DE LA PROVINCIA DE LUGO

Año 2007 - Martes, 25 de Septiembre de 2007 - Núm. 222 DE LA PROVINCIA DE LUGO http://www.diputacionlugo.org/ PRECIOS DE SUSCRIPCION ANUNCIOS Y OTR

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Año 2007 - Martes, 25 de Septiembre de 2007 - Núm. 222

DE LA PROVINCIA DE LUGO http://www.diputacionlugo.org/

PRECIOS DE SUSCRIPCION

ANUNCIOS Y OTRAS INSERCIONES

Al año........................................................................................36,06 Al semestre..............................................................................24,04 Mas gastos de envio Los municipios de la provincia recibirán gratuitamente una suscripción.

Por cada palabra o números......................................................0,15 - Las inserciones con carácter de urgencia, el importe será el doble de la inserción normal. - La tarifa se incrementará en un 50%, en los casos en que los textos a publicar no se entreguen o envíen en soporte informático compatible, según establece el art. 10 de la ordenanza reguladora del B.O.P. - Importe mínimo de publicación....................................................6

VENTA DE EJEMPLARES SUELTOS Por ejemplar de hasta 8 páginas ...........................................0,60 Por ejemplar de más de 8 y hasta 12 páginas .....................0,90 Por ejemplar de más de 12 páginas ..................................... 1,35 LAS SUSCRIPCIONES Y ANUNCIOS SE HARAN PREVIO PAGO DE SU IMPORTE

XUNTA DE GALICIA Consellería de Innovación e Industria Delegación Provincial de Lugo Resolución do 12 de setembro de 2007 da Delegación Provincial de LUGO, pola que se somete a información pública a petición de autorización da instalación eléctrica (Nº EXPTE: IN407A 2007/167-2)7040-AT. Ós efectos previstos na Lei 54/1997, do 27 de novembro e no Real Decreto 1955/2000, do 1 de decembro, sométese a información pública a petición de autorización da instalación eléctrica que se describe: - Solicitante: BEGASA. - Enderezo social: R/ CIDADE DE VIVEIRO, 4, 27002 LUGO. - Denominación: LMT E CT FERIAL EN CUESTAS DEL PARQUE ROSALÍA DE CASTRO. - Situación: LUGO. - Descricións técnicas:

SE PUBLICA TODOS LOS DIAS, EXCEPTO LOS FESTIVOS Depósito Legal LU-1-1968 / Franqueo concertado (27-2) Imprime: “El Progreso de Lugo, S.L.”

Todas aquelas persoas ou entidades que se consideren afectadas poderán presenta-las súas alegacións nesta Delegación Provincial, no prazo de vinte días. Lugo, 12 de setembro de 2007.- O Delegado Provincial, Ramón Jesús Cortés Máñez. R. 04952 ____

AYUNTAMIENTOS CASTRO DE REI A Xunta de Goberno Local, acordou na sesión do día 14 de setembro de 2007, aprobar o prego de cláusulas administrativas-particulares e sacar a licitación a obra do Plan Provincial de Cooperación ás Obras e Servizos de Competencia Municipal do ano 2007. Conforme ó disposto no artigo 122.2 do Real decreto lexislativo 781/1986, do 18 de abril, xunto co prego, anúnciase a licitación, se ben esta aprazarase no suposto de producirse reclamacións, durante o prazo de oito días da publicación do anuncio no BOP, contra o devandito prego ata a súa resolución pola Xunta de Goberno Local.

- LMTS Ó CT PROXECTADO FERIAL 3 CON ORIXE NUNHA CELA DE LIÑA EXISTENTE NO CT FERIAL 1 E FINAL NUN EMPALME COA LIÑA LMT CT RONDA DO CARMEN 3, CUNHA LONXITUDE DE 190 M EN CONDUTOR TIPO RHZ-240 EN CANALIZACIÓN NOVA E PROXECTADA.

- Obxecto do contrato: REFORZO DO ABASTECEMENTO DE AUGA Ó POLÍGONO INDUSTRIAL EN CASTRO DE RIBEIRAS DE LEA E PARROQUIAS DE BENDIA, LOENTIA, DUARRÍA, RIBEIRAS DE LEA E MOS. 1ª FASE.

- CT PREFABRICADO FERIAL 3, CUNHA POTENCIA PROXECTADA DE 2X630 KVA E RELACIÓN DE TRANSFORMACIÓN 20.000/400-230V.

- Lugar de execución: Polígono Industrial de Castro de Ribeiras de Lea, Bendía, Loentia, Duarría, Ribeiras de Lea e Mos -CASTRO DE REI (Lugo).

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- Prazo de execución: 3 meses. - Orzamento de licitación: 89.973,58 euros, IVE incluído. - Tramitación: Urxente. Procedemento: aberto. Forma: concurso. - Clasificación: Grupo: E. Subgrupo: 1. Categoría: E. - Garantías: Provisional para licitar: 1.794,48 euros. Definitiva, 4% do prezo de adxudicación. - Información: Os modelos de proposición e o prego de cláusulas administrativas particulares para ditas obras facilitarase nas oficinas do Concello de Castro de Rei. Praza Maior, 1. CP. 27250 (Lugo). Teléfono 982 314 034 e 982 314 132.

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de "Instalación de ascensor panorámico na Casa Consistorial de Castro de Rei". Conforme ó disposto no artigo 122.2 do Real decreto lexislativo 781/1986, do 18 de abril, xunto co prego, anúnciase a licitación, se ben esta aprazarase no suposto de producirse reclamacións, durante o prazo de oito días da publicación do anuncio no BOP, contra o devandito prego ata a súa resolución pola Xunta de Goberno Local. - Obxecto do contrato: INSTALACIÓN DE ASCENSOR PANORÁMICO NA CASA CONSISTORIAL DE CASTRO DE REI. - Lugar de execución: CASTRO DE REI (Lugo). - Prazo de execución: 3 meses. - Orzamento de licitación: 87.838,68 euros, IVE incluído.

A data límite para a obtención de documentación é o día hábil inmediatamente anterior ó de remate do prazo de presentación de proposicións.

- Tramitación: Urxente. Procedemento: aberto. Forma: concurso.

Presentación de proposicións: As proposicións presentaranse no Rexistro Xeral de Licitacións do Concello (Secretaría Xeral), das 9 ás 14 horas, durante os trece días naturais, contados dende o seguinte ó da última publicación deste anuncio no BOP de Lugo ou no DOG. Se o derradeiro día coincidise en sábado ou festivo, prorrogarase o prazo ata as 14 horas do primeiro día hábil seguinte.

- Garantías: Provisional para licitar: 1.756,78 euros. Definitiva, 4% do prezo de adxudicación.

As proposicións constarán de dous sobres pechados que poderán estar lacrados e precintados:

A data límite para a obtención de documentación é o día hábil inmediatamente anterior ó de remate do prazo de presentación de proposicións.

a) Sobre A, subtitulado "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA" que conterá os documentos esixidos na Cláusula III.2.1, apartados do 1 ó 9 do prego de cláusulas administrativas. b) Sobre B, subtitulado "PROPOSTA ECONÓMICA E TÉCNICA", segundo o modelo que figura como ANEXO III ó prego. Apertura de proposicións. No Salón de Sesións da Casa do Concello, ás doce horas do día hábil seguinte á finalización do prazo de presentación de proposicións, que de coincidir en sábado trasladarase ó primeiro día hábil seguinte. A Mesa de Contratación, previa cualificación da documentación, procederá en acto público á apertura dos sobres B) coa oferta económica, e formulará proposta de adxudicación ó Órgano de Contratación, de conformidade cos criterios recollidos na Cláusula III, apartado 4 do prego de cláusulas administrativas. Gastos de anuncios. Serán a cargo do adxudicatario. Castro de Rei, 14 de setembro do 2007.- O ALCALDE, Juan José Díaz Valiño. R. 04928 ____ A Xunta de Goberno Local, acordou na sesión do día 14 de setembro de 2007, aprobar o prego de cláusulas administrativas-particulares e sacar a licitación as obras

- Clasificación: Non se esixe.

- Información: Os modelos de proposición e o prego de cláusulas administrativas particulares para ditas obras facilitarase nas oficinas do Concello de Castro de Rei. Praza Maior, 1. CP. 27250 (Lugo). Teléfono 982 314 034 e 982 314 132.

Presentación de proposicións: As proposicións presentaranse no Rexistro Xeral de Licitacións do Concello (Secretaría Xeral), das 9 ás 14 horas, durante os trece días naturais, contados dende o seguinte ó da última publicación deste anuncio no BOP de Lugo ou no DOG. Se o derradeiro día coincidise en sábado ou festivo, prorrogarase o prazo ata as 14 horas do primeiro día hábil seguinte. As proposicións constarán de dous sobres pechados que poderán estar lacrados e precintados: a) Sobre A, subtitulado "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA" que conterá os documentos esixidos na Cláusula III.2.1, apartados do 1 ó 9 do prego de cláusulas administrativas. b) Sobre B, subtitulado "PROPOSTA ECONÓMICA E TÉCNICA", segundo o modelo que figura como ANEXO III ó prego. Apertura de proposicións. No Salón de Sesións da Casa do Concello, ás doce horas do día hábil seguinte á finalización do prazo de presentación de proposicións, que de coincidir en sábado trasladarase ó primeiro día hábil seguinte. A Mesa de Contratación, previa cualificación da documentación, procederá en acto público á apertura dos sobres B) coa oferta económica, e formulará proposta de adxudicación ó Órgano de Contratación, de conformidade cos criterios recollidos na Cláusula III, apartado 4 do prego de cláusulas administrativas.

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Gastos de anuncios. Serán a cargo do adxudicatario. Castro de Rei, 14 de setembro do 2007.- O ALCALDE, Juan José Díaz Valiño. R. 04929 ____ LUGO Anuncio A Xunta de Goberno Local na sesión celebrada o cinco de setembro de 2007, acordo núm. 18/833, aprobou inicialmente o prego de cláusulas administrativas particulares e de prescricións técnicas que rexerá na licitación para CONTRATACIÓN DUN SERVIZO DE APOIO Á XESTIÓN DO "CENTRO DE ACOLLIDA PARA MULLERES VÍTIMAS DE VIOLENCIA DE XÉNERO"; e na sesión celebrada o doce de setembro de 2007 aprobou a MODIFICACIÓN DO ACORDO 18/833. De conformidade co disposto no artigo 122.1 do Real decreto lexislativo 781/1986, do 18 de abril, e o artigo 75 da Lei 30/92, do réxime xurídico das administracións públicas e do procedemento administrativo común, este exponse ó público polo prazo de OITO días hábiles, para os efectos do seu exame e reclamacións. O expediente atópase de manifesto no Servizo de Contratación (Ronda da Muralla, 197, 3ª planta), en horario de oficina. Lugo, 17 de setembro de 2007.- O ALCALDE, P.D. TENENTA-ALCALDE DA AREA (Decreto Alcaldía nº 75/2007), Sonia Méndez García. R. 04942 ____ MEIRA Edicto Aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación el Presupuesto Municipal para el ejercicio económico de

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2007, la plantilla de personal y la relación de puestos de trabajo para dicho ejercicio, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 del RDL 2/2004 de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, y disposiciones concordantes, se expone al público en la Secretaría de este Ayuntamiento, por plazo de quince días hábiles -que empezará a contarse desde el siguiente al de la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia-, a fin de que durante el mismo puedan formularse las reclamaciones que se consideren pertinentes, las cuales deberán ser dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente de esta Corporación. Meira, 18 de septiembre de 2007.- EL ALCALDE, Antonio de Dios Alvarez. R. 04946 ____ A PASTORIZA Edicto Aprobado por el Pleno de esta Corporación el expediente de modificación de créditos núm. 2/2007, dentro del vigente Presupuesto municipal, por un importe de setenta y siete mil euros (77.000,00 euros), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177 en relación con el artículo 169, ambos del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se expone al público, en la Secretaría de este Ayuntamiento, por plazo de quince días hábiles, que empezarán a contarse desde el día siguiente al de la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que durante el mismo puedan formularse las reclamaciones que se consideren pertinentes, las cuales deberán ser dirigidas al Sr. AlcaldePresidente de este Ayuntamiento. A Pastoriza, 17 de septiembre de 2007.- El Alcalde, Primitivo Iglesias Sierra. R. 04949

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Tesorería General de la Seguridad Social Dirección Provincial de Lugo Edicto del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales sobre notificación a (deudores) EDICTO De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

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En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. En el Anexo I se detalla el domicilio y localidad de cada unidad asignada a dichos actos administrativos, así como su teléfono y número de fax. Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. LUGO, a 31 de AGOSTO de 2007.- EL/LA DIRECTOR/A PROVINCIAL. Por orden, el Subdirecotr Provincial, Jesús Angel Núñez Rivas. Relación que se cita: NUM. REMESA: 27 00 1 07 000008

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R. 04813 EDICTO De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta. En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. En el Anexo I se detalla el domicilio y localidad de cada unidad asignada a dichos actos administrativos, así como su teléfono y número de fax. Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. LUGO, a 31 de AGOSTO de 2007.- EL/LA DIRECTOR/A PROVINCIAL. Por orden, El Subdirector Provincial, Jesús Angel Núñez Rivas. Relación que se cita:

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Primero: La Sociedad Limitada SILVESTRE RUA LAGE, SL., se constituyó el 02-06-1994.

Unidad de Impugnaciones DESTINATARIO MARIA TERESA RODRIGUEZ BERMUDEZ CL LOPO LIAS, 1 - 4º IZD 27001 LUGO En relación con el procedimiento de recaudación que se sigue en esta Dirección Provincial contra la empresa COLUMAN EMPRESA DE MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCION, SL., con CIF. 0B27107382 y CCC 27/002530437, por incumplimiento de las obligaciones contraídas con la Seguridad Social y teniendo en cuenta los siguientes hechos: Primero: La Sociedad Limitada COLUMAN EMPRESA DE MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCION, SL. se constituyó el 10-05-1989 ante el Notario del Ilustre Colegio de A Coruña D. Juan-Miguel Bellod Fenández. Segundo: En la constitución de la Sociedad Limitada se nombra Administradora Solidaria de la misma a doña María Teresa Rodríguez Bermúdez con DNI 33.324.093 - Z. Tercero: La empresa acumula una deuda en el CCC. 27/002530437 de 18.586,20 euros durante el período 07/96 a 06/01 siendo declarado crédito incobrable en fecha 01/04. Sobre la base de esta información esta Unidad de Impugnaciones ha iniciado expediente de derivación de responsabilidad hacia el administrador. Por ello se emplaza a usted a fin de que pueda alegar y presentar los documentos y justificantes (fotocopias compulsadas) que estime pertinentes conforme señala el art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), sobre trámite de audiencia al interesado. EL JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Manuel Andrés Cruz Valcárcel. R. 04745 ____ DESTINATARIO SILVESTRE RUA LAGE BELTRAN LAGO S/N 27870 XOVE LUGO En relación con el procedimiento de recaudación que se sigue en esta Dirección Provincial contra la empresa SILVESTRE RUA LAGE, SL., con CIF. 0B27179662 y CCC 27100541020, por incumplimiento de las obligaciones contraídas con la Seguridad Social y teniendo en cuenta los siguientes hechos:

Segundo: En la constitución de la Sociedad Limitada se nombra Administrador Único de la misma a don Silvestre Rua Lage con DNI 32.323.172 - F. Tercero: La empresa acumula una deuda en el CCC. 27100541020 de 6.919,76 euros durante el período 03/98 a 10/05 siendo declarado crédito incobrable en fecha 10/06. Sobre la base de esta información esta Unidad de Impugnaciones ha iniciado expediente de derivación de responsabilidad hacia el administrador. Por ello se emplaza a usted a fin de que pueda alegar y presentar los documentos y justificantes (fotocopias compulsadas) que estime pertinentes conforme señala el art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), sobre trámite de audiencia al interesado. EL JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Manuel Andrés Cruz Valcárcel. R. 04746 ____ DESTINATARIO MANUEL LOSADA BARREIRA LG CARBALLIDO - PUMAR, 4 27774 ALFOZ LUGO En relación con el procedimiento de recaudación que se sigue en esta Dirección Provincial contra la empresa CONSTRULANTICA ALCOGA, SL., con CIF. 0B27202159 y CCC 27/101048652, por incumplimiento de las obligaciones contraídas con la Seguridad Social y teniendo en cuenta los siguientes hechos: Primero: La Sociedad Limitada CONSTRULANTICA ALCOGA, SL., se constituyó el 26-01-1996. Segundo: En la constitución de la Sociedad Limitada se nombra Administrador Único de la misma a don Manuel Losada Barreiro con DNI 33.994.909 - N. Tercero: La empresa acumula una deuda en el CCC. 27/101048652 de 10.137,24 euros durante el período 05/00 a 09/01 siendo declarado crédito incobrable en fecha 08/06. Sobre la base de esta información esta Unidad de Impugnaciones ha iniciado expediente de derivación de responsabilidad hacia el administrador. Por ello se emplaza a usted a fin de que pueda alegar y presentar los documentos y justificantes (fotocopias compulsadas) que estime pertinentes conforme señala el art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

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Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), sobre trámite de audiencia al interesado.

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EL JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Manuel Andrés Cruz Valcárcel. R. 04747

DESTINATARIO ROBERTO CARLOS LINARES LOPEZ AVD. GENERALISIMO, 53 27720 - PONTENOVA (A) LUGO En relación con el procedimiento recaudatorio que se sigue en esta Dirección Provincial frente a la empresa MADERAS VEYPA, SL, con CIF 0B27289081 y CCC 27/102947428 por incumplimiento de las obligaciones contraídas con la Seguridad Social, teniendo en cuenta la documentación al respecto que obra en esta Dirección Provincial, entre la que se incluye informe emitido por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se ponen de manifiesto los siguientes: HECHOS PRIMERO.- Que mediante escrito de 26-04-07, notificado mediante publicación en el BOP en fecha 26-06-07 y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento en fecha 16-06-07, se notificó a don Carlos Pastor Linares López, administrador de la empresa "MADERAS VEYPA, SL", el acto de trámite de audiencia, para garantía de su defensa jurídica, conforme a lo preceptuado en el artículo 13.4 del RD 1415/2004, de 11 de junio (BOE de 25 de junio) por el que se aprueba del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. SEGUNDO.- Que dentro del período fijado para la celebración de dicho trámite legal, el administrador de la empresa no se ha personado, ni ha formulado escrito de alegaciones. TERCERO.- La empresa "MADERAS VEYPA, SL.", se constituyó el 06-02-03 por don Carlos Pastor Linares López con DNI 76.561.181-T y por don Roberto Carlos Linares López con DNI 33.347040-F. CUARTO.- Los socios fundadores acuerdan por unanimidad nombrar administradores solidarios a don Carlos Pastor Linares López y don Roberto Carlos Linares López, fijándose el capital social en tres mil cien euros (3.100 euros), siendo inscrito en el Registro Mercantil de Lugo Hoja 9056, Tomo 316 y Hoja 114. QUINTO.- La empresa "MADERAS VEYPA, SL" causa alta en la Seguridad Social en fecha 14-03-03, con domicilio en Avda. del Generalísimo nº 53 de A Pontenova, acumulando una deuda durante el período 12/03 a 01/05 de 1.099,48 euros, siendo declarada crédito incobrable en 02/06. SEXTO.- Según los datos del registro mercantil, la empresa sólo efectuó el depósito de cuentas hasta el 2003, lo que implica que la empresa no ha acreditado fehacientemente que haya llevado adecuadamente la contabilidad formal, tal como exigen los art. 32 a 49 del Código de Comercio. No consta que el administrador haya instado las medidas legales de convocatoria de la Junta General para aumentar o disminuir el capital social, o, en última instancia, disolución voluntaria o judicial de la sociedad para paliar tal situación, por lo que concurren las circunstancias previstas legalmente para exigir la responsabilidad solidaria, por incumplimiento de las obligaciones inherentes a su cargo. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- La competencia de esta Dirección Provincial para declarar la responsabilidad solidaria y consiguiente reclamación de deuda con la Seguridad Social, le viene conferida por lo dispuesto en el art. 30.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 20 de junio (BOE 29-06-94), según redacción dada por el artículo 5 de la Ley 52/2003 de 10 de diciembre, de Disposiciones Específicas en materia de Seguridad Social (BOE 11-12-03), en disposición final segunda sobre entrada en vigor de dicha Ley 52/2003 y en el art. 2 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por RD 1415/2004, de 11 de junio, (BOE 25-06-04). SEGUNDO.- El artículo 15, apartado 3 y 4, de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio (BOE del 29), según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (BOE de 11), que determina que la responsabilidad solidaria o subsidiaria se declarará y exigirá mediante el procedimiento establecido en esta Ley y su normativa de desarrollo. TERCERO.- Los artículos 12 y 13 del referido RD 1415/2004 de 11 de junio regulan el procedimiento y alcance de la referida responsabilidad solidaria, que comprenderá el principal de la deuda y los recargos e interés que se hubieran devengado al momento de su emisión en el procedimiento recaudatorio seguido contra el primer responsable solidario a quien se hubiera reclamado, o que hubiera presentado los documentos de cotización dentro del plazo reglamentario de ingreso. Incluirá asimismo las costas que se hubieran generado para el cobro de la deuda. La reclamación de deuda se ha formulado en aplicación de lo dispuesto en los artículos 62.2 y siguientes del citado RD 1415/2004. Asimismo el art. 12 señala que responden del pago de las deudas de la Seguridad Social los responsables solidarios en los supuestos en que por norma se imponga expresamente tal tipo de responsabilidad, en relación con los artículos 104.e) y 105.5 de la Ley 2/1995 de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (BOE de 24-03-95), en redacción dada por la Disposición final segunda de la Ley 19/2005 de 14 de noviembre, sobre la sociedad anónima europea domiciliada en España (BOE del 15), que determinan la responsabilidad solidaria de los

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administradores por todas las deudas sociales por el incumplimiento de la obligación de convocar Junta General o de solicitar la disolución judicial como consecuencia de pérdidas que dejen reducido el patrimonio a menos de la mitad del capital social, circunstancia que está probada por el negativo resultado del procedimiento de apremio que pone de relieve el agotamiento de todas las gestiones tendentes al cobro de la deuda, y acredita la insuficiencia de bienes y derechos del deudor, creándose una situación de riesgo que supone un perjuicio para los acreedores por el hecho del incumplimiento de las obligaciones legales de los administradores respecto de la disolución. CUARTO.- Art. 1137 y siguientes del Código Civil, y en particular, el art. 1144, al establecer que el acreedor puede dirigirse contra cualquiera de los deudores solidarios o contra todos ellos simultáneamente. Las reclamaciones entabladas contra unos no serán obstáculo para las que posteriormente se dirijan contra los demás, mientras no resulte cobrada la deuda por completo. QUINTO.- Art. 1974 del Código Civil en cuanto a la interrupción de la prescripción de acciones en las obligaciones solidarias. Por consiguiente, y en virtud de los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social. RESUELVE PRIMERO: Declarar a don ROBERTO CARLOS LINARES LOPEZ, responsable solidario de las deudas contraídas con la Seguridad Social por la empresa MADERAS VEYPA, SL, con CCC 27102947428. SEGUNDO: Reclamar a don CARLOS PASTOR LINARES LOPEZ, con CCC 27104114458, por este mismo acto, la cantidad de 1.099,48 euros a que asciende la deuda recogida en los documentos que se acompañan y se relacionan como anexo a la presente resolución, sin perjuicio de otras posibles deudas que pudiera tener la indicada empresa antecesora. Tanto contra la presente resolución de declaración de responsabilidad como frente a la reclamación de deuda que conlleva, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 del citado Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, según redacción dada por la Ley 4/1999 (BOE de 14 de enero). El plazo para la interposición de dicho recurso será el de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución. Transcurrido el plazo de 3 meses desde su interposición sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, este se entiende desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa. La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el pago de la deuda (incluidos los recargos, intereses y costas que procedan) con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda señalado, conforme a lo dispuesto en el artículo 30.5 del citado Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la redacción dada por la Ley 52/2003 y 46.2 del también citado RD 1415/2004 de 11 de junio. En cuanto a la constitución de garantías y avales se estará a lo dispuesto en los artículos 27 y 28 del citado Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. Las presentes reclamaciones deberán hacerse efectivas en cualquier entidad financiera autorizada a actuar como oficina recaudadora de la Seguridad Social, en los siguientes plazos: si es notificada entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior y la notificada entre los días 16 y último de cada mes hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior (de conformidad con lo establecido en el artículo 30.3 del citado RD Legislativo 1/1994, de 20 de junio). Transcurrido dicho plazo sin que se haya justificado el cumplimiento de lo interesado en la presente reclamación se iniciará el procedimiento de apremio mediante la emisión de la providencia de apremio con la aplicación del recargo correspondiente, según establecen los artículos 27 y 34 de la Ley General de la Seguridad Social reseñada. EL JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Manuel Andrés Cruz Valcárcel. ANEXO A LA PRESENTE RESOLUCION DE RESPONSABILIDAD DEUDOR INICIAL: 27102947428-MADERAS VEYPA, SL DEUDOR RESPONSABLE: 27104114458 ROBERTO CARLOS LINARES LOPEZ Nº RECLAMAC. DERIVADA

Nº RECLAMAC. ANTIGUA

PERIODO

PRINCIPAL

RECARGO

2707012442465 2707012442566 2707012442667 2707012442768 2707012442869 2707012442970 2707012443071 2707012443172 2707012443273 2707012443374

2704011147277 2704016785102 2704017327793 2704011811527 2704010785246 2704011029261 2705010124009 2705011015496 2705011203234 2704011583474

02-2004 05-2004 06-2004 04-2004 12-2003 01-2004 10-2004 12-2004 01-2005 03-2004

133,17 177,55 133,17 140,58 62,52 51,78 75,50 45,30 24,06 33,65

26,63 35,51 26,63 28,12 12,50 10,36 15,10 9,06 4,81 6,73

COSTAS/INTERESES

24,16

12,17 6,87 3,55

TOTAL 159,80 213,06 183,96 168,70 75,02 62,14 102,77 61,23 32,42 40,38

TOTAL: 1.099,48 euros

EL JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Manuel Andrés Cruz Valcárcel.

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____ DESTINATARIO CARLOS PASTOR LINARES LOPEZ AVDA. GENERALISIMO, 53 27720 - PONTENOVA (A) LUGO En relación con el procedimiento recaudatorio que se sigue en esta Dirección Provincial frente a la empresa MADERAS VEYPA, SL, con CIF 0B27289081 y CCC 27/102947428 por incumplimiento de las obligaciones contraídas con la Seguridad Social, teniendo en cuenta la documentación al respecto que obra en esta Dirección Provincial, entre la que se incluye informe emitido por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se ponen de manifiesto los siguientes: HECHOS PRIMERO.- Que mediante escrito de 26-04-07, notificado mediante publicación en el BOP en fecha 21-06-07 y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento en fecha 16-06-07, se notificó a don Carlos Pastor Linares López, administrador de la empresa "MADERAS VEYPA, SL", el acto de trámite de audiencia, para garantía de su defensa jurídica, conforme a lo preceptuado en el artículo 13.4 del RD 1415/2004, de 11 de junio (BOE de 25 de junio) por el que se aprueba del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. SEGUNDO.- Que dentro del período fijado para la celebración de dicho trámite legal, el administrador de la empresa no se ha personado, ni ha formulado escrito de alegaciones. TERCERO.- La empresa "MADERAS VEYPA, SL.", se constituyó el 06-02-03 por don Carlos Pastor Linares López con DNI 76.561.181-T y por don Roberto Carlos Linares López con DNI 33.347040-F. CUARTO.- Los socios fundadores acuerdan por unanimidad nombrar administradores solidarios a don Carlos Pastor Linares López y don Roberto Carlos Linares López, fijándose el capital social en tres mil cien euros (3.100 euros), siendo inscrito en el Registro Mercantil de Lugo Hoja 9056, Tomo 316 y Hoja 114. QUINTO.- La empresa "MADERAS VEYPA, SL" causa alta en la Seguridad Social en fecha 14-03-03, con domicilio en Avda. del Generalísimo nº 53 de A Pontenova, acumulando una deuda durante el período 12/03 a 01/05 de 1.099,48 euros, siendo declarada crédito incobrable en 02/06. SEXTO.- Según los datos del registro mercantil, la empresa sólo efectuó el depósito de cuentas hasta el 2003, lo que implica que la empresa no ha acreditado fehacientemente que haya llevado adecuadamente la contabilidad formal, tal como exigen los art. 32 a 49 del Código de Comercio. No consta que el administrador haya instado las medidas legales de convocatoria de la Junta General para aumentar o disminuir el capital social, o, en última instancia, disolución voluntaria o judicial de la sociedad para paliar tal situación, por lo que concurren las circunstancias previstas legalmente para exigir la responsabilidad solidaria, por incumplimiento de las obligaciones inherentes a su cargo. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- La competencia de esta Dirección Provincial para declarar la responsabilidad solidaria y consiguiente reclamación de deuda con la Seguridad Social, le viene conferida por lo dispuesto en el art. 30.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 20 de junio (BOE 29-06-94), según redacción dada por el artículo 5 de la Ley 52/2003 de 10 de diciembre, de Disposiciones Específicas en materia de Seguridad Social (BOE 11-12-03), en disposición final segunda sobre entrada en vigor de dicha Ley 52/2003 y en el art. 2 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por RD 1415/2004, de 11 de junio, (BOE 25-06-04). SEGUNDO.- El artículo 15, apartado 3 y 4, de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio (BOE del 29), según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (BOE de 11), que determina que la responsabilidad solidaria o subsidiaria se declarará y exigirá mediante el procedimiento establecido en esta Ley y su normativa de desarrollo. TERCERO.- Los artículos 12 y 13 del referido RD 1415/2004 de 11 de junio regulan el procedimiento y alcance de la referida responsabilidad solidaria, que comprenderá el principal de la deuda y los recargos e interés que se hubieran devengado al momento de su emisión en el procedimiento recaudatorio seguido contra el primer responsable solidario a quien se hubiera reclamado, o que hubiera presentado los documentos de cotización dentro del plazo reglamentario de ingreso. Incluirá asimismo las costas que se hubieran generado para el cobro de la deuda. La reclamación de deuda se ha formulado en aplicación de lo dispuesto en los artículos 62.2 y siguientes del citado RD 1415/2004. Asimismo el art. 12 señala que responden del pago de las deudas de la Seguridad Social los responsables solidarios en los supuestos en que por norma se imponga expresamente tal tipo de responsabilidad, en relación con los artículos 104.e) y 105.5 de la Ley 2/1995 de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (BOE de 24-03-95), en redacción dada por la Disposición final segunda de la Ley 19/2005 de 14 de noviembre, sobre la sociedad anónima europea domiciliada en España (BOE del 15), que determinan la responsabilidad solidaria de los administradores por todas las deudas sociales por el incumplimiento de la obligación de convocar Junta General o de solicitar la disolución judicial como consecuencia de pérdidas que dejen reducido el patrimonio a menos de la mitad del capital social, circunstancia que está probada por el negativo resultado del procedimiento de apremio que pone de relieve el agotamiento de todas las gestiones tendentes al cobro de la deuda, y acredita la insuficiencia de bienes y derechos del deudor, creándose una situación de riesgo que supone un perjuicio para los acreedores por el hecho del incumplimiento de las obligaciones legales de los administradores respecto de la disolución. CUARTO.- Art. 1137 y siguientes del Código Civil, y en particular, el art. 1144, al establecer que el acreedor

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puede dirigirse contra cualquiera de los deudores solidarios o contra todos ellos simultáneamente. Las reclamaciones entabladas contra unos no serán obstáculo para las que posteriormente se dirijan contra los demás, mientras no resulte cobrada la deuda por completo. QUINTO.- Art. 1974 del Código Civil en cuanto a la interrupción de la prescripción de acciones en las obligaciones solidarias. Por consiguiente, y en virtud de los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social. RESUELVE PRIMERO: Declarar a don CARLOS PASTOR LINARES LOPEZ, responsable solidario de las deudas contraídas con la Seguridad Social por la empresa MADERAS VEYPA, SL, con CCC 27102947428. SEGUNDO: Reclamar a don CARLOS PASTOR LINARES LOPEZ, con CCC 27104114357, por este mismo acto, la cantidad de 1.099,48 euros a que asciende la deuda recogida en los documentos que se acompañan y se relacionan como anexo a la presente resolución, sin perjuicio de otras posibles deudas que pudiera tener la indicada empresa antecesora. Tanto contra la presente resolución de declaración de responsabilidad como frente a la reclamación de deuda que conlleva, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 del citado Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, según redacción dada por la Ley 4/1999 (BOE de 14 de enero). El plazo para la interposición de dicho recurso será el de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución. Transcurrido el plazo de 3 meses desde su interposición sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, este se entiende desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa. La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el pago de la deuda (incluidos los recargos, intereses y costas que procedan) con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda señalado, conforme a lo dispuesto en el artículo 30.5 del citado Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la redacción dada por la Ley 52/2003 y 46.2 del también citado RD 1415/2004 de 11 de junio. En cuanto a la constitución de garantías y avales se estará a lo dispuesto en los artículos 27 y 28 del citado Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. Las presentes reclamaciones deberán hacerse efectivas en cualquier entidad financiera autorizada a actuar como oficina recaudadora de la Seguridad Social, en los siguientes plazos: si es notificada entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior y la notificada entre los días 16 y último de cada mes hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior (de conformidad con lo establecido en el articulo 30.3 del citado RD Legislativo 1/1994, de 20 de junio). Transcurrido dicho plazo sin que se haya justificado el cumplimiento de lo interesado en la presente reclamación se iniciará el procedimiento de apremio mediante la emisión de la providencia de apremio con la aplicación del recargo correspondiente, según establecen los artículos 27 y 34 de la Ley General de la Seguridad Social reseñada. EL JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Manuel Andrés Cruz Valcárcel. ANEXO A LA PRESENTE RESOLUCION DE RESPONSABILIDAD DEUDOR INICIAL: 27102947428-MADERAS VEYPA, SL DEUDOR RESPONSABLE: 27104114357 - CARLOS PASTOR LINARES LOPEZ. Nº RECLAMAC. DERIVADA

Nº RECLAMAC. ANTIGUA

PERIODO

PRINCIPAL

RECARGO

2707012441455 2707012441556 2707012441657 2707012441758 2707012441859 2707012441960 2707012442061 2707012442162 2707012442263 2707012442364

2704011147277 2704016785102 2704017327793 2704011811527 2704010785246 2704011029261 2705010124009 2705011015496 2705011203234 2704011583474

02-2004 05-2004 06-2004 04-2004 12-2003 01-2004 10-2004 12-2004 01-2005 03-2004

133,17 177,55 133,17 140,58 62,52 51,78 75,50 45,30 24,06 33,65

26,63 35,51 26,63 28,12 12,50 10,36 15,10 9,06 4,81 6,73

COSTAS/INTERESES

24,16

12,17 6,87 3,55

TOTAL 159,80 213,06 183,96 168,70 75,02 62,14 102,77 61,23 32,42 40,38

TOTAL: 1.099,48 euros

EL JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Manuel Andrés Cruz Valcárcel. R. 04748 Edicto de notificación de la providencia de apremio a deudores no localizados El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto de los sujetos responsables que figuran en la relación adjunta, por deudas a la Seguridad Social cuya cuantía total asciende a la cantidad que asimismo se indica en la citada relación, ha dictado la siguiente

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PROVIDENCIA DE APREMIO: En uso de la facultad que me confiere el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. 29-6-94) y el artículo 84 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. 25-06-04), ordeno la ejecución contra el patrimonio del deudor. Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor, procede practicar la notificación de la providencia de apremio, conforme prevé el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, mediante la publicación del presente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor y en el Boletín Oficial correspondiente. La presente notificación se publica con el fin de requerir al deudor para que efectúe el pago de la deuda en el plazo de QUINCE DÍAS naturales siguientes a la presente publicación ante la correspondiente Unidad de Recaudación Ejecutiva, con la advertencia de que en caso contrario se procederá al embargo de los bienes del deudor en cantidad bastante para el pago de la deuda por principal, recargo, intereses en su caso, y costas del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 84 del citado Reglamento General de Recaudación. Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Administración correspondiente dentro del plazo de 1 mes a partir del día siguiente a su notificación, por alguna de las causas señaladas en el artículo 34.3 de la Ley General de la Seguridad Social citada anteriormente, debidamente justificadas, suspendiéndose el procedimiento de apremio hasta la resolución del recurso. Dichas causas son: pago; prescrición; error material o aritmético en la determinación de la deuda; condonación, aplazamiento de la deuda o suspensión del procedimiento; falta de notificación de la reclamación de la deuda, cuando esta proceda, del acta de liquidación o de las resoluciones que las mismas o las autoliquidaciones de cuotas originen. Transcurridos 3 meses desde la interposición de recurso de alzada sin que se haya resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/92). LUGO, a 12 de septiembre de 2007.- EL JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC., MANUEL ANDRES CRUZ VALCARCEL. DIRECCION PROVINCIAL DE LUGO REG.

T./IDENTIF.

0111 10 0111 10 0111 10 0111 10 0111 10

27103430408 PIÑEIRO ADRIO DIEGO 27103430408 PIÑEIRO ADRIO DIEGO 27103430408 PIÑEIRO ADRIO DIEGO 27103430408 PIÑEIRO ADRIO DIEGO 27103430408 PIÑEIRO ADRIO DIEGO

0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07 0521 07

RAZON SOCIAL/NOMBRE

DIRECCION

CP. POBLACION

REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL CL ANTONIO ROSON 2 27002 LUGO CL ANTONIO ROSON 2 27002 LUGO CL ANTONIO ROSON 2 27002 LUGO CL ANTONIO ROSON 2 27002 LUGO CL ANTONIO ROSON 2 27002 LUGO REGIMEN 05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS 080484918382 CASTRO GARCIA ADRIANO CL DOÑA URRACA 60 27004 LUGO 080505815317 MORENO CANTO JAVIER CL CURROS ENRIQUEZ 9 27004 LUGO 080525892394 FERNANDEZ GARCIA JOSE RA LG CHORENTE 2 27570 ANTAS DE ULL 270035242135 RIO LAPIDO JOSE LUIS CL ALCALDE M. PORTEL 27003 LUGO 270039732023 LOPEZ CAMPOS FRANCISCO R CL JUANA LA LOCA 27 27004 LUGO 270045898795 PENA VILAR MARIA JOSE AV CORUñA 224 27003 LUGO 271001296192 SEGADE SAINZ MAZA ALFONS CL CURROS ENRIQUEZ 1 27004 LUGO 271004579139 GALLO LOPEZ JOSE CL MONTE DA CASILLA, 27003 LUGO 271005899248 PERMUY MOURELLE JUAN MAN CL CURROS ENRIQUEZ 4 27004 LUGO 271007540366 LOPEZ DORADO CESAR CL SAN ROQUE 71 27002 LUGO 271007540366 LOPEZ DORADO CESAR CL SAN ROQUE 71 27002 LUGO 271007540366 LOPEZ DORADO CESAR CL SAN ROQUE 71 27002 LUGO 360078356317 ALONSO ALONSO LUIS CL RONDA DEL CARMEN 27004 LUGO 360078356317 ALONSO ALONSO LUIS CL RONDA DEL CARMEN 27004 LUGO 360078356317 ALONSO ALONSO LUIS CL RONDA DEL CARMEN 27004 LUGO 481025851594 YING --- LIBIN AV CORUÑA 136 27003 LUGO

TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO

IMPORTE

03 27 2006 013888901 0706 0706 03 27 2006 014024903 0806 0806 03 27 2006 014394008 0706 0806 03 27 2006 014394109 0906 0906 03 27 2007 010680907 1106 1106

481,03 481,03 40,01 382,98 547,76

03 27 2007 011072846 0107 0107 03 27 2007 011073149 0107 0107 03 27 2007 010986657 0107 0107 03 27 2007 011081031 0107 0107 03 27 2007 010995145 0107 0107 03 27 2007 011096286 0107 0107 03 27 2007 011104774 0107 0107 03 27 2007 011110131 0107 0107 03 27 2007 011112656 0107 0107 03 27 2006 012916675 0606 0606 03 27 2006 013729455 0806 0806 03 27 2006 014150700 0906 0906 03 27 2006 013828778 0806 0806 03 27 2006 014248710 0906 0906 03 27 2006 014651359 1006 1006 03 27 2007 011124477 0107 0107

286,55 359,63 286,55 286,55 286,55 308,18 286,55 286,55 254,81 280,63 280,63 280,63 280,97 280,97 280,97 293,41

R. 04783 Unidad de Recaudación Ejecutiva 27/03 Edicto del Ministerio de Trabajo y Asuntos sociales sobre notificación a (deudores) EDICTO De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no

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imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta. En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. En el Anexo I se detalla el domicilio y localidad de cada unidad asignada a dichos actos administrativos, así como su teléfono y número de fax. Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. LUGO, a 3 de SEPTIEMBRE de 2007.- LA RECAUDADORA EJECUTIVA, Rosario de Azevedo Novo.

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Núm. 222 - Martes, 25 de Septiembre de 2007

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