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DIGNIDAD HUMANA Y CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991. Si la pobreza no constituye un vicio, la miseria sí lo es. Es posible ser pobre y conservar la propia dignidad, pero si uno llega a la indigencia, ¡Adiós dignidad!. MARMELADOV, en Crimen y castigo. INTRODUCCIÓN: Angelo Papacchini en su libro Derecho a la Vida, publicado por la Universidad del Valle, nos consagra el sentido que le dan los individuos a la vida, como un valor básico y como el soporte material del goce de los demás derechos. Dicho autor sostiene que la vida es el derecho básico, estrechamente vinculado con el respeto debido a todo ser; por esto mismo se torna inviolable e imprescriptible, abarcando solamente el derecho a la seguridad frente a la violencia, sino también el derecho a los medios de subsistencia y a la necesidad de las satisfacciones básicas. Por otro lado, a pesar del reconocimiento más generalizado de los derechos humanos como un código universal de conducta y criterio de legitimación de las instituciones políticas, existen desacuerdos sustanciales acerca de su naturaleza, al igual que acerca de la conformación de la lista de los derechos fundamentales y el alcance de cada uno de ellos. La virulencia de los debates y la distancia siempre mayor entre los partidos enfrentados, ponen de manifiesto que el consenso universal al que apelan autores como Bobbio o Rorty para legitimar los derechos humanos y desechar como una cuestión metafísica ya obsoleta el problema relativo a su fundamentación, es una ficción más que una realidad. Nada mejor que el derecho a la vida para ilustrar la mordacidad de estos enfrentamientos teóricos, que tienen a su vez serias implicaciones prácticas. Si bien muy pocos ponen en entredicho su status de derecho fundamental, las divergencias son radicales a la hora de precisar su valor relativo frente a otros derechos en competencia, o para dirimir cuestiones controvertidas relacionadas con su esfera de aplicación. Para algunos pensadores inscritos en la tradición socialdemócrata el derecho a la vida incluye el derecho a los medios de subsistencia y a una vida digna, al mismo, que para los denominados libertarios las exigencias contenidas en él, deberían limitarse a cierta seguridad mínima frente a la violencia externa. Para muchos autores liberales el derecho a la vida debería incluir la posibilidad para cada individuo de disponer de su existencia. En cuanto condición material de posibilidad de todos los demás derechos, se presentan − hasta el extremo de poder decidir acerca del momento más oportuno para poner término a su existencia −, una opción duramente cuestionada por quienes creen que la vida es un don de Dios, indisponible para la persona ; la práctica del aborto desata a su vez encadenados debates y auténticas guerras de religión entre los movimientos en defensa de la sacralidad de la vida y quienes, por el contrario, privilegian el derecho de la mujer a la autodeterminación en cuestiones reproductivas; para no mencionar los debates recurrentes acerca de la legitimidad de dos instituciones − la pena capital y la guerra − aparentemente incompatibles con el carácter presuntamente inviolable del derecho a la vida. Cabe anotar que el consenso universal acerca del derecho a la vida consagrado en la Declaración Universal de la ONU, no aporta mayores elementos para resolver controversias ligadas con la aplicación concreta de este derecho. Frente a los múltiples conflictos acerca del derecho a la vida, creemos que la única alternativa es el recurso a la argumentación racional o razonable acerca del sentido, la razón de ser la justificación moral de este derecho. Para esto consideramos necesario, esbozar un modelo de fundamentación que compartimos con Kant y los 1
neokantianos la importancia atribuida a este valor, pero diferimos en cuanto a su justificación. La dinámica del reconocimiento permite, a nuestro juicio, una explicación razonable de la obligación de respetar la humanidad del otro, sin necesidad de apelar a un imperativo categórico histórico, asumido como un simple "hecho de la razón: la progresiva toma de conciencia de los caminos sin salida y de las contradicciones en que se pierde una voluntad unilateral de dominación, constituye una estrategia más apropiada para sustentar el imperativo de la no violencia y el respeto por la vida y la libertad. Consideramos importante añadirle al anterior párrafo, lo que el pensador ARISTÓTELES enseña a su hijo, en su reconocido libro Ética Nicomaquea, la dignidad está vinculada efectivamente al axioma a través de la connotación de valor, pero entendiendo el valor en un sentido sui géneris, muy diferente del que usualmente trajinamos. El valor que el término dignidad connota nos remite a algo carente de equivalente, y por consiguiente no susceptible de racional intercambio. La dignidad es lo más valioso para el ser humano; es el principio más firme respecto al cual es imposible engañarse; puesto que si algún ser social no lo experimentara como propio, entonces su palabra quedaría decapitada, su decir mismo carecería de sentido. Del hecho de que exista un orden de naturaleza se sigue que existe una inteligencia superior, un Dios supremo; y del hecho de que exista un Dios supremo que pone orden a todo cuanto existe; se sigue necesariamente que la existencia del hombre es positiva. En efecto, así como concibe Rousseau, el hombre hace parte de un orden universal y está llamado a seguir preservando dicho orden, habrá de aceptarse necesariamente que el ser humano posee en su misma esencia la capacidad de conservar el orden. Dicha capacidad o principio básico de preservación de la armonía, puede decirse que es la bondad, y se puede catalogar filosóficamente como antecesora del principio de legalidad. Lo que causo, que un ciudadano X interpusiera la tutela T−271/95, fue la vulneración de su derecho a la salud, derecho a la vida y derecho a la igualdad. Este se encuentra afiliado al Instituto Seguro Social (ISS), recibe un tratamiento. El medico del ISS le recomienda el uso de antirretrovirales, pero tiene que asumir los costos de dicho medicamento por su propia cuenta, lo cual resulta difícil para el, porque no cuenta con la solvencia económica para suministrarse dichos medicamentos y cada día ve el deterioró de de su salud. También argumenta que el ISS invierte en otros medicamentos que son paliativos. El ISS no tiene dicha droga, dentro de su lista de medicamentos, además agrega que se tiene que regir por el principio de legalidad. De un Estado debe observarse el principio de jerarquía normativa: así, una ley no puede oponerse a lo que dice la constitución, entendida ésta como ley suprema, ni un reglamento debe contradecir lo que dispone una ley, por tener ésta un rango superior. Las entidades de seguridad social se rigen por leyes y reglamentaciones que deben acatar a su integridad. Es función del CNSSS actualizar los contenidos del Plan Obligatorio de Salud, de acuerdo con los cambios en la estructura demográfica de la población, el perfil epidemiológico nacional, la tecnología apropiada disponible en el país las condiciones financieras del sistema. Como dice Sandra Paola Moreno Florez, en el epilogo del el principio de legalidad y no discriminación a la luz de la jurisprudencia de la corte constitucional colombiana Parecería paradójico hablar de igualdad, no discriminación, justicia,
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democracia, pluralismo, paz y libertad en un país con la situación actual de Colombia. No obstante, tal cual se ha podido comprobar a lo largo de estas líneas, al más puro estilo colombiano y por más que parezca una increíble y triste historia, lo cierto es que en materia de igualdad y no discriminación, a la luz de la jurisprudencia de la Corte Constitucional Colombiana, se ha empezado a avanzar y no precisamente con pausas. Con la siguiente disertación buscamos darle razón al ISS, al no suministrarle los antirretrovirales al ciudadano X, Dando prioridad a otra clase de enfermos los cuales pueden tener una posibilidad de vivir en unos estándares mejores de calidad de vida y ser más aportantes para el país en materia económica, sin desconocer que Colombia es un estado social derecho y que el ser humano por más decadente y putrefacto que se encuentre, tiene el derecho de aferrarse a las posibilidades más efímeras que este tenga para continuar viviendo, puesto que el derecho a la salud es fundamental y esta estrechamente ligado con el derecho a la vida, consignado en nuestra carta constitucional y en los tratados internacionales. (En muchos de los casos, tratamos de tapar el sol con un dedo al querer prolongarle la vida a los enfermos termínales, sabiendo que se pude tratar otros tipos de enfermedad que si tienen cura por el momento, deberíamos tener presente que el ser humano necesita mantener ciertos niveles de salud para sobrevivir y desempeñarse, de modo que, cuando la presencia de enfermedades incurables y mortales afecta esos niveles, poniendo en peligro la propia subsistencia, resulta valido pensar que el enfermo esta destinado a abandonarse a la fatalidad, debido a la decadencia de su estado de salud.) −El anterior párrafo, es una opinión del grupo, lo cual no quiere decir que se desconozca que la dignidad humana incluye también a los enfermos terminales.− Con la presente disertación, pretendemos en la primera parte hablar sobre los portadores activos e inactivos de VIH y su papel dentro de una sociedad que tiende a marginarlos por pestilentes y decadentes cuando su enfermedad esta en alto grado de avance. En la segunda parte ya evaluado la situación de dichas personas, pretendemos evaluar, la posibilidad de prolongación de la vida de un ser que yace y padece diariamente o si es mejor brindarle el derecho a una muerte digna por medio de la controvertida eutanasia. Primera Parte. ¿Son los portadores activos e inactivos de VIH, los culpables de su enfermedad o son producto de la desigualdad social? Dignidad es gramaticalmente un término abstracto que viene a sustantivar un adjetivo previo (digno). El uso más antiguo, por tanto, no atribuía una dignidad igual todos los humanos. La dignidad era un predicado accidental, sobrevenido, que separaba a algunos respecto a los demás y los ponía por encima de ellos. El digno dotado de dignidad era excelente (aristós) o virtuoso y por ello merecía respeto... En nuestra actualidad para nadie es un secreto, que los medios de comunicación brinda diversas formas de prevención del (VIH) Sida. Esta enfermedad se puede adquirir por vía sexual y por diversas formas, siempre y cuando se de un contacto celular, por vía sexual es muy fácil prevenirla, el método más común se adquiere por una cantidad mínima de dinero este es el preservativo, consideramos que cuando se adquiere esta enfermedad por este forma, el culpable directamente es la persona, puesto que no es consiente del medio en el que vive, 3
donde la amenaza en el área globalizada ya no es la sífilis si no el VIH. Después vienen los problemas, gastos altos para los que contraen la enfermedad, como para las entidades de salud, que tienen que brindar los medios parar cobijar a los portadores. Consideramos que el sida, en un país subdesarrollado que no cuenta con los recursos económicos para subsidiar a dichos enfermos es una desgracia más, puesto que el hambre, la miseria, la discordia social imperan dentro de su ordenamiento jurídico y económico. Los enfermos de sida en nuestro país según las estadísticas encontradas en la pagina de internet del ministerio de salud cada vez son más, la iglesia no colabora, vemos como su representante mayor, el papa Juan Pablo II viaja por el África negra desvastada por el sida, predicando contra el uso del condón, vivimos en una especie de neo−oscurantismo y nuestra situación cada vez se hace menos ajena a la del África negra desvastada por esta enfermedad. La crisis, por la que atraviesa el sector de la salud, lo que representa para al país un enorme flagelo en la salud publica la cual se ve representada con los evidentes cierres de hospitales, sumándole el invento paulatino para subsidiar la salud, con el sisben. En la sentencia T−327/02, donde el accionante, que es beneficiario del sisben interpone una acción de tutela, contra el hospital Universitario Federico Lleras Acosta por no suministrarle antirretrovirales, y cuya respuesta del hospital fue que ellos prestan un servicio al Estado, por tal motivo esa droga no esta en el acuerdo que se establece con el ministerio de salud, encargado de suministrar y regular los medicamentos. En este sentido el causante anteriormente citado, decide entutelar a la Secretaria de Salud del departamento de Tolima, con el objetivo que el Estado haga valer su derecho a la salud estrechamente ligado con el derecho a la vida y consignado en nuestra carta constitucional como derecho fundamental, como este caso son comunes muchos más a los que se ve enfrentado el Estado y el sector de la salud. Si traemos a colación, el primer articulo de la constitución donde se describe los aspectos fundamentales de la nación Colombiana, nos damos cuenta que Colombia es un Estado social de derecho y para no desviarnos del tema central de nuestra disertación, basándonos en esta descripción que aparece en nuestra Carta Constitucional, nos parece pertinente citar el siguiente ejemplo, dado por Gloria Estela de la Cruz, trabajadora social del centro de protección social del ICBF Medellín, encargada de la fundación EUDES: • En lo que lleva del año, en Medellín 12 niños se encuentran bajo la protección y el amparo de la fundación EUDES, estos fueron remitidos por el ICBF, debido a que sus padres estaban muertos y ningún familiar quiso hacerse responsable de sus gastos, estos niños se encuentran en tratamiento y tiene derecho a toda la droga que necesiten, la cual se la suministra el ministerio de la protección social, hasta los 18 años, de este monto de enfermos terminales a perecido 1. En nuestra opinión, al igual que la Directora General del Banco Mundial, Mamphela Rambphele, la cual expresó categóricamente en julio 1 de 2003 en la capital de Lesotho: Nuestro sueño es un mundo libre de pobreza. Pero ahora sabemos que sólo hasta cuando el mundo se encuentre libre del SIDA, esa misión permanecerá siendo únicamente un sueño. Parodiando el título del discurso de la doctora Rammphele: VIH/SIDA: Convertir la adversidad en oportunidad, se podría decir que las agencias del capital internacional han encontrado en la adversidad de la tragedia del SIDA, la oportunidad para culpar a la epidemia de la pobreza que sus políticas han causado. Y peor aún, pretenden condenar a las naciones empobrecidas a posponer cualquier esperanza de recuperación económica hasta cuando el SIDA desaparezca del planeta. La frase de la Directora General no es un pronunciamiento aislado. Por el contrario, en los documentos del Banco Mundial ésta es una idea en la que se venía insistiendo: Todavía no es claro si la pobreza incrementa las probabilidades de infección con el VIH. Sin embargo, hay fuerte evidencia de que el VIH/SIDA empeora la pobreza.
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El SIDA como causa de la pobreza y de la ignorancia, las peores pestes de nuestro tiempo en un trípode, es también la posición defendida por el gobierno de Washington. El secretario de Salud de Estados Unidos Tommy Thompson, afirmó recientemente: Infortunadamente, la pobreza es un síntoma común del SIDA. En nuestra opinión seria mas valido, invertir en el hambre de nuestro país, con restaurantes escolares o comunitarios, o en invertir en mas recursos para mejorar el sector de la salud, que en unos medicamentos los cuales prolongaran vidas innecesarias de gente que debido a su estado de salud se convierten en seres inaportantes, y la muerte se evitaran, vale la pena agregar que el seguro social ha sido pionero en la atención a los enfermos de sida, a través de un programa especializado de Prevención y Control de tales flagelos y que no en vano atienden el 50% de las población afectada con estas endemias. Segunda Parte ¿Vale la pena prolongar la vida de un Ser Humano, cuyo estado de salud es decadente o es mejor brindarle el derecho a una muerte digna? Esta parte esta fundamentada en un estudio, que pretende conocer el concepto con relación a la eutanasia de los médicos colombianos que trabajan con pacientes terminales de cáncer y síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA). Por trabajar con personas en estado terminal de la enfermedad, considerando que este tipo de profesionales se ven enfrentados, a diario con la muerte de sus pacientes y con la solicitud de eutanasia por parte de estos o de sus familiares. Trata además de ver qué tan frecuente es la solicitud de eutanasia en Colombia y qué reacción desata en el médico su solicitud. Esta investigación se realizó en 1997 en Colombia a través de encuestas de opinión efectuadas en junio durante el VII Congreso Nacional de Dolor en Cartagena, Colombia, y durante el III Simposio Nacional sobre Dolor Agudo, Crónico y Atención de Pacientes con Cáncer Terminal en Cali en septiembre y a través de encuestas enviadas por correo aéreo a todas las ciudades capitales. Se encontró que la mayoría de los médicos que trabajan con pacientes terminales son anestesiólogos, que 50% de los profesionales ha recibido al menos una vez la solicitud de eutanasia y que la solicitud se hace generalmente por parte del paciente con o sin consentimiento de sus familiares; 40% de los médicos está dispuesto a realizar la eutanasia si el paciente se lo solicita y está sufriendo; 83% de los encuestados eran católicos; de estos, 8% aceptó haber realizado la eutanasia activa mientras que 30% la eutanasia pasiva. Entre las ciudades de Bogotá, Cali, Medellín y Cartagena se concentró 74% de los encuestados. Bogotá se caracterizó por ser la más conservadora en cuanto a la realización de eutanasia por parte de sus médicos y en cuanto a la solicitud de eutanasia por parte de sus pacientes. Etimológicamente la palabra eutanasia viene del griego eu (bien) y thanatos (muerte) y significa buena muerte, muerte apacible, sin sufrimiento; trae implícito el hecho de que se toma una conducta con el fin de lograr la muerte para evitar que continúe el sufrimiento, por piedad, sin intereses mezquinos o económicos. La Asociación Médica Mundial la define como "el acto deliberado de dar fin a la vida de un paciente, ya sea por su propio requerimiento o a petición de sus familiares". También se define como toda actuación cuyo objetivo es causar la muerte a un ser humano para evitarle sufrimientos, bien a petición de éste, bien por considerar que su vida carece de la calidad mínima para que merezca el calificativo de digna; el objetivo buscado debe ser la muerte. Existen dos grandes tendencias: la de los defensores, que consideran la eutanasia como un fin digno para los enfermos terminales que sufren grandes y largas agonías. Parten de la consideración de que se debe poner fin a los sufrimientos atroces, especialmente cuando la muerte es inevitable, toda vez que pese a aceptar que la vida puede girar a través de una concepción teocéntrica, consideran que la vida es patrimonio exclusivo de cada individuo y que puede disponer de ella; se erige como un derecho del hombre. No se presenta la eutanasia como una eliminación de la vida sino como una ayuda al bien morir; parte de la consideración de que el hombre tiene derecho a una muerte digna.
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Si bien es cierto que se acepta la existencia de un ser superior, creador de todos los seres, no es menos que fundamentan en la fe una ayuda eficaz para resistir e incluso superar el miedo a la muerte. Los opositores afirman que la eutanasia no pasa de ser una salida fácil, cobarde y peligrosa ante una situación de sufrimiento. La consideran como una falta grave del deber de respetar la vida humana. Desde la perspectiva judeocristiana es un pecado grave contra el quinto mandamiento. Es un homicidio si se realiza sin consentimiento del paciente y homicidio−suicidio si se lleva a cabo a petición del paciente. Uno de los principios fundamentales de la ley natural y cristiana, es que el hombre no es señor y propietario sino administrador del propio cuerpo y de la propia existencia. Se critica la ideología de la calidad de vida al partir de la consideración de que en muchos casos todo lo esencial de la calidad de vida se reduce a la comodidad, a un aumento de la cantidad, y a estimar que los contenidos de una calidad de vida son superiores a la vida misma: una vida de escasa calidad no merece ser vivida. Agregan los opositores a la eutanasia que la medida de esa calidad es meramente hedonista y utilitarista. La calidad de vida es materia de discusión en cualquier sociedad a la que pertenece el sujeto, esto es, dada la constitución biológica o psiconeural de los seres humanos puede variar justamente con el tipo de comunidad o momento histórico que pone de presente el móvil altruista para defender o no la eutanasia. Los indicadores sociales de la calidad de la vida son cambiantes en la sociedad contemporánea; por ejemplo, pueden servir para ella, pero no para otras anteriores o posteriores. El pronunciamiento de la Corte Constitucional expresado a través de la sentencia T del 20 de mayo de 1997, sirvió de marco a la realización de este trabajo. Realmente el diseño del instrumento para la recolección de información se realizó con anterioridad, pero la información se comenzó a recolectar unos días después. Dicho pronunciamiento no significa dar vía libre a la eutanasia en Colombia; es la revisión de la pena lo que se definió en el fondo; la sentencia lo que hizo fue aprobar la no−sanción penal al médico que ayude a morir un enfermo terminal declarado incurable que hubiese dado su consentimiento. Es difícil saber si las respuestas hubieran sido diferentes antes del pronunciamiento de la corte; de todos modos la encuesta se mantuvo inmodificable. Se ha especulado mucho, principalmente durante los últimos meses, con relación al pronunciamiento de la corte constitucional sobre la despenalización de la eutanasia en Colombia. Se comenta que los legisladores no tuvieron en cuenta los criterios de los médicos ni de los pacientes antes de aprobar las leyes que los involucran y afectan en forma directa o indirecta. Esta disertación pretende recoger de manera directa, por un lado la forma de pensar y de actuar de los médicos colombianos (MDCS) que trabajan con pacientes terminales (PT) de cáncer y SIDA, y de una forma indirecta el pensar y el sentir de los pacientes y de sus familiares. Bibliografías • Sentencia de tutela T− 271/95. • Sentencia de tutela T− 327/02. • Constitución Política de Colombia. Derechos fundamentales, acción de tutela. • Derecho y dignidad; Ensayos de Filosofía Política. Pág.:32; Numas Armando Gil Oliveira. • Revista Legislación Bogota−Colombia julio 30/02 Nº 1195 Pág. 48 a 81: se encuentra actualización del manual de medicamentos del ISS. • Compendio de Derecho Constitucional, II tomo. Grupo Leyer, Jorge Pérez Villa: Constitución y 6
principio de legalidad, Pág. 102 a 103. • Art. 162 de la Ley 100 de 1993 iniciso 2. Se recomienda leer a Bobbio. Se recomienda leer a Rorty. Se recomienda leer a: J.Locke Se recomiendo leer a J.J. Rousseau. Derecho a la intimidad, Constitución Política de Colombia; Art.:15 Acción de tutela, Constitución Política de Colombia; Art.:86 Derechos fundamentales, Constitución Política de Colombia,;Art.: 11,13 Se recomienda leer, Revista legislación Bogota−Colombia julio 30/02 Nº 1195 Pág. 48 a 81., se encuentra actualización del manual de medicamentos del ISS. Compendio de derecho constitucional, II tomo, grupo editorial leyer, Jorge Pérez Villa: constitución y principio de legalidad, Pág. 102, 103. Art. 162 de la ley 100 de 1993 inciso 2. Sentencia T−271/95 Derecho y Dignidad; Ensayos de Filosofía política; Pág.:32; Numas Armando Gil Oliveria. Consideramos que es la persona, que no tiene una conciencia previa de cuidado y aseo con su cuerpo, permitiendo entablar una relación sexual con una persona sin tener un cuidado previo, desconociendo que en el mundo donde vive reina la promiscuidad y que los medios han avanzado para prevenir enfermedades de trasmisión sexual, con la elaboración del condón o preservativo. Según las estadísticas del ministerio de la protección social, el método más efectivo para la prevención de esta enfermedad es el condón. SE RECOMIENDA VISITAR: www.ministeriodeprotecciónsocial.gov.co. Se recomienda visitar la pagina de internet del ministerio de protección social, consultar estadísticas de enfermos de VIH, Consideramos importante agregar el dato que el Dep. del Valle es el departamento donde más se incremento el virus en el último trimestre del año pasado.
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