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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS DENOMINADO “MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EDIFICIOS Y BIENES DEPENDIENTES DEL ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA TRIBUTARIA MADRID (+m)”
CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO. EDIFICIOS Y BIENES A
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MANTENER. 1.1. OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente Pliego es regular las condiciones técnicas que han de regir la contratación de un mantenimiento técnico integral, preventivo y correctivo de los edificios, instalaciones y bienes del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid (+m), al objeto de garantizar su conservación y óptimo rendimiento, así como los trabajos derivados de la organización de espacios que pudieran producirse.
Los edificios que forman parte del presente contrato y sobre los que hay que realizar las operaciones que se especifican en el pliego de prescripciones técnicas son los que figuran a continuación, sin perjuicio de que esta lista resulte modificada en función de las altas, bajas o transformaciones que puedan producirse durante la vigencia del contrato: A) EDIFICIOS PATRIMONIALES PARA SERVICIOS
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ADMINISTRATIVOS EDIFICIOS
Metros cuadrados
Calle SACRAMENTO 1
6.239,37 m2
Calle SACRAMENTO 7
609,00 m2
Calle SACRAMENTO 9
618,19 m2
Calle SACRAMENTO 3 Y 5
9.539,97 m2
OAIC Calle RAIMUNDO FDEZ. VILLAVERDE 32
2.516,80 m2
TOTAL
19.523,33 m2 B) EDIFICIOS ARRENDADOS PARA SERVICIOS ADMINISTRATIVOS EDIFICIOS
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Metros cuadrados
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OAIC Calle PRÍNCIPE CARLOS 40
1.296,99 m2
OAIC Calle HIERRO 27
800,00 m2 TOTAL
2.096,99 m2
Las ampliaciones de servicios tributarios será objeto de contratación independiente.
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Durante la ejecución del contrato, podrá modificarse la distribución de los efectivos entre los distintos edificios objeto del presente contrato o el horario de prestación del servicio, sin alterar en ningún caso el número total de horas, número de efectivos o precio del contrato, sin que ello suponga modificación del contrato.
1.2 DE LAS OBRAS E INSTALACIONES ACTUALES. El contratista aceptará los edificios con sus Servicios, Obras e Instalaciones, en las condiciones de la fecha de licitación, independientemente del estado en que se encuentren. Por ello, los licitadores deberán conocer el estado de los edificios, así como de sus instalaciones antes de redactar su oferta, para lo cual podrán solicitar a la Subdirección General de Secretaría Técnica autorización para poder acceder a las dependencias municipales objeto del Contrato, siempre que no interfieran en su normal funcionamiento. (Teléfono 91.4802910 o fax 91.5882904; email:
[email protected] ).
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A los efectos del contrato, en el término edificio se entenderán comprendidos tanto los espacios construidos y sus instalaciones, así como los espacios libres adscritos al mismo, con todos los elementos que contengan, incluidos los cerramientos. El mantenimiento integral se realizará, asimismo, en las condiciones establecidas en el presente Pliego, sobre los bienes ubicados en los citados edificios (mobiliario, equipos de oficina, maquinaria, etc.) CLÁUSULA SEGUNDA. TIPO DE MANTENIMIENTO. INSTALACIONES. 2.1. TIPO DE MANTENIMIENTO Se entiende por Mantenimiento integral el conjunto de trabajos, de Conservación preventiva y Conservación correctiva, necesarios para mantener a cada edificio, sus dependencias e instalaciones, en condiciones de uso durante su período de vida útil, optimizando el consumo energético, previniendo los posibles riesgos que puedan comprometer su seguridad y protegiendo su entorno de posibles agresiones. Todas estas tareas están dirigidas a conseguir una disminución en los gastos de reparación, reducción Firmado por: MARIA CECILIA GARCIA SANCHEZ Fecha: 03-03-2014 10:36:32
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de la pérdida de valor del inmueble, así como el ahorro derivado de la correcta utilización de las instalaciones.
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Conservación preventiva es el conjunto de trabajos de mantenimiento, llevados a cabo de forma periódica, consistentes en la reposición de elementos agotados o defectuosos, sustituciones de productos o piezas consumidos o desgastados en su normal funcionamiento, inspección de los elementos constructivos y de las instalaciones, elaboración de informes y documentos y presentación ante la Subdirección General de Secretaría Técnica y Organismos Públicos correspondientes, así como aquellas operaciones de limpieza necesarias para hacer operativas las canalizaciones y conductos expuestos a un ensuciamiento persistente o temporal. Conservación correctiva es el conjunto de los trabajos de reparación, necesarios para devolver la funcionalidad perdida de algún elemento o instalación, como consecuencia de un proceso degenerativo o de una mala utilización, y que no se ha detenido a tiempo su deterioro. El presente contrato comprende el mantenimiento preventivo y las obras de mantenimiento correctivo, que sean necesarias para asegurar el normal funcionamiento de los edificios. Este mantenimiento se contrata mediante la percepción de un precio mensual por la empresa adjudicataria.
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Las tareas de mantenimiento (preventivo o correctivo) se realizarán sin perturbar el normal funcionamiento de los servicios, pudiendo programarse por la Subdirección General de Secretaría Técnica su realización fuera del horario laboral, o en sábados o festivos, sin suponer ningún coste adicional para la Administración. 2.2. INSTALACIONES.
2.2.1
EDIFICIOS RELACIONADOS EN EL APARTADO 1.1 DEL PRESENTE PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES.
En estas dependencias, la empresa adjudicataria deberá realizar el mantenimiento preventivo y correctivo en todos los elementos constructivos, instalaciones y equipamientos técnicos de los edificios, conforme a la siguiente distribución: INSTALACIONES GENERALES 1. Climatización general y salas técnicas.
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a. Plantas de refrigeración. b. Equipos autónomos y fancoils. c. Grupos de presión y bombeo. d. Extractores, ventiladores y difusores. 2. Calefacción y agua caliente sanitaria.
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3. Centros de transformación. 4. Electricidad y alumbrado. 5. Sistemas de continuidad, UPS 6. Grupos electrógenos. 7. Fontanería, general y especializada. 8. Protección contra incendios. 9. Sistemas de evacuación. 10. Sistemas de intrusión, incluida la vigilancia centralizada. 11. Sistemas de control centralizado de edificios. 12. Grupos de presión.
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13. Albañilería. 14. Pinturas y acabados. 15. Carpintería. 16. Cubiertas. 17. Sistemas de protección contra rayos. 18. Cristalería. 19. Megafonía fija. 20. Sistemas de comunicación interno.
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21. Fachadas 22. Revestimientos
23. Varios (trabajos de movimiento y traslado de muebles y enseres de menor entidad que no supongan un traslado de edificio).
2.2.2
EDIFICIOS RELACIONADOS EN LA CLÁUSULA 1 APARTADO 1.1 B) DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES (Edificios en
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alquiler) En estos edificios, se realizarán las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones cuyo mantenimiento no corresponde al arrendador del edificio de acuerdo con lo establecido en el contrato de arrendamiento.
CLÁUSULA TERCERA. DESARROLLO DEL SERVICIO 3.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LAS INSTALACIONES.
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Se entenderá por Mantenimiento Preventivo el conjunto de operaciones necesarias para asegurar el funcionamiento de las instalaciones de manera constante, con el mejor rendimiento energético posible, conservando permanentemente la seguridad del edificio, de las personas y la defensa del medio ambiente. El mantenimiento preventivo, objeto del contrato, se realizará sobre la totalidad de los elementos constructivos e instalaciones del edificio, de acuerdo con las frecuencias que las Reglamentaciones en vigor obligan para el control y mantenimiento de los elementos e instalaciones, así como sobre el plan básico de actuaciones y frecuencias que se expongan en el desarrollo de este Pliego. La empresa adjudicataria elaborará un documento técnico en el que se contemplen todas las actuaciones de prevención a llevar a cabo sobre los equipos e instalaciones objeto del contrato. Dicho documento deberá contener, como mínimo, los siguientes apartados:
Inventario de equipos e instalaciones. Protocolo de inspecciones del Mantenimiento Preventivo. Programa de frecuencias de las inspecciones del Mantenimiento Preventivo.
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En cuanto al primer apartado, Inventario de equipos e instalaciones, será preciso hacer constar el estado de las instalaciones, señalando las deficiencias observadas. Para poder llevar a cabo lo descrito en los puntos anteriores, el adjudicatario suministrará todos los materiales y repuestos necesarios para todas las operaciones de mantenimiento preventivo objeto del presente contrato, poniendo a disposición de su personal todos los medios, tales como herramientas, útiles, materiales, aparatos de medida y control, etc. así como los equipos de protección individual reglamentarios, con objeto de que los trabajos se realicen de manera correcta y segura. Para ello estará obligado a disponer en las dependencias que se le asignen de la Agencia Tributaria Código de verificación : PYb913dd37f53fa0
Madrid (+m), de un stock suficiente de repuestos que garantice la ejecución de las operaciones de mantenimiento programadas según el plan de mantenimiento.
El tiempo de respuesta para el inicio de la reparación será inmediato, desde que el contratista recibe el aviso, dentro de la jornada laboral. De dos horas para aquellos avisos realizados fuera de la jornada de trabajo, y se resolverán en un plazo inmediato. Cuando por la índole especial de la avería, su reparación exija un plazo superior, se informará a los responsables de la Subdirección General de Secretaría Técnica, adoptándose las medidas oportunas, autorizando o no la reparación del elemento(s) dañado por la empresa adjudicataria. La contrata garantizará en todo momento la aportación de medios técnicos y personales suficientes para atender cualquier aviso de avería o incidencias, prestando un servicio de 24 horas, durante todos los días del año. Para ello, pondrá a disposición de la Agencia Tributaria Madrid (+m) un servicio de emergencia con el fin de acudir a cualquier
urgencia que se produzca para la que sea requerido. Para asegurar la operativa de Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección http://www2.munimadrid.es/VerificacionCove/CotejoCOVE.jsp
este servicio, el adjudicatario facilitará a la Agencia Tributaria Madrid (+m) el número de un teléfono móvil para las 24 horas. Asimismo la empresa adjudicataria dotará de 3 equipos de walkietakies al personal de la Subdirección General de Secretaría Técnica responsable de la ejecución del contrato de mantenimiento, así como al responsable de su personal que deberá portarlo en todo momento junto con un teléfono móvil que garantice su inmediata localización.
3.2. MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LAS INSTALACIONES. Se incluyen en el objeto del contrato, todas las operaciones de mantenimiento correctivo, que haya que realizar como consecuencia de avisos por avería de los equipos e instalaciones, o como consecuencia de las inspecciones realizadas, comprendiendo
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todas las intervenciones precisas para la vuelta al idóneo funcionamiento previsto en el mantenimiento preventivo, consistiendo en la reparación por avería o rotura imprevista, de cualquier máquina, equipo o instalación del edificio como consecuencia de su normal funcionamiento.
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Las operaciones de mantenimiento correctivo llevadas a cabo se recogerán en un documento técnico, que contendrá, el registro de las actuaciones correctivas efectuadas en cada edificio objeto del contrato, que la empresa conservadora presentará, con carácter mensual, a la Subdirección General de Secretaría Técnica.
El adjudicatario deberá delimitar el recinto de las obras, cuando éstas comporten riesgo para las personas. Los elementos de protección empleados se mantendrán en todo momento en perfecto estado de conservación y señalización. 3.3. OPERACIONES DE CONTROL DE LAS INSTALACIONES. Comprenderán todas y cada una de las acciones encaminadas a velar por el buen funcionamiento, la seguridad y la correcta puesta en marcha de todos los equipos integrantes de las instalaciones técnicas del edificio objeto del contrato. La empresa adjudicataria, por medio de su personal adscrito para el mantenimiento del edificio, llevará a cabo el control de las variables de mantenimiento técnico de equipos e instalaciones, ejecutando las operaciones rutinarias con total garantía para las mismas y atendiendo en todo momento a los avisos de incidencias o averías.
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La Agencia Tributaria Madrid (+m) contratará expresamente con empresa especializada el mantenimiento de los sistemas de control de alumbrado, calefacción, enfriadoras, climatización y agua caliente sanitaria del edificio de Sacramento, nº 5, sin prejuicio de las obligaciones mantenimiento específicas que asume la empresa adjudicataria. 3.4. OPERACIONES DE MANTENIMIENTO TÉCNICOLEGAL. De acuerdo con las reglamentaciones oficiales vigentes, que les sean de aplicación a los elementos constructivos e instalaciones objeto de este contrato, la empresa adjudicataria vendrá obligada a llevar a cabo el mantenimiento técnicolegal de acuerdo con los preceptos contenidos en dichos reglamentos que estén en vigor, o los que pudieran promulgarse durante el tiempo de ejecución del contrato, tanto si aquellos son de carácter nacional, autonómico o local.
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Dichas actuaciones comprenderán las operaciones de tipo preventivo y las revisiones periódicas establecidas en los reglamentos aplicables, y serán realizados por la empresa adjudicataria o empresa autorizada, siempre por cuenta de aquella, debiendo presentar a la Agencia Tributaria Madrid (+m), la documentación acreditativa con los certificados o visados oficiales obligatorios.
CLÁUSULA CUARTA. OPERACIONES GENERALES DE MANTENIMIENTO
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PREVENTIVO Y CORRECTIVO. Las operaciones generales de mantenimiento son aquellos trabajos de conservación objeto de este Pliego que el contratista tiene que cumplir en todo momento y a su cargo, incluyendo mano de obra, materiales y medios auxiliares para la realización de los mismos. Las tareas de mantenimiento que se realicen por empresas autorizadas o especializadas, subcontratadas por el adjudicatario, no supondrán en ningún caso coste adicional para la Administración, debiendo el mismo asumirlas como propias. Según la especialidad de que se trate, este mantenimiento comprende, como mínimo, las siguientes actuaciones, debiendo completarse con las instrucciones o recomendaciones de los fabricantes de los equipos en cada caso:
4.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LAS INSTALACIONES
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GENERALES. Las operaciones generales de mantenimiento preventivo son aquellos trabajos de conservación objeto de este pliego que el contratista tiene que cumplir en todo momento y a su cargo, incluyendo mano de obra, materiales y medios auxiliares para la realización de los mismos. Según la especialidad de que se trate, este mantenimiento comprende: CONSTRUCCIÓN Y ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS.
Desatrancos de la red de desagües de aparatos, bajantes, canalones y sumideros, incluidos aquellos auxiliares, mecánicos o de transportes necesarios para su realización, tales como andamios, camiones de desatrancos, etc.
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Eliminación de hojas y suciedades en los tejados, bajantes, canalones, sumideros y desagües en todos aquellos edificios que requieran esa limpieza periódica. Se incluyen todos los medios auxiliares necesarios para su cometido.
Reparación de goteras por desperfectos en tejados, patios, azoteas y canalones.
Sellado de grietas, huecos o agujeros para evitar la entrada de frío, viento o ruido.
Roturas de la red de abastecimiento de agua y de incendios, incluidos aquellos medios auxiliares, mecánicos o de transportes necesarios para su realización y las ayudas de albañilería necesarias para acceder a estos elementos y reponer las zonas afectadas a su estado original.
Reposición de aplacados, azulejos y pavimentos, cuando éstos se manifiesten como desprendimientos casuales y hasta una superficie máxima de 5 m2 .
Apertura y cierre de techos o tabiques de escayola con objeto de atender averías de cualquier tipo de maquinaria.
Revisión del estado y funcionamiento de las puertas y ventanas de los edificios, con la frecuencia que se indica en el presente Pliego, con especial atención a las puertas de entradas a los mismos y a las de mayor uso. Revisión y sustitución, en caso de ser necesario, de todos los elementos componentes de las mismas (soportes, hojas móviles, ejes de giro, pomos, tiradores, etc.) Revisión de las estructuras de cristal, expositores etc.
Reposiciones de barras antipánico, muelles recuperadores, manillas, pomos o cualquier elemento de cierre, sea cual sea el origen de su deterioro.
Mecanismos de accionamiento de persianas, y todas sus partes, como cintas, ejes, motores, cierres, etc.
Todo lo referente a cercos, tapajuntas, molduras y junquillos.
Mecanismos de fijación y orientación en celosías de lamas o paneles.
Reposición de lamas verticales y horizontales en persianas y celosías, hasta un 25% de su número.
Reparación, ajuste y sujeción de las hojas de madera o metálicas en puertas y ventanas, tanto interiores como exteriores.
Reposición de cerraduras o bombines de cerraduras por pérdida de llaves.
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Retoques en pinturas, por deterioro casual, hasta un máximo de 25 m2 .
Reposición de todo tipo de vidrios y espejos, con retirada de restos y limpieza del galce, colocación, sellado y estanqueidad. Se excluyen los actos vandálicos que afecten a más del 25% de la superficie acristalada exterior del edificio.
Grifería de todo tipo: llaves, válvulas, grifos, latiguillos, fluxores, etc.
Los accesorios y mecanismos de cisternas.
Reposiciones de desagües, sifones, sumideros, botes sifónicos, etc., incluido sus correspondientes desatrancos, en su caso.
Sujeción y ajustes de aparatos sanitarios.
Sustitución de tapas de inodoros.
Retirada de escombros y limpieza de la zona afectada por las obras.
Los trabajos de aislamientos y protección contra pinturas, polvo, ruidos, etc., tendentes a mantener la actividad propia del edificio afectado por las obras.
Se adoptará cualquier otra medida precisa para mejora la seguridad de las personas del edificio, siendo objeto preferente de atención, la coordinación y supervisión permanente de estas medidas.
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4.2.
INSTALACIONES TÉRMICAS DE CLIMATIZACIÓN Y DE SEGURIDAD.
Entretenimiento y arranque de grupos electrógenos, cada tres meses. Aporte de combustible necesario para mantener lleno el depósito, al menos, en los 2/3 de su capacidad. Comprobar nivel de agua del radiador y estado de las correas del ventilador. Comprobar la carga de batería y su nivel electrolítico.
Certificado anual del rendimiento y consumo de caldera.
Realización de pruebas de estanqueidad en los tanques enterrados y de superficie de almacenamiento de combustible, conforme el capítulo X de la ITCMI IP03.
Certificado de revisión periódica de instalaciones de gas canalizado, conforme a la legislación vigente.
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Acta de reconocimiento de las instalaciones de GLP, e informe de revisión periódica, conforme a la legislación vigente.
Informes, documentos, trámites y abonos necesarios ante organismos públicos y privados, que requieran las instalaciones en servicio, incluido los trámites de legalización completo de las primeras instalaciones.
Los posibles pagos a la compañía suministradora de energía, o a las empresas colaboradoras, reconocidas por la Comunidad de Madrid, para la realización de las inspecciones obligatorias reglamentadas.
Todas las actuaciones puntuales tendentes a la continuidad del servicio, aún en precario.
Las ayudas necesarias para otros oficios en trabajos de mantenimiento
Instrucciones a los encargados de edificios sobre las máquinas y cuadros de control de las instalaciones, incluidos los encendidos y apagados.
Las revisiones reglamentarias en calderas, máquinas y elementos de las instalaciones, así las tomas de muestras necesarias y pruebas hasta conseguir un perfecto funcionamiento de la instalación.
Anualmente, y previo a la puesta en funcionamiento de las torres, se efectuará el tratamiento de limpieza y prevención de la legionelosis, realizando el análisis microbiológico de legionella, y el análisis físicoquímico del agua durante los meses de uso de las torres, así como todas aquellas actuaciones recogidas en el Real Decreto 865/2003 de 4 de julio y la Orden 1187/1998, de 11 de Junio, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan los criterios higiénicossanitarios que deben reunir los aparatos de transferencia de masa de agua en corriente de aire y aparatos de humectación para la prevención de la legionelosis.
Las actuaciones reflejadas en el punto anterior deberán realizarse anualmente en los aljibes o depósitos de agua para consumo humano y en los destinados a la protección contraincendios. La justificación documental de estas actuaciones será entregada a la Secretaría General Técnica.
Comprobación mensual de la instalación de la central de alarma, detección de robo e intrusión.
Comprobación mensual de la instalación de la central de alarma, detección de incendios, detectores, pulsadores, indicadores y rociadores.
Comprobación mensual de los grupos de presión.
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Comprobación de bocas de incendios equipadas (BIE).
Reparación o sustitución en su caso de nanómetros de las bies.
Sustitución de las baterías de emergencia de las centralitas de incendios.
Sustitución de los pulsadores de emergencia averiados.
Sustitución de detectores ópticos, térmicos o de humos averiados.
Sustitución de bloques de alumbrado de emergencia averiados o de parte de sus componentes.
Retimbrado de los extintores, o sustitución en su caso.
Confección y suministro de instrucciones de manejo y emergencia, en las instalaciones de robo y de contra incendio, con reinstalación de carteles, planos y señalizaciones, en su caso.
Pruebas de estanqueidad, presión, limpieza y purgado, así como de funcionamiento general, de las instalaciones al comienzo de temporada y siempre que sea necesario.
En caso de deterioro o cambio de normativa, reposición de señalética de incendios y evacuación si fuera necesario.
Limpieza periódica de la sala de máquinas o calderas, que deberá, además, estar libre de cualquier elemento extraño y que pueda dar lugar a servidumbres de cualquier tipo.
Ajustes de las centrales de monóxido de carbono y opacidad de humos cada seis meses.
Sustitución de los sensores electroquímicos, semiconductores y detectores de monóxido de carbono cuando así lo recomiende el fabricante.
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4.3
INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN BAJA TENSIÓN.
Medidas de toma de tierra, en época estival, con aporte de sales si fuera preciso.
En locales de pública concurrencia, boletín de reconocimiento anual conforme a la legislación vigente, y los periódicos reglamentarios y obligatorios.
En pararrayos, revisión de la toma de tierra.
Informes, documentos y trámites ante organismos públicos y privados que requieran las instalaciones en servicios.
Los posibles abonos a compañía suministradora de energía o a las empresas colaboradoras, reconocidas por la Comunidad de Madrid, para la realización de las inspecciones obligatorias reglamentarias.
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Instrucciones a los encargados de edificios, o a quien corresponda, de instrucciones para el manejo de las máquinas y cuadros eléctricos, incluido el paro o fuera de servicio de las instalaciones en caso de emergencia.
Sustitución de todo tipo de automatismo y aparellaje eléctrico hasta 63 A (incluido), con las modificaciones que se precisen en el cuadro: puertas, cerraduras, etc.
Sustitución de todo aquello que se incluye en la denominación de pequeño material eléctrico: tomas de corriente, interruptores, pulsadores, pilotos de señalización, timbres, sirenas, etc.
Sustitución de todo tipo de lámparas: halógenas de cualquier tipo, incandescentes de cualquier tipo, halógenas de doble envoltura y de vela; lámparas reflectoras de incandescencia, lámparas fluorescentes de cualquier tipo, lámparas fluorescentes compactos de cualquier tipo, lámparas fluorescentes de cualquier diámetro, lámparas par, etc.
Reparación antenas de TV y mástil o fijaciones.
Revisiones generales programadas de baja tensión.
CLÁUSULA QUINTA. PLAN BÁSICO DE ACTUACIONES Y FRECUENCIA DEL MANTENIMIENTO PREVENTIVO.
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Con independencia de las actuaciones imprevistas, por averías o incidencias, que hicieran falta, el programa de actuaciones recogido en la cláusula cuarta, que ha de confeccionarse por el contratista con la supervisión y aprobación de las personas designadas por la Agencia Tributaria Madrid (+m), deberá basarse en las directrices de
actuaciones y frecuencias que a continuación se exponen, pudiéndose cambiar los criterios en aquellas actuaciones que así se acuerden. Según las distintas especialidades, y de forma general, se seguirán los planes que a continuación se exponen, entendiendo los mismos adaptados a la realidad física de la existencia de cada instalación o componentes de la misma en cada edificio objeto de conservación: 5.1.
CLIMATIZACIÓN
UNIDADES DE PRODUCCIÓN Todos los equipos incluidos en este capítulo deben regirse por las normas de mantenimiento recomendadas por los fabricantes en cada caso y los trabajos indicados considerarse de aplicación estándar.
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ENFRIADORAS Mantenimiento diario recomendado. Operaciones: Comprobar el funcionamiento normal y la no existencia de ruidos anómalos. Comprobar la operatividad de las resistencias del cárter. Comprobar niveles de aceite/refrigerante en cárter. Comprobar ausencia de fugas de gas, aceite y/o agua.
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Mantenimiento mensual. Operaciones: Anotar temperatura del fluido exterior en entrada y salida del evaporador. Anotar pérdida de presión en evaporador. Anotar temperatura y presión de evaporación. Comprobación de niveles de refrigerante y aceite. Anotar la potencia absorbida de compresores. Verificación del control de capacidad de los compresores. Comprobación de tarado y/o ajuste de elementos de seguridad. Comprobación de ausencia de humedad en el circuito refrigerante. Comprobación de circulación de aire en las baterías y operatividad de ventiladores. Engrase de mecanismos neumáticos o eléctricos de regulación. Limpieza de la sala de máquinas. Confección del parte de control anotando todas las condiciones de funcionamiento, presiones, temperaturas, niveles, etc., de todos los elementos.
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Mantenimiento semestral. Operaciones: Revisión del sistema de control automático. Revisión del estado del aislamiento térmico. Ajuste y contraste de manómetros y termómetros. Mantenimiento anual. Operaciones: Limpieza de evaporador. Limpieza de condensador. Engrase de rodamientos y cojinetes. Reapriete de contactos eléctricos. Revisión por instalador frigorista anotando los resultados en libro registro. Limpieza de filtro de agua. Limpieza y/o mantenimiento de equipos de purga y vasos de expansión. CALDERAS
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A continuación se describe el desarrollo del mantenimiento de calderas de agua sobrecalentada con 5 periodicidades, quincenal, mensual, semestral, anual y las que deban ser realizadas por O.C.A.’s. Mantenimiento quincenal. Operaciones a realizar en calderas o instalaciones de potencia superior a 1.000 kW (en potencias inferiores con periodicidad mensual).
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Operaciones con la caldera caliente: Medición de temperatura o presión del fluido portador en entrada y salida. Medición de la temperatura ambiente de la sala. Medición de la temperatura de los gases de combustión. Medición del contenido de CO. Medición del tiro en la caja de humos. Medición del índice de opacidad de humos en combustibles sólidos o líquidos y de contenido de partículas sólidas en combustibles sólidos. Mantenimiento quincenal recomendado. Son recomendables las siguientes operaciones adicionales: Medición del exceso de aire. Medición del contenido de CO2. Medición de la sobrepresión del hogar. Mantenimiento mensual. Además de las operaciones contempladas en el
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mantenimiento quincenal se realizará: Medición de consumo de combustible. Medición del consumo de energía eléctrica. Medición del consumo de agua. Comprobación de estanqueidad de cierre entre quemador y caldera. Detección de fugas en red de combustible. Comprobación de tarado de elementos de seguridad. Mantenimiento semestral. Además de las operaciones mensuales se realizará: Limpieza de circuitos de humos de calderas. Comprobación del material refractario. Comprobación de la estanqueidad de válvulas del circuito. Revisión del sistema de control automático. Mantenimiento anual
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Las calderas afectadas por el Reglamento de aparatos a presión serán revisadas indistintamente por el fabricante del aparato o persona autorizada por éste, por personal técnico titulado propio del usuario o por una O.C.A.
Las operaciones anuales a realizar serán:
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Limpieza de conductos de humos y chimenea. Para aquellas calderas de vapor y de agua sobrecalentada cuya potencia efectiva sea superior a 0.049 N/mm2 (0.5 bar), con excepción de aquellas cuyo producto de presión efectiva, en N/mm2, por volumen de agua a nivel medio, en m 3 sea menor que 0.005, se deberán realizar además de las operaciones indicadas las siguientes, que serán reflejadas en el respectivo libro de registro, uno por caldera.
Se realizará, con la caldera abierta y con sus partes metálicas limpias:
Inspección general de la caldera. Realización de un detenido examen con mediciones de espesores, si como consecuencia de la inspección se detectara la existencia de corrosiones o desgastes anormales. Comprobación que los órganos de seguridad y automatismos se encuentran en perfectas condiciones de funcionamiento.
Mantenimiento por O.C.A.
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El mantenimiento por O.C.A. corresponde a la inspección que deben pasar las calderas afectadas por el reglamento de aparatos a presión por parte de una O.C.A. Se realizarán a los cinco y diez años desde la fecha de entrada en servicio de la caldera y posteriormente se repetirán cada tres años.
Quemador de caldera (Gas) :
El mantenimiento de este tipo de instalaciones tendrá una periodicidad mensual para la mayoría de las operaciones y únicamente una periodicidad semestral para una de las mismas. Además el reglamento sólo contempla cuatro operaciones que de alguna manera están relacionadas con este tipo de equipo, si bien cualquier desajuste en la combustión de una caldera hace necesaria la manipulación del quemador.
Mantenimiento mensual. Las operaciones descritas serán realizadas en instalaciones con potencia superior a 100 kW, en instalaciones con potencia térmica inferior se realizarán las indicadas por el fabricante. Operaciones: Firmado por: MARIA CECILIA GARCIA SANCHEZ Fecha: 03-03-2014 10:36:32
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Comprobación de estanqueidad de cierre entre quemador y caldera. Detección de fuga en red de combustible. Comprobación tarado de elementos de seguridad.
Mantenimiento mensual recomendado. Operaciones complementarias para el buen
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funcionamiento del equipo.
Limpieza y verificación de filtro de rampa. Verificación de la regulación de presión de combustible. Verificación del presostato de gas de rampa. Limpieza y verificación de filtro de rampa. Limpieza y verificación de electrodos. Limpieza y verificación de la mirilla.
TORRES DE REFRIGERACIÓN Y HUMECTADORES. Previamente a la puesta en funcionamiento de las torres de refrigeración y/o humectadores, se efectuará el tratamiento de limpieza y prevención de la legionelosis, realizando un análisis microbiológico de legionella y físicoquímico del agua durante los meses de uso de los mismos, así como todas aquellas actuaciones recogidas en el RD 865/2003 de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénicosanitarios para la prevención y control de la legionelosis y en la Orden 1187/1998, de 11 de junio, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan los criterios higiénicossanitarios que deben reunir los aparatos de transferencia de masa de agua en corriente de aire y aparatos de humectación para la prevención de la legionelosis, en aquello que no se oponga a lo establecido en el citado Real Decreto.
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Diariamente Comprobar el funcionamiento normal y la no existencia de anomalías. Semanalmente Observación en el parte de control de la operatividad de las unidades. Mensualmente
Limpieza del depósito humidificador. Verificación de estanquidad y evacuación del sistema de desagüe. Verificación de estado,estanquidad, soportación y emplazamiento de la lanza de humectación y su tubo de conexión. Revisión de cuadros eléctricos y del sistema de control automático.
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UNIDADES DE TRATAMIENTO DE AIRE: CLIMATIZADORES, FANCOILS, AUTÓNOMOS CLIMATIZADORES
El mantenimiento de este tipo de instalaciones tendrá periodicidad mensual, semestral y anual, si bien se establecen una serie de recomendaciones de mantenimiento diario, mensual o anual.
Mantenimiento diario recomendado. Operaciones a realizar con instalación a
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régimen:
Revisión de estado en transmisiones motorventilador. Comprobación de ausencia de ruidos extraños.
Mantenimiento mensual. A coincidir con las intervenciones semanales se efectuarán las siguientes operaciones:
Medición de la tensión eléctrica. Medición del consumo eléctrico de cada fase. Revisión y limpieza de filtros de aire. Comprobación de la presión del circuito de agua. Revisión del módulo de humectación.
Mantenimiento mensual recomendado. Además se recomienda realizar:
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Medición de la temperatura de retorno de aire. Medición de la temperatura de impulsión de aire. Medición de temperatura del cuerpo del rotor de motores de ventiladores. Realizar histórico de medidas para observar las temperaturas medias de funcionamiento y compararlas a lo largo del funcionamiento del motor. Comprobación de temperatura en rodamientos de ventiladores. Comprobación de ausencia de ruidos extraños en motores y ventiladores. Limpieza del desagüe de la canaleta de recogida de condensados. Revisión del alineamiento de poleas de acoplamiento motor• ventilador. Comprobación del tensado y estado de las correas de transmisión. Accionamiento de las válvulas de aislamiento (corte) de las baterías de intercambio. Comprobación de funcionamiento y maniobra de las válvulas automáticas de control. Comprobación de funcionamiento y maniobra de actuadores de compuertas de aire.
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Mantenimiento semestral. Además del plan mensual al comienzo de primavera y otoño efectuar las siguientes operaciones:
Comprobación de estanqueidad de válvulas de corte. Revisión y limpieza de filtros de agua. Revisión del sistema de control automático.
Mantenimiento anual. Además de intervenciones de frecuencia menor al menos una
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vez al año deberá realizarse:
Mantenimiento anual recomendado. Otras operaciones aconsejables:
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Comprobación de estanqueidad en circuitos hidráulicos. Limpieza de filtros de agua. Comprobación de estanqueidad del circuito de aire. Comprobación del estado del aislamiento térmico. Revisión de baterías de intercambio térmico. Revisión y limpieza de las secciones de impulsión y retorno de aire de la Unidad. Limpieza del módulo de humectación.
Contraste de manómetros, termómetros y presostatos de lectura. Medición del salto manométrico de las baterías de intercambio con las válvulas abiertas al 100%. Medición del salto térmico de las baterías de intercambio, frío y calor con las válvulas abiertas al 100%. Limpieza y determinación de la potencia de las baterías de intercambio térmico. Comprobación de estado y/o lectura/acción de componentes del sistema de control (sondas, actuadores,…..). Comprobación del funcionamiento del sistema automático de control, según ordenes dadas al sistema. Comprobación y ajuste de protecciones eléctricas. Comprobación y ajuste de protección eléctrica del relé térmico. Reapriete de conexiones eléctricas. Comprobación y medición de la conexión de puesta a tierra. Comprobación y medición de la resistencia de la conexión de puesta a tierra. Comprobación del estado del ventilador de refrigeración del motor. Comprobación del aislamiento eléctrico, dependiendo del ambiente. Comprobación de estado de anclajes antivibratorios y vibraciones. Comprobación de ausencia de ruidos extraños durante el funcionamiento y análisis de los mismos(si hubiere). Comprobación del estado de conservación del equipo.
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FAN COILS Mantenimiento mensual. Operaciones principales:
Revisión y limpieza de filtros de aire. Comprobación del correcto drenaje del desagüe.
Mantenimiento semestral. Al comienzo del otoño y al finalizar el invierno deben
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realizarse las siguientes operaciones:
Revisión del estado de conservación de las unidades terminales de agua• aire. Comprobación de anclajes y vibraciones. Comprobar desagüe a través de bandeja de condensados. Limpiar (si aplica). Comprobación de estanqueidad en circuitos hidráulicos. Limpieza de filtros de agua o detentores. Purga de baterías de agua (si aplica). Verificación del buen funcionamiento de electro válvulas de frío y calor. Verificación de Termostatos y maniobras frío/calor y velocidades ventilador.
Mantenimiento anual. Además al menos una vez al año deben observarse las siguientes operaciones:
Revisión de las baterías de intercambio térmico (obstrucciones de polvo, cuerpos extraños,….). Revisión de estado del aislamiento térmico de acometida al Fan coil. Reapriete de las conexiones eléctricas.
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Mantenimiento anual recomendado.
Por el uso de la instalación al menos una vez al año deberá realizarse con un aspirador una limpieza de los elementos de difusión de aire, difusores y rejillas.
EQUIPOS AUTONOMOS Mensualmente
Limpieza de filtros o reposición según estado. Contrastar la no existencia de ruidos anormales. Verificación de circulación de aire, aspiración y descarga de la unidad. Verificar ausencia de humedad en el circuito refrigerante. Comprobación de termostato. Comprobación de anclajes y vibraciones. Comprobar temperaturas de salida de aire.
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Código de verificación : PYb913dd37f53fa0
Durante la vigencia del contrato: Limpieza de bandejas de condensación y red de desagüe (si aplica). Verificar grupo motorventilador. Comprobación del inversor inviernoverano. Comprobar el estado de las correas de transmisión, si las hubiera. Comprobación del interruptor de flujo de aire (si equipa). Comprobación de presostatos y termostatos de seguridad. Revisión de juntas y aislamientos. Revisión y corrección de fugas en el circuito frigorífico. Comprobación del estado del refrigerante o gas y carga o cambio si fuese preciso.
GRUPOS DE BOMBEO Y DE PRESIÓN El mantenimiento de estas instalaciones tendrá periodicidad mensual, semestral y anual con actuaciones recomendadas complementarias para asegurar el buen funcionamiento de los equipos: Mantenimiento Diario Recomendado. Operaciones con la instalación a régimen:
Comprobación del salto manométrico. Comprobación del sistema de refrigeración de cojinetes. Comprobación del sistema de refrigeración de cierre por empaquetadura. Comprobación de ausencia de ruidos extraños durante el funcionamiento, en bomba y motor. Comprobación de la presión de servicio del grupo. Purga del compresor de aire (si equipa).
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Mantenimiento mensual. Operaciones:
Medición de la tensión eléctrica. Medición del consumo eléctrico por fase. Revisión del estado de conservación de los circuladores.
Mantenimiento mensual recomendado.
Medición de la temperatura del cuerpo del rotor. Realizar histórico de medidas para observar temperaturas medias de funcionamiento y compararlas a lo largo de la vida del motor. Medición de la temperatura del circuito. Comprobación de ausencia de ruidos extraños. Verificación del sistema de refrigeración y cierre por empaquetadura. Comprobación del nivel del aceite de refrigeración de los cojinetes, si existiese.
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En circuladores con cierre mecánico comprobación de estanqueidad. En caso de fuga sustituir el cierre. En circuladores con acoplamiento motorbomba, revisión del alineamiento del acoplamiento. Comprobación del estado del acoplamiento motorbomba. Accionamiento de las válvulas de corte de los circuladores. Verificación de presiones de impulsión y aspiración. Correspondencia con curvas.
Mantenimiento semestral
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Mantenimiento anual
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Limpieza de los filtros de aspiración de los circuladores.
Comprobación general de la estanqueidad. Bomba Contraste de manómetros de lectura. Contraste de termómetros de lectura. Comprobación de estado en anclajes antivibratorios. Si estado defectuoso sustituir. Ausencia de ruidos extraños en funcionamiento. Análisis si aplica (cavitación). Limpieza de filtros de agua (si equipa). Determinación de los puntos de funcionamiento de la bomba en su curva, para determinar el punto operativo de la bomba. Motor Comprobación de estado de los componentes de control y funcionamiento (contactores, interruptores de flujo,……). Comprobación y ajuste de la protección eléctrica (relé térmico). Comprobación y ajuste de la protección diferencial. Reapriete de las conexiones eléctricas. Comprobación y medición de la conexión de puesta a tierra. Comprobación del estado del ventilador de refrigeración del motor. Comprobación de vibraciones. Comprobación de ausencia de ruidos extraños en funcionamiento. Análisis. ( Si rodamientos en mal estado, sustituir). Medición de revoluciones de funcionamiento del motor. Comprobación del aislamiento eléctrico.
Durante la vigencia del contrato
Sustituir los rodamientos de bomba y motor. Limpieza y engrase de válvulas y componentes del conjunto bomnbagrupo.
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VENTILADORES, EXTRACTORES Y DIFUSORES. VENTILADORES Y EXTRACTORES Mantenimiento mensual. Operaciones:
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Comprobación de elementos de seguridad, térmico, interruptor de flujo de aire, etc. Inspección visual de componentes metálicos para buscar corrosión,fisuras u otros signos de esfuerzo. Revisión del ventilador con medida de potencia absorbida.
Mantenimiento mensual recomendado. Además es aconsejable realizar:
Comprobación de alineación de motor turbina. Comprobación del estado y tensado de las correas de transmisión (periódico). Engrase de rodamientos (periódico).
Mantenimiento anual. Efectuar una vez al año:
Revisión y limpieza de las unidades de impulsión y retorno de aire. Reapriete de conexiones eléctricas. Verificar el estado de los anclajes. Verificar el estado de ejes o cojinetes. Verificar giro libre con la mano. Engrase de casquillos y rodamientos.
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Mantenimiento anual recomendado. Operaciones:
Comprobación del estado de los rodamientos, vibración y equilibrio del ventilador. Comprobación acoplamiento y alineacioón motorventilador. Comprobación del aislamiento eléctrico.
DIFUSORES Mantenimiento anual. Efectuar una vez al año:
Limpieza de palas o álabes.. Direccionamiento de lamas según confort de usuario. Comprobación de apertura de compuertas de regulación. Comprobación de estado de conexiones a conducto principal. Localización de fugas. Sellado.
5.2 ELECTRICIDAD. Firmado por: MARIA CECILIA GARCIA SANCHEZ Fecha: 03-03-2014 10:36:32
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CUADROS ELÉCTRICOS Mensualmente:
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Comprobación de los mecanismos de disparo de disyuntores, seccionadores, etc. Comprobación de fusibles, lámparas y equipos de medida (voltímetros y amperímetros) de cada cuadro. Verificación de la toma de tierra y aislamientos. Revisión visual de los interruptores automáticos magnetotérmicos, interruptores diferenciales y comprobación de sus accionamientos. Revisar funcionamiento y maniobra correcta de los pulsadores revisando contactos y procediendo a su sustitución si fuera necesario. Comprobación del buen funcionamiento de los contactos manuales.
Trimestralmente:
Reapriete de bornes y regletas. Limpieza general de cuadros. Revisión de tensiones en bobinas. Revisión de contactos, comprobando presiones y holguras. Engrase de accionamientos mecánicos y comprobar ajustes. Revisar efectividad de los enclavamientos.
Durante la vigencia del contrato:
Engrasar contactos con vaselina neutra.
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TELERRUPTORES, CONTACTORES, RELÉS Y FUSIBLES. Mensualmente
Comprobar su correcto funcionamiento. Revisar el estado de aislamientos. Revisar los accionamientos mecánicos y comprobar las escalas de tiempo, etc. Comprobar el apriete de las conexiones y bornes. Observar vibraciones y zumbidos. Comprobar que no existe chispa excesiva en los contactos.
Trimestralmente:
Comprobación y limpieza de las bobinas.
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Revisar y engrasar mecanismos observando que se mueven libremente. Comprobar tensiones de desconexión o caída. Revisión y sustitución de contactos si fuera necesario. Comprobar consumos reales y comparar con el calibrado de los fusibles.
Durante la vigencia del contrato:
Engrasar contactos con vaselina neutra.
MOTORES ELÉCTRICOS
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Mensualmente:
Comprobar mediante el accionamiento a mano que el motor gira suavemente. Revisar el estado de apriete de los pernos de conexión eléctrica y la puesta a tierra. Observar el grado de calentamiento por si fuera anormal. Comprobar el estado del ventilador. Observar vibraciones anormales y revisar puntos de anclaje.
Durante la vigencia del contrato:
Engrase de rodamientos y comprobar su desgaste. Comprobación de holguras anormales. Comprobación del aislamiento eléctrico. Revisión del estado de pintura.
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ALUMBRADO Semanalmente:
Inspección ocular comprobando si hay algún punto de luz fundido o en mal estado.
Mensualmente:
Revisión y comprobación de los mecanismos de encendido y cajas de fusibles.
Trimestralmente:
Revisión de cebadores, porta cebadores y reactancias. Revisión de rejillas antideslumbrantes y difusores.
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Según necesidades:
Sustitución de mecanismos, cebadores y reactancias. Reposición de lámparas y tubos fluorescentes.
GRUPOS DE CONTINUIDAD. Mensualmente:
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5.3
AGUA FRÍA, CALIENTE Y SANITARIOS.
Trimestralmente:
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Control de la fuente de alimentación Comprobación del buen funcionamiento de bypass manual formado por dos interruptores, para la alimentación directa de la carga desde la red. Controlar calentamientos anormales. Toma de datos en el parte correspondiente.
Revisión de redes de distribución, comprobando estanqueidad, goteo y humedades en juntas y soldaduras. Revisión de grifos, válvulas y llaves de paso, comprobando hermeticidad y prensas. Revisión y comprobación de válvulas de retención y fluxómetros. Revisión del estado de soportes y aislamientos. Revisión de todos los aparatos sanitarios, comprobando fijaciones y conexiones. Revisión y control de calentadores eléctricos. Comprobación de termostatos y temperatura de agua caliente y sanitaria.
Durante la vigencia del contrato: 5.4
Limpieza y engrase de válvulas generales al tiempo que se procede a su apertura y cierre. Reapriete de prensas o sustitución de empaquetaduras de dichas válvulas. Limpieza interior de termos eléctricos y elementos calefactores.
PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS.
Mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios, ajustándose a la normativa vigente aplicable a este tipo de servicios, en concreto:
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Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación Ordenanza de Protección Contra Incendios del Ayuntamiento de Madrid. Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios, aprobado por Real Decreto 1942/1993, de 5 de Noviembre. Normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 1942/1993, de 5 noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios y se revisa el anexo I y los apéndices del mismo. Normas Reglamentarias de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid.
El mantenimiento consistirá en las revisiones periódicas de todos los sistemas de detección y extinción objeto del contrato, realizando las operaciones de recarga, retimbrado, verificaciones, ajustes, etc., con el fin de asegurar la buena operatividad de los sistemas. En general, se efectuarán todas las operaciones, de la forma y con la periodicidad establecidas en la normativa anteriormente señalada. La empresa adjudicataria remitirá a la Agencia Tributaria Madrid (+m) un informe completo de cada edificio con las actuaciones habidas a lo largo de la vigencia del contrato así como los resúmenes estadísticos de interés, a propuesta de los propios adjudicatarios. Todo ello se hará en la segunda quincena del mes de diciembre de 2015. Constará de una copia escrita de dicho informe, y el soporte informático
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correspondiente. Asimismo, las contratas deberán presentar aquellos certificados que, con periodicidad anual, son de obligado cumplimiento según la reglamentación vigente, de las instalaciones que son de su competencia. 5.5
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CUBIERTA. CANALÓN OCULTO DE ZINC, ALUMINIO O ACERO GALVANIZADO.
Limpieza e inspección visual (Anual) -
COBERTURA DE TEJA DE CERÁMICA CURVA O MIXTA Y DE TEJA DE MORTERO FIJADA CON MORTERO.
Comprobación de la estanqueidad de los faldones y funcionamiento de los sistemas de desagüe. Limpieza de canalones, limas, cazoletas, rebosaderos y demás elementos de desagüe, comprobando su funcionamiento. Inspección visual. (Anual)
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CUMBRERA TEJA CERÁMICA O DE MORTERO.
Inspección visual revisando juntas, solapes entre materiales, sellados entre materiales, ganchos de servicio y elementos de seguridad. Limpieza y eliminación de cualquier tipo de vegetación y de materiales acumulados por el viento. (Anual).
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LUCERNARIOS DE PLACA POLICARBONATO O METACRILATO.
Inspección visual de los puntos singulares como juntas limatesas, encuentros con elementos verticales, elementos de desagüe. Comprobación de la estanqueidad del lucernario de la protección de los perfiles de la carpintería y de la deformación de los mismos. (Anual). -
MEMBRANA IMPERMEABILIZANTE FORMADA POR LÁMINA DE PVC CON PROTECCIÓN PESADA DE GRAVILLA.
Limpieza general de la cubierta e inspección visual del extendido homogéneo de la gravilla en la cubierta y del resto de los componentes. Comprobación de la estanqueidad de los faldones y de elementos de desagüe y de las deformaciones de los faldones de la cubierta. (Anual). -
MEMBRANA IMPERMEABILIZANTE FORMADA POR LA LÁMINA DE PVC RESISTENTE A LA INTEMPERIE (AUTOPROTEGIDA).
Comprobación de la estanqueidad de los faldones y de los elementos de desagüe y de las deformaciones de los faldones de la cubierta. Comprobación de las características de las láminas y de la sujeción de las mismas. (Anual).
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5.6
FACHADAS.
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CARPINTERÍA EXTERIOR DE ALUMINIO Comprobación (Anual).
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VIERTEAGUAS Limpieza. (Anual).
5.7. -
OTRAS INSTALACIONES. ARQUETAS. Limpieza de . arquetas separador de grasas. (Trimestral) Revisión general arquetas separador de grasas. (Semestral). Revisión general arquetas sumidero. (Anual).
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BAJANTES DE AGUAS PLUVIALES.
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Revisión. (Semestral). -
BAJANTES DE AGUAS RESIDUALES. Revisión. (Semestral).
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COLECTORES ENTERRADOS DE PVC. Revisión. (Anual). Inspección. (Semestral).
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COLECTORES SUSPENDIDOS DE PVC. Revisión. (Anual). Inspección. (Semestral).
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EQUIPO DE CABECERA, RED DE DISTRIBUCIÓN E INTERIOR. Sintonía. (Semestral). Sintonía. (Semestral). Revisión. (Anual). Revisión (Anual).
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EQUIPO DE CAPTACIÓN TERRESTRE Y SATÉLITE. Captación (Semestral). Revisión. (Anual).
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Revisión (Anual). Captación. (Semestral). -
GRIFERÍAS CON MONOMANDO. Limpieza aireadores. (Semestral).
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SANITARIO DE PORCELANA VITRIFICADA Mecanismos. (Semestral). Limpieza de tanque. (Trimestral).
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TUBERÍA DE VENTILACIÓN BAJANTE. Revisión. (Anual).
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TUBERÍAS DE AGUA Y ACCESORIOS. Limpieza. (Semestral).
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TUBERÍAS E INSTALACIONES COMPLETAS. Revisión. (Anual).
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TUBERÍA DE VENTILACIÓN BAJANTE.
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Revisión. (Anual). 5.8 -
PARTICIONES. CARPINTERÍA INTERIOR DE ACERO.
Comprobación. (Anual). -
PUERTAS INTERIORES DE MADERA.
Los herrajes con elementos de rozamiento deberán engrasarse. (Anual). 5.9 -
REVESTIMIENTOS. GUARNECIDOS Y ENLUCIDOS EN PARTICIONES.
Inspección de posibles grietas y desprendimientos. (Anual).
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PANELES AGLOMERADOS.
Inspección. (Anual). -
REVESTIMIENTO CON PIEZAS CERÁMICAS.
Comprobación de erosión y desprendimientos. (Anual). -
REVOCO MONOCAPA.
Inspección de posibles grietas y desprendimientos. (Anual). -
SOLADOS, RODAPIES Y PELDAÑOS DE PVC.
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Comprobación de erosiones y desprendimientos. (Anual). SOLERAS DE HORMIGÓN.
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Comprobación de los siguientes procesos patológicos erosión química, grietas y fisuras, desprendimientos, humedades capilares y humedades accidentales. (Anual). TECHOS CONTINUOS DE PLANCHAS DE ESCAYOLA.
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Comprobación de los siguientes procesos patológicos mecánica, erosión química, grietas y fisuras, desprendimientos, humedades capilares y humedades accidentales. (Anual). TECHOS MODULARES DE FIBRAS.
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Comprobación de los siguientes procesos patológicos erosión química, grietas y fisuras, desprendimientos, humedades capilares y humedades accidentales. (Anual). 5.10
ESTUDIO DE LA GESTIÓN DE AHORRO ENERGÉTICO.
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Se llevará a cabo mediante un programa de ahorro energético que deberá contener, cuantificación de los ahorros, las vías, medios e instrumentos dispuestos para conseguirlos y las herramientas de control y seguimiento, mediante las siguientes fases: 1) Auditoría de las instalaciones. 2) Relación de las mismas. 3) Análisis de la situación actual. 4) Propuestas de modificación de la optimización energética de cada edificio: Menor consumo de agua, aislamiento de los edificios y de las condiciones térmicas, climatización e iluminación que posibiliten ahorro energético, reducción de emisiones de CO2 y consumos de energía eficientes. 5) Aprovechamiento de la iluminación natural. Nuevas tecnologías de luminarias como los diodos emisores de luz (LED), así como diversas tecnologías de control de la iluminación, reguladores de potencia, sensores de proximidad, combinación luz natural luz artificial, doble iluminación e iluminación selectiva y de bajo consumo. El estudio deberá entregarse al representante designado por la Agencia Tributaria Madrid
(+m) en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha de formalización del contrato y será acorde con lo establecido por el derecho comunitario y el resto de normativa contractual aplicable.
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CLÁUSULA SEXTA. SEGUIMIENTO DE LAS TAREAS DE MANTENIMIENTO. 6.1 PLAN OPERATIVO. La necesidad de conservar adecuadamente, con una metodología y normativa precisa, servicios públicos tales como las instalaciones objeto de este contrato, es función primordial, dados los elevados costes que tienen estas y el paulatino encarecimiento de la energía que consumen. Dicho plan operativo debe ser gestionado por un programa informático facilitado e instalado por el adjudicatario, con la existencia física de los documentos que a continuación se relacionan: - Ficha de vida de los activos a mantener, por edificio e instalaciones. - Ficha del programa preventivo de actividades. - Ficha del registro de avisos - Ficha de resolución de incidencias - Parte de trabajo diario - Actividades revisadas según periodicidad. - Actividades correctivas realizadas. Una vez se encuentre instalado el programa en los equipos de la Agencia Tributaria Madrid (+m), el contratista deberá disponer de un operador informático con dedicación
exclusiva, al manejo y utilización del programa desde las dependencias de la empresa adjudicataria, debiendo diariamente tener actualizada la base datos y la información diaria de los trabajos realizados por el personal de mantenimiento adscrito a los edificios objeto del contrato.
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6.2. HOJA DE CONTROL DE SEGUIMIENTO DIARIO. Se deberá confeccionar, para cada edificio, una HOJA DE CONTROL diario, donde se reflejará, de forma separada, las tareas de mantenimiento preventivo desarrolladas, así como las tareas de mantenimiento correctivo ejecutadas, que deberá ser entregada a la Subdirección General de Secretaría Técnica, diariamente. La Hoja de Control contendrá, al menos, los siguientes datos:
Nº de identificación. Código del Edificio, nombre propio o de su actividad, así como su emplazamiento. Todo ello de acuerdo con el Anexo de este pliego. Tareas de mantenimiento preventivo desarrolladas, así como actuaciones de mantenimiento correctivo ejecutadas.
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Detalles de las deficiencias observadas por el adjudicatario, como producto de las verificaciones realizadas. En caso de que la inspección dé como resultado la ausencia de anomalías de los elementos observados, se anotará en buen estado o funcionamiento correcto, según de lo que se trate. Identificación y firma del Técnico de la empresa adjudicataria. Cualquier otro dato de interés se podrá incluir en el apartado de observaciones.
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Las deficiencias u omisiones en las hojas de control de desperfectos o averías detectados y no declarados, si se comprueba su existencia en las fechas de su confección, serán reparados por cuenta del Adjudicatario, con independencia de las actuaciones que dicha negligencia pudiera dar lugar.
6.3 INFORMES DE SEGUIMIENTO MENSUAL. DOCUMENTACIÓN DEL SEGUIMIENTO MENSUAL Una vez finalizado el mes, junto a la factura de los servicios prestados, se acompañará resumen de las actividades de mantenimiento preventivo realizadas, así como el documento técnico, establecido en la cláusula tercera del presente Pliego, que contiene el registro mensual de las actuaciones correctivas efectuadas en cada edificio objeto del contrato.
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INFORMES DE INSPECCIONES MENSUALES. Como complemento del seguimiento de las tareas de mantenimiento efectuado en cumplimiento del presente Pliego, a solicitud de la Subdirección General de Secretaría Técnica, se realizarán inspecciones de carácter mensual a los edificios que se determine. En estas inspecciones, si se estima conveniente, estarán presentes Técnicos Municipales. Deberá elaborarse por el adjudicatario un informe con el resultado de las citadas inspecciones mensuales, que deberá ser entregado a la Subdirección General de Secretaría Técnica en un plazo máximo de siete días desde la fecha de cada inspección. El incumplimiento de esta inspección mensual podrá considerarse falta grave, ya que su inobservancia permitiría el deterioro de lo que debe considerarse Patrimonio Municipal y precisamente para protegerlo están orientados todos los preceptos de este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
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6.4 INFORMES DE EMPRESAS AUTORIZADAS O ESPECIALIZADAS.
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Deberá entregarse a la Subdirección General de Secretaría Técnica, conforme a lo indicado en el presente Pliego, los informes realizados por las empresas especializadas o autorizadas por la Administración competente en cada materia, subcontratadas por el adjudicatario en función de los dispuesto en la cláusula 9ª del Pliego. Junto al informe de las citadas empresas, se deberá acompañar documento de la empresa adjudicataria del mantenimiento con indicación de las medidas adoptadas en función de las deficiencias o recomendaciones señaladas en dichos informes, al que se adjuntará, en su caso, presupuesto de las actuaciones a realizar no contempladas como obligación del adjudicatario en el presente Pliego. Del mismo modo, deberá presentarse este documento en el caso de los informes que se elaboren por las empresas autorizadas encargadas del mantenimiento de las torres de refrigeración, aljibes y los aparatos de transferencia de masa de agua en corriente de aire y aparatos de humectación en relación a la prevención de la legionelosis.
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6.5 OTROS INFORMES. La empresa adjudicataria tendrá la obligación de remitir a la mayor urgencia posible informe sobre cualquier incidente relevante que se haya producido en cualquiera de los edificios objeto de este contrato relacionado con las tareas de mantenimiento contempladas en el mismo. Asimismo, deberá emitir, informe a solicitud de la Subdirección General de Secretaría Técnica, sobre cualquier aspecto derivado de la ejecución del contrato. Además de los informes obligatorios establecidos en el presente Pliego, podrá establecerse por la Subdirección General de Secretaría Técnica la obligación de emitir informes periódicos sobre el funcionamiento de cualquiera de las instalaciones o elementos constructivos de los edificios citados. La empresa adjudicataria remitirá a la Agencia Tributaria Madrid (+m) un informe completo de cada edificio con las actuaciones habidas a lo largo de la vigencia del contrato así como los resúmenes estadísticos de interés, a propuesta de los propios adjudicatarios. Esta documentación se entregará junto a la factura del último mes de ejecución del contrato. Constará de una copia escrita de dicho informe y del soporte informático correspondiente. Firmado por: MARIA CECILIA GARCIA SANCHEZ Fecha: 03-03-2014 10:36:32
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Asimismo, el adjudicatario deberá presentar, durante la ejecución del contrato, aquellos certificados que son de obligado cumplimiento según la Reglamentación vigente, de las instalaciones que son de su competencia.
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CLAUSULA SÉPTIMA. MEDIOS PERSONALES En la realización de los trabajos previstos dentro del mantenimiento integral objeto del contrato, se contará con profesionales de cada uno de los sectores comprendidos, que a su vez estarán apoyados técnica y profesionalmente por la estructura de la empresa adjudicataria a la cual pertenecen. El personal mínimo adscrito al contrato, integrado en la plantilla de la empresa, deberá ser complementado con los oficios especializados que sean necesarios para la correcta ejecución de los trabajos. En cualquier caso, la empresa adjudicataria no podrá alegar como causa del retraso o imperfección de la ejecución de los trabajos la insuficiencia de la plantilla mínima a la que este Pliego obliga. La empresa adjudicataria está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales. La Agencia
Tributaria Madrid (+m) quedará eximido de toda relación laboral, económica o jurídica con el personal del adjudicatario, así como con las empresas que pudieran establecer subcontratas con aquél.
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En el mantenimiento técnico de las instalaciones generales, el personal que preste sus servicios será polivalente en los sectores siguientes:
Construcción Electricidad Climatización. Sistemas de ventilación. Fontanería. Sistemas de control de instalaciones. Protección contra incendios. Otros.
En el mantenimiento técnico de las instalaciones no generales, el personal que preste sus servicios será polivalente en los sectores siguientes:
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Carpintería y cerrajería. Electricidad. Pintura, vidriería. Fontanería. Otros.
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7.1. RESPONSABLE DEL SERVICIO. La empresa adjudicataria designará un responsable en exclusiva para la coordinación de los trabajos en el edificio objeto del contrato, quien se responsabilizará del correcto cumplimiento de las obligaciones contractuales del personal a su cargo. Este responsable será el interlocutor directo del adjudicatario con la Subdirección General de Secretaría Técnica para la prestación del servicio. El responsable o persona que le sustituya, podrá ser contactado en cualquier momento las veinticuatro horas del día, los 365 días del año, por la administración contratante, pudiendo ser requerida su presencia en el edificio en cualquier momento, incluso fuera de la jornada laboral, sin coste para la Administración. La identidad de esta persona, juntamente con los datos necesarios para su fácil localización, especialmente número de teléfono móvil, deberá comunicarse por la empresa adjudicataria en el momento de la formalización del contrato. Posteriormente este empleado deberá acreditarse ante la Agencia Tributaria Madrid (+m) para ejercer su
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función.
Dicho Responsable ejercerá todas las funciones de control, supervisión y gestión técnica de los recursos propios y los que se establezcan como apoyo a los servicios generales de los edificios objeto del contrato (control de consumos energéticos, subcontratos de empresas externas, etc.).
7.2. PERSONAL MÍNIMO. La empresa adjudicataria deberán disponer de unos medios técnicos y una organización adaptada a la naturaleza del trabajo contratado, para lo cual habrán de contar, como mínimo, con los medios personales en plantilla y otros medios propios que se señalan a continuación. Dentro de la prestación del servicio de mantenimiento distinguiremos los medios personales en función de las actividades contratadas, según sean Obras o Instalaciones:
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a) Obras: La empresa adjudicataria contará, como mínimo, con los medios personales siguientes:
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-
Un Arquitecto técnico o Aparejador. Un Encargado de obra. Una cuadrilla de albañiles, compuestas por oficial, ayudante y peón. Un equipo de carpintería y cerrajería, compuesto de oficial y ayudante. Un equipo polivalente, formado por oficial y ayudante, que incluya trabajos de pintura, vidriería, cantería y limpieza.
b) Instalaciones: La empresa adjudicataria contará, como mínimo, con los medios personales siguientes: -
Un Ingeniero Técnico, o Perito Industrial, en la especialidad de instalaciones eléctricas, térmicas y resto de instalaciones. Un Encargado general, con carné profesional de instalador autorizado. Un equipo de electricistas, formados por oficial electricista y ayudante electricista. Un equipo de climatización y fontanería, formado por oficial frigorista y ayudante. Un equipo polivalente de mantenimiento, que incluya trabajos derivados del intrusismo, de seguridad, contraincendios, etc.) formado por oficial y ayudante. Un técnico especialista en el manejo de medios audiovisuales, megafonía, hilo musical, etc.
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El equipo anterior deberá ser suficiente para dar servicio completo durante el horario de utilización normal de los edificios.
c) Personal de presencia física permanente y estable en los edificios de la Agencia Tributaria Madrid (+m) que a continuación se indican. Aparte de las tareas de mantenimiento preventivo que se les asigne, deberá disponerse para la atención inmediata de averías o actuaciones que sea necesario realizar, como mínimo, del siguiente personal de presencia física permanente y estable en los edificios de la Agencia Tributaria Madrid (+m) que a continuación se indican:
Edificio de Calle SACRAMENTO, Nº 3 y 5
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Para trabajos de electricidad, climatización y fontanería, movimientos de muebles y enseres, pequeñas reparaciones y trabajos menores de atención inmediata. De lunes a viernes laborables.
-
Un oficial Jefe de equipo polivalente con horario de 7,3014,00 h. y de 15,00 17,30 h. y un Oficial equipo polivalente con horario de 12,00 a 20 h.
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Edificio de Calle SACRAMENTO, Nº 1 Para trabajos de electricidad, climatización y fontanería, movimientos de muebles y enseres, pequeñas reparaciones y trabajos menores de atención inmediata. De lunes a viernes laborables. - Un oficial polivalente con horario de 7,3014,00 h. y de 15,0017,30 h.
d) Personal destinado al mantenimiento del resto de edificios será itinerante. Las operaciones de mantenimiento a realizar en el resto de edificios incluidos en el contrato serán realizados por personal de la empresa adjudicataria distinto al personal de presencia física permanente antes relacionado, que será como mínimo un oficial polivalente para trabajos de electricidad, climatización y fontanería y trabajos menores con horario de 7,30 h. a 17,30 h., de lunes a viernes laborables. Deberá disponer de un vehículo equipado con las herramientas necesarias para atender las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo a realizar en los edificios incluidos en el objeto del contrato que no dispongan de personal de mantenimiento con presencia física permanente y estable en los mismos El personal de presencia física permanente en los edificios podrá ser trasladado, de forma puntual o permanente, a requerimiento de la Subdirección General de Secretaría Técnica, a cualquiera de los edificios objeto del contrato dentro del horario establecido. Puntualmente, por razones de urgencia o de eficacia en las tareas de mantenimiento, la Subdirección General de Secretaría Técnica podrá autorizar que el personal de presencia física permanente en los edificios antes citados realice algún tipo de trabajo o reparación, en edificios distintos a los que estén asignados con carácter permanente.
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Con independencia de la titulación académica exigida para el personal de los equipos, los operarios cualificados estarán en posesión de los carnés profesionales, que se exigen para cada instalación específica. Tanto los documentos de calificación empresarial como los carnés profesionales exigidos deberán estar autorizados, registrados y en vigor en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid.
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La empresa adjudicataria deberá aportar documentación acreditativa que demuestre la disponibilidad de un servicio atención 24 horas al día, para actuaciones en averías o incidencias objeto del contrato. El contratista estará obligado a informar, documentalmente o a través de medios informáticos, con carácter inmediato, a la Subdirección General de Secretaría Técnica sobre las variaciones de la plantilla ofertada, altas y bajas que la misma experimente. El personal con presencia permanente y estable deberá permanecer durante el horario establecido en los edificios objeto del contrato, debiendo prever la sustitución del mismo durante las vacaciones, bajas, etc., sin que en ningún el servicio pueda quedar desatendido. En este sentido, deberá presentarse en el mes de junio a la Subdirección General de Secretaría Técnica un programa de vacaciones de verano.
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En caso de bajas no previstas u otras situaciones similares, podrá sustituirse temporalmente por personal de la empresa adjudicataria, hasta la contratación definitiva de personal de sustitución. El contratista dispondrá de una estructura administrativa funcional con una lógica y precisa asignación en responsabilidades y autoridad para crear una organización segura y responsable, adecuada a los objetivos deseados y capaz de redactar, manejar, controlar e interpretar toda la documentación e información establecida en este Pliego. Las misiones fundamentales del contratista son: -
Recoger información de las inspecciones preventivas realizadas, de los trabajos efectuados, de los controles hechos y de las anomalías reparadas.
-
Realizar las estadísticas por tipos de trabajos, reclamaciones recibidas, averías características de los espacios e instalaciones, y, en general, todas aquellas que permitan una adecuación del servicio a las exigencias de la conservación.
-
Redactar un esquema informativo que, de forma abreviada y significativa, agrupe diaria y mensualmente, aquellos datos que permitan una orientación válida sobre las actuaciones del servicio.
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-
Preparar junto con los técnicos de la Agencia Tributaria Madrid (+m), los
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proyectosprogramas operativos de conservación preventiva con el detalle requerido, y sistematizando el orden de las operaciones. -
Vigilar que el personal a su cargo realice los trabajos, las inspecciones, etc. de forma adecuada y racional, con la máxima productividad.
-
Preparar y redactar las órdenes de trabajo del personal a su cargo.
CLÁUSULA OCTAVA. MEDIOS MATERIALES La empresa adjudicataria dispondrá de los medios técnicos necesarios, tales como andamiajes, equipos especiales, sistemas de comunicación, furgonetas, etc. así como las herramientas precisas para el desarrollo de los trabajos objeto del Contrato por medio de su personal propio. Los útiles y herramientas para uso del personal serán como mínimo los siguientes: Palas Martillos (plástico, de bola, blanco de cobre). Alicates (universal, punta redonda, punta curva). Pinzas pelacable. Pinza amperimétrica. Buscapolos. Juego de cortafrío, granete y buril. Juego de destornilladores. Tijeras de electricista. Linterna. Voltímetro de precisión. Cortadores de juntas. Juego de limas. (Limatones, planas, media caña). Arcos de sierra. Lamparilla de soldar con boquillas. Juego de llaves estrella (plana, curvada). Juego de llaves inglesas. Juego de llaves Allen. Llave de cadena. Juego de llaves fija (plana, estrella planas). Llaves grifas. Juego de llaves carraca. Tijeras cortachapa. Firmado por: MARIA CECILIA GARCIA SANCHEZ Fecha: 03-03-2014 10:36:32
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Mordazas de presión. Calibres. Soldadores eléctricos para circuitos impresos. Engrasador de latiguillos. Juego de extractores. Máquina de taladrar de mano. Cardas para limas. Remachadora. Juego de brocas. Juego de galgas. Aceitera. Lámpara portátil. Nivel de burbuja. Candado. Cajones para tornillería y pequeño material. Equipo de soldadura autógena. Banco de trabajo con cajones, tornillos y armario. Escaleras. Comprobador de refrigerante Henry. Detector de fugas refrigerante Flica. Equipo de carga y prueba refrigerante Ritchie. Latiguillo carga refrigerante Ritchie. Termómetro eléctrico de contacto. Manómetro de aire comprimido. Equipo de medición rápida dureza de agua. Medidor de PH. Pilot de presión de aire. Compresor eléctrico portátil. Radiotransmisores. Teléfonos móviles para su personal. Aparatos de medición del nivel sonoro. Fluxómetros. Higrómetros. Aparatos de medición de las corrientes de aire.
Asimismo, en el caso de que la avería de alguna máquina del sistema de climatización de un edificio no pueda ser solucionada en 24 horas, deberá disponerse de un stock mínimo de radiadores y aparatos de climatización portátil con objeto de garantizar el confort climático de los despachos, salas o espacios afectados.
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En los locales designados para el mantenimiento técnico de las instalaciones por la
Agencia Tributaria Madrid (+m) se suministrarán los consumibles como luz eléctrica, agua, etc., a disposición de la empresa adjudicataria. 8.1. MATERIALES DE MANTENIMIENTO PROPIAMENTE DICHO.
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Son aquellos materiales de uso continuado en las tareas propias de mantenimiento, así como el pequeño material de cualquier tipo o instalación considerado accesorio de vida media corta y bajo coste. Estarán comprendidos en este apartado:
Aceites, grasas, disolventes, artículos de limpieza, etc. Empaquetaduras, guarnición de prensaestopas, etc. Paquetes de teflón, cartones para juntas, etc. Tuercas, tornillos, arandelas, remaches, etc. Refrigerantes, gas, etc.
Los materiales de mantenimiento propiamente dicho serán suministrados y abonados por la empresa adjudicataria. 8.2. MATERIALES PROPIOS DE EQUIPOS O INSTALACIONES.
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Se considera como tales, todos aquellos materiales que ocupando un lugar permanente en un equipo o instalación es necesario sustituir por rotura, desgaste o mal funcionamiento y que son fundamentales para el funcionamiento de los equipos o instalaciones que los utilizan. Los materiales de equipos o instalaciones, que no estén comprendidos en los que hay que sustituir, según las cláusulas tercera y cuarta del presente Pliego, serán por cuenta de la Agencia Tributaria Madrid (+m). La adquisición de estos materiales se realizará con sujeción a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. El contrato podrá ser adjudicado, en función de los intereses municipales, al adjudicatario o a otra empresa con capacidad de obrar respecto al objeto del contrato. En el caso de que el suministro se realice por la empresa adjudicataria de este contrato, el presupuesto no incluirá, en ningún caso, coste por mano de obra, desplazamiento, transporte o concepto similar, incluso en el caso de que su instalación deba realizarse por empresa autorizada o especializada.
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Las operaciones de reparación tendrán como fin restituir a sus condiciones originales el elemento sobre el que se actúa. Cuando el estado de un elemento no admita ya reparación, se procederá a su sustitución, en la modalidad que se indique en las condiciones particulares de cada Obra e Instalaciones. En principio, el elemento nuevo deberá ser similar, en calidad y características, al sustituido, salvo que circunstancias obliguen a otra cosa, y siempre bajo la supervisión del Técnico Municipal. La Agencia Tributaria Madrid (+m) se reserva el derecho de recuperar, para el
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Patrimonio Municipal, aquellos materiales, elementos e instalaciones que vayan a ser sustituidos por otros nuevos, para lo cual indicará al contratista el lugar donde deberá depositarlo, con el menor deterioro posible. Todos los materiales empleados en las tareas de conservación, tanto en reposición de elementos sueltos como en sustituciones por obsolescencia de las instalaciones, serán materiales homologados por el Ayuntamiento, a través de sus Departamentos competentes y recogidos en los Pliegos o Relaciones de materiales homologados por especialidades. No obstante, habrá muchos materiales, de empleo y uso frecuente en conservación, que no estén homologados y que un empleo indiscriminado sin fijar algunas características puede originar una dispersión de calidades en función de criterios no unificados. Dada la imposibilidad de fijar las calidades de los elementos en las obras de conservación, por la ausencia de proyectos específicos y la dispersión de los mismos en
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el presente Pliego, los Técnicos de la Agencia Tributaria Madrid (+m), serán los que recomienden en todo momento y para cualquier tipo de Obras, Electricidad e Instalaciones, los materiales que deben emplearse en las instalaciones y sus calidades, con preferencia las que estén contrastadas, en durabilidad y en funcionalidad con otras obras e instalaciones ya realizadas. Por tanto, el adjudicatario no es libre de imponer ni de instalar ningún material o elemento que, previamente, no haya sido conformado por el Técnico Municipal competente en la obra. Sólo si dicho material está homologado el contratista podrá disponer del que, en igualdad de prestaciones, le resulte más cómoda su adquisición, sin la consulta previa obligatoria. En cualquier caso, prevalecerá el criterio del Técnico Municipal en la elección del material, ya que es éste último el responsable de que la obra se ejecute en las mejores condiciones y, desde su punto de vista, con los mejores materiales. CLÁUSULA NOVENA. SUPUESTOS DE SUBCONTRATACIÓN
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Por gozar de sustantividad propia y tener un servicio técnico especializado con adecuada cualificación técnicoprofesional tanto para el mantenimiento, reparación y suministro de piezas y otros repuestos, el contratista podrá subcontratar, con terceros no vinculados al mismo, la prestación del servicios necesarias que se deriven del de mantenimiento preventivo y correctivo, en alguno de los siguientes casos:
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Los que tengan Para la prestación de servicios que deben ser realizados por empresas especializadas que deban estar homologadas o autorizadas por algún organismo público para la prestación de los mismos. Aquellos trabajos que deban ser ejecutados, por razones técnicas, por las empresas fabricantes de los equipos o instalaciones. Para aquellos servicios en cuya ejecución sea necesarios medios materiales o humanos especializados, no exigidos en el Pliego al adjudicatario.
En el caso de empleo de subcontratas, se regirán por lo establecido en los artículos 227 y 228 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. CLÁUSULA DÉCIMA. CALIDAD TÉCNICA DEL SERVICIO El control del servicio se realizará por la Subdirección General de Secretaría Técnica de Agencia Tributaria Madrid (+m), en base a los criterios de los Técnicos Municipales
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competentes en esta materia. Para garantizar el cumplimiento de los tiempos máximos de respuesta y reparación, en casos de avisos urgentes, el adjudicatario dispondrá de un servicio telefónico atendido por personal de la propia empresa, que cubrirá durante todos los días del año, las 24 horas, la atención de los edificios municipales en conservación, cualquiera que sea su actividad. Un equipo de guardia polivalente atenderá cualquier emergencia durante este espacio de tiempo. Este servicio de guardia no podrá sustituirse, en ningún caso por contestadores automáticos, entendiendo, en este caso, que se trata de abandono del servicio, calificando tal circunstancia como falta grave. El teléfono de guardia o emergencia será independiente del resto de teléfonos de las oficinas, y su utilización deberá reservarse exclusivamente para dichos fines. En función del tipo de problema detectado por parte de los Técnicos municipales y/o de los responsables de cada edificio se generarán tres tipos de actuaciones:
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Aviso urgente, para aquellas situaciones que pueden paralizar la normal utilización del edificio, o pueden representar graves riesgos para las personas o las cosas.
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Aviso no urgente, para aquellas situaciones que, aún no paralizando la utilización del edificio, si impiden el normal funcionamiento del mismo, o pueden motivar posteriores daños, en caso de demorar su reparación. Todas las demás situaciones no contempladas en los dos supuestos anteriores, no requerirán aviso alguno y se comunicarán a la empresa adjudicataria en la visita de inspección periódica, quedando reflejadas en la hoja de control correspondiente. Los avisos realizados se atenderán en los tiempos de respuesta y reparación, establecidos en las Condiciones Particulares, definidos como: Tiempo de respuesta, el necesario para personarse en el edificio afectado, un encargado o persona cualificada de la empresa adjudicataria, evaluará el daño y comenzará la actuación. Este tiempo de respuesta será de 2 horas para avisos urgentes y 48 horas para el resto.
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Tiempo de reparación, el necesario para restituir el elemento o instalación afectada a su estado inicial. Este tiempo de reparación será de 24 horas en el caso de avisos urgentes y 7 días para el resto. Si el adjudicatario, por propia iniciativa efectuase trabajos de mejora o que rebasen el alcance de las actuaciones incluidas en este Pliego, al objeto de ahorrarse reiteradas intervenciones sobre un elemento deteriorado, aquellos trabajos serán también considerados íntegramente incluidos en el precio del contrato, previo consentimiento del Técnico responsable.
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CLÁUSULA DÉCIMOPRIMERA. MEDIDAS DE SEGURIDAD Ya que la conservación y el mantenimiento que se realizan al amparo de este contrato no precisa de proyecto técnico de ejecución y como consecuencia de ello, de dirección facultativa y coordinador de seguridad y salud, la organización preventiva de la empresa adjudicataria deberá ajustarse a lo reglamentado en la Ley 31/95 sobre Prevención de Riesgos Laborales y al Real Decreto 39/97, sobre los Servicios de Prevención. CLÁUSULA DÉCIMOSEGUNDA. VALORACIÓN ECONÓMICA DE LOS TRABAJOS
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DE MEJORA Para valorar las obras o reparaciones que realice la empresa adjudicataria sin coste para la Administración, podrá utilizarse como referencia los precios que figuran en los contratos gestionados por la Dirección General de Patrimonio, los cuadros de Precios para obra nueva del Ayuntamiento de Madrid o, en su caso, precios contradictorios.
CLÁUSULA DÉCIMOTERCERA. PLAN DE AHORRO ENERGÉTICO. La adjudicataria deberá poner en práctica medidas de eficiencia energética en los edificios objeto del presente contrato, que garanticen en todo momento que la Agencia Tributaria Madrid (+m) tenga conocimiento de los consumos energéticos generados en la
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prestación del servicio, sin coste para la Administración. Para ello tendrá en cuenta el Acuerdo de 2 de junio de 2010 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueban las medidas para la optimización energética en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, publicado en el BOAM Nº 6.198, de 7 de junio de 2010. La adjudicataria presentará un plan de eficiencia energética que suponga reducción en el consumo de energía eléctrica, gas y/o agua, así como la reducción de emisiones contaminantes a la atmósfera. Este plan podrá basarse en buenas prácticas de uso o en adoptar o mejorar las instalaciones de forma que se obtengan reducciones significativas en el consumo de energía o agua. El plan recogerá las condiciones de aplicación, medidas a implantar y forma de comprobar, controlar y realizar un seguimiento del ahorro en el consumo, diferenciando entre ahorros coyunturales o permanentes. Las medidas que se tomen no pueden alterar la seguridad o disminuir significativamente la percepción del confort de los usuarios. La adjudicataria se encargará de que los servicios
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responsables del contrato tengan conocimiento periódico de los consumos energéticos generados en la prestación del servicio. En el plan que se presente, en todo caso, deberá considerarse: a) Cuantificación de los ahorros de energía. b) Vías, medios e instrumentos para conseguir el ahorro. c) Herramientas informáticas utilizadas de monitorización, control y seguimiento.
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CLÁUSULA DECIMOCUARTA.CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
La información y documentación obtenidas por el contratista con ocasión de la ejecución del contrato, aún no tratándose de documentación e información clasificadas, son propiedad exclusiva de la Agencia Tributaria Madrid (+m). Queda prohibido todo uso y
reproducción no autorizada expresamente por la administración contratante. El adjudicatario, y en su nombre las personas físicas ejecutantes del contrato, guardarán secreto profesional sobre las informaciones, documentos y cualquier asunto del que pudieran tener conocimiento, esté relacionado o no con la ejecución del contrato, durante el plazo de ejecución de aquél y una vez extinguido el mismo. El incumplimiento de la obligación de reserva conlleva la responsabilidad civil o penal deducibles de la conducta imputable en cada caso. Extinguido el contrato, la documentación en posesión del adjudicatario se pondrá a disposición de la administración actuante. El adjudicatario declarará expresamente que reconoce quedar obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de de 13 de diciembre, de regulación de Protección de datos de carácter personal y demás normativa de aplicación, y se comprometerá explícitamente a informar a su personal de las obligaciones que de tales normas dimanan. CLÁUSULA DÉCIMOQUINTA.DIRECCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS TRABAJOS La Subdirección General de Secretaría Técnica propondrá un director de los trabajos, que a su vez será representante del órgano de contratación, asumiendo las funciones establecidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares que rige el contrato. La empresa adjudicataria designará un máximo responsable de ejecución del contrato ante el director de los trabajos nombrado por el Director de Agencia Tributaria Madrid
(+m).
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CLÁUSULA DÉCIMOSEXTA. PRECIOS UNITARIOS PARA DETERMINAR EL PRESUPUESTO DEL CONTRATO Y MODIFICACIONES CONTRACTUALES
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Los precios que han servido de referencia para el cálculo del presupuesto del contrato son los siguientes: A) Edificios y dependencias con mantenimiento integral (Instalaciones generales y no generales). Apartado A del Anexo al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares: 8,60 €/m2/año, IVA no incluido. B) Edificios con mantenimiento integral de las instalaciones no generales. Apartado B del Anexo al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares: 4,40 €/m2/año, IVA no incluido.
TOTAL m2 APARTADO A) EDIFICIOS PATRIMONIALES APARTADO B) EDIFICIOS ARRENDADOS TOTAL
Px/m2
19.523,33 € 8,60 €
PRESUPUESTO IVA EXCLUIDO IVA al 21%
TOTAL IVA INCLUIDO
167.900,638 € 35.259,134 €
2.096,99 € 4,40 € 21.620,32 €
9.226,756 € 177.127,39 €
1.937,619 € 37.196,75 €
203.159,772 € 11.164,375 € 214.324,14 €
(*) Se estima como presupuesto base de licitación 177.127,39 € IVA excluido.
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En los precios estándar se han tenido en cuenta los siguientes elementos: Estimación de coste del personal con presencia física permanente: 1 Oficial Jefe de equipo polivalente y 2 oficiales polivalentes. Un oficial polivalente itinerante sin presencia física permanente. Mano de obra de apoyo especializada Suplencia de vacaciones y absentismo laboral Subcontratas control de legionella, UPS, grupos electrógenos, OCAS, materiales, consumibles de reposición, y vehículo. LA JEFE DEL SERVICIO DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y RECURSOS HUMANOS P.A. LA JEFE DEL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
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ANEXO Nº 1 AL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES A. EDIFICIOS Y DEPENDENCIAS CON MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LAS INSTALACIONES (GENERALES Y NO GENERALES)
EDIFICIOS PATRIMONIALES PARA SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
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EDIFICIOS
Metros cuadrados
Calle SACRAMENTO 1
6.239,37 m2
Calle SACRAMENTO 7
609,00 m2
Calle SACRAMENTO 9
618,19 m2
Calle SACRAMENTO 3 Y 5
9.539,97 m
OAIC Calle RAIMUNDO FDEZ. VILLAVERDE 32
2.516,80 m2
2
TOTAL
19.523,33 m2
B. EDIFICIOS CON MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES NO GENERALES.
EDIFICIOS ARRENDADOS PARA SERVICIOS ADMINISTRATIVOS EDIFICIOS
Metros cuadrados
OAIC Calle PRÍNCIPE CARLOS 40
1.296,99 m2
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OAIC Calle HIERRO 27
800,00 m2 TOTAL
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2.096,99 m2