BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX POST DEL PROYECTO PLANTA POTABILIZADORA DE AGUA POTABLE DE ATAHUALPA

BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX – POST DEL PROYECTO “PLANTA POTABILIZADORA DE AGUA POTABLE DE ATAHUALPA” BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO
Author:  Enrique Luna Vega

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BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX – POST DEL PROYECTO “PLANTA POTABILIZADORA DE AGUA POTABLE DE ATAHUALPA”

BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX – POST DEL PROYECTO “PLANTA POTABILIZADORA DE AGUA POTABLE DE ATAHUALPA”

EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL MANCOMUNADA DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLUVIAL, DEPURACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES SANEAMIENTO AGUAPEN-EP PREPARADO POR: BLGO. EDUARDO MOLINA BRAVO CONSULTOR AMBIENTAL MARZO/ 2014

Preparado por: Blgo. Eduardo Molina B. Marzo 2014

1

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ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 1

RESUMEN EJECUTIVO .....................................................................................................................6

2

INTRODUCCIÓN ..............................................................................................................................12

3

ANTECEDENTES ..............................................................................................................................13

4

OBJETIVOS DEL BORRADOR EsIA EX - POST ...........................................................................13 4.1

OBJETIVO GENERAL ..............................................................................................................13

4.2

OBJETIVOS ESPECIFICOS ......................................................................................................13

5

ALCANCE DEL EsIA –EX POST .....................................................................................................14

6

MARCO LEGAL AMBIENTAL E INSTITUCIONAL .....................................................................15 6.1

Marco Legal ................................................................................................................................15

6.1.1

Constitución de la República...............................................................................................15

6.1.2

Ley de Gestión Ambiental...................................................................................................16

6.1.3

Ley Reformatoria al Código Penal ......................................................................................19

6.1.4

Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental ...........................................19

6.1.5

Ley de aguas ........................................................................................................................20

6.1.6

Ley orgánica de salud ..........................................................................................................20

6.1.7

Ley de defensa contra incendios .........................................................................................24

6.1.8

Código Orgánico de Organización Territorial, autonomía y descentralización ..................25

6.1.9

Código de Trabajo ...............................................................................................................25

6.1.10

Código de Salud ..................................................................................................................26

6.1.11

Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA) ..................................................................26

6.1.12

Reglamento de seguridad y salud de los trabajadores .........................................................26

6.1.13

Reglamento de prevención de incendios .............................................................................34

6.1.14

Reglamento de seguridad y salud para la construcción y obras públicas ............................38

6.1.15

Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria......................................................41

6.1.16 Reglamento a la ley de gestión ambiental para la prevención y control de la contaminación ambiental .............................................................................................................................................41 6.1.17

Reglamento para el manejo de desechos sólidos .................................................................41

6.1.18

Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social .............................45

6.1.19

Decreto 3516. Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente. .48

6.1.20

Políticas básicas ambientales del Ecuador ..........................................................................48

6.1.21 social.

Acuerdo 112: Instructivo al Reglamento de Aplicación de los mecanismos de participación .............................................................................................................................................48

6.1.22 Acuerdo 106: Reforma al Instructivo al Reglamento de aplicación de los mecanismos de participación social Establecidos en la Ley de Gestión Ambiental. ...................................................48

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6.1.23

Acuerdo 68: Reformas al Texto Unificado de Legislación Secundaria del Libro VI .........49

6.1.24

Acuerdo 55: Instructivo para la calificación y registro de consultores ambientales ...........50

6.1.25

Norma de calidad ambiental y de descarga de efluentes: recurso agua...............................50

6.1.26

Norma de calidad de aire ambiente .....................................................................................50

6.1.27 Límites permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas y fuentes móviles, y para vibraciones...................................................................................................................................50 6.1.28 Norma de calidad ambiental para el manejo y disposición final de desechos sólidos no peligrosos ............................................................................................................................................51

7

6.1.29

Normas INEN ......................................................................................................................51

6.1.30

Normas Técnicas Ecuatorianas Referentes a Ingeniería Civil.............................................51

6.1.31

Normas Técnicas Ecuatorianas Referentes a Materiales de Construcción y Edificación ...52

METODOLOGIA ...............................................................................................................................52 7.1

Metodología Medio Físico ..........................................................................................................52

7.1.1

Caracterización del Clima y Meteorología ..........................................................................52

7.1.2

Clasificación Climática .......................................................................................................52

7.1.3

Caracterización de la Geología, Geomorfología y Suelos...................................................53

7.1.4

Análisis de Calidad de Agua ...............................................................................................53

7.1.5

Análisis de los Niveles de Ruido (Laboral).........................................................................53

7.2

Metodología del Medio Biótico ..................................................................................................54

7.2.1

Flora ....................................................................................................................................55

7.2.2

Fauna ...................................................................................................................................55

7.3

Metodología Socio Económica ...................................................................................................55

7.4 Metodología para la Identificación y Evaluación de HALLAZGOS, CONFORMIDADES Y NO CONFORMIDADES ........................................................................................................................56

8

7.5

Metodología para la Evaluación de Área de Influencia de los Impactos. ...................................57

7.6

Metodología para la Participación Ciudadana.............................................................................57

Linea Base ambiental ..........................................................................................................................58 8.3.1

Aspectos demográficos .......................................................................................................69

8.3.2

Evolución de la población ...................................................................................................69

8.3.3

Dinámica poblacional ..........................................................................................................70

8.3.4

Vivienda ..............................................................................................................................70

8.3.5

Servicios Sociales, Educación y Salud ................................................................................71

8.3.6

Escolaridad: Niveles de Instrucción de la Población ..........................................................71

8.3.7

Características Vitales y de Salud de La Provincia de Santa Elena ....................................72

8.3.8

Infraestructura comercial.....................................................................................................75

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8.3.9 9

Infraestructura de Servicios Básicos ...................................................................................78

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO ....................................................................................................80 9.1

10

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO PRODUCTIVO ....................................................................84 EVALUACION CUALITATIVA Y CUANTITATIVA DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES ... .........................................................................................................................................................85

10.1

IDENTIFICACIÓN DE HALLAZGOS, CONFORMIDADES Y NO CONFORMIDADES ...85

10.2 .SINTESIS DE LAS CONFORMIDADES Y NO CONFORMIDADES ENCONTRADAS (HALLAZGOS). .....................................................................................................................................91 10.3

ANÁLISIS DE MEDIOS ............................................................................................................93

10.3.1

MEDIO ABIÓTICO ............................................................................................................93

10.3.2

MEDIO BIÓTICO...............................................................................................................93

10.3.3

MEDIO SOCIOECONÓMICO Y CULTURAL ................................................................93

10.3.4

MEDIO PRECEPTUAL .....................................................................................................94

11 METODOLOGÍA PARA LA EVALUACIÓN DE ÁREA DE INFLUENCIA DE LOS IMPACTOS.................................................................................................................................................95 11.1

11.1.1

ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA AMBIENTAL ........................................................95

11.1.2

ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA AMBIENTAL ....................................................97

11.1.3

ÁREAS SENSIBLE. ...........................................................................................................98

11.2 12

13

ÁREAS DE INFLUENCIA DEL PROYECTO ..........................................................................95

METODOLOGÍA PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA .............................................98 MEDIDAS AMBIENTALES .........................................................................................................99

12.1

MEDIDAS PREVENTIVAS ......................................................................................................99

12.2

MEDIDAS DE MITIGACIÓN O CORRECTIVAS...................................................................99

12.2.1

Ruido Laboral ......................................................................................................................99

12.2.2

Aguas Residuales. .............................................................................................................100

12.2.3

Suelo ..................................................................................................................................100

12.3

MEDIDAS DE CONTINGENCIA ...........................................................................................100

12.4

MEDIDAS DE SEGUIMIENTO ..............................................................................................100 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ............................................................................................101

13.1.2

Procedimientos Operativos Generales del Plan de Contingencia ......................................124

13.1.3

Revisión y Adaptación del Plan de Cierre del Área ..........................................................139

13.1.4

Procedimiento de Desmantelamiento ................................................................................139

13.1.5

Control de acceso ..............................................................................................................140

13.1.6

Limpieza del sitio ..............................................................................................................140

13.1.7

Restauración de las zonas perturbadas ..............................................................................140

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13.1.8 13.2

Presentación del Plan de Cierre del Área. .........................................................................140

Presupuesto del PMA ................................................................................................................142

14

PARTICIPACIÓN CIUDADANA ...............................................................................................143

15

CONCLUSIONES ........................................................................................................................143

16

RECOMENDACIONES ...............................................................................................................143

17

PERSONAL QUE PARTICIPO EN EL ESTUDIO .....................................................................144 Ficha del Equipo Consultor ...................................................................................................................144 Ficha de Experiencia del Equipo Consultor ..........................................................................................145

18

BIBLIOGRAFÍA...........................................................................................................................148

19

ANEXOS.......................................................................................................................................149

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1 RESUMEN EJECUTIVO El presente Borrador de Estudio de Impacto Ambiental Ex post tiene como objetivo principal mitigar los impactos ambientales identificados en las actividades de operación y mantenimiento de la Planta Potabilizadora de Agua Potable de Atahualpa “AGUAPEN-EP”, conforme lo dispone la normativa ambiental vigente para propender un ambiente sano y libre de contaminación. Para cumplir dicho objetivo se debe considerar en primer plano la evaluación de los impactos identificados y la selección de los más importantes con la finalidad de elaborar un Plan de Manejo Ambiental que desarrolle planes de acción y medidas de mitigación que asegures la preservación del entorno que rodea al proyecto y la salud humana de los involucrados en el mismo. Las actividades principales del proyecto están relacionadas con la operación y mantenimiento de la Planta Potabilizadora de Agua Potable AGUAPEN-EP, constituido por redes domiciliarias y estación de bombeo, para proveer de agua a los sectores más alejados del Cantón Santa Elena; los mismos que presentaban problemas de presión y/o abastecimiento de agua por tuberías. La Planta Potabilizadora de Agua Potable de Atahualpa, es administradas por AGUAPEN, la misma que fue constituida como compañía anónima, el 14 de septiembre de 1999 por una asociación entre CEDEGE y los municipio de Santa Elena, Salinas y La Libertad. Auspiciada por el Consejo Nacional de Modernización. Es la empresa encargada de los servicios públicos de alcantarillado sanitario, alcantarillado pluvial, tratamiento de aguas servidas, de agua potable, recolección y reciclaje de desechos sólidos, en la Península de Santa Elena. El agua cruda se la lleva, a través del Trasvase de Santa Elena que se origina en la presa Chongón, hasta el reservorio de San Rafael, que almacena 60.000 m3. Desde allí se inicia la competencia de AGUAPEN que, utilizando una tubería de 9.1 kilómetros, lleva el líquido hasta la plata potabilizadora de Atahualpa. Aguapen factura por un consumo de 8 m3 mensuales, unos USD $4,00. El valor del metro cúbico es de 0.40 centavos. Cuentan con unos 43.000 usuarios y se beneficia una población de alrededor de 200.000 personas. (El Comercio, Martes 15/06/2010). La Planta de Agua Potable cuenta con dos módulos de tratamiento para producir 800 l/s (69.120 m3/día); es decir, su capacidad está colmada. (El Universo, Domingo 29/08/2010). La Planta cuenta con algunas instalaciones operativas, construidas con una secuencia lógica e implementadas con sistemas automáticos, aunque existen procedimientos manuales que no se pueden eludir debido principalmente a la adición químicos, así tenemos: casa de químicos, casa de cloración, bodega de químicos, dosificadora de floculador, estanques floculadores; y, cisterna de cloración. Adicionalmente cuenta con sistemas de bombeo, sala de transformadores, laboratorio de calidad de agua, oficinas administrativas, baños y comedor. El proceso productivo inicia con la recepción del agua cruda proveniente del trasvase Daule-Peripa (al tratarse de una agua “reposada” no se requiere de balance de pH con Carbonato de Calcio y la presencia de material suspendido es mínimo). Luego continúa por una cámara de mezcla rápida donde se adiciona Sulfato de Aluminio (para separar impurezas mediante un gradiente de velocidad alta). Se inicia la Floculación (donde se aglutinan las partículas que contiene el agua por acción del coagulante –Sulfato de Aluminio- mediante los flocs en un sistema de agitación lenta). Sedimentación, son piscinas donde los flocs (flóculos) y partículas se separan del agua por acción de la gravedad y se depositan al fondo. Filtración, en estas cámaras el agua sedimentada pasa por un lecho filtrante para detener los flocs. Desinfección o cloración, es donde se eliminan los

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microorganismos y gérmenes patógenos presentes en el agua y para ello se utiliza cloro gas. Almacenamiento, se deposita el agua tratada en reservorios con la finalidad de efectivizar la adición de cloro gas. El borrador del Estudio de Impacto Ambiental Expost considera, la realización de una auditoría inicial para determinar los impactos y su respectiva valoración; así como, las correcciones de las mismas mediante el Plan de Manejo Ambiental, que considera: dos tipos de Plan (Planes Permanentes y Planes Específicos), dentro de los Planes Permanentes encontramos: al Plan de Prevención y Mitigación de Impactos, Capacitación y Seguridad Industrial, Manejo de Aguas Residuales, Manejo de Desechos Sólidos, Relaciones Comunitarias. En los Planes Específicos se destacan: Plan de Monitoreo, Plan de Contingencia y Plan de Cierre.

AREA DE ESTUDIO El área de estudio se encuentra ubicada en el Km. 115 Vía Guayaquil-Santa Elena, Parroquia Atahualpa al lado izquierdo del carretero, en un área de 4.29 Ha aproximadamente, el cual se aprecia en la siguiente figura.

FIGURA 1 UBICACIÓN GENERAL DEL AREA DE ESTUDIO

ANÁLISIS AMBIENTAL Se recopiló información del área de estudio, además de inspecciones para caracterizar el medio físico, biótico, socio cultural y de riesgos naturales e inducidos, como por ejemplo clima, la geología, hidrología, aire, ecosistemas, flora, fauna silvestre, demografía, infraestructura social, actividades socio – económicas, organización social, aspectos culturales, medio perceptual, riesgos naturales e inducidos. En el área de estudio se evidencia moderada intervención humana, debida a las actividades de producción, comercio, y el tráfico vehicular existente.

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METODOLOGÍA Para el presente estudio se recopiló información del área de estudio a través de revisión bibliográfica existente, documentación de proyectos implementados en o cerca del área de estudio, consulta y relatos de personas residentes en sectores aledaños al área de estudio. Además, se efectuaron inspecciones para caracterizar el medio físico, biótico, socio cultural y de riesgos naturales e inducidos como por ejemplo clima, geología, hidrología, aire, ecosistemas, flora, fauna silvestre, demografía, infraestructura social, actividades socio-económicas, organización social, aspectos culturales, medio perceptual, riesgos naturales e inducidos.

DIAGNOSTICO DEL ESTADO ACTUAL DEL AMBIENTE Es el proceso por lo cual se identifica las condiciones o estado actual del ambiente mediante el uso de metodología, técnicas, observaciones etc. de hallazgos que pueden ser documentados y comparados con normas: Medio Físico, Biótico, Social y Perceptual. Ejecutando el Provecto Operación Los resultados son positivos, de baja afectación, de duración permanente, generará fuentes de trabajo, abastecerá de agua a poblados lejanos del centro de concentración de la población del Cantón, suplirá un servicio básico de suma importancia y un gran requerimiento de poblados. Los aspectos negativos generados obedecen al funcionamiento de la Planta Potabilizadora, sin embargo, con diferentes tecnologías implementadas, el ruido, la descarga de agua y manejo de desechos sólidos y líquidos estos impactos son mínimos. ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS DE LA LÍNEA BASE AMBIENTAL MEDIO FÍSICO IMPACTOS SOBRE EL SUELO La caracterización del suelo sirve para establecer una línea base, que permita evaluar a lo largo del tiempo, el impacto de las actividades humanas sobre este medio. Los impactos negativos que podrían presentarse durante la fase de operación de La Planta Potabilizadora Atahualpa AGUAPEN-EP son las siguientes: • •

Generación de desechos sólidos y, Generación de desechos líquidos cargados con sulfato.

De allí la importancia que el personal operativo, tome las precauciones necesarias para evitar, el manejo inadecuado de los desechos, sólidos y líquidos. MEDIO BIÓTICO IMPACTO A LA FLORA Y FAUNA Teniendo en consideración que se trata de una zona intervenida por las actividades humanas, el impacto sobre la flora y fauna se limita al efecto generado por la fase de operación del sistema, específicamente en el desecho de agua residual del proceso productivo (agua rica en sulfatos), generando así un impacto positivo de carácter temporal y continuo, para los sectores aledaños destinados a la producción agrícola como fuente principal de sustento económico. Preparado por: Blgo. Eduardo Molina B. Marzo 2014

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MEDIO SOCIOECONÓMICO Y CULTURAL IMPACTOS SOBRE EL EMPLEO. Durante la fase de operación de la Planta Potabilizadora de Agua Potable Atahualpa AGUAPEN-EP, este proyecto proveerá de empleo a personas de bajos y medianos recursos económicos que residen en el área del proyecto y sitios aledaños. De esta forma, la obra pública que implica la operación de la Planta, también tiene un impacto importante como fuente de empleo directo e indirecto, por cuanto genera trabajo, promoviendo el desarrollo y la economía local y regional. IMPACTOS A LA SALUD Dentro de las condiciones actuales no se cuenta con un abastecimiento adecuado de Agua Potable por tubería en zonas rurales lejanas al núcleo del Cantón Santa Elena. Este hecho incide de manera negativa en la salud de las personas, de manera más significativa en niños menores de 5 años y personas de la tercera edad, por tratarse de la población más vulnerable a enfermedades producidas por patógenos que se encuentran y reproducen en fuentes de aguas no tratadas, no aptas para el consumo humano. Con el funcionamiento de la Planta, el factor de riesgo para la salud de las personas se reduce, y permite a las personas mejorar las condiciones higiénicas y sanitarias de su sector y vivienda, promoviendo una mejora considerable en la calidad de vida de la población y en el cumplimiento de las demandas de servicios básicos. Por otra parte, un impacto negativo a la salud de los trabajadores u operarios de la Planta, el mismo que ocurre de manera temporal obedece a la mala utilización de equipos de protección personal en las etapas productivas, específicamente en lo concerniente al: manejo de maquinarias y equipos destinados a la potabilización del agua. IMPACTOS SOBRE LA CALIDAD DE VIDA El principal efecto sobre la calidad de vida, se da cuando la población recibe el servicio adecuado de Agua Potable por tubería en sus viviendas, mejorando las condiciones de vida de sus habitantes. También es de acotar que la generación de empleo directo, contribuye a mejorar el ingreso de la población. IMPACTOS SOBRE EL SERVICIO A LA COMUNIDAD A través del sistema de agua potable por tubería, se brindará un servicio básico a los sectores beneficiados, atendiendo una necesidad inaplazable de la población más necesitada. MEDIO PRECEPTUAL IMPACTO SOBRE EL PAISAJE Siendo una zona intervenida e influenciada por la actividad humana, el paisaje natural ha sido desplazado por diversas construcciones y distribución de uso de suelos. Sin embargo, debido a las actividades efectuadas en los alrededores, se evidencia una afectación a la percepción visual. Debido al tipo de construcciones y uso de suelo, el impacto visual generado es positivo, debido a que le da una mejor apariencia al lugar; principalmente por los cultivos implementados en la zona. Sin embargo, se reconoce la necesidad de intervenir en la mejora de la vegetación en las áreas comunes de las instalaciones de la Planta.

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PLAN DE MANEJO AMBIENTAL El Plan de Manejo Ambiental (PMA) contiene las acciones o medidas que se requieren para mitigar, aumentar, controlar, compensar y corregir los impactos ambientales positivos o negativos causados por la operación de la Planta Potabilizadora de Agua Potable Atahualpa AGUAPEN-EP en la Parroquia Atahualpa, Cantón Santa Elena. El Plan de Manejo Ambiental no es otra cosa que elaborar un plan de acción, o sea, la "estrategia requerida para el desarrollo de las actividades de gestión ambiental" durante la operación y cierre del proyecto para lo cual se plantea son los siguientes objetivos específicos: o o o o o o

Minimizar los impactos negativos sobre el medio ambiente: componente físico, biótico y socio-económico. Establecer el control y seguimiento a las mediciones que debe realizar Aguapen, para asegurar el cumplimiento de los requisitos legales ambientales. Incorporar medidas que aumenten el empleo, la calidad de vida, la salud, la seguridad ocupacional y ciudadana incluida sus bienes. Elaborar un cronograma de las medidas y la estimación de su duración. Proporcionar una herramienta de medición y análisis para evaluar el desempeño ambiental de la operación de la Planta Potabilizadora de Agua Potable AGUAPEN-EP. Establecer la responsabilidad de las actividades para mitigar los impactos generados.

Los programas contemplados en el PMA, recomendados para cumplir con los objetivos planteados, demandan la necesidad de iniciar y mantener todas las actividades contempladas en cada subplan y presupuestados, dentro de los cuales deberán llevarse registros de verificación y avance. TABLA 1. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL PLAN

RESPONSABLES

ACTIVIDAD

PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS Plan de Capacitación y Seguridad Industrial

Promotor/Jefe de Planta/Operarios

COSTO $ 1.517,85

Señalización

$320,00

Convenios/Alianzas Estratégicas

Indirecto

Capacitación

Indirecto

Promotor/Jefe de Planta/Operarios

Dotación de Equipos

$ 360,00

Plan de Manejo de Desechos Sólidos

Promotor/Jefe de Planta/Operarios

Manejo de Residuos Sólidos

$ 357,55

Plan Manejo de Aguas Residuales

Promotor/Administrador/Operarios

Manejo de Residuos Líquidos

Indirecto

Plan de Manejo de Desechos Peligrosos

Promotor/Jefe de Laboratorio

Manejo de Desechos Peligrosos

$ 480,00

Plan de Relaciones Comunitarias

Promotor/Administrados

Casa Abierta

Indirecto

Promotor Promotor/Capacitador

PLANES ESPECÍFICOS Plan de Monitoreo

$ 4.340,00

Promotor/Laboratorio Acreditado

Monitoreo de Ruido Ambiental

$ 160,00

Promotor/Laboratorio Acreditado

Calidad de Agua

$ 230,00

Plan de Contingencias

Promotor/Jefe de Planta

Procedimientos Operativos ante contingencias

Indirecto

Plan de Restauración, Indemnización y Compensación

Promotor/Jefe de Planta/Jefe de Medio Ambiente/Operarios

Revegetación, Mantenimiento y Riego

Indirecto

Plan de cierre

Promotor/Contratista/Fiscalización

Desmontaje de Infraestructura y Remediación del área afectada.

$ 3.950,00

TOTAL DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

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$ 5.857,85

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CONCLUSIONES El Directorio de AGUAPEN-EP tiene la responsabilidad de cumplir y hacer cumplir el Plan de Manejo Ambiental en la que se detallan las medidas de mitigación ambientales para que la operación de la Planta Potabilizadora de Agua Potable Atahualpa. La operación de la Planta Potabilizadora de Agua Potable Atahualpa AGUAPEN-EP, permitirá proveer de agua potable a sectores alejados Provincia de Santa Elena, así como proveer de una mayor presión de agua a sectores que presentan problemas de este tipo principalmente en épocas de gran acogida turística, temporadas altas y feriados. Una vez regularizada la operación de la Planta Potabilizadora de Agua Potable de Atahualpa AGUAPENEP, la Provincia de Santa Elena tendrá una cobertura de agua potable distribuida a través de redes domiciliarias y/o tanqueros en los Cantones de Salinas, La Libertad y Santa Elena, con sus respectivas comunidades. Los hallazgos de la auditoría ambiental inicial realizado detectaron los siguientes indicadores: • 16 Conformidades que representan el 80 %, • 4 No Conformidades menores que representan el 20 %, y • 0 No Conformidades Mayores que representan el 0 %. De los resultados obtenidos se puede concluir que la Planta Potabilizadora de Agua Potable de Atahualpa AGUAPEN-EP desarrollará actividades cuyos impactos al ambiente son mínimos, de esta forma las no conformidades menores identificadas por la operación son mitigables y/o remediables.

RECOMENDACIONES Las medidas ambientales contenidas en el Plan de Manejo Ambiental, están orientadas a dar cumplimiento a los requisitos legales aplicables, mejorar el desempeño ambiental del Cantón Santa Elena y la calidad de vida de la población beneficiaría del proyecto. Se recomienda a la empresa AGUAPEN, el debido cumplimiento y seguimiento de las medidas ambientales propuestas en el plan de manejo ambiental e incorporar esto a su Sistema de Gestión Ambiental vigente. Se recomienda para asegurar el éxito de las medidas ambientales informar del alcance y aplicación de las medidas al personal de la Planta Aguapen Atahualpa o quienes actúen en su nombre durante la fase de operación de la Planta Potabilizadora de Agua Potable Atahualpa. Esta acción, garantizara la colaboración y establecerá las responsabilidades de cumplimiento a lo largo de la vida útil del proyecto. Durante la operación, el personal de la Planta Aguapen tiene la responsabilidad de asegurar que los contratistas cumplan con las medidas ambientales propuestas, sea de manera directa o a través de contratistas y/o fiscalizadores de obra y eviten conflictos con la comunidad. Se recomienda que Aguapen comience a efectuar un análisis de las aguas desechadas durante el proceso de Potabilización, las mismas que son empeladas por los productores de sectores aledaños a la Planta, y que denotan un uso favorable de la misma, sin daños a sus cultivos. Además se recomienda realizar una auditoría ambiental cada dos años a partir de la entrega del estudio de Impacto ambiental para evaluar el cumplimiento de los requisitos legales y las acciones incluidas en el Plan de Manejo Ambiental.

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2 INTRODUCCIÓN Debemos estar conscientes que en la península de Santa Elena existe agua potable, desde hace varios años atrás, tal vez un par de décadas; cuando en ese entonces se obtenía el agua dulce o un poco salobre; que se cogía de albarradas, manantiales o pozos; la misma que era trasladada en bidones, por los burritos, desde el sitio hasta las “pipas” de las casas; luego vinieron los tanqueros que llevaban esta misma agua desde estos lugares, o cuando se podía, el agua dulce de Anglo, de la Refinería o el “agua de Guayaquil” como voceaban los “lateros” o “lateadores” que trabajaban con el dueño del tanquero; hasta las cisternas de los hogares peninsulares. AGUA DE LA PENÍNSULA-AGUAPEN S.A., inició como una compañía privada que fue constituida legalmente el "catorce de septiembre de mil novecientos noventa y nueve", con el objeto de dedicarse a la prestación de servicios públicos de alcantarillado sanitario, alcantarillado pluvial, tratamiento de aguas servidas y de agua potable en la península de Santa Elena. AGUAPEN-EP desde abril de 2011 cuenta con el apoyo de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales de los cantones de Santa Elena, Salinas y La Libertad, cuyos Alcaldes respaldan la gestión del Ing. Oswaldo Roca González, Gerente General encargado; quien junto al equipo humano que conforma esta empresa, está empeñado en una atención de respeto y responsabilidad para con el usuario y la comunidad que habita o visita nuestra provincia. Con estos antecedentes la empresa provincial de agua, inicia el proceso de conformación de la Mancomunidad integrada por los tres cantones peninsulares, la misma que fue publicada en el registro oficial con fecha 09 de mayo del 2012 y el 16 de octubre del mismo año con el Registro oficial No 810 se publica el estatuto de constitución de la Empresa Pública Municipal Mancomunada, otorgándole 120 días para dictar los reglamentos al que se refería dicho estatuto, constituyéndose en el mes de febrero del 2013, la Empresa Pública Municipal Mancomunada de Agua Potable, Alcantarillado Sanitario, Pluvial, Depuración y Aprovechamiento de Aguas Residuales y Saneamiento. AGUAPEN-E.P. bajo la Gerencia del Ing. Civil. Oswaldo Roca González, Gerente General. Por consiguiente, ante la justa exigencia de la población, es así que surge la idea de tener una planta potabilizadora para llevar la tan ansiada agua potable a los hogares o villas vacacionales de Salinas, La Libertad y Santa Elena; constituyéndose luego la Compañía AGUA DE LA PENÍNSULA AGUAPEN S.A. un catorce de septiembre de mil novecientos noventa y nueve; con el objeto de dedicarse a la prestación de servicios públicos de alcantarillado sanitario, alcantarillado pluvial, tratamiento de aguas servidas, de agua potable, de recolección y reciclaje de desechos sólidos.

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3 ANTECEDENTES Dentro del marco de servicio a los habitantes de la Península de Santa Elena, la Gerencia General de AGUAPEN-EP, se encuentra interesada en realizar el Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “CONSULTORÍA PARA REALIZAR INFORMES Y TRÁMITES PARA OBTENER LA LICENCIA AMBIENTAL PARA LA PLANTA POTABILIZADORA ATAHUALPA DE AGUAPEN- EP”, debido a que actualmente no se cuenta con Licencia Ambiental para su operación. En cumplimiento del Marco Legal Ambiental Ecuatoriano, la Gerencia General de AGUAPEN-EP contrata al Blgo. Eduardo Molina Bravo, consultor ambiental, para la elaboración de los Términos de Referencia y el Estudio de Impacto Ambiental con su respectivo Plan de Manejo Ambiental del proyecto “CONSULTORÍA PARA REALIZAR INFORMES Y TRÁMITES PARA OBTENER LA LICENCIA AMBIENTAL PARA LA PLANTA POTABILIZADORA ATAHUALPA DE AGUAPEN EP”. Dicho estudio deberá ser realizado bajo las directrices emitidas por el Ministerio del Ambiente y permitirá identificar los posibles focos de riesgo tanto para el ambiente como para las personas ubicadas en las zonas de aplicación y amortiguación de la obra, e implementar las medidas acertadas para una ejecución ambientalmente segura.

4 OBJETIVOS DEL BORRADOR EsIA EX - POST 4.1 OBJETIVO GENERAL El objetivo general del Estudio de Impacto Ambiental ex post es el de identificar y evaluar los aspectos ambientales que permitan a la empresa AGUAPEN-EP a implementar medidas ambientales en base a información fundamentada para mitigar los impactos generados, dentro del Plan de Manejo Ambiental del proyecto de operación y abandono de la Planta Potabilizadora de Agua Potable Atahualpa dentro de la normativa ambiental vigente.

4.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS  

   

Definir el alcance, la focalización, metodología, así como, las técnicas a aplicarse en el desarrollo del EsIA. Especificar los niveles de detalle y metodologías a emplear en la determinación de las variables ambientales relevantes (medio físico, medio biótico), así como dentro de los aspectos sociales, culturales y de salud pública. Establecer el marco técnico y metodológico para la utilización de fuentes de información y herramientas para analizar y examinar la data que se emplee en el EsIA. Establecer y analizar el marco legal e institucional al cual se ajustará el estudio de impacto ambiental. Describir la composición de los miembros del equipo que desarrollará el EsIA del Proyecto. Diseñar el Plan de Manejo Ambiental con los Programas y medidas ambientales para la mitigación y/o eliminación, control y, compensación y remediación de los potenciales impactos.

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5 ALCANCE DEL EsIA –EX POST El Estudio de Impacto Ambiental describirá los componentes físico, biótico y socioeconómico (Línea Base), a nivel general y específico en el área de influencia del proyecto “CONSULTORÍA PARA REALIZAR INFORMES Y TRÁMITES PARA OBTENER LA LICENCIA AMBIENTAL PARA LA PLANTA POTABILIZADORA ATAHUALPA DE AGUAPEN EP” que corresponde a la propiedad e instalaciones del mismo. En este espacio se realizará: 

  

El desarrollo de una línea base sobre los componentes físico, biótico (flora y fauna) y socioeconómico. Esto incluirá una serie de análisis del componente agua de los procesos productivos. Se excluye los análisis de ruido ambiente, calidad de aire, y calidad de aguas (descargas) debido a la carencia de información del mismo. Dicho análisis se incluirá en el Plan de Monitoreo. Identificación de los componentes ambientales y sociales que serían afectados por el desarrollo del proyecto. Una valoración de los impactos identificados en la etapa de mantenimiento y cierre del proyecto. Determinación espacial en mapas en formato Google Earth de la zona de influencia directa e indirecta del Proyecto.

Basados en la evaluación de impactos se estructura el Plan de Acción para levantar los pasivos ambientales identificados; así como, el Plan de Manejo Ambiental para la etapa de operación del proyecto que incluirá medidas, planes y actividades necesarias para el control, prevención y mitigación de los posibles impactos; este Plan de Manejo contempla los siguientes puntos, de acuerdo a la normativa ambiental vigente: Plan de Manejo Ambiental para la etapa de Operación/ Mantenimiento y Abandono, contendrá lo siguiente: a. b. c. d. e. f. g. h. i. j.

Plan de Prevención y Mitigación de Impactos, Plan de Capacitación Plan de Salud y Seguridad Industrial Plan de Manejo de Aguas Residuales Plan de Manejo de Desechos Sólidos Plan de Relaciones Comunitarias Plan de Monitoreo Plan de Contingencias y Emergencias Plan de Cierre del Área y Abandono del Proyecto Plan de Restauración, indemnización y compensación.

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6 MARCO LEGAL AMBIENTAL E INSTITUCIONAL 6.1 MARCO LEGAL El marco legal del proyecto, permite regular y orientar las diferentes actividades y/o procesos del estudio en cuestión, proporcionando las bases sobre las cuales se desarrollan y determinan el alcance del presente Estudio de Impacto Ambiental. 6.1.1

Constitución de la República

Título II, Derechos, Capítulo II Derechos del Buen Vivir, Sección II Ambiente Sano, Artículo 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Así como, se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados. Y en su Artículo 32.- La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir. El Estado garantizara este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional. Título II, Derechos, Capítulo IX Responsabilidades, Artículo 83.- Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución y la ley; 6. Respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible. Título VI, Régimen de Desarrollo, Capítulo I Principios Generales, Artículo 276.- El régimen de desarrollo tendrá los siguientes objetivos: 4. Recuperar y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable que garantice a las personas y colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad de agua, aire y suelo, y a los beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural. Título VI, Régimen de Desarrollo, Capítulo VI Trabajo y Producción, Sección III Formas de Trabajo y su retribución, Artículo 326.- El derecho al trabajo se sustenta en los siguientes principios; 5. Toda persona tendrá derecho a desarrollar sus labores en un ambiente adecuado y propicio, que garantice su salud, integridad, seguridad, higiene y bienestar. Título VII, Régimen del Buen Vivir, Capítulo Segundo, Biodiversidad y Recursos Naturales, Artículo 395. Principios ambientales.- La constitución reconoce los siguientes principios ambientales: Artículo 396.- El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre o aunque no exista evidencia científica del daño. Todo daño al ambiente, además de las sanciones correspondientes, implicará también la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las personas y comunidades afectadas. Artículo 397.- En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera inmediata y subsidiará para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas. Además de la sanción correspondiente, el Estado repetirá contra el operado de la actividad que produjera el daño las obligaciones que conlleve la reparación integral, en las condiciones y con los procedimientos que la Ley establezca. La

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responsabilidad también recaerá sobre las servidoras o servidores responsables de realizar el control ambiental. Para garantizar el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el Estado se compromete a: 1. Permitir a cualquier persona natural o jurídica, colectividad o grupo humano, ejercer las acciones legales y acudir a los órganos judiciales y administrativos, sin perjuicio de su interés directo, para obtener de ellos la tutela efectiva en materia ambiental, incluyendo la posibilidad de solicitar medidas cautelares que permitan cesar la amenaza o el daño ambiental materia de litigio. La carga de la prueba sobre la inexistencia de daño potencial o real recaerá sobre el gestor de la actividad o el demandado. 2. Establecer mecanismos efectivos de prevención y control de la contaminación ambiental, de recuperación de espacios naturales degradados y de manejo sustentable de los recursos naturales. 3. Regular la producción, importación, distribución, uso y disposición final de materiales tóxicos y peligrosos para las personas o el ambiente. 4. Asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas de tal forma que se garantice la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas de los ecosistemas. El manejo y administración de las áreas naturales protegidas estará a cargo del Estado. 5. Establecer un sistema nacional de prevención, gestión de riesgos y desastres naturales, basado en los principios de inmediatez, eficiencia, precaución, responsabilidad y solidaridad. Sección V, Suelo, Artículo 409.- Es de interés público y prioridad nacional la conservación del suelo, en especial su capa fértil. Se establecerá un marco normativo para su protección y uso sustentable que prevenga su degradación, en particular la provocada por la contaminación, la desertificación y la erosión. Sección VI, Agua, Artículo 411.- El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de agua, y el equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de recarga de agua. La sustentabilidad de los ecosistemas y el consumo humano serán prioritarios en el uso y aprovechamiento del agua. Artículo 412.- La autoridad a cargo de la gestión del agua será responsable de su planificación, regulación y control. Esta autoridad cooperará y se coordinará con la que tenga a sus cargo la gestión ambiental para garantizar el manejo del agua con un enfoque ecosistémico. Sección VII, Biosfera, ecología urbana y energías alternativas, Artículo 413.- El Estado promoverá la eficiencia energética, el desarrollo y uso de prácticas y tecnologías ambientalmente limpias y sanas, así como de energías renovables, diversificadas, de bajo impacto y que no pongan en riesgo la soberanía alimentaria, el equilibrio ecológico de los ecosistemas ni el derecho al agua. 6.1.2

Ley de Gestión Ambiental

Esta ley fue publicada en la Codificación 2004-019, en el suplemento del Registro Oficial 418, del 10 de septiembre del 2004. Título I, Ámbito y principios de la gestión ambiental Art. 1.- La presente Ley establece los principios y directrices de política ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los sectores público y privado en la gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia.

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Art. 2.- La gestión ambiental se sujeta a los principios de solidaridad, corresponsabilidad, cooperación, coordinación, reciclaje y reutilización de desechos, utilización de tecnologías alternativas ambientalmente sustentables y respecto a las culturas y prácticas tradicionales. Art. 3.- El proceso de Gestión Ambiental, se orientará según los principios universales del Desarrollo Sustentable, contenidos en la Declaración de Río de Janeiro de 1992, sobre Medio Ambiente y Desarrollo. Art. 9.- Le corresponde al Ministerio del ramo: a) Elaborar la Estrategia Nacional de Ordenamiento Territorial y los planes seccionales; b) Proponer, para su posterior expedición por parte del Presidente de la República, las normas de manejo ambiental y evaluación de impactos ambientales y los respectivos procedimientos generales de aprobación de estudios y planes, por parte de las entidades competentes en esta materia; c) Aprobar anualmente la lista de planes, proyectos y actividades prioritarios, para la gestión ambiental nacional; d) Coordinar con los organismos competentes para expedir y aplicar normas técnicas, manuales y parámetros generales de protección ambiental, aplicables en el ámbito nacional; el régimen normativo general aplicable al sistema de permisos y licencias de actividades potencialmente contaminantes, normas aplicables a planes nacionales y normas técnicas relacionadas con el ordenamiento territorial; e) Determinar las obras, proyectos e inversiones que requieran someterse al proceso de aprobación de estudios de impacto ambiental; f) Establecer las estrategias de coordinación administrativa y de cooperación con los distintos organismos públicos y privados; g) Dirimir los conflictos de competencia que se susciten entre los organismos integrantes del Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental; la resolución que se dicte al respecto causará ejecutoria. Si el conflicto de competencia involucra al Ministerio del ramo, éste remitirá el expediente al Procurador General del Estado, para que resuelva lo pertinente. Esta resolución causará ejecutoria; h) Recopilar la información de carácter ambiental, como instrumento de planificación, de educación y control. Esta información será de carácter público y formará parte de la Red Nacional de Información Ambiental, la que tiene por objeto registrar, analizar, calificar, sintetizar y difundir la información ambiental nacional; i) Constituir Consejos Asesores entre los organismos componentes del Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental para el estudio y asesoramiento de los asuntos relacionados con la gestión ambiental, garantizando la participación de los entes seccionales y de la sociedad civil; j) Coordinar con los organismos competentes sistemas de control para la verificación del cumplimiento de las normas de calidad ambiental referentes al aire, agua, suelo, ruido, desechos y agentes contaminantes; k) Definir un sistema de control y seguimiento de las normas y parámetros establecidos y del régimen de permisos y licencias sobre actividades potencialmente contaminantes y la relacionada con el ordenamiento territorial; l) Regular mediante normas de bioseguridad, la propagación, experimentación, uso, comercialización e importación de organismos genéticamente modificados; m) Promover la participación de la comunidad en la formulación de políticas y en acciones concretas que se adopten para la protección del medio ambiente y manejo racional de los recursos naturales; y, n) Las demás que le asignen las leyes y sus reglamentos.

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Art. 12.- Son obligaciones de las instituciones del Estado del Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental en el ejercicio de sus atribuciones y en el ámbito de su competencia, las siguientes: a) Aplicar los principios establecidos en esta Ley y ejecutar las acciones específicas del medio ambiente y de los recursos naturales; b) Ejecutar y verificar el cumplimiento de las normas de calidad ambiental, de permisibilidad, fijación de niveles tecnológicos y las que establezca el Ministerio del ramo; c) Participar en la ejecución de los planes, programas y proyectos aprobados por el Ministerio del ramo; d) Coordinar con los organismos competentes para expedir y aplicar las normas técnicas necesarias para proteger el medio ambiente con sujeción a las normas legales y reglamentarias vigentes y a los convenios internacionales; e) Regular y promover la conservación del medio ambiente y el uso sustentable de los recursos naturales en armonía con el interés social; mantener el patrimonio natural de la Nación, velar por la protección y restauración de la diversidad biológica, garantizar la integridad del patrimonio genético y la permanencia de los ecosistemas; f) Promover la participación de la comunidad en la formulación de políticas para la protección del medio ambiente y manejo racional de los recursos naturales; y, g) Garantizar el acceso de las personas naturales y jurídicas a la información previa a la toma de decisiones de la administración pública, relacionada con la protección del medio ambiente. Art. 19.- Las obras públicas, privadas o mixtas, y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Unico de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio. Art. 20.- Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo. Art. 21.- Los sistemas de manejo ambiental incluirán estudios de línea base; evaluación del impacto ambiental; evaluación de riesgos; planes de manejo; planes de manejo de riesgo; sistemas de monitoreo; planes de contingencia y mitigación; auditorías ambientales y planes de abandono. Una vez cumplidos estos requisitos y de conformidad con la calificación de los mismos, el Ministerio del ramo podrá otorgar o negar la licencia correspondiente. Art. 23.- La evaluación del impacto ambiental comprenderá: a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el suelo, el aire, el agua, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área previsiblemente afectada; b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido, vibraciones, olores, emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su ejecución; y, c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que componen el patrimonio histórico, escénico y cultural. Art. 33.- Establécense como instrumentos de aplicación de las normas ambientales los siguientes: parámetros de calidad ambiental, normas de efluentes y emisiones, normas técnicas de calidad de productos, régimen de permisos y licencias administrativas, evaluaciones de impacto ambiental, listados de productos contaminantes y nocivos para la salud humana y el medio ambiente, certificaciones de calidad ambiental de productos y servicios y otros que serán regulados en el respectivo reglamento. Art. 34.- También servirán como instrumentos de aplicación de normas ambientales, las contribuciones y multas destinadas a la protección ambiental y uso sustentable de los recursos naturales, así como los seguros de riesgo y sistemas de depósito, los mismos que podrán ser utilizados para incentivar acciones favorables a la protección ambiental. Preparado por: Blgo. Eduardo Molina B. Marzo 2014

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6.1.3

Ley Reformatoria al Código Penal

El Artículo 437 B. El que infringiera las normas sobre protección del ambiente, vertiendo residuos de cualquier naturaleza, por encima de los límites fijados de conformidad con la ley, si tal acción causare o pudiere causar perjuicio o alteraciones a la flora, la fauna, el potencial genético, los recursos hidrobiológicos o la biodiversidad, será reprimido con prisión de uno a tres años, si el hecho no constituyera un delito más severamente reprimido. 6.1.4

Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental

La presente ley, surgió bajo codificación 2004-020, en el suplemento del Registro Oficial 418, del 10 de septiembre del 2004. En esta se prevé analizar ciertos parámetros que deberán ser considerados para evitar la contaminación ambiental. correspondientes normas técnicas y regulaciones, contaminantes que, a juicio de los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, puedan perjudicar la salud y vida humana, la flora, la fauna y los recursos o bienes del estado o de particulares o constituir una molestia. Art. 2.- Para los efectos de esta Ley, serán consideradas como fuentes potenciales de contaminación del aire: a) Las artificiales, originadas por el desarrollo tecnológico y la acción del hombre, tales como fábricas, calderas, generadores de vapor, talleres, plantas termoeléctricas, refinerías de petróleo, plantas químicas, aeronaves, automotores y similares, la incineración, quema a cielo abierto de basuras y residuos, la explotación de materiales de construcción y otras actividades que produzcan o puedan producir contaminación; y, b) Las naturales, ocasionadas por fenómenos naturales, tales como erupciones, precipitaciones, sismos, sequías, deslizamientos de tierra y otros. Art. 3.- Se sujetarán al estudio y control de los organismos determinados en esta Ley y sus reglamentos, las emanaciones provenientes de fuentes artificiales, móviles o fijas, que produzcan contaminación atmosférica. Las actividades tendientes al control de la contaminación provocada por fenómenos naturales, son atribuciones directas de todas aquellas instituciones que tienen competencia en este campo. Art. 5.- Las instituciones públicas o privadas interesadas en la instalación de proyectos industriales, o de otras que pudieran ocasionar alteraciones en los sistemas ecológicos y que produzcan o puedan producir contaminación del aire, deberán presentar a los Ministerios de Salud y del Ambiente, según corresponda, para su aprobación previa, estudios sobre el impacto ambiental y las medidas de control que se proyecten aplicar. Art. 6.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna, a la flora y a las propiedades. Art. 7.- El Consejo Nacional de Recursos Hídricos, en coordinación con los Ministerios de Salud y del Ambiente, según el caso, elaborarán los proyectos de normas técnicas y de las regulaciones para autorizar las descargas de líquidos residuales, de acuerdo con la calidad de agua que deba tener el cuerpo receptor.

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Art. 8.- Los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, fijarán el grado de tratamiento que deban tener los residuos líquidos a descargar en el cuerpo receptor, cualquiera sea su origen. Art. 9.- Los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, también, están facultados para supervisar la construcción de las plantas de tratamiento de aguas residuales, así como de su operación y mantenimiento, con el propósito de lograr los objetivos de esta Ley. Art. 10.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la calidad del suelo y afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes. Art. 11.- Para los efectos de esta Ley, serán consideradas como fuentes potenciales de contaminación, las substancias radioactivas y los desechos sólidos, líquidos o gaseosos de procedencia industrial, agropecuaria, municipal o doméstica. Art. 13.- Los Ministerios de Salud y del Ambiente, cada uno en el área de su competencia, en coordinación con las municipalidades, planificarán, regularán, normarán, limitarán y supervisarán los sistemas de recolección, transporte y disposición final de basuras en el medio urbano y rural. En igual forma estos Ministerios, en el área de su competencia, en coordinación con la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica, limitarán, regularán, planificarán y supervisarán todo lo concerniente a la disposición final de desechos radioactivos de cualquier origen que fueren. 6.1.5

Ley de aguas

La presente ley fue promulgada con codificación 2004-016 en el Registro Oficial 339, del 20 de mayo del 2004. Sus disposiciones regulan el aprovechamiento de las aguas marítimas, superficiales, subterráneas y atmosféricas del territorio nacional, en todos sus estados físicos y formas. Hídricos, prevendrá, en lo posible, la disminución de ellas, protegiendo y desarrollando las cuencas hidrográficas y efectuando los estudios de investigación correspondientes. Las concesiones y planes de manejo de las fuentes y cuencas hídricas deben contemplar los aspectos culturales relacionados a ellas, de las poblaciones indígenas y locales. Art. 21.- El usuario de un derecho de aprovechamiento, utilizará las aguas con la mayor eficiencia y economía, debiendo contribuir a la conservación y mantenimiento de las obras e instalaciones de que dispone para su ejercicio. Art. 22.- Prohíbese toda contaminación de las aguas que afecte a la salud humana o al desarrollo de la flora o de la fauna. El Consejo Nacional de Recursos Hídricos, en colaboración con el Ministerio de Salud Pública y las demás entidades estatales, aplicará la política que permita el cumplimiento de esta disposición. Se concede acción popular para denunciar los hechos que se relacionan con contaminación de agua. La denuncia se presentará en la Defensoría del Pueblo. 6.1.6

Ley orgánica de salud

La ley orgánica de la salud, N° 2006-67, propuesta en el suplemento del Registro Oficial 423, el 22 de diciembre del 2006, deroga al Código de la salud. Art. 6.- Es responsabilidad del Ministerio de Salud Pública:

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1. Definir y promulgar la política nacional de salud con base en los principios y enfoques establecidos en el artículo 1 de esta Ley, así como aplicar, controlar y vigilar su cumplimiento; 2. Ejercer la rectoría del Sistema Nacional de Salud; 3. Diseñar e implementar programas de atención integral y de calidad a las personas durante todas las etapas de la vida y de acuerdo con sus condiciones particulares; 4. Declarar la obligatoriedad de las inmunizaciones contra determinadas enfermedades, en los términos y condiciones que la realidad epidemiológica nacional y local requiera; definir las normas y el esquema básico nacional de inmunizaciones; y, proveer sin costo a la población los elementos necesarios para cumplirlo; 5. Regular y vigilar la aplicación de las normas técnicas para la detección, prevención, atención integral y rehabilitación, de enfermedades transmisibles, no transmisibles, crónico-degenerativas, discapacidades y problemas de salud pública declarados prioritarios, y determinar las enfermedades transmisibles de notificación obligatoria, garantizando la confidencialidad de la información; 6. Formular e implementar políticas, programas y acciones de promoción, prevención y atención integral de salud sexual y salud reproductiva de acuerdo al ciclo de vida que permitan la vigencia, respeto y goce de los derechos, tanto sexuales como reproductivos, y declarar la obligatoriedad de su atención en los términos y condiciones que la realidad epidemiológica nacional y local requiera; 7. Establecer programas de prevención y atención integral en salud contra la violencia en todas sus formas, con énfasis en los grupos vulnerables; 8. Regular, controlar y vigilar la donación, obtención, procesamiento, almacenamiento, distribución, transfusión, uso y calidad de la sangre humana, sus componentes y derivados, en instituciones y organismos públicos y privados, con y sin fines de lucro, autorizados para ello; 9. Regular y controlar el funcionamiento de bancos de células, tejidos y sangre; plantas industriales de hemoderivados y establecimientos de aféresis, públicos y privados; y, promover la creación de éstos en sus servicios de salud; 10. Emitir políticas y normas para regular y evitar el consumo del tabaco, bebidas alcohólicas y otras sustancias que afectan la salud; 11. Determinar zonas de alerta sanitaria, identificar grupos poblacionales en grave riesgo y solicitar la declaratoria del estado de emergencia sanitaria, como consecuencia de epidemias, desastres u otros que pongan en grave riesgo la salud colectiva; 12. Elaborar el plan de salud en gestión de riesgos en desastres y en sus consecuencias, en coordinación con la Dirección Nacional de Defensa Civil y demás organismos competentes; 13. Regular, vigilar y tomar las medidas destinadas a proteger la salud humana ante los riesgos y daños que pueden provocar las condiciones del ambiente; 14. Regular, vigilar y controlar la aplicación de las normas de bioseguridad, en coordinación con otros organismos competentes; 15. Regular, planificar, ejecutar, vigilar e informar a la población sobre actividades de salud concernientes a la calidad del agua, aire y suelo; y, promocionar espacios y ambientes saludables, en coordinación con los organismos seccionales y otros competentes; 16. Regular y vigilar, en coordinación con otros organismos competentes, las normas de seguridad y condiciones ambientales en las que desarrollan sus actividades los trabajadores, para la prevención y control de las enfermedades ocupacionales y reducir al mínimo los riesgos y accidentes del trabajo;

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17. Regular y vigilar las acciones destinadas a eliminar y controlar la proliferación de fauna nociva para la salud humana; 18. Regular y realizar el control sanitario de la producción, importación, distribución, almacenamiento, transporte, comercialización, dispensación y expendio de alimentos procesados, medicamentos y otros productos para uso y consumo humano; así como los sistemas y procedimientos que garanticen su inocuidad, seguridad y calidad, a través del Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical Dr. Leopoldo Izquieta Pérez y otras dependencias del Ministerio de Salud Pública; 19. Dictar en coordinación con otros organismos competentes, las políticas y normas para garantizar la seguridad alimentaria y nutricional, incluyendo la prevención de trastornos causados por deficiencia de micro nutrientes o alteraciones provocadas por desórdenes alimentarios, con enfoque de ciclo de vida y vigilar el cumplimiento de las mismas; 20. Formular políticas y desarrollar estrategias y programas para garantizar el acceso y la disponibilidad de medicamentos de calidad, al menor costo para la población, con énfasis en programas de medicamentos genéricos; 21. Regular y controlar toda forma de publicidad y promoción que atente contra la salud e induzcan comportamientos que la afecten negativamente; 22. Regular, controlar o prohibir en casos necesarios, en coordinación con otros organismos competentes, la producción, importación, comercialización, publicidad y uso de sustancias tóxicas o peligrosas que constituyan riesgo para la salud de las personas; 23. Regular, vigilar y controlar en coordinación con otros organismos competentes, la producción y comercialización de los productos de uso y consumo animal y agrícola que afecten a la salud humana; 24. Regular, vigilar, controlar y autorizar el funcionamiento de los establecimientos y servicios de salud, públicos y privados, con y sin fines de lucro, y de los demás sujetos a control sanitario; 25. Regular y ejecutar los procesos de licenciamiento y certificación; y, establecer las normas para la acreditación de los servicios de salud; 26. Establecer políticas para desarrollar, promover y potenciar la práctica de la medicina tradicional, ancestral y alternativa; así como la investigación, para su buena práctica; 27. Determinar las profesiones, niveles técnicos superiores y auxiliares de salud que deben registrarse para su ejercicio; 28. Diseñar en coordinación con el Ministerio de Educación y Cultura y otras organizaciones competentes, programas de promoción y educación para la salud, a ser aplicados en los establecimientos educativos estatales, privados, municipales y fiscomisionales; 29. Desarrollar y promover estrategias, planes y programas de información, educación y comunicación social en salud, en coordinación con instituciones y organizaciones competentes; 30. Dictar, en su ámbito de competencia, las normas sanitarias para el funcionamiento de los locales y establecimientos públicos y privados de atención a la población; 31. Regular, controlar y vigilar los procesos de donación y trasplante de órganos, tejidos y componentes anatómicos humanos y establecer mecanismos que promuevan la donación voluntaria; así como regular, controlar y vigilar el uso de órtesis, prótesis y otros implantes sintéticos en el cuerpo humano; 32. Participar, en coordinación con el organismo nacional competente, en la investigación y el desarrollo de la ciencia y tecnología en salud, salvaguardando la vigencia de los derechos humanos, bajo principios bioéticos;

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33. Emitir las normas y regulaciones sanitarias para la instalación y funcionamiento de cementerios, criptas, crematorios, funerarias, salas de velación y tanatorios; 34. Cumplir y hacer cumplir esta Ley, los reglamentos y otras disposiciones legales y técnicas relacionadas con la salud, así como los instrumentos internacionales de los cuales el Ecuador es signatario. Estas acciones las ejecutará el Ministerio de Salud Pública, aplicando principios y procesos de desconcentración y descentralización; y, 35. Las demás previstas en la Constitución Política de la República y otras leyes. Art. 7.- Toda persona, sin discriminación por motivo alguno, tiene en relación a la salud, los siguientes derechos: a) Acceso universal, equitativo, permanente, oportuno y de calidad a todas las acciones y servicios de salud; b) Acceso gratuito a los programas y acciones de salud pública, dando atención preferente en los servicios de salud públicos y privados, a los grupos vulnerables determinados en la Constitución Política de la República; c) Vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación; d) Respeto a su dignidad, autonomía, privacidad e intimidad; a su cultura, sus prácticas y usos culturales; así como a sus derechos sexuales y reproductivos; e) Ser oportunamente informada sobre las alternativas de tratamiento, productos y servicios en los procesos relacionados con su salud, así como en usos, efectos, costos y calidad; a recibir consejería y asesoría de personal capacitado antes y después de los procedimientos establecidos en los protocolos médicos. Los integrantes de los pueblos indígenas, de ser el caso, serán informados en su lengua materna; f) Tener una historia clínica única redactada en términos precisos, comprensibles y completos; así como la confidencialidad respecto de la información en ella contenida y a que se le entregue su epicrisis; g) Recibir, por parte del profesional de la salud responsable de su atención y facultado para prescribir, una receta que contenga obligatoriamente, en primer lugar, el nombre genérico del medicamento prescrito; h) Ejercer la autonomía de su voluntad a través del consentimiento por escrito y tomar decisiones respecto a su estado de salud y procedimientos de diagnóstico y tratamiento, salvo en los casos de urgencia, emergencia o riesgo para la vida de las personas y para la salud pública; i) Utilizar con oportunidad y eficacia, en las instancias competentes, las acciones para tramitar quejas y reclamos administrativos o judiciales que garanticen el cumplimiento de sus derechos; así como la reparación e indemnización oportuna por los daños y perjuicios causados, en aquellos casos que lo ameriten; j) Ser atendida inmediatamente con servicios profesionales de emergencia, suministro de medicamentos e insumos necesarios en los casos de riesgo inminente para la vida, en cualquier establecimiento de salud público o privado, sin requerir compromiso económico ni trámite administrativo previos; k) Participar de manera individual o colectiva en las actividades de salud y vigilar el cumplimiento de las acciones en salud y la calidad de los servicios, mediante la conformación de veedurías ciudadanas u otros mecanismos de participación social; y, ser informado sobre las medidas de prevención y mitigación de las amenazas y situaciones de vulnerabilidad que pongan en riesgo su vida; y,

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l) No ser objeto de pruebas, ensayos clínicos, de laboratorio o investigaciones, sin su conocimiento y consentimiento previo por escrito; ni ser sometida a pruebas o exámenes diagnósticos, excepto cuando la ley expresamente lo determine o en caso de emergencia o urgencia en que peligre su vida. Art. 95.- La autoridad sanitaria nacional en coordinación con el Ministerio de Ambiente, establecerá las normas básicas para la preservación del ambiente en materias relacionadas con la salud humana, las mismas que serán de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales, entidades públicas, privadas y comunitarias. El Estado a través de los organismos competentes y el sector privado está obligado a proporcionar a la población, información adecuada y veraz respecto del impacto ambiental y sus consecuencias para la salud individual y colectiva. Art. 103.- Se prohíbe a toda persona, natural o jurídica, descargar o depositar aguas servidas y residuales, sin el tratamiento apropiado, conforme lo disponga en el reglamento correspondiente, en ríos, mares, canales, quebradas, lagunas, lagos y otros sitios similares. Se prohíbe también su uso en la cría de animales o actividades agropecuarias. Los desechos infecciosos, especiales, tóxicos y peligrosos para la salud, deben ser tratados técnicamente previo a su eliminación y el depósito final se realizará en los sitios especiales establecidos para el efecto por los municipios del país. Para la eliminación de desechos domésticos se cumplirán las disposiciones establecidas para el efecto. Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de hacer cumplir estas disposiciones. Art. 113.- Toda actividad laboral, productiva, industrial, comercial, recreativa y de diversión; así como las viviendas y otras instalaciones y medios de transporte, deben cumplir con lo dispuesto en las respectivas normas y reglamentos sobre prevención y control, a fin de evitar la contaminación por ruido, que afecte a la salud humana. Art. 118.- Los empleadores protegerán la salud de sus trabajadores, dotándoles de información suficiente, equipos de protección, vestimenta apropiada, ambientes seguros de trabajo, a fin de prevenir, disminuir o eliminar los riesgos, accidentes y aparición de enfermedades laborales.

6.1.7

Ley de defensa contra incendios

La presente codificación de la Ley de Defensa contra incendios fue publicada en el Registro Oficial 815, el 19 de abril de 1979. Art. 23.- Todo propietario de locales, apartamentos u oficinas en edificios, será el responsable de las medidas mínimas de seguridad en su propiedad y está obligado a exigir el debido cuidado a los usuarios, arrendatarios, u otros, etc. por cuanto esto garantizará la seguridad general del resto del edificio. Art. 24.- Los subsuelos y sótanos de edificios destinados a cualquier uso, con superficie de suelo iguales o superiores de 50 m2, deben tener aberturas de ataque superiores, que consistirán en un hueco de no menos de 50 cm. de diámetro o lado practicado en el entrepiso superior o en la parte superior de la mampostería fácilmente identificables en el piso superior inmediato y cerrados con baldosas, bloque de vidrios, tapa metálica o rejilla sobre el marco o bastidor que en caso de incendio pueda ser retirado con facilidad. Art. 26.- Los propietarios, arrendatarios u ocupantes, administradores o encargados de construcciones o de áreas a las cuales concurran funcionarios de los cuerpos de bomberos a realizar inspecciones, están obligados a facilitar su acceso previa identificación.

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Art. 45.- El Cuerpo de Bomberos tomará decisiones alternas, en caso de proyectos especiales. Art. 53.- Las edificaciones cuyo uso implica concentración de público y a la fecha de aplicación del presente reglamento se encuentren en funcionamiento, cumplirán con lo dispuesto para nuevas edificaciones en cuanto sean practicables, pero se complementarán las medidas de protección alternativas que exija el Cuerpo de Bomberos. 6.1.8

Código Orgánico de Organización Territorial, autonomía y descentralización

Artículo 136.- Ejercicio de las competencias de gestión ambiental.- De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución, el ejercicio de la tutela estatal sobre el ambiente y la corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la defensoría del ambiente y la naturaleza a través de la gestión concurrente y subsidiaria de las competencias de este sector, con sujeción a las políticas, regulaciones técnicas y control de la autoridad ambiental nacional, de conformidad con lo dispuesto en la ley. Corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados provinciales gobernar, dirigir, ordenar, disponer, u organizar la gestión ambiental, la defensoría del ambiente y la naturaleza, en el ámbito de su territorio; estas acciones se realizarán en el marco del sistema nacional descentralizado de gestión ambiental y en concordancia con las políticas emitidas por la autoridad ambiental nacional. Para el otorgamiento de licencias ambientales deberán acreditarse obligatoriamente como autoridad ambiental de aplicación responsable en su circunscripción. Para otorgar licencias ambientales, los gobiernos autónomos descentralizados municipales podrán calificarse como autoridades ambientales de aplicación responsable en su cantón. En los cantones en los que el gobierno autónomo descentralizado municipal no se haya calificado, esta facultad le corresponderá al gobierno provincial. 6.1.9

Código de Trabajo

Art. 430.- Asistencia médica y farmacéutica.- Para la efectividad de las obligaciones de proporcionar sin demora asistencia médica y farmacéutica establecidas en el artículo 365; y, además, para prevenir los riesgos laborales a los que se encuentran sujetos los trabajadores, los empleadores, sean éstos personas naturales o jurídicas, observarán las siguientes reglas: 1. Todo empleador conservará en el lugar de trabajo un botiquín con los medicamentos indispensables para la atención de sus trabajadores, en los casos de emergencia, por accidentes de trabajo o de enfermedad común repentina. Si el empleador tuviera veinticinco o más trabajadores, dispondrá, además de un local destinado a enfermería; 2. El empleador que tuviere más de cien trabajadores establecerá en el lugar de trabajo, en un local adecuado para el efecto, un servicio médico permanente, el mismo que, a más de cumplir con lo determinado en el numeral anterior, proporcionará a todos los trabajadores, medicina laboral preventiva. Este servicio contará con el personal médico y paramédico necesario y estará sujeto a la reglamentación dictada por el Ministerio de Trabajo y Empleo y supervigilado por el Ministerio de Salud; y, 3. Si en el concepto del médico o de la persona encargada del servicio, según el caso, no se pudiera proporcionar al trabajador la asistencia que precisa, en el lugar de trabajo, ordenará el traslado del trabajador, a costo del empleador, a la unidad médica del IESS o al centro médico más cercano del lugar del trabajo, para la pronta y oportuna atención.

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6.1.10 Código de Salud Art. 12.- Ninguna persona podrá eliminar hacia el aire, el suelo o las aguas, los residuos sólidos, líquidos o gaseosos, sin previo tratamiento que los conviertan en inofensivos para la salud. Los reglamentos y disposiciones sobre molestias públicas, tales como ruidos, olores desagradables, humos, gases tóxicos, polvo atmosférico emanaciones y otras, serán establecidos por la autoridad de salud

6.1.11 Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA) Este reglamento se presenta en el Libro VI, De la calidad ambiental en el Título I del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA). ART. 2.- PRINCIPIOS.- Los principios del Sistema Único de Manejo Ambiental son el mejoramiento, la transparencia, la agilidad, la eficacia y la eficiencia así como la coordinación interinsttucional de las decisiones relativas a actividades o proyectos propuestos con potencial impacto y/o riesgo ambiental, para impulsar el desarrollo sustentable del país mediante la inclusión explícita de consideraciones ambientales y de la participación ciudadana, desde las fases más tempranas del ciclo de vida de toda actividad o proyecto propuesto y dentro del marco establecido mediante este Título. ART. 13.- OBJETIVO GENERAL DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES. El objetivo general de la evaluación de impactos ambientales dentro del SUMA es garantizar el acceso de funcionarios públicos y la sociedad en general a la información ambiental relevante de una actividad o proyecto propuesto previo a la decisión sobre la implementación o ejecución de la actividad o proyecto. Para tal efecto, en el proceso de evaluación de impactos ambientales se determinan, describen y evalúan los potenciales impactos de una actividad o proyecto propuesto con respecto a las variables ambientales relevantes de los medios a) físico (agua, aire, suelo y clima); b) biótico (flora, fauna y sus hábitat); c) socio-cultural (arqueología, organización socio-económica, entre otros); y, d) salud pública.

6.1.12 Reglamento de seguridad y salud de los trabajadores Art. 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.- Las disposiciones del presente Reglamento se aplicarán a toda actividad laboral y en todo centro de trabajo, teniendo como objetivo la prevención, disminución o eliminación de los riesgos del trabajo y el mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Art. 11.- OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES.- Son obligaciones generales de los personeros de las entidades y empresas públicas y privadas, las siguientes: 1. Cumplir las disposiciones de este Reglamento y demás normas vigentes en materia de prevención de riesgos. 2. Adoptar las medidas necesarias para la prevención de los riesgos que puedan afectar a la salud y al bienestar de los trabajadores en los lugares de trabajo de su responsabilidad. 3. Mantener en buen estado de servicio las instalaciones, máquinas, herramientas y materiales para un trabajo seguro.

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4. Organizar y facilitar los Servicios Médicos, Comités y Departamentos de Seguridad, con sujeción a las normas legales vigentes. 5. Entregar gratuitamente a sus trabajadores vestido adecuado para el trabajo y los medios de protección personal y colectiva necesarios. 6. Efectuar reconocimientos médicos periódicos de los trabajadores en actividades peligrosas; y, especialmente, cuando sufran dolencias o defectos físicos o se encuentren en estados o situaciones que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo. 7. (Agregado inc. 2 por el Art. 3 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Cuando un trabajador, como consecuencia del trabajo, sufre lesiones o puede contraer enfermedad profesional, dentro de la práctica de su actividad laboral ordinaria, según dictamen de la Comisión de Evaluaciones de Incapacidad del IESS o del facultativo del Ministerio de Trabajo, para no afiliados, el patrono deberá ubicarlo en otra sección de la empresa, previo consentimiento del trabajador y sin mengua a su remuneración. La renuncia para la reubicación se considerará como omisión a acatar las medidas de prevención y seguridad de riesgos. 8. Especificar en el Reglamento Interno de Seguridad e Higiene, las facultades y deberes del personal directivo, técnicos y mandos medios, en orden a la prevención de los riesgos de trabajo. 9. Instruir sobre los riesgos de los diferentes puestos de trabajo y la forma y métodos para prevenirlos, al personal que ingresa a laborar en la empresa. 10. Dar formación en materia de prevención de riesgos, al personal de la empresa, con especial atención a los directivos técnicos y mandos medios, a través de cursos regulares y periódicos. 11. Adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité de Seguridad e Higiene, Servicios Médicos o Servicios de Seguridad. 12. Proveer a los representantes de los trabajadores de un ejemplar del presente Reglamento y de cuantas normas relativas a prevención de riesgos sean de aplicación en el ámbito de la empresa. Así mismo, entregar a cada trabajador un ejemplar del Reglamento Interno de Seguridad e Higiene de la empresa, dejando constancia de dicha entrega. 13. Facilitar durante las horas de trabajo la realización de inspecciones, en esta materia, tanto a cargo de las autoridades administrativas como de los órganos internos de la empresa. 14. Dar aviso inmediato a las autoridades de trabajo y al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, de los accidentes y enfermedades profesionales ocurridas en sus centros de trabajo y entregar una copia al Comité de Seguridad e Higiene Industrial. 15. Comunicar al Comité de Seguridad e Higiene, todos los informes que reciban respecto a la prevención de riesgos. Además de las que se señalen en los respectivos Reglamentos Internos de Seguridad e Higiene de cada empresa, son obligaciones generales del personal directivo de la empresa las siguientes: 1. Instruir al personal a su cargo sobre los riesgos específicos de los distintos puestos de trabajo y las medidas de prevención a adoptar. 2. Prohibir o paralizar los trabajos en los que se adviertan riesgos inminentes de accidentes, cuando no sea posible el empleo de los medios adecuados para evitarlos. Tomada tal iniciativa, la comunicarán de inmediato a su superior jerárquico, quien asumirá la responsabilidad de la decisión que en definitiva se adopte.

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Art. 13.- OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES. 1. Participar en el control de desastres, prevención de riesgos y mantenimiento de la higiene en los locales de trabajo cumpliendo las normas vigentes. 2. Asistir a los cursos sobre control de desastres, prevención de riesgos, salvamento y socorrismo programados por la empresa u organismos especializados del sector público. 3. Usar correctamente los medios de protección personal y colectiva proporcionados por la empresa y cuidar de su conservación. 4. Informar al empleador de las averías y riesgos que puedan ocasionar accidentes de trabajo. Si éste no adoptase las medidas pertinentes, comunicar a la Autoridad Laboral competente a fin de que adopte las medidas adecuadas y oportunas. 5. Cuidar de su higiene personal, para prevenir al contagio de enfermedades y someterse a los reconocimientos médicos periódicos programados por la empresa. 6. No introducir bebidas alcohólicas ni otras substancias tóxicas a los centros de trabajo, ni presentarse o permanecer en los mismos en estado de embriaguez o bajo los efectos de dichas substancias. 7. Colaborar en la investigación de los accidentes que hayan presenciado o de los que tengan conocimiento. Art. 16.- DE LOS SERVICIOS MÉDICOS DE LA EMPRESA.- Los empleadores deberán dar estricto cumplimiento a la obligación establecida en el Art. 425 (436) del Código del Trabajo y su Reglamento. Los servicios médicos de la empresa propenderán a la mutua colaboración con los servicios de Seguridad e Higiene del Trabajo. Art. 41.- SERVICIOS HIGIÉNICOS.- El número de elementos necesarios para el aseo personal, debidamente separados por sexos, se ajustará en cada centro de trabajo a lo establecido en la siguiente tabla: Elementos Relación por número de trabajadores Excusados 1 por cada 25 varones o fracción 1 por cada 15 mujeres o fracción Urinarios 1 por cada 25 varones o fracción Duchas 1 por cada 30 varones o fracción 1 por cada 30 mujeres o fracción Lavabos 1 por cada 10 trabajadores o fracción Art. 42. EXCUSADOS Y URINARIOS. 1. Estarán provistos permanentemente de papel higiénico y de recipientes especiales y cerrados para depósito de desechos. 2. Cuando los excusados comuniquen con los lugares de trabajo estarán completamente cerrados y tendrán ventilación al exterior, natural o forzada. 3. Las dimensiones mínimas de las cabinas serán de 1 metro de ancho por 1,20 metros de largo y de 2,30 metros de altura.

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Las puertas impedirán totalmente la visibilidad desde el exterior y estarán provistas de cierre interior y de un colgador. Se mantendrán con las debidas condiciones de limpieza, desinfección y desodorización. 4. (Reformado por el Art. 25 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Los urinarios y excusados serán diariamente mantenidos limpios y evacuados por cuenta del empleador. Art. 43. DUCHAS. 1. Se instalarán en compartimientos individuales para mujeres y comunes para varones y dotados de puertas con cierre interior. 2. Estarán preferentemente situadas en los cuartos vestuarios o próximas a los mismos. Caso contrario se instalarán colgadores para la ropa. Art. 44. LAVABOS. 1. Estarán provistos permanentemente de jabón o soluciones jabonosas. 2. Cada trabajador dispondrá de sus útiles de aseo de uso personal, como toallas, espejos, cepillos, etc. 3. A los trabajadores que utilicen sustancias grasosas, oleaginosas, pinturas, etc., o manipulen sustancias tóxicas, se les facilitarán los medios especiales de limpieza necesarios en cada caso, que no serán irritantes o peligrosos. 4. En los supuestos de que el agua destinada al aseo personal no fuese potable, se advertirá claramente esta circunstancia, con la correspondiente indicación escrita, perfectamente legible. Art. 45. NORMAS COMUNES A LOS SERVICIOS HIGIÉNICOS. 1. Los suelos, paredes y techos de los cuartos de aseo, vestuarios, duchas, lavabos y excusados, serán continuos, lisos e impermeables, enlucidos en tonos claros y con materiales que permitan su limpieza con líquidos desinfectantes. 2. Los empleadores velarán porque todos sus elementos tales como grifos, desagües y regaderas de las duchas, estén siempre en perfecto estado de funcionamiento y los armarios y asientos aptos para su utilización. 3. Queda prohibido usar estos locales para funciones distintas a las que están destinadas y, en cualquier caso, los trabajadores mantendrán en perfecto estado de conservación tales servicios y locales. Art. 154. En los locales de alta concurrencia o peligrosidad se instalarán sistemas de detección de incendios, cuya instalación mínima estará compuesta por los siguientes elementos: equipo de control y señalización, detectores y fuente de suministro. 1. Equipo de control y señalización. Estará situado en lugar fácilmente accesible y de forma que sus señales puedan ser audibles y visibles. Estará provisto de señales de aviso y control para cada una de las zonas en que haya dividido la instalación industrial. 2. Detectores. Situados en cada una de las zonas en que se ha dividido la instalación. Serán de la clase y sensibilidad adecuadas para detectar el tipo de incendio que previsiblemente pueda conducir cada local, evitando que los mismos puedan activarse en situaciones que no correspondan a una emergencia real.

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Los límites mínimos referenciales respecto al tipo, número, situación y distribución de los detectores son los siguientes: a) Detectores térmicos y termovelocimétricos: 1 detector al menos cada 30 metros cuadrados e instalados a una altura máxima sobre el suelo de 7,5 metros. b) Detectores de humos: 1 detector al menos cada 60 metros cuadrados en locales de altura inferior o igual a 6 metros y cada 80 metros cuadrados si la altura fuese superior a 6 metros e inferior a 12 metros. c) En pasillos deberá disponerse de un detector al menos cada 12 metros cuadrados. 3. Fuente de suministro de energía. La instalación estará alimentada como mínimo por dos fuentes de suministros, de las cuales la principal será la red general del edificio. La fuente secundaria de suministro dispondrá de una autonomía de 72 horas de funcionamiento en estado de vigilancia y de una hora en estado de alarma. Art. 159. EXTINTORES MÓVILES. 1. Los extintores se clasifican en los siguientes tipos en función del agente extintor: - Extintor de agua - Extintor de espuma - Extintor de polvo - Extintor de anhídrido carbónico (CO2) - Extintor de hidrocarburos halogenados - Extintor específico para fugas de metales La composición y eficacia de cada extintor constará en la etiqueta del mismo. 2. (Sustituido por el Art. 59 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Se instalará el tipo de extinguidor adecuado en función de las distintas clases de fuego y de las especificaciones del fabricante. 3. (Sustituido por el Art. 59 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Clasificación y Control de Incendios. Se aplicará la siguiente clasificación de fuegos y los métodos de control señalados a continuación: CLASE A: Materiales sólidos o combustibles ordinarios, tales como: viruta, papel, madera, basura, plástico, etc. Se lo representa con un triángulo de color verde. Se lo puede controlar mediante: - enfriamiento por agua o soluciones con alto porcentaje de ella como es el caso de las espumas. - polvo químico seco, formando una capa en la superficie de estos materiales. CLASE B: Líquidos inflamables, tales como: gasolina, aceite, grasas, solventes. Se lo representa con un cuadrado de color rojo. Se lo puede controlar por reducción o eliminación del oxígeno del aire con el empleo de una capa de película de: - polvo químico seco - anhídrido carbónico (CO2) - espumas químicas o mecánicas

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- líquidos vaporizantes. La selección depende de las características del incendio. NO USAR AGUA en forma de chorro, por cuanto puede desparramar el líquido y extender el fuego. CLASE C: Equipos eléctricos "VIVOS" o sea aquellos que se encuentran energizados. Se lo representa con un círculo azul. Para el control se utilizan agentes extinguidores no conductores de la electricidad, tales como: - polvo químico seco - anhídrido carbónico (CO2) - líquidos vaporizantes. NO USAR ESPUMAS O CHORROS DE AGUA, por buenos conductores de la electricidad, ya que exponen al operador a una descarga energética. CLASE D: Ocurren en cierto tipo de materiales combustibles como: magnesio, titanio, zirconio, sodio, potasio, litio, aluminio o zinc en polvo. Se lo representa con una estrella de color verde. Para el control se utilizan técnicas especiales y equipos de extinción generalmente a base de cloruro de sodio con aditivos de fosfato tricálcico o compuesto de grafito y coque. NO USAR EXTINGUIDORES COMUNES, ya que puede presentarse una reacción química entre el metal ardiendo y el agente, aumentando la intensidad del fuego. 4. Los extintores se situarán donde exista mayor probabilidad de originarse un incendio, próximos a las salidas de los locales, en lugares de fácil visibilidad y acceso y a altura no superior a 1.70 metros contados desde la base del extintor. Se colocarán extintores adecuados junto a equipos o aparatos con especial riesgo de incendio, como transformadores, calderos, motores eléctricos y cuadros de maniobra y control. Cubrirán un área entre 50 a 150 metros cuadrados, según el riesgo de incendio y la capacidad del extintor. En caso de utilizarse en un mismo local extintores de diferentes tipos, se tendrá en cuenta la posible incompatibilidad entre la carga de los mismos. Art. 160. EVACUACIÓN DE LOCALES. 1. La evacuación de los locales con riesgos de incendios, deberá poder realizarse inmediatamente y de forma ordenada y continua. 2. Todas las salidas estarán debidamente señalizadas y se mantendrán en perfecto estado de conservación y libres de obstáculos que impidan su utilización. 3. (Reformado por el Art. 60 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) El ancho mínimo de las puertas de salida cumplirá con lo especificado en el Art. 33, numeral 4) de este Reglamento. 4. Todo operario deberá conocer las salidas existentes. 5. No se considerarán salidas utilizables para la evacuación, los dispositivos elevadores, tales como ascensores y montacargas. 6. La empresa formulará y entrenará a los trabajadores en un plan de control de incendios y evacuaciones de emergencia; el cual se hará conocer a todos los usuarios.

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Art. 164. OBJETO. 1. La señalización de seguridad se establecerá en orden a indicar la existencia de riesgos y medidas a adoptar ante los mismos, y determinar el emplazamiento de dispositivos y equipos de seguridad y demás medios de protección. 2. La señalización de seguridad no sustituirá en ningún caso a la adopción obligatoria de las medidas preventivas, colectivas o personales necesarias para la eliminación de los riesgos existentes, sino que serán complementarias a las mismas. 3. La señalización de seguridad se empleará de forma tal que el riesgo que indica sea fácilmente advertido o identificado. Su emplazamiento se realizará: a) Solamente en los casos en que su presencia se considere necesaria. b) En los sitios más propicios. c) En posición destacada. d) De forma que contraste perfectamente con el medio ambiente que la rodea, pudiendo enmarcarse para este fin con otros colores que refuercen su visibilidad. 4. Los elementos componentes de la señalización de seguridad se mantendrán en buen estado de utilización y conservación. 5. Todo el personal será instruido acerca de la existencia, situación y significado de la señalización de seguridad empleada en el centro de trabajo, sobre todo en el caso en que se utilicen señales especiales. 6. La señalización de seguridad se basará en los siguientes criterios: a) Se usarán con preferencia los símbolos evitando, en general, la utilización de palabras escritas. b) Los símbolos, formas y colores deben sujetarse a las disposiciones de las normas del Instituto Ecuatoriano de Normalización y en su defecto se utilizarán aquellos con significado internacional. Art. 176. ROPA DE TRABAJO. 1. Siempre que el trabajo implique por sus características un determinado riesgo de accidente o enfermedad profesional, o sea marcadamente sucio, deberá utilizarse ropa de trabajo adecuada que será suministrada por el empresario. Igual obligación se impone en aquellas actividades en que, de no usarse ropa de trabajo, puedan derivarse riesgos para el trabajador o para los consumidores de alimentos, bebidas o medicamentos que en la empresa se elaboren. 2. La elección de las ropas citadas se realizará de acuerdo con la naturaleza del riesgo o riesgos inherentes al trabajo que se efectúa y tiempos de exposición al mismo. 3. La ropa de protección personal deberá reunir las siguientes características: a) Ajustar bien, sin perjuicio de la comodidad del trabajador y de su facilidad de movimiento. b) No tener partes sueltas, desgarradas o rotas. c) No ocasionar afecciones cuando se halle en contacto con la piel del usuario. d) Carecer de elementos que cuelguen o sobresalgan, cuando se trabaje en lugares con riesgo derivados de máquinas o elementos en movimiento. e) Tener dispositivos de cierre o abrochado suficientemente seguros, suprimiéndose los elementos excesivamente salientes.

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f) Ser de tejido y confección adecuados a las condiciones de temperatura y humedad del puesto de trabajo. 4. Cuando un trabajo determine exposición a lluvia será obligatorio el uso de ropa impermeable. 5. Siempre que las circunstancias lo permitan las mangas serán cortas, y cuando sea largas, ajustarán perfectamente por medio de terminaciones de tejido elástico. Las mangas largas, que deben ser enrolladas, lo serán siempre hacia adentro, de modo que queden lisas por fuera. 6. Se eliminarán o reducirán en todo lo posible los elementos adicionales como bolsillos, bocamangas, botones, partes vueltas hacia arriba, cordones o similares, para evitar la suciedad y el peligro de enganche, así como el uso de corbatas, bufandas, cinturones, tirantes, pulseras, cadenas, collares y anillos. 7. Se consideran ropas o vestimentas especiales de trabajo aquellas que, además de cumplir lo especificado para las ropas normales de trabajo, deban reunir unas características concretas frente a un determinado riesgo. 8. En las zonas en que existen riesgos de explosión o inflamabilidad, deberán utilizarse prendas que no produzcan chispas. 9. Las prendas empleadas en trabajos eléctricos serán aislantes, excepto en trabajos especiales al mismo potencial en líneas de transmisión donde se utilizarán prendas perfectamente conductoras. 10. Se utilizará ropa de protección personal totalmente incombustibles en aquellos trabajos con riesgos derivados del fuego. Dicha ropa deberá reunir necesariamente las siguientes condiciones: a) Las mirillas en los casos en que deban utilizarse, además de proteger del calor, deberán garantizar una protección adecuada de los órganos visuales. b) Siempre que se utilicen equipos de protección compuestos de varios elementos, el acoplamiento y ajuste de ellos deberá garantizar una buena funcionalidad del conjunto. 11. (Reformado por el Art. 64 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Las ropas de trabajo que se utilicen predominantemente contra riesgos de excesivo calor radiante, requerirán un recubrimiento reflectante. 12. En aquellos trabajos en que sea necesaria la manipulación con materiales a altas temperaturas, el aislamiento térmico de los medios de protección debe ser suficiente para resistir contactos directos. 13. En los casos en que se presenten riesgos procedentes de agresivos químicos o sustancias tóxicas o infecciosas, se utilizarán ropas protectoras que reúnan las siguientes características: a) Carecerán de bolsillos y demás elementos en los que puedan penetrar y almacenarse líquidos agresivos o sustancias tóxicas o infecciosas. b) No tendrán fisuras ni oquedades por las que se puedan introducir dichas sustancias o agresivos. Las partes de cuellos, puños y tobillos ajustarán perfectamente. c) Cuando consten de diversas piezas o elementos, deberá garantizarse que la unión de éstos presente las mismas características protectoras que el conjunto. 14. En los trabajos con riesgos provenientes de radiaciones, se utilizará la ropa adecuada al tipo y nivel de radiación, garantizándose la total protección de las zonas expuestas al riesgo. 15. En aquellos trabajos que haya de realizarse en lugares oscuros y exista riesgo de colisiones o atropellos, deberán utilizarse elementos reflectantes adecuados. Art. 187. PROHIBICIONES PARA LOS EMPLEADORES.- Queda totalmente prohibido a los empleadores:

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a) Obligar a sus trabajadores a laborar en ambientes insalubres por efecto de polvo, gases o sustancias tóxicas; salvo que previamente se adopten las medidas preventivas necesarias para la defensa de la salud. b) Permitir a los trabajadores que realicen sus actividades en estado de embriaguez o bajo la acción de cualquier tóxico. c) Facultar al trabajador el desempeño de sus labores sin el uso de la ropa y equipo de protección personal. d) Permitir el trabajo en máquinas, equipos, herramientas o locales que no cuenten con las defensas o guardas de protección u otras seguridades que garanticen la integridad física de los trabajadores. e) Transportar a los trabajadores en vehículos inadecuados para este efecto. f) Dejar de cumplir las disposiciones que sobre prevención de riesgos emanen de la Ley, Reglamentos y las disposiciones de la División de Riesgos del Trabajo, del IESS. g) Dejar de acatar las indicaciones contenidas en los certificados emitidos por la Comisión de Valuación de las Incapacidades del IESS sobre cambio temporal o definitivo de los trabajadores, en las actividades o tareas que puedan agravar sus lesiones o enfermedades adquiridas dentro de la propia empresa. h) Permitir que el trabajador realice una labor riesgosa para la cual no fue entrenado previamente. Art. 188. PROHIBICIONES PARA LOS TRABAJADORES.- Está prohibido a los trabajadores de las empresas: a) Efectuar trabajos sin el debido entrenamiento previo para la labor que van a realizar. b) Ingresar al trabajo en estado de embriaguez o habiendo ingerido cualquier tóxico. c) Fumar o prender fuego en sitios señalados como peligrosos para no causar incendios, explosiones o daños en las instalaciones de las empresas. d) Distraer la atención en sus labores, con juegos, riñas, discusiones, que puedan ocasionar accidentes. e) Alterar, cambiar, reparar o accionar máquinas, instalaciones, sistemas eléctricos, etc., sin conocimientos técnicos o sin previa autorización superior. f) Modificar o dejar inoperantes mecanismos de protección en maquinarias o instalaciones. g) Dejar de observar las reglamentaciones colocadas para la promoción de las medidas de prevención de riesgos. 6.1.13 Reglamento de prevención de incendios El presente reglamento fue publicado bajo Acuerdo 0650, en el Suplemento del Registro Oficial 47, el 21 de marzo de 2007. Las disposiciones representativas para el estudio se mencionan a continuación: Capítulo I Aspectos Generales El objetivo principal del Reglamento de Prevención Contra Incendios, es dar cabal cumplimiento a los artículos 25, 26, 35, 45, 49, y 53 de la Ley de Defensa Contra Incendios, mediante normas de prevención y protección para las vidas y los bienes de los ciudadanos en todo el territorio nacional. Los Objetivos Específicos de la Reglamentación de Prevención de Incendios son: 

Determinar las medidas de Seguridad Contra Incendios que deben ser adoptadas en la planificación de las edificaciones a construirse como a la modificación, ampliación, remodelación de las ya existentes, a fin de que dichos lugares reúnan las condiciones de seguridad y fácil

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desocupación en caso de incendio, sismos, desastres, etc., y consecuentemente sean autorizadas por el Cuerpo de Bomberos mediante el visto bueno de edificación. Exigir que se cumplan con las normas generales y se apliquen las normas técnicas aprobadas para las construcciones, a efectos de garantizar su habitabilidad; proveer mecanismos de vigilancia y control del cumplimiento de las normas, prestar asesoramiento oportuno y permanente en materia de prevención de incendios en las actividades tales como: comercio, industria, transporte, almacenamiento y expendio de combustibles o explosivos y de toda actividad que represente riesgo de siniestro; y otorgar el permiso de funcionamiento a quienes cumplan con las disposiciones del presente reglamento.

Capítulo II Disposiciones Generales De Protección Contra Incendios En Edificios Artículo 6.- La presente reglamentación tomará en cuenta la clasificación de incendios presentada por el Instituto Ecuatoriano de Normalización INEN del Código Ecuatoriano de la Construcción-Protección Contra Incendios. Artículo 7.- Para planificar las acciones en cuanto a Prevención de Incendios, se tomará en cuenta tres aspectos fundamentales: a. Riesgo Personal.- Es la posibilidad de daño a la salud o a la vida de las personas y su real importancia, requiere la provisión de salidas o escapes seguros que faciliten la evacuación del edificio en el menor tiempo posible; b. Riesgo Interno.- Es la posibilidad de estallido y propagación de un incendio en el interior de un edificio, está directamente relacionado con la carga incendio, que es la que determina la duración del incendio; y, c. Riesgo de Exposición.- Es la posibilidad de propagación del incendio desde el exterior al interior del edificio, a través del aire libre, áreas circundantes, edificaciones vecinas, .bosques y maleza. Capítulo III Precauciones Estructurales Artículo 11.- Todo edificio además de cumplir con la reglamentación municipal en cuanto a las regulaciones de uso de suelo, compatibilidad de usos, edificación, instalaciones eléctricas y sanitarias respectivas, deberán cumplir con las disposiciones de la presente reglamentación. Artículo 12.- Las edificaciones que fueren objeto de ampliación, remodelación o cambio de uso en una superficie mayor a la tercera parte del área total construida, también deberán sujetarse a las disposiciones del presente reglamento. Artículo 20.- El equipo y materiales que se disponga para combatir incendios, deberán mantenerse en perfecto estado de conservación, mantenimiento e instrucciones claras para su uso. Artículo 21.- En los lugares de mayor riesgo de incendio como: cuarto de máquinas, bodegas, almacenamiento de combustibles, laboratorios, preparación de alimentos y en general en lugares donde se pueda propiciar incendios, se colocarán extintores adicionales en cantidad, del tipo y capacidad requeridos y además se preverán de medidas complementarias según el riesgo. Artículo 25.- Es obligatorio en todo establecimiento industrial o comercial y de concentración de público, con más de 25 personas mantener una brigada contra incendios, con un número adecuado de personal permanentemente instruido en el manejo y utilización de los elementos de defensa contra incendios. Edificios de oficinas Artículo 51.- Deben proveerse de los medios de detección, evacuación y extinción similares a los edificios residenciales, no obstante, estos edificios pueden albergar concentración temporal de personas y usualmente pueden presentar acumulación de papel, materiales plásticos, material combustibles en los

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acabados, cielos rasos, alfombras, mobiliario y gran número de instalaciones eléctricas y electrónicas. Por lo tanto se deben adoptar medidas especiales según el riesgo de incendio de los mismos. Detección y alarma de incendios Artículo 73.- Sistema que tiene como función activar una instalación de respuesta ante la iniciación de un incendio o avisar a las personas posiblemente afectadas. Todo sistema de detección y alarma de incendios debe estar instalado cumpliendo lo especificado en las normas correspondientes. Edificios industriales o fabriles Artículo 93.- Aquellos edificios industriales o fabriles que, a la expedición del presente reglamento, se encuentran en funcionamiento deberán cumplir con todas las normas de seguridad contra incendios que se detallan a continuación: y en cuanto a aquellas que estructural o constructivamente sean impracticables pueden ser reemplazados por medidas adicionales o complementarias que, previa aceptación del Cuerpo de Bomberos, sustituyen eficientemente a las exigidas. Artículo 94.- En toda actividad, se tomarán las medidas necesarias para evitar escapes de líquidos inflamables que puedan ingresar hacia los desagües de los sumideros o alcantarillas. Artículo 95.- En todo edificio destinado a labores industriales o fabriles habrá un servicio de agua contra incendios consistente en:     

Reserva de agua exclusiva para incendios en un volumen no inferior a 12 m3. Sistema de presurización, con doble fuente energética, que asegure una presión mínima de 5 Kg/cm2. Una red de agua contra incendios, cuya tubería central o principal tenga un diámetro de 75 mm., construida de hierro galvanizado. Derivaciones hasta las tomas de agua para incendios terminadas en rosca del tipo NST y válvula de paso. Junto a la salida de agua o unidad a esta existirá un tramo de manguera de incendios de 63.5 mm. de diámetro por 15 m de largo y en su extremo un pitón o boquilla regulable.

Artículo 97.- Todo establecimiento que por sus características industriales o tamaño de sus instalaciones disponga de más de 25 personas en calidad de trabajadores o empleados, deberá disponer de un plan de emergencia, revisado por el cuerpo de bomberos organizar una Brigada de Incendios y evacuación, entrenada para combatir incendios dentro de las zonas de trabajo. Artículo 100.- Todo establecimiento de trabajo en el cual exista riesgo potencial de incendio, dispondrá de sistemas automáticos de detección, alarma, y extinción de incendios automáticos y cuyo funcionamiento esté asegurado aún cuando no exista personal o fluido eléctrico. Artículo 101.- Las materias primas y productos que presenten peligro de incendio, deberán mantenerse en depósitos incombustibles, aislados y en fuera del lugar del trabajo; debiendo disponerse de estos materiales únicamente en las cantidades necesarias para la elaboración del producto. Artículo 103.- Las substancias inflamables que se empleen deberán estar en compartimentos aislados; y los trapos, algodones, napas y otros impregnados de grasas, aceites o substancias fácilmente combustibles, deberán recogerse en recipientes metálicos de cierre hermético. Artículo 104.- El almacenamiento de combustibles se hará en locales de construcción resistente al fuego o tanques, depósitos preferentemente subterráneos y situados a distancia prudencial de los edificios, y su distribución a los distintos lugares de trabajo se hará por medio de tuberías.

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Artículo 106.- Los recipientes de las substancias peligrosas, (tóxicas, explosivas, inflamables, oxidantes, corrosivas, radiactivas), deberán llevar rótulos y etiquetas para su identificación, en el que indique el nombre de las substancias, la descripción del riesgo, las precauciones que se deben adoptar y las medidas de primeros auxilios en casos de accidentes o lesiones, según las disposiciones emitidas por las Naciones Unidas en lo referente a materiales peligrosos. Artículo 109.- Todo establecimiento industrial o fabril deberá contar con extintores de incendio del tipo adecuado al riesgo existente. Artículo 110.- El número total de extintores estará dado por la proporción de un extintor por cada 100 m2 de superficie o fracción. La capacidad y el tipo estarán determinados por el Cuerpo de Bomberos. Se ubicarán en sitios visibles, fácilmente identificables y accesibles Tabla A. Artículo 111.- Todos los equipos, sistemas implementos de protección contra incendios deberán estar reglamentariamente señalados e iluminados. Su estado de conservación y funcionamiento será perfecto. Artículo 112.- Todo establecimiento industrial, fabril contará con el personal especializado en la seguridad contra incendios del local y proporcionalmente a la escala productiva contará con un Departamento de Seguridad Industrial y Brigada de Incendios, según lo establece el Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores. De las vías de evacuación Artículo 137.- Es la ruta de salida de circulación comunal, continua y sin obstáculos, desde cualquier zona del edificio que conduzca a la vía pública, siempre que este sector de incendio sea considerado de riesgo nulo. No se considerará como camino de evacuación los elevadores (salvo los que constituyan sector incendio independiente y dispongan de sistemas de alimentación eléctrica secundaria o de emergencia), las escaleras, rampas y pasillos mecánicos, y aquellos recorridos en que se sitúen puertas giratorias, tornos o elementos similares que entorpezcan en alguna forma la libre circulación. Capítulo VII De la iluminación y señalización de seguridad Artículo 156.- La iluminación especial, es la que ilumina las rutas de evacuación con el fin de minimizar el riesgo personal. Se clasifica en iluminación de emergencia, señalización de seguridad estipulado en los Arts. 164 al 174 del Decreto 2393 publicado en el R. O. 565 de noviembre 17 del / 86. Artículo 157.- La iluminación de emergencia es aquella que debe permitir, en caso de fallo del alumbrado general, la evacuación segura y fácil del público hacia el exterior. Capítulo VIII De la instalación y diseño del sistema eléctrico Artículo 162.- Los proyectos de todo tipo de edificación deberán contemplar un sistema de instalaciones eléctricas idóneas, dando cumplimiento al Artículo 45 de la Ley de Defensa Contra Incendios y a la presente reglamentación. Artículo 163.- Todo tipo de instalación eléctrica deberá acatar lo dispuesto por el Código Eléctrico, o por lo dispuesto por el INEN (instalaciones eléctricas protección contra incendios). Capítulo X Extintores de incendio Artículo 173.- Son aparatos portátiles de utilización inmediata destinados a la extinción de incendios incipientes. Artículo 174.- Todo establecimiento de trabajo, servicio al público, comercio, almacenaje, espectáculos de reunión por cualquier concepto, o que por su uso impliquen riesgo de incendio, deberá contar con extintores del tipo adecuado a los materiales usados y a la clase de riesgo.

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Artículo 175.- Los agentes extintores utilizados en cada caso, habrán de ser los más adecuados a la clase de fuego que haya de combatir o en su defecto lo determinará el Cuerpo de Bomberos de acuerdo a las necesidades. Artículo 176.- Los extintores se colocarán en las proximidades de los sitios de mayor riesgo o peligro de preferencia junto a las salidas y en lugares fácilmente identificables, accesibles y visibles desde cualquier punto del local. Artículo 178.- Estos implementos de protección, cuando estuvieren fuera de un gabinete, se suspenderán en soportes o perchas empotradas o adosadas a la mampostería, cuya base no superará una altura de 1.20 m. del nivel del piso acabado, se colocarán en sitios visibles, fácilmente identificables, accesibles y que no sean obstáculos en la circulación. No habrán impedimentos que permitan llegar a los extintores. Rociadores automáticos de agua Artículo 183.- Los rociadores automáticos de agua tiene por objeto el control y extinción de incendios que pueden producirse en los sectores protegidos por ellas mediante la descarga de agua pulverizada que se produce automáticamente sobre el área en que se origina el incendio. Deberán colocarse en los sectores considerados de alto riesgo, conformando sectores de incendio debidamente separados de las restantes zonas del edificio mediante elementos de separación de una resistencia mínima de 2 horas. 6.1.14 Reglamento de seguridad y salud para la construcción y obras públicas Art. 3.- Los empleadores del sector de la construcción, para la aplicación efectiva de la seguridad y salud en el trabajo deberán: a) Formular y poner en práctica la política empresarial y hacerla conocer a todo el personal. Prever los objetivos, recursos, responsables y programas en materia de seguridad y salud en el trabajo, al interior de las obras; b) Identificar y evaluar los riesgos, en forma inicial y periódicamente, con la finalidad de planificar adecuadamente las acciones preventivas; c) Combatir y controlar los riesgos en su origen, en el medio de transmisión y en el trabajador, privilegiando el control colectivo al individual. En caso de que las medidas de prevención colectivas resulten insuficientes, el empleador deberá proporcionar, sin costo alguno para el trabajador, las ropas y los equipos de protección individual adecuados; d) Programar la sustitución progresiva y con la brevedad posible de los procedimientos, técnicas, medios, sustancias y productos peligrosos por aquellos que produzcan un menor o ningún riesgo para el trabajador; e) Elaboración y puesta en marcha de medidas de prevención, incluidas las relacionadas con los métodos de trabajo y de producción, que garanticen un mayor nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores; f) Mantener un sistema de registro y notificación de los accidentes de trabajo, incidentes y enfermedades profesionales y de los resultados de las evaluaciones de riesgos realizadas y las medidas de control propuestas, registro al cual tendrán acceso las autoridades correspondientes, empleadores y trabajadores; g) Investigar y analizar los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo, con el propósito de identificar las causas que los originaron y adoptar acciones correctivas y preventivas tendientes a evitar la ocurrencia de hechos similares; h) Informar a los trabajadores por escrito y por cualquier otro medio sobre los riesgos laborales a los que están expuestos: y capacitarlos a fin de prevenirlos, minimizarlos y eliminarlos;

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i) Esta1ecer los mecanismos necesarios para garantizar que sólo aquellos trabajadores que hayan recibido la capacitación adecuada, puedan acceder a las áreas de alto riesgo; j) Designar según el número de trabajadores la naturaleza de sus actividades, un trabajador delegado de seguridad, un comité de seguridad y salud y establecer un servicio de salud en el trabajo, conforme la legislación nacional vigente; k) Fomentar la adaptación del trabajo y de los puestos de trabajo a las capacidades de los trabajadores, habida cuenta de su estado de salud física y mental, teniendo en cuenta la ergonomía y las demás disciplinas relacionadas con los diferentes tipos de riesgos psicosociales en el trabajo; l) Cumplir y hacer cumplir a intermediarios, contratistas y tercerizadoras todas las normas vigentes en materia laboral y de seguridad y salud en el trabajo; planes de prevención de riesgos y afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social; m) Presentar en el Ministerio de Trabajo, para su aprobación el Reglamento Interno de Seguridad y Salud o, en su caso, los planes mínimos de prevención de riesgos para obras o servicios específicos a prestar. Tales documentos deberán ser revisados y actualizados cada dos años y siempre que las condiciones laborales se modifiquen, con la participación de empleadores y trabajadores; n) Registrar en el Ministerio de Trabajo y Empleo, el Comité Paritario de Seguridad y Salud, así como el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad a que se refiere el artículo 434 del Código del Trabajo y enviar copia de los mismos al Seguro General de Riegos del Trabajo del IESS; o) Afiliar a los trabajadores al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS; y, p) Implantar un programa de prevención de riesgos el mismo que contemplará los siguientes aspectos: 1. Política en Seguridad y Salud en el Trabajo. 2. Plan o manual de Seguridad y Salud en el Trabajo. 3. Reglamento interno de Seguridad y Salud en el Trabajo. 4. Procedimientos para las actividades de la organización. 5. Instrucciones de trabajo. 6. Registros del sistema de prevención de riegos. Art. 6.- Los trabajadores tienen las siguientes obligaciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo: a) Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de seguridad y salud en el trabajo que se apliquen en el lugar de trabajo, así como con las instrucciones que les impartan sus superiores jerárquicos directos; b) Cooperar en el cumplimiento de las obligaciones que competen al empleador; c) Usar adecuadamente los instrumentos y materiales de trabajo, así como los equipos de protección individual y colectiva; d) Operar o manipular equipos, maquinarias, herramientas u otros elementos únicamente cuando hayan sido autorizados y capacitados; e) Informar a sus superiores jerárquicos directos acerca de cualquier situación de trabajo que a su juicio entrañe, por motivos razonables, un peligro para la vida o la salud de los trabajadores; f) Cooperar y participar en el proceso de investigación de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales cuando la autoridad competente lo requiera o cuando a su parecer los datos que conocen ayuden al esclarecimiento de las causas que los originaron;

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g) Velar por el cuidado integral de su salud física y mental, así como por el de los demás trabajadores que dependan de ellos, durante el desarrollo de sus labores; h) Informar oportunamente sobre cualquier dolencia que sufran y que se haya originado como consecuencia de las labores que realizan o de las condiciones y ambiente de trabajo. i) Someterse a los exámenes médicos programados por el médico del centro de trabajo así como a los procesos de rehabilitación integral; y, j) Participar en los organismos paritarios, en los programas de capacitación y otras actividades destinadas a prevenir los riesgos laborales que organice su empleador o la autoridad competente Art. 14.- Queda totalmente prohibido a los empleadores: a) Obligar a sus trabajadores a laborar en ambientes insalubres por presencia de sustancias tóxicas, polvo, gases, vapores, deficiencia de oxigeno y factores físicos, ergonómicos, biológicos y mecánicos, salvo que previamente se adopten las medidas preventivas necesarias para la defensa de la salud; b) Permitir a los trabajadores que realicen sus actividades en estado de embriaguez o bajo la acción de cualquier tóxico; c) Permitir al trabajador el desempeño de sus labores sin el uso de la ropa y equipo de protección personal; d) Permitir el trabajo en máquinas, equipos, herramientas o locales que no cuenten con las defensas o guardas de protección u otras seguridades que garanticen la integridad física de los trabajadores; e) Transportar a los trabajadores en vehículos inadecuados para este efecto; f) No cumplir las disposiciones que sobre prevención de riesgos emanen de la ley, reglamentos y las disposiciones del Ministerio de Trabajo y Empleo y la Dirección de Riesgos del Trabajo, del IESS g) No acatar las recomendaciones contenidas en los certificados emitidos por la autoridad competente sobre cambio temporal o definitivo de los trabajadores, en las actividades o tareas que puedan agravar sus lesiones o enfermedades; y, h) Permitir que el trabajador realice una labor riesgosa para la cual no fue entrenado previamente. Art. 15.- Está prohibido a los trabajadores: a) Efectuar trabajos sin el debido entrenamiento previo para la labor que van a realizar; b) Ingresar al trabajo en estado de embriaguez o habiendo ingerido cualquier tóxico; c) Fumar o prender fuego en sitios señalados como peligrosos con riesgo de incendios, explosiones o daños en las instalaciones de las empresas; d) Distraer la atención en sus labores, con juegos, riñas, discusiones, que puedan ocasionar accidentes; e) Alterar, cambiar, reparar o accionar máquinas, instalaciones, sistemas eléctricos, etc., sin conocimientos técnicos o sin previa autorización superior; f) Modificar o dejar inoperantes mecanismos de protección en maquinarias o instalaciones; y, g) Inobservar las medidas de prevención de riesgos, publicadas a través de señalización especializada. .

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6.1.15 Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria El Registro Oficial Nº 725,16 de diciembre del 2002, en su Artículo 24 del Libro VI – De la Calidad Ambiental, establece lo siguiente: “El estudio de impacto ambiental se realizará bajo responsabilidad del promotor y conforme al artículo 17 de este Título y las regulaciones específicas del correspondiente subsistema de evaluación de impactos ambientales sectorial o seccional acreditado”. Adicionalmente este documento que tiene el carácter de reglamento, contiene una compilación de una serie de normas técnicas ambientales que deben ser observadas por quienes desarrollan actividades potencialmente contaminantes en el Ecuador. Según el capítulo II, articulo 19 sobre la Evaluación del Impacto Ambiental y del Control Ambiental, las obras públicas, privadas o mixtas y los proyectos de inversión públicos o privados que pueden causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental. 1. Anexo 1 (TULAS): Información a adjunta a la solicitud de Intersección y de la categorización del proyecto. 2. Anexo 2 (TULAS): Formulario para Categorización de un proyecto obra o actividad. 3. Anexo 3 (TULAS): Propuesta formato del estudio de impacto ambiental y plan de manejo ambiental para Proyectos Categoría B. 6.1.16 Reglamento a la ley de gestión ambiental para la prevención y control de la contaminación ambiental En el Libro VI, Capítulo IV del Texto Unificado de Legislación Ambiental, se presenta el reglamento a la ley de gestión ambiental para la prevención y control de la contaminación Ambiental. Art. 54.- Niveles de Planificación.- La planificación de la gestión para la prevención y control de la contaminación ambiental y preservación o conservación de la calidad del ambiente en el Ecuador, consta de los siguientes niveles: a) Específico: Plan de manejo ambiental del regulado; b) Local/Provincial/Sectorial/Recurso: Plan de la entidad ambiental de control y de las entidades reguladoras sectoriales y por recurso; c) Nacional: Plan de la Autoridad Nacional Ambiental. Todos los niveles de planificación deberán observar lo establecido en el Plan Ambiental Ecuatoriano. Los lineamientos para la elaboración de los planes descritos en este artículo serán definidos por la Autoridad Ambiental Nacional. Art. 57.- Documentos Técnicos.- Los estudios ambientales se realizarán en las etapas previas a la ejecución, temporales o definitivas de un proyecto o actividad. Los documentos técnicos o estudios ambientales que serán exigidos por la autoridad son entre otros: a) Estudios de Impacto Ambiental (EIA), que se realizan previo al inicio de un proyecto o actividad, de acuerdo a lo establecido en el SUMA; b) Auditoría Ambiental (AA), que se realizan durante el ejercicio de la actividad, lo cual incluye la construcción; c) Plan de Manejo Ambiental (PMA), que se realiza en cualquier etapa del proyecto o actividad. 6.1.17 Reglamento para el manejo de desechos sólidos Art. 1.- Del Ámbito de aplicación.

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El presente Reglamento tiene por objeto regular los servicios de almacenamiento barrido, recolección, transporte, disposición final y demás aspectos relacionados con los desechos sólidos cualquiera sea la actividad o fuente de generación de conformidad con las disposiciones del Código de la Salud, de la Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, del Código de Policía Marítima y la Ley de Régimen Municipal. Art. 4.- Del manejo de desechos sólidos. El manejo de los desechos sólidos comprende las siguientes actividades: - Producción y almacenamiento - Entrega - Recolección - Transporte - Transferencia - Tratamiento - Disposición Final - Barrido y limpieza de vías y áreas públicas - Recuperación - Educación ambiental. Art. 11.- De las situaciones que se deben evitar en el manejo de basuras. Las actividades de manejo de las basuras deberán realizarse en forma tal que se eviten situaciones como: a) La permanencia contínua en vías y áreas públicas de basuras o recipientes que las contengan de manera que causen problemas sanitarios y estéticos. b) La proliferación de vectores y condiciones que propicien la transmisión de enfermedades y seres humanos o animales. c) Los riesgos a operarios del servicio de aseo o al público en general. d) La contaminación del aire, suelo o agua. e) Los incendios y accidentes. f) La generación de olores objetables, polvo y otras molestias. g) La disposición final no sanitaria de las basuras. Art. 18.- De las obligaciones de los usuarios del servicio ordinario de aseo. Los usuarios del servicio ordinario de aseo tendrán las siguientes obligaciones, en cuanto el almacenamiento de basuras y su presentación para recolección: a) Almacenar en forma sanitaria las basuras generadas de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento. b) No depositar sustancias líquidas, excretas, ni basuras de los contempladas para el servicio especial, en recipientes destinados para recolección en el servicio ordinario.

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c) Colocar los recipientes en el lugar de recolección, de acuerdo con el horario establecido por la entidad de aseo. d) Las demás que establezcan las respectivas ordenanzas para los usuarios del servicio. Art. 19.- De los recipientes para el almacenamiento de basuras. Los recipientes utilizados para almacenamiento de basuras en el servicio ordinario deberán ser de tal forma que se evite el contacto de éstas con el medio y los recipientes podrán ser retornables o desechables. Art. 20.- De las características de los recipientes retornables. Los recipientes retornables para almacenamiento de basuras en el servicio ordinario tendrán, entre otras, las siguientes características: a) Peso y construcción que faciliten el manejo durante la recolección. b) Construídos en material impermeable, de fácil limpieza, con protección al moho y a la corrosión, como plástica caucho o metal. c) Dotados de tapa con buen ajuste, que no dificulte el proceso de vaciado durante la recolección. d) Construídos en forma tal que estando cerrados o tapados, no permitan la entrada de agua, insectos o roedores, ni el escape de líquidos por sus paredes o por el fondo. e) Bordes redondeados y de mayor área en la parte superior, de forma que se facilite la manipulación o el vaciado. f) Capacidad de acuerdo con lo que establecen la entidad que presta el servicio de aseo. Las recipientes retornables para almacenamiento de basuras en el servicio ordinario, deberán ser lavados por el usuario con una frecuencia tal que sean presentados en condiciones sanitarias inobjetables. Art. 21.- De las características de los recipientes desechables. Los recipientes desechables utilizados para almacenamiento de basuras en el servicio ordinario, serán bolsas o fundas de material plástico o de características similares y deberán reunirá por lo menos las siguientes condiciones: a) Su residencia deberá soportar la tensión ejercida por las basuras contenidas y por su manipulación. b) Su capacidad estará de acuerdo con lo que establezca las entidades que preste el servicio de aseo. c) De color opaco, preferentemente. Cuando se utilicen bolsas o fundas de material plástico o de características similares como recipientes desechables, el usuario deberá presentarlas cerradas con nudo o sistema de amarre fijo. Art. 23.- De las áreas para almacenamiento de basuras. Las áreas destinadas para almacenamiento colectivo de basuras en las edificaciones de que trata el artículo anterior, cumplirán por lo menos con los siguientes requisitos: a) Ubicados en áreas asignadas por la entidad de aseo. b) Los acabados serán lisos, para permitir su fácil limpieza e impedir la formación de ambiente propicio para el desarrollo de microorganismos en general. c) Tendrán sistemas de ventilación, de suministros de agua, de drenaje y de prevención y control de incendios. d) Serán construídas de manera que se impida el acceso de insectos, roedores y otras clases de animales.

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Las áreas a las que se refiere este artículo serán aseadas y fumigadas para desinfección y desinfestación con la regularidad que exige la naturaleza de la actividad que en ellas se desarrolla. Art. 25.- Del uso de contenedores para almacenamiento. El uso de contenedores para almacenamiento como depósito de basuras, podrá permitirse en el servicio ordinario, a juicio de la entidad de aseo. Los contenedores podrán ser utilizados directamente por los usuarios para almacenamiento de basuras del servicio ordinario, en forma pública o privada. Para la instalación por particulares de uno o más contenedores de basuras o similares, en el servicio ordinario, se deberá obtener la aprobación de la entidad de aseo respectiva. Art. 27.- De las características de los contenedores de almacenamiento El tamaño, la capacidad y el sistema de carga y descarga de contenedores de almacenamiento público o privados, serán determinados por las entidades de aseo, con el objeto de que sean compatibles con su equipo de recolección y transporte. Art. 28.- De la prohibición de arrojar basuras fuera de los contenedores de almacenamiento. Se prohíbe arrojar o depositar basuras fuera de los contenedores de almacenamiento. El aseo de los alrededores de contenedores de almacenamiento de uso privado, será responsabilidad de los usuarios. Las entidades de aseo deberán recolectar las basuras de los contenedores de almacenamiento con una frecuencia tal que nunca se rebase la capacidad de contenido máxima del contenedor. Art. 29.- De los sitios de ubicación para los contenedores de almacenamiento. El sitio escogido para ubicar contenedores de almacenamiento para desechos sólidos en el servicio ordinario, deberá permitir como mínimo, lo siguiente: a) Accesibilidad para los usuarios. b) Accesibilidad y facilidad para el manejo y evacuación de las basuras. c) Limpieza y conservación de la estética del contorno. Art. 32.- De la prohibición de quemar basuras Se prohíbe la quema de basuras en contenedores de almacenamiento. Art. 37.- De la prohibición de entregar basuras en incumplimiento de las normas. Se prohíbe la entrega de desechos sólidos para recolección, en recipientes que no cumplan con los requisitos contemplados en el presente Reglamento. Art. 40.- De la responsabilidad conjunta por mala entrega de basuras. En caso de que el productor de basuras las entregue a persona natural o jurídica que no posea autorización de la entidad de aseo, aquel y ésta responderán solidariamente de cualquier perjuicio causado por las mismas y estarán sujetos a la imposición de las sanciones que establezcan las autoridades pertinentes. Art. 53.- De las condiciones de los vehículos de transporte.

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Los vehículos destinados para el transporte de basuras deberán reunir las condiciones propias para esta actividad y las establecidas en este Reglamento y su modelo cumplirá con las especificaciones que garanticen la correcta prestación del servicio de aseo público Art. 73.- De la prohibición de disponer o abandonar basuras a cielo abierto, en vías públicas, en cuerpos de agua, etc. A partir de la vigencia de este Reglamento se prohíbe la disposición o abandono de basuras, cualquiera sea su precedencia, a cielo abierto, en patios, predios, viviendas, en vías o áreas públicas y en los cuerpos de agua superficiales y subterráneos. Art. 90.- Del régimen aplicable al servicio especial del aseo. El manejo de los desechos sólidos con características especiales deberán cumplir, además de las disposiciones de carácter general de este Reglamento, las de este Capítulo. Art. 91.- De los sistemas de manejo de desechos sólidos con características especiales. Todo sistema de manejo de desechos sólidos con características especiales deberán ser sometido a la aprobación del IEOS. Art. 92.- Del almacenamiento de desechos sólidos con características especiales. El almacenamiento de los desechos sólidos con características especiales deberán efectuarse en recipientes distintos a los destinados para el servicio ordinario, claramente identificados y observando medidas especiales de carácter sanitario y de seguridad para protección de la salud humana y del medio ambiente. Art. 94.- De los recipientes para almacenamiento de desechos sólidos con características especiales. Los recipientes para almacenamiento de desechos sólidos con características especiales deberán ser de cierre hermético y estar debidamente marcados con las medidas a seguir en caso de emergencia. El material que se utilice en su fabricación deberá estar de acuerdo con las características de los desechos a ser almacenados. Art. 96.- De la prohibición de almacenar en un mismo recipiente sustancias peligrosas que puedan interactuar. Se prohíbe el almacenamiento de desechos sólidos en un mismo recipiente, cuando puedan interactuar ocasionando situaciones peligrosas; para tal efecto, se deberán observar las normas específicas que expida el IEOS al respecto. Art. 106.- De los propósitos de la recuperación de desechos sólidos. El reuso y reciclaje de desechos sólidos tiene dos propósitos fundamentales: a) Recuperación de valores económicos y energéticos que hayan sido utilizados en el proceso primario de elaboración de productos. b) Reducción de la cantidad de basura producida, para su disposición final sanitaria. Art. 107.- De la obtención de permisos para la recuperación de basuras. Las personas naturales o jurídicas que de los sitios de disposición final de basuras deseen recuperar materiales útiles para la industrialización, deben obtener permiso previo de la autorización de salud. 6.1.18 Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social Este reglamento establecido bajo Decreto Ejecutivo 1040 promulgado el 22 de Abril del 2008, publicado en el registro oficial 332 el 8 de mayo del 2008, y regula la aplicación de los artículos 28 y 29 de la Ley de Gestión Ambiental, en consecuencias, sus disposiciones serán los parámetros básicos que deban acatar todas las instituciones del Estado que integren el Sistema Nacional Descentralizado de Gestión

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Ambiental, sus delegaciones y concesionarios. El objeto principal de este Reglamento es contribuir a garantizar el respeto al derecho colectivo de todo habitante a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación, mediante un Instructivo al Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social Establecidos en la Ley de Gestión Ambiental; Acuerdo MAE 112 promulgado el 17 de Julio del 2008. Art. 5.- El Facilitador Socioambiental Acreditado es un profesional en libre ejercicio, sin relación de dependencia con institución pública o privada alguna, que el Ministerio del Ambiente reconoce como calificado para la organización, conducción, registro, sistematización, análisis e interpretación de los Procesos de Participación Social. Art. 6.- Para la coordinación y sistematización del Proceso de Participación Social (PPS), el Ministerio del Ambiente, a través de la Subsecretaría de Calidad Ambiental, establecerá una base de datos de Facilitadores Socio-ambientales Acreditados, quienes provendrán de las ciencias sociales, socioambientales y/o disciplinas afines, y acreditarán experiencia en la organización, conducción, registro, sistematización, análisis e interpretación de procesos de diálogo y participación social. Las Autoridades Ambientales de Aplicación Responsable debidamente acreditadas podrán contar con su propia base de Facilitadores Socio-ambientales Acreditados. En caso de no contar con dicha base, obligatoriamente deberán recurrir a la base de facilitadores Socio-Ambientales del Ministerio del Ambiente. Art. 8.- El Facilitador Socio-ambiental será designado por la Autoridad Ambiental competente a partir del ingreso de la solicitud del proponente del proyecto. Art. 9.- Para la organización local del Proceso de Participación Social (PPS), el Facilitador Socioambiental o técnico asignado para el Proceso de Participación Social (PPS), de manera obligatoria, realizará una visita previa al Área de Influencia Directa (AID) del proyecto definida en el borrador del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) con la finalidad de identificar las condiciones sociocomunicacionales locales y establecer los Mecanismos de Participación Social (MPS) más adecuados en función de las características sociales locales, de manera tal que se asegure un Proceso de Participación Social (PPS) oportuna y suficientemente convocado e informado. El proceso de Vista Previa consiste en: 1. Verificar en campo la lista de actores sociales y organizacionales que son parte del área de influencia social, directa e indirecta, del proyecto y que tendrán que ser convocados al Proceso de Participación Social (PPS). 2. Identificar las temáticas, problemáticas y conflictos socio-ambientales que podrían ser motivo de tratamiento durante el proceso de diálogo social del Proceso de Participación Social (PPS). 3. Identificar a las organizaciones de la sociedad civil de género, y de los pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias, presentes en el área de influencia del proyecto, para verificar su inclusión en la lista de actores a ser invitados al Proceso de Participación Social (PPS). 4. Determinar los medios de comunicación locales a ser utilizados para la convocatoria al Proceso de Participación Social (PPS) y para la difusión del borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, o su equivalente. 5. Programar, en conocimiento de los representantes y/o líderes comunitarios, autoridades locales, y comunidad en general, el lugar, fecha y hora tentativas para la aplicación de los Mecanismos de Participación Social (MPS). Se debe asegurar que el escenario, fecha y hora de la Presentación Pública o su Mecanismo de Participación Social equivalente responda al principio de libre accesibilidad. Art. 10.- Finalizada la Visita Previa, en el término de cinco días, el Facilitador Socioambiental asignado presentará un informe técnico con los debidos respaldos empíricos (fotos, mapas, encuestas, entrevistas, material de audio o video, etc.). Este informe será revisado y validado por la Autoridad Ambiental

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correspondiente, y será el marco de referencia para el desarrollo del Proceso de Participación Social (PPS) y la aplicación de los Mecanismos de Participación Social correspondientes. Si luego de la Visita Previa, el Facilitador Socioambiental establece que por el contexto social del proyecto se requiere de la participación de más Facilitadores Socioambientales, la Autoridad Ambiental Nacional y/o Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable evaluará esta recomendación y podrá asignar a dos o más Facilitadores Socio-ambientales para dicho Proceso de Participación Social (PPS). En este caso, se solicitará al proponente el pago por los servicios de facilitación de acuerdo al número de Facilitadores Socioambientales requeridos. El informe de Visita Previa deberá estar incluido en el informe final del Proceso de Participación Social (PPS). Art. 13.- Para la difusión e información social, y una vez realizada la publicación de las convocatorias, en el/los Centros de Información Pública (CIP), se deberá mantener disponible, por un periodo no menor a siete días antes de la realización de la Audiencia Pública (AP) o el mecanismo equivalente, el borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental o su equivalente, para su revisión por parte de la ciudadanía. Art. 15.- En caso de proyectos y/o actividades que se desarrollen en zonas donde exista presencia de comunidades de los pueblos y nacionalidades indígenas, las convocatorias al Proceso de Participación Social deberán hacerse en castellano y en los idiomas de uso social del Área de Influencia Directa del proyecto. De la misma manera, el Centro de Información Pública (CIP) deberá contar con al menos un extracto del proyecto traducido al idioma de las nacionalidades. Además, se deberá contar con la presencia de un traductor lingüístico para la presentación del borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, o su equivalente y el diálogo social que se genera durante el desarrollo de la Audiencia Pública o su equivalente. Art. 16.- La sistematización del Proceso de Participación Social (PPS) se procederá de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 9 y 19 del Decreto Ejecutivo No. 1040, publicado en el Registro Oficial No. 332 del 08 de mayo del 2008. Art. 18.- De requerir información ampliatoria, aclaratoria, y/o complementaria del Proceso de Participación Social (PPS), la Autoridad Ambiental Nacional y/o a la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable debidamente acreditada, solicitará al facilitador socio-ambiental asignado la entrega de la misma en un plazo máximo de cinco días. Art. 19.- De ser necesario, y en función de la evaluación científico y técnica del PPS, la Autoridad Ambiental Nacional y/o a la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable debidamente acreditada, podrá disponer de mecanismos de refuerzo, complemento y/o ampliación del PPS. Art. 20.- Si en la evaluación científico-técnica del Informe del Proceso de Participación Social se determinara incumplimiento de las actividades y responsabilidades del proponente del proyecto en la aplicación de los Mecanismos de Participación Social (MPS) acordados, la Autoridad Ambiental Nacional y/o la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable debidamente acreditada dispondrá al proponente la realización de un nuevo Proceso de Participación Social (PPS), y el pago del servicio de facilitación correspondiente. Art. 22.- En caso de inasistencia del Facilitador Socio-ambiental Asignado a la Audiencia Pública o su equivalente, la Autoridad Ambiental Nacional y/o Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable presente en el acto recogerá las observaciones y comentarios de los asistentes y presentará un informe técnico que permitirá evaluar y validar el Proceso de Participación Social (PPS). Reglamento de Seguridad para la Construcción y Obras Públicas Suplemento del Registro Oficial 249, Jueves 10 de enero del 2008. Función Ejecutiva – Acuerdo Ministerio de Trabajo y Empleo # 00174. Preparado por: Blgo. Eduardo Molina B. Marzo 2014

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6.1.19 Decreto 3516. Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente. El presente Decreto expide el Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, a través de la publicación en el Registro Oficial edición especial 2, el 31 de marzo del 2003. Este texto unificado está compuesto de nueve libros, algunos de los cuales contienen sus respectivos anexos. Su objetivo principal es actualizar la legislación en materia ambiental y permitir ubicar con exactitud la normativa vigente en cada recurso natural. 6.1.20 Políticas básicas ambientales del Ecuador Las políticas que a continuación se presentan, han sido agregadas al Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA) en el Artículo 1 del documento 1589, expuesto en el Registro Oficial N° 320, del 25 de Julio del 2006. . 6.1.21 Acuerdo 112: Instructivo al Reglamento de Aplicación de los mecanismos de participación social. Expídase el Instructivo al Reglamento de aplicación de los mecanismos de participación social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental. Este acuerdo se publicó en el registro oficial 428, 18 de Septiembre del 2008 y cita lo siguiente: Art. 1.- Entiéndase por Proceso de Participación Social (PPS) al diálogo social e institucional en el que la Autoridad Ambiental competente informa a la población sobre la realización de posibles actividades y/o proyectos, y consulta la opinión de la ciudadanía informada sobre los impactos socio-ambientales esperados y la pertinencia de las acciones a tomar, con la finalidad de recoger sus opiniones, observaciones y comentarios, e incorporar aquellas que sean justificadas y factibles técnicamente en el Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental, y que son de cumplimiento obligatorio en el marco de la Licencia Ambiental del proyecto. De esta manera, se asegura la legitimidad social del proyecto y el ejercicio del derecho de participación de la ciudadanía en las decisiones colectivas. Art. 2- El Proceso de Participación Social (PPS) se realizará de manera obligatoria en todos los proyectos o actividades que requieran de licencia ambiental tipo II, III y IV. Art. 3.- El Ministerio del Ambiente se encargará del control y administración institucional de los Procesos de Participación Social (PPS) en aquellos proyectos o actividades en los que interviene como autoridad competente. De existir Autoridades Ambientales de Aplicación Responsable debidamente acreditadas, éstas serán las encargadas de aplicar el presente instructivo. 6.1.22 Acuerdo 106: Reforma al Instructivo al Reglamento de aplicación de los mecanismos de participación social Establecidos en la Ley de Gestión Ambiental. En base a lo indicado en el artículo 5, el presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de elaboración, 30 de octubre del 2009, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Art. 2.- A continuación del artículo 4 agréguese los siguientes artículos: Art. En caso de que un proyecto por su trascendencia, problemática social, área de influencia y/o nivel de conflictividad lo requiera, la Autoridad Ambiental competente podrá asignar a dos facilitadores o más para el proceso de Participación Social respectivo. De ser este el caso se solicitará al proponente el pago de tasa respectiva de acuerdo al número de facilitadores asignados. Art. No se podrá asignar a un solo facilitador más de dos procesos de participación social por mes. Art. En caso de incumplimiento de una o más obligaciones establecidas en el presente acuerdo ministerial el facilitador será sancionado la primera vez con la suspensión de su calificación durante tres meses,

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período durante el cual el Ministerio del Ambiente no le designará como facilitador dentro de ningún proceso de participación. En caso de reincidencia se revocará definitivamente la calificación del facilitador ante el Ministerio del Ambiente. Art. 3.- En el artículo 5 agréguese: El facilitador seleccionado deberá ser una persona en libre ejercicio profesional, que no tenga relación de dependencia con ninguna institución pública ni privada. 6.1.23 Acuerdo 68: Reformas al Texto Unificado de Legislación Secundaria del Libro VI Título I del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA), publicado en el Registro Oficial No. 33 del 31 de julio del 2013, donde se establece en el Capítulo VII lo correspondiente a la Participación Ciudadana establecido en los: Art. 62.- Inspecciones La entidad ambiental de control podrá realizar inspecciones para verificar los resultados del informe de auditoría ambiental y la validez del mismo, y que el nivel de cumplimiento del plan de manejo es consistente con lo informado. Cuando la entidad ambiental de control considere pertinente, deberá solicitar, la realización de una nueva auditoría ambiental para verificar el cumplimiento del regulado con el plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes. Esta auditoria será adicional a la que el regulado está obligado a realizar, según el artículo 60 o por cuerpos normativos especiales. El costo de esta AA de cumplimiento excepcional deberá ser cubierto por el regulado solo si de sus resultados se determina que se encontraba excediéndose en las emisiones, descargas o vertidos autorizados, en incumplimiento con el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas o con su plan de manejo ambiental. Art. 63.- Actividades con Impacto Ambiental Acumulativo Las entidades ambientales de control deberán evaluar los impactos ambientales acumulativos que puedan producir actividades o fuentes no significativas, para lo cual deberán elaborar estudios o monitoreos de calidad de un recurso. Las actividades no reguladas debido a que su impacto ambiental de manera individual no es fácilmente advertible pero que en conjunto o en combinación con otras fuentes o actividades, contribuye a crear un impacto ambiental significativo en el tiempo o en el espacio pudiendo deteriorar la calidad ambiental, serán consideradas significativas y por tanto pasarán a ser actividades reguladas. Art. 64.- Incumplimiento de Cronograma En caso de que los cronogramas del plan de manejo ambiental no fueren cumplidos, la entidad ambiental de control deberá: a) Autorizar prórrogas para el cumplimiento de las actividades previstas o modificaciones al plan, siempre y cuando existan las justificaciones técnico-económicas y no se hubiese deteriorado la situación ambiental debido al incumplimiento del plan; ó b) Revocar las autorizaciones administrativas otorgadas y proceder al sancionamiento respectivo debido a la contaminación ambiental ocasionada, y disponer la ejecución de las medidas de remediación necesarias. c) Iniciar las acciones civiles y penales a que haya lugar. Art. 65.- Acciones Administrativas Cuando el regulado no estuviere de acuerdo con las resoluciones de los entes reguladores, podrán presentar los recursos de reposición o revisión, según corresponda.

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6.1.24 Acuerdo 55: Instructivo para la calificación y registro de consultores ambientales Acuerdo publicado en el Registro Oficial Nº 198, el 21 de mayo de 2010. Art. 1.- Objeto.- El presente instructivo tiene por objeto establecer el procedimiento para el registro y calificación de consultores ambientales autorizados para realizar, términos de referencia, estudios ambientales, evaluación de riesgo ambiental y planes de manejo ambiental, auditorias ambientales, fichas ambientales sujetas a aprobación y demás instrumentos ambientales reconocidos por la normativa ambiental aplicable y que se presenten al Ministerio del Ambiente o ante la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable acreditada al SUMA, para su revisión y pronunciamiento. Art. 2.- Consultores Ambientales.- Son consultores ambientales las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, que cuenten con domicilio en el territorio nacional y que tengan por objeto o actividad la realización de estudios ambientales, planes de manejo ambiental, evaluación de riesgo ambiental, auditorías ambientales y demás instrumentos ambientales reconocidos por la normativa ambiental aplicable. 6.1.25 Norma de calidad ambiental y de descarga de efluentes: recurso agua Anexo 1, del Libro VI, De la calidad ambiental del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA). Es dictada bajo el amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental y se somete a las disposiciones de éstos, es de aplicación obligatoria y rige en todo el territorio nacional. 6.1.25.1 Criterios generales para la descarga de efluentes. 6.1.26 Norma de calidad de aire ambiente La presente norma técnica se presenta como Anexo 4, del Libro VI De la calidad ambiental, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA). Es dictada bajo el amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental y se somete a las disposiciones de éstos, es de aplicación obligatoria y rige en todo el territorio nacional. 6.1.27 Límites permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas y fuentes móviles, y para vibraciones La presente norma técnica se presenta como el Anexo 5, del Libro VI De la Calidad Ambiental, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA). Esta norma determina o establece:

  

Los niveles permisibles de ruido en el ambiente, provenientes de fuentes fijas. Los límites permisibles de emisiones de ruido desde vehículos automotores. Los valores permisibles de niveles de vibración en edificaciones.

Los métodos y procedimientos destinados a la determinación de los niveles de ruido. La norma tiene como objetivo principal, preservar la salud y bienestar de las personas, y del ambiente en general, mediante el establecimiento de niveles máximos permisibles de ruido. La norma establece además los métodos y procedimientos destinados a la determinación de los niveles de ruido en el ambiente, así como disposiciones generales en lo referente a la prevención y control de ruidos.

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6.1.27.1 Niveles máximos permisibles de ruido. 6.1.28 Norma de calidad ambiental para el manejo y disposición final de desechos sólidos no peligrosos La presente norma técnica se presenta como Anexo VI, del Libro VI De la calidad ambiental, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA). Establece los criterios para el manejo de los desechos sólidos no peligrosos, desde su generación hasta su disposición final. La norma tiene como objetivo la prevención y control de la contaminación ambiental, en lo relativo al recurso aire, agua y suelo. Además de salvaguardar, conservar y preservar la integridad de las personas, de los ecosistemas y sus interrelaciones y del ambiente en general. 6.1.29 Normas INEN 6.1.29.1 Colores, señales y símbolos de seguridad: Norma Técnica ecuatoriana NTE 0439:84 Objeto: Esta norma establece los colores, señales y símbolos de seguridad, con el propósito de prevenir accidentes y peligros para la integridad física y la salud, así como para hacer frente a ciertas emergencias. 6.1.29.2 Agua. Calidad del Agua. Muestreo. Manejo y conservación de muestras: Norma técnica ecuatoriana NTE 2169:98 Objeto: Esta norma establece las precauciones generales que se deben tomar para conservar y transportar muestras de agua y describe las técnicas de conservación más usadas. 6.1.29.3 Agua. Calidad del Agua. Muestreo. Técnicas de Muestreo: Norma técnica ecuatoriana NTE 02176:98 Objeto: Esta norma establece guías sobre las técnicas de muestreo usadas para obtener los datos necesarios en los análisis de control de calidad, de las aguas naturales, poluidas y agua residuales para su caracterización. 6.1.29.4 Agua. Calidad del Agua. Muestreo. Diseño de los Programas de Muestreo: Norma técnica ecuatoriana NTE 2226:00 Alcance y Campo de Aplicación: Esta norma establece los principios generales a ser aplicados en el diseño de los programas de muestreo para el control de la calidad, caracterización de la calidad de identificación de las fuentes de contaminación en el agua, incluidos los sedimentos y lodos. 6.1.29.5 Aire. Requisitos: Norma técnica ecuatoriana NTE 02378:04 Objeto: Esta norma establece los requisitos que debe cumplir el aire con fines medicinales e industriales. 6.1.29.6 Instalaciones de gases combustibles para uso residencial, comercial e industrial. Requisitos. Objeto: Esta norma establece los requisitos técnicos y las medidas de seguridad mínimas que deben cumplirse al diseñar, construir, ampliar, reformar, revisar y operar las instalaciones receptoras de gases combustibles para uso residencial, comercial e industrial; así como las exigencias mínimas de los sitios donde se ubiquen los equipos y artefactos que consumen gases combustibles, las condiciones técnicas de su conexión, ensayos de comprobación y su puesta en marcha. 6.1.30 Normas Técnicas Ecuatorianas Referentes a Ingeniería Civil Estas normas proporcionan datos de obligatorio cumplimiento que deben ser observadas, en el proyecto de ejecución y control, están dadas para obras destinadas a las poblaciones de todas las áreas.

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6.1.31 Normas Técnicas Ecuatorianas Referentes a Materiales de Construcción y Edificación Por medio de las cuales se homologan, aprueban o se declaran de obligatorio cumplimiento los materiales utilizados en la construcción y/o edificación de inmuebles.

7 METODOLOGIA La investigación de campo del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto, se basa en una metodología tendiente a reconocer el área del proyecto así como su área de influencia; las condiciones actuales que presenta el área respecto al estado de situación de los factores ambientales: recursos bióticos, abióticos y socioeconómicos, con la finalidad de tener los datos necesarios que permita la toma de decisiones y plantear recomendaciones sobre el uso y conservación de los recursos naturales, así como una determinación de obligaciones del personal de la Planta, mediante el Plan de Manejo Ambiental. Es importante indicar que el área de estudio se encuentra significativamente intervenida con respecto a sus condiciones naturales, en consecuencia no se espera encontrar características singulares en cuanto a los aspectos bióticos, sin embargo, se hará una caracterización sobre la flora y la fauna presentes; este muestreo cualitativo-cuantitativo en toda el Área de Influencia del proyecto permitirá recopilar la mayor cantidad de información posible (muestreo cuantitativo); realizando un recorrido por toda el área del proyecto con el fin de recopilar información sobre aves, reptiles, anfibios, mamíferos, insectos y flora. En una primera etapa se señalarán los antecedentes del proyecto, realizando una descripción de las actividades que se llevan a cabo durante la etapa de construcción, la segunda fase comprende la búsqueda de información y diagnóstico, consistente en la recogida de la información necesaria y suficiente para comprender el funcionamiento del medio. Una tercera etapa corresponde a la definición y descripción del área del proyecto, así como la descripción de la línea base ambiental, caracterizando el Medio Físico, el Medio Biótico y el Medio Socioeconómico y Cultural.

7.1 METODOLOGÍA MEDIO FÍSICO La caracterización del entorno físico comprende una descripción general de varios recursos o componentes, como: Clima y Meteorología, Clasificación Climática, Temperatura, Precipitación, Vientos, Suelos, Geología, Estratigrafía, Geomorfología, Calidad de Suelos; y, Calidad del Aire. 7.1.1

Caracterización del Clima y Meteorología

Se define el clima como un conjunto de fenómenos meteorológicos que caracterizan a un área de la superficie terrestre. La información del clima del área de estudio, proviene de los registros del Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología (INAMHI). Los parámetros a investigar son: Precipitación, Temperatura Superficial del Aire, Dirección y Velocidad del Viento, para lo cual se cuenta con registros desde el mes de enero del 2005 hasta diciembre de 2010 (último quinquenio reportado y disponible); y en caso de encontrar información más actualizada se procederá a incluirla. 7.1.2

Clasificación Climática

En base a información local y regional, se describirán las condiciones climatológicas del área de influencia. Importante fuente de información serán los datos meteorológicos y climatológicos de la estación meteorológica más cercana del área de influencia, y que coincida además con la zona climática del proyecto. Preparado por: Blgo. Eduardo Molina B. Marzo 2014

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La caracterización de una región a partir de los elementos meteorológicos de temperatura y precipitación es el objetivo de una clasificación climática, dichos parámetros actúan directamente sobre la vegetación determinando el paisaje. La zona de estudio forma parte de la región Seco Tropical. El borde costero de esta región se asienta junto a las masas de aire y agua del Pacífico, el desplazamiento estacional de ambas establecen las características climáticas de la región. Durante enero y abril se desplazan hacia el sur, presentándose las lluvias, siendo marzo el mes más lluvioso; y al regresar hacia el norte, actúa la influencia fresca y estabilizadora de la Corriente del Perú y en la región empieza la estación seca que va de mayo a diciembre. La estación más calurosa es la estación lluviosa (Diciembre-Mayo) llegándose a registrar temperaturas máximas de hasta 350C, y mínimas de hasta 240C durante la estación seca (Junio-Noviembre), con un promedio anual cercano a los 250C. Hay que anotar que durante el verano se presentan precipitaciones en forma de lloviznas ocasionales relacionadas con neblinas procedentes del mar. 7.1.3

Caracterización de la Geología, Geomorfología y Suelos

Se realizará una descripción general de las características geológicas y geomorfológicas del terreno donde se encuentra la planta. Se tomaron las coordenadas geográficas del predio y sus deslindes, para conocer su ubicación exacta en el espacio terrestre, así como la extensión y forma del predio, lo cual debe de ser validado por el propietario y reconocidos de acuerdo a la inscripción en el registro de la propiedad; por otra parte, se recolectará la información secundaria disponible: planos de inscripción, estudios e informes de la zona, imágenes satelitales, entre otras. 7.1.4

Análisis de Calidad de Agua

Para efectos de la determinación de la Calidad de Agua que descarta del proceso productivo, y envía a los diferentes sectores de la población, se contratarán los servicios de un laboratorio de análisis acreditado el mismo que reportará los datos de los parámetros establecidos en la Tabla 1 del Libro VI del Anexo 1 del TULAS. (Aceites y Grasas, Aluminio, Amoniaco, Amonio, Arsénico (total), Bario, Cadmio, Cianuro Total, Cloruro, Cobre, Coliformes Totales, Coliformes Fecales, Color, Compuestos Fenólicos, Cromo Hexavalente, DBO (5 días); y, Dureza. Además Sólidos disueltos Totales. Para el caso de las aguas residuales del proceso productivo se considerarán los mismos parámetros del caso anterior más, pH, Sulfatos (SO4) y Oxígeno Disuelto. Y para el caso de las aguas residuales domésticas se considerarán los parámetros establecidos en la Tabla 11, del Libro VI del TULAS, Se adjuntarán como anexos al estudio los informes del laboratorio acreditado. 7.1.5

Análisis de los Niveles de Ruido (Laboral)

Durante un período de 1 día (24 horas) se realizarán mediciones de ruido en un lugar del área de trabajo, utilizando dos Sonómetros Normalizados que constan de un micrófono, una sección de procesamiento de señal y una unidad de lectura, mediante la cual permite medir el nivel de presión acústica, expresado en dB, están diseñados para responder al sonido casi de la misma forma que el oído humano; proporcionando mediciones objetivas y reproducibles del nivel de presión acústica. El micrófono de medición convierte la señal acústica en una señal eléctrica, la cual es procesada en amplificadores que adecuan la sensibilidad de la señal dentro del sistema de medición. A continuación la señal entra en un detector, que obtiene los valores definidos de la señal. Inmediatamente la señal es enviada a un convertidor lineal- logarítmico que realiza la conversión de una escala lineal (presión en Pa) a una escala logarítmica (nivel de presión acústica, en dB), siendo la tensión eléctrica de esta etapa proporcional al nivel de presión considerado.

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La determinación de ruido laboral se realizará según el procedimiento especifico PEE.EL.01 cumpliendo con el método Acoustics – Description, measurement and assessment of environmental noise ISO 1996-1 y ISO 1996-2 y la Legislación ambiental ecuatoriana libro VI anexo 5 Tabla 1, donde se indican los límites máximos permisibles de niveles de ruido laboral. Los niveles de presión sonora equivalente NPSeq, expresados en decibeles, en ponderación con escala A, que se obtengan de la emisión de una fuente fija emisora de ruido, no podrán exceder los valores expresados en la siguiente tabla: TABLA 2. EMISIONES DE RUIDO PERMITIDAS EN TIPO DE ZONAS SEGÚN USO DEL SUELO.

NIVEL DE PRESION SONORA EQUIVALENTE NPSeq dB(A) TIPO DE ZONA SEGÚN USO DEL SUELO DE 06H00 A 20H00

DE 20H00 A 06H00

Zona hospitalaria y educativa

45

35

Zona residencial

50

40

Zona residencial mixta

55

45

Zona comercial

60

50

Zona comercial mixta

65

55

Zona industrial

70

65

Los datos se presentaran en una tabla como se indica a continuación. TABLA 3. MATRIZ PARA REPRESENTAR LAS EMISIONES DE RUIDO.

Punto

Nivel de Presión Sonora Equivalente Corregido NPSeq dB (A)

Norma de Seguridad Industrial dB (A)

Norma Ambiental Uso de Suelo Residencial Mixta dB (A)

Coordenadas

Medición

Norma

Norma

Se adjuntarán como anexos al estudio los informes del laboratorio acreditado.

7.2 METODOLOGÍA DEL MEDIO BIÓTICO En el trabajo de campo para la recolección de información del medio biótico se empleará la metodología de Evaluación Ecológica Rápida (EER) desarrollada por The Nature Conservancy (TNC), en la cual se establecen los siguientes pasos:

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 



7.2.1

Validar la información existente de estudios preliminares realizados en la zona. Completar, generar, aglutinar y sistematizar la información existente de flora y fauna, la misma, integra múltiples niveles de información, desde imágenes de satélite, así como evaluaciones y verificaciones de campo para producir mapas temáticos e informes sobre componentes físicos y biológicos de ser el caso. Determinación de los sitios de verificación y caracterización de la vegetación a través de estratificación, conjuntamente con la ubicación de los sitios de monitoreo de fauna evidenciando directamente, los datos existentes recopilados durante el trabajo de revisión de información de carácter secundario.

Flora

Se considerarían como criterios principales de descripción la fisonomía y estructura de las formaciones vegetales, agregándole en forma complementaria un criterio ambiental que se refiere a las condiciones geomorfológicas, climáticas y edáficas en que se desarrollan éstas, así se podrá identificar, delimitar y caracterizar las formaciones vegetales presentes en el área de estudio y su zona de influencia; a partir de los antecedentes bibliográficos disponibles para la zona, se considerará la fisonomía de las comunidades vegetales y la forma en que éstas ocupan el espacio vertical (estratos) y horizontal (cobertura) ya que una unidad fisonómica homogénea de vegetación que se relaciona directamente con las especies que la componen y con el medio físico donde se desarrollan (geomorfología, clima, suelo). 7.2.2

Fauna

En el área donde se implementará el proyecto y su zona de amortiguamiento se evaluará directamente la presencia y abundancia de vertebrados terrestres, se registrarán las presencias en función de avistamientos ó audiciones, así como registros indirectos (fecas, huellas y nidos). La metodología general es específica para cada grupo: Reptiles: se realizará una búsqueda exhaustiva en los distintos ambientes detectados en el área de influencia del proyecto, haciendo especial énfasis en arbustos, árboles, murallas y rocas. Aves: dadas las características del sector, lo relativamente plano, de alta visibilidad del área del proyecto y su zona de influencia del proyecto, el avistamiento se lo hizo en cuatro partes diferentes del terreno, fotografiando las aves avistadas. El análisis de la información de cada uno de los taxa identificados, se analizó su estado de conservación de acuerdo con la legislación vigente, así como su endemismo.

7.3 METODOLOGÍA SOCIO ECONÓMICA El diagnóstico del componente socioeconómico se basará en: I.

Revisión documental: incluye información estadística e indicadores socio-económicos y demográficos sobre estratos político administrativos referenciales: cantonal, parroquial y provincial.

Para la caracterización del componente social, se usó la información disponible más actual, complementándose con lo relevado en el sitio.

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7.4 METODOLOGÍA PARA LA IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN HALLAZGOS, CONFORMIDADES Y NO CONFORMIDADES

DE

La metodología que será utilizada para el desarrollo del estudio, se apoya principalmente en la revisión de listas de chequeo para la etapa de identificación de impactos y de las matrices causa-efecto para la etapa de evaluación. Entre las actividades principales que se desarrollaran por el grupo consultor en el sitio del proyecto, están las siguientes:  • Visitas de campo en las zonas en las que se ejecutó y ejecuta el proyecto.

     

 o o o o  o o o o o o 

• Entrevistas y reuniones de trabajo con el personal responsable del proyecto en las instalaciones de la Planta. • Verificación del establecimiento del sistema de mediciones de impactos al aire y de ruido. Estándares: Se definieron los valores de calidad ambiental, en función de la normativa ambiental aplicable en el país. Norma, especificación o lineamiento aplicado: Para cada punto de evaluación se tomó como referente, alguna especificación establecida en alguna normativa ambiental aplicable para el sector pesquero. Conformidad (C): Calificación dada a las actividades, procedimientos, procesos, instalaciones, prácticas o mecanismos de registro que se han realizado o se encuentran dentro de las especificaciones expuestas en la normativa ambiental específica aplicable. No Conformidad (NC): Calificación dada a las actividades, procedimientos, procesos, instalaciones, prácticas o mecanismos de registro que no se han realizado o no se encuentran dentro de las especificaciones expuestas en alguna normativa ambiental específica. No Conformidad Menor (nc-): Calificación que implica una falta leve frente a la normativa ambiental específica aplicable para el sector de acuacultura, dentro de los siguientes criterios: Fácil corrección o remediación; Rápida corrección o remediación; Bajo costo de corrección o remediación; evento de magnitud pequeña, extensión puntual; Poco riesgo e impactos menores. No Conformidad Mayor (NC+): Calificación que implica una falta grave frente a alguna normativa ambiental específica; también pueden deberse a repeticiones periódicas de no conformidades menores. Los criterios de calificación fueron los siguientes: Corrección o remediación difícil; Corrección o remediación que requiere mayor tiempo y recursos; El evento es de magnitud moderada a grande; Los accidentes potenciales pueden ser graves o fatales; y, Evidente despreocupación, falta de recursos o negligencia en la corrección de un problema menor. No aplica: Se da esta calificación cuando se ha citado acciones o artículos de la normativa ambiental que no tienen relación con la actividad que se realiza, y su aplicabilidad es innecesaria.

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Cierre de No Conformidades. Programas y planes de acción definidos para aplicar las acciones correctivas que eliminen las No Conformidades detectadas.

7.5 METODOLOGÍA PARA LA EVALUACIÓN DE ÁREA DE INFLUENCIA DE LOS IMPACTOS. Los componentes se evaluaron mediante estudios de campo para lograr la caracterización de línea base, para la verificación se utilizarán los mapas del área. Como Área de Influencia Directa (AID) tomamos al núcleo de la actividad en donde existirá una afectación permanente de los medios impactados y como Área de Influencia Indirecta (AII) se considera la zona de afectación temporal y reversible. Para determinar el área de influencia, se analizarán tres criterios que tienen relación con el alcance geográfico, con la temporalidad o duración del Proyecto y, con la situación de los factores ambientales. Estos criterios se los conceptualiza de la siguiente manera: 

Límite del Proyecto. Se determina por el tiempo, el espacio y alcance que comprenden la vida del proyecto. Para este concepto se definen a continuación las siguientes escalas: o

Escala Espacial: Viene a constituir el espacio físico donde se manifiestan los impactos ambientales.

o

Escala Temporal: Está directamente vinculada con la duración que demanden los Trabajos o tiempo supeditado al proyecto.



Límites Ecológicos. Los límites ecológicos están determinados por las escalas temporales y espaciales, ya que en función de éstas se pronosticarán los potenciales impactos o efectos sobre el entorno socio-ambiental. Esta escala es variable y dependerá de la calidad del entorno o de sus recursos. El área espacial en donde se presentarán los potenciales efectos sobre el componente ecológico natural, estará en función a los sitios en donde el proyecto tiene intervención y/o interactúe con el entorno.



Límites Administrativos. Se refiere a los límites Políticos - Administrativos a los que pertenece el área donde se desarrollará el proyecto.

En virtud que el proyecto “CONSULTORÍA PARA REALIZAR INFORMES Y TRÁMITES PARA OBTENER LA LICENCIA AMBIENTAL PARA LA PLANTA POTABILIZADORA ATAHUALPA DE AGUAPEN EP”, se ha considerado como Área de Influencia Directa (AID) el espacio del terreno donde se encuentra ubicada la Planta y dadas las características se consideró en la fase de operación y mantenimiento, está área será reducida a las propias instalaciones del proyecto, y sus inmediaciones circundantes. Para definir las AID y las AII, realizamos una evaluación de las áreas de afectación así como las variables ambientales significativas según las actividades:

7.6 METODOLOGÍA PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA En el Registro Oficial No. 322, publicado el jueves 8 de mayo del 2008, se expide el Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental, con la finalidad de instaurar los criterios y mecanismos de la participación ciudadana a ser adoptados por las autoridades que conforman el Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, a fin de salvaguardar la seguridad jurídica, la gobernabilidad de la gestión pública y la participación social en materia ambiental, contribuyendo de esta manera el respeto de todo ciudadano a vivir en un ambiente

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sano, libre de contaminación y ambientalmente sustentable. Por tanto de acuerdo al Artículo 8 del reglamento, se definió la realización de una audiencia pública el día 26 de marzo de 2014. Adicionalmente, se deben considerar los Acuerdos 112 (Instructivo al Reglamento de Aplicación de los mecanismos de Participación Social); y, el Acuerdo 106 (Reforma al Instructivo al Reglamento de Aplicación de los mecanismos de Participación Social), este último elaborado el 30 de octubre del 2009. Finalmente el Acuerdo No. 068, publicado en el Registro Oficial No. 33 del 31 de julio del 2013, donde se establecen las últimas reformas al Texto Unificado de Legislación Ambiental del Libro VI, Titulo I del sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA), y en el Capítulo VII lo correspondiente a la Participación Ciudadana establecido en los Artículos 62, 63, 64 y 64, al respecto.

8

LINEA BASE AMBIENTAL

8.1 Caracterización del medio físico Según relatos de los antepasados Atahualpenses, se inició cuando los moradores de la población de Santa Elena, particularmente personas dedicadas a la cría de ganado, desesperados por la carencia del líquido vital para la subsistencia de los seres vivientes, realizaban grandes desplazamientos para proveerse de agua en los manantiales, vertientes u “ojos de agua” que providencialmente encontraban. La Parroquia Atahualpa, conocida como la capital del mueble, está ubicada en el Cantón Santa Elena, Provincia de Santa Elena, al sur de ésta Provincia.

8.1.1 Atmosfera 8.1.1.1 Clima La región Litoral se extiende desde el río Mataje al norte, hasta el río Zarumilla al sur, y desde el Océano Pacífico, al oeste, hasta las estribaciones de la Cordillera Occidental de los Andes, al este. El suelo de la región Litoral es generalmente bajo, con pequeñas elevaciones que no sobrepasan los 800msnm. El principal sistema montañoso de la región lo constituye la cordillera Costera o de Chongón Colonche que divide a la región en dos subregiones denominadas Costa externa y Costa interna. Nuestro país está ubicado dentro del cinturón de bajas presiones atmosféricas donde se sitúa la Zona de Convergencia Intertropical (ZCIT), por esta razón, ciertas áreas del Ecuador reciben la influencia alternativa de masas de aire con diferentes características de temperatura y humedad. (Plan Estratégico y Participativo del Cantón Salinas, Departamento de Sistemas, 2002). Dado el papel preponderante de la corriente fría de Humboldt, es en el cabo de Salinas en donde se observan los valores mínimos anuales de lluvia (125,5 mm) y de temperatura (23,4 °C. Entre julio y octubre, el tiempo se caracteriza por un cielo muy nuboso, neblinas y garúas sin impacto notable en la vegetación. Principal consecuencia de las abundantes lluvias provocadas por el fenómeno de El Niño que sobrevienen episódicamente y que constituyen por cierto, la única ocasión en que reverdece el paisaje, la irregularidad interanual de las precipitaciones es excepcionalmente elevada, superior a 4; en general en toda la provincia de Santa Elena, entre los meses de mayo a noviembre sopla el viento frío proveniente de las zonas de alta presión del Pacífico Suroriental.

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La nubosidad es fuerte; y, durante el amanecer y el atardecer, la niebla cubre la superficie costera. Aunque la masa de aire es estable, ocurren lloviznas. El viento prevaleciente del Suroeste y la corriente fría del Humboldt enfrían la masa de aire cercana a la superficie y se forma la bruma costera. La columna de aire, al alcanzar la costa, es estable porque el aire frío y denso se encuentra cerca de la superficie del suelo, y el aire cálido, ligero, se eleva. Las garúas, por ser casi diarias y muy frecuentes sobre todo en las cordilleras, reducen la evaporación potencial, incrementa la escorrentía y contribuye a recargar los reservorios superficiales subterráneos. Entre los meses de diciembre y abril, las masas de aguas cálida de la corriente de El Niño, frente a la costa, calienta la masa de aire cercana a la superficie y eleva su humedad absoluta. La columna de aire se vuelve inestable, caliente por debajo. Cuando la columna de aire alcanza el continente y se incrementa la turbulencia por el efecto orográfico, por ser más denso cae y el aire ligero y húmedo, se eleva más rápido de lo que ocurriría por el simple efecto orográfico. El resultado es una lluvia intensa y de corta duración que en algunas ocasiones causa efectos desastrosos. El área de influencia de la Parroquia Atahualpa del Cantón Santa Elena, corresponde a clima desértico y árido, el cual, las precipitaciones son escasas durante el año.

FIGURA 2 ZONAS CLIMÁTICAS DE KOEPPEN, SEGÚN LAS MODIFICACIONES DE TREWARTHA (1968) PARA EL NEOTRÓPICO

8.1.1.2 Precipitación.La precipitación es la cantidad de agua procedente de la atmósfera. Se puede afirmar que el clima de la zona costera responde a cambios en las condiciones oceánicas y atmosféricas del Pacífico adyacente y de la Zona de Convergencia Intertropical (zona donde convergen los vientos Alisios del noreste y sudeste).

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La distribución superficial de los vientos Alisios y su estacionalidad así como la respuesta a estos de la capa superficial del mar dan lugar a la existencia de dos estaciones: una seca (junio-noviembre) y una lluviosa (diciembre-mayo) (Cornejo-Rodríguez, 1989). Estudios inmediatos (Silva, 1992) muestran que la climatología de la zona costera ecuatoriana obedece a tres escalas de variabilidad: la interestacional (40-60 días), la estacional (dos estaciones por año, una seca y otra lluviosa) y la interanual como respuesta a eventos El Niño/Oscilación Sur (ENOS). Además se ha encontrado que la variabilidad en las estaciones al sur de la línea ecuatorial tiene una respuesta más rápida a las fluctuaciones interanuales forzadas remotamente en la franja ecuatorial que las del norte (Cornejo-Rodríguez et al. 1987, Cornejo y Silva, 1992). En la región Litoral, las precipitaciones anuales aumentan de Oeste a Este. Los valores más bajos se registran en el sector comprendido entre Manta y La Península de Santa Elena, cuyos registros alcanzan los 250 mm. La parte más árida corresponde a la Península de Santa Elena, donde se registra solamente 125 a 150 mm de promedio anual. La precipitación media multianual es de 300 mm que se concentra entre Diciembre y Abril, la que corresponde a la estación lluviosa; y un periodo seco entre Junio y Noviembre, con presencia constante de niebla y bruma; y con frecuentes lloviznas de verano, que corresponde a la estación seca (INAMHI 2006). La costa sur del Ecuador presenta un régimen pluviométrico definido, una época lluviosa entre los meses de Diciembre a Mayo, y una época casi seca de Junio a Noviembre, según Inocar (Acta Oceanográfica del Pacífico. Vol. 14, N°1, 2007). La precipitación pluvial disminuye de Este a Oeste, siendo menor en la puntilla de Salinas, donde cae menos de 250 mm de lluvia al año. En la mayor parte de la costa ecuatoriana, se concentra en los meses de enero a abril, siendo de julio a diciembre casi completamente en periodo seco. Lo prolongado de la estación seca y de baja precipitación especialmente hacia el sector Sur Oeste de la provincia, son las principales limitantes para la ejecución de proyectos de recuperación de la vegetación forestal.

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FIGURA 3 REGISTRO DE PRECIPITACIONES DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA-ESTACIÓN METEOROLÓGICA LA LIBERTAD-2010

8.1.1.3 Temperatura del aire La temperatura media anual se encuentra entre los 23.5 y 25.2 oC, siendo menor en los meses de julio a septiembre. El siguiente cuadro resume los promedios mensuales y anuales de cuatro estaciones meteorológicas de la Provincia de Santa Elena.

TABLA 4. TEMPERATURA MEDIA (ºC) MENSUAL Y ANUAL SANTA ELENA

COD

ESTACION

ENE

FEB

MAR

ABR

MAY

JUN

JUL

AGO

SEPT

OCT

NOV

DIC

ANUAL

MB06

Sta. Elena Universidad

25.8

26.5

26.8

26.9

25.2

23.1

22.2

20.9

21.6

21.2

21.5

23.9

23.8

Fuente: Anuario Meteorológico del INAHMI, 2010.

8.1.1.4 Bioclima Las zonas de vida, definidas según la clasificación de Holdridge utilizada por Cañadas (1983), se presentan en un rango relativamente amplio: desde desértica –en el sector de la puntilla de la península, hasta la de bosque húmedo- en las cimas muy altas de la cordillera costera. Cabe indicar que la estimación de la temperatura media anual (TMA) en función de la altura, para la vertiente occidental de Los Andes, según Cañadas (1983): TMA (°C) =24,96 – 0,0043 h = altura en metros sobre el nivel del mar. Al aplicar la ecuación, las alturas de la cordillera costera vecinas a los 800

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msnm tendrían una TMA de 21,52 °C, correspondiente a un piso altitudinal “pre montano”, con la denominación genérica de “bosque húmedo”. En esta zona de vida, se estima una relación de evapotranspiración potencial entre 0,5 y 1,0 mm diarios, para una precipitación media anual (PMA) entre 1.000 y 2.000 mm. Se debe tomar en cuenta, sin embargo, que las cuencas más altas se encuentran en los extremos noroccidental y nororiental de la cordillera Chongón-Colonche. La mayoría de las cuencas tienen alturas medias por debajo de los 100 msnm. Las otras zonas de vida se presentan en los niveles topográficos sucesivamente más bajos y precipitaciones pluviales igualmente en orden descendente. Estas zonas de vida son: bosque seco, bosque muy seco, monte espinoso, matorral desértico y desierto.

FIGURA 4 SISTEMA DE ZONAS DE VIDA DE HOLDRIGDE, CON LEVES MODIFICACIONES.

8.1.2 Ecosistemas 8.1.2.1 Ecosistemas Terrestres Se llama ecosistema a un espacio geográfico que ha sido delimitado de acuerdo a ciertas características biológicas, físicas y ecológicas del lugar. Nos referimos, por ejemplo a la cantidad de lluvia, la temperatura ambiental, la cantidad de luz solar, las especies de plantas y animales y plantas encontradas, la disponibilidad del agua, el tipo de suelo, entre otras características biofísicas, que tienen un comportamiento y características similares que hacen una diferencia sustancial de otros espacios o ecosistemas (Josse, 2001). Conforme al sistema de clasificación y los resultados del estudio de formaciones vegetales (Sierra, 1999), en la provincia de Santa Elena se han identificado 3 ecosistemas terrestres y 9 formaciones vegetales, que se presentan a continuación.

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8.1.2.1.1 Bosque húmedo de la costa (bhc) Son zonas boscosas con árboles de gran altitud. Es característica la presencia de un gran número de especies epífitas, trepadoras y herbáceas, que en conjunto con grandes árboles son densas y tupidas. Encontramos este tipo de ecosistema en la cordillera Chongón Colonche, al oeste en las parroquias Manglaralto, Colonche, Julio Moreno y Chanduy. Ocupa apenas un 12% del territorio de la provincia, pero es el principal retenedor y aportante de agua dulce, por lo que los acuíferos y cuencas de la provincia, y la biodiversidad silvestre dependen en gran medida de este ecosistema para garantizar su subsistencia.

8.1.2.1.2 Bosque seco occidental (bsoc) Este ecosistema se caracteriza por la presencia de vegetación seca y espinosa, que se la encuentra desde los 50 hasta los 300 metros de altitud. También, es característica la presencia de cactus y leguminosas. La vegetación arbórea es dispersa y no llegan a formar unidades densas. Al contrario, la vegetación herbácea es densa, encontrando la presencia de helechos y pastos. Ocupa la mayor cantidad del territorio de la provincia de Santa Elena (87 %). A nivel mundial los bosques secos se los considera importantes y prioritarios para la conservación, por cuanto es un ecosistema especializado, con una alta biodiversidad endémica. Forma parte de la Bio Región Tumbesina. Este ecosistema y sus formaciones vegetales se las encuentra en todas las parroquias de la provincia de Santa Elena.

8.1.2.1.3 Manglares (m) Llamados también bosques de mangle, los manglares son hábitats asociados, que crecen en la frontera entre las aguas marinas y la tierra firme. Su agua es salobre y frecuentemente se inundan con agua de mar durante las mareas altas (Gang y Agatsiva 1992, citados en: Josseet al., 2001). Es característica la presencia de cuatro tipos de manglares (rojo, blanco, negro y piñuelo), aunque también se encuentran especies de mangle pequeño llamados “manglillo”, junto con bromelias, helechos y orquídeas. Los manglares resultan sitios muy importantes para la anidación de aves y hábitats para crustáceo como el cangrejo, y varias larvas costeras como el camarón. Presentan servicios ambientales como la prevención de la erosión; proveen de alimento y sitios de protección a mamíferos y aves; además constituyen un sitio deanidación, cría y alimentación de una amplia gama de organismos acuáticos (Diemont 1995, citado en: Josse et al., 2001). En la provincia de Santa Elena prácticamente han desaparecido los manglares, y únicamente quedan remanentes de los mismos, en zonas como Palmar, en la parroquia Colonche, y en las desembocaduras de los ríos Olón, Manglaralto, Playa Bruja y Valdivia, donde existe el interés de la comunidad por proteger la vegetación remanente, lo que de la posibilidad de recuperar este ecosistema.

8.1.2.2 Ecosistemas Marinos y Costeros En la provincia de Santa Elena existen 10 de los 14 ambientes oceánicos (Josse y Cano, 2001 a), lo que expresa una gran diversidad de ecosistemas marinos. Estos ambientes son: islas (islotes), terrazas arrecifales, barreras aluviales, plataforma continental de fondos suaves y duros, talud continental, cañón submarino, planicie abisal, cordillera submarina y fosa oceánica. Además, están las áreas de afloramiento y celdas temporales de masas de agua, que son consideradas hábitat marinos asociados (Josse y Cano, 2001). La plataforma continental es la planiciesubmarina de pendiente suave, que se extiende desde la línea de costa hasta 200 m de profundidad. El lecho de la plataforma presenta una gran diversidad de hábitat.

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Pese a su importancia ecológica, los arrecifes y las zonas rocosas e intermareales han sido muy poco estudiados. En el Ecuador, no existen verdaderos arrecifes coralinos: los que existen son arrecifes rocosos en los que se han formado algunos parches de coral. Los arrecifes rocosos se encuentran rodeando las islas, islotes y roqueríos. Los peces de arrecifes incluyen a 106 especies (Josseet al., 2001). El ecosistema de las playas es muy dinámico y, a la vez, muy vulnerable al impacto humano por el sobre uso y la erosión. No existen en el país estudios ecológicos que permitan caracterizar el ecosistema costero (Josseet al., 2001). Las bahías son zonas donde se mezclan los sistemas fluviales y marinos y que ejemplifican la interdependencia mar- tierra. Cumplen una función indispensable en los ciclos de vida de peces, crustáceos y moluscos.

8.1.3 Recursos Hídricos Se consideran 5 regiones hidrogeológicas en la península: área de Tablazo, área del conglomerado de la formación Zapotal cerca de El Consuelo, área costera, península occidental y piedemonte de ChongónColonche. Los únicos depósitos reconocidos como fuentes potenciales significativas de aguas subterráneas se encuentran en los Tablazos y en las terrazas aluviales de los valles terminales. Específicamente, estas grandes áreas son: cuenca baja de río Verde, cuencas hidrográficas de los ríos Chongón, y San Juan. El área de Tablazo es esencialmente arenosa, y los suelos son permeables. Sin embargo, la mayoría del Tablazo está en una zona de escasa precipitación. La recarga del acuífero ocurre primordialmente por infiltración en los cauces arenosos. En el conglomerado cerca de El Consuelo, específicamente en los ríos Chongón y Bedén, el desarrollo de las formaciones clásticas recientes es notable. Además la pluviosidad es relativamente alta. En consecuencia, la infiltración es alta como la recarga. En el área costera, los campos de dunas contienen arena clasificada, sin desarrollo de suelo, muy permeable. Estos acuíferos son extremadamente limitados. En el Oeste peninsular, lejos de la zona costera, las formaciones rocosas son relativamente impermeables. Aunque los cauces arenosos son frecuentes. Es improbable que esta área reciba grandes recargas en el sistema subterráneo, de modo que los acuíferos se consideran superficies limitadas a los cauces arenosos. En el piedemonte de Chongón-Colonche, los clastos gruesos, aluviales y coluviales, constituyen buenos acuíferos someros, a pesar de la relativa impermeabilidad de la roca subyacente. En ciertas áreas, como Javita y Valdivia, los ríos erosionaron sus valles hasta niveles muy por debajo de la actual superficie del terreno, y depositaron progresivamente más finos en la llanura litoral.

8.1.4 Geomorfología y suelos.8.1.4.1 Geomorfología: La Península de Santa Elena está compuesta de llanuras planas y determinadas llanuras ligeramente onduladas que se elevan pocos metros sobre el nivel del mar, formando parte de un conjunto geomorfológico denominado: Relieves de cobertura sedimentaria terciaria. La parte más alta corresponde a la Cordillera de Chongón - Colonche, ubicada al este y sureste de la Península, con una cota altitudinal de 300 metros sobre nivel del mar, constituida por un macizo longitudinal con relieves muy fuertes, formados sobre un complejo volcánico cretácica. (Plan preliminar de desarrollo de la Provincia de Santa Elena – 2008).

8.1.4.2 Suelos: El suelo de la Península de Santa Elena es, geológicamente hablando, muy moderno, el cual se levantó del seno del Océano; por lo que es rico en sal y petróleo; y su terreno será salífero hasta que las sales Preparado por: Blgo. Eduardo Molina B. Marzo 2014

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solubles sean extraídas y llevadas poco a poco por las precipitaciones; pero ésta zona es de pocas lluvias y carece totalmente de ríos y efluentes permanentes, por lo que la lixiviación del suelo se verifica con suma lentitud, tal como acontece en zonas desérticas. La Península de Santa Elena en las áreas cercanas al mar, presenta suelos compuestos de sedimento cuaternario de procedencia marina con poco contenido de carbonato de calcio; es decir suelos truncados de arcilla pesada, en los que a menudo el viento ha destruido el horizonte superficial, quedando muy pobres en materia orgánica. Estos suelos presentan una reacción que va de neutro a ligeramente alcalino, con valores de PH 6,5 a 7,5; pequeñas áreas están bien provistas de fósforos pero la mayoría presenta deficiencia de este elemento; cerca al mar tienen los suelos un poco de sal y conforme se adentran en el continente tienen un alto contenido de calcio y un buen contenido de potasio. La erosión que han sufrido los suelos de la Península va de moderada a severa de acuerdo con la topografía de los sectores; en las áreas planas la erosión es apenas perceptible, correspondiendo a las pendientes pronunciadas y montañosas los efectos erosivos más fuertes, lo que se explica por la tala indiscriminada de la vegetación natural.

8.1.4.2.1 Pendientes Una gran parte [48%] de la superficie de la Provincia de Santa Elena contiene terrenos planos a ligeramente ondulados, con pendientes inferiores al 5%. Los valores más bajos de pendientes pertenecen a los valles peneplanizados de los ríos Javita y Nuevo. Las áreas con pendientes moderadas en ángulos superiores al 12% se encuentran alrededor de los cerros de La Estancia-Chanduy y en el piedemonte de la Cordillera de Chongón. Las áreas con pendientes fuertes a agrestes [>18%] están localizadas en los cerros de La Estancia y en las cabeceras de los ríos que descienden de la vertiente occidental de la Cordillera de Chongón. Los valores más altos de pendiente corresponden a los cauces de tercer orden de los valles juveniles de los ríos Olón, Cadeate, Guangala y Nuevo. Estas áreas son las que poseen mayor riesgo de pérdida de suelo debido a la erosión.

8.1.4.2.2 Densidad de drenaje La densidad de drenaje está relacionada con la resistencia del terreno a la erosión y a la capacidad de infiltración (Strahler, 1975): a grandes resistencias y capacidades de infiltración, con relieves bajos, corresponden a bajas densidades de drenaje. Los terrenos deleznables de las cuencas bajas de los ríos Tambo, Salado y Grande, tienen alta densidad de drenaje con valores entre 6.27 y 5.24 km-1; contrariamente, los terrenos con rocas de litología gruesa y firme, muestran los valores más bajos de densidad de drenaje. Es necesario indicar que la densidad de drenaje en la formación Cayo, es alta a pesar de la resistencia de la roca, debido al alto fracturamiento de la misma, como se puede observar en los valles altos de los ríos Nuevo y Guangala.

8.1.4.3 Recursos naturales no renovables (subsuelo) 8.1.4.3.1 Petróleo El petróleo se constituye en el principal recurso natural no renovable que se encuentra en la provincia de Santa Elena. La investigación de la historiadora Sra. Jenny Estrada en el libro Ancón, dice que el petróleo de la península de Santa Elena se lo conocía desde antes de la llegada de los españoles a estas costas. Los nativos lo llamaban Copey o Copé, luego se explotó primitivamente y la producción se exportaba al Perú,

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para la fabricación de brea. En 1911, se perfora el primer pozo petrolero, denominado Ancón 1, con resultados positivos; desde esa fecha se inicia la explotación de petróleo en el Ecuador. En el 2002, empezó a operar PACIFPETROL los pozos de Ancón con una producción de 1100 barriles diarios y hasta julio pasado se ubicó en 1550 barriles. PACIFPETROL ha empezado a investigar si existen reservas de gas en otras zonas y en alta mar. En agosto del 2008, se inauguró en la comunidad de Monteverde, la primera planta de extracción de gasolina y deshidratación de gas natural en Ancón, en la provincia de Santa Elena. Este plan piloto, que abastecerá a unos 1200 vehículos diarios de Santa Elena, procesará unos 800 mil pies cúbicos de gas asociado por día, de los cuales 60 barriles constituyen gasolina natural, equivalente a 2520 galones; y unos 480 mil pies cúbicos son gas natural. Del volumen de gas natural obtenido, 180 mil pies cúbicos por día se utilizan para generación eléctrica y los restantes 300 mil pies podrían ser usados en el proyecto para uso vehicular.

8.1.4.3.2 Minería La Península de Santa Elena, tiene gran significado para la minería y el desarrollo de la misma. El territorio está formado por cuencas de antearco emergidas, cuyos rasgos tectónicos más sobresalientes son la falla transversal Chongón – Colonche. El relleno de las cuencas, señala un depósito profundo turbidítico (Flysch) desde el Cenomaniano Superior hasta el Eoceno Superior en la Cordillera Chongón – Colonche, la Península de Santa Elena y los bordes de la cuenca Progreso. Esta sedimentación comprende la Formación Cayo y los grupos Azúcar y Ancón. El ambiente geológico de la zona, permite inducir qué tipos de mineralizaciones y clases de yacimientos se podrían encontrar. Importantes acumulaciones de titanio – magnetita asociados a rocas ultra básicas se encuentran acumuladas en algunos sectores de playas como al norte de Chanduy. Algunos trabajos de investigación se han realizado en la búsqueda de minerales metálicos con resultados positivos; sin embargo el estudio de la región demanda de mucha inversión y, el monto destinado para el efecto dimensionará el tiempo que será necesario para obtener los resultados buscados. El potencial minero de la Provincia de Santa Elena está constituido principalmente por la minería no metálica y rocas de uso industrial, siendo el área de la construcción la que utiliza aproximadamente el 90 % de la producción. Las diferentes formaciones sedimentarias han sido mejor estudiadas, y esto ha permitido conocer principalmente los diferentes minerales no metálicos existentes. Variada es la gama de éstos, entre los que se destacan las calizas, diatomitas, arcillas, bentonitas, zeolitas, arenas y materiales de construcción; éstos sirven de materia prima para industrias como el cemento, cerámica, vidrio, fertilizantes, alimentación animal, construcción, para elaborados que se utilizan en la industria azucarera, metalurgia, fundición, agricultura, química, pinturas, detergentes, papelera, farmacéutica. Además de materia prima para la descontaminación de piscinas camaroneras y tratamiento de aguas servidas o para la potabilización de la misma. Los usos de los minerales no metálicos están distribuidos en los sectores de la construcción, agricultura, acuacultura, alimenticio, químico y ambiental. El sector con mayor potencial de desarrollo comprende aquellos minerales cuya materia prima están constituidos por caliza, yeso, arcillas, zeolitas, arenas cuarzosas, diatomitas, gravas y arenas. El sector de la construcción representa la industria de mayor desarrollo por la gran cantidad de material mineral que utiliza tanto para la industria de la fabricación del cemento, como para la comercialización de rocas ornamentales y producción de agregados de varios tamaños para las obras civiles.

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8.1.5 Áreas protegidas y bosques protectores 8.1.5.1 Sistema Nacional de Áreas Protegidas El Ministerio del Ambiente junto con el Ministerio de Defensa, crearon el 23 septiembre del 2008, mediante Acuerdo Interministerial No. 1476, la Reserva de Producción Faunística Marino Costera Puntilla de Santa Elena (REMACOPSE), con el propósito de conservar los ecosistemas existentes y potenciar un desarrollo armónico del área, con una visión de largo plazo para el beneficio de sus habitantes y de la comunidad en general. Proteger los ecosistemas marino-costeros que brindan servicios ambientales a las poblaciones costeras, es una estrategia del Ministerio del Ambiente con la finalidad de proteger ecosistemas frágiles mediante medidas integrales que involucren la participación de las comunidades beneficiarias. Esta área protegida está ubicada en el cantón Salinas, y forma parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP). Tiene una zona marino-costera y otra marino-oceánica, esta última de mayor extensión. Entre los ecosistemas presentes en la misma tenemos: aguas costeras, arrecifes rocosos, playas de arena, playas mixtas (arena y roca), acantilados, matorral seco, matorral seco espinoso. Podemos mencionar que existen al menos 80 especies de plantas, principalmente rastreras y arbustos. El área marina tiene 47.275 ha., y es parte de la eco-región Guayaquil. La provincia biogeográfica es Pacífico Tropical Oriental. El área terrestre tiene 173 ha., y corresponde al eco-región Bosques Secos de Ecuador, y a la provincia geográfica Ecuador Árido.

8.1.5.2 Bosques Protectores En la cordillera Chongón Colonche se encuentran 2 áreas bajo Régimen de Bosques y Vegetación Protectores: Chongón – Colonche, y Loma Alta. El principal fin de este régimen de protección es conservar las cuencas hidrográficas. En 1987, el Ministerio de Agricultura demarcó 1650 ha de bosque ubicadas al norte de la Comuna Loma Alta y las declaró como Bosque-Protector. Posteriormente, Fundación Natura, la ex-CEDEGE y las Fuerzas Armadas solicitaron se declare Bosque Protector a todos los bosques situados en las partes altas de la cordillera, a fin de conservar el bosque húmedo y seco tropical de las cuencas existentes, dándose esta declaratoria el 5 de Septiembre de 1994, mediante Resolución Nº 043-RA, señalando como Bosque y Vegetación Protectores a 77.649 ha., de la cordillera Chongón-Colonche. La cordillera Chongón Colonche posee dos vertientes: occidental (barlovento) y oriental (sotavento). Presenta una gran variabilidad climática debido a factores altitudinales, exposición de las vertientes y la influencia de las corrientes marinas. La precipitación vertical y garúa en el sector central (mayor altitud) es de 1200 mm, presentando un clima húmedo – muy húmedo; mientras que hacia los extremos, en los sectores norte (oriental) y sur (extremo occidental y oriental) presenta climas secos y muy secos.

8.2 COMPONENTE BIÓTICO La investigación de campo se basa principalmente en observaciones directas y mediante encuestas a los moradores o usuarios de los lugares visitados. Las observaciones de las aves que sobrevuelen la zona. De igual manera, se realiza un recorrido lento por la mañana y en la tarde en la zona del proyecto. Se menciona como principal fauna terrestre a las aves, por ser especies sensibles e indicadoras de los cambios ambientales y peligros que ocurren en el medio. Además, se considera un listado de las especies de la flora que se encuentren en el área de influencia indirecta del proyecto, ya que la zona del proyecto es una zona muy intervenida y no encontramos flora endémica de la zona.

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Flora: En la Península de Santa Elena se distinguen 3 formas florísticas: el manglar, una formación halófita y la sabana. En lo que respecta al área de influencia indirecta, la formación florística es halófita y la constituyen las plantas que crecen en terreno salobre. En las playas, detrás de las zonas sin vegetación expuestas al oleaje se encuentran, sobre la arena, plantas con largos estolones, y más hacia el interior, fuera de la influencia del agua salada, árboles y arbustos tropicales. En la zona de estudio de la Parroquia Atahualpa ubicado en la Provincia de Santa Elena se pueden encontrar especies como: TABLA 5 DIVERSIDAD DE FLORA EN EL ÁREA DE ESTUDIO

Nombre Común

Nombre Científico

Ceibo

Ceibo trichistandra

Nigüito

Mutingia calabura

Bototillo

Cochlospermum vitifolium

Guácimo

Guazuma ulmifolia Elaborado por: Equipo Consultor

Fauna: En cuanto a la fauna del sector, se identificó la presencia de especies colonizadoras típicas de ambientes alterados, lagartijas, ratones, entre otros y que no representan ningún interés para la conservación ecológica. Entre las especies registradas están: garrapatero (Crotophaga sulcirostris), palomita tierrera (Columbina talpacoti), hornero del pacífico (Furnarius cinnamomeus), viviña (Forpus coelestis), paloma feral (Columba livia), gallinazo o buitre negro (Coragyps atratus), negro matorralero (Dives warszewiczi), ratón de monte (Oryzomys sp.), ameiva (Ameiva sp.), sapo común (Bufo marinus). TABLA 6 DIVERSIDAD REPRESENTATIVA DE FAUNA ENCONTRADA EN EL SITIO DE ESTUDIO

Nombre común Garrapatero Paloma tierrera Hornero del pacifico Viviña Paloma feral Gallinazo Negro matorralero Raton de monte Amevia Sapo común

Nombre Científico Crotophaga sulcirostris Columbina talpacoti Furnarius cinnamomeus Forpus coelestis Columba livia Coragyps atratus Dives warszewiczi Oryzomys sp. Ameiva sp. Bufo marinus Elaborado por Equipo Consultor

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8.3 COMPONENTE SOCIO-ECONOMICO Y CULTURAL El estudio de los componentes del medio socioeconómico y cultural es de gran importancia para el desarrollo del proyecto donde se identificarán los diversos componentes de este medio, entre los que destacan la demografía, servicios básicos, principales actividades económicas, entre otras. 8.1.1

Aspectos demográficos

Desde el enfoque de la sociodemografía, se utilizan herramientas estadísticas, teniendo en cuenta indicadores de población (edad, estrato, actividad productiva, vivienda, entre otros) para dar cuenta de las correlaciones entre los diferentes aspectos. 8.1.2

Evolución de la población

La población de la Parroquia Atahualpa de La Provincia de Santa Elena, hasta el VII Censo de Población y VI de Vivienda realizado en el año 2010, dio como resultado un total de 3532 habitantes. TABLA 7 POBLACIÓN DE LA PARROQUIA ATAHUALPA - PROVINCIA DE SANTA ELENA. Sexo

Urbano

Rural

Total

Hombre

-

1.689

1.689

Mujer

-

1.843

1.843

Total

-

3.532

3.532

Fuente: INEC, VII Censo Nacional de Población y VI de vivienda

FIGURA 5 POBLACIÓN DE LA PARROQUIA ATAHUALPA - PROVINCIA DE SANTA ELENA.

Fuente: INEC, VII Censo Nacional de Población y VI de vivienda

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8.1.3

Dinámica poblacional

La dinámica poblacional se caracteriza por ser una población adulta, ya que más del 50 % están en las edades entre 15 y 64 años. Y alrededor del 40% tanto en hombres como en mujeres se encuentran entre los 0 y 14 años, lo cual indica que existe un índice considerable de natalidad. FIGURA 6 POBLACIÓN DE LA PARROQUIA ATAHUALPA - PROVINCIA DE SANTA ELENA SEGÚN GÉNERO Y EDAD

Fuente: INEC, VII Censo Nacional de Población y VI de vivienda

8.1.4

Vivienda

Según el VII Censo de Población y VI de Vivienda del 2010, existen viviendas en La Provincia de Santa Elena. Los tipos de viviendas pueden ser: casa o villa, departamento, cuartos en alquiler, media-gua, rancho, covacha, choza, entre otras. TABLA 8 VIVIENDAS PARTICULARES POR TIPO. ATAHUALPA Tipo de la vivienda Casa/Villa

Casos

%

Acumulado %

822

82.70

82.70

Departamento en casa o edificio

16

1.61

84.31

Cuarto(s) en casa de inquilinato

3

0.30

84.61

Mediagua

50

5.03

89.64

Rancho

65

6.54

96.18

Covacha

30

3.02

99.20

Choza

1

0.10

99.30

Otra vivienda particular

6

0.60

99.90

Cuartel Militar o de Policía/Bomberos

1

0.10

100.00

994

100.00

100.00

Total

Fuente: INEC, VII Censo Nacional de Población y VI de vivienda

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FIGURA 7 TIPO DE VIVIENDA DE LA PARROQUIA ATAHUALPA-PROVINCIA DE SANTA ELENA

Fuente: INEC, VII Censo Nacional de Población y VI de vivienda

8.1.5

Servicios Sociales, Educación y Salud

La Educación y Salud son dos de los servicios sociales básicos fundamentales para asegurar el desarrollo de la población. Se han establecido varios puntos de importancia que caracterizan a la población del área de influencia del proyecto, como lo son Escolaridad y las Estadísticas Vitales y de Salud de la Provincia de Santa Elena, determinando indicadores de morbilidad y mortalidad. 8.1.6

Escolaridad: Niveles de Instrucción de la Población

En el VII Censo de Población y VI de Vivienda. INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS INEC, 2010 se determinó que en la Parroquia Atahualpa de la Provincia de Santa Elena existe un alto porcentaje de la población que ha cursado la instrucción primaria con 33% y solo un 28% la instrucción secundaria. Los resultados se encuentran en la siguiente tabla: TABLA 9 NIVELES DE INSTRUCCIÓN EN LA PARROQUIA ATAHUALPA-PROVINCIA DE SANTA ELENA. ATAHUALPA Nivel de instrucción más alto al que asiste o asistió

Sexo Hombre

Mujer

Total

12

22

34

4

17

21

22

18

40

Primario

560

484

1,044

Secundario

395

483

878

Educación Básica

178

194

372

Ninguno Centro de Alfabetización/(EBA) Preescolar

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Bachillerato - Educación Media

133

153

286

13

29

42

130

227

357

Postgrado

4

5

9

Se ignora

24

25

49

1,475

1,657

3,132

Ciclo Postbachillerato Superior

Total

Fuente: INEC, VII Censo Nacional de Población y VI de vivienda

FIGURA 8 TIPO DE VIVIENDA DE LA PARROQUIA ATAHUALPA-PROVINCIA DE SANTA ELENA

Fuente: INEC, VII Censo Nacional de Población y VI de vivienda

8.1.7

Características Vitales y de Salud de La Provincia de Santa Elena

Los indicadores para determinar las características vitales y de salud permiten forma cualitativa o cuantitativa, sucesos colectivos como sucesos biodemográficos. 8.1.7.1

Mortalidad de la Población de La Provincia de Santa Elena

Los indicadores de mortalidad son el número de defunciones encontrado en un espacio y tiempo determinando; este dato es de alta importancia para poder comprender la evolución y avance o retroceso de alguna enfermedad, así como razones de su surgimiento y las posibles soluciones. Entre las principales causas de defunción en La Provincia de Santa Elena, según las Estadísticas Vitales y de Salud 2011 son las siguientes:

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TABLA 10 CAUSAS DE DEFUNCIONES LA PROVINCIA DE SANTA ELENA. ATAHUALPA CAUSAS

Casos

%

Acumulado %

D53-Otras anemias nutricionales

1

8.33

8.33

D64-Otras anemias

1

8.33

16.67

E11-Diabetes mellitus no insulinodependiente

2

16.67

33.33

I67-Otras enfermedades cerebrovasculares

2

16.67

50.00

J44-Otras enfermedades pulmonares obstructivas crónicas

1

8.33

58.33

K74-Fibrosis y cirrosis del hígado

4

33.33

91.67

R99-Otras causas mal definidas y las no especificadas de mortalidad

1

8.33

100.00

12

100.00

100.00

Total

Fuente: INEC, Estadísticas Vitales y de Salud 2011

Se presenta un total de 12 muertes, 5 corresponden a Hombres y 7 a Mujeres. En la siguiente tabla se encuentran las defunciones de la población de la parroquia Atahualpa de la Provincia de Santa Elena por las categorías de edad: TABLA 11 DEFUNCIONES POR CATEGORÍAS DE EDAD DE LA PARROQUIA ATAHUALPA. ATAHUALPA

GRUPOS DE EDAD DEL FALLECIDO

SEXO Hombre

Mujer

Total

De 50 a 64 años

1

2

3

De 65 años y mas

4

5

9

Total

5

7

12

Fuente: INEC, Estadísticas Vitales y de Salud 2011

Como se puede observar en la tabla, el mayor número de defunciones se encuentra entre los 65 y más años, seguidos por el grupo de 50 hasta 64 años de edad.

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FIGURA 9 TIPO DE VIVIENDA DE LA PARROQUIA ATAHUALPA-PROVINCIA DE SANTA ELENA

Fuente: INEC, Estadísticas Vitales y de Salud 2011

8.1.7.2 Morbilidad de la Población de La Provincia de Santa Elena La morbilidad de la población, indica el número de egresos hospitalarios y sus causas, en un tiempo determinado. Se tomó de referencia el estudio realizado en La Provincia de Santa Elena de las Estadísticas Vitales y de Salud en el 2011. TABLA 12 GRUPOS DE EDAD DEL PACIENTE-EGRESOS HOSPITALARIOS SANTA ELENA GRUPOS DE EDAD DEL PACIENTE

Casos

%

Acumulado %

De 1 a 4 años

1,117

6.60

6.60

De 5 a 9 años

561

3.31

9.91

De 10 a 14 años

554

3.27

13.19

De 15 a 19 años

2,243

13.25

26.44

De 20 a 24 años

2,795

16.52

42.96

De 25 a 34 años

4,367

25.80

68.76

De 35 a 44 años

1,993

11.78

80.54

De 45 a 54 años

1,037

6.13

86.66

De 55 a 64 años

757

4.47

91.14

1,495

8.83

99.97

5

0.03

100.00

16,924

100.00

100.00

De 65 y mas años Ignorado Total

Fuente: INEC, Estadísticas Vitales y de Salud 2011

El grupo de edad que predomina por egresos hospitalarios son los individuos entre los 25 a 34 años.

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FIGURA 10 EGRESOS HOSPITALARIOS POR GRUPOS DE EDAD DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA

10000 1000 100 10 1

Fuente: INEC, VII Censo Nacional de Población y VI de vivienda

El caso más frecuente de egresos hospitalarios es el PARTO UNICO ESPONTÁNEO, representando un 14% en el 2011.

8.1.8

Infraestructura comercial

8.1.8.1 Mercado Laboral El mercado laboral de la provincia de Santa Elena se refleja en las actividades económicas que se detallan en la siguiente tabla, estas aportan mayormente en el desarrollo local, generando más fuentes de trabajo en la población, son las relacionadas con la pesca, agroalimentaria, comercio, y la sumatoria de actividades que engloban al subsector turístico. 8.1.8.2

Población Económicamente Activa

La Población Económicamente Activa (PEA) engloba aquella parte de la población dedicada a la producción de bienes y servicios de una sociedad, en los últimos dos censos del 2010 el INEC la consideró a partir de los 10 años de edad en adelante, para la provincia de Santa Elena.

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FIGURA 11 GRUPOS OCUPACIONALES DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA

La población Económicamente Activa (PEA) de la Provincia de Santa Elena, existe una población de 107482 habitantes, de entre 15 a 64 años de edad que se dedican a alguna actividad productiva, de los cuales 19188 están vinculados a las actividades agrícolas y de pesca, 18847 al sector comercio, 10361 al sector artesanal, 9183 a la construcción; mientras que en el sector turístico, conformado por actividades de servicio de alojamiento y servicio de comidas, hay 4395 personas. Llamando la atención que en los resultados del censo poblacional de 2010, hay 187252 personas entre las edades de 15 a 64 años, quedando un alto porcentaje de la población que aparentemente está desocupada. TABLA 13 POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA (PEA) – PROVINCIA SANTA ELENA

Sexo

Provincia de Santa Elena Actividades

Hombre

Mujer

TOTAL

Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca

18 297

891

19188

Explotación de minas y canteras

858

73

931

Industrias manufactureras

8165

2196

10361

Suministro de electricidad, gas y aire acondicionado

374

49

423

Distribución de agua, alcantarillado y tratamiento de

409

64

473

Construcción

9047

136

9183

Comercio al por mayor y menor

12044

6803

18847

Transporte y almacenamiento

5501

203

5704

desechos

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Actividades de alojamiento y servicio de comidas

2230

2165

4395

Información y comunicación

603

382

985

Actividades financieras y de seguros

188

191

379

Actividades inmobiliarias

106

56

162

Actividades profesionales, científicas y técnicas

497

255

752

Actividades de servicios administrativos y de apoyo

2806

514

3320

Administración pública y defensa

4137

1293

5430

Enseñanza

1824

2980

4804

Actividades de la atención de la salud humana

481

1064

1545

Artes, entretenimiento y recreación

499

163

662

Otras actividades de servicios

1072

887

1959

Actividades de los hogares como empleadores

508

3255

3763

Actividades de organizaciones y órganos extraterritoriales

2

2

4

No declarado

4388

2721

7109

Trabajador nuevo

4930

2173

7103

Total

78966

28516

107482

Fuente: INEC VII Censo Nacional de Población y VI de vivienda.

FIGURA 12 CATEGORÍAS DE OCUPACIÓN DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA

Fuente: INEC, VII Censo Nacional de Población y VI de vivienda

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8.1.9 Infraestructura de Servicios Básicos 8.1.9.1

Infraestructura de agua potable y aguas servidas

El suministro de agua potable llega a través de AGUAPEN, creada el 14 de diciembre de 1999, encargada de la prestación de servicios públicos (agua potable, alcantarillado sanitario y pluvial, tratamiento de agua y recolección y reciclaje de desechos sólidos en la zona 2 de la Península de Santa Elena. La cobertura del sistema de alcantarillado sanitario en el área urbana de Salinas llega al 70% de la población, el 30% de sus habitantes cuentan con pozos sépticos para evacuar sus residuos. 8.1.9.2 Infraestructura Eléctrica Se cuenta con el abastecimiento de la Empresa Eléctrica de la Península de Santa Elena EMEPE, dotada de tres subestaciones ubicadas en la parroquia Salinas. Los clientes están distribuidos en la zona urbana 10.913 y en la zona rural 1.213, cubriendo las necesidades del 90% en el sector urbano y un 10% al sector rural. El sistema de alumbrado público está constituido por lámparas de vapor de sodio, mercurio y reflectores que hacen un total de 18.732 luminarias cuya fecha de origen es 1991 y un límite de vida útil de ocho años. 8.1.9.3 Infraestructura de Telecomunicaciones El servicio telefónico está dado por la empresa CNT -EP, a nivel peninsular, contando con centrales en las parroquias Salinas, José Luis Tamayo y Anconcito. El servicio tiene una cobertura del 45% cantonal. El total de abonados es de 11.150 personas, de los cuales, el 88% corresponden a la parroquia Salinas. El restante 24% lo comparten entre José Luis Tamayo, Santa Rosa y Anconcito, siendo este último es que más problemas tiene de cobertura, con apenas 50 abonados de 8,464 habitantes. La cobertura celular es excelente en todo el cantón. 8.1.9.4 Infraestructura del Servicio de Recolección de Basura Un aspecto importante es la recolección de desechos sólidos, para lo cual la Ilustre Municipalidad de Salinas, con una cobertura del 70%, el 30% restante no cuenta con el servicio. Por el momento se cubren 12 rutas con una cobertura del 70 al 80% de la población, y un 5 a 15% de cobertura en el servicio de barrido. Personal y Equipos: 12 vehículos, con capacidad de 5 - 8m3, 9 recolectores fueron adquiridos aproximadamente en 1982 -1985, 2 recolectores y una volqueta adquiridos en 1996, 2 funcionaron desde el mismo año, y el otro entro en funcionamiento en el 2001. Personal: 1 Asistente Administrativa. 12 Chóferes (Obreros) 4 Jefes de Cuadrilla (Obreros). 32 Aseadores (Obreros). 15 Aseadores (Eventuales). 1 Guardia del Relleno Sanitario. 8.1.9.5 Infraestructura de transporte Las cooperativas de transporte público que operan en la provincia de Santa Elena se presentan en la siguiente tabla:

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TABLA 14 TRANSPORTES Y RUTAS DE LA PROVINCIA SANTA ELENA

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9 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El proyecto se encuentra ubicado en la vía Guayaquil-Salinas Km.115, en la localidad de Atahualpa, provincia de Santa Elena. La Planta Potabilizadora Atahualpa AGUAPEN-EP, consta de diferentes edificaciones dentro de un espacio físico delimitado. Dichas edificaciones comprendidas en un área de 4.29 Ha corresponden a todas las instalaciones necesarias para llevar a cabo el proceso de potabilización de agua, a partir de agua cruda. Las partes que componen a la Planta son: 

Casa de Químicos La casa de químicos tiene la función de dosificar los productos químicos para la potabilización del agua, para esto se implementa en la Planta el sistema de dosificación gravimétrico para sulfato de aluminio. FIGURA 13 CASA DE QUÍMICOS



Casa de Cloración Sitios en donde el agua es tratada con dosis de cloro a niveles de Hipercloración, permitiendo así la disminución de agentes microbianos patógenos, conllevando a una mejora en la calidad del agua. FIGURA 14 CASA DE CLORACIÓN

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Bodegas de Químicos Espacio físico dentro de la Planta destinado a la preservación, mantenimiento y distribución de los diferentes químicos empleados durante el proceso productivo. FIGURA 15 BODEGA DE QUÍMICOS



Dosificadora de Floculador Sitio en donde se encuentran los equipos automatizados encargados de emitir la cantidad necesaria de agentes floculantes, calculada en base al volumen de agua de la corrida. FIGURA 16 DOSIFICADORA AUTOMÁTICA DE FLOCULADOR



Estación de Bombeo Área física implementada con bombas eléctricas de potencia suficiente para mantener en circulación el volumen de agua total que tiene de capacidad la Planta. Gracias a estas bombas se permite el paso del agua a través del sistema.

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Laboratorio de Calidad de Agua Espacio físico en donde especialistas diagnostican la calidad del agua Potable obtenida en cada corrida del proceso. FIGURA 17 LABORATORIO DE CALIDAD DE AGUA



Estanques Floculadores En este sitio se lleva a cabo la fase de formación de flóculos en el agua, los mismos que tienen relevancia ya que por medio de la adición de agentes floculantes, las sustancias coloidales presentes en el agua se aglutinan y permiten una mayor decantación y mejor filtrado. FIGURA 18 ESTANQUES FLOCULADORES



Sala de Transformador y Generador Área física donde se encuentra el sistema eléctrico propio de la Planta, para evitar problemas en caso de déficit de energía eléctrica en la zona.

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Cisterna de Cloración Sitio en donde se efectúa una cloración final posterior a todo el proceso de potabilización. Esta acción tiene el nombre de Post-Cloración y, pese a no ser perjudicial para la salud humana, ya que previene en mayor medida la contaminación del agua principalmente por agentes microbianos, es producto de quejas por parte de la comunidad por la coloración y sabor que toma el agua posterior a dicha fase. FIGURA 19 CISTERNA DE CLORACIÓN



Oficinas, Baños y Comedor Espacios comunes donde se generas desechos sólidos (Oficinas, Baños y Comedor); y, aguas grises (Baños y Comedor), los desechos sólidos son manejados por contenedores y las aguas grises son manejadas mediante dos tanques sépticos (cámaras) y dos tanques de infiltración. Los sólidos son contenidos en los mismos tanques. FIGURA 20 BAÑOS

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9.1 DESCRIPCIÓN DEL PROCESO PRODUCTIVO En resumen el proceso productivo se puede explicar haciendo mención de cada una de las partes importantes que componen el sistema de procesamiento de agua cruda, y su funcionamiento en un mes puntual, el mismo que corresponde a: Coagulación: para la remoción de turbiedad y color, presentes en el Agua cruda que se procesa en la Planta Atahualpa, se emplea el coagulante Sulfato de Aluminio o Alumbre de forma sólida y de concentración de 15.5% de alúmina (Al2O3), que se prepara en solución al 2.5%. La dosis de Sulfato de Aluminio aplicado en el proceso de potabilización durante el mes de Enero del 2014 fue de 14-16mg/l; de acuerdo a la calidad del Agua Cruda que se capta para el tratamiento de potabilización, particularmente los parámetros de turbiedad y color. El agua cruda que ingreso al proceso, durante el mes de Enero se detectó ligeras variaciones en su contenido de sólidos en suspensión. Con las dosis aplicadas se obtuvieron valores promedios de turbiedad de 0.4-0.6 NTU en los efluentes de los filtros. Desinfección: Se emplea Gas Cloro como desinfectante en el proceso de potabilización en la Planta Atahualpa aplicándose en: Precloración: En el mes de Enero, la dosis aplicada del desinfectante Cloro fue de 4.0 a 5.0 mg/l., teniendo como base las pruebas de tratabilidad correspondientes, las mismas que demostraron que esta era la dosis las conveniente a las condiciones de calidad del agua cruda actual, dosis que permitió obtener cloro residual en el orden de 0.5-0.9 mg/l en los efluentes de los filtros, indicativo de que la desinfección ha sido eficiente. Post-cloración: Para el mes de Enero, el agua cruda que ingresa al tratamiento no ha experimentado variaciones significativas en su contenido de minerales disueltos, lo que ha permitido que con la aplicación de 2.0 a 3.0 mg/l de cloro en el agua filtrada se obtenga a la salida de los reservorios de la Planta promedio de 2.5 mg/l de cloro residual libre. Recloración: En el trayecto desde la Planta de Potabilización de Atahualpa a los reservorios de Santa Elena y durante su permanencia en estos, se produce un elevado consumo de cloro, lo que obliga a la aplicación de una dosis adicional de 1.0 mg/l; del desinfectante a fin de mantener el cloro residual libre en la red de distribución en los niveles recomendados por las normas para el aseguramiento de la calidad microbiológica del agua que se entrega en los centros poblacionales de consumo. En el mes de Enero del 2014 se tuvieron niveles normales en la laguna de agua cruda ya que los niveles en el Embalse El Azúcar fueron los adecuados para la provisión del líquido al sistema hidráulico en el tramo del canal Azúcar – Rio Verde lo que permitió una operación normal en la Planta Potabilizadora. El monitoreo de la calidad del agua durante los procesos y la distribución se realiza con la instrumentación y equipamiento del Laboratorio, haciéndose las determinaciones basándose en los Standard Methods. CALIDAD DEL AGUA POTABLE Calidad Físico-Química y Bacteriológica Se realizan análisis físico-químicos y bacteriológicos de control de calidad, en los que se determinan los parámetros indicativos de la calidad del agua en todas las etapas del sistema de abastecimiento y que comprende básicamente: Fuente de Captación, Planta de Potabilización y Redes de Distribución. La calidad Físico – Química y Bacteriológica del Agua al final del proceso y en las Redes de Distribución indica que el tratamiento aplicado es eficiente y el agua que se entrega al consumidor cumple con las normas nacionales (INEN 1108:2011) e internacionales (OMS) de agua inocua y apta para consumo humano y usos múltiples.

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Pese a que dentro de las normas INEN, el análisis de algunos parámetros fue eliminado, dentro de los cuales tenemos: pH, solidos disueltos totales, aluminio, amonio, cloruros, dureza total, fosfatos, hierro, potasio, sodio, etc. La Planta Atahualpa estima conveniente seguir realizando la determinación de estos parámetros ya que se considera son de suma importancia y casi todos los países los mantienen en sus normativas ya que representan consideraciones organolépticas. Control de calidad de Agua de la Red de Distribución El agua que entra a la red de distribución está expuesta a efectos externos que podrían deteriorar su calidad. Siendo responsabilidad de Aguapen garantizar la calidad del agua hasta la acometida domiciliaria, se realiza el control de calidad Físico – Química y Bacteriológica de manera sistemática a través de un programa de muestreo y análisis implementado por el Laboratorio Químico de la Planta, en el que se incluye todas las poblaciones abastecidas de acuerdo al número de consumidores de conformidad con lo dispuesto por las Normas Nacionales (INEN 1108:2011) e internacionales (OMS) al respecto.

10 EVALUACION CUALITATIVA Y CUANTITATIVA DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES El objetivo del Estudio de Impacto Ambiental Expost es la evaluación de los impactos ambientales, en el sentido de estimar y valorar la magnitud de los impactos para conocer en qué medida repercutirá el normal desarrollo de la actividad de la planta sobre el entorno y con ello la magnitud del daño que pudiera soportar. La evaluación del Estudio de Impacto Ambiental Expost, puede definirse como la identificación y valoración de los impactos (efectos) potenciales de proyectos, planos, programas o acciones normativas relativos a los componentes físico, biótico y socioeconómico-cultural del entorno. Para la evaluación de los impactos ambientales generados por la Planta Potabilizadora de Agua Potable Atahualpa de AGUAPEN-EP, se usó una matriz gráfica de valoración de impactos.

10.1 IDENTIFICACIÓN CONFORMIDADES

DE

HALLAZGOS,

CONFORMIDADES

Y

NO

Los Hallazgos encontrados en las operaciones y prácticas de la planta, en relación al cumplimiento de la Normativa Ambiental se exponen a continuación en la Matriz o Ficha de Reporte de Conformidades y No Conformidades. Se podrá determinar mediante mediciones de ruido laboral, que CUMPLIMIENTO o NO CUMPLIMIENTO, de esta medida, basado en los requisitos legales aplicables, por esta razón, las actividades de operación deben efectuarse más controladas de lo que se encuentran ahora para causar un ruido mínimo que no perturbe a los trabajadores de la Planta; y de esta manera efectuarse sin problemas durante las 24 horas del día.

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FACTOR

HALLAZGO

CONFORMIDADES

REFERENCIA

C TULAS, Libro VI, Anexo 1, Artículo 4.2.1.1. El regulado deberá mantener un registro de los efluentes generados, indicando el Se realizan análisis de aguas caudal del efluente, frecuencia de descarga, tratamiento residuales de producción. aplicado a los efluentes, análisis de laboratorio y la disposición de los mismos, identificando el cuerpo receptor.

TULAS, Libro VI, Anexo 1, Artículo 4.2.1.9. Sobre los sistemas de drenaje para las aguas domésticas, industriales y pluviales que se generen en una industria, deberán encontrarse separadas en sus respectivos sistemas o colectores

Cumple con los límites máximos permisibles establecidos en la Norma de Calidad Ambiental y de Descarga de Efluentes del Recurso Agua

TULAS, Libro VI, Anexo 1, Artículo 4.1.2.2. (Límites Máximos Permisibles Criterios de Calidad admisibles para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces, frías o cálidas, y en aguas marinas y de estuario, Tablas # 3 y # 13) TULAS, Libro VI, Anexo 1, Artículo 4.2.1.16. De acuerdo con su caracterización toda descarga puntual al sistema de alcantarillado y toda descarga puntual o no puntual a un cuerpo receptor, deberá cumplir con las disposiciones de esta Norma de Calidad Ambiental y de Descarga de Efluentes del Recurso Agua Ley para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, Artículo, 16. Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna y a las propiedades

Agua

Existen sistemas de drenaje separados para aguas residuales de producción y aguas residuales domésticas.

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NC-

x

EVIDENCIA OBJETIVA

NC+

NO posee Informe de Monitoreo,

Constatación Física

x

x

NO posee Informe de Monitoreo,

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CONFORMIDADES HALLAZGO

Agua

FACTOR

REFERENCIA

C

NC-

EVIDENCIA OBJETIVA

NC+

TULAS, Libro VI, Anexo 1, Artículo 4.2.3.12. Se prohíbe No se observan desechos sólidos verter desechos sólidos, tales como: basuras, animales vertidos en los espacios muertos, mobiliario, entre otros, y líquidos adyacentes o próximos a la contaminados hacia cualquier cuerpo de agua y cauce planta de aguas estacionales secas o no

X

Constatación Física

Se utilizan en los análisis de agua los métodos establecidos en el manual “Standard Methods for theExamination of Water and Wastewater”, en su más reciente edición. Además deberán considerarse las siguientes Normas del Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN)

x

Reportes de Laboratorio

x

Constatación física

TULAS, Libro VI, Anexo 1, Numeral 5. Para determinar los valores y concentraciones de los parámetros determinados en esta Norma Oficial Ecuatoriana, se deberán aplicar los métodos establecidos en el manual “Standard MethodsfortheExamination of Water and Wastewater”, en su más reciente edición. Además deberán considerarse las siguientes Normas del Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN)

Ley de Aguas Artículo 22. Prohíbese toda contaminación de las aguas que afecte a la salud No se produce contaminación de humana o al desarrollo de la flora o de la fauna. Ley las aguas que afecte a la salud Forestal y Conservación de Áreas Naturales y Vida humana o al desarrollo de la Silvestre, Artículo 78, inciso 2do. Prohíbe contaminar el flora o de la fauna medio ambiente, terrestre, acuático o aéreo o atentar contra la vida silvestre.

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CONFORMIDADES HALLAZGO

REFERENCIA

C

La planta no altera por sus Reglamento para la Prevención y Control de la actividades u operaciones e Contaminación instalaciones la calidad del suelo Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. Artículos 16 y 20. Prohíbe descargar a….., La planta no descarga sus aguas así como su infiltración en terrenos de aguas residuales del proceso con peligro de no tratadas así como de cualquier contaminante que contaminación del suelo. puedan alterar la calidad del suelo y, afectar a la vida humana, flora y fauna La planta regula y controla la Reglamento para la Prevención y Control de la gestión de desechos sólidos Contaminación Ambiental en lo referente al recurso evitando la contaminación del Suelo. Artículos 1, 7 y, 16. Regula las actividades que suelo constituyan fuente de deterioro y contaminación del suelo, para el efecto establece control sobre los desechos sólidos y sustancias tóxicas. TULAS, Libro VI, Anexo 3, Artículo 4.1.1.6 Para la La empresa mantiene registros o verificación de cumplimiento por parte de una fuente certificados de emisiones al aire, fija no significativa con alguno de los métodos de sus fuentes fijas de descritos*, el operador u propietario de la fuente combustión como es su deberá mantener los debidos registros o certificados, a Generador Auxiliar de Energía fin de reportar a la Entidad Ambiental de Control con Eléctrica. una frecuencia de una vez por año.

Ruido

Aire

Suelo

FACTOR

La empresa realiza medición de niveles de presión sonora (ruido ambiente).

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TULAS, Libro VI, Anexo 5. Límites Permisibles De Niveles De Ruido Ambiente Para Fuentes Fijas Y Fuentes Móviles, Y Para Vibraciones

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NC-

EVIDENCIA OBJETIVA

NC+

x

Constatación física

x

Constatación Física

x

Constatación Física

x

No existen registros y resultados de medición de emisiones a la atmósfera

X

No posee Informe de monitoreo

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CONFORMIDADES

Gestión de Desechos Peligrosos

Gestión de Desechos Sólidos No Peligrosos

Alteración de Bosques (Ecosistema)

FACTOR

HALLAZGO

C

Ley Forestal de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre. Artículos 7, 81 y 82. Prohíbe podar, talar, descortezar, destruir, alterar, transformar, adquirir, transportar, comercializar o utilizar La plantase encuentra en una productos forestales o de vida silvestre sin zona de bosque seco por lo que autorización Prohíbe además, el incendio de bosques no ha habido tala de árboles o vegetación protectores, causar daños en ellos. Destruir la Vida Silvestre o instigar a la comisión de dichos actos Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero. Artículo 47, literal b). TULAS, Libro VI, Anexo 6, Artículo 4.2.8. Se prohíbe la disposición o abandono de desechos sólidos, La empresa mantiene un Plan cualquiera sea su procedencia, a cielo abierto, patios, de Manejo de Desechos Sólidos predios, viviendas, en vías o áreas públicas y en los cuerpos de agua superficiales o subterráneos. La empresa mantiene TULAS, Libro VI, Anexo 6, Artículo 4.2.18. Se prohíbe separación de desechos sólidos mezclar desechos sólidos peligrosos con desechos no peligrosos de aquellos sólidos no peligrosos. potencialmente peligrosos TULAS, Libro VI, Anexo 6, Artículo 4.4. -4.5 y 4.7 De La empresa cumple con las las Normas generales para el Almacenamiento de normas generales de Desechos Sólidos No Peligrosos; Normas generales almacenamiento, entrega, para la Entrega de Desechos Sólidos No Peligrosos; y, recolección y transporte de Normas Generales para la Recolección y Transporte desechos sólidos no peligrosos de Desechos Sólidos No Peligrosos La empresa devuelve a sus TULAS, Libro VI, Título VI del Reglamento Nacional proveedores los envases con para la Gestión de Productos Químicos Peligros. Art. residuos químicos de los kit de 249. De la eliminación de desechos o remanentes.análisis de laboratorio Los envases vacíos serán considerados como desechos y deberán ser manejados técnicamente.

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REFERENCIA

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NC-

EVIDENCIA OBJETIVA

NC+

x

Constatación física

x

Constatación física

x

Constatación física de contenedores

x

Constatación Física

x

Constatación Física.

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CONFORMIDADES

Salud y Seguridad Industrial (Riesgos Laborales y Ambientales)

Gestión de Desechos Sólidos No Peligrosos

FACTOR

HALLAZGO

C

TULAS, Libro VI, Anexo 6, Artículo 4.13. Sobre la Normas Generales para la Recuperación de Desechos Sólidos No Peligrosos. El reuso y reciclaje La empresa realiza reuso y de desechos sólidos tiene dos propósitos reciclaje de sacos y envases fundamentales: a) Recuperación de valores plásticos y de cartón. económicos y energéticos que hayan sido utilizados en el proceso primario de elaboración de productos. b) Reducción de la cantidad de desechos sólidos producidos, para su disposición final sanitaria. TULAS, Libro VI, Anexo 6, Artículo 4.13.9. La recolección y almacenamiento temporal de La empresa mantiene una elementos recuperables podrá efectuarse en bodega para el bodegas, antes de su traslado al sitio de clasificación almacenamiento temporal de y empaque, siempre y cuando se observen elementos de reuso y reciclaje condiciones sanitarias y de protección del medio ambiente. La empresa mantiene un Sistema de Señalética el cual Reglamento de Seguridad y Salud de los necesita ser mejorado en el Trabajadores y mejoramiento del Medio Ambiente diseño y estructura de los de Trabajo, Artículo 164. Señalización y Seguridad, elementos de señalización Normas Generales (letreros de señalización) Reglamento de Seguridad y Salud de los Los operarios de la planta Trabajadores y mejoramiento del Medio Ambiente utilizan equipos de protección y de Trabajo, Artículo 176. Ropa de Trabajo. Artículo seguridad laboral en sus 177. Protección del Cráneo. Artículo 178. Protección actividades de Cara y Ojos. Artículo 179. Protección Auditiva

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REFERENCIA

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NC-

EVIDENCIA OBJETIVA

NC+

x

Constatación Física

x

Constatación física

x

La señalética actual ha sido elaborada en plástico y falta mejorar en algunas áreas

x

Constatación Física. Inventario de equipos de protección

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10.2 .SINTESIS DE LAS CONFORMIDADES ENCONTRADAS (HALLAZGOS).

Y

NO

CONFORMIDADES

De los resultados presentados en la Tabla anterior, a continuación se analiza y sintetizan las Conformidades y No Conformidades, conforme los factores ambientales incididos. El número de Criterios Analizados durante el Estudio de Impacto Ex – Post corresponden a 20 Hallazgos, conforme los siguientes factores ambientales: Agua (6), Suelo (3), Aire (1), Ruido (1), Ecosistema (1), Gestión de Desechos No Peligrosos (5), Gestión de Desechos Peligrosos (1); y, Salud y Seguridad Industrial (Laborales y Ambientales) (2) En la siguiente Figura se ilustran mediante columnas los Hallazgos encontrados, conforme los criterios de evaluación para los Factores Ambientales analizados, acorde la actividad de la planta.

6 6 5 5 4 3 3 2 2 1

1

1

1

1 0

FIGURA 21 NÚMERO DE HALLOZGOS POR FACTORES AMBIENTALES

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De la siguiente Figura, razonamos que los Criterios Analizados para el Factor Ambiental Agua corresponden a un 30 % del Total de Hallazgos y Criterios, para Gestión de Desechos No Peligrosos un 25 %, para Suelo un 15 %, para Salud un 10 %, y para Gestión de Desechos Peligrosos, Aire, Ruido y Ecosistemas un 5% cada uno. Los criterios con mayor peso de análisis corresponden al Factor Ambiental Agua, por cuanto es el componente ambiental que se encuentra bajo mayor presión en cuanto a uso del recurso y, manejo durante el proceso de la planta por obvias razones.

Agua 10% Suelo

5% 30%

Aire Ruido Ecosistemas

25%

Gestión de Desechos No Peligrosos 15% 5% 5%

5%

Gestión de Desechos Peligrosos Salud y Seguridad Industrial

FIGURA 22 PORCENTAJES DE HALLAZGOS POR FACTORES AMBIENTALES

De los criterios analizados conformes los Hallazgos por cada Factor Ambiental, se evidenciaron: CONFORMIDADES (C) registradas durante el Estudio de Impacto Ex – Post corresponden al 80% de los Hallazgos un total de 16, los cuales se identifican con los siguientes Factores Ambientales: Agua (4), Suelo (3), Aire (0), Ruido (0), Ecosistema (1), Gestión de Desechos No Peligrosos (5), Gestión de Desechos Peligrosos (1); y, Salud y Seguridad Industrial (Laborales y Ambientales) (2). El número de NO CONFORMIDADES MENOR (C -) registradas durante el Estudio de Impacto Ex – Post fue de 4, que corresponde al 20 % identificado con los siguientes Factores Ambientales: Agua (2), Suelo (0), Aire (1), Ruido (1), Ecosistema (0), Gestión de Desechos No Peligrosos (0), Gestión de Desechos Peligrosos (0) y, Salud y Seguridad Industrial (Laborales y Ambientales) (0). No se evidenciaron Conformidades Mayores (C+) a los Factores Ambientales por parte de las instalaciones y operaciones de la Planta Potabilizadora de Agua Potable de Atahualpa de AGUAPEN-EP.

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10.3 ANÁLISIS DE MEDIOS 10.3.1 MEDIO ABIÓTICO 10.3.1.1 IMPACTOS SOBRE EL SUELO La caracterización del suelo sirve para establecer una línea base, que permita evaluar a lo largo del tiempo, el impacto de las actividades humanas sobre este medio. Los impactos negativos que podrían presentarse durante las fases de operación y cierre de la Planta Potabilizadora de Agua Potable Atahualpa son las siguientes:  

Generación de desechos sólidos; y, Generación de desechos líquidos.

De allí la importancia que el personal operativo, tome las precauciones necesarias para evitar, el manejo inadecuado de los desechos.

10.3.2 MEDIO BIÓTICO 10.3.2.1 FLORA Y FAUNA Teniendo en consideración que se trata de una zona medianamente intervenida por las actividad humana el impacto sobre la flora y fauna se limita al efecto generado por la fase de operación del sistema que no es significativo. 10.3.3 MEDIO SOCIOECONÓMICO Y CULTURAL 10.3.3.1 IMPACTOS SOBRE EL EMPLEO. Durante la fase de operación de la Planta Potabilizadora se proveerá de empleo a personas de bajos y medianos recursos económicos que residen en el área del proyecto y sitios aledaños. De esta forma, la obra que implica la operación de la Planta Potabilizadora tiene un impacto importante como fuente de empleo directo e indirecto, por cuanto genera trabajo, promoviendo el desarrollo y la economía local. 10.3.3.2 IMPACTOS SOBRE LA CALIDAD DE VIDA El principal efecto sobre la calidad de vida, se dará cuando la población reciba el servicio de agua potable por tubería en sus viviendas, mejorando las condiciones de vida de sus habitantes. También es de acotar que la generación de empleo directo, contribuye a mejorar el ingreso de la población. 10.3.3.3 IMPACTOS SOBRE EL SERVICIO A LA COMUNIDAD A través del sistema de agua potable por tuberías, se está brindando un servicio básico a la comunidad de los sectores más alejados de la Provincia Santa Elena, atendiendo una necesidad inaplazable de la población más necesitada. 10.3.3.4 IMPACTOS A LA SALUD Las condiciones actuales, en que no se cuenta con la suficiente presión de agua potable por tuberías en algunos sectores, e inclusive la carencia de este servicio en otros, incide de manera negativa en la salud de

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las personas, de manera más significativa en niños menores de 5 años y personas de la tercera edad, por tratarse de la población más vulnerable a enfermedades producidas por patógenos que proliferan en agua carente de una buena potabilización. Una vez que el abastecimiento de agua potable, sea distribuido a los sectores más lejanos, el factor de riesgo para la salud se reducirá, y permitirá a las personas mejorar las condiciones higiénicas y sanitarias de su sector y de su vivienda, promoviendo una mejora considerable en la calidad de vida de la población. 10.3.4 MEDIO PRECEPTUAL 10.3.4.1 IMPACTO SOBRE EL PAISAJE Siendo una zona medianamente intervenida e influenciada por la actividad humana, el paisaje natural ha sido en parte desplazado por construcciones dedicadas a la residencia, comercio e institucional. Sin embargo debido al tipo de operación, se prevé una mínima afectación a la percepción visual del proyecto en la fase de operación.

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11 METODOLOGÍA PARA LA EVALUACIÓN DE ÁREA DE INFLUENCIA DE LOS IMPACTOS. Los componentes se evaluaron mediante estudios de campo para lograr la caracterización de línea base, para la verificación se utilizarán los mapas del área. Como Área de Influencia Directa (AID) tomamos al núcleo de la actividad en donde existirá una afectación permanente de los medios impactados y como Área de Influencia Indirecta (AII) se considera la zona de afectación temporal y reversible. Para determinar el área de influencia, se analizarán tres criterios que tienen relación con el alcance geográfico, con la temporalidad o duración del Proyecto y, con la situación de los factores ambientales. Estos criterios se los conceptualiza de la siguiente manera: 

Límite del Proyecto. Se determina por el tiempo, el espacio y alcance que comprenden la vida del proyecto. Para este concepto se definen a continuación las siguientes escalas: o

Escala Espacial: Viene a constituir el espacio físico donde se manifiestan los impactos ambientales.

o

Escala Temporal: Está directamente vinculada con la duración que demanden los Trabajos o tiempo supeditado al proyecto.



Límites Ecológicos. Los límites ecológicos están determinados por las escalas temporales y espaciales, ya que en función de éstas se pronosticarán los potenciales impactos o efectos sobre el entorno socio-ambiental. Esta escala es variable y dependerá de la calidad del entorno o de sus recursos. El área espacial en donde se presentarán los potenciales efectos sobre el componente ecológico natural, estará en función a los sitios en donde el proyecto tiene intervención y/o interactúe con el entorno.



Límites Administrativos. Se refiere a los límites Políticos - Administrativos a los que pertenece el área donde se desarrollará el proyecto.

En virtud que el proyecto “CONSULTORÍA PARA REALIZAR INFORMES Y TRÁMITES PARA OBTENER LA LICENCIA AMBIENTAL PARA LA PLANTA POTABILIZADORA ATAHUALPA DE AGUAPEN EP”, se ha considerado como Área de Influencia Directa (AID) el espacio del terreno donde se encuentra ubicada la Planta y dadas las características se consideró en la fase de operación y mantenimiento, está área será reducida a las propias instalaciones del proyecto, y sus inmediaciones circundantes.

11.1 ÁREAS DE INFLUENCIA DEL PROYECTO 11.1.1 ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA AMBIENTAL Con respecto al Área de Influencia Directa Ambiental, esta se circunscribe al área de implementación de las instalaciones del proyecto, con una superficie total de 4.29 hectáreas ó 42961 metros cuadrados.

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FIGURA 23 ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA AMBIENTAL

TABLA 15 ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA

ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA

Pto.

X

Y

1

529706

9747931

5.16358E+12

5.16466E+12

2

529821

9748002

5.16467E+12

5.16501E+12

3

529853

9747952

5.16497E+12

5.1652E+12

4

529875

9747921

5.16515E+12

5.1655E+12

5

529908

9747868

5.16541E+12

5.16626E+12

6

529989

9747742

5.16616E+12

5.16503E+12

7

529869

9747667

5.16513E+12

5.1634E+12

1

529706

9747931

0

0

3.61551E+13

3.61551E+13

SUMATORIAS

Xy

D SUM

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Yx

85922

HECTAREAS

4.29610

m2

42961.00

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11.1.2 ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA AMBIENTAL Con respecto al Área de Influencia Indirecta Ambiental esta se circunscribe a 100 metros a la redonda de las instalaciones de la planta considerando la vía de acceso principal a Atahualpa, un tramo de la carretera Guayaquil-Salinas; y, parte de las instalaciones de la Policía Nacional. La superficie total corresponde a 18.5 hectáreas ó 185320 metros cuadrados de superficie.

FIGURA 24 ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA AMBIENTAL

TABLA 16 ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA

ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA

Pto.

X

Y

1

529556

9747968

5.16219E+12

5.16504E+12

2

529858

9748144

5.1649E+12

5.16791E+12

3

530143

9747708

5.16758E+12

5.16472E+12

4

529839

9747521

5.16485E+12

5.16186E+12

1

529556

9747968

0

0

2.06595E+13

2.06595E+13

SUMATORIAS

Xy

D SUM

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Yx

370641

HECTAREAS

18.53205

m2

185320.50

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11.1.3 ÁREAS SENSIBLE. El lugar donde se desarrolla el proyecto no presenta áreas sensibles o susceptibles de ser modificadas significativamente.

11.2 METODOLOGÍA PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA En el Registro Oficial No. 322, publicado el jueves 8 de mayo del 2008, se expide el Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental, con la finalidad de instaurar los criterios y mecanismos de la participación ciudadana a ser adoptados por las autoridades que conforman el Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, a fin de salvaguardar la seguridad jurídica, la gobernabilidad de la gestión pública y la participación social en materia ambiental, contribuyendo de esta manera el respeto de todo ciudadano a vivir en un ambiente sano, libre de contaminación y ambientalmente sustentable. Por tanto de acuerdo al Artículo 8 del reglamento, la promotora definirá en su momento alguno de los mecanismos previstos con el consentimiento de la Autoridad Ambiental. La participación ciudadana es un factor fundamental en el desarrollo de las actividades necesarias dentro de la ejecución del estudio de impacto ambiental, tiene como principal objetivo considerar e incorporar al estudio los criterios y observaciones de la ciudadanía principalmente la asentada en el área de influencia directa del proyecto. Este proceso está amparado en los artículos 88 de la constitución, art. 29 de la Ley de Gestión ambiental, art. 20 Libro VI de Calidad Ambiental TULAS, decreto ejecutivo 1040 y acuerdo No.112 del ministerio de ambiente. Art. 88 de la Constitución Política de la República, en el cual se establece que toda decisión estatal que pueda perturbar al ambiente debe ser puesto en conocimiento y consideración de la ciudadanía. El Art. 29 de la Ley de Gestión Ambiental garantiza el derecho de toda persona natural o jurídica a participar en la gestión ambiental a través de los diferentes mecanismos de participación ciudadana, mientras que el Art. 29 de esta misma ley establece el derecho de toda persona natural o jurídica a conocer de manera oportuna y total cualquier actividad que puede afectar ambientalmente. Art. 20 del Libro VI de Calidad Ambiental del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria (TULAS), donde se establece la finalidad y mecanismos de participación ciudadana. Decreto Ejecutivo 1040, en el cual se establece el Reglamento de aplicación de los mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental. El estudio de impacto ambiental, deberá incluir los criterios de la ciudadanía siempre que esto sea tanto técnico como económicamente factible; y que conlleve con la mejora de las condiciones ambientales. Acuerdo No 112 del Ministerio del Ambiente. “Instructivo al Reglamento de aplicación de los mecanismos de Participación Social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental”. Este proceso de participación deberá ser coordinado con el promotor del proyecto y la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable (AAAr). Adicionalmente, se deben considerar los Acuerdos 112 (Instructivo al Reglamento de Aplicación de los mecanismos de Participación Social); y, el Acuerdo 106 (Reforma al Instructivo al Reglamento de Aplicación de los mecanismos de Participación Social), este último elaborado el 30 de octubre del 2009. Finalmente el Acuerdo No. 068, publicado en el Registro Oficial No. 33 del 31 de julio del 2013, donde se establecen las últimas reformas al Texto Unificado de Legislación Ambiental del Libro VI, Titulo I del sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA), y en el Capítulo VII lo correspondiente a la Participación Ciudadana establecido en los Artículos 62, 63, 64 y 64, al respecto.

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12 MEDIDAS AMBIENTALES Las medidas ambientales son disposiciones que se deben de cumplir obligatoriamente para prevenir, mitigar o correctivas, de contingencia, de control (seguimiento) y de remediación para disminuir los efectos adversos del proyecto durante las fases de construcción, operación o abandono Se considerarán los siguientes tipos de medidas ambientales.  

  

Medidas preventivas: Se aplican antes de la ejecución del proyecto y tienen la finalidad de actuar antes de que se produzcan efectos negativos sobre el entorno. Medidas de mitigación o correctivas: Se aplican para proyectos en funcionamiento donde se ha identificado efectos negativos que necesitan ser corregidos o para mantenerlos dentro de los límites tolerables. Medidas de Contingencia: Este tipo de medidas se aplican en condiciones anormales o de emergencia para contrarrestar efectos negativos al medio ambiente. Medidas de seguimiento: Estas medidas se aplican para asegurar el control y cumplimiento de actividades relacionadas con el desempeño ambiental de la empresa. Medidas de Remediación: Se aplican con la finalidad de restablecer las condiciones del medio ambiente que haya resultado afectado por la actividad humana a una situación aceptable de acuerdo a la legislación ambiental aplicable.

12.1 MEDIDAS PREVENTIVAS Las medidas de prevención se consideran antes de la ejecución del proyecto e incluyen decisiones y acciones tendientes a prevenir el potencial impacto ambiental negativo en las nuevas actividades. Generalmente se identifican en la etapa de diseño de nuevos proyectos y se aplican durante la ejecución de las actividades para prevenir el daño al medio ambiente. Las medidas preventivas están incluidas en el plan de manejo ambiental e incluyen aspectos como:  Señalización  Precauciones en el Manejo de Químicos  Uso de Equipo de Protección Personal

12.2 MEDIDAS DE MITIGACIÓN O CORRECTIVAS Las medidas correctivas se presentan con la finalidad de eliminar la causa que origina efectos negativos sobre el medio ambiente identificados en el presente estudio ambiental. El conocimiento de los aspectos identificados en la Matriz de Magnitud e Importancia de Impactos Ambientales de la Planta AGUAPEN, ha permitido presentar las siguientes medidas correctivas: 12.2.1 Ruido Laboral Es necesario que el personal que labore en las fases de operación, junto a maquinaria que genere ruido, utilice equipo de protección auditiva, como son tapones u orejeras. De esta manera se mitiga el impacto nocivo del ruido sobre el sistema auditivo, siendo responsabilidad del personal hacer uso del equipo de seguridad indicado. El detalle de las medidas correctivas se encuentra en el Plan de Manejo Ambiental.

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12.2.2 Aguas Residuales. Para prevenir la saturación del sistema se propone las siguientes acciones correctivas:  Realizar la limpieza y mantenimiento de los tanques sépticos y tanques de infiltración de las aguas grises provenientes de los baños, oficinas y comedor.  Realizar la limpieza y mantenimiento de los filtros de las aguas de proceso productivo. 12.2.3 Suelo Para prevenir la contaminación del suelo se proponen las siguientes medidas correctivas:  Realizar la disposición adecuada de los residuos sólidos que se obtienen de la limpieza y mantenimiento de las instalaciones de la Planta AGUAPEN-Atahualpa.

12.3 MEDIDAS DE CONTINGENCIA Las medidas de contingencia tienen la finalidad de controlar impactos ambientales generados por condiciones anormales o de emergencia. Durante la fase de operación es conveniente elaborar un plan de Contingencias que incluya acciones a seguir en caso de emergencia, tales como:  

Accidentes de Trabajo. Accidentes en Espacios Confinados.

12.4 MEDIDAS DE SEGUIMIENTO Las medidas de seguimiento aseguran el control y cumplimiento de las medidas ambientales y de las actividades contenidas en el Plan de Manejo Ambiental. Se han identificado las siguientes medidas de seguimiento: 

   

Monitoreo de Calidad de Agua procesada en la Planta de tratamiento AGUAPENAtahualpa, en los puntos de control establecidos por una batería de llaves de paso con un muestreo puntual por cada punto en total seis (6), actividad que se realiza de forma rutinaria. Monitoreo Calidad de Aire no efectuado. Monitoreo de Ruido no efectuado. Monitoreo de Calidad de Agua de las Aguas de proceso no efectuado Monitoreo de Calidad de Aguas Servidas no efectuado.

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13 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL El plan propuesto tiene los siguientes objetivos: Minimizar los impactos sobre el entorno de las instalaciones, derivados de las actividades operativas y de mantenimiento de la Planta. Proporcionar a los directivos de la Empresa un instructivo para el manejo de las instalaciones y ejecución de las actividades operativas, así como la designación de competencias por parte del personal y la delimitación de las actividades extraordinarias que deberían efectuar; en condiciones ambientalmente eficientes que permitan preservar el entorno y cumplir con lo establecido en las Leyes Ambientales vigentes. Establecer el programa de mediciones ambientales, sobre la base de lo estipulado en las diferentes leyes y ordenanzas. Mantener un programa de seguimiento y evaluación de las medidas ambientales que se adopten como resultado de la auditoría practicada, en concordancia con los objetivos generales y específicos de operación de la Planta. El plan tiene la intencionalidad de organizar, gerenciar y dirigir las actividades y/o medidas que se deben de tomar en el proyecto con el objetivo de minimizar los impactos en el ambiente, por tanto el plan debe: 

Contar con políticas y estándares acorde a lo estipulado en las normas legales.



Contener costos, tiempos, actividades y responsables.



Facilitar un cronograma de trabajo



Asegurar que todos los usuarios interesados tengan la misma información y trabajen bajo un solo criterio.

Es responsabilidad del Promotor conocer la legislación ambiental y cumplir con las disposiciones allí contenidas, esto es, leyes, reglamentos y demás disposiciones de alcance nacional, regional o local vigentes y otras que se aprueben o se adopten con el objetivo de proteger el ambiente. El Promotor debe procurar la menor afectación e impactos negativos sobre los suelos, cuerpos de agua, calidad del aire, vegetación, fauna y maximizar el bienestar de la población. El Promotor será responsable de ejecutar la acción correctiva apropiada y con cargo a su costo, el mismo que será determinado y valorado por la Fiscalización. El Promotor se responsabilizará del pago de las multas y asumirá las sanciones establecidas por violación de las leyes, reglamentos y disposiciones ambientales durante el período de construcción de las obras de construcción del proyecto. Adicionalmente, los daños a terceros causados por incumplimiento de leyes ambientales vigentes serán responsabilidad del Promotor, quien deberá remediarlos a su costo. El diseño de cada medida tiene definidos los siguientes aspectos: Nombre de la medida. Objetivos Nombre de los posibles impactos ambientales a generarse. Estrategias a utilizarse.

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Cada medida de mitigación ambiental tiene descritas las diversas actividades que se deberán ejecutar para lograr los objetivos planteados, las actividades contienen los siguientes aspectos descriptivos: Acciones y Procedimientos a Desarrollar Documentos de Referencia Indicadores Verificables de Aplicación Resultados Esperados Responsables de la Ejecución Costo

Resumen de Impactos, Verificadores y Medidas Ambientales. Medida No. 1 Licencias, Permisos y otros Trámites IMPACTOS MITIGADOS

Incumplimientos Legales

ACTIVIDADES

INDICADORES VERIFICABLES

Regularización Ambiental

RESULTADO ESPERADO

Permiso Ambiental

Obtención de Permiso MAE

RESPONSABLES EJECUCIÓN

Promotor

Medida No. 2 Señalización del Proyecto IMPACTOS MITIGADOS Daños a Terceros Accidentes Laborales

ACTIVIDADES

Señalización planta

de

la

INDICADORES VERIFICABLES

RESULTADO ESPERADO

Verificación de señalización instalada

Espacios debidamente Señalizados

RESPONSABLES EJECUCIÓN Promotor/Jefe de Planta

Medida No. 3 Capacitación del Personal IMPACTOS MITIGADOS Daños a Terceros Accidentes Laborales

ACTIVIDADES

Talleres Capacitación

INDICADORES VERIFICABLES de

Dotación de Equipos de Protección Personal.

Convenios Capacitación

de

RESPONSABLES EJECUCIÓN

Alianzas Estratégicas

Promotor

Registro de Asistencia

Operarios Capacitados

Promotor/Capacitador

Factura de compra de equipos

Operarios utilizan los equipos de protección personal

Promotor/Operarios

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RESULTADO ESPERADO

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Medida No. 4 Manejo de Desechos Sólidos IMPACTOS MITIGADOS Proliferación vectores enfermedades

de de

ACTIVIDADES

INDICADORES VERIFICABLES

RESULTADO ESPERADO

RESPONSABLES EJECUCIÓN

Manejo de desechos sólidos

Almacenamiento Temporal de residuos sólidos

Manejo adecuado de desechos sólidos

Promotor/Jefe de Planta/ Operarios

Comercialización del suelo por inadecuada disposición de Residuos Sólidos

Entrega oportuna de los residuos sólidos al servicio de recolección

Riesgos para la salud pública/ocupacional

Medida No. 5 Manejo de Desechos Líquidos IMPACTOS MITIGADOS

ACTIVIDADES

INDICADORES VERIFICABLES

RESULTADO ESPERADO

RESPONSABLES EJECUCIÓN

Contaminación del suelo por inadecuada disposición de Residuos líquidos

Manejo de desechos líquidos

Almacenamiento Temporal de residuos líquidos.

Manejo adecuado de desechos líquidos

Promotor/Jefe de Planta/ Operarios

.

Riesgos para la salud pública/ocupacional

Medida No. 6 Manejo de Desechos Peligrosos IMPACTOS MITIGADOS

ACTIVIDADES

INDICADORES VERIFICABLES

RESULTADO ESPERADO

Contaminación del suelo y/o agua por inadecuada disposición de Residuos peligrosos

Manejo de desechos peligrosos

Almacenamiento Temporal de residuos peligrosos.

Acuerdo con el proveedor para que retiren y se encarguen del manejo de los residuos peligrosos provenientes de los insumos utilizados en el laboratorio.

Riesgos para la salud pública/ocupacional

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RESPONSABLES EJECUCIÓN Promotor/Jefe Laboratorio

de

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Medida No.7 Vínculos con la Comunidad (Relaciones Comunitarias) IMPACTOS MITIGADOS

ACTIVIDADES

Desconocimiento de las labores de la Planta y quejas por la distribución del servicio..

Casa Abierta

INDICADORES VERIFICABLES Reporte Anual visitas a instalaciones

de las

RESULTADO ESPERADO Comunidad conoce los procesos implementados en el manejo de contaminantes y operación de las instalaciones.

RESPONSABLES EJECUCIÓN Promotor/Jefe de Planta

Medida No.8 Monitoreo y Seguimiento IMPACTOS MITIGADOS Sanciones incumplimiento normas vigentes

por de

ACTIVIDADES

INDICADORES VERIFICABLES

RESULTADO ESPERADO

Monitoreo de Ruido Laboral

Reporte Anual de al menos (1) Monitoreo realizado por laboratorio acreditada

Cumplimiento bajo la Norma

RESPONSABLES EJECUCIÓN Promotor/Laboratorio Acreditado

Medida No.9 Restauración, Indemnización y Compensación IMPACTOS MITIGADOS

ACTIVIDADES

INDICADORES VERIFICABLES

RESULTADO ESPERADO

Impacto visual con respecto a las instalaciones de la Planta

Revegetación y adecentamiento de las áreas verdes

Reporte de mantenimiento de las áreas verdes. Registro fotográfico.

Áreas verdes adecentadas y con revegetación de especies ornamentales.

RESPONSABLES EJECUCIÓN Promotor/Jefe de Planta

Desarrollo del Plan de Manejo Ambiental Plan de Manejo Ambiental para la etapa de Operación/ Mantenimiento y Cierre de la Planta, contendrá lo siguiente: Plan de Prevención y Mitigación de Impactos, Plan de Capacitación Plan de Salud y Seguridad Industrial Plan de Manejo de Desechos Plan de Relaciones Comunitarias Plan de Monitoreo Plan de Contingencias y Emergencias Plan de Restauración, indemnización y compensación. Plan de Cierre del Área y Abandono del Proyecto

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PLAN DE MANEJO AMBIENTAL PLANES PERMANENTES

1. Plan de Prevención y Mitigación de Impactos, 2. Plan de Capacitación 3. Plan de Salud y Seguridad Industrial 4. Plan de Manejo de Desechos 5. Plan de Relaciones Comunitarias

PLANES ESPECÍFICOS

Regirá en todas las instancias del proyecto desde su fase de construcción operación y cierre.

Este nivel se divide en dos tipos de planes los que se deban realizar en las etápas de construcción y operación y un segundo grupo que se aplicarán en situaciones especiales.

1. Plan de Monitoreo 2. Plan de Contingencias y Emergencias 3. Plan de Restauración, indemnización y compensación. 4. Plan de Cierre del Área y Abandono del Proyecto

FIGURA 25 ESQUEMA DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

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PLANES PERMANENTES Plan de Prevención y Mitigación de Impactos Medida No. 1 Licencias, Permisos y otros Trámites Objetivo Gestionar los documentos habilitantes, en especial el permiso Ambiental en el Ministerio del Ambiente.

Posibles Impactos Ambientales Negativos Incumplimientos legales (Proceso de Regularización Ambiental)

Estrategias a Utilizar Tramitar licencias, permisos y autorizaciones Ejecución y Seguimiento del trámite en el SUIA (Sistema Único de Información Ambiental).

ACTIVIDAD No. 1 Regularización Ambiental Acciones y Procedimientos a Desarrollar El promotor para continuar con la Operación de la Planta Potabilizadora de Agua Potable Atahualpa, debe efectuar todos los trámites correspondientes para obtener en primer término la aprobación de la Ficha de Categorización, luego la Ficha Ambiental (que incluye la descripción detallara del Proyecto, Plan de Manejo Ambiental; y, el Proceso de la Participación Social); y, luego el permiso Ambiental respectivo, puesto que se trata de un requisito indispensable para la regularización ambiental del proyecto. Documentos de Referencia Ley de Gestión Ambiental y TULAS Indicadores Verificables de Aplicación Documento de aprobación de la Ficha Ambiental del Proyecto Documento que contenga el permiso Ambiental respectivo otorgado por el Ministerio de Ambiente. Resultado Esperado Obtención de permisos ambientales respectivos. Responsable de la Ejecución Promotor Consultor Ambiental Costo

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Incluido en los Costos Indirectos del Proyecto

Plan de Capacitación Medida No. 2 Señalización del Proyecto Objetivo Sectorizar y organizar los diferentes ambientes dentro de la Planta, de acuerdo con su zonificación de uso. Prevenir accidentes laborales y de terceros.

Posibles Impactos Ambientales Negativos Generación de riesgos para personas y bienes (salud pública/ocupacional). Presencia de personal ajeno a las instalaciones.

Estrategias a Utilizar Señalización de los espacios de la Planta en función de la zonificación de uso. Informar a los trabajadores de la Planta sobre el significado de la señalética instalada. Prohibir el acceso a personas extrañas a las instalaciones para evitar riesgos innecesarios (salvo los guiados por el personal de la Planta en las casas abiertas).

ACTIVIDAD No. 1 Señalización de la Planta Acciones y Procedimientos a Desarrollar En el desarrollo de la operación el Promotor y el Jefe de Planta deberán consideran en forma rutinaria y obligatoria los siguientes aspectos: Demarcar las áreas de riesgo de los diversos frentes de trabajo: almacenamiento de residuos peligrosos, almacenamiento de materiales, zona de operación de maquinarias, zona de riesgo de accidentes. Verificar regularmente el estado de las señales, reponiendo las que se deterioren o sean sustraídas. Evaluar periódicamente la vigencia del Plan de señalización, para tomar los correctivos necesarios en coordinación entre el Promotor y el Jefe de la Planta, atendiendo además los requerimientos que al respecto realicen las instituciones públicas que tienen jurisdicción en la Planta. El Jefe de Planta llevará un control en donde se registre los accidentes ocurridos a los trabajadores, y cuáles han sido las decisiones tomadas al respecto, y a quien se notificó del particular.

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Documentos de Referencia Señalética Internacional, al corresponder a la operación de una Planta Potabilizadora que emplea más de 10 operarios, está obligada a tener un Reglamento Interno de Seguridad y Salud de Trabajo conforme al Acuerdo Ministerial 0220/05. Adicional, deberá señalizar sus áreas de operación y registrar, en caso que ocurra, los accidentes laborales.

Indicadores Verificables de Aplicación Zonas de trabajo debidamente señalizadas (demarcados adecuadamente), según el presente Plan de Manejo Ambiental.

Resultado Esperado Zonas señalizadas y trabajadores informados de los riesgos eventuales de los equipos y materiales empleados.

Responsable de la Ejecución Promotor Jefe de Planta

Costo

Descripción Señales

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Unidad

Precio Unitario

Cantidad

Precio Total

U

5,00

64

320,00

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TABLA 17 TIPOS DE SEÑALES A SER COLOCADAS POR SECTOR.

Sector

Obligación

Advertencia

Prohibición Pasar peatones Personas no autorizadas No fumar Prohibido dejar vehículos

Ingreso Personas

Caminar por camino señalado.

No salir del camino señalado

Parqueo

Parquear en posición de salida

Estacionamiento

Depósitos de desechos sólidos

Manos

Peligro de cortaduras

Ingreso de Vehículos

N/A

Pasar peatones Circulación de Vehículos Personas no autorizadas No fumar

Uso de mandil Uso de gafas Zona de laboratorios Equipos de protección personal. Zona de producción

Zona de almacenamiento de materiales productos químicos (bodega)

Equipos de protección personal.

Personas no autorizadas No tocar No fumar

Equipo de Lucha contra Incendio Extintor

Extintor

Extintor

N/A

Riesgo de quemaduras e irritaciones.

Personas no autorizadas No tocar No fumar

Extintor

Ruta de evacuación Zona de concentración de personal

Personas no autorizadas No tocar No fumar

Extintor

Daños a la salud

Personas no autorizadas No tocar No fumar

Extintor

N/A: No Aplica Señalética

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Señalética de Referencia

FIGURA 26 SEÑALÉTICA DE REFERENCIA

Fuente: http://www.anvela.com/anvela.php?ver=senalizacion

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Medida No. 3 Capacitación del Personal Objetivo Capacitar al personal de la Planta sobre riegos laborales. Prevenir accidentes laborales y de terceros

Posibles Impactos Ambientales Negativos Generación de riesgos para personas y bienes (salud pública/ocupacional). Presencia de personal ajeno a la Planta.

Estrategias a Utilizar Convenios de Capacitación con instituciones gubernamentales (Universidades, Autoridades: Policía, Bomberos, etc.) Motivar a los empleados a participar y reconocer su esfuerzo mediante la emisión de un Certificado de Asistencia.

ACTIVIDAD No. 1 Convenio de Capacitación Acciones y Procedimientos a Desarrollar En el desarrollo de la operación el Promotor y el Jefe de Planta deberán consideran en forma rutinaria y obligatoria los siguientes aspectos: Obtener Alianzas estratégicas con Centros de Educación Superior Locales, Policía y Cuerpo de Bomberos, con la finalidad de ejecutar talleres de capacitación con representantes de dichas autoridades en las temáticas respectivas de sus competencias. Motivar a los operarios de los diferentes segmentos de la “Planta Potabilizadora” para que se conviertan en protagonistas de las capacitaciones a ser impartidas en sus instalaciones o instalaciones que los responsables consideren pertinentes. Elaborar Diplomas de asistencia y participación a los cursos impartidos.

Documentos de Referencia Convenios Suscritos Diplomas elaborados

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Indicadores Verificables de Aplicación Convenios Suscritos por los representantes de las Instituciones participantes y el Promotor o su delegado. Nómina de Participantes. Fotografías Diplomas Entregados

Resultado Esperado Personal que opera en los diferentes segmentos de la “Planta Potabilizadora de agua potable Atahualpa” esté capacitado en Salud Ocupacional y Seguridad Industrial.

Responsable de la Ejecución Promotor Capacitador

Costo Descripción Talleres de Capacitación

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Unidad

Precio Unitario

Cantidad

Precio Total

U

Convenio

1

Indirecto

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ACTIVIDAD No. 2 Dotación de equipos de protección personal Acciones y Procedimientos a Desarrollar En el desarrollo de la operación el Promotor y el Jefe de la Planta deberán considerar en forma rutinaria y obligatoria los siguientes aspectos: Dotación y supervisión de la utilización, por parte de los operarios, de los equipos de protección personal. Evidenciar desgaste o deterioro de dichos equipos para la reposición de los mismos.

Documentos de Referencia Plan de Manejo Ambiental

Indicadores Verificables de Aplicación Facturas de Compra de EPP Lista de Entrega de EPP suscritas por los beneficiarios Contratación de Laboratorio Certificado Control Rutinario del buen estado de maquinarias y equipos, principales causantes del Ruido Laboral. Resultado Esperado Personal que opera en los diferentes segmentos de la Planta, cuente con los respectivos Equipos de Protección Personal. Niveles aceptables de Ruido Laboral, producto de las actividades rutinarias de la Planta.

Responsable de la Ejecución Promotor

13.1.1.1 Costo Unidad

Precio Unitario

Cantidad

Precio Total

Protectores auditivos (cajas)

Caja

6,00

2

12,00

Botas

Pares

9,00

15

135,00

Guantes

Pares

1,55

15

24,00

U

3,10

15

46,50

Extintor

20,40

7

142,80

Descripción

Gorros Extintor dePQS de 10 libras

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Plan de Manejo de Desechos Medida No. 4 Manejo de Desechos Sólidos Objetivo Realizar el adecuado manejo y disposición final de los desechos sólidos generados por el proceso productivo de la potabilización de agua; así como, el generado por los operarios, trabajadores y personal que labora en la misma.

Posibles Impactos Ambientales Negativos Contaminación visual. Proliferación de vectores (roedores, moscas, mosquitos, cucarachas, etc.) Contaminación del suelo por inadecuada disposición de residuos sólidos. Riesgos para la salud pública/ocupacional.

Estrategias a Utilizar Recolección, separación, transportación y disposición adecuada de los residuos sólidos generados por la Planta.

ACTIVIDAD No. 1 Manejo de Desechos Sólidos Acciones y Procedimientos a Desarrollar Para un correcto manejo de los desechos sólidos generados en la Planta, el Promotor, debe cumplir con las siguientes disposiciones: El manejo adecuado y disposición de los residuos sólidos requiere de la designación de un responsable para el manejo de las mismas. Cuantificar la cantidad de desechos diarios a disponer; determinar la frecuencia, procedimiento y sitio de recolección. Definir el área de almacenamiento temporal de acuerdo al tipo de desecho y a la cantidad producida. Separar los desechos sólidos conforme a: residuos orgánicos, reutilizables y rechazo. Disponer los residuos sólidos en recipientes de recolección, pudiendo ser estos, metálicos, plásticos o fundas plásticas, de acuerdo a las normas de calidad. En el caso de los recipientes metálicos o plásticos deberán contar con su respectiva tapa para evitar la dispersión de los residuos por acción del agua, el viento y para impedir la presencia de vectores de enfermedades como moscas, cucarachas y roedores. Los operarios encargados de la recolección de las basuras (de forma manual) deben utilizar los implementos de protección personal (IPP= necesaria para evitar cualquier problema de salud ocupacional. Para el transporte y la disposición final de los residuos sólidos estarán a cargo de la misma empresa el manejo de los mismos. Adicionalmente debe realizar charlas de capacitación a los encargados de la recolección, que incluya conceptos y disposiciones sobre el manejo, reciclaje y disposición de basuras. Preparado por: Blgo. Eduardo Molina B. Marzo 2014

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Bajo ninguna circunstancia se debe permitir la quema de los materiales combustibles de desecho.

Documentos de Referencia Plan de Manejo

Indicadores Verificables de Aplicación Registros de recolección y disposición final de residuos sólidos. Resultado Esperado Manejo adecuado de los desechos sólidos.

Responsable de la Ejecución Promotor Jefe de Planta Operarios designados

Costo Unidad

Precio Unitario

Cantidad

Precio Total

Recorrido

N/A

N/A

Indirecto

Batería de Tachos

Global

280

1

280,00

Fundas de Basura

100

12,50

5

77,50

Descripción Eliminación de Desechos Sólidos

Tipo de Desecho

Fuente

Desechos sólidos orgánicos

Restos de comida de trabajadores *

Desechos sólidos inorgánicos

Bodega (saquillos deteriorados) ** Restos de franelas y guaipes con grasa y aceites lubricantes. ***

* Manejados como desechos comunes entregados al servicio de recolección de basura municipal. **

Son entregados como desechos comunes al servicio de recolección de basura municipal.

***

Son entregados como desechos comunes al servicio de recolección de basura municipal, en un recipiente herméticamente sellado.

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Manejo de desechos Líquidos Medida No. 5 Objetivo Realizar el adecuado manejo y disposición final de los residuos líquidos generados en la Potabilización cargados de sulfato de aluminio y flocs. Contaminación del suelo por inadecuada disposición de residuos líquidos y el desecho de las aguas residuales domésticas de las instalaciones. Riesgos para la salud pública/ocupacional.

Estrategias a Utilizar Recolección, disposición, manejo y uso adecuado de los residuos líquidos generados por la potabilización de agua. Conducción adecuada de las aguas residuales domésticas generadas por la Planta.

ACTIVIDAD No. 1 Manejo de Desechos Líquidos Acciones y Procedimientos a Desarrollar Para evitar el deterioro ambiental producto de las descargas de los desechos líquidos, se tomarán en cuenta las siguientes recomendaciones: Se establecerán procedimientos para la cuantificación del volumen y el manejo de las aguas del proceso productivo que contienen sulfato de aluminio y flocs para ser destinadas al mantenimiento de las áreas verdes designadas dentro de los predios de la Planta, evitando su disposición final en sitios aledaños. Se establecerán en el Plan de Monitoreo y seguimiento los análisis de la calidad de las descargas de las aguas residuales domésticas.

Documentos de Referencia Plan de Manejo

Indicadores Verificables de Aplicación Registros de uso de agua residual para riego.

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Resultado Esperado Uso secundario para el agua residual (disminución de costos para la Planta y mejora de las áreas verdes).

Responsable de la Ejecución Promotor Jefe de Planta Operarios

Costo Descripción

Unidad

Precio Unitario

Cantidad

Precio Total

Uso de aguas residuales del proceso productivo en áreas verdes

Global

N/A

N/A

Indirecto

Medida No. 6 Manejo de Desechos Peligrosos Objetivo Realizar el adecuado manejo y disposición final de los residuos peligrosos generados en el análisis de calidad de agua. Determinar los posibles Impactos Ambientales Negativos Contaminación del suelo y agua por inadecuada disposición de residuos peligrosos. Riesgos para la salud pública/ocupacional.

Estrategias a Utilizar Recolección, separación, transportación y disposición final adecuada de los residuos peligrosos generados en los análisis de calidad de agua.

ACTIVIDAD No. 1 Manejo de Desechos Peligrosos Acciones y Procedimientos a Desarrollar Para evitar los posibles incidentes por el manejo inadecuado de los residuos y desechos peligrosos generados en los análisis de calidad de agua se tomarán las siguientes precauciones:

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Se establecerán procedimientos y normas de seguridad del personal para el manejo adecuado de residuos y desechos peligrosos generados en los análisis de calidad de agua. Estos procedimientos serán observados obligatoriamente por el personal indicado (Analistas de Laboratorio) e incluirá actividades de abastecimiento y transporte interno de estos desechos e insumos. Para lo cual se requiere el empleo constante del equipamiento necesario para la protección personal. Se establecerá un acuerdo con el proveedor de los insumos de laboratorio, para que este se encargue de la recolección, manejo y disposición final de los residuos y desechos peligrosos, previo a la saturación del espacio físico designado para su almacenamiento temporal dentro de la Planta.

Estos residuos serán depositados en contenedores herméticamente sellados, hasta la recolección por parte del proveedor.

Documentos de Referencia Plan de Manejo

Indicadores Verificables de Aplicación Registros de entrega de los residuos y desechos peligrosos al proveedor de insumos.

Resultado Esperado Manejo y disposición temporal adecuado de los residuos y desechos peligrosos. Responsable de la Ejecución Promotor Administrador Operarios Costo Descripción

Unidad

Precio Unitario

Cantidad

Precio Total

Tachos contenedores de desechos peligrosos

Global

120

4

480

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Tipo de Desecho Desechos de los kit de análisis de laboratorio

Fuente Coordinar el manejo de los mismos por el mismo con un gestor autorizado.

Plan de Relaciones Comunitarias Medida No. 7 Objetivo Establecer vínculos armónicos de buen vivir con los vecinos del sector, evidenciando las actividades que se ejecutan en la operación de la Planta Potabilizadora Atahualpa AGUAPEN-EP. Determinar el número de visitas anuales de la comunidad a la Planta Potabilizadora Atahualpa AGUAPEN-EP. Establecer el número máximo de participaciones por parte del personal de Aguapen Atahualpa, para contribuir con la toma, análisis y entrega de resultados de muestras de agua en diferentes puntos de la provincia de Santa Elena.

Posibles Impactos Ambientales Negativos Quejas de los pobladores de la zona agrícola aledaña a la Planta Atahualpa. Relaciones Comunitarias afectadas por reclamos y denuncias de malas prácticas. Relaciones comunitarias afectadas por excesivos pedidos de poblados de la provincia de Santa Elena, para el análisis de muestras de calidad de agua.

Estrategias a utilizar Delimitación de área de trabajo durante la operación. Determinar el número de visitas de diferentes establecimientos (públicos, privados, educativos, entre otros), de la Provincia de Santa Elena. Establecer el número de salidas de campo que el personal pueda efectuar para colaborar con toma de muestras, supervisión de metodologías aplicadas, inspección de obras y análisis de muestras de agua.

ACTIVIDAD No. 1 Delimitación de área de trabajo Acciones y Procedimientos a Desarrollar El Promotor del proyecto deberá implementar una delimitación del área de trabajo y almacenamiento de materiales, reactivos, insumos, vehículos y maquinaria pesada para evitar introducción de personas no pertenecientes a las instalaciones.

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Determinar número de visitas a la Planta El promotor del proyecto deberá determinar el número de visitas que la comunidad pueda llevar a cabo a la Planta, para informarse de cómo es la operación de la misma. Para evitar posibles contratiempos se tomarán las siguientes indicaciones y precauciones:    

La comunidad deberá anunciar su visita, mínimo con tres semanas de anticipación. Durante las visitas deberán estar dos personas encargadas para el recorrido de la Planta. El número máximo de visitantes que la Planta puede aceptar, es de 20 personas, en un máximo de 3 visitas semestrales. El encargado del dispensario médico deberá estar presente en su lugar de trabajo los días que se realicen las visitas, en caso de presentarse algún inconveniente.

Acciones a implementar Las visitas de la comunidad deberán ser planificadas con antelación para acceder a una organización adecuada, que permita la provisión de refrigerios a los visitantes, así como una coordinación adecuada con los máximos representantes de la Planta y el médico responsable del cuidado de los visitantes y personal de la Planta.

Determinar obligaciones y responsabilidades del personal de la Planta El promotor del proyecto deberá determinar el número de de salidas de terreno que el personal de la Planta Atahualpa pueda efectuar para colaborar con toma de muestras, supervisión de metodologías aplicadas, inspección de obras y análisis de muestras de agua. Para evitar posibles contratiempos se tomarán las siguientes indicaciones y precauciones: Las peticiones de colaboración por parte de la comunidad deberá ser anunciada mínimo con tres semanas de anticipación. El número máximo de salidas de terreno que el personal de la Planta Atahualpa puede efectuar será de 2 por mes, en caso de que las visitas duren más de 1 día, o en su defecto tomen horas fuera del horario laboral normal, se deberá proveer de los viáticos respectivos al personal, con 1 día de antelación, previo a la salida de terreno. El análisis de muestras de calidad de agua deberá ser regido por el número de insumos que se tengan disponibles en el mes, teniendo en consideración épocas de gran acogida turística (temporada alta), donde la demanda de agua es mayor y se requiere de una mayor cantidad de análisis. La disposición del número de muestras a poder efectuar quedará en absoluto criterio de la persona encargada del Laboratorio de análisis de Calidad de Agua de la Planta Potabilizadora Atahualpa, la misma que deberá ser notificada con un mínimo de 2 semanas de anticipación.

Acciones a implementar Como medida indispensable, se requiere de la readecuación de una zona de depósito de materiales y reactivos (Stock), para suplir necesidades de última hora, en caso de presentarse algún improvisto, así como la readecuación de una zona de almacenamiento de los desechos sólidos, líquidos y peligrosos. De

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igual manera, se necesita establecer un cronograma de actividades y una matriz de registro de las salidas que efectúe el personal, en conjunto con el nombre del personal a cargo, para llevar un control y permitir la rotación del personal en las diferentes salidas a terreno.

Documentos de Referencia Plan de Manejo Ambiental

Indicadores Verificables de Aplicación Señalización y delimitación del área de trabajo. Registro de visitantes al área de operaciones. Registro de salidas a terreno y personal delegado.

Resultado Esperado Conocimiento por parte de los visitantes referente al sistema de Potabilización de Agua Potable, llevado a cabo en la Planta Potabilizadora Atahualpa. Cooperación y cumplimiento de obligaciones por parte del personal, referente a las diversas salidas de terreno a poder efectuar en distintos puntos de la Península de Santa Elena.

Responsable de la Ejecución Promotor Jefe de Planta Jefe de Laboratorio Costo Indirecto

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PLANES ESPECÍFICOS Plan de Monitoreo y Seguimiento Medida No. 7 Monitoreo y seguimiento Objetivo Establecer y ejecutar un sistema de monitoreo para controlar el cumplimiento de la ejecución correcta del Plan de Manejo Ambiental, incluidas todas la medidas de mitigación previstas en el mismo.

Posibles Impactos Ambientales Negativos Sanciones por el incumplimiento de normas ambientales vigentes. Reclamos de la comunidad. Rechazo de la comunidad por la operación de la Planta, por contaminación ambiental.

Estrategias a Utilizar Control del cumplimiento de las disposiciones legales vigentes. Contratación de Laboratorio de Análisis acreditado. Constatar la utilización de los puntos de control de Ruido Ambiental. Supervisar la correcta aplicación del Plan de Manejo Ambiental, en sus diversos componentes. Evaluar parámetros de calidad de agua residual descartada, una vez cada 6 meses, por un Laboratorio acreditado.

ACTIVIDAD No. 1 Monitoreo de Ruido Ambiental Acciones y Procedimientos a Desarrollar El Promotor del proyecto deberá implementar monitoreos de Ruido Ambiental, en base a los siguientes lineamientos: Realizar al menos una medición anual de niveles de ruido generado por los equipos de la planta, ya que no se permiten ruidos por encima de los 85 dB (máximo 8 horas de exposición por día). Considerar los parámetros vigentes de manera que el ruido generado por la operación de los mismos no excedan las normas ambientales tal como establece el Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria.

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El horario de trabajo en lo posible deberá ser entre las 8h00 y las 17h00; sin embargo de requerirse trabajos nocturnos, la modificación del horario de trabajo deberá ser notificada.

Documentos de Referencia Norma de Ruido y Gases de Combustión, del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria (TULAS)

Indicadores Verificables de Aplicación Informe del Laboratorio Acreditado. Resultado Esperado Minimización de ruido emitido por los equipos y procesos productivos de la operación de la Planta. Responsable de la Ejecución Promotor Laboratorio Acreditado

Costo 13.1.1.2 Descripción

Unidad

Precio Unitario

Cantidad

Precio Total

Análisis de Ruido Ambiental

Global

80

2

160

ACTIVIDAD No. 2 Monitoreo de la Calidad de Agua Acciones y Procedimientos a Desarrollar El Promotor del proyecto deberá implementar monitoreos de Calidad de Agua, en base a los siguientes lineamientos: Realizar al menos una medición semestral de los niveles de calidad de agua residual (contaminantes, metales trazas, metales pesados, cloro, nutrientes), que se descarta a los poblados aledaños, a través de un Laboratorio Certificado, y dichos resultados contrastarlos con los obtenidos por el Laboratorio de la Planta Atahualpa. Colaborar con la toma, análisis y procesamiento de muestras de agua de diferentes sitios, por ejemplo lagunas de oxidación de Punta Carnero, haciendo mención a las designaciones presentes en su plan de manejo. Dichas colaboraciones, como se indica en el Plan de Relaciones Comunitarias del presente documento, se debe hacer sólo con el previo consentimiento de la Encargada del Laboratorio de la Planta Potabilizadora Atahualpa. Adicionalmente, la Encargada del Laboratorio deberá planificar y delimitar el número de veces que se pueda colaborar con los procedimientos Preparado por: Blgo. Eduardo Molina B. Marzo 2014

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antes mencionados, tomando en consideración la disponibilidad de reactivos existentes en el Laboratorio. La notificación para brindar el apoyo logístico y de personal en este tópico deberá incluir un plazo no mayor a 2 semanas, previo a la fecha de desarrollo de las actividades respectivas.

Documentos de Referencia Norma de Calidad de agua residual, del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria (TULAS)

Indicadores Verificables de Aplicación Informe del Laboratorio Acreditado. Informe contrastado de los resultados del Laboratorio de la Planta Atahualpa.

Resultado Esperado Minimización de contaminantes generados por las diferentes etapas de la operación de la Planta. Responsable de la Ejecución Promotor Laboratorio Acreditado

Costo Descripción

Unidad

Precio Unitario

Cantidad

Precio Total

Análisis de Calidad de Agua

Global

230

1

230

Plan de Contingencias y Emergencias El presente Plan de Contingencia Ambiental contiene las medidas ambientales que deberán ejecutarse durante la operación del proyecto 13.1.2 Procedimientos Operativos Generales del Plan de Contingencia 13.1.2.1 Organización del Plan La siguiente ilustración detalla la organización que la operación de la Planta, como mínimo, deberá establecer dentro de su estructura para afrontar la ocurrencia de emergencias durante el desarrollo de la operación de la Planta.

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Las responsabilidades y deberes específicos del personal que participará en el Plan de Contingencia y de los grupos de asesoría, apoyo o soporte frente a una emergencia, durante y después de ocurrida, se describen a continuación:

Encargado de la Planta

Jefe de Planta

Guardias y Médico

Personal de Oficinas

Personal encargado de la operación de la Planta

Laboratoristas

FIGURA 27 DIAGRAMA DE FLUJO DE LA PLANTA DE RESPONSABILIDAD DEL PERSONAL

ORGANIZACIÓN DEL PLAN DE CONTINGENCIA.

Encargado de la Planta Las responsabilidades básicas del Encargado de la Planta, son las que se indican a continuación: 

Apoyar la coordinación de esfuerzos para resolver la situación de emergencia.



Mantener registros de tiempo de los empleados y contratistas que trabajen en la operación de respuesta a la emergencia.



Evaluar la situación inicial de un evento y definir su magnitud.



Determinar el tipo del evento, magnitud, localización, su posible trayectoria y las áreas susceptibles a ser afectadas.



Decidir las estrategias a seguir.



Iniciar las acciones a tomar para el control de la contingencia y supervisarlas.



Dirigir las operaciones de reparación y rehabilitación del proyecto que se requieran.

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Determinar la necesidad de solicitar personal y equipos adicionales.



Determinar la necesidad de la activación del plan de contingencia, junto con el coordinador del plan.



Adelantar los preparativos para adecuar el sistema de comunicación y las áreas de trabajo para la operación de respuesta a la contingencia.



Garantizar la seguridad en el sitio de los hechos durante las operaciones de contingencia, tanto para el personal involucrado en la operación de respuesta como para el público en general.



Solicitar cualquier ayuda médica necesaria y asegurar que el público se mantenga a una distancia segura.



Asegurar que se mantenga un registro detallado de los eventos y actividades que ocurran durante la contingencia.

Jefe de Planta: Sus responsabilidades básicas, son las que se indican a continuación: 

Garantizar que el equipo requerido para el control de la contingencia permanezca siempre listo y en perfectas condiciones.



Organizar la provisión de bienes, alimentos, medicamentos y materiales de acuerdo a instrucciones del coordinador del plan. a. Garantizar el transporte para el personal que participa en el Plan de Contingencia y de los materiales o equipos requeridos durante la operación de respuesta a la emergencia. b. Establecer relaciones e informar a la comunidad en el área del proyecto. c. Informar a las entidades gubernamentales locales acerca de la situación de emergencia.



Establecer comunicación con

casas comerciales y entidades gubernamentales que tengan

disponibilidad de recursos especiales para enfrentar el incidente. 

Asegurar el suministro suficiente y oportuno de materiales, servicios y equipos para dar apoyo a la operación de respuesta a la emergencia.

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13.1.2.2 Procedimientos de Notificación / Información El Jefe de Planta (observador de la contingencia) notificará al Encargado de la Planta, en donde éste último evaluará la contingencia, establecerá su magnitud y en caso de requerirse, activará el Plan de Contingencia. Para el efecto, el supervisor de la Planta deberá determinar los siguientes aspectos: 1. Localización del problema, amenaza o desastre mediante reconocimiento directo. 2. Estimación del mismo. 3. Identificación de áreas susceptibles de ser afectadas y recursos amenazados. 4. Prioridades de protección de acuerdo con la información sobre áreas ambientales sensitivas, presentadas en el informe base del plan de contingencia. 5. Establecimiento de estrategias para la contención, limpieza de áreas críticas y control de la emergencia, en los casos en que sea posible. 6. Apoyo requerido de acuerdo con la gravedad de la contingencia. 7. Si se amerita activar el Plan de Contingencia, el supervisor de la Planta notificará al encargado de la Planta el estado de la contingencia, las medidas adoptadas y los recursos necesarios para su control. En caso de no ameritarse la activación del Plan de Contingencia, el Administrador tomará las medidas del caso y redactará un informe del manejo dado a la situación. 8. En caso de que se haya activado el Plan de Contingencia, el supervisor de la Planta alertará a la Oficina y de requerirse, solicitará al encargado de la Planta la correspondiente notificación a las entidades gubernamentales locales.

13.1.2.3 Procedimientos Específicos del Plan de Contingencia Respecto a los procedimientos específicos que se deberán ejecutar en caso de que tenga lugar algunos de los siniestros analizados, se indica a continuación planes específicos para los siguientes casos: plan de seguridad en el manejo (especialmente los que involucren maquinaria y vehículos), incendios, accidentes de camiones que transportan materia prima, procedimientos para transporte de personas con síntomas graves de problemas con su salud (incendios, de tránsito e inadecuadas prácticas de operación o mantenimiento, etc.). Siempre tener en cuenta que en una emergencia: “ACTUAR CON SERENIDAD”.

13.1.2.4 Plan de Prevención de Incendios Objetivo

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Garantizar principalmente la seguridad y preservación de la vida de los trabajadores de la Planta ante el riesgo potencial de la ocurrencia de flagelos, identificando las condiciones o actos inseguros, teniendo como premisa la prevención de los mismos.

Prevención de Incendio en la Planta Debe darse especial énfasis en la capacitación del personal, además de difundir y comunicar las prohibiciones de manejar la llama abierta en el área de depósito de materiales, maquinarias y construcción, de tal manera que las personas que manejan artefactos altamente peligrosos tengan un alto grado de conciencia de todas las operaciones que ejecutan. Se recomienda: Prohibir totalmente fumar en la zona de operación y sitios de almacenamiento. Reparar maquinarias eléctricas defectuosas, haciendo revisiones periódicas de las mismas. Instruir al personal sobre la obligación de comunicar cualquier defecto que se presente en las maquinarias, para que personal especializado de la solución al problema. Disponer de extintores contra incendios que permita una rápida acción en caso de darse un flagelo. Prevención de Incendios en Equipos El mayor riesgo que corren los equipos es el cortocircuito, el que se produce cuando las conexiones eléctricas están en mal estado, por lo que se recomienda: Incluir en los planes de mantenimiento, las instalaciones eléctricas de la Planta. Instruir al personal de operadores sobre la obligación de informar cualquier avería del sistema eléctrico de las máquinas.

Combate del Incendio Ante la posibilidad de que algún imprevisto se presente y se produzca un incendio, la acción a seguir será el combate.

Mecanismos para el Combate Se denominan mecanismos de combate a todos los elementos utilizados para eliminar el siniestro directa o indirectamente; así como, las acciones dirigidas a preservar el patrimonio amenazado. Para lo cual hay que considerar el tipo de extintor en relación a los diferentes tipos de fuego.

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FIGURA 28 TIPOS DE COMPUESTOS DE LOS EXTINTORES.

Extintores para fuego clase "A". Utilizan agua presurizada, espuma o extintores de químico seco de uso múltiple. No se debe utilizar Dióxido de Carbono o extintores comunes de químicos secos con los fuegos de clase "A". Son utilizados para apagar todo fuego de combustible común, enfriando el material por debajo de su temperatura de ignición y remojando las fibras para evitar la re-ignición. Extintores para fuego clase "B". La espuma, el Dióxido de Carbono, el químico seco común y los extintores de uso múltiple de químico seco y de halon (Hidrocarburos halogenados). Con los que se puede apagar todo fuego de líquidos inflamables, grasas o gases, remueven el oxígeno y evitan que los vapores alcancen la fuente de ignición impidiendo la reacción química en cadena. Extintores para fuego clase "C" Contienen Dióxido de Carbono, químico seco común, halon (hidrocarburos halogenados) y químico seco de uso múltiple, no se utilizan de agua para combatir fuegos en los equipos energizados ya que son conductores de electricidad Permiten apagar todo fuego relacionado con equipos eléctricos energizados, por ser un agente extintor que no conduce corriente eléctrica. Extinguidores para fuegos clase "D" Permiten apagar todo tipo de fuego con metales, como el Magnesio, Titanio, Potasio y Sodio, a través de un agente extintor de polvo seco especialmente diseñado para absorber el calor del material, enfriándolo por debajo de su temperatura de ignición. En estos casos son utilizados extintores de Dióxido de Carbono y de halon, pues dejan una menor cantidad de residuo en los equipos delicados, tales como las computadoras.

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Entrenamiento para el Combate Todo el personal será capacitado una vez al año mediante el aporte teórico práctico del Cuerpo de Bomberos de Santa Elena.

Concepción Teórica Definición del Fuego Como se produce el fuego (triángulo de fuego). Clasificación del fuego (A, B, C). Cual componente atacar. Cuál es el mecanismo a emplear. Diferenciar entre conato, principio e incendio. Como declarar un conato de incendio. Como declarar un principio de incendio. Como declarar un incendio. Práctica Composición y manejo de extinguidores. Composición y funcionamiento de generadores. Ubicación de tableros de control del fluido eléctrico. Reconocimiento de los lugares donde están ubicados los mecanismos de ataque de incendios. Simulacro de extinción de incendio. Definición de tareas a ejecutar antes, durante y después del incendio.

13.1.2.5 Prevención de Accidentes Para que no existan accidentes de tránsito debido al desarrollo de actividades operativas de la Planta, se propone las siguientes consideraciones: Colocación de la señalización de la vía para la conducción de los vehículos hasta el sitio de desembarque de materiales.

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13.1.2.6 Plan de Contingencia para Transporte de Enfermos Graves En caso de que ocurran emergencias derivadas de aspectos como: incendios, accidentes con maquinaria, y que den como consecuencia el deterioro de la salud de las personas que trabajarán en la operación de la Planta Potabilizadora Atahualpa, el Promotor de ser el caso deberá aplicar los siguientes procedimientos. Objetivo Crear un mecanismo único para resolver el traslado de pacientes graves de la forma más segura y rápida hacia centros de salud confiables, para pronta y total recuperación. Diagnóstico de Facilidades Hospitalarias En Santa Elena, encontramos el Hospital Dr. Liborio Panchana Sotomayor, del Ministerio de Salud Pública, ubicado en el Barrio 28 de Mayo Av. 16 entre la calle 11 y 12. El área de hospitalización tiene capacidad para 120 camas, 4 quirófanos, 2 salas de parto. Además cuenta con área de consulta externa, con 16 consultorios; se implementará el área de laboratorio, administrativa, sala de máquinas, bodegas y esterilización. Adicionalmente se cuenta con el Hospital La Libertad "Dr. Rafael Serrano López" (Área 3) Vía Punta Carnero junto al Colegio Kennedy y Alternativamente, vía Punta Carnero diagonal al Hospital la Libertad "Rafael Serrano" se encuentra la Clínica Metropolitana. En La Libertad detrás de la Empresa Eléctrica se encuentra la Clínica Virgen del Cisne. Entre otros establecimientos encontramos el Centro Médico Poveda en La Libertad en el Barrio San Francisco Sector 7 Esq. Av. Sexta y Montecristi. Normas para Decidir el Traslado de un Paciente Accidentado El Administrador, es quien tendrá las siguientes funciones: - Determinar el nivel de gravedad del paciente. - Traslado del paciente. Entre las principales emergencias que se podrían presentar están las siguientes: Traumatismos Graves y Moderados sin Fracturas, con Hemorragia Interna y/o Externa; Traumatismo con Fractura Expuesta y/o No Expuesta; Quemaduras; Traumatismo Craneoencefálico; Abdomen Agudo Traumático y/o No Traumático; e, Intoxicación por Humo o Inhalación tóxica.

Casos de Desastre Este Sub Plan se establece las guías a seguir en caso de que se presente un desastre el cual ha generado víctimas que requieren servicios médicos de emergencia. - Cuando ocurra un desastre el supervisor de la Planta procederá de acuerdo al plan de manejo de emergencia. Se considerarán desastres: - La ocurrencia de desastres naturales tales como: terremotos o fenómenos atmosféricos - Fuego (con o sin gases tóxicos) - Accidentes en laboratorios o áreas de trabajo (en masa)

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- Desórdenes civiles (huelgas, peleas, motín, etc.). Atención Médica a Pacientes Inconscientes Cuando alguna persona dentro de las instalaciones y sufra alguna condición que le provoque inconsciencia se llamará de inmediato al encargado de la Planta y deberá presentarse al lugar donde se encuentra la víctima para suministrar al paciente los primeros auxilios de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Cruz Roja. Es importante que el personal obtengan la información sobre las causas o de haber ocurrido un accidente averiguar las circunstancias que lo provocaron. La Oficina localizará a los familiares, tutores o encargados de la víctima. La Administración preparará las órdenes incluyendo el transporte al Hospital Provincial de Santa Elena del Ministerio de Salud Pública, si fuera necesario. Casos que se Notificarán a las Autoridades Respectivas Policía Cuando un paciente recibe servicios médicos de emergencia y presenta una condición que parezca ser producto de un acto delictivo o de violencia se notificará a la policía. Los siguientes casos serán referidos a la policía y se les proveerá la información del caso. - Heridas de bala - Herida de Arma Blanca - Casos de Drogas - Intoxicados - Intentos de Suicidio - Abortos Provocados - Agresiones - Asesinatos - Violaciones u otros delitos sexuales - Delitos Sexuales - Accidentes de Tránsito - Cualquier accidente grave - Contusiones o golpes manifiestos - Mutilación -Lesiones provocadas por vidrios, ácido corrosivo o cualquier otra sustancia cáustica. - Suicidio - Lesiones provocadas por explosiones - Quemaduras graves sufridas en alguna estructura o vehículo incendiado - Caída que se sospeche mano criminal

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El agente policial que investigue el caso deberá presentar sus credenciales al Administrador o encargado de la obra, y se anotarán los datos que lo identifiquen. Dirección Provincial de Salud, Cuerpo de Bomberos, Cruz Roja u otros. La Administración está obligada a informar a la Dirección Provincial de Salud los casos en que se diagnostique cualquier enfermedad transmisible. Se notificará todo caso con cualquiera de las siguientes enfermedades:

AIDS Amebiasis Angina de Vincent Antrax Botulismo Brucelosis Campylobacter Chancroide Cólera Conjuntivitis Dengue Difteria Encefalitis Escabiosis (sarna humana) Estreptococos, infecciones por (incluye fiebre escarlatina) Fiebre amarilla Fiebre recurrente trasmitida por piojos Filariosis Frambesia tropical (bubas) Gastroenteritis Gonorrea, incluye oftalmia neonatal Granuloma inguinal Hepatitis A Hepatitis B Hepatitis no A, no B Hepatitis no especificada Herpes simplex genital

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Histoplasma Influenza y síndromes gripales Intoxicación alimentaria Lepra (enfermedad de Hansen) Ladillas (pediculosis púbica) Leptospirosis Linfogranuloma venéreo Malaria Meningitis aséptica Meningitis meningocócica Meningitis, otras bacterianas Meningitis por H. flu Moniliasis vaginal Mononucleosis Muermo Parotiditis (papera) Peste bubónica, neumónica o septicémica) Poliomielitis Psitacosis Puerperal, fiebre Pulmonía Rabia humana Reumática, fiebre Salmonelosis Sarampión alemán (rubéola) Sarampión común Shigelosis Sífilis Tétanos Tifus exantemático y trasmitido por piojos Tifoidea y paratifoidea, fiebres Tosferina Tricomonas vaginal Triquinosis

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Tuberculosis Tularemia Uretritis no gonocócica Varicelas Verrugas genitales (Condylomata acuminata) Brotes de cualquier enfermedad Cualquier enfermedad infecciosa no usual

13.1.2.7 Procedimiento para Trasladar un Paciente de la Planta a un Centro Hospitalario La operación de la Planta Potabilizadora Atahualpa, no cuenta con los recursos de una sala de emergencias médicas. Por esto es importante que el responsable de emergencias médicas, determine si el paciente está en condiciones de ser transportado. También deberá determinar qué hospital puede recibir al paciente y cuenta con los recursos para atender el caso. Luego ordenará transporte y condiciones en que debe hacerse. Los medios de transporte serán Ambulancias, Vehículos de administración y en eventual urgencia vehículos de carga. Centros de Atención Médica Santa Elena: 

Hospital General “Dr. Liborio Panchana Sotomayor” Teléfonos: (04)2940544 Dirección: Barrio 28 de Mayo Av. 16 entre calle 11 y 12

La Libertad: 

Hospital General La Libertad "Dr. Rafael Serrano López" Teléfonos: (04) 2775-844 Dirección: Vía Punta Carnero junto al Colegio Kennedy



Clínica Baste Teléfono: (04) 2781976 Emergencias: 09-93757572 Dirección: Av. Eleodoro Solórzano y Calle 14 Frente al Estado 11 Deportivo



Clínica Metropolitana Teléfonos: (04) 2776-797 Dirección: Vía Punta Carnero diagonal al Hospital La Libertad

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Clínica Virgen del Cisne Teléfonos: (04) 2785-250 Dirección: Detrás de la Empresa Eléctrica



Centro Médico Poveda Teléfonos: (04) 2784-780 Dirección: Barrio San Francisco Sector 7 Esq. Av. Sexta y Montecristi

13.1.2.8 Costo del Plan de Contingencia Descripción Plan de Contingencia

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Unidad

Precio Unitario

Cantidad

Precio Total

N/A

N/A

N/A

Indirecto

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2.3. Plan de Restauración, Indemnización y Compensación Medida No. 9 Revegetación y adecuación de Áreas Verdes Objetivo Reducir el impacto visual de las instalaciones de la Planta mediante el adecentamiento del especio físico con la revegetación de especies ornamentales aprovechando las aguas de desecho del proceso productivo.

Posibles Impactos Ambientales Negativos Contaminación visual. Contaminación del suelo por inadecuada disposición de residuos líquidos.

Estrategias a Utilizar Implementación de una cubierta vegetal con especies principalmente ornamentales, sectorizadas para mejorar la precepción visual. Aprovechamiento de las aguas residuales del proceso productivo para ser empleadas como aguas de riego en las áreas verdes.

ACTIVIDAD No. 1 Recuperación de la Cubierta Vegetal Acciones y Procedimientos a Desarrollar Para una correcta recuperación de la cubierta vegetal se debe cumplir con las siguientes disposiciones: El adecuado uso de los espacios para ser destinados como áreas verdes requiere la participación del Jefe de Medio Ambiente de la institución quien deberá coordinar con expertos en la temática de revegetación, resiembra y adecuación de áreas verdes. Destinar los operarios que sean necesarios para establecer mingas de limpieza, así como, aplicar las aguas residuales del proceso productivo en las áreas verdes. En el caso de existir algún tipo de problema de orden sanitario con la revegetación se deberá extraer y reponer el organismo vegetal afectado. Deberá llevarse un registro fotográfico de las áreas rehabilitadas; así como, el reporte de mantenimiento de áreas verdes.

Documentos de Referencia Plan de Manejo

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Indicadores Verificables de Aplicación Registros de de mantenimiento de áreas verdes. Registro fotográfico.

Resultado Esperado Manejo de las áreas restauradas. Responsable de la Ejecución Promotor Jefe de Planta Operarios designados Jefe de Medio Ambiente de AGUAPEN

Costo Descripción

Unidad

Precio Unitario

Cantidad

Precio Total

Revegetación

Global

N/A

N/A

Indirecto

Mantenimiento y Riego

Global

N/A

N/A

Indirecto

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2.4. Plan de Cierre del Área El objetivo del Plan de Cierre del Área del proyecto, es lograr que al culminar su vida útil, el lugar ocupado por la empresa: - Signifique un riesgo mínimo a la salud y seguridad humana. - Signifique un mínimo o nulo impacto al ambiente. - Cumpla con todas las leyes y reglamentos aplicables, es decir, que sea consistente con todos los reglamentos y prácticas recomendadas, así como con los requerimientos de uso del terreno de las autoridades municipales de Santa Elena y/o nacionales. - No represente una responsabilidad inaceptable para presentes o futuros propietarios del terreno. - Sea estéticamente aceptable y no signifique deterioros al paisaje. El Plan de Cierre del Área, tendrá como mínimo los siguientes componentes: - Diagnóstico ambiental de los componentes: físico, biótico y humano (socioeconómico – cultural), que deberá ser ejecutados previamente al proceso de cierre. El diagnóstico constará de las caracterizaciones de los principales indicadores de calidad ambiental. Se pondrá énfasis en aspectos como calidad de agua y calidad del suelo. - Evaluación de los impactos generados, confrontando los resultados de las diversas caracterizaciones de calidad ambiental con los valores estipulados en las normas legales vigentes a nivel nacional y local. - Elaboración del Plan de Restauración Ambiental, para todos aquellos aspectos que no cumplan con los valores máximos permisibles contemplados en la legislación vigente. - Presupuesto y cronograma de ejecución del Plan de Restauración Ambiental. 13.1.3 Revisión y Adaptación del Plan de Cierre del Área Se procederá a adaptar el Plan de Cierre del Área a las circunstancias existentes en cada una de las áreas de la que consta el proyecto. Ello puede suponer una modificación de los lineamientos y actividades que se desarrollarán de acuerdo con el objetivo marcado para cada caso, y en función del objetivo de "recuperación del área” que se haya decidido. Una vez finalizado este análisis y disponiendo de los resultados del diagnóstico se podrán determinar cuáles son las acciones más adecuadas que se puedan adoptar a partir del enunciado que se acompaña. 13.1.4 Procedimiento de Desmantelamiento El desarrollo de los trabajos necesarios para el abandono y desmontaje de una instalación de las características del proyecto, implica un proceso exactamente igual al que se utiliza para la construcción del mismo, pero desarrollado en orden inverso.

Las etapas del cierre final serían: 

Demolición de edificaciones implementadas para el proyecto.



Acondicionamiento final y/o rehabilitación de los accesos y explanaciones.



Retiro y disposición de todo tipo de residuos y materiales inertes.

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13.1.5 Control de acceso Dado que durante los trabajos de desmontaje se procede a la realización de movimientos de tierra de similares características a los que se realizarán durante la construcción. En estas zonas se deberán asumir los mismos procedimientos de cautela que se adoptaron durante las labores para garantizar la seguridad de las personas. Para este fin se deberá limitar la accesibilidad de las personas a las zonas de trabajo, cumpliendo en todo momento los procedimientos que constan en el Plan de Salud y Seguridad Industrial; y, del Plan de Manejo Ambiental. Para ello, todas las zonas en las que se realicen excavaciones se rodearan con cintas de señalización, las mismas que advertirán a los posibles usuarios del entorno la presencia de zanjas u otros peligros. 13.1.6 Limpieza del sitio Una vez finalizados los trabajos de desmantelamiento de las instalaciones se confirmará que éstos se hayan realizado convenientemente, de forma que proporcione una protección ambiental al área a largo plazo, de acuerdo con los requisitos o acuerdos adoptados por la I. Municipalidad de Santa Elena. Durante el desarrollo de los trabajos se verificará que los restos producidos sean trasladados al relleno sanitario autorizado por la I. Municipalidad de Santa Elena, y que la limpieza de la zona sea absoluta, procurando evitar la creación de pasivos ambientales, como áreas contaminadas por derrames de hidrocarburos, grasas, acumulación de residuos, etc. 13.1.7 Restauración de las zonas perturbadas Antes de la entrega de las instalaciones, conforme lo dispone el Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria, el promotor contratará la realización de una auditoría ambiental para determinar los pasivos ambientales existentes. El Plan de Cierre del Área, incluye la reconformación de campamentos y áreas constructivas, así como la realización de las siguientes actividades: 

Retiro y limpieza de áreas de acopio de materiales de construcción.



Drenajes: limpios y despejados para no obstruir las aguas lluvias.



Desechos: recolección y limpieza total de desechos sólidos y líquidos (manchas de aceites, combustibles, entre otros). Los materiales utilizados para construcción de las instalaciones, como madera y afines, deben ser en lo posible reutilizados en los demás frentes de trabajo si esto aplica.

13.1.8 Presentación del Plan de Cierre del Área. La presentación del Plan de Cierre del proyecto, se realizará de conformidad a las normas vigentes a nivel nacional y local. Una vez finalizados los trabajos de abandono y restauración del ambiente, se procederá a presentar un informe definitivo de las actividades desarrolladas a la autoridad ambiental competente, que incluya los objetivos cumplidos y resultados obtenidos, con aportes de fotografías y resultados de análisis de indicadores de calidad ambiental claves para corroborar la realidad de los resultados.

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13.1.8.1 Costo del Plan de Cierre Unidad

Precio Unitario

Cantidad

Precio Total

Aislamiento del áreas

N/A

N/A

N/A

Indirecto

Calibración de Equipos

U

112,50

4

$ 450,00

Global

N/A

Global

$ 3.500,00

Descripción

Control y transporte de Residuos

Cronograma de Actividades para Desarrollar el Plan MESES

Componentes 1

2

3







4

5

6

7

8

9

10

11

12

PLAN DE PREVENSION Y MITIGACION DE IMPACTOS Plan de Capacitación y Seguridad Industrial

ϵ

©

Plan de Manejo de Desechos Plan de Relaciones Comunitarias





PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO





PLAN DE CONTINGENCIA

x

x

x

x

x

x

x

x

x

X

x

x

+

+

+

+

PLAN DE RESTAURACIÓN, INDEMNIZACIÓN YCOMPENSACIÓN PLAN DE CIERRE

▲Alianzas Estratégicas/Convenios © Ejecución de la Capacitación en Salud Ocupacional y Seguridad Industrial ϵ Dotación de Equipos ◙

Casa Abierta

 Ejecución del Monitoreo de Calidad de Aire y Gases de Combustión X Cuando se presente la contingencia

+ El tiempo de ejecución del cierre durará 4 meses una vez que se decida dejar el proyecto, previa notificación a las autoridades respectivas.

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13.2 PRESUPUESTO DEL PMA PLAN

RESPONSABLES

ACTIVIDAD

PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS Plan de Capacitación y Seguridad Industrial

Promotor/Jefe de Planta/Operarios

COSTO $ 1.517,85

Señalización

$320,00

Convenios/Alianzas Estratégicas

Indirecto

Capacitación

Indirecto

Promotor/Jefe de Planta/Operarios

Dotación de Equipos

$ 360,00

Plan de Manejo de Desechos Sólidos

Promotor/Jefe de Planta/Operarios

Manejo de Residuos Sólidos

$ 357,55

Plan Manejo de Aguas Residuales

Promotor/Administrador/Operarios

Manejo de Residuos Líquidos

Indirecto

Plan de Manejo de Desechos Peligrosos

Promotor/Jefe de Laboratorio

Manejo de Desechos Peligrosos

$ 480,00

Plan de Relaciones Comunitarias

Promotor/Administrados

Casa Abierta

Indirecto

Promotor Promotor/Capacitador

PLANES ESPECÍFICOS Plan de Monitoreo

$ 4.340,00

Promotor/Laboratorio Acreditado

Monitoreo de Ruido Ambiental

$ 160,00

Promotor/Laboratorio Acreditado

Calidad de Agua

$ 230,00

Plan de Contingencias

Promotor/Jefe de Planta

Procedimientos Operativos ante contingencias

Indirecto

Plan de Restauración, Indemnización y Compensación

Promotor/Jefe de Planta/Jefe de Medio Ambiente/Operarios

Revegetación, Mantenimiento y Riego

Indirecto

Plan de cierre

Promotor/Contratista/Fiscalización

Desmontaje de Infraestructura y Remediación del área afectada.

$ 3.950,00

TOTAL DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL

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$ 5.857,85

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14 PARTICIPACIÓN CIUDADANA POR REALIZAR EL 26 DE MARZO DEL 2014

15 CONCLUSIONES El Gerente General de AGUAPEN-EP tiene la responsabilidad de cumplir y hacer cumplir el Plan de Manejo Ambiental en la que se detallan las medidas de mitigación ambientales para que la operación de la Planta sea en armonía con el medio ambiente. Si bien es cierto durante la fase de operación del provecto, se generan impactos ambientales negativos sobre el entorno, la afectación que se produce al no ejecutarlo resulta más negativa para el medio ambiente. Además la ejecución del proyecto disminuirá las enfermedades de los beneficiarios del servicio de distribución de agua potable que genera la Planta de Tratamiento de Atahualpa, consolida plazas de trabajo y la calidad de vida de la población beneficiaría. Los hallazgos de la auditoría ambiental inicial realizado se detectaron los siguientes indicadores:  16 Conformidades que representan el 80 %,  4 No Conformidades menores que representan el 20 %, y  0 No Conformidades Mayores que representan el 0 %. De los resultados obtenidos se puede concluir que la Planta Potabilizado de Agua Potable de Atahualpa de AGUAPE-EP, ha venido desarrollando actividades cuyos impactos al ambiente son mínimos, de esta forma las no conformidades menores identificadas en la operación del proyecto son mitigables y/o remediables.

16 RECOMENDACIONES Las medidas ambientales contenidas en el Plan de Manejo Ambiental, están orientadas a dar cumplimiento a los requisitos legales aplicables, mejorar el desempeño ambiental y la calidad de vida de la población beneficiaria del proyecto. Se recomienda a la Gerencia General de AGUAPEN-EP el cumplimiento y seguimiento de las medidas ambientales propuestas en el plan de manejo ambiental e incorporar esto a su Sistema de Gestión Ambiental vigente. Se recomienda para asegurar el éxito de las medidas ambientales informar del alcance y aplicación de las medidas al Comité de la Empresa conformado por los Alcaldes de la Provincia de Santa Elena y los funcionarios y contratistas de Aguapen S.A. Esta acción, garantizara la colaboración y establecerá las responsabilidades de cumplimiento a lo largo de la vida útil del proyecto. Además se recomienda realizar una auditoría ambiental cada dos años a partir de la entrega del estudio de Impacto ambiental para evaluar el cumplimiento de los requisitos legales y las acciones incluidas en el Plan de Manejo Ambiental. Sin embargo, los análisis de Calidad de Aire, Ruido, y Calidad de Aguas Servidas deben ser anuales.

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17 PERSONAL QUE PARTICIPO EN EL ESTUDIO FICHA DEL EQUIPO CONSULTOR

Consultor:

EDUARDO MOLINA BRAVO

Dirección:

Cdla. 9 de Octubre Mz. 73 V.3, Cantón Guayaquil, Provincia del Guayas.

Teléfonos:

04-491399 / 0993814334

Correo Electrónico:

[email protected]

Equipo Técnico:

Eduardo Molina

Director del EIA. Especialista en Manejo Integrado de Zonas Costeras.

José Vásconez

Especialista en Ingeniería Civil e Ingeniería Ambiental y Sanitaria.

Guillermo Gilbert

Especialista levantamientos Información

Kimberly Llanos

Asistente en levantamientos de Fauna

Javier Gilbert

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en de

Asistente en levantamientos de Flora

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FICHA DE EXPERIENCIA DEL EQUIPO CONSULTOR

NOMBRE

EXPERIENCIA

EDUARDO MOLINA

de profesión Biólogo desde 1997, con maestría en Manejo de Recursos Costeros-ESPOL (2005); y, Maestría Ejecutiva en Ingeniería Ambiental - Universidad de Guayaquil (2013). Ha desempeñado diversos cargos como: Programa de Manejo de Recursos Costeros (PMRC), Zona Especial de Manejo (ZEM) Playas – Posorja -Puerto El Morro, Experto en Manejo de Recursos Costeros (MRC), áreas: Pesca, Maricultura y Manglar, General Villamil - Playas (1997 al 2000); Programa de Manejo de Recursos Costeros (PMRC) como Especialista en MCI desde Diciembre de 2004 hasta Agosto 2008; Ministerio del Ambiente - PMRC como Especialista en MCI desde Agosto 2008 hasta Diciembre 2008; Ministerio del Ambiente - PMRC como Especialista en MCI y Turismo desde Enero 2009 hasta Diciembre 2009. Adicionalmente, como docente de la ESPOL en la cátedra de Biología desde Diciembre de 2005 hasta la fecha; Universidad ECOTEC en la cátedra de Ecología desde 2007 hasta la fecha; y, ESPOL en la cátedra de Manejo de Suelos desde 2009 hasta la fecha. Ha realizado algunos Estudios de Impacto Ambiental formando parte de equipos multidisciplinarios como: Puente Rafael Mendoza Avilés (Asociación C.A.T y Consulsísmica), 2001; Concesiones mineras del Ing. San Carlos , 2001; Carretera San Mateo-Rio Verde (INDETEC), 2002; Vía la Iberia-Machala (Consultora AIE S.A.), 2002; Puentes sobre el Estuario del Río Esmeraldas (Asociación NYLYC - CPR), 2002; Proyecto Control de Inundaciones del Río Chone (MIDUVI-ICA-COPADE), 2002; Puente sobre el Estuario del Río Chone (Asociación Consulsísmica-Asesoría y Estudios Técnicos- T.W. Lin.), 2002; Programa Integral para la Recuperación del Estero Salado de Guayaquil (P.I.R.E.S.).Consultora Hidroestudios, 2003; Proyecto Túnel San Eduardo (Consultora Consulsísmica), 2003. Consta registrado como consultor ambiental individual No. MAE-204-CI con categoría A.

JOSE VÁSCONEZ

De profesión Ingeniero Civil desde 1978 y con Maestría en Ingeniería Ambiental (1985). Con experiencia en docencia en la materia de Impacto Ambiental en la Universidad Católica y en la Maestría de Ingeniería Ambiental de la Universidad de Guayaquil, Diplomado de Riesgos del Trabajo e Higiene Industrial, Maestría en Ciencias de Ingeniería y Gestión Ambiental, Maestría de Desechos Industriales. Director del Estudio de Impacto Ambiental de: Urbanización Santa Clara-Samborondón, Socio Vivienda II EtapaGuayaquil, Agua Potable y Alcantarillado Sanitario y Alcantarillado Pluvial para Quinsaloma-Los Ríos, Puente de la Calle A-Guayaquil, Edificio de la Corporación Aduanera del Ecuador-Manta, Rehabilitación del Nuevo Edificio del Consulado de los Estados Unidos de América-Guayaquil, Sistema de Alcantarillado Pluvial Cooperativa Los Vergeles-Guayaquil, Centro de Investigaciones Marítimas de Galápagos INOCAR-Galápagos, Túneles del Cerro San Eduardo y sus enlaces viales, entre otros. Además, ha

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desarrollado algunos estudios específicos como: Elaboración del Plan de Manejo del área de Recreación Nacional Parque el LagoGuayaquil, Remediación Ambiental del Río Teaone y Estuario del Río Esmeraldas, Identificación y mitigación de la contaminación en el Estero Huaylá-Machala, Evaluación de la Capacidad Institucional de Gestión de los Municipios Costeros (29 municipios).

GUILLERMO GILBERT

De profesión Biólogo desde 2011 de la universidad de Guayaquil, Facultad de Ciencias Naturales, con experiencia y conocimientos en levantamientos de flora y fauna, identificación taxonómica, valoración de los recursos biológicos para fortalecimiento económico y social, durante los últimos 4 años en los proyectos de: 2010-“Pollination by nectar bats in cloud forest of Ecuador” - Dr.

Nathan Muchhala, University of Toronto (asistente de investigación), 2011-Proceso de Investigación de Recursos Bioacuáticos y su Ambiente, recurso concha (investigador pesquero). 2012-“Genetic and ecological monitoring of Galapago’s hawks (Buteo galapagoensis), isla Santiago y Santa Cruz “Galapagos-Ecuador - Phd. Patricia Parker University of Missouri St. Louis. (asistente de investigación), 2012-“Desarrollo de Plan turístico de la Hidroeléctrica Multipropósito BABA- Los RíosEcuador” (especialista en levantamiento de flora y fauna). 2013 Proyecto “Valoración y proyección de los recursos pesquerosacuícolas para fortalecimiento económico y social del sector pesquero ecuatoriano 2013-2018”. Proceso de Investigación de Recursos Bioacuáticos y su Ambiente, recurso: peces pelágicos pequeños. Instituto Nacional de Pesca. Ecuador. (investigador pesquero).

KIMBERLY LLANOS

Egresada de Biología de la Facultad de Marítima de la ESPOL en el 2013, con experiencia y conocimientos en identificación, monitoreo y manejo sustentable de especies de Flora y Fauna de la zona costera del Ecuador e islas Galápagos, Elaboración de Planes de Manejo y Estudios de Impacto Ambiental, toma, procesamiento y análisis de muestras de suelo, Macrobentos, Microbentos, fitoplancton y zooplancton. Con licencia de buceo deportivo Dive Master (CMAS) y experiencia en actividades subacuáticas desde el 2007. Con conocimientos teóricos-prácticos en la extracción de ADN, análisis microbiológicos de calidad de agua (coliformes), determinación microbiológica de resistencia de bacterias ante medicamentos, preparación y levantamiento de cultivos bacterianos. Con experiencia en el trabajo en Laboratorios de Microbiología y Biología Molecular. Colaborador en la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental de la Planta de Hormigones HOHESA Vía a Daule, HOHESA Cerro Azul y HOHESA Vía Durán-Tambo, Estudio de Impacto Ambiental de la Construcción del Edificio Punta Pacifico (Chipipe-Santa Elena), Estudio de Impacto Ambiental de la ampliación del complejo Turístico Ocean Towers (Playas-Guayas).

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JAVIER GILBERT

Egresado de Biología de la Facultad de Marítima de la ESPOL en el 2012, con experiencia y conocimientos en identificación, monitoreo y manejo sustentable de especies de Flora y Fauna de la zona costera del Ecuador, manejo de compuestos Orgánicos para cultivos vegetales. Elaboración de Planes de Manejo y Estudios de Impacto Ambiental. Toma, procesamiento y análisis de muestras de suelo, tapetes microbianos Antárticos, invertebrados Antárticos marinos y de agua dulce, fitoplancton, ictioplancton y zooplancton. Con licencia de buceo deportivo Open Water (CMAS) y experiencia en actividades subacuáticas desde el 2009. Con conocimientos teóricos-prácticos en la extracción de ADN, análisis microbiológicos de calidad de agua (coliformes), determinación microbiológica de resistencia de bacterias ante medicamentos, preparación y levantamiento de cultivos bacterianos, pruebas Bioquímicas básicas, análisis de oxígeno y nutrientes inorgánicos disueltos en agua. Con experiencia en el trabajo en Laboratorios de Bioquímica, Microbiología y Biología Molecular. Investigador Antártico delegado de la ESPOL 2013. Colaborador en la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental de la Planta de Hormigones HOHESA Vía a Daule, HOHESA Cerro Azul y HOHESA Vía Durán-Tambo, Estudio de Impacto Ambiental de la Construcción del Edificio Punta Pacifico (Chipipe-Santa Elena), Estudio de Impacto Ambiental de la ampliación del complejo Turístico Ocean Towers (Playas-Guayas).

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18 BIBLIOGRAFÍA 1. Cárter, L. 1988. Manual de Evaluación de Impacto Ambiental, Segunda edición, McGRaw-Hill, España.841pp. 2. Vicente Conesa Fernández. ESTUDIO DE IMPACTOS MEDIO AMBIENTALES. GUÍA METODOLÓGICA. Editorial Mundi-Prensa. México 1995. 3. Corporación Financiera Nacional. MANUAL DE EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL. Publicado por Corporación Financiera Nacional Quito – Ecuador. 1994. Segunda Edición. 4. Fundación Natura, MEMORIAS “DISEÑOS DE PLANES DE EMERGENCIA”, 2001. 5. Harry M. Freeman. MANUAL DE PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN INDUSTRIAL. Editorial McGRAW – HILL. México 1998. 6. Larry w. Canter. MANUAL DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL Editorial McGRAW – HILL. México 1998. 7. Lee Harrison. MANUAL DE ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL MEDIO AMBIENTAL, HIGIENE Y SEGURIDAD. Editorial McGRAW – HILL México 1998. 8. Harris Cyrll M., Manual de medidas acústicas y control de ruido, Tomos I y II, McGraw-Hill, España 1995. 9. Juan Carlos Páez Zamora, INTRODUCCIÖN A LA EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL. Diciembre 1996. 10. Oropeza Monterrubio Rafael, Manual práctico de auditorías ambientales, Panorama, México 1997. 11. Roldan G., L. Velásquez T. Machado. 1981. Ecología, La Ciencia del Ambiente. Editorial Norma, Bogotá – Colombia. 264 pp. 12. Seoánes Calo Mariano, Auditorías medioambientales y gestión medioambiental de la empresa, ediciones Mundi-Prensa, Madrid 1995. 13. Tratado del Medio Natural. Universidad Politécnica de Madrid, Tomo IV.

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19 ANEXOS APROBACIÓN DE TÉRMINOS DE REFERENCIA

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