C.P.N. Luis Juan Marinaro Mat C.P.C.E. Santa Fe

C.P.N. Luis Juan Marinaro Mat. 9018 – C.P.C.E. Santa Fe Sarmiento 5307 – (S3002FYI) - Santa Fe T.E. 0342-4604442 Celular 0342-156-310972 Email: marin

10 downloads 98 Views 78KB Size

Recommend Stories


C.P.N. Luis Juan Marinaro Mat C.P.C.E. Santa Fe
C.P.N. Luis Juan Marinaro Mat. 9018 – C.P.C.E. Santa Fe Sarmiento 5307 – (S3002FYI) - Santa Fe T.E. 0342-4604442 Celular 0342-156-310972 Email: marin

13 SANTA FE 2 SANTA FE SANTA FE LA GUARDIA ALTO VERDE COLASTINE COLASTINE NORTE
Numero Nombre Distrito 1 PROVINCIAS DE CATAMARCA Y LA RIOJA Provincia LA RIOJA CATAMARCA Localidades Toda la provincia Toda la provincia 2 PROVINCI

Story Transcript

C.P.N. Luis Juan Marinaro Mat. 9018 – C.P.C.E. Santa Fe

Sarmiento 5307 – (S3002FYI) - Santa Fe T.E. 0342-4604442 Celular 0342-156-310972 Email: [email protected]

NOVEDADES IMPOSITIVAS DE INTERES PARA EL C.I.E. Y SUS MATRICULADOS Edición Número 13- 07-10 – Fecha: 30-07-2010

ESPECIAL SOBRE DIGITALIZACION DE DATOS BIOMETRICOS DE CONTRIBUYENTES.

Antecedentes periodísticos. A continuación adjuntamos una publicación del Dr. Hernán Villa (ERREPAR) sobre el particular, a modo de introducción al tema.

DIGITALIZACIÓN DE DATOS BIOMÉTRICOS DE CONTRIBUYENTES HERNÁN M. VILLA

INTRODUCCIÓN Con la publicación en el Boletín Oficial de la resolución general (AFIP) 2811, se modificó el procedimiento para la inscripción de los contribuyentes, normado por la resolución general (AFIP) 10, sus complementarias y modificatorias, incorporando dentro del proceso de inscripción el registro digital de la fotografía, la firma y la huella dactilar, así como el escaneo del documento de identidad del contribuyente, apoderado o responsable legal, como paso previo a la solicitud de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).

LOS SISTEMAS BIOMÉTRICOS: ASPECTOS TÉCNICOS La biometría es la ciencia que se dedica a la identificación de individuos a partir de una

característica anatómica o un rasgo de su comportamiento. Cabe aclarar que una característica anatómica tiene la cualidad de ser relativamente estable en el tiempo, tal como una huella dactilar, la silueta de la mano, los patrones de la retina o el iris. La firma, en cambio, es un rasgo del comportamiento: es menos estable, pues depende de la disposición psicológica de la persona. Por su parte, entendemos por sistema biométrico a un sistema automatizado que realiza labores de biometría. Es decir, un sistema que fundamenta sus decisiones de reconocimiento mediante una característica personal que puede ser reconocida o verificada de manera automatizada. Los dispositivos biométricos poseen 3 componentes básicos: el primero, se encarga de la adquisición análoga o digital de algún indicador biométrico de una persona, como por ejemplo, una huella dactilar mediante un escáner; el segundo, maneja la compresión, el procesamiento, el almacenamiento y la comparación de los datos adquiridos (en el ejemplo, una imagen) con los datos almacenados; el tercer componente establece una interfaz con aplicaciones ubicadas en el mismo u otro sistema. El proceso de captura y proceso se puede esquematizar con el siguiente ejemplo:

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN Y CAPTURA DE DATOS BIOMÉTRICOS SEGÚN LA RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 2811 Alcance El proceso de captura de los datos biométricos por parte del Fisco procederá en los siguientes casos: - Personas físicas que actúen por sí, o como apoderados o representantes legales de personas físicas o jurídicas que soliciten su inscripción y la CUIT. - Contribuyentes incorporados de oficio en el Registro Tributario. - Contribuyentes que soliciten voluntariamente la toma de sus datos biométricos.

- Contribuyentes que soliciten el blanqueo de la Clave Fiscal otorgada oportunamente. - Contribuyentes que modifiquen algún dato relacionado con su identidad, así como también un dato biométrico ya registrado. Asimismo, la captura de los datos biométricos se generalizará al resto de los contribuyentes ya inscriptos, en oportunidad de implementarse el cronograma que oportunamente informe el Fisco a través de la publicación de una nueva resolución general. Procedimiento A) Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

El proceso de inscripción deberá realizarse en la dependencia de la AFIP correspondiente al domicilio fiscal y se dividirá en 3 trámites: - Obtención de la CUIT. - Obtención de la Clave Fiscal. - Registrar los datos biométricos del contribuyente. Para el otorgamiento de la CUIT y de la Clave Fiscal -Nivel de Seguridad 3-, se procederá de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente(1) y con las disposiciones de la resolución general (AFIP) 2811. En función de esta última norma, no se deberán completar los rubros "Datos económicos", "Datos tributarios" y "Datos de la seguridad social" del formulario 460/F, ya que estos datos se informarán por Internet. En tal sentido, el mencionado formulario se deberá presentar por duplicado, debiendo estar cubierto el frente únicamente con la información de los siguientes ítem: - Datos de identificación referenciales (nombres y apellidos). - Domicilio real (que figura en el DNI). - Domicilio fiscal. - Otros datos (teléfono y correo electrónico de contacto). A su vez, se presenta la documentación respaldatoria requerida para cada caso: 1. Para acreditar la identidad: - Argentinos nativos o naturalizados y extranjeros con documento nacional de identidad (DNI): original y fotocopia del DNI, de la libreta cívica o de la libreta de enrolamiento. - Extranjeros sin DNI: deberán presentar, además, el original y la fotocopia del documento de identidad del país de origen. - Extranjeros con residencia en el país -incluida la temporaria o transitoria- que no posean DNI original: fotocopia del pasaporte o cédula del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) -de tratarse de un país limítrofe-, y del certificado o comprobante que acredite el número de expediente asignado por la Dirección Nacional de Migraciones, en el que conste el carácter de su residencia. 2. Para el domicilio fiscal del contribuyente, se deberán presentar dos de las siguientes constancias: - Certificado de domicilio expedido por autoridad policial. - Acta de constatación notarial. - Fotocopia de alguna factura de servicios públicos a nombre del contribuyente o responsable. - Fotocopia del título de propiedad, o contrato de alquiler o de "leasing" del inmueble cuyo domicilio se denuncia. - Fotocopia del extracto de cuenta bancaria o del resumen de tarjeta de crédito, cuando el solicitante sea el titular de tales servicios. - Fotocopia de la habilitación municipal o autoridad municipal equivalente, cuando la actividad del solicitante se ejecute en inmuebles que requieran de la misma. Hay que tener en cuenta que en casos especiales, o cuando circunstancias particulares lo justifiquen, la dependencia interviniente podrá requerir y/o aceptar otros documentos o comprobantes que, según su criterio, acrediten fehacientemente el domicilio fiscal

denunciado. REGISTRO DE LOS DATOS BIOMÉTRICOS Una vez obtenidas la CUIT y la Clave Fiscal, procederá a registrar, ante personal de la AFIP, los datos biométricos (firma, foto y su huella dactilar). Además, se efectuará el escaneo de su documento de identidad. Esta información quedará reflejada en el sistema para una identificación más segura con el objeto de evitar la utilización de documentación apócrifa, y de preservar la seguridad jurídica y patrimonial de las personas ajenas a la comisión de dichos fraudes. Huella dactilar Para registrar las huellas dactilares, el contribuyente deberá presionar su índice izquierdo sobre el dispositivo escáner de huellas digitales, repitiendo esta acción con el índice derecho. Fotografía La captura de la foto del contribuyente se realiza con una cámara digital sobre fondo de color blanco y tomada de frente. Si el contribuyente usara lentes, deberá quitárselos, y la cabeza deberá estar descubierta (sin gorros, pañuelos u otro tipo de accesorios, excepto aquellos que por su credo no puedan ser removidos). El rostro deberá estar totalmente despejado, sin que el cabello lo cubra. Firma El contribuyente deberá firmar sobre el dispositivo de firma. Hay que tener en cuenta que la firma no podrá sobrepasar el espacio de captura del sistema, por lo que de salir de dicho espacio se deberá volver a firmar. A su vez, una vez capturada la firma, deberá chequearse que ésta coincida con la firma hológrafa. Escaneo del documento El documento a escanear será el informado en el formulario 460/F, conforme la resolución general (AFIP) 10 y sus modificaciones. FINALIZACIÓN DEL TRÁMITE EN LA AGENCIA DGI Una vez capturados los datos, el contribuyente deberá conformar los mismos teniendo en cuenta que el trámite no tendrá efectos hasta que se ratifiquen por Internet. B) Confirmación de datos de inscripción y envío de la restante información por Internet

1. Confirmación de datos biométricos A efectos de confirmar los datos biométricos, el contribuyente deberá darse de alta en el servicio denominado "Aceptación de datos biométricos", para lo cual deberá ingresar al sitio Web seguro de la AFIP mediante su Clave Fiscal. Una vez habilitada la transacción, y habiendo ingresado a la misma, se desplegará una pantalla con los datos registrados oportunamente, debiendo aceptarse o rechazarse lo expuesto. De rechazar lo capturado, deberá volver a la Agencia para registrar nuevamente sus datos biométricos. De aceptarse los mismos, quedará habilitado para darse el alta en la actividad y en las obligaciones tributarias. 2. Alta de la actividad económica y de las obligaciones tributarias Cuando se trate del alta de un contribuyente para completar la solicitud de CUIT, corresponderá, una vez aceptados los datos biométricos, ingresar al servicio "Sistema Registral" para efectuar las siguientes operaciones: 1. Informar la/s actividad/es "Actividades económicas".

desarrollada/s:

opción

"Registro

Tributario",

ítem

2. Efectuar el alta de impuestos y/o regímenes: opción "Registro Tributario", ítem "420/T - Alta de impuestos o regímenes" -y de corresponder la categorización como autónomo: opción "Registro Tributario"-, e ítem "Empadronamiento/Categorización de autónomos" si se trata de un contribuyente adherido al régimen general. 3. De optar por el "Régimen Simplificado", deberá ingresar a la opción "Registro Tributario", ítem "Monotributo", para efectuar la adhesión.

3. Solicitud de blanqueo de Clave Fiscal Puede ocurrir que se necesite realizar un blanqueo de la Clave Fiscal. En ese caso, además de realizar el blanqueo de la clave de acuerdo con lo indicado en el Anexo II de la resolución general (AFIP) 2239, su modificatoria y sus complementarias, se deberá realizar nuevamente el registro de todos los datos biométricos, de acuerdo con el artículo 3 de la resolución general (AFIP) 2811. 4. Solicitud de cambio de los datos biométricos Los contribuyentes que hayan registrado los datos biométricos podrán solicitar el cambio de alguno de ellos. Para ello, se deberá presentar una multinota en los términos de la resolución general (AFIP) 1128, en la cual se indiquen los motivos por los cuales requiere el cambio. 5. Consideraciones especiales Cabe aclarar que los apoderados o representantes legales de las personas físicas con discapacidad permanente o incapacidad temporal, así como también de personas residentes en el exterior, al registrar sus propios datos biométricos, deberán presentar la documentación probatoria requerida por la mencionada resolución general (AFIP) 2239.

Nota: [1:] El procedimiento de inscripción se encuentra normado por la RG (AFIP) 10, sus modificatorias y complementarias. Para la obtención de la Clave Fiscal, deberá observarse la RG (AFIP) 2239 y modif.

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.