CONCRECIÓN CURRICULAR

CONCRECIÓN CURRICULAR CURRÍCULO: Conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de

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CONCRECIÓN CURRICULAR CURRÍCULO: Conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas. (Art. 6) 1. NIVELES DE CONCRECIÓN CURRICULAR EN LA LOE Las leyes de educación desarrollan en sus textos los ideales vigentes, las pretensiones y los modelos, trazando directrices metodológicas, planteando objetivos de cara a la consecución de la construcción del paradigma de sociedad que en ese momento es considerado como deseable. Pero desde lo vertido sobre el papel a lo desarrollado de forma efectiva en las aulas existe un largo camino que es necesario definir primero para poder recorrerlo después. Incluso a pesar de que dicha definición de este camino se realice de la forma más precisa posible, es fácil que surjan numerosos obstáculos que dificulten la consecución de la meta planteada, y es por eso por lo que la correlación entre teoría y práctica, entre planteamiento ideal y ejecución real, no es exacta. Es necesario asumir desde el principio que dichos obstáculos existirán, e incluso que afectarán en determinada medida a la consecución de los objetivos. Pero nunca por ello hay que dejar de trazar el camino y hacer todo lo posible por recorrerlo con el mayor éxito que las adversidades permitan al docente. Desde las leyes a las aulas, el camino se traza a través de tres niveles, conocidos como Niveles de Concreción Curricular, y que se describen a continuación: -PRIMER NIVEL: DISEÑO CURRICULAR BASE. Lo elabora el MEC, y señala intenciones educativas, orientaciones, planteamientos metodológicos… Su característica definitoria es la generalidad. Plantea grosso modo los elementos curriculares, como Objetivos Generales de Etapa, definiciones de las Áreas, Objetivos Generales de éstas, bloques de contenidos… -SEGUNDO NIVEL: PROYECTO DE CENTRO. El Diseño Curricular Base es un marco común que será prescriptivo en todos los centros, por el carácter obligatorio de la normativa que recoge. El desarrollo de este nivel corresponde a los equipos docentes, que deben adecuar los planteamientos del Diseño Curricular Base a las características idiosincrásicas de cada centro, contextualizando y detallando cada norma prescriptiva según el entorno en que se van a desarrollar de forma efectiva los procesos de enseñanza – aprendizaje. El Proyecto de Centro lo elabora y aprueba el claustro según determina la LOE. De este modo, se da a los centros una cierta autonomía para elaborar sus propias normas de organización y funcionamiento, que quedan para ser resultado del trabajo en equipo de los profesores, en coherencia con el contexto y sus necesidades específicas, identidad propia, etcétera. -TERCER NIVEL: PROGRAMACIÓN DE AULA. Esta concreción se realiza a partir de los acuerdos señalados en el Proyecto de Centro por todos los profesores en cuanto a criterios generales para la elaboración de las programaciones didácticas de las distintas 1

áreas, etc. Adecuándose al nivel anterior como marco de referencia, la Programación de Aula es elaborada por los equipos de ciclo, que diseñan las programaciones específicas articulando el proceso de enseñanza – aprendizaje de manera que esté orientado a su grupo concreto de alumnos. En estas programaciones de aula se detallan cada una de las unidades didácticas, con su correspondiente orden, secuenciación y desarrollo concreto. Algunos teóricos hablan de la existencia de un cuarto nivel de concreción curricular, relativo a las adaptaciones individuales, pero en mi opinión, éstas y cualquier actividad de la práctica educativa vinculada a la atención a la diversidad deben considerarse como integradas en la programación de aula si partimos del concepto de escuela comprensiva. Separar la atención a los alumnos con necesidades educativas especiales de la programación destinada a la totalidad de la clase supondría negar conceptos como la comprensividad de las diferencias… conceptos que forman parte esencial de la base del proceso educativo tal y como es entendido en la actualidad

2. Los elementos que debe incluir la concreción curricular son los siguientes: - Objetivos. - Contenidos. - Competencias Básicas. - Metodología. - Criterios de evaluación. - Temporalización. - Recursos. - Medidas de atención a la diversidad.

La concreción curricular debe contener acuerdos-marco del centro con relación a los elementos del currículo, es decir, todos aquellos aspectos curriculares que van a ser vinculantes y que serán los que deban respetarse en las programaciones. Entre otros: acuerdos metodológicos (incluyendo modelos y estrategias, recursos materiales, agrupamientos, recursos espaciales y temporales, criterios de selección, utilización y organización, etc.), acuerdos sobre cómo se va a realizar la evaluación (es decir, métodos, instrumentos, indicadores, documentos, seguimiento…); cómo se va a realizar la calificación (es decir, criterios para “traducir” las valoraciones de los aprendizajes del alumnado en notas), qué nieveles de consecución de cada CCBB son adecuados para cada nivel, ciclo o etapa; cómo se va a llevar a cabo la evaluación del proceso de enseñanza (es decir, valoración de la pertinencia de la programación, de los recursos, de la metodología, de las actividades y tareas propuestas, de la temporalización, del grado de adecuación a los acuerdos-marco tomados…); qué contenidos se consideran prioritarios y cuáles secundarios; cómo se van a establecer las relaciones entre los contenidos y aprendizajes con el entorno; cómo se van a vincular las AAEE y AACC con 2

los currículos y la adquisición de las CCBB (es decir, criterios para diseñar, seleccionar y organizar estas actividades); cómo relacionar el currículo formal, con el informal y el no formal, qué criterios se van a tener en cuenta para la participación en proyectos, programas y actividades propuestas por la Consejería y/o instituciones del entorno; cómo se van a establecer acuerdos y convenios entre el centro las instituciones… Hay aspectos, como la atención a la diversidad que, al tener su documento propio, no tendrían que ir en la Concreción Curricular.

3. Si la Concreción Curricular del PE debe estar a diciembre de 2009, ¿cómo podemos hacer unas programaciones anuales coherentes con él si hay que tenerlas para septiembre/octubre de 2009? Las fechas para tener redactados los documentos institucionales son orientativas. En realidad, deben estar en 2011 y cada centro debe establecer su calendario de realización y consensuarlo con la inspección. No obstante, se pueden establecer las líneas generales de la concreción curricular, de forma que puedan ser el referente de las programaciones, sin tener que estar redactado totalmente el documento.

4. ¿La concreción curricular hay que hacerla por etapas/ciclos o niveles? ¿Hay diferencia entre Primaria y Secundaria? ¿Se deja a la autonomía de los centros? Sí, puesto que cada etapa tiene un Decreto de Currículo diferenciado. La diferencia está en los elementos curriculares, no tiene por qué estarlo en la forma ni en el fondo del documento. Los centros, no sólo tienen la autonomía, sino la obligación de concretar esos decretos en currículos reales contextualizados.

5. Cuando se habla de Concreción Curricular, ¿a qué nos referimos? Nos referimos a contextualizar el Decreto del Currículo en el Currículo real que será el que se imparta en el centro educativo. Para ello, tendremos que tomar decisiones de centro (ver respuesta “b” a la pregunta 1)

6. ¿Qué diferencia hay entre la Programación Didáctica, la de Aula y las Unidades Didácticas La Programación didáctica se desarrolla mediante Unidades de trabajo (didácticas). Cada “Unidad de trabajo” es un microcurrículo en el que se define el proceso de enseñanza y aprendizaje (los objetivos, competencias básicas, criterios de evaluación y métodos pedagógicos) que se va a desarrollar en una unidad de tiempo previamente establecida. 3

En función de su contenido las Unidades Didácticas pueden ser: • Específicas de un área o materia. • Globalizadas o interdisciplinares en torno a conocimientos transversales, temas de interés, procedimientos generales o de los valores. La definición de las Unidades Didácticas es competencia del profesorado y puede ser relevante que se establezcan criterios generales a nivel de Claustro. El guión de una Unidad de trabajo puede incluir:

A. TÍTULO Y ELEMENTOS DE IDENTIFICACIÓN: • Títulos • Etapa, curso, áreas o materias y, en su caso, los referentes curriculares. • Temporalización: momento de la programación y tiempo disponible. B. BREVE JUSTIFICACIÓN DE SU INTERÉS Y UTILIDAD: •

Utilidad para el desarrollo de las competencias del alumnado desde sus características y en el marco de las competencias básicas.



Interés de esta Unidad en el conjunto de la programación didáctica.



Hipótesis de metodología a utilizar.

C. APRENDIZAJES QUE VA A DESARROLLAR EL ALUMNADO. Definición integrada de los objetivos y criterios de evaluación: “Al terminar esta UUDD vas a ser competente para… D. DISEÑO DE LA SECUENCIA DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE MEDIANTE LA DESCRIPCIÓN SIMULTÁNEA DE LAS VARIABLES METODOLÓGICAS. Descripción día a día y momento a momento de las actividades programadas en función de la secuencia establecida; las tareas a desarrollar por el profesorado y el alumnado; la organización de los grupos, el tiempo y los escenarios; y los materiales curriculares a utilizar. E. DISEÑO DE LA METAEVALUACIÓN DEL PROCESO DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE Y DEL ALUMNADO. Los procedimientos: instrumentos y técnicas a utilizar para evaluar al alumnado y el proceso de enseñanza y aprendizaje. a. La Programación Didáctica recoge el currículo contextualizado de todo el curso

escolar. Las Unidades Didácticas son los “fragmentos” con entidad propia, en los que se articula esa programación. Y la Programación de Aula parte de lo anterior, pero puede ser más detallada, con las tareas a realizar, documentos complementarios, indicación de recursos específicos, Temporalización más detallada… es una guía para el correcto desarrollo 4

de la Programación Didáctica y donde podremos recoger observaciones y valoraciones con vistas a la mejora, que reflejaremos en la Memoria Final.

7. En la concreción curricular ¿Hay que incluir las Programaciones Didácticas y/o las de Aula? No. Las Programaciones Didácticas son anuales y, por tanto, se incluyen en la PGA. La concreción curricular contiene acuerdos marco, va en el PE y tiene una vigencia mayor de un curso escolar.

8. ¿Cómo abarcar la gran cantidad de contenidos existentes en el currículo actual relacionándolos con las CCBB? a. Los Decretos de Enseñanzas Mínimas, tanto de Educación Primaria como de Educación Secundaria Obligatoria recogen en el ANEXO I la justificación del por qué y para qué las competencias básicas. Resaltan el sentido de incorporar las competencias básicas al currículo, en cuanto que permite poner el acento en aquellos aprendizajes que se consideran imprescindibles para un desarrollo integrador y orientado de los saberes adquiridos. Por otra parte, este mismo ANEXO hace referencia a las finalidades para las que se incluyen las competencias básicas: 1. Integrar los diferentes aprendizajes, tanto los formales, incorporados a las diferentes áreas o materias, como los no formales. 2. Permitir a todos los estudiantes integrar sus aprendizajes, ponerlos en relación con distintos tipos de contenidos y utilizarlos de manera efectiva cuando les resulten necesarios en diferentes situaciones y contextos. 3. Orientar la enseñanza, al permitir identificar los contenidos y los criterios de evaluación que tienen carácter imprescindible y en general, inspirar las distintas decisiones relativas al proceso de enseñanza y de aprendizaje. Asimismo, se advierte que no existe correspondencia directa entre áreas y competencias básicas ya que las primeras se convierten en herramientas necesarias para la adquisición de las segundas. En este sentido el ANEXO I indica que: 1. Con las áreas y materias del currículo se pretende que todos los alumnos y alumnas alcancen los objetivos educativos y consecuentemente, también que adquieran las competencias básicas. 2. No existe una relación unívoca entre la enseñanza de determinadas áreas o materias y el desarrollo de ciertas competencias. Cada una de las áreas contribuye al desarrollo de diferentes competencias y a su vez, cada una de las 5

competencias básicas se alcanzará como consecuencia del trabajo en varias áreas o materias. Para concluir, se señala la combinación de ambos elementos, en los siguientes términos: “El currículo se estructura en torno a áreas de conocimiento, es en ellas en las que han de buscarse los referentes que permitirán el desarrollo de las competencias en esta etapa. Así pues, en cada área se incluyen referencias explícitas acerca de su contribución a aquellas competencias básicas a las se orienta en mayor medida. Por otro lado, tanto los objetivos como la propia selección de los contenidos buscan asegurar el desarrollo de todas ellas. Los criterios de evaluación, sirven de referencia para valorar el progreso en su adquisición”. b. Es cierto que en las últimas leyes de educación lo que menos ha cambiado ha sido el currículo de las distintas áreas, y quizá la administración debería plantearse una revisión del mismo. No obstante partiendo de la situación actual la forma de integrar la totalidad de los contenidos y CCBB sería a través del trabajo colaborativo y por proyectos de forma interdisciplinar, claro está que esta forma de trabajo requiere un cambio metodológico y organizativo.

c. Seleccionando los contenidos que se consideran imprescindibles para la consecución de los niveles de aprendizaje reflejados en los criterios de evaluación (que están directamente vinculados a las CCBB) y utilizando unas estrategias de enseñanza-aprendizaje que garanticen su adquisición. (No olvidemos que todos los contenidos no son preceptivos, pero sí lo son los criterios de evaluación)

9. ¿Qué es lo que debe recoger la concreción curricular, si todo se ha de reflejar en la Programación General Anual? a. La concreción curricular, como su nombre bien dice, tiene que estar recogida en la Programación General Anual. En ésta tiene que haber una concreción de los currículos establecidos por la Administración Educativa y el tratamiento transversal en las áreas o materias, módulos de la Educación en valores y otras enseñanzas. b. En primer lugar, no todo está incluido en la PGA (la PGA recoge lo planificado para un curso escolar en concreto): una vez elaborado por completo el PE, éste incluirá la Concreción Curricular. La PGA sólo tiene que recoger qué aspectos prioritarios se van a tener en cuenta ese curso.

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