CONVENIO POR PERFECCIONAMIENTO MUSICAL Y APORTE ECONÓMICO

B E C A O R Q U E S T A S I N F Ó N I C A R E GI ON A L CONVENIO POR PERFECCIONAMIENTO MUSICAL Y APORTE ECONÓMICO En Santiago, a 01 de Abril de 2015,
Author:  Pilar Naranjo Rico

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B E C A O R Q U E S T A S I N F Ó N I C A R E GI ON A L CONVENIO POR PERFECCIONAMIENTO MUSICAL Y APORTE ECONÓMICO En Santiago, a 01 de Abril de 2015, entre la Fundación de Orquestas Juveniles e Infantiles de Chile, representada por don Walter Valdebenito Pedreros, Director Ejecutivo, domiciliado para estos efectos en calle Balmaceda Nº 1301, Santiago, en adelante, “la Fundación”, por una parte, y por la otra, “el Becario” quien en conformidad a lo establecido en el N° 13 del siguiente convenio se individualizará en el anexo N° 2 “Antecedentes de los Comparecientes del Convenio”, se ha pactado el siguiente convenio: 1) La Fundación en cumplimiento de sus objetivos, mantiene un Programa de Becas para jóvenes estudiantes de música. 2) Estas becas consisten en un apoyo parcial a los estudios de interpretación musical que efectúa cada becario. 3) El Becario declara estar interesado en profundizar sus conocimientos y estudios de música, por lo que, sobre esta base, la Fundación lo ha seleccionado para ser becario, de conformidad con los términos señalados en las bases Beca Orquesta Sinfónica Regional de ___________________________, publicadas en la página web de la Fundación y en el presente instrumento. 4) Por el presente acto sujeto a cada una de las condiciones resolutorias indicadas en el numeral (6) más abajo, la Fundación se obliga a otorgar al Becario, quien lo acepta, un aporte económico, consistente en una beca, por un monto total y acumulado de $366.400 (trescientos sesenta y seis mil cuatrocientos pesos), en adelante “la Beca”, que se pagará en 8 cuotas, el último día hábil del mes, quedando las siguientes fechas y montos de pago: $45.800 el 30 de Abril, $45.800 el 29 de Mayo, $45.800 el 30 de Junio, $45.800 el 31 de Julio, $45.800 el 31 de Agosto, $45.800 el 30 de Septiembre, $45.800 el 30 de Octubre, $45.800 el 30 de Noviembre. 5) Esta Beca se pagará sólo a través de depósito mensual en la cuenta Banco Estado que indique el Becario y que sea aceptable para la Fundación. 6) Las partes acuerdan que el pago de la presente beca está sujeto a las siguientes condiciones resolutorias: a) Que el Becario tenga salud compatible con las actividades propias de la ejecución y de programación, lo que implica que, entre otros factores, se encuentre en condiciones físicas para interpretar el instrumento que le corresponda, asistir a las actividades, eventos y ensayos y comprometerse con el sistema de trabajo que la beca implica. b) Que el Becario asista a todas las actividades programadas por la Orquesta Regional. c) Que el Becario utilice los fondos recibidos para financiar: 1. Pago de clases del instrumento musical (que interprete en la respectiva Orquesta Sinfónica Regional). En caso que el becado no cuente con profesor, la Fundación podrá asignarle uno idóneo, cuyos honorarios deberán financiarse con su beca. 2. Pago de clases de teoría y solfeo, 3. Compra de instrumento (que toca en la Orquesta Regional), 4. Compra de metrónomo y afinador (será obligatorio para los ensayos de orquesta), 5. Compra de accesorios y/o reparación y mantención de instrumentos. 6. Compra de métodos, 7. Fotocopias de partituras del repertorio de la Orquesta Regional, 8. Pago de traslados y alimentación a ensayos y conciertos de la Orquesta Regional, 9. Teñida de concierto de la Orquesta Regional, y 10. Capacitaciones de instrumentos organizadas por la Fundación (principalmente traslados, alojamiento y/o alimentación). d) Que el Becario mantenga o mejore su calidad musical, según razonablemente y de buena fe lo calificare la Fundación, a través del instructor, director asistente y/o director de la respectiva Orquesta Regional a la que pertenece el becado. Para verificar ello, se realizarán audiciones y evaluaciones mensuales. e) Que el Becario siga desarrollando la práctica musical colectiva en la Orquesta Sinfónica Regional y en su Orquesta Base, cumpliendo con la asistencia, horarios, ensayos, conciertos, puntualidad, disciplina y desempeño exigidos por ambos elencos, por tanto es imperativo que asista a ensayos, conciertos y actividades programadas para el elenco. f) La continuidad de los estudios regulares de música del Becario, lo que deberá acreditarse a través de los medios que se especifican más adelante. g) El becario no podrá bajar de la nota mínima exigida (4.5) por la Fundación en las 2 evaluaciones anuales que realizarán los instructores y/o director de la orquesta antes mencionada, en caso contrario deberá abandonar el programa de becas. Sin perjuicio de lo anterior, los cargos de jefes de fila, capo segundos violines y concertino, podrán ser removidos por el director, en cuyo caso se iniciará un procedimiento fundado que será informado por escrito al becario afectado. h) El becario que cumpla con un promedio igual o superior a 6.0, junto a un porcentaje de asistencia igual o superior al 90% (ensayos y conciertos), será considerado automáticamente en el programa de Becas Orquestas Regionales para la siguiente temporada de actividades. i) En caso que la Fundación solicitare al Becario su colaboración con sus actividades de otros elencos, éste deberá prestar dicha colaboración con la mayor diligencia, calidad y dedicación posible. Si el becario negare a prestar colaboración en otras orquestas o actividades vinculadas al programa de becas deberá abandonar éste programa. j) La mantención, por parte del Becario, de una conducta y tratos adecuados con los directores, instructores, demás becarios y la administración de la Fundación. k) El debido cumplimiento por parte del Becario de las obligaciones señaladas en el Reglamento interno de la Orquesta, el cual se acompaña al presente instrumento en el Anexo N° 1 y que se entiende parte integrante del presente Convenio. l) Que el Becario no adquiera la calidad de músico profesional, comenzare a recibir remuneración por labor como músico, recibiere otra beca para sus estudios de música, pago de arancel universitario, o se titulare como músico. m) Todas y cada una de las condiciones indicadas en el numeral anterior constituyen obligaciones del Becario bajo el presente instrumento.

B E C A O R Q U E S T A S I N F Ó N I C A R E GI ON A L CONVENIO POR PERFE CCIONAMIENTO MUSI CAL Y APORTE ECONÓMICO 7) El Becario podrá renunciar a la beca en cualquier momento, para lo cual deberá informar por escrito a través del respectivo formato de renuncias, el cual debe ser enviado a la Fundación y su Coordinador Regional con al menos 5 días de anticipación a la fecha en que dicha renuncia deba hacerse efectiva. 8) La Fundación, por su parte, podrá poner término ipso facto a la beca y/o el presente convenio en el caso que el becario incurriere en incumplimiento de alguna de las obligaciones contenidas en el presente instrumento, en el reglamento interno (comprendido en el anexo N° 1) o incurra en alguna conducta que atente gravemente en contra de las buenas costumbres. De igual forma podrá cancelar la beca, por razones técnicas, en caso que el becario no pueda finalizar un programa de concierto. 9) De acuerdo a la política institucional de la Fundación, en relación al consumo de tabaco, alcohol y drogas, se deja expresa constancia que la Fundación se somete íntegramente a la normativa vigente, señaladas en las leyes Nº 19.925 (sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas), Nº 20.105 (relativa a la publicidad y el consumo de tabaco) y Nº 20.000 (sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas) y sus modificaciones. 10) Por este acto, el becario autoriza la captación de imágenes y audio en cualquiera de las actividades de la Fundación en las que pueda participar con ocasión de esta beca, a través de cualquier medio y soporte, así como su difusión y reproducción, en cualquier soporte, para fines exclusivamente relacionados con la actividad, objetivos y misión institucional de la Fundación. En virtud de lo anterior, y en conformidad a las reglas establecidas en la Ley N° 17.336 sobre propiedad intelectual, el becario cede a perpetuidad, en favor de la Fundación, todos sus derechos de imagen y sobre los audios captados que puedan corresponderle con ocasión de su desempeño en las actividades de la FOJI, también en lo relativo a la reproducción o difusión de ellos a través de cualquier medio y soporte, autorizándola para que en calidad de titular, ella disponga de los mismos para los fines exclusivos de la Fundación ya señalados. 11) Se deja expresamente establecido como característica esencial del presente convenio que, siendo este Programa de Becas estrictamente de docencia artística, el becario no tiene ni tendrá la calidad de trabajador de la Fundación bajo ninguna circunstancia y en consecuencia el presente convenio no conforma un vínculo contractual bajo subordinación y dependencia, ni de permanencia en la Fundación y que por lo tanto no configura una relación laboral entre las partes, sino que una de carácter técnico pedagógico. En consecuencia, la Fundación no responderá por enfermedades o eventuales accidentes que pudieren ocurrirle al becario, sin perjuicio de lo establecido en la Ley Nº 16.744 en lo referente al seguro escolar. 12) El becario asume la responsabilidad de cuidar y resguardar su instrumento y sus posesiones personales en toda actividad vinculada la fundación siguiéndose por lo ordenado el Protocolo de Hurtos diseñado por la FOJI. 13) La Fundación se encuentra obligada a cumplir con las disposiciones de probidad y transparencia de la Ley N° 20.285, en virtud de lo anterior y para hacer más expedita la publicación del presente acuerdo se incluirá en un anexo al presente convenio la información sobre los antecedentes personales del becario correspondiente a su nombre completo, cédula de identidad, domicilio, correo electrónico, cuenta bancaria, número de celular y teléfono fijo, colegio o universidad, cursos o carreras aprobados y años de estudio. Así como los datos de individualización de la persona responsable ante la FOJI, la información de contacto del director de la orquesta que corresponda y del profesor de instrumento. La personería de don Walter Valdebenito Pedreros, consta en la escritura pública de fecha 04 de abril de 2014, otorgada en la Octava Notaría de Santiago, de don Andrés Rubio Flores, y anotada en el Repertorio Nº 687-2014 del mismo año. El presente convenio se suscribe en dos ejemplares del mismo tenor y fecha, con dos anexos que se entienden parte integrante del mismo, quedando una copia de todos los documentos en poder de cada parte.

______________________________________________ NOMBRE BECARIO

______________________________________________ FIRMA BECARIO

______________________________________________ WALTER VALDEBENITO PEDREROS Director Ejecutivo

SOLO PARA BECARIOS MENORES DE 18 AÑOS (AL 1 DE ABRIL) Yo,........................................................................, Padre/Madre/Apoderado/Tutor del Becario antes individualizado, declaro entender y tomar pleno conocimiento del presente Convenio y del Reglamento Interno de la Fundación, doy mi consentimiento expreso a todo a lo que en ellos se establece, y autorizo la suscripción de dichos instrumentos por parte del Becario y a que quede sujeto a sus términos, condiciones y obligaciones. Firma Apoderado

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B E C A O R Q U E S T A S I N F Ó N I C A R E GI ON A L CONVENIO POR PERFE CCIONAMIENTO MUSI CAL Y APORTE ECONÓMICO

ANEXO Nº 1 Reglamento Interno La Orquesta Sinfónica Regional, en adelante la “Orquesta”, se encuentra a cargo de la Fundación de Orquestas Juveniles e Infantiles de Chile, en adelante la “Fundación”. La Orquesta tiene un carácter netamente pedagógico y artístico; en donde los músicos aprenden experimentalmente sobre la vida orquestal de un músico profesional en sus diversas manifestaciones. ESTRUCTURA DE FUNCIONAMIENTO DE LA FUNDACIÓN: La Fundación está ubicada en calle Balmaceda 1301 (puerta interior), Santiago. La administración de la Fundación atiende de lunes a viernes, entre las 09:30 a 14:00 hrs. y las 15:00 a 18:00 hrs. 1)

2)

3)

Recursos Humanos relacionados con las orquestas: a) Recursos Humanos relacionados con las orquestas: 1) Director Titular, Director Asistente, Instructores u otros profesionales que la Fundación estime conveniente 2) Coordinador Regional, Secretaria de Producción u otros profesionales que la Fundación estime conveniente. 3) Comisión de Orquesta: Catalina Gatica, Coordinadora Programa Orquestas Regionales, Claudio Pavez, Subdirector Área de Extensión, Carolina González, Coordinadora de Capacitación, Guillermo Martínez, Asistente Becas Programa Orquestas Regionales, Felipe Hidalgo, Asesor Musical u otros profesionales que la Fundación estime conveniente. Procedimientos vinculados a los becarios: a) Justificación de inasistencia, atrasos y solicitud de permisos: se entregarán directamente al Coordinador(a) de Orquesta durante los días de ensayos parciales o tuttis o enviar por email en los períodos indicados en el presente documento. El Becario será responsable de identificar claramente a quién se dirige la correspondencia y quien la emite (nombre, rut, instrumento y región). Sin perjuicio de lo anterior, si el becado no asiste a un ensayo o concierto, sin contar con un permiso. tiene la obligación de enviar un e-mail (hasta 1 hora antes del inicio de la actividad citada) al Coordinador(a) informando, que no asistirá y posteriormente deberá acreditar su falta hasta 5 días hábiles desde la inasistencia. b) Solicitud de permisos: deberán ser por escrito y dirigidas al Coordinador regional, con un mínimo de 10 días hábiles. La solicitud (la solicitud no asegura el permiso). La Fundación ha dispuesto que el uniforme de la Orquesta será: a) Polerón, polera institucional, pantalón negro, calcetines negros y zapatos negros. b) Teñida formal: Damas traje negros y zapatos negros; Varones, terno negro, camisa blanca, corbata institucional, calcetines negros y zapatos negros.

RESPECTO AL FUNCIONAMIENTO DE LAS ORQUESTAS: La Orquesta Sinfónica Regional es un elenco estable de la Fundación que tiene un programa de trabajo propio del quehacer musical. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de actividades de carácter nacional en que la Orquesta deba representar a la institución en escenarios internacionales o nacionales o en que el elenco debe actuar como embajadores de nuestro país, se llamará a un concurso de carácter nacional para conformar un elenco con los mejores jóvenes talentos de las 17 orquestas de la Fundación. Obligaciones de la Fundación: 1)

De acuerdo al convenio suscrito entre la Fundación y los Becarios, la Fundación entregará a los integrantes de la Orquestas Sinfónica Regional una beca, en las siguientes condiciones: a) Monto especificado en el convenio. b) Depósito bancario en la cuenta Banco Estado que indicare el Becario y que fuere razonablemente aceptable para la Fundación, lo que será de exclusiva responsabilidad del Becario, por lo tanto, en caso de existir un cambio o error deberá informar oportunamente a la Fundación. c) La Fundación no podrá adelantar el pago de becas. 2) De conformidad con sus medios y disponibilidades, proporcionar al Becario práctica orquestal, trabajo de filas, repertorio y otra formación que la Fundación estimare relevante. 3) Informar con periodicidad razonable sobre sus actividades y programas (correo electrónico), información que será entregada a través del Coordinador regional. 4) Certificar el carácter de Becario, previa solicitud, al correo electrónico [email protected] con al menos 10 días hábiles de anticipación. El Becario tiene como obligaciones: 1) Asistir a todos los ensayos de la Orquesta Regional, según sea informado en la programación (incluidos cambios por fuerza mayor). 2) Comportarse de acuerdo a las exigencias institucionales y a las normas sociales y de buenas costumbres, respetando espacios comunes, no discriminando por género, raza ni condición. Los becados no podrán utilizar las dependencias en donde funcione la Orquesta, ni otras que se vinculen con esta, para fines distintos a los de la Beca. Mientras ejecuten actividades vinculadas con la Fundación deberán comportarse, en todo momento, conforme a los objetivos de este programa, debiendo comportarse con prudencia al relacionarse con los otros integrantes, incluso en sus expresiones afectivas. 3) Estudiar las partes de orquesta y mantener un rendimiento musical acorde a las exigencias establecidas. 4) El becario debe estar preparado y disponible para reemplazar a su jefe de fila según disponga el director. En este sentido, sólo el director –previa consulta al instructor- puede asignar los turnos por programa de los jefes de fila. 5) Tener los útiles necesarios para cumplir esta actividad (partituras, lápiz mina, goma, metrónomo, afinador y atril). 6) Será responsabilidad del propio Becario imprimir -para su uso personal- las partituras enviadas por su Coordinador a su c-electrónico. De igual forma, se dejará en cada atril una carpeta con las partes de cada programa, material que no puede ser retirado del atril en ningún caso. Es por lo anterior que, si un becado se presenta a ensayo parcial, tutti o concierto y su carpeta no cuenta con el material entregado por la institución (en el atril) y no dispone sus partes para estudio, deberá ir a buscarlas a su domicilio. 7) Permanecer en silencio durante el desarrollo de la práctica orquestal.

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B E C A O R Q U E S T A S I N F Ó N I C A R E GI ON A L CONVENIO POR PERFE CCIONAMIENTO MUSI CAL Y APORTE ECONÓMICO 8) Participar en las instancias de capacitaciones organizadas por la Fundación. Estas se anunciarán en la programación mensual de actividades y son de carácter obligatorio. 9) Estar atento a cualquier cambio de la programación de ensayos parciales, tuttis, conciertos u otras actividades que tengan relación con su calidad de Becario, cambios que serán informados a través de su c-electrónico. Por tanto, se entiende que es de absoluta responsabilidad del Becario informarse de los cambios de programación. Es por lo anterior, que todo cambio de número celular, teléfono de red fija, correo -electrónico o dirección resulta de suma importancia para la Fundación y será obligación mantener informado al Coordinador regional de la Orquesta ante cualquiera de estas modificaciones. 10) Cumplir con los horarios establecidos para ensayos, conciertos y otras actividades propias a su condición de miembro de la Orquesta. Por tanto es imperativo llegar 20 minutos antes de la actividad para poder armar el instrumento y/o prepararse con tranquilidad, de modo de comenzar el ensayo a la hora programada. 11) Asistir a los conciertos con el uniforme de la Orquesta. Será la Coordinadora quien informe cuál es la teñida. 12) En caso que por motivos de fuerza mayor, enfermedad o estudios no pudiere asistir a los ensayos, el Becario deberá acreditar mediante certificado médico o de estudios musicales o secundarios (como se trata de una beca por perfeccionamiento musical no se admitirán certificados de otras carreras) o en entrevista con su Coordinador, las razones que ocasionaron su falta. El plazo máximo para entregar las justificaciones (certificado) o entrevistarse con el Coordinador regional, no podrá exceder a 5 días hábiles posteriores al día en que hubiere cesado dicha circunstancia. 13) Solicitar a través de su Coordinador, permiso para ausentarse de ensayo(s) y/o conciertos. La sola solicitud no garantiza la autorización del permiso. La estructura administrativa de funcionamiento de los permisos será: a) Quien autoriza o rechaza la solicitud será el Coordinador y Director de la Orquesta regional. b) El Becario presentará una solicitud al correo electrónico de su Coordinador. c) La solicitud deberá presentarse al menos 5 días (hábiles) de anticipación al permiso. La respuesta se enviará a su correo electrónico. d) Como se trata de una beca de estudios que exige cumplir con un programa mensual y anual, en el que el Becario desempeña un rol fundamental y es parte de un elenco, la Fundación no pagará ningún reemplazo producto de permisos solicitados, salvo que el permiso sea otorgado para capacitación del Becario. Sin perjuicio de lo anterior: 1) No serán autorizados permisos que excedieren 30 días, salvo que: a) Coordinador y Director acordare un permiso excepcional de dos meses continuos de ausencia, pero sujeto a la caducidad del pago de una mensualidad de la beca, debidamente aceptada por el Becario. b) La Fundación decidiere excepcionalmente que el Becario realizare otras actividades, en cuyo caso no se requerirá que el Becario eleve una solicitud de permiso. 2) Todo permiso para capacitación otorgado por más de 30 días, salvo en el caso indicado en el literal b) anterior, implicará término inmediato de la beca y del correspondiente convenio respecto del Becario. e) La solicitud de permiso en ningún caso garantiza su otorgamiento, para lo cual la Fundación tendrá en consideración, entre otros, los siguientes criterios: 1) El debido funcionamiento de la fila y la orquesta. 2) El tipo de permiso (para capacitación del instrumento, para trabajos remunerados, etc.). 3) Anticipación de la solicitud. 4) Nº de días solicitados y su coincidencia con ensayos tuttis, parciales, ensayo general o conciertos. 5) Disciplina y responsabilidad del Becario. 6) Ausencias (con y sin justificación) y permisos anteriores del Becario. 7) Aporte y disposición con la Fundación. 14) Entrega de certificado para acreditar estudios: 1) Alumnos que se encuentren cursando sus estudios secundarios y reciban clases de instrumentos en sus orquestas bases o con profesor particular deberán: a) Acreditar mediante certificado emitido por su orquesta base y profesor de instrumento (formatos www.foji.cl), los cuales deben ser entregados a su coordinador regional. b) Acreditar mediante certificado de alumno regular su situación de estudiante, el cual debe ser entregado a su coordinador regional. c) Queda establecido que a la falta de uno cualquiera de los documentos indicados en este número, dará derecho a la Fundación para caducar en forma inmediata la beca. 15) No causar daño o perjuicio alguno a bienes materiales o intelectuales de la Fundación o lugares establecidos para concentración, ensayos, conciertos, medios de transporte o alojamiento. En el caso de existir dolo o descuido imprudente por parte del Becario, la Fundación descontará de la beca la suma en que está avaluado el bien o, dependiendo del grado del perjuicio, podría ocasionar la expulsión definitiva del Programa de Becas. 16) Mantener en todas las actividades organizadas por la Fundación, sean ellas ensayos, conciertos o giras, un comportamiento apropiado de acuerdo a las circunstancias. 17) Mantener una conducta apropiada con directores, instructores, personal administrativo, y sus compañeros, quedando prohibido las agresiones físicas y verbales, malos tratos, actitudes y expresiones consistentes en insultos o descalificaciones personales, y cualquier otra conducta reñida por la moral y la buena convivencia, sean ellas personalmente o a través de redes sociales. El incumplimiento a este punto será considerado una falta grave. En el caso de existir un agravio a través de las redes sociales, el afectado deberá notificar a la Coordinadora entregando pruebas de ello, quien informará a la Comisión para que tome una decisión disciplinaria. 18) Vestir la tenida institucional cada vez que el elenco salga como delegación oficial. 19) Como se trata de un programa formativo, donde la práctica instrumental es de igual importancia que el sentido de responsabilidad y compromiso, se entiende entonces que la asistencia a ensayos, conciertos y actividades oficiales será responsabilidad de cada Becario. MEDIDAS DISCIPLINARIAS: 1) Se considerará un incumplimiento al presente convenio la inasistencia del becario a ensayos individuales, parciales, seccionales y tuttis: sin perjuicio de los derechos de la Fundación de poner término anticipado a la beca y al convenio. Se permitirá al Becario mantener una (1) inasistencia injustificada durante el período de vigencia de la beca. El procedimiento disciplinario en caso de inasistencia será: a) Finalizado el plazo para justificar inasistencias, el becado quedará condicional. Esto no será informado a través de ningún medio, ya que se entiende que debe ser de conocimiento de quien firma el presente documento. b) A la segunda ausencia injustificada en los plazos señalados, el Becario dejará de pertenecer al elenco de la Fundación y perderá su condición de Becario. Sin perjuicio de lo anterior, el Becario podrá solicitar una revisión de su caso a la Comisión de la Orquesta. c) En el caso de inasistencias a ensayos generales, grabaciones, giras o conciertos, serán consideras faltas graves, razón por la que se procederá a la caducidad de la beca.

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3)

4)

5) 6)

Atrasos. Se entenderá por atraso el registrar su asistencia (a través del reloj control) después de 15 minutos anteriores a la hora de comienzo del ensayo. Ej.: Si el ensayo parcial está fijado a las 16:00 hrs., se considerará atraso el llegar con posterioridad a las 15:45. El procedimiento será: a) Producido el atraso, el Becario podrá justificar con 48 hrs. (máximo) sólo a través de prueba fehaciente. b) Sin perjuicio de los derechos de la Fundación de poner término anticipado a la beca y al convenio, sólo se permitirán tres (3) atrasos injustificados, producido el cuarto (4) atraso el Becario dejará de pertenecer al elenco de la Fundación y perderá su condición de Becario en forma irrevocable. En relación al incumplimiento a la disciplina en giras, conciertos y actividades propias del elenco, las faltas a los reglamentos que se desprendan de la actividad y/o al presente documento, serán consideradas faltas graves por tanto la sanción será la desvinculación automática del becado. Se incluyen las faltas de respeto a los miembros del equipo orquesta y vinculados a la actividad. Incumplimiento de uno o más de las obligaciones señaladas en el presente reglamento. a) En este caso, y sin perjuicio de los derechos de la Fundación de poner término anticipado a la beca y al convenio, la Comisión de la Orquesta podrá aplicar como sanciones la expulsión definitiva de la Orquesta, pérdida de la beca y/o cualquier beneficio relativo a su calidad como Becario. b) El Becario podrá apelar por escrito la revisión del caso a la comisión de la Orquesta, dentro de 5 días hábiles después de recibida la notificación de la sanción. Se considerará un incumplimiento al presente convenio negarse a obedecer instrucciones técnico-musicales del director o instructor, lo anterior será causal automática de aplicación de una sanción disciplinaria o expulsión del elenco. En el caso que la Fundación constatare que un Becario ha consumido tabaco, alcohol o sustancias ilícitas o se hubiere encontrado bajo sus efectos, en o durante las actividades vinculadas al presente convenio, incurriendo en el incumplimiento de las leyes N°19.925 (sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas), 20.105 (relativa a la publicidad y el consumo de tabaco) y 20.000 (sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas), la Fundación adoptará las medidas que estimare del caso y prestará la colaboración que correspondiere con las autoridades y tribunales de justicia.

Finalmente queda estipulado que por incumplimiento del Reglamento Interno de la Orquesta, y sin perjuicio de los derechos de la Fundación de poner término anticipado a la beca y al convenio, la Fundación se reserva el derecho aplicar como sanción disciplinaria la expulsión definitiva del elenco y el cese de todas los pagos de la beca. Esta sanción inhabilitará al Becario para participar o postular a cualquier beneficio de la Fundación por un periodo de 12 meses contados desde el momento en que se aplicare la sanción. Si se tratare de una falta gravísima, la Fundación podría aplicar como sanción la inhabilitación permanente a postular a cualquiera de sus beneficios. El presente reglamento comenzará a regir a partir del 1 de Abril de 2015. Tomo conocimiento de este reglamento y acepto todos sus términos, condiciones, obligaciones y sanciones.

______________________________________________ NOMBRE BECARIO

______________________________________________ FIRMA BECARIO

SOLO PARA BECARIOS MENORES DE 18 AÑOS (AL 1 DE MAYO) Yo,........................................................................, RUT Nº..............................., domiciliado en................................................... Padre/Madre/Apoderado/Tutor del Becario antes individualizado, declaro entender y tomar pleno conocimiento del presente Convenio y del Reglamento Interno de la Fundación, doy mi consentimiento expreso a todo a lo que en ellos se establece, y autorizo la suscripción de dichos instrumentos por parte del Becario y a que quede sujeto a sus términos, condiciones y obligaciones. Firma Apoderado

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ANEXO N° 2 ANTECEDENTES DE LOS COMPARECIENTES DEL CONVENIO ANTECEDENTES RESPONSABLES FOJI: NOMBRE :

WALTER VALDEBENITO PEDREROS

CARGO

:

DIRECTOR EJECUTIVO

DOMICILIO

:

BALMACEDA 1301 –PUERTA INTERIOR- SANTIAGO

RUT

14.530.390-7

ANTECEDENTES DEL BECADO: REGIÓN

:

COMUNA

:

DIRECCIÓN DOMICILIO BECADO

:

NOMBRE DEL BECADO

:

RUT

:

E-MAIL

:

Nº CUENTA BANCO ESTADO

:

TIPO DE CUENTA

:

CELULAR

AHORRO

TELÉFONO

RUT

CHEQUERA ELECTRÓNICA

ANTECEDENTES ACADÉMICOS: NOMBRE COLEGIO

:

ÚLTIMO CURSO APROBADO

:

UNIVERSIDAD

:

CARRERA Y AÑOS DE ESTUDIO

:

ANTECEDENTES DE LA ORQUESTA BASE: NOMBRE DE LA ORQUESTA

:

NOMBRE DEL DIRECTOR

:

E-MAIL

:

CELULAR

TELÉFONO

ANTECEDENTES PROFESOR DE INSTRUMENTO (DE ORQUESTA, PARTICULAR O UNIVERSIDAD): NOMBRE DEL PROFESOR

:

INSTRUMENTO

:

E-MAIL

:

SI NO TIENE PROFESOR INDICAR RAZONES

:

CELULAR

TELÉFONO

ANTECEDENTES PARA UNIFORME DE LA ORQUESTA: TALLA POLERA

:

8

10

12

14

16

M

L

XL

XXL

XXXL

S

No se modificarán las tallas de poleras, si la información aportada por el becado no es la correcta.

6

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