CONCURSO PÚBLICO SUMARIO 11500094 A (DCOMS) “COMPRA DE MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO”
ÍNDICE
Apartado
C oncepto
Página
1.
Anexos de la convocatoria/bases………………………………….
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2.
Requisitos generales………………………………………...……...
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3.
Calendario de Eventos…………………...…………………………
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4.
Entrega de Propuestas ……………...……………………………..
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5.
Propuesta Técnica…...……………………………………………...
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6.
Propuesta económica……………………………………………….
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7.
Criterios de Evaluación…………………………………………….
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8.
Criterios de adjudicación…………………………………………..
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9.
Garantías………………..……………………………………………
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10.
Causas de Descalificación………………………………………….
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11.
Fallo, suspensión y cancelación…………………………………...
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12.
Inconformidades….……………...………………………………...
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13.
Conciliación…………………………………………………………..
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14.
Tribunales Competentes …………………….……………………..
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CONCURSO PÚBLICO SUMARIO 11500094 A (DCOMS) “COMPRA DE MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO” La Suprema Corte de Justicia de la Nación con fundamento en lo dispuesto en los artículos 100, último párrafo, y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las disposiciones normativas del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal, convoca a las personas físicas y morales a participar en el concurso público sumario 11500094 A (DCOMS) relativo a la “Compra de material eléctrico y electrónico”. 1. Anexos de la Convocatoria/Bases Anexo 1 Formato de proyecto de contrato. Anexo 2 Manifestación bajo protesta (Art. 48 y 58 fracción XVI del Acuerdo General de Administración VI/2008 de este Alto Tribunal). Anexo 3 Formato de propuesta económica. 2. Requisitos Generales 2.1 Descripción: No.
Concepto
1 Compra de material eléctrico y electrónico Ver anexo 3 (Formato de Propuesta Económica) 2.2 Tiempo y lugar de entrega: el plazo de entrega será de 30 días naturales, el cual contará a partir del día hábil siguiente a la notificación de adjudicación y la firma del contrato simplificado (anexo 1) por parte del adjudicatario, en el entendido de que si la fecha de vencimiento cae en día inhábil, ésta se trasladará al día hábil siguiente, pudiendo efectuar entregas parciales hasta cumplir con la totalidad de las partidas adjudicadas, efectuándose el pago hasta la totalidad de la entrega de lo adjudicado. La entrega del material será en el el Canal Judicial ubicado en República del Salvador No. 56, colonia Centro, delegación Cuauhtémoc, código postal 06010, México, Distrito Federal, en un horario de 10:00 a 18:00 horas de lunes a viernes. 2.3 Forma y plazos de pago: la forma de pago se efectuará a crédito de 15 días hábiles posteriores a la entrega de los materiales al 100%, a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a la presentación de la factura electrónica correspondiente (copia) en ventanilla única de la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, ubicada en Bolívar número 30, planta baja, colonia Centro, código postal 06000, delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, acompañada de las evidencias de entrega a satisfacción ante este Alto Tribunal y al envío de dicha factura electrónica que cumpla con los requisitos fiscales vigentes, a la dirección de correo
[email protected] conformada por lo siguiente: 2
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Archivo electrónico de la factura en formato XML Acuse de recepción del archivo XML en el correo antes citado Validación en el SAT del folio fiscal Validación en el SAT de la estructura, el sello y cadena original
Lo anterior, para su posterior pago mediante transferencia electrónica, debiendo para tal efecto el prestador de servicios adjudicado proporcionar, su número de cuenta bancaria, número de Clave bancaria estandarizada (CLABE) e indicar institución bancaria y número de sucursal. 2.4 Penas Convencionales: las penas convencionales serán determinadas en función del incumplimiento y podrán descontarse del pago adeudado al proveedor por la Suprema Corte o ingresando su monto a la Tesorería de este Alto Tribunal, mediante depósito bancario, conforme a lo siguiente: En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato, se aplicará una pena convencional equivalente al monto que resulte de aplicar el 10% al valor de los materiales que no se hayan entregado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En caso de incumplimiento en los plazos establecidos en el contrato simplificado, se aplicará una pena convencional por atrasos que le sean imputables en la entrega de los materiales, equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar diario a la cantidad que importe los materiales no entregados dentro del plazo indicado en el apartado inciso “fecha de entrega” de la carátula del Contrato Simplificado y no podrá exceder del 10% del monto total contratado. 2.5 Prohibición de negociar la convocatoria/bases: la convocatoria/bases, incluyendo sus anexos, así como las propuestas no serán negociables. 2.6 Normas Mínimas: los materiales, deberán cumplir con las normas aplicables en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, así como otras disposiciones en la materia. 2.7 Subcontratación: dada la naturaleza de la presente adquisición no se permite la subcontratación. 2.8 Garantías y Derechos de Autor: 2.8.1 A la entrega de los materiales el proveedor adjudicado deberá entregar la carta garantía por un año de los materiales entregados, con las coberturas ofertadas, en el punto 5.2 de la convocatoria/bases exponiendo los términos de la garantía así como el mecanismo para hacerla efectiva, que cubra los requisitos a que se refiere el capítulo IX de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
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CONCURSO PÚBLICO SUMARIO 11500094 A (DCOMS) “COMPRA DE MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO” 2.8.2 Los participantes se hacen totalmente responsables en caso de que se infrinjan derechos de autor, de marcas o de patentes y por lo tanto liberan a la Suprema Corte de Justicia de la Nación de cualquier responsabilidad en dicho sentido. 2.9 Empaque y traslado: 2.9.1 El tipo de transporte a utilizar será aquel que el proveedor considere conveniente y que garantice la entrega oportuna, así como que los materiales sean entregadas en óptimo estado en el Almacén General de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El proveedor será responsable de cubrir los costos de traslado y seguro de los materiales desde sus instalaciones hasta el lugar de destino final mencionado. 2.9.2 La forma de empaque que utilice el proveedor, deberá garantizar la entrega de los materiales en condiciones óptimas, a prueba de humedad y polvo, tales que preserven su calidad y condiciones durante el transporte, manejo y almacenaje, sin merma de su vida útil; bajo los siguientes lineamientos. a) Para evitar daños en el transporte y soportar las maniobras a las que estarán sujetos los materiales objeto de este concurso deberán estar preparadas para su entrega, conteniendo la información y documentación necesaria para su identificación, así como una copia de la factura o remisión correspondiente. Los costos de traslado al punto de entrega serán por cuenta del proveedor adjudicado. b) La Suprema Corte de Justicia de la Nación no recibirá los materiales en mal estado por causas imputables al proveedor o su transportista, por lo que la aceptación de los materiales solicitados será a satisfacción de la convocante, de acuerdo a las especificaciones descritas en el anexo 3 de estas bases y de conformidad con las propuestas técnicas presentadas por los participantes; en el domicilio identificado como lugar de entrega en el numeral 2.2 de la presente convocatoria/bases. c) En un plazo no mayor a tres días hábiles, se extenderá al proveedor la constancia de entrega-recepción de conformidad con los materiales o la solicitud de entrega de los materiales faltantes y en su caso, la reposición de los que se encuentren defectuosas. 2.9.3 La Suprema Corte de Justicia de la Nación, podrá hacer devoluciones de materiales cuando: a) Se compruebe que no son de la calidad solicitada. b) Presenten defectos de fabricación. c) Cuando los materiales entregados no cumplan con las características técnicas solicitadas por la convocante. 4
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En estos casos el proveedor se obliga a restituir sin condición alguna a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los materiales devueltos por el responsable de administrar el contrato, dentro de los 20 días naturales siguientes a la presentación de la reclamación. 2.10 Los materiales a cotizar y a suministrarse deberán considerarse nuevos y originales, los participantes podrán concursar por una o más partidas completas; no se admitirán alternativas. 2.11 Administrador del contrato: será la Dirección de Mantenimiento adscrita a la Dirección General de Infraestructura Física. 3. Calendario de eventos Fecha de publicación 29 de junio de 2015.
Entrega de propuestas 6 de julio de 2015. de las 09:00 a 13:00 horas
3.1 Consulta y obtención: la convocatoria/bases podrá obtenerse del 29 de junio al 3 de julio de dos mil quince, de las 9:00 a las 17:00 horas, sin costo alguno, en las oficinas de la Dirección de Contratación de Obras, Mantenimiento y Servicios de la Dirección General de Infraestructura Física, ubicadas en Bolívar número 30, 4° piso, colonia Centro de la Ciudad de México, código postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, y en la página de Internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la dirección electrónica www.scjn.gob.mx, en la liga Licitaciones y concursos>Obra Pública>Concursos Públicos Sumarios para Adjudicación Directa>2015, en la misma fecha. Se hace del conocimiento de los interesados que la convocatoria/bases será enviada directamente a las personas físicas o morales respecto de las cuales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuenta con alguna referencia de que pueda suministrar los materiales objeto del presente concurso público sumario. 4. Entrega de Propuestas 4.1 La entrega de propuestas de las personas físicas o morales será el día y horario indicado en el punto 3 de la presente convocatoria/bases, las cuales deberán ser dirigidas a la Dirección General de Infraestructura Física de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y entregadas en la Dirección de Contratación de Obras, Mantenimiento y Servicios, ubicadas en Bolívar número 30, 4° piso, colonia Centro de la Ciudad de México, código postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal.
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CONCURSO PÚBLICO SUMARIO 11500094 A (DCOMS) “COMPRA DE MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO” 5. Propuesta Técnica. La propuesta técnica deberá presentarse por escrito en idioma español, preferentemente foliada y firmada por el participante o su representante legal, sin tachaduras ni enmendaduras y contendrá: 5.1 Descripción completa de cada una de las partidas por las que participa que cumpla con las especificaciones técnicas mínimas señaladas en el anexo 3 (sin precios) de la presente convocatoria/bases, así como cualquier otra información de carácter técnico disponible. 5.2 El proveedor o proveedores adjudicados se comprometen a entregar carta de garantía en papel membretado de los materiales adjudicados, indicando las condiciones y trámites necesarios para su exigibilidad con la cobertura mínima de un año contra defectos de fabricación y/o vicios ocultos contada a partir de la fecha recepción de los materiales a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 5.3 Original carta manifestación bajo protesta debidamente firmada por el representante legal o por el respectivo apoderado legal del concursante, persona física o moral (Anexo 2), anexando copia de identificación oficial expedida por el Instituto Nacional Electoral (I.N.E.) o el Instituto Federal Electoral (I.F.E.) 6. Propuesta Económica. La propuesta económica deberá presentarse por escrito en idioma español y en moneda nacional, preferentemente foliada y firmada por el participante o su representante legal, sin tachaduras ni enmendaduras y contendrá: 6.1 Cotización de los materiales solicitados en moneda nacional: el precio unitario por cada partida (señalado con número), descuento e impuesto al valor agregado (IVA), en forma desglosada, señalando el importe total de la propuesta económica con número y letra, el cual considerará todas las partidas cotizadas (anexo 3), en la cual se deberá indicar: 6.2 Plazo de entrega de acuerdo a lo indicado en el punto 2.2 de la presente convocatoria/bases. 6.3 Forma de pago, de acuerdo a lo indicado en el punto 2.3 de la presente convocatoria/bases. 6.4 Vigencia de precios: los precios permanecerán firmes hasta el cumplimiento total del contrato. No se pagará ningún costo adicional por concepto de seguro, flete o cualquier concepto análogo. 6
CONCURSO PÚBLICO SUMARIO 11500094 A (DCOMS) “COMPRA DE MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO” 7. Criterios de Evaluación. Para determinar qué propuestas resultan solventes, los documentos presentados por cada uno de los participantes se someterán a los criterios de evaluación técnica y económica que se precisan a continuación. El resultado de dicha evaluación se plasmará, respectivamente, en los dictámenes resolutivos técnico y económico, en la inteligencia de que éstos serán desfavorables cuando no se presente alguno de los documentos solicitados en estas bases. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos del concurso; así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. La inobservancia por parte de los concursantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus propuestas. Quedan comprendidos entre los requisitos cuyo incumplimiento, por sí mismos, no afecten la solvencia de la propuesta, el proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, prevalecerá el estipulado en la convocatoria/bases del concurso; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica; el no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida; y el dejar de observar requisitos que carezcan de fundamento legal o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la propuesta presentada. En ningún caso podrán suplirse las deficiencias sustanciales de las propuestas presentadas. 7.1 Técnicos. En el dictamen resolutivo técnico se verificará que: 7.1.1 La propuesta técnica incluya toda la información, requisitos y documentación conforme a lo señalado en el punto 5.1 de la presente convocatoria/bases. 7.1.2 Se comprometa a entregar las garantías en papel membretado, de acuerdo a lo indicado en el punto 5.2 de la presente Convocatoria/Bases. La evaluación de las propuestas técnicas, se realizará mediante el análisis de las propuestas y condiciones ofrecidas por los participantes y los resultados se asentarán en un dictamen resolutivo técnico, que será elaborado por la unidad técnica de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 7.2 Económicos. En el dictamen resolutivo económico se verificará que: 7.2.1 Las propuestas económicas calificarán favorablemente el dictamen resolutivo económico en términos de lo previsto en el artículo 69 del Acuerdo General de Administración VI/2008, cuando los proveedores cumplan los requisitos 7
CONCURSO PÚBLICO SUMARIO 11500094 A (DCOMS) “COMPRA DE MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO” solicitados por la contratación relativos a plazo de entrega, forma de pago y descripción de las garantías respectivas (Anexo 3). 7.2.2 El resultado del análisis comparativo de precios ofertados contra el presupuesto base u otra referencia de que disponga la Suprema Corte de Justicia de la Nación, podrá ser determinante para resolver sobre la solvencia de una propuesta. 7.2.3 Los precios ofertados por partida no superen el costo estimado en más de 20%, ya que de rebasarlo se consideraran no solventes. Cabe mencionar que en caso de error aritmético, el precio unitario regirá para efectos comparativos. 8. Criterios de adjudicación. 8.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación, con base en el resultado de la valoración de los dictámenes resolutivos, técnico y económico, adjudicará por partida a la oferta solvente que corresponda al precio más bajo. 8.2 Se entenderá que una oferta es solvente cuando le sean favorables los dictámenes resolutivos técnico y económico. 8.3 Se adjudicará por partida completa. 8.4 En este procedimiento bastará con una sola propuesta que resulte viable para adjudicar las partidas. 8.5 Deberá presentarse una sola propuesta y no se aceptarán alternativas diferentes a los materiales solicitados en la presente convocatoria/bases. 9. Garantías Para esta contratación según el artículo 164 fracción II del acuerdo General de Administración VI/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no será requerida la Garantía de Cumplimiento del contrato. 10. Causas de Descalificación. Serán causas de descalificación de los participantes cuando: 10.1 La propuesta no sea entregada dentro del plazo señalado; 10.2 El concursante acuerde con otro, u otros, fijar el precio del objeto del procedimiento; 8
CONCURSO PÚBLICO SUMARIO 11500094 A (DCOMS) “COMPRA DE MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO” 10.3 Se encuentre impedido o inhabilitado por los órganos de la Administración Pública Federal o por el Poder Judicial de la Federación y Poder Legislativo Federal, previo a la emisión del fallo; 10.4 El participante, durante el desarrollo del procedimiento y antes de la emisión del fallo, sea objeto de embargo; huelga estallada, concurso mercantil o liquidación; 10.5 En las propuestas presentadas no entreguen la documentación que se señale en la convocatoria/bases; 10.6 Las propuestas presentadas no reúnan los requisitos señalados en la convocatoria/bases; 10.7 Resulte desfavorable en alguno de los dictámenes requeridos y, 10.8 El participante se manifieste con falsedad. 11. Fallo, suspensión y cancelación. 11.1 El fallo del procedimiento se hará del conocimiento de los participantes a través de comunicado en la página de Internet de la Suprema Corte y, en el caso del participante al que la haya favorecido el fallo, se le hará saber personalmente mediante oficio de adjudicación, para que en el plazo de quince días hábiles contados a partir de la fecha de su notificación, formalice el instrumento legal respectivo. En el fallo podrá declararse desierto el concurso público sumario si no se presentan propuestas, si ninguna persona obtiene resultado favorable en todos los dictámenes resolutivos aplicables o si los precios propuestos no fueran aceptables de conformidad con la información disponible. Al declarar desierto el concurso público sumario, el órgano competente de la Suprema Corte que haya iniciado el procedimiento respectivo podrá expedir una segunda convocatoria/bases para un nuevo concurso público sumario o bien adjudicar directamente. 11.2 El presente procedimiento podrá ser suspendido en cualquiera de sus etapas, por el órgano competente de la Suprema Corte, cuando existan razones suficientes que la motiven. La suspensión del procedimiento no será necesario notificarla a todos los participantes por escrito, siempre y cuando las propuestas ya hubiesen sido presentadas. En todo caso se publicará en la página de Internet de la Suprema Corte la resolución correspondiente.
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CONCURSO PÚBLICO SUMARIO 11500094 A (DCOMS) “COMPRA DE MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO” Una vez analizadas las causas que dieron origen a la suspensión, el órgano competente de la Suprema Corte, instruirá para subsanarlas en caso de ser posible y, efectuado ello, continuará con el procedimiento. 11.3 El presente procedimiento de contratación podrá ser cancelado por el órgano competente de la Suprema Corte, cuando no puedan subsanarse las causas que dieron origen a la suspensión, cuando existan causas debidamente justificadas que extingan la necesidad de realizar la contratación respectiva o bien, cuando de continuarse el procedimiento pudiera ocasionarse un daño o perjuicio a la Suprema Corte. La cancelación del procedimiento será notificada por escrito a todos los participantes. 12. Inconformidades Los participantes que acrediten su interés jurídico podrán interponer el recurso de inconformidad en los términos previstos en los artículos 189 a 195 del Acuerdo General de Administración VI/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 13. Conciliación Cuando se suscite alguna controversia respecto de lo pactado en el contrato que llegue a celebrarse con motivo de este procedimiento, el proveedor podrá acudir al procedimiento de conciliación en términos de lo previsto en los artículos del 196 al 201 del Acuerdo General de Administración VI/2008. 14. Tribunales Competentes Para la interpretación y cumplimiento del instrumento derivado de este procedimiento de contratación, las partes se someten a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, renunciando a cualquier fuero por razones de domicilio, con fundamento en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Atentamente México, Distrito Federal, a 29 de junio de 2015.
Arq. Juvenal A. Cruz Espinosa Director de Contratación de Obras, Mantenimiento y Servicios Dirección General de Infraestructura Física Rúbrica 10