Como nace el derecho; Francesco Carnelutti

Orígenes del derecho; derecho y juristas. Moral. Economía. Delito. Propiedad. Ley. Juicio. Estado. Jurisprudencia

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Como nace el derecho - Francesco Carnelutti Francesco Carnelutti en su libro “Cómo nace el derecho”, nos da a conocer sus orígenes y nos explica de manera muy sencilla las cosas propias del derecho. Para comenzar, Francesco Carnelutti define estos dos términos Derecho y juristas El derecho es un conjunto de leyes que regulan la conducta de los hombres, Esta es la definición predominante. Los juristas son obreros del derecho, los obreros calificados son los que fabrican el derecho que son los juristas, antes de fabricarlo lo estudian precisamente en la universidad, sin embargo una mínima experiencia basta para demostrar q a fabricar el derecho concurre también obreros no calificados. Las leyes se hacen en los parlamentos, los proyectos sobre la cual discuten y deliberan el parlamento lo preparan casi siempre los juristas, pero a menudo esos proyectos los modifican y los no juristas aunque no formen sus leyes terminan formándolas. El derecho cuando sale de la oficina legislativa, para servir al consumo debe pasar a una siguiente elaboración. El legislador formula las leyes y el juez las aplica. Derecho y economía Son actos económicos todo aquello mediante los cuales tratan los hombres de satisfacer sus necesidades, la necesidad de los hombres es ilimitada y los bienes son limitados, el hombre casi nunca está contento. Cuanto más tiene más quiere tener, por eso tanto los hombres como las naciones se hacen la guerra, el concepto de guerra depende del concepto de prosperidad, también la prosperidad y el contrato son fenómenos económicos antes de ser jurídicos. No hay q creer q la guerra se combate únicamente entre pueblos y solo con las armas, el hurto tiene la esencia de la guerra, si no se empieza por la economía y si no se entiende el concepto de de guerra no se comprende el derecho. Hay orden cuando las cosas están en su sitio, el secreto del derecho está en q el hombre no puede vivir en caos el orden les es necesario en fin la economía ni basta para poner en orden a los hombres y satisfacer la necesidad del individuo y de la sociedad. Derecho y moral La economía es el reinado del egoísmo y la moral es el reinado del amor para poner en orden el caos económico y hacer q el hombre viva en paz es necesario sustituir el egoísmo por sacrificio personal para el beneficio del otro, por eso Kant propone uno de los mandamientos de Dios para solucionar el problema y es el amor al prójimo, es obvio que quien tiene debe dar voluntariamente a su prójimo, es necesario que desaparezca la guerra, a sí que si esto no funciona toca sustituir la moral por el derecho. Por tanto quien tiene y no quiere dar será obligado a la fuerza a dar, Por eso deberá conseguirse un jefe. Este elemento de la fuera muestra la verdadera diferencia entre el derecho y la moral, El derecho se vincula al mandato, el mandato son indicaciones de una conducta que hay que seguir. El delito El fin del derecho es hacer que la guerra desaparezca, entonces la guerra ha pasado a ser un delito, hemos dicho que la guerra es la invasión del dominio ajeno, por eso las formas primordiales del delito son el homicidio y el hurto agresión al dominio en sus formas elementales: el cuerpo humano y a las cosas. El no matar y no robar a estas dos sanciones se les da el nombre de sanción penal y sanción civil, en su origen el delito es un hecho inmoral, que por su gravedad se castiga con la pena, la pena es un dolor, su función es hacer sufrir pues es un mal que se sufre por un mal que se ha hecho sufrir. En otras palabras la pena es un objeto de una concepción física no espiritual.

La propiedad. La propiedad nace en el terreno de la economía antes que el derecho, pero en este caso se le quitaba al propietario a la fuerza si él no llegaba a defenderla, ahora el que se apodera de las cosas de otro, es castigo por tanto la propiedad es un derecho, la propiedad garantiza al individuo el goce de las cosas q son objeto de ellas y por tanto se llama cosa propia o suya; la propiedad es el primero de los derechos subjetivos; el derecho subjetivo nace como propiedad-. El contrato El contrato implica una proyección hacia el futuro, el contrato implica una promesa y la promesa es una declaración que se refiere al futuro. Por desgracia decimos la economía es enemiga de la moralidad pues una se trata de guerra y la otra se trata de amor, como nadie quiere ser obligado a nada y por cualquier motivo quiere violar el contrato, pero con lo que el contrato se establece vale como derecho, el contrato supone siempre el consentimiento de las dos partes. A su vez, es la forma históricamente primigenia de un fenómeno jurídico más vasto, al cual se le da el nombre de negocio jurídico. La Ley Hemos visto que la transformación de la guerra en delito y la conversión de la propiedad y el contrato en institutos de derecho, depende, lógicamente de un mandato supone un gefeque lo pronuncia. El mandandato debe darse cuando dos personas en vez de estar acuerdo de respetar el dominio ajeno observan el contrato. El mandato debe estar formado antes que surja el peligro de guerra y no puede ser un mandato específico y concreto. Es dirigido aquellas determinadas personas que se manifiestan al peligro: no estar formulado, en cambio, sino en forma hipotetica o general por que se dirige a todos los ciudadanos. Hipotética, por que les prescribe una conducta y les amenaza con una sanción para el caso de que se manifiesta entre ellos el peligro de una guerra. Las leyes políticas o aquellas otras que se llaman leyes físicas o naturales aunque este sea un problema muy alto de interés, el carácter elemental de la lección que estoy dando, no permite exponerlo, basta dando el nombre de la ley, por lo tanto los juristas han forjado intuitivamente uno de los conceptos mas importantes de la ciencia lógica. El Juicio El problema del derecho, sin embargo, no se agota con la formación de mandatos, y en particular de las leyes. Un efecto de mandato puede ser obedecido, no es de creer, entre otras cosas, que cuando la guerra ha venido a ser un delito, quede eliminada sin más de la sociedad. Desde hace siglos y siglos la ley prohíbe el homicidio; sin embargo aun en nuestro país civilizado ¿Cuántos homicidios se cometen aun? Es claro, pues, que la formación de las leyes desde seguir alguna otra cosa más. El proceso penal, como todos saben, sirve para comprobar y castigar el delito; incluso, habida cuenta de contravenciones, está mejor decir en general el reato. Proceso cognición sirve para conocer el material penal, si uno ha cometido o no ha cometido un delito, por tanto, debe o no debe ser castigado en materia civil quien de los dos litigantes tiene razón y quien no la tiene. Y finalmente, con el proceso de ejecución se tiende a poner en práctica la ley, esto es, a modificar las cosas de manera que quiere la ley. El juicio sugiere la figura del juez, en quien la ciencia del derecho reconoce cada vez más el órgano elemental del derecho. El Estado Hemos visto que el derecho sirve para ordenar la sociedad, la idea del orden se resuelve en la idea de la estabilidad. La idea del orden se resuelve en la idea de la estabilidad. Estable es algo que está. Por eso la sociedad jurídicamente ordenada se llama Estado. El Estado y el derecho están relacionados, no hay Estado sin derecho y derecho sin Estado. Por lo tanto son la misma cosa. El Estado tal cual como hoy lo vemos , es un organismo inmenso. No hay probablemente ninguna máquina física tan extensa y complicada.

La comunidad internacional La fase actual del Estado se define como la fórmula del Estado Nacional. El de la nación, a diferencia del Estado, es un concepto que pertenece, a la etnología. Poco a poco, a través de los movimientos y agitaciones de la historia, ha venido el Estado asentándose sobre la noción, en el sentido de una coincidencia de los límites del uno y de la otra. La formula misma de Estado Internacional agrava en vez de resolver la duda: Si el Estado existe está sobre sus súbditos, y no entre ellos: en efecto el derecho postula el mandato, En cambio, esta fórmula es adoptada precisamente para significar que el derecho internacional no prejuzga para significar que el derecho internacional no prejuzga en modo alguno la soberanía de los Estados nacionales singulares. La Jurisprudencia A este fin es necesario ante todo que nos entendamos acerca del concepto de la justicia. No hay duda de que derecho y justicia no son la misma cosa; hay entre ellos la relación de medio a fin; derecho es el medio, justicia es fin. El producto suministrado las oficinas del derecho es bueno o malo según que sirva o no sirva la justicia. La justicia es la condición de paz. La paz, no es la tregua; la tregua es efímera, la paz es duradera. La paz es un estado de alma que extingue el deseo de mutación. La justicia es la conformidad del hombre con el orden del universo.

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