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DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES
DEPRECIACIONES Es el desgaste físico que sufren todos los bienes (activos fijos) por el uso o por el correr del tiempo. Fundamentación legal: decreto 26-92 ley del ISR, actualizado en el decreto 04-2012 Capítulo VII.
Depreciación: costo o gasto del activo de forma anual, se contabiliza en el estado de resultados. Depreciación acumulada: sumatoria de las depreciaciones anuales que ha sufrido el activo, se contabiliza en el balance general.
Ganancia en venta de activo: es cuando el valor de la venta es mayor al valor en libros. Por la ganancia en la venta de un activo se paga el 10% de Impuesto Sobre la Renta. Si el activo se vende al mismo valor en libros, no se paga impuestos. Pérdidas en venta de activo: cuando el valor de la venta es menor al valor en libros.
FACTORES PARA EL CÁLCULO DE LA DEPRECIACIÓN
1. Base de la depreciación: Artículo 17. Base de cálculo. Ley de ISR. la depreciación debe calcularse sobre base y métodos constantes a partir de la fecha que empiezan a utilizarse los activos fijos, salvos que circunstancias especiales justifiquen un cambio. La base para el cálculo de la depreciación generalmente lo constituye el costo de adquisición o de producción del bien, incluyendo la erogaciones por instalación, montaje y otros similares; y en su caso, los desembolsos por conceptos de mejoras incorporadas con carácter permanente.
2. Valor en libros o valor neto: costo neto actual del activo fijo. Valor de la compra del activo fijo menos la depreciación acumulada. 3. Valor residual, de rescate, de salvamento, desecho: es el valor que se espera que tenga el activo después de finalizar su vida útil, para venderlo.
4. Vida estimada, útil: es el período de utilidad económica aprobado, puede medirse en tiempo, período de operación, unidades de producción, etc.
Porcentaje de depreciaciones (Ley del Impuesto Sobre la Renta decreto 26-92, actualizado en el decreto 04-2012, Art. 19)
Terrenos……………………………………… Edificios y construcciones………………….. Arboles frutales y vegetales……………….. Planta, Maquinaria y Mob. y equipo………. Animales de carga y vehículos……………. Herramientas, porcelana y reproductores de raza…………………….... Equipo de cómputo y software……………. Otros activos no indicados………………….
No se deprecia 5% 15% 20% 20% 25% 33.33% 10%
MÉTODOS DE DEPRECIACIÓN 1. Línea recta: en este método, la depreciación es considerada como función del tiempo y no de la utilización de los activos. Se calcula dividiendo el costo del activo fijo menos el valor residual si existiese, entre su vida útil. También se puede calcular por medio de la depreciación legal. 2. Sumatoria de números dígitos: es un método de depreciación acelerado, se calcula al inverso de la vida útil del activo.
3. Unidades producidas: se requiere del costo de la máquina y de la capacidad de producción en su vida útil. 4. Horas trabajadas: se considera como el más equitativo para la depreciación a través del tiempo, el costo se calcula tomando en cuenta el número de horas efectivamente trabajadas, en relación a la capacidad que tienen de prestar un buen servicio.
5. Tasa doble decreciente: es un método de depreciación acelerado que se calcula aplicando dos veces la tasa de línea recta cada año al costo del activo no depreciado.
AMORTIZACIÓN Es la reducción gradual del monto de los recursos invertidos en un activo intangible, por medio de la división del mismo en cantidades periódicas durante el tiempo que será de beneficio para la empresa o puede que sus vidas está limitadas por la ley, por algún contrato o naturaleza del activo. Fundamentación legal: decreto 26-92 ley del ISR, actualizado en el decreto 04-2012 Capítulo VII.
Porcentaje de amortización (Ley del Impuesto Sobre la Renta decreto 26-92, actualizado en el decreto 04-2012, Art. 22 y 23)
Los gastos de exploración en las actividades mineras son deducibles en cinco (5) cuotas anuales, sucesivas e iguales, a partir del período anual de liquidación en que se inicie la explotación. Art. 22 El costo de adquisición de los activos intangibles efectivamente incurrido, tales como derechos de autor y derechos conexos, marcas, expresiones o señales de publicidad, nombres comerciales… deben deducirse por el método de amortización de
línea recta, en un período no menor de cinco (5) años. Art. 23
El costo de los derechos de llave efectivamente incurrido deberá amortizarse por el método de la línea recta en un período mínimo de diez (10) años, en cuotas anuales, sucesivas e iguales. Art. 23
EJEMPLO La empresa El Descanso, S.A., se dedica a la fabricación de cómodos muebles y para ello necesita comprar nueva maquinaria considerándole una vida útil de 5 años, con un valor de Q300,000.00 y gastos de instalación de Q11,000.00; se estima un valor residual igual al 5% de costo total; su capacidad de producción total es de 8,000 unidades o 60,000 horas. Se le pide determinar la depreciación por los métodos: a) Línea Recta b) Suma de números dígitos c) Unidades producidas: bajo el supuesto de producir 1,900 el año 1, 1,700 el año 2, 1,500 el año 3, 1,400 el año 4 y 1,500 el año 5 d) Horas trabajadas: año 1- 15,500, año 2- 13,900, año 3- 12,300, año 4- 9,500 y año 5 8,800 e) Tasa doble decreciente f) Así también se informa que necesitan determinar la amortización de los gastos de organización para los cuales desembolsaron Q20,000.00.