y con la asistencia de los vocales judiciales doña Estrella M.ª González Maroño y doña Eva M.ª Lumbreras Marín, designados en virtud de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, asistidos de mí, Secretaria Judicial. Siendo el objeto de la presente la definitiva constitución de esta Junta Electoral de Zona con los vocales no judiciales nombrados por la Junta Electoral Provincial con fecha nueve de mayo del corriente. Como consecuencia esta Junta Electoral de Zona se constituye definitivamente con la siguiente composición: Presidente: Don Francisco José Pañeda Usunáriz, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Laviana (Decano). Vocales judiciales: Doña Estrella M.ª González Maroño, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Laviana y doña Eva M.ª Lumbreras Martín, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Langreo. Vocales no judiciales: Don Avelino Suárez González, con DNI 32.875.140 y doña Patricia Corral Blanco, con DNI 32.880.887. Secretaria: Doña Yolanda Belmonte Bravo (Decano). Abierta la sesión, comparecen los vocales no judiciales designados, los cuales aceptan el nombramiento efectuado y juran cumplir bien y fielmente el citado cargo. Por el Sr. Presidente se tiene por constituida la Junta Electoral de Zona de los partidos judiciales de Laviana y Langreo, acordando remitir certificación a la Junta Electoral Provincial a los efectos oportunos, así como la publicación de dicha constitución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.
Dándose por terminado el acto, se levanta la presente que es leída, hallada conforme y firmada por los comparecientes, de lo que doy fe. Laviana, a 14 de mayo de 2007.—La Secretaria.—7.869. JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE LLANES En Llanes, a 16 de mayo de 2007, siendo las 10.30 horas, se constituye la Junta Electoral de Zona, con mi asistencia como Secretario, procediendo acto seguido a dar cuenta de los escritos presentados por el Partido Popular, Uras-Pas, e Izquierda Unida-Bloque por Asturias-Los Verdes de Asturias. La Junta Electoral de Zona, a la vista de los escritos acuerda: 1.º—Conceder a la formación Política Izquierda Unida-Bloque por Asturias-Los Verdes de Asturias, los siguientes locales en los día y horas que se señalan para realizar actos de campaña electoral: • Los días 17 y 18 de mayo, a las 20 horas, en la Casa Consistorial de Panes. • El día 19 de mayo, a las 20 horas, la Casa de Concejo de Pendueles. • El día 20 de mayo, a las 20 horas, el edificio del Casino en Llanes. • El día 24 de mayo, a las 20 horas, las escuelas de Riego en Vidiago. 2.º—Conceder al Partido Popular, para realizar actos de campaña electoral, el Casino de Llanes para el caso de lluvia, el día 25 de mayo, de 18 a 24 horas. 3.º—Respecto del escrito presentado por el representante de Uras-Pas, se le requiere para que previamente a su resolución, especifique los lugares concretos en los cuales no ha podido pegar los carteles de propaganda electoral por estar los espacios ocupados, según manifiesta en escrito de 15 de mayo de 2007. 4.º—Finalmente y respecto del escrito de denuncia presentado por la formación política Izquierda Unida-Bloque por Asturias-Los Verdes de Asturias, alegando la imposibilidad de realizar actos de campaña electoral el día 12 de mayo en la Casa de Cultura de Posada de Llanes, debido a que la llave que le facilitó la Policía Local no habría ninguna de las dos puertas de acceso al local, se requiere al Ayuntamiento de Llanes, para que durante esta mañana informe al respecto de la misma. Notifíquese el acuerdo a los representantes de las candidaturas y envíese copias del mismo al BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, Delegación de Gobierno, Junta Electoral Provincial y a los Ayuntamientos de Llanes, Cabrales, Ribadedeva, Peñamellera Alta y Peñamellera Baja. Se da por terminada la presente, que firman conmigo todos los comparecientes, de todo lo cual, doy fe. Llanes, a 16 de mayo de 2007.—El Secretario.—8.033.
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JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE OVIEDO Edicto El Ilmo. Sr. don Arturo Merino Gutiérrez, Presidente de la Junta Electoral de Zona de Oviedo, Por el presente hago saber: Que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 11.1 b) de la LOREG, una vez designados por la Junta Electoral Provincial de Asturias los vocales no judiciales correspondientes a esta Junta, que han tomado posesión de su cargo, la composición definitiva de ésta es la siguiente:
Se advierte a los interesados que, conforme establece el artículo 52.6ª de la vigente Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, una vez pagados o consignados los depósitos previos e indemnizaciones, esta Administración expropiante procederá a la inmediata ocupación de los bienes y derechos afectados; formalizando la toma de posesión de los mismos mediante el otorgamiento de las oportunas actas de ocupación. Oviedo, a 30 de abril de 2007.—El Ingeniero Jefe de la Demarcación.—7.612. Anexo RELACION DE INTERESADOS
Presidente: • Ilmo. Sr. don Arturo Merino Gutiérrez, Magistrado. Vocales judiciales: • Ilma. Sra. doña Marta María Gutiérrez García, Magistrada. • Ilmo. Sr. don Francisco Javier Rodríguez Luengos, Magistrado. Vocales no judiciales: • Sr. don Javier Menéndez de Llano y Lizana, Abogado. • Sr. don José Luis Regadera Sejas, Abogado.
Término municipal de Valdés Relación de las fincas cuyos titulares han justificado debidamente su condición de tales y, en consecuencia, pueden hacer valer el derecho que les reconoce el artículo 58.1 del REF. FINCA
TITULARES
1048
M.ª BLANCA FLOR SUAREZ MENDEZ
1050
M.ª BLANCA FLOR SUAREZ MENDEZ
—•—
Secretaria: • Sra. doña María Visitación Fernández Gutiérrez, Secretaria Judicial. Dado en Oviedo, a 14 de mayo de 2007.—El Presidente de la Junta Electoral de Zona.—7.974.
DEMARCACION DE CARRETERAS DEL ESTADO EN ASTURIAS Anuncios Asunto: Pago de los depósitos previos y/o las indemnizaciones por los perjuicios derivados de la rápida ocupación y/o las indemnizaciones por ocupación temporal Obras: Autovía A-8, del Cantábrico. Tramo: Autovía A-8, del Cantábrico. Ctra. N-632, de Ribadesella a Luarca por Gijón y Avilés, p.k. 144,000 al 150,000. Tramo: Cadavedo-Querúas.
Pago de los depósitos previos y/o las indemnizaciones por los perjuicios derivados de la rápida ocupación y/o las indemnizaciones por ocupación temporal Obras: Autovía A-8, del Cantábrico. Tramo: Barres-Ribadeo. Clave: 12-O-4890 Con el fin de dar cumplimiento a lo estipulado el artículo 58.1 del Reglamento de Expropiación Forzosa de 26 de abril de 1957 (REF), antes de proceder a la consignación de las cantidades fijadas en concepto de depósito previo a la ocupación, esta Demarcación de Carreteras del Estado resuelve ofrecer a todos aquellos expropiados que hayan acreditado suficientemente su titularidad la posibilidad de percibirlas, señalando a tal efecto la/s siguiente/s fecha/s y lugar/es: T. municipal
T. municipal
Lugar
Fecha
Valdés
Ayuntamiento
30 de mayo de 2007
En el mismo momento, y con el mismo requisito legitimador, se entregarán también a quienes lo requieran las correspondientes indemnizaciones por los perjuicios derivados de la rápida ocupación, y, en su caso, se procederá igualmente al ofrecimiento de las compensaciones por ocupación temporal.
Fecha
Castropol
Ayuntamiento de Castropol
Tapia de Casariego
Ayuntamiento de Tapia de Casariego 30 de mayo de 2007 (12.00 horas)
Clave: 12-O-4760. Con el fin de dar cumplimiento a lo estipulado el artículo 58.1 del Reglamento de Expropiación Forzosa de 26 de abril de 1957 (REF), antes de proceder a la consignación de las cantidades fijadas en concepto de depósito previo a la ocupación, esta Demarcación de Carreteras del Estado resuelve ofrecer a todos aquellos expropiados que hayan acreditado suficientemente su titularidad la posibilidad de percibirlas, señalando a tal efecto la siguiente fecha y lugar:
Lugar
30 de mayo de 2007 (13.15 horas)
En el mismo momento, y con el mismo requisito legitimador, se entregarán también a quienes lo requieran las correspondientes indemnizaciones por los perjuicios derivados de la rápida ocupación, y, en su caso, se procederá igualmente al ofrecimiento de las compensaciones por ocupación temporal. Se advierte a los interesados que, conforme establece el artículo 52.6ª de la vigente Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, una vez pagados o consignados los depósitos previos e indemnizaciones, esta Administración expropiante procederá a la inmediata ocupación de los bienes y derechos afectados; formalizando la toma de posesión de los mismos mediante el otorgamiento de las oportunas actas de ocupación. Oviedo, 2 de mayo de 2007.—El Ingeniero Jefe de la Demarcación.—7.613. (Continúa)
(Continuación) 18–V–2007
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Anexo I
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RELACION DE INTERESADOS
DIRECCION PROVINCIAL DE ASTURIAS
Término municipal de Tapia de Casariego
Finca 10715
10726
Titular/es M.ª ROSARIO PEREZ FERNANDEZ LUCIA FERNANDEZ PEREZ M.ª JESUS FERNANDEZ PEREZ CARMEN M.ª FERNANDEZ PEREZ JOSE ANTONIO FERNANDEZ PEREZ M.ª ROSARIO PEREZ FERNANDEZ
Anexo II RELACION DE INTERESADOS
Término municipal de Castropol
Finca
9441
Titular/es
10610
ANTONIO PEREZ SUAREZ JOAQUINA PEREZ SUAREZ
10611
ALBERTO FERNANDEZ VILLAR
10704
ANTONIO PEREZ SUAREZ
10707
M.ª LUISA CANEL LOPEZ-ACEVEDO
10753
JOSE ALVAREZ PEREZ
10754
HDROS. ALICIA CASTRO PARDO
10755
FRANCISCO GONZALEZ LOPEZ
10756
BERNANDINO GONZALEZ PARDO
10757
RAMON GONZALEZ SANCHEZ
DEMARCACION DE COSTAS EN ASTURIAS Anuncio Por el presente anuncio se comunica que, con fecha 8 de mayo de 2007, el jefe de la Demarcación de Costas en Asturias ha dictado providencia de incoación del expediente: “Deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos dos mil diez (2.010) metros, que comprende la margen derecha de la ría de Villaviciosa, desde el Picu hasta el río Sebrayo, en el término municipal de Villaviciosa (Asturias)”, con el fin de que en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se publique este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, cualquier persona interesada pueda comparecer en el expediente, examinar los planos de delimitación provisional de la zona del dominio público y de la servidumbre de protección y formular las alegaciones que considere oportunas. El expediente estará a disposición de las personas interesadas, en el Servicio de Gestión del Dominio Público de la Demarcación de Costas de Asturias, plaza de España, 3, 4.ª planta, en Oviedo. Oviedo, a 8 de mayo de 2007.—El Jefe de la Demarcación.—7.781.
Anuncios de subastas pública de bienes inmuebles Expediente: 47/07. En el expediente administrativo de apremio número 33 06 04 62220 que se instruye en esta Dirección Provincial, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente providencia: Con esta fecha se autoriza la subasta de bienes inmuebles, propiedad de Fernández García, Ludivina, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido en la Unidad de Recaudación Ejecutiva 33/06 de Oviedo, por sus deudas a la Seguridad Social, y se decreta la celebración el día 19 de junio de 2007, a las 10.00 horas, en la calle Pérez de la Sala, 9, de Oviedo. En su trámite habrán de observarse las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (BOE de 25), modificado en el Real Decreto 1041/2005, de 5 de septiembre (BOE de 16), admitiéndose la presentación de ofertas hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración. Los bienes sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta, son los indicados a continuación: Datos de la finca: • Descripción: 50% de una vivienda de 77,19 m2 con trastero. • Calle: Avda. Viella, 28, 3.º A, Lugones. • Localidad: Siero (Asturias). • Código postal: 33420. Datos del Registro: • Registro de la Propiedad de Pola de Siero. • Tomo 928, libro 793, folio 98, número de finca 69897. • Descripción registral: Urbana, número 17.—Vivienda delantera del piso 3.º, de la casa sita en Paredes, Lugones, hoy avenida de Viella, 28, con acceso por la puerta señalada con la letra A, en el correspondiente rellano de escalera. Mide una superficie útil de 77,19 m2 y construida de 90,40 m2, distribuidos en varias habitaciones y servicios. Visto desde el frente del edificio linda: Al frente, resto no edificado del solar y vivienda letra B, de la misma planta; derecha, la citada vivienda letra B y el rellano de la escalera; fondo, rellano de escalera, vivienda letra D de la misma planta y resto no edificado del solar; e izquierda, resto no edificado del solar. Tiene como anejo uno de los cuartos trasteros situados en la planta de entrecubierta. Tiene una cuota de participación de 7,16%. Calificada de vivienda V.P.O. • 50% en pleno dominio, con carácter privativo, por título de compraventa. • Referencia catastral: 2994013TP7029S0017WQ. Cargas: —Hipoteca a favor de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, inscripción 10.ª, de 7-3-2002, por importe de 81.877,77 euros de principal, más los intereses de demora que se hayan generado, s/e de fecha 26/4/2007. —Sujeta a afecciones fiscales. Tipo de subasta: 11.499,86 euros. Notifíquese esta providencia al deudor y, en su caso, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social.
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Se hace constar expresamente que: Primero.—En cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, éstos podrán liberarse pagando la totalidad de la deuda perseguida, incluidos principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. Segundo.—El deudor tiene derecho a presentar un tercero que mejore la postura más alta realizada en el acto de la subasta, en los términos dispuestos en el apartado 5 del artículo 120 del Reglamento, en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de su celebración. En cumplimiento de la providencia, se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en la subasta convocada lo siguiente: Primero.—Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta, son los indicados en la providencia de subasta. Segundo.—Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, el certificado de adjudicación o, en su caso, la escritura pública de venta, son títulos mediante los cuales puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el título VI de dicha Ley. Tercero.—Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción. Cuarto.—Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo establecido para la presentación de las mismas. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta, que debe reunir las condiciones establecidas en el artículo 118 del Reglamento General de Recaudación. Quinto.—Se podrán formular posturas verbales iguales o superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, durante el cual se abrirá un plazo de tiempo previo, destinado a la consignación del depósito, que no podrá ser inferior al 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, hecho éste por el que se entenderá ofrecida la postura mínima del 75 por ciento del tipo de subasta. Finalizado este plazo, la Mesa advertirá si se han formulado ofertas previas en sobre cerrado, momento a partir del cual no se admitirán más licitadores. Quienes hubieran presentado previamente las posturas en sobre cerrado no precisarán nuevo depósito para participar en las pujas verbales. Sexto.—Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta. Séptimo.—El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que del incumplimiento de tal obligación se deriven. Octavo.—El adjudicatario exonera expresamente a la Tesorería General de la Seguridad Social, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obli-
gación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago. Noveno.—La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo, en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito. Décimo.—La Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo en los términos establecidos en el artículo 121 del Reglamento. Undécimo.—Mediante el presente anuncio se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido. Duodécimo.—Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario. Decimotercero.—En lo no dispuesto expresamente en el presente anuncio de subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado y en su modificación. Oviedo, a 30 de abril de 2007.—El Subdirector Provincial de Recaudación Ejecutiva.—7.747. —•— Expediente: 33/07. En el expediente administrativo de apremio número 33 07 98 48779 que se instruye en esta Dirección Provincial se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente providencia: Con esta fecha se autoriza la subasta de bienes inmuebles, propiedad de Alejange, S.L., que le fueron embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido en la Unidad de Recaudación Ejecutiva 33/07 de Gijón, por deudas a la Seguridad Social, y se decreta la celebración el día 19 de junio de 2007, a las 10 horas, en la calle Pérez de la Sala, 9, de Oviedo. En su trámite habrán de observarse las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (BOE de 25), modificado en el Real Decreto 1041/2005, de 5 de septiembre (BOE de 16), admitiéndose la presentación de ofertas hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración. Los bienes sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de la subasta, son los indicados a continuación: Datos de la finca: • • • •
Descripción: Finca rústica de 4,29 áreas. Lugar: Barrio de San José, en Lastres. Localidad: Colunga (Asturias). Código postal: 33320.
Datos del Registro: • Registro de la Propiedad de Villaviciosa. • Tomo 802, libro 252, folio 41, número de finca 22952. • Descripción registral: Rústica.—Finca a labor, de secano, en el barrio de San José, de la parroquia de Lastres, concejo de Colunga, de 4,29 áreas, y linda: Al Norte, con otra de don Luis Garrido Moral; Oeste, otra de herederos de Cayetano Pérez; Este, camino, y Sur, carretera. Observaciones: • Esta finca se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad de Villaviciosa, a nombre de la mercantil Ailema, S.L., Construcciones, y fue objeto de embargo
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y subasta por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con adjudicación a Alejange, S.L., en la fecha de 7-5-1999. • El adjudicatario Alejange, S.L., voluntariamente no elevó a público el acuerdo de la compraventa, por lo que dicho acto no tuvo acceso a la sonsiguiente incripción registral, siendo el derecho de posesión sobre la finca, únicamente acreditado por el documento de la adjudicación librado por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. • Consecuencia de la inexistencia de escritura pública es el mantenimiento de la anotación del embargo ordenado por la Agencia Estatal, el cual, debería haberse extinguido en virtud de dicho documento. También la anotación de embargo, letra D, a favor del Principado de Asturias, que según información del 27 de abril de 2004, está liquidada. Cargas: —Gravada la descrita finca con servidumbre de reconocimiento de derecho a edificar, y de luces y vistas, a favor de la finca inscrita con el número 20557, propiedad de Luis Garrido Moral y esposa, hasta el lindero común de ambas fincas. Tipo de subasta: 95.461,98 euros. Notifíquese esta providencia al deudor y, en su caso, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social. Se hace constar expresamente que: Primero.—En cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, éstos podrán liberarse pagando la totalidad de la deuda perseguida, incluidos principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. Segundo.—El deudor tiene derecho a presentar un tercero que mejore la postura más alta realizada en el acto de la subasta, en los términos dispuestos en el apartado 5 del artículo 120 del Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del siguiente al de su celebración. En cumplimiento de la providencia, se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en la subasta convocada de lo siguiente: Primero.—Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta, son los indicados en la providencia de subasta. Segundo.—Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, el certificado de adjudicación o en su caso, la escritura pública de venta, son títulos mediante los cuales puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria y en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el título VI de dicha Ley. Tercero.—Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.
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Cuarto.—Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo establecido para la presentación de las mismas. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta, que debe reunir las condiciones establecidas en el artículo 118 del Reglamento General de Recaudación. Quinto.—Se podrán formular posturas verbales iguales o superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, durante el cual se aperturará un plazo de tiempo previo, destinado a la consignación del depósito, que no podrá ser inferior al 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, hecho éste por el que se entenderá ofrecida la postura mínima del 75 por ciento del tipo de subasta. Finalizado este plazo, la Mesa advertirá si se han formulado ofertas previas en sobre cerrado, momento a partir del cual no se admitirán más licitadores. Quienes hubieran presentado previamente las posturas en sobre cerrado no precisarán nuevo depósito para participar en las pujas verbales. Sexto.—Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta. Séptimo.—El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que del incumplimiento de tal obligación se deriven. Octavo.—El adjudicatario exonera expresamente a la Tesorería General de la Seguridad Social, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago. Noveno.—La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito. Décimo.—La Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo en los términos establecidos en el artículo 121 del Reglamento. Undécimo.—Mediante el presente anuncio se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido. Duodécimo.—Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario. Decimotercero.—En lo no dispuesto expresamente en el presente anuncio de subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado y en su modificación. Oviedo, a 26 de abril de 2007.—El Subdirector Provincial de Recaudación Ejecutiva.—7.746.
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IV. Administración Local
2. Enviando giro postal o telegráfico a la Tesorería Municipal, en el que se indicará obligatoriamente datos personales, dirección, número de boletín de denuncia y matrícula. 3. A través de entidades colaboradoras, indicando obligatoriamente datos personales, dirección, número de boletín de denuncia y matrícula.
AYUNTAMIENTOS DE AVILES Anuncios De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de resolución sancionadora de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Unidad Administrativa de Sanciones del Ayuntamiento de Avilés, a los conductores de los vehículos denunciados que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Lo que se notifica, significando que, contra la presente resolución, pueden interponer recurso de reposición ante el Sr. Alcalde-Presidente, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la presente publicación. Si transcurriere un mes desde la interposición del recurso de reposición sin haberse resuelto éste, podrán considerar el mismo desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de los 6 meses siguientes, ante el Tribunal Contencioso-Administrativo de Asturias o, en su caso y a su elección, ante el de igual clase de la demarcación de su domicilio.
Las sanciones impuestas en dichas resoluciones deberán hacerse efectivas dentro de los 15 días siguientes a la fecha de su firmeza administrativa, transcurridos los cuales sin haberse satisfecho, se exigirá por vía ejecutiva según el artículo 21 del Reglamento del procedimiento sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado por R.D. 320/1994, de 25 de febrero, incrementada con el recargo de apremio y, en su caso, los correspondientes intereses de demora, estableciéndose como forma y lugar de pago:
Contra la presente resolución pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la presente publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Asturias o, en su caso y a su elección, ante el de igual clase de la demarcación de su domicilio, o cualquier otro recurso que estime procedente o conveniente.
1. En metálico, en la Tesorería Municipal, sita en plaza España, 1, mediante la presentación de esta notificación. Horario: De lunes a viernes, de 9 a 14 horas. OMC: Ordenanza Municipal de Circulación. RDL: Ley sobre Tráfico. RGC: Reglamento General de Circulación. PTE: Pendiente COB: Cobrada
Municipio AVILES AVILES AVILES AVILES AVILES CEUTA SADA
Apellidos y nombre DIAZ NUÑEZ ALVARO GARCIA RUIZ MARIA MERCEDES GONZALEZ ALFONSO JOSE LUIS QUILES VARELA PEDRO RODRIGUEZ LILLO JOSE MIGUEL PEREZ GARRIDO MARIO ANTONIO MARQUEZ FREIRE SEVERINO
DNI
Matrícula
Núm. expediente
011421080 011396635 010726842 025060376 011429045 071767481 034909778
O -1136-BF 6885-CBH B -1838-LD O -4202-AZ 4814-BMC O -1786-BH 6822-CMC
7979/2006 10741/2006 8327/2006 8597/2006 7432/2006 10482/2006 9418/2006
Precepto infringido artículo Puntos
Importe euros
OMC 39 2 A1 RGC 18 2 2A OMC 39 2 J1 RGC 18 2 2A OMC 39 2 A1 OMC 39 2 C1 OMC 39 2 P
60,10 PTE 75,00 COB 120,20 PTE 150,00 PTE 30,05 COB 60,10 PTE 120,20 PTE
Fecha N.º boletín 2006-N-00069358 2006-N-00071025 2006-N-00071145 2006-N-00073634 2006-N-00072482 2006-N-00071294 2006-N-00070721
23/08/2006 18/12/2006 07/09/2006 25/09/2006 31/07/2006 09/12/2006 05/11/2006
0 3 2 3 0 0 0
En Avilés, a 20 de abril de 2007.—El Concejal Delegado (P.D. Sr. Alcalde de 25-6-2003).—6.947. —•— De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de propuesta de resolución
de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Unidad Administrativa de Sanciones del Ayuntamiento de Avilés, a los conductores de los vehículos denunciados que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
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Los correspondientes expedientes obran en la Unidad Administrativa de Sanciones del Ayuntamiento de Avilés, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con vista del expediente, en su caso, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho a formular alegaciones, se dictarán las correspondientes resoluciones sancionadoras, de conformidad con lo dispuesto en el art. 13.2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (R.D. 1398/93, de 4 de agosto).
que se realice en el período de 30 días naturales desde la notificación de la denuncia), se establece como forma y lugar de pago: 1. En metálico, en la Tesorería Municipal, sita en plaza España, 1, mediante la presentación de esta notificación. Horario: De lunes a viernes, de 9 a 14 horas. 2. Enviando giro postal o telegráfico a la Tesorería municipal, en el que se indicará obligatoriamente datos personales, dirección, número de boletín de denuncia y matrícula. 3. A través de entidades colaboradoras, indicando obligatoriamente datos personales, dirección, número de boletín de denuncia y matrícula.
Para aquellos interesados que deseen proceder al abono de la sanción fijada (con el 50% de bonificación, siempre OMC: Ordenanza Municipal de Circulación. RDL: Ley sobre Tráfico. RGC: Reglamento General de Circulación. PTE: Pendiente COB: Cobrada
Municipio OVIEDO OVIEDO
Apellidos y nombre GARCIA DE VALLE MANUEL GONZALEZ CAMPILLO CECILIO
DNI
Matrícula
Núm. expediente
009728295 009426496
5042-BVZ 8531-DRD
65/2007 598/2007
Precepto infringido artículo Puntos
Importe euros
OMC 51 1 07 OMC 39 2 A1
96,16 PTE 60,10 PTE
Fecha N.º boletín 2007-N-00076671 2007-N-00077435
04/01/2007 28/01/2007
0 0
En Avilés, a 19 de abril de 2007.—El Concejal Delegado (P.D. Sr. Alcalde de 25-6-2003).—6.852.
DE CANGAS DEL NARCEA
Durante dicho plazo, el expediente estará de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento, en horario de oficinas.
Anuncio Aprobación inicial del Proyecto de Urbanización a solicitud de Promociones Amycom, S.L., para Unidad de Gestión UG “El Corral”-E. Cangas del Narcea Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 18 de abril de 2007, se adopta acuerdo de: Primero.—Aprobar inicialmente el Proyecto de Urbanización, así como el anexo A presentado por Promociones Amycom, S.L., para la Unidad de Gestión UG “El Corral”-E, conforme ha sido redactado en el documento presentado al efecto, que será debidamente diligenciado. Segundo.—Someter el expediente a información pública por plazo de veinte días, mediante anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, tablón de anuncios y publicación en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, siguiendo los demás trámites reglamentarios hasta la definitiva efectividad de este acuerdo. Deberá tenerse en cuenta, que si en el trámite de información pública no se presentan alegaciones, la aprobación inicial tendrá el valor de aprobación definitiva. Tercero.—Se notificará la resolución a todos los interesados que se derivan del expediente. Cuarto.—Dar cuenta al Pleno municipal comunicando, asimismo, esta Resolución a la CUOTA a los efectos oportunos. Lo que se somete a información pública, así como para notificación de todos los interesados, durante el plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, a efectos de examen y presentación de las alegaciones o reclamaciones que se estimen oportunas.
Se deja constancia asimismo de que la presente publicación cumple los efectos de notificación personal, para aquellos supuestos en los que ésta no pudiera practicarse personalmente a los interesados (conforme a lo dispuesto por el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Cangas del Narcea, a 24 de abril de 2007.—El Alcalde.—6.950.
DE GIJON De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de denuncia de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura del Servicio de Gestión de Ingresos del Ayuntamiento de Gijón, órgano instructor de los mismos, el cual puede ser objeto de recusación conforme a lo dispuesto en el art. 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, a las personas físicas denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar, y cuyos pagos podrán hacerse efectivos con una reducción del 50% dentro del plazo de treinta días naturales, siguientes a la fecha de la presente notificación, haciéndole saber que, en caso de tratarse de una infracción que no conlleve la suspensión del permiso o licencia de conducir, dicho pago reducido implicará la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa y sin
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perjuicio de la posibilidad de interponer los correspondientes recursos (art. único, apartado seis, de la Ley 17/2005, de 19 de julio que modifica el art. 67.1 del Real Decreto 339/1990). Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones (Servicio de Gestión de Ingresos) de este Ayuntamiento ante el cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho a formular alegaciones o proponer pruebas, se dictarán las correspondientes resoluciones sancionadoras, de conformidad con lo dispuesto en el art. 13.2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (R.D. 1398/93, de 4 de agosto).
Los puntos indicados en esta notificación se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en la dirección www.dgt.es. Forma y lugar de pago: 1. En metálico, en la Tesorería Municipal, sita en el edificio administrativo “Antigua Pescadería Municipal”, c/ Cabrales, número 2. Horario: De lunes a viernes, de 9 a 17 horas (excepto meses de julio y agosto, que será de 9 a 14 horas). 2. Enviando giro postal a la Tesorería Municipal (Ayto. de Gijón, plaza Mayor), haciendo constar claramente en el documento “talón para destinatario”, epígrafe “texto”, el número de boletín de denuncia y/o número de expediente y matrícula.
OCT: Ordenanza Municipal de Circulación y Transportes (1-8-2002). REC: Reglamento General de Circulación (21-11-2003). LMT: Ley 17/2005, de 19 de julio, modificación de la L.S.V.
N.º expediente
Apellidos y nombre
DNI
002666/2007/M 003679/2007/M 007756/2007/M 004224/2007/M 001056/2007/M 002040/2007/M 003464/2007/M 051156/2006/M 007450/2007/M 056820/2006/M 057260/2006/M 001574/2007/M 003726/2007/M 000079/2007/M 004579/2007/M 004355/2007/M 002923/2007/M 049202/2006/M 001523/2007/M 003378/2007/M 062937/2006/M 000803/2007/M 002803/2007/M 001389/2007/M 003220/2007/M 003891/2007/M 053654/2006/M 003897/2007/M 001085/2007/M 005400/2007/M 002056/2007/M 005600/2007/M 061942/2006/M 055865/2006/M 061846/2006/M 051991/2006/M 007403/2007/M 001320/2007/M 059914/2006/M 001259/2007/M 007360/2007/M 004292/2007/M 001078/2007/M
AGUIAR DA SILVA JOSIVALDO ALVAREZ SANCHEZ AITOR ANZURIZA FERNANDEZ JOSE ANTONIO ARGUELLES MARTINEZ M COVADONGA ARRANZ SANTIRSO PAULA BABAN,LIDIA SIMINELA BARBER MARTINEZ M EUGENIA BLANCO SANCHEZ CARLOS BONET ROCHELA LUANA CASTAÑON RODRIGUEZ FELIX CUENCA MORAN DANIEL CUETO IGLESIAS ALBERTO DIAZ RODRIGUEZ DANIEL DOLDAN VALLE JOSE MANUEL ESQUIBEL GARCIA JON IKER FERNANDEZ BALSERA CARLOS FERNANDEZ GUTIERREZ AMANDA FERNANDEZ MORA ALVARO FERNANDEZ VEGA M VICTORIA FERRERO SAN MILLAN JOSE MIGUEL GARCIA GABARRA FRANCISCO JAVI GARCIA LLAMES DIONISIA CLEME GARCIA LLAMES DIONISIA CLEME GONZALEZ IGLESIAS DIANA BERSABE GUTIERREZ GUTIERREZ PEDRO MANUEL HERNANDEZ RAMOS ELISABET JUAN DALAC FERNANDEZ LAUREANO LOMBARDIA ECHEVARRIA M JESUS LOPEZ GARCIA JONATHAN LOPEZ LOPEZ LUIS MIGUEL LOPEZ PULIDO ROSA MARTINEZ LOPEZ BERNARDO JAVIE MARTINEZ-SIERRA RAPALLO,RODRIGO MATEOS PRIETO LAZARO MENDEZ AGUILAR EMILIO MIGUELEZ CORRAL JULIO MIRAS CASIELLES TERESA MORAN GARCIA ALAN MOSQUEIRA DORREGO OSCAR LUIS NAVARRO CASTRO JUAN DE DIOS PALMEIRO LONGO M ROSARIO PAÑEDA ORDOÑEZ MARINO POZO DEL CABRAL AVELINO
492661840 044640416 010890685 010884516 010851785 X6694573 010846062 053002079 053536631 010557309 053538367 052614941 010863767 053527654 053676519 053043473 010894357 009783691 010798021 053535009 010891200 010557939 010557939 009409070 010879541 053531085 039693294 010818209 053526126 053542141 010851198 010858443 071660790 009678354 053527559 010866928 053538482 010854616 077594174 024153878 053530146 010610264 053534078
Población GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON MADRID GIJON GIJON GIJON SIERO GIJON CORUÑA (A) GIJON LEGANES GIJON ONZONILLA GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON OVIEDO GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON ATARFE GIJON GIJON GIJON
Precepto infringido Importe Puntos a Matrícula F. denuncia artículo euros retraer 1299-DJW 3959-CZX 5280-DWR 3631-DJH O -6034-BZ 3327-FCH 1024-CKD 1827-FCT O -7258-BJ 8548-FDF 3198-FCV 6526-CRF 0094-CVR 9900-DZT C -0571-BRK 6679-FJG 1647-CTZ 2194-BSY 4137-DMG O -5206-CB 5709-BZS 1183-CRB 1183-CRB 5100-FJG 5737-FFS TF-8265-CB 9454-DZR O -2761-BP 4177-BKK O -3088-BZ 0099-CKX 8733-DJF 8475-CKK 9254-CPF 5067-FDW O -0386-BP O -6285-CF 7579-DRN 7491-FGS 1987-DDD 5047-DDR 6141-DHV O -6045-CH
17/01/2007 20/01/2007 09/02/2007 25/01/2007 08/01/2007 11/01/2007 20/01/2007 20/10/2006 07/02/2007 18/11/2006 22/11/2006 13/01/2007 04/01/2007 28/12/2006 29/01/2007 27/01/2007 10/01/2007 11/10/2006 12/01/2007 19/01/2007 22/12/2006 08/01/2007 15/01/2007 02/01/2007 21/01/2007 18/01/2007 26/10/2006 19/01/2007 06/01/2007 15/01/2007 13/01/2007 02/02/2007 14/12/2006 15/11/2006 20/12/2006 25/10/2006 02/02/2007 27/12/2006 06/12/2006 22/12/2006 03/02/2007 24/01/2007 08/01/2007
OCT 66 2-T OCT 66 2-P OCT 66 2-I OCT 66 2-W OCT 66 2-T OCT 66 2-P OCT 66 3-A OCT 66 2-P OCT 66 2-S A OCT 66 2-P OCT 66 2-T OCT 66 2-R OCT 66 2-S A OCT 66 2-T OCT 38 2 N1 OCT 66 2-R OCT 66 2-S A OCT 66 2-N OCT 66 2-R OCT 66 2-O OCT 66 2-O OCT 66 2-R OCT 66 2-O OCT 66 2-S A OCT 66 2-P OCT 66 2-S A OCT 66 2-I OCT 66 2-S A OCT 66 2-V OCT 66 2-R OCT 66 2-T OCT 66 2-O OCT 66 2-R OCT 97 2-C A OCT 66 2-O OCT 38 2 O OCT 66 2-S A OCT 66 2-S B OCT 66 2-P OCT 66 2-S A OCT 66 2-S A OCT 66 2-P OCT 66 2-V
120,00 90,00 90,00 120,00 120,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 120,00 90,00 90,00 120,00 182,00 90,00 90,00 120,00 90,00 120,00 120,00 90,00 120,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 120,00 90,00 120,00 120,00 90,00 120,00 120,00 332,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 120,00
0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 4 0 6 0 0 0 0 0 0 0
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N.º expediente
Apellidos y nombre
DNI
057831/2006/M 060178/2006/M 062159/2006/M 062528/2006/M 002734/2007/M 001829/2007/M 003308/2007/M 006980/2007/M 008152/2007/M 058363/2006/M 002226/2007/M 009088/2007/M 006052/2007/M 006911/2007/M
REYES QUEZADA CARLOS ALBERTO RICO MORTERA BRUNO RODRIGUEZ AGUIRRE MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ FUEGO JUAN SUAREZ CIFUENTES JESUS ALEJANDRO SUAREZ HEVIA RENE SUERO LOPEZ MARIA JOSE TESO DEL MARTIN ENRIQUE TRUJILLANO DIAZ JONATHAN VARONA HUIDOBRO LEANDRO VIGIL PELLON JESUS VILLA ALVAREZ MIRIAM ZAPICO FERNANDEZ MARIA MAR ZAPICO FERNANDEZ MARIA MAR
X4599223 010906005 010563429 010831823 010791535 032873910 008984087 010824997 053546430 014891212 010825113 053554364 010824840 010824840
Población GIJON GIJON GIJON GIJON LAVIANA OVIEDO GIJON GIJON GIJON VIC GIJON GIJON GIJON GIJON
Precepto infringido Importe Puntos a Matrícula F. denuncia artículo euros retraer M -1205-SC 9783-CXM 2896-FBL 0018-DHV O -7373-AX 6212-DGP 5250-CRV 7672-CRT 9907-CDR 9831-CDL 9405-CWS 9612-CVF 7640-FJM 7640-FJM
25/11/2006 OCT 66 2-V 07/12/2006 OCT 66 2-O 20/12/2006 OCT 66 2-R 27/12/2006 OCT 66 2-X 15/01/2007 OCT 66 2-T 08/01/2007 OCT 66 2-P 19/01/2007 OCT 66 2-T 08/02/2007 OCT 97 2 A1 20/02/2007 OCT 7 1 B 28/11/2006 OCT 66 2-I 17/01/2007 OCT 66 2-P 26/02/2007 OCT 97 2-C A 07/02/2007 OCT 66 2-O 09/02/2007 OCT 66 2-P
120,00 120,00 90,00 90,00 120,00 90,00 120,00 120,00 250,00 90,00 90,00 120,00 120,00 90,00
0 0 0 0 0 0 0 4 4 0 0 4 0 0
Gijón, a 24 de abril de 2007.—La Jefa del Servicio de Gestión de Ingresos. P.D. (resolución de 30-9-1999).—6.946(1). —•— De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación denuncia de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura del Servicio de Gestión de Ingresos del Ayuntamiento de Gijón, órgano instructor de los mismos, el cual puede ser objeto de recusación conforme a lo dispuesto en el art. 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, a las personas físicas titulares de los vehículos denunciados que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar, y cuyos pagos, podrán hacerse efectivos con una reducción del 50% dentro del plazo de treinta días naturales, siguientes a la fecha de la presente notificación, haciéndole saber que, en caso de tratarse de una infracción que no conlleve la suspensión del permiso o licencia de conducir, dicho pago reducido implicará la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa y sin perjuicio de la posibilidad de interponer los correspondientes recursos (art. único, apartado seis, de la Ley 17/2005, de 19 de julio que modifica el art. 67.1 del Real Decreto 339/1190).
culación de Vehículos a Motor y y Seguridad Vial, en su nueva redacción dada por la Ley 17/2005, de 19 de julio.
Igualmente se señala que en aquellos casos en que el titular del vehículo no sea el conductor responsable en la fecha de la infracción, se le requiere para que en el improrrogable plazo de 15 días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, comunique a este órgano instructor el nombre, apellidos, DNI y domicilio del conductor del vehículo en la fecha de la denuncia, cuyo cumplimiento de esta obligación ha de ser veraz y advirtiéndole que el incumplimiento de dicho deber será sancionado como falta muy grave, de conformidad con lo establecido en el artículo 72.3 del texto articulado de la Ley de Tráfico, Cir-
1. En metálico, en la Tesorería Municipal, sita en el edificio administrativo “Antigua Pescadería Municipal”, c/ Cabrales, número 2.
Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones (Servicio de Gestión de Ingresos) de este Ayuntamiento ante el cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho a formular alegaciones o proponer pruebas, se dictarán las correspondientes resoluciones sancionadoras, de conformidad con lo dispuesto en el art. 13.2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (R.D. 1398/93, de 4 de agosto). Los puntos indicados en esta notificación se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en la dirección www.dgt.es. Forma y lugar de pago:
Horario: De lunes a viernes, de 9 a 17 horas (excepto meses de julio y agosto, que será de 9 a 14 horas). 2. Enviando giro postal a la Tesorería Municipal (Ayto. de Gijón, plaza Mayor), haciendo constar claramente en el documento “talón para destinatario”, epígrafe “texto”, el número de boletín de denuncia y/o número de expediente y matrícula.
OCT: Ordenanza Municipal de Circulación y Transportes (1-8-2002). REC: Reglamento General de Circulación (21-11-2003). LMT: Ley 17/2005, de 19 de julio, modificación de la L.S.V.
N.º expediente 009170/2007/M 002208/2007/M 004451/2007/M
Apellidos y nombre ABALO DIAZ LUIS ALBERTO ABRUÑEDO GORORDO LORENZO ALAEZ LUNA ROSA MARIA
DNI 052580794 053543624 010800461
Población OVIEDO GIJON GIJON
Precepto infringido Importe Puntos a Matrícula F. denuncia artículo euros retraer 0542-BJR C -9287-BRD 3363-CJT
24/02/2007 18/01/2007 26/01/2007
OCT 66 2-V OCT 66 2-R OCT 66 2-P
120,00 90,00 90,00
0 0 0
9448
N.º expediente 010351/2007/M 007613/2007/M 007449/2007/M 010544/2007/M 009892/2007/M 007391/2007/M 003826/2007/M 011842/2007/M 007890/2007/M 008180/2007/M 011980/2007/M 061451/2006/M 008878/2007/M 005907/2007/M 008486/2007/M 004979/2007/M 007487/2007/M 001863/2007/M 006690/2007/M 006149/2007/M 006933/2007/M 009992/2007/M 006391/2007/M 004268/2007/M 007356/2007/M 009965/2007/M 011127/2007/M 007331/2007/M 006835/2007/M 007640/2007/M 007437/2007/M 007887/2007/M 008174/2007/M 009114/2007/M 011315/2007/M 009452/2007/M 001603/2007/M 008389/2007/M 007371/2007/M 009021/2007/M 009964/2007/M 007501/2007/M 001084/2007/M 005681/2007/M 007157/2007/M 003890/2007/M 006096/2007/M 007355/2007/M 009141/2007/M 009166/2007/M 009792/2007/M 002938/2007/M 009790/2007/M 007955/2007/M 007174/2007/M 008756/2007/M 006142/2007/M 009575/2007/M 004350/2007/M 007109/2007/M 004115/2007/M 007633/2007/M 009949/2007/M 006780/2007/M 007561/2007/M 007753/2007/M 007636/2007/M 010370/2007/M 006963/2007/M
18–V–2007
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Apellidos y nombre
DNI
ALARCON IGLESIAS EFRAIN 009368065 ALBES TERENTE M ISABEL 053529390 ALEGRE PEREZ JAVIER 010884066 ALLENDE FERRAO MANUEL 009375102 ALLER DIAZ JUAN JOSE 030457097 ALLO SUAREZ OSCAR MANUEL 032785124 ALONSO ALONSO JOSE MANUEL 010884434 ALONSO RODRIGUEZ PABLO 071652031 ALONSO SANCHEZ FRANCISCO MANUEL 010815167 ALONSO SANCHEZ FRANCISCO MANUEL 010815167 ALONSO SANCHEZ FRANCISCO MANUEL 010815167 ALVAREZ AZA ALICIA 050011349 ALVAREZ BERROS DAVID 053551451 ALVAREZ CHACHERO LUIS ALBERTO 010861334 ALVAREZ COMUÑAS IVAN 010878844 ALVAREZ LLANEZA BERTA 011399394 ALVAREZ LOPEZ RAFAEL 010802553 ALVAREZ MARTINEZ DIEGO 046550314 ALVAREZ MARTINEZ DIEGO 046550314 ALVAREZ MARTINEZ JOSE MANUEL R 011363667 ALVAREZ PRIETO MARTA 071766231 ALVAREZ SANTULLANO MTEZ M.ª AURORA 010539843 AMERICO FERNANDEZ SARA 053648920 ANTON HERAS DE LAS SERAFIN 010855613 ANTON HERAS DE LAS SERAFIN 010855613 ANTUÑA FERNANDEZ JUAN JOSE 010889397 ANTUÑA FONTET MARIA ANGELES 071619508 ARBOLEYA LOPEZ JUAN MANUEL 010821400 ARNAIZ MENDEZ ROBERTO CARLOS 071429157 ARNAU VALENCIA JESUS ANGEL 039702440 ARRIGORRIAGA MENENDEZ MARTA ISABEL 010866057 ARRIGORRIAGA MENENDEZ MARTA ISABEL 010866057 ARRIGORRIAGA MENENDEZ MARTA ISABEL 010866057 ARRIGORRIAGA MENENDEZ MARTA ISABEL 010866057 AVALOS GARCIA VERONICA LAURA 071675094 AYALA SEMIDEI MARCO ANIBAL X3252054 AZBOUAGH,OMAR X2292191 BAGHDAD,ZOUHEIR X0797000 BANGO BLANCO JOSE ANGEL 010846460 BAULUZ IGLESIA DE LA FCO JAVIER 010594331 BELOQUI OCARIZ IGNACIO MARIA 034080027 BEN MBAREK BENT EL MAHDI GHANIA 053535450 BERMUDEZ ESCALADA AGUSTIN 071759302 BERMUDEZ POWELL SABRINA ANA 005242195 BLANCO DIAZ JUAN MANUEL 010897476 BLANCO GALVEZ JOSE MIGUEL 053543855 BLANCO GARCIA BENITO 072730535 BLANCO GONZALEZ JORGE 052613209 BLANCO JUNQUERA PEDRO PABLO 010900402 BLANCO JUNQUERA PEDRO PABLO 010900402 BLANCO JUNQUERA PEDRO PABLO 010900402 BLANCO LOIRA JOSE LUIS 032264626 BOTINA ESPINOSA HECTOR ROOSVELT X5818532 BUZNEGO CARRIO YOLANDA 053532963 BUZNEGO GARCIA ROBERTO FIDEL 010858438 CABAL MARTINEZ MANUEL ALFREDO 010557892 CABANAS HEVIA ARMANDO 010865704 CAGIDE LOPEZ JUAN MANUEL 050460683 CALIMARES CARDOSO ROBERT ALBERTO X1761931Q CALVO RIESGO FRANCISCO J 010886196 CALZADO NACIMIENTO MARIA CELESTE 002272552 CAMPAL RODRIGUEZ ARTURO 053775020 CANDAS LORENZO JORGE 010857996 CASES DIAZ MIGUEL 010843684 CASES DIAZ MIGUEL 010843684 CASTAÑON CUADRO DEL JESUS MANUEL 010870644 CASTELAO LOPEZ LORENA 071886319 CASTILLO MEJIA SARA ALY 046774692 CASTRO ALVAREZ JOSE ANGEL 010845905
Población OVIEDO GIJON GIJON PILOÑA GIJON LAXE GIJON OVIEDO GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON AVILES GIJON IRUN IRUN GRADO MIERES OVIEDO GIJON GIJON GIJON GIJON LANGREO GIJON GIJON TARRAGONA GIJON GIJON GIJON GIJON OVIEDO BARCELONA PARLA GIJON GIJON GIJON BILBAO GIJON GIJON GIJON OVIEDO GIJON TORREVIEJA POLA DE SIERO SIERO GIJON GIJON GIJON A CORUÑA GIJON GIJON GIJON SIERO GIJON MADRID GIJON GIJON MADRID GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON AVILES GIJON GIJON
Precepto infringido Importe Puntos a Matrícula F. denuncia artículo euros retraer 4183-DSZ 6838-FHJ O -2983-AY 8657-FBB O -4688-BT 8495-DZG O -5698-BC 4016-DWV 7453-CRY O -6959-AU 7453-CRY O -2739-CG O -1875-BD 3173-CXV 9654-CRJ O -9038-CD O -1834-BM 0435-DSB 0435-DSB O -1091-BU 7726-DVV 7161-BWS C -2000-BDC 2546-CFM 2546-CFM O -8432-BP 9305-BZT O -7194-BW 0618-BRT 0447-CBB 4600-CFM 8518-DJD 8518-DJD 8518-DJD 3291-CLN 8673-CGP 6290-DVF O -5369-BJ O -4705-AW O -6376-BX 7565-CVP O -9517-BH O -8033-BY O -9429-CG C -1981-BJV 7894-BSK M -0983-PB 3084-CLD 7244-CVP 7244-CVP 7244-CVP 1041-FHK O -9725-BG 3444-DCX O -8567-BV O -1346-BS O -9705-BS 8690-BTK 2748-CPK O -1655-BV 0343-CZD 1763-FCJ 8120-FLB O -2333-BB O -2333-BB M -8093-JV M -3121-MJ 5249-DBH 8796-BMY
28/02/2007 12/02/2007 07/02/2007 02/03/2007 15/02/2007 02/02/2007 16/01/2007 02/03/2007 21/02/2007 18/02/2007 08/03/2007 17/12/2006 24/02/2007 04/02/2007 16/02/2007 31/01/2007 05/02/2007 10/01/2007 07/02/2007 07/02/2007 12/02/2007 23/02/2007 08/02/2007 29/01/2007 01/02/2007 22/02/2007 09/03/2007 29/01/2007 11/02/2007 14/02/2007 08/02/2007 21/02/2007 18/02/2007 24/02/2007 08/03/2007 27/02/2007 12/01/2007 16/02/2007 02/02/2007 25/02/2007 22/02/2007 09/02/2007 06/01/2007 05/02/2007 12/02/2007 18/01/2007 07/02/2007 02/02/2007 24/02/2007 23/02/2007 01/03/2007 09/01/2007 01/03/2007 21/02/2007 13/02/2007 21/02/2007 06/02/2007 26/02/2007 27/01/2007 12/02/2007 27/01/2007 13/02/2007 22/02/2007 14/02/2007 10/02/2007 09/02/2007 12/02/2007 01/03/2007 11/02/2007
OCT 66 2-O OCT 66 2-S A OCT 66 2-S A OCT 66 2-V OCT 66 2-S B OCT 66 2-S A OCT 66 2-S A OCT 66 2-R OCT 66 2-I OCT 66 2-R OCT 66 2-R OCT 66 2-W OCT 66 3-A OCT 66 2-P OCT 66 2-T OCT 66 2-P OCT 66 2-S A OCT 66 3-A OCT 66 3-A OCT 66 2-P OCT 66 2-U OCT 66 2-S A OCT 66 2-R OCT 66 2-W OCT 66 2-S A OCT 66 2-S A OCT 66 2-T OCT 66 2-S A OCT 66 2-P OCT 66 2-S A OCT 66 2-S A OCT 66 2-I OCT 66 2-R OCT 66 2-R OCT 66 2-P OCT 66 2-R OCT 66 2-R OCT 66 2-T OCT 66 2-S A OCT 66 2-W OCT 66 2-S A OCT 66 2-S B OCT 66 2-V OCT 66 3-A OCT 97 2-C A OCT 66 2-S A OCT 66 2-P OCT 66 2-S B OCT 66 2-T OCT 66 2-W OCT 66 2-T OCT 66 2-S A OCT 66 2-T OCT 66 2-R OCT 66 2-R OCT 66 2-T OCT 66 3-A OCT 66 2-P OCT 66 3-A OCT 66 2-T OCT 66 2-P OCT 66 2-S A OCT 66 2-S A OCT 66 2-R OCT 66 2-S A OCT 66 2-R OCT 66 2-S B OCT 66 2-I OCT 66 2-P
120,00 90,00 90,00 120,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 120,00 90,00 90,00 120,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 120,00 90,00 90,00 120,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 120,00 90,00 120,00 90,00 90,00 120,00 90,00 120,00 90,00 90,00 90,00 120,00 120,00 120,00 90,00 120,00 90,00 90,00 120,00 90,00 90,00 90,00 120,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00
0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
18–V–2007
9449
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
N.º expediente
Apellidos y nombre
DNI
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CASTRO DIEZ PORFIDIO CASTRO ESTRADA SILVIA CENTENO MARTIN GONZALO CHAO FRA JOSE CHEBAUX SAIZ PABLO JOSE CORRAL MARTINEZ ISABEL CORREDOIRA DIAZ JOSE MANUEL CRESPO GONZALEZ JAVIER CRESPO MARTIN VANESA CRESPO PALACIO SANDRA MARIA CUBIELLA SUAREZ MIGUEL CUELI CANCIO EDUARDO SANTIAGO CUERVO GONZALEZ MANUEL ANGEL CUESTA SANCHEZ JOSE MANUEL CUEVAS LOPEZ COVADONGA CUEVAS ZARAUZA JOSE MA ANIBAL DEAN RUIZ JUAN ANTONIO DELGADO COBALLES FERNANDO DELGADO ESTEBAN MIGUEL MARIA DESLANI,ABDELLAH DIAZ PALACIO NELSON WALTER DIAZ PIÑERA IGNACIO DIAZ RATO ROBERTO DIAZ TORO DEL MARIA DIOS DE CASTIELLO JOSE ANTONIO DORADO FERNANDEZ MIGUEL ELORZA RIVA DE LA ESTEBAN ENCINAS CORUJO MARIA YOLANDA ENRIQUEZ GONZALEZ RAMON ERAÑA VIRUMBRALES JUAN ESCARDA PEREZ CAMILO ESCOBIO CORRO MIGUEL ESPASANDE BERNARDO HECTOR IVAN ESTEBANEZ GAVILAN JAVIER ESTRADA TUERO JOSE MANUEL FANJUL GARCIA MARCO FERNANDEZ CANTELI PEREZ CONDE JAVIER FERNANDEZ ALVAREZ PEDRO SANTIAGO FERNANDEZ ALVITE MONICA FERNANDEZ ARDUENGO MA LUISA FERNANDEZ BARRO JOSE AMADOR FERNANDEZ BUELGA MANUEL ANGEL FERNANDEZ BULTE JORGE LUIS FERNANDEZ CORRAL JESUS FERNANDEZ CORTINA JESUS FERNANDEZ DIAZ DELFINA FERNANDEZ DIAZ M MARGARITA FERNANDEZ DIEZ ALBERTO JOSE FERNANDEZ DIEZ ALBERTO JOSE FERNANDEZ FERNANDEZ ANTONIO FERNANDEZ FDEZ, MARIA DEL CARMEN FERNANDEZ FERNANDEZ MARIA FE FERNANDEZ FERNANDEZ RICARDO FERNANDEZ GARCIA ALEJANDRO FERNANDEZ GARCIA JULIO PEDRO FERNANDEZ GARCIA JULIO PEDRO FERNANDEZ GAREA BEATRIZ FERNANDEZ GONZALEZ FROILAN FERNANDEZ GONZALEZ MA JOSE FERNANDEZ JUSTO JUAN CARLOS FERNANDEZ LANZA PATRICIA FERNANDEZ MEDIO DOLORES FERNANDEZ OGANDO FCO JAVIER FERNANDEZ PAJON JESICA FERNANDEZ RAMA JOSE MANUEL FERNANDEZ RODRIGUEZ IVAN FERNANDEZ SANTOS IBAN FERNANDEZ SANTOS IBAN FERNANDEZ SUAREZ MARIA CARMEN D
009714783 071644992 011068150 010780663 053534691 010890016 033740357 010789502 050128755 048680743 010900790 010827303 010595696 010717435 053550351 010586928 010838707 011079583 022381007 X1905268 053677688 010851853 010788536 053541446 010843209 010876732 009377361 010837485 011967992 014169151 000821318 010572917 010894004 010834255 010822368 010831375 071657592 010543929 005403524 010548953 010823563 071586874 010901949 011387300 011056008 011052364 010868996 010861863 010861863 005271714 010851191 009355317 010874268 053547522 010872264 010872264 053537862 071626298 009357969 010854893 011078716 010901497 010811942 053536572 010861735 010866749 010891930 010891930 010751978
Población GIJON OVIEDO OVIEDO GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON MADRID GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON JEREZ DE LA FTRA OVIEDO GIJON GIJON VALDEMORILLO MADRID GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON OVIEDO GIJON ZAMORA GIJON MADRID GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON OVIEDO QUIROS GIJON OVIEDO GIJON S MARTIN REY AURELIO GIJON OVIEDO OVIEDO GIJON GIJON SABADELL SABADELL GIJON GIJON OVIEDO GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON OVIEDO OVIEDO GIJON MIERES GIJON GIJON CARREÑO GIJON OVIEDO GIJON GIJON GIJON
Precepto infringido Importe Puntos a Matrícula F. denuncia artículo euros retraer O -6423-AH O -0536-BH O -9870-BN O -6618-BF 2145-DKG 7179-CTZ O -3170-BW O -0556-BS 8927-CZB 4219-DMJ O -2289-BV O -9337-CC O -1386-AK 5278-FHN 8670-FHR 3103-BDL O -5178-BC 3940-BRN M -4822-UK 8891-FJW O -4247-BT O -3397-BU O -5577-BJ O -4604-CG 5039-FDN 4869-CDB O -0169-BP C -8659-BRT ZA-3498I O -5673-BV 0660-CDR O -2260-AN O -1074-AY O -3648-BT O -1877-BG O -6966-BB O -0848-AY O -6388-BM O -9414-CJ O -6939-BP O -0760-CD 3988-BXV O -9962-BF 2668-BJV O -7639-BM 2781-CJB 4278-BGF B -1466-HJ B -1466-HJ 0331-BHX O -9106-BG M -3241-VM 4079-DDP O -9170-CB 3257-BYL 6284-CWZ 6072-DMG O -3379-AJ O -9973-BM O -8001Y 3810-CMF 8589-FHH 2840-BYM 5858-FDB 5776-BBZ O -8143-CF M -4113-HS M -4113-HS O -6317-CD
26/01/2007 23/02/2007 22/02/2007 24/02/2007 26/02/2007 21/02/2007 02/03/2007 16/02/2007 24/02/2007 07/02/2007 09/02/2007 26/01/2007 21/02/2007 16/02/2007 16/02/2007 03/02/2007 22/02/2007 30/01/2007 23/02/2007 10/01/2007 13/02/2007 03/02/2007 23/02/2007 13/02/2007 31/01/2007 20/01/2007 25/02/2007 27/02/2007 28/02/2007 14/03/2007 11/02/2007 28/02/2007 19/01/2007 27/02/2007 15/02/2007 07/02/2007 10/02/2007 13/02/2007 22/02/2007 01/02/2007 10/01/2007 07/02/2007 10/02/2007 17/02/2007 09/02/2007 05/02/2007 27/02/2007 06/02/2007 15/02/2007 28/02/2007 15/02/2007 27/01/2007 01/02/2007 28/02/2007 07/02/2007 13/02/2007 01/02/2007 08/02/2007 27/02/2007 06/02/2007 13/02/2007 08/02/2007 18/02/2007 13/02/2007 15/02/2007 16/02/2007 17/02/2007 21/02/2007 26/02/2007
OCT 97 2 B OCT 66 2-P OCT 66 2-S B OCT 66 2-T OCT 66 2-T OCT 66 2-I OCT 66 2-I OCT 66 2-R OCT 66 2-I OCT 66 2-S A OCT 66 2-P OCT 66 2-O OCT 66 2-O OCT 66 2-P OCT 66 2-U OCT 66 2-S A OCT 66 2-R OCT 66 2-S A OCT 66 2-S B OCT 66 3-A OCT 66 2-S B OCT 66 2-S B OCT 66 2-S A OCT 66 2-R OCT 66 2-P OCT 66 2-S A OCT 66 2-P OCT 66 2-W OCT 66 2-S A OCT 66 2-N A OCT 66 2-P OCT 66 2-R OCT 66 2-R OCT 66 2-R OCT 66 2-T OCT 66 2-R OCT 66 2-S A OCT 66 2-R OCT 66 2-D OCT 66 2-S A OCT 66 2-P OCT 66 2-T OCT 66 2-R OCT 66 2-P OCT 66 2-I OCT 66 2-S A OCT 66 2-S A OCT 66 2-S A OCT 66 2-S A OCT 66 2-U OCT 66 2-P OCT 66 2-O OCT 66 2-O OCT 66 2-O OCT 66 2-S A OCT 66 2-S A OCT 66 2-O OCT 66 2-O OCT 66 2-T OCT 66 2-R OCT 66 2-T OCT 66 2-T OCT 66 2-W OCT 66 2-R OCT 66 2-S A OCT 66 2-P OCT 66 3-A OCT 66 2-S B OCT 66 2-P
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9450
N.º expediente 008291/2007/M 007375/2007/M 009225/2007/M 009007/2007/M 006644/2007/M 006162/2007/M 006248/2007/M 007571/2007/M 008239/2007/M 007552/2007/M 007518/2007/M 007632/2007/M 009980/2007/M 006397/2007/M 007278/2007/M 009880/2007/M 011798/2007/M 002351/2007/M 003613/2007/M 007337/2007/M 007602/2007/M 009970/2007/M 009993/2007/M 003318/2007/M 002324/2007/M 008442/2007/M 010317/2007/M 003421/2007/M 010313/2007/M 009540/2007/M 006668/2007/M 005109/2007/M 005839/2007/M 003189/2007/M 009216/2007/M 007710/2007/M 006898/2007/M 008482/2007/M 009024/2007/M 007578/2007/M 008532/2007/M 006717/2007/M 006722/2007/M 009951/2007/M 009184/2007/M 006773/2007/M 008165/2007/M 004192/2007/M 007686/2007/M 010308/2007/M 005248/2007/M 005889/2007/M 007287/2007/M 010413/2007/M 010287/2007/M 009702/2007/M 005427/2007/M 008295/2007/M 008411/2007/M 003800/2007/M 007412/2007/M 007831/2007/M 007502/2007/M 008328/2007/M 007740/2007/M 005958/2007/M 010606/2007/M 003678/2007/M 007062/2007/M
18–V–2007
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Apellidos y nombre
DNI
FERRAN ALVAREZ FRANCISCO 010865535 FERREIRO CRESPO JULIO ALBERTO 010845914 FERREIRO FERNANDEZ FRANCISCO JAVIER 020220819 FERRER MARTIN FRANCISCO 053549704 FLORENTINO LOPEZ JUAN MANUEL 071849595 FRAGA OCHOA ANTONIO CESAR 010848893 FRAGA OCHOA ANTONIO CESAR 010848893 FRANCO IRASTORZA ELOY 011952068 FUENTES MONTESINOS JUAN JOSE 008796922 FUEYO SANCHEZ RAMON 032874861 GAGO FONTENLA JOSE MANUEL 010907548 GAGO FONTENLA JOSE MANUEL 010907548 GARCIA ALVAREZ AVELINO 010793497 GARCIA ALVAREZ JOAQUIN 071686849 GARCIA ALVAREZ JULIO RODOLFO 011343098 GARCIA ALVAREZ NANCY 053538560 GARCIA ARIZA MARIA ANGELES 010814714 GARCIA CERNUDA ANGEL 009253960 GARCIA EGEA PABLO 071636888 GARCIA ENTRIALGO DANIEL 010872626 GARCIA ENTRIALGO DANIEL 010872626 GARCIA ENTRIALGO DANIEL 010872626 GARCIA ENTRIALGO DANIEL 010872626 GARCIA FERNANDEZ AGUSTIN 010813715 GARCIA GOMEZ MANUEL 009808517 GARCIA GONZALEZ CLARA MARIA 010812718 GARCIA GONZALEZ CLARA MARIA 010812718 GARCIA GONZALEZ IGNACIO 010859247 GARCIA GRANDA JOSE MARIANO 010573064 GARCIA JORDA JOAQUIN 022563930 GARCIA LOPEZ MARIA COVADONGA 011278222 GARCIA LOPEZ OSCAR 010921748 GARCIA MARTINEZ ALBERTO JOSE 010829318 GARCIA MONJARDIN SANTIAGO 071631408 GARCIA PALACIOS RAFAEL JULIAN 010735562 GARCIA PRADO JOSE ANTONIO 009389001 GARCIA RODRIGUEZ ANA ROSA 032868895 GARCIA RODRIGUEZ ANA ROSA 032868895 GARCIA RODRIGUEZ DIEGO ALFONSO 053544208 GARCIA RORIGUEZ JUAN 005416067 GARCIA SANCHEZ JAVIER RAUL 010784454 GARCIA SUAREZ LORENZO 010868559 GARCIA SUAREZ LORENZO 010868559 GARCIA VALLIN FERNANDO J 010865102 GARCIA VEGA JAVIER 010897732 GOMEZ HERNANDEZ CANDIDO JORGE 010821670 GOMEZ OSTALE JUAN 038851237 GOMEZ PEREZ JOSE LUIS 010811214 GONZALEZ AMEZ JOSE ANTONIO 010385155 GONZALEZ CAUSI JOSE JUAN 010871118 GONZALEZ DURAN SAMUEL 032879871 GONZALEZ GONZALEZ MA DEL CARMEN 011382932 GONZALEZ GONZALEZ MA DEL CARMEN 011382932 GONZALEZ GONZALEZ MARIA TERESA 010896867 GONZALEZ MARTINEZ RICARDO CRISPIN 010867465 GONZALEZ MORO LUIS VICENTE 011059197 GONZALEZ MUÑIZ FELIX 011392999 GONZALEZ OTERO CELSO 010874657 GONZALEZ REDONDO MARCELINO MIGUEL 010833679 GONZALEZ RODRIGUEZ LUIS EDUARDO 010872369 GONZALEZ RODRIGUEZ LUIS EDUARDO 010872369 GONZALEZ RODRIGUEZ VICTOR JESUS 010845268 GONZALEZ SANCHEZ SARA 010887038 GONZALEZ VALDERRAMA LUIS 045422125 GONZALEZ VIESCA ALBERTO 042045139 GOROSTARZU CABALLERO ALISTER 053558751 GRANDA ORFILA ANDRES AVELINO 011361073 GROTH,CRISTIANO X2424677V GUANYONG,ZHAO X0937055
Población GIJON GIJON GIJON GIJON OVIEDO GIJON GIJON GIJON BADAJOZ LANGREO GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON LLANERA PRUVIA GIJON GIJON GIJON GIJON SIERO SAN ANDRES RABANEDO GIJON GIJON GIJON GIJON VALENCIA OVIEDO MIERES GIJON IBIAS LAS ROZAS DE MADRID GIJON GIJON GIJON GIJON ALPEDRETE GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON LANGREO GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON AVILES GIJON VILLAVICIOSA GIJON GIJON GIJON GIJON FUENTELCESPED OVIEDO GIJON GIJON GIJON GIJON
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18–V–2007
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Apellidos y nombre GUANYONG,ZHAO GUINDOS MARCOS ANTONIO GUINDOS MARCOS ANTONIO GUINDOS MARCOS ANTONIO GUISASOLA PIQUERO DIEGO GUISSE,AWA GUTIERREZ PINTOS JOAQUIN RAMON GUTIERREZ TAVARES YOLANDA C HERRERO ALVAREZ JUAN RAMON HERRERO FERNANDEZ DIEGO HUERTA ALONSO JOSE RAMON HUERTA SANCHEZ MIGUEL ANGEL HUERTA SANCHEZ MIGUEL ANGEL IBASETA VALLE DEL EDUARDO IBAÑEZ PASCUAL ANDRES IGLESIAS CABAL JORGE IGLESIAS CENTENERA DIEGO IGLESIAS GONZALEZ XANA IGLESIAS GONZALEZ XANA IGLESIAS MERA JESUS RAMON ILDEFONSO FORTIN ANGEL LUIS JIMENEZ BASCON FRANCISCO AGUSTIN JIMENEZ JIMENEZ JULIO LARREA FIGAREDO ALVARO LAVANDERA VALDES JOAQUIN LEON GONZALEZ LUIS LEON MORAN JUAN RAMON LLADA GONZALEZ MIGUEL ANGEL LLAVE DE LA JARILLO IVAN LOBETO PRIETO RUBEN LOMBA FRANCO JOSE CARLOS LOPEZ ACEVEDO TAMARGO FELIX LOPEZ CASAS NESTOR SAUL LOPEZ CORTINA PALOMA LOPEZ GALLEGO JOAQUIN LOPEZ GARCIA JONATAN LOPEZ MEGIDO LUIS AURELIO LOPEZ RODRIGUEZ JOSE LUIS LOPEZ RODRIGUEZ JOSEFINA LOPEZ RODRIGUEZ JOSEFINA LOPEZ SANCHEZ JUAN JOSE LOPEZ SANCHEZ JUAN JOSE LOPEZ SANCHEZ JUAN JOSE LOPEZ SANCHEZ JUAN JOSE LOPEZ SANCHEZ JUAN JOSE LOPEZ SANCHEZ JUAN JOSE LOPEZ VIGIL MIGUEL LORENTE PEREIRA RICARDO ANTONIO LORENZO GONZALEZ ADAN LORENZO PALLIN ISABEL MADRID MUÑOZ MARGARITA MARCOS FERNANDEZ MARCIAL MARCOS NOZALEDA DANIEL MARENTES MUÑIZ MANUEL ANGEL MARINA VEGA MA ANGELES MARQUEZ RODRIGUEZ ANTONIO MARTIN CASTRO FRANCISCO MARTIN CASTRO FRANCISCO MARTIN FERNANDEZ ADRIAN MARTIN GOMEZ DAVID MANUEL MARTIN LARIO DE PABLO MARTINEZ FERNANDEZ MERCEDES MASCARAQUE CRESPO SANTIAGO MATA AMEZ FELICIANO MATEO BLANCO FRANCISCO MATEOS VICENTE EVA MAZO SANCHEZ ELISA ISABEL MAÑANA PIÑEIRO MANUEL JESUS MEANA PIÑOLE AMADEO
DNI X0937055 071605855 071605855 071605855 053538141 X1274425 035315548 010883424 010845178 053525894 071603650 010868467 010868467 010803741 000043067 010897399 010880622 053538337 053538337 044807293 010883490 051881690 010862375 011413184 071619776 X4733172 009751377 010888180 046893773 010884860 053649217 052613033 010883119 071647249 010565994 053526126 009408158 071601790 032583592 032583592 010829952 010829952 010829952 010829952 010829952 010829952 010901459 025738860 071125254 000593327 022956411 010556840 053532709 011070609 010513213 075391207 010876862 010876862 010901990 007959449 010903169 010885864 005667319 009688208 003442124 011078167 003108615 010878776 005355679
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MELENDI RIVERA MARCOS MELERO BORREGO FRANCISCO JAVIER MELERO BORREGO FRANCISCO JAVIER MELLADO SIERRA LETICIA MENDEZ ANTUÑA MARIA CONCEPCION MENDEZ FERNANDEZ MARIA LUISA MENENDEZ ALVAREZ AMADO MENENDEZ ALVAREZ AMADO MENENDEZ FERNANDEZ M CARMEN MENENDEZ GUTIERREZ CELESTINO MENENDEZ MENENDEZ ANSELMO MERE QUINTES MIGUEL ANGEL MEREDIZ VIDAL LUIS MIERES ACUÑA RAMON MIKUE EBANG MARIA NIEVES MIRANDA ALVAREZ MARIA ELENA MIRANDA DIAZ JUAN CARLOS MIRAVALLES SOUSA LUCIANO MOMPO FERNANDEZ GONZALO MONTERO VICENTE DIONISIO MONTES CANTELI ELADIO MANUEL MONTES FERNANDEZ ANDRES AVELINO MORADIELLOS MORADIELLOS VICENTE MORAN ALVAREZ JOSE FELIX MORIS ACEBAL MARIA DE LA CRUZ MOURENZA CABANAS MARCO ANTONIO MUIÑA CASTELAO ARMANDO MUÑIZ ALONSO LUIS ANGEL MUÑIZ LLANES VICTOR MANUEL MUÑIZ MONTEIRO CELSO MUÑIZ VILLAVERDE JORGE MUÑIZ VILLAVERDE JORGE MUÑIZ VILLAVERDE JORGE MUÑOZ CANO JOSE MANUEL NAVES ALONSO BALDOMERO NISTAL RAMON MARIA JESUS NOGUERA CALVET JUAN NORIEGA NORIEGA FRANCISCO ARTURO OCHOA CASTAÑON PABLO JOSE OJEDA BODAS RAFAEL OLALLA GARCIA SERGIO OLIVARES TESSIER FRANCISCO ORBON FAES ARMANDO JULIAN ORDAS RODRIGUEZ MARIO ORDOÑEZ FERNANDEZ JOSE LUIS ORTIZ GUZMAN DE GONZALEZ DE ZARATE GUILLE OVIEDO ARGUELLO GIOVANNY CARLOS PACHECO JARAMILLO KARINA DEL CISNE PACHECO JARAMILLO KARINA DEL CISNE PANTIGA SUAREZ MANUEL PANTIN TUERO JUAN ANGEL PARAJA COSTALES MA DEL CARMEN PARAJON CORTE FERNANDO DAVID PARDO MONTOTO MARIA MACARENA PASCALI ALONSO FRANCISCO JAVIER PAZ ROCES FRANCISCO PEDICONE,GAETANA PEDICONE,GAETANA PEGUERO TAVAREZ JOEL ABDIAS PELAEZ MONTES MONICA PELAEZ MONTES MONICA PENA PACHECO JESUS ANGEL PENDONES DIEGO DE MIGUEL ANGEL PEON PALMA RUBEN PEON TAMARGO PEDRO PEON VILLA BLANCA NIEVES PEON VILLA BLANCA NIEVES PEREIRA ESCOBIO MANUEL JAVIER
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18–V–2007
9453
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
N.º expediente
Apellidos y nombre
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PEREZ GARCIA RAFAEL PEREZ GARCIA VICTORINO PEREZ GARCIA VICTORINO PEREZ GONZALEZ ADRIAN PEREZ MARIÑAS JUAN JOSE PEREZ SUAREZ JOSE RAMON PEÑA ALBARRACIN VIOLETA PINIELLA PALACIO OLEGARIO PISA BORJA FRANCISCO PONCE REASCO EDER PATRICIO PONCE REASCO EDER PATRICIO PRADO JUNQUERA JUAN LUIS PRECIADO REBOLLEDO MANUEL PUENTE AGUERIA SERGIO PUENTE ALVAREZ JOSE MANUEL PUENTE DIAZ ALEJANDRO QUIROGA CHOCARRO LIDUVINO QUIROS PINEL PEDRO RAMIREZ BELMONTE LOPE RASCON JATO MARIA DEL CARMEN RAYON SUAREZ MA CONSOLACION REA BAQUERO JOSE LUIS REBOIRAS MALLADA FERNANDO REGAL VIDAL ROBERTO REGAL VIDAL ROBERTO REGAL VIDAL ROBERTO RIBERO VENTA RICARDO RIO DORADO MARIA CARMEN DEL RIVAS MESEGO AURORA CONCEPCION RIVERA ARIJA CESAR FERNANDO RIVERO ALAEZ JOSE MANUEL RODERO GOMEZ MA ELENA RODRIGUES PEREZ ERIC RODRIGUEZ ANTUÑA CECILIA RODRIGUEZ ARIAS M MERCEDES ISABEL RODRIGUEZ BARRERO RAFAEL RODRIGUEZ BUENO MARCOS RODRIGUEZ CABAL IVAN RODRIGUEZ CABAL IVAN RODRIGUEZ CABAL IVAN RODRIGUEZ DIEGUEZ MARIA MERCEDES RODRIGUEZ FERNANDEZ GONZALO RODRIGUEZ FERNANDEZ JOSE MANUEL RODRIGUEZ FRESNO ANTONIO RGUEZ. GANDARA FRANCISCO DE BORJA RODRIGUEZ GARRIDO MANUEL EMILIO RODRIGUEZ GONZALEZ LUIS RODRIGUEZ GRANDE MARIA DEL CARMEN RGUEZ. HERNANDEZ FRANCISCO RAMON RODRIGUEZ MARTINEZ JAVIER RODRIGUEZ NIETO ANGEL RODRIGUEZ PEREZ JESUS MARIA RODRIGUEZ PIQUERO MA ANTONIA RODRIGUEZ SIERRA BIENVENIDO RODRIGUEZ SIMARRO MANUEL RODRIGUEZ VALLES ESTEBAN RODRIGUEZ VALLES ESTEBAN RODRIGUEZ VIGIL RUBIO M.ª DEL CARMEN ROLDAN GARCIA PEDRO ROLLAN LEAL LUIS ANTONIO ROLLAN LEAL LUIS ANTONIO ROMERO CAMACHO JUAN JOSE ROMERO ROMERO DIEGO RONZERO ROCES FRANCISCO LUIS ROSAL GUERRERO JORGE ROZADOS RODRIGUEZ JUAN RICARDO RUA GONZALEZ JOSE MARIA RUBIO FERNANDEZ NADIA
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9454
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18–V–2007
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Apellidos y nombre RUBIO MARTINEZ FLORA RUIZ ZORRILLA JOSE MIGUEL SAHAGUN CASTRO DE JOSE MARIA SALGADO GONZALEZ ALBERTO SAMA MARTIN HECTOR SANCHEZ BAEZA MIGUEL ANGEL SANCHEZ GARCIA JORGE SANCHEZ LAVANDERA RODOLFO SANCHEZ PARDO MARIANA SANTOS VALDES CARLOS JUAN SANTOS VALDES CARLOS JUAN SANZ RUBERT DE ORTEGA FELIX SARIEGO FERNANDEZ EUGENIO SEGURA ANTONIO DE VICENTE SEGUROLA PARDO JOSE MANUEL SEOANE ALONSO JUAN MANUEL SERNA REBOLLO JESUS DE LA SEVILLA FERNANDEZ LUIS FRANCISCO SIRGO NIETO MANUEL ANGEL SOLAR GOMEZ ALEJANDRO SOLAR MENENDEZ SILVIA SOLIS GARCIA JAVIER SOMIEDO CABRERO SARA SONKO,IBRAHIMA SORIANO GOMEZ ROBERTO MANUEL SOUTO GONZALEZ MARCOS STOKLASA,RADEK SUAREZ ALLER CRISTINA SUAREZ ALVAREZ NONITO SUAREZ GAYOL JOSE MANUEL SUAREZ RIESGO MARCOS SUAREZ RIESGO MARCOS SUAREZ RIESGO OLVIDO SUAREZ ROJO FIDEL SUAREZ SANCHEZ RAFAEL SUAREZ TORQUEMADA CARLOS OSCAR SUAREZ TORQUEMADA CARLOS OSCAR SUAREZ TORQUEMADA CARLOS OSCAR SUAREZ TORQUEMADA CARLOS OSCAR SUSAVILA MORALES MARIA BEGOÑA TEIXEIRA IGLESIAS NATALIA TILBE SORIA JUAN JOSE TILBE SORIA JUAN JOSE TILBE SORIA JUAN JOSE TORREALDEA PEREZ VICTOR HUGO TORRES FERNANDEZ DANIEL TORRES FERNANDEZ DANIEL TORRES FERNANDEZ EDUARDO TORRES MARTIN ANTONIO TRANCHO FRIERA JULIO TREVIN LOMBAN MIGUEL ANGEL TRIGAL MIGUELEZ MARIA INMACULADA TRIGAL MIGUELEZ MARIA INMACULADA URIA GARCIA ALFONSO VALDES PRADO FRANCISCO JOSE VALENTIN OCHOA JOSE ANTONIO VALLE DEL BARRIO MONICA VALLEJO MONTALVO MAGALI VALLEJO TESTON JOSE DOMINGO VALLINA ROSAL DEL JOAQUIN C VAQUERO MARTIN JOSE ANTONIO VARELA CASAS JOSE ANTONIO VAZ COSTALES AGUSTIN VAZ COSTALES AGUSTIN VAZ COSTALES AGUSTIN VEGA ALVAREZ INES VEGA SEDEÑO JORGE VELASCO GONZALEZ JOSE AQUILINO
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Población LLORET DE MAR BILBAO VALLADOLID OVIEDO EIVISSA GIJON GIJON GIJON CHIRIVEL GIJON GIJON BURGOS GIJON GIJON GIJON MIERES SANTANDER GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON OVIEDO OVIEDO GIJON GIJON GIJON OVIEDO GIJON SANTANDER SANTANDER GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON AMES GIJON GIJON GIJON GIJON CERVO GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON VILLAREJO DE ORBIGO VILLAREJO DE ORBIGO GIJON OVIEDO ALLANDE BILBAO GIJON SAHAGUN OVIEDO VALLADOLID GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON CARREÑO GIJON
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9455
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
N.º expediente
Apellidos y nombre
DNI
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VIDAL PEREIRA JOSE ABELARDO VIDALES PISABARROS FELICIANO VIGIL MARCOS HONORINA VILLA DE LA MENDEZ NATALIA VILLA ALVAREZ MIRIAM ZELADA GARCIA DURAN FERMIN SANTIAGO ZURITA MARTIN MIGUEL ANGEL
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120,00 90,00 90,00 90,00 120,00 90,00 90,00
3 0 0 0 0 0 0
Gijón, a 24 de abril de 2007.—La Jefa del Servicio de Gestión de Ingresos. P.D. (resolución de 30-9-1999).—6.946(2). —•— De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones sancionadoras recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad sancionadora, y cuyas sanciones han sido abonadas anticipadamente, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Contra estas resoluciones puede formular ante la Alcaldía recurso de reposición en el plazo de un mes desde su notificación, que se entenderá desestimada por el transcurso de un mes desde la interposición sin que se notifique resolución. Contra la resolución expresa del recurso de reposición podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en
el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de la notificación del acuerdo resolutorio, y, contra la resolución tácita, en el de seis meses, a contar desde el siguiente en el que se produzca el acto presunto (art. 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y art. 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, art. 107 y disposición adicional quinta de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y arts. 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente. Los puntos indicados en esta notificación se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en la dirección www.dgt.es.
OCT: Ordenanza Municipal de Circulación y Transportes (1-8-2002). REC: Reglamento General de Circulación (21-11-2003). LMT: Ley 17/2005, de 19 de julio, modificación de la L.S.V.
N.º expediente 050684/2006/M 060116/2006/M 062003/2006/M 053606/2006/M 009294/2007/M 062766/2006/M 000478/2007/M 061561/2006/M 057129/2006/M 055928/2006/M 058002/2006/M 058602/2006/M 054788/2006/M 058162/2006/M 062761/2006/M 061165/2006/M 062052/2006/M 000977/2007/M 055949/2006/M 046647/2006/M
Apellidos y nombre BODE FERNANDEZ JUAN MANUEL CAMARERO PASCUAL JAVIER DIAZ OTAZU DE COT TERESA FERNANDEZ NESPRAL GARCIA ALFONSO FERNANDEZ VILLAR ANDRES LOPEZ REMIS DAVID MATEOS ANTUÑA M ELENA MENENDEZ MENENDEZ ABEL EMILIO NUÑEZ CABEZAS ALEJANDRA PEREZ LOREDO ALBERTO RACZEK,WOJCIECH ROMON LEMA MARIA LUISA SANCHEZ DIEGO DE GASPAR SARABIA DURAN YOLANDA TORRES MORALES JACKELINE MARISOL URQUIJO BORGA ION VALDES GIJON MARIA ANGELES VAZQUEZ PEREZ MIGUEL ANGEL VILLAGRA HERNANDEZ RICARDO VIÑA CIFUENTES ENRIQUE
DNI 010827447 013129082 044681043 053543777 010859313 053531327 010865941 010760867 053558281 010854238 X2733330 010863294 010854533 010883899 X2552597 078919664 011434199 009720843 053529718 010775312
Población GIJON BURGOS VITORIA GASTEIZ GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON SAMA DE LANGREO GIJON GIJON GIJON NAVA LARRABETZU AVILES LLANERA LAS ROZAS DE MADRID GIJON
En Gijón, a 24 de abril de 2007.—El Concejal Delegado.—6.946(3).
Precepto infringido Importe Puntos a Matrícula F. denuncia artículo euros retraer 1012-BNB 6713-DVK 7463-CFR 0667-CHX 5230-BLP 7324-BZD O -8527-CF O -6309-BK C -4845-BCZ O -5278-CG 2495-BCF 3193-CFT 4421-CCD 1919-CLB O -6031-CF BI-9895-CF 9421-DZZ O -6428-CC 6945-DGM 0926-BXW
13/10/2006 OCT 8 3 B 02/12/2006 OCT 38 2 N1 18/12/2006 OCT 66 2-N A 27/10/2006 OCT 38 2 N1 22/02/2007 OCT 38 2 N1 21/12/2006 OCT 8 3 B 20/12/2006 OCT 8 3 B 23/11/2006 OCT 84 2-1 A-A 16/11/2006 OCT 8 3 B 15/11/2006 OCT 38 2 O 25/11/2006 OCT 38 2 O 30/11/2006 OCT 8 3 B 06/11/2006 OCT 38 2 N1 25/11/2006 OCT 8 3 B 24/12/2006 OCT 66 2-Q 11/12/2006 OCT 38 2 O 18/12/2006 OCT 66 2-N A 03/01/2007 OCT 8 3 B 14/11/2006 OCT 8 3 B 01/10/2006 OCT 38 2 N1
0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
3 2 2 2 2 3 3 3 3 6 6 3 2 3 2 6 2 3 3 2
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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las propuestas de resolución recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictada por la Jefatura del Servicio de Gestión de Ingresos del Ayuntamiento de Gijón, órgano instructor de los mismos, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
OFICIAL del Principado de Asturias con vista del expediente y audiencia al interesado si así lo estima oportuno. Los puntos indicados en esta notificación se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en la dirección www.dgt.es. Forma y lugar de pago: 1. En metálico, en la Tesorería Municipal, sita en el edificio administrativo “Antigua Pescadería Municipal”, c/ Cabrales, número 2. Horario: De lunes a viernes, de 9 a 17 horas (excepto meses de julio y agosto, que será de 9 a 14 horas).
Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones (Servicio de Gestión de Ingresos) este Ayuntamiento ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN
2. Enviando giro postal a la Tesorería Municipal (Ayto. de Gijón, plaza Mayor), haciendo constar claramente en el documento “talón para destinatario”, epígrafe “texto”, el número de boletín de denuncia y/o número de expediente y matrícula.
OCT: Ordenanza Municipal de Circulación y Transportes (1-8-2002). REC: Reglamento General de Circulación (21-11-2003). LMT: Ley 17/2005, de 19 de julio, modificación de la L.S.V.
N.º expediente
Apellidos y nombre/Entidad
DNI
050485/2006/M 060280/2006/M 002464/2007/M 054562/2006/M 040901/2006/M 002779/2007/M
ALONSO GARCIA JOSE MANUEL CHAPINAL GARCIA ASIER CURRAS ALVAREZ HECTOR DAVID DIEZ MANSO FELIX GALGACONTROL INGENIERIA Y CALIDAD SL PEREZ GONZALEZ SAMUEL
010843297 072718416 010902230 013143935 B3382779 010876293
Población GIJON LLODIO GIJON LLANERA GIJON GIJON
Precepto infringido Importe Puntos a Matrícula F. denuncia artículo euros retraer 9686-DHS Z -2126-BP 2169-BPJ M -3479-YB 5425-DDN O -7195-CD
19/10/2006 08/12/2006 15/01/2007 03/11/2006 26/01/2007 15/01/2007
OCT 66 2-R OCT 40 5 B OCT 66 2-I OCT 66 2-R OCT 114 3 OCT 7 3
90,00 182,00 90,00 90,00 450,00 332,00
0 4 0 0 6
Gijón, a 24 de abril de 2007.—La Jefa del Servicio de Gestión de Ingresos. P.D. (resolución de 30-9-1999).—6.946(4). —•— De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones sancionadoras recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictada por la autoridad sancionadora, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Las sanciones impuestas en dichas resoluciones deberán hacerse efectivas dentro de los quince días siguientes a la fecha de su firmeza administrativa (un mes después de la notificación de la resolución sancionadora, salvo que se interponga recurso contra la misma). Transcurridos los cuales sin haberla satisfecho, se exigirá por vía ejecutiva, según disponga el artículo 21 del Reglamento del Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, aprobado por R.D 320/1994, de 25 de febrero, incrementada con el recargo de apremio y, en su caso, los correspondientes intereses de demora. Contra estas resoluciones puede formular ante la Alcaldía recurso de reposición en plazo de un mes desde su notificación, que se entenderá desestimada por el transcurso de un mes desde la interposición sin que se notifique resolución. Contra la resolución expresa del recurso de reposición podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de la notificación del acuerdo resolutorio, y, contra la resolución tácita, en el de seis meses, a contar desde el siguiente en
el que se produzca el acto presunto (art. 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y art. 14,2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, art. 107 y disposición adicional quinta de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y arts. 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente. Los puntos indicados en esta notificación se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en la dirección www.dgt.es. Forma y lugar de pago: 1. En metálico, en la Tesorería Municipal, sita en el edificio administrativo “Antigua Pescadería Municipal”, c/ Cabrales, número 2. Horario: De lunes a viernes, de 9 a 17 horas (excepto meses de julio y agosto, que será de 9 a 14 horas). 2. Enviando giro postal a la Tesorería Municipal (Ayto. de Gijón, plaza Mayor), haciendo constar claramente en el documento “talón para destinatario”, epígrafe “texto”, el número de boletín de denuncia y/o número de expediente y matrícula.
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OCT: Ordenanza Municipal de Circulación y Transportes (1-8-2002). REC: Reglamento General de Circulación (21-11-2003). LMT: Ley 17/2005, de 19 de julio, modificación de la L.S.V.
N.º expediente
Apellidos y nombre/Entidad
DNI
034117/2006/M 061546/2006/M 047674/2006/M 052081/2006/M 041739/2006/M 059144/2006/M 047161/2006/M 041676/2006/M 046997/2006/M 060543/2006/M 061919/2006/M 047389/2006/M 043957/2006/M 042982/2006/M 047188/2006/M 040885/2006/M 056621/2006/M 041088/2006/M 045414/2006/M 042448/2006/M 052077/2006/M 046878/2006/M 039137/2006/M 062416/2006/M 059024/2006/M 058945/2006/M 047357/2006/M 047260/2006/M 047313/2006/M 047321/2006/M 059590/2006/M 054101/2006/M 054258/2006/M 046910/2006/M 046931/2006/M 047366/2006/M 059204/2006/M 049692/2006/M 029374/2006/M
A UNION DE TECNICOS INDEPENDIENTES S L ABAD PEREZ JOSE ANTONIO ABID HATHUT ABDESSELAM ABRUÑEDO GORORDO MARIA ANGELES ADRIASOLA GALLARDO ESTRELLA LORETO AKHTAR,AJMAIS ALDA MORATILLA ENRIQUE ALEKSANDROV KOLAROV HRISTOMIR ALONSO ARENADO JUAN PABLO ALONSO GUTIERREZ JOSE MANUEL ALONSO IGLESIAS ALBERTO ALONSO SANCHEZ ALEJANDRO ALONSO SUAREZ JUAN JOSE ALONSO VALLINA GERARDO ELOY ALVAREZ CASERO MIGUEL ALVAREZ FERNANDEZ DIANA ALVAREZ FLOREZ MA CONCEPCION ALVAREZ GOMEZ BEATRIZ SUSANA ALVAREZ MARTINEZ DIEGO ALVAREZ RETUERTO AGUSTIN ALVAREZ RODRIGUEZ MARIA DOLORES ALVAREZ SESMERO MARIA ISABEL ALVAREZ SUAREZ GONZALO ALVAREZ VAZQUEZ DAVID AMADOR MELLADO JORGE ANDRE MARTINEZ ALVARO ANDREI,MIREL ANTON HERAS DE LAS SERAFIN ANTON HERAS DE LAS SERAFIN ANTON HERAS DE LAS SERAFIN ARDUENGO GONZALEZ BERNARDO ARGUELLES FERNANDEZ FERNANDO ARGUELLES FERNANDEZ FERNANDO ARIAS GARCIA MARIA PAZ ARIAS GARCIA MARIA PAZ ARMENDARIZ ALCAZAR FCO JAVIER ARRABAL CASTAÑO GERARDO ARTIME ALVAREZ JUAN MANUEL AS CULTURAL SIN ANIMO DE LUCRO EMAN DIFUS ASADOR CUATRO HORNOS S A L ASENSIO COSTALES FERNANDO ASTUR UROGALLO GESTION Y OCIO SLL AVIN ALONSO ENRIQUE AYMERICH LOBO JESUS BAGHDAD,ZOUHEIR BARREIRA GOAS CARLOS JAVIER BARRIENTOS EXPOSITO MANUEL BASTIER MARC JEAN LUC M BAZAR BAOZHU SL BELTAJI,KHALED BERNARDEZ CASTAÑON ISABEL BLANCO PARRONDO JOSE LUIS BOBES FERNANDEZ MARIA REYES BRANDULAS ROCHA EDUARDO BRUN GARCIA MANUEL ANGEL BURGALETA LOPEZ DE HARO SANTIAGO BUSTO CUESTA JOSE DAVID CABALLERO OTERO DANIEL CABO PEREZ MANUEL CAMBAS FRANCISCO JOSE MANUEL CANEL BIBIANO JAVIER CAPA PRADA DE ANGEL CAPA PRADA DE ANGEL
B7407292 011382101 053548361 010778084 X1851492 X4038379 003100059 X3588131 071773354 053527736 009392128 010089487 010868629 010579946 076959688 010854178 009652056 048668907 046550314 010716541 010955421 010849608 010554678 071769706 010860057 010038952 X5342063 010855613 010855613 010855613 010836461 033994392 033994392 010831099 010831099 053556215 005233718 009351966 G9502611
OVIEDO GIJON GIJON GIJON GIJON OVIEDO CHILOECHES OVIEDO RIOSA GIJON SIERO GIJON GIJON LANGREO NOREÑA GIJON LEON GIJON LASARTE ORIA LA PEDRERA GIJON OVIEDO GIJON OVIEDO MIERES GIJON GIJON CASTELLON PLANA GIJON GIJON GIJON OVIEDO GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON OVIEDO BILBAO
O -3401-BK 1725-DTP O -1502-AK 7695-CBC O -5586-BF LE-0483P GU-0381H 7015-CTG O -5792-AV 5931-CTM O -4599-CG 9896-CTV O -4706-CF 4410-BRR O -9223-BP MA-7147-AV LE-1559-AB 5366-DLG 0435-DSB M -9965-WS O -2757-BC 6830-BSN O -7740-BY 6577-FDS O -0605-BW 0834-DJL 8803-DFV 2546-CFM 2546-CFM 2546-CFM 5777-CMV 8468-CHL 8468-CHL O -2687-BJ O -2687-BJ O -6439-BT M -9147-OU O -9776-AX 3981-CNV
30/10/2006 13/12/2006 04/10/2006 23/10/2006 01/09/2006 02/12/2006 29/09/2006 01/09/2006 26/09/2006 04/12/2006 13/12/2006 30/09/2006 12/09/2006 06/09/2006 29/09/2006 21/08/2006 18/11/2006 24/08/2006 22/09/2006 30/08/2006 23/10/2006 25/09/2006 19/08/2006 23/12/2006 30/11/2006 29/11/2006 25/09/2006 03/10/2006 22/09/2006 23/09/2006 06/12/2006 04/11/2006 02/11/2006 25/09/2006 26/09/2006 26/09/2006 01/12/2006 13/10/2006 03/10/2006
OCT 114 3 OCT 66 2-W OCT 66 2-P OCT 66 2-N OCT 66 2-I OCT 66 2-T OCT 66 2-I OCT 66 2-R OCT 66 2-R OCT 97 2 D OCT 66 1-P OCT 66 2-S A OCT 66 2-O OCT 66 2-R OCT 66 2-I OCT 66 2-S A OCT 66 2-P OCT 66 2-I OCT 66 2-T OCT 66 2-W OCT 66 2-R OCT 66 2-W OCT 66 2-T OCT 85 2-F OCT 66 2-P OCT 66 2-W OCT 66 2-S A OCT 66 2-O OCT 66 2-S A OCT 66 2-S A OCT 38 2 N1 OCT 66 2-R OCT 66 2-R OCT 66 2-I OCT 66 2-I OCT 66 2-S A OCT 66 2-R OCT 66 2-O OCT 114 3
450,00 120,00 90,00 120,00 90,00 120,00 90,00 90,00 90,00 90,00 60,00 90,00 120,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 120,00 120,00 90,00 120,00 120,00 120,00 90,00 120,00 90,00 120,00 90,00 90,00 182,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 120,00 450,00
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BILBAO GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON BILBAO GIJON GIJON MADRID GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON SEVILLA GIJON GIJON CASO CASO
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18–V–2007
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CARRETO CARRERA MIGUEL ANGEL CASAL FERNANDEZ IVAN CASIELLES PALACIO ISABEL CASTAÑEDA LOPEZ JUAN CARLOS CASTAÑO GALVIS EDUARDO CASTAÑON CUADRO DEL JESUS MANUEL CASTAÑON DIAZ PAULA CAVADA ESTRADA JAIME CAVADA ESTRADA JAIME CAVADA ESTRADA JAIME CAVADA ESTRADA JAIME CAVEDA ROBLEDO JUAN CENTENO MARTIN GONZALO CENTENO MARTIN GONZALO CHAMORRO NUEVO ANGEL CHAMORRO REY JOSE LUIS CHAPARRO SANCHEZ FRANCISCO JAVI CHEN ZHENG YUQUN CID GARCIA MARIA TERESA COLLADO TOMAS MA GRACELINA CONGO MURILLO EDWIN ARTURO CONSTRUCCIONES ARTRAIN SLL CONSTRUCCIONES PRONORTE 2006 SL CORBACHO AMADO VICTORIANO PEDRO CORBACHO GOMEZ JOSE MARIA CORRALES RODRIGUEZ BORJA CORTE ARTOS JOSE IGNACIO COSTALES SAMPEDRO JORGE COSTALES SUAREZ MANUEL COSTAS GARCIA JAVIER COVARRUBIAS BENITO ISABEL CUBERIA GONZALEZ TOMAS CUERVO ARANGO MARTINEZ ARCOS JESUS CUERVO CHAO JOSE ARSENIO CUETARA MILLOR JUAN CARLOS CUETOS GARCIA MONICA DA SILVA JOEL FILIPE TAVARES DAN DOBRE VIOREL DEMIRICI DECIR ARIF DEVESA FERNANDEZ JAVIER DEXBESA S L DI PETO HEBER ANTONIO DIAZ BESTEIRO JOSE LUIS DIAZ FERNANDEZ HECTOR DIAZ GARCIA JOSE MIGUEL DIAZ ORDIALES IVAN DIEGO RIVERA JACINTO ADOLFO DIEZ CASTELLANOS ILUMINADO DIEZ CASTELLANOS ILUMINADO DOMINGO ALVAREZ BEGOÑA DOMINGUEZ TIELAS CECILIO DORADO FERNANDEZ MIGUEL DORADO FERNANDEZ MIGUEL DOS SANTOS DOS SANTOS GEORGINA DOS SANTOS POMPIÑA ALBERTO DOS SANTOS TEIXEIRA MARIA DA GLORIA DUARTE CALVO MARIA JOSEFA DUBAL JIMENEZ ENRIQUE EIRIZ FERNANDEZ VERONICA HELENA EL DETALLITO FEPEGA SL ERGOFACT SL ERRASTI MORALES JULIAN ESCANDON ESTEBAN AITOR ESPIÑEIRA QUINTAS ROI ESTEVEZ GARCIA FRANCISCO JAVI ESTEVEZ SUAREZ TERESA ESTRADA CORDOBA HORACIO ALBERTO FARIÑA LORENZO LUIS A FARPON PEREZ JOAQUIN
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FASHION COMPANY ESQUIBEL SL FER TRECOLA S L FERNANDEZ MORAN CB FERNANDEZ AMADO GLORIA MARIA FERNANDEZ AVILA JOSE FERNANDEZ BANIAGO JULIO CESAR FERNANDEZ BARRAGAN DAVID FERNANDEZ BARRO JOSE AMADOR FERNANDEZ BARRO JOSE AMADOR FERNANDEZ BARRO JOSE AMADOR FERNANDEZ CANDANO MARCOS FERNANDEZ CANDANO MARCOS FERNANDEZ CRESPO LEONARDO FERNANDEZ CUQUEJO FRANCISCO JAVI FERNANDEZ DIAZ SUSANA FERNANDEZ ESCUDERO PAULO FERNANDEZ GARCIA BALMASEDA CESAR FERNANDEZ GARCIA JULIO PEDRO FERNANDEZ GARCIA JULIO PEDRO FERNANDEZ GARCIA MARCOS FERNANDEZ GARCIA RAFAEL ANTONIO FERNANDEZ GONZALEZ ANTONIO PABLO FERNANDEZ GONZALEZ AQUILINO FERNANDEZ LOPEZ DE TURISO JAVIER FERNANDEZ MENENDEZ FERMIN FERNANDEZ MENENDEZ MARCELINO FERNANDEZ RAMA JOSE MANUEL FERNANDEZ RAMA JOSE MANUEL FERNANDEZ SANTOS IBAN FERNANDEZ SUAREZ IVAN FERNANDEZ SUAREZ MARIA CARMEN D FERNANDEZ SUAREZ MARIA CARMEN D FERNANDEZ TOIMIL INDALECIO FERNANDFZ SANCHEZ JOSE FIDALGO ALONSO JOSE ANTONIO FIGAR ALVAREZ PLACIDA FUENTES BLANCO M COVADONGA FUEYO CASTRO ANTONIO GABARRE JIMENEZ ADORACION GAGO ANTUÑA BORJA GALAN GARCIA GEORGIO BLADIMIR GALLEGO MONAR JHON WILLIAN GALLEGO VEGA FCO JAVIER GALVEZ MEDINA INMACULADA CONCEPC GANCEDO FERNANDEZ PEDRO JOSE GARCIA ALONSO JESUS GARCIA ARIAS ALBERTO GARCIA CLAVERIA FAUSTINO GARCIA ENTRIALGO DANIEL GARCIA GABARRE JOSE ANTONIO GARCIA GONZALEZ ELISA CARMEN GARCIA GORBEA GILLERMO GARCIA IGLESIAS SANDRA MARIA GARCIA LOPEZ JORGE LUIS GARCIA MARTINEZ JOSE SANTIAGO GARCIA MARTINEZ JUAN ANTONIO GARCIA MENDEZ ALEJANDRO MANUEL GARCIA PRADO JOSE ANTONIO GARCIA RODRIGUEZ JULIO CESAR GARCIA ROMAN ANA GARCIA RUA FCO JAVIER GARCIA SANCHEZ SONSOLES GARCIA SANTIAGO LAURA GARCIA VALLIN FERNANDO J GARCIA VALLIN FERNANDO J GARCIA VASALLO TATIANA GARCIA VEGA FRANCISCO GARCIA VEGA FRANCISCO GARCIA VEGA JAVIER
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9460
18–V–2007
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
N.º expediente
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NAVARRO FERNANDEZ FERMIN NAVAS ALVAREZ ANGEL NOGUERA CALVET JUAN NORIEGA ALVAREZ JUAN ALBERTO NUÑEZ LOPEZ OSCAR OBASUYI,GOODLUCK OBRAS Y SERVICIOS INTEGRALES ADREI SL OLIVAR FERNANDEZ JOSE MANUEL OLIVAR FERNANDEZ JOSE MANUEL ORBON FAES ARMANDO ORBON FAES ARMANDO JULIAN ORDIZ CUETO BELARMINO ORNIA GARCIA MIGUEL OROFINO ROMERO MARIA CARMEN OROFINO ROMERO MARIA CARMEN ORVIZ ESPAÑA JUAN ANTONIO OTERO FIDALGO MARI CARMEN OTERO GARCIA MARIA OVIEDO SIERRA CARLOS RAMIRO PARCERO PEREZ MARGARITA PARRONDO ARIZA FRANCISCO JAVIER PEDRAZA POLO ANTONIO PENA PACHECO JESUS ANGEL PENA PACHECO JESUS ANGEL PENDONES DIEGO DE MIGUEL ANGEL PEREZ FERNANDEZ BORJA PEREZ FERNANDEZ MANUEL PEREZ GONZALEZ PILAR DEL CARMEN PEREZ MEANA MARIA MONTSERRAT PEREZ MEDINA MIGUEL PEREZ MIÑIZ BARBARA PEÑA PLAZA OSCAR PIÑOL GONZALEZ JOSE RAMON POLADURA ORDIALES JOSE ANTONIO PONCE REASCO EDER PATRICIO PONTE GUIJORRO FERNANDO PONTE GUIJORRO FERNANDO PONTIZON S L PRADA BALBUENA M CRUZ PRIETO FERNANDEZ VANESSA PRODUCCIONES KULTUR S L QUESADA CUETO MIGUEL ANGEL RAMIREZ ILLANES ERNESTO RAMOS LLANA DAVID PAULINO RAMOS MORENO JOSE ANTONIO RAMOS SALUS YONATAN RAPOSO MUSLERA MIGUEL RATO ZAPICO IVAN RATO ZAPICO SENEN REFORMAS GIJON S.L. REGAL VIDAL ROBERTO REGAL VIDAL ROBERTO REMIS DIEGO DE JORGE ANTONIO REVILLA FERNANDEZ FERNANDO REY CORTES ANDRES REY CORTES ANDRES RIEGO GARCIA MIGUEL RIESTRA IGLESIAS IGNACIO RIOS LAVANDERA LEONCIO EMILIANO RODRIGUEZ ALFONSO ANGEL RODRIGUEZ ALVAREZ YONATAN RODRIGUEZ ALVAREZ YONATAN RODRIGUEZ CIGALES JOSE RODRIGUEZ FERNANDEZ FAUSTINO RODRIGUEZ GAYO ALEJANDRO RODRIGUEZ MENENDEZ GERARDO MANUEL RODRIGUEZ PEREIRA JOSE RODRIGUEZ PEREZ MARIA BELEN ROLUPLAST S L
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Precepto infringido Importe Puntos a Matrícula F. denuncia artículo euros retraer O -1049-CD O -8520-CH CS-9557-AT O -0753-CH 8099-DTC M -0474-MD 4101-DTL O -0349-CH O -4193-AY O -2231-CB O -2231-CB 8727-CWD O -0711-BT BI-5455-BH BI-5455-BH 9806-CND 3985-DZR 9079-DDL O -9920-BV O -5412-CG 8442-DNM O -3097-AS 6921-DZF 6921-DZF 1029-DCG 7848-DZC 8425-CVN 5733-DPF 0257-BWS 1427-BNR O -0676-BP 1959-DXD O -6405-CB O -5275-CJ O -3285-BT O -9091-BK O -3657-BN O -0214-BG O -7515-BS 0496-DHG 0908-BHJ 4623-DSB TO-4136X 9498-DYC B -3463-VF 6524-DSB O -8607-CG 9747-CYM O -0031-CJ 9246-BTV 6708-FDW 9954-DPX O -2899-BC 9441-CFN 9441-CFN 0445-DPP O -6351-CD V -1623-FH 0481-DKY O -9047-BC O -9047-BC A -7656-DV O -9862-BY O -4826-BW O -7832-BZ O -2031-BX 4525-CMR SE-5933-CJ
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18–V–2007
9463
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
N.º expediente
Apellidos y nombre/Entidad
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ROMERO CARRILLO FRANCISCO JAVI ROMERO GALLEGO ANA AURELIA ROMERO ROSA LA FERNANDO RUA MATE ROBERTO RUBIO GARROTE JOSE ANTONIO RUIBAL MOURE ANTONIO SACOASTUR CB SACOASTUR CB SALAS PARADIÑEIRO PEDRO SALMON LASO JOSE SANAVIA GAMBOA MARIA BENITA SANCHEZ CHICON ALBERTO SANCHEZ DIAZ MONICA SANCHEZ GARCIA JORGE SANCHEZ LOPEZ JESUS CELESTIN SANCHEZ NUÑEZ JOSE ANTONIO SANCHEZ VIÑA DE LA EZAMA MARIA GRACIA SANCHEZ ZAS ANGEL ANTONIO SANCHIS GONZALEZ ANA GUADALUPE SANTOS REGALADO JUAN ANTONIO SARIEGO MUNIZ JUAN JESUS SCDAD ASTURIANA DE EXTINTORES S L SERRANO LOZANO FRANCISCO JAVIER SERRANO LOZANO FRANCISCO JAVIER SIDERCAL MINERALES S A SILVA DOS ANJOS ELISEO SIRGO NIETO MANUEL ANGEL SOLANS DIAZ MARIBLANCA SARA SOSA DE ACOSTA FABIO EDINSON SUAREZ PUERTA PEREZ EMILIO JULIAN SUAREZ FERNANDEZ LISARDO SUAREZ FERNANDEZ LISARDO SUAREZ FERNANDEZ ROGELIO SUAREZ GOMEZ JOSE NORBERTO SUAREZ MALDONADO JOSE CARLOS SUAREZ PUERTA MARIA BELEN SUAREZ SUAREZ JAVIER SUAREZ TORQUEMADA CARLOS OSCAR SUAREZ TORQUEMADA CARLOS OSCAR SUAREZ TORQUEMADA CARLOS OSCAR SUAREZ TORQUEMADA CARLOS OSCAR SUTIL LARIO JAVIER SUTIL LARIO JAVIER SUTIL LARIO JAVIER TASCON ZAPICO MIGUEL ANGEL TEJERO VIVO FERNANDO TILBE SORIA JUAN JOSE TOCA ALONSO SERGIO TOJO JIMENEZ DAVID TORRE DE LA CASTAÑON JOSE VICENTE TRANCHO FRIERA JULIO TRIGAL MIGUELEZ MARIA INMACULADA TRINCHETE CARLOS ALBERTO TROVATO,RUBEN OSVALDO TRUJILLO MAZABEL FRANSORY TRYPLE SERVICIOS INTEGRALES SL TURRADO GARCIA MARIA LUZ URIA CORRAL MIGUEL ANGEL VALDIN BLANCO JORGE VALLE FERNANDEZ LUIS ALBERTO VALLE FERNANDEZ LUIS ALBERTO VALLE GARCIA JUAN CARLOS DEL VALLE GUTIERREZ JUAN CARLOS VALLINA MARGOLLES ALEJANDRO VALOR GARCIA FRANCISCO VALTUILLE ALVAREZ MA EDITA VALTUILLE ALVAREZ MA EDITA VAZQUEZ FERNANDEZ GERARDO VAZQUEZ GRAÑA ALFONSO
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Precepto infringido Importe Puntos a Matrícula F. denuncia artículo euros retraer O -3533-BS MU-5075-BH M -0816-UM 7036-FGD 9946-BNF B -9479-IF
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20/10/2006 06/09/2006 24/08/2006 13/12/2006 04/12/2006 07/10/2006 05/10/2006 26/09/2006 18/09/2006 30/11/2006 27/09/2006 21/12/2006 18/09/2006 24/10/2006 06/12/2006 25/09/2006 30/10/2006 04/10/2006 15/11/2006 20/09/2006 06/09/2006 16/11/2006 07/12/2006 06/12/2006 15/09/2006 17/10/2006 28/09/2006 27/11/2006 29/09/2006 26/09/2006 22/08/2006 20/09/2006 22/12/2006 24/12/2006 23/09/2006 29/09/2006 27/09/2006 30/08/2006 04/10/2006 01/11/2006 19/11/2006 01/09/2006 01/09/2006 13/12/2006 11/12/2006 19/09/2006 24/12/2006 03/10/2006 29/10/2006 07/12/2006 12/10/2006 19/09/2006 17/10/2006 14/08/2006 28/09/2006 30/10/2006 19/12/2006 20/09/2006 18/11/2006 24/11/2006 05/12/2006 17/11/2006 18/12/2006 07/11/2006 06/09/2006 11/10/2006 06/10/2006 05/10/2006 20/11/2006
OCT 66 2-R OCT 66 2-S A OCT 66 2-T OCT 66 2-P OCT 97 2 D OCT 66 2-P OCT 19 4 OCT 19 4 OCT 66 2-S B OCT 66 2-T OCT 66 2-I OCT 8 3 B OCT 66 2-T OCT 66 2-V OCT 66 2-O OCT 8 3 B OCT 66 2-S A OCT 66 2-R OCT 66 2-P OCT 66 2-T OCT 85 2-F OCT 114 3 OCT 66 2-D OCT 66 2-P OCT 114 3 OCT 66 2-P OCT 66 3-A OCT 66 2-T OCT 66 2-R OCT 66 2-R OCT 66 2-P OCT 66 2-R OCT 66 2-W OCT 66 2-R OCT 66 2-S A OCT 66 2-R OCT 66 2-R OCT 66 2-R OCT 66 2-I OCT 9 1-A A1 OCT 9 1-A A1 OCT 66 2-I OCT 66 2-R OCT 66 2-R OCT 66 2-R OCT 66 2-T OCT 66 2-W OCT 66 2-P OCT 66 2-P OCT 66 1-P OCT 38 2 O OCT 66 2-S A OCT 66 2-P OCT 66 2-P OCT 66 2-S A OCT 114 3 OCT 97 2 D OCT 66 2-S A OCT 66 2-P OCT 66 2-T OCT 66 2-T OCT 66 2-R OCT 66 2-P OCT 7 3 OCT 66 2-P OCT 66 2-S A OCT 66 2-S B OCT 66 2-P OCT 66 2-I
90,00 90,00 120,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 120,00 90,00 120,00 120,00 120,00 120,00 120,00 90,00 90,00 90,00 120,00 120,00 450,00 120,00 90,00 450,00 90,00 90,00 120,00 90,00 90,00 90,00 90,00 120,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 302,00 302,00 90,00 90,00 90,00 90,00 120,00 120,00 90,00 90,00 60,00 332,00 90,00 90,00 90,00 90,00 450,00 90,00 90,00 90,00 120,00 120,00 90,00 90,00 332,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00
0 0 0 0 0 0
0 0 0 3 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 4 4 0 0 0 0 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0
9464
18–V–2007
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
N.º expediente
Apellidos y nombre/Entidad
DNI
046513/2006/M 053765/2006/M 060443/2006/M 057875/2006/M 046445/2006/M 044999/2006/M 036991/2006/M 050970/2006/M 039173/2006/M 000576/2007/M 059351/2006/M 042370/2006/M
VEGA ALVAREZ INES VEGA ARANGO ALOSO JESUS VEGA GONZALEZ JESUS VEGA MARTINEZ CARLOS MANUEL VELIZ RODRIGUEZ FRANK VILLACORTA RODRIGUEZ JULIO VISION UNA EXCLUSIVAS PUBLICITARIAS SL VRAYKOV PAVLOV OGNIAN ZALDIVAR GARCIA JON ZAMARREÑO CASTAÑO BORGES ZAPICO CASTAÑON VICTOR ZUBELDIA JOVE MA JOSEFA
010015724 053548114 010578686 032872722 004796781 071637596 B3321036 039939991 030681645 032886030 032875011 002162246
Población GIJON GIJON GIJON OVIEDO GIJON OVIEDO GIJON ALTEA BILBAO SAN MARTIN DEL REY A GIJON MADRID
Precepto infringido Importe Puntos a Matrícula F. denuncia artículo euros retraer 5170-BKH 4891-FBZ 5086-BKH 4629-CVP M -5145-SN O -4845-AX 3602-CFR O -0040-BP 8211-DVL 6099-FCZ 0288-DXH M -4405-UC
30/09/2006 02/11/2006 04/12/2006 25/11/2006 27/09/2006 19/09/2006 16/11/2006 23/10/2006 19/08/2006 07/12/2006 06/12/2006 02/09/2006
OCT 66 2-O OCT 66 2-N OCT 66 2-T OCT 7 1 B OCT 66 2-W OCT 66 2-O OCT 114 3 OCT 66 2-R OCT 66 2-T OCT 66 2-V OCT 66 2-P OCT 66 2-O
120,00 120,00 120,00 250,00 120,00 120,00 450,00 90,00 120,00 120,00 90,00 120,00
0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0
En Gijón, a 24 de abril de 2007.—El Concejal Delegado (firma delegada s/resolución 2-2-2004).—6.946(5). —•— De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de denuncia de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura del Servicio de Gestión de Ingresos del Ayuntamiento de Gijón, órgano instructor de los mismos, el cual puede ser objeto de recusación conforme a lo dispuesto en el art. 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, a las personas jurídicas denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar, y cuyos pagos, podrán hacerse efectivos con una reducción del 50% dentro del plazo de treinta días naturales, siguientes a la fecha de la presente notificación, haciéndole saber que dicho pago reducido implicará la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa y sin perjuicio de la posibilidad de interponer los correspondientes recursos (art. único, apartado seis, de la Ley 17/2005, de 19 de julio que modifica el art. 67.1 del Real Decreto 339/1990). Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones (Servicio de Gestión de Ingresos) de este Ayuntamiento ante el cual les asiste el derecho de alegar por escrito
lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho a formular alegaciones o proponer pruebas, se dictarán las correspondientes resoluciones sancionadoras, de conformidad con lo dispuesto en el art. 13.2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (R.D. 1398/93, de 4 de agosto). Forma y lugar de pago: 1. En metálico, en la Tesorería Municipal, sita en el edificio administrativo “Antigua Pescadería Municipal”, c/ Cabrales, número 2. Horario: De lunes a viernes, de 9 a 17 horas (excepto meses de julio y agosto, que será de 9 a 14 horas). 2. Enviando giro postal a la Tesorería Municipal (Ayto. de Gijón, plaza Mayor), haciendo constar claramente en el documento “talón para destinatario”, epígrafe “texto”, el número de boletín de denuncia y/o número de expediente y matrícula.
OCT: Ordenanza Municipal de Circulación y Transportes (1-8-2002). REC: Reglamento General de Circulación (21-11-2003). LMT: Ley 17/2005, de 19 de julio, modificación de la L.S.V.
N.º expediente
Entidad
DNI
048183/2006/M 053708/2006/M 060462/2006/M 047228/2006/M 054823/2006/M 056485/2006/M 050532/2006/M 049352/2006/M 048795/2006/M 054927/2006/M 055002/2006/M 004661/2007/M 053957/2006/M 048095/2006/M
AISLAMIENTOS CRM SL ASMAVENDING SL ASTUR DE AUTOMATISMOS Y TECNICAS ELECTRIC AUDIMARCO, S.L. CAMACHO Y SANCHEZ VENDING CAMACHO Y SANCHEZ VENDING CELTIC VENDING SL CENTRO DE ESTUDIOS COEX SL CLAUDIA RODRIGUEZ S L CLAUDIA RODRIGUEZ S L COMUNIDOS CONSULTING SL CONTENEDORES DEL NORTE, S.L. DISTRIBUCION DE PERECEDEROS FAY FRIO S L DISTRIBUCIONES BOUDON SL
B3386322 B3378240 B3390718 B3385172 B3392029 B3392029 B3691721 B8252257 B3386391 B3386391 B3392750 B3360769 B3347432 B3376328
Población GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON VIGO MADRID GIJON GIJON GIJON GIJON SIERO GIJON
Precepto infringido Importe Matrícula F. denuncia artículo euros 4204-BMG O -1634-BZ 0914-CKW 5701-BBZ 9953-CSL 9953-CSL 7094-CHJ 3743-BFR 7843-BYT 7843-BYT 8468-CHL 4291-CDH O -1215-BJ
14/02/2007 14/02/2007 25/01/2007 28/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 28/02/2007 14/02/2007 28/02/2007 14/02/2007 05/02/2007 26/01/2007 14/02/2007 14/02/2007
OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 19 4 OCT 114 3 OCT 114 3
450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 90,00 450,00 450,00
18–V–2007
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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
N.º expediente
Entidad
DNI
056369/2006/M 049273/2006/M 058073/2006/M 045132/2006/M 057570/2006/M 053844/2006/M 047796/2006/M 048003/2006/M 052126/2006/M 052317/2006/M 050579/2006/M 057624/2006/M 056403/2006/M 043828/2006/M 050901/2006/M 045033/2006/M 050489/2006/M 050614/2006/M 050366/2006/M 048373/2006/M 052138/2006/M 050430/2006/M 052846/2006/M 053127/2006/M 049079/2006/M 056475/2006/M 050164/2006/M 049192/2006/M 052665/2006/M 052008/2006/M 050499/2006/M 046148/2006/M 053712/2006/M 051039/2006/M 050233/2006/M
DYA INGENIEROS SL ESCAYOLAS TOÑO S L FLOR ESPAEVA SL GEONOR VEINTIUNO SL GPO COMERCIAL DEL PARQUET PUERTAS Y ESCAL HASSEN MOTOR SL INTEGRA DISEÑO Y PUBLICIDAD SL LANZE LOGISTICA S L LATERIA Y BOTELLERIA SL LMT FORO COMUNICACION SL MADEROLAND SL MADUCHO, SL MANTARAS ASTURIAS SL MECANIZADOS SERRANO S L MONTAJES CAUNALON SL MOZZARELLA BUFALINA S L NUEVAS TECNOLOGIAS COSMETICAS S A NUEVAS TECNOLOGIAS COSMETICAS S A POLLO FRITO PINKY SL PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES PAVIDASA SL PROYECCIONES PINTURAS Y DECORACIONES DEL PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES DAXA SL RADELGISO SL REDIT TO CASH S L REVEYMO SL REYDE SANCHOS S L ROLUPLAST S L SANEAMIENTOS GIJON SL SELIVOMOTUA SL SERIGRAFIA ASTURIANA SLL SERVICIOS ACUATICOS Y MANTENIMIENTO S C SERVICIOS COMERCIALES METALURGICOS SERCO SISVITEL DISTRIBUCIONES SL SOLASTUR CB TALLERES FERROASTUR SL
B3382463 B3389596 B7407479 B3946701 A3378236 B8378196 B3388225 B8318505 B7403867 B8084758 B7404089 B7413280 B3381938 B0920207 B7416898 B3386741 A3357892 A3357892 B7416700 B3352474 B3345311 B3391780 B8129121 B3232292 B3364373 B3388966 B4155934 B3387327 B8368432 B3387125 G3389016 B3381915 B3359771 E3392821 B3387228
Población GIJON CARREÑO MIERES SANTANDER GIJON MADRID GIJON MADRID OVIEDO MADRID MIERES EL FRANCO - LA CARID GIJON BURGOS VALDES GIJON AVILES AVILES GIJON AVILES AVILES GIJON POZUELO DE ALARCON OURENSE GIJON GIJON SEVILLA GIJON MADRID GIJON GIJON GIJON OVIEDO GIJON GIJON
Precepto infringido Importe Matrícula F. denuncia artículo euros 5800-CMJ 4350-DBX 0953-DBH 2943-CHK O -3224-BJ 7239-BYD 2789-BVR 4215-CBH 3942-BWX 6879-CVK 4190-BWW 3463-BDR O -1418-AV 4611-DLL 8264-DZY 1641-BXY 2806-CNL 2806-CNL 2614-FCK O -0246-CC O -4132-BP O -2498-CJ 0083-BWW 5353-DLB 2062-CHJ 3973-CDV SE-5933-CJ 2993-FFJ 9232-DGB 4277-CSR M -1205-SC 5201-CLD 9134-CKS 6105-DSW O -7697-CF
14/02/2007 28/02/2007 26/01/2007 28/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 28/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 28/02/2007 21/02/2007 14/02/2007 28/02/2007 28/02/2007 31/01/2007 14/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 28/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 14/02/2007 28/02/2007
OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3 OCT 114 3
450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00 450,00
Gijón, a 24 de abril de 2007.—La Jefa del Servicio de Gestión de Ingresos. P.D. (resolución de 30-9-1999).—6.946(6). —•— De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación denuncia de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura del Servicio de Gestión de Ingresos del Ayuntamiento de Gijón, órgano instructor de los mismos, el cual puede ser objeto de recusación conforme a lo dispuesto en el art. 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, a las personas jurídicas titulares de los vehículos denunciados que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido ésta no se ha podido practicar, y cuyos pagos podrán hacerse efectivos con una reducción del 50% en los quince días otorgados como plazo para la identificación del conductor.
plimiento de esta obligación ha de ser veraz y advirtiéndole que el incumplimiento de dicho deber será sancionado como falta muy grave, de conformidad con lo establecido en el artículo 72.3 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en su nueva redacción dada por la Ley 17/2005, de 19 de julio, lo que conlleva el sobreseimiento de las actuaciones efectuadas, iniciándose un nuevo procedimiento sancionador como responsable de no identificar al conductor de la infracción, el titular del vehículo debidamente requerido para ello.
Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones (Servicio de Gestión de Ingresos) de este Ayuntamiento ante el cual se les requiere para que en el improrrogable plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, comunique a este órgano instructor el nombre, apellidos, DNI y domicilio del conductor del vehículo en la fecha de la denuncia, cuyo cum-
Horario: De lunes a viernes, de 9 a 17 horas (excepto meses de julio y agosto, que será de 9 a 14 horas).
Forma y lugar de pago: 1. En metálico, en la Tesorería Municipal, sita en el edificio administrativo “Antigua Pescadería Municipal”, c/ Cabrales, número 2.
2. Enviando giro postal a la Tesorería Municipal (Ayto. de Gijón, plaza Mayor), haciendo constar claramente en el documento “talón para destinatario”, epígrafe “texto”, el número de boletín de denuncia y/o número de expediente y matrícula.
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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
OCT: Ordenanza Municipal de Circulación y Transportes (1-8-2002). REC: Reglamento General de Circulación (21-11-2003). LMT: Ley 17/2005, de 19 de julio, modificación de la L.S.V.
N.º expediente
Entidad
DNI
006064/2007/M 007879/2007/M 007714/2007/M 007056/2007/M 008300/2007/M 010311/2007/M 007132/2007/M 007854/2007/M 005722/2007/M 007918/2007/M 012011/2007/M 004438/2007/M 008423/2007/M 006244/2007/M 001374/2007/M 007893/2007/M 007350/2007/M 007131/2007/M 008263/2007/M 009002/2007/M 007517/2007/M 007523/2007/M 007631/2007/M 009883/2007/M 010074/2007/M 004404/2007/M 010407/2007/M 006672/2007/M 008022/2007/M 006201/2007/M 006188/2007/M 009063/2007/M 006862/2007/M 007486/2007/M 009919/2007/M 007409/2007/M 007719/2007/M 007617/2007/M 006903/2007/M 007414/2007/M 006964/2007/M 007866/2007/M 002397/2007/M 007339/2007/M 008547/2007/M
ABATE MARROQUINERIA SL ASTURIANA DE FRIO Y CONGELACION SL AUTOMATICOS RODRIGUEZ S A CAMACHO Y SANCHEZ VENDING CAMACHO Y SANCHEZ VENDING CAMACHO Y SANCHEZ VENDING CARNICAS SARIEGO SL CARNICAS SARIEGO SL CONSTRUCCIONES Y CANTERIA DEL PRINCIPADO DISTRIBUCIONES EUGENIO GUTIERREZ SL DISTRIBUCIONES EUGENIO GUTIERREZ SL EDICIONES DUPONTI S L EXCLUSIVAS DE LA SERNA SL FERRALLAS CUESTA ARBESU SL FERRERO SPORT SL GRUPO PRINCIPADO C R N S L INGENIERIA DE MANUTENCION ASTURIANA SA INSTALACIONES BLANCO GONZALEZ SL INSTALACIONES Y REFORMAS JOCABA SL IVRO DOSMIL CINCO SL MONURBAN Y MONTES SERVICIOS INMOBILIARIOS MONURBAN Y MONTES SERVICIOS INMOBILIARIOS MONURBAN Y MONTES SERVICIOS INMOBILIARIOS MONURBAN Y MONTES SERVICIOS INMOBILIARIOS MONURBAN Y MONTES SERVICIOS INMOBILIARIOS OVILLA SL PAVIMENTOS Y SOLERAS NOVENTA Y CINCO SL PEREZ BLAMCO C B PERLA Y JADE SL PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES DAXA SL QUIMICASTUR 2003 SL REFORMAS ABRAIRA SL RELAX Y NATURALEZA SL RELODPRIN SL RELODPRIN SL REYDE SANCHOS S L S T I VALDES LLORENTE SL TERMOSALUD SL TOLDOS Y ESTORES EL NORTE S L UPPER HYGIENIC S L VIAJES URIA SL VINOS LA PAJERA SA YAGO BETTI SL YAGO BETTI SL ZUBI SENIDEAK SL
B3387000 B3385611 A3362289 B3392029 B3392029 B3392029 B7401477 B7401477 B3391729 B3391831 B3391831 B7403619 B3954795 B7407568 B3361699 B3387423 A3361330 B3376951 B3355817 B3392674 B7417533 B7417533 B7417533 B7417533 B7417533 B3364510 B7412209 E3393088 B3391850 B3391780 B3392804 B3393454 B3387521 B3366446 B3366446 B3388966 B7402848 B3377849 B3960659 B3391528 B3346817 A3368200 B1543164 B1543164 B9518280
Población GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON SARIEGO SARIEGO GIJON GIJON GIJON VILLAVICIOSA SANTANDER LLANERA GIJON GIJON GIJON GIJON MORCIN GIJON LLANERA LLANERA LLANERA LLANERA LLANERA GIJON SIERO GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON VILLAVICIOSA VILLAVICIOSA GIJON LLANERA GIJON SANTA CRUZ BEZANA GIJON OVIEDO GIJON SANTIAGO GIJON BASAURI
Precepto infringido Importe Matrícula F. denuncia artículo euros V -3139-GK O -3593-BW O -6070-BV 9953-CSL 9953-CSL 9953-CSL O -8108-AT O -8108-AT 4347-DGZ 2413-DGC C -8447-BJ 8931-DBK 5636-DMR 9064-CBC O -6618-CB 5522-BYS O -6181-BN 1823-CKP O -3889-CG 3954-DJW 2950-DWX 2950-DWX 2950-DWX 2950-DWX 2950-DWX 8735-DTZ O -7664Z 4558-DWP O -1024-AX O -2498-CJ 4440-FJF 9821-BMM 6093-BGV 6123-BBW 6123-BBW 8835-CCG M -7978-OK 7744-DFV 2273-FHF 2441-DFM O -8615-CH 3400-CRZ O -2188-BX O -2188-BX 1785-CYD
07/02/2007 14/02/2007 09/02/2007 13/02/2007 19/02/2007 28/02/2007 12/02/2007 13/02/2007 03/02/2007 21/02/2007 09/03/2007 25/01/2007 18/02/2007 07/02/2007 28/12/2006 21/02/2007 03/02/2007 12/02/2007 16/02/2007 22/02/2007 09/02/2007 10/02/2007 13/02/2007 15/02/2007 27/02/2007 24/01/2007 01/03/2007 12/02/2007 19/02/2007 08/02/2007 07/02/2007 23/02/2007 14/02/2007 05/02/2007 15/02/2007 01/02/2007 09/02/2007 13/02/2007 12/02/2007 01/02/2007 11/02/2007 14/02/2007 16/01/2007 29/01/2007 18/02/2007
OCT 31 6 OCT 66 2-R OCT 66 2-R OCT 66 2-T OCT 31 6 OCT 66 2-R OCT 66 2-O OCT 66 2-O OCT 66 2-I OCT 66 2-I OCT 66 2-R OCT 66 2-R OCT 66 2-P OCT 66 2-O OCT 66 2-S OCT 66 2-R OCT 66 2-S OCT 66 2-T OCT 66 2-O OCT 66 2-U OCT 66 2-S OCT 66 2-S OCT 66 2-S OCT 66 2-S OCT 66 2-S OCT 66 2-R OCT 66 2-R OCT 66 2-V OCT 66 2-T OCT 66 2-P OCT 66 2-P OCT 66 2-P OCT 66 2-P OCT 66 2-S OCT 66 2-S OCT 66 2-S OCT 66 2-R OCT 66 2-S OCT 66 2-P OCT 66 2-S OCT 66 2-U OCT 66 2-O OCT 66 2-U OCT 66 2-S OCT 66 2-P
A A
A A A B A
A A B A A
A
90,00 90,00 90,00 120,00 90,00 90,00 120,00 120,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 120,00 90,00 90,00 90,00 120,00 120,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 120,00 120,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 90,00 120,00 90,00 90,00 90,00
Gijón, a 24 de abril de 2007.—La Jefa del Servicio de Gestión de Ingresos. P.D. (resolución de 30-9-1999).—6.946(7). —•— De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de denuncia de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura del Servicio de Gestión de Ingresos del Ayuntamiento de Gijón, órgano instructor de los mismos, el cual puede ser objeto de recusación conforme a lo dispuesto en el art. 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
tamiento ante el cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.
Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones (Servicio de Gestión de Ingresos) de este Ayun-
Horario: De lunes a viernes, de 9 a 17 horas (excepto meses de julio y agosto, que será de 9 a 14 horas).
Forma y lugar de pago: 1. En metálico, en la Tesorería Municipal, sita en el edificio administrativo “Antigua Pescadería Municipal”, c/ Cabrales, número 2.
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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
2. Enviando giro postal a la Tesorería Municipal (Ayto. de Gijón, plaza Mayor), haciendo constar claramente en el
documento “talón para destinatario”, epígrafe “texto”, el número de boletín de denuncia y/o número de expediente.
LEP: Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
N.º expediente 013252/2007/M 013226/2007/M 013227/2007/M 013228/2007/M 013229/2007/M 013299/2007/M 013300/2007/M 013215/2007/M 014134/2007/M 014132/2007/M 013216/2007/M 013217/2007/M 013218/2007/M 013219/2007/M 013223/2007/M 013224/2007/M
Apellidos y nombre ALONSO SANCHEZ FRANCISCO MANUEL FERNANDEZ MERA MARIA TERESA FERNANDEZ MERA MARIA TERESA FERNANDEZ MERA MARIA TERESA FERNANDEZ MERA MARIA TERESA GARRIDO GARCIA RAUL GARRIDO GARCIA RAUL LIRIANO ACOSTA JUAN FRANCISCO LIRIANO ACOSTA JUAN FRANCISCO LIRIANO ACOSTA JUAN FRANCISCO LIRIANO ACOSTA JUAN FRANCISCO LIRIANO ACOSTA JUAN FRANCISCO LIRIANO ACOSTA JUAN FRANCISCO LIRIANO ACOSTA JUAN FRANCISCO LIRIANO ACOSTA JUAN FRANCISCO LIRIANO ACOSTA JUAN FRANCISCO
DNI 010815167 016598305 016598305 016598305 016598305 009432556 009432556 X1551837G X1551837G X1551837G X1551837G X1551837G X1551837G X1551837G X1551837G X1551837G
Población
Precepto infringido Importe Matrícula F. denuncia artículo euros
GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON
04/03/2007 03/02/2007 03/02/2007 10/02/2007 10/02/2007 22/03/2007 22/03/2007 04/02/2007 26/03/2007 26/01/2007 04/02/2007 16/02/2007 24/02/2007 04/03/2007 06/03/2007 11/03/2007
LEP 21 LEP 21 LEP 11 3 LEP 32 C LEP 6 1 LEP 21 LEP 6 1 LEP 21 LEP 21 LEP 6 1 LEP 11 3 LEP 21 LEP 21 LEP 21 LEP 21 LEP 21
400,00 600,00 600,00 6.011,00 6.011,00 300,00 6.011,00 600,00 600,00 6.011,00 600,00 600,00 600,00 600,00 600,00 600,00
Gijón, a 24 de abril de 2007.—La Jefa del Servicio de Gestión de Ingresos.—6.946(8). —•— De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de las resoluciones sancionadoras recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad sancionadora, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
nistrativa (un mes después de la notificación de la resolución sancionadora, salvo que se interponga recurso contra la misma): — Si la firmeza tiene lugar entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día 20 del mes posterior o inmediato hábil siguiente. — Si la firmeza tiene lugar entre los días 16 y último de cada mes, notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o inmediato hábil siguiente. Recaudación en vía ejecutiva:
Contra estas resoluciones puede formular ante la Alcaldía recurso de reposición en el plazo de un mes desde su notificación, que se entenderá desestimada por el transcurso de un mes desde la interposición sin que se notifique resolución. Contra la resolución expresa del recurso de reposición podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de la notificación del acuerdo resolutorio, y, contra la resolución tácita, en el de seis meses, a contar desde el siguiente en el que se produzca el acto presunto (art. 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y art. 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, art. 107 y disposición adicional quinta de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y arts. 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente. Período de pago voluntario: En los plazos establecidos en el art. 62.2 de la Ley General Tributaria, contados a partir de la fecha de firmeza admi-
Pasados dichos plazos sin haber hecho efectiva la deuda, se exaccionará el pago por el procedimiento de apremio administrativo, con los recargos establecidos en el art. 28 de la Ley General Tributaria, así como las costas que se devenguen. Intereses de demora: Según lo establecido en los artículos 10 del R.D.L. 2/2004, y 26 de la L.G.T., se exigirá el interés de demora una vez finalice el plazo para el pago en período voluntario de la deuda y resultará exigible durante el tiempo al que se extienda el retraso obligado. Forma y lugar de pago: 1. En metálico, en la Tesorería Municipal, sita en el edificio administrativo “Antigua Pescadería Municipal”, c/ Cabrales, número 2. Horario: De lunes a viernes, de 9 a 17 horas (excepto meses de julio y agosto, que será de 9 a 14 horas). 2. Enviando giro postal a la Tesorería Municipal (Ayto. de Gijón, plaza Mayor), haciendo constar claramente en el documento “talón para destinatario”, epígrafe “texto”, el número de boletín de denuncia y/o número de expediente.
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BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
LEP: Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. LRE: Ley de Residuos. LSC: Ley de Seguridad Ciudadana. OMA: Ordenanza Municipal de Animales de Compañía. OMH: Ordenanza Municipal de Terrazas. OML: Ordenanza Municipal de Limpieza. OMT: Ordenanza Municipal de Transporte Escolar Urbano. OTR: Ordenanza Municipal de Circulación y Transportes (1-8-02). RAR: Reglamento de Armas. TAP: Ley sobre Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos. VAM: Ley sobre Prohibición de Venta de Alcohol a Menores de 16 años.
N.º expediente 062346/2006/M
Apellidos y nombre MAGDALENA GARCIA OSCAR
DNI 010844192
Población
Precepto infringido Importe Matrícula F. denuncia artículo euros
GIJON
15/01/2006
LSC 25 1
302,00
Gijón, a 24 de abril de 2007.—El Concejal Delegado.—6.946(9). —•— De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de denuncia de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura del Servicio de Gestión de Ingresos del Ayuntamiento de Gijón, órgano instructor de los mismos, el cual puede ser objeto de recusación conforme a lo dispuesto en el art. 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
zo sin que se haya hecho uso del derecho a formular alegaciones o proponer pruebas, se dictarán las correspondientes resoluciones sancionadoras, de conformidad con lo dispuesto en el art. 13.2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (R.D. 1398/93, de 4 de agosto).
Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones (Servicio de Gestión de Ingresos) de este Ayuntamiento ante el cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Transcurrido dicho pla-
Horario: De lunes a viernes, de 9 a 17 horas (excepto meses de julio y agosto, que será de 9 a 14 horas).
Forma y lugar de pago: 1. En metálico, en la Tesorería Municipal, sita en el edificio administrativo “Antigua Pescadería Municipal”, c/ Cabrales, número 2.
2. Enviando giro postal a la Tesorería Municipal (Ayto. de Gijón, plaza Mayor), haciendo constar claramente en el documento “talón para destinatario”, epígrafe “texto”, el número de boletín de denuncia y/o número de expediente y matrícula.
LEP: Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. LRE: Ley de Residuos. LSC: Ley de Seguridad Ciudadana. OMA: Ordenanza Municipal de Animales de Compañía. OMH: Ordenanza Municipal de Terrazas. OML: Ordenanza Municipal de Limpieza. OMT: Ordenanza Municipal de Transporte Escolar Urbano. OTR: Ordenanza Municipal de Circulación y Transportes (1-8-02). RAR: Reglamento de Armas. TAP: Ley sobre Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos. VAM: Ley sobre Prohibición de Venta de Alcohol a Menores de 16 años.
N.º expediente 015235/2007/M 013258/2007/M 013260/2007/M 014220/2007/M 013262/2007/M 013263/2007/M
Apellidos y nombre GALLARDO IGLESIAS JOSE RAMON GARCIA SALAS JOSE ANGEL PEREZ SUAREZ DIEGO TEIXEIRA IGLESIAS NATALIA VEGA BERDASCO DANIEL YORDANOV ILIEV ILIYAN
DNI 053543316 053526941 053558960 010882362 053555927 X4304149K
Población
Precepto infringido Importe Matrícula F. denuncia artículo euros
GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON GIJON
Gijón, a 24 de abril de 2007.—La Jefa del Servicio de Gestión de Ingresos.—6.946(10).
12/07/2006 18/05/2006 18/05/2006 09/03/2007 18/05/2006 03/03/2007
LSC 25 1 LSC 25 1 LSC 25 1 LSC 26 H LSC 25 1 LSC 26 I
302,00 302,00 302,00 90,00 302,00 90,00
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FUNDACION MUNICIPAL DE CULTURA, EDUCACION Y UP
Resolución de la Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular del Ayuntamiento de Gijón por la que se convoca la contratación, mediante concurso público, del servicio de publicidad en radio y televisión local de la Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular del Ayuntamiento de Gijón 1.—Entidad adjudicadora: a) Organismo: Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría Técnica. c) Número de expediente: 015526/2007. 2.—Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: Contratación, mediante concurso abierto, del servicio de publicidad en radio y televisión local de la Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular del Ayuntamiento de Gijón. b) Lugar de ejecución: Gijón. c) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega: Un año. 3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4.—Presupuesto base de licitación: El tipo máximo de licitación se fija en 41.285 euros. 5.—Garantía provisional: No resulta exigible. 6.—Obtención de documentación e información: a) Entidad: Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular. b) Domicilio: Centro de Cultura Antiguo Instituto. C/ Jovellanos, n.º 21. Localidad y código postal: Gijón-33201. c) Teléfono: 985 18 10 57. d) Telefax: 985 35 07 09. 7.—Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación en su caso: No se exige. b) Solvencia económica, financiera y solvencia técnica y profesional, en su caso: En los términos establecidos en el artículo 6.º del pliego de cláusulas administrativas particulares que rige la contratación. 8.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: Quince días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. b) Documentación a presentar: La contenida en el pliego que rige para este contrato. c) Lugar de presentación: Registro General de la Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular. d) Entidad, domicilio, localidad y código postal: Los indicados en el apartado 6 de este anuncio. e) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Tres meses.
9.—Apertura de las ofertas: a) La apertura de las proposiciones económicas se efectuará al decimoquinto día siguiente hábil a aquel en el que finalice el plazo de presentación de ofertas (excepto si fuese sábado, que se realizará al día siguiente hábil). Este acto será público. b) Entidad, domicilio y localidad: Los indicados en el apartado 6 de este anuncio. c) Gastos de anuncio: Serán por cuenta del adjudicatario. Gijón, 2 de mayo de 2007.—La Presidenta.—7.547.
DE GOZON Anuncio Rf: UPP-4993/05. Mediante resolución municipal de fecha 10 de mayo de 2007 se declara aprobado definitivamente el Plan Parcial SAU-5 (Miramar), por silencio administrativo positivo, conforme lo dispuesto en el art. 80.4 del Decreto Legislativo 1/2004, por el que se aprueba el texto refundido de disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo, y se ordena su publicación de acuerdo en lo dispuesto en el art. 97.2 del mismo texto legal, en concordancia con el art. 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local. ORDENANZAS REGULADORAS DEL PLAN PARCIAL DEL SAU-5 (MIRAMAR)
Ordenanza I NORMAS COMUNES A TODAS LAS ZONAS
Parte primera.—Generalidades Artículo 1.—Naturaleza del Plan Parcial. 1. Este Plan Parcial tiene por objeto regular el uso de los terrenos y las condiciones para la urbanización y edificación dentro del ámbito del SAU-5 (Miramar). En consecuencia, cualquier actuación que se realice en su ámbito deberá observar y ajustarse a sus prescripciones. 2. En todos los aspectos no regulados aquí, será de aplicación la normativa general urbanística del Concejo de Gozón (Normas Subsidiarias municipales aprobadas definitivamente por la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias el 10 de abril de 1996). Artículo 2.—Ambito de aplicación. El ámbito de aplicación de estas Ordenanzas será exclusivamente el del Sector del SAU-5 (Miramar), en Luanco, que se refleja gráficamente en el plano correspondiente. Artículo 3.—Contenido del Plan Parcial. Este Plan Parcial está integrado por los siguientes documentos: 1. Memoria. 2. Planos de información. 3. Planos de proyecto. 4. Estudio económico financiero. 5. Plan de etapas. A efectos de facilitar su uso, todos los documentos no gráficos se recogen en un único documento, que integra la memoria, el estudio económico-financiero y el plan de etapas.
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Artículo 4.—Terminología.
2. La de menor coste de urbanización.
1. El significado de los términos utilizados en estas Ordenanzas, en los casos que corresponda, será el establecido en las Normas Urbanísticas del Concejo de Gozón.
3. Las representaciones parcelarias recogidas en el Plan Parcial no presuponen la acreditación de las propiedades y se recogen en este documento a efectos exclusivamente informativos.
2. Aquellos otros términos no determinados expresamente en dichas Normas, se emplearan conforme a su empleo en dichas Normas Urbanísticas y a la práctica urbanística habitual. Artículo 5.—Vigencia. La vigencia de este Plan Parcial será indefinida, sin perjuicio de su revisión o modificación de acuerdo con lo establecido en la legislación urbanística vigente.
Parte segunda.—Régimen urbanístico del suelo Artículo 8.—Clasificación del suelo. El suelo comprendido en el ámbito de este Plan Parcial está clasificado en su totalidad como suelo urbanizable, sin perjuicio de que se incorporen algunos terrenos considerados como sistemas generales. Artículo 9.—Calificación del suelo.
Artículo 6.—Modificación de este Plan Parcial. 1. La modificación de este Plan Parcial se hará conforme a lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto 1/2004. 2. No se considerarán como modificación de planeamiento los siguientes supuestos: a) Las modificaciones de la red viaria o peatonal con respecto a la recogida en los planos de ordenación que se realicen sin afectar a la calificación de los edificios. b) La sustitución de un equipamiento indefinido por cualquier otro tipo de equipamiento realizada de acuerdo con lo previsto en esta Normativa. c) Una nueva división en polígonos, siempre que se hagan sin alterar los aprovechamientos y se garantice el cumplimiento de los objetivos y el reparto de las cargas y beneficios. d) Los retoques o modificaciones de detalle del viario —situación de aceras y aparcamientos— en los proyectos de urbanización u obras, siempre que no se alteren los gálibos. 3. La documentación del expediente de modificación deberá tener el grado de definición necesario, y en particular, deberá contener un estudio de su incidencia sobre las previsiones contenidas en este Plan Parcial y una justificación sobre la imposibilidad de realizarse sin dicha modificación. Artículo 7.—Normas y criterios de interpretación del Plan Parcial. 1. Los documentos que integran este Plan Parcial se deberán interpretar de acuerdo a los fines, criterios y objetivos recogidos en la Memoria. 2. Las dudas interpretativas se resolverán del siguiente modo: a) En casos de discrepancia aparente entre distintos documentos, salvo casos evidentes de errata o error, se estará a lo siguiente: 1. Prioridad de los documentos normativos sobre los planos. 2. Prioridad de las cotas sobre las líneas en los planos. 3. Prioridad de los planos a menor escala con relación a los de mayor escala (prioridad del 500 sobre el 1.000 o 2.000). En planos de igual escala, prevalecerá aquel plano específico del tema que se trate. b) En casos de duda, imprecisión o ausencia de determinaciones se estará: 1. A la solución más favorable al menor aprovechamiento y a la mayor dotación de equipamiento comunitario.
1. La calificación urbanística de los terrenos de este sector del SAU-5 (Miramar) se refleja gráficamente en el correspondiente Plano de Calificación. 2. Las calificaciones urbanísticas son las siguientes: — Edificación abierta V. — Vivienda unifamiliar R1. — Equipamiento. — Espacio libre público. — Espacio libre privado. — Dotacional. Todas estas calificaciones urbanísticas se desarrollan en su correspondiente ordenanza particular. Artículo 10.—Aprovechamientos susceptibles de apropiación. 1. El aprovechamiento susceptible de apropiación —previo el cumplimiento de los deberes legales establecidos en la legislación urbanística— por los propietarios de los terrenos será, el 90% del aprovechamiento medio del sector, de acuerdo con el artículo 140 del Decreto 1/2004. 2. El aprovechamiento urbanístico incluirá los aprovechamientos de todos los usos permitidos, debiendo de calcularse el aprovechamiento medio dividiendo la edificabilidad total —incluida la dotacional privada correspondiente a la misma— por la superficie total del sector, excluidos los terrenos afectos a dotaciones públicas, de carácter general o local, ya existentes. Sección I Desarrollo del Plan Parcial Artículo 11.—Estudios de detalle. 1. Se podrán formular estudios de detalle en desarrollo de este Plan Parcial —además de para los fines legalmente establecidos para esta figura de planeamiento— para los siguientes objetivos: — En las zonas de edificación abierta, distribuir el aprovechamiento y fijar una ordenación del conjunto que pasará a ser obligatoria. 2. En ningún caso se podrán utilizar estudios de detalle para: — Aumentar el aprovechamiento asignado en este Plan Parcial. — Disminuir las superficies de espacios libres o de dotaciones de equipamiento. — Aumentar la altura máxima asignada por el Plan Parcial o cambiar la tipología por otra diferente a la asignada.
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3. Modificación de alineaciones. Las alineaciones marcadas en este Plan Parcial podrán ser modificadas mediante estudio de detalle —sin que el cambio se considere modificación de planeamiento— siempre que la nueva ordenación no supere los aprovechamientos actuales y se mantengan los criterios básicos de diseño del espacio central entre edificaciones. Este cambio, como es obvio, deberá de realizarse entre la aprobación del Proyecto de Reparcelación y el inicio de la construcción de las edificaciones. Artículo 12.—Proyectos de urbanización. 1. Las obras necesarias para la urbanización del área se contemplarán en un Proyecto de Urbanización —para todo el área o para cada uno de los polígonos— que no podrá contener determinaciones sobre ordenación, régimen del suelo o de la edificación, ni modificar las previsiones de este Plan Parcial, limitándose, si fuera necesario, a efectuar las adaptaciones de detalle exigidas por las características del suelo y subsuelo en la ejecución material de las obras. 2. Cuando tales adaptaciones de detalle supongan la alteración de las determinaciones sobre ordenación o régimen del suelo o de la edificación, deberá aprobarse —previa o simultáneamente— la correspondiente modificación de planeamiento. 3. El Proyecto de Urbanización contendrá, al menos, los siguientes documentos:
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2. Todas las viviendas cumplirán lo establecido en las normas de diseño en edificios destinados a vivienda (Decreto 62/1994, de 28 de julio, de la Consejería de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda del Principado de Asturias). Además, su diseño se ajustará a lo dispuesto en las Normas Subsidiarias de Gozón. Artículo 14.—Condiciones generales de los usos. Los usos, sus características, categorías, y cualquier cuestión no expresamente regulada aquí, se considerarán tal y como se contemplan en el título II, capítulo II, clasificación y condiciones generales de los distintos usos, de las Normas Subsidiarias de Gozón. Artículo 15.—Condiciones ambientales. Las normas de protección ambiental —contaminación atmosférica, aguas residuales, residuos sólidos y vertidos, y ruidos y vibraciones— que habrán de aplicarse a cualquier uso o actividad son las establecidas en las Normas Subsidiarias. Parte cuarta.—Procedimiento Sección primera Régimen de las edificaciones, instalaciones y usos fuera de ordenación
a) Memoria descriptiva de las características de las obras. b) Planos de información, proyecto y detalle. c) Pliego de condiciones técnicas y de condiciones económico-administrativas de las obras y servicios. d) Mediciones y presupuesto, con cuadros de precios descompuestos. 4. Las obras de urbanización a desarrollar en el Proyecto de Urbanización serán, al menos, las siguientes: a) Pavimentación de calzadas, aparcamientos, aceras, red peatonal y espacios libres. b) Redes de distribución de agua potable, de riego y de hidrantes contra incendios. c) Red de alcantarillado para evacuación de aguas pluviales y residuales. d) Red de distribución de energía eléctrica. e) Red de alumbrado público. f) Jardinería en el sistema de espacios libres. g) Red de canalización telefónica. h) Red de conducción de gas (previsión). 5. En el pliego de condiciones figurará el plazo de realización de las obras, y se recogerán las garantías que el Ayuntamiento juzgue necesarias para la perfecta ejecución de las mismas. 6. Los parámetros de diseño se ajustarán a lo especificado en las Normas Subsidiarias de Gozón. Parte tercera.—Condiciones generales de la edificación y de los usos Artículo 13.—Condiciones generales de la edificación. 1. Las condiciones generales de la edificación, sus características, categorías, y cualquier cuestión no expresamente regulada aquí, se considerarán tal y como se contemplan en las Normas Subsidiarias de Gozón.
Artículo 16.—Declaración de fuera de ordenación. 1. La declaración de fuera de ordenación no se aplicará con generalidad a los edificios e instalaciones erigidos con anterioridad a la aprobación de este Plan Parcial, salvo si comprometen la ejecución del planeamiento. 2. En la documentación gráfica se señalan aquellas edificaciones e instalaciones que quedan declaradas expresamente como fuera de ordenación, ya que se considera que comprometen la ejecución de este Plan Parcial, bien sea por afectar el trazado de un vial o bien porque las edificaciones impiden la realización de las nuevas edificaciones. 3. En el Proyecto de Reparcelación quedará prevista la gestión y programación necesaria para la desaparición del elemento de que se trate, evaluando económicamente sus consecuencias. Artículo 17.—Efectos de la declaración de fuera de ordenación. 1. La declaración de fuera de ordenación supondrá que no se podrán realizar obras de consolidación, aumento de volumen, modernización o incremento del valor del inmueble, pero sí las pequeñas reparaciones que exigieren la higiene, ornato y conservación del inmueble. Tendrán esta consideración las siguientes obras: a) Las de conservación y mantenimiento y las exteriores de reforma menor, que serán admisibles. b) Las encaminadas a eliminar las causas de fuera de ordenación, cuando sean subsanables. c) Las parciales de consolidación cuando no estuviera prevista la expropiación o demolición del inmueble o la erradicación del uso en un plazo de 15 años. Esta excepción no es aplicable a los usos declarados fuera de ordenación. 2. Cuando la disconformidad con el Plan no impida la edificación en el mismo solar que ocupa el edificio, el propietario podrá demolerlo y reconstruirlo con arreglo a estas normas. En este supuesto, los arrendatarios tendrán el derecho de retorno.
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Artículo 18.—Edificaciones existentes en el suelo urbanizable.
Artículo 20.—Usos permitidos y compatibles.
1. Las edificaciones existentes en el suelo urbanizable que no hayan sido declaradas fuera de ordenación, cuando se redacten los pertinentes Proyectos de Reparcelación podrán: — Permanecer tal como están, con un régimen equivalente al de la vivienda unifamiliar aislada; en este caso, las edificaciones se vincularán, de modo indivisible, a una extensión de terreno tal que se cumplan las condiciones de ocupación de terreno establecidas en este Plan Parcial. Estos terrenos quedarán segregados de la actuación a desarrollar, y conservarán su propio régimen, aunque estarán obligados a participar en el coste de las obras de las que se servirán posteriormente (por ejemplo, sí la actuación facilita o mejora el acceso, los abastecimientos de servicios, la evacuación de aguas negras, etc.).
Planta sótano: Se destinará a garaje-aparcamiento, almacén, y/o trasteros; así como aquellos otros usos permitidos por las Ordenanzas de Planeamiento y en las condiciones establecidas en las mismas.
— Unirse a la actuación conservando un derecho al aprovechamiento en la cuantía que resulte mayor entre la fijada para el polígono en que se encuentre y el realmente edificado; en este caso, se considerará el valor de las edificaciones existentes como un gasto más de urbanización. 2. El acogerse a uno u otro tratamiento será optativo para los propietarios, si bien en el marco de la conveniencia general y la necesidad de obtener una ordenación coherente. Esta condición podrá conducir a que el Ayuntamiento imponga expresamente el segundo de los tratamientos o alguna vinculación especial en caso de admitirse el primero de ellos. ORDENANZAS PARTICULARES
Los trasteros estarán necesariamente vinculados bien a las viviendas, o bien al propio local del garaje. Planta semisótano: Se consideran así las plantas definidas en los arts. 62.6 y 63 de las NNSS en vigor. Esta tipología se recomienda especialmente como solución en los edificios que alojan viviendas en planta baja. Planta baja: Se destinará principalmente a Residencial, permitiéndose el uso comercial y otros usos compatibles con el Residencial según las Normas Subsidiarias. Plantas de pisos: Se destinarán exclusivamente a usos residenciales y compatibles con ellos como los despachos y oficinas profesionales de hasta 150 m2 construidos. En cuanto a las condiciones de diseño se estará a las determinaciones generales de las Normas Subsidiarias de Planeamiento y a las Normas de Diseño del Principado de Asturias. Artículo 21.—Alineaciones. Las alineaciones se fijan gráficamente en el plano 2.2. por lo que se considera un emplazamiento fijo según el artículo 69 de las NNSS, a estas alineaciones no se mantendrá ningún retranqueo, dichas alineaciones se podrán modificar mediante estudio de detalle. Artículo 22.—Alturas.
Las presentes ordenanzas se adaptan a los parámetros contenidos en la modificación puntual de las Normas Urbanísticas del Plan Parcial de La Vallina, así como en las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Gozón.
No se regula ningún número máximo de plantas bajo-rasante, solamente se restringen los usos permitidos en las mismas; es decir: usos que no computen aprovechamiento.
El modelo de ordenación resultante reúne, en definitiva, desde el concepto técnico de Plan Parcial, un conjunto de subvariedades de tratamiento según las posibilidades de ordenación particularizadas que se reflejan en los planos de zonificación y propuesta de ordenación.
Artículo 23.—Cornisa.
Ordenanza II EDIFICACION ABIERTA (abierta 5)
Artículo 19.—Parcelación: Las dimensiones que definen la parcela mínima a efectos de parcela y edificación, y la parcela mínima con aprovechamiento total, para cada una de las alturas características, son las siguientes: • Tipología: Abierta 5. • Altura característica. N.º de plantas: 5. • Parcelación mínima para parcelación y edificación. Anchura (metros): 13,5. • Parcela mínima con aprovechamiento total. Dimensiones superficie minimas (metros): 150 m.2 Los proyectos de obras de nueva planta deberán contener el proyecto de ordenación de la parcela, donde se especifiquen los usos de todas las superficies en planta baja, tanto las de terreno como las edificadas o cubiertas; señalándose las partes ajardinadas, las pavimentadas, la situación de arbolado y las cotas o nivelaciones de todas ellas. Una vez aprobada la ordenación que así se plantee, ésta pasará a ser obligatoria dentro de la parcela en todos los aspectos citados, debiéndose de solicitar licencia para cualesquiera modificación que posteriormente pudiera plantearse.
Los banqueos de cubierta en ningún caso darán lugar a la apertura de huecos en la cubierta que no estuvieran contemplados en las condiciones generales de edificación de la tipología de edificación abierta ni al incremento del aprovechamiento materializable. Artículo 24.—Plantas bajas y sótanos. La altura de planta baja oscilará entre una dimensión máxima y otra mínima, en función del número de plantas que tenga el edificio de que se trate, al objeto de proporcionar la misma a la escala total del mismo; a saber: Número de plantas del Altura mínima de planta Altura máxima de planta edificio baja baja 2-3
2.5 m
3m
4-5
3m
5m
Medición de la altura de planta baja: La medición de altura de planta baja se realizará con los criterios definidos en los arts. 60 a 62 de las NNSS vigentes. El área de movimiento máxima de los sótanos, aparece definida en los planos. No se limitan las plantas de sótano, En ellos deberá garantizarse un aparcamiento de coches a razón como mínimo de 1 plaza por vivienda, y una por cada 100 m2 de uso comercial, si este uso existiera en el edificio, pudiendo el resto de las plantas de sótano destinarse únicamente a cualquiera de los restantes usos permitidos en las Ordenanzas.
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Artículo 25.—Cubiertas. Las cubiertas serán inclinadas con carácter que también podrán ser planas y transitables, carecerán de aleros en el sentido tradicional. las cubiertas de los casetones y de cualquier fachada, serán también planas.
general, aunen cuyo caso En este caso elemento de
No se permite el uso de trasteros en el caso de disponer de cubierta plana, ni de cualquier otro uso individualizado, distinto a los indicados. Tampoco se permiten las pérgolas, marquesinas o construcciones de cualquier tipo, aunque sean de carácter estético, que se sitúen en el mismo plano de las fachadas. Estas construcciones, de existir, estarían retranqueadas un mínimo de 2.5 metros de las alineaciones principales. Artículo 26.—Fachadas.
Los cierres coincidentes con los linderos o límite de la parcela, serán preferentemente de tipo vegetal, aunque podrán utilizarse verjas metálicas, de madera y/o hormigón. En este caso la altura máxima no podrá ser superior a 0,90 metros. No obstante, podrán situarse sobre el lindero propio en el caso de disponerse muros de fábrica, en cuyo caso el ancho del plano superior no podrá ser inferior a 45 cm. y la altura máxima no podrá rebasar los 50 cm. Estas zonas no se contabilizarían como espacios libres o zonas verdes a los efectos del artículo 10 del anexo del Reglamento de Planeamiento, por lo que para su variación o alteración, no se someterán al régimen propio de los citados artículos, ya que técnicamente sería un espacio no ocupado por la edificación principal, sin perjuicio de que cualquier alteración deba interpretarse con carácter muy limitado y restrictivo.
Vuelos y entrantes de fachada:
Ordenanza III
Se pueden realizar vuelos en las alineaciones exteriores e interiores, pero serán incluibles en el cómputo volumétrico de modo que habrá que observar que en el conjunto de lo edificado no se supere el aprovechamiento máximo permitido.
Artículo 28.
Se pueden realizar cuantos retranqueos de fachadas se deseen, sin condicionar, su longitud, ancho o forma, salvo las Normas de Diseño del Principado; hasta el extremo de que sin llegar a dividir el bloque en dos edificios, los huecos transversales podrían perforarlo totalmente.
La modalidad de tratamiento de los equipamientos y zonas verdes definidas en los planos de zonificación será la regulada por el capítulo II de la Ordenanza de las Normas Subsidiarias de Planeamiento, con las precisiones y particularidades que se contemplan a continuación.
Materiales de fachada: No se prohíbe ningún tipo de material de fachada (salvo el uso generalizado de pinturas) siempre y cuando estos cumplan la normativa técnica aplicable y ofrezcan el suficiente ornato y decoro exigible a juicio de la Oficina Técnica Municipal. Contando la carpintería como un material de fachada y sin contar la cubierta, solamente se admitirá un máximo de cuatro materiales o dos gamas de colores básicos, como elementos de composición de fachada. Todas las fachadas de las edificaciones tendrán la misma calidad de materiales de revestimientos, tanto las exteriores como las interiores. Longitud de fachada. Será la que figura en los planos de ordenación. No obstante, en el caso de modificaciones, no se limita la máxima longitud de bloque abierto en el ámbito del Plan Parcial. Artículo 27.—Zonas libres privadas. Se definen como zonas libres privadas, los espacios exteriores al área de movimiento máximo de las edificaciones en altura. Estas zonas de uso privado habrán de dejarse libres de volúmenes construidos, salvo los que se señalan en este artículo. Se permite que en ellos se asienten usos comunitarios (deportes, jardines, zona de juegos de niños, etc.) como dotación privada al servicio del uso residencial al cual se vincula. La cota superior de la cubierta de la planta sótano correspondiente al espacio privado no podrán emerger de la rasante. Tendrá la condición de propiedad comunitaria del lote edificatorio al que se vincula y deberán colaborar a su mantenimiento la totalidad de los propietarios del mismo proporcionalmente a la cuota de participación en la titularidad del edificio. Cuando sean espacios mancomunados de dos o más edificios tendrán tal consideración en la participación proporcional a la cuota de participación de cada uno.
EQUIPAMIENTOS Y ESPACIOS LIBRES
En los equipamientos definidos como dotaciones urbanas relación urbana y a los efectos de cómputo genérico a que hace referencia el artículo 9 de las Ordenanzas de las Normas Subsidiarias, no se determina límite de superficie ocupada, mientras que la altura máxima se fija en un máximo de dos plantas, incluida la baja, si bien se admitirían soluciones arquitectónicas diferenciadas y por tanto una altura vinculada y justificable por las características del uso específico del equipamiento, siempre que a juicio del Ayuntamiento no rompa la armonía del conjunto de la ordenación. Los espacios calificados de equipamiento son de titularidad pública y el suelo correspondiente a los mismos será objeto de cesión gratuita al Ayuntamiento. Los espacios libres y zonas verdes se adecuarán a las determinaciones genéricas de las Ordenanzas de las Normas Subsidiarias de Planeamiento. En los espacios libres privados se permite la construcción de pequeñas edificaciones destinadas a usos comunitarios (servicios, aseos, vestuarios, etc.) siempre que no excedan de 50 m2, este aprovechamiento será descontado del aprovechamiento correspondiente a las parcelas colindantes con dicho espacio libre. Ordenanza IV PROYECTOS DE URBANIZACION
Artículo 29.—Introducción. Los proyectos de urbanización se ajustarán a lo establecido en el capítulo VII del Reglamento de Planeamiento. En todo caso, habrá de justificarse que puede disponerse del caudal de agua potable, y de la potencia de energía eléctrica necesarios en aplicación de estas Ordenanzas. Comprenderán también las obras necesarias para el enlace de todos los servicios citados, en las debidas condiciones, con los generales de la ciudad, debiendo justificarse que estos últimos tienen la capacidad suficiente para absorber el aumento proyectado. Se incluirán en los Proyectos desarrollados en el marco de este Plan Parcial, las obras de pavimentación de calzadas y aceras, ajardinamiento y dotación de mobiliario urbano,
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así como las de señalización y los servicios de distribución de agua potable, red de riego y contra incendios, evacuación de aguas pluviales y residuales, alumbrado público, distribución de energía y red telefónica. Artículo 30.—Pavimentaciones. Los viales se ejecutarán en forma que reúnan, a juicio del Ayuntamiento, las condiciones adecuadas a su carácter y tráfico previsible, debiendo quedar justificada en el Proyecto la sección estructural del firme que se adopte. En zonas donde la urbanización preceda extensivamente a la edificación, la primera podrá ser realizada en dos etapas, si el Ayuntamiento considera que con ello su utilización, en los aspectos de travesía o comunicación de otras zonas entre si, ofrece un nivel suficiente: a) La primera servirá para el período previo a a construcción de los edificios, debiendo estar constituido el pavimento por una subase y la base definitiva con una capa de rodadura provisional. b) En la segunda etapa se construirá la capa de rodadura definitiva, que se instalará sobre el pavimento de la etapa primera, siempre que no se aprecien deterioros de importancia que obliguen a su reconstrucción. La terminación de la pavimentación, será previa a la ocupación de los edificios y deberá enlazarse con las zonas terminadas más próximas. Artículo 31.—Supresión de barreras arquitectónicas. En todos los recorridos principales de circulación peatonal, sean vías exclusivas o aceras de calle, se suprimirán todas las barreras que puedan impedir la circulación de sillas de inválidos y cochecitos de niños; lo que implica disponer rampas junto a todas las escaleras, y rebajar el bordillo de las aceras en todos los puntos de cruce de peatones, tal como se establece en la Ley de Supresión de Barreras Arquitectónicas del Principado de Asturias. Pueden mantenerse itinerarios secundarios carentes de esas facilidades, en especial si por razones topográficas presentan pendientes acusadas; deberá cuidarse, sin embargo, de garantizar itinerarios alternativos no excesivamente distantes, que sí cuenten con las facilidades indicadas. Artículo 32.—Vados para el acceso de vehículos a las parcelas y construcciones.
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En aquellas redes que abastezcan bocas de riego y/o hidrantes contra incendios se tendrá en cuenta el empleo de estos elementos a la hora de obtener el caudal de cálculo. Los materiales a emplear en tuberías, piezas especiales, válvulas, bocas de riego, hidrantes, etc. serán los normalizados o empleados habitualmente por el Ayuntamiento. Artículo 34.—Bocas de riego e incendios. A lo largo de todas las vías públicas, y dentro de la red general de distribución de agua se dispondrán bocas de riego, de tipo normalizado para su utilización, además de para este fin, para los servicios de bomberos. Estas tomas de aguas para riego y extinción de incendios se situarán, al menos, cada cincuenta metros de distancia en toda la longitud de la red viaria, lo que no sustituye la justificación de sus emplazamientos, diseño de su propia red y caudales. Se utilizará una señalización en color o del tipo que sea, que permita su rápida identificación. En parques y zonas ajardinadas deberán igualmente justificarse emplazamientos y caudales de las tomas de riego, de modo independiente al realizado para las vías públicas y justificado en relación con el tipo de terreno, vegetación, etc. Hidrantes: En zonas de vivienda se proyectará un hidrante por cada 10 Ha. y su situación será determinada por el Ayuntamiento. Los hidrantes serán del modelo adoptado por el Ayuntamiento, de 100 mm de ∅ y con tres salidas, una de 70 mm y dos de 40 mm. Artículo 35.—Sistema de saneamiento y características. Habiéndose adoptado el sistema separativo para la zona de Luanco en que se encuentra ubicada el SAU-5, de acuerdo con el criterio seguido en las recientes obras llevadas a cabo por la Consejería de Medio Ambiente y Urbanismo, los proyectos de urbanización deberán desarrollarse siguiendo dicho criterio, instalando en cada tramo de calle los colectores de aguas pluviales y de aguas residuales que correspondan de acuerdo con las redes generales correspondientes. Los cálculos de caudal, y las condiciones de diseño se justificarán en el correspondiente anejo de cálculos; en dicho anejo se justificarán las pendientes y secciones adoptadas y en las redes unitarias se efectuará la comprobación de las velocidades mínima y máxima para el caudal de aguas negras y para el caudal total.
Las autorizaciones para vados permanentes, no se concederán en número mayor de uno por parcela, y siempre que sirvan a garaje colectivo. Se exceptúan los garajes correspondientes a parcela unifamiliar, y aquéllos que por aplicación de la normativa vigente requieran más de un acceso.
En ningún caso la velocidad mínima será inferior a 0,5 metros por segundo ni se permitirán pendientes inferiores a 0,5%.
En consecuencia, no se concederán nuevas autorizaciones de vado permanente que sirvan a locales comerciales o garajes individuales en bajos de edificios en los que exista garaje o aparcamiento colectivo. Se exceptúan los almacenes, talleres de reparación y locales de venta de vehículos y aquellos otros accesos que vengan impuestos por aplicación de la normativa vigente.
Los materiales a emplear en los distintos elementos que componen la red de saneamiento serán aprobados por el Ayuntamiento, y en ningún caso se podrán emplear tubos que por su fabricación o por el tipo de unión no garanticen una estanqueidad absoluta.
Artículo 33.—Abastecimiento y distribución de agua potable. En general, y salvo expresa justificación, se adoptará un caudal de cálculo correspondiente a un consumo medio de 300 litros por habitante y día, con un coeficiente de punta no inferior a tres (3). En el anejo de cálculos justificativos se incluirá el cálculo de caudales, comprobación de las secciones adoptadas con indicación de la fórmula empleada y comprobación de las presiones de servicio resultantes en los distintos nudos.
La velocidad máxima deberá justificarse en función del material adoptado para las conducciones.
El diámetro mínimo de las conducciones generales será de 0,30 metros, y únicamente podrán adoptarse diámetros menores para la ejecución de acometidas y desagüe de sumideros. Artículo 36.—Alumbrado. En las nuevas urbanizaciones y calles que se proyecten, se adoptarán los valores lumínicos que se señalan en la siguiente tabla. Dichos valores podrán ser variados, cuando nuevas técnicas de iluminación o las recomendaciones de los
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organismos competentes en la materia, lo aconsejen. Los valores que se citen se entienden en servicio. Uniformidades % Tipo de vía
Iluminancia
Media
Alta
Vías secundarias de tráfico medio y media densidad de peatones
18/20
50
35
Restantes vías rodadas
15/18
50
35
Vías peatonales o de ocio
15/20
40
25
15
--
--
Parques y jardines
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Lo que se notifica/publica, significándose que, contra el acuerdo transcrito, puede interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Es potestativa, de conformidad con el art. 107 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, la interposición del recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado este acto administrativo que se notifica/publica, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su notificación/publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo por el transcurso de un mes sin haberse notificado/publicado dicha resolución expresa. En este caso de desestimación tácita del recurso de reposición, el plazo para interponer el recurso de reposición, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de seis meses.
Forma de pago Mediante ingreso en las entidades financieras Cajastur, BBVA, Banco Herrero- Sabadell, Santander-Central Hispano, La Caixa y Caja Rural, con el impreso que se enviará para mayor comodidad al domicilio de los contribuyentes. Este envío no tiene carácter de notificación ni es determinante de la obligación de pago. Por tanto, si transcurrido la mitad del plazo de ingreso no se recibiera el impreso, deberá solicitar un duplicado del mismo en el Negociado de Rentas y Exacciones de este Ayuntamiento sito en plaza España, s/n, Sama (Langreo) (bajos del edificio Cuca), de lunes a viernes, de 9 a 13.30 horas, donde podrá domiciliarlo para años sucesivos. Finalizado el período voluntario de pago, se iniciará el período ejecutivo que dará lugar al recargo de apremio ordinario del 20% del importe de la deuda no ingresada, más los intereses de demora y las costas correspondientes. No obstante, se aplicará el recargo ejecutivo del 5% cuando se satisfaga la totalidad de la deuda antes de la notificación de la providencia de apremio, y el recargo de apremio reducido del 10% si se satisface antes de la finalización de plazo previsto en el art. 62.5 de la Ley General Tributaria para las deudas apremiadas. En ambos casos, recargo ejecutivo y de apremio reducido, no se exigirán los intereses de demora devengados desde el inicio del período ejecutivo (arts. 28 y 161 y ss. de la Ley General Tributaria 58/2003). Langreo, a 11 de abril de 2007.—La Alcaldesa.—7.061.
DE LAVIANA Anuncios Por acuerdo plenario de fecha 26 de abril de 2007, ha sido aprobada inicialmente la siguiente modificación presupuestaria, crédito extraordinario en el presupuesto del organismo autónomo “Patronato Municipal de Deportes”.
En Luanco, a 10 de mayo de 2007.—El Alcalde.—7.751.
DE LANGREO Edicto Padrón del servicio de recogida de basuras Aprobado por resolución de la Alcaldía de fecha 11 de Abril de 2007 el Padrón Adicional de abonados al Servicio de Recogida de Basuras, del Distrito Tercero, que comprende La Felguera, período septiembre/noviembre/2006, se notifican colectivamente por medio del presente edicto, las liquidaciones tributarias, según determina el art. 102.3 de la L. G. T. 58/2003. A tales efectos, se expone al pública el referido Padrón durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, en la Administración de Rentas de este Ayuntamiento (bajos del edificio Casa Cuca, plaza España, Sama), de 9 a 13.30 horas. Contra los actos liquidatorios referidos, podrán formular los interesados recurso de reposición dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública (art. 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales). Asimismo, se notifica que el plazo de ingreso en período voluntario de las deudas tributarias resultantes de las liquidaciones aludidas, abarcara desde el 11 de abril hasta el 15 de junio de 2007.
Financiación: Remanente de Tesorería para gastos generales por importe de 24.490,40 euros. Lo que se hace público, para que durante los 15 días hábiles siguientes al de inserción de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, puedan los interesados examinar el expediente en el departamento de Intervención en horario de 9 a 14 horas, y presentar las reclamaciones que consideren oportunas. Este acuerdo se entenderá definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se presentasen reclamaciones. Pola de Laviana, a 2 de mayo de 2007.—El Alcalde.—7.240. —•— Proyecto de urbanización parcial de la calle Puerto Pajares. Aprobación inicial Promotores: Construcciones Joaquín Fernández Sánchez, S.L., y Santos y Alfredo, S.L. En fecha 24 de abril de 2007 (referencia 07/0537) el Sr. Alcalde-Presidente dictó la siguiente resolución: Primero.—Aprobar inicialmente el “Proyecto de urbanización parcial de la calle Puerto Pajares de Pola de Laviana”, redactado por el Sr. Arquitecto don Francisco Javier Ber-
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múdez Cuetos y visado por el Colegio Oficial de Arquitectos del Principado de Asturias (presupuesto de ejecución material: 76.839,54 euros), presentado en fecha 7 de marzo de 2007 (registro de entrada n.º 1597) por las empresas Construcciones Joaquín Fernández Sánchez, S.L., y Santos y Alfredo, S.L...., con las condiciones que se indican en la citada resolución. ... Tercero.—Someter el expediente a información pública durante el plazo de veinte días mediante anuncios en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y un diario de los de mayor circulación de la provincia. Si en el trámite de información pública no se presentasen alegaciones, la aprobación inicial tendrá el valor de aprobación definitiva. Esta aprobación tácita del proyecto de urbanización únicamente se producirá si durante el trámite del información pública, se da cumplimiento a las condiciones señaladas en el apartado anterior. Cuarto.—Una vez aprobado definitivamente el proyecto se remitirá a la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras (CUOTA) dos ejemplares del Plan Especial, debidamente diligenciados (art. 96), procediéndose a la publicación de la aprobación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias (art. 97). Lo que de conformidad con los artículos 159 y 70 del Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, y disposiciones aplicables del Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, y del Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, se somete a información pública por un período de veinte días desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, a efectos de examen de expediente y presentación de alegaciones o reclamaciones que se estimen pertinentes. Durante dicho plazo el expediente estará de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento en horario de oficina. Sirva este anuncio de notificación de aquellos posibles interesados que, en su caso, puedan resultar desconocidos. Pola de Laviana, a 24 de abril de 2007.—El Alcalde.—7.060.
DE NAVA Anuncio de desafectación El Pleno del Ayuntamiento de Nava, en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de abril de 2007, acuerda alterar la calificación jurídica del tramo de camino que se describe a continuación, desafectándolo del dominio público, uso público, quedando calificado como bien patrimonial-parcela sobrante: — Tramo: Trozo de camino de unos 38 metros y un ancho de 3,20 metros, ocupando una superficie de 121 m2 (sito en Villamartín Alto, parroquia del Remediu, concejo de Nava. El trozo del camino se encuentra hoy en día incorporado a la superficie de la parcela 116 del polígono 18. Se somete el procedimiento a información pública por plazo de un mes en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, para que puedan formularse las alegaciones que se estimen convenientes. De no formularse reclamaciones durante el trámite de información pública, se considerará aprobada definitivamente la alteración de calificación jurídica del tramo de camino meritado, pasando a calificarse como bien patrimonial-parcela sobrante, quedando facultado el Sr. Alcalde para la recepción formal del mismo. En Nava, a 16 de abril de 2007.—El Alcalde.—6.917.
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Anuncio de licitación Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Nava, en sesión extraordinaria celebrada el día 16 de abril de 2007, se convoca concurso para el arrendamiento mediante tramitación ordinaria y procedimiento abierto, de varias fincas sitas en Colines, concretamente las 3, 4, 7, 8, 9, 13, 17, 22 y 23 del polígono 11 del catastro de rústica. 1.—Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Nava. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría. 2.—Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: Arrendamiento de varias fincas sitas en Colines. b) Plazo del arrendamiento: Veinte años. 3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4.—Tipo base de licitación: 1.678,06 euros/anuales. 5.—Garantía provisional: 559,35 euros. 6.—Obtención de documentación e información: a) Entidad: Ayuntamiento de Nava. b) Domicilio: Plaza Manual Uría, n.º 1. c) Localidad y código postal: Nava, 33520. d) Teléfono: 985716008/985716013. e) Fax: 985717336. f) Fecha límite de obtención de documentos e información: Hasta el día hábil anterior a aquel en que termine el plazo de presentación de proposiciones. g) El pliego de cláusulas administrativas particulares, podrá obtenerse en la Secretaría del Ayuntamiento. 7.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias; si el último día fuera sábado o festivo, se prorrogará hasta el primer día hábil siguiente. b) Documentación a presentar: la prevista en la cláusula 6 del pliego de cláusulas administrativas particulares. c) Lugar de presentación: 1. Entidad: Registro General del Ayuntamiento de Nava, de 9 a 14 horas. 2. Domicilio: Plaza Manuel Uría, 1. 3. Localidad y código postal: Nava, 33520. 9.—Apertura de las ofertas: a) b) c) d)
Entidad: Ayuntamiento de Nava. Domicilio: Plaza Manuel Uría, n.º 1. Localidad: Nava, 33520. Fecha: Quinto día hábil siguiente al de la terminación del plazo de presentación de proposiciones, salvo que coincidiera con sábado, y en tal caso tendrá lugar el primer día hábil siguiente. e) Hora: 12 horas.
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10.—Gastos de anuncios: A cuenta del adjudicatario. En Nava, a 16 de abril de 2007.—El Alcalde.—6.918.
DE NOREÑA Corrección de errores Apreciado error material en la publicación de anuncio en fecha 24-3-07 (BOPA número 70), sobre aprobación inicial, del Plan Especial 2/001/2004, en La Reguera C/A y B de Noreña, para “Escuela de Imagen y Sonido e Informática”, a instancia de doña María Elena Núñez, en el que se concedía un plazo de un mes, a partir del día siguiente a la publicación para que los interesados pudieran formular alegaciones, cuando debería haber figurado un plazo de 2 meses. Finalizado el período de 1 mes de exposición pública, por medio del presente edicto se corrige el error material apreciado y se hace público que durante un plazo de otro mes, a contar desde el día siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, podrán los interesados examinar el expediente y formular las alegaciones que estimen oportunas. Noreña, a 10 de mayo de 2007.—El Alcalde.—7.784.
DE PARRES Anuncio La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 12 de abril de 2007, adoptó el siguiente acuerdo: Pieza separada del expediente de expropiación forzosa por el sistema de tasación conjunta del área de suelo de “Arriondas Norte Residencial” Visto el escrito de la entidad SOGEPSA, solicitando incluir como afectadas/expropiadas dentro de la relación de bienes y derechos del expediente de expropiación forzosa por el sistema de tasación conjunta del área de suelo de “Arriondas Norte Residencial”, en Arriondas, concejo de Parres, como titulares de un derecho de usufructo vitalicio sobre las fincas 14 y la parcela catastral 01 del polígono 31687, incluidas ambas en la mencionada relación, a doña Amalia del Valle Blanco, doña Cecilia del Valle Blanco y doña Luisa del Valle Fernández. Resultando que con fecha 27 de diciembre de 2006 la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Parres, haciendo uso de las atribuciones delegadas por el Sr. Alcalde en decreto de fecha 17-6-2003, ratificado por otro de fecha 26-1-2004, por unanimidad y en votación ordinaria, acordó el inicio del “Proyecto de expropiación del ámbito del área de suelo de Arriondas Norte Residencial, en Arriondas, concejo de Parres” (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias del día 25 de enero de 2007), y su tramitación de conformidad con lo establecido en los artículos 187 del Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo de Asturias, y 202 del Reglamento de Gestión Urbanística. Resultando que dentro del plazo de información pública establecido en el artículo 187.2 del Decreto Legislativo 1/2004, no se presentó ninguna alegación ni fue formulada reclamación alguna relativa a la titularidad o valoración de las fincas afectadas por la expropiación e incluidas en la relación de bienes y derechos del citado proyecto expropiatorio, por lo que de conformidad con el artículo 187.3 del citado decreto, con fecha 2 de marzo del presente año se dio traslado del
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expediente del proyecto expropiatorio de Arriondas Norte Residencial a la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA) para su aprobación definitiva. Resultando que por la entidad SOGEPSA, en escrito de fecha 30 de marzo de 2007, se indica al Ayuntamiento que por error se omitió en la relación de bienes y derechos del proyecto de expropiación de “Arriondas Norte Residencial” la existencia de un derecho de usufructo vitalicio que grava las fincas número 14 y la parcela catastral 01 del polígono 31.687, ambas de la antedicha relación, y que figura inscrito en el Registro de la Propiedad a nombre de doña Amalia del Valle Blanco, doña Cecilia del Valle Blanco y doña Luisa del Valle Fernández. Considerando que de conformidad con lo dispuesto el artículo 204 del Reglamento de Gestión Urbanística, al no haber sido denunciado por ningún interesado en el plazo de información pública el error señalado en el punto anterior, el proyecto de expropiación no está viciado de nulidad ni habrá lugar a reposición de actuaciones, conservando, no obstante, los interesados su derecho a indemnización. Visto el informe emitido por la Sra. Secretaria en fecha 10 de abril de 2007. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 187 del Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, que aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo de Asturias, y los artículos 202 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística, y de acuerdo con los antecedentes expuestos y normativa de aplicación, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Parres, haciendo uso de las atribuciones delegadas por el Sr. Alcalde en decreto de fecha 17/06/2003, ratificado por otro de fecha 26/01/2004, acuerda: Primero.—Incluir como afectadas/expropiadas dentro de la relación de bienes y derechos del expediente de expropiación forzosa por el sistema de tasación conjunta del área de suelo de “Arriondas Norte Residencial”, en Arriondas, concejo de Parres, redactado por la Sociedad Mixta de Gestión y Promoción del Suelo, S.A., en anagrama SOGEPSA, como titulares de un derecho de usufructo vitalicio sobre las fincas 14 y la parcela catastral 01 del polígono 31687, incluidas ambas en la mencionada relación, a doña Amalia del Valle Blanco, doña Cecilia del Valle Blanco y doña Luisa del Valle Fernández. Segundo.—A efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 187 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, en relación con el artículo 202 del Reglamento de Gestión Urbanística, se somete a información pública este acuerdo por término de un mes, mediante anuncio que deberá publicarse en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, en un diario de los de mayor circulación de la provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, para que los interesados puedan formular observaciones y reclamaciones concernientes a la titularidad o valoración de sus derechos. No pudiendo realizarse la pertinente notificación individual al desconocer el actual domicilio de los interesados. Tercero.—Una vez concluido el período de información pública, recibidas las alegaciones, si las hubiere, e informadas las mismas, se someterá esta pieza separada del expediente a la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias (CUOTA) para su resolución, de conformidad con lo señalado en el art. 187.3 del TROTUA. Cuarto.—Facultar al Sr. Alcalde, tan ampliamente como sea preciso, para la adopción de las disposiciones adecuadas en orden a la debida ejecución de este acuerdo.
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Se hace público que de conformidad y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 187 del Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo, en relación con el art. 202 del Reglamento de Gestión Urbanística aprobado por R.D. 3288/1978, se procede a abrir período de información pública por término de un mes a contar desde el día siguiente a la inserción del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, para que quienes puedan resultar interesados formulen las observaciones y reclamaciones que estimen convenientes, concernientes a la titularidad o valoración de sus respectivos derechos. De conformidad con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la publicación de este acuerdo en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, servirá como notificación a los interesados que no hayan podido ser identificados, a los titulares de bienes y derechos que sean desconocidos, y a aquéllos de los que se ignore su domicilio. El expediente objeto de esta información podrá ser examinado durante el indicado plazo en las dependencias de la Secretaría Municipal en horario de oficina, de 9 a 14 horas.
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8.—Presentación de las ofertas: a) Fecha límite de presentación: 13 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio. b) Documentación a presentar: La señalada en el pliego de cláusulas. c) Lugar de presentación: Registro General de Entrada de Documentos del Ayuntamiento de Ribera de Arriba, plaza Constitución, s/n, Ribera de Arriba-33172. 9.—Apertura de las ofertas: a) Entidad: Ayuntamiento de Ribera de Arriba, plaza Constitución, s/n, Ribera de Arriba-33172. b) Fecha y hora: El tercer día hábil siguiente al de finalización del plazo de presentación de proposiciones (si es sábado se realizará el lunes siguiente), a las 14.00 horas se celebrará el acto público de apertura de proposiciones. 10.—Gastos del anuncios: Correrán a cargo del adjudicatario. Ribera de Arriba, a 8 de mayo de 2007.—El Alcalde.—7.753.
Arriondas, a 26 de abril de 2007.—El Alcalde.—7.152. DE SAN MARTIN DEL REY AURELIO
DE RIBERA DE ARRIBA Anuncio Resolución del Ayuntamiento de Ribera de Arriba por la que se anuncia concurso para contratación de las obras de Centro de Interpretación del Hórreo, en Bueño (Ribera de Arriba) 1.—Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Ribera de Arriba. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General. c) Número de expediente: 5/2007. 2.—Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: Obras de construcción de edificio para Centro de Interpretación del Hórreo. b) Lugar de ejecución: Bueño (Ribera de Arriba). c) Plazo de ejecución: 8 meses. 3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Urgente. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4.—Presupuesto base de licitación: Importe total: 607.582,32 euros.
Anuncio Adjudicación de las obras de rehabilitación de la Plaza de Abastos de Sotrondio para Centro Social y Sala Polivalente. 1.—Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio. b) Dependencia que tramita el expediente: Asesoría Jurídica Municipal-Secretaría General. 2.—Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: Contratación de las obras de rehabilitación de la Plaza de Abastos de Sotrondio para Centro Social y Sala Polivalente. b) Boletín y fecha de publicación del anuncio de licitación: BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, 16-3-07. 3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso.
5.—Garantías: a) Provisional: 2% del presupuesto del contrato (12.151,65 euros). c) Definitiva: 4% del presupuesto de adjudicación.
4.—Presupuesto base de licitación:
6.—Obtención de información y documentación: a) Entidad: Ayuntamiento de Ribera de Arriba. b) Dirección: Plaza Constitución, s/n. c) Localidad y código postal: Ribera de Arriba-33172. d) Teléfono: 985 79 60 09. e) Telefax: 985 79 72 11.
5.—Adjudicación:
7.—Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación: Grupo C, subgrupo 8, categoría “d”. b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Según cláusula 12 del pliego de cláusulas.
a) Importe total: 1.229.634,96 euros, IVA, gastos generales y beneficio industrial incluidos.
a) b) c) d)
Fecha: 24-4-07. Contratista: Oca Construcciones y Proyectos, S.A. Nacionalidad: Española. Importe de adjudicación: 1.077.898,01 euros, IVA, gastos generales y beneficio industrial incluidos.
San Martín del Rey Aurelio, a 3 de mayo de 2007.—El Alcalde.—7.603.
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DE SIERO
DE VILLAVICIOSA
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PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES
Aprobados por esta Concejalía-Delegada de Economía, Hacienda y Desarrollo Local los padrones correspondientes a los precios públicos por la prestación de los siguientes servicios: Descripción del servicio
Período
TELEASISTENCIA DOMICILIARIA Noviembre 2006 Diciembre 2006 Enero 2007 Febrero 2007 AYUDA A DOMICILIO Noviembre 2006 Diciembre 2006 Enero 2007 Febrero 2007 EDUCACION INFANTIL (ESCUELA 0-3 AÑOS) Enero 2007 Febrero 2007 Marzo 2007 Abril 2007 QUIOSCOS PERMANENTES Año 2007
Fecha de aprobación 19 de enero de 2007 28 de febrero de 2007 16 de marzo de 2007 22 de marzo de 2007 23 de enero de 2007 6 de marzo de 2007 15 de marzo de 2007 4 de abril de 2007 2 de febrero de 2007 13 de febrero de 2007 9 de marzo de 2007 9 de abril de 2007 20 de marzo de 2007
Queda abierto el período de exposición pública por un plazo de 30 días contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Durante dicho plazo podrán ser examinados por los beneficiarios de los distintos servicios, los correspondientes padrones en la Oficina de Rentas y Exacciones de este Ayuntamiento. La exposición al público de los padrones producirá los efectos de notificación de las liquidaciones de cuotas que figuren consignadas para cada uno de los interesados. Contra las liquidaciones aprobadas se podrá interponer recurso de reposición dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del período voluntario de pago, ante el Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Siero, conforme con lo establecido en el art. 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y demás legislación aplicable.
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Bases reguladoras de las subvenciones a conceder por el Patronato Municipal de Deportes, año 2007 El artículo 1 de los Estatutos del Patronato Municipal de Deportes de Villaviciosa fija como finalidad primordial del mismo la promoción y desarrollo de las actividades deportivas de la población del municipio. Uno de los medios de promoción que permite la legislación son las subvenciones y para regular las mismas se establecen las presentes bases, que siguen los criterios fijados por las bases generales aprobadas por el Ayuntamiento de Villaviciosa. Artículo 1.—Crédito presupuestario y objeto de las subvenciones. El Patronato Municipal de Deportes de Villaviciosa dispone de crédito suficiente para hacer frente a la presente convocatoria en la partida 452-489.00 de su presupuesto de gastos para el año 2007. El importe que se reserva para esta convocatoria es de cuarenta y seis mil seiscientos cinco euros (46.605,00 euros), el cual se verá aumentado en seis mil euros (6.000,00 euros) una vez se produzca la entrada en vigor del expediente de modificación de créditos 1/2007. Dentro de la presente convocatoria, podrán optar solicitantes que en calidad de personas físicas, asociaciones deportivas o federaciones presenten solicitud para una de las líneas que se indican. Sólo podrán presentar una solicitud para la presente convocatoria, detallando en la misma la línea de actuación por la que optan. Podrán ser objeto de subvención las actuaciones que se describen a continuación para cada una de las líneas: — Línea 1.—Pruebas o eventos deportivos, promovidos por entidades deportivas, que se consideren relevantes tanto a nivel técnico como social y/o popular. — Línea 2.—Clubes deportivos locales, de todas las categorías que participen en competiciones oficiales y, preferentemente, disputen sus competiciones por sistema de liga regular. La finalidad es ayudar, mediante la subvención directa, a consolidar dicha participación, destinándose a sufragar parte de los gastos ocasionados en dichas competiciones durante el año 2007. Serán subvencionables, entre otros, los gastos generados por: 1.º Trámites federativos (licencias deportivas, derechos de arbitraje, etc.). 2.º Material deportivo.
Lugar, plazo y forma de satisfacer la deuda: Desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y durante un período de dos meses, tendrá lugar la cobranza de los citados precios públicos. Por último, se advierte que transcurrido el plazo de pago en período voluntario, y sin más notificación ni requerimiento, las deudas no satisfechas serán exigidas en vía ejecutiva, devengándose el recargo de apremio, los intereses de demora y, en todo caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo preceptuado en el art. 127 de la Ley General Tributaria. Pola de Siero, a 9 de abril de 2007.—La Concejala-Delegada de Economía, Hacienda y Desarrollo Local (por delegación según resolución de Alcaldía de 26 de julio de 2005, BOPA de 20-8-05).—6.580.
3.º Desplazamientos. 4.º Otros gastos que faciliten su participación en dichas competiciones. — Línea 3: Personas físicas con implicación en la actividad deportiva del municipio. Artículo 2.—Requisitos de los solicitantes. Podrán solicitar la concesión de subvenciones todas aquellas personas que acrediten una relación directa con la actividad deportiva y que cumplan los siguientes requisitos: — Para personas físicas: estar empadronadas en el concejo con una antigüedad mínima de dos años. — Para clubes deportivos locales: estar inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones, en el apartado relativo a asociaciones deportivas y al menos un año de antigüedad en el ejercicio de su actividad.
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— Para otras entidades deportivas: podrán presentar solicitud aquellas entidades deportivas que desarrollen pruebas en este concejo.
pasaporte o, en su caso, tarjeta de identidad y del número de identificación fiscal de la persona o personas, partícipes o socios, respectivamente.
No podrán participar en la presente convocatoria aquellas entidades que dispongan o les haya sido concedida de cualquier tipo de subvención con cargo al presupuesto del Ayuntamiento de Villaviciosa para el ejercicio 2007.
En el supuesto de asociaciones o fundaciones: original o fotocopia compulsada de los Estatutos, de la inscripción en el Registro correspondiente y del código de identificación fiscal.
Artículo 3.—Cuantía de las subvenciones. La cuantía concreta de la subvención vendrá determinada en función del crédito disponible consignado al efecto y de las solicitudes presentadas, no pudiendo exceder del 70% del gasto realizado ni superar las cantidades máximas estipuladas para cada línea de actuación. No obstante, en el caso de clubes con dedicación exclusiva al deporte base podrá, con carácter excepcional y como medida de promoción, superarse dicho porcentaje del 70%, siempre y cuando no hayan recibido subvención en ejercicios anteriores: — Línea 1.—Pruebas o eventos deportivos: La cantidad máxima a otorgar por cada solicitante será de doce mil (12.000,00) euros. Para ello se tendrá en cuenta la valoración a nivel deportivo, social y popular de la repercusión y relevancia del evento deportivo para el que se solicite subvención. Se considerará igualmente el contenido de la solicitud y la repercusión habida en ejercicios anteriores. — Línea 2.—Clubes deportivos locales: La cantidad máxima a otorgar por cada solicitante será de tres mil (3.000,00) euros, para lo que se tomará en consideración el siguiente orden de prioridades: 1.º Apoyo a equipos deportivos federados. 2.º Actividades que fomenten el deporte en edad escolar. 3.º Promoción del deporte tradicional asturiano. — Línea 3.—Personas físicas: La cantidad máxima a otorgar por cada solicitante será de mil euros (1.000,00 euros), para lo que se tomará en cuenta la implicación de los sujetos en el deporte local. Con todo, las prioridades a considerar en todas las líneas de actuación serán las siguientes: 1. Importancia de la actividad para el concejo de Villaviciosa. 2. Repercusión de dicha actividad fuera del concejo. 3. Mayor necesidad de recursos. Artículo 4.—Iniciación del procedimiento de concesión. 1. El procedimiento se iniciará a instancia de parte mediante la presentación de la solicitud correspondiente, durante los 30 días naturales siguientes desde la publicación de las presentes bases en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. 2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Villaviciosa, sito en la plaza del Generalísimo de Villaviciosa, en horario de 9 a 14 horas, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Artículo 5.—Requisitos de las solicitudes. 1. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación: a) En el caso de personas físicas, comunidades de bienes o sociedades civiles sin personalidad jurídica: fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o
Siempre que se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso deberán nombrar un representante o apoderado único de la agrupación. b) En el caso de personas jurídicas, la persona que suscribe la solicitud deberá acreditar que ostenta en ese momento su representación a tal efecto. c) Deberá presentarse también la siguiente información: — Memoria de las actividades realizadas en los dos últimos años, en su caso. — Presupuesto total de la entidad para el año 2007 y descripción de las actividades previstas en ese ejercicio. — Proyecto de actuación para el que se solicita la subvención, con inclusión de su presupuesto de ingresos y gastos. — Declaración de las subvenciones y ayudas que se han solicitado hasta la fecha de presentación de la solicitud, destinadas a la misma finalidad para la que se solicita la subvención, con indicación de las efectivamente concedidas y su cuantía. d) Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, mediante la presentación de: — Autorización del solicitante para que el Ayuntamiento de Villaviciosa pueda recabar datos tributarios a la Agencia Tributaria de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. — Certificaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo o autorización para la obtención telemática de dicha certificación, o bien declaración de la inexistencia de obligaciones con la Seguridad Social. — Certificación del Servicio de Recaudación del Principado de Asturias donde figure la no existencia de deudas con la Hacienda Local, respecto de los tributos gestionados por dicho Servicio. e) Ficha de acreedores: para nuevos perceptores de subvención o para la modificación de los datos bancarios existentes. Artículo 6.—Obligaciones de los beneficiarios. Son obligaciones del beneficiario: a) Haber realizado o realizar el proyecto o actividad que fundamenta la concesión de la subvención, en los términos previstos en la resolución de concesión. b) Acreditar, ante el órgano designado para la verificación de la realización del proyecto, el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinaron la concesión de la subvención.
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c) Someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con el proyecto, efectúe el órgano designado para verificar su realización, así como a las que corresponda efectuar a la Intervención Municipal y a las de cualquier otro órgano competente, según la legislación vigente. d) Comunicar al órgano que concede la subvención la obtención de otras ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales e internacionales, dentro de los quince días siguientes a su concesión. e) Incorporar en toda la publicidad, medios impresos y/o vestimentas vinculados a la actividad objeto de subvención, el logotipo del Patronato Municipal de Deportes con su correspondiente lema (PMD-Villaviciosa Estamos con TODO el Deporte). Artículo 7.—Pago. Acreditada la realización de los gastos subvencionados, se procederá al abono de la ayuda de una sola vez. No obstante, con la solicitud de iniciación del procedimiento los interesados podrán solicitar igualmente el pago anticipado de la subvención que finalmente se otorgue.
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En todos aquellos aspectos que no se encuentren expresamente regulados en las presentes bases se atenderá a lo establecido en las bases generales reguladoras del régimen de concesión de subvenciones aprobadas por el Ayuntamiento de Villaviciosa para el ejercicio 2007. En Villaviciosa, a 25 de abril de 2007.—El Presidente.—7.067.
MANCOMUNIDAD COMARCA DEL SUEVE Anuncio Por resolución del Presidente de la Mancomunidad “Comarca del Sueve”, de fecha 20 de abril de 2007, se aprobaron las bases y la convocatoria de pruebas de selección de un Gerente para el Plan de Dinamización de la Comarca del Sueve en régimen de derecho laboral con carácter temporal. El proceso selectivo se regirá conforme a las siguientes bases: Bases para la selección de un Gerente Encargado del Plan de Dinamización Turística de la Comarca del Sueve Primera.—Objeto de la convocatoria.
Artículo 8.—Justificación del cumplimiento de la finalidad de la subvención. 1. La realización de las actividades para las que se haya concedido la subvención se justificará antes del 30 de noviembre del 2007. 2. La justificación se realizará mediante la presentación de: a) Resumen detallado de los ingresos y gastos relacionados con la gestión del proyecto o actividad subvencionada. b) Documentos justificativos de los gastos efectuados en la realización de las actividades subvencionadas ajustados a la normativa fiscal vigente reguladora del deber de expedición y entrega de facturas y recibos por empresarios y profesionales. La presentación de estos documentos se ajustará al modelo que se fije en la resolución de concesión.
1.—El objeto de la convocatoria consiste en la provisión de un Gerente para el desarrollo y puesta en marcha del Plan de Dinamización Turística de la Comarca del Sueve, en régimen de derecho laboral temporal a jornada completa con dedicación exclusiva y con las determinaciones concretas que se establezcan en el contrato. 2.—El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición. 3.—Las bases de la presente convocatoria constituirán la norma rectora del procedimiento selectivo con fuerza de obligar a la propia Mancomunidad, al Tribunal Calificador y a los aspirantes, sin perjuicio de la posibilidad de revisión de oficio o en vía de recurso. Segunda.—Publicidad.
c) Memoria justificativa de la actividad subvencionada y muestras de toda la documentación gráfica donde aparezcan el logotipo y lema del PMD.
Estas bases se publicarán íntegramente en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Parres, Piloña y Caravia, y un anuncio, dando publicidad de las mismas, en uno de los periódicos de mayor difusión regional.
d) Acreditación de la incorporación en toda la publicidad, medios impresos y/o vestimentas vinculados a la actividad objeto de subvención, el logotipo del Patronato Municipal de Deportes con su correspondiente lema (“PMD-Villaviciosa Estamos con TODO el Deporte”).
Los sucesivos anuncios relativos a las pruebas que se convocan, composición del Tribunal, admisión de aspirantes, lugar, fecha y hora de celebración de la selección, etc, se publicarán únicamente en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Parres, donde tiene su sede administrativa la Mancomunidad.
e) Cualquier otra documentación que se establezca en la resolución de concesión.
Tercera.—Requisitos de los aspirantes.
Toda la documentación citada deberá presentarse en original, acompañándose fotocopia para su compulsa y devolución a los interesados, si éstos lo solicitaran. Artículo 9.—Interpretación. La Presidencia del Patronato Municipal de Deportes de Villaviciosa, resolverá las cuestiones que se planteen en la tramitación de las solicitudes, así como las dudas sobre la interpretación de estas bases, previo informe del servicio correspondiente.
Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación: a) Nacionalidad. Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
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b) Edad. Tener cumplidos 18 años y no exceder de aquella en que falten menos de diez para la jubilación forzosa por la edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.
• La promoción y la difusión del Plan de Dinamización de la Comarca del Sueve.
c) Capacidad legal. Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
• Proponer y, en su caso, diseñar, dirigir o ejecutar la realización de los estudios, propuestas y planes de actuaciones precisos para una mejor consecución de los fines del Convenio.
d) Compatibilidad funcional. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. e) Habilitación. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. f) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la legislación vigente. Dicho requisito se entiende que ha de ir referido a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias. g) Es requisito obligatorio para tomar parte en esta selección estar en posesión del permiso de conducir clase B-1 y disponer de vehículo propio.
• Colaborar en la reflexión estratégica sobre el Plan de Desarrollo turístico de la Comarca del Sueve.
• Sensibilizar sobre el turismo, sus posibilidades y problemas a la población y a los agentes turísticos de la zona. • Procurar la coordinación del Plan de Desarrollo con otras actuaciones que puedan llevar a cabo en la zona las Administraciones representadas en el Convenio. • Preparar la documentación precisa para la justificación de las actuaciones del Plan que se derive del Convenio suscrito entre las Administraciones implicadas. • Ejercer la secretaría de la Comisión de Seguimiento del Convenio y del Plan. • Dinamizar a los agentes turísticos de la zona, aumentando la coordinación y el asociacionismo y fomentando o impulsando la realización de proyectos tendentes a la creación de la oferta complementaria, el desarrollo de nuevos productos, la formación de paquetes turísticos, la integración de la oferta turística de la zona con la de otras complementarias, el aumento de la calidad, la mejora de los procesos de gestión, la promoción y comercialización conjuntas, etc.
h) Titulación exigida: Poseer el título de Diplomado Universitario en Turismo o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
• Establecer las relaciones con mayoristas y agencias de viajes.
Las personas con discapacidad serán admitidas en condiciones de igualdad con los demás aspirantes, salvo que la restricción padecida les hiciera incumplir el requisito correspondiente a “no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida o resulte incompatible con el desempeño de las funciones propias de la plaza”. Asimismo, aquellos que con justificación suficiente lo hagan constar en la solicitud, podrán obtener las adaptaciones necesarias de tiempo y medios para la realización de los ejercicios. El Tribunal examinará y resolverá motivadamente tales peticiones pudiendo solicitar el oportuno informe de los organismos competentes.
• La coordinación con todas las partes integrantes del Convenio, así como otros destinos turísticos complementarios para la adopción de estrategias conjuntas.
Cuarta.—Perfil profesional del puesto. El perfil necesario para desarrollar el puesto de Gerente es el de una persona con capacidad de planificación estratégica, autonomía e iniciativa en el desempeño de sus funciones, capacidad de liderazgo de los agentes locales y de relación y negociación con operadores nacionales y extranjeros, así como con altos responsables de las Administraciones Públicas. Quinta.—Funciones de la Gerencia. Al puesto de Gerente, objeto de la presente convocatoria le compete la ejecución de las siguientes funciones:
• Favorecer el desarrollo de actividades de fomento de la cultura empresarial y la creación de empresas de carácter turístico en la Comarca.
• Efectuar las propuestas de documentos, reglamentos, procedimientos y cuantos aspectos sean precisos para poner en marcha las actuaciones incluidas en el desarrollo del Plan de Dinamización Turística. • Efectuar las gestiones, solicitudes de presupuestos, elaboración de prescripciones o cuantas sean precisas para las contrataciones que se deban de llevar a cabo por la Mancomunidad para la plasmación de los objetivos del Plan de Dinamización, de conformidad con las instrucciones y la dirección que para el desempeño de sus funciones se ejerza por los servicios municipales competentes. • Efectuar la redacción de las comunicaciones, propuestas, documentos, invitaciones y demás documentos que se le encomienden para la difusión del Plan de Dinamización o de cualquiera de los proyectos y campañas que se programen desde el mismo. • En general, cualquier otra función relacionada con su actividad específica, y cualquier otra que le asigne la Comisión de Seguimiento del Plan. Sexta.—Condiciones funcionales y contractuales del trabajo:
• Impulsar las actuaciones del Plan.
La labor de la Gerencia estará dirigida por la Comisión de Seguimiento del Plan, ante la que presentará sus propuestas y planes y a la que dará cuenta de sus actuaciones.
• Impulsar la ejecución de los proyectos aprobados por la Comisión, cuidando de su adecuación a los fines del Convenio.
El Gerente tendrá las facultades de gestión o representación que le encomienden los órganos de Gobierno de la Mancomunidad.
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Las condiciones contractuales del puesto de Gerente son: 1. La contratación será en régimen de derecho laboral con carácter temporal a jornada completa. (Contrato de obra o Servicio). 2. La contratación se efectuará con la categoría profesional de Gerente. 3. Se establece un período de prueba inicial de seis meses. 4. Será aplicable el convenio de oficinas y despachos en tanto no exista convenio de empresa. 5. El desempeño del puesto de Gerente exige dedicación exclusiva a tiempo completo (mínimo de 40 horas semanales), con una jornada de trabajo flexible, y siempre que la adecuada prestación del servicio lo requiera podrá ser requerido para el servicio fuera del horario habitual, y será incompatible con el desarrollo de una labor análoga en el marco de otro Plan de Dinamización o de Excelencia Turística. 6. El salario bruto anual será de 27.000 euros, incluidas las cuotas patronales de la Seguridad Social. 7. La duración del contrato será hasta la finalización de la ejecución del Plan de Dinamización Turística subvencionado, realizándose un contrato por un año, prorrogable por anualidades hasta la finalización de la ejecución administrativa del Plan de Dinamización Turística, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: — Que al tratarse de un plan financiado por la Administración Central y Autonómica y la Local, la contratación de las prórrogas, quedará condicionada a la efectiva aportación presupuestaria de cada Administración implicada. — Al cumplimiento de la obtención de resultados por la Gerencia con carácter anual, de acuerdo con el Plan que se establezca por el órgano rector del plan y las exigencias que se determinen por la Presidencia. Séptima.—Presentación de instancias. 1.—Las instancias solicitando tomar parte en las correspondientes pruebas selectivas en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, se dirigirán al Sr. Presidente de la Mancomunidad y se presentarán, según el modelo que figura como anexo I de las presentes bases, en el Registro General de la Mancomunidad “Comarca del Sueve”, que tiene su sede en el Ayuntamiento de Parres, en horas de oficina, de 9 a 14 horas, durante el plazo de 20 días naturales a contar desde el primer día hábil siguiente al día de publicación del anuncio en la convocatoria en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Un anuncio en extracto de la convocatoria se publicará en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Parres, Piloña y Caravia, y en uno de los periódicos de mayor difusión regional.
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d) Fotocopia del permiso de conducir clase B-1. e) Si alguno de los solicitantes tuviera la condición de discapacitado, la misma y su compatibilidad con las funciones del puesto al que aspira se alegarán en la solicitud de participación y se acreditarán posteriormente junto con el resto de la documentación a presentar y dentro del plazo concedido, mediante certificación del organismo de la Administración competente. f) Los documentos que acrediten, de modo fehaciente, los méritos que se aleguen para su valoración en la fase de concurso. Se acompañará una relación de los méritos que se acreditan, clasificados según los apartados del baremo de puntuación. Los documentos de los méritos alegados deberán ser originales o estar debidamente compulsados, pudiendo realizarse la compulsa en la sede de la Mancomunidad de la Comarca del Sueve, presentando original acompañado de las copias. Entre estos documentos debe incluirse obligatoriamente lo siguiente: 1. Los méritos que se aleguen para su valoración (formación y experiencia). 2. Cuadro resumen de los méritos alegados por el aspirante. No se admitirán ni se valorarán aquellas acreditaciones de méritos que se presenten fuera del plazo de presentación de instancias. Octava.—Admisión de aspirantes. 1.—Expirado el plazo de presentación de instancias el Presidente resolverá en el plazo máximo de siete días la aprobación de la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas, que se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Parres, concediéndose un plazo de diez días naturales a los excluidos para subsanar los posibles defectos de sus instancias, de conformidad con lo establecido en el art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. Transcurrido el plazo de subsanación de errores, el Presidente dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, aprobando igualmente la composición del Tribunal calificador, y señalando el lugar, fecha y hora de comienzo de la prueba de selección, orden de actuación, y constitución del Tribunal, el cual, si fuera necesario realizará su primera actuación una vez constituido. Esta resolución se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Parres, y contra dicha resolución podrán los interesados interponer recurso contencioso administrativo en los términos previstos en la legislación vigente. Novena .—Tribunal calificador.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
1.—El Tribunal será nombrado por el Presidente y su composición habrá de responder a los principios de titulación y especialidad con lo cual los vocales deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida para las plazas convocadas.
2.—A la instancia se acompañará los siguientes documentos: a) Fotocopia del DNI.
2.—El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
b) Fotocopia compulsada del Título exigido. c) Justificante bancario del ingreso en la Cuenta corriente de la Mancomunidad “Comarca del Sueve”, abierta en la Entidad Bancaria de Cajastur, indicando, pruebas selectivas para acceso a la plaza de Gerente del Plan de Dinamización Turística, de haber satisfecho los derechos de examen que se fijan en la cantidad de 15,00 euros.
3.—El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes. 4.—El Tribunal estará constituido por un número impar de miembros, no inferior a cinco, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes. Se puede disponer la
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incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas, quienes se limitarán al asesoramiento en sus especialidades técnicas en base a las cuales colaborarán exclusivamente con el Tribunal.
méritos alegados para su valoración se acreditarán mediante documentos originales o copias debidamente compulsadas de ellos, no pudiendo valorar el Tribunal los méritos acreditados mediante fotocopias simples.
5.—En todo caso, los tribunales estarán presididos por el Presidente o vocal en quien delegue. Actuará de Secretario, el Secretario de la Mancomunidad de la Comarca del Sueve o funcionario en quien delegue, quien intervendrá con voz y sin voto en el tribunal.
4.—La actuación de los aspirantes se iniciará por la letra “A”.
6.—Vocales: a) Un representante designado a propuesta de la Administración del Principado de Asturias, que deberá pertenecer al área de Turismo. b) Un representante designado a propuesta de la Administración General del Estado, que deberá pertenecer al área de Turismo. c) Dos técnicos expertos en planes de dinamización o excelencia turística, designados por el Presidente de la Mancomunidad. d) El Interventor de la Mancomunidad. e) Un vocal técnico en representación de la Agencia de Desarrollo Local. Podrán asistir a las actuaciones del Tribunal como observadores, con voz y sin voto, un representante de cada uno de los Grupos Políticos que componen la Mancomunidad de la Comarca del Sueve. 7.—El Tribunal no se podrá constituir ni actuar sin la presencia de la mitad mas uno de los miembros, titulares o suplentes, indistintamente, y su actuación habrá de ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria. No obstante, el Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas en todo lo no previsto en estas bases. Los acuerdos serán adoptados por mayoría de los asistentes con voz y voto, dirimiendo los empates el voto de calidad del presidente. 8.—El Tribunal deberá resolver cualquier reclamación que no tenga carácter de recurso, siempre que se formule ante el Presidente, y antes de la calificación de la prueba correspondiente, inmediatamente antes de comenzar la prueba siguiente, o antes de su disolución con firma del acta final. Los recursos se interpondrán conforme al art. 114 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. 9.—Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de actuar si concurren alguna de las circunstancias del art. 28.2 de la Ley 30/92; por estas mismas causas podrán ser recusados por los aspirantes. 10.—A los efectos de asistencias abonables a los miembros de los tribunales calificadores, serán aquéllas que figuran en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, y sus correspondientes actualizaciones, para la categoría primera. 11.—El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado las pruebas selectivas un número superior al de plazas convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho. Décima.—Pruebas selectivas y su desarrollo. 1.—La selección de los aspirantes se llevará a cabo por el sistema de concurso-oposición.
5.—En cada prueba, la comparecencia de los aspirantes, que deberá efectuarse previa acreditación de la personalidad, portando en todo momento su documento nacional de identidad, pasaporte o permiso de conducir en que aparezca la fotografía del titular, será requerida de viva voz, en llamamiento único, resultando excluidos quienes no comparezcan en el acto. 6.—Desde la total conclusión de una prueba hasta el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un mínimo de dos días y un máximo de veinte. No obstante lo anterior, el Tribunal podrá decidir otro ritmo de celebración de las pruebas, y a instancia de todos los aspirantes presentes, podrá reducir los intervalos de tiempo previstos anteriormente. 7.—El anuncio de las pruebas, comprensivo además de la calificación de la anterior, se expondrá en el tablón de edictos del Ayuntamiento y, en todo caso en la sede del Tribunal, con un mínimo de doce horas de antelación, si se trata de la continuación de un ejercicio, o de cuarenta y ocho si se trata del comienzo de otro. Undécima.—Estructura de las pruebas. La selección se efectuará en dos fases: a) Fase de oposición: • Primer ejercicio: Prueba práctica a señalar por el Tribunal en un plazo máximo de 2 horas y a desarrollar por escrito, en relación con la gestión, funcionamiento y organización de la Gerencia adaptada a las circunstancias y características de la Mancomunidad. Finalizado el desarrollo de la prueba, el tribunal requerirá al aspirante para que proceda a su lectura y defensa contestando a las preguntas que al respecto le sean planteadas por el Tribunal. La no concurrencia a la lectura del ejercicio supondrá el desistimiento del aspirante y se declarará no superado el ejercicio. Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio. Se valorará hasta un máximo de 10,00 puntos, siendo preciso obtener un mínimo de 5 puntos para aprobar. • Segundo ejercicio: Entrevista personal al candidato. Versará sobre los cometidos a realizar por el Gerente del Plan de Dinamización Turística, valorándose la disponibilidad, actitud e iniciativa de cada candidato para el puesto a desempeñar. El Tribunal podrá comentar los aspectos y efectuar las preguntas que considere oportunas sobre el desarrollo de las funciones que le corresponderán al Gerente en el marco del Plan de Dinamización Turística de la Comarca del Sueve. La no concurrencia a esta entrevista supondrá el desistimiento del aspirante y se declarará no superado el ejercicio. Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio. Esta prueba se valorará con un máximo de 10,00 puntos, necesitándose un mínimo de 5,00 puntos para aprobar. b) Fase concurso:
2.—La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio.
Obligatoria y no eliminatoria y en la que tan solo participarán quienes hayan superado la fase anterior.
3.—Los puntos que se obtengan en la fase de concurso se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición a fin de establecer el orden de prioridad de los aspirantes. Los
Consistirá en la valoración de los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentación de instancias.
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Se valorarán los siguientes méritos: Experiencia en el sector turístico: • Experiencia en la Gerencia de Planes de Excelencia y/o Dinamización Turística, o programas equivalentes de entidades sujetas a derecho público, para lo que se otorgará 1 punto por cada trimestre de experiencia demostrada en esta materia. Se valorará hasta un máximo de 10,00 puntos. • Experiencia en programas de dinamización y desarrollo local. Se considerará la experiencia en proyectos de dinamización económica y empresarial de zonas, la elaboración de planes o estudios turísticos, así como el conocimiento turístico de la zona de actuación del Plan. Se otorgará 1 punto por cada trimestre de experiencia demostrada en esta materia. Se valorará hasta un máximo de 6,00 puntos. • Experiencia en productos turísticos en los siguientes ámbitos; mercados y operadores extranjeros, creación, promoción y comercialización de productos turísticos, culturales, mercados nacionales, gestión pública del turismo, producción de servicios turísticos (hoteles, turismo de aventura, turismo rural, turismo deportivo, etc.). Para lo que se otorgará 0,5 puntos por cada trimestre de experiencia demostrada en esta materia. Se valorará hasta un máximo de 4,00 puntos. Formación: Se valorará hasta un máximo de 2 puntos: • Por cursos recibidos relacionados con el puesto de trabajo, 0,15 por cada 100 horas. • Por cursos impartidos relacionados con el puesto de trabajo, 0,25 por cada 100 horas. • Conocimiento de idiomas. Por cursos de idioma inglés, francés, italiano, o alemán, a 0,10 puntos por curso, hasta un máximo de 1 punto. Acreditación de méritos: • Acreditación de la formación: La formación se acreditará mediante originales o copias compulsadas de los diplomas, títulos o certificados de la entidad que imparte la formación, haciendo referencia a las horas y contenidos formativos. • Acreditación de la experiencia en el sector turístico: Deberá presentarse certificado de los servicios prestados en el sector turístico por cuenta ajena expedido por el organismo o empresa en que hayan tenido lugar, que deberá indicar el contenido exacto de las funciones que se desempeñaron y la duración de la relación laboral y se incluirá, además un certificado de la vida laboral expedido por la Seguridad Social y copia de los contratos de trabajo. En el caso de los trabajos en el sector turístico por cuenta propia deberá presentarse acreditación del alta en la actividad correspondiente y del ámbito de la actuación realizada incluyendo certificados de los trabajos desempeñados para terceros. • Acreditación de la experiencia en dinamización y desarrollo local: Deberá presentarse certificado de los servicios prestados en el sector de dinamización y desarrollo local por cuenta ajena expedido por el organismo o empresa en que hayan tenido lugar, que deberá indicar el contenido exacto de las funciones que se desempeñaron y la duración de la relación laboral, y se incluirá, además un certificado de la vida laboral expedido por la Seguridad Social y copia de los contratos de trabajo. En el caso de los trabajos en el sector turístico por cuenta propia deberá presentarse acreditación del alta
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en la actividad correspondiente y del ámbito de la actuación realizada incluyendo certificados de los trabajos desempeñados para terceros. No se valorará la experiencia y méritos que se hayan tenido en cuenta para el sector turístico salvo que el contenido de los trabajos o funciones permitan determinar el desarrollo en ambos sectores con autonomía. Normas de aplicación general para la valoración de los méritos 1. Solamente se tendrán en cuenta aquellos méritos debidamente acreditados y justificados. 2. La documentación acreditativa de los méritos aportados, deberá reflejar con claridad dependiendo de los casos: número de horas de formación, duración de la relación laboral, tipo de puesto y tareas desempeñadas, etc. De lo contrario se deberá aportar documentación complementaria. 3. Asimismo, deberá presentarse junto con la instancia, el Informe de Vida Laboral, a expedir por el organismo competente. 4. Cualquier mérito que se alegue deberá ser debidamente acreditado para poder ser tenido en consideración, de forma que permita al Tribunal su efectiva valoración. Duodécima.—Admisión de aspirantes. Expirado el plazo de presentación de instancias el Presidente resolverá en el plazo máximo de siete días la aprobación de la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas, que se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Parres, concediéndose un plazo de diez días naturales a los excluidos para subsanar los posibles defectos de sus instancias, de conformidad con lo establecido en el art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. Transcurrido el plazo de subsanación de errores, el Presidente dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, aprobando igualmente la composición del Tribunal calificador, y señalando el lugar, fecha y hora de comienzo de la prueba de selección, orden de actuación, y constitución del Tribunal, el cual, si fuera necesario realizará su primera actuación una vez constituido. Esta resolución se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Parres, y contra dicha resolución podrán los interesados interponer recurso contencioso administrativo en los términos previstos en la legislación vigente. Decimotercera.—Calificación. 1.—Fase de oposición. Todos los ejercicios de la oposición tienen carácter obligatorio y eliminatorio, calificándose con un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos, en cada uno de ellos. La calificación final de la oposición será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en las diferentes pruebas de carácter obligatorio superadas. 2.—Excepto en caso de que se suscitare decisión unánime o consensuada del Tribunal, la puntuación de los aspirantes en las diferentes pruebas será la media aritmética de las calificaciones de todos los miembros del tribunal asistentes a la sesión, excluido el Secretario. Las calificaciones extremas que otorguen los miembros del Tribunal, cuando disten entre sí más de 2 puntos, serán rechazadas, apreciándose únicamente las restantes calificaciones, entre las cuales se hará la media aritmética. 3.—Las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, aunque no se recoja en el acta más que la media, deberán conservarse en documento aparte anexo a la misma. 4.—Fase de concurso. Se calificará sumando los méritos acreditados aplicando las puntuaciones que figuran en esta bases.
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5.—La calificación final se obtendrá por la suma de las puntuaciones obtenidas en el ejercicio de la fase de oposición superado a la que se añadirá la de los méritos del concurso, que determinará el orden de clasificación definitiva de los opositores. 6.—En el caso de darse un empate en la puntuación final entre varios aspirantes con opción a la plaza, se realizará un nuevo ejercicio de carácter voluntario, sobre cuestiones del programa o materias que reflejen la competencia o actividad de la plaza a cubrir, conforme determine el Tribunal; en caso de persistir el empate, se clasificarán por sorteo público. La puntuación obtenida en la prueba voluntaria de desempate solo será tenida en cuenta para determinar el número de orden respectivo de los aspirantes que hubieran obtenido la misma puntuación. 7.—El Tribunal, por circunstancias objetivas determinadas por él mismo, podrá alterar el orden de realización de las distintas pruebas. Decimocuarta.—Relación de aprobados, presentación de documentos y contratación. 1.—Relación de aprobados. Concluidas las pruebas el tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Parres la calificación final de las mismas por orden de puntuación y clasificación y se elevará la relación al Presidente de la Mancomunidad, con propuesta concreta del aspirante seleccionado que se propone para su contratación. En ningún caso la propuesta que formule el Tribunal podrá rebasar el número de plazas convocadas y sin que se pueda considerar que han superado la convocatoria obteniendo plaza o quedando en situación de expectativa de destino los aspirantes que habiendo aprobado el último ejercicio no figuran incluidos en la relación propuesta por el Tribunal. Se remitirá asimismo a la Presidencia de la Mancomunidad, el acta de la última sesión donde conste, en su caso, por orden de puntuación de todos los aspirantes. La superación de las pruebas selectivas no originará derechos a favor de los aspirantes no incluidos en la propuesta de contratación que formule el tribunal si bien la selección se elevará con el número total de aprobados a los efectos de contratar el siguiente en la lista en el caso de que el propuesto renuncie, no presente los documentos o no cumpla los requisitos exigidos en la convocatoria. Cuando el Tribunal no pueda efectuar propuesta de nombramiento por no haber concurrido los aspirantes o por no haber alcanzado la puntuación exigida para superar las pruebas selectivas, elevará propuesta a la Presidencia para que se declare desierta. 2.—Presentación de documentación. El aspirante propuesto presentará en el Registro de la Mancomunidad, en el plazo de 20 días naturales, desde que se haga pública la puntuación final y sin necesidad de mayor requerimiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las bases de esta convocatoria que no hayan sido presentados con anterioridad. Si dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presenta la documentación exigida o de la misma resulta que no reúne las condiciones exigidas no podrá ser contratado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en su instancia. El aspirante contratado tendrá que superar un período de prueba de seis meses durante el cual la Comisión de Seguimiento evaluará mediante informe el correcto desempeño del puesto de trabajo.
3.—Contratación. La contratación laboral de la persona propuesta por el tribunal le corresponde al Presidente de la Mancomunidad debiendo formalizar el respectivo contrato laboral y comenzar el desarrollo de los trabajos en el plazo indicado por la Mancomunidad para el comienzo de las actuaciones del Plan de Dinamización Turística, quedando sin efecto el nombramiento si no se formaliza el contrato en el plazo indicado, salvo causa justificada apreciada razonablemente por el Presidente. Transcurridos los plazos previstos para la presentación de documentación, sin que se haya producido el cumplimiento, el Presidente de la Mancomunidad efectuará la contratación a favor del aspirante que habiendo superado las pruebas de selección hubiera obtenido mayor puntuación, siguiendo el orden de clasificación definitiva y previo cumplimiento por el aspirante de los requisitos previstos. Si una vez formalizado el contrato, el trabajador causara baja, se podrá contratar al siguiente candidato de la lista de aprobados. Decimoquinta.—Incompatibilidades. Los seleccionados quedarán sujetos al régimen de incompatibilidades del sector público conforme a la normativa vigente. Decimosexta.—Recursos. Tanto la convocatoria como las bases y demás actos administrativos que se deriven podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Arriondas, 23 de abril de 2007.—EL Presidente de la Mancomunidad Comarca del Sueve.—6.783. Anexo instancia Solicitud para tomar parte en las pruebas selectivas para provisión de una plaza de Gerente del Plan de Dinamizacion Turística de la Comarca del Sueve. D. ..............................................................................................................................................., mayor de edad, con DNI n.º .............................................. y con domicilio a efectos de notificación en c/ ................................................................................................... de ..................................................................................................., teléfono ................................................................................... y e-mail ................................................................................... EXPONE Que habiendo sido convocadas pruebas selectivas para la provisión de una plaza de Gerente para el Plan de Dinamización de la Comarca del Sueve. MANIFIESTA Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, por lo que SOLICITA Tenga por presentada la presente solicitud dentro del plazo concedido al efecto y sea admitido para tomar parte en el proceso selectivo convocado para el acceso a la plaza. Documentos que acompaña: • • • •
Instancia. Copia del DNI. Copia del permiso de conducir clase B-1. Copia del título.
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• Documentos acreditatativos de experiencia y de formación. • Cuadro resumen de los méritos alegados. • Justificante de abono de derechos de examen (15 euros). En
, a ....... de
.............................................................................
.............................................................................
de 2007
SR. PRESIDENTE DE LA MANCOMUNIDAD DE LA COMARCA DEL SUEVE
MANCOMUNIDAD CINCO VILLAS Anuncio de licitación
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8.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales siguientes a la publicación del anuncio de licitación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. b) Documentación a presentar: Según pliego de cláusulas administrativas particulares. c) Lugar de presentación: 1.—Entidad: Mancomunidad Cinco Villas. 2.—Domicilio: Plaza Marquesa de Casa Valdés, 1. 3.—Localidad y código postal: Pravia-33120. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Un mes. e) Admisión de variantes: Según bases.
1.—Entidad adjudicadora: a) Organismo: Mancomunidad Cinco Villas. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría. c) Número de expediente: 1/07. 2.—Objeto del contrato: a) Descripción del objeto: Diseño, edición y suministro de materiales proporcionales del Bajo Nalón (concejos de Muros de Nalón, Pravia y Soto del Barco). b) División por lotes y número: No. c) Lugar de ejecución: Municipios de Soto del Barco, Muros de Nalón y Pravia. d) Plazo de ejecución: 60 días, a contar desde la comunicación de adjudicación del mismo. 3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: Ordinario. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4.—Presupuesto base de licitación:
9.—Apertura de ofertas: a) b) c) d)
Entidad: Mancomunidad Cinco Villas. Domicilio: Plaza Marquesa de Casa Valdés, 1. Localidad: Pravia. Fecha: El tercer día hábil siguiente al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones, a las diez horas.
10.—Otras informaciones... 11.—Gastos de anuncios: A cargo del adjudicatario. Pravia, a 20 de abril de 2007.—El Presidente en funciones.—7.583.
MANCOMUNIDAD DE CONCEJOS LLANES-RIBADEDEVA
25.000 euros máximo. 5.—Garantía provisional: No. 6.—Obtención de documentación e información: a) Entidad: Mancomunidad Cinco Villas (Plan Dinamización Turística). b) Domicilio: Avenida de los Quebrantos, s/n, Residencial El Parque, 2.º, A. c) Localidad y código postal: San Juan de la Arena, 33125. d) Teléfono: 985 58 65 58. e) Fax: 985 58 67 68. f) Correo electrónico: Bajonalonimast.es. g) Fecha límite de obtención de documentos e información: Hasta el día de la finalización de la presentación de proposiciones. 7.—Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación, en su caso: (Grupos, subgrupos y categoría): No. b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Sí, según bases.
Anuncio El Pleno de esta Mancomunidad, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de mayo de 2007, aprobó inicialmente el presupuesto general del Ayuntamiento de Llanes para el ejercicio 2007, elevándose el estado de ingresos a 1.225.500 euros y el de gastos a 1.225.500 euros. Lo que se expone al público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y en los artículos 169 y 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, durante el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, a efectos de reclamaciones ante el Pleno Municipal, estando la correspondiente documentación a disposición del público en la Intervención Municipal. Llanes, a 3 de mayo de 2007.—La Presidenta.—7.584.
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18–V–2007
BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
V. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION DE PILOÑA Edictos Doña Aurora Cubría Viñuela, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Piloña, Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el número 222/2005, a instancia de Caixa D’Stalvis i Pensions de Barcelona contra Pola de Nava, S.L., Kilama y Kodorro, S.L., sobre ejecución hipotecaria, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación, se enumeran a continuación: Bienes que se sacan a subasta y su valoración • Finca rústica, denominada La Agüera, situada en Pola Nava, términos de Nava. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Infiesto, al tomo 851, libro 200 de Nava, folio 213, finca registral número 25.545. — Finca valorada a efectos de subasta en la cantidad de 945.991,07 euros. La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado sito en calle Covadonga, 33550-Infiesto, Principado de Asturias, el día 26 de septiembre de 2007, a las 11 horas. Las condiciones de la subasta que constan en edicto fijado en el tablón de anuncios de este Juzgado en el lugar de su sede arriba expresado, donde podrá ser consultado. Piloña, a 13 de abril de 2007.—La Secretaria.—6.679. —•— Doña Aurora Cubría Viñuela, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Piloña,
Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el número 224/2005, a instancia de Caixa D’Stalvis i Pensions de Barcelona contra Antonio Losada Iglesias, Miren Karmele Anasagasti Ibarra, Pola de Nava, S.L., Rehabilitaciones Monterrey, S.L., Kilama y Kodorro, S.L. y Promociones Carmelo Gil, S.L., sobre ejecución hipotecaria, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación, se enumeran a continuación: Bienes que se sacan a subasta y su valoración • Finca rústica, denominada La Agüeria, situada en Polanava, término de Nava (fase IV). Inscrita en el Registro de la Propiedad de Infiesto, al tomo 866, libro 205 de Nava, folio 29, finca registral número 25.883. — Valorada a efectos de subasta en la cantidad de 893.774,08 euros. La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado, sito en calle Covadonga, 33550-Infiesto, Principado de Asturias, el día 17 de octubre de 2007, a las 11 horas. Las condiciones de la subasta que constan en edicto fijado en el tablón de anuncios de este Juzgado en el lugar de su sede arriba expresado, donde podrá ser consultado. Piloña, a 17 de abril de 2007.—La Secretaria.—6.681.
JUZGADOS DE LO SOCIAL DE GIJON NUMERO DOS Edicto.-Cédula de citación Doña Olga de la Fuente Cabezón, Secretaria judicial del Juzgado de lo Social número dos de Gijón, Hago saber: Que en autos número 244/2007, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de doña Belarmina Peña Llanes, contra José Vicente Alon-
IMPRENTA REGIONAL
so Fombona, sobre ordinario, se ha acordado citar a José Vicente Alonso Fombona, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 5 de junio de 2007, a las 10.58 de su mañana, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Social número dos de Gijón, sito en la calle Decano Prendes Pando, número 1, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de citación en legal forma a José Vicente Alonso Fombona, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, que se hará de forma gratuita según está previsto en la Ley 1/96, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, art. 2.d) y artículo 6.4. Gijón, a 7 de mayo de 2007.—La Secretaria.—7.633. —•— Corrección de error en la publicación de cédula de citación Advertido error en la publicación de cédula de citación relativa a los autos número 177/2007, seguidos a instancia de don Jonathan Alvarez Hernández (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias número 112, de 15 de mayo de 2007), se procede a su corrección en el siguiente sentido: En la página 9259, en el anuncio número 7.489; donde dice: “Hago saber: Que en autos número 117/2007,...”; debe decir: “Hago saber: Que en autos número 177/2007,...”. Lo que se hace público para general conocimiento.—8.034.