Campeonato Centro Oeste Santafesino de karting y ciclomotores Fiscalizado por A.A.M.E.T

Campeonato Centro Oeste Santafesino de karting y ciclomotores – Fiscalizado por A.A.M.E.T. Reglamento - Año 2016 Karting, Ciclomotores y Motos   Art

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Campeonato Centro Oeste Santafesino de karting y ciclomotores – Fiscalizado por A.A.M.E.T.

Reglamento - Año 2016

Karting, Ciclomotores y Motos   Artículo 1: Edades y pesos. CATEGORÍAS Ciclomotores 70 c.c. Escuela Ciclomotores 70 c.c. Ciclomotores 80 c.c. Karting 70 c.c. Karting 80 c.c. Karting 110 c.c. Escuela Karting 150 c.c. 4T Juvenil Karting 150 c.c. 4T Mayores Karting 150 c.c. 4T GP Motos 110 c.c. 4T Graduados Motos 110 c.c. 4T Aficionados Motos 110 c.c. 4T Libre Motos 150 c.c. 4T Multimarca

EDAD 9 a 14 años mínimo ​ (cumplidos en el 2016) 14 años mínimo ​ (cumplidos en el 2016) 14 años mínimo ​ (cumplidos en el 2016) 15 años mínimo ​ (cumplidos en el 2016) 15 años mínimo ​ (cumplidos en el 2016) de 8 a 13 años mínimo ​ (cumplidos en el 2016) 13 a 17 años​ (cumplidos en el 2016 y 364 días) 18 años mínimo​ (cumplidos en el 2016) 18 años mínimo ​ (cumplidos en el 2016) 14 años mínimo ​ (cumplidos en el 2016) 14 años mínimo ​ (cumplidos en el 2016) 14 años mínimo ​ (cumplidos en el 2016) 16 años mínimo ​ (cumplidos en el 2016)

PESO Libre. 115 Kg. 115 Kg. 142 Kg. 152 Kg. 120 Kg. 150 Kg. 180 Kg. 195 Kg. 128 Kg. 128 Kg. 125 Kg. Libre.

Con experiencia mínima de un año en otra categoría.

Artículo 2: Puntaje. Poleman : 1 Serie (5 primeros): 5, 4, 3, 2, 1 Final A (20 primeros): 30, 25, 22, 20, 18, 16, 14, 13, 12, 11, 10, 9, 8, 7, 6, 5, 4, 3, 2, 1. Un (1) punto por presentación. En caso de correrse Final B, los 3 primeros pasarán a la Final A. Artículo 3: Autorizaciones. Todo competidor para poder participar deberá tener licencia médica habilitante. En la primera fecha del Torneo o en la Carrera que quisiera comenzar a correr, de lo contrario no será habilitado. Pilotos menores deberán ser autorizados por su padre, madre o tutor en planilla que entregue la fiscalizadora, firmado y sellado por la Policía o Juez con sello y firma. Artículo 4: Verificaciones Técnicas previas. Los comisarios técnicos y/o de boxes tienen la facultad de realizar una verificación antes de cada competencia. En la misma se controlarán los elementos de seguridad, lastres y vestimentas de los Pilotos. De no encontrarse dentro de las reglas solicitadas el comisario técnico y/o de boxes no habilitará la salida a pista del Piloto en infracción. Será de carácter obligatorio tener en cada Box de cada participante un matafuego en lugar seguro, visible y a mano. Matafuego de polvo químico, capacidad mínima 1 Kg. con reloj indicador de presión y acople rápido de seguridad. El Comisario Deportivo o Director de la Prueba podrá solicitar en cualquier momento del evento revisar dichos matafuegos. De no existir este elemento en el Box, podrán dichas autoridades no aceptarle la inscripción al evento a el o los Pilotos, o aplicar una sanción por tratarse de un elemento de alta seguridad. Se le solicita a cada responsable de cada equipo tener y tomar conocimiento elemental del manipuleo y uso del matafuego.

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Artículo 5: Pruebas Oficiales. Todo Piloto antes de salir a pista a las pruebas oficiales deberá tener registrada su inscripción y la cobertura médica paga, de no realizar dicho tramite serán pasibles a sanciones y no se le permitirá correr la prueba. Orden se salida a pista en pruebas, clasificación y competencia: se dará a conocer por los parlantes mientras se registra la inscripción. El Piloto que pierda su tanda no podrá probar en otra categoría salvo que sea autorizado por el Comisario Deportivo o Boxes. Artículo 6: Reunión obligatoria con el Comisario Deportivo. Finalizadas las clasificaciones todos los Pilotos deberán concurrir con el Comisario Deportivo para la reunión obligatoria de Pilotos, quien no concurra y se comprobase su falta será multado con una multa de $500 (quinientos pesos). La reunión será única para todo el día excepto que el Comisario Deportivo por alguna razón decide hablar con algunos Pilotos nuevamente. Artículo 7: Información de los Pilotos. Cuando se disputen las pruebas de clasificación, series y finales, los Pilotos serán informados en un pizarrón ubicado en el recinto de parque cerrado y también por la red de altoparlantes instalados en el circuito de la transmisión oficial de la competencia, si la hubiere. Artículo 8: Cantidad mínima de Pilotos. Para que las competencias obtengan puntaje completo el mínimo de máquinas debe ser de 4 (cuatro) de lo contrario la Fiscalizadora podrá dar el 50% de los puntos a otorgar. Para dividir a los Pilotos en dos series el mínimo de inscriptos deberá ser de (16) dieciséis. En caso de no realizarse la clasificación la fiscalizadora podrá realizar (2) dos series aunque no se llegue al mínimo de (16) dieciséis a pedido del Comisario Deportivo. Si la cantidad de pilotos inscriptos en una categoría fuera de 30 o más se realizará un repechaje que clasificara a los 3 primeros para la final A y el resto correrá una final B por trofeos del 1° al 3°. Artículo 9: Mecánicos o Concurrentes. En pruebas y clasificaciones el Piloto será acompañado dentro de la pista por 1 (un) Concurrente o Mecánico debidamente identificados con la pulsera de A.A.V. Luego de iniciada la vuelta previa deberán ir al lugar denominado “corralito” y mantenerse dentro de el hasta que culmine la competencia fuera de los límites del circuito. En ningún caso Mecánicos o Concurrentes del Piloto podrán encontrarse cerca del Comisario Deportivo, Veedores o Auxiliares de Pista. El no cumplimiento de este artículo será motivo de sanciones. Artículo 10: Corralito. En la categoría Karting 110 c.c. Infantil se permite a los Mecánicos o Concurrentes estar fuera del “corralito” dentro del circuito siendo 1 por Piloto, esto debido a la corta edad de los participantes. Artículo 11: Responsabilidades. El Piloto es responsable de sus actitudes ante la fiscalizadora como así también de sus Mecánicos o allegados pudiendo ser sancionado en caso de faltar el respeto, agraviar, insultar o agredir a un Oficial Deportivo o a sus pares. Artículo 12: Clasificaciones. 2

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Karting: 1. Todo Piloto tendrá derecho a participar en las pruebas de clasificación siempre que haya registrado su inscripción (art. Nº 5 R.G.). El sistema de cronometraje será el denominado electrónico. El Karting antes de salir a pista deberá tener colocado el sensor en la butaca sujeto en forma segura, es obligatorio una vez finalizada la competencia entregar el sensor contratado. De no hacerlo antes de retirarse del circuito será pasible a sanciones (art. Nº42 R.G.). 2. Los Pilotos serán agrupados por el Ranking 2015 en la primera Carrera, mientras que a partir de la segunda Carrera será por orden de Campeonato 2016 quedando a criterio del Comisario Deportivo la cantidad de grupos a salir a pista. 3. Las pruebas de clasificaciones tendrán una duración máxima de 3 minutos sin importar la extensión del Circuito. El Piloto no está obligado a girar durante el tiempo estipulado, pero deberá al menos obtener el tiempo de una vuelta. Si la Clasificación se detuviera por accidente con Bandera Roja, una vez liberada la Pista se reiniciará para cumplir con el tiempo estipulado. El o los Pilotos accidentados podrán reincorporarse siempre que no reciban ayuda externa, no habrá espera para reparaciones. Si un Piloto saliera de pista o se detuviera y recibiera ayuda externa, su tiempo será tomado de las vueltas que dio antes del despiste. El resto quedarán nulas. 4. La largada será lanzada desde la recta opuesta, si un Piloto se detiene después de haber cruzado la línea de largada no podrá recibir ninguna ayuda externa en la pista a excepción de las categorías 110 c.c. Escuela en las cuales la persona que cumpla las funciones de Concurrente solo podrá limitarse a esa función (poner en marcha el Karting). Si un Piloto circulara por el óvalo sin detenerse se le retirarán los tiempos, todo Piloto podrá detenerse durante la Clasificación en recta opuesta y luego reanudar la clasificación cuando el Oficial Deportivo lo habilite. Si no respetara las banderas será excluido. 5. Será considerado el tiempo de su mejor vuelta a los efectos de su Clasificación, de haber un posible empate en tiempos la mejor posición se le asignará al Piloto que lo haya realizado en primer lugar. El Piloto que no pudiera cumplir con las pruebas de Clasificación en su tanda no será derivado a otra tanda, si podrá largar la serie que le corresponda haciéndolo en el último lugar de la grilla. 6. Una vez finalizada la clasificación, el único lugar para detenerse es parque cerrado donde deberá pasar por la balanza y sellar (pintar) su motor. De no dar el peso estipulado para la categoría se le retirará el tiempo. Si no sellara su Motor se lo excluirá de la serie debiendo correr el repechaje si lo hubiere, de lo contrario largará en último lugar de la grilla. 7. El Piloto que no se detuviese en parque cerrado luego de recibir la Bandera Roja en pruebas o clasificaciones, será pasible a sanciones. 8. Cuando por razones climáticas, inconvenientes en el circuito o cualquier otro motivo el Comisario Deportivo no pudiera cumplimentar el organigrama, el director de la prueba y Comisario Deportivo tomarán la decisión de largar por Ranking o sorteo. 9. Las clasificaciones se realizarán sin riego previo para ninguna de las categorías, salvo que el Comisario Deportivo por razones de seguridad lo crea conveniente. Ciclomotores: largarán por Ranking, hasta 15 Pilotos correrán serie tanda, 16 o más participantes se dividen. En caso de utilizar sensores se clasificará.

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Artículo 13: Largada. ​ Los Pilotos saldrán desde boxes, en marcha, ya ordenados y girarán hasta llegar a sus respectivos cajones de la grilla. El Comisario Deportivo habilitará la vuelta previa, los Pilotos deberán recorrerla en forma ordenada a velocidad media teniendo como guía al vehículo que larga en primer lugar. El Piloto que no respete su lugar original será excluido o sancionado según el criterio del Comisario Deportivo. La largada que se hará con semáforo o bandera según lo haga conocer el Comisario Deportivo. En los Ciclomotores y Motos las grillas se formarán en diagonal. Artículo 14: Largada demorada. Todo Piloto imposibilitado de dar inicio en la vuelta previa cuando están ubicados en la grilla de partida, deberá indefectiblemente levantar la mano para ser visualizado por el Comisario Deportivo y autorizar el retiro del vehículo a un sector donde lo considere necesario el Comisario Deportivo. Para los autos con desperfectos Mecánicos en la vuelta previa quedará a criterio del Comisario Deportivo, la espera o no de la solución del desperfecto en los mismos, pero ese tiempo no deberá superar los 5 (cinco) minutos de espera en su totalidad. Una vez que los competidores han terminado la vuelta previa, el Piloto será autorizado a unirse a la competencia, pero largando desde la última fila, en la última posición. Cualquier tipo de maniobra anormal efectuada en la grilla de partida, como adelantamiento a la orden de largada, ubicación fuera del lugar asignado, asistencia de algún auxiliar en el momento de la largada, será penalizado con un recargo, quedando esta determinación a cargo del Comisario Deportivo, asistido por Veedores Oficiales y Auxiliares de Pista en la largada. En caso de una anormalidad en grilla de partida, el Comisario Deportivo podrá autorizar a una nueva vuelta previa, hasta que se logra la normalidad. Si por alguna razón muy valedera no se pudiera realizar la largada de series y finales, por estrictas razones de seguridad se exhibiera un cuartel de “LARGADA DEMORADA”, en la línea de partida indicación que deberán acatar los Pilotos deteniendo sus motores, prohibiéndose a sus auxiliares a realizar reparaciones o ser asistidos y será motivo para que el Comisario Deportivo determine alguna sanción por lo expuesto anteriormente. Se largará la competencia tan pronto como lo permitan las condiciones. Si un Piloto o mas no pudiese salir a la vuelta previa por algún inconveniente en su máquina una vez cerrado el portón de acceso al circuito deberá largar desde la manga de boxes una vez que larguen todos los competidores, o sea en último lugar. Si un Piloto se adelantase en la largada y ganará puestos, el Comisario Deportivo lo recargará mostrando un cartel con el número del vehículo o máquina y recargos en puestos. El mismo sistema se adoptará en los recargos por maniobras antideportivas. Antes de cada largada de la categoría Karting 110 c.c. Escuela se permite al Mecánico o Concurrente asistir a su Piloto hasta antes de colocarse el semáforo en rojo. Está prohibido empujar los Karting. De comprobar esta infracción el Piloto será sancionado. Artículo 15: Penalización en Pista. Todo Piloto que comete un incidente (Ver Artículo 42. Punto 15) observado por el Comisario Deportivo, Veedores o Auxiliares de Pista será penalizado con recargos en puestos o segundos o exclusión directa según el criterio del Comisario Deportivo. El recargo será indicado al sancionado con la pizarra donde estará el número del Piloto y los puestos del recargo, de lo contrario una vez finalizada la competencia se llamará al Piloto y se informará de la sanción, siendo esta inapelable. En caso de exclusión se mostrará la Bandera Negra durante 2 vueltas con el número del 4

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sancionado en la pizarra. De no detenerse será pasible de sanciones mayores. Ningún Piloto bajo ningún pretexto podrá acortar distancias, si un competidor sufriera una salida de pista deberá retomarla en el lugar mas próximo al del incidente sin causar riegos para otros competidores. Si un competidor por cualquier motivo no recorriera la chicana o mixtos, deberá reincorporarse en último lugar de la fila para no ser sancionado, de no respetar este punto el Piloto puede ser sancionado con recargos o exclusión según el criterio del Comisario Deportivo. Todo Piloto que hiciera abandono de la competencia y una vez finalizada la misma pudiera poner en marcha su vehículo, deberá dirigirse a parque cerrado recorriendo el circuito en sentido de Carrera y con el casco puesto, caso de incumplimiento de este punto será pasible de sanciones. Artículo 16: Repechajes. Si el Piloto por inconvenientes no pudiera largar su serie, deberá presentar su máquina igual en el estado que este para ser habilitado a largar el repechaje, o ser habilitado por la técnica previa comprobación de la rotura denunciada. Artículo 17: Muletos. No se permiten máquinas muletos. Para cambiar un Motor ya sellado deberá tener la autorización del Comisario Técnico. Para cambiar chasis en caso de averías después de la clasificación deberá ser autorizado por el Comisario Técnico y presentado. Artículo 18: Ayuda en pista. Cuando se larga la competencia, si algún Piloto quedara detenido podrá recibir ayuda de su Mecánico en la cuerda interna o dentro del predio del circuito y luego partir aunque hubiese perdido vueltas. Una vez realizada el lanzamiento de la Carrera y haber cruzado la línea de largada, el Piloto no podrá recibir ayuda externa para volver a pista en casos de trompos, despistes o Motor detenido deberá volver por sus propios medios o retirar la máquina de la pista, será excluido con Bandera Negra, excepto categoría 110c.c. Escuela y 150c.c. Juvenil, a los cuales no se les mostrará la Bandera Negra en Series o Repechajes deberá largar en último lugar la competencia final. Si la situación ocurriera en la Final y el Piloto llegará dentro de los 15 primeros puestos, no se le otorgarán los puntos. De abandonar el vehículo en pista será pasible de sanciones. Artículo 19: Bandera Roja. En caso de detención de una Carrera con Bandera Roja, se deben frenar y recorrer el circuito a marcha lenta con la mano levantada y ubicarse frente al palco a los efectos de recibir las disposiciones del Comisario Deportivo y así reanudar la prueba. De no cumplir con esta disposición serán pasibles de sanciones. Artículo 20: Carrera detenida. En caso de detenerse la prueba, no se pueden tocar las máquinas ni ingresar a boxes o sacarlas fuera del circuito por parte de Concurrentes o Mecánicos. Únicamente los Pilotos podrán reparar sus vehículos para volver a largar. Si infringe, puede ser motivo de sanciones, el Comisario Deportivo puede excluir parcial o totalmente de la Carrera al Piloto que considere haya causado un incidente. Artículo 21: Reinicio de Carrera. En caso de suspenderse una competencia que se está desarrollando en el transcurso de las 2 (dos) primeras vueltas de la misma y que a criterio del Comisario Deportivo se deba reiniciar, ésta deberá hacerse de acuerdo a la 5

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grilla original de partida, descontándole al Final de las vueltas establecidas 1 (una) vuelta. Si la competencia se suspendiese en cualquier momento, luego que el puntero cumpla la 3º (tercera) vuelta recorrida, y no se haya cumplimentado con el número de vueltas necesarias para que la misma sea puntable, se reiniciará la prueba, formando los Pilotos la grilla en el orden que tenía la clasificación en la vuelta anterior a la de la suspensión de la competencia, debiendo en este caso completarse el número de vueltas faltantes a la de la suspensión de la competencia, menos 1 (una) vuelta. En todos los casos se le descontará 1 (una) vuelta. Si la competencia no se pudiera reiniciar cualquiera sea el motivo, la puntuación será la siguiente: si no se llegó al 75% del recorrido se otorgará el 50% de los puntos previstos originalmente para una prueba completa. Artículo 22: Fin de Carrera. Si al consultar la planilla de seguimiento ya se ha cumplido el 75% de las vueltas, se da por culminada la competencia y se llevará a cabo la clasificación. (Si la Bandera Roja no cae sobre el primero se toma el paso anterior). Todo Piloto que luego de recibir la Bandera a Cuadros se detuviese por algún inconveniente (cualquiera sea el puesto logrado), no podrá ser asistido en pista por su Concurrente o Mecánico debiendo dirigirse a parque cerrado SOLO. Si su máquina estuviese impedida de trasladarse por alguna rotura, deberá solicitar autorización al Oficial Deportivo más cercano para recibir ayuda. Artículo 23: Imprevistos. Si se detiene por agentes extraños, perros, personas, choques o caídas múltiples u otras causas que obstruyan la pista, se tomará la clasificación con todos los Pilotos en pista, es decir una vuelta antes. El Comisario Deportivo puede excluir parcial o totalmente al Piloto que a su criterio hubiese provocado un incidente. Artículo 24: Clasificación Oficial. ​ Cuando se termina la Carrera con Bandera a Cuadros por más que no haya cumplido el 100% del recorrido se tomará como clasificación oficial la vuelta en que cayó la Bandera a Cuadros. Si por cualquier motivo se demorase la señal de fin de la Carrera, la Carrera se considerará finalizada en el momento que debería haber terminado de acuerdo a las vueltas pactadas. Artículo 25: Amonestaciones. En caso que el Comisario Deportivo llame la atención verbalmente, será resultado de una amonestación. Con tres amonestaciones acumuladas será pasible a una fecha de suspensión. Artículo 26: Suspensión o interrupción de las Competencias. Tratándose de suspensiones de días anteriores al de la realización de la prueba, el club organizador afiliado a A.A.M.E.T. informará la suspensión de la competencia, por los medios habituales (radio, periódicos, TV, aviso a los Pilotos, etc). El Comisario Deportivo, en conjunto con el director de la prueba, podrá suspender la competencia por causas de fuerza mayor, sin obligación alguna de indemnizar al público o a los Pilotos, o si la cantidad de máquinas inscriptas no llegase al mínimo establecido para cada categoría en el presente Reglamento General (R.G.). Igualmente serán suspendidas o dadas por finalizadas, las pruebas que se encuentren desarrollándose, si a juicio de los Comisarios, su continuación se tomará peligrosa por cualquier causa o falta de luz artificial teniendo en cuenta la época del año. Igualmente será materia de análisis por parte de las 6

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autoridades del Campeonato, tomar o no la decisión de completar la programación suspendida, anunciandolo a los Pilotos con tiempo suficiente. Cada ente tendrá una fecha titular y una suplente, si por cualquier motivo no pudiese realizar la competencia esta no será reubicada, si el motivo fuese organizativo y el ente quisiera cambiar la fecha con otro ente lo podrá hacer siempre respetando las fechas adjudicadas, comunicando la decisión a la Comisión de A.A.M.E.T. con la debida antelación, si el ente hubiese cumplido parcialmente con el espectáculo no estará obligado a devolver entradas, la Fiscalizadora si las competencias no se disputaron darán como válidas las inscripciones y coberturas de la A.A.V. para la fecha siguiente, en todos los casos de suspenderse una fecha el calendario tendrá automáticamente una fecha menos, la única fecha que será reubicada hasta que se pueda realizar será el Coronación. Artículo 27: Orden de Largada en la Final. Se establece que a solicitud del Piloto que hubiese ganado la serie más rápida se podrá cambiar el ordenamiento de largada si el pedido se realizará en los 15 minutos siguientes a finalizada la última serie. El poleman largará en el segundo lugar, dejando el primero libre, el ordenamiento será sucesivo invirtiendo el original. Las sanciones impuestas por el Comisario Deportivo o Comisario Adjunto en pista, exclusiones, recargos, amonestaciones, apercibimientos son inapelables, al igual que las decisiones que se tomarán por causas que no figuren en el R.P.P. (Reglamento Particular de Prueba). El Comisario Deportivo es la MÁXIMA AUTORIDAD dentro de la pista. Artículo 28: Calendario. Campeonato 2016 de Ciclomotores, Motos y Karting contará de 12 Fechas y un Coronación. Definiciones. Si por razones de fuerza mayor o de seguridad el Comisario Deportivo decidiera suspender las competencias restando correr las finales, se otorgará el puntaje de presentación, clasificación y series si hubiesen corrido todos los Pilotos anotados por categoría. Puestos empatados en Carrera. Se repartirán en los empatados en partes iguales el total de los puntos asignados al puesto logrado y al a los subsiguientes que en consecuencia quedarán desiertos en la clasificación. Empates en puestos en el Campeonato. En caso de empate en el que hubiera 2 o más Pilotos con la misma cantidad de puntos, el desempate se hará a favor del que hubiere logrado mayor cantidad de primeros puestos. Si aún no se definieran las posiciones, se revisarán los segundos, terceros, cuartos y así sucesivamente hasta definir el puesto. Si mediante la aplicación de este procedimiento no se definiere el puesto, la Fiscalizadora determinará un ganador según los criterios que consideren adecuados. Artículo 29: Banderas. Las señales con banderas son las que se detallan a continuación, siendo obligatorio e inmediato el acatamiento por parte del Piloto. ▪ Bandera Argentina: Largada. ▪ Bandera a Cuadros: Terminación de la prueba. ▪ Bandera Amarilla: Inmóvil: es precaución. Agitada: está preparado para detenerse. ▪ Si un Piloto o mas se adelantaran o efectuaran maniobras de sobrepaso sobre otro/s participante/s en un sector señalizado con banderas amarillas, será penalizado con puestos de recargo. 7

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▪ Bandera Roja: Detención inmediata y absoluta de la prueba, donde se encuentra debe detenerse y permanecer con la máquina en la línea de partida para reiniciar la prueba y a disposición de las resoluciones tomadas por el Comisario Deportivo. No se permite el acceso a boxes, debiendo estar preparado para la reiniciación de la prueba. Quien no cumpla con los requisitos será descalificado. ▪ Bandera Negra: Con el número del competidor de referencia: es descalificación, el Piloto señalado deberá detenerse en la próxima vuelta. ▪ Bandera Azul: ➡ Si está INMOVIL: lo están siguiendo los punteros de cerca. ➡ Si está AGITDA: los punteros lo van a pasar. Debe ceder el paso. No cambiar radio de giro. ▪ Bandera Blanca: La ambulancia o el vehículo oficial está en la pista. ▪ Bandera Verde: Finalización del peligro o Final de la zona restringida. ▪ Bandera Negra con círculo naranja: Indica que deberá detenerse en parque cerrado o circuito (parte interna) a reparar el elemento deteriorado, dentro de las 3 (tres) vueltas que se le coloque la bandera. Deberá detenerse o quedará automáticamente excluido de pista, si le faltase el elemento en cuestión al ingresar a Parque Cerrado será excluido por Técnica. ▪ Bandera Blanca y Negra: Es apercibimiento por infracciones que está cometiendo. De no acatar la orden será excluido con Bandera Negra. ▪ Carteles señaladores: Son exhibidos en las últimas dos vueltas como 2 y 1.

Artículo 30: Revisiones Técnicas. El Comisario Técnico dispone cuales son las partes necesarias a revisar pudiendo agregar otras en caso de que se presenten dudas, hayan sido requeridas por planillas presentadas por competidores o plan de consideración del Comisario Deportivo. El desarmado de los motores no deberá superar los 15 minutos de finalizada la competencia final. De no realizarlo el Piloto será excluido. Si algún Mecánico debiera desarmar el Motor una vez sellado se deberá hacer en parque cerrado antes la presencia del Comisario Técnico. De comprobarse infracción a este artículo, el Piloto será excluido. Artículo 31: Parque Cerrado. ​ Cuando las máquinas ingresen al parque cerrado, el Comisario Técnico informará a todos qué elementos se van a revisar, se pondrá de acuerdo con Pilotos y Mecánicos por alguna circunstancia que surja. Luego de finalizadas las pruebas, clasificaciones, series, repechajes o finales solo se autoriza a entrar a parque cerrado al Piloto y un Mecánico o Concurrente por Karting o ciclomotor debidamente identificado con una pulsera roja que entregará la Fiscalizadora al inscribirse. De comprobarse infracción a este artículo el Piloto será sancionado. Los motores a revisar serán tres, deberán quedarse en parque cerrado los cuatro primeros y opcional uno más por orden del Comisario Técnico, cualquiera sea el puesto logrado. Artículo 32: Decisiones. El Comisario Técnico, una vez terminada la verificación técnica, elevará su dictamen al Comisario Deportivo para su posterior fallo de calificación y descalificación, inapelable.

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Artículo 33: Balanza. Todos los vehículos deberán pasar por la balanza luego de finalizada las clasificaciones, series o finales de no hacerlo deberán largar en última línea. En caso de las series y será excluido si fuera en la final, el mismo castigo será si no diera el peso reglamentado. Deberán obligatoriamente pesar los 20 primeros de la final. Artículo 34: Elementos de medición. Todos los elementos de medición (cronómetros, calibres, plantillas, provines y balanza) utilizados por la fiscalizadora son inapelables e inobjetables. Artículo 35: Cambio de motor. ​ Todo competidor que quiere cambiar motor completo después de clasificar o correr su serie lo deberá comunicar al comisario técnico dentro de los 15 minutos de terminada la competencia. Se deberá presentar el motor averiado para su revisión, de estar en reglamento se le sellará el nuevo. El piloto deberá largar en el último lugar de la grilla. En los ciclomotores y motos se utilizará mismo método. Si el motor averiado estuviese fuera de reglamento el piloto será excluido. No se permite cambios de chasis sin autorización del Comisario Técnico. Artículo 36: Protocolo de Denuncias. ​ Para tomar una denuncia por Técnica el vehículo denunciado deberá estar en régimen de parque cerrado y dentro de dicho recinto. El denuncia debe ser una Persona Física inscrita como piloto en la Competencia o el Concurrente del Piloto denunciante. El denunciado no puede negarse a prestar sus elementos para este proceso. El elemento denunciado debe ser correctamente precintado y embalado. Además, dicho empaque debe ser precintado. El Acta de Denuncia deberá ser rellenado por Comisario Técnico y en la misma debe contar con los datos del Denunciante, datos del Denunciado, datos del elemento, números de precintos del elemento y sus empaques y por último, el artículo del RT que supuestamente dicho elemento infringe. Esta Acta se debe hacer por quintuplicado y se repartirá cada copia: 1 - Denunciante, 2 Denunciado, 3 - Técnico (se quedará una por seguridad), 4 - Deportivo (se quedará una por seguridad) y 5 - Federación (junto con el elemento embalado). Cada una de las 5 copias debe estar firmada por los 4 actores principales: Denunciante, Denunciado y los Comisarios Técnico y Deportivo. ​ MUY IMPORTANTE: La copia emitida a Federación debe estar afuera del empaque que contiene el elemento en cuestión​ . El depósito de la caución de denuncia. El Denunciado tiene 72 horas hábiles contadas desde el primer día hábil después de la Competencia para realizar el depósito bancario en la cuenta de la Federación y así iniciar el trámite de denuncia. Pasado este tiempo, sin haber recibido notificación del depósito bancario la denuncia quedará sin efecto. El costo de la denuncia para el año 2016 es de pesos siete mil ($7000) por elemento denunciado. Costo que deberá depositar el Denunciante. Artículo 37: Pilotos de otras categorías. Todo Piloto que provenga de otras categorías similares podrá competir previa autorización del Comisario Técnico, encuadrándose dentro de nuestro Reglamento. Para la segunda fecha deberá tener los elementos emplantillados por A.A.M.E.T. exclusivamente.

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Artículo 38: Prohibición de bebidas. Está prohibido ingerir bebidas alcohólicas por parte de Pilotos y Mecánicos o Concurrentes que entren a pista, de comprobarse dicha infracción no se le permitirá participar de la competencia y será sancionado por el resto del año en curso. Artículo 39: Cambio de Categorías. Los Pilotos que compiten en una categoría específica, cumpliendo con el Reglamento Técnico, podrá cambiar de categoría hasta cuatro fechas antes del Coronación. Pilotos mayores de 21 años sin experiencia previa podrán participar en cualquier categoría, quedará a criterio de los Comisarios Deportivos dejarlos competir luego de comprobar sus actitudes en las Pruebas Oficiales. Artículo 40: Aceptación del Reglamento. El solo hecho de participación en las competencias de A.A.M.E.T. implica por parte de los Pilotos y Mecánicos el total conocimiento y aceptación de las condiciones y especificaciones del presente Reglamento, ya que ante la posibilidad de dos o más interpretaciones en el mismo, la única decisión válida es la de nuestros Técnicos y Comisario Deportivo y se estará conforme a lo que las autoridades deportivas decidan cómo fallo final. Artículo 41: Números y placas. Ciclomotores 70 c.c. Escuela: Placa Blanca y Números Negros. Ciclomotores 70 c.c.: Placa Blanca y Números Negros. Ciclomotores 80 c.c.: Placa Blanca y Números Negros. Karting 70 c.c. y 80 c.c.: Placa Blanca y números Rojos. Karting 110 c.c. Infantil: Placa Blanca y números Rojos. Karting 150 c.c. 4T: Placa Blanca y números Rojos. Karting 150 c.c. 4T GP: Placa Amarilla y números Negros. Karting 150 c.c. 4T Juvenil: Placa Blanca y números Negros. Motos 110 c.c. 4T Graduados: Placa Negra y números Amarillos. Motos 110 c.c. 4T Aficionados: Placa Blanca y números Negros. Motos 110 c.c. 4T Libre: Placa Blanca y números Rojos. Motos 150 c.c. 4T Multimarca: Placa Negro y números Blancos. Artículo 42: Penalidades (extraído del R.D.A.). 1. Cada una de las sanciones aplicadas por el tribunal de penalidades podrán imponerse en forma directa o después de elaborarse las actuaciones según correspondan. 2. De la sanción primario que se aplique el interesado deberá ser notificado en forma fehaciente para que haga uso de su derecho de apelación en los plazos fijados. 3. El tribunal de penalidades está facultado luego de recibir los informes del ente fiscalizador a citar al interesado a una audiencia donde podrá presentar su descargo. 4. El inculpado deberá actuar personalmente, no pudiendo hacerlo mediante poder o mandato a otras personas o patrocinio de profesionales. 5. En caso de falta de presentación del escrito de defensa o ausencia del interesado a la audiencia señalada el procedimiento seguirá su curso en el estado en que se encuentre.

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6. Suspensión a Pilotos, Mecánicos o Concurrentes: podrán ser impuestas por número de competencias o plazos de tiempo de acuerdo a la gravedad de los hechos conforme a las modalidades aplicables a juicios del órgano que impone la sanción. 7. Las sanciones por Carrera: si el número de competencias por el que se aplica la sanción excede a las fechas faltantes para terminar el Campeonato en curso, las restantes serán cumplidas en el siguiente Campeonato diurno o nocturno. Al finalizar un Campeonato el ente fiscalizador podrá otorgar amnistía total o parcial. 8. Actos antideportivos: son pasibles de sanción la conductas antideportivas de Pilotos, Mecánicos o Concurrentes o contrarias al buen comportamiento que deben observar los mismos aunque tengan lugar fuera del marco de los actos que componen una manifestación deportiva, quedando este último caso a criterio de la autoridad deportiva que también podrá aplicarla a los Pilotos por inconductas de miembros notorios de su equipo. 9. Acumulación penalidades: las penalidades previstas en este Reglamento podrán ser acumuladas conforme a la naturaleza y la gravedad de la infracción sancionada. 10. Los plazos de sanciones previstas en el presente Reglamento serán computadas por días, meses o años y comenzarán a la hora cero del día siguiente de la sanción. 11. Sanciones en pista: los Comisarios Deportivos están facultados para sancionar en pista con recargo o exclusiones por transgresión al Reglamento, estas sanciones son inapelables. 12. Toda sanción aplicada luego de finalizado el espectáculo en reunión de Comisión directiva con los fiscalizadores es apelable, siempre que se realicen en tiempo y forma previo pago de la caución estipulada. 13. Medidas provisorias: las infracciones que quedan a criterio de los Comisarios Deportivos pueden dar lugar a la ulterior aplicación de una sanción de suspensión. Se faculta a la Comisión Directiva a prohibir al presunto infractor competir o participar como Mecánico o Concurrente provisoriamente por los días que crean conveniente hasta dar resolución definitiva al cuestionamiento. 14. Mecánicos y Concurrentes: son pasibles a sanciones los Mecánicos o Concurrentes que agraviaran, insultaran o agredieran a los oficiales deportivos, a los Pilotos o personas de su mismo rango. 15. Incidentes: un incidente significa un hecho o una serie de hechos implicado a uno o más Pilotos que serán constatados por el director de la prueba., los Comisarios Deportivos, Oficial Deportivo o Veedores, o mediante una reclamación que según la opinión de los Comisarios Deportivos: Haya motivado la interrupción de la Carrera. Haya violado el Reglamento del Campeonato. Haya causado una colisión evitable. Haya hecho abandonar la pista a otro competidor. Haya ilegítimamente impedido una maniobra de adelantamiento legítima de otro Piloto. Haya ilegítimamente molestado a otro Piloto en una maniobra de calentamiento. Haya ocasionado una maniobra riesgosa o desleal que le permita ganar la posición a otro participante. El director de la prueba o los comisarios deportivos pueden solicitar que cualquier auto o moto que haya estado implicado en un incidente o accidente ser controlado por la técnica para su reincorporación a la competencia. 16. Corresponde a los Comisarios Deportivos dictaminar si uno o más Pilotos involucrados en un incidente deben ser penalizados y podrán imponer cualquiera de las sanciones previstas en el Reglamento, para el caso que estimen que es necesario 11

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investigar más profundamente el hecho o que corresponda aplicar sanciones mayores a la que están habilitadas podrán solicitar a la directiva el pase a penalidades. 17. Reclamaciones: el derecho de reclamación sólo corresponde al Piloto o su Concurrente. El mismo deberá dirigirse al director de la prueba por escrito en planilla que entregará la Fiscalizadora acompañado de una caución que anualmente fijará A.A.M.E.T. para sus categorías. La reclamación será aceptada dentro de los 20 minutos finalizada la prueba. Si la reclamación es procedente se le reintegrará el importe de la caución al reclamante, si la Fiscalizadora no hiciera lugar a la reclamación el reclamante perderá el valor de la caución. El costo de la caución es de $5000 (cinco mil pesos) por cada hecho denunciado y la exclusión del Piloto. 18. Apelaciones: todo Piloto o Concurrente tiene derecho a apelar sanciones recibidas por la Fiscalizadora que no se hayan realizado en la pista, la apelación deberá realizarse dentro de las 48 Hs. de recibida la notificación de la sanción. Se deberá realizar por escrito previo pago de la caución exigida por la Federación cuyo monto asciende a $7000 (siete mil pesos). Si la apelación es procedente se devolverá el importe de la caución. Si la Fiscalizadora no hiciera lugar a la apelación, el interesado perderá el importe de la caución. 19. Valores de Denuncias, reclamaciones y apelaciones: las Denuncias Técnicas tienen como arancel $7000 (siete mil pesos) por cada elemento denunciado. El arancel de la reclamación es de $5000 (cinco mil pesos). El arancel de la apelación es de $5000 (cinco mil pesos). Artículo 43: Situaciones no previstas. ​ Todos los casos no previstos en el presente Reglamento General serán resueltos en común acuerdo entre el Comisario Deportivo y el director de la prueba. Sus decisiones serán inapelables por ser las máximas autoridades de la prueba.

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