CONFERENCIA
Organiza:
CONFERENCIA
Unidad Editorial Conferencias y Formación Avda. de San Luis, 25-27. 28033 Madrid Tel.: 91 443 53 36 • Fax: 91 443 69 95
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Contratos de Permuta Financiera (SWAPS)
Estimado amigo,
Contratos de Permuta Financiera (SWAPS)
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Síganos y plantee sus cuestiones en nuestros canales 2.0
Muchos ciudadanos, con anterioridad a este período de crisis económica y para protegerse de la continua subida del Euribor que el mercado sufría en dichos años, contrataron un SWAP con el Banco. A pesar de que la cuestión sobre este producto bancario salta ahora a los medios no se trata de una figura contractual novedosa, sino que surge a finales de los años setenta para paliar las grandes alteraciones en los tipos de interés que sufría la economía del momento. El problema de estos contratos surge en la actualidad porque los clientes tienen que afrontar continuos pagos a los Bancos, en virtud de dichos contratos motivados por el descenso y mantenimiento a la baja del Euribor durante los últimos meses. Muchos de estos contratos han sido llevados ante los tribunales, dado que presentan ciertos niveles de riesgo y complejidad en su estructura y condiciones, por lo que el presente curso aportará criterios claros sobre dicha tipología contractual y las prospectivas de dicho contrato. Unidad Editorial Conferencias y Formación, consciente de la importancia que tiene para el sector saber las ventajas e inconvenientes de la contratación de un SWAP, organiza para el próximo 31 de enero, la conferencia sobre “Contratos de Permuta Financiera” donde se analizará: >>
Finalidad de los contratos de tipos de interés
>>
Contratación del SWAP en las Mesas de Tesorería
>>
Cuestiones procesales, morosidad y situaciones concursales en los SWAPS
>>
Normativa y criterios de la CNMV y Banco de España
>>
El papel de las entidades financieras en la concesión de SWAPS
>>
Jurisprudencia relativa a los contratos de permuta de tipos de interés
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Contratos de Permuta Financiera (SWAPS)
Precio por inscrito:
1.100 e + 18% IVA
Precio:
935 e
+ 18% IVA* si se inscribe antes del 5 de enero de 2012
* Oferta no acumulable a otras promociones en vigor
Fecha y lugar de celebración Madrid, 31 de enero de 2012
Auditorio Unidad Editorial
Avda. de San Luis, 25-27. 28033 Madrid
Tel. Unidad Editorial 91 443 53 36
Cancelaciones Si usted no puede asistir, tiene la opción de que un sustituto venga en su lugar, comunicándonos sus datos al menos 24h antes de la Conferencia. Para cancelar su asistencia envíenos un e-mail al menos 24h antes de la Conferencia a
[email protected]. En este caso será retenido un 10% en concepto de gastos administrativos. En caso de no cancelar la inscripción o hacerlo en menos de 24h, no será reembolsado el importe de la conferencia.
Ventajas fiscales asociadas a esta Conferencia La cuota de inscripción de esta Conferencia constituye un gasto fiscalmente deducible tanto para empresas, Impuesto sobre Sociedades, como para profesionales, en el cálculo del rendimiento neto de actividades económicas, IRPF. Al mismo tiempo, puede beneficiarse de una deducción en la cuota íntegra de ambos impuestos, por el 5% de su importe.
Transportista Oficial Para Asistentes, Comité Organizador y Ponentes Invitados: Para vuelos Nacionales, Europeos e Intercontinentales destino final el lugar donde se celebre el Evento y v.v. (OW y/o RT): 45% de descuento sobre tarifas completas en Business 50% de descuento sobre tarifas completas en Turista Para vuelos directos, operados por AIR NOSTRUM (IB-8000): 30% de descuento sobre tarifas completas Business y Turista
Hoteles colaboradores
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Hotel NH Abascal Teléfono de Reservas: 91 441 00 15 Consulte precio especial Hotel InterContinental Madrid Teléfono de Reservas: 91 700 73 00 Consulte precio especial
Carla Fanni Rubio Directora de Programas
Hotel Petit Palace Embassy Teléfono de Reservas: 91 431 30 60 Consulte precio especial
UNIDAD EDITORIAL CONFERENCIAS Y FORMACIÓN
Cómo inscribirse Quién debería asistir: Empresas de todos los sectores:
Despachos de abogados
– Directores Generales
– Responsable Dpto. Regulación
– Directores Financieros
– Jefe Dpto. Contencioso
– Directores de Asesoría Jurídica
– Responsable Dpto. Contencioso
Bancos y Cajas de Ahorro:
– Responsables de Asesoría Jurídica
– Responsable del Departamento de Tesorería
Consultoras especializadas
Hoteles recomendados Hotel Nuevo Madrid C/ Bausá, 27. Tlf. 91 298 26 00. Distancia a la Sede de Unidad Editorial 1,8 km-6 minutos Hotel Confortel Pío XII Avda. Pío XII, 77. Tlf. 91 387 62 00. Distancia a la Sede de Unidad Editorial 4,1 km-9 minutos
Entre en www.conferenciasyformacion.com Regístrese como usuario Seleccione la conferencia a la que desea asistir y pulse “inscríbase ahora” Indique el número de inscripciones y pulse “actualizar total” y a continuación “comprar” Compruebe que sus datos están correctos y pulse “enviar” Elija forma de pago: Tarjeta VISA Transferencia Recibirá automáticamente confirmación de su inscripción vía e-mail
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>>
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>>
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>>
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Madrid, 31 de enero de 2012 Auditorio Unidad Editorial
CONFERENCIA
Contratos de Permuta Financiera (SWAPS)
Agenda 9.00 Recepción de los asistentes y entrega de la documentación 9.15 Bienvenida a cargo de: UNIDAD EDITORIAL Presidente y moderador de la jornada:
Madrid, 31 de enero de 2012 >> Análisis de las expectativas de evolución de los tipos de referencia, con especial mención a la curva forward >> Cálculo del valor de mercado de un instrumento financiero derivado. Metodología y utilidad para la determinación del coste de cancelación o reestructuración de los contratos de permuta financiera
D. Adrián Thery Martí Reestructuraciones e Insolvencias GARRIGUES
D. Jesús Martínez Pérez Director de Financiación y Tesorería IBERDROLA Dña. Eva Mediavilla Directora de Tesorería GRUPO CALVO
ASPECTOS PRÁCTICOS Y ECONÓMICOS DE LOS CONTRATOS DE PERMUTA FINANCIERA (SWAPS)
D. Javier López Andreo Socio Responsable de Forensic PwC
9.30 Finalidad de los contratos de tipos
de interés, ventajas e inconvenientes. Tipología y etiología de los contratos según su finalidad El denominado SWAP (IRS, Interest Rate SWAP) o clip bancario es un contrato por el cual dos partes pactan, durante un período de tiempo preestablecido, hacerse pagos recíprocos de intereses calculados sobre un mismo principal teórico en base a un tipo de interés de referencia distinto para cada una de ellas. En la práctica básicamente consiste en un pacto con el Banco mediante el cual si el tipo de referencia (por lo común el Euribor) sube por encima de un tipo de interés prefijado (que suele ser el que se está pagando por la hipoteca u otro producto financiero que el cliente tiene contratado con ese Banco) el Banco abonará esa diferencia al cliente. Y si dicho tipo de referencia baja, será el cliente quien deba abonar la diferencia al Banco. De esta manera, el cliente, que la mayor de las veces tiene contratada una hipoteca a tipo de interés variable, se verá protegido frente a la subida de dicho tipo y será el Banco quien soporte la carga de esa subida. Sin embargo, el cliente no podrá beneficiarse de una eventual bajada, puesto que durante toda la duración del SWAP seguirá pagando al Banco el mismo tipo de interés prefijado.
>> Los contratos de permuta de tipos de interés, con finalidad de cobertura y naturaleza, operativa y función económica de los contratos de permuta financiera de tipos de interés: finalidad especulativa y finalidad de cobertura. Criterios del Banco de España >> Tipos de SWAPS, con especial referencia a los SWAPS de tipos de interés y de inflación. Ejemplos reales de la utilidad de los contratos de permuta financiera
D. Pablo Martínez-Pina Socio de Valoraciones PwC 10.45 Coloquio y preguntas 11.00 Café 11.30 Contratación de SWAPS en las Mesas
de Tesorería tanto a particulares como la denominada “operación espejo” o contrapartida. Gestión del riesgo
>> Riesgos y consecuencias de la contratación de productos derivados >> Beneficio y margen en los contratos de permuta >> Los gastos de cancelación anticipada y reestructuración de los contratos de permuta financiera D. Miguel Sánchez Lozano Responsable de Tesorería BANESTO D. Jordi Andreu Head of Corporate Treasury Sales – SPAIN DEUTSCHE BANK 12.15 Coloquio y preguntas
ASPECTOS JURÍDICOS DE ESTRATEGIA PROCESAL Y MOROSIDAD DE LOS CONTRATOS DE PERMUTA FINANCIERA (SWAPS) 12.30 Cuestiones previas procesales, morosidad
y situaciones concursales en los SWAPS
>> Solicitud de medidas cautelares de no liquidación del contrato y otras, escenarios y estrategias >> Acciones colectivas y acumulación de acciones o de demandantes, distintas situaciones procesales >> Cuestiones previas procesales: competencia objetiva y territorial, diligencias preliminares, acumulación de acciones y reclamantes >> Arbitraje y sistemas heterocompositivos de resolución de conflictos en los contratos de permuta financiera >> La cuantía procesal y el recurso de casación >> Los contratos de permuta de tipos de interés en situaciones concursales, la calificación de las deudas derivadas de contratos de permuta y su reclamación judicial Moderador de la Mesa: D. Ernesto Benito Sancho Actual. Socio - Director Departamento Procesal y Arbitraje LANDWELL Ponentes: D. Miguel Temboury Redondo Presidente CORTE DE ARBITRAJE DE MADRID Dña. María León Asesoría Jurídica DEUTSCHE BANK D. José Eduardo Álvarez-Naveiro Asesoría Jurídica NOVACAIXAGALICIA Dña. Rosa Ana Viejo Asesoría Jurídica BANKINTER 13.45 Coloquio y preguntas
14.00 Almuerzo
LA TUTELA INSTITUCIONAL DE LOS SWAPS: RESOLUCIONES DE LA CNMV Y EL BANCO DE ESPAÑA 15.15 Postura del regulador tanto de la CNMV
como del BANCO DE ESPAÑA en las reclamaciones sobre los contratos de permuta de tipos de interés
>> Normativa y criterios de la CNMV y el BANCO DE ESPAÑA en las reclamaciones sobre contratos de permuta de tipos de interés >> Exigencias normativas en SWAPS con finalidad de cobertura y especulativas, diferenciación de ambas >> Obligaciones en el ofrecimiento o comercialización de SWAPS tanto a clientes minoristas como profesionales >> Cuándo son los SWAPS contratos bancarios o de inversión >> Contratos de permuta financiera anteriores o posteriores a la normativa MiFID >> Requerimientos de información precontractual y de instrumentalización de las operaciones de permutas de tipos de interés D. Fernando Tejada Jefe del Servicio de Reclamaciones BANCO DE ESPAÑA Dña. Nieves García Santos Directora de Inversores CNMV 16.00 Coloquio y preguntas
ASPECTOS PROCESALES Y LITIGIOSIDAD DE LOS SWAPS 16.15 El papel de las entidades financieras
La sentencia rechaza, por tanto, los argumentos de la empresa –Perematoja SL– que defendía que Bancaja había utilizado artimañas y le había engañado al haber vendido el producto como si se tratara de un seguro y a sabiendas de que su resultado jamás sería favorable para el cliente. La resolución demuestra que en los litigios por contratos de SWAP no se puede dar una solución única y general, sino que hay que abordar cada caso concreto según las circunstancias concurrentes. Fuente: Expansion. 2 de mayo de 2011
3 Procedimientos civiles sobre SWAPS >> Acciones de nulidad y en concreto por vicio o error de consentimiento en los contratos de permuta de tipos de interés. Requisitos del error invalidante >> Casuística de otro tipo de acciones sobre nulidad o responsabilidad contractual por contratación de permutas financieras, especialmente de tipos de interés >> Probatoria y forensic de los contratos de tipos de interés, la proposición y práctica de la prueba, tipología >> El deber de diligencia, la transparencia y la correcta comercialización del producto >> El Contrato Marco de Operaciones Financieras y la defensa procesal de la contratación >> Estrategias procesales en los procedimientos judiciales de los contratos de permuta de tipos de interés Moderador de la Mesa: D. José Antonio García-Argudo Mendes Asesoría Jurídica Corporativa Procesal BANESTO
en la concesión de SWAPS
Ponentes:
Bancaja no engañó al vender un ‘SWAP’ a una empresa familiar La Audiencia Provincial de Valencia rechaza anular el contrato de permuta financiera, como pedía la compañía, al estimar que el banco ofreció a su cliente información suficiente sobre el producto.
D. Carlos Garnica Sainz Asesoría Jurídica Procesal BANCO SANTANDER
La Audiencia de Valencia ha rechazado la pretensión de una empresa familiar de que se anulara el contrato de permuta financiera (SWAP) que firmó con Bancaja. Para el tribunal, la información que ofreció la entidad financiera “fue suficiente” para que su cliente pudiera formarse un criterio sobre el producto que estaba contratando.
D. Juan Carlos Pérez Moreno Asesoría Jurídica Contenciosa de España y Portugal BBVA D. Jerónimo Martínez Abellaneda Asesoría Jurídica BANCO POPULAR
D. Claudi Rossell Asesoría Jurídica CAIXA BANK 17.30 Coloquio y preguntas
LA TUTELA JURISDICCIONAL DE LOS SWAPS 17.45 Jurisprudencia relativa a los contratos
de permuta de tipos de interés
3 Distintos puntos de vista de los órganos jurisdiccionales >> Exigencias normativas en SWAPS con finalidad de cobertura y especulativas, diferenciación de ambas >> Obligaciones en el ofrecimiento o comercialización de SWAPS tanto a clientes minoristas como profesionales >> Requerimientos de información precontractual y de instrumentalización de las operaciones de permutas de tipos de interés >> Concurso de acreedores, la insolvencia en los SWAPS y la reclamación de la insolvencia en los contratos de permuta financiera D. Santiago Senent Martínez Magistrado JUZGADO MERCANTIL Nº7 DE MADRID D. Juan Francisco Garnica Martín Magistrado AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA SECC 15ª SALA DE LO CIVIL D. José María Ribelles Arellano Magistrado JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 2 DE BARCELONA D. Fernando Presencia Crespo Magistrado JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº2 DE VALENCIA 19.00 Coloquio y preguntas 19.15 Fin de la jornada
Todos los ponentes han confirmado formalmente su asistencia. En caso de producirse cambios en el programa, será por razones ajenas a la voluntad de la organización.
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Madrid, 31 de enero de 2012 >> Análisis de las expectativas de evolución de los tipos de referencia, con especial mención a la curva forward >> Cálculo del valor de mercado de un instrumento financiero derivado. Metodología y utilidad para la determinación del coste de cancelación o reestructuración de los contratos de permuta financiera
D. Adrián Thery Martí Reestructuraciones e Insolvencias GARRIGUES
D. Jesús Martínez Pérez Director de Financiación y Tesorería IBERDROLA Dña. Eva Mediavilla Directora de Tesorería GRUPO CALVO
ASPECTOS PRÁCTICOS Y ECONÓMICOS DE LOS CONTRATOS DE PERMUTA FINANCIERA (SWAPS)
D. Javier López Andreo Socio Responsable de Forensic PwC
9.30 Finalidad de los contratos de tipos
de interés, ventajas e inconvenientes. Tipología y etiología de los contratos según su finalidad El denominado SWAP (IRS, Interest Rate SWAP) o clip bancario es un contrato por el cual dos partes pactan, durante un período de tiempo preestablecido, hacerse pagos recíprocos de intereses calculados sobre un mismo principal teórico en base a un tipo de interés de referencia distinto para cada una de ellas. En la práctica básicamente consiste en un pacto con el Banco mediante el cual si el tipo de referencia (por lo común el Euribor) sube por encima de un tipo de interés prefijado (que suele ser el que se está pagando por la hipoteca u otro producto financiero que el cliente tiene contratado con ese Banco) el Banco abonará esa diferencia al cliente. Y si dicho tipo de referencia baja, será el cliente quien deba abonar la diferencia al Banco. De esta manera, el cliente, que la mayor de las veces tiene contratada una hipoteca a tipo de interés variable, se verá protegido frente a la subida de dicho tipo y será el Banco quien soporte la carga de esa subida. Sin embargo, el cliente no podrá beneficiarse de una eventual bajada, puesto que durante toda la duración del SWAP seguirá pagando al Banco el mismo tipo de interés prefijado.
>> Los contratos de permuta de tipos de interés, con finalidad de cobertura y naturaleza, operativa y función económica de los contratos de permuta financiera de tipos de interés: finalidad especulativa y finalidad de cobertura. Criterios del Banco de España >> Tipos de SWAPS, con especial referencia a los SWAPS de tipos de interés y de inflación. Ejemplos reales de la utilidad de los contratos de permuta financiera
D. Pablo Martínez-Pina Socio de Valoraciones PwC 10.45 Coloquio y preguntas 11.00 Café 11.30 Contratación de SWAPS en las Mesas
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>> Riesgos y consecuencias de la contratación de productos derivados >> Beneficio y margen en los contratos de permuta >> Los gastos de cancelación anticipada y reestructuración de los contratos de permuta financiera D. Miguel Sánchez Lozano Responsable de Tesorería BANESTO D. Jordi Andreu Head of Corporate Treasury Sales – SPAIN DEUTSCHE BANK 12.15 Coloquio y preguntas
ASPECTOS JURÍDICOS DE ESTRATEGIA PROCESAL Y MOROSIDAD DE LOS CONTRATOS DE PERMUTA FINANCIERA (SWAPS) 12.30 Cuestiones previas procesales, morosidad
y situaciones concursales en los SWAPS
>> Solicitud de medidas cautelares de no liquidación del contrato y otras, escenarios y estrategias >> Acciones colectivas y acumulación de acciones o de demandantes, distintas situaciones procesales >> Cuestiones previas procesales: competencia objetiva y territorial, diligencias preliminares, acumulación de acciones y reclamantes >> Arbitraje y sistemas heterocompositivos de resolución de conflictos en los contratos de permuta financiera >> La cuantía procesal y el recurso de casación >> Los contratos de permuta de tipos de interés en situaciones concursales, la calificación de las deudas derivadas de contratos de permuta y su reclamación judicial Moderador de la Mesa: D. Ernesto Benito Sancho Actual. Socio - Director Departamento Procesal y Arbitraje LANDWELL Ponentes: D. Miguel Temboury Redondo Presidente CORTE DE ARBITRAJE DE MADRID Dña. María León Asesoría Jurídica DEUTSCHE BANK D. José Eduardo Álvarez-Naveiro Asesoría Jurídica NOVACAIXAGALICIA Dña. Rosa Ana Viejo Asesoría Jurídica BANKINTER 13.45 Coloquio y preguntas
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La sentencia rechaza, por tanto, los argumentos de la empresa –Perematoja SL– que defendía que Bancaja había utilizado artimañas y le había engañado al haber vendido el producto como si se tratara de un seguro y a sabiendas de que su resultado jamás sería favorable para el cliente. La resolución demuestra que en los litigios por contratos de SWAP no se puede dar una solución única y general, sino que hay que abordar cada caso concreto según las circunstancias concurrentes. Fuente: Expansion. 2 de mayo de 2011
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Bancaja no engañó al vender un ‘SWAP’ a una empresa familiar La Audiencia Provincial de Valencia rechaza anular el contrato de permuta financiera, como pedía la compañía, al estimar que el banco ofreció a su cliente información suficiente sobre el producto.
D. Carlos Garnica Sainz Asesoría Jurídica Procesal BANCO SANTANDER
La Audiencia de Valencia ha rechazado la pretensión de una empresa familiar de que se anulara el contrato de permuta financiera (SWAP) que firmó con Bancaja. Para el tribunal, la información que ofreció la entidad financiera “fue suficiente” para que su cliente pudiera formarse un criterio sobre el producto que estaba contratando.
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D. Claudi Rossell Asesoría Jurídica CAIXA BANK 17.30 Coloquio y preguntas
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de interés, ventajas e inconvenientes. Tipología y etiología de los contratos según su finalidad El denominado SWAP (IRS, Interest Rate SWAP) o clip bancario es un contrato por el cual dos partes pactan, durante un período de tiempo preestablecido, hacerse pagos recíprocos de intereses calculados sobre un mismo principal teórico en base a un tipo de interés de referencia distinto para cada una de ellas. En la práctica básicamente consiste en un pacto con el Banco mediante el cual si el tipo de referencia (por lo común el Euribor) sube por encima de un tipo de interés prefijado (que suele ser el que se está pagando por la hipoteca u otro producto financiero que el cliente tiene contratado con ese Banco) el Banco abonará esa diferencia al cliente. Y si dicho tipo de referencia baja, será el cliente quien deba abonar la diferencia al Banco. De esta manera, el cliente, que la mayor de las veces tiene contratada una hipoteca a tipo de interés variable, se verá protegido frente a la subida de dicho tipo y será el Banco quien soporte la carga de esa subida. Sin embargo, el cliente no podrá beneficiarse de una eventual bajada, puesto que durante toda la duración del SWAP seguirá pagando al Banco el mismo tipo de interés prefijado.
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D. Pablo Martínez-Pina Socio de Valoraciones PwC 10.45 Coloquio y preguntas 11.00 Café 11.30 Contratación de SWAPS en las Mesas
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y situaciones concursales en los SWAPS
>> Solicitud de medidas cautelares de no liquidación del contrato y otras, escenarios y estrategias >> Acciones colectivas y acumulación de acciones o de demandantes, distintas situaciones procesales >> Cuestiones previas procesales: competencia objetiva y territorial, diligencias preliminares, acumulación de acciones y reclamantes >> Arbitraje y sistemas heterocompositivos de resolución de conflictos en los contratos de permuta financiera >> La cuantía procesal y el recurso de casación >> Los contratos de permuta de tipos de interés en situaciones concursales, la calificación de las deudas derivadas de contratos de permuta y su reclamación judicial Moderador de la Mesa: D. Ernesto Benito Sancho Actual. Socio - Director Departamento Procesal y Arbitraje LANDWELL Ponentes: D. Miguel Temboury Redondo Presidente CORTE DE ARBITRAJE DE MADRID Dña. María León Asesoría Jurídica DEUTSCHE BANK D. José Eduardo Álvarez-Naveiro Asesoría Jurídica NOVACAIXAGALICIA Dña. Rosa Ana Viejo Asesoría Jurídica BANKINTER 13.45 Coloquio y preguntas
14.00 Almuerzo
LA TUTELA INSTITUCIONAL DE LOS SWAPS: RESOLUCIONES DE LA CNMV Y EL BANCO DE ESPAÑA 15.15 Postura del regulador tanto de la CNMV
como del BANCO DE ESPAÑA en las reclamaciones sobre los contratos de permuta de tipos de interés
>> Normativa y criterios de la CNMV y el BANCO DE ESPAÑA en las reclamaciones sobre contratos de permuta de tipos de interés >> Exigencias normativas en SWAPS con finalidad de cobertura y especulativas, diferenciación de ambas >> Obligaciones en el ofrecimiento o comercialización de SWAPS tanto a clientes minoristas como profesionales >> Cuándo son los SWAPS contratos bancarios o de inversión >> Contratos de permuta financiera anteriores o posteriores a la normativa MiFID >> Requerimientos de información precontractual y de instrumentalización de las operaciones de permutas de tipos de interés D. Fernando Tejada Jefe del Servicio de Reclamaciones BANCO DE ESPAÑA Dña. Nieves García Santos Directora de Inversores CNMV 16.00 Coloquio y preguntas
ASPECTOS PROCESALES Y LITIGIOSIDAD DE LOS SWAPS 16.15 El papel de las entidades financieras
La sentencia rechaza, por tanto, los argumentos de la empresa –Perematoja SL– que defendía que Bancaja había utilizado artimañas y le había engañado al haber vendido el producto como si se tratara de un seguro y a sabiendas de que su resultado jamás sería favorable para el cliente. La resolución demuestra que en los litigios por contratos de SWAP no se puede dar una solución única y general, sino que hay que abordar cada caso concreto según las circunstancias concurrentes. Fuente: Expansion. 2 de mayo de 2011
3 Procedimientos civiles sobre SWAPS >> Acciones de nulidad y en concreto por vicio o error de consentimiento en los contratos de permuta de tipos de interés. Requisitos del error invalidante >> Casuística de otro tipo de acciones sobre nulidad o responsabilidad contractual por contratación de permutas financieras, especialmente de tipos de interés >> Probatoria y forensic de los contratos de tipos de interés, la proposición y práctica de la prueba, tipología >> El deber de diligencia, la transparencia y la correcta comercialización del producto >> El Contrato Marco de Operaciones Financieras y la defensa procesal de la contratación >> Estrategias procesales en los procedimientos judiciales de los contratos de permuta de tipos de interés Moderador de la Mesa: D. José Antonio García-Argudo Mendes Asesoría Jurídica Corporativa Procesal BANESTO
en la concesión de SWAPS
Ponentes:
Bancaja no engañó al vender un ‘SWAP’ a una empresa familiar La Audiencia Provincial de Valencia rechaza anular el contrato de permuta financiera, como pedía la compañía, al estimar que el banco ofreció a su cliente información suficiente sobre el producto.
D. Carlos Garnica Sainz Asesoría Jurídica Procesal BANCO SANTANDER
La Audiencia de Valencia ha rechazado la pretensión de una empresa familiar de que se anulara el contrato de permuta financiera (SWAP) que firmó con Bancaja. Para el tribunal, la información que ofreció la entidad financiera “fue suficiente” para que su cliente pudiera formarse un criterio sobre el producto que estaba contratando.
D. Juan Carlos Pérez Moreno Asesoría Jurídica Contenciosa de España y Portugal BBVA D. Jerónimo Martínez Abellaneda Asesoría Jurídica BANCO POPULAR
D. Claudi Rossell Asesoría Jurídica CAIXA BANK 17.30 Coloquio y preguntas
LA TUTELA JURISDICCIONAL DE LOS SWAPS 17.45 Jurisprudencia relativa a los contratos
de permuta de tipos de interés
3 Distintos puntos de vista de los órganos jurisdiccionales >> Exigencias normativas en SWAPS con finalidad de cobertura y especulativas, diferenciación de ambas >> Obligaciones en el ofrecimiento o comercialización de SWAPS tanto a clientes minoristas como profesionales >> Requerimientos de información precontractual y de instrumentalización de las operaciones de permutas de tipos de interés >> Concurso de acreedores, la insolvencia en los SWAPS y la reclamación de la insolvencia en los contratos de permuta financiera D. Santiago Senent Martínez Magistrado JUZGADO MERCANTIL Nº7 DE MADRID D. Juan Francisco Garnica Martín Magistrado AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA SECC 15ª SALA DE LO CIVIL D. José María Ribelles Arellano Magistrado JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 2 DE BARCELONA D. Fernando Presencia Crespo Magistrado JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº2 DE VALENCIA 19.00 Coloquio y preguntas 19.15 Fin de la jornada
Todos los ponentes han confirmado formalmente su asistencia. En caso de producirse cambios en el programa, será por razones ajenas a la voluntad de la organización.
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Muchos ciudadanos, con anterioridad a este período de crisis económica y para protegerse de la continua subida del Euribor que el mercado sufría en dichos años, contrataron un SWAP con el Banco. A pesar de que la cuestión sobre este producto bancario salta ahora a los medios no se trata de una figura contractual novedosa, sino que surge a finales de los años setenta para paliar las grandes alteraciones en los tipos de interés que sufría la economía del momento. El problema de estos contratos surge en la actualidad porque los clientes tienen que afrontar continuos pagos a los Bancos, en virtud de dichos contratos motivados por el descenso y mantenimiento a la baja del Euribor durante los últimos meses. Muchos de estos contratos han sido llevados ante los tribunales, dado que presentan ciertos niveles de riesgo y complejidad en su estructura y condiciones, por lo que el presente curso aportará criterios claros sobre dicha tipología contractual y las prospectivas de dicho contrato. Unidad Editorial Conferencias y Formación, consciente de la importancia que tiene para el sector saber las ventajas e inconvenientes de la contratación de un SWAP, organiza para el próximo 31 de enero, la conferencia sobre “Contratos de Permuta Financiera” donde se analizará: >>
Finalidad de los contratos de tipos de interés
>>
Contratación del SWAP en las Mesas de Tesorería
>>
Cuestiones procesales, morosidad y situaciones concursales en los SWAPS
>>
Normativa y criterios de la CNMV y Banco de España
>>
El papel de las entidades financieras en la concesión de SWAPS
>>
Jurisprudencia relativa a los contratos de permuta de tipos de interés
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Fecha y lugar de celebración Madrid, 31 de enero de 2012
Auditorio Unidad Editorial
Avda. de San Luis, 25-27. 28033 Madrid
Tel. Unidad Editorial 91 443 53 36
Cancelaciones Si usted no puede asistir, tiene la opción de que un sustituto venga en su lugar, comunicándonos sus datos al menos 24h antes de la Conferencia. Para cancelar su asistencia envíenos un e-mail al menos 24h antes de la Conferencia a
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Ventajas fiscales asociadas a esta Conferencia La cuota de inscripción de esta Conferencia constituye un gasto fiscalmente deducible tanto para empresas, Impuesto sobre Sociedades, como para profesionales, en el cálculo del rendimiento neto de actividades económicas, IRPF. Al mismo tiempo, puede beneficiarse de una deducción en la cuota íntegra de ambos impuestos, por el 5% de su importe.
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