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Doctor Eduardo Montealegre Lynett FISCALIA GENERAL DE LA NACION. E. S. D.

Asignaciones

Respetado Doctor: Iván Cepeda Castro, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número 79.262397 de Bogotá, domiciliado y residente en Bogotá; formulo denuncia de carácter penal contra el señor Carlos Enrique Areiza Arango mayor de edad (en la actualidad condenado y recluido en la Cárcel de Itagüí) por los delitos de Injuria y Calumnia, además por los delitos de Fraude Procesal, de conformidad con los artículo 220, 221 y453 de Ley 599 del año 2000 artículos, con base en los siguientes: HECHOS: 1. A través de varios medios de comunicación masiva, fui enterado de que el día 19 de enero del presente año, durante la realización el juicio contra el excongresista, Luis Alfredo Ramos, su abogado Luis Gustavo Moreno dijo que demostraría que existe un cartel de testigos falsos para incriminar al exgobernador, entre los que se encuentran el hoy condenado y encarcelado, Carlos Enrique Areiza Arango, por extorsión. Areiza certificó por escrito, a finales del año 2014, que testificó contra Ramos por presiones del senador Iván Cepeda Castro. 2. Según la información periodística se trata de una declaración en la que Areiza me acusa de ofrecerle 100 millones de pesos y de someterlo a declarar, no solo contra Luis Alfredo Ramos, sino también contra el ex presidente Álvaro Uribe Vélez y su hermano, al igual que contra José Obdulio Gaviria. Igualmente de amenazarlos con perseguirlo dentro de la cárcel y de consecuencias contra su familia. 3. De la misma forma en la página web de La FM de la cadena RCN en el link http://www.lafm.com.co/noticias/la-carta-en-la-que-testigo-acu-175932, se encuentran publicadas unas cartas firmadas por el señor Carlos Enrique Areiza Arango, en una de estas cartas afirma "He venido recibiendo presiones por parte del señor Iván Cepeda para que declare en la Corte y me ofrecieron 100 millones de pesos. Pero si yo no les colaboro me van a hacer la vida imposible en la cárcel a mí a y mi familia, que van a sufrir consecuencias. Esto si yo no enredaba al

expresidente Uribe, su hermano, también al señor José Obdulio Gaviria y al ex gobernador de Antioquia Luis Alfredo Ramos". 4. En otra de las cartas el señor Areiza afirma que “El mismo Senador Ivan Cepeda viajo hasta el municipio de Bello (Ant) y me recibió en su camioneta donde yo viaje con el señor Carlos Contreras hasta la cárcel de Itagüí, en el transcurso del viaje de Bello a Itagüí este me pregunta constantemente sobre si sabía algo de la familia Uribe Vélez o de sus colaboradores. A lo cual yo le manifesté que poco o nada conocía yo de esos señores y él me responde que yo si debo saber algo y que tengo que ponerlo en conocimiento de la Corte y la Fiscalía.”En la misma carta más adelante el señor Areiza dice “que yo debía enredar a Mario Uribe Escobar como fuera” 5. Posteriormente, en la misma carta el señor Areiza afirma que durante una visita que yo le realice a la Cárcel de Itagüí en enero de 2012 yo le dije “Me dice que ya él sabe que yo hecho muchas cosas y que declarado otra que él sabe de mí trabajo en la Alcaldía de Medellín de mi cercanía con Jorge Gaviria y que yo podía decirle a la Corte sobre reuniones con Jorge Gaviria y el señor José Obdulio Gaviria en apartamentos del Poblado con jefes de la oficina de Envigado también me dijo que estuviera pendiente que el ya pronto él hacía los arreglos para que yo declarara en la Corte una declaración contra el exgobernador de Antioquia Luis Alfredo Ramos.” 6. Más adelante menciona: “Comisiono a una persona de su campaña y al señor Carlos Conteras para que me presionaran hasta que yo declarara y he venido recibiendo más presión por parte del señor Iván Cepeda para que yo ratifique declaración de “pipinta” y me ofrecieron 100 millones de pesos si yo les colaboraba o si no me ivan hacer la vida imposible en la cárcel” Elementos que configuración de los delitos de injuria, calumnia: 1. Mi relación con el señor Carlos Enrique Areiza Arango, ha sido únicamente en mi condición de mediador para que él se entregara a las autoridades, después que se fugó de la cárcel de Bellavista. Eso le consta al entonces ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, quien estuvo al tanto de mi labor, así como la Defensoría del Pueblo. Yo lo transporté en una camioneta, asignada a mi escolta, hasta la cárcel y se lo entregué al director de la misma el día 15 de diciembre de 2011. 2. Posteriormente, realicé una visita al centro carcelario de Itagüí el 26 de enero de 2012 para visitar al señor Carlos Enrique Areiza Arango, para verificar la situación de seguridad del mismo ya que me había comprometido desde el momento de la entrega hacerlo como garantía de que él iba a ser bien tratado, en ese centro carcelario. 3. En ningún momento he ejercido alguna acción de presión contra el señor Carlos Enrique Areiza Arango, para que brinde testimonio contra el señor Luis Alfredo Ramos, cualquier otro dirigente político o cualquier persona.

4. Igualmente aclaro que no he tenido en Antioquia o ningún lugar un representante de mi campaña, ni tengo ni he tenido ninguna relación con alguna persona de nombre Carlos Franco. Y es importante aclarar que para ningún fin me he hecho representar por el señor Carlos Contreras director de la Corporación Construyendo nuevos y mejores caminos, con quien solo tenemos relaciones para trabajar a favor de la población carcelaria. 5. Por el contrario durante las dos ocasiones que me he reunido con el señor Carlos Enrique Areiza Arango, he recibido información de él en el sentido de que aparentemente tiene información que involucra a varios miembros de los partidos políticos con miembros del paramilitarismo y del narcotráfico, de lo cual ha dicho que tiene prueba documental. 6. En estas ocasiones mi respuesta a estas afirmaciones, es que si el señor Carlos Enrique Areiza Arango, hubiese presentado alguna prueba en contra de algunas de las personas que él dice tener, yo me vería en la obligación legal de ponerla en conocimiento de las autoridades competentes para que la misma sea investigada, como lo he hecho en los casos que se me ha entregado información concreta sobre actos delictivos. De todo esto tengo pruebas ya que en ambas ocasiones que me he visto con el señor Carlos Enrique Areiza Arango, he estado en compañía de otras personas las que pueden testimoniar sobre la realidad de lo ocurrido en estas dos reuniones. 7. Además, es importante tener en cuenta que las afirmaciones del señor Carlos Enrique Areiza Arango, no tienen ningún asidero en la realidad, pues está plenamente demostrado en varios documentos que tengo en mi poder, los cuales fueron entregados por el mismo denunciado al señor Carlos Contreras, que varios meses antes de que yo interviniera en su entrega y entráramos en contacto, ya él había dado testimonios en la jurisdicción de Justicia y Paz en varias audiencias contra varias de las personas que él señala que yo supuestamente lo presioné para que fungiera como testigo en contra de ellos. 8. Por ejemplo, el señor Carlos Enrique Areiza Arango ha nombrado en sus testimonios ante la Unidad de Justicia y Paz a los señores Luis Carlos Restrepo, Alberto Builes el 2 de marzo de 2011, Mario Uribe y Juan Gómez Martínez el 23 de marzo de 2011, al señor Alberto Uribe, a los miembros de la fuerza pública General Mora Rangel, Mario Montoya, Harold Bedoya, Salgado Méndez, Ernesto Gilibert y Jorge Daniel Castro el 13 de abril del 2011, igualmente el 25 de octubre del 2011 mencionó en uno de sus testimonios a los señores Luis Alfredo Ramos Botero y a Óscar Suárez Mira. Como puede observar la Fiscalía, con estas afirmaciones, el señor Carlos Enrique Areiza Arango ha venido realizando afirmaciones deshonrosas e imputando falsamente en mi contra, conductas delincuenciales, al mismo tiempo ha intentado hacer incurrir en error a la autoridad judicial que lleva adelante las investigaciones por posible relación con grupos paramilitares al exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos. Señor fiscal, le solicito que investigue hasta sus últimas consecuencias el actuar del señor Carlos Enrique Areiza Arango, persona que está atacando mi imagen, buen nombre

y dignidad. Además, se está prestando para hacer incurrir en error a la autoridad competente, y busca anular mis exigencias de justicia en otros casos en los que he puesto ante la autoridad competente denuncias de varios ciudadanos. Situación Jurídica: Los delitos de injuria y calumnia están contemplados de la siguiente manera en el Código Penal colombiano: Artículo 220. Injuria. [Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004] El que haga a otra persona imputaciones deshonrosas, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Artículo 221. Calumnia. [Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004] El que impute falsamente a otro una conducta típica, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a setenta y dos (72) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes. De la misma forma el delito de Fraude procesal está contemplado de la siguiente forma en nuestra legislación penal: Artículo 453. Fraude procesal. [Modificado por el artículo 11 de la ley 890 de 2004] El que por cualquier medio fraudulento induzca en error a un servidor público para obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley, incurrirá en prisión de seis (6) a doce (12) años, multa de doscientos (200) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a ocho (8) años. Estas conductas podrían ser agravadas en la medida de lo que señala la misma legislación penal: Artículo 223. Circunstancias especiales de graduación de la pena. Cuando alguna de las conductas previstas en este título se cometiere utilizando cualquier medio de comunicación social u otro de divulgación colectiva o en reunión pública, las penas respectivas se aumentarán de una sexta parte a la mitad. Si se cometiere por medio de escrito dirigido exclusivamente al ofendido o en su sola presencia, la pena imponible se reducirá hasta en la mitad.

Pruebas: Desde ya Señor Fiscal, solicito se tengan como pruebas las siguientes: 1. Testimoniales:

-

-

Señor David García ----------, actual director de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, quien se puede notificar a la ------Señor Carlos Contreras director de la Corporación Construyendo nuevos y mejores caminos, quien se puede notificar en la Calle 77C No 48-54 Estadio de Medellín teléfono 2607782 celular 3002249200. Al señor exministro de Justicia Juan Carlos Esguerra, quien se puede notificar en la siguiente dirección, -------------------------- de Bogotá. A la señor Diana Carmenza Rúa Betancur, quien para la época de los hechos se desempeñaba como subdirectora operativa regional noroeste del Inpec, quien fue delegada para la entrega de prófugo.

2. Documentales. - Fotocopia del testimonio rendido por el señor Carlos Enrique Areiza el día 2 de marzo de 2011, ante la Unidad de Justicia y Paz con sede en Medellín, en diligencia presidida por la doctora Adriana Restrepo Restrepo. - Fotocopia del testimonio rendido por el señor Carlos Enrique Areiza el día 23 de marzo de 2011, ante la Unidad de Justicia y Paz con sede en Medellín, en diligencia presidida por la doctora Adriana Restrepo Restrepo. - Fotocopia del testimonio rendido por el señor Carlos Enrique Areiza el día 13 de abril de 2011, ante la Unidad de Justicia y Paz con sede en Medellín, en diligencia presidida por la doctora Adriana Restrepo Restrepo. - Fotocopia del testimonio rendido por el señor Carlos Enrique Areiza el día 28 de octubre de 2011, ante la Unidad de Justicia y Paz con sede en Medellín, en diligencia presidida por la doctora Adriana Restrepo Restrepo. Notificaciones: El denunciante recibe notificación en la carrera 7 No 8-68 oficina 636B Manifiesto que el presente denuncio lo hago bajo la gravedad de juramento y que no he interpuesto denuncio igual al mismo ante otra autoridad por los mismos hechos aquí denunciados.

Estaré presto a la citación para ampliar este denuncio.

Con todo respeto,

Iván Cepeda Castro C.C. No 79.262397 de Bogotá

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