DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO

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EL CONOCIMIENTO UNIVERSIDAD DE SEVILLA DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA ELECTRÓNICA
Joaquín Luque Rodríguez EL CONOCIMIENTO UNIVERSIDAD DE SEVILLA DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA ELECTRÓNICA Joaquín Luque Rodríguez EL CONOCIMIENTO Un

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Núm. 6868 - 11.5.2015 CVE-DOGC-B-15127044-2015

DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO ORDEN ECO/124/2015, de 27 de abril, por la que se establecen el procedimiento y el modelo de los contenidos de solicitud para la programación en el Programa operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional Cataluña 2014-2020 (PO FEDER Cataluña 2014-2020) de los proyectos de compra pública innovadora. La innovación es uno de los ejes de la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, aprobada por la Unión Europea (UE) en el año 2010. La iniciativa emblemática de Europa 2020 "Unión por la innovación" reconoce la importancia del mercado de la contratación pública (aproximadamente el 17 % del PIB de la UE) y su elevado potencial para impulsar la innovación. En este sentido, la contratación pública de productos y servicios innovadores es primordial para mejorar la calidad y la eficiencia de los servicios públicos, especialmente en un contexto de restricciones presupuestarias. La iniciativa establece que las administraciones públicas deben utilizar la contratación pública cofinanciada por los fondos estructurales para aumentar la demanda de productos y servicios innovadores. En el mismo sentido, la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública, establece que la investigación y la innovación son uno de los principales motores del crecimiento futuro, y recomienda a los poderes públicos hacer la mejor utilización estratégica posible de la contratación pública para fomentar la innovación. Asimismo, afirma el papel clave de la adquisición de bienes, obras y servicios innovadores en la mejora de la eficiencia y la calidad de los servicios públicos. De acuerdo con este marco normativo comunitario, así como el fijado por el Texto refundido de la Ley de contratos del sector público, aprobado por Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, se pueden distinguir, esencialmente, dos modalidades de compra pública innovadora: la compra pública de tecnología innovadora, que consiste en la compra de un bien o servicio que no existe en el momento de la compra, pero que puede desarrollarse en un periodo de tiempo razonable y que requiere el desarrollo de tecnología nueva o mejorada; y la compra pública precomercial, que consiste en la contratación de servicios de investigación y desarrollo en que el comprador público no se reserva el resultado de la investigación y el desarrollo para su uso en exclusiva, sino que comparte con las empresas los riesgos y los beneficios de la investigación científica y técnica necesaria para desarrollar soluciones innovadoras que superan las disponibles en el mercado. Además de estas modalidades específicas de compra pública innovadora, la innovación se debe incorporar como objetivo general, siempre que sea posible, en los contratos del sector público. El Pleno de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Generalitat de Catalunya aprobó en el 2012 la Guía de buenas prácticas para el fomento de la I+D+i en la contratación pública, que los órganos de contratación deben tener en cuenta y aplicar siempre que sea posible, de acuerdo con la Instrucción 1/2014 de la Oficina de Supervisión y Evaluación de la Contratación Pública. La estrategia de investigación e innovación para la especialización inteligente de Cataluña (RIS3CAT), aprobada por el Gobierno el 4 de febrero de 2014, identifica la compra pública innovadora como un instrumento clave para que Cataluña avance hacia un modelo de crecimiento más inteligente, sostenible e integrador, en tanto que contribuye a la transformación y la mejora de los servicios públicos y, por lo tanto, al aumento de la calidad de vida de la ciudadanía; al fomento del crecimiento y la innovación empresarial, especialmente para las pymes; y al impulso a la internacionalización de la innovación mediante la utilización del mercado público local como cliente de lanzamiento o referencia. En este marco, el PO FEDER Cataluña 2014-2020 prevé que la Generalidad de Cataluña impulse la compra pública innovadora, con el apoyo del cofinanciamiento del FEDER, como instrumento de fomento de la investigación y la innovación, que contribuye al desarrollo y el fortalecimiento de la capacidad competitiva de las empresas y da respuesta a las necesidades y a los retos del sector público y la sociedad. El cofinanciamiento del FEDER será de hasta el 50 % del coste total elegible del componente innovador, entendiendo como tal la inversión o el gasto directamente asociado a las actividades de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación del proyecto de compra pública innovadora.

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De acuerdo con el artículo 104 del Decreto 38/2014, de 25 de marzo, de reestructuración del Departamento de Economía y Conocimiento, la Dirección General de Política y Promoción Económica tiene, entre otras, la función de aprobar la selección de los proyectos y la certificación de gastos del FEDER ante los organismos competentes o delegar estas funciones a la unidad correspondiente. La presente Orden establece el procedimiento que deben seguir los órganos de contratación de la Administración de la Generalidad de Cataluña y de su sector público con el fin de solicitar la elegibilidad y la programación en el PO FEDER Cataluña 2014-2020 de los proyectos de compra pública innovadora en sus modalidades de compra pública de tecnología innovadora y de compra pública precomercial, así como, en su momento, de la resultante de la aplicación del procedimiento de asociación para la innovación. Asimismo, prevé una serie de medidas de fomento de la innovación en los proyectos de compra pública, a través de la admisión de variantes o mejoras, de la descripción de las prescripciones técnicas en términos de rendimiento o de exigencias funcionales y de la valoración de la innovación en los proyectos de compra pública, así como de la articulación de un programa de formación integral en compra pública innovadora. Consiguientemente, y de acuerdo con las competencias que me han sido conferidas,

Ordeno:

Capítulo 1. Procedimiento para la programación en el PO FEDER Cataluña 2014-2020 de los proyectos de compra pública innovadora

Artículo 1 Objeto 1.1 Se establece el procedimiento que deben seguir los órganos de contratación de la Administración de la Generalidad de Cataluña y de su sector público vinculado o dependiente con el fin de solicitar la elegibilidad y la programación en el PO FEDER Cataluña 2014-2020 de los proyectos de compra pública innovadora, y se aprueba el modelo de los contenidos de la solicitud de programación y de la información complementaria para la programación de un proyecto de compra pública innovadora en el PO FEDER Cataluña 2014-2020, que consta en el anexo de esta Orden. 1.2 Los órganos de contratación de la Administración local catalana, previo acuerdo o convenio con la Generalidad de Cataluña, pueden solicitar la elegibilidad y la programación en el PO FEDER Cataluña 20142020 de los proyectos de compra pública innovadora, a través del procedimiento y mediante el modelo establecido en esta Orden.

Artículo 2 Ámbito material El procedimiento que se establece en esta Orden hace referencia a todos los proyectos de compra pública sujetos a la normativa de contratación pública que comporten inversión en investigación e innovación, así como a los proyectos de compra pública precomercial.

Artículo 3 Certificado del componente innovador 3.1 Los proyectos de compra pública innovadora incluidos en el ámbito material de esta Orden deben obtener el certificado del componente innovador con carácter previo a su programación, si procede, en el PO FEDER Cataluña 2014-2020. 3.2 Las entidades competentes para la elaboración del certificado del componente innovador son la Agencia de Calidad y Evaluación Sanitarias de Cataluña (AQuAS), para los proyectos de compra pública innovadora del ámbito de salud, y la Agencia para la Competitividad de la Empresa de la Generalidad de Cataluña (ACCIÓ), para los proyectos de todo el resto de ámbitos sectoriales.

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Artículo 4 Sistema integrado de gestión de fondos FEDER en Cataluña La tramitación del procedimiento establecido en esta Orden se lleva a cabo mediante el Sistema integrado de gestión de fondos FEDER en Cataluña que la Dirección General de Política y Promoción Económica del Departamento de Economía y Conocimiento pone a disposición de las personas usuarias potenciales y que es accesible en la siguiente dirección electrónica: https://aplicacions.economia.gencat.cat/sifecat1420

Artículo 5 Procedimiento para la programación de proyectos de compra pública innovadora en el PO FEDER Cataluña 2014-2020 5.1 El órgano de contratación debe presentar la solicitud de programación de la compra pública innovadora en el PO FEDER Cataluña 2014-2020, con el contenido que consta en el modelo establecido en el anexo de esta Orden, a través de la aplicación informática a que se refiere el artículo 4. 5.2 La Secretaría Técnica de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Generalidad de Cataluña envía las solicitudes de programación en el PO FEDER Cataluña 2014-2020 de proyectos de compra pública innovadora que se reciban al ente que corresponde según lo que dispone el artículo 3 de esta Orden, para la validación del componente innovador. Asimismo, esta Secretaría Técnica efectúa el asesoramiento en materia de contratación pública que requieran los órganos de contratación. 5.3 En caso de que la entidad competente, de acuerdo con lo que dispone el artículo 3, certifique el componente innovador, el órgano de contratación debe enviar la información complementaria del proyecto de compra pública innovadora, con el contenido que consta en el modelo establecido en el anexo de esta Orden, a través de la aplicación informática a que se refiere el artículo 4. 5.4 La Dirección General de Política y Promoción Económica del Departamento de Economía y Conocimiento, una vez recibida la información complementaria de los proyectos con el certificado de componente innovador, programa el proyecto, si procede, de acuerdo con los términos establecidos en el PO FEDER Cataluña 20142020 y siempre que se reúnan los criterios de selección que determine el Comité de Seguimiento. 5.5 Durante la ejecución del proyecto de compra pública innovadora y en el momento de su finalización, el órgano de contratación debe justificar los gastos ejecutados y pagados correspondientes al componente innovador del proyecto de compra pública realizado. A este efecto, esta justificación requiere que la entidad a que se refiere el artículo 3 certifique el componente innovador en los gastos mencionados que se proponen certificar. Asimismo, la Dirección General de Política y Promoción Económica del Departamento de Economía y Conocimiento debe verificar, en su caso, los gastos propuestos que se deben certificar, de acuerdo con la normativa aplicable, para su posterior declaración a la Comisión Europea. 5.6 El resultado de las certificaciones y de la evaluación de la elegibilidad previstas en esta Orden deben notificarse oportunamente al órgano de contratación proponente.

Capítulo 2. Fomento de la innovación en los proyectos de compra pública

Artículo 6 Admisión de variantes o mejoras, descripción de las prescripciones técnicas en términos de rendimiento o de exigencias funcionales y valoración de la innovación en los proyectos de compra pública Para hacer posible y promover que el sector público tenga acceso a las soluciones más avanzadas e innovadoras, así como, si procede, la elegibilidad y la programación de los proyectos de compra pública innovadora, los órganos de contratación de la Administración de la Generalidad y de su sector público tienen que prever, en las licitaciones en las que consideren probable la incorporación de componentes innovadores, la posibilidad de que los licitadores o participantes en la contratación presenten soluciones con variantes o mejoras a las soluciones planteadas en los pliegos de prescripciones técnicas, siempre que cumplan los

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requerimientos funcionales y técnicos establecidos con carácter de mínimos. Con la misma finalidad, los órganos de contratación de la Administración de la Generalidad y de su sector público deben diseñar sus licitaciones de manera que las prescripciones técnicas definan necesidades -en términos de rendimiento o de exigencias funcionales-, no soluciones. Asimismo, deben prever en sus licitaciones criterios de adjudicación vinculados con la innovación y la incorporación de alta tecnología, siempre que estén relacionados con el objeto de los contratos.

Artículo 7 Programa de formación integral en compra pública innovadora En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Orden, y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, los órganos competentes del Departamento de Economía y Conocimiento, en colaboración con los órganos competentes en materia de formación del personal del sector público, deben articular un programa de formación integral para los compradores públicos y gestores de la contratación de la Administración de la Generalidad y de su sector público en materia de diseño, regulación, gestión y ejecución de proyectos de compra pública innovadora en todas sus modalidades.

Disposición transitoria única Proyectos de contratación pública iniciados antes de la entrada en vigor de esta Orden La solicitud de elegibilidad y de programación en el PO FEDER Cataluña 2014-2020 de los proyectos de compra pública innovadora comprometidos y abonados entre el 1 de enero de 2014 y el día de entrada en vigor de esta Orden se tiene que efectuar siguiendo el procedimiento y de acuerdo con el modelo de los contenidos de la solicitud establecidos por esta Orden.

Disposiciones adicionales

Primera Modificación del modelo de solicitud de programación y de información complementaria La Dirección General de Política y Promoción Económica del Departamento de Economía y Conocimiento puede efectuar las adaptaciones oportunas del modelo de los contenidos de la solicitud de programación y de información complementaria de un proyecto de compra pública innovadora en el PO FEDER Cataluña 20142020, que consta en el anexo de esta Orden.

Segunda Aplicación del procedimiento a otras fórmulas de compra pública que incorporen innovación El procedimiento y el modelo de los contenidos de solicitud para la programación en el PO FEDER Cataluña 2014-2020 establecidos por esta Orden será de aplicación también a las nuevas formulaciones de proyectos de compra pública innovadora derivadas de las previsiones de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública, en materia de innovación y, específicamente, del procedimiento de asociación para la innovación.

Tercera Solicitud de informe a unidades o entidades de la Administración de la Generalidad de Cataluña competentes en razón del ámbito material o de las características concretas del proyecto de compra pública En los proyectos de compra pública innovadora en que se considere necesario, visto el ámbito material o las

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características concretas, como por ejemplo las ambientales o las relacionadas con el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación, la entidad competente para la certificación del componente innovador, de acuerdo con lo que dispone el artículo 3.2 de esta Orden, puede solicitar, en su caso, el informe de las correspondientes unidades o entidades competentes de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

Disposición final Entrada en vigor Esta Orden entra en vigor a los veinte días de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 27 de abril de 2015

Andreu Mas-Colell Consejero de Economía y Conocimiento

Anexo Solicitud de programación de un proyecto de compra pública innovadora al PO FEDER Cataluña 2014-2020

(Véase la imagen al final del documento) A 1 CAST SOLICITUD2.pdf

Información complementaria para la programación de un proyecto de compra pública innovadora al PO FEDER Cataluña 2014-2020

(Véase la imagen al final del documento) A2 CAST INFORMACION COMPLEMENTARIA2.pdf

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Solicitud de programación de un proyecto de compra pública innovadora en el PO FEDER Cataluña 2014-2020 Datos del solicitante (ente, organismo o entidad) Denominación

NIF

Domicilio social

Población

Código postal

Teléfono

Tipo de ente, organismo o entidad Departamento de la Generalidad Universidad Centro de investigación Empresa pública Otros (especificar)

Forma jurídica Administración pública Entidad autónoma administrativa Entidad autónoma de carácter comercial, industrial o financiero Entidad de derecho público sometida al ordenamiento jurídicoprivado Ente público de naturaleza singular Sociedad mercantil Consorcio Fundación

Otras entidades participantes

Datos de la persona de contacto Nombre y apellidos

Cargo

Teléfono

Dirección electrónica

Descripción general del proyecto Título

Acrónimo

Objeto (2.000 caracteres máximo) Justificación de la necesidad (3.500 caracteres máximo) Objetivos generales (3.500 caracteres máximo) Fecha prevista de inicio del diseño del proyecto

Fecha prevista de liquidación del contrato

Fase actual de contratación

Procedimiento de contratación

Planificación Licitación Ejecución

Ámbito territorial Local Catalán Estatal Internacional

Procedimiento abierto Procedimiento restringido Procedimiento negociado con publicidad Procedimiento negociado sin publicidad Diálogo competitivo Concurso de proyectos Compra pública precomercial Otros

Valor estimado del contrato (de acuerdo con el artículo 88 del TRLCSP)

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Financiación Organismo financiador

Importe anual

2014

2015

2016

2017

2018

2019

2020

2021

2022

2023

total

1. 2. 3. 4. 5. Coste total

Otra información sobre el proyecto (3.500 caracteres máximo)

Descripción técnica del componente de innovación Justificación de la necesidad (3.500 caracteres máximo)

Objetivos de la innovación (3.500 caracteres máximo)

Especificaciones técnicas del nuevo producto o servicio (3.500 caracteres máximo)

Tareas necesarias para llevar a cabo la innovación Tarea 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Calendario

Documento, apartado y páginas de los pliegos de contratación en que se identifican las tareas Recursos humanos y técnicos Tipo de recurso 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Cuantificación

Documento, apartado y páginas de los pliegos de contratación en que se identifican los recursos Gastos Categoría Inversiones físicas Inversiones o amortizaciones de bienes y equipamientos Prestación de servicios Recursos humanos Recursos humanos contratados específicamente Viajes, alojamiento y traslados Comunicación Gastos generales Otros Total

Descripción

Coste

Aportación científica o tecnológica Descripción (2.000 caracteres máximo)

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Ámbito territorial de la innovación Local Catalán Estatal Internacional Antecedentes y referencias actuales Producto, solución, patente, etc. 1. 2. 3. 4. 5.

Página web (URL)

Documentación anexa Estudio previo Pliego de cláusulas administrativas Pliego de prescripciones técnicas Documentación que rige la licitación Otra (especificar)

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Información complementaria para la programación de un proyecto de compra pública innovadora en el PO FEDER Cataluña 2014-2020 Identificación del proyecto Título

Acrónimo





Presupuesto del proyecto Valor estimado del contrato (de acuerdo con el artículo 88 del TRLCSP) 

Propuesta de coste exigible para la subvención 

Ubicación física Justificar la adecuación de la ubicación física al proyecto y especificar las condiciones de disponibilidad y propiedad de los terrenos (si procede) (1.000 caracteres máximo) 

Encaje en las políticas públicas Cataluña Estrategia o plan (1.000 caracteres máximo) 

ECAT2020

RIS3CAT

Ocupación y formación Cohesión social Innovación y conocimiento Dinamismo empresarial Internacionalización Economía verde

Ámbitos sectoriales líderes Actividades emergentes Tecnologías facilitadoras transversales Dinamismo empresarial Entorno de innovación

Impacto en la creación de puestos de trabajo (máximo 1.000 caracteres) 

Unión Europea El proyecto cumple la normativa ambiental de aplicación. Sí No Medidas del proyecto a favor del medio ambiente (máximo 1.000 caracteres) 

El proyecto respeta los principios de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y de no discriminación. Sí No El proyecto se puede considerar como ayuda de Estado (artículos 107, 108 y 109 del Tratado de Funcionamiento de la UE). Sí No En caso afirmativo, especificad el estado actual del proyecto Autorizado Notificado a la Comisión Europea o en trámite de notificación En trámite de notificación en el Departamento de Economía y Conocimiento Sujeto a minimis Suscrito a régimen de exención Observaciones (máximo 1.000 caracteres) 

Encaje en el PO FEDER 2014-2020 de Cataluña

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Eje



Prioridades de inversión Objetivo específico

 

Indicadores de productividad Código

Nombre del indicador

Unidad de medida

Valor previsto 2018

Valor previsto 2023





















Indicadores de resultado Código

Nombre del indicador

Unidad de medida

Valor de referencia

Año de referencia

Valor previsto 2018

Valor previsto 2023

Fuente

































Gestión y control del proyecto Personas responsables Nombre y apellidos

Cargo





Teléfono

Dirección electrónica





Tareas 

Nombre y apellidos

Cargo





Teléfono

Dirección electrónica





Tareas 

Nombre y apellidos

Cargo





Teléfono

Dirección electrónica





Tareas 

Procedimientos previstos para garantizar la ejecución del fondo Gestión y control



Información y publicidad



Otros



Otras informaciones de interés El proyecto se enmarca en un convenio Sí No En caso afirmativo, especificar (máximo 1.000 caracteres) 

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El proyecto genera ingresos Sí No En caso afirmativo, indicar el valor estimado (máximo 1.000 caracteres) 

Viabilidad económica Previsión de costes y de fuentes de financiación de las principales partidas Coste total de la operación Fondo propio

Categoría de gastos

Subvención 1

Subvención 2

Otros

FEDER

2021

2022

IVA

Coste total

Actuación 1 Inversiones físicas Inversiones o amortización bienes de equipo Prestación de servicios Recursos humanos internos Recursos humanos contratados específicamente Viajes, alojamiento y traslado Comunicación Gastos generales Otros (especificar) Actuación 2 Inversiones físicas Inversiones o amortización bienes de equipo Prestación de servicios Recursos humanos internos Recursos humanos contratados específicamente Viajes, alojamiento y traslado Comunicación Gastos generales Otros (especificar) Actuación 3 Inversiones físicas Inversiones o amortización bienes de equipo Prestación de servicios Recursos humanos internos Recursos humanos contratados específicamente Viajes, alojamiento y traslado Comunicación Gastos generales Otros (especificar) Añadir tantos campos como actuaciones Total

Coste subvencionable anualizado 2014

2015

2016

2017

2018

2019

2020

2023

Total

Actuación 1 Actuación 2 Actuación 3 Coste total subvencionable Coste total

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