DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN UNIDAD DE SEGUIMIENTO. Instituto Nacional de Deportes de Chile

DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN UNIDAD DE SEGUIMIENTO Instituto Nacional de Deportes de Chile Número de Informe: 25/2014 15 de marzo del201

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DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN UNIDAD DE SEGUIMIENTO

Instituto Nacional de Deportes de Chile

Número de Informe: 25/2014 15 de marzo del2016

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN UNIDAD DE SEGUIMIENTO

No: 152/2016 USEG DIR No: 7/2016 REFS. N°8 : 208.205/2015 222.040/2015 DIR

REMITE INFORME QUE SE INDICA.

SANTIAGO,

DE

SEGUIMIENTO

1 ~. MAn 16 •020227

Adjunto, se remite para su conocimiento y fines pertinentes, copia del informe de seguimiento efectuado al Informe de Investigación Especial N°25, de 2014, debidamente aprobado, sobre eventuales incumplimientos de los convenios de colaboración suscritos entre el Instituto Nacional de Deportes, la Municipalidad de Peñalolén y la Corporación Juegos Suramericanos Santiago 2014. Transcríbase al recurrente, al Director del Instituto Nacional de Deportes de Chile, al Jefe de la Unidad de Auditoría Interna de esa institución, al Auditor Interno del Ministerio del Deporte, a la Señora Alcaldesa de la Municipalidad de Peñalolén , a la Secretario Municipal y a la Jefa de la Unidad de Control de ese municipio, al Jefe de la Unidad Técnica de Control Externo de la División de Infraestructura y Regulación y a la Jefa de la Un idad de Seguimiento de Fiscalía ambos de esta Contraloría General.

Saluda atentamente a Ud.,

A LA SEÑORA NATALlA RIFFO ALONSO MINISTRA MINISTERIO DEL DEPORTE PRESENTE

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~::~r.n _1\ r:~ECED

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN UNIDAD DE SEGUIMIENTO

DIR No: 152/2016 USEG DIR No: 7/2016 REFS. N° 5 : 208.205/2015 222.040/2015

1 5: MAR 1 6 * 0 20 2 27 fecha

No

TRANSCRIBE

OFICIO QUE

SE

SANTIAGO,

1 5. MAR 1 6 * 0 20 2 28.

Cumplo con remitir a Ud. copia del oficio de de esta Contraloría General.

Saluda atentamente a Ud .,

Por orden del Contrnlor r:.,,,,:_,c,¡ üe la República

VIRGINIA EUGENIA GODOY CORTt:S Abogado Subjefe División de Infraestructura y Regulación

AL SEÑOR DANIEL SALAS BLANCO [email protected] PRESENTE

INDICA.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN UNIDAD DE SEGUIMIENTO

DIR No: 152/2016 USEG DIR No: 7/2016 REFS. N°5 : 208.205/2015 222.040/2015

TRANSCRIBE

SANTIAGO,

1 5. MAR 1 6 * 020227 fecha

No

OFICIO QUE

SE

1 5. MAR 1 6 * 0 20 2 29

Cumplo con remitir a Ud. copia del oficio de de esta Contraloría General.

Saluda atentamente a Ud. ,

Por orr!en r~.--i r&r.l¡t, ~ d0r

' . · .:

·•

.:~u : : f\'?. 'l1J!i:a

VIRG!N!A t::UGEN!A Gü00Y CORT~S A~o~ado

St··~: 'J•8 División de lnfr"';,s¡;-:.;ctura y Regulación

C+

INDICA.

AL SEÑOR DIRECTOR INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DE CHILE PRESENTE

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

·,

DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN UNIDAD DE SEGUIMIENTO

DIR No: 152/2016 USEG DIR No: 7/2016 REFS. N°5 : 208.205/2015 222.040/2015

TRANSCRIBE

SANTIAGO,

1 5. MAR 1 5 * 0 20 227 fecha

No

OFICIO QUE

SE

1 5. MAR ·t 6 * 020230·

Cumplo con remitir a Ud . copia del oficio de de esta Contraloría General.

Saluda atentamente a Ud. ,

Por or(!en

d~l Ct~f ¡ tri! ; a¡ t.; , .... -.; 1 ~.. a ifl R::~.!J:.:::ca

VIRGINIA EUGE~~ IA GODOY CORTÉS

A.Jogado Subjefs División de Infraestructura y Regulación

Q--U-

INDICA.

AL SEÑOR JEFE DE LA UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DE CHILE PRESENTE

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN UNIDAD DE SEGUIMIENTO

DIR No : 152/2016 USEG DIR No: 7/2016 N°5 : 208.205/2015 REFS. 222 .040/2015

TRANSCRIBE

SANTIAGO,

15. MAR 16 •020227 fecha

No

OFICIO QUE

SE

1 5. MAR 1 6 * 0 20 231

Cumplo con remitir a Ud. copia del oficio de de esta Contraloría General.

Saluda atentamente a Ud .,

Por nrr.J¡:¡n de! Ci)!'L·c•lü:' C ,;;.,,. ::: de la f..:.;-po.1i);ica

V1RC::\IlA i::UGENIA GODOY CORTt:S ::,:JOgado ~::: : :b.iGf,~

AL SEÑOR AUDITOR INTERNO MINISTERIO DEL DEPORTE PRESENTE

INDICA.

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Reg~!ación

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN UNIDAD DE SEGUIMIENTO

DIR No: 152/2016 USEG DIR No: 7/2016 5 REFS. N° : 208.205/2015 222.040/2015

TRANSCRIBE

SANTIAGO,

1S. MAR 16 * 020221 fecha

No

OFICIO QUE

SE

INDICA.

15. MAR1 6 * 020232

Cumplo con remitir a Ud. copia del oficio de de esta Contraloría General.

Saluda atentamente a Ud .,

~~

Por orden dGi Cor1tra!0 r G(~"·o, ·., .j e la Fub::c a

VIRGINIA EUGENIA GOüOY CORT~S

A':;ogadc Subjefe División de lnfmestructura y Regulación

~

l. MUNICIPALIDAD DE PEÑALOLEN OFICINA DE PARTES

16 MAR 2016 HORA RECEPCIOH: ..................................__····· DOC. FLOW: ....................................................

C+

A LA SEÑORA JEFA DE LA UNIDAD DE CONTROL MUNICIPALIDAD DE PEÑALOLÉN PRESENTE

INDICA

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGU LACIÓN UNIDAD DE SEGUIMIENTO

DIR No: 152/201 6 USEG DIR No: 7/20 16 5 REFS. N° : 208.205/2015

TRANSCRIBE

OFICIO QUE

SE

INDICA.

222.040/2015

SANTIAGO,

1 5. MAR1 6 * 020227 fecha

No

15. MAR 1 6 * 020235

Cumplo con remitir a Ud . copia del oficio de de esta Contraloría General.

Saluda atentamente a Ud .,

VIRGINIA GODOY CORTES ABOCADO

SUElJ~rE DIIJISIÓil DE INFRAESTRUCTURA Y REGIJI..ACIÓN

CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA

1

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C+

AL SEÑOR JEFE DE LA UNIDAD TÉCNICA DE CONTROL EXTERNO DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PRESENTE

CONTRALORfA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN UNIDAD DE SEGUIMIENTO

DIR No: 152/2016 USEG DIR No: 7/2016 REFS. N°5 : 208.205/2015 222 .040/2015

TRANSCRIBE

SANTIAGO,

1 5. MAR 1 6 * 020227 fecha

OFICIO QUE

INDICA.

1 5. MAR ·l 6 * 020 236

Cumplo con remitir a Ud. copia del oficio de de esta Contraloría General.

Saluda atentamente a Ud.,

4VI~GiNIA GOOOY CORTES

A80GADO

SUBJEFE 01'/ISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGUlAClON

CONTRALORIA GENERAL CE LA REPÚBLICA

RECIBIDO EN UNIDAD DE SEGUIMIENTO

16 MAR 2015 "·

SE

FISCALIA CONTRALORIA GRAL. DE LA REPUBliCA

A LA SEÑORA JEFA DE LA UNIDAD DE SEGUIMIENTO FISCALfA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PRESENTE

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN UNIDAD DE SEGUIMIENTO

DIR No: 152/2016 USEG DIR No: 7/2016 5 N° : 208.205/2015 REFS. 222.040/2015

INFORME DE SEGUIMIENTO AL INFORME DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL N°25, DE 2014, SOBRE EVENTUALES INCUMPLIMIENTOS DE LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN SUSCRITOS ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES, LA MUNICIPALIDAD DE PEÑALOLÉN Y LA CORPORACIÓN JUEGOS SURAMERICANOS SANTIAGO 2014.

SANTIAGO,

1 5 MAR. 2016

De acuerdo con las facultades establecidas en la ley N°10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, se realizó el seguimiento a las observaciones conten idas en el Informe de Investigación Especial N°25, de 2014, sobre eventuales incumplimientos de los convenios de colaboración suscritos entre el Instituto Nacional de Deportes, la Municipalidad de Peñalolén y la Corporación Juegos Suramericanos Santiago 2014, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las medidas requeridas por este Órgano de Control a la entidad examinada. La funcionaria que ejecutó esta fiscalización fue la señora Mónica Olmos Muñoz. El proceso de seguimiento consideró el referido Informe de Investigación Especial N°25, de 2014, y la respuesta de la Municipalidad de Peñalolén y el Instituto Nacional de Deportes de Chile, remitida mediante sus oficios ordinarios N·5, y IND/DN/DJ(O) N°3.224, ambos de 2015, respectivamente. Los antecedentes aportados fueron analizados y complementados con las validaciones correspondientes en la entidad, a fin de comprobar la pertinencia de las acciones correctivas implementadas, arrojando el resultado que en cada caso se indica.

A L SEÑOR JORGE BERMÚDEZ SOTO CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA PRESENTE ~

Contr r General de la epública

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN UNIDAD DE SEGUIMIENTO

1.- OBSERVACIÓN QUE SE SUBSANA.

N" OBSERVACIÓN Análisis. Falta de fiscalización por parte del Instituto Nacional de Deportes de Chile.

3.

Letra b) Páginas 11 a la 13.

DESCRIPCIÓN DE LA OBSERVAC IÓN

RESPUESTA DEL LAS ENTIDADES

En-relación con la ejecución de los proyectos de construcción de la pista BMX y Cancha de Tiro con Arco, el instituto no certificó la total y completa ejecución de los proyectos, incumpliendo la cláusula décima de los convenios de transferencia de recu rsos y ejecución de los aludidos proyectos, la cual señala que "Presentado el Informe Final a que se refiere la cláusula anterior por la Asignataria, éste será evaluado por el Departamento de inversiones del instituto dentro de un término de treinta días corridos", si no hay observaciones dentro de ese mismo plazo, certificará la total y completa ejecución del proyecto, y si las hubiere tendrá un plazo de 15 días para ser subsanadas, y luego de ello podrá obtener la certificación respectiva.

El municipio señaló que dio cumplimiento a la exigencia, mediante el oficio ordinario ALC. N•1200/179, de 27 de agosto de 2014, por el cual remitió los informes al instituto, adjuntando copia de ellos, además de los informes correspondientes a los proyectos de Cancha de Vóleibol y Velódromo.

La entidad edilicia precisó que lo observado por el IND, referido a que Lo advertido quedó de manifiesto en el contenido del oficio N"3.736, de 6 de dichos informes sean suscritos por los funcionarios municipales agosto de 2014, fecha en que el Director (P y T) del Instituto Nacional de responsables, no pudo ser subsanado dado que los funcionarios Deportes de Chile, IND, solicitó a la Municipalidad de Peñalolén los habían dejado de tener la calidad de funcionarios municipales. antecedentes pendientes por entregar. A su vez, el citado director expresó 1--::-:-:-:-:-:::---: - - - - - -,---,-,--::-:-----,-,--,------,-.,.,.---,--:--c-c-- ___; mediante acta de fiscalización, de 5 de agosto de 2014, que el municipio no EI IND expresó que por medio del oficio ordinario Ale. N"1.200/175, de había hecho entrega de esos antecedentes y que la certificación se 27 de julio de 2015, la Alca ldesa de Peñalolén, remitió a su servicio los informes y set fotográficos de avance de obras, firmados por el encontraba pendiente. Director de Obras Municipales de esa entidad edilicia. A su vez, En cuanto a lo objetado, en su respuesta al preinforme de observaciones esa informó que dicha municipalidad también remitió los informes entidad manifestó que la certificación se encontraba pendiente ya que los consolidados de avance físico y financiero, con sus respectivos informes elaborados por la Municipalidad de Peñalolén debían ser corregidos respaldos. previamente y aprobados por dicha unidad técnica, antes de proceder a la certificación de la completa ejecución de las obras.

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O+

Asimismo informó que por oficio ordinario IND/D.D./D. INVER (O) N"4.763, de 10 de octubre de 2014, el IND solicitó la corrección de dichos informes.

Los argumentos presentados por el instituto no permitieron subsanar la falta de certificación de la total y completa ejecución de los proyectos, por lo que se mantuvo la observación. No obstante ello, respecto de lo observado se requirió a ambas entidades acreditar dicha certificación, de los proyectos, previa entrega de los informes finales correspondientes por parte del municipio.

Además, precisó que el mismo municipio hizo presente que el informe del proyecto del Velódromo ODESUR sería entreg ado posteriormente , por lo que respecto a ese recinto el IND no se pronunció. Finalmente, aportó el "Certificado de total ejecución de obra de infraestructura deportiva", de 21 de agosto de 2015, de los proyectos Cancha de Tiro con Arco, Cancha de Vóleibol y Pista BMX.

2

ANÁLISIS DE LA RESPUESTA Y VERIFICACIONES REALIZADAS verificó la Se certificación de total ejecución de obra de infraestructura deportiva de los proyectos Cancha de T iro con Arco, Cancha de Voléibol y Pista BMX, efectuada el 21 de agosto de 2015, previa entrega de los informes correspondientes. La certificación del proyecto Velódromo ODESUR informada por el IND, no fue el aportada por instituto.

CONCLUSIÓN Se corroboró el cumplimiento de lo requerido respecto de los dos proyectos consignados en el informe final, esto es, la construcción de la Pista BMX y Cancha de T iro con Arco, además de la certificación para el proyecto Cancha de Vóleibol. Por lo tanto, se subsana lo observado, sin perjuicio de la ulterior del fiscalización término del trámite de certificación del IND, en lo relativo al proyecto del Velódromo.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN UNIDAD DE SEGUIMIENTO

2.- OBSERVACIONES QUE SE MANTIENEN.

N• OBSERVACIÓN Análisis. 2. Uso recintos.

de

los

2.3 Inconsistencias entre el convenio de colaboración y los convenios específicos, en relación a la administración y uso de los recintos.

RESPUESTA DE LAS ENTIDADES

DESCRIPCIÓN DE LA OBSERVACIÓN Se advirtió una incongruencia entre las obligaciones emanadas del convenio de colaboración de 17 de noviembre de 2011 , suscrito por el Instituto Nacional de Deportes de Chile, IND, la Municipalidad de Peñalolén y la Corporación Juegos Suramericanos Santiago 2014, con aquellas establecidas en los convenios específicos vigentes de transferencia de recursos y ejecución de proyectos -celebrados en virtud de la cláusula séptima del aludido convenio de colaboración-, referidas a la implementación de la infraestructura deportiva. En efecto, en el punto octavo de la cláusula quinta del reseñado convenio de colaboración, se acuerda que el instituto es quien debe administrar el velódromo, la pista BMX y los recintos destinados a la práctica de tiro con arco y vóleibol playa, mediante un convenio de uso de parte del municipio. No obstante ello, la cláusula décimo cuarta de los convenios específicos entre el mencionado instituto y la entidad edilicia para la transferencia de recursos y ejecución de los proyectos "Construcción cancha tiro con arco", "Construcción pista BMX" y "Construcción de canchas de vóleibol playa", del año 2012, establece que el municipio será responsable no solo del uso deportivo, sino también de "la administración y debida conservación del recinto donde se ejecutarán las obras del proyecto".

Páginas 8 a la 10. Además, en cuanto al proyecto "Construcción del velódromo", la cláusula décimo cuarta del convenio de transferencia de recursos y ejecución del proyecto, dispone que una vez recepcionadas definitivamente las obras, el instituto será el único responsable de su administración, pero además del "uso y debida conservación el recinto ... ". Sobre lo anterior, recién en el mes de mayo de 201 4, el Instituto Nacional de Deportes de Chile y la Municipalidad de Peña,olén modificaron las cláusulas décimo cuarta de los citados convenios específicos, a través de los decretos N051300/4084, de construcción pista BMX, 1300/4087, sobre construcción cancha tiro con arco, y 1300/3824, referido a la construcción canchas, todos de 2014, sancionados por el aludido municipio. ~

4

En virtud de estas vanac1ones, la cláusula modificada desde entonces establece que una vez recepcionadas las obras del respectivo proyecto, el instituto será el único responsable de la administración, uso y debida conservación de los recintos.

3

La Municipalidad de Peñalolén proporcionó el correo electrónico de 27 de mayo de 2015, de la abogada del Departamento Jurídico del IND, en el cual le informó al no municipio que aún contaban con los nuevos convenios de colaboración , pero que sin perjuicio de ello, el IND se encontraba estudiando y gestionando la disponibilidad requerida para estos efectos.

El IND informó que por oficio ordinario IND/DD/DGRFR/(0 ) N•5.658, de 2014, el Director del citado servicio, remitió para revisión y firma de la Alcaldesa de la Municipalidad de Peñalolén, el texto del nuevo convenio de colaboración, relativo a los recintos deportivos y Parque recreativos del Peñalolén, no obstante señaló que durante la revisión, el IND cambió de director, por lo que debía modificar el pie

ANALISIS DE LA RESPUESTA Y VERIFICACIONES REALIZADAS En el proceso de seguimiento se verificó que el de convenio colaboración comprometido por el IND, fue aprobado por la resolución exenta N"4.208, de 23 de noviembre de 201 5 y se encuentra suscrito entre el Instituto Nacional de Deportes de Chile, la Municipalidad de Peñalolén y la Corporación Municipal de Deporte y Recreación de Peñalolén. Sin embargo, no consta la modificación de los convenios específicos, ajustándolos al nuevo convenio aportado , en lo tocante al uso de los

CONCLUSIÓN

ACCIÓN DERIVADA

Si bien el IND aportó el convenio de colaboración aprobado por la Municipalidad de Peñalolén, Corporación Municipal de Deporte y de Recreación Peñalolén y el instituto, no consta la modificación de los convenios específicos respecto a su uso, por lo que se debe mantener lo observado.

La corrección de la inconsistencia presente en los convenios específicos y el convenio de colaboración aportado, será verificado en una futura fiscalización que efectúe este Organismo de Control.

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C+ 4

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN UNIDAD DE SEGUIMIENTO

No OBSERVACIÓN Análisis. 3. Falta de fiscalización por parte del Instituto Nacional de Deportes de Chile. Letra e) Páginas 11 a la 13.

DESCRIPCIÓN DE LA OBSERVACIÓN

RESPUESTA DEL IND

A la fecha de la fiscalización, el instituto no había solicitado al municipio actualizar la infonmación de ejecución en el Banco Integrado de Proyectos del Ministerio de Desarrollo Social, exig ida por la cláusula undécima de los convenios de transferencia de recursos y ejecución de esos proyectos.

El IND informó que en cuanto a la actualización de las fichas IDI en el Banco Integrado de Proyectos del Sistema Nacional de Inversiones, actualizó los proyectos "Construcción de las canchas de tiro con arco, CODIGO BIP 30127339", "Pista BMX CODIGO BIP 30127199" y "Canchas de Vóleibol CODIGO BIP 30127335".

Lo advertido quedó de manifiesto en el contenido del oficio N"3.736, de 6 de agosto de 2014, fecha en que el Director (P y T) del Instituto Nacional de Deportes de Chile solicitó a la Municipalidad de Peñalolén los antecedentes pendientes por entregar. En relación a ello, el instituto señaló que no obstante de haber solicitado al municipio su regularización , dicha entidad se había excusado de actualizar las fichas argumentando que era responsabilidad del instituto dicha labor por tratarse de proyectos con financiamiento sectorial. No obstante ello, respecto de lo observado en la letra e), se indicó que el instituto debía acreditar a este Organismo de Control que la información registrada en el BIP para los proyectos de construcción de las canchas de tiro con arco. pista BMX, canchas de vóleibol y velódromo. se encuentre actualizada. Situación que sería verificada en una acción de seguimiento.

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5

ANALISIS DE LA RESPUESTA Y VERIFICACIONES REALIZADAS De la información aportada se constató la actualización de 3 de los cuatro proyectos observados, estando pendiente la regularización del proyecto Velódromo ODESUR.

CONCLUSIÓN

ACCIÓN DERIVADA

Se mantiene lo observado respecto al proyecto Velódromo ODESUR.

La actualización de la infonmación registrada en el BIP respecto a la obra del velódromo, será verificada en una futura fiscalización que efectúe este de Organismo Control.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN UNIDAD DE SEGUIMIENTO

CONCLUSIONES

En mérito de lo expuesto, cabe concluir que el IND y la Municipalidad de Peñalolén realizaron gestiones que permitieron subsanar la observación contenida en el cuadro No1, del presente informe. No obstante lo anterior, se mantienen las situaciones informadas en el cuadro N°2, con las acciones derivadas que se indican. Se deja constancia que el procedimiento disciplinario ordenado instruir a la Municipalidad de Peñalolén , por esta Contraloría General en el informe de investigación especial N°25, de 2014, se encuentra iniciado mediante decreto alcaldicio N°1300/1459, de 10 de abril de 2015, siendo sobreseído por decreto alcaldicio No1100/2799, de 14 de julio de 2015, ingresado a registro a esta Entidad de Control el 3 de febrero de 2016 . A su vez, respecto al procedimiento disciplinario ordenado instruir al IND, éste informó que fue iniciado por medio de las resolu ciones exentas N°5 2.840 , y 4.567, ambas de 2014, y N°3 .406, de 2015, sin embargo, en ellas no consta la incorporación de los hechos observados en el informe de investigación especial N°25, de 2014. Siendo así, es menester que ese instituto acredite que el proceso instruido incluyó las situaciones observadas, otorgándose un plazo de 15 días hábiles contados desde la recepción del presente informe, para presentar la resolución exenta de inicio respectivo , la que deberá ser remitida a la Unidad de Seguimiento de Fiscalía de esta Contraloría General.

Saluda atentamente a Ud. ,

6

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