CONTRATO MÚLTIPLE DE SERVICIOS DIGITALES ÍNDICE

Número de Registro en RECA: 0305-434-020433/03-01208-0616 CONTRATO MÚLTIPLE DE SERVICIOS DIGITALES ÍNDICE CAPITULO I CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE B
Author:  Rosa Bustos Luna

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Número de Registro en RECA: 0305-434-020433/03-01208-0616

CONTRATO MÚLTIPLE DE SERVICIOS DIGITALES

ÍNDICE

CAPITULO I CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE BANCA ELECTRÓNICA CAPITULO II BANCOMER MÓVIL SUBCAPITULO 1 CLÁUSULAS COMUNES A BANCOMER MÓVIL SIN TOKEN (PAGO MÓVIL) Y BANCOMER MÓVIL CON TOKEN (BANCA MÓVIL) SUBCAPITULO 2 BANCOMER MÓVIL SIN TOKEN (PAGO MOVIL) 2.1 BANCOMER MOVIL SIN TOKEN 2.2 BANCOMER SMS 2.3 BBVA WALLET 2.4 BBVA CREDIT 2.5 BBVA SEND 2.6PAGOS BANCOMER SUBCAPITULO 3 BANCOMER MOVIL CON TOKEN (BANCA MÓVIL) 3.1 BANCOMER MÓVIL CON TOKEN 3.2 PAY DAY

CAPITULO III BANCOMER.COM CAPITULO IV CLÁUSULAS COMUNES

Número de Registro en RECA: 0305-434-020433/03-01208-0616

CONTRATO MULTIPLE DE SERVICIOS DIGITALES

CONTRATO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, BBVA BANCOMER, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “BANCOMER”, Y POR OTRA LA(S) PERSONA(S) CUYO(S) NOMBRE(S) SE PRECISA(N) EN EL ANEXO DATOS GENERALES DEL CLIENTE DEL PRESENTE INSTRUMENTO, EN ADELANTE “EL CLIENTE”, Y CONJUNTAMENTE CON “BANCOMER” COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES I.- DECLARA “BANCOMER”: a) Que es una Institución de Crédito constituida y organizada conforme a las Leyes Mexicanas, con facultad para celebrar este tipo de contratos. b) Que su representante cuenta con facultades suficientes y necesarias para obligarle en los términos del presente contrato, las cuales no le han sido modificadas o limitadas en forma alguna. c) Que está en disposición de ofrecer a “EL CLIENTE” un paquete integral de servicios de banca electrónica. d) Que para poder hacer uso de alguno de los servicios de banca electrónica contratados en este documento, es necesario que “EL CLIENTE” tenga algunos de los siguientes contratos: i) de depósito, ii) de crédito, iii) de inversión o iv) de algún otro producto o servicio bancario para poder tomar los recursos para las operaciones. e) Que para recibir o activar alguno de los servicios contenidos en el presente contrato deberá cumplir con los requisitos mínimos del servicio descritos en el apartado correspondiente. f) Que su página en Internet es www.bancomer.com en donde “EL CLIENTE” podrá consultar las cuentas de redes sociales activas de BANCOMER. II.- DECLARA “EL CLIENTE”: a) Que es una persona física que cuenta con la capacidad legal para obligarse en los términos de este contrato o bien que es representante legal de una persona física y cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL CLIENTE”. b) Que sus datos de identificación son los establecidos en el Anexo de Datos Generales. c) Que para poder hacer uso de alguno de los servicios de banca electrónica contratados en este documento, tiene celebrado con “BANCOMER” alguno de los siguientes contratos: i) de depósito, ii) de crédito, iii) de inversión o iv) de algún otro producto o servicio bancario, para poder tomar los recursos para las operaciones o estar en posibilidad de instruirlas. d) Que está interesado en que “BANCOMER” le preste estos servicios, y manifiesta conocer y estar de acuerdo con el contenido de este instrumento. d) EL CLIENTE reconoce y acepta la total validez de que la documentación relacionada con la apertura de esta cuenta de depósito, así como cualquier otra obligación contraída derivada de este instrumento podrán ser digitalizadas para un mejor control por parte de BANCOMER. e) El contenido de este instrumento y su alcance legal, le fueron explicados por “BANCOMER”, y es su voluntad suscribir el presente contrato con “BANCOMER”. Expuesto lo anterior, LAS PARTES pactan las siguientes:

CLÁUSULAS

CAPÍTULO I CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DIGITALES ÚNICA. “EL CLIENTE” contrata los servicios electrónicos establecidos en los siguientes capítulos y subcapítulos de manera conjunta o separada manifestando su consentimiento con la firma del presente instrumento y en la carátula correspondiente donde se señalarán los servicios electrónicos que activa, en los que en lo sucesivo se denominará como “LOS SERVICIOS DIGITALES” o de manera individual como “EL SERVICIO”. Las operaciones que podrá realizar “EL CLIENTE” así como la forma en la que podrá utilizar los servicios de banca electrónica se describen en el apartado correspondiente de cada servicio. Para que EL CLIENTE pueda operar alguno de “LOS SERVICIOS DIGITALES” será necesario contar con por lo menos una cuenta de depósito o tener celebrado alguno de los contratos mencionados en la declaración II inciso c), el cual esté asociado a “EL SERVICIO”, (en adelante “LA CUENTA”). “EL CLIENTE” podrá realizar las operaciones que se señalan para cada uno los “LOS SERVICIOS” en “ “LA CUENTA” de la cual “EL CLIENTE” sea el titular, si “BANCOMER” habilita la posibilidad de incorporar dichas cuentas a “EL SERVICIO”. Posterior a la contratación de “LOS SERVICIOS DIGITALES”, “EL CLIENTE” deberá activar el servicio por los medios o canales que “BANCOMER” habilite para tal efecto. Una vez identificado y autenticado “EL CLIENTE” mediante el proceso de activación, “EL CLIENTE” designará una clave a la que se le denominará “CONTRASEÑA DE ACCESO”.

CAPITULO II BANCOMER MOVIL

SUBCAPITULO 1 CLÁUSULAS COMUNES A PAGO MÓVIL Y BANCA MÓVIL

PRIMERA DEL SERVICIO. Lo señalado en el presente capítulo es aplicable tanto al servicio de Pago Móvil como al servicio de Banca Móvil en todo lo que no se oponga a las disposiciones de sus capítulos específicos III o IV. El conjunto de servicios de Pago Móvil y Banca Móvil será conocido como “BANCOMER MÓVIL”. BANCOMER podrá habilitar funcionalidades del capítulo Pago Móvil para que operen en la modalidad de Banca Móvil y viceversa. En caso de que una funcionalidad de “BANCOMER MÓVIL” pueda ser parte tanto de Pago Móvil, como de Banca Móvil, “EL CLIENTE” tendrá la facultad de elegir el tipo de banca electrónica en la que operará mediante el Menú Administrar, el cual se encuentra en la aplicación móvil correspondiente. Al modificarse el perfil del cliente de Banca Móvil a Pago Móvil y viceversa en alguna de las funcionalidades de Bancomer móvil descritas en el presente capítulo o en los capítulos III y IV, modificaran dicho perfil en el resto de las funcionalidades que permitan operar tanto en “Pago Móvil”, como en “Banca Móvil”. Al realizar el cambio mencionado el cliente se sujeta a las reglas del servicio de Pago Móvil o de Banca Móvil según corresponda.

SEGUNDA. CONEXION. “BANCOMER” autoriza a “EL CLIENTE” para que a través del teléfono celular, (como identificador del cliente) se conecte al servicio de Pago Móvil o al servicio de Banca Móvil, autenticándose con su contraseña (como factor de autenticación), para los servicios que la requieran.

Para lograr la conexión a los servicios de Pago Móvil o Banca Móvil: a) “EL CLIENTE” deberá contar con teléfono celular. b) El teléfono celular del cliente (con excepción de la modalidad de Pago Móvil denominada “Bancomer SMS”) debe estar habilitado técnicamente para operar aplicaciones móviles y contar con servicio de datos (Internet), para poder conectarse a los sistemas de “BANCOMER”. c) “EL CLIENTE” deberá asociar el teléfono celular mediante el cual desee acceder a los “SERVICIOS DIGITALES”. c) “BANCOMER” utilizará los medios de comunicación que considere pertinentes para hacer el enlace desde el teléfono celular de “EL CLIENTE” hacia el “Computador Central”. d) El número de teléfono celular que el “EL CLIENTE” asocie para este operar este servicio deberá ser registrado previamente por “EL CLIENTE” en el servicio de "Alertas BANCOMER”.

TERCERA ACCESO AL SERVICIO. “BANCOMER” registrará a “EL CLIENTE” en el “SERVICIO DIGITAL” correspondiente, después de autentificarle por medio de los elementos que considere convenientes, como son, enunciativa, mas no limitativamente, el número de cuenta y/o el número de plástico asociado a “LAS CUENTAS”, el número de su teléfono celular, fecha de vencimiento, número de cuenta asociada, código de seguridad, el NIP del Cajero Automático (ATM) o preguntas aleatorias de información registrada en los sistemas de “BANCOMER”. “BANCOMER” permitirá acceder a “EL CLIENTE” a “EL SERVICIO”. Para tal efecto “EL CLIENTE” deberá proporcionar el “IDENTIFICADOR DE USUARIO” y la “CONTRASEÑA DE ACCESO”. “BANCOMER” podrá en todo momento, con el requisito de un aviso a “EL CLIENTE” en términos de lo establecido en el presente Contrato, mejorar la calidad de los servicios estableciendo modificaciones a las reglas de funcionamiento, de acceso o procedimientos de identificación y autenticación.

CUARTA CONTRASEÑAS. “EL CLIENTE” deberá definir una contraseña para ingresar al servicio de Pago Móvil o Banca Móvil, dicha contraseña se compondrá de 6 (seis) caracteres numéricos que no deberán ser más de dos números consecutivos numéricos ni más de dos números idénticos en forma consecutiva. Está clave será el medio de autenticación para acceder al sistema. “EL CLIENTE” previa e invariablemente al inicio de la operación en el “SERVICIO DIGITAL” correspondiente deberá proporcionar “LA CONTRASEÑA DE ACCESO”.

QUINTA BLOQUEO Y DESBLOQUEO DE CONTRASEÑAS. Cuando “EL CLIENTE” digite la “CONTRASEÑA DE ACCESO” de manera incorrecta por 3 (tres) ocasiones, “BANCOMER” bloqueará “EL SERVICIO”. Si “EL SERVICIO” es bloqueado bajo el supuesto anterior, “EL CLIENTE” deberá llamar al centro de atención telefónica de “BANCOMER” para poder desbloquear las claves o contraseñas, o en su caso realizar el procedimiento respectivo mediante “EL SERVICIO”; asimismo, se podrá definir una nueva clave de acceso en la aplicación de “EL SERVICIO” contenida en el celular de “EL CLIENTE”, para lo cual “EL CLIENTE” tendrá que volver a autenticarse a través de los mismos elementos que utilizó al momento de realizar la activación de “EL SERVICIO”; en caso de contar con un “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” además podrá proporcionar la clave generada por éste. Una vez identificado y autenticado, “EL CLIENTE” podrá definir una nueva “CONTRASEÑA DE ACCESO”.

SEXTA CANCELACION Y BLOQUEO DEL SERVICIO. “EL CLIENTE” podrá cancelar o bloquear temporalmente “EL SERVICIO” respectivo a través del centro de atención telefónica de “BANCOMER”. En caso de cancelación de “EL SERVICIO”, ya sea por “BANCOMER” o por “EL CLIENTE”, la contraseña será inhabilitada en los sistemas de “BANCOMER”.

En caso de que “EL CLIENTE” requiera invalidar su clave o “CONTRASEÑA DE ACCESO”, podrá realizarlo a través del mismo servicio o a través del centro de atención telefónica de “BANCOMER”, para lo que deberá designar una nueva contraseña. El bloqueo temporal del servicio de Pago Móvil o Banca Móvil quedará registrado en la fecha de solicitud de cancelación y posteriormente “EL CLIENTE” no podrá seguir operando este servicio hasta realizar nuevamente la reactivación.

SUBCAPITULO 2 BANCOMER MOVIL SIN TOKEN (PAGO MÓVIL)

PRIMERA DEL SERVICIO. “BANCOMER” está de acuerdo en prestar y “EL CLIENTE” en hacer uso del servicio de banca electrónica denominado Pago Móvil para efectuar operaciones bancarias señaladas en este capítulo a través del teléfono celular que asocie “EL CLIENTE” conforme a los términos de este Contrato.

SEGUNDA FORMAS DE PRESTAR EL SERVICIO. En el caso de que “EL CLIENTE” solicite asociar dos cuentas a un mismo número de celular, siempre y cuando “BANCOMER” tenga adecuada esta modalidad en el servicio de Pago Móvil, en una de las cuentas asociadas podrá realizar Operaciones de Micro Pagos (hasta 70 UDI) y la otra Operaciones de hasta 1500 UDI. Todas las modalidades de Pago Móvil, así como también “LAS CUENTAS”, deberán estar asociadas al mismo teléfono celular, por lo que no se podrán asociar dos líneas de teléfono celular a “LA CUENTA” de un mismo cliente. “EL CLIENTE” podrá asociar “LAS CUENTAS” a otro número de celular siempre y cuando sea a través de un reemplazo de número, dicho reemplazo lo deberá solicitar en el centro de atención telefónica de “BANCOMER”, o mediante “EL SERVICIO”.

TERCERA CANCELACION Y BLOQUEO DE ALGUNA MODALIDAD DEL SERVICIO Al cancelar o bloquear el servicio de Pago Móvil o Banca Móvil, implicará la cancelación o bloqueo del otro, ya que comparten contraseñas de acceso. 2.1 BANCOMER MOVIL SIN TOKEN PRIMERA SERVICIO. El servicio de BANCOMER MÓVIL SIN TOKEN es una funcionalidad de Pago Móvil por medio de la cual “EL CLIENTE” podrá realizar las operaciones señaladas en la siguiente cláusula a través de su teléfono celular sobre las cuentas pasivas o activas que “EL CLIENTE” tenga en “BANCOMER”.

SEGUNDA DE LAS OPERACIONES. Lograda la conexión a que alude la cláusula segunda de este capítulo, “EL CLIENTE” podrá tener acceso a “LAS CUENTAS” y podrá para efectuar las siguientes operaciones: 1. Consulta de saldos y movimientos. 2. Traspasos entre “LAS CUENTAS” de “EL CLIENTE” de acuerdo a los límites establecidos en el Anexo de Datos Generales. 3. Transferencias a cuentas de terceros, de acuerdo a los límites establecidos en el Anexo de Datos Generales. 4. Cambio de contraseña del servicio.

5. Acceso al servicio de pagos para la compra de bienes y servicios a través de su teléfono celular, de acuerdo a los límites en el Anexo de Datos Generales. 6. Pago de Servicios. 7. Compra de Tiempo Aire para teléfono celular. 8. Operaciones monetarias de acuerdo a los límites establecidos más adelante. 9. Autorización a terceros para retiro de efectivo en cajero automático sin presentación de “LA TARJETA”, a través del envío de claves al número móvil o celular del tercero proporcionado por “EL CLIENTE” y que éste digite en los sistemas de “BANCOMER” (Dinero Móvil). 10. Contratación de productos y servicios bancarios. 11. Cualquier otra operación y/o servicio que “BANCOMER” llegare a autorizar en el futuro.

TERCERA LIMITES MONETARIOS PARA EL SERVICIO. “EL CLIENTE” podrá hacer uso de este “SERVICIO” y realizar las operaciones a que se refiere la cláusula anterior siempre y cuando el monto acumulado diario de las Operaciones Monetarias que representen un cargo a “LA CUENTA” o a alguna de “LAS CUENTAS” que “EL CLIENTE” haya asociado a este servicio, no exceda del equivalente en moneda nacional a las Operaciones Monetarias de Mediana Cuantía por cuenta, es decir a mil quinientas Unidades de Inversión (UDI) diarias y seis mil mensuales. Los límites de monetarios se encuentran establecidos en el Anexo de Datos Generales del Cliente que forma parte integrante del presente contrato. Asimismo, podrá consultar las actualizaciones de los límites de operación vigentes para este servicio en www.bancomer.com

2.2 BANCOMER SMS PRIMERA DEL SERVICIO. “BANCOMER SMS” es el servicio de PAGO MOVIL por medio del cual “EL CLIENTE” podrá instruir a “BANCOMER” la celebración de operaciones bancarias en “LA CUENTA”, a través de mensajes de texto mediante el uso de un teléfono celular que para tal efecto asocie “EL CLIENTE” a este servicio. En la operación de “BANCOMER SMS” son aplicables las cláusulas específicas del servicio Pago Móvil, en todo lo que no se oponga a las disposiciones del presente apartado. SEGUNDA DE LAS OPERACIONES. “EL CLIENTE” podrá realizar a través de “BANCOMER SMS” las siguientes operaciones: 1. Alta del servicio “BANCOMER SMS”. 2. Baja del servicio “BANCOMER SMS”. 3. Consulta de saldo de “LA CUENTA”. 4. Transferencias a otras cuentas (propias y de terceros). 5. Compra de tiempo aire para el número de teléfono asociado al servicio. 6.- Cualquier otra operación y/o servicio que “BANCOMER” llegare a autorizar en el futuro.

TERCERA FORMAS DE PRESTAR EL SERVICIO. En “BANCOMER SMS”, “BANCOMER” identificará a “EL CLIENTE” y “LA CUENTA” con el número de teléfono celular que “EL CLIENTE” proporcione para habilitar “BANCOMER MOVIL”. Para activar “BANCOMER SMS” EL CLIENTE” debe enviar un mensaje de texto con la palabra ALTA, al número que “BANCOMER” proporcione en www.bancomer.com, autenticándose con los dieciséis dígitos de la tarjeta de débito asociada a “LA CUENTA”.

A través de “BANCOMER SMS”, “EL CLIENTE” únicamente podrá realizar Operaciones de Micro pagos, es decir, iguales o menores a 70 (setenta) UDI, por lo cual “BANCOMER” no solicitará a “EL CLIENTE” factores de autenticación en las operaciones monetarias de este servicio. De igual forma, en las operaciones anteriores, “BANCOMER” queda exceptuado del envío de las notificaciones referidas en la cláusula de NOTIFICACIONES, salvo que el acumulado diario de las mismas sea superior a 600 (seiscientas) UDIS. En virtud de lo dispuesto en esta cláusula, “BANCOMER” asumirá los riesgos y por lo tanto los costos de las operaciones que no sean reconocidas por “EL CLIENTE”, realizadas a través de “BANCOMER SMS”. Las reclamaciones de estas operaciones serán abonadas a “EL CLIENTE” a más tardar 48 (cuarenta y ocho) horas posteriores a la reclamación que presente “EL CLIENTE”.

CUARTA SUSPENSION TEMPORAL, CANCELACION Y REACTIVACION DE BANCOMER SMS. Para la cancelación o suspensión temporal de “BANCOMER SMS”, “EL CLIENTE” deberá enviar un mensaje de texto al número que “BANCOMER” proporcione para tal efecto en www.bancomer.com, solicitando la baja de este servicio, autenticándose con los 16 (dieciséis) dígitos de la tarjeta de débito de “LA CUENTA”. La baja del servicio quedará registrada en la fecha de solicitud y posteriormente “EL CLIENTE” no podrá seguir operando este servicio hasta realizar la reactivación señalada en la cláusula tercera de este apartado.

2.3 BBVA WALLET PRIMERA SERVICIO. El servicio de BBVA WALLET es una funcionalidad de banca electrónica por medio de la cual “EL CLIENTE” podrá realizar las operaciones señaladas en la siguiente cláusula, a través de su teléfono celular, para las tarjetas de crédito y débito que “EL CLIENTE” tenga contratadas con “BANCOMER”. Para hacer uso de este servicio, “EL CLIENTE” deberá contratar el servicio de banca electrónica correspondiente (Banca Móvil/ Pago Móvil), una vez contratado, “EL CLIENTE” podrá tener acceso a las funcionalidades de este servicio al descargar la aplicación en la tienda de aplicaciones correspondiente. En la operación de BBVA WALLET son aplicables las cláusulas específicas del servicio Pago Móvil, en todo lo que no se oponga a las disposiciones del presente apartado.

SEGUNDA OPERACIONES. A través del servicio BBVA WALLET, “EL CLIENTE” podrá realizar las siguientes operaciones y servicios: 1. Activación de las tarjetas asociadas al servicio. . 2. Consulta de movimientos y saldos de tarjeta de crédito y tarjeta de debito, así como Puntos Bancomer, siempre y cuando Bancomer lo tenga habilitado. 3. Bloqueo de tarjetas de débito o crédito físicas y tarjetas dentro de la aplicación BBVA WALLET, en adelante “TARJETAS DIGITALES”. 4.-Recibir y aceptar promociones, así como la contratación de nuevos productos o servicios. 5. Solicitud, otorgamiento y operación de “TARJETA(S) DIGITAL(ES)” de crédito y debito. 6. Consulta de CVV2 dinámico para realizar operaciones en internet con la “TARJETA DIGITAL”. 7. Recepción de notificaciones de “BANCOMER”. 8. Efectuar a través de su celular mediante una tarjeta o mediante circuitos integrados en forma de Sticker Wallet, pagos en terminales puntos de venta que cuenten con la tecnología necesaria para comunicarse con tarjetas sin contacto que pudieran ser de manera enunciativa y no limitativa NFC, HCE, EMV, entre otras. 9. Cualquier otra operación y/o servicio que “BANCOMER” llegare a autorizar en el futuro.

TERCERA OPERACIONES DE PAGO EN LA MODALIDAD “SIN CONTACTO”. En caso de que “EL CLIENTE” decida utilizar su aplicación BBVA WALLET para efectuar pagos en comercios físicos, podrá hacerlo solo en aquellas terminales punto de venta que se encuentren habilitadas técnicamente para la realización de estos pagos con este tipo de operativa y deberá: 1.- Haber descargado en su aplicación una tarjeta digital habilitada para realizar pagos con el celular. 2.- Activar dentro de la aplicación, la tarjeta que “EL CLIENTE” elija para utilizar en esta funcionalidad. 3.- Aunado a lo anterior, en caso de Tarjeta Digital HCE: A.- Para pagos que no necesiten autorizarse con firma, una vez que el monto sea introducido por el comercio en la terminal punto de venta, deberá activar el teléfono y acercarlo a dicha terminal punto de venta para que la transacción sea procesada. B.- Para pagos que necesiten autorizarse con firma, una vez que el monto sea introducido por el comercio en la terminal punto de venta, deberá desbloquear el teléfono y acercarlo a la terminal punto de venta para que la transacción sea procesada. Al autenticarse mediante la acción de desbloqueo del teléfono “EL CLIENTE” otorga su consentimiento expreso con respecto de la compra, por lo que al utilizar el servicio de BBVA WALLET “EL CLIENTE” y “BANCOMER” acuerdan que dicho desbloqueo tendrá los mismos propósitos y alcances que la firma autógrafa de “EL CLIENTE”.

Si el teléfono no fuese desbloqueado o no cuenta con un patrón de desbloqueo la transacción no podrá ser procesada por la terminal. “EL CLIENTE” y “BANCOMER” convienen en que el patrón de desbloqueo en el caso de Tarjeta Digital HCE sirve de factor de autenticación y como instrumento para otorgar el consentimiento del primero y por lo tanto si “EL CLIENTE” coloca su patrón de desbloque se entenderá como consentida la transacción por lo que dicho acto tendrá los mismos propósitos y alcances que la firma autógrafa de “EL CLIENTE”.

CUARTA ACTIVACION Y ACCESO AL SERVICIO. Para activación del servicio, EL CLIENTE deberá descargar la aplicación BBVA WALLET en su celular de acuerdo al procedimiento que “BANCOMER” notifique a “EL CLIENTE” en la página www.bancomer.com, o por cualquier otro medio. Una vez descargada la aplicación, “BANCOMER” identificará a “EL CLIENTE” con el número de teléfono celular en el que realizó la descarga de BBVA WALLET. Para realizar las operaciones de pago en la modalidad “SIN CONTACTO” señaladas en el presente capítulo “EL CLIENTE” podrá hacerlas sin iniciar sesión en la aplicación de BBVA WALLET.

El servicio de BBVA WALLET podrá ser operado a través de teléfonos celulares con capacidad tecnológica y que cuenten con servicio de Internet.

Adicionalmente para Tarjetas Digitales HCE el teléfono deberá tener la funcionalidad NFC encendida y la aplicación Wallet deberá estar seleccionada como opción preferida para pagos.

QUINTA TARJETA DIGITAL. Dentro del servicio BBVA WALLET, “BANCOMER” podrá otorgar a “EL CLIENTE” una tarjeta de débito y/o crédito electrónica que el cliente podrá descargar en el teléfono celular asociado al servicio BBVA WALLET (en lo sucesivo, “TARJETA DIGITAL”) con la cual “EL CLIENTE”

podrá realizar el pago de bienes y servicios en comercios que acepten el pago con tarjetas no presentes y será considerada como un segundo medio de disposición de “LA CUENTA” y/o de la tarjeta de crédito asociada. La “TARJETA DIGITAL” seguirá las reglas de operación señaladas en el Contrato de “La cuenta depósito” y las señaladas en el Contrato de apertura de crédito de la tarjeta de crédito asociada al servicio, en todo lo que no se opongan al presente subcapítulo.

SEXTA STICKER WALLET. Para el caso de tarjetas contenidas en Sticker Wallet, la operación de pago en terminales punto de venta se realizará acercando dicho Sticker adherido al dispositivo móvil. La autorización de dicho pago se realizará digitando el NIP de la tarjeta o bien a través la suscripción de los comprobantes de consumo mediante de su firma autógrafa.

2.4 BBVA CREDIT

PRIMERA SERVICIO. El servicio de BBVA CREDIT es una funcionalidad de Pago Móvil por medio de la cual “EL CLIENTE” podrá realizar las operaciones señaladas en la siguiente cláusula a través de su teléfono celular sobre las cuentas pasivas o activas que “EL CLIENTE” tenga “BANCOMER”. Para hacer uso de este servicio, “EL CLIENTE” deberá contratar antes el servicio de Pago Móvil. “EL CLIENTE” podrá descargar la aplicación en la tienda de aplicaciones correspondiente.

SEGUNDA OPERACIONES. “EL CLIENTE” podrá realizar las siguientes operaciones y servicios en BBVA CREDIT: 1. Simulación de créditos de acuerdo a la capacidad de pago de “EL CLIENTE”. 2. Simulación de pagos de los créditos que “EL CLIENTE” tuviera con “BANCOMER”. 3. Contratación de nuevos productos o servicios. 4. Incremento de línea de crédito en las operaciones activas que “EL CLIENTE” tuviera con “BANCOMER”. 5. Pago de los créditos que “EL CLIENTE” tuviera con “BANCOMER”. 6. Cualquier otra operación y/o servicio que “BANCOMER” llegare a autorizar en el futuro.

TERCERA ACTIVACION Y ACCESO AL SERVICIO. Para activación del servicio, EL CLIENTE deberá descargar la aplicación BBVA CREDIT en su celular de acuerdo al procedimiento que “BANCOMER” le indique en la página www.bancomer.com o por cualquier otro medio. Una vez descargada la aplicación, “BANCOMER” identificará a “EL CLIENTE” con el número de teléfono celular en el que realizó la descarga de BBVA CREDIT. Para realizar las operaciones señaladas en la cláusula segunda, “EL CLIENTE” deberá iniciar sesión en la aplicación de BBVA CREDIT ingresando la contraseña que haya generado o que “BANCOMER” le haya proporcionado. En caso de tener activado el servicio de “BANCOMER MOVIL” la contraseña de este servicio será la misma para el servicio de BBVA CREDIT y viceversa. El servicio de BBVA CREDIT podrá ser operado a través de teléfonos celulares que cuenten con servicio de Internet.

2.5 BBVA SEND

PRIMERA SERVICIO. El servicio de BBVA SEND es una funcionalidad de Pago Móvil por medio de la cual “EL CLIENTE” podrá realizar las operaciones señaladas en la siguiente cláusula, a través de su teléfono celular. Para hacer uso de este servicio, “EL CLIENTE” deberá contratar el servicio de Pago Móvil, una vez contratado, “EL CLIENTE” podrá tener acceso a las funcionalidades de este servicio al descargar la aplicación en la tienda de aplicaciones correspondiente. En la operación de BBVA SEND son aplicables las cláusulas específicas del servicio Pago Móvil, en todo lo que no se oponga a las disposiciones del presente apartado.

SEGUNDA OPERACIONES. A través del servicio BBVA SEND, “EL CLIENTE” podrá realizar las siguientes operaciones y servicios: 1.- Envío de instrucciones para transferencias de dinero a terceros, utilizando para ello, los contactos de su agenda telefónica contenida en su teléfono celular. Para perfeccionar esta transferencia, el tercero al recibir la notificación de que se le ha enviado el dinero deberá seleccionar la forma en la que desea recibirlo. 2.- Enviar un mensaje personalizado al contacto de su agenda telefónica al cual le envíe dinero. 3.- Recibir transferencias de dinero, teniendo la opción de disponer de él a través de: a) “LA CUENTA DE DEPÓSITO”. b) Cuenta bancaria de otra Institución. Para hacer uso de esta modalidad “EL CLIENTE” debe dar de alta los datos correspondientes de dicha cuenta bancaria que son enunciativa, mas no limitativamente: Nombre del Beneficiario, Tipo de Cuenta, nombre del banco, número de Clabe /Tarjeta/ Cuenta. c) A través de un cajero automático de BBVA Bancomer mediante la opción Dinero Móvil, anotando las claves que se proporcionan en la operación. 4.- Retiros sin tarjeta. 5.- Cualquier otra operación y/o servicio que “BANCOMER” llegare a autorizar en el futuro. Los recursos utilizados para esos envíos de dinero se obtendrán de la “CUENTA ASOCIADA AL SERVICIO”, para lo cual esta tendrá que contar con recursos suficientes para que la transferencia se pueda concretar. Las operaciones monetarias de recepción en este servicio no podrán exceder de 1,500 UDI (Unidades de Inversión) diarias y 6,000 UDI mensuales. Los límites de operación vigentes para este servicio podrán ser consultados en www.bancomer.com

TERCERA ACTIVACION Y ACCESO AL SERVICIO. Para activación del servicio, EL CLIENTE deberá descargar la aplicación BBVA SEND en su celular de acuerdo al procedimiento que “BANCOMER” notifique a “EL CLIENTE” en la página www.bancomer.com, o por cualquier otro medio. Una vez descargada la aplicación, “BANCOMER” identificará a “EL CLIENTE” con el número de teléfono celular en el que realizó la descarga de BBVA SEND. Para realizar las operaciones señaladas en la cláusula 45, “EL CLIENTE” deberá iniciar sesión en la aplicación de BBVA SEND ingresando la contraseña que haya generado o que “BANCOMER” le haya proporcionado. En caso de tener activado el servicio de “BANCOMER MOVIL” la contraseña de este servicio será la misma para el servicio de BBVA SEND y viceversa. El servicio de BBVA SEND podrá ser operado a través de teléfonos celulares que cuenten con servicio de Internet. 2.6 PAGOS BANCOMER

PRIMERA SERVICIO. Para hacer uso de este servicio, “EL CLIENTE” deberá contratar el servicio de Pago Móvil, una vez contratado, “EL CLIENTE” podrá tener acceso a las funcionalidades de este servicio al descargar la aplicación en la tienda de aplicaciones correspondiente. En la operación de PAGOS BANCOMER son aplicables las cláusulas específicas del servicio Pago Móvil, en todo lo que no se oponga a las disposiciones del presente apartado.

SEGUNDA OPERACIONES. A través del servicio PAGOS BANCOMER, “EL CLIENTE” podrá realizar las siguientes operaciones y servicios: 1.- Autorizar a “BANCOMER” para que solicite a la compañía proveedora del servicio que “EL CLIENTE” indique datos para que “BANCOMER” esté en posibilidad de efectuar los recordatorios de pago, lo cuales podrán ser de manera enunciativa: Fecha de corte y cantidad de dinero a pagar. 2.- Pago de Servicios 3. Cualquier otra operación y/o servicio que “BANCOMER” llegare a autorizar en el futuro. Los recursos utilizados para esos envíos de dinero se obtendrán de la “CUENTA ASOCIADA AL SERVICIO”, para lo cual esta tendrá que contar con recursos suficientes para que la transferencia se pueda concretar. Las operaciones monetarias de recepción en este servicio no podrán exceder de 1,500 UDI (Unidades de Inversión) diarias y 6,000 UDI mensuales para clientes que no cuenten con su servicio de Bancomer Móvil con Token. Los límites de operación vigentes para este servicio podrán ser consultados en www.bancomer.com Adicionalmente, en caso de que “EL CLIENTE” tenga contratado el servicio de BANCA MÓVIL, podrá realizar las siguientes operaciones haciendo uso de la contraseña dinámica de un solo uso generada por el “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” de acuerdo con los términos y montos del servicio BANCA MÓVIL: 1.-Registro de cuentas destino. 2. Cualquier otra operación y/o servicio que “BANCOMER” llegare a autorizar en el futuro.

TERCERA ACTIVACION Y ACCESO AL SERVICIO. Para activación del servicio, EL CLIENTE deberá descargar la aplicación PAGOS BANCOMER en su celular de acuerdo al procedimiento que “BANCOMER” notifique a “EL CLIENTE” en la página www.bancomer.com, o por cualquier otro medio. Una vez descargada la aplicación, “BANCOMER” identificará a “EL CLIENTE” con el número de teléfono celular en el que realizó la descarga de PAGOS BANCOMER. Para realizar las operaciones señaladas en la cláusula segunda, “EL CLIENTE” deberá iniciar sesión en la aplicación de BBVA SEND ingresando la contraseña que haya generado o que “BANCOMER” le haya proporcionado. En caso de tener activado el servicio de “BANCOMER MOVIL” la contraseña de este servicio será la misma para el servicio de PAGOS BANCOMER y viceversa. El servicio de PAGOS BANCOMER podrá ser operado a través de teléfonos celulares que cuenten con servicio de Internet.

SUBCAPITULO 3 BANCOMER MOVIL CON TOKEN (BANCA MÓVIL)

3.1 BANCOMER MÓVIL CON TOKEN

PRIMERA DEL SERVICIO. “BANCOMER” está de acuerdo en prestar y “EL CLIENTE” en hacer uso del servicio de banca electrónica denominado Banca Móvil para efectuar operaciones bancarias señaladas en este capítulo a través del teléfono celular que asocie “EL CLIENTE” conforme a los términos de este Contrato.

SEGUNDA MEDIOS DE ACCESO AL SISTEMA. Para ingresar al servicio, “EL CLIENTE” utilizará como identificador de acceso el número de teléfono celular vinculado al servicio. Adicional a lo anterior “BANCOMER” deberá entregar un dispositivo de seguridad o indicarle a “EL CLIENTE” la forma en la cual podrá descargar la aplicación que funcione como “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD”. El teléfono celular de “EL CLIENTE” servirá como identificador del mismo. “EL CLIENTE” deberá designar una contraseña que junto con el dispositivo de seguridad funcionarán como factores de autenticación, con los cuales se podrá conectar a la Banca Móvil. Asimismo “EL CLIENTE” podrá designar como medio de acceso al sistema alguno de sus datos biométricos previamente proporcionados a BANCOMER para ser utilizados como factores de autenticación; siempre que BANCOMER habilite esa posibilidad. TERCERA DE LAS OPERACIONES. Lograda la conexión a que alude la cláusula que antecede, “EL CLIENTE” podrá tener acceso a “LAS CUENTAS” para efectuar las siguientes operaciones: a) Consulta de saldos, movimientos y estados de cuenta de “LA CUENTA”. b) Traspasos de “LA CUENTA” de “EL CLIENTE” a “LAS CUENTAS”. c) Transferencias a cuentas de terceros en “BANCOMER”. d) Transferencias a cuentas de otros bancos en México. e) Pago a proveedores o prestadores de servicios que “BANCOMER” incluya en “EL SERVICIO”. f) Activación o contratación de nuevos productos o servicios de operaciones activas, pasivas, servicios bancarios y banca electrónica con “BANCOMER”. g) Contratación de nuevos productos o servicios, con cualquiera de las entidades financieras integrantes del Grupo Financiero BBVA Bancomer. h) Autorización a terceros para retiro de efectivo en cajero automático sin presentación de “LA TARJETA”, a través del envío de claves al número móvil o celular del tercero proporcionado por “EL CLIENTE” y que éste digite en los sistemas de “BANCOMER” (Dinero Móvil). i) Suspender o cancelar “EL SERVICIO”. j) Consulta de contratos de depósito bancario de títulos y comisión mercantil (en lo subsecuente contratos patrimoniales), en caso de tenerlos. k) Las operaciones de los servicios BBVA WALLET y BBVA CREDIT, así como las demás operaciones que se señalan en el capítulo de Pago Móvil” que “BANCOMER” tenga habilitados. l) Incremento de línea de crédito en las operaciones activas que “EL CLIENTE” tenga con “BANCOMER”. m) Otorgar su consentimiento para el tratamiento de datos personales que en su caso podrán ser sensibles n) Modificar dentro del Menú Administrar el método de acceso al sistema que podrá ser contraseña y / o dato biométrico, siempre que Bancomer tenga habilitada esa posibilidad. n) Cualquier otra operación y/o servicio que “BANCOMER” llegare a autorizar en el futuro. Para que “BANCOMER” pueda autorizar las operaciones antes señaladas dentro de “EL SERVICIO”, podrá solicitar a “EL CLIENTE” que confirme las operaciones mediante el uso de su contraseña, “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD”, factor biométrico o cualquier otro método autorizado por la legislación correspondiente.

CUARTA BLOQUEO Y PROCEDIMIENTO DE DESBLOQUEO DEL SERVICIO O CONTRASEÑAS. Cuando “EL CLIENTE” digite la “CONTRASEÑA DE ACCESO” de manera incorrecta por 3 (tres) ocasiones, “BANCOMER” bloqueará de manera temporal “EL SERVICIO” por 15 (quince) minutos, cuando “EL CLIENTE” reincida por otras 3 (tres) ocasiones, “BANCOMER” nuevamente bloqueará de manera temporal “EL SERVICIO” por 2 (dos) horas, en el caso de que “EL CLIENTE” reincida por otras 3 (tres) ocasiones se realizará un bloqueo definitivo de “EL SERVICIO”. En el caso de olvido de la contraseña o bloqueo de “EL SERVICIO”, “EL CLIENTE” deberá acudir a alguna sucursal de “BANCOMER” o llamar al centro de atención telefónica, según “BANCOMER” lo tenga habilitado. En caso de cancelación de “EL SERVICIO”, ya sea por “BANCOMER” o por “EL CLIENTE”, las contraseñas serán inhabilitadas en los sistemas de “BANCOMER” para ingresar a “EL SERVICIO”. LIMITES MONETARIOS PARA EL SERVICIO DE BANCA MÓVIL. “EL CLIENTE” podrá hacer uso del servicio de Banca Móvil y realizar las operaciones a que se refiere la cláusula anterior siempre y cuando las Operaciones Monetarias no excedan los límites establecidos en el Anexo de Datos Generales del Cliente que forma parte integrante del presente contrato. QUINTA REGISTRO DE CUENTAS. “EL CLIENTE” podrá habilitar “LA CUENTA” en las que él sea titular o cotitular que hayan sido celebradas con “BANCOMER” posterior a la fecha de este Contrato, siempre y cuando en “EL SERVICIO” realice la función de actualización de cuentas a efecto de poder realizar consultas y operaciones. (No aplica para cuentas mancomunadas). Si “EL CLIENTE” cuenta con el “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” instalado dentro del software de su teléfono desde el cual está generando la operación, “EL CLIENTE” para poder realizar transferencias y/o pagos a terceros en “BANCOMER” u otras instituciones, previamente deberá registrar las cuentas de terceros en “EL SERVICIO”, para lo cual sólo tendrá que confirmar la operación mediante un botón de confirmar, es decir, no será necesario que digite la clave de único uso, debido a que esta clave se registra de manera automática desde el celular, la cuenta registrada, en su caso, quedará habilitada en un lapso de 30 (treinta) minutos contados a partir del momento en que se realice dicho registro, de acuerdo al “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD”, utilizado, asimismo “EL CLIENTE” podrá realizar un proceso de registro diferente con ayuda del “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD”, el cual puede estar también integrado en el propio celular, a efecto de poder lograr que la cuenta de destino quede habilitada de forma inmediata. SEXTA VISUALIZACIÓN DE CONTRATOS PATRIMONIALES. “EL CLIENTE” que cuente con contratos patrimoniales podrá realizar las siguientes acciones, cuando Bancomer lo habilite: 1) Visualizar los números de su(s) contrato(s) patrimonial(es) y el de la cuenta eje asociada a dicho(s) contrato(s); así como el detalle de valores y efectivo que se encuentre en dichas cuentas y/o contratos. 2) Visualizar los datos de contacto de la oficina gestora de su(s) contrato(s) patrimonial (es), con la posibilidad de contactarse con sus funcionarios correspondientes mediante una llamada telefónica, mensaje o correo electrónico. 3) Transferir efectivo entre el contrato patrimonial y la cuenta eje asociada y viceversa. 4) Solicitar Operaciones de compra o venta de instrumentos en su(s) contrato(s) patrimonial(es), para lo cual deberá especificar el tipo de mercado, la emisora, la serie, el importe o número de títulos de la operación, el precio y la vigencia de la operación a solicitar. Para efectos de llevar a cabo la operación señalada en el inciso 4 Bancomer se reserva el derecho de solicitar cualquier dato o documentación adicional. Lo anterior sin perjuicio de lo que establezca cada contrato patrimonial. 3.2 PAY DAY

PRIMERA SERVICIO. El servicio de PAY DAY es una funcionalidad de Banca Móvil por medio de la cual “EL CLIENTE” podrá visualizar su último depósito de nómina y su estado de cuenta más reciente correspondiente a su cuenta de nómina; por lo tanto para poder hacer uso de PAYDAY, siempre que “BANCOMER” lo habilite, “EL CLIENTE” deberá tener contratado su servicio de Banca Móvil. En la operación de PAY DAY son aplicables las cláusulas específicas del servicio Banca Móvil, en todo lo que no se oponga a las disposiciones del presente apartado. Debido a que la información del servicio de PAY DAY se deriva a su vez del servicio de cuenta de nómina y de la información adicional que el empleador de “EL CLIENTE” proporciona, este servicio sólo está disponible para clientes que tengan su cuenta de nómina con “BANCOMER” y que las empresas para las que laboran hayan firmado el acuerdo correspondiente con “BANCOMER” respecto a proporcionar la información necesaria para la habilitación de la aplicación móvil descrita. SEGUNDA OPERACIONES. A través del servicio PAY DAY, “EL CLIENTE” podrá realizar las siguientes operaciones y servicios: 1.- Visualizar su último depósito de nómina. 2.- Visualizar su estado de cuenta más reciente correspondiente a su cuenta de nómina. 3.- Visualizar, en su caso, los créditos que Bancomer ponga a su disposición. 4.- Visualizar, en su caso, los descuentos en comercios y otros beneficios que Bancomer ponga a su disposición como cuentahabiente de nómina. 5.- Efectuar retiros sin tarjeta. 6.- Cualquier otra operación y/o servicio que “BANCOMER” llegare a autorizar en el futuro. TERCERA ACTIVACION Y ACCESO AL SERVICIO. Para la activación del servicio, EL CLIENTE deberá descargar la aplicación PAY DAY en su celular de acuerdo al procedimiento que “BANCOMER” notifique a “EL CLIENTE” en la página www.bancomer.com, o por cualquier otro medio. Una vez descargada la aplicación, “BANCOMER” identificará a “EL CLIENTE” con el número de teléfono celular en el que realizó la descarga de PAY DAY y el cual “EL CLIENTE” asoció previamente. Para realizar las operaciones señaladas en la cláusula segunda, “EL CLIENTE” deberá iniciar sesión en la aplicación de PAY DAY ingresando la contraseña que haya generado o que “BANCOMER” le haya proporcionado. En caso de tener activado el servicio de “BANCOMER MOVIL” la contraseña de este servicio será la misma para el servicio de PAY DAY y viceversa. El servicio de PAY DAY podrá ser operado a través de teléfonos celulares que cuenten con servicio de Internet.

CAPITULO III BANCOMER.COM PRIMERA DEL SERVICIO. “EL CLIENTE” podrá utilizar este servicio de banca electrónica en el cual podrá realizar consultas y operaciones financieras y/o bancarias a través de Internet (en adelante “EL SERVICIO”), al cual podrá acceder a través de su navegador de su computadora o bien a través de una aplicación móvil para dispositivos electrónicos, para lo cual “EL CLIENTE” debe activar el servicio de acuerdo al procedimiento que “BANCOMER” establezca para tal efecto, y dependiendo del tipo de operaciones que “EL CLIENTE” quiera realizar en “EL SERVICIO”. Una vez activado “EL SERVICIO”, “BANCOMER” autoriza a “EL CLIENTE” para que a través de la red de Internet se pueda conectar y tener acceso al “SISTEMA” que “BANCOMER” tiene en funcionamiento. Para ello “EL CLIENTE” deberá contar con acceso a la red de Internet. SEGUNDA

MEDIOS DE ACCESO AL SISTEMA. EL CLIENTE” para activar el servicio deberá ingresar a www.bancomer.com en la opción Registro y se autenticará por medio de diversos elementos como podrán ser: a) El número de la tarjeta de débito vinculada a “LA CUENTA”, en adelante “TARJETA DE ACCESO”, por lo que a este elemento se les denominará “IDENTIFICADOR DE USUARIO”, y en su caso, el NIP u otro elemento que “LAS PARTES” determinen.. b) Clave de único uso que genera el “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” (en su caso). c) O cualquier otro elemento que “BANCOMER” requiera a “EL CLIENTE”. Una vez identificado y autenticado “EL CLIENTE” con los elementos descritos anteriormente, “EL CLIENTE” designará una clave para ingresar al sistema (nivel de consulta), la cual será su “CONTRASEÑA DE ACCESO”. Para entrar a “EL SERVICIO”, “EL CLIENTE” deberá proporcionar el “IDENTIFICADOR DE USUARIO” y su “CONTRASEÑA DE ACCESO”; y cuando “EL CLIENTE” cuente con un “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD”, “BANCOMER” se lo solicitará para tener acceso a “EL SERVICIO”. “BANCOMER” podrá en todo momento, mejorar la calidad de los servicios estableciendo modificaciones a las reglas de funcionamiento, de acceso o procedimientos de identificación y autenticación, para ello deberá dar aviso a “EL CLIENTE” en términos de lo establecido en este Contrato. “LAS PARTES” convienen en que el “IDENTIFICADOR DE USUARIO”, las contraseñas y la clave de único uso que genera el “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD”, en su caso, sirven de identificación en el sistema y son utilizados en lugar del nombre y firma de “EL CLIENTE”. “BANCOMER” se basará en ellos de la misma manera y para los mismos propósitos y alcances. TERCERA DE LAS OPERACIONES. Las operaciones que “EL CLIENTE” podrá realizar en “EL SERVICIO” (modalidad básica) son: a) Consulta de saldos y movimientos de “LA CUENTA” y/o “LAS CUENTAS”. b) Traspasos entre “LAS CUENTAS” de “EL CLIENTE”. c) Concertación, incrementos, decrementos y liquidación de inversiones de “EL CLIENTE”. d) Solicitudes varias o aclaraciones de operaciones específicas (cambios de domicilio, solicitud de chequeras, etc.) de “LAS CUENTAS”. e) Contratación de productos y servicios que no requieran un “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD”, para lo cual “EL CLIENTE” deberá manifestar su consentimiento proporcionando la información que BANCOMER le requiera, como puede ser entre otros: el número de tarjera, código de seguridad de la tarjeta, fecha de nacimiento, o cualquier otra que le sea requerida. f) Cualquier otra operación y/o servicio que “BANCOMER” llegare a autorizar en el futuro, y/o contrate “EL CLIENTE” con “BANCOMER”. Además de las operaciones antes mencionadas “EL CLIENTE” podrá llevar a cabo otras operaciones; sin embargo, para poder realizarlas será necesario que “EL CLIENTE” cuente con un “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” para confirmar las operaciones, Las operaciones que “EL CLIENTE” podrá realizar una vez que tenga “EL SERVICIO” activado y cuente con un dispositivo de seguridad son (modalidad avanzada): 1. Transferencias a cuentas de terceros en “BANCOMER”. 2. Transferencias a cuentas de otros bancos en México. 3. Solicitudes varias o aclaraciones de operaciones específicas de “LA CUENTA DE DEPOSITO”. 4. Pago a proveedores o prestadores de servicios que “BANCOMER” incluya en “EL SERVICIO”. 5. Pago de impuestos federales a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 6. Activación o contratación de nuevos productos o servicios de operaciones activas, pasivas, servicios bancarios y banca electrónica con “BANCOMER”. 7. Contratación de nuevos productos o servicios, con cualquiera de las entidades financieras integrantes del Grupo Financiero BBVA Bancomer.

8. Autorización a terceros para retiro de efectivo en cajero automático sin presentación de “LA TARJETA”, a través del envío de claves al número móvil o celular del tercero proporcionado por “EL CLIENTE” y que éste digite en los sistemas de “BANCOMER” (Dinero Móvil). 9. Transacción Orden de Pago Internacional. Transferencia de fondos de una cuenta propia en MXP, USD o EUR hacia la cuenta de un beneficiario en el extranjero. 10. Registro de cuentas de destino recurrentes. 11. Cualquier otra operación y/o servicio que “BANCOMER” llegare a autorizar en el futuro, y/o contrate “EL CLIENTE” con “BANCOMER”. A través del mismo servicio, “EL CLIENTE” podrá obtener información financiera de mercado no relacionada con “LA CUENTA”. “BANCOMER”, a su criterio, determinará el contenido y alcance de esta información, en el entendido que el uso por “EL CLIENTE” de la misma, será responsabilidad de él mismo. En su caso, “LA CUENTA” con régimen mancomunado en donde “EL CLIENTE” sea cotitular, sólo se podrán realizar consultas a que se refiere el inciso a) de esta cláusula. CUARTA BLOQUEO Y PROCEDIMIENTO DE DESBLOQUEO DEL SERVICIO O CONTRASEÑAS. Cuando “EL CLIENTE” digite la “CONTRASEÑA DE ACCESO” de manera incorrecta por 3 (tres) ocasiones, “BANCOMER” bloqueará de manera temporal “EL SERVICIO” por 15 (quince) minutos, cuando “EL CLIENTE” reincida por otras 3 (tres) ocasiones, “BANCOMER” nuevamente bloqueará de manera temporal “EL SERVICIO” por 2 (dos) horas, en el caso de que “EL CLIENTE” reincida por otras 3 (tres) ocasiones se realizará un bloqueo definitivo de “EL SERVICIO”. En el caso de olvido de la contraseña o bloqueo de “EL SERVICIO”, se podrán definir nueva clave de acceso en la página de Internet www.bancomer.com en la opción de Olvido o Desbloqueo de Claves, para lo cual tendrá que volver a autenticarse a través de los mismos elementos que utilizó al momento de realizar la activación de “EL SERVICIO”, en caso de contar con un “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” además deberá proporcionar la clave generada por éste. Una vez identificado y autenticado “EL CLIENTE”, podrá definir nueva “CONTRASEÑA DE ACCESO”. También se podrá realizar el desbloqueo de “EL SERVICIO” en alguna sucursal de “BANCOMER”. Cuando “EL CLIENTE” digite la clave de único uso generada por el “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” de manera incorrecta por 3 (tres) ocasiones, “BANCOMER“ bloqueará de manera temporal “EL SERVICIO” por 2 (dos) horas, cuando “EL CLIENTE” reincida por otras 3 (tres) ocasiones, “BANCOMER” nuevamente bloqueará de manera temporal “EL SERVICIO” por 2 (dos) horas, en el caso de que “EL CLIENTE” reincida por otras 3 (tres) ocasiones se realizará un bloqueo definitivo de “EL SERVICIO” de tal forma que “EL CLIENTE” deberá acudir a cualquier sucursal, con el objeto de identificarse fehacientemente y solicitar el desbloqueo. En caso de cancelación de “EL SERVICIO”, ya sea por “BANCOMER” o por “EL CLIENTE”, las contraseñas serán inhabilitadas en los sistemas de “BANCOMER” para ingresar a “EL SERVICIO”. QUINTA REGISTRO DE CUENTAS. “EL CLIENTE” podrá habilitar “LA CUENTA” en las que él sea titular o cotitular que hayan sido celebradas con “BANCOMER” posterior a la fecha de este Contrato, siempre y cuando en “EL SERVICIO” realice la función de actualización de cuentas a efecto de poder realizar consultas y operaciones. “EL CLIENTE” para poder realizar transferencias y/o pagos a terceros en “BANCOMER” u otras instituciones, previamente deberá registrar las cuentas de terceros en “EL SERVICIO”, para lo cual “EL CLIENTE” deberá: A) Contar con un “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” físico: 1.- Contar con un “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” con tecnología óptica, otorgado por BANCOMER. 2.- Encender el “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” y presionar el botón óptico. 3.- Ubicar el “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” en la pantalla de la computadora.4.Teclear el botón de “Ok” en caso de estar de acuerdo con el número de cuenta a registrar y el nombre del beneficiario a transferir.

5.-Digitar la clave de único uso que genera el “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD”, B) Contar con un “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” se encuentre almacenado dentro de una aplicación en el dispositivo móvil de “EL CLIENTE” (Token Móvil): 1.- Contar con un “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” otorgado por BANCOMER almacenado dentro de una aplicación en el dispositivo móvil de “EL CLIENTE”. 2.- Ingresar al botón de “Token Móvil” y presionar el botón “Lector de código QR”. 3.- Activar la cámara del teléfono celular, centrar el código QR en el recuadro que aparece en la pantalla y mantenerlo por unos segundos 4.- Teclear en el teléfono celular del cliente la respuesta “SÍ”, sólo en caso de estar de acuerdo con el número de cuenta a registrar y el nombre del beneficiario a transferir. 5.-Digitar la clave de único uso que genera el “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD”, La cuenta registrada, en su caso, quedará habilitada en un lapso de 30 (treinta) minutos contados a partir del momento en que se realice dicho registro, de acuerdo al “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD”, utilizado, o bien podrá quedar habilitada desde su registro de acuerdo al procedimiento que determine “BANCOMER” para ser utilizada en forma inmediata. “EL CLIENTE” a través de “EL SERVICIO” podrá dar de baja las cuentas de terceros previamente registradas, así como registrar nuevas cuentas de terceros de acuerdo a lo señalado en esta cláusula. SEXTA REGISTRO DE CUENTAS DE DESTINO RECURRENTES. Con el objeto de simplificar la transferencia de recursos a cuentas de terceros eliminando el uso “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” en dicha transferencia, “BANCOMER” podrá permitir a “EL CLIENTE” registrar cuentas de destino con la calidad de recurrentes mediante el siguiente procedimiento: 1. Efectuar el registro de la cuenta para realizar pagos. 2. Que transcurra al menos 90 días desde que fue registrada como cuenta destino, la haya usado al menos en 3 ocasiones y que no se hayan presentado reclamaciones sobre traspasos a esa cuenta. 3. Efectuar la solicitud a “BANCOMER” para que una cuenta destino sea registrada como recurrente. 4. Utilizar una clave proporcionada por “EL DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” para registrar como recurrente la cuenta de destino. Para desactivar la calidad de recurrente de una cuenta de destino, “EL CLIENTE” deberá solicitarlo a “BANCOMER” mediante el procedimiento que este le ponga su disposición en www.bancomer.com

SÉPTIMA LIMITES MONETARIOS PARA EL SERVICIO. “EL CLIENTE” podrá hacer uso de “EL SERVICIO” y realizar las operaciones a que se refiere este Contrato, siempre y cuando el monto por transacción acumulado diario y/o acumulado mensual, no exceda los límites máximos determinados para “EL SERVICIO”. Estos límites máximos podrán ser disminuidos por “EL CLIENTE” a través de “EL SERVICIO”. Los límites máximos por perfil y categorías iniciales, se señalan en el Anexo de Datos Generales de “EL CLIENTE”, mismo que forma parte del presente Contrato.

CAPITULO IV CLAUSULAS COMUNES A LOS SERVICIOS PRIMERA CONDICIONES DE LOS SERVICIOS.- Las operaciones que se lleven a cabo al amparo del presente contrato se regirán por los términos y condiciones consignados en los capítulos y subcapítulos de “BANCOMER MOVIL” y “BANCOMER.COM”, en adelante “LOS SERVICIOS DIGITALES”, por lo que las estipulaciones de este capítulo serán aplicables a “LOS SERVICIOS DIGITALES” en todo lo que no se oponga a lo pactado en los capítulos y subcapítulos específicos de “LOS SERVICIOS DIGITALES” que use, conforme a lo siguiente:

a) Las operaciones de retiro que “EL CLIENTE” realice de “LAS CUENTAS” con la finalidad de hacer traspasos entre éstas, serán plenamente válidas sin que sea necesaria la suscripción de cheques. En los retiros de inversiones tampoco se requerirá llenar la ficha de retiro. La validación de las operaciones será llevada a cabo por “LOS SERVICIOS DIGITALES”, los que generarán un número de folio en la realización de cada operación. La validación de las operaciones será llevada a cabo por “EL SERVICIO”, la que generará un número de folio en la realización de cada operación. b) Los depósitos a “LAS CUENTAS” y las aportaciones a “LAS CUENTAS” de inversión se efectuarán y comprobarán con el comprobante que se emita en la banca electrónica de que se trate. c) Tratándose de disposiciones para efectuar pagos de servicios o pagos a terceros con cargo a “LA CUENTA”, cuando se trate de tarjetas de crédito, no será necesario que se suscriban pagarés. d) Las operaciones de retiro o transferencias sólo podrán realizarse si “EL CLIENTE” tiene saldo suficiente en “LAS CUENTAS” en que se vaya a efectuar el cargo correspondiente. e) Tratándose de consulta de saldos, la información que “BANCOMER” proporcione a “EL CLIENTE”, corresponderá a la que en sus registros contables aparezca registrada a esa fecha. f) La información e instrucciones que “EL CLIENTE” transmita o comunique a “BANCOMER” al efectuar sus operaciones, así como los comprobantes emitidos y transmitidos por el “Computador Central” de “BANCOMER”, tendrán pleno valor probatorio y fuerza legal para acreditar la operación realizada, el importe de la misma, su naturaleza, así como las características y alcance de sus instrucciones. g) “BANCOMER” podrá fijar libremente las bases, requisitos y condiciones de operación de “LOS SERVICIOS DIGITALES”, los días y el horario de operación, así como el límite de los retiros o disposiciones de las transferencias o aportaciones. En los estados de cuenta que se pongan a disposición de “EL CLIENTE” por cada una de “LAS CUENTAS” incorporadas al sistema, se harán constar e identificarán las operaciones realizadas. Las observaciones a esos estados de cuenta las deberá formular “EL CLIENTE” en la forma y términos que se señalan en los propios Contratos. h) “EL CLIENTE” acepta que periódicamente le sean enviadas, por los medios que “BANCOMER” considere convenientes, sugerencias de seguridad y recomendaciones para el uso de “LOS SERVICIOS DIGITALES”.

SEGUNDA ACCESO AL SISTEMA. “EL CLIENTE” puede conectarse a los sistemas de cómputo electrónico (en adelante el “SISTEMA”) que “BANCOMER” tiene en funcionamiento con el objeto de hacer uso de “LOS SERVICIOS”. A “EL CLIENTE” se le permitirá el acceso antes mencionado a través de un Identificador de Usuario y un Factor de Autenticación. El Identificador de Usuario es la información con la que “BANCOMER” reconoce a “EL CLIENTE” y que junto con el Factor de Autenticación le permite hacer uso del “SERVICIO”. Tanto para el servicio de Pago Móvil como para el de Banca Móvil, el identificador del cliente será el número de teléfono celular y para el servicio de Banca por internet el identificador del cliente será el número de la tarjeta de débito vinculada a “LA CUENTA”. El Factor de Autenticación es la información secreta, también denominada “CONTRASEÑA DE ACCESO”, que sólo “EL CLIENTE” conoce y que le permite junto con el Identificador de Usuario, acceder al “SERVICIO” correspondiente. Dicha “CONTRASEÑA DE ACCESO” no deberá tener más de 2 (dos) caracteres idénticos en forma consecutiva, así como tampoco deberá tener más de 2 (dos) caracteres consecutivos numéricos o alfabéticos. Por otro lado deberán ser mínimo 6 caracteres para Pago Móvil y Banca Móvil, y 8 (ocho) caracteres para la Banca por Internet. “EL CLIENTE” es el único responsable y conocedor de su “CONTRASEÑA DE ACCESO”.

TERCERA DISPOSITIVO DE SEGURIDAD. El “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” también denominado en este contrato como token, utiliza tecnología óptica y puede ser físico o almacenado dentro de una aplicación

en el teléfono celular de “EL CLIENTE” (Token Móvil) y servirá para generar claves aleatorias de un solo uso para confirmación de operaciones bancarias o de servicios.

CUARTA RESPONSABILIDAD DEL “IDENTIFICADOR DE USUARIO” Y LAS CONTRASEÑAS.- “EL CLIENTE” reconoce que quedará bajo su custodia, control y cuidado el “IDENTIFICADOR DE USUARIO”, las contraseñas, incluida la “CONTRASEÑA DE ACCESO” y el “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” referidas en los capítulos anteriores, reconociendo también el carácter personal, intransferible y confidencial de éstos, deslindando de responsabilidad a “BANCOMER” por el mal uso que pudiera hacer de los mismos, por lo que será de su exclusiva responsabilidad cualquier quebranto que pudiera sufrir como consecuencia del uso indebido de las mismas.

QUINTA ROBO O EXTRAVIO DE LOS MEDIOS DE ACCESO AL SISTEMA.- En el caso de daño, robo o extravío de “LA TARJETA DE ACCESO”, dispositivo celular y/o el “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD”, “EL CLIENTE” deberá dar aviso de inmediato a ”BANCOMER” a través del servicio telefónico que para tal efecto tenga establecido “BANCOMER”, a fin de evitar que cualquier tercero no autorizado haga uso del “IDENTIFICADOR DE USUARIO” y/o del “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD”, que “BANCOMER”, le hubiere entregado; al momento del reporte “BANCOMER” cancelará el medio de acceso reportado y proporcionará un número de reporte o folio, desde ese momento cesa la responsabilidad de “EL CLIENTE”, por lo que cualquier cargo realizado a través de los medios electrónicos regulados en el presente contrato, con posterioridad al reporte, será imputable a “BANCOMER”.

SEXTA SUSPENSION TEMPORAL Y REACTIVACION DE LOS SERVICIOS.- “EL CLIENTE” podrá desactivar temporalmente y reactivar “LOS SERVICIOS DIGITALES”, para lo cual deberá llamar al servicio telefónico que para tal efecto tenga establecido “BANCOMER”, o seguir el procedimiento que “BANCOMER” tenga establecido dentro de cada servicio.

SÉPTIMA NOTIFICACIONES.- Las operaciones que impliquen la transferencias de recursos de dinero a cuentas de terceros, como pueden ser las transferencias o pago de bienes o servicios, el pago de impuestos, modificación de límites de monto de las operaciones, registro de cuentas de terceros u otras instituciones, alta y modificación del medio de notificación, activación o contratación de productos y servicios, desbloqueo o modificación de contraseñas, NIP o retiro de efectivo y que se realicen a través de “LOS SERVICIOS DIGITALES”, serán notificadas por “BANCOMER” a “EL CLIENTE”, en el medio electrónico que ha señalado en el anexo de datos generales del presente Contrato para tal efecto. En el caso de “BANCOMER MÓVIL SIN TOKEN” o cualquier servicio correspondiente a Pago Móvil, “BANCOMER” podrá enviar únicamente las notificaciones mencionadas en la celebración de las siguientes operaciones: 1. Transferencias de recursos de dinero a cuentas de terceros, como pueden ser las transferencias o pago de bienes o servicios; 2. Contratación de bienes y servicio’; y 3. Modificación de límites de monto de las operaciones. La notificación para el punto 1 solo se efectuará cuando el monto acumulado diario sea mayor o igual a 600 UDIs o la operación sea mayor o igual a 250 UDIs. “EL CLIENTE” reconoce que, derivado de la inmediatez del aviso, la información puede discrepar entre la versión de sus documentos impresos y la versión electrónica de los mismos, a través del envío. Con el objeto de proteger la confidencialidad de la información, “BANCOMER” recomienda a “EL CLIENTE” la adopción de medidas de elemental prudencia para prevenir que la información pueda ser conocida por persona no autorizada distinta a su destinatario, como pudiera ser entre otras, la custodia del medio electrónico.

“BANCOMER” no será responsable en ningún caso de afectación alguna, incluyendo, sin límite, daños, pérdidas, gastos directos, indirectos, inherentes o consecuentes que surjan en relación con “EL SERVICIO” o su uso o imposibilidad de uso por alguna de “LAS PARTES”, o en relación con cualquier falla en el rendimiento, error, omisión, interrupción, defecto, demora en la operación o transmisión, falla de sistema o línea que no sean imputables a “BANCOMER”. “BANCOMER” no estará obligado a realizar la notificación a que se refiere la presente cláusula por causa de caso fortuito o fuerza mayor, en caso de que el cliente no proporcione algún medio de contacto o por cualquier causa ajena al control de “BANCOMER”. En caso de que “EL CLIENTE” no desee proporcionar un medio de notificación, absuelve de cualquier responsabilidad a “BANCOMER” por la falta de notificación respectiva. “EL CLIENTE” podrá dar de alta o modificar el medio de notificación en sucursal “BANCOMER”, a través del centro de atención telefónica o por cualquier otro canal electrónico que “BANCOMER” autorice para tal efecto. En ningún caso “BANCOMER” permitirá la modificación del medio de notificación a través del cajero automático o terminal punto de venta. Adicionalmente, “BANCOMER” podrá enviar dichas notificaciones al número celular que “EL CLIENTE” le haya proporcionado por cualquier medio, ya sea por medio de mensajes de texto o como avisos en los mismos servicios. Las notificaciones mencionadas en la esta cláusula podrán ser denominadas como “ALERTAS” o “ALERTAS BANCOMER”.

OCTAVA SUSTITUCIÓN DE LA FIRMA AUTÓGRAFA. Ambas “PARTES” convienen en que el “IDENTIFICADOR DE USUARIO”, la “CONTRASEÑA DE ACCESO”, y en su caso la clave de único uso que genera un dispositivo de seguridad y el número telefónico que “EL CLIENTE” asocie al servicio, son las llaves para ingresar a “EL SERVICIO” y sirven de identificación en el sistema. Estos serán utilizados en este servicio por “BANCOMER” de la misma manera y para los mismos propósitos y alcances que el nombre y la firma autógrafa de “EL CLIENTE”.

NOVENA RESPONSABILIDAD.- La información e instrucciones que “EL CLIENTE” transmita o comunique a “BANCOMER” mediante “LOS SERVICIOS DIGITALES”, tendrán pleno valor probatorio y fuerza legal para acreditar la operación realizada, el importe de la misma, su naturaleza, así como las características y alcance de sus instrucciones. En los términos de la Ley de Instituciones de Crédito, el uso de los medios de identificación previstos en este Contrato, para realizar las operaciones autorizadas a través de este sistema telefónico celular, sustituirá la firma autógrafa, producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrá el mismo valor probatorio. Asimismo, “EL CLIENTE” en este acto manifiesta su conformidad obligándose en lo sucesivo a reconocer, considerar y/o aceptar como su firma autógrafa los medios de identificación a que se refiere la cláusula segunda, o en su caso los que los sustituyan. En ningún caso, “BANCOMER” será responsable de algún daño, incluyendo, sin límite, daños, pérdidas, gastos directos, indirectos, inherentes o consecuentes que surjan en relación con el uso de “LOS SERVICIOS DIGITALES” o con la imposibilidad de su uso por alguna de “LAS PARTES”, o en relación con cualquier falla en el rendimiento, error, omisión, interrupción, defecto, demora en la operación o transmisión, o falla de sistema o línea que no sean imputables a “BANCOMER”. La responsabilidad de “EL CLIENTE” sobre el uso del “IDENTIFICADOR DE USUARIO”, “LAS CLAVES”, “CONTRASEÑAS” o el “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” para acceder y/u operar “LOS SERVICIOS DIGITALES” cesará en el momento “BANCOMER” sea notificado de la defunción de “EL CLIENTE”, el robo o extravío de los elementos mencionados, o “EL CLIENTE” solicite la terminación del servicio digital correspondiente de acuerdo con la cláusula de vigencia de este contrato.

DÉCIMA

SOPORTE Y ASESORIA.- Para la resolución de consultas, atención de dudas, sugerencias, soporte, asesoría y contingencias relacionadas con “LOS SERVICIOS DIGITALES”, “EL CLIENTE” podrá llamar al Centro de atención a Clientes de “LOS SERVICIOS DIGITALES” consultable en www.bancomer.com, o contactar a “BANCOMER” en la misma página en “Ayuda Bancomer” y seguir las instrucciones para el soporte de las operaciones que requiera.

DÉCIMA PRIMERA LIMITACIONES PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DIGITALES.- “BANCOMER” no estará obligado a prestar “LOS SERVICIOS DIGITALES”, en los siguientes casos: a) Cuando la información transmitida sea insuficiente, inexacta, errónea, incompleta, etc. b) Cuando “LAS CUENTAS” no se encuentren dadas de alta, asociadas o registradas en “LOS SERVICIOS DIGITALES”, o bien se encuentren canceladas aun cuando no hubieren sido dadas de baja en “LOS SERVICIOS DIGITALES”. c) Cuando no se pudieren efectuar los cargos debido a que en “LAS CUENTAS” no se mantengan fondos disponibles suficientes, o bien cuando “LAS CUENTAS” no tengan saldo a su favor. d) Por causa de caso fortuito o fuerza mayor, o por cualquier causa ajena al control de “BANCOMER”. d) Cuando exista mandato de autoridad competente.

DÉCIMA SEGUNDA RIESGOS, RECOMENDACIONES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD.- “BANCOMER” hace del conocimiento a “EL CLIENTE” los riesgos inherentes a “EL SERVICIO”, así como los consejos de seguridad que debe tener al utilizar “LOS SERVICIOS DIGITALES”: a) El “IDENTIFICADOR DE USUARIO”, las contraseñas y la clave de único uso que genera el “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” son las llaves para ingresar a “EL SERVICIO” y sirven de identificación en el sistema y son utilizados en lugar del nombre y firma de “EL CLIENTE”. b) La “CONTRASEÑA DE ACCESO” no deberán tener más de 2 (dos) caracteres idénticos en forma consecutiva, así como no deberán tener más de 2 (dos) caracteres consecutivos numéricos o alfabéticos. Por otro lado deberán ser mínimo de 8 (ocho) caracteres, para el caso del servicio Bancomer.com y 6 caracteres numéricos para el caso de Bancomer Móvil. c) Se recomienda modificar las contraseñas periódicamente. d) No utilizar computadoras en sitios públicos para acceder y operar “BANCOMER.COM”. e) Proteger su computadora con antivirus y programas de seguridad actualizados. f) No abrir correos electrónicos, archivos o ligas que reciba de personas desconocidas, pueden ser virus o programas con los cuales intentan obtener sus contraseñas. g)”BANCOMER” nunca solicita información relacionada con sus cuentas o servicios bancarios y tampoco solicita su “CONTRASEÑA DE ACCESO”, clave de único uso generada por el “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD”, ni alguna otra contraseña de los servicios por ningún medio (correo electrónico, mensajes de texto, teléfono, celular, etc.) h) En su caso, disminuir sus límites monetarios para “LOS SERVICIOS DIGITALES”. i) Consultar recomendaciones de seguridad en www.bancomer.com, las cuales se actualizan periódicamente.

DÉCIMA TERCERA CONFIDENCIALIDAD.- “EL CLIENTE” para todos los efectos legales a que haya lugar, expresamente reconoce y acepta el carácter personal e intransferible de “LA CONTRASEÑA”, así como su confidencialidad. En caso de que “EL CLIENTE” tenga conocimiento o crea que ha habido cualquier violación de la seguridad, tal como el robo o el uso no autorizado de su “CONTRASEÑA” o de su teléfono celular vinculado al servicio, deberá de notificarlo inmediatamente a “BANCOMER”, para bloquear el acceso con ese dispositivo o contraseña.

DÉCIMA CUARTA

CANCELACION DE LOS SERVICIOS DIGITALES.- “EL CLIENTE” o “BANCOMER” podrán cancelar los servicios de banca electrónica a que se refiere el presente capitulo bajo los procedimientos siguientes: a) Bancomer Móvil.- “EL CLIENTE” podrá dar por cancelado este servicio a través del servicio telefónico “LINEA BANCOMER”. Asimismo, este servicio se dará por cancelado sin responsabilidad para “BANCOMER” y sin necesidad de procedimiento alguno, cuando “EL CLIENTE”, deje de utilizarlo en un periodo de 6 (seis) meses consecutivos o cuando se dé por cancelada “LA CUENTA”. b) Bancomer.com.- “EL CLIENTE” podrá dar por cancelado este servicio a través del servicio telefónico “LINEA BANCOMER. Asimismo, este servicio se dará por cancelado sin responsabilidad para “BANCOMER” y sin necesidad de procedimiento alguno, cuando “EL CLIENTE”, deje de utilizarlo en un periodo de 12 (doce) meses consecutivos cuando este servicio tenga asociado un “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD”, o cuando se dé por cancelada “LA CUENTA”. Si “BANCOMER” decide cancelar “EL SERVICIO”, deberá dar aviso dado con 30 (treinta) días naturales de anticipación a “EL CLIENTE”, por medio de avisos en el portal financiero www.bancomer.com y podrá adicionalmente BANCOMER dar aviso por cualquiera de los siguientes medios: i) en el servicio de banca electrónica que se trate, ii) medios electrónicos como correo electrónico, iii) a través de publicaciones en periódicos de amplia circulación, iv) colocación de avisos o carteles en los lugares abiertos al público en las oficinas de “BANCOMER”.

DÉCIMA QUINTA HORARIOS DE SERVICIO.- “EL CLIENTE” podrá tener acceso a “EL SERVICIO” los 365 (trescientos sesenta y cinco) días del año, las 24 (veinticuatro) horas del día, con excepción de aquellas operaciones que requieran un horario específico, mismo que se dará a conocer en “EL SERVICIO” y/o en www.bancomer.com

DÉCIMA SEXTA COMISIONES.- Por el servicio prestado, “BANCOMER” podrá cargar a “LA CUENTA DE DEPOSITO de “EL CLIENTE” o a la cuenta que se señala en el Anexo de Datos Generales del Cliente, cuotas o comisiones por los conceptos que a continuación se enumeran: a) TRANSFERENCIAS INTERBANCARIAS MISMO DIA (SPEI) Y DIA SIGUIENTE por cada operación que realice por medio de Bancomer.com. b) REPOSICIÓN DE TOKEN O SOFTOKEN (DISPOSITIVO DE SEGURIDAD).- En caso de que EL CLIENTE requiera sustituir por robo o daño su dispositivo de seguridad. El monto se detallará en la Carátula y Anexo de Datos Generales del Cliente y Comisiones en términos de las DISPOSICIONES de carácter general en materia de transparencia aplicables a las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple, entidades reguladas y la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros. “BANCOMER” se reserva el derecho de modificar o incorporar las cuotas o comisiones y serán informadas con 30 (treinta) días naturales de anticipación a “EL CLIENTE” por cualquiera de los siguientes medios: i) en el portal www.bancomer.com ii) en el servicio de banca electrónica de que se trate, iii) medios electrónicos como correo electrónico iv) a través de publicaciones en periódicos de amplia circulación, v) colocación de avisos o carteles en los lugares abiertos al público en las oficinas de “BANCOMER”. Se entenderá que “EL CLIENTE” otorga su consentimiento a las modificaciones del contrato o a las comisiones si no da aviso de terminación del presente contrato antes de que venza el plazo de 30 (treinta) días naturales, o bien si transcurrido este plazo continúa realizando operaciones. En el caso de que “EL CLIENTE” adeude alguna cantidad por concepto de comisiones a “BANCOMER” y tomo la decisión de dar por terminado el presente contrato, “BANCOMER” procederá a realizar el

cobro de aquellas cantidades adeudadas que se hayan generado a la fecha en que “EL CLIENTE” solicite darlo por terminado. En caso de que “EL CLIENTE” en un periodo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la firma del presente contrato, decida cancelarlo y haya efectuado pago de comisión por algún concepto a “BANCOMER”, “BANCOMER” reembolsará la cantidad cobrada a “EL CLIENTE” y no cobrará comisión por la cancelación. “EL CLIENTE” tendrá derecho a dar por terminado el presente Contrato en caso de no estar de acuerdo con las modificaciones a que se refiere esta cláusula sin que “BANCOMER” pueda cobrarle cantidad adicional alguna por este hecho, con excepción de los adeudos que ya se hubieren generado a la fecha en que “EL CLIENTE” solicite la terminación del Contrato. Las comisiones así como los conceptos y montes que “BANCOMER” cobrará efectivamente a “EL CLIENTE”, serán sólo aquellas que se señalan de manera expresa y que tienen una cantidad determinada o determinable señalada en la carátula y Anexo de Comisiones del presente contrato, por lo que tanto el monto y el método de cálculo en su caso, se detallarán en la carátula y Anexo de Comisiones en términos de la Disposición Única de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros y la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.

DÉCIMA SÉPTIMA MODIFICACIONES. “BANCOMER” se reserva el derecho de efectuar modificaciones a los términos y condiciones de este contrato, mediante aviso dado con 30 (treinta) días naturales de anticipación, por medio de avisos en el portal financiero www.bancomer.com y podrá adicionalmente BANCOMER dar aviso por cualquiera de los siguientes medios: i) en el servicio de banca electrónica que se trate, ii) medios electrónicos como correo electrónico, iii) a través de publicaciones en periódicos de amplia circulación, iv) colocación de avisos o carteles en los lugares abiertos al público en las oficinas de “BANCOMER”. En razón de lo anterior EL CLIENTE contará con un periodo de 30 días naturales a partir de las notificaciones antes mencionadas para solicitar la terminación del presente contrato, sin responsabilidad alguna a su cargo y bajo las condiciones previas a las notificaciones. Se entenderá que “EL CLIENTE” otorga su consentimiento a las modificaciones del contrato o a las comisiones si no da aviso de terminación del presente contrato antes de que venza el plazo de 30 (treinta) días naturales, o bien si transcurrido este plazo continúa realizando operaciones. En el caso de que “EL CLIENTE” adeude alguna cantidad por concepto de comisiones a “BANCOMER” y tomo la decisión de dar por terminado el presente contrato, “BANCOMER” procederá a realizar el cobro de aquellas cantidades adeudadas que se hayan generado a la fecha en que “EL CLIENTE” solicite darlo por terminado. En caso de que “EL CLIENTE” en un periodo de 10 (diez) días hábiles posteriores a la firma del presente contrato, decida cancelarlo y haya efectuado pago de comisión por algún concepto a “BANCOMER”, “BANCOMER” reembolsará la cantidad cobrada a “EL CLIENTE” y no cobrará comisión por la cancelación.

DÉCIMA OCTAVA PROCEDIMIENTO DE ACLARACIONES. En caso de que “EL CLIENTE” tenga alguna aclaración o queja respecto de los movimientos de su estado de cuenta, podrá presentar su aclaración o queja por escrito a través de la sucursal que le aperturó “LA CUENTA” o a través de la unidad especializada de la institución, la solicitud de aclaración deberá ser presentada dentro del plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha de corte. “BANCOMER” acusará recibo de dicha solicitud y proporcionará el número de expediente, una vez realizada la investigación correspondiente “BANCOMER” entregará a “EL CLIENTE” el dictamen correspondiente el cual podrá ser enviado por un correo electrónico proporcionado por “EL CLIENTE”. “BANCOMER” pondrá a disposición “EL CLIENTE” en la sucursal en la que radica la cuenta, o bien en la unidad especializada de “BANCOMER”, el expediente generado con motivo de la solicitud y con toda la

documentación e información que deba obrar en su poder y que se relacione directamente con la solicitud de aclaración que corresponda. El procedimiento antes descrito es sin perjuicio del derecho de “EL CLIENTE” de acudir ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros o ante la autoridad jurisdiccional correspondiente; sin embargo, el procedimiento previsto en esta cláusula quedará sin efectos a partir de que “EL CLIENTE” presente su demanda ante autoridad jurisdiccional o conduzca su reclamación en términos de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

DÉCIMA NOVENA VIGENCIA. El presente Contrato tendrá una duración indefinida. Sin embargo, podrá darse por terminado por “BANCOMER” previo aviso dado a “EL CLIENTE” con 30 (treinta) días naturales de anticipación, mismo aviso que podrá efectuarse: i) en el servicio de banca electrónica que se trate, ii) medios electrónicos como correo electrónico, iii) por medio de avisos en el portal financiero www.bancomer.com, iv) a través de publicaciones en periódicos de amplia circulación, v) colocación de avisos o carteles en los lugares abiertos al público en las oficinas de “BANCOMER”. “EL CLIENTE” podrá dar por terminado el presente contrato en cualquier momento, siempre y cuando presente una solicitud por escrito en cualquiera de las sucursales de “BANCOMER”. Dicho escrito, en su caso, podrá ser proporcionado por “BANCOMER” en el cual “EL CLIENTE” manifestará su voluntad de dar por terminado el contrato, anexando el “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” vinculado a LA CUENTA DE DEPOSITO proporcionado por “BANCOMER” en caso de que fuera físico, o en caso de que se encuentre dentro de una aplicación en el dispositivo móvil del cliente deberá eliminarlo de dicho dispositivo; y en su caso, manifestar bajo protesta de decir verdad, que no cuenta con éste o que fue destruido, por lo que no podrá efectuar disposiciones a partir de dicha fecha. Dicho escrito de terminación deberá presentarse preferentemente en la sucursal donde aperturó LA CUENTA DE DEPOSITO o en cualquier otra. En caso de que “EL CLIENTE” cancele “EL SERVICIO”, “BANCOMER” no reconocerá las contraseñas dinámicas de un solo uso del “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” plasmadas en dicho servicio a partir de la cancelación. La terminación a que se refiere el presente párrafo surtirá efectos el mismo día en que presente la solicitud por escrito “EL CLIENTE”, siempre y cuando se cubran los adeudos y comisiones devengados a esa fecha de acuerdo a lo establecido en el presente instrumento y se retire el saldo existente en la cuenta, por lo cual “BANCOMER” rechazará cualquier disposición que pretenda efectuarse con posterioridad a la cancelación del servicio, la tarjeta de débito o crédito asociada a los servicios o el “DISPOSITIVO DE SEGURIDAD” y no se podrán hacer cargos adicionales a partir del momento en que se realice la cancelación, excepto los ya generados pero no reflejados. “EL CLIENTE” reconoce que si diera por terminada “LA CUENTA DE DEPÓSITO”, se darán por terminados “LOS SERVICIOS DIGITALES” en caso de que “EL CLIENTE” no designara una nueva cuenta en “BANCOMER” para operar los “SERVICIOS DIGITALES”.

VIGÉSIMA CONTRATACION O ACTIVACION POR MEDIOS ELECTRONICOS .LAS PARTES convienen en que el uso de las “CLAVES” y CONTRASEÑAS” sustituirá la firma autógrafa de “EL CLIENTE” y producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos firmados autógrafamente por “EL CLIENTE” y en consecuencia tendrá el mismo valor probatorio.

VIGÉSIMA PRIMERA DOMICILIOS.- Para efectos de este contrato, LAS PARTES señalan como sus domicilios: “EL CLIENTE”, el asentado en el Anexo Datos Generales de “EL CLIENTE”. “BANCOMER”, el ubicado en Av. Paseo de La Reforma 510, Col Juárez, Delg. Cuauhtémoc; C.P. 06600, México D.F.

“EL CLIENTE” se obliga a notificar por escrito a “BANCOMER” de cualquier cambio de su domicilio; asimismo, libera a “BANCOMER” de toda responsabilidad si la correspondencia o notificaciones que se le envía al domicilio registrado no es recibida por él, conviniéndose que lo expresado en ella surtirá todos sus efectos por el solo hecho de su envío y producirá plenas consecuencias legales. En “BANCOMER”, se encontrará la unidad especializada de la institución, para lo cual “EL CLIENTE” podrá acudir a este centro de atención a presentar sus consultas, reclamaciones y aclaraciones o lo podrá hacer directamente en la sucursal a través de cualquier ejecutivo o director de la oficina, en la que aperturó LA CUENTA DE DEPOSITO. El teléfono y correo electrónico de la unidad especializada de la institución es [email protected], con domicilio en: Lago Alberto 320 (entrada por Mariano Escobedo 303), Col. Anáhuac, C.P. 11320, Del. Miguel Hidalgo, México, D.F., teléfono 0155- 19988039.

VIGÉSIMA SEGUNDA CONDUSEF.- En caso de dudas, quejas o reclamaciones, “EL CLIENTE” podrá acudir a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, con domicilio en Insurgentes Sur 762, Colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, C.P. 03100, México, D.F., teléfono 01 800 999 8080 y 5340 0999, correo electrónico [email protected] o consultar la página electrónica en Internet www.condusef.gob.mx

VIGÉSIMA TERCERA JURISDICCION Y COMPETENCIA.- Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, LAS PARTES se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales del Distrito Federal, renunciando a cualquier otro fuero o domicilio que tuvieren o llegaren a tener.

Enteradas "LAS PARTES" del contenido y alcances del presente contrato y explicado por "BANCOMER" a "EL CLIENTE" el valor, consecuencias y alcances legales de este contrato y enterado del derecho que tiene de leerlo manifestó su comprensión plena y conformidad con el mismo estampando su firma autógrafa al calce del presente el día _______ del mes de _____________ de _________, por duplicado quedando un ejemplar en poder de cada una de "LAS PARTES" y recibiendo uno en este acto "EL CLIENTE".

Las firmas contenidas en el presente documento, se estampan al amparo del contrato al que se le asignó el número de RECA 0305-434-020433/03-01208-0616.

“EL CLIENTE” / REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE Y FIRMA

“BANCOMER” POR:

AUTORIZACION DE PUBLICIDAD (OPCIONAL)

Por este medio autorizo a “BANCOMER” utilizar mis datos personales para fines mercadológicos o publicitarios. Asimismo, estoy de acuerdo en que “BANCOMER” envíe a mi domicilio publicidad de productos y servicios de “BANCOMER” o de un tercero y autorizo a “BANCOMER” para que me contacte vía telefónica o de manera directa en cualquier lugar, incluyendo mi lugar de trabajo para ofrecerme algún servicio financiero. “BANCOMER” podrá contactarme en un horario de 07:00 a las 22:00 horas cualquier día del año. Está autorización estará vigente hasta que “EL CLIENTE” realice la revocación de la misma por escrito en la red de sucursales de “BANCOMER” durante el horario de atención al público o a través de algún medio electrónico que para tal efecto “BANCOMER” habilite.

___________________ “EL CLIENTE”

AUTORIZACION ENVIO DE CLAUSULADO

Declara “EL CLIENTE” que está de acuerdo con el contenido del contrato de adhesión que se le puso a disposición mediante un ejemplar impreso o por medio electrónico y solicita a “BANCOMER” que el ejemplar de su clausulado le sea enviado por correo electrónico a la siguiente dirección: _______________________, o al que en su caso haya señalado en el Anexo de Datos Generales; en caso de que “EL CLIENTE” no proporcione una dirección de correo electrónico, “EL CLIENTE” recibe en este acto un ejemplar impreso del contrato, firmando al calce para dejar constancia. ___________________ “EL CLIENTE”

BBVA BANCOMER, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, AV. PASEO DE LA REFORMA 510, COL JUÁREZ, DELG. CUAUHTEMOC; C.P. 06600, CIUDAD DE MÉXICO, R.F.C. BBA830831LJ2

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