DOGC
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Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
Año 31 / 2a época
Jueves, 10 de mayo de 2007
Índice
Ejemplar 0,78 € Suscripción 157,04 € anuales DL B-47399-1977 ISSN 0213-3539
DOGC número 4880
Disposiciones
Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, pág. 16103 Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas, pág. 16105 Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, pág. 16106 Departamento de Educación, pág. 16111 Departamento de Cultura y Medios de Comunicación, pág. 16117 Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, pág. 16119 Departamento de Trabajo, pág. 16127 Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, pág. 16136
Cargos y personal
Departamento de la Presidencia, pág. 16138 Departamento de la Vicepresidencia, pág. 16138 Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, pág. 16138 Departamento de Cultura y Medios de Comunicación, pág. 16139 Departamento de Salud, pág. 16140 Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, pág. 16141
Concursos y anuncios
Síndic de greuges, pág. 16146 Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, pág. 16146 Departamento de Economía y Finanzas, pág. 16147 Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, pág. 16148 Departamento de Cultura y Medios de Comunicación, pág. 16151 Departamento de Salud, pág. 16152 Departamento de Trabajo, pág. 16153 Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, pág. 16154 Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, pág. 16154 Universidades catalanas, pág. 16157 Varios, pág. 16158
Administración local
Ayuntamientos, pág. 16164 Consejos comarcales, pág. 16172 Diputaciones, pág. 16173 Otros organismos, pág. 16173
Administración de justicia
Tribunales superiores de justicia, pág. 16175 Juzgados mercantiles, pág. 16175
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SUMARIO
Núm. 4880 – 10.5.2007
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DISPOSICIONES DEPARTAMENTo De INTERIOR, RELACIONeS INSTITUCIONALeS Y PARTICIPACIÓN
EDICTO de 25 de abril de 2007, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona refe rente al municipio de Orpí.. ...................................................................... 16107 EDICTO de 26 de abril de 2007, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona refe rente al municipio de Polinyà................................................................ 16107
ORDEN IRP/122/2007, de 4 de mayo, por la que se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a asociaciones de bomberos voluntarios de la Generalidad y se aprueban las bases............................................... 16103
EDICTO de 26 de abril de 2007, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona refe rente al municipio de Els Hostalets de Pierola.. ................... 16108
eSCUELA DE POLICÍA DE CATALUÑA
EDICTO de 26 de abril de 2007, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona refe rente al municipio de Els Hostalets de Pierola.. ................... 16108
RESOLUCIÓN IRP/1346/2007, de 1 de marzo, por la que se da publicidad a la concesión de tres becas en materia de gestión de la formación de la Escuela de Policía de Cataluña....................................................................................................................... 16105
EDICTO de 27 de abril de 2007, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona refe rente al municipio de Sant Esteve Sesrovires........................ 16108
RESOLUCIÓN IRP/1347/2007, de 15 de marzo, por la que se da publicidad a la concesión de una beca de cola boración en materia de investigación de la Escuela de Policía de Cataluña........................................................................................... 16105 DEPARTAMENTO DE GOBERNACIÓN Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS ORDEN GAP/125/2007, de 3 de mayo, por la que se aprueban los precios públicos de los derechos de ins cripción en la Escuela de Verano del Voluntariado.......... 16105 DEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y OBRAS PÚBLICAS EDICTO de 17 de abril de 2007, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Era Val d’Aran referente al municipio de Naut Aran............................................... 16106 EDICTE de 17 d’abriu de 2007, sus un acòrd dera Comis sion Territoriau d’Urbanisme dera Val d’Aran referent ath municipi de Naut Aran........................................................................ 16106 EDICTO de 20 de abril de 2007, sobre una resolución adoptada por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas en materia de urbanismo referente al municipio de Lleida...................................................................................................................... 16106 EDICTO de 25 de abril de 2007, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona refe rente al municipio de Sant Fruitós de Bages........................... 16106 EDICTO de 25 de abril de 2007, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona refe rente al municipio de Vallbona d’Anoia...................................... 16107
EDICTO de 30 de abril de 2007, sobre una resolución adoptada por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas en materia de urbanismo referente al municipio de Berga....................................................................................................................... 16108 EDICTO de 30 de abril de 2007, sobre una resolución adoptada por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas en materia de urbanismo referente al municipio de La Selva de Mar........................................................................................... 16109 EDICTO de 30 de abril de 2007, sobre una resolución adoptada por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas en materia de urbanismo referente al municipio de Berga....................................................................................................................... 16109 EDICTO de 30 de abril de 2007, sobre una resolución adoptada por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas en materia de urbanismo referente al municipio de Berga....................................................................................................................... 16109 EDICTO de 2 de mayo de 2007, sobre una resolución adoptada por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas en materia de urbanismo referente al municipio de Puigcerdà............................................................................................................ 16110 EDICTO de 2 de mayo de 2007, sobre una resolución adoptada por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas en materia de urbanismo referente al municipio de Tarragona............................................................................................................ 16110 EDICTO de 2 de mayo de 2007, sobre una resolución adoptada por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas en materia de urbanismo referente al municipio de Viladecans.. ....................................................................................................... 16110 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN RESOLUCIÓN EDU/1349/2007, de 4 de mayo, por la que se resuelve con carácter provisional la renovación
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y modificación de los conciertos educativos de varios centros docentes privados para los niveles postobliga torios............................................................................................................................... 16111
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y VIVIENDA
DEPARTAMENTO DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN
ORDEN MAH/126/2007, de 13 de abril, de modifica ción de la Orden MAB/394/2003, de 18 de septiembre, por la que se regula el contenido, la aprobación, la revisión y el seguimiento de los planes técnicos de gestión y mejora forestal y de los planes simples de gestión forestal............................................................................................ 16136
DECRETO 110/2007, de 8 de mayo, de modificación del Decreto 72/1995, de 7 de marzo, por el que se crean los Premios Nacionales de Cultura de la Generalidad de Cataluña....................................................................................................................... 16117 RESOLUCIÓN CMC/1330/2007, de 19 de abril, por la que se convoca concurso público para la concesión de becas para la realización de prácticas relacionadas con los diversos procesos de la conservación-restauración de bienes culturales muebles para el año 2007..................... 16117 DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL RESOLUCIÓN AAR/1340/2007, de 20 de abril, por la que se adopta decisión favorable a la solicitud de ins cripción de la Denominación de Origen Protegida Oli de l’Empordà o Aceite del Empordà............................................... 16119 RESOLUCIÓN AAR/1341/2007, de 23 de abril, por la que se adopta decisión favorable a la solicitud de inscripción de la Denominación de Origen Protegida Mongeta del Ganxet Vallès-Maresme o Fesol del Ganxet Vallès-Ma resme o Judía del Ganxet Vallès-Maresme............................... 16124 DEPARTAMENTO DE TRABAJO RESOLUCIÓN TRE/1351/2007, de 14 de marzo, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuer do de revisión del IPC para el año 2005 y de revisión salarial para el año 2006 del Convenio colectivo de trabajo de vinos de Barcelona y provincia (código de convenio núm. 0804485)............................................................................ 16127 RESOLUCIÓN TRE/1352/2007, de 26 de marzo, por la que se dispone el registro y la publicación del Conve nio colectivo de trabajo de la empresa Thyssenkrupp Elevadores, SL, para los años 2006-2008 (código de convenio núm. 4302851)............................................................................ 16131 RESOLUCIÓN TRE/1353/2007, de 3 de abril, por la que se dispone la inscripción y la publicación de la revisión salarial para 2007 del Convenio colectivo de trabajo del sector de peluquerías, centros de estética y belleza de Cataluña (código de convenio núm. 7902515)..................... 16135
RESOLUCIÓN MAH/1331/2007, de 13 de abril, por la que se declara de utilidad pública el monte denominado Paratge i Pla de Castell, en los términos municipales de Mont-ras y Palamós......................................................................................... 16137
CARGOS Y PERSONAL DEPARTAMENTo DE LA PRESIDeNCIA DECRETO 109/2007, de 8 de mayo, de cese del señor Raimon Martínez Fraile como delegado del Gobierno de la Generalidad en Madrid................................................................... 16138 DEPARTAMENTo DE LA VICEPRESIDeNCIA PATRONAT CATALÀ PRO EUROPA
RESOLUCIÓN VCP/1348/2007, de 4 de mayo, de delega ción de funciones de la secretaria general del Patronato Catalán Pro Europa a favor del coordinador........................... 16138 DEPARTAMENTo De INTERIOR, RELACIONeS INSTITUCIONALeS Y PARTICIPACIÓN RESOLUCIÓN IRP/1342/2007, de 23 de abril, de con cesión de una medalla de bronce al mérito policial con distintivo rojo al señor Roger Martínez Losada.................. 16138 RESOLUCIÓN IRP/1343/2007, de 23 de abril, de con cesión de una medalla de bronce al mérito policial con distintivo azul al director general de Turismo de Bar celona, el señor Pere Duran i Vall-llossera............................... 16138 RESOLUCIÓN IRP/1344/2007, de 23 de abril, de con cesión de una medalla de bronce al mérito policial con distintivo azul al señor Oscar Espinosa Bueno, agente de la Policía Local de L’Escala.. .......................................................... 16139 RESOLUCIÓN IRP/1345/2007, de 23 de abril, de con cesión de una medalla de bronce al mérito policial con distintivo azul a la señora Maria Mercedes Val López, subdirectora del Servicio del 061....................................................... 16139
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DEPARTAMENTO DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN R ESOLUCIÓN CMC/1335/2007, de 11 de abril, de cese del señor Jordi Domeque Arayo como subdi rector general de Gestión Económica, Contratación y Patrimonio.................................................................................................. 16139 DEPARTAMENTO DE SALUD INSTITUTO CATALÁN DE LA SALUD
RESOLUCIÓN SLT/1336/2007, de 18 de abril, por la que se adjudica el puesto vacante de adjunto/a a la Dirección del Equipo de Atención Primaria de Arenys de Mar de la Gerencia del Ámbito de Atención Primaria Barcelonès Nord i Maresme (convocatoria CPA-3/2006)........................ 16140 RESOLUCIÓN SLT/1337/2007, de 18 de abril, por la que se adjudica el puesto vacante de director/a del Equipo de Atención Primaria de Arenys de Mar, del Ámbito de Atención Primaria Barcelonès Nord i Maresme (con vocatoria CPD-4/2006)................................................................................ 16140 RESOLUCIÓN SLT/1338/2007, de 19 de abril, por la que se adjudica un puesto vacante de facultativo especialista de los servicios jerarquizados de instituciones sanitarias de la Seguridad Social (convocatoria EJ-2/2002).. ........... 16140 RESOLUCIÓN SLT/1339/2007, de 25 de abril, por la que se hace pública la composición nominal de diversos tribunales correspondientes a la convocatoria para la provisión de puestos vacantes de facultativos especia listas en los servicios jerarquizados de las instituciones sanitarias de la Seguridad Social (núm. de registro de la convocatoria EJ-2/2006).. .................................................................... 16141 DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL RESOLUCIÓN AAR/1334/2007, de 17 de abril, de con vocatoria de concurso específico de méritos y capaci dades para la provisión de dos puestos de trabajo de la Dirección de Servicios del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (convocatoria de provisión núm. AG/001/07).. ............................................................................................. 16141 CONCURSOS Y ANUNCIOS SÍNDIC DE GREUGES ANUNCIO de corrección de erratas en el Anuncio del Síndic de Greuges publicado en el DOGC núm. de 4874, de 2.5.2007............................................................................................................... 16146
DEPARTAMENTo De INTERIOR, RELACIONeS INSTITUCIONALeS Y PARTICIPACIÓN EDICTO de 23 de abril de 2007, por el que se hace pública la devolución de fianzas constituidas por empresas de juego................................................................................................................................ 16146 EDICTO de 4 de mayo de 2007, por el que se somete a información pública el Proyecto de decreto de aprobación del Reglamento por el que se concretan la composición, la organización y el funcionamiento del Consejo de Se guridad de Cataluña......................................................................................... 16146 ANUNCIO por el que se hace pública la licitación de un contrato de suministro (exp. 155/2007)....................................... 16146 DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y FINANZAS ANUNCIO de información pública sobre la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de una ins talación eléctrica (exp. 35.094/2006-AT).. ................................ 16147 ANUNCIO de información pública sobre la solicitud de un permiso de investigación minera (exp. núm. 10.131).... 16147 DEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y OBRAS PÚBLICAS ANUNCIO por el que se hace pública la adjudicación de un contrato de obras.. ...................................................................................... 16148 ANUNCIO por el que se hace pública la adjudicación de un contrato de consultoría y asistencia......................................... 16148 ANUNCIO por el que se hace pública la adjudicación de un contrato de servicios............................................................................... 16148 INSTITUTO CATALÁN DEL SUELO
ANUNCIO por el que se hacen públicas las adjudicaciones definitivas de varios contratos............................................................... 16148 GESTIÓ D’INFRAESTRUCTURES, SA
ANUNCIO por el que se hace pública la licitación de diversos contratos.............................................................................................. 16150 DEPARTAMENTO DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN ANUNCIO de concurso público para la contratación de una consultoría y asistencia (G934 N07/023).. ..................... 16151 ANUNCIO de concurso público para la adjudicación de un contrato administrativo especial (G651 N07/004).. . 16151
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DEPARTAMENTO DE SALUD
EDICTO de 26 de abril de 2007, de notificación de una resolución de un expediente sancionador................................... 16155
INSTITUTO CATALÁN DE LA SALUD
EDICTO de 27 de abril de 2007, de notificación de re soluciones de expedientes sancionadores.................................. 16155
EDICTO de 30 de abril de 2007, por el que se da publici dad a la Resolución de 29 de enero de 2007, de adjudi cación de un servicio para el Hospital Universitario de Girona Dr. Josep Trueta y Centre d’Especialitats Güell (exp. ANT61CP/06).. ...................................................................................... 16152 EDICTO de 30 de abril de 2007, por el que se da pu blicidad a la Resolución de 30 de marzo de 2007, de adjudicación de un servicio para las dependencias del Centro Corporativo del Instituto Catalán de la Salud (exp. 07SRC0533)............................................................................................. 16152 EDICTO de 2 de mayo de 2007, por el que se da publici dad a la Resolución de 23 de abril de 2007, de adjudica ción de la gestión de servicios públicos sanitarios para la realización de las pruebas analíticas para la determi nación de substancias tóxicas para la población reclusa de Cataluña (exp. 07SP0554)................................................................. 16153 DEPARTAMENTO DE TRABAJO EDICTO de 30 de mayo de 2007, por el que se da publici dad a la Resolución de 23 de abril de 2007, de adjudicación de la contratación de un servicio (exp. M-6/07)...................... 16153 ANUNCIO por el que se hace público el depósito de los Estatutos de la organización empresarial denominada As sociació d’Empreses Catalanes de Salvament Aquàtic.... 16153
EDICTO de 27 de abril de 2007, de notificación de pro puesta de resolución de expediente sancionador.. .............. 16155 ANUNCIO de información pública sobre la solicitud de autorización ambiental para adecuar al sistema de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, la actividad avícola cuyo titular es Granjas Avícolas Churrit, SL, en el término municipal de Roquetes (EAAD070024)..................................... 16156 ANUNCIO de información pública sobre la solicitud de autorización ambiental para adecuar al sistema de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, una actividad de explotación porcina de ciclo cerrado, en los términos municipales de Santa Eugènia de Berga y Vic. (exp. BAAD070104 - BAAD070105).................................................................................................. 16156 ANUNCIO de información pública sobre la solicitud de autorización ambiental del Proyecto de una actividad de fabricación de especialidades químicas y diseño de maquinaria para el sector de tratamiento de superficies, joyería y electrónica, y comercialización de productos químicos en el término municipal de Sant Just Desvern (exp. BA20060331)......................................................................................... 16156 ANUNCIO de información pública sobre la solicitud de autorización ambiental para adecuar al sistema de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, una actividad de explotación porcina de producción de lechones, en el término mu nicipal de L’Estany (exp. BAAD070176)................................. 16156
DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA
AGENCIA DE RESIDUOS DE CATALUÑA
AGENCIA DE GESTIÓN DE AYUDAS UNIVERSITARIAS Y DE INVESTIGACIÓN
CORRECCIÓN DE ERRATA en el Anuncio de licitación de un contrato por el sistema de concurso (clave 07048) (DOGC núm. 4869, pág. 14798, de 25.4.2007)................... 16156
EDICTO de 25 de abril de 2007, por el que se notifica a los posibles interesados la interposición del recurso contencioso administrativo núm. 103/2007............................. 16154
UNIVERSIDADES CATALANAS
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y VIVIENDA E DICTO de 19 de abril de 2007, de notificación de varias resoluciones de expedientes en materia de vi vienda............................................................................................................................ 16154
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BARCELONA
EDICTO de 28 de marzo de 2007, de notificación de resolución de inicio de expediente de incautación de garantías.................................................................................................................. 16157 UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CATALUÑA
EDICTO de 20 de abril de 2007, de notificación de varias propuestas de resolución de expedientes sancionadores en materia de vivienda.................................................................................. 16154
RESOLUCIÓN 1088/2007, de 3 de mayo, por la que se anuncia un concurso de suministro.................................................. 16157
EDICTO de 26 de abril de 2007, de notificación de acuer dos de expedientes sancionadores..................................................... 16154
RESOLUCIÓN 1089/2007 de 3 de mayo, por la que se anuncia un concurso de suminitro..................................................... 16157
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RESOLUCIÓN 1090/2007, de 3 de mayo, por la que se anuncia un concurso de suministro.................................................. 16158
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
VARIOS
TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA
CEIP Alfons XIII.......................................................................................................... 16158 Consorcio Casa Asia................................................................................................. 16158 Consorcio de la Costa Brava............................................................................ 16163 Consorcio para la Gestión de Residuos Municipales de las Comarcas de La Ribera d’Ebre, Priorat y Terra Alta......................................................................................................................... 16163 IES-SEP Escola del Treball............................................................................... 16163
EDICTO de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencio so Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, sobre interposición de un recurso contencioso administrativo (exp.150/2007) ............................................................ 16175 juZGADOS mercantilEs
ADMINISTRACIÓN LOCAL
EDICTO del Juzgado Mercantil núm. 3 de Barcelona, so bre autos de procedimiento ordinario (exp. 37/2005).... 16175
AYUNTAMIENTOS
EDICTO del Juzgado Mercantil núm. 6 de Barcelona, sobre autos de juicio verbal (exp. 1017/2006)...................... 16175
Alcoletge............................................................................................................................... 16164 L’Arboç.................................................................................................................................. 16166 Barcelona. ............................................................................................................................ 16166 Castellbisbal...................................................................................................................... 16166 Castelló d’Empúries. ................................................................................................ 16167 Centelles................................................................................................................................ 16167 Cervià de Ter..................................................................................................................... 16167 Manresa.................................................................................................................................. 16167 Orís............................................................................................................................................. 16168 Pujalt......................................................................................................................................... 16168 Sant Just Desvern......................................................................................................... 16168 Sant Sadurní d’Anoia. ............................................................................................. 16168 Sant Vicenç de Castellet. ...................................................................................... 16170 Santa Maria de Corcó.............................................................................................. 16170 Sentmenat............................................................................................................................ 16170 La Torre de Claramunt............................................................................................ 16171 Torredembarra................................................................................................................. 16171 Vilallonga de Ter. ......................................................................................................... 16172 Vilanova i la Geltrú.................................................................................................... 16172 CONSEJOS COMARCALES Montsià................................................................................................................................... 16172 DIPUTACIONES Tarragona.............................................................................................................................. 16173 OTROS ORGANISMOS Ferrocarril Metropolità de Barcelona, SA. ........................................ 16173
EDICTO del Juzgado Mercantil núm. 4 de Barcelona, sobre procedimiento ordinario (exp. 634/2005).................. 16175
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DISPOSICIONES
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DEPARTAMENTo De INTERIOR, RELACIONeS INSTITUCIONALeS Y PARTICIPACIÓN ORDEN IRP/122/2007, de 4 de mayo, por la que se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a asociaciones de bomberos voluntarios de la Generalidad y se aprueban las bases.
Disposición final
El artículo 5.2 del Decreto 159/1999, de 15 de junio, de regulación del Consejo de Bomberos Voluntarios de la Generalidad de Cataluña, además de crear el Registro especial de asociaciones de bomberos voluntarios de la Generalidad, adscrito a la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos, establece que las asociaciones inscritas en este Registro son consideradas asociaciones de interés para los servicios de emergencias y seguridad civil de competencia de la Generalidad. Por otro lado, el artículo 50.2 del Decreto 246/1996, de 5 de julio, que aprueba el Reglamento del cuerpo de bomberos voluntarios de la Generalidad de Cataluña, modificado por el Decreto 68/2000, de 8 de febrero, establece en el apartado b) que las asociaciones inscritas en el Registro especial de asociaciones de bomberos voluntarios de la Generalidad tienen derecho a recibir las ayudas económicas, técnicas y de cualquier tipo que otorgue la Generalidad. Por este motivo, el Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, en la línea de actuación iniciada con la Orden de 26 de junio de 2000, por la que se abría convocatoria para conceder subvenciones dirigidas a asociaciones de bomberos voluntarios de la Generalidad y se aprueban las bases (DOGC núm. 3176, de 6.7.2000), considera necesario otorgar ayudas económicas a las asociaciones mencionadas con el fin de facilitar la consecución de los objetivos fijados en sus estatutos y, especialmente, aquellos relacionados con la divulgación y la promoción de las tareas de los bomberos voluntarios. Por todo esto, de acuerdo con el que prevé el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y con las normas básicas de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones,
Joan Saura i Laporta Consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participación
Ordeno: Artículo 1 Se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a asociaciones de bomberos voluntarios de la Generalidad inscritas en el Registro especial de asociaciones de bomberos voluntarios de la Generalidad. Artículo 2 Se aprueban las bases que han de regir esta convocatoria, que constan en el anexo de esta Orden. Artículo 3 Las subvenciones que se conceden en aplicación de esta convocatoria se hacen con cargo a la partida D/482.3700.00/2230 del presupuesto de gastos de la Generalidad de Cataluña prorrogado del 2006 para el ejercicio de 2007, por una cantidad máxima de 221.450 euros.
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC. Barcelona, 4 de mayo de 2007
Anexo Bases para la concesión de subvenciones dirigidas a asociaciones de bomberos voluntarios de la Generalidad inscritas en el Registro especial de asociaciones de bomberos voluntarios de la Generalidad —1 Objetivo El objetivo de esta convocatoria es la concesión de ayudas económicas a asociaciones de bomberos voluntarios de la Generalidad, inscritas en el Registro especial de asociaciones de bomberos voluntarios de la Generalidad, para afrontar los gastos derivados de las actividades de desarrollo de los objetivos fijados en sus estatutos. —2 Destinatarios de las subvenciones Pueden participar en la convocatoria las asociaciones de bomberos voluntarios de la Generalidad inscritas en el Registro especial de asociaciones de bomberos voluntarios de la Generalidad a que se refiere el artículo 5.2 del Decreto 159/1999, de 15 de junio, de regulación del Consejo de Bomberos Voluntarios de la Generalidad de Cataluña. Es requisito para optar a las subvenciones reguladas en esta convocatoria haber cumplido con la obligación de justificación de las subvenciones adjudicadas en convocatorias anteriores. —3 Cumplimiento del requisito de inscripción El requisito de inscripción establecido en la base anterior se ha de cumplir el último día del plazo de presentación de solicitudes. —4 Presentación de solicitudes Plazo: la fecha límite para presentar las solicitudes de subvención es de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Lugar y forma: las solicitudes se han de presentar en el Registro de entrada del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación (Via Laietana, 69, 08003 Barcelona), de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos (ctra. de la Universitat Autònoma, s/n, 08290 Cerdanyola del Vallès), o de las delegaciones territoriales del Gobierno de la Generalidad en Barcelona (Via Laietana, 14, 08003 Barcelona), en Girona (av. Jaume I, 9, 17001 Girona), en Lleida (pg. Lluís Companys, 1, 25003 Lleida), en Tarragona (c. Sant Francesc, 3, 43071 Tarragona), en Les Terres de l’Ebre (Doctor Ferran, 6-8, Palau Oliver de Boteller, 43500 Tortosa), en la Cataluña Central (Via Laietana, 14, 08003 Barcelona) y en L’Alt Pirineu i Aran (ctra. C-13, km 90,2, 25630 Talarn), o por cualquiera de los procedimientos que prevé el artículo 38.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En el caso de que la solicitud y la documentación adjunta se envíe por correo, el solicitante comunicará este hecho a la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos mediante un fax al número 93.582.03.40. Esta comunicación tiene efectos estrictamente informativos. En el fax, se incluirán los datos del solicitante y la fecha de presentación en la oficina de correos. Así mismo, se hará llegar una copia de la carta de solicitud que ha de tener visible la fecha de presentación en la oficina de correos. Sólo se admitirán aquellas solicitudes presentadas por correo que cumplan estrictamente las formalidades previstas por el artículo 31 del Real decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula la prestación de los servicios postales, que desarrolla la Ley 24/1998, de 13 de julio, del servicio postal universal y de liberalización de los servicios postales. —5 Requisitos 5.1 La solicitud habrá de ir acompañada, mediante el original o la fotocopia compulsada y en formato DIN A4, de los documentos siguientes: a) Hoja de domiciliación bancaria normalizada en la que se especifique el número de cuenta corriente para hacer efectivo el pago mediante transferencia bancaria. b) Memoria de actividades de la asociación correspondiente al año 2006, con mención específica a las intervenciones realizadas durante el año, así como el presupuesto liquidado con expresión detallada de los ingresos y de los gastos. También habrá de aportar la previsión de ingresos y gastos para el año 2007, en la que se haga declaración expresa de la aportación financiera prevista por parte de otros organismos y entidades. c) Censo actualizado, debidamente certificado por los órganos del gobierno de la asociación, de los miembros de la asociación que sean miembros del cuerpo de bomberos voluntarios pertenecientes a las secciones activa, especial o de veteranos. d) Declaración responsable conforme no está sometida a ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. e) Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En relación con el certificado tributario, la asociación solicitante tiene que autorizar al órgano gestor de las subvenciones a obtenerlo directamente por vía telemática mediante el Departamento de Economía y Finanzas. 5.2 Si la solicitud no reúne los requisitos que establece esta convocatoria, o se considera conveniente corregirla o modificarla, o falta documentación, se requerirá a la asociación solicitante para que en un plazo de diez días se corrija el defecto, modifiquen los términos de la solicitud o presente la documentación requerida, de acuerdo con lo que establece el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, con la indicación que, si no lo hace, se considerará que
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desiste de la solicitud con la resolución previa correspondiente. —6 Criterios de selección y evaluación de las solicitudes El importe total de la cantidad destinada para esta finalidad será distribuido entre las asociaciones de bomberos voluntarios inscritas en el Registro especial de asociaciones de bomberos voluntarios de la Generalidad de acuerdo con los criterios siguientes: a) Un importe fijo de 1.700,00 euros para cada asociación de bomberos voluntarios solicitante. b) La cantidad total restante después de distribuir el importe del apartado anterior se repartirá entre las asociaciones en función del número de asociados que sean miembros del cuerpo de bomberos voluntarios pertenecientes a las secciones activa, especial o de veteranos, en base a la fórmula siguiente:
Q xn=I N
I: importe a percibir por asociación (apartado b). Q: cantidad total restante después de distribuir el importe del apartado a). N: número total de asociados que sean miembros del cuerpo de bomberos voluntarios pertenecientes a las secciones activa, especial o de veteranos de las asociaciones presentadas a la convocatoria. n: número de asociados que sean miembros del cuerpo de bomberos voluntarios pertenecientes a las secciones activa, especial o de veteranos de la asociación solicitante. Para efectuar el cálculo al que se refiere este apartado se tomará como base el certificado que emitirá a este efecto la jefa del Servicio de Personal de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos, en el que se tendrán en cuenta las altas y las bajas debidamente notificadas antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes. —7 Procedimiento de concesión 7.1 Las subvenciones se concederán por el procedimiento de concurrencia competitiva en los términos del artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. La propuesta de otorgamiento o denegación de las subvenciones ha de ser formulada al órgano concedente, a través de la directora general de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos, en el plazo máximo de dos meses, contado desde la finalización del plazo para la presentación de solicitudes, por una comisión integrada por: La subdirectora general de Administración y Recursos Humanos de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos, que actuará como presidenta. El jefe del Área de Asesoramiento Jurídico de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos, que actuará como vocal. La jefa del Servicio de Personal de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos, que actuará como vocal. El jefe del Servicio de Gestión Económica de la Dirección General de Prevención, Extinción
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de Incendios y Salvamentos, que actuará como secretario. La Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos es la encargada de instruir e impulsar el procedimiento y, por tanto, habrá de realizar los cálculos necesarios para determinar el importe de la subvención correspondiente a cada asociación de bomberos voluntarios solicitante en función de los criterios mencionados en la base anterior. La evaluación de las solicitudes presentadas se realizará a partir de la documentación que adjunten las asociaciones solicitantes, y de la información complementaria que se les requiera con la finalidad de formular la propuesta de resolución que tendrá carácter de definitiva. 7.2 La concesión de las subvenciones se ha de hacer mediante una resolución motivada del consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participación en el plazo máximo de cuatro meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes que establece el punto 4 de estas bases. 7.3 La resolución se ha de notificar a los interesados, con la indicación de que agota la vía administrativa y de los recursos que se puedan interponer. Contra esta Resolución, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, según lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses. 7.4 Las subvenciones concedidas cuyo importe sea igual o superior a 3.000 euros se publicarán en el DOGC. 7.5 De acuerdo con el artículo 3 de la Ley 23/2002, de 18 de noviembre, transcurrido el plazo de cuatro meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa, los interesados pueden entender desestimada sus solicitudes por silencio administrativo en los plazos establecidos por la legislación básica estatal aplicable. —8 Pago de las subvenciones Las subvenciones otorgadas por la resolución mencionada en el punto anterior se han de hacer efectivas de la forma siguiente: a) Un 75% del importe de la subvención otorgada, con carácter de anticipo, a partir de la notificación de la resolución de concesión de las subvenciones mencionadas en el punto 7 de estas bases. b) El 25% del importe restante de la subvención otorgada, cuando los beneficiarios hayan aportado los documentos justificativos establecidos en el punto 10 de estas bases. La liquidación de las cantidades correspon-
dientes se efectuará mediante transferencia bancaria. —9 Obligaciones de los beneficiarios Los beneficiarios de las subvenciones tienen las obligaciones siguientes: a) Destinar la subvención al cumplimiento de los objetivos fijados en sus estatutos. b) Acreditar ante el órgano que concede la subvención que el importe se ha destinado al cumplimiento de las actividades de desarrollo de los objetivos fijados en sus estatutos. A este efecto, el órgano mencionado puede pedir todos los documentos justificativos que considere necesarios para comprobar la aplicación de la subvención. Así mismo, la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos puede inspeccionar y controlar que los beneficiarios destinen las subvenciones a las finalidades correspondientes. c) Proponer al órgano que concede la subvención cualquier cambio que se pueda producir en su destino, dentro de la misma finalidad. El cambio ha de ser expresamente autorizado por el órgano concedente. d) Facilitar toda la información que requiere la Intervención General de la Generalidad, la Sindicatura de Cuentas u otros órganos competentes, de acuerdo con lo que prevén las normas de aplicación. e) Comunicar al órgano que concede la subvención la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de otros departamentos de la Generalidad o de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, y/o la alteración de las condiciones. f) Las otras que puedan corresponder de acuerdo con el artículo 95 y concordantes del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. —10 Justificación de las subvenciones Los beneficiarios de la subvención han de presentar la documentación justificativa de los gastos efectuados. Los justificantes de los gastos y el resto de documentación que corresponda a las actividades subvencionadas se han de presentar en la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos en el plazo de 6 meses a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de la resolución de concesión. Es preciso que los beneficiarios presenten todos los justificantes del gasto de la actividad subvencionada aunque el importe de la subvención sea inferior a su coste. Únicamente se aceptarán los documentos originales o fotocopias compulsadas de las facturas y/o comprobantes de gastos entregados al beneficiario, los cuales han de contener los requisitos legales que establece la normativa vigente aplicable, y habrán de estar conformados por el secretario de la asociación con el visto bueno de su presidente. Las actividades que no sean susceptibles de comprobación material en los términos previstos en los apartados anteriores se habrán de justificar mediante un informe o memoria del beneficiario donde se detallen la actividad subvencionada, la finalidad que se pretendía conseguir con la subvención y la demostración de que esta finalidad
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DEPARTAMENTO DE GOBERNACIÓN Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS se ha conseguido, haciendo referencia al coste de las actuaciones subvencionadas. —11 Revocación Son causas de revocación de las subvenciones: a) La expiración del plazo de justificación de los gastos sin que el beneficiario los haya justificado. b) El incumplimiento de la finalidad por la que la subvención fue concedida, total o parcialmente, por haber destinado las cantidades percibidas a finalidades diferentes. c) El incumplimiento de las condiciones impuestas a los beneficiarios con motivo de la concesión de la subvención, incluyendo la obstrucción de las actuaciones de control o la resistencia a permitirlas de manera que se impida comprobar la acreditación de haber realizado el objeto de la subvención. d) Los otros supuestos que se establecen en el artículo 99 y concordantes del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. —12 Normativa de aplicación Todo lo que no prevén expresamente estas bases es aplicable al capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y la restante normativa vigente que resulte de aplicación. (07.122.063) escuela de policía de cataluña RESOLUCIÓN IRP/1346/2007, de 1 de marzo, por la que se da publicidad a la concesión de tres becas en materia de gestión de la formación de la Escuela de Policía de Cataluña. Mediante la Resolución INT/4108/2006, de 14 de noviembre (DOGC núm. 4782, de 18.12.2006), se aprobó la convocatoria de tres becas de colaboración en materia de gestión de la formación de la Escuela de Policía de Cataluña. Por resoluciones del director de la Escuela de Policía de Cataluña de 9, 21 y 23 de febrero de 2007 se conceden las tres becas mencionadas. Visto que el señor Aman Blasco Calderon y la señora Marta Bande Monforte han renunciado a estas becas de colaboración; En cumplimiento del que establece el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, visto lo que dispone la base 13 de la convocatoria de becas mencionada y haciendo uso de las atribuciones que me otorga la Llei 27/1985, de 27 de diciembre, de la Escuela de Policía de Cataluña, Resuelvo: Dar publicidad a las becas concedidas por la Escuela de Policía de Cataluña en materia de
gestión de la formación, desde el 1 de marzo al 31 de diciembre de 2007, con cargo a la aplicación presupuestaria 6190/D/480000100/2240, a las personas y por los importes siguientes: Gimeno Alcañiz, Daniel. NIF: 46755348M. Importe: 12.250,00 euros.
La Secretaría de Acción Ciudadana organiza la Escuela de Verano del Voluntariado como un espacio de encuentro de todas aquellas personas que han optado por el voluntariado, a través de la diversidad de entidades que hay en toda Cataluña.
Bou Olònia, Núria. NIF: 39364856B. Importe: 12.250,00 euros. Serra Rocamora, Sara. NIF: 47824469V. Importe: 12.250,00 euros. Mollet del Vallès, 1 de marzo de 2007 Carlos González Zorrilla Director (07.086.113) RESOLUCIÓN IRP/1347/2007, de 15 de marzo, por la que se da publicidad a la concesión de una beca de colaboración en materia de investigación de la Escuela de Policía de Cataluña. Mediante la Resolución IRP/297/2007, de 17 de enero (DOGC núm. 4819, de 12.2.2007), se abrió la convocatoria para adjudicar una beca de colaboración en materia de investigación de la Escuela de Policía de Cataluña. Por resolución del director de 14 de marzo de 2007 se concede la beca de colaboración en materia de investigación de la Escuela de Policía de Cataluña. En cumplimiento de lo que establece el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, visto lo que dispone la base 13 de la convocatoria de la beca mencionada y haciendo uso de las atribuciones que me conceden la Ley 27/1985, de 27 de diciembre, de la Escuela de Policía de Cataluña, Resuelvo: Dar publicidad a la beca concedida por la Escuela de Policía de Cataluña en materia de investigación, desde el 15 de marzo al 31 de diciembre de 2007, con cargo a la aplicación presupuestaria 6190/D/480000100/2240, a la persona y por el importe siguiente: Rabot, Audrey. NIF: X 7781579N. Import: 25.000,00 euros. Mollet del Vallès, 15 de marzo de 2007 Carlos González Zorrilla Director (07.086.122)
ORDEN GAP/125/2007, de 3 de mayo, por la que se aprueban los precios públicos de los derechos de inscripción en la Escuela de Verano del Voluntariado.
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Para poder formalizar la inscripción de las personas voluntarias en la Escuela de Verano, es necesario aprobar los precios públicos de inscripción o matrícula. En consecuencia, y de acuerdo con lo que establecen los artículos 22 y siguientes de la Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, y con el informe previo favorable del Departamento de Economía y Finanzas de la Generalidad de Cataluña, y de la Intervención Delegada del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas, Ordeno: Artículo 1 Aprobar los precios públicos de la Escuela de Verano del Voluntariado, organizada por la Secretaría de Acción Ciudadana del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas, que se fijan en las siguientes cantidades: Matrícula: 35,00 euros. Matrícula y comidas: 55,00 euros. Matrícula, comidas y alojamiento: 70,00 euros. Artículo 2 Las inscripciones se podrán anular, con derecho a devolución del importe abonado, hasta seis días naturales antes de la fecha de inicio de la Escuela de Verano. Las anulaciones realizadas posteriormente a este plazo no comportan ningún derecho a devolución. Disposición final Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Barcelona, 3 de maig de 2007 Joan Puigcercós i Boixassa Consejero de Gobernación y Administraciones Públicas (07.117.141)
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DEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y OBRAS PÚBLICAS EDICTO de 17 de abril de 2007, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Era Val d’Aran referente al municipio de Naut Aran. La Comisión Territorial de Urbanismo de Val d’Aran, en la sesión de 21 de febrero de 2007, adoptó, el siguiente acuerdo: Aprobar, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 48.1 del Decreto legislativo 1/2005, de 26 de julio, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo, el expediente de solicitud de construcciones e instalaciones en suelo no urbanizable que se detalla a continuación: Exp.: 2006/023357/V Instalación de un nuevo telesquí llamado “TQ Stadium Beret”, en el término municipal de Naut Aran, promovida por Baqueira Beret SA. Contra el acuerdo anterior, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada, de conformidad con lo que prevén los artículos 107.1, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, ante el consejero de Política Territorial y Obras Públicas, en el plazo de un mes a contar des del día después de la publicación de este edicto en el DOGC. El recurso se entenderá desestimado si pasan tres meses sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa y quedará, entonces, abierta la vía contenciosa administrativa. El expediente estará, para la consulta y la información que prevé el artículo 101 del Decreto legislativo 1/2005, de 26 de julio, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo, en el Servicio Territorial de Urbanismo de Lleida (avenida de Blondel, 54, tercera planta). Val d’Aran, 17 de abril de 2007 M. Dolors Tella i Albareda Secretaria de la Comisión Territorial de Urbanismo de Era Val d’Aran (07.116.149) EDICTE de 17 d’abriu de 2007, sus un acòrd dera Comission Territoriau d’Urbanisme dera Val d’Aran referent ath municipi de Naut Aran. Era Comission Territoriau d’Urbanisme dera Val d’Aran, ena session de 21 de hereuèr de 2007, adoptèc, er acòrd següent: Aprovar, cossent damb eth procediment establit en article 48.1 deth Decrèt legislatiu 1/2005, de 26 de junhsèga, peth quau s’apròve eth Tèxte rehonut dera Lei d’urbanisme, er expedient de sollicitud de bastiments e installacions en sòu non urbanizable que se detalhe ara seguida: Exp.: 2006/023357/V Installacion d’un nau telesèra nomentat “TQ Stadium Beret”, en tèrme municipau de Naut Aran, promoiguda per Baqueira Beret SA.
Contra er acòrd anterior, que non acabe era via administrativa, se pòt interposar recors d’auçada, cossent damb çò que preven es articles 107.1, 114 e 115 dera Lei 30/1992, de 26 de noveme, de regim juridic des administracions publiques e deth procediment administratiu comun, modificada pera Lei 4/1999, de 13 de gèr, dauant eth conselhèr de Politica Territoriau e Òbres Publiques, en tèrme d’un mes a compdar de londeman dera publicacion d’aguest edicte en DOGC. Eth recors s’entenerà negligit se passen tres mesi sense que s’age dictat e notificat era resolucion exprèssa e demorarà, alavetz, dubèrta era via contenciosa administrativa. Er expedient demorarà, entara consulta e era informacion que prevé er article 101 deth Decrèt legislatiu 1/2005, de 26 de junhsèga, peth quau s’apròve eth Tèxte rehonut dera Lei d’urbanisme, en Servici Territoriau d’Urbanisme de Lhèida (avenguda de Blondel, 54, tresau planta). Val d’Aran, 17 d’abriu de 2007 M. Dolors Tella i Albareda Secretària dera Comission Territoriau d’Urbanisme dera Val d’Aran (07.116.149) EDICTO de 20 de abril de 2007, sobre una resolución adoptada por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas en materia de urbanismo referente al municipio de Lleida. El consejero de Política Territorial y Obras Públicas, de conformidad con el artículo 77 Decreto legislativo 1/2005, de 26 de julio, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo, ha resuelto el asunto que a continuación se indica: Exp.: 2005/017603/L Plan parcial de delimitación del SUR 35, en el término municipal de Lleida Vista la propuesta de la Dirección General de Urbanismo y de acuerdo con los fundamentos que se exponen, ha resuelto: “Aprobar definitivamente el Plan parcial de delimitación del SUR 35, del municipio de Lleida, promovido por Aumeravilla, SL y enviado por el Ayuntamiento.” Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo que prevén los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, ante el titular de este Departamento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de recibir la notificación o publicación en el DOGC; o bien se puede interponer recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo que prevé el artículo 116 de la Ley mencionada y el artículo 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de reci-
bir la notificación o publicación en el DOGC, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere procedente. El expediente estará, para la consulta y la información que prevé el artículo 101 del Decreto legislativo 1/2005, de 26 de julio, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo, en el archivo del Servicio Territorial de Urbanismo de Lleida (avenida de Blondel, 54, tercera planta). Lleida, 20 de abril de 2007 M. Dolors Tella i Albareda Secretaria de la Comisión Territorial de Urbanismo de Lleida (07.114.115) EDICTO de 25 de abril de 2007, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona referente al municipio de Sant Fruitós de Bages. Exp.: 2001/002132/B Autorización en suelo no urbanizable para la instalación de una estación de telefonía móvil, en el término municipal de Sant Fruitós de Bages En cumplimiento de lo que dispone el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por este Edicto se notifica a la empresa XFERA Móviles, SA, con último domicilio conocido en la avenida Diagonal, 640, 8º, de Barcelona y actualmente en domicilio desconocido, que, en fecha 18 de febrero de 2004, la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona ha adoptado el siguiente acuerdo: El expediente de autorización en suelo no urbanizable para la instalación de una estación de telefonía móvil, de Sant Fruitós de Bages, promovido por la empresa XFERA Móviles, SA, ha sido remitido por el Ayuntamiento, de acuerdo con el artículo 44 del Reglamento de gestión urbanística. En fecha 15 de octubre de 2001 se solicitó al interesado la presentación de diversa documentación para completar el mencionado expediente, con la advertencia de que, transcurrido el plazo de tres meses legalmente establecido sin haber aportado la documentación solicitada, se produciría la caducidad del expediente y se procedería al archivo de las actuaciones, de acuerdo con el artículo 92 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Comoquiera que ha transcurrido suficientemente el plazo mencionado anteriormente sin que haya sido aportada la documentación solicitada, corresponde declarar la caducidad del expediente. Vista la propuesta de la Ponencia Técnica, esta Comisión acuerda: —1 Declarar la caducidad de la autorización en suelo no urbanizable para la instalación de
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una estación de telefonía móvil, de Sant Fruitós de Bages, promovida por la empresa XFERA Móviles, SA y remitida por el Ayuntamiento, o proceder al archivo de las actuaciones.
promovida por esta empresa, para la instalación de una estación de servicio automatizada en la carretera B-224, km 4,250, en el término municipal de Vallbona d’Anoia.
—2 Comunicarlo al Ayuntamiento y a la persona interesada.
Dado que, pese al tiempo transcurrido, no se ha recibido en esta Secretaría de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona la documentación solicitada, os requiero para que nos la aportéis en el plazo de tres meses a través del Ayuntamiento.
Contra el anterior acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada, de conformidad con lo que prevén los artículos 107.1, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, ante el consejero de Política Territorial y Obras Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de este Edicto en el DOGC. El recurso se entenderá desestimado si pasan tres meses sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa y quedará entonces abierta la vía contenciosa administrativa. El expediente estará, para la consulta y la información que prevé el artículo 101 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2005, de 26 de julio, en el archivo de planeamiento de la Dirección General de Urbanismo del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, avenida Josep Tarradellas, 2-6, planta baja, 08029 Barcelona, de 9:30 h. a 13:30 h. Barcelona, 25 de abril de 2007 Mercè Albiol i Núñez Secretaria de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona (07.115.154) EDICTO de 25 de abril de 2007, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona referente al municipio de Vallbona d’Anoia. Exp.: 1995/000951/B Autorización en suelo no urbanizable para la instalación de una estación de servicio automatizada en la carretera B-224, km 4,250, en el término municipal de Vallbona d’Anoia En cumplimiento de lo que dispone el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por este Edicto se notifica a la Societat Catalana de Petrolis, SA “Petrocat”, con último domicilio conocido en la calle Doctor Pere i Pons, 9-11, de Barcelona y actualmente en domicilio desconocido, el escrito de la Secretaría de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona, de fecha 18 de enero de 2005, de solicitud de documentación siguiente: En fecha 25 de mayo de 1995 se solicitó, a través del Ayuntamiento de Vallbona d’Anoia, la presentación de la copia de la escritura de propiedad de la finca o documento sustitutivo y el informe del Servicio Territorial de Carreteras de la Generalidad de Cataluña, en relación con la solicitud de autorización en suelo no urbanizable,
Si durante este plazo no aportáis la documentación solicitada, se producirá la caducidad del expediente y se acordará el archivo de las actuaciones, de acuerdo con el artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Barcelona, 25 de abril de 2007 Mercè Albiol i Núñez Secretaria de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona (07.115.158) EDICTO de 25 de abril de 2007, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona referente al municipio de Orpí. Exp.: 2001/001135/B Autorización en suelo no urbanizable para la actividad de alojamiento rural independiente en la masía Molí Vell, en el término municipal de Orpí En cumplimiento de lo que dispone el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por este Edicto se notifica al señor José Jiménez Calvo, con último domicilio conocido en las calles Sant Miquel, 10, y Ponderosa, 12, de Santa Margarida de Montbui y actualmente en domicilio desconocido, que, en fecha 18 de enero de 2005, la Secretaría de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona le ha cursado el siguiente escrito: En fecha 10 de mayo de 2001 os solicité la presentación del informe de la Dirección General de Turismo, para completar la documentación necesaria para resolver vuestra solicitud de autorización en suelo no urbanizable para la actividad de alojamiento rural independiente en la masía Molí Vell, del término municipal de Orpí. Dado que no se tiene constancia en el expediente de vuestra recepción de la solicitud de documentación mencionada, os la vuelvo a reiterar, requiriéndoos para que nos la aportéis en el plazo de tres meses a través del Ayuntamiento. Si durante este plazo no la aportáis, se producirá la caducidad del expediente y se acordará el archivo de las actuaciones, de acuerdo con el artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
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Barcelona, 25 de abril de 2007 Mercè Albiol i Núñez Secretaria de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona (07.115.159) EDICTO de 26 de abril de 2007, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona referente al municipio de Polinyà. Exp.: 1997/000693/B Autorización en suelo no urbanizable para la apertura y el funcionamiento de una estación de servicio en la carretera C-155, km 2,300, en el término municipal de Polinyà En cumplimiento de lo que dispone el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por este Edicto se notifica al señor Fernando Valverde Giménez (Val-Oil Two, SL), con último domicilio conocido en la calle 2, núm. 16, de Santa Perpètua de Mogoda, y actualmente en domicilio desconocido, el escrito de la Secretaría de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona de 17 de abril de 2002, de solicitud de documentación siguiente: La Comisión de Urbanismo de Barcelona, en la sesión de 17 de noviembre de 1999, mantuvo la suspensión de la aprobación de la solicitud de autorización en suelo no urbanizable para la apertura y el funcionamiento de una estación de servicio en la carretera C-155, km 2,300, de Polinyà, hasta que se incorporase la condición siguiente: 1.1 Para advertir a los usuarios de la vía de la existencia de una estación de servicio en su sentido de la marcha, es necesario articular los mecanismos necesarios –como una correcta señalización antes de la estación y/o la instalación de obstáculos físicos que impidan atravesar la carretera–, sin recurrir a los movimientos de tierras propuestos que comportan un importante impacto paisajístico. Dado que, pese al tiempo transcurrido, no se ha recibido en esta Secretaría de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona la documentación solicitada, os requiero para que nos la aportéis en el plazo de tres meses a través del Ayuntamiento. Si durante este plazo no aportáis la documentación solicitada, se producirá la caducidad del expediente y se acordará el archivo de las actuaciones, de acuerdo con el artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Barcelona, 26 de abril de 2007 Mercè Albiol i Núñez Secretaria de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona (07.116.017)
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EDICTO de 26 de abril de 2007, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona referente al municipio de Els Hostalets de Pierola. Exp.: 1991/002493/B Autorización en suelo no urbanizable para la ubicación de una granja de perros en el paraje rural llamado Can Termens, en el término municipal de Els Hostalets de Pierola En cumplimiento de lo que dispone el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por este Edicto se notifica al señor Plinio Coll, con último domicilio conocido en la calle Tècnica, 14, de Sant Andreu de la Barca y actualmente en domicilio desconocido, el escrito de la Secretaría de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona de fecha 18 de diciembre de 1991, de solicitud de documentación siguiente: La Comisión de Urbanismo de Barcelona, en la sesión de 18 de diciembre de 1991, suspendió la autorización de obras para la ubicación de una granja de perros en el paraje rural llamado Can Termens hasta que se acredite ante la Comisión de Urbanismo de Barcelona el hecho de que en el Registro de la propiedad se ha hecho constar la indivisibilidad de la finca de superficie de 13 hectáreas, a los efectos del artículo 140 del Texto refundido de la legislación vigente en Cataluña en materia urbanística. Dado que, pese al tiempo transcurrido, no se ha recibido en esta Secretaría de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona la documentación solicitada, os requiero para que nos la aportéis en el plazo de tres meses a través del Ayuntamiento. Si durante este plazo no aportáis la documentación solicitada, se producirá la caducidad del expediente y se acordará el archivo de las actuaciones, de acuerdo con el artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Barcelona, 26 de abril de 2007 Mercè Albiol i Núñez Secretaria de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona (07.116.061) EDICTO de 26 de abril de 2007, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona referente al municipio de Els Hostalets de Pierola. Exp.: 1998/001819/B Autorización en suelo no urbanizable para legalizar un cobertizo aislado en semisótano, en la parcela 45-B de la Urbanización de Can Fosalba, en el término municipal de Els Hostalets de Pierola En cumplimiento de lo que dispone el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
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de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por este Edicto se notifica a Delfí Tuset Boltà, con último domicilio conocido en la Urbanización Can Fosalba, 45-B, de Els Hostalets de Pierola y actualmente en domicilio desconocido, el escrito de la Secretaría de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona de fecha 17 de noviembre de 1998, de solicitud de documentación siguiente: La Comisión de Urbanismo de Barcelona, en la sesión de 28 de octubre de 1998, suspendió la solicitud de autorización en suelo no urbanizable para legalizar un cobertizo aislado en semisótano, en la parcela 45-B de la Urbanización de Can Fosalba, de Els Hostalets de Pierola hasta que se aclaren las divergencias observadas entre el proyecto técnico remitido y las edificaciones realmente en ejecución que se pretenden legalizar. Dado que, pese al tiempo transcurrido, no se ha recibido en esta Secretaría de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona la documentación solicitada, os requiero para que nos la aportéis en el plazo de tres meses a través del Ayuntamiento. Si durante este plazo no aportáis la documentación solicitada, se producirá la caducidad del expediente y se acordará el archivo de las actuaciones, de acuerdo con el artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Barcelona, 26 de abril de 2007 Mercè Albiol i Núñez Secretaria de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona (07.116.063) EDICTO de 27 de abril de 2007, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona referente al municipio de Sant Esteve Sesrovires. La Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona, en la sesión de 22 de febrero de 2007, de adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: Exp.: 2005/017227/B Corrección de error material en la Modificación puntual del Plan parcial masia Bach, en el término municipal de Sant Esteve Sesrovires Vista la propuesta de la Ponencia Técnica y de acuerdo con los fundamentos que en ella se exponen, esta Comisión acuerda: —1 Corregir el error material existente en la Modificación puntual del Plan parcial masia Bach, de Sant Esteve Sesrovires, consistente el la atribución de un índice de edificabilidad 0,19 m² t/m² s en la parcela Pluri-4, en lugar de un índice de 0,27 m² t/m² s. —2 Publicar este acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, al efecto de su inmediata ejecutividad, tal y como indica el artículo 100 del Texto refundido de la Ley de
urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2005, de 26 de julio. —3 Comunicarlo al Ayuntamiento de Sant Esteve Sesrovires y al promotor. Contra el anterior acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada, de conformidad con lo que prevén los artículos 107.1, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, ante el consejero de Política Territorial y Obras Públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de este Edicto en el DOGC. El recurso se entenderá desestimado si pasan tres meses sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa y quedará entonces abierta la vía contenciosa administrativa. El expediente estará, para la consulta y la información que prevé el artículo 101 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2005, de 26 de julio, en el archivo de planeamiento de la Dirección General de Urbanismo del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, avenida Josep Tarradellas, 2-6, planta baja, 08029 Barcelona, de 9:30 h. a 13:30 h. Barcelona, 27 de abril de 2007 Mercè Albiol i Núñez Secretaria de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona (07.117.145) EDICTO de 30 de abril de 2007, sobre una resolución adoptada por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas en materia de urbanismo referente al municipio de Berga. El consejero de Política Territorial y Obras Públicas, de conformidad con lo que dispone el Decreto legislativo 1/1990, de 12 de julio, por el que se aprueba la refundición de los textos legales vigentes en Cataluña en materia urbanística, ha resuelto el asunto que a continuación se indica: Exp.: 2003/009630/B/00014, 15 y 25 Plan de ordenación urbanística municipal, en el término municipal de Berga Recursos de alzada acumulados interpuestos por el señor Fernando Fernández Marcenaro, en nombre y representación de la entidad Inmobiliaria Queralt, SL, el señor Joan Parera Roma y los señores Jordi, Pere, Antoni M. y Josep Claret Andreu, en relación a la aprobación definitiva del Plan de ordenación urbanística municipal, en el término municipal de Berga Vista la propuesta de la Dirección General de Urbanismo y de acuerdo con los fundamentos que en ella se exponen, he resuelto estimar en parte los recursos de alzada acumulados interpuestos por el señor Fernando Fernández Marcenaro, en nombre y representación de la entidad Inmobiliaria Queralt, SL, el señor Joan Parera Roma y los señores Jordi, Pere, Antoni M.
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y Josep Claret Andreu, contra los acuerdos de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona de 15 de septiembre y 15 de diciembre de 2004, por los cuales se aprobó definitivamente y se dio conformidad al texto refundido del Plan de ordenación urbanística municipal de Berga, en el sentido de: Prescribir que para la ejecución de las determinaciones urbanísticas del ámbito del PMUP03 Mercat no se necesita la formulación previa de un plan de mejora urbana, sin perjuicio de que este ámbito quede constituído como un polígono de actuación urbanística y su sistema de actuación se determine por los trámites previstos en el artículo 113 de la Ley de Urbanismo. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo que prevén el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, y el artículo 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de recibir la notificación sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere procedente. Contra esta resolución que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de este Edicto en el DOGC. Barcelona, 30 de abril de 2007 Roser Clariana i Selva Jefa del Servicio de Recursos
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que en ella se exponen, he resuelto estimar en parte el recurso de alzada interpuesto por las señoras Marina Cervera Alonso de Medina y Mª Assumpció Alonso de Medina Alberich, contra el acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Girona de 20 de abril de 2006, relativo a la aprobación definitiva del Plan de ordenación urbanística municipal de La Selva de Mar, en el sentido de: Eliminar de la ficha 74 del Catálogo de bienes arquitectónicos protegidos, correspondiente al celler de can Cervera, la referencia escrita recogida en el apartado “noticias históricas”. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo que prevén el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, y el artículo 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de recibir la notificación sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere procedente. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de este Edicto en el DOGC. Barcelona, 30 de abril de 2007 Roser Clariana i Selva Jefa del Servicio de Recursos (07.120.099)
El consejero de Política Territorial y Obras Públicas, de conformidad con lo que dispone el Decreto legislativo 1/1990, de 12 de julio, por el que se aprueba la refundición de los textos legales vigentes en Cataluña en materia urbanística, ha resuelto el asunto que a continuación se indica: Exp.: 2005/016666/G/00003 Plan de ordenación urbanística municipal, en el término municipal de La Selva de Mar Recurso de alzada interpuesto por las señores Marina Cervera Alonso de Medina y Mª Assumpció Alonso de Medina Alberich, en relación a la aprobación definitiva del Plan de ordenación urbanística municipal, en el término municipal de La Selva de Mar Vista la propuesta de la Dirección General de Urbanismo y de acuerdo con los fundamentos
de 15 de septiembre y 15 de diciembre de 2004, por los cuales se aprobó definitivamente y se dio conformidad al texto refundido del Plan de ordenación urbanística municipal de Berga, sin perjuicio de: Anular la calificación urbanística como zona de edificios a conservar, clave 6B, de los terrenos situados inmediatamente en el lado oeste del cruce de las calles de la Gran Via y de Cervantes, de Berga, afectados al sistema de equipamiento comunitario de tipo religioso, clave 4C, que no están asociados a la protección de la Iglesia de las Hermanas Sacramentarias de acuerdo con lo que establece la ficha BPU 20 del catálogo de bienes a proteger del POUM de Berga. Estos terrenos mantienen su afectación al sistema de equipamiento comunitario de tipo religioso, clave 4C. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo que prevén el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, y el artículo 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de recibir la notificación sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere procedente. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de este Edicto en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Barcelona, 30 de abril de 2007
(07.120.098) EDICTO de 30 de abril de 2007, sobre una resolución adoptada por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas en materia de urbanismo referente al municipio de La Selva de Mar.
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EDICTO de 30 de abril de 2007, sobre una resolución adoptada por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas en materia de urbanismo referente al municipio de Berga. El consejero de Política Territorial y Obras Públicas, de conformidad con lo que dispone el Decreto legislativo 1/1990, de 12 de julio, por el que se aprueba la refundición de los textos legales vigentes en Cataluña en materia urbanística, ha resuelto el asunto que a continuación se indica: Exp.: 2003/009630/B/00011 Plan de ordenación urbanística municipal, en el término municipal de Berga Recurso de alzada interpuesto por el Ayuntamiento de Berga, en relación a la aprobación definitiva del Plan de ordenación urbanística municipal, en el término municipal de Berga Vista la propuesta de la Dirección General de Urbanismo y de acuerdo con los fundamentos que en ella se exponen, he resuelto desestimar el recurso de alzada interpuesto por el Ayuntamiento de Berga, contra los acuerdos de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona
Roser Clariana i Selva Jefa del Servicio de Recursos (07.120.100) EDICTO de 30 de abril de 2007, sobre una resolución adoptada por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas en materia de urbanismo referente al municipio de Berga. El consejero de Política Territorial y Obras Públicas, de conformidad con lo que dispone el Decreto legislativo 1/1990, de 12 de julio, por el que se aprueba la refundición de los textos legales vigentes en Cataluña en materia urbanística, ha resuelto el asunto que a continuación se indica: Exp.: 2003/009630/B/00017 Plan de ordenación urbanística municipal, en el término municipal de Berga Recurso de alzada interpuesto por el señor Manuel Suárez Vaquero, en nombre y representación de la entidad Futurnau, SL, en relación a la aprobación definitiva del Plan de ordenación
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urbanística municipal, en el término municipal de Berga
urbanística municipal, en el término municipal de Puigcerdà
Vista la propuesta de la Dirección General de Urbanismo y de acuerdo con los fundamentos que en ella se exponen, he resuelto desestimar el recurso de alzada interpuesto por el señor Manuel Suárez Vaquero, en nombre y representación de la entidad Futurnau, SL, contra los acuerdos de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona de 15 de septiembre y 15 de diciembre de 2004, por los cuales se aprobó definitivamente y se dio conformidad al texto refundido del Plan de ordenación urbanística municipal de Berga, sin perjuicio de: Modificar el apartado 4 del artículo 173 de las norma urbanísticas, que queda redactado de la manera siguiente: “4. Techo máximo edificable: 13.902,06 m²”.
Vista la propuesta de la Dirección General de Urbanismo y de acuerdo con los fundamentos que en ella se exponen, he resuelto estimar en parte ?el recurso de alzada interpuesto por el señor Josep Dellano Augé y por la señora Josefa García Santaella, que actúan en nombre y representación de la entidad IGUCAN, SL, contra los acuerdos de la Comisión Territorial de Urbanismo de Gerona de 3 de noviembre y de 29 de septiembre de 2005, relativos a la aprobación definitiva del Plan de ordenación urbanística municipal de Puigcerdà, en el sentido de incorporar en el anexo de las normas urbanísticas del POUM de Puigcerdà la normativa urbanística de la modificación puntual del Plan general de ordenación intermunicipal de la Cerdanya (PICO) en lo referente a la creación de una zona de equipamientos en el paraje el Torniquete de Puigcerdà, expediente 98/12, aprobada definitivamente el 10 de marzo de 1999 y delimitar gráficamente este ámbito que se califica de sistema general de equipamientos comunitarios, clavo Ec, en los planos de ordenación correspondientes.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo que prevén el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, y el artículo 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de recibir la notificación sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere procedente. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de este Edicto en el DOGC. Barcelona, 30 de abril de 2007 Roser Clariana i Selva Jefa del Servicio de Recursos (07.120.101) EDICTO de 2 de mayo de 2007, sobre una resolución adoptada por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas en materia de urbanismo referente al municipio de Puigcerdà. El consejero de Política Territorial y Obras Públicas, de conformidad con lo que dispone el Decreto legislativo 1/1990, de 12 de julio, por el que se aprueba la refundición de los textos legales vigentes en Cataluña en materia urbanística, ha resuelto el asunto que a continuación se indica: Exp.: 2005/016703/G/00001 y 23 Plan de ordenación urbanística municipal, en el término municipal de Puigcerdà Recurso de alzada interpuesto por el señor Josep Dellano Augé y por la señora Josefa García Santaella, que actúan en nombre y representación de la entidad IGUCAN, SL, en relación a la aprobación definitiva del Plan de ordenación
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo que prevén el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, y el artículo 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de recibir la notificación sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere procedente. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de este Edicto en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Barcelona, 2 de mayo de 2007 Roser Clariana i Selva Jefa del Servicio de Recursos (07.122.029) EDICTO de 2 de mayo de 2007, sobre una resolución adoptada por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas en materia de urbanismo referente al municipio de Tarragona. El consejero de Política Territorial y Obras Públicas, de conformidad con lo que dispone el Decreto legislativo 1/1990, de 12 de julio, por el que se aprueba la refundición de los textos legales vigentes en Cataluña en materia urbanística, ha resuelto el asunto que a continuación se indica:
Exp.: 2004/013194/C/00061 Plan director urbanístico de los ámbitos del sistema costero integrados por sectores de suelo urbanizable delimitado sin plan parcial aprobado, en el término municipal de Tarragona Recurso potestativo de reposición interpuesto por el señor Agustín Peyra Molins, que actua en nom i representació de C. De Barraquer S.A., en relación a la aprobación definitiva del Plan director urbanístico de los ámbitos del sistema costero integrados por sectores de suelo urbanizable delimitado sin plan parcial aprobado Vista la propuesta de la Dirección General de Urbanismo y de acuerdo con los fundamentos que en ella se exponen, he resuelto estimar en parte el recurso potestativo de reposición interpuesto por el señor Agustín Peyra Molins, que actua en nom i representació de C. De Barraquer S.A., contra la resolución del consejero de Política Territorial y Obras Públicas de fecha 16 de diciembre de 2005, relativa a la aprobación definitiva del Plan director urbanístico de los ámbitos del sistema costero integrados por sectores de suelo urbanizable delimitado sin plan parcial aprovado, en el sentido de manifestar que por resolución del titular de Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de 15 de marzo de 2007 se ha modificado la ficha normativa especifica núm. 25 correspondiente al sector PP28 Mas Rabassa de Tarragona, relacionado en el artículo 5.2 de la normativa urbanística del PDUSC 2, tal como resulta del documento anexo. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo que prevén el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, y el artículo 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de recibir la notificación sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere procedente. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de este Edicto en el DOGC. Barcelona, 2 de mayo de 2007 Roser Clariana i Selva Jefa del Servicio de Recursos (07.122.037) EDICTO de 2 de mayo de 2007, sobre una resolución adoptada por el consejero de Política Territorial y Obras Públicas en materia de urbanismo referente al municipio de Viladecans. El consejero de Política Territorial y Obras Públicas, de conformidad con lo que dispone el
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DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN Decreto legislativo 1/1990, de 12 de julio, por el que se aprueba la refundición de los textos legales vigentes en Cataluña en materia urbanística, ha resuelto el asunto que a continuación se indica: Exp.: 2006/024058/B/00001 Plan parcial del sector Llevant, en el término municipal de Viladecans Recurso de alzada interpuesto por el señor José Luis Nicolás Arocas, como Presidente del Área de Planificación Territorial del Ayuntamiento de Viladecans, en relación al Plan parcial del sector Llevant, en el término municipal de Viladecans Vista la propuesta de la Dirección General de Urbanismo y de acuerdo con los fundamentos que en ella se exponen, he resuelto estimar en parte el recurso de alzada interpuesto por el señor José Luis Nicolás Arocas, como Presidente del Área de Planificación Territorial del Ayuntamiento de Viladecans, contra el acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona de 20 de noviembre de 2006, que retornaba a dicho Ayuntamiento el expediente del Plan parcial del sector Llevant de Viladecans, en el sentido de: Dejar sin efecto el mencionado acuerdo, sustituint-lo por el siguiente: Suspender la aprobación definitiva del Plan parcial del sector Llevant, promovida por el Ayuntamiento de Viladecans, hasta la aprobación definitiva de la Modificación del Plan general metropolitano en el ámbito de la vía de cornisa entre Viladecans y Sant Boi de Llobregat que le tiene que dar cobertura. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo que prevén el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, y el artículo 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de recibir la notificación sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere procedente. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de este Edicto en el DOGC. Barcelona, 2 de mayo de 2007 Roser Clariana i Selva Jefa del Servicio de Recursos (07.122.043)
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RESOLUCIÓN EDU/1349/2007, de 4 de mayo, por la que se resuelve con carácter provisional la renovación y modificación de los conciertos educativos de varios centros docentes privados para los niveles postobligatorios. De acuerdo con lo que disponen los artículos 31.1 y 35 del Decreto 56/1993, de 23 de febrero, sobre conciertos educativos, los centros que deseen modificar y renovar sus conciertos lo solicitaran durante el mes de enero a los servicios territoriales del Departamento de Educación. Analizadas las solicitudes presentadas, los datos y las previsiones de las que se puede disponer antes de la preinscripción de los alumnos para el curso 2007/2008, y dentro de lo que prevén la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación; el Decreto 56/1993, de 23 de febrero, sobre conciertos educativos, y el resto de la normativa aplicable, se debe proceder a la aprobación provisional de la renovación y modificación de los conciertos educativos de los centros docentes privados. En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Recursos del Sistema Educativo, Resuelvo: —1 Aprobar con carácter provisional la modificación por tres años de los conciertos educativos en la etapa de bachillerato de los centros docentes privados que se detallan en el anexo 1 de esta disposición, con las unidades que para cada uno se especifican. —2 Aprobar con carácter provisional la renovación por un año de los conciertos educativos en el nivel de ciclo formativo de grado medio y de ciclo formativo de grado superior de los centros docentes privados que se detallan en el anexo 2 de esta disposición, con las unidades que se especifican. —3 De acuerdo con el artículo 20 del Real decreto 1537/2003, de 5 de diciembre, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas escolares de régimen general, los centros docentes que impartan bachillerato tendrán un máximo de 35 alumnos por unidad escolar. La concertación de las unidades de bachillerato queda sujeta a conseguir una relación mínima de 30 alumnos para cada una de las unidades. —4 Según dispone el artículo 27 del Real decreto 1537/2003, de 5 de diciembre, indicado, los centros docentes que imparten formación profesional tendrán un máximo de 30 alumnos por unidad escolar. La concertación de las unidades de ciclos formativos de grado medio y de grado superior queda sujeta a conseguir la siguiente relación mínima de alumnos en cada uno de los cursos que integran un ciclo formativo: Una línea: 15 alumnos. Dos líneas: 45 alumnos. Tres líneas: 75 alumnos. No obstante, se podrán tener en consideración otras relaciones alumnos/unidad en virtud de las
enseñanzas y de las características de las zonas donde se impartan. —5 De acuerdo con lo que disponen los apartados 1, 4 y 5 del artículo 31 del Decreto 56/1993, de 23 de febrero, sobre conciertos educativos, modificado por el Decreto 155/1997, de 25 de junio, una vez finalizado el período de preinscripción de alumnos para el curso 2007/2008, y en función de los datos de preinscripción, el Departamento de Educación, antes de que se inicie el período de matriculación, emitirá la resolución definitiva de las modificaciones de los conciertos educativos para los niveles postobligatorios, que se publicará en el DOGC. A los centros que no hayan conseguido la relación mencionada en el punto anterior, se les denegará con carácter definitivo la renovación o modificación. —6 Los conciertos aprobados por esta disposición serán de régimen singular. Los centros que suscriban estos conciertos podrán percibir de los alumnos de bachillerato o de ciclos formativos de grado superior la cantidad de 18,03 euros por alumno y mes, durante diez meses por curso escolar durante la vigencia del concierto, como financiación complementaria de los módulos económicos establecidos. Con respecto a los ciclos formativos de grado medio, los centros deben impartir las enseñanzas de manera gratuita. —7 La concesión de esta renovación y modificación de los conciertos educativos de los centros docentes privados se hará con cargo a la aplicación presupuestaria EN03 D/488000100/4210. —8 La renovación y modificación de los conciertos educativos que se aprueban mediante esta disposición tendrá efectos a partir del 1 de septiembre de 2007. —9 Esta Resolución se inscribirá en el Registro de centros docentes. Contra esta Resolución las personas interesadas podrán interponer una reclamación ante el consejero de Educación en el plazo de diez días a contar desde el siguiente al de su publicación en el DOGC, la cual se resolverá en la resolución indicada en el punto quinto, que aprobará con carácter definitivo la renovación y modificación de los conciertos educativos. Barcelona, 4 de mayo de 2007 Ernest Maragall i Mira Consejero de Educación Anexo 1 BATX: bachillerato. BATX: U1 - U2. U1: unidades concertadas de primer curso de bachillerato. U2: unidades concertadas de segundo curso de bachillerato. CFPM: ciclo formativo de grado medio. CFPM: N1 - N2. N1: unidades concertadas de ciclo formativo de grado medio de primer curso. N2: unidades concertadas de ciclo formativo de grado medio de segundo curso.
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CFPM 0101: Conducción de actividades fisicodeportivas en el medio natural. CFPM 0201: Gestión administrativa. CFPM 0302: Explotaciones agrarias extensivas. CFPM 0303: Trabajos forestales y de conservación del medio natural. CFPM 0305: Jardinería. CFPM 0401: Preimpresión en artes gráficas. CFPN 0402: Impresión en artes gráficas. CFPM 0501: Electromecánica de vehículos. CFPM 0502: Carrocería. CFPM 0601: Comercio. CFPM 0801: Equipos e instalaciones electrotécnicas. CFPM 0802: Equipos electrónicos de consumo. CFPM 0902: Fabricación industrial de carpintería y mueble. CFPM 0903: Fabricación a medida e instalación de carpintería y mueble. CFPM 1001: Cocina. CFPM 1002: Pastelería y panadería. CFPM 1003: Servicios de restaurante y bar. CFPM 1103: Elaboración de vinos y otras bebidas. CFPM 1201: Laboratorio de imagen. CFPM 1402: Mecanización. CFPM 1504: Laboratorio. CFPM 1601: Curas auxiliares de enfermería. CFPM 1602: Farmacia. CFPM 1701: Atención sociosanitaria. CFPM 1801: Peluquería. CFPM 1802: Estética personal decorativa. CFPM 1901: Instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas. CFPM 1902: Montaje y mantenimiento de instalaciones de frio, climatización y producción de calor. CFPM 2201: Explotación de sistemas informáticos. CFPS: ciclo formativo de grado superior. CFPS : G1 - G2. G1: unidades concertadas de ciclo formativo de grado superior de primer curso. G2: unidades concertadas de ciclo formativo de grado superior de segundo curso. CFPS 0151: Animación de actividades físicas y deportivas. CFPS 0251: Secretariado. CFPS 0252: Administración y finanzas. CFPS 0351: Gestión y organización de empresas agropecuarias. CFPS 0352: Gestión y organización de recursos naturales y paisajísticos. CFPS 0451: Diseño y producción editorial. CFPS 0551: Automoción. CFPS 0651: Gestión comercial y marketing. CFPS 0653: Comercio internacional. CFPS 0751: Desarrollo y aplicaciones de proyectos de construcción. CFPS 0752: Desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas. CFPS 0753: Realización y planes de obras. CFPS 0851: Sistemas de regulación y control automáticos. CFPS 0852: Desarrollo de productos electrónicos. CFPS 0853: Instalaciones electrotécnicas.
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CFPS 0854: Sistemas de telecomunicación e informáticos. CFPS 1051: Agencias de viajes. CFPS 1052: Alojamiento. CFPS 1053: Información y comercialización turísticas. CFPS 1054: Restauración. CFPS 1055: Animación turística. CFPS 1251: Realización de audiovisuales y espectáculos. CFPS 1252: Imagen. CFPS 1253: Sonido. CFPS 1254: Producción de audiovisuales, radio y espectáculos. CFPS 1452: Desarrollo de proyectos mecánicos. CFPS 1453: Producción por mecanización. CFPS 1554: Análisis y control. CFPS 1651: Dietética. CFPS 1652: Higiene bucodental. CFPS 1653: Anatomía patológica y citología. CFPS 1654: Laboratorio de diagnóstico clínico. CFPS 1656: Prótesis dentales. CFPS 1658: Documentación sanitaria. CFPS 1661: Audioprótesis. CFPS 1751: Animación sociocultural. CFPS 1752: Educación infantil. CFPS 1753: Integración social. CFPS 1754: Interpretación del lenguaje de signos. CFPS 1851: Asesoría de imagen personal. CFPS 1852: Estética. CFPS 1951: Mantenimiento y montaje de instalaciones de edificio y proceso. CFPS 1952: Desarrollo de proyectos de instalaciones de fluidos, térmicos y de manutención. CFPS 1953: Mantenimiento de equipos industriales. CFPS 2251: Administración de sistemas informáticos. CFPS 2252: Desarrollo de aplicaciones informáticas. Causa de denegación (CD): (1) De acuerdo con lo que establece el artículo 116 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, no se satisfacen necesidades de escolarización y las enseñanzas para las que se solicita el concierto no tienen carácter gratuito. (2) Las unidades para las que se solicita concierto no están autorizadas y, según lo que disponen el artículo 3.2 del Decreto 56/1993, de 23 de febrero, sobre conciertos educativos, y el artículo 14 de la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, es requisito imprescindible que los centros concertados estén debidamente autorizados en los niveles educativos objeto de concierto. (3) De acuerdo con los artículos 109 y 116 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, la concertación de nuevas líneas se efectúa de forma progresiva.
Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Gravi. Código: 08011448. Enseñanzas y unidades concertadas: BATX: 2-1. USD: 1. CD: (1). Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Sant Francesc. Código: 08003658. Enseñanzas y unidades concertadas: BATX: 1-1. USD: 2. CD: (1). servicios territoriales en barcelona ii (comarcas)
Municipio: L’Hospitalet de Llobregat (Barcelonès). Denominación: Joan XXIII. Código: 08018871. Enseñanzas y unidades concertadas: BATX: 3-3. servicios territoriales en el vallès occidental
Municipio: Sabadell (Vallès Occidental). Denominación: Ramar 2. Código: 08037668. Enseñanzas y unidades concertadas: BATX: 3-3. USD: 2. CD: (1). Anexo 2 servicios territoriales en El Baix
Llobregat-Anoia
Municipio: Gavà (Baix Llobregat). Denominación: Acadèmia Núria. Código: 08031976. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 2. CFPM 0601: 1. CFPM 0801: 1-1. CFPM 2201: 1-1. CFPS 0251: 1. CFPS 0252: 1-1. CFPS 2251: 1-1. Municipio: Igualada (Anoia). Denominación: Igualada. Código: 08019551. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPS 1752: 2-1. USD: 1. CD: (3).
servicios territoriales en barcelona i
Municipio: Sant Vicenç dels Horts (Baix Llobregat). Denominación: Salesians Sant Vicenç dels Horts. Código: 08032063. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0502: 1-1. CFPM 0601: 1. CFPM 0801: 1-1. CFPM 1402: 1-1. CFPS 0252: 1-1. CFPS 0851: 1-1.
Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Escola Pia Sant Antoni. Código: 08005746. Enseñanzas y unidades concertadas: BATX: 3-3. USD: 2. CD: (1).
Municipio: Viladecans (Baix Llobregat). Denominación: Sant Gabriel. Código: 08031231. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0501: 1-1.
(ciudad)
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CFPM 0502: 1-1. CFPM 0601: 1. servicios territoriales en barcelona i (ciudad)
Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Academia Hispano-Francesa. Código: 08035571. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 0. CFPS 0252: 0-0. CFPS 0651: 0. CFPS 0854: 0-0. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: AF Centre d’estudis. Código: 08014139. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPS 0252: 1-1. CFPS 0651: 1. USD: 1. CD: (1). CFPS 0653: 1-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Arco. Código: 08041741. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0801: 1-1. CFPM 0802: 1-1. CFPS 1752: 2-2. CFPS 1753: 1-1. CFPS 1754: 0-0. USD: 1. CD: (2). Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Bemen 3. Código: 08031897. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0801: 1-1. CFPM 1701: 1-1. CFPM 2201: 2-2. CFPS 1752: 2-2. CFPS 1753: 1-1. CFPS 2251: 1-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Centre d’Estudis Catalunya. Código: 08036871. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 1601: 1. USD: 1. CD: (1). CFPM 1701: 1-0. USD: 1. CD: (3). CFPS 1651: 1-1. USD: 2. CD: (1). CFPS 1658: 1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Centre d’Estudis Politècnics. Código: 08032208. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0601: 1. CFPS 0251: 1. CFPS 0252: 2-2. CFPS 0651: 2. CFPS 1051: 1. CFPS 2251: 2-2. CFPS 2252: 2-2. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Centre Villar. Código: 08037589. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 0. USD: 1. CD: (1). CFPM 2201: 1-1. CFPS 0651: 1. CFPS 0854: 1-1.
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CFPS 1253: 3-3. CFPS 1254: 0-0. USD: 2. CD: (2). Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Centro Catalán Comercial. Código: 08033638. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 2. CFPS 0251: 1. CFPS 0252: 1-1. CFPS 1053: 2. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: CEYR-Villarroel. Código: 08032211. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0501: 1-1. CFPM 0502: 1-1. CFPM 1601: 2. CFPM 1602: 2. CFPS 0551: 1-1. CFPS 1658: 1. USD: 1. CD: (1). CFPS 1752: 1-1. CFPS 1753: 1-1. CFPS 1754: 2-2. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Comercial Català. Código: 08044909. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPS 1752: 1-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: El Clot. Código: 08009260. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0501: 1-1. CFPM 0801: 1-1. USD: 1. CD: (1). CFPM 0802: 1-1. CFPM 1402: 1-1. CFPM 1902: 2-2. CFPS 0551: 1-1. CFPS 0651: 1. CFPS 0751: 1-1. USD: 1. CD: (1). CFPS 0752: 1-1. CFPS 0753: 0-1. CFPS 0851: 1-1. CFPS 0852: 1-1. CFPS 0854: 1-1. CFPS 1452: 0-1. CFPS 1453: 1-1. CFPS 1661: 2-2. CFPS 1951: 1-1. CFPS 1952: 0-1. USD: 1. CD: (1). CFPS 2251: 0-1. USD: 1. CD: (1). CFPS 2252: 1-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Esc. Prof. Salesiana. Código: 08014279. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0401: 1-1. CFPM 0402: 1. CFPM 0501: 2-2. CFPM 0801: 2-2. CFPM 0802: 1-1. CFPM 0902: 1. CFPM 0903: 1-1. CFPM 1402: 1-1. CFPM 2201: 2-2. CFPS 0451: 1-1. CFPS 0851: 1-1. CFPS 0852: 1-1.
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CFPS 0854: 1-1. CFPS 1452: 1-1. CFPS 1453: 1-1. CFPS 2251: 1-1. CFPS 2252: 1-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Escola Tècnico-Professional Xavier. Código: 08031927. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 2. CFPM 1601: 2. CFPM 1602: 2. CFPS 0251: 1. CFPS 0252: 1-1. CFPS 1055: 1. CFPS 1651: 1-1. CFPS 1752: 2-2. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Escuela de FP Oscus. Código: 08014255. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0802: 1-1. CFPM 1201: 2. CFPM 1601: 2. CFPM 1801: 1-1. CFPS 0651: 0. USD: 1. CD: (1). CFPS 1658: 1. CFPS 2251: 0-0. USD: 2. CD: (1). Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Joan Pelegrí. Código: 08013640. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPS 0252: 1-1. CFPS 0854: 1-1. CFPS 1554: 1-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: L’Esperança. Código: 08008267. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: La Salle Barceloneta. Código: 08010961. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0501: 1-1. CFPM 0601: 1. CFPM 0802: 1-1. CFPM 2201: 1-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: López Vicuña. Código: 08035015. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 1601: 2. CFPM 1602: 1. CFPM 1701: 1-1. CFPS 0651: 1. CFPS 0653: 1-1. CFPS 1658: 2. CFPS 1752: 1-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Molina. Código: 08010882. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1.
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Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Monlau. Código: 08037395. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0501: 6-6. CFPM 0502: 2-2. CFPM 1901: 1-1. CFPM 2201: 2-2. CFPS 0551: 3-3. CFPS 2251: 1-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Palcam. Código: 08010468. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0601: 1. CFPM 2201: 1-1. CFPS 0252: 1-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Prat. Código: 08013767. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPS 0252: 1-0. CFPS 0651: 1. CFPS 1053: 1. CFPS 2251: 0-1. CFPS 2252: 1-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Roca. Código: 08044326. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 2. CFPM 0501: 1-1. CFPM 0601: 1. CFPM 0802: 1-1. CFPM 1601: 2. CFPS 0252: 1-1. CFPS 0854: 1-1. CFPS 1051: 1. CFPS 1658: 1. CFPS 1752: 2-2. CFPS 1753: 1-1. CFPS 2251: 1-1. CFPS 2252: 1-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Sagrat Cor-Sarrià. Código: 08004717. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 1701: 1-1. CFPS 1752: 2-2. CFPS 1753: 1-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Sant Francesc. Código: 08003658. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0601: 1. CFPM 0801: 1-1. CFPM 2201: 0-0. USD: 1. CD: (1) y ( 2). CFPS 0252: 1-1. CFPS 0651: 1. CFPS 0854: 1-1. CFPS 2251: 1-1. CFPS 2252: 1-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Sant Ignasi.
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Código: 08004067. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 1001: 1-1. CFPM 1003: 1. CFPS 0151: 1-1. CFPS 0651: 1. CFPS 1053: 1. CFPS 1054: 1-1. CFPS 1251: 2-1. USD: 1. CD: (3). CFPS 1252: 1-1. CFPS 1254: 1-1. CFPS 1753: 1-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Santa Maria dels Apòstols. Código: 08008191. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 0. USD: 1. CD: (1). CFPM 1601: 1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Santa Teresa de Jesús. Código: 08036858. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPS 1654: 0-0. CFPS 1754: 0-0. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Santapau-Pifma. Código: 08037346. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0802: 0-0. USD: 2. CD: (1). CFPS 0252: 1-1. CFPS 0651: 1. CFPS 0854: 1-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Santíssima Trinitat. Código: 08014310. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 1601: 1. CFPS 0252: 1-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Solc Nou. Código: 08036755. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 1601: 2. CFPM 1602: 1. CFPS 1752: 2-1. Municipio: Barcelona (Barcelonès). Denominación: Stucom. Código: 08032361. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 2. CFPM 2201: 2-2. CFPS 0252: 2-2. CFPS 0651: 2. CFPS 0854: 1-1. CFPS 2251: 2-2. servicios territoriales en barcelona ii (comarcas)
Municipio: Badalona (Barcelonès). Denominación: Badalonès. Código: 08000761. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 2. Municipio: Badalona (Barcelonès). Denominación: Cultural. Código: 08000918.
Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 2201: 1-1. CFPS 0252: 1-1. CFPS 2251: 1-1. Municipio: Badalona (Barcelonès). Denominación: Joan Maragall. Código: 08034916. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0601: 1. CFPM 1601: 2. CFPM 1602: 2. Municipio: Badalona (Barcelonès). Denominación: Llefià. Código: 08000712. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0801: 1-1. CFPM 0802: 1-1. CFPM 2201: 1-1. CFPS 0854: 1-1. Municipio: Badalona (Barcelonès). Denominación: Sant Domènec Savio. Código: 08000499. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0601: 1. CFPM 1402: 1-1. Municipio: Berga (Berguedà). Denominación: Sant Francesc. Código: 08014711. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0501: 1-1. CFPM 0801: 1-1. CFPS 0251: 1. CFPS 1953: 1-0. CFPS 2251: 0-0. USD: 1. CD: (1). Municipio: Calella (Maresme). Denominación: Freta. Código: 08035787. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 1601: 1. CFPM 1602: 1. CFPM 2201: 1-1. CFPS 0252: 1-1. CFPS 1652: 1. CFPS 1752: 1-1. Municipio: Granollers (Vallès Oriental). Denominación: Educem. Código: 08017840. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 1602: 1. CFPS 0252: 1-1. CFPS 2252: 1-1. Municipio: L’Hospitalet de Llobregat (Barcelonès). Denominación: Dolmen. Código: 08038673. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPS 0252: 1-1. CFPS 1654: 1-1. CFPS 1752: 1-1. Municipio: L’Hospitalet de Llobregat (Barcelonès). Denominación: Jaume Balmes. Código: 08038867.
Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0802: 1-1. CFPM 1602: 1. CFPM 1802: 1. CFPS 0651: 1. CFPS 0854: 1-1. CFPS 2252: 1-1. Municipio: L’Hospitalet de Llobregat (Barcelonès). Denominación: Joan XXIII. Código: 08018871. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0101: 1. CFPM 0201: 1. CFPM 0601: 1. CFPM 0801: 1-1. CFPM 2201: 1-1. CFPS 0151: 1-1. CFPS 0252: 1-1. CFPS 0854: 1-1. CFPS 1051: 1. CFPS 2251: 1-1. Municipio: L’Hospitalet de Llobregat (Barcelonès). Denominación: Miquel Servet. Código: 08031988. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 1601: 2. CFPM 1602: 1. CFPS 1658: 1. Municipio: L’Hospitalet de Llobregat (Barcelonès). Denominación: Pineda. Código: 08018901. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 1001: 1-1. CFPM 1002: 1. CFPM 1003: 0. USD: 1. CD: (1). Municipio: L’Hospitalet de Llobregat (Barcelonès). Denominación: Sant Josep Obrer. Código: 08018601. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0601: 1. Municipio: L’Hospitalet de Llobregat (Barcelonès). Denominación: Xaloc. Código: 08018561. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0801: 1-0. CFPM 1402: 0-1. CFPM 1901: 1-1. CFPM 1902: 1-0. CFPS 0851: 1-1. CFPS 1453: 0-1. CFPS 1951: 1-1. CFPS 2251: 1-1. Municipio: Les Masies de Voltregà (Osona). Denominación: EFA Quintanes. Código: 08032154. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0302: 1-1. CFPM 0303: 1-1. CFPM 0305: 1-1. CFPS 0351: 0-0. USD: 2. CD: (1). CFPS 0352: 1-1. Municipio: Manlleu (Osona). Denominación: La Salle Manlleu.
Núm. 4880 – 10.5.2007
Código: 08019952. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0801: 1-1. CFPM 1402: 1-1. CFPS 0252: 1-1. CFPS 0851: 0-0. USD: 2. CD: (1). CFPS 1453: 1-0. USD: 1. CD: (3). CFPS 2251: 1-1. Municipio: Manresa (Bages). Denominación: Joviat. Código: 08020036. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0601: 1. CFPM 1001: 2-2. CFPM 1002: 1. CFPM 1003: 1. CFPM 1601: 1. CFPM 1602: 1. CFPM 1701: 1-0. CFPM 2201: 1-1. CFPS 0252: 1-1. CFPS 0651: 0. USD: 1. CD: (1). CFPS 0653: 0-0. USD: 1. CD: (1). CFPS 1051: 0. USD: 1. CD: (1). CFPS 1054: 0-0. USD: 1. CD: (1). CFPS 1651: 0-0. USD: 1. CD: (1). CFPS 1652: 1. CFPS 1654: 0-0. USD: 1. CD: (1). CFPS 2251: 0-0. USD: 1. CD: (1). CFPS 2252: 0-0. USD: 2. CD: (1). Municipio: Mataró (Maresme). Denominación: Escola Pia de Mataró. Código: 08021107. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0101: 1. CFPM 0201: 1. CFPM 0801: 1-1. CFPM 2201: 1-1. CFPS 0151: 1-1. CFPS 0252: 1-1. CFPS 0651: 1. CFPS 2252: 1-1. Municipio: Mataró (Maresme). Denominación: Freta. Código: 08034141. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 1601: 1. CFPM 1602: 1. CFPS 1654: 1-1. CFPS 1658: 1. CFPS 1752: 1-1. Municipio: Navàs (Bages). Denominación: Diocesana. Código: 08022276. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 1901: 0-0. USD: 1. CD: (1). CFPM 2201: 1-1. CFPS 0252: 1-1. CFPS 0851: 0-0. USD: 1. CD: (1). CFPS 1752: 1-0. CFPS 2251: 0-0. USD: 1. CD: (1). Municipio: Sant Adrià de Besòs (Barcelonès). Denominación: Túrbula. Código: 08025137. Enseñanzas y unidades concertadas:
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CFPM 0201: 1. CFPM 0601: 1. CFPM 2201: 0-0. USD: 2. CD: (1). Municipio: Sant Vicenç de Castellet (Bages). Denominación: Montserrat. Código: 08028540. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0601: 1. Municipio: Santa Coloma de Gramenet (Barcelonès). Denominación: Català Comercial. Código: 08032051. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0802: 1-1. CFPM 1701: 0-0. USD: 1. CD: (2). CFPM 2201: 0-0. USD: 1. CD: (2). Municipio: Vilanova i la Geltrú (Garraf). Denominación: Santa Teresa de Jesús. Código: 08031502. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0601: 1. servicios territoriales en girona
Municipio: Roses (Alt Empordà). Denominación: Empordà-San José. Código: 17003124. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. servicios territoriales en lleida
Municipio: La Seu d’Urgell (Alt Urgell). Denominación: La Salle. Código: 25004152. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0501: 1-1. CFPM 0801: 1-1. CFPS 0251: 0. USD: 1. CD: (1). CFPS 0252: 1-1. Municipio: Lleida (Segrià). Denominación: Academia Cots. Código: 25002741. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0601: 1. Municipio: Lleida (Segrià). Denominación: Episcopal-Mare de Déu de l’Acadèmia. Código: 25002647. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0601: 1. CFPM 0801: 1-1. CFPS 0252: 1-1. CFPS 0751: 1-1. CFPS 0853: 1-1. Municipio: Lleida (Segrià). Denominación: Les Heures. Código: 25002775. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 2. CFPM 1601: 2. CFPM 2201: 1-1. CFPS 0251: 1. CFPS 0252: 1-1.
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CFPS 2251: 0-1. CFPS 2252: 1-1. Municipio: Lleida (Segrià). Denominación: Martínez. Código: 25002751. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPS 1752: 1-1. Municipio: Mollerussa (Pla d’Urgell). Denominación: La Salle. Código: 25003184. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0501: 1-1. CFPM 0601: 1. CFPM 0801: 0-1. CFPM 0802: 1-0. CFPM 2201: 0-0. USD: 1. CD: (1) y ( 2). CFPS 0252: 0-1. CFPS 0653: 1-0. CFPS 0854: 1-1. Municipio: Solsona (Solsonès). Denominación: Arrels II. Código: 25004309. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0501: 1-1. CFPM 0801: 1-1. CFPS 0252: 0-1. USD: 1. CD: (1). Municipio: Tàrrega (Urgell). Denominación: Sant Josep. Código: 25004486. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. servicios territoriales en tarragona
Municipio: L’Arboç (Baix Penedès). Denominación: Esc. Fam. Agr. Campjoliu. Código: 43006290. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0601: 1. CFPM 1103: 1. Municipio: Reus (Baix Camp). Denominación: Maria Rosa Molas. Código: 43002351. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 1504: 1. CFPM 2201: 1-1. Municipio: Tarragona (Tarragonès). Denominación: Espallargas. Código: 43003719. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 1801: 2-2. CFPM 1802: 1. CFPS 1852: 1-1. Municipio: Tarragona (Tarragonès). Denominación: Joan Roig. Código: 43003410. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. Municipio: Tarragona (Tarragonès). Denominación: Joan XXIII. Código: 43003151. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0601: 1. CFPM 1901: 1-1. CFPS 0252: 1-1.
Núm. 4880 – 10.5.2007
CFPS 0651: 1. CFPS 0853: 1-1. Municipio: Tarragona (Tarragonès). Denominación: Mare de Déu del Carme. Código: 43003495. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0601: 0. USD: 1. CD: (1). servicios territoriales en les terres de l’ebre
Municipio: Terrassa (Vallès Occidental). Denominación: Cultura Pràctica. Código: 08030017. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPS 0252: 1-1. Municipio: Terrassa (Vallès Occidental). Denominación: Edgar. Código: 08038120. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 1601: 3.
Municipio: Tortosa (Baix Ebre). Denominación: Nuestra Señora de la Consolación. Código: 43004311. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0601: 1. CFPM 1601: 1.
Municipio: Terrassa (Vallès Occidental). Denominación: Sant Domènec Savio. Código: 08029763. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 0601: 1. CFPM 0801: 1-1. CFPM 0802: 1-1. CFPM 1402: 1-1.
servicios territoriales en el vallès occidental
(07.124.114)
Municipio: Rubí (Vallès Occidental). Denominación: Regina Carmeli. Código: 08023803. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 1601: 1. Municipio: Sabadell (Vallès Occidental). Denominación: Ca n’Oriac-Jaume Viladoms. Código: 08034151. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 2. USD: 1. CD: (1). Municipio: Sabadell (Vallès Occidental). Denominación: Jaume Viladoms. Código: 08035805. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0801: 1-1. CFPM 1601: 1. CFPM 2201: 1-1. CFPS 0252: 1-1. CFPS 2252: 1-1. Municipio: Sabadell (Vallès Occidental). Denominación: Taulé Viñas. Código: 08024467. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 2. CFPM 0601: 1. CFPS 0252: 1-1. CFPS 0651: 1. CFPS 2252: 1-1. Municipio: Sant Cugat del Vallès (Vallès Occidental). Denominación: El Pinar de Nuestra Señora. Código: 08026075. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 0201: 1. CFPM 1601: 1. CFPS 0251: 0. USD: 1. CD: (1). CFPS 1653: 1-1. CFPS 1658: 0. USD: 1. CD: (1). CFPS 1752: 1-1. CFPS 1753: 0-0. USD: 2. CD: (1). Municipio: Terrassa (Vallès Occidental). Denominación: Cingle. Código: 08032075. Enseñanzas y unidades concertadas: CFPM 1601: 2.
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Núm. 4880 – 10.5.2007
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DEPARTAMENTO DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN DECRETO 110/2007, de 8 de mayo, de modificación del Decreto 72/1995, de 7 de marzo, por el que se crean los Premios Nacionales de Cultura de la Generalidad de Cataluña.
de carácter básico de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones,
El Decreto 72/1995, de 7 de marzo, creó los Premios Nacionales de Cultura. El Decreto mencionado ha sido modificado en varias ocasiones para adaptar las modalidades de los premios a la diversidad de manifestaciones de la realidad cultural de Cataluña.
—1 Se convoca concurso público para la concesión de becas para la realización de prácticas relacionadas con los diversos procesos de la conservación-restauración de bienes culturales muebles para el año 2007.
Ahora se considera conveniente crear un premio para galardonar a las personas cuya trayectoria sea merecedora de un reconocimiento especial, por haber efectuado una contribución especial a nuestra cultura y a su enaltecimiento. Por todo lo expuesto, a propuesta del consejero de Cultura y Medios de Comunicación y de acuerdo con el Gobierno, Decreto: Artículo único Se añade una última modalidad a la relación de Premios Nacionales de Cultura establecida en el artículo 1.1 del Decreto 72/1995, de 7 de marzo, por el que se crean los Premios Nacionales de Cultura de la Generalidad de Cataluña, con la siguiente redacción: “Premio Nacional a la trayectoria profesional y artística: a la persona que, por su compromiso vital y su trayectoria, haya realizado una aportación relevante a la cultura catalana y haya contribuido a dignificarla.”.
Resuelvo:
—2 Las becas que prevé esta convocatoria se rigen por las bases que constan en el anexo de esta Resolución y por la normativa general de subvenciones. —3 La dotación máxima de las becas que prevé esta Resolución es de 73.623,90 euros, con cargo a la partida CU05 D/480000113/4431 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2007. —4 Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses desde su publicación en el DOGC y, potestativamente, recurso de reposición ante el/la consejero/a de Cultura y Medios de Comunicación en el plazo de un mes. Barcelona, 19 de abril de 2007 Joan Manuel Tresserras i Gaju Consejero de Cultura y Medios de Comunicación Anexo
Disposición final
Bases
Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.
—1 Objeto 1.1 La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de becas para la realización de prácticas relacionadas con los diversos procesos de la conservación-restauración de bienes culturales muebles. 1.2 Se conceden un máximo de diez becas para la realización de prácticas en las especialidades siguientes: a) Tres becas para restauración de bienes culturales muebles en la especialidad de pintura. b) Tres becas para restauración de bienes culturales muebles en la especialidad de escultura. c) Dos becas para restauración de bienes culturales muebles en la especialidad de materiales arqueológicos. d) Una beca para técnicas fotográficas aplicadas a la restauración de bienes culturales muebles. e) Una beca para restauración de pintura mural.
Barcelona, 8 de mayo de 2007 José Montilla i Aguilera Presidente de la Generalidad de Cataluña Joan Manuel Tresserras i Gaju Consejero de Cultura y Medios de Comunicación (07.123.011) RESOLUCIÓN CMC/1330/2007, de 19 de abril, por la que se convoca concurso público para la concesión de becas para la realización de prácticas relacionadas con los diversos procesos de la conservación-restauración de bienes culturales muebles para el año 2007. Continuando con la línea iniciada ya hace años, se promueve la realización de prácticas relacionadas con la conservación y restauración de bienes culturales muebles para facilitar a las personas beneficiarias que puedan completar su formación teórico-práctica y su preparación profesional. Considerando los artículos 87 y siguientes del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y los preceptos
—2 Condiciones 2.1 La cuantía de cada beca es como máximo de 7.362,39 euros, con un importe mensual de 1.051,77 euros cada una. 2.2 La duración de las becas será como máximo de siete meses, y se realizarán dentro del año 2007. La dedicación de los/las becarios/as será de 35 horas semanales. 2.3 Las prácticas se realizan en el Centro de Restauración de Bienes Muebles situado en la calle Arnau Cadell, 30, de Valldoreix (Vallès
Occidental) y/o, si procede, en cualquiera de las actuaciones in situ que se realicen bajo la dirección de los técnicos de este Centro. 2.4 La concesión de estas becas, dado su carácter de perfeccionamiento profesional, no supone relación laboral, vinculación administrativa o prestación de servicio de ningún tipo entre el/la becario/a y la Generalidad de Cataluña, ni dará lugar a su inclusión en la Seguridad Social. Estas becas son compatibles con otras becas para la misma finalidad de entidades públicas o privadas que pueda recibir la persona interesada durante el año 2007. —3 Destinatarios/as Pueden optar a estas becas todas las personas físicas domiciliadas en Cataluña que hayan finalizado los estudios siguientes: a) Estudios reglados de restauración de bienes culturales muebles, en caso de que opten a las becas previstas en las letras a), b), c) o e) de la base 1. b) Estudios relacionados con la fotografía, en caso de que opten a la beca prevista en la letra d) de la base 1. No se puede optar a estas becas si han transcurrido más de tres años desde la finalización de los estudios requeridos, ni tampoco se puede optar si ya se han obtenido dos becas para el mismo objeto, otorgadas por el Departamento de Cultura y Medios de Comunicación de la Generalidad de Cataluña. —4 Solicitudes Las solicitudes se deben formalizar mediante una instancia dirigida al director general del Patrimonio Cultural, y se pueden presentar en el Registro de la Dirección General del Patrimonio Cultural, calle Portaferrissa, 1, 08002 Barcelona; en cualquiera de los servicios territoriales del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación, o bien en cualquiera de los lugares que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones publicas y del procedimiento administrativo común. El modelo de solicitud se puede obtener en la siguiente dirección de Internet: http://cultura.gencat.net/documents. Los/las solicitantes deben hacer constar, por orden de preferencia, dos especialidades, como máximo, de entre las que se especifican en la base 1 para la realización de las prácticas. —5 Documentación A las solicitudes se debe adjuntar la siguiente documentación: a) Fotocopia compulsada del NIF del/de la solicitante de la beca. b) Cuando se actúe en nombre de otro, fotocopia compulsada del NIF de la persona firmante y de la documentación acreditativa de la representación con la que actúa. c) Certificado de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social en los términos previstos en el artículo 19 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio. Por lo que respecta a la obligación de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración General del Estado en los términos previstos en el artículo 18 del mencionado Reglamento, la persona solicitante autoriza al órgano gestor para obtener directamente el certificado acreditativo de esta circunstancia,
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y no debe aportarlo excepto que le deniegue expresamente su obtención. El certificado de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalidad no es necesario que sea aportado por el/la solicitante, sino que será solicitado de oficio por el Departamento de Cultura y Medios de Comunicación. d) En el caso de que el/la solicitante no tenga su residencia fiscal en el territorio español deberá presentar un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su país de residencia. e) Fotocopia compulsada de los documentos que acrediten los estudios exigidos en la base 3. f) Declaración responsable de no estar incurso en ninguno de los supuestos de prohibición de obtener subvenciones, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. g) Declaración sobre si se han solicitado o se han obtenido otras ayudas para el mismo periodo de tiempo, y el volumen de esta financiación. h) Currículo que debe incluir el certificado del expediente académico acreditativo donde conste la nota media de los estudios, y una relación de otros estudios cursados y de los trabajos y las colaboraciones que hagan referencia a la especialidad de la beca a la que se opte. i) Memoria, no superior a dos páginas, donde se deben indicar los motivos por los que se solicita la beca. j) Certificación acreditativa de los conocimientos de la lengua catalana, de otras lenguas, de informática y de otros cursos realizados relacionados con la especialidad de la beca. No es necesaria la aportación de los documentos indicados en las letras a) y b) en caso de que el/ la solicitante ya los haya presentado anteriormente en la Administración de la Generalidad, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde su presentación y no hayan sufrido ninguna modificación. En este supuesto, se deben indicar claramente la fecha y el órgano o dependencia donde fueron presentados y el procedimiento al que hacían referencia. Si el Departamento de Cultura y Medios de Comunicación, por causas ajenas a su actuación, no puede conseguir los documentos, debe requerir al/a la solicitante para que los aporte en el plazo de 15 días. —6 Plazo de presentación El plazo de presentación de las solicitudes es de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el DOGC. —7 Procedimiento de concesión y tramitación 7.1 El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramita en régimen de concurrencia competitiva. 7.2 El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General del Patrimonio Cultural. 7.3 Las solicitudes son analizadas por un órgano de selección, que tiene la siguiente composición: Presidente/a: el/la jefe/a del Área de Difusión y Explotación de la Dirección General del Patrimonio Cultural. Vocales: el/la responsable de coordinación y ejecución del Programa de Restauración de Bienes Muebles, cuatro conservadores/as de bienes culturales de las diferentes especialidades y el responsable de fotografía del Centro de Restauración de Bienes Muebles de Cataluña.
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Secretario/a: el/la responsable de gestión administrativa del Centro de Restauración de Bienes Muebles de Cataluña. 7.4 El órgano de selección valora las solicitudes sobre la base de los criterios establecidos en la base 8, elabora la propuesta de resolución y la eleva al/a la consejero/a de Cultura y Medios de Comunicación a través del/de la director/a general del Patrimonio Cultural. En la propuesta de resolución, así como en la propia resolución, se preverá la designación de aspirantes suplentes en reserva, a los que se otorgará la beca, por orden de puntuación, en caso de renuncia o de reintegro de las becas concedidas en primera instancia. Antes de tomar su decisión y para conocer con más concreción la valía y la capacidad de los/las solicitantes, el órgano de selección puede convocarles a una entrevista personal. 7.5 El incumplimiento de los requisitos o del plazo de presentación de solicitudes en los términos y la forma que se detallan en estas bases supone la inadmisión de la solicitud. La falta de presentación de cualquiera de los documentos que prevé la base 5 en el plazo establecido y con el requerimiento previo de enmienda comporta el desistimiento de la solicitud. Previamente a la valoración de las solicitudes, el/la directora/a general del Patrimonio Cultural debe resolver sobre la inadmisión o el desistimiento de las solicitudes. Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el/la consejero/a de Cultura y Medios de Comunicación en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación. —8 Criterios de valoración La valoración de las solicitudes se realiza en base a los criterios y las puntuaciones siguientes: a) Expediente académico, hasta 25 puntos. b) Estudios, trabajos o colaboraciones relacionados con la especialidad de la beca, hasta 45 puntos. c) Conocimientos de la lengua catalana y otros idiomas, hasta 5 puntos. d) Conocimientos de informática, hasta 5 puntos. e) Publicaciones relacionadas con la especialidad de la beca, hasta 10 puntos. —9 Resolución y notificación La concesión de las becas se hace por resolución del/de la consejero/a de Cultura y Medios de Comunicación y se notifica a las personas interesadas en el plazo de seis meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. En la notificación debe constar que la resolución agota la vía administrativa y que se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses desde la notificación y, potestativamente, recurso de reposición ante el/la consejero/a de Cultura y Medios de Comunicación en el plazo de un mes. Transcurrido el plazo de seis meses sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, los/ las solicitantes pueden entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo. —10 Publicidad La Dirección General del Patrimonio Cultural da publicidad a las becas concedidas en el plazo de 15 días desde la fecha de resolución que pone fin al procedimiento, exponiendo una relación de
las mismas en su tablón de anuncio, situado en el vestíbulo del Palau Moja, calle Portaferrissa, núm. 1, 08002 Barcelona, y en el del Centro de Restauración de Bienes Muebles, calle Arnau Cadell, 30, 08190 Valldoreix. Las subvenciones concedidas serán publicadas en el DOGC. —11 Aceptación de las becas Los/las solicitantes seleccionados/as deben formalizar la aceptación de la beca, mediante la firma de un documento donde se deben comprometer a cumplir las condiciones generales establecidas en estas bases. —12 Pago El pago de las becas se hace efectivo por meses vencidos, con la presentación previa de un informe del/de la tutor/a del/de la becario/a donde conste el adecuado aprovechamiento de la beca. —13 Derechos y obligaciones de los/las becarios/as 13.1 Los/las becarios/as tienen derecho a que un/a tutor/a realice un seguimiento personalizado de su trabajo, y a recibir un documento acreditativo de los trabajos realizados. 13.2 Los/las becarios/as están sujetos a las normas de funcionamiento del Centro de Restauración de Bienes Muebles, especialmente en todo lo referente al seguimiento de su actividad. 13.3 Los/las becarios/as deben redactar y entregar al Centro de Restauración de Bienes Muebles, durante el último mes de la beca, una memoria final sobre los trabajos realizados y/o sobre la investigación específica que les haya sido encargada. El Departamento de Cultura y Medios de Comunicación tiene derecho preferente de publicación de la memoria durante dos años. En todas las publicaciones que se realicen debe constar el Centro de Restauración de Bienes Muebles como centro donde se han realizado los trabajos o la investigación. —14 Control Los/las becarios/as deben facilitar en todo momento la información que les sea requerida por la Intervención General de la Generalidad, la Sindicatura de Cuentas u otros órganos competentes, de acuerdo con la normativa vigente. —15 Reintegro o renuncia El Departamento de Cultura y Medios de Comunicación puede exigir el reintegro total o parcial de las becas, con la audiencia previa de los/las becarios/as, por ausencias injustificadas o falta de aprovechamiento, o por cualquier otra causa que implique el incumplimiento de la finalidad para la que fueron concedidas las becas, con la consiguiente suspensión y anulación de los pagos pendientes de efectuar o, si procede, se deberá devolver la parte que ya se haya percibido indebidamente en relación con el tiempo de la beca realmente transcurrido, más los correspondientes intereses de demora generados. En el supuesto de que un/a becario/a presente su renuncia, o sea objeto de reintegro, automáticamente esta plaza será otorgada por el plazo restante a la persona que por especialidad y puntuación corresponda de las personas que consten en situación de reserva en la resolución inicial de concesión de las becas. (07.095.133)
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DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL RESOLUCIÓN AAR/1340/2007, de 20 de abril, por la que se adopta decisión favorable a la solicitud de inscripción de la Denominación de Origen Protegida Oli de l’Empordà o Aceite del Empordà. En fecha 17 de agosto de 2004, las entidades Cooperativa Agrícola de Pau i Roses SCCL; Cooperativa Agrícola de Palau-saverdera, SCCL; Celler Cooperatiu d’Espolla, SCCL; Rodau, SL; Olea Sativa, SL, y en nombre propio, los señores Pere Ylla Llombart y Xavier Maset i Sarch, presentaron ante el Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural una solicitud de inscripción de la Denominación de Origen Protegida Oli de l’Empordà al registro comunitario que establece el Reglamento CEE 2081/1992, del Consejo, de 14 de julio, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimentarios, sustituido posteriormente por el Reglamento CE 510/2006, de 20 de marzo. Por Resolución de 21 de marzo de 2006, de la directora general de Industria Agroalimentaria y Alimentación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se dio publicidad a la solicitud de registro mencionada mediante su publicación en el BOE, de acuerdo con lo que prevé el Real decreto 1414/2005, de 25 de noviembre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción al registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas. Durante el trámite de oposición otorgado y de acuerdo con lo que establece el artículo 6 del Decreto 285/2006, de 4 de julio, por el que se desarrolla la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria, han presentado escrito de oposición varios productores de olivos de las comarcas de L’Alt Empordà y El Baix Empordà, y la organización Associació Agrària de Joves Agricultors (ASAJA). La Dirección General de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural ha examinado la admisibilidad de las oposiciones recibidas de acuerdo con los criterios establecidos en el nuevo Reglamento CE 510/2006, de 20 de marzo, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimentarios. De acuerdo con lo que prevé el artículo 6.1 del Decreto 285/2006, de 4 de julio, ha considerado el informe emitido al efecto por el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias, de fecha 20 de diciembre de 2006. Cada uno de los escritos de oposición presentados han sido objeto de resolución motivada de la directora general de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias, que se ha notificado a los interesados de acuerdo con las normas del procedimiento administrativo. Una vez finalizados los trámites anteriores y visto que la Dirección General de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias del Ministerio considera que la solicitud de registro de esta Denominación cumple las condiciones establecidas en el Reglamento CE 510/2006, de
20 de marzo, procede dictar resolución favorable a la solicitud de inscripción de la Denominación de Origen Protegida Oli de l’Empordà o Aceite del Empordà, de acuerdo con lo que establece el artículo 6.2 del Decreto 285/2006, de 4 de julio, por el que se desarrolla la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria. En consecuencia, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas, Resuelvo: Artículo 1 Adoptar decisión favorable a la solicitud de inscripción de la Denominación de Origen Protegida Oli de l’Empordà o Aceite del Empordà al registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas que prevé el Reglamento CE 510/2006, de 20 de marzo, a efectos de lo que establece el artículo 6.2 del Decreto 285/2006, de 4 de julio, por el que se desarrolla la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria. Artículo 2 Dar publicidad al pliego de condiciones de la Denominación, que se anexa a esta Resolución. Artículo 3 Enviar esta Resolución al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a efectos de su envío a la Comisión Europea, junto con la documentación que requiere el artículo 5 del Reglamento CE 510/2006, de 20 de marzo. Esta Resolución pone fin a la vía administrativa. Los interesados pueden interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contado desde la fecha de su publicación o cualquier otro recurso admisible en derecho. Barcelona, 20 de abril de 2007 Joaquim Llena i Cortina Consejero de Agricultura, Alimentación y Acción Rural Anexo Pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Oli de l’Empordà o Aceite del Empordà A) Nombre del producto Denominación de Origen Protegida Oli de l’Empordà o Aceite del Empordà B) Descripción del producto B1) Definición Aceite de oliva virgen extra obtenido del fruto del olivo (Olea europaea L.), de las variedades descritas en el apartado B2), mediante procedimientos mecánicos o por otros tratamientos físicos que no produzcan alteración del aceite, conserven el sabor, el aroma y las características del fruto del que procede. B2) Descripción de las variedades El aceite protegido con esta Denominación se elabora con aceitunas de olivares inscritos, al menos en un 80% de las variedades argudell,
corivell, verdial (Ley de Cadaqués) y arbequina, separadamente o conjuntamente y, en un máximo del 20%, por otras variedades de la zona. Se consideran autóctonas las variedades de olivas argudell, corivell y verdial (Ley de Cadaqués). Cuando en la elaboración del aceite protegido hayan participado variedades de aceitunas autóctonas en un porcentaje superior al 85%, el nombre de la Denominación de Origen Protegida Oli de l’Empordà o Aceite del Empordà podrá ir acompañado de la mención “tradicional”. Variedad argudell: El árbol de la variedad argudell es vigoroso, de gran desarrollo, con tendencia a la verticalidad. Hojas de forma elíptica-lanceolada. El anverso es de color verde oscuro brillante y el dorso gris plateado. Las inflorescencias paniculadas se encuentran agrupadas en la parte media del ramo y se cree que es parcialmente auto-fértil. Los frutos se encuentran normalmente en pomos visibles desde el exterior. Tiene un pedúnculo largo, es de tamaño pequeño-mediano y asimétrico. Su color rojizo pasa a morado cuando empieza la maduración, y a negro una vez ha madurado del todo. La pulpa está adherida al hueso, es de color blanco pasando a vinoso cuando está madura. El endocarpio es de tamaño pequeño-medio, de forma elíptica, asimétrico y de superficie rugosa con de 7 a 10 surcos fibrovasculares. Es una variedad poco exigente con el terreno y en el cultivo, adaptada perfectamente a las condiciones edafo-climáticas de esta comarca. Es más, es una variedad cuyo cultivo sólo se conoce en esta región. Es de maduración tardía y uniforme a partir de la primera semana de diciembre hasta finales del mismo mes. El fruto presenta una resistencia media a la caída y por ello se adapta bien a la cosecha mecanizada con la utilización de vibrador, y el porcentaje de aceituna caída con este método es del 80-85% en la primera pasada. Es una variedad que da aceites muy finos y de mucha calidad, tiene un rendimiento medio en aceite (18-22%). Variedad arbequina: Variedad muy productiva y de precoz entrada en producción. Se la considera rústica, resistente a las heladas y adaptable a diferentes condiciones de clima y suelo. Se adapta a terrenos pobres y es resistente al frío. Su copa relativamente reducida, le permite mayores densidades de plantación que otros cultivos más vigorosos. Está reconocida como una de las mejores variedades para la obtención de aceite. Los frutos son pequeños, esféricos, simétricos y se presentan arracimados. Color en maduración negro y sin lenticelas en la piel del fruto. Forma del ápice redondeado y cavidad peduncular amplia. El fruto se utiliza principalmente para almazara, y tiene un rendimiento graso, sobre materia total, de 20-22%. La época de floración en Girona transcurre desde la segunda quincena de mayo a principios de junio. Es autofértil. La fecha de maduración es media, a partir de la primera quincena de noviembre. Sus frutos no maduran simultáneamente, y tiene una resistencia media al desprendimiento. La cosecha es costosa, a causa de la pequeña medida del fruto, aunque el rendimiento en
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recogida manual es mucho más elevado que en otras variedades catalanas, por el reducido vigor del árbol y su forma de fructificación en racimos. No se adapta muy bien a la cosecha mecanizada con vibrador, como consecuencia del poco peso de la aceituna y de la abundancia de ramas péndulas que tiene esta variedad. El aceite virgen y virgen extra de arbequina es muy estimado por sus buenas características organolépticas. Esta variedad da aceites de calidad excelente con aroma delicado, con tonos cítricos y predominio del sabor dulce. Variedad corivell: El árbol de la variedad corivell es menos vigoroso que el de argudell. De copa más reducida y con tendencia a tener las ramas pendulares. Hojas de forma elíptica-lanceoladas, con el anverso de color verde claro y el dorso gris plateado. Las inflorescencias paniculadas se encuentran agrupadas en la parte media del ramo y es androestéril. Los frutos se encuentran normalmente en ramilletes visibles desde el exterior. Tiene un pedúnculo largo, es de medida pequeña, simétrica, de forma ovoide con el ápice acabado con pezón. Cuando inicia la maduración, pasa a color rojizo, y no llega casi nunca al color negro. La pulpa está adherida al hueso y es de color blanco. El endocarpio es de medida pequeña de forma elíptica y superficie rugosa con de 7 a 10 surcos fibrovasculares. Es una variedad rústica, aunque un poco sensible al repilo (Spilocaea oleagina), que se adapta perfectamente a las condiciones edafoclimáticas de esta región. Al igual que el argudell, sólo se conoce su cultivo en estas comarcas. Es de maduración muy tardía y uniforme: desde la última semana de diciembre hasta mediados de enero. El fruto presenta una alta resistencia a la caída, por lo que, su adaptación a la cosecha mecanizada con vibrador es baja. Es una variedad que da aceites muy finos con una intensidad de amargo alta, y de mucha calidad. Aunque es una variedad muy productiva, su rendimiento en aceite es medio-bajo (16-18%). Variedad verdial o Ley de Cadaqués: Ésta es una variedad que actualmente sólo se cultiva en los municipios de Cadaqués y El Port de la Selva. El árbol de esta variedad es vigoroso con tendencia a la verticalidad. Los frutos son de medida grande, de forma ovoide y ligeramente asimétricos. El color en maduración es violeta con lenticelas visibles en la piel del fruto. Forma del ápice redondeado y cavidad peduncular amplia. La maduración es muy temprana: de la última semana de octubre a mediados de noviembre. Es una variedad que produce aceites hasta de alta calidad. El rendimiento es alto, del 23-25%. Distribución en la zona de las diferentes variedades de aceituna autorizadas (fuente: Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural): Argudell, 62,73%; arbequina, 9,83%; verdial o Ley de Cadaqués, 7,64%; corivell, 1,5%; otras variedades, 18,3%. Características agronómicas y comerciales de las variedades autorizadas: Argudell: maduración del fruto: tardía; resistencia a la caída: media; rendimiento graso (%): 18-22; medida del fruto: pequeño.
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Corivell: maduración del fruto: tardía; resistencia a la caída: alta; rendimiento graso (%): 16-18; medida del fruto: pequeño. Arbequina: maduración del fruto: media; resistencia a la caída: media; rendimiento graso (%): 20-22; medida del fruto: pequeño. Verdal o Ley de Cadaqués: maduración del fruto: temprana; resistencia a la caída: alta; rendimiento graso (%): 23-25; medida del fruto: grande. B3) Características del producto Las características de la Denominación de Origen Protegida Oli de l’Empordà o Aceite del Empordà son las siguientes: Organolépticas: Aspecto: limpio, transparente, sin velos ni turbiedad si se comercializa filtrado. Sabor y color: el aceite presenta unas características comunes que se pueden sintetizar en una elevada intensidad del atributo afrutado, que nos indica un aroma intenso del aroma característico de la aceituna. En boca se presenta como un aceite ligeramente astringente y un amargo y picante equilibrado con el afrutado. El aceite presenta una complejidad aromática notable en la que se aprecian aromas que recuerdan la almendra, el tomate, los anisados, el hinojo y la alcachofa. Pero dependiendo de si la variedad predominante es el argudell y corivell o la arbequina, se pueden obtener aceites con características diferenciadas. Cuando las variedades predominantes son el argudell y la corivell, se obtienen aceites de coloración verde intensa con un equilibrio entre los atributos amargo, picante y dulce, sin que predomine ninguno de ellos, hecho que diferencia esta variedad de aceites obtenidos de otras variedades. Además se aprecia un equilibrio entre el aroma en fruta madura (plátano) y las características que definen un aceite verde (verde hierba). El aceite obtenido de la variedad Ley de Cadaqués es afrutado maduro, y destaca un poco más el atributo picante. Cuando el aceite se obtiene principalmente a partir de la variedad arbequina, el aceite toma tonos más dorados que el argudell, y a diferencia de ésta, predomina el sabor dulce por encima de los atributos picante y amargo. El aroma es delicado y aparecen tonos cítricos, a verduras frescas (tomate) y almendra verde. Clasificación del panel de cata: aceite de oliva virgen extra. Físico-químicas: Acidez máxima virgen extra (% de ácido oleico): 0,80º; máximo de índice de peróxidos (miliequivalentes 02/kg): 20; K 270 máximo: 0,20; K 232 máximo: 2,00; máximo de humedad y volátiles (%): 0,2; máximo de impurezas (%): 0,10. C) Zona geográfica La zona de producción comprende los terrenos ubicados en los municipios de las comarcas de L’Alt Empordà y El Baix Empordà principalmente y algunos municipios limítrofes de las comarcas de El Gironès y El Pla de l’Estany. Todos pertenecen a la provincia de Girona, situados en el extremo norte de la Comunidad Autónoma de Cataluña. Los municipios que integran esta zona geográfica son los siguientes: Alt Empordà: Agullana, Albanyà, L’Armen tera, Avinyonet de Puigventós, Bàscara, Biure,
Boadella d’Empordà, Borrassà, Cabanelles, Cabanes, Cadaqués, Cantallops, Capmany, Castelló d’Empúries, Cistella, Colera, Darnius, L’Escala, Espolla, El Far d’Empordà, Figueres, Fortià, Garrigàs, Garriguella, La Jonquera, Lladó, Llançà, Llers, Maçanet de Cabrenys, Masarac, Mollet de Peralada, Navata, Ordis, Palau de Santa Eulàlia, Palau-saverdera, Pau, Pedret i Marzà, Peralada, Pont de Molins, Pontós, El Port de la Selva, Portbou, Rabós, Riumors, Roses, Sant Climent Sescebes, Sant Llorenç de la Muga, Sant Miquel de Fluvià, Sant Mori, Sant Pere Pescador, Santa Llogaia d’Àlguema, Saus, La Selva de Mar, Siurana, Terrades, Torroella de Fluvià, La Vajol, Ventalló, Vilabertran, Viladamat, Vilafant, Vilajuïga, Vilamacolum, Vilamalla, Vilamaniscle, Vilanant, Vila-sacra y Vilaür. Baix Empordà: Albons, Begur, Bellcaire d’Empordà, La Bisbal d’Empordà, Calonge, Castell-Platja d’Aro, Colomers, Corçà, Cruïlles, Monells i Sant Sadurní de l’Heura, L’Estartit, Foixà, Fontanilles, Forallac, Garrigoles, Gualta, Jafre, Mont-ras, Palafrugell, Palamós, Palausator, Pals, Parlavà, La Pera, Regencós, Rupià, Sant Feliu de Guíxols, Santa Cristina d’Aro, Serra de Daró, La Tallada d’Empordà, Torrent, Torroella de Montgrí, Ullà, Ullastret, Ultramort, Vall-llobrega, Verges y Vilopriu. Pla de l’Estany: Crespià, Esponellà y Vilademuls. Gironès: Flaçà, Llagostera, Madremanya, Sant Jordi Desvalls y Viladasens. La superficie de cultivo de olivar de L’Em pordà, es una de las más antiguas de Cataluña, con una superficie total de 2.2632,3 ha (2.325,0 ha en L’Alt Empordà; 273,9 ha en El Baix Empordà; 15,6 ha en El Gironès; 17,8 ha en El Pla de l’Estany). Esta superficie de olivar representa aproximadamente un 80% de la superficie total de cultivo de olivar de la provincia de Girona y entre el 5 y el 10% del total de la superficie cultivada (SAU) en esta región. La zona de elaboración y envasado coincide con la zona de producción. D) Elementos que prueban que el producto es originario de la zona Controles y certificación: son el elemento fundamental que avala el origen y la calidad del producto. Comprenden los procesos siguientes: 1. Autocontrol. Las aceitunas cuando llegan a las industrias elaboradoras inscritas en el registro de almazaras del Consejo Regulador se separan en función del estado higiénico de la aceituna y de las variedades admitidas en el pliego de condiciones. Además, se comprueba que proceden de plantaciones inscritas en el registro de plantaciones del Consejo Regulador. Los aceites obtenidos se valoran según el sistema de autocontrol de cada industria, se separan según las cualidades, se almacenan y posteriormente se envasan en las industrias inscritas en los registros de envasadores-comercializadores del Consejo Regulador. Para ello, se someten a análisis físico-químicos y organolépticos de acuerdo con lo que establece el pliego de condiciones y sólo los que superan todos los procesos de autocontrol se envasan y salen al mercado amparados por la Denominación de Origen Protegida, con la etiqueta, contraetiqueta o distintivo de calidad numerado entregado por el Consejo Regulador.
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2. Certificación. El aceite con Denominación de Origen Protegida está sometido a los controles de trazabilidad que realiza la entidad de certificación que incluyen tanto el control del sistema de autocontrol de los operadores como el control del proceso de elaboración y de la calidad del aceite envasado como Denominación de Origen Protegida de acuerdo con lo que establece el pliego de condiciones. E) Obtención del producto a) Condiciones de cultivo. Marcos de plantación: las plantaciones tradicionales y las modernas suelen ser de cultivo único, regulares en las zonas planas, y diseminadas en bancales en las zonas de pendiente. Se puede establecer una densidad media de entre 100 y 130 árboles por hectárea para las plantaciones tradicionales y de entre 400 y 500 árboles por hectárea para las plantaciones modernas. Cultivo: el cultivo tradicional consiste en tres o cuatro labores, principalmente de cultivador o grada de discos, para controlar las malas hierbas y un pase de rulo en otoño para la preparación del suelo para la cosecha que permitirá extender mejor las mallas para la cosecha. Actualmente se ha introducido el uso de herbicidas y el no laboreo en bandas para un mejor control de la erosión. El abonado se acostumbra a hacer en una sola aplicación a la salida del invierno con abono complejo para aportar las cantidades suficientes de nitrógeno, fósforo y potasio. Poda: la poda tradicional del olivo en L’Em pordà se hace cada tres o cuatro años y consiste en eliminar las ramas interiores poco soleadas y evitar al máximo el crecimiento vertical del árbol para facilitar la cosecha. Asimismo se elimina la madera más vieja para renovar el árbol produciendo grandes intervenciones. Actualmente la tendencia es hacer una poda bianual que busca la misma finalidad (eliminación de ramas poco soleadas y facilitar cosecha) pero que al mismo tiempo mantienen al árbol más joven con intervenciones moderadas que disminuyen la alternancia de cosecha. Control de plagas y enfermedades: las principales plagas y enfermedades que afectan al olivar de las comarcas de L’Empordà son el repilo (Spilocaea oleaginum), enfermedad de escasa incidencia a consecuencia del ambiente seco provocado por la tramontana, viento del norte fuerte y frecuente, las plagas de la cochinilla de la tizne (Saissetia oleae) junto con la mosca del olivo (Bactrocera oleae) dedicando especial atención al control de ésta última ya que incide de manera directa sobre la producción y calidad del aceite. El control de malas hierbas se realiza principalmente con cultivo y mantenimiento de cubiertas vegetales en las plantaciones de producción integrada. El resto de plagas y enfermedades tienen poca importancia, y no producen, normalmente, daños en la cosecha si se aplican las buenas prácticas tradicionales del cultivo. El número de tratamientos químicos necesarios para el control de las mencionadas plagas y enfermedades es variable, según plantaciones y climatología.
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El Servicio de Sanidad Vegetal de la Generalidad de Cataluña, mediante su estación de avisos agrícolas en colaboración con las agrupaciones de defensa vegetal, cooperativas y oleicultores de la zona, efectúan los controles necesarios para el seguimiento de los diferentes ciclos biológicos, y determinan los momentos y productos más adecuados para cada tratamiento. Esta información se difunde a través de internet, contestador automático telefónico, cooperativas, prensa local, etc. El objetivo es conseguir una lucha eficaz contra las plagas y enfermedades con el fin de obtener una aceituna sana, condición imprescindible para producir un aceite de máxima calidad, sin que existan consecuencias negativas para las personas y sea respetuosa al máximo con el medio ambiente. Riego: todas las plantaciones tradicionales son de secano y un porcentaje elevado de las nuevas tienen sistemas de riego localizado. En el futuro próximo se espera un incremento de las últimas hasta llegar a ser aproximadamente de un 10%. Cosecha: la cosecha tradicional se realiza por vareo, se hacen caer las olivas sobre mallas extendidas bajo el olivo para evitar que los frutos toquen el suelo. En los últimos años se ha incrementado el uso de vibradores, principalmente de tipo personal o manual, aunque también de los multidireccionales, con paraguas invertidos, acoplados a los tractores. En los próximos años se prevé un grado de utilización mayor de éstos últimos. Este sistema de vibración es el más adecuado para obtener un producto de calidad, porque estropea poco el árbol y los frutos. La cosecha se inicia a finales de octubre para las variedades más tempranas (Ley de Cadaqués) y se prolonga hasta finales de febrero para las variedades más tardías (corivell). Transporte y agrupación de las aceitunas en la almazara: el transporte de las aceitunas hacia las almazaras se hace a diario y en las mejores condiciones para que los frutos no se deterioren. El transporte de las aceitunas a las almazaras se realiza en cajas de plástico o a granel directamente en el remolque agrícola, en ambos casos respetando las condiciones que establece el Manual del sistema de gestión de la calidad para que los frutos no se deterioren. Se prohíbe la utilización de recipientes rígidos y cerrados tipo sacos. El productor se responsabiliza de la higiene correcta de los recipientes usados y la ausencia de otros elementos diferentes de las aceitunas. En los patios de limpieza de las almazaras se clasifican las aceitunas separando las diferentes calidades según sean del suelo o del árbol. Se procurarán entradas específicas, o bien las entradas de las diferentes calidades se realizarán en turnos totalmente diferentes procurando limpiar el patio y la maquinaria entre las dos calidades. Una vez reunidas las aceitunas en las almazaras, se clasifican las diferentes partidas en relación con la calidad potencial que a priori se estima para cada una de ellas, según el estado que presenten, es decir, se lleva a cabo una primera selección a la entrada del molino.
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Posteriormente se procede al lavado y limpieza de las aceitunas, con eliminación de las materias extrañas y las impurezas que puedan tener (hojas, piedras, tierra, etc.), seguidamente se procede al pesaje y a la toma de muestra representativa de la partida. Por lo tanto, se realiza un segundo control que determinará el rendimiento en aceite o rendimiento graso y la acidez. Plazo entre la cosecha y la molturación de aceitunas: entre la cosecha y la trituración de las aceitunas media un máximo de cuarenta y ocho horas. b) Método de obtención. Posteriormente se pasa directamente a la etapa de molido o a molturación. La fase de molido se realiza en molinos de piedra (tipo tradicional o italianos), con molinos de martillo o trituradoras. Seguidamente, en el caso de molinos de martillo o trituradoras, la aceituna molida pasa por una batidora, donde se realiza la operación de batido de la pasta. La trituración de la aceituna se realiza en molinos mecánicos de acero inoxidable en un plazo de tiempo mínimo. De acuerdo con el grado de maduración se utilizan los más idóneos para facilitar la extracción de aceite. El batido se realiza según las instalaciones, pero siempre en batidoras de acero inoxidable, con una duración de batido y una temperatura máxima adecuados a la calidad del producto que se quiere obtener, aceite virgen extra y según las especificaciones del manual del sistema de gestión de la calidad. La separación entre la fracción sólida y líquida se realizaba siguiendo el método clásico o tradicional, mediante una prensa hidráulica, en la que la pasta batida se depositaba entre los capazos de esparto y el aceite se extraía por presión. Sin embargo, actualmente, la mayoría de productores de aceite de la zona utilizan un sistema continuo de extracción por centrifugación. En este caso, la pasta batida se coloca en un centrifugador horizontal (denominado decantador), y es aquí donde se separan las dos o tres fases (dependiendo del tipo de funcionamiento). En el sistema de dos fases se obtiene por una parte el aceite y por el otro el orujo junto con las aguas de vegetación (alpeorujo). Si el funcionamiento es en tres fases, los tres productos aceite, orujo y alpechín se obtienen separadamente. Posteriormente, y después de rechazar las fases sólidas, se procede a la separación del aceite propiamente dicho de las aguas de vegetación o alpechín. En el sistema de extracción tradicional con prensa esta operación se realiza mediante vasijas de decantación, mientras que en el sistema de centrifugador horizontal, la separación se realiza usando de nuevo una centrífuga, esta vez de tipo vertical, a alta velocidad. El aceite así obtenido, se almacena en depósitos subterráneos, llamados trujales o bien en depósitos verticales (generalmente de poliéster o acero inoxidable) para evitar el contacto con el aire y la luz, agentes menguantes de los caracteres sensoriales del aceite. Por lo tanto, el aceite se almacena en recipientes al amparo de la luz, inertes, y las paredes pueden ser de baldosa refractaria o de acero inoxidable o poliéster. Una vez eliminadas las posibles impurezas o partículas sólidas mediante filtración, y después del proceso de evaluación, el aceite se envasa, de forma manual o semiautomática, en recipientes
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inertes e inocuos con una capacidad máxima de cinco litros. El envasado del aceite con Denominación de Origen Protegida debe realizarse en envasadoras situadas en la zona de producción de aceitunas. El objetivo es garantizar el origen y la calidad propia de este aceite, evitando el transporte a granel fuera de la zona de producción. El único tipo de coadyuvante admitido en las operaciones de transformación es el talco en las aceitunas que por su especial condición lo requieran. No se autoriza en la Denominación de Origen Protegida aceites que procedan del repaso o segunda centrifugación de la pasta en sistema continuo. El envasado del aceite con Denominación de Origen Protegida debe realizarse en envasadoras situadas en la zona geográfica delimitada en el apartado C de este pliego de condiciones. El objetivo es garantizar el origen y la calidad propia de este aceite evitando el transporte a granel fuera de la zona de producción. Garantía de calidad: los aceites de oliva vírgenes extra son muy sensibles a los agentes externos, que inducen a toda clase de transformaciones y modificaciones como la oxidación. El transporte a granel implica someter el aceite a unas condiciones medioambientales inadecuadas que pueden afectar a los caracteres sensoriales del aceite y por lo tanto se modificarían los perfiles propios que definen esta Denominación de Origen Protegida. Trazabilidad y garantía de origen: el aceite protegido bajo la Denominación de Origen Protegida puede ser mezclado con otro aceite no protegido pero de características similares y como analíticamente es muy difícil o imposible de detectar, la única manera de controlar de forma efectiva este fraude es mediante los sistemas de trazabilidad en origen. De esta manera se garantiza la autenticidad del producto. Por todo ello es fundamental para este tipo de aceite que el envasado se lleve a cabo en la misma zona geográfica. F) Vinculación con el medio a) Histórico. Es difícil remontarse a los orígenes del cultivo del olivo ya que existe cierta discrepancia entre los naturalistas y los prehistoriadores. La Olea europaea L. Laperrini se encuentra todavía hoy en estado salvaje en el Mediterráneo. Igualmente sucede con las series Oleaster y Sativa. Es a partir del siglo VIII-VII a. C. que la plantación de olivos se extiende en detrimento del oleastro. Se cree que es a causa de la formación de fronteras entre ciudades. El empuje del comercio y la exportación de aceite en época arcaica, que favoreció la plantación del olivo. El desarrollo urbano fomentó la utilización de lámparas de aceite. A inicios del siglo VI a. C. parece ser que el olivo es una norma, en detrimento del oleastro. La legislación de Solon prohíbe arrancar olivos e impone la plantación. El olivo tomó en las instituciones políticoreligiosas de las ciudades un lugar destacado. En el siglo V a. C., tal como lo demuestra Sófocles, es el símbolo del mundo griego. Las monedas de la ciudad de Atenas, donde se ve la lechuza y las hojas del olivo, atributos
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de la diosa Atenea, nos demuestran cómo era de importante este árbol en la antigua Grecia. En relación con las comarcas de L’Empordà debe decirse que las primeras muestras de Olea que ha detectado la arqueología son del bronce final. A partir de esta época e inicios de la edad de hierro es más frecuente la documentación de la vegetación de tipo mediterráneo, entre las que se encuentra el oleastro. En el 600 a. C., durante la segunda oleada de colonización griega, se fundaron las colonias griegas más occidentales del Mediterráneo hasta hoy conocidas: Empúries y Roses. Las dos, situadas en la comarca de L’Alt Empordà. Si por una parte en el siglo VI a. C. es cuando en Grecia se extiende el cultivo del olivo, se exporta el aceite y se colonizan Empúries y Roses, es lógico pensar que también se exportó el cultivo del olivo, hecho que nos corrobora la arqueología en el caso de Empúries. Pero no sólo se ha encontrado olivo no cultivado en las polis griegas de L’Alt Empordà, sino también en yacimientos indígenas de la zona, caso del yacimiento ibérico del Mas Castellar de Pontós, a finales del siglo V a. C., cuando intercambiaba productos agrícolas tipo olivo y cereales con productos de importación tipo cerámicas procedentes del resto del Mediterráneo. Como señalan algunas fuentes antiguas, la zona de influencia de Empúries fue el proveedor de Atenas. De hecho, el yacimiento ampurdanés del Puig de Sant Andreu, en Ullastret, conserva numerosos vasos griegos del tipo llamado Sant Valentí (siglos V-IV a. C.) con la decoración de la hoja y la flor del olivo. Algunos yacimientos de la zona de Empúries (Peralada, Mas Castellar en Pontós, Creixell) actuaron como centros de acumulación agrícola del territorio, y los yacimientos cerca de Garrigàs, Borrassà, Vilafant eran los centros productores. La extensión del cultivo del olivo aparece, pues, asociada arqueológicamente en L’Alt Empordà a la civilización griega y romana. Sobre todo la romana, si pensamos en la producción de bastante excedente local para pasar a un uso comercial, sin que excluyamos argumentos a favor de un cultivo intencionado y anterior de este árbol a la zona. El consumo de la aceituna para la alimentación podía ser muy variada, desde fruto fresco, seco, en pasta o como condimento. El olivo, en L’Empordà durante la edad media, no está documentado arqueológicamente. Sabemos que los monasterios benedictinos como Sant Quirze de Colera o Sant Pere de Rodes tuvieron grandes extensiones de terreno cultivado que trabajaban sus siervos y que con mucha probabilidad había plantaciones de cepa y olivo, como nos lo demuestran los dibujos encontrados en las biblias y sacramentarios de la época. Los monasterios tuvieron su esplendor desde el siglo X hasta el siglo XVI. Después fueron más o menos sobreviviendo hasta que a causa de la desamortización pasaron a manos privadas. Durante los siglos de repoblación (IX-XI), se crearon pueblos y lugares nuevos. En L’Alt Empordà todavía hoy se conservan lugares cuyo nombre está relacionado con olivos, por ejemplo, la iglesia de Sant Nazari de les Olives, cuya documentación se remonta al año 1017 y
dos agregados llamados, Les Olives, uno, dependiendo del municipio de Peralada y el otro L’Oliva del Far. De hecho, la evolución del tratamiento de la aceituna desde la antigüedad hasta el siglo XIX no ha evolucionado demasiado. Los principios y las etapas son las mismas: molienda, prensado y decantación. Las muelas perpendiculares movidas por tracción animal o por la fuerza humana todavía era el sistema más frecuente en las casas de labranza o masías del siglo XVI. Se entiende como casa de labranza o masía una casa agrícola aislada con tierra necesaria para mantener a una familia. El campesino tenía una economía agraria de tipo doméstico, es decir, el campesino podía recoger aquellos frutos (pan, vino y aceite) considerados básicos para la subsistencia. Fue a partir de finales del siglo XIX que se sustituyó la fuerza de los animales por la energía hidráulica, y posteriormente cuando se generalizó el uso del vapor y la energía eléctrica, que se avanzó considerablemente. Según se constata en la estructura de las casas y masías de L’Empordà a partir del siglo XVIII y en propiedades con bastante cosecha de aceituna parece que las almazaras o los molinos de aceite estaban en la planta baja de la casa misma donde se vivía, en años importantes para el campo y la producción agraria. Así pues los molinos de aceite eran de uso doméstico hasta mediados del siglo XIX. Hasta la mitad del siglo XIX, según el autor ampurdanés Juan Tutau, el olivo era entonces una buena inversión. Como ejemplo podemos decir que el Dr. Compte escribe en su libro que en el pueblo de Llers llegaron a trabajar en este siglo más de noventa almazaras. Todavía hoy son visibles, en la zona conocida como Les Garrigues (entre Llers y Avinyonet de Puigventós), las divisiones de fincas y las numerosas cabañas construidas en piedra seca para guardar las herramientas de cultivo destinadas a trabajar el olivar. El crecimiento del olivo en los siglos XVIII y XIX es espectacular. Por ejemplo en Cadaqués, en 1738, había un molino de aceite, y en 1800 ya había ocho. Entre Peralada y Llançà en esta época se plantan muchos olivos, según queda reflejado en los catastros. Es el momento que en L’Empordà el espacio conquistado por el cultivo arbustivo obtiene el máximo desarrollo. Las fincas avanzan hacia las pendientes más acusadas lejanas y casi inaccesibles, lo que da al paisaje mediterráneo ampurdanés un aspecto humano inmejorable. Entre 1870 y 1880 en Cadaqués había 331 ha de olivo cultivado, en Roses, 538 ha, y en El Port de la Selva había 210 ha. Tal como dice Barbaza: “Colera, Llançà, La Selva de Mar, El Port de la Selva, Cadaqués y Roses suman un total de 1.396 ha, es decir un 69% de los olivares de la costa gerundense”. En Llançà, por ejemplo, había veintitrés molinos de aceite funcionando incluso bien entrado el siglo XX. A finales del siglo XIX L’Alt Empordà conoció la plaga de la filoxera, que obligó a arrancar casi la totalidad de las viñas de la zona. Muchas extensiones de viñas arrancadas fueron sustituidas por olivares y el remanente que obtenían lo dedicaban a la venta.
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Como dice Madoz en su diccionario, el olivo forma un bosque dilatado y espeso, sobre todo en dos manchas olivareras de la comarca: la de los terraprims occidental y la del pie de la montaña de la sierra de Albera-Rodes. El olivo es un árbol fuerte y agradecido por lo que no es raro que se extienda en este territorio que tiene un terreno propicio. También Josep Pla enaltece los olivos de esta zona: “Cadaqués té tres gràcies. (...) L’oli d’oliva; abans de les gelades del 1956 en el terme hi havia moltes oliveres; ara encara n’hi ha, tant llavors com ara l’oli de Cadaqués era el millor del país...”. A partir de la segunda mitad del siglo XX y poco a poco, después de la terrible helada de febrero de 1956, en que murieron una parte de las extensiones de olivos de la comarca de L’Empordà, el olivo entró en crisis, no sólo por las malas cosechas a causa de las plagas, sino por la mala economía de la época, lo costosa que era la recolección, el cambio de cultivo en árboles frutales y la llegada del turismo. Los molinos de aceite de Llançà y Cadaqués se cerraron y para moler las aceitunas debían trasladarse a Figueres. Poco a poco, a partir del último cuarto del siglo XX, se empezaron a combatir las plagas y se empezaron a constituir las almazaras en cooperativas y la molienda colectiva. A consecuencia de esta producción, el aceite entra en el circuito comercial y deja atrás el ámbito doméstico. Actualmente L’Empordà ha incrementado la calidad de su aceite e invierte grandes esfuerzos por posicionar el producto en el mercado internacional con la solera y tradición que caracteriza a un territorio que ya lo conocía hace más de 2.500 años. Podemos acabar este apartado con un verso de Federico García Lorca: “Olivos de Cadaqués; ¡Qué maravilla! ¡Cuerpo barroco y alma gris!” b) Natural. Orografía: la zona de L’Empordà se puede dividir en tres zonas geográficas: la plana aluvial, las zonas de elevaciones marginales y los macizos montañosos. La plana aluvial está formada por los sedimentos de los ríos que en épocas postcuaternarias fueron llenando los grandes estuarios pliocénicos limitados por los macizos montañosos. Con la formación de cordones arenosos entre la península del Cap de Creus y el macizo del Montgrí, y entre éste y el macizo de Bagur se cerró una enorme albufera. Estos cordones junto con pequeñas elevaciones del océano que emergían por encima del agua contribuyeron a acelerar el proceso de sedimentación y formación de la plana, y surgió así una amplia zona de terreno pantanoso y de marismas con gran cantidad de lagunas litorales. Actualmente podemos dividir esta plana en dos sectores: la franja litoral y la zona interior. La franja litoral es paralela a la costa en ambos lados del macizo del Montgrí formada por pequeñas albuferas o lagunas y marismas con una amplitud de 1 a 4 km según las zonas. Son los restos de las antiguas albuferas o antiguos brazos de ríos que después fueron desecados o desviados. Son todos generalmente salinos.
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La zona interior está formada por terrenos aluviales de gran potencia, ricos en agua freática y de buena calidad para el cultivo, generados por las cuencas de los ríos Muga, Fluvià y Ter. Esta parte de la plana se ve interrumpida por algunas elevaciones, resultado del alargamiento de las zonas marginales de los macizos montañosos. Las elevaciones marginales son las zonas formadas por suaves ondulaciones que proceden de las cadenas montañosas que enmarcan la llanura de inundación. Terminales paleozoicas o mesozoicas formadas por cadenas de elevaciones redondeadas y terrazas de erosión en proceso de prellanurización al pie de éstas (sierra de L’Albera, sierra de Rodes, Les Gavarres, El Montgrí, macizo de Bagur). Aunque en muchos sectores las laderas de estas sierras marginales caigan de forma abrupta, con desniveles bruscos, sobre las tierras bajas, casi siempre existe esta franja de transición donde la llanura se difumina. Se incluye también en esta unidad la zona occidental de la comarca, formada también por elevaciones redondeadas, compuestas por depósitos del pliopleistoceno y margas oceánicas. Estas elevaciones son el último peldaño de la Sierra Transversal Catalana que se escalona desde el Puigsacalm hasta la llanura de inundación. Los macizos montañosos definen tres unidades de relevo bien diferenciadas: las sierras que limitan la región por el norte (el extremo oriental de los Pirineos), la que la limita por el sur (el extremo septentrional de la Cordillera Costero-Catalana) y un macizo que se eleva en medio de la llanura aluvial, cerca del mar (El Montgrí). El extremo oriental de los Pirineos lo forman las sierras de L’Albera y de Rodes, que tiene un mismo origen, pero se desprende la segunda de la primera hacia el SE. Esta subunidad erogénica independiente que deriva en sentido transversal y penetra en el mar formando la península del Cap de Creus. En conjunto, es un macizo con materiales graníticos y esquistos de origen metamórfico con materiales paleozoicos afectados por plegamientos hercinianos y la erosión. Ha originado laderas abruptas que contrastan con las cimas generalmente aplanadas. En el noroeste y en el sur de L’Albera, aparecen formaciones mesozoicas, calcáreas, que pertenecen a las laderas de los prepirineos ampurdaneses de alejamiento alpino. Esta zona está drenada por la complicada red hidrográfica del margen izquierdo del curso medio de La Muga, con afluentes que originan fracturas transversas entre los contrafuertes de los macizos montañosos y las sierras secundarias. Éstas se escalonan hasta llegar a la zona de prellanura (elevaciones marginales). Al este del río Llobregat aparecen grandes superficies de erosión en lugares donde predomina el gneis. La más extensa de éstas es la de Cantallops y los contrafuertes de las sierras de Cominera y Puig Castellar, que enlaza con la zona de elevaciones marginales y llega hasta los términos municipales de Cabanes, Peralada y Garriguella donde se produce el contacto con la plana aluvial. La Sierra Litoral es un macizo antiguo, con materiales paleozoicos, básicamente formados por pizarras con algún afloramiento de calizas devónicas y cuarcitas armoricanas que hacia el
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sur entra en contacto con el batolito granítico de la cordillera costera catalana. El Macizo del Montgrí es una formación secundaria en la que afloran mayoritariamente capas calcáreas y cretácicas de diferentes tipos, y todo el conjunto descansa sobre un zócalo terciario que también forma su zona de elevaciones secundarias. Se supone que es una escama tectónica de corrimiento, que procede de la zona del secundario de La Garrotxa de l’Empordà, que resbaló en el terciario sobre capas de yesos hasta ocupar el lugar actual. Este macizo a causa de su situación ayudó a la formación de la llanura aluvial durante el cuaternario por la aportación de aluviones fluviales. La zona de cultivo del olivo se concentra en las zonas de suelos más pobres, es decir en las elevaciones marginales y de penillanura al pie de las estribaciones de los Pirineos (Serra de l’Albera y Serra de Rodes) al norte y de las del Montgrí y La Serra de les Gavarres al sur. Estos suelos son poco profundos, de textura franco-arenosa, con una reacción ácida o neutra, cuando provienen de los esquistos, granitos o gneis, característicos de los estribos pirenaicos. Cuando provienen de las rocas calcáreas, del macizo del Montgrí, son más profundos, de textura franco-arcillosa y de reacción básica. Clima: el clima de la comarca de L’Empordà, en la zona de producción de olivo, se clasifica según Papadakis como el Mediterráneo Marítimo y según Thornthwaite como Seco Subhúmedo en el litoral (C1) y Subhúmedo (C2) en el interior. Las temperaturas se moderan por el efecto regulador del mar, al igual que la amplitud térmica diaria. La temperatura media anual es de 14,6 ºC, la temperatura media de las mínimas es 9,8 ºC, y la media de las máximas es 19,5 ºC. Los valores extremos en el observatorio de Figueres son de 38 ºC en verano y de -6 ºC en invierno, en el período comprendido entre 1967 y 1996. El período de heladas comprende desde mediados de noviembre a finales de marzo. La precipitación media varia desde los 550 mm de la zona litoral septentrional a los 850 mm en las zonas más interiores próximas a las estribaciones pirenaicas. Esta precipitación se reparte de forma irregular y se concentra en los meses de septiembre y octubre. El balance hídrico nos indica que entre los meses de junio y agosto se produce un período de sequía, típico de las zonas mediterráneas. El régimen de vientos está dominado por los vientos de componente norte: la tramontana. Es un viento siempre seco que puede llegar a ser, en ocasiones, muy violento. Éste es uno de los factores principales que caracterizan el clima de L’Empordà. Durante el verano se produce un régimen de brisas de componente SE que moderan las temperaturas diurnas y mantienen una humedad relativa alta durante este período. Conclusiones Podemos concluir que las particularidades del entorno natural y de cultivo de la zona afectan directamente al ciclo biológico del olivo y, como consecuencia, también al aceite obtenido de su fruto, la aceituna, y le confiere unas características positivas que lo distinguen claramente del producido en otras zonas olivareras. Estas
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particularidades las podemos resumir en tres puntos: 1. La variedad mayoritariamente cultivada, el argudell, conjuntamente con la corivell y la Ley de Cadaqués son variedades que únicamente se cultivan en las comarcas de L’Empordà. Eso confiere, de por sí, una característica diferencial clara en el aceite producido con estas variedades. 2. Esta comarca disfruta, como la mayoría de las zonas de cultivo del olivo, de clima mediterráneo, pero a diferencia del resto las características orográficas particulares de este territorio hacen que se cree un microclima especial que permite el cultivo del olivo en la latitud más septentrional de la Península Ibérica. Este microclima se caracteriza por: 2.1 Efecto regulador del mar Mediterráneo: en invierno evita el descenso en exceso de las temperaturas y en verano, gracias al régimen de brisas, aporta la humedad necesaria para el buen desarrollo del olivo y evita un ascenso pronunciado de las temperaturas diurnas. 2.2 Régimen de vientos de componente norte, muy secos, que neutralizan los excesos de humedad puntuales de la primavera y otoño y evitan muchos problemas fitosanitarios (hongos), lo que permite que las aceitunas maduren sin problemas y lleguen en condiciones excelentes a los molinos. Concretamente la variedad argudell tiene una perfecta adaptación al medio ya que se caracteriza por tener un ramaje poco frondoso, con pocas ramificaciones y de esta manera no obstaculiza el paso del viento, la tramontana, a través de su copa. 3. La mayor parte del cultivo del olivo se da sobre suelos ligeros y de reacción ácida o neutros procedentes de esquistos o rocas graníticas, a diferencia del resto de las zonas olivareras donde el suelo acostumbra a ser arcilloso, de reacción alcalina y procedente de rocas calcáreas. G) Verificación del pliego de condiciones Nombre: Applus Norcontrol, SLU. Dirección: Parque Empresarial Las Mercedes Campezo 1, edificio 3 28022 Madrid (España) Tel. (34) 91 208 08 00 Fax (34) 91 208 08 03
[email protected] La entidad Applus Norcontrol, SLU, como entidad de certificación que cumple con la normativa EN 45011, y está autorizada por la Comunidad Autónoma de Cataluña, realiza la certificación de acuerdo con los procedimientos de control y certificación incluidos en la documentación del sistema de gestión de la calidad según la norma EN 45011. La entidad de certificación Applus Norcontrol, SLU, realizará como mínimo las actuaciones siguientes: a) Realizar las auditorías iniciales y de certificación a los operadores inscritos en el registro de productores/elaboradores/envasadores, como mínimo anualmente, y de acuerdo con el plan de control previsto, para poder comprobar el cumplimiento del Pliego de Condiciones y el Manual del sistema de gestión de la calidad en lo referente a procesos, controles y productos. b) Conceder y mantener la certificación a los operadores inscritos que cumplan los requisitos
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establecidos en el Pliego de Condiciones y en el Manual del sistema de gestión de la calidad. H) Etiquetado Las etiquetas o contraetiquetas o, en general, los distintivos de calidad serán numerados y expedidos por el Consejo Regulador y se colocarán en la industria inscrita, siempre de manera que no permita una nueva utilización. Figurará obligatoriamente: Denominación de Origen Protegida Oli de l’Empordà o Aceite del Empordà además de los datos que con carácter general se determinan en la legislación aplicable. Se reserva el uso del nombre Denominación de Origen Protegida Oli de l’Empordà o Aceite del Empordà acompañado de la mención “tradicional”, en el aceite protegido, en cuya elaboración sólo hayan participado las variedades de aceitunas autóctonas en un porcentaje superior al 85%. I) Requisitos legislativos nacionales 1. Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria. 2. Real decreto 1414/2005, de 25 de noviembre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas, y su oposición. 3. Decreto 285/2006, de 4 de julio, por el que se desarrolla la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria. (07.109.008) RESOLUCIÓN AAR/1341/2007, de 23 de abril, por la que se adopta decisión favorable a la solicitud de inscripción de la Denominación de Origen Protegida Mongeta del Ganxet Vallès-Maresme o Fesol del Ganxet Vallès-Maresme o Judía del Ganxet Vallès-Maresme. En fecha 21 de febrero de 2005, las entidades Associació de productors de la mongeta del ganxet y Cooperativa Agrària de Sabadell i Comarca, SCCL, presentaron ante el Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural una solicitud de inscripción de la Denominación de Origen Protegida Mongeta del Ganxet VallèsMaresme o Fesol del Ganxet Vallès-Maresme en el registro comunitario que establece el Reglamento CEE 2081/1992, del Consejo, de 14 de julio, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimentarios, posteriormente sustituido por el Reglamento 510/2006, del Consejo, de 20 de marzo. Por Resolución de 21 de marzo de 2006, de la directora general de Industria Agroalimentaria y Alimentación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se dio publicidad a la solicitud de registro mencionada mediante su publicación en el BOE de fecha 15 de mayo de 2006, de acuerdo con lo que prevé el Real decreto 1414/2005, de 25 de noviembre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas.
Finalizado el trámite de oposición no se ha presentado ningún escrito relacionado con la solicitud de registro de la Denominación de Origen Protegida Mongeta del Ganxet VallèsMaresme o Fesol del Ganxet Vallès-Maresme o Judía del Ganxet Vallès-Maresme. Una vez finalizados los trámites anteriores y visto que la Dirección General de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, considera que la solicitud de registro de esta Denominación cumple las condiciones que establece el Reglamento CE 510/2006, de 20 de marzo, procede dictar resolución favorable a la solicitud de inscripción de la Denominación de Origen Protegida Mongeta del Ganxet VallèsMaresme o Fesol del Ganxet Vallès-Maresme o Judía del Ganxet Vallès-Maresme, de acuerdo con lo que establece el artículo 6.2 del Decreto 285/2006, de 4 de julio, por el que se desarrolla la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria. En consecuencia, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas, Resuelvo: Artículo 1 Adoptar decisión favorable a la solicitud de inscripción de la Denominación de Origen Protegida Mongeta del Ganxet Vallès-Maresme o Fesol del Ganxet Vallès-Maresme o Judía del Ganxet Vallès-Maresme en el registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas que prevé el Reglamento CE 510/2006, de 20 de marzo, a efectos de lo que establece el artículo 6.2 del Decreto 285/2006, de 4 de julio, por el que se desarrolla la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria. Artículo 2 Dar publicidad al pliego de condiciones de la Denominación, que se anexa a esta Resolución. Artículo 3 Enviar esta Resolución al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a efectos de su envío a la Comisión Europea, junto con la documentación que requiere el artículo 5 del Reglamento CE 510/2006, de 20 de marzo. Esta Resolución pone fin a la vía administrativa. Los interesados pueden interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contado desde la fecha de su publicación o cualquier otro recurso admisible en derecho. Barcelona, 23 de abril de 2007 Joaquim Llena i Cortina Consejero de Agricultura, Alimentación y Acción Rural Anexo Pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Mongeta del Ganxet VallèsMaresme o Fesol del Ganxet Vallès-Maresme o Judía del Ganxet Vallès-Maresme
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A) Nombre del producto Denominación de Origen Protegida Mongeta del Ganxet Vallès-Maresme o Fesol del Ganxet Vallès-Maresme o Judía del Ganxet Vallès-Maresme B) Descripción del producto B1) Definición La Denominación de Origen Protegida protege las semillas de la judía (Phaseolus vulgaris L.) del tipo varietal ganxet, secas o cocinadas y en conserva. B2) Descripción agrobotánica del tipo varietal ganxet La judía ganxet es un tipo varietal tradicional de crecimiento indeterminado y trepador (tipo IV), de flores blancas, que presenta semillas blancas, aplanadas y extremadamente arriñonadas (ganxet significa pequeño gancho en catalán). Tiene un ciclo aproximado de ciento veinte días. Las vainas, con unos 15 cm de longitud media, alojan habitualmente unas cuatro semillas. Las producciones son bajas comparadas con otras variedades trepadoras cultivadas en la zona. De hecho dentro de la variabilidad que presenta el tipo varietal se manifiestan correlaciones genotípicas que determinan que las formas más típicamente ganxet (más ganchudas) tengan un porcentaje más elevado de proteína, bajo de almidón, y baja producción, que el resto (Casañas et al., 1998). El tipo varietal ganxet es un tipo de judía que no se cultiva actualmente en ninguna otra parte del mundo. B3) Características del producto Características morfológicas: granos blancos, ligeramente brillantes, aplanados, fuertemente arriñonados con grado de gancho entre 2 y 3 en una escala de curvatura de 0 a 3 para el conjunto de la especie Phaseolus vulgaris L., de acuerdo con la figura que se encuentra disponible en la Dirección General de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural. Peso medio 50 g por 100 semillas. Características químicas: posee una elevada proporción de proteína (independientemente del ambiente de cultivo, presenta como mínimo tres puntos porcentuales más que el testigo con más proteína) y baja proporción de almidón (especialmente de amilosa, con una concentración en torno al 6% menor que el testigo) (Casañas et al., 1998; Casañas et al., 1999; Casañas et al., 2003; López, 2003). Las formas más prototípicas del tipo varietal ganxet presentan, bajo las condiciones ambientales de la futura Denominación de Origen Protegida, las características diferenciales siguientes respecto de la variedad blanca riñón (White kidney) utilizada como testigo (Bosch, et al., 1998): Ganxet (%): proteína: 29,3; fibra dietética: 22,1; cenizas: 3,9; sacarosa: 2,12; glucosa: 0,08; almidón: 25,1 y rafinosa: 0,26. Blanca riñón (%): proteína: 25,6; fibra dietética: 23,7; cenizas: 4,1; sacarosa: 1,76; glucosa: 0,03; almidón: 30,4 y rafinosa: 0,20. Puntos porcentuales de diferencia entre ambas: proteína: +3,7*; fibra dietética: -1,6; cenizas: -0,2; sacarosa: +0,36*; glucosa: +0,05*; almidón: -5,3* y rafinosa: +0,06*. *diferencias estadísticamente significativas p=0,05.
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Además de presentar las características propias de la variedad, los granos deberán cumplir la legislación española vigente de la categoría extra y presentarse sanos, sin mohos, podredumbres, insectos, ni parásitos; limpios, y secos (con un contenido de humedad inferior al 15%). Características organolépticas: desde el punto de vista organoléptico destaca su piel muy poco perceptible, cremosidad elevada y persistente, y sabor extremadamente suave y característico. Estos aspectos se han relacionado con su elevada concentración de ácidos urónicos en la piel (Casañas et al., 1999; Casañas et al., 2002) y la proporción elevada de proteína y baja concentración de amilosa (Pujolà et al., 2004) en los cotiledones. En resumidas cuentas, las características de la judía de la Denominación son las siguientes: Morfológicas: fuertemente arriñonado, con grado de gancho entre 2 y 3 en una escala de curvatura de 0 a 3 para el conjunto de la especie Phaseolus vulgaris L. Semilla aplanada, de color blanco ligeramente brillante. Peso de 50 g por 100 semillas. Organolépticas: piel ligeramente rugosa y muy poco perceptible. Cremosidad elevada y sabor suave y característico. Químicas: humedad inferior al 15%. C) Zona geográfica Zona de producción: la zona geográfica de producción de las judías amparadas por la futura Denominación de Origen Protegida corresponde a todos los municipios de las comarcas de El Vallès Occidental y El Vallès Oriental, junto con algunos municipios de la comarca de El Maresme y de La Selva. Las cuatro comarcas señaladas pertenecen a Cataluña (NE de España). Los municipios que integran esta zona geográfica son los siguientes: Vallès Occidental: Badia del Vallès, Barberà del Vallès, Castellar del Vallès, Castellbisbal, Cerdanyola del Vallès, Gallifa, Matadepera, Montcada i Reixac, Palau-solità i Plegamans, Polinyà, Rellinars, Ripollet, Rubí, Sabadell, Sant Cugat del Vallès, Sant Llorenç Savall, Sant Quirze del Vallès, Santa Perpètua de Mogoda, Sentmenat, Terrassa, Ullastrell, Vacarisses y Viladecavalls. Vallès Oriental: Aiguafreda, L’Ametlla del Vallès, Bigues i Riells, Caldes de Montbui, Campins, Canovelles, Cànoves i Samalús, Cardedeu, Castellcir, Castellterçol, Figaró-Montmany, Fogars de Montclús, Les Franqueses del Vallès, La Garriga, Granera, Granollers, Gualba, La Llagosta, Lliçà d’Amunt, Lliçà de Vall, Llinars del Vallès, Martorelles, Mollet del Vallès, Montmeló, Montornès del Vallès, Montseny, Parets del Vallès, La Roca del Vallès, Sant Antoni de Vilamajor, Sant Celoni, Sant Esteve de Palautordera, Sant Feliu de Codines, Sant Fost de Campsentelles, Sant Pere de Vilamajor, Sant Quirze Safaja, Santa Eulàlia de Ronçana, Santa Maria de Martorelles, Santa Maria de Palautordera, Tagamanent, Vallgorguina, Vallromanes, Vilalba Sasserra y Vilanova del Vallès. Maresme: Argentona, Arenys de Munt, Dosrius, Malgrat de Mar, Òrrius, Palafolls, Tordera, San Cebrià de Vallalta y Sant Iscle de Vallalta. Selva: Blanes, Fogars de Tordera, Hostalric y Maçanet de la Selva.
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Actualmente la superficie cultivada de judías grano susceptible de acogerse a la Denominación es de 119 ha (Generalidad de Cataluña, 1999), la superficie real probablemente es superior a causa de la existencia de pequeñas explotaciones familiares de autoconsumo que no quedan reflejadas en las estadísticas generales. La zona de elaboración y envasado coincide con la zona de producción con la finalidad de poder garantizar la calidad propia de estas judías. Es un tipo de judía que no se cultiva actualmente en ninguna otra parte del mundo. D) Elementos que prueban que el producto es originario de la zona Controles y certificación: son el elemento fundamental que avala el origen y la calidad del producto. Comprenden los procesos siguientes: 1. Autocontrol. Las judías cuando llegan a las industrias elaboradoras inscritas en el registro correspondiente se separan en función del estado higiénico y de las variedades admitidas de acuerdo con el apartado B de este pliego de condiciones. Además, se comprueba que proceden de plantaciones inscritas en el registro de plantaciones del Consejo Regulador. Las judías se someten a análisis morfológicos, organolépticos y químicos de acuerdo con el apartado B de este pliego de condiciones y sólo las que superan todos los procesos de autocontrol se envasan (en seco o en conserva) y salen al mercado amparadas por la Denominación de Origen, con la etiqueta, contraetiqueta o distintivo de calidad numerado entregado por el Consejo Regulador. 2. Certificación. Las judías con Denominación de Origen Protegida están sometidas a los controles de trazabilidad que realiza la entidad de certificación que incluyen tanto el control del sistema de autocontrol de los operadores como el control del proceso de elaboración y de la calidad de las judías envasadas con Denominación de Origen Protegida, de acuerdo con lo que establece el pliego de condiciones. E) Obtención del producto a) Condiciones de cultivo. Tutores y preparación del terreno: la judía del ganxet es una planta herbácea de puerto indeterminado, que necesita tutores, siendo los más comunes la caña, la malla plástica o las varillas. Para preparar el terreno, en primer lugar se efectúa habitualmente una labor de palas o grada de discos para enterrar los restos del cultivo anterior y a continuación se hacen varias pasadas de cultivador para desmenuzar los terrones. En ocasiones se finaliza con un pase de fresadora. Siembra: habitualmente la siembra se efectúa después de la cosecha del cereal. La siembra se realiza a mediados del mes de julio. Hay que evitar siembras muy tempranas que harán coincidir la floración con los máximos rigores del verano y siembras muy tardías que pueden comprometer la cosecha por entrar en el período de heladas y lluvias continuadas. Marcos de plantación: la densidad de siembra depende del sistema utilizado, es de 66.000 plantas/ha con un marco de 1,5 m entre hileras
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y 2-3 semillas cada 20 cm en las tutoradas con malla de plástico, y 50.000 plantas/ha con un marco de 80 x 50 cm y 3 semillas por vez en las tutoradas mediante caña. Riego: los sistemas de riego habituales son por goteo o aspersión. Las necesidades de agua aumentan rápidamente con el crecimiento de la planta, y ésta es especialmente sensible a la falta de agua en el momento de la floración. Cosecha: las plantas se suelen cortar por la base cuando han llegado a la madurez y quince días antes de la cosecha para facilitar su secado. La cosecha se mecaniza tanto como es posible si bien continúa siendo un proceso bastante manual. En el caso de la tutorada con malla de plástico, ésta debe recogerse junto con las plantas y se trillan en una era con un tractor. A continuación se retiran los restos de malla y el grano se pasa por una aventadora. En las siembras con cañas, se puede recoger la planta retirando las cañas y pasándola directamente a una trilladora. b) Método de procesado. El grano se limpia de impurezas, se eliminan también los granos que no alcanzan las dimensiones estándar o están manchados, con el fin de realizar la selección de granos que cumplan las tolerancias descritas en la categoría extra definidas en la norma de calidad vigente. Seguidamente se realiza un tratamiento anticarcoma por congelación durante cuarenta y ocho horas antes de los tres meses desde la cosecha si no se hubiera hecho antes en el almacén. Posteriormente se procede al envasado, empaquetado y etiquetado. c) Conservas. Las conservas de judías del ganxet acogidas a la Denominación de Origen Protegida se deberán realizar en instalaciones previamente inscritas en el Consejo Regulador. Podrán exhibir la identificación de Mongeta del Ganxet Vallès-Maresme o Fesol del Ganxet Vallès-Maresme o Judía del Ganxet Vallès-Maresme los productos elaborados únicamente con judías de la Denominación, agua y sal. Para la elaboración de conservas no está permitida la utilización de ningún tipo de aditivo ni conservante. Se admitirá conservación mediante esterilización, pasteurización y atmósfera modificada. Las judías destinadas a su comercialización como producto cocinado se habrán hidratado por inmersión en agua durante un período mínimo de diez horas. Se podrá realizar uno escaldado en agua a temperatura entre 85 y 95 ºC durante un tiempo mínimo de seis minutos. La cocción se realizará a presión ambiente cuando el producto deba conservarse en atmósferas modificadas o vaya a recibir un tratamiento posterior de pasteurización una vez envasadas. Para los productos esterilizados las judías se envasarán y se les añadirá un líquido de gobierno formado por agua y sal (de 2,5 a 3,5%), la cocción se realizará en condiciones de presión y temperatura que aseguren la destrucción de los microorganismos patógenos con el tiempo de tratamiento. Posteriormente se procede al envasado y etiquetado. Es necesario que todo el proceso de producción, procesamiento, elaboración y envasado se realice dentro de la zona delimitada por la Denominación para minimizar las alteraciones
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que puedan sufrir estas judías y poder garantizar la calidad propia de estas judías. Las semillas de las judías deben almacenarse con baja humedad y temperatura para que conserven su calidad. Las oscilaciones bruscas y elevación de estos parámetros pueden provocar: 1) Alteraciones causadas por reacciones enzimáticas intrínsecas de las semillas, como el endurecimiento del grano, que se ven favorecidas por temperaturas y humedad elevadas. 2) Desarrollo de toxinas derivadas de crecimientos fúngicos y/o bacterianos, también favorecidos por temperaturas y humedad elevadas. 3) Aceleración del proceso natural de envejecimiento del grano. Cuanto más nos alejamos de las condiciones ambientales secas y frescas, más riesgo tenemos de perder la calidad del producto. Por este motivo, disminuir el transporte y tiempos muertos innecesarios en todo el proceso, desde la cosecha de las judías, disposición en los envases comerciales tanto en producto crudo como en cocido, y almacenamiento en condiciones adecuadas, garantizará que el producto envasado conserve al máximo las propiedades químicas, organolépticas y por lo tanto la calidad propia de estas judías que se podrán certificar como Denominación de Origen Protegida Mongeta del Ganxet VallèsMaresme o Fesol del Ganxet Vallès-Maresme o Judía del Ganxet Vallès-Maresme. d) Transporte y distribución. La presentación se realiza de manera que le permita al producto soportar un transporte y manipulación que asegure su llegada al lugar de destino en condiciones satisfactorias. Judías en seco: los diferentes tipos de envases: ropa, ropa/plástico, bandejas retractiladas y yute, con una capacidad máxima de 10 kg y, en el caso específico de restauración, un máximo de 25 kg, estarán descritos en el manual del sistema de gestión de la calidad. Conservas: los envases tendrán una capacidad máxima de 1.500 g de peso escurrido. F) Vínculo con el medio a) Histórico. La zona de la futura Denominación de Origen Protegida ha sido tradicionalmente un lugar de cultivo de judía. Prueba de ello es la gran cantidad de tipos varietales tradicionales que persisten actualmente (ganxet, bitxo, genoll de Crist, sastre, paretena, grossa, etc.) y que pueden encontrarse comercializadas por los propios agricultores en los mercados locales. Las citas históricas sobre el cultivo de judías en la zona de la futura Denominación de Origen Protegida son imprecisas durante el siglo XVI ya que la documentación de las masías se refiere en general a las legumbres (Serra, 1988). De los tratados generales de la época podemos sin embargo deducir que eran poco importantes en comparación a las habas (Agustí, 1988). Es a finales del XVII y principios del XVIII cuando empiezan a ser relevantes (de Zamora, 1973; Serra, 1988; Roca, 1996), y se consolida el cultivo en los siglos XVIII y XIX, cuando las judías se convierten en una parte importante de la dieta junto con las habas (Rebagliato, 1988; Ballbé, 1985; Mádoz, 1985; Pujades, 1986; Comasolivas, 2004).
Ganxet es actualmente la variedad más conocida y predominante en la zona a causa de sus características organolépticas superiores y su especial adaptación al medio, teniendo el resto de variedades un papel residual. Aparece citada en la literatura por primera vez a finales del XIX (Vergés, 1985) cultivada en Castellar del Vallès, bajo el nombre de filaire, sinónimo antiguo de ganxet cuando se consumía también como judía tierna. A principios del siglo XX aparece en la literatura por primera vez con su nombre moderno de ganxet o del ganxet (Agulló, 1933) aunque el nombre de judía filaire se conserva en algunas localidades. A partir de la distribución geográfica actual del cultivo, la evidencia de su origen histórico en el patrimonio génico mesoamericano y la variabilidad genética que presentan sus poblaciones, es razonable pensar que la judía del ganxet llegó a Cataluña a través de algún puerto de El Maresme que en los siglos XVIII y XIX fueron punto de intercambio comercial con Centroamérica y las Antillas (Casañas et al., 1998; Sánchez, 2003). De aquí se expandiría a las comarcas limítrofes que conforman la futura Denominación de Origen Protegida (Casañas et al., 1998). En toda la zona de la futura Denominación de Origen Protegida se celebran anualmente jornadas y fiestas gastronómicas, organizadas por agrupaciones de restauradores y entidades públicas (Semana de la Judía del Ganxet de Sabadell, Semana de la Judía del Ganxet de El Vallès Oriental, Jornada de la Judía del Ganxet de Gallecs, etc.). Está ligada a numerosos platos tradicionales o de creación (Lladonosa 1982 y 1991; Ruscalleda, 2002), aunque también son muy apreciados simplemente hervores y ensaladas con un poco de aceite de oliva virgen extra. Cocina tradicional: butifarra con secas, judías refritas con tocino, empedrat de judías con bacalao, escudella de pagès, el farro tarragoní, judías estofadas con carrillo de cerdo o vientre de cerdo, bacalao con judías, judías con pato y costilla de cerdo. Cocina de creación: judías con setas, judías con almejas, bacalao con judías, espinacas y huevo duro, tártaro con bacalao y ganxet. A partir de un consumo eminentemente popular se han incorporado actualmente a las propuestas de los restaurantes más prestigiosos de la zona y del resto de Cataluña (Racó de Can Fabes, Sant Pau, Fonda Europa, Senyor Parellada, Robert de Nola, etc.). Prueba de su estimación general es su inclusión por parte de la Generalidad de Cataluña en la Denominación Comarcal de Productos Alimentarios de El Vallès Occidental en el año 1993 y en la de El Vallès Oriental en el año 1995. b) Natural. Orografía. La zona de la futura Denominación de Origen Protegida comprende la depresión de El Vallès y el valle y delta del río Tordera. Los límites de esta plana suavemente ondulada son la Cordillera Prelitoral Catalana en el noroeste, la Cordillera Litoral Catalana en el nordeste y el río Llobregat en el sur. El relleno de la depresión son principalmente sedimentos del mioceno, formados por arcillas y limos de color rojo con presencia de areniscas arcósicas y conglomerados de origen aluvial y fluvial del cuaternario (Folch, 1985).
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DEPARTAMENTO DE TRABAJO Tipo del suelo: el cultivo se efectúa fundamentalmente en suelos originados a partir de materiales que proceden de rocas sedimentarias y metamórficas. Las clases texturales varían entre franco-arcillosa, franco-limosa, francoarenosa y franca. El pH es neutro-básico y es frecuente la presencia de Ca++ de cambio en el suelo (Folch, 1985). Tipo de clima: clima mediterráneo templado seco, con pluviometría media anual de 500-700 l/m², con distribución irregular, principalmente concentrada en primavera y otoño, y son los meses de verano tradicionalmente los más secos. Interacción del medio natural con el tipo varietal: normalmente se acostumbran a cultivar las judías en tierras de tipo más bien ácido o en todo caso con baja presencia de Ca++ ya que el mencionado catión se combina con los ácidos urónicos de la piel endureciendo el producto y alargando el tiempo de cocción. Por otra parte, la variedad ganxet presenta proporciones de piel más elevadas que la mayoría de las judías. Nos encontramos pues ante un terreno y una variedad que a priori tendrían que producir judías de baja calidad (piel muy perceptible). El análisis sensorial lo desmiente ya que la piel es casi imperceptible y la textura del cotiledón es extremadamente mantecosa. Las cantidades de Ca++ presentes en los suelos de la zona parecen dar un resultado óptimo con respecto a las características finales del producto cocinado, tanto desde el punto de vista organoléptico como de presentación. La elevada cantidad de ácidos urónicos presentes en la piel de la judía ganxet (Casañas et al., 2002) tolera una cierta combinación con el Ca++ que da como resultado una piel que no se desintegra pero que es imperceptible cuando se consume. Es un magnífico ejemplo de selección asociada a un territorio, habitual por otra parte a la historia de las variedades tradicionales de vegetales. En conclusión y como resumen podemos decir que las particularidades del entorno natural de la zona repercuten en las características de las judías de la manera siguiente: La judía de la variedad ganxet es el resultado de un largo proceso de selección realizado por los productores de la zona durante generaciones. Los suelos de la futura Denominación de Origen Protegida son ricos en Ca++ y presentan un pH ligeramente alcalino en los que la judía ganxet expresa al máximo sus superiores características organolépticas. El clima, que permite un ciclo de cultivo en el que la maduración del grano se produce con las suaves temperaturas del otoño, afina la textura y el sabor. El resultado del vínculo entre la judía de la variedad ganxet y el ambiente es que actualmente la zona de producción de ganxet coincide con la zona de la futura Denominación de Origen Protegida. G) Verificación del pliego de condiciones Nombre: Entidad de Certificación y Aseguramiento, SA. Dirección: c. Terré, 11-19, 08017 Barcelona. Teléfono/fax: 93.253.53.30/93.253.53.31. Correo electrónico:
[email protected]. La Entidad de Certificación y Aseguramiento, SA, como entidad de certificación que cumple con la normativa EN 45011, y está autorizada por la Comunidad Autónoma de Cataluña, realiza la
certificación de acuerdo con los procedimientos de control y certificación incluidos en la documentación del sistema de gestión de la calidad según la norma EN 45011. La Entidad de Certificación y Aseguramiento, SA, realizará como mínimo las actuaciones siguientes: a) Realizar las auditorías iniciales y de certificación a los operadores inscritos en el registro de productores/elaboradores/envasadores, como mínimo anualmente, y de acuerdo con el plan de control previsto, para poder comprobar el cumplimiento del Pliego de Condiciones y el Manual del sistema de gestión de la calidad en lo referente a procesos, controles y productos. b) Conceder y mantener la certificación a los operadores inscritos que cumplan los requisitos establecidos en el Pliego de condiciones y en el Manual del sistema de gestión de la calidad. H) Etiquetado Las etiquetas, contraetiquetas o, en general, los distintivos de calidad serán numerados y expedidos por el Consejo Regulador. El mencionado distintivo se colocará, en todo caso, antes de la expedición de las judías y de manera que no permita una segunda utilización. Figurará obligatoriamente imprimido, de manera obligatoria y destacada, el nombre de Denominación de Origen Protegida Judía del Ganxet Vallès-Maresme o Fesols del Ganxet Vallès-Maresme o Judía del Ganxet Vallès-Maresme, el logotipo propio y el logotipo comunitario además de los datos, que con carácter general, determine la legislación vigente. I) Requisitos legislativos nacionales 1. Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria. 2. Real decreto 1414/2005, de 25 de noviembre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas, y su oposición. 3. Decreto 285/2006, de 4 de julio, por el que se desarrolla la Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria. (07.109.075)
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RESOLUCIÓN TRE/1351/2007, de 14 de marzo, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo de revisión del IPC para el año 2005 y de revisión salarial para el año 2006 del Convenio colectivo de trabajo de vinos de Barcelona y provincia (código de convenio núm. 0804485). Visto el texto del Acuerdo de revisión del IPC para el año 2005 y de revisión salarial para el año 2006 del Convenio colectivo de trabajo de vinos de Barcelona y provincia, suscrito por Associació Vinícola Catalana, CCOO y UGT el día 23 de enero de 2006, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2.b) del Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo; el artículo 11.2 de la Ley orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, del Estatuto de autonomía de Cataluña; el Real decreto 2342/1980, de 3 de octubre, sobre transferencia de servicios del Estado a la Generalidad de Cataluña en materia de mediación, arbitraje y conciliación; el Decreto 326/1998, de 24 de diciembre, de reestructuración de las delegaciones territoriales del Departamento de Trabajo; el Decreto 68/2004, de 20 de enero, de estructuración y de reestructuración de varios departamentos de la Administración de la Generalidad; el Decreto 223/2004, de 9 de marzo, de reestructuración de órganos territoriales de la Administración de la Generalidad; el Decreto 190/2005, de 13 de septiembre, de reestructuración parcial del Departamento de Trabajo e Industria; el Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y el Decreto 570/2006, de 19 de diciembre, de estructuración del Departamento de Trabajo, Resuelvo: —1 Disponer la inscripción del Acuerdo de revisión del IPC para el año 2005 y de revisión salarial para el año 2006 del Convenio colectivo de trabajo de vinos de Barcelona y provincia (código de convenio núm. 0804485) en el Registro de convenios de los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo en Barcelona. —2 Disponer que el texto mencionado se publique en el DOGC. Barcelona, 14 de marzo de 2007 Elisenda Giral i Masana Directora de los Servicios Territoriales en Barcelona Traducción del texto original firmado por las partes ACUERDO de revisión del IPC para el año 2005 y de revisión salarial para el año 2006 del Convenio colectivo de vinos de la provincia de Barcelona
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Relación de asistentes: Por Associació Vinícola Catalana: Enric Porta Marin y Xavier de la Trinxeria Orench. Por CCOO, Xavier Oliver y Joaquín Rodríguez Por UGT: Aladino Pérez. En Barcelona, a 23 de enero de 2006 Reunidos en el local social de la Associació Vinícola Catalana, en la c. Roger, 65-67 de Barcelona, acuerdan, por unanimidad, proceder a la revisión de las tablas salariales del Convenio del año 2005 y de los valores provisionales del año 2006 y fijar los correspondientes importes, según las tablas salariales que se adjuntan a esta Acta. Se acuerda asimismo solicitar su publicación y registro en el boletín oficial. Las partes negociadoras y sus domicilios son los que figuran en el Convenio.
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Oficial de segunda.................................. 782,40 Auxiliar.................................................. 622,26 Aspirante de 16-17 años..........................539,15 Grupo C: comerciales Jefe superior........................................ 1.096,08 Jefe de ventas....................................... 1.002,60 Inspector de ventas................................ 904,19 Vendedor de plaza.................................. 782,40 Viajante.................................................. 782,40
E: euros
Grupo A: técnicos E Jefe superior........................................ 1.096,09
Anexo 2
Atrasos IPC 2005
Titulados: Con título superior.............................. 1.096,08 Con título medio..................................1.077,27 Con título inferior................................1.077,27 No titulados: Encargado general de bodega o fábrica............................. 1.096,08 Encargado de laboratorio...................... 856,94 Ayudante de laboratorio........................ 694,04 Auxiliar de laboratorio.......................... 595,66 Grupo B: administrativos Jefe superior........................................ 1.096,08 Jefe de primera.................................... 1.002,60 Jefe de segunda................................... 1.002,60 Oficial de primera.................................. 782,40
B. Empresas de vinos embotellados 1. Para el personal fijo, subalterno y administrativo de la empresa (excepto gerentes y apoderados) se establece en 2005-2006 una prima de 13 euros por día trabajado; y en 2007 de 14 euros. 2. El personal de reparto percibirá por equipo las siguientes primas, que se repartirán entre los que lo formen: Reparto a mayorista o camión completo, por cada caja a partir del segundo viaje al día: 0,10 euros. Reparto a mayorista o camión completo, por cada caja en el primer viaje al día: 0,11 euros. Reparto por medio pedido previo, por cada caja: 0,25 euros. Reparto por autoventa, por cada caja: 0,26 euros.
Grupo D: subalternos Conserje...................................................689,61 Subalterno de primera........................... 622,26 Subalterno de segunda y auxiliar.......... 595,66 Ayudante (botones) y transportista 16-17 años.......................539,15 Personal de limpieza (ídem por horas)...595,72 Grupo E: personal obrero Capataz de bodega o fábrica.................... 26,21 Encargado de sección o trabajada............25,13 Oficial de primera.................................... 24,04 Oficial de segunda.................................... 23,35 Oficial de tercera y peón especialista...... 21,40 Peón...........................................................19,69 Aprendices de 16-17 años.........................17,96
Anexo 1
d) Por bocoy lleno: 1,34 euros. e) Por medio bocoy lleno de 300-400 litros: 1,04 euros. f) Por barril lleno de 100-240 litros: 0,78 euros. g) Por barril lleno de 30 litros: 0,27 euros. h) Pellejo: 0,56 euros. i) Por barril de 45 litros: 0,33 euros. j) Por garrafa de 8-20 litros: 0,26 euros.
C. Empresas dedicadas exclusivamente a bebidas gravadas por el impuesto de lujo 1. El personal fijo de almacén, subalternos y administrativos (excepto gerentes y apoderados) se repartirán, por cada caja repartida, 0,53 euros. 2. El personal de vehículos de reparto percibirá por equipo y por cada caja 0,51 euros, que se repartirán entre los que lo formen.
Atrasos IPC primas especiales 2005 A. Empresas de venta a granel 1. Entre el personal fijo de almacén, subalternos y administrativos (excepto gerentes y apoderados) se repartirán las siguientes primas especiales, según repartos de: a) Por cada 1.000 litros de vino, hasta un máximo de bocoy: 3,60 euros. b) Por cada 1.000 litros de vino a granel filtrado en cisternas: 1,77 euros. c) Por cada 1.000 litros de vino a granel rama: 0,83 euros. 2. El personal de vehículos de reparto percibirá por equipo las siguientes primas especiales, que se repartirán entre los que lo formen:
Nota: el devengo de las primas especiales del personal de reparto de este anexo (señalado con el número 2 en A, B, C) está condicionado al hecho de tener que acabar los repartos iniciados en su jornada de trabajo y engloba la compensación de la prolongación de jornada que pueda ser necesaria.
Anexo 3 Antigüedad (importes mensuales en euros) para el año 2005 A: años.
2A
4A
6A
8A
12A
16A
20A
24A
Grupo A: técnicos Jefe superior............................................................................................................... 40,03
80,05 120,13 160,17 240,28 320,37 400,47 480,58
Titulados: Superior...................................................................................................................... 40,03 Con título medio........................................................................................................ 39,19 No titulados: Encargado............................................................................................40,03 Gral. bodega o fábrica................................................................................................ 29,06 Encargado de laboratorio.......................................................................................... 21,62 Ayudante de laboratorio............................................................................................ 17,52
80,05 120,13 160,17 240,28 320,37 400,47 480,58 78,31 117,74 156,64 234,99 304,49 391,43 469,99 80,05 120,13 160,17 240,28 320,37 400,47 480,58 58,14 88,08 116,32 173,02 322,30 290,42 348,98 43,23 64,83 86,47 129,72 172,95 216,18 259,43 35,07 52,67 70,23 102,27 140,48 175,55 210,71
Grupo B: administrativos Jefe superior ..............................................................................................................36,44 Jefe de primera i segunda..........................................................................................36,44 Oficial de primera i segunda..................................................................................... 25,98 Auxiliar...................................................................................................................... 18,47
72,87 109,34 146,07 240,28 291,62 72,87 109,34 146,07 240,28 291,62 54,77 74,80 104,14 156,23 208,04 36,94 55,43 73,91 110,88 147,86
364,57 364,57 260,90 184,81
437,42 437,42 312,49 221,78
Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
16A
20A
24A
72,87 109,34 146,07 240,28 291,62 72,87 109,34 146,07 240,28 291,62 62,50 93,78 125,05 187,60 250,14 52,23 78,35 104,14 110,88 208,01
364,57 364,57 312,74 260,42
437,42 437,42 375,21 312,49
Grupo D: subalternos Conserje...................................................................................................................... 21,61 Subalternos de primera.............................................................................................. 17,52 Subalternos de 2ª y auxiliar....................................................................................... 17,52 Personal de limpieza.................................................................................................. 17,52
43,14 35,08 35,08 35,08
64,84 52,67 52,67 52,67
86,47 70,23 70,23 70,23
130,15 105,34 105,34 105,34
172,94 140,48 140,48 140,48
216,18 175,55 175,55 175,55
259,43 210,71 210,71 210,71
Grupo E: personal obrero Capataz de bodega o fábrica...................................................................................... 23,66 Encargado de sección o trabaj...................................................................................23,30 Oficial de primera...................................................................................................... 23,08 Oficial de segunda......................................................................................................22,20 Oficial de 3ª, peón y espec......................................................................................... 19,49 Peón............................................................................................................................ 17,47
47,34 46,41 46,20 44,26 39,05 35,08
71,02 70,12 69,47 66,87 58,60 52,67
94,41 92,78 91,92 88,55 78,12 73,94
142,06 139,25 137,97 132,69 117,20 104,91
189,44 185,70 183,98 177,09 156,27 140,48
236,81 232,23 230,08 221,47 195,31 175,55
284,16 281,57 275,97 265,65 246,55 210,71
Pluses varios y horas extraordinarias Atrasos IPC 2005 Artículo 12 Plus de puntualidad y asistencia Se cifra para 2005 la cantidad de 3,49 euros diarios.
60 61 62 63 64 65
A años.............................. 1.777,91 años..............................1.603,59 años..............................1.429,29 años..............................1.394,42 años.............................1.066,74 años.................................627,49
4A
B 2.370,54 2.161,38 1.882,48 1.673,33 1.429,29 780,86
Artículo 14 Horas extraordinarias La cantidad retribuida para 2005 es de 11,96 euros.
Anexo 1
Artículo 18 Seguro colectivo de accidentes La cantidad establecida para el seguro colectivo para 2005 es de 12.514,48 euros.
Grupo A: técnicos E Jefe superior.........................................1.123,49
Artículo 19 Dietas La dieta diaria para 2005 es de 9,79 euros. Artículo 20 Vendedor de plaza y viajante El año 2005 la compensación mensual es de 92,96 euros. Artículo 21 Quebranto de moneda Los responsables de cobros o pagos percibirán la cantidad de 0,83 euros. Artículo 37 Ayuda guarderías La ayuda establecida es de 180 euros anuales por hijo inscrito en guardería, hasta los 3 años de edad. Anexo 5 Gratificación por permanencia Atrasos IPC año 2005 A: con 15 años en la empresa; B: con 21 años en la empresa
6A
Tabla 2006
8A
16129
Grupo C: comerciales Jefe superior...............................................................................................................36,44 Jefe de ventas..............................................................................................................36,44 Inspector de ventas.................................................................................................... 31,26 Vendedor de plaza y viajante..................................................................................... 31,26
Anexo 4
2A
Núm. 4880 – 10.5.2007
12A
Grupo A: técnicos
E
Ayudante (botones) y transportista 16-17 años...................... 552,63 Personal de limpieza (ídem por horas)...610,61 Grupo E: personal obrero Capataz de bodega o fábrica.................... 26,87 Encargado de sección o trabajada............25,76 Oficial de primera.................................... 24,64 Oficial de segunda.................................... 23,94 Oficial de tercera y peón especialista...... 21,94 Peón.......................................................... 20,19 Aprendices de 16-17 años.........................18,41
E: euros
Titulados: Con título superior...............................1.123,49 Con título medio..................................1.104,21 Con título inferior................................1.104,21 No titulados: Encargado general de bodega o fábrica 1.123,48 Encargado de laboratorio...................... 878,37 Ayudante de laboratorio.........................711,39 Auxiliar de laboratorio...........................610,55 Grupo B: administrativos Jefe superior.........................................1.123,48 Jefe de primera.....................................1.027,66 Jefe de segunda....................................1.027,66 Oficial de primera.................................. 801,96 Oficial de segunda.................................. 801,96 Auxiliar...................................................637,81 Aspirante de 16-17 años......................... 552,63 Grupo C: comerciales Jefe superior.........................................1.123,48 Jefe de ventas........................................1.027,66 Inspector de ventas................................ 926,80 Vendedor de plaza.................................. 801,96 Viajante.................................................. 801,96 Grupo D: subalternos Conserje.................................................. 706,85 Subalterno de primera............................637,81 Subalterno de segunda y auxiliar...........610,55
Anexo 2 Primas especiales 2006 A. Empresas de venta a granel 1. Entre el personal fijo de almacén, subalternos y administrativos (excepto gerentes y apoderados) se repartirán las siguientes primas especiales, según repartos de: a) Por cada 1.000 litros de vino, hasta un máximo de bocoy: 3,69 euros. b) Por cada 1.000 litros de vino a granel filtrado en cisternas: 1,81 euros. c) Por cada 1.000 litros de vino a granel rama: 0,85 euros. 2. El personal de vehículos de reparto percibirá por equipo las siguientes primas especiales, que se repartirán entre los que lo formen: d) Por bocoy lleno: 1,37 euros. e) Por medio bocoy lleno de 300-400 litros: 1,07 euros. f) Por barril lleno de 100-240 litros: 0,80 euros. g) Por barril lleno de 30 litros: 0,28 euros. h) Pellejo: 0,57 euros. i) Por barril de 45 litros: 0,34 euros. j) Por garrafa de 8-20 litros: 0,27 euros. B. Empresas de vinos embotellados 1. Para el personal fijo, subalterno y administrativo de la empresa (excepto gerentes y apoderados) se establece en 2005-2006 una prima de 13 euros por día trabajado; y en 2007 de 14 euros.
16130
Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
2. El personal de reparto percibirá por equipo las siguientes primas, que se repartirán entre los que lo formen: Reparto a mayorista o camión completo, por cada caja a partir del segundo viaje al día: 0,11 euros. Reparto a mayorista o camión completo, por cada caja en el primer viaje al día: 0,12 euros. Reparto por medio pedido previo, por cada caja: 0,26 euros. Reparto por autoventa, por cada caja: 0,27 euros.
Núm. 4880 – 10.5.2007
C. Empresas dedicadas exclusivamente a bebidas gravadas por el impuesto de lujo 1. El personal fijo de almacén, subalternos y administrativos (excepto gerentes y apoderados) se repartirán, por cada caja repartida, 0,54 euros. 2. El personal de vehículos de reparto percibirá por equipo y por cada caja 0,52 euros, que se repartirán entre los que lo formen.
el número 2 en A, B, C) está condicionado al hecho de tener que acabar los repartos iniciados en su jornada de trabajo y engloba la compensación de la prolongación de jornada que pueda ser necesaria.
Nota: el devengo de las primas especiales del personal de reparto de este anexo (señalado con
Anexo 3 Antigüedad importes mensuales para el año 2006 A: años. 2A Grupo A: técnicos Jefe superior............................................................................................................... 41,03
82,06 123,13 164,18 246,28 328,38 410,48 492,59
Titulados: Superior...................................................................................................................... 41,03 Con título medio........................................................................................................ 40,17 No titulados: Encargado............................................................................................ 41,03 Gral. bodega o fábrica................................................................................................ 29,79 Encargado de laboratorio.......................................................................................... 22,17 Ayudante de laboratorio............................................................................................ 17,96
82,06 123,13 164,18 246,28 328,38 410,48 492,59 80,27 120,37 160,55 240,87 312,10 401,42 481,74 82,06 123,13 164,18 246,28 328,38 410,48 492,59 59,60 90,28 119,23 177,34 330,36 297,68 357,71 44,31 66,45 88,63 132,96 177,27 221,59 265,92 35,95 53,99 71,99 104,83 143,99 179,94 215,98
Grupo B: administrativos Jefe superior .............................................................................................................. 37,35 Jefe de primera i segunda.......................................................................................... 37,35 Oficial de primera i segunda..................................................................................... 26,63 Auxiliar...................................................................................................................... 18,93
74,69 112,07 149,72 246,28 298,91 74,69 112,07 149,72 246,28 298,91 56,14 80,36 106,74 160,13 213,24 37,87 56,82 75,76 113,65 151,56
373,69 373,69 267,42 189,43
448,36 448,36 320,31 227,32
Grupo C: comerciales Jefe superior............................................................................................................... 37,35 Jefe de ventas.............................................................................................................. 37,35 Inspector de ventas....................................................................................................32,04 Vendedor de plaza y viajante.....................................................................................32,04
74,69 112,07 149,72 246,28 298,91 74,69 112,07 149,72 246,28 298,91 64,06 96,12 128,18 192,29 256,39 53,53 80,30 106,74 113,65 213,21
373,69 373,69 320,56 266,93
448,36 448,36 384,59 320,31
Grupo D: subalternos Conserje...................................................................................................................... 22,15 Subalternos de primera.............................................................................................. 17,96 Subalternos de 2ª y auxiliar....................................................................................... 17,96 Personal de limpieza.................................................................................................. 17,96
44,22 35,96 35,96 35,96
66,46 53,99 53,99 53,99
88,63 71,99 71,99 71,99
133,40 107,97 107,97 107,97
177,26 143,99 143,99 143,99
221,59 179,94 179,94 179,94
265,92 215,98 215,98 215,98
Grupo E: personal obrero Capataz de bodega o fábrica......................................................................................24,25 Encargado de sección o trabaj................................................................................... 23,88 Oficial de primera...................................................................................................... 23,66 Oficial de segunda...................................................................................................... 22,76 Oficial de 3ª, peón y espec......................................................................................... 19,98 Peón.............................................................................................................................17,91
48,53 47,57 47,36 45,37 40,03 35,96
72,80 71,87 71,21 68,54 60,06 53,99
96,77 95,10 94,22 90,76 80,08 75,78
145,61 142,73 141,42 136,01 120,13 107,53
194,18 190,34 188,58 181,52 160,17 143,99
242,73 238,03 235,83 227,01 200,19 179,94
291,26 288,60 282,87 272,29 252,72 215,98
Anexo 4 Pluses varios y horas extraordinarias 2006 Artículo 12 Plus de puntualidad y asistencia Se cifra para 2006 la cantidad de 3,58 euros diarios. Artículo 14 Horas extraordinarias La cantidad retribuida para 2006 es de 12,26 euros.
4A
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Artículo 18 Seguro colectivo de accidentes La cantidad establecida para el seguro colectivo para 2006 es de 12.827,34 euros.
Artículo 21 Quebranto de moneda Los responsables de cobros o pagos percibirán la cantidad de 0,85 euros.
Artículo 19 Dietas La dieta diaria para 2006 es de 10,03 euros.
Artículo 37 Ayuda guarderías La ayuda establecida es de 184,50 euros anuales por hijo inscrito en guardería, hasta los 3 años de edad.
Artículo 20 Vendedor de plaza y viajante El año 2006 la compensación mensual es de 95,28 euros.
Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
Anexo 5 Gratificación por permanencia 2006 A: con 15 años en la empresa; B: con 21 años en la empresa A 60 años.................................1.822,36 61 años.................................1.643,68 62 años.................................1.465,02 63 años.................................1.429,29 64 años................................. 1.093,41 65 años.................................... 643,18
B 2.429,80 2.215,41 1.929,54 1.715,17 1.465,02 800,38
(07.085.157) RESOLUCIÓN TRE/1352/2007, de 26 de marzo, por la que se dispone el registro y la publicación del Convenio colectivo de trabajo de la empresa Thyssenkrupp Elevadores, SL, para los años 2006-2008 (código de convenio núm. 4302851). Visto el texto del Convenio colectivo de trabajo de la empresa Thyssenkrupp Elevadores, SL, suscrito por las partes negociadoras en fecha 27 de febrero de 2007 y presentado por las mismas partes en fecha 27 de febrero de 2007, y de conformidad con lo que establecen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del estatuto de los trabajadores, y los artículos 68.5 y 170.1 e) e j) de la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña, Resuelvo: —1 Disponer el registro del Convenio colectivo de trabajo de la empresa Thyssenkrupp Elevadores, SL, para los años 2006-2008 (código de convenio núm. 4302851), en el Registro de convenios de los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo en Tarragona. —2 Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Notifíquese esta Resolución a la Comisión Negociadora del Convenio. Tarragona, 26 de marzo de 2007 Josep Maria Solanes Segura Director de los Servicios Territoriales en Tarragona Transcripción del texto literal firmado por las partes CONVENIO colectivo de trabajo de la empresa Thyssenkrupp Elevadores, SL, para la provincia de Tarragona, para los años 2006, 2007 y 2008 Artículo 1 Ámbito personal El presente Convenio colectivo afectará a toda la plantilla de la empresa Thyssenkrupp Elevadores, SL adscrita a sus centros de trabajo, tanto presentes como futuros, de la provincia de Tarragona.
Núm. 4880 – 10.5.2007
No obstante a lo anteriormente indicado, aquellos trabajadores que tengan reconocidas con la empresa condiciones individuales de carácter económico distintas a las establecidas en el presente Convenio colectivo, como consecuencia del carácter especial de las funciones que desarrolle, nivel de responsabilidad, cualificación profesional específica, mayor dedicación, razones de orden histórico-personales o de cualquier otra índole se considerarán excluidas del ámbito de aplicación del mismo en lo referente a dichos aspectos, estando incluidos en los restantes Cuando estas condiciones económicas individuales resulten en su conjunto y en cómputo anual, una retribución superior a la que correspondería de la estricta aplicación del presente Convenio colectivo, el incremento salarial que en éste se establezca, sólo será vinculante sobre lo establecido como retribución de Convenio y no sobre el exceso. Artículo 2 Ámbito territorial Las normas contenidas en el presente Convenio colectivo, serán aplicables a los centros de trabajo que Thyssenkrupp Elevadores, SL mantenga, tanto en la actualidad como en el futuro, en la provincia de Tarragona. Artículo 3 Ámbito temporal El presente Convenio colectivo se aplicará inmediatamente después de su firma, independientemente de la fecha de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Su vigencia se extenderá, desde el 1 de enero de 2006 al 31 de diciembre de 2008, aplicándose por lo tanto, sus acuerdos y a todos los efectos con carácter retroactivo al 1 de enero de 2006, excepto aquellos conceptos en que específicamente se acuerden fechas diferentes. El presente Convenio colectivo se entenderá tácitamente prorrogado por periodos anuales si, por lo menos con una antelación mínima de dos meses del vencimiento del mismo, no resultase denunciado por ninguna de las dos partes firmantes, manteniéndose en vigor la totalidad de sus cláusulas mientras no se logre un nuevo acuerdo, salvo aquellas que por su naturaleza obligatoria solamente surtan efecto en cuanto a compromisos de conducta por las partes firmantes. Artículo 4 Indivisibilidad y unidad del Convenio El presente Convenio colectivo forma un todo indivisible que, por tanto, si la jurisdicción competente en uso de sus atribuciones que le confiere el artículo 90.5 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de lo Trabajadores, modificara en todo o en parte, el contenido del presente Convenio colectivo, éste quedará invalidado en su totalidad, debiendo las partes reconsiderar la totalidad de su contenido. Las condiciones pactadas forman un todo indivisible y, a los efectos de su aplicación práctica, habrán de ser consideradas globalmente y en su conjunto. En cualquier caso, ambas partes acuerdan que en el caso de que por necesidades de la empresa sea necesario implantar cualquier tipo de nuevo
16131
servicio al cliente, el mismo se negociará al cuerpo de los sucesivos Convenios colectivos, sin ambas partes lo consideran necesario, independientemente de la obligatoriedad de su realización. Artículo 5 Absorción y compensación Las condiciones pactadas en el presente Con venio colectivo son compensables en su totalidad con las que anteriormente rigieran por (I) mejora pactada o unilateralmente concedida por la Empresa, (II) imperativo legal, (III) resoluciones legales futuras (generales o individuales), (IV) resoluciones jurisprudenciales o del orden contencioso-administrativo, (V) por convenio colectivo o pacto de cualquier clase, (VI) contrato individual, usos y costumbres locales, comarcales o regionales, o (VII) por cualquier otra causa. Las disposiciones legales futuras que impliquen variación económica en todos o en algunos de los conceptos retributivos recogidos en el presente Convenio colectivo, siempre que estén determinados dinerariamente o afecten el número de horas que se haya pactado trabajar, computadas anualmente, únicamente tendrán eficacia práctica si, consideradas en cómputo anual, superan el nivel del Convenio, quedando en caso contrario, absorbidas dentro del mismo. Artículo 6 Garantía personal En caso de que existiese algún trabajador que tuviese reconocidas condiciones económicas que, consideradas en su conjunto y en cómputo anual, fueran más beneficiosas que las establecidas en este Convenio colectivo para los trabajadores de su misma categoría profesional, se le mantendrá con carácter estrictamente personal. Artículo 7 Garantía del Convenio Las partes firmantes del presente Convenio colectivo acuerdan, y a ello se comprometen formalmente, no solicitar ni admitir la adhesión a ningún otro Convenio colectivo, sea cual fuese su ámbito de aplicación, durante la vigencia del presente Convenio colectivo o de alguna de sus prórrogas. Asimismo, durante la vigencia del presente Convenio colectivo no serán aplicables otros convenios de ámbito interprovincial, provincial, comarcal o local, que pudieran negociarse en ámbitos superiores al de esta empresa, aunque éstos dispusieran su aplicación genérica a industrias siderometalúrgicas o por Convenios de Empresa, enclavadas dentro de sus respectivos ámbitos de aplicación territorial. Artículo 8 Organización del trabajo A tenor de lo dispuesto en el artículo 20 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, la facultad y responsabilidad de organizar el trabajo corresponde a la Dirección de la empresa. Artículo 9 Jornada
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Independientemente de la jornada que pueda establecerse por disposiciones de carácter general, se pacta expresamente que para la vigencia del presente Convenio colectivo se realizará una jornada de trabajo efectivo anual de: Año 2006: 1.756 horas Año 2007: 1.754 horas Año 2008: 1.754 horas Todas las horas de trabajo efectivo estarán distribuidas según los calendarios anuales pactados y compensados, que cada año se expondrán en el tablón de anuncios de los centros de trabajo afectados por el articulado de este Convenio colectivo. El personal adscrito a montaje podrá de acuerdo con la Dirección, adecuar en cada caso, su horario al de la obra donde esté realizando sus funciones, debiendo no obstante cumplir el cómputo anual definido en el presente Convenio colectivo Artículo 10 Horarios Ambas partes acuerdan la realización de los siguientes horarios, así como la distribución irregular de la jornada a lo largo del año, respetando en todos los casos, los periodos mínimos de descanso diario y semanal previstos legalmente. Horario 1 Lunes a viernes: 8.30 h. a 13.30 h / 15.00 h. a 18.00 h. Horario 2 Lunes a viernes: 14.00 h. a 22.00 h. Horario 3 Este horario 3 sólo es aplicable a aquellos técnicos que presten sus servicios habitualmente para el Departamento de Montaje. Horario invierno Lunes a viernes: 8.30 h a 13.30 h / 15.00 h. a 18.00 h Horario verano Lunes a jueves: 8.30 h a 13.30 h / 15.00 h. a 18.00 h Viernes: 8.30 h a 14.00 h Para el año 2007, será analizado el horario del Departamento de Montaje en lo referente a la posibilidad de realizar jornada continuada los viernes (adaptándose en todo caso a los horarios de obra). Artículo 11 Servicio 24 horas Siendo ambas partes conscientes de la gran competencia existente en el sector de mantenimiento y conservación de aparatos elevadores, se decide seguir realizando un servicio de “atención al cliente” que cubrirá todas las horas que no recoja el horario oficial reflejado en el presente Convenio colectivo. Independientemente del horario oficial que existe en la delegación, se seguirá realizando el horario que con carácter rotativo por semanas entre aquellos técnicos que realicen dicho servicio y que se venía realizando anteriormente. Dicho horario es, de lunes a viernes abarcando las horas de 14.00 h. a 22.00 horas. A partir de las 22.00 h. hasta las 8.30 h. del día siguiente, de lunes a viernes, el técnico que
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se encuentre prestando el servicio “24 Horas” se mantendrá localizado y disponible, a través de un medio de comunicación móvil (teléfono móvil, PDA’s, etc.) facilitado por la empresa. Los sábados, domingos y festivos el técnico se encontrará localizable y disponible las 24 horas del día, hasta las 8.30 del lunes siguiente. En compensación por este servicio de localización y disponibilidad, se abonará la cantidad de 209,30 euros semanales. En el caso de producirse algún aviso durante el tiempo de disponibilidad, todos los operarios devengarán el cobro de las horas invertidas tanto en la resolución de cualquiera de los mencionados avisos como en el desplazamiento hasta el lugar donde se haya de realizar la asistencia, como si de horas extraordinarias individuales se tratasen (en el precio hora extraordinaria está incluido el anterior concepto de kilómetros). No obstante lo anterior, se garantiza un mínimo de 26,16 euros por salida en el caso de avisos procedentes de clientes normales, y un mínimo de 41,86 euros por salida en el caso de avisos procedentes de clientes especiales. Se considerarán clientes especiales, (I) industrias químicas, (II) centros comerciales (ej.: supermercados Mercadona, etc.) y (III) hoteles. Los días 24 y 31 de diciembre, dada la especial tradición familiar de los mismos, se abonará un plus de 62,79 euros por cada una de las salidas producidas durante los días anteriormente señalados. Artículo 12 Vacaciones anuales El personal afectado por el presente acuerdo colectivo tendrá derecho a 30 días naturales de vacaciones al año. Estos días de vacaciones se devengarán dentro del periodo comprendido entre el 1 de julio de cada año y el 30 de junio del año siguiente, debiendo disfrutarse dentro del periodo inmediato siguiente al que se han devengado. Aquellos trabajadores que cesen durante el periodo citado, disfrutarán de la parte proporcional correspondiente. Para el personal operario, la retribución correspondiente a vacaciones se abonará, incrementada con el promedio de primas percibidas durante los 3 meses anteriores a aquel en el que se disfruten. Las vacaciones se disfrutarán de mutuo acuerdo entre los trabajadores y la empresa, siempre respetando el cómputo de la jornada anual. Una vez asignado el periodo de vacaciones los posibles cambios que pudieran realizarse se pactarán individualmente con el trabajador. Artículo 13 Permisos retribuidos Todo el personal afectado por el ámbito personal del presente Convenio colectivo disfrutará los siguientes permisos retribuidos, en las siguientes condiciones: 1. Matrimonio, será de 17 días naturales y con obligación de disfrute. Se iniciarán el primer día laborable siguiente a la celebración del matrimonio; esta licencia sólo se podrá conceder una vez cada 5 años (parejas de hecho); excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja de hecho, que este plazo se reducirá a tres años. 2. Alumbramiento de esposa, 3 días natu-
rales, debiendo ser el último necesariamente día laborable, pudiendo ampliarse hasta 5 en caso de gravedad. 3. En todos los supuestos de este apartado, se añadirán dos días naturales en caso de desplazamiento fuera de la provincia de Tarragona. 3.1. Fallecimiento de cónyuge, cinco días naturales. 3.2. Fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (padres, hijos, hermanos y abuelos propios o del cónyuge), 3 días naturales. 3.3. Enfermedad grave u hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, 3 días de los que, como mínimo, 2 serán laborables, pudiéndose disfrutar mientras dure dicha situación. 3.4. En los casos de intervención quirúrgica ambulatoria, 2 días naturales. 4. Traslado de domicilio habitual: 1 día laborable. 5. Para el cumplimiento de un deber público y personal, el tiempo indispensable (inexcusable y amparado en norma legal o administrativa). 6. Por el tiempo necesario en los casos de asistencia a consulta médica de especialistas de la Seguridad Social, cuando coincidiendo el horario de consulta con el de trabajo se prescriba dicha consulta por el facultativo de medicina general, debiendo presentar el trabajador al empresario el volante justificativo de la referida prescripción médica, previamente facilitado por la empresa. En los demás casos (asistencia a facultativos de medicina general o medicina privada) hasta el límite de 20 horas al año. 7. Todo el personal tendrá derecho a un máximo de dos días al año para preparar exámenes para la obtención de un título académico o de formación profesional. 8. Todo el personal tendrá derecho a licencia para acudir a exámenes para la obtención de título académico o de formación profesional, debiendo justificar aprovechamiento. A las parejas de hecho, que acrediten su situación según establece la Ley 10/1998, de 15 de julio, de uniones estables de pareja (DOGC de 23 de julio 1998), se les reconocen los mismos derechos, permisos y licencias que a los matrimonios. En todos estos casos de licencia con derecho a retribución se percibirá el salario de Convenio. Artículo 14 Permisos sin retribuir Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de 6 años o un minusválido físico, psíquico o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un tercio y un máximo de la mitad de la duración de aquélla. La reducción de jornada contemplada en el presente artículo constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.
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Artículo 15 Excedencia 1. La excedencia podrá ser voluntaria o forzosa. La forzosa, que dará derecho a la conservación del puesto y al cómputo de la antigüedad de su vigencia, se concederá por la designación o elección para un cargo público que imposibilite la asistencia al trabajo. El reingreso deberá ser solicitado dentro del mes siguiente al cese en el cargo público. 2. El trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a dos años y no mayor a cinco. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia. 3. Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. 4. También tendrán derecho a un período de excedencia, de duración no superior a un año, salvo que se establezca una duración mayor por negociación colectiva, los trabajadores para atender al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo será computable a efectos de antigüedad y el trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente. 5. Asimismo podrán solicitar su paso a la situación de excedencia en la empresa los trabajadores que ejerzan funciones sindicales de ámbito provincial o superior mientras dure el ejercicio de su cargo representativo. 6. El trabajador excedente conserva sólo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa. Artículo 16 Horas extraordinarias La prestación de horas extraordinarias, dentro de los límites que en cada momento señale la
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legislación vigente, será de aceptación voluntaria por parte del trabajador, salvo que se trate de horas estructurales o de fuerza mayor, en cuyo caso, serán de prestación obligatoria. Las horas extraordinarias realizadas de carácter estructural o por fuerza mayor como son el caso de: terminación de la reparación de una avería al término de la jornada de trabajo, que de no realizarse dejaría el ascensor parado con el consabido perjuicio grave para el cliente, o los rescates de personas atrapadas en los elevadores, no serán tenidas en cuenta para el cómputo de horas extraordinarias señalado como máximo en cada momento por la legislación vigente. Las horas extraordinarias que con arreglo a los criterios expuestos fueran necesarias realizar dentro de los límites legales, se compensarán en metálico, salvo que por acuerdo entre la dirección de la empresa y el trabajador se pactara su compensación por tiempo de descanso. Serán de carácter obligatorio, las horas extraordinarias estructurales y/o de fuerza mayor, en especial, las horas necesarias para rescate de personas atrapadas en los elevadores en mantenimiento la terminación de averías fuera del horario normal de trabajo. Artículo 17 Dietas a) Dieta completa: En caso de desplazamiento en comisión de servicio, se percibirá en concepto de dietas las cantidades que a continuación se indican: Año 2006 Desayuno.......................................... 2,44 euros Comida............................................12,40 euros Cena................................................. 11,84 euros Hotel................................................................. Varios.................................................3,00 euros Total.................................................29,68 euros El hotel será reservado y pagado por la empresa a partir del primer día de desplazamiento. En caso contrario, la dieta completa será de: Año 2006: 82,68 euros Sólo se tendrá derecho al cobro del concepto “varios” cuando se pernocte en el lugar de destino. En cualquier caso, nunca se abonará a los trabajadores afectados por el presente acuerdo colectivo una cantidad inferior que aquellas que se señalen como tabla de dietas aprobada por la empresa a nivel nacional. Dichas tablas serán publicadas en el tablón de anuncios de la empresa anualmente. Artículo 18 Vehículos y kilometraje El personal operario de montaje que con ocasión de la prestación de sus servicios utilice el vehículo de su propiedad, percibirá como compensación por el transporte de herramienta y desplazamiento la cantidad de 36,00 euros mensuales. Para todo el personal afectado por el presente Acuerdo colectivo y que para desplazamientos que hayan de realizar con ocasión de la prestación de sus servicios para la empresa en el vehículo privado del trabajador, se abonará la cantidad de 0,32 euros/km para el año 2006. Ésta cantidad será revisada anualmente por la
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empresa de acuerdo con los criterios aplicados a nivel nacional. Artículo 19 Seguro de vida La empresa abonará (bien asumiendo el pago, o bien mediante suscripción de una póliza de seguros para estos casos) las cantidades de: a) 13.222 euros en caso de fallecimiento por causas naturales. b) 23.139 euros en caso de fallecimiento por accidente. c) 26.444 euros en caso de invalidez absoluta, derivada de accidente o enfermedad. Artículo 20 Complemento de enfermedad o accidente En caso de baja por enfermedad o accidente, la empresa complementará las prestaciones de la Seguridad Social hasta el 100% del salario pactado. Artículo 21 Sueldos El incremento salarial del personal afectado por el contenido del presente Convenio colectivo será: Para salarios fijos (anexos I y II año 2006) Años 2006-2007-2008: índice de precios al consumo (IPC) (Cataluña) real más un 1 %. Al inicio de cada año se aplicará el IPC previsto por el Gobierno, regularizando la posible diferencia a principios del año siguiente, cuando se conozca los datos estadísticos reales del IPC real con efectos de 1 de enero. Artículo 22 Primas o incentivos 1. Para el personal de Post - Venta Para el personal operario adscrito a la división de post-venta, se aplicará la siguiente fórmula para el cálculo del rendimiento: R = Rv*Prv + Rv*Pd + N*Pa*Inma / / T1=tj-te+he+tsz-toz Siendo: R = Rendimiento Rv = Número de revisiones realizadas Prv = Puntos de revisión (55 puntos) Pd = Puntos por dispersión de zona N = Número de ascensores en zona Pa = Punto por aviso (80) Ima = Índice medio de avisos (0’5) Tj = Tiempo a justificar al mes (horas) Te = Tiempo en trabajos especiales (horas) He = Horas extras en nómina Tsz = Tiempo imputado en el sector por persona ajena al mismo (por necesidad del trabajo y a requerimiento de la empresa). Toz = Tiempo invertido en un sector ajeno (por necesidades del trabajo y a requerimiento de la empresa). Tabla de rendimiento 2006 61 62 63 64 65 66
Euros hora año 0,146 0,219 0,313 0,429 0,523 0,617
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Tabla de rendimiento 2006 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80
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Euros hora año 0,711 0,847 0,931 1,056 1,151 1,255 1,349 1,475 1,590 1,663 1,799 1,904 1,967 2,113
Durante el periodo de vacaciones en concepto de primas, se abonara el promedio obtenido durante los tres meses anteriores al de disfrute. 2. Para el personal de montaje Aplicación del sistema de primas por rendimiento vigente en la empresa. Artículo 23 Pagas extraordinarias El personal afecto por el presente acuerdo colectivo percibirá dos gratificaciones extraordinarias al año equivalentes a 30 días de salario cada una de ellas, que se abonarán los días 30 de junio y 15 de diciembre. Dichas pagas se calcularán para cada trabajador en función de los siguientes conceptos: Salario Convenio + Antigüedad consolidada Estas gratificaciones se abonarán en proporción al tiempo trabajado, prorrateándose cada una de ellas por semestres naturales del año en que se devenguen. Artículo 24 Complemento de pagas extraordinarias Para el personal operario se establece un complemento de pagas extraordinarias de 333,50 euros en cada una de ellas (junio y diciembre) año 2006. Este complemento solamente se abonará en caso de estar dado de alta en la empresa al momento del abono de las pagas extraordinarias. En el caso de causar baja en la empresa por cualquier causa, no se devengará derecho al cobro de cantidad alguna por este concepto. Artículo 25 Código de conducta 1. Faltas i sanciones Se entiende por faltas las acciones u omisiones de los trabajadores que supongan un incumplimiento de sus deberes laborales. 2. Graduación de las faltas Los trabajadores que incurran en alguna de las faltas que se establecen en los artículos siguientes, podrán ser sancionados por la Dirección de la empresa que tendrá en cuenta, atendiendo a su importancia, trascendencia o malicia, su graduación en leves, graves o muy graves. 3. Faltas leves Tendrán la consideración de faltas leves las siguientes: a) De una a tres faltas de puntualidad en la asistencia al trabajo, sin la debida justificación, cometidas durante el periodo de un mes.
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b) No notificar con carácter previo o en su caso, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la falta, la razón de la ausencia al trabajo, a no ser que pruebe la imposibilidad de haberlo hecho. c) El abandono del trabajo sin causa justificada, que sea por breve tiempo. Si como consecuencia del mismo se causase perjuicio de alguna consideración a la empresa o a los compañeros de trabajo o fuera causa de accidente, esta falta podrá ser considerada como grave o muy grave según los casos. d) Pequeños descuidos en la conservación del material. e) Falta de aseo o limpieza personal. f) No atender al público con la corrección y diligencia debida. g) No comunicar a la empresa los cambios de residencia o domicilio. h) Discutir con los compañeros dentro de la jornada de trabajo. i) Faltar al trabajo un día sin causa justificada. 4. Sanciones de las faltas leves Las faltas leves serán sancionadas: a) Amonestación verbal. b) Amonestación por escrito. 5. Faltas graves Tendrán la consideración de faltas graves: a) Más de tres faltas no justificadas de puntualidad en la asistencia al trabajo, cometidas durante el período de treinta días. b) Faltar de uno a tres días al trabajo durante un período de treinta días sin causa que lo justifique. Bastará una sola falta cuando tuviera que relevar a un compañero o, cuando como consecuencia de la misma se causase perjuicio de alguna consideración a la empresa. c) No comunicar con la puntualidad debida los cambios experimentados en la familia que puedan afectar a la seguridad social y, en su caso, a sus prestaciones. La falsedad u omisión maliciosa en cuanto a la aportación de estos datos se considerará como falta muy grave. d) Entregarse a juegos, cualesquiera que sean, dentro de la jornada de trabajo. e) La desobediencia a los superiores en cualquier materia de trabajo, incluida la resistencia y obstrucción a nuevos métodos de racionalización del trabajo o modernización de maquinaria que pretenda introducir la empresa, así como negarse a rellenar las horas de trabajo, control de asistencia, etc. Si implicase quebranto manifiesto de la disciplina o de ella se derivase perjuicio notorio para la empresa o compañeros de trabajo, se considerará falta muy grave. f) Simular la presencia de otro en el trabajo, firmando o fichando por él. g) La negligencia o desidia en el trabajo que afecte a la buena marcha del mismo. h) La imprudencia en acto de servicio. Si implicase riesgo de accidente para sí o para sus compañeros, o peligro de averías para las instalaciones, podrá ser considerada como falta muy grave. En todo caso, se considerará imprudencia en acto de servicio el no uso de las prendas y aparatos de seguridad de carácter obligatorio. i) Realizar, sin el oportuno permiso, trabajos particulares durante la jornada, así como
el empleo para usos propios de herramientas de empresa. j) La reiteración o reincidencia en falta leve (excluida la de puntualidad), aunque sea de distinta naturaleza, dentro de un trimestre y habiendo mediado sanción que no sea la de amonestación verbal. 6. Sanciones a las faltas graves Las faltas graves serán, sancionadas: a) Traslado de puesto de trabajo, en el mismo centro. b) Suspensión de empleo y sueldo de dos a veinte días. 7. Faltas muy graves Tendrán la consideración de faltas muy graves: a) Más de diez faltas no justificadas de puntualidad cometidas en un período de seis meses o veinte en un año. b) Las faltas injustificadas al trabajo durante tres días consecutivos o cinco alternos en un mismo mes. c) El fraude deslealtad o abuso de confianza en las gestiones encomendadas y el hurto o robo, tanto a sus compañeros como a la empresa o a cualquier otra persona, realizando dentro de las dependencias de la misma o durante acto de servicio en cualquier lugar. d) Los delitos de robo, estafa o malversación cometidos fuera de la empresa o cualquier otra de delito común que pueda implicar para ésta desconfianza hacia su autor. e) La simulación de enfermedad o accidente, se entenderá siempre que existe falta cuando un trabajador en baja por uno de tales motivos realice trabajos de cualquier clase por cuenta propia o ajena. También se comprenderá en este apartado toda manipulación hecha para prolongar la baja por accidente o enfermedad. f) La continuada y habitual falta de aseo y limpieza de tal índole que produzca quejas justificadas de sus compañeros de trabajo. g) La embriaguez durante el trabajo. h) Violar el secreto de la correspondencia o de documentos reservados de la empresa. i) Revelar a terceras personas o a elementos extraños datos de reserva obligatoria. j) Dedicarse a actividades que la empresa hubiera declarado incompatibles o que impliquen competencia hacia la misma. k) Los malos tratos de palabra u obra o falta grave de respeto o consideración para con los jefes, así como con los compañeros y subordinados. l) Causar accidente grave por negligencia o imprudencia inexcusable. m) Abandonar el trabajo en puestos de responsabilidad. n) La disminución no justificada en el rendimiento del trabajo. o) Originar riñas y pendencias con sus compañeros de trabajo. p) Las derivadas de lo previsto en los apartados c), e) y h) del punto 25.5. q) La reincidencia en faltas graves, aunque sean de distinta naturaleza, siempre que se cometan dentro de un trimestre y hayan sido sancionadas. 8. Sanciones a las faltas muy graves Las faltas muy graves serán sancionadas:
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a) Suspensión de empleo y sueldo de veinticuatro a sesenta días. b) Inhabilitación por un período no superior a cinco años para ascender de categoría. c) Traslado forzoso a otra localidad sin derecho a indemnización. d) Despido 9. Prescripción de las faltas Las faltas prescribirán: Faltas leves, a los 10 días. Faltas graves, a los 20 días. Faltas muy graves, a los 60 días. Además de los mecanismos implícitos de caducidad previstos en la propia graduación de faltas, éstas caducarán y no podrán ser de referencia a ningún efecto: leves al mes, las graves a los dos meses, y las muy graves a los cuatro meses de haberse producido. Estas prescripciones se entienden a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido. Artículo 26 Abuso de autoridad La empresa considerará como falta grave y sancionará en consecuencia los abusos de autoridad que se pudieran cometer por sus directivos, jefes y mandos intermedios. Se considerará abuso de autoridad siempre que un superior cometa un hecho arbitrario, con infracción manifiesta y deliberada de un precepto legal y con un perjuicio notorio para un subordinado. En este caso, el trabajador afectado lo pondrá en conocimiento de los representantes de los trabajadores para que estos tramiten la queja a la Dirección social de la empresa si la resolución de esta no fuera de la completa satisfacción del agraviado, este y sus representantes lo podrán poner en conocimiento de las autoridades laborales competentes si es de su interés. Artículo 27 Gratificación de beneficios Los integrantes de la plantilla de los colectivos que venían percibiendo la gratificación de beneficios, cobrarán en el mes de febrero, la cantidad resultante de aplicar la fórmula siguiente: Año 2006: C = 6,5 x B / 100 x P Siendo: C: Cantidad bruta a percibir B: Beneficios netos auditados P: Plantilla total, a nivel nacional de la empresa, al 30 de septiembre de cada uno de los años correspondientes Para tener derecho al cobro de esta gratificación, será requisito necesario el encontrarse de alta en la Empresa a la fecha del cobro de la misma. Las personas que cumpliendo este requisito hubieran sido alta en la empresa únicamente durante una parte del ejercicio económico (1 de octubre a 30 de septiembre), cobrarán la parte proporcional de dicha gratificación. Esta gratificación por beneficios engloba las gratificaciones voluntarias y/o pagas de beneficios que cualquier colectivo, incorporado a la empresa durante la vigencia de este acuerdo colectivo pudiera venir percibiendo.
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Artículo 28 Disposición final primera Derecho supletorio Para todas aquellas materias que no hubieran sido objeto de regulación específica en el presente Convenio colectivo, se estará a lo que sobre las mismas establezca, el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones de carácter general o especial que pudieran ser aplicables. Artículo 29 Disposición final segunda Periodo de prueba Se acuerda un periodo de prueba, cuya duración será de seis (6) meses para los técnicos titulados y de dos (2) meses para el resto de los trabajadores. No obstante, cuando se trate de un contrato en prácticas, el periodo de prueba será de 2 meses para los titulados de grado superior (licenciados y técnicos superiores de formación profesional reglada) y de un (1) mes para titulados de grado medio (diplomados y técnicos de formación profesional reglada). En cualquier caso, el periodo de prueba acordado quedará interrumpido en los supuestos de incapacidad temporal. Artículo 30 Disposición final tercera Promoción y ascensos En ningún caso los operarios que tengan asignada la categoría profesional de “Especialistas B” podrán estar en la misma durante más de un año, al cabo del cual pasará a ser “Especialistas A”, no permaneciendo en la categoría de “ESPECIALISTA” más de dos años. Ninguno de los dos niveles de la categoría de “Especialista” (A o B) devengarán derecho al cobro de prima de producción alguna, al estar aprendiendo un oficio. Artículo 31 Disposición final cuarta Comisión Paritaria Cualquier discrepancia que pudiera derivarse de la interpretación del presente Convenio colectivo, las partes convienen en plantearla ante la Comisión Paritaria, que estaría compuesta por las siguientes personas: Por la empresa: José Belmonte Ferrer Antonio Rozados Jiménez Por la representación de los trabajadores: José Miguel Pérez Tanda José Manuel Pulido Cordero En cualquier caso, estas personas podrán delegar su representación en la persona que ellos designen expresamente. Anexo 1 Tablas salariales operarios 2006 Importes en euros Nivel Salario Salario Categorías retributivo diario anual Oficial 1ª A 48,25 20.506,25 Oficial 1ª B 44,38 18.861,50
Nivel Salario Categorías retributivo diario Oficial 1ª C 41,00 Oficial 2ª A 39,00 Oficial 2ª B 37,00 Oficial 2ª C 35,00 Oficial 3ª A 34,00 Oficial 3ª B 32,00 Oficial 3ª C 31,40 Auxiliar A 30,35 Auxiliar B 29,30
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Salario anual 17.425,00 16.575,00 15.725,00 14.875,00 14.450,00 13.600,00 13.345,00 12.898,75 12.452,50
Nota: En los valores de estas tablas está incluido el concepto antigüedad, a excepción de las personas que actualmente se les abona este concepto. Tablas salariales empleados 2006 Importes en euros Nivel Salario Salario Categorías retributivo mes anual Oficial 1ª A 1.412,77 19.778,78 Oficial 1ª B 1.296,97 18.157,58 Oficial 1ª C 1.229,64 17.214,96 Oficial 2ª A 1.182,21 16.550,94 Oficial 2ª B 1.046,50 14.651,00 Oficial 2ª C 994,18 13.918,52 Auxiliar A 941,85 13.185,90 Auxiliar B 863,36 12.087,04 Nota: En los valores de estas tablas está incluido el concepto antigüedad, a excepción de las personas que actualmente se les abona este concepto. (07.085.170) RESOLUCIÓN TRE/1353/2007, de 3 de abril, por la que se dispone la inscripción y la publicación de la revisión salarial para 2007 del Convenio colectivo de trabajo del sector de peluquerías, centros de estética y belleza de Cataluña (código de convenio núm. 7902515). Visto el texto de la revisión salarial para 2007 del Convenio colectivo de trabajo del sector de peluquerías, centros de estética y belleza de Cataluña, subscrito por las partes negociadoras el día 26 de febrero de 2007, y de acuerdo con lo que disponen el artículo 2.b) del Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo; el artículo 170.1.e) y j) de la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña, y otras normas de aplicación, Resuelvo: —1 Disponer la inscripción de la revisión salarial para 2007 del Convenio colectivo de trabajo del sector de peluquerías, centros de estética y belleza de Cataluña (código de convenio núm. 7902515) en el Registro de convenios de la Dirección general de Relaciones Laborales. —2 Disponer que el citado texto se publique en el DOGC, previo cumplimiento de los trámites pertinentes.
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DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y VIVIENDA Notifíquese esta Resolución a la Comisión negociadora del Convenio. Barcelona, 3 de abril de 2007 Salvador Álvarez Vega Director general de Relacions Laborals Transcripción del texto original firmado por las partes ACTA de la Comisión paritaria del Convenio colectivo de trabajo de peluquerías, centros de estética y belleza de Cataluña. Tablas salariales 2007 del Convenio colectivo del sector de peluquerías, centros de estética y belleza de Cataluña Anexo 1 Tablas salariales 2007 en peluquerías de señoras de Barcelona y provincia (en euros) SI=salario inicial; SG=salario garantizado.
SI SG Grupo 1. Personal directivo Director/a........................................... - 1.244,67 Grupo 2. Personal titulado Formación universitaria Título de Grado superior/ Licenciado/a....................................... - 838,91 Título de Grado medio / Diplomado/a...................................... - 755,02 Grupo 3. Personal técnico Oficial mayor de peluquería.............- 853,68 Oficial de primera o estilista....497,11 818,32 Oficial de segunda...................448,86 752,65 Grupo 4. Personal especialista Especialista de belleza (Centros de peluquería)...........448,86 752,65 Ayudante de belleza................ 398,33 700,71 Ayudante de peluquería..........398,33 700,71 Grupo 5. Personal administrativo Jefe administrativo............................- 853,68 Oficial 1ª administrativo...................- 818,32 Oficial 2ª administrativo...................- 752,65 Auxiliar administrativo y auxiliar de caja................................ - 700,71 Recepcionista, telefonista.................- 700,71 Grupo 6. Personal subalterno Guarda................................................ - 695,59 Personal de limpieza.........................- 600,06 Aprendiz..............................(Salario mínimo inter profesional vigente) Anexo 2 Tablas salariales 2007 en centros de estética y belleza de Cataluña (en euros) SI=salario inicial; SG=salario garantizado.
SI SG Grupo 1. Personal directivo Director/a........................................... - 1.244,68 Grupo 2. Personal titulado Formación universitaria Título de grado superior/ Licenciado/a............................. 713,57 838,91 Título de grado medio / Diplomado/a............................ 611,64 755,02
SI SG Grupo 3. Personal técnico Coordinador/a o esteticista..... 428,14 734,06 Esteticista grado superior....... 376,79 707,40 Esteticista titulada y/o diplomado................................ 367,00 692,11 Profesional de especialidad.... 367,00 692,11 Grupo 4. Personal especialista Esteticista auxiliar...................305,82 629,18 Manicura..................................336,40 629,18 Maquilladora...........................336,40 629,18 Depilador/a de cera fría, caliente o eléctrica..................336,40 629,18 Especialista de peluquería (Centros de estética)................ 367,00 692,11 Auxiliar de institutos de belleza..................................203,88 629,18 Grupo 5. Personal administrativo Jefe administrativo............................- 1.001,25 Oficial 1ª administrativo...................- 855,18 Oficial 2ª administrativo...................- 767,29 Auxiliar administrativo y auxiliar de caja................................ - 709,12 Recepcionista, telefonista.................- 709,12 Grupo 6. Personal subalterno Guarda................................................ - 709,12 Personal de limpieza.........................- 611,74 Aprendiz..............................(Salario mínimo inter profesional vigente) Anexo 3 Tablas salariales 2007 en peluquerías de señoras de Tarragona, Lleida y Girona y de caballeros de Cataluña (en euros) SI=salario inicial; SG=salario garantizado.
SI SG Grupo 1. Personal directivo Director/a............................. Según contrato Grupo 2. Personal titulado Formación universitaria Titulo de Grado superior / Licenciado/a....................................... - 838,91 Titulo de Grado medio / Diplomado/a...................................... - 755,02 Grupo 3. Personal técnico Oficial mayor de peluquería.............- 678,41 Oficial de primera o estilista.............- 661,76 Oficial de segunda.............................- 655,56 Grupo 4. Personal especialista Especialista de belleza (Centros de peluquería).....................- 678,41 Ayudante de belleza..........................- 595,27 Ayudante de peluquería....................- 654,21 Grupo 5. Personal administrativo Jefe administrativo............................- 678,41 Oficial 1ª administrativo...................- 661,76 Oficial 2ª administrativo...................- 654,21 Auxiliar administrativo y auxiliar de caja................................ - 610,06 Recepcionista, telefonista.................- 610,06 Grupo 6. Personal subalterno Guarda................................................ - 595,27 Personal de limpieza.........................- 595,27 Aprendiz............................................ - 595,27 Plus de transporte queda establecido en 1,40 € por día trabajado (07.102.143)
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ORDEN MAH/126/2007, de 13 de abril, de modificación de la Orden MAB/394/2003, de 18 de septiembre, por la que se regula el contenido, la aprobación, la revisión y el seguimiento de los planes técnicos de gestión y mejora forestal y de los planes simples de gestión forestal. La Orden MAB/394/2003, de 18 de septiembre, por la que se regula el contenido, la aprobación, la revisión y el seguimiento de los planes técnicos de gestión y mejora forestal y de los planes simples de gestión forestal (DOGC núm. 3981, de 6.10.2003), determina que el inicio de las actuaciones incluidas en los PTGMF y los PSGF no necesitan autorización previa pero sí es necesario comunicar por escrito o por los medios telemáticos que se establezcan el inicio de los trabajos con una antelación mínima de diez días; La Ley 6/1988, de 30 de marzo, forestal de Cataluña, y la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes, determinan la necesidad de autorización de la administración forestal para realizar aprovechamientos de productos forestales que no estén contenidos en un proyecto de ordenación o planes técnicos aprobados; Asimismo, los anexos 1 y 2 de la Orden MAB/394/2003, regulan el contenido de los planes técnicos de gestión y mejora forestal y de los planes simples de gestión forestal indicando la necesidad de diferenciar las actuaciones programables de las no programables, siendo éstas últimas aquellas actuaciones de mejora silvícola o de infraestructura que no se concretan en una determinada unidad de actuación concreta ni un año determinado; Ante la necesidad de simplificar, agilizar y facilitar la gestión forestal en fincas que disponen de planes técnicos de gestión y mejora forestales o planes simples de gestión forestal, la modificación que se introduce con la presente Orden limita únicamente a las actuaciones programables la obligación de comunicarlas a la Administración forestal. Igualmente, también se incorpora la obligación de comunicación de los aprovechamientos de maderas y leñas para el consumo propio. Por este motivo, a propuesta del Centro de la Propiedad Forestal y de la Dirección General del Medio Natural, Ordeno: Artículo único Se modifica el apartado 1 del artículo 15 de la Orden MAB/394/2003, de 18 de septiembre, por la que se regula el contenido, la aprobación, la revisión y el seguimiento de los planes técnicos de gestión y mejora forestal y de los planes simples de gestión forestal, que queda redactado de la siguiente manera: “15.1 El inicio de las actuaciones incluidas en los PTGMF y los PSGF no necesitarán autorización previa. No obstante, hay que comunicar, por escrito o por los medios telemáticos que se establezcan, el inicio de los trabajos correspondientes a las actuaciones programables con una antelación mínima de diez días. También hay que
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comunicar los aprovechamientos de madera o leña para consumo propio. Los avisos tendrán una vigencia de un año. Pasado este plazo sin haber ejecutado totalmente o parcialmente la actuación hará falta comunicarlo de nuevo al Centro de la Propiedad Forestal o a la Dirección General del Medio Natural en caso de que se quiera hacer.”. Disposición final Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Barcelona, 13 de abril de 2007 Francesc Baltasar i Albesa Consejero de Medio Ambiente y Vivienda
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Anexo 1 Demarcación territorial: Girona. Comarca: Baix Empordà. Termas municipales: Mont-ras y Palamós. Pertenencia: Generalidad de Cataluña. Denominación y núm. CUP: Paratge i Pla de Castell, núm. 111. Descripción catastral: Polígono 1 de Palamós, parcelas 28 (parcial), 29 (parcial), 30 (parcial), 31 (parcial), 33, 36, 38, 42, 61 (parcial), 62 (parcial), 63, 68. Polígono 6 de Mont-ras, parcela 44 (parcial). Límites: Norte: parcelas 10, 45 y 46 del polígono 6 de Mont-ras.
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Este: parcelas 19, 20, 32, 30, 29 y 28 del polígono 1 de Palamós. Sur: parcelas 9008, 60 y 61 del polígono 1 de Palamós. Oeste: parcelas 62, 146 y 52 del polígono 2 de Palamós y parcelas 50, 37, 34, 35, 40, 39, 41 y 43 del polígono 1 de Palamós. Cabida: Superficie declarada de utilidad pública: 85,2458 ha. Especias: Estrato arbóreo de Pinus pinea, Pinus halepensis y Quercus suber.
Anexo 2
(07.094.030) RESOLUCIÓN MAH/1331/2007, de 13 de abril, por la que se declara de utilidad pública el monte denominado Paratge i Pla de Castell, en los términos municipales de Mont-ras y Palamós. Examinado el expediente sobre la declaración de utilidad pública y subsiguiente inclusión en el Catálogo de utilidad pública del monte denominado Paratge i Pla de Castell, en los términos municipales de Mont-ras y Palamós, que pertenece a la Generalidad de Cataluña; De acuerdo con la Ley 6/1988, de 30 de marzo, forestal de Cataluña, y la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes, modificada por la Ley 10/2006, de 28 de abril;
Palafrugell
Vall-llobrega Mont-ras
Hechos los trámites de audiencia y de información pública y comprobado que el monte cumple las condiciones que prevé en el apartado c) del artículo 12.1 de la Ley forestal de Cataluña; De acuerdo con el informe favorable del responsable de Recursos Forestales de los Servicios Territoriales de Girona y a propuesta de la Dirección General del Medio Natural, Palamós
Resuelvo: —1 Declarar de utilidad pública el monte denominado Paratge i Pla de Castell, en los términos municipales de Mont-ras y Palamós. —2 Incluir el monte en el Catálogo de montes de utilidad pública con las características que se detallan en el anexo 1 y con el plano de delimitación territorial que se adjunta en el anexo 2. —3 La Dirección General del Medio Natural del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda llevará a cabo, en el plazo de cuatro años, las actuaciones necesarias para la delimitación y deslinde del monte, de conformidad con la normativa forestal. DECLARACIÓ D'UTILITAT PÚBLICA PARATGE I PLA DEL CASTELL
Barcelona, 13 de abril de 2007 Francesc Baltasar i Albesa Consejero de Medio Ambiente y Vivienda
(07.094.103)
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CARGOS Y PERSONAL
DEPARTAMENTo DE LA PRESIDeNCIA
DEPARTAMENTo DE LA VICEPRESIDeNCIA
DECRETO 109/2007, de 8 de mayo, de cese del señor Raimon Martínez Fraile como delegado del Gobierno de la Generalidad en Madrid.
PATRONAT CATALÀ PRO EUROPA
De conformidad con lo que establece el artículo 71.g) de la Ley 3/1982, de 23 de marzo, del Parlamento, del Presidente y del Consejo Ejecutivo de la Generalidad, y de acuerdo con el Gobierno, Decreto: Artículo único El señor Raimon Martínez Fraile cesa, a petición propia, como delegado del Gobierno de la Generalidad en Madrid, y se le agradecen los servicios prestados. Barcelona, 8 de mayo de 2007 José Montilla i Aguilera Presidente de la Generalidad de Cataluña (07.128.013)
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RESOLUCIÓN VCP/1348/2007, de 4 de mayo, de delegación de funciones de la secretaria general del Patronato Catalán Pro Europa a favor del coordinador. En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.a) del texto refundido de los Estatutos del Patronat Català Pro Europa, aprobado por el Decreto 154/2005, de 12 julio; Considerando que el artículo 21.h) del texto refundido referenciado, establece que el secretario o la secretaria general podrán delegar determinadas funciones, de acuerdo con la legislación vigente y rendirá cuentas al Pleno; De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, Resuelvo, —1 Delegar en el coordinador del Patronato Catalán Pro Europa las funciones siguientes: a) Adoptar todas las medidas que garanticen el funcionamiento correcto de las áreas de Información y Actividades del Patronato Catalán Pro Europa, así como de las oficinas de Girona, Lleida y Tarragona y rendir cuentas a la secretaria general y al Pleno en su reunión ordinaria correspondiente, lo que incluye la contratación de personal y de servicios adscritos al Patronato. b) La gestión económica y administrativa de las áreas de Información y Actividades del Patronato y de sus oficinas de Girona, Lleida y Tarragona. c) Contraer gastos y ordenar los pagos correspondientes a la gestión de las áreas de Información y Actividades de acuerdo con los límites establecidos por el Pleno y presentar su liquidación en la reunión ordinaria correspondiente al Pleno. d) Mantener contacto con los responsables de las instituciones y entidades integrantes del patronato, con la finalidad de garantizar la máxima coordinación funcional. Barcelona, 4 de mayo de 2007 Anna Terrón i Cusí Secretaria general (07.117.152)
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DEPARTAMENTo De INTERIOR, RELACIONeS INSTITUCIONALeS Y PARTICIPACIÓN RESOLUCIÓN IRP/1342/2007, de 23 de abril, de concesión de una medalla de bronce al mérito policial con distintivo rojo al señor Roger Martínez Losada. La Dirección General de Policía ha tenido conocimiento, por el conducto reglamentario, de una meritoria actuación llevada a cabo por el señor Roger Martínez Losada. El citado ciudadano prestó su ayuda a un agente del cuerpo de mozos de escuadra al actuar con rapidez en el transcurso de una intervención policial y así evitar que un cristal roto de grandes dimensiones impactase en el cuello del agente. El señor Martínez sufrió un corte profundo en su brazo que requirió varios puntos de sutura. En consecuencia, y de acuerdo con lo que establece el artículo 9.1.c) del Decreto 184/1995, de 13 de junio, de regulación de los uniformes reglamentarios, los distintivos, las distinciones, los saludos y la identificación del cuerpo de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, modificado por el Decreto 257/1999, de 6 de septiembre; A propuesta del director general de Policía y en uso de las facultades que me atribuye el artículo 9.2 del Decreto citado, Resuelvo: Conceder la medalla de bronce al mérito policial con distintivo rojo al señor Roger Martínez Losada. Barcelona, 23 de abril de 2007 Joan Saura i Laporta Consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participación (07.110.180) RESOLUCIÓN IRP/1343/2007, de 23 de abril, de concesión de una medalla de bronce al mérito policial con distintivo azul al director general de Turismo de Barcelona, el señor Pere Duran i Vall-llossera. La Dirección General de Policía ha tenido conocimiento, por el conducto reglamentario, de la destacada trayectoria profesional del director general de Turismo de Barcelona, el señor Pere Duran i Vall-llossera. En el ejercicio de sus funciones, el director general de Turismo de Barcelona se ha destacado, en todo momento, por mantener y facilitar la máxima colaboración y cooperación con la policía de la Generalidad-mozos de escuadra. El señor Duran ha colaborado en la prestación de un servicio de traducción de idiomas en diferentes comisarías de la ciudad de Barcelona. En consecuencia, y de acuerdo con lo que establece el artículo 9.1.c) del Decreto 184/1995, de 13 de junio, de regulación de los uniformes reglamentarios, los distintivos, las distinciones, los saludos y la identificación del cuerpo de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra,
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DEPARTAMENTO DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN modificado por el Decreto 257/1999, de 6 de septiembre; A propuesta del director general de Policía y en uso de las facultades que me atribuye el artículo 9.2 del Decreto citado, Resuelvo: Conceder la medalla de bronce al mérito policial con distintivo azul al señor Pere Duran i Vall-llossera, director general de Turismo de Barcelona. Barcelona, 23 de abril de 2007 Joan Saura i Laporta Consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participación (07.110.181) RESOLUCIÓN IRP/1344/2007, de 23 de abril, de concesión de una medalla de bronce al mérito policial con distintivo azul al señor Oscar Espinosa Bueno, agente de la Policía Local de L’Escala. La Dirección General de Policía ha tenido conocimiento, por el conducto reglamentario, de una meritoria actuación policial llevada a cabo por señor Oscar Espinosa Bueno, agente de la Policía Local de L’Escala. Esta condecoración sirve para reconocer su actuación policial en el rescate de dos bañistas que se estaban ahogando. El agente, con riesgo y peligro para su integridad física, a pesar del fuerte oleaje, se lanzó al mar para intentar salvar a dos personas, una de las cuales no pudo ser reanimada. En consecuencia, y de acuerdo con lo que establecen los artículos 5.4, 8.1.b) y 8.2 del Decreto 184/1995, de 13 de junio, de regulación de los uniformes reglamentarios, los distintivos, las distinciones, los saludos y la identificación del cuerpo de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, modificado por el Decreto 257/1999, de 6 de septiembre; A propuesta del director general de Policía y en uso de las facultades que me atribuye el artículo 5.2 del Decreto citado, Resuelvo: Conceder la medalla de bronce al mérito policial con distintivo azul al señor Oscar Espinosa Bueno, agente de la Policía Local de L’Escala. Barcelona, 23 de abril de 2007 Joan Saura i Laporta Consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participación (07.110.182) RESOLUCIÓN IRP/1345/2007, de 23 de abril, de concesión de una medalla de bronce al mérito policial con distintivo azul a la señora Maria Mercedes Val López, subdirectora del Servicio del 061.
La Dirección General de Policía ha tenido conocimiento, por el conducto reglamentario, de la destacada trayectoria profesional de la señora Maria Mercedes Val López, subdirectora del Servicio del 061. En el ejercicio de sus funciones, la subdirectora se ha destacado, en todo momento, por mantener y facilitar la máxima colaboración y cooperación con la policía de la Generalidadmozos de escuadra. La señora Val ha colaborado con el cuerpo de mozos de escuadra en los grandes dispositivos de orden público que se han realizado en la ciudad de Barcelona y en la organización y asistencia sanitaria de éstos. En consecuencia, y de acuerdo con lo que establece el artículo 9.1.c) del Decreto 184/1995, de 13 de junio, de regulación de los uniformes reglamentarios, los distintivos, las distinciones, los saludos y la identificación del cuerpo de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, modificado por el Decreto 257/1999, de 6 de septiembre; A propuesta del director general de Policía y en uso de las facultades que me atribuye el artículo 9.2 del Decreto citado, Resuelvo: Conceder la medalla de bronce al mérito policial con distintivo azul a la señora Maria Mercedes Val López, subdirectora del Servicio del 061. Barcelona, 23 de abril de 2007 Joan Saura i Laporta Consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participación (07.110.183)
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RESOLUCIÓN CMC/1335/2007, de 11 de abril, de cese del señor Jordi Domeque Arayo como subdirector general de Gestión Económica, Contratación y Patrimonio. Vista la Resolución CLT/3279/2005, de 11 de octubre, publicada en el DOGC núm. 4514, de 21.11.2005, de nombramiento del señor Jordi Domeque Arayo como subdirector general de Gestión Económica, Contratación y Patrimonio; Dado lo que establece el artículo 99 del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña; En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, Resuelvo: El señor Jordi Domeque Arayo cesa como subdirector general de Gestión Económica, Contratación y Patrimonio del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación, con efectos del día 25 de marzo de 2007, y se le agradecen los servicios prestados. Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, ante el juzgado de lo contencioso administrativo competente, de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses. Barcelona, 11 de abril de 2007 Joan Manuel Tresserras i Gaju Consejero de Cultura y Medios de Comunicación (07.087.123)
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DEPARTAMENTO DE SALUD INSTITUTO CATALÁN DE LA SALUD RESOLUCIÓN SLT/1336/2007, de 18 de abril, por la que se adjudica el puesto vacante de adjunto/a a la Dirección del Equipo de Atención Primaria de Arenys de Mar de la Gerencia del Ámbito de Atención Primaria Barcelonès Nord i Maresme (convocatoria CPA-3/2006). De conformidad con lo que dispone la base 5 de la convocatoria pública para la provisión, por libre designación, del puesto vacante de adjunto/a a la Dirección del Equipo de Atención Primaria de Arenys de Mar de la Gerencia del Ámbito de Atención Primaria Barcelonés Nord i Maresme (núm. de registro de la convocatoria CPA-3/2006), dependiente del ICS, publicada mediante la Resolución SLT/3809/2006, de 3 de noviembre (DOGC núm. 4771, de 29.11.2006); De acuerdo con la propuesta efectuada por la gerente del Ámbito de Atención Primaria Barcelonés Nord i Maresme, Resuelvo: —1 Adjudicar el puesto vacante de adjunto/a a la Dirección del Equipo d’Atención Primaria d’Arenys de Mar, del Ámbito de Atención Primaria Barcelonès Nord i Maresme, dependiente del ICS, correspondiente a la convocatoria CPA3/2006, de acuerdo con la relación que figura en el anexo de la presente Resolución. —2 La presente Resolución de adjudicación, complementada con la diligencia de toma de posesión, tendrá la consideración de nombramiento de la persona adjudicataria, cuya eficacia estará sometida a la resolución de los recursos que contra esta Resolución de adjudicación se puedan interponer. —3 La persona adjudicataria dispondrá del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el DOGC, para tomar posesión del puesto adjudicado, en las dependencias de la Gerencia de ámbito de atención primaria correspondiente. —4 El nombramiento como adjunto/a a la Dirección de equipo de atención primaria conlleva, para la persona nombrada, una reserva de su puesto de trabajo de origen, al que se deberá reincorporar una vez cese en el cargo que motivó su nombramiento. De acuerdo con lo que establecen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el Decreto 276/2001, de 23 de octubre, de reestructuración del Instituto Catalán de la Salud, contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el director gerente del Instituto Catalán de la Salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación en el DOGC, o directamente recurso contencioso administrativo, ante los juzgados de lo contencioso administrativo, en el plazo de
dos meses contados a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación de la Resolución en el DOGC. Barcelona, 18 de abril de 2007 Francesc José María i Sánchez Director gerente Anexo Nombre y apellidos: Carme Fàbregas Carceller. Plaza: adjunto/a a la dirección del equipo de atención primaria. Destino: EAP Arenys de Mar. (07.117.023) RESOLUCIÓN SLT/1337/2007, de 18 de abril, por la que se adjudica el puesto vacante de director/a del Equipo de Atención Primaria de Arenys de Mar, del Ámbito de Atención Primaria Barcelonès Nord i Maresme (convocatoria CPD-4/2006). De conformidad con lo que dispone la base 5 de la convocatoria pública para la provisión, por libre designación, del puesto vacante de director/a del Equipo de Atención Primaria de Arenys de Mar, del Ámbito de Atención Primaria Barcelonès Nord i Maresme (núm. de registro de la convocatoria CPD-4/2006), dependiente del ICS, publicada mediante la Resolución SLT/3810/2006, de 3 de noviembre (DOGC núm. 4771, de 29.11.2006); De acuerdo con la propuesta efectuada por la gerente del Ámbito de Atención Primaria Barcelonès Nord i Maresme, Resuelvo: —1 Adjudicar el puesto vacante de director/a del Equipo de Atención Primaria d’Arenys de Mar, del Ámbito de Atención Primaria Barcelonès Nord i Maresme, dependiente del ICS, correspondiente a la convocatoria CPD-4/2006, de acuerdo con la relación que figura en el anexo de la presente Resolución. —2 La presente Resolución de adjudicación, complementada con la diligencia de toma de posesión, tendrá la consideración de nombramiento de la persona adjudicataria, cuya eficacia estará sometida a la resolución de los recursos que contra esta Resolución de adjudicación se puedan interponer. —3 La persona adjudicataria dispondrá del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el DOGC, para tomar posesión del puesto adjudicado, en las dependencias de la Gerencia de ámbito de atención primaria correspondiente. —4 El nombramiento como director/a de equipo de atención primaria conlleva, para la persona nombrada, una reserva de su puesto de trabajo de origen, al que se deberá reincorporar una vez cese en el cargo que motivó su nombramiento.
De acuerdo con lo que establecen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el Decreto 276/2001, de 23 de octubre, de reestructuración del Instituto Catalán de la Salud, contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el director gerente del Instituto Catalán de la Salud en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación en el DOGC, o directamente recurso contencioso administrativo, ante los juzgados de lo contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación de la Resolución en el DOGC. Barcelona, 18 de abril de 2007 Francesc José María i Sánchez Director gerente Anexo Nombre y apellidos: Ricard Peiró Navarro. Plaza: director/a de equipo de atención primaria. Destino: EAP Arenys de Mar. (07.117.018) RESOLUCIÓN SLT/1338/2007, de 19 de abril, por la que se adjudica un puesto vacante de facultativo especialista de los servicios jerarquizados de instituciones sanitarias de la Seguridad Social (convocatoria EJ-2/2002). De acuerdo con la Resolución SSS/425/2003, de 10 de febrero, de convocatoria para la provisión de puestos vacantes de facultativo especialista de los servicios jerarquizados de instituciones sanitarias de la Seguridad Social dependientes del Instituto Catalán de la Salud (convocatoria EJ-2/2002), publicada en el DOGC núm. 3833, pág. 4300, de 28.2.2003; Visto que se ha hecho la propuesta de adjudicación enviada por el tribunal de selección de la convocatoria, que ya ha finalizado su actuación; Visto que se han seguido todos los trámites de procedimiento establecidos reglamentariamente; De conformidad con lo que prevé la base 3.4.8 de la convocatoria de referencia, y con las competencias que me confiere el Decreto 276/2001, de 23 de octubre, Resuelvo: Adjudicar un puesto vacante de facultativo especialista de los servicios jerarquizados de instituciones sanitarias de la Seguridad Social dependientes del Instituto Catalán de la Salud correspondientes a la convocatoria EJ-2/2002, de acuerdo con la relación que figura en el anexo de la presente Resolución.
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DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL La presente Resolución de adjudicación, complementada con la diligencia de toma de posesión y la superación del requisito previsto en la base 3.1.d) de la convocatoria, tendrá la consideración de nombramiento en propiedad del adjudicatario, cuya eficacia estará sometida a la resolución de los recursos que contra la presente Resolución de adjudicación se puedan interponer. De acuerdo con lo que prevé la base 1 de la convocatoria, el adjudicatario quedará sujeto a desarrollar sus funciones en el ámbito de actuación territorial y/o funcional que determinen los correspondientes planes directores de integración de especialidades. El interesado deberá incorporarse a su destino en el plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al que determine la notificación individual, y perderá los derechos del concurso oposición en caso de que dejen transcurrir este plazo sin incorporarse. Contra la presente Resolución se podrán interponer los recursos que prevé la base 5.6 de la convocatoria de referencia. Barcelona, 19 de abril de 2007 Francesc José María i Sánchez Director gerente Anexo Hospital Universitario Germans Trias i Pujol de Badalona Cirugía general y aparato digestivo. Ignasi Camps Ahusas. (07.116.037) RESOLUCIÓN SLT/1339/2007, de 25 de abril, por la que se hace pública la composición nominal de diversos tribunales correspondientes a la convocatoria para la provisión de puestos vacantes de facultativos especialistas en los servicios jerarquizados de las instituciones sanitarias de la Seguridad Social (núm. de registro de la convocatoria EJ-2/2006). De conformidad con lo que prevé la base 4 de la Resolución SLT/2797/2006, de 1 de julio, publicada en el DOGC núm. 4710, de 1.9.2006, de convocatoria para la provisión de puestos vacantes de facultativos especialistas en los servicios jerarquizados de las instituciones sanitarias de la Seguridad Social (núm. de registro de la convocatoria EJ-2/2006), Resuelvo: Hacer publica la composición nominal de diversos tribunales de la fase de concurso oposición que se detallan en el anexo de esta Resolución. Barcelona, 25 de abril de 2007 Francesc José María i Sánchez Director gerente
Anexo Composición de los tribunales Hospital Viladecans Facultativo especialista: medicina de familia. Presidente titular: director gerente del Hospital de Viladecans. Suplente: director gerente del Hospital Universitario Germans Trias i Pujol. Vocal primero titular: director médico del Hospital Universitario de Bellvitge. Suplente: director médico del Hospital Universitario Joan XXIII de Tarragona. Vocal segundo titular: Carles Ortiz Rodríguez. Suplente: Josep Closas Mestre. Vocal tercero titular: Jesús Comín Junquera. Suplente: Feliu Aliaga Celma. Vocal cuarto titular: Antoni Dalfó Baqué. Suplente: Pere Simonet Aineto. Secretario titular: Francesc Martí Medina. Suplente: Eva Orozco Prádanos. Facultativo especialista: traumatología y cirugía ortopédica. Presidente titular: director gerente del Hospital de Viladecans. Suplente: director gerente del Hospital Universitario Germans Trias i Pujol. Vocal primero titular: director médico del Hospital Universitario de Bellvitge. Suplente: director médico del Hospital Universitario Joan XXIII de Tarragona. Vocal segundo titular: Carles Dolz Jordi. Suplente: Josep Giné Gomà. Vocal tercero titular: Joan Nardí Vilardaga. Suplente: Jaume Roca Burniol. Vocal cuarto titular: Enric Càceres Palou. Suplente: Fermí Aramburo Hostench. Secretario titular: Maria Prat Alsina. Suplente: Lluís Quadrat Bosch. (07.117.059)
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RESOLUCIÓN AAR/1334/2007, de 17 de abril, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de dos puestos de trabajo de la Dirección de Servicios del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (convocatoria de provisión núm. AG/001/07). De acuerdo con lo que prevén el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y otras disposiciones complementarias; Dado que están vacantes los dos puestos de trabajo de la Dirección de Servicios del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural objeto de convocatoria, y vista la propuesta del titular del órgano directivo para su provisión; Dado que los puestos mencionados constan en la vigente relación de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y que la descripción de los puestos a proveer ha sido incluida en el manual de organización de este Departamento; Visto que la Intervención Delegada de este Departamento ha llevado a cabo el correspondiente trámite de intervención; De conformidad con el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, Resuelvo: —1 Convocar concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de dos puestos de trabajo de la Dirección de Servicios del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (convocatoria de provisión núm. AG/001/07), que se detallan en el anexo 2. —2 Aprobar las bases de la convocatoria, que figuran en el anexo 1 de esta Resolución. Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el consejero de Agricultura, Alimentación y Acción Rural en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de acuerdo con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
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Igualmente las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses. Barcelona, 17 de abril de 2007 Joaquim Llena i Cortina Consejero de Agricultura, Alimentación y Acción Rural Anexo 1 Bases —1 Puestos de trabajo Se convoca concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de dos puestos de trabajo de la Dirección de Servicios del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria. —2 Contenido funcional El contenido funcional de los puestos de trabajo objeto de concurso es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria. —3 Requisitos de participación 3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario al servicio de la Generalidad de Cataluña que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de acuerdo con lo siguiente: 3.1.1 El personal funcionario mencionado puede encontrarse, respecto de la Administración de la Generalidad, en cualquiera de las situaciones administrativas previstas en la normativa. 3.1.2 También podrá participar en la convocatoria el personal funcionario, no integrado, que preste servicios en la Administración de la Generalidad y que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en el que esté clasificado el puesto objeto de convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones exigidos en la relación de puestos de trabajo. Asimismo, podrán participar los funcionarios de la Generalidad de Cataluña que pertenezcan a cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación en el que esté clasificado el puesto convocado a los que no se exigió la titulación indicada en el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo. 3.1.3 Para poder participar en la convocatoria, los funcionarios con destino definitivo deberán haber permanecido un mínimo de un año en puestos del mismo nivel desde el que se concursa, excepto que el puesto que se debe proveer sea del mismo departamento, o cuando se concurse desde un puesto de libre designación. 3.2 Los funcionarios con discapacidades podrán participar en igualdad de condiciones que los demás participantes siempre que puedan desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.
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3.3 Asimismo, para participar en esta convocatoria se deben poseer los conocimientos orales y escritos de lengua catalana de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalentes, del nivel que se cita en el apartado 3 del anexo 2. En el caso de que los aspirantes no estén en posesión del certificado acreditativo correspondiente, la Junta de Méritos y Capacidades evaluará mediante una prueba estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo que se debe proveer, previamente a la elaboración de la propuesta de admitidos y excluidos prevista en esta convocatoria. En este último caso, transcurridos diez días a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificarán en los tablones de anuncios del Departamento, en las direcciones citadas en la base 4.1 de esta convocatoria, el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana. No obstante, quedan exentos de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana los aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal de la Administración de la Generalidad en que hubiese establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior al exigido en la convocatoria. En estos supuestos, se adjuntará a la solicitud de participación la correspondiente acreditación documental. 3.4 En ningún caso podrán participar los funcionarios que se encuentren en suspensión de ocupación, los trasladados de puestos de trabajo ni los destituidos de cargos de mando, como consecuencia de expediente disciplinario, mientras duren los efectos correspondientes, sin perjuicio de que los destituidos de cargos puedan participar para puestos singulares. Tampoco podrán participar los funcionarios en situación diferente a servicio activo que no hayan permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar al servicio activo. 3.5 Los requisitos de participación se deben reunir en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1 de esta convocatoria. —4 Solicitudes 4.1 Las solicitudes para participar en este concurso se deben presentar en el Registro general del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Gran Via de les Corts Catalanes, 612, 08007 Barcelona); en los Servicios Territoriales en Barcelona (av. Meridiana, 38, 08018 Barcelona); en los Servicios Territoriales en Girona (av. Sant Francesc, 29, 17001 Girona); en los Servicios Territoriales en Lleida (c. Camp de Mart, 35, 25004 Lleida); en los Servicios Territoriales en Tarragona (av. Catalunya, 50, 43002 Tarragona); en los Servicios Territoriales en Les Terres de l’Ebre (pl. Alfons XII, 7, 43500 Tortosa), o por cualquiera de los medios que autoriza el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la fecha de publicación de la presente Resolución de convocatoria en el DOGC.
4.2 Las solicitudes tendrán carácter vinculante para los concursantes y sólo se admitirán renuncias a la participación en el concurso cuando se presenten dentro de los diez días hábiles siguientes al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que la Junta de Méritos y Capacidades decida aceptarlas, una vez transcurrido el citado plazo, por causas debidamente justificadas. 4.3 La solicitud se deberá formalizar según el modelo que figura como anexo de la Resolución de 4 de diciembre de 1997 (DOGC núm. 2546, de 29.12.1997). Igualmente, se podrá obtener en la dirección de Internet siguiente: http://www.gencat.net/governacio-ap/administracio/imande.htm. 4.4 Junto con la solicitud se deberá adjuntar una declaración de los méritos y capacidades que se aleguen, así como un certificado, emitido por el órgano competente en materia de personal, acreditativo de los requisitos de participación y de los méritos y capacidades alegados. 4.5 Los aspirantes a los que hace referencia la base 3.2 deben adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración de disminuciones del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS), para que la Junta de Méritos y Capacidades pueda evaluar que el funcionario puede desarrollar de forma suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo convocado. Asimismo, podrán solicitar la adaptación del puesto solicitado, siempre que esta adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización y no sea incompatible con el contenido del puesto y el servicio público a prestar. Estos candidatos podrán pedir en la solicitud de participación la adaptación o adecuación de tiempo y medios materiales para la realización de las técnicas de acreditación de los méritos y capacidades. —5 Fases del concurso y propuesta de resolución 5.1 Los méritos y capacidades de los candidatos para ocupar el puesto convocado se valorarán hasta 100 puntos. Este concurso consta de dos fases, que incluirán la totalidad de los méritos y capacidades especificados en la base 6 de esta convocatoria. La propuesta de resolución recaerá en el candidato que obtenga la mejor valoración global. 5.2 En caso de empate en el conjunto del concurso, se dirimirá ateniéndose a la calificación total obtenida en la primera fase de esta convocatoria. Si persiste el empate, se dirimirá en función de la mayor puntuación obtenida, en primer lugar, por la antigüedad y, en segundo lugar, por la del grado personal consolidado. —6 Méritos y capacidades a valorar 6.1 Primera fase. Se valorarán, hasta 70 puntos en total, en relación con el puesto de trabajo a proveer, los méritos y capacidades siguientes: 6.1.1 Trabajo desarrollado. Se valorará, hasta un máximo de 35 puntos, el trabajo desarrollado en función de la experiencia adquirida, especialmente en el ejercicio de funciones parecidas a las propias del puesto convocado, teniendo en cuenta el contenido técnico y la especialización de los puestos ocu-
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pados en relación con el que se convoca y las aptitudes y habilidades requeridas, con especial consideración a la experiencia que consta en el apartado 5 del anexo 2. 6.1.2 Formación y perfeccionamiento. Se valorarán, hasta un máximo de 10 puntos, las publicaciones y la docencia impartida por los aspirantes y la asistencia y/o aprovechamiento de los cursos de formación y de perfeccionamiento que versen sobre materias relacionadas con las funciones propias del puesto convocado, o con habilidades que este puesto requiere, en función de su utilidad, teniendo en consideración, especialmente, los conocimientos que se establecen en el apartado 5 del anexo 2. 6.1.3 Grado personal. El grado personal consolidado, dentro del intervalo del grupo del puesto convocado, se valorará hasta un máximo de 5 puntos, de acuerdo con la distribución siguiente: Grado consolidado superior al nivel del puesto convocado: 5 puntos. Grado consolidado igual al nivel del puesto convocado: 3 puntos. Grado consolidado inferior al nivel del puesto convocado: 2 puntos. 6.1.4 Antigüedad. La antigüedad en servicios prestados se valora a razón de 1 punto por año completo de servicios y a razón de 0,083 puntos por mes de servicios, hasta 10 puntos en total. Se computan los servicios efectivos prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y disposiciones concordantes, teniendo en cuenta que el tiempo de servicios prestados simultáneamente sólo se computará una vez. 6.1.5 Titulaciones académicas. Las titulaciones académicas oficiales, cuando sean relevantes para el puesto de trabajo que se debe proveer, se valoran hasta 5 puntos. En ningún caso se evalúan las titulaciones académicas de nivel inferior que sean necesarias para obtener otras de nivel superior que se puedan alegar como requisito o como mérito. 6.1.6 Conocimientos de lengua catalana. Por los cursos o certificados de lengua catalana de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalentes, acreditativos de conocimientos de nivel superior al requerido, y/o por los conocimientos de lenguaje especializado, se otorgan hasta 5 puntos, teniendo en consideración lo que se establece en el anexo 2. 6.2 Sistemas de acreditación de la primera fase. Con la finalidad de acreditar los méritos y las capacidades a que hace referencia la base 6.1 se aportará, dentro del plazo de presentación de solicitudes, la siguiente documentación: 6.2.1 Los datos correspondientes a los méritos y las capacidades referentes al trabajo desarrollado, grado personal consolidado y antigüedad se acreditarán mediante un certificado emitido a este efecto por el órgano competente en materia de personal del departamento o de la Administración pública correspondiente, con referencia a la fecha de publicación de la presente convocatoria. 6.2.2 El resto de datos sobre los méritos y capacidades referentes a formación y perfeccionamiento, titulaciones académicas y conocimientos de lengua catalana se acreditarán mediante el
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certificado correspondiente del órgano competente, salvo que conste una copia del justificante en el expediente personal en este departamento, lo que los concursantes deberán hacer constar en la solicitud de participación. 6.3 Fecha de referencia de los méritos y las capacidades de la primera fase. La fecha de referencia de estos méritos y capacidades para su valoración será la de la publicación de la presente convocatoria en el DOGC, y sólo se tendrán en cuenta los méritos alegados y justificados dentro del plazo de presentación de solicitudes. 6.4 Segunda fase. Los méritos y capacidades complementarios consistentes en otros conocimientos, habilidades y/o aptitudes se valorarán, hasta 30 puntos en total, para garantizar la selección del candidato más idóneo, de acuerdo con el contenido funcional del puesto a proveer. En ningún caso se valorarán en este apartado los cursos de formación y perfeccionamiento ni las titulaciones académicas ni los conocimientos de la lengua catalana, que deben valorarse en las bases 6.1.2, 6.1.5 y 6.1.6 de esta convocatoria. 6.5 Sistemas de acreditación de los méritos y las capacidades de la segunda fase: Otros conocimientos. Para acreditar este mérito, los candidatos deberán elaborar una memoria, que versará sobre el contenido funcional del puesto a proveer de acuerdo con la información que consta en la relación de puestos de trabajo, en la norma funcional y en el manual de organización, teniendo en cuenta, especialmente, el contenido del apartado “Otros conocimientos” del punto 5 del anexo 2. La memoria deberá contener dos partes, una consistente en un análisis de las funciones del puesto convocado y otra en un estudio o proyecto de mejora organizativa o funcional. Este documento tendrá una extensión mínima de 10 páginas y máxima de 25 páginas y se presentará en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, Gran Via de les Corts Catalanes, 612-614, 08007 Barcelona) dentro del plazo máximo de diez días naturales desde el siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Así mismo, los candidatos expondrán la memoria ante la Junta de Méritos y Capacidades, siempre que se considere conveniente, y sus miembros podrán efectuar las preguntas o solicitar las aclaraciones que consideren oportunas. —7 Junta de Méritos y Capacidades 7.1 El órgano colegiado al que corresponde el desarrollo de este proceso de provisión de acuerdo con lo que prevén los artículos 29 y siguientes del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, es la Junta de Méritos y Capacidades, que está formada por las siguientes personas: Titulares: Dolors Salgado Ygarza , que actuará como presidenta. Raquel Sistaré i Lanas, que actuará como secretaria. Dolors Domènech Fabregat, que actuará como vocal. Gloria Moreno de Miguel, como representante del OTPL.
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Carme Cuartero Torrentó, como representante del OTPL. Suplentes: Margarita Gómez Puig, que actuará como presidenta. Montserrat Soler Sala, que actuará como secretaria. Núria de Pablo Sedano, que actuarà com a vocal. Dolors Montilla Mejías, como representante del OTPL. Francesc Fransí Fontanet, como representante del OTPL. 7.2 La Junta de Méritos y Capacidades podrá solicitar el nombramiento de asesores especialistas, quienes actuarán con voz pero sin voto. —8 Funciones y actuaciones de la Junta de Méritos y Capacidades 8.1 Las funciones y las actuaciones de la Junta de Méritos y Capacidades se sujetarán a lo que determinan los artículos 38 y siguientes del Decreto 123/1997, de 13 de mayo. 8.2 La Junta de Méritos y Capacidades tiene la facultad de convocar personalmente a los candidatos para aclarar puntos dudosos de los méritos y capacidades u otros aspectos de la documentación aportada por las personas interesadas cuando lo considere conveniente. 8.3 En general, las actuaciones de la Junta de Méritos y Capacidades que requieran notificación a los aspirantes se harán públicas en los tablones de anuncios del Departamento, en las direcciones indicadas en la base 4.1 de esta convocatoria. —9 Procedimiento 9.1 Transcurridos los plazos previstos de presentación de solicitudes y de renuncias, la Junta de Méritos y Capacidades elaborará la propuesta de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de los motivos de exclusión, la cual será expuesta de acuerdo con lo que establece la base 8.3. 9.2 Al mismo tiempo de la exposición citada en el apartado anterior, la Junta de Méritos y Capacidades anunciará la realización de las técnicas de acreditación de méritos y capacidades establecidas en la base 6.5, indicando, con una antelación mínima de cinco días, la fecha, la hora y el lugar y, en su caso, las condiciones de ejecución. 9.3 Realizada la valoración de los méritos y capacidades previstos según los sistemas de acreditación que se han establecido, la Junta de Méritos y Capacidades elaborará la propuesta provisional de resolución del concurso, la cual será expuesta para que las personas interesadas puedan formular, en el plazo de diez días, las observaciones o las reclamaciones que consideren pertinentes. 9.4 La Junta de Méritos y Capacidades elaborará la propuesta definitiva de resolución del concurso, que elevará al órgano convocante para que, si procede, la apruebe y elabore la resolución definitiva del concurso. —10 Régimen de impugnaciones Contra los actos definitivos o de trámite de la Junta de Méritos y Capacidades, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento o producen indefensión
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o perjuicio irreparable a los derechos e intereses legítimos, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Alimentación y Acción Rural en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su exposición pública, de acuerdo con los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. —11 Resolución del concurso 11.1 La resolución definitiva del concurso se dictará dentro del plazo máximo de dos meses a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y se publicará en el DOGC. 11.2 El destino adjudicado es irrenunciable, salvo que se haya obtenido otro destino definitivo mediante convocatoria pública realizada en el mismo periodo de tiempo, por incapacidad sobrevenida, por el hecho de pasar a una situación diferente a la de activo o por causas excepcionales debidamente justificadas y apreciadas por el órgano convocante. 11.3 Antes de la toma de posesión, la persona interesada debe acreditar que tiene reconocida la compatibilidad respecto al nuevo puesto de trabajo o manifestar fehacientemente que no está incluida en ninguno de los motivos de incompatibilidades previstos en la normativa. No obstante, si el nuevo puesto puede ser declarado compatible dentro de los diez días a contar desde el inicio del plazo de toma de posesión, se debe solicitar la autorización de compatibilidad. Este plazo se entiende prorrogado hasta que se resuelva la solicitud de compatibilidad. —12 Plazos de formalización de cese y toma de posesión 12.1 La resolución de nombramiento comportará, si procede, el cese en el puesto anterior. 12.2 El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino será de dos días hábiles si no implica cambio de localidad de residencia del funcionario, o de 15 días si conlleva cambio de localidad de residencia, el cual se deberá acreditar documentalmente. 12.3 Este plazo se computará a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución del concurso en el DOGC. Cuando la citada resolución comporte el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión se deberá contar desde la fecha de publicación de la resolución del concurso en el DOGC. 12.4 Excepcionalmente, el plazo para la toma de posesión se podrá prorrogar, si el funcionario cambia de localidad de residencia, por resolución del secretario general del departamento donde debe ir destinado el funcionario, como máximo por 15 días más, cuando concurran circunstancias debidamente motivadas. 12.5 Asimismo, y según lo que establece el artículo 76.1 del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, se podrá prorrogar el plazo de cese hasta un máximo de tres meses, siempre que esta prórroga sea indispensable y motivada por necesidades del servicio.
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12.6 A efectos de cómputo de plazos de toma de posesión, se consideran la misma localidad los municipios cuyos núcleos urbanos estén unidos sin solución de continuidad por razones urbanísticas o similares y que dispongan de servicios de transportes urbanos colectivos comunes. 12.7 Las diligencias de cese y toma de posesión de los funcionarios que accedan a un puesto de trabajo se deberán comunicar al Registro general de personal dentro de los tres días hábiles siguientes al de su formalización mediante los sistemas informáticos establecidos. Anexo 2 Descripción de los puestos de trabajo referencia 1
—1 Características del puesto de trabajo Identificación del puesto: AG/012-01. Nombre del puesto: Sección de Contratación y Patrimonio. Departamento: Agricultura, Alimentación y Acción Rural. Unidad directiva: Dirección de Servicios. Localidad: Barcelona. Norma funcional publicada en el DOGC: Decreto 113/2003, de 15 de abril, de reestructuración parcial del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca (DOGC núm. 3873, de 29.4.2003). Nivel: 24. Complemento específico: 12.619,92 euros. Número de plazas: 1. Horario: normal. Tipo de puesto: cargo. Forma de provisión: concurso específico. Formación específica: experiencia en contratación administrativa. —2 Requisitos de participación Grupo/s: A. Movilidad: Administración de la Generalidad de Cataluña. Colectivo de cuerpos: únicamente de administración general del/de los grupo/s correspondiente/s. Especificación de cuerpos: cuerpo superior de administración. —3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana Conocimiento oral y escrito de la lengua catalana de nivel C de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente. —4 Contenido funcional 4.1 Misión: Gestionar los expedientes de contratación de obras y suministros de bienes y servicios necesarios del Departamento y los relativos a la adquisición y el arrendamiento de los edificios y los locales, de acuerdo con las normas de contratación, así com preveer las posibles necesidades para garantizar un correcto funcionamiento del Departamento. 4.2 Finalidades/funciones: La elaboración y la tramitación, en todas sus fases, de los expedientes de contratación de obras y de suministros de bienes y servicios
del Departamento y los relativos a la adquisición y el arrendamiento de los edificios y los locales para la instalación de los servicios del Departamento. El control técnico, la supervisión de estudios y proyectos y la ejecución de las obras del Departamento. La tramitación de los expedientes plurianuales de contratación. El estudio y la redacción de los documentos contractuales y su adecuación a las modificaciones de la normativa aplicable. La elaboración de informes, la realización de propuestas de resolución, la rescisión y la modificación de los contratos y la redacción de informes sobre las responsabilidades que se deriven. La reclamación de intereses de demora. La formación y la custodia del fichero de contratos del Departamento y del registro de contratos. La formalización, la actualización y la informatización del inventario de los bienes muebles. La gestión del parque de maquinaria. El soporte y el asesoramiento a las unidades del Departamento en cuestiones relativas a la contratación y al patrimonio. 4.3 Tareas básicas o actividades: Elabora y tramita los expedientes de contratación. Tramita los expedientes plurianuales de contratación. Estudia los documentos contractuales. Supervisa los proyectos de ejecución de obras. Redacta las propuestas de resolución y modificación de los contratos, de acuerdo con la normativa de aplicación. Gestiona el fichero de contratos del Departamento y del registro de contratos. Realiza el registro de bienes muebles del Departamento. Estudia la legislacion aplicable y asesora a los órganos del Departamento en materia de contratación y patrimonio. —5 Otras características 5.1 Conocimientos de la lengua catalana: Nivel C de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente. 5.2 Otros conocimientos: Conocimientos de la legislación de contratos públicos. referencia 2
—1 Características del puesto de trabajo Identificación del puesto: AG/012-02. Nombre del puesto: Sección de Habilitación. Departamento: Agricultura, Alimentación y Acción Rural. Unidad directiva: Dirección de Servicios. Localidad: Barcelona. Norma funcional publicada en el DOGC: Decreto 113/2003, de 15 de abril, de reestructuración parcial del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca (DOGC núm. 3873, de 29.4.2003). Nivel: 24. Complemento específico: 12.619,92 euros. Número de plazas: 1. Horario: normal.
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Tipo de puesto: cargo. Forma de provisión: concurso específico. Formación específica: conocimientos y experiencia en contabilidad. —2 Requisitos de participación Grupo/s: A. Movilidad: Administración de la Generalidad de Cataluña. Colectivo de cuerpos: únicamente de administración general del/de los grupo/s correspondiente/s. Especificación de cuerpos: cuerpo superior de administración y cuerpo de gestión de administración. —3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana Conocimiento oral y escrito de la lengua catalana de nivel C de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente. —4 Contenido funcional 4.1 Misión: Planificar y ejecutar el presupuesto de los gastos que son compensados con fondos entregados a justificar. La recaudación y la liquidación de las tasas y otros ingresos, así como la tramitación de la vía ejecutiva de las deudas, de acuerdo con la normativa presupuestaria y tributaria vigente, con la finalidad de controlar los flujos de fondos generados, justificar y rendir cuentas ante Hacienda de la Generalidad y conseguir el máximo nivel de eficiencia y eficacia. 4.2 Finalidades/funciones: Planificar, gestionar y controlar el presupuesto anual del Departamento en relación con los gastos que se tramitan con cargo a los fondos entregados a justificar de la habilitación. Instrumentar, ejecutar y controlar el funcionamiento de la caja y de las cuentas corrientes de gastos y cuentas corrientes restringidas de ingresos, así como supervisar la custodia de garantías y avales depositados en el Departamento. Coordinar y supervisar el funcionamiento de las habilitaciones existentes en los servicios territoriales del Departamento y sus subhabilitados. Gestionar la recaudación de las tasas, los precios públicos y otros ingresos, su liquidación y las incidencias que se deriven. Tramitar las certificaciones de descubierto, la recaudación de sanciones en periodo voluntario, las solicitudes de aplazamiento y/o fraccionamiento de pago y las devoluciones de ingresos indebidos de las deudas derivadas de sanciones. Programar, coordinar y controlar la ejecución del presupuesto del gasto en dietas y desplazamientos, el derivado de las asistencias a órganos colegiados y a consejos del Departamento como consecuencia de otras indemnizaciones. 4.3 Tareas básicas o actividades: Elabora el presupuesto anual de gastos que se tramitan con cargo a los fondos entregados a justificar, distribuido por las seis habilitaciones. Programa la disposición de fondos para atender los gastos a justificar y/o esporádicos y ordena los pagos (efectivo, transferencia bancaria, cheque).
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Contabiliza los gastos pagados con fondos a justificar y elabora los documentos contables justificativos. Elabora las reservas cautelares y las sucesivas modificaciones necesarias para ajustarlas a la ejecución real de las seis habilitaciones del Departamento. Elabora los actos de arqueo oficiales con periodicidad mínima semestral. Realiza las conciliaciones bancarias. Calcula la actualización anual de tarifas correspondientes a las tasas que gestiona el Departamento, de acuerdo con la Ley de presupuestos, y elabora la disposición que se publica en el DOGC. Coordina la recepción de la información que se recibe de las entidades bancarias colaboradoras relativa a la recaudación de ingresos por vía de los datáfonos (TOV), cartas de pago, transferencias y pagos on line, y su posterior distribución en cada oficina comarcal que ha generado la liquidación. Verifica y contabiliza las liquidaciones mensuales de ingresos del Departamento. Elabora los expedientes de devolución de ingresos indebidos y el correspondiente documento contable. Tramita las solicitudes de aplazamiento y/o fraccionamiento en el pago de sanciones y controla que se produzca el pago en los vencimientos aprobados. Gestiona el cobro de sanciones en periodo voluntario y su comunicación a los órganos instructores de los correspondientes expedientes. Tramita las certificaciones de descubierto y gestiona las incidencias en el cobro fuera del plazo voluntario de deudas que ya han iniciado la vía ejecutiva. Participa en reuniones periódicas de coordinación con los habilitados territoriales, coordina la actuación conjunta y les ofrece el asesoramiento y soporte. Centraliza las altas, modificaciones y bajas de las cuentas corrientes abiertas en las diferentes unidades del Departamento que autoriza la Dirección General de Presupuestos, así como la instalación de terminales, puntos de venta destinados a la recaudación de ingresos. Elabora la facturación correspondiente a la venta de publicaciones y efectúa la correspondiente liquidación mensual de IVA. Supervisa la grabación en el GIP de las comisiones de servicios que generan derecho a indemnización, así como la contabilización y el pago de las correspondientes dietas y asistencia a órganos colegiados. Efectúa el estudio y la mejora de procesos y circuitos relacionados con el funcionamiento y la gestión interna directamente relacionados con la habilitación. Controla la compra centralizada de billetes de transporte público (avión, tren, etc.) y su pago mediante tarjeta VISA, y realiza la conciliación y contabilización de los correspondientes cargos bancarios. Supervisa la adquisición y la entrega de vales de carburante para desplazamientos en vehículos oficiales y su justificación posterior. Supervisa la entrega, custodia y devolución de avales depositados en el Departamento por los beneficiarios de ayudas y subvenciones cofinanciados con fondos de la Unión Europea.
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Colabora en el diseño de nuevas aplicaciones informáticas que tienen implicación directa en la gestión de habilitación (p. ej. la de expedientes sancionadores), incluyendo propuestas que permitan mejorar la eficacia y la eficiencia. Elabora informes periódicos de ejecución del gasto y de aquellos aspectos que le son requeridos. —5 Otras características 5.1 Conocimientos de la lengua catalana: Nivel C de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente. 5.2 Conocimientos y/o experiencia convenientes: Conocimientos de procedimiento administrativo. Conocimientos de contabilidad presupuestaria. Conocimientos de contabilidad financiera y análisis de estados financieros. Conocimientos de contabilidad pública. Conocimientos de fiscalidad de las entidades públicas. Conocimientos sobre el procedimiento de la recaudación de deudas en periodo ejecutivo. Conocimientos de lenguaje administrativo. Conocimientos de gestión presupuestaria. Conocimientos en materia de tasas. Conocimientos de ofimática: aplicaciones Office, GECAT, HOST. Experiencia en gestión presupuestaria. 5.2 Titulaciones académicas convenientes: Licenciatura en económicas y empresariales. Diplomatura en económicas y empresariales. 5.3 Otros conocimientos: Conocimientos de la normativa presupuestaria, así como de la tramitación en vía ejecutiva de las deudas tributarias. (07.102.142)
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CONCURSOS Y ANUNCIOS
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SÍNDIC DE GREUGES
DEPARTAMENTo De INTERIOR, RELACIONeS INSTITUCIONALeS Y PARTICIPACIÓN
ANUNCIO de corrección de erratas en el Anuncio del Síndic de Greuges publicado en el DOGC núm. de 4874, de 2.5.2007.
EDICTO de 23 de abril de 2007, por el que se hace pública la devolución de fianzas constituidas por empresas de juego.
administrativo común, durante el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de este Edicto en el DOGC.
CORRECCIÓN DE ERRORES Y MODIFICACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS (DOGC 4874 de 2-05-2007)
Por medio del presente Edicto se hace pública la devolución de las fianzas constituidas por las empresas de juego que constan en el anexo de este Edicto, con los números de registro y los domicilios que se detallan.
El Proyecto de decreto se puede examinar, para formular las alegaciones que se consideren adecuadas, en horas de oficina, en el Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación (Via Laietana, 69, 08003 Barcelona) y en las delegaciones territoriales del Gobierno de la Generalidad en Barcelona (Via Laietana, 14, 08003 Barcelona), en Girona (av. Jaume I, 9, entl., 17071 Girona), en Lleida (Lluís Companys, 1, 1º, 25003 Lleida), en Tarragona (c. Sant Francesc, 3, 43071 Tarragona), en Les Terres de l’Ebre (c. Montcada, 23, 43500 Tortosa), en la Cataluña Central (Via Laietana, 14, 08003 Barcelona), y en el Alt Pirineu i Aran (ctra. C-13, km 90,2, 25630 Talarn, Lleida), o bien se puede consultar en la web del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación http:// www.gencat.net/temes/cat/direp.htm.
ANUNCIO Por el que se hace pública la licitación del contrato de obras para la rehabilitación del edificio sede del Síndic de Greuges. Donde consta: “... 6.- Requisitos específicos del contratista: a) Se exigirá la clasificación siguiente del licitador: Cla sif ica ción: g r upo: C; subg r upo: 1,2,3,4,5,6,7,8,9; categoría: f; Grupo : Y; subgrupo : 1,2,6,7,9 ; categoría : e ; grupo J ; subgrupo: 1,2,4 ; categoría: e. …” Debe constar: “… 6.- Requisitos específicos del contratista: a) Se exigirá la clasificación siguiente del licitador: Clasificación: grupo: C; subgrupo: 2,4,6; categoría: f; Grupo : I; subgrupo : 1; categoría c; subgrupo 6,9 ;categoría: e ;grupo J ; subgrupo:1,2,4 ;categoría: e…” (...) Presentación de ofertas El plazo para presentar las ofertas finalizará el día 5 de junio a les 13h. (...) Apertura de ofertas Tendrá lugar a les 12 h. del segundo día hábil, finalizado el plazo de presentación de las ofertas, en las oficinas del Síndic de Greuges. Barcelona, 4 de mayo de 2007 R afael Ribó Síndic de Greuges PG-185583 (07.124.061)
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Al efecto de lo que dispone el artículo 32.5 del Decreto 23/2005, de 22 de febrero, según el cual “las fianzas podrán cancelarse cuando desaparezcan las causas de su constitución, siempre que no haya responsabilidades pendientes...”, la devolución de las fianzas indicadas se comunica a las personas o a los organismos que se puedan ver afectados por el hecho de tener alguna reclamación pendiente en contra, para que lo comuniquen a la Dirección General del Juego y de Espectáculos, con domicilio en Via Laietana, 69, de Barcelona, en el plazo de un mes a partir del día siguiente en el que se publique el presente Edicto en el DOGC. Barcelona, 23 de abril de 2007 Mercè Claramunt Bielsa Directora general del Juego y de Espectáculos Anexo Empresa: Rambout, SL. Núm. de registro: C-1516 i C-1517. Domicilio: c. Aragó, 26. Municipio: Granollers. Empresa: Recreativos Vilanova, SA. Núm. de registro: C-1868. Salón: B-559 Domicilio del salón: Rambla Principal, 54. Municipio: Vilanova i la Geltrú. (07.113.080) EDICTO de 4 de mayo de 2007, por el que se somete a información pública el Proyecto de decreto de aprobación del Reglamento por el que se concretan la composición, la organización y el funcionamiento del Consejo de Seguridad de Cataluña. De acuerdo con la normativa vigente, el Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación está tramitando la elaboración del Proyecto de decreto de aprobación del Reglamento por el que se concretan la composición, la organización y el funcionamiento del Consejo de Seguridad de Cataluña. Con la finalidad de dar participación a los ciudadanos en el proceso de elaboración del Proyecto de decreto mencionado, éste se somete a información pública de acuerdo con lo que disponen los artículos 64 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad, y 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento
Barcelona, 4 de mayo de 2007 Joan Boada i Masoliver Secretario general (07.124.066) ANUNCIO por el que se hace pública la licitación de un contrato de suministro (exp. 155/2007). —1.a) Entidad adjudicadora: Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, Via Laietana, 69, 08003 Barcelona. Teléfono: 93.483.02.98. Fax: 93.484.00.06. b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contrataciones y Patrimonio. c) Número de expediente: 155/2007. —2.a) Objeto del contrato: arrendamiento de 3.657 terminales y equipamiento complementario para la red de radiocomunicaciones RESCAT de emergencias y seguridad de Cataluña, dividido en 8 lotes y diversas anualidades. b) Plazo de entrega: el total de los equipos se tendrá que entregar en un plazo máximo de 60 días naturales, a partir de la fecha de adjudicación. —3.a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. c) Forma de adjudicación: concurso. —4 Presupuesto de licitación: 12.206.658,24 euros, IVA incluido. —5 Garantía provisional: no se establece, de acuerdo con el artículo 39 b) del texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas, aprobado por el Real decreto legislativo de 2/2000, de 16 de junio. —6.a) Obtención de información y documentación: en la dirección indicada en el apartado 1, planta séptima, y en la página web http://www. gencat.net/interior. b) Fecha límite de obtención de documentos e información: hasta la fecha límite de presentación de ofertas.
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DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y FINANZAS —7 Requisitos específicos del contratista: acreditar la solvencia económica, financiera y técnica con la documentación que establece el anexo 2 del pliego de cláusulas administrativas particulares. —8.a) Fecha límite de presentación de ofertas: hasta las 12 horas del día 30 de mayo de 2007. b) Documentación a presentar: la requerida en la cláusula décima del pliego de cláusulas administrativas particulares. c) Lugar de presentación: en la dirección indicada en el apartado 1, planta baja, Registro general. d) Plazo durante el que el licitador está obligado a mantener su oferta: tres meses. e) Admisión de variantes o alternativas: no se admiten. —9 Apertura de las proposiciones: el día 1 de junio de 2007 a a las 10 horas, en la sala de actos del Departamento, Vía Laietana, 69, planta baja, 08003 Barcelona. —10 Gastos del Anuncio: irán a cargo del adjudicatario.
ANUNCIO de información pública sobre la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de una instalación eléctrica (exp. 35.094/2006-AT). De acuerdo con lo que señala la disposición transitoria 1 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, y a los efectos que prevén el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, y el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento administrativo de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la petición de autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se detalla a continuación: Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, SL, con domicilio social en la av. Paral·lel, 51, de Barcelona.
—11 Fecha de envío de este anuncio a la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas: 20 de abril de 2007.
Expediente: 35.094/2006-AT
Barcelona, 27 de abril de 2007
Término municipal: Juià
Lluís Torrens i Mèlich Director de Servicios
Finalidad: mejorar la qualidad del servicio de la zona.
(07.117.131)
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Características: nueva posición de línea 110 kV
Presupuesto: 180.196,59 euros. Se publica para que todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas por el proyecto de la instalación puedan examinarlo en los Servicios Territoriales del Departamento de Economia y Finanzas (c. Migdia,50-52,Girona) y formular, por triplicado, las reclamaciones que crean oportunas en el plazo de 30 dias contados a partir al de la publicación de este Anuncio. Girona, 28 de marzo del 2007 Francesc Revert i Higon El director de los Servicios Territoriales en Gerona, (07.087.086) ANUNCIO de información pública sobre la solicitud de un permiso de investigación minera (exp. núm. 10.131). La empresa Mármoles Homedes, SL, con domicilio en Ulldecona, ha presentado una solicitud de permiso de investigación minera para recurso de la sección C) calcárea marmórea, de 4 cuadrículas mineras, denominado “Valldepins”, núm. 10.131 del Registro minero de Catalunya, cuyos terrenos se encuentran situados en el término municipal de Ulldecona. La designación se verifica de la siguiente manera: Vértice Longitud (E) 1 . . . . . . . . . . 0º 26’ 40” 2 . . . . . . . . . . 0º 26’ 40”
Latitud (N) 40º 34’ 20” 40º 33’ 40”
Vértice Longitud (E) 3 . . . . . . . . . . 0º 27’ 40” 4 . . . . . . . . . . 0º 27’ 40” 5 . . . . . . . . . . 0º 27’ 00” 6 . . . . . . . . . . 0º 27’ 00”
Latitud (N) 40º 33’ 40” 40º 34’ 00” 40º 34’ 00” 40º 34’ 20”
Habiendo sido admitida definitivamente esta solicitud de permiso de investigación, en virtud de los que disponen el artículo 51 de la Ley de minas, de 21 de julio de 1973, y el artículo 70 del Reglamento general para el régimen de la minería, aprobado por el Real decreto 2857/1978, de 25 de agosto, se pone en conocimiento del público para que todas las personas que estén interesadas puedan comparecer en el expediente que se tramita en este Servicio de Investigación y Recursos Minerales, calle Provença, 339, 1ª planta de Barcelona, y alegar lo que estimen conveniente en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de esta publicación. Barcelona, 16 de abril de 2007 Eduard Vall i Rosselló Jefe de Servicio de Investigación y Recursos Minerales (07.107.090)
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DEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y OBRAS PÚBLICAS ANUNCIO por el que se hace pública la adjudicación de un contrato de obras. —1 Entidad adjudicadora a) Organismo: Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, av. Josep Tarradellas, 2-4-6, 08029 Barcelona; teléfonos 93.495.81.43, 93.495.81.93; telefax 93.495.81.98. b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Gestión Presupuestaria y Contratación. c) Número de expediente: 2007032200. —2 Objeto del contrato a) Tipo de contrato: obras. b) Descripción del objeto: firme. Mejora del firme y drenaje longitudinal. Acceso a les pistas de esquí de fondo de Sant Joan de l’Erm, PK 9+370 al 30+400. Tramo: Castellbó- Sant Joan de l’Erm. c) Boletín o diario oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: DOGC número 4842 de 15.3.2007. —3 Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación a) Tramitación: urgente. b) Procedimiento: abierto. c) Forma de adjudicación: concurso, sin variantes. — 4 Pre supue sto ba se de licitación: 2.979.462,06 euros, IVA incluido. —5 Adjudicación a) Fecha: 17 de abril de 2007. b) Contratista: M. y J. Gruas, SA. c) Nacionalidad: española. d) Importe de adjudicación: 2.607.000,00 euros, IVA incluido. Barcelona, 26 de abril de 2007 p. d. (Orden de 4.8.1998, DOGC de 31.8.1998)
Maria José Martí González Directora de Servicios (07.116.087) ANUNCIO por el que se hace pública la adjudicación de un contrato de consultoría y asistencia. —1 Entidad adjudicadora a) Organismo: Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, av. Josep Tarradellas, 2-4-6, 08029 Barcelona; teléfonos 93.495.81.43, 93.495.81.93; telefax 93.495.81.98. b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Gestión Presupuestaria y Contratación. c) Número de expediente: 2007001600. —2 Objeto del contrato a) Tipo de contrato: consultoría y asistencia. b) Descripción del objeto: ejecución de ensayos de control de calidad en las carreteras de la Generalitat de Catalunya. c) Boletín o diario oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: DOGC número 4809 de 29.1.2007.
—3 Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. c) Forma de adjudicación: concurso, sin variantes. —4 Presupuesto base de licitación: 667.664,08 euros, IVA incluido. —5 Adjudicación a) Fecha: 2 de abril de 2007. b) Contratista: LGAI Technological Center, SA. c) Nacionalidad: española. d) Importe de adjudicación: 547.484,55 euros, IVA incluido. Barcelona, 26 de abril de 2007 p. d. (Orden de 4.8.1998, DOGC de 31.8.1998)
Maria José Martí González Directora de Servicios (07.116.024) ANUNCIO por el que se hace pública la adjudicación de un contrato de servicios. —1 Entidad adjudicadora a) Organismo: Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, av. Josep Tarradellas, 2-4-6, 08029 Barcelona; teléfonos 93.495.81.43, 93.495.81.93; telefax 93.495.81.98. b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Gestión Presupuestaria y Contratación. c) Número de expediente: 2007012500. —2 Objeto del contrato a) Tipo de contrato: servicios. b) Descripción del objeto: soporte y mantenimiento para el año 2007 de las licencias GEOMEDIA. —3 Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: negociado. c) Forma de adjudicación: negociado, sin publicidad. —4 Presupuesto base de licitación: 67.960,32 euros, IVA incluido. —5 Adjudicación a) Fecha: 27 de marzo de 2007. b) Contratista: Intergraph España, SA. c) Nacionalidad: española. d) Importe de adjudicación: 67.960,32 euros, IVA incluido. Barcelona, 26 de abril de 2007 p. d. (Orden de 4.8.1998, DOGC de 31.8.1998)
Maria José Martí González Directora de Servicios (07.116.022)
INSTITUTO CATALÁN DEL SUELO ANUNCIO por el que se hacen públicas las adjudicaciones definitivas de varios contratos. De acuerdo con lo que establece el artículo 93 del Texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio, el Instituto Catalán del Suelo, empresa pública de la Generalidad de Cataluña, hace públicas las adjudicaciones de los contratos que se mencionan a continuación: Núm. de expediente: 2127021. Descripción: construcción de 45 viviendas, 45 plazas de aparcamiento en la calle València esquina calle Navata del sector Fages Climent B, 2ª. fase parcela B4, en Figueres. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4802, de 18.1.2007. Presupuesto de licitación: 3.750.258,07 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Constructora San José, SA. Fecha de adjudicación: 14 de marzo de 2007. Import d’adjudicació: 3.537.928,81 euros. Núm. de expediente: 1821031. Descripción: construcción de 24 viviendas, plazas de aparcamiento y 4 locales en el Centro Direccional, en Cerdanyola del Vallès. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4802, de 18.1.2007. Presupuesto de licitación: 3.358.513,82 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: CRC Obras y Servicios, SL. Fecha de adjudicación: 14 de marzo de 2007. Import d’adjudicació: 3.167.414,38 euros. Núm. de expediente: 2171011. Descripción: construcción de 15 viviendas, 15 plazas de aparcamiento y 15 trasteros en la calle Sant Sebastià, 43-45 y construcción de 17 viviendas, 17 plazas de aparcamiento y 17 trasteros en la calle Simancas esquina con calle Aragó, sector Aiguasserra, en Sant Carles de la Ràpita. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4802, de 18.1.2007. Presupuesto de licitación: 2.886.059,40 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Construccions N. Solé, SL. Fecha de adjudicación: 14 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 2.799.477,62 euros. Núm. de expediente: 2167011. Descripción: construcción de 21 viviendas y 21 plazas de aparcamiento en el sector Ganix, en Llagostera. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4802, de 18.1.2007. Presupuesto de licitación: 1.802.680,56 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Servicios y Obras Hermanos Soro, SL. Fecha de adjudicación: 14 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 1.786.456,43 euros. Núm. de expediente: 2124011. Descripción: construcción de 40 viviendas de alquiler para gente mayor en el Pla d’en Mercat, en Santa Margarida i els Monjos.
Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4802, de 18.1.2007. Presupuesto de licitación: 3.307.986,89 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Constructora d’Aro, SA. Fecha de adjudicación: 16 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 3.139.941,15 euros. Núm. de expediente: 2128011. Descripción: construcción de 15 viviendas y 15 plazas de aparcamiento en el Pla de la Ventonella, en Flix. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4731, de 2.10.2006. Presupuesto de licitación: 1.335.845,89 euros. Procedimiento de adjudicación: negociado, al amparo de lo que dispone el artículo 141.a) del Texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas. Adjudicatario: Cisteró, SA. Fecha de adjudicación: 22 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 1.730.316,16 euros. Núm. de expediente: 1653021. Descripción: construcción de 92 viviendas, plazas de aparcamiento y 7 locales en el sector Mas Rampinyo II, en Montcada y Reixac. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4812, de 1.2.2007. Presupuesto de licitación: 11.369.221,78 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Aldesa Construcciones, SA. Fecha de adjudicación: 30 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 9.471.698,66 euros. Núm. de expediente: 2079021. Descripción: construcción de 90 viviendas y aparcamientos en la 2ª. fase de Can Morral, en Abrera. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4812, de 1.2.2007. Presupuesto de licitación: 7.458.835,40 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Copcisa, SA. Fecha de adjudicación: 30 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 6.503.358,58 euros. Núm. de expediente: 16081010. Descripción: urbanización del polígono industrial el Puig Vell, en Roda de Ter. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4800, de 16.1.2007. Presupuesto de licitación: 3.641.761,80 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Copisa. Fecha de adjudicación: 20 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 2.884.865,08 euros. Núm. de expediente: 21361010. Descripción: urbanización del sector industrial Roques Roges IV, en Alcover. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4800, de 16.1.2007. Presupuesto de licitación: 407.287,12 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: M. Y J. Gruas, SA. Fecha de adjudicación: 20 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 368.600,00 euros. Núm. de expediente: 17941010. Descripción: urbanización del sector el Graell, en Vic. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4805, de 23.1.2007.
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Presupuesto de licitación: 10.295.116,84 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Corsán Coviam, SA. Fecha de adjudicación: 20 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 7.520.582,85 euros. Núm. de expediente: 12801010. Descripción: urbanización de la actuación residencial les Argiles, en Constantí. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4800, de 16.1.2007. Presupuesto de licitación: 5.977.509,84 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Copcisa. Fecha de adjudicación: 22 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 4.720.439,52 euros. Núm. de expediente: 13911010. Descripción: urbanización del polígono industrial Riera de Castellolí, en Vilanova del Camí. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4800, de 16.1.2007. Presupuesto de licitación: 5.546.392,23 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: FCC Construcciónn, SA. Fecha de adjudicación: 22 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 4.270.722,00 euros. Núm. de expediente: 22241010. Descripción: urbanización del Plan de Actuación Urbana de la Fàbrica Nova y del Parque Fluvial, en Sallent. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4800, de 16.1.2007. Presupuesto de licitación: 2.479.202,91 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Elecnor, SA. Fecha de adjudicación: 22 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 2.233.058,82 euros. Núm. de expediente: 12441010. Descripción: urbanización de la actuación Costa Brava; derribos de edificaciones Avenida Costa Brava y colector de desguace de aguas pluviales en las actuaciones Avinguda Costa Brava y els Cendrassos, en Figueres. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4805, de 23.1.2007. Presupuesto de licitación: 11.123.341,41 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Xavier Alsina, SA - Construcciones y Desmontes Marco, SA (UTE). Fecha de adjudicación: 29 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 8.933.069,00 euros. Núm. de expediente: 12591010. Descripción: urbanización del subsector 1 de la actuación Horta de la Valira, en la Seu d’Urgell. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4805, de 23.1.2007. Presupuesto de licitación: 10.026.630,89 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Comsa. Fecha de adjudicación: 29 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 7.473.850,66 euros. Núm. de expediente: 1614021. Descripción: rehabilitación del teatro del Orfeón Montsià, 2ª. fase, en Ulldecona.
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Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4766, de 22.11.2006. Presupuesto de licitación: 360.000,00 euros. Procedimiento de adjudicación: negociado, al amparo de lo que dispone el artículo 141.a) del Texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas. Adjudicatario: Obres y Reformes Cofran, SL. Fecha de adjudicación: 15 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 358.920,00 euros. Núm. de expediente: 2177011. Descripción: consolidación de las iglesias románicas de Sant Romà de Valldarques, Sant Martí de la Plana y Santa Maria de Remolins, en Coll de Nargó. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4766, de 22.11.2006. Presupuesto de licitación: 183.438,00 euros. Procedimiento de adjudicación: negociado, al amparo de lo que dispone el artículo 141.a) del Texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas. Adjudicatario: La Vansa y Fornols, SL. Fecha de adjudicación: 15 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 183.438,00 euros. Núm. de expediente: 1770021. Descripción: urbanización de la calle Vilella, en Peralada. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4814, de 5.2.2007. Presupuesto de licitación: 150.000,03 euros. Procedimiento de adjudicación: negociado, al amparo de lo que dispone el artículo 141.a) del Texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas. Adjudicatario: Aglomerats Girona, SA. Fecha de adjudicación: 28 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 140.100,10 euros. Núm. de expediente: 2323011. Descripción: ordenación conjunta y ajardinamiento de las plazas de la Bella Pedra y President Irla, en Santa Cristina d’Aro. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4814, de 5.2.2007. Presupuesto de licitación: 910.688,68 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Moviterra, SA. Fecha de adjudicación: 28 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 727.275,00 euros. Núm. de expediente: 1662011. Descripción: urbanización de las calles Joan Goula, de los Especiers y tramo de las calles Notaria y Estret, del casco antiguo, 1ª. fase, en Sant Feliu de Guíxols. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4797, de 11.1.2007. Presupuesto de licitación: 417.628,14 euros. Procedimiento de adjudicación: negociado, al amparo de lo que dispone el artículo 141.a) del Texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas. Adjudicatario: Aglomerats Girona, SA. Fecha de adjudicación: 29 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 417.628,14 euros. Núm. de expediente: 999.2007.06. Descripción: adquisición de maquinario digital y programario informático para el Institut Catalán del Suelo, en Barcelona. Presupuesto de licitación: 90.000,00 euros.
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Procedimiento de adjudicación: negociado, al amparo de lo que dispone el artículo 141.a) del Texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas. Adjudicatario: Microsistemes, SA. Fecha de adjudicación: 19 de abril de 2007. Importe de adjudicación: 71.340,00 euros. Núm. de expediente: 999.2007.07. Descripción: diseño, dirección, construcción, montaje y desmontaje, y supervisión del estand de la Generalitat de Catalunya en el Salón Construmat 2007 (del 14 al 19 de mayo) y del Salón Internacional de la Logística 2007, en Barcelona. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4846, de 21.3.2007. Presupuesto de licitación: 240.000,00 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Cosersa, SA. Fecha de adjudicación: 17 de abril de 2007. Importe de adjudicación: 227.824,00 euros. Núm. de expediente: 1653021. Descripción: coordinación de seguridad y salud (fase ejecución de obra), control de calidad y dirección de las obras de construcción de 92 viviendas en el Mas Rampinyo II, en Montcada y Reixac. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4814, de 5.2.2007. Presupuesto de licitación: 156.784,11 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Xavier Oliva Rodés. Fecha de adjudicación: 13 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 129.738,85 euros. Núm. de expediente: 2171011. Descripción: coordinación de seguridad y salud (fase ejecución de obra), control de calidad y dirección de las obras de construcción de 32 viviendas en el sector Aiguaserra, en Sant Carles de la Ràpita. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4814, de 5.2.2007. Presupuesto de licitación: 51.851,03 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Jordi Gas Forés. Fecha de adjudicación: 13 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 47.184,43 euros. Núm. de expediente: 2127021. Descripción: coordinación de seguridad y salud (fase ejecución de obra), control de calidad y dirección de las obras de construcción de 45 viviendas en el sector Farges Climent B, 2ª. fase, en Figueres. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4814, de 5.2.2007. Presupuesto de licitación: 60.184,59 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Toni Quer Serrat. Fecha de adjudicación: 13 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 50.555,00 euros. Núm. de expediente: 1821031. Descripción: coordinación de seguridad y salud (fase ejecución de obra), control de calidad y dirección de las obras de construcción de 24 viviendas en el Centro Direccional, en Cerdanyola del Vallès. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4814, de 5.2.2007.
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Presupuesto de licitación: 53.897,84 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Lluís Senán Barón. Fecha de adjudicación: 13 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 45.274,18 euros. Núm. de expediente: 1792031. Descripción: coordinación de seguridad y salud (fase ejecución de obra), control de calidad y dirección de las obras de construcción de 16 viviendas en la Travessera de Collblanc, en l’Hospitalet de Llobregat. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4814, de 5.2.2007. Presupuesto de licitación: 30.589,17 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Greccat. Fecha de adjudicación: 13 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 25.756,08 euros. Núm. de expediente: 2124011. Descripción: coordinación de seguridad y salud (fase ejecución de obra), control de calidad y dirección de las obras de construcción de 40 viviendas en la plaza del Mercado, en Santa Margarida y els Monjos. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4814, de 5.2.2007. Presupuesto de licitación: 54.954,25 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Juan Justo Caro López. Fecha de adjudicación: 13 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 46.000,00 euros. Núm. de expediente: 1653011. Descripción: coordinación de seguridad y salud (fase ejecución de obra), control de calidad y dirección de las obras de construcción de 42 viviendas al sector Sud-oest, en Montcada y Reixac. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4814, de 5.2.2007. Presupuesto de licitación: 45.393,54 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Enrique Vijande Majem. Fecha de adjudicación: 13 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 38.448,33 euros. Núm. de expediente: 2167021. Descripción: coordinación de seguridad y salud (fase ejecución de obra), control de calidad y dirección de las obras de construcción de 21 viviendas al sector Ganix, en Llagostera. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4814, de 5.2.2007. Presupuesto de licitación: 31.473,55 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Pere Solés Puig. Fecha de adjudicación: 13 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 27.854,00 euros. Núm. de expediente: 2045011. Descripción: coordinación de seguridad y salud (fase ejecución de obra), control de calidad y dirección de las obras de construcción de 22 viviendas en la Reguereta, en Balaguer. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4814, de 5.2.2007. Presupuesto de licitación: 33.616,70 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Pere Camarasa Albinyana. Fecha de adjudicación: 13 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 29.919,00 euros.
Núm. de expediente: 2081011. Descripción: coordinación de seguridad y salud (fase ejecución de obra), control de calidad y dirección de las obras de construcción de 44 viviendas, locales comerciales, plazas de aparcamiento y urbanització, al Pont de Vilomara y Rocafort. Publicación del anuncio de la licitación: DOGC núm. 4814, de 5.2.2007. Presupuesto de licitación: 74.188,67 euros. Procedimiento de adjudicación: concurso. Adjudicatario: Summa, SA. Fecha de adjudicación: 13 de marzo de 2007. Importe de adjudicación: 60.834,71 euros. Barcelona, 25 de abril de 2007 Francisco Gómez Uribe Jefe de la Unidad de Contratación (07.115.135) GESTIÓ D’INFRAESTRUCTURES, SA ANUNCIO por el que se hace pública la licitación de diversos contratos. —1 Entidad adjudicadora: Gestió d’Infra estructures, SA, empresa pública de la Generalitat de Catalunya. —2 Objeto: La ejecución de los contratos que se especifican en el anexo y que pertenecen a los expedientes que se relacionan. —3 Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. c) Forma: concurso. —4 Presupuesto base de licitación: el que se especifica en el anexo para cada uno de los expedientes que se relacionan. —5 Garantía provisional: 2% del importe de licitación. —6 Obtención de documentación e información: el pliego de bases del concurso, el contrato tipo y el pliego de prescripciones técnicas particulares, quedarán expuestos durante el plazo de presentación de las ofertas, entre las 9 horas y las 13 horas de los días laborables en las oficinas de: a) Entidad: Gestió d’Infraestructures, SA b) Domicilio: av. Josep Tarradellas, 20-30, 1ª planta. c) Localidad y código postal: BARCELONA, 08029. d) Teléfono: 93.444.44.44. e) Fax: 93.444.44.88. —7 Requisitos específicos del licitador a) .. b) Se solicitarán los medios de acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional previstos en los artículos 16 y 19 del Texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas en los términos que figuran en el pliego de Bases y la documentación adicional que se indica en el mismo.
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DEPARTAMENTO DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN —8 Presentación de ofertas a) Fecha límite: 28 de mayo de 2007 a las 13:00 horas. b) Documentación a presentar: la exigida en el pliego de bases. c) Lugar de presentación: en la dirección indicada en el punto 6. d) El licitador estará obligado a mantener su oferta durante 4 meses, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas. e) No se admitirán ofertas variantes. También se admitirán las proposiciones presentadas por correo de acuerdo con lo que prevé el pliego de bases. —9 Apertura de las ofertas Tendrá lugar en la dirección indicada en el punto 6 a las 10.05 horas del día 7 de junio de 2007. —11 Los gastos del anuncio serán a cargo del adjudicatario del contrato. —13 La información relativa a la convocatoria del concurso y la documentación asociada al mismo se encuentra disponible en la página web http://www.gisa.es/. Barcelona, 8 de mayo de 2007 María Eugenia Tudela Edo Jefa de Contratación Anexo Objeto: Asistencia técnica para la redacción del proyecto constructivo de mejora local. Puentes y estructuras. Nuevo puente sobre el rio Llobregat. Accesos a los Jardines Artigas. Tramo: La Pobla de Lillet. Clave: XB-07044 Plazo de redacción: 4 meses. Presupuesto: 70.300,00 euros (IVA del 16% incluido). Objeto: Asistencia técnica para la redacción del estudio informativo de mejora general. Ronda Norte de Figueres. Desde la estación de Figueres del TGV hasta el PK 7+000 de la N-IIa. Tramo: Figueres. Clave: EI-XG-07043 Plazo de redacción: 4 meses. Presupuesto: 58.400,00 euros (IVA del 16% incluido). PG-186118 (07.128.035)
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ANUNCIO de concurso público para la contratación de una consultoría y asistencia (G934 N07/023). —1 Entidad adjudicadora a) Organismo: Departamento de Cultura. b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Gestión Económica y Contratación. c) Número de expediente: G934 N07/023. —2 Objeto del contrato a) Descripción del objeto: catalogación y localización de fondos bibliográficos en el catálogo de lectura pública y para la integración de registros bibliográficos en el catálogo local de la Biblioteca Pública de Lleida. b) División por lotes y números: Lote 1, demarcación de Lleida, localización de 12577 documentos. Lote 2, demarcación de Lleida, integración al catálogo local. Lote 3, demarcación de Barcelona, catalogación de 2300 documentos. c) Lugar de ejecución: Central de Bibliotecas de Lleida, Biblioteca Pública de Lleida y Negociado de Procesos Técnicos en Barcelona. d) Plazo de ejecución: 3 meses desde la firma del contrato. —3 Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. c) Forma: concurso. —4 Presupuesto base de licitación: 40.000 euros, IVA incluido, de acuerdo con la siguiente distribución por lotes: Lote 1, demarcación de Lleida: 10.500 euros. Lote 2, demarcación de Lleida: 10.000 euros. Lote 3, demarcación de Barcelona: 19.500 euros. —5 Garantía provisional: ha sido dispensada, de acuerdo con lo que establece el artículo 35.1 del Real decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas. —6 Obtención de la documentación e información: Sección de Recursos y Programación de la Dirección General de Cooperación Cultural, Portal de Santa Madrona, 6-8, 08001 Barcelona, tel. 93.316.27.80 y fax 93.316.27.81. —7 Requisitos específicos del contratista a) Clasificación: no es necesaria, de acuerdo con lo que establece el artículo 25.1 del Real decreto legislativo 2/2000. b) Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica: respecto a la solvencia económica se podrá acreditar por alguno de los medios previstos en el artículo 16 del Real decreto legislativo 2/2000, con excepción hecha de la aportación del informe de las instituciones financieras. Respecto a la solvencia técnica, se podrá acreditar por alguno de los medios previstos en el artículo 19 del Real decreto legislativo 2/2000. —8 Presentación de ofertas a) Fecha límite de presentación: las 12 horas del decimoquinto día natural contado a partir del
siguiente al de la publicación de este Anuncio en el DOGC (si el plazo finalizara en sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado hasta el siguiente día hábil). b) Documentación que hay que presentar: la que se especifica en la cláusula onceava del pliego de cláusulas administrativas particulares que rige este contrato. c) Lugar de presentación: Servicio de Gestión Económica y Contratación, rambla Santa Mònica, 8, 3ª planta, 08002 Barcelona. Las proposiciones también se podrán enviar por correo dentro del plazo de admisión. En este caso, será necesario justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos acreditando que la imposición se haya efectuado antes de la hora fijada como límite en la presentación de ofertas y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama durante el mismo día. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: 3 meses. e) Admisión de variantes: en este procedimiento de adjudicación no se admiten variantes o alternativas de los licitadores respecto a las condiciones o términos de ejecución del objeto del contrato. —9 Apertura de las ofertas: el vigésimo día natural contado a partir del siguiente al de la publicación de este Anuncio en el DOGC, a las 12 horas, en la Secretaría General del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación, rambla Santa Mònica, 8, 08002 Barcelona (si el plazo finalizara en sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado hasta el siguiente día hábil). —10 Gastos del Anuncio: irán a cargo del adjudicatario. Su cuantía está fijada en el anexo XIII del pliego de cláusulas administrativas particulares. —11 Página web donde figura la información relativa a esta licitación: http://cultura.gencat. net/licitacions. Barcelona, 20 de abril de 2007 Lluís Noguera i Jordana Secretario general (07.110.041) ANUNCIO de concurso público para la adjudicación de un contrato administrativo especial (G651 N07/004). —1 Entidad adjudicadora a) Organismo: Departamento de Cultura y Medios de Comunicación. b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Gestión Económica y Contratación. c) Número de expediente: G651 N07/004 —2 Objeto del contrato a) Descripción del objeto: concesión de un servicio de fotocopiadoras de autoservicio para diversas bibliotecas del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación. b) Lugar de ejecución: Bibliotecas públicas de Lleida, Girona y Tarragona, en las direcciones
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DEPARTAMENTO DE SALUD indicada en el anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares. c) Plazo de ejecución: 1 año, contado a partir de la fecha del contrato, prorrogable año tras año, hasta un máximo de 10 años. —3 Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. c) Forma: concurso. —4 Precio copia: se establece un precio de 0,07 céntimos de euros por copia, incluido el IVA. —5 Garantía provisional: dispensada, de acuerdo con el artículo 3.1 del RDL 2/2000. —6 Obtención de la documentación e información: Servicio de Gestión Económica y Contratación, rambla Santa Mònica, 8, 08002 Barcelona, tel. 93 316 27 21 y fax 93 316 27 67. —7 Requisitos específicos del contratista a) Clasificación: no es necesaria, de acuerdo con lo que establece el artículo 25.1 del Real decreto legislativo 2/2000. b) Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica: respecto a la solvencia económica se podrá acreditar por alguno de los medios previstos en el artículo 16 del Real decreto legislativo 2/2000. Respecto a la solvencia técnica, se podrá acreditar por alguno de los medios previstos en el artículo 19 del Real decreto legislativo 2/2000. —8 Presentación de ofertas a) Fecha límite de presentación: las 12 horas del decimoquinto día natural contado a partir del siguiente al de la publicación de este Anuncio en el DOGC (si el plazo finalizara en sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado hasta el siguiente día hábil). b) Documentación que hay que presentar: la que se especifica en la cláusula decimonovena del pliego de cláusulas administrativas particulares que rige este contrato. c) Lugar de presentación: Servicio de Gestión Económica y Contratación, rambla Santa Mònica, 8, 3ª planta, 08002 Barcelona. Las proposiciones también se podrán enviar por correo dentro del plazo de admisión. En este caso, será necesario justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos acreditando que la imposición se haya efectuado antes de la hora fijada como límite en la presentación de ofertas y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama durante el mismo día. d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: 3 meses. e) Admisión de variantes: en este procedimiento de adjudicación no se admiten variantes o alternativas de los licitadores respecto a las condiciones o términos de ejecución del objeto del contrato. —9 Apertura de las ofertas: el vigésimo día natural contado a partir del siguiente al de la publicación de este Anuncio en el DOGC, a las 12 horas, en la Secretaría General del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación, rambla Santa Mònica, 8, 08002 Barcelona (si el plazo finalizara en sábado, domingo o festivo,
se entenderá prorrogado hasta el siguiente día hábil). —10 Gastos del Anuncio: irán a cargo del adjudicatario. Su cuantía está fijada en el anexo X del pliego de cláusulas administrativas particulares. —11 Página web donde figura la información relativa a esta licitación: http://cultura.gencat. net/licitacions/ Barcelona, 23 de abril de 2007 Lluís Noguera i Jordana Secretario general (07.113.102)
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INSTITUTO CATALÁN DE LA SALUD EDICTO de 30 de abril de 2007, por el que se da publicidad a la Resolución de 29 de enero de 2007, de adjudicación de un servicio para el Hospital Universitario de Girona Dr. Josep Trueta y Centre d’Especialitats Güell (exp. ANT61CP/06). El director gerente del Instituto Catalán de la Salud, una vez cumplidos los trámites necesarios para la adjudicación de contratos de servicios por el sistema de concurso, que prevé el artículo 73 del Texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2000, hace pública la Resolución dictada por la directora gerente de l’Hospital Universitario de Girona Dr. Josep Trueta, con fecha de 29 de enero de 2007, de adjudicación definitiva del servicio de mantenimiento de los equipos de electromedicina integral y alta tecnologia de l’Hospital Universitario de Girona Dr. Josep Trueta y el Centre d’Especialitats Güell (exp. ANT61CP/06) a la empresa Iberica de Mantenimiento, SA, por un importe total de 486.660,00 euros. El Anuncio del concurso fue publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 4765, de 21.11.2006, con un presupuesto base de licitación de 520.506,00 euros. Barcelona, 30 de abril de 2007 Francesc José María i Sánchez Director gerente Anexo Empresa Euros Iberica de Mantenimiento, SA....... 486.660,00 Importe total adjudicado................ 486.660,00 (07.120.015) EDICTO de 30 de abril de 2007, por el que se da publicidad a la Resolución de 30 de marzo de 2007, de adjudicación de un servicio para las dependencias del Centro Corporativo del Instituto Catalán de la Salud (exp. 07SRC0533). El director gerente del Instituto Catalán de la Salud, una vez cumplidos los trámites necesarios para la adjudicación de contratos de servicios por el sistema de concurso, que prevé el artículo 73 del Texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2000, ha dictado la Resolución, con fecha de 30 de marzo de 2007, de adjudicación definitiva del servicio de limpieza de las dependencias del Centro Corporativo del Instituto Catalán de la Salud (exp. 07SRC0533), a la empresa CLECE, SA, por un importe total de 396.451,51 euros. El Anuncio del concurso fue publicado en el DOGC núm. 4818, de 9.2.2007, con un presupuesto base de licitación de 470.000.000 euros.
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DEPARTAMENTO DE TRABAJO Barcelona, 30 de abril de 2007 Francesc José María i Sánchez Director gerente (07.120.012) EDICTO de 2 de mayo de 2007, por el que se da publicidad a la Resolución de 23 de abril de 2007, de adjudicación de la gestión de servicios públicos sanitarios para la realización de las pruebas analíticas para la determinación de substancias tóxicas para la población reclusa de Cataluña (exp. 07SP0554). El director gerente del Instituto Catalán de la Salud, una vez cumplidos los trámites necesarios para la adjudicación de contratos de servicios por el sistema de concurso, que prevé el artículo 73 del Texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2000, ha dictado la Resolución, con fecha de 23 de abril de 2007, de adjudicación definitiva de la gestión de servicios públicos sanitarios mediante concertación de medios ajenos para la realización de pruebas analíticas para la determinación de substancias tóxicas de la población reclusa de Cataluña (exp. 07SP0554), a la empresa General Lab, SA, por un importe total de 116.635,50 euros. El Anuncio del concurso fue publicado en el DOGC núm. 4848, de 23.3.2007, con un presupuesto base de licitación de 159.985,40 euros. Barcelona, 2 de mayo de 2007 Francesc José María i Sánchez Director gerente (07.122.086)
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EDICTO de 30 de mayo de 2007, por el que se da publicidad a la Resolución de 23 de abril de 2007, de adjudicación de la contratación de un servicio (exp. M-6/07). Entidad adjudicadora: Departamento de Trabajo de la Generalidad de Cataluña, Sección de Contratación. Expediente núm.: M-6/07. Objeto del contrato: servicio de animación de las residencias de Tiempo Libre del Departamento de Trabajo para la temporada 2007 (Anuncio de licitación publicado en el DOGC núm. 4861, de 13.04.2007). Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: concurso público por procedimiento abierto. Presupuesto base de licitación: 128.876,20 euros (ciento veintiocho mil ochocientos setenta y seis euros con veinte céntimos), IVA incluido, y 111.100 euros (ciento once mil cien euros), IVA excluido, repartidos en lotes de la forma siguiente: lote núm. 1: 42.920 euros (cuarenta y dos mil novecientos veinte euros), IVA incluido y 37.000 euros (treinta y siete mil euros), IVA excluido; lote núm. 2: 43.964,20 euros (cuarenta y tres mil novecientos sesenta y cuatro euros con veinte céntimos), IVA incluido y 37.900 euros (treinta y siete mil novecientos euros), IVA excluido; lote núm. 3: 41.992 euros (cuarenta y un mil novecientos noventa y dos euros), IVA incluido y 36.200 euros (treinta y seis mil dos cientos euros). Adjudicación: mediante la Resolución del secretario general de Trabajo, de 23 de abril de 2007, a las empresas y por los importes siguientes: lote 1, a la empresa Diversport,SC, de nacionalidad española, por importe de 37.120 euros (treinta y siete mil ciento veinte euros), IVA incluido y lotes 2 y 3, a la empresa Paites Jocs, SL, de nacionalidad española, por los importes de 42.943,20 euros (cuarenta y dos mil novecientos cuarenta y tres euros con veinte céntimos), IVA incluido y 41.552,20 euros (cuarenta y un mil quinientos cincuenta y dos euros con veinte céntimos), IVA incluido, respectivamente. Barcelona, 30 de mayo de 2007 Antoni Fernández Pérez Secretario general (07.122.026) ANUNCIO por el que se hace público el depósito de los Estatutos de la organización empresarial denominada Associació d’Empreses Catalanes de Salvament Aquàtic. Visto lo que dispone el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas de acuerdo con la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos que esta prevé, se hace público que en la Dirección General de Relaciones Laborales del Departamento de Trabajo, con efectos de 22 de diciembre de 2006, han sido depositados
los Estatutos de la organización denominada Associació d’Empreses Catalanes de Salvament Aquàtic, cuyos ámbitos son: Ámbito territorial: Cataluña. Ámbito funcional: las empresas dedicadas al salvamento acuático. La dirección de la asociación es: Rambla Nova 95, de Tarragona. Las personas promotoras y firmantes del acta de constitución son los señores Ferran Castello Auque, en representación de Sport&, Salvament Sociedad Limitada, Oscar Campos Gausachs, en representación de Pro-activa Serveis Aquàtics Societat Limitada, David Rivelles Curto, en representación de Meta Gestión Tarraco Sociedad Limitada y siete más. Barcelona, 20 de abril de 2007 Salvador Alvarez Vega Director general de Relaciones Laborales (07.117.149)
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DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA
DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE Y VIVIENDA
AGENCIA DE GESTIÓN DE AYUDAS UNIVERSITARIAS Y DE INVESTIGACIÓN
EDICTO de 19 de abril de 2007, de notificación de varias resoluciones de expedientes en materia de vivienda.
EDICTO de 25 de abril de 2007, por el que se notifica a los posibles interesados la interposición del recurso contencioso administrativo núm. 103/2007. La Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación, adscrita al Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña, mediante el presente Edicto, hace saber que el Sr. Valentí Teixidor Calleja ha interpuesto el recurso contencioso administrativo núm. 103/2007 ante el Juzgado Contencioso Administrativo núm. 10 de Barcelona, contra la Resolución de 27 de diciembre de 2006 del presidente de la Comisión Ejecutiva de Ayudas Universitarias, sobre la solicitud de ayudas al estudio de carácter general para el curso 2005-2006. Se hace público en cumplimiento de lo que disponen los artículos 49 y 50 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, en relación con el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones publicas y del procedimiento administrativo común, para que sirva de citación a los posibles interesados, a los efectos de que puedan comparecer y personarse en las actuaciones como demandados, si así lo consideran conveniente, en el plazo de nueve días a contar a partir del día siguiente de la publicación de este Edicto al DOGC. Barcelona, 25 de abril de 2007 Estanislau Fons i Solé Director ejecutivo (07.120.103)
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Se han dictado resoluciones en los expedientes en materia de vivienda cuyos datos figuran en el anexo de este Edicto. Intentada su notificación, esta no ha podido llevarse a cabo. En consecuencia, de acuerdo con lo que prevén los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27.11.1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14.1.1999), se comunica a las personas interesadas que, a fin de que puedan tener conocimiento del contenido íntegro de los actos administrativos que se mencionan, pueden comparecer en las dependencias del Servicio Servicio Jurídico, de Calidad de los Procesos y de Atención Ciudadana, c. Aragó, 244-248, 5ª planta, 08007 Barcelona de la Dirección General de Vivienda dentro del plazo que se señala en el anexo, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este Edicto en el DOGC. Contra estos actos administrativos las personas interesadas pueden interponer el tipo de recurso que se especifica en cada caso. Barcelona, 19 de abril de 2007 Carmina Muñoz Bonet Jefa de la Sección de Gestión Jurídica Anexo Núm. de expediente: RE/0060/2006. Persona interesada: Joselyn Pérez Liriano. Acto administrativo que se notifica: resolución de recurso de alzada. Recurso que puede interponerse: contencioso administrativo. Plazo para interponerlo: dos meses. Núm. de expediente: BB/0021/2005. Persona interesada: Manuel Seco Alejandre. Acte administratiu que es notifica: resolució de recurs d’alçada. Acto administrativo que se notifica: resolución de recurso de alzada. Plazo para interponerlo: dos meses. Núm. de expediente: BB/ 0023/2005. Persona interesada: Marta Nevado Molina. Acte administratiu que es notifica: resolució de recurs d’alçada. Acto administrativo que se notifica: resolución de recurso de alzada Plazo para interponerlo: dos meses. (07.109.180) EDICTO de 20 de abril de 2007, de notificación de varias propuestas de resolución de expedientes sancionadores en materia de vivienda. Se han dictado propuestas de resolución en los expedientes sancionadores en materia de vivienda cuyos datos figuran en el anexo de
este Edicto. Intentada su notificación, esta no ha podido llevarse a cabo. En consecuencia, de acuerdo con lo que prevén los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27.11.1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14.1.1999), se comunica a las personas interesadas que, a fin de que puedan tener conocimiento del contenido íntegro de los actos administrativos que se mencionan, pueden comparecer en las dependencias del Servicio de Procedimientos y Régimen Disciplinario de la Dirección General de Calidad de la Edificación y Rehabilitación de la Vivienda (c. Aragó, 244-248, 5ª planta, 08007 Barcelona), a contar desde el día siguiente al de la publicación de este Edicto en el DOGC. Barcelona, 20 de abril de 2007 Mireia Turu Santigosa Jefa del Servicio de Procedimientos y Régimen Disciplinario Anexo Núm. de expediente: HLB200500080. Persona interesada: Constructora San José, SA, Enric Peña Camarillas, Jordi Roig Navarro, José Maria Oller Lletjós, José Maria Onzain Bárcena, Xavier Badia Armengou, Viladecans Mediterranea, SA, e Ismael Espada Fernández. Acto administrativo que se notifica: propuesta de resolución. Núm. de expediente: HLB200500093. Persona interesada: Constructora San José, SA, Enric Peña Camarillas, Jordi Roig Navarro, José Maria Onzain Bárcena, Xavier Badia Armengou, Viladecans Mediterranea, SA, y Teresa Saez Márquez. Acto administrativo que se notifica: propuesta de resolución. Núm. de expediente: HLB200500191. Persona interesada: Constructora San José, SA, Enric Peña Camarillas, Jordi Roig Navarro, José Maria Onzain Bárcena, Xavier Badia Armengou, Viladecans Mediterranea, SA, y Agustín Baena Molina. Acto administrativo que se notifica: propuesta de resolución. (07.110.173) EDICTO de 26 de abril de 2007, de notificación de acuerdos de expedientes sancionadores. Se han dictado los acuerdos en los expedientes sancionadores cuyos datos figuran en el anexo del presente Edicto. Intentada su notificación, esta no se ha podido practicar. En consecuencia, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27.11.1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14.1.1999) y por
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la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (BOE núm. 313, de 31.12.2001), se comunica a las personas interesadas que, para que puedan tener conocimiento del contenido íntegro de los acuerdos que se relacionan, pueden comparecer en las dependencias de los Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda en Girona (c. Ultònia, 10-12, 3º, 17002 Girona), en el plazo que se establece contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente Edicto en el DOGC.
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Girona, 26 de abril de 2007 Emili Santos Bach Director de los Servicios Territoriales en Girona Anexo
Contra estos acuerdos las personas interesadas pueden presentar alegaciones en el plazo que se establece en cada caso.
Núm. de expediente: FE-G-14/2007. Persona interesada: Amar Doudour Bibi. Acto administrativo que se notifica: Resolución. Recurso que puede interponerse: Recurso de alzada. Plazo para interponerlo: Un mes.
Girona, 26 de abril de 2007
(07.116.222)
Emili Santos Bach Director de los Servicios Territoriales en Girona
EDICTO de 27 de abril de 2007, de notificación de resoluciones de expedientes sancionadores.
Anexo Núm. de expediente: C-G-4/2007. Persona interesada: Francesc López Muñoz. Acto administrativo que se notifica: Acuerdo de inicio y propuesta de resolución. Plazo para presentar alegaciones: Diez días. Núm. de expediente: FE-G-31/2007. Persona interesada: Jordi Martínez Massegur. Acto administrativo que se notifica: Acuerdo de inicio y pliego de cargos. Plazo para presentar alegaciones: Quinze días. (07.116.226) EDICTO de 26 de abril de 2007, de notificación de una resolución de un expediente sancionador. Se ha dictado resolución en el expediente sancionador cuyos datos figuran en el anexo de este Edicto. Intentada su notificación, esta no ha podido llevarse a cabo. En consecuencia, de acuerdo con lo que prevén los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27.11.1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14.1.1999) y por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (BOE núm. 313, de 31.12.2001), se comunica a la persona interesada que, a fin de que pueda tener conocimiento del contenido íntegro de la resolución que se menciona, puede comparecer en las dependencias de los Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda en Girona (c. Ultònia, 10-12, 3º, 17002 Girona), dentro del plazo que se señala en el anexo, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este Edicto en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Contra esta resolución la persona interesada puede interponer el tipo de recurso que se especifica en cada caso.
Se ha dictado la resolución en los expedientes sancionadores cuyos datos figuran en el anexo del presente Edicto. Intentada su notificación, esta no ha podido llevarse a cabo. En consecuencia, de acuerdo con lo que prevén los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27.11.1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14.1.1999), se comunica a las personas interesadas que, a fin de que puedan tener conocimiento del contenido íntegro de la resolución que se menciona, pueden comparecer en las dependencias de los Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda en Lleida (ronda Sant Martí, 2-6, 25006 Lleida), en el plazo que se señala en el anexo, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente Edicto en el DOGC. Contra esta resolución la persona interesada pueden interponer el tipo de recurso que se especifica en cada caso. Lleida, 27 de abril de 2007 Joan Farré Viladrich Director de los Servicios Territoriales en Lleida Anexo Núm. de expediente: C-L-19/2007 Persona interesada: Manuel Hernández Montesinos Acto administrativo que se notifica: Resolución Recurso que puede interponerse: recurso de alzada Plazo para interponerlo: un mes Núm. de expediente: C-L-20/2007 Persona interesada: Francisco García Hernández Acto administrativo que se notifica: Resolución Recurso que puede interponerse: recurso de alzada Plazo para interponerlo: un mes
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Núm. de expediente: C-L-27/2007 Persona interesada: Francisco Javier Fernández Fernández Acto administrativo que se notifica: Resolución Recurso que puede interponerse: recurso de alzada Plazo para interponerlo: un mes Núm. de expediente: C-L-28/2007 Persona interesada: Jonathan Alcalá González Acto administrativo que se notifica: Resolución Recurso que puede interponerse: recurso de alzada Plazo para interponerlo: un mes Núm. de expediente: C-L-46/2007 Persona interesada: Pedro Muntal Cuenca Acto administrativo que se notifica: Resolución Recurso que puede interponerse: recurso de alzada Plazo para interponerlo: un mes (07.117.035) EDICTO de 27 de abril de 2007, de notificación de propuesta de resolución de expediente sancionador. Se han dictado la propuesta de resolución en el expediente sancionador cuyos datos figuran en el anexo del presente Edicto. Intentada su notificación, esta no ha podido llevarse a cabo. En consecuencia, de acuerdo con lo que prevén los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27.11.1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14.1.1999), se comunica a las personas interesadas que, a fin de que puedan tener conocimiento del contenido íntegro de las propuestas de resolución que se mencionan, pueden comparecer en las dependencias de los Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda en Lleida (ronda Sant Martí, 2-6, 25006 Lleida), en el plazo que se señala en el anexo, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente Edicto en el DOGC. Contra esta propuesta de resolución la persona interesada pueda presentar alegaciones en el plazo que se menciona en cada caso. Lleida, 27 d’abril de 2007 Joan Farré Viladrich Director de los Servicios Territoriales en Lleida Anexo Núm. de expediente: CM-L-15/2007 Persona interesada: José Maria Baró colom Acto administrativo que se notifica: Propuesta de resolución. Plazo para presentar alegaciones: 10 días. (07.117.046)
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ANUNCIO de información pública sobre la solicitud de autorización ambiental para adecuar al sistema de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, la actividad avícola cuyo titular es Granjas Avícolas Churrit, SL, en el término municipal de Roquetes (EAAD070024). En cumplimiento de lo que dispone el artículo 4.2.b) del Decreto 50/2005, de 29 de marzo (DOGC núm. 4353, de 31.3.2005), se somete a información pública la solicitud de autorización ambiental con la Evaluación ambiental verificada para adecuar al sistema de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, de la intervención integral de la Administración ambiental (DOGC núm. 2598, de 13.3.1998), la actividad de Annexo: I Apartado:11 Subapartado: 1a. Instalaciones ramaderas destinadas a la cria intensiva de más de 40.000 plazas de aves de corral, entendiendo que se trata de gallinas ponedoras o de un número equivalente de otras espécies de aves, cuyo titular es la empresa Granjas Avicolas Churrit, Sl , emplazada en Ptda. Colomá, Raval De Crist , en el término municipal de Roquetes. La documentación está a disposición del público, en horas de oficina, en las dependencias del Equipo de Soporte del Proceso de Adecuación de la Dirección General de Calidad Ambiental del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, c/ Burgos, 17, 43870 Amposta, durante el plazo de veinte días hábiles. Asimismo, y previa solicitud por escrito, la documentación también podrá consultarse, durante el mismo plazo y en horas de oficina, en las dependencias de la oficina de gestión ambiental unificada (OGAU) de los servicios territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la demarcación territorial correspondiente. Durante este plazo de 20 días se admitirán todas las alegaciones que se presenten por escrito. Amposta, 19 de abril de 2007 Víctor Gimeno i Sanz El director de los Servicios Territoriales a Les Terres de l’Ebre (07.109.103) ANUNCIO de información pública sobre la solicitud de autorización ambiental para adecuar al sistema de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, una actividad de explotación porcina de ciclo cerrado, en los términos municipales de Santa Eugènia de Berga y Vic. (exp. BAAD070104 - BAAD070105). En cumplimiento de lo que dispone el artículo 4.2.b) del Decreto 50/2005, de 29 de marzo (DOGC núm. 4353, de 31.3.2005), se somete a información pública la solicitud de autorización ambiental con la Evalucación ambiental verificada para adecuar al sistema de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, de la intervención integral de la Administración ambiental (DOGC núm. 2598, de 13.3.1998), la actividad de explotación porcina
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de ciclo cerrado, cuyo titular es la empresa Can Cuera, SCP emplazada en la granja Can Cuera, en los términos municipales de Santa Eugènia de Berga i Vic.. La documentación está a disposición del público, en horas de oficina, en las dependencias de la Oficina de Gestión Ambiental Unificada de los Servicios Territoriales en Barcelona del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, Travessera de Gràcia, 56 6º piso en el plazo de 20 días hábiles. Durante este plazo, se admitirán todas las alegaciones que se presenten por escrito. Barcelona, 24 de abril de 2007 Xavier Nicolau Tarrats Jefe de la Oficina de Gestión Ambiental Unificada (07.114.134) ANUNCIO de información pública sobre la solicitud de autorización ambiental del Proyecto de una actividad de fabricación de especialidades químicas y diseño de maquinaria para el sector de tratamiento de superficies, joyería y electrónica, y comercialización de productos químicos en el término municipal de Sant Just Desvern (exp. BA20060331). En cumplimiento de lo que dispone el artículo 31 del Decreto 136/1999, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, de la intervención integral de la administración ambiental, y se adaptan sus anexos, se somete a información pública la solicitud de autorización ambiental del Proyecto para el ejercicio de una actividad de fabricación de especialidades químicas y diseño de maquinaria para el sector de tratamiento de superficies, joyería y electrónica, y comercialización de productos químicos, promovida por la empresa ENTHONE ESPAÑA, SA, en el término municipal de Sant Just Desvern. El proyecto está a disposición del público en horas de oficina en las dependencias de la Oficina de Gestión Ambiental Unificada de los Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente en Barcelona, Travessera de Gràcia, 56, 6ª planta, durante el plazo de veinte días. Durante este período se admitirán todas las alegaciones que se presenten por escrito. Barcelona, 24 de abril de 2007 Isabel Rueda Márquez Directora de los Servicios Territoriales en Barcelona (07.114.102)
ANUNCIO de información pública sobre la solicitud de autorización ambiental para adecuar al sistema de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, una actividad de explotación porcina de producción de lechones, en el término municipal de L’Estany (exp. BAAD070176). En cumplimiento de lo que dispone el artículo 4.2.b) del Decreto 50/2005, de 29 de marzo (DOGC núm. 4353, de 31.3.2005), se somete a información pública la solicitud de autorización ambiental con la Evalucación ambiental verificada para adecuar al sistema de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, de la intervención integral de la Administración ambiental (DOGC núm. 2598, de 13.3.1998), la actividad de explotación porcina de producción de lechones, cuyo titular es la empresa Granges Terragrisa, SL emplazada en la granja El Molí del Castell, en el término municipal de l’Estany. La documentación está a disposición del público, en horas de oficina, en las dependencias de la Oficina de Gestión Ambiental Unificada de los Servicios Territoriales en Barcelona del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, Travessera de Gràcia, 56 6º piso, en el plazo de 20 días hábiles. Durante este plazo, se admitirán todas las alegaciones que se presenten por escrito. Barcelona, 27 d’abri de 2007 Xavier Nicolau Tarrats Cap de l’Oficina de Gestió Ambiental Unificada (07.117.048) AGENCIA DE RESIDUOS DE CATALUÑA CORRECCIÓN DE ERRATA en el Anuncio de licitación de un contrato por el sistema de concurso (clave 07048) (DOGC núm. 4869, pág. 14798, de 25.4.2007). Habiendo observado una errata en el texto del citado Anuncio, enviado al DOGC y publicado en el núm. 4869, pág. 14798, de 25.4.2007, se detalla su oportuna corrección: En la pág. 14798, en el apartado 5, Plazo de ejecución, donde dice: “Dos años desde la formalización del contrato.”, debe decir: “Seis meses desde la formalización del contrato.”. Por este motivo se amplía el plazo de presentación de ofertas hasta las 14 horas del día 25 de mayo de 2007 y, por tanto, la apertura de proposiciones será el día 31 de mayo de 2007, a las 12 horas. Barcelona, 27 de abril de 2007 Genoveva Català i Bosch Gerente (07.117.136)
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UNIVERSIDADES CATALANAS UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BARCELONA EDICTO de 28 de marzo de 2007, de notificación de resolución de inicio de expediente de incautación de garantías. L’òrgan de contractació ha dictat resolució d’inici d’expedient d’incautació de les garanties dipositades per Servicios i Alimentación Bellaterra SL, pels contractes d’explotació dels serveis de bar-restaurant als edificis A, C, M, V i S de la Universitat Autònoma de Barcelona, per un import total de 41.241,75. Intentada la notificació escaient, aquesta no s’ha pogut practicar. En conseqüència, i d’acord amb el que preveuen els articles 59.4 i 61 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de règim jurídic de les administracions púbiques i del procediment administratiu comú (BOE núm. 285, de 27.11.1992), es comunica a Servicios i Alimentación Bellaterra SL que, per tal que pugui tenir coneixement del contingut íntegre de la resolució que s’esmenta i per si hi vol presentar al·legacions, pot comparèixer a les dependències del Gabinet Jurídic de la Universitat Autònoma de Barcelona a Bellaterra (Cerdanyola del Vallès), Campus Universitari s/n, Edifici A (Rectorat), dins del termini de deu dies, a comptar de l’endemà de la publicació d’aquest Edicte al DOGC. Contra aquesta resolució la persona interessada pot presentar al·legacions en el termini esmentat. Bellaterra, 28 març de 2007 Immaculada Vilardell Riera Vicerectora d’Economia PG-183271 (07.120.041) UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CATALUÑA RESOLUCIÓN 1088/2007, de 3 de mayo, por la que se anuncia un concurso de suministro. Entitat adjudicadora: Universitat Politècnica de Catalunya. Unitat de Contractació. Núm. exp. CONSU002001CO2007086. -Objecte del contracte: Subministrament d’ordinadors personals per les aules de la UPC. -Lloc de lliurament: segons s’estableix en el plec de prescripcions tècniques. -Termini de lliurament: 3 setmanes. Tramitació ordinària, procediment obert i forma concurs. Pressupost de licitació: 210.995,00 €, IVA inclòs. Garanties: Provisional: es dispensa d’acord amb l’art. 35.1 del Reial Decret legislatiu 2/2000 pel qual s’aprova el Text refós de la llei de contractes de les administracions públiques. Definitiva: 4% de l’import d’adjudicació.
Obtenció d’informació de 9 a 13,30 h. -Entitat: Universitat Politècnica de Catalunya. Unitat de Contractació. -Domicili: Plaça Eusebi Güell, 6. 08034 Barcelona. -Telèfon: 93 401 61 18. -Telefax: 93 401 61 25. -Obtenció de documentació: servei de fotocòpies. Telèfon 93 401 79 66. -Data límit d’obtenció de documentació i informació: fins a la data límit de presentació d’ofertes. -Els plecs d’aquesta licitació poden ser consultats a la següent adreça web: http://www.upc. edu/web/patrimoni. Presentació de les ofertes -Data límit de presentació: 25 de maig de 2007 a les 13.30 h. -Documentació a presentar: la ressenyada a la clàusula 5 del plec de clàusules administratives. -Lloc de presentació: Registre General de la Universitat Politècnica de Catalunya, Plaça Eusebi Güell, 6. Barcelona 08034. Termini durant el qual els licitadors resten obligats a mantenir la seva oferta: 3 mesos comptats a partir de la data de l’obertura de les proposicions. Obertura de les ofertes: a les 10 h. del dia 31 de maig de 2007, a la Sala de Juntes, de la segona planta de l’edifici Vèrtex, Plaça Eusebi Güell, 6, Barcelona. L’acta d’obertura de les ofertes es posarà a disposició dels licitadors durant 15 dies naturals, a la Unitat de Contractació de la Universitat. Còmput de terminis: el termini de presentació de proposicions quedarà ampliat per completar els 15 dies naturals de presentació d’ofertes si la publicació d’aquest anunci al DOGC, fos posterior al dia 10 de maig de 2007. De la mateixa manera, l’obertura pública de proposicions s’ajornarà fins el dijous següent a la mateixa hora. Despeses dels anuncis: els imports dels anuncis aniran a càrrec de l’adjudicatari. Aquesta resolució és definitiva i esgota la via administrativa, i pot ser impugnada mitjançant la interposició d’un recurs contenciós administratiu, en el termini de dos mesos a comptar des del dia següent de la notificació, davant la Sala del contenciós del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, sense perjudici de la possibilitat d’interposar potestativament recurs de reposició davant l’òrgan que l’ha dictat, en el termini d’un mes a comptar a partir del dia següent a la notificació. Barcelona, 3 de maig de 2007 p. d.
del rector (Resolució núm. 3010/2006, de 13 de desembre, DOGC núm. 4800) Josefina Auladell Baulenas Gerent PG-186155 (07.128.037)
RESOLUCIÓN 1089/2007 de 3 de mayo, por la que se anuncia un concurso de suminitro. Entitat adjudicadora: Universitat Politècnica de Catalunya. Unitat de Contractació. Núm. exp. CONSU300150CO2007081. -Objecte del contracte: Subministrament d’un analitzador termo-mecànic per a l’Escola Politècnica Superior de Castelldefels de la UPC. -Lloc de lliurament: Escola Politècnica Superior de Castelldefels, Avinguda del Canal Olímpic, s/n, 08860 Castelldefels (Barcelona). -Termini de lliurament: 1 mes. Tramitació ordinària, procediment obert i forma concurs. Pressupost de licitació: 45.000,00 €, IVA inclòs. Garanties: -Provisional: es dispensa d’acord amb l’art. 35.1 del Reial Decret legislatiu 2/2000 pel qual s’aprova el Text refós de la llei de contractes de les administracions públiques. -Definitiva: 4% de l’import d’adjudicació. Obtenció d’informació de 9 a 13,30 h. -Entitat: Universitat Politècnica de Catalunya. Unitat de Contractació. -Domicili: Plaça Eusebi Güell, 6. 08034 Barcelona. -Telèfon: 93 401 61 18. -Telefax: 93 401 61 25. -Obtenció de documentació: servei de fotocòpies. Telèfon 93 401 79 66. -Data límit d’obtenció de documentació i informació: fins a la data límit de presentació d’ofertes. -Els plecs d’aquesta licitació poden ser consultats a la següent adreça web: http://www.upc. edu/web/patrimoni. Presentació de les ofertes -Data límit de presentació: 25 de maig de 2007 a les 13.30 h. -Documentació a presentar: la ressenyada a la clàusula 5 del plec de clàusules administratives. -Lloc de presentació: Registre General de la Universitat Politècnica de Catalunya, Plaça Eusebi Güell, 6. Barcelona 08034. Termini durant el qual els licitadors resten obligats a mantenir la seva oferta: 3 mesos comptats a partir de la data de l’obertura de les proposicions. Obertura de les ofertes: a les 10 h. del dia 31 de maig de 2007, a la Sala de Juntes, de la segona planta de l’edifici Vèrtex, Plaça Eusebi Güell, 6, Barcelona. L’acta d’obertura de les ofertes es posarà a disposició dels licitadors durant 15 dies naturals, a la Unitat de Contractació de la Universitat. Còmput de terminis: el termini de presentació de proposicions quedarà ampliat per completar els 15 dies naturals de presentació d’ofertes si la publicació d’aquest anunci al DOGC, fos posterior al dia 10 de maig de 2007. De la mateixa manera, l’obertura pública de proposicions s’ajornarà fins el dijous següent a la mateixa hora.
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VARIOS Despeses dels anuncis: els imports dels anuncis aniran a càrrec de l’adjudicatari. Aquesta resolució és definitiva i esgota la via administrativa, i pot ser impugnada mitjançant la interposició d’un recurs contenciós administratiu, en el termini de dos mesos a comptar des del dia següent de la notificació, davant la Sala del contenciós del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, sense perjudici de la possibilitat d’interposar potestativament recurs de reposició davant l’òrgan que l’ha dictat, en el termini d’un mes a comptar a partir del dia següent a la notificació. Barcelona, 3 de maig de 2007 p.d. del rector (Resolució 3010/2006,
de 13 de desembre, DOGC núm, 4800) Josefina Auladell Baulenas Gerent PG-186156 (07.128.029) RESOLUCIÓN 1090/2007, de 3 de mayo, por la que se anuncia un concurso de suministro. Entitat adjudicadora: Universitat Politècnica de Catalunya. Unitat de Contractació. Núm. exp.: CONOB170000CO2007083. -Objecte del contracte: Obres de remodelació de l’edifici TR30 per a la seva adequació com a Centre Universitari de la Visió (CUV). -Lloc de lliurament: C/Bisbe Urquinaona, s/n, 08222-Terrassa. -Termini de lliurament: 5 mesos. Tramitació ordinària, procediment obert i forma concurs. Pressupost de licitació: 340.949,59 €, IVA inclòs. Garanties: Provisional: es dispensa d’acord amb l’art. 35.1 del Reial Decret legislatiu 2/2000 pel qual s’aprova el Text refós de la llei de contractes de les administracions públiques. Definitiva: 4% de l’import d’adjudicació. Obtenció d’informació de 9 a 13,30 h. -Entitat: Universitat Politècnica de Catalunya. Unitat de Contractació. -Domicili: Plaça Eusebi Güell, 6. 08034 Barcelona. -Telèfon: 93 401 61 18. -Telefax: 93 401 61 25. -Obtenció de documentació: servei de fotocòpies. Telèfon 93 401 79 66. -Data límit d’obtenció de documentació i informació: fins a la data límit de presentació d’ofertes. -Els plecs d’aquesta licitació poden ser consultats a la següent adreça web: http://www.upc. edu/web/patrimoni. Presentació de les ofertes -Data límit de presentació: 5 de juny de 2007 a les 13.30 h. -Documentació a presentar: la ressenyada a la clàusula 5 del plec de clàusules administratives.
-Lloc de presentació: Registre General de la Universitat Politècnica de Catalunya, Plaça Eusebi Güell, 6. Barcelona 08034. Classificació exigida: Grup C, subgrup 4, categoria D. Termini durant el qual els licitadors resten obligats a mantenir la seva oferta: 3 mesos comptats a partir de la data de l’obertura de les proposicions. Obertura de les ofertes: a les 10 h. del dia 7 de juny de 2007, a la Sala de Juntes, de la segona planta de l’edifici Vèrtex, Plaça Eusebi Güell, 6, Barcelona. L’acta d’obertura de les ofertes es posarà a disposició dels licitadors durant 15 dies naturals, a la Unitat de Contractació de la Universitat. Còmput de terminis: el termini de presentació de proposicions quedarà ampliat per completar els 26 dies naturals de presentació d’ofertes si la publicació d’aquest anunci al DOGC, fos posterior al dia 10 de maig de 2007. De la mateixa manera, l’obertura pública de proposicions s’ajornarà fins el dijous següent a la mateixa hora. Despeses dels anuncis: els imports dels anuncis aniran a càrrec de l’adjudicatari. Aquesta resolució és definitiva i esgota la via administrativa, i pot ser impugnada mitjançant la interposició d’un recurs contenciós administratiu, en el termini de dos mesos a comptar des del dia següent de la notificació, davant la Sala del contenciós del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, sense perjudici de la possibilitat d’interposar potestativament recurs de reposició davant l’òrgan que l’ha dictat, en el termini d’un mes a comptar a partir del dia següent a la notificació. Barcelona, 3 de maig de 2007 p. d. del rector (Resolució núm. 3010/2006, de 13 de desembre, DOGC núm. 4800)
Josefina Auladell Baulenas Gerent PG-186154 (07.128.041)
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CEIP ALFONS XIII ANUNCIO del CEIP Alfons XIII, sobre pérdida de un título académico. Anunci pel qual es fa públic que s’ha extraviat el títol de GRADUAT ESCOLAR del senyor RAFAEL ROMAN BENAVIDES. Havent-se extraviat el títol de GRADUAT ESCOLAR, corresponent a la convocatòria de setembre de l’any 1979 de l’Agrupació Pedagògica MAP de Molins de Rei pertanyent a RAFAEL ROMAN BENAVIDES; i segons certificació rebuda el 23 de febrer de 2007, del Sr. Francesc Castañar Fernández, secretari dels Serveis Territorials al Baix Llobregat i Anoia, del Departament d’Educació que diu: “ que segons consta en les actes d’avaluació del centre Agrupació Pedagògica MAP de Molins de Rei, l’alumne Rafael Roman Benavides, nascut el 4 d’abril de 1965 a Barcelona, va ser proposat pel Director del Centre, per a l’obtenció del títol de Graduat Escolar en la convocatòria de setembre de 1979, amb la qualificació de Suficient i amb el vist-i-plau de la Inspecció”, es fa publica la iniciació en el CEIP ALFONS XIII de Molins de Rei de l’expedient de duplicat del títol extraviat, per tal que en un termini de trenta dies a partir de la data de publicació del present anunci, es presentin les oportunes reclamacions, d’acord amb el que disposa l’Ordre de 24 d’agost de 1988 B.O.E. de 30-08-88 Molins de Rei, 7 de març de 2007 J. Antoni de los Mozos Gauxachs Director PG-180813 (07.123.005) CONSORCIO CASA ASIA ANUNCIO del Consorcio Casa Asia, sobre modificación de los estatutos. Dado que en la reunión extraordinaria del Consejo Rector de Casa Asia, celebrada en Barcelona el 15 de diciembre de 2006, se aprobó la incorporación del Excm. Ayuntamiento de Madrid al Consorcio y la modificación parcial de los Estatutos. Se ha acordado dar publicidad al nuevo texto de los Estatutos del Consorcio Casa Asia, que se publican en el anexo de este anuncio, abriendo un periodo de información pública para treinta días naturales. Barcelona, 25 de abril de 2007 Josep Vargas Secretario ANEXO NUEVOS ESTATUTOS APROBADOS EN LA REUNIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO RECTOR DE 15 DE DICIEMBRE DE 2.006
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TÍTULO I Artículo 1 Casa Asia se configura como una Entidad de derecho público de carácter ínter administrativo, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar. El Consorcio está integrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, a través de la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores, la Generalitat de Catalunya, el Ayuntamiento de Barcelona y el Ayuntamiento de Madrid, teniendo la consideración de Instituciones consorciadas fundadoras las tres primeras. Artículo 2 El Consorcio tiene por objeto la gestión de los servicios institucionales, culturales y de formación previstos en los presentes Estatutos. Artículo 3 1. El Consorcio tendrá su sede en el Palacio del Barón de Quadras, situado en la avenida Diagonal nº 373 de Barcelona. 2. Asimismo, Casa Asia tendrá un centro en Madrid atendida su especial vinculación con los países de Asia y el Pacífico como sede de sus embajadas en España. 3. Por acuerdo del Consejo Rector, adoptado de conformidad con lo establecido en los Estatutos, podrán crearse Delegaciones en otras Comunidades Autónomas. La dirección de cada Delegación corresponderá al órgano de gestión desconcentrada que se determine, reservándose Casa Asia en todo caso la fijación de la política en materia de comunicación, imagen y signos distintivos así como el establecimiento de la programación y el presupuesto de las Delegaciones, que se elaborará en consenso con las instituciones promotoras de las mismas. 4. La existencia del centro Casa Asia-Madrid, así como de las Delegaciones que en su caso se creen, no podrá menoscabar en ningún caso los principios de unidad de gobierno, eficacia y coordinación en el funcionamiento del Consorcio. Artículo 4 Son fines generales del Consorcio los siguientes: a) Fomentar la realización de actuaciones y proyectos que contribuyan al mejor conocimiento entre las sociedades de Asia, el Pacífico, Europa y España. b) Impulsar el desarrollo de las relaciones de España con aquellos países y sobre todo con los históricamente con mayor vinculación a España, especialmente Filipinas, en los ámbitos institucionales, culturales, sociales, científicos y económicos. c) Estrechar los vínculos de cooperación con la ASEF (Asia/Europe Foundation) y propiciar el mayor conocimiento en España del proceso ASEM (Asia-Europe Meetings). d) Fomentar los programas sobre la cuenca del Pacífico con Iberoamérica y especialmente con los países latinoamericanos pertenecientes a la APEC, para lo que la Casa Asia, que tiene formalizado un Convenio con la Casa de América de Madrid, mantendrá y promocionará actividades con expertos investigadores de Iberoamérica, Europa y Asia.
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e) Promocionar Barcelona y Madrid, así como las demás ciudades en las que se establezcan las delegaciones a que se refiere el Artículo 3.3, como lugares de encuentro entre Europa y Asia y el Pacifico, facilitando el acercamiento institucional, empresarial, cultural y social entre sus países. f) Servir de foro a las representaciones diplomáticas de dichos países para la difusión de los intereses y realidades de dichos países en España y en Europa. g) Establecer una biblioteca, hemeroteca, fonoteca, cinemateca y centro de documentación públicos sobre Asia y el Pacífico. h) Desarrollar programas específicos para la población escolar y juventud, con especial atención a la promoción de valores de cooperación, solidaridad y no discriminación entre las nuevas generaciones. i) Promover programas dirigidos a los medios de comunicación, las nuevas tecnologías de la información y la difusión en red de actividades de la Casa Asia. j) Cualesquiera otros que contribuyan a la realización de los objetivos de fomento de intereses entre España y Asia por los cuales se constituye dicho Consorcio. Artículo 5 Son atribuciones del Consorcio: 1. La promoción, fomento y coordinación de cuantas actividades y programas ejecuten sus miembros con motivo de la prestación del servicio socio-cultural e institucional contemplado, así como la realización de las actividades y programas que acuerden sus órganos de gobierno. 2. La suscripción de cuantos convenios con entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, sean precisos para el desarrollo de sus fines. 3. La captación de cuantos recursos económicos sean necesarios para la financiación de las actividades y programas propios del Consorcio. 4. Cualesquiera otras que, con sujeción a la legislación vigente, puedan garantizar el completo cumplimiento de sus fines, incluida la modificación de los presentes Estatutos o el acuerdo de disolución y liquidación del Consorcio. Artículo 6 El Consorcio se regirá por: a) Lo dispuesto en los presentes Estatutos. b) Lo dispuesto en la legislación básica de Régimen Local y en las demás normas aplicables en materia de Régimen Local. c) Lo preceptuado en La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. d) Lo previsto en la normativa específica que sea de pertinente aplicación. Artículo 7 Las aportaciones de las Instituciones que integran el Consorcio “Casa Asia”, serán las siguientes: a) Los derechos de uso y disfrute del Palacio del Barón de Quadras debidamente acondicionado a los fines de la Casa Asia serán aportados por el Ayuntamiento de Barcelona. La Generalitat de Catalunya aportará a su vez las oficinas que requiera la Casa Asia para el desarrollo de sus
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programas. Ambas instituciones asegurarán asimismo el uso de un auditorio y de espacios escénicos y expositivos externos según la fórmula que se acuerde entre las Instituciones consorciadas. b) Los derechos de uso y disfrute en el inmueble en que se ubique el centro Casa Asia-Madrid, debidamente acondicionado a los fines de la Casa Asia, serán aportados por el Ayuntamiento de Madrid. Asimismo, el Ayuntamiento de Madrid asegurará el uso de los espacios escénicos y expositivos externos según la fórmula que se acuerde entre las instituciones consorciadas. c) Los gastos ordinarios y de realización de programas de la Casa Asia aportados por el Ministerio de Asuntos Exteriores, la Generalitat de Catalunya, y el Ayuntamiento de Barcelona según la siguiente modalidad: 60% el Ministerio de Asuntos Exteriores, 20% la Generalitat de Catalunya y 20% el Ayuntamiento de Barcelona. El presupuesto de gastos ordinarios y de realización de programas será de 500 millones de ptas (3.005.060 Euros) durante los tres primeros años, con la intención de que las instituciones consorciadas fundadoras lo incrementen gradualmente en función de la importancia que alcancen sus programas. d) A estos porcentajes se sumará la aportación económica del Ayuntamiento de Madrid que será igual a la realizada por el Ayuntamiento de Barcelona y se destinará prioritariamente al sostenimiento y programación de actividades del centro Casa Asia-Madrid, sin perjuicio de su contribución en los gastos ordinarios y de realización de programas del Consorcio. TÍTULO II.- DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL CONSORCIO CAPÍTULO I DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CONSORCIO Artículo 8 El Consorcio Casa Asia estará regido por los siguientes Órganos de gobierno: -Alto Patronato. -El Consejo Rector. -La Comisión Delegada. -El Director General. Artículo 9 1. El Alto Patronato es un órgano colegiado que impulsa, orienta y patrocina los programas y actividades que favorezcan el cumplimiento de las finalidades generales del Consorcio. 2. El Alto Patronato estará formado por los representantes de las instituciones consorciadas y por las personas físicas o jurídicas que patrocinen los programas de Casa Asia según la fórmula que apruebe el Consejo Rector. 3. El Alto Patronato se reunirá al menos una vez al año. A estas reuniones asistirán el Presidente, los Vicepresidentes y el Director General. Artículo 10 1. El Consejo Rector actuará como órgano colegiado de dirección y ostentará la superior autoridad dentro del Consorcio. 2. El Consejo Rector tendrá carácter paritario, siendo sus miembros designados y revocados
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por las Administraciones consorciadas y estará compuesto por: - 6 miembros en representación del Ministerio de Asuntos Exteriores. - 6 miembros en representación de la Generalitat de Catalunya. - 6 miembros en representación del Ayuntamiento de Barcelona. - 6 miembros en representación del Ayuntamiento de Madrid. Además de dichos miembros, las Instituciones nombrarán suplentes de los mismos para asegurar en todo momento el quórum necesario en la toma de decisiones. 3. El Consejo Rector tendrá un Presidente y tres Vicepresidentes elegidos entre sus miembros. 4. Existirá una Comisión Delegada del Consejo Rector, que estará formada por dos representantes de cada una de las Instituciones consorciadas y por el Director General. La convocatoria y presidencia de las reuniones de la Comisión Delegada correrá a cargo del representante de la Institución que ostente por turno la presidencia del Consejo Rector. 5. La presidencia del Consejo Rector será de carácter rotatorio entre las entidades consorciadas y tendrá periodicidad bienal. 6. La designación del Presidente se efectuará a propuesta de cada una de las partes consorciadas de acuerdo con el respectivo turno de rotación de dos años, correspondiendo en todo caso iniciar el mismo al Ministerio de Asuntos Exteriores. El Presidente podrá delegar en cualquiera de los miembros del Consejo Rector las atribuciones inherentes a dicho cargo. 7. Actuará como Vicepresidente primero aquél a quien corresponda ostentar la presidencia del Consorcio en el siguiente período bienal. Artículo 11 1. El Director General del Consorcio será el órgano unipersonal superior de carácter ejecutivo. Su nombramiento se hará por el Consejo Rector, a propuesta del Ministerio de Asuntos Exteriores, entre diplomáticos de reconocido prestigio. 2. El mandato del Director General tendrá una duración de tres años susceptibles de renovación en períodos iguales de tiempo lo que, en todo caso, requerirá el acuerdo del Consejo. 3. Para su cese se requerirá, asimismo, acuerdo del citado Consejo. 4. El Director General tendrá su domicilio particular en Barcelona, sede de Casa Asia. CAPÍTULO II DE OTROS ÓRGANOS Artículo 12 1. Como órgano de carácter consultivo del consorcio, se crea el “Consejo Diplomático”, que estará compuesto por los Embajadores de los Países de Asia y el Pacífico acreditados en España. 2. El Consejo Diplomático actuará a través de una Comisión Permanente compuesta por un mínimo de tres y un máximo de cinco de los Embajadores elegidos en la forma que ellos determinen, y será presidido por el Decano de los mismos.
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3. Dicho Consejo se reunirá al menos una vez al año. A estas reuniones asistirán el Presidente, los Vicepresidentes, el Director General y el Director del centro Casa Asia-Madrid. 4. El Consejo Diplomático será informado del proyecto anual de actividades del Consorcio por el órgano de gobierno al que estatutariamente corresponda esta competencia. Artículo 13 1. Como órgano de carácter consultivo del Consorcio se crea un “Consejo Asesor” que estará compuesto por personalidades de reconocido prestigio en el ámbito de las relaciones con Asia y el Pacífico. 2. Dicho Consejo se reunirá al menos una vez al año. A estas reuniones asistirán el Presidente, los Vicepresidentes, el Director General y el Director del centro Casa Asia-Madrid. 3. El Consejo Asesor será informado del proyecto anual de actividades del Consorcio por el órgano de gobierno al que estatutariamente corresponda esta competencia. Artículo 14 1. Como órgano de carácter consultivo del Consorcio se crea el Consejo Económico, que estará compuesto por representantes de instituciones y entidades económicas y empresariales y personalidades de reconocido prestigio, conocimiento y experiencia en el ámbito de las relaciones económicas y empresariales con Asia y el Pacífico. 2. Dicho Consejo se reunirá al menos una vez al año. A estas reuniones asistirán el Presidente, los Vicepresidentes, el Director General y el Director del centro Casa Asia-Madrid. 3. El Consejo Económico será informado del proyecto anual de actividades del Consorcio por el órgano de gobierno al que estatutariamente corresponda esta competencia. Artículo 15 1. Como órgano especializado de gestión del Consorcio existirá una Comisión de Gestión Patrimonial que asumirá las funciones en materia de rehabilitación, conservación y mantenimiento del Palacio del Barón de Quadras de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente. En la citada Comisión, el Ayuntamiento de Barcelona tendrá una representación mayoritaria y ostentará su Presidencia durante todo el período de duración del consorcio, y a través del Alcalde de dicha corporación, o persona en quien delegue. En este sentido, la Comisión de Gestión Patrimonial estará integrada por: - Un miembro en representación del Ministerio de Asuntos Exteriores. - Un miembro en representación de la Generalitat de Catalunya. - Tres miembros en representación del Ayuntamiento de Barcelona. No obstante, las tres Instituciones fundadoras asumen el compromiso de que, tanto el proyecto de uso como el procedimiento a través del cual se encarguen los proyectos, se establezcan por acuerdo consensuado. 2. En caso de que el centro Casa Asia-Madrid u otras delegaciones utilicen bienes integrantes del Patrimonio Histórico Nacional o del Patrimonio Cultural de alguna Administración Pública, se creará una Comisión de Gestión
Patrimonial u órgano ad hoc de naturaleza análoga. CAPÍTULO III DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CONSORCIO Artículo 16 1. Son competencias del Consejo Rector: a) Velar por el cumplimiento de los fines del Consorcio. b) Aprobar el presupuesto ordinario. c) Ejercer la potestad normativa interna. d) Admitir a nuevos miembros en el Consorcio. e) Aprobar la plantilla de personal y la estructura orgánica de los servicios del Consorcio presentada por el Director General. f) Realizar la contratación que sea precisa para el cumplimiento de los fines del Consorcio. g) Ordenar los gastos dentro de los límites marcados por la normativa presupuestaria. h) Crear las entidades instrumentales que sean necesarias para la realización de las actividades del Consorcio. i) Ejercer las acciones administrativas y judiciales que sean precisas para defender los intereses del Consorcio. j) Disponer de los bienes y derechos integrados en el patrimonio del Consorcio, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa que sea de aplicación. k) Aprobar el programa de actividades del Consorcio. l) Modificar los Estatutos del Consorcio. m) Acordar la disolución del Consorcio. n) Nombrar, reelegir y destituir al Director General o) Nombrar, reelegir y destituir al Director del centro Casa Asia-Madrid y de los otros Directores de Delegaciones. p) Establecer la política de Casa Asia en materia de comunicación, imagen y signos distintivos. q) Cualesquiera otras que, conforme a la legislación vigente, pudieran corresponderle. 2. No obstante lo anterior, las Instituciones consorciadas fundadoras se reservan las competencias enumeradas en el apartado anterior relativas a la modificación de Estatutos, disolución del Consorcio, así como respecto de la ubicación de su sede en el Palacio del Barón de Quadras, en los términos establecidos en el Artículo 27. Artículo 17 1. El Consejo Rector podrá delegar las competencias señaladas en el apartado f) del artículo 16, en el Director General. 2. El Consejo Rector podrá delegar en la Comisión Delegada las facultades que se le atribuyen en los apartados e), f), g), i), k) y q) del Artículo 16. 3. La delegación referida podrá ser, en cualquier momento, objeto de revocación. Artículo 18 Son competencias del Presidente del Consejo Rector: a) Velar por el cumplimiento de lo regulado en los Estatutos del Consorcio.
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b) Instrumentar la representación del Consejo en las relaciones oficiales y con particulares, y en los documentos públicos, así como ante las autoridades y tribunales de toda clase. c) Convocar las reuniones del Consejo y fijar el Orden del Día, teniendo en cuenta las peticiones de los demás miembros que se formulen con la suficiente antelación. d) Presidir las sesiones del Consejo Rector. e) Dar el visto bueno a los actos y certificaciones del Consejo. f) Fijar las directrices e instrucciones a que se deben ajustar los actos de gestión ordinarios de los órganos de administración del Consorcio. g) Otorgar poderes para la actuación en el tráfico civil y mercantil, previo acuerdo en este sentido del Consejo Rector. h) Desempeñar cualesquiera otras funciones que le sean delegadas por el Consejo Rector, así como aquellas que sean intrínsecas a la condición de Presidente. Artículo 19 1. El Presidente se entenderá automáticamente sustituido por los Vicepresidentes y por su orden, en caso de ausencia, enfermedad o fuerza mayor o delegación expresa del mismo. 2. Son competencia de los Vicepresidentes todas aquellas atribuciones y funciones que expresamente les delegue el Presidente. Artículo 20 1. Son competencias del Director General: a) Ejercer la dirección y supervisión de todas las actividades de la Casa Asia. b) Proponer al Consejo Rector las actuaciones de toda índole que sean necesarias para el cumplimiento de los fines del ente consorcial. c) Preparar la relación de asuntos que habrá de servir al Presidente para fijar el orden del día de cada convocatoria del Consejo Rector. d) Impulsar las relaciones institucionales y externas del Consorcio en los ámbitos político-institucionales, sociales, culturales y científicos. e) Elaborar y presentar el anteproyecto anual de actividades que deberá ser sometido a la aprobación del Consejo Rector. f) Promover y dirigir los programas y proyectos desarrollados por el Consejo. g) Informar al Consejo Asesor, al Consejo Diplomático y al Consejo Económico del plan anual de actividades del Consorcio, y servir de cauce de relación permanente entre los órganos del mismo y dichos Consejos. El Director General informará asimismo mensualmente de las actividades del Consorcio a los responsables de la política exterior y relaciones con AsiaPacífico en el Ministerio de Asuntos Exteriores en Madrid. h) Ejecutar los acuerdos del Consejo Rector, en el ámbito de sus competencias. i) Elaborar las normas del régimen interior y de personal, ejerciendo la dirección del mismo. Informar al Consejo Rector de los nombramientos del equipo directivo, así como de los ceses. j) Ostentar la representación del Consorcio, a todos los efectos, en defecto del Presidente. k) Elaborar el presupuesto y supervisar su administración y demás competencias de la Gerencia.
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l) Ejercer, en caso de urgencia, las acciones judiciales y administrativas precisas para la defensa de los intereses y derechos del Consorcio, dando cuenta inmediata de este ejercicio al Consejo Rector, a través de su Presidente. m) Proponer al Consejo Rector el nombramiento, reelección y cese de los directores de las Delegaciones. n) Cualquiera otra que le delegue el Consejo Rector. 2. Corresponderá también al Director General Proponer al Consejo Rector el nombramiento y reelección del Director del centro Casa AsiaMadrid, consensuada con el Ayuntamiento de Madrid. El cese del Director del centro Casa Asia-Madrid corresponderá al Consejo Rector a propuesta del Director General. El Director del centro Casa Asia-Madrid, tendrá carácter ejecutivo en el ámbito de las competencias que le atribuya el Consejo Rector con el alcance necesario para el desarrollo de las actividades de dicho centro, bajo la supervisión del Director General. Artículo 21 Serán competencias de la Comisión de Gestión Patrimonial del Palau Baró de Quadras, y, en su caso, de las que se establezcan de conformidad con el Artículo 15: a) Realizar las operaciones de rehabilitación, conservación y mantenimiento del Palacio del Barón de Quadras, o en su caso, de los correspondientes inmuebles. b) Adoptar cuantas medidas complementarias sean convenientes para la plena efectividad de las operaciones citadas en el apartado anterior. Artículo 22 En cumplimiento de sus funciones los miembros del Consejo Rector: a) Asistirán con voz y voto a las reuniones del Consejo. b) Podrán examinar los expedientes y cuantos antecedentes se relacionen con los asuntos comprendidos en el Orden del Día con el fin de conocerlos antes de la deliberación. c) Podrán solicitar del Presidente y del Director General cualquier información o documentación. d) Podrán formular, con la suficiente antelación, peticiones de inclusión de asuntos en el Orden del Día. e) Podrán elevar al Consejo Rector las mociones y propuestas que estimen pertinentes. f) Desempeñarán las ponencias que se les encomienden y formarán parte de las comisiones que se constituyan para el estudio y preparación de determinados asuntos. Artículo 23 1. El Consejo Rector nombrará, a propuesta del Presidente, un Secretario. 2. Serán funciones del Secretario: a) Redactar, de acuerdo con las instrucciones del Presidente, el Orden del Día de las reuniones. b) Convocar a los miembros del Consejo Rector. c) Levantar acta de cada Sesión del Consejo Rector y firmarla, con el visto bueno del Presidente.
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d) Certificar, con el visto bueno del Presidente, los acuerdos del Consejo Rector y las actas y documentos correspondientes. 3. En caso de vacante, ausencia o enfermedad del Secretario, el Consejo Rector decidirá sobre la suplencia del mismo. Artículo 24 1. El Consejo Rector podrá nombrar ponencias o comisiones para el estudio y asesoramiento de determinados asuntos. 2. Asimismo, podrá convocar a personas cualificadas, ajenas al propio Consejo, para que asistan a reuniones con el fin de prestar su asesoramiento sobre puntos o materias de su especialidad. CAPÍTULO IV DEL FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS ÓRGANOS DEL CONSORCIO Artículo 25 1. El Consejo Rector del Consorcio se reunirá, previa convocatoria de su Presidente, efectuada a iniciativa de éste o a petición de, al menos, un tercio de los miembros del mismo, tantas veces como sea necesario para su buen funcionamiento y, ordinariamente, con carácter anual siempre y cuando estén representadas las cuatro instituciones consorciadas. 2. No será necesaria la previa convocatoria del Consejo para que éste se reúna si, hallándose presentes todos sus miembros, decidiesen por unanimidad celebrar sesión. 3. La convocatoria del Consejo, salvo en casos de urgencia apreciada por su Presidente, será cursada por escrito, directa y personalmente, con al menos cuarenta y ocho horas de antelación, e irá acompañada del Orden del Día de la reunión y, cuando fuera preciso, de la documentación necesaria para el conocimiento previo de los asuntos. Artículo 26 1. El Consejo Rector quedará válidamente constituido cuando concurran a la reunión, presentes o representados, la mitad más uno de sus componentes siempre y cuando asistan representantes de las cuatro instituciones consorciadas. 2. Si no existe “quórum” de asistencia, el Consejo Rector se reunirá en segunda convocatoria, setenta y dos horas después de la señalada para la primera, siendo entonces válida la celebración con un tercio de sus miembros, siempre que esté presente el Presidente o, en su caso, cualquiera de los Vicepresidentes. 3. Los miembros del Consejo podrán otorgar por escrito su representación para asistir a las reuniones, al Presidente, a otro vocal u a otro representante de la institución correspondiente. 4. Podrá asistir a las reuniones del Consejo cualquier persona que fuese convocada expresamente para ello, limitándose su comparecencia al tiempo de tratarse el asunto para el que fue convocada. Artículo 27 1. Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos de los miembros asistentes. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
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2. Asimismo, será necesario el voto favorable de tres de las cuatro entidades consorciadas para los acuerdos siguientes: a) Aprobación del presupuesto ordinario. b) Creación las entidades instrumentales que sean necesarias para la realización de las actividades del Consorcio. c) Creación de Delegaciones en otras Comunidades Autónomas. d) Disponer de los bienes y derechos integrados en el patrimonio del Consorcio, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa que sea de aplicación. e) Establecimiento de la política de Casa Asia en materia de comunicación, imagen y signos distintivos. 3. En todo caso, se requerirá el voto favorable de las tres Instituciones consorciadas fundadoras para los acuerdos relativos a: a) Modificación de Estatutos. b) Disolución del Consorcio. c) Ubicación de la sede en el Palacio del Barón de Quadras. 4. No podrá recaer acuerdo sobre cualquier asunto que no figure en el orden del día, salvo que estén presentes dos tercios de los miembros del Consejo, siempre que estén representadas las cuatro Instituciones consorciadas y sea declarada la urgencia de éste por el voto favorable de los mismos. Artículo 28 1. De cada sesión que celebre el Consejo Rector se levantará un acta que contendrá la indicación de las personas asistentes, las circunstancias del tiempo y lugar en que se celebre, los asuntos sometidos a la decisión del Consejo, el resultado de las votaciones y el contenido de los acuerdos. 2. Las actas serán redactadas y firmadas por el Secretario del Consejo, con el visto bueno del Presidente, y se aprobarán en la misma o en la siguiente sesión, en cuyo caso se acompañará el Orden del Día de esta última. Artículo 29 En lo previsto en los artículos del presente Título se aplicarán con carácter supletorio de Normas contenidas en el Capítulo II del Título II, de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Artículo 30 Los actos administrativos de los órganos del Consorcio, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán ser recurridos conforme a lo establecido en la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. TÍTULO III DEL RÉGIMEN ECONÓMICO-FINANCIERO Y DE PERSONAL Artículo 31 Los recursos del Consorcio están constituidos por:
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a) Transferencias y subvenciones que anualmente se consignen dentro de los presupuestos de las entidades consorciadas. b) Bienes y valores que constituyen el patrimonio del Consorcio, así como las rentas y productos del mismo. c) Subvenciones, aportaciones voluntarias o donaciones que otorguen a su favor entidades públicas o privadas. d) Ingresos, tanto de Derecho público como de Derecho privado, que puedan corresponder al Consorcio como consecuencia de sus actividades y los rendimientos por servicios prestados a terceros. e) Cualesquiera otros recursos económicos, ordinarios o extraordinarios, que puedan serle legalmente atribuidos. Artículo 32 Con objeto de ordenar la gestión económica del Consorcio, se elaborará para cada ejercicio un presupuesto, conforme a lo regulado en la normativa presupuestaria vigente. Artículo 33 El Consejo Rector aprobará anualmente, y previa tramitación correspondiente, el presupuesto ordinario del Consorcio, así como la liquidación del mismo y los estados de cuentas y balances. Artículo 34 1. La contabilidad del Consorcio se ajustará a las normas aplicables a las Entidades administrativas de base territorial. 2. Los Servicios de contabilidad del Consorcio dependerán del Gerente e integrarán de forma analítica la contabilidad del centro Casa AsiaMadrid y, en su caso, la de las Delegaciones. Artículo 35 El procedimiento de ordenación de gastos y pagos del Consorcio se ajustará a las normas aplicables a los Organismos Autónomos de conformidad a lo dispuesto en el Capítulo II del Título III de la Ley 6/1997, de 14 de abril. Artículo 36 Los medios personales al servicio de la Casa Asia comprenderán: a) El personal que se adscriba por el Ministerio de Asuntos Exteriores al objeto de asegurar el funcionamiento básico de los servicios del Consorcio, así como aquel otro que, en su caso, pueda ser adscrito por las restantes Administraciones consorciadas. b) Personal propio, contratado en régimen de Derecho Laboral o a través de contratos de prestación de servicios. c) Personal destinado en otras Entidades públicas o privadas con las cuales el Consorcio celebre los oportunos acuerdos de colaboración y que puedan desempeñar sus funciones en el mismo. TÍTULO IV DEL RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN Artículo 37 El Consejo Rector es el órgano de contratación del Consorcio, sin perjuicio de las delegaciones previstas en el artículo 20 de estos Estatutos.
En el ejercicio de sus competencias, el Consejo Rector celebrará cuantos contratos sean precisos para el cumplimiento de los fines del Consorcio, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 38 1. Los contratos que celebre el Consejo Rector se regularán por lo previsto en los presentes Estatutos y por las normas que sean aplicables según su naturaleza. 2. De conformidad con lo dispuesto en la Legislación de Contratos de las Administraciones Públicas, sobre la actividad contractual de las entidades públicas que tienen por finalidad satisfacer el interés general, la “Casa Asia” ajustará su actividad contractual a los principios de publicidad y concurrencia, salvo que por la naturaleza de la operación a realizar sea incompatible con estos principios. 3. Especialmente para las inversiones que la “Casa Asia” haya de realizar o para los servicios o suministros que haya de contratar, seguirá los procedimientos de subasta o concurso. No obstante, el órgano de contratación podrá exceptuar tales procedimientos de adjudicación cuando concurran razones de seguridad, urgencia o cuando la singularidad del objeto de contratación así lo exija, previos los informes técnicos, jurídicos y económicos pertinentes. Artículo 39 1. El Consorcio “Casa Asia” sujetará su actuación al Derecho Público cuando ejerza las potestades administrativas que le atribuyen las Leyes, sometiéndose en el resto de su actividad al Derecho Privado, Civil o Mercantil, o al Laboral. 2. Contra los actos dictados en el ejercicio de potestades administrativas por el Consorcio, caben los recursos administrativos previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, agotando la vía administrativa los acuerdos del Consejo Rector. Barcelona, 25 de abril de 2007 Josep Vargas Rodilla Secretario General PG-184148 (07.123.017)
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CONSORCIO DE LA COSTA BRAVA ANUNCIO del Consorcio de la Costa Brava, sobre exposición pública de varios proyectos de obra pública. Aprovats per acord de Comissió de Govern del Consorci de la Costa Brava els projectes d’obra pública que es detallen tot seguit, es sotmeten a exposició pública pel termini dels 30 dies posteriors al de l’ultima publicació d’aquest anunci inserit en el Butlletí Oficial de la Província de Girona i en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya als efectes de reclamacions i/o al·legacions. En cas de no presentar-se’n cap dintre l’esmentat termini l’aprovació esdevindrà definitiva. A) Actuació.- PSARU COSTA BRAVA, re ferència : PCB1. 10 .O/2007 1) Projecte d’obra pública: Projecte de connexió del nucli de Castelló d’Empuries a l’EDAR d’Empuriabrava. 2) Data Comissió de Govern aprovació: 22 març 2007 3) Llocs on es troba disponible la documentació pel seu examen : Seu del Consorci de la Costa Brava i Ajuntament de Castelló d’Empuries. B) Actuació.- PSARU COSTA BRAVA, referència : PCB1. 12 .O/2007 1) Projecte d’obra pública: Projecte constructiu de la connexió dels sistemes de sanejament de Sant Pere Pescador i l’Armentera a l’EDAR de l’Escala. 2) Data Comissió de Govern aprovació: 8 març 2007 3) Llocs on es troba disponible la documentació pel seu examen : Seu del Consorci de la Costa Brava i Ajuntaments de Sant Pere Pescador, l’Armentera i l’Escala. C) Actuació.- PSARU COSTA BRAVA, referència : PCB1. 33 .O/2007 1) Projecte d’obra pública: Projecte de l’emissari submarí de Tossa de Mar. 2) Data Comissió de Govern aprovació: 22 març 2007 3) Llocs on es troba disponible la documentació pel seu examen : Seu del Consorci de la Costa Brava i Ajuntament de Tossa de Mar. Girona, 24 d’abril de 2006 Manel Serra i Pardàs Gerent PG-185539 (07.128.004)
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CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS MUNICIPALES DE LAS COMARCAS DE LA RIBERA D’EBRE, PRIORAT Y TERRA ALTA EDICTO del Consorcio para la Gestión de Residuos Municipales de las Comarcas de La Ribera d’Ebre, Priorat y Terra Alta, sobre contratación de personal. Per Resolució de la Direcció núm. 17/2007, de 26/4/2007, s’autoritzà la contractació de la senyora Dolores Moreno Díaz, DNI 39894829-H, d’acord amb les dades següents: - Modalitat contractual: contracte de treball de durada determinada, a temps complet, per interinitat, consistent en la substitució dels treballadors que presten el servei, gestió i dinamització de les deixalleries d’Ascó, Falset, Flix i Móra d’Ebre, amb dret de reserva de lloc, per motiu de gaudir de les seves vacances anuals durant el 2007; - Horari: 8.30 a 13.00 hores i de 16.00 a 18.00 hores, de dilluns a divendres. Dissabte de 8.00 a 13.00 hores. - Data inicial: 2/5/2007. - Data final: 10/9/2007. - Retribució bruta anual: 16.914,66 euros. La qual cosa es fa pública en compliment del que es disposa a l’article 291.3 del Decret Legislatiu 2/2003, de 28 d’abril, pel qual s’aprova el Text refós de la Llei municipal i de règim local de Catalunya. Móra d’Ebre, 26 d’abril de 2007 Josep Solé i Arnal President PG-185504 (07.123.132) IES-SEP ESCOLA DEL TREBALL ANUNCIO de corrección de erratas en el Anuncio del IESSEP Escola del Treball publicado en el DOGC núm. 4843, de 16.3.2007. Anunci de l’IES-SEP Escola del Treball, sobre pèrdua d’un títol acadèmic. En el Diari Oficial núm. 4843 amb data 16 de març de 2007, l’anunci publicat a nom de Marc Rovira Marín, en comptes de Tècnic Especialista, a de posar Tècnic Auxiliar. Barcelona, 11 d’abril de 2007 Carmelo Gómez Pascual Director PG-184299 (07.123.006)
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AYUNTAMIENTOS ALCOLETGE EDICTO del Ayuntamiento de Alcoletge, sobre contra tación de obras. Aprovat, per acord del ple de l’Ajuntament de 26 d’abril de 2007, el plec de clàusules administratives particulars que ha de regir el concurs públic per a la contractació de l’obra que es detalla a continuació, s’exposa al públic pel termini de vint dies hàbils, als efectes de presentació de possibles reclamacions, d’acord amb l’art. 277.1 del Decret Legislatiu 2/2003, de 28 d’abril i concordants.
Documentació a presentar: La que es detalla als plecs de clàusules administratives particulars. Lloc de presentació: El que s’indica al punt 6. Termini durant el qual el licitador estarà obligat a mantenir la seva oferta: Durant l’execució de l’obra. Admissió de variants: No. Admissió de millores: Si. —9 Obertura de les ofertes: L’acte d’obertura de les proposicions econòmiques tindrà lloc a la Sala d’Actes de la Corporació, a les 14 hores del dia que faci sis o, si aquest es festiu o dissabte, el primer dia hàbil següent, comptat a partir de l’endemà de l’acabament del termini de presentació de proposicions.
Simultàniament, s’anuncia el concurs públic, si bé condicionat al que disposa l’art. 122.2 del Reial Decret Legislatiu 781/1986, de 18 d’abril, pel qual s’aprova el text refós de les disposicions legals vigents en matèria de Règim Local.
—10 Despeses: Seran a càrrec de l’adjudicatari les despeses indicades a la clàusula 12a del plec de clàusules.
—1 Entitat adjudicadora: Organisme: Ajuntament d’Alcoletge.
Alcoletge, 3 de maig de 2007
—2 Objecte del contracte: Descripció de l’objecte: Obres d’urbanització de l’Avgda. Francesc Macià d’Alcoletge. Lloc d’execució: Alcoletge. Termini d’execució: 32 setmanes.
Rosa del Carme Camps Cortassa Alcaldessa
—3 Tramitació, procediment i forma d’adju dicació: Tramitació: Ordinària. Procediment: Obert. Forma: Concurs.
ALCOLETGE
—4 Pressupost base de la licitació: Import total: 1.728.250,94 € ( IVA inclòs ) —5 Garanties: Garantia provisional: No s’exigeix. Garantia definitiva: 4% de l’import d’adju dicació. —6 Obtenció de documentació i informa ció: Entitat : Ajuntament d’Alcoletge. Domicili: c/Sitjar, 2. Localitat i codi postal: Alcoletge. 25660. Telèfon: 973 196011. Fax: 973 196065. Obtenció de còpies: Copisteria Copiquim, S. L. C/ Torres de Sanui, 3. Lleida. Telèfon: 973271628. —7 Requisits específics del contractista: Classificació: GRUP: A; SUBGRUP: 2; CATEGORIA: B GRUP: E; SUBGRUP: 1; CATEGORIA: D GRUP: G; SUBGRUP: 4; CATEGORIA: D GRUP: G; SUBGRUP: 5; CATEGORIA: A GRUP: I; SUBGRUP: 1; CATEGORIA: C GRUP: I; SUBGRUP: 5; CATEGORIA: D GRUP: I; SUBGRUP: 6; CATEGORIA: B Altres requisits: Els establerts en els plecs de clàusules administratives particulars. —8 Presentació d’ofertes: Data límit de la presentació: Vint-i-sis dies ( 26 ) naturals comptats des de l’endemà de la darrera publicació oficial d’aquest edicte en el Butlletí Oficial de la Província de Lleida i en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
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EDICTO del Ayuntamiento de Alcoletge, sobre aproba ción de unas bases. El Ple de l’Ajuntament d’Alcoletge, en sessió celebrada el dia 26 d’abril de 2007, adoptà l’acord d’aprovació de de les bases que han de regir el procés d’integració de funcionaris de carrera del grup D de la plantilla de l’Ajuntament per accedir en propietat al grup C i que en la seva part dispositiva diu: Primer.- Aprovar les bases de la convocatòria del procés de selecció per promoció interna d’una plaça d’administratiu, vacant de la plantilla de personal de l’Ajuntament d’Alcoletge. Segon.- Convocar el procés de selecció per l’accés per promoció interna, mitjançant valoració de mèrits i capacitats al lloc de treball d’administratiu enquadrat orgànicament a l’escala d’administració general i corresponent a una plaça vacant de la plantilla de personal de l’Ajuntament d’Alcoletge. Tercer.- Donar publicitat d’aquest acord mitjançant edicte al Diari Oficial de la Ge neralitat de Catalunya i al Butlletí Oficial de la Província. DOCUMENT ANNEX BASES DE LA CONVOCATÒRIA DEL PROCÈS DE SELECCIÓ PER PROMOCIÓ INTERNA D’UNA PLAÇA D’ADMINISTRATIVA, VACANT DE LA PLANTILLA DE PERSONAL DE L’AJUNTAMENT D’ALCOLETGE. 1. OBJECTE DE LA CONVOCATORIA: És objecte de la present convocatòria l’accés per promoció interna, mitjançant valoració de mèrits
i capacitats al lloc de treball, d’administratiu/va enquadrat orgànicament a l’escala d’administració general, de conformitat amb el previst a l’article 63.1b) del Decret 214/1990, de 30 de novembre, de Reglament del Personal al servei de les Entitats Locals. 2. LLOC DE TREBALL: 1 Administratiu/ va de serveis generals. 3. NOMBRE DE PLACES: 1 4. CATEGORIA PROFESSIONAL: Administratiu/va 5. NIVELL RETRIBUTIU: Grup de classificació: C Complement de Destinació: 22 Complement Específic: SI 6. FUNCIONS DEL LLOC DE TREBALL 1 plaça d’Administratiu/va de Serveis Generals : Tasques administratives preparatòries o derivades de la gestió administrativa superior. Tasques de tràmits urbanístics, de contractació. Expedient d’ordenació i imposició de contribucions especials i de quotes d’urbanització. Suport comptable. 7. TIPUS DE RELACIÓ: funcionari/a de carrera 8. JORNADA I HORARI: L’ordinari de tot el personal administratiu. 9. REQUISITS: Condicions generals dels/ de les aspirants. Per prendre part en aquest procés selectiu és necessari que els/les aspirants compleixin, en la data de finalització del termini de presentació de les sol·licituds, els següents requisits: a) Posseir qualsevol de les titulacions pròpies del grup de classificació C dels funcionaris. b) Antiguitat mínima de dos anys a l’escala o subescala a què pertany actualment. c) Estar en alguna de les situacions administratives següents: servei actiu, serveis especials o servei en comunitats autònomes, o serveis en altres administracions. En cap cas no hi poden prendre part els funcionaris que estiguin en suspensió d’ocupació ni els traslladats de llocs de treball, com a conseqüència d’un expedient disciplinari, mentre durin els efectes corresponents. 10.-TERMINI DE PRESENTACIÓ I DOCUMENTACIÓ. PERIODE D’INICI DE LES PROVES. 10.1. El termini de presentació d’instàncies per prendre-hi part serà de vint dies hàbils a partir de l’endemà de la publicació de la convocatòria al DOGC. 10.2 La sol·licitud per prendre part a la convocatòria s’haurà d’acompanyar de la documentació acreditativa dels mèrits al·legats pels aspirants, no podent-se valorar cap altre que no estigui acreditat dins del termini de presentació d’instàncies. La sol·licitud, juntament amb la documentació acreditativa dels mèrits al·legats i del currículum, s’ha de presentar en el termini exposat al Registre General d’aquest Ajuntament. La documentació acreditativa dels serveis prestats a l’Ajuntament d’Alcoletge i, en el seu
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cas, de la valoració del desenvolupament, serà aportada d’ofici per la Corporació. 10.3 El període d’inici de les proves serà com a màxim de dos mesos des de la data límit de la presentació d’instàncies. 11. MERITS ,CAPACITATS I SISTEMES D’ACREDITACIÓ 11.1 Mèrits 11.1.I.Es valorarà els mèrits indicats amb els següents barems : a) Antiguitat reconeguda a l’administració pública, a raó de 0,20 punts per any, fraccionat en períodes de sis mesos fins a un màxim de 3 punts. En el còmput total no s’inclourà les fraccions corresponents a períodes inferiors a sis mesos b) Experiència professional, fins a un màxim de 10 punts d’acord amb les següents indicacions b.l. Desenvolupament de llocs de treball de la mateixa escala d’administració general fins a 4 punts, segons el criteri que s’indica: A l’Ajuntament d’Alcoletge 0,50 punts per any. En altres administracions públiques, 0,25 punts per any c) Formació relacionada amb el lloc de treball, fins a un màxim de 4 punts, segons els criteris següents: c.l Formació inclosa als plans de formació homologada per les escoles d’administració pública, fins a un màxim de 2,5 punts. Establint-se el barem en 0,2 punts per cada 20h. de formació. Els cursos de formació de menys hores seran computats de manera conjunta i es valoraran d’acord amb el barem anterior. c.2. Formació no inclosa en l’apartat anterior, fins a un màxim de 1,5 punts d’acord amb els següents criteris: Durada inferior a 25 hores 0,15 punts per cada un. Durada entre 26 i 50 hores 0,25 punts per cada un Durada entre 51 i 100 hores 0,40 punts per cada un. Durada superior a 100 hores 0,50 punts per cada un. L’assistència a seminaris o jornades solament seran computables en el cas que la durada estigui acreditada d) Titulacions acadèmiques complementàries i relacionades amb el lloc de treball ,fins a un màxim de 3 punts, segons el criteri següent: Diplomatura o Postgrau : 0,25 punts; Llicenciatura: 0,50 punts; Master: 0,75 punts. f) Altres mèrits a considerar pel Tribunal, en especial l’elaboració d’elaboració d’estudis i treball, coneixements acreditats d’idiomes i activitats de transmissió de coneixements, relacionats amb el lloc de treball a cobrir, llevat que siguin pròpies del lloc de treball, fins a un màxim de 2 punts. 11.2 Apreciació de capacitat. a) Primera prova: Constarà d’un exercici de caràcter obligatori i eliminatori que tindrà per objecte l’avaluació del coneixement de la llengua catalana, mitjançant les proves disposades pel Tribunal amb l’assessorament de tècnics competents en matèria de normalització lingüística. Aquesta prova serà qualifacda d’APTE o NO APTE.
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Restaran exempts de la realització d’aquesta prova els aspirants que hagin presentat juntament amb la sol·licitud una fotocòpia compulsada del Certificat del nivell C de català de coneixements orals i escrits de llengua catalana. c) Segona prova: La fase d’apreciació de la capacitat es valorarà amb un total de 10 punts. Consistirà en la realització d’una prova pràctica, amb la finalitat de comprovar els coneixements, habilitats i condicions vers l’exercici del lloc de treball. El Tribunal podrà entrevistar als/les candidats/ es que consideri adient, per tal d’aclarir aspectes relacionats amb el currículum presentat, amb la finalitat d’assegurar al màxim l’objectivitat i idoneïtat del procés selectiu 12.-TRIBUNAL QUALIFICADOR 12.1 Membres del Tribunal El Tribunal qualificador segons que disposa l’article 72 del Reglament del Personal al servei de les Entitats Locals aprovat per Decret 214/90, de 30 de juliol, serà presidit per l’Alcalde – President o per un membre de la corporació en qui delegui, i tindrà la següent composició: Vocal: El/la regidora encarregada de recursos humans. Vocal: Un/a membre del personal tècnic o funcionari/a de la corporació que tinguin igual o major categoria convocada. Vocal: Un membre proposat per l’Escola d’Administració Pública de la Generalitat de Catalunya. El Tribunal nomenarà d’entre els seus membres un/a secretari/ària. Els membres del Tribunal poden delegar en un suplent per causes justificades. El Tribunal no pot constituir-se ni actuar sense l’assistència de la majoria absoluta dels seus membres, siguin titulars o suplents. 12.2. Els actes del Tribunal poden ser impugnats davant l’òrgan convocant mitjançant recurs d’alçada. L’abstenció i la recusació dels membres dels Tribunals s’ha d’ajustar al que preveuen els articles 28 i 29 de la Llei 30/84 de 26 de novembre, de Regim Jurídic de les Administracions Públiques i Procediment Comú. 12.3. Als òrgans de selecció hi seran presents, amb veu però sense vot, un representant de la Junta de Personal o Delegat de Personal. També podran assistir, com observadors, un representant de cada un dels grups municipals constituïts a l’Ajuntament d’Alcoletge. 12.4. Un cop finalitzada la qualificació dels aspirants, el Tribunal farà publica en el tauler d’Edictes de la Corporació la relació d’aprovats/ des per ordre de puntuació final. En cap cas el nombre d’aprovats/des pot superar el de la plaça convocada. Contra aquest resultat pot interposar-se recurs d’alçada davant l’Alcalde-President de la Corporació en el termini i amb l’efecte previst a la LRJPAC. 12.5 En cas de quedar deserta la convocatòria, el lloc de treball vacant podrà ser proveït mitjançant adscripció provisional. 13.-INCIDÈNCIES. La convocatòria i les seves Bases, i quants actes administratius es derivin d’aquesta i de les actuacions del Tribunal, podran ser impugnats per les persones interessades en els casos i la
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forma establerta per la Llei de Procediment Administratiu. El Tribunal qualificador queda facultat per resoldre quants dubtes o discrepàncies es produeixin durant el desenvolupament del procés selectiu. Les seves decisions s’adoptaran, en tot cas per majoria de vots dels membres presents. En cas de produir-se empat, el vot del President serà de qualitat. 14. RECURSOS Contra les resolucions definitives i els actes de tràmit de l’alcalde, si aquests actes decideixen directament o indirecta els fons de l’assumpte, determinen la impossibilitat de continuar el procés selectiu, o produeixen indefensió o perjudici irreparable a drets i interessos legítims, els interessats/des podran interposar d’acord amb l’article 116 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de regim jurídic de les administracions publiques i del procediment administratiu comú, modificada per la Llei 4/1999, de 13 de gener, potestativament recurs de reposició en el termini d’un mes a comptar a partir de l’endemà de la seva publicació o notificació, davant de l’alcalde, o bé recurs contenciós administratiu d’acord amb l’article 46 de las llei 29/1988, de 13 de juliol, reguladora de la jurisdicció contenciosa administrativa, en el termini de dos mesos a comptar a partir de l’endemà de la seva publicació o notificació, davant del Jutjat Contenciós Administratiu de Lleida. Contra les resolucions definitives i els actes de tràmit del Tribunal, si aquest últims decideixen directament o indirecta el fons de l’assumpte, determinen la impossibilitat de continuar el procés selectiu, o produeixen indefensió o perjudici irreparable a drets i interessos legítims, els interessats podran interposar en el termini d’un mes a comptar de l’endemà de la seva publicació o notificació recurs d’alçada davant de l’alcalde. Igualment els interessats poden interposar qualsevol altre recurs que considerin convenient per a la defensa dels seus interessos. 14. PRESA DE POSSESSIÓ I AMORTITZACIÓ DE LA PLAÇA. 14.1 Els aspirants que hagin superat la convocatòria, hauran de prendre possessió de la plaça en el termini d’un mes des de la seva notificació. La incorporació del funcionari/a en el grup superiors, produirà la seva baixa en la escala o subescala d’origen, i l’amortització del lloc de treball que deixa vacant. La llista d’admessos i exclosos i la data de celebració de les proves es publicarà en el tauler d’anuncis de la Corporació Alcoletge, 3 de maig de 2007 Rosa del Carme Camps Cortassa Alcaldessa PG-186146 (07.128.031)
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L’ARBOÇ EDICTO del Ayuntamiento de L’Arboç, sobre licitación de un contrato de obras. LLa Junta de Govern Local, en sessió ordinària de data 19 d’abril de 2007, ha aprovat la licitació de les obres d’urbanització de les illes A i B dels sector Corrals II, obrint-se un termini de vint-i-sis dies naturals per a la presentació de propostes, si bé l’efectivitat de la licitació està condicionada a l’aprovació definitiva del Projecte Tècnic. Entitat adjudicadora.a) Organisme : Ajuntament de l’Arboç b) Dependència : Secretaria c) Núm. D’expedient: 303/07 Objecte del contracte.a) Descripció de l’objecte: Urbanització de les illes A i B del sector Corrals II b) Lloc d’execució : l’Arboç c) Termini: 12 mesos Tramitació, procediment i forma d’adjudica ció.a) Tramitació : ordinària b) Procediment: obert c) Forma : concurs Pressupost base de la licitació: 379.074,13 € (IVA inclòs) Garantia provisional: No s’exigeix garantia provisional Obtenció de documentació i informació : 1) Obtenció de documentació: a) Entitat: Copisteria “Via Lliure” b) Domicili: Pl. Vella, núm. 8 c) Localitat: El Vendrell d) Telèfon: 977 66 03 65 2) Obtenció d’Informació: a) Entitat: Ajuntament de L’Arboç. b) Domicili: C/ Major núm. 26. c) Localitat i codi postal: L’Arboç 43720 d) Telèfon: 977 67 00 83 e) Telefax: 977 67 02 57 3) Data límit d’obtenció de documents i informació: la fixada com a límit per a la presentació d’ofertes. Requisits del contractista: Els que figuren en els plecs de condicions i amb la classificació següent per la construcció: Grup A; subgrup 2; categoria d Grup E; subgrup 1 ; categoria e Grup G; subgrup 4; categoria d Grup I; subgrup 1; categoria d Presentació d’ofertes o de les sol·licituds de participació. a) Data límit de presentació: vint-i-sis dies naturals a comptar des de l’endemà de la darrera publicació al BOPT o al DOGC. b) Documentació a presentar: la que figura al plec de clàusules. c) Lloc de presentació: Registre General d’Entrada de l’Ajuntament de l’Arboç d) Entitat: Ajuntament de l’Arboç e) Domicili: carrer Major, 26 f) Localitat i codi postal: l’Arboç - 43720
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Obertura d’ofertes econòmiques : a) Entitat: Ajuntament de l’Arboç b) Domicili: carrer Major, 26 c) Localitat: l’Arboç d) Data: primer dijous hàbil després de la finalització del termini de presentació de proposicions. Despeses dels anuncis: Les despeses de publicació dels anuncis seran a càrrec del contractista adjudicatari. L’Arboç, 24 d’abril de 2007
El Plec de Clàusules Administratives Particulars es poden recollir a partir del mateix dia de la publicació d’aquest anunci al Departament de Contractació de Parcs i Jardins (C/ Tarragona, 173, 08014 BARCELONA) de dilluns a divendres, de 9 a 14 hores. Pel que fa al plec tècnic (memòria, pressupost, plànols, etc.) està a la seva disposició a Copisteria Miracle, S.A. (C/ Rector Ubach, 10, 08021 Barcelona; previ encàrrec al Telf.93.200.85.44 i Fax:93.209.17.82). Tanmateix el plec de clàusules administratives particulars es pot consultar a la nostra Intranet adreça: www.parcsijardins.net.
Carles Ribé i Solé Alcalde
Model de proposta: es redactarà d’acord amb el model que figura en el Plec de Clàusules.
PG-185511 (07.123.125)
Presentació de les proposicions: Des de l’endemà de la data de publicació fins el dia: 12/06/2007 ambdós inclosos.
BARCELONA. INSTITUTO MUNICIPAL DE PARQUES Y JARDINES ANUNCIO del Instituto Municipal de Parques y Jardines de Barcelona, sobre contratación de obras. Expedient núm.: 07/145 S’exposa al públic durant el termini de trenta dies hàbils el Projecte executiu de la Contractació de les obres necessàries per a l’execució del projecte d’Hort Urbà a Pedralbes, a la ciutat de Barcelona, que precisa Parcs i Jardins de Barcelona, Institut Municipal. Objecte: Es convoca concurs per a la contractació de l’esmentat projecte. El lliurament es farà en els termes regulats en l’art. 7 del Plec de Clàusules Administratives. Import: 239.845,80 € (IVA inclòs). 1. Financiació: amb càrrec a la previsió pressupostària de l’exercici 2007 per a Parcs i Jardins de Barcelona, Institut Municipal. Classificació necessària: Els licitadors hauran de disposar de les classificacions següents: GRUP: K SUBGRUP: 6 CATEGORIA: c Presentació de les Pliques: els licitadors presentaran les proposicions en sobres tancats i signats. En el dors figurarà la inscripció: “PROPOSTA PER PRENDRE PART AL CONCURS CONVOCAT PER PARCS I JARDINS DE BARCELONA, INSTITUT MUNICIPAL PER A L’ADJUDICACIÓ DE LA Contractació de les obres necessàries per a l’execució del projecte d’Hort Urbà a Pedralbes, a la ciutat de Barcelona”. Garantia provisional: 4.796,92 € (IVA inclòs). Garantia definitiva: consistent en el 4 per 100 de l’import de l’adjudicació, d’acord amb la clàusula 13.1 del Plec de Clàusules Administratives Particulars. Procediment i forma d’adjudicació: Tramitació ordinària, procediment obert, forma d’adju dicació per concurs.
Lloc de presentació: Departament de Contractació de Parcs i Jardins (C/ Tarragona, 173, 08014 BARCELONA) de dilluns a divendres, de 9 a 14 hores. Les proposicions redactades en: Català o castellà Data de celebració de la licitació: el dia 20/06/2007 9.00 hores, en la seu de l’Institut Municipal Parcs i Jardins de Barcelona - carrer Tarragona, 173, 2ª planta, de Barcelona. El preu d’aquest anunci anirà a càrrec de l’adju dicatari. Barcelona, 4 de maig de 2007 p. d. (8/11/99)
J.I. Martínez Legaz Secretaria delegada PG-185833 (07.128.005) CASTELLBISBAL EDICTO del Ayuntamiento de Castellbisbal, sobre pro visión de plazas. Edicte sobre la convocatòria del procés de selecció per la provisió, d’una plaça d’agent de la Policia Local, mitjançant el sistema de concurs de mobilitat horitzontal, inclosa a la plantilla de personal funcionari, escala d’administració especial, subescala serveis especials, classe policia local i del grup de titulació D. Per Decret del regidor delegat de règim intern del dia 24 d’abril de 2007 s’ha aprovat la convocatòria del procés de selecció, per cobrir una plaça d’agent de la Policia Local, inclosa a la plantilla de funcionari, escala d’administració especial, subescala serveis especials, classe policia local i del grup de titulació D. Les bases de la convocatòria han estat publicades al Butlletí Oficial de la Província de Barcelona núm. 101 del dia 27 d’abril de 2007 i es troben exposades al tauler d’anuncis de l’Oficina d’atenció al ciutadà de l’Ajuntament i a la pàgina web de l’Ajuntament (www.castellbisbal.org).
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El termini de presentació d’instàncies comptarà des de la publicació de la convocatòria corresponent al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya o al Boletín Oficial del Estado fins a vint dies naturals a partir de l’endemà de la darrera publicació.
La qual cosa es fa pública en base a l’article 93.2 del Reial Decret Legislatiu 2/2000, de 16 de juny pel qual s’aprova el text refós de la Llei de contractes de les administracions públiques.
Castellbisbal, 27 d’abril de 2007
Xavier M. Sanllehí i Brunet Alcalde
Joan Comellas Playà Regidor delegat de Règim Intern
Castelló d’Empúries, 12 d’abril de 2007
PG-185512 (07.123.122)
PG-185598 (07.124.007) CENTELLES CASTELLBISBAL EDICTO del Ayuntamiento de Castellbisbal, sobre pro visión de plazas. Edicte sobre la convocatòria del procés de selecció per la provisió, de tres places d’agents de la Policia Local, mitjançant el sistema de concurs oposició lliure, incloses a la plantilla de personal funcionari, escala d’administració especial, subescala serveis especials, classe policia local i del grup de titulació D. Per Decret del regidor delegat de règim intern del dia 24 d’abril de 2007 s’ha aprovat la convocatòria del procés de selecció, per cobrir tres places d’agents de la Policia Local, incloses a la plantilla de funcionari, escala d’administració especial, subescala serveis especials, classe policia local i del grup de titulació D. Les bases de la convocatòria han estat publicades al Butlletí Oficial de la Província de Barcelona núm. 101 del dia 27 d’abril de 2007 i es troben exposades al tauler d’anuncis de l’Oficina d’atenció al ciutadà de l’Ajuntament i a la pàgina web de l’Ajuntament (www.castellbisbal.org). El termini de presentació d’instàncies comptarà des de la publicació de la convocatòria corresponent al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya o al Boletín Oficial del Estado fins a vint dies naturals a partir de l’endemà de la darrera publicació. Castellbisbal, 27 d’abril de 2007 Joan Comellas Playà Regidor delegat de Règim Intern PG-185597 (07.124.006) CASTELLÓ D’EMPÚRIES EDICTO del Ayuntamiento de Castelló d’Empúries, sobre adjudicación de un contrato de servicios. Edicte adjudicació directe treballs de coordinació tècnica de les obres del projecte de desguàs de residuals d’Empuriabrava L’Ajuntament Ple en sessió extraordinària de data 10 d’abril de 2007, adjudicà els treballs de coordinació tècnica de les obres del projecte de desguàs de residuals d’Empuriabrava, 3r i 4t sector, a l’empresa ENIGEST SL, pel preu de 90.000,00 € (Noranta mil euros) més IVA.
ANUNCIO del Ayuntamiento de Centelles, sobre aprobación de un reglamento.
recurs potestatiu de reposició davant l’òrgan que l’ha dictat, en el termini d’UN MES a comptar des del dia següent al de la publicació d’aquest anunci. Contra la desestimació expressa o presumpta del recurs de reposició esmentat podeu interposar recurs contenciós administratiu davant els Jutjats Contenciosos Administratius de la província de Barcelona, en el termini de DOS MESOS a comptar des de l’endemà de la recepció de la notificació de la desestimació, quan aquesta sigui formulada de forma expressa, o en el termini de SIS MESOS a comptar des de l’endemà del dia en què el referit recurs de reposició s’hagi d’entendre desestimat de forma presumpta. Centelles, 30 d’abril de 2007
El Ple de l’Ajuntament de Centelles, en sessió ordinària del dia 26 d’abril de 2007, va adoptar, entre altres acords, aprovar inicialment el Reglament del Servei municipal d’abastament d’aigua potable del municipi.
Miquel Arisa Coma Alcalde
L’acord es sotmet a informació pública per un termini de 30 dies hàbils, a comptar a partir de l’endemà al de la publicació d’aquest anunci al BOP i al DOGC.
CERVIÀ DE TER
Durant aquest termini es podrà examinar l’expedient i les persones interessades podran presentar les al·legacions o les reclamacions que creguin necessàries. Es puntualitza que en el cas que no es presentin al·legacions o reclamacions, s’entendrà definitivament adoptat l’acord d’aprovació d’aquests Reglament. Centelles, 27 d’abril de 2007 Miquel Arisa coma Alcalde PG-185670 (07.123.046) CENTELLES ANUNCIO del Ayuntamiento de Centelles, sobre aprobación de una memoria valorada. Mitjançant acord de la Junta de Govern Local, de data 5 de març de 2007, es va aprovar inicialment la Memòria valorada de les obres de millora de l’accessibilitat i del tancament del pati de les escoles Ildefons Cerdà –escoles noves-. La Memòria ha estat exposada a informació pública per un termini de 30 dies al BOP número 67, de data 19.03.2007; al DOGC número 4847, de data 22.03.2007 i al tauler d’anuncis de l’Ajuntament, no havent-se produït cap recla mació ni suggeriment durant l’esmentat termini d’informació pública. Per tant, es dóna per aprovada definitivament, per la qual cosa es fa pública l’aprovació definitiva de la Memòria valorada de les obres de millora de l’accessibilitat i del tancament del pati de les escoles Ildefons Cerdà - escoles noves-. Contra aquest acte administratiu, que és definitiu en la via administrativa, podeu interposar
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PG-185669 (07.123.044)
EDICTO del Ayuntamiento de Cervià de Ter, sobre nom bramiento de personal funcionario. L’Ajuntament de Cervià de Ter, en sessió de data 2 de maig de 2007, com a culminació del procediment de selecció per concurs oposició, corresponent a la convocatòria publicada en el BOPG 36 de 20-02-07 i DOGC 4823 de 16-0207, d’acord amb la proposta de nomenament feta pel tribunal de selecció en sessió de data 30-04-07 acordà: a) Nomenar la Glòria Masó i Serra amb DNI. 40294881-P funcionària de l’Ajuntament de Cervià de Ter com a administrativa de l’escala d’Administració General de funció pública del grup C ,nivell 26. La qual cosa es fa públic en compliment del que preveu l’article 82, del Decret 214/1990 de 30 de juliol. Cervià de Ter, 3 de maig de 2007 Àngel Rodríguez i Molar Alcalde PG-185813 (07.124.051) MANRESA ANUNCIO del Ayuntamiento de Manresa, sobre contrata ción de personal. Per resolucions del tinent d’alcalde regidor delegat d’Administració, s’ha resolt la contractació laboral de durada determinada de diferent personal, pel procediment de màxima urgència: J U LI A M A RT I N VA LENCI A ( DN I 39322992-F) per tal de realitzar tasques de cuinera, amb una jornada de 35 hores setmanals, pel període comprès entre el dia 10 d’abril i fins al 22 de juny de 2007. De conformitat amb el que disposen l’article 15.1.b) del RDL 1/1995, de 24
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de març, modificat pel RD 8/97 de 16 de maig, l’art. 3 del RD 2720/1998 de 18 de desembre i Decret 214/90, de 30 de juliol. LAIA BOSCH VALL (DNI 39369268-F) per tal de realitzar tasques de professora superior del Conservatori, amb una jornada de 31’10 hores setmanals, pel període comprès entre el dia 10 d’abril de 2007 i fins que es reincorpori al servei el titular de la plaça que se troba en situació de baixa per incapacitat temporal. De conformitat amb el que disposen els articles 12 i 15.1.c) del RDL 1/1995, de 24 de març, modificat pel RD 8/97 de 16 de maig, l’art. 4 del RD 2720/1998 de 18 de desembre i Decret 214/90, de 30 de juliol. ABDERRAHIM SALMOUN (NIE X4008189W) per tal de realitzar tasques de peó, amb una jornada de 35 hores setmanals, pel període comprès entre el dia 15 d’abril de 2007 i fins que es reincorpori al servei el titular de la plaça que se troba en situació de baixa per incapacitat temporal. De conformitat amb el que disposen l’article 15.1.c) del RDL 1/1995, de 24 de març, modificat pel RD 8/97 de 16 de maig, l’art. 4 del RD 2720/1998 de 18 de desembre i Decret 214/90, de 30 de juliol.
PUJALT ANUNCIO del Ayuntamiento de Pujalt, sobre modificación de unos estatutos. Anunci sobre aprovació de la modificació dels estatuts de l’empresa Eolica Pujalt, SL de participada per aquest Ajuntament. En compliment de l’acord del Ple d’aquest Ajuntament del dia 10 de març de 2007, es sotmet a informació pública l’expedient incoat de modificació de l’objectes social de l’esmentada empresa, tal i com preveu el Reglament d’obres, activitats i serveis dels ens locals. La informació pública es fa mitjançant anuncis en el Butlletí Oficial de la Província, en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya i al tauler d’anuncis de la corporació, per un període de trenta dies, a l’efecte de presentar al·legacions i suggeriments, de conformitat amb el que disposa l’article 160 del Reglament esmentat. Es fa públic per a coneixement general. Pujalt, 3 de maig de 2007
El que es fa públic per tal de donar compliment a la legislació vigent.
Antoni de Solà i Pereta Alcalde
Manresa, 10 d’abril de 2007
PG-185882 (07.128.009)
Josep Camprubí i Duocastella Alcalde president
SANT JUST DESVERN
PG-185167 (07.128.044) ORÍS EDICTO del Ayuntamiento de Orís, sobre la oferta pública de empleo. Aquesta alcaldia, per resolució de 13 d’abril de 2007 ha aprovat l’oferta d’ocupació pública per a l’any 2007, que s’adjunta com annex. ANNEX: OFERTA 2007 FUNCIONARIS DE CARRERA Grup B. Classificació: escala d’administració especial, subescala tècnica, classe: tècnic diplomat. Nombre de vacants: una Denominació: tècnic adjunt a secretaria. convocatòria: reservada a promoció interna. Grup D. classificació: escala d’administració general, subescala auxiliar. Nombre de vacants: una denominació: auxiliar Convocatòria: lliure. Orís, 25 d’abril de 2007 Núria Casajuana Botines Alcaldessa PG-185122 (07.123.020)
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ANUNCIO del Ayuntamiento de Sant Just Desvern, sobre provisión de una plaza. De conformitat amb el que estableix la base 5a de la convocatòria per a la selecció definitiva, mitjançant concurs oposició lliure, d’una plaça d’educador/a social, vacant a la plantilla de personal laboral de la Corporació, es fa públic que el 25 d’abril de 2007, la regidora de serveis generals va emetre una resolució, la part dispositiva de la qual es transcriu de la manera següent: “1.- Aprovar la llista d’aspirants admesos/es i exclosos/es en la present convocatòria, que és la següent: Aspirants admesos/es: 1. Sra. Concepció Banús Quesada 2. Sr. César López del Pozo 3. Sra. Chantal Matamoros Pareja 4. Sra. Raquel Pérez Bartolomé 5. Sr. Eduard Serra i Paracio 6. Sr. Raül Villellas Ayudan Aspirants exclosos/es: Cap 2.- Designar el Tribunal qualificador que quedarà integrat pels membres següents: President/a: - Titular: Sra. M. Mercè Figueras i Raurell, regidora de serveis generals - Suplent : Sr. Edgar Costa i Ortega, regidor de comunicació, solidaritat i joventut. Vocals: - Titular: Sra. Màxima Rubio García, presidenta de l’Àrea de serveis a la persona i regidora d’educació - Suplent: Edgar Costa i Ortega, regidor de comunicació, cultura, solidaritat i joventut
- Titular: Sr. Enric Llacay Alegre, cap de l’àrea d’economia i serveis generals - Suplent: Sr. Joaquim Ruiz Querol, cap de l’àrea d’alcaldia i planificació. - Titular: Sra. Berta Martí Jiménez, cap de l’àrea de serveis a la persona - Suplent: Àngels Ulla Fernández, cap de l’àrea d’urbanisme, habitatge i medi ambient. - Titular: Sr. Xavier Aragüés Martí, cap de contractació i assessorament jurídic municipal - Suplent: Sra. Eva Torras i Sagristà, tècnica d’administració general - Titular: Sr. Josep Rodríguez Roca, representant de l’Escola d’Administració Pública de Catalunya - Suplent: Sra. Rosa Maria López Ros, representant de l’Escola d’Administració Pública de Catalunya Secretari/ària: - Titular: Sr. Xavier Aragüés i Martí, cap de contractació i assessorament jurídic municipal - Suplent: Sra. Eva Torras i Sagristà, tècnica d’administració general Podrà assistir, amb veu i sense vot, un/a representant sindical. 3.- Establir, de conformitat amb la base 4a. de la convocatòria, un termini de 10 dies a efectes de presentació de reclamacions o esmenes. En cas de no presentar-se cap, les llistes s’entendran elevades a definitives sense cap més tràmit. 4.- El Tribunal es constituirà el dia 11 de juny de 2007, a les 9.30 hores, a la sala de Junta de Govern Local de l’Ajuntament. 5.- Es convoca les persones aspirants el dia 11 de juny de 2007, a les 9.30 hores, a l’Ajuntament per a la pràctica dels exercicis i avaluacions del procediment selectiu. 6.- Publicar la present resolució exclusivament al DOGC i al tauler d’anuncis de la Corporació als efectes oportuns.” Sant Just Desvern, 26 d’abril de 2007 Josep Perpinyà i Palau Alcalde PG-185507 (07.123.123) SANT SADURNÍ D’ANOIA ANUNCIO del Ayuntamiento de Sant Sadurní d’Anoia, sobre aprobación de un plan de mobilidad urbana. Es fa públic que el Ple Municipal, en sessió ordinària celebrada el dia 24 d’abril de 2007, va adoptar, entre d’altres, l’acord d’aprovar el Pacte per la Mobilitat de Sant Sadurní d’Anoia, el contingut del qual és el següent: PACTE PER LA MOBILITAT DE SANT SADURNÍ D’ANOIA Preàmbul L’Ajuntament de Sant Sadurní d’Anoia ha endegat un procés participatiu per debatre la problemàtica actual i les perspectives futures
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de la mobilitat a la nostra vila. Aquest debat ha convocat a totes aquelles institucions, entitats, associacions i particulars interessats, per tal d’identificar els principals problemes lligats a la mobilitat i debatre els criteris, objectius i propostes que han de permetre una millora global de la mobilitat a Sant Sadurní d’Anoia. El procés de debat s’ha desenvolupat entre els mesos de febrer i març de 2007 mitjançant la convocatòria de quatre tallers participatius i la recollida pública de propostes i suggeriments del ciutadans. Aquest procés ha permès elaborar un document de conclusions, anomenat Pacte per la Mobilitat de Sant Sadurní d’Anoia, que recull les aportacions realitzades, debatudes i acceptades per tots els participants. L’objectiu del Pacte per la Mobilitat és establir les directrius bàsiques del Pla de Mobilitat Urbana que es preveu elaborar posteriorment i que definirà les accions concretes a dur a terme al municipi dins d’aquest àmbit. En aquest sentit, es preveu que el present document sigui presentat per a la seva aprovació al Ple Municipal de l’Ajuntament de Sant Sadurní d’Anoia. Aquest document aposta decididament per una mobilitat responsable i segura a la nostra vila. Conscients de l’impacte que l’actual model de transports té sobre el medi ambient, com a responsable de bona part de les emissions de gasos contaminants i precursors de l’efecte hivernacle, sobre la seguretat i sobre la qualitat de vida dels ciutadans, el document proposa el recolzament dels modes de transport de baix impacte ambiental (vianants, ciclistes i usuaris del transport públic) i la racionalització de l’ús del vehicle privat, especialment, dins els carrers de la trama urbana del municipi. Principis Els principis que orienten el Pacte per la Mobilitat, i que emmarquen els objectius que determinaran el model de mobilitat, són els següents: SEGURETAT: El model ha de garantir la seguretat i protecció de l’espai públic, per tal de què les necessitats de desplaçament es realitzin en termes de seguretat viària amb especial interès sobre els modes de transport més vulnerables (a peu i en bicicleta). Així mateix, el model de mobilitat ha d’establir sistemes que es regeixin pel principi d’autoritat municipal com a garant de la disciplina viària, complint i fent complir les normes bàsiques de convivència en la mobilitat, de forma que augmenti el grau de seguretat en el desenvolupament d’aquesta mobilitat. COMPROMÍS AMB EL MEDI AMBIENT: La mobilitat sostenible es concep com aquella capaç de satisfer les necessitats actuals sense comprometre el futur dels recursos naturals existents. Per tant, representa l’assumpció d’un conjunt d’estratègies i mesures destinades a recuperar la qualitat de l’espai urbà afavorint els modes de transport que consumeixen menys recursos naturals i provoquen menys cost ambiental. I tot plegat, comptabilitzant les necessitats i drets de mobilitat amb el dret de tothom a un medi ambient de qualitat. D’aquest principi se’n deriva la promoció dels modes de transport més respectuosos amb el medi ambient, com els desplaçaments a peu i en bicicleta, així com el transport públic enfront de l’ús de vehicles privats motoritzats.
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ACCESSIBILITAT : El model de mobilitat ha de contemplar l’accés a tot l’espai públic permès a tots els ciutadans, adoptant les mesures necessàries per garantir aquest dret a tothom, i especialment a les persones amb mobilitat reduïda. De manera complementària, el model ha de concebre una xarxa que garanteixi l’accés en les millors condicions possible a tots els barris de la vila, superant els problemes de dotacions infraestructurals o de serveis que provoquen dèficits d’accessibilitat a parts concretes de la vila, i que suposen desigualtats territorials. GARANTIA DE LA QUALITAT DE VIDA: El model de mobilitat pactat ha de guiar-se pel principi de la millora en la qualitat de vida dels ciutadans, recuperant l’espai públic per a usos socials i de convivència, i permetent una millora en l’organització del temps d’activitats ciutadanes, reduint el temps esmerçat en els desplaçaments urbans i interurbans. Ha de tenir present la cohesió social, augmentant els espais per a la convivència, dintre d’un marc de justícia social. EFICÀCIA: El model de mobilitat té en compte les diferents característiques de cada mode de transport, els seus punts forts i les seves febleses quant a eficàcia operativa i energètica per a cada desplaçament en concret, i per tant les oportunitats i les amenaces que se’n deriven del seu ús. Per tant, aquest model ha de racionalitzar l’ús dels diferents modes i facilitar la seva utilització en aquells desplaçaments en els quals sigui més adient, des del punt de vista de la seva eficiència. GARANTIA DEL DINAMISME ECONÒMIC: La mobilitat ha de permetre afavorir l’atractiu com a centre de negocis i d’activitats terciàries (serveis, comercials i turístiques), convertint-se el pacte per la mobilitat en un instrument per al desenvolupament correcte de la vila. Ha de contribuir al dinamisme econòmic de la vila, mantenint l’atractiu comercial dels carrers, i combinant la recuperació de l’espai públic amb la revitalització del comerç, el desenvolupament dels serveis i l’augment de l’atractiu turístic. Objectius D’acord amb els principis esmentats, els objectius principals del Pacte per la Mobilitat són els següents: 1. Afavorir les condicions per a la mobilitat dels vianants, destinant-hi una major superfície de l’espai públic i millorant-ne l’accessibilitat i la seguretat per a la realització dels desplaçaments a peu. -Dissenyar una xarxa d’itineraris segurs i accessibles per a tots els vianants, segregant-la de la resta de modes de transport i eliminant-ne les barreres arquitectòniques que limiten l’accés universal a tot l’espai públic. -Ampliar les voreres definint una amplada mínima sense obstacles que permeti el pas de cotxets de nens, cadires de rodes, etcètera. -Condicionar les voreres amb paviment de qualitat. -Contemplar quan sigui possible la plantació d’arbrat a d’itinerari. -Eliminar obstacles a les voreres i ordenar el mobiliari urbà. -Crear àrees de vianants i zones de convivència, especialment en emplaçaments amb
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una activitat comercial intensa i en el casc antic de la vila. -Habilitar passos de vianants a nivell de les voreres. -Preveure durant els períodes d’obres que afecten l’espai públic les mesures necessàries per facilitar els desplaçaments dels vianants, en condicions dignes i segures i amb una senyalització adient de les voreres i els passos de vianants provisionals. -Contemplar llocs adients d’estància i descans dels vianants en els seus desplaçaments a peu, integrant les àrees enjardinades presents en els itineraris. 2.Millorar la seguretat viària, reduint l’acci dentalitat i respectant l’espai públic destinat a cada mode de transport. -Realitzar les accions necessàries per eliminar els punts negres existents, reduint els índexs d’accidentalitat a la xarxa viària. -Potenciar les accions preventives per garantir la seguretat i el respecte a l’espai dels diferents usuaris de la via pública. -Mantenir el seguiment per valorar l’efectivitat de les actuacions correctores i preventives establertes per reduir l’accidentalitat. -Vetllar pel compliment de la normativa existent per reduir les infraccions que dificultin la mobilitat dels vianants, dels ciclistes i dels usuaris del transport col·lectiu. -Impulsar una legislació que facin més dissuasives les sancions municipals, dotant d’altres instruments de sanció alternatius a l’econòmic com, per exemple, els basats en treballs per la comunitat i de contingut social. 3. Assegurar que els desplaçaments diaris dels estudiants cap els centres educatius es realitzin de forma segura i confortable tot promovent la mobilitat a peu, en bicicleta i en transport públic. -Pacificar el trànsit en els entorns d’accés a les escoles. -Constituir itineraris escolars segurs. -Instal·lar a les escoles aparcaments per bicicletes, de fàcil localització, ben equipats i amb suficient seguretat. 4. Promoure la utilització del transport pú blic davant del transport privat, oferint un sistema de transport de qualitat i competitiu respecte als desplaçaments en vehicle privat. -Dissenyar una xarxa de transport col·lectiu ajustat a la demanda potencial dotant-la de màxima cobertura possible i connectivitat entre els diferents nuclis rurals i als polígons industrials del municipi, augmentant la fiabilitat i regularitat en la prestació del servei. Addicionalment, cal estudiar la creació d’un servei d’autobús amb vehicles adaptats que connecti el municipi amb l’Hospital Comarcal de l’Alt Penedès a Vilafranca. -Augmentar la freqüència de pas i extensió de l’horari per la prestació del servei tenint en compte la demanda, millorant la informació a l’usuari. Concretament, es proposa l’ampliació d’horaris del servei d’autobusos urbans i interurbans i del servei ferroviari, tant durant període nocturn com en període de vacances, festius i caps setmana. -Introduir un material mòbil amb pis baix, accessible per a persones amb mobilitat reduïda, i operant en condicions de seguretat i de qualitat i neteja.
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-Utilitzar vehicles amb millor eficiència energètica dels motors i menys emissions contaminants. -Utilitzar un material mòbil correctament dimensionat per al passatge a transportar i la trama urbana del recorregut. -Potenciar el transport a la demanda o taxibus en àrees de baixa densitat de població (nuclis rurals). -Habilitar unes parades de transport públic (ferrocarril, autobús i taxi) ben equipades, amb marquesina i informació actualitzada sobre l’oferta de transport públic existent, i en condicions de seguretat i accessibilitat per als usuaris. 5. Fomentar un ús racional del cotxe, aplicant mesures que facilitin el traspàs de ciutadans a altres modes de transport més sostenibles i que promoguin la intermodalitat. -Millorar la senyalització en el conjunt del viari de la vila de Sant Sadurní d’Anoia. -Garantir una xarxa viària que doni accés als diferents barris i polígons industrials, amb condicions de seguretat viària i qualitat, minimitzant el trànsit de pas. -Dissenyar una xarxa viària jerarquitzada, creant les condicions per tal de què cada vial tingui unes intensitats de circulació i velocitats admissibles adequades a l’entorn, aplicant polítiques moderadores del trànsit. -Crear les condicions per tal què cada vial tingui unes intensitats de circulació i velocitats admissibles adequades a l’entorn, aplicant polítiques moderadores del trànsit. -Millorar la connectivitat interurbana i les circumval·lacions externes per tal de minimitzar el trànsit de pas per carrers interns. -Definir les funcions i repartiment de l’espai viari sota criteris de sostenibilitat i de rendiment social. -Promoure la utilització de vehicles menys contaminants, moguts per energies alternatives, consumidors de nous combustibles menys agressius per al medi ambient (gas natural, GLP, biocombustibles, híbrid elèctric, pila d’hidrogen), i amb materials de més fàcil reciclatge. 6. Comptabilitzar l’oferta d’aparcament amb la demanda de rotació i residents, amb el dinamisme econòmic de la vila i amb les bones condicions d’accés i mobilitat per als modes més sostenibles. -Dotar el centre urbà d’una oferta d’aparcament de rotació controlada que permeti d’una banda regular l’accés del vehicle privat al centre, utilitzant el valor estratègic de l’oferta de places d’aparcament per a la regulació i utilització del vehicle privat. -Dimensionar la zona blava per a necessitats d’aparcament de molt curta durada, amb tarifes superiors als de l’aparcament subterrani. -Dotar de suficient oferta d’estacionament a autobusos i camions, de manera que no interfereixin amb la mobilitat urbana. -Aplicar mesures urbanístiques que impedeixin l’aparcament de vehicles sobre les voreres, utilitzant elements visibles pels conductors i segurs pels vianants. -Dotar d’aparcaments subterranis, que permetin alliberar el sòl en superfície actualment destinat a aparcament per a modes de transport sostenibles.
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-Ordenar l’aparcament de motocicletes, dotant a la vila de suficient nombre de places. -Dotar als barris de suficient oferta d’aparcament subterrani per a residents, necessària per alliberar l’espai públic en superfície per a altres usos més socials i sostenibles. Potenciar la utilització de l’aparcament subterrani sobre l’aparcament en calçada. 7. Fomentar la intermodalitat com a mesura per tal d’assolir un ús eficient dels diferents modes de transport en cada tram de la cadena de transport. -Incorporar el transport públic urbà del municipi dins el sistema tarifari integrat de la Regió Metropolitana de Barcelona. -Millorar els accessos per a vianants i persones amb mobilitat reduïda a l’estació de RENFE. -Incrementar la capacitat i la vigilància de l’aparcament per a vehicles privats de l’estació de RENFE -Potenciar la coordinació dels horaris de l’autobús urbà i del servei ferroviari de la RENFE. -Instal·lar aparcaments per bicicletes, de fàcil localització i ben equipats i amb suficient seguretat en l’estació de RENFE. 8. Augmentar la participació de la bicicleta en el conjunt de mitjans de transport d’ús habitual, creant les condicions infraestructurals, de gestió del trànsit i educació viària necessàries per promoure la seva utilització. -Dissenyar una xarxa de carril -bici amb bones condicions de seguretat (espais protegits i senyalitzats): aquesta xarxa hauria de ser accessible als principals carrers comercials i turístics de la vila i també hauria de tenir connexió entre els itineraris urbans i els camins interurbans, especialment en escoles. -Considerar un conjunt ampli de llocs d’estacionament de bicicletes, de fàcil localització i equipats i amb la suficientment seguretat per aparcar. 9. Garantir una distribució de mercaderies àgil, ordenada, amb mínim impacte sobre la mobilitat i garantint el ple desenvolupament de les activitats econòmiques. -Ordenar les condicions operatives de la distribució urbana de mercaderies, establint la reserva suficient de zones de càrrega/descàrrega regulades (en horari i temps de repartiment) i estudiant solucions particulars per a establiments amb un elevat nombre d’operacions diàries de càrrega i descàrrega. -Incentivar una distribució de mercaderies compartida entre establiments, per promoure una distribució organitzada en vehicles de càrrega de petita i mitjana capacitat. -Alliberar el viari de la vila de grans vehicles pesants, instant a les administracions supramunicpals, amb competència sobre el viari interurbà que travessa la vila, a instal·lar la senyalització pertinent. -Estudiar una alternativa a l’estacionament de vehicles pesants existent, amb condicions de seguretat, fora del nucli urbà de la vila
SANT VICENÇ DE CASTELLET ANUNCIO del Ayuntamiento de Sant Vicenç de Castellet, sobre nombramiento de personal. Per Decret d’aquesta Alcaldia Presidència lliurat en data 24 d’abril de 2007, es nomena al Sr. JAVIER AGULERA i RUIZ com a funcionari en pràctiques de l’Ajuntament de Sant Vicenç de Castellet, de l’escala d’administració especial, subescala de serveis especials, escala bàsica, grup de titulació D. Un cop superat el curs de formació bàsica de l’Escola de Policia de Catalunya i el període de pràctiques de tres mesos, si s’escau, el Sr. Javier Aguilera serà nomenat funcionari de carrera. Sant Vicenç de Castellet, 26 d’abril de 2007 Glòria Torner i Miguel Alcaldessa PG-186126 (07.128.027) SANTA MARIA DE CORCÓ ANUNCIO del Ayuntamiento de Santa Maria de Corcó, sobre aprobación de un proyecto de obras. Es fa públic que, en la sessió ordinària de data 29 de març de 2007, el Ple de l’Ajuntament de Santa Maria de Corcó, va adoptar l’acord pel que es resol aprovar definitivament el projecte d’obra municipal ordinària titulat «Reposició dels serveis de la carretera d’Olot a Canto nigròs», redactat per l’enginyer municipal , amb un pressupost d’execució per contracta de 115.757,69.-€, i disposar-ne, alhora, la corresponent publicació oficial. Es fa públic, per a general coneixement, amb la indicació que el Decret esmentat és definitiu en via administrativa i els interessats hi poden interposar recurs contenciós administratiu davant la Sala corresponent del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, en el termini màxim de dos mesos comptats des de l’endemà de la publicació d’aquest Anunci, amb la comunicació prèvia a l’Ajuntament del propòsit d’interposar el recurs esmentat, si bé s’hi pot interposar qualsevol altre recurs o acció que es consideri pertinent. Santa Maria de Corcó, 7 de maig de 2007 Josep Mas Falguera Alcalde PG-186124 (07.128.043) SENTMENAT
Sant Sadurní d’Anoia, 29 d’abril de 2007
ANUNCIO del Ayuntamiento de Sentmenat, sobre aproba ción de un cambio de actuación urbanística.
Joan Amat i Solé Alcalde PG-185488 (07.123.117)
Mitjançant el present anunci es posa en coneixement que l’alcalde president per decret de data 7 de maig de 2007 ha aprovat de forma
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inicial el canvi de sistema d’actuació de la Unitat d’Actuació número 2 de la modalitat de cooperació per la de compensació bàsica. De conformitat amb el que preveu l’article 113 del Decret Legislatiu 1/2005, de 26 de juliol, pel qual s’aprova el Text refós de la Llei d’urbanisme, s’inicia un període d’informació pública pel termini d’un mes a comptar des de la seva publicació al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, al Butlletí Oficial de la Província de Barcelona, a un diari provincial i al taulell d’edictes municipal. Durant el mateix termini d’informació pública qualsevol interessat podrà presentar per escrit, davant l’Ajuntament, les reclamacions i/o al·legacions pertinents. Els escrits es podran adreçar a la Corporació municipal emprant qualsevol dels mitjans a què fa referència l’article 38.4 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de règim jurídic de la administracions públiques i del procediment administratiu comú. Sentmenat, 7 de maig de 2007 Josep Vilaró Capella Alcalde PG-186123 (07.128.030)
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sobreeixidor en alta al Clot del Lluci, redactat pel Sr. Joan Duran i Riera per encàrrec de l’Agència Catalana de l’Aigua amb un pressupost de contracta de 132.618,11.-€, quedant aprovada, alhora, en unitat d’acte i de forma inicial, la relació detallada de béns i drets que s’expropien i s’ocupen per a l’execució del projecte esmentat, relació que figura com a annex al projecte i que conté les dades a què fa referència l’article 31 del ROAS, una de les quals consisteix en la valoració individualitzada dels béns i drets objecte d’expropiació i ocupació, obrint un termini de trenta dies naturals des del de la publicació del corresponent anunci al BOP i/o al
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DOGC (l’últim aparegut) per tal que els interessats el puguin examinar i, si s’escau, presentar les seves al·legacions i/o reclamacions. Cas de no ser presentada cap reclamació o al·legació el projecte esdevindrà aprovat tàcitament de forma definitiva. El mateix acord declara la utilitat pública de l’execució del projecte d’obra municipal ordinària abans indicat, així com la necessitat d’ocupació dels béns i drets que apareixen identificats en la relació detallada a què fa referència l’apartat anterior a efectes d’expropiació i ocupació, les quals es detalles a continuació:
P=Polígon; L=Parcel·la; M=M2 servitud; T=M2 ocup. temporal; O=observacions
P 3 6 4 4 4 4 4 4 4 4
L 46 62 10 152 17 16 19 19 9020 9029
Titular M Aloy pont, Salvador.................................................48,065 Costas Poch, Juan José.......................................... 168,027 Ajuntament Torre Claramunt..................................65,209 Quintana Ferrando, Rosa...................................... 398,770 Quintana Ferrando, Rosa.........................................11,136 Aloy Ferre, Montserrat..............................................0,000 Sánchez Aguilar, José...............................................0,000 Trull Puigrós, Ramona..............................................0,000 Agència Catalana de l’Aigua................................. 155,790 Agència Catalana de l’Aigua....................................11,776
T 96,035 334,066 482,548 512,883 149,967 108,810 18,452 111,392 198,973 38,051
O camí
Camí Riu d’Agost
LA TORRE DE CLARAMUNT ANUNCIO del Ayuntamiento de La Torre de Claramunt, sobre aprobación inicial de una ordenanza municipal. Amb el present es fa públic que l’Ajuntament, mitjançant acord de Ple de data 25 d’abril de 2007, ha aprovat inicialment l’ordenança municipal de circulació i quadre de sancions, obrint un termini d’exposició al públic de la mateixa de 30 dies naturals des del de l’aparició del corresponent anunci al BOP o al DOGC (l’últim aparegut), per tal que els interessats la puguin consultar i, si s’escau, presentar les seves al·legacions, reclamacions o suggeriments. Cas de no ser presentada cap al·legació o reclamació la mateixa esdevindrà aprovada tàcitament de forma definitiva i es procedirà a la seva íntegra publicació per a la seva executivitat. La Torre de Claramunt, 26 d’abril de 2007 Lluís Colau Asensio Secretari PG-186149 (07.128.033) LA TORRE DE CLARAMUNT ANUNCIO del Ayuntamiento de La Torre de Claramunt, sobre aprobación inicial de un proyecto de obras. Amb el present es fa públic que l’Ajuntament, mitjançant acord de Ple de data 25 d’abril de 2007, ha aprovat inicialment el projecte d’obra municipal titulat construcció d’un col·lector
- Servitud de pas: S’estableix una franja de 2,00 ml d’amplada al llarg de la traça de la canonada i centrada en ella, la qual serà ocupable, una vegada finalitzades les obres, pel manteniment i, si s’escau, per a les reparacions posteriors. Cal tenir en compte que ja existeix una servitud actual al llarg de la canonada existent. En el tram final, l’amplada de la servitud és de 3 ml. - Ocupació temporal: S’estableix una franja de 4,00 a 10,00 metres d’amplada al ttoal del llarg del recorregut a més a més de la franja de servitud de pas. En determinats casos l’ocupació només afectarà a una banda del col·lector projectat i també s’estableix una zona d’acopi de materials.
de diversos carrers previst en el pressupost d’inversions de l’any 2007”, (AG6/O110/07/2), quedant definitivament aprovat en haver transcorregut el termini d’exposició pública sense produir-se cap al·legació .
El valor total de les afeccions ascendeix a 5.450,00.-€.
La qual cosa poso en general coneixement, indicant que l’esmentat acord és definitiu en via administrativa, podent-se interposar, potestativament, recurs de reposició davant l’Alcalde en el termini d’un mes o, directament recurs contenciós administratiu davant el jutjat contencios-administratiu de Tarragona, en el termini de dos mesos. Ambdós terminis comptats a partir del dia següent al de la publicació del present anunci al Butlletí Oficial de la Província, o al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, en el cas que aquesta sigui posterior.
La Torre de Claramunt, 7 de maig de 2007
Torredembarra, 24 d’abril de 2007
Lluís Colau Asensio Secretari
Manuel Jiménez Alés Alcalde
PG-186148 (07.128.032)
PG-186120 (07.128.025)
TORREDEMBARRA
TORREDEMBARRA
ANUNCIO del Ayuntamiento de Torredembarra, sobre aprobación de un proyecto de obras.
ANUNCIO del Ayuntamiento de Torredembarra, sobre rectificación de una errata.
La Junta de Govern Local de l’Ajuntament de Torredembarra, en sessió ordinària celebrada el dia 15 de febrer de 2007, va aprovar inicialment el “Projecte per l’execució del Pla d’asfalt
En data 2 i 7 de maig s’ha publicitat per errada l’anunci d’exposició del plec de clàusules administratives particulars que regiran el procediment obert, sota la forma de concurs,
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Núm. 4880 – 10.5.2007
CONSEJOS COMARCALES per la selecció d’un Pla de pensions d’ocupació sistema d’ocupació per als empleats públics de l’Ajuntament de Torredembarra, així com l’obertura de la licitació. Atès que es tracta d’una duplicitat l’Anunci que tindrà efectes a l’hora de comptar els terminis d’exposició pública del plec de clàusules administratives i de licitació serà el primer que es va publicar el passat 2 de maig. Torredembarra, 7 de maig de 2007 Manuel Jiménez Ales Alcalde
de publicació local i al tauler d’anuncis d’aquest Ajuntament, la amb el benentès que la licitació quedarà ajornada, quan resulti necessari, pel cas que es formulin reclamacions contra el plec de condicions..
MONTSIÀ
Quart.- Donar compte al Departament de Governació de la Generalitat de Catalunya, atès l’art. 40.1.c del Reglament de Patrimoni dels ens locals, Decret 336/1988 de 17 d’octubre, als efectes de control de legalitat de l’alienació de béns immobles.
El Ple del Consell Comarcal del Montsià, en sessió de data 26 d’abril de 2007, ha acordat l’aprovació inicial del Reglament Regulador del Procediment de Declaració de Festa Tradicional d’Interès Comarcal.
PG-186144 (07.128.042)
Cinquè.- Facultar a l’Il·ltre Sr. Alcalde per a la signatura de tots els documents necessaris per portar a terme aquesta alienació als licitadors que resultin adjudicataris.
VILALLONGA DE TER
Vilanova i la Geltrú, 2 de maig de 2007
EDICTO del Ayuntamiento de Vilallonga de Ter, sobre aprobación definitiva de un plan básico de emer gencia municipal.
Josep Gomariz Meseguer Secretari
El Ple de l’Ajuntament va aprovar inicialment en sessió ordinària celebrada el dia 26 de gener de 2007 Pla Bàsic d’Emergència Municipal de Vilallonga de Ter i a publicat l’anunci al BOP de Girona núm. 57 de data 21-03-2007 i al DOGC núm. 4839 de data 12-03-2007 amb exposició pública durant un període de trenta dies. Com que no s’han presentat al·legacions queda aprovat definitivament segons preveia l’acord d’aprovació, Vilallonga de Ter, 7 de maig de 2007 Paquita Pastoret i Busquets Alcaldessa PG-186110 (07.128.039) VILANOVA I LA GELTRÚ ANUNCIO del Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrú, sobre adopción de un acuerdo. La Junta de Govern Local en sessió ordinària de data 24 d’abril de 2007, va prendre, entre d’altres, l’acord següent: Primer.- Alienar mitjançant concurs públic, del 10% indivís de la parcel·la resultant 6 del Projecte de reparcel·lació del Pla Parcial del Sector Solicrup 3.5 Subsector 1 procedents del percentatge d’aprofitament urbanístic de cessió obligatòria i gratuïta. Segon.- Aprovar el Plec de Condicions econòmico-administratives que ha de regir aquest concurs públic, i sotmetre’l a informació pública per el termini de 20 dies convocant la mateixa mitjançant anunci al Butlletí Oficial d’aquesta Província, al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, a un diari de publicació local i al tauler d’anuncis d’aquest ajuntament. Tercer.- Convocar licitació simultània pel concurs públic des de la data de la seva publicació en el Butlletí Oficial de la Província, el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, un diari
PG-185863 (07.128.008)
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ANUNCIO del Consejo Comarcal de El Montsià, sobre aprobación inicial de un reglamento.
D’acord amb l’article 49 de la llei 7/1985, de 2 d’abril, reguladora de les bases de règim local, s’obre un termini d’informació pública de trenta dies als efectes de presentació de reclamacions i suggeriments. Durant aquest termini, l’expedient podrà ser consultat a les oficines del Consell Comarcal del Montsià, en horari de 9 a 14 hores, a les oficines del Consell Comarcal del Montsià, en horari de 9 a 14 hores, de dilluns a divendres, dies feiners. En cas de no presentar-se al·legacions, l’apro vació inicial es considerarà definitiva. Amposta, 3 de maig de 2007 Alfons Montserrat i Esteller President PG-186106 (07.128.038)
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Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
Núm. 4880 – 10.5.2007
OTROS ORGANISMOS
DIPUTACIONES TARRAGONA. BASE-GESTIÓN DE INGRESOS EDICTO de BASE-Gestión de Ingresos de la Diputa ción de Tarragona, sobre contratación de un suministro. El President de BASE Gestió d’Ingressos, Organisme Autònom de la Diputació de Tarragona, va aprovar, en data 3 de maig de 2007, el plec de clàusules administratives particulars que ha de regir el concurs públic per a contractar el subministrament de documents personalitzats per BASE-Gestió d’Ingressos. De conformitat amb allò que estableix l’art. 277 del text refós de la Llei municipal i de règim local de Catalunya, aprovat pel Decret Legislatiu 2/2003 de 28 d’abril, s’exposa al públic l’esmentat plec pel termini de vint dies, a la secretaria de l’organisme autònom, perquè es puguin formular reclamacions, que seran resoltes pel mateix òrgan de contractació. Així mateix s’anuncia el concurs, si bé la licitació s’ajornarà en el supòsit que es presentin reclamacions contra el plec regulador fins la seva resolució. Anunci de BASE - Gestió d’Ingressos, Organisme Autònom de la Diputació de Tarragona, sobre el concurs públic de subministrament de docu ments personalitzats per BASE. 1. ENTITAT ADJUDICADORA. a) Organisme: BASE - Gestió d’Ingressos. b) Dependència que tramita l ‘expedient: Departament de Contractació. c) Número d’expedient: 24/2007/S-C. 2. OBJECTE DEL CONTRACTE. a) Descripció: Subministrament de documents personalitzats per BASE. b) Número d’unitats a entregar: 600.000 unitats c) Divisió per lots i números: -. d) Lloc de lliurament: BASE - Gestió d’In gressos. e) Termini de lliurament: 7 dies a comptar des del dia següent a aquell que BASE trameti la informació per personalitzar els documents. 3. TRAMITACIÓ, PROCEDIMENT I FORMA D’ADJUDICACIÓ. a) Tramitació: ordinària. b) Procediment: obert. c) Forma: concurs. 4. PRESSUPOST BASE DE LICITACIÓ. Import total: 48.000,00 euros, IVA inclòs. 5. GARANTIA PROVISIONAL: 960,00 euros. 6. OBTENCIÓ DE DOCUMENTACIÓ I INFORMACIÓ. a) Entitat: BASE - Gestió d’Ingressos. b) Domicili: Rambla del President Lluís Companys, 12 . c) Localitat i codi postal: Tarragona 43005. d) Telèfon: 977 25 34 00 - 977 25 34 02. e) Telefax: 977 22 73 02. f) Data límit d’obtenció de documents i informació: 31 de maig de 2007.
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7. REQUISITS ESPECÍFICS DEL CONTRACTISTA. Solvència econòmica i financera i solvència tècnica i professional: S’indica a la clàusula quarta del plec de clàusules administratives particulars. 8. PRESENTACIÓ DE LES OFERTES. a) Data límit de presentació: 4 de juny de 2007, a les 13 hores. b) Documentació a presentar: s’indica a la clàusula desena del plec de clàusules administratives particulars. c) Lloc de presentació: 1. Entitat: BASE-Gestió d’Ingressos. 2. Domicili: Rambla del President Lluís Companys 12. 3. Localitat i codi postal: Tarragona. 43005. d) Termini durant el qual el licitador haurà de mantenir la seva oferta: 3 mesos. e) Admissió de variants: No s’admeten. 9. OBERTURA DE LES OFERTES. a) Entitat: BASE-Gestió d’Ingressos. b) Domicili: Col·legi d’advocats de Tarragona, carrer Enric d’Ossó,1 c) Localitat: Tarragona. d) Data : 12 de juny de 2007. e) Hora: 10.00 hores. 10. ALTRES INFORMACIONS. RECURSOS: Contra la present convocatòria, que és definitiva en la via administrativa, es pot interposar recurs contenciós administratiu davant del jutjat contenciós administratiu de Tarragona, en el termini de 2 mesos a comptar des del dia següent de la seva publicació. Alternativament i de forma potestativa, es pot interposar recurs de reposició davant del mateix òrgan que l’ha dictat, en el termini d’un mes a comptar des del dia següent de la seva publicació. 11. DESPESES D’ANUNCIS. A càrrec de l’adjudicatari fins a un import màxim de 1.000 euros. 12. DATA TRAMESA DE L’ANUNCI AL DIARI OFICIAL DE LA UNIÓ EUROPEA: -. 13. Pàgina Web on constin les informacions relatives a la convocatòria on es poden obtenir els plecs: http://www.base.cat Tarragona, 4 de maig de 2007 p.d.
Javier Bolinches Vizcaíno Secretari PG-185845 (07.127.010)
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FERROCARRIL METROPOLITÀ DE BARCELONA, SA ANUNCIO de Ferrocarril Metropolità de Barcelona, SA, sobre contratación de un servicio. Anunci d’un concurs, per procediment restringit, per a la contractació del servei de neteja i protecció antigraffitti de les estacions de la xarxa de metro, estacions i trens. 1. Entitat contractant: Ferrocarril Metropolità de Barcelona, Societat Anònima, NIF A08005795, amb domicili social al carrer 60, número 21-23, sector A, Polígon Industrial de la Zona Franca, Barcelona 08040, telèfon 93.2987000, fax 93.2987300. Servei d’Aprovisionaments. Número de expedient del concurs: 14297497. 2. Naturalesa del contracte: Serveis. 3. Lloc de prestació: Barcelona i Àrea Metropolitana. 5. Naturalesa del servei: a) Contractació dels serveis de neteja de graffitti, pintura i protecció de superfícies d’estacions i trens amb sistema HLG, LC o similar. b) S’admetran ofertes per a una o vàries unitats de contractació. 6. Variants: s’admetran segons el que estableix el Plec de Condicions Tècniques. 7. Inici i duració del contracte: 1 d’octubre de 2007. Durada 1 any prorrogable fins a un màxim de dos anys. 8. Forma jurídica en cas d’agrupació de contractistes: Les empreses interessades podran concórrer de forma individual o conjunta. En aquest darrer supòsit, podran constituir d’acord amb la legislació vigent una unió temporal d’empreses. 9. Data límit de recepció de les sol·licituds de participació: a les 13 hores del dia 1 de juny de 2007. a) Adreça a la que han d’enviar-se: s’hauran de presentar en sobre tancat i ser entregades al Servei d’Aprovisionaments (planta 2-N) en el domicili social de l’empresa contractant. El sobre haurà d’indicar: LICITACIONS, Expedient 14297497, Concurs: MANTENIMENT ANTIGRAFFITTI i el nom de l’empresa participant. b) Idioma en que s’han de redactar: Únicament s’acceptaran les escrites en català o cas tellà. 10. Fiances i garanties exigides: S’establirà una fiança definitiva del 4 % de l’import anual adjudicat. 11. Modalitats bàsiques de finançament i pa gament: Les condicions generals s’especificaran en el Plec de Condicions Generals, no obstant els oferents podran presentar aquelles propostes que estimin convenients. 12. Informació sobre la situació del contrac tista i condicions mínimes de caràcter econòmic i tècnic: Els licitadors adjuntaran a la sol·licitud de participació la següent documentació: a) Acreditació d’haver realitzat treballs de característiques similars als que constitueixen
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la prestació de serveis objecte d’aquesta convocatòria en els dos darrers anys (incloent-hi certificació de clients). b) Còpia dels comptes anuals i informe de gestió presentats en el Registre Mercantil en el darrer exercici, així como còpia dels informes d’auditoria externa. c) Acreditació del Registre Central d’Empreses Consultores i de Serveis, en la qual l’empresa concursant consti registrada en el Grup U, subgrup 1, categoria D . d) Detall de la seva estructura a Barcelona incloent-hi organigrama. Prèviament a la invitació, i exclusivament a aquelles empreses seleccionades tècnica i econòmicament, es requerirà una prova pràctica consistent en: Neteja d’una superfície grafitada a la xarxa de metro, protecció amb producte HLG, LC o similar (cristall líquid) de la mateixa una vegada neta i posterior retirada d’un nou graffiti a la superfície protegida. Aquesta prova s’efectuarà en horari nocturn, a l’estació/tren i data que s’indiqui, La superfície a tractar serà d’aproximadament uns 15 metres quadrats. La prova haurà d’incloure també la protecció o retirada i nova col·locació d’aquells elements de l’estació que l’aplicació del tractament puguin danyar, embrutar, etc. (escales mecàniques, senyalització, publicitat, etc.). La mateixa prova serà realitzada en diferents superfícies que es facilitaran a les empreses. Aquestes proves no tindran cap cost per a Metro. Únicament les empreses que superin les fases anteriors seran convidades a participar en el concurs. 13. Criteris d’adjudicació: S’establiran al Plec de Condicions Particulars. 14. Informació complementària: 1. Sobre aspectes tècnics: Sr. Josep Verdeny, Responsable de Neteja i Imatge. Telèfon 93.2987228. 2. Sobre aspectes generales: Sr. Enric Meler, Cap d’Aprovisionaments i Licitacions, Telèfon 93.2987101. Les despeses ocasionades per la publicació de tots els anuncis relacionats amb aquesta licitació correran a càrrec de l’adjudicatari o adjudicataris, repartint-se en aquest cas proporcionalment a l’import adjudicat. 15. Data d’enviament de l’anunci: 7 de maig de 2007. 16. Data de recepció de l’anunci: 7 de maig de 2007. Barcelona, 7 de maig de 2007 Josep Maria Llimós Arrese Director del Servei d’Aprovisionaments i Logística PG-186152 (07.128.028) FERROCARRIL METROPOLITÀ DE BARCELONA, SA ANUNCIO del Ferrocarril Metropolità de Barcelona, SA, sobre contratación de un servicio. Anunci d’un concurs, per procediment restringit, per a la contractació del servei de reparació
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i manteniment antiscratch dels vidres de les estacions de la xarxa de metro. 1. Entitat contractant: Ferrocarril Metro polità de Barcelona, Societat Anònima, NIF A08005795, amb domicili social al carrer 60, número 21-23, sector A, Polígon Industrial de la Zona Franca, Barcelona 08040, telèfon 93.2987000, fax 93.2987300. Servei d’Aprovisionaments. Número de expedient del concurs: 14297448 2. Naturalesa del contracte: Serveis. 3. Lloc de prestació: Barcelona i Àrea Metropolitana. 5. Naturalesa del servei: a) Contractació dels serveis de reparació i manteniment antiscratch dels vidres de les estacions de la xarxa de Metro, en cinc unitats de contractació. b) S’admetran ofertes per a una o vàries unitats de contractació. 6. Variants: s’admetran segons el que estableix el Plec de Condicions Tècniques. 7. Inici i duració del contracte: setembre de 2007. Durada 1 any prorrogable fins a un màxim de dos anys. 8. Forma jurídica en cas d’agrupació de contractistes: Les empreses interessades podran concórrer de forma individual o conjunta. En aquest darrer supòsit, podran constituir d’acord amb la legislació vigent una unió temporal d’empreses. 9. Data límit de recepció de les sol·licituds de participació: a les 13 hores del dia 1 de juny de 2007. a) Adreça a la que han d’enviar-se: s’hauran de presentar en sobre tancat i ser entregades al Servei d’Aprovisionaments (planta 2-N) en el domicili social de l’empresa contractant. El sobre haurà d’indicar: LICITACIONS, Expedient 14297448, Concurs: MANTENIMENT ANTISCRATCH i el nom de l’empresa participant. b) Idioma en que s’han de redactar: Única ment s’acceptaran les escrites en català o castellà. 10. Fiances i garanties exigides: S’establirà una fiança definitiva del 4 % de l’import anual adjudicat. 11. Modalitats bàsiques de finançament i pa gament: Les condicions generals s’especificaran en el Plec de Condicions Generals, no obstant els oferents podran presentar aquelles propostes que estimin convenients. 12. Informació sobre la situació del contrac tista i condicions mínimes de caràcter econòmic i tècnic: Els licitadors adjuntaran a la sol·licitud de participació la següent documentació: a) Acreditació d’haver realitzat treballs de característiques similars als que constitueixen la prestació de serveis objecte d’aquesta convocatòria en els dos darrers anys (incloent-hi certificació de clients). b) Còpia dels comptes anuals i informe de gestió presentats en el Registre Mercantil en el darrer exercici, així como còpia dels informes d’auditoria externa. c) Detall de la seva estructura a Barcelona incloent-hi organigrama.
Prèviament a la invitació, i exclusivament a aquelles empreses seleccionades tècnica i econòmicament, es requerirà una prova pràctica consistent en: Neteja, polit i protecció mitjançant làmina antivandàlica d’una superfície vidrada, interior o exterior, de la xarxa de Metro. Aquesta prova s’efectuarà en horari nocturn, a l’estació i data que s’indiqui, la superfície a tractar serà d’aproximadament uns 15 metres quadrats. Aquestes proves no tindran cost algun per a Metro. Únicament les empreses que superin les fases anteriors seran convidades a participar en el concurs. 13. Criteris d’adjudicació: S’establiran al Plec de Condicions Particulars. 14. Informació complementària: 1. Sobre aspectes tècnics: Sr. Josep Verdeny, Responsable de Neteja i Imatge. Telèfon 93.2987228. 2. Sobre aspectes generales: Sr. Enric Meler, Cap d’Aprovisionaments i Licitacions, Telèfon 93.2987101. Les despeses ocasionades per la publicació de tots els anuncis relacionats amb aquesta licitació correran a càrrec de l’adjudicatari o adjudicataris, repartint-se en aquest cas proporcionalment a l’import adjudicat. 15. Data d’enviament de l’anunci: 7 de maig de 2007. 16. Data de recepció de l’anunci: 7 de maig de 2007. Barcelona, 7 de maig de 2007 Josep Maria Llimós Arrese Director del Servei d’Aprovisionaments i Logística PG-186151 (07.128.036)
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DOGC 4880 – 10.5.2007
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA EDICTO de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, sobre interposición de un recurso contencioso administrativo (exp.150/2007) . El Secretario de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, HACE SABER: Que por INSTITUT AGRÍCOLA CATALÀ DE SANT ISIDRE se ha interpuesto recurso contencioso administrativo al cual le ha correspondido el número 150/2007, contra el Decreto 5/2007, de 27 de febrero, mediante el cual se regula el contrato global de explotación, publicado en el DOGC nº 4832 de 1 de marzo de 2007 . Lo que se hace público a los efectos preceptuados en el artículo 47 de la Ley reguladora de esta Jurisdicción. Sirviendo la publicación del presente edicto de emplazamiento a las personas a cuyo favor deriven derechos del propio acto administrativo recurrido, y así mismo, a las que puedan tener interés directo, profesional o económico en el asunto, para que si lo desean puedan personarse en legal forma en las presentes actuaciones hasta el momento en que hayan de ser emplazados para contestar la demanda. Barcelona, a veintiseis de abril de dos mil siete . Barcelona, 26 de abril de 2007 El secretario, firma ilegible PG-185634 (07.123.002)
Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona; recurso que habrá de presentarse en este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación. Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de Sentencias de este Juzgado. Y para que sirva de notificación al demandado en ignorado paradero libro el presente. Barcelona, 27 de marzo de 2007 La secretaria judicial, firma ilegible PG-184715 (07.117.119) EDICTO del Juzgado Mercantil núm. 6 de Barcelona, sobre autos de juicio verbal (exp. 1017/2006). Dº. Urbano Alvarez Peralvarez Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 6 Barcelona (ant.CI-58) HAGO SABER: Que en este Juzgado se tramitan bajo núm. 1017/2006 actuaciones de Juicio verbal (desahucio por falta de pago) a instancia de JOCAMA,S. L representado por la Procuradora Sra. INMACULADA LASALA BUXERES contra OINATAN, S.L en los que en resolución dictada el dia de la fecha se ha acordado notificar por edictos a OINATAN, S.L por ignorarse su paradero, la sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente: SENTENCIA Nº38/07
juZGADOS mercantilEs EDICTO del Juzgado Mercantil núm. 3 de Barcelona, sobre autos de procedimiento ordinario (exp. 37/2005). Dña. M. Aránzazu Alameda López Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 3 Barcelona HAGO SABER: Que en este Juzgado se tramitan bajo núm. 37/2005-D2 actuaciones de Procedimiento ordinario a instancia de SMC ESPAÑA, S.A., OXISERVI, S.L. y RECAM LASER, S.L. representado por el Procurador/a Sra. CARLOTA PASCUET SOLER contra JOSEP GARRIGA FARRAS sobre en los que en resolución dictada el dia de la fecha se ha acordado notificar por edictos a JOSEP GARRIGA FARRAS por ignorarse su paradero, la sentencia dictada en fecha 27 de marzo de 2007 cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Estimando la demanda interpuesta por la representación en autos de las entidades mercantiles SMC ESPAÑA S.A., OXISERVEI S.L. Y RECAM LASER S.L. se condena a don Josep GARRIGA FARRAS al pago de 47.584’16 euros ((35.086’66 euros a SMC ESPAÑA, 8.131’52 euros a RECAM LASER, 4.365’98 euros), intereses devengados desde la fecha de interposición de la demanda y las costas.
MAGISTRADO JUEZ QUE LA DICTA: D/Dª FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ ÁLVAREZ Lugar: Barcelona Fecha: 21 de febrero de 2007 PARTE DEMANDANTE: JOCAMA,S.L Abogado: JOSE MANUEL CORRAL SOLA Procurador: INMACULADA LASALA BUXERES PARTE DEMANDADA OINATAN, S.L OBJETO DEL JUICIO: Juicio Verbal: desahucio. FALLO ESTIMAR la demanda en todas sus partes y, en consecuencia: 1º.- DECLARAR RESUELTO el contrato de arrendamiento suscrito en fecha 2 de enero de 2003, entre la demandada OINATAN, S.L y JOCAMA,S.L y cuyo objeto era el alquiler de la finca situada en Barcelona, Escorial nº 11-13, tienda segunda B. 2º.- CONDENAR a OINATAN, S.L a estar y pasar por tal declaración, debiendo desalojar la finca antes referida dentro del plazo legal, pudiendo ser lanzada de la misma en caso contrario.
3º.- CONDENAR a la parte demandada a abonar al actor las costas que se hubieran causado por el seguimiento de este proceso. MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de Barcelona que deberá prepararse ante este Juzgado por término de CINCO DIAS a partir de su notificación; si bien no se admitirá a la parte demandada el recurso si, al prepararlo, no manifiesta, acreditándolo por escrito, tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas (art. 449.1 LEC). Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la dictó, estando el mismo celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Secretario Judicial doy fe, en Barcelona, a veintiuno de febrero de dos mil siete. Y para que sirva de notificación al demandado a OINATAN, S.L en ignorado paradero libro el presente. Barcelona, 16 de abril de 2007 El secretario judicial, firma ilegible PG-184536 (07.120.068) EDICTO del Juzgado Mercantil núm. 4 de Barcelona, sobre procedimiento ordinario (exp. 634/2005). D. Antonio Cidraque Arias, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil nº 4 de Barcelona HAGO SABER: Que en este Juzgado se tramita Procedimiento ordinario, bajo el Número 634/2005-X, a instancia de TEXTIL ARVIVA S.L. representado por el Procurador Sr. ILDEFONSO LAGO PEREZ y asistido del letrado Sr. CARLOS GONZÁLEZ RECIO, contra TABUENO S.L y ANTONIO FERNANDEZ CERVANTES, sobre reclamación de cantidad y declaración de responsabilidad del administrador, en los que en resolución dictada el día de la fecha se ha acordado notificar por edictos a TABUENO S.L y ANTONIO FERNANDEZ CERVANTES por desconocer su actual domicilio o residencia, la sentencia de fecha 8 de febrero de 2007, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: FALLO : Estimar la demanda, y condenar a TABUENO S.L. y ANTONIO FERNÁNDEZ CERVANTES, a pagar al actor solidariamente la suma de 16.555’65 euros, más los intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda, así como al pago de las costas procesales. Firmado, D. Luis Rodríguez Vega, Magistrado-Juez. Y para que sirva de notificación a los demandados antes reseñados, libro el presente. Barcelona, 27 de marzo de 2007 El secretario judicial, firma ilegible PG-184699 (07.117.121)
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Calendario de las ferias que se celebran en Cataluña durante el año 2007. Recoge 412 actividades feriales, tanto de los ámbitos local y comarcal como de los ámbitos estatal e internacional. Textos en catalán, en castellano y en inglés.