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CONTRATON°ALP 005-_A-97
Entre los suscritos, a saber: CARLOSA. SOUSA-LEN~OX M.., vardrt, -panamefio, mayor de edad, portador de la c6dula de identidad personal N°8-138 924, en mi condici6n de Mmistro de Desarrollo Agropecuario, debidamcnte faculta~to para este acto pot la Ley N"12 dc 25 de enero de 1973, actuando en rtombre y representaci6n del ESTAIN), queen lo sucesivo se denommarh EL MIDA, por lma parte; y por ia otra, DEOGRACIAGERTRUDIS FLORES NAVAS, mujer, panamefia, mayor de edad. portadora de la c&tula de identid’,gl personal N° N-10-700-19, quien acffla en su propio hombrey representacidn, quien en adelame se denomfiumi LA ,MIRENDADORA, luan convelfido en cetebrar el presente Contrato de Arren "damiento, sujeto alas siguientes cl/~usulas:
PRIMERA:
LA ARRENDADORA da err arrendamiertto a EL MIDAuna casa de su propiedad ubieada en la Comtmidadde Rio line, Corregimiento N°]. Corn,area de San Bias. con tma superficie de 6 metros cuadrado de aneho, con 3 metros euadrado de largo.
SEGL~qDA: EL MIDAutilizani el area arrendada para alojar a la Agencia de esta v// Irtstituci6n en La Comarcade San Blas.
TERCERA:
EL MIDApagarfi a LA ARRENDADORA en concepto de cz_~mn de / arrendamiento, la s~,una dc VEINTE BALBOAS(t9’.20.00) merLsuales, pag’,~teros los primeros diez (I0) dias de carla rues, con cargo a la partida N°0.10.0.10.02.0 I. I01 del actual Presup uesto de Rentas y Gastos del Ministerio de Desarrollo Agropccuario.
CUARTA:
EI MIDAse obtiga a pagar Ia cuenta los gastos de fiuido electrico y telefono, Cualqnier otto gasto, impuesto o contribuei6n, ser~i pagado por LA ,MtRENDADORA.
QUINTA:
EL MIDAquedat facultado para realizar las mejoras que estkne conveniente dentro del inmueble arrendado, mejoras que tma vez veneido el Contrato quedarhn a favor de LA ARRENDADORA pero no servirfin de base para el alza del canon tie arrendamiento.
bEXT.’M
L~. APdLEND2’,DOi~¥ se cotrq3romc~e a marttener e1 fitmtteble arrendado en condiciones adeeuadas para los fines por Ios ctmles lo da en alquiler por mediode este Corttralo.
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S14.P~PTIMA. LA ARRENDADORAentrega a EL MIDA y EL MIDA asi lo acepta que el local objeto de este contram, esta ell condiciones 6ptim~spara. el uso a que se destine. OCTAVA:
El t6rmmo de duraci6n de este Contrato sera de doce (12) meses, contados a partir del 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 1997.
NOVENA:
Las panes podran dar por terminado el presente Contrato, notificando a la otra pane pot escrito con diez (10) alias de anticipacidn.
DECIMA.
Seran causales de rescisidn adminisIrativa del prescnte Contr,~o, las sefiatadas en el Artic~o 104 de la Ley N°56 de 27 de diciembre de 199~
DECIMA PRIMERA:
Entrani a cargo de LA ARR~NDADORA el pago de los timbres fiscales, que se adhieren al presente Contrato, de acuerdo a Io esmblecido en el Art[culo 967 del C6digo Fiscal.
Para constancm se extlende v firma este Contrato en ta Ciudad de Panama._ a los 21 dias del rues de julio de rail noveeientos no~,enta y siete (1997)¯
POR EL MIDA
POR LA ARRENDADORA
CARLOS A. SOUSA-LENNOX M. Ministr~
I g i ca c.. n,oms C6dula N°I0-700-19
1,:,- 2zo-/7 REFRENDO:
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